Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
- IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- 1.- OFICIO DEL SENADO
- 2.- OFICIO DEL SENADO
- 3.- OFICIO DEL SENADO
- 4.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
- 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
- 6.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
- 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
- 8.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
- 9.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
- 10.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA
- 11.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
- 12.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
- 13.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA
- 14.- MOCION DEL SEÑOR JARPA
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Miguel Eduardo Jarpa Vallejos
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 15.- MOCION DE LOS SEÑORES SILVA SOLAR, AYLWIN, CANCINO, VIDELA Y SIVORI
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Andres Aylwin Azocar
- Julio Silva Solar
- Claudio Fernando Cancino Tellez
- Pedro Nolasco Del Carmen Videla Riquelme
- Carlos Sivori Alzerreca
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 16.- MOCION DEL SEÑOR ESCORZA
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Domingo Escorza Olmos
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 17.- MOCION DE LOS SEÑORES GARCES, DON CARLOS, FUENZALIDA Y NARANJO
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Arturo Garces Fernandez
- Mario Fuenzalida Mandriaza
- Oscar Gaston Naranjo Arias
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 18.- MOCION DEL SEÑOR GONZALEZ MAERTENS
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Emerson Gonzalez Maertens
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 19.- MOCION DEL SEÑOR GONZALEZ MAERTENS
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Emerson Gonzalez Maertens
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 20.- MOCION DEL SEÑOR CASTILLA
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Guido Castilla Hernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 21.- MOCION DEL SEÑOR CASTILLA
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Guido Castilla Hernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 22.- PRESENTACION
- V.- TEXTO DEL DEBATE
- APERTURA DE LA SESIÓN
- DEBATE
- 1- REINCORPORACION DEL MAYOR DE CARABINEROS, DON EDUARDO CORRALES GARCÍA. PREFERENCIA PARA DESPACHAR ESTE PROYECTO
- 2.- EMPRESTITO A LA MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER, PROVINCIA DE LINARES.DEVOLUCIÓN DE ESTE PROYECTO AL HONORABLE SENADO
- 3.- DEVOLUCION DE ANTECEDENTES PERSONALES
- ORDEN DEL DIA
- 4.- REINCORPORACION AL SERVICIO ACTIVO DE CARABINEROS DE CHILE DEL MAYOR DON EDUARDO CORRALES GARCIA
- 5.- FACULTADES ESPECIALES AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA DICTAR NORMAS CON FUERZA LEGAL SOBRE MATERIAS ADMINISTRATIVAS, ECONOMICAS Y SOCIALES. SEGUNDO TRAMITE REGLAMENTARIO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Hernan Modesto Olave Verdugo
- INTERVENCIÓN : Andres Aylwin Azocar
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Duberildo Jaque Araneda
- INTERVENCIÓN : Patricio Hurtado Pereira
- INTERVENCIÓN : Patricio Hurtado Pereira
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Manuel Rioseco Vasquez
- INTERVENCIÓN : Manuel Rioseco Vasquez
- INTERVENCIÓN : Manuel Rioseco Vasquez
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Patricio Hurtado Pereira
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Fernando Sotomayor Garcia
- INTERVENCIÓN : Duberildo Jaque Araneda
- INTERVENCIÓN : Manuel Rioseco Vasquez
- INTERVENCIÓN : Duberildo Jaque Araneda
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Fernando Sanhueza Herbage
- INTERVENCIÓN : Manuel Rioseco Vasquez
- INTERVENCIÓN : Patricio Phillips Penafiel
- INTERVENCIÓN : Duberildo Jaque Araneda
- INTERVENCIÓN : Maria Ines Aguilera Castro
- INTERVENCIÓN : Maria Ines Aguilera Castro
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Duberildo Jaque Araneda
- INTERVENCIÓN : Juan Rodriguez Nadruz
- INTERVENCIÓN : Santiago Pereira Becerra
- INTERVENCIÓN : Carlos Morales Abarzua
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Narciso Irureta Aburto
- INTERVENCIÓN : Alberto Tercero Daiber Etcheberry
- INTERVENCIÓN : Ernesto Guajardo Gomez
- INTERVENCIÓN : Luis Pareto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Narciso Irureta Aburto
- INTERVENCIÓN : Hector Valenzuela Valderrama
- INTERVENCIÓN : Marino Penna Miranda
- INTERVENCIÓN : Juan Tuma Masso
- INTERVENCIÓN : Juan Tuma Masso
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Manuel Rioseco Vasquez
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Jose Luis Cademartori Invernizzi
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Carlos Morales Abarzua
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Jose Orlando Millas Correa
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Hector Valenzuela Valderrama
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Jose Orlando Millas Correa
- 6.- CAMBIOS EN LAS COMISIONES. SUSPENSIÓN DE LA SESION.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Juan Acevedo Pavez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Carlos Arturo Rosales Gutierrez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- 7.- FACULTADES ESPECIALES AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA DICTAR NORMAS CON FUERZA LEGAL SOBRE MATERIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS, SOCIALES. SEGUNDO TRAMITE REGLAMENTARIO.
- INTERVENCIÓN : Jose Luis Cademartori Invernizzi
- INTERVENCIÓN : Jose Manuel Isla Hevia
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- ANTECEDENTE
- INDICACIÓN
- Guido Castilla Hernandez
- Ricardo Valenzuela Saez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Ibanez Vergara
- INTERVENCIÓN : Jorge Eduardo Ibanez Vergara
- INTERVENCIÓN : Jose Felix Garay Figueroa
- INTERVENCIÓN : Fernando Raimundo Buzeta Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Patricio Phillips Penafiel
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Luis Maira Aguirre
- INTERVENCIÓN : Fernando Sanhueza Herbage
- INTERVENCIÓN : Luis Corvalan Lepe
- INTERVENCIÓN : Luis Valente Rossi
- INTERVENCIÓN : Fernando Sanhueza Herbage
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Cesar Godoy Urrutia
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Cesar Godoy Urrutia
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Santiago Pereira Becerra
- INTERVENCIÓN : Gabriel De La Fuente Cortes
- INTERVENCIÓN : Hugo Zepeda Coll
- INTERVENCIÓN : Fernando Raimundo Buzeta Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Ricardo Valenzuela Saez
- INTERVENCIÓN : Santiago Pereira Becerra
- INTERVENCIÓN : Jose Orlando Millas Correa
- INTERVENCIÓN : Hugo Zepeda Coll
- INTERVENCIÓN : Carlos Morales Abarzua
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA ORDINARIA
Sesión 22°, en jueves 22 de julio de 1965
(Especial: de 15 a 1.02 horas del viernes 23)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES BALLESTEROS E ISLA
SECRETARIO, EL SEÑOR CAÑAS IBAÑEZ
PROSECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE
Índice general de la sesión
I.- SUMARIO DEL DEBATE
II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS
III.-ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
No se adoptó acuerdo al respecto.
IV.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1.-OFICIO DEL SENADO
"N° 9979.Santiago, 21 de julio de 1965.
El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo hizo esa H. Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito con Holanda el 13 de julio de 1962.
Lo que tengo a honra decir a V. E. en contestación a vuestro oficio N° 5.975, de fecha 27 de abril ppdo.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Tomás Reyes Vicuña. Pelagio Figueroa Toro".
2.-OFICIO DEL SENADO
"N° 8880. Santiago, 22 de julio de 1965.
El Senado ha tenido a bien reconsiderar su acuerdo anterior, comunicado por oficio N° 8.771, de fecha 7 del actual, en lo que respecta a proponer a esa H. Cámara el envío al Archivo del proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de San Javier para contratar empréstitos.
En consecuencia, solicito a V. E. tenga a bien» disponer la remisión a esta Corporación de los antecedentes de dicha iniciativa legal, para proceder a su consideración.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Tomás Reyes Vicuña. Pelagio Figueroa Toro".
3.-OFICIO DEL SENADO
N° 8878. Santiago, 21 de julio de 1965.
Con motivo del Mensaje, informe y antecedentes, que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente:
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para conceder en usufructo a la Congregación del Buen Pastor, mientras ésta tenga a su cargo la Casa Correccional de Mujeres de Santiago, el dominio de una parte del terreno fiscal ubicado en la Avenida Vicuña Mackenna N° 5.043, de la Comuna de San Miguel, del departamento PresidentePedro Aguirre Cerda, según los siguientes deslindes especiales: al Norte, en 100 metros con Camino Vecinal; al Sur y al Oriente en 100 metros con resto de la propiedad fiscal, y al Poniente, en igual medida con propiedad de don Ricardo Kunschel.
Los deslindes generales del terreno de que es parte el retazo antes individualizado, son los siguientes, según su título inscrito a favor del Fisco a fojas 447 N° 720 del Registro de Propiedad del año 1961 del Conservador de Bienes Raíces respectivo y que fue adquirido según escritura otorgada ante el Notariode Santiago don Luis Azocar Alvarez, de fecha 20 de marzo del mismo año; al Norte, en 203 metros con calle Arturo Prat, antes Camino Vecinal, y en 47 metros con don Ricardo Kunschel; al Sur, en 251 metros con Mitjans y Cía.; al Oriente, en 403 metros con Avenida Vicuña Mackenna; y al Poniente, en 235 metros, con Chacra Santa Virginia y en 194 metros con propiedad de don Ricardo Kunschel".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Tomás Reyes Vicuña.- Pelagio Figueroa Toro".
4.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"N° 2074. Santiago, 22 de julio de 1965.
Por oficio N° 342, de 16 de junio último V. E. tuvo a bien dar a conocer a este Ministerio la petición formulada por el H. Diputadodon Carlos Cerda Aguilera, en orden a que se dote dé un equipo transmisor-receptor al Cuerpo de Carabineros de la localidad de San Fabián de Alico, provincia de Ñuble.
Al respecto, la Dirección General de Carabineros ha enviado a esta Secretaría de Estado el oficio N° 14809, de 7 del actual, en el que manifiesta que no se cuenta actualmente con equipo disponible ni con fondos en el Presupuesto fiscal para adquirirlos.
No obstante, en el Plan de Comunicaciones de Carabineros se considerará dicha petición que se tratará de materializar a la brevedad que sea posible.
Agradeceré a V. E. quiera tener a bien poner lo anterior en conocimiento del H. Parlamentario señor Cerda.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.): Juan de Dios Car mona P.
5.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"N° 2071. Santiago, 22 de julio de 1965.
Por oficio N° 324, de 21 de junio último, V. E. a petición del H. Diputadodon Mario Dueñas Ávaria, tuvo a bien solicitar a esta Secretaría de Estado se adoptaran las medidas necesarias tendientes a obtener la instalación de alumbrado eléctrico en la localidad de San Antonio, de la comuna de Linares.
Sobre el particular, cúmpleme remitir para su conocimiento y el del H. Parlamento mencionado, copia del oficio N° 3347, de 17 de julio en curso, por el que la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas informa al respecto.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Juan de Dios Carmona P."
6.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"N° 2075. Santiago, 22 de julio de 1965.
Por oficio N° 442, de 25 de junio último, V. E. tuvo a bien comunicar a esta Secretaría de Estado la petición formulada por el H. Diputado señor Luis Martín Mardones, quien solicita se aumente la dotación del personal de Carabineros que presta servicios en la localidad de Yungay, provincia de Ñuble.
Sobre el particular, me permito manifestar a V. E. que la Dirección General del ramo, por oficio N° 15462, de 15 del actual, ha informado que se encuentra imposibilitada para destacar mayor número de funcionarios a la mencionada localidad, por no contar con disponibilidades de plazas de ningún grado, agregando además que este problema lo sufre la mayoría de los servicios policiales de la República, siendo la única manera de satisfacer las innumerables peticiones de esta naturaleza el aumento de la planta institucional.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Juan de Dios Carmona P."
7.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"N° 2079. Santiago, 22 de julio de 1965.
Los Honorables Diputados señores Galvarino Melo Páez, Jorge Montes Moraga y Fernando Santiago Agurto por comunicación de fecha 30 de junio último, exponen a este Ministerio la situación de trabajadores cesantes y sus respectivas familias de la provincia de Concepción, en especial de las comunas de Lota y Coronel y solicitan se vaya en su ayuda mediante alimentos y vestuarios mientras se solucione este grave problema.
Sobre el particular, me permito acompañar a V. E. el oficio N° 1288, de 14 del actual, en que la Dirección de Asistencia Social informa al respecto, agradeciéndole se sirva, si lo tiene a bien, ponerlo en conocimiento de los Honorables Diputados antes mencionados.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.): Juan de Dios Carmona P.
8.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"N° 933. Santiago, 20 de julio de 1965.
En relación a su oficio N° 73 de fecha 1° de junio último, que transmite algunas observaciones formuladas por el H. Diputado señor Guido Castilla para que la Empresa Nacional de Electricidad instale servicios de alumbrado público y domiciliario en Malojal, Provincia de Linares, se ha recibido en este Ministerio el oficio de la Empresa Nacional de Electricidad N° 5520, de fecha 22 de junio último, que es del tenor siguiente:
"En relación a su providencia de 10 de junio en curso, sobre el tema en referencia, nos es grato informarle que en enero de 1964 quedó conectada la red de distribución eléctrica de Melozal que cubre todos los sectores poblados.
"En caso que el H. Diputadodon Guido Castilla desea impulsar la electrificación de otro sector, le agradeceré que en su visita a la zona se ponga en contacto con nuestro técnico señor Sergio Beaumont, calle 2 Oriente N° 1041, teléfono N° 33090, Talca, con el objeto de precisar su solicitud.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Domingo Santa María Santa Cruz".
9.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"N° 934. Santiago, 20 de julio de 1965.
En relación al oficio N° 68 de fecha 2 de junio último en el que se da cuenta de las conclusiones adoptadas por el Cabildo Abierto celebrado en la ciudad de Rancagua, se ha recibido en este Ministerio, el oficio N° 9425 de la Corporación de Fomento de la Producción, de fecha 23 de junio último, el que es del tenor siguiente:
"Cúmpleme acusar recibo de la Providencia N° 560 fechada 11 de junio ppdo., incluyendo el oficio N° 68 del 2 de junio ppdo., de la Cámara de Diputados, del cual hemos tomado debida nota, como asimismo del fragmento del periódico "La Nación" del 4 de junio de 1965, que contiene el texto de la intervención del H. Diputadodon Carlos Rosales G. con relación a la instalación de la industria Volkswagen en el país.
"Sobre el particular, cumplimos con informar a Ud., que el predicamento de esta Corporación respecto de la ubicación de este tipo de industrias, dado que, como es de su conocimiento, queda condicionada por un importante número de factores cuya incidencia debe ser cuidadosamente estudiada por las autoridades y por los interesados, no es posible fijarla a priori. En tal predicamento, las autoridades deben considerar en forma especial, la opinión de los representantes de la propia industria y acceder a sus deseos si ellos concuerdan con los planes oficiales que sobre dicha materia se hayan formulado. Sobre el caso particular de Rancagua, cábenos informar al señor Ministro, que estando en cabal conocimiento de todos los factores favorables con que cuenta esa localidad, se está considerando activamente que dichos estudios se traduzcan, en el más breve plazo, en realizaciones concretas. Así lo hemos manifestado en repetidas oportunidades a los señores parlamentarios y personalidades de la zona que se han acercado a nosotros para solicitar información sobre la materia.
"Por lo que respecta al caso específico de Volkswagen, no estamos en condiciones de precisar el punto donde dicha firma desea instalarse, por cuanto oficialmente ha indicado tres localidades diferentes en sus cuatro distintas presentaciones que viene haciendo desde 1963 y últimamente con motivo de nuestra petición para que actualice los antecedentes de presentaciones anteriores, nos ha anunciado que hará una nueva presentación. No podemos asegurar que esta vez no se altere nuevamente el programa anterior, ya que en las últimas semanas hemos recibido consultas de personeros de otras localidades que no figuraban en ninguna de las presentaciones anteriores, quienes habían sido informados que Volkswagen tenía interés en instalarse en sus respectivas zonas. Cuadros sintomáticos análogos se presentaron en oportunidades anteriores cuando Volkswagen modificó la ubicación de la planta proyectada.
"El señor Ministro podrá comprender cuan incierto se presenta el proyecto de esta firma a la consideración de las autoridades encargadas de su estudio, al punto que ellas se han visto obligadas a insistir en forma terminante, para que sean concretados y definidos todos los aspectos tanto técnicos como comerciales y financieros, que permitan garantizar un real y efectivo beneficio nacional.
"Aun cuando en el ánimo de esta Corporación está latente el deseo de impulsar en el más breve plazo, el desarrollo de la industria automotora en el país, ya que concuerda en apreciar el enorme beneficio local y general que está implícito, no aprobará proyectos que no garanticen fehacientemente que el interés nacional queda debidamente salvaguardado. Proceder en forma diferente o precipitada significaría eludir las altas responsabilidades de que la autoridad es depositaría."
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Domingo Santa María Santa Cruz".
10.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA
"N° 1382. Santiago, 21 de julio de 1965.
En respuesta a su nota N° 592, de 6 del mes en curso, por el que manifiesta a este Ministerio que a petición del Honorable Diputadodon Jorge Santibáñez Ceardi, se solicite informe acerca de los planes existentes para dotar al Servicio Médico Legal de Quillota, de un edificio adecuado para llevar a efecto sus labores, cúmpleme transcribir a V. E., a continuación, oficio N° 1936, de 16 del actual del Servicio Médico Legal, cuyo texto es del tenor siguiente:
"Por providencia N° 3379, de' 12 del actual, US. ha tenido a bien remitir para informe de esta Dirección, un oficio de la H. Cámara de Diputado en que, a petición del H. Parlamentariodon Jorge Santibáñez Ceardi, con referencias a los planes del Ministerio de Justicia para dotar al Servicio Médico Legal de Quillota de un edificio adecuado, elementos y personal suficiente para el buen desarrollo de sus actividades. En primer lugar, puedo manifestar a US. que la Morgue de Quillota se encuentra en buen estado, como ha podido constatarlo el propio Director infrascrito y otros Médicos Legistas Tanatólogos, en los viajes efectuados últimamente para resolver problemas médico legales a los Magistrados del Crimen de Quillota. El problema médico legal de Quillota no es propiamente de orden material, sino falta de funcionarios que se desempeñen en ese Servicio. Desde luego, el cargo de Auxiliar de Morgue, vacante en la actualidad no puede proveerse por la prohibición de proponer nuevos nombramientos, aun con carácter a contrata, como ocurre en este caso, no obstante contar con interesados para el desempeño de esta función. El problema más grave radica en la falta de profesionales interesados en actuar como Médico Legista a contrata de Quillota, y las gestiones personales realizadas por el infrascrito, por el Gobernador de Quillota, por el Director del Hospital de esa ciudad y por los propios Magistrados del Crimen, en múltiples oportunidades desde la renuncia del Dr. Alejandro Canales de la Cerda Guzmán, que fue nuestro legista a contrata hasta el 15 de marzo último no han logrado resultados positivos. En este evento, ante la falta de interés de los profesionales funcionarios para aceptar el cargo de médico legista, incluso con autorización de extensión horaria, los señores Jueces del Crimen de Quillota requieren en pericias complicadas la intervención por los peritos tanatólogos del Instituto o, en otros casos, designan peritos particulares, generalmente en Valparaíso. Tanto el Director infrascrito como los doctores Edgardo Schirmer Ramos, Médico Legista, Jefe de la Sección Tanatología, y el Dr. Tomás Tobar Pinochet, perito de la misma Sección, hemos realizados múltiples viajes a Quillota para atender peticiones de los Juzgados del Crimen de esa ciudad. La Dirección tiene profundo interés en dar solución no sólo al problema médico legal de Quillota, sino de otras ciudades del país, pero en muchas oportunidades se presentan dificultades de esta índole que impiden materialmente una solución definitiva. La creación de centros médico legales, idea planteada por esta Dirección y que encontró favorable acogida en ese Ministerio, ha sido incluida en el plan quinquenal a desarrollar por el Ministerio de Obras Públicas, y puede ser la solución definitiva del futuro. Un Centro Médico Legal en Valparaíso solucionaría, de inmediato, el problema de Quillota y de todas las ciudades circunvecinas a nuestro principal puerto. Por otra parte, la dictación del Decreto N° 1629 de ese Ministerio, de 8 de junio último, que modifica el arancel de honorarios en pericias médicas, puede dar solución parcial y temporal a las dificultades surgidas en Quillota, ya que al aumentar su monto el perito no intentará cobrar sus pericias invocando el arancel del Colegio Médico, facilitando con ello el procedimiento del cobro al no oponerse la defensa fiscal, todo lo cual interesará a los profesionales para aceptar designaciones de peritos adhoc".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Pedro J. Rodríguez González".
11.-INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
"Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar un proyecto de ley, de origen en una moción de la señora Dip y de los señores Videla y Demarchi, por el cual se faculta al Presidente de la República para disponer la reincorporación al servicio activo de Carabineros de Chile, del Mayor en retiro de dicha Institución, don Eduardo Corrales García.
Los autores de esta iniciativa señalan en su moción que el referido Oficial de Carabineros permaneció en la Institución por más de 22 años, figurando siempre en Lista N° 1 y sus sucesivos ascensos los obtuvo siempre por mérito.
Su retiro temporal de las filas, el 16 de mayo de 1961, fue provocado por una decisión voluntaria de su parte y no medió en su alejamiento ningún hecho o motivo que pudiera empañar su excelente hoja de vida.
Muy por el contrario, la limpia trayectoria funcionaría de este Oficial de selección dentro del Cuerpo, egresado del Instituto Superior de Carabineros, ha sido expresamente reconocida por el actual General Director de Carabineros, don Vicente Huerta, en nota dirigida a la Comisión donde concluye diciendo que "el alejamiento de Carabineros del Mayor Eduardo Corrales García se debió a un acto enteramente voluntario de su parte y en la Institución no existen antecedentes que menoscaben su integridad moral ni su capacidad funcionaría".
Desgraciadamente, la reincorporación del Mayor Corrales al Servicio de Carabineros donde se observa una grave escasez de Oficiales, particularmente con estudios en el Instituto Superior sólo se puede hacer por medio de una autorización legislativa, por cuanto las disposiciones legales y reglamentarias vigentes no permiten actuar por la vía administrativa, ya que el referido Oficial permaneció fuera de la Institución por más de un año, acogido a retiro temporal.
En esta circunstancia, la iniciativa de ley en informe propone facultar al Presidente de la República para que resuelva la reincorporación a Carabineros del citado Oficial en retiro y, para no lesionar los legítimos derechos de los actuales funcionarios en actividad, se dispone que pasará a ocupar el último lugar del escalafón de su grado y cuando exista la correspondiente vacante.
En mérito de las consideraciones expuestas, la Comisión de Gobierno Interior acordó recomendar a la H. Cámara la aprobación de este proyecto, concebido en los siguientes términos:
Proyecto de ley
"Artículo único.- Facúltase al Presidente de la República para disponer la reincorporación al servicio activo de Carabineros de Chile, del Mayor en Retiro de dicha Institución, don Eduardo Corrales García, quien pasará a ocupar el último lugar en el escalafón de su grado, cuando exista la respectiva vacante".
Sala de la Comisión, a 21 de julio de 1965.
Acordado en sesión de fecha 15 del presente, con asistencia de los señores Lorca Valencia (Presidente), Acevedo, Agurto, Basso, Cardemil, Fuenzalida, Jaque, Palestro y Téllez.
Se designó Diputado Informante al H. señor ACEVEDO.-
(Fdo.): Jaime de Larraechea, Secrechea, Secretario".
12.-INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
"Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, en trámite reglamentario de segundo informe, por el cual se conceden facultades especiales al Presidente de la República para dictar normas con fuerza legal sobre materias administrativas, económicas y sociales.
Estuvieron presentes en la Comisión, durante el estudio de esta iniciativa de ley, los señores Pedro J. Rodríguez, Ministro de Justicia; Sergio Molina, Ministro de Hacienda; Edgardo Boeninger, Director de la Oficina de Presupuesto; Manuel Daniel, Asesor Jurídico del Ministerio de Justicia; Jorge Marshall y Gastón Ulanes, Gerente del Departamento de Estudios y Abogado, respectivamente, del Banco Central de Chile.
En conformidad con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento Interior de la Corporación corresponde a la Comisión Informante, en este trámite, hacer mención expresa de:
1°.- De los artículos que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Los artículos 8°, 10, 16, que pasa a ser 15, 17, que pasa a ser 16, y el artículo transitorio, que pasa a ser artículo 1° transitorio, no fueron objeto de indicaciones en la discusión general ni de modificaciones en el segundo informe. Procede, en consecuencia, declararlos aprobados al comenzar la discusión particular del proyecto.
2°.- De los artículos objeto de indicaciones en la discusión general, pero que fueron rechazadas en la Comisión.
En esta situación se encuentra el artículo 9°°.
3°.- De los artículos modificados.
Han sido modificados los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 11, 12, 13 y 14.
4°.- De los artículos nuevos introducidos.
Sólo se ha aprobado como artículo nuevo la disposición contenida en el artículo 2° transitorio.
5°.- De los artículos suprimidos.
La Comisión acordó suprimir los artículos 15 y 18, del proyecto contenido en él primer informe, que dicen como sigue:
"Artículo 15.- La aplicación de esta ley no podrá significar alteración del régimen de inamovilidad a que se refiere la ley N° 8.715. Tampoco podrá significar aumento de personal, salvo en los casos de creación de nuevos organismos.", y
"Artículo 18.- Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.".
6°.- De las indicaciones rechazadas.
La Comisión rechazó las siguientes indicaciones formuladas durante la discusión general del proyecto:
Artículo 4°
1.- Del señor Correa, don Salvador, para suprimir el número 2).
2.- Del mismo señor Correa, para suprimir el número 3).
3.- Del mismo señor Correa, para suprimir, en el número 4), la frase: "y modificar o suprimir los existentes".
4.- Del mismo señor Correa, para suprimir el número 5).
5.- Del mismo señor Correa, para suprimir el número 7).
6.- Del mismo señor Correa, para suprimir el número 9).
7.- Del mismo señor Correa, para suprimir el número 10).
Artículo 6°
1.- Del señor Ministro del Interior, para reemplazar el número 4), por el siguiente:
"4) Modificar las normas que rigen la Corporación de Fomento de la Producción. Entre sus facultades podrán establecerse las de emitir y garantizar la emisión de bonos o debentures y garantizar la colocación o suscripción de acciones de sociedades anónimas, en la forma y condiciones que determine y con las franquicias que acuerde ese organismo, en todo caso, con la aprobación del Presidente de la República. La aludida Corporación podrá, para el cumplimiento de estos fines, organizar una sociedad anónima u otro tipo de personas jurídicas de derecho privado, la cual tendrá por objeto, además, coordinar los esfuerzos crediticios de la Corporación con los de otros organismos o servicios públicos, racionalizar la administración de préstamos y el control de sus inversiones y cobranzas, cautelar los intereses de la Corporación en las sociedades en que ésta tenga participación, promover inversiones de capitales extranjeros en el país y ejercer las demás actividades que el Consejo de la Corporación, con autorización del Presidente de la República, acuerde encomendarle".
Artículo 9°
1.- Del señor Zepeda, para agregar el siguiente inciso segundo:
"Las normas que se dicten y sean aplicables al personal de las Universidades deberán contar también con el acuerdo de las Organizaciones que agrupen a los personales respectivos."
Artículo 14
1.- De los señores Cabello, Camus, Clavel, Fuentealba, Jarpa, Morales, don Carlos, y Naudon, para agregar en el inciso primero de este artículo, después de las palabras "ni disminución de remuneración", la siguiente frase: "o cambio a la planta de otro servicio".
2.- De los mismos señores Diputados, para suprimir los incisos segundo y tercero de este artículo.
La Comisión de Gobierno Interior, en virtud de los acuerdos adoptados en este trámite reglamentario sobre el proyecto anteriormente individualizado, recomienda a la Honorable Cámara la aprobación del siguiente:
Proyecto de ley
"Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para que dicte disposiciones sobre las siguientes materias:
A) Servicio de Gobierno Interior y Administración Pública;
B) Régimen cambiario, monetario y crediticio;
C) Cooperativas;
D) Promoción Popular;
E) Industria y Comercio;
F) Transporte, Comunicaciones y Movilización, y
G) Universidades.
A) Servicio de Gobierno Interior y Administración Pública.
Artículo 2°.- En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra A) del artículo anterior, el Presidente de la República podrá:
1) Fijar la estructura básica de la Administración Pública, señalando las normas fundamentales a que se someterán la clasificación, el funcionamiento y la organización general de los Ministerios y servicios públicos, estableciendo sistemas de descentralización y desconcentración administrativas;
2) Crear, modificar, fusionar o suprimir Ministerios, servicios o reparticiones, o personas jurídicas establecidas por ley en las que el Estado tenga aportes de capital o representación, cambiar denominaciones y determinar la organización, atribuciones y funciones de los Ministerios, servicios, reparticiones y personas jurídicas referidos; transferir atribuciones y funciones de unos a otros; crear Consejos o Directorios, suprimir o modificar los existentes y señalar sus atribuciones; determinar la dependencia o relación de los servicios u organismos con respecto a los Ministerios; y, con las limitaciones del artículo 14, fijar, fusionar, dividir, crear o suprimir plantas, cargos o funciones;
3) Crear, en el ejercicio de la facultad señalada en el número precedente, un Servicio, que se denominará Oficina de Planificación Nacional, dependiente directamente del Presidente de la República, que tendrá por objeto formular al Presidente de la República los planes de desarrollo, supervigilar la ejecución técnica de tales planes y realizar respecto de ellos funciones de asesoría y coordinación ;
4) Dictar nuevas normas sobre el Servicio de Gobierno Interior y la Administración Regional, con el objeto, principalmente, de llevar a efecto la descentralización ordenada en la Constitución Política y el cumplimiento de los planes de desarrollo en cada región. En el ejercicio de esta facultad podrá, progresivamente, establecer zonas en atención a las características e intereses de las diversas regiones del territorio, y crear los organismos correspondientes;
5) Dictar normas para sustituir los regímenes estatutarios del personal de los Ministerios y servicios públicos, sean éstos instituciones, empresas u otros organismos estatales, con el objeto fundamental de establecer sistemas adecuados de carrera funcionaría. Esta misma facultad podrá ejercerla en las personas jurídicas creadas por ley en que el Estado tenga aportes de capital o representación;
6) Regular la actividad de la Administración Pública, fijando los procedimientos a que debe someterse. Esta regulación deberá comprender, principalmente, la determinación de las actuaciones y tramitación de los expedientes administrativos, la solución de los conflictos de competencia, la fijación de plazos para las decisiones y los requisitos que éstas deban cumplir, sus efectos y extinción, y los medios de impugnación de las mismas.
Al establecer estas normas, el Presidente de la República impondrá las bases técnicas y jurídicas que aseguren la agilidad y eficiencia de la Administración Pública y la debida protección de los derechos de los administrados;
7) Modificar la Ley Orgánica de Presupuesto y todas aquellas disposiciones legales que digan relación con el proceso de formulación, discusión, aprobación, ejecución, evaluación y control del proceso presupuestario y financiero de los servicios públicos, sean éstos instituciones, empresas u otros organismos estatales, incluyendo normas sobre plazos, registros, informaciones, compromisos, costos, pagos y sanciones. Modificar, asimismo, la Ley Orgánica de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado y, en general, todas las disposiciones legales en materia de aprovisionamiento y adquisición de bienes de consumo y servicios no personales con el objeto de dictar normas que permitan uniformar la política, criterios y procedimientos de adquisición por parte de los servicios públicos ya sean éstos instituciones, empresas u otros organismos. Estas mismas facultades podrá ejercerlas en las personas jurídicas creadas por ley en que el Estado tenga aporte o representación;
8) Modificar las normas que rigen la Empresa de Agua Potable de Santiago, pudiendo, entre otras materias, determinar su naturaleza jurídica y dependencia; y la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, con la sola limitación de mantener su autonomía, y
9) Dictar normas para armonizar, simplificar y uniformar la legislación sobre bienes nacionales, tanto fiscales como de uso público; dictar, asimismo, reglas para hacer aplicables a casos no previstos las disposiciones de excepción existentes relativas a dichos bienes, y modificar o derogar las que con estos fines estime necesario.
B) Régimen cambiarlo, monetario y crediticio.
Artículo 3°.- En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra B) del artículo 1°, el Presidente de la República podrá dictar normas tendientes a:
a) La creación o determinación del o los organismos a los cuales corresponderá la formulación, administración, aplicación y fiscalización de la política monetaria, crediticia y de cambios internacionales y fijarles sus respectivas atribuciones. Igualmente, podrá establecer los órganos directivos y administrativos de esos organismos, su composición y la forma de proceder a la designación y remoción de sus miembros, señalar sus deberes y atribuciones y las de sus funcionarios en general y reglamentar las incompatibilidades e inhabilidades de las personas que ejerzan o participen en esas funciones. El ejercicio de las facultades que se le otorgan al Presidente de la República en esta disposición se efectuará de acuerdo con las normas que señala el artículo 2° de esta ley.
b) Fijar el concepto de las operaciones de cambios internacionales, señalar los casos y condiciones en los cuales las personas naturales y jurídicas podrán realizar dichas operaciones y establecer las prohibiciones a que queden afectas.
c) El aprovechamiento óptimo de los recursos monetarios y crediticios para la atención de las necesidades de la economía nacional. Para estos efectos, el Presidente de la República especialmente podrá : dictar disposiciones que se relacionen con la organización y funcionamiento, garantías que deban rendir, multas que deban pagar, procedimientos a que deban ceñirse y capital con que deban constituirse y funcionar los bancos, instituciones y empresas actualmente sometidos a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos, como asimismo, dictar normas para regular y fijar sus operaciones, créditos, descuentos, redescuentos, depósitos, sus plazos y tasas de interés; colocaciones, inversiones y encajes que puedan realizar o deban mantener y las limitaciones o prohibiciones a que queden sujetas dichas entidades; establecer sistemas de crédito especiales destinados al fomento de las actividades productivas del país y, particularmente, de las exportaciones nacionales; establecer otras formas de regulación monetaria para fijar sobretasas de intereses, incluso facultar a la autoridad monetaria para fijar sobre tasas de intereses con fines específicos, para emitir y colocar en el mercado títulos reajustables a su propio cargo, en moneda nacional y con plazos mínimos de un año, y comprar y vender en mercado abierto acciones bonos o debentures, pudiendo señalar la forma, montos y demás normas que serán aplicables a estas operaciones.
d) Adquirir por el Fisco o por el Banco Central de Chile las acciones de las Clases "B", "C" del capital de dicho Banco, pudiendo aplicar para estos efectos la facultad que la ley le otorga al Banco para la adquisición de sus acciones de la Serie "D" y determinar el nuevo capital cuando se hubieren adquirido la totalidad de las acciones.
Para el cumplimiento de los objetivos señalados en este artículo, el Presidente de la República podrá revisar, modificar, refundir o armonizar los D.F.L. N°s. 27 y 252, del año 1960; Decreto Supremo N° 1.272, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, del 7 de septiembre de 1961, que fijó el texto refundido de la Ley de Cambios Internacionales; Leyes N°s. 4.694 y 11.234, y cualesquiera otras leyes, decretos leyes, decretos con fuerza de ley y reglamentos que se refieran a las materias indicadas en esta disposición.
C) Cooperativas.
Artículo 4°.- En el ejercicio de la faculta que se refiere la letra C) del artículo 1°, el Presidente De la República podrá adoptar las medidas que conduzcan directa o indirectamente a fomentar la organización y desarrollo de las cooperativas, sean éstas agrícolas, de consumo, de producción, de edificación, de ahorro u otras.
Para estos efectos podrá, especialmente:
1) Crear, en el ejercicio de las facultades a que se refiere el artículo 2° de esta ley, los organismos o servicios que estimo más adecuados para lograr los fines indicados;
2) Implantar modalidades especiales de crédito que tengan por objeto favorecer a las cooperativas;
3) Regular el establecimiento de Centrales de Compras en que, mediante la asociación de comerciantes, puedan centralizarse las compras de productos, a fin de obtener por este medio precios más ventajosos para el público consumidor, y
4) Dictar normas que modifiquen las disposiciones legales que, directa o indirectamente, se relacionen con la política de fomento y de crédito y en general con las materias a que este artículo se refiere.
D) Promoción popular.
Artículo 5°.- En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra D) del artículo 1°, el Presidente de la República podrá dictar normas que aseguren y faciliten la promoción de las personas y grupos para su incorporación en la vida social, cultural, cívica y económica del país, y la integración de la comunidad nacional. Estas normas podrán referirse, especialmente, a:
1) La adopción de medidas para estimular la creación y el funcionamiento de organizaciones populares y de organizaciones auxiliares, por medio de las cuales se persiga obtener la promoción antes señalada. Estas organizaciones podrán agruparse en razón de sus fines o en relación con el territorio en que desarrollen sus actividades, en la forma que determine el Presidente de la República;
2) La creación y determinación de los regímenes jurídicos de organismos que permitan la integración de los diversos sectores nacionales en el proceso de desarrollo del país, en todos los niveles, y su representación o relación con los servicios públicos destinados a la atención de las necesidades generales o regionales, pudiendo contemplar franquicias u otros incentivos; y
3) La supervigilancia y coordinación en la ejecución de los planes y programas que realicen los servicios públicos y otras entidades, sean éstas del sector público o privado, relacionados con la política de promoción popular.
E) Industria y Comercio.
Artículo 6°.- En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra E) del artículo 1°, el Presidente de la República podrá adoptar las medidas que conduzcan directa o indirectamente a la realización de una política que acelere el desarrollo industrial, racionalice el comercio interno y externo, y fomente las exportaciones. Para estos efectos podrá, especialmente:
1) Dictar normas que modifiquen la legislación sobre producción industrial y comercio interno, sobre costos, precios, arrendamientos, abastecimientos y registros comerciales, pudiendo especialmente fijar los procedimientos que permitan definir y clasificar las diversas actividades y conceptos relacionados con esas materias ; señalar sistemas de prioridad para la instalación y desarrollo de las industrias y establecimientos comerciales, en conformidad con los respectivos Planes Nacionales, incorporando las actividades industriales y comerciales a estatutos tributarios, regímenes de exenciones, incentivos y sistemas de control diversos según sea su clasificación, y establecer reglas sobre la calidad de los productos y servicios;
2) Dictar normas sobre comercio exterior para:
a) Modificar el régimen de exportaciones y los regímenes de importación vigentes, para permitir el control flexible de estas operaciones, con miras a procurar una relación armónica entre las compras en el exterior, las necesidades nacionales de bienes importados y las disponibilidades de cambios, al mismo tiempo que la conveniencia de lograr un rápido incremento de las exportaciones del país. Para estos efectos, podrá otorgar a la autoridad de comercio exterior atribuciones suficientes para adaptar dichos sistemas o regímenes a las necesidades de la economía nacional; debiendo establecerse, en todo caso, que cualquier variación en los sistemas o mecanismos de importación o de exportación deberá ponerse en vigencia por decreto supremo del Ministerio respectivo, publicado en el Diario Oficial.
b) Modificar las disposiciones contenidas en la Ordenanza de Aduanas y reformar o reemplazar el Arancel Aduanero y, en general, todas las disposiciones que digan relación con los gravámenes que se perciben por intermedio de las Aduanas.
c) Establecer disposiciones relativas a la simplificación de los trámites a que están sujetas las exportaciones, y normas sobre el ingreso al país, bajo regímenes de admisión temporal o de almacenes particulares, de materias primas, artículos a media elaboración, partes y piezas para ser incorporadas, en un solo proceso o en varios sucesivos, a productos de exportación ; estas normas podrán establecer tratamientos distintos según la naturaleza de las mecaderías, la zona del país que corresponda o la actividad o sector productivo que se trate de favorecer.
d) Establecer el seguro de crédito a la exportación, para garantizar al exportador contra los riesgos inherentes a la exportación y, en especial, los derivados de las ventas a crédito de mercaderías y servicios.
e) Establecer y modificar los sistemas de estímulo a las exportaciones como la devolución de derechos e impuestos que incidan en el costo o precios de los productos de exportación, la exención de pleno derecho de determinados tributos, u otros; y modificar el D.F.L. N° 257, de 1960, en cuanto exige destinar al mercado externo el total de la producción de las industrias que se acojan a sus franquicias.
f) Crear o determinar el o los organismos a los cuales corresponderá la formulación, administración, aplicación y fiscalización de la política de comercio exterior y fijarles sus atribuciones. El ejercicio de las facultades que se le otorgan al Presidente de la República en esta disposición se efectuará de acuerdo con las normas que señala el artículo 2° de esta ley.
Para el cumplimiento de los objetivos señalados en este número, el Presidente de la República podrá modificar, refundir o armonizar la legislación sobre comercio exterior, principalmente, el Decreto Supremo N° 1.272, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, del 7 de septiembre de 1961, que fijó el texto refundido de la Ley de Cambios Internacionales, y sus modificaciones, y cualquiera otra disposición relativa a importaciones y exportaciones;
3) Dictar normas sobre importaciones, señalando regímenes de prioridades que contemplen mecanismos flexibles para la determinación y aplicación de tributos, exenciones y derechos;
4) Modificar las normas que rigen la Corporación de Fomento de la Producción. Entre sus facultades podrán establecerse las de emitir y garantizar la emisión de bonos o debentures y garantizar la colocación o suscripción de acciones de sociedades anónimas, en la forma y condiciones que determine y con las franquicias que acuerde ese organismo, en todo caso, con la aprobación del Presidente de la República. La aludida Corporación podrá, para el cumplimiento de estos fines, organizar una sociedad anónima u otro tipo de persona jurídica de derecho privado, siempre que a lo menos el 70% de las acciones que constituyan la sociedad pertenezcan a dicha Corporación o a organismo del sector público, no pudiendo en ningún caso disminuir esta participación en el futuro. Esta Institución tendrá por objeto, además, coordinar los esfuerzos crediticios de la Corporación con los de otros organismos o servicios públicos, racionalizar la administración de préstamos y el control de sus inversiones y cobranzas, cautelar los intereses de la Corporación en las sociedades en que ésta tenga participación, promover inversiones de capitales extranjeros en el país y ejercer las demás actividades que el Consejo de la Corporación, con autorización del Presidente de la República, acuerde encomendarle;
5) Modificar o uniformar las normas sobre prenda industrial, agraria, de valores mobiliarios y compraventa de cosas muebles a plazo, pudiendo modificar sus regímenes, y contemplar especialmente sistemas que permitan garantizar cualquier tipo de obligaciones, a cualquier acreedor y sin desplazamiento;
6) Modificar la Ley General de Servicios Eléctricos, pudiendo, especialmente, establecer reglas sobre otorgamiento y renovación de concesiones, fijación, tramitación y aplicación de tarifas provisionales y definitivas, determinación de capitales inmovilizados, reducción del porcentaje de utilidad de las tarifas, régimen de exenciones tributarias compensatorias, y facultades de la Comisión de Tarifas.
Las mismas facultades podrán ejercerse respecto de los Servicios de Gas, Agua Potable y otros de utilidad pública;
7) Modificar, refundir o armonizar las leyes vigentes que regulan el ingreso al país de capitales extranjeros, pudiendo especialmente dictar normas para: establecer los requisitos que deberán reunir dichos capitales y señalar las actividades económicas y sociales en las cuales podrán invertirse; determinar las franquicias que podrán otorgárseles, su permanencia, estabilidad y extinción y su extensión a terceros, como asimismo, las condiciones a que estará sujeto el goce de ellas; y fijar los procedimientos para la autorización y modificación de los aportes, y
8) Dictar normas para impulsar el progreso de la industria turística nacional y el desarrollo de la actividad turística en general.
F) Transporte, Comunicaciones y Movilización.
Articulo 7°.- En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra F) del artículo 1°, el Presidente de la República podrá adoptar las medidas que conduzcan directa o indirectamente a la realización de una política general de transporte, comunicaciones y movilización. Para estos efectos podrá, especialmente:
1) Dictar normas que se refieran a los medios de transportes, sean ellos estatales, particulares o mixtos, con miras a integrar esos medios en un sistema orgánico, de acuerdo con los planes nacionales y regionales de desarrollo; pudiendo, para estos efectos, modificar la legislación vigente que, directa o indirectamente, se refiera a los organismos, instalaciones y medios de transportes;
2) Dictar normas que se refieran a los medios de comunicaciones, con los objetivos que se señalan en el número 1), pudiendo, asimismo, para estos efectos, modificar la legislación vigente que, directa o indirectamente, se relacione con los organismos, instalaciones y medios de comunicaciones ;
3) Dictar normas que permitan modificar los actuales sistemas de movilización colectiva urbana y suburbana, con el fin de proporcionar a la población un servicio eficiente y económico. Especialmente podrá, para estos efectos, promover la creación de empresas en que tengan participación el Estado, las Municipalidades, cooperativas u otros organismos que representen los intereses de los usuarios, y establecer el régimen jurídico por el que se regirán;
4) Establecer un régimen especial para la fijación de tarifas de los servicios de transportes, comunicaciones y movilización; y
5) Modificar la Ordenanza General del Tránsito, dictada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 15.123, de 17 de enero de 1963.
G) Universidades.
Artículo 8°.- En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra G) del artículo 1°, el Presidente de la República podrá:
1) Dictar normas que modifiquen, sustituyan o deroguen:
a) Las disposiciones vigentes relativas a la Universidad de Chile, a la Universidad Técnica del Estado y a las Universidades reconocidas por éste;
b) Las disposiciones aplicables al personal de las Universidades, y
c) En general, cualquier precepto legal que afecte directa o indirectamente a la Universidad de Chile, a la Universidad Técnica del Estado y a las Universidades reconocidas por éste;
2) Refundir en textos únicos las disposiciones legales por las que se rijan las Universidades de Chile y Técnica del Estado, el personal de una u otra, y también los demás preceptos que les sean respectivamente aplicables, pudiendo hacer uso de las facultades que para estos efectos se le confieren, en general, por el artículo 12 de esta ley.
Artículo 9°.- La dictación de las normas y textos a que se refiere el artículo precedente se hará, en todo caso, con acuerdo del respectivo Consejo de la Universidad a que se apliquen o afecten; además, con acuerdo del Consejo de Rectores adoptado por la unanimidad de sus miembros cuando se trate de normas de aplicación general para todas las Universidades o que alteren las relaciones existentes entre cualesquiera de ellas.
Artículo 10.- Las Universidades se regirán exclusivamente por las normas que el Presidente de la República haya dicta
do de acuerdo con las atribuciones a que se refieren las normas precedentes, por las disposiciones legales actualmente vigentes que no hayan sido modificadas y por los reglamentos que aprueben los respectivos Consejos Universitarios en virtud de la autonomía de esas Corporaciones.
Reglas generales
Artículo 11.- Dentro de los plazos que esta ley otorga, el Presidente de la República podrá adoptar las medidas que se autorizan, de una sola vez, o en forma gradual o parcial, según lo estime conveniente, en relación con cada uno de los aspectos que comprenden las materias indicadas en los artículos precedentes; pudiendo, además, modificar o derogar, dentro de los mismos plazos, las disposiciones que hubiere dictado.
Artículo 12.- Autorízase al Presidente de la República para fijar dentro de los dos años siguientes a la vigencia de esta ley, los textos definitivos de las disposiciones legales y reglamentarias que, versando sobre una misma materia o sobre materias conexas, estime conveniente reunir en un solo cuerpo, especialmente de las disposiciones legales y reglamentarias que se dicten o modifiquen en el ejercicio de las facultades que se otorgan por esta ley o que se relacionen con ellas.
Al fijar dichos textos, podrá coordinar, corregir la redacción sin modificar el contenido, sistematizar y alterar la numeración del articulado, la titulación y la ubicación de las disposiciones respectivas. Los textos definitivos o únicos podrán llevar número de ley, cuando así lo determine el Presidente de la República.
Artículo 13.- El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades que esta ley le otorga, no podrá:
a) Dictar disposiciones que modifiquen la organización y atribuciones del Poder Judicial o de los Tribunales que de él dependan, ni las normas que las leyes vigentes señalan para el desempeño y continuidad de sus funciones y ejercicio de sus atribuciones por parte de los miembros y empleados en servicio de dicho Poder. Sin embargo, las modificaciones que versen sobre las normas que en la actualidad se aplican supletoriamente al personal del Poder Judicial, se aplicarán también a éste;
b) Dictar disposiciones sobre las mismas materias a que se refiere la letra anterior, respecto de la Contraloría General Contraloría General de la República. No obstante, el Presidente de la República, a proposición del Contralor General, podrá modificar las normas legales sobre organización y atribuciones de la Contraloría;
c) Dictar disposiciones relacionadas con el Congreso Nacional o con los servicios que de éste dependan;
d) Dictar disposiciones que modifiquen los regímenes de jubilación, desahucio, montepío, seguro de vida y demás beneficios provisionales;
e) Dictar normas que modifiquen la organización de las Municipalidades, disminuyan sus atribuciones o alteren el régimen estatutario de su personal. Sin embargo, podrá dictar normas sobre estas materias con acuerdo de la Mesa Ejecutiva de la Confederación Nacional de Municipalidades y, aún sin este acuerdo, podrá considerar la debida participación o representación de los Municipios en los organismos que se creen o modifiquen en el ejercicio de las facultades que esta ley le confiere, y
f) Modificar las disposiciones tributarias vigentes o crear nuevos impuestos, salvo en los casos en que esta ley lo haya autorizado expresamente. Podrá, sin embargo, suspender, suprimir o disminuir impuestos, derechos, tasas y tarifas, sean fiscales, municipales, notariales o de cualquiera otra índole, cuando se trate de disposiciones generales, o específicas para determinados sectores con fines de desarrollo o fomento.
Artículo 14.- El ejercicio de las facultades que esta ley otorga no podrá significar, en caso alguno, alejamiento de Ja Administración para el personal de los servicios públicos, ni disminución de remuneración.
Los funcionarios que no puedan ser ubicados en las plantas de servicios formarán una planta suplementaria. Las funciones que éstos deban realizar se determinarán por el Presidente de la República.
Si la remuneración que deba corresponder a un funcionario como consecuencia del ejercicio de estas facultades fuere inferior a la que percibía hasta ese momento, tendrá derecho a la diferencia. El pago de esta diferencia se eliminará paulatinamente por la aplicación de los futuros aumentos, de acuerdo con las normas que establezca el Presidente de la República.
Artículo 15.- Los decretos que dicte el Presidente de la República en el ejercicio de las facultades que esta ley le otorga deberán ser dictados y enviados a la Contraloría General de la República para su toma de razón, dentro del plazo de un año contado desde la publicación de la presente ley. Con todo, cuando dicho organismo representare un decreto dentro de los últimos 30 días de este plazo o después de su vencimiento, el Presidente de la República podrá introducir las correcciones o modificaciones que sean pertinentes y enviarlo para su retramitación dentro de los 30 días siguientes a la devolución.
Los decretos empezarán a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial u otra posterior que ellos mismos señalen.
Artículo 16.- No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el Presidente de la República, en el ejercicio de las facultades que le confiere esta ley, podrá establecer gradualmente la organización de los servicios auxiliares de la Administración Pública, con el objeto de racionalizar, centralizar, modernizar y mecanizar el aprovisionamiento, el pago de remuneraciones, los sistemas de estadística y de procesamiento de datos, la movilización de los
funcionarios, los servicios de imprenta y difusión, o los trabajos de conservación de edificios públicos, en el término de dos años contados desde la vigencia de esta ley.
Artículos transitorios
Artículo 1°.- La aplicación de esta ley no podrá significar aumento del conjunto de los gastos consultados por concepto de remuneraciones en la Ley de Presupuesto de 1965 y en los presupuestos de los servicios descentralizados, correspondientes al mismo año.
Las disposiciones que se dicten en virtud de la presente ley, en todo aquello que tenga relación con ingresos y gastos, se incorporarán a la Ley de Presupuesto Fiscal de Estradas y Gastos de la Nación para el año 1965, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del D.F.L. N° 47, de 1959. Para tales efectos, autorízase al Presidente de la República para efectuar traspasos desde cualquier ítem de las partidas y capítulos consultados en la Ley de Presupuesto para el año 1965, a las nuevas partidas y capítulos que se creen en virtud de las disposiciones a que dé lugar la aplicación de la presente ley.
Artículo 2°.- A fin de obtener una mejor expedición en las labores extraordinarias que impondrá la dictación de las normas que autoriza la presente ley, así como los restantes proyectos que ha propuesto o proponga el Ejecutivo a la consideración del Honorable Congreso Nacional, el Presidente de la República, o, en su caso, los Jefes Superiores ele Servicios podrán ordenar comisiones de funcionarios para que presten servicios en el Ministerio de Justicia u otras reparticiones. Estas comisiones tendrán la duración que indique el respectivo decreto o resolución, podrán ser renovadas o prorrogadas y no estarán sujetas a las limitaciones que señala el Párrafo 2° del Título 3° del Estatuto Administrativo. Podrán ser incluidos en ellas, en las condiciones ya mencionadas, los funcionarios de cualquier servicio u organización del Estado, aun cuando no estén regidos por el D.F.L. N° 338, de 1960.
La disposición anterior es sin perjuicio de las facultades ordinarias para la contratación de funcionarios o de personas ajenas a la Administración y que se puedan ejercer con el mismo objeto."
Sala de la Comisión, a 10 de junio de 1965.
Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Lorca (Presidente), Agurto, De la Fuente, Fuenzalida, Palestro, RuizEsquide, Santibáñez, Suárez, Téllez y Werner.
Se designó Diputado Informante, al Honorable señor Lorca (Presidente).-
(Fdo.): Jaime de Larraechea, Secretario."
13.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA
"Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda pasa a informar, en trámite reglamentario de segundo informe y en conformidad al artículo 61 del Reglamento, el proyecto, de origen en Mensaje, calificado de "simple urgencia" informado ya por la Comisión de Gobierno Interior, que concede al Presidente de la República facultades especiales para dictar normas con fuerza legal sobre materias administrativas, económicas y sociales.
La Comisión conoció del proyecto en forma detallada, en el curso de trece sesiones, con una duración total de cerca de treinta y siete horas y oyó sobre cada una de las materias que comprende, no sólo a los funcionarios y asesores del Gobierno que la pudieron informar sobre ella, sino también a representantes de los diversos sectores afectados por la disposición respectiva.
Fue así como concurrieron a las reuniones los señores Ministros subrogante del Interior, don Juan de Dios Carmona; de Justicia, don Pedro J. Rodríguez; de Educación, don Juan Gómez Millas, y de Economía, Fomento y Reconstrucción, don Domingo Santa María Santa Cruz; el Subsecretario de Hacienda, don Andrés Zaldívar; Subsecretario de Transporte, don Sergio Saldivia; don Rene Pairoa, Director de Turismo; don Manuel Daniel, Asesor del Ministerio de Justicia; don Gastón Illanes, abogado del Banco Central de Chile; don Carlos Croxatto, Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción; don Salvador Lluch, Secretario de la Asociación Latiamericana de Libre Comercio; don Sergio Ossa, Director de Promoción Popular; don Sebastián Vial, abogado asesor del mismo Servicio; don Carlos Burr, Jefe del Pepartamento de Cooperativas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción ; don José Suárez, Vicepresidente de la Empresa de Comercio Agrícola; don Mario Parada, Director General de Correos y Telégrafos, y don Horacio Serrano, Secretario del Consejo de Rectores de las Universidades; don John Lundell y Ricardo Sáenz, de la Oficina de Racionalización del Ministerio de Hacienda.
La Comisión oyó, además, a delegaciones de la Asociación Nacional de Empleados Semifiscales, compuesta por los señores Enrique Grandi, Presidente; Hernán Becerra, Vicepresidente, y Carlos Bate, Secretario; de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, presidida por don Tucapel Jiménez e integrada por los señores presidentes de las federaciones que componen la Asociación; de la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud, compuesta por don Luis Freiré, don Polidoro Morales, Vicepresidente y don Eugenio Tello, don Máximo Vargas, don Juan Pavez, doña Luisa Benítez y don Carlos Ramírez, directores; el representante de la Unión de Federaciones Universitarias, don Patricio Millán; don Pedro Felipe Ramírez, Presidente de la Federación de Estudiantes de Chile; don Humberto Elgueta, don Mario Astorga y Hugo Araya, Presidente, Vicepresidente y Consejero, respectivamente, de la Federación de Educadores de Chile; una delegación del personal del Registro Civil e Identificación, presidida por don Fernando Riveros e integrada, además, por los señores Hugo Cancino, Roberto Santander, señorita Norma Grey, Luis Arancibia, Hernán Solís, Armando Reyes, señorita Ester Barría y señor Ramón Cortés; el Presidente y Secretario abogado del Colegio Médico de Chile, señores doctor Emilio Villarroel y don Daniel Ramírez; representantes de la Federación de Cooperativas de Ahorro, señores Joaquín Teixidor, Jaime Líbano y Cornelio Tulén y el señor Gastón Olavarría, Oficial del Registro Civil de Valparaíso.
La Comisión introdujo numerosas modificaciones en el texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior, destinadas en forma principal a ampliar las materias acerca de las cuales podrá extenderse la acción del Gobierno en virtud de la legislación propuesta y a resguardar los derechos de los funcionarios o personales que pudieran verse afectados por tales medidas. En otros aspectos, se proponen también algunas reformas al articulado que conoció la Comisión, destinadas a procurar una mejor aplicación de los preceptos ya incorporados en el proyecto.
La modificación que se propone en el artículo 1° tiene relación con el Título nuevo H) que se agrega después del artículo 10, sobre "Educación Física, Deportes y Recreación", mediante el cual se autoriza al Presidente de la República para dictar medidas que conduzcan a la realización de una política general en dichas materias.
En el número 3) del artículo 2° se reemplaza la facultad referente a crear la Oficina de Planificación Nacional, dándole a ésta un carácter de asesoría.
En el número 5) se sugiere dar intervención en los estudios del Nuevo Estatuto Administrativa a los representantes de las Asociaciones de Empleados de los Servicios incluidos en él. Se autoriza, también, en el mismo artículo, la creación del Colegio Técnico de Oficiales Civiles e Identificadores.
Se suprime en el artículo 3° la facultad del Banco Central para emitir y colocar valores reajustables, pues se ha legislado ya sobre la materia en otro proyecto.
En el artículo 6° se consultan normas detalladas acerca de la posibilidad de desarrollar industrias de "integración regional" en concordancia con una de las finalidades primordiales de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio.
Se elimina en el artículo 8° la posibilidad de que las Universidades puedan desprenderse de servicios que actualmente se encuentran dentro de su competencia.
Se autoriza en el artículo 12 disposiciones referentes a la modernización del Código Sanitario, como, asimismo, en un artículo nuevo; después de éste se permite la dictación de un nuevo Código Tributario y determina las materias que éste podrá comprender.
En el artículo 13 se consigna la supresión de diversas franquicias tributarias a ciertas industrias de las provincias de Tarapacá y Antofagasta, que a su vez no cumplieron obligaciones correlativas respecto de sus personales de empleados y obreros.
Dentro de este artículo 13, que contempla las prohibiciones o restricciones respecto de las facultades que por el resto del articulado se otorgan, se introdujo un número nuevo relativo a la Empresa Nacional del Petróleo, y otros destinados a salvaguardar los derechos de los empleados regidos por el Estatuto Administrativo.
Igualmente, en el artículo 14 se han contemplado garantías para los funcionarios de la Administración Civil del Estado, con ánimo de permitir que las reformas administrativas destinadas a perfeccionar el aparato del Estado no redunden en perjuicio de los que laboran en él.
Dentro de los artículos nuevos propuestos, se ha consultado uno que contempla la autorización para implantar la jornada única de trabajo en las actividades que aún no se encuentran sujetas a ella.
Esta disposición tiene su fundamento en los beneficios de todo orden que acarrea tal sistema de trabajo para empresarios y trabajadores, al permitir un mejor aprovechamiento del tiempo y una considerable economía de costos en la industria y comercio.
Otro artículo nuevo autoriza para reformar las reglas vigentes en materia de cobro ejecutivo de las obligaciones tributarias de dinero y transformación de los actuales procedimientos judiciales en administrativo-judiciales, conservando en la esfera de los Tribunales de Justicia aquellas materias que intrínsecamente deben corresponder a éstos.
Finalmente, el último artículo nuevo que se ha aprobado, tiene por objeto que aquellos funcionarios que actualmente tienen la categoría necesaria para gozar del beneficio de la jubilación reajustable al sueldo de actividad puedan conservar esta posibilidad para hacer uso de ella en la oportunidad del caso, aun cuando por aplicación de las normas de la ley en proyecto no quedaren afectos a tal franquicia.
Comprenderá la Honorable Cámara que la presente exposición de motivos tiene un carácter meramente formal, pues habría sido imposible resumir en tan breve espacio de tiempo las razones que ha tenido la Comisión para adoptar tal o cual pronunciamiento, y analizar en forma coordinada los detalles de la legislación en trámite. El señor Diputado informante podrá suplir esta deficiencia y la Honorable Corporación podrá tener en cuenta las circunstancias hechas valer para perdonarla.
La Comisión de Hacienda acordó, pues, recomendar a la Honorable Cámara la aprobación del proyecto ya individualizado, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1°
Agregar una letra nueva "H) Educación Física, Deporte y Recreación", colocando la conjunción "y" al final de letra G).
Artículo 2°
Reemplazar el número 3) por el siguiente:
"3) Crear, en el ejercicio de la facultad señalada en el número predecente, un servicio asesor, funcionalmente descentralizado, que se denominará "Oficina de Planificación Nacional", bajo la supervigilancia del Presidente de la República, que tendrá por objeto preparar las proyecciones de la realidad económico, a mediano y largo plazo, necesarias para el estudio de los planes nacionales y regionales de desarrollo; concertar las políticas generales del Gobierno que regirán para la elaboración de los planes sectoriales a mediano y largo plazo que formulen los Ministerios u otras entidades. sea del sector público o privado; compatibilizar estos planes sectoriales, y proponer al Presidente de la República los planes nacionales y regionales de desarrollo resultantes de todos los estudios precedentes."
Añadir en el número 5) el siguiente inciso:
"En los estudios del nuevo Estatuto Administrativo participarán representantes gremiales de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales "ANEF", de los Semifiscales, del Magisterio, de los Servicios Descentralizados y de las Empresas Autónomas dependientes del Estado, según corresponda y designados para cumplir este cometido por sus respectivos organismos gremiales. Este nuevo cuerpo legal contendrá el Estatuto Jurídico General de la Administración Pública y se dictará mediante decreto con fuerza de ley."
Agregar el siguiente número nuevo: "...) Crear el Colegio Técnico de Oficiales Civiles e Identificadores."
Artículo 3°
En la letra c), suprimir la frase siguiente, reemplazando la coma por un punto:
"Para emitir y colocar en el mercado títulos reajustables a su propio cargo, en moneda nacional y con plazos mínimos de un año, y comprar y vender en mercado abierto acciones, bonos o debentures, pudiendo señalar la forma, montos y demás normas que serán aplicables a estas operaciones."
Artículo 6°
Sustituir, en la letra e) del número 2) la frase final siguiente:
"en cuanto exige destinar al mercado externo el total de la producción de las industrias que se acojan a sus franquicias.", por esta otra:
"principalmente para permitir a las industrias que en el futuro se acojan a sus disposiciones, colocar parte de su producción en el mercado nacional."
Eliminar el número 3).
Intercalar, como número nuevo, en lugar del 3, el siguiente:
"...) Dictar normas sobre promoción de industrias de "integración regional", tales como la industria automotriz, la industria electrónica, la industria de máquinas, herramientas y otras con miras principalmente al desarrollo del mercado latinoamericano. Estas normas podrán referirse a:
a) La fijación del régimen a que se sujetarán las industrias que por consideraciones de interés nacional, sean declarados de "integración regional".
b) La facultad de declarar de "integración regional", por decreto supremo, una industria determinada o una parte de su producción, de acuerdo con la importancia que para su desarrollo tenga el intercambio con los países de la ALALC, debiendo establecerse en el mismo decreto las condiciones especiales que, dentro del régimen a que se refiere la letra a), serán aplicables a la respectiva industria.
d) Crear o determinar los organismos competentes para aprobar, aplicar y controlar los programas sucesivos de desarrollo y la operación de cada empresa industrial que se acoja al régimen de "integración regional".
e) La simplificación y agilización de los trámites de importación y desaduanamiento de los elementos destinados a las industrias de "integración regional", para asegurar el correcto y oportuno cumplimiento del respecto programa de desarrollo industrial.
f) Establecer sistemas de estímulo, como el de devolución de impuestos u otros, a la exportación de los productos fabricados en conformidad a los programas de desarrollo, orientando la producción en especial hacia los países de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC).
f) Establecer las sanciones en que incurrirán las industrias de "integración regional", en los casos de infracción a las normas legales o reglamentarias correspondientes o de incumplimiento de! respectivo programa; y, asimismo, señalar el organismo encargado de aplicar las sanciones, el procedimiento aplicable y los recursos que tendrán los afectados en contra de las resoluciones correspondientes.
El Presidente de la República, en los decretos que otorguen la calidad de industria de "integración regional", conforme. a las normas que dicte en aplicación del presente número, podrá señalar el tratamiento tributario y aduanero aplicable a las industrias respectivas. Para estos efecto, podrá eliminar o modificar los gravámenes aduaneros u otros que graven la importación de materias primas, de productos semielaborados o de componentes destinados a la producción industrial de "integración regional". También podrá eliminar o modificar los citados gravámenes que afecten a la importación de maquinarias, equipos o repuestos destinados a la instalación, ampliación o modernización de las industrias de "integración regional". Al mismo tiempo, podrá modificar los gravámenes mencionados que afecten la importación de productos similares o de aplicación equivalente a los producidos por la industria de "integración regional". Igualmente podrá el Presidente de la República eliminar o reducir, por lapsos no mayores de 15 años, los impuestos de categoría de la renta que afectan a las empresas declaradas de "integración regional'.
Asimismo, a requerimiento de los organismos señalados en la letra c) de este número, el Presidente de' la República podrá dictar decretos modificatorios de las condiciones establecidas en el que hubiere otorgado la calidad de industria de "integración regional".
Las facultades del presente número no podrá alterar las franquicias que leyes especiales hayan otorgado a determinadas zonas del país."
Artículo 8°
Agregar en la letra b), a continuación de las palabras: "personal de las Universidades", en punto seguido, la siguiente frase: "En ningún caso los Rectores de las Universidades en uso de las facultades que les otorga la presente ley, podrán proponer al Presidente de la República que se desprendan de la dependencia de las Universidades, servicios o instituciones que actualmente formen parte de ellas."
Título nuevo
Agregar, después del artículo 10, el siguiente:
H) Educación Física, Deportes y Recreación.
"Artículo….- En el ejercicio de la faculta a que se refiere la letra H) del artículo 1°, el Presidente de la República, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2?, podrá adoptar las medidas que conduzcan directa o indirectamente a la realización de una política general de Educación Física, Deporte y Recreación. Para estos efectos podrá, especialmente: 1°) Dictar normas que modifiquen, sustituyan o deroguen las disposiciones vigentes relativas a la Educación Física, el Deporte y la Recreación. 2°) Establecer un régimen especial para el otorgamiento de personalidad jurídica a las instituciones y organizaciones deportivas".
Artículo 11
Agregar el siguiente inciso:
"Sin embargo, tratándose de designaciones y encasillamientos del personal, motivados por reestructuración de Servicios, deberán adoptarse en cada repartición, por una sola vez, salvo que el afectado otorgue su autorización por escrito."
Artículo 12
Agregar el siguiente inciso:
"Al ejercer esta facultad respecto del Código Sanitario aprobado por D.F.L. N° 222, de 1931, podrá, además, modificar las disposiciones respectivas a fin de adecuarlas a la actual organización administrativa del Estado, a las convenciones y recomendaciones internacionales sobre la materia y a las experiencias y avances que aconseja la ciencia de la Salud Pública."
Artículo nuevo, después del 12.
Colocar el siguiente:
"Artículo....- Asimismo, autorízase al Presidente de la República para que proceda a refundir en un Código Tributario las normas sobre impuestos y contribuciones que estime pertinentes. En uso de esta facultad podrá simplificar, coordinar, uniformar e integrar las normas legales, impuestos o sistemas tributarios vigentes, ya sé trate de disposiciones sustantivas, o de normas sobre administración, fiscalización, giro y pago, sobre apremios, infracciones, solidaridad y presunciones, o sobre tribunales, reclamos, denuncias, procedimientos, recursos, cobros ejecutivos, prescripciones, o sobre otras materias tributarias.
Sin embargo, el Presidente de la República no podrá crear impuestos nuevos, ampliar su área de aplicación, elevar las tasas o aumentar el gravamen, suprimir las exenciones o liberaciones ni elevar penalidades o sanciones, salvo en cuanto sea para uniformar éstas o para sustituir los apremios personales por sanciones corporales o viceversa."
Artículo 13
En la letra e), cambiar las palabras "de la Mesa Ejecutiva" por "unánime del Directorio".
Añadir el siguiente inciso segundo, nuevo, en la letra f):
"El Presidente de la República, por decreto supremo, suspenderá todas las franquicias tributarías, consulares y aduaneras, a que se encuentren acogidas las empresas industriales por los regímenes de las leyes N°s. 12.937, 15.575 y D.F.L. N° 266, de 6 de abril de 1960, cuando estas empresas no hayan dado cumplimiento a lo prescrito en el artículo 107 de la ley N° 15.575 sobre participación de utilidades a sus trabajadores, después de 30 días de conocida la aprobación de sus balances anuales.
Esta sanción se ejercerá a simple denuncia de los gobernadores o inspectores correspondientes y afectará a los infractores, por el espacio de un año siguiente al que correspondió devengar la participación reclamada."
Agregar las siguientes letras nuevas:
"...) Alterar el Estatuto Legal de la Empresa Nacional del Petróleo, fijado en la ley N° 9.618.
No obstante, el Gobierno podrá modificar la composición del Consejo Directivo de la Empresa, preservando la mayoría de que actualmente dispone el Estado chileno y confiriendo participación a los obreros y empleados de la Empresa Nacional del Petróleo."
"...) Modificar las disposiciones contenidas en los artículos 16, letra b) 100, incisos tercero y cuarto, 132 y 143 del Decreto con Fuerza de Ley N° 338,. de 1960, como asimismo introducir cualquiera modificación que signifique suprimir, rebajar o suspender los derechos de los funcionarios que contempla dicho cuerpo legal y las demás leyes complementarias."
"...) Trasladar de localidad, de repartición, cambiar de planta permanente ni de función, como tampoco rebajar de jerarquía, categoría o grado a los empleados u obreros que tengan calidad de dirigentes gremiales nacionales de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales "ANEF", de la Agrupación Nacional de Empleados Semifiscales o de las Asociaciones Nacionales de Funcionarios de los Servicios de la Administración del Estado, sin la autorización escrita del afectado.
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones del inciso anterior, calificado por el Contralor General de la República, a petición del afectado y dentro del plazo de treinta días, otorgará al funcionario el derecho a jubilar con el 100% de pensión, basándose la jubilación y el desahucio en su última remuneración mensual, siempre que reúna más de diez años de servicios computables; la diferencia de imposiciones que se produzca será de cargo fiscal. Si el incumplimiento consistiese en la rebaja de categoría o grado, tanto la jubilación como el desahucio se otorgará sobre la base de la situación funcionaría anterior a este deterioro."
". . .) Alterar la calidad de funcionarios civiles del personal del Servicio de Prisiones."
Artículo 14
Reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo....- El ejercicio de las facultades que esta ley otorga no podrá significar, en caso alguno, alejamiento de la Administración para el personal de los servicios públicos, creación de plantas suplementarias, ni disminución de remuneraciones, categoría o grado.
No obstante, los funcionarios que, por las medidas que se adopten en el ejercicio de las facultades que esta ley otorga, sean trasladadas de residencia, de planta, de repartición o destinados a funciones de inferior jerarquía, con perjuicio o deterioro de su situación funcionaría calificado por el Contralor General da la República a petición del afectado y dentro del plazo de sesenta días y que reúna más de quince años de servicios computables, podrán acogerse a jubilación, calculándose su pensión y desahucio en base a su última remuneración mensual ; las diferencias de imposiciones que se produzcan serán de cargo fiscal. Aquellos cuya pensión resulte inferior a su última remuneración mensual, gozarán durante un año, a contar de la fecha de su retiro, de la diferencia que se produzca, la que será de cargo fiscal.
Aquellos que no reúnan este tiempo mínimo para acogerse a jubilación y que presenten su renuncia, tendrán derecho a una indemnización de doce meses de remuneraciones, pagada por una sola vez dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su retiro, sin perjuicio de los demás beneficios que le correspondan."
Artículos nuevos
"Artículo....- Autorízase al Presidente de la República para implantar en el país y reglamentar la "Jornada Única de Trabajo", con un intervalo de treinta minutos como mínimo de descanso, en todas las actividades nacionales, sean públicas o privadas.
Al hacer uso de esta facultad, el Presidente de la República deberá indicar expresamente la repartición, institución, servicio o actividad en que haya de cumplirse esta jornada, señalando el horario que en cada repartición regirá, todo ello previo informe del jefe de la repartición, institución o servicio respectivo, cuando procediere."
"Artículo...- Facúltase al Presidente de la República para modificar las normas que rigen el cobro ejecutivo de las obligaciones tributarias de dinero, derogar las actuales y dictar nuevas, pudiendo entre otras materias transformar los actuales procedimientos judiciales en administrativo-judiciales, debiendo contemplar en todo caso en los nuevos procedimientos la intervención de los tribunales ordinarios de justicia en los remates o pago, de especies o dineros embargados, privación de libertad del contribuyente moroso cuando procediere, conocimiento y decisión de las reclamaciones interpuestas por los contribuyentes en contra de las resoluciones de los funcionarios encargados de las cobranzas.
En el ejercicio de esta facultad el Presidente de la República podrá, además:
Otorgar al Servicio encargado de la cobranza de impuestos las mismas facultades que el Código Tributario otorga al Servicio de Impuestos Internos para imponerse de los activos y bienes de los contribuyentes y comprobar la exactitud de sus declaraciones, con el único objeto de determinar los bienes sobre los cuales se pueden hacer efectivas las obligaciones tributarias, y dar asimismo al Servicio encargado del cobro de estas obligaciones, las facultades de aplicar sanciones pecuniarias que el Código Tributario otorga al Servicio de Impuestos Internos en su artículo 97; modificar los plazos para confeccionar las nóminas de deudores morosos que deben preparar los Tesoreros Comunales, los mínimos incobrables y los plazos de prescripción de las acciones del Fisco contra los deudores morosos que establece el mismo Código; autorizar la compensación entre las deudas de los contribuyentes morosos con los créditos que éstos tengan en contra del Fisco; establecer normas que permitan al Fisco adjudicarse los bienes subastados en el procedimiento del cobro ejecutivo por el mínimo fijado a falta de postores; establecer la embargabilidad de remuneraciones superiores a 5 sueldos vitales y hasta un 50% sobre el exceso de esa suma, y reglamentar la obligación de retener de parte del empleador, pudiendo hacer a éste solidariamente responsable del pago de dichas obligaciones; restablecer para los créditos del Fisco y los de las Municipalidades el privilegio y preferencia que establece el Código Civil; establecer la reajustabilidad de los impuestos morosos superiores a cinco vitales mensuales; establecer multas para los contribuyentes morosos en toda clase de impuestos y modificar el porcentaje de costas judiciales en el cobro de obligaciones tributarias”.
Artículo transitorio, nuevo
Agregar el siguiente:
"Artículo....- Los funcionarios que a la fecha de entrar en vigencia la presente ley se encuentren en las condiciones previstas por las leyes vigentes para gozar de jubilación reajustable en relación con el sueldo de actividad y determinable según la última remuneración, pero que no puedan invocar .alguna causa legal de jubilación, tendrán derecho, cuando reúnan los requisitos legales para jubilar, a exigir que su pensión se determine y reajuste en esa forma, no obstante cualquiera modificación a tales condiciones, siempre que a la época de la publicación de esta ley reúnan por lo menos quince años computables para la jubilación."
Sala de la Comisión, a 22 de julio de 1965.
Acordado en sesiones de fecha 1, 6, 7, 8, (2), 12, 13, 14, 19 (2), 20 y 21 del presente, con asistencia de los señores Lavandera (Presidente), Argandoña, Cademártori, Gajardo, Godoy, Irureta, Lazo, doña Carmen, Maira, Penna, Poblete, Rioseco, Sota y VIDELA.-
Se designó Diputado informante al Honorable señor MAIRA.-
(Fdo.): Jorge LeaPlaza Sáenz, Secretario."
14.-MOCION DEL SEÑOR JARPA
"Honorable Cámara:
El 20 de agosto de cada año se celebra en el país un glorioso acontecimiento nacional, por cuanto en un día como ése, nació en la ciudad de Chillán el prócer de nuestra independencia, General don Bernardo O'Higgins.
Ha constituido una tradición legislativa la dictación de una ley que declara feriado la fecha indicada para la comuna de Chillán, donde se da especial realce a las manifestaciones de exaltación a su recuerdo, por medio de diversos actos de homenaje, en los cuales la ciudadanía vibra frente a la austera figura del Primer Ciudadano de esta República.
La trayectoria histórica de quien sacrificara lo mejor de su ser al forjar la independencia de este suelo, merece la admiración y respeto de toda la nacionalidad. Nada es más demostrativo para ello que la celebración de tan fausto acontecimiento en la ciudad que fue la cuna del procer.
En virtud a las razones expuestas me permito someter a la consideración de la Honorable Cámara, el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Declárase feriado en la comuna de Chillán el día 20 de agosto de cada año, fecha del nacimiento del prócer de la Independencia, General don Bernardo O'Higgins."
(Fdo.): Miguel Jarpa Vallejos."
15.-MOCION DE LOS SEÑORES SILVA SOLAR, AYLWIN, CANCINO, VIDELA Y SIVORI
"Honorable Cámara:
Es sabido que uno de los principales proyectos del actual Gobierno, en orden a lograr los cambios sociales y económicos que el país requiere, es el de Reforma Agraria. Sin embargo, como se trata de una materia que requiere detenido estudio, y para la cual es previa la reforma constitucional, no será posible contar con esta legislación en el futuro inmediato.
Entretanto, muchos propietarios se han dedicado a hijuelar, dividir, o parcelar sus predios, lo que no siempre obedece a propósitos económicos y sociales sanos o aceptables, sino a la finalidad de eludir los justos objetivos que persigue la Reforma Agraria.
Para poner término a esta situación, que puede llegar a producir perjuicios, incluso a los adquirentes de las parcelas, hijuelas o nuevos predios objetos de la división, y mientras se despache la ley de Reforma Agraria que contemplará normas permanentes sobre este particular, es que nos parece urgente que se preste pronta aprobación al proyecto de ley que venimos en proponer a la Honorable Cámara:
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Todo propietario, antes de dividir, parcelar o hijuelar un predio rústico o parte de él, que tenga una cabida superior a quince hectáreas, deberá obtener la autorización de la Corporación de la Reforma Agraria.
La Corporación de la Reforma Agraria deberá pronunciarse sobre la solicitud del propietario dentro del plazo de cuarenta días, a contar de la fecha en que éste le haya entregado la totalidad de los antecedentes del proyecto de división, parcelación o hijuelación, que la Corporación de la Reforma Agraria le requiera.
Se prohíbe a los Notarios autorizar las respectivas escrituras y a los Conservadores de Bienes Raíce3 inscribir los títulos de transferencia o adjudicación correspondiente, sin que la Corporación de la Reforma Agraria haya dado la autorización a que se refiere este artículo, debiendo dejarse constancia de esta autorización mediante certificado que se insertará en la respectiva escritura.
Artículo 2°.- Se prohibe igualmente otorgar contratos de promesa de venta cuyo cumplimiento requiera la división, parcelación o hijuelación de los predios señalados en el inciso primero del artículo primero. El propietario que con infracción de este artículo prometiera vender maliciosamente un predio agrícola será sancionado como autor del delito de estafa, con la pena señalada en el artículo 469 del Código Penal.
(Fdo.): Andrés Aylwin. Julio Silva Solar.- Fernando Cancino.- Pedro VIDELA.- - Carlos Sívori."
16.-MOCION DEL SEÑOR ESCORZA
"Honorable Cámara:
Es el hecho que el 19 de agosto de 1953, se dictó el decreto 5.882, que dispuso acogerse al artículo 13 de la ley 9.866 al personal gráfico que efectúa labor propia y específica de imprenta en la Casa de Moneda de Chile, deberá efectuar sus imposiciones de previsión, a contar desde el 1" de agosto de 1953, en el Departamento de Fotograbadores o de Imprenta de Obras de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
Con anterioridad a esta fecha, este personal imponía desde el año 1942 en la Sección Empleados Públicos de la misma
Caja, cuya previsión está regida por el D.F.L. N° 1.340bis que no contempla el beneficio de bonificación a que hace referencia la ley 10.621 orgánica del Departamento de Previsión Periodística.
La mencionada ley 10.621, de fecha 12 de diciembre de 1952 en sus artículos N°s. 48, 49 y 50 legisla específicamente en favor de los derechos de los trabajadores gráficos de Chile que laboran en ambiente tóxico. Queda obviamente demostrado por una omisión lamentable de la ley, que el personal que trabajaba en labores gráficas de ambiente tóxico de la Casa de Moneda de Chile con anterioridad a la dictación del decreto 5.882, no le fue reconocido el derecho de su condición de trabajadores gráficos de ambiente tóxico con derecho a abono por años de servicios, como lo estipuló para todos los trabajadores gráficos de Chile.
Con el objeto de remediar esta injusticia, la cual queda en evidencia entre los trabajadores de la misma institución, que ingresaron con posterioridad al 19 de agosto de 1953, fecha de la dictación del decreto 5.882 gozan de todos los derechos estipulados en la ley N° 10. En cambio, los que ya estaban en servicio con anterioridad a la vigencia del decreto mencionado, están postergados en sus derechos, afectando a un grupo antiguo de trabajadores gráficos de ambiente tóxico de la Casa de Moneda de Chile, que en su totalidad no exceden de 60 personas, las cuales han ingresado desde el año 1942 a 1953.
En atención a los antecedentes anteriormente expuestos, presento a la consideración y aprobación de la Honorable Cámara, el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Los personales que hayan prestado sus servicios en ambiente tóxico en la Casa de Moneda de Chile, con anterioridad al 19 de agosto de 1953 tendrán derecho, para todos los efectos legales cuando procedan, al abono por trabajos nocturnos o en ambiente tóxico, que establece la ley N° 10.621 y de acuerdo con lo en ella establecido.
Artículo 2°.- Será de cargo del imponente el aporte del 1% a que se refiere el artículo 49 de la ley N° 10.621.
Artículo 3°.- Para estos efectos la Casa de Moneda de Chile acreditará la calidad de trabajar gráfico ante el Departamento de Previsión Periodística, a todo el personal que con anterioridad al 19 de agosto de 1953 se encontraba prestando sus servicios en las condiciones citadas, para acogerse a los beneficios de la presente ley.
(Fdo.): José Domingo Escorza."
17.-MOCION DE LOS SEÑORES GARCES, DON CARLOS, FUENZALIDA Y NARANJO
"Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Autorízase a la Ilustre Municipalidad de Curicó para contratar un empréstito en el Banco del Estado de Chile por la suma de cuatrocientos mil escudos (Eº 400.000) que destinará a las obras indicadas en el artículo 89 y que pagará con los recursos que se le proporcionan en la presente ley.
Artículo 2°.- El Banco del Estado quedará exento del pago de intereses, sobre' los fondos depositados en él por la Ilustre Municipalidad de Curicó, mientras no haya sido pagado totalmente el empréstito autorizado en el artículo 1°, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la ley N° 15,077.
Artículo 3°.- El servicio de esta deuda lo hará la Ilustre Municipalidad por la Tesorería Provincial directamente al Banco del Estado o por intermedio de la Caja de Amortización semestralmente, para cuyo efecto el Tesorero abrirá una cuenta especial en que se acumulen los ingresos y girará sobre ella sin necesidad de decreto alcaldicio la cuota semestral con más los intereses respectivos.
Artículo 4°.- La vigencia de los recursos extraordinarios establecidos en esta ley, se iniciará al 1° de julio o al 1° de enero más próximo a la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 5°.- Establécense en beneficio municipal, para el servicio de este empréstito, y solamente hasta el 31 de diciembre del año en que termine de pagarse, salvo en la circunstancia establecida en el artículo 11, los siguientes recursos extraordinarios:
RECURSOS EXTRAORDINARIOS
Artículo 6°.- La Ilustre Municipalidad de Curicó destinará al servicio de este empréstito el siguiente recurso de sus fondos ordinarios:
FONDOS ORDINARIOS
Artículo 7°.- La Ilustre Municipalidad destinará el valor total del empréstito a la ejecución de las siguientes obras: en la cuantía que a cada una se asigna y en el orden en que van, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9° de esta ley:
DESTINACION DE EMPRESTITO
Artículo 8°.- La Ilustre Municipalidad estará obligada a iniciar las obras, previas las propuestas públicas en los casos que proceda, dentro de los siguientes sesenta días y deberá darles término dentro de un año, a contar de la fecha de recibir los fondos correspondientes a este empréstito.
Artículo 9°.- Si hubiere remanente en alguna de las obras, podrá ocuparse en cualquiera de las otras si fuere necesario, aplicándose la disposición contenida en el artículo único de la ley N° 15.119.
Artículo 10.- Nómbrase una Comisión compuesta por el Intendente de la provincia, el Alcalde de la comuna de Curicó, el Agente del Banco del Estado de la ciudad y el Director de Obras Municipales de la comuna, para que actúe y determine el valor de las expropiaciones que figuran en la presente ley.
(Fdo.): Carlos Garcés. Mario Fuenzalida. Oscar Naranjo Arias."
18.-MOCION DEL SEÑOR GONZALEZ MAERTENS
"Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Zacarías Soto Riquelme una pensión mensual de ciento cincuenta escudos.
El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Ministerio de Hacienda.
(Fdo.): Víctor González Maertens."
19.-MOCION DEL SEÑOR GONZALEZ MAERTENS
"Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Emilia Ester Olguín Duarte vda. de Bahamondes una pensión mensual de ciento cincuenta escudos.
El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Ministerio de Hacienda.
(Fdo.): Víctor González Maertens."
20.-MOCION DEL SEÑOR CASTILLA
"Proyecto de ley:
"Artículo único.- Rehabilitase a don Armando Becerra Bernal, ex funcionario de la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile, y considérasele, por tanto, para todos los efectos legales, incluso para ascensos y gratificaciones, como cesado en su cargo a la fecha de promulgación de la presente ley, extendiéndole una nueva cédula de retiro con la categoría y beneficios que vengan a corresponderle por su aplicación.
El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Ministerio de Hacienda.
(Fdo.) : Guido Castilla Hernández."
21.-MOCION DEL SEÑOR CASTILLA
"Proyecto de Ley:
"Artículo único.- Concédese por gracia a doña Susana Rosa Navarro Fajardo viuda de Quilodrán, la suma de un sueldo vital de Santiago en forma mensual.
El gasto que demande la presente ley será cargado al ítem Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda".
(Fdo.): Guido Castilla Hernández".
22.-PRESENTACION
Presentación de doña Carmen Pinilla Torres, con la que solicita la devolución de los antecedentes acompañados al proyecto de ley que beneficiaba a su hermana fallecida, doña Juana Pinilla Torres.
V.- TEXTO DEL DEBATE
Se abrió la sesión a las 16 horas 15 minutos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
Se va a dar lectura a la Cuenta.
El señor Prosecretario da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría.
El señor BALLESTEROS (Presidente).- Terminada la Cuenta.
1-REINCORPORACION DEL MAYOR DE CARABINEROS, DON EDUARDO CORRALES GARCÍA. PREFERENCIA PARA DESPACHAR ESTE PROYECTO
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable señor Acevedo solicita dos minutos para hacer una petición.
Si le parece a la Honorable Cámara, se concederá el tiempo solicitado.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Solamente para pedir a la Honorable Cámara que se trate, sin debate y sobre Tabla, el proyecto de ley, impreso en el Boletín N° 10.372, que faculta al Presidente de la República para disponer la reincorporación al servicio activo de Carabineros de Chile, del Mayor en Retiro de esa institución, don Eduardo Corrales García.
Hay informe favorable de la Dirección General de Carabineros y de la Comisión de Gobierno Interior.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara, a fin de votar, sin discusión, el proyecto de ley a que se ha referido el Honorable señor ACEVEDO.-
Acordado.
2.-EMPRESTITO A LA MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER, PROVINCIA DE LINARES.DEVOLUCIÓN DE ESTE PROYECTO AL HONORABLE SENADO
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable Senado solicita la devolución del proyecto que autoriza a la Municipalidad de San Javier para contratar un empréstito, cuyo archivo había propuesto a esta Cámara en virtud de un acuerdo anterior.
Si le parece a la Honorable Cámara, se accederá a lo solicitado.
Acordado.
3.-DEVOLUCION DE ANTECEDENTES PERSONALES
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
" Torres solicita la devolución de los antecedentes que acompañó al proyecto de ley que concedía beneficios a su hermana fallecida, Doña Carmen Pinilladoña Juana Pinilla Torres.
Si le parece a la Honorable Cámara, se accederá a lo solicitado.
Acordado.
ORDEN DEL DIA
4.-REINCORPORACION AL SERVICIO ACTIVO DE CARABINEROS DE CHILE DEL MAYOR DON EDUARDO CORRALES GARCIA
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En conformidad al acuerdo adoptado recientemente por la Sala, corresponde votar el proyecto de ley que dará lectura el señor Secretario.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El proyecto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior, dice:
"Artículo único.- Facúltase al Presidente de la República para disponer la reincorporación al servicio activo de Carabineros de Chile, del Mayor en Retiro de dicha Institución, don Eduardo Corrales García, quien pasará a ocupar el último lugar en el escalafón de su grado, cuando exista la respectiva vacante".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Corresponde votarlo en forma secreta.
Si le parece a la Honorable Cámara, se emitirá la votación secreta.
Acordado.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado también en particular.
Terminada la discusión del proyecto.
5.- FACULTADES ESPECIALES AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA DICTAR NORMAS CON FUERZA LEGAL SOBRE MATERIAS ADMINISTRATIVAS, ECONOMICAS Y SOCIALES. SEGUNDO TRAMITE REGLAMENTARIO
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En conformidad con el objeto de la presente sesión, corresponde considerar, en trámite reglamentario de segundo informe, el proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para dictar normas con fuerza legal sobre diversas materias.
Diputado Informante de la Comisión de Gobierno Interior es el señor Alfredo Lorca, y de la de Hacienda, el Honorable señor MAIRA.-
Los informes de las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda están contenidos en los Boletines N°s. 10.288 y 10.288A.
(Los informes de Comisión aparecen entre los Documentos de la Cuenta de este Boletín de Sesiones, página 2673 y 2683.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Reglamentariamente se encuentran aprobados los artículos 10°, 15° y 16°, y 1° transitorio, ex único del proyecto.
En discusión el artículo 1°.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, el acuerdo de los Comités permite que se haga uso del tiempo de que disponemos de manera discrecional, de una vez, refiriéndose a todas las materias o por separado, a medida que se avanza en el despacho de los artículos. Ahora bien, como los boletines correspondientes se han proporcionado a la Sala hace poco rato, lo cual no ha permitido darles una detenida lectura, sería conveniente escuchar alguna información de los señores Diputados Informantes, que oriente a la Honorable Cámara sobre el alcance de las disposiciones de este proyecto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Ha terminado Su Señoría?
El señor GODOY URRUTIA.-
Sí, señor Presidente. Sólo hacía una sugerencia.
El señor ACEVEDO.-
Se entiende que esta intervención del Honorable señor Godoy Urrutia no perjudica el tiempo de nuestro Comité.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, con el propósito de dar satisfacción a la petición que acaba de formular el Honorable señor Godoy Urrutia, a pesar de que este proyecto se encuentra en su discusión particular, reseñaré muy brevemente, en forma muy sumaria, el contenido de esta iniciativa legal que confiere al Presidente de la República, a través de disposiciones normativas, diversos tipos de facultades.
El proyecto que discutimos en particular ha preocupado en forma sostenida, por lo menos a la Comisión de Hacienda, desde hace más de un mes, pues quedó radicado en ella el 14 de junio y durante este lapso se suspendió en ella la consideración de cualquier otro proyecto, para concentrarse casi exclusivamente en la discusión de esta iniciativa, que tiene extraordinaria importancia, Hemos empleado en su debate trece sesiones de la Comisión, esto es, treinta y siete horas hábiles y doce minutos. Hemos escuchado en ese lapso a representantes de los sectores de Gobierno, jefes de servicios y a distintas delegaciones sindicales.
Durante la discusión de este proyecto en la Comisión de Hacienda, se ha ido tratando de configurar y reseñar, a través de indicaciones formuladas por los representantes del Poder Ejecutivo y diversos parlamentarios, que finalmente quedaron incorporadas al proyecto, este concepto nuevo en la doctrina jurídica chilena: es de la disposición normativa.
El proyecto abarca muy diversas materias que están reseñadas en el artículo 1° del informe emitido por la Comisión de Gobierno Interior. Eran, en principio, las siguientes: Servicio de Gobierno Interior y Administración Pública; régimen cambiario, monetario y crediticio; cooperativas; promoción popular; industria y movilización, y Universidades. En la Comisión de Hacienda se agregó una nueva letra, que se refiere a educación física, deporte y recreación, reglamentada más adelante en el proyecto.
Cada uno de los títulos abarca, en los diversos puntos, materias muy distintas, por lo que considero más conveniente que las explicaciones se den en la discusión particular de los artículos que forman cada uno de ellos.
Eso es todo.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, en la discusión general del proyecto, los diversos partidos expresaron cuál era su posición frente a esta iniciativa del Ejecutivo.
Nosotros hemos sido consecuentes adversarios de la idea de despojar al Parlamento de aquellas facultades que le son inherentes, específicas. Lo somos por principio, porque, como expresión de la democracia, el Parlamento tiene una responsabilidad y también una estructura especial, que es permanente y que le permite captar con mayor fidelidad las aspiraciones de la colectividad.
Pero no sólo está de por medio el problema de principios, sino que, en este caso, se trata de una verdadera manifestación de confianza.
Es evidente que partidos que tienen puntos de vista singulares no pueden entregar una muestra de confianza como la que el Ejecutivo solicita, armándolo de herramientas omnímodas para el ejercicio del Poder, sin profundas reservas que se traducen en la actitud que hemos asumido frente al despacho de este proyecto.
¿Por qué demoró tanto en la Comisión de Hacienda, casi un mes, como acaba de recordarlo el Honorable Diputado Informante, el segundo informe?
Se despachó después de innumerables sesiones, porque la Comisión tuvo que reparar dos omisiones fundamentales en que incurrió el Ejecutivo. Primero, no oyó a los posibles afectados por este proyecto de ley; y, segundo, el Gobierno no entregó oportunamente al Congreso todos
los informes y antecedentes necesarios para ilustrarlo acerca del alcance de la iniciativa y las proyecciones de lo que se proponía hacer con este tipo de facultades que solicita.
Señor Presidente, podemos decir que este proyecto no es de leyes normativas, sino de facultades irrestrictas, ya que no se indican limitaciones, salvo, excepcionalmente, en uno de los últimos artículos.
Además, no se señalan normas propiamente dicho, sino que se expresan generalidades.
Las disposiciones son de una vaguedad completa, de manera que resulta muy difícil orientarse sobre su alcance a través de la simple lectura del articulado. Pero, además, señor Presidente, creo que el Ejecutivo ha incurrido en una notable contradicción, que nos interesa recalcar durante la discusión del artículo 1°, que señala las materias sobre las cuales el Ejecutivo pide atribuciones para legislar a través de decretos con fuerza de ley.
El 30 de noviembre del año pasado, el Ejecutivo mandó al Congreso el proyecto de reforma constitucional, con las firmas del Presidente de la República y del Ministro de Justicia, don Pedro J. Rodríguez. En el Mensaje respectivo, el Jefe de Estado dice textualmente: "El Gobierno considera que la reforma debe proponerse fundamentalmente los siguientes objetivos. . ." entre los cuales destaco el número segundo: "Autorizar al Congreso Nacional para que otorgue al Presidente de la República la facultad de dictar sobre determinadas materias propias de la ley, dentro de los límites". . . concretos, naturalmente, "que fije, regularizando así las prácticas establecidas". Como se desprende del texto, el Ejecutivo reconoce implícitamente que el Parlamento no tiene, dentro de la Constitución vigente, facultades para delegar sus atribuciones específicas, permitiendo al Ejecutivo que legisle a través de decretos con fuerza de ley.
Posteriormente, dos semanas después, el Ejecutivo envió el proyecto sobre leyes normativas, con fecha 16 de diciembre. Si hubiera alguna lógica, el Gobierno debería haber esperado el despacho de la reforma constitucional, para que el Parlamento hubiera tenido facultades para delegar este tipo de prerrogativas absolutas que solicita.
El Ejecutivo" y la mayoría democratacristiana en la Comisión de Hacienda, creyeron que bastaba resguardar algunos derechos de los funcionarios, para que desapareciera el peligro de que se cometan excesos al abordar una reestructuración general de la Administración Pública a través de las llamadas leyes normativas.
¿Y quién protege al propio Congreso Nacional, cuya razón de ser desaparece si delega sus facultades?
Por estas razones, durante la discusión particular del proyecto en la Comisión, hemos mantenido el siguiente criterio: nos hemos abstenido de votar en la mayor parte de los artículos. En otros, sencillamente hemos votado en contra de las facultades que pide el Ejecutivo y, en algunos casos excepcionales, a requerimiento de empleados de diferentes reparticiones, hemos apoyado algunas indicaciones para modificar ciertos artículos, rechazar otros o establecer algunas garantías que ellos tienen interés que figuren en las disposiciones de este proyecto.
Por eso, en el curso de la discusión iremos exponiendo nuestras reservas frente a los distintos artículos del proyecto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 1° del proyecto con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en agregar la letra H), nueva, glosada en la siguiente forma: "Educación Física, Deporte y Recreación", colocando la conjunción "y" al final de la letra G).
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 20 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo 1° con la indicación de la Comisión de Hacienda.
En discusión el artículo 2°.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante; a continuación, el Honorable señor De la Fuente.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, en el ánimo de informar este artículo, más en detalle, desearía referirme, separadamente a sus diversos números, ya que contemplan materias no relacionadas entre si. Planteo esta cuestión de procedimiento a la Mesa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Su Señoría propone que se discutan separadamente?
El señor MAIRA.-
Sí, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Reglamentariamente, procede discutirlos en conjunto y votarlos separadamente.
El señor MAIRA.-
Conforme.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor De la Fuente.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, el artículo 2° del proyecto que nos preocupa, señala lo que puede hacer el Presidente de la República con las facultades que en él se le confieren.
El inciso primero de este precepto autoriza al Presidente de la República para dictar toda clase de disposiciones respecto del Servicio de Gobierno Interior, de la Administración Pública, empresas del Estado e instituciones semifiscales; para modificar las existentes, suprimirlas o refundirlas; fijar las atribuciones de esos servicios e instituciones y de los organismos directivos de éstos, y el régimen estatutario de sus personales. Pero no se indican las normas o principios básicos a que deberá atenerse el Presidente de la República al legislar sobre estas materias, pues el proyecto le concede absoluta libertad de acción al respecto.
Al establecer la estructura básica de la Administración Pública por decreto, el Ejecutivo forma el armazón o esqueleto de aquéllas, y después él mismo hará el relleno con las disposiciones que estime convenientes, relativas a la clasificación, funcionamiento y organización.
El inciso segundo del artículo 2° faculta al Presidente de la República para crear nuevas instituciones semifiscales y empresas con aportes de capitales del Estado. Pero no se indica el objeto ni las finalidades de éstas.
En virtud de estas atribuciones, el Ejecutivo podrá modificar o suprimir empresas autónomas y particulares en que el Estado tiene representación, tales como el Banco Central, el Banco del Estado, la Corporación de Fomento de la Producción, ENAP, ENDESA y CORVI, Corporación de Salitre y Yodo, Banco Hipotecario y Banco Hipotecario de Valparaíso. En estas últimas instituciones, cuyos capitales son netamente particulares, podrá intervenir por haber un representante del Ejecutivo en sus directorios.
Se suprimen y crean plantas, cargo o funciones en las reparticiones a que se refiere esta ley. En virtud de esta autorización, el Ejecutivo podrá postergar a funcionarios de las plantas modificadas, admitiendo a personas extrañas al servicio respectivo, en los diferentes grados de las nuevas plantas creadas. De esta manera, se atropellará a aquellos funcionarios que conserven el cargo que tenían.
En este mismo número 2) se otorga al Presidente de la República la facultad de "crear, modificar, fusionar o suprimir Ministerios". Esta autorización es abiertamente inconstitucional, porque el artículo 73 de la Constitución Política del Estado, dispone que el número de Ministros y sus respectivos Departamentos serán determinados por la ley.
Por el número 3) se autoriza al Presidente de la República, para crear un Servicio que se denominará "Oficina de Planificación Nacional", el que dependerá directamente del Presidente de la República. Esta Oficina de Planificación Nacional indicará los planes de desarrollo, y junto con formularlos, supervigilará su ejecución técnica. No se establece si esta Oficina de Planificación aglutinará a los funcionarios técnicos de todas las reparticiones Ministeriales y de las diferentes instituciones, sin significar con ello, mayores gastos. No se precisa si esta oficina será autónoma, en su labor de planificación, como una especie de Contraloría, o si será una oficina destinada a interpretar directamente la voluntad del Ejecutivo.
Por el número 4) se faculta al Presidente de la República para establecer sistemas de descentralización administrativa. Con esto se pretende cambiar el sistema administrativo del país, estableciendo diez zonas administrativas, cuyo jefe será un Intendente, asesorado por los demás Intendentes de las provincias que ésta zona abarque, por otros representantes, cuya designación será indicada por el Ejecutivo. Las zonas abarcarán provincias de características semejantes, de tal manera que será necesario dividir aquellas provincias que tengan sectores para un mejor manejo administrativo, lo que más tarde o más temprano se traducirá en un cambio de la división política del país, que tendrá obligadamente que marchar de acuerdo con la división administrativa.
La consecuencia inmediata que esta división puede acarrear para algunas provincias, se reflejará en el criterio que respecto a inversiones imponga el Intendente. Es lógico pensar que las ciudades industriales, tendrán que presionar fuertemente acerca de sus necesidades habitacionales. Nacerán así nuevos, pequeños y absurdos centralismos. En cuanto a obras públicas, esas ciudades presionarán para que se construya en ellas escuelas y liceos, para que se pavimenten poblaciones cercanas a las industrias y los caminos de acceso a ellas, con un abierto perjuicio para aquellas ciudades pequeñas, cuyo eje, si así puede decirse, es la agricultura, las que verán muy disminuida la ejecución de obras públicas y de mejoras.
Por el número 5) se autoriza al Presidente de la República para dictar normas sustitutivas del Estatuto Administrativo del personal de los Ministerios y servicios públicos. Este Estatuto, a pesar de sus fallas, es una garantía para los funcionarios públicos y semifiscales y ampara la propiedad de sus empleos. Estas modificaciones, aun cuando han sido adicionadas con la indicación entregada por la ANEF, han creado serios temores entre los funcionarios, porque está en conocimiento de ellos las modificaciones programadas por la Oficina Central de Organización y Métodos, "OCOM", de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Se autoriza, además, al Presidente de la República para modificar los estatutos de instituciones autónomas y particulares, como ser, el Banco del Estado, el Banco Central, la CORVI, etcétera, y los de la Corporación de Salitre y Yodo, Banco Hipotecario de Santiago y Banco Hipotecario de Valparaíso; en estas últimas los capitales son de particulares.
Con la autorización que se le confiere por medio del número 7) el Presidente de la República podrá modificar la Ley Orgánica de Presupuesto, fijar plazos, compromisos, pagos, aprovisionamiento y adquisiciones de bienes de consumo; facultad que se extiende a las instituciones donde el Estado tenga representación esto es, instituciones particulares, como la Corporación de Salitre y Yodo, el Banco Hipotecario de Santiago y el de Valparaíso. Este número es claro en su parte final, en que se expresa: "Estas mismas facultades podrá ejercerlas en las personas jurídicas creadas por ley en que el Estado tenga aporte o representación".
La facultad que se confiere en el número 8) significa restarles autoridad y atribuciones a las Municipalidades de Valparaíso y de Viña del Mar, ya que en virtud de ella el Presidente de la República podrá modificar la naturaleza jurídica y dependencia de la Empresa Municipal de Desagües de dichas ciudades, aun cuando se mantiene su autonomía; pero se ve claramente que se la hará depender de Obras Sanitarias.
Por estas razones, los Diputados liberales votaremos en contra del artículo 2°.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para dar lectura a una indicación que ha hecho llegar a la Mesa el señor Ministro de Hacienda. Posteriormente, una vez leída, recabaré el asentimiento unánime de la Honorable Cámara a fin de considerarla y votarla oportunamente.
¿Habría acuerdo para leerla?
Acordado.
El señor CAÑAS (Secretario).
La indicación del señor Ministro de Hacienda dice:
"En uso de las atribuciones que me confiere la Constitución Política del Estado, vengo en formular indicación al proyecto sobre Ley Normativa, pendiente de la consideración de esa H. Corporación, en el sentido de agregar en el artículo 2°, N° 7, a continuación de la palabra "sanciones", reemplazando el punto (.) por una coma (,), la siguiente frase: "todo ello sin perjuicio de las limitaciones a que se refiere el artículo 13, letra b).".
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, esta indicación se debe a una observación que nos hiciera el señor Contralor General de la República. La disposición en que incide se refiere a la reforma de la Ley Orgánica de Presupuesto y de las disposiciones legales sobre control del presupuesto. El señor Contralor nos hizo presente que podría estimarse que esa disposición pasaba por sobre las atribuciones de la Contraloría General de la República. Nunca estuvo en nuestro espíritu ese propósito. Como consecuencia de nuestra conversación con él, surgió el acuerdo de presentar esta indicación, para dejar establecido que el Presidente de la República podrá modificar todas aquellas disposiciones legales que se indican en este artículo, con excepción de las atribuciones específicas de la Contraloría, las que no se tocarán.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para admitir a discusión y votación ¡a indicación a que se acaba de referir el señor Ministro.
El señor SILVA ULLOA.-
Que se lea.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ya se leyó, Honorable Diputado.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de la Sala y como una deferencia a Su Señoría, se volverá a leer.
El señor CAÑAS (Secretario).
La indicación consiste en agregar, en el número 7), del artículo 2?, después de la frase que termina con las palabras "...pagos y sanciones", lo siguiente: "Todo ello sin perjuicio de las limitaciones a que se refiere el artículo 13, letra b)."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para admitir a discusión y votación la indicación que se acaba de leer.
Acordado.
Ofrezco la palabra en la discusión del artículo 2°.
El señor OLAVE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, de la sola lectura de su texto; más aún, de las voces de apoyo y de las impugnaciones que se han escuchado en este hemiciclo, surge cada vez con mayor fuerza la interrogante: ¿Se trata solamente de establecer un conjunto de normas o reglas, o, más propiamente, para hablar con la sinceridad con que debe hacerlo un legislador, de delegar facultades y entregar un poder omnímodo a un gobernante?
Si se tratara de lo primero, no se habría rodeado de tanto aparato ni se habría desplegado tanta estrategia por parte de los interesados en una reforma de esta índole. Habría bastado realizar algunas modificaciones a la estructura administrativa de la República, y creo, sinceramente, que en ese sentido habría registrado en esta rama del Poder Legislativo, acaso sin defección alguna, el afán y la voluntad de interpretar el pensamiento nacional. Porque, indudablemente se hace necesario introducir cambios dentro de un sistema de intransigente espíritu capitalista, con el fin de hacer más expeditos los medios que se requieren para convertir en realidad las reivindicaciones de las clases laboriosas, de la clase media, de los sin fortuna, y, para que no sea un "slogan'' más, aquello de la justicia social, que los socialistas anhelamos de verdad. Para ello es necesario sacudir y derrumbar estrepitosamente el andamiaje de privilegios de tipo feudal, de desigualdades y de explotación que todavía existe en nuestro país.
Pero, desgraciadamente, no es esto lo que se persigue, sino establecer en la República, en nuestra Democracia, envuelto en el velo de la ley y con la anuencia del Parlamento, la peor de las "herencias" y de las "experiencias" de la historia de la humanidad: el cesarismo.
Esto se desprende de la simple lectura del proyecto en discusión. ¿Para qué insistir en la inconstitucionalidad que desde su origen, y en su esencia tendrá esta ley, así como en las medidas que se adopten en virtud de sus disposiciones? Se ha dicho demasiado al respecto. Hay necesidad de leer entre líneas y analizar, por ejemplo, el número 2) de este artículo 2°, por el que se faculta al Presidente de la República para "crear o suprimir plantas, cargos o funciones": ¿Es que se quiere contar con una herramienta política de primer orden, para tener una hijuela pagadora, a fin de retribuir favores y apoyos; favorecer el proselitismo partidario y, a la vez, perseguir a quienes no se doblegan frente al cesarismo?
¿Cómo no sentir inquietud profunda, cómo no alarmarse cuando se lee el número 3) del artículo 2°, que faculta al Presidente de la República para crear un servicio de Planificación que podrá transformar toda la fisonomía económica del país, y que actuará independientemente de todo Ministerio y, en cierto modo, será el encargado de decirle al Presidente de la República lo que tiene que hacer en materia de obras públicas? Será tanta la independencia de ese organismo, que no dará cuenta a nadie, de su labor y, por lo tanto, de desaciertos y errores. Sólo recaerán sobre los contribuyentes, en lo económico, y los sufrirá Chile en el porvenir. Como puede verse, ya no se trata de la pretensión de transformar al país en lo político, en lo social, en lo económico, en lo jurídico, sino, también, hasta en el plano urbanístico. Nosotros, los socialistas, no tememos las transformaciones; por el contrario, las anhelamos; pero somos respetuosos del régimen establecido y nos parece que los disfraces y las cortinas de humo destinados a ocultar el establecimiento de una dictadura legal, no son resortes lícitos que estén en concordancia con el manoseado lema de: "revolución en libertad". Porque esa libertad expirará el mismo día en que el proyecto sobre "leyes normativas" sea promulgado y, con ello, pase a ser un César el Primer Mandatario de la Nación.
Entonces, ya no habrá necesidad de Congreso ; desaparecerá la oposición y morirá la democracia, porque donde no hay equilibrio de poderes y donde no hay voces fiscalizadoras, donde los favores los dispensa un solo hombre lo dice la historia, lo dice la experiencia universal surgen el caos, la persecución y el odio. ¿Para qué habría de necesitar del Congreso un Gobierno que tuviera en sus manos todo el poder? Y tan cierto es lo que sostengo, que en la letra c) del artículo 13 se establece, como excepción que el Presidente de la República no podrá dictar "disposiciones relacionadas con el Congreso Nacional o con los servicios que de éste dependan". ¿Para qué necesitaría tener la facultad de dictar disposiciones relacionadas con el Congreso Nacional si tendrá en sus manos el poder absoluto? Por lo demás, con esta excepción se aplaca el celo por la defensa del fuero de los legisladores y, además, no se agravia a la mayoría parlamentaria.
En verdad, Honorable Cámara, el análisis de cada disposición de este proyecto, nos revela sus contradicciones y la conculcación de diversas garantías constitucionales. Por ejemplo, la Constitución Política fija normas para proceder a la descentralización Administrativa; ésta debe hacerse a través de leyes. Ahora se quiere entregar al criterio del Jefe del Estado, esa labor, olvidándose que no hay seres infalibles y desestimando las atribuciones de los organismos fiscalizadores. ¿Será acaso con el objeto de que sigan ocurriendo hechos como el despojo de que se quiere hacer víctima a Valdivia en estos instantes, en que se pretende sacar de allí la oficina zonal de Obras Públicas, materia a la cual me referí en una intervención anterior, haciendo aún más trágica la suerte de una provincia mártir?
Suena a ironía que en el N° 5 del artículo 2° se hable de "carrera funcionaría" cuando bien se sabe que basta estar arriba del carro del triunfador para obtener prebendas.
¡Cómo no sentir un estremecimiento hasta en las últimas fibras de nuestro espíritu cívico, cuando vemos cómo de una plumada se pretende hacer desaparecer el Derecho Administrativo y entregar materias que son de la competencia de los Tribunales de Justicia a la voluntad de un Mandatario!
Quisiera, Honorable Cámara, establecer, antes de seguir en mis observaciones, que no está en tela de juicio la probidad del Jefe del Estado. Acaso porque los romanos conocían las debilidades y los defectos que muchas veces hacen torcer la voluntad del hombre, o los factores que enturbian su clarividencia, que encargaban a los lictores, que eran magistrados que precedían al Emperador, decir a éste, mientras marchaban portando sus varas, símbolo de sus funciones: "¡César, César, acuérdate que eres hombre!" ¡Qué exclamación más oportuna: recordar al que tenía un poder omnímodo que el error podía estar en sus manos, en su mente, en sus actos, en sus juicios...
Hasta ahora, ha sido la intervención de la Comisión Mixta de Senadores y Diputados que estudia el proyecto de ley de presupuesto, la que ha permitido, año a año, impulsar el progreso, fiscalizar, servir al país, con destinaciones de fondos para obras públicas en el Presupuesto.
Pues bien, el proyecto de ley normativa en discusión pretende despojar al Parlamento de esas prerrogativas. Si ni siquiera nos será posible obtener la destinación de medios para los programas de realizaciones de nuestras zonas, puesto que el Presidente podrá en cualquier instante introducir las modificaciones a que se refiere el N° 7 del tantas veces citado artículo 2°, ¿qué vendremos a hacer al Congreso los representantes del pueblo? ¡Y qué decir del N° 9, que transforma al Presidente de la República en administrador único y permanente de los bienes del Estado! Sencillamente, esto es monstruoso. Si es a esto a lo que se ha llamado "revolución en libertad", nosotros estamos en contra de esa revolución, pero precisamente para defender la libertad.
Para sintetizar, diré que el N° 7 pisotea el Código Civil y el de Procedimiento Civil; el N° 8 deja a los municipios sin razón de existir; el N° 9 desestima el Código Orgánico de los Tribunales y destruye el sistema notarial chileno; y el N° 10 convierte al Presidente de la Nación en amo y señor de la casa y el hogar, dos células fundamentales de la familia y, por ende, de la sociedad.
El reconocimiento de instituciones y la creación de otras a través de la promoción popular no significan sino establecer el sistema fascista en Chile.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor OLAVE.-
Aquello que agrade a) régimen, subsistirá; aquello que no sea dúctil y sumiso, desaparecerá. Para ello, a través del N° 2 del artículo 5°, contará con organismos que no serán sino la policía social. Durante muchos años, Perón se mantuvo en Argentina con ese sistema. Todas las entidades populares quedarán al arbitrio de la determinación de los "regímenes jurídicos" de que habla el N° 2. Esto está más claro con la "supervigilancia" estatuida en el N° 3, no sólo para las instituciones públicas, sino para "otras entidades". Ni siquiera las cooperativas escapan del afán de predominio. Es el cesarismo en marcha.
Pero, si lo anterior aflige e inquieta, ¿qué decir del golpe de muerte que este proyecto de ley inflige al comercio y a la industria? Antes de este proyecto, Valdivia ya ha vivido una triste experiencia con el atraso en la creación de la planta de la "IANSA", no obstante haber fondos consignados para ello en el Presupuesto Nacional. Para muestra, ese botón basta.
Hasta ahora, eran el Servicio Nacional de Salud y sus organismos técnicos, u otras reparticiones, responsables de sus actos ante el Congreso, quienes tenían el control de la calidad de los productos. Ahora, el Presidente de la República podrá decir : "Esto es bueno" o "eso es malo".
Nuestro comercio exterior se ha regido por normas que, en múltiples ocasiones, han permitido, al Parlamento fiscalizar y aun descubrir escándalos. Pues bien, tal fiscalización desaparece y la modificación de esta legislación, en manos del podar central, se convierte en poderosa arma política.
He dicho.
El señor AYLWIN (don Andrés).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AYLWIN (don Andrés).-
Señor Presidente, en nuestro concepto, la crisis profunda del régimen económico y social y de todo el sistema institucional y administrativo hace necesario dictar una legislación de emergencia, con ritmo acelerado, no previsto por el constituyente y no habitual en nuestras costumbres parlamentarias.
Esta exigencia de celeridad está determinada por dos circunstancias bien precisas : la profundidad de la crisis y la necesidad de que esta crisis sea superada sin la presión de grupos, sectores y círculos, todos ellos prontos a defender sus derechos y prerrogativas y muy pocos con la clara comprensión de que muchas veces sus derechos y también sus privilegios deben ceder frente al interés superior de la sociedad, que tiene el derecho y, además, el deber de agilizar la administración pública y de tomar toda clase de medidas de emergencia para liberar a las clases populares de la miseria y del temor constante de la cesantía.
Nosotros entramos a la discusión particular de este proyecto teniendo presentes dos ideas bien fundamentales: que en nuestro país es necesario hacer transformaciones profundas y que todas esas transformaciones las realizaremos manteniendo la esencia de la democracia, no sus aspectos formales.
Nada más.
El señor ZEPEDA COLL.-
Lo esencial muchas veces está vinculado con lo formal.
El señor MOSQUERA.-
¡Usted no decía lo mismo durante el Gobierno del señor Alessandri!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, quiero referirme a algunas de las afirmaciones de los Honorables colegas señores De la Fuente y Olave sobre el artículo 2°.
El Honorable señor De la Fuente ha objetado las disposiciones de este artículo que se refieren, concretamente, a la posibilidad de cambiar la estructura básica de la Administración Pública, señalando incluso que algunas revisten dudosa constitucionalidad. Por mi parte, deseo darle a conocer algunas de las razones que se tuvieron presentes en la Comisión en el momento de aprobarlas.
¿De qué se trata, en lo fundamental? De que la Cámara de Diputados se encuentra conociendo de un muy completo proyecto dé reformas constitucionales, que ha tenido su origen en un Mensaje del Poder Ejecutivo y cuyo artículo 28) incorpora todo un párrafo nuevo en la Constitución Política, denominado "La Administración Pública". Como es de público conocimiento, ese párrafo reúne varios artículos, que reglamentan la Administración Pública en forma completa y de manera distinta.
Los Ministros y funcionarios del Poder Ejecutivo han expresado que ven con alarma el crecimiento un tanto inorgánico que, desde 1925 en adelante, ha venido teniendo la Administración Pública chilena y que, recogiendo un anhelo de la opinión nacional, desean reglamentar y regular, de manera distinta, la carrera funcionaría y la estructura administrativa del país.
En líneas generales, la idea del Ejecutivo está contenida en el primer artículo nuevo de dicho párrafo que establece tres planos diferenciados para la Administración Pública chilena, esto es, una Administración Nacional, una Administración Regional y una Administración Comunal. En seguida, complementariamente con esto, el artículo siguiente crea la posibilidad de que, desde el punto de vista funcional, los servicios de la Administración Nacional sean centralizados o descentralizados, dando con ello acogida a los más recientes conceptos del Derecho Administrativo contemporáneo.
El Ejecutivo ha manifestado su fe y su esperanza de que las disposiciones de la reforma constitucional, debidamente sancionada por las dos ramas del Congreso, sean prontamente parte integrante de la Carta Fundamental. Por eso ha querido incorporar en este proyecto disposiciones que le permitan operar libremente más adelante, si así ocurre. Como lo expresó el señor Ministro del Interior, gran parte de estas disposiciones tienen que entenderse sólo eventuales, en el sentido de que tendrán plena aplicación en el caso de que el Parlamento apruebe el proyecto de reforma constitucional.
Evidentemente, muchas de estas iniciativas no podrían tener expresión hoy día, a pesar del propósito del constituyente de 1925, tan claramente establecido en el artículo 107 de la Carta Fundamental vigente.
En el ánimo de agilizar y dar rápido curso a la aplicación de esas disposiciones de la reforma constitucional, no tienen ningún alcance ni contenido político, sino que, simplemente, establecen la posibilidad de crear en Chile la carrera funcionaria y una estructura administrativa racionalizada, se han incorporado en este proyecto estas facultades normativas, a fin de que en el momento oportuno, aprobada la reforma constitucional, el Poder Ejecutivo pueda hacer uso de ellas. Por lo tanto, estas disposiciones no pueden originar un debate constitucional, ni lesionan, a mi juicio, el texto de la Carta Fundamental, porque se limitan a conceder una facultad eventual, que será usada, como la Comisión lo ha entendido, en el caso de que la reforma constitucional sea aprobada por el Parlamento.
El señor ACUÑA.-
¿Quién lo garantiza?
El señor MAIRA.-
En segundo lugar, los Honorables colegas se han referido a la idea de la creación de Ministerios.
No quiero reactualizar un viejo debate sobre doctrina jurídica, muchas veces repetido en la Cámara y en el Senado. En efecto, desde 1925 en adelante, con motivo de proyectos sobre facultades extraordinarias solicitadas por otros Gobiernos, se ha venido discutiendo la posibilidad de que el Parlamento se destituya de parte de sus atribuciones legislativas para conferirlas al Presidente de la República.
En estos debates, por una parte, se han dado argumentos muy sólidos y muy firmes, basado incluso en las actas de las sesiones celebradas por los constituyentes de 1925, que desecharon expresamente la posibilidad de que el Parlamento se desprendiera de su potestad legislativa. Por la parte contraria, quienes han deseado obtener facultades extraordinarias y se han aprobado muchas leyes sobre esta materia han expresado que las exigencias y las necesidades sociales, o la situación económica del país, hacían imprescindible su otorgamiento.
Sobre este punto, deseo referirme a los conceptos planteados por el Honorable señor OLAVE.- ¡De acuerdo con la moderna teoría legislativa con la doctrina jurídica hoy día en vigor, se incorporó en nuestra legislación, durante el Gobierno del señor Alessandri, el concepto de las disposiciones normativas. Se acogió así, en alguna medida, un concepto introducido por la moderna doctrina francesa y que consiste en la posibilidad de que las leyes sobre materias muy determinadas abarquen sólo los principios, las disposiciones fundantes, a fin de que, posteriormente, el poder Ejecutivo, en uso de su potestad reglamentaria, complemente en forma más o menos amplia, esos principios fundantes respecto de los cuales se haya pronunciado el Parlamento.
Deseo citarles a los Honorables colegas señores De la Fuente y Olave una muy interesante opinión, emitida en la Comisión de Gobierno Interior, en su sesión 98°, del jueves 31 de diciembre de 1964, por una persona que está al margen de cualquiera contienda política y cuyo juicio nos debe merecer el más amplio respeto, porque, además, profesa una cátedra universitaria con mucha versación. El Contralor General de la República, don Enrique Silva, planteó, a mi juicio, en términos muy adecuados, el problema de la viabilidad de las disposiciones normativas dentro de la legislación chilena. Por eso, voy a reproducir su opinión esta tarde.
Expresó que el problema central en esta materia es el de la "actividad legislativa". Con mucho acierto, señaló que al redactar la Carta de 1925, el constituyente quiso que determinadas materias, que fue consagrando a lo largo del texto constitucional, pero que fundamentalmente reglamentó en el artículo 44, estuvieran obligatoriamente envueltas dentro del concepto de la potestad legislativa del Parlamento. En lo esencial, los 15 números que siguen al epígrafe "Sólo en virtud de una ley se puede." señalan las materias que quedan envueltas, sin discusión, en la potestad legislativa del Congreso. Pero añadió que el problema planteado actualmente es que hay muchas materias que representan "lagunas", desde el punto de vista de la voluntad del constituyente, que son, como dijo muy acertadamente, "terreno de nadie", donde puede caber tanto la iniciativa del Congreso como la del Poder Ejecutivo. Por lo tanto, quien la asuma primero será el que, en definitiva, determinará la forma en que se expresará la materia sobre las cuales se desee legislar o que se quiera reglamentar.
Asi podemos apreciar que muchas de las leyes que el Parlamento despacha de ordinario no versan sobre las materias indicadas en los 15 números del artículo 44, sino, simplemente, sobre aquéllas que no se encuentran reglamentadas en la Constitución chilena.
Por esta causa, dice él, es evidente que las materias que la Constitución Política no determina como asuntos exclusivamente propios de ley, pueden quedar afectas a la potestad reglamentaria y no se necesitaría 'incluso de una ¡autorización del Parlamento para dictar sobre ellas disposiciones normativas.
Sin embargo, señor Presidente, muchas de las disposiciones de este proyecto de ley se encuentran en ese caso. Del mismo modo se expresa respecto de las materias que se encuentran contenidas en el artículo 44 de la Carta Fundamental o de cualquiera otra disposición constitucional que se refiera a la reglamentación por la vía de la ley. Tendríamos que entrar a ver realmente manifiesta si el legislador, al momento de establecer este tipo de disposiciones está fijando la norma; y él se expresa partidario de que esta norma tenga la mayor amplitud.
Y aquí respondo a las inquietudes del Honorable colega señor De a Fuente. En la exposición que el Contralor General de la República hiciera en la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara hace ya más de seis meses, señaló, en relación con este articulado, que bien pudiera el Parlamento decir sencillamente: "Créase un Ministerio", y entenderse por ello que todo lo relacionado con la reglamentación, estructura y funciones de ese Ministerio, sería simplemente disposición normativa.
Con esto quiero desvanecer un poco los temores muy legítimos que pudiera tener, en materia constitucional, nuestro Honorable colega De la Fuente; y, al mismo tiempo, tanto reactualizar también, en alguna medida aquel debate de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia cuanto absolver las dudas que ha planteado en esta ocasión nuestro Honorable colega señor OLAVE.-
Simultáneamente, deseo destacar que uno no encuentra discutido y precisado lo que se entiende por disposición normativa en ningún texto escrito por los grandes constitucionalistas chilenos, porque esta materia tiene un carácter novísimo. Su concepto no figura en los tratados de consulta de los grandes tratadistas del siglo pasado, ni siquiera dentro de los más modernos estudios sobre problemas constitucionales editados en nuestro país. Porque si se revisan los textos de los profesores señores Alejandro Silva Bascuñán, Mario Bernaschina o Carlos Andrade, que son los últimos que recientemente se han publicado en el país, no se advierte referencia alguna a esta materia, que es novísima.
Por esta razón, es importante también señalar el alcance dentro de los términos de la disposición normativa que cité de "las cautelas o resguardos", como las reconoce la doctrina jurídica. Y, en tal sentido en la discusión del artículo 2° deben tenerse en cuenta las declaraciones de los representantes del Ministerio del Interior sobre las cautelas que en esta materia se estaban dando. Porque, a pesar de que la redacción del N° 2, del artículo es bastante amplia, tiene contenida su propio contexto una limitación, cuando se refiere a transferir atribuciones y funciones de unos a otros.
Porque, evidentemente, la idea de transferir funciones y atribuciones implica, como lo expresó el señor Ministro del Interior en la Comisión y nosotros lo advertimos. . .
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Maira, el Honorable señor Jaque le solicita una interrupción.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, quisiera previamente "redondear" esta idea para luego conceder la interrupción. Ya voy a terminar.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar Su Señoría.
El señor MAIRA.-
Se planteó entonces la idea de ciertos frenos o limitaciones que la misma legislación normativa está dando, y aquí se habla de transferir atribuciones de unos a otros. Cuando solicitamos una explicación de los funcionarios de Gobierno, ellos dijeron: "Sencillamente, la disposición "transferir atribuciones y funciones" implica que la legislación o reglamentación que se dicte de acuerdo con estas disposiciones normativas no podrá incrementar las atribuciones ni los beneficios que, en conjunto, tiene hoy día la Administración Pública chilena". De manera que esta disposición, a pesar de ser bastante amplia, sólo tiende al desplazamiento, según los representantes del Ejecutivo, para los fines de adecuar nuestra Administración Pública y trasladar las atribuciones y funciones que corresponden en la actualidad a determinados servicios, con el objeto de descentralizarlos o centralizarlos, según sea conveniente.
Señor Presidente, concedo una interrupción al Honorable señor JAQUE
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, lamentablemente, el Honorable Diputado informante, al referirse a la opinión dada por el señor Contralor General de República en la Comisión de Gobierno Interior, evitó hablar de la parte más importante y substancial de su exposición.
El Honorable señor Maira se ha esforzado por explicar el alcance y el contenido de lo que es una ley normativa. El primer informe de la Comisión de Gobierno Interior da una definición muy clara sobre preceptos normativos, a pesar de ser un concepto que no está definido en la legislación. El informe expresa, en síntesis, que en una ley normativa el Congreso se pronuncia y aprueba los principios básicos y fundamentales de una determinada materia sometida al conocimiento del Parlamento y compete simplemente al Presidente de la República la facultad de regular o adicionar esas normas mediante el uso de su potestad reglamentaria.
En seguida, el señor Contralor General de la República expresó en el seno de esa Comisión que "podría existir ley normativa si el Congreso aprueba principios básicos como sería "créase tal Ministerio" y no "autorízase para crear tal Ministerio". Si la ley crea un Ministerio y entrega al Jefe del Estado su organización y estructuración, evidentemente que podrá haber un concepto de ley normativa".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Eso se llama potestad reglamentaria. No tiene novedad.
El señor JAQUE.-
Pero si autoriza para crear un Ministerio guerra decir que está desprendiéndose de una atribución que le es propia para entregársela al Presidente de la República, a fin de que éste actúe por la vía simplemente delegatoria de atribuciones. Es decir, el señor Contralor General de la República, se está refiriendo a todas aquellas materias que son propias de ley y que están específicamente señaladas, como muy bien decía el señor Diputado informante, en el artículo 44 de la Constitución Política del Estado.
Ahora bien. ¿Qué ocurre con el proyecto de facultades especiales? Yo creo que, en lo sucesivo este proyecto debería llamarse de facultades extraordinarias y no ley normativa, porque su artículo 2°, en debate, autoriza para "crear, modificar, fusionar o suprimir Ministerios, servicios o reparticiones, o personas jurídicas establecidas por ley en las que el Estado tenga aportes de capital o representación,
cambiar denominaciones y determinar la organización, atribuciones y funciones de los Ministerios, servicios, reparticiones y personas jurídicas referidos; transferir atribuciones y funciones de unos a otros; crear Consejos o Directorios, suprimir o modificar los existentes y señalar sus atribuciones; determinar la dependencia o relación de los servicios u organismos con respecto a los Ministerios con las limitaciones del artículo 14 para fijar, fusionar, dividir, crear o suprimir plantas, cargos o funciones".
Y, más adelante, el artículo faculta al Presidente de la República para fijar el estatuto de diversos servicios de la Administración Pública. Es decir, todas estas disposiciones que son substanciales en este proyecto, están entregando al Jefe del Estado, facultades que corresponden al Congreso Nacional, infringiendo la clara disposición del artículo 44, N° 5, que establece: "Sólo en virtud de una ley se puede: ... N° 5.- Crear o suprimir empleos públicos; determinar o modificar sus atribuciones; aumentar o disminuir sus dotaciones; ..."
Pues bien, en todas las disposiciones que he señalado no se crea en virtud de un principio básico y fundamental un determinado Ministerio o servicio de la Administración del Estado, sino simplemente, se autoriza al Jefe del Estado y, desde el momento en que se autoriza al Presidente de la República, se está infringiendo el artículo 44 de la Constitución.
Esto en relación con aquellas disposiciones que son materia de ley. Pero también el señor Diputado informante se ha referido a las materias que no son propias de ley y que podrían ser reglamentadas en virtud de decretos con fuerza de ley, procedimiento que él denomina ley normativa.
Sobre lo que dijo el Contralor en el seno de la Comisión de Gobierno Interior respecto de esta materia, el Honorable señor Maira dio una opinión muy interesada. El señor Silva Cimmna, expresó: "también hay un campo muy grande de materias en que la Constitución no dice nada sobre si son propias de una ley y por lo tanto hay un "terreno de nadie", situación a la cual también se refirió el Ministro de Justicia en su intervención anterior, al debatirse en general este proyecto de ley." Y, por lo tanto, dice el Contralor hay un terreno de nadie, en donde bien podrá intervenir, actuar y tomar iniciativas, indistintamente, el Congreso o el Presidente de la República".
Y luego agrega, "... en este segundo grupo de materias hay muchos casos que están contenidos en este proyecto de ley, llamado normativo, y que, en el fondo, más que una ley normativa significaría una especie de depósito de confianza, una atribución que el Congreso da para que el Jefe del Estado modifique algunas disposiciones que hoy día son legales, pero no son de aquellas materias que son exclusivas o propias de una ley,.." Y, en seguida, para finalizar, agrega lo que él entiende por ley normativa, pues, repito, es un concepto que no está definido en ningún precepto legal, pero acerca del cual ya los tratadistas de Derecho Constitucional han ido uniformando criterios para definirlo en la forma que señalé hace un momento y que aparece en el primer informe de la Comisión de Gobierno Interior.
Dijo el Contralor: "En otras palabras, una ley normativa podría tener hoy día dos conceptos básicos: si esa ley normativa recae sobre una materia que es propia de ley, de acuerdo con la Constitución Política del Estado, esa ley deberá contener los principios fundamentales, debería aprobarlos,. En el ejemplo ya citado se ve eso nítidamente: "Créase el Ministerio tal... y no, "Autorízase al Presidente de la República para crear... "
El legislador crea el principio y le entrega al Presidente de la República la posibilidad de regularlo.
Agrega más adelante, el señor Silva Cimma: "En el segundo campo de actividades aquellas materias que no son propias de la ley con arreglo a la Constitución, más que ley delegatoria de atribuciones, se podrá hablar sencillamente de una ley que autoriza al Presidente de la República para modificar cierto "status" legal establecido, pero que no ha recaído en materias que sean exclusivas de ley y que, no obstante, se pronunció ya el legislador."
En resumen, señor Presidente, a la luz de los textos constitucionales, a nuestro juicio no se puede discutir que este proyecto sea simplemente una ley normativa; éste es un amplio proyecto de facultades delegatorias de la potestad que corresponde por esencia al Congreso Nacional.
Se podría en el futuro, naturalmente, establecer un precepto en la Carta Fundamental que autorice esta delegación, como ha anunciado el Honorable señor Maira; pero, por ahora, debemos atenernos al texto constitucional, que es claro, categórico y preciso sobre esta materia.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Los radicales siempre han dado facultades. ¿Cómo las votaron Sus Señorías en el período pasado? ¿Acaso no se las dieron a todos los Presidentes de la República que eran radicales?
El señor MAIRA.-
He concedido una interrupción al Honorable señor Hurtado, don Patricio, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable, señor Hurtado, don Patricio.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Valenzuela Valderrama!
El señor HURTADO (don Patricio).-
Señor Presidente, al escuchar las expresiones vertidas por los Honorables señores Olave y Jaque, ha recordado debates similares que se han producido en esta Sala en numerosísimas oportunidades. En todos ellos se han expresado idénticas críticas, y se ha echado mano a parecidos argumentos para tratar de probar que el texto constitucional del año 1925 no autoriza al Congreso Nacional para delegar sus facultades en el proceso de formación de las leyes. Pero, en esta ocasión se ha reconocido que en el proyecto de reforma constitucional, actualmente en conocimiento del Parlamento, el Supremo Gobierno ha propuesto legislar sobre esta materia.
En otros períodos parlamentarios, durante los cuales nosotros no siempre tuvimos representación en el Congreso aunque sí, la tuvieron, amplia y los correligionarios de los Honorables colegas que han hablado se dieron, sucesivamente, facultades especiales a diversos Gobiernos, para dictar normas con fuerza de ley, mucho más amplias que las que solicita el Gobierno del señor Frei.
En 1929, cuando ni un solo representante democratacristiano formaba parte de esta Corporación, se autorizó la dictación de la ley N°4.629, que en sus artículos 1° y 2° facultó al Presidente de la República para reorganizar los servicios educacionales y dictar el Estatuto Universitario, mediante decretos con fuerza de ley. También el Parlamento aprobó la ley N° 4.795, del año 1930, en virtud de la cual se dictó el Estatuto Administrativo. La ley N° 4.945, del año 1931, otorgó amplias facultades administrativas y económicas al Ejecutivo. La ley N° 7.173, de 1942, en su artículo 1°, facultó al Presidente de la República para dictar leyes en materia de transportes y jornada única. La ley N° 7.200 del año 1942, otorgó al Ejecutivo facultades administrativas y económicas tan amplias como nunca se conocieron en este Parlamento. La ley N° 7.747, de 1943, fue también una ley de facultades, que autorizó al Presidente de la República para dictar el Estatuto Administrativo. En el año 1947, el Congreso despachó la ley N° 8.837, que permitió al Presidente de la República la reorganización total de la Administración Pública. En el año 1950, el Congreso autorizó al Presidente de la República para reorganizar el Ministerio de Educación Pública, por la ley N° 9.629. El Congreso Nacional también aprobó la ley N° 11.151, del año 1953, que otorgó al Presidente de la República de ese entonces amplias facultades administrativas y económicas sobre determinadas materias. La ley N° 10.009, del año 1951, fue, igualmente, una ley delegatoria de facultades; en virtud de ella se dictó la Ley de Ferrocarriles. La ley N° 10.259, de 1952, fue también una ley de delegación de facultades, que permitió al Ejecutivo la reestructuración de las Direcciones del Ministerio de Educación Pública. La ley N° 11.828, de 1955, que permitió la dictación del Estatuto de los Trabajadores del Cobre, fue también una ley de facultades especiales. El Estatuto Antártico fue creado en virtud de la ley N° 11.845, dictada en el año 1955, que también fue una ley de facultades especiales. La ley N° 12.084, del año 1956, que en su artículo 33 dio amplias facultades al Presidente de la República, y en su artículo 98 autorizó la creación de la Caja de Previsión de los Empleados del Banco del Estado, fue igualmente, una ley de facultades especiales.
La señora LAZO.-
Honorable señor Maira, ¿me concede una interrupción?
El señor HURTADO (don Patricio).-
Y para qué hablar de la ley N° 13.305, del año 1959, que es la más amplia ley de facultades especiales...
El señor ZEPEDA COLL.-
¿Y qué opinaron de esta ley Sus Señorías?
El señor HURTADO (don Patricio).-
...ante la cual podrían palidecer los Honorables que la votaron favorablemente.
El señor JEREZ.-
¡Están muy pálidos ya!
El señor HURTADO (don Patricio).-
Podría citar también la ley N° 14.511, del año 1961, y la ley N° 14.171, del mismo año,...
La señor LAZO.-
¿Me concede un minuto, Honorable señor Maira?
El señor HURTADO (don Patricio).-
... la ley N° 14.832, del año 1962, y la ley N° 15.020, dictada en el período pasado.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor HURTADO (don Patricio).-
Señor Presidente, podría citar, además, la ley N° 15.840, del año 1964.
Durante ese tiempo en el curso del cual fueron aprobadas estas leyes, pasaron por este Parlamento hombres de todos los partidos, menos del nuestro, que gobernaron mayoritariamente el país.
Un señor DIPUTADO.-
¡Cómo!
El señor HURTADO (don Patricio).-
Nosotros jamás fuimos mayoría, ni fuimos determinantes en la aprobación de estas leyes.
El señor PALESTRO.-
Eran todos conservadores en esa época! ¡Después, se dividieron!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor HURTADO (don Patricio).-
Durante todo ese período, gobernaron el país, democráticamente, el señor Arturo Alessandri Palma, el señor Pedro Aguirre Cerda, el señor Juan Antonio Ríos, el señor Gabriel González Videla, el señor Carlos Ibáñez del Campo y el señor Jorge Alessandri Rodríguez...
El señor ZEPEDA COLL.-
¡Sus Señorías también participaron en esos gobiernos!
El señor HURTADO (don Patricio).-
...es decir, siete mandatarios. Pues bien, yo diría que toda la historia de los últimos tiempos, durante la vigencia de la Constitución de 1925, demuestra que se han hecho necesarias no formulo cargos a los Parlamentarios que las otorgaron, ni a los Presidente que las solicitaron estas facultades legislativas especiales. Simplemente, ha quedado en claro un hecho. Como aquí lo ha demostrado brillantemente mi Honorable colega señor Maira.
El señor PALESTRO.-
¡Más o menos, no más!
El señor HURTADO (don Patricio).-
...la Constitución del año 1925, tenía un vacío, que ahora se trata de llenar en la reforma constitucional propuesta por el Ejecutivo. Pues bien, en plena vigencia de las normas de esa Carta Fundamental, se ha hecho indispensable y necesaria que determinadas materias sean objeto de normas con fuerza de ley que pueda dictar, de forma orgánica y eficaz, el Ejecuitvo, en uso de facultades especiales que para ello le haya otorgado el Parlamento.
Por eso, nadie tiene derecho, en esta Sala, a "escupir al cielo" o a "rasgar sus vestiduras" por esto.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
Advierto a Su Señoría que la Honorable señora Lazo le ha solicitado una interrupción.
El señor MAIRA.-
Con mucho gusto, se la concedo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción la Honorable Diputada.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, sólo deseo dejar establecido, en un minuto, que, desgraciadamente, dos brillantes abogados se han empleado a fondo para defender una mala causa. El Honorable señor Hurtado nos ha dado aquí una reseña de todas las leyes de facultades especiales dictadas anteriormente, y ha declarado que no había democratacristianos, en ese entonces, en el Parlamento cuando ellas fueron aprobadas. Pero lo que no ha dicho Su Señoría es que muchos de ellos se llamaban de otra manera, en esas épocas.
El señor PALESTRO.-
¡Conservadores, pues!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
¡Y Sus Señorías se llamaban entonces "ibañistas"!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Pereira!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
¡Después les voy a decir cómo se llamaban!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Dueñas!
Puede continuar la Honorable señora Lazo.
El señor PALESTRO.-
¡Se llamaban conservadores!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Palestro!
La señora LAZO.-
Señor Presidente, lo que me interesa es dejar establecido que el Honorable señor Hurtado ha estado tratando de probar que esta ley...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Dueñas, ruego a Su Señoría ser deferente con su Honorable colega!
La señora LAZO.-
...no debe llamarse normativa, sino como ha dicho muy bien, ley de facultades especiales. Empecemos, por lo menos, en esta "revolución en libertad", dándoles a las cosas el nombre que deben tener. Lo que estamos tratando es una ley de facultades especiales.
El señor PALESTRO.-
¡Todo tiene que cambiar!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Maira.
El Honorable señor De la Fuente le solicita una interrupción.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, antes de entrar en los aspectos de fondo, deseo expresar, con la mayor franqueza, cuál va a ser el criterio del Diputado informante, si el Reglamento se lo permite, en materia de interrupciones. La idea del Diputado informante...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Valenzuela Valderrama, está con la palabra el Honorable señor MAIRA.-
El señor MAIRA.-
Quiero decir que, si el reglamento se lo permite, entiende el Diputado Informante, ante las cada vez más crecientes interrupciones que le solicitan los Honorables colegas, que su papel es, en alguna medida, el de aclarar a la Sala las preguntas que se le formulen, dentro de sus posibilidades; y, también, expresar el criterio de la mayoría de la Comisión respecto del proyecto en debate.
Por lo tanto, no desearía el Diputado informante que en su tiempo se promovieran debates, muy interesantes, pero improcedentes, en materia constitucional, y preferiría como lo ha manifestado limitarse solamente a contestar las preguntas que se le formulen, absteniéndose de conceder interrupciones, que serían discriminatorias y que atentarían contra el orden del debate.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En primer lugar, la Mesa advierte al Honorable Diputado informante, que es Su Señoría quien debe calificar las interrupciones que conceda, en su oportunidad...
El señor MAIRA.-
Las calificaré, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En segundo lugar, se ha previsto un trámite especial para este proyecto de ley, concediéndose una hora a cada comité para formular las observaciones que quiera hacer.
Puede continuar el señor Diputado Informante.
El señor MAIRA.-
Entrando en la materia de fondo, señor Presidente, comenzaré por declarar que, en ningún momento, fue mi ánimo traer una versión torcida del pensamiento del señor Contralor General de la República. Simplemente me referí a su opinión, porque pensaba que, es conveniente ir sentando nuestro criterio, en el seno de la Cámara de Diputados, sobre un asunto que, evidentemente, es algo nuevo en los anales parlamentarios y sobre el cual no hay ningún tipo de precedentes.
La idea de la legislación normativa, en efecto, en Chile sólo se concreta en un texto positivo, en la ley N° 15.020, llamada Ley de Reforma Agraria. En definitiva la doctrina de las leyes normativas es, entre nosotros, muy incompleta aún y está llena de lagunas, entregada a la interpretación parlamentaria y de los tratadistas.
Por eso, creo que el debate que tengamos, posteriormente, sobre cada una de las disposiciones de este proyecto, nos permitirá hacer ley sobre esta materia. Por ello me ha parecido mejor exponer aquí, no mi pensamiento, sino el de una persona que tiene enorme autoridad en esta materia y que ha contribuido, con sus luces a aclararla.
Prefiero, pues, concretarme al tema de fondo, porque, de otra manera si este debate se desarrolla por la vía de las interrupciones, muchas ideas quedarán truncas e incompleta la expresión de los conceptos, lo que no contribuye a aclarar la totalidad de mi pensamiento. Con las argumentaciones que hacía anteriormente, en mi pasada intervención, quería, en definitiva, puntualizar cuáles son las materias que se quiere seguir mediante estas leyes normativas que caen dentro del texto del artículo 44 o de otros artículos de la Constitución Política del Estado, para cuyo efecto, al estudiar el proyecto, he revisado y confrontado cuidadosamente con ellos, cada una de las disposiciones normativas que contiene.
Como deseo ser lo más franco posible con la Honorable Cámara, debo confesar que respecto del citado artículo 44, sólo he encontrado conflictos tratándose de dos de las materias de ley a que se refiere, como lo voy a demostrar con el texto constitucional en la mano, primero, en el caso del N° 1° del artículo 44, que regula la imposición y supresión de contribuciones, materia que toca una de las disposiciones del proyecto, que vamos a discutir más adelante, pues habla de suprimir contribuciones; después, en el caso del N° 5° del artículo 44, según el cual sólo en virtud de una ley se puede "crear o suprimir empleos públicos ; determinar o modificar sus atribuciones ; aumentar o disminuir sus dotaciones; dar pensiones, y decretar honores públicos a los grandes servidores." Y, a continuación, este mismo número dice: "Las leyes que concedan pensiones deberán ser aprobadas por el voto conforme de los dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara."
Es decir, de los 15 números del artículo 44, que reglamentan diversas materias, después de una cuidadosa revisión, he encontrado alguna posibilidad de conflicto respecto de uno de los términos del número 1° y de los 3 conceptos contemplados en el número 5°. Con relación a los 13 números restantes, puedo asegurar a la Honorable Cámara que no existe conflicto con ninguna de las disposiciones, con ninguno de los aspectos del proyecto que hoy día discutimos. Por lo tanto, en el grueso de las disposiciones, y ésta es la observación que yo quería centrar, no existe ninguna posibilidad de conflicto constitucional. Respecto de esto, comparto y sigo compartiendo el criterio de una persona tan autorizada como es el señor Contralor General de la República, distinguido profesor de Derecho Administrativo y reconocido publicista en Chile, don Enrique Silva Cimma, para decidir los casos conflictivos. Es decir, y a pesar de que lo diga el informe, para que una ley pueda considerarse normativa, debe atenderse a la forma de su redacción más que al fondo de su contenido.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rioseco; y, a continuación, el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero exponer ante la Honorable Cámara nuestro punto de vista contrario a la denominación de "ley normativa" respecto del proyecto en discusión. La verdad de las cosas es que este proyecto de ley no tiene absolutamente nada de ley normativa, término por lo demás poco castizo y redundante, ya que indudablemente sólo se trata de una delegación de facultades, como puede apreciarse en el texto, no sólo por la forma de su redacción, sino porque en muchísimos artículos se expresa primero la facultad de orden general y más adelante se agregan y enumeran una serie de cosas que pueden hacerse, como una simple referencia.
La verdad de las cosas es que, tratándose de una ley de facultades extraordinarias, es interesante considerar el derecho que tiene el Partido Demócrata Cristiano y el actual Presidente de la República, yendo contra todas sus afirmaciones, contra todas sus argumentaciones hechas en otras oportunidades, para enviar un texto de facultades extraordinarias, es decir, de delegación de la potestad legislativa del Congreso.
Pero es más, este texto legal ha ido mucho más allá. En efecto, se ha trasladado, en cierto modo, en algunos artículos, el derecho de veto del Ejecutivo y la facultad de legislar hacia otros organismos. Y no sólo se priva al Congreso de esta facultad, de esta potestad, sino que se traspasa a otros organismos, a los cuales se les conceden atribuciones para el estudio de las leyes. Tal cosa ocurre con algunas organizaciones gremiales, con la Confederación de Municipalidades, con el Consejo de Rectores y el propio Contralor General de la República.
En este proyecto de delegación de facultades se ha ido tan lejos, que no sólo se ha privado o se pretende privar al Parlamento de sus facultades legislativas, sino que el propio Presidente de la República quiere, en ciertos casos, despojarse de su facultad de veto y entregársela a otras autoridades que, por muy altas que sean, no son las que el texto constitucional determina.
Pero he oído con extrañeza al Honorable señor Hurtado referirse a esta materia, porque la historia del Parlamento es tan larga como que tiene ya 155 años. Es indudable que se han ido vertiendo en el Parlamento expresiones y opiniones en un momento determinado que, tal como lo ha dicho, nadie tiene derecho a faltar a ellas. En todo caso, quiero contestarle con sus mismas palabras y decirle, por ejemplo que, cuando se debatió el proyecto sobre Reforma Agraria, antes que fuera objeto en el Senado, de la transformación que indudablemente sufrió, antes de ser despachado por la Honorable Cámara, el Honorable señor Fuentealba hizo presente que "este proyecto que otorga facultades al Presidente de la República se ha dado en llamar "normativo". A continuación el Honorable señor Hurtado, don Patricio, manifiesta que el señor Ministro de Justicia de la época, a través de su extensa exposición, ha justificado lo que nosotros hemos sostenido desde el comienzo, esto es, que estamos en presencia de un proyecto de facultades extraordinarias. En consecuencia, estas expresiones nos permiten concluir que él también está convencido de que nos encontramos frente a un caso de delegación de facultades, cualquiera que sea el nombre que se le dé a esta iniciativa legal.
En seguida, el Honorable señor Fuentealba argumenta sobre si la costumbre puede transformarse en fuente de Derecho Constitucional y dice que el texto expreso de nuestra Carta Fundamental, no lo permite, ya que en Derecho Público, sólo puede hacerse todo lo que está permitido polla ley, y lee el artículo 4° de la Constitución Política del Estado. Indudablemente, el Presidente de la Democracia Cristiana es más claro en esta materia que el Honorable señor Hurtado...
El señor IRURETA.-
Es más claro que Su Señoría.
El señor RIOSECO.-
Es probable.
El señor GARCES.-
Con seguridad, Honorable colega.
El señor RIOSECO.-
Más adelante, el Honorable señor Fuentealba manifestaba, refiriéndose a dos parlamentarios conservadores que salvaron su voto, cuando se trataron las facultades extraordinarias que se otorgaron por la ley 13.305 que "a mi juicio, han tocado el verdadero fondo del problema cual es el de que, si en verdad es necesario, si es conveniente, otorgar facultades extraordinarias al Presidente de la República en determinadas circunstancias. Lo más claro, lógico y decente, desde el punto de vista jurídico, es, lisa y llanamente, proceder a reformar la Constitución Política, y, en ningún caso, valerse de subterfugios que contienen las disposiciones que se someten a nuestra consideración y que constituyen, en realidad, una delegación de las facultades legislativas del Congreso". A continuación, sigue argumentando sobre si la costumbre es fuente de Derecho Constitucional y expresa: "Hay en verdad silencio, norma incompleta o texto oscuro en nuestra Constitución Política delEstado, de modo que no podemos decir que la dictación de diferentes leyes de facultades especiales constituye una costumbre supletoria... ¿Guardan las facultades especiales la necesaria concordancia con los principios fundamentales de nuestra Constitución? Evidentemente que no, señor Presidente. Y agrega: "No voy a repetir los argumentos que aquí se han dado"
De manera que, en el proyecto en debate nos encontramos con la más clara y precisa delegación de facultades; y aún más, con una delegación de facultades del Ejecutivo hacia otras autoridades. En esta iniciativa, tanto o mucho más que en aquélla respecto de la cual los señores Hurtado, Fuentealba, Carmona y Gumucio, dos de ellos hoy día Senadores de la República, expresaron su inquietud ciudadana,...
Varios señores DIPUTADOS.-
¿Y por qué son Senadores?
El señor RIOSECO.-
... se está vulnerando el texto expreso de la Constitución Política del Estado. Así lo reconoce el propio Gobierno al enviar al Congreso, en concordancia con las palabras del Presidente de la Democracia Cristiana, un proyecto de reforma constitucional, precisamente para incorporar en nuestra Carta Fundamental esta posibilidad de delegación de facultades. Pero en ningún caso el Presidente de la República ha enviado una disposición para trasladar su derecho de Poder colegislador a otras autoridades, como lo hace en este proyecto de ley.
El señor AYLWIN (don Andrés).-
¿Me permite, Honorable colega?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Rioseco, el Honorable señor Aylwin le solicita una interrupción.
El señor RIOSECO.-
Lamento no poder concederla, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar Su Señoría.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, el propio Presidente de la República, en la sesión 31°, de 13 de marzo de 1959, decía en el Honorable Senado lo siguiente:
"Uno de los actos más graves que puede discutir un Congreso es otorgar facultades especiales, ya sea en el orden político, administrativo o económico.
"Creo que conceder facultades con las debidas limitaciones es un problema discutible en lo constitucional; y, a este respecto, existe un vacío en nuestra Carta Fundamental. Por considerarlo así, me sentí autorizado para votar favorablemente un proyecto, hace seis años. Pero sólo se justifica darlas en graves casos de emergencia, porque significa sustraer del Parlamento el conocimiento de materias cuya solución requiere la dictación de una ley."...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
"Si a eso agregamos la omnipotencia del Ejecutivo en nuestro régimen constitucional, debemos concluir que investimos al Gobierno de una verdadera dictadura legal; y no me referiré al detalle de las indicaciones y a su contenido, porque los señores Senadores las conocen y el tiempo de que disponemos es breve.
Cuanto más observamos el funcionamiento de nuestras instituciones, más evidente se hace el poder casi sin contrapeso que tiene, por la Constitución, las leyes y el aparato económico fiscal y semifiscal, la Presidencia de la República. Por eso, sólo razones muy extraordinarias pueden inclinar a un Congreso a despojarse de ejercer las funciones cada vez más limitadas que las leyes le otorgan y el electorado le encomienda realizar."
Más adelante expresa que las dio en un momento en que "el país estaba en una emergencia. El electorado había señalado un nuevo Presidente Ibáñez con una votación arrolladura. Ese Mandatario se encontraba con un Congreso que le era adverso, salvo en una minoría muy pequeña, y, en consecuencia, había una falta total de correspondencia entre la expresión electoral y la composición del Parlamento, el cual debía renovarse dentro de tres o cuatro meses.
¿Se podía paralizar el país hasta que se eligiera el nuevo Parlamento? ¿Podía gobernar en un lapso así un Presidente que se encontraba con un Congreso del todo adverso?
La situación de hoy es completamente diversa. La elección no fue la misma, y el Presidente tiene una sólida mayoría en un Congreso que no está por renovarse.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
Sigue el señor Frei: "Más aún, muchos de los que otorgamos facultades al anterior Gobierno y ello fue analizado varias veces en el Senado vimos que éstas se entregaron sin que hubiera planes específicos que aplicar..."
Hablan varios señores Diputados a la, vez.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Hay planes ahora!
El señor RIOSECO.-
Con respecto a esta materia, en los largos debates de la Comisión de Hacienda, en sesiones celebradas durante día y noche, el Ejecutivo nos mostró esos proyectos y planes específicos; sólo manifestó ideas, propósitos que podrían servir, indudablemente, para formular proyectos de ley concretos al Parlamento para que se estudiaran detenidamente, con mayor altura de miras. Pero no se presentó ni un solo proyecto concreto, ninguna idea que estuviera definida, estructurada. No se llevaron a la Comisión, como estoy expresando, sino ideas, propósitos, muy encomiables, pero sólo ideas de orden general, y no se pudo expresar o traer ningún proyecto concreto, práctico, nada real de esas ideas o propósitos.
Y el actual Presidente de la República se preguntaba más adelante: "Si por un acaso electoral mañana hubiera, por ejemplo, un Gobierno socialista-comunista, ¿los que hoy otorgan facultades al actual Gobierno se sentirían obligados a votarlas favorablemente, porque lo hicieron hoy, para entregarlas a un Presidente y a una combinación política opuesta?"
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
"Cualesquiera que sean las palabras, sabemos que no, y, en todo caso, yo pienso que estarían en plena libertad para juzgar el proyecto, pues él envuelve siempre un problema de confianza, que cada uno es libre para apreciar en cada caso".
"Por último decía el entonces Senador señor Frei estimamos un error crear la sensación de intranquilidad desde
el propio Gobierno y mantener en un estado de inseguridad, origen de muchos males, a toda la Administración Pública y Semifiscal.
A nuestro juicio, estas facultades traerán intranquilidad política y administrativa y carecen de justificación. Por eso, desde que apareció la indicación original, mi partido señaló ante el país el peligro que significa.
Por esta razón y muchas otras que sería inútil repetir, y aunque no sea grato hacerlo a quien ha participado en una reciente elección presidencial, expreso nuestra negativa al otorgamiento de las facultades que se solicitan".
Además, tengo a la mano los discursos de otros tantos Senadores y Diputados, que se refirieron a esta materia.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
Entre ellos, el ex Diputado y actual Senador, señor Gumucio expresó: "Me siento en la obligación de manifestar mi angustia ciudadana al mirar, con perspectiva, las consecuencias que tendrá la aprobación de las más amplísimas facultades que haya otorgado el Congreso; facultades que van a dejar al poder del Estado que es el Congreso Nacional, una de las instituciones básicas de la vida democrática, en un anulamiento tal que, indudablemente, lo harán perder el prestigio y la importancia que hoy tiene.
Por muy formal, por muy incompleto que sea el régimen democrático en el mundo actual, es el más aceptable de los que, hasta este momento, se han ideado; defenderlo de los riesgos de supervivencia es una obligación perentoria para los que nos sentimos amantes de él."
Pues bien, yo concuerdo con estas palabras.
La verdad de las cosas es que el programa ofrecido al pueblo el 4 de septiembre no contenía la idea de una delegación de facultades. Por el contrario, el propio Presidente de la República, en una reunión con la Asociación de Empleados Fiscales, les expresó que no enviaría al Parlamento proyectos de esa naturaleza. Sin embargo, ¿por qué lo hizo antes de las elecciones parlamentarias? ¿Fué, acaso, porque era candidato a Diputado de la Democracia Cristiana sabiendo que la mayoría parlamentaria del Congreso anterior las iba a rechazar, quisieron crear el ambiente propicio, en la calle, para mejorar sus posibilidades electorales? ¿O lo hizo por la presión de sus bases, por la inquietud de los militantes, sobre todo, como decía el Honorable colega señor Godoy Urrutia, de los nuevos, de los recién llegados al alero del vencedor, de aquéllos que están tratando de alcanzar los primeros lugares, en la obtención de ventajas administrativas? ¿Fué, acaso, la presión de ellos lo que indujo al Presidente de la República a faltar a una norma permanente en su vida política?
Señor Presidente, estimo que el Gobierno no ha sido consecuente con el programa que anunció a la opinión pública y, lo que es más importante, no lo ha sido con su posición moral.
Nada más.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor HURTADO (don Patricio).-
Pido la palabra.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa; y, a continuación, los Honorables señores Hurtado, don Patricio, y Godoy Urrutia.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, me alegro de que el Honorable señor Maira haya expresado su pensamiento, en su calidad de Diputado informante, porque me parece, dada la forma como se está procediendo en el debate, que se están desvirtuando los acuerdos adoptados por los Comités, en el sentido de limitar a una hora las intervenciones de cada partido.
Al mismo tiempo, quiero señalar que, para ser consecuente con lo que ha expresado, el Honorable señor Maira debió haberse limitado a cumplir las disposiciones del artículo 67 del Reglamento, que establece que cada Comisión designará a uno de sus miembros para que se encargue de sostener su proyecto en la discusión como Diputado informante. Como en este caso se trata de la discusión particular, Su Señoría, debió haberse limitado a sostener sus argumentos con relación al artículo 2° en debate.
Creo que éste es el espíritu de los acuerdos adoptados por las Comités, y deseamos que se respete.
Ahora bien, con respecto al artículo 2° del proyecto, la Honorable señora Carmen Lazo y el Honorable señor Olave han expresado la opinión de los Diputados de estos bancos, en el sentido de que este proyecto constituye una delegación de facultades, y no otra cosa. Pero deseo recoger algunas observaciones del Honorable señor Maira, que confirman lo que, personalmente, pienso sobre esta materia.
Este proyecto, por el cual se autoriza al Presidente de la República para dictar normas con fuerza legal en las materias que indica, en caso de ser aprobado, no tendrá mayor alcance, porque el mismo Honorable señor Maira se encargó de precisar que, según su criterio, este proyecto afectaría las disposiciones contenidas en los números 1° y 5° del artículo 44 de la Constitución Política del Estado. De manera que, mientras no se reforme la Constitución, mientras no se dicten disposiciones, que hoy día constituyen meramente un proyecto, es indudable que los artículos relacionados con impuestos y cargos públicos no pueden ser alterados por ninguna ley de carácter normativo, sin afectar la Constitución. En consecuencia, concluyo que, en este aspecto, el debate ha sido ilustrado por las opiniones de uno de los parlamentarios democratacristianos de mayor capacidad, como lo es el señor Diputado informante, quien ha sostenido que, en esta materia, cualquiera norma que se dicte antes de modificar la Constitución Política viola la Carta Fundamental de la República .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Pereira, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable Diputado informante, quien goza de preferencia para usar de la palabra.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo dar una explicación al Honorable señor SILVA ULLOA.- Debo hacer presente que estoy interviniendo, en cierto sentido, en una forma más general de lo que corresponde hacerlo en la discusión particular de un proyecto, porque al comienzo del debate se solicitó al Diputado informante que hiciera una relación general de sus disposiciones.
En ese momento expresé y este criterio fue compartido por la Sala que, en consideración al gran número de materias que abarca el proyecto, era muy difícil dar una visión de conjunto a través de una exposición única. Por eso solicité se me permitiera ilustrar el criterio de la Sala, dando las explicaciones pertinentes en la discusión particular de los artículos que forma cada título.
Dada la naturaleza del proyecto, he querido traer al debate algunas opiniones expresadas en el seno de la Comisión de Gobierno Interior, en el primer trámite reglamentario.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hurtado, don Patricio.
El señor HURTADO (don Patricio).-
Señor Presidente, no habría deseado distraer la atención de la Honorable Cámara, ni ocupar los escasos minutos de que dispone mi partido para dar respuesta a la alusión que respecto de mi persona, ha hecho el Honorable señor Rioseco. Pero como todos tenemos alguna vanidad, declaro que ello me halaga, porque es la primera vez que escucho se me cita en esta Cámara.
No creo que mis opiniones sean tan autorizadas como para merecer ese privilegio, pero sí lo son aquéllas vertidas por otros representantes del Partido Demócrata Cristiano.
Hay una gran consecuencia entre la posición de quienes nos han precedido en esta labor parlamentaria y la que nosotros tenemos en este instante.
Todos recuerdan, por ejemplo, la actitud de un militante del Partido Demócrata Cristiano que, en un momento dado, cuando lo creyó necesario, entregó facultades extraordinarias al Presidente de la República.
Pero hay algo más. Nosotros creemos se lo digo especialmente al Honorable señor Rioseco que en el país existe una clara sensación acerca de la necesidad impostergable de que se realicen los cambios prometidos por la Democracia Cristiana. Cada vez que hay un debate, los señores Diputados de Oposición nos reclaman la urgencia del despegue de la "revolución en libertad" prometida. Sin embargo, los Honorables colegas conocen, porque viven en el ambiente parlamentario, los problemas y dificultades que existen en la formación de las leyes. Pues bien, ahora se está pidiendo a los señores Diputados que se autorice al Ejecutivo para resolver los problemas de transportes, comunicaciones, movilización, etc. Las personas que vienen al centro todos los días y ven a la gente esperando locomoción en las esquinas, acaso no piensan que es preciso esperar todo el engorroso y largo proceso de la tramitación de un proyecto de ley para resolver tan importante problemas, y que el egoísmo de los parlamentarios impide entregar al Ejecutivo las herramientas necesarias para ello.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor HURTADO (don Patricio).-
Me pregunto, ¿quienes han manejado en nuestro país los sistemas cambiario, monetario y crediticio? Todos sabemos el desorden en que éstos quedaron después de la gestión de la pasada Administración, lo delicado de estos problemas y la imperiosa necesidad que existe de adoptar medidas inmediatas, rápidas y eficaces para darles solución. Si un gran sector de la opinión pública respalda la acción de este Gobierno y las urgentes necesidades nacionales exigen el despegue de esta "revolución en libertad", ¿puede alguien negar que es preciso llevar a la práctica la Promoción Popular?
Estas y otras cosas está exigiendo el pueblo. Para reformar el Banco Central de Chile y hacer más eficaz y dinámica la Administración Pública, con absoluto respeto por los funcionarios radicales, que ahora han sido respetados como en ningún otro Gobierno, el pueblo...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor HURTADO (don Patricio).-
...está exigiendo que este proyecto sea despachado. Dentro de poco tiempo, vamos a discutir en esta Cámara, el establecimiento de otra institución: la del plebiscito. Creo que, si entregáramos hoy al pronunciamiento de la opinión pública la concesión de estas facultades, una mayoría, superior incluso...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor HURTADO (don Patricio).-
...a la que eligió al Excelentísimo señor Frei y a la que nos respaldó en las elecciones parlamentarias estaría de acuerdo en que es preciso entregar al Presidente de la República estos instrumentos legales para gobernar, a fin de resolver las necesidades urgentes del pueblo y hacer la revolución en libertad.
El señor ACUÑA.-
¡Así pensaba Perón en Argentina!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Terminó Su Señoría?
El señor HURTADO (don Patricio).-
Sí, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Godoy.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, creo que hace falta que nos elevemos un poco, porque la atmósfera está algo pesada, a causa de la aridez del tema jurídico que estamos tratando, pues nos hemos engolfado en discusiones de carácter constitucional, donde hay textos de esta naturaleza que, ni siquiera merecen ese nombre. Diría que es bueno producir una distensión.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GODOY URRUTIA.-
Ya hace un momento, el Honorable Diputado informante habló, por ejemplo, de los "Constituyentes del año 25". Sobre eso podríamos hablar los contemporáneos, porque el Honorable señor Maira no había nacido el año 1925, felizmente para él. Si hay algo grotesco en nuestro país, es la llamada "Asamblea de Notables" del año 25, en que, como dijo un respetable sacerdote de aquella época, don Alejandro Vicuña, en el diario "La Nación", salían a la calle a reclutar constituyentes, con una carta del Presidente de la República en que la única condición que se ponía era que fueran partidarios de un régimen estrictamente presidencialista.
El señor SOTOMAYOR.-
¿Cómo se llamaba el Presidente?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GODOY URRUTIA.-
Entonces, ¿para qué invocar tanto el texto dé una discutible Constitución, cuando el más infeliz de los países, de los nuevos países que se están incorporando a la comunidad internacional, convoca a un poder constituyente para darse el estatuto fundamental? ¡No es la Constitución de 1925 más democrática que la de 1833! ¡Es menos democrática!
Y la que ahora se estudia en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara, sin que importe descrédito para los colegas que la integran, es todavía menos democrática que la de 1925, porque en ese momento siquiera había un régimen de intimidación política, de fuerza de interrupción de la continuidad constitucional.
Ahora, de acuerdo con lo dispuesto en "la Constitución de 1925" entre comillas basta tramitar la reforma constitucional como una simple ley de tipo común y corriente.
Cuando veo el proceso que sigue esta reforma, y que trece Honorables Diputados están elaborando el futuro estatuto constitucional del país, me hago estas preguntas: ¿ha pasado por la mente de los constituyentes de 1925, como los llama el Honorable señor Maira, la idea de darnos una nueva Constitución Política a través de una supuesta o pretendida reforma de la anterior? Porque ¿qué va a quedar de la actual una vez que se despache la reforma, si cada día presentan nuevas iniciativas por si quedara algún artículo que no haya sido objeto de modificación? Va a quedar sólo el boleto. Ni siquiera tendrían el aire de familia de parientes lejanos.
El Honorable señor Maira nos citó a algunos constitucionalistas; entre ellos, a autores tan respetables para nuestro Honorable colega democratacristiano como el señor Alejandro Silva Bascuñán que en conferencias dictadas en el año 1963, en la Universidad Católica de Santiago, dio algunas opiniones sobre este problema.
Por ejemplo, respecto del recurso constitucional del plebiscito, que el Honorable señor Hurtado nos trajo aquí como un plato nuevo para empezar a tomarle el gusto, el señor Alejandro Silva Rascuñan dijo, en aquella conferencia, que era contrario a este procedimiento. Voy a citar sus palabras textuales, porque prefiero no apelar a las fuentes marxistas ni a los clásicos constitucionalistas nuestros, sino a los textos actuales, de gente que está viva y que están reduciendo a jurisprudencia la filosofía de la Democracia Cristiana, como ahora la llaman.
Dijo don Alejandro Silva Bascuñán:
"Para poner término a los entredichos entre el Jefe del Estado y del Congreso no creemos que sea conducente una reforma constitucional que permita al Presidente de la República recurrir al plebiscito.
"Tal recurso nos parece nefasto en el presidencialismo". Y era lógico que no podía ser de otro modo.
El señor PEREIRA.-
Las cosas han cambiado, Honorable colega. El año 1943 también gobernaba Stalin.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Pereira, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
El señor PEREIRA.-
Su Señoría se olvida que han pasado más de veinte años. Ni siquiera está Khruschev ahora. Todo cambia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Recuerde Su Señoría que es un correligionario suyo quien dice esto.
El señor PEREIRA.-
Las cosas cambian, Honorable colega.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Pereira, llamo al orden a Su Señoría!
Puede continuar el Honorable señor Godoy Urrutia, a quien ruego dirigirse a la Mesa.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
Todo cambia.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Pereira, lo único que no cambia es el Reglamento de la Cámara.
El señor GODOY URRUTIA.-
Si el Honorable señor Pereira, que está peleando solo con su sombra, es autor de otra doctrina sobre la materia, le ruego me la pase, a fin de leerla, porque, al parecer, contradice la tesis del constitucionalista, señor Silva Bascuñán, que, al referirse al plebiscito, agrega: "Tal recurso nos pare
ce nefasto en el presidencialismo, porque contando el Jefe del Estado con todo el aparato gubernativo y administrativo, la apelación directa al pueblo, manejada con las facilidades inherentes al ejercicio del aparato oficial, sería el paso al caudillismo, al personalismo, a la exaltación de dictaduras, paternalistas o de otra índole. De recurrirse dice muy claro en el presidencialismo a la consulta popular para dirimir las divergencias entre el Jefe del Estado y el Parlamento, en la eventualidad de un resultado desfavorable a aquél, se impone el grave desenlace de la crisis presidencial."
Esto ha dicho Alejandro Silva Bascuñán, en uno de sus libros editados por las prensas de la Universidad Católica. Esto es lo que ha dicho uno de los hombres más respetados por Sus Señorías.
El señor PEREIRA.-
Su Señoría está leyendo discursos de hace veinte años. Ya le dije que todo cambia.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Pereira, ruego a Su Señoría se sirva no interrumpir.
Honorable señor Godoy Urrutia, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
El señor GODOY URRUTIA.-
Yo estoy de medio lado como puede ver Su Señoría.
Risas.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Es muy perfectible esa ubicación.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pero el Honorable señor Pereira está de medio filo, como me dicen por aquí cerca. Yo diría que con ganas de volverse hacia la izquierda.
Risas.
El señor GODOY URRUTIA.-
Me felicito de que se produzcan estas situaciones que permiten aflojar los nervios y evitar la posibilidad de que se produzca una ruptura. Luego el Honorable señor Patricio Hurtado, junto con darnos una serie de consejos, dijo que a todos alcanzaban y afectaban las contradicciones. No se salvó nadie, según una interpretación libre que me permito hacer. Pero yo aseguro, y bastaría ordenar por teléfono, a cualquier funcionario de un Ministerio, que se revisaran todas las versiones oficiales, que nadie podrá decir que los Diputados comunistas han votado favorablemente facultades extraordinarias como éstas, ni siquiera durante el régimen del Gobierno que integramos con dos o tres Ministros de Estado.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GODOY URRUTIA.-
Durante la Administración de don Pedro Aguirre Cerda, en cuyo Gobierno colaboramos, y apoyamos las iniciativas de beneficio popular y de progreso para el país, tampoco votamos facultades extraordinarias, porque ese régimen no las necesitaba, a pesar de su estrecha mayoría parlamentaria. Y esa sí que era estrecha, al extremo de que, en momentos determinados, dependía del voto de uno o de los tres Diputados falangistas, antecesores de Sus Señorías, que se sentaban ahí al frente, como si los estuviera viendo. De ellos dependía la suerte de proyectos de tanta importancia como el de la Corporación de Fomento de la Producción y el de la Corporación de Reconstrucción y Auxilio.
Recuerdo que estando en Córdoba, recibí un telegrama urgente para que, por avión, alcanzara a llegar a votar. Así me junté con otro colega que ya venía de regreso de Buenos Aires. Esto lo digo sólo como una acotación.
Sostengo que no hay de parte nuestra ninguna contradicción. Sin embargo, el Honorable señor Patricio Hurtado nos dice: "No escupan al cielo, no rasguen sus vestiduras". "No orinen contra el viento", creo que dijo también. Esos conceptos no son para nosotros; no nos afectan. Esta es una manga en la que no vamos a meter el brazo. Por eso, durante el debate de esta ley, hay que dejar constancia de estos hechos, porque forman parte de un conjunto muy reciente de la historia social de nuestro país, que no es posible borrar. Aquí no cabe eso de escribir con la mano y borrar con el codo. Estas son verdades grandes como nuestra cordillera, que van quedando en la historia del desarrollo, del progreso, de las alternativas, pasos más, pasos menos, de la evolución social y política de nuestro país. Por eso quiero creer que cada uno, con buena voluntad, está sosteniendo sus puntos de vista.
Lo importante es que todos ayudemos en esta hora a crear esa voluntad, auxilio indispensable para la transformación de nuestro país. Me parece que es el camino que todos los Honorables colegas deben buscar. Porque la Constitución es violada una vez, despachando leyes normativas, y diez veces, aprobando facultades extraordinarias, ¿vamos a seguir violándola? ¿Será porque es femenina o porque, como me permití decirlo en la Comisión, por el hecho de haber sido violada una vez, no importa que lo sea después? Total, siempre hay gente dispuesta a toda clase de sacrificios.
Dejo aclarada un poco esta historia, de la que todos somos testigos y modestos protagonistas, para que en los hechos jurídicos se sepa cuál es la posición y el verdadero punto de vista que anima a los Diputados comunistas.
El señor SOTOMAYOR.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SOTOMAYOR.-
Señor. Presidente, las observaciones de los parlamentarios radicales, Honorables señores Rioseco y Jaque, me han causado sorpresa, porque durante los catorce años que estuvieron en el Gobierno votaron favorablemente todas las facultades extraordinarias sobre delegación de facultades.
Posteriormente, en el Gobierno del señor Ibáñez, votaron en contra de la ley N° 11.151, que también delegaba facultades. Más adelante, en la Administración del señor Alessandri, en abril de 1959, votaron favorablemente la ley N° 13.305, sobre la misma materia. O sea, el Partido Radical no vota por principio la delegación de facultades, sino según estén o no en el Gobierno.
Me permito recordar que ellos aprobaron la ley N° 13.305, de 28 de abril de 1959, siendo Presidente de la República el señor Alessandri y Ministro de Hacienda, el señor Vergara. Ella consta de nueve títulos y de 258 artículos. O sea, es mucho más amplia que la que ahora está en discusión. Más aún, el artículo 203, del Título VIII, sobre Facultades Administrativas, que voy a leer, dice: "Los funcionarios cuyos cargos queden suprimidos al fijar las plantas de los servicios u organismos a que se refiere el artículo anterior y que no tengan derecho a los beneficios de jubilación o retiro, gozarán, durante un año contado desde la supresión, de una indemnización equivalente a la remuneración total que percibían a la fecha de aquélla."
¿Qué significó este artículo para nuestros Honorables colegas? Lisa y llanamente, reorganizar servicios, echar funcionarios a la calle y pagar un año de sueldo. Se dijo que esto se hacía por estricta economía, pero no fue así, porque después se crearon nuevos cargos y se llenaron las vacantes producidas. Esta ley, que fue aprobada durante el Gobierno del señor Alessandri, contó con los votos favorables de los parlamentarios del Partido Radical, que deseaban producir la vacancia de cargos ocupados por funcionarios públicos democratacristianos y socialistas. Así sucedió en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, cuyas vacantes fueron llenadas por gente que militaban en los partidos políticos afectos al Gobierno.
En cambio, el proyecto de ley en discusión no contempla esa idea, ni mucho menos. Sin embargo, se habla de que otorga amplias facultades. Pero los hechos demuestran fehacientemente lo contrario. Por eso me extraño que los representantes de un partido que tiene tradición histórica, como el Radical, sostenga en este momento una postura que para mí es falsa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jaque; y, a continuación, la Honorable señora Lazo.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, el Honorable señor Patricio Hurtado, Diputado de Gobierno, expresaba, hace un momento, que el Ejecutivo necesitaba con urgencia que se despachara este proyecto, a fin de realizar las profundas transformaciones que nuestro pueblo reclama con razón.
Nosotros queremos expresar ante esta Cámara y ante la opinión pública del país, que el Partido Radical nunca se ha opuesto a una iniciativa que tienda rectamente a procurar el bienestar de nuestro pueblo.
Sin embargo, no estamos de acuerdo con el procedimiento que en esta oportunidad ha seguido el partido de Gobierno, por las inconsecuencias en que ha incurrido y que han quedado demostradas esta tarde en esta Honorable Corporación.
Estamos en contra de este proyecto, porque es inconstitucional, porque estas facultades y vamos a basarnos en los mismos argumentos que en otra oportunidad esgrimió la Democracia Cristiana son innecesarias, y porque, a nuestro juicio, atenían contra la estabilidad funcionada en la Administración Pública.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor JAQUE.-
El Honorable señor Rioseco señaló denantes la actitud que habían mantenido en otras ocasiones los actuales parlamentarios de Gobierno, en relación con las facultades extraordinarias. Y esa posición está en perfecta armonía con lo que han sostenido permanentemente los representantes tratadistas de ese partido, como lo voy a señalar en seguida.
El profesor universitario, señor Patricio Aylwin, actual Senador de la República, en representación de la Democracia Cristiana, expresa en su Manual de Derecho Administrativo: "En derecho, los decretos con fuerza de ley son nulos". Fundamentos de orden constitucional, señor Presidente, se han dado muchos, y no quisiera abundar en ellos. Solamente voy a exponer éstos, para señalar la actitud contradictoria del partido de Gobierno.
Un señor DIPUTADO.-
¡Léalos completos!
El señor JAQUE.-
Agrega el señor Aylwin: "Sabemos que en Derecho Público la competencia de todo órgano está limitada a las materias para las cuales la ley expresamente lo faculta. Nadie puede hacer otra cosa que aquello para lo cual está facultado. Ningún texto constitucional autoriza al Congreso para delegar sus facultades legislativas. Conforme al artículo 2° de la Constitución Política, el Congreso es simple delegado de la nación, para el ejercicio de los actos que se le han encomendado, y mal puede, en consecuencia, sin autorización, delegar a su vez facultades. Al hacerlo, cae dentro de las contravenciones que sanciona el artículo 4° de la misma Constitución".
Añade el mismo autor: "Esto resulta especialmente cierto hoy día en Chile. La Constitución Política de 1833 facultaba al Congreso para conceder al Presidente de la República facultades extraordinarias, debiendo siempre señalarse expresamente las facultades que se le concedían y fijarse un tiempo determinado para la duración de la respectiva ley."
"Pero la reforma constitucional de 25 de agosto de 1874 restringió las facultades que el Congreso podía conferir al Ejecutivo, y entre esas restricciones se incluyó la de legislar por decretos. Posteriormente, al discutirse la reforma constitucional de 1925, Su Excelencia propuso que se estableciera un artículo que permitiera al Congreso dar facultades al Presidente de la República para dictar ciertas leyes con sujeción a bases o normas generales que el mismo Parlamento le fijare; pero como hubo oposición, se desistió de su idea".
Como puede observarse, el planteamiento doctrinario de carácter constitucional es sumamente claro.
La potestad legislativa ha sido entregada al legislador por mandato imperativo de la ciudadanía, y siendo ella indelegable, mal puede pretenderse una delegación de aquélla a través de este proyecto de ley.
Pero, como decía hace un momento, no sólo los Diputados, Senadores y tratadistas de ese partido han expresado sus puntos de vista doctrinarios sobre este problema, sino que éstos han sido ratificados en declaraciones públicas de esa colectividad. Tengo a la mano una declaración que emitió el Partido Demócrata Cristiano el 29 de agosto de 1961, publicada en el diario "El Mercurio" del 1° de septiembre de ese año, para fijar su pensamiento político frente al Gobierno del señor Alessandri.
El actual partido de Gobierno expresaba en aquella época: "El Partido Demócrata Cristiano declara categóricamente que rechazará toda ley de facultades extraordinarias de carácter tanto político como administrativo, que el Gobierno pretenda obtener del Congreso Nacional. La sola petición de tales leyes de excepción equivaldría a confesar la existencia de móviles ocultos intolerables para la normalidad democrática del país y amenazadores para los derechos de la oposición. El Gobierno tiene todo lo que necesita para hacer gobierno: la autoridad legal, mayoría parlamentaria, control abrumador de los medios informativos, dirección regular de la política monetaria, tributaria, de préstamos exteriores, del cobre, del salitre, etcétera. En estas condiciones, pretender gobernar por decretos o suspender de cualquiera manera la vigencia del régimen político-administrativo normal del país, es absolutamente inaceptable y será combatido por el Partido Demócrata Cristiano".
"Es posible, y hasta casi seguro, que el Gobierno busque la satisfacción de intereses y de apetitos administrativos y de otra índole. Advertimos desde ahora que el país pertenece a todos los chilenos y no es un botín para la concupiscencia de los que transitoriamente detentan el Poder. El pasado reciente contiene, por lo demás, duras lecciones sobre el rechazo nacional a la voracidad de tales métodos y apetitos".
Después de leer esta declaración del Partido Demócrata Cristiano, se le puede preguntar: ¿Acaso no tienen en este momento autoridad legal? ¿No tienen mayoría parlamentaria abrumadora en esta Cámara? ¿Acaso no tienen la dirección política, financiera y monetaria del país? ¿Acaso no tienen todos los medios informativos, que utilizan a diario para invadir todo el ámbito nacional? Lo tienen todo, señor Presidente. Tienen más de lo que poseía ayer el señor Alessandri.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor JAQUE.-
En esta forma, quiero dejar claramente demostrado cómo los parlamentarios de la democracia-cristiana queman hoy día todo lo que ayer adoraban.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, este proyecto concede amplísimas facultades extraordinarias. Ya no se pueden seguir llamando leyes normativas. El Honorable señor Maira no dio respuesta a las observaciones antes formuladas sobre lo que debe entenderse por leyes normativas
Los Diputados radicales nos oponemos a estas facultades, porque son inconstitucionales, porque son innecesarias y porque el Gobierno, que tiene en sus manos la mayoría parlamentaria, el veto presidencial, el látigo de las urgencias, perfectamente podría enviar al Congreso proyectos de leyes concretos. Por lo demás, ya lo hizo así con el proyecto que crea el Ministerio de la Vivienda, que desglosó de éste sobre facultades extraordinarias. Yo pregunto a los Diputados democratacristianos: ¿porqué decidieron presentar ese proyecto separado ...
Un señor DIPUTADO.-
Para que fuera más rápido...
El señor JAQUE.-
...y no enviaron también un proyecto concreto sobre cada una de las materias a que se refiere la iniciativa en discusión: Servicio de Gobierno Interior, Administración Pública, Banco Central de Chile, vivienda, promoción popular, industria y comercio, transportes, comunicación y movilización?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
- Ruego a los Honorables Diputados se sirvan guardar silencio.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Porque es vital para el pueblo. ¿No lo entiende Su Señoría?
El señor ISLA (Vicepresidente).-
- Honorable señor Valenzuela, don Ricardo, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor JAQUE.-
Por eso, siempre con un espíritu constructivo, queremos dejar claramente establecido que estamos dispuestos a apoyar proyectos de leyes concretos.
He concedido una interrupción al Honorable señor Rioseco.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Rioseco.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Pareto, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, hace un momento, el Honorable señor Sotomayor decía que nosotros no podemos votar hoy día en contra de este proyecto de ley de facultades extraordinarias, porque lo habíamos hecho afirmativamente en otras oportunidades, en el pasado. Al respecto, simplemente quiero leer lo siguiente: "Se argumenta que quienes votamos un proyecto similar en el período pasado, para ser lógicos, estaríamos obligados a votarlo favorablemente ahora. El argumento carece de valor. Si estamos aquí es para ejercer un mandato y legislar de acuerdo con el juicio que en cada caso debemos formarnos de las situaciones que se nos propone considerar, las cuales, casi siempre, son diversas. Si de alguna manera se nos obligara a votar siempre en una misma forma, seríamos autómatas y no legisladores."
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
Estas palabras fueron dichas en el Senado de la República por el actual Presidente de la República, Excelentísimo señor Eduardo Freí Montalva.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
En la misma sesión en que lo aprobaron Sus Señorías...
El señor RIOSECO.-
Luego, tanto el Honorable señor Aylwin como el Honorable señor Hurtado, don Patricio, han manifestado que la premura, la urgencia y la necesidad mueve al Ejecutivo a proponer este proyecto, para agilizar el proceso legislativo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Porque el pueblo necesita soluciones.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Valenzuela, don Héctor, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor RIOSECO.-
Yo quiero ver al Senador señor Reyes Vicuña cuando tenga que declarar la inconstitucionalidad de este proyecto de ley...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Fíjese, no más!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
...ya que, cuando se discutió en la Administración pasada, una iniciativa similar, expresó lo siguiente en la Cámara: "Es con profunda inquietud parlamentaria y con verdadera angustia democrática que entro a analizar algunos aspectos del proceso de reblandecimiento progresivo de nuestra personalidad institucional, que nos puede llevar ahora a la aprobación de Facultades Extraordinarias en flagrante contradicción de expresas disposiciones de la Constitución Política del Estado". ¡Grave problema moral va a tener el señor Reyes Vicuña como Presidente del Senado!
Más adelante decía: "Si éste o cualquier otro plan o proyecto de ley está bien concebido, y si el Ministro que tiene la misión de defenderlo y explicarlo, lo entiende verdad y no carece de tino, no hay iniciativa que no prospere con rapidez. Dada la posibilidad de solicitar urgencia para su despacho, ésas son las únicas condiciones que se requieren."
En seguida, agregaba: "La simple enumeración de materias a manera de un índice no transforma en norma específica lo que es simplemente una facultad".
Señor Presidente, si hemos citado a estos personeros de la Democracia Cristiana, es porque hoy ocupan los más altos cargos en el país.
Sin embargo, tengo aquí discursos y argumentaciones de otros parlamentarios que intervinieron en esa oportunidad. Pareciera que el Honorable Diputado informante, señor Maira, y el Honorable señor Aylwin estuvieran repitiendo sus palabras. "Estas facultades son indispensables en el momento que está viviendo el país y dada la urgencia con que la fuerza de los hechos reclaman soluciones en la materia. Comprendo que el sólo análisis de las materias contenidas nos permite advertir la necesidad de esta legislación. La primera atribución que se otorga al Presidente de la República es la de reorganizar la Administración Pública a fin de fusionar servicios para evitar la repetición de funciones innecesarias". Estas palabras pertenecen al ex Diputado señor Diez. ¡Cómo van variando las posiciones en el Congreso ! Ayer la Democracia Cristiana combatía violentamente estas expresiones del ex Diputado señor Diez. Aquí también hay algunas palabras del Honorable señor Isla, nuestro Vicepresidente, quien expresaba: "hablen con humildad".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Qué decían ustedes en la misma sesión?
El señor RIOSECO.-
Por eso yo les ruego a Sus Señorías en este momento que, siguiendo el consejo de nuestro Vicepresidente, hablen con humildad.
Dada la composición del Congreso, el Gobierno debería enviar, como decía el Honorable señor Jaque, proyectos de ley específicos, cuyos alcances, como sugería el ex Diputado señor Reyes Vicuña, hoy Presidente del Senado, los Ministros podrían venir a exponer con claridad y tino. Así serían despachados rápidamente, como lo han sido tantos proyectos de ley cuyas disposiciones estaban de acuerdo con las normas constitucionales y reglamentarias.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
De manera que les ruego a los Honorables Diputados democratacristianos que no adoren hoy lo que quemaron ayer, como expresaba el Honorable señor Jaque.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Eso no lo dijo el Honorable señor Jaque.
El señor RIOSECO.-
El partido de Gobierno, "con humildad" puede seguir proponiendo planes; pero, es indudable que en un régimen democrático, debe existir Gobierno y Oposición. Si bien es cierto que el partido de Gobierno tiene la obligación de impulsar los planes de éste y cumplir las promesas que hiciera durante la campaña electoral, no es menos cierto que la Oposición juega un "rol" importante en el plano institucional, y también debe cumplir con el deber, a veces duro y difícil, de criticar y señalar los errores.
Es indudable, como han dicho tantos y tantos parlamentarios en esta Sala, que las leyes mejoran con el concurso y el aporte de los gobernantes y de las fuerzas políticas que los apoyan, pero también a través de la crítica sabia y bien intencionada de los que, en un momento determinado, somos oposición.
Nada más.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable señor JAQUE.-
El señor JAQUE.-
El Excelentísimo señor Frei, en una parte del Mensaje que envió al Parlamento, dice que la "expansión industrial es un problema de vida o muerte para Chile". Nos satisfacen profundamente estas expresiones, porque la expansión industrial del país está unida, precisamente, a la vida del Partido Radical.
Los Diputados de la Democracia Cristiana podrán discutir tal vez, la política que nuestro partido ha realizado en el orden habitacional, educacional, de transporte caminero, etcétera, pero no podrán discutir que bajo la égida del Partido Radical se ha desarrollado la expansión industrial a que se ha referido el Ejecutivo en su Mensaje. Gracias a esas política nos encontramos en plena marcha hacia mejores realizaciones.
La señora DIP.-
¿De qué se quejan entonces?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Según Sus Señorías no hay problemas en Chile.
El señor JAQUE.-
El acero, el petróleo, la electricidad han sido los elementos básicos de esta actividad industrial creada por el Partido Radical...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Es decir, Chile está viviendo su época de oro!
El señor JAQUE.-
...en unión con otras fuerzas populares, y sobre la cual se cimentará el progreso y el bienestar de nuestro pueblo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Así que ésa es la "herencia" radical!
El señor JAQUE.-
Creamos los instrumentos básicos para que el actual Gobierno pueda seguir avanzando, más allá de esas realizaciones nuestras.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Por eso es que el pueblo los "barrió"!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señor Valenzuela Valderrama!
Tiene la palabra la Honorable señora Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, en este artículo, que debería estarse discutiendo...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
...se faculta al Presidente de la República para establecer sistemas adecuados de "carrera funcionaría".
Tengo en mi poder un documento que nos entregó el Consejero de las Naciones Unidas señor John E. Lundell y el señor Ricardo Sáenz, Jefe de la Oficina Central de Organización y Métodos "OCOM".
En una parte de este trabajo, en su número 4, se dice:
"Ascenso sólo por méritos.
Sin excepción alguna, la promoción a un cargo más alto, debe hacerse solamente por concurso. Para los cargos de labores rutinarias, basta con concurso de antecedentes; para los cargos de mayores exigencias, los concursos deben ser de oposición."
Más adelante dice:
"Actuaciones especiales meritorias, como por ejemplo, recomendaciones de racionalización exitosamente aplicadas, deben reconocerse y anotarse, debidamente documentadas y calificadas, en la "hoja de vida" del funcionario. Tales anotaciones" deben constituir méritos para la promoción."
Yo no conozco personalmente a don Fernando Montaldo Bustos, que ha sido llamado a retiro por el Gobierno, pero me voy a permitir leer ante la Honorable Cámara algo de la labor realizada por este señor desde 1954 como Director General de Registro Civil e Identificación:
"Introducción de nuevos sistemas de trabajo en Identificación y Registro Civil, con la asesoría de INSORA.
Publicación de Manuales de Instrucción (cuatro manuales diferentes).
Creación de Cursos de Formación para postulantes bajo el patrocinio del Instituto de Ciencias Políticas y Administrativas.
Modificaciones al sistema para obtener certificados de antecedentes y agilizar su dación.
Creación de una Oficina Piloto en Santiago, para experimentar sistemas de trabajo y atención de público.
Aplicación del sistema de fotocopia a registro civil.
Redacción de un Reglamento de Calificaciones del Personal.
Además, fue nombrado experto de Naciones Unidas en problemas de registro civil para asesorar a los Gobiernos de Colombia, Paraguay y Perú.
Ha tenido representaciones internacionales como Presidente del 1 Seminario Interamericano de Registro Civil (1954); y delegado ante la Conferencia de Estadísticas Vitales y Genética, celebrada en Ginebra en 1961; fue único representante de habla hispana. Concurrió, también, a la Reunión de Montevideo para el Mejoramiento de los Registros Civiles en América (1961) y a la Conferencia de Estadísticas Vitales de Canadá y Estados Unidos.
O sea, señor Presidente, ha tenido una "hoja de vida" bastante importante. Pues bien, tengo a la mano una nota suscrita por un "Comité de Funcionarios", del Servicio de Registro Civil e Identificación que comienza diciendo lo siguiente:
"Estimado parlamentario:
El Supremo Gobierno ha llamado a retiro al Director General del Registro Civile Identificación, don Fernando Montaldo Bustos."
Los funcionarios piden en esta nota que se reclame en la Cámara del hecho que se haya tomado esta medida en circunstancias que se había prometido que ningún funcionario honesto sería removido. Señala, también, que la Administración Pública debe ser técnica y no política, que debe respetarse la labor realizada y estimularse a los técnicos" para evitar que emigren del país."
Señor Presidente, quiero demostrar al Honorable señor Penna, que una cosa es lo que se promete hacer y otra cosa muy distinta es lo que se está haciendo. Por eso, algnos Diputados no tenemos confianza en que este trabajo hecho por algunos funcionarios de la NU, vaya a ser puesto en práctica en nuestro país. Nunca hemos dicho que los estudios y trabajos de la "OCOM" sean malos. Hemos visto lo que ha sucedido últimamente en la Corporación de la Vivienda en que la remoción del señor Lira ha revestido los caracteres de un escándalo, tal como en este caso del Director de Registro Civil, funcionario a quien declaro no conocer, pero con respecto al cual me produce mucha impresión e! hecho que sea el personal dependiente de él quien lo defienda. Estas cosas nos hacen pensar que ese trabajo pagado tan caro, en el que han participado incluso funcionarios extranjeros, se va a perder, justamente, por la politiquería. Desgraciadamente, esto no ha cambiado, a pesar de las declaraciones y de la "revolución en libertad".
Nos decía el Honorable señor Hurtado, don Patricio, que la oposición estaba obstaculizando el despacho de leyes que el país estaba esperando. Nos decía eso a nosotros, que en este Hemicilio hemos estado reclamando, precisamente, por el hecho de que el Gobierno no ha exigido el cumplimiento del decreto que establecía algunas medidas en relación con los servicios de locomoción colectiva. De acuerdo con él, se exigiría el uso de uniforme a los choferes, y se les obligaría a vender boletos hechos en Especies Valorizadas, etcétera; pero, quienes tenemos que tomar micro sabemos que hasta ahora no se ha cumplido nada, a pesar de las reclamaciones que hemos hecho. Sin embargo, ahora un Honorable colega del Partido de Gobierno nos llama la atención hacia las disposiciones de un decreto que oportunamente dijimos que solamente significaba una nueva alza en el costo de la vida, en un servicio bastante gravoso para los trabajadores.
Nos decía también nuestro Honorable colega que todo el pueblo estaba esperando el despacho de algunas leyes y nos amenazaba con un plebiscito.
Yo pregunto: ¿Cuál sería la reacción de los Honorables colegas si se encontraran presentes, como lo estuvieron en la Comisión, los representantes de la ANEF, de la ANES, de los médicos funcionarios, del Servicio Nacional de Salud? Ellos no sólo plantearon su oposición a la forma como se quiere salir adelante con estas leyes normativas, sino que casi todos leyeron en el seno de la Comisión las circulares secretas de los grupos funcionarios de la Democracia Cristiana, en las que lo primero que se establece es la remoción de los funcionarios...
La señorita AGUILERA.-
¿Me concede una interrupción, Honorable Diputada?
La señora LAZO.-
Pero en el caso del Servicio Nacional de Salud...
La señorita AGUILERA.-
Honorable colega...
La señora LAZO.-
Si Su Señoría desea una interrupción, se la concederé después; pero ahora déjeme hablar...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
Terminaré mis observaciones, señor Presidente. La Honorable colega puede usar de la palabra en el tiempo de su Comité, pero ahora debería dejar de gritar. Por lo demás, nunca, hasta ahora, le he escuchado una interrupción seria...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable Diputada, a fin de evitar los diálogos, le ruego dirigirse a la Mesa.
¡ Honorables señores Palestra y Valenzuela, don Ricardo, ruego a Sus Señorías guardar silencio!
El señor VALENZUELA (don Ricardo).
No se engañe. Honorable señor Palestra...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señor Palestra, ruego a Su Señoría no interrumpir.
Puede continuar la Honorable señora Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, los representantes del Servicio Nacional de Salud me pidieron ayer que hablara con el señor Ministro de Salud Pública, porque en el Hospital "Ramón Barros Luco", que pertenece al área más densa de Chile, cuando están operando, se corta la luz. Algunos ancianos que han llegado a ese establecimiento han muerto como consecuencia de neumonías postoperatorias, debido a que ni siquiera hay calefacción en ese hospital.
Toda esa gente, que está esperando la solución a los urgentes problemas de su hambre, de su miseria, de sus enfermedades, no está pendiente de las leyes normativas.
Se ha estado discutiendo, con los textos en la mano, sobre lo que ha ocurrido en el pasado. Se han "sacado", como decía un Honorable colega, "los trapitos al sol". Algunos Honorables Diputados han dicho:
"¡Ah! Ustedes votaron a favor de las facultades extraordinarias solicitadas por el Ejecutivo, en el año tal." Pero no han dicho si las facultades extraordinarias son beneficiosas en determinadas circunstancias o no lo son; ni han manifestado si ellas dignifican a un país o no.
Tampoco se ha puntualizado si las facultades extraordinarias solicitadas por el Ejecutivo significan dar mayores atribuciones al Presidente de la República y menguar el poder del Parlamento; no se ha aclarado si ellas son realmente representativas de la "revolución en libertad" y si garantizan mejores salarios, vestuarios, viviendas, movilización y condiciones de trabajo para el pueblo.
Yo me pregunto, señor Presidente. ¿Por qué los empleados de toda la Administración Públicas, incluso los de la Dirección de Impuestos Internos que han concurrido a la Comisión de Hacienda, han manifestado que ellos no son partidarios de estas facultades extraordinarias que se conceden al Ejecutivo?
¿Están todos ellos equivocados y únicamente los Diputados democratacristianos, algunos de los cuales sólo han ido a la Comisión a levantar la mano, tienen la razón?
Pero, hay más todavía. Ayer, en la última hora de la sesión de la Comisión de Hacienda, que yo hubiera querido que viera todo el pueblo que votó por Sus Señorías en esa hora vergonzosa en que se chacoteó y se empezaron a despachar artículos así como quien va apurado a caballo, porque había que levantar la sesión para ir al estadio, algunos Honorables colegas incluso declararon que iban a aceptar algunas sugerencias de la ANES aunque no les gustaban, para conformar a ciertos sectores gremiales.
Yo nunca antes había sido parlamentaria, pero, como creo que para serlo basta con ser honrada, me parece que no debe legislarse para conformar a cuatro o cinco dirigentes gremiales, sino para solucionar los profundos, los agudos problemas de la masa en general.
En la Comisión de Hacienda, en esa hora que nunca olvidaré, Sus Señorías hicieron todo menos respetar los postulados de la "revolución en libertad", que tanto gritan en esta Sala. Por nuestra parte, votamos en contra de todos los artículos de este proyecto, y, sobre todo, del 2°.
Ojalá Sus Señorías conocieran este buen trabajo, hecho, como dije, por un técnico de las Naciones Unidas y por un señor Sáez, del Ministerio de Hacienda. Pero, aprobar esto sería, como dijo el otro caballero "entregarle una locomotora a un niño". ¿Por qué? Porque ya se está empezando a remover a personas como este señor Fernando Montaldo. No sé qué orientación política tiene, porque, como dije, no lo conozco personalmente, pero me impresiona su hoja de servicio. Los funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación llevaron a la Comisión un verdadero archivador para demostrar que su trabajo es técnico y científico. Pero agregaron que, como sólo son 2.300 personas, constituyen uno de los sectores más postergados y más mal pagados de toda la Administración Pública. Hay casos como el de una señora que es jefa de sección, lleva 23 años en el trabajo de identificadora y gana un sueldo miserable. Esas son las personas que nos han entregado estos antecedentes.
Yo me pregunto: si se empieza por echar a funcionarios meritorios, ¿de qué manera se cumplirá con este tremendo mamotreto, que empieza diciendo, con justa razón, que en la carrera funcionaría lo más importante es la capacidad y el espíritu de trabajo?
Por eso, estoy en contra del artículo 2°.
Concedo una interrupción al Honorable colega señor Palestro.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable Diputado señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, la verdad es que, no siendo hombre de leyes ni constitucionalista ¡y Dios me libre de serlo!,...
Risas.
El señor PALESTRO.-
...deseo plantear, tal como lo ha hecho mi compañera Carmen Lazo, la permanente posición del Partido Socialista con respecto a este problema.
En innumerables ocasiones, hemos manifestado en esta misma Sala que las palabras siempre son contradichas por los hechos en este Gobierno de la Democracia Cristiana. En todos los aspectos, en el nacional y en el internacional, el Ejecutivo dice una cosa y hace otra. Por un lado, como en las mismas facultades extraordinarias se establece, plantea el derecho a la propiedad del empleo. Pero, paralelamente a la presentación y discusión de este proyecto, remueve a un honesto y probo funcionario. Por haber sido nombrado por este Gobierno, naturalmente, el señor Horacio Lira Vergara, está muy lejos de nuestra posición política; pero nadie, absolutamente nadie, puede discutir su honestidad y capacidad funcionarías, Cuando era Director de Obras Sanitarias, fuimos muchos los parlamentarios, que conocimos personalmente su capacidad, su eficiencia y su agilidad funcionaría para atender todas las peticiones no sólo las de los Diputados de gobierno que le hacíamos para solucionar los apremiantes problemas de las distintas localidades.
¿Quiénes "desmontaron" al señor Horacio Lira Vergara? ¿Fueron los trabajadores modestos, los ascensoristas, los barredores, los aseadores de la Corporación de la Vivienda? Por el contrario, fueron justamente los empleados modestos quienes salieron en defensa de un funcionario que incluso no era de sus filas. Radicales, liberales, conservadores me imagino que aun quedan algunos conservadores y una serie de elementos de otros Partidos, socialistas muy pocos, casi ninguno y comunistas, salieron en defensa de un funcionario que creyó en lo que decía la Democracia Cristiana durante la campaña electoral: que el funcionario era propietario de su empleo.
El señor SANHUEZA.-
¿Me concede una interrupción?
El señor PALESTRO.-
No puedo, de acuerdo con el Reglamento, porque estoy haciendo uso de una.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
El Honorable señor Palestro no puede ser interrumpido.
El señor SANHUEZA.-
El señor Lira era funcionario de la confianza del Presidente de la República, y no de carrera.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señor Sanhueza!
El señor PALESTRO.-
A pesar de lo que dice el Honorable colega y lo pueden repetir mil veces en este hemiciclo, no puede justificarse esa remoción.
Aunque haya ocupado un cargo de la absoluta confianza del Presidente de la República,...
El señor SANHUEZA.-
No era funcionario de carrera.
El señor PALESTRO.-
...y aunque no haya sido funcionario de carrera, desempeñó honesta y correctamente sus altas funciones.
El señor SANHUEZA.-
¿Cómo lo sabe usted?
El señor PALESTRO.-
Por lo que hemos leído en la prensa...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
...y conocido personalmente, nos hemos dado cuenta de que intereses ocultos, negros, sucios, estuvieron detrás de la campaña contra el señor Horacio Lira Vergara y de su remoción. No quiero acusar a ningún funcionario de Gobierno de haber sido el autor de su caída. Pero sí quiero significar un hecho: el señor Lira no cayó por inmoralidad ni por actuaciones irregulares en la Corporación de la Vivienda. Lo puedo decir con la mayor independencia, porque no soy correligionario suyo y estoy muy lejos, disto mucho, de su posición política. Lo que se "filtró" en la prensa y si tenemos un poco de respeto a ese cuarto Poder simbólico del Estado, debemos hacer fe en lo que dice es que algunas influencias extrañas, totalmente ajenas a la corrección de los manejos de la CORVI, se estaban moviendo para "aserrucharle el piso" a su Vicepresidente.
A lo que yo voy es a esto: si el Gobierno, sin facultades extraordinarias, es capaz de remover, con o sin decreto, a un Vicepresidente Ejecutivo, ¿qué más queda para el modesto empleado que ni siquiera está encasillado en categoría y al cual de un solo "soplido" se le puede privar de su carrera funcionaría y expulsar del puesto que ocupe?
Quiero abundar sobre el caso del señor Montaldo a que ya se refirió la compañera Carmen Lazo. Hay aquí muchos colegas, incluso democratacristianos, que fueron a observar personalmente, cómo trabaja el Servicio del Registro Civil e Identificación, dinamizado por un funcionario alejado también de los "avatares" de la política diaria y con una hoja de vida, que seguramente todos los señores Diputados conocen, en la cual se reseña una carrera brillante. ¿Por qué ha salido el señor Montaldo? ¿Por qué se le ha pedido la renuncia a un funcionario que no es socialista, comunista, liberal, conservador ni radical, sino técnico, que ha modernizado y agilizado un importantísimo servicio nacional? Simplemente, porque a la Democracia Cristiana le interesaba poner a un "conmilitón" de sus filas en ese elevado puesto. Esa es la escueta, la verdadera razón lo digo sin eufemismos que existió para remover a este buen funcionario.
Como en el caso de Horacio Lira, el señor Montaldo, sin tener la más ligera similitud con nuestra posición política o doctrinaria, atendió siempre las peticiones de los parlamentarios de todos los partidos. Aun a los más difíciles, trató de darles cumplida satisfacción, sin mirar el color político, porque no era político, sino funcionario técnico y de carrera. Ahora, sin facultades extraordinarias, ha caído de su puesto de Director General de un servicio importantísimo, para dar paso a algún burócrata sin más mérito que presentar el carnet de la Democracia Cristiana.
Y hay otro caso más, que lo han denunciado ayer Senadores tan responsables como los señores Allende, Bossay y Víctor Contreras, al referirse al problema portuario. Se ha dicho que la razón para no recontratar a la gente, para no abrir el puerto de Valparaíso, para no reanudar las faenas, es que se va a racionalizar el trabajo y a eliminar personal que está de más. Esos Senadores, con antecedentes en mano, comprobaron que, justamente, a contar de enero de 1965 hasta la fecha, han entrado cerca de 500 funcionarios más a la Empresa Portuaria. Sin embargo, como razón principal para no arreglar el conflicto, se dice que es necesario hacer economías.
Esto sucede sin facultades extraordinarias, sin que el Gobierno tenga la herramienta legal para justificar las tropelías que seguramente se cometerían con ellas. En la propia Comisión de Gobierno Interior, se nos ha denunciado que incluso cayó un modesto funcionario democratacristiano, por el solo delito de haber comulgado con la posición de su agrupación gremial. A la Democracia Cristiana ya no se le escapan ni sus propios militantes. Ni a ellos les deja una pequeña independencia o libertad para sindicarse y defender los derechos de los demás. Es decir, la Democracia Cristina está "asesinando" a sus propios hijos.
Aquí se dan mil argumentos, todos especiosos como bien ha dicho el colega y compañero Godoy Urrutia, para cohonestar lo que no tiene justificación. El propio Presidente de la República dijo, en su campaña electoral, y lo ratificaron después los mismos candidatos y hoy Diputados de la Democracia Cristiana, que la Administración Pública no es patrimonio de ningún partido.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
Pero estos hechos están demostrando lo contrario. Nosotros justificaríamos la remoción de un inmoral o de un sinvergüenza. Está muy lejos de nuestro ánimo defender a los malos funcionarios. No lo hemos hecho nunca, ni lo haríamos jamás.
Siempre hemos defendido a los funcionarios probos y capaces que ostentan con orgullo los grados y escalafones que han llegado a ocupar.
Con la expulsión de los ya mencionados, se está iniciando la gran "degollina" de funcionarios que no pertenecen a la Democracia Cristiana.
Esto tenemos que decirlo claro. ¿Para qué venir a cambiar las cosas y hacer una torta de novia, adornada, con muchos dulces y manjares por fuera, pero, generalmente, por dentro muy sucia o desilusionante?
No usemos argumentos que no tienen ya mayor validez, que fueron palabras usadas por otros reaccionarios, por otros elementos con mentalidad "mineralizada", para conseguir apoyo y modificar la Constitución de 1925. ¿Cómo es posible que pretendan pasar entre gallos y media noche, haciendo gala de su mayoría aplastante en esta Honorable Cámara, una ley que significa privar a funcionarios modestos, que no son democratacristianos, de la oportunidad de seguir ganándose el pan honesta y lealmente en la Administración Pública?
Nosotros reiteramos en esta oportunidad que el Partido Socialista se opone a todo el articulado de ese proyecto, salvo el artículo 13, que es justamente el que impide al Presidente de la República intervenir en determinadas reparticiones. Es el único artículo en que estamos de acuerdo con la iniciativa del Ejecutivo.
En consecuencia, expresamos nuevamente nuestra oposición más tenaz a esta legislación que no significa otra cosa sino preparar la persecución más despiadada en contra de los funcionarios públicos. Manifestamos estas críticas con absoluta libertad, pues los socialistas podemos decirlo casi no van quedando correligionarios colocados en la Administración Pública. Hay muy pocos. Algunos fueron exonerados anteriormente y los otros salieron, justamente, durante el régimen reaccionario del señor Jorge Alessandri. No hay elementos socialistas en la Administración; pero, consecuentes con el principio que hemos sostenido, y que mantenemos en esta ocasión, defenderemos siempre el sagrado derecho de todos los hombres y mujeres de esta tierra que ocupan puestos en determinadas reparticiones fiscales. Por ello, nos preocuparemos de que sus carreras funcionarías sean respetadas.
Nada más, señor Presidente.
El señor SANHUEZA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor SANHUEZA.-
Seré muy breve, señor Presidente, pues creo que deben refutarse las expresiones del Honorable señor PALESTRO.- Si bien sus observaciones no inciden directamente en lo que estamos discutiendo, creemos que no deben quedar flotando en el ambiente.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANHUEZA.-
En primer lugar, los funcionarios a que ha hecho referencia el Honorable señor Palestro no pertenecen a ningún partido político, lo que prueba que el Gobierno no está persiguiendo a militantes o simpatizantes de determinados sectores...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señor Palestro ruego a Su Señoría guardar silencio!
El señor SANHUEZA.-
Honorable señor Palestro, yo escuché con toda atención a Su Señoría. Le ruego respetar ahora mi derecho.
En segundo lugar, las razones que causaron la salida del Vicepresidente de la Corporación de la Vivienda, don Horacio Lira, son muy diversas a las aquí expuestas. No fue sancionado por actos que comprometieran su honorabilidad o su actuación. El cargo que ocupaba era un puesto de la exclusiva confianza del Presidente de la República,...
El señor PALESTRO.-
Pero fue removido.
El señor SANHUEZA.-
Fue removido porque el Ejecutivo estimó que su labor no estaba desarrollándose con la agilidad y el dinamismo que debía imprimirse a los planes habitacionales.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANHUEZA.-
En tercer lugar, quiero rectificar las palabras del Honorable señor Palestro, sobre la discriminación en los nombramientos en la Administración Pública. El actual Gobierno ha designado precisamente a un distinguido representante del Partido Socialista, al señor Carlos Briones, como Superintendente de Seguridad Social, naturalmente, por sus méritos. Esto prueba que no hay discriminación en los nombramientos y que, por el contrario, el actual Gobierno destaca a los funcionarios meritorios, cualquiera que sea su color político en los cargos a que son acreedores.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señor Palestro, ruego a Su Señoría guardar silencio!
El señor SANHUEZA.-
En consecuencia, señor Presidente, dejo constancia en esta alta Corporación de que en la Administración Pública no se está haciendo persecución política.
Respecto del señor Montaldo, no está destituido como aquí se ha dicho; se encuentra en comisión de servicio.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rioseco. A continuación, el Honorable señor PHILLIPS.-
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorables señores Palestro y Sanhueza, ruego a Sus Señorías guardar silencio!
Tiene la palabra el Honorable señor Rioseco.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, reafirmando las expresiones del Honorable señor Palestro, debo decir que si bien el artículo 13, aparentemente, resguarda los intereses de los trabajadores del sector público, innumerables disposiciones de este proyecto los anulan. Por ejemplo, tenernos el artículo 2° transitorio que permite, indiscriminadamente, mandar en comisión de servicio a cualquier funcionario, a cualquier lugar y sin límite de tiempo. Se ha señalado en este momento el caso del señor Montaldo, a quien se mandó en comisión de servicio. Por esta vía es indudable que se pueden anular todos los efectos que los organismos sindicales y gremiales de la Administración Pública, entidades semifiscales y de instituciones autónomas creyeron obtener al exigir a la Democracia Cristiana que formulara, en el último trámite reglamentario de este proyecto, una indicación llamada de salvaguardia.
Pero, como además, se faculta al Ejecutivo para que, por decreto con fuerza de ley lo cual es una demostración clara de que ésta es una ley de facultades dicte un nuevo estatuto administrativo, es indudable que por esta vía se pueden vulnerar todos los derechos de los trabajadores que, aparentemente, salvaguarda el artículo 13.
Nada más, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor PHILLIPS.-
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, la actitud de los Diputados de estos bancos fue explicada claramente, por el Honorable señor De la Fuente al referirse al artículo 2° en debate.
Pero yo no quiero que queden flotando en el ambiente los conceptos del Honorable señor Sotomayor sobre el reparto de cargos públicos y la persecución que se hizo de la Democracia Cristiana durante el Gobierno del Excelentísimo señor Alessandri. Yo ruego al Honorable señor Sotomayor que consulte con la directiva demócrata-cristiana de la época, incluso con el propio Presidente de la República, don Eduardo Frei, sobre la materia, y que, luego, me de una lista de los militantes de su colectividad que fueron perseguidos por el Gobierno del Excelentísimo señor Alessandri. Puedo adelantarle que por cada funcionario que pudiera haber sido despedido, cientos de personas de filiación demócrata-cristina ocuparon importantes cargos en la Administración del señor Alessandri.
Un señor DIPUTADO.-
¿Por qué los nombraron? Por capaces y honrados.
El señor PHILLIPS.-
Fueron colocados por honrados y capaces. Eso no lo entro a discutir ni con demagogia ni con la falta de seriedad que acabamos de oír. Pero no se puede decir que se haya hecho lo que jamás se hizo, para justificar la actitud que ahora se quiere tomar.
Nada más, señor Presidente.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
El artículo 2°, que está en debate, faculta en su N° 4 al Ejecutivo para "dictar nuevas normas sobre el Servicio de Gobierno Interior y la Administración Regional, con el objeto, principalmente, de llevar a efecto la descentralización ordenada en la Constitución Política y los planes de desarrollo en cada región. En el ejercicio de esta facultad podrá, progresivamente, establecer zonas en atención a las características e intereses de las diversas regiones del terri
torio, y crear los organismos correspoudientes;"
Según me han informado pues me correspondió conocer de este proyecto en la Comisión de Gobierno Interior el señor Ministro de Justicia habría manifestado en la Comisión de Hacienda que estas amplísimas atribuciones que se otorgan al Ejecutivo serían ejercidas una vez que fuera dictada la reforma de la Constitución Política del Estado, actualmente pendiente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Deseo consultarle al señor Ministro sobre la efectividad de esta información que he recibido y, además, solicitarle que nos ilustre, aunque sea en líneas generales, acerca de qué pretende el Ejecutivo con esta descentralización: si descentralizar funcionalmente los servicios; tratar de obtener una descentralización territorial; o, simplemente, lograr una descentralización de funciones administrativas. Porque la realidad es que el Parlamento desconoce el alcance de una materia que otorga atribuciones tan amplias.
Hago esta consulta, pues se ha hecho mucho caudal del hecho de que las facultades otorgadas al señor Alessandri fueron muy amplias. Sin embargo, la ley que las concedió establecía claramente, en uno de sus preceptos, que no podía modificarse la organización política y administrativa del país, lo cual constituía una limitación rigurosa, tratándose de una materia tan trascendente como la relativa a la descentralización administrativa señalada en esta disposición.
Nada más.
El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Justicia.
El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, con el mayor agrado voy a dar respuesta a la pregunta que se acaba de formular.
El N° 4 del artículo 2° autoriza al Presidente de la República para "dictar nuevas normas sobre el Servicio de Gobierno Interior y la Administración Regional, con el objeto, principalmente, de llevar a efecto la descentralización ordenada en la Constitución Política y el cumplimiento de los planes de desarrollo en cada región." Y agrega: "En el ejercicio de esta facultad podrá, progresivamente, establecer zonas en atención a las características e intereses de las diversas regiones del territorio, y crear los organismos correspondientes."
Se ha formulado la pregunta acerca de si esta facultad está directa e inmediatamente ligada a la proposición de reforma constitucional que, sobre materia conexa, ha propuesto el Supremo Gobierno.
Mi respuesta al respecto, que no coincide en su totalidad con lo que se acaba de escuchar en la Honorable Cámara, es la siguiente: El artículo 107 de la actual Constitución reza así: "Las leyes confiarán paulatinamente a los organismos provinciales o comunales las atribuciones y facultades administrativas que ejerzan en la actualidad otras autoridades, con el fin de proceder a la descentralización del régimen administrativo interior." Y agrega: "Los servicios generales de la Nación, se descentralizarán mediante la formación de las zonas que fijen las leyes."
De manera, entonces, que la facultad solicitada es perfectamente operante dentro del actual texto constitucional, que está incumplida desde el año 1925 no obstante el clamor general de las provincias que reclaman la mayor descentralización administrativa y a pesar del interés de los administrados que, víctimas de esta falta de descentralización, encuentran tropiezos constantes y crecientes en sus relaciones con la Administración Pública. Esto no impide también que si la reforma constitucional es aprobada en los términos en que el Supremo Gobierno la ha propuesto, esta facultad que este número otorga también va a ser operante, porque se refiere a la Administración Pública y nada tiene que ver con la división política del país. La reforma constitucional propone que por ley se fijen hasta diez zonas en todo el país, para los efectos de coordinar la administración pública.
Es bien sabido, señor Presidente, que nuestra división política actual se funda en tradiciones de orden histórico y político también, pero no responde a los requerimientos y realidades de orden geográfico, económico y social del país.
Para realizar una labor exitosa en la planificación, del desarrollo regional, estas unidades políticas son insuficientes en la medida en que ellas coincidan con la división administrativa. Por eso, se hace necesario dividir el país, para efectos repito de la administración pública, en zonas que sean justificadas por razones de orden geográfico, económico y social.
De allí, entonces, que la reforma constitucional establezca que, por ley, se podrá dividir el país hasta en 10 zonas distintas. Por consiguiente, aprobada la reforma constitucional en la forma propuesta, también esta facultad que ahora se solicita dentro de este proyecto, sería perfectamente operante.
Con esto, queda, por lo tanto, aclarado que esta disposición no tendrá vigencia sólo en el caso de que la reforma constitucional sea aprobada, sino también bajo el imperio del texto constitucional actual.
En esta forma, creo haber contestado la pregunta formulada por el señor Diputado.
La señorita AGUILERA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PEREIRA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable Diputada señorita Aguilera.
La señorita AGUILERA.-
Señor Presidente, he escuchado, con mucha atención, el debate suscitado en esta Sala en torno al proyecto de leyes normativas. Y me ha extrañado que el Honorable señor
Jaque haya pedido el envío al Parlamento de proyectos sobre materias concretas para su estudio. Por eso, yo le quiero preguntar a Su Señoría: "¿Y los que se han enviado, los que en este momento están en estudio en el Senado?"
El señor JAQUE.-
¿Cuáles?
La señorita AGUILERA.-
Pues bien, la directiva de su partido ha dado orden a los Senadores radicales de que se opongan, por ejemplo, al proyecto del cobre. ¿Qué me dice, entonces, Su Señoría?
¿Acaso no es ése un proyecto sobre una materia concreta?
Varios señores DIPUTADOS.-
No!
La señorita AGUILERA.-
¿Acaso el proyecto en debate no es para el bien del pueblo de Chile?
El señor PONTIGO.-
Es de facultades; no es una ley concreta.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señorita AGUILERA.-
En realidad, en los proyectos que enviamos nosotros...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio!
La señorita AGUILERA.-
...se proponen las reformas fundamentales que hemos prometido. Ahí tienen, Sus Señorías, el caso de otro proyecto concreto que enviamos al Parlamento: el que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señorita AGUILERA.-
Quisiera decirles a los colegas que ahora no están en el poder y que dicen que ellos han hecho gobiernos excelentes, que nosotros, que hoy estamos en el Gobierno, queremos estas leyes normativas para arreglar todo lo malo y todas las injusticias cometidas por ellos. Y también quiero contestarles a los amigos socialistas...
El señor DUEÑAS.-
¿Qué pasó?
La señorita AGUILERA.-
...especialmente a la Honorable colega señora Carmen Lazo, que tanto defiende al ex Vicepresidente de la Corporación de la Vivienda...
La seora LAZO.-
¡No lo defendí!
Hablan varios seriares Diputados a la vez.
La señorita AGUILERA.-
...y que, prácticamente, ha dicho que se estaba echando a los funcionarios,. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Osorio, la Mesa le pide guardar silencio y respetar el derecho de la Honorable Diputada.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Por qué no la respetan, como nosotros lo hicimos con la Honorable señora Lazo?
La señorita AGUILERA.-
En estos momentos, estos colegas están defendiendo causas perdidas...
La señora LAZO.-
Entendió mal Su Señoría; tiene mal oído.
La señorita AGUILERA.-
¡Tengo buenos oídos!
La señora LAZO.-
¡Aprenda a escuchar!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señora Lazo, ruego a Su Señoría guardar silencio.
La señorita AGUILERA.-
Nosotros, los democratacristianos, actuaremos siempre honestamente. Creemos que cuando un funcionario de la exclusiva confianza del Gobierno no esté aplicando la línea gruesa del programa que nosotros nos trazamos en la campaña, el Gobierno tiene la facultad de decirle que puede irse, para que venga otro que cumpla y aplique sus planes. Eso es lo que ha sucedido. Por eso, ahora me extraña que aquí defiendan tanto a ese funcionario. Y me parece que ha sido el Honorable señor Palestro quien ha dicho que se ha despedido hasta a un modesto funcionario de la CORVI, porque estaba defendiendo al señor Lira. ¡Qué extraño! Y me pregunto: ¿por qué ahora defienden tanto a estos pequeños funcionarios?
El señor DUEÑAS.-
¡Es gente modesta!
La señorita AGUILERA.-
¿Pero no están viendo en ello Sus Señorías la prueba de que se está procediendo con justicia para todos, en beneficio del pueblo de Chile, a fin de que se haga más dinámica y más rápida la ejecución de los planes?
Yo quiero preguntarles otra cosa: si esta facultad se delega por ley aquí en Chile, ¿no podría el Presidente de la República obrar así en virtud de ella? No sería como ocurre en otros países, en los cuales se echa a los funcionarios y ni siquiera se sabe a dónde van. Aún más, hay dirigentes de los trabajadores a los cuates han echado y nunca más se ha sabido de ellos...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ruego a Sus Señorías guardar silencio.
La señorita AGUILERA.-
Se le ha pedido la renuncia a un funcionario porque no cuenta con la confianza del Presidente de la República. Entonces han surgido defensores de este funcionario, diciendo que este Gobierno ha cometido una injusticia.
El señor PALESTRO.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
La señorita AGUILERA.-
¡No, porque Su Señoría denantes tampoco me la concedió!
Señor Presidente, nosotros no podemos aceptar que se nos ataque en esta forma. Por eso, quiero dejar constancia de la rectitud, honestidad y capacidad de nuestro Presidente de la República. Y ahí están los diarios, que demuestran el reconocimiento mundial que se le hace. Por eso, hacemos plena confianza en este Gobierno, y queremos darle estas leyes normativas para que arregle todo lo malo que dejaron algunos Gobiernos reaccionarios, en los cuales participaron nuestros colegas radicales.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, hablaré muy brevemente, porque no seré yo la que haga espectáculo, dando facilidades a la Honorable colega señorita Aguilera para atacar duramente a una mujer en este hemiciclo.
Pero, sí, quiero dejar establecida la verdad. No soy culpable de que en este Gobierno haya todavía funcionarios del régimen pasado. No soy culpable de las querellas de "clanes" que se pueden suscitar entre estos funcionarios y los de la "nueva ola". Solamente hablé del señor Lira, diciendo que ha sido removido, a causa de una pelea en la cual no tengo por qué matricularme.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señorita Aguilera, ruego a Su Señoría guardar silencio!
La señora LAZO.-
Dije claramente, y lo repetí varias veces, que la persona que me interesaba y para que quedara ello bien establecido, leí algunos párrafos acerca de eso era el Director General de Registro Civil e Identificación, por la sencilla razón de que, como también lo declaré, me impresionaba su hoja de servicio. La del señor Lira no la conozco. No sería yo la más indicada para defender a una persona que, hasta el momento en que tuvo respaldo del Gobierno, fue defendido por él.
De manera que le ruego a la Honorable colega Aguilera que preste atención a lo que digo, para que no dé "palos de ciego".
Hablan, varios señores Diputados a la vez.
La señorita AGUILERA.-
¡Le dije a Su Señoría lo que se merece!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señorita Aguilera, ruego a Su Señoría no interrumpir.
Puede continuar la Honorable señora Lazo.
La señora LAZO.-
Ojalá se calme Su Señoría y comprenda que una cosa es hablar de "clanes" económicos, en los que nada tenemos que ver nosotros, y otra muy distinta cuando se trata de una carrera funcionaría.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señorita Aguilera, ruego a Su Señoría no interrumpir!
Puede continuar la Honorable señora Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, cuando plantee el caso del señor Montaldo, dije que para la aplicación de una carrera funcionaría en la Administración Pública había que empezar por respetar lo que se decía.
Ya que mi Honorable colega me ha dado la ocasión, voy a leer una parte, que es muy importante, de este mismo documento a que denantes hice mención, firmado por los señores John Lundell, Consejero de las Naciones Unidas, y Ricardo Saénz. No sé si Sus Señorías se atreverán a decir también que éste es un planteamiento revolucionario.
En el número 6° del informe de fecha 10 de noviembre de 1964, dice este "consejero de las Naciones Unidas".:
"Facultades para el Presidente de la República para dictar un decreto con fuerza de ley normativo, de la carrera funcionaria.
"Para introducir la carrera funcionaría es necesario una ley normativa en reemplazo del actual Estatuto Administrativo. La dictación de una ley de esta naturaleza no constituye una materia apta para ser discutida en detalle en el Congreso." O sea, nosotros somos no sé qué; como para que el señor Lundell pueda decir que esto no es para discutirlo en el Congreso.
"Hay que evitar agrega toda influencia o presión de grupos interesados que puedan poner en peligro la objetividad de las normas. Se recomienda que el Congreso le dé al Presidente la facultad de dictar un decreto con fuerza de ley que contenga las normas de la carrera funcionaría. Siendo la introducción de la carrera funcionaría de trascendental importancia, parece evidente que esta materia debe destacarse en el proyecto de ley de facultades como una de las reformas básicas que introducirá el nuevo Gobierno."
Llama la atención que, en estas líneas, la "comisión técnica racionalizadora" emplee tantas veces la palabra "introducir".
Cuando denantes leí parte de este trabajo de la "OCOM", no pretendía defender al señor Lira; pero, sí, dejar establecido lo que se ha hecho con el Director General de Registro Civil e Identificación.
Ahora, después de escuchar a la Honorable señorita Aguilera, me pregunto: ¿así se va a aplicar "la introducción a la carrera funcionaria"? Sin ser técnica de las Naciones Unidas, creo que si se va a obrar en la forma como se está empezando a hacer, se procederá muy mal.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor VIDELA.-
¡Hay opiniones!
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Había solicitado la palabra el Honorable señor JAQUE.- A continuación, la concederá al Honorable señor Palestro.
El señor JAQUE.-
Como fui aludido por la Honorable colega señorita Aguilera, deseo contestar muy brevemente.
La Honorable colega decía que el proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para dictar normas con fuerza de ley respecto del Departamento del Cobre, de inversiones mineras y de sociedades mineras mixtas, que actualmente está en el Senado de la República, sería votado en contra por los Senadores del Partido Radical. La verdad es que la Honorable señorita Aguilera ha incurrido en una lamentable confusión, porque ese proyecto no comprende a una ley concreta, a las cuales nosotros nos hemos referido en el curso del debate, sino que es también, al igual que el que se debate en estos momentos en la Cámara, una delegación amplísima de facultades especiales. De tal manera que no tiene ningún asidero la observación de la Honorable señorita Aguilera.
En seguida, y muy someramente, quiero referirme a la contestación que dio el señor Ministro de Justicia a la cuestión que se le planteó respecto del N° 4 del artículo 2 del proyecto, sobre descentralización administrativa.
Quiero dejar constancia, para la historia de la ley, que esta disposición es abiertamente inconstitucional, con arreglo a lo que establece el N° 7° del artículo 44 de la Constitución Política del Estado, el cual dispone expresamente que "sólo en virtud de una ley se puede" modificar la división política o administrativa del país.
Además, creo que no ha sido preciso el señor Ministro de Justicia en su respuesta. El Diputado que habla consultó concretamente, acerca de qué descentralización se iba a desarrollar a través de todas las disposiciones con fuerza de ley que dictará el Ejecutivo, al tenor del artículo 107 de la Constitución Política del Estado. ¿Se trata, más bien, de la desconcentración de las funciones administrativas? El señor Ministro no ha contestado si las disposiciones que dictará el Ejecutivo establecerán una descentralización funcional de servicios, o una administración descentralizada territorialmente. Sólo se ha referido a la desconcentración de funciones administrativas, concepto que es totalmente distinto al otro.
El Honorable señor Rodríguez, don Juan, me ha pedido una interrupción, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Rodríguez, don Juan.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
En realidad, no iba a tomar parte en este debate; pero los hechos nos obligan muchas veces a ilustrar a la opinión pública y, en especial, a los Honorables colegas.
Me voy a referir a un hecho concreto y lamento profundamente no estar autorizado para indicar el nombre de la persona afectada.
En el día de ayer conversaba con un amigo, que no es correligionario mío y que fue Abogado Jefe de una repartición pública fiscal. Me contaba como él no había sido removido, si quieren Sus Señorías, sino obligado a presentar su renuncia, a petición del Gobierno.
Cuando se produjo el cambio de Vicepresidente de esa institución, este jefe, porque era Abogado Jefe, fue tres veces a saludar al Vicepresidente, no a rendirle pleitesía, sino por que lo estimaba una obligación, y no fue recibido.
Pero, al correr de los días y cuando sus colegas le daban un almuerzo de despedida, fue llamado por el Vicepresidente, quien le dijo: "Mire, no lo había recibido antes, porque, con mucho dolor, tenía que pedirle la renuncia de su cargo". La renuncia del cargo, si él hubiese querido, tendría que haberse presentado "por ley".
Pero lo extraño es que Su Excelencia el Presidente de la República dijo que nadie iba a ser removido de su cargo, salvo aquéllos que fueran incapaces o inmorales. Este funcionario no era incapaz ni inmoral; tanto es así, que por escrito, el Vicepresidente declara y deja constancia de que era capaz y moral.
Pero lo más grave no está ahí. Su Excelencia el Presidente de la República, al tener conocimiento de esta petición de renuncia, llamó al señor Ministro del Interior por citófono y le dijo que esa petición de renuncia quedaba sin efecto; sin embargo y extráñense los señores Diputados, pese a la orden del Primer Mandatario, siempre se hizo efectiva la petición de renuncia y este funcionario renunció honestamente. No tenía interés en seguir perteneciendo o formando parte de ese servicio; y, aunque no estaba de acuerdo con el procedimiento seguido para pedirle su alejamiento, renunció.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Si renunció, no era radical.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
No era radical, Honorable señor Valenzuela.
Señor Presidente, deseo expresar al Honorable señor Valenzuela Valderrama que los radicales acostumbramos a ser honestos, y que nos hemos expuesto en más de una ocasión al juicio de la opinión pública.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
El pueblo ya los ha juzgado.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
En efecto, durante el Gobierno del señor Ibáñez se entablaron juicios públicos, Honorable señor Valenzuela Valderrama, para tratar de comprobar esa falsedad que se va diciendo en todas partes sobre la falta de honestidad de los radicales. Pero no se pudo comprobar nada por parte de los acusadores.
Sus Señorías tienen en sus filas, y ocupando sus bancos, a muchas de las personas que en aquel entonces eran nuestros acusadores.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
En efecto, ahora están ocupando los asientos de Sus Señorías muchos agrario-laboristas e ibañistas que fueron los acusadores de entonces.
De ahí nace, en consecuencia, nuestra desconfianza, a la que ya se ha referido la Honorable señora Lazo.
Ahora se hacen estudios por parte del Gobierno y formulan programas de acción; pero su cumplimiento se realizará tarde, mal y nunca, si es que se pueden cumplir.
Por eso, señor Presidente, llamo la atención de la Honorable Cámara, a fin de que nos unamos para votar negativamente este proyecto sobre leyes normativas como lo llaman algunos y que para nosotros es sólo de facultades extraordinarias. En realidad, no se nos da la suficiente garantía de que se vayan a cumplir en lo más mínimo las promesas del Ejecutivo, a través de una delegación de facultades legislativas como ésta, si desde ya observamos los hechos como el que escuetamente he dado a conocer.
Un señor DIPUTADO.-
Su Señoría podría citar el nombre de la persona a que se ha referido.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Jaque.
El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro, que goza de preferencia.
El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, deseo dar respuesta a la nueva pregunta que se ha formulado, a propósito del número 4 del artículo 2° del proyecto sobre leyes normativas que ocupan en estos momentos la atención de la Honorable Cámara.
Si no he entendido mal, se desea saber si, en el ejercicio de la facultad que se otorga al Ejecutivo, se proyecta establecer la descentralización o la desconcentración administrativas.
Mi respuesta a la pregunta así planteada es que, en uso de esta facultad concedida al Presidente de la República, se pretende realizar ambas tareas, tanto la de la descentralización como la de desconcentración administrativas.
El proyecto concreto o la solución final que se adopte sobre el particular, depende de la forma como se apruebe el proyecto sobre reforma constitucional.
Por otra parte, señor Presidente, también se ha expresado que esta disposición sería de carácter inconstitucional, por cuanto tiende a modificar la división administrativa del país.
En verdad, no comparto esta opinión, porque si bien es efectivo que el artículo 44 de la Constitución Política del Estado reserva al legislador la facultad de establecer la división administrativa, el hecho es que la zonificación del país para los efectos de la descentralización no implica modificar su división administrativa. Y esto queda en evidencia si se relacionan los artículos 93 y 107 de nuestra Carta Fundamental.
El artículo 93 establece cuál es la división administrativa del país; el artículo '07 permite que, sin perjuicio de ella, se establezca la zonificación para los efectos administrativos del país.
Esto significa que para los efectos de la formación de zonas, en cuanto a la Administración Pública, no implica, de acuerdo con las normas de la Constitución, modificar o alterar la división administrativa del país.
Nada más, señor Presidente.
El señor PEREIRA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PEREIRA.-
Solamente quiero decir dos palabras con motivo de la discusión de este proyecto de leyes normativas.
Los nuevos parlamentarios de este período legislativo, no intervinimos en la discusión general del proyecto. El Parlamento anterior acordó rechazar en principio la idea de legislar sobre la materia, y el informe de la Comisión respectiva fue contrario a esta iniciativa.
Como se ha suscitado controversia sobre materias de fondo y en general la discusión no se ha circunscrito sólo a este artículo, el Diputado que habla, fundamentalmente, por haber llegado al Parlamento en calidad de ex dirigente gremial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales por más de 15 años, lapso en el cual estuvo permanentemente atento a la posición de los funcionarios del Estado frente a la discusión de proyectos anteriores similares al que ahora nos ocupa, enviados por el Gobierno anterior y durante la Administración del señor íbáñez, se referirá a este aspecto del problema.
En forma permanente las organizaciones gremiales de los trabajadores del Estado han sido contrarias a la dictación de leyes de facultades extraordinarias, como asimismo, en un comienzo, contrariar a la dictación de leyes normativas, como la que se debate en estos instantes.
Debo expresar, por mi parte, que fui invitado a la Agrupación de Empleados físcales para exponer el pensamiento de los Diputados democratacristianos sobre este proyecto.
Lo habían hecho, con anterioridad, Diputados de otras colectividades políticas: del Partido Comunista, del Socialista y del Radical.
Con la absoluta franqueza que acostumbro a expresarme en la Honorable Cámara, yo debo decir que al exponer nuestra posición dentro de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, como ex dirigente gremial y como Diputado democratacristiano, manifesté que íbamos a votar favorablemente este proyecto. Y los compañeros ahí reunidos, estuvieron de acuerdo en aceptar esta posición, porque hay una diferencia fundamental, a mi juicio, entre el criterio con que hay que enfocar la actitud de este Gobierno hacia las organizaciones gremiales, el tratamiento que ha dado a los dirigentes gremiales al considerarse esta iniciativa legal, y la actitud y el tratamiento que les dieron gobiernos anteriores.
Por eso, considero que, desde nuestro punto de vista, no tiene mayor importancia pensar si la naturaleza de este proyecto corresponde a las llamadas leyes normativas o a facultades extraordinarias. Yo creo que lo fundamental es la seguridad que pueden tener los trabajadores frente a la pérdida de su estabilidad, de su trabajo, de sus reivindicaciones, que han logrado después de varios años de lucha. Y, en este sentido, es natural que las organizaciones gremiales vean con inquietud el anuncio de leyes como ésta, porque la experiencia de los dos gobiernos inmediatamente anteriores, por lo que hemos tenido oportunidad de conocer, son realmente desastrosas. En la Administración del señor ibáñez hubo franca persecución para los funcionarios, y ello por razones de orden político y no de índole administrativa. Desde luego, puede ser justificado que un funcionario sea alejado de sus funciones, si es deshonesto, incapaz. Pero no fueron ésas las condiciones que se tuvieron en cuenta para aplicar las facultades extraordinarias concedidas a esos gobiernos.
En lo que se refiere al gobierno anterior se puede decir otro tanto. Lamento que no esté presente el Honorable señor Phillips, quien denantes contestara al Honorable señor Sotomayor. Su Señoría decía que no podíamos citar ningún caso de personas que hubieran sido perseguidas por razones políticas. Pero nosotros podríamos indicarles cientos, ya que...
El señor DE LA FUENTE.-
¡Señálelos!
El señor PEREIRA.-
...cuando se aplicaron las leyes de facultades extraordinarias en el gobierno anterior, ¿qué se hizo? Se dictó un nuevo Estatuto Administrativo, en el cual los trabajadores del Estado perdieron más de cincuenta reivindicaciones que ellos habían logrado en luchas de muchos años. Y la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales y la mayoría de organizaciones de trabajadores del Estado expresaron su protesta por la dictación del decreto con fuerza de ley N° 338, en el cual no fue considerada, en absoluto, la opinión de los funcionarios públicos.
En cuanto a la reestructuración que se llevó a efecto en los distintos servicios de la Administración Pública, ¿cómo se operó para llevarla a efecto? Se designaron comisiones que se instalaron en las diversas reparticiones y Ministerios, formadas por parlamentarios de los Partidos del Frente Democrático, las cuales no hicieron otra cosa que pedir los antecedentes políticos de los empleados; no los de carácter administrativos y funcionarios: los antecedentes políticos. Ahí se encasilló a los trabajadores de acuerdo con la posición política que tenían, no por su capacidad.
Esto ocurrió con comisiones de parlamentarios de los Partidos Radical, Conservador y Liberal instaladas en las oficinas de los propios servicios en que se efectuaron estas reestructuraciones. Por ejemplo, en el Servicio de Impuestos Internos, Servicio Nacional de Salud, Servicio de Seguro Social, Dirección General de Correos y Telégrafos, etcétera. Podría señalar casi todas las reparticiones públicas reestructuradas en virtud de esa ley de facultades extraordinarias.
Por lo tanto, los Honorables colegas liberales y radicales al expresar que se hizo buen uso de estas facultades cuando se les otorgaron a ellos, no dicen la verdad, porque la experiencia sufrida por los funcionarios públicos fue tremendamente dolorosa, ya que muchos de ellos aún están cesantes, porque no les ha sido posible encontrar un nuevo empleo. Esto ha perjudicado enormemente su situación económica y ha repercutido, también, en su grupo familiar.
Por eso, respaldamos y respaldaremos plenamente estas leyes normativas. Sabemos que este Gobierno hará un uso positivo y eficaz de ellas, y, que le permitirán mejorar las condiciones en que trabaja la Administración Pública en la actualidad.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
A través de estas leyes, también esperamos y esa es la palabra que tenemos de la mayoría de los Ministros de Estado dictar un nuevo Estatuto Administrativo, que permitirá a los funcionarios públicos revindicar muchas conquistas que perdieron con el que rige en la actualidad, dictado en tiempos del régimen del Frente Democrático e, incluso, hacer realidad muchos objetivos, por los que han luchado permanentemente.
Por otra parte, existe plena garantía de que las conquistas gremiales de carácter económico y social obtenidas por los trabajadores, serán mantenidas y mejoradas y, además, de que se hará una efectiva reestructuración de la Administración Pública, por cuanto ella debe servir a todo el país, y, especialmente, a los sectores más desposeídos. Sin embargo, a causa de que en estos días existe Administración Pública burocratizada, no por culpa de los funcionarios, sino por falta de una dirección eficaz, el hombre modesto que llega a las oficinas estatales siempre es maltratado y tramitado. Esta ocurre, especialmente, con los trabajadores de provincia, que deben viajar infinidad de veces a Santiago para concurrir a diversas reparticiones públicas. Llegan al Servicio de Seguro Social, al Servicio Nacional de Salud, a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, etc., y se encuentran con este tremendo muro burocrático, que ellos desconocen, por lo cual pierden días de trabajo y nada obtienen. Finalmente, vuelven a sus pueblos viendo frustradas sus esperanzas, y en actitud de amarga crítica hacia esta burocracia que, sólo sirve para atropellar los derechos de los trabajadores.
Por esto, daremos nuestro más absoluto respaldo a estas leyes normativas. Creemos que, mediante ellas se van a agilizar la Administración Pública, a fin de que sirva, efectivamente a los sectores desposeídos. Además, como he dicho, los trabajadores del Estado podrán recuperar muchas conquistas sociales y obtener otras que, hasta el momento, no han podido conseguir. Se respetarán sus derechos y, sobre todo, la carrera funcionaria no será, en absoluto, afectada. Nosotros no haremos uso de estas facultades este es el compromiso que he tomado con los compañeros dirigentes gremiales con fines de carácter político.
Debo hacer presente que en el Gobierno anterior, luchamos junto a compañeros socialistas, comunistas y muchos radicales, hombres honestos y capaces, que fueron perseguidos. Estuvimos con ellos, como digo, para que se respetaran sus derechos. Podría citar muchos casos de compañeros que fueron injustamente perseguidos y postergados. Debo agregar que, como este Gobierno cuenta con un gran respaldo popular y las organizaciones gremiales son escuchadas, sus dirigentes han concurrido a esta Cámara a conversar con el Presidente de la Corporación y con los parlamentarios. Lo que nos ha permitido llegar a un acuerdo con ellos, respecto de las disposiciones de este proyecto. Por eso creemos que los empleados fiscales nada tienen que temer; por el contrario, esperan el despacho de estas leyes, que permitirán mejorar sus condiciones económicas y sociales.
Nada más.
El señor MORALES, (don Carlos).-
Pido la palabra.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor IRURETA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Morales, don Carlos. A continuación, los Honorables señores De la Fuente e Irureta.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, el Honorable señor Pereira ha afirmado que la Directiva máxima de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales está de acuerdo con la concesión de estas facultades extraordinarias al Ejecutivo. El nos ha dicho que recibió una respuesta favorable, en tal sentido, en una reunión que sostuvo con ese organismo.
Pero ocurre que, hace cerca de veinte días, la Directiva Nacional de este gremio, a la cual perteneció el señor Pereira y también el Diputado que habla, realizó un foro para analizar las proyecciones de las leyes normativas en discusión. A dicho foro invitó a representantes de los Partidos Socialista, Comunista, Demócrata Cristiano y Radical. Asistimos a esa reunión, el Honorable señor Olave, por el Partido Socialista, el Honorable señor Godoy Urrutia, por el Partido Comunista y el Diputado que habla por el Partido Radical; sin embargo, no concurrieron ni el Honorable señor Pereira ni ningún Diputado de la Democracia Cristiana.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pues bien, en ese diálogo que sostuvimos con los dirigentes, en su sede máxima, no hubo ningún funcionario fiscal que se pronunciara en el sentido indicado por el Honorable señor Pereira; no sé si él, posteriormente, se reunió con algunos funcionarios democratacristianos, pero es lógico que, si lo hizo, la respuesta haya sido favorable.
Mi Honorable colega también está culpando a personeros del Frente Democrático de que se habría hecho mal uso de las facultades delegadas anteriormente, al perseguir a muchos funcionarios.
El señor GIANNINI.-
¡Eso es cierto!
El señor MORALES (don Carlos).-
Debo manifestar que afirmaciones de esa especie han hecho, con mucha insistencia, todos los representantes del Partido de Gobierno. Por eso, voy a repetir, por centésima vez, algunos conceptos relativos a esta materia.
En esa oportunidad se trató, en lo posible, de respetar los derechos adquiridos por los funcionarios y todavía más, en el actual Gobierno de la Democracia Cristiana hay connotados personeros del Ejecutivo que desempeñaron altos cargos durante la Administración del señor Alessandri y, a pesar de existir faculta
des delegadas, no les ocurrió absolutamente nada. Me refiero a dos Ministros de Estado que fueron altos funcionarios
de ese Gobierno, el señor Simián, actual Ministro de Minería, y el señor Molina, actual Ministro de Hacienda. Uno desempeñó un alto cargo en la CORFO, con oficina en Nueva York, y el otro, en la Dirección de Presupuesto. Por lo demás, nadie ha puesto en duda su capacidad. También podemos citar el caso del señor Marfán, un alto ejecutivo de este Gobierno y asesor del PresidenteFreí,. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
…que gozó de muchos privilegios duran
te el régimen pasado Y el mismo Honorable señor Pereira, que tanto habla de que hubo persecución política, ¿no fue distinguido funcionario de la Contraloría General de la República y desempeñó el cargo de dirigente gremial sin que nadie reclamara de ese hecho, a pesar de pertenecer a un partido político que hacía franca oposición a ese Gobierno? Y para qué mencionar a muchos otros funcionarios de la CORFO, de la CORVI o de otras reparticiones, que estaban "encapuchados" en los servicios públicos, porque aparentaban ser independientes y hombres que estaban de acuerdo con la mentalidad del Gobierno; pero una vez que asumió el Poder el Excelentísimo señor Freí vimos que todos aparecieron con la etiqueta democratacristiana, y ahora actúan y reaccionan de acuerdo con Las inspiraciones del actual
Gobierno.
Por este motivo están planteando, con majadería, estos conceptos persecutorios, que corresponden a una mentalidad que no aceptamos ni comprendemos.
El Honorable señor Jaque, Diputados por Concepción, me ha informado que, recientemente, un modesto secretario de Gobernación, y un portero, del actual régimen, no obstante las declaraciones planteadas por el Excelentísimo señor Freí durante la campañana presidencial, fue ron trasladados, uno a Pisagua y, el otro, a Magallanes. ¿Es esta una manera correcta de proceder?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los Honorables Diputados se sirvan guardar silencio.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pues bien, esto ha ocurrido sin que todavía existan estas facultades especiales. Por eso, nos oponemos a ellas.
¿Qué ha pasado en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado? Todos los funcionarios radicales fueron despedidos de la Empresa por el actual Director, para colocar a funcionarios adictos al actual gobierno.
¿Qué está ocurriendo en la Empresa Portuaria, debido a la actuación del actual Director? Con motivo de la huelga, sólo se llenan los cargos vacantes con militantes democratacristianos. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Nosotros tenemos temor de conceder facultades especiales al Gobierno de la Democracia Cristiana. Felizmente, como Jo hemos dicho también en esta tribuna, no tenemos un Congreso Unicameral y si lo tuviéramos, habría que ver cuál sería el destino de tantos funcionarios, con una mayoría como la que ha llegado a la Cámara, como consecuencia de un proceso de carácter social que no entendemos.
Sabio ha sido el Constituyente chileno al establecer el sistema bicameral y que se renueve, cada cierto tiempo, parcialmente, una de las dos ramas de nuestro Congreso Nacional. En caso contrario, estos fenómenos de tipo social podrían acarrear quizás qué desastrosas consecuencias para nuestros conciudadanos, derivadas de hechos que, a veces, la mente del hombre no alcanza a comprender.
Hemos estado abocados al despacho de proyectos que no se están estructurando a través del debate parlamentario, sino
de la concesión de facultades especiales al Ejecutivo. Es así como han llegado al Parlamento el proyecto sobre reconstrucción de la zona devastada por el último sismo, el que concede facultades especiales al Presidente de la República para establecer nuevas normas sobre explotaciones del cobre, y el que se encuentra en discusión.
Con tantas facultades delegadas, los miembros de la mayoría de esta Cámara, vale decir, la mayoría de Gobierno que pretende entregar al Presidente de la República todas las herramientas constitucionales, quedará cesante. Esa es la realidad. Los ochenta y dos Diputados de la Democracia Cristiana no tendrán nada que hacer, porque, prácticamente, van a entregar todas las facultades, propias de su competencia y de su calidad de legisladores, que les otorga la Constitución Política, al Jefe de Estado.
Hablan Varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Y quizás no a él, sino a funcionarios subalternos, a través de los cuales van a introducir las enmiendas que propugnan, con una evidente injusticia.
Por eso, resulta extraña la actitud de la mayoría de Gobierno, porque de las declaraciones de altos personeros de la Democracia Cristiana se desprende, claramente, que no aceptaban las facultades extraordinarias. De ello hay constancia en las versiones de las sesiones del Senado y de la Cámara. El Excelentísimo señor Frei y sus partidarios, cuando no tenían mayoría en el Parlamento, exigían absoluto respeto hacia las minorías. Hablaban de la frondosidad de las disposiciones existentes...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Sin embargo, ahora quieren transformar al Excelentísimo señor Frei en un nuevo César, entregándole herramientas jurídicas que no necesita, porque el régimen presidencial entrega, sobradamente, al Presidente de la República normas constitucionales y legales suficientes para poder gobernar, todavía más, cuando dispone de ochenta y dos Diputados, mayoría que jamás tuvo Gobierno alguno.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Por eso, repito, me extraña que la Democracia Cristiana quiera conceder estas facultades al Ejecutivo, pues está haciendo lo mismo que antes tanto criticó.
Felizmente, señores Diputados, la cueca tiene dos pies en el Parlamento. Aquí, el primer pie y el segundo allá, en el Senado, donde, incluso, los Honorables Senadores de la Democracia Cristiana han estado enmendando la plana a los Diputados de mayoría, que han legislado con apresuramiento en el primer trámite constitucional de algunos proyectos.
Por ello también me extrañan las palabras expresadas recientemente por el Honorable señor Pereira, ex líder de los trabajadores, según él se denomina, y que perteneció a la ANEF. El ha venido a decir algo que ni el Honorable señor Godoy Urrutia, ni el Honorable señor Olave, ni el Diputado que habla oímos en el foro al cual se nos invitó.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Porque nosotros fuimos a ese foro, en el cual existía la posibilidad de controvertir y dialogar con los funcionarios fiscales. Quiere decir que el Honorable señor Pereira fue solo. Su Señoría me va a perdonar, pero si lo hizo, no creo que haya estado presente la Directiva máxima, integrada por personeros de diferentes partidos, para decirle "conforme, queremos facultades para transformar totalmente nuestro sistema administrativo".
En lo que a mi concierne, de ello son testigos presenciales unos Diputados, que se encuentran en la Sala, cuando fuimos a ese foro a discutir públicamente esta materia ningún representante de las diversas asociaciones ahí reunidas emitió opinión favorable al proyecto en discusión.
Estas razones y tantas otras y buenas que se han dado porque no hemos citado discursos de parlamentarios radicales sino del señor Fuentealba, Presidente de la Democracia Cristiana, del señor Reyes, Presidente del Senado, del señor Hurtado, Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y del propio señor Frei, hoy Jefe del Estado nos obligan a oponernos a la delegación de facultades en la forma planteada por el Supremo Gobierno.
Con esto respondo a las observaciones tan "inteligentes" expresadas por el Honorable señor Pereira, que no corresponden a la verdad, porque la realidad es otra: la de los que fuimos al foro, y no aquéllas, un poco trasnochadas, que a veces los Diputados quieren lograr cuando corresponden a intereses políticos determinados.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Resta un minuto al Comité Radical.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor IRURETA.-
Pido la palabra.
El señor DAIBER.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor De la Fuente; a continuación, quedan inscritos los Honorables señores Irureta y Daiber.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, las palabras del Honorable señor Morales han aclarado mucho los conceptos emitidos por el Honorable señor Pereira, de cuyas expresiones se desprende que la Democracia Cristiana tiene sangre en el ojo y que con este proyecto de ley solamente se pretende una venganza política.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor DE LA FUENTE.-
En la Administración anterior más del 50% del personal de la Corporación de Fomento, dé la Corporación de la Vivienda y de la ENDESA, pertenecía a la Democracia Cristiana. Sin embargo, nada se hizo para eliminarlos. Por eso, la imputación del Honorable señor Pereira en contra del Partido Liberal y del señor Alessandri es totalmente falsa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor IRURETA.-
El señor IRURETA.-
Señor Presidente, el debate que hemos estado oyendo en torno a las leyes normativas, me ha sugerido algunas observaciones.
Cuando con absoluta sinceridad digo que parece gustarnos a todos los sectores de la Honorable Cámara el de enrostrarnos las inconsecuencias y las contradicciones, reales o supuestas, que unos y otros creemos advertir en nuestras respectivas actitudes, no me equivoco. Yo, personalmente, creo no soy muy viejo pero tengo bastantes años para haberlo visto que casi ningún político ni hombre público de los que actúan en la vida de nuestro país deja de tener "al haber" un buen número de contradicciones e inconsecuencias en su trayectoria.
Con esto no quiero justificarlas, porque los democratacristianos y por eso estamos discutiendo con calor nos hemos preciado y hemos tratado siempre de no caer en contradicciones, sobre todo cuando podían afectar la validez y la fidelidad de nuestros principios.
Pero esta tarde, al Honorable señor Godoy, que ya tiene su página en la historia política de nuestro país y que, por lo mismo, lo hemos venido observando con atención y respetó a lo largo de mucho tiempo, quiero recordarle que también tiene su historia en esta materia, y que no ha sido afortunado al decir que él y el Partido Comunista estaban libres de este pecado sobre facultades extraordinarias que nos imputamos unos a otros. Creo que todos estamos un poco metidos en esta camisa de fuerza. Ya el Honorable señor Patricio Hurtado leyó una larga lista de anteriores leyes de facultades extraordinarias. La verdad es que esto ha ido condicionando, de algún modo también, al margen de doctrinas, y con perdón de la Constitución, la vida institucional de nuestro país. Y no es por casualidad que el Gobierno democratacristiano esté pidiendo hoy día al Congreso de Chile esta muestra de confianza. Tiene títulos sobrados para hacerlo. Sería un grave error de este Parlamento no reconocerlo así.
En las discusiones de la Comisión de Hacienda, escuchamos a mucha gente, entre ella a los dirigentes de los gremios de funcionarios públicos, quienes no nos han dicho que las facultades sean buenas o malas. Yo he creído oírles otra cosa. Por ejemplo, que con las leyes 11.151 y 13.305 les fue bastante mal. Se les ofreció toda clase de garantías por los legisladores y personeros de Gobierno de la época, que después, olvidándose de tales garantías, cometieron toda clase de abusos, perjudicándolos gravísimamente.
Los democratacristianos pretendemos no caer en el juicio condenatorio, después de usar las facultades que esperamos nos dé el Congreso, las que pensamos aplicar con el máximo de equidad y patriotismo. Por eso, no hemos tenido inconveniente en asegurar a los dirigentes gremiales que han llegado hasta el Congreso, una serie de garantías, contempladas primitivamente en el proyecto. De este proyecto se puede suponer cualquier cosa, menos que servirá como cuchillo bajo el poncho, que el Gobierno pudiera usar mal, como lo han recordado de gobiernos anteriores los dirigentes gremiales en reuniones de la Comisión de Hacienda.
Al margen de todo lo dicho, creemos más bien que hay un interés práctico en una legislación de esta especie, porque la ley se hace para servir a los ciudadanos y no para que los ciudadanos sirvan a las leyes. Es un interés práctico en el que se ha ido condicionando, a lo largo de años, la actitud de todos los sectores de este Parlamento.
En una sesión de la Comisión de Hacienda, a la que asistió el señor Secretario del Consejo de Rectores, don Horacio Serrano, quien nos explicó que el artículo relativo a las universidades había sido redactado por el Consejo de Rectores, el Honorable señor Godoy Urrutia hizo un comentario al margen, extraordinariamente importante. Contó haber conversado con el Rector de la Universidad de Chile, don Eugenio González, el que le había expresado: "el sistema de los Decretos con fuerza de ley permitirá a los directamente responsables, interesados en esta materia, como son el Consejo Universitario, los Rectores, las personas especializadas técnicamente, intervenir en forma más directa y eficaz en la redacción de los decretos con fuerza de ley respectivos."
A mi me pareció que el Honorable señor Godoy Urrutia aceptaba esta actitud, pollo menos en lo que al Rector de la Universidad de Chile se refiere. No quiero decir que el señor Godoy justificara todo el proyecto, pero quiero recordar el testimonio que se dio en la Comisión.
No es mi ánimo perder el tiempo denunciando inconsecuencias y contradicciones, pero no puedo evitar leer lo que don Humberto Abarca, en una ocasión dijo en nombre del Partido Comunista, en apoyo de la actual ley 7.747, que también votó el Honorable señor Godoy Urrutia, ¿Qué dijo el Diputado comunista en la discusión de la ley N° 7.747, que dio facultades extraordinarias al Gobierno del Presidente Ríos? Entre otras cosas: "Estas son las razones por las cuales el Partido Comunista estima que hay que dar al Gobierno las armas necesarias para que reprima sin contemplación de ninguna especie la especulación criminal de los que están enriqueciéndose a costa del hambre del pueblo".
"El Partido Comunista ha llamado en repetidas oportunidades a todos los sectores democráticos a unirse en una estrecha y efectiva Unión Nacional y en esta oportunidad repite su llamado y espera que él sea atendido; pues no bastará dictar una ley para que ella sea cumplida, ni los hombres que se encarguen de su aplicación tendrán éxito en ello si la Ley no es plenamente democrática, esto es, si no se dicta en beneficio de la mayoría del país, y esos hombres están respaldados por una amplia mayoría nacional".
Me permito recordar que, en virtud de la ley N° 7.747, el Gobierno del Excelentísimo señor Ríos fue facultado para dictar, sin ninguna limitación, el texto del estatuto administrativo de aquellos años.
A continuación, el ex Diputado comunista Humberto Abarca, agrega: "El proyecto Financiero, Monetario y de Fijación de Precios, que el Ejecutivo ha sometido al Poder Legislativo, contiene las siguientes materias:
"Estabilización de precios; Racionamiento e importaciones; Limitación de utilidades; Fijación de sueldos y salarios; Normas de trabajo; Convenios Internacionales; Organización de la Administración Pública, y Medidas financieras."
El Honorable señor Godoy Urrutia ha dicho que está libre del pecado que nos imputa, no por pedir facultades extraordinarias, sino la aprobación de leyes normativas.
Pues bien, le recuerdo que el señor Abarca, en aquella ocasión, agregó: "Sin embargo, aun cuando seguiremos insistiendo en la necesidad de una organización económica, ante la situación de emergencia que tenemos por delante, estamos de acuerdo en dar facultades extraordinarias por un período de seis meses al Presidente de la República, a fin de que se puedan tomar aquellas medidas que castiguen con energía la especulación y el agio y que hagan descender el costo de la vida. Pero, no obstante, el Partido Comunista estima que estas facultades que se solicitan deben tener en su aplicación un aspecto democrático, tal como corresponde a un Gobierno surgido de la voluntad popular."
"Creemos, señor Presidente agregó el señor Abarca que esta Cámara aprobará por gran mayoría, que se legisle sobre esta materia, y estamos seguros de que el patriotismo de sus miembros se impondrá sobre cualquier otro interés y que en la amplia discusión de su articulado, dará al Gobierno una forma de procedimiento de enorme importancia para el futuro de nuestro país."
Ahora bien, para que Sus Señorías aprecien la diferencia entre la ley N° 7.747 y el proyecto en discusión diré que el artículo 38 de aquella ley facultó al Presidente de la República para dictar el Estatuto Administrativo de la siguiente manera: "El Presidente de la República antes del 30 de junio próximo, dictará el texto definitivo del Estatuto Administrativo." Y punto.
Voy a leer los nombres de algunos señores Diputados de los Partidos Comunista y Socialista que votaron a favor de la ley: Humberto Abarca, Natalio Berman, Chacón Corona, Andrés Escobar, Ricardo Fonseca, César Godoy (que según entiendo era entonces Diputado del Partido Socialista de Trabajadores), Albino Barra, Angel Veas, y Justo Zamora.
¿Qué dijo en el Senado don Carlos Contreras Labarca a propósito de este mismo proyecto de ley? "El proyecto que en estos instantes discute el Senado, tiene por objeto otorgar al Ejecutivo nuevas facultades para dictar normas de carácter administrativo y de otro orden para resolver los graves problemas que preocupan al país. Tenemos que expresar, en primer término, que el otorgamiento de tales facultades extraordinarias no producirá resultado alguno, o lo producirá en grado muy limitado, si la autoridad a la cual se confiere el Poder Ejecutivo no demuestra su propósito de abandonar la política de concesiones y liberalidades frente a los enemigos del pueblo y si al mismo tiempo no se adoptan medidas para enfrentarse resueltamente con los mezquinos intereses de pequeños grupos de especuladores que
están enriqueciéndose a expensas del país."
Me perdonará la Honorable Cámara que haya incurrido en el mismo pecado que estoy reprochando a otros Honorables colegas al destacar también las contradicciones en que otros incurren. Pero, en definitiva, creo que lo útil, lo constructivo, es abocarse en forma directa al interés práctico, a la conveniencia o inconveniencia, a la mayor o menor confianza a que es acreedor el actual Gobierno de la República, al decidir sobre esta ley.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor DAIBER.-
Pido la palabra.
El señor GUAJARDO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Daiber; a continuación, quedan inscritos los Honorables señores Guajardo, Godoy Urrutia y Pareto.
El señor DAIBER.-
En realidad, ya tocio está dicho con las palabras del Honorable señor Irureta.
Sin embargo, con referencia al artículo 2°, quiero citar el inciso primero del artículo 14, que dice: "El ejercicio de las facultades que esta ley otorga no podrá significar, en caso alguno, alejamiento de la Administración para el personal de los servicios públicos ... ni disminución de remuneraciones . . ." Es decir, el Ejecutivo se impone una autolimitación. Por lo tanto, no sucederá lo que estábamos acostumbrados a observar cada vez que se entregaban facultades extraordinarias a otros gobiernos; degollinas, reencasillamientos a puerta cerrada, etcétera. Por eso, no comprendo la inquietud de los Honorables Diputados, porque si el Gobierno se autoimpone una limitación, Sus Señorías pueden estar tranquilos de que nada ocurrirá.
Nada más, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Guajardo.
El señor GUAJARDO.-
Señor Presidente, frente a la declaración de un Diputado de la Democracia Cristiana, de que los funcionarios del Estado eran partidarios de apoyar estas "facultades extraordinarias", que para nosotros no son normativas, debo decir que tenemos la convicción y la seguridad absoluta de que no hay un portero u obrero de la Administración Pública que sea partidario de estas disposiciones legales, porque saben que sus puestos están en peligro, debido a la persecución política que se ha desatado en todo el país.
Señor Presidente, quiero señalar un ejemplo. A los pocos meses de asumir el Poder el señor Freí, se pusieron en juego todas las maquinaciones del caso para alejar de su cargo al distinguido médico y jefe del Hospital de Magallanes, que fue Presidente del Comando de la candidatura presidencial del señor Allende. Como era funcionario de carrera y, repito, médico distinguido, no encontraron ningún antecedente desfavorable que pudiera servir para dicho fin. En esta campaña participo un Diputado democratacristiano que en esos días estuvo en Magallanes.
Un señor DIPUTADO.-
¿Quién es?
El señor GUAJARDO.-
En estos mismos instantes, cuando todavía no están en vigencia las leyes normativas, son perseguidos en Valparaíso más de dos mil trabajadores, entre empleados y obreros, para reemplazarlos por militantes del Partido Demócrata Cristiano, contratados en la sede de esa misma colectividad. ¿Qué garantías podemos tener de que no cometerán arbitrariedades cuando tengan en sus manos esta herramienta? Ayer en la tarde estuve en la casa de la madre de la criatura que falleció víctima de los gases emanados de las bombas lanzadas por las fuerzas de carabineros. Pude comprobar que a las nueve de la noche aún no la habían entregado a sus familiares.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate.
El señor GUAJARDO.-
Me estoy refiriendo a la materia en debate, señor Presidente, porque estoy relatando la persecución de que en estos instantes son objeto los portuarios de Valparaíso.
La madre de la guagua fallecida estaba permanentemente asediada por oficiales de carabineros y funcionarios del Servicio de Investigaciones. ¿Qué se puede esperar de este Gobierno, mañana, cuando tenga esta herramienta legal en su poder? Seguramente, iniciará una persecución política a través de todo el país. Los funcionarios de la Empresa Portuaria de Chile han manifestado que es su intención despedir a todos los empleados y obreros socialistas, comunistas y radicales. Es decir, la Democracia Cristiana quiere invadir todos los rincones de la Administración Pública en Chile. ¿Acaso quieren repetir la experiencia de ayer, cuando prepararon profesores en un mes y medio, y formar médicos en seis meses y abogados en dos meses?
Por eso, los socialistas votaremos en contra de este proyecto de ley, manteniendo nuestra invariable línea de conducta de oponernos a esta clase de iniciativas. Un Honorable colega democratacristiano invitaba a los Diputados radicales a adoptar frente a este proyecto la misma actitud favorable que habían observado en otra época.
Con el mismo criterio, yo le pregunto a los Diputados de la Democracia Cristiana: ¿por qué no votan ahora en contra de este proyecto de facultades extraordinarias, así como lo hicieron antes?
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor GODOY URRUTIA.-
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, el resto del tiempo del Comité Comunista lo ocupará mi Honorable colega señor Cademártori.
Como el Honorable señor Aravena, don Jorge, me ha cedido parte de su tiempo, haré uso de la palabra, por la vía de la interrupción, en el momento oportuno.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor ARAVENA (don Jorge) .
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pareto; y, a continuación, el Honorable señor Aravena, don Jorge, en el tiempo del cual podrá intervenir el Honorable señor Godoy Urrutia, por la vía de la interrupción.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, deseo hacer uso sólo de unos minutos para referirme, concretamente, a algunos conceptos vertidos por el Honorable señor Carlos Morales Abarzúa.
Mi Honorable colega ha sostenido, enfáticamente, una apreciación equivocada, respecto a la persecución política que, según Su Señoría, estaría efectuando el Gobierno del Excelentísimo señor Frei, en la Administración Pública. Con esta acusación desea tender una "cortina de humo" sobre lo que aconteció cuando era Diputado de Gobierno. Puedo citar incluso el nombre de algunos Diputados de los bancos de la Oposición que también fueron perseguidos durante la Administración del señor Alessandri.
Yo pregunto a los Honorables Diputados del Partido Radical: ¿acaso pueden culpar al Gobierno del Presidente Frei por el hecho de mantener aún en la Administración Pública a numerosos militantes de esa colectividad, sobre cuya capacidad y honestidad y administrativa no me pronuncio? ¿No saben que connotados radicales son jefes de casi todos los departamentos del Ministerio de Educación Pública? ¿Ignoran que el Director General de Educación Primaria, don Luis Moll, también lo es y que para obtener el traslado de algún funcionario hay que recurrir a la tradicional tarjeta de su partido? ¿Acaso no es efectivo que don Julio de la Cruz, que ocupa también un alto cargo en ese Ministerio, tiene esa misma filiación política?
Sin embargo, el Ejecutivo no les ha pedido la renuncia, ni siquiera se lo ha insinuado. Ello demuestra que el Gobierno del señor Frei procede en forma limpia.
También quiero recordarle al Honorable señor Morales Abarzúa que el Director de Transporte y Tránsito Público, don Mario Matus, militante del Partido Radical, sigue en su cargo, al igual que el Subdirector de Investigaciones, señor Tulio Aguilera, y el Fiscal de la Corporación de Fomento de la Producción. Igual cosa ocurre con otros altos jerarcas del Servicio de Seguro Social, como el Gerente señor Soissa, que pertenece al Partido Radical.
Quisiera recordarles también a los Honorables colegas del Partido Socialista, que hoy comparten las posiciones del Partido Radical, que cuando se otorgaron facultades extraordinarias al señor Alessandri, se constituyó en el Servicio de Seguro Social el ex Diputado señor Muñoz Alegría y "barrió" con todos los militantes socialistas. No quedó uno. Yo era Consejero del Servicio y defendí a cientos de funcionarios del Partido Socialista que fueron exonerados con las facultades administrativas del señor Alessandri.
Todos los errores de que ellos son responsables pretenden achacárselos al Gobierno del Excelentísimo señor Frei, cuando sabemos positivamente y lo saben ellos a conciencia que este Gobierno está actuando con limpieza de procedimientos, que nadie puede desmentir. Alguien podrá decir que se cambió al Secretario de una Gobernación, que se pidió la renuncia al abogado jefe tal o cual, pero debemos tener presente que, cuando un Gobierno asume el mando de la nación, debe tener las herramientas necesarias para llevar a la práctica los programas de reforma y para realizar la revolución en libertad.
Estos mismos sectores políticos, que ayer eran enconados enemigos, se han juntado ahora para hacerle oposición al Gobierno del Excelentísimo señor Frei. Los que fueron desterrados a Pisagua, que vieron caer a muchos de sus compañeros, que murieron en la "isla maldita", hoy día aplauden a quienes causaron a la democracia este grave daño...
Un señor DIPUTADO.-
¡Eso no es efectivo!
El señor PARETO.-
Hoy día pretenden aquí ocultar sus pecados. Estamos conscientes de que, aunque no tengamos mayoría en el Senado de la República, el pueblo de Chile ésta detrás de nosotros.
El Honorable señor Rioseco, que ha acaparado en esta sesión la historia de la ley N° 13.305 y ha leído pasajes de los discursos de los parlamentarios que nos opusimos a su dictación, pudo haber leído el discurso que él pronunció en esa oportunidad, cuando apoyaba al Gobierno del señor Alessandri, a quien le entregaron una herramienta para "barrer" de la Administración Pública a los que los aplauden hoy día, por el solo hecho de encontrarse en la Oposición. Pero el pueblo los seguirá repudiando, como lo ha hecho hasta ahora.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Aravena, don Jorge.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Godoy Urrutia, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Godoy.
El señor GODOY URRUTIA.-
En primer lugar...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Fuentes, don Samuel, ruego a Su Señoría guardar silencio.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Fuentes, don Samuel!
Está con la palabra el Honorable señor GODOY URRUTIA.-
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Por qué ocupan esos bancos?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Fuentes, don Samuel, llamo al orden a Su Señoría!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorables señoras Diputados, ruego a Sus Señorías no interrumpir!
Honorable señor Fuentes, don Samuel. Nuevamente llamo al orden a Su Señoría. Honorable señor Godoy Urrutia, le ruego hacer uso de la interrupción que se le ha concedido. Ruego a Su Señoría cooperar con la Mesa.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, deseo referirme a la primera afirmación del Honorable colega señor Irureta sobre la opinión vertida por el que habla respecto a aquella parte de las leyes normativas relacionadas con la Universidad de Chile.
No soy de aquellos a los que gusta decir las cosas en secreto o a espaldas de las personas. Además, cuando incurro en un error, no tengo ningún interés en volverlo a cometer.
Lo que manifesté en la Comisión, y mis palabras podrían ser reproducidas textualmente, fue que debía establecerse una diferencia entre lo que dispone el proyecto sobre la Universidad y el resto del articulado. Porque es muy distinto extender una carta en blanco, como dijo el señor Alcérreca, otro de los correligionarios de Su Señoría que participó en aquel ciclo de conferencias dictadas en 1963 en la Universidad Católica, que aprobar leyes que confieren poderes omnímondos, pues éstas son perniciosas.
Esto lo dijo el señor Alcérreca en la misma tribuna en que hablaron también el señor Ministro de Justicia y el actual Subsecretario de esa Cartera, porque todos ellos participaron en este ciclo de charlas, para anunciar futuros proyectos e iniciativas de la Democracia Cristiana Todos los que intervinieron en esa oportunidad están hoy día bien instalados en importantes cargos oficiales.
Esto es pura coincidencia.
Un señor DIPUTADO.-
Podría desempeñar el cargo un comunista.
El señor GODOY URRUTIA.-
Naturalmente, pero los gobiernos nombran a personas de su confianza.
Por esto, no se puede afirmar que estas facultades extraordinarias se van a aplicar con absoluta imparcialidad, despersonalizadamente.
No ocurriría esto ni aunque los encargados de aplicarlas fueran ángeles. Aun dos personas que duermen en una misma cama suelen tener sueños distintos.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GODOY URRUTIA.-
Lo que importaba era tener previamente el consentimiento de la Universidad de Chile, como lo explicó el señor Rector, en una conversación sostenida con él, cuando aún no conocíamos los términos en que venía redactado el proyecto, el cual llego al Parlamento durante el período legislativo pasado, en el mes de noviembre de 1964.
Por eso, no tenia nada de extraño esa opinión de mi parte, puesto que la autorización iba a operar de modo diferente.
Pero dije algo más. Si no recuerdo mal, agregue que e 1 Rector temía que, si el Estatuto Universitario se discutía en la Honorable Cámara, sufriera algunas modificaciones "inconvenientes", según sus palabras. Sin embargo, como prevalecía en todo caso la opinión del Consejo Universitario y del Consejo de Rectores de las Universidades, consideró que no importaba, en ese caso específico. Manifestó que le habían expresado a Su Excelencia el Presidente de la República que estaban de acuerdo en que se incorporara a las Universidades en el proyecto sobre leyes normativas.
No creo que signifique un desmedro para el Diputado que habla, el haber vertido esta opinión en la Comisión de Hacienda. Vertí, en realidad, muchísimas otras en las largas y fatigosas discusiones habidas en la Comisión de Hacienda.
Los Honorables colegas de esa Comisión saben que en este trámite, por primera y única vez, han sido oídos los funcionarios, que no lo fueron por el Gobierno ni por el Ministro que colaboró en estos trabajos; ellos, según nos han dicho, están ubicados todos en la Secretaría de Justicia; de modo que el arbitro supremo, la más alta autoridad es el señor Pedro Jesús Rodríguez, Ministro de Justicia. Por consiguiente, todo lo que se haya dicho no constituye desmedro para el que habla ni tampoco inconsecuencia volver a repetir ahora, que el señor Ministro está presente en la Sala, que la opinión era del señor Rector y que no tenía inconvenientes en reproducirla, puesto que se trataba de una situación de naturaleza absolutamente distinta de las otras. En los otros casos no se sabe cómo se aplicarán las facultades...
El señor IRURETA.-
Fue en el caso de la ley N° 7.747.
El señor GODOY URRUTIA.-
No sé qué ley cita ni si es a propósito de escopeta...
El señor IRURETA.-
No es a propósito de escopeta, sino de Su Señoría.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías evitar los diálogos.
El señor GODOY URRUTIA.-
Tampoco yo le encuentro saber a la interrupción del Honorable señor Irureta, señor Presidente.
El señor IRURETA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor GODOY URRUTIA.-
Con todo agrado se le concedo, siempre que haya unanimidad de la Honorable Cámara, por supuesto, porque estoy habiendo uso de una interrupción.
El señor IRURETA.-
El Honorable colega dice que el que habla ha hecho recuerdo...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Irureta, es previo que la Mesa pida el asentimiento de la Honorable Cámara para concederle la palabra.
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para conceder la palabra al señor IRURETA.-
El señor DUEÑAS.-
No hay acuerdo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hay oposición.
Puede continuar Su Señoría.
El señor IRURETA.-
Usar de la palabra por un cuarto de minuto no tiene mayor importancia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, respecto al otro asunto a que se refirió el señor Irureta, lo trajo aquí ayudado por gente que puede tener mejor memoria que la nuestra, que los que tenemos ya una larga trayectoria por la política nacional. Se trata, me parece, de personas que desean contribuir a mi desprestigio personal, porque no veo que haya obedecido a otro objetivo el recuerdo que ha hecho el Honorable señor Irureta...
Varios señores DIPUTADOS.-
No, de ninguna manera.
El señor GODOY URRUTIA.-
...al leer la versión de una antigua sesión de la Honorable Cámara celebrada el año 1943, en la que no sé puesto que no he visco el texto si aparezco solo como asistente a esa reunión o figuro en el resultado de la votación. Como no dispongo de la versión, si el Honorable colega me la proporciona, mejor todavía.
Quiero recordarle a la Honorable Cámara que el año 1943, para algunos de los que actuarnos en aquella época, era un período puedo decirlo bastante irregular, políticamente hablando. En una crisis política, nos habíamos desprendido, hago aquí un recuerdo doloroso cinco Diputados del viejo Partido Socialista, hacia el año 1940, aproximadamente, y con posterioridad se produjo el hecho propio de los pequeños partidos, de los políticos que suelen quedar como francotiradores o eslabones perdidos. .Nosotros tratamos de buscar una salida para la grave emergencia que se nos había creado. Se constituyó
un pequeño partido que no podía justificar su existencia, ya que debe tenderse a la agrupación en grandes fuerzas homogéneas, combativas, en donde se pueda luchar con eficacia, por principios y programas.
En esas condiciones, nos sorprendió un hecho extraordinario: la Segunda Guerra Mundial, que creó situaciones dramáticas en el mundo y, por ende, también en nuestro país, que, viviendo de un solo producto, del cobre, por su valor estratégico, trajo la guerra hasta las costas de Chile y creó trastornos profundos en la economía del país y en la condición de los trabajadores. Decía que se había trasladado a las costas de nuestro país una guerra no declarada. . .
El señor IRURETA.-
Lo mismo ocurre hoy día, Honorable Diputado.
El señor GODOY URRUTIA.-
Además, el reflejo de la guerra permitió que se provocara una especulación, un ocultamiento de mercadería, en fin, todo eso que los Honorables colegas saben que es el cortejo propio de estas lamentables situaciones.
En esos momentos, estoy realizando un esfuerzo mental para reconstruir los hechos llegó a la Honorable Cámara un proyecto de facultades extraordinarias patrocinado por el Presidente Ríos, con cuyo Gobierno no colaborábamos. Sencillamente, éramos dos parlamentarios, el doctor Berman y el que habla, que gracias a la deferencia de los Honorables colegas todavía podíamos aletear un poco, como se dice; pero vivíamos abrumados entre los bloques que aquí chocaban, y, francamente, no se puede sobrevivir para inspirar lástima o ser devorados entre las fricciones. Para eso, no vale la pena ocupar un asiento en la Honorable Cámara.
Así nos sorprendió la votación de esas facultades, cuyo objetivo no fue otro, en el fondo, que ayudar a salvar a nuestro país de la horrible crisis provocada polla segunda guerra mundial. No me parece extraño, entonces, y creo que ante una nueva situación como esa tendría que proceder igual, que figure entre los que votaron favorablemente aquel proyecto, cuyo texto voy a revisar.
Me habría gustado que el Honorable colega hubiera podido leer alguna opinión mía con relación a ese proyecto.
El señor IRURETA.-
¿Me concede una interrupción?
El señor GODOY URRUTIA.-
Creo recordar que no tuvimos oportunidad de emitir opiniones al respecto.
El señor IRURETA.-
¿ Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor GODOY URRUTIA.-
No puedo, Honorable Diputado.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GODOY URRUTIA.-
No puedo conceder interrupciones; se lo dije antes al Honorable señor Irureta. Debo devolver este derecho que, a título de interrupción, se me ha otorgado.
Continuando, señor Presidente, debo manifestar al Honorable colega que no me siento personalmente mortificado por ese hecho, porque sé que muchas veces en la vida el hombre ni siquiera puede hacer lo que quiere o lo que debe. Hay circunstancias que gravitan más fuerte en un momento dado, que una firme convicción que se puede poseer. Pero lo que hemos condenado invariablemente es la concesión de facultades que importen un menoscabo a la libertad y que pongan en peligro los derechos humanos, la estabilidad democrática.
Acaso teniendo presente lo último, hice aquella afirmación categórica, de que no recodaba haber votado una ley de facultades extraordinarias. Por mala memoria que tuviera, no podría ignorar que la Honorable Cámara ha tenido que conocer muchas iniciativas de este género, pero, consecuentes con los principios sustentados y que hemos servido lealmente a través de una vida entera, hemos cuidado siempre de que nuestra conciencia no tenga algún día que reprobarnos el haber violado esas normas de conducta o el habernos apartado de la línea que nos señaló la clase obrera.
Me sacudo, pues, de toda responsabilidad, y le digo al señor Irureta que no seré yo el que le devuelva la mano y se me ocurra ir a la provincia que representa a averiguar algo que pueda importar una contradicción en su vida. No me interesa ese papel.
Creo que no me invalida personalmente, ni a mi partido ni a las fuerzas de izquierda, en que se haya traído a la Cámara un documento de los archivos sobre un hecho del que, vuelvo a decir, no me avergüenzo. El recuerdo traído me va a permitir volver un poco a esas viejas fuentes documentales para recordar algunos otros incidentes que siempre son saludables traer a la memoria. Sabemos bien que el presente se construye con la ayuda del pasado. Así podremos seguir avanzando.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Godoy Urrutia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, no puedo terminar de expresar otras cosas que pensaba decir, porque no dispongo de más tiempo en la interrupción que se me ha concedido.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
He concedido una interrupción al Honorable señor IRURETA.-
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor IRURETA.-
El señor IRURETA.-
Muchas gracias, Honorable colega.
En primer término, deseo hacer una aclaración. Tengo el mayor respeto por el Honorable señor Godoy Urrutia, porque, de algún modo, pertenece a nuestra historia política de este siglo. Los que somos más jóvenes, hemos oído y visto mucho de él. No puede pensar que he deseado desmedrarlo al hacer el recuerdo de hoy. Sencillamente, decidí participar en este afán, un tanto deportivo de los sectores de la Honorable Cámara, de enrostrarse unos a otros tantas contradicciones e inconsecuencias, porque tuve la impresión de que Su Señoría pretendía participar con "ventaja" en esta competencia, señalando y subrayando el hecho de que los comunistas estaban libres de pecados. A mí me pareció que no era así, porque, buena o mala, todos tenemos algo de memoria. Al revisar la ley N° 7.747, efectivamente la impresión que tenía quedó confirmada.
La Comisión de Hacienda de la época en que se despachó la ley N° 7.747, emitió un informe contrario al proyecto. Es decir, en el momento en que se desarrolló la votación en general, se produjo el hecho de que los partidarios de la ley votaron rechazando el informe de la Comisión de Hacienda; entre los que votaron por la negativa, rechazando, repito el informe de esa Concisión, están las personas que mencioné anteriormente, y entre ellas figura el Honorable señor GODOY URRUTIA.- Para completar la historia, quiero decir que, al mismo tiempo y en la misma forma, votaron el señor Garretón y el señor Tomic, también partidario de la ley, y que lo hicieron junto a los partidos de Izquierda de esa época. Esa fue mi intención.
En cuanto a las inconsecuencias que el Honorable señor Godoy pueda encontrar en mi conducta, aquí y en la provincia que represento, quiero decir con humildad que puede que las encuentre, porque nadie está libre de estas cosas; quiera Dios, eso sí, que ni él ni yo tengamos que avergonzarnos de estas inconsecuencias; yo no deseo tener que avergonzarme de las mías y espero que él no se avergonzará de las suyas.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Héctor Valenzuela.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Héctor Valenzuela.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, estamos frente a un hecho penoso y peligroso: el olvido de acontecimientos recientes, acaecidos, no en otro milenio, no en otro planeta, no en otro continente, sino aquí, en Chile, y de que todos los chilenos fuimos actores y espectadores, hace apenas unos pocos meses.
El 4 de septiembre del año recién pasado, el pueblo de Chile escogió un camino al elegir como su gobernante al Excelentísimo señor Frei. En comicios limpios, que produjeron la admiración del mundo entero, eligió a un hombre para desarrollar una tarea. Puso su confianza en él y de manera reflexiva y consciente, adhirió a un programa.
En cumplimiento del limpio y rotundo mandato que recibió del pueblo, el Presidente Frei envió al Parlamento el proyecto contenido en el Mensaje N° 4.124, del Ministerio del Interior, sobre ley normativa, materia de la cual se dio cuenta en sesión de fecha 16 de diciembre de 1964.
La mayoría existente entonces en el Parlamento trató mal al PresidenteFrei. Olvidó la voz del pueblo, que se había pronunciado pocos días antes. Todos los sectores políticos, de conservadores a comunistas, pasando por radicales y socialistas, con la lógica excepción de los democratacristianos, dieron su opinión cerrada e indiscriminadamente contraria a la aprobación de la ley normativa.
A tal punto llegaron las cosas y la pasión política cegó de tal manera a aquel Parlamento, que al Presidente de Chile, recién elegido, con la mayoría más abrumadora de que nos habla nuestra historia, no le quedó otro camino que retirar el proyecto de la convocatoria, acto que se concretó por oficio N° 23, de 13 de enero de 1965, del cual se dio cuenta en la Cámara de Diputados en sesión de esa misma fecha.
Pero también el Presidente Frei debía cumplir otro deber y, efectivamente, lo hizo: habló al país y le explicó que se había visto obligado a adoptar la actitud de retirar dicho proyecto de ley del Parlamento, a causa de que la Oposición había persistido en su actitud obstruccionista, y luego dejó entregada su conducta al veredicto de la opinión pública, que tendría oportunidad de pronunciarse en las próximas elecciones generales de parlamentarios.
Con todos los antecedentes a la vista, el pueblo de Chile volvió a decir su palabra el 7 de marzo de este mismo año, y esa palabra fue de total respaldo al Presidente Frei y a su programa de gobierno, dentro del cual estaba contemplado este proyecto de ley normativa, junto a otras leyes fundamentales. Conjuntamente con su voz, dejó caer también el duro puño de la cólera popular sobre los partidos políticos que manifestaron su desprecio a la voluntad del electorado. Tengo aquí a la vista la nómina de la composición del Parlamento anterior y la del actual. Quiero recordarles a los Honorables colegas de esta Cámara qué sucedió entonces. Los Partidos Comunista y Socialista prácticamente mantuvieron estacionaria, con muy leve mejoría, su representación parlamentaria.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Valenzuela, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Eso estoy haciendo, señor Presidente!
Radicales, liberales y conservadores bajaron su representación en el Parlamento de manera impresionante, siendo estos últimos prácticamente barridos del mapa electoral.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Este fue el veredicto que el pueblo dio el 7 de marzo, a raíz de que el Parlamento anterior había adoptado una actitud semejante a la que ciertos sectores políticos asumen hoy día.
Yo pregunto: ¿cuándo se aprenderá la lección que dio el pueblo? ¿Hasta cuándo se jugará con la voluntad popular, sofocándola entre los hipócritas lazos de ¡os pequeños intereses de sectores y de grupos? ¡Cuidado con la cólera de este pueblo!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
En nombre de él, que nos dio su confianza, al elegir a un hombre de nuestras filas para dirigir los destinos del país, pido a la Honorable Cámara que reflexione cuando aún es tiempo para hacerlo y dé su aprobación al proyecto de ley normativa, a fin de que el Presidente Freí pueda gobernar para codos los chilenos.
Nada más.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).
Concedo una interrupción al Honorable señor GARAY.-
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor GARAY.-
El señor PENNA.-
Señor Presidente, voy a ser extremadamente breve, porque sólo deseo mencionar dos hechos. El primero es que hoy hemos conocido una nueva personalidad de nuestro respetado colega el señor Godoy Urrutia. Hasta ahora, lo conocíamos como un violento comunista, pero hoy lo hemos visto dar explicaciones como un burgués cualquiera. Esto nos hace solicitarle que continúe como burgués en esta Cámara.
En segundo término, quiero agregar algunos datos a los proporcionados por el Honorable señor PARETO.- En este punto me dirijo especialmente a los bancos radicales. Aprovechando que está aquí el señor Ministro de Educación Pública, voy a dar nada más que los siguientes datos oficiales: de los 25 inspectores provinciales de educación primaria, 24 son radicales; y de 174 inspectores departamentales, 169 son radicales.
El señor RIOSECO.-
¡Nombrados por concursos!
El señor PENNA.-
¡Por concursos totalmente "arreglados"!
A tanto llegó la impudicia, que siendo Presidente electodon Eduardo Frei, se llamó a 80 alumnos para hacer un nuevo curso de inspectores y de ellos, 79 eran radicales. Esto ocurrió el 13 de octubre del año pasado. ¡Así es como se hace la política radical! Felizmente, ya terminó esa política.
Nada más.
Hablan varios diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Samuel Fuentes!
Puede continuar, el Honorable señor Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).
He terminado, señor Presidente.
El señor TUMA.-
Pido la palabra.
El señor OLAVE Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Tuma; a continuación, queda inscrito el Honorable señor OLAVE.-
El señor TUMA.-
Señor Presidente, no dudo de la buena fe con que actúan los Honorables colegas de la Democracia Cristiana. No quiero poner en duda, tampoco, la buena fe de este Gobierno. Pero cuando se tiene una mayoría de 82 Diputados en esta Cámara. . .
El señor MUGA.-
¿Y cuántos Senadores?
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡Con esta Cámara basta!
El señor TUMA.-
Le acabamos de escuchar al Honorable señor Morales Abarzúa que, felizmente, nuestra Constitución establece que sólo se renueva una parte del Senado cada cuatro años y que, gracias a eso, todavía quedan en él quienes pueden corregir los errores que aquí se cometen.
¡A mí no me han elegido para que sirva de títere de un gran "guignol"! A mí me daría vergüenza votar favorablemente facultades de esta naturaleza! Extraño que se nos quiera convencer de que se trata de una ley normativa.
Si me dieran a elegir entre aquellos gobiernos reaccionarios que han existido en nuestro país y este gobierno demócrata-cristiano, confieso, hidalgamente, que me quedo con este último; pero no acepto que se nos venga a solicitar facultades de esta naturaleza.
En "El Mercurio" de ayer, aparece una lista de los "cetáceos" que formarán un banco de fomento.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TUMA.-
Después de leer la lista de estos magnates, de estos señores que tienen en sus manos toda la banca y toda la industria en nuestro país, ¿puede uno pensar que en muchos casos sería necesario dar algunas facultades a este Gobierno? ¡Sí, señor Presidente, pero siempre que esas facultades fueran específicas y claras! Pero en la letra B) del proyecto, que se refiere al "régimen cambiarlo y crediticio", se conceden al Presidente de la República facultades que prácticamente nos dejan en interdicción.
El señor MUGA.-
¡Léalas;
El señor TUMA.-
¡Sí, sé leer, señor Diputado!
El artículo 3°, de la letra B), empieza así: "En el ejercicio de la facultad a que se refiere la letra B) del artículo 1°, el Presidente de la República podrá dictar normas tendientes a: a) La creación o determinación del o los organismos a los cuales corresponderá la formulación, administración, aplicación y fiscalización de la política monetaria, crediticia y de cambios internacionales..." ¡Si estas facultades ya las tiene el Presidente de la República, a través de las leyes! Si este Gobierno realmente está en contra de los especuladores, de los traficantes, de aquéllos que están haciendo negocios con las monedas y divisas, no tiene más que aplicar la Ley del Oro, ¿Es que este Gobierno no sabe que todas las divisas, todas las monedas se están transando impunemente en la Bolsa, en los Bancos...
El señor IRURETA.-
En el café "Haití"...
El señor TUMA.-
...y en los cafés? Ayer el Honorable señor Parra nos dijo que nos habíamos extralimitado en contra de algunas embajadas. El personal de las embajadas tiene instrucciones en el sentido de que debe cambiar los dólares de sus sueldos exclusivamente en el Banco. Sin embargo, ¿quién no sabe que los dólares "viajeros" se pueden obtener libremente, impunemente, de los funcionarios de algunas embajadas? Cuando hemos querido establecer un impuesto al cheque "viajero" y al dólar "viajero", nunca hemos podido tener mayoría para legislar en esta materia. El Gobierno tiene herramientas para establecer una prohibición como la que existe en los países socialistas, a los cuales cito como ejemplo. Allí nadie, fuera de los organismos oficiales, puede transar dólares, ni ninguna otra moneda.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Turna, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate.
El señor TUMA.-
Me estoy refiriendo a la materia en debate. El señor Presidente debe saber que este proyecto de ley otorga atribuciones para modificar el régimen cambiario, monetario y crediticio.
Quiero señalar que en Los Cerrillos compran a los turistas sus dólares a tres mil pesos cada uno y luego, impunemente, les venden algunos artículos de nuestra
pobre artesanía a precios exorbitantes. Después, estos comerciantes venden las monedas extranjeras que adquieren a tres mil pesos en cinco mil pesos o más. Esto lo puede comprobar cualquier persona que vaya allá. ¿No sabe el Gobierno que está sucediendo esto? ¿Necesita una ley normativa para aplicar la ley del oro, para fiscalizar y para tomar en sus manos el control absoluto del comercio de monedas extranjeras?
En consecuencia, no creo que sea necesario dictar las normas que contiene este proyecto para corregir estas anomalías. Creo que, si el Ejecutivo nos dijera que quiere leyes normativas, los que se relacionan con el cambio de monedas extranjeras y los que afectan a los servicios de Gobierno Interior y de la Administración Pública, pero señalando cada materia en una ley señalada, la Cámara no se opondría a conceder esas facultades en forma moderada. Pero la forma amplísima e ilimitada de las que se solicitan significa colocarnos contra el suelo.
A conciencia, aún cuando ya he dicho que me quedo con este Gobierno y no con los anteriores, voy a votar en contra de estas facultades extraordinarias, no por ponerle durmientes en la linea a esta Administración ni por hacerle oposición, como muchos Honorables colegas suponen,...
El señor ARAVENA.-
¡Es para ayudarlo!
El señor TUMA.-
...sino porque creo que a los parlamentarios de una Democracia como ésta no dignifica, para el futuro ni la Historia, la concesión de estas facultades que cercenan nuestras atribuciones y prerrogativas legislativas. Por eso, creo que el Ejecutivo se ha excedido al solicitar esta delegación de poderes.
Por lo demás, yo escuché a mi estimado colega señor. . .
El señor PEREIRA.-
¿Y la lista de "cetáceos"? ¿Por qué no la lee?
El señor BALLESTEROS (Presidentete).-
Honorable señor Pereira, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor TUMA.-
Aquí está.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable señor Turna? Ha terminado el tiempo del Comité Socialista.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El artículo 2° se va a votar por números.
En votación el N° 1, con el encabezamiento del artículo 2°.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 24 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N| 1 con el encabezamiento del artículo.
En votación el N° 2.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 2 del artículo 2°.
Se va a votar el N° 3 con la indicación de Hacienda, que consiste en reemplazarlo.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 3 con la indicación de Hacienda.
En votación el N° 4.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 4.
En votación el N° 5 en la forma propuesta por la Comisión de Gobierno Interior.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 5.
En votación la indicación de la Comisión de Hacienda que consiste en agregar un inciso segundo al N° 5.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la indicación.
En votación el N° 6.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 21 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 6.
En votación el N° 7 con la indicación del señor Ministro de Hacienda, ya admitida por la Honorable Cámara a votación, que consiste en agregar, a continuación de las expresiones "... compromisos, costos, pagos y sanciones", las siguientes: "todo ello sin perjuicio de las limitaciones a que se refiere el artículo 13, letra b)."
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 24 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 7 con la indicación del señor Ministro de Hacienda.
En votación el número 8.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 8°.
En votación el N° 9° del artículo 2°.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 9°.
Se vota, a continuación, una indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en agregar un número nuevo a este articulo 2, que será el N° 10.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 10 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 10, nuevo, del artículo 2°.
En discusión el artículo 3° del proyecto.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda; y, a continuación, el Honorable señor De la Fuente.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, el artículo 3° del proyecto de ley en discusión es uno de los que logró en el debate de la Comisión de Hacienda, mayor uniformidad de pareceres en su favor, porque todos están contestes en la conveniencia de establecer regulaciones sobre esta materia.
El artículo 3°, en sus cuatro letras, abarca fundamentalmente asuntos que hoy día competen al Banco Central de Chile, razón por la que deseo, antes de analizarlo, dar a conocer a la Sala los antecedentes que obraron en poder de la Comisión.
El Banco Central de Chile ha tenido tres estatutos fundamentales, desde su creación, en 1925, como producto del informe de la misión económica dirigida por el economista norteamericano Edwin Kemmerer.
El primero fue el D.F.L. N° 486. Posteriormente, en virtud de las facultades conferidas por la ley N° 11.151, se dictó, en el año 1953, una nueva Ley Orgánica del citado Banco, el D.F.L. N° 106. Y el texto que actualmente rige, dictado también en virtud de una delegación de facultades en la ley N° 13.305, es el D.F.L. N° 247, del año 1960.
En la Comisión de Hacienda, hemos comprobado que hoy día se concentra en el Banco Central un sinnúmero de facultades y atribuciones en materia cambiaría, monetaria y crediticia; y lo que es más grave y en esto creo interpretar el sentir unánime de quienes participaron en este debate que, desde su creación hasta esta fecha, esta institución se halla influida yo diría controlada como se aprecia a través de sus diversos estatutos, por personeros de sectores de las actividades privadas, y no por representantes del Estado chileno.
En efecto, ¿cómo está constituido hoy día el Directorio del Banco Central de Chile? Está compuesto por 11 personas, de las cuales solamente 4 son representantes directos del Gobierno de Chile, en representación de las acciones de la clase A. Las 7 restantes tienen la siguiente extracción : 3 representan, en calidad de Consejeros, las acciones de las clases B y C, es decir, son representantes de los Bancos nacionales particulares y de los Bancos extranjeros que operan en Chile; 1 persona es representante de las acciones de la clase D, es decir, de los accionistas particulares del Banco; 1 es elegida conjuntamente por la Sociedad Nacional de Agricultura y la Sociedad de Fomento Fabril; 1 es elegida, también, juntamente, por la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo y la Cámara Chilena de Comercio; y, finalmente, hay 1 representante elegido por los empleados y obreros, como lo establece la ley.
Es decir, en un organismo que afecta, en forma directa e inmediata, el interés público y que constituye uno de los resortes fundamentales para la dirección y el manejo de la política económica del Gobierno de Chile, la mayoría de sus decisiones son influidas y controladas por representantes, muy respetables, de los intereses económicos privados, que son totalmente ajenos a los intereses generales del país.
El problema se ha agravado a raíz de la dictación del decreto con fuerza de ley N° 247, de 1960, por el cual se centralizaron por completo, en manos del Banco Central, todas las actividades en materia de la política cambiaría, monetaria y crediticia, luego de la reorganización que se produjo en virtud de la dictación de la ley N° 13.305, suprimiéndose diversas instituciones, entre ellas, la Comisión de Cambios Internacionales.
Quisiera también para conocer, en esta oportunidad, ya que se nos han proporcionado los antecedentes respectivos, la composición del capital y el valor de las acciones del Banco Central de Chile.
El número de acciones de este Banco es de 2.370.840. Todas ellas tienen un valor nominal de 1 escudo. Pero su distribución es manifiestamente desproporcionada y risible, pues el Fisco, que posee las acciones de la clase A, sólo tiene 20 mil, mientras que las de la clase B, que pertenecen a los representantes de los Bancos particulares, son 2.180.996 acciones. Las de la clase que corresponden a las acciones de representantes de los Bancos extranjeros que operan en el país, son 165.882. Y las de la clase D, llamadas acciones de particulares, respecto de las cuales tantas veces hemos oído hacer defensas tan acaloradas, representan un número ínfimo de 3.962 acciones, cuya mayoría, es decir, 2 mil acciones, da derecho para elegir a un director del Banco Central.
Pues bien, ocurre que las acciones de la clase B, que tienen un valor nominal de un escudo, por la influencia que otorgan, se estén transando, normalmente, en una cifra cercana a 100 escudos y, en momentos de elecciones, llegan a un valor nominal de 200 escudos.
(De ahí el deseo expreso del Poder Ejecutivo y, concretamente, del Banco Central para evitar problemas serios y patentes como este hecho, de proceder a nacionalizar el Banco en la composición de su directorio, a fin de excluir totalmente de su dirección a todos los sectores económicos particulares, por muy respetables que éstos sean; porque se supone que hay contradicción entre las decisiones de interés general que tiene que adoptar el Banco en asuntos de política monetaria, y los intereses de estos sectores que tienen que sujetarse a la política monetaria, y, muchas veces, hacer uso directo del crédito de esta institución.
Por estas razones, hemos escuchado muchas exposiciones, largas e interesantes, que, en líneas generales, pueden resumirse de la siguiente manera, para explicar con hechos concretos el alcance de estos preceptos.
En materia de política monetaria, hay el deseo de centralizar estas actividades en un organismo especializado, que se ha denominado por quienes han hecho esas exposiciones, "Junta Monetaria", que sería un organismo compuesto exclusivamente por representantes del Estado chileno, en el que tendrán participación, fundamentalmente, el Presidente del Banco Central; el Vicepresidente del mismo, el Ministro de Hacienda, que pasaría a perder su calidad de Presidente del Banco, que actualmente tiene en forma nominal; el Ministro de Industria y Comercio, que se creará en virtud de estas disposiciones normativas; el Director de Planificación y el Superintendente de Bancos. En este organismo, en la forma más neutral y objetiva, ellos podrán manejar y controlar la política monetaria chilena.
Simultáneamente, como se estima que puede ser de interés e importancia, para orientar indirectamente esa política monetaria, el régimen cambiario y la política crediticia, y conocer la opinión de otros sectores de la actividad nacional, se
propone la creación de un "Consejo Consultivo", integrado por representantes de las distintas actividades productoras nacionales, de los Bancos y de las organizaciones de trabajadores, con el objeto de que ellos expresen al Comité Ejecutivo del Banco, por una parte, y a la Junta Monetaria, por la otra, cuáles son sus puntos de vista en materia de política monetaria.
En tercer lugar, se reconoce también la conveniencia de que la Superintendencia de Bancos quede directamente vinculada a esta Junta Monetaria y sea colocada, en definitiva, bajo su tuición.
También para independizar, en último término, el manejo del régimen cambiario de Chile de la política monetaria, se establece que representantes del Poder Ejecutivo, con independencia de atribuciones que, desde el año 1960, en adelante, se han centralizado en forma anómala en el Banco Central, mediante la creación de un Instituto de Comercio Exterior, no sólo tendrá el manejo de la política cambiaría del Gobierno, sino también el de otros rubros, no contemplados hoy día en las funciones de los organismos del Estado chileno, como el estímulo y desarrollo de nuestro comercio de exportaciones y de nuestro intercambio internacional, a fin de que puedan obtenerse para el productor chileno que exporta, las mejores condiciones en el mercado mundial. Se propone, con esto, la separación por lo demás, casi permanente en los regímenes y estatutos de la economía nacional de las funciones de la política monetaria y las funciones de la política cambiaría, que, en forma inconveniente, en virtud del decreto con fuerza de ley N° 247, de 1960, han quedado centralizadas en manos del Directorio del Banco Central de Chile, con las graves anomalías que indiqué al comienzo.
Fuera de esto, existe lo que podríamos llamar la política sustantiva: el deseo, por parte del Gobierno, de alterar un poco las disposiciones que hoy rigen, establecidas en el decreto con fuerza de ley N° 252, del mismo año 1960, que es la Ley General de Bancos, que se caracterizan, sin entrar en mayores detalles, por una estricta rigidez, en términos tales que le impiden al Banco Central de Chile, por razones de estímulo o de presiones de política monetaria, o del manejo y control cualitativo y cuantitativo del crédito, otorgar condiciones diferentes a sectores o actividades productivas, también diferentes, de la economía chilena.
Por estas razones, se propone el Gobierno agilizar y dar mayor flexibilidad a las disposiciones generales de la política monetaria, reformando el D.F.L. N° 252, Ley General de Bancos, para incorporarle una serie de disposiciones, señaladas en detalle, que, sin alterar el aspecto sustantivo del proyecto, permitan al Banco Central de Chile, ahora a través de su Junta Monetaria, un manejo más ágil de su política monetaria.
En el punto b) de este artículo se hace una referencia concreta al concepto de operaciones de cambios internacionales, lo que reviste alguna importancia, porque con motivo de la dictación de la Ley del Oro se tipificó allí jurídicamente un delito que hoy día ha sido objeto de dudosa interpretación en reiteradas oportunidades, ya que no existe uniformidad de criterio, lo que ha impedido aplicar esta disposición penal con toda su vigencia.
Por lo tanto, es necesario e imprescindible aclarar el concepto de operaciones de cambios internacionales, a fin de señalar los casos y condiciones en que la ley puede tener plena aplicación, porque su uso está prácticamente suspendido en la actualidad.
En la letra d) se establece la posibilidad de que el Fisco, o el Banco Central de Chile en su representación, adquiera las acciones de las clases "B, "C" y "D" del capital actual del Banco, situación que no tiene mayor urgencia porque, naturalmente, alejados del Directorio los representantes de los Bancos particulares nacionales y extranjeros y los representantes de los accionistas particulares, no tendrá mucha urgencia ni importancia el rescate inmediato de estas acciones. Sin embargo, para los efectos de permitir la progresiva participación y rescate de ellas por parte del Fisco chileno, se faculta en forma general, sin fijación de plazo, a éste o al Banco Central de Chile, para comprar estas acciones.
Finalmente, en esta misma disposición se contempla una autorización normativa al Presidente de la República para que, al tenor de estas modificaciones legales, pueda refundir el D.F.L. N° 247, Ley Orgánica del Banco Central de Chile, y el D.F.L. N° 252, Ley General de Bancos, y una serie de decretos supremos y leyes complementarias, con el objeto de crear una unidad legal desde el punto de vista de su texto.
Quisiera terminar refiriéndome a un punto que me parece del más alto interés, aunque no afecta en sí mismo a la regulación del Banco Central ni al manejo de la política cambiaría, monetaria y crediticia, pero que, desde luego, se ha planteado en una serie de debates públicos, con una interpretación algo interesada en la prensa y sobre el cual tuvimos también, un debate importante, desde el punto de vista constitucional y legal, en la Comisión de Hacienda. Es el que se refiere a la naturaleza que tendría el texto primitivo del Banco Central, el decreto ley N° 486, del año 1925, en cuanto a contrato-ley, porque ciertos sectores han afirmado que no sería posible, unilateralmente, por parte del Estado chileno, del Parlamento y del Ejecutivo, modificar los términos actualmente establecidos respecto del Directorio del Banco Central, ya que existiría este contrato-ley que vincularía al Gobierno chileno y ai Banco Central, con los accionistas de las clases "B", "C" y "D".
Nosotros sostuvimos en la Comisión, que esta tesis era peregrina y debía ser descartada de inmediato, por las razones que paso a exponer.
Quienes afirman que habría un contrato-ley, se apoyan en el tenor del artículo 88 del decreto ley 486, del año 1925, que dice textualmente: "El Ministro de Hacienda, en representación del Presidente de la República, consignará en la escritura social del Banco los siguientes compromisos del Estado que tendrán para éste la fuerza de obligaciones contractuales." Y viene la enumeración.
Sobre esta materia, hay que decir que la escritura social a que se refiere el artículo 88, jamás fue suscrita por ningún Ministro de Hacienda y que tampoco se dictó el decreto respectivo a que aquí se alude, en términos tales, que durante la plena vigencia del decreto ley 486, es decir, entre 1925 y 1953, no se dio cumplimiento a esa disposición legal. El año 1953 se cambió el Estatuto del Banco Central, como lo dije al comienzo, por el decreto con fuerza de ley N° 106, y nuevamente se hizo en 1960, y en ninguno de estos dos textos legales se consideró esta obligación por parte del legislador, razón por la cual tenemos que entender, en forma irredargüible, que no habiéndose contemplado la disposición en los nuevos textos legales, sencillamente se habría dejado sin cumplir esa parte, y el texto antiguo ya no tendría vigencia.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite, Honorable colega?
El señor MAIRA.-
Voy a terminar. En un momento más le concedo una interrupción, Honorable Diputado.
No contento con plantearse el problema legal del contrato-ley, en relación con el artículo 88 del texto primitivo de la Ley Orgánica del Banco Central, ha surgido una segunda interpretación. Se ha sostenido ahora que otra disposición legal tendría también la naturaleza o el carácter de un contrato-ley. Esta sería la contenida en la Ley Salitrera 12.033, favoreciendo de esta manera a la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo que tiene, como reseñamos al comienzo, participación en el
Directorio del Banco con un representante. Se dice que esto es un contrato-ley porque está comprometida la palabra del Estado, empeñado el compromiso del Gobierno chileno de esa época y que no se puede modificar esto ni se puede prescindir de la presencia de un representante de la COVENSA en el Directorio del Banco Central. Es igualmente falsa, a nuestro juicio, esta nueva interpretación legal, porque ocurre que el único texto con carácter de contrato-ley en relación con esta materia es el llamado Referéndum Salitrero, no contenido en la ley N° 12.033 a que se hace referencia, sino en la N° 12.018. En la ley N° 12.033 se refunden simplemente los textos del Referéndum Salitrero, ley N° 12.018, y de la N° 5.350 que allá por el año 1934 creó la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo en reemplazo de la COSACH. Es decir, la facultad que hoy día se quiere elevar a la categoría de contrato-ley no se contempla en el Referéndum Salitrero, sino en que la ley N° 5.350 que creó la COVENSA y que nunca nadie ha calificado de contrato-ley. Lo que ha ocurrido es que, en virtud de haberse refundido ambas disposiciones en una ley específica llamada del Salitre, quedaron colocadas conjuntamente las disposiciones del Referéndum Salitrero con las de la ley N° 5.350, razón que quieren argüir los que pretenden mantener un representante de la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo en el Directorio del Banco Central. Por estas razones, creemos, y así lo entendió la Comisión de la cual soy Diputado informante, casi por la unanimidad de sus miembros, que ni la disposición del artículo 88 del decreto con fuerza de ley N° 486, de 1925, ni la disposición contenida en la ley N° 5.350 y, posteriormente, en la N° 12.033, tienen el carácter de contrato-ley. En consecuencia, no obligan al Estado chileno a la mantención de los respectivos representantes en el Directorio del Banco Central.
Concedo una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Silva.
El señor SILVA ULLOA.-
Quisiera que el Honorable señor Maira nos informe en que precepto de la Constitución está definido el contrato-ley, porque yo, dentro de los medios que he tenido a mi alcance para analizar los estudios realizados por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, he llegado a la conclusión de que, constitucionalmente, no existe la institución del contrato-ley, el cual, si existiera, limitaría la soberanía del país. De tal manera que, como jamás ha estado enajenada la soberanía del país, sea cual fuere el Gobierno que hayamos tenido, indudablemente, a mi juicio, no existe la institución denominada contrato-ley.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor MAIRA.-
Simplemente, quiero contestar la pregunta formulada por el Honorable colega señor Silva Ulloa.
La verdad es que en el texto constitucional vigente, no hay disposición alguna que mencione el contrato-ley. De ahí que cuando este concepto fue planteado en la discusión parlamentaria y en los avenimientos y convenios que el Poder Ejecutivo celebró con algunos sectores particulares, fue objeto de una vasta y apasionada discusión. Finalmente, los que sostienen la posibilidad, ya que no la existencia, frente al silencio de la disposición constitucional, para reglamentar estos contratos-leyes, dieron forma a algunos proyectos concretos, convertidos posteriormente en leyes que, de esta manera, quedaron bajo la interpretación de los tribunales de justicia.
En consecuencia, lo que importa hoy y este fue el criterio de la Comisión más que la opinión de un parlamentario o de un publicista, sobre la existencia o inexistencia del contrato-ley, discusión que tiene que ser renovada en cada debate parlamentario en que se haga alusión a esta materia, es saber de que manera interpretan hoy día los tribunales chilenos las disposiciones aprobadas bajo la denominación de contratos-leyes.
Ese es el problema.
Un señor DIPUTADO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor MAIRA.-
Al término de mis observaciones, podré concedérsela, Honorable colega.
Lo que tuvimos en cuenta en la Comisión no fue tanto el concepto ni la discusión doctrinaria del asunto, materia que comprendía, claramente, a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Honorable Cámara, la cual podría emitir un pronunciamiento, sino, simplemente el funcionamiento concreto de algunos textos legales que tienen hoy las características y denominación de contratos-leyes.
¿Qué ha pasado? Que cuando se llevó a tribunales la discusión de esta materia, hubo jurisprudencia, de una serie de fallos de la Corte de Apelaciones, que no tengo aquí; pero cuya individualización podría proporcionar más adelante, en el sentido de declarar la inexistencia de estos contratos leyes, sustentando la doctrina a que Su Señoría aludía anteriormente, en el sentido de que la soberanía del Estado chileno jamás podrá ser empeñada por autoridad pública alguna.
Por consiguiente, existiría incapacidad de parte del Estado para celebrar contratos leyes. Esta fue la primera doctrina.
Posteriormente, Honorable señor Silva Ulloa, se ha venido sustentando, y casi en forma reinterada, que nos permite hablar de una jurisprudencia en esta materia por parte de la Corte Suprema, la doctrina contraria. Es decir, se acepta la existencia de los contratos leyes en la legislación chilena, estimando que existe un vacío en la Constitución Política que puede ser llenado a la luz de los convenios celebrados entre el Estado chileno y un sector de carácter particular. De manera que nos encontramos, evidentemente, ante el hecho concreto del reconocimiento de la existencia de los Contratos-leyes por parte del más alto Tribunal de la República.
Ante esta situación concreta, ¿qué le corresponde hacer al Parlamento? Estudiar la situación legal y desecharla si es posible, para impedir la posibilidad de que mañana sectores interesados quieran ampararse en una disposición legal incumplida, para pretender mantener uno o más directores en el Directorio del Banco Central, cosa que manifiestamente, a la luz del texto que he analizado, no puede ser aceptado y sostenido.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Ha terminado, señor Diputado?
El señor MAIRA.-
Concedo una interrupción al Honorable señor RIOSECO.-
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede usar del a palabra el Honorable Diputado.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, bien ha hecho el Honorable Diputado informante, señor Maira, al expresar aquí que hubo unanimidad en la Comisión de Hacienda sobre las materias y las ideas, que él ha explicado en la forma que lo hizo. La verdad de las cosas es que nosotros manifestamos en esta Comisión que compartíamos plenamente las ideas expresadas por el Ejecutivo, en orden a devolver al Estado la plenitud de sus derechos y atribuciones en cuanto a la fijación de la política monetaria, bancaria y crediticia. Y que estimábamos, en términos generales, que las ideas allí expresadas nos parecían convenientes. No obstante, agregamos que considerábamos que el texto de la disposición legal que vamos a votar en estos instantes, no nos da la seguridad de que así se procederá por el Ejecutivo. Y argumentábamos diciendo que un proyecto de ley que considera aquella idea sería rápidamente despachado, no sólo por la Comisión de Hacienda, sino por los dos ramas del Congreso Nacional.
De manera que, en la Comisión compartimos unánimamente las ideas del Ejecutivo en esta materia e hicimos presente nuestro deseo de verlas traducidas en un proyecto de ley concreto, porque, precisamente, tememos que el decreto con fuerza de ley respectivo pueda no contener la totalidad de las ideas que tan claramente ha expresado el Honorable señor Maira en la Cámara.
Compartimos también el criterio, y esto ya fue resuelto por el Congreso al aprobar un informe de las Comisiones Mixtas, de que no existía contrato ley en materia de Banco Central y, por lo tanto, simplemente solicitábamos del Ejecutivo que esta materia se desglosase y fuese enviada en forma de un proyecto de ley, que sería rápidamente aprobado y despachado por el Congreso Nacional.
Nada más.
Muchas gracias, Honorable señor MAIRA.-
El señor CADEMARTORI.-
.- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor De la Fuente; a continuación, el Honorable señor Cademártori.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, el artículo 3° se relaciona, íntegramente, con el Banco Central.
La Comisión Kemmerer al recomendar la creación del Banco Central de Chile, estableció la inconveniencia de que los Ministros de Estado fueran Presidentes de ese organismo, práctica, que más tarde se perdió con el decreto con fuerza de ley de agosto de 1935 y con el D. F. L. N° 247, en los cuales se eliminó esta inconveniencia ; la razón de ella era limitar la emisión .de billetes, que el Gobierno en un momento dado podía ordenar, impidiendo el control de la inflación, y el conocimiento exacto del estado de la Caja fiscal.
El proyecto que nos ocupa, después de convertido en ley, permitirá al Ejecutivo modificar, no sólo la estructura orgánica del Banco Central, sino la esencia de sus funciones y su definición institucional.
El Banco Central no es, actualmente, una institución fiscal, sino de carácter autónomo y fue creado por la ley. Su capital ha sido suscrito por el Fisco, los Bancos particulares, los Bancos extranjeros y las personas naturales, y se encuentra dividido en acciones de las clases "A", "B", "C" y "D".
Al adquirir el Fisco las acciones de las clases "B' "C" y "D", el Banco Central pasa a ser, de hecho, una institución fiscal.
El Directorio dependerá totalmente de la voluntad del Ejecutivo, con lo cual se perderá el equilibrio que existía entre el Fisco, los bancos y los particulares, quedando las emisiones a merced del Ejecutivo, con el inmenso peligro que ello significa.
Es tan peligroso entregar el Banco Central a la sola tuición del Estado, como sería de perjudicial entregarlo a la de los de particulares.
Bajo el control del Estado se sigue una vía peligrosa, en esta materia, para la economía nacional. Sabemos que, en la vida económica de un país, pocas cosas son más delicadas que los mecanismos que permiten la elaboración del dinero, porque los errores y las demasías, pueden acarrear consecuencias fatales, no sólo para los intereses generales del país, sino para los haberes de quienes trabajan en la confianza de que dichos mecanismos se manejan con seriedad. La pérdida de confianza que produciría un Banco Central bajo el poder absoluto del Estado sería razón suficiente para aventar los capitales. El inversionista fundamenta su confianza en dos factores; en la solidez misma de las empresas o de los negocios en que coloca los ahorros, y en el ambiente general de seguridad que observa para sus colocaciones.
La Bolsa de Comercio, durante todo este año, ha estado de baja, el factor de mayor importancia en ese proceso es la incertidumbre por la futura política del Ejecutivo. No hay duda de que el país está detenido en todo orden de cosas.
Se sabe, en líneas generales, que se efectuarán cambios o reformas básicas en la agricultura y en la tenencia de la tierra. También sabemos que se harán otras en el sistema laboral, el que será substituido por disposiciones que estimulen y otorguen más derechos a los trabajadores. Además, que muchas de las franquicias hoy existentes en materias aduaneras e impositivas serán revisadas. Lo que no se sabe y no se esclarece definitivamente es el alcance y la forma en que se realizarán estas innovaciones y, por lo tanto, la situación en que, ante ellas, quedarán los negocios y las empresas.
La banca privada desaparece en virtud de la letra C del artículo 3° en discusión, pues se autoriza al Presidente de la República para dictar disposiciones que se relacionen con la organización y funcionamiento, garantías que deban rendir, procedimientos a que deban ceñirse y capital en que deban constituirse y funcionar los bancos, como asimismo para reguiar y fijar las operaciones, créditos, descuentos, redescuentos, depósitos, sus plazos y tasas de interés; colocaciones, inversiones y encajes que puedan realizar o deban mantener dichas entidades. Al mismo tiempo, podrá establecer sistemas de créditos especiales, destinados al fomento de las actividades productivas del país.
Los Gobiernos no siempre actúan con acierto en las actividades de carácter económico-financiero. No siempre los Mandatarios actúan por el camino de la rectitud, y esta ley no es sólo para este Gobierno, sino también para los futuros.
Los errores del Estado, al dirigir el crédito de los bancos particulares por un camino determinado pero, que no es el más acertado, repercuten directamente en ellos, con perjuicio evidente para los accionistas y los clientes. Por este camino disminuyen los depósitos, los accionistas venden sus títulos, y se liquidan estas instituciones.
No es posible que el Estado pretenda disponer de fondos particulares, para hacer operaciones no siempre convenientes.
Las facultades en discusión dan tanto poder al Ejecutivo sobre los bancos particulares que, en la práctica, el crédito sólo será otorgado por el Estado, con las injusticias y atropellos que siempre resultan en el sistema único estatal.
La letra d) del artículo 3° Autoriza al Presidente de la República para modificar la ley Orgánica del Banco Central, a fin de que el Fisco pueda adquirir la totalidad de las acciones de ese Banco, que ahora no le pertenecen, pero no se indica con que fondos se hará esa operación, en qué condiciones se pagará su precio y si se respetará la voluntad de sus actuales dueños, en caso que no deseen venderlas.
Se le autoriza, también, para establecer un nuevo órgano directivo del Banco Central y para señalar sus atribuciones, pero sin determinar la forma de su composición, que asegure la eficiencia de ese organismo, a cuyo cargo quedará la orientación de la política monetaria y crediticia del país, le autoriza, al mismo tiempo, para modificar las actuales leyes de carácter monetario y crediticio.
Además, se autoriza al Presidente de la República para determinar las facultades del Banco Central, referentes a control cualitativo y cuantitativo del crédito bancario, tasas de interés, comisiones y encajes, pero sin indicarse los principios que deberán observarse en tan delicadas materias, de las cuales depende la vida económica del país.
Por último, se le autoriza para modificar las actuales leyes sobre obligaciones en oro y en moneda extranjera, pero sin precisarse en qué y con qué alcance podrán hacerse esas modificaciones.
Señor Presidente, por estas razones votaremos en contra de este artículo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cademártori.
El señor CADEMARTORI.-
Señor Presidente, en el artículo 3° del proyecto en discusión se otorgan facultades al Presidente de la República para crear nuevos organismos destinados a formular, aplicar y fiscalizar la política monetaria, para fijar el concepto de las operaciones de cambios internacionales, y para dictar disposiciones que se relacionan con la organización y funcionamiento, y con las garantías que deban rendir los Bancos, instituciones y empresas actualmente sometidos a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos. Asimismo, se le faculta para adquirir por el Fisco o por el Banco Central de Chile las acciones de las clases "B", "C" y "D" del capital de dicho Banco.
Por lo tanto, en el artículo 3° del proyecto se entregan al Presidente de la República todas las atribuciones necesarias para legislar en materia de régimen cambiarlo, monetario y crediticio.
Al respecto, desde hace mucho tiempo, los Diputados comunistas hemos venido planteando nuestros puntos de vista acerca de lo que debe ser una política financiera, cambiaría .y monetaria, que sea consecuente con las grandes transformaciones que Chile necesita para su progreso económico y social. Hemos señalado que se impone una reforma del Banco Central para que se eliminen, de una vez por todas, los poderosos grupos económicos y financieros que dominan la actividad privada del país y que tienen representantes en el Directorio de esta institución, elegidos por los organismos patronales.
Asimismo, hemos planteado que ese organismo no puede seguir siendo como lo es en la actualidad, en gran parte, un Banco exclusivo ya que, a través de las llamadas operaciones con el público, otorga, con toda liberalidad, los más grandes créditos a los que tienen acceso a él, por sus influencias políticas o sociales.
También hemos criticado el hecho de que se haya concentrado en un Comité Ejecutivo, formado por el Presidente, el Vicepresidente y el Gerente General, o sea, en tres funcionarios prácticamente, un poder ilimitado para dirigir toda la política cambiaría y de comercio exterior, a pesar de que ello pudo haberse hecho, siquiera, en el Directorio del Banco. Esto hace que, en la práctica, sea este Comité tripartito el que dispense el favor de otorgar los permisos de importación. O sea, de la noche a la mañana, hacer millonarios o arruinar a determinados empresarios, como ya ha sucedido en más de una oportunidad.
Además, hemos criticado el hecho de que, a pesar de existir, desde hace mucho tiempo, un organismo fiscalízador del sistema bancario privado, radicado en la Superintendencia de Bancos, éste, en la práctica, haya estado siempre confabulado con los intereses de los bancos particulares, pues ha negado muchas veces, informaciones oficiales requeridas por el Congreso Nacional para conocer las operaciones realizadas por dichos Bancos, asilándose en aquellas disposiciones que hablan del secreto de las informaciones. Por lo demás, se ha amparado, muchas veces, abiertas transgresiones a las leyes del país, cometidas por los Bancos particulares. Ello sucedió, durante el régimen pasado, en que, tanto la Superintendencia de Bancos como el Gobierno anterior, patrocinaron dejar sin efecto fuertes multas aplicadas a esas entidades. De esa manera, naturalmente, se las favoreció en sumas fabulosas.
Hemos criticado, finalmente, el hecho de que el sistema bancario privado chileno es una suerte de castillo, desde donde los más poderosos clanes económicos nacionales, dirigen, controlan y aprovechan gran parte de la vida económica del país.
Tengo a la mano y deseo citar algunos antecedentes que, respecto de esta materia, consigna el profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, señor Ricardo Lagos, en su obra "La Concentración del Poder Económico". En este libro se proporcionan algunos datos de gran interés. Por ejemplo, se establece que en el país existen 28 Bancos, entre nacionales y extranjeros, sin considerar al Banco del Estado y al Banco Central de Chile. El total del capital y reservas de estas 28 instituciones, alcanzaba, en esa fecha, a la suma de 35 millones de escudos, y una sola de ellas, el Banco de Chile, controla el 42,8% de esos capitales. Siete, de los veintiocho Bancos Banco de Chile, Español, Edwards, Continental, de Crédito e Inversiones, Sudamericano y Osorno y La Unión, poseen, en conjunto, el 74% del total de los capitales bancarios. Otro tanto se observa en los depósitos. Si por encima de este aparente número relativamente elevado de instituciones bancarias, está el poderío de siete de ellas, y dentro de éstas, especialmente el de una, el Banco de Chile, podemos hablar de un verdadero monopolio de la actividad financiera.
Pero esto no es todo. Como los grandes Bancos están vinculados, a través de muchos lazos, a las sociedades anónimas y a las actividades industriales, mineras y agrícolas, sus Directores ejercen un control absoluto sobre gran parte de la vida económica de la Nación, como lo demuestra el siguiente ejemplo tomado del libro que acabo de citar.
El Gerente General del Banco de Chile, figura como Director de siete sociedades anónimas: Manufactura de Cobre (MADECO), Textil "Progreso", Textil "Viña", Saavedra Benard, Yarur, Compañía Naviera "Arauco" y Compañía de Seguros de Vida "Sudamericana". El Gerente del Banco Sudamericano en Santiago, es Director de seis importantes sociedades
con asiento en esta ciudad. El Fiscal del Banco es, a la vez, Director de siete grandes industrias nacionales. El Banco de Chile, a través de sus acciones, ejerce control sobre 45 grandes empresas, con un capital, en conjunto, equivalente al 17% del invertido en sociedades anónimas. A este grupo se agregan otras 29 grandes empresas y sociedades, anónimas, en las cuales el Banco de Chile también ejerce influencia directa. Estas últimas, a la fecha de este estudio, tenían un capital de 134 millones de escudos. O sea, que el solo Banco de Chile controla el 35% del capital de todas las sociedades anónimas del país.
Lo mismo es posible decir del Banco Edwards, del de Punta Arenas y del Banco Nacional del Trabajo, que siendo relativamente nuevo ha demostrado sus apetitos, ya que controla o influye en 35 sociedades anónimas, con una capital de 58 millones de escudos, es decir el 8% del total invertido en sociedades anónimas del país.
Verdaderamente, los Bancos privados chilenos realizan una actividad especulativa y parasitaria. No crean riquezas y se aprovechan de una parte de la Renta Nacional, cada vez más alta, por los elevados intereses que cobran en las operaciones de crédito.
Los Bancos privados constituyen por ahora una palanca poderosa de concentración y monopolización de la economía nacional, y no podrá haber en Chile una verdadera revolución que signifique acabar con las influencias de poder de los grupos de presión, mientras no se meta en cintura al sistema bancario.
Ahora bien, ¿cuáles de estas cosas tienen aplicación en el artículo en debate? Ninguna.
Durante la campaña presidencial, la Democracia Cristiana hizo en su Libro Azul algunos planteamientos sobre reforma bancaria. Uno de ellos, recuerdo, sostenía que era indispensable modificar
la composición de los directorios de los Bancos privados, a fin de dar representación a los tenedores de cuentas corrientes, que son los usuarios del crédito. De este modo los cientos de miles de clientes ejercerían una influencia democrática en los Bancos, impidiendo lo que sucede hoy: que la mayor parte de las colocaciones estuviera concentrada en un reducido número de privilegiados.
Pero, ¿qué hay de esta reforma propuesta por la Democracia Cristiana en su programa presidencial? Nada que haga pensar que se va a realizar en una mínima parte.
Los Diputados comunistas somos partidarios de que esta materia sea debatida en el Congreso Nacional, a fin de que, a través de la representación legítima de todos los sectores, se establezca una legislación que ponga fin a los odiosos abusos del actual sistema bancario. Pero no aceptamos que por medio de un proyecto de amplias facultades extraordinarias, concretamente por su artículo 3°, se deje en manos del Presidente de la República la posibilidad de introducir algunas modificaciones que, evidentemente, por su alcance, no llegarán, en ningún caso, a tocar a fondo el problema. Pero aún así estaríamos dispuestos a apoyarlo, siempre y cuando fuera propuesto en un proyecto de ley, separadamente.
Como por el momento desconfiamos de que el Gobierno asuma el compromiso, que voluntariamente se impuso, de atacar a fondo a los grupos económicamente poderosos del país, votaremos en contra del artículo 3°.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Maira, Diputado informante.
El señor MAIRA.-
Simplemente para aclarar un alcance de la intervención del Honorable señor De la Fuente.
Realmente no sé en qué fundamenta su tesis de que el Banco Central de Chile sería un organismo mixto, compuesto simultáneamente, en su participación y esencia, por sectores bancarios particulares, nacionales y extranjeros. Al respecto, voy a invocar algunos antecedentes que la Comisión tuvo en cuenta y que descartan esta afirmación. Con motivo del proyecto que dio origen a la ley N° 8.707, hoy derogada, sobre Consejerías Parlamentarias, hubo un debate sobre la materia, que es conveniente revisar. Cuando se solicitó por el Parlamento, en consulta, la nómina de las instituciones que podían quedar dentro del concepto amplio de "instituciones públicas", se sostuvo que en este concepto general no quedaba involucrado el Banco Central.
Luego, en el debate parlamentario que hubo en aquella oportunidad, cuyos argumentos fueron contundentes y claros, se estableció la inconsistencia de la tesis y se esclareció, de manera definitiva, el carácter de organismo público que, por su interés social, lleva envuelto cualquier Banco Central, de cualquier país del mundo, para el manejo y control de sus finanzas.
Nada más, señor Presidente.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, en mi intervención nunca he dicho que el Banco Central es una institución mixta, sino autónoma, creada por ley. Tal vez me entendió mal el señor Diputado informante.
Señor Presidente, me voy a permitir leer una nota que acabo de recibir, y que dice: "Don Gabriel de la Fuente: Hemos sabido que durante la sesión el DiputadoSantiago Pereira habría manifestado que la ANEF había aceptado las leyes normativas, lo que es de falsedad absoluta.
Al saber esto en nuestra reunión, nos hemos venido al Parlamento y le rogamos, si se puede, ponga las cosas en su lugar, dando lectura a nuestra declaración oficial que le acompañamos. Saluda atentamente a Ud. Azarías Herrera, Vicepresidente; Alvaro Vilamondos E., Secretario General Subrogante."
He concedido una interrupción al Honorable señor Carlos Morales.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Ruego a Sus Señorías guardar silencio!
Con la venia del Honorable señor De la Fuente, tiene la palabra el Honorable señor Carlos Morales.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, la nota que acaba de leer el Honorable señor De la Fuente confirma lo que sostuve denantes en mi intervención sobre el foro a que fuimos invitados por la directiva del importante gremio de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, en el cual ninguno de los representantes fiscales declaró estar de acuerdo con el proyecto de facultades extraordinarias.
Si fuimos invitados al foro, es porque estaban preocupados por el texto del proyecto en examen. Ahí está el testimonio de los Honorables señores Olave y Godoy Urrutia, que también asistieron a la reunión.
Me alegro de haber escuchado la lectura del documento, porque deja las cosas en su lugar y confirma lo que sostuve hace un momento.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable señor DE LA FUENTE.-
El señor DE LA FUENTE.-
He terminado, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 3° con la indicación de la Comisión de Hacienda.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 20 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo 3° con la indicación.
En discusión el artículo 4°.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, la facultad que se otorga por el artículo 4° permite al Ejecutivo crear organismos, implantar modalidades de créditos, regular el establecimiento de centrales de compra y dictar normas sobre política de fomento y crédito en las Cooperativas.
Como la facultad para crear organismos o servicios adecuados a los fines de fomento, organización y desarrollo de las cooperativas, no limita la atribución que se da al Ejecutivo, ya que se generaliza, es posible afectar la buena marcha de las cooperativas fiscales, semifiscales o particulares.
Por este camino, el Gobierno puede intervenir en cooperativas particulares, de consumo o producción en buen pie económico, a satisfacción de los cooperados y obligarlas a desarrollar actividades inconvenientes para la buena marcha; puede incluso fusionarlas, lo que no es siempre conveniente hacer.
Un Gobierno arbitrario podría hacer de cada dirección un núcleo afecto íntegramente al Ejecutivo, con fines político-electorales, aprovechando los derechos de particulares, pudiendo en estas condiciones dominar la totalidad del agro y, por el mismo camino, el comercio y la industria.
Por la facultad que le concede el inciso tercero de este artículo 4°, el Ejecutivo podrá adoptar medidas directas o indirectas para regular el comercio, pudiendo asociarlo, o, mejor dicho, cooperarlo a precio fijo. Se establecerán, a corto plazo, precios políticos, lo que provocará más tarde escasez; se fijarán nuevos valores, generalmente prohibitivos, como resultado del sistema intervencionista aplicado.
La falta de la libre competencia, con regulación moderada por el Estado, lleva siempre el desastre económico.
Por las razones mencionadas, los Diputados liberales votaremos en contra del artículo 4°.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, no deseaba intervenir en la discusión de este artículo, en atención al largo debate desarrollado en torno del proyecto, para no cansar la atención de la Sala y, además, porque pensaba que la disposición contenida en el artículo 4° se explicaba por sí misma y no requería mayor comentario.
Pero las palabras pronunciadas por mi Honorable colega señor De la Fuente, que revelan algunos temores de su parte, me inducen a dar a conocer a la Honorable Cámara los antecedentes, los cuadros generales y las estadísticas que tuvo a su alcance la Comisión de Hacienda, cuando discutió este artículo 4°.
De acuerdo con las informaciones proporcionadas por representantes del Departamento de Cooperativas del Ministerio de Hacienda, y también por el Vicepresidente de la Empresa de Comercio Agrícola, que tanta ingerencia tienen en esta materia, la idea básica en este asunto, que es de orden técnico y no tienen ningún alcance político, es obtener la creación de lo que se denominará Instituto Nacional de la Cooperación. Este organismo, que sucederá al actual Departamento de Cooperativas, será una persona jurídica de derecho público, autónoma del Estado, de duración indefinida, con patrimonio propio y con plena capacidad para adquirir y ejercer derechos y contraer obligaciones.
Ellos analizaron en forma exhaustiva no sólo el aspecto legal, sino la aplicación del decreto con fuerza de ley N° 326, dictado también en virtud de la delegación de facultades conferida de acuerdo con la ley N° 13.305, de 6 de abril de 1959. Según lo explicaron, en primer término, presenta el inconveniente que entrega el control y la promoción de cooperativas a un departamento con escaso presupuesto, con poca dotación de personal, con financiamiento limitado y con pequeñas posibilidades de realizar cualquier programa nacional de difusión y de fomento de las cooperativas.
En segundo lugar, como consecuencia de lo anterior, no está en condiciones de fiscalizar el funcionamiento actual de las cooperativas. Esto ha permitido que muchas instituciones organizadas dentro de la estructura capitalista, como sociedades anónimas, sorpresivamente se transformen sin que de hecho lo sean en cooperativas y se acojan a sus franquicias, distorsionando el espíritu con que el legislador estableció beneficios en favor de las cooperativas...
El señor MILLAS.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor MAIRA.-
Con todo gusto, Honorable Diputado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, desearía consultar al Honorable señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda cuál es el criterio con que se han considerado, de acuerdo con las ideas que han servido de base para la redacción de este artículo, dos asuntos fundamentales relativos a las cooperativas. Respecto a ellas, el proyecto concede facultades al Presidente de la República para la dictación de las normas correspondientes. En primer lugar, se trata de garantizar el funcionamiento democrático de las cooperativas y el derecho de los cooperados a los bienes adquiridos por ellos.
En la actualidad, las cooperativas se encuentran sujetas a arbitrariedades. Recientemente, por ejemplo, se ha dictado un decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que disuelve la Cooperaiva de Edificación y Vivienda del personal de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, en circunstancias que aquélla había adquirido un terreno, en el cual los cooperados han levantado mejoras. Estaba por efectuarse la urbanización, ya que se había depositado el dinero para proceder a la instalación eléctrica y a la del agua potable. Pues bien, se interrumpió todo este proceso. Se designó una Junta Liquidadora y los cooperados no pueden resarcirse de nada, porque el predio no se puede dividir, ya que eso es contrario a la ley, porque no está urbanizado. Por otra parte, tampoco puede subsistir la cooperativa. ¿En qué medida se pueden garantizar los derechos de lo cooperados? He citado simplemente un ejemplo.
En segundo lugar, existe un grave problema, que conocemos por lo que sucede en algunos sectores populares, en el Tercer Distrito de Santiago, por ejemplo, pero que tiene alcances nacionales. Me refiero al hecho de que se designa en las cooperativas, con cargo a sus propios recursos, un interventor del Departamento de Cooperativas. Y esta anomalía no sólo se observa en el actual Gobierno, sino que también la hemos comprobado durante la Administración anterior. Por algo se están aplicando disposiciones legales vigentes.
El interventor se fija una excelente remuneración, arrienda una oficina en el centro, contrata a una secretaria con buena renta y un contador con sueldo elevado. Todos los recursos de la cooperativa se dedican a pagar a esa secretaria, al contador, al interventor, el arriendo de la oficina, el teléfono, etcétera. Y esto ocurre durante largo tiempo, gravando los fondos de la cooperativa. Por esta causa, en innumerables casos, ha habido cooperativas que no han tenido "viabilidad" para resolver sus problemas.
Desearía saber qué medidas se piensan adoptar en relación con estos aspectos del problema, y para garantizar los recursos de los cooperados.
Los parlamentarios comunistas las estimamos indispensables. No creemos que con tal objeto deban otorgarse facultades extraordinarias al Ejecutivo. Estimamos, sí, que pueden contemplarse disposiciones concretas en ese sentido, en un proyecto de ley. Pero, como seguramente habrá mayoría en la Cámara para aprobar el artículo en discusión, nos parece de extraordinaria importancia que se fije un criterio sobre las materias a que me he referido.
Muchas gracias, Honorable colega.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable Diputado informante.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, con el mayor agrado daré la información correspondiente sobre el problema planteado por el Honorable señor MILLAS.-
La dificultad que ha hecho presente Su Señoría, tiene una causa perfectamente clara. El decreto con fuerza de ley vigente, que regula el funcionamiento de las cooperativas existentes en el país, crea aparente contradicción entre el interés de las diversas cooperativas y el Gobierno. Además, el movimiento y, más que nada, la fiscalización de los diversos tipos de cooperativas que hay en el país, están entregadas a la autoridad administrativa, que carece de personal debidamente especializado y no tiene posibilidades de intervenir directamente en estas materias. Por estas razones, termina delegando sus atribuciones en un interventor, como en el caso que ha citado el Honorable señor Millas, y en otros que conozco personalmente. Muchas veces, aquél no pertenece a la planta permanente del Departamento de Cooperativas.
La idea que se plantea aquí, a la cual comenzaba a referirme cuando el Honorable colega me pidió la interrupción, consiste en la creación de una persona jurídica de derecho público, un organismo autónomo, que se denominará Instituto Nacional de la Cooperación. Este tendrá un Consejo, integrado, por una parte, por los representantes del Instituto Chileno de Cooperativas, que realiza una importante labor, pero que no está reconocido legalmente en la actualidad; y, por otra parte, por representantes de las organizaciones cooperativas nacionales de cada uno de los tipos de cooperativas existentes, es decir, de las de consumo, construcción, producción agrícola, etcétera.
En consecuencia, en el manejo y fijación de la política y en la fiscalización de que serán objeto las cooperativas en el futuro, no sólo participarán las autoridades de Gobierno, que ahora se declaran directamente interesadas en promover la organización cooperativa en Chile; no sólo intervendrán los funcionarios del Departamento de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sino también los cooperados de cada una de las diferentes clases de cooperativas. Esta es una síntesis del problema.
Desgraciadamente, no puedo referirme en detalle a cada una de las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 326 que se modificarán. A la Comisión le entregaron un memorándum bastante extenso sobre el particular.
Pero, para asegurar la constitución democrática de las cooperativas y su adecuada fiscalización, es fundamental la participación activa de los cooperados, del pueblo. Además, las autoridades deben reconocer la legitimidad de sus organizaciones y demostrar que están interesadas en promover el desarrollo cooperativo en Chile.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor MAIRA.-
Con mucho gusto.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, quiero recalcar un hecho, en relación con lo que acaba de decir el Honorable señor Diputado informante.
Actualmente, el movimiento cooperativo se rige por el R.R.A. 20, que modificó el decreto con fuerza de ley N° 326. No podemos decir que sea una legislación perfecta ni mucho menos, pues contiene innumerables vacíos y graves deficiencias, que no pueden enmendarse con las normas vigentes ni con las actuales atribuciones que tiene el Ejecutivo.
El artículo en discusión da una respuesta clara y precisa a la consulta que formulara el Honorable señor Millas.
Así como no podemos decir que la legislación sobre esta materia es perfecta, tampoco podemos afirmar que es mala. Sin embargo, no puede aplicarse en su totalidad por la razón que el señor Diputado anotaba: el mecanismo administrativo es incapaz de utilizar las posibilidades de expansión del movimiento cooperativo que da el R.R.A. 20, pues el Departamento del ramo, es de tercer o cuarto orden jerárquico. Depende de la Dirección de Industria y Comercio, la cual, a su vez, está supeditada al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
¿De qué se trata, entonces? De levantar el movimiento cooperativo al más alto nivel administrativo, para sacarlo de la tuición a que actualmente está sometido y respetar así el sentido doctrinario del sistema cooperativo. Esto se logra, precisamente, centralizando, en este Instituto Nacional de la Cooperación, que se propone crear el Ejecutivo de acuerdo con la facultad que se le concede en el artículo 4° de este proyecto de ley, la ayuda y financiamiento que otorgue el Gobierno para el desarrollo y expansión del movimiento cooperativo. Además, se consigue ese propósito dándoles representación en él a las masas populares, que son, normalmente, las que se agrupan en cooperativas.
De no aprobarse este artículo, el Gobierno del Presidente Freí no podría estimular la expansión del movimiento cooperativo, que es el instrumento más eficaz para que el pueblo mismo participe en plenitud en la tarea de cambiar las estructuras caducas del capitalismo, sustituyéndolas por otras en las que las metas no sean el lucro y el privilegio para unos pocos, sino el servicio a la comunidad.
El cooperativismo de ahorro y crédito, el de consumo, el de edificación, el de servicios, las cooperativas agrícolas, etc., son caminos precisos, son cauces reales, son formas concretas para que el pueblo mismo modele, con sus propias manos, la cara de un Chile nuevo, que sea obra del esfuerzo de la comunidad entera; Patria nueva donde la justicia, el bienestar, la alegría y la paz sean el fruto del esfuerzo de todo el pueblo. Sólo dando un impulso decisivo y profundo al cooperativismo como entre nosotros, así como ha sucedido en otros países del mundo, forjaremos la palanca maestra para que cada chileno, en especial cada hombre y cada mujer de nuestro pueblo, compruebe que Chile se construye con su esfuerzo y se sienta así plenamente incorporado y debidamente considerado en tan dignificadora tarea.
El cooperativismo cumple, pues, en esta forma, su triple función esencial: económica, social y educacional. Los hombres y mujeres de nuestro pueblo así lo han entendido. Ahí está la razón por qué el movimiento cooperativo, cada día con mayor intensidad y entusiasmo, recibe en nuestra Patria la adhesión masiva de todos los sectores populares.
Finalmente, el Honorable señor Millas preguntaba qué había sucedido con la Cooperativa de Edificación y Vivienda del personal de la Empresa de Transportes Colectivos.
Es efectivo que se dictó un decreto de liquidación, porque se comprobó fehacientemente, que se habían cometido numerosas irregularidades en dicha cooperativa, irregularidades que perjudican de manera muy grave a los socios que han puesto su dinero y su buena fe en esa cooperativa. No quedaba otro camino, de acuerdo con las actuales disposiciones legales, que dictar el referido decreto de liquidación.
Esta es la explicación que quería dar a mi Honorable colega.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, quiero referirme exclusivamente...
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado?
Me advierte el señor Secretario que ha terminado el tiempo del Comité Socialista.
Ofrezco la palabra.
El señor PALESTRO.-
Por eso, primero había solicitado una interrupción, señor Presidente.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MAIRA.-
Respecto a la interrupción que solicita el Honorable señor Palestro, se la concedo si desea referirse a la materia que está en discusión.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Palestro
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, lo que se ha dicho respecto de la disolución de la Cooperativa de ||AMPERSAND||quot;la ETCE" no es efectivo.
La verdad es que el Honorable señor Valenzuela Valderrama no está, al parecer, al tanto del problema. En los propios considerandos del decreto de disolución de esa cooperativa se establece que se acogió la información proporcionada por algunas personas respecto a esas supuestas irregularidades cometidas por el Consejo de la Cooperativa de la ETCE. Tanto es así que el propio señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción con quien nos entrevistamos en compañía de los Senadores señores Aniceto Rodríguez y Volodia Teitelboim, más la directiva de la antigua cooperativa, nos manifestó su total ignorancia con respecto a los fundamentos de ese decreto que él firmó. Quedamos conformes con la explicación que nos dio, en el sentido de que no podía estar haciendo la "autopsia", mirando con rayos X los decretos, los cuales, naturalmente, les son entregados para su firma por los funcionarios del Ministerio.
Ahora, con respecto a las supuestas irregularidades ocurridas en esa cooperativa, debo decir que también hubo allí un problema político. ¿Para qué soslayar estas cosas?
Quienes dieron la información sobre esas supuestas irregularidades forman un grupo tan pequeño, que no han aceptado jamás realizar una asamblea general de socios de esa cooperativa, porque están en la más absoluta minoría: es el grupo democratacristiano de la ETCE. Ese es el fondo del asunto. El propio señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, como digo, expresa en los considerandos del decreto de disolución, que un grupo de personas, que ni siquiera constituían una mayoría que justificara la petición de tal medida, habían proporcionado informaciones en el sentido de que en el Consejo de la Cooperativa existían irregularidades. Ahora que se ha producido la disolución, la cooperativa ha quedado convertida en una especie de población "callampa" más, porque esa población no tiene agua, alcantarillado, pavimentación, ni alumbrado público, en circunstancias que la Comisión liquidadora tenía facultades para impulsar y llevar a cabo obras que estaban por realizarse por el antiguo Consejo de la disuelta cooperativa de la ETCE.
Pero, quiero dejar bien esclarecido que hubo maniobras de tipo político, como las ha habido en centros de madres, clubes deportivos, asociaciones de fútbol, sindicatos y asociaciones. Se trata, simplemente de una política de "corte" nacional de la Democracia Cristiana, que está dividiendo a los trabajadores en todas sus organizaciones.
Nada más, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable señor MAIRA.-
El señor MAIRA.-
No voy a hacer uso de la palabra, señor Presidente.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, el Honorable colega señor Héctor Valenzuela ha manifestado que la ley actual sobre cooperativas sería buena, que sólo tendría algunos defectos. Su Señoría sabe que, en uso de facultades extraordinarias dadas a anteriores Gobiernos, se dictaron decretos con fuerza de ley que pasaron a constituir la ley actual sobre cooperativas. Estimamos pésima esta ley, y los cooperados también piensan lo mismo.
Ahora bien, con esa ley sucedió lo que siempre ocurre con los decretos con fuerza de ley: que algunos funcionarios administrativos obtuvieron atribuciones exageradas que, en verdad, conspiran contra la buena marcha de las cooperativas.
Cuando se discutió la anterior ley sobre facultades extraordinarias, se formularon las mismos buenos propósitos de ahora: el deseo de fomentar el cooperativismo, de realizar un amplio plan, etcétera. Y resultó una ley que ha permitido aberraciones como la de acusar al Consejo de una cooperativa de haber cometido irregularidades, en vez de intervenir en su funcionamiento y cautelar los intereses de los cooperados, denunciando cualquier presunta irregularidad. Luego, se declara su disolución cuando está a mitad de camino, con el resultado señalado por el Honorable señor Palestro, esto es, que llegará a transformarse en una "población callampa", porque no tiene solución el problema que se ha creado en ella debido a que se ha decretado su disolución antes de que se hayan cumplido sus fines. Eso no era lo que se debió hacer. Entonces, ¿qué garantía tenemos de que ahora se dicte un decreto con fuerza de ley, en uso de esta facultad que está otorgando la Cámara de Diputados, que resuelva favorablemente este problema?
El Honorable señor Héctor Valenzuela Valderrama decía que ésta es la única oportunidad que tiene el Presidente de la República para resolver el problema de las cooperativas. Los comunistas estimamos que la única oportunidad es, justamente, la dictación de una ley positiva, que contenga soluciones democráticas en relación al movimiento del cooperativismo. El Honorable Diputado informante no tenía antecedentes sobre cuáles serán las medidas que se adoptarán en relación con esta materia; sólo conocía la orientación general de la política del Gobierno al respecto.
En estas condiciones, naturalmente no podemos aprobar estas facultades.
He dicho.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 4°.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo 4°.
6.-CAMBIOS EN LAS COMISIONES. SUSPENSIÓN DE LA SESION.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para dar cuenta de algunos cambios en Comisiones.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Acordado,
El señor KAEMPFE (Prosecretario).-
Han sido propuestos los siguientes cambios en las Comisiones que se indican:
En la Comisión de Trabajo y Legislación Social, se propone el reemplazo del señor Robles, por el señor Acevedo
En la Comisión de Agricultura y Colonización, se propone el reemplazo del señor Carvajal, por el señor Rosales
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se aceptarán estos cambios.
Acordado.
Solicito el asentimiento de la Sala para suspender la sesión por una hora.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Se suspendió la sesión.
7.-FACULTADES ESPECIALES AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA DICTAR NORMAS CON FUERZA LEGAL SOBRE MATERIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS, SOCIALES. SEGUNDO TRAMITE REGLAMENTARIO.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Continúa la sesión.
En discusión el artículo 5° del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 20 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 6°.
El señor CADERMATORI.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CADEMARTORI.-
Señor Presidente, el artículo 6° faculta al Presidente de la República para dictar normas sobre la política industrial y comercial del país. En su extenso texto, se pueden distinguir las normas relacionadas con la producción industrial y el comercio interno, con la determinación de costos y precios, con la política de arrendamientos, abastecimientos y registros comerciales, y con el comercio exterior, punto en que lo autoriza para modificar "el régimen de exportaciones y los regímenes de importación vigentes".
En este artículo, la Comisión de Hacienda ha propuesto una modificación que en la práctica significa reemplazar el N° 3 por otro que faculta al Presidente de la República para fijar el régimen de las aquí llamadas "industrias de integración regional". Este es un punto de extraordinaria importancia que, como otros del proyecto, debió haber sido objeto de una legislación separada. Debemos hacer notar que un decreto con fuerza de ley, dictado también en virtud de facultades extraordinarias, le permite al actual Gobierno reglamentar el establecimiento de algunas industrias de armaduría. La experiencia que el país ha tenido con los decretos dictados en esta materia ha sido bastante negativa. La misma existencia de una Comisión investigadora, designada por la Honorable Cámara para verificar las condiciones de funcionamiento de la industria automotriz, demuestra que se ha cometido una serie de irregularidades al amparo ele una legislación dictada, no por el Congreso, sino por el Presidente de la República, en virtud de facultades extraordinarias. Al privar al Parlamento del conocimiento de la materia a que se refiere este nuevo N° 3, se pueden cometer los mismos errores en que se incurrió con anterioridad.
Llama la atención que la facultad para dictar normas sobre las llamadas "industrias de integración regional" abarque prácticamente la totalidad de las principales industrias que el país ha venido reclamando desde hace tiempo, como son la automotriz, la electrónica, la química y la de máquinas y herramientas.
Estas industrias, como recordaba precisamente hace un instante, van a ser sometidas a una investigación en la Honorable Cámara. El Honorable señor Aravena manifestó esta mañana, al constituirse la Comisión Investigadora, sus esperanzas en el sentido de que este Parlamento diera a su Comisión Investigadora la posibilidad de cumplir verdaderamente su cometido, a fin de que sus estudios y conclusiones no quedaran, simplemente, en una mera recomendación, sino que llegaran incluso a concretarse en un proyecto de ley que regulara el funcionamiento y la marcha de estas industrias.
Pedemos ver que el deseo del Honorable colega quedará en nada, porque el Gobierno se reserva, precisamente mediante la facultad que se establece en este número 3° del proyecto, el uso exclusivo de las atribuciones para reglamentar la creación de nuevas industrias.
Las industrias de intergración regional van a gozar, según este articulado, de franquicias aduaneras y de tratamiento tributario excepcional, dentro del cual se comprende naturalmente, la exención o rebaja de tributos, cuyo alcance no está precisado en el proyecto.
El Diputado informante señor Maira decía que él coincidía en apreciar como punto que vulnera las disposiciones del artículo 44 de la Constitución Política del Estado, aquélla que entrega al Presidente de la República autorización para fijar o modificar contribuciones e impuestos. Si hemos de ser consecuente, entonces, con lo que ha planteado el Honorable señor Maira, debemos rechazar la parte de este artículo que establece dichas atribuciones, porque si se trata, precisamente, que de
una vez por todas se lleve a cabo una reforma profunda del régimen tributario, que está lleno de discriminaciones, franquicias y privilegios que amparan la evasión legal de tributos, justo es, entonces, que, definitivamente, la legislación tributaria también se someta a la legislación común, lo cual no podrá ser realidad si, a través de diversas atribuciones y facultades, el Presidente de la República va dictando normas especiales para favorecer a determinadas industrias.
Nosotros también vamos a rechazar este artículo 69 propuesto por el Gobierno, con el objeto de cautelar nuestras atribuciones y de dejar bien en claro la responsabilidad que asume el partido de Gobierno al hacer uso de estas atribuciones, cuyos perjuicios, por la experiencia que tenemos, van a ser evidentes.
El señor ISLA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Isla.
El señor ISLA.-
Señor Presidente, en mi calidad de Vicepresidente de la Corporación, mi propósito era no intervenir en la discusión de este proyecto de ley; pero, después de escuchar las palabras de mi Honorable colega señor Cademártori, creo necesario hacer algunas observaciones sobre estas disposiciones.
La verdad de las cosas es que esta indicación aprobada por la Comisión de Hacienda, que intercala como N° 3 nuevo la disposición a que se ha referido el Honorable señor Cademártori, tuvo su origen en el Parlamento y el Diputado que habla es su autor. Esta iniciativa no tiene alcances meramente regionalistas; es de proyecciones mucho más amplias. Como sabe la Honorable Cámara, un grupo de parlamentarios democratacristianos representantes de provincias estamos empeñados en hacer realidad un sueño que constituye la aspiración de todos los chilenos: industrializar nuestro país. Con el objeto de lograr concretar esta esperanza, presenté, con verdadero interés y agrado a la consideración de la Cámara la indicación señalada; y pedí a varios Honorables colegas que la apoyaran para obtener su aprobación en la Comisión de Hacienda.
Esta indicación reglamenta prácticamente todo lo relacionado con el establecimiento, condiciones y beneficios de las industrias de "integración regional" y en este aspecto concuerdo con lo expresado por el Honorable señor Cademártori, en el sentido de que ella casi se establece con las características de la potestad reglamentaria propia del Presidente de la República, a fin de proporcionar al Primer Mandatario todas las herramientas legales para convertir en realidad a corto plazo ese sueño de todos los chilenos.
En el anterior período parlamentario fui, como les consta a muchos colegas, un tenaz defensor de la existencia de la CORFIAT de Rancagua. En esta última campaña, empeñé mi palabra de que lucharía hasta hacer realidad la industria automotriz de Rancagua y dije que tenía para ello la palabra de S. E. el Presidente de la República. Esta indicación es el medio más eficaz para cristalizar lo que sé no sólo es aspiración de mi provincia, sino también de muchas provincias de Chile y de sus parlamentarios, por lo que no dudo que, por encima de consideraciones partidistas, darán sus votos a esta indicación.
Estos son el objeto, la inspiración, el propósito y el espíritu de esta iniciativa que la Comisión de Hacienda tuvo a bien aprobar; y yo estoy seguro de que todos los parlamentarios de provincias ven con agrado la materialización de ella en el proyecto de ley en debate.
Por eso, también, me asiste la seguridad de que por encima de consideraciones políticas o ideológicas que nos puedan separar, mirando sólo el interés del país porque, en definitiva estas disposiciones lo están defendiendo, muchos Honorables colegas me acompañarán con sus votos a hacer realidad este N° 3 nuevo, que no es una simple indicación legislativa, sino una reglamentación que permite al Presidente de la República, al actual como a cualquier otro después, fomentar la industrialización con la rapidez que la evolución del mundo requiere, y que es lo que a nosotros nos interesa como parlamentarios y como chilenos.
Es todo cuanto quería decir, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, el artículo 6°, en su inciso primero, autoriza al Presidente de la República para modificar la legislación sobre producción nacional, comercio interno, costos, precios, arrendatamientos y abastecimiento; también, para señalar prioridades en la instalación y desarrollo de industrias y establecimientos comerciales; establece estatutos tributarios, régimen de exención, etcétera.
No indica esta disposición cómo operarán estos preceptos, cuáles serán las normas o criterios que se adopten. No se ve un plan claro y definido por seguir. Sólo se advierte una autorización ilimitada e incondicional que se otorga al Presidente de la República.
Fijar tributos por autorización de ley normativa es claramente inconstitucional. El artículo 44 de la Constitución Política del Estado establece que sólo en virtud de una ley se puede imponer contribuciones.
El artículo da la impresión que se desea: el aumento, mejoramiento de calidad y bajo costo de la producción industrial, mediante regímenes de prioridad y goce de franquicias especiales; simplificación y perfeccionamiento de trámites y control, con el objeto de que el consumidor la adquiera aun a menor precio y, al mismo tiempo, en los elementos de mayor consumo popular, se aumente la producción.
Debe estimularse el comercio de exportación mediante franquicias extraordinarias que sean realmente operantes.
"El Mercurio" recordaba hace algún tiempo el auge extraordinario que ha logrado la industria editorial española desde hace un tiempo a esta parte, debido a la franquicia que se le ha otorgado para importar elementos indispensables y a una bonificación especial concedida a las divisas de retorno, lo cual viene a constituir una rebaja de costo de casi el 30%.
La capitalización de la empresa es indispensable. En este punto difiero totalmente con la posición evidenciada por otros partidos políticos representados en esta Cámara.
Una empresa capitalizada está en condiciones de expandir su industria. Produce sin apremio y más barato, por no tener recargos bancarios. Soporta imprevistos, perfecciona, educa y protege a su persona!, lo que se traduce en mayor producción, en industria floreciente y en riqueza para el país.
Se autoriza al Presidente de la República para dictar normas sobre comercio exterior, modificar, permitir e incrementar el régimen de exportación e importación vigente.
Esto, junto a lo expresado anteriormente, son medidas indispensables; pero el Ejecutivo debe perfeccionarlas mediante una ley especial, teniendo presente en ellas que no se puede lograr un mejoramiento sustancial de los índices de productividad si, por otro lado, se aumenta la tributación y los gravámenes que pesan sobre las actividades productoras, muy especialmente sobre las de exportación.
Si se desea competir en el mercado mundial, al margen de los estímulos reales, efectivos y prácticos debe irse al desgravamen, quedando entonces las industrias con posibilidad ele competir en el mercado externo.
Deben otorgarse las facilidades necesarias para que la industria exportadora pueda renovar o adquirir sus máquinas, repuestos, accesorios y materias primas que le sean indispensables.
La exportación debe preocuparnos seriamente y, al mismo tiempo, procurar su diversificación; se le debe dar fuerte impulso para evitar que la economía nacional se vea cada día más extrangulada por la falta de medio para importar mercaderías imprescindibles.
Para esta inmensa gama de problemas se necesita una ley especial. Una ley que se discuta y que durante su debate se atienda a los planteamientos de los productores, comerciantes, industriales, consumidores. En fin, que se dicte una legislación que armonice con el buen fin que se persigue y no que se entregue a un hombre un cheque en blanco, para que lo llene como mejor le parezca. Por estas razones, y muy en especial por su inconstitucionalidad, los Diputados liberales votaremos en contra de este artículo.
He dicho.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Eso lo dijo Adam Smith.
El señor ZEPEDA COLL.-
dijo muchas cosas.Adam Smith
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el N° 1 del artículo 6° y el N° 2 del mismo precepto hasta la letra d).
Durante la votación:
El señor CADEMARTORI.-
Si se han planteado dudas sobre la inconstitucionalidad del artículo, la Mesa podría someter el asunto a discusión.
El señor SUAREZ.-
Estamos en votación, señor Presidente.
El señor ZEPEDA COLL.-
Parece que no tiene dudas.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Desde el momento que la Mesa admitió la indicación es porque no le caben dudas.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa: 39 votos; por la negativa, 17 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo en dichos números y letras.
En votación la letra e) del N° 2 del artículo 6° con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en sustituir la frase final de dicha letra.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 14 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la letra e) con la indicación de la Comisión de Hacienda.
En votación la letra f) del número 2 del mismo artículo.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 17 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la letra f) del N° 2° del artículo 6°.
En votación el N° 3° del artículo 6° con la indicación de la Comisión de Hacienda para suprimirlo.
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en suprimir este N° 3°.
Aprobada.
En votación la indicación de la Comisión de Hacienda, para agregar un número 3°, nuevo.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el N° 3°, nuevo, propuesto por la Comisión de Hacienda.
En votación el resto de los números del artículo 6°.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 17 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el resto de los números del artículo 6°.
En discusión el artículo 7°.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Durante la votación:
El señor ZEPEDA COLL.-
¡Parece que vamos a perder otra vez!
- Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 17 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo 7°.
En discusión el artículo 8°.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
- En votación el artículo 8°, con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en agregarle una frase.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Votando contra la cultura! ¡Votando contra las Universidades! No quieren que Chile cambie.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 17 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo 8°, con la indicación de la Comisión de Hacienda.
En discusión el artículo 9°.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos; por la negativa, 7 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo 9°.
El artículo 10 está reglamentariamente aprobado.
En discusión el artículo nuevo que la Comisión de Hacienda propone agregar, a continuación del artículo 10, y que figura en la página 3 de su informe.
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Durante la votación:
El señor MONTT.-
- ¡Qué poco deportistas son los Honorables colegas de la Derecha y de la Izquierda!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Este artículo establece medidas para beneficiar a la educación física, el deporte y la recreación del pueblo. ¡Qué actitud más legalistas es la que adoptan Sus Señorías!
Se unen la Derecha y la Izquierda para votar en contra del deporte. Quieren que el deporte siga practicándose con el escaso presupuesto actual.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 15 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo nuevo.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de dar lectura a una indicación presentada por los Honorables señores Castilla y Valenzuela; don Ricardo, que reglamentariamente no podría conocerse ni tratarse por la Honorable Cámara, sin su venia.
Si le parece a la Sala, se le dará lectura, a fin de que, posteriormente, la Corporación adopte los acuerdos que estime convenientes.
Acordado.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Castilla y Valenzuela, don Ricardo, proponen agregar un artículo nuevo, a continuación del artículo 1° recientemente aprobado, redactado en los siguientes términos:
"En todo caso, las nuevas normas orgánicas por las que se estructuren y reglamenten las Universidades, contemplarán la representación de los estudiantes, con derecho a voz y voto, en los Consejos Universitarios, Facultades y Consejos de Escuela."
"En el Consejo de Rectores u otro organismo superior que se cree para la enseñanza universitaria, participará, con derecho a voz y voto, el Presidente de la UFUCH."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Honorable Cámara para admitir a discusión y votación la indicación a que ha dado lectura el señor Secretario.
Un señor DIPUTADO.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Que quede constancia de que se opusieron los liberales!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión al artículo 11.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, por medio del artículo 11, se faculta al Presidente de la República para "adoptar las medidas que se autorizan, de una sola vez", "pudiendo, además, modificar o derogar, dentro de los mismos plazos, las disposiciones que hubiere dictado."
Causa extrañeza que en este proyecto de ley normativa, que fuera estudiado, durante largo tiempo, por personeros del Gobierno y que ha tenido, después de este estudio, más de siete meses, desde el día en que se presentó en el Congreso Nacional, para corregirlo y mejorarlo, tal como se hiciera en la Comisión de Gobierno Interior y en la de Hacienda, se solicite autorización, para modificar o derogar las medidas que, en su oportunidad, se dicten en uso de tal autorización. ¿Se trata en este proyecto de aplicar un plan estudiado? ¿O se trata, sencillamente, de una experiencia más que se desea hacer con el país? ¿Las medidas son tan claras y precisas, como se han anunciado?
Por estas consideraciones, votaremos en contra de este artículo.
El señor IBAÑEZ.-
- ¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor DE LA FUENTE.-
Con todo agrado, Honorable Diputado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Ibáñez.
El señor IBAÑEZ.-
- Señor Presidente, tal como lo ha expresado el Honorable colega, este artículo permite que el Presidente de la República rectifique las disposiciones que dicte en uso de la autorización que se le da para dictar decretos con fuerza de ley; es decir, para que las derogue, modifique o adicione.
De paso, quiero recoger algunas alusiones que, en la votación del artículo anterior, se nos han hecho, acusándosenos de anti-deportistas por haber votado en contra.
Ese artículo también faculta al Presidente de la República para alterar las disposiciones vigentes en materia de deporte, autorizándolo para dictar normas que modifiquen, sustituyan o deroguen esas disposiciones, y para establecer un régimen especial "para el otorgamiento de personalidad jurídica a las instituciones y organizaciones deportivas". Pues bien, estos intentos, que parecen tan inocentes, corresponden a una política que nosotros debamos denunciar.
Cuando, en la Comisión de Educación Pública, se nos informó que el Gobierno tenía el propósito de proponer un proyecto que fomentara el desarrollo del deporte, de la educación física y la recreación, nosotros conocimos sólo en forma muy vaga esos propósitos, a través de lo que un representante del Ejecutivo nos declaró en la Comisión de Deportes. Entretanto, los representantes del Ejecutivo estaban consultando a diversas entidades deportivas sobre estas pretensiones. Pero se encontraron con que, por unanimidad, las diferentes federaciones y asociaciones deportivas, cuyos estatutos y normas que las rigen podrían ser alteradas por otras que dicte el Ejecutivo en uso de estas facultades, se opusieron en forma terminante a estos intentos de estatizar, controlar y dirigir el deporte.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Eso es falso. Sólo una se opuso.
El señor IBAÑEZ.-
- No he hablado de la educación física, ni de la recreación. Me estoy refiriendo concretamente al deporte.
Y para demostrarle al Honorable señor Valenzuela que me está diciendo que no es cierto, que se equivoca, puedo decirle...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Fuimos juntos.
El señor IBAÑEZ.-
- ...que tengo un documento, firmado por el presidente de la Confederación Chilena de Deportes, que demuestra que se oponen a estos intentos que ahora se han evidenciado no sólo a través de este proyecto de ley, sino, también...
El señor ZEPEDA COLL.-
Si es radical, hay que hacer fe en él...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio.
Puede continuar Su Señoría.
El señor IBAÑEZ.-
Señor Presidente, lo efectivo es que las federaciones, las asociaciones y otros organismos deportivos de aficionados están en contra de la idea del Ejecutivo. Y ahora han reaccionado, pidiéndonos que hagamos presentes este hecho. Al igual que en otras materias, vemos que también en esto se revela otra contradicción más de la Democracia Cristiana y del Gobierno; porque a las organizaciones deportivas de este país, como le consta al
Honorable señor Valenzuela, don Héctor, se les asegura y garantiza la total autonomía...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Se les va a dar.
El señor IBAÑEZ.-
No se les dará.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio.
El señor IBAÑEZ.-
No se les dará autonomía, porque se van a derogar, y así está anunciado, los distintos estatutos por los cuales se rigen, para hacer desaparecer estas organizaciones y federaciones; y esto puedo demostrarlo también, a través de toda la política que hasta aquí se ha llevado por personeros y representantes del Gobierno que han estado interviniendo en estas federaciones y asociaciones con el objeto de dividirlas, como lo han hecho ya en otros aspectos de la vida social.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Valenzuela, don Héctor.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTT.-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor IBAÑEZ.-
No puedo conceder interrupciones, Honorable Diputado, porque estoy haciendo uso de una.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor IBAÑEZ.-
Señor Presidente, tenemos en nuestras manos el Plan Nacional de Deportes de la Democracia Cristiana que se dio a conocer a todas estas instituciones. En él se garantiza reiteradamente que las organizaciones deportivas para promover el deporte deben mantener y gozar de la autonomía necesaria que permita a sus miembros practicar el deporte como medio de perfeccionamiento.
Los representantes del Ejecutivo nos informaron de sus propósitos de crear un gran organismo nacional denominado Confederación Nacional de Deportes. Este sería el organismo directivo superior y estaría encargado de la promoción del deporte, haciendo desaparecer todas estas instituciones independientes, las cuales son numerosas. Decimos esto, porque, no obstante que se reconoce unánimemente que son apolíticas, pueden ser objeto de algunas pretensiones de carácter político, especialmente si se procura hacer de ellas, como ya se está pretendiendo, un vehículo de captación electoral.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Su Señoría está defendiendo a la minoría de los deportistas.
El señor IBAÑEZ.-
La minoría de los deportistas independientes está formada por numerosas federaciones y asociaciones.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Palabras, puras palabras.
El señor IBAÑEZ.-
A modo de ejemplo, puedo manifestar que una de ellas, la Asociación Nacional de Deportistas Aficionados de los Barrios (ANDABA), cuenta con ciento treinta y cinco mil afiliados.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Eso era antes.
El señor IBAÑEZ.-
Todavía lo es, Honorable colega, porque la penetración hecha por el Gobierno a través de funcionarios que han tratado de dividir estas organizaciones, no han prosperado, a pesar de que se intentó primero y esto lo digo para conocimiento de la Honorable Cámara convencer por la vía pacífica a sus dirigentes; y como este sistema no resultara, se continuó con un procedimiento de presión, increíblemente inusitado.
Ejemplos de estas presiones hay muchos. Puedo citar, entre otros, los siguientes: la ANDABA, que tiene ciento treinta y cinco mil afiliados, manejaba, por administración, diferentes canchas de fútbol en las poblaciones "San Gregorio", "Miguel Dávila Carson", "José María Caro" y Lo Valledor Norte. La Dirección General de Deportes retiró, en uso de sus facultades, la autorización para administrar estas canchas que se había entregado a la ANDABA, por oficios N°s. 339 y 661, en los cuales se comunicaba a la Agrupación Nacional de Deportes Aficionados de los Barrios, que desde la fecha de dichas notificaciones, no seguiría administrando las canchas en las cuales se practica el deporte.
Luego, cosa que nunca había ocurrido, se mandó, enviados por no se sabe quién, pero resulta fácil suponerlo, a funcionarios policiales y a detectives, con fecha 25 de mayo de 1965.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Valenzuela, don Héctor.
El señor IBAÑEZ.-
Se presentaron funcionarios del Servicio de Investigaciones declarando que eran de la Policía Política y Confidencial, a exigir algunos antecedentes al Directorio y a revisar los documentos que allí tenían.
Un señor DIPUTADO.-
¿Dónde está el documento de la Policía Política?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor IBAÑEZ.-
Son casos comprobados, Honorables colegas, de manera que no estamos inventando nada.
El señor SANHUEZA.-
¡Léalo!
El señor IBAÑEZ.-
Son documentos que pongo a disposición de los Honorables colegas.
Luego, la Dirección General de Deportes ha estado enviando a funcionarios para que creen, paralelamente a estos organismos, otros, con adictos a los propósitos que tiene el Gobierno a través de estos servicios públicos.
En todo caso, nosotros cumplimos, con votar en contra del artículo anterior, que nos valió la calificación de anti-deportistas y, al mismo tiempo, revelamos estos antecedentes con el propósito de que los deportistas independientes aficionados, conozcan hasta dónde ha llegado este Gobierno en sus pretensiones de establecer, en otro rubro de actividades, esta política divisionista.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor IBAÑEZ.-
Y para no abusar de la interrupción, el resto de los antecedentes los dejo a disposición de los señores Diputados que se interesen por informarse en detalle sobre la materia.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Ruego a Sus Señorías guardar silencio!
El señor IBAÑEZ.-
Como me acota el Honorable señor Rioseco, esta es otra demostración de una política muy similar a la seguida por otro gobierno, un gobierno muy cercano de Argentina, que, en un tiempo, también pretendió hacer lo mismo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PENNA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PENNA.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Garay, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia del Honorable señor Penna, tiene la palabra el Honorable Diputado.
El señor GARAY.-
- Señor Presidente, el Honorables señor Ibáñez con quien mantenemos excelentes relaciones en la Comisión Especial de Educación Física y Deportes, que presido ha proporcionado a la Honorable Cámara una serie de antecedentes que, en mi concepto, revelan un desconocimiento de la realidad de las cosas. En vista de esto, lamento distraer la atención de la Honorable Cámara para dar una explicación.
Desde luego, no conozco la Corporación de Deportes de Chile que Su Señoría ha mencionado. Tengo entendido que a lo que el Honorable colega quiso referirse no es a la Dirección General de Deportes, que no existe, sino que a la Dirección de Deportes del Estado, que es distinto. De esta Dirección depende la Agrupación Nacional de Deportes Aficionado de los Barrios, cuya sigle es "ANDABA".
El señor IBAÑEZ.-
"ANDABA".
El señor GARAY.-
- No conocemos la Corporación de Deportes de Chile, que menciona el Honorable señor Ibáñez.
Señor Presidente, estoy en permanente contacto con la Dirección de Deportes del Estado, porque desde hace muchos años ejerzo funciones directivas nacionales de algunas federaciones; conozco su organización y los defectos que tiene. Debo hacer presente al Honorable señor Ibáñez que lamentablemente ha habido corruptelas, porque los políticos, desde tiempos inmemoriales, han hecho uso indiscriminado de subvenciones para clubes deportivos fantasmas, en su mayoría. Estos clubes, que muchas veces ni siquiera tienen personalidad jurídica, porque, como digo, en su mayor parte no existen, estaban recibiendo cantidades fabulosas de dinero del Presupuesto de la Nación que no eran otra cosa que pagos por servicios electorales y un modo de mantener los caciques locales que se escudan tras un equipo de rayuela con el nombre de más de un político conocido, etcétera.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GARAY.-
Voy a terminar mis observaciones.
Todo esto terminará con la formación de lo que se llama Corporación de Deportes, que va a estar, como sabe el Honorable señor Ibáñez, perfectamente organizada y financiada, sin que intervengan intereses políticos en la concesión de fondos, implementos o facilidades, para que el pueblo pueda realmente hacer deporte, educación física y recreación.
Por lo tanto, hay un error gravísimo al imputar a la Democracia Cristiana los hechos a que se han referido los Honorables. Diputados en esta Sala. Si todas las denuncias son como las que ha dado a conocer el Honorable señor Ibáñez, muy poco crédito tendrán las que en el futuro formulen los parlamentarios de la Derecha y del Partido Radical.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable señor PENNA.-
El señor PENNA.-
He concedido una interrupción al Honorable señor BUZETA.-
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable Diputado.
El señor BUZETA.-
Quiero ser muy breve.
Deseo levantar un cargo que podría quedar flotando en la Honorable Cámara. El Honorable Diputado señor De la Fuente leyó una comunicación que le habían hecho llegar algunos funcionarios de la ANEF.
Tengo la versión de lo expresado hoy día en su intervención por el Honorable Diputado señor Santiago PEREIRA.- Pues bien, en ningún momento Su Señoría ha dicho que la ANEF haya estado de acuerdo con las leyes normativas.
Nada más.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, es costumbre en ciertas personas que no han actuado en política, atribuirle vicios a los políticos...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
No sé si el hecho de que un Diputado sea médico, significa que no es político. En este recinto el Honorable señor Garay, ha hecho una afirmación sobre los políticos. Ha sostenido que los parlamentarios en materia de subvenciones han actuado dolosamente.
Creo, señor Presidente, que el Honorable Diputado no tiene derecho para encerrar dentro de este cuadro, a los personeros de todos los partidos políticos. Si el Honorable Diputado tiene alguna denuncia concreta que formular, es necesario que la haga y dé nombres, porque los miembros de los diferentes partidos políticos representados en el Congreso Nacional no aceptamos que
se nos venga a colocar en un molde, a tildarnos de haber hecho ciertas cosas incorrectas. Nosotros, que siempre hemos pertenecido a un partido político y no a una gama de colectividades, ni hemos ocupado cargos en distintos regímenes, como ocurre con ciertos personeros, no aceptamos los términos expresados por el Honorable señor Garay.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 11 del proyecto, con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en agregar un inciso nuevo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Valenzuela, don Héctor! ¡Honorable señor Montt!
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo con la indicación.
En discusión el artículo 12.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 12, con la indicación de la Comisión de Hacienda que consiste en agregar un nuevo inciso.
- Efectuada la votación en forma económica dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo 12 con la indicación de la Comisión de Hacienda.
En discusión el artículo nuevo propuesto a continuación del artículo 12, por la Comisión de Hacienda.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, la parte final del inciso segundo del artículo nuevo, que se agrega después del artículo 12, dice: "... o para sustituir los apremios personales por sanciones corporales o viceversa".
Deseo saber con qué criterio se aplicará esta disposición y en qué casos, porque es una medida enormemente grave, por las injusticias que pueden cometerse. Además, deseo saber qué precedentes hay en otras leyes dictadas sobre la materia.
Creo que el señor Ministro podría darnos una respuesta sobre esta materia.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 15 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo nuevo.
En discusión el artículo 13.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor CORVALÁN.-
Pido la palabra.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor De la Fuente; a continuación, los Honorables señores Corvalán y Godoy Urrutia.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, el artículo 13 en discusión establece claramente lo que el Presidente de la República no podrá hacer. Sin embargo, lo que no se puede hacer directamente, se hace en forma indirecta, al margen del Presidente.
Por ejemplo, jamás Gobierno alguno ha intervenido en la propaganda de las instituciones fiscales y semifiscales. Cada institución, por su cuenta, hacía las publicaciones; en cambio, ahora se ha establecido un nuevo sistema. Una firma especial toma los avisos como agente; contrata su publicación y cobra una comisión a las revistas o periódicos. En esta situación están el Servicio de Seguro Social, la Caja de Previsión de Empleados Particulares, Impuestos Internos, la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, la Corporación de la Vivienda, el Banco del Estado y la Línea Aérea Nacional.
Al frente de la Oficina de Informaciones del Estado está el señor Germán Becker Ureta, quien fue activo dirigente de la empresa de publicidad "Cóndor", que hizo la campaña del actual Presidente de la República.
"Cóndor" es la empresa que recibe, en forma casi monolítica, del Estado, órdenes de propaganda.
El señor Becker es asesor técnico de propaganda de la Moneda, conservando su calidad de imponente de la Caja de Empleados Particulares por la Empresa "Cóndor", es decir, pertenece a esta firma.
La Democracia Cristiana ha dicho que quiere hacer en Chile una "revolución en libertad". Las revoluciones pueden ser buenas o malas; pero, ésta es, además, lucrativa para algunos.
Por otra parte, el artículo 13 impide al Presidente de la República para dictar normas respecto del Poder Judicial, de la Contraloría General de la República, del Congreso Nacional, en materia de previsión y respecto de las Municipalidades.
Aun cuando el Presidente de la República está impedido de modificar, en forma, directa, las disposiciones sobre previsión puede hacerlo indirectamente a través de las medidas que puede tomar con respecto a los funcionarios, impidiéndoles el ascenso y otras.
Si bien es cierto que, de acuerdo con la letra e) del artículo 13, el Presidente de la República no podrá dictar normas que modifiquen la organización de las Municipalidades, disminuyan sus atribuciones o alteren el régimen estatutario de su personal, podrá hacerlo con acuerdo de la Mesa Ejecutiva de la Confederación Nacional de Municipalidades.
Es fácil comprender, que las opiniones de la Mesa Ejecutiva de la Confederación Nacional de Municipalidades, representan el sentir de la mayoría de los municipios del país, y puede, perfectamente, dar su consentimiento para modificar las atribuciones de las Corporaciones edilicias.
En cambio, puede modificarse el régimen estatutario de su personal, sin previa consulta a los directamente beneficiados o perjudicados, esto es, a los obreros y empleados municipales. El Ejecutivo queda, por lo tanto, en condiciones de hacer cambios a su entera voluntad.
El personal de las Municipalidades ha logrado algunas conquistas que, por motivo alguno, se les puede disminuir.
En la letra f) se prohibe modificar las disposiciones tributarias vigentes o crear nuevos impuestos.
El Partido Demócrata Cristiano siempre combatió toda petición de facultades extraordinarias. Hay acápites de discurso, de una elocuencia extraordinaria, en que el Excelentísimo señor Frei denunció esos proyectos como atentatorios para la soberanía y los derechos esenciales del Parlamento.
Se ha dicho que no estamos en presencia de un proyecto de petición de facultades extraordinarias, sino de una ley normativa.
Ley normativa es un concepto nuevo, porque la Constitución de 1925 no permite la delegación de atribuciones legislativas en el Presidente de la República.
Facultades extraordinarias se concedieron a los Presidentes de la República, señores Ibáñez, González Videla y Alessandri, pasando a ser esto una costumbre, que la Constitución no acepta.
Ley de facultades extraordinarias es la delegación de las atribuciones legislativas del Congreso Nacional en el Presidente de la República. Ley Normativa es aquella en que el Congreso Nacional se pronuncia sobre los principios básicos de una determinada materia, aprobándola, y se autoriza al Presidente de la República para que regule o adicione esas normas.
Las leyes de facultades extraordinarias, o leyes normativas, que autorizan al Presidente de la República para crear Ministerios, modificar los estatutos tributarios, imponer contribuciones, crear empleos públicos y modificar la división administrativa del país, son abiertamente inconstitucionales.
El Excelentísimo señor Frei no debió jamás, solicitar facultades extraordinarias, o la aprobación de las llamadas leyes normativas, por tener una mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. Ello le permitiría obtener, con la celeridad del caso, y con el concurso de todos los partidos políticos representados en esta Corporación, leyes amplias y completas; a plena satisfacción del actual Gobierno.
Como legisladores, no podemos traspasar a otras manos nuestra facultad de dictar las leyes. El pueblo ha delegado en nosotros claras atribuciones legislativas, de las que no podemos desprendernos, para entregarlas a un Poder diferente, esto es, al Ejecutivo.
Por estas razones, votaremos en contra de este artículo.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante, que goza de preferencia, para usar de la palabra; a continuación los Honorables señores Corvalán y Godoy Urrutia.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, en realidad, deseo referirme a la consulta formulada anteriormente, en relación, con el artículo nuevo que se propone agregar a continuación del artículo 12. No lo hice antes porque, estaba consultando los antecedentes del caso, a fin de poder responder.
El punto planteado envuelve las siguientes consideraciones: en 1960, en virtud de la ley Nº 13.305, sobré delegación de facultades al Presidente de la República, se dictó la primera parte de lo que debía ser un Código Tributario completo. Es decir, un conjunto de disposiciones destinadas a regular los procedimientos, la forma de percepción y las sanciones que se aplican con relación al conjunto de tributos del país.
Una segunda parte, no se pudo reglamentar: o sea, la que había preparado el Departamento de Estudios de la Dirección de Impuestos Internos, para modificar la legislación tributaria, a fin de darle unidad y refundir los diversos textos que hoy día establecen impuestos y contribuciones.
¿Qué ocurre hoy día ? Con esto respondo la pregunta formulada. Ocurre, como lo he expresado, que, dentro de esta verdadera anarquía en materia tributaria, infracciones tributarias análogas tienen sanciones distintas, en términos tales, que se desea, simplemente, aplicar penas menos rigurosas, conforme a principios universales de Derecho Penal, que, en este caso, también afectan al área tributaria. En consecuencia, se desea unificar y refundir dicha legislación aplicando, en caso de discrepancias por infracciones tributarias en impuestos distintos, la sanción menor. Por eso, la parte final de este artículo nuevo, introducido después del número 12, debemos entenderla en ese sentido, aplicando, simplemente, el principio universal de Derecho Penal: el de que no existan penas diferentes para delitos o imposiciones idénticas.
El señor DE LA FUENTE.-
Para los efectos de la historia fidedigna de la ley, es necesario dejar constancia de los conceptos vertidos por el Honorable señor Maira.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
¿Me permite una interrupción, Honorable Diputado?
El señor SANHUEZA.-
¿Me permite una interrupción?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Corvalán.
El señor CORVALÁN.-
Señor Presidente, he concedido una interrupción al Honorable señor Sanhueza.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Sanhueza.
El señor SANHUEZA.-
Señor Presidente, hace algunos instantes, el Honorable señor De la Fuente dio lectura a un discurso en el cual se refirió a una serie de materias no contenidas en el artículo en discusión. Por ejemplo, indirectamente, hizo mención a este asunto de la propaganda, que no tiene atinencia con la materia en debate. Al respecto, quiero preguntarle ¿dónde está esa disposición en virtud de la cual, el Ejecutivo, indirectamente, puede hacer uso de la propaganda en la forma que él señaló?
Nada más.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Probablemente se equivocó de página el Honorable Diputado.
El señor RIOSECO.-
No se equivocó, Honorable colega.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Corvalán.
El señor CORVALAN.-
Señor Presidente, en mi condición de parlamentario do la zona norte, quiero llamar la atención de la Honorable Cámara acerca de la letra f) del artículo en discusión.
La Comisión de Hacienda aprobó un inciso nuevo, en dicha letra, que hace justicia y dará tranquilidad a más de 10.000 trabajadores de las provincias de Tarapacá y Antofagasta.
Ocurre que, desde hace mucho tiempo, están operando en esa zona algunas industrias amparadas por leyes de excepción aprobadas por el Parlamento, cuya propiedad nadie pone en duda. Ellas están dirigidas por empresarios, cuyas ideas están representadas fielmente, en esta Cámara, por el Honorable señor De la Fuente, que ha rechazado el artículo en discusión.
El artículo 107 de la ley N° 15.575, que concedió franquicias tributarias y aduaneras a las empresas industriales, que operan en las provincias de Tarapacá y Antofagasta, estableció que dichas empresas deberán entregar a sus trabajadores cierto porcentaje de sus utilidades.
Sin embargo, como existe un vacío en la citada disposición legal, las empresas de la mediana minería han ido postergando año tras año el cumplimiento de la obligación de entregar a sus trabajadores el 10% de sus cuantiosas utilidades. La Cámara conoció un caso irritante, que fue denunciado por un Honorable Diputado de la provincia de Antofagasta. En efecto, la Compañía Minera Tocopilla, con un capital declarado de 6 mil millones de pesos, obtuvo, una utilidad de 3.800 millones de pesos. No obstante, con un extraordinario espíritu de lucro, estos empresarios están regateando a los trabajadores el pago de lo que legítimamente les corresponde.
Por estas razones hemos presentado a la Comisión de Hacienda una indicación por la cual se faculta al Presidente de la República para suspender todas las franquicias otorgadas a estas empresas, que se han negado a dar cumplimiento a lo pactado con los trabajadores. Yo creo que, por encima de todas las consideraciones de orden legal o político que nos merezca la discusión de esta ley está el interés de los obreros de la zona norte, quienes, están atentos a los debates del Parlamento de Chile que ha acordado facilidades para que los capitales se desarrollen y prosperen en la zona esperan se les asegure una migaja económica en la participación de las utilidades.
Para terminar, pido a la Honorable Cámara que se sirva aprobar esta indicación.
He concedido una interrupción al Honorable señor Valente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede usar de una interrupción el Honorable señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, el artículo 107 de la ley N° 15.575, dispuso que los obreros de Tarapacá y Antofagasta, incluida Chañaral de la provincia de Atacama, que trabajen en las empresas acogidas a las disposiciones legales de las leyes
N°s 12.937 y 13.039 y del decreto con fuerza de ley N° 266, tendrán derecho a una participación extraordinaria de un 10% de las utilidades, a modo de una asignación especial.
Los industriales de la zona se han valido de una serie de argucias de orden legal para burlar el pago de este beneficio. Los obreros de las industrias donde no hay sindicatos, han recurrido a las autoridades y a los Ministerios respectivos, con el objeto de obtener e1 cumplimiento del pago de este beneficio legal. En la indicación de la Comisión de Hacienda, que hace justicia a estos trabajadores, por desgracia, se incurrió en una grave omisión. Como reglamentariamente ya no es posible formular indicaciones, pido a la Mesa que recabe el asentimiento unánime de la Cámara para agregar después de la ley 12.937 y antes de la ley 15.575, la ley "13.039", a cuyas disposiciones están acogidas las industrias establecidas en Arica, las que gozan de las mismas franquicias establecidas en la ley 12.937 para Pisagua, Iquique, Tocopilla, Taltal y Chañaral. De no incluirse esta ley, dejaríamos a los obreros de Arica prácticamente al margen de este beneficio.
Agradezco al Honorable señor Corvalán la interrupción que me ha concedido y solicito de la Honorable Cámara se sirva aceptar esta inclusión.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
Si la parece a la Honorable Cámara, se intercalará en la numeración de leyes contenida en el inciso segundo nuevo la ley 13.309 a que se ha referido el Honorable señor Valente.
Acordado.
Ofrezco la palabra.
El señor BUZETA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BUZETA.-
He concedido una interrupción al Honorable señor Sanhueza.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Sanhueza.
El señor SANHUEZA.-
Señor Presidente, quiero reiterar al Honorable señor De la Fuente lo que dije anteriormente. Creo que no es posible usar esta alta tribuna para inferir imputaciones gratuitas. A través de sus palabras ha dejado de manifiesto que las atribuciones del proyecto permitirán al Presidente de la República intervenir en una serie de negocios y cometer arbitrariedades. Estas expresiones no podemos dejarlas pasar. Además, es una irresponsabilidad no citar la parte del texto en que aparecen tales disposiciones.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor GODOY URRUTIA.-
Yo estaba inscrito, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene toda la razón.
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, el artículo en debate se refiere a aquellas "cosas" que el Presidente de la República no podrá alterar. En cambio, el resto de las disposiciones son autorizaciones para uno u otro objeto.
En la Comisión de Hacienda los representantes del Colegio Médico de Chile solicitaron la inclusión del Estatuto del Médico Funcionario entre aquellas cosas que el Presidente de la República no podrá modificar por simple decreto con fuerza de ley. Argumentan que el Estatuto es muy reciente, que consulta todas las normas recomendadas por la Comisión Relacionadora de la Administración Pública, adscrita a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, y que además, esta medida crearía a los médicos una situación muy inconfortable, por cuanto se verían nuevamente envueltos en una fatigosa tramitación para obtener la dictación de un nuevo Estatuto. Esto es lo que solicitan los representantes oficiales del Colegio Médico de Chile.
Por su parte, la Federación de Educadores, de acuerdo con opiniones vertidas en la Comisión, dicen que el Estatuto del Magisterio forma una sección separada del Estatuto Administrativo general, porque la función y la calidad del trabajo que desempeñan no es posible asimilarlo, a los grados y calificaciones del resto de los funcionarios civiles de la Administración Pública.
Del proyecto en discusión se excluyen de la facultad del artículo 13, y mantienen toda su situación actual, las Fuerzas Armadas, las instituciones de orden público, es decir, Carabineros e Investigaciones, el Poder Judicial, el Congreso Nacional, la Contraloría General de la República, y también el Estatuto de los Funcionarios Municipales.
Ahora bien, tratándose de funciones técnicas, que tienen una naturaleza tan particular y una responsabilidad tan grande, ¿por qué razón la Comisión sin madurar la resolución, rechazó la idea de este proyecto a los médicos y maestros, expresada en una indicación muy sintética formulada oportunamente por nosotros?
Dentro de aquellos casos que al Presidente de la República no le está permitido hacer, habíamos propuesto agregar: "Modificar el Estatuto del Médico Funcionario y el Estatuto del Magisterio. Sólo por ley podrán ser reformadas". Como no hubo mayoría para aprobarla, nos permitimos, a esta altura de la discusión, solicitar, por la vía de la unanimidad de la Cámara, que se modifique la resolución adoptada por la Comisión, a fin de incorporar en el artículo 13, en el orden que corresponda, esta indicación que, al parecer, no fue suficientemente madurada, y que recoge, como lo informa la prensa de la tarde, una petición que acaba de hacer el Magisterio a! señor Vicepresidente de la República.
El señor MONARES.-
¿Por qué no se da lectura a la indicación, señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si el Honorable señor Godoy Urrutia la hace llegar a la Mesa, se solicitará el asentimiento de la Cámara para leerla. Solicito el asentimiento de la Sala para dar lectura a la indicación. Acordado. Se va a leer.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El señor Godoy Urrutia propone agregar el siguiente inciso, nuevo, al artículo 13: "Modificar el Estatuto del Médico Funcionario y el Estatuto del Magisterio. Sólo por ley podrán ser reformados."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para admitir a discusión y votación la indicación que se acaba de leer. No hay acuerdo. Puede continuar Su Señoría.
El señor GODOY URRUTIA.-
No quise dar otras razones para apoyar esta indicación, porque no lo creía necesario. Pero tengo un documento, que fue leído en la Comisión, por el cual empleados democratacristianos del Servicio Nacional de Salud, piden al Ejecutivo, prácticamente que les corten la cabeza a todos los jefes de este organismo.
No creemos que basten los extremos de ese personal, pero confiamos en la responsabilidad del Gobierno, porque hay una presión tan grande que basta entrar a la Cámara para darse cuenta de ella. ¿Es que los que llenan los pasillos traen proyectos para resolver los problemas del pueblo? No. Vienen como pedigüeños, con la mano estirada, a pedir desesperadamente puestos, lo que se les ofreció o prometió, y como no hay bastante, evidentemente va a venir una presión para dejar huecos, crear vacantes y hacer mal uso de las leyes y facultades.
Por eso creímos, y no lo digo porque me caracterice por la ingenuidad, que iba a tener otra acogida esta proposición que acabamos de formular con la anuencia de la Sala.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito nuevamente el asentimiento de la Sala para proceder en la forma indicada por el Honorable señor GODOY URRUTIA.-
El señor ESCORZA.-
El Honorable señor Godoy Urrutia no tiene derecho a formular cargos gratuitos contra la Democracia Cristiana.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, respecto a la imputación que me atribuye el Honorable señor Sanhueza, debo decir que en virtud del artículo 13 del proyecto el Presidente de la República no podrá realizar determinadas "cosas", como las do la letra d), que lo impiden "dictar disposiciones que modifiquen los regímenes de jubilación, desahucio, montepío, seguro de vida y demás beneficios provisionales. Pero por medio del artículo 14 de la Comisión de Hacienda, que voy a analizar en su oportunidad, se vulneran estos derechos. Yo he manifestado que hay cosas que el Presidente de la República no podrá hacer directamente, pero que sí las puede realizar en forma indirecta.
Así se desprende del artículo 16 de este proyecto, que establece que el Presidente de la República podrá establecer gradualmente la organización, entre otros, de "los servicios de imprenta y difusión".
Si los Honorables colegas estuvieran alguna duda sobre lo que he manifestado, podría consultarse a las empresas periodísticas si es efectivo o no lo que expresé en la Cámara. Asimismo, se podría dirigir oficio a la Caja de Previsión de Empleados Particulares, a fin de que informe a la Corporación en qué fecha llegó el "cese" del señor Germán Becker, a la empresa "Cóndor", donde trabajaba.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para proceder en la forma indicada por el Honorable señor DE LA FUENTE.-
El señor CASTILLA.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
El señor BUZETA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BUZETA.-
He concedido una interrupción al. Honorable señor Pereira.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Pereira.
El señor PEREIRA.-
Señor Presidente, los dirigentes de la Agrupación Nacional de Empleados Semifiscales nos han enviado un memorándum, en el cual solicitan que para los efectos de la historia de esta ley, quede constancia de su apoyo a la idea contemplada en una indicación propuesta por la Comisión de Hacienda al artículo 13.
En ella se dispone que los empleados u obreros que tengan la calidad de dirigentes gremiales nacionales de la Agrupación Nacional de Empleados Semifiscales y de ¡as organizaciones adheridas a ella, tendrán las mismas garantías que los funcionarios dirigentes nacionales de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF.
Es decir, se trata de que las reivindicaciones logradas en favor de los dirigentes gremiales nacionales de los empleados fiscales se hagan extensivas en igual forma, a los dirigentes nacionales de los empleados semifiscales y de las empresas de administración autónoma.
El memorándum en referencia está firmado por el Presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Semifiscales, señor Enrique Grandi.
Señor Presidente, deseo aprovechar esta oportunidad para contestar las observaciones que formuló denantes el Honorable señor De la Fuente, respecto de una comunicación que le envió la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, en la cual se expresa lo siguiente: "Don Gabriel de la Fuente: hemos sabido que durante la sesión el DiputadoSantiago Pereira habría manifestado que la ANEF había aceptado las leyes normativas, lo que es de falsedad absoluta.
Al saber esto en nuestra reunión, nos hemos venido al Parlamento y le rogamos, si se puede, ponga las cosas en su lugar, dando lectura a nuestra declaración oficial que le acompañamos.
Saluta atentamente a Ud. Azarías Herrera, Vicepresidente; Alvaro Villamondos E., Secretario General, Subrogante."
Señor Presidente, agradezco, al Honorable señor Cuzeta de que haya aclarado los conceptos que emití en esa oportunidad.
En ningún momento, he dicho que la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales haya acordado aprobar o aceptar la dictación del proyecto de leyes normativas. Lo que expresé fue lo siguiente: concurrí a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales y no a una reunión de empleados fiscales demócrata-cristíanos. Fui al local de la ANEF, adonde he ido durante 18 años como dirigente gremial, y espero continuar haciéndolo. Expresé cuál era nuestro pensamiento y el mío respecto de ¡as leyes normativas.
No asistí a la reunión a la que concurrieron ¡os Honorables Diputados señores Carlos Morales, radical; César Godoy Urrutia, comunista; y Hernán Olave, socialista.
Pero, a la semana siguiente, participé en una reunión en la que estuvieron presentes los mismos personeros que asistieron a la anterior.
Luego de expresar mi pensamiento, que es el de nuestro partido y el de los parlamentarios democratacristianos, los compañeros de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales aceptaron mi posición, pues al finalizar mis palabras me aplaudieron. Me dieron a conocer, en seguida, los planteamientos y peticiones que habían formulado al Congreso Nacional, para que fueran consideradas por la Cámara cuando se discutiera el proyecto de leyes normativas. Yo no he manifestado que ellos decidieron cambiar su criterio.
De manera que deseo dejar en claro que no falté a la verdad, sino que reproduje estrictamente lo ocurrido.
Todas las peticiones que ha hecho la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, contenidas en el memorándum que tengo en mi poder, están consideradas en el proyecto en debate.
El punto primero dice:
"1°.- Que en los estudios y dictación de los estatutos de los servicios del Estado tengan participación activa los dirigentes gremiales de las diversas organizaciones de los trabajadores estatales, con el objeto de mejorar, cuando aún sea tiempo, el código por el cual se regirá la Administración Pública".
Es decir, reclaman participación de las organizaciones gremiales interesadas, y de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, en particular, en el estudio del decreto con fuerza de ley que dictará el Ejecutivo y que deberá contener las normas por las cuales se regirá la Administración Pública.
Esta idea ha quedado mejorada en el proyecto y ¡a disposición respectiva ha sido ya aprobada.
Sin embargo, los mismos "recaderos" que enviaron a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales esa información en la que tergiversaron mis palabras, podrían haberse preocupado de comunicarle, por el mismo procedimiento, que los parlamentarios radicales y socialistas, no obstante decirse defensores de las organizaciones gremiales, se han opuesto precisamente a la disposición que les da derecho a estar representadas en la comisión que va a estudiar el nuevo Estatuto Administrativo. Esta inconsecuencia no la divurgaré con recados. Denunciaré esta actitud a través de la prensa, para que se esclarezcan las cosas y se sepa quiénes son los que, con claridad y honestidad, defendemos los intereses de los trabajadores, dentro y fuera de este hemiciclo.
En el punto segundo de su memorándum la ANEE plantea que so resguarden "las conquistas obtenidas por el gremio a través de años de incesante lucha, como asimismo todos los derechos adquiridos por los funcionarios".
Ya en mi intervención anterior expresé que, al dictarse las nuevas disposiciones estatutarias, en virtud de las facultades que ahora se otorgan al Ejecutivo por este proyecto de ley, los empleados fiscales no solamente no perderán ninguna de las reivindicaciones que han obtenido, sino que recuperarán muchas de las que les fueron arrebatadas al dictarse el actual Estatuto Administrativo, de acuerdo con las facultades extraordinarias concedidas a la Administración anterior por la entonces mayoría parlamentaria agrupada en torno del Frente Democrático. En consecuencia, no sólo no van a perder ninguna de sus conquistas, sino que recuperarán muchas otras cercenadas por otros gobiernos. Además, vamos a consagrar, en estas ocasión, muchas de las aspiraciones por las cuales los empleados fiscales han estado luchando.
En el punto 3°, se pide "proteger la inamovilidad y el fuero de los dirigentes, única manera ele asegurar la supervivencia de las organizaciones gremiales de los trabajadores del Estado". Esto también está claramente establecido en el proyecto. El punto 4° se refiere al personal del Servicio de Prisiones, el cual está también considerado, porque no se hacen discriminaciones en este proyecto de ley. En consecuencia, tendrá el mismo tratamiento que el resto del personal civil de la Administración Pública.
En el punto 5", expresa la necesidad de "mantener la carrera funcionaria, evitar el atropello a la jerarquía y a la dignidad del trabajador, como asimismo, su legítimo derecho a seguir gozando de sus remuneraciones y de los aumentos y reajustes que le correspondan en el futuro." Este punto, así como el 6°, que se refiere a la necesidad de "otorgar a quienes pudiesen ser afectados en sus derechos, la oportunidad de retirarse salvando su dignidad, con una pensión mínima que les permita afrontar la vida mientras se integran a otras actividades.", están, asimismo, consultados en el proyecto en discusión, que ha sido apoyado y aprobado por parlamentarios del Partido Demócrata Cristiano.
Las peticiones planteadas por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, se discutieron en una reunión celebrada en la Presidencia de esta Corporación, con asistencia de varios parlamentarios. Sus resultados fueron plenamente satisfactorios para la directiva máxima de los trabajadores del Estado.
Las reivindicaciones expuestas por la ANEF ante esta Corporación fueron consideradas casi en su totalidad.
No existen precedentes en tal sentido en la historia de la Cámara. Ojalá que en las leyes de facultades extraordinarias concedidas a los Gobiernos anteriores y en las reestructuraciones efectuadas en otras Administraciones se hubieran considerado, en una mínima parte siquiera, como lo ha hecho la actual mayoría de esta Corporación, las peticiones de los empleados fiscales.
Señor Presidente, creo que en esta sesión se han tergiversado, con un propósito extraño, las palabras que yo he expresado, las que me ha visto obligado a aclarar.
Por último, debo manifestar que los Diputados democratacristianos, especialmente los que hemos salido de las organizaciones gremiales, sabemos perfectamente cuál es el papel que tenemos que desempeñar y realizar en esta Cámara de acuerdo con nuestro pensamiento y nuestra posición: estamos aquí para defender los intereses de los trabajadores y, sobre todo, de aquéllos que conocí durante muchos años, cuyos sufrimientos y angustias no ignoro y por quienes he luchado permanentemente. No he llegado a la Cámara para traicionar estos ideales y anhelos de mis compañeros, gracias a los cuales estoy sentado ahora en este hemiciclo.
Por lo tanto, repito una vez más, apoyaremos este proyecto de leyes normativas, porque por medio de ellas se mejorarán las condiciones económicas y sociales de los trabajadores del Estado; se respetarán todas sus conquistas y se alcanzarán muchas reivindicaciones por las cuales hemos luchado largo tiempo.
Pido, también, a los Honorables colegas de los demás partidos, que sean consecuentes con las posiciones que plantean. No es posible que por una actitud de obcecada oposición a este Gobierno rechacen incluso algunas iniciativas que los trabajadores están reclamando. Ellos dicen ser sus representantes, pero aquí les dan la espalda cuando llega el momento en que deben defenderlos con sus votos.
Nosotros sabemos para qué estamos en el Parlamento: para realizar la revolución en libertad,, para hacer las transformaciones necesarias y mejorar las condiciones de vida de los trabajadores. En este sentido no vamos a vacilar, aunque se diga en esta Cámara que "esta cueca tiene dos patas"; que aquí hay una mayoría dócil al Gobierno, pero que en el Senado existen dificultades. ¡ Qué ellos sepan que el pueblo de Chile está vigilante, que nosotros representamos sus anhelos y esperanzas, y que, aun cuando haya dos patas, también puede haber tres! Y la tercera es la más importante, porque es el pueblo, que está presente y vigilante en las calles, mirando si vamos a realizar o no lo que hemos ofrecido.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
Por nuestra parte, tenemos la absoluta decisión de realizar lo que hemos prometido...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
...y pasaremos por sobre todo lo que sea necesario, para realizar la revolución en libertad, para transformar a este país, para aplastar a la oligarquía y a todos aquellos que se opongan...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
...a mejorar las condiciones de vida del pueblo.
Señor Presidente, cumpliremos con el mandato que el pueblo nos ha entregado, sin vacilaciones. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PEREIRA.-
...porque el Juez Supremo de nuestros actos es el pueblo de Chile, y éste no va ser frustrado nuevamente. Vamos a satisfacer los anhelos y esperanzas que él nos ha entregado y que nosotros representamos.
Aplausos en la Sala.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor BUZETA.-
El señor BUZETA.-
He terminado, señor Presidente.
El señor ZEPEDA COLL.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZEPEDA COLL.-
He concedido una interrupción al Honorable colega DE LA FUENTE.-
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor De la fuente.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero dejar bien en claro que de estos bancos no ha salido recado alguno hacia la ANEF. En el día de hoy, ninguno de nosotros ha conversado con sus dirigentes. A la sala de nuestro Comité llegó esta nota, para que fuera leída en la Cámara. Deseo expresar, además, que las indicaciones a este proyecto que nos entregó la ANEF. fueron presentadas por el Diputado que habla y contaron con el apoyo del Honorable señor PHILLIPS.-
La inquietud en la ANEF y en la ANES nació cuando el parlamentario que habla dio a conocer en la Comisión de Gobierno Interior las "barbaridades" que se querían hacer de acuerdo con el articulado original del proyecto. Esto fue lo que provocó intranquilidad en esas organizaciones, y entonces surgió de ellas la idea de presentar estas indicaciones para modificar el proyecto.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor ZEPEDA COLL.-
El señor ZEPEDA COLL.-
Señor Presidente, con mucha extrañeza he observado cómo la Mesa aceptó parte de las observaciones del Honorable señor Pereira.
Hace tiempo que estamos viendo cómo algunos dirigentes y parlamentarios de la Democracia Cristiana, partido de Gobierno, acentúan, cada día más, lo que ellos llaman "la apelación al pueblo." Proclaman que el pueblo está vigilante y que
a ellos no les amedrentará nada para cumplir con el programa que han ofrecido a la ciudadanía.
Todavía en este país vivimos en una democracia. Existen procedimientos legales y constitucionales a los cuales hay que ceñirse para legislar. Nosotros creemos que es altamente peligroso que se siga tolerando esta clase de afirmaciones. Nos parece que estuviésemos escuchando palabras similares a las que oyeron generaciones pasadas, en otras naciones, pronunciadas por Mussolini, Hitler o Perón.
Hemos escuchado esta tarde al Honorable señor Pereira, al referirse a los Diputados de estos bancos, palabras muy parecidas a las empleados por el Canciller de Alemania, Adolfo Hitler, en 1933, cuando criticaba a los parlamentarios socialdemócratas seguramente porque vislumbraban en sus discursos la situación que más tarde el mundo entero tuvo que lamentar.
Nosotros no deseamos, que en nuestro país un Gobierno que obtuvo más del 50% de los votos,...
Un señor DIPUTADO.-
El 4 de septiembre.
El señor ZEPEDA COLL.-
...que tiene un legítimo y un limpio título para gobernar este país, lo eche a perder, recurriendo a procedimientos contrarios al sistema democrático que el propio candidato presidencial, hoy Jefe del Estado, se comprometió solemnemente a defender por sobre todas las cosas.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ZEPEDA COLL.-
El Honorable señor Pereira no ha aclarado cuál era el alcance de sus palabras cuando se refiere a esta tercera "pata", a este tercer pie, a esta apelación al pueblo, que está vigilante. Si el pueblo tiene que vigilar a alguien es, precisamente, al partido de Gobierno...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ZEPEDA COLL.-
...al Presidente de la República, en quien depositó su confianza por el programa que le ofreció. No está vigilando ni amonestando a quienes han llegado al Congreso Nacional de acuerdo con la Constitución Política en vigencia. Todavía más, nuestra Carta Fundamental señala el procedimiento que debe seguirse para que pueda ser modificada. Supongo que está muy lejos del ánimo de los actuales gobernantes del partido de Gobierno, alterar ese procedimiento, porque, si se continúa por ese terreno, llegaremos a situaciones de extrema peligrosidad que serían inaceptables.
Desgraciadamente, muchas veces, cuando un Gobierno que tiene un amplio respaldo popular observa que por actuaciones desacertadas de su parte, esa popularidad se le empieza a escurrir rápidamente de los dedos de las manos, comienza a emplear procedimientos que le permitan mantenerse y perpetuarse en el Poder. Todo esto que se habla sobre consulta directa al pueblo nosotros sabemos en qué consiste porque la historia nos enseña cómo se realizan en la práctica estas consultas. Casi no hay excepciones en la historia de la humanidad en el sentido de que un Gobierno haya perdido un plebiscito, al cual haya convocado al pueblo en un momento dado; porque, como se ha manifestado aquí en varias ocasiones, el Gobierno tiene en sus manos todos los resortes y medios de información, que le permiten presionar a los ciudadanos para lograr sus propósitos.
Espero que no tengamos que lamentar en el futuro situaciones como ésta. Desde estos bancos, a los cuales, hemos llegado con un título limpio, yo quiero protestar por las palabras del Honorable señor Pereira, porque, si bien es cierto que constituimos una minoría, también ésta es depositaría de la soberanía nacional.
Si ahora la Democracia Cristiana tiene ochenta y dos Diputados no quiere decir que cuente con la mayoría de la voluntad popular. Porque obtuvieron ochenta y dos diputados gracias a la ley electoral, los democratacristianos deben ser los más celosos guardadores y defensores de la Constitución y de las leyes, ya que gracias, a ellas, pueden detentar una mayoría que es muy superior a la que proporcionalmente corresponde a los votos que obtuvieron el 7 de marzo. Los demás partidos políticos, cualesquiera que sean las diferencias que tengan, representan un alto porcentaje de la opinión nacional.
Cada Diputado liberal representa más de veinticinco mil votos; cada parlamentario conservador, más de cuarenta mil. En cambio, si se saca la cifra repartidora nacional, nos daremos perfecta cuenta de que cada Diputado democratacristiano sólo representa un poco más de doce mil votos.
Por eso, creemos que es bueno que se vayan aclarando estas posiciones. Hemos visto que hay Honorables Diputados y dirigentes del partido de Gobierno, que hablan y hacen distinciones, por ahora sutiles, pero que sin duda alguna se irán acentuando, entre democracia esencial y forma!. La democracia es una sola; y para, que pueda tener vigencia, debe estar sometida a las leyes, reglamentos y a la carta Fundamental. Esas son las reglas del juego en la democracia, las que no se pueden alterar por la voluntad caprichosa de una mayoría ocasional; porque nadie ha clavado la rueda de la fortuna en materia política, y los que hoy están en abrumadora mayoría pueden pasar a ser minoría en poco tiempo más. Nosotros queremos que Sus Señorías legislen para el futuro, que aprueben leyes que rijan el futuro de nuestra patria; y a quienes tienen la responsabilidad de gobernar, queremos decirles, desde nuestros modestos bancos de parlamentarios, que estamos mirando con cierta inquietud estos afanes de ciertas personas que, tal vez por reminiscencias, ya que muchas de ellas pertenecían a otros partidos políticos en los cuales el sistema democrático no era un asunto esencial, pretenden dictar cátedra y enseñarnos lo que es democracia y lo que es la voluntad popular. Creemos, como en todos los países democráticos del mundo se cree, que la democracia se practica por medio de la delegación de la voluntad soberana del pueblo en sus gobernantes y en sus legisladores. Y sabemos que, a pesar de todas las modificaciones que se han hecho en todos los regímenes democráticos del mundo, nunca se ha pretendido derogar este sistema de representación. Porque este sistema significa el ordenamiento en la democracia, permitir el libre ejercicio de las libertades, para que las leyes que se dicten beneficien realmente a la mayoría, e impedir que las autoridades y gobernantes, por muy elevada que sea su situación, "se mareen en las alturas". Deben darse cuenta de que, dentro del sistema democrático, tarde o temprano tendrán que someter sus actuaciones como gobernantes, al veredicto del pueblo, a aquel veredicto que se realiza dentro del marco de la ley y bajo el alero protector de nuestra Carta Fundamental.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa hace presente que el artículo 135 del Reglamento prohíbe a los señores Diputados atribuir intenciones o sentimientos opuestos a sus deberes a sus demás colegas. La Mesa no puede tampoco suponerlos en ninguno de los señores Diputados, lo que ha permitido que el debate se realice con la amplitud que la Sala ha podido presenciar.
El señor ZEPEDA COLL.-
Pudo ordenar alguna aclaración.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
Tiene la palabra el Honorable señor BUZETA.-
El señor BUZETA.-
Señor Presidente, nuestro Honorable colega señor Ricardo Valenzuela contestará las palabras del Honorable señor Zepeda Coll, en nombre de la representación de la Democracia Cristiana, fijando nuestra posición sobre esta materia. Pero, antes de concederle una interrupción, deseo manifestar, en primer lugar, que extraño la actitud de la Mesa al permitir al Honorable señor Zepeda continuar su intervención después de suponer intenciones fascistas y nacistas en nosotros, basándose en dos frases muy sencillas dichas por nuestro Honorable colega señor Pereira, en el sentido de que ¡rabiaba en nombre de la representación popular que se nos dio. Si no lo hacemos, ¿a quién quiere que invoquemos? ¿Solamente nuestro testimonio? ¡Estamos invocando a la gente que nos apoyó!
Las reformas las estamos realizando democráticamente. En ninguna oportunidad hemos dicho que no respetaremos la democracia. Por eso, nadie, aunque tenga una pequeña representación popular, puede pronunciar tales discursos. Por lo demás, considero más peligroso lo que se anda diciendo en las calles: que si el señor Frei sigue con su plan de hacer una revolución en libertad; quizás venga un golpe tendiente a parar esta revolución, que estamos haciendo democráticamente. Si Su Señoría quiere apoyar con sus palabras lo que se está diciendo, eso es mucho más grave.
Nuestro Honorable colega no tiene derecho a hacer esas suposiciones ni a formularnos esos cargos. Y no porque el Honorable señor Zepeda conozca bien la historia de Hitler y Mussolini, puede sentirse autorizado para darnos "el título" de nacistas o fascistas. Por eso, cuando comenzó a hacer suposiciones, creo que la Mesa debió haberle llamado la atención.
Le concedo una interrupción al Honorable señor Valenzuela, don Ricardo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Montt!
Con la venia del Honorable señor Buzeta, tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, si hay algún partido político en Chile que tenga una limpia tradición democrática es, precisamente, la Democracia Cristiana. Desde el nacimiento mismo de nuestras ideas, en los tiempos de nuestra juventud, estuvimos impregnados de la filosofía popular de un avanzado cristianismo social. Desde entonces afirmamos rotundamente nuestra profunda fe democrática.
Democracia significa que el pueblo tenga acceso al poder, a la cultura, al bienestar social, a la protección de la salud, a todos los adelantos de la ciencia, de la técnica, de los conocimientos modernos. Por eso, mi camarada, el Honorable señor Pereira, ha expresado que el pueblo de Chile está vigilante.
¡ Sí, el pueblo de Chile está vigilante ante el Gobierno del Excelentísimo señor Freí; está vigilante ante los parlamentarios democratacristianos; está vigilante ante todos los partidos políticos de nuestro país, porque está consciente de que en los momentos que vivimos deben jugar un gran papel los más desamparados de la fortuna, aquéllos que han sido pisoteados por el régimen capitalista, aquéllos que han sido explotados en los latifundios por quienes han mantenido en sus manos la propiedad de la tierra, en Chile y en el mundo entero, es decir, por los representantes de las derechas económicas! Por eso, afirmamos que el pueblo está vigilante.
¿Quién podría negar la fe democrática de nuestro partido? ¿Quiénes son los que han hablado en la Honorable Cámara, especialmente durante la legislatura pasada, en contra de los regímenes dictatoriales? ¿Quiénes son los que han levantado su voz para denunciar las tiranías "de facto" del mundo entero? ¡Hemos sido nosotros! ¡No ha sido el Honorable señor Zepeda! ¡No han sido los liberales ni los conservadores! ¡No lo han sido, porque ellos siempre han defendido a los regímenes totalitarios, que conculcan la libertad de los trabajadores y las conquistas de los desamparados!
Señor Presidente, ¿cuál fue la posición que adoptamos los democratacristianos en la última guerra mundial, en que el nacismo quería clavar sus garras en la democracia? ¿No hubo muchos dirigentes liberales que estuvieron junto al nacismo y que fueron muy amigos de los embajadores de la Alemania de Hitler? ¿No son los mismos que ahora "rasgan sus vestiduras" y pretenden atribuirnos actitudes que jamás hemos tenido?
¡Tiene razón el Honorable señor Buzeta! Cuando los latifundistas expulsan de sus tierras a los campesinos, les dicen: "Anda a que Frei te defienda; anda a que los democratacristianos te defiendan; van a ver al Gobierno de Frei en dos o tres meses más". ¡Ellos creen que no tenemos afincado nuestro espíritu en la conciencia de los trabajadores, y que los trabajadores no tienen conciencia de quiénes realmente los defienden y los comprenden! ¡Porque nosotros somos el pueblo de Chile!
Por estas razones, no comprendo lo que acaba de decir mi distinguido amigo el Honorable señor Hugo Zepeda. Tal vez por su juventud se ha entusiasmado con sus propias palabras, con su profunda erudición, que le reconozco y admiro. Pero no podemos tolerar, como partido político, como representación parlamentaria en la Cámara de Diputados, que se nos venga a inferir un agravio, una injuria gratuita.
A través de nuestra vida, de nuestra trayectoria como partido político, hemos probado tener un profundo sentido democrático.
En su gira por el continente europeo y en todas sus actuaciones, desde el primer día que asumió el Mando Supremo de la Nación, el PresidenteEduardo Frei ha manifestado su respeto al Parlamento. Como un timbre de honor y de orgullo, ha dicho que ha sido parlamentario durante muchos años y que sabe y le gusta dialogal' con el Congreso. En su gira, ha ido afirmando los conceptos fundamentales de la democracia moderna, de la democracia con agilidad, de la democracia que interpreta verdaderamente las aspiraciones del pueblo. Eso es la democracia, porque ése es el verdadero gobierno del pueblo para el pueblo, como la definió Abraham Lincoln. Ese es el pensamiento profundo que anima nuestra acción política.
Por eso, no podemos tolerar las expresiones con que se nos ha querido injuriar. Esa es la verdad de las cosas. Lo digo con profunda serenidad. Para nosotros, es tremendamente injusto que se nos venga a decir que tenemos siquiera la más mínima inquietud en un sentido fascista o nacista, porque eso está totalmente fuera de nuestra filosofía política y porque hemos sido la antítesis del pensamiento filosófico que representa el nacismo o la doctrina totalitaria. Si nos hemos distinguido precisamente por lo contrario, no hay derecho a que, con ligereza tal, se pretenda enlodar la limpia reputación de la Democracia Cristiana con una afirmación de esta naturaleza.
Porque el pueblo nos juzga, ha juzgado. El pueblo ha sufrido las angustias de la miseria, del desamparo, del dolor, de la insalubridad en que vive en las poblaciones "callampas" y en los latifundios de nuestro país. El pueblo conoce la angustia de que sus hijos mueran a temprana edad. El pueblo conoce el tremendo problema que significa la falta de educación para sus hijos. Durante más de un siglo, en Chile no ha habido educación para los pobres, o la ha habido en mínima cantidad; pero sí la han tenido los señoritos. Por eso, el pueblo tiene los ojos abiertos y está vigilante, como ha dicho el Honorable colega y camarada, Santiago Pereira.
Por lo tanto, en nombre de la Democracia Cristiana de la Cámara de Diputados, yo levanto el cargo que nos ha hecho el Honorable Diputadodon Hugo Zepeda. No podemos aceptarlo, por ningún motivo, porque, en la Cámara y en el ejecutivo, antes como Oposición y ahora como Gobierno, nuestra acción ha sido siempre democrática y ha estado al servicio de los grandes y permanentes intereses de, pueblo de Chile.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa advierte que, con el ánimo de permitir que el debate se desarrolle con la mayor amplitud, ha tolerado hasta este instante, que se viertan opiniones sin atinencia directa con el proyecto en discusión. No obstante, por estimar que se La de un proyecto amplio, ruego a los señores Diputados que colaboren con ella, circunscribiéndose a las materias que lo componen.
Puede continuar el Honorable señor Buzeta.
El señor BUZETA.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Pereira.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Pereira.
El señor PEREIRA.-
Señor Presidente, voy a ser muy breve, porque las palabras expresadas por mi Honorable colega señor Ricardo Valenzuela han fijado claramente nuestra inalterable posición democrática, libertaria y contraria a todo régimen dictatorial.
Sin embargo, creo que vale la pena llamar la atención de la Honorable Cámara "respecto al tono doctoral, e incluso, vociferante, que emplean los parlamentarios de la reacción. No es la primera vez que los escuchamos. Aun antes de ocupar un asiento en este hemiciclo, lo habíamos advertido desde las tribunas de la Cámara, o leyendo la versión publicada en la prensa. La verdad es que los discursos más encendidos en defensa de la libertad y de la democracia han provenido siempre de los bancos de los Partidos Conservador y Liberal. En las palabras, siempre han defendido la democracia a todo trance. ¡Pero qué distintas han sido sus actitudes! Aparecen como los más limpios, los más demócratas, los más libertarios, pero cuando en este país se han golpeado las puertas de los cuarteles, no lo han hecho los partidos populares, sino personeros vinculados a los partidos de Derecha.
El señor ZEPEDA COLL.-
No es efectivo.
El señor PEREIRA.-
Cuando se discutió en el Parlamento la Ley de Defensa de la Democracia, que seguramente es el mayor crimen que se ha cometido en Chile, contra la Constitución, la libertad y la democracia, fueron los parlamentarios de los Partidos Liberal, Conservador y Radical quienes la apoyaron.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Diputado, a Su Señoría le está prohibido suponer intenciones!
El señor PEREIRA.-
¡No estoy suponiendo intenciones, sino relatando hechos!
Todos los estados de sitio, todos los atentados contra la libertad, todas las leyes represivas han contado con el apoyo resuelto de los Partidos Liberal y Conservador. No hay que remontarse mucho. Basta recordar que la "Ley Mordaza", dictada por el Gobierno del Frente Democrático, contó con el más amplio y resuelto respaldo de los Partidos Conservador, Liberal y Radical, que lo integraban. Por eso, estos discursos tan encendidos, tan .grandilocuentes, realmente ya no impresionan a nadie. Se sabe que las palabras son muy distintas de los hechos, de las actitudes, como la historia lo enseña. Por nuestra parte, ya he dicho que sabemos muy claramente cuál es el papel que tenemos que desempeñar, y que estamos aquí por un mandato directo y limpio del También vale la pena referirse a lo que es la democracia. Muchas veces ha habido en el Congreso mayorías que no han representado auténticamente la opinión del pueblo. ¿Qué representaba el Frente Democrático en el Parlamento pasado? Una minoría insignificante, como quedó demostrado con posterioridad en dos sucesivas elecciones. ¿Por qué? Porque al Parlamento han llegado y todavía llegan muchos señores que han comprado sus asientos y no tienen un auténtico y limpio respaldo popular.
Por eso, estas "enseñanzas" sobre la libertad y democracia no nos hacen ningún afecto, ni logran engañarnos.
Por otra parte, ...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite. Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Democrático Nacional.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas nos complacemos de la expresión democrática que acaba de formular el Honorable señor Ricardo Valenzuela.
En verdad, tiene que preocupar algunas manifestaciones, como las palabras inoportunas y groseras con que algún Diputado, sin experiencia parlamentaria, afirma que la educación es atributo de la burguesía, en. que se coloca para referirse despectivamente a los parlamentarios populares ; como las palabras con que, en la sesión de la otra noche, al debatirse el conflicto portuario, se lanzaron amenazas contra el movimiento sindical de los trabajadores; o como las palabras destempladas, vagas, difusas, ambiguas palabras de la primera intervención del Honorable señor Pereira, las cuales, en verdad, se prestaban para que, muy concretamente, se considerara el aspecto amenazante que revestían.
Ahora bien, es evidente que el pueblo vigila al Gobierno y a cada uno de los partidos de Gobierno y de Oposición. También es indiscutible que tenemos una extraordinaria responsabilidad.
Los parlamentarios comunistas consideramos que la preservación de las libertades públicas, del régimen institucional, de las garantías democráticas, conquistadas a costa de grandes esfuerzos e inmensas luchas, por los trabajadores y por el pueblo de Chile; que la posibilidad del desarrollo democrático de los acontecimientos en el país, con vistas a la liberación de las masas y a la satisfacción de sus más hondos anhelos, requiere, precisamente, que se resuelvan los problemas nacionales. Allí reside la garantía de algo que es fundamental para los destinos de la patria: las libertades y las garantías democráticas.
En relación con ello, nos preocupa que se creen conflictos artificiales y se lance a la fuerza pública contra los trabajadores, como ha ocurrido en el puerto de Valparaíso, en la forma tan lamentable y odiosa que se conoce, porque así socavan las instituciones democráticas.
Nos preocupa que se permita la prolongación de las huelgas adoptando la actitud de congelar los reajustes, lo que, de hecho, favorece a patrones inescrupulosos.
Nos preocupa que no se despachen iniciativas concretas destinadas a resolver los problemas nacionales, y, en cambio, haya prontitud para despachar proyectos como éste, que es una espada de doble filo y puede herir a cualquiera, que no puede satisfacer a amplios sectores y, por lo tanto, no tiene asegurada una mayoría en el Senado de la República.
Cuando se discutió el financiamiento del proyecto de reconstrucción, nosotros, en actitud constructiva y de responsabilidad política, planteamos la necesidad de que el impuesto patrimonial afectase en una forma más efectiva a los ricos de Chile, en vez de gravar a capas medias que no lo podrían resistir. En su veto, el Gobierno ha hecho una proposición que atiende este planteamiento nuestro.
Igualmente, hemos señalado que se podrían despachar rápidamente algunas iniciativas, como la reforma del artículo de la Constitución que establece las normas para las expropiaciones; una ley de reforma agraria, para lo cual hay amplia mayoría en esta Cámara y en el Senado, con los votos del Frente de Acción Popular; y una ley que modificara la composición del Directorio del Banco Central. Se podría avanzar en la adopción de medidas concretas de esta especie, en vez de mantener un conflicto artificial y de atascar la legislación por un simple proyecto de facultades.
Una Comisión Especial de la Cámara está considerando los gravísimos alcances que reviste el hecho de que se haya estado efectuando en Chile una investigación el "Plan Camelot" sobre la forma de aprovechar divergencias y situaciones difíciles para desarrollar golpes de Estado, como los que, desgraciadamente, han fructificado en países hermanos de América latina. Sí, hay que consolidar, defender, resguardar nuestra democracia. Para ello debe haber emulación en el despacho de disposiciones positivas, que resuelvan los problemas nacionales. En esto, la mayor responsabilidad la tiene el partido de Gobierno.
Nos alarma que, en cambio, se ocupen tantas horas del trabajo de la Cámara en el despacho de iniciativas como ésta, que puede salir aprobada de esta rama del Parlamento, pero que luego encontrará un escollo en el Senado y que puede dar una sensación de frustración, mientras pasa el tiempo y en Chile continúan las condiciones de miseria, hambre y atraso.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado?
Ha terminado el tiempo del Comité Comunista.
El señor ZEPEDA COLL.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZEPEDA COLL.-
Señor Presidente, el Honorable señor Ricardo Valenzuela ha dicho trae las palabras son distintas de los hechos. Espero que sus brillantes expresiones no sean jamás desmentidas por ellos. Desgraciadamente, el vocablo democracia ha servido a muchos hombres para, entronizar las más abyectas dictaduras. Como lo demuestra la historia; en esos casos se ha comenzado por hacer la distinción sutil en un principio y acentuada después, entre democracia formal y democracia esencial. También hay que destacar que todos los tiranos que ha conocido la humanidad, siempre han sostenido que obran contando con la voluntad popular.
Los partidos mayoritarios muchas veces creen ser los únicos poseedores de la verdad y no admiten el patriotismo en quienes disienten de sus opiniones. Así es como acusan a los de la minoría, cuando están en desacuerdo con ellos, de antipatriotas, de contrarrevolucionarios y de enemigos del pueblo.
Y hay hechos que figuran ya en la Historia de nuestro país. El año 1953, el Excelentísimo señor Frei fue el primero que criticó ai Gobierno de esa época, entonces Senador, por permitir que sus partidarios solicitaran ser elegidos parlamentarios, a fin de tener "un Parlamento para Ibáñez". Desgraciadamente, en la última elección, él permitió que los suyos pidieran "un Parlamento para Frei".
También se ha dicho aquí que los hombres de nuestras filas llegan al Congreso gracias al dinero. La efectividad de este cargo puede apreciarlo el país. La opinión pública conoce la forma cómo elimos nosotros la última lucha electoral. Cuan escasa fue nuestra propaganda frente a los sistemas publicitarios millonarios del actual partido de Gobierno. La Democracia Cristiana utilizó el dinero en grandes campañas de presión propagandística...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Independiente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se ha pedido dividir la votación por letras.
Se votará el encabezamiento del artículo 13 y la letra a).
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán.
Aprobados.
En votación la letra b).
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 6 rotos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la letra b).
En votación la letra c).
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
En votación la letra d).
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará.
A probada.
En votación la letra e) con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en sustituir las palabras "de la Mesa Ejecutiva", por "unánime del Directorio."
- Efectuada la rotación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 6 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la letra con la indicación.
En votación la letra f) con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en agregar dos nuevos incisos.
El señor VALENTE.-
¿Cuáles son los incisos?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Los que figuran en la página 4 del Boletín.
Advierto a Sus Señorías que ya la Sala acordó incluir, en la nómina de leyes que contempla esta disposición, la ley N° 13.039.
El señor SOTA.-
La segunda parte del inciso fue propuesta por Sus Señorías. La presentó el Honorable señor Valente. ¡Votenla!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la letra con los incisos.
En votación la primera de las letras nuevas que propone agregar la Comisión de Hacienda.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la segunda de las letras propuestas.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
El Comité Comunista ha solicitado votar por incisos la tercera letra.
En votación el inciso primero de la letra.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En votación el inciso segundo de la misma letra.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 12 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el inciso.
En votación la última letra nueva propuesta por la Comisión de Hacienda.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión el artículo 14.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Advierto que resta un minuto al Comité Radical. Es el único Comité al que queda tiempo.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, he solicitado la palabra sólo para dar lectura a algunos párrafos de la declaración oficial dirigida a la opinión pública por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, la cual deseo especialmente poner en conocimiento del Honorable señor Pereira.
Dice así, en uno de sus párrafos: "Nuestro gremio nunca esperó los planteamientos que hoy formula el Ejecutivo y que no guardan relación alguna con las seguridades y garantías de respeto a los funcionarios manifestadas en octubre de 1964 por el entonces Presidenteelecto, don Eduardo Frei, en entrevista con esta directiva, oportunidad en que aseguró su pensamiento contrario a las facultades extraordinarias destinadas a reestructurar los servicios fiscales, las que, según su opinión textual, sólo servían para desorganizar la administración con grave perjuicio de paralización de las actividades."
Después, la declaración agrega: "Un problema de tanta trascendencia, que afecta a miles de empleados e indirectamente a la ciudadanía en general, no puede quedar entregado al criterio de desconocidos, de cuya capacidad, experiencia y responsabilidad, nadie puede dar fe.". Y, finalmente: "Nadie puede apoyar estas facultades extraordinarias, salvo que bastardos intereses políticos o personales lo impulsen, con el mezquino interés de obtener granjerias o privilegios para sí mismo, a costa de sacrificar y lanzar a la miseria a sus compañeros."
Esta es, señor Presidente, la opinión oficial del gremio de empleados al cual se refiere el artículo 14 en debate, pues es la declaración formulada por el Directorio Nacional de esa agrupación de funcionarios públicos, una vez conocido el Mensaje enviado por el Ejecutivo en mayo último, antes de formularse las indicaciones introducidas con posterioridad. Las modificaciones fueron el fruto de la lucha de estos gremios y no de la voluntad de los señores Diputados democratacristianos...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Radical.
Queda cerrado el debate respecto de todas las disposiciones restantes.
En votación el artículo 14, con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en reemplazarlo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo 14 con la indicación.
Aprobado.
Corresponde votar la supresión del artículo 15 del Mensaje original del Ejecutivo, al cual se va a dar lectura.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 15 del Mensaje, cuya eliminación se propone por la Comisión de Gobierno Interior, en su segundo informe, es del tenor siguiente:
"La aplicación de esta ley no podrá significar alteración del régimen de inamovilidad a que se refiere la ley número 8.715. Tampoco podrá significar aumento de personal, salvo en los casos de creación de nuevos organismos."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo 15, cuya supresión propone la Comisión de Gobierno Interior en su segundo informe.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa. 19 votos; por la negativa, 41 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
Los artículos 15 y 16 se encuentran aprobados reglamentariamente.
Corresponde votar el artículo 18, cuya supresión ha propuesto la Comisión de Gobierno Interior.
Se va a dar lectura al artículo.
El señor CAÑAS (Secretario).
El artículo 18 del Mensaje dice: "Esta ley regirá desde su aplicación en el Diario Oficial."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará la supresión del artículo.
Aprobada.
En votación el primero de los artículos nuevos que la Comisión de Hacienda propone agregar.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el primero de los artículos nuevos propuestos por la Comisión de Hacienda.
En votación el segundo de los artículos nuevos propuestos por la Comisión de Hacienda.
- Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 6 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
El artículo 1° transitorio se encuentra reglamentariamente aprobado.
En votación el artículo 2° transitorio de la Comisión de Gobierno Interior.
Durante la votación:
El señor CADEMARTORI.-
¿Cuál artículo transitorio se vota, señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El artículo 2° transitorio de la Comisión de Gobierno Interior, que figura en la página 20 del boletín.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 16 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En votación el único artículo transitorio que propone la Comisión de Hacienda, y que pasaría a ser artículo 3° transitorio.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Terminada la discusión del proyecto.
Habiéndose cumplido su objeto, se levanta la sesión.
- Se levantó la sesión a la 1 hora y 2 minutos del día viernes 23 de julio.
Javier Palominos GálvezJefe Accidental de la Redacción.