Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- RÉPLICA A EXPRESIONES VERTIDAS EN PROGRAMA DE TELEVISIÓN. (Aplicación de artículo 34 del Reglamento).
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- RÉPLICA A EXPRESIONES VERTIDAS EN PROGRAMA DE TELEVISIÓN. (Aplicación de artículo 34 del Reglamento).
- V. ORDEN DEL DÍA
-
ACUERDO DE ASISTENCIA JURÍDICA MUTUA EN ASUNTOS PENALES Y SUS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS, CELEBRADOS POR CHILE CON BOLIVIA Y LOS PAÍSES MIEMBROS DEL MERCOSUR. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- DEBATE
- NORMAS SOBRE PROTECCIÓN Y EVALUACIÓN DEL DETERIORO DE CAPA DE OZONO. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Pablo Galilea Carrillo
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- DEBATE
- DEBATE
- REBAJA DE ARANCELES EN LAS INSCRIPCIONES CONSERVATORIAS DE LAS POSESIONES EFECTIVAS. Modificación de la ley Nº 16.271. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- DEBATE
- PERFECCIONAMIENTO DE NORMATIVA SOBRE DOCUMENTO ELECTRÓNICO E INCORPORACIÓN DE FECHA ELECTRÓNICA. Modificación del Código de Procedimiento Civil y de la ley Nº 19.799. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Andres Antonio Egana Respaldiza
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Dario Paya Mira
- Patricio Walker Prieto
- INDICACIÓN
-
ACUERDO DE ASISTENCIA JURÍDICA MUTUA EN ASUNTOS PENALES Y SUS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS, CELEBRADOS POR CHILE CON BOLIVIA Y LOS PAÍSES MIEMBROS DEL MERCOSUR. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN INVESTIGADORA DE LA FORMA Y PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DEL DEPORTE.
- REBAJA DE PASAJES EN EL TRANSPORTE PÚBLICO PARA LOS ADULTOS MAYORES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Eduardo Saffirio Suarez
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Eugenio Tuma Zedan
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Edmundo Villouta Concha
- German Becker Alvear
- Jaime Quintana Leal
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Fernando Meza Moncada
- Leopoldo Sanchez Grunert
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Eduardo Saffirio Suarez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- INSTAURACIÓN DE DÍA NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Eduardo Saffirio Suarez
- Exequiel Silva Ortiz
- Eugenio Tuma Zedan
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Edmundo Villouta Concha
- Jaime Quintana Leal
- German Becker Alvear
- Waldo Mora Longa
- Eduardo Diaz Del Rio
- Fernando Meza Moncada
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- MODIFICACIÓN DE NORMATIVAS LEGALES SOBRE VENTA DE ARMAS POR EL ESTADO.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Sergio Correa De La Cerda
- Eugenio Bauer Jouanne
- Ivan Norambuena Farias
- Osvaldo Palma Flores
- Rosauro Martinez Labbe
- Roberto Delmastro Naso
- Carlos Recondo Lavanderos
- Mario Bertolino Rendic
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- VII. INCIDENTES
- PAVIMENTACIÓN DE CALLE Y HABILITACIÓN DE COLECTORES DE AGUAS LLUVIAS EN SECTOR DE CHILLÁN. Oficio.
- NECESIDADES Y REQUERIMIENTOS DE LA OCTAVA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- ENTREGA DE TÍTULOS DE DOMINIO A POBLADORES DE COMUNA DE SALAMANCA E INFORMACIÓN SOBRE PAGO DE EXPROPIACIONES POR CONSTRUCCIÓN DE CARRETERA SANTIAGO-LA SERENA. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- REFLEXIONES SOBRE ACTUALIDAD NACIONAL.
- CALIFICACIÓN DE URGENCIA PARA PROYECTO DE LEY SOBRE NUEVA AGRAVANTE EN COMISIÓN DE DELITOS DURANTE LA LIBERTAD PROVISIONAL. Oficios.
- MEDIDAS ADICIONALES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y RESPONSABILIDAD FISCAL.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Hidalgo Gonzalez
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Mario Bertolino Rendic
- Roberto Delmastro Naso
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Alfonso Vargas Lyng
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- PROTOCOLO DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO Y MEDIO NO TÉCNICO ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE. Primer trámite constitucional.
- ACUERDO SOBRE EXTRADICIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE. Primer trámite constitucional.
- ACUERDO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA JURISDICCIONAL EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVA ENTRE ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y CHILE Y BOLIVIA. Primer trámite constitucional.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 353ª, ORDINARIA
Sesión 15ª, en martes 12 de julio de 2005
(Ordinaria, de 19.20 a 22.19 horas)
Presidencia de los señores Ascencio Mansilla, don Gabriel; Navarro Brain, don Alejandro, y Cornejo Vidaurrázaga, don Patricio.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Réplica a expresiones vertidas en programa de televisión. (Aplicación de artículo 34 del Reglamento) 9
V. Orden del Día.
- Acuerdo de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa entre estados parte del Mercosur y Chile y Bolivia. Primer trámite constitucional 11
- Acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales y sus acuerdos complementarios, celebrados por Chile con Bolivia y los países miembros del Mercosur. Primer trámite constitucional 11
- Protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico entre los estados parte del Mercosur, Bolivia y Chile. Primer trámite constitucional 11
- Acuerdo sobre extradición entre los estados parte del Mercosur y la República de Bolivia y la República de Chile. Primer trámite constitucional 11
- Normas sobre protección y evaluación del deterioro de capa de ozono. Segundo trámite constitucional 14
- Rebaja de aranceles en las inscripciones conservatorias de las posesiones efectivas. Modificación de la ley N° 16.271. Tercer trámite constitucional 29
- Perfeccionamiento de normativa sobre documento electrónico e incorporación de fecha electrónica. Modificación del Código de Procedimiento Civil y de la ley N° 19.799. Primer trámite constitucional 32
VI. Proyectos de acuerdo.
- Constitución de Comisión investigadora de la forma y procedimientos utilizados en el Instituto Nacional del Deporte 39
- Rebaja de pasajes en el transporte público para los adultos mayores 40
- Instauración de día nacional de los pueblos indígenas 41
- Modificación de normativas legales sobre venta de armas por el Estado 43
VII. Incidentes.
- Pavimentación de calle y habilitación de colectores de aguas lluvias en sector de Chillán. Oficio 44
Pág.
- Necesidades y requerimientos de la Octava Región. Oficios 45
- Entrega de títulos de dominio a pobladores de comuna de Salamanca e información sobre pago de expropiaciones por construcción de carretera Santiago-La Serena. Oficios 47
- Reflexiones sobre actualidad nacional 49
- Calificación de urgencia para proyecto de ley sobre nueva agravante en comisión de delitos durante la libertad provisional. Oficios 51
- Medidas adicionales para fortalecer la transparencia y responsabilidad fiscal 52
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. el Presidente de la República mediante el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que permite renegociar, reprogramar o condonar parcialmente los créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda que se indican. (boletín N° 3924-14) 54
2. Informe de la Comisión del Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto que modifica la ley N°18.833, con el objeto de definir el sujeto obligado al pago de los créditos sociales, en el caso que señala. (boletín N° 3505-13) 58
3. Segundo informe de la Comisión del Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto, que modifica normas del Código del Trabajo, contenido en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. (boletín N° 1394-13) (S) 61
4. Segundo informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recaído en el proyecto sobre protección agrícola. (boletín N° 3770-01) 63
5. Moción de los diputados señores Hidalgo; Bayo; Bertolino, Delmastro; García y Vargas que señala que los funcionarios de la Contraloría General de la República no podrán tener militancia política. (boletín N° 3921-07) 66
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen RN V 13
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jofré Núñez, Néstor RN I 2
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Asistió, además, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia , don Eduardo Dockendorff.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 19.20 horas.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ASCENCIO (Presidente).-
El acta de la sesión 10ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 11ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ASCENCIO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
RÉPLICA A EXPRESIONES VERTIDAS EN PROGRAMA DE TELEVISIÓN. (Aplicación de artículo 34 del Reglamento).
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra a la diputada señora Laura Soto, quien hará uso del derecho conferido en el artículo 34 del Reglamento.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , en la última edición del programa “Tolerancia Cero”, del canal Chilevisión, el jefe de prensa de ese medio y actual presidente del Colegio de Periodistas de Chile, señor Alejandro Guillier , haciendo uso abusivo de su exposición pública, se dedicó, al menos durante diez minutos, a desinformar a la opinión pública y a hacer afirmaciones no sólo equívocas e injustas, sino que groseras y obscenas en contra de los parlamentarios.
El señor Guillier , con una total falta de conocimiento, comenzó sus críticas en contra de la Cámara de Diputados y del Senado, afirmando que estábamos modificando la Constitución para protegernos de los medios y del control que ellos realizan sobre nuestras actividades públicas. Apelando a supuestos principios liberales y democráticos, inventa que hemos modificado la Carta Fundamental para incluir en la norma del artículo 19, número 4, una supuesta protección de la vida pública de las personas.
Debemos decirle, desde este hemiciclo, a la opinión pública y al señor Guillier , que ha sido mal asesorado, pues la redacción del inciso primero de ese numeral de la Carta Constitucional, sigue siendo el mismo que el del texto primigenio, esto es, que la Constitución asegura a todas las personas “el respeto y protección de la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.”
En cuanto a qué significa “vida pública”, el señor Guillier , atribuyéndose poderes de intérprete auténtico de la norma constitucional, postula que esta noción, que es un concepto jurídico indeterminado, se refiere a la vida de los hombres públicos. A nuestro juicio, esto es un craso error, y aunque el punto sea opinable y que en un estado de derecho corresponde a los órganos jurisdiccionales determinar el verdadero sentido y alcance de la disposición, siempre hemos actuado pensando que esta noción alude a la protección de la actividad verificada en público, de manera de no limitar la protección de la intimidad y la privacidad de los actos o conductas que se verifican en la esfera privada del hogar o en otra clase de recintos privados.
Siempre hemos postulado, pues es lo que se adecua mejor a nuestra tradición jurídica, que los hombres públicos, incluidos los que ostentamos cargos de responsabilidad política o que participan en el gobierno y administración de los asuntos públicos, tenemos un nivel menor de protección de nuestra intimidad. Un sinnúmero de actuaciones, que para el común de los ciudadanos forma parte de su intimidad y, por lo tanto, están protegidos de la mirada y escrutinio publicó, en el caso nuestro son materia de control y fiscalización por parte del Estado y de los particulares, dentro de los cuales se cuenta la prensa.
En consecuencia, negamos públicamente cualquier intento de hacernos aparecer como una casta que busca la autoprotección, pues ello jamás ha estado ni en nuestras mentes ni en nuestras actuaciones.
Lo único que se aprobó fue el texto propuesto por el Senado que elimina el inciso segundo de esa disposición. La norma eliminada en el Senado en el primer trámite de la reforma, es la que establece el delito de difamación con rango constitucional, cuestión propia de un régimen autoritario. En cambio, la responsabilidad solidaria de los dueños de los medios frente a situaciones de vulneración de derechos ya venía consagrada en la Constitución de 1980.
Lo que ha hecho el Senado, y luego la Cámara de Diputados, es establecer una norma de reemplazo, un nuevo inciso segundo que dice: “La ley establecerá un sistema integral y efectivo de protección de estos derechos. Dicha ley podrá establecer la responsabilidad solidaria de los dueños de los medios de comunicación por las indemnizaciones que procedan”.
Por lo tanto, lo que hemos hecho es, simplemente, dejar en manos de la ley la regulación de este derecho. Es una cuestión obvia, pues las constituciones deben ser normas amplias y generales, dejando a la ley la regulación, el ejercicio y dispositivos de aseguramiento de los derechos. Ésta es una práctica aceptada por la unanimidad de la doctrina constitucional chilena y extranjera.
Ahora bien, lo que le preocupa al señor Guillier es que hayamos establecido la responsabilidad solidaria de los dueños de los medios. Esto lo hicimos por la sencilla razón de que en Chile estamos pasando de un régimen de protección penal de la vida privada y el honor de las personas a uno de protección civil. Queremos despenalizar, porque no queremos más periodistas presos; queremos que cuando un medio mienta deliberadamente o se equivoque por grave negligencia en el trabajo periodístico, provocando daño a las personas, responda, aplicándose así el principio general de todo sistema jurídico civilizado, que quien causa daño injustificadamente, debe repararlo. No hacerlo, significaría dar patente de corso a quienes son los agentes llamados a formar la opinión pública para cometer toda clase de tropelías.
¿Es que acaso los medios no ganan dinero, puntos de rating o aumento de ventas de diarios cuando publican una noticia con ribetes de escándalo?
Está claro, entonces, que no queremos, como él dice con grosería, “profitar de nuestra ineptitud”; queremos que quien gana dinero lesionando dolosa o culposamente el honor de una persona repare materialmente el daño moral que ha causado. Tan sólo eso.
Creo sinceramente que el señor Guillier se equivocó de rol. Él no debe defender los intereses de los dueños de los medios; éstos pueden defenderse solos. Su deber es evitar que sus colegas periodistas sigan yendo a la cárcel, cuestión que, al parecer, últimamente ha comenzado a olvidar.
Finalmente, con la tranquilidad que me da el haber dedicado media vida a la defensa los derechos humanos, cuando muchos otros que hoy se elevan como catones de la moral pública y prohombres de la democracia y el liberalismo, vivían cómodamente los años de la dictadura militar, anuncio que seguiremos avanzando en nuestro trabajo para evitar la cárcel para los periodistas, pero también para proteger los derechos de todas las personas.
He dicho.
-Aplausos en la Sala.
V. ORDEN DEL DÍA
ACUERDO DE ASISTENCIA JURÍDICA MUTUA EN ASUNTOS PENALES Y SUS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS, CELEBRADOS POR CHILE CON BOLIVIA Y LOS PAÍSES MIEMBROS DEL MERCOSUR. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse de los proyectos de acuerdos aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte, el Mercosur y las Repúblicas de Chile y de Bolivia, todos en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de suma.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Francisco Bayo.
Antecedentes:
-Mensajes Nºs. 3897-10 y 3898-10, sesión 7ª, en 21 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 4.
-Mensajes Nºs. 3904-10 y 3907-10, sesión 9ª, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 6.
-Informes de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 13ª, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 4, 5, 6 y 7, respectivamente.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , paso a informar sobre cuatro proyectos de acuerdo analizados por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
Por razones de economía procedimental y atendida la urgencia calificada de “suma” con que se tramitaron, pueden ser calificados de fácil despacho, ya que tanto los acuerdos de cooperación en los ámbitos de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, civiles, comerciales, laborales y administrativos, como el de cooperación educacional para permitir el reconocimiento de estudios de enseñanza básica y media sólo para fines de permitir la continuidad de estudios y el de extradición, todos acuerdos celebrados por Chile con los países miembros del Mercosur, más Bolivia como país asociado, contemplan normas usuales en este tipo de acuerdos de cooperación bilateral o multilateral, de los cuales nuestro país ha celebrado diversos tratados, como se indica en los respectivos informes puestos a disposición de los honorables colegas.
Los países miembros del Mercosur y los estados asociados, entre los cuales se encuentra Chile, celebran estos convenios de cooperación con el objeto de fortalecer el proceso de integración regional mediante la adopción de soluciones jurídicas comunes frente a las crecientes amenazas de modalidades criminales transnacionales que afectan a la sociedad internacional en estos tiempos, lo que esperan lograr intensificando su cooperación jurisdiccional mediante el otorgamiento de un trato equitativo a los nacionales, ciudadanos y residentes permanentes o habituales de los estados signatarios.
Se facilita así el libre acceso a las instancias judiciales correspondientes, armonizando sus legislaciones nacionales conforme a los principios generales del derecho internacional de la extradición. Se permite dar lugar a ella según los principios de la doble incriminación, el de la mínima gravedad, el de la cosa juzgada, el de la no extraditabilidad de los delitos políticos o conexos y en el de la no extradición de los nacionales.
Estimo importante señalar que, para estos efectos, no serán considerados delitos políticos, bajo ninguna circunstancia, los siguientes:
a) El atentado contra la vida o la acción de dar muerte a un jefe de estado o de gobierno o a otra autoridad nacional o local o a sus familiares;
b) El genocidio, los crímenes de guerra o los delitos contra la humanidad;
c) Los actos de naturaleza terrorista;
d) Los que afecten a personas sujetas a protección internacional, incluidos los agentes diplomáticos;
e) La toma de rehenes o el secuestro de personas, y
f) Los actos de captura ilícita de embarcaciones o aeronaves.
Hago presente a la Sala que todos los tratados de extradición que nuestro país ha celebrado con Bélgica, Bolivia , Brasil , Colombia , Ecuador , Estados Unidos, Inglaterra, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela más el “Código de Bustamante”, se orientan a lograr, entre los estados, una estrecha cooperación para ampliar el ámbito de los delitos extraditables y flexibilizar los procedimientos judiciales y administrativos, sin perjuicio de salvaguardar los derechos individuales de los afectados.
En el plano de la cooperación internacional encaminada a perfeccionar los mecanismos de asistencia jurídica mutua en los diversos ámbitos ya señalados, nuestro país ha celebrado convenios con diversos países, entre ellos, España , Venezuela y México , además de un convenio interamericano suscrito en el marco de la Organización de Estados Americanos. Todos ellos son instrumentos importantes de la estrategia general de lucha contra el delito o para la defensa de los derechos e intereses de los nacionales y extranjeros residentes, permanentes o habituales en el territorio del Estado.
En este caso, se trata de asegurar a las personas la igualdad de trato procesal o el libre acceso a la jurisdicción del Estado para la defensa de sus derechos e intereses.
Los cuatro proyectos de acuerdo fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
Además, la Comisión compartió los objetivos que los gobiernos que integran el Mercosur, más Chile y Bolivia, tuvieron presente al celebrarlos. Esto es, reforzar la integración regional mediante acuerdos internacionales que deberán ajustarse, en su aplicación, a la legislación interna, al orden público y a las soberanías nacionales.
Sólo cabría recordar que tratándose de los acuerdos complementarios que se celebren en cumplimiento del Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Estudios de Nivel Primario y Medio no Técnicos, para incorporar en los planes de estudio contenidos curriculares mínimos de Historia y Geografía de cada uno de los estados partes, deberán ser sometidos a la aprobación parlamentaria en la medida en que ellos importen una modificación de la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza.
Por todo lo señalado, la Comisión propone a la honorable Cámara aprobar los artículos únicos de los cuatro proyectos de acuerdo en los términos que se sugiere en sus respectivos informes escritos.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Los proyectos de acuerdo informados serán votados al término del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala votó los proyectos de acuerdo en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación los proyectos de acuerdo aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte del Mercosur y las repúblicas de Chile y de Bolivia.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
NORMAS SOBRE PROTECCIÓN Y EVALUACIÓN DEL DETERIORO DE CAPA DE OZONO. Segundo trámite constitucional.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que establece mecanismos de protección de la capa de ozono y de evaluación de los efectos producidos por su deterioro.
Diputado informante de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente es el señor Leopoldo Sánchez.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 2725-12 (S), sesión 60ª, en 20 de marzo de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Informe de la Comisión de Recursos Naturales, sesión 12ª, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 1.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor SÁNCHEZ.-
Señor Presidente , la destrucción de la capa de ozono es uno de los problemas ambientales más graves que hoy debemos enfrentar. Podría ser responsable de millones de casos de cáncer a la piel a nivel mundial y de perjudicar la producción agrícola.
Lo anterior ha motivado a la comunidad internacional a adoptar medidas prácticas para protegerse de una amenaza que se cierne sobre todo el planeta y que afecta a toda la humanidad.
En 1987, los gobiernos de todos los países del mundo acordaron tomar las medidas necesarias para solucionar este grave problema al firmar el Protocolo de Montreal, para reducir la producción de químicos que agotan la capa de ozono. Fue un acuerdo notable, que sentó precedente para una mayor cooperación internacional, a fin de encarar los problemas globales del medio ambiente.
Bajo los auspicios del programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, los científicos, industriales y gobiernos se reunieron para iniciar una acción preventiva global. El resultado fue un acuerdo mediante el cual los países desarrollados se comprometieron a una acción inmediata, mientras que los países en desarrollo, como el nuestro, se comprometieron a cumplir el mismo compromiso en un plazo de diez años.
Dicho lo anterior, paso a informar sobre el proyecto que establece mecanismos de protección y evaluación de los efectos producidos por el deterioro de la capa de ozono.
La idea matriz del proyecto es mantener informada a la población sobre los riesgos de la radiación ultravioleta y, en consecuencia, adoptar ciertas medidas de difusión y protección.
El proyecto, originado en moción de los senadores Antonio Horvath , José Ruiz de Giorgio , Rodolfo Stange y Ramón Vega , se encuentra en segundo trámite constitucional y primero reglamentario. Su finalidad principal, reitero, es mantener informada a la población de los efectos de la radiación ultravioleta, mediante sistemas que coordinen dicha información y regularicen los elementos de protección.
Fundamentos del proyecto.
Los considerandos de la iniciativa legal parten por destacar las evidencias del deterioro creciente de la capa de ozono atmosférico del hemisferio sur y los efectos que ello provoca en los seres vivos, especialmente en nuestro país.
En razón de lo anterior, se recalca la necesidad de informar oportunamente a la población acerca de los efectos que provoca la radiación ultravioleta originada en el deterioro de la capa de ozono y de coordinar la información que se entrega y los medios de medición.
Para tales efectos, se requiere que los sistemas de protección a la radiación solar y su fracción ultravioleta sean regulados de manera que contengan la información necesaria.
Del mismo modo, el proyecto introduce el cobro de indemnizaciones por los daños causados por los países productores de elementos que deterioran la capa de ozono.
Todo lo anterior, hace necesario, además, que la población tenga pleno conocimiento de los productos que degradan la capa de ozono y que se cuente con una completa red de medición de radiación ultravioleta actualizada.
Antecedentes generales sobre el ozono y sus efectos en la salud humana.
De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la Nasa, el ozono (O3) se define como “una molécula relativamente inestable hecha de tres átomos de oxígeno. Aunque representa sólo un fragmento diminuto de la atmósfera, el ozono es crucial para la vida en la tierra”. De este modo, esa pequeña cantidad de ozono es suficiente para interceptar la radiación ultravioleta del sol y transformarla en calor, formando un escudo protector denominado capa cálida, que protege al planeta, como un gran filtro solar, de las altas temperaturas y de las radiaciones ultravioletas dañinas. Se localiza en la estratósfera, a una distancia que va de 15 a 50 kilómetros sobre la superficie de la tierra.
La destrucción de la capa de ozono se relaciona directamente con la contaminación provocada por los clorofluorocarbonos (CFC), compuestos químicos industriales presentes en productos comerciales como los aerosoles, pinturas, electrodomésticos, etcétera, sintetizados por primera vez en 1930. La destrucción se produce cuando la radiación ultravioleta arranca el cloro de una molécula de clorofluorocarbono que termina combinándose con la molécula de ozono para finalmente destruirla.
A los clorofluorocarbonos, que son compuestos químicos formados por cloro, fluor y carbono, se les atribuye ser el causante principal de la destrucción del más del 80 por ciento del ozono.
Se denomina “agujero del ozono” a una vasta y rápida pérdida de moléculas de ozono, lo cual ocurre principalmente sobre el continente antártico. Esta situación parece un contrasentido, en razón de que son los países industrializados, ubicados mayoritariamente en el hemisferio norte, los responsables de la mayor contaminación ambiental que afecta al planeta. El 90 por ciento es liberada por Europa, Estados Unidos, Japón y Rusia.
Sin embargo, esto se explica por dos razones: la primera, es que los clorofluorocarbonos tienen la propiedad de permanecer largo tiempo sin alterarse y de viajar a través de la atmósfera; la segunda y más importante, tiene que ver con las bajas temperaturas existentes en los polos, dado que los fríos extremos de éstos causan el agujero, el cual se hace mayor a fines de invierno y comienzos de la primavera, ya que, como lo sostienen los científicos, durante este período el aire polar es más frío.
Finalmente, otro aspecto importante de mencionar es que el ozono que se encuentra más cercano a la tierra, en la zona llamada tropósfera, es un contaminante peligroso que causa daños al tejido pulmonar de las personas y a las plantas. El ozono, que preocupa a los ambientalistas fundamentalmente, circula a ras del suelo, donde existe prácticamente la mayor parte de la vida en nuestro planeta.
Riesgos para la salud.
La principal repercusión de la falta de ozono está asociada a la destrucción del escudo protector del planeta frente a la radiación ultravioleta. Según lo revelan todos los estudios, en términos generales, esta situación tendría los siguientes efectos: desarrollo del cáncer a la piel, daño al sistema inmunológico, daño visual, quemaduras de sol y envejecimiento prematuro de la piel, aumento del riesgo de dermatitis alérgica y tóxica, activa ciertas enfermedades por bacterias y virus e impacta principalmente a la población indígena.
De acuerdo con lo sostenido por la Unep, United Nations Environment Programme, los efectos sobre la salud humana de las radiaciones ultravioleta asociada al daño de la capa de ozono, provocarán un aumento en la incidencia y/o severidad de las enfermedades antes mencionadas, si los hábitos de exposición actuales son mantenidos por la población mundial.
Protección internacional de la capa de ozono.
Existe a nivel internacional un importante debate respecto de la protección de la capa de ozono y la prohibición y control de los componentes altamente contaminantes como los clorofluorocarbonos.
En este contexto, algunos de los instrumentos internacionales importantes de destacar son los siguientes:
-Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, de 1985, que sienta las bases para una cooperación mundial en materia de investigación científica y observación sistemática de la capa de ozono e intercambio de información, entre otros.
-Protocolo de Montreal, de 1987, relativo al Convenio de Viena, considerado uno de los mayores logros en materia de acuerdos internacionales sobre el medio ambiente. Dispone la reducción de consumo y producción de las sustancias químicas destructoras del ozono. En los diez primeros años de aplicación de este instrumento, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el consumo de clorofluorocarbonos disminuyó en más del 70 por ciento.
Adicionalmente, las doce naciones más desarrolladas del mundo se comprometieron a eliminar la producción de clorofluorocarbonos en un plazo inferior al antes definido.
También se establece un fondo para la naciones en vías de desarrollo, con el fin de reemplazar estos productos químicos dañinos y brindar la asistencia técnica necesaria. Hasta 1997, se habían financiado l.800 proyectos de cooperación técnica en 106 países en desarrollo, con un costo superior a los 500 millones de dólares.
El Protocolo Mundial ha sido firmado por 162 países, de los cuales sólo 44 son industrializados. Algunos cálculos estiman que para el año 2010, este instrumento internacional habrá evitado l,5 millones de casos anuales de cáncer de la piel en Estados Unidos y otros 550 mil en el noreste de Europa, según datos de “El Mercurio”, de 18 de diciembre de 1997.
Antecedentes legales.
l. La Constitución Política de la República garantiza, en los numerales 8º y 11º del artículo 19, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho a la salud.
2. El Código del Trabajo, en los artículos 154, numeral 9, y 184, establece las normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad que deben observarse en las empresas y establecimientos, y las obligaciones que penden sobre el empleador relativas a las medidas destinadas a proteger la vida y salud de los trabajadores, respectivamente.
3. El artículo 67 de la ley Nº 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, se refiere a la obligación de mantener al día los reglamentos internos sobre higiene y seguridad en el trabajo.
4. El decreto supremo Nº 179, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1990, promulga el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y sus anexos I y II. Sirve de base al Protocolo de Montreal. Su origen se remonta a la toma de conciencia por parte de los países signatarios sobre el impacto que provoca el deterioro de la capa de ozono tanto en la salud humana como en el medio ambiente.
En este punto, cabe señalar que Chile está en deuda con el control de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, pero este proyecto viene a pagar una de esas deudas importantes, con el ozono y, en general, con las medidas de control ambiental.
Las tecnologías alternativas son todas las tecnologías o equipos cuyo uso permita reducir o eliminar efectivamente emisiones de sustancias que tienen o pueden tener efectos adversos sobre la capa de ozono.
Las sustancias alternativas son las que reducen, eliminan o evitan los efectos adversos sobre la capa de ozono.
Mediante el Convenio de Viena, las partes se comprometen a adoptar las medidas conducentes a proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que pueden resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la capa de ozono.
Dentro de las medidas más importantes que se pueden adoptar, cabe mencionar la cooperación mediante observaciones sistemáticas, investigación e intercambio de información para la mejor comprensión del fenómeno, la adopción de decisiones legislativas o administrativas y la colaboración en la coordinación de las políticas destinadas a controlar, limitar, reducir o prevenir actividades humanas cuando se compruebe que tienen o pueden tener efectos adversos.
Todos los aspectos anteriores deben basarse en consideraciones y respaldo científico y técnico.
Del mismo modo, el compromiso adquirido se extiende al campo de la investigación y de evaluación científica, así como a la cooperación e intercambio de información científica, técnica, socioeconómica, comercial, jurídica y de transferencia de tecnología y de conocimiento.
Hay otra serie de consideraciones del Convenio de Viena que, en aras del tiempo, omitiré. Sin embargo, cabe señalar que la conferencia tiene facultades para considerar enmiendas, protocolos o anexos del mismo, necesarios para la consecución del convenio.
Una limitante dice relación con que ningún estado u organización de integración económica regional podrá ser parte en un protocolo, a menos que sean o pasen a ser parte del Convenio.
El Convenio consta de dos anexos.
El primero está dirigido a las investigaciones y observaciones sistemáticas, que contienen, entre otras materias, una estimación de las sustancias químicas de origen natural y antropogénico que tienen el potencial de modificar las propiedades químicas y físicas de la capa de ozono.
Sobre el particular, se refiere a sustancias compuestas de carbono, nitrógeno, cloro, bromo e hidrógeno.
El segundo anexo se refiere al intercambio de información.
-El decreto supremo Nº 238, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1990, promulga el Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono.
Su finalidad principal -reitero- es proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos que se derivan o puedan derivarse de actividades humanas que modifican o puedan modificar la capa de ozono, sin perjuicio de que reconoce la posibilidad de que la emisión de ciertas sustancias producidas en el mundo puedan agotar significativamente la capa de ozono y modificarla de alguna otra manera, con eventuales efectos tanto en la salud como en el medio ambiente.
Las partes están conscientes de que las medidas a adoptar deben encauzarse dentro de los principios de prevención tendientes a controlar equitativamente las emisiones mundiales totales que la agotan, con el objetivo final de eliminarlas, sobre la base de los adelantos científicos y a la luz de consideraciones de índole económicas y técnicas.
Respecto de los países en desarrollo, como el caso de Chile, se establecen disposiciones especiales.
Este instrumento internacional establece diversas definiciones, como “sustancia controlada”, “producción”, “consumo”, “niveles calculados”, “racionalización industrial”, etcétera.
No voy a detallar cada una de las anteriores, sino señalar que el artículo 4º regula el comercio de sustancias controladas con estados que no sean parte del Protocolo.
Se establece, además, que dentro del plazo de un año, contado desde la entrada en vigor del protocolo, cada parte prohibirá la importación de sustancias procedentes de cualquier Estado que no sea parte.
Es importante, recalcar que, a partir de enero de 1993, ninguna parte podrá exportar sustancias controladas a los Estados que no sean parte del Protocolo.
Primer trámite constitucional.
En el primer trámite constitucional se trató la moción de los senadores señores Horvath , Stange y Viera-Gallo , que proponía en un proyecto inicialmente conformado por seis artículos que, al final, se transformaron en ocho, que establecían las siguientes obligaciones:
-Los informes meteorológicos deberán incluir datos sobre la radiación ultravioleta y los riesgos asociados;
-Los productos que deterioren el ozono atmosférico deberán llevar una advertencia;
-Los filtros, protectores solares, anteojos, protectores y otros elementos similares deberán consignar el factor de protección en relación a la equivalencia de tiempo de exposición a la radiación sin protector;
-Los contratos laborales que tengan relación con personas que están expuestas a la radiación solar deberán especificar el uso de los elementos protectores que correspondan;
-Los organismos competentes deberán confeccionar y evaluar un informe anual que dé cuenta de los efectos de la radiación en seres humanos, flora, fauna y recursos asociados, el cual deberá ser dado a conocer a la comunidad mediante un libre acceso, y
-La infracción a las exigencias anteriores, será sancionada con multa que va de 1 a 50 unidades tributarias mensuales.
Durante la discusión general del proyecto se tuvo en consideración que tanto la capacidad instrumental como la competencia técnico profesional de los servicios meteorológicos se encuentran en una etapa de desarrollo.
Dada la alta incidencia del problema en la salud de las personas, en los ecosistemas y en la composición química de la atmósfera, se estimó necesario contar con la información de los organismos con competencia, de manera de determinar cualitativa y cuantitativamente, mediante índices de pronósticos comprensibles por la comunidad, acerca del significado del riesgo implícito.
Durante la discusión particular, se tuvo presente las opiniones de los siguientes expertos: del director de la Dirección Meteorológica de Chile, del jefe del Departamento de Climatología , del representante de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, que es coordinador del programa de protección de la capa de ozono, etcétera.
Durante la discusión particular, el proyecto fue objeto de numerosas indicaciones, mediante las cuales se perfeccionó su redacción. No voy a indagar en la terminología, porque no tiene mayor sentido práctico.
Segundo trámite constitucional.
Durante la discusión general concurrieron a la Comisión los representantes de Conama, señora Paulina Saball , directora ejecutiva; señor Eduardo Correa , fiscal; señora Anita Zúñiga , coordinadora del Programa Ozono; señor Jorge Troncoso , jefe del Departamento de Control de la Contaminación ; señor Jorge Valenzuela , subdirector de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores ; señora Anne Marie Duncker Steicher , encargada de la Agenda Química de la Dirección de Medio Ambiente de la Cancillería; señor José Retamales , director del Instituto Antártico Chileno; doctora Lidia Amarales Osorio , seremi de Salud de la Duodécima Región , y doctor Juan Honeyman Mauro , médico dermatólogo.
El Gobierno de Chile se comprometió a ejecutar un conjunto de programas y de actividades tendientes a reducir el consumo de sustancias agotadoras de la capa de ozono.
Dentro de los compromisos internacionales adquiridos, se debe tener presente que ellos establecen un cronograma relativo al uso de sustancias agotadoras de la capa de ozono, incluidos dentro del Protocolo de Montreal, como se consigna a continuación:
Clorofluorocarbonos.
Entre 1999 y 2004, hay un compromiso de congelamiento de importaciones de clorofluorocarbonos al promedio existente entre los años 1995 y 1997, que correspondía a 830 toneladas anuales, aproximadamente.
Entre 2005 y 2006, se comprometen a eliminar el 50 por ciento de las importaciones de clorofluorocarbonos.
Entre 2007 y 2009, acuerdan la eliminación del 85 por ciento de las importaciones de clorofluorocarbonos.
En 2010, la eliminación total de clorofluorocarbonos.
En cuanto al bromuro de metilo, se acuerda, entre el 2002 y 2004, congelar su importación al promedio existente entre los años 1995 y 1998, correspondientes a 353 toneladas anuales, aproximadamente, con la sola excepción de las cantidades que se utilizaren en aplicaciones de cuarentena y preembarque.
Debo aclarar, señor Presidente , que el bromuro de metilo es un producto que se usa en forma muy importante en Chile en el tratamiento de fruta de exportación. Por lo tanto, el acto de eliminarlo en su totalidad provocaba una complicación muy grande para el país. Felizmente la eliminación y congelamiento de las importaciones se hizo respetando la porción que se usa, y que se seguirá usando quizás por bastante tiempo más, como tratamiento de cuarentena, no así como tratamiento de fumigación de suelos.
Entre 2005 y 2014, la eliminación del 20 por ciento de las importaciones de bromuro de metilo.
En 2015, año en que se espera tener alternativas para el tratamiento de preembarque de frutas de exportación, la eliminación total.
Actualmente Chile cumple con las exigencias del Protocolo de Montreal en cuanto a los clorofluorocarbonos, pero no sucede lo mismo respecto del bromuro de metilo, puesto que nuestro país ha incurrido este año en una situación de incumplimiento, específicamente en cuanto a las cuotas de importación determinadas.
Respecto a este punto, es preciso tener presente que la legislación que se establezca debería contemplar cronogramas de reducciones de importaciones posibles de cumplir.
En razón de lo anterior, el Ejecutivo ha estimado necesario dotar al Servicio Nacional de Aduanas de las herramientas necesarias para limitar las importaciones de sustancias agotadoras de la capa de ozono a través de una ley.
Puesto en votación en general, con todas las indicaciones y aportes de una serie de especialistas, fue aprobado por cuatro votos a favor, de los diputados señores García-Huidobro , Navarro , Olivares y Sánchez .
Durante la discusión en particular, el Ejecutivo presentó una indicación que sustituye totalmente el proyecto de ocho artículos que venía en primer trámite constitucional del Senado, para transformarlo en una iniciativa de veintiocho artículos.
De esa manera, en el segundo trámite constitucional incorpora medidas concretas que permiten cumplir con las obligaciones de reducción de las importaciones de sustancias controladas, para llegar a la eliminación final de los clorofluorocarbonos el año 2010 y de bromuro de metilo el año 2015.
En cuanto a su contenido, establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono y a los productos cuyo funcionamiento requiera del uso de dichas sustancias.
El Título V contiene los artículos 26, 27 y 28, mediante los cuales se regula lo relativo al bromuro de metilo y se establece la entrada en vigencia de la ley, a partir de su publicación.
Con ocasión del debate de la indicación sustitutiva, se recibieron opiniones de las siguientes personas: señora Paulina Saball directora ejecutiva; señor Eduardo Correa , fiscal; señora Anita Zúñiga , coordinadora del Programa Ozono, todos de la Conama; señores Raúl Allard Neumann , director del Servicio Nacional de Aduanas; Hugo Martínez Torres , subdirector nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, Odepa ; Arturo Correa , representante del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG; señora Nils Pazos , coordinadora del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence ; señor Lincoyán Zepeda , director subrogante del Sence ; doctora Soledad Ubilla , jefa de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción; señor Eduardo Díaz , asesor jurídico del Ministerio de Salud, y otros más.
El subdirector nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, Odepa , señor Hugo Martínez Torres, recalcó que sólo el bromuro de metilo utilizado para fines de fumigación de suelos era el que se incluía dentro de las regulaciones del Protocolo.
Insistió en que el incumplimiento del país frente a las exigencias del Protocolo de Montreal, junto a otros países con un desarrollo muy inferior a Chile, constituía un gran daño a la imagen externa de nuestro país y urgía buscar una solución. De allí la urgencia para aprobar este proyecto.
Constancias reglamentarias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 289 del Reglamento de la Corporación, cabe consignar lo siguiente:
El artículo 24 es de quórum orgánico constitucional, por cuanto incide en asuntos inherentes a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, lo que es materia de ley orgánica constitucional, al tenor de lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política, en relación con el artículo 63, inciso segundo del mismo Texto Fundamental.
Asimismo, es preciso señalar que el proyecto fue aprobado en general con el voto de los diputados señores García-Huidobro , Navarro , Olivares y Sánchez .
No contiene artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
El informe de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, a la cual Chile presentó una evaluación voluntaria hace algunos meses, dice que Chile está en deuda con el control de la sustancia agotadora de la capa de ozono.
Reitero: Chile está en deuda y, por lo tanto, es muy importante aprobar el proyecto, que consideramos un avance importante en el compromiso y acuerdos internacionales que tiene el país. De no aprobarse la iniciativa, Chile seguirá estando en mora, lo que afecta su imagen internacional y nos obliga a adoptar una serie de medidas que tienden a proteger la salud de las personas y el medio ambiente.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, el cumplimiento de los acuerdos internacionales prestigia al país, particularmente al Congreso Nacional.
El Protocolo de Montreal requería de una ley interna que permitiera establecer las condiciones en que Chile cumplía los acuerdos y se sometía al contexto de las naciones que van a hacer un aporte para regular y controlar las emisiones, los productos, las importaciones y exportaciones de todo lo que pudiera ocasionar un daño a la capa de ozono. Es lo que hace el proyecto.
Sin duda, vamos a tener un debate sobre algunos aspectos que van a resultar controversiales, como es la reducción de bromuro de metilo, usado ampliamente en la agricultura.
Sin embargo, quiero destacar y resaltar lo que pueda ser práctico para las personas y qué contribución, aparte de la restricción de importación, le corresponde a la ciudadanía para que esta ley se aplique, fiscalice y controle.
La destrucción de la capa de ozono, tal como se señala en el informe, está directamente ligada a la contaminación provocada por los clorofluorocarbonos, compuestos químicos industriales presentes en productos como aerosoles, pinturas, electrodomésticos. Se sintetizaron alrededor de 1930, y hoy están ampliamente difundidos.
¿Quiénes son responsables de esa situación? Sin duda, nuestro país no lo es. El 90 de por ciento de esta contaminación la produce Europa, Estados Unidos, Japón y Rusia. No obstante, consideramos muy importante que nuestro país pueda cumplir con las exigencias de importación de estos productos y que los consumidores chilenos sepan qué artículos contienen clorofluorocarbonos, para que puedan elegir de manera informada al momento de comprar. La promulgación de esta ley va a determinar que estos productos no puedan ser elaborados en Chile y los que queden tendrán un tiempo definido para su venta en el mercado, para cesar de manera definitiva su uso y aplicación.
El artículo 17 del Título III establece que los efectos científicamente comprobados que produzcan la radiación ultravioleta sobre la salud humana serán evaluados periódicamente por el Ministerio de Salud. Sin embargo, tenemos un déficit severo de equipos e instrumental que permita una adecuada evaluación y control de la radicación ultravioleta.
Con la Comisión de Medio Ambiente hemos estado en dos oportunidades en la Duodécima Región, Punta Arenas, en donde nos hemos entrevistado con la docente Lidia Morales . A través de ella y de otros científicos que tienen especial y gran preocupación por estos temas, hemos sabido que los equipos con los cuales se evalúa la radiación ultravioleta eran parte de un convenio-acuerdo con una universidad brasileña, ya que la Universidad de Magallanes, que cumple un destacado rol en la investigación, particularmente en la medición de la radiación ultravioleta, no contaba con el equipamiento necesario.
Por lo tanto, si se aprueba el proyecto de ley, habrá que proporcionar recursos para que quienes están dedicados a la investigación y, en consecuencia, pueden proporcionar los datos fidedignos al Ministerio de Salud, cuenten con los equipos especializados, actualizados al año 2005, de manera que la información sea confiable.
Creo que el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 se obtendrá con aportes del Estado a las universidades públicas o a través de Conicyt o Fondecyt. De esta forma, mediante fondos concursables, se privilegiará de manera decisiva la adquisición permanente de equipos que permitan efectuar esas mediciones.
Una novedad importante dice relación con los informes meteorológicos, los cuales, por ser parte de la climatología, muchas veces son desechados. En efecto, existe una falta de credibilidad en los informes meteorológicos, costumbre que no sólo atraviesa a la población civil, sino también a muchas otras instituciones. Sin embargo, a partir de los trágicos sucesos de Antuco, dichos informes cobraron plena vigencia y recibieron un respaldo que hasta ese momento no tenían, por lo cual deben ser respetados.
En este sentido, el artículo 18 establece que: “Los informes meteorológicos emitidos por medios de comunicación social deberán incluir antecedentes acerca de la radiación ultravioleta y sus fracciones, y de los riesgos asociados.
“Los organismos públicos y privados que midan radiación ultravioleta lo harán de acuerdo con los estándares internacionales y entregarán la información necesaria a la Dirección Meteorológica de Chile para su difusión. Estos informes deberán expresar el índice de radiación ultravioleta según la tabla que establece para estos efectos la Organización Mundial de la Salud, e indicarán, además, los lugares geográficos en que se requiera de protección especial contra los rayos ultravioleta”.
Esto es muy importante, por cuanto siempre se asocia a la zona austral, a Punta Arenas, con este problema, en circunstancias de que, en algunas épocas del año -los diputados que representan a Punta Arenas así lo saben-, afecta a la zona que va desde Punta Arenas hasta la Región Metropolitana, es decir, alcanzando incluso a la capital. Existe una exposición sin que los ciudadanos sepan a qué índices de radiación ultravioleta se exponen de manera constante, en particular en el período de verano.
Por lo tanto, esta disposición va a requerir una preocupación especial.
Por su parte, el artículo 19 dispone que los empleadores deberán brindar protección eficaz a sus trabajadores cuando puedan estar expuestos a radiación ultravioleta.
Esta es una notificación muy importante para que la ley no sea letra muerta. Así, las direcciones del trabajo, particularmente los departamentos de salud laboral, deberán controlar y fiscalizar que los empleadores proporcionen todos los elementos necesarios para proteger eficazmente a los trabajadores expuestos a radiación ultravioleta.
Para esos efectos, los contratos de trabajo o los reglamentos internos de las empresas deberán especificar el uso de los elementos protectores correspondientes, de conformidad con las disposiciones del reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Ésta es una obligación que imponemos a la Dirección del Trabajo, instancia que deberá fiscalizar su cumplimiento, particularmente cuando los índices entregados por meteorología indiquen que los trabajadores expuestos a la radiación ultravioleta deban tener los implementos necesarios, los cuales, además, deberán estar certificados.
El artículo 20 señala: “Los instrumentos y artefactos que emitan radiación ultravioleta, tales como lámparas o ampolletas, deberán incluir en sus especificaciones técnicas o etiquetas, una advertencia de los riesgos a la salud que su uso puede ocasionar”.
Hasta ahora, no existía esa obligación. Las lámparas y ampolletas están en el mercado. La gente las adquiere muchas veces por la novedad de que producen una bonita luz, con preciosos efectos durante la noche. Pero, a partir de la aprobación del proyecto de ley, los efectos de dicha luz sobre la salud deberán estar indicados de manera clara en su etiqueta.
Asimismo, esto es muy importante, ha habido un largo debate acerca de la autorización de lentes y, en especial, de promover masivamente protecciones.
Al respecto, el artículo 21 establece: “Los bloqueadores, anteojos y otros dispositivos o productos protectores de la quemadura solar, deberán llevar indicaciones que señalen el factor de protección relativo a la equivalencia del tiempo de exposición a la radiación ultravioleta sin protector, indicando su efectividad ante diferentes grados de deterioro de la capa de ozono”.
Esto debe cumplirse y debe ser fiscalizado por el Servicio Nacional del Consumidor.
He dado cuenta de algunos aspectos muy prácticos del proyecto, ya que el diputado Sánchez se refirió a los contenidos.
Sin embargo, antes de terminar mi intervención, quiero hacer dos referencias.
Respecto del bromuro de metilo, consultamos expresamente a la Odepa, del Ministerio de Agricultura, sobre sus efectos en la agricultura, particularmente en cuanto al tema del empleo. Cada vez que tomamos alguna decisión que restringe las importaciones y exportaciones de productos, hay un efecto colateral directo o indirecto en el empleo. Ahora se nos ha asegurado que esta restricción no va a provocar impactos en el empleo.
Invitamos al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, a la Odepa y al Ministerio de Agricultura porque estamos preocupados de que los efectos indirectos o directos sobre el empleo pudieran ser abordados con la legislación, de manera de evitar cesantía. Del mismo modo, hemos recalcado al director del Servicio Nacional de Aduanas , que es el organismo clave en la fiscalización de las exportaciones e importaciones, la necesidad de que el Servicio cuente con el personal idóneo para ejercer esta función. Existían dudas sobre su capacidad para asumir esta nueva responsabilidad, pero se nos han dado garantías de que puede hacerlo y espero que se cumpla.
Por último, quiero entregar mi posición de disenso respecto del tema de las multas.
Presenté una indicación sobre esta materia, porque se establecieron multas desde 2 a 50 UTM, es decir, hasta un millón y medio de pesos para quienes no cumplan, las que considero insuficientes.
El debate sobre las multas administrativas está vigente en el Congreso Nacional, porque no resulta apropiado que un importador o productor atente contra la salud de las personas, viole aquellos aspectos que hemos planteado en este proyecto, y sólo se le aplique una multa entre 60 mil y un millón y medio de pesos. Éste es un tema que no logramos resolver, porque el proyecto no se refería a las multas. Sin embargo, quiero dejar constancia de que, en materia de multas administrativas por incumplimiento de leyes importantes, debieran contemplarse -es un debate pendiente- aspectos penales o multas disuasivas, lo que, lamentablemente, en este caso no ocurre.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea.
El señor GALILEA (don Pablo).-
Señor Presidente , valoro y destaco la importancia de la moción de los senadores Horvath , Ruiz De Giorgio , Stange y Vega .
Las evidencias del deterioro creciente de la capa de ozono en el hemisferio sur y los efectos que ello provoca en los seres vivos en nuestro país, en especial en la región austral -no en vano los autores de la moción son, precisamente, senadores de las regiones australes-, hacen más que necesario informar oportunamente a la población acerca de los efectos que produce la radiación ultravioleta originada por ese deterioro, como también efectuar las coordinaciones necesarias entre la información que se otorga y los medios de medición.
Por lo mismo, los riesgos que implica para la salud el deterioro de la capa de ozono, evidenciados en el desarrollo del cáncer a la piel, el daño al sistema inmunológico, los daños visuales, las quemaduras de sol y el envejecimiento prematuro de la piel, el aumento del riesgo de dermatitis alérgica y tóxica, la activación de ciertas enfermedades por bacterias y virus, etcétera, justifican plenamente educar a la población y lograr que estén informados, por ejemplo, a través de los informes meteorológicos. Se trata de que éstos incluyan datos sobre la radiación ultravioleta y los riesgos asociados, que los productos que deterioran el ozono atmosférico lleven una advertencia; que los filtros, protectores solares, anteojos protectores y otros elementos similares consignen el factor de protección en relación a la equivalencia de tiempo de exposición a la radiación sin protector; que los contratos laborales que tengan relación con personas que están expuestas a la radiación solar especifiquen el uso de los elementos protectores que correspondan; que los organismos competentes confeccionen y evalúen un informe anual que dé cuenta de los efectos de la radiación en seres humanos, flora, fauna y recursos asociados, el cual deberá ser dado a conocer a la comunidad mediante libre acceso.
Por todas las graves consecuencias que tiene el deterioro de la capa de ozono, se justifica plenamente la moción que originó este proyecto, por lo que insto a mis colegas a votarlo a favor.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , sin duda este proyecto va en la dirección correcta, ya que establece mecanismos de protección y evaluación de los efectos producidos por el deterioro de la capa de ozono en el hemisferio sur. Por los constantes perjuicios que ello ocasiona a la salud de las personas, el proyecto pretende obligar a los medios de comunicación social que emiten informes meteorológicos, a proporcionar antecedentes acerca de la radiación ultravioleta y sus riesgos asociados.
Las modificaciones introducidas en la Comisión perfeccionan la iniciativa, precisando algunos conceptos que se encontraban poco claros y obligaciones que podían ser interpretadas de distinta manera.
En general, el proyecto es bastante razonable. Se debe legislar en esta materia, debido a que el deterioro de la capa de ozono es progresivo y ocasiona importantes problemas a la salud y a la calidad de vida de personas que se ven afectadas por la radiación ultravioleta.
Es muy importante destacar el artículo 19 del proyecto, que establece que “los empleadores deberán adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente a los trabajadores cuando puedan estar expuestos a la radiación ultravioleta. Para estos efectos, los contratos de trabajo o los reglamentos internos de las empresas, según el caso, deberán especificar el uso de los elementos protectores correspondientes, de conformidad con las disposiciones del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.
La gama de actividades o profesiones en que una persona podría verse afectada por la radiación solar es muy amplia. Por ello, resulta absolutamente conveniente acotar la disposición para aquellas personas que, en el ejercicio de su profesión o actividad en forma permanente, puedan estar afectas a la radiación solar.
El artículo 9º establece las condiciones para la reglamentación del consumo nacional de las sustancias y productos controlados. En este sentido, sería bueno contar con reglas claras en cuanto a las cuotas de importación de bromuro de metilo y definir usos críticos permitidos para este producto, de acuerdo con las exigencias del Protocolo de Montreal. Se establecen plazos razonables para, ojalá, sustituir dicho producto que es muy necesario para el desarrollo de la agricultura.
Es importante destacar que los informes meteorológicos deberán contar con la información de la radiación ultravioleta.
Por otra parte, el artículo 21 establece que: “Los bloqueadores, anteojos y otros dispositivos o productos protectores de la quemadura solar, deberán llevar indicaciones que señalen el factor de protección relativo a la equivalencia del tiempo de exposición a la radiación ultravioleta sin protector, indicando su efectividad ante diferentes grados de deterioro de la capa de ozono”.
También es importante destacar que el artículo 22 dice que: “Cuando las leyes y reglamentos obliguen a exhibir carteles, avisos o anuncios en playas, balnearios y piscinas, relativos a su aptitud para el baño o la natación, o acerca de su estado de contaminación o condiciones de seguridad, deberá incluirse en aquellos la siguiente advertencia:”La exposición prolongada a la radiación solar ultravioleta puede producir daños a la salud”. La existencia de anuncios de advertencia en esos lugares de recreación constituyen un avance en esta materia.
La bancada de la Unión Demócrata Independiente votará a favor el proyecto de los senadores señores Horvath , Ruiz de Giorgio , Stange y Vega, porque va en la dirección correcta de cuidar nuestra salud y el medio ambiente.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Señor Presidente , coincido plenamente con las palabras del diputado García-Huidobro en cuanto a que la UDI apoyará la iniciativa en debate.
También coincido con lo manifestado por los diputados Pablo Galilea -representa a un distrito de la Undécima Región-, Alejandro Navarro y Leopoldo Sánchez , en el sentido de que esta situación es cada vez más compleja, no sólo para las regiones australes, sino también para otras zonas, como el centro del país, aunque se trate de un problema bastante olvidado por la mayoría de sus habitantes.
Desde hace cinco o seis años, así como en Santiago se emplea una serie de instrumentos para medir la contaminación, en las zonas australes constantemente se hacen advertencias sobre el estado de la radiación ultravioleta a través de un sistema, que es un verdadero semáforo, que indica, incluso, cómo pueden desarrollarse algunas actividades educacionales, como las clases de educación física, el máximo de horas de exposición al sol a que puede estar una persona o la necesidad urgente de utilizar medios para protegerse de la radiación ultravioleta, como cremas, sombreros o instrumentos ópticos. Se trata de un problema serio, del que sólo hasta ahora se ha ido tomando cierta conciencia en las regiones australes, pero que requiere una respuesta legislativa por el Congreso Nacional.
Por lo tanto, la mayor parte de las medidas propuestas en el proyecto, las advertencias publicitarias, la necesidad de adherir a la lucha mundial por contener las emisiones de clorofluorocarbonos, que son los elementos químicos que más han contribuido al deterioro de la capa de ozono, las disposiciones establecidas en diversos cuerpos legales sobre la materia y las sanciones dispuestas para la infracción a esta futura ley -es posible que su monto sea insuficiente, pero es preferible contar con un estatuto jurídico como éste-, constituyen un aporte concreto a la salud no sólo de los habitantes de las regiones australes, sino también de los del centro del país, que se ven afectados por la disminución de la capa de ozono.
Por constituir una importante contribución legislativa, anuncio el voto favorable de los diputados de la UDI a esta iniciativa y mi voto como diputado que representa a Magallanes y la Antártica Chilena.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , la disminución de la capa de ozono es un problema que afecta no sólo a la zona austral, sino también al resto del país, y debemos tomar conciencia de sus consecuencias.
El proyecto tiene por finalidad la adecuada implementación del Protocolo de Montreal, que establece resguardos respecto de aquellas sustancias que, de acuerdo con investigaciones científicas, dañan la capa de ozono.
¿Qué consecuencias trae la reducción de la capa de ozono? Los efectos de la alta radiación ultravioleta puede producir los siguientes efectos: desarrollo de cáncer a la piel, daño al sistema inmunológico, daño visual, quemaduras de sol y envejecimiento prematuro de la piel, aumento del riesgo de dermatitis alérgica y tóxica, activa ciertas enfermedades por bacterias y virus e impacta a la población laboral que trabaja al aire libre.
En el distrito que represento, muchas personas trabajan en la pampa salitrera, expuestas a una alta radiación solar. Por lo tanto, el proyecto tiende a buscar mecanismos para que todos, en conjunto, demos soluciones al problema.
En su Título III, el proyecto establece medidas de difusión, evaluación, prevención y protección frente a la radiación ultravioleta. Al respecto, existen responsabilidades compartidas, como decía el diputado Álvarez . Hemos asumido el compromiso legislativo de trazar un camino cierto y valedero que dé solución a un problema que vivimos a diario en nuestra comunidad. Este camino implica un cambio cultural y conductual de nuestra población. Por eso, hemos querido -así lo manifestamos durante la discusión del proyecto- que también participen los conocedores del tema, a fin de que, pedagógicamente, sobre la base del conocimiento y del entendimiento, se le explique a la gente, especialmente a la juventud, el daño que causa la radiación ultravioleta y la necesidad de tomar las providencias del caso. En este sentido, el artículo 19 dispone que sin perjuicio de las obligaciones establecidas en los artículos 184 del Código del Trabajo, los empleadores deberán adoptar las medidas pertinentes y necesarias para proteger eficazmente a sus trabajadores.
Junto con mi colega de distrito, el diputado señor Pedro Araya , solicitamos protección para el personal de Carabineros de Chile, lo cual no es un tema menor, porque ellos pasan muchas horas en las calles, a pleno sol. Debemos buscar, a través de los organismos respectivos, las protecciones necesarias para que esa gente no sufra en su desempeño laboral los problemas mencionados.
Queremos que las medidas de protección que se adopten en las empresas sean asociadas con un cambio cultural, a fin de que el trabajador acepte algo tan simple como aplicarse bloqueador solar, el cual, por cierto, deberá contar con toda la información necesaria para proporcionar el cuidado como corresponde.
En el mercado se venden libremente en la calle anteojos que no sabemos si realmente protegen contra la radiación ultravioleta. Por eso, el artículo 21 establece que los bloqueadores, anteojos y otros dispositivos deben incluir información que señale el factor de protección. En el caso de los cigarrillos, por ejemplo, las cajetillas dicen que el tabaco es dañino para la salud.
Estamos frente a un proyecto interesante no sólo porque hace partícipe a nuestro país del Protocolo de Montreal, sino también porque busca la protección de la salud humana. Por eso, como ya lo señalaron los diputados de la Unión Demócrata Independiente que me antecedieron en el uso de la palabra, votaremos a favor la iniciativa.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el ministro señor Eduardo Dockendorff.
El señor DOCKENDORFF ( ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , si bien el proyecto no responde a una verdadera conmoción pública nacional, no es menos importante en la cotidianidad y en el futuro de muchos millones de chilenas y chilenos.
Quiero ser muy breve, porque los parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra ya expresaron la importancia que tiene para el país el cumplimiento de los acuerdos internacionales. Hemos suscrito todos los acuerdos al respecto, pero observamos con preocupación que, no obstante no ser productores de las sustancias que destruyen la capa de ozono, el crecimiento económico que nos ha acompañado los últimos años ha sido un factor que nos ha permitido constatar que, lamentablemente, se ha ido incrementando el consumo de elementos dañinos para nuestro medio ambiente. Por esa razón y, además, por el hecho de que nos interesa honrar los compromisos internacionales, apoyamos la moción, contribuyendo con aportes que permitan dar más sustentabilidad a nuestro desarrollo y mejorar este cuerpo legal.
Fruto del trabajo coordinado de los distintos sectores al interior del Gobierno, como Salud, Economía, Agricultura, Hacienda, Relaciones Exteriores y Medio Ambiente, se logró articular una propuesta que en términos muy sencillos permite incorporar al ordenamiento jurídico nacional los instrumentos necesarios para asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales que Chile ha asumido en materia de reducción del consumo de estas sustancias agotadoras de la capa de ozono.
Hemos optado por recoger y enriquecer la moción de los senadores Horvath, Ruiz de Giorgio, Stange y Vega. De esta forma, el proyecto cuenta con un respaldo mayoritario y transversal de todos los sectores, cuestión que alegra al Gobierno.
En conclusión, la iniciativa refleja la decidida voluntad del Gobierno de impulsar temas que, como señalé, si bien no están en los lugares más destacados del debate público de la agenda nacional, son de absoluta y capital importancia para la protección de la salud de las personas y del medio ambiente.
Quiero agradecer y valorar la disposición de los parlamentarios, tanto de Gobierno como de Oposición, que han contribuido a apoyar esta iniciativa.
Finalmente, expreso la voluntad inquebrantable del Gobierno de avanzar en el fortalecimiento de la gestión ambiental del país, dotando a los órganos del Estado de las competencias necesarias para ello y, al mismo tiempo, haciendo un llamado al sector privado y a los ciudadanos para que asuman su cuota de responsabilidad y compromiso con esta tarea que es de todos para beneficio de todos.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala votó el proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación general el proyecto que establece mecanismos de protección y evaluación de los efectos producidos por el deterioro de la capa de ozono, con excepción del artículo 24, que requiere quórum orgánico constitucional.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa: 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación general el artículo 24, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 66 diputadas y diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Se declara también aprobado el proyecto en particular, dejándose constancia de haberse alcanzado el qúorum constitucional requerido.
Despachado el proyecto.
REBAJA DE ARANCELES EN LAS INSCRIPCIONES CONSERVATORIAS DE LAS POSESIONES EFECTIVAS. Modificación de la ley Nº 16.271. Tercer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde conocer las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley, originado en mensaje, que modifica la ley Nº 16.271, en lo relativo al cobro de aranceles por parte de los conservadores de bienes raíces.
Antecedentes.
-Modificaciones del Senado, boletín Nº 3642-07, sesión 13ª, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 3.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , el proyecto de ley, despachado unánimemente por la Cámara y el Senado, tiene como objetivo central poner al día una norma que se incorporó en el nuevo texto de la ley sobre impuestos a las herencias y donaciones con ocasión de las modificaciones hechas al proyecto que pone buena parte de las posesiones efectivas en sede administrativa y no judicial.
En efecto, quedó rezagada una norma que tenía que ver con el privilegio de pobreza. Al respecto, el texto aprobado por la Cámara establece que las actuaciones de los conservadores de bienes raíces a que den lugar las posesiones efectivas de herencias cuya masa de bienes no exceda de 15 unidades tributarias anuales estarán liberadas del pago de derechos arancelarios. En este sentido, existe una presunción de derecho de privilegio de pobreza para quien las requiera.
Asimismo, aquellas cuya masa de bienes exceda dicho monto y no supere las 45 unidades tributarias anuales, estarán liberadas del 50 por ciento del pago de dichos derechos, tanto la inscripción del auto de posesión efectiva como la especial de herencia.
Por su parte, el senador Ríos, con la mejor de las intenciones, aprovechó el proyecto y la idea matriz de un privilegio para determinadas personas naturales y jurídicas, atendidas ciertas circunstancias, para incorporar un inciso del siguiente tenor:
“Estarán también totalmente exentas del pago de esos derechos las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que deban practicar los conservadores de bienes raíces referidas a bienes inmuebles que se traspasen a las iglesias y entidades religiosas constituidas como personas jurídicas conforme a las disposiciones de la ley Nº 19.638”.
Hay una serie de actos jurídicos que deben realizar las iglesias para convertirse en personas jurídicas y realizar las actuaciones que prescribe la nueva ley de matrimonio civil.
Si bien es cierto el sentido de la norma es correcto, desgraciadamente su redacción puede dar cabida a que no sólo se declaren exentos los traspasos de bienes inmuebles que se hagan con ocasión de las modificaciones a que los obliga la ley antes citada. Del texto se podría colegir que se está liberando de pago cualquier actuación en relación con los inmuebles, lo cual no es la intención del legislador ni del senador Mario Ríos , y podría prestarse para interpretaciones abusivas, en el sentido de que gestiones de inmuebles relacionadas con las iglesias, que nada tienen que ver con ponerse al día con la ley de matrimonio civil, pudieran quedar exentas de pago de aranceles, aunque de por medio tuvieran un lícito negocio inmobiliario.
En consecuencia, se requiere una modificación a ese inciso segundo, para que simplemente diga: “Estarán también totalmente exentas del pago de esos derechos de las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que deban practicar los conservadores de bienes raíces referidas a bienes inmuebles que se traspasen a las iglesias y entidades religiosas constituidas como personas jurídicas conforme a las disposiciones del artículo 18 de la ley Nº 19.638.”, y no de las disposiciones generales, en las cuales está el problema.
Este hecho -revisé el texto del debate de la Sala del Senado, no de la Comisión- lo detectó el senador Andrés Chadwick . A mi juicio, lo que corresponde es votar en contra el inciso segundo agregado por el Honorable Senado a los efectos de dejar claro su intención, su redacción, con la simple consideración que hice.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , hoy estamos conociendo las modificaciones del Senado a un proyecto de ley que aprobó la Cámara de Diputados y que, en su origen, tiene que ver con cómo acercamos la justicia civil a los ciudadanos.
Cuando alguien muere -es la ley de la vida- sus bienes pasan como herencia a sus herederos. Hasta hace poco, esa gestión se realizaba únicamente mediante un procedimiento que llevaba a cabo un abogado en los tribunales. Durante mucho tiempo había que estar visitando la oficina de ese profesional y hacer pagos periódicos para recibir alguna información sobre el trámite de la famosa posesión efectiva, que no salía nunca.
El Congreso Nacional aprobó una legislación mediante la cual los herederos, no existiendo conflictos entre ellos y siendo la masa de bienes de bajo monto, pueden realizar el trámite de la posesión efectiva gratuitamente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, sin tener que recurrir a los tribunales de justicia.
Ahora se presenta este nuevo proyecto, que modifica la ley Nº 16.271, en lo relativo al cobro de aranceles por parte de los conservadores de bienes raíces, que dice: “Las actuaciones de los conservadores de bienes raíces a que den lugar las posesiones efectivas de herencias cuya masa de bienes no exceda de 15 unidades tributarias anuales, estarán liberadas del pago de los derechos arancelarios correspondientes. Asimismo, aquellas cuya masa de bienes exceda de dicho monto y no supere las 45 unidades tributarias anuales, estarán liberadas del 50 por ciento del pago de dichos derechos”. Es decir, cuando son menores de 15 unidades tributarias anuales quedan exentas de pago y cuando son mayores de dicho monto, pagan el 50 por ciento.
Pero, el Senado incorporó la siguiente disposición: “Estarán también totalmente exentas del pago de estos derechos las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que deban practicar los conservadores de bienes raíces referidas a bienes inmuebles que se traspasen a las iglesias y entidades religiosas, constituidas como personas jurídicas conforme a disposiciones de la Ley Nº 19.638”.
Me parece que debemos celebrar esta iniciativa, por cuanto permitirá abaratar los costos de la posesión efectiva y dejar exentas del pago de aranceles conservatorios las donaciones que se hacen con fines religiosos, como donar un bien raíz, lo que beneficiará a las iglesias más pequeñas, a las cuales pertenecen miles de ciudadanos de escasos recursos, quienes tienen en ellas un lugar para profesar su fe.
Por tanto, nuestra bancada aprobará las modificaciones introducidas por el Senado.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala votó el proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que modifica la ley Nº 16.271, en lo relativo al cobro de aranceles por parte de los conservadores de bienes raíces.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa: 6 votos; por la negativa, 70 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Rechazadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
PERFECCIONAMIENTO DE NORMATIVA SOBRE DOCUMENTO ELECTRÓNICO E INCORPORACIÓN DE FECHA ELECTRÓNICA. Modificación del Código de Procedimiento Civil y de la ley Nº 19.799. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, originado en mensaje, en primer trámite constitucional, que modifica el Código de Procedimiento Civil y la ley Nº 19.799, sobre documento electrónico, firma electrónica y los servicios de certificación de dichas firmas.
Diputado informante de la Comisión de Ciencias y Tecnología es el señor Patricio Walker.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3797-19, sesión 45ª, en 2 de marzo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología, sesión 77ª, en 17 de mayo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 2.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor WALKER.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Ciencia y Tecnología, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, en primer trámite constitucional, que modifica el Código de Procedimiento Civil y la ley Nº 19.799, sobre documento electrónico, firma electrónica y los servicios de certificación de dichas firmas.
Esta iniciativa pretende facilitar la presentación de los documentos electrónicos en juicio, de manera que ésta sea hecha de un modo más efectivo y eficiente, brindando la seguridad jurídica y tecnológica que demanda el actual sistema de administración de justicia. De esta forma, se pretende estimular la aplicación del documento y la firma electrónica.
Para estos efectos, es necesario resolver ciertos aspectos poco claros en la actual legislación procesal y sustantiva en la materia, fundamentalmente relativos a la incorporación, producción, objeción, valoración de los mismos en un juicio, modificando el Código de Procedimiento Civil, en el sentido de normar expresamente su admisibilidad y la forma en que producirán plena prueba.
Además, en la Comisión se manifestó que es necesario actualizar la ley Nº 19.799 luego de la experiencia adquirida durante su vigencia, siguiendo la expresión usada en la legislación española “fecha electrónica”, y adecuando el alcance del artículo 5º respecto de los instrumentos privados suscritos mediante firma electrónica avanzada.
Todos los artículos fueron aprobados por unanimidad por la Comisión, cuyo texto se reproduce en el informe, destacando principalmente lo siguiente:
“Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Civil.
1) Agrégase el siguiente número 6, nuevo, al artículo 342:
“6. Los documentos electrónicos”.
Esta norma responde, básicamente, a la necesidad de incorporar expresamente el documento electrónico a nuestra legislación procesal, con la finalidad de generar un marco adecuado, dada la innegable importancia y aumento de uso en el ámbito comercial y financiero.
Puesto en votación, fue aprobado por unanimidad.
2) Agrégase el siguiente artículo 348 bis, nuevo:
“Artículo 348 bis. Presentado un documento electrónico, el Tribunal citará para el 6º día a todas las partes a una audiencia de percepción documental. En caso de no contar con los medios, herramientas e instrumentos electrónicos que permitan su adecuada percepción, apercibirá a la parte que presentó el documento con tenerlo por no presentado de no concurrir a la audiencia con los medios electrónicos que permitan su debida percepción.
“Tratándose de documentos electrónicos que no puedan ser transportados al tribunal, la audiencia tendrá lugar donde éstos se encuentren, a costa de la parte que los presente.
“En caso de que el documento sea objetado, de conformidad con las reglas generales, el Tribunal podrá ordenar una prueba complementaria de autenticidad, a costa de la persona que formula la impugnación, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre pago de costas. El resultado de la prueba complementaria de autenticidad será suficiente para tener por reconocido o por objetado el instrumento, según corresponda.
“Para los efectos de proceder a la realización de la prueba complementaria de autenticidad, los peritos procederán con sujeción a lo dispuesto por los artículos 417 a 423.
“En el caso de documentos electrónicos privados, para los efectos del artículo 346, Nº 3, se entenderá que han sido puestos en conocimiento de la parte contraria en la audiencia de percepción”.
El artículo 1º, tal como se señalara en las ideas matrices del proyecto, incorpora materialmente al Código de Procedimiento Civil el “documento electrónico”, mediante la introducción de un nuevo numeral al artículo 342 de dicho cuerpo normativo, artículo que enumera los denominados “instrumentos públicos en juicio”.
Asimismo, el proyecto incorpora un artículo 348 bis al Código de Procedimiento Civil, que contempla el procedimiento de producción y objeción -en juicio- de los documentos electrónicos, a través de una audiencia de percepción documental, y regula la ausencia de tecnología -en el tribunal- y la carga de las costas para los efectos de contar con ella.
Los diputados señores Álvarez-Salamanca , Bayo, Egaña y Walker presentaron una indicación al numeral 2 del artículo 1º, para reemplazar en el inciso 1º del artículo 348 bis las palabras “herramientas e instrumentos electrónicos necesarias” por “técnicos electrónicos necesarios para”, y para eliminar las palabras “electrónicos que permitan su debida percepción”, incorporando la palabra “dichos” entre las palabras “con” y “medios”.
Puesta en votación, fue aprobada por unanimidad.
En el artículo 2º se introducen las siguientes modificaciones a la ley 19.799.
1) Agrégase al artículo 2º la siguiente letra i) nueva:
“i). Fecha electrónica: conjunto de datos en forma electrónica utilizados como medio para constatar el momento en que se ha efectuado una actuación sobre otros datos electrónicos a los que están asociados”.
2) Reemplázase el número 2 del artículo 5 de la ley 19.799, por el siguiente:
“2. Los que posean la calidad de instrumento privado, en cuanto hayan sido suscritos con firma electrónica avanzada, tendrán el mismo valor probatorio señalado en el número anterior. Sin embargo, no harán fe respecto de su fecha, a menos que ésta conste a través de un fechado electrónico otorgado por un prestador acreditado”.
El artículo 2º del proyecto de ley salva la ausencia de certeza en la fecha de los documentos electrónicos, por medio de herramientas conocidas como time stamping, sellado de tiempo o fecha electrónica, mecanismo tecnológico capaz de dar seguridad respecto del momento de otorgamiento o suscripción de un acto, contrato o documento.
En el marco de los documentos privados, éstos harán plena prueba únicamente respecto del hecho de haberse otorgado y las personas que aparecen interviniendo, puesto que para los efectos de la fecha requerirán un certificador de firma electrónica.
Puesto en votación, fue aprobado por unanimidad.
Finalmente, quiero señalar que el proyecto tiene una importancia gravitante para fortalecer el comercio electrónico en Chile, fundamentalmente, entre empresas, para bajar los costos de las transacciones, fomentar el comercio electrónico a nivel gubernamental, en definitiva, hacer carne lo que hoy está en la ley de compras públicas electrónicas, lo que abaratará los costos para el Estado y permitirá más transparencia, y también respecto de las compras que hagan los consumidores a las empresas respectivas.
El comercio electrónico permite mayor productividad, y a los habitantes de un país alejado como el nuestro, que ha celebrado tratados de libre comercio con diversas naciones, les posibilita celebrar transacciones comerciales electrónicas con seguridad.
En primer lugar, da certeza de que las partes que firman un contrato, una carta de crédito, una orden de compra, son quienes dicen ser, es decir, que no habrá suplantación.
En segundo lugar, asegura la integridad del mensaje de datos que consta en el documento electrónico, es decir, que no será adulterado, hackeado o crackeado y, que si ello ocurre, el prestador de servicio certificado, el notario público electrónico, como lo llamamos, denunciará lo sucedido para que la operación se deje sin efecto.
Por último, asegura la no repudiabilidad de las consecuencias jurídicas del contrato, es decir, que las partes cumplirán lo que firman y que, en consecuencia, se producirán los efectos del acto jurídico celebrado por medios electrónicos, por lo que será eficaz.
El Congreso Nacional ya aprobó un proyecto relativo a la firma electrónica y a los prestadores de servicios de certificación acreditados, por lo que esta nueva iniciativa permitirá que esos instrumentos macro pueda ser utilizado de manera micro, en juicio.
Eso es, en términos simples, lo que estamos por aprobar.
El diputado señor Egaña ha presentado algunas indicaciones que creo que todos compartimos, por lo que podemos aprobar el proyecto en general y luego analizar dichas indicaciones en la Comisión.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , es muy agradable referirse a un proyecto como éste, de la Comisión de Ciencia y Tecnología, materia que en los parlamentos de los países desarrollados es muy importante.
Sólo quiero expresar que esta iniciativa se encuentra en total sintonía con la actual tendencia del mundo globalizado que busca modernizarse y desarrollarse con las tecnologías existentes para, en definitiva, alcanzar una mejor calidad de vida.
El diputado informante fue muy claro y preciso respecto de los alcances de la iniciativa y ha ejemplarizado algunos de los beneficios que surgirán de esta normativa.
Hace pocos días el país conoció el anuncio importante de lo que se ha dado en llamar las licencias médicas electrónicas. En esa oportunidad expresamos nuestra inquietud, porque no pueden otorgarse por medios electrónicos sin que previamente se haya aprobado una iniciativa como la que estamos debatiendo, con la que concuerdo plenamente, al igual que mis colegas de bancada, por lo que anuncio el voto favorable de los diputados de Renovación Nacional.
Por otra parte, quiero manifestar mi conformidad con lo expresado por el diputado informante , en el sentido de acoger las indicaciones del diputado señor Egaña , de manera que ellas podrán ser tratadas por la Comisión una vez que el proyecto sea aprobado en general por la Sala.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Walker.
El señor WALKER.-
Señor Presidente, es poco cuanto puedo agregar a lo ya informado.
Básicamente, lo que el proyecto hace es establecer los procedimientos exactos que deberán seguir los tribunales para que, cuando se deba probar en juicio lo que se acordó mediante un documento electrónico, quede fehacientemente establecido, por ejemplo, la obligación contraída.
Las empresas que hacen negocios a través de redes cerradas, generalmente las grandes, operan con certificadores privados, y como confían entre ellas, si surge un problema, como se ha dicho, de desconocer una obligación contraída en un documento electrónico mediante firma electrónica avanzada, lo someten a la consideración de un árbitro.
El problema se produce entre empresas que negocian sin esos resguardos. Cuando esas partes no se conocen y, por lo tanto, no hay un árbitro que resuelva los conflictos entre ellas, es fundamental que se les dé la certeza de que habrá un procedimiento claro para exigir que se cumpla la obligación adquirida en un documento electrónico. Por ejemplo, cuando hay una orden de compra o una carta de crédito y no se respeta lo firmado en un documento electrónico.
Esto tiene mucha importancia para el país por los tratados de libre comercio suscritos. Por ejemplo, si mañana se aprueba el tratado de libre comercio con China y se hace un contrato entre Codelco o el Gobierno de Chile con una empresa china, las obligaciones que se contraigan se tienen que cumplir; de lo contrario se podrá pedir su cumplimiento mediante procedimientos claros, predeterminados, en que se respete el derecho de las partes a presentar sus pruebas. Para ello es necesario que los tribunales tengan las herramientas y los instrumentos tecnológicos para verificar el grado de confiabilidad de las pruebas que se presentan.
Por eso este proyecto es importante. Permitirá -insisto- que los contratantes tengan la certeza de que la contraparte sea efectivamente la que firmó, que no haya suplantación de persona, que en el trayecto de envío, por ejemplo, de una orden de compra o una carta de crédito, el mensaje de datos, que es el que obliga, no sea hackeado, es decir, que su contenido no sea adulterado. Y si ello ocurre, un tercero que opera entre las partes, una empresa prestadora de servicios de certificación acreditada, va a avisar a las partes para que dejen sin efecto la operación.
Además, los efectos de las obligaciones que se contraen deben ser reales; que a lo que me obligo, lo cumplo. Y si no lo hago, a través de los tribunales se exigirá su cumplimiento.
Esto opera de una manera muy simple. Recordemos que la firma electrónica en Chile es tecnológicamente neutra. Hoy funcionamos con la firma electrónica avanzada y existe un certificador o notario público electrónico. Para operar en este sistema tengo que crear mi firma electrónica. Doy mi nombre, me van a dar una clave privada, y en mi computador -en palabras simples- voy a tener un software especial que identificará la firma electrónica creada en el notario público electrónico. Voy a firmar con una tarjeta que se introduce en un lector de tarjetas. Mañana esto puede cambiar porque podrá firmarse con la huella digital, como hoy se hace para obtener el carné de identidad; con el iris del ojo o con otros mecanismos que la ciencia y la tecnología van creando constantemente. Por eso, la ley de firma electrónica, para no quedar obsoleta, es tecnológicamente neutra. Permite todos estos mecanismos.
Con esto, se ahorran costos. En efecto, Chile, está ahorrando cientos de millones de dólares en las empresas públicas. Además, con la firma electrónica avanzada segura garantiza que, efectivamente, las microempresas, las personas naturales y las pequeñas y medianas empresas van a poder ofrecer sus bienes y servicios al Estado. Así se contribuirá a evitar los mercados cautivos y los problemas de falta de transparencia que todos queremos combatir.
Por tanto, este proyecto de ley es muy importante pues posibilitará la presentación de los documentos electrónicos en juicio, permitirá que Chile sea un líder en el comercio electrónico y que otros países se atrevan a negociar con un país tan alejado, que queda en los confines del mundo, pero que da seguridad jurídica. En consecuencia, a través de este mecanismo que da certeza y seguridad, se reducen los costos, ya que no será necesario viajar para celebrar un contrato.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Egaña.
El señor EGAÑA .-
Señor Presidente , el informe que ha entregado el diputado Walker , complementada con su intervención, y la del diputado Bayo, nos dan a conocer la necesidad de este proyecto de ley que modifica el Código de Procedimiento Civil y la ley Nº 19.799, sobre los documentos electrónicos.
En un mundo digital, electrónico, es indudable la importancia de esta iniciativa. Espero se apruebe en general.
Hemos presentado tres indicaciones conjuntamente con otros diputados, por lo que el proyecto irá nuevamente a la Comisión de Ciencia y Tecnología para que vuelta totalmente afinado a la Sala.
Por lo tanto, en nombre de la bancada de la UDI anuncio la aprobación de esta importante iniciativa.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , en verdad no puedo sino que concordar con lo expuesto por el diputado Walker sobre la actualización de los medios electrónicos, particularmente por el liderazgo que Chile tiene que ejercer en la industria de la informática a nivel internacional.
La normativa respecto de la firma electrónica, aprobada después de un largo y arduo debate -con poca participación parlamentaria- fue calificada como un gran avance.
Espero que el diputado informante , quien tiene un mejor manejo sobre esta materia, aclare las dudas en algunos aspectos, particularmente en el artículo 1º cuando señala “...el Tribunal podrá ordenar una prueba complementaria de autenticidad, a costa de la persona que formula la impugnación,...”. Resulta paradójico que se reitere un concepto de la ley del consumidor, por cuanto es la cláusula más temeraria y se traduce en lo siguiente: “Si usted va a reclamar, queda advertido que el reclamo puede volverse en su contra”. Esta disposición es un desincentivo total y absoluto, porque deja en desventaja a aquel ciudadano humilde que ante un proceso judicial se le presenta un documento que amerita ser objetado debiendo pagar las costas -que pueden ser muy elevadas- para impugnarlo.
Reitero esto porque en muchos lugares apartados pueden ser presentadas estas pruebas y el traslado para acceder a una apelación también es bastante elevado.
Me gustaría consultarle al diputado Walker si fue considerado en el debate esta situación, con el objeto de garantizar un juicio justo, en que ambas partes participen en igualdad de condiciones y que el hecho de pedir una prueba de autenticidad, no conlleve una discriminación, por cuanto el costo para formular la impugnación debe ser de cargo de quien la hace. Eso me parece un abuso, en particular respecto de la parte que carezca de recursos, razón por la cual no hace uso del derecho de impugnar la veracidad del documento.
El Poder Ejecutivo y la Cámara de Diputados han sido objeto de constante hackeo. Por si los señores diputados no lo saben, les informo que en muchas oportunidades la página del Congreso ha sido hackeada. Con ello quiero decir que existe la posibilidad de que estos instrumentos judiciales pueden ser objeto de intromisión y de alteración por terceros, no necesariamente por las partes, riesgo que debe ser superado con los resguardos de la seguridad electrónica.
Pero me asisten dudas acerca de lo que ocurre cuando se hackea un documento y luego es presentado por una de las partes -no necesariamente debe existir conocimiento previo del mismo-, por ejemplo de la imputación y la penalidad, independientemente de quién haya alterado el documento.
Por lo tanto, la seguridad en un sistema judicial que se está modernizando, pero que en materia de informática presenta las mismas debilidades que el Ejecutivo o el Legislativo, debe ser evaluada.
Creo que se van a presentar indicaciones, por lo que el proyecto tendrá que volver a Comisión. Pero pido al diputado señor Walker que antes de que se vote aclare las dudas que he planteado.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado señor Walker.
El señor WALKER.-
Señor Presidente , acá rigen las reglas generales existentes en materia de costas, procesales y personales, en el Código de Procedimiento Civil. Por lo tanto, no es ninguna innovación.
Ahora, la preocupación legítima del diputado Navarro acerca de qué pasa con el ciudadano común, modesto, en relación con una persona que puede presentar instrumentos tecnológicos para probar lo que afirma, está resuelta en dos normas. En primer lugar, la que establece que, una vez que se presenta el documento electrónico, el tribunal tiene la obligación -no la facultad- de citar “para el día 6º a todas las partes en una audiencia de percepción documental”.
En segundo lugar, más allá del costo inicial que debe pagar la persona que presenta las pruebas, porque el tribunal no dispone de recursos para el efecto, el tema de las costas se resuelve en la sentencia. El artículo 348 bis, nuevo, dice: “En el caso que el documento sea objetado -lo que plantea el diputado Navarro -, de conformidad con las reglas generales, el Tribunal podrá ordenar una prueba complementaria de autenticidad -o sea, no le basta la prueba presentada-, a costa de la persona que formula la impugnación -lo que señala el diputado Navarro , y aquí viene lo importante-, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre pago de costas.” Por lo tanto, eso es simplemente provisorio.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , entiendo que el proyecto vuelve a Comisión, porque hay indicaciones. Entonces, creo que el tema puede ser profundizado, porque subsisten las dudas respecto de la capacidad económica del impugnante para estar en igualdad de condiciones en un juicio.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , sólo para hacer dos observaciones al informe. En la página número 11 dice “vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social”, en circunstancias de que se trata de la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Al secretario de la Comisión también le reclamé que aparece sólo como sesión la realizada el 11 de mayo, a la que no asistí. Pero la Comisión había tenido tres o cuatro sesiones anteriores sobre la materia. Y eso no se señala, como es lo normal.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señor diputado , el señor secretario ha tomado nota de las observaciones formuladas por su señoría.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala votó el proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación general el proyecto que modifica el Código de Procedimiento Civil y la ley Nº 19.799, sobre documento electrónico, firma electrónica y los servicios de certificación de dichas firmas.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa: 81 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto volverá a la Comisión para segundo informe.
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Al artículo 1º
Numeral 1
De los señores Álvarez-Salamanca, Bayo, Egaña, González, Paya y Walker, para reemplazarlo por el siguiente:
“1) Agrégase el siguiente número 6, nuevo, en el artículo 342:
6. Los documentos electrónicos suscritos mediante firma electrónica avanzada.”.
Numeral 2
De los señores Álvarez-Salamanca, Bayo, Egaña, González, Paya y Walker:
a) Para introducir al inicio del inciso tercero del artículo 348 bis, nuevo, propuesto, la siguiente oración: “Sólo podrán ser objetados los documentos electrónicos que no estén suscritos mediante firma electrónica avanzada.”
b) Para sustituir el inciso cuarto por el siguiente:
“Para los efectos de proceder a la realización de la prueba complementaria de autenticidad, sólo podrá recurrirse en calidad de peritos, a los prestadores de servicios de certificación señalados en el artículo 11 de la ley Nº 19.799 y procederán como tales con sujeción a lo dispuesto por los artículos 417 a 423.”.
Al Artículo 2º
Numeral 2
De los señores Álvarez-Salamanca, Bayo, Egaña, González, Paya y Walker, para agregar el siguiente párrafo segundo, en el Nº 2 del artículo 5º que se reemplaza:
“En el caso de documentos electrónicos que posean la calidad de instrumento privado y estén suscrito mediante firma electrónica simple, tendrán el valor probatorio que corresponda, de acuerdo a las reglas generales.”.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN INVESTIGADORA DE LA FORMA Y PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DEL DEPORTE.
El señor ASCENCIO (Presidente).- Corresponde votar el proyecto de acuerdo Nº 571.
El señor BURGOS.-
Pido la palabra.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , cuando se votó por segunda vez este proyecto de acuerdo, en la mañana no estaban varios de los parlamentarios que están ahora, de manera que quiero recordar lo que ocurrió en ese momento.
Concordamos con el diputado señor Salaberry en que cometimos un error quienes lo firmamos, y debe retirarse, porque en este momento no tiene sentido, ya que la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social está cumpliendo lo que se encarga en el proyecto de acuerdo.
Por lo tanto, pido a la Sala acceder a su retiro o lo vote en contra, para no crear una situación complicada.
He dicho.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para retirar el proyecto de acuerdo Nº 571.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
REBAJA DE PASAJES EN EL TRANSPORTE PÚBLICO PARA LOS ADULTOS MAYORES.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 572, de los diputados señores Saffirio, Bayo, Tuma, Uriarte, Villouta, Becker, Quintana, Galilea, don José Antonio; Meza y Sánchez.
“Considerando:
Que entre los objetivos y funciones del Servicio Nacional del Adulto Mayor están los de proponer políticas y coordinar acciones, especialmente del sector público, que faciliten la integración del adulto mayor en todos los ámbitos sociales, ya sea en la familia, en la educación, en el trabajo, en la recreación, etcétera.
Que, al considerar la necesidad de identificar las políticas multisectoriales y la conveniencia de definir orientaciones transversales para el tratamiento del tema, se creó el Comité de Ministros, cuya misión, entre otras, es la de sugerir la implementación de nuevas acciones y medidas orientadas al desarrollo e integración de los adultos mayores, especialmente en las áreas de educación y cultura; recreación y turismo; participación ciudadana; salud; seguridad económica, jurídica y social; vida familiar y afectiva; vivienda y entorno, como asimismo, recomendar presupuestos integrados de los programas destinados a ellos.
Que, según el censo de 2002, la población mayor de sesenta años equivale al 12 por ciento de la población total del país -un millón setecientas mil personas-.
Que los adultos mayores, en general, cuentan con pensiones muy inferiores a los ingresos del sector activo. Según datos de la Superintendencia de Seguridad Social, de la encuesta Casen y del Instituto Nacional de Estadísticas, el monto promedio de una pensión de vejez en el sistema antiguo es de ciento siete mil pesos, con una cobertura cercana al millón de personas. Casi el 50 por ciento de los adultos mayores viven exclusivamente de su pensión y pertenecen a los quintiles de menores ingresos. El 7,9 por ciento de ellos se encuentra en condiciones de pobreza o de indigencia.
Que las políticas sociales dirigidas a los adultos mayores tienen como condición el desplazamiento de las personas a los municipios, los centros comunitarios y los gimnasios, generalmente alejados de sus domicilios, lo que genera el inconveniente del gasto asociado al transporte. Este hecho tan cotidiano incide en la soledad e incomunicación del adulto mayor e, indirectamente, en su calidad de vida.
Que, desde esta perspectiva, cualquier política pública para favorecerlos debe considerar que, si los gastos en transporte son elevados, no será aplicable para aquellos beneficiarios de más escasos recursos. Según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el gasto en locomoción representaba más del 5 por ciento del total de ingresos para el quintil de menores ingresos en 1997, pero que, desde 1987, éste se había cuadruplicado. Ello hace prever la posibilidad de que continúe aumentando en proporción mucho mayor que el reajuste de las pensiones. Actualmente, los adultos mayores cuentan con pasajes rebajados en el Metro de Santiago y en la Empresa de Ferrocarriles del Estado, en trenes de mediano y largo recorrido.
Que algunas regiones del país, en coordinación con las Secretarías Regionales Ministeriales de Transporte, han implementado un sistema de ‘pase rebajado’ para los adultos mayores en el transporte público urbano. Sin embargo, al respecto, no existe una política pública en el nivel nacional, lo que deja a los adultos mayores de las regiones en desventaja respecto de quienes viven en la capital y tienen acceso a las rebajas del Metro.
Que, por lo anterior, es necesario coordinar las medidas de manera que la rebaja en los pasajes para los adultos mayores sea aplicable en todo el país, contribuyendo con ello a su integración y participación en las políticas sociales.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que instruya al Comité de Ministros, a fin de que, en conjunto con el Director del Servicio Nacional del Adulto Mayor , estudie una iniciativa que permita la rebaja de pasajes en el transporte público para los adultos mayores en todo el país”.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, el proyecto de acuerdo es muy simple.
La ley que creó el Servicio Nacional del Adulto Mayor busca coordinar las políticas estatales en beneficio de este sector etario de la población que, como se sabe, es cada vez más importante desde el punto de vista de su número, pues la población mayor de sesenta años equivale al 12 por ciento de la población total del país, es decir, 1 millón 700 mil personas.
Los adultos mayores en general cuentan con pensiones muy inferiores a los ingresos del sector activo y las políticas sociales dirigidas a ellos tienen como condición el desplazamiento de las personas a municipios, centros comunitarios, gimnasios, los que generalmente se encuentran alejados de sus domicilios, lo que genera el inconveniente del gasto social asociado al transporte. Desde esta perspectiva, cualquier política pública dirigida a los adultos mayores debe considerar que los gastos de transporte son elevados.
Por eso, en conjunto con los diputados señores Bayo, Tuma , Uriarte , Villouta , Becker , Quintana , José Antonio Galilea y Meza presentamos este proyecto de acuerdo, con el objeto de oficiar a su excelencia el Presidente de la República para que estudie en el Comité de Ministros, con la presencia del director del Servicio Nacional del Adulto Mayor, una iniciativa que permita la rebaja de pasajes en el transporte público para los adultos mayores, como ocurre con otros sectores de la población, como el de los estudiantes.
He dicho.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto de acuerdo Nº 572 por unanimidad.
¿Habría acuerdo?
Aprobado.
INSTAURACIÓN DE DÍA NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
El señor prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 573, de los diputados señores Saffirio, Silva, Tuma, Bayo, Villouta, Quintana, Becker, Mora, Díaz y Meza.
“Considerando:
Que el Estado de Chile, de acuerdo con la ley Nº 19.253, reconoce, respeta y protege a las etnias que conforman los pueblos aborígenes, así como a su cultura, costumbres y valores.
Que, en 1998, por decreto 158, del entonces Ministerio de Planificación y Cooperación, se declaró el 24 de junio como ‘Día Nacional de los Pueblos Indígenas’, fecha en que tradicionalmente se celebra el año nuevo mapuche o hue tripantu.
Que los huilliches, otro de los pueblos originarios de Chile, hacia el sur, celebran el año nuevo durante el solsticio de invierno, tal como lo hacen los aymaras, en el norte, festividad que igualmente se conmemora en Perú y Bolivia. El imperio inca también festejaba en esta fecha la ‘fiesta del Sol’.
Que la fecha coincide en este hemisferio con el inicio de una nueva época de siembras.
Que Canadá fue el primer país en tener una ley sobre multiculturalismo, decretó el ‘Día del multiculturalismo’, así como el ´Día del aborigen’, por lo cual, en el norte del país, esa fecha es feriado legal.
Que Nueva Zelanda, por su parte, celebra una fiesta nacional llamada ‘waitangi’, también basada en su herencia étnica.
Que estas ceremonias, en su mayoría, corresponden a fechas tradicionales de los pueblos ancestrales, particularmente ligadas al solsticio de verano o de invierno, según sea el hemisferio. Por generaciones, muchos pueblos aborígenes han celebrado su cultura y herencia en días cercanos al 21 de junio, particularmente el 24.
Que Chile, a lo largo de todo el territorio, cuenta con una importante población de pueblos originarios, aunque hay regiones con una mayor concentración. Ello supone un aporte invaluable de identidad cultural, que se debe rescatar para las futuras generaciones. En el caso mapuche, uno de los principales pueblos originarios de Chile, las ceremonias de año nuevo comienzan antes de la salida del sol, con una serie de ritos relacionados con la madre tierra y su pueblo, y continúan durante todo el día. Es una fecha de reencuentro, de armonización y de equilibrio de las relaciones familiares, que merece ser conmemorada y reconocida por toda la comunidad.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que el 24 de junio, día de los pueblos originarios, sea feriado legal en aquellas regiones con mayor concentración de población indígena”.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , por este proyecto de acuerdo, presentado por el diputado señor Saffirio y del que somos coautores los diputados Silva , Bayo, Villouta , Quintana , Becker , Mora, Díaz , Meza y quien habla, es decir, parlamentarios que en su mayoría representamos distritos con presencia indígena, se solicita que el Presidente de la República declare el 24 de junio como día de los pueblos originarios.
Si la iniciativa se concretara, el 24 de junio sería feriado en las regiones con mayor población indígena.
En los últimos años, la sociedad chilena ha abierto espacios para las diferentes culturas, con el objeto de preservar, difundir y mantener las costumbres, tradiciones e idiomas de los pueblos originarios. Los chilenos cada día tenemos más conocimientos de sus culturas, las cuales ahora se expresan con más libertad.
Hace diez o quince años, el 24 de junio era conocido sólo como el día de San Juan. Hoy, la gran mayoría de los medios de comunicación, además, lo conocen como el día de los pueblos originarios.
El 24 de junio, conocido por el pueblo mapuche como hue tripantu, cambia el ciclo de la naturaleza. Por eso, se eleva una oración y se realiza un ceremonial en recuerdo al nguechén, a fin de darle fuerzas no sólo a la tierra, sino también a los hombres y mujeres para desarrollarse en paz y tener mayores oportunidades y perspectivas.
Por lo tanto, pedimos que el 24 de junio, tan significativo para los pueblos indígenas con cultura milenaria, sea un día de celebración.
Deseamos que todas familias indígenas, como también las que no lo sean, con absoluta libertad, puedan celebrar ese día y dedicarlo a la reflexión, al pensamiento y a compartir.
Como muchas personas, por razones laborales o de horario, se ven impedidas de viajar a las zonas donde se realizan las ceremonias y rituales indígenas, al declararse el 24 de junio feriado podrán participar en ellas.
Por lo tanto, pedimos que la Sala apruebe, por unanimidad, el proyecto de acuerdo que solicita al Presidente de la República patrocinar un proyecto de ley que declare el 24 de junio como día de los pueblos originarios.
He dicho.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para impugnar el proyecto, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
MODIFICACIÓN DE NORMATIVAS LEGALES SOBRE VENTA DE ARMAS POR EL ESTADO.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 576, de los diputados señores Ulloa, Correa, Bauer, Norambuena, Palma, Martínez, Delmastro, Recondo, Bertolino y Von Muhlenbronck.
“Considerando:
Que, a raíz de los hechos de que recientemente han dado cuenta los medios de comunicación, tanto nacionales como extranjeros, que dicen relación a una supuesta venta de armas de Chile a Ecuador, en medio del conflicto que, a partir de 1995, se desató entre este país y Perú, se hace necesario revisar la forma y los procedimientos empleados por el Gobierno de Chile en las autorizaciones de venta de armas al extranjero.
Que, en este ámbito, es imperioso perfeccionar los mecanismos legales y los de control y fiscalización, a fin de evitar cuestionamientos tan graves como el enunciado, con el propósito, además, de que la ciudadanía y las autoridades no se enteren de estos hechos con posterioridad a su ocurrencia y sólo a través de los medios de comunicación.
Que, a la luz de lo expresado, resulta indispensable que el Gobierno estudie y presente al Congreso Nacional una iniciativa legal tendiente a transparentar los procedimientos mediante los cuales se venden armas al exterior, estableciendo como obligatorio el conocimiento previo de estas autorizaciones de venta por parte de las Comisiones de Defensa tanto de la Cámara de Diputados como del Senado.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que estudie y envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que modifique los cuerpos legales atinentes a toda venta de armas que el Estado de Chile o cualquiera de sus instituciones o reparticiones realice al extranjero, a fin de hacer obligatorio el previo conocimiento de esta autorización de venta por parte de las Comisiones de Defensa tanto de la Cámara de Diputados como del Senado”.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra del proyecto, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 5 votos. No hubo abstenciones.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 4 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
De nuevo no hay quórum.
Se llamará por cinco minutos a los señores diputados.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se votará, por última vez, en la sesión ordinaria siguiente.
VII. INCIDENTES
PAVIMENTACIÓN DE CALLE Y HABILITACIÓN DE COLECTORES DE AGUAS LLUVIAS EN SECTOR DE CHILLÁN. Oficio.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , en distintas oportunidades he ocupado esta tribuna para referirme a situaciones que movilizan a importantes sectores de la comunidad, especialmente aquellos donde viven personas de esfuerzo y trabajo que observan transcurrir el tiempo sin que sus necesidades legítimas y urgentes encuentren solución oportuna y efectiva.
Durante mucho tiempo los vecinos del sector sur oriente de Chillán han permanecido esperanzados frente a múltiples anuncios de determinadas autoridades locales y regionales de que sus problemas principales tendrán solución.
El caso al que aludo dice relación con la pavimentación de la calle Diagonal Las Termas, arteria de incesante flujo vehicular por estar emplazada en un sector densamente poblado de la ciudad. Precisamente donde Chillán se ha extendido en forma explosiva.
Es más, dicha calle tiene un rol preponderante pues comunica con la carretera intercomunal Chillán-Pinto. De modo que, en tal condición, el flujo vehicular de tipo particular y de locomoción colectiva es incesante e importante.
Dadas tales características, situaciones como el anegamiento ocurrido en días pasados y que motivó la protesta ciudadana por promesas incumplidas, resultan plenamente justificables. Dicho anegamiento se produjo básicamente por la inexistencia -nótese lo que digo- de colectores de aguas lluvias para producir la evacuación correspondiente, pues los existentes fueron tapados cuando se construyó el alcantarillado de una villa vecina.
Este hecho -como se comprenderá- trae frente a cualquier lluvia, más aún con las abundantes de este otoño, la formación de verdaderas lagunas y el colapso de la arteria, lo que pude comprobar personalmente el fin de semana pasado, con graves efectos en las viviendas aledañas, cuyos vecinos deben levantar puentes provisorios para salir de sus casas y cruzar la calle. Ello, agravado por la existencia de un jardín infantil y de una capilla que, por su naturaleza, demanda la presencia de un alto número de personas.
Vivir en tales condiciones, con lodo en invierno, polvo extremo y angustiante en el período estival, es indignante e impropio de sectores densamente poblados, cuyo crecimiento no responde a planificación urbana alguna.
Me parece comprensible, entonces, que las personas asuman actitudes de esa naturaleza, situación legítima por lo demás, pero no puedo dejar de lamentar que se tenga que llegar a estos extremas, porque significa derechamente que la paciencia se ha agotado.
Dada las características de la arteria, la alta densidad vecinal y el flujo de transporte urbano, pido que se oficie a la señora ministra de Vivienda y Urbanismo , señora Sonia Tschorne , a fin de que disponga recursos de emergencia u otra alternativa que permita iniciar, a la brevedad, los trabajos de pavimentación de la calle Diagonal Termas de Chillán y la habilitación de colectores de aguas lluvias de dicho sector.
Si no hay respuesta positiva y el argumento que se entrega es la carencia de recursos, continuaremos presenciando cómo un conjunto de compatriotas, en particular mujeres y niños, pasan sumidos en el lodo con graves consecuencias para su salud. Eso, estoy cierto, no lo desea nadie.
He dicho.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
NECESIDADES Y REQUERIMIENTOS DE LA OCTAVA REGIÓN. Oficios.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , como es de conocimiento público, los últimos temporales de lluvia han provocado inundaciones, particularmente en la provincia de Concepción, en especial en la comuna de Chiguayante.
En el sector Los Boldos hubo situaciones dramáticas. Se produjeron inundaciones que alcanzaron un metro veinte y más de altura al interior de las viviendas.
El canal Papen , que cruza y atraviesa el sector Los Boldos para desembocar en el río Biobío, fue intervenido mediante la adición de aguas lluvias provenientes de las intervenciones del proyecto Biovías y de la restauración de la línea de ferrocarriles que une a Talcahuano con Hualqui. Ambas obras son de primera importancia y necesidad y han contado con nuestro decidido apoyo.
En el caso de Biovías o de ferrocarriles, las intervenciones realizadas, como consecuencia del desvío y canalización de aguas lluvias al canal Papen, deben ser investigadas.
Por eso, pido que se oficie para que la ilustre Municipalidad de Chiguayante, la Dirección de Obras Hidráulicas, la Dirección General de Aguas y la Intendencia de la Octava Región informe junto a Ferrocarriles del Estado sobre las obras de intervención ejecutadas y, en especial, acerca de la direccionalidad y conducción de las aguas lluvias, de manera de precisar cuáles fueron, en
metros cúbicos por segundo, los aportes que se establecieron para dicho canal, y así evaluar si -no obstante que hubo una inmensa, impredecible y extraordinaria lluvia, pues, en menos de 52 horas, cayeron más de 160 milímetros- existe alguna relación directa con la inundación sufrida y si las obras realizadas significaron un aumento del caudal de dicho canal.
Asimismo, pido oficiar al alcalde de Chiguayante , señor Tomás Solís , para que nos dé a conocer antecedentes sobre el informe técnico -si se realizó- luego del cual se autorizaron dichas obras.
Por otra parte, pido oficiar a la ministra de Vivienda , señora Sonia Tschorne , y al director nacional de Sernageomin , señor Luis Sougarret , a fin de analizar y evaluar la grave situación producida en la caleta de Cocholgüe, comuna de Tomé, Octava Región, donde, como consecuencia de los temporales, un importante conjunto de viviendas de las laderas ha debido enfrentar destrucción y derrumbes.
Dos informes técnico-geológicos elaborados por Sernageomin, en 1990 y en 2000, establecen que existe una falla en el terreno imposible de superar, que va a provocar un daño permanente y estructural en el cerro y, por lo tanto, a las viviendas. Se trata, entonces, de una situación catastrófica que puede afectar a decenas de viviendas, cuyos moradores se encuentran en situación de riesgo vital día a día, en particular cuando se producen lluvias de la naturaleza de la que todos hemos conocido.
Solicito que la ministra de Vivienda , en uso de las facultades que otorga la declaración de zona de catástrofe y de la legislación vigente, evalúe las expropiaciones necesarias en los terrenos colindantes a caleta Cocholgüe, de manera de erradicar en forma definitiva y permanente a las personas junto con sus viviendas, a fin de evitar todo riesgo de pérdida de vidas debido a la precaria situación en que se hallan.
También, solicito que se establezca un plan o programa para evitar que se instalen nuevas viviendas en los sectores de riesgo y que, de manera definitiva, se evacue desde caleta Cocholgüe -caleta grande y caleta chica- a todas las personas que están en situación de riesgo.
Creemos que la expresada es una necesidad urgente y que no se puede esperar una nueva lluvia para efectuar dicha evaluación. Los terrenos aledaños a caleta Cocholgüe, es decir, los ubicados en la parte alta, en el nivel superior, cuentan con las condiciones de urbanización y de construcción necesarias. Por lo tanto, es posible, en conformidad con las condiciones y características establecidas en la declaración de zona de catástrofe, realizar dicha expropiación, que vendrá a resolver un problema que lleva años y que no tiene otra fórmula de solución sino mediante la construcción de viviendas nuevas en el sector indicado.
Los habitantes de la caleta están organizados y se encuentran plenamente dispuestos a participar en dicho programa. Si no han abandonado sus casas, se debe exclusivamente a que no tienen otro lugar seguro al cual trasladarse.
Por otra parte, solicito oficiar al ministro del Trabajo y, a través de él, al director del Trabajo de la Octava Región , de manera de dar respuesta a una inquietud planteada el 20 de abril del año en curso, respecto de las faenas ejecutadas por la empresa Rucán Ingeniería y Construcciones, contratista Essbio , la cual, el 16 de abril de 2005, sufrió un lamentable accidente, que costó la vida a dos trabajadores: Gabriel Eduardo Aravena , de 20 años, y Juvenal Sepúlveda , de 42 años, quienes fallecieron por asfixia.
En virtud del testimonio de sus compañeros de trabajo, algunos de los cuales quedaron con graves lesiones en la columna vertebral, producidas por el derrumbe, no existía entubación y, no obstante que había más de 3 metros 20 centímetros de profundidad, no se llevó a cabo ningún tipo de trabajo que impidiera los derrumbes, dadas las características arenosas del terreno.
La Superintendencia de Servicios Sanitarios responde que no ha podido dar cumplimiento a la investigación por no ser materia de su competencia.
En verdad, esto, que pareciera ser un hecho aislado, no lo es. Essbio debe supervisar y fiscalizar a sus subcontratistas, e, independientemente de que haya retrasos graves en el plan de construcción de obras, estos no habilitan a los subcontratistas a apurar los trabajos y poner en riesgo la seguridad de las personas, particularmente de los trabajadores.
Pido que se oficie al Instituto Médico Legal y al Servicio de Salud a fin de que nos envíen copias de los certificados de defunción, de manera de establecer fehacientemente la causa de muerte.
Asimismo, pido que se oficie a la Dirección del Trabajo y a la Mutual de Seguridad, a la cual debe estar asociada esta empresa, con el objeto de que nos hagan llegar los informes que nos permitan conocer en detalle las causas de la muerte y, en particular, si se tomaron o no las medidas de seguridad que la ley establece.
Señor Presidente , con fecha 21 de junio pasado, la Conama respondió a un oficio que le envié hace algunos meses. Me señala que si bien la Dirección General de Aguas considera una nueva estación de monitoreo permanente en la zona aguas abajo de la loca-lidad de Loncoche, ello no tiene que ver con la petición de fondos necesarios para el monitoreo permanente del río Cruces y, en particular, si el programa de normas secundarias para la calidad de los recursos hídricos cuenta con recursos financieros para contratar a consultores que apoyen el proceso normativo, porque estos preceptos son urgentes. Fue a consecuencia de la falta de normas secundarias de calidad de las aguas para el río Cruces que la evaluación realizada por los organismos pertinentes no pudo tener con antelación los datos necesarios para prevenir el desastre.
Solicito que se oficie a los ministerios de Obras Públicas y Secretaría General de Gobierno, a fin de que la Conama y la Dirección General de Aguas cuenten con los recursos necesarios para implementar la normativa secundaria de calidad de aguas así como el monitoreo permanente de la condición fluvial del río Cruces, en el santuario de la naturaleza Carlos Andwanter .
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión del diputado que habla.
ENTREGA DE TÍTULOS DE DOMINIO A POBLADORES DE COMUNA DE SALAMANCA E INFORMACIÓN SOBRE PAGO DE EXPROPIACIONES POR CONSTRUCCIÓN DE CARRETERA SANTIAGO-LA SERENA. Oficios.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité del Partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Darío Molina.
El señor MOLINA .-
Señor Presidente , quiero dar a conocer a esta honorable Cámara una situación que conocí en detalle en mi última visita al valle de la comuna de Salamanca, durante la semana distrital.
Los habitantes de la villa El Arrayán, del sector del estero Camisas, me informaron que dicha villa nació como consecuencia de la expropiación de sus terrenos y casas ubicadas en el lugar donde hoy se emplaza el embalse Corrales, que hoy se encuentra en pleno funcionamiento, también me hicieron presente que, según el acuerdo de expropiación, se les iba a construir una población y entregar casas.
El problema es que han pasado cuatro años y los pobladores aún no reciben sus títulos de dominio.
No encuentro una explicación razonable a esa situación.
Reitero: han pasado cuatro años desde su construcción y a esas familias expropiadas todavía no se les entregan sus títulos de dominio.
Agradezco la invitación del presidente de la junta de vecinos que me ha permitido recorrer ese lugar, conversar con los pobladores y darme cuenta de esta importante falencia. Existe preocupación entre ellos, porque algunos son personas de avanzada edad y no quisiéramos que ocurriera un hecho lamentable, como que alguno falleciera y quedara en situación de no poder heredar un inmueble que le pertenece en derecho, una propiedad otorgada por el Estado a través de un convenio de expropiación. No queremos eso.
Por lo tanto, solicito que se oficie al señor ministro de Obras Públicas , señor Jaime Estévez , a fin de que nos informe sobre las razones por las cuales aún no se ha concretado la entrega de títulos de dominio a los beneficiarios de este convenio de expropiación, cuya población ya está construida y habitada por ellos.
También me he encontrado con situaciones similares en expropiaciones relacionadas con la carretera que une las ciudades de Santiago y La Serena, en que el proceso concluyó. La carretera está en plena operación, los usuarios están pagando los peajes respectivos y, sin embargo, todavía hay particulares a quienes no se les paga el dinero según el acuerdo económico a que llegaron con el fisco para entregar sus terrenos por el bien común que significa una carretera de esa magnitud. Uno escucha permanentemente hablar acerca de estas situaciones. Por ejemplo, hay muchos comerciantes, dueños de restaurantes, que, de algún modo, fueron engañados, puesto que les dijeron que vendieran sus propiedades y con el dinero que recibirían construyeran un nuevo restaurante en otro lugar. Sin embargo, con el reglamento existente para las carreteras modernas no es fácil ubicar comercio en ellas, como antes, en que a orillas de un camino, de la carretera, se instalaban restaurantes tradicionales, posadas y hosterías frecuentadas por camioneros. Hoy no se puede acceder a ellos porque las carreteras fueron cerradas.
Por lo tanto, solicito enviar un segundo oficio al ministro de Obras Públicas para que nos informe sobre el total de expropiaciones que se han efectuado con motivo de la construcción de la carretera que une Santiago y La Serena, y el número de aquéllas en las que aún no se ha realizado el pago correspondiente a los ciudadanos que entregaron sus terrenos para dicha obra.
Lamento que el fisco exija a los particulares que cumplan con la ley y con sus distintas obligaciones y que, sin embargo, se demore tanto tiempo y, muchas veces, genere grandes problemas a los afectados cuando le corresponde pagar una expropiación.
He dicho.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado Alejandro Navarro.
REFLEXIONES SOBRE ACTUALIDAD NACIONAL.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , es importante, a esta hora de la noche en que los parlamentarios aún seguimos trabajando, hacer análisis más mesurados, más prudentes, no acalorados.
Leí en la mañana, en el resumen de noticias del país, el siguiente titular:
“Ex funcionaria del MOP Irene Rojas: Contratos irregulares por $ 31 mil millones. En una carta, la periodista se excusa de participar de la comisión de la Cámara y asegura que la jueza Chevesich y el diputado DC Pablo Lorenzini ya conocen de sus denuncias”.
A raíz de esto, uno se pregunta dónde estaban la justicia y los organismos fiscalizadores para prevenir esta situación que hoy, lamentablemente, en la comunidad aparece como amplia corrupción. Incluso, se dice que el diputado supo de las denuncias en enero.
Otros titulares señalan: “El Gobierno anuncia reforma a directorios de empresas públicas. La idea es copiar el esquema de las sociedades privadas para que tengan al menos dos directores independientes elegidos por el Consejo de Alta Dirección Pública con la aprobación del SEP”.
“Medios rechazan protección legal a la vida pública”. “Eyzaguirre refuta discrepancias”. En el intertanto se produce un verdadero debate medioambiental.
En fin, hay una serie de informaciones que llaman mucho la atención. Se habla, incluso -en otro artículo-, de la “Guerra de las Galaxias”, aludiéndose a las situaciones de corrupción.
Otro titular destaca: “Distintas versiones por propuesta de Bachelet sobre directorio de Codelco. Aún no existe claridad respecto del número de independientes que se propone incorporar”.
Otro titular hace referencia a ciertos “blindajes” que existen en relación con la fiscalización, tema que hoy azota al Gobierno.
En otros titulares se expresa que Michelle Bachelet está dispuesta a realizar profundas reformas; choque en Comisión MOP-Gescam, respecto de lo que se ha llamado el gran caso de la corrupción ética. El Gobierno ha aplicado una serie de medidas de protección a fin de que esto no siga perjudicando la labor del Presidente de la República .
“La Tercera” titula: “Gobierno anuncia ley que regula contratos con parientes y embajadores.” “ Guillermo Arthur respondió a las acusaciones realizadas por Fulvio Rossi . Se está usando a las AFP para hacer empates políticos”.
Todas son noticias que llaman la atención y que dicen relación con la corrupción. Algunas son importantes como la de diputados que proponen condonar deudas por casas mal construidas. Se refiere al tema de los deudores hipotecarios que se ha puesto en el primer lugar de la tabla de discusión política, que el diputado y candidato a senador por Santiago oriente está defendiendo, junto con los diputados que lo acompañamos, y que está golpeando a un sector importante del país.
Después de leer estos titulares, uno se pregunta por qué el Gobierno no previó estas situaciones que se vienen repitiendo desde hace mucho. ¿Por qué se actúa siempre bajo hechos consumados? ¿Ése es el Chile que queremos? La mayoría de los artículos de los columnistas hablan de transparencia y probidad en los gobiernos de la Concertación, pero, lamentablemente, no hubo la debida protección.
La idea de dar a conocer estos artículos es que el auditor entienda que el Chile de Santiago, el Chile político, es el de las denuncias de corrupción y de la falta de interés del Gobierno por solucionar los problemas de la gente. La situación de los jubilados, de los trabajadores, la igualdad, las necesidades en salud, la polémica sobre las viviendas, son problemas a los que no se ha dado solución después de tantos años. En cada elección comienza el ofertón, pero es importante que los gobiernos cumplan.
Uno se pregunta cuál es la realidad de las regiones. Miraba con sorpresa “La Estrella”, que habla de “¡Horrible muerte!” en una colisión en un lugar importante; “Lola acuchilló a su ex pololo y pareja. Ataque de celos en plaza de La Tirana”; “Empresario intentó matar a su mujer”; “Pedófilo almacenaba pornografía infantil”. Sigamos leyendo los diarios de regiones; es impresionante: “¡Una pesadilla! Camión llegó hasta el living de una vivienda”; “Detienen a pistolero que intentó un asalto con un arma a fogueo”; “Choque: un herido grave”; “Yo cometí el crimen” dice “el chico Alejo” en el diario El Líder. El Rancagüino titula “18 años de cárcel en crimen del Cachapoal”. “Acusado de engañar al fisco”; “Pesar causó deceso de connotado dirigente y hombre público” que luchó siempre por las demandas. “Neonazis atacan a familia”, publicó El Diario Austral de La Araucanía . “Universitaria murió ahogada en Pucatrihue”; “Padrastro abusó de niñita de siete años”.
Existen muchos titulares de esta naturaleza. Es decir, tenemos dos Chile: el Chile de la muerte, de la delincuencia y de los titulares macabros en regiones para poder vender y el Chile de la polémica, de la corrupción y de las grandes postergaciones.
Frente a este escenario, que para algunos puede ser una caricatura, uno se pregunta cuándo la candidata presidencial de la Concertación va a entregar al país un verdadero proyecto de gobierno a futuro. Digo de la Concertación, porque hasta hoy, al lo menos, el país sabe perfectamente que el candidato presidencial de la UDI -ya no podemos hablar de la Alianza- estuvo durante varios años preparando, a través de los talleres del Bicentenario, un proyecto de gobierno que el país está conociendo de a poco y vemos que la Concertación todavía no tiene proyecto de gobierno futuro, sino que puros análisis y comisiones. Vemos que, audazmente, el presidente de la Democracia Cristiana , Adolfo Zaldívar , posterga su apoyo como partido a Michelle Bachelet. Lógicamente, es un hombre muy inteligente y lo que está haciendo es ganar tiempo para negociar mejor su plantilla parlamentaria. Pero, al país no le interesa la plantilla parlamentaria de la DC, de la Concertación, sino proyectos que solucionen sus grandes postergaciones.
Tengo confianza en que, a pesar de que las encuestas puedan decir muchas cosas, finalmente, el país va a premiar el esfuerzo y la capacidad y las mismas encuestas que hablan de que Michelle Bachelet está mejor posicionada que los otros dos candidatos a la presidencia, señores Piñera y Lavín , paradójicamente establecen que la persona que tiene mayor apoyo y que genera más confianza para solucionar los problemas del país es nada menos que Joaquín Lavín . Entonces, hay una gran contradicción, porque, por una parte, la intención de voto es para Michelle Bachelet como candidata presidencial y, por otra, la gente reconoce que Joaquín Lavín está llamado para solucionar los problemas de Chile. Por consiguiente, estamos contentos porque hemos hecho un trabajo serio. El mundo popular reconoce en Joaquín Lavín la confianza y la credibilidad, por lo que, finalmente, vamos a tener un presidente de verdad, con capacidad de gobierno que se va a llamar el “presidente del trabajo”. Joaquín Lavín va a ser ese presidente, el presidente de la igualdad, el presidente que paró la delincuencia, el presidente que entregó bienestar a los jubilados, el presidente que hizo realidad una modificación y una política de salud respecto de la cual todos nos empeñamos en que salga adelante -muchas veces la Concertación ni siquiera ha entregado votos en ese sentido-. Reitero, vamos a tener un presidente de la República de verdad y esperamos asimismo que sea el presidente de la igualdad.
Por último, quiero decirles a quienes están viéndonos a través del canal de televisión de la Cámara, a esta hora, después de las noticias -son miles y miles las personas que se interesan por verlo; algunos dicen que tiene poco rating, pero tiene mucho más de lo que se imaginan- que el próximo 11 de diciembre, los chilenos, con responsabilidad, tienen que elegir un Presidente de la República que tenga capacidad para gobernar. Aquí no se trata de que esas elecciones vayamos a elegir a “Miss Simpatía”, a la mejor compañera, sino que al Presidente de Chile , que debe solucionar los problemas del país, al presidente de la igualdad, al presidente que se ganó el derecho a llegar a La Moneda. Y ese presidente no es otro que Joaquín Lavín , un presidente de palabra, de acción y que va a demostrar que de la adversidad se puede llegar a La Moneda y cumplir con los objetivos de su gobierno.
He dicho.
CALIFICACIÓN DE URGENCIA PARA PROYECTO DE LEY SOBRE NUEVA AGRAVANTE EN COMISIÓN DE DELITOS DURANTE LA LIBERTAD PROVISIONAL. Oficios.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , como buen penquista, la semana pasada tuve la grata sorpresa de recibir un llamado telefónico de la periodista del diario “El Sur”, de Concepción, señorita Mónica Jiménez , quien estaba interesada en entrevistarme para un reportaje que aparecerá el próximo domingo en ese prestigioso diario y cuyo tema será la delincuencia, tema que a todos nos preocupa seriamente. Creo que ese tipo de problema hay que enfrentarlo y buscarle solución.
En su entrevista, ella me dijo que analizando mi hoja de vida en la Cámara de Diputados, aparecía, el martes 4 de marzo de 2003, ingresando un proyecto de ley -yo era uno de sus autores- a fin de introducir una nueva agravante en el artículo 12 del Código Penal para quienes cometan delitos durante el ejercicio de la libertad provisional.
Al respecto, hace más de dos años, un grupo de parlamentarios consideramos conveniente presentar esa moción por lo siguiente:
Nuestra Constitución y el procedimiento penal vigente contempla el beneficio de libertad provisional para personas que se encuentran en calidad de imputados o procesados por determinados delitos. El Código Penal, por su parte, considera una serie de circunstancias modificatorias de la responsabilidad criminal, sean eximentes, atenuantes o agravantes de la misma.
Nadie puede discutir que son bastante corrientes los casos de personas que, haciendo uso del beneficio de libertad provisional, cometen delitos que afectan de distinta manera a la sociedad y crean una sensación de temor, pero, lo que es más grave, es que estas garantías procesales de origen constitucional se conviertan, a juicio de las personas, en instrumentos facilitadores del delito. Asimismo, contra las personas que cometen delitos durante el ejercicio de ese beneficio, no sobreviene una gradación de responsabilidad por el o los delitos en que participen como autores, cómplices o encubridores.
En las normas del Código Procesal Penal, que ha entrado paulatinamente en vigencia en nuestro territorio, se establecen otras medidas cautelares de carácter personal que tienen como objetivo garantizar el éxito de la diligencia de la investigación, proteger al ofendido o asegurar la comparecencia del imputado a las actuaciones del procedimiento o a la ejecución de la sentencia.
Conforme al principio de garantía y de oportunidad que informa la nueva legislación procesal penal, para la aplicación de esta nueva agravante se hace necesario la comisión de un crimen o simple delito que merezca pena aflictiva -vale decir, tres años y un día o más- mientras se encuentra procesado o investigado.
Por todo lo anterior, se hace necesario sancionar con mayor gravedad a quienes quebrantan el beneficio de libertad provisional o las medidas cautelares que se le imponen de acuerdo al nuevo Código Procesal Penal, mediante la comisión de nuevos crímenes o simples delitos.
Por eso, los diputados que presentamos este proyecto de ley, que ingresó el 4 de marzo de 2003, redactamos un artículo único que dice, textualmente: “En el Código Penal agrégase, en el artículo 12, el siguiente numeral 20, nuevo: 20. Cometer un crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, estando en libertad provisional o haciendo uso de alguna de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal en uno o más procesos que merezcan pena aflictiva.
“Para la aplicación de esta agravante será necesario que se haya dictado sentencia condenatoria en el proceso en el cual se otorgó o concedió libertad provisional o se decretó la medida cautelar”.
Me llamó la atención la preocupación y la preparación de la periodista señorita Mónica Jiménez . Estaba en conocimiento de varios proyectos de ley, de los cuales somos autores diputados de la Octava Región. Su preocupación era el porqué no se terminaban los trámites constitucionales correspondientes.
Por lo expuesto, solicito que se oficie al ministro Secretario General de la Presidencia , señor Eduardo Dockendorff , para que solicite al Ejecutivo urgencia al citado proyecto de ley, porque ayudará a poner término al temor en la ciudadanía y a que las personas que han delinquido entiendan que no pueden hacer uso del derecho de libertad provisional para cometer nuevos errores. Es un compromiso que adquirí con la mencionada periodista.
Asimismo, solicito que se oficie, con copia de mi intervención, a la señorita Mónica Jiménez , periodista de reportajes del diario “El Sur”.
He dicho.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
MEDIDAS ADICIONALES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y RESPONSABILIDAD FISCAL.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, sin contestar al colega que me antecedió en el uso de la palabra, quiero plantear cosas muy concretas.
Ayer, lunes 11 de julio de 2005, en uso de nuestras atribuciones, y por la responsabilidad que nos atañe, el presidente de la Comisión Mixta de Presupuestos , senador Carlos Ominami , nos citó a una sesión en la ex sede del Senado, en Santiago, que duró tres horas y en la cual el director de Presupuestos , señor Mario Marcel , dio a conocer algo que es bueno que la ciudadanía lo sepa, porque en la vida hay que ser objetivo.
Todos los años, cuando tramitamos la ley de Presupuestos, el Gobierno y los parlamentarios suscribimos un protocolo, el que algunos se niegan a firmar. En el protocolo del presente año, el Ejecutivo se comprometió a enviar al Congreso Nacional uno o más proyectos de ley con medidas adicionales a las aprobadas en 2003, con el fin de fortalecer la transparencia y la responsabilidad fiscal.
Ayer, Mario Marcel , quien ha sido un gran director de Presupuestos , nos dio a conocer que todas esas iniciativas recogen recomendaciones efectuadas por las evaluaciones externas sobre transparencia fiscal realizadas por el Fondo Monetario Internacional, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial, y las proposiciones de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos. Al término de la reunión, con Mario Marcel acordamos que antes del 1º de agosto iba a ingresar al Congreso un proyecto para el fortalecimiento de la transparencia en la gestión de recursos públicos, con medidas como la creación del cargo de auditor general de Gobierno; la profundización de la auditoría interna de los ministerios y de los servicios públicos, y el perfeccionamiento de los procedimientos sumariales en el sector público.
Mediante este proyecto se pretende fortalecer las auditorías externas que realiza la Contraloría General de la República y flexibilizar su presupuesto, tal como se está haciendo con el Poder Judicial . Es decir, facultarla para el traspaso de fondos a los subtítulos correspondientes, con el objeto de que al 31 de diciembre no penda sobre ella la espada de Damocles, de que el saldo final de caja se incorpore al presupuesto del año siguiente. Así, los recursos sobrantes no irán a fondos generales de la Nación.
Del mismo modo, se propuso incluir a los embajadores entre las autoridades que deben desempeñar sus cargos con dedicación exclusiva, quedando sujetos a las prohibiciones e incompatibilidades que ya rigen para ministros, subsecretarios y jefes de servicios.
Asimismo, y a propósito de que el promedio de vida de las chilenas y los chilenos ha aumentado en nueve años -en las próximas décadas subirá mucho más- debemos preocuparnos del futuro de la pensión mínima, la cual está garantizada por el decreto ley Nº 3.500. Por tal razón, ayer se propuso la creación de un fondo de reservas de pensiones para asegurar el financiamiento del futuro gasto en prestaciones previsionales mínimas y asistenciales por parte del Estado.
He considerado conveniente aprovechar esta tribuna de la Cámara de Diputados para dar cuenta, en forma muy sucinta, que las voluntades por mejorar el nivel y la calidad de vida de todos los chilenos se hacen realidad.
He dicho.
El señor NAVARRO ( Vicepresidente ).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 22.19 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que permite renegociar, reprogramar o condonar parcialmente los créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda que se indican. (boletín N° 3924-14)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración, un proyecto de ley que faculta al Presidente de la República para establecer, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, las normas necesarias para efectuar la renegociación, reprogramación o condonación parcial, de los créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda de que sea titular el Instituto de Normalización Previsional, como también de la cartera de créditos hipotecarios de dominio fiscal a que se refiere la ley N° 19.229 y para establecer las normas para otorgar una subvención base a todos los deudores antes señalados.
I. ANTECEDENTES.
Ha sido interés permanente del Ejecutivo la promoción de iniciativas legales que han tenido como objetivo beneficiar a deudores de créditos hipotecarios de ingresos bajos y medios, permitiendo así satisfacer en mejor medida las necesidades habitacionales de estos sectores de la población. Para ello, ha contado con la colaboración constante del Poder Legislativo, que ha prestado su aprobación a un conjunto de leyes, dentro de estas destacan las siguientes: ley N° 19.003, ley N° 19.199, ley N° 19 229, ley N° 19.360, ley N° 19.402, ley N° 19.622, ley N° 19.747 y ley N° 19.753.
Por otra parte, cabe señalar que esta Administración ha adoptado diversas medidas que han beneficiado a los deudores de la cartera hipotecaria del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la última de las cuales se anunció el pasado 17 de mayo, y que beneficia a los 262.755 deudores de esa cartera. En virtud de ello, se asimilará una rebaja de las tasas de interés para la totalidad de los deudores del Serviu desde el 8,5 al 5%, lo que significa disminuir la deuda en 12 Unidades de Fomento. Además, se condona totalmente la deuda respecto de las familias indigentes que forman parte del programa Chile Solidario. Respecto de otros indigentes, recibirán la condonación total en forma automática si están al día o pagando una Unidad de Fomento si están en mora. Ambos grupos suman 12.948 personas. Los adultos mayores que viven en condiciones de pobreza, recibirán la condonación total de su deuda pagando una Unidad de Fomento si están al día o dos Unidades de Fomento si están en mora (6.395 personas). A los adultos mayores no pobres (21.749 personas) se les otorgará un subsidio para disminuir el peso de la deuda, variando el subsidio entre 31,5 y 49,5 Unidades de Fomento si están al día, y de entre 15 y 33 Unidades de Fomento si están en mora. A este último rango de subsidio podrán acceder también 176.795 personas que no califican como adultos mayores ni como pobres. Los pobres que no sean adultos mayores (44.868 personas) podrán acceder a un subsidio que variará entre 49 y 80 Unidades de Fomento. El valor de esta medida significa un beneficio de $ 58.549 millones en el presente año y de $ 146.047 millones para el período 2005-2014.
Por último, resulta necesario reconocer el esfuerzo de los Honorables Diputados Señores Pedro Araya Gutiérrez y Rodrigo González Torres , por su permanente interés y dedicación en promover una solución para los deudores habitacionales, a quienes este proyecto de ley favorecerá.
II. FUNDAMENTO.
Una de las principales metas programáticas de esta Administración en el sector Vivienda, junto con la erradicación de la totalidad de las 105 mil familias catastradas que habitaban en campamentos, ha sido la focalización de la inversión del programa habitacional nacional en el 30 por ciento más pobre de la población. En ese sentido apuntaron el conjunto de medidas orientadas a apoyar a los deudores habitacionales del Serviu, precedentemente descritas. Este proyecto de ley busca complementar dichas medidas, otorgando beneficios a las personas con deudas habitacionales correspondientes a las carteras de créditos administrados por el Instituto de Normalización Previsional y por el Ministerio de Bienes Nacionales, beneficiando a un importante número de personas, beneficios que será posible otorgar en virtud del buen manejo fiscal realizado por esta Administración, destacando a este respecto la decisión de trabajar con un superávit estructural del 1%, regla que ha permitido mantener un alto nivel de gasto social con bajas tasas de interés, posibilitando, entre otras cosas, legislar en el sentido que este proyecto de ley propone.
El fundamento de este proyecto de ley obedece a un principio básico de equidad, que se suma a las medidas anunciadas el 17 de mayo último que beneficia a los deudores de la cartera hipotecaria del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO.
1. Renegociación, reprogramación o condonación parcial.
El proyecto de ley faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la publicación de la ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, establezca las normas necesarias para que los deudores de créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda de que sea titular el Instituto de Normalización Previsional, como también de la cartera de créditos hipotecarios de dominio fiscal a que se refiere la ley N° 19.229, puedan renegociarlos, reprogramarlos o para que los créditos puedan ser parcialmente condonados.
2. Condonación total.
El proyecto señala también que las normas que establezca el Presidente de la República deberán establecer la condonación total respecto de los deudores que cumplan con las siguientes condiciones: que sean calificados de indigentes y que estén al día en el pago de sus dividendos o bien sólo adeuden los saldos relacionados con préstamos para vivienda.
3. Subvención base.
Asimismo, el proyecto estatuye que el Presidente de la República , mediante los decretos con fuerza de ley referidos, establecerá normas para otorgar una subvención base a todos los deudores antes señalados, asociando el diferencial entre la tasa de interés vigente de sus créditos y la Tasa Interna de Retorno Media para Letras Hipotecarias publicada diariamente por la Bolsa de Valores de Santiago.
4. Beneficios diferenciados.
El proyecto, enseguida, faculta al Presidente de la República para disponer mayores beneficios a los deudores que presenten los siguientes factores o combinaciones de los mismos: Menor saldo deudor o encontrarse al día en el pago de sus dividendos, ser calificados como pobres y tener, a la fecha de publicación de esta ley, 65 o más años de edad si son hombres o 60 o más años de edad si son mujeres.
5. Otras normas.
A continuación, el proyecto faculta al Presidente de la República para establecer los demás requisitos, condiciones, plazos, modalidades y procedimientos aplicables para efectos de permitir las renegociaciones, reprogramaciones, condonaciones y otorgamiento de la subvención base.
6. Exenciones.
El proyecto, finalmente, señala que los trámites notariales y las inscripciones conservatorias, reinscripciones, subinscripciones, cancelaciones, alzamientos y anotaciones que sean necesarios para formalizar las actuaciones y convenciones que se efectúen de acuerdo con lo dispuesto en el artículo único, estarán exentos de todo derecho e impuesto.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la publicación de esta ley, establezca, mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, las normas necesarias para efectuar la renegociación, reprogramación o condonación parcial de los créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda de que sea titular el Instituto de Normalización Previsional, como también de la cartera de créditos hipotecarios de dominio fiscal a que se refiere la ley N° 19.229. Con todo, la condonación será total respecto de los deudores que sean calificados de indigentes y que estén al día en el pago de sus dividendos, y de aquéllos que sólo adeuden los referidos saldos. Asimismo, establecerá las normas para otorgar una subvención base a todos los deudores antes señalados, que asocie el diferencial entre la tasa de interés vigente de sus créditos y la Tasa Interna de Retorno Media para Letras Hipotecarias publicada diariamente por la Bolsa de Valores de Santiago.
En uso de la facultad señalada en el inciso anterior, el Presidente de la República podrá disponer mayores beneficios a quienes presenten menor saldo deudor o se encuentren al día en el pago de sus dividendos, sean calificados como pobres y, a la fecha de publicación de esta ley, tengan 65 o más años de edad si son hombres o 60 o más años de edad si son mujeres; establecer combinaciones de los factores señalados, y los demás requisitos, condiciones, plazos, modalidades y procedimientos que serán aplicables para efectos de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.
Estarán exentos de todo derecho e impuesto los trámites notariales y las inscripciones conservatorias, reinscripciones, subinscripciones, cancelaciones, alzamientos y anotaciones
que sean necesarios para formalizar las actuaciones y convenciones que se efectúen de acuerdo con lo dispuesto en el presente artículo.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN , Ministro de Hacienda ; YERKO LJUBETIC GODOY , Ministro del Trabajo y Previsión Social ; SONIA TSCHORNE BERESTESKY , Ministra de Bienes Nacionales ”.
INFORME FINANCIERO
Proyecto de ley que permite renegociar, reprogramar o condonar parcialmente los
créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda
(Mensaje Nº 105-353)
Ha sido una permanente preocupación del Gobierno la promoción de iniciativas legales que han tenido como objetivo beneficiar a deudores de créditos hipotecarios de ingresos bajos y medios, permitiendo así satisfacer en mejor medida las necesidades habitacionales de estos sectores de la población, velando siempre por mantener el principio de la equidad, en este tipo de beneficios.
En este contexto, la presente iniciativa legal faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la publicación de la ley, mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, establezca las normas necesarias para que los deudores de créditos hipotecarios y saldos relacionados con préstamos para vivienda de que sea titular el Instituto de Normalización Previsional (INP), como también de la cartera de créditos hipotecarios de dominio fiscal a que se refiere la ley Nº 19.229, puedan renegociarlos, reprogramarlos o para que los créditos puedan ser parcialmente condonados.
En el caso de los créditos hipotecarios por préstamos para vivienda de que sea titular el INP, se estima que la institución dejará de percibir anualmente $ 487.000 miles, por aplicación de las medidas señaladas, cantidad equivalente al 50% de los ingresos anuales que se perciben actualmente por tal concepto.
Respecto de los deudores cuya deuda habitacional fue transferida por el INP a la ex Anap, pero mantienen saldos relacionados con éste (2.244 deudores), se considera que la aplicación de las medidas que los benefician no producirán efecto alguno de menores ingresos.
Asimismo, para el caso de Cartera Hipotecaria de Dominio Fiscal a que se refiere la ley Nº 19.229 (deudores ex Anap), de los 35.000 deudores que fueron traspasados al fisco bajo la administración del Ministerio de Bienes Nacionales (MBN), a la fecha existen alrededor de 900 deudores. El MBN considera incobrables estos créditos, por lo que no existirían menores ingresos por aplicación de las medidas propuestas que benefician a este tipo de deudores.
(Fdo.): MARIO MARCEL CULLELL , Director de Presupuestos ?.
2. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.833, con el objeto de definir el sujeto obligado al pago de los créditos sociales, en el caso que señala. (boletín N° 3505-13-1)
?Honorable Camara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informaros, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción del Diputado Pedro Muñoz Aburto , que modifica la ley 18.833, con el objeto de definir el sujeto obligado al pago de los créditos sociales, en el caso que señala.
Cabe hacer presente que Vuestra Comisión conoció de este proyecto en tabla de fácil despacho en su sesión de 5 de julio del presente año.
A la sesión que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió la Subsecretaria de Seguridad Social, señora Marisol Aravena Puelma , y el asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, don Francisco Del Río Correa .
I. ANTECEDENTES GENERALES.
Como señala la propia moción el acceso al crédito es muy importante en todos los niveles, sea que se trate de empresas de cualquier tipo o de personas naturales. Y que es posible observar cómo en los últimos años se han expandido las alternativas para obtenerlos, agregándose nuevas opciones o intensificándose algunas existentes, pero menos difundidas, entre las que encontramos los denominados “créditos sociales” de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, los que a julio del 2003 ya alcanzaban un total de 1.165.000 operaciones, involucrando recursos por $ 607.400.000.000, que representan cerca de un 13 % del total del país, incluido el sistema bancario.
Esta modalidad de crédito está regulada en el artículo 21 y siguientes de la ley 18.833, Estatuto de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, que establece –entre otras cosas- que se regirá por las mismas normas de pago y de cobro que las cotizaciones previsionales, vale decir, esencialmente, por la ley 17.322. Dichos préstamos presentan una condición particular de pago, beneficiosa tanto para sus usuarios como para las entidades acreedoras, cual es la posibilidad que las cuotas sean descontadas por el empleador y enteradas por éste a la Caja.
Sin embargo –señala su autor-, y tal como sucede con el pago de las cotizaciones previsionales, algunos empleadores descuentan o debitan la cuota correspondiente sin enterarla posteriormente al acreedor Caja de Compensación , provocando la mora del trabajador y todas las consecuencias de la misma, cobros administrativos, judiciales, y remisión de antecedentes a las bases de datos financieros.
Esta realidad hace necesario –a juicio del autor de la moción- incorporar a la ley Nº 18.833 un sistema que implique hacer recaer en el empleador las consecuencias jurídicas de la mora en el pago de las cuotas de creditos sociales retenidas y no pagadas, y fijar en clidad de fecha de pago la de la deducción, evitando la incorporación a bases de datos financieros.
II. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la idea matriz o fundamental del proyecto es hacer recaer la responsabilidad de pago de los créditos sociales obtenidos en Cajas de Compensación en la persona del empleador, toda ves que éste ya realizó la deducción de la cuota de la remuneración del trabajador.
Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto en un artículo permanente.
III. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión el artículo único del proyecto de ley no reviste el carácter de norma de quórum calificado u orgánica constitucional.
IV. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.
A la sesión que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió la señora Subsecretaria de Seguridad Social , doña Marisol Aravena Puelma , y el asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, don Francisco Del Río Correa .
V. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
A juicio de vuestra Comisión, el proyecto en informe no debe ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda de esta Corporación, por no contener normas en materia presupuestaria del Estado.
VI. DISCUSIÓN GENERAL.
El proyecto de ley en informe fue aprobado, en general, por vuestra Comisión en su sesión de fecha 5 de julio de 2005, por la unanimidad de los Diputados presentes en la Sala.
Durante su discusión general el Ejecutivo manifestó a través de la Sra. Subsecretaria de Previsión Social, expresó que, en general la moción parlamentaria en discusión aborda bien el tema de los cobros de créditos sociales en caso de que el empleador no cancele las sumas que por este concepto hubiere descontado al trabajador en el pago mensual de su remuneración.
Sin embargo, señaló que este tema ya ha sido abordado mediante una circular que al efecto la Superintendencia de Seguridad Social -organismo fiscalizador de las Ccaf- y que el gobierno estima que no se trata de un problema generalizado en el sector.
En efecto, la Superintendencia referida no ha recibido denuncias en este sentido, por lo que estimó que de haber tomado conocimiento el Diputado autor de la moción de casos en que el trabajador hubiere sido indebidamente ejecutado, , ello puede tratarse de un caso puntual.
Todo ello, sin perjuicio del mérito propio de la moción que se discute, el cual el gobierno desde ya comparte.
En lo referido a la situación que se pudiere presentar en relación al hecho de que al trabajador al momento de su finiquito no pueda cancelar la deuda, sea por no acceder a beneficios indemnizatorios o bien por ser insuficiente el monto de los mismos, la Sra. Subsecretaria explicó que jurídicamente el trabajador pasa a ser él responsable del crédito y no el empleador como ocurre durante la vigencia de la relación laboral.
Finalmente, la Subsecretaria acotó que las Ccaf, al otorgar sus créditos realizan cálculos actuariales suficientes como para no llegar a una situación de morosidad severa en la recuperación de los créditos.
Por su parte, los señores Diputados integrantes de esta Comisión manifestaron su interés en solucionar legalmente una situación que afecta a numerosos trabajadores y trabajadoras, sometiendolos a cobros judiciales, pago de intereses, multas, e incorporandolos a bases de datos financieros en calidad de deudores morosos.
VII. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.
No hubo en vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.
VIII. DISCUSIÓN PARTICULAR.
Vuestra Comisión, en su sesión ordinaria celebrada el martes 5 de julio de 2005, sometió a discusión particular el proyecto, adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su articulado:
“Artículo Único.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 22 de la ley Nº 18.833:
“Practicada la deducción al trabajador, se entenderá extinguida a su respecto y de sus codeudores la parte correspondiente de la deuda, desde la fecha en que ella hubiera tenido lugar, aunque no haya sido remesada por el empleador a la Caja, debiendo dirigirse exclusivamente contra éste las acciones destinadas al cobro de las sumas no enteradas.”.”.
-Puesto en votación fue aprobado por la la unanimidad de los Diputados presentes en la Sala.
IX. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.
No hubo, con ocasión del debate habido en la discusión en particular del proyecto, artículos o indicaciones rechazadas o declaradas inadmisibles por la Comisión.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 22 de la ley Nº 18.833:
“Practicada la deducción al trabajador, se entenderá extinguida a su respecto y de sus codeudores la parte correspondiente de la deuda, desde la fecha en que ella hubiera tenido lugar, aunque no haya sido remesada por el empleador a la Caja, debiendo dirigirse exclusivamente contra éste las acciones destinadas al cobro de las sumas no enteradas.”.”.
-Puesto en votación fue aprobado por la la unanimidad de los Diputados presentes en la Sala.
-o-
Se designó diputado informante a don Pedro Muñoz Aburto .
Sala de la Comision, a 5 de julio de 2005.
Acordado en sesión de fecha 5 de julio del año en curso, con asistencia de los señores Diputados Aguiló ; Cornejo ; Correa ; Muñoz, don Pedro ; Muñoz, doña Adriana ; Salaberry ; Seguel ; Tapia ; Urrutia ; Vidal , doña Ximena , y Vilches .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado Secretario de la Comisión ”.
3. Segundo Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que modifica diversas normas del Código del Trabajo. (boletin N° 1394-13-2-S)
?Honorable Camara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informaros, en segundo trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en moción del Senador José Ruiz De Giorgio , que modifica diversas normas del Código del Trabajo.
I. ARTÍCULOS QUE NO FUERON OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES.
No existen artículos del proyecto que no fueran objeto de indicaciones ni de modificaciones.
II. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
A juicio de vuestra Comisión el proyecto de ley en informe no contiene normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales o de quorum calificado.
III. ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.
Con ocasión del estudio en particular de esta iniciativa, vuestra Comisión no suprimió artículos del proyecto.
IV. ARTÍCULOS MODIFICADOS.
Vuestra Comisión aprobó, por seis votos a favor, uno en contra y ninguna abstención, una indicación al numeral 2, del artículo único del proyecto, de los Diputados Ascencio y Alvarado , del siguiente tenor:
Artículo único
Nº 2
“Para agregar, en el inciso segundo del artículo a continuación de la palabra “chilena” la frase “y de la Provincia de Palena”.”.
V. ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.
Vuestra Comisión no introdujo artículos nuevos al proyecto de ley.
VI. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
A juicio de vuestra Comisión el presente proyecto no contempla normas que deban ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda.
VII. INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.
Con ocasión del debate habido en la discusión en particular vuestra Comisión rechazó las siguientes indicaciones a los numerales que se indican:
Artículo único
Nº 1
1. De los señores Ascencio , Letelier, don Juan Pablo , y Muñoz, don Pedro:
“Para suprimir, en el artículo 63 bis, que se agrega, la frase final.”
-Puesta en votación fue rechazada por la unanimidad de los Diputados presentes en la Sala.
2. De los señores Ascencio , Letelier, don Juan Pablo , y Muñoz, don Pedro:
“Para agregar, en el artículo 63 bis, nuevo, el siguiente inciso segundo nuevo:
El no pago de todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de extender el finiquito será causal de nulidad absoluta del despido y terminación de la relación laboral.”.”
-Puesta en votación fue rechazada por la unanimidad de los Diputados presentes en la Sala.
VIII. DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFICA O DEROGA.
El proyecto de ley en informe incorpora un artículo 63 bis al Código del Trabajo.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
1. Intercálase el siguiente artículo 63 bis, nuevo:
Artículo 63 bis.- En caso de término del contrato de trabajo, el empleador estará obligado a pagar todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de extender el finiquito. Sin perjuicio de ello, las partes podrán acordar el fraccionamiento del pago de las remuneraciones adeudadas y dicho pacto se regirá por lo dispuesto en la letra a) del artículo 169.
2. Intercálase en el artículo 67, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:
“Los trabajadores que presten servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, y de la Provincia de Palena, tendrán derecho a un feriado anual de veinte días hábiles.”.”
-o-
Se designó diputado informante a don Pedro Muñoz Aburto .
Sala de la Comisión, a 12 de julio de 2005.
Acordado en sesión de fecha 12 de julio con asistencia de los señores Diputados Aguiló ; Muñoz, don Pedro ; Salaberry ; Seguel ; Tapia ; Urrutia ; Vidal , y Vilches .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado Secretario de la Comisión ”.
4. Segundo Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo rural acerca del proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº 3.557, de 1981, que establece disposiciones para la protección agrícola. (boletín Nº 3770-01) (2)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural pasa a emitiros su segundo informe reglamentario acerca del proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº 3.557, de 1981, que establece disposiciones para la protección agrícola.
Al tenor de lo dispuesto en los artículos 130, 268 y 288 del Reglamento de la Corporación, este informe ha de versar sobre el proyecto aprobado en general por esa Honorable Cámara en su sesión de fecha 5 de julio de 2005, con todas las indicaciones admitidas a discusión en la Sala, sin perjuicio de las modificaciones que la Comisión acordare introducirle con ocasión de este segundo trámite reglamentario.
Como es de vuestro conocimiento, este informe debe referirse, expresamente, a las materias que se indican en seguida.
I. CONSTANCIAS.
1ª Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.
2ª Que, de acuerdo con el artículo 220 del Reglamento de la Corporación, el texto del proyecto de ley aprobado por la Comisión no debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
3ª Que las indicaciones presentadas en la Sala ha sido rechazadas, por unanimidad, con el voto de los Diputados señores Sánchez ( Presidente ), Barros ; Galilea, don José Antonio ; Sepúlveda , Urrutia y Forni (Hernández).
4ª Que, para los efectos de lo dispuesto en los Nos 3 y 5 del artículo 288 del Reglamento, no hubo artículos modificados ni suprimidos, ni artículos nuevos introducidos.
5ª Que, como Diputado informante , se designó al señor José Ramón Barros Montero .
II. INDICACIONES RECHAZADAS.
Durante la discusión en general de esta iniciativa en la Sala, el Diputado señor Muñoz, don Pedro , presentó tres indicaciones del siguiente tenor:
Al artículo 1º
Nº 1
1. Para suprimir el inciso sexto propuesto.
Se sostuvo, en el seno de la Comisión, que resulta indispensable que el propietario de un medio de transporte o vehículo particular sea solidariamente responsable del pago de las multas por las infracciones cometidas por el conductor o responsable de estos medios. En efecto, las empresas de transportes deberán implementar un sistema que permita fiscalizar adecuadamente la mercadería que se transporta en los medios de su propiedad.
-Sometida a votación, fue rechazada por unanimidad.
Nº 2
2. Para agregar el siguiente párrafo final al inciso segundo propuesto:
“La multa será de media unidad tributaria mensual si los elementos ingresados son notoriamente escasos, no revistieren peligro de portar agentes causantes de enfermedades o plagas y las circunstancias del hecho relevaren claramente que su omisión en la declaración no ha sido maliciosa sino motivada en un error.”
Durante el debate de esta indicación, hubo consenso en el hecho de que la idea de rebajar el monto de la multa podría significar que gran parte de las infracciones a esta legislación fueran consideradas de poca entidad, lo que restaría eficacia a la sanción ejemplificadora que se pretende imponer.
-Sometida a votación, se rechazó por asentimiento unánime.
Al artículo 2º
Letra b
3. Para agregar, en el inciso final que se propone, la siguiente oración final: “Lo anterior no regirá para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.”
La Comisión estimó altamente inconveniente establecer una excepción de esta naturaleza, por cuanto sería contraria a la necesidad de hacer aplicable esta normativa en todo el territorio nacional.
-Sometida a votación, fue rechazada por unanimidad.
III. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.
En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, os podrá añadir el señor Diputado informante , la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural os recomienda dar vuestra aprobación, en los mismos términos, al texto propuesto en su primer informe, que se transcribe a continuación:
PROYECTO DE LEY.
Artículo 1º.- Modifícase el decreto ley Nº 3.557, de 1981, que establece normas sobre protección agrícola, en la forma que se indica:
1. Reemplázanse los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 21 por los siguientes:
“Los vegetales, animales, productos y subproductos de origen vegetal o animal, microorganismos y productos químicos y biológicos para uso en actividades agropecuarias sin el carácter de carga comercial que una persona lleve consigo, en sus vestimentas o en su equipaje, como también aquellos transportados en cabinas, contenedores, maleteros y, en general, de cualquier forma, en un medio de transporte de pasajeros o de mercaderías, o en vehículos particulares, deberán ser declarados bajo juramento en formularios especiales por el tenedor del producto, por el propietario del equipaje, por el conductor o por el responsable del respectivo medio de transporte o vehículo, según sea el caso.
Estas normas se aplicarán a toda clase de personas y equipajes, enseres y menaje de casa, incluso a los de diplomáticos y funcionarios oficiales del país, de gobiernos extranjeros y de organismos internacionales.
La declaración jurada indicada será considerada requisito previo, indispensable e insustituible para obtener la autorización de ingreso al país.
El que faltare a la verdad en su declaración será sancionado con multa conforme a esta ley. Lo anterior es sin perjuicio de las demás medidas que pueda adoptar la autoridad sanitaria para proteger el patrimonio fito y zoosanitario.
En el caso de que la infracción indicada en el inciso precedente fuere cometida por el conductor o el responsable de un medio de transporte o vehículo particular, los propietarios de estos medios serán solidariamente responsables del pago de las multas que en virtud de este artículo fueren aplicadas.”
2. Modifícase su artículo 42 de la siguiente forma:
a. Elimínase, en su inciso primero, la expresión “21, inciso cuarto,”.
b. Agrégase el siguiente inciso segundo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:
“La infracción de faltar a la verdad establecida en el artículo 21 de este decreto ley será sancionada por el Servicio con multa de 4 a 300 unidades tributarias mensuales.”
Artículo 2º.- Modifícase el artículo 49 de la ley Nº 18.755, orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, de la siguiente forma:
a.- Agrégase, en su inciso primero, a continuación de la palabra “plagas”, la frase “y de la infracción de la declaración jurada de que trata el decreto ley Nº 3.557, de 1981.”
b.- Introdúcese el siguiente inciso final:
“El pago de la multa o su consignación será obligatorio para abandonar el control fronterizo con destino a ingresar al país.”
-o-
Se designó Diputado informante al señor José Ramón Barros Montero .
Sala de la Comisión, a 12 de julio de 2005.
Acordado en sesión de fecha 12 de julio de 2005, con la asistencia de los Diputados señores Sánchez Grunert, don Leopoldo ( Presidente ), José Ramón Barros Montero, José Antonio Galilea Vidaurre , Alejandra Sepúlveda Orbenes , Ignacio Urrutia Bonilla y Marcelo Forni Lobos (en reemplazo del Diputado señor Javier Hernández Hernández ).
(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ, Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Hidalgo , Bayo, Bertolino , Delmastro , García y Vargas.
Señala que los funcionarios de la Contraloría General de la República no podrán tener militancia política. (boletín Nº 3921-07)
“Considerando:
1. Que la Constitución Política de la República, en su artículo 87 inciso primero, señala que un organismo autónomo con el nombre de Contraloría General de la República ejercerá el control de la legalidad de los actos de la Administración, fiscalizará el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes; examinará y juzgará las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de esas entidades; llevará la contabilidad general de la Nación, y desempeñará las demás funciones que le encomiende la ley orgánica constitucional respectiva.
2. Que dentro de esas demás funciones, según lo establecido en la ley N° 10.336, Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, podemos destacar que la Contraloría General de la República debe pronunciarse sobre la constitucionalidad y legalidad de los decretos supremos y de las resoluciones de los Jefes de Servicios, que deben tramitarse por la Contraloría General; refrendar todos los bonos y otros documentos de deuda pública directa o indirecta que se emitan. La Contraloría fiscaliza las empresas, sociedades o entidades públicas o privadas en que el Estado o sus empresas, sociedades o instituciones centralizadas o descentralizadas tengan aportes de capital mayoritario o en igual proporción. La Superintendencia de Seguridad Social, la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, la Sindicatura General de Quiebras, y los demás Organismos del Estado que cumplan funciones de fiscalización, quedarán sujetos al control de la Contraloría General de la República y deberán observar las instrucciones, proporcionar los informes y antecedentes que este Organismo le requiera.
Aún más, la Contraloría debe vigilar el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto Administrativo, realizar inspecciones y sumarios, y desempeñarse como Tribunal competente en los juicios de cuentas.
3. Que de lo expuesto sucintamente en los considerandos anteriores, y de lo consignado en la ley, se desprende que la Contraloría General de la República es un órgano del Estado dotado de numerosas atribuciones, lo que hace imprescindible que sus funcionarios observen imparcialidad política en el ejercicio de sus funciones.
4. Que la ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, establece en su artículo 18 que no podrán afiliarse a partido político alguno el personal de las Fuerzas Armadas y el de las de Orden y Seguridad Pública, los funcionarios y empleados de los diferentes escalafones del Poder Judicial , del Ministerio Público, del Tribunal Calificador de Elecciones y del Servicio Electoral. Por su parte, el artículo 21 de la misma ley señala que los partidos políticos no podrán dar órdenes ni exigir el cumplimiento de los deberes que como afiliados correspondan al Presidente de la República , Ministros de Estado , Subsecretarios, Embajadores, Intendentes, Gobernadores, Alcaldes, miembros de los Consejos Regionales de Desarrollo y de los Consejos de Desarrollo Comunal, y a los funcionarios de los servicios públicos que sean de la exclusiva confianza del Presidente de la República . Esta limitación, que operará y cesará de pleno derecho, durará mientras las personas señaladas se encuentren en ejercicio de sus funciones.
5. Que al no existir una prohibición expresa en la ley, los funcionarios de la Contraloría General de la República pueden afiliarse a un partido político determinado y, eventualmente también recibir órdenes de éste, lo cual podría afectar la imparcialidad necesaria para desarrollar las funciones asignadas en la ley.
Por tanto, venimos en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Intercálese en la Ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, en el artículo 18, inciso primero, después del vocablo “Elecciones” una coma (,) y la siguiente frase “de la Contraloría General de la República”
PROTOCOLO DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO Y MEDIO NO TÉCNICO ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde ocuparse de los proyectos de acuerdos aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte, el Mercosur y las Repúblicas de Chile y de Bolivia, todos en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de suma.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Francisco Bayo.
Antecedentes:
-Mensajes Nºs. 3897-10 y 3898-10, sesión 7ª, en 21 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 4.
-Mensajes Nºs. 3904-10 y 3907-10, sesión 9ª, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 6.
-Informes de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 13ª, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 4, 5, 6 y 7, respectivamente.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, paso a informar sobre cuatro proyectos de acuerdo analizados por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
Por razones de economía procedimental y atendida la urgencia calificada de “suma” con que se tramitaron, pueden ser calificados de fácil despacho, ya que tanto los acuerdos de cooperación en los ámbitos de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, civiles, comerciales, laborales y administrativos, como el de cooperación educacional para permitir el reconocimiento de estudios de enseñanza básica y media sólo para fines de permitir la continuidad de estudios y el de extradición, todos acuerdos celebrados por Chile con los países miembros del Mercosur, más Bolivia como país asociado, contemplan normas usuales en este tipo de acuerdos de cooperación bilateral o multilateral, de los cuales nuestro país ha celebrado diversos tratados, como se indica en los respectivos informes puestos a disposición de los honorables colegas.
Los países miembros del Mercosur y los estados asociados, entre los cuales se encuentra Chile, celebran estos convenios de cooperación con el objeto de fortalecer el proceso de integración regional mediante la adopción de soluciones jurídicas comunes frente a las crecientes amenazas de modalidades criminales transnacionales que afectan a la sociedad internacional en estos tiempos, lo que esperan lograr intensificando su cooperación jurisdiccional mediante el otorgamiento de un trato equitativo a los nacionales, ciudadanos y residentes permanentes o habituales de los estados signatarios.
Se facilita así el libre acceso a las instancias judiciales correspondientes, armonizando sus legislaciones nacionales conforme a los principios generales del derecho internacional de la extradición. Se permite dar lugar a ella según los principios de la doble incriminación, el de la mínima gravedad, el de la cosa juzgada, el de la no extraditabilidad de los delitos políticos o conexos y en el de la no extradición de los nacionales.
Estimo importante señalar que, para estos efectos, no serán considerados delitos políticos, bajo ninguna circunstancia, los siguientes:
a) El atentado contra la vida o la acción de dar muerte a un jefe de estado o de gobierno o a otra autoridad nacional o local o a sus familiares;
b) El genocidio, los crímenes de guerra o los delitos contra la humanidad;
c) Los actos de naturaleza terrorista;
d) Los que afecten a personas sujetas a protección internacional, incluidos los agentes diplomáticos;
e) La toma de rehenes o el secuestro de personas, y
f) Los actos de captura ilícita de embarcaciones o aeronaves.
Hago presente a la Sala que todos los tratados de extradición que nuestro país ha celebrado con Bélgica, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Inglaterra, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela más el “Código de Bustamante”, se orientan a lograr, entre los estados, una estrecha cooperación para ampliar el ámbito de los delitos extraditables y flexibilizar los procedimientos judiciales y administrativos, sin perjuicio de salvaguardar los derechos individuales de los afectados.
En el plano de la cooperación internacional encaminada a perfeccionar los mecanismos de asistencia jurídica mutua en los diversos ámbitos ya señalados, nuestro país ha celebrado convenios con diversos países, entre ellos, España, Venezuela y México, además de un convenio interamericano suscrito en el marco de la Organización de Estados Americanos. Todos ellos son instrumentos importantes de la estrategia general de lucha contra el delito o para la defensa de los derechos e intereses de los nacionales y extranjeros residentes, permanentes o habituales en el territorio del Estado.
En este caso, se trata de asegurar a las personas la igualdad de trato procesal o el libre acceso a la jurisdicción del Estado para la defensa de sus derechos e intereses.
Los cuatro proyectos de acuerdo fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
Además, la Comisión compartió los objetivos que los gobiernos que integran el Mercosur, más Chile y Bolivia, tuvieron presente al celebrarlos. Esto es, reforzar la integración regional mediante acuerdos internacionales que deberán ajustarse, en su aplicación, a la legislación interna, al orden público y a las soberanías nacionales.
Sólo cabría recordar que tratándose de los acuerdos complementarios que se celebren en cumplimiento del Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Estudios de Nivel Primario y Medio no Técnicos, para incorporar en los planes de estudio contenidos curriculares mínimos de Historia y Geografía de cada uno de los estados partes, deberán ser sometidos a la aprobación parlamentaria en la medida en que ellos importen una modificación de la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza.
Por todo lo señalado, la Comisión propone a la honorable Cámara aprobar los artículos únicos de los cuatro proyectos de acuerdo en los términos que se sugiere en sus respectivos informes escritos.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Los proyectos de acuerdo informados serán votados al término del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala votó los proyectos de acuerdo en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En votación los proyectos de acuerdo aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte del Mercosur y las repúblicas de Chile y de Bolivia.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bayo Veloso Francisco; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Caraball Martínez Eliana; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa De La Cerda Sergio; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Forni Lobos Marcelo; Galilea Vidaurre José Antonio; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Guido; Guzmán Mena María Pía; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Ibáñez Santa María Gonzalo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jeame Barrueto Víctor; Kast Rist José Antonio; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leal Labrín Antonio; Leay Morán Cristián; Longueira Montes Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Luksic Sandoval Zarko; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Mella Gajardo María Eugenia; Molina Sanhueza Darío; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D'Albora Adriana; Navarro Brain Alejandro; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pérez Arriagada José; Pérez Lobos Aníbal; Prieto Lorca Pablo; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Riveros Marín Edgardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Salas de la Fuente Edmundo; Sánchez Grunert Leopoldo; Seguel Molina Rodolfo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tapia Martínez Boris; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Uriarte Herrera Gonzalo; Valenzuela Van Treek Esteban; Varela Herrera Mario; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Villouta Concha Edmundo; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio.
ACUERDO SOBRE EXTRADICIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde ocuparse de los proyectos de acuerdos aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte, el Mercosur y las Repúblicas de Chile y de Bolivia, todos en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de suma.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Francisco Bayo.
Antecedentes:
-Mensajes Nºs. 3897-10 y 3898-10, sesión 7ª, en 21 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 4.
-Mensajes Nºs. 3904-10 y 3907-10, sesión 9ª, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 6.
-Informes de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 13ª, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 4, 5, 6 y 7, respectivamente.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, paso a informar sobre cuatro proyectos de acuerdo analizados por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
Por razones de economía procedimental y atendida la urgencia calificada de “suma” con que se tramitaron, pueden ser calificados de fácil despacho, ya que tanto los acuerdos de cooperación en los ámbitos de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, civiles, comerciales, laborales y administrativos, como el de cooperación educacional para permitir el reconocimiento de estudios de enseñanza básica y media sólo para fines de permitir la continuidad de estudios y el de extradición, todos acuerdos celebrados por Chile con los países miembros del Mercosur, más Bolivia como país asociado, contemplan normas usuales en este tipo de acuerdos de cooperación bilateral o multilateral, de los cuales nuestro país ha celebrado diversos tratados, como se indica en los respectivos informes puestos a disposición de los honorables colegas.
Los países miembros del Mercosur y los estados asociados, entre los cuales se encuentra Chile, celebran estos convenios de cooperación con el objeto de fortalecer el proceso de integración regional mediante la adopción de soluciones jurídicas comunes frente a las crecientes amenazas de modalidades criminales transnacionales que afectan a la sociedad internacional en estos tiempos, lo que esperan lograr intensificando su cooperación jurisdiccional mediante el otorgamiento de un trato equitativo a los nacionales, ciudadanos y residentes permanentes o habituales de los estados signatarios.
Se facilita así el libre acceso a las instancias judiciales correspondientes, armonizando sus legislaciones nacionales conforme a los principios generales del derecho internacional de la extradición. Se permite dar lugar a ella según los principios de la doble incriminación, el de la mínima gravedad, el de la cosa juzgada, el de la no extraditabilidad de los delitos políticos o conexos y en el de la no extradición de los nacionales.
Estimo importante señalar que, para estos efectos, no serán considerados delitos políticos, bajo ninguna circunstancia, los siguientes:
a) El atentado contra la vida o la acción de dar muerte a un jefe de estado o de gobierno o a otra autoridad nacional o local o a sus familiares;
b) El genocidio, los crímenes de guerra o los delitos contra la humanidad;
c) Los actos de naturaleza terrorista;
d) Los que afecten a personas sujetas a protección internacional, incluidos los agentes diplomáticos;
e) La toma de rehenes o el secuestro de personas, y
f) Los actos de captura ilícita de embarcaciones o aeronaves.
Hago presente a la Sala que todos los tratados de extradición que nuestro país ha celebrado con Bélgica, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Inglaterra, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela más el “Código de Bustamante”, se orientan a lograr, entre los estados, una estrecha cooperación para ampliar el ámbito de los delitos extraditables y flexibilizar los procedimientos judiciales y administrativos, sin perjuicio de salvaguardar los derechos individuales de los afectados.
En el plano de la cooperación internacional encaminada a perfeccionar los mecanismos de asistencia jurídica mutua en los diversos ámbitos ya señalados, nuestro país ha celebrado convenios con diversos países, entre ellos, España, Venezuela y México, además de un convenio interamericano suscrito en el marco de la Organización de Estados Americanos. Todos ellos son instrumentos importantes de la estrategia general de lucha contra el delito o para la defensa de los derechos e intereses de los nacionales y extranjeros residentes, permanentes o habituales en el territorio del Estado.
En este caso, se trata de asegurar a las personas la igualdad de trato procesal o el libre acceso a la jurisdicción del Estado para la defensa de sus derechos e intereses.
Los cuatro proyectos de acuerdo fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
Además, la Comisión compartió los objetivos que los gobiernos que integran el Mercosur, más Chile y Bolivia, tuvieron presente al celebrarlos. Esto es, reforzar la integración regional mediante acuerdos internacionales que deberán ajustarse, en su aplicación, a la legislación interna, al orden público y a las soberanías nacionales.
Sólo cabría recordar que tratándose de los acuerdos complementarios que se celebren en cumplimiento del Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Estudios de Nivel Primario y Medio no Técnicos, para incorporar en los planes de estudio contenidos curriculares mínimos de Historia y Geografía de cada uno de los estados partes, deberán ser sometidos a la aprobación parlamentaria en la medida en que ellos importen una modificación de la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza.
Por todo lo señalado, la Comisión propone a la honorable Cámara aprobar los artículos únicos de los cuatro proyectos de acuerdo en los términos que se sugiere en sus respectivos informes escritos.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Los proyectos de acuerdo informados serán votados al término del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala votó los proyectos de acuerdo en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En votación los proyectos de acuerdo aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte del Mercosur y las repúblicas de Chile y de Bolivia.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bayo Veloso Francisco; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Caraball Martínez Eliana; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa De La Cerda Sergio; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Forni Lobos Marcelo; Galilea Vidaurre José Antonio; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Guido; Guzmán Mena María Pía; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Ibáñez Santa María Gonzalo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jeame Barrueto Víctor; Kast Rist José Antonio; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leal Labrín Antonio; Leay Morán Cristián; Longueira Montes Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Luksic Sandoval Zarko; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Mella Gajardo María Eugenia; Molina Sanhueza Darío; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D'Albora Adriana; Navarro Brain Alejandro; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pérez Arriagada José; Pérez Lobos Aníbal; Prieto Lorca Pablo; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Riveros Marín Edgardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Salas de la Fuente Edmundo; Sánchez Grunert Leopoldo; Seguel Molina Rodolfo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tapia Martínez Boris; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Uriarte Herrera Gonzalo; Valenzuela Van Treek Esteban; Varela Herrera Mario; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Villouta Concha Edmundo; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio.
ACUERDO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA JURISDICCIONAL EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVA ENTRE ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y CHILE Y BOLIVIA. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde ocuparse de los proyectos de acuerdos aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte, el Mercosur y las Repúblicas de Chile y de Bolivia, todos en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de suma.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Francisco Bayo.
Antecedentes:
-Mensajes Nºs. 3897-10 y 3898-10, sesión 7ª, en 21 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 4.
-Mensajes Nºs. 3904-10 y 3907-10, sesión 9ª, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 3 y 6.
-Informes de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 13ª, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nºs. 4, 5, 6 y 7, respectivamente.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, paso a informar sobre cuatro proyectos de acuerdo analizados por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
Por razones de economía procedimental y atendida la urgencia calificada de “suma” con que se tramitaron, pueden ser calificados de fácil despacho, ya que tanto los acuerdos de cooperación en los ámbitos de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, civiles, comerciales, laborales y administrativos, como el de cooperación educacional para permitir el reconocimiento de estudios de enseñanza básica y media sólo para fines de permitir la continuidad de estudios y el de extradición, todos acuerdos celebrados por Chile con los países miembros del Mercosur, más Bolivia como país asociado, contemplan normas usuales en este tipo de acuerdos de cooperación bilateral o multilateral, de los cuales nuestro país ha celebrado diversos tratados, como se indica en los respectivos informes puestos a disposición de los honorables colegas.
Los países miembros del Mercosur y los estados asociados, entre los cuales se encuentra Chile, celebran estos convenios de cooperación con el objeto de fortalecer el proceso de integración regional mediante la adopción de soluciones jurídicas comunes frente a las crecientes amenazas de modalidades criminales transnacionales que afectan a la sociedad internacional en estos tiempos, lo que esperan lograr intensificando su cooperación jurisdiccional mediante el otorgamiento de un trato equitativo a los nacionales, ciudadanos y residentes permanentes o habituales de los estados signatarios.
Se facilita así el libre acceso a las instancias judiciales correspondientes, armonizando sus legislaciones nacionales conforme a los principios generales del derecho internacional de la extradición. Se permite dar lugar a ella según los principios de la doble incriminación, el de la mínima gravedad, el de la cosa juzgada, el de la no extraditabilidad de los delitos políticos o conexos y en el de la no extradición de los nacionales.
Estimo importante señalar que, para estos efectos, no serán considerados delitos políticos, bajo ninguna circunstancia, los siguientes:
a) El atentado contra la vida o la acción de dar muerte a un jefe de estado o de gobierno o a otra autoridad nacional o local o a sus familiares;
b) El genocidio, los crímenes de guerra o los delitos contra la humanidad;
c) Los actos de naturaleza terrorista;
d) Los que afecten a personas sujetas a protección internacional, incluidos los agentes diplomáticos;
e) La toma de rehenes o el secuestro de personas, y
f) Los actos de captura ilícita de embarcaciones o aeronaves.
Hago presente a la Sala que todos los tratados de extradición que nuestro país ha celebrado con Bélgica, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Inglaterra, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela más el “Código de Bustamante”, se orientan a lograr, entre los estados, una estrecha cooperación para ampliar el ámbito de los delitos extraditables y flexibilizar los procedimientos judiciales y administrativos, sin perjuicio de salvaguardar los derechos individuales de los afectados.
En el plano de la cooperación internacional encaminada a perfeccionar los mecanismos de asistencia jurídica mutua en los diversos ámbitos ya señalados, nuestro país ha celebrado convenios con diversos países, entre ellos, España, Venezuela y México, además de un convenio interamericano suscrito en el marco de la Organización de Estados Americanos. Todos ellos son instrumentos importantes de la estrategia general de lucha contra el delito o para la defensa de los derechos e intereses de los nacionales y extranjeros residentes, permanentes o habituales en el territorio del Estado.
En este caso, se trata de asegurar a las personas la igualdad de trato procesal o el libre acceso a la jurisdicción del Estado para la defensa de sus derechos e intereses.
Los cuatro proyectos de acuerdo fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
Además, la Comisión compartió los objetivos que los gobiernos que integran el Mercosur, más Chile y Bolivia, tuvieron presente al celebrarlos. Esto es, reforzar la integración regional mediante acuerdos internacionales que deberán ajustarse, en su aplicación, a la legislación interna, al orden público y a las soberanías nacionales.
Sólo cabría recordar que tratándose de los acuerdos complementarios que se celebren en cumplimiento del Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Estudios de Nivel Primario y Medio no Técnicos, para incorporar en los planes de estudio contenidos curriculares mínimos de Historia y Geografía de cada uno de los estados partes, deberán ser sometidos a la aprobación parlamentaria en la medida en que ellos importen una modificación de la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza.
Por todo lo señalado, la Comisión propone a la honorable Cámara aprobar los artículos únicos de los cuatro proyectos de acuerdo en los términos que se sugiere en sus respectivos informes escritos.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Los proyectos de acuerdo informados serán votados al término del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala votó los proyectos de acuerdo en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En votación los proyectos de acuerdo aprobatorios de los acuerdos de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jurídica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integración educativa y reconocimiento de certificados, títulos y estudios de nivel primario y medio no técnico; y sobre extradición entre los estados parte del Mercosur y las repúblicas de Chile y de Bolivia.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bayo Veloso Francisco; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Caraball Martínez Eliana; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa De La Cerda Sergio; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Forni Lobos Marcelo; Galilea Vidaurre José Antonio; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Guido; Guzmán Mena María Pía; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Ibáñez Santa María Gonzalo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jeame Barrueto Víctor; Kast Rist José Antonio; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leal Labrín Antonio; Leay Morán Cristián; Longueira Montes Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Luksic Sandoval Zarko; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Mella Gajardo María Eugenia; Molina Sanhueza Darío; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D'Albora Adriana; Navarro Brain Alejandro; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pérez Arriagada José; Pérez Lobos Aníbal; Prieto Lorca Pablo; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Riveros Marín Edgardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Salas de la Fuente Edmundo; Sánchez Grunert Leopoldo; Seguel Molina Rodolfo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tapia Martínez Boris; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Uriarte Herrera Gonzalo; Valenzuela Van Treek Esteban; Varela Herrera Mario; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Villouta Concha Edmundo; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio.