Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Sergio Ojeda Uribe
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- ARCHIVO DE PROYECTO
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DEL PRECIO DEL PETRÓLEO.
- VI. FÁCIL DESPACHO
- TRATADO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE INTERPRETACIÓN O EJECUCIÓN Y FONOGRAMAS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Joaquin Palma Irarrazaval
- TRATADO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE DERECHO DE AUTOR. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Maximiano Errazuriz Eguiguren
- TRATADO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE INTERPRETACIÓN O EJECUCIÓN Y FONOGRAMAS. Primer trámite constitucional.
- VII. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LA LEY DE TRÁNSITO, EN LA OBTENCIÓN DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Luis Pareto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Sergio Velasco De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sergio Velasco De La Cerda
- Homero Gutierrez Roman
- Salvador Urrutia Cardenas
- Ivan Mesias Lehu
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Edgardo Riveros Marin
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Gustavo Alessandri Valdes
- Jorge Ulloa Aguillon
- Jaime Naranjo Ortiz
- Miguel Hernandez Saffirio
- Jaime Mulet Martinez
- Exequiel Silva Ortiz
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Juan Masferrer Pellizzari
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sergio Velasco De La Cerda
- Exequiel Silva Ortiz
- Homero Gutierrez Roman
- Salvador Urrutia Cardenas
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Edgardo Riveros Marin
- Ivan Mesias Lehu
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Gustavo Alessandri Valdes
- Manuel Rojas Molina
- Jaime Naranjo Ortiz
- Luis Pareto Gonzalez
- Jorge Ulloa Aguillon
- Jaime Mulet Martinez
- Javier Hernandez Hernandez
- Maria Rozas Velasquez
- Edmundo Villouta Concha
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Andres Velasco Branes
- Homero Gutierrez Roman
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Salvador Urrutia Cardenas
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Ivan Mesias Lehu
- Gustavo Alessandri Valdes
- Edgardo Riveros Marin
- Exequiel Silva Ortiz
- Jorge Ulloa Aguillon
- Luis Pareto Gonzalez
- Jaime Naranjo Ortiz
- Miguel Hernandez Saffirio
- Jaime Mulet Martinez
- Gabriel Ascencio Mansilla
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sergio Velasco De La Cerda
- Homero Gutierrez Roman
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Salvador Urrutia Cardenas
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Ivan Mesias Lehu
- Gustavo Alessandri Valdes
- Edgardo Riveros Marin
- Exequiel Silva Ortiz
- Jorge Ulloa Aguillon
- Luis Pareto Gonzalez
- Jaime Naranjo Ortiz
- Miguel Hernandez Saffirio
- Jaime Mulet Martinez
- Gabriel Ascencio Mansilla
- INDICACIÓN
- PRÓRROGA DEL TIEMPO DEL ORDEN DEL DÍA.
- BENEFICIOS A FUNCIONARIOS PÚBLICOS ESTUDIANTES DE CARRERAS TÉCNICAS DE NIVEL SUPERIOR. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Rosauro Martinez Labbe
- INTERVENCIÓN : Ivan Mesias Lehu
- INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
- MODIFICACIÓN DE LA LEY DE TRÁNSITO, EN LA OBTENCIÓN DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR. Primer trámite constitucional.
- DEBATE
- VIII. PROYECTOS DE ACUERDO
- VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN AFGANISTÁN. Votación.
- EXTENSIÓN DE COMPETENCIA DE COMISIÓN ESPECIAL SOBRE CASO MATUTE JOHNS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Laura Soto Gonzalez
- Gonzalo Ibanez Santa Maria
- Waldo Mora Longa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Sergio Velasco De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Haroldo Fossa Rojas
- INTERVENCIÓN : Jaime Rocha Manrique
- ANTECEDENTE
- TRAMITACIÓN EN COMISIONES UNIDAS DE PROYECTO SOBRE RESERVA DE IDENTIFICACIÓN EN CASOS DE DETENIDOS DESAPARECIDOS. Acuerdo de los Comités.
- IX. INCIDENTES
- CONSULTA CIUDADANA SOBRE PRIVATIZACIÓN DE ESSBÍO.
- SALUDO A POLICÍA DE INVESTIGACIONES EN SU 67º ANIVERSARIO. Oficio.
- INTERVENCIÓN : Enrique Krauss Rusque
- INTERVENCIÓN : Felipe Letelier Norambuena
- EXTENSIÓN DE BENEFICIO OTORGADO A LOS ADULTOS MAYORES POR EL METRO DE SANTIAGO. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Krauss Rusque
- ADHESION
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Sergio Velasco De La Cerda
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Edmundo Villouta Concha
- Homero Gutierrez Roman
- Felipe Letelier Norambuena
- Rene Manuel Garcia Garcia
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Krauss Rusque
- FACILIDADES PARA PENSIONARSE A EX IMPONENTES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Velasco De La Cerda
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- ALCANCES SOBRE ACTUACIÓN DE EMPRESA EN RELACIÓN A DEUDOR COMERCIAL.
- AMPLIACIÓN DE PLAZOS EN LLAMADOS A PROPUESTAS. Oficios.
- ADHESION
- Sergio Velasco De La Cerda
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- RECONOCIMIENTO A LABOR DE FUNCIONARIOS DEL BANCO DEL ESTADO DE CHILE A RAÍZ DE LOS TEMPORALES. Oficio.
- ADHESION
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- DESCOORDINACIÓN EN OFICINA DE EMERGENCIA DE LA SEXTA REGIÓN. Oficio.
- PROBLEMAS Y NECESIDADES DE LA NOVENA REGIÓN. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rene Manuel Garcia Garcia
- MOCIÓN PARA ESTABLECER CONSULTA CIUDADANA ANTES DE LA ENAJENACIÓN DE BIENES DEL ESTADO. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Enrique Krauss Rusque
- Zarko Luksic Sandoval
- Juan Pablo Letelier Morel
- Rodolfo Seguel Molina
- Ignacio Walker Prieto
- Patricio Walker Prieto
- Maria Pia Guzman Mena
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 342ª, ORDINARIA
Sesión 5ª, en martes 20 de junio de 2000
(Ordinaria, de 11.14 a 14.53 horas)
Presidencia de los señores León Ramírez, don Roberto, y Mora Longa, don Waldo.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.-ASISTENCIA
II.-APERTURA DE LA SESIÓN
III.-ACTAS
IV.-CUENTA
V.-ACUERDOS DE LOS COMITÉS
VI.-FÁCIL DESPACHO
VII.-ORDEN DEL DÍA
VIII.-PROYECTOS DE ACUERDO
IX.-INCIDENTES
X.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.-OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
I. Asistencia8
II. Apertura de la sesión11
III.Actas11
IV.Cuenta11
Acuerdos de los Comités11
-o-
Archivo de proyecto14
Integración de Comisión especial investigadora sobre administración del Fondo de estabilización del precio del petróleo14
VI. Fácil Despacho.
Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre interpretación o ejecución y fonogramas. Primer trámite constitucional14
Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre derecho de autor. Primer trámite constitucional19
VII. Orden del Día.
Modificación de la ley de Tránsito, en la obtención de las licencias de conducir. Primer trámite constitucional25
Prórroga del tiempo del Orden del Día52
Beneficios a funcionarios públicos estudiantes de carreras técnicas de nivel superior. Primer trámite constitucional52
VIII. Proyectos de acuerdo.
Violación de derechos humanos en Afganistán. Votación63
Extensión de competencia de Comisión especial sobre caso Matute Johns64
Tramitación en Comisiones unidas de proyecto sobre reserva de identificación en casos de detenidos desaparecidos. Acuerdos de los Comités68
IX. Incidentes.
Consulta ciudadana sobre privatización de Essbío69
Saludo a Policía de Investigaciones en su 67º aniversario. Oficio70
Extensión de beneficio otorgado a los adultos mayores por el Metro de Santiago. Oficios72
Facilidades para pensionarse a ex imponentes del Servicio de Seguro Social. Oficio72
Alcances sobre actuación de empresa en relación a deudor comercial73
Ampliación de plazos en llamados a propuestas. Oficios73
Reconocimiento a labor de funcionarios del Banco del Estado de Chile a raíz de los temporales. Oficio74
Descoordinación en oficina de emergencia de la Sexta Región. Oficio74
Problemas y necesidades de la Novena Región. Oficios75
Moción para establecer consulta ciudadana antes de la enajenación de bienes del Estado. Oficios78
X. Documentos de la Cuenta.
Mensajes de S.E. el Presidente de la República mediante los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1.Aprueba el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile, suscrito el 24 de julio de 1998 en Ushuaia, República Argentina (boletín Nº 251710)80
2.Aprueba las Enmiendas al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su eliminación, adoptadas en la Tercera y Cuarta Reunión de la Conferencia de las Partes, en Ginebra, el 22 de septiembre de 1995, y Kuching, Malasia, el 27 de febrero de 1998, respectivamente (boletín Nº 251810)84
3. Aprueba las rectificaciones al texto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 (boletín Nº 251910)100
4.Mensaje de S.E. el Presidente de la República mediante el cual da inicio a la tramitación de un proyecto, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que establece la obligación de secreto para quienes reciban información conducente a la ubicación de los detenidos desaparecidos (boletín Nº 252007)103
5.Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de las licencias de conducir (boletín Nº 250415)113
6.Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “suma”, para el despacho del proyecto de ley del deporte (boletín Nº 178702)114
7. Oficio del Senado por el cual comunica que acordó disponer el archivo del proyecto que modifica el Código Penal estableciendo una nueva figura penal que sanciona los procedimientos ilegales o abusivos en la cobranza de créditos, (boletín Nº 170007), y que debería ser conocido por una Comisión Mixta, por cuanto su contenido se refiere a las materias reguladas en la ley Nº 19.659, que dispone sanciones a procedimientos de cobranzas ilegales114
8.Oficio del Senado mediante el cual comunica que ha aprobado la enmienda que introdujo la Cámara de Diputados al proyecto que modifica el artículo 9º del decreto ley Nº 2.695, sobre saneamiento de propiedad (boletín Nº 224112) (S)114
9. Oficio del Senado mediante el cual comunica que ha aprobado el proyecto que modifica el artículo 3º de la ley orgánica constitucional de Enseñanza y el artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 5.291, de 1930, ley de Educación Primaria Obligatoria, estableciendo la obligatoriedad del nivel transición de educación parvularia dentro del sistema de educación pública (boletín Nº 173804) (S) 115
10. Primer informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de las licencias de conducir (boletín Nº 250415, refundido con los boletines Nºs 247715, 248415 y 248815)116
11. Segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación recaído en el proyecto que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza y otras normas, prohibiendo prácticas discriminatorias (boletín Nº 225204)134
12. Informe complementario al segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, recaído en el proyecto de ley del deporte (boletín Nº 178702) (S) 139
13. Informe complementario al segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, y de Hacienda, recaído en el proyecto de ley del deporte (boletín Nº 178702) (S) 179
Informes de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana recaídos en los siguientes proyectos de acuerdo:
14. Aprueba el Acuerdo modificatorio del Convenio de facilidades de tránsito de personas, equipajes y vehículos con fines turísticos, entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República del Ecuador (boletín Nº 233210) (S)185
15.Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Corea sobre la supresión de los requisitos de visa para titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales, suscrito en Santiago el 28 de agosto de 1995 (boletín Nº 174310) (S)187
16. Acuerdo entre la República de Chile y la República de Austria para la promoción y protección recíproca de inversiones (boletín Nº 237110)189
17.Moción de los diputados señores Elgueta, Bustos, Cornejo, don Aldo; Krauss, Luksic, Letelier, don Juan Pablo; Seguel, Walker, don Ignacio; Walker, don Patricio, y diputada señora Guzmán, doña María Pía, que fija plazos al sumario penal en delitos sexuales (boletín Nº 251407)192
18.Oficio de la Excma. Corte Suprema por el cual remite su opinión acerca del proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de las licencias de conducir (boletín Nº 250415)193
XI. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
De la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, por la cual informa que procedió a constituir el Grupo Interparlamentario Chileno-Sirio eligiendo como Presidente al diputado señor Ojeda.
Del diputado señor Huenchumilla, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de la Corporación, acompaña las conclusiones de la XV Asamblea Plenaria del Parlamento Indígena de América.
Ministerio del Interior
Del diputado señor Vilches, licitación hecha por la municipalidad de Copiapó para instalación de parquímetros.
De los diputados señores Mulet, Ortiz, Vilches, Sánchez, Jaramillo, Felipe Letelier, Villouta, Mora y diputada señora Caraball, contratación de mano de obra y empresas chilenas para ejecución de proyecto de explotación minera Pascualama en la cordillera de los Andes.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Del diputado señor Navarro, “Diagnóstico, aplicación y metodología para determinar la producción de residuos sólidos industriales e impacto ambiental de su disposición final”.
Ministerio de Educación
De los diputados señores Velasco, José García, Ojeda, Soria, Lorenzini, Mulet, Mora y Gutiérrez, Estatuto de los no docentes.
Ministerio de Obras Públicas
Del diputado señor Ortiz, proyecto defensas fluviales y carretera, ribera norte río Biobío, sector Chiguayante, Puente Viejo, Octava Región.
Del diputado señor Delmastro, puente Blanco en camino Pirihueico Paso HuaHum, Décima Región.
Del diputado señor Alvarado, proyecto de agua potable rural para localidad de Cautín, comuna de Ancud, Décima Región.
Del diputado señor Jarpa, situación de El Rosal Bajo, comuna de Pinto, respecto al abastecimiento de agua potable.
Ministerio de Bienes Nacionales
Del diputado señor Alvarado, procedimiento y requisitos que deben cumplir los habitantes de la Población Alfredo Grunther, de la Décima Región.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
De los diputados señores Masferrer, Acuña y Vilches, autorización para construcción de viviendas en terreno ubicado en la comuna de Peumo.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
De los diputados señores Arratia, Sánchez, Velasco, Jaramillo, Delmastro y Ortiz, almacenamiento de material sólido inestable con contenido de arsénico.
I. ASISTENCIA
Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Melo, Sergio
--Alessandri Valdés, Gustavo
--Alvarado Andrade, Claudio
--Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro
--Álvarez Zenteno, Rodrigo
--Arratia Valdebenito, Rafael
--Ascencio Mansilla, Gabriel
--Ávila Contreras, Nelson
--Bartolucci Johnston, Francisco
--Bertolino Rendic, Mario
--Rozas Velásquez, María
--Bustos Ramírez, Juan
--Cardemil Herrera, Alberto
--Ceroni Fuentes, Guillermo
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cornejo González, Aldo
--Cornejo Vidaurrazaga, Patricio
--Correa De la Cerda, Sergio
--Cristi Marfil, María Angélica
--Delmastro Naso, Roberto
--Dittborn Cordua, Julio
--Elgueta Barrientos, Sergio
--Encina Moriamez, Francisco
--Errázuriz Eguiguren, Maximiano
--Espina Otero, Alberto
--Fossa Rojas, Haroldo
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René Manuel
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--González Román, Rosa
--Gutiérrez Román, Homero
--Guzmán Mena, Pía
--Hales Dib, Patricio,
--Hernández Saffirio, Miguel
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Ibáñez Santa María, Gonzalo
--Jaramillo Becker, Enrique,
--Jarpa Wevar, Carlos Abel
--Jeame Barrueto, Víctor
--Jiménez Villavicencio, Jaime
--Jocelyn-Holt Letelier, Tomás
--Krauss Rusque, Enrique
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Leal Labrín, Antonio
--León Ramírez, Roberto
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Letelier Norambuena, Felipe
--Longton Guerrero, Arturo
--Longueira Montes, Pablo
--Lorenzini Basso, Pablo
--Luksic Sandoval, Zarko
--Martínez Labbé, Rosauro
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Masferrer Pellizzari, Juan
--Melero Abaroa, Patricio
--Mesías Lehu, Iván
--Molina Sanhueza, Darío
--Monge Sánchez, Luis
--Montes Cisternas, Carlos
--Mora Longa, Waldo
--Mulet Martínez, Jaime
--Muñoz D'Albora, Adriana
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Núñez Valenzuela, Juan
--Ojeda Uribe, Sergio
--Olivares Zepeda, Carlos
--Orpis Bouchón, JaimeUDIRM25
--Ortiz Novoa, José Miguel
--Ovalle Ovalle, María Victoria
--Palma Flores, Osvaldo
--Palma Irarrázaval, Andrés
--Palma Irarrázaval, Joaquín
--Pareto González, Luis
--Paya Mira, Darío
--Pérez Arriagada, JoséPRSDVIII47
--Pérez Lobos, AníbalPSVI32
--Pérez San Martín, LilyRNRM26
--Pérez Varela, VíctorUDIVIII47
--Pollarolo Villa, FannyPSII3
--Prochelle Aguilar, MarinaRNX55
--Prokurica Prokurica, BaldoRNIII6
--Recondo Lavanderos, CarlosUDIX56
--Reyes Alvarado, VíctorPDCX56
--Rincón González, RicardoPDCVI33
--Riveros Marín, EdgardoPDCRM30
--Rocha Manrique, JaimePRSDVIII46
--Rojas Molina, ManuelUDIII4
--Saa Díaz, María AntonietaPPDRM17
--Salas De la Fuente, EdmundoPDCVIII45
--Sánchez Grunert, LeopoldoPPDXI59
--Sciaraffia Estrada, AntonellaPDCI2
--Seguel Molina, RodolfoPDCRM28
--Silva Ortiz, ExequielPDCX53
--Soto González, LauraPPDV14
--Ulloa Aguillón, JorgeUDIVIII43
--Urrutia Cárdenas, SalvadorPPDI1
--Van Rysselberghe Varela, EnriqueUDIVIII44
--Vargas Lyng, AlfonsoRNV10
--Velasco De la Cerda, SergioPDCV15
--Venegas Rubio, SamuelINDV15
--Vilches Guzmán, CarlosRNIII5
--Villouta Concha, EdmundoPDCIX48
--Walker Prieto, IgnacioPDCV10
--Walker Prieto, PatricioPDCIV8
Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Cristián Leay, Alejandro Navarro y Felipe Valenzuela.
Asistieron, además, los ministros del Interior, señor José Miguel Insulza; de Justicia, señor José Antonio Gómez; de Obras Públicas, don Carlos Cruz; de la Secretaría General de la Presidencia, señor Álvaro García, y de Mideplan, la señora Alejandra Krauss. Concurrió, también, el senador señor José Antonio Viera-Gallo.
II.APERTURA DE LA SESIÓN
Se abrió la sesión a las 11.14 horas.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El acta de la sesión 54ª de la legislatura extraordinaria 341ª se declara aprobada por no haber sido objeto de observaciones.
El acta de la sesión 1ª de la legislatura ordinaria 342ª queda a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV.CUENTA
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
El señor ZÚÑIGA (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
V.ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El señor Secretario dará lectura a los acuerdos de los Comités.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Reunidos los jefes de la totalidad de los Comités parlamentarios, bajo la presidencia del señor Jeame Barrueto, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
“1º Tramitar sólo en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia el proyecto de ley, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que establece la obligación de secreto para quienes reciban información conducente a la ubicación de los detenidos desaparecidos.
“Para los efectos de la emisión de su informe, dicha Comisión dispondrá únicamente del día de hoy.
“2º La Sala conocerá esa iniciativa, hasta su total despacho, mañana miércoles 21 del mes en curso, en la sesión especial que se citará de 9.30 a 13.10 horas, en reemplazo de la sesión, ordinaria, disponiendo los distintos Comités de los tiempos que se detallan:
Comité Demócrata Cristiano, 66½ minutos.
Comité de Renovación Nacional, 47¼ minutos.
Comité de la Unión Demócrata Independiente, 40¼ minutos.
Comité del Partido por la Democracia, 28 minutos.
Comité Socialista, 19¼ minutos.
Comité Radical Social Demócrata, 8¾ minutos.
“3º En la oportunidad en que sea despachado en general el proyecto que modifica la normativa que regula el sector eléctrico, en relación con la integración vertical, se remitirá para su segundo informe, además de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, a la de Minería y Energía”.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Naranjo para referirse a la Cuenta.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, como presidente de la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara, quiero referirme de manera muy particular al acuerdo relacionado con el punto 2 de la Cuenta.
El Congreso cuenta con comisiones especiales para el estudio de determinados temas. En el referido Nº 2 de la Cuenta se señala que el proyecto que establece la obligación del secreto para quienes reciban información conducente a la ubicación de detenidos desaparecidos, será remitido única y exclusivamente a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Permítame, señor Presidente, formular la siguiente pregunta: ¿El esclarecimiento de la situación de los detenidos desaparecidos no es un tema que debe quedar radicado en la Comisión de Derechos Humanos?
De la misma forma, de la lectura del proyecto se desprende que no se trata de una norma procesal propiamente tal lo que lo haría única y exclusivamente de la competencia de la Comisión de Constitución, sino que tiene por objeto facilitar administrativamente la recopilación de información.
Un segundo argumento que refuerza nuestra opinión se refiere a que en el Parlamento se han creado comisiones técnicas a fin de que se aboquen al conocimiento de determinados temas. Además, es un hecho que esta norma no va dirigida a los tribunales de justicia, sino a quienes recibirán la información. Por ello, pido respetuosamente a la Mesa que se corrija este error.
Se podrá argüir que la iniciativa es de “discusión inmediata”, pero cuando se votó el proyecto sobre salario mínimo, por ejemplo, calificado también de “discusión inmediata”, pasó a las Comisiones de Trabajo y de Hacienda y nadie dijo que eso entrabaría su despacho ni hizo valer otra razón.
Me parece grave y delicado que en el estudio de un proyecto de tanta importancia, relacionado única y exclusivamente con temas de derechos humanos, no se considere una comisión permanente creada para abocarse específicamente a esa materia.
Solicito que se convoque a una nueva reunión de Comités para rever esta situación, porque me parece extraordinariamente grave lo que está ocurriendo.
El señor LEÓN (Vicepresidente).- Señor diputado, el artículo 61 del Reglamento de la Cámara establece lo siguiente: “Ningún diputado podrá oponerse a los acuerdos a que hayan llegado los Jefes de los Comités con el Presidente de la Cámara, cuando hayan sido adoptados por todos ellos y por unanimidad.
“La oposición que se haga se tendrá por no formulada y no será admitida a debate alguno”.
De manera que ruego al señor diputado tener la bondad de conversar con su jefe de bancada, con el objeto de que le dé a conocer los argumentos que tuvo en cuenta para dar la unanimidad.
Tiene la palabra el diputado señor Ceroni.
El señor CERONI.-
Señor Presidente, insisto en la posición del presidente de la Comisión de Derechos Humanos. Me parece, como miembro de ella, que sus argumentos son absolutamente impecables, por cuanto es la Comisión que se dedica a analizar los problemas relacionados con los derechos humanos, por lo cual durante muchos años ha tratado esa materia, y este tema tiene que ver con el establecimiento de la verdad sobre lo ocurrido en las violaciones a los derechos humanos en nuestro país. Si los comités se reúnen nuevamente, se podrá considerar esta petición; obviamente, también la Sala, por unanimidad, podría modificar la decisión de los Comités.
Este tema interesa al Congreso. Por lo tanto, la tramitación del proyecto debe estar centrada esencialmente en este Parlamento. No aceptamos que no se nos permita participar en el debate debido a que existe poco tiempo.
Creemos que esta discusión debe ser lo más extensa posible. Nosotros representamos a la ciudadanía, somos el Poder Legislativo y no nos vamos a transformar en simples receptores de proyectos de ley del Ejecutivo para sancionarlos obligatoriamente tal como vienen. ¡No somos oficina de partes, sino el Congreso Nacional! Por eso pedimos que se reconsidere la forma de tramitar el proyecto, a fin de que pase a la Comisión de Derechos Humanos. Los Comités pueden revertir esta situación.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
He dado el uso de la palabra a los señores diputados solamente para que se refieran a la Cuenta.
Insisto en que, de acuerdo con nuestro Reglamento, no hay debate cuando ha habido acuerdo unánime de los jefes de bancadas sobre determinada materia. Lo que sí podemos hacer es recabar el acuerdo unánime de la Sala para revisar el punto.
Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor LEÓN (Vicepresidente).- No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, los miembros de la Comisión de Derechos Humanos no podemos aceptar un criterio tan erróneo, inaceptable e increíble. En la Cámara existe una Comisión de Derechos Humanos que tiene funciones muy especializadas, a la cual, dentro del ámbito de su competencia, le corresponde informar acerca de los proyectos de ley que contemplen normas sobre derechos humanos, nacionalidad y ciudadanía. Y aquí ha llegado un mensaje presidencial que aborda materias absoluta y esencialmente relacionadas con los derechos humanos. A mi juicio, se está incurriendo en una omisión gravísima al prescindir del análisis de una Comisión que tiene competencia específica para esto.
El trabajo de la Mesa de Diálogo duró nueve meses. ¿Por qué, entonces, debemos despachar este asunto en un día? No es justo.
Para que exista ecuanimidad y la Cámara no infrinja sus propios reglamentos, creo necesario que la Comisión de Derechos Humanos conozca también este proyecto. De lo contrario, estaríamos frente a una situación incompleta, a la que le atribuyo gravedad, porque se estaría prescindiendo de la intervención y del estudio de un proyecto de una comisión especializada como ésta.
Además, si se trata de secreto profesional, cuestión netamente jurídica, en la Comisión de Derechos Humanos también hay abogados muy calificados, de forma que no se hará un estudio liviano sobre la materia. Este es un mensaje presidencial que trata de una materia absolutamente relacionada con derechos humanos y, por lo tanto, no se puede prescindir del trámite de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Señor Ojeda, al igual que al diputado señor Naranjo , quiero recordarle el Reglamento el jefe de su bancada también dio su aprobación en la reunión de Comités y reiterarle que la Sala no dio la unanimidad para revisar el acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Recondo.
El señor RECONDO.-
Señor Presidente, sólo para reiterar que, de conformidad con el Reglamento, no corresponde abrir debate sobre un acuerdo unánime de los Comités. Para modificarlo, es obvio que se necesita la unanimidad de la Sala, y nuestro Comité no la va a dar. Por lo tanto, no corresponde seguir debatiendo el punto.
Además, debo recordar a los parlamentarios de Gobierno que el propio Ejecutivo calificó de “discusión inmediata” el proyecto; en consecuencia, a él debieran reclamarle.
He dicho.
ARCHIVO DE PROYECTO
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se accedería a la proposición del Senado en orden a archivar el proyecto que modifica el Código Penal estableciendo una nueva figura penal que sanciona los procedimientos ilegales o abusivos en la cobranza de créditos (boletín Nº 1700-07).
¿Habría acuerdo?
Acordado.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DEL PRECIO DEL PETRÓLEO.
El señor LEÓN Me permito proponer a la Sala que la Comisión especial investigadora encargada de analizar la administración del Fondo de estabilización del precio del petróleo quede integrada por los diputados señores Delmastro, Dittborn, Jaramillo, Leay, Lorenzini, Montes, Muñoz, Núñez, Ortiz, Rincón, Tuma, Vargas y Vilches ¿Habría acuerdo? Acordado.
VI.FÁCIL DESPACHO
TRATADO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE INTERPRETACIÓN O EJECUCIÓN Y FONOGRAMAS. Primer trámite constitucional.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En la Tabla de Fácil Despacho, corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de acuerdo relativo al Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, Ompi, sobre interpretación o ejecución y fonogramas, adoptado en Ginebra el 20 de diciembre de 1996.
Diputada informante de la Comisión de Relaciones Exteriores es la señora Isabel Allende. En su reemplazo, rendirá el informe el diputado señor Joaquín Palma.
Antecedentes:
Mensaje, boletín Nº 2413-10, sesión 4ª, en 14 de octubre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 1.
Informe de la Comisión de RR.EE., sesión 45ª, en 3 de mayo de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 6.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Palma.
El señor PALMA (don Joaquín).-
Señor Presidente, existen dos tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el primero referente a los intérpretes, y el segundo, a los autores de obras.
El Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre interpretación y ejecución de fonogramas tiene como objetivo elevar los niveles de protección que internacionalmente se confieren a los artistas, intérpretes y ejecutantes y a los productores de fonogramas.
La ley Nº 17.336, sobre propiedad intelectual, protege en el país los derechos que, por el solo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literario, artístico y científico, cualquiera que sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina.
Para estos efectos, se entiende por artista intérprete o ejecutante, el actor, locutor, narrador, declamador, cantante, bailarín, músico o cualquiera otra persona que interprete o ejecute una obra literaria o artística; se considera productor de fonograma o productor fonográfico a la persona natural o jurídica responsable de la publicación de fonogramas; por fonograma, se entiende toda fijación exclusivamente sonora de los sonidos de una ejecución o de otros sonidos, y distribución de fonogramas o videogramas al público es cualquier acto cuyo propósito sea ofrecer, directa o indirectamente, copias de un fonograma o videograma al público.
Nuestra ley de propiedad intelectual declara que sólo corresponde al titular del derecho de autor decidir sobre la divulgación parcial o total de la obra. La protección legal que otorga el derecho dura por toda la vida del autor y se extiende, como regla general, hasta cincuenta años más, contados desde la fecha de su fallecimiento.
Los derechos conexos al derecho de autor, en el caso de los artistas intérpretes o ejecutantes, son derechos que la ley les da a éstos para permitir o prohibir la difusión de sus producciones y percibir una remuneración por el uso público de las mismas, sin perjuicio de las que correspondan al autor de la obra.
Los derechos conexos al derecho de autor de los fonogramas imponen al que utilice fonogramas o reproducciones de los mismos para su difusión por radio o televisión o en cualquiera otra forma de comunicación al público, la obligación de pagar una retribución a los artistas intérpretes o ejecutantes y a los productores de fonogramas.
El acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (Adpic), aprobado como anexo 1C del Acuerdo de Marrakech, constitutivo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), compromete a los Estados Parte, entre los cuales se encuentra Chile, a conceder a los nacionales de los demás Estados Miembros el trato nacional y el de la nación más favorecida con respecto a la protección de la propiedad intelectual, inclusive en lo que concierne a los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión.
El Tratado consta de un preámbulo y 33 artículos.
Sus propósitos son desarrollar y mantener la protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas de la manera más eficaz y uniforme posible.
En este contexto, se establece que ninguna disposición del Tratado irá en detrimento de las obligaciones que las Partes Contratantes tienen entre sí en virtud de la Convención de Roma, que estableció las relaciones de los derechos de autor. Por lo tanto, este instrumento no afectará, en modo alguno, a la protección del derecho de autor en las obras literarias y artísticas, ni tendrá conexión ni perjudicará ningún derecho u obligación en virtud de otro tratado.
Además, se afirma que los beneficiarios de la protección establecida en virtud de este Tratado serán los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas que sean nacionales de otras Partes Contratantes, según los criterios de elegibilidad de protección previstos en la Convención de Roma, en caso de que todas las Partes Contratantes en este Tratado sean Estados Contratantes de dicha Convención.
También se busca introducir nuevas normas internacionales que ofrezcan, en este ámbito de la propiedad intelectual, soluciones adecuadas a las interrogantes planteadas por los acontecimientos económicos, sociales, culturales y tecnológicos, por el profundo impacto que han tenido el desarrollo y la convergencia de las tecnologías de información y comunicación en la producción y utilización de interpretaciones o ejecuciones y de fonogramas.
Esta Convención desea mantener también un equilibrio entre los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas y los intereses del público en general, en particular en la educación, la investigación y el acceso a la información.
El compromiso de otorgar el trato nacional a los nacionales de las Partes Contratantes obliga a los Estados Parte a otorgar dicho trato para el goce de los derechos exclusivos que concede a sus beneficiarios y la percepción de la remuneración equitativa a que ellos tienen derecho por la radiodifusión y comunicación al público de los fonogramas publicados con fines comerciales o por la reproducción de tales fonogramas.
No obstante lo anterior, este compromiso admite reservas, que pueden ir desde una aplicación restringida a ciertas utilizaciones hasta la no aplicación del trato nacional.
Los derechos morales de los artistas intérpretes o ejecutantes tienen el propósito de salvaguardar la integridad de las obras artísticas y permitir al artista intérprete o ejecutante, en lo relativo a sus interpretaciones o ejecuciones sonoras en directo o a sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas, el derecho a reivindicar ser identificado como el artista intérprete o ejecutante de sus interpretaciones o ejecuciones, excepto cuando la omisión venga dictada por la manera de utilizar la interpretación o ejecución, y el derecho a oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de sus interpretaciones o ejecuciones que cause perjuicio a su reputación.
Los derechos morales reconocidos al artista intérprete o ejecutante serán mantenidos después de su muerte, por lo menos hasta la extinción de sus derechos patrimoniales, y podrán ser ejercidos por las personas o instituciones autorizadas por la legislación de la Parte Contratante en que se reivindique la protección.
Los derechos patrimoniales permiten a los artistas intérpretes o ejecutantes autorizar la radiodifusión y la comunicación al público de sus interpretaciones o ejecuciones no fijadas, excepto cuando la interpretación o ejecución constituya por sí misma una ejecución o interpretación radiodifundida, y la fijación de sus ejecuciones o interpretaciones no fijadas.
El mensaje hace notar, respecto de los derechos reconocidos a los artistas intérpretes y ejecutantes, que este Tratado significa un mejoramiento sustancial de los estándares que actualmente consagra nuestra legislación, específicamente en cuanto a reconocer los derechos morales del artista.
Acerca de los derechos morales del artista, que comprenden el derecho a la paternidad de la obra y a su integridad, se señala que ellos no están expresamente establecidos en nuestra legislación como tales. Se precisa, sin embargo, que en el inciso tercero del artículo 68 de la ley Nº 17.336 se consagra el derecho al nombre del intérprete sobre su ejecución fijada en un fonograma. A juicio del Ejecutivo, ello constituye un principio de reconocimiento, aunque insuficiente, toda vez que se encuentra estatuida como una obligación del productor del fonograma la de consignar en la etiqueta del disco fonográfico el nombre del intérprete.
En cuanto a los derechos patrimoniales del artista, el tratado reconoce derechos similares a los conferidos por nuestra legislación interna, pero según lo indica el mensaje con mejor sistematización de las materias, consagrando expresamente, igual que en el derecho de autor, los derechos de distribución y alquiler.
Los derechos exclusivos comunes de artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas son los derechos exclusivos de reproducción, distribución, alquiler y de poner a disposición del público sus obras, regulados en los artículos 8º a 14.
El derecho de reproducción permite a ambos beneficiarios tener la exclusividad para autorizar la producción directa o indirecta de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas, o de sus fonogramas, según el caso, por cualquier procedimiento o bajo cualquier forma.
En virtud del derecho de distribución, los dos tipos de beneficiarios tienen la exclusividad para autorizar la puesta a disposición del público del original y de los ejemplares de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas o de ejemplares de sus fonogramas, según el caso, mediante venta u otra transferencia de propiedad.
El derecho de alquiler les posibilita tener la exclusividad para autorizar el alquiler comercial del original al público.
El derecho de poner a disposición interpretaciones o ejecuciones fijadas o fonogramas otorga a los beneficiarios la exclusividad para autorizar la puesta a disposición del público de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas o de fonogramas, ya sea por hilo o por medios inalámbricos, de tal manera que los miembros del público puedan tener acceso a ellas desde el lugar y en el momento en que cada uno de ellos elija. Léase especialmente el caso de Internet.
El mensaje destaca que los derechos reconocidos a los productores de fonogramas son similares a los que contempla la ley nacional, a partir de la modificación introducida en 1992 al artículo 68 de la ley Nº 17.336, en el cual se les reconocen los derechos exclusivos de reproducción, arrendamiento, préstamo y demás utilizaciones de fonogramas. Precisa que solamente se innovará respecto de la consagración expresa del derecho a puesta a disposición de los fonogramas. Esta última facultad resulta de su importancia frente a las nuevas tecnologías aplicadas a la información, comunicación y computación.
En seguida, se contemplan diversas disposiciones comunes que protegen a ambos tipos de beneficiarios, las cuales se explican en forma detallada en el informe que los honorables colegas tienen a su disposición.
Informaciones proporcionadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores señalan que, a fines de enero de este año, el Tratado había sido suscrito por 51 Estados y ratificado por otros 13.
Durante el estudio de la iniciativa, la Comisión escuchó al director jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Claudio Troncoso ; al jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación, señor Juan Vilches ; al jefe del Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, señor José Pablo Monsalve ; al director general de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, señor Santiago Schuster ; al abogado de la Asociación de Productores Fonográficos de Chile, señor Fernando Silva , y al abogado de la Asociación Chilena de Distribuidores de Software, señor Octavio Gutiérrez.
En lo sustancial, todos emitieron opiniones favorables a la aprobación de este instrumento internacional, y los honorables colegas podrán consultarlas en la reseña que, de ellas, hace el informe de la comisión.
Deseo destacar, sin embargo, lo informado por el jefe del Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía, en cuanto a que Chile está haciendo importantes esfuerzos por liderar en América Latina la propiedad intelectual, incluida el aspecto industrial. Por ese motivo, se están tomando las medidas necesarias para adecuar nuestra legislación a la normativa internacional en materia de protección de la propiedad intelectual. Agregó que en Chile no hay normas sobre derecho de alquiler y puesta a disposición, pero que el país está adecuando su normativa a los tratados Adpic, sobre derecho de propiedad intelectual, relacionados con el comercio, por lo que no habrá mayor conflicto. Todo esto consta en un proyecto de ley que se encuentra en la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la honorable Cámara, que adecua la legislación nacional a los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio.
Vistos los antecedentes expuestos, la Comisión de Relaciones Exteriores decidió, por unanimidad, recomendar a la Sala la aprobación del Tratado de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, Ompi , sobre interpretación o ejecución y fonogramas, para lo cual sugiere adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo correspondiente, con las modificaciones formales que tienen por objeto citar en su artículo único el tratado con el nombre que le dio la conferencia que lo aprobó, lo que se salva con el texto sustitutivo siguiente:
“Artículo único. Apruébase el “Tratado de la Ompi Organización Mundial sobre Propiedad Intelectual sobre interpretación o ejecución y fonogramas”, adoptado el 20 de diciembre de 1996, por la Conferencia Diplomática sobre Ciertas Cuestiones de Derecho de Autor y Derechos Conexos, celebrada en Ginebra, Suiza, del 2 al 20 de diciembre de 1996”.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
El señor PROKURICA.-
Votación, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alessandri, Alvarado, Ceroni, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi ( doña María Angélica), Elgueta, Errázuriz, García (don René Manuel), García (don José), Jaramillo, Jarpa, Kuschel, Leal, León, Letelier ( don Juan Pablo), Masferrer , Mesías, Monge, Montes, Muñoz (doña Adriana), Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma ( don Andrés), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Prokurica, Reyes, Rocha, Salas, Soto ( doña Laura), Ulloa, Urrutia, Velasco, Venegas, Villouta, Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
Se abstuvo el diputado señor Van Rysselberghe.
TRATADO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE DERECHO DE AUTOR. Primer trámite constitucional.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
A continuación, corresponde ocuparse del proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, relativo al Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, Ompi , sobre derecho de autor, adoptado en Ginebra, el 20 de diciembre de 1996.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, es el señor Errázuriz.
Antecedentes:
Mensaje, boletín Nº 2414-10, sesión 4ª, en 14 de octubre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 2.
Informe de la Comisión de RR.EE., sesión 48ª, en 9 de mayo de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 6.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente, el Tratado de la Ompi sobre derecho de autor, adoptado el 20 de diciembre de 1996 por la Conferencia Diplomática sobre ciertas cuestiones de derecho de autor y derechos conexos, reunida en Ginebra, del 2 al 20 de diciembre de 1996, tiene el mismo origen, persigue los mismos propósitos y regula materias muy afines y conexas que el Tratado de la Ompi sobre interpretación o ejecución y fonogramas, que se tramita paralelamente. Tanto es así que el preámbulo de ambos instrumentos es, mutatis mutandis, del mismo tenor.
Para ilustrar a la honorable Cámara acerca del alcance de la normativa internacional sometida a su consideración, estimo útil señalar que los términos “obras literarias y artísticas”, según lo dispuesto en el Convenio de Berna, comprenden todas las producciones del campo literario, científico y artístico, cualesquiera que sean el modo o la forma de expresión, tales como libros, folletos y otros escritos; conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de igual naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por el procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas, a las cuales se asimilan las obtenidas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas; los planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias.
Sin perjuicio de la importante protección que el Convenio de Berna establece en beneficio de las obras literarias y artísticas, los Estados miembros de la Unión se reservaron el derecho a celebrar acuerdos particulares que confieran a los autores derechos más amplios que los concedidos por el Convenio o que comprendan otras normas no contrarias al referido instrumento internacional.
Precisamente, el Tratado que analiza la honorable Cámara en este momento es uno de estos arreglos particulares respecto de los países miembros de la Unión para la protección de los derechos de los autores sobre sus obras literarias y artísticas, entre los cuales se encuentra Chile.
Según las declaraciones que formulan en el preámbulo, las Partes contratantes en este Tratado tienen los propósitos siguientes:
1) Desarrollar y mantener la protección de los derechos de los autores sobre sus obras literarias y artísticas de la manera más eficaz y uniforme posible.
En este contexto, se resguarda la integridad del Convenio de Berna, disponiéndose, como se ha señalado, que ningún contenido de este Tratado derogará las obligaciones existentes entre las partes en virtud de dicho Convenio, cuyas disposiciones sustantivas comprendidas entre sus artículos 1 a 21, las Partes contratantes se comprometen a cumplir.
2)Introducir nuevas normas internacionales que ofrezcan soluciones adecuadas a las interrogantes planteadas por los acontecimientos económicos, sociales, culturales y tecnológicos por el profundo impacto que han tenido el desarrollo y la convergencia de las tecnologías de información y comunicación en la creación y utilización de las obras literarias y artísticas.
3) Destacar la notable significación de la protección del derecho de autor como incentivo para la creación literaria y artística, reconociendo la necesidad de mantener un equilibrio entre los derechos de los autores y los intereses del público en general, en particular en la educación, la investigación y el acceso a la información, como se refleja en el Convenio de Berna.
Respecto del ámbito de protección del derecho de autor, se precisa que ella abarcará las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí.
Las Partes contratantes se comprometen a aplicar, mutatis mutandis, las disposiciones de los artículos 2 a 6 del Convenio de Berna respecto de la protección consagrada en este Tratado.
Lo anterior significa, en términos amplios, que, con las adecuaciones del caso, se hacen extensivas a este nuevo régimen convencional las normas del Convenio de Berna que determinan el alcance de las obras literarias y artísticas amparadas por el Convenio; las que reservan a las legislaciones nacionales de los países de la Unión la exclusión total o parcial de los discursos políticos y los pronunciados en debates judiciales y el establecimiento de las condiciones en las que podrán ser reproducidas, por los medios de comunicación, las conferencias, alocuciones y otras obras de la misma naturaleza; la que determina que la protección del Convenio comprende tanto a los autores nacionales como extranjeros; la que extiende la protección a los autores de obras cinematográficas y arquitectónicas; la que otorga a los autores el derecho a gozar, en los países de la Unión, del trato nacional, y la que permite a los países de la Unión no aplicar el Convenio respecto de países no miembros de la Unión que no protejan suficientemente las obras de sus autores nacionales.
En seguida, como lo señala el mensaje, se agregan los programas de ordenador a la protección del Convenio de Berna, cualquiera que sea su modo o forma de expresión. Las compilaciones de datos o de otros materiales, en cualquier forma, que por razones de la selección o disposición de sus contenidos constituyan creaciones de carácter intelectual, serán protegidas como tales. Esta protección no abarcará los datos o materiales en sí mismos y se entiende sin perjuicio de cualquier derecho de autor que subsista respecto de los datos o materiales contenidos en la compilación. Ambas obras ya se encuentran amparadas por la ley Nº 17.336.
A los autores de obras literarias y artísticas se les reconoce el derecho exclusivo de autorizar la puesta a disposición del público del original y de los ejemplares de sus obras mediante venta u otra transferencia de propiedad.
También se les reconoce el derecho de alquiler de programas de ordenador, de obras cinematográficas; de obras incorporadas en fonogramas, tal como lo establezca la legislación nacional de las Partes contratantes, con las salvedades que señala la misma norma.
Con las salvedades de lo dispuesto en el Convenio de Berna, a los autores de obras literarias y artísticas se les reconoce “el derecho exclusivo de autorizar cualquier comunicación al público de sus obras por medios alámbricos o inalámbricos, comprendida la puesta a disposición del público de sus obras, de tal forma que los miembros del público puedan acceder a estas obras desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos elija”.
La protección de las obras fotográficas se amplía a cincuenta años después de la muerte del autor, como consecuencia de la norma del Tratado que impone a las Partes contratantes el compromiso de no hacer uso de la facultad que les confiere el Convenio de Berna para establecer en su legislación interna un plazo de protección de estas obras no inferior a veinticinco años. Conforme lo señala el mensaje, este plazo de protección es el que se reconoce en Chile para todo género de obras sin distinción, desde 1992, a partir de la última modificación de la ley de propiedad intelectual, introducida por la ley Nº 19.166.
No obstante lo señalado, las Partes contratantes podrán prever, en sus legislaciones nacionales, limitaciones o excepciones impuestas a los derechos concedidos a los autores de obras literarias y artísticas en virtud de este Tratado en ciertos casos especiales que no atenten contra la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor. El mensaje indica que esta es una norma de interpretación compatible con el principio de protección de los derechos autorales consagrados en la Constitución Política de la República y en la legislación vigente sobre la materia.
Efectivamente, la Carta Fundamental, en su artículo 19, Nº 25º, asegura a todas las personas el derecho de autor sobre sus creaciones intelectuales y artísticas de cualquier especie por el tiempo que le señale la ley, el que no será inferior al de la vida del titular. Permite, además, que la propiedad intelectual, de la cual forma parte el derecho de autor, pueda ser sujeta a las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social. La ley Nº 17.336 extiende la protección legal por toda la vida del autor y hasta cincuenta años más, contados a partir desde la fecha de su fallecimiento.
Las Partes contratantes se comprometen a proporcionar protección jurídica adecuada y recursos jurídicos efectivos contra quienes, con conocimiento de causa y sin autorización, ejecuten alguno de los actos siguientes:
1. El de eludir las medidas tecnológicas efectivas que sean utilizadas por los autores en relación con el ejercicio de sus derechos en virtud de este Tratado y que, respecto de sus obras, restrinjan actos que no estén autorizados por los autores señalados por la ley, y
2. El de suprimir o alterar cualquier información electrónica sobre la gestión de derechos, o distribuya, importe para su distribución, emita o comunique al público, sin autorización, ejemplares de obras, sabiendo que la información electrónica sobre la gestión de derechos ha sido suprimida o alterada sin autorización.
El mensaje hace notar que estas son las normas más importantes del Tratado y que la ley Nº 17.336 consagra una serie de disposiciones relativas a las contravenciones y sanciones, las que, en cierta medida, cumplen con las obligaciones que adquirirá el Estado chileno al ratificar este Tratado. Hace presente, sin embargo, que nuestra legislación ha sido estimada insuficiente en esta materia, por lo cual se encuentran en tramitación en el Congreso Nacional diversos proyectos de ley que tienden a mejorar los aspectos penales vinculados al derecho de autor.
Las Partes contratantes se comprometen, además, a extender a la protección contemplada en este Tratado, la aplicación del artículo 18 del Convenio de Berna, según el cual la protección internacional se otorga a todas las obras que no han pasado al dominio público en su país de origen por expiración de los plazos de protección y que impide amparar nuevamente la obra que haya pasado a dicho dominio.
Por último, en las disposiciones sustantivas, las Partes contratantes se comprometen a adoptar en sus sistemas jurídicos internos las medidas necesarias, incluidas las legislativas, para asegurar la aplicación del Tratado.
De las opiniones que recibió la Comisión, me parece oportuno recordar en este momento las que expusieron el director de la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y el jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación, señores Claudio Troncoso y Juan Vilches , respectivamente, quienes coincidieron en expresar que el Gobierno le asigna importancia a la aprobación de los tratados patrocinados por la Ompi, relativos al derecho de autor y sobre interpretación o ejecución y fonogramas, por cuanto contienen disposiciones que son de alto interés y reflejan las normas actualmente vigentes en materia de propiedad intelectual en el mundo.
También coincidieron, en términos generales, con el análisis que el mensaje hace de los alcances normativos de este Tratado. Agregaron que él define los programas de ordenadores, regula el derecho de alquiler y la difusión a través de nuevas tecnologías, como es el caso de Internet, y amplía la protección de las obras fotográficas a 50 años, plazo que en Chile se reconoce desde 1992 para todo género de obra sin distinción.
El director jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores añadió que el Tratado sobre derecho de autor restringe la aplicación de las limitaciones y exposiciones al derecho de autor previstas en nuestra legislación a aquellos casos especiales que no atenten contra la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor. Finalmente, hizo presente la necesidad de adaptar nuestra legislación al derecho internacional, porque si bien existen normas sancionadoras, éstas resultan insuficientes frente a las nuevas tecnologías.
Por su parte, el director general de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, don Santiago Schuster Vergara , señaló que la Sociedad da el más pleno respaldo a la aprobación de los tratados de la Ompi sobre Derecho de Autor y sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas.
Agregó que esta entidad ha adherido permanentemente a la posición del Gobierno de Chile, la que desde comienzos de los trabajos de los Comités de Expertos ha sido favorable a la más amplia protección posible, tanto en el ámbito de los derechos de autor como en el de los derechos conexos.
Expresó que estos tratados de la Ompi, a los cuales también se los conoce como Tratados sobre Derechos Intelectuales para la Era Digital, tienen por finalidad establecer:
a) Disposiciones específicas en el ámbito de los derechos de autor y conexos, en armonía con lo ya establecido en los acuerdos Adpic;
b) Disposiciones especiales en el ámbito de las nuevas explotaciones en el ámbito digital, destacándose como un nuevo derecho el de “puesta a disposición” del público de las obras o interpretaciones y fonogramas, “de tal forma que los miembros del público puedan acceder a estas obras desde el lugar y en el momento en que cada uno de ellos elija”, es decir, se trata de comunicaciones a distancia;
c) Obligaciones para los Estados relativas a la sanción de las prácticas de evasión de las medidas tecnológicas para el acceso a las obras y producciones, y otras obligaciones referentes a la información sobre la gestión de derechos.
El señor Schuster manifestó que la posición de Chile en relación con estos nuevos Tratados de la Ompi fue coherente con los consensos alcanzados por el Grupo de Países de América Latina y el Caribe.
Explicó que de las posiciones apoyadas por Chile, el Tratado ha incorporado los siguientes puntos:
a) La inclusión de los programas de computación protegidos como obras literarias, así como la protección de las bases de datos que constituyan creaciones de carácter intelectual;
b) El derecho de distribución en el ámbito de las copias tangibles;
c) El derecho de alquiler;
d) El derecho de comunicación al público, que comprende las transmisiones digitales y que constituye una de las disposiciones más importantes del Tratado, y
e) La ampliación del plazo de protección de las obras fonográficas.
El Tratado no recogió la supresión de las licencias voluntarias para las grabaciones sonoras de obras musicales y de la radiodifusión primaria, como ya ha sido consagrado en la legislación interna de Chile, ni el derecho de reproducción directa o indirecta, permanente o provisional, que resuelve toda duda interpretativa respecto de las reproducciones digitales.
Señaló que, en armonía con los países de América Latina, se respaldó fuertemente la incorporación, en ambos tratados, de las obligaciones para los Estados relativas a la sanción de las prácticas de evasión de las medidas tecnológicas para el acceso a las obras y producciones, y otras obligaciones atinentes a la información sobre la gestión de derechos.
Por último, don Santiago Schuster sostuvo que los textos finales de los tratados de la Ompi el que se os informa en este acto y el que se tramita paralelamente han recogido el sentir de la comunidad internacional en cuanto a la necesidad imperiosa de proteger las creaciones intelectuales en una era plena de desafíos tecnológicos, que los autores y artistas aceptan con entusiasmo, pero que al mismo tiempo requieren de los necesarios resguardos para asegurar sus legítimos derechos sobre sus obras y producciones.
El abogado de la Asociación de Productores Fonográficos de Chile A.G., señor Fernando Silva Cunich , respondiendo consultas parlamentarias acerca de la importancia de la llamada “piratería” intelectual, expresó que este problema hoy es extremadamente serio. Informó que los primeros derechos consagrados sobre ejecución o interpretación y fonogramas surgieron en 1961 y que en ese entonces el gran derecho era el de reproducción. Ahora, el gran derecho es el de la puesta a disposición.
La reproducción ilícita de copias es un gran problema en Chile. Precisó que este problema ha adquirido tal dimensión, que es un tópico que ha pasado de la Ompi a la ONC. Por ello, los países pueden establecer sanciones si otros Estados no cumplen con los niveles de protección a la propiedad intelectual.
Agregó que estos tratados requerirán un importante esfuerzo, por los compromisos que adquiere el Estado en cuanto a tomar medidas que resguarden adecuadamente estos derechos.
El director general de la Sociedad del Derecho de Autor, señor Schuster, expresó que tal derecho es hijo de la tecnología y adquiere importancia con los grandes inventos de la humanidad, como la invención de la imprenta, los fonogramas y el cinematógrafo. Esto genera desafíos para lograr que las obras intelectuales se respeten. Hasta ahora se ha hecho frente a los desafíos tecnológicos. El derecho de autor es hijo de la “piratería”, como una reacción frente a la copia no autorizada.
Sostuvo que Chile es uno de los países mejor preparados para defender el derecho de autor, pues tiene consagrados todos los derechos del mismo. Sólo falta que se concreten los derechos literarios y se creen propuestas para mejorar la defensa de los derechos de autor. Por esta razón, Chile fue escogido para efectuar un nuevo congreso sobre derecho de autor, el que reunirá en Santiago, en septiembre próximo, a representantes de 180 sociedades gestoras de 95 países para debatir, entre otros importantes temas, sobre el impacto de Internet en la propiedad intelectual. Señaló que, en el futuro, la distribución y la reproducción de obras serán inmateriales. Es probable que, electrónicamente, se pueda controlar el uso de obras a través de Internet.
Expresó que la comunidad europea ya está dictando una directriz en relación con el derecho de autor y los nuevos medios tecnológicos. Algo semejante sucede con Estados Unidos, que también elaborará una norma para controlar el uso del derecho de autor por la vía de Internet.
El que quiera participar en el comercio mundial en el futuro, deberá respetar las normas sustantivas de la Convención de Berna sobre derecho de autor. Chile ya está preparado para enfrentar el futuro. Afirmó que, para proteger la creatividad chilena, debe partirse amparando la obra extranjera. Si no es así, esta última es gratis, y el nacional no puede competir con ella. En el futuro sería necesario efectuar un estudio profundo de las diferentes normas que rigen en el ámbito de la propiedad intelectual para mejor protección. Deberá partirse aprobando estos tratados. El sector privado, si cuenta con las herramientas legales para seguir adelante, con la ayuda de la propia tecnología, podrá enfrentar los desafíos futuros.
Vistos estos antecedentes, más los expuestos en el informe escrito puesto a disposición de la honorable Cámara, la Comisión de Relaciones Exteriores decidió, por unanimidad, recomendar la aprobación del tratado de la Ompi sobre derecho de autor, para lo cual sugiere adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo correspondiente, con modificaciones formales que tienen por objeto citar, en la norma de su artículo único, el tratado por el nombre que le dio la conferencia diplomática que lo aprobó, lo que se salva con el texto sustitutivo siguiente:
“Artículo único.- Apruébase el tratado de la Ompi sobre Derecho de Autor, adoptado el 20 de diciembre de 1996, por la Conferencia Diplomática sobre Ciertas Cuestiones de Derecho de Autor y Derechos Conexos, celebrada en Ginebra, Suiza, del 2 al 20 de diciembre de 1996”.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el proyecto.
No hay acuerdo.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alessandri, Alvarado, Ascencio, Ceroni, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi (doña María Angélica), Elgueta, Errázuriz, Espina, García (don René Manuel), García (don José), Hernández, Jaramillo, Jarpa, Krauss, León, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Lorenzini, Masferrer , Mesías, Monge, Montes, Mulet, Muñoz ( doña Adriana), Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Palma (don Joaquín), Pérez (don José), Pérez (don Víctor), Prokurica, Recondo, Reyes, Riveros, Rocha, Rojas, Salas, Sánchez, Silva, Soto ( doña Laura), Ulloa, Urrutia, Velasco, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
Se abstuvo el diputado señor Van Rysselberghe.
VII.ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE TRÁNSITO, EN LA OBTENCIÓN DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR. Primer trámite constitucional.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de las licencias de conducir.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Pareto.
Antecedentes:
Mensaje, boletín Nº 2504-15, sesión 2ª, en 7 de junio de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 1.
Informe de la Comisión de OO.PP. Documentos de la Cuenta Nº 10, de esta sesión.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para permitir el ingreso del subsecretario de Transportes, señor Patricio Tombolini
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Pareto.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, ruego a los señores diputados que no se opongan al ingreso del subsecretario, por cuanto ha informado en forma permanente el proyecto que nos ocupa, y su presencia en la Sala hará más expedito el despacho del proyecto. Por lo demás, se encuentra presente en el hemiciclo el ministro de Transportes, por lo que pido a su Señoría que recabe nuevamente la unanimidad de la Sala.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Si les parece a los señores diputados, se autorizará el ingreso a la Sala del subsecretario de Transportes, señor Patricio Tombolini.
No hay acuerdo.
El señor ORTIZ.-
Pido la palabra por un asunto de Reglamento.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Señor diputado, podrá usar de la palabra luego de que el diputado señor Pareto rinda su informe.
Tiene la palabra su Señoría.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, paso a informar acerca del proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de las licencias de conducir, de origen en mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata” en todos sus trámites.
Para el estudio del proyecto, la Comisión contó con la asistencia y colaboración del ministro de Transportes y Telecomunicaciones, señor Carlos Cruz Lorenzen ; del subsecretario de Transportes, señor Patricio Tombolini , y de sus asesores.
Antes de entrar en el análisis del proyecto, debo hacer presente que durante el último año se presentaron tres mociones sobre las materias que aborda el mensaje, las cuales, por acuerdo de la Comisión, se han tramitado conjuntamente con él. Una de ellas fue presentada por los diputados señores Claudio Alvarado , Francisco Bartolucci , Juan Masferrer , Darío Molina y Manuel Rojas ; otra es de autoría de los diputados señores Francisco Bartolucci, René Manuel García , Antonio Leal , Luis Pareto , Jaime Rocha , Eugenio Tuma , Jorge Ulloa , Felipe Valenzuela , Enrique Van Rysselberghe y Sergio Velasco , y la tercera corresponde a los diputados señores Juan Pablo Letelier , Juan Bustos y Francisco Encina.
Las tres mociones versan sobre la misma materia del proyecto en informe. En unos casos, los objetivos que persiguen se alcanzan igualmente e, incluso, de mejor manera en el mensaje en estudio y, en otros, son claramente opuestos, según se desprende del estudio de su contenido que se encuentra en el informe.
Antecedentes generales.
Con fecha 8 de marzo de 1997, se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 19.495, que modificó la ley de Tránsito en lo referente a licencias de conducir y escuelas de conductores profesionales. Esa ley creó las licencias de conducir profesionales y estableció los requisitos para obtenerlas. Entre ellos figuran dos cuyo difícil cumplimiento ha ocasionado serios problemas a los conductores de vehículos de transporte de pasajeros y de carga, que eran los antiguos titulares de las licencias clases A1 y A2. Los requisitos a los que he aludido son los siguientes:
1.Haber aprobado los cursos teóricos y prácticos en las escuelas de conductores profesionales debidamente reconocidas por el Estado.
2.Cumplir con el plazo de dos años de posesión de licencias clases A1 o A2, nuevas, para optar a la licencia A3, para el transporte de pasajeros, y cumplir con igual plazo en posesión de licencia A4, nueva, para acceder a la A5, para el transporte de carga.
La ley Nº 19.495 reconoció la existencia y validez de las licencias A1 y A2 otorgadas antes de su publicación en el Diario Oficial y, además, permitió que esas mismas siguieran otorgándose por el período de dos años, de manera de dar tiempo para que se crearan las escuelas de conductores profesionales.
Llegada la fecha de vencimiento de esa facultad, el 8 de marzo de 1999, debido a la inexistencia de escuelas de conductores profesionales, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictó el decreto supremo Nº 15, para que pudieran seguir otorgándose las licencias, y, un año más tarde, en marzo de 2000, dictó el decreto supremo Nº 25, con el mismo objeto, aunque un poco más restringido. En el informe se ahonda en el contenido de las normas señaladas.
En consecuencia, en la actualidad existen licencias antiguas clase A1 y A2 otorgadas al amparo de diferentes normas, lo que en la práctica ha llevado a que ningún conductor esté en condiciones de cumplir con el requisito de posesión de licencias clase A1 o A2, nuevas, para acceder a la licencia A3, que es la que deben poseer los conductores de locomoción colectiva, lo cual ha ocasionado serios problemas a ese gremio. Otro tanto puede decirse del transporte de carga.
En la actualidad, un conductor de vehículo de locomoción colectiva que obtuvo una licencia clase A1 de acuerdo a las normas señaladas y que, por lo tanto, se encuentra habilitado para su ejercicio, no podrá obtener la licencia profesional clase A3 para manejar el mismo tipo de vehículo, en razón de que la ley le exige haber estado en posesión de la licencia clase A1 o A2, nueva, al menos durante dos años. Como consecuencia de ello, dicho conductor no puede continuar ejerciendo su profesión, aun cuando haya efectuado el curso en las escuelas de conductores profesionales, lo que es un contrasentido.
Lo mismo ocurre con un conductor que esté en posesión de la licencia clase A2, que faculta para conducir todo tipo de vehículo de carga, y que ahora se distribuyen entre las licencias clases A4 y A5. Él no podrá obtener su licencia profesional clase A5 por cuanto la ley le exige estar en posesión de la licencia A4, nueva, durante dos años.
De esta manera, en ambos casos dichos conductores efectivamente se encuentran en una situación que les afecta laboralmente. Son éstos los problemas que el mensaje y las tres mociones persiguen solucionar.
Fundamentos del proyecto.
Según la parte expositiva del mensaje, el no perfeccionamiento oportuno de la normativa vigente ha significado un grave perjuicio para gran cantidad de ciudadanos, toda vez que la imposibilidad de cumplir con los requisitos exigidos por la ley para ser titular de licencia de conducir profesional se traduce en incumplimiento de las obligaciones laborales, pues el hecho de contar con una determinada clase de licencia vigente constituye un requisito de la esencia de muchas de estas relaciones.
Sin embargo, es necesario hacer presente que la imposibilidad de haber obtenido licencias de conducir profesionales en el comienzo del sistema es decir, a contar del 8 de marzo de 1999 se debió a la tardanza en la creación de las escuelas de conductores profesionales, puesto que el reglamento de las mismas se publicó en el Diario Oficial el 9 de febrero de 1999, sólo un mes antes de que comenzara a exigirse el requisito de haber aprobado los cursos teóricos y prácticos impartidos por las escuelas de conductores profesionales. Evidentemente, en menos de un mes no podían instalarse las escuelas, ser aprobados sus planes y programas ni menos dictarse los cursos.
Ideas matrices o fundamentales del proyecto.
Las ideas matrices o fundamentales del proyecto son las siguientes:
1.Establecer una ficción legal por la cual se entienda que determinados conductores cuentan con el requisito exigido por el artículo 13, inciso segundo, número 5, de la ley Nº 18.290, de Tránsito, aunque en la práctica no cuenten con dos años en posesión de licencia profesional que los habilite para optar a las licencias clases A3 y A5.
2.Eliminar algunas palabras usadas incorrectamente en la legislación vigente.
3.Establecer una sola licencia de conducir para los conductores de vehículos de las instituciones uniformadas y evitar de esa manera que deban poseer una licencia de conducir por cada tipo de vehículo que manejen, según el artículo 12 de la ley Nº 18.290, como ocurre en la actualidad.
4.Aumentar el plazo que medie entre cada control de las licencias profesionales, como una forma de estimular la enseñanza en las escuelas de conductores profesionales.
5.Calificar la idoneidad moral de los conductores no profesionales no sólo en el momento del otorgamiento de las licencias, sino también en el de cada control.
6.Hacer coincidir, en el caso de todas las licencias de conducir, la fecha de control con la fecha de cumpleaños de su titular.
Para materializar las ideas matrices, el mensaje tiene siete objetivos claramente expresados en su texto, a saber:
1.Se persigue solucionar los problemas que afectan a los postulantes a licencias de conducir profesional clases A3 y A5, en relación con el requisito del plazo que deben cumplir. La ley vigente establece que para obtener licencia clase A3, el postulante debe acreditar haber estado en posesión de licencia A1 o A2 licencia profesional por lo menos durante dos años. En el caso de la licencia clase A5, el postulante debe acreditar haber estado en posesión de licencia clase A4 a lo menos durante dos años. Sin embargo, debido al poco tiempo que lleva en operación el sistema, no hay conductores profesionales que cumplan ese requisito. Además, se produce un problema con los conductores que poseen licencias “antiguas” no profesionales, puesto que, en virtud de lo expresado en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 19.495, las licencias clases A1 y A2 mantendrán su vigencia.
El proyecto propone crear una ficción legal mediante la cual considera cumplido el requisito del plazo señalado en el artículo 13, inciso segundo, número 5, de la ley de Tránsito, respecto de los conductores que han obtenido licencias clases A1 y A2 antes del 8 de marzo de 1997 y de los que las obtuvieron al amparo del artículo 3º transitorio de la ley Nº 19.495.
En el caso de quienes hubieren obtenido licencias clases A1 y A2 antiguas con posterioridad al 7 de marzo de 1999, se faculta a los directores de los departamentos de tránsito y transporte público municipales respectivos para otorgar una prórroga de las mismas, para el solo efecto de cumplir con el plazo de dos años exigidos para optar a las licencias clases A3 y A5.
2.Se plantean algunas modificaciones menores que evitarán dificultades en la aplicación de las normas legales relativas al otorgamiento de licencias, como la utilización de voces inadecuadas que lo único que han causado hasta la fecha es confusión. En concreto, el artículo 3º transitorio de la ley Nº 19.495 propone eliminar el vocablo “profesional” la primera vez que aparece mencionado, y la palabra “nueva”.
3.Se faculta, además, a los directores de los departamentos de tránsito y transporte público de las municipalidades autorizadas para otorgar licencias de conducir para prorrogar las licencias A1 y A2 otorgadas entre el 8 de marzo de 1997 y la fecha de publicación de esta ley hasta la fecha de cumpleaños del titular en el 2001.
4.Se modifica la licencia especial clase F, en el sentido de eliminar del artículo 12 de la ley de Tránsito las expresiones “especiales” y “no incluidos en las clases anteriores”. En la actualidad, la licencia especial clase F está referida únicamente a vehículos motorizados de guerra y afines, pues la mayoría de los otros vehículos ya están comprendidos en las demás clases de licencias.
5.Se propone aumentar el plazo de control de la licencia profesional de dos a cuatro años, como una forma de estimular la enseñanza en las escuelas de conductores profesionales. Como contrapartida, se faculta al juez de policía local, en los casos en los que le toca intervenir, para ordenar un nuevo plazo de control de licencia, antes del plazo establecido. Además, se faculta al director de tránsito y de transporte público municipal para modificar el plazo de control en casos calificados, como, por ejemplo, en el de edad avanzada.
6.También se establece que el control de la licencia se verificará en la fecha de cumpleaños del titular, lo que constituye una medida para contrarrestar el olvido que dicho trámite supone para todos los titulares de licencias de conducir y para distribuir la demanda.
7.Finalmente, se modifica lo relativo a la idoneidad moral en el control de las licencias no profesionales. En la actualidad, las municipalidades no pueden negar la renovación de éstas por factores vinculados a la idoneidad moral, la que sólo se califica en el momento de su otorgamiento. El proyecto propone que la idoneidad moral también sea calificada en el momento de efectuar los controles por parte de las direcciones de tránsito, de modo que se permita negar o restringir el período del siguiente control por esta causal.
Artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política de la República, ha sido calificada como norma de rango orgánico constitucional la contenida en el artículo 4º, número 3, del proyecto, por la que se modifica el artículo 19 de la ley Nº 18.290, de Tránsito, específicamente sus incisos segundo y tercero.
Discusión y votación general del proyecto:
A la discusión en general del proyecto habida en el seno de la Comisión, concurrió el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, señor Carlos Cruz Lorenzen , quien expuso el parecer del Ejecutivo sobre el particular.
Hubo consenso en la Comisión sobre la necesidad de legislar sobre la materia, a fin de solucionar los problemas a que he hecho referencia.
Informo a la honorable Sala que el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
Discusión y votación particular del proyecto.
El proyecto consta de cuatro artículos permanentes y un artículo transitorio, a saber:
Artículo 1º
Señala los casos en los que se entenderá que los conductores que han obtenido licencias de conducir clases A1 y A2 antiguas en diferentes momentos, tanto antes como después de la entrada en vigencia de la ley Nº 19.495, cumplen con el requisito de posesión durante dos años para acceder a las nuevas licencias profesionales A3, para el transporte de pasajeros, y A5, para el transporte de carga.
Los diputados señora Caraball y los señores Alessandri , Alvarado , Ceroni , René García , Felipe Letelier , Pareto , Salas, Ulloa , Van Rysselberghe y Vega formularon una indicación para sustituir el artículo 1º por el que se señala en el informe, la cual fue aprobada, sin discusión, por la unanimidad de los diputados presentes.
Artículo 2º
De una manera indirecta, esta norma establece una postergación de la exigencia de efectuar los cursos teóricos y prácticos en una escuela de conductores profesionales, al permitir su prórroga hasta la fecha de cumpleaños de su titular en el año 2001.
Este artículo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
Artículo 3º
Este precepto plantea dos modificaciones pequeñas que evitarán dificultades en la aplicación de las normas legales relativas al otorgamiento de licencias. En concreto, en el artículo 3º transitorio de la ley Nº 19.495, propone eliminar el vocablo “profesional” la primera vez que aparece mencionado, y la palabra “nueva”.
Este artículo fue aprobado sin debate por la unanimidad de los diputados presentes.
Artículo 4º
Por este artículo se introducen cuatro modificaciones en la ley de Tránsito.
1.Por este número se permite que los conductores de vehículos de las instituciones uniformadas utilicen solamente una licencia especial denominada Clase F, y no una licencia por cada tipo de vehículo que conduzcan, como ocurre en la actualidad.
Este número fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
2.Por este número se reemplaza el inciso segundo del artículo 18, con el objeto de incorporar el antecedente “idoneidad moral” dentro de aquellos que se controlan cada seis años a los titulares de licencias no profesionales. Actualmente, sólo están en esa situación la idoneidad física y psíquica.
Este número fue aprobado por nueve votos a favor y dos abstenciones.
3.Por este número se reemplaza el artículo 19 de la ley de Tránsito, en el siguiente sentido:
a)Se aumenta de dos a cuatro años el plazo de control de la licencia profesional.
b)En concordancia con lo anterior, se le confiere una nueva facultad al juez de policía local para ordenar controles antes del plazo legal.
c)Establece una norma novedosa: hace coincidir la fecha de control de las licencias con la fecha de cumpleaños del titular.
Este número fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
4.El actual inciso sexto del artículo 21 se refiere a la posibilidad de fijar plazos de vigencia distintos de los señalados en la ley para las licencias no profesionales. La norma propuesta hace referencia a las licencias no profesionales, que duran seis años, y a las profesionales, que duran cuatro.
Este número fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
Artículo 1º transitorio
Señala que los titulares de licencias de conducir otorgadas con anterioridad a la publicación de esta ley deberán efectuar su control en la fecha de su cumpleaños siguiente a la anotada en su licencia de conducir.
Este artículo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
Artículo 2º transitorio, nuevo:
La diputada señora Caraball y los diputados señores Alessandri , René García , Felipe Letelier , Pareto , Salas y Ulloa formularon una indicación para agregar un artículo 2º transitorio, nuevo, que permita que los conductores de vehículos de las instituciones uniformadas puedan seguir utilizando las licencias que actualmente poseen hasta su vencimiento, y sólo en ese momento deban obtener la licencia especial Clase F.
Este artículo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
En virtud de las consideraciones expuestas, recomiendo a los señores diputados la aprobación del proyecto propuesto.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Por una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, como el Orden del Día está por terminar y hay varios señores diputados inscritos para intervenir en esta iniciativa, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para prorrogarlo hasta la total tramitación del proyecto que otorga compensaciones y otros beneficios a funcionarios públicos estudiantes de carreras técnicas de nivel superior.
El proyecto ingresó a la oficina de partes de la Cámara el 17 de enero de este año, pero su tramitación en la Comisión de Hacienda demoró un poco a la espera de que se presentaran nuevas indicaciones por el Ejecutivo para mejorarlo. Creo que es el momento de aprobarlo, sobre todo si se considera que no tiene efecto retroactivo.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Señor diputado, el Orden del Día concluye a las 13.30 horas, de manera que cerca de esa hora plantearemos a la Sala su solicitud.
En discusión general y particular el proyecto que modifica la ley de Tránsito.
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, en primer lugar felicito al ministro de Transportes y Telecomunicaciones porque no actuó como los ministros anteriores, quienes, mediante decreto, prorrogaron la vigencia de la ley. A juicio de la Comisión, un decreto no puede estar por sobre la ley. Aquí se mencionaron los decretos supremos Nºs 15 y 25, que modificaron en ambas ocasiones la normativa legal.
Creo que hoy se ha actuado bien y dado el paso correcto, sin “baipasear” al Parlamento. Por nuestra parte, hemos cumplido y antes de 24 horas despachamos el proyecto, aun cuando el clima nos hizo una mala jugada. De lo contrario, estaría en el Senado desde la semana pasada, pues fue aprobado por la unanimidad de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados.
Se van a decir muchas cosas respecto del proyecto, porque es muy sencillo, pero complicado para el común de las personas. Cuando se dictó la nueva ley de Tránsito, se pensó que habría escuelas de conductores a lo largo de todo el país, que habría una competencia razonable y que los cursos tendrían un precio justo.
Sin embargo, a pesar de que existen ochenta escuelas de conductores en el país, no todas las regiones cuentan con una de ellas y, por lo general, se han instalado en las cabeceras de provincia. Esto significa que quien quiere tomar un curso de esta naturaleza, tiene que trasladarse durante diez o veinte días hasta donde existen estas escuelas, porque deben cumplir ciento cincuenta horas de clases, lo que encarece enormemente el curso.
Señor Presidente, el espíritu que existía cuando se modificó la ley del Tránsito era que la gente que tenía licencias A1 y A2 antes del 8 de marzo de 1997 no requeriría de estos cursos.
No obstante, mediante un reglamento del Ministerio de Transportes, se exigió su realización a los poseedores de dichas licencias, y lo que es peor, cada vez que una persona va subiendo de licencia, se le obliga a efectuar estos cursos. Vale decir, las personas que tengan licencia A1 deberán realizar uno de estos cursos para obtener una licencia A2. Lo mismo ocurrirá con quienes tengan una licencia A2 y quieran obtener una licencia A3, con quienes tienen una licencia A3 y necesitan una licencia A4 y con quienes tienen una licencia A4 y postulan a una licencia A5. Esto significa que quien desea pasar de la licencia A1 a la licencia A5 tiene que concurrir a cuatro cursos en estas escuelas de conductores. Estimamos que la única diferencia que existe entre estas licencias es que unas se exigen para conducir vehículos de pasajeros y las otras, para conducir vehículos de carga superiores a 3.500 kilogramos.
En consecuencia, la gente que ya tiene licencia A1 o A2 y ha manejado por varios años, no tiene la necesidad de hacer estos cursos para renovarlas, siempre que su licencia haya sido extendida desde 1997 hacia adelante. Eso significa que todas las licencias profesionales extendidas antes eran prácticamente brujas, ya que esa gente, que ha manejado muchos años, no cumple algunos requisitos, como tener cuarto medio, mientras que quienes poseen las nuevas licencias sí lo tienen. En consecuencia, había gente que tenía una tremenda práctica, muchas condiciones y años de servicio en esto, pero debía realizar estos cursos.
Por lo tanto, mediante este proyecto, que es muy sencillo, se considera que las personas que tienen licencia de conducir A1 o A2 cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 13 y, además, las prorroga hasta el 2001, con el objeto de evitar los problemas que están sufriendo sus poseedores en la actualidad.
Aún más, cuando una persona obtenía una licencia de este tipo, se le ponía un timbre “No profesional”; en consecuencia, mientras no cumplía estos requisitos era “No profesional”, lo que, en el fondo, significa que manejaban con una licencia legal, pero no profesional. Felizmente, ya se ha dictado un decreto para que esto se vaya subsanando.
Creemos que es de toda justicia que se arreglen estos problemas que soportan los choferes profesionales. Tan cierto es esto que existen tres proyectos de ley para resolver los problemas relacionados con estas licencias.
Señor Presidente, a pesar de que la iniciativa se aprobó por unanimidad, mucha gente dice que estamos frente a una mala ley; pero estimo que esto no es así, porque aquí se trataron de resguardar dos cosas fundamentales: que el conductor profesional tenga la capacidad e idoneidad para dar seguridad al transporte que realiza.
Reitero, algunos dicen que se trata de una mala ley y que se ha legislado a la ligera, lo que es absolutamente falso. No creo que los 120 diputados y los 48 senadores hayan procedido de esa manera, ya que, como dije, el proyecto fue aprobado por unanimidad.
¿Cuál fue el problema? Que muchas regiones no cuentan con escuelas de conductores y a lo imposible, nadie está obligado. Ese es el problema fundamental de la ley vigente, lo que nos ha obligado a tramitar este proyecto.
Varios diputados hemos presentado indicación para que el plazo que concede este proyecto se prorrogue hasta el año 2002, en lugar del 2001, porque ya queda muy poco tiempo.
Con la misma honestidad y franqueza con que estamos hablando, quiero decir a los señores conductores que ya se les han otorgado prórrogas desde 1997, por lo que espero que ésta sea la última que se apruebe para solucionar estos problemas.
En relación con la falta de escuelas de conductores, que es la traba que tenemos actualmente, el señor ministro señaló en una conversación con la Comisión, que esto se podría solucionar mediante la creación de escuelas de conductores atendidas por Carabineros de Chile, lo que permitiría impartir los cursos a través de todo Chile, con lo que se eliminaría el problema de traslado a las personas que solicitan licencias. Esto no es algo extraño, ya que Carabineros cuenta con su propia escuela de conductores, en la cual capacita a su personal para que pueda servir mejor.
La otra solución planteada por el ministro era que las municipalidades establecieran escuelas de conductores, lo que permitiría ofrecer este servicio en todas las comunas del país y evitaría que la gente que necesite realizar estos cursos tenga que trasladarse a las cabeceras de provincia. En caso de que no se pudieran implementar en todas las comunas, se podrían realizar convenios para rebajar los costos de traslado y estada de las personas que requieren este servicio, quienes tienen que estar diez, quince o veinte días fuera de su casa para participar en estos cursos destinados a obtener licencias profesionales de conducir.
No quiero dejar pasar esta oportunidad para señalar que el proyecto establece que a los conductores de vehículos de las Fuerzas Armadas, de Carabineros, de Investigaciones y de Gendarmería que a la entrada en vigencia de esta ley posean licencias de acuerdo con lo establecido por el artículo 12 de la ley de Tránsito para conducir los distintos tipos de vehículos que en él se señalan, no se les exigirá obtener la licencia especial clase F, sino a contar de la fecha de control de las que actualmente poseen. O sea, si un carabinero tiene licencia para conducir vehículos, también podrá conducir motocicletas y viceversa. Esta modificación tiene por objeto facilitar las labores de quienes trabajan en estos organismos.
Se han presentado varias indicaciones destinadas a dar las facilidades necesarias a los conductores para obtener sus licencias, así como para llegar a tener choferes profesionales de verdad.
A mi juicio, el reglamento dictado por el Ministerio produjo estos problemas, ya que en él se dispuso la realización de estos cursos para obtener licencias profesionales de conducir, lo que no estaba en el espíritu de la ley de Tránsito.
Por lo tanto, tenemos que reafirmar que al parecer de la Comisión, las personas que obtuvieron licencia de conducir profesional antes del 8 de marzo de 1997 no tendrán que realizar cursos de conductores, porque ya tenían su licencia profesional.
Por estas razones, anuncio que Renovación Nacional va a aprobar este proyecto de ley.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Quiero recordar a los señores diputados que por tratarse de un proyecto con urgencia calificada de “discusión inmediata”, se podrán hacer dos discursos de cinco minutos.
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor CRUZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
Agradezco las palabras del diputado informante y del diputado señor René Manuel García.
Quiero hacer presente que, como Ejecutivo, estamos en condiciones de implementar esta ley en los plazos propuestos. Incluso, respecto de lo que dice relación con la necesidad de ampliar la cobertura de las escuelas de conductores, con el objeto de cubrir las regiones o comunas que no cuentan con este servicio, se podrían impartir los cursos a través de las municipalidades y de Carabineros.
Por otra parte, insisto en que la fecha de entrada en vigencia de esta ley sea el 1 de enero del 2001. En caso contrario, tendríamos que retirar la urgencia con que calificamos el proyecto, porque no tendría sentido discutirlo con esta premura y, en consecuencia, mantendríamos en vigencia la ley actual, lo que no es buen negocio para nadie.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, me produce agrado intervenir en la discusión de este proyecto de ley, mediante el cual el Ejecutivo no sólo resuelve ciertas contradicciones existentes en la normativa que regula la obtención de licencias contenida en la ley de Tránsito, sino que también aborda un inquietante problema social, como es el que afecta a los conductores de taxis básicos, colectivos, buses y microbuses de la locomoción colectiva, a quienes se les exigía realizar cursos en las denominadas “escuelas de conductores profesionales” con el fin de quedar en posesión de una licencia de conducir habilitante para desempeñarse en el transporte de pasajeros.
Varias decenas, por no decir cientos, de conductores de las comunas de mi distrito, el 54, hicieron presente que era inminente la pérdida de sus fuentes laborales.
Me reuní con los sindicatos correspondientes y, en conjunto, solicitamos a las autoridades del ramo la prórroga del plazo que se establece en el proyecto para realizar los cursos en esas instituciones de reciente creación legal.
Mi preocupación se sumó a la de otros muy estimados honorables diputados, con quienes pedimos al Ejecutivo, mediante un proyecto de acuerdo, tomar cartas en el asunto para evitar un daño irreparable a un gremio que ya arrastra muchos problemas y al cual exponíamos derechamente a la cesantía.
Afortunadamente, el Supremo Gobierno y especialmente el señor ministro de Transportes y Telecomunicaciones, don Carlos Cruz , presente en la Sala, tomaron en consideración nuestra petición y hoy conocemos del proyecto que regulariza la situación de los conductores que se encuentran en la imposibilidad de renovar sus licencias vencidas, entre otras causas, por no haber realizado los cursos especiales obligatorios.
Destaco el gesto de respeto y de consideración del Ejecutivo hacia el Parlamento, que, sin duda, muestra un nuevo estilo de hacer las cosas, como mencionaba el diputado señor René Manuel García.
En relación con las escuelas de conductores y considerando que estas entidades continuarán en funcionamiento y que sólo prorrogaremos los plazos para que los interesados realicen su capacitación, me permito plantear al señor ministro la urgente necesidad de que se diseñen programas especiales de ayuda a estos gremios tan empobrecidos para que, efectivamente, cumplan la ley y los choferes puedan realizar los cursos.
Esas instituciones cobran en la actualidad precios realmente prohibitivos, de varios cientos de miles de pesos por cada trabajador que se capacita. En comunas alejadas, como sucede en mi distrito, tomar las clases supone trasladarse fuera del hogar por algunos días o semanas, a lo mejor, aparte de incurrir en gastos por alojamiento, manutención y, por supuesto, dejar de trabajar, todo lo cual no lo puede costear un conductor que a veces gana sumas que apenas alcanzan al ingreso mínimo mensual. El traslado de las escuelas al lugar, en mi opinión, también implica un mayor costo.
En estas condiciones, resulta fundamental saber del representante del Ejecutivo qué tipo de programas desarrollará a través de esa cartera o de la del Trabajo, como el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence , por ejemplo, para apoyar económicamente o subsidiar a los conductores que deban profesionalizarse mediante estos cursos. Al mismo tiempo, pido algún mayor control para evitar la especulación abusiva efectuada por los dueños de estas escuelas, en ocasiones, respecto de los precios.
En honor al tiempo, he formulado estas observaciones y consultas, y anuncio mi voto favorable a la iniciativa del Gobierno.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, me alegro mucho de que un proyecto que motivó la inquietud de varios señores parlamentarios presentes en la Sala, tenga una rápida recepción en el Ejecutivo. Es importante señalar que tanto el subsecretario de Transportes, señor Tombolini , como el señor ministro de la cartera, acogieron rápidamente la idea de modificar aquí discrepo de mi colega René Manuel García lo que había sido y es hasta hoy una mala ley, hecha por nosotros seguramente con un sentido distinto, pero con obstáculos que han puesto en serio aprieto a muchas personas que se ganan la vida en Chile como conductores para llevar el pan a sus hogares. El Presidente de la República, con ayuda de sus funcionarios de confianza, ha recogido lo que planteamos en la Cámara para modificar y perfeccionar el texto legal que, sin duda, tiene graves deficiencias.
Es importante destacar que la actual ley de Tránsito tiene una serie de insuficiencias, y que hoy estamos atendiendo sólo lo más urgente: el problema de gran cantidad de personas que quedan cesantes por no poder acceder a los cursos que la ley exige para obtener licencia profesional de conducción, lo cual se debe a dos razones. En primer lugar, porque en marzo de este año apenas había 27 escuelas en Chile, y ahora, cerca de 80; pero en algunas regiones y provincias ellas no existen, lo que imposibilita la concreción del requisito de acceder a los cursos.
En segundo lugar, lo más grave es la dificultad que planteamos en la Sala, la cual incide en el costo elevado, oneroso y excesivo de estos cursos.
Es necesario que los conductores profesionales lo sean de verdad, no sólo en virtud de la antigüedad de sus licencias, sino por acceder a un curso que, dictado en un número de horas razonables, tenga un valor también razonable o que, por lo menos, no les impida hacerlo.
La ley de Tránsito, para acceder a la licencia profesional, ha clasificado a los conductores en cinco tipos, en vez de los dos tradicionalmente existentes: A1 y A2, de manera que cualquier persona que quiera ganarse la vida como conductor o imperiosamente desee trabajar como taxista, necesita una licencia; si postula a ser conductor de bus o de camiones, requiere otra distinta. En definitiva, si hoy no tengo empleo y quiero ganarme la vida como conductor profesional debo pagar un promedio de 300 mil pesos por curso, cifra absolutamente inalcanzable. Desde esa perspectiva, consideramos que hay deficiencias y que debe reducirse el número de licencias profesionales, porque exigir cinco es excesivo.
Por otro lado, nunca más hay que dejar fuera de la ley de Tránsito a quienes han desarrollado esa actividad durante toda la vida: a Carabineros de Chile. No es lógico ni normal que esa institución quede al margen de esa ley. Desde esa perspectiva, me parece saludable así se lo planteé en la Comisión al señor ministro, e incluso sería bueno, conveniente y hasta prudente que Carabineros de Chile pudiera acceder a estas escuelas en determinados lugares, ser partícipes de ellas y dictar los cursos. Esa fórmula es interesante. No me inclino por las municipalidades, básicamente porque emiten las licencias y, en consecuencia, serían juez y parte, a diferencia de Carabineros de Chile, que no tiene intervención en el costo de la infracción ni en el otorgamiento de las licencias.
Es bueno destacar que el señor ministro tiene claro que el proyecto soluciona el problema más urgente, pero no otros temas que vendrán más adelante. Es muy importante señalar que la Unión Demócrata Independiente lo ha acogido favorablemente y que con su concurso esperamos despacharlo de inmediato, porque estos temas son los que interesan a la gente, para los cuales, como lo hemos planteado, busca soluciones. ¡Esto afecta a la gente y no otras cosas!
Hoy, muchos profesionales tal vez demasiados están quedando sin trabajo por culpa de una ley defectuosa. En ese sentido, estimamos relevante que, aparte de los artículos que hemos aprobado en la Comisión, también sean acogidas favorablemente algunas indicaciones; pero quiero dejar muy en claro que no es nuestra intención que la tramitación del proyecto se detenga o se entrabe. Si el señor ministro entiende que alguna indicación puede ser perniciosa, podemos retirarla. Yo, por lo menos, estoy dispuesto a ello si alguna significa retrasar el proyecto. Es urgente que la Sala despache hoy este proyecto de ley, y que ojalá la próxima semana lo haga el Senado. Nosotros, como en varios otros proyectos que presentamos al Ejecutivo que los acogió y envió al trámite legislativo como uno solo, vamos a apoyar la iniciativa, por lo cual anticipamos nuestros votos favorables. Lo importante es dar solución a este problema en no más de una semana, para que mucha gente pueda mantener sus empleos o, por lo menos, logre conseguir otros. Eso nos anima e interesa y, desde luego, creemos que nuestro aporte en esta materia ha sido importante para corregir defectos.
Finalmente, me alegra que el señor ministro haya retirado el decreto completamente ilegal, por lo demás dictado por la administración anterior, que diferenciaba los conductores profesionales con curso de los sin él, con un timbre ni siquiera el papel de antecedentes de los presos lo cruzan con un timbre tan grandote que decía: “No profesional”. Al colocar esta frase se pasaba a llevar claramente la ley, porque ésta distingue entre profesionales con curso y profesionales sin curso, pero nada más.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, sin duda, las expresiones vertidas por aquellos parlamentarios que han hecho uso de la palabra son concluyentes y definitivas.
Agradezco al señor ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, y también al del Interior, por enviar este proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de licencias de conducir.
Hemos escuchado recientemente las palabras del honorable diputado Jorge Ulloa , en el sentido de que ésta es una mala iniciativa, incompleta, con grandes vacíos. En verdad, es así. Por ello, un conjunto de parlamentarios hemos estado preocupados por cuanto hemos recibido, de parte de choferes y organizaciones sindicales, una serie de aprensiones respecto de la aplicabilidad del presente proyecto. En reiteradas reuniones sostenidas con autoridades del Ejecutivo, hemos planteado la inquietud de la gente que trabaja como chofer de taxis colectivos o básicos, de camiones, buses, micros, etcétera.
Como muy bien lo señalara el diputado informante, señor Luis Pareto , se han presentado tres iniciativas para perfeccionar la mala legislación aprobada por esta Sala en su oportunidad. Por eso, estamos viendo de qué manera podemos modificar este proyecto para beneficiar a los choferes y transportistas.
También me parece realmente increíble que sólo en escasas regiones existan escuelas de conductores. Hay algunas en provincias y ninguna en comunas alejadas de ciudades importantes, lo que implica que el chofer que debe seguir un curso para obtener la renovación de su licencia de conducir debe abandonar su “pega”, la actividad que le permite el sustento de su familia, y debe desplazarse cientos de kilómetros. Esa situación es consecuencia de un vacío legal enorme, que además tiene un grave problema de costos por los arbitrarios precios de los cursos, que oscilan entre 300 mil y 400 mil pesos. Por último, las restricciones que ha impuesto la ley Nº 18.290 a las direcciones de tránsito han agravado el problema, porque sus directores están atados de manos para resolver la situación de los choferes. Aún más, aparte de los costos, tanto por el valor de los cursos como por el traslado en el caso del chofer que debe viajar a la capital regional donde existe alguna escuela de conductores cuya idoneidad y competencia nadie puede garantizar se les exige a los conductores o choferes que quieran renovar su licencia llevar el camión, la micro, o lo que sea, para el examen práctico. Entonces, no sólo les cobran caro, sino que les hacen un cúmulo de exigencias. Realmente, es increíble lo que ha sucedido con esta ley; parece algo de Ripley. Reitero, además de cesantía, acarrea gastos y molestias a los conductores.
Como bien se ha dicho, hemos presentado, con el apoyo de los jefes de casi todos los comités, un conjunto de indicaciones que permitirán perfeccionar y mejorar este proyecto de ley para hacer más viable la normativa para los más de 500 mil choferes, cuya situación nos interesa resolver. Así, por ejemplo, en una de las cuatro indicaciones que ha contado con beneplácito, cambiaremos el guarismo “2001” por “2002”. Sin embargo en esto quiero ser absolutamente claro aquí no se trata de trabar, de alargar el proceso legislativo, sino de que esta Sala se pronuncie inmediatamente sobre estas indicaciones, que permitirán perfeccionar el proyecto en el sentido que lo ha hecho la Comisión técnica, no sólo porque el Gobierno lo ha calificado de “discusión inmediata”, lo que me parece excelente, sino porque ahora tenemos que sacar un proyecto de ley bueno, que sea útil para los choferes y conductores del país, y que no siga creándoles más dificultades. Hagamos posible que los choferes de cada medio de transporte sean favorecidos y no perjudicados con este proyecto.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, cuando se intenta mejorar normas y se establecen nuevas instituciones es habitual que en su implementación se produzcan algunas dificultades. Es el caso del proyecto en discusión.
Un dato tremendamente grave es que la principal causa de muerte en nuestro país siguen siendo los accidentes del tránsito. Cuando nos enfrentamos con esta estadística, hace varios años, se dispuso el estudio de un conjunto de iniciativas. Una de ellas fue mejorar los requisitos para acceder a la licencia profesional. El proyecto de ley que estamos debatiendo ahora dice relación, precisamente, a cómo se ha ido implementando esa nueva institucionalidad.
Estoy de acuerdo con la profesionalización creciente de quienes se dedican a la labor del transporte público de pasajeros, de los que cumplen una función de transporte de carga mayor o conducen un vehículo por las calles del país durante largas horas. Junto con establecer ciertos requisitos nuevos, en particular para quienes ingresan por primera vez a esta actividad, es necesario ver y estudiar cómo se sigue ampliando la calidad de los conductores chilenos, por cuanto las estadísticas existentes son graves, propias de un país con problemas de subdesarrollo cultural, ya que la principal causa de muerte en el país son los accidentes de tránsito.
Por otro lado, se había presentado un problema con los plazos, que fue resuelto en forma adecuada por esta iniciativa para las personas que acceden por primera vez a la licencia profesional, estableciendo una prórroga para adecuar su incorporación en un calendario más fácil.
Sin perjuicio de ello, subsiste un verdadero cuello de botella que dice relación con los costos de los cursos en las escuelas de conductores, una de las principales dificultades que deben enfrentar, en especial los choferes de los taxis colectivos, por cuanto el escaso número de escuelas en las regiones hace subir los costos, los que, a veces, son muy superiores a sus ingresos. Son necesarios y útiles, pero en muchas ocasiones no están a su alcance, pues su valor asciende a los 300 mil pesos, lo que puede crear una tremenda dificultad social.
Es cierto que el proyecto en discusión mejora los plazos y permite dignificar y corregir el gran error que se cometió con los conductores profesionales previo a 1997, ya que, en algún momento, determinado funcionario cometió el despropósito de no calificarlos como conductores profesionales. Pero, junto con reconocer la experiencia de los choferes antiguos y facilitar los requisitos para que puedan ir optando al carné profesional superior, es decir, ir de la licencia clase A1 hasta la A5, para camiones de carga o con acoplado. Lo importante es qué pasa con los conductores no empresarios que comienzan a desempeñar esta actividad, realidad que se da en gran medida en el país. Normalmente, las empresas no tienen dificultad en que sus trabajadores realicen el curso, pues pueden descontarlo del IVA y acceder a la bonificación que establece la ley. Asimismo, muchas empresas de transporte, tales como la Pullman, los Buses del Sur u otras, podrán acceder a los mecanismos tributarios para financiar los cursos de sus trabajadores.
Sin embargo, hay otro segmento, en particular el vinculado a los taxis colectivos y a los buses rurales, cuyo negocio es muy poco rentable. Para ellos, que muchas veces declaran por renta presunta, es mucho más complejo acceder al financiamiento del curso para sus colaboradores, a quienes, en consecuencia, les será traspasada esa carga.
Hay trabajadores del sector público que han debido cargar con el costo de su estudio, materia que se discutirá más adelante.
Me gustaría saber qué pasa con el proceso de capacitación que nos interesa como país, a fin de evitar los accidentes de tránsito y mejorar la calidad del servicio. Dejo planteado el tema.
Es verdad que el Banco del Estado ha abierto una línea de crédito especial, pero ocurre que en la última década y media muchos chilenos se sobreendeudaron y aparecen en Dicom. Ello no quiere decir que sean delincuentes, pero ese hecho muchas veces impide la aprobación de un crédito para realizar sus estudios. Por ende, es importante buscar mecanismos que garanticen el acceso a esa capacitación, sea vía Fosis , por bonificación directa del Sence u otros mecanismos inventados para dar créditos.
Los 40 mil trabajadores del transporte público de pasajeros son gente digna, buena y que desean tener una oportunidad. Además, carecen de otras opciones de trabajo en un futuro cercano. Por eso, ahora hemos ampliado los plazos a fin de buscar un mecanismo que facilite su acceso a dichos cursos. Una forma, que planteo por su intermedio, señor Presidente, es que el subsecretario de Transportes estudie la posibilidad de que las escuelas existentes puedan impartir cursos fuera de sus sedes. Por ejemplo, si hay una escuela de conductores en Concepción, deseamos asegurar que los choferes de Mulchén tengan la misma posibilidad de realizar los cursos. Y la única forma de que eso pueda ocurrir es flexibilizando los lugares donde operan las escuelas para permitir que se trasladen y realicen los cursos teóricos y prácticos en Mulchén. Por ello, reitero mi petición, con el objeto de que se pueda llevar a efecto esta medida durante el período de ajuste, que es de dos años.
Adicionalmente, la iniciativa en estudio ha fijado un plazo mayor para renovar las licencias profesionales cada cuatro años, lo cual es muy importante. Algunos colegas han sugerido que sea cada seis. No tengo objeción respecto de esa proposición, siempre y cuando haya un control periódico. De igual modo, es necesario que las personas que realicen esa actividad cumplan ciertos requisitos.
En el artículo 18, se reemplaza el inciso segundo por uno que se refiere a la “idoneidad moral”, concepto que no comparto y que encierra un juicio discutible sobre lo que se entiende por moral o inmoral. Pero lo que interesa es que, en cuanto a quienes transportan a nuestros niños, mujeres, trabajadores, abuelos, etcétera, exista la garantía de que no son delincuentes, criminales ni violadores. Se requiere dignificar la labor de los choferes profesionales. Es un avance muy positivo el criterio de controlar en forma periódica sus antecedentes para asegurarse de que no hayan incurrido en falta.
Por último, en el estudio de estos nuevos plazos, más allá de esta iniciativa, es básico reflexionar sobre la incorporación de otros choferes que se desplazan por distintas calles y carreteras, quienes deben cumplir con los requisitos que exige la licencia profesional, por ejemplo, de empresas repartidoras; de cadenas que prestan servicios, en particular vinculadas al servicio público, tales como de electricidad, de agua potable, etcétera. No digo que sea en ésta, sino en futuras leyes.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente, sin duda, el proyecto en discusión es de vital importancia para miles de conductores, ya que, por circunstancias impuestas por la legislación de hace un par de años, las condiciones para las escuelas de conductores no se dieron en los plazos que se pensaba y mediante decretos se fueron generando normas intermedias para prorrogar las licencias de conducir.
Quienes vivimos en regiones, sabemos lo que cuesta acceder a un curso profesional de conductores en lugares aislados del país. En esa perspectiva, nos parece sano que este proyecto recoja un problema real, pues muchas personas que habían prorrogado sus licencias de conducir iban a quedar imposibilitadas de seguir trabajando, porque los plazos establecidos por la legislación no calzaban para que continuaran conduciendo vehículos de transporte de pasajeros o de carga.
El proyecto solucionará un problema laboral que afecta a muchas personas. En definitiva, establece un plazo para que la futura ley se aplique en su integridad, de manera de evitar la incertidumbre que ocasionan las prórrogas sucesivas, que también inhiben la formación de escuelas profesionales de conductores en regiones.
Sin duda, debe preocuparnos el financiamiento de los cursos en ellas. Está claro que quien tiene un empleo estable, regulado por un contrato de trabajo, podrá acceder a beneficios del Sence, y que el pequeño empresario, que tributa por renta presunta, podrá financiarlos. Sin embargo, el que trabaja de manera independiente, como se expresó hace un rato, tendrá dificultades, que nosotros no podemos eludir.
En la Comisión se manifestó que el Banco del Estado está haciendo un esfuerzo especial de apoyo a los conductores; pero, como bien señaló el colega Juan Pablo Letelier , los informes comerciales negativos impiden el acceso al mercado formal del crédito.
Por eso, quiero formular una propuesta simple: utilizar el mecanismo del Banco del Estado, con el agregado de que mediante una disposición interna, de carácter administrativo, se exima, a quienes necesiten acceder al crédito para financiar los cursos de conductores, del requisito de los informes comerciales y se les exija, en cambio, al momento de renovar su licencia, cuatro años después, la certificación de la entidad bancaria de que el crédito está pagado. Esta solución no involucra mayor costo que el que dicho banco tiene dispuesto en la línea de crédito.
Por otro lado, cuarenta y ocho meses de plazo para los 300 mil pesos que vale el curso, significarán módicas cuotas de seis o siete mil pesos durante cuatro años, con la obligación del conductor de responder a la confianza que el Banco del Estado habría depositado en su persona, pues, de lo contrario, no podría renovar la licencia de conducir y, por ende, estaría imposibilitado de ejercer su profesión.
Dejo planteada esta proposición y ojalá el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones la acoja, porque el financiamiento del curso es importante y preocupa a miles de conductores a lo largo y ancho del país.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz para un asunto de Reglamento.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, quiero reiterar la solicitud que formulé hace un momento, sobre todo porque el jefe de la bancada de la Democracia Cristiana ha pedido la clausura del debate, en virtud del artículo 136 del Reglamento de la Corporación. Me interesa que se vea la posibilidad de tratar el otro proyecto.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor CRUZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
Señor Presidente, hay materias propias de la futura ley, algunas propias del reglamento que deberá dictarse y otras propias del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para la aplicación adecuada de las normas.
Como en las materias propias de la futura ley no hay consideraciones de tipo financiero, los titulares de la Comisión de Hacienda deberían abocarse a estudiar las que sean necesarias. Estaría disponible con el objeto de estructurar, junto con los integrantes de la Comisión, los mecanismos reglamentarios y operativos para implementar la próxima ley, de manera de hacerla exigible a partir del próximo mes de enero. Así, el debate se concentraría en las materias que le son propias, lo que nos permitiría avanzar en el despacho del proyecto.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Se ha pedido la clausura del debate.
Informo que están inscritos los diputados señores Rocha, Rojas, Leal, Masferrer, Bartolucci, Vilches, Silva, Urrutia y Venegas, quienes, si se aprueba la clausura del debate, podrían insertar sus discursos.
En votación la petición en tal sentido.
Si le parece a la Sala, se aceptará.
Acordado.
En conformidad con el acuerdo anterior y en virtud del artículo 85 del Reglamento, se incluyen las siguientes intervenciones no hechas en la Sala:
El señor JARPA.-
Señor Presidente, honorables colegas:
El 8 de marzo de 1997 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 19.495, que modificó la ley de Tránsito en lo referente a licencias de conducir y escuelas de conductores profesionales.
En ella se dispone que la fecha de entrada en vigencia de la norma que exige cumplir los nuevos requisitos para obtener licencias profesionales será de dos años, contados desde su fecha de publicación, esto es, el 8 de marzo de 1999.
De igual manera, dentro de ese plazo el Ejecutivo debía dictar las disposiciones referentes a la formación y reglamentación de las escuelas de conductores profesionales, a fin de que los nuevos conductores pudieran seguir los cursos establecidos en la nueva normativa.
Con fecha 9 de febrero de 1999, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 251, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que dicta normas para las Escuelas de Conductores Profesionales. Por ello, a la fecha de entrada en vigencia de los requerimientos para obtener licencia de conducir profesional, esto es, el 8 de marzo de 1999, era imposible que existieran dichas escuelas en el país.
Con el fin de dar una solución, se publicó en el Diario Oficial de 19 de febrero de 1999 el decreto supremo Nº 15, a fin de facultar a los Directores de los Departamentos del Tránsito y Transporte Público de las municipalidades autorizadas para otorgar licencias de conducir para prorrogar las licencias clases A1 y A2 otorgadas durante 1997 y 1998 por el plazo de un año, contado desde el reconocimiento oficial de una escuela de conductores profesionales en la respectiva región, y para otorgar licencias de conducir clase A1 y A2 antiguas sin exigir la aprobación del curso teórico y práctico en una escuela de conductores profesionales a que se refiere el artículo 13, inciso segundo, número 4, de la ley Nº 18.290, las que también durarán un año contado a partir del reconocimiento oficial de una escuela de conductores profesionales en la respectiva región.
El señalado decreto supremo Nº 15 fue derogado por el decreto supremo Nº 25, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial el 23 de marzo de 2000, que, mediante su artículo 1º, facultó a los directores de los Departamentos de Tránsito y Transporte Público de las municipalidades autorizadas para otorgar licencias de conducir para prorrogar por una vez las licencias clases A1 y A2 obtenidas al amparo del decreto supremo Nº 15, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para lo cual el solicitante debía estar matriculado en una escuela de conductores profesionales e individualizarla en su solicitud. Esta prórroga duraría el plazo que dure el curso aumentado en treinta días, sin exceder el plazo de un año.
Se autorizó a los directores de los Departamentos de Tránsito y Transporte Público de las municipalidades autorizadas al efecto para otorgar licencias de conducir clases A1 y A2 antiguas, es decir, sin cumplir con el requisito de tener aprobado el curso en una escuela de conductores profesionales a que se refiere el artículo 13, inciso segundo, número 4, de la ley Nº 18.290, pero restringida a determinadas regiones del país, en las que no existían escuelas de conductores profesionales. Esas licencias tendrían la duración de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento. Esta facultad caducaría de pleno derecho transcurridos treinta días desde el reconocimiento oficial de una escuela de conductores profesionales en la región.
Se extendió la facultad señalada precedentemente a aquellas municipalidades ubicadas en regiones en las que no se hubieren aprobado los planes y programas de los cursos conducentes a la obtención de licencias profesionales clases A1, A2 o A4, según corresponda. Esta facultad caducaría de pleno derecho transcurridos treinta días desde la aprobación del respectivo curso en la escuela de conductores profesionales autorizada para funcionar en la región.
De la aplicación de los distintos cuerpos legales, se desprende que todos aquellos conductores que hubieren obtenido su licencia profesional con anterioridad al 8 de marzo de 1997 no se encuentran obligados a realizar el curso de conductores profesionales. Por el contrario, aquellos conductores que efectivamente hubieren adquirido su primera licencia de conductor profesional con posterioridad a dicha fecha, deben necesariamente, al momento de su renovación, acreditar el cumplimiento de los requisitos que establece la ley.
Desde este punto de vista, se ha planteado un conjunto de dificultades que presenta la aplicación de la ley, utilizando para ello distintos argumentos que sin duda pueden producir una confusión.
Dentro de la aplicación de la ley Nº 19.495, especialmente en lo relativo al aspecto transitorio, se plantean algunos problemas que son materia de ley y otros que pueden ser resueltos administrativamente.
Respecto del tema de las licencias, la principal dificultad se produce en relación con aquellos conductores que están habilitados para conducir vehículos que requieren de una licencia profesional y que han obtenido su licencia bajo el imperio de la ley Nº 19.495. Ellos están imposibilitados de cumplir con los requisitos de antigüedad que se señala en la ley de Tránsito para la obtención de licencias para conducir vehículos de transporte público y privado de personas y vehículos de transporte de carga.
A contar del 8 de marzo de 1997, los conductores han podido obtener licencia clase A1, que los faculta para conducir todo tipo de vehículos de pasajeros, y licencia clase A2, para conducir todo tipo de vehículos de carga.
Las disposiciones sobre licencias de conducir establecen que aquellos conductores que postulen a las licencias de transporte de pasajeros, se ubican dentro de las licencias clases A1, A2 y A3. Esta última es la que faculta para conducir todo tipo de vehículos de pasajeros y es, por lo tanto, la que requiere como condición el haber estado en posesión de la licencia clase A1 o A2 al menos durante dos años.
Igual cosa ocurre con la obtención de la licencia para conducir vehículos de transporte de carga, en la que se establecen las clases A4 y A5, siendo esta última la que permite el manejo de vehículos de carga sin limitación. Para su obtención, se requiere haber estado en posesión de la licencia clase A4 al menos durante dos años.
Actualmente, un conductor de vehículo de locomoción colectiva que obtuvo una licencia clase A1 bajo un régimen transitorio y que, por lo tanto, se encuentra habilitado para su ejercicio, no obstante dar cumplimiento al curso que dictan las escuelas de conductores profesionales, no podría obtener la licencia clase A3, en razón de que la ley le exige haber estado en posesión de la licencia clase A1 o A2 al menos durante dos años. Como consecuencia de ello, dicho conductor no puede continuar ejerciendo su profesión.
Del mismo modo ocurre con un conductor que esté en posesión de la licencia clase A2, que faculta para conducir todo tipo de vehículos de carga, y que ahora se distribuyen entre las licencias clases A4 y A5. Él no podría obtener su licencia clase A5 por cuanto la ley le exige estar en posesión de la licencia A4 durante dos años.
De esta manera, en ambos casos dichos conductores efectivamente se encuentran en una situación que les afecta laboralmente.
La aplicación de las nuevas normas sobre licencias de conducir requiere de la existencia de las escuelas de conductores profesionales a lo largo del país, lo que no era posible que ocurriera sino en la medida en que efectivamente entrara en vigencia la normativa respectiva, hecho que sólo se materializó a partir del mes de marzo de 1999.
En la actualidad existen 47 escuelas funcionando en el país, 36 escuelas en proceso de evaluación y hay 6 solicitudes presentadas.
La mayoría de las escuelas han acreditado sus cursos ante el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), aplicándoseles por lo tanto las franquicias dispuestas por el artículo 31D de la ley Nº 18.290, de Tránsito.
En términos prácticos, ello significa que un trabajador dependiente o su empleador, si bien están obligados a pagar el curso, recuperan íntegramente su valor al año siguiente, a raíz de la devolución de los impuestos pertinentes. Es decir, el curso sale gratis, en razón de que el Estado paga totalmente el valor de los mismos.
De igual manera, existen otras modalidades Sence que pueden ser aplicadas a los taxistas y a transportistas escolares por estar considerados como pequeños empresarios.
Finalmente, se ha planteado que la aplicación de la ley afecta a una gran cantidad de trabajadores, por el alto precio que tienen los cursos, y se ha cuestionado la utilidad de ellos. Al respecto, debe tenerse presente que las estadísticas indican una cifra para el año 1998 que alcanzó a los 48.889 accidentes de tránsito, con una secuela de más de 1.800 muertos, lo que significó una pérdida que bordeó los quinientos millones de dólares.
Las ideas matrices o fundamentales del proyecto son las siguientes:
Establecer una ficción legal por la cual se entienda que determinados conductores cuentan con el requisito exigido por el artículo 13, inciso segundo, número 5, de la ley Nº 18.290, de Tránsito, aunque en la práctica no cuenten con dos años en posesión de licencia profesional que los habilite para optar a las licencias clases A3 y A5.
Establecer una sola licencia de conducir para los conductores de vehículos de las instituciones uniformadas, y evitar de esa manera que deban poseer una licencia de conducir por cada tipo de vehículo que manejen según el artículo 12 de la ley Nº 18.290, como ocurre en la actualidad.
Aumentar el plazo que medie entre cada control de las licencias profesionales, como una forma de estimular la enseñanza en las escuelas de conductores profesionales.
Calificar la idoneidad moral de los conductores no profesionales no solamente en el momento del otorgamiento de las licencias, sino también en el de cada control.
Hacer coincidir, en el caso de todas las licencias de conducir, la fecha de control con la fecha de cumpleaños de su titular.
Por lo expuesto, los diputados del Partido Radical Social Demócrata damos nuestro apoyo a este proyecto, que será perfeccionado con las indicaciones que se han presentado. Destacamos la importancia en regularizar el sistema de otorgamiento de licencias de conducir, pues la segunda causa de muerte en Chile son los accidentes de tránsito, y de éstos, el principal motivo es la deficiencia en la conducción; por ende, todos los esfuerzos en mejorar el nivel de los conductores irán en beneficio directo de la nación.
He dicho.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente, honorables colegas: me es grato intervenir en el día de hoy en la discusión de esta iniciativa legal, pues con su aprobación estamos dando cumplimiento al imperativo que nos asiste como parlamentarios, de legislar en beneficio de la gente y en la solución de sus problemas concretos.
En efecto, hace unos meses, y luego de constatar el problema que afectaba a miles de conductores, presentamos, junto a otros diputados de mi bancada, una iniciativa legal que proponía agregar un nuevo artículo 10 transitorio a la ley Nº 18.290, a fin de extender la vigencia de las licencias profesionales ya obtenidas, para poder cumplir así con los requisitos señalados en relación a los años que los conductores debían estar en posesión de las licencias profesionales clase A1 y A2 para poder acceder a la licencia clase A3, y a la licencia clase A4 para poder obtener una licencia profesional clase A5.
En esa oportunidad, manifestamos que eran 25.000 los conductores profesionales que se encontraban ante la necesidad de renovar sus licencias de conducir, por cuanto obtuvieron su licencia de conducir después del 8 de marzo de 1999. La autoridad ministerial restringió la validez de estas licencias obtenidas por primera vez, a un año, sin considerar que al adoptar esa medida afectaría a los mismos conductores, pues éstos se verían impedidos de renovar sus licencias al no cumplir con los requisitos que exige la ley de Tránsito para la obtención de licencias profesionales.
Como ustedes recordarán, a partir del 8 de marzo de 2000 se estableció como requisito para obtener una licencia profesional estar en posesión de licencia por al menos dos años.
La moción que presentamos permitía ampliar el plazo establecido por la ley para poder dar cumplimiento a los conductores profesionales a estos plazos y de esta forma no afectar al derecho a trabajar de todas las personas que se encontraban en esta situación.
Posteriormente, el Ejecutivo toma conciencia del problema y decide intervenir, enviando a este Congreso Nacional el proyecto que hoy discutimos y en el cual, de una manera distinta a la propuesta en la moción, se recoge mi preocupación y la de los parlamentarios de mi bancada, expresada en la iniciativa legal comentada y en algunos proyectos de acuerdo.
Hay que destacar la importancia con que todos los sectores políticos han abordado este problema y la voluntad de solucionarlo en forma rápida y efectiva. Muestra palpable de ello son las iniciativas legales presentadas, el mensaje del Ejecutivo y la decisión de calificarlo con la máxima urgencia.
Esta es una demostración de cómo debe ejercerse la labor parlamentaria y sin duda la mejor forma de mejorar nuestra deteriorada imagen ante la población.
La bancada de la UDI manifiesta su plena disposición a continuar apoyando todas aquellas iniciativas que vayan directa o indirectamente a solucionar los problemas de la gente, anunciando desde ya el voto favorable de sus parlamentarios a esta iniciativa legal.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación general el proyecto.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Arratia, Ascencio, Ávila, Bartolucci, Rozas (doña María), Bustos, Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Delmastro, Dittborn, Elgueta, Encina, Espina, Fossa, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez, Jaramillo, Jarpa, Jocelyn-Holt, Krauss, Kuschel, Leal, León, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Luksic, Masferrer, Mesías, Molina, Montes, Mulet, Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Prokurica, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Sánchez, Sciaraffia (doña Antonella), Seguel, Silva, Soto (doña Laura), Ulloa, Van Rysselberghe, Vargas, Velasco, Venegas, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declaran aprobados los artículos 1º, permanente, y 1º y 2º transitorios.
El señor Secretario va a dar lectura a la primera indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
De los honorables diputados señores Velasco, Gutiérrez, Urrutia, Mesías, René Manuel García, Riveros, Rincón, Alessandri, Ulloa, Naranjo, Hernández, Mulet, Silva, Ascencio y Masferrer, para sustituir, en el artículo 2º, el guarismo “2001” por “2002”.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor CRUZ (Ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones).-
Señor Presidente, la implementación de la ley ha sido difícil. Por eso, para no postergar su entrada en vigencia, mi compromiso es que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones arbitre todas las medidas para que entre en vigencia a partir del 1 de enero de 2001.
En consecuencia, pido que se retire la indicación. En caso contrario, se retiraría la urgencia para la tramitación del proyecto mientras hay acuerdo respecto de los plazos.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
De todos modos, corresponde votar la indicación.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 47 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Rechazada la indicación.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Arratia, Ascencio, Rozas (doña María), Cornejo (don Patricio), García-Huidobro, Gutiérrez, Hernández, Huenchumilla, Krauss, Leal, Mulet, Ojeda, Palma (don Joaquín), Pollarolo ( doña Fanny), Reyes, Rincón , Riveros, Salas, Sciaraffia (doña Antonella), Seguel, Velasco y Walker (don Patricio).
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló, Ávila, Bustos, Ceroni, Coloma, Correa, Delmastro, Dittborn, Espina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), Girardi, Ibáñez, Jaramillo, Jarpa, Jocelyn-Holt, Kuschel, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Luksic, Martínez (don Rosauro), Masferrer, Molina, Monge, Montes , Muñoz (doña Adriana), Núñez, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prokurica, Rojas, Sánchez, Ulloa, Van Rysselberghe, Vargas, Venegas, Vilches, Villouta y Walker (don Ignacio).
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado, Bartolucci, García (don José ) y Olivares.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación el artículo 2º.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló , Alvarado , Álvarez-Salamanca , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Rozas (doña María) , Bustos , Ceroni , Coloma , Cornejo (don Patricio) , Correa , Delmastro , Dittborn , Elgueta , Espina , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , Girardi , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Jocelyn-Holt , Krauss , Kuschel , Leal , León , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Luksic , Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Molina , Monge , Montes , Mulet , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez ( doña Lily) , Pollarolo ( doña Fanny) , Prokurica , Reyes , Riveros , Rojas, Salas, Sánchez , Sciaraffia ( doña Antonella) , Seguel , Silva , Soto ( doña Laura) , Ulloa , Van Rysselberghe , Vargas , Venegas , Vilches , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
Votó por la negativa el diputado señor Velasco.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a la siguiente indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).- Indicación de los diputados señores Velasco, Silva, Gutiérrez, Urrutia, García, don René Manuel; Riveros, Mesías, Rincón, Ascencio, Alessandri, Rojas, Naranjo, Pareto, Ulloa, Mulet, Hernández, Rozas, doña María, y Villouta “Artículo 3º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 3º transitorio de la ley Nº 19.495: “l.Suprímense, en su inciso segundo, la expresión “profesional” la primera vez que aparece mencionada, y la palabra “nueva”. 2.Agrégase el siguiente inciso tercero, nuevo. “Sin perjuicio de lo anterior, se considerarán profesionales las licencias de conducir clases A 1 y A 2 obtenidas antes de la publicación de esta ley y sus titulares no deberán cumplir el requisito contemplado en el artículo 13, inciso segundo, número 4, de la ley Nº 18.290. Estas personas no sufrirán menoscabo alguno en relación con aquellos conductores que obtengan licencia profesional por primera vez”.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Punto de Reglamento, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, en primer lugar, pido separación de la votación de los números 1 y 2 de la indicación, y, en segundo lugar, que sus autores nos precisen el alcance del número 2. No está claro si están hablando de antes o después de 1997; es decir, entre 1997 y 1999 hay situaciones absolutamente diferentes.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente, seguramente la confusión de produce por la forma como está redactada la indicación; pero está claro que con la frase “publicación de esta ley” se hace referencia a la ley Nº 19.495, de 1997. Eso resuelve la duda planteada.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, pido que el señor Secretario tenga a bien leer de nuevo la indicación, porque hay un tema casi semántico que puede hacer una gran diferencia.
El señor LOYOLA (Secretario).-
“Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 3º transitorio de la ley Nº 19.495:
1.Suprímense, en su inciso segundo, la expresión “profesional” la primera vez que aparece mencionada, y la palabra “nueva”.
2.Agrégase el siguiente inciso tercero, nuevo:
“Sin perjuicio de lo anterior, se considerarán profesionales las licencias de conducir clases A1 y A2 obtenidas antes de la publicación de esta ley y sus titulares no deberán cumplir el requisito contemplado en el artículo 13, inciso segundo, número 4, de la ley Nº 18.290. Estas personas no sufrirán menoscabo alguno en relación con aquellos conductores que obtengan licencia profesional por primera vez”.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, insisto en mi petición, por cuanto el sentido del número 2 no es claro, y nuestra responsabilidad consiste en asegurarnos de que las leyes salgan claras.
Si la interpretación que dio el diputado Riveros es la de los autores de la indicación, no sé si ella será compartida por la Contraloría General, por cuanto este texto se publicaría en 2000. Si el espíritu de los patrocinadores es lo señalado por el diputado señor Riveros , propongo que perfeccionemos la indicación. En vez de referirnos a “publicación de esta ley”, cabría mencionar la ley Nº 19.495, a fin de despejar cualquier duda de interpretación.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, el número 1 es lo mismo que contiene el actual artículo 3º, y el número 2, salvo lo del menoscabo, está contemplado en el inciso primero del artículo 1º de la ley vigente.
Las otras ideas están contenidas en los artículos 1º y 3º. La única diferencia entre la indicación y el texto presentado radica en que no habrá menoscabo. ¿Es eso lo que votaremos en definitiva?
Pido una precisión al respecto.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor CRUZ (Ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones).-
Tengo dudas acerca de si la exigibilidad de efectuar los cursos es para quienes obtuvieron licencia antes de 1997 o antes de 1999. No tenemos inconvenientes en aceptar el acuerdo de la Comisión de no hacerlos exigibles a quienes obtuvieron licencias con anterioridad a 1997. No obstante, pensamos que sí deben ser exigibles para quienes la obtuvieron entre 1997 y 1999, para los efectos de normalizar las exigencias hechas a los conductores de este país. Si estamos de acuerdo en eso y se precisara la redacción de la norma, no habría ningún problema.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Hay una petición formal de separar los números de la votación de la indicación.
¿Habría acuerdo en aprobar el número 1 en los términos propuestos?
Aprobado.
Correspondería votar el número 2 de la indicación, ya que no hay predisposición de los autores para introducirle modificación alguna.
Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, uno de los coautores de la indicación a quien consulté sobre este texto, me ha señalado algo distinto de lo que dijo el diputado señor Riveros ; por lo menos, así lo entendí.
Queremos aclarar si este criterio es válido para antes o después de 1997. Si lo es para antes, no hay problemas en votar la indicación; pero como el coautor me ha indicado que lo es para después de 1997, tiene un sentido distinto.
Por tanto, si el sentido es post 1997, corresponde rechazar la indicación, porque es el mismo punto que se discutió en indicaciones anteriores. Se tendría que rechazar, ya que se estaría fijando un criterio absolutamente distinto del que aprobamos en la comisión técnica.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, efectivamente, tal como está redactada la indicación, da la posibilidad de interpretarla de distinta manera. El criterio del señor ministro que comparto es que sea hasta 1997. La indicación apunta claramente a que no haya ninguna diferencia en el trato de la persona que ha realizado el curso respecto de quienes no lo han hecho, o sea, estos últimos no pueden ser tratados con menoscabo.
En cuanto a la fecha, concuerdo plenamente con el criterio planteado por el señor ministro.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente, insistiré en mi punto de vista para los efectos de clarificar la votación.
La expresión “esta ley”, se refiere a la ley Nº 19.495, de 1997.
Con esta indicación se busca que no exista menoscabo ni diferencia entre aquellos conductores que obtuvieron su licencia cuando todavía no se exigían requisitos para ello y los que la obtengan con posterioridad, la que, por lo demás, tiene el grado de licencia profesional.
La indicación tiene por objeto que las licencias otorgadas antes de 1997 tengan también el carácter de profesional, pues los conductores las obtuvieron en conformidad con la normativa vigente en esos años.
En consecuencia, no veo razón para que exista duda alguna para votar favorablemente la indicación.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación el número 2 de la indicación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 20 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobado el número 2 de la indicación recaída en el artículo 3º.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alessandri , Alvarado , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Rozas (doña María) , Coloma , Correa , Delmastro , Dittborn , Encina , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García-Huidobro , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Krauss , Lorenzini , Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Melero , Molina , Monge , Mulet , Naranjo , Núñez , Ojeda , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo ( doña Fanny) , Recondo , Reyes , Rincón , Riveros , Rojas, Salas , Sciaraffia ( doña Antonella) , Seguel , Silva , Ulloa , Urrutia , Van Rysselberghe , Vargas , Velasco y Walker (don Patricio).
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló , Bustos , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Espina , Girardi , Jarpa , Jocelyn-Holt , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Luksic , Montes , Muñoz (doña Adriana) , Olivares , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Sánchez , Venegas , Villouta y Walker (don Ignacio).
Se abstuvieron los diputados señores:
García (don José ) y Soto (doña Laura).
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El señor Secretario dará lectura a la siguiente indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Indicación de los honorables diputados señores Velasco , Gutiérrez, García, don René Manuel ; Urrutia , Rincón , Mesías , Alessandri , Riveros , Silva , Ulloa, Pareto, Naranjo, Hernández, Mulet y Ascencio :
1.Para agregar en el artículo 4º, el siguiente número 2, nuevo, pasando los actuales números 2, 3 y 4, a ser 3, 4 y 5, respectivamente:
“2. Agrégase en el artículo 13, inciso primero, el siguiente número 4, nuevo:
“4. Acreditar, mediante un certificado médico emitido por un organismo de salud competente, que no se han detectado en el postulante metabolitos de alguna droga o estupefaciente en su organismo”.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 1 abstención.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobada.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló , Alessandri , Alvarado , Arratia , Ascencio , Bartolucci , Bertolino , Bustos , Coloma , Cornejo (don Patricio) , Correa , Delmastro , Dittborn , Elgueta , Encina , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , Gutiérrez , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Krauss , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Melero , Mesías , Molina , Monge , Montes , Mulet , Naranjo , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Reyes , Rincón , Riveros , Rojas, Salas, Sánchez , Sciaraffia ( doña Antonella) , Seguel , Soto ( doña Laura) , Ulloa , Van Rysselberghe , Vargas , Velasco , Vilches , Villouta y Walker (don Patricio).
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Letelier (don Juan Pablo) , Palma (don Andrés) , Venegas y Walker (don Ignacio).
Se abstuvo el diputado señor Letelier (don Felipe).
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, me gustaría saber a qué tipo de drogas se refiere la indicación, porque puede ser alcohol, tabaco, cocaína, marihuana, etcétera, ya que el concepto es amplio.
Entiendo el sentido y comparto el espíritu del número que se agrega; pero la redacción no es la más feliz, ya que si una persona se toma un vaso de vino y se tiene que hacer algún examen, en éste se puede llegar a una conclusión errónea; porque en este proyecto se establece de acuerdo con otras de sus disposiciones la incapacidad de poder ejercer esta función por largo tiempo.
Dejo constancia de ello, a fin de que después se perfeccione su redacción.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a la siguiente indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La indicación es de los diputados señores Velasco, Gutiérrez, García, don René Manuel; Urrutia, Rincón, Mesías, Alessandri, Riveros, Silva, Ulloa, Pareto, Naranjo, Hernández, Mulet y Ascencio.
Para reemplazar en el artículo 4º, número 3, el inciso primero del artículo 19 propuesto, por el siguiente:
“Todo conductor que posea licencia profesional, deberá acreditar cada seis años, que cumple el requisito exigido en el número 1 del inciso primero del artículo 13”.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 61 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobada.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló , Alessandri , Álvarez-Salamanca , Arratia , Ascencio , Bertolino , Rozas (doña María) , Bustos , Ceroni , Coloma , Correa , Delmastro , Dittborn , Elgueta , Encina , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García-Huidobro , Girardi , Gutiérrez , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jocelyn-Holt , Krauss , Kuschel , Leal , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Mesías , Molina , Monge , Montes , Mulet , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Núñez , Ojeda , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Pareto , Pollarolo ( doña Fanny) , Pérez (don José) , Reyes , Rincón, Rojas, Salas, Sánchez , Sciaraffia ( doña Antonella) , Soto ( doña Laura) , Ulloa , Urrutia , Van Rysselberghe , Vargas , Velasco , Venegas y Walker (don Patricio).
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Luksic y Walker (don Ignacio).
Se abstuvieron los diputados señores:
Olivares y Palma (don Andrés ).
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
El señor Secretario dará lectura a la siguiente indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Indicación de su Excelencia el Presidente de la República para agregar el siguiente artículo 3º transitorio, nuevo:
“Las licencias de conductor clase A1 y A2, reconocidas u otorgadas al amparo de la ley Nº 18.290, que mantengan vigencia a la fecha de publicación de esta ley, se denominarán A11 y A22, respectivamente.
“El proceso de cambio de denominación en el documento licencia de conductor se realizará de acuerdo al procedimiento que fije el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, considerando las fechas de controles y de cambio obligatorio del documento licencia de conductor”.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobada.
Despachado el proyecto.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló , Alessandri , Bustos , Ceroni , Coloma , Cornejo (don Patricio) , Delmastro , Elgueta , Encina , Espina , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , Girardi , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hernández , Huenchumilla , Jaramillo , Jarpa , Jocelyn-Holt , Kuschel , Leal , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Luksic , Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Mesías , Montes , Mulet , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Ojeda , Olivares , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pollarolo ( doña Fanny) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Reyes , Salas, Sánchez , Sciaraffia ( doña Antonella) , Seguel , Soto (doña Laura) , Urrutia , Venegas , Vilches , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Alvarado, Ascencio, Bertolino, Correa, García-Huidobro, Orpis, Palma (don Andrés), Ulloa, Van Rysselberghe y Velasco.
Se abstuvieron los diputados señores:
Fossa, Ibáñez y Monge.
PRÓRROGA DEL TIEMPO DEL ORDEN DEL DÍA.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, quisiera saber si es posible suspender el tiempo destinado a proyectos de acuerdo e Incidentes.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Señor diputado, ha concluido el tiempo del Orden del Día. Lamentablemente, no hay unanimidad para acoger su proposición.
El señor ORTIZ.-
Hubo acuerdo unánime para despachar el proyecto anterior lo más rápidamente posible, a fin de analizar el proyecto signado con el número 2 del Orden del Día.
Mañana será imposible, porque hay sesión especial.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Hago presente a la Sala que ha sido fijada una sesión para mañana en la tarde, cuya convocatoria les llegará oportunamente, en reemplazo de la sesión de la semana pasada, que fue suspendida.
Tiene la palabra el diputado señor Pareto.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, ¿podría pedir la unanimidad de la Sala para prorrogar el tiempo del Orden del Día por media hora, a fin de tratar el siguiente proyecto de la Tabla?
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo unánime de la Sala para prorrogar por media hora el tiempo del Orden del Día?
Acordado.
BENEFICIOS A FUNCIONARIOS PÚBLICOS ESTUDIANTES DE CARRERAS TÉCNICAS DE NIVEL SUPERIOR. Primer trámite constitucional.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto que otorga compensaciones y otros beneficios que indica, a funcionarios públicos estudiantes de carreras técnicas de nivel superior.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor José García.
Antecedentes:
Mensaje, boletín Nº 2456-05, sesión 23ª, en 18 de enero de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 4.
Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 4ª, en 13 de junio de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 5.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de ley que otorga compensaciones y otros beneficios a funcionarios públicos estudiantes de carreras técnicas de nivel superior.
El proyecto establece para los técnicos universitarios una asignación especial equivalente a la asignación profesional en el grado respectivo. Con esto se resuelve un grave problema generado en 1997, cuando la Contraloría General de la República, luego de sucesivos dictámenes positivos, cambió su interpretación y argumentó que esos títulos no daban derecho a percibir asignación profesional, frustrando con ello las expectativas de 5.200 funcionarios públicos que con mucho esfuerzo han seguido estudios superiores de nivel técnico.
Aparte de esta asignación especial, el proyecto contempla una devolución de gastos educacionales a los egresados y estudiantes de carreras técnicas universitarias que no se hayan titulado al 31 de julio del presente año. El reembolso tendrá un tope de 52,5 unidades de fomento y se hará extensivo a quienes se encuentren participando en algún programa de completación de estudios en procura de un título profesional. Por su parte, quienes hayan obtenido título profesional en virtud del mismo programa tendrán derecho a la asignación profesional y a una devolución por gastos educacionales, con un tope de 35 unidades de fomento.
El proyecto otorga estos beneficios a quienes hayan iniciado estudios entre el primer semestre académico de 1994 y el primero de 1998, ambos inclusive. Respecto de los titulados en la carrera de técnico universitario administrativo en la Universidad Arturo Prat, sede Victoria, y de técnico universitario en administración de recursos humanos, en la Universidad Mariscal Sucre, el período de reconocimiento se extiende a quienes hayan iniciado estudios el primer y segundo semestres de 1993 y el segundo semestre de 1992, respectivamente.
Es importante destacar que esta iniciativa no tiene efecto retroactivo; es decir, regirá a contar de su promulgación como ley de la República. A pesar de existir aspectos respecto de los cuales la Anef ha planteado algunas discrepancias incluso, ha presentado ideas que podrían traducirse en indicaciones, la Comisión de Hacienda así lo sugiere a la Sala pretende que este proyecto sea despachado lo antes posible, a fin de evitar mayores perjuicios económicos a quienes no están percibiendo beneficios por sus estudios técnicos universitarios realizados.
El costo del proyecto que será por única vez alcanza a los 1.116 millones de pesos, que corresponden básicamente a devoluciones por gastos educacionales. En régimen
por concepto del pago de la asignación especial que se otorga, asciende a 1.709 millones de pesos anuales.
Para no extenderme demasiado en el informe de esta iniciativa que, en lo medular, apunta a lo que he afirmado, sólo quiero referirme a un aspecto sumamente importante contenido en el informe de la Comisión de Hacienda y que dice relación con la diferencia de remuneraciones que se producirá entre quienes actualmente perciben la asignación profesional se reemplaza por una asignación especial y quienes empezarán a recibirla a contar de la fecha de promulgación de la ley. Dicha diferencia será aproximadamente 25 por ciento superior para quienes ya cuentan con ella, lo que se produce, básicamente, por el hecho de que existen discrepancias al respecto, en el caso de quienes la perciben, se toma como base para determinar el valor de la asignación mensual establecida en el artículo 36 del decreto ley Nº 3.551. En cambio, en el caso de quienes no la están percibiendo, no sirve de base para calcular dicho beneficio. En tal sentido, es importante dejar constancia de que los representantes del Ejecutivo se comprometieron en la Comisión a buscar alternativas de solución a través de otras iniciativas de ley, a fin de eliminar o atenuar al máximo esta diferencia.
Por último, la Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad todos los artículos del proyecto y recomienda a la Sala aprobarlo en los mismos términos.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor PARETO.-
Votemos, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, podríamos votar el proyecto sin discusión. Hay nueve diputados inscritos, pero podrían pedir la inserción de sus discursos.
Tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente, estoy de acuerdo en que votemos y despachemos ahora este proyecto, pero siempre que los diputados ya inscritos y los que nos inscribamos a continuación podamos insertar nuestras intervenciones. A nuestro juicio, hay importantes aspectos del proyecto que podrían ser mejorados durante su tramitación en el Senado.
Gracias, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se votará ahora el proyecto y se dejará abierta la posibilidad de que los diputados inscritos, señores Ortiz , Sánchez , Alvarado , Pérez , Lorenzini , señorita Antonella Sciaraffia , Gutiérrez , Velasco y los colegas que entreguen sus discursos en Secretaría durante las próximas 24 horas, soliciten su inserción en la versión.
¿Habría acuerdo en tal sentido?
Acordado.
En virtud del artículo 85 del Reglamento y del acuerdo anterior, se acordó insertar los siguientes discursos, no pronunciados en Sala.
El señor JARPA.-
Señor Presidente, honorables colegas, el proyecto de ley que hoy se analiza en esta Corporación otorga compensaciones y otros beneficios a funcionarios públicos estudiantes de carreras técnicas de nivel superior, y tiene como objetivo solucionar la situación que afecta a un numeroso grupo de trabajadores que no han podido acceder al beneficio de la asignación profesional, en virtud de las diferentes interpretaciones habidas respecto de las características que debe reunir el título exigido por la ley para acceder a dicho beneficio.
La Contraloría General de la República mantuvo durante varios años el criterio de reconocer el derecho a la asignación profesional a los funcionarios que estuvieran en posesión de un título profesional universitario y que, además, desempeñaran funciones que requirieran del respectivo título profesional. Este criterio cambió el año 1977, al estimarse suficiente estar en posesión de un título profesional para tener derecho a la asignación, sin importar que la función desempeñada requiriera o no de dicho título.
Respecto de la calificación de los títulos, la Contraloría General de la República se atuvo inicialmente a lo que disponían las universidades, realizándoles la consulta correspondiente en caso de duda respecto a si un determinado título era profesional o técnico.
Posteriormente, la ley de Enseñanza definió que debía entenderse, para todos los efectos legales, como título profesional aquél otorgado por las universidades, correspondiente a carreras de a lo menos 10 semestres de duración y que requiere de licenciatura, y como título técnico de nivel superior, el otorgado por los institutos de educación superior y que corresponde a carreras de 8 semestres de duración. Al respecto, se ha entendido que las universidades también podrían otorgar estos últimos, aunque la ley no lo dice expresamente.
No obstante lo anterior, se produjo una distorsión respecto a la calificación de los títulos, ya que las propias universidades comenzaron a crear carreras que ellas mismas calificaron de profesionales y que no cumplían con lo dispuesto por la ley de Enseñanza, ante lo cual, el Colegio de Profesores reclamó de esta situación, así como las universidades que no habían recurrido a esta práctica.
El problema grave se suscitó a partir del año 1993, debido a que numerosos funcionarios públicos comenzaron a estudiar estas carreras, calificadas como profesionales sin serlo, según la ley de Enseñanza, teniendo como meta poder percibir la asignación profesional. Se celebraron convenios entre agrupaciones de funcionarios y algunas universidades con el objeto de regular los cursos que, según publicitaron las propias instituciones que los impartían, permitirían, a quienes los aprobaran, la obtención del derecho a la asignación profesional, no obstante que dichos cursos no se ajustaban a los criterios fijados por la ley de Enseñanza.
En consideración a lo anterior, la Contraloría General de la República manifestó no encontrarse en posición de reconocer el derecho a la asignación profesional a quienes obtuvieran títulos calificados como profesionales, pero que, sin embargo, no se ajustaban a lo dispuesto en la ley de Enseñanza, doctrina que se fijó en el dictamen Nº 35.741, de 31 de octubre de 1997.
En consideración a lo expuesto, este proyecto de ley otorga compensaciones y otros beneficios a los funcionarios de los servicios públicos y de los organismos a los que se aplica la escala única de sueldos del artículo 1º del decreto ley Nº 249, de 1974, que iniciaron estudios en universidades estatales o que gocen de reconocimiento oficial, en carreras técnicas de nivel superior, entre el primer semestre académico de 1994 y el primer semestre académico de 1998, ambos inclusive. Al pronunciarse sobre la calidad de los títulos y el derecho a la percepción de la asignación profesional establecida por el artículo 3º del decreto ley Nº 479, de 1974, la Contraloría General de la República los consideró como habilitantes para obtener el pago de la asignación profesional, no obstante su naturaleza de título técnico de nivel superior.
También se le otorgan beneficios a los funcionarios que iniciaron estudios en carreras de técnico de nivel superior, en virtud de convenios suscritos entre el jefe del Servicio donde se desempeñaban y una Universidad, y a aquéllos que estudiaron determinadas carreras técnicas con características de malla curricular, contenido y duración análogas a otra carrera que contara a esa época, con un dictamen favorable de la Contraloría General de la República. En este último caso, los beneficios que otorga el proyecto de ley sólo operan si durante el período que se establece, se verificó el pago de la asignación profesional a un funcionario por algún servicio público en virtud de dicho título.
El proyecto contempla dos beneficios diferentes, según la circunstancia de encontrarse los funcionarios titulados o no, de técnico de nivel superior, al 31 de julio del año 2000. Respecto de los titulados, se otorga una asignación especial, a contar de la vigencia de la ley, de carácter mensual, equivalente al último monto de lo que por concepto de asignación profesional hubieren percibido, o equivalente al monto de la asignación profesional que les habría correspondido de acuerdo al grado que ejercían los funcionarios al mes de diciembre de 1999. La asignación que se crea para este caso no tiene las características ni los efectos de la asignación profesional, será reajustable en la misma forma y monto que lo sean las remuneraciones del sector público, imponible para efectos de salud y pensiones, y servirá de base para el cálculo de las asignaciones que en el artículo 2º del proyecto se especifican.
A los funcionarios que, al 31 de julio del año 2000, tengan la calidad de estudiantes o egresados de una carrera de técnico de nivel superior, o en trámite de titulación, o de un plan de completación de estudios, en las condiciones que señala el proyecto, se otorgan compensaciones consistentes en el reembolso del 50% de los gastos en que hubiese incurrido el funcionario, hasta la fecha de vigencia del proyecto, por concepto de aranceles y matrícula, con un máximo de seis semestres académicos y con los topes en unidades de fomento que en cada caso se indican.
Los funcionarios que, al 31 de julio del año 2000, estuvieren ya titulados de una carrera profesional, como consecuencia de haber realizado un plan de completación de estudios, tendrán también derecho a un reembolso en las condiciones que se indica, sin perjuicio del derecho a percibir la asignación profesional. Los funcionarios que hubieren cursado una carrera de técnico de nivel superior, sin obtener el título y hubieren seguido un plan de completación de estudios para obtener un título profesional de la misma área o especialidad que la carrera técnica que cursaban, percibirán como única compensación un bono equivalente a 52.5 unidades de fomento.
El proyecto regula, además, las condiciones que debe cumplir el plan de completación de estudios, para efectos de la procedencia de los beneficios señalados. Establece los plazos para hacer efectivo los beneficios que otorga, los requisitos e incompatibilidades. En este último aspecto, dispone que no se aplicarán los beneficios a aquellos funcionarios cuyos estudios hayan sido financiados, en todo o parte, mediante becas u otros aportes no reembolsables otorgados por el Estado, por el propio Servicio o por el respectivo Servicio de Bienestar. En caso de estudios financiados parcialmente en la forma antes indicada, sólo se reembolsará aquella parte de los gastos en que hubiere incurrido el propio funcionario.
Se establece, también, que por el solo hecho de impetrar o percibir, en cada caso, los beneficios establecidos en el proyecto, se entenderá que los funcionarios renuncian a todas las acciones y derechos relacionados con la procedencia o pago de la asignación profesional establecida en los artículos 3º del decreto ley Nº 479, de 1974, y 19 de la ley Nº 19.185, y que se entenderán desistidos por el solo ministerio de la ley, de cualquier acción o recurso judicial interpuesto por concepto de la mencionada asignación, en razón de poseer un título de técnico de nivel superior.
Se dispone que un Reglamento emanado del Ministerio de Hacienda, el que se dictará dentro de los noventa días siguientes a la fecha de publicación de la ley, establecerá el funcionamiento de una Comisión Evaluadora de Antecedentes, encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos y la procedencia de los beneficios que se otorgan. Dicha Comisión estará integrada por representantes del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Educación. La Comisión recibirá las solicitudes para optar a los beneficios a través de los respectivos servicios, solicitará antecedentes a las universidades y elaborará una nómina de los funcionarios beneficiarios del proyecto.
Se define, para aclarar el sentido y alcance del artículo 3º del decreto ley Nº 479, que “título profesional habilitante es aquel otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, a quien haya aprobado un programa de estudios de un mínimo de ocho semestres académicos y 3.200 horas de clases...”. No obstante lo anterior, esta definición no afecta las asignaciones profesionales que se perciben actualmente.
Se declara correctamente pagado lo que hasta la fecha de vigencia de la ley, hubieren percibido los funcionarios por concepto de asignación profesional, beneficios remuneratorios originados en aquélla o que la incluyeron en su cálculo, y todo beneficio previsional e indemnizatorio otorgado hasta la fecha de entrada en vigencia del proyecto, respecto de los funcionarios que se encuentren en las situaciones previstas por el artículo primero.
Se entienden en virtud del proyecto perfeccionados los ascensos, nombramientos e incorporaciones a plantas o cargos que, para su ejercicio, requerían de un título profesional habilitante, verificados hasta la fecha de entrada en vigencia del proyecto. No obstante, para ello exige que, a la fecha del ascenso, nombramiento o incorporación, exista un pronunciamiento favorable de la Contraloría General de la República, en relación con el respectivo título técnico de nivel superior.
Por lo expuesto, los diputados del Partido Radical Social Demócrata apoyamos este proyecto, el cual hará justicia a un número importante de funcionarios públicos, los cuales han tenido muchos problemas para mejorar su situación laboral. Se han endeudado y sacrificado muchas veces, sin poder acceder a la asignación profesional debido a diferentes interpretaciones y modificaciones legales, lo que hoy este mensaje presidencial pretende subsanar.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ (don Rosauro).-
Señor Presidente, la idea del proyecto es solucionar la situación que afecta a numerosos funcionarios públicos que no han podido acceder a la asignación profesional, en virtud de las diferentes interpretaciones existentes respecto de las características que debe reunir el título exigido por la ley para acceder a ese beneficio.
Importante es recordar que, durante varios años, la Contraloría General de la República mantuvo el criterio de reconocer el señalado derecho a funcionarios que estuvieren en posesión de un título profesional universitario y que, además, desempeñaran funciones que así lo requirieran. Tal criterio fue modificado en el año 1977, al estimarse suficiente estar en posesión de un título profesional para tener derecho a la asignación, sin ser condición la función desempeñada.
Posteriormente, la ley orgánica constitucional de Enseñanza definió lo que debía entenderse por título profesional, al decir como aquí se ha recordado que es a aquel título otorgado por las universidades, correspondiente a carreras de a lo menos 10 semestres de duración y que requiere de licenciatura; y como título técnico de nivel superior, el otorgado por los institutos de educación superior y que corresponde a carreras de 8 semestres de duración.
Hasta ahí, hay claridad en la materia. El problema surge cuando se distorsiona el sentido de la calificación de los títulos, debido a que las mismas universidades comenzaron a impartir carreras que ellas calificaron de profesionales y que no encuadraban con la definición y requisitos establecidos en la ley.
Era evidente suponer, entonces, que más temprano que tarde comenzarían a gestarse dificultades, las que se vienen dando desde el año 1993, en razón de que numerosos funcionarios públicos comenzaron a estudiar carreras calificadas como profesionales, sin serlo, con el objetivo cierto y comprensible de percibir la asignación profesional.
Se podría pensar, señor Presidente, que esta es una responsabilidad directa y personal de los involucrados, razonamiento plausible en el contexto de una sociedad libre, donde cada uno de sus integrantes se supone responsable de sus acciones; pero no lo es tanto cuando se observan las circunstancias y lamentablemente actitudes, cuyo propósito encubierto es hacer negocio, sin cautelar el daño que se ocasiona a quienes, haciendo un gran esfuerzo, creen en la buena fe de los individuos. Sin duda, aquí se burló a funcionarios públicos que, legítimamente, optaron por programas que pensaron les significarían un porcentaje en sus remuneraciones, siendo además un antecedente para eventuales ascensos.
Esta es una práctica que particularmente me preocupa. Es cosa de ver cómo se hacen grandes ofertones de carreras y especialidades que poco menos son garantía de éxito total; situación que sabemos no ocurre, con la agravante del desencanto y la frustración que ocasiona en quienes, esperanzados, se matriculan en ellas. Es necesario, en mi opinión, fortalecer la ética de las instituciones de educación superior; de lo contrario, tendremos jóvenes engañados y personas, como a quienes beneficia este proyecto, que se ven obligadas a llegar a instancias de presión para encontrar solución a sus problemas. Pero esa no es la idea; una sociedad madura, responsable, debe cautelar que prácticas como éstas no ocurran, y si suceden, ser drásticos en la sanción, porque, como dije, se juega con las personas y eso me parece condenable desde todo punto de vista.
De allí, entonces, lo gravitante de esta iniciativa, que subsana materias controvertidas, y creo lo hace bien, pues al revisar el artículo 1 se comprende que se involucran todos los ámbitos a los cuales pertenecen los funcionarios afectados.
Positivo resulta, además, haber acogido las observaciones formuladas por la Anef y que fueron recogidas en el inciso 2º del art. 1º, que dispone también como beneficiarios a los funcionarios públicos que, reuniendo los requisitos señalados en el inciso 1º del mismo artículo, hubieren iniciado estudios en el marco de un convenio suscrito entre el jefe del Servicio Público donde prestaban funciones y una universidad, en una carrera de técnico de nivel superior, respecto de la cual la Contraloría General de la República, con posterioridad a la firma del convenio, se hubiese pronunciado negativamente respecto de la procedencia de la asignación profesional, por tratarse de un título técnico de nivel superior.
El artículo 2º, por su parte, señala que los funcionarios que, al 31 de julio del año 2000, se encontraren en posesión de un título de técnico de nivel superior obtenido en las condiciones previamente descritas, tendrán derecho por el solo ministerio de la ley, a contar de la entrada en vigencia de esta ley, al pago de una asignación especial de carácter mensual, equivalente al último monto de lo que por concepto de asignación profesional estuvieren percibiendo a la fecha de vigencia de la ley.
En este artículo, se reemplazó la expresión “inciso anterior”, por la de “incisos anteriores” de manera de comprender a los funcionarios que a la fecha de vigencia del proyecto perciban asignación profesional. Se incluye la asignación especial como base para el cálculo, en los casos que proceda, de la asignación establecida en el artículo 36 del D.L. Nº 3.551 de 1981.
En el artículo 4º, se amplía el beneficio de reembolso por el costo del plan de completación de estudios, tratándose de una carrera técnica o profesional, y se deja el monto tope total de los beneficios, incluido el valor de matrícula, en 35 U.F.
El único punto que es conflictivo, es el señalado por el artículo 7º, que dispone: “Por el solo hecho de impetrar o percibir, en cada caso, los beneficios establecidos en esta ley, se entenderá que los funcionarios renuncian a todas las acciones y derechos relacionados con la procedencia o pago de la asignación profesional establecida en los artículos 3º del decreto ley Nº 479, de 1974, y 19 de la ley Nº 19.185 y se entenderán desistidos, por el solo ministerio de la ley, de cualquier acción o recurso judicial interpuesto por concepto de la mencionada asignación, en razón de poseer un título de técnico de nivel superior”.
Esto constituye, en mi concepto, un verdadero atropello e incluso un abuso de derecho por parte de la autoridad. El derecho de concurrir a los tribunales para que se solucione un conflicto o se esclarezca una situación determinada, es derecho que no puede ser negado y menos aún por la autoridad. Recordemos que toda ley puede tener errores; por lo mismo, es perfectible.
Con esta salvedad, señor Presidente, considero que el informe de la Comisión de Hacienda recoge las indicaciones formuladas tanto por la Asociación Nacional de Empleados Fiscales como por esta Cámara, de manera que voto a favor.
He dicho.
El señor MESÍAS.-
Señor Presidente, estimados colegas, muy brevemente quiero referirme a este proyecto de ley del Ejecutivo para expresar mi gran satisfacción por la forma en que se está reparando una situación injusta, francamente discriminatoria que afecta a muchos servidores públicos, y que fuera denunciada el 11 de agosto de 1997 por el entonces senador Anselmo Sule , en oficio dirigido al ministro Secretario General de la Presidencia, planteando el caso de funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero, donde personal que realiza iguales funciones tiene marcada diferencia en sus remuneraciones debido al no pago de asignación de título. Posteriormente, este mismo hecho fue objeto de un proyecto de acuerdo de esta honorable Cámara, auspiciado por el honorable colega señor Ojeda , el 8 de octubre del mismo año, y sacado de su sueño el año pasado por el diputado que habla, ampliando la denuncia a funcionarios del Instituto de Normalización Previsional y a algunos pocos casos que ocurrían en nuestra propia Corporación.
Este proyecto está poniendo las cosas en su lugar haciendo respetar el artículo 119 de la Constitución Política del Estado.
No obstante, tengo la impresión de que todavía quedarían al margen de los beneficios que indica el proyecto, algunos otros funcionarios, quienes, aunque pocos, deberían ser considerados. Me refiero a funcionarios del Sename; sin embargo, si esta situación se confirma, aún queda la oportunidad de solucionarla en el segundo trámite constitucional en el Senado.
Además, en el Instituto de Normalización Previsional, hay funcionarios para quienes las soluciones propuestas no son satisfactorias por las siguientes razones:
1.La base de cálculo de la Asignación Especial no contempla el art. 36 del DL Nº 3.551, con lo cual pierden el 20% del total de remuneraciones.
2.Se cancelará en base al grado de la escala única de sueldos que el funcionario tenía al 31 de diciembre de 1999, lo cual deja sin derecho a ascenso respecto de la mencionada asignación.
3.El proyecto incluye a todos aquellos funcionarios que ya gozan del beneficio de asignación profesional, y no se respetará el derecho ya adquirido con anterioridad.
Así y todo, reitero mi complacencia por la discusión de este proyecto que hará justicia a muchos funcionarios, sobre todo a aquellos que se han esforzado por capacitarse y perfeccionarse.
He dicho.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente, dos aspectos llaman la atención en este proyecto: uno relativo al proyecto propiamente tal y el segundo respecto a la errónea homologación que el proyecto de ley hace entre los técnicos universitarios y los técnicos de nivel superior.
1.Con respecto al proyecto de ley propiamente tal, se puede concluir de manera satisfactoria que los puntos de interés de los funcionarios públicos afectados por la normativa, fueron acogidos en su mayoría por la Comisión de Hacienda.
El proyecto contempla dos tipos de beneficios, excluyentes entre sí, atendiendo a la circunstancia de encontrarse o no los funcionarios titulados de técnicos de nivel superior al segundo semestre de 1999.
Respecto de aquellos funcionarios titulados, se propone otorgar una asignación especial, imponible para los efectos de salud y pensiones, de un monto equivalente a lo que por concepto de asignación profesional estuvieren percibiendo o les hubiera correspondido, según el grado que tenían al 31 de diciembre de 1999.
En lo que respecta a los funcionarios que a la fecha no se han titulado, se otorgará un reembolso equivalente al 50% de los gastos en que incurrió el funcionario por concepto de aranceles y matrículas.
El proyecto recoge las observaciones formuladas por la Anef y otros afectados, de esta manera:
También serán beneficiados los funcionarios públicos que, reuniendo los requisitos señalados en el inciso 1º del artículo 1 del proyecto de ley, hubieren iniciado estudios en el marco de un convenio suscrito entre el jefe del servicio público donde prestaban funciones y una universidad, en una carrera de técnico de nivel superior, respecto de la cual la Contraloría General de la República, con posterioridad a la firma del convenio, se hubiere pronunciado negativamente respecto de la procedencia de la asignación profesional, por tratarse de un título técnico de nivel superior.
A su vez, en el artículo 2, se reemplazó la expresión “inciso anterior”, por la de “incisos anteriores” de manera de comprender a los funcionarios que a la fecha de vigencia del proyecto perciban asignación profesional. Se incluye la asignación especial como base para el cálculo, en los casos que proceda, de la asignación establecida en el artículo 36 del DL Nº 3.551, de 1981.
Un punto conflictivo, es el señalado en el art. 7, al disponer que: “por el solo hecho de impetrar o percibir, en cada caso, los beneficios establecidos en esta ley, se entenderá que los funcionarios renuncian a todas las acciones y derechos relacionados con la procedencia o pago de la asignación profesional establecida en los art. 3 del DL 479 de 1974 y 19 de la ley Nº 19.185 y se entenderán desistidos, por el solo ministerio de la ley, de cualquier acción o recurso judicial interpuesto por concepto de la mencionada asignación, en razón de poseer un título de técnico de nivel superior”. Esto constituye, sin lugar a dudas, un atropello e incluso un abuso de derecho por parte de la autoridad. El derecho de concurrir a los Tribunales de Justicia para que se solucione un conflicto o se esclarezca una situación determinada es un derecho que no puede ser negado ni restringido y menos por la autoridad.
2.Respecto a la errónea homologación:
El título de técnico universitario de universidades como la de Santiago, en esencia es distinto y por lo tanto no comparable a los de carreras técnicas de nivel superior impartidas por otras universidades, las cuales utilizan el mismo nombre para sus títulos, propiciando la confusión y una errónea homologación con sus títulos.
A partir del año 1992, a raíz de una iniciativa del gobierno para mejorar las remuneraciones del sector público, se realizan varios convenios con algunas universidades (principalmente la Umce y UTM) con el objeto de que estas últimas impartan carreras cortas, en horario vespertino, de nivel técnico y con un bajo arancel de modo que pueda acceder la mayoría del personal administrativo de dicho sector.
Por lo anterior, a partir del año 1994 se produjeron egresos masivos, lo que causó un gran impacto en el presupuesto de las instituciones públicas, situación que hizo crisis a comienzos de 1998, cuando el ministro de Hacienda objetó el aumento explosivo en la asignación profesional, lo cual estaba en contra de la política de gobierno de reducir el gasto público.
Los títulos de técnico universitario de la Usach nunca estuvieron en tela de juicio, sino hasta noviembre del año pasado, cuando, a petición expresa de los técnicos cuestionados, la Contraloría emite un dictamen incluyéndolos en la lista de títulos no profesionales y, por lo tanto, no tienen derecho a percibir los beneficios del caso.
En otras palabras, por una situación netamente presupuestaria y luego de 21 años, el organismo contralor decide cambiar lo que hasta ese momento nunca cuestionó, cual es la calidad de profesional a los títulos otorgados por la Universidad de Santiago.
Por otro lado, las diferencias son claras entre los técnicos de la Usach y los otros. Los primeros ingresan vía prueba de aptitud (mínimo 500 puntos); a los otros se les exige haber dado la prueba o tener experiencia laboral. Hay diferencias en sus mallas curriculares, horas de clase, número de ramos aprobados, etcétera.
No se trata de cuestionar la calidad de los técnicos de nivel superior. La intención de proteger a estos últimos es buena y no estamos contra de ello, pero no a costa de los técnicos universitarios.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad el proyecto.
El señor PROKURICA.-
Votación, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
Aplausos en las tribunas.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló , Alessandri , Alvarado , Álvarez-Salamanca , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Rozas (doña María) , Bustos , Cardemil , Ceroni , Coloma , Cornejo (don Patricio) , Correa , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Dittborn , Elgueta , Encina , Espina , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Jiménez , Jocelyn-Holt , Krauss , Kuschel , Leal , León , Letelier ( don Juan Pablo) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Mesías , Monge , Montes , Mulet , Muñoz (doña Adriana) , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pollarolo ( doña Fanny) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Reyes , Rincón , Riveros , Rojas, Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Sciaraffia ( doña Antonella) , Seguel , Silva , Soto (doña Laura) , Van Rysselberghe , Vargas , Velasco , Vilches y Villouta.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Antes de entrar a los proyectos de acuerdo, voy a citar a reunión de Comités en la Sala de Lectura.
El señor ORTIZ.-
Punto de Reglamento, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, considero que todos hemos sido muy consecuentes. Este proyecto llevaba seis meses de tramitación en la Comisión de Hacienda. Ahora, en aras de su pronto despacho, pediremos la inserción de nuestros discursos. Quiero dejar claramente establecido que aquí han quedado demostradas la decisión y la voluntad de todos los colegas presentes en la Sala de aprobar esta iniciativa.
Pero hay otro tema al cual quiero referirme. Su Señoría dijo que el proyecto quedaba aprobado en general y en particular, lo que significa que ha terminado su primer trámite legislativo y ahora debe pasar al Senado. Entonces, es bueno que se sepa...
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Señor diputado, su Señoría pidió la palabra para plantear una cuestión de Reglamento.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, para que quede claro, en especial para los asistentes a las tribunas, quiero expresar que cualquiera indicación que se presente para mejorar el proyecto tiene que ingresar por el Senado.
Nada más, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Por una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, dada la relevancia del proyecto, quiero ser muy breve.
No sé por qué falló el sistema electrónico. Aunque sé que mi voto no incide en el resultado de la votación, para mí es muy importante que quede consignado que fue favorable.
Nada más, señor Presidente.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Así se hará, señor diputado.
Por una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, hace un instante se acordó prorrogar en 30 minutos el Orden del Día para tratar este proyecto, pero hay un tercero en tabla. Por lo tanto, no corresponde decretar su término, sino continuar con el tratamiento del próximo.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Diputado señor Palma , el tiempo del Orden del Día se prorrogó por media hora sólo para este proyecto.
El señor PALMA (don Andrés).-
Si se prorroga en media hora, se aumenta el tiempo del Orden del Día en media hora. No se dijo que era sólo para tratar este proyecto.
Su Señoría solicitó el acuerdo de la Sala sólo para prorrogar el Orden del Día.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Señor diputado, la Mesa entendió que era sólo para tratar este proyecto y si se votó sin discusión, justamente fue para alcanzar a despacharlo. Si hubiera sido como lo señala su Señoría, habrían intervenido los señores diputados.
Lamentablemente, no puedo acceder a su planteamiento.
VIII. PROYECTOS DE ACUERDO
VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN AFGANISTÁN. Votación.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Solicito la unanimidad de la Sala para incluir y tratar un proyecto de acuerdo sobre tabla.
No hay acuerdo.
El proyecto de acuerdo Nº 414 debe votarse por última vez, por cuanto en la ocasión anterior no hubo quórum.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 25 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Nuevamente no ha habido quórum.
Rechazado.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, quiero que solicite la unanimidad de la Sala para votar un proyecto relativo a las actividades que realizan todas las sectas del país, que fue firmado por gran parte de los parlamentarios más de sesenta y que todavía pueden subscribir los demás diputados.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Llamaría a los señores diputados a reflexionar sobre este proyecto, pues está firmado por más de la mitad de los diputados, de todas las bancadas, por lo que solicito la unanimidad de la Sala para tratarlo ahora.
No hay unanimidad.
El señor AGUILÓ.-
Pido la palabra para plantear un punto de Reglamento.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, en nuestra bancada existe plena concordancia con el criterio de su Señoría, en el sentido de que el proyecto que ha solicitado tratar el diputado señor Espina es muy importante. El proyecto que se vio anteriormente, no obstante haber buena disposición para ello, fue rechazado pues no se reunió el quórum.
Señor Presidente, quiero que solicite el acuerdo de la Sala para aprobar en forma unánime el proyecto recién votado, que se refiere a un tema internacional el de las mujeres afganas que están sufriendo una severa represión y el que plantea el diputado señor Espina.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Orpis , para un asunto de Reglamento.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, no tengo ningún inconveniente en dar la unanimidad. Entiendo la urgencia del proyecto presentado por el diputado señor Espina y otros parlamentarios; pero hay otro, el Nº 420, tanto o más importante, que se refiere al ingreso de capitales provenientes del narcotráfico, en el que también se solicita la formación de una comisión investigadora.
No tengo ningún inconveniente en que se vea el Nº 423, siempre que se trate el Nº 420.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Señores diputados, hay varios proyectos de acuerdo que son bastante trascendentales y de mucha importancia, incluso uno relacionado con la pesca de ultramar que realizan empresas pesqueras españolas.
Por lo tanto, pido la unanimidad para tratar los proyectos indicados por los diputados señores Aguiló , Espina y Orpis.
No hay acuerdo.
EXTENSIÓN DE COMPETENCIA DE COMISIÓN ESPECIAL SOBRE CASO MATUTE JOHNS.
El señor MORA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo Nº 415, de la señora Soto, doña Laura, y de los señores Ibáñez y Mora.
“Fundamentos:
1)La provincia de Valparaíso se ha visto conmovida por la desaparición de don Lenin Zúñiga Araya , garzón, casado, 1 hijo, RUT y C.I. 12.508.877-5, quien fue visto por última vez la madrugada del domingo 5 de septiembre de 1999, en la subida Ecuador de Valparaíso, concurrido y turístico lugar de vida nocturna del puerto.
Al día siguiente, un cuerpo, que coincide con la contextura y vestimenta de Lenin Zúñiga Araya , fue visto flotando en el mar, en la costa sur de la comuna de Valparaíso, sector de Playa Ancha, cerca de un colector que se construía por la Empresa de Obras Sanitarias de Valparaíso, Esval S.A. El cadáver fue visto y denunciado por personal de guardia de dicha empresa.
Sin embargo, dos horas más tarde se apersona en el lugar personal de la Gobernación Marítima en embarcaciones para intentar el rescate del cuerpo, pero no efectúan la búsqueda submarina del cuerpo que se había hundido, sino hasta el 21 de septiembre de 1999 y una segunda búsqueda 4 meses más tarde, lo cual es decisivo para la desaparición del cadáver, que todo indica se trataría de don Lenin Zúñiga Araya.
2)Este retraso en una efectiva búsqueda tiene importantes consecuencias, cuando la investigación policial logra dilucidar qué le ocurrió a don Lenin Zúñiga en sus últimas horas de vida: los antecedentes obtenidos por la policía de Investigaciones permiten determinar que Lenin Zúñiga fue asaltado por un grupo de cinco sujetos, quienes luego de golpearle con el fin de asaltarle y robarle los dineros que portaba, le secuestran en un microbús, trasladándolo hacia el sector colindante con el lugar en donde es visto el cadáver flotando, y le dan muerte, lanzando posteriormente el cadáver de su víctima al mar. Todos ellos son detenidos el 12 de enero del presente año y confesos son puestos a disposición del 6º Juzgado del Crimen de Valparaíso.
3)Sin embargo, el éxito de la pesquisa policial se derrumba cuando el juez a cargo de la causa, otorga libertad incondicional a todos los inculpados, debido a que “no existe el cuerpo del delito”, por lo cual la confesión de los criminales carece de valor probatorio.
Este hecho provoca conmoción en el país, y hace patente la importancia decisiva que ha tenido la tardanza en la búsqueda del cadáver de don Lenin Zúñiga , ya que ha privado de justicia a su familia y a la sociedad toda.
4)Desde que los confesos asesinos son puestos en libertad incondicional, en la causa no se han realizado nuevas diligencias, estando la causa en total inactividad hasta la fecha, sin que se realicen mayores esfuerzos para allegar nuevas pruebas que permitan configurar el cuerpo del delito, atendida la desaparición del cuerpo.
5)La intendencia regional y la familia han solicitado la designación de un ministro de fuero, atendida la conmoción pública que el caso ha provocado, lo que ha sido denegado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
6)La familia reclama que hay importantes antecedentes que no han sido aún investigados; que hay testigos presenciales del asalto que no han sido interrogados; que hay varias diligencias que no han sido practicadas.
7)En la búsqueda de apoyo, para encontrar el cuerpo sumergido de Lenin Zúñiga Araya, la familia debió contratar buzos particulares y solicitar judicialmente se autorizara su operación en el área y para efectuar una rebúsqueda el diputado Gonzalo Ibáñez solicitó la colaboración de profesores de buceo de la carrera de Acuicultura de la Fundación Duoc de Valparaíso.
8)Queda claro, a la luz de los antecedentes, que ha habido tardanzas y descoordinaciones, que han causado alarma en la ciudadanía y una legítima preocupación por el hecho de que los autores confesos del crimen, queden en libertad incondicional.
Proyecto de acuerdo:
La Cámara de Diputados, en ejercicio de sus facultades constitucionales, acuerda extender el mandato de la Comisión Investigadora Especial que conoce de la desaparición de don Jorge Matute Johns , para que investigue la acción de los servicios públicos en los hechos vinculados a la búsqueda de don Lenin Zúñiga Araya, desaparecido y presuntamente asesinado el pasado 5 de septiembre de 1999”.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente, en verdad, hace bastante tiempo que estamos haciendo todo lo posible para que, en el caso de la desaparición del joven Lenin Zúñiga , se realice una investigación más acuciosa y rigurosa para saber dónde se encuentran sus restos.
¿Qué ha sucedido? Él desapareció en circunstancias bastante conocidas. Fue visto por última vez en la subida de la calle Ecuador el 4 de septiembre del año recién pasado, donde cinco antisociales lo golpearon, lo secuestraron se lo llevaron en un bus, le dieron muerte para robarle, seguramente, algunas pequeñas pertenencias o dinero, y, luego, lo lanzaron al acantilado.
En este caso, ha habido una situación poco clara. El mismo 5 de septiembre algunos trabajadores de Esval vieron aparecer un cuerpo. Lo que hizo la gobernación marítima fue un rastreo superficial del mar. No hubo buceo ni nada parecido hasta el 21 de septiembre, cuando ya todo era inútil. Enseguida, varios meses después, el juez dispuso una rebúsqueda del cuerpo.
Lo ocurrido es una situación muy dolorosa. Se trataba de un garzón de Viña del Mar, con un hijo y una familia, la cual ha tratado de concitar el interés de las autoridades públicas. En el proceso, se hicieron parte el intendente y el obispo.
Los cinco antisociales fueron detenidos, pero como el cuerpo no aparece y esto es realmente increíble y doloroso, les dieron la libertad por falta de mérito. Se cuenta con su confesión expresa ante Investigaciones; sin embargo, existe una total impunidad.
La familia siente que ha habido una especie de desconsideración, porque son pobres y no tienen los medios de comunicación a su favor. Han tratado de que se nombre un ministro en visita para que se aboque especialmente a este caso. Sin embargo, no se ha conseguido. La Corte, junto con decir que ello no le compete a la Intendencia, que es el organismo que lo ha pedido, no le ha dado lugar.
Entonces, nos encontramos a fojas cero en esta investigación. Queremos que, al menos, la comisión encargada del caso Matute Johns amplíe su competencia para que indague sobre este tema, que le dé, por lo menos, una satisfacción moral a la familia del joven Lenin Zúñiga.
He dicho.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra el diputado señor Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, me parece extraordinariamente atendible el proyecto de acuerdo. Incluso, intervine en la Corporación respecto de la necesidad de realizar una investigación más exhaustiva en la desaparición de Jorge Matute Johns, ya que, en la Octava Región, se habían encontrado más de treinta cadáveres de desaparecidos. Espero que en el caso de la Quinta Región no ocurra lo mismo.
No puede ser que en nuestro país, que vive un Estado de Derecho, de la noche a la mañana, desaparezcan jóvenes o personas y nadie los encuentre y que, incluso, en el caso de Lenin Zúñiga, se sepa que fue asesinado. Estos hechos preocupan a la sociedad chilena, especialmente a quienes somos padres, por cuanto nuestros hijos tienen el derecho a salir y a divertirse.
Hemos visto el drama en las familias de Jorge Matute Johns y de Lenin Zúñiga Araya, porque no se aclaran los hechos, no obstante solicitar una mayor diligencia en Carabineros e Investigaciones, para que se den respuestas concretas a situaciones de esta naturaleza.
Muchas gracias.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Para hablar en contra, tiene la palabra el diputado señor Haroldo Fossa.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente, parece raro hablar en contra de una petición tan loable; pero formo parte de la Comisión que investiga lo sucedido con el joven Matute Johns y ya se discutió en su seno la posibilidad de tratar otros casos, porque no sólo está el de este joven Lenin Zúñiga , sino que hay otros.
Entonces, ya se había decidido al interior de la Comisión no aceptar esa posibilidad, porque nos estábamos saliendo de los objetivos que la Cámara nos fijó.
Por lo expuesto, no procede ampliar el ámbito de acción de la Comisión, como lo requiere el proyecto de acuerdo, razón por la cual lo votaré en contra.
He dicho.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Para hablar en contra, tiene la palabra el diputado señor Jaime Rocha.
El señor ROCHA.-
Señor Presidente, advierto que en el proyecto de acuerdo en debate se está planteando un caso de denegación de justicia y me preocupa mucho que se haga a través de un procedimiento que no me parece el adecuado.
Me parece, además, que estaríamos entorpeciendo, de alguna manera, el exhaustivo trabajo de la Comisión que investiga el caso del joven Matute , de Concepción, que en mi opinión no tiene grandes posibilidades de éxito. Sin embargo, hay una temática muy clara, una materia muy definida, que se alteraría con la inclusión de un tema absolutamente ajeno, aunque, por supuesto, tan doloroso como el otro.
A mi juicio, no es lo más adecuado proceder en los términos señalados por el proyecto de acuerdo. No me opondría, en cambio, a la posibilidad de crear una comisión especial para investigar el caso de Lenin Zúñiga. Me parecería muy justo y creo que la Cámara apoyaría la idea, pero mezclar dos situaciones tan diversas, con elementos absolutamente diferentes, en definitiva, va a perjudicar ambas investigaciones.
En consecuencia, votaré en contra del proyecto de acuerdo.
El señor MORA (Vicepresidente).-
En votación.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Por no haberse alcanzado el quórum requerido, se repite la votación.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Se va a llamar a los señores diputados por 5 minutos.
Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor MORA (Vicepresidente).-
En votación.
Durante la votación.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente, ¿por qué no aprobamos por unanimidad el proyecto?
El señor MORA (Vicepresidente).-
Señores diputados, existe una cantidad impresionante de proyectos de acuerdo y he escuchado críticas de que acumulamos trabajo y no lo despachamos. Además del proyecto en votación, hay otros cuatro patrocinados por diputados de todas las bancadas los signados con los números 414, 420, 421 y 423, los que plantean temas de interés nacional. Más allá de lo que piense cada quien, representan el sentir de la Cámara.
Señalado lo anterior, recabo la unanimidad de la Sala para aprobar el proyecto en votación y los cuatro que acabo de mencionar.
El señor VALENZUELA.-
¿Qué sucede con el proyecto de acuerdo Nº 419?
El señor MORA (Vicepresidente).-
Cada diputado tiene en su poder copia de los proyectos de acuerdo.
Un señor DIPUTADO.-
No es así, señor Presidente.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, dé lectura a los proyectos de acuerdo.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, prolongaremos la sesión por 15 minutos a fin de analizar los proyectos de acuerdo aludidos.
El señor VILLOUTA.-
¡Señor Presidente, continúe con la sesión!
El señor MORA (Vicepresidente).-
La mayoría de los diputados presentes está de acuerdo con aprobar los proyectos. Mi intención es hacer presente a la minoría que se trata de iniciativas que interesan a todos y que es nuestra responsabilidad sacarlas adelante.
Tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente, no es efectivo que tengamos en nuestro poder la totalidad de los proyectos de acuerdo. Sin embargo, si el Secretario diera lectura a cada uno de ellos, perfectamente podríamos despacharlos.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente, considero que su Señoría no se está ajustando al Reglamento, pues está pidiendo cosas que no corresponden. Pido que formule al Secretario las consultas pertinentes, por cuanto aquí tiene que haber un orden. Existe una votación pendiente, ella debe efectuarse y luego la sesión debe seguir su curso normal.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rincón.
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente, lo que su Señoría ha manifestado nos parece correcto en la medida en que se cumplan dos requisitos: primero, que se dé lectura a los proyectos de acuerdo que no obran en nuestro poder, y segundo, que se incorpore el proyecto de acuerdo Nº 419, que responde al mismo espíritu por usted señalado. Una vez cumplidos esos requisitos, estaríamos en condiciones de aprobar por unanimidad la totalidad de las iniciativas pendientes.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Recabo nuevamente la unanimidad de la Sala a fin de poner en votación los proyectos de acuerdo ya señalados.
No hay acuerdo.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Por no haberse alcanzado el quórum, queda pendiente la votación del proyecto de acuerdo Nº 415.
TRAMITACIÓN EN COMISIONES UNIDAS DE PROYECTO SOBRE RESERVA DE IDENTIFICACIÓN EN CASOS DE DETENIDOS DESAPARECIDOS. Acuerdo de los Comités.
El señor MORA (Vicepresidente).-
El señor Secretario dará lectura a un acuerdo de los Comités.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Reunidos los Comités parlamentarios bajo la presidencia del señor Jeame Barrueto , acordaron, por unanimidad, que el proyecto que establece la obligación de secreto para quienes reciban la información conducente a la ubicación de los detenidos desaparecidos sea considerado en Comisiones unidas de Constitución y de Derechos Humanos.
Me permito informar a la Sala que la constitución de dichas comisiones se realizará a las 15.30 horas en la sala de la Comisión de Constitución.
IX.INCIDENTES
CONSULTA CIUDADANA SOBRE PRIVATIZACIÓN DE ESSBÍO.
El señor MORA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Mixto.
Tiene la palabra el diputado señor José Pérez.
El señor PÉREZ (don José).-
Señor Presidente, quiero referirme a una importante consulta que se celebró en la Octava Región el viernes 16 y sábado 17 de junio recién pasados, en la que se preguntó a la ciudadanía si estaba de acuerdo o no con la privatización de Essbío. Esa empresa sanitaria, que tiene por finalidad proporcionar agua potable y alcantarillado a la población de la Octava Región, ha funcionado exitosamente en los últimos años. Tanto es así que su red de aprovisionamiento ha alcanzado a campamentos y poblaciones muy modestas. En el plano económico, cabe destacar que ha obtenido utilidades del orden de los 10 mil millones de pesos.
Por consiguiente, esta empresa del Estado cumple con el rol social de atender a toda la población, preferentemente a los sectores más modestos y a los cuales nunca llegará la empresa privada, por cuanto a este último sector le interesa llevar el recurso donde pueda ser pagado oportunamente y genere un alto consumo.
Analizada la consulta, en la que participaron alrededor de 113 mil personas, más del 99 por ciento votó a favor del rechazo de la privatización. Es decir, más de 9 de cada 10 consultados señalaron que la privatización era negativa y que afectaba los intereses de la población, en especial de los más necesitados.
Desde esta Sala quiero hacer un llamado al Gobierno y a las autoridades que deben decidir acerca de esta materia. Si bien es cierto que la privatización de Essbío fue un compromiso adquirido por el Mandatario que dejó su cargo hace algunos meses, éste no tiene por qué ser llevado adelante, en la forma en que fue proyectado, por el Presidente Lagos. Creemos que una medida semejante afecta los intereses del Estado. Una empresa que obtiene utilidades tan altas, permite al Estado hacer inversiones en el aparato social toda vez que sea conveniente y necesario. Si se necesitan recursos para cumplir con determinadas metas y compromisos del Gobierno, que se contrate un crédito externo a 10 ó 15 años y que Essbío se haga cargo de su pago; pero no privaticemos una empresa que debe cumplir con el rol estratégico de llevar agua a los hogares más modestos del país, por cuanto con ello sólo haremos daño a la inmensa mayoría de la población. La salud, la educación y el agua no deben ser motivo de negocio para ninguna empresa. Para ello hay muchas otras. Tenemos el ejemplo de Esval y Emos , que sólo han perjudicado a sus trabajadores, al despedir a muchos de ellos y reducir los sueldos de quienes siguen laborando, y a los usuarios.
Por consiguiente, tenemos antecedentes de sobra para insistir en que es tremendamente negativo para los intereses generales de la Octava Región privatizar la planta de Essbío, por lo que seguiremos oponiéndonos tenazmente a esa medida.
He dicho.
SALUDO A POLICÍA DE INVESTIGACIONES EN SU 67º ANIVERSARIO. Oficio.
El señor MORA (Vicepresidente).-
En el turno del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Enrique Krauss.
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente, hoy se cumplen 67 años desde que el Presidente don Arturo Alessandri Palma creó la Policía de Investigaciones, servicio que durante este lapso ha debido cumplir con mucho sacrificio en ocasiones con desconocimiento y crítica por parte de la ciudadanía y vocación permanente de entrega la lucha contra la delincuencia.
La visión del Presidente Alessandri , de concebir que la actividad policial debe situarse tanto en el ámbito preventivo y represivo como en la investigación científica de la acción delictiva, ha sido llevada adelante por la Policía de Investigaciones, en muchas oportunidades con carencia de recursos técnicos y humanos. En los últimos años, desde la recuperación de la democracia, la institución ha recogido, además, un sentido de ética funcionaria que merece destacarse. A ese aspecto ha apuntado fundamentalmente la gestión cumplida por sus directores señores Horacio Toro y Nelson Mery.
En una celebración tan significativa, corresponde dejar constancia de la satisfacción con que vemos el cumplimiento de estas funciones esenciales para la comunidad nacional por parte de la Policía de Investigaciones y desearles que, ojalá, perseveren en el esfuerzo que están realizando por mejorar la calidad de su servicio y de su compromiso.
Por lo anterior, solicito se oficie al respecto, por intermedio del ministro del Interior, al director general de Investigaciones.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores René Manuel García , Haroldo Fossa , Homero Gutiérrez, José Miguel Ortiz , Sergio Velasco , José Pérez , Felipe Letelier , Edmundo Villouta , Ricardo Rincón y Waldo Mora.
El señor LETELIER (don Felipe).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor MORA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente, mi intervención en Incidentes tenía como objetivo solicitar el envío de un oficio en el mismo sentido del pedido por el diputado señor Krauss. De manera que adhiero a dicho oficio; pero, si lo estima pertinente el señor diputado, me gustaría anexar la exposición que tenía preparada para esta oportunidad, que contiene una lata relación histórica de las policías de Chile.
El señor MORA (Vicepresidente).-
No hay inconveniente, señor diputado. Se incluirá su discurso.
La intervención del diputado Felipe Letelier es del siguiente tenor:
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente: la historia de la función policial chilena comienza en el siglo XVI. La fisonomía de esa vida policial se encuentra en el Derecho Indiano y en las tareas administrativas y judiciales de los cabildos. La función preventiva, tanto urbana como rural, se consolidó en el siglo XVIII. En los albores de la República independiente, surge la preocupación por el establecimiento de serenos y vigilantes que continúan la tradición española.
La función policial investigadora es historiográficamente controlable desde 1864. El 20 de enero la Municipalidad de Valparaíso acordó un presupuesto para la policía secreta, expresión que aludía al carácter reservado y sigiloso de sus acciones.
La administración del Estado y la evolución social lograron importantes metas en la primera mitad del siglo XIX con una normativa consistente y estable que situó con precisión la función policial en estrecha dependencia del Poder Ejecutivo así como en el contexto de la administración municipal y del sistema judicial. La Ley Orgánica de Municipalidades (1854) fomentó iniciativas policiales en todos los ámbitos del país. La Guardia Municipal de Santiago (1860) será el crisol para la profesionalización policial impulsada por el comandante Manuel Chacón Garay (18281880). Hacia 1864 Chacón estableció “guardias comisionados”, origen de la Sección de Pesquisas. El comisionado actuaba mimetizado en la comunidad de sus conciudadanos, sin uniforme. Eran seleccionados por su discreción, buen juicio y mayor nivel cultural.
Como intendente de Santiago, Benjamín Vicuña Mackenna se esforzó para mejorar la policía secreta. Anticipó con visionario optimismo, el modelo del “agent de la Sureté” de París como ideal para Chile.
Cuando terminaba el siglo XIX se avanzó en la prevención policial urbana y rural así como en los métodos para combatir el delito. Desde 1874 se empleó la fotografía para identificar delincuentes. Se perfeccionó la medicina legal, el sistema carcelario, el derecho procesal y el derecho penal.
En Santiago y Valparaíso el agente de pesquisas adquirió mayor consistencia e identidad profesional. Su número fue siempre muy reducido.
Una nueva Ley de Municipalidades (1887), impulsó la organización policial. La Ordenanza de Policía de Santiago (1889) estableció la Sección de Pesquisas en cada Comisaría que tenía 100 policías. Sólo 5 eran agentes con la ventaja de una remuneración superior. Las policías comunales, reforzadas por la Ley de Comuna Autónoma (1891), no fueron una respuesta eficaz. La realidad demográfica y la progresiva concentración urbana favorecieron la delincuencia.
La ley Nº 344 de diciembre de 1896 creó las policías fiscales, organizadas y dirigidas por el Presidente de la República. Se centralizaron y jerarquizaron los cuerpos policiales de las comunas cabeceras de Departamento. En el resto del país subsistió el sistema municipal y rural. En reemplazo de las secciones de pesquisas y con identidad administrativa y operacional, se creó la Sección de Seguridad (1896) en el contexto de las policías fiscales de Santiago y Valparaíso. En la capital se incorporaron tres mujeres agentes.
La Sección de Orden bien uniformada y mejor organizada cumplía la misión preventiva. La Sección de Seguridad, en el siglo XX, se convirtió en el Servicio de Investigaciones. Para la identificación personal adoptó la dactiloscopía de Vucetich y perfeccionó sus métodos de investigación. En 1924, Ventura Maturana , detective de Investigaciones, publicó el manual de criminalística “Las investigaciones del delito” vigente por varias generaciones.
En 1927 el sistema policial nacional fue reformado, fusionando en el Cuerpo de Carabineros a todas las policías. En 1932, por razones técnico-judiciales, se restauró la autonomía administrativa y operacional al Servicio de Investigaciones, Identificación y Pasaportes. La Ley Orgánica del 19 de junio de 1933 consagró definitivamente este logro para mejorar la administración de justicia.
Así se inició una renovada etapa de progreso que ha caracterizado a la institución en el siglo XX. El derecho, la criminalística, la medicina legal, la psicología y la sociología, abren paso a métodos científico-técnicos en la investigación criminal con evidencias periciales de laboratorio.
De una evolución centenaria y de una identidad profesional de servicio público, emerge el Código de Ética Profesional como piedra angular en la historia de la Policía de Investigaciones de Chile.
He dicho.
EXTENSIÓN DE BENEFICIO OTORGADO A LOS ADULTOS MAYORES POR EL METRO DE SANTIAGO. Oficios.
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente, en segundo lugar, quiero señalar que estamos realizando gestiones tendientes a extender el horario durante el cual se puede hacer uso de un beneficio otorgado por la gerencia del tren metropolitano, Metro S.A., con el respaldo de la administración del ex Presidente Frei.
A los usuarios de la llamada tercera edad o adultos mayores se ha otorgado un descuento en el valor del pasaje, en un horario que se extiende entre las 9 y las 17 horas, lamentablemente sujeto a determinadas limitaciones. Hemos solicitado que tales limitaciones sean revisadas y que, además, dicho horario se extienda. Encontramos una buena acogida inicial en la Secretaría General de la Presidencia, pero la gerencia general del Metro no ha estimado pertinente acogerla de inmediato.
Por lo anterior, solicito se oficie al Presidente de la República y al ministro secretario general de la Presidencia, con el objeto de que activen la adopción de tales medidas, que favorecen a un sector que merece nuestra mayor consideración, en particular por la situación que actualmente viven.
He dicho.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Rincón, Velasco, Ortiz, Villouta, Gutiérrez, Felipe Letelier y René Manuel García.
FACILIDADES PARA PENSIONARSE A EX IMPONENTES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL. Oficio.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente, recibí una nota de la Subsecretaría de Previsión Social relacionada con un tema que he abordado en diferentes oportunidades mediante oficios enviados a los Ministerios del Trabajo y de Hacienda: la densidad de las imposiciones de los cotizantes del Servicio de Seguro Social. Al presentar su solicitud para recibir la pensión, se encuentran con que si bien tienen 800 semanas de imposiciones, la densidad de las mismas resulta inferior a 5 décimas en el período de afiliación, razón por la cual no pueden pensionarse.
En esta oportunidad, por el oficio Nº 795, de 6 de junio, se me informa que se está estudiando un proyecto destinado a modificar determinadas normas del antiguo sistema previsional, que incluye una disposición que exime del requisito de densidad de las citadas cajas a aquellos imponentes de 70 años de edad o más. Si bien eso en parte soluciona el problema, hay que pensar que las personas de 65 años, en especial las que imponen en el Servicio de Seguro Social, están muy desgastadas físicamente y, además, les resulta muy difícil obtener trabajo.
Por lo anterior, solicito que por intermedio del ministerio del ramo se oficie a la Subsecretaría de Previsión Social, con el objeto de que dicho proyecto considere la posibilidad de pensión a los mayores de 65 años de edad, pues no pueden estar cinco años esperando para obtener una pensión que bien se la merecen. A pesar de que pueden solicitar pensión asistencial, ésta, por su monto, no resuelve el problema de las personas que se encuentran en la situación mencionada.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Sergio Velasco y José Miguel Ortiz.
ALCANCES SOBRE ACTUACIÓN DE EMPRESA EN RELACIÓN A DEUDOR COMERCIAL.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente, quiero referirme a la poca preocupación y seriedad de algunas empresas comerciales en relación con lo que hemos legislado en la ley respectiva, sobre los recargos a los créditos impagos y los sistemas de cobranzas.
Recibí una nota enviada por la empresa Michaely a un empleador en la cual se le informa respecto de la deuda de uno de sus trabajadores y se le dice, en forma indirecta, que no debería tener empleada a una persona que no cumple con sus compromisos comerciales, es decir, poco menos que le están pidiendo que la despida por el hecho de que no ha podido pagar su crédito.
Nosotros legislamos debidamente sobre el tema, por lo cual creemos que las empresas deben conocer esta normativa. Sin embargo, siguen amenazando y amedrentando no sólo a los deudores, sino también a sus familiares y empleadores, lo que resulta una aberración.
Haré llegar estos antecedentes al Servicio Nacional del Consumidor y a los organismos que corresponda, pues no podemos permitir situaciones como la descrita.
AMPLIACIÓN DE PLAZOS EN LLAMADOS A PROPUESTAS. Oficios.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente, por otra parte, solicito se consulte a los Ministerios del Interior y de Hacienda si existe un reglamento que fije los plazos entre el primer aviso y la recepción de antecedentes de los llamados a propuestas, porque he visto que se está dando un plazo de tres o cuatro días entre la primera publicación y la recepción de antecedentes tanto para propuestas como para la contratación de personas. Si se trata de un llamado serio, por lo menos debe otorgarse un plazo mínimo de siete días. No puede ser de otra forma, sobre todo porque ese plazo resulta insuficiente para que una persona pueda estudiar los antecedentes de la obra que va a ejecutar en una propuesta.
Lo mismo sucede con las contrataciones, respecto de las cuales la gente debe pedir certificados y otros documentos para poder postular.
Por lo tanto, solicito oficiar en tal sentido a los Ministerios del Interior y de Hacienda para que nos informen al respecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría y se adjuntará copia del texto de su intervención para una mejor comprensión del tema, con la adhesión de los honorables diputados señores Sergio Velasco y José Miguel Ortiz.
RECONOCIMIENTO A LABOR DE FUNCIONARIOS DEL BANCO DEL ESTADO DE CHILE A RAÍZ DE LOS TEMPORALES. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Sergio Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, agradezco la oportunidad que me brinda la bancada Demócrata Cristiana para referirme a los temporales que han afectado a todo el país en forma cruda y dura, particularmente a la Región Metropolitana, a la Quinta Región y, por supuesto, al distrito 15, que represento en esta Cámara, constituido por las comunas de San Antonio, Cartagena , El Tabo, El Quisco, Algarrobo , Casablanca y Santo Domingo.
Quiero expresar mi reconocimiento público a instituciones que, en forma solidaria y cada vez más activa, fueron voluntariamente a socorrer, a ayudar y a mitigar el dolor de miles y miles de familias que se vieron afectadas por los temporales en sus hogares, caminos y calles.
En esta oportunidad, deseo destacar la labor de instituciones como la Cruz Roja, la Defensa Civil, los estudiantes universitarios, el voluntariado en general, el Ejército, los funcionarios municipales, el Ministerio del Interior, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, la Fach, la Onemi, el Ministerio de Salud, los consultorios periféricos y Carabineros de Chile, los cuales, unidos en un gran equipo, fueron a socorrer a familias, niños, jóvenes y personas de la tercera edad que se vieron anegados y duramente afectados por los temporales, algunos de los cuales perdieron todos sus enseres, sus casas, sus viviendas o sus mediaguas. El país, y todos los que conformamos este hermoso Chile ayudamos en lo que pudimos para resolver de inmediato los graves problemas que causaron los temporales.
También quiero referirme a los funcionarios del Banco del Estado de Chile, quienes renunciaron a un día de descanso para abrir sus oficinas en todo el país con el objeto de recolectar el dinero que entregarían los particulares, adultos y niños, quienes fueron muy generosos, ya que se recaudó más de 400 millones de pesos a través de este aporte voluntario de las personas.
Lo anterior habla muy bien de Chile, de nuestra Patria y de nuestra gente, ya que cuando el dolor se presenta en las casas y en los hogares de nuestro país a causa de los fenómenos climáticos, está ahí para ayudar a sus hermanos, a sus congéneres. Eso nos permite confiar en que nuestros compatriotas colaborarán cuando el dolor golpee a Chile, especialmente a los sectores más damnificados.
Señor Presidente, solicito oficiar al señor ministro de Economía, o a quien corresponda, con el objeto de hacer llegar, a través del señor presidente del Banco del Estado, nuestras felicitaciones por la labor realizada por sus funcionarios a lo largo y ancho del país.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría al Ministerio de Hacienda, organismo del cual depende el Banco del Estado, con el objeto de hacer llegar sus felicitaciones por la labor cumplida por estos funcionarios durante esa emergencia, con la adhesión de los honorables diputados señores Ricardo Rincón y José Miguel Ortiz.
DESCOORDINACIÓN EN OFICINA DE EMERGENCIA DE LA SEXTA REGIÓN. Oficio.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Rincón.
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente, junto con sumarme a lo expuesto por mi colega, camarada y amigo diputado señor Velasco , no puedo sino hacer una reflexión de un grave inconveniente que vivió nuestra Sexta Región durante esos temporales, cual fue la descoordinación suscitada por el encargado de la Oficina de Emergencia en dicha Región.
Señalo estas consideraciones, puesto que cuando uno empieza a requerir los antecedentes del caso, se da cuenta de que ella sí existió y fue reconocida por el propio intendente, gracias a quien pudo solucionarse, puesto que se comprometió personalmente en cada una de las acciones que requería el momento, dada la lamentable situación que estaba viviendo la gente de las comunas y distritos de nuestra Región.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro del Interior y al intendente de la Sexta Región para que le expresen mi malestar al encargado nacional de la Onemi por esa situación que se tradujo en falta de información y coordinación con los municipios, muchos de los cuales reclamaron porque ello impidió establecer un nivel o un estado de preemergencia, como sucede en la actualidad, ya que estamos en alerta amarilla debido a un segundo frente que está entrando desde el sur hacia nuestro país, y porque las cuentas fiscales respectivas no contaron con los fondos para hacer frente a los requerimientos y a la situación producida por un temporal como el que hemos soportado.
Lo mismo debo señalar respecto de la inexistencia de comités de emergencia adecuadamente establecidos y coordinados, lo que se debe a un funcionario que tiene cuatro o más años a cargo de las labores de la Onemi en la región y que debió haber previsto esta situación, puesto que, de lo contrario, obliga no sólo a intervenir a la primera autoridad regional, gracias a quien, repito, se superó el “impasse” en que nos encontrábamos, no obstante lo cual se nos genera un mar de incertidumbres respecto de las futuras emergencias que tendremos que afrontar.
Por eso, reitero, solicito el envío de estos oficios a la Dirección Nacional de la Onemi, al ministro del Interior y al intendente regional, por conducto del anterior, con el objeto de hacer presente nuestro malestar por esta situación planteada por los alcaldes de las distintas comunas de la Sexta Región, como también para que se adopten las medidas del caso destinadas a establecer niveles de preemergencia; se destinen los fondos respectivos para que cualquier intendencia pueda contar con ellos a fin de hacer frente a este tipo de situaciones, los que no estuvieron disponibles en esta ocasión; se establezcan la red comunicacional de apoyo y los comités de emergencia a nivel regional, provincial y comunales, que requieren la debida coordinación e información de cada uno de los componentes del nivel regional, para efectuar las labores de ayuda en favor de quienes, en definitiva, son los más perjudicados por estos temporales: los que tienen menos, esto es, los más pobres, quienes, obviamente, sufren con mayor rigor el embate de la naturaleza.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría al señor ministro del Interior, quien adoptará las medidas para darlo a conocer a las otras dos personas que dependen de su Ministerio, y se adjuntará copia del texto de su intervención.
PROBLEMAS Y NECESIDADES DE LA NOVENA REGIÓN. Oficios.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el turno del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el honorable diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, todo el mundo ha hablado de los damnificados por el temporal, lo cual lamentamos mucho. Como representante de uno de los distritos de la Novena Región, que también resultó damnificada, agradezco a todos los organismos que se han preocupado del problema.
Sin embargo, me voy a referir a otro tipo de damnificado, a quien todos le piden sacrificios, pues saben que cooperará en las emergencias sin reclamar nada, poniendo su entusiasmo y voluntad, a pesar de que a veces sus familias son las damnificadas; pero ellos están dando lo mejor de sí para ayudar a los compatriotas que realmente lo necesitan. Me refiero a Carabineros de Chile.
Hace más de quince días que, a raíz de los temporales, se voló el techo de la tenencia de Cunco, comuna de la Octava Región, y ellos están cumpliendo sus labores, arrinconados en una pieza, sin techo, lo cual ha generado una serie de molestias. Como todos comprenderán, en esa comuna así como en todo el sur de Chile llueve bastante y hay mucho viento. Hasta hoy, la tenencia no cuenta con techo ni tiene los medios para reemplazarlo.
Por lo tanto, formulo la petición formal y urgente al ministro de Hacienda, a fin de que entregue fondos para colocar el techo de la tenencia de Cunco, que tanta falta hace a esa comuna y a la zona cordillerana de la región.
Por otro lado, señor Presidente, felicitamos a Investigaciones por la gran labor que realiza en Villarrica con el objeto de que la juventud no caiga en la drogadicción.
A raíz de los temporales, el cuartel de Investigaciones de Villarrica ha sido realmente asolado y anegado por el agua, dentro y fuera, ya que hoy da lo mismo estar dentro o fuera de esa casa, porque ya no soporta más las inclemencias del tiempo.
Ese cuartel tiene una dotación de sólo 10 personas, de las cuales cuatro salen a terreno, en una zona que cuenta con más de 60 mil habitantes, porque su acción alcanza a las comunas de Loncoche, Villarrica y Pucón.
De manera que pido formalmente que se dote a Investigaciones de Villarrica de los elementos que le corresponden. Tiene dos vehículos: un jeep Kia creo que es de esa marca que completó 17 mil kilómetros y está en Santiago, sin servir para nada. Por lo tanto, ha quedado con una camioneta, mejor dicho, con media camioneta, porque no puede entrar en caminos de ripio, en circunstancias que Investigaciones también cumple algunas labores en la zona rural de Loncoche, Villarrica y Pucón.
Por lo tanto, pido al ministro de Hacienda que destine los fondos necesarios, a fin de que Investigaciones de Villarrica cuente con el vehículo que corresponda y se la dote de mayor personal para cumplir sus labores, como también que su cuartel sea reparado para que tenga condiciones de trabajo medianamente razonables, y no las actuales.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Por otra parte, señor Presidente, hace algún tiempo denuncié que el puente de la entrada de Villarrica, llamado “Rodrigo de Bastidas”, está en malas condiciones.
El viernes pasado me paré sobre el puente para ver el paso de los vehículos y ahora puedo afirmar que no resiste más porque está a punto de derrumbarse. Cuando pasa un vehículo de cualquier tamaño, sea camión o bus, se mueve más de lo normal y creo que está con fallas estructurales; incluso, tiene tirantes cortados.
Deseo saber cómo va la investigación que el Ministerio de Obras Públicas dijo estar haciendo respecto de ese puente, única entrada de Villarrica. Como alternativa de acceso, habría que dar la vuelta por Loncoche, y debe considerarse que se trata de una zona turística.
Quiero llamar la atención al respecto antes de que se repita lo que sucedió en Pitrufquén: denuncié que el puente se iba a caer, y me dijeron que era alarmista; pero a los dos meses se derrumbó, se rompió todo el camino, y costó más de cinco mil millones de pesos el arreglo del puente y del camino que une Villarrica, Freire y Loncoche.
Ahora, para que no tengamos que lamentar desgracias, debo poner en antecedentes que este puente está en condiciones deficientes. Por ello, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, a fin de que informe sobre el estado de la investigación.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, todo el mundo transformó en un deporte nacional el atacar y atacar al ministro de Agricultura.
Hemos dicho que la agricultura está en mala situación, que requiere dineros frescos y condonación de las deudas de los pequeños agricultores; que obtengan semillas y abonos. Hoy, los mapuches han tomado la sede de Indap de Villarrica, porque no les han concedido las condonaciones, y no ven que lleguen semillas ni abonos para poder sembrar este año.
Por lo tanto, solicito que se oficie al señor ministro de Hacienda, porque él es responsable de la entrega de fondos para que la agricultura cuente con recursos. Queremos que el Ministerio de Hacienda, como corresponde, destine los fondos, y no culpemos más al ministro de Agricultura, quien hace lo imposible por ejecutar bien las cosas; pero no ha recibido los dineros suficientes para las condonaciones y la compra de abonos y de semillas para los agricultores.
La toma de la sede de Indap en Villarrica se irá repitiendo a lo largo del país, porque todos los agricultores, pequeños, medianos y grandes, ya están en problemas. Esto no hay que tomarlo como problema político, sino de Estado, ya que éste es el llamado a solucionar los problemas que hoy tiene la agricultura.
Muchas veces se ataca al ministro de Agricultura diciendo que es el culpable; pero reitero que los dineros tiene que entregarlos el Ministerio de Hacienda, y si no han llegado los recursos, aquél no tiene responsabilidad en la no solución de los problemas, porque, indudablemente, la de los de la agricultura pasa por tener recursos frescos y por el hecho de que la gente pueda ocuparlos ahora, ya.
Pido, en consecuencia, que se oficie al ministro de Hacienda en esos términos.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, en relación con las inundaciones, solicito que se oficie al Seremi de Interior de la Novena Región, a fin de que me informe sobre las ayudas efectivas que han llegado a las comunas de la zona declarada en estado de catástrofe, especialmente en la región costera, que ha sido inundada y afectada por intensas lluvias. Me refiero a Toltén, Puerto Saavedra, Carahue e Imperial.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, en la comuna de Curarrehue, que es muy pobre, se está implementando un plan de electrificación rural que va desde Curarrehue a Reigolil.
Allí hay 150 familias indígenas que no han podido reunir los 130 mil pesos que se requieren como pie. Hablo de una zona afectada por varios terremotos blancos y por varios golpes e inclemencias del tiempo; de familias que el año pasado han perdido más de cinco mil cabezas de ganado, por lo cual no tienen recursos para dar ese pie. Estamos hablando de 19 millones y medio de pesos que debería ponerlos Mideplan , a través de la ley Indígena, para arreglar el problema de esas 150 familias, ya que, si no aportan tal cantidad, no verán cristalizado el proyecto.
No estoy pidiendo nada extraordinario. La ley Indígena contempla recursos para caminos, agua potable, infraestructura y electrificación para el pueblo mapuche. Por lo tanto, Mideplan , del cual depende la Conadi, debería destinar los 19 millones y medio de pesos que, si bien no es una gran cantidad, favorecerá a gran número de personas de la comuna de Curarrehue.
Por este motivo, pido que se oficie a la ministra de Mideplan en el sentido indicado.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Por último, señor Presidente, quiero que se oficie al Director Nacional de Indap para que me informe sobre montos y nombres de las personas beneficiadas con la condonación de sus deudas en las comunas de Cunco, Curarrehue , Pucón , Villarrica , Loncoche , Gorbea y Toltén , lo que ha sido largamente anunciado.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
MOCIÓN PARA ESTABLECER CONSULTA CIUDADANA ANTES DE LA ENAJENACIÓN DE BIENES DEL ESTADO. Oficios.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Sánchez.
El señor SÁNCHEZ.-
Señor Presidente, a través de los medios de comunicación social se ha dado a conocer ayer y hoy una iniciativa ciudadana, que considero digna de elogio y respaldo: la realización, en la ciudad de Concepción, de una consulta popular sobre la enajenación de la Empresa de Servicios Sanitarios del Biobío, Essbío Sociedad Anónima, que actualmente integra el “holding” del Sistema de Administración de Empresas del Estado, SAE, dependiente de la Corfo.
Esta consulta popular, nacida de un movimiento de naturaleza ciudadana, tiene el doble mérito de incorporar a los ciudadanos de la Octava Región a un debate amplio sobre el destino de una empresa pública regional. Concepción, desde los albores de la república, se ha caracterizado por contar con una cultura cívica marcada por un elevado nivel de independencia y autonomía crítica respecto de lo que se hace y decide en la capital, Santiago. Al mismo tiempo, con esta consulta los penquistas nos han dado un ejemplo de compromiso cívico con los temas que involucran a la comunidad en su conjunto.
Esta situación, acontecida en la Octava Región, me ha motivado a presentar, a la brevedad, un proyecto de ley mediante el cual se establezca la obligación de una consulta previa de carácter vinculante a la ciudadanía, cuando se pretenda, por parte del Estado, enajenar algún activo de clara identificación local o regional.
El perfeccionamiento de nuestro débil sistema democrático ése ha sido el compromiso del Presidente Lagos supone, entre otras cosas, mejorar la capacidad de los ciudadanos de incorporarse al debate nacional e influir en la toma de decisiones públicas. Llegó el momento de convertir estos dichos en hechos concretos. Creo que con una iniciativa legislativa como la que he mencionado, se cumple el objetivo que sé que es buscado por el nuevo Gobierno.
Para terminar, vuelvo al punto de origen.
Sé que el proceso de enajenación de Essbío ya se encuentra avanzado; pero confío en la prudencia del gobierno central, y hago un llamado para que se considere como es debido este pronunciamiento de más de cien mil personas que han opinado que la empresa debe seguir en manos del Estado. Sabemos que Essbío es una organización eficiente, que no es un lastre para el Estado y que, muy por el contrario, es capaz de generar utilidades directas e indirectas al erario por la vía tributaria. Por ello, solicito que se oficie, en mi nombre, a los ministros de Economía y del Interior, al intendente de la Octava Región y a los alcaldes de Concepción, Talcahuano y San Pedro de la Paz, con el objeto de hacerles llegar esta intervención y de señalarles la urgencia de considerar el mencionado pronunciamiento ciudadano.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Señor diputado, me alegra muchísimo el reconocimiento a mi ciudad natal, Concepción, por las demostraciones cívicas que ha dado desde siempre. El plebiscito que se realizó allí durante el viernes y el sábado fue ejemplar y de una seriedad que ya la quisiera cualquier país del mundo en cualquier proceso electoral.
Se despacharán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de quien habla, José Miguel Ortiz.
Ofrezco la palabra.
En el turno del Comité del Partido Socialista, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.
-Se levantó la sesión a las 14.53 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Moción de los diputados señores Elgueta, Bustos, Aldo Cornejo, Krauss, Luksic, Juan Pablo Letelier, Seguel, Ignacio Walker y Patricio Walker y de la diputada señora María Pía Guzmán.
Fija plazos al sumario penal en delitos sexuales. (boletín Nº 2514-07).
Los medios de comunicación dan cuenta diaria de la comisión de horrendos delitos contra la libertad sexual y la integridad de las personas, siendo los niños las víctimas más propicias para estas conductas que muestran una gran peligrosidad social. Sin embargo, los procesos recaídos en estos delitos son extremadamente demorosos, lo que obliga a los tribunales a conceder a los procesados la libertad provisional cuando la prisión preventiva es prolongada, lo que es contrario al principio de inocencia, mientras no haya condena firme. Es paradójico que el sumario en el caso de robos con intimidación o violencia en las personas, según el artículo 80 inciso 2º del Código de Procedimiento Penal debe cerrarse dentro 193 de 40 días contados desde aquel en que el inculpado haya sido procesado pudiendo prorrogarse por una sola vez y por igual tiempo, mediante resolución fundada. Si la ley contempla esta rapidez y expedición en los atentados contra la propiedad, no se divisa razón para que en los delitos de abusos sexuales no exista esta misma agilidad. Un proceso breve hará que se resuelva la inocencia o la culpabilidad de los imputados o procesados, ordenando su libertad o su condena, según sea el caso. Es cierto que estamos próximos a la vigencia del nuevo sistema procesal-penal, pero la gradualidad de su aplicación y su subsistencia en otros campos (hechos anteriores-justicia militar) demandan, entretanto, que se limite el plazo del sumario. Para este efecto, se propone modificar el artículo 80 inciso 2 del Código de Procedimiento Penal, mediante el siguiente
PROYECTO DE LEY ARTÍCULO ÚNICO:
Modifícase el artículo 80 inciso 2º del Código de Procedimiento Penal en el siguiente sentido: Intercálase entre la palabra “personas” y “las siguientes expresiones: “y los del Título VII del Libro II del Código Penal,” los números incisos 5º, 6º, 8º y 9º”.