Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.253, RESPECTO A CONSTITUCIÓN DE DOMINIO EN ISLA DE PASCUA PARA MIEMBROS DE COMUNIDD RAPA NUI.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Bruno Guillermo Siebert Held
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Francisco Prat Alemparte
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Santiago Sinclair Oyaneder
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- INTERVENCIÓN : Carmen Frei Ruiz Tagle
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Enrique Larre Asenjo
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Bruno Guillermo Siebert Held
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Santiago Sinclair Oyaneder
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Alberto Cooper Valencia
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Errazuriz Talavera
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.253, RESPECTO A CONSTITUCIÓN DE DOMINIO EN ISLA DE PASCUA PARA MIEMBROS DE COMUNIDD RAPA NUI.
- VI.
INCIDENTES
- PETICIÓN DE OFICIO : Erwin Arturo Frei Bolivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Erwin Arturo Frei Bolivar
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- PETICIÓN DE OFICIO : Bruno Guillermo Siebert Held
-
RUTA PARA TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- CIERRE DE LA SESIÓN
- Moción de los HH. Senadores señores Hamilton, Núñez y Ríos, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica los artículos 102 y 113 de la Carta Fundamental, con el fin de establecer la elección directa y simultánea de consejeros regionales, alcaldes y concejales. (Boletín N° 1984-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- Ricardo Nunez Munoz
- Mario Enrique Rios Santander
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Moción del H. Senador señor Ruiz-Esquide, en la que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo 127 del Código Sanitario, con el objeto de garantizar la reserva de las recetas médicas. (Boletín N° 1985-11)
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 334ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 29ª, en martes 4 de marzo de 1997
Ordinaria
(De 16:22 a 18:58)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES SERGIO DÍEZ, PRESIDENTE,
EUGENIO CANTUARIAS, VICEPRESIDENTE,
Y DE LA SEÑORA OLGA FELIÚ, PRESIDENTA ACCIDENTAL SECRETARIOS, LOS SEÑORES JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ Y CARLOS HOFFMANN CONTRERAS
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA..........................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS...............................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite, que modifica la ley 19.253, respecto de constitución de dominio en Isla de Pascua para miembros de comunidad Rapa Nui (queda pendiente su discusión particular)...............
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío).........
Ruta para transporte de ácido sulfúrico (observaciones del señor Díaz).
A n e x o s
ACTA APROBADA:
Sesión 21ª, en 8 de enero de 1997........................................
DOCUMENTOS:
1.- Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre probidad administrativa de órganos de la Administración del Estado......................
2.- Informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización recaído en el proyecto que modifica la ley 18.695, en materia de gestión municipal............................
3.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que modifica la ley 18.695, en materia de gestión municipal...............
4.- Moción de los señores Hamilton, Núñez y Ríos, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica los artículos 102 y 113 de la Carta Fundamental, para establecer la elección directa y simultánea de consejeros regionales, alcaldes y concejales.
5.- Moción del señor Ruiz Esquide, con la que inicia un proyecto que modifica el artículo 127 del Código Sanitario, con el objeto de garantizar la reserva de las recetas médicas.......
6.- Solicitud de rehabilitación de ciudadanía de don Víctor Espinosa Fuentes.........................
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Alessandri Besa, Arturo
--Bitar Chacra, Sergio
--Calderón Aránguiz, Rolando
--Cantuarias Larrondo, Eugenio
--Carrera Villavicencio, María Elena
--Cooper Valencia, Alberto
--Díaz Sánchez, Nicolás
--Díez Urzúa, Sergio
--Errázuriz Talavera, Francisco Javier
--Feliú Segovia, Olga
--Fernández Fernández, Sergio
--Frei Bolívar, Arturo
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Hormazábal Sánchez, Ricardo
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Larre Asenjo, Enrique
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martin Díaz, Ricardo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Mc-Intyre Mendoza, Ronald
--Muñoz Barra, Roberto
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Otero Lathrop, Miguel
--Páez Verdugo, Sergio
--Pérez Walker, Ignacio
--Piñera Echenique, Sebastián
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara Mariano
--Siebert Held, Bruno
--Sinclair Oyaneder, Santiago
--Sule Candia, Anselmo
--Thayer Arteaga, William
--Urenda Zegers, Beltrán
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de la Presidencia , Secretario General de Gobierno , y la señora Ministra de Justicia.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:22, en presencia de 42 señores Senadores.
El señor DÍEZ (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Se da por aprobada el acta de la sesión 21ª, especial, en 8 de enero del presente año, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 22ª, especial, secreta, en 8 de enero del año en curso, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
(Véase en los Anexos el acta aprobada).
IV. CUENTA
El señor DÍEZ (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor HOFFMANN ( Prosecretario subrogante).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Diecisiete de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con los ocho primeros retira la urgencia que hiciera presente a los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el de Ucrania sobre Protección y Promoción Recíproca de las Inversiones y su Protocolo, suscrito en Santiago, el 30 de octubre de 1995.
2.- Proyecto de ley que crea Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y dicta normas para su aplicación.
3.- Proyecto de ley que modifica la Ley General de Bancos; el Decreto Ley Nº 1.097, de 1975; la Ley Nº 18.010 y el Código de Comercio.
4.- Proyecto de ley que concede, por gracia, la nacionalidad chilena a los señores Giulio Di Girolamo Antonuzzi y Claudio Di Girolamo Carlini.
5.- Proyecto de ley que modifica el Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre fomento forestal.
6.- Proyecto de ley que introduce modificaciones al Código de Minería en relación con la superposición de pertenencias mineras.
7.- Proyecto de ley que moderniza el sector portuario estatal.
8.- Proyecto de ley que fija el nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo.
--Quedan retiradas las urgencias, y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Con los nueve siguientes hace presente la urgencia, en el carácter de "Simple", respecto de los siguientes proyectos:
1.- Proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el de Ucrania sobre Protección y Promoción Recíproca de las Inversiones y su Protocolo, suscrito en Santiago, el 30 de octubre de 1995.
2.- Proyecto de ley que crea Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y dicta normas para su aplicación.
3.- Proyecto de ley que modifica la Ley General de Bancos; el Decreto Ley Nº 1.097, de 1975; la Ley Nº 18.010 y el Código de Comercio.
4.- Proyecto de ley que modifica el Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre fomento forestal.
5.- Proyecto de ley que introduce modificaciones al Código de Minería en relación con la superposición de pertenencias mineras.
6.- Proyecto de ley que moderniza el sector portuario estatal.
7.- Proyecto de ley que fija el nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo.
8.- Proyecto de ley del deporte.
9.- Proyecto de ley que modifica la Ley sobre Impuesto a la Renta, la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el Código Tributario, y otras normas legales.
--Se tienen presentes las urgencias, y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia el Presidente de la República , con el que comunica su ausencia del territorio nacional entre los días lunes 24 y viernes 28 de febrero del año en curso, ambos inclusive, en visita de Estado a los Estados Unidos de América.
Agrega que durante ese lapso, lo subrogará con el título de " Vicepresidente de la República ", el señor Ministro del Interior , don Carlos Figueroa Serrano.
--Se tomó conocimiento.
Del señor Presidente del Tribunal Constitucional , con el que comunica que el Senado deberá elegir al integrante del Tribunal Constitucional a que se refiere la letra d) del artículo 81 de la Constitución Política de la República, por un período de ocho años a contar de 11 de marzo del año en curso.
--Se mandó a poner en conocimiento de los señores Senadores.
De la señora Secretaria subrogante de la Corte Suprema, con el que remite la nómina de las personas que cumplen con los requisitos establecidos en el inciso segundo del artículo 81 de la Carta Fundamental, para los efectos de la elección por parte del Senado de un integrante del Tribunal Constitucional.
--Se tomó conocimiento y se ordenó hacer el análisis correspondiente de los candidatos hábiles.
De la Cámara de Diputados, con el que comunica que ha aprobado el proyecto de ley sobre probidad administrativa de los órganos de la Administración del Estado. (Véase en los Anexos, documento 1).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del Tribunal Calificador de Elecciones, con el que remite copia autorizada de la resolución recaída en los autos Rol Nº 5-97 AA, sobre asunto administrativo interpuesto ante ese tribunal, a propósito de una intervención del Senador señor Cantuarias relacionada con la constitución de los Consejos Regionales.
Tres del señor Ministro del Interior:
Con los dos primeros da respuesta a igual número de oficios enviados en nombre de los Senadores señores Cantuarias y Ríos relacionados con la constitución de los nuevos Consejos Regionales.
Con el tercero, contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, en lo atinente a causas de demora en la constitución de la nueva Municipalidad de Concón.
Del señor Ministro de Hacienda , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias, referido a la posibilidad de modificar la Ordenanza de Aduanas para que se rebaje el plazo de desafectación de los vehículos importados por Carabineros de Chile conforme a las franquicias del Arancel Aduanero.
Del señor Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Núñez, acerca de las normas que regulan el mercado de los medicamentos y farmacias, así como las facultades que en este ámbito le competen a la Fiscalía Nacional Económica.
Del señor Ministro de Educación , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Lagos, sobre extensión a las universidades regionales de las franquicias tributarias de la ley Nº 18.681.
De la señora Ministra de Justicia, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Hamilton, referido a la conveniencia de crear un Tercer Juzgado de Letras en la ciudad de San Antonio.
Dos del señor Ministro de Agricultura , con los que responde sendos oficios enviados en nombre del Senador Horvath: el primero, relativo a la tala de bosque nativo en la Décima Región; y, el otro, acerca de la adopción de medidas para paliar los problemas derivados de la sequía que afecta a diversas secciones del Río Aconcagua.
Del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Siebert, referido a la necesidad de reconocer el tiempo servido por funcionarios de la Administración Civil del Estado y de las Fuerzas Armadas y Carabineros.
Dos del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones:
Con el primero contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias, en lo referente a los reclamos formulados por los usuarios de distintos portadores por concepto de abultadas cuentas telefónicas.
Con el segundo responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Muñoz Barra, relacionado con las consecuencias que pudieran derivarse de la circunstancia de que Chilesat Telefonía Rural renunció al subsidio que otorga el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones por las obras que ejecuta en la Novena Región
Del señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relacionado con la instalación de un Scanner en el Hospital de Coyhaique, Undécima Región.
Dos del señor Contralor General de la República:
Con el primero da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Díez, relacionado con la campaña de recolección de firmas iniciada por la Directora del Servicio Nacional de la Mujer junto a otros jefes de servicios, en apoyo del proyecto de ley sobre filiación.
Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias, referido a la actitud que adoptará ese organismo frente a los propietarios del sector Remodelación Zañartu, Comuna de Concepción, quienes verían afectado el destino de sus casas debido a la ejecución del proyecto de recuperación de la ribera norte del Río Biobío.
De la señora Presidenta del Consejo de Defensa del Estado con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre de los Senadores señores Alessandri, Cantuarias, Cooper, Díez, Errázuriz, Fernández, Horvath, Huerta, Lagos, Larraín, Larre, Letelier, Martin, Mc-Intyre, Otero, Piñera, Prat, Ríos, Romero, Siebert, Sinclair, Thayer y Urenda, referido a las actuaciones de ese consejo en el proceso judicial que investiga el asesinato del Senador Jaime Guzmán Errázuriz.
Del señor Intendente de la Región de Los Lagos , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias, relativo al pago de la asignación establecida en la ley Nº 19.464 al personal no docente del sector educación.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de gestión municipal. (Véanse en los Anexos, documentos 2 y 3)
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señores Hamilton, Nuñez y Ríos, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica los artículos 102 y 113 de la Carta Fundamental, con el fin de establecer la elección directa y simultánea de consejeros regionales, alcaldes y concejales. (Véase en los Anexos, documento 4).
Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del Senador señor Ruiz-Esquide, con la que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo 127 del Código Sanitario, con el objeto de garantizar la reserva de las recetas médicas. (Véase en los Anexos, documento 5).
Pasa a la Comisión de Salud.
Solicitud
De don Víctor Hugo Espinosa Fuentes, con la que pide la rehabilitación de su ciudadanía. (Véase en los Anexos, documento 6).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Declaración de inadmisibilidad
Se ha recibido en Secretaría una moción de los Senadores señores Ruiz-Esquide y Díaz, con la que inician un proyecto que modifica la ley Nº 17.238, sobre franquicias aduaneras a la importación de vehículos de discapacitados.
-Se declara inadmisible, por contener materias de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República , conforme lo dispone el Nº 1º del artículo 62 de la Carta Fundamental.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
Los Comités adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1.- Tratar en el primer lugar del Orden del Día de la sesión de mañana la elección del representante del Senado ante el Tribunal Constitucional, y que ella se haga sin debate y en conformidad al artículo 179 del Reglamento, que dice: "Cuando en una elección unipersonal se produjere dispersión de votos, o sea, que ninguna persona obtenga la mayoría necesaria, se procederá de inmediato a una segunda votación, que se circunscribirá a las personas que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas.".
Asimismo, se resolvió que la Secretaría proceda en esa oportunidad a dar lectura a la nómina de las personas que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 81 de la Constitución Política.
2.- Aprobar las siguientes fechas para las semanas regionales del presente año: marzo, desde el lunes 24 hasta el jueves 27; abril, desde el lunes 21 hasta el sábado 26; mayo, desde el jueves 22 hasta el sábado 31 (la primera sesión de la Legislatura Ordinaria se llevaría a efecto el martes 3 de junio); junio, desde el lunes 23 hasta el sábado 28; julio, desde el lunes 21 hasta el sábado 26; agosto, desde el lunes 18 hasta el sábado 23; septiembre, desde el lunes 22 hasta el sábado 4 de octubre (la primera sesión de la Legislatura Extraordinaria se llevaría a efecto el martes 7 de octubre); octubre, desde el lunes 27 hasta el viernes 31; noviembre, desde el lunes 24 hasta el sábado 29, y diciembre, desde el lunes 22 hasta el sábado 3 de enero de 1998. La primera sesión de 1998 se llevaría a efecto el martes 6 de enero de 1998.
El señor ALESSANDRI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente, según entiendo, es posible sugerir algunos cambios a las semanas regionales.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Así es: las insinuaciones de los señores Senadores se incorporarán al acta de los Comités, por cuanto éstos están abiertos para recibirlas.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.253, RESPECTO A CONSTITUCIÓN DE DOMINIO EN ISLA DE PASCUA PARA MIEMBROS DE COMUNIDD RAPA NUI.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse del proyecto, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Hamilton y Andrés Zaldívar, que modifica los artículos 66 y 69 de la Ley Nº 19.253, sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Pueblos Indígenas, respecto a la constitución del dominio en la Isla de Pascua para los miembros de la Comunidad Rapa Nui, con segundo informe de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, unidas.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Hamilton y Andrés Zaldívar).
En primer trámite, sesión 31ª, en 5 de septiembre de 1995.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 3ª, en 4 de junio de 1996.
Gobierno y Medio Ambiente, unidas (segundo), sesión 27ª, en 21 de enero de 1997.
Discusión:
Sesión 11ª, en 2 de julio de 1996 (se aprueba en general).
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
Conforme al Reglamento, en el informe se deja constancia de lo siguiente: 1) Que no hay disposiciones del primer informe que no fueron objeto de indicaciones; 2) Indicaciones aprobadas: la Nº 2; 3) Indicaciones aprobadas sin modificaciones: no hay; 4) Indicaciones aprobadas con modificaciones, la Nº 2; 5) Indicaciones rechazadas: las signadas con los números 1, 4, 5, 6, 7, 9 y 10, las cuales pueden ser renovadas en la forma reglamentaria; 6) Indicaciones retiradas: la Nº 8; y 7) Indicaciones declaradas inadmisibles: la Nº 3.
Asimismo, en el informe se deja constancia de que requieren de quórum calificado para su aprobación la letra c) del Nº 3 del artículo 1º y el Nº 1 del artículo 2º de la iniciativa en debate, en conformidad al artículo 19, Nº 23, de la Constitución Política, toda vez que establecen requisitos para acceder al dominio de bienes inmuebles en la Isla de Pascua.
En seguida, se hace una relación de las indicaciones, la discusión que hubo en torno de ellas y los acuerdos recaídos en las mismas, y de las enmiendas de las Comisiones unidas al texto del proyecto aprobado en general.
La iniciativa consta de dos artículos permanentes.
Los señores Senadores tienen en su poder un estudio comparado entre la ley Nº 19.253; el texto del primer informe aprobado en general; las modificaciones propuestas en el segundo informe, y el texto final del proyecto aprobado.
El señor DÍEZ (Presidente).-
En discusión particular el proyecto.
Como no hubo artículos que no hayan sido objeto de indicaciones, ninguno puede quedar aprobado reglamentariamente.
El señor HAMILTON.-
Pero algunas indicaciones fueron aprobadas por unanimidad.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
En todo caso, ningún artículo puede darse por aprobado de inmediato.
Corresponde ocuparse de la modificación que consiste en sustituir el número 1º del artículo único --que pasa a ser artículo 1º-- por el siguiente:
"1º Reemplázase el inciso primero del artículo 66 por el siguiente:
"Artículo 66.- Son rapa nui o pascuenses los miembros de la comunidad originaria de Isla de Pascua y los provenientes de ella, que cumplan con los requisitos exigidos por las letras a) o b) del artículo 2º.".".
La señora FELIÚ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , según esta norma, tendrían el carácter de rapa nui o pascuenses las personas provenientes de la Isla de Pascua que cumplan los requisitos exigidos por las letras a) o b) del artículo 2º. En consecuencia, lo sustantivo del concepto de "pascuense" estaría dado por el artículo 2º que viene a continuación. Es decir, la norma propuesta no se autoabastese.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , efectivamente el punto central o idea matriz del proyecto en debate consiste en excluir a la etnia rapa nui de la exigencia de la letra c) del artículo 2º de la Ley Nº 19.253 o Ley Indígena. Por consiguiente, pasan a ser miembros de tal etnia quienes cumplen con los requisitos establecidos en las letras a) y b) del mismo artículo 2°.
La letra c) del precepto que se suprime concebía como miembros de la etnia a quienes mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, tales como determinadas prácticas o formas de vida, costumbres o religión de ella, de modo habitual, y a quienes cuyo cónyuge sea indígena. En tales casos, además, será necesario que se autoidentifiquen como indígenas.
Ello, en la apreciación de los afectados -vale decir, de los miembros de la etnia rapa nui-, es muy fácil de burlar. Sin tratar de llevar la situación al ridículo, bastaría con que bailaran sau-sau, comieran curanto pascuense, asistieran a la misa dominical tradicional en Pascua y se declararan pascuenses, para que pudieran adoptar dicha condición y acceder así a los beneficios de la Ley Indígena.
El rechazo habido en la Isla a esta disposición ha impedido hasta ahora la distribución de las tierras que, desde el Gobierno antepasado, estaban dispuestas para ser entregadas a un número delimitado de familias de esa etnia y que las necesitan para vivir y trabajar.
En consecuencia, esta norma se sustenta absolutamente porque subsiste en toda la Ley Indígena -salvo las modificaciones que se le introducen por medio de esta iniciativa-, y en el artículo 2°, considerar indígena al que reúne las características consignadas en las letras a) y b), y excluye, en especial, a los rapa nui de la letra c), por las razones que he indicado.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , este proyecto ha sido vinculado a otros anteriores ya aprobados -respecto de los cuales manifesté en su oportunidad mi preocupación-, porque establece una relación muy estrecha entre una situación propiamente racial, o racial-cultural, como es la etnia, y el reconocimiento de determinados derechos. Probablemente me abstendré de aprobar varias de las disposiciones en discusión en razón de un concepto básico y fundamental. Personalmente, no soy partidario de conceder derechos diferentes en función de razas existentes en Chile. Lo soy de otorgar y reconocer derechos para que los distintos grupos raciales o etnias ejerzan sus hábitos y culturas, de acuerdo con sus tradiciones, siempre que no se opongan a la moral y las buenas costumbres. Pero no me satisface el reconocimiento de derechos sobre la base de una determinada consideración de carácter racial.
Esto fue largamente discutido en oportunidades anteriores con motivo de materias referentes a la etnia mapuche. Es un tema en el cual es muy difícil adentrarse si no se dispone del tiempo adecuado para ello. Estoy consciente de que nos encontramos ante un segundo informe y que se refiere a una materia extensamente debatida anteriormente. Por consiguiente, lo que estoy enunciando es la justificación de los motivos por los cuales no concurriré a la aprobación de ciertos preceptos, en la medida en que estime que hay una situación jurídica que deriva del principio de que se conceden más o menos derechos con motivo de una característica racial de alguna persona que invista la nacionalidad chilena. Pienso que el Derecho chileno debe proteger la libertad -en especial la libertad de la cultura- y las formas culturales derivadas de hábitos ancestrales, pero, a mi juicio, no es conveniente vincular estas tradiciones que van de generación en generación a una determinada pureza racial o mezcla de razas. Creo que ello nos conduce por un camino que, a mi entender, no es aceptable. Ésa es la prevención que, en general, deseaba formular.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , creo que este proyecto reviste enorme trascendencia y, lamentablemente, estamos discutiéndolo en términos particulares, en circunstancias de que hay un problema de fondo que, de alguna manera, concierne casi al conjunto de la iniciativa. Hago mías las expresiones del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra en lo que atañe a la creación de derechos, privilegios o circunstancias especiales por razones meramente étnicas o culturales. Pero me parece que en este caso relativo a la etnia rapa nui, y específicamente a la Isla de Pascua, el problema tiene una relevancia enormemente mayor, porque -lo digo a vía de ejemplo- entregar preferencias, que en algunos casos llegan a ser absolutas, para adquirir ciertas partes del territorio continental chileno, podría no tener una importancia estratégica, pero aquí estamos en presencia de la Isla de Pascua, un lugar situado a tres mil setecientos kilómetros del territorio nacional, de sólo ciento ochenta kilómetros cuadrados de superficie, pero cuya pertenencia a Chile le significan derechos sobre el mar por una superficie superior a un millón seiscientos mil kilómetros cuadrados. Es uno de los fundamentos de lo que se ha llamado el "mar presencial", que considera veinte millones de kilómetros cuadrados de mar, donde no hay más tierras emergentes que las chilenas. Y aquí, por un conjunto de normas, estamos creando un privilegio especial para unas pocas personas, como lo decía uno de los autores del proyecto. Estamos hablando de quinientas o seiscientas personas. Mientras menos personas sean, más grave es el problema, porque estamos entregando, sobre la base de diversas disposiciones, y en términos absolutos, sin ni siquiera la salida que representaba la letra c) del artículo 2° de la Ley Indígena, el derecho único y absoluto a ser dueños de toda tierra en la Isla de Pascua exclusivamente a quienes pertenecen a una etnia totalmente restringida.
Considero que Chile tiene la obligación de fomentar y proteger la cultura rapa nui, como también su folclore y todo el valor que ello encierra. Pero eso no puede traducirse en crear condiciones para que, en definitiva, haya dos tipos de chilenos: los catorce millones de chilenos y los dos o tres mil descendientes de pascuenses. No olvidemos que cuando la Isla fue incorporada a Chile contaba sólo con ciento sesenta y seis habitantes, y aquí, en virtud de un conjunto de normas, estamos creando un enclave que reviste un grave peligro. Pensemos que la Isla forma parte de la Polinesia y está más cerca de culturas distintas de la chilena. No olvidemos que muchos de los pascuenses, por el hecho de trabajar precisamente en la Polinesia francesa, pueden acceder a una doble nacionalidad. Y aquí, sin embargo, estamos creando -la norma específica que en este momento discutimos constituye sólo una parte del problema- una situación de absoluto privilegio, de total discriminación y separación del principio de igualdad ante la ley que consigna la Constitución, respecto de un grupo restringidísimo de chilenos que, prácticamente, ni siquiera es posible ampliar, porque nadie puede, aun cuando asumiera la cultura rapa nui, convertirse en uno de sus miembros, como lo establece la letra c) del artículo 2° de la actual Ley Indígena. En consecuencia, estamos creando aquí una bomba de tiempo, para que el día de mañana la decisión de unos pocos cientos de personas pueda influir en la soberanía que tiene Chile respecto a una parte tan importante de su territorio.
Lamento que ahora nos encontremos en la discusión particular del proyecto, porque esta materia, a mi juicio, merece un estudio mucho más detenido.
Soy gran admirador de la cultura rapa nui; pienso, incluso, que debemos gastar mucho en favorecer a la Isla y a los pascuenses. Pero, por mucho afecto que le tengamos, ello no debe hacerse estableciendo un privilegio absolutamente discriminatorio, creando una categoría especial de chilenos, creando el absurdo de que un chileno, un hombre con segunda o tercera generación en Isla de Pascua, no tiene derecho a adquirir su casa allí, por más que se haya incorporado a ella y que se sienta más pascuense que sus propios habitantes.
No debemos olvidar que la Isla de Pascua tiene tres mil habitantes, de los cuales mil son propiamente pascuenses; mil son tal vez mestizos, y mil son continentales. Entonces, no es factible que, respecto a una isla tan importante, legislemos sobre la posibilidad excluyente de que sólo mil, dos mil o tres mil personas sean dueñas de su territorio, privando de estos derechos a los 14 millones de chilenos restantes, aunque residan en Isla de Pascua, aunque se hayan incorporado a sus valores, aunque hayan hecho negocios allí, aunque sean hijos de otros chilenos que llegaron a ese lugar.
Señor Presidente, debemos ser muy cuidadosos en esta materia. A mi juicio, no se justifican las modificaciones que pretenden introducirse, las que, en el fondo, corresponden al deseo de un grupo muy pequeño de personas. En todo caso, pienso que debiéramos estudiarlas con mayor detenimiento.
Específicamente, si nos referimos a la supresión implícita de la letra c) del artículo 2º de la ley, yo la rechazo como un anticipo a mi pronunciamiento negativo respecto de las otras normas que crean estos derechos tan absolutos, tan excluyentes, que, en mi concepto, son normas de dudosa constitucionalidad. Por ello, hago expresa reserva sobre la constitucionalidad de la iniciativa en su conjunto, por contener, a mi juicio, discriminaciones que significan otorgar privilegios especiales a un grupo de personas y, consiguientemente, excluir, en este caso, no a un grupo, sino a la inmensa mayoría de los chilenos.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Siebert, y a continuación, el Senador señor Hamilton.
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente , en su oportunidad sugerí -en conjunto con el Senador señor Cooper presentamos una indicación- que en este artículo se asegurara que para los efectos de esta ley la condición rapa nui se mantuviera siempre que se conservara la nacionalidad chilena. De tal manera que comparto las opiniones señaladas aquí por los Senadores señores Urenda y Thayer , porque la gente que vive allá, muy cerca de la polinesia, también por otras razones puede optar por la nacionalidad de los vecinos del ueste.
Por ello, es peligroso para nuestra soberanía el artículo como viene. Pienso que es inconveniente aprobarlo. Creo necesario volver a la antigua aclaración en cuanto a mantener la nacionalidad chilena.
Es cuanto quería señalar.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , pareciera que estuviéramos en la discusión general del proyecto, cuya aprobación dimos el 2 de julio de 1996, esto es, hace ya bastante tiempo. No obstante, estimo indispensable justificar nuevamente por qué se está legislando sobre esta materia, considerada en la Ley Indígena y que simplemente trata de establecer una adaptación a las condiciones particulares de Isla de Pascua.
En primer lugar, existe un compromiso histórico. En un libro de reciente publicación sobre análisis de la inscripción fiscal de la totalidad de las tierras de Isla de Pascua, se dice textualmente que "los Jefes de esta isla le habían entregado" (a don Policarpo Toro Hurtado) "la soberanía para el gobierno chileno, reservando sus derechos a la tierra sin hacer mención de nada más, lo que coincide plenamente con nuestra tradición de que Policarpo Toro Hurtado vino a pedir la soberanía de la isla para Chile, a cambio "de educación, trabajo, progreso y otros, además respeto por el pueblo pascuense"".
La verdad es que históricamente siempre se entendió que lo que Chile había obtenido era la soberanía. Sin embargo, respetaba las costumbres, la cultura y la tierra perteneciente a los pascuenses.
Ese reconocimiento lo hizo explícito el actual Presidente de la República el 10 de julio de 1994. En la Isla de Pascua leyó una declaración que dice:
"Isla de Pascua es un territorio chileno ubicado en Oceanía, cuyo pueblo reconoce su comunidad de origen en la cultura polinésica.
"El Estado de Chile obtuvo su soberanía de los Jefes Rapa Nui por acta suscrita el 9 de septiembre de 1888 entre el Capitán de Corbeta de la Armada de Chile don Policarpo Toro Hurtado, y el grupo encabezado por el Ariki Atamu Tekena.
"Como una medida destinada a proteger a sus habitantes, el Estado se opuso al requerimiento presentado en 1915 por el ciudadano francés Enrique Merlet ante el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, por el cual pretendía inscribir el dominio de la Isla a su nombre. Para evitar actos como el indicado" -sigue el Presidente - "el Estado de Chile inscribió a nombre del Fisco, en el año 1933, las tierras de la Isla.
"El Estado de Chile reconoce que la tierra tiene un valor y significado trascendental para la comunidad étnica Rapa Nui, pues es ella quien les otorga el sustento, y es el fundamento principal de su existencia y de su cultura.
"El acto de inscripción de la Isla de Pascua a nombre del Fisco respondió al criterio señalado, y compromete al Estado de Chile en la protección de las tierras que la conforman en favor de sus habitantes originarios, postulando el derecho ancestral de la etnia sobre ellas.
"El Estado de Chile, actuando a través de los servicios y organismos públicos competentes, ha entregado, y continuará entregando, en forma progresiva, tierras fiscales a los miembros de la etnia Rapa Nui, sean en dominio, concesión u otras formas de uso, acordes con su tradición, y de conformidad a la normativa legal vigente o a la que pudiera imperar sobre la materia.".
Ése es el compromiso histórico; ése es el reconocimiento que hace el Gobierno de Chile; éste es el respaldo que ha tenido en la Isla de Pascua, de parte de los isleños, sean ellos naturales del continente u originarios de la etnia, expresado precisamente en la última elección municipal -y fue uno de los motivos de discusión-, donde no hubo un sólo concejal elegido en la Isla que no fuera partidario de llevar a cabo esta iniciativa sobre la base de que las tierras de que el Fisco se desprenda gratuitamente (no las que retenga en su poder, que son la gran mayoría, ni las que destine a fines culturales u otros) sólo pueden ser entregadas a los miembros de la etnia rapa nui.
¿Es posible que continentales accedan a ella? Sí. Si son cónyuges, si son hijos de padre o madre nacidos en la isla, si a través de las reglas de sucesión les corresponde. Eso no se altera.
Pero al cabo del tiempo, como esas tierras no pueden transferirse a terceros extraños a la etnia rapa nui, vuelven a ella, porque pertenecen a dicha etnia los descendientes de quienes originariamente tienen esa calidad.
Este precepto no es tan excepcional. Normas similares ya rigieron en el Gobierno militar, como el decreto Nº 2.885, de 1979, cuyo artículo 1º faculta para entregar títulos gratuitos de dominio en terrenos fiscales precisamente a los miembros de la etnia rapa nui.
Eso es lo que dice la Ley Indígena en su artículo 1º. Quiero señalar que esta ley, por su naturaleza, pasó al Tribunal Constitucional y fue aprobada íntegramente sin observación alguna.
Señor Presidente , me parece que no podemos seguir discutiendo el fondo del proyecto, la idea matriz de la iniciativa, porque eso ya fue aprobado por el Senado. Podrá gustar o no; podrá haber matices; podrá discutirse su articulado. Pero este artículo 1º, en los términos del segundo informe, o como aparece en el primer informe, o tal cual está en el texto original, contiene la idea fundamental o matriz del proyecto: excluye de la etnia rapa nui a los que por sangre no son miembros de ella y permite al Estado entregar tierra, en dominio, concesión u otra modalidad que se compadezca con dicha cultura, a los pascuenses que no la tengan.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor RÍOS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , estamos discutiendo una iniciativa de ley muy trascendental. En general, he sido partidario de ella. Pero, sin lugar a dudas, vale la pena también debatir en alguna forma lo señalado por el Senador señor Urenda , quien aludió a diversos principios y valores dignos de consideración, a lo menos para la historia de la ley o para los efectos de disposiciones específicas que analizaremos más adelante.
Cuando se discutió el proyecto que dio origen a la ley Nº 19.253, conocida como "Ley Indígena", lo que hicimos los Parlamentarios fue fijar un criterio, determinar acciones, crear organismos, destinar recursos, establecer un nuevo ítem en el Presupuesto, precisamente para recrear la nación chilena. Y la nación chilena es, justamente, la expresión de todas sus etnias, idiomas, lenguas, razas, religiones, etcétera. Entonces, yo diría que en el momento mismo en que se publicó el referido cuerpo legal se dio el primer paso recreacional.
Por muchos años hemos estado preocupados de la república y muy despreocupados de la nación. La propia Constitución dispone que la soberanía reside en la nación. Es en ella donde radican los aspectos más trascendentales de la expresión de Chile.
Al recoger algunas de las opiniones del Honorable señor Urenda -todas ellas, muy interesantes-, surgen las inquietudes. Su Señoría se pregunta cómo es posible que 14 millones de chilenos no puedan acceder a la propiedad en Isla de Pascua.
Es importante, Honorables colegas, recordar lo que dispone el artículo 12 de la ley Nº 19.253, referente a las tierras indígenas:
"Son tierras indígenas:
"1º Aquellas que las personas o comunidades indígenas actualmente ocupan en propiedad o posesión provenientes de los siguientes títulos:
"a) Títulos de comisario de acuerdo a la ley de 10 de junio de 1823.
"b) Títulos de merced de conformidad a las leyes de 4 de diciembre de 1866; de 4 de agosto de 1874, y de 20 de enero de 1883."-
"2º Aquellas que históricamente han ocupado y poseen las personas o comunidades mapuches, aimaras, rapa nui o pascuenses, atacameñas, quechuas,", etcétera.
Ahora bien, de lo que se trata es de fijar un límite. Si aplicamos el referido número 2º en plenitud, indudablemente que el edificio de nuestro Parlamento se alza sobre tierras indígenas (porque históricamente lo fueron). Esto es así y no de otra forma. Pero ocurre que en las tierras aborígenes del continente americano, en el sur o en el norte, existe cierta concentración de etnias radicadas en un lugar determinado. Por ejemplo, en la Octava, Novena y Décima Regiones, por el sur; en la Primera y Segunda, por el norte (aimaras, atacameños, etcétera). Lo que sucede en Pascua es que están localizadas en la isla y nada más.
Por tal motivo, desde el punto de vista del Nº 2º del artículo 12 del citado cuerpo legal, toda la Isla de Pascua es tierra indígena. Y no existe un metro cuadrado -¡ni uno solo!- que no lo sea. Si interpretamos bien el referido precepto, no hay -repito- un solo metro cuadrado que no sea suelo aborigen. Todo pertenece a la etnia que reconoce la ley: la rapa nui o pascuense.
Entonces, el proyecto en debate recoge un aspecto muy importante. Es cierto que todo pertenece a dicha etnia y que debe entregarse a ella lo que la ley ordena. Pero la normativa legal vigente establece, en la letra c) de su artículo 2º, que se considerará indígenas a "Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos, será necesario, además, que se autoidentifiquen como indígenas.".
Así que el planteamiento y la inquietud señalados por el Senador señor Urenda ya están presentes en la ley actual, aprobada por unanimidad en la parte pertinente (la citada norma no tuvo ningún voto en contra). Ya existe un cuerpo legal que definitivamente protege las etnias. Eso forma parte de la nación. Y se debe entender que la referida normativa se dictó en momentos en que el país estaba en condiciones de estudiar con tranquilidad todos sus procedimientos, para ir al encuentro de la nación, lo que es muy relevante.
Si alguien no pertenece a determinada etnia, ¿deberá vivir en su territorio, profesar su religión, tener sus rasgos, decir públicamente que es miembro de ella y cumplir numerosas otras exigencias para acceder a la propiedad?
Ciertamente, podemos pensar que eso es inconstitucional. Porque si formo parte de un mismo territorio (el de Chile), no puedo hacer tantas declaraciones (en algunos casos, a lo mejor, mintiendo) para tener acceso a la propiedad: "Sí, declaro formar parte de esta etnia. Me gusta. Voy donde la machi" -en el caso de los mapuches, pehuenches, lafquenches o huilliches- "y vivo en plenitud".
Es indudable que ello refleja una concepción distinta de lo que ha sido nuestro ordenamiento social, institucional y territorial.
La ley, tal cual está, permite efectivamente que personas de rasgos polinésicos compren Isla de Pascua. Hoy día lo pueden hacer. Con la proposición en estudio, ello no es factible. Existe, claro, la limitación a los continentales -como se llama a los habitantes del continente americano; porque la isla pertenece a Oceanía-, quienes deben enfrentar una realidad que la propia ley estableció.
Señor Presidente , el sentido de este artículo -entiendo que ya se aprobó; ignoro si la Mesa lo va a poner nuevamente en votación- es recrear la nación, cuidar los aspectos trascendentales de ella, para poder provocar un encuentro definitivo de ese enorme territorio con los millones de kilómetros cuadrados que están en su entorno, con una expresión geopolítica tan trascendente como es la del mar presencial, donde Isla de Pascua tiene un rol fundamental desde el punto de vista geográfico, y, en definitiva, dar protección real y profunda a los hombres que la habitaron, le dieron esa plenitud histórica maravillosa y desarrollaron una cultura fantástica que hoy deseamos preservar.
Por eso, en principio, votaré favorablemente el artículo 1º, en el entendido de que debe ser aplicado con la prudencia del caso. Por lo demás, se confiere al Fisco chileno, al Ejecutivo , al Presidente de la República , la facultad de otorgar propiedades, títulos, etcétera, pero no todo definitivamente, a fin de ir combinando y armonizando el interés nacional con los aspectos propios de la etnia -ello es muy importante-, para de esa forma recoger de nuevo esta expresión de nación a veces tan olvidada y tan necesaria en el país.
He dicho.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , esta segunda intervención mía será muy breve y tendrá un carácter sustancialmente de consulta y referencia a los Honorables colegas que han estudiado a fondo el problema.
¿A qué punto quiero ir -y me interesa que quienes han llevado adelante este interesante proyecto lo tengan presente y procuren que no se escape-, dónde está mi preocupación?
Cuando leo el inciso segundo del artículo 66 de la ley Nº 19.253 -para que se entienda mi inquietud-, quedo perfectamente tranquilo. Dice esa disposición: "Reconócese que esta Comunidad posee sistema de vida y organización histórica, idioma, formas de trabajo y manifestaciones culturales autóctonas.".
Ahora bien, todo lo que signifique estructurar un sistema normativo para proteger la libertad de una comunidad que tiene esa forma de vida y la pueda expresar es, a mi juicio, legítimo y concurrente a solidificar la nacionalidad chilena, la cual pertenece a un país que, como la gran mayoría de las naciones del mundo, es fruto de una fusión de razas.
Mi idea consiste en evitar que en la ley exista siquiera la sombra de un principio de base racial que asigne derechos, considerando el tremendo proceso de investigación biológica en que estamos cada vez más perfeccionados y donde se busca determinar el último sentido de lo que es una raza diferenciada de la otra. Tal situación, a mi modo de ver, nos conduce por un camino que puede ser muy perjudicial y que tiene envuelto al mundo entero en dificultades derivadas de conflictos de tipo racial sumamente delicadas.
Por eso, todo lo que podamos hacer para reconocer tales derechos o, incluso, los compromisos -como lo expresó muy erudita y justamente el Senador señor Hamilton - que hay con la comunidad pascuense provenientes de sus peculiaridades culturales, conforme a la definición contenida en el inciso segundo del artículo 66 de la ley Nº 19.253, en mi opinión, constituye la línea correcta de acercamiento a lo que significa reconocer que en Chile existen etnias o formas culturales diversas que deben ser respetadas.
A mi modo de ver, tenemos que impedir que se pierda el sentido de que la chilenidad, en definitiva, es una; la soberanía, una, el derecho, uno, y entender que la diferenciación de derechos nunca estará dada por la composición químico-biológica -por así decirlo- de una raza, pero sí por los derechos que la libertad de la cultura confiere a la persona o grupo que finalmente ha establecido un sistema de vida respetable dentro de los usos y culturas de un país.
He dicho.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú. Pero, si Su Señoría lo permite, la Mesa, con la venia de la Sala, desea formular una breve sugerencia.
La señora FELIÚ.-
Con el mayor gusto, señor Presidente.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Creo que estamos en presencia de un proyecto de ley cuya importancia excede su texto. Él ha sido estudiado por las Comisiones de Gobierno y de Medio Ambiente y Bienes Nacionales. Pero aquí se trata, no sólo de una cuestión interna o de conservación de la naturaleza, sino también de un problema de soberanía, de presencia de Chile en el mar, de nuestras fronteras, etcétera.
En tal virtud, me parece que la iniciativa en análisis debería ser estudiada, además -antes de que se pronuncie la Sala-, por la Comisión de Defensa, que sin duda, de recibir el cometido, citará a las instituciones correspondientes. Y hago esta proposición porque, a mi juicio, un proyecto de esta naturaleza excede con mucho los conocimientos que tenemos sobre la materia.
En consecuencia, sugiero a la Sala que la iniciativa sea enviada para su estudio a la Comisión de Defensa Nacional.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Señor Senador, está con la palabra la Honorable señor Feliú.
El señor NÚÑEZ.-
Solicito una interrupción a Su Señoría.
La señora FELIÚ.-
Se la concedo con el mayor gusto.
El señor NÚÑEZ.-
¿El señor Presidente someterá a votación su planteamiento o nos está indicando un criterio de la Mesa con respecto al tratamiento del proyecto?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Es una sugerencia de la Presidencia. Si es acogida por un número importante de Senadores, la Mesa la pondrá en votación.
El señor NÚÑEZ.-
Personalmente, he estudiado el tema junto con los miembros de las Comisiones que presidí durante el último tiempo, y la verdad es que no vemos texto, materia o disposición -tampoco se ha formulado alcance alguno al respecto- que amerite el estudio de la iniciativa por la Comisión de Defensa.
Si aplicáramos el criterio expuesto, todo asunto vinculado a cualquier rincón de Chile podría ser tratado por el mencionado órgano técnico.
Siendo Isla de Pascua parte consustancial del territorio nacional, no veo razón, en función del texto en debate, para que el proyecto sea remitido a la Comisión de Defensa.
El señor PRAT.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Con la venía de la Honorable señora Feliú, tiene la palabra Su Señoría.
El señor PRAT.-
Deseo apoyar la proposición de la Mesa en cuanto a que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Defensa y, al mismo tiempo, discrepar de las razones aducidas por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra para no proceder en esa forma.
Pienso que las materias relativas a Isla de Pascua, como zona limítrofe que es, conciernen al tema de la Defensa, particularmente cuando hemos visto campañas internacionales que afectan los derechos de Chile en el territorio que estamos analizando.
La normativa en análisis, que toca a esa parte del territorio nacional, dice estricta relación a la Defensa. Por lo tanto, la proposición del señor Presidente me parece del todo pertinente.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Con la venia de la Senadora señora Feliú, tiene la palabra el Honorable señor Hamilton. Después podrá intervenir el Senador señor Sinclair.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , de acuerdo al criterio sustentado por la Mesa, todos los proyectos de ley deberían pasar a la Comisión de Defensa, porque de una u otra manera tienen que ver con la nacionalidad, con la integración territorial, con el desarrollo del país.
La iniciativa en debate fue informada en primer lugar por la Comisión de Gobierno; luego fue discutida y aprobada en general por la Sala, y finalmente se remitió para segundo informe a las Comisiones unidas de Gobierno y de Medio Ambiente y Bienes Nacionales. Además, se escuchó al Ejecutivo y a todas las partes involucradas. Y el análisis ha durado meses, no obstante tratarse de una materia muy simple.
Por las palabras expresadas por algunos señores Senadores, parece que se estuviera entregando Isla de Pascua.
Señor Presidente , Isla de Pascua es parte del territorio nacional. Su propiedad corresponde casi íntegramente al Fisco. Pero éste, de acuerdo a la legislación del Régimen militar, a la del Gobierno anterior y al proyecto propuesto ahora, desea entregar tierras (una porción muy minoritaria), en dominio o concesión, a parte de los pascuenses, que no pasan de 500 familias.
Aquí se ha planteado que debe estudiar la iniciativa la Comisión de Defensa. ¿Y por qué no también la de Relaciones Exteriores, si se trata de un vértice que el Almirante Martínez Busch ha vinculado al mar presencial de Chile?
Nuestro país no está renunciando a nada. Yo diría que el único peligro de que en Isla de Pascua se desarrollen tendencias separatistas del territorio nacional es precisamente impedir a sus habitantes el cumplimiento del compromiso histórico de ser propietarios de un pedazo de tierra, en la medida en que pueda otorgárseles y en que el Estado chileno considere necesario hacerlo.
Los Gobiernos anteriores han entregado tierras. El actual no ha podido hacerlo por el problema de la definición, porque no sabe a quién debe darlas y porque, además, tiene que haber un representante de la etnia rapa nui en la Comisión que recomienda su otorgamiento. Y todo ello supone una definición previa de quiénes son pascuenses.
En consecuencia, estimo que aquí se están exagerando los alcances del proyecto. Lo entiendo. Pero quienes hemos estado vinculados a Isla de Pascua conocemos la situación.
Soy representante de ese territorio ante el Senado. Y junto con el Senador señor Andrés Zaldívar , tras varias visitas a la Isla y numerosas consultas, patrocinamos el presente proyecto, que expresa -yo diría- el deseo unánime de los isleños.
El ex Presidente de nuestra Comisión de Gobierno tuvo a bien realizar una sesión telefónica, al aire libre, con toda la comunidad rapa nui, en la que participaron el alcalde de Isla de Pascua , quien fue reelecto, y el Gobernador , que es un distinguido abogado, con títulos incluso internacionales; el Presidente del Consejo de Ancianos , circunstancia que expresa la superioridad del elemento histórico. Todos ellos estuvieron de acuerdo. Y todos reconocieron que la soberanía es exclusivamente de Chile; que lo que reclaman es un pedazo de tierra, el que el Estado puede dar o no, de acuerdo con la ley, pero que si da, lo da sólo a la etnia.
Diría que aquí hay en juego dos modelos de desarrollo: el del continente, llevado a la isla, o el propio de mantener las costumbres, preservar ese territorio y respetar la idiosincrasia de sus habitantes. Es una contradicción que el proyecto resuelve a favor de la etnia pascuense. Y a ello obedece, desde que Chile es dueño de la isla, el compromiso asumido en 1933, cuando las tierras fueron inscritas a nombre del Fisco, para proteger a los isleños y para que no pasara lo que en otros lugares de la Polinesia en que los habitantes primitivos no tienen hoy ni una sola propiedad: todas pertenecen a extranjeros.
La cuestión es al revés. Por eso, el Presidente de la República , solemnemente, ha reafirmado este compromiso con Chile. Y ahora, con el acuerdo del Gobierno, la mayoría del Senado, que aprobó esta iniciativa, y la gran mayoría de la población de la isla -sean continentales que trabajan allá o pascuenses originarios, por sangre- tratan de respaldar la acción legal en análisis.
Me parece muy buena la intención manifestada, señor Presidente, pero con ella se puede llegar al punto de que el proyecto tenga que pasar por todas las Comisiones, en circunstancias de que los Senadores podemos pronunciarnos en la Sala. Y no se trata de una materia tan difícil de entender, a mi juicio.
He dicho.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Han pedido la palabra los Honorables señores Sinclair, primero, y Andrés Zaldívar, después. Pero antes de las intervenciones que acaban de tener lugar la había solicitado la Senadora señora Feliú, quien puede hacer uso de ella.
La señora FELIÚ.-
La verdad es que iba a hablar sobre la disposición que se había expuesto, señor Presidente , pero, atendida su proposición, me referiré muy brevemente a la ley misma y al artículo 2º, que ha sido objeto de debate, y al trámite que la Mesa propone.
En lo personal, comparto sus palabras. El proyecto, que contiene cinco o seis preceptos, no es de gran extensión y determina excepciones a la legislación vigente, pero tanto en aquellas propuestas en la norma que nos ocupa como en las siguientes se crea un sistema realmente especialísimo, en virtud del cual se "margina", por así decirlo, de la calidad de chilenos a los habitantes de la isla de Pascua.
Ocurre que en la ley Nº 19.253 ya existen disposiciones que...
El señor HAMILTON.-
¿Me permite una breve interrupción, señora Senadora ?
La señora FELIÚ.-
Con el mayor gusto, Honorable colega.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Hay algo que no quisiera dejar pasar, señor Presidente. No se margina a ningún chileno. Por el contrario. Es esencial serlo para poder acceder a tierras en la isla de Pascua. Y los miembros de la etnia rapa nui, al igual que los mapuches y los de muchas otras, son chilenos. Si no lo fueran, no podrían contar con dicho acceso, de acuerdo con el proyecto.
Muchas gracias, señora Senadora.
La señora FELIÚ.-
No comparto lo que se expresa, señor Presidente. Precisamente, en su oportunidad, y sobre la base del debate en esta Corporación -si mal no recuerdo, se trató del planteamiento del Honorable señor Muñoz Barra respecto de las familias en que uno de los cónyuges es chileno y queda privado del estatuto especial que determina la ley-, formulé una indicación para dejar comprendido al cónyuge chileno en la definición del artículo 2º, que se apunta a enmendar, lo que fue rechazado. Y la razón que se dio para tal efecto fue que esa persona puede ser titular de un derecho sucesorio respecto de los bienes. Pero no era eso lo que se hacía presente, sino su calidad directa de cónyuge.
En cuanto al proyecto, éste modifica, en la norma de que se trata, el sistema general de la ley Nº 19.253, al eliminar el requisito del reconocimiento de pertenecer a una cultura especial. Las argumentaciones que aquí se han dado, relativas al sau-sau o lo que sea, realmente no me parecen en absoluto convincentes. Creo que las razones que dicho cuerpo legal contempla para los tres casos que consigna son válidas respecto de cualquier etnia. Y, desde esa perspectiva, considero inconveniente la proposición formulada.
Como resulta que más adelante se establece un precepto, también modificatorio de la norma general de la ley Nº 19.253, relativo a que, por exigirlo el interés nacional, las tierras de isla de Pascua no pueden ser enajenadas, embargadas, permutadas, etcétera -y ello, en una forma más restrictiva que la vigente-, estimo muy adecuado que la Comisión de Defensa estudie previamente el texto, a fin de que analice el impacto o las consecuencias que estas disposiciones pueden producir en relación con la soberanía de Chile.
Gracias, señor Presidente.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Se hallan inscritos a continuación los Honorables señores Sinclair, Andrés Zaldívar y Mc-Intyre.
Tiene la palabra el Honorable señor Sinclair.
El señor SINCLAIR.-
Sólo deseo expresar que coincido tanto con el señor Presidente , en cuanto a la tramitación a que debe ser sometida esta iniciativa, como con el Senador señor Prat. Pienso que todo lo atinente a isla de Pascua, por la ubicación de ésta, de acuerdo con nuestra posición geográfica, y porque conforma uno de los vértices del mar presencial, obliga a actuar con la mayor prudencia y a dar el mayor tiempo posible para analizar cada aspecto que incide en el tema. Por la misma razón, me parece del mayor interés que esta materia, por hallarse vinculada a una porción del territorio nacional, sea conocida por la Comisión de Defensa.
He dicho.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , en primer lugar, no sé si acaso por tratarse de una iniciativa referente a una etnia se puede discriminar en cuanto a si los integrantes de ésta son chilenos o no. Se debe partir de la base de que todos lo son. Y, en esa medida, no se puede negar la existencia de etnias dentro de nuestra nacionalidad, las que forman parte de la comunidad nacional.
La razón del proyecto -y se repetirá el debate en general por tercera vez- es, precisamente, reconocer la realidad propia de isla de Pascua. Y quienes han tenido contacto con esta última o han seguido por algún tiempo el tema que constituye, saben que esa parte del territorio debe ser cuidada y tomada en cuenta como algo distinto de la realidad del continente.
Cabe recordar que allá rige otro procedimiento judicial, en relación con el cual se legisló en los años 60, y que la situación es diferente en materia de propiedad: las tierras son fiscales. ¿Y qué está pidiendo la gente que vive en Pascua y cuál es la razón por la que hemos iniciado este proyecto de ley? El que se le dé acceso a la tierra.
¿Esto es algo excepcional respecto de la legislación corriente sobre el derecho de propiedad? Por supuesto que lo es, ya que se trata de un caso de excepción. Y ello, del mismo modo que existe una legislación excepcional acerca de los mapuches, y de la tierra mapuche, y de la constitución de la propiedad mapuche. Y nadie puede reclamar que se realiza una discriminación entre una etnia y los chilenos. Conviene cuidar el lenguaje: son todos chilenos.
Se requiere mucha sensibilidad, realmente, para tratar el tema de isla de Pascua y buscar soluciones. La ley dictada en el Gobierno del Presidente Frei Montalva, en la que participé junto con el Senador señor Hamilton , obedeció a la necesidad de reafirmar la soberanía nacional, porque se observaba un distanciamiento entre los isleños y el continente. Y, por ello, fue preciso instalar mecanismos de administración; preocuparse de respetar a los pascuenses, pero, a la vez, incorporándolos al país.
Por mi parte, estuve hace dos años en Isla de Pascua, y quedé impresionado. Es una de las causas por las que intervengo en el proyecto. Porque la cercanía de ese territorio a la Polinesia francesa hace mucho más atractivo para los pascuenses, en todo sentido, mirar hacia allá que hacia el continente. Se trata de un lugar donde el abastecimiento de alimentos es difícil, por lo que tampoco podemos hablar siquiera de la existencia de una economía de mercado. Además, los isleños se sienten con identidad propia y no desean que Pascua se extranjerice, a lo que debe añadirse un sentimiento anticontinental, porque muchas veces los que han ido allá han abusado.
Entonces, esta iniciativa se justifica plenamente. No es necesario que pase a la Comisión de Defensa, pues todos los Senadores tenemos la suficiente capacidad como para discernir la conveniencia o inconveniencia de dar acceso a la propiedad a los miembros de la comunidad rapa nui mediante un sistema que no es una excepción. Porque el artículo 13 de la ley Nº19.253 dice: "Las tierras a que se refiere el artículo precedente, por exigirlo el interés nacional, gozarán de la protección de esta ley y no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia.". A lo mejor, muchos de quienes hoy objetan este proyecto votaron favorablemente esta norma.
Entonces, lo único que debe resolverse es o dar acceso a la propiedad a aquellas familias pascuenses que viven en la isla o que pertenecen a la etnia rapa nui -que, sin discusión, son chilenos- o negarles ese acceso y mantener la situación en statu quo. Quiero decir, como Senador responsable, que, en este último caso, cometeríamos un grave error, porque los isleños podrían sentirse marginados o no incorporados a nuestro país. Hace dos años la emisión de televisiva con informaciones de Chile llegaba en avión cada tres o cuatro días, mientras que las noticias del resto del mundo se conocían en el día. Este problema se solucionó con la instalación de los dispositivos necesarios para bajar la señal audiovisual, precisamente a petición nuestra después de la visita que hicimos a la isla. Hoy las noticias les llegan diariamente, con lo que se sienten incorporados, al menos en este ámbito de las comunicaciones, al acontecer del continente y no tanto al de la Polinesia francesa.
Actualmente, los pascuenses se interesan más por buscar trabajo en las islas de la Polinesia francesa, donde el gobierno galo está desarrollando una política de turismo agresiva y no ha tenido problemas para entregar en propiedad tierras a los originarios de ellas. Y ha ido mucho más allá: incluso el servicio religioso -de ello fui testigo; no pretendo con esto imputar a los sacerdotes una acción proselitista contraria a los intereses de nuestro país- muchas veces se realiza desde la Polinesia francesa hacia la isla de Pascua.
El paso que ahora estamos dando es mínimo. El Parlamento y el Gobierno chileno deben actuar mucho más decididamente en favor de la isla de Pascua para renovar -tal como lo hicimos en 1964- el mecanismo de tratamiento de excepción -porque eso es-, a fin de que los pascuenses se sientan realmente partícipes de nuestra nacionalidad y no marginados, o discriminados, o crean que se les está negando, en base a una votación en el Senado, acceso a la propiedad, lo que han estado pidiendo desde hace muchos años.
Por estas razones, soy coautor de esta moción.
Solicito al Senado no dilatar más la tramitación, lo que podría interpretarse como falta de interés por legislar en favor de la comunidad rapa nui.
Muchas gracias.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , para la Armada la isla de Pascua siempre ha tenido gran importancia. Desde que Policarpo Toro arribó a ella, toda su historia ha sido rica en cosas muy buenas. Pero también se han presentado problemas.
Desde luego, Pascua reviste gran relevancia desde el punto de vista de la defensa, por encontrarse en el borde del mar presencial. Sus habitantes siempre recuerdan los tremendos problemas que tuvieron con el Perú en el siglo pasado cuando, a raíz de la esclavitud, les llevaron un montón de gente. Durante la Segunda Guerra Mundial, Estados Unidos negoció el empleo de la isla para fines bélicos -sobre todo aeromarítimos- respecto a Japón. Y no hace muchos años, en la década de los ochenta, se efectuaron conversaciones muy importantes con Estados Unidos sobre proyectos secretos relativos al transbordador espacial, y no para tareas pacíficas, que contemplaba la salida desde la base Vandenberg, en el Pacífico, en el marco de la guerra fría con la Unión Soviética. Recuerdo, también, la posibilidad de la instalación, con motivo de los ensayos atómicos en la zona, de estaciones tacticoestratégicas para observarlos. En fin, hoy en día hay allí una excelente estación de control de tráfico marítimo.
Por consiguiente, no existe la menor duda de que la isla reviste gran importancia geopolítica y estratégica desde el punto de vista de la defensa, aunque ello no es lo trascendente de la iniciativa que estamos discutiendo. Su territorio es tan pequeño que sus habitantes carecen de espacio, como muy bien lo señaló el Senador señor Hamilton. Y debido a que el sector arqueológico es muy significativo y el forestal tiene muchas dificultades, no queda mucho terreno libre para viviendas. En este punto hay que tener mucho cuidado y me parece que el proyecto no lo ha abordado suficientemente.
En cuanto al interés de los pascuenses por ir a Tahití, que se ha evidenciado desde hace muchos años, recuerdo que, cuando la Comisión de Gobierno visitó la isla, el entonces alcalde, Alberto Hotus , había viajado a Tahiti para hablar con los pascuenses que de allá retornaban debido a los grandes problemas que presentaba la venta de la tierra. Eran más de trescientos. Ahora estamos hablando de 3 mil ó 3 mil 500. ¿Saben, señores Senadores, cuántos pascuenses hay en el continente? Más de 17 mil, de acuerdo con el censo de 1992. En Santiago, por ejemplo, hay más de 11 mil 600, y en la Quinta Región, 3 mil 344. Si la constitución del dominio se abre para ellos y para los que vienen de la Polinesia, Pascua no será capaz de soportarlo. Por consiguiente, desde el punto de vista pascuense la iniciativa, tal como está redactada, no es una buena solución.
Por otro lado, hay continentales que han vivido en la isla por muchos años. Pongo el caso del piloto Roberto Parraguez , quien, pese a su gran cariño por esa tierra, con esta normativa no habría podido tener ni siquiera una casita; ni tampoco podrían tener acceso a un pedazo de tierra su hermana y otros parientes que residen en ella. Estoy de acuerdo en que la isla, en esta materia, no puede abrirse a los 14 millones de chilenos, pero tampoco puede cerrarse para que ni un solo continental tenga acceso a este beneficio.
En resumen, comparto la idea de que la iniciativa pase a la Comisión de Defensa, porque la isla de Pascua es importante y porque me parece que quedan puntos no tratados. Sin embargo, deseo recalcar que no sólo hay pascuenses en la isla. En todo nuestro país ellos han sido acogidos con beneplácito: desde Arica, donde suman 504, hasta la Duodécima Región, donde hay 183.
He dicho.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Díez.
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente , quiero precisar el sentido de mi intervención.
Nadie desea marginar ni perjudicar a los "chilenos de origen pascuense", para usar las palabras exactas.
Nos alegramos de todos los progresos que esa parte del territorio y del pueblo chileno ha recibido, ya sea en comunicación, atención, etcétera. Pero, por ejemplo, lo que anteriormente resolvimos respecto de las propiedades de los chilenos de origen mapuche, no es exactamente igual a lo que ahora debatimos con relación a los chilenos de origen pascuense. Ello, por una razón geográfica que no debemos olvidar: porque la reglamentación de la propiedad en el centro del territorio, rodeada de propiedades pertenecientes a otros chilenos y sometida a una autoridad directa e inmediata, es distinta de la existente en Isla de Pascua, por la situación geográfica que allí pueden tener los terrenos.
Quizás el proyecto que estamos analizando sea perfecto; puede que sea la mejor normativa que haya sido posible formular. Sin embargo, como recae en un asunto que dice relación específica a la Isla de Pascua y por el cual he tenido especial preocupación -informo al Senado que, siendo Embajador de Chile ante las Naciones Unidas, en varias oportunidades hube de realizar gestiones a fin de que el Comité de Descolonización, o "Comité de los Doce", no colocara en su agenda el tema de Isla de Pascua, aduciendo que era territorio nacional-, pienso que sería conveniente enviarlo también a la Comisión de Defensa Nacional, para que este órgano técnico cite a las Fuerzas Armadas y escuche su opinión. Lo anterior de manera que, aunque finalmente aprobemos la iniciativa en los mismos términos propuestos, dicha aprobación esté avalada por el conocimiento de las Fuerzas Armadas y el respectivo texto también sea de responsabilidad de esas instituciones, a través del juicio de las personas de su Mando a quienes la Comisión estime apropiado consultar.
Por eso, en conformidad al Reglamento, formalizo mi petición de que el proyecto se remita a la Comisión de Defensa Nacional.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Se halla inscrito a continuación el Honorable señor Núñez. Una vez concluida su intervención, recabaré el pronunciamiento de la Sala acerca de la indicación formulada por el Senador señor Díez.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , en primer término, me alegro de que en el debate que hemos efectuado se haya aclarado cuál es la característica que tiene el ser nacionales, el ser chilenos. Y son tan chilenos como nosotros los pascuenses, los aimaras, los mapuches y cualquier otra etnia que históricamente haya ocupado u ocupe hoy nuestro territorio.
El territorio nacional está bien delimitado, y obviamente desde el siglo pasado incluye, por posesión, la Isla de Pascua. Ésta es una primera cuestión importante de precisar, porque de alguna manera estamos rediscutiendo la Ley Indígena, que en su momento, hace ya bastante tiempo, contó con amplio consenso aquí en el Senado.
En segundo lugar, es necesario analizar la situación estratégica de la Isla de Pascua. Con tal objeto, deberíamos nombrar una Comisión especial, o encargar a la Comisión de Defensa Nacional, el estudio de otros problemas que van más allá del proyecto. Porque el texto es extraordinariamente simple: consiste en determinar cómo accederán a las tierras fiscales quienes son oriundos o forman parte de la etnia rapa nui. El hecho de que no compartamos la idea de que la iniciativa se remita a la Comisión de Defensa Nacional, no significa que no tengamos conciencia de que esa Isla involucra temas estratégicos, como el relativo a su mar presencial; o el intento de Francia por apoderarse de ella, directa o indirectamente; o la influencia cultural que, través de la Polinesia, están tratando de imponer determinados grupos del sistema semicolonial francés.
En fin, hay diversos otros temas que el Senado debería tratar. No obstante, me parece inadecuado hacerlo en el marco de la presente normativa, que se refiere a un asunto muy concreto, sobre el cual tenemos la obligación de pronunciarnos. A mi juicio, no corresponde que las Fuerzas Armadas se pronuncien acerca de si se entregan o no a los pascuenses las propiedades fiscales. Este aspecto no compete a los Institutos de la Defensa Nacional, aunque sí es de su incumbencia la posición estratégica de Isla de Pascua.
El señor DÍEZ.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor NÚÑEZ.-
Con mucho gusto.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Díez.
El señor DÍEZ.-
En ningún momento pedí que las Fuerzas Armadas se pronuncien sobre la materia. Planteé la necesidad de que sean oídas, con la finalidad de cumplir cabalmente nuestra obligación. No he hablado de traspasarles esa responsabilidad, señor Senador.
Agradezco la interrupción.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , comparto plenamente la inquietud señalada por el Honorable colega. Pero soy partidario de encomendar a la Comisión de Defensa Nacional el estudio de otros aspectos -entre ellos, el que se encuentra analizando la Comisión de Gobierno, cuyos miembros seguramente pronto visitarán la Isla de Pascua- que no se hallan incluidos en el proyecto, que hemos ido conociendo en el transcurso del debate y que sería conveniente profundizar, como los mencionados por los Honorables señores Mc-Intyre y Díez y por otros señores Senadores. Ellos tocaron puntos relevantes, sobre los cuales me gustaría exponer mi criterio. Estoy dispuesto a impulsar un acuerdo para posibilitar ese estudio.
Reitero: me preocupa la situación estratégica de Isla de Pascua, desde el punto de vista de lo que significa el mar presencial de Chile, a cuyo respecto comparto la teoría sustentada por las Instituciones de la Defensa Nacional, y especialmente por la Armada. Me importa bastante el hecho de mantener a Isla de Pascua muy cercana, política y administrativamente, del territorio nacional. Y me importa, en forma significativa, que Chile permanezca firme frente a las pretensiones francesas de convertir a la Polinesia en una suerte de lugar de encuentro de quienes habitan esa región del planeta.
Es imprescindible debatir estos temas de fondo. Pero no es lógico hacerlo en función de un proyecto destinado a resolver una cuestión específica. En mi concepto, ésta es una responsabilidad estrictamente legislativa.
El señor HAMILTON.-
Pido la palabra.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Procederé a inscribirlo, señor Senador.
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , en esta Sala a todos nos interesa resguardar la cultura rapa nui y contribuir al desarrollo de esa etnia, que es parte de la nacionalidad chilena. Creo que la petición formulada por el señor Presidente titular , en orden a que el proyecto se remita a la Comisión de Defensa Nacional, surge del hecho de que su análisis ha puesto en evidencia problemas de otra índole, de enorme trascendencia y estrechamente vinculados a sus disposiciones.
A vía de ejemplo, si bien es cierto que existe acuerdo en facilitar la entrega de tierras a los pascuenses, no podríamos hacer consultas a las Fuerzas Armadas una vez dictada la ley, cuando ya la propiedad entera se halle radicada en miembros de la etnia rapa nui. Sobre este particular, haré un alcance a lo expresado por uno de los autores del proyecto.
Como señaló el Senador señor Díez , el problema es distinto del de otras etnias. Los pascuenses forman parte de la etnia polinésica; son muy minoritarios y geográficamente se encuentran más cerca de territorios poblados por otros integrantes de esa etnia. Por ello, al otorgarles en el proyecto determinados derechos, simultáneamente se excluye o dificulta la posibilidad de una más completa integración a nuestro país. Porque el chileno que no tenga origen pascuense nunca podrá ser propietario y, naturalmente, a la larga tenderá a no residir en la Isla de Pascua. Con esta normativa estamos separándolos y obligando a los chilenos de la etnia rapa nui a viajar por lo menos 3 mil 700 kilómetros para vincularse con el resto de los compatriotas.
El hecho anotado crea un delicado problema y da al asunto características diferentes de lo que sucede con cualquiera de las otras etnias chilenas. A ello cabe agregar, como aquí se ha dicho, que en términos religiosos Isla de Pascua está vinculada a la Polinesia francesa. Los pascuenses visitan continuamente la Polinesia, y podría darse el caso de que muchos de ellos se vean obligados a adoptar la nacionalidad francesa, conservando su calidad de ciudadanos chilenos en virtud de lo dispuesto por el artículo 11, N° 1, de la Constitución Política de la República. Como consecuencia, tendríamos en la Isla de Pascua un gran número de habitantes con doble nacionalidad: chilena y francesa, y muy pocos chilenos -no quiero hacer distinción con los pascuenses, a quienes todos tenemos simpatía- propiamente tales.
Creo que una de las grandes tareas y responsabilidades de Chile es mantener la cultura rapa nui, tratando de combinar esos dos elementos, que son complejos.
Es probable -creo que en esta materia la iniciativa en debate es incompleta- que no baste lo que aquí se otorga para reforzar esa cultura. Sin embargo, hay que hacerlo, pero no a costa de crear una discriminación o un obstáculo para que cualquier chileno se interese por la Isla. No lo hagamos corriendo el riesgo de que el pascuense de origen o de raza se sienta separado del resto de sus compatriotas.
Por lo anterior, considero interesante y necesario hacer un nuevo y profundo análisis del proyecto. Como consecuencia de ello, a lo mejor, podríamos agregar otras normas en beneficio de estas personas. En todo caso, debemos ser muy cuidadosos, pues estamos hablando de 180 kilómetros cuadrados de tierras emergentes, y de un millón 600 mil kilómetros cuadrados de océano, amén de nuestro derecho y acceso a una de las mayores zonas de la humanidad, como es nuestro mar presencial.
Por lo tanto, creo útil que la Comisión de Defensa Nacional estudie la iniciativa y escuche a las Fuerzas Armadas. Ello no implica necesariamente un perfeccionamiento del proyecto, ni va contra el espíritu que lo guía. Pero sí puede evitar los riesgos derivados de una expresión muy directa de afecto o cariño hacia los pascuenses, expresión que, de alguna manera, es posible que a veces no esté de acuerdo con el pensamiento de aquellos de origen rapa nui que viven en el territorio nacional y que son mayoritarios, ni con esos miles de chilenos que hemos visitado la Isla o con esos tantos que, habitándola, no pertenecen a la etnia, los que de algún modo estarían obligados a considerarse como algo ajeno a la patria.
De esta forma, coincido con la idea, y la apoyo, de que esta iniciativa vaya a la Comisión de Defensa Nacional para los fines señalados y con el objeto de lograr un perfeccionamiento de su texto. No estamos, en absoluto, en contra de conceder mayores beneficios a los pascuenses ni de impulsar todo aquello que contribuya a reforzar su aspecto cultural, del cual nos enorgullecemos, porque forma parte de nuestra nacionalidad. Pero, so pretexto de dar una ayuda, debemos cuidarnos de estar produciendo, en otros aspectos, un problema de disgregación racial que nadie desea.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Está inscrito a continuación el Honorable señor Hamilton.
No llevo el registro de las veces que han intervenido los señores Senadores. Si me lo permiten, quisiera cerrar el debate después de la intervención del señor Senador , ya que corresponde pronunciarse respecto de dos proposiciones que hemos recibido: una del Honorable señor Núñez , en el sentido de que el proyecto vaya a una Comisión especial, y otra del Senador señor Díez , para que pase a la Comisión de Defensa Nacional. La Sala debe tomar una determinación al respecto.
Tiene la palabra el Senador señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , quiero ser muy breve, pues hemos seguido el tema durante la discusión general que el Senado realizó hace varios meses.
No se trata de enajenar la Isla de Pascua, ni de que el Fisco se deshaga de todas las tierras. El proyecto se refiere exclusivamente, en aplicación de la Ley sobre Pueblos Indígenas y en lo relativo a la etnia rapa nui, a entregar a esos chilenos (los pascuenses), y a nadie más, la posibilidad de acceder, gratuitamente y en varias formas, a las tierras que son del Fisco, de todos los chilenos.
Respecto a la posibilidad de que la iniciativa sea enviada a la Comisión de Defensa Nacional, pienso que podría pasar a cualquier Comisión, pero no veo para qué. Si la Ley Indígena -que contiene más de 77 artículos, sin incluir los transitorios, y varios párrafos completos dedicados a la Isla de Pascua , los que no se modifican con este proyecto-, no fue a Comisiones unidas y tampoco a la de Defensa, sino a la de Gobierno, ¿por qué vamos a dar ese destino a esta iniciativa? Si se desea analizar los problemas geopolíticos de Isla de Pascua, concordaría con el Honorable señor Núñez en el sentido de que sería interesante que la Comisión de Defensa hiciera un estudio al respecto; pero en este caso nada tiene que ver. Las tierras que posee el Fisco en Isla de Pascua han ido siendo entregadas por todos los Gobiernos anteriores. El actual se halla entrabado para hacerlo únicamente por un error cometido en una disposición de la Ley Indígena. Se trata de rectificar tal error. Ése es todo el fin. Pero no extrapolemos este problema hasta el infinito para decir, de una u otra forma, que no deseamos aprobar este proyecto.
Gracias, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Ha terminado de intervenir el último de los señores Senadores inscritos -el Honorable señor Hamilton -, quien señaló, con toda razón, que se trata más bien de una discusión en general, que del análisis y pronunciamiento de la Sala respecto del segundo informe, es decir, del debate en particular. Ahora corresponde pronunciarse sobre las sugerencias recibidas.
En primer lugar, pondré en votación la que me parece más amplia, la formulada por el Senador señor Núñez , en el sentido de que esta iniciativa sea informada por una comisión especial constituida para tal efecto.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , yo señalé que, si tenemos tanto interés por otros temas laterales -por decirlo de esa manera- a la sustancia misma del proyecto, como la significación estratégica de Isla de Pascua, la situación de ella respecto a la Polinesia, creemos una comisión especial que estudie esas materias, o que sean analizadas por la Comisión de Defensa Nacional. Pero no enviemos esta iniciativa a cualquier otro organismo técnico, pues ya fue examinada durante bastante tiempo por las Comisiones unidas.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Precisado el punto, queda claro que debemos pronunciarnos sólo respecto de la proposición del Senador señor Díez , quien sugiere enviar el proyecto a la Comisión de Defensa Nacional.
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , normalmente, a los Parlamentarios nos parece bien que se envíen iniciativas al organismo técnico al cual pertenecemos, pero, en mi calidad de miembro de la Comisión de Defensa Nacional, creo que en este caso no corresponde. Además, constituiría un mal precedente, pues podría entenderse cuestionada la soberanía de Isla de Pascua por una modificación relativa al acceso a la propiedad en dicho lugar. Y, por tanto, me parece innecesario.
Este proyecto ha sido bastante estudiado en las Comisiones unidas. Otra cosa es que existan opiniones distintas. La normativa en análisis no plantea cuestiones de soberanía, y pretender que lo hace sería peor, porque si hay algo indiscutido es la soberanía chilena sobre Isla de Pascua. Y, por tanto, que la Comisión de Defensa Nacional reitere un asunto evidente, me parece completamente innecesario y contraproducente.
En consecuencia, manifiesto mi opinión contraria a ello. Creo que podríamos adoptar el criterio que he señalado, e invito al Honorable señor Díez a retirar su proposición.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Senador señor Díez , como se ha hecho un alcance respecto de su indicación, debo consultarle si retira o mantiene su proposición para que el proyecto pase a la Comisión de Defensa Nacional.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, he solicitado que la retire, con un muy buen argumento.
El señor DÍEZ.-
Mantengo la indicación, señor Presidente.
El señor GAZMURI.-
Lamento no haber convencido a Su Señoría.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, procederíamos a votar la indicación para que la iniciativa se envíe o no a la referida Comisión.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , si ya se determinó que el asunto fuera informado por las Comisiones unidas, ¿cuál sería el procedimiento, de acuerdo al Reglamento, para modificar el acuerdo tomado por la Sala, y qué quórum se requeriría?
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Señor Senador, en este caso rige el número 7º del artículo 131 del Reglamento, el cual permite presentar indicaciones para "enviar o volver el asunto a Comisión, debiendo indicarse, en el mismo acto, el objeto preciso del trámite requerido,". Estamos en esa situación, y, por lo tanto, por simple mayoría la Sala puede acoger la indicación del Senador señor Díez.
El señor RUIZ (don José ).-
¿En cualquier trámite?
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
La norma en cuestión no hace referencia al trámite en el cual se encuentre el proyecto.
En votación.
-(Durante la votación)
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa lo discutimos durante meses, tanto en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales como en la de Gobierno, Descentralización y Regionalización, en las cuales se dieron abundantes razones para que fuera aprobado. Y a mí, sin necesidad de ser experto sobre la materia, me convencieron los argumentos en tal sentido.
Voto que no.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , se trata de una iniciativa respecto de la cual trabajó durante bastante tiempo el organismo técnico correspondiente, se escuchó a todas las personas de la isla, se invitó a mucha gente, y luego fue estudiada por una Comisión unida. Es un tema cuya discusión se ha alargado inútilmente, y mandarlo a la Comisión de Defensa cuando realmente no hay disposiciones que le competan, me parece que es extremar el trámite. En tal sentido, es mejor decir inmediatamente si se quiere o no se quiere aprobar la iniciativa, por cuanto lo propuesto en la indicación es para encubrir el deseo de no legislar al respecto. Por lo tanto, es mucho más recomendable que el Senado se pronuncie en contra del proyecto y no enviarlo de nuevo a una Comisión, en la cual posiblemente permanecerá meses antes de volver a la Sala, para luego quizás remitirlo quien sabe donde.
Me parece que, por constituir una mala práctica, en el Senado no debiera actuarse de ese modo.
En consecuencia, voto que no.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , además de los argumentos de fondo señalados en mi reciente intervención, quiero hacer presente que, según un acuerdo unánime de Comités, los proyectos deben enviarse al organismo especializado correspondiente, y, en caso de que dos Comisiones tuvieren que ver técnicamente con alguna materia, ellas tienen que constituirse en forma unida.
Por lo tanto, no sé cuál es la situación reglamentaria respecto de la votación que está sometiendo a la Sala el señor Presidente.
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
¿Cómo vota Su Señoría?
El señor GAZMURI.-
Voto que no; sin embargo, interpelo a la Mesa para que al final de la votación informe acerca de la situación reglamentaria.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , a mí me asalta la misma duda planteada por el Senador señor Gazmuri , en cuanto a que el proyecto pasara además de la de Gobierno, a Comisiones unidas. El acuerdo unánime de Comités adoptado al respecto no puede ser modificado por mayoría de la Sala, sino por unanimidad.
En relación con la propuesta del Senador señor Díez , me parece que no corresponde que el proyecto pase a la Comisión de Defensa. En efecto, la ley relativa a la Isla de Pascua -que se discutió en el Congreso a comienzos de los años 70- fue conocida en ambas ramas del Congreso por la respectiva Comisión de Gobierno. El proyecto de la Ley Indígena, promulgada durante el Gobierno pasado y que comprende entre otras etnias a la pascuense, no fue enviado a una Comisión que no fuera la de Gobierno.
En el caso concreto que nos ocupa ha habido dos informes favorables: el primero, de la Comisión de Gobierno, y el segundo, de las Comisiones unidas.
Me parece que enviar el proyecto a cualquier otra Comisión no tiene razón de ser. Y si los problemas que se desea enfocar son relacionados con la situación geopolítica de la Isla de Pascua o con cualquier otro punto del país, no corresponde hacerlo con motivo de la iniciativa en debate.
En consecuencia, voto que no.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , quiero dejar en claro que estoy dispuesto a aprobar a futuro la idea contenida en el proyecto. Sin embargo, estimo que en la actual ley existen vacíos que requieren solución, a fin de dar garantía a todos los sectores del país.
Voto a favor.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , después de escuchar al Senador señor Gazmuri , quiero agregar que no hace muchos años la Armada administraba la isla con ocho personas, entre las cuales había dos o tres oficiales y un médico, y que dentro de las obligaciones figuraba justamente la misma que tienen ahora SASIPA de la CORFO, CONAF, etcétera. Así que una de las instituciones de la Defensa ya tiene experiencia de decenas de años en la administración y sobre los problemas de propiedad de la tierra en la isla.
Por eso, creo que la opinión de la Comisión de Defensa sería una más de las que conviene consultar; sin embargo, por estar pareado, no puedo votar.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , por las razones que señalé anteriormente, voto que no.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , no me gusta pensar que el problema de nuestras etnias corresponda al sector Defensa. Por lo demás, aunque la Comisión de Defensa tenga una función en ese ámbito -que es técnica, profunda y delicada-, no corresponde entregarle lo relativo a la soberanía de Chile. Aquí estamos ante un conjunto de actividades que responden a la acción propia de un pueblo, de una nación, que tiene funciones, responsabilidades muy claras y definidas. Por tal motivo, si la Comisión de Defensa en definitiva emite otro informe, reglamentariamente el Senado debería pronunciarse sobre él.
En todo caso, acepto que exista la inquietud y que los miembros de la Comisión de Defensa deseen conocer el proyecto. Para eso, la fórmula adecuada habría sido -recojo lo que recordaba el Senador señor Gazmuri - una Comisión unida conformada por la de Gobierno y por la de Defensa, a fin de que esta última conozca también los aspectos sociales, sociológicos y de otro tipo que responden a la especialidad de su congénere de Gobierno, de modo que unidas y trabajando armónicamente en las materias propias de Defensa se pueda llegar a alguna conclusión.
No me gusta que sea la Comisión de Defensa la que, en definitiva, entregue una opinión en relación con el proyecto en debate que puede ser relevante.
Por tal motivo, señor Presidente, solicito que esos dos organismos del Senado tengan la alternativa de estudiar la iniciativa en forma conjunta.
En consecuencia, si en el análisis del proyecto participara sólo la Comisión de Defensa, voto en contra.
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente , me parece un procedimiento absolutamente equivocado el que estamos siguiendo. En primer lugar, porque nos hallamos en un segundo informe de un proyecto visto por dos Comisiones. Por lo tanto, si alguien tenía alguna duda respecto de un tema vinculado con Defensa -no lo advierto en el proyecto-, debería haberlo planteado en su oportunidad y no ahora.
En segundo término, en mi opinión, la iniciativa que nos ocupa nada tiene que ver con Defensa, aunque estoy de acuerdo en que, si vamos a hablar del desarrollo de la Isla de Pascua y de los temas relacionados con su futuro, indudablemente estaríamos refiriéndonos a otras materias y no a la específica del proyecto en debate.
En tal sentido, si algunos señores Senadores tienen la idea de modificar tanto la Ley Indígena como otras disposiciones legales para resguardar los intereses del país en materia de Defensa, sería perfectamente posible iniciar una iniciativa legal con tal finalidad. Sin embargo, aquí el tema se refiere a la propiedad de las tierras en esa isla y la asignación de ellas a quienes cumplen con ciertos requisitos, lo cual no tiene nada que ver con Defensa, ni fue analizada tampoco cuando se estudió la iniciativa que se convirtió en la mencionada ley. Ésta contiene temas similares al del proyecto que nos ocupa, y no fue a la Comisión de Defensa.
En mi opinión, en las condiciones en que se plantea la proposición, simplemente demora el trámite del proyecto, dificulta el normal desenvolvimiento de nuestra función parlamentaria y retrasa la tarea legislativa.
Por lo tanto, en mi opinión debemos rechazar la indicación.
Voto en contra.
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente , como el proyecto trata de la integridad territorial, a mi juicio, por principio, debería ser consultado a la Comisión de Defensa, para que ésta dé una opinión más y no para que decida, pues primero -como lo han hecho presente varios señores Senadores- debería resolverse lo propuesto por las Comisiones unidas. Sería un parecer adicional del sector Defensa. Me parece que, en este caso, es importante considerar la opinión de esa Comisión.
Voto que sí.
El señor SINCLAIR.-
Señor Presidente, por las razones que expuse en mi intervención anterior, voto a favor.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , sólo deseo precisar que, contrariamente a lo afirmado, no existe ánimo dilatorio en la proposición de un mejor estudio de la iniciativa que nos ocupa. Pienso que ella tiene mucha importancia, y no sería conveniente que, desde otro ángulo, un estudio ulterior pudiera revelarnos que hemos cometido errores, los cuales no está en nuestras manos corregir ahora.
Por la importancia del tema y por las razones que he vertido anteriormente, voto a favor.
Se rechaza (17 votos por la negativa, 15 por la afirmativa y 5 pareos).
Votaron por la negativa los señores Bitar , Carrera, Díaz , Frei (doña Carmen) , Gazmuri , Hamilton , Hormazábal , Matta , Muñoz Barra , Núñez , Ominami , Páez , Ríos, Ruiz (don José ), Ruiz-Esquide , Sule y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la afirmativa los señores Cooper , Díez , Errázuriz , Feliú , Fernández , Lagos, Larraín , Larre , Martin , Otero , Pérez , Prat , Siebert , Sinclair y Urenda.
No votaron, por estar pareados, los señores Alessandri , Cantuarias , Mc-Intyre , Romero y Thayer.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
En consecuencia, corresponde pronunciarse sobre el segundo informe de las Comisiones unidas.
Recuerdo a la Sala que el debate se encuentra cerrado, y que deben votarse las modificaciones introducidas durante el segundo informe.
La señora FELIÚ.-
Si se va someter a votación nominal, votaré en contra de las modificaciones propuestas a la Ley Nº 19.253.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
El acuerdo del Senado nos obliga a realizar votación nominal, salvo cuando no haya opinión en contrario, cuestión que no se da con la opinión manifestada por Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , lo planteado por la Honorable señora Feliú -con razón, desde su punto de vista- implica rechazar el proyecto ya aprobado con anterioridad por la Sala, seguramente con la opinión contraria de la mencionada Senadora.
La señora FELIÚ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , me estoy pronunciando sobre el artículo 2º propuesto por las Comisiones como corresponde.
No estoy de acuerdo con la modificación, porque estimo que la iniciativa, como estaba, era aplicable a todas las etnias, incluyendo la rapa nui. Incluso la indicación referida a los cónyuges también fue rechazada.
En consecuencia, soy contraria a modificar el artículo 66 de la Ley Nº 19.253.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Entiendo que el debate ya está suficientemente agotado. Por lo tanto, la Sala debe pronunciarse respecto de la primera modificación sugerida por las Comisiones unidas, relativa al artículo 1º, número 1, que reemplaza el inciso primero del artículo 66 de la Ley Nº 19.253.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , por tratarse de una votación muy trascendente, deseo dar a conocer la razón por la cual votaré favorablemente la proposición de las Comisiones.
De acuerdo con las razones expresadas -las cuales, por lo demás, he señalado- al pronunciarnos de manera positiva, estamos dando un paso muy importante. Al mismo tiempo, como cuestión de fondo, se define mejor la acción del Ejecutivo y del Estado en relación con la administración de la Isla de Pascua, respetando su etnia, en su expresión más pura, su historia, su tradición y también su futuro. De ese modo, el Presidente de la República se encuentra capacitado legalmente para permitir que un continental-americano que eventualmente desee fomentar alguna acción en la isla, pueda hacerlo, pues, en ningún caso, se pretende marginar de esa posibilidad a la institucionalidad chilena.
Hay una responsabilidad muy clara y definida en el Nº 3, que sustituye el artículo 4º, materia que tienen presente los señores Senadores.
El hecho de votar favorablemente el artículo señala el inicio de todo el proceso referido a las tierras indígenas, las cuales corresponden a los nativos verdaderos, a quienes lo son por sangre y conforme a lo estipulado en las letras respectivas del artículo 2º. Sin embargo, no se está marginando a los 14 millones de chilenos restantes para desarrollar alguna actividad o acción que permita fortalecer la economía y los aspectos sociales y culturales de la isla. De partida, la propia Universidad de Chile tiene trabajando en ese lugar a destacados hombres especializados en antropología y otras ciencias, los cuales realizan una actividad importante.
El Honorable señor Andrés Zaldívar señaló lo relativo a la televisión. En dicho medio de comunicación, encontramos un ejemplo típico al cual, aunque tenga poco que ver con lo señalado hasta ahora, deseo referirme como un segundo punto que debe preocuparnos.
Las señales televisivas se generan en términos directos hacia la isla y, como consecuencia de ello, todos los programas para mayores de 18 años se emiten, debido al huso horario, exactamente a las siete de la tarde, es decir, a la hora en que los niños se encuentran en sus casas. Así, podemos advertir una cantidad enorme de detalles y cómo quienes vivimos en el continente vamos provocando problemas e inquietudes a lo que es la organización propia de esa etnia y de la isla.
En definitiva, voto favorablemente, teniendo claro que el artículo 4º --el cual discutiremos más adelante-- mantiene la alternativa de contar con personas no pertenecientes a la cultura rapa nui, contribuyendo al desarrollo de las acciones propias que aquél señala.
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente , confirmando la decisión que tomé en la Comisión, voto que no.
El señor SINCLAIR.-
Señor Presidente , no veo razón alguna para suprimir lo dispuesto en el artículo 2º, letra c), de la ley Nº 19.253, que establece: "Se considerarán indígenas"..."Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos, será necesario, además, que se autoidentifiquen como indígenas.".
Esto es válido para los rapa nui, de tal manera que estoy en contra de ello. Voto que no.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , la modificación que se propone introducir al artículo 66 tiende a impedir en forma absoluta, a quien no haya sido miembro de la comunidad originaria de la Isla de Pascua , incorporarse a ella. Es decir, no solamente se estaría excluyendo a los demás habitantes de Chile de la posibilidad -como veremos después- de ser propietarios y de incorporarse a la vida de ese territorio, sino, además, impidiendo que la cultura pascuense se extienda y contribuya a enriquecer el patrimonio nacional. No se ve motivo alguna para tal exclusión. La correspondiente norma se dictó (tenemos que reiterarlo) en su oportunidad para hacer posible esta asimilación, con el debido estudio y mediante el voto conforme de la inmensa mayoría del Senado.
Estamos llevando el aspecto étnico a un extremo quizá distinto del que todos desearíamos, manteniendo un vínculo, porque es rapa nui y lo será aquel con diez generaciones anteriores viviendo en Chile; sin embargo, el chileno originario que lleve una, dos o tres generaciones en la Isla de Pascua, nunca podrá ser pascuense.
Lamento que se proponga introducir en la Ley Indígena, que se estudió con tanto detenimiento -como aquí se ha dicho-, esta norma discriminatoria que, en vez de enriquecerla, la empobrecería.
Voto que no.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, estoy de acuerdo con gran parte de los conceptos de la norma propuesta; pero la idea general resulta inconsecuente. Por lo tanto, voto que no.
El señor COOPER.-
Señor Presidente , la ley Nº 19.253 se dictó teniendo como objetivo el fomento, el desarrollo y, particularmente, la prestación de especial ayuda a los pueblos indígenas. Sin duda, nadie discute esa finalidad. Estoy de acuerdo también con que dicho cuerpo legal debe ser revisado, porque contiene una serie de disposiciones que conviene mejorar. Sin embargo, considero inaceptable que en una norma como la que se propone quede establecido que no todos los chilenos somos jurídicamente iguales. A mi modo de ver, ése es un aspecto de fondo que amerita su revisión por otra Comisión, y me mueve a votar en contra.
Voto que no.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , rechazaré el precepto que se propone porque me parece peligroso crear un sistema de discriminación racial en Chile, en lugar de uno de protección a las etnias que puedan encontrarse afectadas.
Además, estimo que se sienta un precedente del todo inconveniente, ya que existen en nuestro país muchas otras razas indígenas, como los aimaras u otros, que podrían, con igual razón, pretender tratamientos especiales. Al final terminaríamos legislando en favor de quienes fueran descendientes de árabes, de italianos, de vascos, de franceses o de determinadas etnias aborígenes locales que, como he dicho, son muy numerosas.
En consecuencia, me parece claro que, siendo todos nosotros chilenos, debemos dictar leyes no considerando la raza, el color de la piel, el pensamiento o la religión de las personas, sino de acuerdo con la realidad de cada pueblo. Aquí, en cambio, la diferenciación se efectúa por raza en lugar de hacerlo por tratarse de determinado pueblo, que tiene necesidades precisas.
Me parece que el principio sobre el cual se fundamenta esta situación es equivocado, porque en lugar de favorecer la ayuda a Isla de Pascua, como es mi interés y mi deseo, para verla progresar y crecer, se está discriminando. Aunque por ahora tal discriminación aparezca en forma positiva, creo que, como toda discriminación, terminará siendo negativa.
En vista de eso, voto que no.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el número 1º del artículo 1º (17 votos a favor, 15 en contra y 4 pareos).
Votaron por la afirmativa los señores Bitar, Carrera, Díaz, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Hormazábal, Matta, Muñoz Barra, Núñez, Ominami, Páez, Ríos, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sule y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Cooper, Errázuriz, Feliú, Fernández, Lagos, Larraín, Larre, Martin, Mc-Intyre, Otero, Pérez, Prat, Siebert, Sinclair y Urenda.
No votaron, por estar pareados, los señores Alessandri, Cantuarias, Romero y Thayer.
El señor PÉREZ.-
Señor Presidente , ¿qué quórum se exige para la aprobación de esta norma?
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
El de ley simple, señor Senador.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , tengo dudas respecto del quórum.
En realidad, este proyecto establece una limitación para la adquisición de derechos. De acuerdo con el artículo 19, número 23º, de la Constitución Política, tal tipo de normas requiere quórum calificado. Sin embargo, me parece improcedente hacer un desdoblamiento y afirmar que exige quórum la prohibición o la limitación, pero no el precepto que define quiénes son los sujetos beneficiados con la prohibición. De los sujetos va a depender, por así decirlo, la suerte de la prohibición.
A mi juicio, la prohibición y los sujetos favorecidos son un todo indivisible, a lo cual debería aplicarse quórum calificado.
Ése es mi planteamiento, señor Presidente, y, por lo tanto, creo que se requiere ese quórum.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Entendido, señora Senadora.
He estado tratando de recabar dos antecedentes. El primero es la opinión de la Comisión al respecto. Como ella no ha hecho referencia a quórum especiales, le respondí al Senador señor Pérez que el quórum era de ley simple.
En segundo lugar, la votación en general del articulado se hizo con quórum calificado, pero ello salva nuestra responsabilidad respecto del proyecto en su conjunto, no del número en cuestión. Por tal motivo, ofreceré la palabra sobre la observación de quórum que ha hecho la Honorable señora Feliú.
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , los efectos de las normas de quórum deben tener una interpretación restrictiva, tal como señalan todos los fallos del Tribunal Constitucional, para el cual tiene que estar establecido expresamente el caso en que se aplica un quórum especial. No podemos hacer una interpretación extensiva en esta materia, como la que ha expuesto la Senadora señora Feliú.
La norma a que estamos refiriéndonos es la relacionada con el artículo 66 de la Ley sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el cual señala quiénes son rapa nui, para los efectos de que se les aplique la iniciativa en proyecto, y con qué requisitos deben cumplir para ser considerados como tales: los indicados en las letras a) o b) del artículo 2° de la mencionada normativa.
Entonces, no es una disposición que esté limitando el derecho de propiedad o algún otro, caso en el cual podría entrar a discutirse si acaso su aprobación requeriría quórum calificado o no.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Seré muy breve, señor Presidente.
En primer lugar, me parece que la oportunidad para reclamar de la eventual inconstitucionalidad de una norma es antes de la votación y no después, una vez que se conoce el resultado de la misma.
En segundo lugar, la disposición en debate no es de quórum calificado y no hay ninguna norma constitucional que pueda ser aplicable en ese sentido.
En tercer lugar, el informe establece que otras disposiciones (dos) sí son de quórum calificado. Dice: "Previenen estas Comisiones unidas que la letra c) del N° 3 del artículo 1° y el N° 1 del artículo 2° de la iniciativa en informe, de aprobarse por la Sala, deben serlo con rango de ley de quórum calificado de conformidad con el artículo 19, N° 23 de la Constitución Política, toda vez que establecen requisitos para acceder al dominio de bienes inmuebles en Isla de Pascua.".
O sea, está expresamente señalado cuáles normas requieren quórum calificado.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Han solicitado la palabra la Honorable señora Feliú y el Senador señor Larraín. Luego de sus intervenciones, daré la opinión de la Mesa respecto de este punto.
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , se ha planteado una posible preclusión de mi derecho a tocar el tema del quórum. En verdad, no he hablado de inconstitucionalidad, sino de la exigencia de un quórum especial. No existe tal preclusión o imposibilidad de que yo pueda hacer presente en este momento el quórum que requiere la aprobación de la ley. Por el contrario, éste es el momento de hacerlo presente: cuando estamos votando. Podría haber habido unanimidad en la aprobación de la ley.
Ahora, en cuanto al fondo de la disposición, cabe señalar que la norma a que me he referido es aplicable directamente en el caso de que se trata, y no se requiere para ello de una interpretación "extensiva" --entre comillas-- de la misma: "Una ley de quórum calificado y cuando así lo exija el interés nacional puede establecer limitaciones o requisitos para la adquisición del dominio de algunos bienes;". ¿Cuáles son los requisitos en este caso? Ser de la etnia rapa nui para adquirir los bienes "z". ¿Cuál es la norma que requiere quórum? La que establece los requisitos para adquirir el bien que determina, en definitiva, quién es el beneficiario de esta excepción constitucional, y de qué se trata la excepción, respecto de qué norma se exceptúa la adquisición del dominio.
Por eso, señor Presidente , me parece muy claro que la norma en debate requiere quórum. Así lo establece la Constitución en su artículo 19, número 23°, inciso final, a que he dado lectura.
Gracias.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
La Senadora señora Feliú lo ha dicho todo, así que me remito a sus palabras. Quiero recordar, sí, que en el primer informe de la propia Comisión de Gobierno se previene que, de aprobar la Sala el proyecto, debe hacerlo con el rango de ley de quórum calificado, de conformidad con el artículo 19, número 23°, de la Carta Fundamental.
Por tanto, la Comisión está de acuerdo en que esta iniciativa es de quórum especial, y así deben considerarse sus disposiciones.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Señores Senadores, el primer informe hacía referencia al hecho de que el proyecto era de quórum porque parte de sus disposiciones lo eran. Y cumpliendo con ese mandato, la Sala lo aprobó con quórum calificado.
Ahora, el segundo informe, que obra en poder de los señores Senadores, nos advierte qué materias son de quórum...
El señor RÍOS.-
Según el criterio de ellas...
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Naturalmente, señor Senador, según ese criterio que, por cierto, es opinable.
Y entre esas materias no figura el número en debate, como tampoco el recientemente aprobado.
Otro antecedente: cuando la Secretaría hizo la relación del proyecto recordó la recomendación de las Comisiones Unidas, oportunidad que era más que conveniente para despejar el tema del quórum.
Así las cosas, nadie quiere menoscabar o interferir con el derecho de cualquier señor Senador a plantear una objeción de constitucionalidad o de quórum cuando lo desee, pero ya discutimos la primera norma, la votamos, y creo que quedan todavía instancias para que las personas que consideren que debe ser sujeto de revisión de constitucionalidad apelen al organismo correspondiente.
En consecuencia, me parece que el tema está despejado en lo que al Senado compete, por la forma como se ha procedido. Se votó en el entendido de que era de quórum simple; así lo recomiendan las Comisiones Unidas, y así lo resuelve el Senado, que acepta el veredicto de las votaciones tomadas.
El señor HAMILTON.-
Muy bien, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Está aprobado, por tanto, el número 1° del Artículo 1°. Respecto del número 2°, sugiero a la Sala aprobarlo con la misma votación anterior o, si no hubiera objeciones, por unanimidad.
Ofrezco la palabra.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO.-
Si no entiendo mal, la letra c) del número 3° es de quórum calificado. La primera que se votó fue la letra a)...
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
No, señor Senador. Votamos el numero 1° del artículo 1°; aún no llegamos a la letra que Su Señoría indica, que sí es de quórum.
El señor OTERO.-
Gracias, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Debo hacer presente a la Sala que ha terminado el Orden del Día, de manera que tenemos decisiones que tomar. Desde luego, el Presidente de la Comisión Especial para tratar el proyecto denominado "de libertad de culto" me ha solicitado autorización para que dicha Comisión funcione paralelamente con la Sala.
Si no hay reparos, se accederá a lo solicitado.
Acordado.
También está citada a esta hora la Comisión de Régimen Interior, pero no podemos autorizarla para sesionar, porque ello atentaría contra el normal funcionamiento de la Sala.
En seguida, podríamos dejar sin efecto la hora de Incidentes, para avanzar en el despacho de la presente iniciativa legal.
Advierto que hay varias opiniones en contrario. Por tanto, el proyecto queda en este punto y damos paso a la hora de Incidentes.
El señor ALESSANDRI.-
¿Me permite, señor Presidente ? ¿No se podría prorrogar un poco el Orden del Día para despachar la iniciativa, pero sin suprimir los Incidentes, para los que hay interesados en intervenir?
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Para prorrogar el Orden del Día se requiere unanimidad, y varios señores Senadores me han hecho ver su rechazo a esa idea. En consecuencia, corresponde dar paso a la hora de Incidentes.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
_______________________
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor Frei (Don Arturo):
Al señor Ministro de Defensa Nacional , en lo relativo a AUMENTO DE PENSIONES Y MONTEPÍOS DE PERSONAL PASIVO DE FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS.
Al señor Ministro de Obras Públicas , sobre NUEVO TRAZADO DE CAMINO QUIRIHUE-SAN CARLOS, PROVINCIA DE ÑUBLE (OCTAVA REGIÓN).
_______________________
Del señor RUIZ-ESQUIDE:
Al señor Ministro Secretario General de la Presidencia , en cuanto a PROYECTO PARA FAVORECER IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS PARA DISCAPACITADOS.
_______________________
Del señor Siebert:
Al señor Director de Vialidad , respecto a INFORMACIÓN DETALLADA DE OBRAS PROYECTADAS PARA RUTA 5 (DÉCIMA REGIÓN).
_______________________
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Institucionales, que no hará uso de su tiempo.
Si le parece a la Sala, pasará a presidir la sesión la Honorable señora Feliú.
Acordado.
--Pasa a presidir, con el carácter de Presidenta accidental, la Senadora señora Feliú.
La señora FELIÚ ( Presidenta accidental ).-
El segundo turno corresponde al Comité Mixto, que no intervendrá.
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Honorable señor Díaz.
RUTA PARA TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO
El señor DÍAZ.-
Señora Presidenta , con excesiva frecuencia leemos en la prensa nacional los desastres ecológicos provocados por los derrames de ácido sulfúrico, especialmente en la Región de Antofagasta.
En los últimos dos meses, con flujos de miles de litros del corrosivo elemento, se han producido tres accidentes, por distintas causas. El más reciente se originó por la rotura del parapeto del dique y del pretil de la canaleta impermeable que transporta la solución ácida desde las pilas de lixiviación hacia las piscinas donde se almacena.
El daño ecológico, que pudo haber sido gravísimo, no lo fue, por la circunstancia de que los 400 mil litros escurridos fluyeron hacia una zona desértica y de alta salinidad. Pero si nos colocamos en otros escenario -por ejemplo, en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con la presencia de abundantes ríos y esteros, así como de flora y fauna y de frecuentes sectores poblados-, un desastre como el descrito habría sido catastrófico.
Actualmente, en la fundición de Caletones se están construyendo dos plantas de ácido sulfúrico, para descontaminar toda la zona. Cuando se hallen en pleno funcionamiento, producirán alrededor de 3 mil toneladas diarias.
En septiembre de 1998, la producción de ácido sulfúrico deberá ser transportada hacia un puerto, con el destino último de las minas de cobre del norte, para el proceso de lixiviación.
Con la debida anticipación, he planteado este tema. Ya en abril de 1995 intervine en esta Alta Corporación para hacer presente la necesidad de una decisión previa a la construcción de las plantas.
Con este fin, hemos viajado varias veces, recorriendo distintos puntos. El primer viaje lo efectuamos en diciembre de 1996. Un helicóptero militar nos transportó, con un grupo de ingenieros de El Teniente, para observar desde la altura la carretera secular, hecha en 1905, con imaginación y coraje, audacia y sacrificio, por los primeros hombres de la Braden.
En documentado y ameno libro, titulado "Los hombres de El Teniente", la periodista Celia Baros describe la epopeya de esa construcción.
El viaje tenía un objetivo: estudiar la vialidad del cuasi centenario camino a fin de utilizarlo, con las debidas rectificaciones y mejoras, para transportar el ácido sulfúrico de las plantas de Caletones.
Más tarde hemos realizado varios viajes, en jeep, a pie, en helicóptero; las más de las veces, acompañados por el Intendente subrogante, don Ricardo Tudela , y numerosos periodistas y funcionarios.
A mi entender -profano, por supuesto-, ese camino puede adaptarse. Está arrugado el rostro, pero no desfigurado. Ha resistido estoicamente rodados y nevazones, terremotos y derrumbes. Mantiene su trayecto solitario y majestuoso, entre picachos y hondonadas, cimas y simas, prudentemente alejado de sectores poblados, cercano a Chapa Verde y a las minas de cuarzo de Los Cóndores. En síntesis, es un camino adecuado para transportar el ácido sulfúrico, sustancia muy peligrosa.
Las sustancias peligrosas son clasificadas, en sus diversos grados, por el Instituto Nacional de Normalización (INN), que, a su vez, es miembro de la Organización Internacional para la Estandarización y de la Comisión Panamericana de Normas Técnicas, con representación, por supuesto, de Chile.
La norma NCH 2120/8 fue preparada por la División de Normas del INN, y en su estudio participaron 18 organismos y personas naturales de la más alta calificación científica y técnica. Representa a CODELCO Chile (es el tema), División El Teniente, el señor Osvaldo Morales M.
Una de las sustancias más peligrosas es el ácido sulfúrico, ya sea puro, agotado, en estado fumante, etcétera. No viene al caso detallar el riesgo que significa su transporte por sectores urbanos. La ley lo prohíbe terminantemente y el reglamento lo precisa. El reglamento Nº 298, relativo a transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, promulgado el 25 de noviembre de 1994, hace referencia a las leyes Nºs. 18.059 y 18.290, y al artículo 32, número 8º, de la Constitución Política de la República. El artículo Nº 17, en sus incisos primero, segundo y tercero, es tajante en dicha prohibición.
La ley lo prohíbe y la comunidad lo rechaza. Por lo tanto, no es posible el paso de trenes o camiones que transporten ácido sulfúrico por sectores urbanos (léase Rancagua , Machalí , Santiago o cualquier otra ciudad).
De ahí surgió la necesidad de una vía alternativa. Y en un cabildo abierto efectuado en mi ciudad, propuse el llamado "camino de las carretas".
Por supuesto, hay otras propuestas. Entre ellas, la del ácido sulfúrico transportado por un aciducto, que ha sido desestimada. No existe en el mundo ejemplo de un aciducto que tenga una trayectoria tan larga y una geografía tan complicada.
La combinación camión-tren -otra propuesta- significa trasegar dos veces el peligroso líquido, además de la construcción de gigantescos estanques, que requieren material importado especial y son de altísimo costo. No existe la posibilidad de trasvasijar directamente de camión a tren, por las condiciones químicas (alta corrosividad) y físicas (densidad de l,8, casi el doble de la del agua), aparte la necesidad de un estricto control de la presión, de la velocidad, por el riesgo de golpe de quiebre (como lo llaman los técnicos) sobre el material conductor.
No es aconsejable, por ende, la propuesta combinación camión-tren con almacenaje en un supuesto kilómetro 13, lugar donde se realizaría el trasvasije. Ella, asimismo, implicaría usar la carretera Presidente Frei , disputándola así a quienes creemos que deben tener prioridad al respecto: los trabajadores de El Teniente.
Resulta muy significativo el hecho de haber eliminado la línea férrea Sewell-Rancagua en la década del 60 para reemplazarla por una carretera. Razones habrán existido. Yo era alcalde en esa época. ¿O se equivocaron los ingenieros?
Estoy en conocimiento de que El Teniente ha encargado un estudio a fin de ver la factibilidad de un nuevo sistema de ferrocarril para el transporte tanto de personal como de carga. Éste conectaría con Rancagua o Codegua, aprovechando posteriormente el ferrocarril de la estructura nacional. El estudio de esta obra demoraría aproximadamente tres años.
Otras empresas mineras ya han desechado el uso del tren para transportar ácido sulfúrico -entre otras, la Disputada de Las Condes-, por la magnitud que podría alcanzar cualquier siniestro en relación con los camiones: un vehículo de éstos carga 28 toneladas; en el caso del tren, multipliquemos por cinco, seis o más.
Otras mineras se han pronunciado por la creación de una vía para camiones.
Además, en el caso del tren, la solución es egoísta: serviría sólo para transportar ácido sulfúrico, ya que los carros o contenedores deben ser especialmente diseñados para tal efecto. Y yo no veo a ninguna persona viajando muy contenta acompañada, adelante o atrás, de varios cientos de toneladas de dicho elemento corrosivo.
Opto, entonces, por un camino y un puerto que sirva a todos: mineros, agricultores, comerciantes, turistas, etcétera; y no sólo a El Teniente, sino también a la región y al país.
En el supuesto de aceptarse la fórmula del camino El Gringo (de las carretas), surgen otras interrogantes: ¿Para conectarlo con el longitudinal? ¿Para desviarlo por Lonquén? ¿Para seguir por la carretera de la fruta? Definitivamente, no. Porque sería traspasar el problema a otras ciudades y a otros pueblos. Y lo que no queremos para nosotros, tampoco lo queremos para los demás.
La solución es otra. Continuar el camino El Gringo hacia la mina El Inglés-Alhué, prolongarlo hacia nuestro propio litoral y allí construir nuestro muelle o puerto.
Recordemos, señores Senadores, que somos la única Región de Chile que no tiene paso fronterizo ni puerto marítimo. ¿Acaso no tenemos nada que exportar? ¿Y las 500 mil toneladas de cobre fino proyectadas para fines de siglo por El Teniente? ¿Y las 800 mil toneladas de ácido sulfúrico de Caletones? ¿Y los millones de cajas de frutas para exportar, que suman la mitad de la producción de todo Chile? Y agreguemos a lo anterior las exportaciones forestales, avícolas, porcinas, etcétera.
La objeción es inmediata. Tenemos un puerto: San Antonio. La respuesta también lo es: los camiones deberían pasar por la ciudad, lo que resulta inadmisible. San Antonio tampoco tiene la infraestructura adecuada, ni los estanques especialmente diseñados, y está sobrepasado en su capacidad, sobre todo en el período verano-otoño, que equivale al de cosecha y embarques. Por lo demás, al país no le basta ampliar los puertos existentes: necesita construir otros.
Viajamos a Ventanas, buscando otra solución, con el Intendente subrogante, señor Ricardo Tudela ; con don Sergio Alcayaga , del COREMA, y con funcionarios de la Intendencia. Magnífico muelle, 850 metros mar adentro -8 millones de dólares costó su construcción-, y, además, gigantescos estanques estratégicamente ubicados. Allí reciben el ácido sulfúrico de la Disputada de Las Condes. Parece la solución ideal. Pero para llegar a Ventanas hay que pasar por Santiago o por Valparaíso.
Ventanas, entonces, está lejana, y San Antonio es urbano y se halla atochado.
Debemos, pues, buscar en el litoral un lugar cercano, no urbano y nuestro.
Ponemos nuestra atención en la zona comprendida entre Matanzas y Topocalma.
Se nos informa que nuestro litoral, de aproximadamente 200 kilómetros, no tiene fosas adecuadas para puertos.
Los mapas oceanográficos nos muestran otra realidad: que en el sector comprendido entre Topocalma y Matanzas hay profundidades adecuadas a escasa distancia de la costa. Además, el calado de los buques empleados para las respectivas faenas no va más allá de los 10 metros. Hoy día los muelles pueden penetrar hasta cientos de metros en el mar. De hecho, Ventanas tiene 850 metros de penetración mar adentro.
No hay, pues, razones técnicas para descartar nuestro litoral a los efectos de la construcción de un futuro puerto. Sí las hay de carácter social, económicas y de integración cordillera-mar que la justifican.
Me referiré a las económicas, producto de las diferencias importantes en las distancias del mineral a los puntos de embarque: Topocalma y Ventanas. Descartamos San Antonio, por las razones ya anotadas.
De Caletones a Ventanas hay 290 kilómetros; ida y vuelta, 580 kilómetros. De Caletones a Topocalma hay 190 kilómetros; ida y vuelta, 380 kilómetros.
Tomando en consideración el pleno funcionamiento de las dos plantas, que producirán 3 mil toneladas diarias, y que cada camión transporta 28 toneladas, tenemos 107 camiones en circulación las 24 horas. En el recorrido Caletones-Ventanas son 62 mil 860 kilómetros diarios y 2 millones 265 mil 900 al año. En el de Caletones-Topocalma, 40 mil 660 kilómetros por día y un millón 484 mil 900 anuales.
La diferencia es significativa: 781 mil kilómetros menos, si utilizamos la solución propuesta, Caletones-Topocalma.
Si consideramos que cada tonelada-kilómetro cuesta 27 pesos 50 y que se transportan 800 mil toneladas anuales, la mayor o menor distancia incide poderosamente en la economía de la empresa y del país.
Tengo, por supuesto, los cálculos. Pero no pretendo hacer una operación matemática, sino exponer las ideas generales de una propuesta.
Se puede argumentar que la menor distancia de Caletones-Topocalma y, por ende, la economía lograda se pierden al comparar la distancia marítima desde Topocalma a Ventanas.
No es así, pues la capacidad de 16 mil a 20 mil toneladas de los buques cisterna, que equivalen a 571 ó 714 camiones de 28 toneladas por unidad, respectivamente, y el menor precio del cabotaje hacen que el transporte marítimo sea muchísimo más económico. Se proyectan, además, para el futuro buques estanques que significarían hasta 25 mil toneladas.
En este caso, la distancia no es gravitante.
Si proponemos un camino y un puerto para todos -no exclusivo de El Teniente-, el financiamiento, por supuesto, debe ser compartido. Todas las fórmulas son posibles: aportes de El Teniente, sectoriales (Ministerio de Obras Públicas), del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, del Gobierno Regional, convenios con el Ministerio de Obras Públicas, concesiones, peajes, etcétera.
Se objeta que ni el camino ni el puerto son rentables. Sin duda que lo son. Sólo El Teniente proyecta producir -ya lo dije- 500 mil toneladas de cobre fino anuales y 800 mil toneladas de ácido sulfúrico en el mismo período. A ello debemos agregar miles de toneladas de variada carga (petróleo, maderas, equipos). Sumamos, en el entendido de que no sea exclusivo, toda la producción hortofrutícola, forestal, avícola y porcina de gran parte de la zona central y la que eventualmente llegue el día de mañana vía MERCOSUR desde Argentina por el futuro paso fronterizo Las Damas.
Con contagiante entusiasmo, hemos tratado el tema con el Intendente subrogante, señor Ricardo Tudela, y el miembro del COREMA don Sergio Alcayaga, quienes lo han estudiado profundamente, en teoría y en terreno.
Si la Disputada de Las Condes, con la mitad de la producción, tiene su muelle propio y Los Pelambres , con similar producción, proyecta uno en Punta de Chungo, ¿por qué no lo puede hacer El Teniente? Con visión no sólo de empresa, sino también de región y de país, que proyecte un camino y un puerto que unan cordillera y mar; que abran perspectivas al deporte de montaña; que acerquen nuestros productos agropecuarios a los puertos de exportación; que permitan la explotación de mantos auríferos en el sector de Chancón; que despierten del prolongado letargo a las comunas costeras de La Estrella, Litueche y Navidad, y que activen nuestro promisorio litoral.
En vísperas del nuevo siglo, era de la globalización, la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins no puede ni debe ser la única del país carente de paso fronterizo y de puerto.
La coyuntura es propicia y el tiempo apremia. El Teniente debe transportar el ácido y la Región sus productos, y el país tiene que desarrollarse.
Los hombres de El Teniente, hace 92 años, fueron capaces de construir caminos de vértigo, levantar ciudades de leyenda, penetrar las entrañas de la tierra y de su riqueza escondida, erigir la viga maestra de la economía chilena.
Lo que hicieron los hombres de El Teniente de principio de siglo espero que lo hagan las mujeres y los hombres de El Teniente de fin de siglo. El aporte femenino, cada vez más numeroso, ha dado aire fresco y vitalidad a la empresa, renovando su impulso creador.
Se sostiene que lo que se sueña, si Dios lo quiere, será realidad.
¡Que así sea!
He dicho.
La señora FELIÚ ( Presidenta accidental ).-
Los siguientes turnos corresponden a los Comités Renovación Nacional y Socialista, que no harán uso de la palabra.
Los Comités acordaron, por unanimidad, publicar in extenso la reciente intervención del Honorable señor Díaz.
El señor DÍAZ.-
Señora Presidenta , agradezco profundamente la gentileza de los Comités, porque se trata, en último término, de beneficiar a las regiones y, por ende, al país.
La señora FELIÚ ( Presidenta accidental ).-
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
Se levantó a las 18:58.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
Moción de los HH. Senadores señores Hamilton, Núñez y Ríos, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica los artículos 102 y 113 de la Carta Fundamental, con el fin de establecer la elección directa y simultánea de consejeros regionales, alcaldes y concejales. (Boletín N° 1984-07)
Honorable Senado:
Es un hecho cierto que en la presente década se han acrecentados los esfuerzos para perfeccionar las instancias de descentralización de las decisiones gubernamentales y la regionalización del país.
El Parlamento no ha estado ajeno a este fenómeno. Más bien, junto con el Ejecutivo, ha sido el motor que con mayor vigor ha impulsado iniciativas en pos de esta aspiración. Resultando de ello es el conjunto de normas constitucionales y legales que se han dictado en estos años para modificar el esquema político con la mira de extender a lo largo del país y hacer más participativa la toma de las decisiones que afectan nuestra vida colectiva y que incumbe a todos los ciudadanos.
Con este propósito y en la idea de reforzar el régimen democrático, estimamos indispensable ampliar el espectro de autoridades elegidas directamente por el pueblo, por la vía de incluir en el sufragio ciudadano la elección de los consejeros regionales. Esta nueva forma de elegir a sus autoridades habilitará a las comunidades regionales para orientar y decidir sus destinos – sin perjuicio de la unitariedad del Estado – en función de sus propias características y necesidades geográficas, sociales, económicas y culturales.
En el orden del resguardo democrático, la elección directa de los consejeros regionales vigoriza el título de estas autoridades para hacer presente, debatir y resolver respecto de las carencias y requerimientos de sus representados, al tiempo que constituirá eficaz apoyo para el proceso de descentralización en que está empeñado el país.
Estimamos de absoluta necesidad concentrar en un solo acto la elección de las autoridades regionales y comunales. No es bueno para el país extender en el tiempo y en diferentes fechas las elecciones de estas autoridades locales, regionales, parlamentarias y presidenciales, pues ello distrae la atención ciudadana y genera ingentes gastos al Estado.
Por otro lado, la reciente elección de octubre pasado nos induce a reflexionar acerca de la elección separada de alcalde y concejales.
Con el mérito de lo relacionado precedentemente, sometemos a la consideración del Senado el siguiente:
“Proyecto de reforma constitucional:
”Artículo único.– Modifícase la Constitución Política de la República, de la siguiente forma :
1) Sustitúyese el inciso primero del artículo 102 por el siguiente: “Artículo 102.- En cada región habrá un consejo regional encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional. Estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva.
El consejo regional será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional. Esta misma ley orgánica constitucional determinará sus atribuciones y organización.
2) Remplazase el artículo 113 por el siguiente:
“Artículo 113.– Para ser designado intendente o gobernador y para ser elegido miembro del consejo regional, alcalde o concejal, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.
Los consejeros regionales, los alcaldes y los concejales se elegirán en votación popular y en el mismo acto electoral.
Los cargos de intendente, gobernador, miembro del consejo regional, alcalde y concejal serán incompatibles entre sí.
Ningún tribunal procederá criminalmente contra un intendente o gobernador sin que la Corte de Apelaciones respectiva haya declarado que ha lugar la formación de causa.”
FDO: Hamilton, Núñez y Ríos
Moción del H. Senador señor Ruiz-Esquide, en la que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo 127 del Código Sanitario, con el objeto de garantizar la reserva de las recetas médicas. (Boletín N° 1985-11)
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 127 DEL CODIGO SANATORIO
Fundamentos
El Artículo 127 del Código Sanitario establece que los productos farmacéuticos sólo podrán expenderse al público con receta médica, salvo aquellos que determine el reglamento respectivo.
Por su parte el artículo 34 del D.S Nº 466 del Ministerio de Salud, del año 1985 (Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes farmacéuticos, etc.) define receta médica - la orden suscrita por médico cirujano, cirujano dentista, veterinario, matrona o cualquier otro profesional legalmente habilitado para hacerlo, con el fin que una cantidad de cualquier medicamento o una mezcla de ellos sea dispensada conforme a lo señalado por el profesional que lo extiende.
Tanto de la definición legal de receta médica, como del uso que se le da, queda claro que estamos frente a un documento de carácter privado cuyo contenido debe quedar en la más estricta reserva ya que lo contrario implicaría vulnerar la relación de confiabilidad que debe existir entre todo paciente y su médico tratante.
No obstante lo anterior, desde hace algún tiempo se ha constatado por la opinión pública que empresas dedicadas a la recopilación de datos estadísticos tienen acceso a la información contenida en recetas médicas.
Esta situación presenta los siguientes inconvenientes:
En primer término, las recetas médicas generalmente contienen la individualización del paciente, lo que significa que de difundirse la información a que nos referimos, se vulnera absolutamente la privacidad de las personas, derecho que en nuestro país se reconoce como garantía de rango constitucional, según lo señala nuestra Carta Fundamental en su artículo 19 nº4.
En segundo lugar, la finalidad de estas estadísticas es entregar estos datos a laboratorios que se dedican a la producción farmacológica, con el fin de informarles acerca de la demanda de sus productos y así poder hacer más eficientes sus procesos de producción. Sobre esta base, podría llegar a producirse un "manejo irregular del mercado", esto es, al contar los laboratorios con listas de médicos que no prescriben sus productos, eventualmente sería posible ofrecerles ciertos beneficios a cambio de la utilización de los medicamentos que producen.
Por último, cabe señalar que la prescripción de un medicamento para un paciente determinado, obedece a las especiales características que éste presente, es decir no necesariamente dos personas que sufran de la misma afección serán necesariamente medicadas en forma análoga.
Al difundirse el contenido de las recetas médicas podría darse la situación en que profesionales de la salud, teniendo a la vista tratamientos aplicados en casos similares a las de sus pacientes, prescribieran los mismos medicamentos señalados en las recetas los que desvirtuaría el trato personalizado que debe recibir todo individuo por parte de su médico tratante.
Es por todo lo anterior, que considero que debe establecerse en el Código Sanitario como, una prohibición de carácter general, el hecho que las farmacias no podrán entregar a ningún particular el contenido de las recetas médicas que lleguen a su poder, salvo que los interesados (médico y paciente) lo permitan expresamente.
En virtud de los antecedentes expuestos y de las facultades que la Constitución y las leyes me otorgan, vengo en presentar para vuestro estudio y aprobación el siguiente.
Proyecto de Ley
Artículo Único
Modifíquese el artículo 127 del Código Sanitario, agregándose un nuevo inciso segundo cuyo texto es el que sigue:
"Los datos contenidos en estas recetas solo podrán ser entregados al interesado y a la autoridad sanitaria que corresponda. Con todo, y sólo previa autorización por escrito tanto del médico que expidió la receta como del paciente destinatario de ella, las farmacias podrán entregar esta información a los particulares que lo requieran".FDO: Mariano Ruiz-Esquide J.