Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. CUENTA
- IV.
ORDEN DEL DÍA
- DÍAS Y HORAS DE SESIONES ORDINARIAS
- APROBACIÓN DE TABLA ORDINARIA
-
COMPOSICIÓN DE COMITÉS
- INTEGRACIÓN
- Carmen Frei Ruiz Tagle
- Andres Zaldivar Larrain
- Mario Enrique Rios Santander
- Sebastian Pinera Echenique
- Ricardo Nunez Munoz
- Jaime Gazmuri Mujica
- Beltran Urenda Zegers
- Hernan Larrain Fernandez
- Roberto Munoz Barra
- Sergio Bitar Chacra
- Vladimir Anselmo Sule Candia
- Francisco Javier Errazuriz Talavera
- Vicente Enrique Huerta Celis
- Carlos Roberto Letelier Bobadilla
- William Turpin Thayer Arteaga
- Antonio Horvath Kiss
- INTEGRACIÓN
-
HOMENAJE EN MEMORIA DE ALMIRANTE DON JOSÉ TORIBIO MERINO CASTRO
- HOMENAJE : Ronald Mc Intyre Mendoza
- HOMENAJE : Sergio Romero Pizarro
- HOMENAJE : Santiago Sinclair Oyaneder
- HOMENAJE : Sergio Fernandez Fernandez
- HOMENAJE : Beltran Urenda Zegers
- MODIFICACIÓN DE DECRETO LEY Nº 1.094, DE 1975, RELATIVO A REFUGIADOS. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Miguel Otero Lathrop
- INTERVENCIÓN : Jorge Miguel Otero Lathrop
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Sergio Bitar Chacra
- INTERVENCIÓN : Jorge Miguel Otero Lathrop
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Alberto Cooper Valencia
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- DEBATE
- NORMAS SOBRE JUNTAS DE VECINOS Y DEMÁS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- DEBATE
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- Moción del H. Senador señor Fernández, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que deroga el inciso segundo del artículo 19 número 4º de la Carta Fundamental.( Boletín Nº 1920-07).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Fernandez Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Moción del H. Senador señor Fernández, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que deroga el inciso segundo del artículo 19 número 4º de la Carta Fundamental.( Boletín Nº 1920-07).
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 334ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 1ª, en martes 1º de octubre de 1996
(De 16:25 a 19:12)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES SERGIO DÍEZ, PRESIDENTE
Y EUGENIO CANTUARIAS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, PROSECRETARIO
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿
II. APERTURA DE LA SESIÓN¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..
IV. CUENTA......¿.....¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿
V. ORDEN DEL DÍA:
Días y horas de sesiones ordinarias.(se acuerdan)..................¿...........
Aprobación de tabla ordinaria (se acuerda).............¿¿.....¿..........¿
Composición de Comités (se da cuenta)........................................¿....
Homenaje en memoria de Almirante don José Toribio Merino Castro (se rinde).¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿...........
Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, que modifica el DL l.094, de l975, relativo a refugiados (se aprueba su informe)...........
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley 19.418, sobre Juntas de Vecinos (se aprueba en general)..¿¿..............................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Bitar Chacra, Sergio
--Calderón Aránguiz, Rolando
--Cantuarias Larrondo, Eugenio
--Cooper Valencia, Alberto
--Díaz Sánchez, Nicolás
--Díez Urzúa, Sergio
--Errázuriz Talavera, Francisco Javier
--Feliú Segovia, Olga
--Fernández Fernández, Sergio
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Hormazábal Sánchez, Ricardo
--Horvath Kiss, Antonio
--Huerta Celis, Vicente Enrique
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Larre Asenjo, Enrique
--Lavandero Illanes, Jorge
--Letelier Bobadilla, Carlos
--Martin Díaz, Ricardo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Mc-Intyre Mendoza, Ronald
--Muñoz Barra, Roberto
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Otero Lathrop, Miguel
--Páez Verdugo, Sergio
--Pérez Walker, Ignacio
--Piñera Echenique, Sebastián
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara Mariano
--Siebert Held, Bruno
--Sinclair Oyaneder, Santiago
--Sule Candia, Anselmo
--Thayer Arteaga, William
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior y Secretario General de Gobierno.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:25, en presencia de 41 señores Senadores.
El señor DÍEZ (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. CUENTA
El señor DÍEZ (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor HOFFMANN ( Prosecretario subrogante).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Ocho de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero convoca a Legislatura Extraordinaria al Congreso Nacional a contar del día 1 de octubre en curso, a fin de ocuparse de los asuntos legislativos y tratados internacionales que señala, sin perjuicio de futuras inclusiones:
1.- Proyecto de ley que dispone la restitución o indemnización por bienes confiscados por el Estado.
2.- Proyecto de ley que establece el pago de un derecho por el uso de vías urbanas afectas a congestión vehicular.
3.- Proyecto de ley que introduce modificaciones al Código de Minería en cuanto a la superposición de pertenencias mineras.
4.- Proyecto de ley que crea las Corporaciones Regionales de Asistencia Jurídica.
5.- Proyecto de ley que modifica el Código de Aguas.
6.- Proyecto de ley que dicta normas sobre adopción de menores, modifica la ley Nº 7.613 y deroga la ley Nº 18.703.
7.- Proyecto que modifica la ley Nº 18.525, sobre importación de mercaderías al país.
8.- Proyecto de ley sobre libertad de opinión e información y el ejercicio del periodismo.
9.- Proyecto de ley que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación.
10.- Proyecto que modifica el decreto ley Nº 1.094, de 1975, relativo a refugiados.
11.- Proyecto de ley que dicta normas acerca de la constitución jurídica y funcionamiento de las iglesias y organizaciones religiosas.
12.- Proyecto que modifica el decreto ley Nº 3500, de 1980, estableciendo normas relativas al otorgamiento de pensiones a través de la modalidad de rentas vitalicias.
13.- Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, y deroga el Libro II de la ley Nº 17.105.
14.- Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, estableciendo la obligación de instalar un sistema de posicionamiento geográfico automático con apoyo satelital, en determinadas naves pesqueras.
15.- Proyecto de ley que aprueba la Ley Orgánica de la Corporación Nacional del Cobre de Chile.
16.- Proyecto de ley que fija el nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo.
17.- Proyecto de ley que crea un sistema nacional de certificación para frutas y hortalizas frescas de exportación.
18.- Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley Nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones.
19.- Proyecto que modifica la Ley General de Bancos; el decreto ley Nº 1.097, de 1975; la ley Nº 18.010, y el Código de Comercio.
20.- Proyecto de ley que amplía las facultades de la Dirección del Trabajo.
21.- Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materias de negociación colectiva y otras.
22.- Proyecto de ley sobre probidad administrativa aplicable a los órganos de la Administración del Estado.
23.- Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica los Códigos de Justicia Militar, Penal, Orgánico de Tribunales y de Procedimiento Penal, y la ley Nº 12.297, sobre Seguridad del Estado, con el objeto de abolir la pena de muerte.
24.- Proyecto de ley que modifica el régimen jurídico aplicable al sector de servicios sanitarios.
25.- Proyecto que modifica el decreto ley Nº 701, de 1974, sobre fomento forestal.
26.- Proyecto que modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de elecciones de Alcaldes y Concejales
27.- Proyecto de ley que exime del Impuesto a la Renta a los pescadores artesanales.
28.- Proyecto de ley que reforma la Constitución Política de la República en materia de administración comunal.
29.- Proyecto de ley sobre copropiedad inmobiliaria.
30.- Proyecto de ley que establece un nuevo Código de Procedimiento Penal.
31.- Proyecto que modifica el decreto ley Nº 3.472, que crea el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios.
32.- Proyecto de ley que regula el establecimiento de bolsas de productos agropecuarios.
33.- Proyecto que modifica el decreto ley Nº 3.500, en lo relativo al costo de los servicios que prestan las Administradoras de Fondos de Pensiones.
34.- Proyecto de ley, iniciado en moción, que establece normas para el desarrollo de la astronomía en Chile.
35. Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica los artículos 66 y 69 de la ley Nº 19.253, sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Pueblos Indígenas, respecto a la constitución del dominio en la Isla de Pascua para los miembros de la comunidad rapa nui.
36.- Proyecto de ley que modifica la Ley sobre Impuesto a la Renta y sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el Código Tributario y otras normas legales.
37.- Proyecto de ley que moderniza el sector portuario estatal.
38.- Proyecto de ley que fija nuevo Estatuto para los Médicos-cirujanos, Cirujanos-dentistas, Farmacéuticos y Bioquímicos que se desempeñan en los Establecimientos Asistenciales de los Servicios de Salud.
39.- Observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que introduce modificaciones a la ley Nº 19.420, que establece incentivos para el desarrollo de las provincias de Arica y Parinacota.
40.- Proyecto de ley que modifica el artículo 38 del Código del Trabajo en materia de descanso dominical.
41.- Proyecto de ley que moderniza el sistema de remuneraciones del personal del Ministerio de Obras Públicas, de sus servicios dependientes y del Instituto Nacional de Hidráulica.
42.- Proyecto de ley del deporte.
43.- Proyecto de reforma constitucional que establece normas sobre Ministerio Público.
44.- Proyecto que modifica la ley Nº 19.418, relativa a normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.
45.- Proyecto de acuerdo que aprueba la Convención sobre Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado.
46.- Proyecto de acuerdo relativo a diversos Convenios Internacionales del Trabajo adoptados por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo.
47.- Proyecto de ley que establece incentivos para el desarrollo económico de las Regiones de Aisén y Magallanes y la provincia de Palena.
48.- Proyecto de ley que crea régimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicación.
49.- Proyecto de ley que autoriza incremento del monto máximo que indica para ENACAR S.A.
50.- Proyecto de acuerdo entre los Gobiernos de la República de Chile y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, para la promoción y protección recíproca de las inversiones, y su Protocolo, suscritos en Santiago, en 1996.
--Se toma conocimiento.
Con el segundo incluye en la convocatoria a la actual legislatura extraordinaria de sesiones del Congreso Nacional, los siguientes asuntos legislativos:
1.- Proyecto de ley que modifica la naturaleza jurídica del Servicio de Bienestar del Magisterio y deroga el artículo 47 de la ley Nº 16.617.
2.- Proyecto de ley sobre jueces árbitros y procedimiento arbitral.
3.- Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código de Procedimiento Penal y el Código Penal en lo relativo a la detención, y dicta normas de protección de los derechos de los ciudadanos.
4.- Proyecto que modifica los artículos 48, 67 y 144 de la Ley General de Pesca y Acuicultura a fin de iniciar la ejecución del régimen de administración pesquera que señala.
Con el tercero retira de la convocatoria a la actual legislatura extraordinaria de sesiones del Congreso Nacional los siguientes asuntos:
1.- Proyecto que reforma la Constitución Política de la República en materia de administración comunal.
2.- Proyecto de ley que crea las Corporaciones Regionales de Asistencia Judicial.
--Se toma conocimiento.
Con el cuarto hace presente la urgencia, en el carácter de "Suma", al proyecto de ley que autoriza el incremento del monto máximo que indica para la Empresa Nacional del Carbón S.A.
Con el quinto al octavo hace presente la urgencia, en el carácter de "Simple", a los proyectos de ley que se indican:
1.- El que modifica el decreto ley Nº 701, de 1974, sobre fomento forestal.
2.- El que modifica el decreto ley Nº 3500, de 1980, estableciendo normas relativas al otorgamiento de pensiones a través de la modalidad de rentas vitalicias.
3.- El que modifica la Ley General de Bancos; el decreto ley Nº 1.097, de 1975; la ley Nº 18.010, y el Código de Comercio.
4.- El que moderniza el sector portuario estatal.
--Se tienen presentes las calificaciones, y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Cinco de la Cámara de Diputados:
Con el primero envía el Mensaje con el cual Su Excelencia el Presidente de la República inició la tramitación del proyecto de Ley de Presupuestos de la Nación para el año 1997. (Véase en los Anexos, documento 1)
--Pasa a la Comisión Especial de Presupuestos.
Con los dos siguientes comunica que ha dado su aprobación a las modificaciones propuestas por el Senado a los siguientes proyectos de ley:
1.- El que moderniza el Servicio Nacional de Aduanas.
2.- El que fija la Ley Orgánica del Registro Civil e Identificación.
--Se toma conocimiento, y se manda archivar los documentos junto a sus antecedentes.
Con el cuarto y el quinto hace presente que ha dado su aprobación a las proposiciones de las respectivas Comisiones Mixtas constituidas para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación de los proyectos de ley que se indican:
1.- El que exime del impuesto a la renta a los pescadores artesanales. (Véase en los Anexos, documento 2)
2.- El que prorroga la vigencia de las tarifas fijadas a las empresas de telecomunicaciones, en conformidad a la Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones. (Véase en los Anexos, documento 3).
--Quedan para tabla.
Del Tribunal Constitucional, con el que remite copia autorizada de las resoluciones dictadas por ese Tribunal, recaídas en el requerimiento de inconstitucionalidad formulado al artículo 6º del proyecto de ley que moderniza el Servicio Nacional de Aduanas, y al artículo 34, letra c), propuesto para la Ordenanza de Aduanas, contenido en el artículo 1º, Nº 3, letra d), del mismo proyecto.
--Queda a disposición de los señores Senadores.
Del señor Ministro del Interior, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias relacionado con el incidente ocurrido entre integrantes de la Policía Civil y simpatizantes del Hospital de Villa Baviera, en la ciudad de San Carlos.
Del señor Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath referido a la existencia de un catastro de los ductos que transportan combustibles.
Dos del señor Ministro de Hacienda:
Con el primero responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias relacionado con la entrega de fondos extraordinarios para la instalación de los municipios de aquellas comunas recientemente creadas.
Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath referido a los deudores de la ex CORA en las comunas de las Regiones Décima, Undécima y Duodécima.
Del señor Ministro de Educación , en respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Muñoz Barra tocante a diversos antecedentes de la Corporación Privada de Desarrollo Social de la Novena Región.
De la señora Ministra de Justicia , en contestación a un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín sobre deterioro de la renta del personal de Gendarmería que se acoge a retiro.
Dos del señor Ministro de Obras Públicas:
Con el primero da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Matta acerca de la posibilidad de incorporar el cruce de acceso a la comuna de Retiro, Séptima Región, a la construcción de la nueva doble vía de la carretera 5 Sur.
Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Siebert relacionado con el reinicio de las obras del camino Chonchi-Teupa, Décima Región.
Del señor Ministro de Agricultura , en contestación a un oficio enviado en nombre del Senador señor Romero relativo a la sequía que afecta algunas áreas de la Quinta Región.
Del señor Subsecretario de Carabineros con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias sobre la posibilidad de aumentar la dotación policial de la Subcomisaría de Chiguayante, Octava Región.
Del señor Intendente de la Región de Los Lagos , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Siebert relacionado con la reposición parcial de la Escuela "Hilda Hunquen", Quenuir Alto, comuna de Maullín.
Del señor Superintendente de Electricidad y Combustibles , en contestación a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath relativo a la existencia de un catastro de las tuberías destinadas al transporte de combustibles en el país.
Dos del señor Director Nacional de Vialidad con los que contesta igual número de oficios enviados en nombre del Senador señor Frei: uno relativo a la reparación del Puente Tricauco, comuna de Yumbel, y el otro referido a la conclusión de las obras del Puente Colliguay, Octava Región.
Del señor Director del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Romero acerca del derrame de combustible provocado por la ruptura del oleoducto de la Empresa SONACOL, en la ciudad de Quilpué.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informe
De las Comisiones de Economía y de Agricultura, unidas, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que crea un sistema de certificación de calidad para las frutas y hortalizas frescas de exportación. (Véase en los Anexos, documento 4).
--Queda para tabla.
Comunicación
De la Conferencia Episcopal de Chile, con la que emite su parecer con relación al proyecto de ley que traslada a los días lunes los feriados de carácter civil y religioso.
--Queda a disposición de los señores Senadores.
Moción
Del Senador señor Fernández con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que deroga el inciso segundo del artículo 19, Nº 4º, de la Carta Fundamental. (Véase en los Anexos, documento 5).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Solicitud
De don Ramón Belisario Pérez Navarro, de rehabilitación de su ciudadanía. (Véase en los Anexos, documento 6).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
IV. ORDEN DEL DÍA
DÍAS Y HORAS DE SESIONES ORDINARIAS
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Según lo dispone el Reglamento, corresponde fijar los días y horas de las sesiones ordinarias. La Mesa propone mantener los que han regido hasta la fecha, a saber: los martes y miércoles, de 16 a 20, y los jueves de 10:30 a 14.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
APROBACIÓN DE TABLA ORDINARIA
El señor DÍEZ (Presidente).-
En seguida, procede aprobar la tabla ordinaria, que obra en poder de los señores Senadores.
Aprobada.
Sobre este punto, se dará lectura a un acuerdo de Comités.
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
En sesión de esta fecha, los Comités acordaron tratar hoy, martes 1 de octubre, a continuación del homenaje que se rendirá en memoria del Almirante don José Toribio Merino, los siguientes asuntos:
1º Informe de la Comisión Mixta, formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política de la República, aprobado por la Cámara de Diputados y que recae en el proyecto que modifica el decreto ley Nº 1.094, de 1975, relativo a refugiados.
2º Proyecto de la Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 19.418, que establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
3º Proyecto de la Cámara de Diputados que modifica el artículo 38 del Código del Trabajo en materia de descanso dominical, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Dispuso igualmente que, despachados los mencionados proyectos, o llegada la hora de término de esta sesión, se efectuara una reunión de Comités.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Puede usar de ella Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , la Comisión de Hacienda, sobre la base de que ésta sería una sesión común y corriente, destinada en lo principal a fijar días y horas para sesionar, había citado a sus miembros con el objeto de tratar un proyecto que es urgente. Me refiero al de ENACAR.
Para no contradecir lo planteado por los Comités, solicito que se nos autorice para sesionar hoy simultáneamente con la Sala.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Propongo a la Sala autorizar a las Comisiones que se hallan citadas para el tratamiento de otros asuntos, para trabajar simultáneamente con el Senado. Fijaríamos las 20 como hora de término de la presente sesión.
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , casi al mismo tiempo de celebrarse la reunión de Comités, recibí del señor Ministro del Trabajo la solicitud de que la Sala tratara el proyecto que figura en el número 5º de la Proposición de Tabla (3º, según el planteamiento recién expuesto) en la sesión de mañana, por cuanto él no podría concurrir hoy en la tarde al Senado.
Sé que al respecto hay un acuerdo de Comités, pero expongo esta solicitud en la Sala porque, según entiendo, ésta puede acogerla si así lo estima por unanimidad.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Si la unanimidad del Senado está de acuerdo en acceder a la petición del señor Ministro , ésta se aprobará.
Aprobada.
COMPOSICIÓN DE COMITÉS
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
El señor Secretario dará cuenta de la composición de los Comités.
El señor LAGOS (Prosecretario).-
Esta composición es la siguiente:Partido Demócrata Cristiano, Honorable señora Carmen Frei y Honorable señor Andrés Zaldívar. Partido Renovación Nacional, Honorables señores Mario Ríos y Sebastián Piñera Partido Socialista, Honorables señores Ricardo Núñez y Jaime Gazmuri Partido Unión Demócrata Independiente, Honorables señores Beltrán Urenda y Hernán Larraín Partido Por la Democracia, Honorables señores Roberto Muñoz Barra y Sergio Bitar Partido Radical, Honorable señor Anselmo Sule Partido Unión Centro-Centro, Honorable señor Francisco Javier Errázuriz Institucionales, Honorables señores Vicente Huerta y Carlos Letelier Independientes, Honorables señores William Thayer y Antonio Horvath
El señor DÍEZ (Presidente).-
Se toma conocimiento.
A continuación, en conformidad al acuerdo adoptado por los Comités en 3 de septiembre recién pasado, se rendirá homenaje en memoria del Almirante don José Toribio Merino Castro, recientemente fallecido.
En primer lugar, tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
HOMENAJE EN MEMORIA DE ALMIRANTE DON JOSÉ TORIBIO MERINO CASTRO
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , señores Senadores, distinguida familia del Almirante Merino, señores Almirantes, Personal de la Armada:
Al rendir hoy homenaje en memoria del Almirante don José Toribio Merino Castro , lo hago compartiendo el dolor de su esposa y familia, y uniéndome al sentimiento de muchos otros chilenos que, aun sabiendo que hoy descansa muy cerca de Dios, lamentamos profundamente su partida al recordar su desinteresado y patriótico aporte a nuestra Patria en una época de grave crisis.
El destino me permitió conocer muy de cerca al Almirante Merino. En sus actividades en la Armada, fui su Secretario General. Poco después, en las legislativas, me correspondió ser su Jefe de Gabinete. Estuve también cerca suyo en distintas tareas que realizó en el desempeño de sus diferentes cargos, todas ellas tendientes a preservar y enriquecer los principios y valores que distinguen a la Armada.
Imbuido de esos mismos valores, más adelante, con mayores responsabilidades, el Almirante contribuyó a que Chile recuperara los principios que constituyen el pilar de nuestra identidad como nación, los que al momento del pronunciamiento militar estaban seriamente afectados.
El análisis objetivo de las circunstancias históricas del pronunciamiento militar de septiembre de 1973 no podrá desconocer que, desde el primer día, la fuerte influencia legalista de todo el país, y en particular de sus Fuerzas Armadas, presidió los actos de la Junta de Gobierno y la inspiró del máximo rigor jurídico para asegurar la continuidad del Estado de Chile como entidad cohesionada en el plano interno y en el internacional.
Un Gobierno que tuvo el poder para hacerlo todo sin sujeción, dictaminó su propio autocontrol, tomando desde el comienzo las providencias necesarias para restaurar el orden y la confianza nacional e internacional en las instituciones; en una palabra, la juridicidad.
Con esa filosofía política que iluminó las actuaciones del Gobierno de las Fuerzas Armadas, se dictaron 3 mil 660 decretos leyes y 992 leyes -es decir, más de 4 mil 500 cuerpos legales-, en lo que al Almirante Merino correspondió una participación preponderante.
Es por eso que considero que el mejor homenaje que ahora se puede rendir al Almirante, en este particular entorno del Senado, es uno que destaque la importante actividad legislativa que desarrolló durante el Gobierno militar.
La auténtica versación del Almirante en la filosofía política; el ejercicio de la magistratura, desempeñada durante su carrera como Juez Naval de la Escuadra y luego de la Primera Zona Naval; sus experiencias en servicio exterior, en representación del Estado de Chile ante la Comisión Permanente del Pacífico Sur y sesiones preparatorias de la Conferencia del Mar, entre otras; su preparación de Oficial de Estado Mayor y profesor de la Academia de Guerra Naval, le habían dado la experiencia y conocimientos necesarios como para que su aporte en las decisiones iniciales del Gobierno militar fuera determinante.
Los primeros actos normativos dictados por la Junta de Gobierno demuestran los objetivos que inspiraron a sus integrantes: la restauración de los valores históricos y culturales de la nación, el respeto al Poder Judicial , la preocupación inmediata por generar los instrumentos constitucionales básicos, las Actas Constitucionales para que el Estado de Chile fuera siempre un Estado institucionalizado, un Estado de Derecho, y no volviéramos a correr jamás el riesgo de que las grandes tensiones y violencias que pudieran cruzar internamente al país desembocasen en la anarquía, el desorden, la corrupción y todas las demás lacras que han afectado a muchos Gobiernos, de facto o electos, en nuestro continente.
Según esos severos criterios, se estableció una separación de funciones, correspondiendo las ejecutivas al Presidente de la República ; y las legislativas, a la Junta de Gobierno.
Es así que la progresiva separación de las funciones y el cargo de Presidente de la Junta perfilaron definitivamente al Almirante Merino como la cabeza visible del Poder Legislativo durante el Gobierno de las Fuerzas Armadas.
Su formación, su capacidad de organización y sus severas exigencias metodológicas, que reflejaban el rigor ético e intelectual que eran consustanciales a su personalidad, dejaron su impronta en la profunda reforma legislativa que experimentó el país entre 1973 y 1990.
Las cuatro Comisiones Legislativas, presididas por cada uno de los miembros de la Junta de Gobierno, fueron creadas como órganos estrictamente técnicos, de generación de las normas jurídicas de rango legal, y también de rango constitucional, hasta la promulgación de la Constitución de 1980.
Es importante destacar que la configuración orgánica y la aptitud funcional de estas Comisiones fueron las características que contribuyeron fundamentalmente a su éxito técnico-legislativo. Fueron órganos estrictamente apolíticos, completamente desligados de todo interés partidario.
En la Primera Comisión Legislativa , presidida por el Almirante Merino, los presidentes de las subcomisiones y sus coordinadores fueron, sin excepción, oficiales en servicio activo de la institución, en tanto que los asesores fueron calificadas personalidades de la vida nacional, aprobados personalmente por el Almirante Merino, sin distinción de credo político, y a quienes sólo se pedía poseer verdaderos conocimientos en las materias para las que habían sido llamados y no tener compromiso alguno con partidos o grupos de influencia. Los asistentes técnicos de las Comisiones Legislativas fueron los funcionarios del escalafón del Congreso Nacional, de reconocida y alta calificación en la formación de la ley, muchos de los cuales continúan aún prestando servicios en el Senado.
La unanimidad requerida para los acuerdos de generación de la norma legal fue garantía del equilibrio del debate, de la prudencia de las ideas y de la ponderación de las decisiones del Gobierno. En este sentido, la fuerte personalidad, el definido carácter y la claridad de pensamiento del Almirante Merino ayudaron definitivamente a ese equilibrio, fundamental para la realización de la obra legislativa transformadora.
No debe olvidarse que la profunda reforma económica fue materia de una profusa, compleja y tecnificada legislación, dirigida personal y directamente por el Almirante, quien jamás delegó las decisiones capitales y nunca renunció al deber y al privilegio de estudiarlo todo y de contar con toda la información.
Cabe agregar con especial énfasis que tuvo también mucho cuidado en no mezclar sus actividades castrenses con las legislativas. Por eso fue sumamente riguroso en la distribución de su tiempo, no aceptando que aspectos institucionales, cualquiera que fuera su urgencia, le fueran presentados durante el horario que había establecido para sus actividades legislativas. En este aspecto, sufrí personalmente su reproche cuando, en mi calidad de Secretario General de la Comandancia en Jefe de la Armada , acudí a su despacho en el edificio Diego Portales , sede del Gobierno, para consultarle sobre dudas de carácter institucional.
En esta transparencia del actuar del Almirante, no puedo dejar de mencionar su permanente preocupación por que la labor legislativa no se desarrollara, como algunos motejan, "entre cuatro paredes". Así organizó un completo sistema de información de libre acceso a los medios de comunicación. Sin embargo, tal procedimiento tuvo sólo un regular desempeño. ¿Por qué? Porque sus entrevistas de los días martes con la prensa y su franca opinión acerca de los problemas más importantes del país superaron con creces cualquier esfuerzo de esa oficina por mantener informada a la opinión pública. Dos o tres ideas suyas, desarrolladas con una inteligencia brillante, resumían la respuesta que había que dar para los problemas principales que inquietaban a los ciudadanos. Su síntesis informativa acaparaba, normalmente, los principales titulares de los medios de comunicación.
La legislación extraparlamentaria tiene una honrosa tradición en la historia legislativa del país. A ella se deben algunas de las más importantes codificaciones y de los mayores avances políticos e institucionales, y aunque, por lo general, se ha generado en períodos de crisis política e institucional, su contribución a la consolidación jurídica del Estado ha sido muy relevante.
Además de las innumerables oportunidades, a través de nuestra historia, cuando el Congreso ha debido delegar facultades al Ejecutivo para dictar decretos con fuerza de ley, los períodos extraordinarios 1924-1925, 1932-1933 y 1973-1990 se caracterizaron por la dictación de decretos leyes. Eso significó que se deban a la legislación extraparlamentaria textos tan importantes como el Código Sanitario, el Código del Trabajo, el Estatuto Administrativo y las leyes del Banco Central, General de Bancos, de Sociedades Anónimas, Compañías de Seguros, Bolsa de Comercio, etcétera. Pero, sin duda, fue en el período 1973-1990, cuantitativa y cualitativamente hablando, la época abrumadoramente más importante de la historia de la legislación extraparlamentaria de Chile. La magnitud de la transformación abarca la política, la economía, el régimen interior y la administración pública, la seguridad social, la vivienda, la salud, la educación, entre muchas otras.
Como dije anteriormente, más de 4 mil 500 textos legales pasaron por un sistema tecnificado, objetivo, poseedor de la serenidad necesaria para el estudio de las trascendentales materias que componen el quehacer diario de cualquier Poder Legislativo en el mundo. Esa misma serenidad y ausencia de pasiones e intereses secundarios esterilizantes que el Almirante supo imprimir al estudio de cada proyecto fueron, tal vez, la causa primordial de la eficacia de normas legislativas que han probado ser realistas, porque provienen de un adecuado diagnóstico de la realidad social; y objetivas y necesarias, porque han sido aceptadas por todos los sectores como soluciones ineludibles y justas, y porque no provienen de intereses particulares de grupos o partidos, sino del interés general y superior de todo el país. ¡La permanencia de esa legislación es la mejor prueba de su eficacia!
Sin duda, toda esta obra es producto del trabajo de muchas personas. En este contexto quiero hacer un paréntesis -interpretando, y creo que fielmente, lo que habría hecho el Almirante en mis circunstancias-, para recordar con especial afecto al Almirante don Lorenzo Gotuzzo , no sólo por la calidad de su asesoría económica, sino también por su infatigable dedicación al trabajo. Permanecía con su equipo, día tras día, y hasta muy avanzadas horas, hasta que una aciaga noche entregó su vida mientras cumplía con sus obligaciones.
No obstante, es preciso recordar que en las realizaciones de cualquier colectividad hay que distinguir entre lo que es la ejecución y lo que significa la inspiración y dirección. Es en lo segundo donde cabe destacar al Almirante, quien, en su papel de cabeza del Poder Legislativo, puso toda su pasión, su conocimiento y formación y, por sobre todo, su patriotismo sin límites y su fe inconmensurable en el futuro de Chile y en todos los chilenos, al servicio de esa magna tarea.
Su retiro de la Armada no fue obstáculo para que continuara atento a la nueva situación política que afrontaba la República. Por ello aceptó formular declaraciones públicas, solicitadas por los medios de comunicación, cada vez que lo requería el interés nacional. Éstas reflejaron, una vez más, la franqueza y el patriotismo que caracterizaron siempre al Almirante.
Si bien en mi homenaje he querido destacar la labor legislativa desarrollada por el Almirante don José Toribio Merino Castro , no puedo concluir sin recordar dos aspectos importantes, que lo retrataban como hombre y como marino.
El primero fue su incondicional y decidida defensa, como católico muy observante que era, de los valores, los principios y la doctrina que defiende la Iglesia. Esto lo instó a rechazar todo aquello que pudiera atentar contra el núcleo principal que sustenta nuestra sociedad -la familia- y a promover iniciativas legislativas para fortalecerla en todo sentido. Al mismo tiempo, su propia familia, junto a su incomparable y abnegada esposa Margarita y sus tres hijas, fue un ejemplo no sólo para la Armada, sino para todos los chilenos.
El segundo aspecto fue su gran amor al mar. Durante su gestión instauró en Chile el Mes del Mar, con el fin de que durante todo ese lapso se destacara la importancia que puede adquirir Chile -soberano de un inmenso océano- al explotar racionalmente sus recursos. Asimismo, estableció las bases para una política oceánica nacional, y veló siempre por el desarrollo de un Poder Naval que estuviera acorde con nuestros intereses marítimos en constante crecimiento.
Señor Presidente , Honorables colegas, la historia se va formando por los hechos de los hombres y por los testimonios que de sus actos dejan sus contemporáneos. Por eso yo, como testigo de esa época, junto con rendir mi sentido homenaje al Almirante Merino , creo firmemente que no pasará mucho tiempo sin que la historia reconozca su gran aporte a nuestra Armada y la Patria. Creo asimismo que en un futuro muy cercano veremos que una unidad de la Escuadra Nacional que lleve el nombre de nuestro querido Almirante, surcará los mares, navegando rauda hacia puerto seguro.
He dicho.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , señores Senadores, señora Margarita Riofrío de Merino , señores Almirantes, señores oficiales y suboficiales en servicio activo y en retiro, señoras y señores.
Un ilustre, un gran Almirante, recibe hoy el homenaje del Senado de la República de Chile y, a través de estas palabras, de los Senadores de Renovación Nacional y del Comité de Senadores Independientes.
Cuando solicitamos rendir este merecido reconocimiento -que el Honorable Senado reserva a distinguidos compatriotas- lo hicimos, por encima de pasiones y circunstancias, como una expresión imperativa del agradecimiento que muchos chilenos debemos a una personalidad cautivante y de rasgos providenciales como lo fuera en vida el Almirante don José Toribio Merino Castro.
En la vida y trayectoria de las naciones, de las sociedades o de las instituciones, son los hombres quienes hacen posible que ellas sean distinguidas y respetadas. Por lo demás, así lo recordaba el propio Almirante al hacer entrega del mando de la institución que sirviera por más de 54 años, 16 de los cuales fue su Comandante en Jefe.
Decía: "Os repito como lo he hecho a través de mi carrera, sois vosotros lo hombres los que hacéis que esta Institución" -refiriéndose a la Armada- "sea respetada y admirada tanto en la Patria como en el extranjero. Ésta es nuestra herencia, la recibimos del pasado y debemos mantenerla en el futuro.".
Esas palabras cobran vigencia y relieve al recordar la trayectoria de este hombre singular, quien hizo de Dios, de Chile, de la Armada y de su familia el cuadrilátero esencial de su vida.
En su postrer despedida, en un acto de sobrecogedora solemnidad y respeto, fuimos testigos del dolor y recogimiento con que los hombres de mar despedían al insigne Almirante; y aún flotan al viento las palabras finales con las que el actual Comandante en Jefe de la Armada , don Jorge Martínez Bush , lo despedía en nombre de aquellos que hicieron la gigantesca guardia de honor de su último trayecto:
"Señor almirante, sabemos que su alma ha llegado al Puerto final, donde lo esperaba el Señor, luego de su última y definitiva singladura; los ángeles lo han acompañado para ello. A Él, le imploramos para que lo reciba como al hijo que lo amara tanto; y a nuestro Almirante, no le pedimos que implore por nuestra por nuestra República y su Armada ante el Todopoderoso, porque sabemos que, sin necesidad de solicitud alguna, rogará también sinceramente por su patria y su institución, pues las llevaba arraigadas desde siempre en lo más profundo de su corazón de marino ejemplar y patriota por excelencia.".
Estas sentidas palabras, encierran la expresión palpitante de una personalidad cuya visión cristiana está descrita en forma constante y permanente en su vida. A la Biblia católica la describía en alguna oportunidad, como la "Ordenanza que nos da el rumbo a la vida eterna".
A esta visión cristiana, se unía su permanente preocupación por la preservación de la identidad histórico-cultural de nuestra patria, la defensa de la integridad moral y física de la nación y los principios superiores y permanentes de nuestra nacionalidad.
Su profesionalismo y calidad le permitieron siempre separar y distinguir de modo sobresaliente sus altas responsabilidades como Comandante en Jefe de la Armada y sus funciones como miembro de la Junta de Gobierno, en especial, las legislativas.
Aquí cabe profundizar en lo que fue una obra maciza y trascendente: el inmenso legado de crear el marco legal para echar los cimientos y proyectar a nuestra nación por los amplios caminos de su reconstrucción económica y social. Esta institucionalidad que reconoce la importancia de la capacidad y responsabilidad individual con el verdadero sentido del orden subsidiario del Estado.
Más allá de las visiones y consideraciones que podamos tener frente a los hechos sucedidos en nuestra querida patria, nadie puede desconocer la inmensa obra del Gobierno de las Fuerzas Armadas y de Orden y, dentro de ella, la acción tenaz, consecuente y firme en sus convicciones del gran Almirante.
Fuimos testigos de su permanente acción para que las libertades políticas y económicas se conjugaran dentro de una institucionalidad que con algunas perfecciones hoy continúan dándonos el marco de estabilidad tan esencial para perseverar en el mejor desarrollo del país, como nunca antes fue posible construir en este siglo.
A la Constitución Política de 1980 debemos sumar las más de mil leyes que llevan la firma del ilustre Almirante y los 3 mil 660 decretos leyes que complementan su labor legislativa, que cumpliera a cabalidad por más de dieciséis años.
Pero su vocación de hombre de mar no le abandonó jamás y la preocupación del gran Almirante por el desarrollo marítimo y pesquero de nuestro país no sólo queda de manifiesto en la consolidación de nuestros intereses marítimos soberanos y como promotor infatigable del aprovechamiento de sus ingresos y recursos: la Sociedad Nacional de Pesca, en su asamblea general del 3 de septiembre pasado, destacaba el rol del ilustre Almirante, señalando que la industria pesquera chilena, entre los años 1974 y 1989, arrojaba resultados impresionantes. En dicho período, los desembarques pesqueros pasaron de 1 millón 135 mil toneladas a 6 millones 770 mil, y las exportaciones del sector crecieron veinte veces, con lo cual la importancia de los recursos marinos en las exportaciones del país pasaban de 2,5 por ciento a 11,3 por ciento.
Así se va delineando la figura singular de un gran Almirante que jamás dejó de impresionar por su autenticidad y consecuencia.
Su humor y perspicacia, tan propios de su personalidad, eran aguardados con expectación y, por qué no decirlo, con una sonrisa, pues fue un hombre cuya grandeza no le impedía un fino sentido del humor. Cómo no recordar esa faceta en un martes como hoy.
Su sentido familiar lo expresó ejemplarmente junto a su señora, doña Margarita Riofrío , sus hijas y nietos, que recibieron cariño y afecto. Él siempre entendió a la familia como el núcleo esencial de nuestra nacionalidad y primer fortín de nuestra civilización cristiana.
A ellos les hacemos llegar los sentimientos de pesar que nos embargan y, al mismo tiempo, expresamos la admiración y el respeto que Chile y los chilenos tendremos para siempre de un ilustre Almirante y de un gran patriota.
He dicho.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sinclair.
El señor SINCLAIR.-
Señor Presidente, señores Senadores.
Al honrar, en esta sesión especial, la ilustre memoria del Almirante don José Toribio Merino Castro , Vicepresidente de la República , miembro de la Honorable Junta de Gobierno y Comandante en Jefe de la Armada, no puedo dejar de asociar su nombre al de los más preclaros servidores de la Patria chilena.
Más allá de las mil trincheras del pensamiento humano, nadie podría dejar de inclinarse reverente ante su memoria de patriota indiscutido, marino de corazón, ciudadano excepcional que -a lo largo de su fructífera existencia- desplegó todas sus energías y capacidades en el servicio generoso de Chile y de la Armada Nacional. A esta última sirvió sin limitaciones de tiempo ni medida por más de cuarenta años.
Compartí con el señor Almirante Merino la honrosa circunstancia de integrar la Honorable Junta de Gobierno, en la que su reconocido talento, espíritu patriótico y desinterés personal lo condujeron a ocupar un sitial de privilegio en el afecto, respeto y consideración, no sólo de los integrantes de aquélla, sino también de todos quienes fueron nuestros colaboradores y, muy principalmente, de la ciudadanía entera, que fue testigo de su entrega.
Su elevada y resuelta actitud para enfrentar las situaciones con que lo probó el destino; el amor a su esposa, a sus hijas y nietos, junto a ese singular y original modo de ser -pleno de humor e inteligencia-, hacen del señor Almirante Merino toda una figura de nuestra siglo, que recordaremos siempre, con profundo afecto y gratitud. Fue un hombre que hizo de sus convicciones una auténtica realidad en su vida, sin ceder jamás al cálculo mezquino e interesado, al halago fácil y superficial, o a la conveniencia circunstancial y pasajera.
Desde esta tribuna, elevo al Señor mi oración más ferviente por el eterno descanso de su alma y por la paz y conformidad de su distinguida esposa y familia.
Mi afecto se extiende a la Armada Nacional, que abrigó en su seno a tan ilustre Almirante, alcanzando bajo su inspirado mando un desarrollo y potencial que la prestigian y honran.
Señores Senadores: ¡La historia honrará la memoria del señor Almirante Merino y recogerá los múltiples frutos de su generosidad y ejemplo de vida al servicio de su Patria!
He dicho.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente:
Quiero rendir en el Senado de la República un homenaje lleno de profunda admiración y reconocimiento en memoria del Almirante don José Toribio Merino Castro.
Su nombre pertenece a la historia del país. Ingresa a ella en un momento capital para Chile, en 1973, y permanecerá allí cuando se hayan acallado las diferentes opiniones que aún rodean los acontecimientos de esa hora, demasiado cercanos todavía para que puedan juzgarse sin apasionamientos. En todo caso, resta el hecho de que el Almirante Merino fue una personalidad indiscutiblemente decisiva en el acontecer nacional durante más de tres lustros.
La suya no constituyó una actuación que se circunscribiera solamente a un día, el 11 de septiembre de 1973, por trascendental que él fuese.
Desde luego, su surgimiento al primer plano de la actividad pública sobrevino al cabo de una brillante carrera de oficial, destacada como pocas. En el curso de ella, sirvió durante un año y medio en la Marina de los Estados Unidos, durante la segunda guerra mundial. Sobresalió en todas las etapas de la carrera naval, hasta llegar al almirantazgo. Consagró así a la Armada de Chile casi 60 años de actividad sobresaliente, desde su ingreso a la Escuela Naval, en 1931, hasta su retiro de la vida pública, en 1990, al cabo de 16 años y medio en la Comandancia en Jefe de su Institución.
Sirvió ejemplarmente sus deberes a la cabeza de la Armada. Al entregar en 1990 el mando a su sucesor, pudo encomendarle una fuerza naval en nivel de excelencia, ratificada y fortalecida en el reconocimiento internacional por su rigor profesional, su potencial defensivo y la autoexigencia de sus hombres.
José Toribio Merino Castro fue una personificación ejemplar de ese espíritu severo en que Chile puede apoyar su soberanía con total confianza.
Con ocasión de su fallecimiento, la Armada de Chile expresó de manera elocuente cuán altamente valora la gestión del Almirante Merino.
Desde septiembre de 1973 fue miembro de la Junta de Gobierno, la que presidió a partir de 1981, desempeñándose también como Vicepresidente de la República en dos oportunidades.
En su calidad de Presidente de la Junta de Gobierno , realizó una enorme tarea como legislador, teniendo bajo su responsabilidad directa la Primera Comisión Legislativa.
Fue en esa obra gigantesca, traducida en una legislación vastísima, que destacó por la seriedad de su preparación técnica y por la audacia de sus incontables innovaciones a que ella dio forma jurídica. En conjunto, representó una modernización sustancial del país, en la que el Almirante Merino tuvo un papel protagónico.
En esa responsabilidad legislativa, me correspondió el alto honor de trabajar con él en estrecha colaboración, tanto en el ámbito del Ministerio del Trabajo como en el del Interior.
Fue de vital importancia su labor en la definición de las políticas de libertad que recuperaron la economía chilena desde la ruina, para encaminarla por las vías que la llevaron a su presente prosperidad. Con firmeza, respaldó la mantención de esas políticas a lo largo de las pruebas a que fue sometida durante dos grandes crisis mundiales. Puedo dar testimonio personal de su entereza en esos difíciles momentos.
Igual trascendencia tuvo su contribución en múltiples otras leyes de gran importancia, y por sobre todo, en la Constitución de 1980. Durante la elaboración de ésta, trabajamos diariamente por muchos meses. Sus aportes, fruto de la reflexión, la experiencia y el sentido patriótico, fueron así plasmándose en las normas constitucionales que en años posteriores han dado tranquilidad y estabilidad a Chile.
Otro tanto cabe decir de su participación en la normativa complementaria de la Constitución. El Almirante Merino tenía fe en la capacidad de las personas y en las posibilidades que pueden desplegar éstas cuando se les reconoce amplia libertad en un orden justo. Dedicó sus mejores esfuerzos a que estos principios fueran debidamente recogidos por nuestro ordenamiento constitucional y fundamental.
El Almirante Merino fue un gran caballero y un hombre de honor en la plenitud de la palabra. Fue, por sobre todo, un gran patriota. Por eso consagró todo su saber a su país y a la Armada, al servicio público. Cumplió con brillo y abnegación dos grandes tareas simultáneas: en el mando máximo de su Institución y en las responsabilidades de gobernante y legislador.
Su obra en cada una de ellas bastaría para colmar meritoriamente una existencia individual.
Quiero hacer llegar en esta ocasión a su viuda, señora Margarita Riofrío , así como a su familia y a la Armada de Chile, los sentimientos de muy sincera y profunda condolencia por el fallecimiento del Almirante don José Toribio Merino Castro.
Pero hay consuelo en la certeza de que su figura emblemática estará, para siempre y con justicia, entre los grandes hombres de los que Chile puede enorgullecerse.
He dicho.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Está inscrito a continuación el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente ; Honorables colegas; querida Margarita , hijas y familiares del Almirante Merino ; señores Almirantes y Oficiales superiores en servicio activo y en situación de retiro:
Con sentida emoción adhiero, en nombre de mi Partido -la Unión Demócrata Independiente- y en el mío propio, al homenaje que el Senado rinde hoy en memoria del Almirante José Toribio Merino Castro , quien fuera Comandante en Jefe de la Armada , Integrante de la Junta de Gobierno y Vicepresidente de la República , y durante muchos años, Jefe del Poder Legislativo de la época.
Temo, sí, al hacerlo que la amistad que me unió desde niño con él me prive de la perspectiva suficiente para apreciar todos los méritos de su legado.
Le conocí a su regreso de Europa, ya en 1928, en nuestros vecinos barrios de Agua Santa y Las Colinas, de Viña del Mar, y como compañero de curso de mi hermano Carlos en el Colegio de los Sagrados Corazones.
A partir de entonces, siempre estuvimos vinculados y, por caminos distintos pero nunca muy lejanos, fuimos enfrentando nuestras vidas, quizás sin un contacto permanente, pero en todo momento ligados por el fuerte vínculo de los principios y valores compartidos.
Desde la niñez pude seguir su trayectoria. Primero, como alumno distinguido en el colegio y en la Escuela Naval -a la que ingresara siguiendo la tradición familiar-; después, como oficial que supo de los rigores del combate, mientras se desempeñaba como Oficial de la Marina de Estados Unidos, durante la guerra en el Pacífico. Conocí su afición al vértigo de las carreras de motos, en las que sufrió un gran accidente y que debió suspender o limitar al conocer a Margarita y enamorarse de ella.
Y le vi ascender, uno a uno, los grados de su carrera, hasta llegar a ser el Comandante en Jefe de la Armada Nacional.
Por ello pude apreciar, mejor que muchos, algunas de esas características de su personalidad, que tan trascendentes resultaron para el destino de este país.
Era un hombre de sólidos principios cristianos, con una clara inteligencia; un permanente afán de aprender; un gran amor a Chile y un conocimiento profundo de su historia, y un muy claro sentido del deber y de la lealtad. Todo ello le hacía tener en cada momento una precisa conciencia de sus responsabilidades frente a la sociedad, a su patria y a Dios.
De allí que su actitud en septiembre de 1973 -cuando estimó necesario poner término a un Gobierno que, conforme a la gran mayoría del país y a su propia conciencia, se había apartado de la Constitución y de la ley- fuera plenamente consecuente con su íntimo sentir.
A este respecto, estimo imprescindible reiterar antecedentes no siempre conocidos y recordados que demuestran que su decisión no fue ni apresurada ni producto de una ambición personal o de un espíritu antidemocrático.
Él tenía muy claro el papel de las Fuerzas Armadas y de Orden -y, por supuesto, de nuestra Armada- en la vida institucional de la República.
De ahí que en 1970, antes de que asumiera como Presidente de la República quien había obtenido la primera mayoría en las urnas, le visitara, a título personal, pero con autorización del Mando, como una forma de expresarle que, más allá de lo que pudieran ser sus sentimientos personales, la Armada y él respetarían la voluntad del pueblo y del Congreso, porque, cualesquiera que fueran sus legítimos temores, el nuevo gobernante tenía derecho a asumir sus funciones y realizar sus proyectos, obviamente con apego a la Constitución y a las leyes y de acuerdo al interés nacional.
Aún más: en muchas oportunidades en que el desorden que empezó a imperar en el país requirió estados de excepción, cumplió como Jefe de Plaza e Intendente subrogante, con ecuanimidad y firmeza, cada uno de los deberes inherentes a esas funciones.
Y, aunque a cada instante se hacía evidente -al igual que para tantos en Chile- que íbamos siendo arrastrados a un gobierno totalitario, me expresó, en esos tensos momentos y en largas conversaciones, que él entendía que las Fuerzas Armadas y de Orden sólo debían intervenir cuando se agotaran todas las instancias civiles y que, si bien la Contraloría y el Poder Judicial , a través de la Corte Suprema, se habían pronunciado claramente sobre la inconstitucionalidad en que había incurrido el Gobierno, aún faltaba que lo hiciera el Poder Legislativo, como voz oficial del pueblo.
Y, cuando la Cámara de Diputados adoptó su histórico acuerdo del 23 de agosto de 1973, quedó claro que las Fuerzas Armadas y de Orden debían actuar. Y, por ello, el Almirante Merino, en el momento preciso, lo hizo con firmeza, valentía y eficiencia, en cumplimiento de lo que sabía era su deber supremo para con la patria.
No es del caso referirse in extenso a su papel en el Gobierno Militar, pero sí pareciera necesario destacar, al menos, dos aspectos esenciales.
El primero, su papel decisivo en introducir en Chile políticas económicas que reducían el poder del Estado, confiando en las personas, ampliando su campo de acción y facilitando el desarrollo de la empresa privada. Abriendo el país al mundo. Políticas éstas tan exitosas, que han sido mantenidas en lo esencial por los dos últimos Gobiernos.
Por otra parte, cabe connotar su contribución y personal esfuerzo para que la circunstancia de constituir Gobierno las Fuerzas Armadas y de Orden no afectara el carácter esencial y permanente de las instituciones castrenses y policiales y para que éstas mantuvieran su profesionalismo y siguieran cumpliendo, como hasta hoy lo hacen, con eficiencia y lealtad, el papel que la Constitución y las tradiciones les otorgan.
Obviamente, no puedo omitir en el Senado la forma tan eficaz en que durante tantos años dirigiera el Poder Legislativo, que, si bien estaba constituido por cuatro miembros, supo organizar y dirigir de manera tal que permitiera alcanzar altísimos niveles de calidad legislativa, como aquí se ha puesto de manifiesto.
Hoy, cuando gozamos de una transición que ha merecido admiración mundial, no podemos olvidar, no sólo la tarea que realizó el Gobierno Militar, sino, específicamente, la que llevó a cabo el Almirante José Toribio Merino Castro , en su calidad de Jefe del Poder Legislativo , para ir consolidando la nueva institucionalidad democrática, de cuyos beneficios todos somos testigos.
Tampoco podemos olvidar que antes de entregar el mando, al término del Gobierno Militar, estimó de su deber restablecer la Comandancia en Jefe de la Armada en la Capital Marítima de Chile, aquí, en este Valparaíso que hoy también nos cobija como Parlamento y al cual tanto amó; ni tampoco que, después de entregado el mando, supo guardar riguroso silencio, sin intervenir en la vida política del país, el que sólo interrumpió para expresar su punto de vista sobre reformas constitucionales que consideraba inadecuadas para el interés nacional.
Es preciso destacar que, en el marco de los valores y principios que inspiraron la obra del Gobierno Militar, él tuvo muchas veces su propia visión de los problemas y de la forma de solucionarlos; su criterio fue en numerosas ocasiones el de la diversidad dentro de la unidad, y así, sin inmovilizar ni obstruir, entregó su aporte, experiencia y conocimientos para perfeccionar tantas normas legales trascendentes hasta hoy e impulsar -como he dicho- un proceso de extraordinarios cambios económicos, cuya importancia nadie -ni siquiera los opositores de ayer- puede negar.
Son estas razones más que suficientes para entender la gratitud que la patria debe al Almirante Merino.
Pero no está de más hacer referencia a otras facetas de su rica personalidad.
Porque le conocí y supe de su sencillez íntima es que puedo decir con certeza que no había en él ninguna soberbia ni orgullo exagerado, y que detrás de una apariencia que a veces pudiera parecer altanera existía un hombre extraordinariamente culto, humano, sensible, profundamente bueno, que muchas veces con un gesto o con una palabra era capaz de producir un hondo efecto en la vida nacional.
Tal vez en ocasiones pudo parecer rudo, pero bien sabemos que muchas veces las frases que pudieron resultar hirientes eran llamados de atención que finalmente servían para concentrarse y dar con la solución a problemas de alta importancia que parecían difíciles de resolver.
De allí que ni los "Martes del Almirante Merino" serán fácilmente olvidados, ni tampoco se podrá dejar de recordar al hombre de rica vida familiar cristiana que llenaba sus ocios, especialmente en su retiro, con la pintura, el golf, la lectura y el estudio y, por sobre todo, con su amante esposa, Margarita , la dulce compañera con quien formó el hogar de toda su vida y a la que, junto a sus hijas y nietos, les dio la inmensidad de su cariño.
No es extraño, en consecuencia, que el Almirante Merino se hiciera merecedor del enorme cariño de tanta gente y que el pueblo se volcara a las calles para testimoniarle su gratitud en el último adiós.
Por ello, al terminar este homenaje, quiero decir: ¡Gracias, Almirante Merino, por lo que hiciste por Chile, por el ejemplo que nos brindaste y por ese camino de valentía y de lealtad a los principios, por esa consecuencia de vida que nos mostraste, para que lo sigan las nuevas generaciones!
He dicho.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Señora Margarita Riofrío viuda de Merino y familia; señor Comandante en Jefe de la Armada subrogante, Vicealmirante don Juan Mackay Barriga ; señores oficiales y personal en servicio y en retiro de la Armada de Chile:
Quiero sumarme a este homenaje póstumo que se rinde en el Senado al Almirante don José Toribio Merino Castro.
El Almirante Merino fue un hombre dedicado por entero a su Institución: la Armada de Chile. A ella entregó los mejores años de su vida y todos sus esfuerzos para hacerla grande y poderosa y para que sirviera como custodia y defensora de la larga costa que baña a nuestra patria.
No quiero referirme hoy a sus actuaciones o destinaciones profesionales, ni a lo mucho que hizo, desde su juventud, por modernizar y mejorar las capacidades tácticas y técnicas de nuestra Armada.
En esta oportunidad deseo hacer reflexiones muy personales sobre el Almirante que conocí y con quien me tocó compartir largas horas en el estudio de los temas que en determinado momento eran más urgentes para el país, como la delicada situación económica que sufrió Chile en la década de los años 70.
El Almirante Merino tenía dos características muy dignas de destacar. Primero, era un hombre cálido y comprensivo, con un sentido familiar y moral extraordinariamente acendrado y que comprendió, desde los inicios mismos del Gobierno militar, su rol y el de las Fuerzas Armadas para con el futuro del país.
Recuerdo que durante los primeros días del Gobierno militar me tocó conversar con el Almirante sobre los problemas económicos. Debemos recordar que en ese entonces fue la Armada de Chile la que se hizo cargo de este tema, que el Almirante Merino miraba con gran preocupación por las realidades económicas de la época.
El Almirante recibió una gran influencia de la política alemana del Ministro Erhard y, en especial, de sus dos libros: "Bienestar para todos" y "Alemania hacia los Mercados Internacionales". Estudió ambos en profundidad, ya que quería conocer la experiencia y las doctrinas que dominaban al mundo de esa época. Y ello lo hacía con el sentido de organización y análisis que siempre ha caracterizado a nuestra Armada.
La segunda característica que lo hacía destacarse era su fortaleza de carácter. Él fue quien primero apoyó, dentro de la Junta de Gobierno y públicamente, al equipo económico de esos años que había tomado una línea que se tradujo, en definitiva, en la economía actual.
Hoy, eso nos parece muy fácil. Sin embargo, en esa época, las críticas sobre el programa económico eran muchas y de diversos sectores, tanto de los que apoyaban el Gobierno militar como de sus más enconados opositores. Debemos recordar, además, que esos fueron los años de las presiones políticas internacionales, de la crisis del petróleo y, finalmente, de la crisis financiera, todo lo cual creó en sectores importantes del país fuertes dudas sobre la conveniencia de mantener la estrategia económica que el Almirante sustentaba. No obstante, él fue absolutamente coherente con la búsqueda del bien común a largo plazo, basado en lo que la ciencia económica y la experiencia de otros países indicaban.
Creo que hay muchas personas, de todos los sectores, que tuvieron un papel destacado en el resurgimiento económico de nuestro país. Sin embargo, personalmente estimo que nada de ello habría sido posible sin la iniciativa del Almirante en los primeros tiempos y el apoyo incondicional y la firmeza con que defendió las realizaciones y a las personas que las llevaban adelante, lo cual marcó, en definitiva, el camino hacia el despegue de nuestra economía.
Esto es algo que quiero agregar al homenaje de esta tarde. El país tiene una deuda de gratitud con el Almirante Merino por el desarrollo económico de Chile, que es de consideración y que merece ser destacado. Cuando hoy nos felicitan por nuestro desarrollo, por la competitividad y el auge alcanzado por nuestros exportadores, muchas veces olvidamos quién fue realmente el primer impulsor de todo esto.
Lo importante, cuando uno actúa en la cosa pública, no es sólo el conocimiento profundo de la materia, sino, fundamentalmente, la voluntad política puesta al servicio de lo que ella ordena. En esto, el Almirante Merino fue un ejemplo para todos, con su constancia, permanencia y firmeza que puso para sostener, contra todos los avatares, la búsqueda del bien común y del desarrollo, que eran su único norte dentro de las líneas trazadas.
No quisiera terminar mis palabras sin rendir un homenaje a Margarita Riofrío de Merino, quien compartió con el Almirante muchos momentos difíciles de nuestra historia, que le supo entregar su apoyo cariñoso e incondicional y le ayudó a mantener vivas todas las virtudes de una auténtica vida familiar junto a sus hijas, a fin de que el Almirante tuviera ese remanso necesario para todo hombre que ha tomado sobre sus hombros una tarea de la envergadura de la que tomó.
Doy gracias a Dios por el hecho de que el Almirante hubiese estado presente en días tan difíciles y decisivos para Chile.
He dicho.
--(Aplausos en la Sala y tribunas).
El señor DIEZ (Presidente).-
Se suspende la sesión por 15 minutos.
_______________________
--Se suspendió a las 17:30.
--Se reanudó a las 17:50.
_______________________
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
MODIFICACIÓN DE DECRETO LEY Nº 1.094, DE 1975, RELATIVO A REFUGIADOS. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Informe de la Comisión Mixta, ya aprobado por la Cámara de Diputados, recaído en el proyecto que modifica el decreto ley Nº 1.094, de 1975, relativo a refugiados.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 27ª, en 31 de agosto de 1994.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 4ª, en 5 de junio de 1996.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 11ª, en 7 de noviembre de 1995.
Gobierno (segundo), sesión 58ª, en 8 de mayo de 1996.
Mixta, sesión 1ª, en 1º de octubre de 1996.
Discusión:
Sesiones 13ª, en 14 de noviembre de 1995 (se aprueba en general); 60ª, en 15 de mayo de 1996 (se despacha en particular).
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
En el informe se deja constancia de que la Cámara Baja, en el tercer trámite constitucional, rechazó algunas de las modificaciones introducidas por el Senado a la iniciativa, específicamente las recaídas en las letras b) y d) de su artículo único, normas que promovieron la controversia entre ambas ramas del Parlamento.
Asimismo, se consigna el debate que se suscitó, el análisis realizado, los acuerdos adoptados y la proposición formulada por la Comisión Mixta, aprobada por mayoría de votos.
Por oficio Nº 1.244, de 3 de septiembre de este año, la Cámara de Diputados comunica que prestó su aprobación al informe de la Comisión Mixta, que estuvo integrada por los Senadores señores Núñez ( Presidente ), Letelier y Ríos, y los Diputados señores Balbontín, Bartolucci y Tuma.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
En discusión el informe de la Comisión Mixta.
Ofrezco la palabra.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , ¿es posible aprobar una parte del informe y rechazar otra, o debe votarse como un todo?
El señor DÍEZ (Presidente).-
Debe votarse globalmente, señor Senador, tal como viene.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor OTERO.-
Pido la palabra.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Puede hacer uso de ella el señor Ministro.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Señor Presidente , la Comisión Mixta se formó por el hecho de que el Senado, en el segundo trámite constitucional, introdujo dos modificaciones al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados.
La primera de ellas establece que tanto los refugiados como los asilados políticos no podrán ser expulsados hacia el país donde su vida o su libertad peligren por razones de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinados grupos sociales u opiniones políticas, todo ello -agregó el Senado- sin perjuicio de las normas sobre extradición vigentes en Chile.
La Comisión Mixta resolvió mantener la norma original, rechazando la modificación introducida por el Senado sólo en la parte en que ésta queda condicionada a las normas sobre extradición vigentes en Chile. Esto resulta coherente con los acuerdos internacionales de los cuales Chile es parte y que precisamente el proyecto de ley pretende compatibilizar con la legislación interna.
La Convención sobre Estatuto de los Refugiados, de 28 de julio de 1951, vigente en Chile, publicada en el Diario Oficial de 19 de julio de 1972, establece en forma taxativa las causales por las cuales una persona puede ser expulsada del país o devuelta al Estado en donde se han producido las circunstancias que originaron su calidad de refugiado.
El artículo 33 de la referida Convención dispone que no será aplicable el principio de no devolución al refugiado "que sea considerado, por razones fundadas, como un peligro para la seguridad del país donde se encuentra o que, habiendo sido objeto de una condena definitiva por un delito particularmente grave, constituye una amenaza para la comunidad de tal país".
En consideración a ello, la propia Convención es la encargada de fijar el tipo de delito particularmente grave y los demás requisitos que habilitan a un Estado para devolver al refugiado justamente al territorio del cual ha debido salir por estimar que peligra su vida e integridad personal o la de su familia.
La Convención, por lo tanto, no priva al Estado de la posibilidad de expulsar o de devolver a un refugiado, incluso acogiendo una solicitud de extradición, siempre y cuando dicha solicitud de extradición quede circunscrita a las causales indicadas en el párrafo anterior.
Si en el proyecto de ley se llegara a establecer que el principio de no devolución queda condicionado a cualquier norma de extradición vigente en Chile, se podría llegar a violar esta Convención sobre Estatuto de los Refugiados en su aspecto más relevante si, por ejemplo, se concediera la extradición por un delito que no revista las características de gravedad señaladas en el artículo 33 de la Convención anteriormente aludida.
Lo mismo puede decirse respecto del asilo, institución que debe quedar regida por los tratados internacionales de los cuales Chile es parte, específicamente la Convención de Montevideo, del año 1933.
La otra modificación que introdujo el Senado dice relación a eliminar la Comisión de Elegibilidad destinada a asesorar al Ministerio del Interior en el otorgamiento y revocación de la visación de residente de un asilado político o refugiado.
La Comisión Mixta resolvió mantenerla, por estimar que está destinada a cumplir un papel relevante en cuanto a garantizar al solicitante de asilo o refugio la existencia de un ente ante el cual pueda presentar la solicitud, efectuar su defensa y rendir prueba. En base a dichas actuaciones, la Comisión de Elegibilidad elaborará un informe en que se analice la situación del solicitante y se recomiende aceptar o rechazar la petición.
A este respecto, cabe considerar, además, la garantía constitucional del artículo 19, Nº 3º, esto es, la protección ante la ley, específicamente el inciso cuarto, donde se establece que "Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un racional y justo procedimiento.".
Las razones esgrimidas para rechazar su creación, que en el proyecto aprobado por la Comisión Mixta pasa a llamarse Comisión de Reconocimiento -denominación más propia, en nuestra opinión-, han sido simplemente de carácter formal. Es decir, se ha argumentado que ella podría crearse por decreto supremo y que no sería necesaria una ley. Sin embargo, dada la importancia de esta materia, y teniendo en cuenta el mandato constitucional antes aludido, en virtud del cual corresponde al legislador establecer siempre las garantías de un racional y justo procedimiento, nos parece conveniente insistir en que la norma que establezca esta Comisión de Reconocimiento debe ser de rango legal.
Esas serían, señor Presidente, nuestras observaciones respecto del informe de la Comisión Mixta.
Muchas gracias.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero y, a continuación, el Senador señor Ríos.
El señor OTERO.-
Señor Presidente , me gustaría formular una consulta al señor Ministro , porque de su respuesta dependerá la decisión que el Senador que habla y probablemente otros Honorables colegas adoptaremos al momento de votar.
En el Senado no estuvimos de acuerdo con la creación de la Comisión de Reconocimiento. Incluso más, en la Comisión Mixta el Senador señor Ríos votó en contra de ella -así se consigna en el informe respectivo- cuando "declaró no ser partidario de establecer en la ley esta Comisión, pues es perfectamente posible que dicha entidad se implemente mediante un decreto supremo. Agregó que si se procedía según el criterio de la H. Cámara, surgiría en seguida la exigencia de crear una planta para esta nueva entidad, lo que llevará necesariamente a que en la próxima Ley de Presupuestos, se consignen los recursos para su mantención y funcionamiento.".
No tengo inconveniente en votar favorablemente el informe, en la medida que el señor Ministro nos aclare si ésta va a ser meramente una Comisión consultiva, cuyos miembros no percibirán remuneración adicional, ni habrá de incorporarse a la partida presupuestaria correspondiente glosa alguna que permita establecerla con carácter permanente, con remuneraciones y planta.
Si el señor Ministro nos garantiza y asegura que efectivamente ello no va a ocurrir y que nombrará esta Comisión cuando lo estime conveniente, que será ad honorem y no tendrá carácter permanente, yo, por lo menos, estaría en condiciones de votar favorablemente el informe.
Por eso, ruego al señor Ministro que tenga la gentileza de darnos una respuesta.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Con la venia del señor Presidente , lo haré con mucho gusto, señor Senador.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Tal como lo describe el artículo 40 bis, se trata de una Comisión asesora del Ministerio del Interior en el otorgamiento y revocación de la visación de residente con asilo político o refugiado. Son dos cosas distintas. En nuestra opinión, ella puede tener carácter permanente; pero puedo dar garantías al Honorable señor Otero y al Senado de que ésta es una Comisión ad honórem, asesora del Ministerio del Interior, y, por ser sin remuneraciones, su creación o permanencia no requiere ser incorporada en la Ley de Presupuestos. De manera que no irroga gasto alguno a la Secretaría de Estado a mi cargo.
EL señor OTERO.-
Gracias, señor Ministro.
Creo que ha sido muy clarificadora su exposición, y sobre esa base anuncio que votaré favorablemente el informe.
Obviamente, participo de la opinión del Senado en cuanto a que no era necesario que ella quedará establecida en la ley, porque, dentro de sus facultades, el Ministerio puede designar cualquier comisión ad honórem que estime conveniente para asesorarlo en todas aquellas materias que considere del caso.
Por lo tanto, la inquietud planteada por el Honorable señor Ríos es perfectamente lógica, y me alegro de que el señor Ministro haya aclarado este punto y de que quede expresa constancia de lo anterior para los efectos de la aprobación de la iniciativa.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Ríos. Después podrán intervenir los Honorables señores Núñez y Hormazábal.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, es muy importante, para la votación y para la historia de la ley, dejar consignados algunos aspectos relevantes y que se refieren a una indicación formulada por el Senador señor Mc-Intyre , relativa básicamente a la situación que se puede producir en la devolución de asilados y refugiados a los respectivos países de donde ellos procedan. Su Señoría propuso la frase -y fue aprobada por la Cámara Alta- "sin perjuicio de las normas sobre extradición vigentes en Chile", aludiendo a lo expresado en el sentido de que los asilados políticos no pueden ser expulsados hacia la nación donde su vida o libertad corren peligro.
Tal situación apuntaba, fundamentalmente, al caso de aquellas personas que, asilándose o solicitando la calidad de refugiado, tenían pendientes asuntos de carácter penal o de otro tipo en sus respectivos países, respecto de lo cual Chile, naturalmente, debía preocuparse.
Finalmente, la Comisión Mixta, para los efectos de desechar la indicación y de aprobar el texto propuesto por la Cámara de Diputados, consideró dos elementos muy importantes. El primero de ellos se vincula al término "convención". Las convenciones -así lo estimó la Comisión- constituyen normas de Derecho Internacional Público que obligan al país ante la comunidad mundial, y los tratados son acuerdos bilaterales celebrados entre dos naciones.
Ahora bien, la convención conforme a la cual Chile se rige en materia de refugiados y asilados políticos previó expresamente que las normas sobre refugio no podrán aplicarse a las personas que hubieran cometido delitos singularmente graves, como crímenes de guerra o actos que atenten contra la humanidad y todos aquellos delitos que corresponden más bien al área penal. Señalo esto porque fue un tema de mucha relevancia en la Comisión Mixta y marcó una posición muy clara y definida en el Senado.
El segundo elemento que resulta fundamental dejar establecido se refiere al hecho de que al Ministerio del Interior se le entregan, en definitiva, mayores libertades para que los refugiados o asilados políticos puedan desarrollar su gestión propia y que, por diversas razones, deban ausentarse de Chile y viajar a distintas naciones del mundo. En este sentido, se le conceden mayores libertades en cuanto al otorgamiento de visaciones y documentos para viajes, sin que se determine el número de días que las personas puedan ausentarse.
Por último, cabe destacar lo concerniente a la Comisión misma. El señor Ministro manifestó que ella nunca será incorporada a la Ley de Presupuestos, y se lo creo. Pero la verdad es que él no permanecerá como tal toda la vida, porque llegarán otros Secretarios de Estado a ocupar el cargo y se dictarán nuevas disposiciones. Lo señalo porque más adelante podría decirse que la comisión en comento fue creada por ley, y, a lo mejor, se resuelve dar un puesto dentro de ella a algún pequeño partido político. Esto ocurre en la realidad. Es así. Por eso, yo me opuse a la existencia de esta comisión por estimarla inconveniente.
Anuncio que votaremos favorablemente el informe. Sin embargo, quiero solicitar formalmente al Presidente de la República , a través del señor Ministro del Interior , que envíe un veto al Congreso -así quedaremos tranquilos en el futuro; lo estamos ahora, pero no más adelante- a fin de que se desarrolle todo este tipo de gestión mediante decretos supremos, como ha sucedido con las tantas comisiones creadas por el Ejecutivo , sin necesidad de que la materia sea incorporada en una ley. Porque -tal como lo argumentó el señor Ministro- no reviste mayor importancia la forma como se organizará la comisión, ya que tampoco se determina quiénes la integrarán, de dónde saldrán ellos, cuántos son, en fin. Hay muchos aspectos que están de más.
Si el Gobierno, a través del señor Ministro presente en la Sala, se compromete formal y oficialmente a eliminar esta comisión, tendrá la absoluta seguridad de que el proyecto será aprobado ahora; si no es así, surgirán grandes dudas.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Corresponde usar de la palabra al Honorable señor Núñez, y a continuación lo harán los Senadores señores Hormazábal, Feliú, Mc-Intyre y Fernández.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente, sólo deseo recordar lo siguiente. La Convención del Estatuto de los Refugiados, particularmente en su artículo 33, contempla el principio de la no devolución. Esto, tal vez, constituye la piedra angular, lo central y fundamental de ese documento, firmado en 1951. Es un principio que se estableció en el Derecho Internacional Público, como muy bien lo recordó el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
Ciertamente, se trata de una discusión larga, porque cuando se creó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, establecida por la resolución Nº 428-V, de 14 de diciembre de 1950, el tema también fue debatido en la Asamblea General de las Naciones Unidas de aquel año. Posteriormente, al firmarse la Convención sobre Estatuto de los Refugiados, siete meses después -vale decir, en julio de 1951-, esta materia, que preocupó a la Comisión Mixta, fue desechada por la comunidad internacional.
Por consiguiente, si aprobamos ahora, en los términos en que lo hizo el Senado, la disposición para otorgar el asilo o refugio correspondiente -esto es, de acuerdo a la frase "sin perjuicio de las normas de extradición vigentes en Chile"-, estaríamos contradiciendo una disposición de Derecho Internacional, como muy bien lo explicaron quienes participaron en su momento en la Comisión Mixta.
En segundo lugar, deseo destacar que la Oficina de ACNUR, la cual funcionó hasta hace muy poco tiempo en nuestro país, y que naturalmente sigue cumpliendo funciones muy relevantes en otras partes del mundo, ha pedido a los países miembros que, ojalá, pudieran crear esta llamada Comisión de Elegibilidad o Comisión de Reconocimiento, porque es un organismo mucho más objetivo para el otorgamiento tanto del refugio como del asilo político. Obviamente, en muchos lugares ha habido bastante arbitrariedad en la materia por parte de algunos Gobiernos, dependiendo de su color político. Por eso, siempre es bueno que exista un organismo que dé máxima garantía de objetividad para tales efectos.
Por esas razones, en la Comisión Mixta aprobamos las disposiciones de las letras b) y d) del artículo único.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, en términos concretos, pensé que el proyecto podía aprobarse fácilmente, sin mayores observaciones, ya que recoge y mantiene una tradición que es patrimonio de todos los sectores políticos de este país. Ha sido así desde los comienzos de la República, y hasta nos sentimos orgullosos de que nuestro himno patrio contenga la frase de que Chile es también "el asilo contra la opresión". Acaba de terminar septiembre y hemos visto cómo se refuerzan las tradiciones y se recuerda el sentido que tiene la patria. Por eso, estimaba que esta iniciativa era bienvenida como para comenzar la Legislatura Extraordinaria del Senado , porque, distante de problemas internos de los chilenos, ella constituye un factor de unidad.
Consideramos que éste es un país que acoge razonable y afectuosamente a aquel que sufre persecución en otro lugar. Incluso más: Chile ha acogido a gente que ha venido acá por razones económicas. Hace poco, en esta Sala, el Senador señor Siebert recordaba el impacto positivo y vital que tuvo, por ejemplo, la presencia alemana en nuestra patria. Y existen fenómenos similares a lo largo del territorio que podrían ser descritos en forma bastante entusiasta.
¿Y qué me ha llamado la atención? Que Chile, expresándose a través de la Cámara de Diputados y el Senado, y con el acuerdo del Gobierno, ha dispuesto que una pequeña carencia en nuestra legislación interna respecto de pactos internacionales, como la de no contemplar adecuadamente el principio de la no devolución, se resuelva de una manera apropiada. Surgen algunas dudas acerca del gasto que esto pudiera involucrar, y en tal aspecto, el señor Ministro ha dado una respuesta. Pero quiero expresarle que estoy dispuesto a votar a favor del proyecto aunque deban pagarse honorarios a las personas que integren la Comisión de Elegibilidad.
Estimo razonable que otros tengan una opinión distinta, pero me parece bien someter a nuestra consideración un voto que reivindica la tradición histórica de Chile, lo que nos coloca en sintonía con las normas internacionales que defendemos en común con el ejercicio de una política internacional que es patrimonio de todos los chilenos.
El señor Ministro del Interior ha dado garantías respecto de ese tema. Sin embargo, quiero decirle que, en mi opinión personal, esta Comisión de Elegibilidad, como lo ha planteado la Cámara de Diputados y -entiendo- lo ha aprobado la Comisión Mixta, debería denominarse Comisión de Reconocimiento, pues también intenta recoger algunas sugerencias de ACNUR en cuanto a que exista mayor participación de expertos en la materia que aconsejen al Ministro de Interior sobre estas resoluciones.
Me alegro por la presentación del proyecto y por el hecho de que la Comisión Mixta haya logrado un acuerdo. Me pareció razonable la primera propuesta del Senado, sin perjuicio de lo que está establecido en tratados de extradición. Sin embargo, el debate demostró que eso fue abandonado en 1950 o en otros períodos por organismos internacionales, porque dejaba en entredicho una norma bilateral, que podía ser el tratado de extradición, respecto a disposiciones de Derecho Internacional Público y multilateral, como son precisamente las convenciones que hemos suscrito.
Por lo expuesto, deseo hacer expreso nuestro apoyo decidido y entusiasta al proyecto y señalar que estamos dispuestos a votarlo favorablemente, aunque ello pudiera irrogar un pequeño gasto al país, con tal de que lo que cantamos con tanta emoción en nuestro himno nacional -que Chile es el país que da "asilo contra la opresión"- siga siendo realidad.
He dicho.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, al escuchar el debate y al recordar lo que se planteó en su oportunidad respecto de las dos normas en discusión, debo señalar que nos hallamos frente a dos temas distintos: uno, la existencia de una Comisión en la ley, y el segundo, atinente a saber qué ocurre respecto de los refugiados, es decir, si debe establecerse algo conciliable con el sistema de extradición.
En cuanto al tema de la Comisión, me resulta difícil comprender lo que se plantea en el informe, porque el origen de ella emana -se dice- de una petición de ACNUR, en el sentido de que no sea sólo un funcionario o una autoridad determinada, quien, sin mayor fundamento, opine sobre estas materias, sino que se requeriría de una Comisión asesora. Ése es el argumento dado: para cumplir la petición de ACNUR. En el informe se señala que habrá una Comisión de Elegibilidad, pero no se explica nada más. ¿Quién la integra? ¡Nadie! ¿Podrán ser los funcionarios de más bajo nivel dentro del ministerio o repartición pertinente, o incluso algunos ajenos a éste? No se sabe. Si yo estuviera en la posición de ACNUR de solicitar que exista una Comisión que dé tranquilidad e independencia, no me sentiría satisfecha con esta respuesta, pues dicho órgano técnico estará conformado por no sé quién. No veo que esto pueda entregar reales y verdaderas garantías. Pero más difícil resulta la comprensión del tema cuando el señor Ministro cita el artículo 19, inciso quinto de su número 3º, de la Constitución Política, que establece:
"Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un racional y justo procedimiento.".
En primer lugar, aquí no se trata de un órgano que ejerza jurisdicción; luego, en sentido estricto, la norma no es aplicable. Sin embargo, si razonablemente consideramos bueno que ella se aplique, deberíamos establecer un racional y justo procedimiento, cosa que no estamos haciendo con una norma que dice que habrá una Comisión de Elegibilidad.
Por lo tanto, si deseamos cumplir las peticiones de ACNUR en orden a que realmente existan garantías, y lo que plantea el señor Ministro en el sentido de que haya un justo y racional procedimiento, asunto que debe considerar el legislador, pienso que la norma propuesta no es suficiente. Por el contrario, resulta absolutamente insuficiente crear una Comisión de Elegibilidad designada... ¿por quiénes? ¿Por empleados inferiores dentro del Ministerio? No se sabe; no se señala.
Desde esa perspectiva, el precepto no me parece conveniente, pues no cumple lo que plantea ACNUR. Ahora, el hecho de crear una Comisión de esta naturaleza, integrada por las personas que se designen internamente, pues ni siquiera se expresa que el Presidente de la República o algún otro organismo del Estado las va a elegir -no se dice nada-, puede significar, a mi juicio, una solución peor que la no existencia de tal Comisión. Sin la existencia de ella, una persona podrá decir: "Aquí no se me escuchó, no se supo la verdad de lo ocurrido y no se ponderaron los antecedentes". Y habiendo una Comisión, se le podrá responder: "Señor, la Comisión ponderó sus antecedentes." Pero ¿qué Comisión? ¿A quién le da garantías? A nadie.
Entonces, un órgano de esta naturaleza no resulta suficiente para dar garantías y, peor aún, su instauración da una apariencia de mayor garantía, por lo que resulta más grave establecer la Comisión que no crearla, ya que podrá decirse: "Señor, su caso fue visto por una Comisión". Sin embargo, ésta no respondería de manera alguna.
Por otra parte, en el informe de la Comisión Mixta se propone una solución que sí da garantías, a mi juicio, para un racional y justo procedimiento y que se ajustaría al planteamiento del señor Ministro. ¿Cuál sería aquélla? La posibilidad planteada en el informe al expresar: "Otros países consignan procedimientos judiciales de apelación o revisión -criterio que es el ideal- y que quizás podría considerarse cuando se haga una revisión global sobre el Estatuto". No me parece correcto proceder de esa manera. Si estamos analizando un proyecto y aflora una situación que se estima ideal, entonces adoptémosla hoy, porque ella no es difícil, no es compleja, no genera ningún problema, recoge el sentir de ACNUR y realmente da garantías, en mi opinión, de que existirá un racional y justo procedimiento, porque la persona tendrá derecho a reclamar. Pero establecer una Comisión que no significa nada y respecto de la cual no sabemos quién la integrará, no garantiza la protección a las personas.
Además, en la medida en que se recoge lo expresado por el señor Ministro en el sentido de que la Comisión sería "permanente" y estaría formada por personas que integran la Administración del Estado en cuanto es un órgano colegiado, ella requeriría, para su aprobación, de quórum calificado en los términos que prescribe la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y siguiendo la jurisprudencia respecto de la situación de los consejos de pesca, etcétera. Un proyecto que establece la creación de órganos colegiados con facultades decisorias requiere de quórum calificado, porque se aparta del sistema general de autoridades unipersonales.
Finalmente y con relación a lo mismo, deseo recordar que los funcionarios públicos no tienen cometidos propios que ejerzan en forma aislada. Los sistemas de la Administración del Estado, los servicios públicos, los Ministerios y las Subsecretarías operan sobre la base de conductas de funcionarios que tienen responsabilidades civiles, penales y administrativas respecto de las decisiones que adopten, las cuales, además, se basan en informes elaborados por numerosas autoridades o funcionarios -reitero- con nombramientos, obligaciones y responsabilidades que los llevan a emitir conclusiones favorables o desfavorables acerca de un pronunciamiento.
Por lo tanto, tampoco estaríamos en presencia del hecho de que una persona califica. No. Sin necesidad de que se lo digamos a la Comisión, podrán intervenir muchas personas. Pero si queremos que ella dé plenas garantías, debemos establecerla como corresponde, fijando sus procedimientos. De no ser así, personalmente no propondría ese camino y establecería lo señalado como solución ideal en la parte final de la página 5 del informe: un sistema que contemple la posibilidad de reclamo en contra de las resoluciones tanto favorables como desfavorables.
En cuanto al primer tema, relativo a la procedencia o improcedencia de considerar la calidad de refugiado frente a los países con los que Chile mantiene tratados de extradición, la verdad es que al respecto tiene lugar un concurso de normas de instrumentos internacionales: por una parte, las de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, y, por la otra, las de las convenciones sobre extradición.
¿Qué llama la atención en el artículo 33 de la convención mencionada, precepto que aquí se ha recordado? Por desgracia, no fue transcrito íntegramente en ninguno de los textos, al parecer; pero, en todo caso, ¿qué surge de la lectura que hizo el señor Ministro ? Sucede que no pueden invocar los beneficios de esa disposición las personas que han cometido hechos singularmente graves, como los crímenes de guerra o los delitos en contra de la humanidad. Pero resulta que, de acuerdo con lo expuesto por el señor Ministro , ello se aplica a quienes han sido condenados. Y, justamente, en los tratados de extradición se planteará la situación de los involucrados en procesos y no condenados. Luego, la norma citada no procederá en relación con quienes estén siendo procesados por dichos delitos. ¿Y qué pasa si alguien ha cometido crímenes de guerra o delitos contra la humanidad y no fue condenado? Ahí sería perfectamente posible, a mi juicio, disponer la extradición.
En consecuencia, en mi opinión, se deben conjugar dos tipos de convención: la de naturaleza general, que es la de los refugiados, y las de carácter especial, respecto de las extradiciones. Lo que sí se debe tener presente es que, si se desea que primen las normas sobre refugiados, es preciso dejar a salvo situaciones de esa índole al suscribir convenios de extradición.
Por mi parte, juzgo adecuado no aplicar una norma tan amplia como la del artículo 33, sino una referente a los delitos aludidos sea que la persona se halle o no se halle condenada.
Entonces, me parece que realmente no es tan fácil sostener que se debe respetar íntegramente una convención, en circunstancias de que se trata siempre de dos de ellas: la general, respecto de los refugiados, y las particulares que se celebren con otros países en cuanto a las extradiciones.
Más que dudas acerca del proyecto que nos ocupa, mi opinión es contraria en los dos temas de que se trata. Y, por esa razón, anuncio que me pronunciaré en contra de la proposición de la Comisión Mixta.
Formulo votos, en lo referente a la creación de la Comisión de Reconocimiento, para que se recoja lo consignado en el informe, en el sentido de contemplar un sistema de reclamación ante un tribunal que de verdad conozca los hechos y aplique lo que verdaderamente corresponde, con las garantías pertinentes, según lo señalado, también, por ACNUR.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, como lo expresó el Senador señor Ríos, en su oportunidad formulé indicación para consagrar la frase "Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las normas sobre extradición vigentes en Chile.".
En la explicación de la Comisión Mixta, se dice que un tratado de extradición "es un acuerdo bilateral, en tanto que la Convención de 1951, sobre el Estatuto de los Refugiados, es una norma de Derecho Internacional Público". Y se agrega que la norma aprobada por el Senado, sobre la base de la indicación citada, "hace primar la aplicación de las normas de un tratado de extradición sobre la referida Convención, por lo que por esa vía se podría desvirtuar el objetivo de esta última.".
La duda es la siguiente. Hay tratados de extradición celebrados antes de 1951, y otros, después. Si existe esa convención y ésta se encuentra por sobre ellos, ¿por qué se firman esos instrumentos internacionales? Entonces, se suscita una interrogante de bastante importancia sobre el particular, hasta cierto punto clarificada aquí por el Ministerio del Interior al señalarse que la Convención de 1951 se halla por sobre todas las normas de extradición. Pero, ¿para qué se suscriben tratados de extradición entre dos países si ello después quedará nulo por existir el marco general de esa convención?
Formulo esta consulta al señor Ministro.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro del Interior.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
La cuestión radica en lo siguiente. Si se agregara la indicación propuesta por el Senador señor Mc-Intyre , en el sentido de dejar a los tratados de extradición que suscriba el país como excepción de la aplicación de la Convención de 1951, perdería fuerza, según lo señala la Comisión Mixta, la norma del proyecto. Porque, en definitiva, lo que se quiere consignar es el principio de la no devolución.
En consecuencia, lo que se dispone es que si, eventualmente, Chile celebrara un tratado de extradición en el que dicho principio no estuviese contemplado, regiría el precepto aprobado por el Parlamento que sí lo consagre. O sea, ello tendría primacía sobre cualquier tratado en esa materia al que pudiera concurrir el país.
El señor MC-INTYRE.-
Gracias.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente, prestaré mi aprobación al proyecto por las razones de fondo concernientes a su articulado, pero quiero dejar constancia de mi reserva respecto del artículo 40 bis, vale decir, la creación de la Comisión de Reconocimiento, lo que no dice relación al resto de las disposiciones, que comparto.
Me parece que no es una manera adecuada de legislar el crear comisiones que es innecesario establecer por ley. Pienso que no se trata de algo simplemente irrelevante, porque el artículo 60 de la Carta precisa cuáles son las materias de ley, entre las que no se contempla aquella a que me refiero. Y eso, porque la medida mencionada constituye una facultad del Presidente de la República , que éste ejerce si lo estima del caso. De tal manera que nos hallamos en presencia de una norma que no reviste el rango de legal. Y estamos infringiendo a sabiendas los preceptos constitucionales al crear una comisión que no procede determinar por esta vía, con lo cual se invaden, además, las facultades presidenciales para tal efecto. En definitiva, la disposición en análisis es innecesaria.
En el último tiempo ha tenido lugar una polémica, a través de la prensa, acerca de los defectos de la legislación que aprueba el Congreso. Y uno de los modos en que éste pierde prestigio frente a la opinión pública es la dictación de normas carentes de sentido y de necesidad. El que nos ocupa es un precepto cuyo sentido, en primer lugar, no resulta claro, y que, en segundo término, es innecesario, porque el Presidente de la República puede crear -repito- todas las comisiones asesoras que considere pertinentes, así como disponer su integración y funcionamiento. Y ello perfectamente puede concretarse a través de un simple decreto supremo.
¿Qué ocurrirá con una norma de esta naturaleza? Obviamente, que se requerirá de todas maneras un decreto supremo que establezca la integración de tal comisión, porque la ley no lo dice, como tampoco de qué manera se reemplazará a sus miembros y qué calidades deberán tener. Es decir, no se especifica ningún requisito para poder formar parte de ella.
En consecuencia, los objetivos de carácter internacional que se pretendería cumplir tampoco se lograrían, por cuanto se trata de un órgano que, fuera de revestir un carácter meramente asesor, no vincula, no obliga a la autoridad a actuar en una forma determinada, en la medida en que ésta puede prescindir, lisa y llanamente, del informe respectivo.
Además, lo único que se hace es disponer de manera más rígida una facultad hoy entregada al Presidente de la República , quien puede ejercerla, reitero, mediante decreto supremo. De tal modo que se invade una atribución del Primer Mandatario sin siquiera conseguirse el objetivo perseguido a través de una norma de esta naturaleza, como es dar garantías de que el reconocimiento o la revocación de la visación de residente con asilo político se someta a un procedimiento determinado.
Pienso que si en este caso realmente se quisiera favorecer el reconocimiento de esa calidad, debería ser creada una instancia en la cual se pudiera apelar de la resolución del Ministro del Interior , la que sea susceptible de ser recurrida ante los tribunales. A mi juicio, en esa forma se estaría cumpliendo con la petición de ACNUR. De otra manera, simplemente se trata de una comisión carente de otro sentido que no sea el de mera asesoría, lo que se podría obtener sin necesidad de ley.
Repito que éstas son disposiciones que pasan a ser innecesarias. Y se está violando la norma constitucional, a sabiendas de que el Presidente tiene la facultad de crear las comisiones que estime del caso, con la agravante de sentar precedentes que en el futuro pueden ser perjudiciales. El día de mañana, a través de la interpretación de esta misma ley, probablemente se pueda decir que el Primer Mandatario no puede crear otras comisiones, porque en el caso de los refugiados fue necesaria una norma legal al respecto.
Por lo tanto, en mi opinión, no es conveniente una disposición de tal naturaleza. Sin embargo, como participo de la idea de fondo, me pronunciaré favorablemente, por cuanto no puedo dividir mi voto en atención a las normas que rigen lo relativo al informe de una Comisión Mixta. Empero, hago presente la inconveniencia de preceptos de esta naturaleza, los cuales no cumplen el objetivo perseguido y además infringen las normas constitucionales, sin tener sentido ni claridad al respecto.
Por lo tanto, con la reserva a que hice mención, votaré favorablemente.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
El señor BITAR.-
Señor Presidente, como, a mi juicio, la norma en cuestión es susceptible de perfeccionarse, quiero conocer la opinión del señor Ministro sobre si con un veto del Ejecutivo se podría mejorar lo relativo a la comisión que se propone crear.
Conforme a los análisis de que yo dispongo, no sería necesario establecer esa comisión por ley si ella puede crearse administrativamente.
También considero conveniente que respecto de la decisión del Gobierno se pueda apelar judicialmente; es decir, si una persona no fue calificada como refugiado y cree tener las bases para solicitarlo pueda recurrir a los tribunales. En mi opinión, ello mejoraría el proyecto y contaríamos con una instancia más adecuada.
Sin perjuicio de lo anterior, deseo señalar a los señores Senadores que yo viví la experiencia de ser refugiado político. Por lo tanto, sé de la incertidumbre y el temor que inundan a una familia cuando la suerte de ésta queda librada muchas veces a decisiones de funcionarios de otro Gobierno. De modo que, para perfeccionar nuestra democracia y dar garantías a la gente, es indispensable establecer sistemas que otorguen una amplitud mayor y que se tomen en cuenta distintos criterios cuando el Ministro del Interior o el Ejecutivo deban adoptar una resolución.
En tal sentido, quiero dejar constancia en la Versión Taquigráfica de los elementos que, a mi juicio, han de contemplarse en cuanto a las personas o sectores que deban integrar un ente asesor, sea éste establecido por ley -como se dispone en el proyecto- o, simplemente, por el Ejecutivo , en el caso de que el veto establezca un sistema de apelación en vez de una comisión.
En primer lugar, un comité asesor tiene que estar conformado, a lo menos, por representantes de organismos de defensa de los derechos humanos, de las iglesias y del Colegio de Abogados, para darle una amplitud que garantice la definición de criterios adecuados. En segundo término, deben establecerse normas sobre quiénes deban ser calificados de refugiados políticos. En tal virtud, hay que dar garantías suficientes de que la arbitrariedad no constituya un elemento que pueda operar en esas circunstancias.
Obviamente, votaré a favor del proyecto; sin embargo, me gustaría conocer la opinión del señor Ministro del Interior , en cuanto a si el Ejecutivo , por la vía del veto, puede perfeccionar el funcionamiento del sistema mediante un proceso de apelación. Simplemente, se podría agregar esto último, haciendo más precisos los términos de cómo se constituye la comisión y cómo han de definirse los criterios para determinar la calidad de refugiado político.
Por último, en cuanto al traslapo o dudas entre aquellas disposiciones de acuerdos internacionales sobre extradición y los derechos de los asilados políticos, recuerdo que tal materia ya fue debatida durante la discusión general del proyecto, oportunidad en la cual señalé -lo reitero ahora- que en la Constitución están consagrados los derechos que las personas tengan reconocidos en los tratados internacionales. Por lo tanto, frente a una diferencia de criterio sobre el reconocimiento de un derecho fundamental, como el de la no entrega de los refugiados, debe estarse a lo que prescriba el respectivo tratado.
Sobre el particular, repito que en los últimos tratados sobre extradición firmados por Chile ya se contempla la superación de esa diferencia. Mencionaré tres ejemplos: el Tratado de Extradición con Australia y sus Notas Reversales, de diciembre de 1995 -no tiene un año-, en su Título IV, sobre Excepciones a la Extradición, establece: "La Extradición no será concedida: 1. Cuando el delito por el cual la extradición se solicita es un delito político. La mera alegación de un fin o motivo político en la comisión de un delito no lo calificará por sí como tal.". En seguida, señala que no se incluirán como delito político "El homicidio u otro delito contra la vida, la integridad física o la libertad de un Jefe de Estado o Gobierno, o de un miembro de su familia."; "Los crímenes de guerra", y "Cualquier delito con respecto al cual los Estados Contratantes hayan asumido o asuman una obligación de establecer jurisdicción o extraditar en cumplimiento de un acuerdo internacional del cual ambos Estados sean partes.".
Asimismo, el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre Chile y España, suscrito en enero de 1995, en su artículo 5º, señala: "No se concederá la extradición por delitos considerados como políticos o conexos con delitos de esta naturaleza.". Luego, estatuye que "Tampoco se concederá la extradición si la Parte requerida tuviere fundados motivos para suponer que la solicitud de extradición fue presentada con la finalidad de perseguir o castigar a la persona reclamada en razón de su raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas,".
Por último, el Tratado firmado entre Chile y México, de 30 de agosto de 1993, en su artículo 4º, determina: "La extradición no será concedida por delitos considerados como políticos por la Parte requerida o conexos con delitos de esta naturaleza.".
En otras palabras, la futura legislación -en la forma como la estamos abordando-, nos protege de ese traslapo; y, en el caso de dudas, establece con claridad la preeminencia de la protección del derecho fundamental de la vida y de la no discriminación hacia la persona y, por lo tanto, la protección del refugiado por sobre la extradición cuando concurran motivos políticos.
Deseaba señalar que el problema de traslapo quedaría totalmente despejado en la forma como lo he señalado; y, por último, quiero solicitar que, por la vía del veto -el cual sería conveniente, en mi opinión- se haga un perfeccionamiento de la norma en cuanto a reemplazar la comisión que se propone crear por una instancia de apelación. En caso de que permaneciera la comisión, habría que ser más preciso tanto en su composición cuanto en los criterios para definir cuándo se trata de un refugiado.
El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-
Cuando Su Señoría requirió la opinión del Gobierno acerca de lo planteado en sus observaciones, el señor Ministro del Interior no se encontraba en la Sala. Por lo tanto, si desea obtener una respuesta y para que ésta quede consignada en la Versión Taquigráfica, sugiero al señor Senador que la formule nuevamente, con el objeto de que ahora él pueda emitir un pronunciamiento.
El señor FIGUEROA (Ministro del Interior).-
No es necesario, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Señor Presidente , de hecho el tema que provoca más la atención del Senado es la Comisión de Elegibilidad o de Reconocimiento.
El proyecto en debate lleva años de tramitación en el Congreso, y en todas las instancias ha sido analizado el tema de la comisión denominada de "Reconocimiento".
Concuerdo con el Senador señor Fernández en cuanto a que efectivamente estamos en presencia de una materia que podría ser resuelta sólo por la vía de la potestad reglamentaria del Presidente de la República. El objetivo de la iniciativa que el Gobierno presentó en su momento fue dar a ese organismo una categoría legal, para demostrar ante la comunidad internacional -a la cual estamos ligados por una serie de convenios relativos al Asilo y al Estatuto de los Refugiados-, que no se trataba de una comisión cuya subsistencia estuviera entregada al arbitrio del Presidente de la República. Y ésa es la razón por la cual el propio Poder Ejecutivo limita sus facultades entregando a una ley la creación de la Comisión de Reconocimiento.
También comparto las inquietudes de la Senadora señora Feliú en el sentido de que el proyecto no fija normas de procedimiento para esa Comisión, sino que, simplemente, le da carácter de asesora del Ministerio del Interior.
Ahora bien, quiero dejar constancia de que el Reglamento de Extranjería establece un recurso de reclamación contra las resoluciones que dicha Secretaría de Estado adopte en materia de extranjeros, tanto respecto a su permanencia en el país como a su expulsión o abandono de él. Por eso el proyecto en estudio no lo contempla.
Me parece interesante la reflexión del Senador señor Bitar, pero no deseo dar una respuesta definitiva sobre el particular sin haber analizado dentro del Ministerio del Interior la posibilidad de completar la iniciativa por la vía del veto.
Gracias, señor Presidente.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, los Senadores tenemos legítimo derecho a hacer preguntas y decidir por qué aprobamos o rechazamos determinado proyecto, como asimismo a criticar las razones que mueven a quienes formulan interrogantes y emiten pronunciamiento en determinado sentido. Pero ello no es lo más conveniente para los debates del Senado, porque, como en esta oportunidad, obliga a efectuar una serie de observaciones que retrasan el despacho del respectivo asunto.
Comparto plenamente las opiniones de la Senadora señora Feliú. A mi juicio, establecer una Comisión permanente, remunerada, es altamente inconveniente. El señor Ministro del Interior ha expresado que no será remunerada. Pero coincido con la Honorable señora Feliú en cuanto a que dicho organismo, en la forma como lo consigna la ley en proyecto, no tendrá efecto, pues podrá nombrarse como se quiera a sus integrantes, quienes no tendrán responsabilidad alguna, etcétera.
El señor Ministro explicó que la Comisión de Reconocimiento tendrá por objeto dar mayor garantía. Empero, ella asesorará al Ministerio del Interior. Y asesorar significa aconsejar, dar buenas ideas, señalar o puntualizar. Sin embargo, quien resuelve es el Ministro , no la Comisión. Por lo tanto, ésta podrá proponer lo que quiera, pero el titular del Interior determinará lo que estime conveniente.
Obviamente, quienquiera que lea el texto del proyecto coincidirá con las observaciones de la Senadora señora Feliú en el sentido de que no se señala quiénes integrarán la Comisión, ni cómo lo harán, etcétera. Y además, según lo expresó muy bien el Honorable señor Fernández , ella perfectamente podría haber sido creada por Su Excelencia el Presidente de la República , de acuerdo con sus facultades.
Realmente, el tema central era si se proyectaba crear una Comisión con remuneración fiscal, lo cual fue aclarado por el señor Ministro. Y ello motivó mi pregunta, a pesar de que un señor Senador descalifique mi interés por las remuneraciones pagadas eventualmente en un organismo cuya existencia no se justifica, como lo han explicitado en esta oportunidad varios oradores.
Ahora, coincido plenamente en que el problema de fondo radica en la garantía que se quiere dar. Pero si se desea otorgarla, siendo el señor Ministro la autoridad resolutiva, tiene que existir -y lo planteó él- un recurso contra sus determinaciones. La garantía no es la Comisión asesora, sino el mencionado recurso, que, como muy bien explicó el señor Ministro , se halla consagrado en el Reglamento de Extranjería.
Por lo tanto, lo relevante no era la existencia de la Comisión de Reconocimiento, sino si ella significaría o no una nueva burocracia fiscal.
Finalmente, en lo relativo a la extradición, es muy importante lo planteado en esta Sala.
¿Qué ocurre -y el señor Ministro debería considerarlo para la posibilidad de veto- cuando no hay condena, sino proceso?
Diversos tratados celebrados por Chile al respecto cubren la materia; y los citó el Honorable señor Bitar. Allí se señala claramente que los delitos políticos no están comprendidos dentro de la extradición. Por lo demás, ésa es una norma genérica de Derecho Internacional. Pero, obviamente, puede darse el caso de que a un delito que merezca extradición determinado Gobierno le atribuya carácter político precisamente para no otorgar aquélla. Y dicho Gobierno se basará en la disposición que estamos comentando.
Es importante la resolución de este problema. Como dijo la Honorable señora Feliú , aquí va a haber un concurso; pero alguien tendrá que zanjarlo. ¿Qué norma se aplicará? El señor Ministro puede decir que se aplicará el Tratado o la ley en proyecto. El Tratado, debidamente aprobado, es ley general. Y el que verse sobre extradición puede ser considerado ley especial. Y la ley especial prima sobre la general.
Por lo tanto, señores Senadores y señor Ministro , aquí hay un escollo jurídico que es necesario resolver.
Considero imprescindible buscar soluciones a estos problemas humanos. Pero no lo hagamos tratando de descalificar o de minimizar a quienes hacemos preguntas o expresamos opiniones, ya que, a pesar de que alguno crea tener el derecho a tutoría permanente, todos somos personas adultas, mayores de edad, y podemos dar razón de nuestros dichos.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Supongo que el Honorable señor Otero no se refiere a mis expresiones.
El señor OTERO.-
De ningún modo, señor Ministro :...
El señor HORMAZÁBAL.-
¡Y yo se lo garantizo, señor Ministro...!
El señor OTERO.-
...nunca le he encontrado en una actitud como ésa.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Señor Presidente , para ilustración del Senado, y accediendo a la inquietud de la Honorable señora Feliú , creo importante leer el texto completo del artículo 33 de la Convención sobre Estatuto de los Refugiados, de julio de 1951 y ratificada por nuestro país en 1972.
Bajo el título PROHIBICIÓN DE EXPULSIÓN Y DE DEVOLUCIÓN ("REFOULEMENT"), ese precepto dispone:
"1. Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas.
"2. Sin embargo, no podrá invocar los beneficios de la presente disposición el refugiado que sea considerado, por razones fundadas," (primero) "como un peligro para la seguridad del país donde se encuentra, o" (segundo) "que, habiendo sido objeto de una condena definitiva por un delito particularmente grave, constituya una amenaza para la comunidad de tal país.". O sea, esta norma excepcional al principio de la no devolución contempla dos situaciones: primero, permite que el refugiado considerado un peligro para la seguridad del país sea devuelto; segundo, requiere una condena definitiva por un delito particularmente grave que haga considerar al refugiado una amenaza para la comunidad de tal nación.
¿Cuál es el motivo fundamental del proyecto en debate? Acomodar nuestras normas sobre Estatuto de los Refugiados -en Chile son antiquísimas: anteriores a 1975- a las de la Convención sobre Estatuto de los Refugiados.
En tal sentido, es indiscutible que el problema de los tratados de extradición queda resuelto, y en mi opinión de mejor forma, con las normas de la Convención, que es ley en Chile, más la redacción sugerida para el artículo 39 del decreto ley sobre Estatuto de los Refugiados, pues, sin duda, no podría aprobarse ningún tratado de extradición contrario a las disposiciones que se acogerían en esta oportunidad.
Espero que lo expuesto resuelva la inquietud del Senador señor Otero.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, debo manifestar al señor Ministro que la inquietud surgida se orienta, tal vez, en otro sentido: si la Corte Suprema, en el proceso pertinente, podría extraditar al país de origen a un refugiado que no se encontrara en las situaciones contempladas en el artículo 33 de la Convención sobre Estatuto de los Refugiados; vale decir, que su vida no peligre por causa de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas, sino que en su país se le requiera para responder de su participación en un delito. En tal caso, teóricamente, la restricción establecida en el citado precepto no empecería y, por lo tanto, podría aplicarse el tratado de extradición con el Estado respectivo.
Si lo anterior es efectivo, no entiendo por qué no se aprobó la enmienda introducida por el Senado, que compatibiliza ambas cosas y permite que la extradición opere cuando corresponda, sin poner en peligro la vida del refugiado. Porque nadie ha planteado una disposición de esta naturaleza.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Con la venia del señor Presidente , quisiera pedir una interrupción al Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Con todo gusto.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Puede usar de la palabra el señor Ministro.
El señor FIGUEROA ( Ministro del Interior ).-
Aclaro al señor Senador que, si no existiera ninguna de las circunstancias consignadas en el N° 1 del artículo 33, no habría justificación alguna para que esa persona estuviera refugiada o asilada en Chile. Se deduce que se encuentra aquí precisamente por hallarse su vida o su libertad en peligro, sea por causa de su nacionalidad, raza, religión, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas. Estos motivos constituyen, en definitiva, el fundamento del asilo y el refugio. Y ésas son las condiciones que, en conformidad a la legislación que estamos aprobando, hacen imposible la devolución de esa persona al territorio del Estado de origen.
El caso expuesto por Su Señoría es tan de laboratorio, que no entiendo por qué esa persona habría de estar refugiada en Chile sino por alguna de las amplias circunstancias anotadas, que prácticamente cubren todo el entorno de ella: su vida, su libertad, etcétera. Éstas son, justamente, las razones de su refugio o asilo en nuestro país y de su deseo de no ser devuelta.
Gracias, señor Presidente.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Puede continuar el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Terminé mi intervención, señor Presidente.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el informe de la Comisión Mixta.
--(Durante la votación).
El señor COOPER.-
Señor Presidente, he escuchado con mucha atención el debate, y pienso que lo más importante es lo relativo al tratamiento mismo del refugiado.
Comparto la inquietud acerca de la forma de crear la Comisión. Lo lógico sería que el Ejecutivo vetara la norma pertinente, porque de lo contrario se sentaría el precedente de que este tipo de órganos debe generarse por ley, en circunstancias de que ello corresponde a una facultad privativa del Jefe del Estado.
Voto a favor.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , tal como expresé durante el debate, considero que el Senado no debiera aprobar el texto propuesto por la Comisión Mixta.
En cuanto a la Comisión de Reconocimiento, creo que mediante su creación se cumple en apariencia lo solicitado por ACNUR. Se ha señalado que la autoridad se autolimitaría por la Comisión. Eso no es efectivo. No puede haber autolimitación por un ente respecto del cual se ignora quiénes lo formarán. Lo fundamental, más allá de que las decisiones que adopte ese organismo sean vinculantes, es conocer su composición. Porque si lo integran funcionarios de jerarquía inferior o personas cuyo juicio no sea particularmente relevante en relación con la autoridad que debe resolver, eso es una apariencia de cumplimiento.
Reitero que el tema es de extraordinaria trascendencia. Y quiero recoger las observaciones formuladas por el Senador señor Bitar , por estimarlas altamente enriquecedoras.
El Honorable colega ha sugerido que las comisiones de esta índole se integren, de manera permanente, por representantes del Colegio de Abogados, de las iglesias, de las organizaciones humanitarias, en fin, por personas que realmente den garantía a quienes se encuentren en los casos descritos.
Su Señoría recordó situaciones personales que ameritan la existencia de un sistema jurídico en el cual quienes enfrentan el problema sepan qué personas intervendrán y con qué criterio actuarán. Hizo presente, además, la posibilidad de fijar reglas generales de procedimiento. Y todo ello me parece importante.
Pero una norma donde se establece que una Comisión asesorará, en realidad, no dice nada. Quizá sirva para cumplir de manera formal.
En cuanto a que dicha Comisión, ente colegiado, se crearía dentro de los cuadros de la Administración, reitero lo que manifesté denantes en el sentido de que el inciso final del artículo 28 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado estatuye que sólo excepcionalmente pueden establecerse órganos colegiados en la estructura de los servicios públicos, caso en el cual, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, las disposiciones respectivas deben ser aprobadas con el quórum correspondiente a dicha Ley, por constituir una salvedad a lo dispuesto en ella.
Por lo expuesto, estoy en absoluto desacuerdo en lo concerniente a la Comisión de Reconocimiento.
En lo relativo al concurso de las normas sobre extradición y las del Estatuto de los Refugiados, tampoco me parece bien resuelto el punto. A mi juicio, el mecanismo de los convenios de extradición debe ser congruente. Y aquí no se han mencionado situaciones en que se haya producido una colisión entre los textos de los dos instrumentos internacionales involucrados.
Por tales consideraciones, me pronunciaré en contra de la propuesta de la Comisión Mixta, y hago votos por que la materia se analice en profundidad y sea objeto de un veto donde se establezcan normas que, junto con otorgar garantías a los refugiados, den congruencia al sistema de aplicación de los tratados internacionales.
Voto que no.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, el texto que nos ocupa tiene complicaciones de distinta naturaleza.
Francamente, no me queda claro el asunto de la extradición. No creo posible restringir las atribuciones de la Corte Suprema en la materia. ¿Qué ocurre si hay conflicto? Al parecer, estamos ante convenios específicos, y puede haber excepciones, conflictos de competencia o de aplicación de una u otra norma. Y será la Corte Suprema la que deba resolver. La ley en proyecto no puede limitar su acción. Y si se restringieran las facultades de ese Alto Tribunal, habría que recabar su opinión antes de despachar la iniciativa. Sin embargo, como ése no es el objetivo, no vislumbro conflicto por ese lado.
De otra parte, coincido en que la creación de una Comisión como la propuesta no requiere sanción legal.
Por lo tanto, en cierto sentido, las modificaciones propuestas tienen un poco de inasibilidad, son innecesarias, carecen de justificación.
Ahora, no tengo inconveniente en que se aprueben. Dejo constancia, sí, de que no veo en ellas un obstáculo para aplicar la extradición y de que no se requiere ley para crear comisiones de ese tipo, porque es suficiente la potestad reglamentaria que posee el Presidente de la República en virtud de la norma constitucional pertinente.
Con esas constancias, y mejor todavía si se pueden hacer correcciones mediante el veto, voto que sí.
El señor OTERO.-
Señor Presidente , estoy pareado con el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente, voy a votar a favor del informe de la Comisión Mixta, porque refuerza el principio rector del sistema de protección de los refugiados consagrado por la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
Al mismo tiempo, quiero plantear una cuestión que ha estado presente en el debate, respecto de la cual, a mi juicio, no deberían caber dudas.
Cualquier tratado de extradición que se suscriba en ningún caso puede oponerse al respeto a las normas de esta Convención. Y, por lo tanto, los refugiados no pueden ser extraditados por ningún tipo de delito que se les quiera imputar, ni siquiera por la vía de los tribunales. Y por una razón muy simple: porque el hecho de ser refugiado implica que en su país de origen existe una conmoción o se viven circunstancias tan extraordinarias que lo han obligado a refugiarse en otro país. Y en este tipo de situaciones, no cuesta mucho tipificar figuras delictivas para inculpar a personas, para así extraditarlas y, posteriormente, perseguirlas, que es lo que tratan de evitar al convertirse en refugiados.
De allí que, a mi juicio, las normas de esta Convención deben primar sobre las de cualquier tratado de extradición que suscriba Chile.
En este convencimiento, voto a favor del informe.
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente , estoy pareado con el Senador señor Páez.
Sin embargo, deseo manifestar mi coincidencia con las opiniones vertidas por la Senadora señora Feliú en cuanto a que los tratados de extradición no pueden ser pasados a llevar por una iniciativa como ésta. Y también comparto lo dicho respecto a la inconveniencia de crear la Comisión de Reconocimiento.
El señor URENDA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero dejar constancia de que no estamos votando el proyecto, sino el informe de la Comisión Mixta. Y, en consecuencia, su rechazo no significa que la iniciativa quede desechada.
En segundo lugar, el informe versa sobre dos materias distintas.
Una de ellas dice relación a si se consigna o no la frase "sin perjuicio de las normas sobre extradición vigentes en Chile". La Comisión recomienda rechazarla. Pero como sobre esta materia no hubo acuerdo entre el Senado y la Cámara de Diputados, si el informe es rechazado, tampoco regirá esa frase, porque no contó con la aprobación de la Cámara de Diputados ni de la Comisión Mixta.
En consecuencia, el problema queda circunscrito a la existencia o no de esta tan sui géneris Comisión de Reconocimiento. Coincido en que es innecesaria y en que producirá confusiones.
Por tal motivo, estando de acuerdo con el concepto legal, y entendiendo que de todas maneras regirá la norma pertinente, voto en contra del informe de la Comisión Mixta.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (22 votos contra 2, y 4 pareos).
Votaron por la afirmativa, los señores Bitar, Calderón, Cooper, Errázuriz, Fernández, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Hormazábal, Horvath, Huerta, Larraín, Larre, Martin, Matta, Mc-Intyre, Muñoz Barra, Núñez, Ominami, Ríos, Ruiz (don José) y Ruiz-Esquide.
Votaron por la negativa, la señora Feliú y el señor Urenda.
No votaron, por estar pareados, los señores Cantuarias, Díez, Otero y Siebert.
NORMAS SOBRE JUNTAS DE VECINOS Y DEMÁS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Proyecto que modifica la ley Nº 19.418, que establece normas sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 6ª, en 12 de junio de 1996.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 38ª, en 9 de septiembre de 1996.
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
El proyecto, en segundo trámite constitucional, se inició en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.
En el informe se deja constancia de que a las sesiones de la Comisión asistieron, además de sus miembros, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Marcelo Schilling, y el asesor jurídico de ella, señor Eduardo Pérez.
En síntesis, los principales objetivos son: subsanar los vacíos legales y errores de referencia de la ley Nº 19.418, que no pudieron ser corregidos en su oportunidad; establecer la obligación de las municipalidades de llevar un registro público de las organizaciones territoriales o funcionales, así como de las uniones comunales de ambas que operen en su territorio y de sus directivas; determinar el número de vecinos necesario para constituir una junta de vecinos por unidad vecinal, sobre la base de una estratificación que considere el número de habitantes de las comunas; y, por último, consagrar en la ley un procedimiento para la constitución y elección de las uniones comunales de juntas de vecinos.
La Comisión, teniendo en cuenta las consideraciones precedentes, por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Núñez ( Presidente ), Frei (doña Carmen), Cantuarias, Letelier y Ríos, aprobó la idea de legislar.
En seguida, en la parte resolutiva del informe, la Comisión propone al Senado la aprobación del texto del proyecto de la Cámara de Diputados, con las modificaciones que indica.
Finalmente, el proyecto se estructura en dos artículos permanentes y una disposición transitoria.
El señor DÍEZ (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
El señor HAMILTON.-
Podríamos aprobar la idea de legislar sin mayor debate.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, así se procedería.
La señora FREI (doña Carmen).-
Y fijaríamos plazo para presentar indicaciones.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa tiene directa relación con la constitución de las juntas de vecinos, que en estos momentos se encuentran actuando en forma bastante anómala -por decir lo menos- en virtud de disposiciones anteriores contradictorias.
Los plazos se están venciendo. Entiendo que el 9 de octubre se producirá una situación muy lamentable en muchas juntas de vecinos a lo largo de todo el país. Además, como nos hallamos en período electoral, distintos alcaldes, o los secretarios municipales, están procediendo sobre la base de normas que no han sido necesariamente consensuadas y que de alguna manera este proyecto repone.
En esas circunstancias, es deseable que la iniciativa se despache ojalá hoy en general, y en particular, en el plazo más breve posible, ya que esta normativa sustituye, y en algunos casos mejora notablemente, disposiciones anteriores. Así lo analizamos en la Comisión, y por eso la mayor parte del articulado se aprobó por unanimidad.
Propongo, en consecuencia, fijar un plazo breve para presentar indicaciones, que no vaya más allá del viernes o del lunes próximo. Entonces, la Comisión de Gobierno, que presido, estaría en condiciones de examinarlas durante la próxima semana, y así evitar que siga produciéndose la situación que ya se hace notar en muchas juntas de vecinos del país.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría el proyecto.
La señora FELIÚ.-
Con mi abstención, señor Presidente , porque no lo he estudiado.
--Se aprueba en general el proyecto, con la abstención de la señora Feliú, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el martes 8 del mes en curso, a las 12.
El señor DÍEZ (Presidente).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:12.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
Moción del H. Senador señor Fernández, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que deroga el inciso segundo del artículo 19 número 4º de la Carta Fundamental.( Boletín Nº 1920-07).
Valparaíso, 10 de Septiembre de 1996.
H. Senado:
1.- La libertad de expresión y el derecho a la información pueden verse gravemente amagados por la disposición del inciso 2º del artículo 19 Nº 4 de la Constitución, que resulta incongruente con el espíritu protector de las libertades personales que inspira al resto de la Carta Fundamental y, en especial, a ese mismo artículo 19
2.- En efecto, dicho inciso contiene dos tipos penales, que se han planteado como constitutivos del delito de difamación, que nuestro ordenamiento hasta ahora no ha tipificado: el primero es la imputación por un medio de comunicación de un hecho o acto falso, frente a lo cual se abre a dicho medio la posibilidad de excepcionarse probando ante el tribunal competente la verdad de la imputación; este tipo resulta innecesario, porque para asegurar desde esa perspectiva “el respeto y la protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia” - bienes jurídicos que la Constitución acertadamente garantiza - basta con la pena y el procedimiento correspondiente a los delitos de injuria o calumnia, según sucede prácticamente en todo el mundo. La injuria y la calumnia son tipos penales clásicos y utilizados por todas las sociedades libres y civilizadas para defender la honra de las personas y sus familias. Si ellos resultan en ocasiones insuficientes en nuestro país, se debe perfeccionar tal legislación sin afectar las libertades de expresión y de información.
3.- El segundo tipo, consistente en informar sobre un hecho acto que no sea falso, peor que “cause injustificadamente daños o descrédito a una persona o su familia” resulta aún más altamente riesgoso para la libertad de información. Quien calificaría qué es “injustificado” sería el juez de la causa. En consecuencia, algunos jueces podrían estimar justificado lo que otros estimar injustificado. En la práctica, eso conduciría a una autocensura siempre creciente, con el resultado de desinformación del público. Más aún, incluso terceros en el extranjero, aludidos por medios chilenos, podrían estimar otro tanto, y perseguir indemnizaciones en Chile, contra medios nacionales. En suma equivale a una ley penal en blanco, que el derecho moderno, con razón, rechaza.
4.- Dada la vaguedad del tipo penal establecido, incluso comentarios de opinión correrían el riesgo de ser perseguidos por difamación. Como lo han advertido en forma unánime todos los medios de comunicación, una norma semejante inhibiría a estos de informar virtualmente sobre cualquier tema, en especial sobre aquellos más conflictivos y peligrosos para el cuerpo social, pues cualquier aludido podría aducir que se le ha ocasionado daños o descrédito, quedando al arbitrio de cada juez determinar si ellos fueron “injustificados” o no.
5.- Como consecuencia de lo anterior, previsiblemente derivarían efectos inhibitorios del control por la opinión pública de los actos de los hombres públicos, muy indeseables para la transparencia democrática. Esto, porque el fenómeno indicado terminaría vulnerando la visibilidad del Gobierno y, en general, de quienes participan en la vida pública: cualquiera podría, aduciendo difamación, sostener que le causo “injustificado daño” cualquier noticia que le incomode. En momentos en que se procura reforzar los instrumentos jurídicos contra la corrupción y las irregularidades, esta figura equivaldría a una señal contraproducente y equívoca.
6.- En una sociedad en estado de madurez democrática y cultural no es admisible una limitación semejante. La norma referida es un resabio de circunstancias prevalecientes hace más de 30 años, que encontraron acogida en el texto constitucional por razones que ya no corresponden a la época actual.
7.- Los riesgos de esta norma podrían obviarse por el solo expediente de no dictar una ley que la desarrolle. De hecho la prudencia de legisladores y jueces hasta ahora había prevenido la activación de esta norma, potencialmente destructiva para los medios de comunicación y, por eso mientras se encuentre ella latente, subsistirá siempre la posibilidad de renovaciones de la idea de activarla. Por lo tanto lo que procede en, derechamente, reformar la Constitución para suprimir una norma inconveniente
En virtud de lo anterior, vengo en someter al H. Senado el siguiente
Proyecto de Reforma Constitucional
Artículo único:
Derógase el inciso 2º del artículo 19 número 4 de la Constitución.
(FDO.): SERGIO FERNANDEZ FERNANDEZ