Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESION
- III. TRAMITACION DE ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- V.
ORDEN DEL DIA
-
RECHAZO DE LICENCIAS MEDICAS POR CAUSAL QUE SE SEÑALA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rolando Calderon Aranguiz
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Sebastian Pinera Echenique
- INTERVENCIÓN : Francisco Prat Alemparte
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Eugenio Cantuarias Larrondo
-
DIFUSION DE ENCUESTAS EN FECHAS CERCANAS A ACTOS ELECTORALES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Jorge Miguel Otero Lathrop
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- INTERVENCIÓN : Francisco Prat Alemparte
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Sergio Bitar Chacra
- INTERVENCIÓN : Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Sebastian Pinera Echenique
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
-
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON CARLOS VIAL ESPANTOSO
- HOMENAJE : Sergio Romero Pizarro
- HOMENAJE : Gabriel Valdes Subercaseaux
- HOMENAJE : Beltran Urenda Zegers
- HOMENAJE : Roberto Munoz Barra
- HOMENAJE : William Turpin Thayer Arteaga
- HOMENAJE : Jaime Gazmuri Mujica
- HOMENAJE : Santiago Sinclair Oyaneder
-
RECHAZO DE LICENCIAS MEDICAS POR CAUSAL QUE SE SEÑALA
- DEBATE
- VI.
TIEMPO DE VOTACIONES
- TRAGEDIA CARRETERA EN COMUNA DE PUERTO VARAS. OFICIOS
- DEBATE
- VII.
INCIDENTES
- SITUACION JUDICIAL DE CERRO PARANAL Y NEGOCIACIONES. OFICIO
- FORTALECIMIENTO DEL CONGRESO NACIONAL
- HOMENAJE EN MEMORIA DE VICTIMAS DE TRAGEDIA DE PUERTO VARAS. (DECIMA REGION)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS CÓDIGOS DE JUSTICIA MILITAR, PENAL, ORGÁNICO DE TRIBUNALES, DE PROCEDIMIENTO PENAL, Y LA LEY Nº 12.297, SOBRE SEGURIDAD DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE ABOLIR LA PENA DE MUERTE.
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sebastian Pinera Echenique
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS CÓDIGOS DE JUSTICIA MILITAR, PENAL, ORGÁNICO DE TRIBUNALES, DE PROCEDIMIENTO PENAL, Y LA LEY Nº 12.297, SOBRE SEGURIDAD DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE ABOLIR LA PENA DE MUERTE.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACION OFICIAL
LEGISLATURA 330a, EXTRAORDINARIA
Sesión 62a, en martes 16 de mayo de 1995
Ordinaria
(De 16:12 a 20:3)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES GABRIEL VALDES, PRESIDENTE,
Y NICOLÁS DIAZ, PRESIDENTE ACCIDENTAL, SECRETARIOS, LOS SEÑORES RAFAEL EYZAGUIRRE ECHEVERRIA, TITULAR, Y JOSE LUIS LAGOS LOPEZ, PROSECRETARIO .
Í N D I C E
Pág.
I. ASISTENCIA
II. APERTURA DE LA SESION
TRAMITACION DE ACTAS
CUENTA
Creación de Oficinas de Presupuesto del Congreso Nacional y
del Senado
V. ORDEN DEL DÍA:
I
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el artículo 77de la ley 16.744, a fin de solucionar situación de trabajadorescon licencias médicas rechazadas por causal que señala (seaprueba en general y particular) 7280
Proyecto de ley, en primer trámite, que regula difusión de encuestas en fechas cercanas a actos electorales (queda pendien-te su discusión) 7287
Homenaje en memoria de don Carlos Vial Espantoso (se rinde)
VI. TIEMPO DE VOTACIONES:
Tragedia carretera en comuna de Puerto Varas. Oficios
VII. INCIDENTES:
Situación judicial de Cerro Paranal y negociaciones. Oficio (ob-servaciones del señor Muñoz Barra)
Fortalecimiento del Congreso Nacional (observaciones del señorBitar)
Homenaje en memoria de víctimas de tragedia de Puerto Varas(Décima Región) (Observaciones del señor Páez)
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
-Alessandri Besa, Arturo
-Bitar Chacra, Sergio
-Calderón Aránguiz, Rolando
-Cantuarias Larrondo, Eugenio
-Carrera Villavicencio, María Elena
-Díaz Sánchez, Nicolás
-Errázuriz Talavera, Francisco Javier
-Feliú Segovia, Olga
-Fernández Fernández, Sergio
-Frei Bolívar, Arturo
-Frei Ruiz-Tagle, Carmen
-Gazmuri Mujica, Jaime
-Hormazábal Sánchez, Ricardo
-Horvath Kiss, Antonio
-Huerta Celis, Vicente Enrique
-Lagos Cosgrove, Julio
-Larraín Fernández, Hernán
-Larre Asenjo, Enrique
-Lavandero Illanes, Jorge
-Letelier Bobadilla, Carlos
-Martin Díaz, Ricardo
-Matta Aragay, Manuel Antonio
-Mc-Intyre Mendoza, Ronald
-Muñoz Barra, Roberto
-Núñez Muñoz, Ricardo
-Ominami Pascual, Carlos
-Otero Lathrop, Miguel
-Páez Verdugo, Sergio
-Pérez Walker, Ignacio
-Piñera Echenique, Sebastián
-Prat Alemparte, Francisco
-Ríos Santander, Mario
-Romero Pizarro, Sergio
-Ruiz De Giorgio, José
-Ruiz-Esquide Jara, Mariano
-Siebert Held, Bruno
-Sinclair Oyaneder, Santiago
-Sule Candia, Anselmo
-Thayer Arteaga, William
-Urenda Zegers, Beltrán
-Valdés Subercaseaux, Gabriel
-Zaldívar Larraín, Adolfo
-Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el señor Ministro del Interior.
Actuó de Secretario el señor Rafael Eyzaguirre Echeverría, y de Prosecretario, el señor José Luis Lagos López.
II. APERTURA DE LA SESION
-Se abrió la sesión a las 16:12, en presencia de 43 señores Senadores.
El señor VALDES (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACION DE ACTAS
El señor VALDES (Presidente).-
Se da por aprobada el acta de la sesión 41a, ordinaria, en 7 de marzo del año en curso, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 42a, ordinaria, en 8 de marzo del presente año, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor VALDES (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor LAGOS (Prosecretario).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Seis de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero, inicia un proyecto de ley que modifica el régimen jurídico aplicable al sector de servicios sanitarios, con urgencia calificada de "Simple". (Véase en los Anexos, documento 1).
-Pasa a las Comisiones de Economía y Obras Públicas, unidas, y a la de Hacienda, en su caso.
Con el segundo, retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, con el carácter de "Discusión Inmediata", al proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.
Con el tercero al quinto, retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, con el carácter de "Suma" respecto de los siguientes proyectos de ley:
1.- El que modifica el artículo 77 de la ley N° 16.744, de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
2.- El que modifica la ley N° 19.281, que establece normas sobre arrendamiento con promesa de compraventa.
3 - Ej que modifica diversas leyes relacionadas con el mercado de capitales, con el objeto de facilitar el financiamiento de redes viales y otras obras de uso público.
Con el último, retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, con el carácter de "Simple", al proyecto de ley que modifica la ley N° 19.070, Estatuto Docente; el decreto con fuerza de ley N° 5, de Educación, de 1993, sobre subvenciones a la educación, y otorga beneficios que indica.
-Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Seis de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero, comunica que ha otorgado su aprobación al proyecto de acuerdo que aprueba el "Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Corea", suscrito en Seúl, Corea, el 21 de noviembre de 1994.
-Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores y a la de Hacienda, en su caso.
Con los tres siguientes, comunica que ha aprobado los siguientes proyectos de ley:
1.- El que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Viña del Mar y otro en la de Angol, en memoria del Coronel Alberto Larraguibel Morales.
-Pasa a la Comisión de Educación y Cultura.
2.- El que establece incentivos para el desarrollo económico de las Provincias de Arica y Parinacota, y modifica diversas normas legales, con urgencia calificada de "Suma".
-Pasa a la Comisión de Hacienda.
3 - El que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, de asignaciones familiar y maternal y de pensiones asistenciales que indica, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata".
-Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y a la de Hacienda, en su caso.
Con el quinto, comunica que ha aprobado las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que modifica la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de fomentar la aplicación de medidas de seguridad ciudadana.
-Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Con el último, comunica la designación de los señores Diputados que, en representación de esa Corporación, integrarán las Comisiones de Reja y de Pórtico, que recibirán a Su Excelencia el Presidente de la República , el domingo 21 de mayo, a las 16:00 horas.
-Se toma conocimiento.
De la Excelentísima Corte Suprema, con el que emite su opinión acerca del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece y regula la separación personal de los cónyuges.
-Se toma conocimiento, y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del señor Ministro de Educación , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Siebert, relativo a la decisión adoptada por la Universidad Austral de Chile de discontinuar la carrera de Pedagogía que se imparte en la ciudad de Ancud, Décima Región.
Tres del señor Ministro de Obras Públicas:
Con el primero, da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Hamilton, referido a la pavimentación del tramo de la ruta 78 a Malvilla, Quinta Región.
Con el segundo, contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relativo a los estudios para prevenir los efectos de las crecidas del Río Ibáñez, Undécima Región.
Con el tercero, responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín, respecto a la pavimentación del camino denominado La Montaña, en la Séptima Región.
Dos del señor Ministro de Vivienda y Urbanismo:
Con el primero contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín, relacionado con eventuales deudas que esa Secretaría de Estado tendría con algunas empresas constructoras de la Séptima Región.
Con el segundo da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Siebert, relativo a las necesidades habitacionales de la Comuna de Chonchi.
Del señor Gerente de Tráfico de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado S.A., con el que contesta un oficio enviado al señor Gerente General de la Empresa , relacionado con la señalización de un cruce existente en el camino que une el sector La Montaña con Quilicura, Región Metropolitana.
-Quedan a disposición de los señores Senadores.
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, con el que recaba el acuerdo de la Sala para que el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece obligaciones y responsabilidades a los propietarios de playas de estacionamiento, enviado a conocimiento y estudio de esa Comisión, sea remitido a la de Economía, en reemplazo de la Comisión de Constitución, atendido que el citado proyecto guarda directa relación con la iniciativa legal relativa a los derechos de los consumidores, radicada en la Comisión de Economía.
-Se accede.
Moción
Del Senador señor Piñera, con la que inicia un proyecto de ley que modifica los Códigos de Justicia Militar, Penal, Orgánico de Tribunales y de Procedimiento Penal y la ley N° 12.297, sobre Seguridad del Estado, con el objeto de abolir la pena de muerte.
-Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Comunicación
Del Senador señor Piñera, con la que solicita el retiro de tramitación de la moción de la que es autor, mediante la que inicia un proyecto de acuerdo que modifica la letra b) del artículo 118 del Reglamento del Senado.
-Se accede a lo solicitado, conforme lo dispone el artículo 132 del Reglamento del Senado.
El señor LAVANDERO.-
¿Me permite, señor Presidente, sobre la Cuenta?
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , se acaba de acordar que el proyecto sobre salario mínimo pase a las Comisiones de Trabajo y de Hacienda en forma separada. Por lo tanto, quiero solicitar autorización para que ambos organismos puedan trabajar unidos y sesionar paralelamente con la Sala, si fuere necesario. El Presidente de la Comisión de Trabajo me ha manifestado su asentimiento, de manera que mañana a las 12 ambas Comisiones podrían celebrar una sesión conjunta para despa- char dicha iniciativa.
El señor VALDES ( Presidente ).
- Hay acuerdo de Comités para tratar el proyecto en la sesión ordinaria de mañana miércoles, lo cual implicaría informe...
El señor LAVANDERO.-
Verbal.
El señor VALDES (Presidente).-
No, escrito. Pero si es escrito...
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDES (Presidente).-
Sí, señor Senador.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , tengo la impresión de que, para los efectos reglamentarios, convendría el informe oral, sin perjuicio de contar previamente con el informe escrito, aun cuando es difícil que éste quede elaborado con 24 horas de anticipación. Pero lo estará, porque es similar a todos los informes que, sobre esta materia, se han hecho en años pasados.
El señor VALDES ( Presidente ),-
Bastaría que las Comisiones unidas de Hacienda y Trabajo celebraran sesión mañana en la mañana. Podrían informar verbalmente -y también por escrito- en la sesión de la tarde.
Si hay acuerdo en tal sentido, trataríamos mañana el proyecto de ley referente al salario mínimo, que tiene "Discusión Inmediata".
Acordado.
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El señor VALDES ( Presidente ).-
Debo comunicar a la Sala que los Comités acordaron prorrogar hasta las 17 de hoy los plazos para presentar indicaciones a distintos proyectos de ley -entre los cuales está el del Estatuto Docente-, fijados anteriormente hasta este mediodía.
Por otra parte solicito al Senado proceder a designar a los señores Senadores de las Comisiones de Reja y Pórtico que recibirán a Su Excelencia el Presidente de la República el próximo día 21 de mayo, a las 16. La Cámara ya procedió a efectuar sus designaciones, y la Mesa y la Secretaría agradecerían una pronta decisión en este sentido.
CREACION DE OFICINAS DE PRESUPUESTO DEL CONGRESO NACIONAL Y DEL SENADO
El señor BITAR.-
Pido la palabra sobre la Cuenta.
El señor VALDES (Presidente).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor BITAR.-
Señor Presidente , según tengo entendido, los Comités acordaron cambiar el orden de la tabla en lo relativo a los proyectos que figuran en ella con los números 4 y 6.
Siendo el autor de ambos solicito tratarlos conjuntamente, por estimarlo más adecuado.
El señor PIÑERA.-
Correcto.
El señor VALDES (Presidente).-
Son de distinta naturaleza: uno se refiere a una modificación de la Ley Orgánica del Parlamento, y el otro, a una enmienda del Reglamento.
El señor BITAR.-
Es la misma materia, señor Presidente, y es preferible que el Senado decida cómo materializa las proposiciones, si es que acuerda hacerlo. A mi juicio, es mejor estudiarlas conjuntamente.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , creo que lo acordado es más lógico, porque si se aprueba el proyecto signado con el número 6, no tendría objeto tratar el número 4. En efecto, al incluirse esta materia en el Reglamento, no sería necesaria la ley.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Pero debería haber decisión unánime al respecto, porque hubo acuerdo unánime de los Comités para alterar el orden de los proyectos en la tabla.
El señor BITAR.-
Para una mejor resolución de los señores Senadores, sugiero que, por tratarse de una misma materia -la constitución de una Oficina de Presupuesto-, la analicemos en cuanto tal, y luego, podemos resolver si la materializamos por medio de una ley o mediante una enmienda del Reglamento. De esa manera podemos llevar a cabo una sola discusión respecto de un tema tan importante.
La señora FREI (doña Carmen).-
De acuerdo.
El señor PIÑERA.-
Tiene razón.
El señor VALDES (Presidente).-
Los temas son parecidos, pero uno se refiere a una Oficina de Presupuesto del Congreso, y el otro a una del Senado. Son dos materias.
El señor PIÑERA.-
Pero muy relacionadas.
El señor LAVANDERO.-
Considero que debemos examinar más detenidamente estas dos ideas que también están contenidas en la Ley Orgánica.
En consecuencia, no es algo simple, dado que allí hay una normativa especial. Por eso, no me atrevería a tratarla sin cotejar lo que en este aspecto disponen la Ley Orgánica y la Constitución.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.
El señor ERRAZURIZ.-
Señor Presidente , siendo dos materias diferentes, una atinente al Parlamento, y la otra, al Senado, convinimos los Comités tratar primero la referente a esta Corporación, por estimar que la concerniente al Congreso es más discutible, por afectar disposiciones legales diferentes.
Por lo tanto, creo mejor examinar primero el punto 6, respecto del cual parece haber acuerdo, y dejar para más adelante el análisis del signado con el número 4.
El señor VALDES (Presidente).-
Si se mantiene ese acuerdo, trataremos primero el proyecto ubicado en el sexto lugar de la tabla, sin perjuicio de estudiar después el otro punto.
Si le parece a la Sala, procederíamos de esa manera.
Acordado.
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El señor VALDES ( Presidente ).-
Con relación al proyecto que figura en el primer lugar de la tabla, solicito la autorización de la Sala para permitir el ingreso a este recinto del Subsecretario de Previsión Social , señor Patricio Tombolini, porque el Ministro del Trabajo se encuentra en estos momentos en la Cámara de Diputados, donde se está tratando otro proyecto atinente a su Cartera.
Acordado.
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El señor VALDES (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
V. ORDEN DEL DIA
RECHAZO DE LICENCIAS MEDICAS POR CAUSAL QUE SE SEÑALA
El señor VALDES ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer lugar, el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica el artículo 77 de la ley N° 16.744, de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en cuanto a establecer una solución a la situación que afecta a los trabajadores cuya licencia médica es rechazada, por la causal que señala, con informes de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 42a, en 8 de marzo de 1995.
Informes de Comisión:
Trabajo, sesión 61a, en 11 de mayo de 1995.
Hacienda, sesión 61a, en 11 de mayo de 1995.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
El proyecto fue iniciado en Mensaje del Vicepresidente de la República , tiene urgencia calificada de "Suma", consta de un artículo único, y es de quórum calificado, por referirse al ejercicio del derecho a la seguridad social, de acuerdo con el N° 18 del artículo 19 de la Constitución.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social hace referencia a los antecedentes legales y de hecho de la iniciativa, que fue aprobada en general y en particular por sus miembros presentes, Honorables señores Calderón, Prat, Ruiz (don José) y Urenda, quienes proponen a la Sala discutirla en general y particular a la vez.
El señor VALDES ( Presidente ).-
En la discusión general y particular del proyecto, tiene la palabra el Honorable señor Calderón.
El señor CALDERON .-
Señor Presidente , para mí es un agrado tener que informar a la Sala de este sencillo proyecto de ley, que modifica una disposición muy específica de la Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
En concreto, su idea matriz es resolver el problema de los trabajadores cuya licencia o reposo médico es rechazado por la institución de previsión a la cual están afiliados, por considerar que la afección puede tener o no tener origen profesional, lo cual los priva del otorgamiento oportuno de las prestaciones médicas que requieren, así como de los subsidios por incapacidad laboral a que tienen derecho.
Para una adecuada comprensión del contenido del proyecto, me permitiré entregar los siguientes antecedentes.
Los trabajadores, para enfrentar, por una parte, los accidentes del trabajo o enfermedades profesionales y, por otra, las que son comunes, se encuentran sujetos a dos tipos distintos de seguros: primero, a los normales de salud, administrados por el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y las ISAPRES. Y segundo, a los seguros asociados a la salud laboral (Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales), bajo la tuición de las mutualidades de empleadores, de ciertas empresas con administración delegada o del propio sistema público de salud (INP-Servicio de Salud).
Un ejemplo podría ilustrar la situación que pretende corregir el presente proyecto de ley: la ISAPRE a la cual se encuentra afiliado el trabajador le rechaza una licencia médica, aduciendo que la incapacidad para laborar se generó en un accidente del trabajo y que, por lo tanto, corresponde solventar las prestaciones médicas y pecuniarias a la mutualidad administradora del Seguro de Accidentes del Trabajo, a la que también se encuentra afiliado dicho trabajador. Ante tal rechazo, en la actualidad, el trabajador debe reclamar a la Superintendencia de Seguridad Social y, mientras ésta no se pronuncie, es posible que no se le otorguen en el momento oportuno las prestaciones médicas y tampoco perciba los correspondientes subsidios por incapacidad laboral. Para estos casos, el proyecto establece que el trabajador afectado por el rechazo puede concurrir al otro organismo previsional al que está afiliado, distinto del que rechazó la licencia (en el caso del ejemplo, a la Mutualidad Administradora del Seguro de Accidentes del Trabajo), el que estará obligado a cursarla de inmediato y a otorgar las prestaciones médicas y pecuniarias que correspondan, sin perjuicio de los reclamos y los reembolsos posteriores que la misma iniciativa regula.
En cuanto a su contenido, el proyecto tiene un artículo único, que consta de dos números, y reviste el carácter de norma de quórum calificado, por tratar materias propias de la seguridad social.
El número 1 deroga el inciso cuarto del artículo 77 de la ley N° 16.744. Esta disposición establece en la actualidad el derecho a reclamo ante la Superintendencia de Seguridad Social cuando se rechaza una licencia o reposo médico a un trabajador. El proyecto pretende perfeccionar esta situación y, por lo tanto, la regula de un modo más completo y favorable para el trabajador en el nuevo artículo que se propone.
El número 2 incorpora un artículo 77 bis a la ley N° 16.744, el que en síntesis consagra lo siguiente:
-Los trabajadores a quienes se rechace una licencia o reposo médico, basado en que la afección invocada tiene o no tiene origen profesional, pueden concurrir al organismo previsional al que están afiliados (distinto del que realizó el rechazo), el que estará obligado a otorgar de inmediato las prestaciones médicas y pecuniarias que correspondan.
-Establece el derecho a reclamar del rechazo de la licencia o reposo ante la Superintendencia de Seguridad Social, la que deberá resolver dentro del plazo de 30 días.
-Contempla el reembolso del valor de las prestaciones, en caso de que la Superintendencia resuelva que ellas debieron otorgarse con cargo a un régimen previsional diferente al que las solventó.
-Consigna mecanismos de reajustabilidad del valor de las prestaciones que corresponda reembolsar. Asimismo, se regulan los plazos, la forma y el valor de los reembolsos en uno y otro caso, es decir, dependiendo de si la afección es o no profesional.
En suma, el proyecto contiene un mecanismo de solución para las discrepancias que se producen entre las entidades previsionales en la calificación de las licencias y reposos médicos, posibilitando que las prestaciones, tanto médicas como pecuniarias, se otorguen oportunamente, sin que, por otra parte, se produzca perjuicio alguno para las instituciones involucradas, dado que se contempla un sistema de reembolso del valor de las prestaciones que efectivamente se otorgaron.
En la Cámara de Diputados, el proyecto fue aprobado por unanimidad, tanto en las Comisiones de Trabajo y de Hacienda, como en la Sala. Asimismo, en la Comisión de Trabajo del Senado se aprobó por unanimidad, tanto la idea de legislar como el artículo único del proyecto, con un cambio formal y un planteamiento u observación, que fue recogido por los representantes del Ejecutivo. La modificación formal se refiere al inciso segundo del artículo 77 bis, conforme a la cual se reemplaza la expresión "debiendo resolver" por "debiendo ésta resolver", con la finalidad de explicitar que está referida a la Superintendencia de Seguridad Social. El planteamiento hecho por la Comisión al Ejecutivo, emanado de una observación del Senador señor Prat , consiste en contemplar un mecanismo para evitar un posible incentivo al rechazo de las licencias y reposos médicos que el proyecto podría provocar. El Ejecutivo recogió dicho planteamiento, por la vía de una indicación presentada a la Comisión de Hacienda, estableciendo una tasa de interés real de cargo del organismo que deba efectuar el reembolso, por haber rechazado una licencia o reposo que le correspondía otorgar. Dicho interés es el corriente para operaciones reajustables.
Señor Presidente , por tratarse de un proyecto que consta de un solo artículo, la Comisión de Trabajo acordó unánimemente proponer que éste se discuta en general y en particular a la vez, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento.
Finalmente, debo señalar que la Comisión de Trabajo y Previsión Social insta al Senado a dar pronta aprobación al presente proyecto, el que, como ya se ha expresado, soluciona un problema de hecho que sufren ciertos trabajadores enfermos, sin producir costo o perjuicio alguno a los respectivos organismos previsionales.
El señor DIAZ.-
¡Muy bien, señor Senador !
El señor VALDES (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , tengo la impresión de que estamos en presencia de un proyecto simple y sencillo, que no debería merecer mayor debate. Por ello, me atrevo a solicitar al Senado que lo apruebe en forma unánime, porque no tiene otro alcance que resolver el problema práctico que se suscita cuando se produce una discusión sobre si un accidente es común o del trabajo. Se trata de que, mientras se discute esa calidad, el trabajador no se vea perjudicado a la espera de una resolución, sino que de inmediato reciba los beneficios, sin perjuicio de que el organismo que en definitiva debe pagar reembolse los gastos correspondientes.
Nada más, señor Presidente .
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDES ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDIVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , como Presidente de la Comisión de Hacienda , la que también informó y aprobó por unanimidad la iniciativa, adhiero a la petición hecha por el Honorable señor Thayer , por cuanto el proyecto tiende a llenar un vacío que existe hoy, mejorando el derecho de los trabajadores que pudieren haber tenido algún accidente, el que puede ser motivo de discusión sobre si es de carácter profesional o no.
Creo que sobre la materia no cabe debatir. Además, forma parte de un acuerdo de la Comisión Tripartita -como aquí se ha informado-, integrada por organizaciones de los trabajadores, de los empresarios y del Gobierno.
Por los motivos expuestos, pienso que debiéramos aprobar de inmediato el proyecto.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , deseo poner de relieve la trascendencia del proyecto, porque pretende llenar un importante vacío existente en la legislación laboral, la que, en la actualidad, causa graves perjuicios al trabajador que, con ocasión de un accidente o de una enfermedad profesional, ve que su licencia es rechazada por el organismo que debe otorgar las prestaciones médicas y económicas, en razón de que hay dudas respecto de si la patología invocada tiene o no tiene origen profesional. Es indudable que el efecto de este rechazo -que puede ser largo- se traduce en que el trabajador y su familia se ven impedidos de obtener los beneficios que esta normativa establece.
La iniciativa en debate deroga el inciso cuarto del artículo 77 e incorpora el artículo 77 bis, nuevo, que señala que el trabajador afectado por el rechazo de una licencia o de un reposo médico, cuando existen dudas sobre si la afección invocada tiene o no origen profesional, deberá concurrir ante el organismo a que esté afiliado que no sea el que rechazó la licencia o reposo médicos, el cual estará obligado a cursar de inmediato el beneficio y a otorgar las prestaciones médicas o pecuniarias que correspondan, sin perjuicio de los reclamos posteriores y reembolsos que establece la disposición.
De la misma manera, de acuerdo con esta iniciativa, cualquier persona puede reclamar de dicho rechazo a la Superintendencia de Seguridad Social, la que deberá resolver sin ulterior recurso si la afección es o no es profesional.
Por las razones señaladas, también anunciamos nuestros votos favorables al proyecto.
El señor VALDES (Presidente).-
Al parecer existe consenso en la Sala.
¿El Honorable señor Piñera desea intervenir?
El señor PIÑERA .-
Señor Presidente , quiero formular una pregunta y después efectuar una breve intervención.
¿En qué trámite de la discusión del proyecto nos encontramos? ¿En el primer o segundo informe?
El señor CALDERON.-
En el primer informe, señor Senador.
El señor VALDES (Presidente).-
En el primer informe.
El señor PIÑERA.-
Gracias, señor Presidente.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Además, por tratarse de un proyecto de artículo único y no habiéndose presentado ninguna indicación, corresponde aprobarlo en general y particular.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente, deseo efectuar dos o tres observaciones a la iniciativa.
En primer lugar, no me parece necesario ni conveniente -a pesar de que no es el aspecto central de la iniciativa- segmentar las enfermedades o accidentes entre laborales y profesionales. Porque, al fin y al cabo, no estamos segmentando por la naturaleza de la enfermedad. De hecho el médico no necesita saber si una afección es laboral para diagnosticarla o concurrir a una solución. Por lo tanto, la segmentación que presenta el sistema de salud chileno, que para una misma enfermedad posee dos sistemas distintos, es algo que deberíamos poner sobre la mesa, por cuanto tiene larga data y, en mi opinión, no resiste un análisis a fondo.
En segundo lugar, el problema se produce porque si la enfermedad es de carácter profesional, laboral o debida a un accidente del trabajo, la atención es totalmente gratuita. En cambio, si esa misma enfermedad es calificada como una afección normal, el afectado debe pagar, y en distinta forma, dependiendo de si el usuario está en el FONASA -en donde puede haber un sistema de gratuidad en ciertos segmentos de ingresos- o en el sistema de ISAPRES. Por lo tanto, es natural que, cuando una misma enfermedad es gratuita en un caso y no lo es en otra, se produzcan todo tipo de incentivos para desviarla de un sistema a otro. En mi opinión, el problema está en la lógica del sistema, más que en la conducta del usuario.
Finalmente, el proyecto en debate propone -con un objetivo muy encomiable- terminar con la discusión de los rechazos de las licencias. Primero se atiende al paciente y después se ve quién paga. Y queda obligado a atender aquel organismo que no rechazó primero. Vale decir, si una persona concurre por una enfermedad normal a una ISAPRE o al sistema de salud público y es rechazada, es el otro sistema -el de los accidentes del trabajo- el que tiene la obligación de aceptar, con lo cual se crea un enorme incentivo hacia el rechazo, en la medida en que la devolución que perciba posteriormente una u otra institución no sea equivalente al costo de la atención. Con este mecanismo, aparentemente, resolvemos el problema al usuario, pero estamos incentivando a que la primera entidad rechace siempre las licencias, para liberarse de toda obligación. Si después le corresponde pagar, lo hace; pero como muchas veces las cantidades resultan inferiores a los costos, podríamos tener un incentivo equivocado.
Sin perjuicio de lo anterior, creo que se trata de un muy buen proyecto, que apunta a solucionar un problema real. Y, en la medida de lo posible, siempre que haya buena voluntad de parte del Ejecutivo -ésta es una materia de iniciativa exclusiva suya-, espero que en el segundo informe se perfeccionen algunas de sus normas.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Prat.
El señor PRAT.-
Señor Presidente , deseo formular dos observaciones. La primera está relacionada con lo planteado por quien me precedió en el uso de la palabra, en el sentido de que existe un régimen general de salud, pero también cabe la existencia de uno especial, relativo a los accidentes del trabajo, puesto que en el primero difícilmente se va a involucrar, en el ámbito de la empresa, su preocupación por evitar la accidentabilidad. Lo que actualmente contempla la Ley de Accidentes del Trabajo es un incentivo a buscar al interior de cada empresa los mecanismos para prevenir los accidentes. Y es así como la tasa de cotización depende de que ellos ocurran o no. Entonces, si bien sería deseable que la ley fuera lo más general posible, es bueno también identificar que los accidentes propios del trabajo tienen una realidad particular en la cual es conveniente involucrar a la empresa.
El referido cuerpo legal crea estímulos para evitar la accidentabilidad laboral. Y durante su vigencia se ha demostrado la conveniencia de que, fomentando mecanismos de prevención, se haya permitido en Chile bajar los niveles de accidentes del trabajo a los mejores estándares mundiales.
Un segundo aspecto se refiere a algo que el Senador que habla planteó en la Comisión, y fue acogido por ella en su conjunto, en el sentido de sugerir al Ministerio del Trabajo considerar que el reembolso del monto pagado por una entidad que en definitiva resulte no ser la llamada a hacerlo, no sólo esté expresado en unidades de fomento, sino que también tenga un interés base para que no se trate de un crédito gratuito en beneficio de aquella que rechace las licencias para diferir el pago. Y ese incentivo al rechazo que presenta el proyecto en la forma como está redactado se resolvería en gran medida si el reembolso no fuera en términos reales solamente, sino que, además, llevara una tasa de interés, lo cual quedó de plantear el Ejecutivo ...
El señor LAVANDERO.-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor PRAT.-
Con todo gusto, con la venia de la Mesa.
El señor LAVANDERO .-
Sólo deseo señalar que, efectivamente, la Comisión de Hacienda aprobó el proyecto por unanimidad, pero en el inciso cuarto del artículo propuesto como 77 bis de la ley N° 16.744, le introdujo un agregado que interpreta lo expresado por Su Señoría, y es del siguiente tenor: "El valor de las prestaciones que, conforme al inciso precedente, corresponda reembolsar, se expresará en unidades de fomento, según el valor de éstas en el momento de su otorgamiento,". Y aquí el Ejecutivo presentó una indicación, a pedido de la Comisión de Trabajo, para agregar lo que sigue: "Con más el interés corriente para operaciones reajustables a que se refiere la ley N° 18.010, desde dicho momento hasta la fecha de requerimiento del respectivo reembolso,", etcétera.
De tal manera que las observaciones expresadas por el Honorable colega fueron recogidas por el Ejecutivo e incorporadas por la Comisión de Hacienda en su informe, en el sentido indicado.
El señor PRAT.-
Agradezco la explicación del Senador señor Lavandero , que es esclarecedora y da cabal satisfacción a las inquietudes que había generado esta disposición. Y hechas estas observaciones que me merecieron las intervenciones precedentes, anuncio mi voto favorable a la iniciativa.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , creo que el proyecto corresponde a una norma de buen sentido, y por eso, después de estudiarlo con el debido detenimiento, lo aprobamos por unanimidad en la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Respecto del agregado de la Comisión de Hacienda, lo único que quiero señalar es que ignoro si va a surgir en el futuro una duda en cuanto a que, si no se cumple dentro de diez días, se devengará un interés de 10 por ciento anual. Antes se había establecido que la deuda era en unidades de fomento más el interés corriente. No sé si la intención de la Comisión de Hacienda fue que en el segundo caso cese de aplicarse el interés corriente para dejar sólo el de 10 por ciento.
Por lo anterior, sería conveniente precisar cuál es el criterio que se tuvo al aprobar esto, para dejarlo consignado en la historia de la ley y permitir una mejor interpretación de la norma.
El señor LAVANDERO .-
Si Su Señoría me permite, con la venia de la Mesa, y al no estar presente en la Sala el Presidente de la Comisión de Hacienda , daré las explicaciones del caso.
Lo aprobado por el referido organismo técnico dice textualmente lo siguiente: "Si dicho pago se efectúa con posterioridad al vencimiento del plazo señalado, las sumas adeudadas devengarán el 10% de interés anual, que se aplicará diariamente a contar del señalado requerimiento de pago.".
Así quedó establecida la norma para la historia de la ley, lo cual interpreta el planteamiento formulado por el Honorable señor Prat.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , deseo simplemente sumarme a las voces que han argumentado en favor de este proyecto, que, en mi concepto, tiene aplicación práctica e importancia en la solución de los problemas sociales que a veces enfrentan los trabajadores cuando sus licencias médicas son rechazadas. Esto se traduce, incluso, en dificultades de subsistencia. Con mucha simpleza, pero con gran exactitud, como suelen ser las cosas que de verdad resuelven dificultades, el proyecto apunta a la médula de evitar inconvenientes a los trabajadores.
Esta es una iniciativa respecto de la cual, -dada la familiaridad que en el pasado tuve con el sistema de accidentes del trabajo, puedo decir que era largamente reclamada por las organizaciones de los comités paritarios e incluso por las mutualidades de empleadores que administran el seguro contemplado en la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Y, en consecuencia, es bueno tener presente que, al aprobarla, el Senado está dando una respuesta concreta y clara a un caro anhelo de los trabajadores pertenecientes al sistema mutual en Chile, al cual, en el último tiempo, de acuerdo con normas recientemente aprobadas, se han incorporado incluso los funcionarios de la Administración Pública.
Como suele ocurrir con los proyectos que verdaderamente resuelven problemas reales y concretos, éste es uno que seguramente va a culminar su tramitación, se convertirá en ley de la República y solucionará miles de dificultades, pero ocupará poco espacio en los medios de comunicación. Ello constituirá, a mi juicio, una injusticia descomunal, porque su importancia es mayor que la de una serie de preocupaciones que a veces absorben al mundo político.
Reitero: se trata de una iniciativa muy importante y concreta, que da solución a un problema verdadero, alivia la situación de los trabajadores y da respuesta real a un vacío del cual a veces eran victimas, por la -permítaseme decirlo de esta manera- treta de rechazarles una licencia médica. Ahora el trabajador estará protegido, pues serán los agentes del sistema de salud a que esté afiliado quienes van a tener que buscar acuerdos. El trabajador -repito- quedará a cubierto y recibiendo los subsidios y prestaciones, tanto de salud cuanto económicas, a que tiene derecho.
Por eso, con satisfacción, apruebo este proyecto.
La señora FELIU.-
La Comisión de Hacienda también ha propuesto una modificación.
El señor LAVANDERO .-
Sí, señor Presidente . Es la enmienda que señalé, correspondiente a la observación que formuló el Senador señor Prat , y que también ha mencionado el Honorable señor Urenda .
El señor MC-INTYRE.-
La modificación fue originada por una indicación del Ejecutivo.
El señor RUIZ (don José ).-
Correspondería, entonces, aprobar en general y particular el texto que propone la Comisión de Hacienda, señor Presidente .
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión de Hacienda propone en su informe modificar el número 2 del artículo único del proyecto, intercalando en el inciso cuarto del artículo 77 bis que se agrega a la ley N° 16.744, a continuación de la coma (,) que sigue al vocablo "otorgamiento", la oración: "con más el interés corriente para operaciones reajustables a que se refiere la ley N° 18.010, desde dicho momento hasta la fecha del requerimiento del respectivo reembolso,".
El señor RUIZ (don José).-
De acuerdo.
El señor VALDES (Presidente).-
Si le parece a la Sala, asimismo se aprobará el texto propuesto por la Comisión de Hacienda.
-Se aprueba en general y particular el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que votaron afirmativamente 28 señores Senadores.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Subsecretario de Previsión Social.
El señor TOMBOLINI ( Subsecretario de Previsión Social ).-
Señor Presidente , agradezco, en nombre del Gobierno, el apoyo que el Senado ha prestado a este proyecto. Como sabemos, en la formulación de esta iniciativa han participado los trabajadores, los empresarios y el Ejecutivo . En definitiva, ella viene a resolver un vacío legal que ha redundado en que, bajo ciertas circunstancias, el trabajador quede absolutamente desprotegido.
Al aprobarse hoy este proyecto, se viene a resolver aquella situación, puesto que, de alguna manera, estamos situando el problema en el ámbito de una discusión entre las entidades prestadoras de los servicios.
La razón que ha tenido el Gobierno para señalar que será la segunda institución la que se obligue a prestar los servicios dice relación a una frontera difusa existente hoy día entre lo que es la enfermedad común y la de origen laboral. Creemos de esta manera estar resolviendo problemas importantes de la gente.
Gracias, señor Presidente.
DIFUSION DE ENCUESTAS EN FECHAS CERCANAS A ACTOS ELECTORALES
El señor VALDES ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto que regula la difusión de encuestas de opinión pública en fechas cercanas a actos electorales, con informe de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y de Constitución, Legislación y Justicia, unidas.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor Núñez).
En primer trámite, sesión 7a, en 2 de julio de 1992.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 32a, en 4 de enero de 1995.
Gobierno, sesión 32a, en 4 de enero de 1995.
Gobierno y Constitución, unidas, sesión 57a, en 10 de mayo de 1995.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Las Comisiones unidas hacen presentes en el informe que se les solicitó sobre el proyecto, que modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, las diferencias entre los textos propuestos por cada una de ellas, conforme a sus respectivos criterios, lo que dio origen al acuerdo de la Sala en orden a que se emitiera un nuevo primer informe.
Pidiendo al Senado, por lo tanto, el pronunciamiento correspondiente, plantean, en primer lugar, que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento propone un precepto que, entre otros, establece que los órganos de prensa, radios emisoras o sistemas de televisión que difundan las encuestas deben dar a conocer las características y forma en que ellas se realizaron. En tanto, la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización sugiere que tales características y forma de realización deban ser informadas por los órganos de prensa, radios emisoras o sistemas de televisión o cualquier otro medio o formas por las que se difundan.
En segundo término, mientras la primera Comisión nombrada consigna en su informe una norma que preceptúa que las encuestas sólo podrán difundirse hasta el séptimo día anterior a la elección o plebiscito, y a partir de las 18 horas del día en que éstos se celebren, la segunda extiende hasta 30 días antes de la elección o plebiscito la posibilidad de difundir encuestas, y desde las 20 horas del mismo día.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Los Comités han acordado destinar 40 minutos a la discusión de este proyecto, sin perjuicio de que cada señor Senador use 5 minutos para fundamentar su voto.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente, eso atenta contra el derecho de los Senadores a información y conocimiento...
El señor VALDES ( Presidente ).-
Atenta contra el derecho de expresión; pero éste encuentra limitaciones en el Reglamento, además de que puede ser restringido en beneficio del bien común...
El señor CANTUARIAS.-
Consigno, pero acato, señor Presidente .
El señor VALDES (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra al Senador señor Núñez, autor del proyecto.
El señor NUÑEZ.-
Señor Presidente , me parece que antes deberían hablar los señores Presidentes de ambas Comisiones informantes, que tal vez quieran dar cuenta del tratamiento dado al proyecto. Posteriormente, pediría que se me inscribiera para usar de la palabra.
El señor VALDES ( Presidente ).-
En primer lugar oiríamos a los Honorables señores Presidentes de las Comisiones unidas. Luego, al Senador señor Núñez.
Ruego a los señores Senadores que deseen intervenir en el debate que se inscriban rápidamente. Hasta ahora se han inscrito los Honorables señores Larraín, Muñoz Barra, Prat.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , ¿cómo se va a asegurar el cumplimiento del acuerdo de discutir sólo 40 minutos?
El señor VALDES ( Presidente ).-
A través de rigurosa autoimposición de disciplina por parte de los señores Senadores.
El señor OMINAMI.-
Me permito manifestar mi escepticismo al respecto, señor Presidente .
El señor VALDES (Presidente).-
Evidentemente, la materia es tan vasta, que, en este cuadro, los argumentos pueden repetirse. Existen dos informes, y, claro, hay libertad para expresarse; pero así lo estimaron los Comités.
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIU.-
Señor Presidente , debo cuestionar la facultad de los Comités en. el sentido de reducir el tiempo de que disponen los Senadores para referirse a algún tema, especialmente a uno de esta trascendencia.
Es cierto que todos los asuntos son de importancia, según sea la especialidad de los señores Senadores; pero no veo el fundamento de este acuerdo, y tengo la misma duda que el Honorable señor Ominami. ¿Cómo se va a regular? Si se dispone, en total, de un máximo de 40 minutos, y hay determinado número de oradores que se están inscribiendo, debería reducirse el tiempo a todos, proporcionalmente. Eso, a la vez, importaría determinar un plazo fatal para inscribirse en este momento y no más adelante, en circunstancias de que durante el debate pueden presentarse argumentos que hagan que otros señores Senadores quieran referirse a la materia.
Estoy en desacuerdo con el planteamiento de los Comités, pues creo que éstos carecen de facultad para adoptarlo. Por consiguiente, lo objeto.
El señor VALDES ( Presidente ).-
En estricto derecho, tiene razón la señora Senadora: se puede discutir. Pero, a veces, sobre el derecho prima la voluntad de hacer que los discursos sean lo más cortos posible. Además, debe tenerse presente que a las 18:30 vendrán personas a un homenaje que rendirá el Senado, por lo que deseamos ceñirnos al tiempo del Orden del Oía. Este tema, por lo demás, es sobradamente conocido.
Tiene la palabra el Honorable señor Otero.
El señor OTERO .-
Señor Presidente , en aras de la brevedad, quiero señalar que en nuestra opinión esta materia debería volver a las Comisiones unidas. Y voy a dar las razones.
En primer lugar, en las Comisiones unidas no se entró al fondo del problema. Y, aparentemente, se habla, desde el punto de vista técnico, de un proyecto que sólo tiende a limitar la difusión de las encuestas.
Tuve la suerte de asistir a un desayuno organizado por la prensa -el expositor fue el señor Vicepresidente del Senado-, donde se trató extensamente, por todos los medios de comunicación, el tema de las encuestas.
En esa oportunidad, nos expusieron una serie de reglamentaciones internacionales, hoy vigentes, que son las que verdaderamente debieran interesar al Senado, porque no propenden a limitar cuándo es posible dar a conocer una encuesta, sino, precisamente a buscar la seriedad en éstas.
Al mismo tiempo, en dicha ocasión doña Marta Lagos señaló que quienes creaban el fantasma de las encuestas eran principalmente los que les atribuían una importancia extraordinaria, toda vez que ellas carecen de la relevancia fundamental que se les asigna, porque dependen de la metodología, del campo en que se hayan tomado. Y dio una serie de argumentaciones y de ejemplos que demostraban que el problema no radicaba en la encuesta en sí, sino en la importancia que la gente concedía a un instrumento de medición que no la tenía en la realidad.
Asimismo, se opinó que sería interesante que el Senado escuchara a las personas especializadas en esta materia y recogiera todo el material internacional, porque éste es un tema que se ha discutido latamente en el extranjero. Esto, desde luego, no podría hacerse en esta etapa. Sin embargo, para abreviar el problema, valdría la pena que la iniciativa fuera a las Comisiones unidas, a fin de que se escuchara a todas las personas y, al mismo tiempo, se mejorara el proyecto incorporándole las normas de carácter internacional, que han sido unánimemente aceptadas y cuya finalidad es garantizar la seriedad de la encuesta. No se trata, entonces, de bajar el debate en este momento a resolver si son 30, 7, 3 ó ningún día, porque, en el fondo, eso no es lo sustancial de la idea de reglamentar las encuestas.
Por lo tanto, al centrar la discusión del Senado en si la libertad es afectada por el hecho de fijar determinado número de días para dar a conocer una encuesta, la verdad es que estamos yendo al final del problema y no abocándonos a estudiarlo desde el comienzo.
Reconozco que, en virtud de las exposiciones realizadas en esa reunión -a la cual concurrimos precisamente invitados por la prensa-, a uno se le abre la mente a una serie de cosas que no había analizado. Nos han hecho llegar documentación que sería imprescindible que la tuvieran los Senadores de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
En consecuencia, abreviaríamos mucho tiempo si este proyecto fuere enviado a ambas Comisiones, unidas, para que sea estudiado con el ánimo de crear una normativa, no de carácter limitativo, sino con miras a la seriedad de las encuestas. Y no empezaríamos, así, a discutir hoy si se vulnera o no la libertad de prensa o de información por el hecho de regular la fecha en que se dará a conocer una encuesta en relación con un acto electoral.
He dicho.
El señor RIOS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOS.-
Señor Presidente , en realidad, en este debate no podemos centrarnos en plazos aprobados por las Comisiones de Constitución y de Gobierno, porque no se ha votado aún la idea de legislar sobre este proyecto. Por tal motivo, las Comisiones unidas, que yo presidí, plantearon que ambos informes vuelvan a la Sala, a fin de que ésta se pronuncie en tal sentido.
Los dos informes fueron aprobados: el de la Comisión de Gobierno, por la unanimidad de sus miembros, y el de la de Constitución, por mayoría (tres votos contra 2). Ambos establecen la idea de legislar acerca de esta materia; la diferencia entre uno y otro es en cuanto a ciertos plazos y características. Reitero: las dos Comisiones votaron favorablemente en general el proyecto, que es la proposición que se hace a la Sala, y ésta -así lo estimaron las Comisiones unidas- debe pronunciarse al respecto. Y, resuelto ese tema, esto es, si se aprueba la idea de legislar, la iniciativa -si así lo acuerda la Sala- puede ser informada por las Comisiones unidas, o separadamente, para los efectos de su estudio en particular.
Esa es la realidad. Y, sobre esa base, desde nuestro punto de vista, debe debatirse esta materia.
He dicho.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NUÑEZ.-
Señor Presidente , tengo la impresión de que hemos debatido suficientemente el proyecto tanto en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia como en la de Gobierno, Descentralización y Regionalización. Aún más: hicimos un intento -como señaló el Senador señor Ríos- en las Comisiones unidas y ello fracasó.
Es cierto que hay nuevos elementos, pero éstos, en caso de que la iniciativa sea aprobada en general, los podemos agregar perfectamente en la discusión en particular.
Personalmente -siendo autor de esta moción-, creo que hay varios elementos más que sería factible incorporar a la iniciativa, porque ello la enriquecería notablemente. Ciertamente, ésta, como cualquier moción, es posible que carezca de algunos elementos que se han ido considerando durante el transcurso del debate que hemos abierto a propósito del proyecto, que presenté hace más de dos años.
Sin embargo, como estoy con el uso de la palabra, quiero fundamentar las razones por las cuales presenté esta iniciativa en 1992. O sea, no tiene relación directa alguna con las últimas elecciones que se realizaron en el país, particularmente las parlamentarias de 1993.
En primer lugar, creo fundamental tener en consideración que las encuestas o sondeos de opinión pública adquieren -querámoslo o no- una gran importancia en la sociedad moderna. Aun cuando algunos connotados encuestadores señalen que ellas no deben tener mayor relevancia ni hay que darles el significado que tienen, la verdad concreta es que se han constituido en un elemento bastante importante para establecer el marco general de acción del electorado, para seguir la evolución de una campaña política y para conocer los momentos en un proceso político determinado.
En ese sentido, han venido constituyéndose en una fuente de información y orientación de la opinión pública. Nos guste o no, ése es el fenómeno nuevo que adquiere la vida política institucional de los países.
Las encuestas, además, tienen que sustentarse en metodologías rigurosas. Me parece que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, al aprobar la idea de legislar en esta materia, ha hecho bien en acoger una proposición presentada por el Senador que habla, en el sentido de exigir que la difusión de los resultados de una encuesta, a lo menos, contemple cuestiones que son esenciales para una buena orientación de la opinión pública. En dicho planteamiento -aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y ratificado por la de Gobierno, Descentralización y Regionalización, en la cual participo- se establece la necesidad de que en cada encuesta se señale la identificación de la entidad que la ejecutó; el universo que representa; el tamaño de la muestra y la cobertura geográfica; la fecha de trabajo de campo -que es muy importante-; los métodos del muestreo, de recopilación de la información, así como, ojalá, las principales preguntas que se incluyeron en el documento o instrumento con el que se pretende medir el estado de la opinión pública.
Creo que lo anterior es un elemento extraordinariamente enriquecedor. En Francia, particularmente, a propósito de las últimas elecciones presidenciales -en ese país, y en otros como Bélgica, Portugal y varios más, se halla regulada explícitamente la difusión de las encuestas-, se suscitó un debate público acerca de estos aspectos, que entiendo que fue presenciado por algunos señores Senadores. Y no se podría calificar a Francia como un país que conculca las libertades de expresión o de cualquier otro tipo, que a nosotros nos ha costado tanto lograr. La polémica decía relación a que no se dieron a conocer todos los antecedentes que he señalado, los cuales son fundamentales para los efectos de una adecuada difusión y orientación de las encuestas en la opinión pública.
En consecuencia, estamos frente a un proyecto que contiene, básicamente, tres ideas. En primer lugar, no prohíbe -como se ha señalado en algunos medios de prensa- la difusión de encuestas. Por lo tanto, debe quedar absolutamente claro que no se pretende limitar la difusión de un instrumento que, personalmente, incluso por razones profesionales, me parece extraordinariamente necesario que exista en nuestra sociedad.
Lo que pretende la moción es reglamentar la difusión de encuestas de opinión pública en períodos preelectorales o preplebiscitarios.
Por último -como ya lo manifesté-, mediante ella se busca establecer una metodología adecuada, de modo tal de preservar el objetivo fundamental, cual es asegurar que el votante no encontrará mecanismos que interfieran y que en su momento puedan conculcarle el derecho a emitir libre e informadamente su sufragio.
En otros términos, lo que se desea con la moción -y esto lo indico expresamente en su fundamento- es lograr que el votante tenga pleno uso de la información y ejerza cabalmente el derecho a la libertad de conciencia.
Señor Presidente , se ha dicho en varias oportunidades -inclusive a través de los medios de comunicación- que la moción persigue conculcar libertades básicas garantizadas por la Constitución. Quiero insistir en que aquí se hallan en juego, por un lado, esas libertades, y por otro, el debido resguardo del derecho a sufragio.
Hay derechos que hoy pueden aparecer como contradictorios; pero en ningún caso se pretende conculcar unos u otros. Por el contrario, creo que nuestro ordenamiento jurídico constitucional es claro en el sentido de que, cuando existe colisión de derechos expresamente garantizados por la Carta Fundamental, ella debe ser resuelta conforme a metodologías sistemáticas y armónicas, de modo tal que pueda preservarse el bien jurídico que se desea amparar.
Es ilustrativo y conveniente recordar que, por ejemplo, las libertades de expresión y de información, contenidas en el artículo 19, número 12°, de la Constitución, se encuentran limitadas por el respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia, que se aseguran mediante el número 4° de ese mismo precepto.
La libertad de enseñanza -garantizada en el artículo 19, número 11°, de la Carta- tiene las limitaciones impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional. Es más, existe una ley orgánica constitucional que establece los requisitos para su ejercicio.
El derecho a desarrollar cualquier actividad económica -garantizado por el artículo 19, número 21°, de la Constitución- también tiene limitaciones emanadas de la moral, el orden público y la seguridad nacional. Aun más, el propio Senado, en días recientes, aprobó una normativa que prohiíbe efectuar propaganda en ciertos recintos a una actividad lícita, como es la producción y venta de tabaco.
El derecho de propiedad -garantizado en el artículo 19, número 24°, de la Carta- se encuentra regulado en el modo de adquirir la propiedad y usar, gozar y disponer de ella.
Por último, la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, garantizada en el número 23° del artículo 19, se halla limitada, entre otros aspectos, por la protección dada a la fauna mediante el proyecto que aprobamos en el Senado el 18 de abril del año en curso.
En consecuencia, no se pretende conculcar la libertad de expresión, sino, al igual que con otras libertades garantizadas por la Constitución, reglamentar un derecho que nos parece esencial.
Quiero señalar, al mismo tiempo -y esto es conocido por los señores Senadores-, que en otros países esta materia ha sido regulada de manera expresa. En Bélgica, en 1985, se definió el concepto de "sondeo de opinión"; se creó una comisión especial, por mandato expreso de la ley; se estableció la obligación de entregar a dicho organismo los datos metodológicos de todas las instituciones destinadas a conocer el estado de la opinión pública en ese país; se dispusieron sanciones pecuniarias para quienes deformen los resultados de un sondeo o utilicen abusivamente el título de "Instituto de Sondeo de Opinión"; y se contempló la prohibición de difundir, divulgar y comentar los resultados de sondeos relativos a elecciones con treinta días de anticipación.
En Portugal acontece algo similar. ¡Y para qué hablar de Francia! En este país existen una ley, de 19 de julio de 1977, y un decreto, de 16 de mayo de 1980, que establecen la manera como deben hacerse los sondeos de opinión pública; crean la Comisión Nacional de Sondeos, y prohíben la difusión de éstos una semana antes de los procesos electorales.
Recuerdo a los Honorables colegas que, a propósito de la discusión generada allí, hoy día en Francia prácticamente hay unanimidad -cuestión que personalmente no comparto para los efectos nuestros- en el sentido de prohibir la difusión de encuestas públicas con treinta días de anticipación a los actos electorales, y también, durante el período que va desde la primera a la segunda votación, debido al sistema del balotaje.
Sin embargo, estoy claro de que, a raíz de la internacionalización de los medios de comunicación, es muy difícil controlar tal prohibición. En el caso de Francia, basta que en España o en Alemania se den a conocer resultados de encuestas para que, casi con entera seguridad, un importante porcentaje del electorado francés los conozca vía televisión por cable, sistema tan difundido en todos los países, incluido el nuestro.
Por lo tanto, quiero manifestar, primero, que apruebo la idea de legislar. Estoy absolutamente abierto a que tengamos en cuenta las otras dimensiones que han surgido a propósito de este debate. Me parece importante el planteamiento de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización en el sentido de incorporar en el Título I de la ley 18.700 un nuevo párrafo que regule lo atinente a las encuestas mediante un artículo 35 bis, a diferencia de lo sugerido por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, que estima necesario modificar el artículo 169 de dicho texto legal.
Estoy de acuerdo, además, en limitar la prohibición de realizar encuestas a siete días antes de un proceso electoral. En nuestro país, a lo mejor, treinta días no es lo más adecuado. Estoy más por la idea que hemos conversado con los miembros de la Comisión de Constitución y otros señores Senadores en el sentido de limitar la prohibición a siete días antes de una elección o plebiscito.
Me parece pertinente, asimismo, que durante el día en que se lleven a cabo dichos eventos no se den a conocer resultados de encuestas sino a partir de las 20, y no de las 18, como lo indica la Comisión de Constitución.
Esos son mis planteamientos, señor Presidente.
Ahora bien, deseo expresar con absoluta claridad que muchas personas -particularmente los Parlamentarios de mi bancada- hemos luchado para que Chile pueda regirse por un sistema de libertades, que consideramos fundamental ampliar en un régimen democrático como el nuestro.
Por lo tanto -como lo he manifestado públicamente-, no existe ningún ánimo de limitar el derecho de expresión o el de información. La idea básica es regularlos, porque es la manera de preservar un derecho esencial en todo proceso eleccionario: que los ciudadanos, al momento de votar, lo hagan bien informados y en ningún caso sobredeterminados por sondeos de opinión pública que puedan alterar la libertad de conciencia y el derecho a sufragio, que, a mi juicio, son primordiales en cualquier elección.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNANDEZ .-
Señor Presidente , estamos en presencia de un proyecto que coarta y restringe gravemente las libertades constitucionales de expresión y de información. Vale decir, dos libertades básicas, pilares del régimen democrático, se cercenan y limitan seriamente como consecuencia de esta iniciativa.
Cuando en esta Sala se argumenta que estamos regulando y no coartando, a mi juicio, se está incurriendo simplemente en un sofisma. Una regulación que impide el ejercicio de los derechos de información y de expresión es la forma de coartarlos. Y el proyecto, lisa y llanamente, contempla lo que he mencionado: coarta las libertades de información y de expresión.
Nuestra Carta Fundamental posibilita limitar -como aquí se ha señalado- las libertades consagradas en ella. Pero el legislador debe ser extraordinariamente cuidadoso cuando se trata de la limitación de estas libertades, y, además, tener fundamentos.
En la Comisión de Constitución pedí que se me señalara qué estudio, qué antecedente, qué informe avala la restricción de libertades tan importantes como las que se pretende cercenar a través de este proyecto. Y no hay informe, ni estudio, ni forma alguna de acreditar que las encuestas influyen o no en la decisión de voto.
Vale decir, en esta materia estamos actuando, simplemente, de acuerdo con impresiones: "Parece", "Se estima", "Se cree". Pero no olvidemos que esa creencia significa aprobar una norma que cercena las libertades de expresión y de información. Y esto no lo digo yo solamente: toda la prensa del país ha condenado la iniciativa.
Por ejemplo, el diario "La Época", en el editorial de 7 de octubre de 1994, la califica como "Un gravísimo atentado". Y expone: "Uno de los mayores peligros para la democracia, nacido de su propio seno, consiste en que sus representantes crean que la gente que los elige es inconsciente, zafia e inmadura. Con esa premisa se han construido todos los mesianismos y los totalitarismos de la historia. Con esa creencia nacen y se desarrollan las políticas excluyentes y los liberticidios. Con esos criterios las clases políticas se convierten en clubes cerrados, lo que luego propicia la indiferencia de la gente y la decadencia del servicio público.".
Opiniones similares podemos encontrar en toda la prensa. "La Nación" del 9 de octubre de 1994 expresa: "Si la sala del Senado ratifica esta resolución el efecto será muy claro. Para las próximas elecciones se realizarán igualmente encuestas en los días cercanos al momento de sufragar, pero sus resultados sólo serán conocidos por aquellos que tengan suficiente dinero para comprar el informe: el gobierno, los empresarios, los comandos de ciertos candidatos, algún medio de comunicación dispuesto a desafiar la prohibición. Puede ocurrir incluso que algún parlamentario tenga recursos como para encargar directamente a una empresa que le realice una encuesta.
Será entonces una gran oportunidad para que las empresas encuestadoras ganen mucho dinero.".
Y, así, podría seguir citando las distintas apreciaciones vertidas por la prensa del país, que ha sido unánime -del mismo modo, también ha habido consenso entre los profesionales que intervienen en esta materia- en condenar una normativa que impida la difusión de las encuestas. Porque esto es lo que hace la moción: impedir la difusión de las encuestas con 30 días de anticipación a la respectiva elección o plebiscito. La Comisión de Gobierno plantea limitarla a los 7 días anteriores. Y se rebaja el plazo de restricción de 30 a 7 días como si existiera alguna fórmula para determinar cuándo han de coartarse libertades de tal naturaleza.
Recordemos, señores Senadores, que estamos en presencia de garantías consagradas en la Constitución y que son pilares básicos del régimen democrático.
Por otra parte, aquí se han dado ejemplos de lo que pasa en otras naciones donde se ha restringido la libertad de expresión en este aspecto. Se mencionó el caso de Francia. Sucede que en Francia, no obstante existir al respecto una legislación limitante, ha sido imposible conseguir su cumplimiento; por lo tanto, ha sido burlada. ¿Por qué? Porque los adelantos tecnológicos y la distinta forma en que consideran el asunto las naciones vecinas -tan democráticas como Francia- permiten que las encuestas que se realizan y difunden en ellas sean conocidas instantáneamente por los franceses. De este modo se burla el cuerpo legal que las restringe.
O sea, estamos ante una norma no aceptada universalmente. Es más. Las grandes democracias del mundo no comparten el citado criterio ni cercenan dichas libertades; simplemente, han dictado disposiciones diferentes para regular este aspecto y, al mismo tiempo, resguardar los derechos de las personas.
En consecuencia, la ley en proyecto será discriminatoria sólo respecto de los medios de comunicación social chilenos. No afectará a la televisión que llega por cable, en especial de países vecinos, la cual podrá transmitir resultados de encuestas el mismo día de la elección. Igualmente, los diarios, las revistas y las radioemisoras extranjeras efectuarán este tipo de sondeos y los publicarán o propagarán. En cambio, en Chile estará prohibido darlos a conocer, lo cual constituye una discriminación arbitraria en contra de los medios de comunicación nacionales.
Las encuestas se llevarán a cabo en el país, pero no podrán difundirse. Y entonces, como han señalado los propios periodistas, ¿por quién serán conocidas? Por las personas que dispongan de los recursos suficientes para encargar su elaboración.
Por consiguiente, realizada una encuesta, su resultado se ocultará, en circunstancias de que una encuesta bien hecha representa una verdad, de la cual debiera enterarse a todos a los chilenos. Sin embargo, solamente la conocerá un selecto grupo de personas: el que posea los medios económicos para encomendar ese trabajo. La gente que no disponga de recursos a tal efecto carecerá de los antecedentes necesarios para tomar una decisión.
A mi juicio, una encuesta bien hecha aporta elementos e informaciones para que el ciudadano vote libremente. Este decidirá si acepta o no las conclusiones que le entrega. Pero, indudablemente, constituye un antecedente, una información. En definitiva, es una fotografía del momento, un hecho. No es una invención de los encuestadores.
Si la encuesta fue mal realizada y no corresponde a la realidad, es algo complemente diferente. Por regla general, en Chile quienes se dedican a elaborar encuestas son empresas serias. Por ello, al contar con una información de esta clase, sencillamente la darán a conocer. Ese es un hecho: el de que en el país determinadas personas opinan en cierta forma. Y ese hecho encierra una información acerca de la cual debe resolver el ciudadano, no el legislador.
Repito: con relación al texto en debate se propone -con mucha soltura y sin fundamento de ninguna especie- permitir la difusión de las encuestas hasta 30, 7 e incluso 2 días antes de un acto eleccionario o plebiscitario. En mi opinión, debemos dejar que los ciudadanos decidan. Con esta finalidad, ha de otorgárseles toda la información del caso. Si cuentan con los datos adecuados, podrán distinguir entre una encuesta realmente seria y otra que sólo pretende hace propaganda en beneficio de un candidato específico.
Ocurre que se permite el desarrollo de todo tipo de actividades durante el período preeleccionario, incluso la propaganda electoral -a mi juicio, la forma más distorsionadora de la voluntad ciudadana que es posible concebir- hasta 48 horas antes de la votación. Pero se intenta limitar las encuestas con 30 días de antelación, aduciéndose el eventual peligro de que ellas influyan negativamente en algún sector de la población.
Reitero que estamos ante un proyecto muy inconveniente, que atenta contra las libertades de información y de expresión, consagradas en la Carta Fundamental, por cuanto tiende a impedir que los medios de comunicación den a conocer las informaciones de que dispongan. Y, como las encuestas se harán de todas maneras, esa prohibición implicará un perjuicio para los órganos de difusión, pero principalmente para los propios ciudadanos, sobre todo los más modestos, quienes no tendrán posibilidad de contar con elementos de juicio que sí tendrán aquellos de mayores recursos. Porque quienes cuentan con televisión por cable u otros sistemas de expresión estarán debidamente informados, con prohibición o sin ella.
En Francia -que es el ejemplo indicado aquí con mayor persistencia- tal restricción ha sido un rotundo fracaso: en la última elección, las encuestas se conocieron hasta el día anterior a la votación, y aun el día de ésta. Asimismo, en Argentina las encuestas se hicieron incluso el mismo día de la elección -o sea, el domingo pasado-, con un éxito bastante relativo; empero, a nadie se le ocurrió coartar el derecho de los encuestadores a difundir sus resultados. Como dije, si las encuestas están mal hechas, serán sancionadas por los mismos ciudadanos, quienes, sencillamente, las repudiarán y no recurrirán a ellas ni creerán en las cifras que arrojen.
Repito: no existe informe, antecedentes ni estudio que demuestre la forma en que tales sondeos de opinión influyen en los resultados de un acto eleccionario. Y como tampoco hay fundamentos que avalen una limitación de las libertades de expresión y de información, no puedo menos que rechazar una iniciativa de esta índole.
Además, la idea matriz es sólo restrictiva. Porque el artículo 1° de la moción limita la difusión de encuestas hasta los 30 días anteriores a un acto eleccionario o plebiscitario. No regula la forma de elaborarlas. Esta última materia no se halla incluida en el texto propuesto originalmente, sino que fue agregada en las Comisiones, y también me opongo a ella.
Anuncio que voy a votar en contra de la idea de legislar.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAIN.-
Señor Presidente , quizás, los buenos propósitos que animaron al señor Senador autor de la moción no lo dejaron apreciar que la iniciativa, quiérase o no, termina inevitablemente por vulnerar las libertades de expresión y de información.
Tal como señaló quien me antecedió en el uso de la palabra, es nuestra Carta Fundamental , en el Capítulo de los Derechos y Deberes Constitucionales, la que establece en qué consiste la libertad de expresión, y particularmente, la de emitir opiniones y de informar acerca de ellas, sin que a su respecto pueda disponerse ningún tipo de censura previa.
El proyecto -según se dice-, tiene como propósito regular la difusión de los resultados de las encuestas, esto es, no tiene propósito -repito: así se expresa- prohibir el ejercicio de esa libertad, sino, simplemente, regularla, para evitar eventuales daños y perjuicios.
Sobre esta materia quiero señalar ser bastante enfático. El proyecto es muy claro. Porque, en definitiva, lo que logra, dígase lo que se diga, es prohibir la difusión de encuestas -originalmente por 30 días; ahora por 7 días- antes de un proceso eleccionario. De manera que aquí no se regula el ejercicio de una libertad, sino que derechamente se está prohibiendo, censurando a los medios de información para que no difundan encuestas en un período determinado. Eso no es regular el ejercicio de una libertad, sino, quiérase o no, censurarlo.
¿Qué señala nuestra Carta Fundamental al respecto? En el artículo 19, en su número 12°, expresa que es una garantía constitucional "La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado.". Entonces, efectivamente, el Texto Constitucional establece la posibilidad de regular el ejercicio de esta libertad, como en general de todos los derechos y libertades que determina.
El señor Senador autor de la moción recordó varias disposiciones constitucionales, que en cierto modo regulan estas garantías. Es de la esencia de los derechos; no hay derechos absolutos. Todos los derechos y libertades son susceptibles de algún grado de regulación, para que en su ejercicio no se causen daños graves a la moral, a las buenas costumbres, a la seguridad nacional; esto es, aspectos específicos.
Pero en el caso en cuestión, de lo que se trata es de evitar los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades. Y, por lo tanto, para ello no puede establecerse la censura previa, sino una cierta regulación, específicamente dirigida a evitar los delitos y abusos. Eso puede hacerse por ley, y dicho sea de paso, ésta deberá ser de quórum calificado. De modo tal que la iniciativa de la que hablamos no es propia de ley simple, sino de quórum calificado.
Por lo tanto, no se trata, a mi juicio, de una mera regulación del ejercicio de un derecho, sino derechamente de una prohibición. Y, por esa misma razón, ni aun si se reuniera dicho quórum para aprobar la norma, podría autorizarse esto, porque ella no está regulando su ejercicio, sino -repito- conculcándolo, ya que prohíbe el ejercicio de la libertad de informar a la prensa, estableciendo modalidades de carácter definitivo en esta materia.
En segundo lugar, efectivamente, aquí se ha señalado que existe un riesgo al dar a conocer este tipo de información. Y la verdad es que también me sumo a la opinión precedente -y, por eso, mi posición la expongo en forma muy resumida-, en el sentido de que no hay antecedentes ni en Chile ni en el extranjero que permitan avalar que la publicación de ciertas encuestas evidencien una relación causal a través de la cual se derive una alteración de los resultados electorales.
Todos recordamos -algunos, quizás, con desagrado-lo ocurrido recientemente en la última elección parlamentaría, a propósito de los "exit polls", como se llamaron en esa oportunidad las encuestas hechas en el mismo día del escrutinio, donde se dieron como perdedores a muchos candidatos que hoy se encuentran presentes en la Sala. Creo que eso, probablemente, constituyó un grave error. Pero aquí están los Senadores, y no se alteró la voluntad popular ni la ciudadana. Y, en definitiva, quienes perdieron fueron los medios que difundieron equivocadamente estas encuestas y los encuestadores, que las realizaron. Porque al proporcionar informaciones equivocadas, lo único que lograron fue aumentar su desprestigio. No alteraron la voluntad. Es cierto que, a lo mejor, cometieron un abuso e incurrieron en una irresponsabilidad -como quiera llamársele--; pero no se alteró la voluntad cívica, pues esos candidatos hoy día se encuentran ejerciendo sus funciones parlamentarias.
Un tercer análisis con respecto a esta materia dice relación a algo que aquí se insinuó como si lo que estuviera en juego fuese la idea de regular la forma de efectuar las encuestas. Y, en tal sentido, quiero señalar que ésa es una cuestión enteramente distinta a la que ahora analizamos. Lo que propone el proyecto es limitar la publicitación de las encuestas, al fijar el período dentro del cual ellas podrían o no difundirse. Asimismo, deseo manifestar que esto no tiene nada que ver con la determinación de los estándares de producción de encuestas. Pero, sí, me parece que la ley los puede fijar. Podemos crear una legislación que así lo determine. Y, por lo demás, existen estándares internacionales que posibilitarían efectivamente velar por las exigencias técnicas de producción, elevando así la calidad del producto, y mejorando, por consiguiente, el resultado de estas encuestas, lo que permitiría iluminar de mejor modo la decisión ciudadana. Pero no tiene nada que ver regular la producción de encuestas con la regulación de su difusión, prohibiéndola, porque eso constitucionalmente es improcedente. En consecuencia, pienso que no es factible remitir el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, o a la que sea, para que vea la posibilidad de estudiar esta materia: la regulación de la producción de las encuestas, pues ése es un objeto enteramente distinto al contenido en la iniciativa en análisis. No procede, porque -repito- es diferente al objetivo del proyecto que ahora discutimos.
No quiero agotar al Senado con otros planteamientos sobre este asunto. Aquí se recordaron algunos medios de comunicación. Prácticamente todos ellos, de distintos sectores o espectros, que representan diferentes visiones, se han pronunciado en su contra.
Empero, sí, quiero citar dos opiniones que me parecen particularmente relevantes. Una de ellas, es la expresada por la Federación de Medios de Comunicación Social, integrada por la Asociación Nacional de la Prensa, la Asociación de Radiodifusores de Chile y la Asociación Nacional de Televisión, que, entre otras consideraciones, señala: "En este sentido, piensa que el proyecto de ley en estudio constituye un caso de sobrerreacción a situaciones de reciente ocurrencia, como fue el caso de la difusión por varios canales de televisión de los llamados "exit polls"-que son encuestas de voto emitido, efectuadas a la salida de los locales de votación-, en las últimas elecciones parlamentarías y presidencial.
"Dichas encuestas, según la opinión de este organismo, no tuvo ni pudo tener efecto significativo alguno en los resultados de la elección, si bien crearon situaciones molestas a determinados candidatos que aparecieron como no electos cuando finalmente lo fueron, y especialmente, a aquellos que fueron dados a conocer como presuntamente electos sin serlo a la postre. El efecto negativo de estos errores recayó, exclusivamente, sobre los institutos de investigación que realizaron los estudios y sobre los medios de comunicación que los difundieron, que pagaron el costo consiguiente en términos de prestigio, credibilidad y audiencia.".
Y, finalmente, quiero citar, a una de las principales expertas que existe en Chile sobre esta materia, a la señora Marta Lagos , del Centro de Estudios de la Realidad Contemporánea, que frente a esta situación señala la forma de evitar los problemas que puedan suscitarse, porque, efectivamente, de tiempo en tiempo se producen informaciones equivocadas. Y de entre sus opiniones destaco la siguiente: "La única solución al tema es que el mercado se expanda, que haya muchas encuestas, y que cada cual pueda decir lo que quiera sin que sea manipulado por ninguna concentración de medios, sin ninguna restricción a la libertad de expresión y sin ninguna delimitación de ámbitos exclusivos para ningún conjunto de intereses. El electorado no es miope y sabe distinguir, y por ello no ha sido posible en ningún país encontrar relación causal entre los resultados de las encuestas y la manera como votan los electores.".
Señor Presidente , el proyecto, contra todo lo que se pueda decir, efectivamente, atenta en contra de la libertad de expresión, en contra de la libertad de emitir opiniones, en contra de la libertad de la prensa para reproducir lo que está en la vida diaria de nuestro país.
La iniciativa en comento plantea una censura, ya que no solamente regula, sino que restringe la difusión de determinada información. Esta regulación carece de antecedentes objetivos, en virtud de los cuajes pueda, siquiera, justificarse. Y respecto de ella, se ha podido constatar un rechazo unánime, de los más variados sectores vinculados a la libertad de prensa y de expresión, a quienes realizan esta actividad en Chile. Entonces, impulsarla parece un contrasentido a la forma cómo esta libertad debe ejercerse.
Si el proyecto buscara regular la producción de las encuestas a través de la aplicación de padrones y estándares internacionales que aseguren la calidad de los mismos, estaríamos frente a una iniciativa enteramente distinta, porque lo que ahora se propone, en definitiva, es regular y prohibir su publicitación.
Por lo tanto, no podemos sino manifestarnos absolutamente en contra del proyecto, y por eso anunciamos, desde ya, nuestro rechazo a la idea de legislar.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , en primer lugar, deseo señalar que coincido muy sentidamente con los conceptos vertidos por el Senador señor Fernández respecto a que debemos estar muy atentos para impedir cualquier norma que ponga en peligro el sistema democrático, evitando, entonces -según sus palabras-, que puedan originarse mesianismos o crearse regímenes totalitarios. Por lo que significa el Honorable colega en la vida política de los últimos 20 años, recojo esos conceptos tan válidos y, naturalmente, los destaco en el Senado.
En cuanto al proyecto, la opinión pública fue testigo, en la última elección parlamentaría, de errores garrafales cometidos por autorizados especialistas en materia de sondeos de opinión pública que -recordémoslo- el mismo día en que se llevaba a cabo el acto eleccionario adelantaron resultados que dieron como perdedores a quienes, en definitiva, obtuvieron un sillón en el Senado o en la Cámara de Diputados.
Asimismo, empresas supuestamente especializadas, durante la pasada campaña electoral, avanzaron pronósticos y porcentajes de votación a ser obtenidos por los Partidos Políticos que los resultados reales desmintieron categóricamente.
Es justo, sí, reconocer en este debate, que no todas las empresas que se han dedicado a las encuestas electorales han tenido desaciertos. Sin embargo, tampoco se puede desconocer que es preocupante que los sondeos de opinión puedan utilizarse no como información neutra, sustentada en metodologías y técnicas rigurosas que permitan reflejar en cada momento las opiniones de la ciudadanía, sino como estrategias políticas que persiguen influir en las preferencias del electorado sobre la base de la manipulación de los datos estadísticos, lo cual constituye una realidad que no podemos desconocer.
Ahora bien, Honorables colegas, existen dos aspectos medulares en la recomendación que propone la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, a partir de una moción del Senador señor Núñez . La primera se refiere a los requisitos o condiciones que deben cumplir las empresas y los medios de comunicación que difundan encuestas de opinión pública relacionadas con una elección o con un plebiscito.
El segundo aspecto medular de la propuesta que nos hace la Comisión, se refiere a la prohibición de difundir los resultados de tales encuestas durante los treinta días anteriores a la elección o plebiscito.
Da la impresión de que el autor de la moción hizo una encuesta, porque ha anunciado su flexibilización en cuanto a cambiar algunos aspectos medulares del proyecto. De manera que no siempre las encuestas resultan negativas.
Debo manifestar, con mucha cordialidad y afecto, que no estoy de acuerdo con aprobar esta parte de la propuesta, debido a que considero que la prohibición de informar o difundir los resultados de encuestas electorales, aunque sea temporalmente, según mis conceptos, atenta en contra del derecho de información y la libertad de prensa, ambos garantizados por la Constitución Política y la ley, con las regulaciones correspondientes.
A lo anterior, señores Senadores, debo agregar que los sondeos de opinión y, más específicamente, las encuestas electorales, se han convertido en los últimos años en recursos inherentes al perfeccionamiento de la democracia. Las campañas electorales del presente se han diferenciado de las del pasado. La preocupación por conocer los puntos de vista y anhelos del electorado, hoy día, privilegia la interpretación hecha sobre la base de la aplicación de métodos y técnicas propios de las ciencias sociales, entre otros, las encuestas de opinión pública más que la intuición del candidato y sus asesores de campaña. Tal vez este cambio signifique una mayor valoración de la opinión de quienes aspiramos a representar.
A partir de esta consideración, la encuesta de opinión se convierte en un canal de comunicación y de manifestación de puntos de vista que los políticos debemos tener presentes, no para practicar la adulación de las masas, sino para conocer con mayor exactitud la opinión de aquellos en quienes reside la soberanía, es decir, el pueblo.
Hago notar que la ley francesa, pionera en estos temas, no es tan drástica como lo fueron nuestros Honorables colegas de la Comisión al aprobar que treinta días antes de la elección o plebiscito no puedan difundirse los resultados de encuestas de opinión. Dicha ley prohíbe tal difusión sólo siete días -como se ha señalado- antes del acto electoral, al igual que la ley portuguesa.
La citada Comisión repitió la cantidad de días de prohibición de informar que estipula la ley ecuatoriana, respecto de la cual el especialista en esta materia, el señor Jaime Durán , en el trabajo titulado "Las encuestas electorales y los medios de comunicación colectiva", editado por el Centro Interamericano de Derechos Humanos, opina que en Ecuador la ley no pudo evitar que las encuestas se siguieran aplicando en beneficio de pequeños círculos que podían pagarlas, marginando de esta información a las candidaturas con menos recursos. Además, señala el autor, la ley estimuló -y cabe recoger esta información- la aparición del mercado negro de encuestas falsas.
Por otra parte, la reciente experiencia de la elección presidencial francesa, nos demostró que, no obstante la prohibición legal de divulgar sondeos de opinión, empresas dedicadas a esta actividad los hicieron públicos -como también se señaló en el Senado- en los países vecinos, a cuyos medios de información todos tuvimos acceso, incluyendo los franceses. Esto también puede ocurrir en Chile, de aprobarse este proyecto en los términos en que hoy se nos presenta, ya que su texto en comento dispone que "Las encuestas mencionadas sólo podrán difundirse" hasta 30 días antes de la elección o plebiscito.
Señor Presidente , el hecho de prohibir la difusión de las encuestas no impide que puedan hacerse en Chile y difundirse en países vecinos a los que tenemos acceso por la televisión por cable y por otros medios de comunicación.
Finalmente, el hecho de prohibir su difusión y no su elaboración no impide que las candidaturas con capacidad de pago contraten a expertos para realizarlas, monopolizando el manejo de la información resultante y obteniendo ventajas frente a las candidaturas de menos recursos.
Un último argumento que fundamenta mi negativa a aprobar la idea de legislar sobre el proyecto, lo señala el célebre sociólogo y dentista político francés Maurice Duverger en su libro "Métodos de las Ciencias Sociales". Ahí afirma que debería ser obligatoria la publicación de toda encuesta de opinión pública, ya que los investigadores a cargo de las encuestas obtienen de los ciudadanos datos que éticamente deben ser devueltos en forma de publicación, considerando que la información que se extrae por encuestas es un arma demasiado poderosa si se mantiene en secreto. Los electores -agrega Duverger - tienen el derecho a conocer los resultados de las encuestas para tomar conciencia de qué manera se pretende influir en sus voluntades.
Finalmente, parece necesario señalar, a propósito del proyecto, que habría sido factible la creación de una comisión de sondeos que asegurara la rigurosidad metodológica, la objetividad y la confiabilidad de las encuestas que se realicen, como lo estipulan las leyes francesa, portuguesa y belga.
Señor Presidente , a pesar de la fuerte simpatía que siento por el autor de la moción, en función de algunos conceptos voy a votar en contra de la idea de legislar.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , seré muy breve, pues los señores Senadores que me antecedieron han aportado los mismos puntos de vista que me merece la iniciativa.
Sólo quiero agregar que la experiencia mundial con respecto a las votaciones, los escrutinios y, en especial, a las encuestas, demuestra que ha tenido lugar un evidente cambio de posición.
En 1974, un debate televisivo entre Giscard D'Estaing y Mitterrand, favorable al primero, suscitó una queja bastante seria por parte del segundo. Una de las medidas adoptadas en esa época, hasta 1979, fue la prohibición de encuestas durante la última etapa de las campañas. En varios otros países, a raíz del mismo hecho, se estableció un período mucho más largo que el actual. Sin embargo, en otro caso se planteó el problema inverso. En efecto, en Nueva Zelandia, hasta 1978, una organización dedicada a la materia no publicaba las encuestas electorales para no influir en los votantes. Pero en la elección de 1978 los laboristas acusaron a esa firma de querer desorientar a la opinión pública por no publicar un sondeo realizado la semana anterior a la elección, que mostraba a los partidos virtualmente empatados.
Estos antecedentes se hallan incluidos en un trabajo efectuado por Dennis Kavanagh , bastante bueno, que leí en la Revista Estudios Públicos, del verano de 1994, bajo el título "Las Encuestas de Opinión Pública", cuyas conclusiones y algunas observaciones paso a añadir a las mías.
Dice el texto, en una de sus partes: "No hay, por cierto, ningún efecto general o consistente de las encuestas sobre el comportamiento electoral.". Agrega más adelante: "en la medida que las encuestas brinden información adicional a los electores y les hagan a éstos ser más conscientes de la significación de su voto, no son un elemento nocivo ciertamente.". Y continúa: "Una medida evidente en contra del abuso" -en esto estamos totalmente de acuerdo- "es la competencia entre organismos encuestadores independientes". Mientras más y eficientes sean, el resultado de las encuestas será mucho mejor.
Dentro de las conclusiones, figuran dos puntos que considero bastante interesantes. El primero: "las encuestas pueden influir en la agenda política. Al pedirles a los electores que indiquen qué asuntos son importantes y cuáles debieran serlo, las encuestas pueden poner en evidencia ciertos temas que las élites obvian, pero que preocupan a la ciudadanía.". Segundo: "Una función más relevante de las encuestas de opinión, tanto entre las diversas elecciones como durante ellas, es la de señalar a los políticos lo que piensa la gente y qué asuntos le preocupan.".
Según los datos que logré reunir, el tiempo de prohibición para difundir encuestas que los países toman actualmente como medida previa a las elecciones es el siguiente: México , 5 días; Paraguay , 5 días; Guatemala exagera con 30 días; Francia , 5 días; Alemania , 3, y España, 5. En general, el lapso ha bajado. Tenemos la experiencia de Argentina y Francia. En el primer caso, vimos cómo hasta el último instante los canales hacían encuestas. Pocas horas después de finalizar la votación, ya existía un resultado acerca de lo que había ocurrido en el país vecino.
En consecuencia, desde 1974 hasta ahora los tiempos de prohibición para difundir sondeos de opinión pública se han reducido bastante, hasta el punto de llegar, en la práctica, aunque sea mediante autorización tácita, a cero.
Otro punto interesante de mencionar es el referido al Consejo Nacional de Televisión. Si bien es cierto que nosotros rechazamos la idea de legislar, no nos pasa inadvertido que dicho Consejo ha asumido una responsabilidad que tal vez no tenía, al fijar un plazo de tres días para el efecto mencionado.
Las encuestas, a nuestro juicio, debieran realizarse en cualquier tiempo -si así se autorizara, nos interesaría el tema-; pero en todo caso, el Consejo Nacional de Televisión no debería tener facultades en la materia, porque, como ya lo dijo un señor Senador anteriormente, para nosotros resulta fundamental el derecho a la libertad de expresión e información.
En resumen, soy partidario de que las encuestas se efectúen hasta el último momento, y de que el Consejo Nacional de Televisión no regule el plazo para su difusión como lo ha estado haciendo hasta ahora.
He dicho, señor Presidente.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prat.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, estamos analizando un proyecto que afecta una de las libertades fundamentales, como es la libertad de información.
Creo que las argumentaciones de orden constitucional, en cuanto a los principios de defensa de la libertad, han sido brillantemente expuestas, en especial por los Senadores señores Fernández y Larraín. Por lo tanto, no voy a profundizar en ese tema.
Más bien, quiero referirme a la eficacia de la medida propuesta. En primer lugar, ¿cuál es el bien que la iniciativa desea proteger? Sin duda, busca afianzar la condición de informado que debe poseer todo acto eleccionario y, tratando de evitar que una información falsa contenida en encuestas desinforme a la opinión pública, plantea la prohibición de darle publicidad a contar de los 30 días anteriores al acto eleccionario.
Pero, ¿cómo puede afectarse la condición de informado que requiere todo acto eleccionario democrático? Los caminos para sembrar una información falsa pueden tomar distintos rumbos; por ejemplo, referirse a la salud del candidato. Puede difundirse una información falsa respecto de la salud de un candidato que perjudique sus posibilidades electorales si es difundida con un plazo tal que no permita la réplica y el esclarecimiento de la verdad. También pueden canalizarse a través de la divulgación falsa del eventual retiro de una candidatura, o de una información que afecte la honorabilidad o respetabilidad del candidato, como, asimismo, mediante una información que merme sus posibilidades de éxito en el próximo acto eleccionario. El proyecto sólo considera esta última vía, esto es, prevé que una encuesta mal usada o mal hecha pueda desinformar respecto de las posibilidades de éxito de determinados candidatos. Por lo tanto, el proyecto, en primer lugar, no es exhaustivo, ya que no se refiere a todos los medios de desinformación que se dan en este ámbito.
Ahora bien, la pregunta de fondo es si la iniciativa resulta eficaz. ¿Es eficaz la norma que se propone para proteger el bien que se pretende resguardar, vale decir, el carácter de informado de que necesita estar revestido un acto eleccionario? Sin duda, ante la existencia de la intencionalidad de desinformar, lo único que haremos con ella es obligar a esa intencionalidad a buscar caminos alternativos para conseguir el fin buscado. En primer término, se usarán los medios de comunicación extranjeros. En segundo lugar, se empleará el "carteo", que cada vez constituye más un medio masivo de información, el cual queda fuera del ámbito de la ley en proyecto. Asimismo, podría recurrirse al rumor, que también tiene un efecto de difusión -¡caramba, qué bien lo conocemos!-, o bien, por ejemplo, a la opinión en foros de personas revestidas de representatividad en el tema. Alguien, revistiendo la condición de conocedor en materia de encuestas, podría emitir, el último día de campaña, una opinión a título personal que se considerara el reflejo de encuestas practicadas, pero que no habrían sido publicadas por los medios de difusión debido a esta ley que lo prohibiría.
Por lo tanto, la intencionalidad, si la hay, tendrá caminos alternativos para llegar al fin que ella persigue. Ahora bien, todos estos caminos provocarán más daño que el que ahora existe sin esta ley que se propone. Debemos considerar que los caminos alternativos se mueven en el terreno de lo informal. Ellos están libres de toda regulación ética y, por tanto, el daño que provocarán será aún mayor, y la posibilidad de responder y revertir el eventual perjuicio será menor.
¿Cuál sería el mecanismo adecuado para proteger el bien de estar informado en un acto eleccionario, ante estas acciones intencionadas para desinformar? Yo diría que es más bien por la vía de la penalización: tipificar los delitos y establecer fuertes sanciones que tengan efecto disuasivo.
Esa sería, a mi juicio, la verdadera forma de resolver estos problemas que, de hecho, existen. Pero no mediante el proyecto en debate que, aparte vulnerar libertades fundamentales y tener vicios de constitucionalidad, como se ha señalado en otras intervenciones, resulta cabalmente ineficaz para los fines que se persiguen.
Por eso, anuncio mi voto contrario.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , la materia en debate, según hemos podido apreciar, ha despertado profundo interés en el Senado, y hemos escuchado muchas opiniones -la mayoría negativas- respecto del proyecto del Honorable señor Núñez .
Quiero, por mi parte, formular algunas consideraciones sobre aspectos que, al parecer no han sido contemplados en el debate, y que ojalá puedan hacernos meditar para llegar a la conclusión más adecuada. Desde luego, veamos un problema de fondo. Las encuestas en sí, como medios para conocer la opinión de los ciudadanos sobre diversos temas, son evidentemente útiles e instrumentos que pueden ayudar a mejorar la conducta de los partidos, de las instituciones y también de las personas. Pero estas encuestas electorales, catalogadas aquí por algunos señores Senadores como información absolutamente vital, tienen en la realidad efectos bastante perturbadores, porque, aunque no lo queramos, se han transformado en el hecho en instrumento de propaganda. ¿Y sobre qué base? En la de que, lamentablemente, no siempre los ciudadanos votan por quien estiman la persona más adecuada para desempeñar un cargo, no siempre sienten la tendencia de corresponder a su sentir íntimo y a su pensamiento, sino que muchas veces experimentan la tentación de jugar a ganador. Y de allí, como bien sabemos, proliferan las apuestas en períodos electorales, lo cual no debiera tener importancia de fondo, porque un candidato puede ser el mejor y, no obstante, perder, y otro carente de las condiciones necesarias, ganar.
En consecuencia, no podemos considerar hoy día como aspecto fundamental el que las encuestas constituyen un elemento de información al ciudadano que no puede jamás ser limitado, sino que debemos apreciarlas en su verdadera importancia. Quiero precisar, sí, que no reviste tanta trascendencia el que la encuesta pueda ser conocida. No se trata de que sea ignorada por todo el mundo. La encuesta es útil para un dirigente político, y lo es también para un candidato porque le permite decidir dónde concentrar sus esfuerzos para conquistar opiniones. Pero lo cierto es que para el ciudadano común constituye más bien un factor perturbador, y creo que las últimas elecciones demostraron cabalmente que las encuestas estuvieron muy alejadas de la verdad.
Se ha sostenido también que hay encuestas y encuestas. Y coincido en que se legisle de la mejor manera posible para procurar darles la mayor seriedad, y un grado de información que permita al ciudadano formarse un concepto de la real validez de una encuesta y distinguir si es simplemente un arma de propaganda o el fruto de un trabajo serio y, a su vez, conocer los métodos y procedimientos con que se ha llevado a cabo.
Aquí se ha dicho que no está probada ni es posible probar la influencia de una encuesta deliberadamente equivocada o que simplemente contiene grandes errores. Indudablemente, no lo está, y es difícil hacerlo. De allí nace, a mi juicio, un elemento para establecer alguna norma que impida el efecto pernicioso que ella pueda causar, porque, como una elección no puede repetirse y como la realidad de una eventual repetición será distinta de la del día de la elección misma, tal consecuencia no podrá ser establecida. Pero es indudable que la encuesta tiene alguna influencia. Si no fuera así, me hago la siguiente pregunta: ¿por qué se defiende con tanto afán su realización y se trata de impedir con energía cualquier medida que regule su publicación, si no tienen influencia alguna?
La verdad es que tal defensa no sólo proviene de los medios de comunicación o de las instituciones que las elaboran, sino también de los interesados en influir en los ciudadanos por un instrumento de propaganda que, en la práctica, puede ser más eficaz que cualquier otro. Y no olvidemos que, dentro de ciertos plazos, la publicidad electoral está prohibida por una ley que nadie podría sostener que atenta contra la libertad. Se trata precisamente de lo contrario de que haya un período de reflexión, en el que el ciudadano no esté expuesto a la influencia de elementos exógenos y se concentre en la real importancia cívica de un acto electoral, y de que este proceso no sea perturbado por encuestas que en Chile han incurrido en errores profundos.
Quiero recordar hechos de mi propia experiencia, no porque ello pueda influir en mi votación en este caso, porque no creo que vuelva a ser jamás candidato, sino para que Sus Señorías se formen un concepto al respecto.
En lo que a mí concierne, ninguna encuesta me dio por ganador. Aun más -y quiero señalarlo-: tres días antes de la elección, el diario tal vez más leído en Valparaíso publicó en exclusiva una encuesta sobre los posibles resultados de ella en la Región, en la cual me daban por derrotado en forma muy amplia, sin opción alguna de triunfar. Aunque yo hubiere obtenido diez o veinte por ciento más de los votos que en dicha encuesta se me pronosticaban, igual habría perdido. Y los señores Senadores, de alguna manera, conocieron lo acontecido el día de la elección cuando, so pretexto de se habían realizado estas "exit polls", se montó un verdadero espectáculo al respecto. Y quiero destacar que esos resultados, difundidos por los periodistas ya a mediodía -correspondientes, a mi juicio, a un trabajo que nunca se hizo-, fueron aun peores. Y un distinguido colega, hoy ausente, me duplicaba en la votación, de acuerdo con esa encuesta. Obviamente, yo no tenía la más leve opción. Pero, en función de esto -deduzco que quienes lo hacían conocían los resultados-, fueron a entrevistarme para ver de qué manera reaccionaba frente a resultados que me daban por derrotado.
Debo señalar que -aun en ese momento y al margen de mi persona- con posterioridad vimos en la televisión cómo personas que se supone muy serias comunicaban ciertos resultados, dando al Senador que habla y al Diputado señor Bartolucci ampliamente derrotados, pues las encuestas tenían un margen de error de sólo 3 ó 5 por ciento. Es decir, según ellas no había ninguna probabilidad.
Indudablemente, no podría medir qué influencia tuvo la encuesta publicada en el diario "La Estrella", de Valparaíso, el martes 7 de diciembre, según la cual yo obtendría una votación sustancialmente más baja de la real. Y aun cuando no impidió que yo fuera reelegido, me permito hacer la siguiente reflexión. ¿Qué habría ocurrido con la elección anterior, cuando gané por el tres por mil de la votación? ¿O que sucedió en tres o cuatro distritos donde un candidato fue elegido por una diferencia de 8, 10 ó 15 votos?
En consecuencia, no es cuestión de decir que la influencia de las encuestas sea pequeña. Estoy seguro de que en mi caso no influyó sustancialmente, pero nadie puede afirmar que fue irrelevante, porque como resultado de tal perniciosa influencia más de alguien no logró ser reelegido para la Cámara de Diputados.
Debo insistir en que si se afirma que no hay influencia ni que ella esté probada, entonces ¿cuál es la tremenda importancia de restringir su publicación? Porque, suponiendo lo contrario, debemos entender que quienes con tanto vigor defienden la moción, lo hacen en la creencia de que las encuestas pueden influir. Esta es una duda derivada de un hecho que no tiene remedio, pues frente a la circunstancia de que alguien que optaba a un cargo popular no resulta elegido, nada se saca acreditar con las acciones del caso, que hubo mala fe o que fue un error inexcusable. Simplemente, su efecto es irreparable.
Por ello, teniendo a la vista lo que sucede en otros países, se establece un período prudente para no difundir las encuestas.
En todo caso, quiero insistir en que carece de importancia el que las encuestas no sean conocidas por determinadas personas o por los dirigentes políticos, pero sí el que sea ignorada por los votantes, los cuales les otorgan extraordinaria trascendencia, en especial, a las publicadas por la prensa escrita.
Como digo, no puedo medir los efectos que tuvo en el caso mío, pero sé que más de un apoderado desistió en la noche anterior a la elección de defender los votos de un candidato, porque, de acuerdo con las estadísticas, éste no tenía posibilidad de triunfar. Incluso, en gente muy vinculada al Senador que habla, pudo producir profundo desánimo tal tipo de influencia preeleccionaria y aun cuando en mi caso no puedo medir los efectos, bien pudo tener importancia.
Por ello, el bien protegido no es la libertad de información. Ojalá que los electores lleguen a las urnas sin conocer las mayores o menores probabilidades de los candidatos, y sufraguen de acuerdo con sus convicciones. Por cierto, los demás efectos beneficiosos de las encuestas pueden subsistir, aunque no haya prohibición de publicarlas.
Por lo tanto, me inclino por aprobar el proyecto, en el entendido de que el plazo de 30 días será reducido en forma prudencial y de que las medidas que tiendan a regular las encuestas, aunque complejas, se perfeccionen al máximo.
Por ello, anuncio que votaré favorablemente en general el proyecto, sin perjuicio de mi derecho a formular las indicaciones que estime pertinentes.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
El señor BITAR.-
Señor Presidente , también me pronunciaré a favor de la idea de legislar por las siguientes razones.
Por la exposición del propio Senador señor Núñez , entiendo que el sentido de su moción es el de perfeccionar la calidad de la información a la ciudadanía y hacer más libre e informado el ejercicio del derecho a voto. En ese espíritu, considero útil una iniciativa destinada a perfeccionar y garantizar la seriedad de las encuestas.
Creo que sobre el particular debe existir una política absolutamente abierta, y que las restricciones a la información, a las encuestas y a las opiniones de todo tipo que se establezcan sean mínimas. Sin embargo, el agregado hecho por la Comisión de Gobierno, en orden a precisar algunas modalidades que deben ser cumplidas al momento de entregar las encuestas -lo cual estimula su seriedad-, me parece un elemento positivo que debe incorporarse al texto.
Sobre el tema de los plazos, pienso que 30 días es mucho, al igual que 7.
Presentaré indicaciones al respecto una vez aprobado en general el proyecto, pues estimo coherente, desde un punto de vista constitucional y político, fijar para la difusión de una encuesta el mismo plazo existente para la difusión de la propaganda electoral en la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios. Ello significa, como lo establece el inciso cuarto del artículo 30 de ese cuerpo legal, que debe hacerse hasta el tercer día anterior al de la elección o plebiscito.".
De esta manera, hacemos coherente la legislación, acortamos el plazo a sólo tres días y no dejamos de reconocer que, si bien las encuestas constituyen una información útil, al mismo tiempo, ellas influyen en la voluntad de voto de la opinión pública.
Por otra parte, los argumentos del Honorable señor Urenda también apuntan en esa dirección. Y creo que una forma inteligente y equilibrada de actuar por parte del Senado en esta materia es la de inducir a una mayor seriedad en las encuestas, mediante ciertas normas. Por ejemplo, precisando que aquéllas no se pueden difundir en el mismo lapso en que la ley lo establece para la propaganda política; es decir, tres días antes del día de la elección o del plebiscito,
Sobre esa base, señor Presidente, voto favorablemente la idea de legislar.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldívar.
El señor ZALDIVAR (don Adolfo) .-
Señor Presidente , al parecer aquí estamos haciendo un juicio público a las encuestas, pues en la práctica haríamos imposible su realización el día de mañana. De tanto dar argumentos en tal sentido, se ha llegado incluso a sostener que se están suspendiendo o restringiendo libertades fundamentales.
Sobre el particular, a mi juicio, se ha ido demasiado lejos -aun cuando con la mejor de las intenciones-, porque se ha distorsionado una moción que no pretende sino resguardar un principio básico y fundamental de la democracia representativa, incluso respetar a quien es el depositario y soberano -el pueblo- para elegir a sus representantes.
Es el ejercicio de ese derecho fundamental lo que el proyecto en análisis pretende resguardar, sin cercenar, restringir ni menos suspender...
El señor VALDES ( Presidente ).-
¿Me permite, Honorable señor Zaldívar?
Ruego a los señores Senadores que están de pie tomar asiento.
Puede continuar, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo) .-
Muchas gracias, señor Presidente .
Decía que se trata de regular los requisitos que deben cumplir las encuestas relacionadas con la actividad política. Y a eso se refiere el inciso primero del artículo 169 bis, nuevo, al exigir que se cumplan, por la seriedad del proceso electoral, algunos requisitos fundamentales; nada más. Eso en primer término.
Lo segundo se refiere a la oportunidad. La norma que se propone agregar no habla de treinta días -plazo consignado en el proyecto original- sino del séptimo día anterior a la elección. Es decir, son dos cosas básicas: una, la regulación o cumplimiento de determinados requisitos para la seriedad de este tipo de instrumentos; y otra, la oportunidad en que las encuestas pueden difundirse. ¿Con qué fin? Para que mañana los electores no puedan ser manipulados. Porque se desea evitar algo que muchos tememos: que a través de seudoencuestas se haga propaganda política, lo que hoy día se podría hacer incluso fuera de los plazos en que la ley lo prohíbe. Por ejemplo, se podrían dar a conocer los resultados de una encuesta en las horas previas a un proceso electoral, y a nadie puede escapar de la peligrosidad que eso lleva implícito.
Por eso, en nuestro concepto, esta moción no persigue sino resguardar una libertad fundamental, como es el ejercicio libre del derecho a sufragio. Además, es interesante analizar otro argumento aquí dado: se ha dicho que lo señalado precedentemente podría neutralizarse con otras encuestas. Pero puede suceder que no haya otras, porque la conocida -así sucede en muchos casos- era la última. Y si como producto de ella se altera la voluntad popular y resulta elegida una persona por escasos votos, ¿cómo se podría rever una situación como la descrita? No habría solución.
Por lo tanto, el propósito de la iniciativa en estudio es muy sano: evitar la manipulación de la voluntad del electorado mediante seudoencuestas. Y para eso se establecen requisitos, como el de que sólo se podrán difundir sondeos hasta el séptimo día anterior a una elección o plebiscito. Quizás tal plazo podría limitarse y hacerlo coherente con el existente en la actualidad para la propaganda política; es decir, tres días. Y por esa vía, de hecho, estaríamos evitando que las mal llamadas encuestas sean utilizadas como elemento de labor proselitista contra las cuales un candidato no tiene cómo defenderse.
También se dice que sobre el particular no hay antecedentes. Pero existen otros datos. Hace veinte o treinta años, aparentemente, se tomó un acuerdo en un partido político -digo "aparentemente", porque en realidad no existió-, conforme al cual se envió un telegrama que decía: "Vote por el candidato fulano de tal. Orden del Consejo Nacional del Partido". Y resultó, pero esa argucia hoy día es juego de niños comparada con lo que puede significar una encuesta manipulada, sin que haya otra alternativa o posibilidad de enfrentarla a tiempo.
Por lo anterior, creo que con un proyecto donde se establecen requisitos de seriedad para las encuestas y además, se fija un plazo de prohibición para difundirlas, igual al existente para la propaganda política -insisto en que aquéllas no son sino proselitismo encubierto-, estaríamos resguardando el ejercicio de la libertad y el derecho fundamental que debemos preservar en una democracia representativa, como es el de sufragio libre e informado.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Restan cuatro minutos para el término del Orden del Día. Quedan inscritos dos señores Senadores, a quienes ruego ser breves en sus intervenciones. Además, a las 18:30 está previsto un homenaje.
Tiene la palabra el Senador señor Piñera.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente , quiero hacer mío el argumento respecto de los posibles vicios de constitucionalidad de que pueda adolecer el proyecto en lo referente a las libertades de opinión y empresarial. Eso en primer término.
En segundo lugar, creo que la forma de regular el problema puesto sobre la mesa no es prohibiendo las encuestas, sino, por el contrario, perfeccionando el sistema de sondeos. Eso significa que ojalá la industria de las encuestas no esté controlada por uno o dos agentes, sino que sean muchas las empresas que las realicen, y que haya más transparencia en su metodología, cobertura y alcance.
A mi juicio, lo más inconveniente del proyecto consiste en pretender ir contra el sentido de los tiempos. Yo pregunto cómo vamos a prohibir a futuro, cuando la televisión extranjera entre a Chile en forma libre, difundir la información proveniente del exterior. Así ocurrió en los casos de Argentina y Perú, cuando se quiso prohibir la propaganda en los estadios, en circunstancias de que muchas transmisiones venían desde afuera.
Por lo tanto, intentar poner barreras a la información dentro del territorio geográfico de un país es una utopía que -¡gracias a Dios!- la revolución de las telecomunicaciones ha destruido y que va a hacer desaparecer definitivamente.
Por último, ¿cómo regular que una revista que difunda ese tipo de información se publique siete días antes de un comicio y se mantenga en todos los quioscos de Chile durante ese lapso? O, ¿cómo evitar que la gente más poderosa compre espacios en todos los medios de comunicación el último día permitido para publicar una encuesta que la favorece, la cual ha de permanecer en la mente del electorado?
Si no hay mejor policía que el alumbrado público ni mejor desinfectante que la luz solar -como alguien dijo-, a mi modo ver, no hay mejor forma de tener una elección informada que con libertad de información.
El señor VALDES (Presidente).-
El último orador inscrito es el Honorable señor Gazmuri.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , no voy a seguir el símil de mi Honorable colega, pues con ello podría llegarse a suprimir el Cuerpo de Carabineros de Chile si se piensa que, al alumbrar todo el país, se podría resolver el problema policial. Lo considero un argumento un tanto simple.
Respecto del tema en discusión -ajeno a la labor policial-, deseo dar un argumento que dice relación a lo señalado en cuanto a que la moción del Senador señor Núñez -coarta la libertad de información y de expresión. Me parece que, en una línea de principios, no coarta sino que regula. De hecho, ya hay normas a este respecto, como la que regla la propaganda política y establece un período en que ésta no se puede realizar. Y nadie podría decir que tal disposición coarta la libertad de expresión o de información.
El proyecto en estudio, que votaré favorablemente, contiene dos ideas, la primera de las cuales es asegurar -y éste es un elemento surgido durante la discusión- que la difusión de encuestas durante el período de campaña electoral o previo a un plebiscito se rija por determinadas formalidades para que, efectivamente, sea un elemento de formación de la opinión pública. Y no creo que eso signifique coartar alguna libertad, pues con ello se asegura el derecho a recibir adecuada información. No hay duda de que hay distintas calidades de encuestas. A mi modo de ver, si una ley establece exigencias como las consignadas en el artículo que se propone agregar, el 169 bis, nuevo, en el sentido de que las encuestas de opinión relacionadas con una elección deberán señalar siempre el nombre de la unidad de investigación; el universo que efectivamente representa; el tamaño de la muestra; la cobertura geográfica y la fecha, es un elemento que, efectivamente, permite que la opinión pública conozca exactamente cuál es el producto que los medios de información le están proponiendo. Esto es perfectamente coherente con ampliar y perfeccionar el derecho ciudadano a una buena información. Creo que ésta es una introducción muy importante que mejora la utilización de la encuesta como un medio relevante para la configuración de la opinión pública.
Respecto del plazo, se podrá discutir su duración exacta. El Senador señor Núñez , como autor de la iniciativa, ha señalado que está dispuesto a aprobar uno menor al establecido en el proyecto original. Esa es una materia que podremos ver en el trabajo en Comisión; pero no hay duda de que eliminar esa difusión durante un período prudente antes de la elección contribuye a que ésta no se vea perturbada por elementos ajenos que pueden distorsionar la expresión de la voluntad soberana de la ciudadanía.
Por esas dos razones, votaré afirmativamente el proyecto.
El señor VALDES (Presidente).-
Ha terminado el Orden del Día.
En razón de que se ha fijado para las 18: 30 el homenaje a la memoria de don Carlos Vial Espantoso, y la familia se encuentra en las tribunas, propongo a la Sala que posterguemos para mañana, al inicio de la sesión ordinaria, la votación de este proyecto. Los señores Senadores que hoy no han hecho uso de la palabra podrían fundar su voto en esa oportunidad.
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , ¿sería posible que después del homenaje se celebrara una reunión de Comités para ver si podría acordarse rendir un homenaje de esta Corporación a la Armada de Chile antes del 21 de Mayo?
El señor VALDES (Presidente).-
Con el mayor gusto, señor Senador.
Hoy la Mesa y la Comisión de Defensa ofrecen una cena a esa institución. Asistirán las altas autoridades de la Armada.
El señor HORVATH.-
Sí, señor Presidente ; pero ha sido una tradición realizar un homenaje en esta Sala, como complemento a lo que Su Señoría ha señalado.
El señor VALDES (Presidente).-
Muy bien. Lo conversaremos en Comités.
¿Habría acuerdo en la Sala para postergar la votación del proyecto hasta mañana?
Acordado.
Para rendir el homenaje anunciado, tiene la palabra el Honorable señor Romero.
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON CARLOS VIAL ESPANTOSO
El señor ROMERO.-
Señor Presidente, Honorables señores Senadores:
Es, sin duda, un privilegio pertenecer a una de las familias, de tantas que realmente nadie podría enumerar, que recibieron el calor y el cariño especial que profesaba don Carlos Vial Espantoso a quienes tenían la suerte de conocerle y de colaborar en sus iniciativas creadoras.
Nacido en Perú al inicio de este siglo, de madre limeña, doña Cristina Espantoso , y de don Javier Vial Solar, escritor, Diputado y Ministro Plenipotenciario chileno en Brasil y Perú, don Carlos recibe desde joven, tanto en su hogar como en el Colegio San Ignacio y en la Universidad Católica, una formación marcada por la Doctrina Social de la Iglesia . Rerum Novarum y Cuadragésimo Anno , cuyo centenario celebramos en estos días, debieron, sin duda, haber influido en su atrayente y extraordinaria personalidad. Atrayente, porque pocos entendían cómo un adelantado, un innovador, un emprendedor, tenía la inigualada sensibilidad social que marcaría con su sello personal y de calidad tantas iniciativas y obras en el plano público y en el privado.
Al igual que otros, también este adelantado vino del norte y abrió sendas antes ignoradas; descubrió obras para que otros las continuaran, y quiso a Dios por sobre todas las cosas, y a sus semejantes como a sí mismo.
Junto a doña Anita Castillo Sánchez formó su familia de siete hijos, los que le dieron 44 nietos, y éstos, ciento quince bisnietos.
Sus inicios fueron los de un osado adelantado. A los 23 años, arrendó una acción de la Bolsa de Comercio de Santiago gracias a un préstamo familiar, y descubrió que la información es parte esencial de cualquier actividad empresarial. Durante quince años demostró sus capacidades y talentos, que lo llevan, luego de la crisis de los años 30, a ser Presidente de la Bolsa de Comercio de Santiago , cuando recién cumplía 33 años.
Investigador, estudioso y especialmente un gran observador, estas cualidades lo llevaron a conocer como nadie el entonces incipiente desarrollo empresarial chileno, en donde distinguía con oportunidad y claridad lo que tenía futuro de lo que no valía; lo esencial, de lo accidental.
En medio de la Segunda Guerra Mundial, entendió que la Compañía Sudamericana de Vapores, entonces en un comprensible mal pie, tenía un gran futuro, y con la pericia de un ya avezado timonel, asumió, en 1941, la presidencia de su directorio. Mientras esperaba que los océanos y mares cambiaran las naves acorazadas por los buques comerciales, aprovechó su estructura empresarial para hacer que naciera una sólida institución bancaria: el Banco Sudamericano, que dirigiera con recordado talento y calidad entre 1943 y 1949. Fue allí, precisamente, donde a través de mi padre, primero, y luego personalmente, admiré el talento excepcional de un hombre de calidad sin igual.
La empresa agrícola conoció de su impulso e ingenio creativo mediante el predio Los Jazmines de Melipilla; el rubro textil, a través de Confecciones Vestex; el de turismo, por medio del Hotel Carrera; el de la industria, mediante Embotelladora Andina, y el de las comunicaciones, a través de Radio Cooperativa Vitalicia.
Junto a las obras materiales, creía por sobre todo en los trabajadores, e hizo de la participación social una bandera de lucha que pocos han enarbolado con mayor prestancia, con mayor elocuencia y con mayor fuerza, porque practicaba lo que creía, y lo que hacía lo efectuaba con su proverbial alegría e ingenio.
El amplio reconocimiento que recibiera en su vida, tanto de sus colaboradores como de entidades laborales y empresariales, son testimonios definitivos de una vida plena de ideales y de valores cristianos.
Pero no todo estuvo radicado en la actividad laboral y empresarial. Muy pronto hubo de enfrentar mayores desafíos. Ministro de Hacienda del Presidente Gabriel González Videla , su personalidad hizo que esa Secretaría de Estado fuera conocida, por su presencia, como el Gabinete de la Sensibilidad Social, y allí demostró su personalidad, que también podía ser fuerte y apasionada. Hábil polemista y poseedor de recias convicciones, nunca eludió enfrentar cualquier circunstancia, por más difícil o dura que ella fuese.
El Banco Central y las Cajas de Ahorro y Préstamos también dieron fe de sus habilidades y conocimientos.
Entre 1957 y 1965 fue Senador de la República como independiente, por la circunscripción de Curicó, Talca, Linares y Maule , e hizo que la Cámara Alta conociera cabalmente de sus cualidades. Al revisar su acción parlamentaria, resulta impresionante constatar la versatilidad de su genio, que difícilmente podríamos siquiera enunciar en el merecido y justo homenaje que hoy le rendimos en el Senado de la República, que lo contó como uno de sus miembros más distinguidos.
Leer sus homenajes a Monseñor Carlos Casanueva Opazo , o al Primado de la Iglesia Católica Cardenal José María Caro , o al Beato Alberto Hurtado Cruchaga , su compañero de patio, es conocer documentos que expresan con fidelidad su formación y valores de un catolicismo ejemplar y pleno. Sus análisis económicos, tributarios, financieros o monetarios manifestaban una versación sólida que nacía de sus propias vivencias empresariales. Su preocupación por los trabajadores y más necesitados está siempre presente en sus intervenciones. Se encuentran a cada paso sus indicaciones y proyectos relativos a las condiciones de seguridad social, relaciones laborales y remuneraciones de los sectores público y privado.
En suma, una vida entera presidida por la consecuencia y la autenticidad. Cada palabra suya era coherente con su acción y su sello personal. Sencillo y afable, costará olvidarlo a quienes tuvimos el privilegio de conocerlo y recibir su cálida amistad.
Antes de concluir, no podría silenciar un mensaje recibido esta mañana, desde Puerto Chacabuco, de su nieto Carlos , quien lamenta no poder acompañarnos en el homenaje a su abuelo, al que califica como "su amigo, su guía y consejero para las cosas importantes de la vida".
¡Qué más podría alguien dejar después de su existencia!
Reciba, don Carlos , este sencillo homenaje. Tal vez, tan sencillo, pero tan sincero como la labor que seguirán prodigando sus fundaciones, en las comunas más pobres, a las madres; la maternidad del Hospital Clínico de la Universidad Católica, o la Fundación El Arrayán. Todos le recordaremos siempre como un hombre bueno, innovador y justo.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
En nombre de los Senadores de la Democracia Cristiana, rindo homenaje en memoria de don Carlos Vial Espantoso, recientemente fallecido.
En su extensa vida, que casi alcanzó un siglo, demostró, desde muy joven, una personalidad sobresaliente. Fue dotado de preclara inteligencia, imaginación creadora y un carácter fuerte que le hacía expresar con vehemencia sus ideales. Fue un constructor, un hombre culto y múltiple en su visión de la vida.
Habiéndolo conocido personalmente, podría decir que en él existía una notable mezcla de bondad, ternura y fuerza interior, que expresaban el profundo idealismo emanado de su comprensión cristiana de la vida y su gran vitalidad para lograr los objetivos que ansiaba alcanzar.
Tuvo una fuerte personalidad que lo mantuvo en una independencia sorprendente, pero que utilizó para organizar esfuerzos colectivos y desarrollar sus ideales, en los que siempre estuvo presente su sincera y profunda visión de solidaridad en la integración de la empresa y de la sociedad, porque la profundidad de su espíritu y su fuerza dinámica eran la justicia.
Organizó y dirigió numerosas empresas a las cuales llevó siempre al éxito, y desde ellas fue madurando su preocupación por la acción pública en el campo de la política económica, con acento en la justa distribución de los beneficios.
Es esa preocupación la que lo llevó a participar en forma cada vez más destacada en organismos representativos, a través de conferencias y artículos que chocaban con el conservantismo económico y social de la época, que acumulaba inflación y, simultáneamente, tensión social.
Sus planteamientos eran tan originales y vigorosos, expresados con tanta fuerza que, en un momento de crisis política y social en 1950 -crisis muy seria-, fue llamado al Ministerio de Hacienda, donde trató de poner en práctica su concepción del Estado en materia de política económica y tributaria, control de la inflación, participación creciente de los trabajadores en las utilidades y destino de las empresas, y producción de artículos de consumo popular; políticas que hoy están incorporadas a una concepción moderna de toda sociedad democrática, pero que en aquellos tiempos parecían excesivamente audaces y, para muchos, peligrosas.
Lo conocí en mi ejercicio profesional, y me impresionó su clarísima inteligencia, su sagacidad y su constante cordialidad.
En 1957 fue elegido Senador por Curicó , Talca, Linares y Maule , en una campaña donde tuve la oportunidad de cooperar activamente a su triunfo en representación de mi Partido, muy cerca de él, y presencié el fuego de su pensamiento y la fuerza de sus convicciones.
Revisando su acción parlamentaria, desde la cual fue Director del Banco Central, se leen intervenciones en casi todas las sesiones, particularmente en asuntos económicos sociales, en los cuales participó con iniciativas originales e intervenciones siempre incisivas.
Su pensamiento era extremadamente original, rompía esquemas y creaba sobresaltos a los conservadores de Derecha y de Izquierda, porque irrumpía con proposiciones revolucionarias, siempre inspiradas en sus principios de solidaridad social.
De sus documentos académicos, tal vez uno de los más expresivos, fue la conferencia que dictó en la Facultad de Economía y Comercio de la Universidad de Chile, que mantiene plena actualidad. El tema que a él lo atraía mucho era, y fue en esa ocasión, el de la empresa.
En esa conferencia, don Carlos dijo: "Trato de demostrar cuán absurdo ha sido hasta hoy su actual planteamiento y cuán fructuoso puede ser el que contemple la justicia y el amor, la continencia y reconocimiento, el propósito de mutua cooperación basado en el respeto, para todos y por todos, de la persona humana.".
Bajo estos principios, que fueron el "leit motiv" de su pensamiento, hace suyas, en ésa y en otras ocasiones, las palabras del Papa Pío XII, al decir:
"Jefes y obreros son cooperadores en una obra común, llamados a vivir juntos del beneficio neto y global de la economía y sobre esta base sus mutuas relaciones no significan que estén en ningún caso, unos al servicio de los otros. Ahora, si patrones y obreros tienen un interés común en la sana prosperidad de la economía nacional, ¿por qué no sería legítimo atribuirles a los obreros una justa parte de responsabilidad en la constitución y en el desenvolvimiento de esta economía?".
Su profundo arraigo en los principios cristianos lo llevó a terminar esa conferencia, tan notable, expresando:
"A los actuales dirigentes de Empresa, formulo también una súplica fervorosa: imploremos juntos a la Providencia para que la luz de la Fe en un mejor destino de la Patria, sea la que nos guíe en el ardoroso camino de la enmienda, pleno de humanismo, de inteligencia y de vehemente acción.".
Hoy, esas palabras son actuales.
Su sensibilidad lo llevó al género literario, escribiendo "El hermoso mundo de Nahif y la novela " David Romanescu ".
A diferencia de tantos hombres de poder, su corazón no se cerró con su entrega a la acción empresarial y a la política. Por el contrario, impulsó obras de gran generosidad, entre las cuales se destaca la construcción de la maternidad del Hospital Clínico de la Universidad Católica, el financiamiento mensual de operaciones al corazón de enfermos de escasos recursos, la creación de una Fundación en la Comuna de La Pintana y numerosas donaciones a instituciones y personas necesitadas.
Formó una noble y gran familia que le dio la felicidad de conocer a más de 120 bisnietos, algunos de los cuales están presentes. Don Carlos conservó siempre su mirada buena, su sonrisa espontánea, su viveza alegre y, sobre todo, su bondad. En sus últimos años su religiosidad fue plena.
Dios lo habrá recibido en sus brazos, porque él realizó la parábola de los talentos. Devolvió mucho más de lo que recibió.
Hombres como don Carlos Vial han contribuido a la permanente creación, grandeza y evolución de Chile. Su visión anticipadora de los problemas y de las soluciones que el país requería, dan a su existencia un mayor valor. En los días en que se conmemoran las grandes encíclicas sociales de la Iglesia, que contienen las verdaderas guías de la concepción de la sociedad, del Estado, de la empresa, del derecho de los trabajadores y del bien común, su vida y su mensaje tienen una relevancia especial.
Por todo ello, don Carlos Vial merece el reconocimiento del Senado de la República y de quienes participamos de esos principios.
A su familia, vayan nuestros profundos sentimientos de pesar y el agradecimiento de quien recibió de él siempre una amistad que, aunque lejana en los últimos años, conserva como una experiencia humana muy única y llena de emoción.
Muchas gracias.
Puede usar de la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , señores Senadores, aunque había una generación de por medio, tuve la suerte de conocer a don Carlos Vial y en cierta forma, por muchos años, ser testigo y apreciar cuánto hizo por Chile, por Valparaíso y por los pobres.
Eran los azarosos años de la Segunda Guerra Mundial y él dirigía la entidad naviera más importante de Chile, la que, gracias a su talento, su sentido comercial y su visión de futuro, se sumaba al esfuerzo de guerra de las fuerzas aliadas, sin por ello descuidar su servicio al comercio marítimo de nuestro país y, pese a las difíciles circunstancias que se vivían, dejar de sentar las bases que le permitirían a la Compañía Sud Americana de Vapores convertirse en la gran empresa que es hoy.
De nuestra común preocupación por la Marina Mercante chilena nació el vínculo que me permitió conocerlo y permanecer en contacto con él. Así, pude personalmente constatar su enorme capacidad para emprender y desarrollar exitosamente múltiples actividades, lo cual no significó que perdiera su sencillez. Así, también, comprobé esa extraordinaria consecuencia que siempre tuvo entre su decir y su actuar, y que a través de los años lo llevó a volcar cada vez más su acción, su tiempo y su fortuna en beneficio de los enfermos y marginados.
Cuando, después de una larga y fructífera vida, nos deja, no puedo sino recordar con cariño y emoción a quien tanto hizo por este país y por sus necesitados.
Es por ello que tan sinceramente adhiero -en nombre de mi Partido, la Unión Demócrata Independiente, y en el mío propio- a las palabras que pronunciaron el Senador señor Romero y nuestro Presidente , y sumo mi espíritu al doble sentimiento que hoy nos embarga. El del dolor, al saber que ya no estará más entre nosotros ese hombre notable y de excepción. Y el de la tranquilidad, al constatar que su desaparición es sólo física, porque la fuerza de su mensaje, la magnitud de sus obras y la grandeza de su espíritu permanecerán inmutables, y el transcurrir del tiempo -en la medida en que vayamos profundizando en su personalidad y conociendo incluso aquello que él por modestia ocultó-, en lugar de mellar su recuerdo, lo engrandecerá.
Quiero adherir también a este homenaje porque Carlos Vial fue, en un momento, uno de nosotros: Senador de la República. Y desde una tribuna similar a ésta impulsó, con vehemencia, con tesón y, sobre todo, con convicción, aquellos valores que han contribuido a que este país sea verdaderamente una República y haya sorteado con éxito tantas crisis.
Especial mención, a ese respecto, quiero hacer de la inclaudicable exigencia que Carlos Vial hizo siempre a los demás -y también a sí mismo-, en cuanto al más profundo y permanente sentido social de nuestros actos, como principal fuerza inspiradora del proceder profesional, empresarial y, particularmente, político.
¡Qué extraordinaria validez y vigencia tiene hoy, para todos nosotros, esa forma de ser y de pensar de don Carlos Vial, y qué útil resulta su consejo para ampliar nuestros muchas veces limitados horizontes!
Quiero adherir, asimismo, a este homenaje porque, cuando en ocasiones -y con cierta ligereza- nos referimos a los jóvenes y sancionamos su actuar criticando duramente la crisis moral en que muchos de ellos estarían sumidos por la falta de valores que pareciera caracterizarlos, no reparamos en que la responsabilidad no recae en los jóvenes, sino, las más de las veces, en los adultos y en los ejemplos de conducta que les transmitimos o que ponemos a su alcance. Y es en este sentido, particularmente, que la figura de Carlos Vial Espantoso adquiere su verdadera dimensión, tanto en cuanto constituye un modelo de consecuencia y entrega para nosotros como, también, para las nuevas generaciones.
Y, pensando en ellas, con la conciencia de que nuestra sociedad será el día de mañana el resultado de lo que piensen, hagan y crean los jóvenes de hoy, no tengo dudas de que es válido el desafío que enfrentamos, cual es intentar vivir el camino que trazó Carlos Vial Espantoso .
Hago llegar a sus hijos y a su innumerable descendencia nuestro más profundo sentimiento de pesar.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , Honorables colegas, si se consideran las características que debe poseer un empresario que participa en un sistema de libre mercado, para poder cumplir eficazmente con el rol productivo sin por ello marginar al trabajador, indudablemente tenemos que pensar en la figura de Carlos Vial Espantoso. Este chileno, que nació en Perú -tierra de su madre- allá por el año 1900, abrazó tempranamente, como aquí se ha dicho, el ideario social cristiano. Estudió en el Colegio San Ignacio , donde conoció al padre Alberto Hurtado . En sus aulas recibió las enseñanzas del jesuita Fernando Vives Solar , quien se destacó por inculcar a varias generaciones de jóvenes la preocupación por los pobres. A algunos, como Vial Espantoso, el hoy beato Alberto Hurtado y Bernardo Leighton , ello los marcó muy profundamente en las actividades que emprendieron.
Carlos Vial estudió Derecho en la Universidad Católica, recibiéndose de abogado en 1923. Su vida fue rica en realizaciones.
Se desempeñó en la Bolsa de Comercio, de la cual llegó a ser Presidente , y sus negocios bursátiles le permitieron reunir una transparente fortuna. Pasó posteriormente -como muy bien lo recordó un señor Senador que me precedió en el uso de la palabra- a trabajar en la Compañía Sud Americana de Vapores, de la que también fue presidente. A continuación se trasladó al Banco Sud Americano, que presidió entre 1943 y 1949. Su papel como empresario se extendió, además, a la Empresa Textil VESTEX, la Embotelladora Andina y la Radio Cooperativa Vitalicia.
En sus actividades empresariales aplicó su pensamiento social cristiano; su idea central fue implementar la repartición de utilidades de las empresas entre los trabajadores. Vial entendía que con ello se cumplían dos propósitos: una finalidad de justicia en la distribución de las ganancias entre empresarios y trabajadores, y un incremento de la productividad, por el fuerte sentimiento de identificación con la empresa que adquirían precisamente los trabajadores.
Dicha característica -y a mi juicio es importante recordarlo ahora, con motivo de este homenaje- le significó el reconocimiento de sus empleados, al igual que de entidades como la Central Única de Trabajadores, en los tiempos en que la presidía ese aguerrido dirigente gremial que fue Clotario Blest , y la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), respecto de todo lo cual él se sintió profundamente orgulloso.
En 1950, Carlos Vial fue designado Ministro de Hacienda por el Presidente don Gabriel González Videla . Posteriormente, en 1957, salió elegido Senador de la República , representando a la agrupación provincial de Talca, Linares , Maule y Curicó .
Carlos Vial -y con esto termino- demostró también su rica personalidad al incursionar en la literatura. Entre otras obras, fue autor del ensayo "Cuadernos sobre la Comprensión Social", así como de las memorias "Cartas de un viejo" y "Mis pasos" de las que tenemos antecedentes en orden a que las escribió sólo para su familia.
En una entrevista concedida al diario "La Época" en 1993, entregó interesantes declaraciones que consideré importante recoger, porque, a mi juicio, tienen mucha validez en el mundo que vivimos. Dijo: "Lo más triste es que hoy se advierte una voracidad sin límites de dinero y una insensibilidad para con sus asalariados".
Con esa cita cierro el homenaje que el Partido por la Democracia rinde a tan insigne figura pública.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente, estimados amigos, parientes, hijos y otros descendientes de don Carlos Vial:
Es un pesaroso honor adherir a este homenaje, en el que lo manifestado por los Honorables colegas es suficientemente expresivo del recuerdo de don Carlos Vial. Respecto del papel que le correspondió, la historia de Chile recogerá la trayectoria de su vida. Sólo quiero agregar, en nombre del Comité Independiente, algunas modestas vivencias personales.
Tuve la oportunidad de conocerlo -diría- en los últimos 50 años de su muy larga vida. Por consiguiente, no fui testigo del maravilloso y admirable proceso del hombre de empresa que gestó, llevó adelante e hizo triunfar instituciones de la más grande trascendencia, en momentos sumamente difíciles para el país.
Sin embargo, Dios quiso que lo fuera conociendo mejor. En la segunda etapa de su vida fui percibiendo más al hombre privado que al hombre público Carlos Vial Espantoso ; a ese hombre que, a medida que transcurría el tiempo y que, quizás, se apagaba un tanto el brillo de su accionar político, económico, público, crecía -como dice el Evangelio- en gracia y sabiduría, a mi juicio más delante de Dios que del mundo.
Don Carlos poco a poco fue perdiendo su voluntad, adueñándose de él la voluntad de Dios. Y me atrevo a decir, con mucha sinceridad, que no sé si alguna otra vez en mi vida he visto, en el caso de un laico, ese proceso de ir identificándose en tal forma con la voluntad del Señor, hasta el extremo de superar la parábola de los talentos. Porque, aunque supo aprovechar los talentos que Dios le dio y responder a la inmensa facultad creadora que se le había entregado, don Carlos también fue cumpliendo esa otra enseñanza del Evangelio: la del diálogo entre Cristo y el joven rico. Cuando ese joven pregunta al Maestro: "¿Qué debo hacer para alcanzar la vida eterna?", Cristo le responde: "Cumple los mandamientos.". El muchacho insiste: "Los he cumplido desde mi niñez.". Entonces, el Señor le dice: "Si quieres ser perfecto, ve y vende cuanto tienes, dalo a los pobres y tendrás un tesoro en el Cielo.".
Pienso que esa fase final fue la que desarrolló, en las últimas décadas, el crecimiento espiritual de don Carlos Vial . ¡Por Dios, cómo fue entregando su riqueza! ¡Cómo fue traspasando a los pobres, en el más amplio sentido, lo que legítimamente había ganado!
Y por qué no mencionar -con esto termino- una anécdota que él mismo me relató una de las últimas veces en que lo visité en su casa de Gertrudis Echeñique. Estaba viendo televisión. No le gustó un programa: lo encontró procaz, grosero, y estimó que escandalizaba. Tomó el teléfono y llamó al Director del Canal , a quien hizo presente su reclamo. El ejecutivo, luego de excusarse le manifestó: "Desgraciadamente, tengo un compromiso con una empresa que paga una importante publicidad y no puedo romperlo". Don Carlos le dijo: "Hable con la empresa y suspenda la propaganda. Todas las indemnizaciones las pagaré yo, pero no siga envenenando la mente de la juventud".
¡Ese era un sentido de consecuencia entre su visión cristiana y el uso de las riquezas para bien de aquellos que las necesitaban física, económica o espiritualmente!
Creo que en estos momentos don Carlos se halla en el Cielo disfrutando, con plena justicia, del tesoro que supo ganar con su profundo sentido social, con su amor, sustancialmente a los pobres, a la humildad, y con su identificación con el Maestro: Cristo, quien desde temprano iluminó su vida.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , en nombre de los Senadores del Partido Socialista, adhiero al merecido homenaje que hoy se rinde a Carlos Vial Espantoso , un empresario innovador, un hombre de fina sensibilidad social, un servidor público que prestó grandes servicios al país.
Y no nos cabe sino asociarnos a las palabras expresadas por el resto de los Honorables colegas, por considerar que, efectivamente, se trata de un tributo muy sentido a quien representó en esta Corporación, durante un período parlamentario, a las mismas provincias que el Senador que habla. Es preciso dejar aquí el testimonio de una labor por la cual en Curicó, Talca, Linares y Cauquenes (antes Maule) se le recuerda como un gran Senador, como un servidor público cabal. Y en esas tierras subsiste en la memoria cariñosa de sus conciudadanos.
Por lo tanto, me siento muy honrado de representar en el Senado de la República a las mismas ciudades y provincias que Carlos Vial representó, en otro momento de la historia del país.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sinclair.
El señor SINCLAIR.-
Señor Presidente , distinguidos familiares de don Carlos Vial Espantoso , hoy rendimos homenaje de recuerdo y admiración a este destacado servidor público. Su obra humana lo ha situado en el estrado reservado a las personalidades más eminentes de nuestra nación, por su condición de hombre de bien que supo servir a la patria con verdadero fervor y cuyo espíritu gregario siempre estuvo en favor de los más necesitados.
El Comité de Senadores Institucionales adhiere, con respeto y emoción, a este merecido homenaje que el Senado de la República rinde a uno de los más preclaros ciudadanos que han pasado por sus bancadas, ejemplo de civismo para las generaciones presentes y futuras.
Hacemos llegar a su distinguida familia nuestro cariño y sincera solidaridad en estos instantes de triste evocación, en la seguridad de que el Señor lo ha acogido en su Santo Reino.
He dicho.
El señor VALDES (Presidente).-
Ha terminado el homenaje a don Carlos Vial.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , ¿no estaba prevista una reunión de Comités?
El señor VALDES (Presidente).-
Así es, señor Senador.
Se suspende la sesión por 15 minutos para tal efecto.
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-Se suspendió a las 19:10.
-Se reanudó a las 19:37.
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El señor VALDES (Presidente).-
Continúa la sesión.
VI. TIEMPO DE VOTACIONES
TRAGEDIA CARRETERA EN COMUNA DE PUERTO VARAS. OFICIOS
El señor VALDES (Presidente).-
Corresponde a la Sala pronunciarse sobre una indicación del Honorable señor Siebert, formulada en la sesión ordinaria del 11 de marzo, para enviar, en nombre del Senado, oficios de condolencias a los señores Gobernador de Llanquihue y Alcalde de Puerto Varas por la muerte de habitantes en la tragedia carretera ocurrida el domingo 7 del mes en curso.
-Se aprueba.
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El señor VALDES ( Presidente ).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que pase a presidir la sesión, en calidad de Presidente accidental , el Honorable señor Díaz.
-Se acuerda.
VII. INCIDENTES
El señor DIAZ (Presidente accidental).-
Corresponde el primer turno al Comité Renovación Nacional, que no se encuentra presente en la Sala.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El Comité Socialista y el Honorable señor Bitar, a quienes doy mis agradecimientos, me han cedido parte de su tiempo.
El señor DIAZ ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra Su Señoría.
SITUACION JUDICIAL DE CERRO PARANAL Y NEGOCIACIONES. OFICIO
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , de un tiempo a esta parte el país ha venido imponiéndose de situaciones judiciales y de negociaciones por parte del Gobierno en el caso "Cerro Paranal".
En forma no oficial, se habla de millones de dólares por terrenos que, en la realidad, tendrían un valor infinitamente menor.
Lamentablemente, el Ejecutivo se encuentra enredado, delicadamente, en situaciones de índole internacional que, por supuesto, la contraparte está aprovechando en forma muy oportuna para sus intereses privados, pero que inciden dolorosamente en el Presupuesto de un país que tiene por delante la solución de graves problemas sociales.
En la actualidad, por ejemplo, enfrentamos un serio conflicto de los maestros, que, en esta etapa, se resolvería de manera integral con 5 mil millones de pesos, valor de la no imputación de la asignación de zona. De no hallarse la fórmula para enfrentar positivamente el problema, en un tiempo no muy lejano habrá situaciones sumamente conflictivas en una gran cantidad de municipios.
Por ello, la historia del Cerro Paranal me resulta incomprensible, cruel y casi sarcástica para Chile.
La ciudadanía que se ha interesado en este tema merece explicaciones oportunas y transparentes sobre esta delicada materia.
Sin duda, el Gobierno de la época cometió una injusticia al donar lo que no le pertenecía.. Pero también resulta injusto que, por un terreno que en el mejor de los casos valdría 50 mil a 100 mil dólares, se pida decenas de millones de dólares, como consta al país.
Ahora bien, hay situaciones curiosas en toda esta historia, y creo conveniente que se aclaren, porque, si bien no estoy imputando absolutamente nada deshonesto, algunos de los personajes involucrados desempeñaron cargos de representación popular. Veamos de qué situaciones se trata.
En el Boletín Oficial de Minería del 12 de septiembre de 1994, página 69, aparece publicada una manifestación minera a la que daré lectura en algunas de sus partes:
"En Taltal, a ocho de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro. Hoy se solicitó la siguiente inscripción: COPIA AUTORIZADA. MANIFESTACIÓN.- S.J.L. PEDRO BAEZA CORTES, chileno, Abogado, casado, domiciliado en esta ciudad, calle Serrano N° 369, por sí y, además, actuando por y para RAMÓN BRIONES ESPINOSA Y HERNÁN BOSSELIN CORREA , chilenos, Abogados, casados, ambos de mi domicilio para estos efectos, a US. con todo respeto digo: Que para mí y por y para quienes también comparezco, en partes iguales, vengo en manifestar el hallazgo de sustancias concesibles, especialmente cobre y oro encontradas en esta Comuna.- El punto de interés se encuentra ubicado en la Provincia de Antofagasta". "Solicito 200 pertenencias, de 5 hectáreas cada una, con el nombre de "ESPERANZA UNA", "ESPERANZA DOS" y así sucesivamente hasta "ESPERANZA UNA AL DOSCIENTOS". La superficie del área manifestada es de 1.000 hectáreas y tiene la forma de un rectángulo, cuyos lados medirán, de Norte a Sur U.T.M. 2.000 metros y sus lados Este a Oeste U.T.M. 5.000 metros y sus diagonales se cortan en el mencionado punto de interés.- POR TANTO. En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 22, 26, 34, 35, 39, 44 y demás pertinentes del Código de Minería, RUEGO A US. Tener por presentada la manifestación que antecede, ordenar su inscripción y publicación, se me dé copia autorizada de ella y, en definitiva, dictar sentencia constitutiva de la concesión minera de explotación "ESPERANZA una al doscientos".- Hay una firma ilegible.- C.I. 5.063.056-0.- Certifico: que la Manifestación Minera que precede fue presentada a las 9:00 hrs. De hoy y se anotó en el Libro de Ingreso de Minas bajo el N° 1.325.- Taltal, 5 de septiembre de 1994.-".
Pues bien, resulta que los dos distinguidos profesionales que postulan a esta pertenencia minera llevan, a su vez, el juicio y las negociaciones contra el Estado de Chile. Quiero subrayar responsablemente que considero que ellos están haciendo uso de sus derechos profesionales y de petición. Pero, por lo doloroso que tales reclamos pueden resultar para el erario, no es fácilmente comprensible para la ciudadanía que las mismas personas estén postulando a estas pertenencias mineras, precisamente, en el cerro Paranal , tal como se puede apreciar en un plano de la zona que se me ha hecho legar.
Por esa razón, señor Presidente , solicito que se oficie, en mi nombre, al señor Ministro de Relaciones Exteriores , a fin de que tenga a bien informar en qué estado se encuentran las negociaciones que lleva adelante el Gobierno respecto del caso Paranal.
Lo considero de suma trascendencia, porque, hasta este instante, la ciudadanía tiene la sensación de que existe demasiado sigilo sobre el particular, y de que todo el proceso se está llevando a cabo entre paredes muy estrechas. Por cierto, las resoluciones que se están tomando pueden ser acertadas, pero me parece indispensable que se tomen con claridad y transparencia.
Eso es todo, señor Presidente.
-Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor DIAZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
FORTALECIMIENTO DEL CONGRESO NACIONAL
El señor BITAR.-
Señor Presidente , en esta oportunidad quiero hacer ver la conveniencia de abrir un debate en el Senado sobre el fortalecimiento del Congreso chileno. Mi interés surge al constatar una preocupación extendida en la opinión publica y en el propio Parlamento por los resultados de encuestas en las que éste no resulta bien calificado. Esta breve reflexión nace, también, de un encuentro al que fui invitado, en mi calidad de Senador, por el Presidente del BID, don Enrique Iglesias , y el Presidente del Senado de Colombia , don Juan Guillermo Angel , junto con los Diputados señores Gutenberg Martínez y Andrés Allamand , para debatir sobre estas materias y ver cómo dicho Banco podría apoyar el desarrollo y fortalecimiento de los Congresos en América Latina.
No cabe duda alguna de que a la opinión pública debería llegarle con mucha más claridad la idea de que el eje de la democracia está en el Congreso; allí se encuentran sus representantes elegidos y su particularidad es que en él se forjan los acuerdos políticos. De tal manera que, para todo el debate democrático, el afianzamiento del Congreso pasa a ser central, no sólo en Chile, sino en toda América Latina. Similar preocupación ha demostrado la Comunidad Europea, que recientemente ha fijado recursos para el fortalecimiento de los Congresos de ese continente y del mundo. Lo mismo ocurre en el caso del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Y la propia OEA ha creado unidades para el estudio y el fortalecimiento de las instituciones democráticas en América Latina.
Hay quienes piensan que elevando una voz crítica en contra de la política y de los Parlamentos y despertando sentimientos antipolíticos hacen un favor al país. Obviamente, debemos advertir que ése no es el camino más apropiado, pues puede debilitar las instituciones. Por lo demás, se trata de una discusión internacional; igual debate se genera en todos los países democráticos del mundo. Para el resto de los países resulta paradójico escuchar a un Parlamentario chileno decir que, a pesar del tremendo éxito que hemos tenido en la transición a la democracia y en la economía, el Congreso y los políticos tienen una apreciación negativa en la opinión pública. Por los resultados obtenidos, uno esperaría exactamente lo contrario.
Frente a tales hechos, me permito sugerir, como reflexión, las siguientes líneas de trabajo y de pensamiento, en el ánimo de fortalecer el Parlamento.
En primer término, visualizo la necesidad de impulsar algún programa de explicación y de educación cívica destinado a dar a conocer a la ciudadanía las funciones del Congreso dentro de la democracia. Asimismo, deberíamos encontrar una forma más sistemática de entregar información sobre las realizaciones de esta Institución. Muchas veces, parte del descrédito se debe a la confusión de tareas. Como la ciudadanía no comprende bien cuál es la función de un Parlamentario, tiende a cifrar expectativas muy altas en su desempeño, que actualmente se halla muy limitado debido a la disminución de la presencia del Estado en la economía.
Una segunda línea de acción debería ser el fortalecimiento de la capacidad técnica del Poder Legislativo. La nuestra, como la de muchos otros países, es débil. No estamos en condiciones de abordar temas complejos. Una de las iniciativas en discusión por estos días, la que crea una Oficina de Presupuesto en el Senado, puede redundar también en un fortalecimiento técnico. Asimismo, los Parlamentarios deberían contar con mayor apoyo, a fin de poder atacar temas de una variedad enorme, como los que se tratan aquí.
En tercer término, creo que deberíamos avanzar en el financiamiento de las campañas electorales. Este es un tema de la mayor importancia en el mundo. Lo hemos visto levantado en todos los países. Incluso, en el cierre del encuentro de Cartagena de Indias a que he hecho referencia, el propio Presidente Samper planteó a su país un conjunto de medidas para fortalecer la democracia, y entre ellas incluyó el financiamiento público de los partidos, a fin de darles autonomía y transparencia, y evitar, así, el riesgo de corrupción y la influencia indebida del dinero privado en las colectividades políticas. Donde hay partidos débiles, naturalmente hay Congresos débiles, y, por ende, democracias débiles.
Una cuarta línea de acción, señor Presidente , deberá consistir en el otorgamiento y el análisis de atribuciones al Parlamento, adicionales a las que hoy posee. La capacidad de interpelar al Ejecutivo , como en el caso inglés, es una modalidad que podemos explorar, a fin de que haya un debate más activo entre ambos Poderes del Estado, con consultas; la fijación de urgencias, y de las nominaciones de embajadores y generales, como era en el pasado, materias en las cuales cabía intervención al Congreso y cuya restitución debemos considerar.
Otra línea clave de trabajo es el avance en la formación de comisiones de ética y la elaboración de códigos de ética y de comportamiento de los Parlamentarios, que son naturalmente quienes deben mostrar la mayor transparencia frente a la ciudadanía. Sobre esta materia ha habido sugerencias en el propio Senado y opino que debemos avanzar en ese terreno.
Quiero referirme también a la posibilidad de utilizar tecnología moderna para fortalecer la labor del Parlamento, particularmente en dos aspectos. Primero, para conectar los distintos Congresos de América Latina, a través de sistemas de telecomunicaciones. Incluso el BID se encuentra estudiando esta posibilidad, que es muy interesante para nosotros. Y segundo, para la conexión de este Parlamento con las distintas Regiones del país, de modo que sea muy fácil acceder al conocimiento de los proyectos de ley que están en discusión y a los informes de las Comisiones desde cualquier rincón de Chile. Así, cada uno de los ciudadanos, gracias a la tecnología moderna, tendrá mayor acceso directo al Parlamento.
Estoy cierto de que ésas, y otras ideas, pueden servir de base, debidamente analizadas, para una acción coherente en pos de un fortalecimiento del Congreso, que no es sólo tarea que compete a los Parlamentarios y dirigentes políticos, sino que es obligación de toda la ciudadanía para dar mayor vigor a la democracia.
En tal sentido, dejo planteado también que este tema amerita una discusión más detenida en el Congreso. Nosotros no disponemos de otro espacio más que de esta hora de Incidentes para dar a conocer puntos de vista de esta naturaleza. Pero creo que debemos originar discusiones al respecto, propiciar la formación de comisiones de trabajo y la colaboración entre los Senadores, en este caso -y de los Diputados, en su ámbito-, para ir coincidiendo en las acciones que debemos desplegar para fortalecer esta institución clave para la democracia y el futuro de nuestra patria.
He dicho.
El señor DIAZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Páez.
HOMENAJE EN MEMORIA DE VICTIMAS DE TRAGEDIA DE PUERTO VARAS. (DECIMA REGION)
El señor PAEZ .-
Señor Presidente , ante una tragedia como la ocurrida en Puerto Varas, más que a las palabras, es necesario recurrir al silencio y el recogimiento. En efecto, toda humana palabra es una confrontación y el ser humano sufriente, o la comunidad humana sufriente, más que el bálsamo de una palabra que lo acompañe en su dolor y angustia -palabra que sólo ahonda la brecha entre el sufriente y el no sufriente-, desea la compañía silenciosa del amigo que calla, respetuoso ante un dolor que no siente en sus entrañas, queriendo sentirlo.
Por eso, haré lo que hicieron los verdaderos amigos de Job: estar silencioso en este Hemiciclo, como lo estuve con los míos en su hora, en la profunda congoja que aflige hoy a la Décima Región, especialmente a las ciudades de Puerto Varas y Puerto Montt.
¿Qué decir ante esta inesperada e inescrutable tragedia que destruyó familias completas y que marcará con una pesada cruz el destino y los sentimientos de otras? ¿Qué puedo yo decir, si el mismo Cristo se puso a llorar ante el sepulcro de Lázaro, su amigo, y permaneció en silencio? ¿Qué puedo yo decir, sino seguir el ejemplo de Cristo, el que frente al angustiado corazón humano no pronuncia ni sentencia, ni parábolas, ni religiosas doctrinas, sino que dice simplemente, constituyéndolos en divinos maestros: "Mirad los lirios del campo y las aves del cielo"?
Sea ésta mi única palabra ante los deudos de mis hermanos australes: "Mirad los lirios del sur, mirad las aves de los cielos del sur". Ellos, y no yo, les hablarán en su humilde presencia, trayéndoles el mensaje de Aquel que dijo: "Venid a mí los que estáis cansados y agobiados, que Yo os aliviaré".
Y digo esto aún conmocionado con las palabras de un sobreviviente, que, frente a la humana y comprensible búsqueda de significado de una horrenda experiencia, dijo escuetamente: "No sé cómo me salvé, pero sí sé quién lo hizo: Dios".
En este espíritu, y como homenaje a las víctimas, quiero dejar constancia de sus nombres en esta tribuna.
Primero, los de los niños: Natalia Olavarría Inostroza (7 años); Adolfo Helmuth Melzer Inostroza (14 años); Carlos Manuel Ruiz Melzer (8 años); Cristian Alexis Ruiz Melzer (5 años); Gustavo Ignacio Ruiz Melzer (3 años); Arturo Minte Díaz (6 años); Constanza Minte Díaz (9 años); Sofía Margarita Cerda Montalva (6 años); María Luisa Villalón Montalva (14 años); María Soledad Villalón Montalva (15 años); Manuel Francisco Villalón Montalva (15 años); Rodrigo Paquet Godoy (14 años); Macarena Andrea Lavado Aguilar (9 años); Fernando Andrés Lavado Aguilar (6 años); Sebastián Ignacio Lavado Aguilar (3 años).
Luego, los de las mujeres: María Luisa Inostroza Pineda ; Gisela Alejandra Melzer Inostroza ; Georgina Díaz Flühmann ; Idalia Raddatz Schwabe ; María Soledad Montalva Campo ; Luisa Adriana Aguilar Alvial .
Por último, los de los hombres: Luis Alberto Olavarría Estrada ; Arturo Minte Burk ; Erico Yunge Sielbad ; Jaime Antonio Cerda Villegas ; Claudio Nitklitschek Wieoff , y Fernando Alberto Lavado Muñoz .
Yo quisiera, señor Presidente , detenerme aquí.
Sin embargo, un deber imperioso de justicia para mis coterráneos y para el país es destacar la solidaridad de nuestras comunidades, el trabajo abnegado de instituciones como la Armada de Chile y Carabineros, la entrega desinteresada de los Cuerpos de Bomberos de Puerto Montt y Puerto Varas. Los integrantes de estas beneméritas instituciones, con sacrificio, profesionalismo y con riesgo de sus propias vidas, han tenido a su cargo la dificilísima tarea del rescate. Otras entidades privadas y públicas y diversos medios de comunicación han prestado su valioso apoyo y colaboración. Asimismo la oportuna actuación del Gobierno, con la presencia en el terreno de los Subsecretarios del Interior y de Obras Públicas, debe ser resaltada, lo mismo que la meritoria labor de las autoridades locales, como la del Intendente Regional y del Gobernador Provincial de Llanquihue .
Señor Presidente, ha llovido en el sur, pero esta vez la lluvia nos ha calado el alma y nos ha nublado de tristeza los ojos y de congoja el corazón.
He dicho.
Solicito oficiar al Ministerio de Defensa, en lo referente a la participación de la Armada; al del Interior, en lo que respecta a la actuación de Carabineros, y a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos y a los Superintendentes de los Cuerpos de Bomberos de Puerto Montt y Puerto Varas.
-Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor DIAZ ( Presidente accidental ).-
No habiendo ningún otro Comité que desee usar de la palabra, se levanta la sesión.
-Se levantó a las 20:3.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS CÓDIGOS DE JUSTICIA MILITAR, PENAL, ORGÁNICO DE TRIBUNALES, DE PROCEDIMIENTO PENAL, Y LA LEY Nº 12.297, SOBRE SEGURIDAD DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE ABOLIR LA PENA DE MUERTE.
Boletín Nº 1593-07.
En los últimos años se ha discutido profundamente sobre la conveniencia de abolir definitivamente la pena de muerte en los ordenamientos jurídicos en que aún se encuentra vigente. Claro ejemplo de lo anterior constituye el caso español que, con fecha 25 de abril del presente año abolió la pena de muerte para los escasos delitos en que todavía se contemplaba esta sanción.
Nuestra sociedad no ha permanecido indiferente a la discusión precedentemente señalada y han sido múltiples los esfuerzos legislativos por restringir, e incluso abolir, la aplicación de la pena de muerte. Sólo a modo de ejemplo, baste con citar la Ley Nº 17.266.- publicada en el Diario Oficial de fecha 6 de enero de 1970 y la Ley N” 19.029.- publicada en el Diario Oficial de fecha 23 de enero de 1991, que restringen dicha pena a casos específicos en los cuales el bien jurídico afectado eventualmente justificaría la imposición de la pena capital.
Sin embargo, constituye un hecho indesmentido que en la actualidad el fundamento de la Democracia Constitucional y consecuentemente del Estado de Derecho, radica en el respeto irrestricto de los derechos inherentes e inalienables de la persona humana; entre los cuales el derecho a la vida ocupa un lugar preponderante.
Lo anterior ha sido una preocupación fundamental de nuestro constituyente, quien en el artículo 19 Nº 1 de la Constitución Política del Estado consagra el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. El criterio anterior se ve reafirmado por la ratificación y promulgación como Leyes de la República de diversos Tratados Internacionales que expresamente condenan la aplicación de la pena de muerte, o en su defecto sólo la restringen a casos tan precisos, que por su excepcionalidad, no deberían desviarnos del propósito fundamental que con el presente proyecto de ley se persigue, cual es la abolición total y definitiva de dicha pena en nuestro ordenamiento jurídico.
La discusión del tema ha dividido a los hombres durante gran parte de la historia y ha involucrado argumentos de carácter religiosos, filosóficos, morales, políticos y jurídicos. Sin embargo, una justa ponderación de dichos elementos nos lleva a concluir que la pena capital no cumple con los requisitos que toda pena debe reunir para ser legal y además, conveniente y efectiva.
En efecto, tal como la última Encíclica del Sumo Pontífice “Evangelio Vitae”, El Evangelio de la Vida, señala, “existe tanto en la Iglesia como en la sociedad civil una tendencia progresiva a pedir su total abolición. El problema se enmarca en la óptica de una justicia penal que tenga cada día una mayor concordancia con la dignidad del hombre, y por tanto en último término, con el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad”.
Complementa lo descrito lo señalado por el propio catecismo de la Iglesia Católica al expresar que la pena que la sociedad impone tiene, como primer efecto, el de compensar el desorden introducido por la falta. La autoridad pública debe reparar la violación de los derechos personales y sociales mediante la imposición al reo de una adecuada expiación del crimen, como condición para ser readmitido al ejercicio de la propia libertad. De este modo la autoridad alcanza también el orden público y la seguridad de las personas, no sin ofrecer al mismo reo un estímulo y una ayuda para corregirse y enmendarse”.
Continúa la Encíclica señalando que “en la actualidad es evidente que, precisamente para conseguir todas estas Tonalidades, la medida y la calidad de la pena deben ser valoradas y decididas atentamente, sin que se deba llegar a la medida extrema de la eliminación del reo mismo salvo casos de absoluta necesidad, es decir, cuando la defensa de la sociedad no sea posible de otro modo. Hoy, sin embargo”, concluye el Sumo Pontífice, gracias a la organización cada vez más adecuada de la institución penal, estos casos son ya muy raros, por no decir inexistente.”
Los aspectos señalados precedentemente por la Encíclica “Evangeliun Vitae” constituyen una evolución muy significativa en la postura tradicional de la Iglesia Católica sobre la legitimidad de la pena de muerte. En efecto, dicha sanción debe reservarse únicamente para aquellos casos en que no existe ninguna otra forma de defender a la sociedad, que tal como se ha dicho, constituyen casos casi inexistentes. No se trata de una pena que deba ser aplicada excepcionalmente, se trata de una sanción que, por su excepcionalidad, debe tender a ser erradicada definitivamente de los ordenamientos jurídicos en que se encuentra consagrada. Prueba de lo anterior constituye el hecho que en la Actualidad la Iglesia Católica se encuentra modificando el Catecismo para incorporar esta evolución en su Pensamiento a la pena de muerte.
Por todos los aspectos precedentemente descritos, no resulta extraño lo afirmado por San Agustín, quien expresamente condenó la pena de muerte por significar para la sociedad atribuirse un derecho de Dios, único Señor de la vida.
Desde esta perspectiva, la pena de muerte es uno de los temas del Derecho y de la sociedad occidental con mayores connotaciones morales. Por lo tanto, cualquier postura al respecto debe fundarse, necesariamente, en la concepción que sobre el hombre, el Estado y el Derecho se tenga.
Adhiriendo a la doctrina iusnaturalista, entender que la vida del hombre es un valor sagrado, toda vez que proviene de Dios, implica respetar en toda persona, como un derecho inviolable, su derecho a la vida. Lo anterior significa, no sólo respetar su condición de ser humano, sino que también reconocer el derecho a su mayor realización espiritual y material posible. Tal como el profesor Carnelutti señala, al matar a un hombre no solamente se corta una vida, sino que se anticipa el término fijado por Dios para el desarrollo de un espíritu; o sea para la conquista de una libertad. De la vida de un hombre, ningún otro, cualquiera sea su razón, puede disponer sin usurpar el poder de Dios.
Por otra parte, el comprender al hombre como persona y, por ende, como ser social nos ayuda a entender su relación con el Estado. El Estado constituye, en último término, una creación de los hombres destinada a organizar su vida en común. Sin duda que ello implica limitaciones a cada persona individualmente considerada, pero también implica restricciones al Estado, para quien la vida humana constituye el principal limite a sus esferas de competencias.
En efecto, el Estado tiene él deber de consagrar la vida de las personas. Ello implica que el derecho a la vida no sólo debe ser asegurado, sino que también respetado y defendido por el ordenamiento Médico que dicho Estado, en uso del Poder Constituyente Originario que le es propio, se ha conferido. Todo ello se justifica por el hecho que la persona, no sólo es anterior a la existencia del Estado, sino que constituye un fin en sí misma.
De lo anterior se concluye que el Derecho, como técnica para regular la convivencia entre los hombres y de estos en la sociedad, no puede disponer de un valor Como la vida humana. El Derecho tiene como finalidad esencial consagrar el orden la seguridad y la paz entre los hombres buscando siempre la justicia para cada caso en particular. Para ello jamás podrá pretender cumplir sus fines atentando contra la vida humana que es sagrada y superior al Derecho mismo, y que constituye su fundamento último.
Consecuente con todo lo anterior, el Estado no puede disponer del derecho a la vida argumentando la defensa de la sociedad o la protección del Derecho. La sociedad no puede ser defendida atacando a quienes le dan su razón de ser, ni mucho menos el Derecho protegido violando sus principios elementales. El derecho a la vida no es un derecho que el Estado pueda conceder por buena conducta. Tampoco es un derecho que el Estado puede retirar por mala conducta. Este derecho es un limite infranqueable para la soberanía del Estado, y en consecuencia constituye un límite a lo que el Estado puede hacer a cualquier ser humano.
Por otra parte, desde el punto de vista de la doctrina jurídico penal tampoco resulta conveniente mantener la pena de muerte ya que ella no cumple adecuadamente con ninguna de las tres características que, constantemente los defensores de tal penalidad señalan para justificar su mantención, cuales son su carácter retributivo, rehabilitador y ejemplificador.
En efecto, respecto del carácter retributivo de la pena de muerte, la condena a una efectiva pena de presidio perpetuo permite retribuir en adecuada forma el daño causado por el reo, sin necesidad de proceder a su eliminación física. Para dar cumplimiento a lo anterior, es necesario tener presente que los condenados a delitos que merezcan dicha pena sólo pueden obtener la libertad condicional en la medida en que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 321 sobre Libertad Condicional y su respectivo Reglamento que reservan dicho beneficio para los condenados a presidio perpetuo que hayan cumplido diversos requisitos de carácter copulativo.
En primer lugar, se requiere que los condenados a presidio perpetuo hayan cumplido a lo menos veinte años de condena efectiva. Además se requiere que el condenado haya observado durante su permanencia en el establecimiento penal en que cumple su condena una conducta intachable y, por último, haber aprendido bien un oficio. Los requisitos anteriores no sólo permiten garantizar una adecuada defensa de la sociedad frente a quienes hayan atentado contra sus valores esenciales, sino que otorgan además al condenado una posibilidad para ser rehabilitado, cumpliendo de esta forma con el segundo de los requisitos que toda pena debe reunir, de acuerdo a lo que se señala a continuación.
En relación con el Código Penal el proyecto contempla modificaciones a 13 artículos así como la derogación de los artículos 82, 83, 84 y 85 de dicho cuerpo legal. De esa forma se propone suprimir en la escala general de las penas contenida en los artículos 21, 59, 66, 68 y 75 la referencia a la pena de muerte, así como en el artículo 27 que establece las penas accesorias que llevan consigo la comisión de ciertos delitos.
Por su parte, también se propone aprobar un nuevo texto para el artículo 91, modificando su inciso segundo que contempla la penalidad contra los que durante el cumplimiento de su condena vuelven a delinquir. Para estos casos se elimina la aplicación de la pena de muerte y en su reemplazo se contempla la aplicación de dos penas copulativas: reclusión del reo en un recinto especial destinado a reos de alta peligrosidad y el establecimiento de restricciones al régimen de visitas.
También se propone modificar los artículos 106, 107 y 109 del Libro II, Título I sobre crímenes y simples delitos contra la seguridad exterior y soberanía del Estado, artículo 141 sobre delitos contra la libertad y seguridad cometidos por particulares, artículo 372 bis sobre delito de violación sodomítica y finalmente el artículo 433 Nº 1 sobre robo con violencia o intimidación en las personas. En todas estas modificaciones se propone rebajar la penalidad máxima, de muerte a presidio o reclusión perpetua.
En otro orden, se propone derogar por perder su actualidad y vigencia el artículo 73 del Código Orgánico de Tribunales que establece la forma en que deben ser adoptados los Acuerdos por Las Ilustrísimas Cortes de Apelaciones cuando deban aplicar la pena de muerte.
Con el objeto de presentar a este Honorable Senado un proyecto armónico que elimine totalmente la aplicación de la pena de muerte de nuestro ordenamiento jurídico, también se proponen modificaciones el Código de Procedimiento Penal así como a las Ley Nº 12.927.- sobre Seguridad del Estado.
Para dar cumplimiento a lo anterior, se propone modificar el artículo 296 de dicho Código, en orden a eliminar toda referencia a la pena de muerte con ocasión de la adopción Por Parte del juez de medidas que agraven la detención o prisión, y la derogación del inciso segundo del artículo 502 que actualmente establece la prohibición de imponer la pena capital en mérito de la sola prueba de presunciones.
En efecto, tampoco se puede afirmar que la pena de muerte cumpla con su carácter rehabilitador. En efecto, una persona sólo puede ser rehabilitada en la medida que tenga la oportunidad para serio y ello sólo se consigue en la medida que el condenado pueda seguir viviendo. Lo anterior adquiere cruel dramatismo para los condenados a dicha pena que han sido objeto del error judicial. Dicha pena es irreversible y por lo tanto, insubsanable en este caso.
Por último, en relación al carácter ejemplificador de la pena de muerte, toda la experiencia moderna en esta materia, incluyendo un estudio comparativo de las Naciones Unidas, tiende a concluir que no existen presunciones fundadas para establecer la supremacía de la pena de muerte en relación con otras penas desde esta perspectiva.
Por todas las razones anteriores, más el hecho indesmentible que la pena capital tiende a desnaturalizar a todos los seres humanos que directa o indirectamente se ven involucrados con ella, es que presento a la consideración de este Honorable Senado un proyecto de ley que tiene como objeto abolir total y definitivamente la pena de muerte en nuestro país.
Para dar cumplimiento a lo anterior, el presente proyecto de ley propone modificaciones al Código de Justicia Militar, que en general se refieren a reemplazar aquellas penalidades que elevan su escala hasta la pena de muerte por la de presidio o reclusión perpetua, común o militar según sea la naturaleza del delito de que se trate. La reforma contempla la modificación y/o derogación, según sea el caso, de los siguientes 27 artículos: 216, 222, 223, 235, 240 y 241 referentes a la escala general de penas contenida en dicho cuerpo legal; artículo 244 sobre delitos de traición, espionaje y soberanía y seguridad externa; artículo 262 sobre delitos contra el derecho internacional; artículo 270 sobre delitos contra seguridad interior del estado; artículo 272 sobre delitos contra el orden y seguridad del ejército; artículos 287 y 288 sobre delitos en el servicio; artículos 303 y 304 sobre abandono de servicio; artículo 327 sobre usurpación de atribuciones; artículos 336 y 337 sobre desobediencia; artículo 339 sobre ultraje a superiores, artículos 347 y 351 sobre delitos contra el interés del ejército; artículos 383, 385, 391 y 392 sobre disposiciones especiales relativas a la Armada de Chile y artículo 416 sobre disposiciones especiales relativas a Carabineros.
Completa lo anteriormente descrito las modificaciones propuestas a los artículos 5a) y 5b) de la Ley Nº 12.927 sobre Seguridad del Estado, en la cual se reemplaza la referencia a la pena de muerte sustituyéndola por referencias a la pena de presidio perpetuo.
Por último, se propone la aprobación de una Norma de Carácter General en la cual se sustituye en todas las disposiciones vigentes la referencia a la pena de muerte por la de presidio perpetuo, derogándose a su vez, cualquier referencia que exista a dicha pena a la fecha.
Con las reformas propuestas se está dando un importante paso para adecuar nuestro ordenamiento jurídico a los principios contenidos en los diversos Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos por nuestro país y que en la actualidad son leyes vigentes de la República. Constituye el fin de un largo camino que diversos países han iniciado con anterioridad al nuestro destinado a consagrar la valoración por la vida, aun de aquellos que voluntariamente se han puesto al margen de nuestra institucionalidad, por sobre cualquier otro principio. En fue constituye el último y necesario esfuerzo por dar pleno cumplimiento al mandato divino de “No Matarás”.
Por lo tanto, tengo el honor de someter a la consideración de este Honorable Senado el siguiente Proyecto de Ley.
Sebastián Piñera Echenique
Senador de la República
TEXTO PROYECTO DE LEY
Artículo 1º: Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Justicia Militar:
1) en la escala general de las Penas Contenidas en el artículo 216, la de muerte.
2) Sustitúyese en el artículo 222 la expresión “La pena de muerte y las “ por “Las penas”
3) Eliminase en el artículo 223, las expresiones: “muerte” y la coma (,) que le sigue; “muerte y” y, “muerte” y la coma (,) que figura a continuación.
4) Suprímese en la escala gradual de las penas militares, establecidas en el artículo 235, la palabra “Muerte” y el ordinal que le antecede, pasando el resto de los numerales a ser, respectivamente, 1º al 10º.
5) Derógase el artículo 240.
6) Derógase el inciso segundo del artículo 241.
7) Reemplázase en el inciso primero del artículo 244 la frase “Expresado mayor en su grado máximo a muerte”, por la frase “presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo”, y en su inciso segundo la frase “presidio mayor en su grado medio a muerte”, por la frase “presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo”.
8) Reemplázase en el inciso segundo del artículo 262 la frase final “Expresado mayor en su grado máximo a muerte” por la frase “presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo”.
9) Eliminase en el artículo 270, la expresión “a muerte” y el punto y coma que la sigue, y agregase un punto final (.) después del vocablo “perpetuo”.
10) Reemplázase en el inciso 2º del artículo 272 la frase “presidio militar mayor en su grado máximo a muerte”, por la frase “presidio militar mayor en su grado máximo a presidio militar perpetuo”.
11) Elimínase en el inciso primero del artículo 287, la expresión “a muerte”, y derógase el inciso final.
12) Reemplázase en el artículo 288, la frase “reclusión militar mayor en su grado máximo a muerte” por la frase “reclusión militar mayor en su grado máximo a reclusión militar perpetua”.
13) Reemplázase en el inciso primero del artículo 303 la frase “presidio militar mayor en su grado máximo a muerte” por la frase “presidio militar mayor en su grado máximo a presidio militar perpetuo”.
14) Reemplázase en el Nº 1 del artículo 304 la frase “presidio militar mayor en su grado máximo a muerte”, por la frase “presidio militar mayor en su grado máximo a presidio militar perpetuo”. En el Nº 2 del mismo artículo reemplazase la frase “Presidio militar mayor en su grado máximo a presidio militar perpetuo” por la frase “presidio militar mayor en su grado máximo”.
15) Reemplázase en el inciso final del artículo 327 la frase “reclusión militar mayor en su grado mínimo a muerte”, por la frase “reclusión militar mayor en su grado máximo a reclusión militar perpetua”.
16) Reemplázase en el Nº 1 del art. 336 la frase “reclusión militar mayor en su grado máximo a muerte” por la frase “reclusión militar mayor en su grado máximo a reclusión militar perpetua”.
17) Elimínase en el Nº 1 del artículo 337, la frase “a muerte”.
18) Reemplázase en el Nº 1 del artículo 339 la frase “presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo” En su Nº 2 reemplázase la frase “presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, por la frase “presidio mayor en su grado medio a máximo”.
19) Reemplázase en el inciso final del artículo 347 la frase “podrá ser elevada hasta la de muerte”, por la frase “será la de presidio perpetuo”
20) Reemplázase en el inciso segundo del artículo 351 la frase “la de muerte” por “la de presidio perpetuo”.
21) Elimínase la frase “a muerte”, cada vez que aparece, en el Nº 1 del artículo 383; en el inciso primero del artículo 384; en el inciso primero del artículo 385 y en el Nº 1 del artículo 391.
22) Reemplázase en el inciso primero del artículo 392 la frase “presidio militar mayor en su grado medio a muerte”, por la frase “presidio militar mayor en su grado medio a presidio militar perpetuo”.
23) reemplázase en el Nº 1 del artículo416, la frase “presidio mayor en su grado medio a muerte”, por la frase “presidio militar mayor en su grado medio a presidio militar perpetuo”.
ARTÍCULO 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Penal:
1) Suprímese en la escala general de las penas de crímenes contenidas en el artículo 21, la de “muerte”.
2) Sustitúyese en el artículo 27, la expresión “La pena de muerte, siempre que no se ejecute al reo, y las de” por “Las penas de”.
3) Suprímese en la escala gradual número 1, contenida en el artículo 59, la palabra “Muerte” y el ordinal que le antecede, pasando el resto de los numerales a ser 1º al 10º respectivamente.
4) Suprímese en el artículo 66, inciso segundo, su frase final.
5) Suprímese en el artículo 68, inciso cuarto, la frase “a menos que dicha pena fuere la de muerte, en cuyo caso el tribunal no estará obligado a imponerla necesariamente”. Reemplácese la como (,) que antecede a dicha frase por un punto final (.).
6) Suprímise en el artículo 75 inciso segundo, su frase final.
7) Derogase los artículos 82, 83, 84 y 85.
8) Reemplázase el artículo 91 por el siguiente:
“Artículo 91: Los que después de haber sido condenados por sentencia ejecutoria cometieren algún crimen o simple delito durante el tiempo de su condena, bien sea mediante mientras la cumplen o después de haberla quebrantado, sufrirán la pena que la ley señala al nuevo crimen o simple delito que cometieren debiendo cumplir esta condena y la primitiva por el orden que el tribunal prefije en la sentencia, de conformidad con las reglas prescritas en el artículo 74 para el caso de imponerse varias penas al mismo delincuente.
Cuando en el caso de este artículo el nuevo crimen debiere penarse con presidio o reclusión perpetuos y el delincuente se hallare cumpliendo algunas de estas penas, el tribunal competente deberá decretar las siguientes medidas:
a) Reclusión del reo en recinto especial destinado a la privación de la libertad de reos de alto riesgo para la sociedad.
b) Establecimiento de restricciones al régimen de visitas.
En el caso de el nuevo crimen deba penarse con relegación perpetua y el delincuente se halle cumpliendo la misma pena, se le impondrá la de presidio perpetuo en su grado medio, dándose por terminada la de relegación.
Cuando la pena que mereciere el nuevo crimen o simple delito fuere otra menor, se observará lo prescrito en el inciso primero del presente artículo”.
9) Elimínase en el artículo 94, inciso primero, párrafo segundo, la expresión “de muerte o”.
10) Suprímese en el artículo 97 la expresión “la de muerte y” y colocase en mayúscula el artículo definido “la” que le sigue.
11) Elimínase en el inciso primero del artículo 106 la frase “a presidio perpetuo”, y reemplazase la frase “podrá elevarse hasta la de muerte”, por la frase “será la de presidio perpetuo”.
12) Reemplázase en el inciso final del artículo 141 la frase “presidio mayor en su grado máximo a muerte”, por la frase “presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo”.
12) Elimínase en el artículo 372 bis la frase final “a muerte”.
13) Reemplázase en el Nº 1 del artículo 433 la frase “presidio mayor en su grado medio a muerte”, por la frase “presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo”.
ARTÍCULO 3º: Derógase el artículo 73 del Código Orgánico de Tribunales.
ARTÍCULO 4º: Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Penal:
1) Suprímese en el artículo 296 la frase “o si, versando el proceso sobre delito que merezca pena de muerte,”.
2) Derógase el “inciso segundo del artículo 502.
ARTÍCULO 5º: Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 12.927.- sobre Seguridad del Estado:
1) Reemplázase en el inciso 2º del artículo 5 a), las palabras “a muerte”, por la frase “a presidio perpetuo”.
2) Reemplázase en el inciso final del artículo 5 b), las palabras “a muerte”, por la frase “a presidio perpetuo”.
ARTÍCULO 6º: En todas las disposiciones penales no consideradas en esta ley en que se establezca la muerte como sanción, se sustituye ésta por la de presidio perpetuo.
Suprímense en todas las disposiciones vigentes las referencias a la pena de muerte, y deróganse las que actualmente regulan su imposición, ejecución y efecto.”
(Fdo): Sebastián Piñera Echenique Senador de la República