Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Roberto Munoz Barra
- Sebastian Pinera Echenique
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- DEBATE
- V.
ORDEN DEL DÍA
- REFORMAS A CARTA DE LA OEA CONTENIDAS EN "PROTOCOLO DE MANAGUA"
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
PROTOCOLO AL TRATADO ANTÁRTICO SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Arturo Alessandri Besa
- DEBATE
-
ACUERDO ENTRE CHILE Y MÉXICO PARA ESTABLECIMIENTO DE COMISIÓN BINACIONAL PERMANENTE
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- DEBATE
-
CONVENIO RELATIVO A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS, Y PROTOCOLO REFERENTE A CONTAMINACIÓN POR OTRAS SUSTANCIAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Arturo Alessandri Besa
- DEBATE
-
APROBACIÓN DE ACTAS DE XX CONGRESO DE UNIÓN POSTAL UNIVERSAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- DEBATE
-
ESTATUTO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Francisco Prat Alemparte
- Mario Enrique Rios Santander
- Sergio Romero Pizarro
- Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- Julio Lagos Cosgrove
- Bruno Guillermo Siebert Held
- Ignacio Perez Walker
- Alberto Cooper Valencia
- Sergio Fernandez Fernandez
- Ricardo Martin Diaz
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Eugenio Cantuarias Larrondo
- INTERVENCIÓN : Francisco Prat Alemparte
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Ignacio Perez Walker
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Errazuriz Talavera
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN : Enrique Larre Asenjo
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Francisco Prat Alemparte
- Mario Enrique Rios Santander
- Sergio Romero Pizarro
- Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- Julio Lagos Cosgrove
- Bruno Guillermo Siebert Held
- Ignacio Perez Walker
- Alberto Cooper Valencia
- Sergio Fernandez Fernandez
- Ricardo Martin Diaz
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sebastian Pinera Echenique
- Julio Lagos Cosgrove
- Bruno Guillermo Siebert Held
- Francisco Javier Errazuriz Talavera
- Sergio Romero Pizarro
- Enrique Larre Asenjo
- Mario Enrique Rios Santander
- Francisco Prat Alemparte
- Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- Olga Feliu Segovia
- Hernan Larrain Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- INTERVENCIÓN : Enrique Larre Asenjo
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Errazuriz Talavera
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- INTERVENCIÓN : Francisco Prat Alemparte
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Enrique Larre Asenjo
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Olga Feliu Segovia
- Sergio Fernandez Fernandez
- Ronald Mc Intyre Mendoza
- Ricardo Martin Diaz
- Sebastian Pinera Echenique
- Vicente Enrique Huerta Celis
- Arturo Alessandri Besa
- Carlos Roberto Letelier Bobadilla
- Enrique Larre Asenjo
- Sergio Romero Pizarro
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Olga Feliu Segovia
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Errazuriz Talavera
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Eugenio Cantuarias Larrondo
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Olga Feliu Segovia
- Eugenio Cantuarias Larrondo
- Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- Sebastian Pinera Echenique
- Enrique Larre Asenjo
- Sergio Romero Pizarro
- Alberto Cooper Valencia
- Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- Ignacio Perez Walker
- Julio Lagos Cosgrove
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Enrique Larre Asenjo
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sebastian Pinera Echenique
- INDICACIÓN
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Nicolas Diaz Sanchez
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- DEBATE
- REFORMAS A CARTA DE LA OEA CONTENIDAS EN "PROTOCOLO DE MANAGUA"
-
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON GABRIEL CARMONA FRANCIONE
- HOMENAJE : Mario Enrique Rios Santander
- HOMENAJE : Ronald Mc Intyre Mendoza
- HOMENAJE : Eugenio Cantuarias Larrondo
- HOMENAJE : Francisco Prat Alemparte
- HOMENAJE : Arturo Alessandri Besa
- HOMENAJE : Francisco Javier Errazuriz Talavera
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- SESIÓN SECRETA
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, ELIMINANDO EL REQUISITO DE ANOTACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN ELECTORAL EN LA NÓMINA DE PATROCINANTES DE CANDIDATURAS PARLAMENTARIAS INDEPENDIENTES.
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sebastian Pinera Echenique
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, PERMITIENDO LA EXISTENCIA DE PACTOS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sebastian Pinera Echenique
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 13, 14 Y 15, DE LA LEY Nº 18.918, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL, EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE PROYECTOS DE LEY.
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sebastian Pinera Echenique
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, ELIMINANDO EL REQUISITO DE ANOTACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN ELECTORAL EN LA NÓMINA DE PATROCINANTES DE CANDIDATURAS PARLAMENTARIAS INDEPENDIENTES.
Notas aclaratorias
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- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 329ª, ORDINARIA
Sesión 26ª, en martes 30 de agosto de 1994
Ordinaria
(De 16:19 a 20:34)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR GABRIEL VALDÉS, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL TITULAR, SEÑOR RAFAEL EYZAGUIRRE ECHEVERRÍA
Í N D I C E
I. ASISTENCIA.
II. APERTURA DE LA SESIÓN.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS.
IV. CUENTA.
Acuerdos de Comités
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre Aprobación de Protocolo de Reformas a la Carta de Organización de Estados Americanos, denominado "Protocolo de Managua" (se aprueba en general y particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, sobre aprobación al "Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente" (se aprueba en general y particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el "Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión Binacional Permanente" entre Chile y México (se aprueba en general y particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio relativo a contaminación por hidrocarburos, y protocolo referente a contaminación por otras sustancias (se aprueba en general y particular).
Proyecto de acuerdo, en primer trámite, que aprueba Actas del XX Congreso de la Unión Postal Universal (se aprueba en general y particular).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal (se despacha).
Homenaje en memoria de don Gabriel Carmona Francione (se rinde).
Sesión Secreta.
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
-Alessandri Besa, Arturo
-Calderón Aránguiz, Rolando
-Cantuarias Larrondo, Eugenio
-Cooper Valencia, Alberto
-Díaz Sánchez, Nicolás
-Díez Urzúa, Sergio
-Errázuriz Talavera, Francisco Javier
-Feliú Segovia, Olga
-Fernández Fernández, Sergio
-Frei Bolívar, Arturo
-Frei Ruiz-Tagle, Carmen
-Gazmuri Mujica, Jaime
-Hamilton Depassier, Juan
-Hormazábal Sánchez, Ricardo
-Horvath Kiss, Antonio
-Huerta Celis, Vicente Enrique
-Lagos Cosgrove, Julio
-Larraín Fernández, Hernán
-Larre Asenjo, Enrique
-Lavandero Illanes, Jorge
-Letelier Bobadilla, Carlos
-Martin Díaz, Ricardo
-Mc-Intyre Mendoza, Ronald
-Ominami Pascual, Carlos
-Otero Lathrop, Miguel
-Páez Verdugo, Sergio
-Pérez Walker, Ignacio
-Prat Alemparte, Francisco
-Ríos Santander, Mario
-Romero Pizarro, Sergio
-Ruiz De Giorgio, José
-Ruiz-Esquide Jara, Mariano
-Siebert Held, Bruno
-Sinclair Oyaneder, Santiago
-Sule Candia, Anselmo
-Thayer Arteaga, William
-Urenda Zegers, Beltrán
-Valdés Subercaseaux, Gabriel
-Zaldívar Larraín, Andrés
Actuó de Secretario el señor Rafael Eyzaguirre Echeverría, y de Prosecretario, el señor José Luis Lagos López.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 39 señores Senadores.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 2a, especial, secreta; 16a, ordinaria, y 17a, extraordinaria, en 1° de junio y en 2 y 3 agosto del presente año, respectivamente, que no han sido observadas.
El acta de la sesión 18a, ordinaria, en 4 de agosto del presente año, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor VALDÉS (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor LAGOS (Prosecretario).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Díez de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero comunica que no hará uso de la facultad que le confiere el artículo 70 de la Constitución Política de la República respecto del proyecto de ley que regula el derecho de los obtentores de nuevas variedades vegetales, y devuelve el proyecto aprobado por el Congreso Nacional.
--Se toma conocimiento y se manda remitir el texto del proyecto al Tribunal Constitucional.
Con el segundo retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en carácter de "discusión inmediata", al proyecto de acuerdo relativo al Convenio sobre Diversidad Biológica adoptado en Río de Janeiro, Brasil.
Con los dos siguientes, retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en carácter de "suma", a los siguientes proyectos de ley:
1.- El que modifica normas relativas a la designación de Subsecretario de Investigaciones y del Director Administrativo de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional .
2.- El que modifica la Ley sobre Rentas Municipales.
Con el quinto al décimo, retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en carácter de "simple", a los proyectos de acuerdo y de ley que se señalan:
1.- Proyecto de acuerdo relativo al Convenio para el establecimiento de una Comisión Binacional Permanente, suscrito el 14 de octubre de 1993, entre los Gobiernos de la República de Chile y de los Estados Unidos Mexicanos.
2.- Proyecto de acuerdo relativo al Convenio de Cooperación entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Italiana en la lucha contra el terrorismo, la criminalidad organizada y el tráfico de drogas, suscrito en Roma el 16 de octubre de 1992.
3.- Proyecto de acuerdo relativo al Convenio de Cooperación Técnica y Científica para el Desarrollo de los Pueblos Andinos y la Protección de los Camélidos Sudamericanos Domésticos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y del Perú, y Protocolo Adicional, de incorporación de la República de Bolivia.
4.- Proyecto de acuerdo sobre protocolo de reformas a la Carta de la OEA, adoptado en el decimonoveno período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, el 10 de julio de 1993, en Managua.
5.- Proyecto de ley sobre erradicación de personas menores de edad en establecimientos penitenciarios de adultos.
6.- Proyecto de ley que modifica normas del decreto con fuerza de ley N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de favorecer la mejor calidad de la construcción.
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones, y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Cinco de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha otorgado su aprobación al proyecto de acuerdo que aprueba el "Acuerdo para la Ejecución del Convenio de 5 de marzo de 1993, entre la República de Chile y la República Federal de Alemania, sobre Pensiones", suscrito entre los Gobiernos de ambas Repúblicas el 21 de junio de 1994, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata".
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Con los dos siguientes comunica que ha aprobado los siguientes proyectos de ley:
1.- El que modifica el Código de Procedimiento Penal.
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
2.- El que crea el Registro Nacional de Servicios de Transportes Remunerados de Escolares , con urgencia calificada de "simple".
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Con el cuarto hace saber que ha aprobado el informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que regula el establecimiento de criaderos de ganado en áreas cercanas a localidades rurales.
--Queda para tabla.
Con el quinto comunica que ha aprobado las modificaciones introducidas por este Senado al proyecto de ley que fija un calendario para el funcionamiento del sistema de multiportador discado del servicio telefónico de larga distancia, nacional e internacional.
--Se toma conocimiento y el documento se manda archivar junto a sus antecedentes.
De la Excelentísima Corte Suprema, con el que emite su opinión acerca del proyecto de ley que modifica el artículo 52 del decreto ley N° 1.939, de 1977, sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado.
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del señor Ministro del Interior , con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relacionado con el avance en la ejecución de la etapa del Camino Longitudinal Austral que llega a Villa O'Higgins, como asimismo acerca de la factibilidad de instalar una minicentral hidroeléctrica en la comuna de O'Higgins, Undécima Región.
Del señor Ministro de Hacienda , con el que atiende un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido a la posibilidad de que, previo al remate judicial, el Fisco intente negociar directamente con los propietarios de la Hacienda del Valle Chacabuco, Undécima Región, la deuda que estos últimos mantienen derivadas de operaciones que realizaron con la ex CORA.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia , con el que se refiere a un oficio enviado al señor Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción , en nombre del Senador señor Muñoz Barra, relativo al eventual traspaso del Instituto Forestal, dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción, al Ministerio de Agricultura.
Dos del señor Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, con los que da respuesta a sendos oficios enviados en nombre del Senador señor Horvath, relativos, el primero, a la dictación de un reglamento que regule la captura y comercialización de salmones; y el segundo, a la situación de un grupo de mariscadores artesanales de la Undécima y Duodécima Regiones, los que se encontrarían impedidos de participar en la extracción del recurso loco por no haberse inscrito oportunamente en los registros respectivos.
Del señor Ministro de Educación , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Larre, relacionado con la entrega de fondos de emergencia para solucionar diversos problemas que aquejan a las 20 escuelas existentes en la comuna de San Juan de la Costa, Undécima Región.
Del señor Ministro de Obras Públicas , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Errázuriz, referido a las remuneraciones reales que perciben los integrantes de esa Cartera de Estado y a otras funciones retribuidas que eventualmente ejercen los mismos.
Dos del señor Ministro de Vivienda y Urbanismo:
Con el primero atiende un oficio enviado en nombre del Senador señor Errázuriz, relacionado con la conveniencia de que el Ejecutivo envíe a tramitación un mensaje que contenga las ideas contenidas en el anteproyecto de ley elaborado por el aludido señor Senador, denominado "Cuenta de Ahorro Individual para la Casa Propia".
Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido a la posibilidad de que el Ejecutivo formule indicación al proyecto de ley que modifica la base de cálculo del beneficio de asignación de zona, toda vez que la aplicación restrictiva del decreto ley N° 450, que fijó el porcentaje de la asignación para las distintas localidades del país, ha motivado que los funcionarios públicos de Cisnes Medio y de Amengual, Undécima Región, perciban un monto menor al que, por su ubicación geográfica, debieran recibir.
Dos del señor Ministro de Agricultura:
Con el primero responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relacionado con las medidas adoptadas por esa Secretaría de Estado, tendientes a preservar los ejemplares de palma chilena emplazados en la vía de acceso que se construye hacia la ciudad de Viña del Mar (camino Rodelillo-El Salto-Villa Dulce), que podrían ser afectados por la ejecución de la citada obra.
Con el segundo atiende un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín, acerca de las medidas que ha contemplado implementar esa Cartera con el objeto de contribuir a superar la situación que afecta al sector vitivinícola de secano de la Séptima Región.
Del señor Ministro Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción , con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantuarias, relacionado con el financiamiento de las obras para la instalación del servicio de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas y del proyecto de mejoramiento del agua potable para la comuna de Hualqui, Octava Región.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informe
Nuevo segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece las plantas de los servicios administrativos de los Gobiernos Regionales, con urgencia calificada de "simple".
--Queda para tabla.
Mociones
Tres del Senador señor Piñera, con las que inicia los siguientes proyectos de ley:
1.- El que modifica el artículo 11 de la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, eliminando la exigencia de consignar la inscripción electoral en la nómina de patrocinantes de candidaturas independientes a parlamentarios.
2.- El que modifica la ley N" 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, permitiendo la existencia de pactos electorales en las candidaturas a Presidente de la República.
3.- El que modifica los artículos 13,14 y 15 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en materia de declaración de inadmisibilidad de proyectos de ley.
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Permisos Constitucionales
De los Senadores señores Muñoz Barra y Piñera, para ausentarse del país por más de 30 días, a contar del día de hoy y del 22 de agosto recién pasado, respectivamente.
--Se autorizan.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor VALDÉS (Presidente).-
Los Comités han adoptado los siguientes acuerdos:
1.- Dejar sin efecto la sesión especial citada para mañana, miércoles 31 del presente, destinada a tratar los problemas de la salud, y en su reemplazo, celebrar otra, extraordinaria, para ocuparse de las materias de la tabla.
2.- Tratar en la presente sesión los proyectos de la tabla en el siguiente orden:
Primero, los proyectos de acuerdos sobre convenios internacionales signados con los números 7, 11, 12, 26 y 27, informados oportunamente por la Comisión de Relaciones Exteriores. Estas materias se aprobarán sin debate y los señores Senadores podrán hacer las consultas que estimen convenientes.
El señor CANTUARIAS.-
¡Sin debate, en lo posible, señor Presidente!
El señor VALDÉS (Presidente).-
Sí, en lo posible. Pretenderemos despacharlos con la celeridad que corresponde a estos temas.
Segundo, continuar con el proyecto que figura en el número 1, sobre el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, cuya discusión particular está pendiente. Al respecto hay especial acuerdo de que se apruebe hoy día. Y si ello no ocurriere durante el Orden del Día, éste se prorrogará automáticamente hasta el despacho del proyecto. Luego, si quedara tiempo suficiente en el Orden del Día, seguiríamos estudiando la iniciativa del número 2; después, la del 3, etcétera.
Tercero, dejar sin efecto los Incidentes para despachar, en el tiempo correspondiente, los cinco informes de solicitud de rehabilitación de ciudadanía a que se refieren los números 17, 18, 19, 20 y 21 de la misma tabla.
Y, finalmente, dar tiempo al Honorable señor Ríos a fin de que rinda el homenaje que desea efectuar en esta oportunidad.
3.- Citar a sesión especial para mañana miércoles de 10:30 a 13:30, con el objeto de continuar tratando los proyectos en tabla. Corresponderá, en primer lugar, el relativo a las plantas y remuneraciones del personal del Congreso Nacional, que verá esta tarde la Cámara de Diputados, cuyo oficio esperamos recibir durante el transcurso de esta sesión. Por consiguiente, solicito autorización a la Sala para que, una vez recibido dicho oficio, se lo incluya en la Cuenta, a fin de poder estudiar y despachar esta materia en la sesión de mañana, porque hay un plazo legal que cumplir. Además, esta materia cuenta con informe de la Comisión Bicameral, la que, según la ley respectiva, tiene capacidad para informar a la Sala.
--Se accede a lo solicitado.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En seguida, nos abocaremos a los informes de las Comisiones Mixtas y, luego, a los demás asuntos, según el orden de la tabla.
Esperamos que esta distribución de los proyectos -y aplicando con rigor el Reglamento para utilizar en la mejor forma posible el tiempo- nos permita despachar, por lo menos, gran parte de la tabla que tenemos a la vista, a la cual se agregan -como se indica en la Cuenta- algunas iniciativas informadas por las Comisiones, además de otra que ha ingresado al Senado con urgencia calificada de "discusión inmediata". También está pendiente el proyecto sobre rentas municipales, que verá mañana la Comisión de Hacienda, la que lo informará oportunamente.
Ruego fervientemente a los señores Senadores que sus intervenciones sean lo más breve posible y que, quienes soliciten interrupciones, lo hagan en conformidad al Reglamento. Pero se les advierte que el tiempo que utilicen en ellas, se les cargará al del Comité respectivo o al del Senador que interrumpa, en virtud de las normas reglamentarias vigentes.
V. ORDEN DEL DÍA
REFORMAS A CARTA DE LA OEA CONTENIDAS EN "PROTOCOLO DE MANAGUA"
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Corresponde abocarse, en primer término, al proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre aprobación del Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos, denominado "Protocolo de Managua", adoptado en Managua el 10 de julio de 1993, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 6°, en 12 de abril de 1994.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 13°, en 14 de julio de 1994.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión propone aprobar el proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , este proyecto de acuerdo no presenta problemas para su aprobación, ya que, como existen dos organismos, el Consejo Interamericano Económico y Social y el Consejo Interamericano para la Educación, la Ciencia y la Cultura, que llevan una vida muy lánguida, la OEA propone refundirlos en uno solo.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
--Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo.
PROTOCOLO AL TRATADO ANTÁRTICO SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, informado por la Comisión de Relaciones Exteriores, sobre aprobación del "Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente", adoptado en Madrid el 4 de octubre de 1991.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 6a, en 30 de junio de 1992.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 19a, en 9 de agosto de 1994.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Dicha Comisión deja constancia de que consultó a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales -la cual emitió una opinión favorable sobre el particular-, y propone aprobar el proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Senador señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , este Protocolo, firmado en Madrid, es consecuencia del Tratado Antártico de 1959 y establece una serie de normas de todo orden, muy detalladas, destinadas a evitar la contaminación del continente antártico. En ellas se establece un conjunto de reglas sobre problemas ambientales, como los causados por las aguas servidas, la introducción de animales, la explotación de minas, etcétera. Se trata de un Protocolo completísimo, pero lo más importante es que no se discuten los derechos de los países en la Antártica, de manera que los que Chile reclama se encuentran perfectamente salvaguardados con este proyecto de acuerdo. El Protocolo es muy complicado, bastante extenso, y contiene una serie de anexos en los cuales se tratan distintas materias que dicen relación a actividades que pueden contaminar el continente antártico.
Por lo tanto, después de escuchar a don Oscar Pinochet de la Barra, que realizó una exposición muy larga y completa sobre el tema, la Comisión, por unanimidad, propone aprobar el proyecto de acuerdo.
Cabe hacer presente que el señor Pinochet de la Barra se refirió a la necesidad de llevar a cabo obras relacionadas con el tratamiento de aguas servidas y de desechos generados en las Bases chilenas. También añadió que esperaba que en la Ley de Presupuestos de 1995 se considerara una Partida de mil cien millones de pesos para nueve proyectos, dos de los cuales son muy importantes. Uno de éstos se refiere al tratamiento de aguas servidas en la Base Presidente Frei , y el otro, a un tratamiento similar en la Base O'Higgins, que es muy grande y está contigua a la antena satelital de Alemania. Allí se necesitan 50 millones de pesos para la finalidad indicada. En todo caso, estas son materias anexas al Protocolo.
En consecuencia, solicito al Senado acoger e) proyecto de acuerdo por unanimidad.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se lo dará por aprobado.
--Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo.
ACUERDO ENTRE CHILE Y MÉXICO PARA ESTABLECIMIENTO DE COMISIÓN BINACIONAL PERMANENTE
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre aprobación del "Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión Binacional Permanente", suscrito con México en 1993. Tiene informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 4°, en 9 de junio de 1994.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 4°, en 9 de junio de 1994.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión, por la unanimidad de sus miembros, propone aprobar este proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , el Acuerdo respectivo establece una Comisión Binacional Permanente entre los Gobiernos de Chile y México, que será presidida por los Cancilleres de ambos países. Y al entrar en vigor dicho Acuerdo, quedará sin efecto el Mecanismo de Consultas Periódicas sobre Temas Políticos, Económicos y de Cooperación, de 1990.
La Comisión Binacional Permanente estará conformada por las siguientes Subcomisiones: Política, Económica, Comercial, de Cooperación Técnica y Científica, Cultural y Educativa. Conocerá de los resultados y conclusiones a los que lleguen la Comisión Administradora del Acuerdo de Complementación Económica y las demás comisiones y grupos bilaterales establecidos en virtud de los acuerdos institucionales entre Chile y México .
El Acuerdo se encuentra provisionalmente en aplicación desde el intercambio de las Notas Reversales, y no existe ningún problema para la aprobación del proyecto de acuerdo.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala se dará por aprobado.
-- Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo.
CONVENIO RELATIVO A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS, Y PROTOCOLO REFERENTE A CONTAMINACIÓN POR OTRAS SUSTANCIAS
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, informado por la Comisión de Relaciones Exteriores, sobre aprobación del "Convenio Internacional relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos", de 1969, y el "Protocolo relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos", de 1973.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 17a, en 13 de agosto de 1992.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25a, en 18 de agosto de 1994.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión, por la unanimidad de sus miembros, propone aprobar el proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Senador señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , este proyecto de acuerdo también se enmarca en la necesidad de preservar el medio ambiente, y dice relación a los accidentes en alta mar que contaminan las aguas -ya sea por hidrocarburos o por otras sustancias- y pueden causar daños ecológicos. En él se establece una serie de procedimientos que deben llevar a cabo los países ribereños con el objeto de tomar las medidas necesarias para evitar la propagación de los hidrocarburos u otras sustancias. Los Estados Partes deben consultar con otros antes de tomar esas medidas. Además, se consagra la supervisión de la Organización Marítima Internacional para la aplicación e implementación del Convenio.
Toda la normativa preceptuada en el proyecto de acuerdo tiende -como señalé- a facilitar las acciones de los Estados Partes para evitar la contaminación de los mares. Por eso, en la necesidad de contar con organismos e instituciones y con normas que regulen esta materia, la Comisión de Relaciones Exteriores lo aprobó por unanimidad y solicita al Senado proceder en igual forma.
El señor DÍEZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , deseo consultar al señor Senador informante si este Convenio ha sido objeto de algún estudio por parte de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, a raíz de la posible incidencia de algunas de sus disposiciones en la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
El señor HAMILTON.-
Así lo expresa el informe, señor Senador.
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).-
En efecto, ese texto deja constancia de una consulta a la Comisión de Medio Ambiente, la cual acogió el proyecto de acuerdo.
El señor MC-INTYRE .-
El proyecto estuvo varios meses en la Comisión de Relaciones Exteriores y la de Medio Ambiente nos hizo saber su opinión favorable a la aprobación del mismo, señor Presidente .
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI .-
Señor Presidente , es norma de la Comisión de Relaciones Exteriores consultar a la Comisión de Medio Ambiente siempre que alguna disposición tiene incidencia en materias ambientales.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Queda satisfecho el Honorable señor Díez?
El señor DÍEZ .-
Así es, señor Presidente .
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , sólo deseo solicitar que en lo futuro, en vez de la consulta de una Comisión a otra, la Mesa envíe derechamente el proyecto del caso también a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, a fin de contar con dos informes consistentes tratándose de materias como éstas.
Así se ha procedido en otras ocasiones.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Normalmente, es una Comisión la que debe estudiar la materia central, señor Senador , pero, naturalmente, no hay inconveniente en proceder como Su Señoría indica cuando la complejidad del asunto lo aconseje.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general y particular el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba.
APROBACIÓN DE ACTAS DE XX CONGRESO DE UNIÓN POSTAL UNIVERSAL
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, sobre aprobación de las Actas del XX Congreso de la Unión Postal Universal, celebrado en Washington, en 1989. Cuenta con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En primer trámite, sesión 15ª, en 9 de diciembre de 1992.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25a, en 18 de agosto de 1994.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
El informe deja constancia de que se consultó a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, la cual estimó conveniente la aprobación del proyecto de acuerdo.
Asimismo, la Comisión dirigió oficio al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones , a fin de recabar su opinión respecto del carácter de los "Reglamentos de Ejecución" de las diversas Actas, y la respuesta de éste figura en el informe.
En definitiva, la Comisión propone aprobar el proyecto con las enmiendas que indica.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo en debate aprueba el Cuarto Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal Universal, el Reglamento General de la misma, el Convenio Postal Universal y su Protocolo final, el Acuerdo Relativo a Encomiendas Postales y su Protocolo final, el Acuerdo relativo a Giros Postales y otros dos relativos al Servicio de Cheques Postales y a Envíos contra Reembolso.
Luego de debatirlo, la Comisión concluyó la inconveniencia de incluir los "Reglamentos de Ejecución", que, en definitiva, se eliminaron.
Cabe destacar la importancia del Reglamento General de la Unión, en el cual se nombra el Consejo Consultivo, constituido por 35 miembros, y se fijan los gastos anuales, que ascienden a 18 millones de dólares.
Por su parte, el Convenio Postal Universal incluye las disposiciones generales de libertad de tránsito, franquicias postales, correspondencia, etcétera.
Los restantes son muy sencillos y no vale la pena detallarlos.
La Comisión propone aprobar el proyecto.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará en general y particular el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba.
ESTATUTO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, que cuenta con segundos informes de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas, y de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 50a, en 11 de mayo de 1993.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 27a, en 19 de enero de 1994.
Hacienda, sesión 27a, en 19 de enero de 1994.
Trabajo y Salud, unidas (segundo), sesión 17a, en 3 de agosto de 1994.
Hacienda (segundo), sesión 17a, en 3 de agosto de 1994.
Discusión:
Sesiones 29a, en 25 de enero de 1994 (se aprueba en general); 22a, 23a, y 24a, en 11, 16 y 17 de agosto de 1994 (queda pendiente la discusión particular).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Las Comisiones unidas proponen agregar, como artículo 22 bis, nuevo, el siguiente:
"Artículo 22 bis.-
Los funcionarios de las categorías señaladas en el artículo 5°, tendrán derecho a una asignación de atención primaria municipal, que corresponderá a un 100% sobre el sueldo base definido en la letra a) del artículo 21.".
Esta modificación fue aprobada por unanimidad en las Comisiones Unidas.
--Se aprueba.
El señor CALDERÓN.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CALDERÓN .-
Señor Presidente , solicito que recabe el acuerdo de la Sala para que pueda ingresar el señor Subsecretario de Salud , quien participó en la discusión del proyecto en la sesión pasada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
El señor Ministro manifestó su imposibilidad de asistir a esta sesión, de modo que ruego a la Sala que tenga a bien autorizar el ingreso del señor Subsecretario del ramo...
El señor DÍEZ .-
No hay acuerdo, señor Presidente .
El señor CALDERÓN .-
¿Podría conocerse la razón, señor Presidente?
El señor DÍEZ.-
El Reglamento establece que sólo pueden entrar los Ministros...
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Así es. Ellos no necesitan autorización. Cualquier otro funcionario requiere que la unanimidad de la Sala lo autorice para participar de una sesión.
El señor DÍEZ .-
¡Y no la tendrán nunca más! En adelante sólo entrarán los Ministros.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Como ha habido oposición,...
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
No deseo hacer mayor debate sobre el tema, pero sí decir que las razones por que no se deja entrar al señor Subsecretario no tienen asidero lógico alguno, salvo el derecho reglamentario de los señores Comités a negarse, sin expresión de causa. Lamento mucho, además, que se haya dicho que no habrá nunca más autorización para el ingreso de un funcionario que no tenga el rango de Ministro , lo cual demuestra una predisposición de otro orden. En este caso concreto, el Senado debe saber que quien ha llevado adelante la discusión del proyecto, con pleno acuerdo nuestro, ha sido el señor Subsecretario.
Señor Presidente , no voy a insistir. Están en su derecho. Pero no puedo dejar de lamentar que se actúe así.
El señor DÍEZ.-
Pido la palabra.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor DÍEZ.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , desde que reinició sus funciones el Senado, los representantes de estas bancas, y en especial el que habla, cuando era Comité, nos opusimos siempre a la entrada a la Sala de los señores Subsecretarios que no venían acompañando a algún Ministro . Después, el asunto se ha ido relajando; pero creo que el Senado tiene prestigio suficiente para que cuando realice sus debates estén presentes los Ministros de Estado , que son las autoridades que corresponden a su jerarquía. Así está en el Reglamento y en la tradición de esta Corporación, y lo haremos respetar.
Muchas gracias.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , deseo dejar constancia expresa de nuestra disconformidad con la resolución que ha tomado el Comité Renovación Nacional. Entiendo que, reglamentariamente, se ejerce un derecho, pero la tradición desde que el Congreso, tras una larga interrupción, reinauguró su trabajo ha sido insistir en que vengan los Ministros -es lo que corresponde como norma general-, si bien permitiendo, en circunstancias particulares, que los Subsecretarios acompañen el debate de los proyectos, sobre todo cuando han llevado el grueso del trámite en las Comisiones.
Sólo cabe señalar que lo resuelto ahora afecta la calidad de nuestro trabajo legislativo, ya que ciertamente es mejor contar con un representante autorizado del Ejecutivo al discutir una iniciativa, máxime cuando reviste la importancia de la que analizamos hoy...
El señor DÍEZ .-
Con mayor razón debe estar el señor Ministro .
El señor GAZMURI .-
Por tanto, hago constar nuestra disconformidad con esta actitud que, creo, no contribuye a desarrollar entre nosotros un clima de trabajo como el que el Congreso y el país necesitan.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , ayer estuvo el señor Ministro en Graneros , inaugurando la ampliación de un hospital muy importante. Y debo decir que, en parte, soy responsable de su ausencia en esta oportunidad, porque cuando me consultó si era indispensable su asistencia, le contesté que, habiendo hecho él la exposición de la iniciativa y asumido posteriormente la responsabilidad el señor Subsecretario, don Fernando Muñoz , me imaginaba que se repetiría la buena disposición que mostró el Senado en la sesión anterior. Obviamente, me equivoqué, y lo confieso.
Por otro lado, cabe destacar que don Fernando Muñoz es médico de profesión; fue un gran director regional en Temuco y tiene sobrada experiencia en la materia ahora en debate, porque la vivió en la práctica. Creo que su presencia habría sido muy valiosa. Por ello, me sumo a la disconformidad -por así decir- porque se haya negado el ingreso al Hemiciclo del señor Subsecretario.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tal vez el señor Cantuarias va a dar la solución...
El señor CANTUARIAS.-
No es así, señor Presidente . Sólo deseo señalar -aunque resulte odioso- que no corresponde realizar un debate sobre esta materia. Si un Comité o un señor Senador no ha dado su venia, lo que procede es atenerse a ello y, simplemente, continuar el tratamiento del proyecto. Esa es la aplicación del Reglamento.
El señor VALDÉS (Presidente).-
La Mesa se siente obligada a respetar la invocación reglamentaria que se ha hecho...
El señor HAMILTON.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , ante todo quiero señalar que el derecho de los señores Ministros a participar en las sesiones no emana de un consenso del Senado, sino de la propia Constitución Política del Estado.
En segundo lugar, se ha dado como razón para no admitir la presencia del señor Subsecretario el hecho de que no está el señor Ministro . Pero es precisamente por eso que nos interesa contar con la versada opinión del señor Subsecretario , para ilustrar el debate legislativo sobre un proyecto de su incumbencia.
Por tanto, solicito al Senador señor DÍEZ que retire su oposición, a fin de que podamos proceder a la discusión de la iniciativa con la presencia del señor Subsecretario.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si ante esta última imploración el Honorable señor DÍEZ mantiene su posición, la Mesa no tendrá otra alternativa que aplicar el Reglamento.
El señor DÍEZ.-
La mantengo, señor Presidente.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Siendo así, corresponde continuar el debate de la iniciativa.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Respecto del artículo 25, hay una indicación renovada que propone reemplazarlo por el siguiente: "Los funcionarios que trabajen en establecimientos calificados como de desempeño difícil por el Ministerio de Salud, tendrán derecho a una asignación especial, consistente en un porcentaje de la remuneración que corresponda. Dicho porcentaje podrá ser de un 10% a un 30% y se regulará de acuerdo a los parámetros que determine cada Municipalidad conforme a la disponibilidad de recursos y a las condiciones de oferta y demanda de trabajo.".
La firman los Honorables señores Prat , Ríos, Romero, DÍEZ, Lagos, Siebert , Pérez , Cooper , Fernández y Martin .
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En discusión la indicación renovada.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , en la discusión que hemos tenido en las sesiones anteriores se ha ido dando cierta línea al proyecto y dejando de lado todas aquellas observaciones que procuraban darle otro sesgo. La indicación en debate se enmarca dentro de estas últimas, es decir, es en cierto modo contraria a lo que hemos aprobado. Por ello, sin argumentar mayormente -ya lo hicimos en la Comisión- solicito a los señores Senadores que la rechacen.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , la verdad es que esta indicación renovada, formulada inicialmente por el Honorable señor Piñera , no se enmarca en lo que ha recordado el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra; no apunta a un sistema de contratación en el que las remuneraciones se pactan libremente, materia que el Senado ya discutió y rechazó. A mi juicio, en este caso se trata de algo distinto. La indicación se refiere a los funcionarios que trabajen en establecimientos calificados de desempeño difícil, esto es, en lugares muy alejados o que se hallan en situación muy conflictiva, desde el punto de vista de que se cometen muchos delitos, etcétera.
Ambas normas, tanto la aprobada por las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas, cuanto la indicación renovada del Senador señor Piñera se refieren, por una parte, a la misma asignación especial, consistente en un porcentaje de la remuneración, que podrá ser de 10 a 30 por ciento, y por otra, a los lugares calificados de desempeño difícil por el Ministerio de Salud. La diferencia radica en que dicho porcentaje, en la primera de ellas, se regula conforme a parámetros de carácter general que fija el Ministerio de Salud, mientras que en la segunda, de acuerdo con parámetros que determina cada municipio según la disponibilidad de recursos y las condiciones de oferta y demanda de trabajo. Porque, naturalmente, si hay mucha oferta de trabajo, aunque los establecimientos sean considerados de desempeño difícil, los municipios encontrarán personal dispuesto a prestar servicio; por el contrario, si ello no es así, deberán ofrecer condiciones muy favorables de remuneraciones.
Por eso, a mi entender, la indicación renovada del Senador señor Piñera no se puede homologar a otras que se han rechazado. Ella tiene por objeto facultar al municipio para que, conforme a la disponibilidad de sus recursos y a las condiciones de oferta y demanda de trabajo, establezca asignaciones de mejor porcentaje.
He dicho.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , me asalta una duda, por cuanto, aunque el porcentaje es el mismo en ambos textos -10 a 30 por ciento-, la base de cálculo en la norma aprobada por las Comisiones unidas es la suma de sueldo base y de la asignación de atención primaria municipal, y en la indicación renovada, la remuneración que corresponda.
A mi juicio, eso implica comprometer de alguna manera el presupuesto de un organismo público como es el municipio. Y no creo que la indicación sea admisible si no cuenta con el patrocinio de Su Excelencia el Presidente de la República . No sé si lo tiene o no. Esa es mi duda.
El señor DÍEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor DÍEZ.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , ¿en qué se diferencian las dos disposiciones? Ambas establecen 10 a 30 por ciento de asignación especial para quienes laboren en establecimientos calificados de desempeño difícil. Sin embargo, en una de ellas el porcentaje se regula conforme a los parámetros del Ministerio de Salud, que funciona en Santiago y tiene un conocimiento muy precario sobre las municipalidades del país; y en la otra, con los parámetros que fije la entidad edilicia respectiva.
¿De quién son los fondos? De la municipalidad. ¿Quién los administra? La municipalidad. Entonces, lo inconstitucional es que el Ejecutivo maneje dichos recursos.
Por eso, la norma parece absolutamente lógica. Y no tiene relación con el criterio general, sino con un criterio práctico. ¿Cómo podemos aceptar que el Ministerio determine tales parámetros? Volvemos a la centralización absoluta. ¿Para qué abogamos por la descentralización si hasta para calificar de desempeño difícil los establecimientos hay que seguir las órdenes del Ministerio de Salud -de sus funcionarios; a quienes respeto mucho-, ubicado en la calle Mac-Iver, en Santiago, y no del alcalde que está en Curarrehue o en Puerto Aisén? No tiene ningún sentido la regionalización si en cada oportunidad entregamos al poder central las decisiones que competen al gobierno comunal.
Por eso hemos renovado la indicación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , creo que la inquietud planteada por el Senador señor Thayer es perfectamente justificable.
Indiscutiblemente, podría ser mejor lo señalado por el Honorable señor Díez . Pero sucede que el número 4° del artículo 62 de la Constitución, en cuyo estudio Su Señoría participó, estatuye que corresponde a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República "Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones,", etcétera, del sector público. El Parlamento carece de iniciativa al respecto.
Por lo tanto, para aprobar la indicación del Senador señor Piñera -entendiendo la idea del Honorable señor DÍEZ en cuanto a que es mejor descentralizar- deberíamos modificar la Carta Fundamental. Quizás podríamos aprovechar las reformas recién enviadas al Congreso para incluir esta materia.
En síntesis, la indicación que nos ocupa es inadmisible, porque afecta directamente lo dispuesto en la norma constitucional aludida, dado que tiende a aumentar remuneraciones. Y como las municipalidades, indiscutiblemente, son entes del sector público, nos está vedado hacer ese tipo de indicaciones, aun cuando no nos guste.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , he sido en forma reiterada el más resuelto partidario de la autonomía de los municipios y de la libertad para establecer las normas en el mayor número posible de materias. Sin embargo, hay que entender que aquí estamos frente a un Estatuto que fija disposiciones para los funcionarios que, bajo la administración municipal, se desempeñan en el ámbito de la atención primaria de salud. Y, en este caso, cambiar el ente que calificará de desempeño difícil los establecimientos, determinando que no será el Ministerio -el cual aplicará criterios técnicos y objetivos- sino la municipalidad, producirá, en vez de la autonomía municipal, una presión adicional de los funcionarios sobre aquélla para que declare de tal condición el establecimiento donde prestan servicios y, por tanto, se genere un aumento en la asignación correspondiente.
El criterio con que los establecimientos sean declarados de desempeño difícil debe ser técnico y de carácter general: por razones de distancia, de acceso geográfico, de estacionalidad, etcétera. Y no es expropiatorio de la autonomía municipal que la norma respectiva emane del Ministerio de Salud y que éste fije los parámetros generales que determinarán el porcentaje de la asignación especial.
En segundo término, no veo la coherencia entre el señalado cambio y lo dispuesto en el artículo 6° transitorio, porque éste crea un fondo de recursos complementarios, administrado por el Ministerio de Salud, con la finalidad de financiar el mayor gasto que irrogue a las municipalidades del país la aplicación de las normas del Estatuto. De manera que si a un municipio, de sus ingresos corrientes, le faltan recursos para cubrir los gastos de la atención primaria de salud -como ocurre, por ejemplo, en la educación, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones que el Estatuto Docente impone para con los profesores-, el Ministerio de Salud, por haber determinado los lugares donde se tendrá derecho al beneficio, deberá aportar, a través del fondo complementario, los recursos necesarios. Y así evitaremos los conflictos que hoy presenciamos en numerosos municipios del país con los profesionales de la educación.
Por esas razones, estoy de acuerdo con el texto del artículo 25 aprobado por las Comisiones unidas.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
La Mesa, después de analizar la situación producida sobre esta materia, en atención a lo dispuesto en el inciso cuarto de la letra b) del artículo 118 del Reglamento del Senado y en el número 4° del artículo 62 de la Constitución Política, declara inadmisible la indicación N° 54.
El señor PRAT.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PRAT.-
Señor Presidente , creo que la indicación es admisible. No está referida a una norma establecida en una ley, sino a una proposición del Ejecutivo en un proyecto. Entenderla como la interpreta la Mesa significa cercenar las facultades del Congreso a grado sumo. La indicación, incluso, no sube los costos planteados por el Ejecutivo -respeta el tope de 30 por ciento-, sino que radica la facultad de fijar el porcentaje, conforme a los márgenes que la propia iniciativa dispone, en el municipio y no en el Ministerio.
Por eso, a mi juicio, la inadmisibilidad declarada por la Mesa implica llevar las facultades del Congreso a un nivel mínimo, que la Constitución no previo.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Sin duda alguna, el número 4° del artículo 62 de la Carta se refiere a cualquier beneficio.
Y aquí se está otorgando una asignación especial, consistente en un porcentaje de determinada remuneración, a través de una norma de origen parlamentario, sin el patrocinio del Presidente de la República .
Si ello no constituye incremento del gasto, ¿qué otra categoría puede tener?
El señor PRAT.-
Señor Presidente , si lee el artículo que la indicación pretende sustituir, podrá apreciar que establece el mismo gasto y que la única diferencia radica en que la facultad para regular el porcentaje se traslada del Ministerio al municipio.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor GAZMURI .-
Ya fue declarada inadmisible la indicación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , basta remitirse a la historia del establecimiento del número 4° del artículo 62 de la Constitución para entender que su objeto fue tratar de que por ningún motivo pudiera radicarse en el Parlamento facultad alguna en cuanto a la fijación de sueldos, sistemas de remuneraciones, beneficios o asignaciones con relación al sector público. Indiscutiblemente, cuando se dictó la Carta Fundamental de 1980, las municipalidades tenían aun menos autonomía que hoy.
El problema estriba en que, si se otorga dicha facultad a las municipalidades, éstas podrán aumentar exageradamente las remuneraciones y el gasto, porque bastará que corran el porcentaje del rango mínimo al mayor. Y lo que pretende la norma constitucional mencionada es, precisamente, regular en forma muy estricta el sistema de remuneraciones. Ese fue el objetivo, nos guste o no.
He dicho.
La señora FELIÚ.-
Pido la palabra.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , con relación a la constitucionalidad de la norma, nos encontramos en presencia de lo siguiente.
El régimen jurídico vigente de remuneraciones de todo el personal a que nos referimos es libre; lo pacta libremente la municipalidad con el trabajador. Y el proyecto, iniciado por el Presidente de la República , quiere incorporar a ese régimen una asignación, señalando que los parámetros para regular el porcentaje serán fijados por el Ministerio de Salud; en tanto, la indicación establece que los determinará el municipio.
No veo problema alguno de inconstitucionalidad, más aún cuando toda la iniciativa -se ha señalado reiteradamente ante el Honorable Senado- se refiere a las remuneraciones mínimas. El municipio puede pactar las remuneraciones que estime conveniente, de acuerdo, obviamente, con sus disponibilidades presupuestarias. Así es en la actualidad, y así lo será mañana, con una diferencia y obligatoriedad: de que se trata de remuneraciones mínimas.
El Honorable señor Cantuarias se ha referido a un problema distinto; es decir, a cuál será el aporte obligatorio que hará el Estado, el Fisco. Este es -repito- un tema diferente, pero la determinación de que tal rincón de Puerto Aisén es un lugar aislado o no corresponderá al municipio.
Por eso, a mi juicio, la indicación en modo alguno es inconstitucional. En todo caso, no cabe duda de que, una vez aprobado el proyecto, la municipalidad podrá otorgar la asignación. Lo que se pretende es dejar clara constancia del porcentaje de la asignación y de quién califica o determina que se trata de una zona aislada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , es indiscutible que estamos repitiendo argumentos que ya hemos expuesto varias veces. El tema ya fue analizado y explicado claramente. Y las condiciones para calificar los establecimientos de desempeño difícil están señaladas en las letras a), b), c) y d) del artículo 26. Pero si la determinación se deja entregada a la exclusiva decisión del alcalde o del concejo, podría verse desvirtuado el sentido de la norma. A nuestro juicio, el Ministerio de Salud cuenta con la suficiente experiencia y conocimiento de todas las regiones y comunas del país como para emitir un juicio justo. Veamos, por ejemplo, qué podría suceder si se aplica la letra b),...
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Me permite, señor Senador ?
Aquí hay un problema más serio. La Mesa estudió la materia y llegó a la conclusión de que la indicación era inadmisible. Es facultad de la Presidencia , y yo la he ejercido. Puede no ser del parecer de los señores Senadores, pero lo he hecho, bien o mal. Esa es mi consideración. Por lo tanto, no cabe seguir discutiendo sobre el fondo del problema.
El señor PRAT .-
Apelo al espíritu consensual de Su Señoría, y le pido someter a votación la constitucionalidad de la indicación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Lo deploro, pero ya se adoptó resolución al respecto.
El señor PRAT.-
Entonces, pido votación.
El señor LARRAÍN.-
El señor Senador puede pedir que se vote.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
De acuerdo con el Reglamento, la Mesa puede pedir la votación si tiene dudas. No pretendo forzar al Senado ni crear una situación difícil. Normalmente, en los cuatros años en que he ejercido la Presidencia , cuando la Mesa ha declarado que una determinada norma era inadmisible, la Sala ha aceptado su decisión. Porque tener la responsabilidad de la Presidencia significa contar con el criterio necesario para la interpretación de la ley, que puede ser equivocado, como todo lo atinente al ser humano. Si Sus Señorías opinan que la determinación no fue acertada, someto el asunto a la consideración de la Sala, pero no voy a abdicar de las facultades que los señores Senadores me han dado al ejercer la Presidencia , y, con ello, todas las atribuciones que me otorga el Reglamento.
El señor LAVANDERO .-
Pero la Sala puede pedirla. Si no lo hace, está bien. Pero la Sala cuenta con la facultad de pedir votación sobre la determinación adoptada por el señor Presidente .
El señor DÍAZ .-
En nombre del Comité Demócrata Cristiano, debo decir que la Mesa adoptó la decisión sabia y justa.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Como advierto que en los Partidos no hay acuerdo en cuanto a que la decisión fue sana, someteré el asunto a votación.
El señor LAVANDERO .-
Siempre que así se lo pidan.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Creí que Su Señoría lo estaba haciendo.
Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ .-
Sin perjuicio de las atribuciones del señor Presidente -creo que también tiene derecho a equivocarse-, estimo que aquí se cometió un error. Y, si se pide votación, sería bueno que la hubiese porque están en juego las prerrogativas del Parlamento, y se estaría sentando, a mi juicio, un gravísimo precedente en cuanto qué los Parlamentarios, dentro de los márgenes establecidos en las propias iniciativas del Ejecutivo , ni siquiera tendrían participación respecto de la forma como éstas deben despacharse.
A mi juicio, eso es muy grave, porque si es así, vamos a tener que votar "Sí" o "No", como ante los convenios internacionales, y no creo que eso sea lo que pretende el Senado. Insisto en que el precedente puede ser muy negativo.
Por lo tanto, me atrevería a calificar de errónea la decisión adoptada por Su Señoría, porque, sin perjuicio de estar de acuerdo o no sobre la forma como los municipios o el Ejecutivo determinen lo relativo a este punto del proyecto, estimo conveniente someterlo a votación porque es importante que esta Corporación vele por sus propios fueros y prerrogativas.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , estoy absolutamente de acuerdo con su interpretación, la que, por lo demás, es la que siempre se ha aplicado. La norma reglamentaria dispone que Su Señoría podrá consultar a la Sala si tuviere dudas sobre la inadmisibilidad de una indicación; no dice si las tuviere la Sala. Reitero: hacerlo es facultad del Presidente , y sólo si tiene dudas. Y así se ha procedido siempre.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Esa norma debe ser analizada considerando lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento, según el cual la Sala podrá reconsiderar la declaración de inadmisibilidad. Y es decisión de la Mesa que se proceda a la votación.
El señor LARRAÍN.-
El artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional dice que "Corresponderá al presidente de la sala o comisión la facultad de declarar inadmisibles las indicaciones a que se refiere el artículo anterior. No obstante" -agrega- ", la sala o comisión, en su caso, podrá reconsiderar dicha inadmisibilidad.". "Podrá"; es decir, es factible que se produzca a solicitud, por ejemplo, de un señor Senador. Y como entiendo que se ha formulado la petición, corresponde, por lo tanto, votar sobre la decisión tomada.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, sólo quiero decir lo siguiente respecto de esta materia.
La interpretación que siempre se ha seguido es la de que es atribución del Presidente, si tiene dudas o si lo considera pertinente, recabar la opinión de la Sala.
Por otra parte, no me parece claro en la disposición de la Ley Orgánica Constitucional lo que se entiende por "la sala", porque la reconsideración por "la sala" de dicha inadmisibilidad no puede interpretarse como la derivada de la petición de un señor Senador. Creo que este punto debiera de alguna manera estar reglamentado.
El señor LAVANDERO .-
¿Me permite, señor Presidente?
El problema es que se están interpretando dos artículos distintos. En uno se establece que el Presidente podrá declarar la inadmisibilidad, pero en otro -el 122- se consigna que "La Sala, o la Comisión en su caso, podrá reconsiderar la declaración de inadmisibilidad de indicaciones hecha por el respectivo Presidente ".
Ahí está el problema. El Presidente está autorizado para declarar la inadmisibilidad, pero la Sala puede requerir que se vote. Son dos artículos diferentes.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Se someterá a votación si es admisible o no la indicación renovada.
--(Durante la votación).
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , argumenté oponiéndome a la votación de la indicación y al contenido sustitutivo que pretende respecto del artículo que nos proponen las Comisiones. Sin embargo, no me pronuncié acerca de su constitucionalidad, y me parece que corresponde hacerlo. Por lo tanto, voto por su admisibilidad, pero cuando debamos pronunciarnos sobre la indicación, lo haré en forma negativa por estimar que producirá efectos perniciosos para el funcionamiento del sistema.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , voy a fundar muy brevemente mi voto.
Nosotros debemos regirnos por la legislación actual, no por las normas del proyecto. En las disposiciones vigentes hay libertad contractual para las contrataciones de ese personal en las municipalidades. En consecuencia, no hay ningún impedimento constitucional para que éstas fijen bases distintas para el cálculo de esta asignación. Aún más, creo que la indicación responde fielmente al espíritu de la Constitución porque, al mismo tiempo que establece que la calificación de establecimientos de desempeño difícil será hecha por el Ministerio de Salud y dispone que el porcentaje de la asignación podrá ser de un 10 por ciento a un 30 por ciento, precisa que deberá regularse conforme a la disponibilidad de recursos de cada municipalidad. Lo otro resulta absurdo.
Por tal razón, y por tratarse hoy de un sistema de sueldos correspondiente al sector privado, estimo que la disposición es constitucional.
El señor ERRÁZURIZ .-
Señor Presidente , considero que la indicación es constitucional y, por lo tanto, admisible.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , por las razones que señalé hace un momento, voto que sí. La indicación, a mi juicio, es constitucional.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, estimo que la indicación es absolutamente inadmisible.
En general, en este proyecto ha habido dos concepciones distintas que se han visto reflejadas en la votación. Aquí no se trata de los beneficios que, adicionales al estatuto, puede otorgar cada municipalidad; eso es, sin duda alguna, perfectamente posible. La cuestión es si en el estatuto -hay que tener presente que en ese aspecto son considerados funcionarios públicos, regidos por un sistema especial- es posible modificar lo relativo a la asignación especial que se establece. Ese es todo el asunto. Y, por lo tanto, creo que la indicación es inadmisible.
Voto que no.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , de acuerdo con lo que ha sostenido el Honorable señor DÍEZ, las municipalidades tendrían la posibilidad de otorgar directamente el beneficio. Sin embargo, en ese caso la inconstitucionalidad radicaría en que, por ley, se estaría imponiendo una obligación en una relación contractual y libre entre un empleado y la municipalidad. Por eso, respetando el derecho de la Sala de solicitar que se vote la admisibilidad o inadmisibilidad de la indicación, considero correcta la decisión del Presidente del Senado de declararla inadmisible.
Voto que no.
El señor PÉREZ .-
Señor Presidente , los aspectos de esta norma que estarían dentro de las facultades exclusivas del Ejecutivo -que se reiteran en la indicación- son, primero, la existencia de una asignación especial; segundo, la razón por la cual ella se otorga, que es el desempeño difícil, y tercero, el porcentaje en que fluctúa, que es de 10 a 30 por ciento.
Esos tres elementos se repiten en la indicación número 54, que tiene por objeto reemplazar el artículo 25. Por lo tanto, el gasto está acotado, y la diferencia radicaría en cuál es la entidad que decidirá al respecto. Desde ese punto de vista, es mucho más coherente con toda la legislación existente sobre la materia, con la municipalización de la salud y con las ideas del mercado, que la municipalidad decida sobre la asignación, y no el Ministerio de Salud.
Por lo tanto, no sólo concuerdo con la indicación formulada, sino que también -por las razones que di denantes- la considero admisible.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , siguiendo el razonamiento de otros señores Senadores, si se aplicara esta disposición a las normas actualmente vigentes, a mi juicio, podría ser admisible. Pero ocurre que se va a emplear respecto de un mecanismo que establece que estos funcionarios serán empleados públicos, tendrán un estatuto de igual índole, y, por lo tanto, en esta materia se regirán por las normas fijadas para el resto de la Administración Pública.
De allí, entonces, que la municipalidad no puede determinar condiciones de remuneración distintas de las establecidas por el Presidente de la República, porque carece de atribuciones para ello.
Si consideramos el proyecto en su globalidad, creo que aquí se ha dado una interpretación por completo errada, por cuanto esta indicación tiene que ver con el contexto de todas las enmiendas presentadas por el Honorable señor Piñera , las cuales tendían a cambiar totalmente el sentido de la iniciativa, cosa que no se logró. De modo que, para ser consecuentes con lo aprobado hasta el momento, esta norma no tiene cabida en el texto y, por lo tanto, es inadmisible.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , la indicación renovada en debate incide en un asunto de la mayor importancia, porque al asumir un criterio estamos sentando un precedente bastante delicado. En este momento estamos abocados a la constitucionalidad de ella, y más adelante tendremos que pronunciarnos sobre el fondo de la indicación.
Concuerdo con la declaración de inadmisibilidad hecha por el señor Presidente . ¿Por qué? Porque, si bien es efectivo que en la actualidad el personal que presta esos servicios está regido por el Código del Trabajo, ocurre que, según la iniciativa en debate -desde su aprobación en general y de la de otras normas que ya están a firme-, dicho personal estará regido por un estatuto municipal y, por consiguiente, tendrá el carácter de servidor público. Además, es pagado por el Estado, como lo demostró hace un momento un distinguido señor Senador.
Ahora bien, la actual Constitución, bien o mal -a mi juicio, bien, y no sólo en esta Administración, sino desde la época del Gobierno del Presidente Ríos-, partió del principio de no entregar iniciativa al Parlamento en materia de gastos públicos, el que incluso después se ha ido especificando más. Lo que está en juego aquí es si la inadmisibilidad proviene del hecho de que afecte a un personal regido hoy por el Código del Trabajo, pero que en el proyecto aparece sujeto al régimen semifiscal y, por ende, público.
A mi entender, la admisibilidad o inadmisibilidad de una indicación debe referirse al texto del proyecto y a su coherencia con el mismo, porque puede acontecer que mañana se cree un servicio respecto del cual no exista ningún empleado en funciones. ¿Cómo vamos a aplicar el criterio de si es admisible o no una norma que cambia las bases del proyecto del Gobierno? Hay que aplicarlo de acuerdo con la coherencia de la iniciativa misma. Aquí se ha aprobado una y otra vez que se trata de un personal sujeto al Estatuto Municipal y financiado por el Estado, y por consiguiente, no puede cambiarse de régimen por iniciativa parlamentaria. El Parlamento sí tendría la posibilidad de rechazar el proyecto o el artículo respectivo, porque no lo acepta. Pero, de acuerdo con la Constitución, no puede cambiarlo por otro que fije una base distinta.
Por eso, considero que la indicación es inadmisible y respaldo la conducta de la Mesa.
He dicho.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , indudablemente, la materia es dudosa. No obstante, tal como lo he hecho en otras oportunidades, soy de opinión de que la indicación es admisible, porque considero que estamos dando una aplicación tan restringida a las normas, que de alguna manera pretendemos convertirnos en un verdadero buzón de ciertas iniciativas del Presidente de la República .
Creo que la iniciativa dice relación a la materia en general, pero no a una modalidad como es ésta, porque no estamos hablando de mayor gasto, sino de quién podría determinarlo en un momento dado.
Por ello, ante un asunto que reconozco que es dudoso, pero luchando por las facultades del Parlamento, voto por la admisibilidad de la indicación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Terminada la votación.
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).-
Resultado de la votación: (19 votos por la afirmativa, 15 por la negativa y 4 pareos).
Votaron por la afirmativa los señores Alessandri, Cantuarias, Cooper, DÍEZ, Errázuriz, Feliú, Fernández, Horvath, Huerta, Lagos, Letelier, Martin, Mc-Intyre, Otero, Pérez, Prat, Ríos, Siebert y Urenda.
Votaron por la negativa los señores Calderón, Díaz, Frei (don Arturo), Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Lavandero, Ominami, Páez, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sule, Thayer, Valdés y Zaldívar (don Andrés).
No votaron, por estar pareados, los señores Larraín, Larre, Romero y Sinclair.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En consecuencia, se declara admisible la indicación N° 54. Continúa la discusión sobre la indicación.
El señor HAMILTON.-
Que se vote, señor Presidente.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En votación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
¿Se aprueba o no la indicación renovada al artículo 25?
--(Durante la votación).
El señor ERRÁZURIZ .-
Señor Presidente , en el entendido de que no cambia la base -es decir, de que estamos hablando de las mismas cantidades- y de que el municipio tiene perfecto derecho para establecer estos cargos y sus diferencias, dada la regionalización que todos buscamos y las atribuciones que deseamos entregar a las autoridades comunales, voto a favor de la indicación.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , voté favorablemente la admisibilidad. Sin embargo, la frase final de la indicación dice "conforme a la disponibilidad de recursos y a las condiciones de oferta y demanda de trabajo.". La verdad es que las municipalidades viven desvistiendo a un santo para vestir a otro. En esas condiciones, no es posible aprobar una indicación de esta naturaleza y por eso voto en contra.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , ha quedado en claro que el gasto en esta materia se halla acotado por el nivel central. No obstante, en mi opinión, debe darse amplia facultad a cada comuna para que resuelva acerca de qué establecimientos serán beneficiados con la asignación especial.
La experiencia existente en la Décima Región es la de que normalmente, en materia de rentas del sector educacional, esta asignación ha sido mal aplicada. A menudo, los profesores que están más próximos a los centros urbanos reciben una asignación superior a la de quienes se encuentran más lejos o enfrentan mayores dificultades.
Es más. Días atrás dirigí un oficio al señor Ministro de Hacienda para formular un reclamo sobre la aplicación de asignación de zona en un lugar aislado, como es Neltume, en la provincia de Valdivia, donde tal asignación es mucho menor que en localidades como Coñaripe, Choshuenco y otras más próximas al valle central.
Lo anterior prueba que con frecuencia existe desconocimiento de la realidad en quienes están a cargo de estos factores. Por lo tanto, estando establecido y acotado el gasto para cada comuna, lo lógico es que la autoridad local y el concejo comunal determinen el monto de la asignación.
Por encontrarme pareado con la Honorable señora Carrera, no puedo votar.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , seré muy breve, porque no quiero dejar pasar la afirmación de que estamos disminuyendo, evitando o haciendo más ineficiente el proceso de descentralización en Salud. No es eso. Lo que pretendemos con el rechazo de la indicación es primeramente que el parámetro por el cual una localidad sea calificada como "de desempeño difícil" sea valorado no por quienes pertenezcan a ella, pues todos pedirán tal calificación. Recuerdo al respecto los argumentos del Senador señor Cantuarias ; y en segundo lugar, porque los dineros por entregar estarán reforzados, por lo cual no será necesario esquilmar a las municipalidades para esas demandas. Constituye la única manera para que los municipios más pobres no queden rezagados en relación con aquellos que tienen más posibilidades de contar con mayores recursos.
Al leer la indicación, los señores Senadores se van a dar cuenta de que su efecto será precisamente contrarío a las razones tenidas en vista para su aprobación. En ese sentido, me hace fuerza la argumentación dada, por lo cual votaré en contra.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , también me pronunciaré en contra no sólo por las razones de tipo constitucional que di hace un momento, sino por el fondo de la misma, porque conduce a un camino incompatible con cualquier coherencia de la iniciativa.
Según el proyecto los mayores gastos derivados de asignaciones se pagarán con cargo a un fondo que se administra conforme lo señala el artículo 6° transitorio. Por lo tanto, carece de consistencia el que cada municipio decida según su criterio el recargo correspondiente a un desempeño funcionario en condición difícil, porque -excúsenme Sus Señorías la comparación- sería como entregar al zorro el cuidado del gallinero.
Si lo que se busca -ésta es la filosofía de la indicación, en concordancia con otras- es que el municipio estipule directamente con su personal los beneficios, es necesario advertir que eso ya no puede ser, pues se prefirió un estatuto semimunicipal y no el Código del Trabajo. Se optó por la carrera funcionaria y no por la convención colectiva.
Si hay carrera funcionaria y, por lo mismo, estatuto municipal, pretender que cada municipio convenga libremente con su personal el monto de la asignación de desempeño difícil, el personal de cada municipio alegará tener el máximo de dificultad para su desempeño. ¿Y quién paga la asignación? El Estado. Se administra de acuerdo a un mecanismo indicado en el artículo 6° transitorio. Por consiguiente, la municipalidad no recibirá los fondos que pretende si no se acomoda a los parámetros fijados por el Ministerio respectivo.
Como la indicación no calza con nada de lo aprobado, debe ser rechazada.
Voto que no.
-- Se rechaza la indicación renovada (15 votos contra 13, una abstención y 6 pareos).
Votaron por la negativa los señores Calderón, Cantuarias, Díaz, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Horvath, Lavandero, Ominami, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sule, Thayer, Valdés y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la afirmativa los señores Alessandri, Cooper, DÍEZ, Errázuriz, Feliú, Fernández, Huerta, Letelier, Martin, Mc-Intyre, Otero, Pérez y Prat.
Se abstuvo de votar el señor Urenda.
No votaron, por estar pareados, los señores Larraín, Larre, Ríos, Romero, Siebert y Sinclair.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
A continuación, las Comisiones unidas proponen, por unanimidad, en la letra b) del artículo 26, sustituir la palabra "atendida" por "beneficiaria".
--Se aprueba.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, las Comisiones unidas sugieren, por unanimidad, en la letra c) del mismo artículo, reemplazar el término "atendida" por "beneficiaria".
--Se aprueba.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Respecto del artículo 27, las Comisiones unidas proponen, por unanimidad, sustituirlo por el siguiente:
"Artículo 27.-
La entidad administradora de salud municipal de cada comuna deberá proponer al Servicio de Salud correspondiente los establecimientos que considere que deban ser calificados de desempeño difícil, para que este Servicio, a través de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Salud , proceda a informar las proposiciones y antecedentes al Ministerio de Salud, el que fijará anualmente dicha calificación mediante resolución fundada y en la forma que establezca el reglamento. La calificación de desempeño difícil podrá concederse hasta un número de establecimientos municipales de atención primaria del país cuyas dotaciones, sumadas, no excedan del 25% del total nacional de las dotaciones.".
--Se aprueba.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , ¿hay una indicación del Ejecutivo en el artículo 27, o me equivoco?
La señora FELIÚ.-
Pero no está renovada, señor Presidente .
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
No se renovó, señor Senador.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La indicación N° 60, renovada, por los Senadores Prat, Ríos, Romero, DÍEZ, Lagos, Siebert , Pérez , Cooper , Fernández y Martin , es para sustituir el artículo 28 por el que sigue:
"Artículo 28.-
La carrera funcionaria deberá garantizar la igualdad de oportunidades para el ingreso y el acceso a la capacitación; la objetividad de las calificaciones; reconocer la experiencia, el perfeccionamiento y el mérito funcionario, en conformidad con las normas de este Estatuto.".
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , el objetivo de la indicación renovada -si no entiendo mal su texto- es suprimir dentro de la carrera funcionaria el concepto de antigüedad, lo cual equivale a eliminar más o menos el 50 por ciento de aquélla.
Por eso, no puede ser aceptada.
El señor URENDA .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor URENDA .-
Señor Presidente , la diferencia se encuentra en la expresión "y la estabilidad en el empleo", que la indicación renovada propone suprimir. Lo demás queda exactamente igual.
El señor THAYER .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , las indicaciones deben tener coherencia. Habrá, entonces, otra proposición referente a la antigüedad.
Me preocupa lo siguiente: al tratar el estatuto, corremos el riesgo de ir en cada caso analizando indicaciones que tienen un concepto distinto, y debe evitarse la posibilidad de que una de ellas, de alguna manera, sea discordante con lo ya aprobado.
Si la indicación renovada no implica alguna modificación en cuanto a la antigüedad, no veo qué novedad tenga respecto a la precedente. Porque tocante a la estabilidad en el empleo, la norma se halla regida por las causales de extinción en el cargo, fijadas en los artículos finales de la iniciativa, en un capítulo especial sobre la materia.
El señor RUIZ ESQUIDE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede usar de ella Su Señoría.
El señor RUIZ ESQUIDE .-
Señor Presidente , lo dicho por el Senador señor Thayer fue objeto de un largo debate en las Comisiones unidas y, también, en la Sala. Y, efectivamente, existe un marco distinto.
Entonces, votar por un resultado accidental en un momento determinado, nos volverá al debate de fondo, que supone aprobar un determinado sentido de la ley; y estas indicaciones van por otro camino, que de hecho ya ha sitio rechazado al votarse en general y al aceptarse la mayoría de las sugerencias.
Por otro lado, en el caso expreso del artículo 28, la indicación busca terminar con la expresión "y la estabilidad en el empleo", lo cual fue debatido largamente, llegándose a la conclusión -y así lo entendieron las Comisiones unidas- de que ello no obsta a los resguardos necesarios para que existan una capacitación adecuada y exigencias. Empero, sacar la expresión "y la estabilidad en el empleo" es algo que contradice el sentido con el que estábamos trabajando.
Por eso, pido al Senado rechazar la indicación renovada.
El señor DÍEZ.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede usar de ella Su Señoría.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , aquí nos encontramos en un concepto de fondo: si lo que ha de regir la permanencia de los funcionarios que tienen igualdad en el ingreso es la capacitación, la objetividad de las calificaciones, la experiencia, el perfeccionamiento y el mérito funcionario, o si, también, se garantizará la estabilidad en el empleo.
Hablemos las cosas con franqueza. ¿Queremos una ley que favorezca a los enfermos o una que dé garantía de estabilidad a los funcionarios?
No hay duda de que si un funcionario tiene experiencia, preparación y capacidad, tiene estabilidad. Esta la gana por el cumplimiento de su deber, no porque lo establezca la ley.
Por esta razón, creo conveniente la aceptación de la indicación renovada.
El señor DÍAZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , los enfermos son atendidos en la medida en que los que trabajan en la Salud estén bien remunerados y tengan estabilidad en el empleo. En mi opinión, hay una relación directa. Todos quienes sufren las consecuencias de la inestabilidad del trabajo laboran en malas condiciones y, por lo tanto, ello puede repercutir en los enfermos.
Indudablemente que quienes se someten año a año al proceso de calificaciones y en una oportunidad no quedan ubicados en Lista 1, evidentemente serán sancionados, pudiendo perder rango, escalafón y recursos.
Soy partidario de que, de alguna manera, la antigüedad de los profesionales y funcionarios de la Salud sea respetada.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , la disposición en debate se halla en directa relación con el artículo 44 de la iniciativa, sobre causales de término de la relación laboral.
La estabilidad en el empleo se debe a que éste sólo termina en virtud de las causales fijadas en la ley, en este caso, en el artículo 44 del proyecto. Por consiguiente, suprimir aquí la expresión "estabilidad en el empleo" no tiene sentido si al mismo tiempo se mantienen como causales de cesación sólo las establecidas específicamente en la ley.
La indicación corresponde a un concepto distinto, forma parte de un conjunto de sugerencias de un distinguido señor Senador, quien planteaba un criterio muy respetable, pero diferente, para regir todo el cuadro del Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. Por consiguiente, estimo que la supresión de la frase "y estabilidad en el empleo" en esta definición no tiene sentido si se mantiene el artículo 44 que fija las causales precisas de cesación en el cargo.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , el artículo 28 dice directa relación a los artículos 15 y 44, como lo ha recordado el Honorable señor Thayer .
El artículo 15 -ya aprobado- establece: "El personal contratado en forma indefinida tendrá derecho a la estabilidad en sus funciones y su relación laboral solamente terminará por alguna de las causales señaladas en esta ley.". Dicha estabilidad significa que los trabajadores sólo cesan por una causal legal. Nada podría extrañamos de una norma de tal naturaleza, porque lo mismo ocurre con los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, los cuales también gozan de estabilidad en la medida en que su cese de funciones sólo puede disponerse por una causal de rango legal.
Por eso, la disposición del artículo 28 que se discute debe entenderse en armonía con el artículo 15. Este reconoce la estabilidad al establecer que el cese de funciones sólo puede disponerse por una causal fijada en la ley, según preceptúa el artículo 44 del proyecto.
Respecto del artículo 44, he renovado indicación para suprimir su rigidez actual. En cambio, el artículo 28 no me merece observaciones, por ser armónico con el 15, razón por la cual rechazaré la indicación que lo modifica La estabilidad existe desde que la causal de cese tiene que estar establecida en la ley, y ésa es la condición que cumple el artículo 44, respecto del cual debemos ver que tenga la suficiente flexibilidad como para que el sistema pueda operar de manera medianamente eficiente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , pienso que esta disposición no agrega ni quita nada al proyecto. Se trata de un precepto bastante lírico, ya que no contiene en sí ningún derecho que pueda reclamar el funcionario. Por lo tanto, carece de sentido.
Lo que realmente cuenta, como se ha dicho, es lo establecido en el artículo 44. Allí es donde se juega, en verdad, la posibilidad de que un funcionario se mantenga en el cargo, y determina, en consecuencia, su estabilidad.
De consiguiente, no tiene mucho sentido que la norma permanezca, como tampoco reviste gravedad su eliminación.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Votemos, señor Presidente .
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente , procedamos a votar.
El señor LARRE.-
Señor Presidente, apliquemos el mismo resultado de la votación anterior.
--Se rechaza la indicación con la misma votación anterior.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Corresponde enseguida tratar la indicación N° 62, renovada por los señores Piñera, Lagos , Siebert , Errázuriz , Romero, Larre , Ríos, Prat , Díez , Feliú y Larraín , para agregar al artículo 29 el siguiente inciso segundo nuevo:
"El que haya ganado el concurso público permanecerá a prueba durante seis meses. El Director o Jefe del establecimiento donde realice sus funciones, al término del período de prueba, deberá calificar su desempeño de satisfactorio o de insatisfactorio. De ser calificado satisfactorio quedará incorporado, por el solo ministerio de la ley, a la dotación con contrato indefinido. De ser insatisfactorio su desempeño, cesará de inmediato sus funciones y deberá llamarse a nuevo concurso público. El Director o Jefe del establecimiento deberá efectuar la calificación dentro de los Díez días siguientes al término del período de prueba. Si no lo hiciere, se entenderá que el desempeño ha sido satisfactorio, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa del Director o Jefe del establecimiento, por su omisión".
Para ser aprobada, requiere de quórum de ley orgánica constitucional.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , como decía, el proyecto establece estabilidad laboral, al tiempo que especifica las causales de cese. El texto vigente, a mi juicio, impone un sistema inmanejable por cuanto es sumamente rígido. En virtud de esta norma, quien gane un concurso habiendo pasado una prueba o presentado determinados antecedentes, ingresa, pero su calidad es precaria. Durante seis meses debe demostrar sus méritos.
Todo aquel que incluya en su experiencia profesional la calidad de jefe y haya podido apreciar a un funcionario primero por el resultado de un concurso y después por su desempeño laboral, coincidirá en lo siguiente: muchas veces, en un período laboral de seis meses, por distintas razones -falta de adaptabilidad, desencuentro con el trabajo, cantidad de problemas personales que no les significa una mala calificación, pues son buenos funcionarios-, las personas incurren en actos involuntarios.
A mi juicio, la norma es buena en el presente y en todos los estatutos. Debo recordar que en la administración del Estado -como alguien recordaba- la experiencia es otra: los funcionarios, normalmente, antes de ingresar a la planta, se desempeñan a contrata por un tiempo más o menos prolongado, circunstancia que determina que, cuando participan en un concurso y lo ganan, ya sean conocidos por sus condiciones para el trabajo. En cambio, en el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal la contratación queda sumamente limitada y, en principio, la opinión mayoritaria de la Comisión fue que todas las personas ingresen, de partida, con contrato indefinido. La indicación ofrece una válvula de escape que permitirá al municipio, después de seis meses, probar si realmente el funcionario tiene condiciones de idoneidad para los efectos de que, cumplido ese plazo, obtenga nombramiento indefinido.
Por estas razones, votaré a favor de la indicación renovada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , en la letra f) del artículo 44, se soluciona el problema. En efecto, si la persona que ingresó vía concurso es calificada en lista de eliminación o condicional, inmediatamente cesa en el cargo. Así que no es necesario someterla a juicio a los seis meses. Por lo demás, no me gustan los juicios a los seis meses, ni, incluso, en el caso del Gobierno, porque es un plazo demasiado prematuro.
El señor RUIZ (don José).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
La había solicitado antes otro señor Senador.
Tiene la palabra el Honorable señor Larre.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , coincido plenamente con la Senadora señora Feliú . Los de salud son sistemas muy especializados, a los cuales el contratado debe adaptarse, especialmente cuando las tareas se cumplen en zonas rurales. Son numerosos los establecimientos de atención de salud primaria que no se encuentran en las ciudades. Y el grueso de quienes concursan lo forman profesionales, paramédicos o auxiliares del sector urbano y que sufren un efecto de adaptación. Por eso, muchos de ellos fracasan en su intento, pero se mantienen en la planta del sistema local, con la intención de llegar a los centros urbanos donde están los establecimientos principales.
Por esto estimo altamente justificable que se someta al personal de los establecimientos de atención primaria a un período de prueba, y muy en especial en las comunas urbano-rurales y rurales, donde el ambiente en que se va a desempeñar el funcionario es muy distinto de aquel en que se crió y formó.
La indicación me parece positiva, y me animo a solicitar a la Sala que la apruebe.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz De Giorgio.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , en mi opinión, el problema radica justamente en lo planteado por el Senador señor Larre
Cuesta conseguir un profesional que vaya a servir en el sector rural o en los lugares apartados. Por eso es inconveniente oponer más dificultades a las que ya existen: remuneraciones bajas, problemas de todo orden para el traslado de las familias, etcétera. Ahora se quiere agregar la de no darle ninguna seguridad de permanencia en su cargo, sino después de seis meses. Y, aun cuando cumpla bien su misión, si no le gusta al director del establecimiento, también puede perder su trabajo.
Estamos de acuerdo en que haya una calificación una vez al año y en que del resultado de ella dependa si la persona sigue o no sigue en su cargo. Pero poner más dificultades a las hoy día existentes para que un profesional vaya a servir en lugares apartados, me parece un error.
Estaría absolutamente de acuerdo en imponer tal modalidad en los hospitales donde efectivamente haya interés en llegar; pero no cuando se trate de los consultorios municipalizados, especialmente los de sectores rurales, donde cuesta mucho que lleguen los profesionales.
Por lo tanto, solicito a los señores Senadores tener presente que en este estatuto debemos facilitar la contratación de profesionales, y no obstaculizarla. El principio planteado en la indicación es bueno para otro tipo de actividad, pero no para ésta.
En consecuencia, en mi opinión, debemos rechazar la indicación, como ya lo hicieron las Comisiones de Salud y de Trabajo, unidas.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , sólo respecto de una cosa estoy en desacuerdo con el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra. No veo en qué materias puede ser bueno aplicar el sistema propuesto. ¿Acaso llamar a un concurso y, si alguien lo gana (se supone que reunirá todos los requisitos para hacerlo), no nombrarlo en forma definitiva sino provisionalmente, de manera que durante un período determinado sea absolutamente obsecuente para que su jefe inmediato decida mantenerlo y no cambiarlo?
Aquí estamos hablando de consultorios, de médicos, de lugares apartados donde hoy día, objetivamente, hay problemas para proveer los cargos; sin embargo, se pretende establecer una condición de precariedad respecto del eventual nombramiento, lo que va a hacer mucho más difícil suplirlos. En consecuencia, estoy en contra de la disposición y del principio que la anima.
Tampoco he visto -ni en la universidad, ni en la administración pública, ni en la Contraloría, ni en esta misma Corporación, ni en ninguna otra parte que yo conozca- que se recurra a concursos para proveer determinados cargos, sólo por un tiempo de seis meses. Si alguien ingresa a un servicio por concurso -que es la mejor forma de ganarse un cargo-, y por cualquier razón no rinde en su trabajo, ahí estará la calificación o la causal de despido que ha de hacerse efectiva en tales circunstancias.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , el debate sobre esta materia está casi agotado. Sólo quiero agregar que, a mi juicio la indicación tiene un inconveniente técnico.
El mecanismo que conduce a la autoridad a declarar que se gana un concurso, implica cierta reglamentación y un procedimiento legal conocidos. No me parece adecuado el principio de que un concurso, efectuado con todas las garantías y en conformidad a las reglas prefijadas, quede sujeto a que al cabo de seis meses el director o el Jefe del establecimiento, por sí y ante sí, lo deje sin efecto, por estimar insatisfactorio el rendimiento de quien lo ganó, y llame a un nuevo concurso. No sé si la segunda vez podrá hacer lo mismo; pero esta modalidad de contratación podría conducir, en definitiva, a sustituir el régimen de calificación o la normativa de los concursos por la voluntad unipersonal del director o del jefe de un servicio.
Por eso, votaré en contra de la indicación.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Hago presente a los señores Senadores que estamos avanzando muy lentamente en el despacho de este proyecto. Sugiero que algunas observaciones se formulen al momento de fundamentar el voto, para evitar repeticiones.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, pido que votemos de inmediato, a fin de fundamentar el voto.
El señor URENDA.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , debo manifestar que el hecho de hacer valer el derecho a fundar el voto en el momento de emitirlo, favorece principalmente a los señores Senadores cuyos apellidos comienzan con las primeras letras del abecedario. En cambio, los que debemos pronunciarnos al final -así ocurre, por ejemplo, con el señor Presidente , con el Honorable señor Andrés Zaldívar y con quien habla- tenemos escasas posibilidades de influir en la votación de los demás señores Senadores.
Al respecto, cabe precisar que en las Comisiones unidas voté a favor de esta indicación renovada; sin embargo, después de escuchar las argumentaciones que aquí se han dado, me he convencido de que es preciso rechazarla. Y pienso que es necesario votar en contra de ella, primero, porque en las Comisiones era factible mejorar la redacción de la norma, toda vez que, de aplicarse el procedimiento propuesto, forzosamente se producirá una laguna, una nueva vacancia durante algún tiempo, ya que habrá que esperar seis meses para que el funcionario quede eliminado, y será necesario posteriormente efectuar otra vez el concurso, situación que ya no está en nuestra mano modificar; y segundo, porque, como en el nombramiento del postulante ganador intervienen personas diferentes del director o jefe del plantel, la tarea realizada por estas autoridades, esto es, en este caso, por una comisión de jerarquía superior, puede ser destruida por un funcionario de menor rango.
Lo expuesto me ha impulsado a cambiar de opinión. He querido darla a conocer antes de la votación, porque podría influir en la misma.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
El orden en que se toman las votaciones es susceptible de cambios, porque no está en los DÍEZ Mandamientos que deba empezarse con la letra "A".
El señor PRAT.-
¿Me permite, señor Presidente ? Deseo plantear una moción de orden.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PRAT.-
En consideración a que el tiempo es escaso y previendo que la votación será similar a las ya efectuadas, propongo aplicar el mismo resultado anterior a la votación de esta indicación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Entonces, si le parece a la Sala se rechazaría la indicación renovada.
El señor ALESSANDRI .-
Acepto, señor Presidente . Y lo hago presente, porque antes voté en forma distinta. Encuentro atendibles las razones que se han dado y me sumo al rechazo de la indicación, de manera que aumentan los votos negativos.
--Se rechaza la indicación renovada Nº 62 (17 votos contra 12 y 6 pareos).
Votaron por la negativa los señores Alessandri, Calderón, Cantuarias, Díaz, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Horvath, Lavandero, Ominami, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sule, Thayer, Urenda, Valdés y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la afirmativa los señores Cooper, DÍEZ, Errázuriz, Feliú, Fernández, Huerta, Letelier, Martin, Mc-Intyre, Otero, Pérez y Prat.
No votaron, por estar pareados, los señores Larraín, Larre, Ríos, Romero, Siebert y Sinclair.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Corresponde votar el texto del artículo 29 propuesto por las Comisiones unidas, el cual, por ser de quórum especial, requiere de la aprobación de 25 señores Senadores.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
No hay quórum. Se encuentran presentes 24 señores Senadores. Se tocarán los timbres para llamarlos.
El señor ERRÁZURIZ .-
Señor Presidente , para aprovechar el tiempo, quiero decir algo muy breve.
Para renovar la indicación que acabamos de tratar, la que suscribí junto con otros señores Senadores, tomamos en cuenta que el hecho de contratar a un funcionario a prueba durante seis meses permite detectar antes si se cometió un error, y no debe esperarse todo un año para llamar nuevamente a concurso. En seguida, vendría la realización del mismo, y finalmente, habría que volver a contratar a otra persona. En todo esto se perderían dos años o más, como acota un señor Senador ...
El señor HAMILTON .-
La indicación ya se rechazó.
El señor ERRÁZURIZ .-
Lo sé, pero deseo dar a conocer este argumento porque creo que algunos señores Senadores han votado en forma equivocada.
Por la vía de contratar a prueba durante seis meses, se puede corregir de manera rápida el error que eventualmente se hubiera cometido en el concurso. Por lo demás, no será un funcionario subalterno, sino el jefe respectivo quien dará cuenta de que la persona contratada no es eficiente y que, por lo tanto, deberá reemplazársela. Y esto, como es normal en toda empresa de cualquier actividad, se hará con la celeridad que corresponde. De lo contrario, el mecanismo será muy lento.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Ya hay quórum.
En votación.
--Por unanimidad, se aprueba el artículo 29 propuesto por las Comisiones unidas, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que se pronunciaron favorablemente 27 señores Senadores.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Artículo 30. Las Comisiones unidas recomiendan reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 30.-
Para ser Director de establecimiento de atención primaria de salud municipal, se deberá estar en posesión de un título, correspondiente a los siguientes profesionales:
a) Médicos Cirujanos, Farmacéuticos, Químicos-Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujanos-Dentistas;
b) Asistentes Sociales, Enfermeras, Kinesiólogos, Matronas, Nutricionistas, Tecnólogos Médicos , Terapeutas Ocupacionales y Fonoaudiólogos, y
c) Otros con formación en el área de salud pública, debidamente acreditada.
El nombramiento de Director de establecimiento de atención primaria de salud municipal tendrá una duración de tres años. Con la debida antelación se llamará a concurso público de antecedentes, pudiendo postular el Director que termina su período.".
Durante la discusión de esta norma, las Comisiones unidas acogieron por mayoría la indicación N° 64, y unánimemente varias otras.
Además, se renovó la indicación N° 63, para sustituir el texto de dicho artículo por otro del tenor que se indica:
"Artículo 30.-
Para ser director de un consultorio de salud municipal se requiere estar en posesión de un título profesional de una carrera cuya duración sea igual o superior a ocho semestres.".
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En discusión esta indicación renovada.
Ofrezco la palabra.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , votaré a favor de la indicación renovada porque considero malo todo aquello que tienda a establecer un monopolio de ciertas profesiones para desempeñar determinados cargos.
Aquí se ha dicho que los abogados podrían desempeñar muy bien el cargo de Director. Creo que igualmente bien lo podrían hacer los ingenieros, o los administradores, que están especialmente capacitados para ejercer labores de dirección y de conducción. Pero respecto de la rama médica, me parece que se han confundido dos conceptos. Los médicos han considerado -así lo plantearon los representantes del Colegio de la Orden hace pocos días- que sólo ellos entienden en materia de administración de salud, y que únicamente los facultativos podrían administrar establecimientos de salud.
La verdad es que también pueden encargarse de administrar esos planteles otros profesionales. Naturalmente, los médicos son indispensables -esto no lo reconozco yo, sino que es obvio-, pues son las únicas personas que están en condiciones de examinar y sanar a los enfermos; pero no son imprescindibles para administrar los respectivos establecimientos. Muy por el contrario, para tales efectos es mejor que alguien posea conocimientos en materia de administración.
Pienso que la disposición sustitutiva propuesta en la indicación es muy adecuada, tanto más cuanto que se dice reiteradamente que los médicos son pocos. Por lo mismo, es inconveniente que pierdan sus valiosos conocimientos al encargarse de asuntos administrativos que no les son propios.
Por eso, votaré a favor de la indicación renovada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , por aquello de "pastelero a tus pasteles", considero esencial que el cargo de director de un establecimiento de salud lo ejerzan quienes entienden sobre el tema de la salud. Y esta labor no se circunscribe solamente a los médicos, porque de la lectura de las letras a), b) y c) del artículo 30 propuesto por las Comisiones unidas, se desprende que también podrán ejercerlo los farmacéuticos, químicos-farmacéuticos, bioquímicos, cirujanos-dentistas, asistentes sociales, enfermeras, etcétera. Porque a lo largo de los años se adquiere una experiencia profesional que es buena: las personas que están inmersas en el campo de la salud entienden mejor el problema, pues no sólo lo conocen en teoría, sino que lo viven.
En mi opinión, no sería adecuado que un ingeniero civil fuera director de un consultorio o de un hospital tipo 3, porque, como no conoce el tema, indudablemente se desempeñaría mal, pese a su inteligencia y preparación.
Insisto en que el artículo 30 debe mantenerse tal como lo aprobaron las Comisiones unidas. Por ello, votaré en contra de la indicación.
El señor PRAT.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PRAT.-
Señor Presidente , creo que la indicación tiene un elemento sustancialmente positivo: amplía enormemente las posibilidades para llenar un cargo.
Al exigir sólo tener una profesión de cierto rango y con determinada duración de la carrera universitaria respectiva, se califica el nivel de conocimientos requeridos para ocupar el puesto de director; pero, al mismo tiempo, al abrir a diversas profesiones el ámbito para ocupar dicho cargo, se da un grado de flexibilidad y extensión que favorece la resolución de problemas que muchas veces son puntuales, específicos y no solucionables a través de una norma rígida como la contemplada en el artículo propuesto por las Comisiones unidas.
Sobre el particular, hay múltiples experiencias que validan el buen desempaño que personas con otras profesiones pueden tener en esta área. De hecho, existe un caso muy vivido y actual: el del propio señor Ministro de Salud , quien está dando pautas realmente interesantes al tocar a fondo los problemas de la salud, aun cuando, según entiendo, es ingeniero.
Por otro lado, es bueno que los jefes de servicios de salud no tengan demasiada relación con el gremio médico, ya que hoy en día habitualmente se halla en huelga y, por lo tanto, dichos servicios quedarían desprotegidos.
El señor DÍAZ .-
¿Me permite, señor Presidente?
Se ha dicho que el Colegio Médico habitualmente está en huelga. Eso no corresponde a la realidad.
La señora FELIÚ .-
¡En pie de guerra...!
El señor LARRAÍN .-
Periódicamente.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , con la venia de la Mesa, otorgo una interrupción al Senador señor Hamilton.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Senador.
El señor HAMILTON .-
Quiero plantear dos cosas. En primer término, al igual como lo ha hecho un señor Senador que me antecedió, reclamo por el hecho de que se formule una ofensa gratuita e injusta al Colegio Médico, cualquiera que sea la posición que sustenten frente a determinadas actuaciones quienes lo dirigen en la actualidad.
En segundo lugar, celebro el reconocimiento que se ha hecho de la brillante tarea que está desempeñando el economista que bajo el Gobierno del Presidente Frei dirige el Ministerio de Salud.
Tocante a la indicación renovada del Senador señor Piñera , que establece que para ser director de un consultorio de salud municipal se requiere estar en posesión de título profesional de una carrera cuya duración sea igual o superior a ocho semestres, yo no tendría inconveniente en aceptarla siempre que se agregara que dicha carrera debe guardar relación con la salud. De no ser así, podría darse el caso de que para ocupar el cargo tuviera que competir un médico -esto no significa ir en desmedro de ninguna profesión- con un profesor de canto o de educación física que haya cursado durante un mismo tiempo en la universidad.
Me parece que eso no es serio. Si se desea ampliar las posibilidades y no limitarlas, conforme. Establezcamos, entonces, que se requiere de un título profesional que exija una carrera de duración igual o superior a ocho semestres, siempre que esté vinculada a la salud.
El señor DÍAZ .-
Perfecto.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Recupero la palabra, señor Presidente . Sólo concedí una interrupción.
El señor HAMILTON.-
La cual agradezco, Honorable colega.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Ruego a los señores Senadores acortar las intervenciones, para proceder a votar. Más adelante calcularemos los tiempos de cada uno, y las interrupciones serán de cargo del orador.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , en aras a su petición, utilizaré solamente once argumentos y no los veinticinco que tenía previstos.
Recuerdo que cuando se discutió este artículo había dos posiciones. Y pido que el Senado -¡por favor!- comprenda por qué el precepto se redactó de esta manera en la Comisión. La primera posición apuntaba al hecho de que para ocupar el cargo debía considerarse a quienes figuraban en la ley N° 15.076, que son los profesionales comprendidos en la letra a) del artículo aprobado. La otra posición consistía en que esto debía abrirse -como se ha señalado aquí- al extremo de que cualquier persona pudiera ser director de un establecimiento de atención primaria de salud, para lo cual se partió de la base de que todos los chilenos mayores de cierta edad y que tienen determinados estudios se encuentran en condiciones de poder dirigir un consultorio municipalizado. También hubo otros señores Senadores que plantearon una situación intermedia, en orden a que podía contemplarse un área de la salud que pudiera ir más allá de la referida ley. Fue así como se estableció una letra b), que comprende a otras personas para desempeñar dicho cargo.
La Comisión buscó una fórmula útil que diera garantías de eficiencia por lo que significa la experiencia y el conocimiento en el área, lo que no siempre es fácil obtener; que diera también una "chance" a personas que, siendo hábiles, inteligentes, cuidadosas y preparadas, no pertenecieren al sector de la salud, y que, finalmente, diera una posibilidad real de mejorar la eficiencia de quien sea nombrado en el cargo. Por eso, se consignó una letra c), la cual dispone que pueden desempeñarlo "Otros con formación en el área de salud pública". ¿Y por qué se acordó que fuera así? Porque, ciertamente, un profesor o un abogado, cuya contribución al desarrollo del país es inestimable, pueden perfectamente bien dirigir un consultorio, siempre que tengan una cierta preparación en dicho ámbito.
Por lo tanto, nos parece que el proyecto en estudio cumple las tres opciones que se plantean, y lo hace mediante las letras que contempla el respectivo artículo.
Ahora bien, ¿por qué no concordamos con la indicación renovada? Porque, en verdad, ella limita lo que hemos aprobado, representa mucho menos de lo que se puede hacer en la materia y no garantiza la eficiencia. Aquí se ha hablado bastante de la eficacia para catalogar a determinados personeros, al extremo de que se les exige estar a prueba, lo cual constituye un vejamen que no se da en ninguna otra situación respecto de los empleados públicos y privados. Además, la indicación limita la posibilidad de que la persona sea realmente eficiente y conocedora del tema.
Por eso, señor Presidente, la rechazaremos. Y pido al Senado que aprobemos la norma en los términos en que lo hicieron las Comisiones unidas.
Finalmente, debo señalar -y con esto me sumo a las expresiones formuladas por algunos señores Senadores, porque es algo que no puedo dejar pasar por alto- que entiendo el hecho de que pueda haber criterios extremadamente críticos acerca de la conducta de un colegio profesional. Pero lo único que exijo es que se hable con la verdad, por cuanto no se puede decir en esta Sala en forma liviana, que un determinado gremio está habitualmente en huelga, ya que eso no es cierto. Se podrá manifestar que sus integrantes son tozudos o cualquier cosa -como se ha expresado aquí otras veces-, o bien, que no se comparten sus criterios para visualizar la salud en Chile; pero no se puede sostener que permanentemente realizan huelgas, porque eso es falso, como también lo sería si yo dijera que el señor Senador que argumentó en ese sentido, está permanentemente oponiéndose al bien común de los proyectos sometidos a nuestra consideración. Su Señoría tiene una apreciación distinta, pero no es posible calificar intenciones, ni mucho menos cambiar la realidad objetiva, porque tanto en este Gobierno como en el anterior no ha habido huelga por parte de los médicos, salvo la situación puntual que se dio respecto de los servicios de urgencia, que no constituyó, en términos habituales, una huelga.
¡Que hubo paralizaciones de esos profesionales en el Régimen antepasado, ciertamente es efectivo, señor Presidente ! Y ello a mucha honra, porque tales acciones se efectuaron no sólo por problemas de salud, sino también por lo que entendíamos que debía ser el deber cívico de los médicos, lo cual, además, figura en la historia del Colegio del ramo desde hace más de cuatro, cinco o seis décadas.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , compartiendo en términos generales el artículo, debo expresar que me surge una duda en lo concerniente a algunos establecimientos que se ubican en lugares apartados, donde no se cuenta con muchos profesionales de la salud. Por eso, disponer que el cargo de director deberá ser desempeñado por un médico, en el fondo significa perder un profesional y transformarlo en administrador. Esta es una imposición que me produce mucha inquietud.
Creo que la observación formulada por el Senador señor Hamilton es buena, pero siempre que ella sea complementada señalando, por ejemplo, la factibilidad de que dicho cargo lo desempeñe un profesional de la salud o bien un funcionario con estudios administrativos. Porque pongámonos en el caso de que en Puerto Saavedra o en Carahue, donde hay muy pocos médicos, enfermeras o kinesiólogos, tenga que designarse como director de un establecimiento a un médico. Ello significará que la comunidad va a perder a este profesional.
Señor Presidente , encuentro limitativa la indicación, y, por eso -reitero-, comparto la observación formulada por el Honorable señor Hamilton , pero siempre que se contemple la posibilidad -sin perjuicio de que existen médicos con estudios administrativos especializados para manejar los hospitales- de que también ocupe el cargo un profesional que cuente con esos estudios.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Hago presente a Sus Señorías que ya hemos utilizado mucho tiempo en el análisis de la indicación y que los argumentos se están repitiendo. De manera que lo pertinente sería someterla a votación una vez que hagan uso de la palabra los Senadores señores Larraín y Larre.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , seré muy breve en mi planteamiento.
Pienso que esta discusión, más que visiones políticas o doctrinarias refleja criterios más antiguos y más modernos. La verdad es que la tradición ha sido ligar ciertas actividades, por su especialización, con la necesidad de que sean desempeñadas por profesionales específicamente preparados para el efecto. Eso es en cierta medida lo que, por tradición, se ha dado en Chile y también en otros países; pero, en verdad, no es lo que realmente sucede en el desempeño profesional. Un estudio -no exactamente vinculado a la materia- acerca de cuál es el campo en el que ejercen los profesionales universitarios chilenos, demuestra que0 sólo un 30 por ciento de ellos se desarrolla en actividades específicas de su ámbito; el resto se desempeña en múltiples labores, porque la realidad es mucho más dinámica que la preparación que la persona tuvo en un momento determinado cuando realizó sus estudios. Ello se debe a que el mercado y las actividades empresarial y pública van generando otras demandas de profesionales. Y muchas veces gente que pensaba que su instrucción no era adecuada para desempeñarse en otro medio, se desarrolla en él, y con éxito. Por lo tanto, cerrar esta posibilidad a aquellas personas, a mi juicio significa contrariar en cierto modo las tendencias de la historia, porque hoy día el mercado es completamente distinto y tiene otro dinamismo. Lo mejor sería, entonces, ceñirnos a esto. Por eso, estimo que la indicación que se ha presentado es razonable. Además, hay una garantía para quienes sienten temor; no basta con ser médico para ganar un concurso, porque habrá una competencia, en función de la cual un grupo de personas deberá escoger a quien le parezca más adecuado. Y, por cierto, mientras más posibilidades de resolver pueda tener el jurado o el comité de concurso, será mucho mejor, porque supuestamente procederá con buen criterio. Si por las características del profesional, por su formación en salud, se considera que es el más apto, ciertamente será él quien ganará el concurso. Pero impedir que otras personas postulen al cargo de director porque no cuentan con una especialización de sus estudios en el ámbito de la salud, cuando en múltiples circunstancias pueden tener preparación y capacitación para ello, me parece que es un error y constituye una contraindicación respecto de lo que son las tendencias actuales.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larre.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , seré muy breve.
Todo lo que se ha discutido en la Sala se encuentra contenido en el artículo propuesto en el segundo informe, que enumera los diversos profesionales que podrán asumir la función de director si cuentan con una formación en el área de la salud pública. Más aún, en el precepto se agrega un tercer elemento que, a mi juicio, es muy valioso, cual es que el cargo de director de un establecimiento de atención primaria durará sólo tres años. En este sentido, la experiencia indica que es bueno realmente que se llame a concurso para llenar dicho cargo una vez transcurrido ese tiempo.
Además, quiero consignar lo siguiente -y es una impresión que me surge a raíz del debate-: no debe confundirse el cargo de director técnico, que debe preocuparse de situaciones propias de salud, de medicina, con el cargo que ejerce quien administra el sistema. Es conveniente que nos vayamos acostumbrando a ello.
Por lo tanto, estimo que lo procedente es que votemos la indicación, teniendo en cuenta que el artículo propuesto en el informe, que es la conjunción de cinco indicaciones discutidas en los órganos técnicos, es realmente amplio.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
No habiendo ningún otro señor Senador que desee usar de la palabra, doy por cerrado el debate y corresponde votar la indicación renovada.
En votación.
--(Durante la votación).
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , quiero manifestar que la norma propuesta en el informe de las Comisiones unidas, a mi juicio, no es suficiente, porque establece que también podrán ocupar el cargo de director "Otros con formación en el área de la salud pública". Y, ciertamente, aquellas personas que tienen una preparación en el campo de la administración, en mi opinión, pueden ser igualmente idóneas para ese efecto.
Por esa razón, voto a favor de la indicación renovada.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , estoy en contra de la indicación renovada, porque, de acuerdo con la definición que consagra el artículo 2°, letra a), puede que los establecimientos municipales de atención primaria de salud sean entidades muy pequeñas, integradas tal vez por tres o cuatro personas, donde es absolutamente necesario poseer al menos dominio de la salud pública, que es -como explicó el Senador señor Larre - la única exigencia que establece la norma propuesta por las Comisiones unidas.
Por tal razón, voto que no.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , aquí se dijo que el Ministro de Salud , sin ser médico, lo estaba haciendo muy bien. Me alegro de escuchar eso. También puede ser Ministro de Defensa una persona que no sea militar, marino, aviador o carabinero. Pero no hay que olvidar que el cargo de Ministro es político, y supongo que el de los directores de los establecimientos de que se trata no posee tal carácter.
Rechazo la indicación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada (10 votos contra 9 y 6 pareos).
Votaron por la negativa los señores Calderón, Cantuarias, Díaz, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Thayer y Urenda.
Votaron por la afirmativa los señores Alessandri, Cooper, Errázuriz, Feliú, Huerta, Letelier, Martin, Prat y Valdés.
No votaron, por estar pareados, los señores Hormazábal, Larraín, Larre, Lavandero, Ominami y Sinclair.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Para los efectos reglamentarios, queda aprobado el artículo 30 propuesto por las Comisiones unidas.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, las Comisiones postulan la supresión del inciso tercero del artículo 31 (indicación N° 69, aprobada por unanimidad).
--Se aprueba la supresión.
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).-
En el artículo 32, inciso segundo, las Comisiones sugieren reemplazar la letra c) por la que se indica:
"c) El Jefe del Programa de Salud en el que se desempeñará el funcionario.".
Corresponde a la indicación N° 70, que fue aprobada por unanimidad.
--Se aprueba el reemplazo.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En el artículo 33, las Comisiones plantean sustituir la frase "señaladas en los dos artículos precedentes" por "sobre concursos" (indicación N° 72, aprobada por unanimidad).
--Se aprueba la sustitución.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
A continuación, en el artículo 34, se propone consultar como inciso primero, nuevo, el siguiente:
"Para los efectos del presente Estatuto, se entenderá por carrera funcionaria el conjunto de disposiciones y principios que regulan la promoción, la mantención y el desarrollo de cada funcionario en su respectiva categoría.".
Este inciso fue introducido como consecuencia de la indicación N° 74, que fue aprobada por unanimidad.
Sobre el artículo 34, que se está analizando, se ha renovado la indicación N° 73, que tiene por objeto sustituirlo por el siguiente:
"Artículo 34.- La estructura de la carrera funcionaria será determinada por cada municipio conforme a sus necesidades y requerimientos. Sin perjuicio de lo anterior, todo funcionario estará clasificado en un nivel determinado conforme a su capacitación y eficiencia funcionaria.".
El señor LARRE.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , a mi juicio, esta indicación está incluida en el paquete de indicaciones renovadas del Honorable señor Piñera , que ya fue votado.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En aquella oportunidad, señor Senador , la indicación N° 73 no fue mencionada.
El señor HAMILTON .-
Podríamos rechazarla con la misma votación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se desecharía la indicación con el mismo resultado con que fueron rechazadas aquellas del Honorable señor Piñera que se discutieron en bloque.
--Así se acuerda y, en consecuencia, queda rechazada por 19 votos contra 8, 2 abstenciones y 7 pareos.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Entonces, queda a firme la aprobación de la norma que las Comisiones unidas propusieron como inciso primero, nuevo, del artículo 34.
Respecto del inciso primero original, que pasa a ser segundo, dichos organismos plantean reemplazar la palabra "antigüedad" por "experiencia" (aprobado por unanimidad, como consecuencia de la modificación introducida al artículo 20).
--Se aprueba el reemplazo.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, las Comisiones unidas sugieren incorporar, en el mismo artículo 34, el siguiente inciso tercero, nuevo:
"Los tres elementos constitutivos de la carrera funcionaria, señalados en las letras a), b) y c) del artículo 35, se ponderarán en puntajes cuya sumatoria permitirá el acceso a los niveles superiores.".
Corresponde a la indicación N° 75, que fue aprobada por unanimidad.
--Se aprueba el inciso tercero, nuevo.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Respecto del artículo 35, se ha renovado la indicación N° 76, para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 35.-
Para los efectos de la aplicación de la carrera funcionaria establecida en este título, se entenderá por:
"a) CAPACITACIÓN: la superación técnica y profesional del funcionario a través de cursos y estadías de perfeccionamiento calificadas y aprobadas en programas reconocidos de acuerdo con los señalado en esta ley y en su reglamento.
"b) MÉRITO: la evaluación positiva que del desempeño del funcionario haga la comisión de evaluación comunal y la experiencia laboral que el funcionario posea en las funciones que realiza.".
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Larre.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , propongo que procedamos igual que como lo hicimos con la indicación N° 73, recaída en el artículo 34, porque la verdad es que la indicación en debate responde a un tema global que ya fue resuelto por la Sala. De manera que no tiene objeto volver a efectuar la misma discusión en cada oportunidad.
El señor HAMILTON .-
Estaríamos de acuerdo en rechazarla con la misma votación, señor Presidente .
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazaría en esa forma.
--Así se acuerda y, por lo tanto, queda rechazada por 19 votos contra 8, 2 abstenciones y 7 pareos.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En el artículo 35, letra a), las Comisiones unidas sugieren sustituir el término "ANTIGÜEDAD" por "EXPERIENCIA" (aprobado por unanimidad, como consecuencia de la modificación introducida al artículo 20).
--Se aprueba la sustitución.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En el artículo 36, que es de rango orgánico constitucional, las Comisiones unidas plantean reemplazar, en su inciso segundo, el vocablo "antigüedad" por "experiencia" y suprimir la oración final que dice: "Dichos sueldos bases se fijarán como un porcentaje del sueldo base del nivel 15 de la carrera funcionaria.".
Como hay dos Senadores con permiso constitucional, el quórum de las cuatro séptimas partes corresponde a 25 votos.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En este momento hay menos Senadores en la Sala.
Se tocarán los timbres.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , entiendo que el Reglamento de la Cámara de Diputados dispone que si no se reúne el quórum para aprobar un determinado precepto, debe levantarse la sesión. Pienso que en el Senado habría que establecer algo similar.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Existe quórum para sesionar, señor Senador .
El señor ALESSANDRI .-
Pero no alcanza para aprobar la modificación al artículo 36.
El señor GAZMURI .-
Levantar la sesión por ese motivo sería un exceso.
El señor ALESSANDRI .-
No sería exceso, señor Senador , sino un poco de disciplina.
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).-
En este momento, se ha logrado alcanzar el número de Senadores suficiente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Aprovechando esta circunstancia, sugiero aprobar también otras normas que requieren ser aprobadas con el mismo quórum
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En esa situación se encuentran los artículos 41 bis, 42, 45 y 53, sobre los cuales no se han renovado indicaciones.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se darán por aprobados.
--Se aprueban las proposiciones de las Comisiones unidas recaídas en los artículos 36, 41 bis, 45 y 53, y el artículo 42, que no fue objeto de indicaciones, dejándose constancia, para los efectos constitucionales relativos al quórum, de que emitieron pronunciamiento favorable 25 señores Senadores.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
A continuación, las Comisiones unidas proponen sustituir el inciso tercero del artículo 39 por el siguiente:
"El máximo puntaje por capacitación computable para la carrera funcionaria permitirá obtener un sueldo base que exceda al sueldo base mínimo nacional que corresponda a cada categoría en, a lo menos, los siguientes porcentajes: 45% para las categorías a) y b) y 35% para las categorías c), d), e) y f).".
Corresponde a la indicación N° 82, aprobada por mayoría de votos.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el inciso tercero propuesto por las Comisiones unidas.
--Se aprueba.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, se ha renovado la indicación N° 83, para sustituir, en el inciso primero del artículo 41, la frase "sueldo base mínimo nacional" por "remuneración que corresponda".
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión.
El señor CALDERÓN .-
Señor Presidente , propongo rechazarla con la misma votación.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazaría en esa forma.
--Así se acuerda y, por tanto, queda rechazada por 19 votos contra 8, 2 abstenciones y 7 pareos.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Luego, las Comisiones unidas recomiendan sustituir la letra a) del artículo 44 por la que indican en su informe (fue aprobada por unanimidad, en virtud de los acuerdos adoptados al debatir la letra c) del artículo 44).
--Se aprueba la sustitución.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En la letra b) del artículo 44, se propone suprimir el vocablo "por" y colocar en mayúscula inicial la palabra "falta" (aprobada por unanimidad).
--Se aprueba la proposición.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En el mismo artículo, se propone sustituir la letra c) por la siguiente: "c) Vencimiento del plazo del contrato;" (aprobada también por unanimidad).
--Se aprueba la sustitución.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, en la letra d) se plantea suprimir la preposición "por", e iniciar con mayúscula el término "obtención" (aprobada por unanimidad).
--Se aprueba la recomendación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Letra e), se propone sustituirla por la siguiente: "e) Fallecimiento;" (aprobada por unanimidad).
--Se aprueba la sustitución.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Las Comisiones unidas sugieren reemplazar la letra f) por la siguiente:
"f) Calificación en lista de Eliminación o Condicional, en su caso;
"g) Salud irrecuperable o incompatible con el desempeño de su cargo, en conformidad a lo dispuesto en la ley N° 18.883;
"h) Estar inhabilitado para el ejercicio de funciones en cargos públicos o hallarse condenado por crimen o simple delito, con sentencia ejecutoriada, e".
Corresponde a la indicación N° 87, aprobada por unanimidad.
--Se aprueba el reemplazo.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, las Comisiones unidas proponen agregar una letra i), nueva (aprobada por mayoría de votos).
--Se aprueba.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Se han renovado las indicaciones números 86 y 89 del boletín respectivo. La indicación N° 86 ha sido renovada con la firma de los Senadores señores Feliú , Fernández , Mc-Intyre , Martin , Piñera , Huerta , Alessandri , Letelier , Larre y Romero "d) Por término del contrato fundado en las necesidades del servicio, derivadas de su racionalización o modernización o de la disminución de la población atendida, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores".
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En discusión la indicación renovada.
La señora FELIÚ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , el artículo 44, tal como se ha establecido en el proyecto que se somete a la aprobación del Honorable Senado -el precepto determina las causales para poner término a la relación laboral de los trabajadores con contrato indefinido en un establecimiento municipal de salud-, a mi juicio presenta una rigidez que hará imposible el manejo de estos establecimientos. Debo recordar, sobre la materia, que la Asociación de Municipalidades fue escuchada en dos o tres ocasiones -primero, por la Comisión de Salud y, luego, por las Comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Salud-, y manifestó de manera reiterada que no podían existir normas que le impidieran administrar con cierta flexibilidad.
Quiero hacer presente al Senado que la disposición propuesta en el informe, sin la aprobación de la indicación renovada, permite poner término a la relación laboral por: renuncia voluntaria; falta de probidad, comprobada por medio de un sumario; vencimiento del plazo del contrato, que no se da en el caso de trabajadores con contrato indefinido, en el cual no rige un plazo; obtención de jubilación; fallecimiento; calificación en lista deficiente; salud irrecuperable y estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones. Se agregó, mediante una indicación del Presidente de la República , la disminución o modificación de la dotación. Pero ello, que podría estimarse que da una amplitud o apertura a los municipios para poder poner término a las funciones que desempeña un trabajador, en los casos que sea necesario, opera una vez cada año por causales absolutamente restrictivas.
La indicación renovada, señor Presidente , adiciona algo que, a mi parecer, es absolutamente objetivo y no subjetivo para la administración, y permite poner término al contrato "fundado en las necesidades del servicio, derivadas de su racionalización o modernización o de la disminución de la población atendida, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores".
Pongo el siguiente ejemplo. En un servicio de atención primaria de salud municipal, todo lo relativo a las tarjetas de las personas que son atendidas se realiza en forma manual, lo que obliga a disponer de tres funcionarios para efectuar dicha labor, para llevarla en un archivo, etcétera. Ahora, si el municipio incorpora un sistema computarizado, ya no se requerirían tantos funcionarios, porque bastaría uno solo para ingresar directamente la ficha de las personas atendidas. Sin embargo, la municipalidad no podría poner término a las funciones de los otros trabajadores. La verdad es que esto es completamente absurdo, pues llevaremos a los servicios de atención primaria a una rigidez en el manejo de personal que creará problemas, seguramente no al día siguiente de la publicación de la ley, pero sí en uno o dos años después. Esta situación la comprobamos hoy en el área de la educación. Es realmente dramático que las personas que administran se encuentren metidas en una "camisa de fuerza", pues es imposible poner término a funciones como consecuencia de una racionalización o modernización de los sistemas.
El ejemplo que he dado, de una labor que se realiza manualmente y es reemplazada por un sistema computerizado, es una situación que vemos todos los días. Equipos de rayos sustituidos por otros de tecnología más sofisticada y que requieren menos personal para operarlos es un caso, entre varios, en que es lógico poder terminar la relación laboral vinculada a una actividad que se torna inútil.
Quiero recordar, señor Presidente , que en el diario "La Segunda", hace un par de meses, se relató la situación que ocurre en una empresa de CODELCO donde se eliminaron las máquinas "Hollerith". El personal respectivo, con derecho a una jornada limitada -las tejedoras, como recuerda el Honorable señor Hamilton -, se mantiene en sus cargos hasta el día de hoy y, según las entrevistas efectuadas por el diario "La Segunda", teje bufandas y chalecos para los jefes. Esto, pagado con cargo a los recursos de todos los chilenos. Estimo que esta situación es de la mayor importancia, por lo que apelo al Honorable Senado para que realmente dotemos a los municipios de un sistema flexible.
Finalmente, deseo referirme a un trabajo realizado por don Jorge Rodríguez Grossi -el cual comparto en su integridad-, donde plantea los graves problemas que tiene la administración de la educación en Chile, derivados de todo este tipo de limitaciones. Nadie puede administrar realmente un servicio si se halla topado con una limitación de esta naturaleza: se moderniza la máquina que opera un funcionario y éste debe continuar trabajando hasta que transcurra un año y se modifique la dotación municipal. Y esto último tampoco está bien si ya antes se requiere una dotación más reducida, tal vez, y que permite que el servicio de atención primaria de salud entregue una atención en mejores condiciones.
Por esas consideraciones, señor Presidente , solicito la aprobación de esta indicación, que votaré favorablemente.
El señor RUIZ (don José).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , voy a señalar una opinión contraria a la indicación y a hacer presente por qué fue rechazada en la Comisión. Y ello ocurrió por un elemento muy básico.
La indicación 86 propone una disposición similar a la existente en la ley N° 19.010, que establece como causal para poner término al contrato de trabajo las necesidades de la empresa. Se trata de introducir la misma normativa. Aquí estamos hablando de funcionarios a quienes garantizamos no inamovilidad, pero sí estabilidad en sus puestos de trabajo de acuerdo a ciertas disposiciones incluidas en el mismo Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. Si aprobamos esta indicación, estamos violando la estabilidad en los puestos de trabajo. Porque la modernización y la racionalización no son cosas objetivas, sino que pueden usarse arbitrariamente para despedir a trabajadores.
Creo que cuando las instituciones se modernizan deben preparar a su personal, para que quienes realizan una función determinada puedan utilizar las nuevas máquinas que llegan a la empresa, y no despedirlos para contratar a otras personas posteriormente. Porque si existe un computador en la empresa, alguien tendrá que usarlo. Lo que debe hacerse, entonces, es ocupar a ese mismo personal.
Por otra parte, se trata de funcionarios que pertenecen a la Corporación Municipal y que están en condiciones de ser ubicados en otro consultorio de salud. Pero no es razonable que los despidan. Pienso que ello violaría lo aprobado en cuanto a la estabilidad en los puestos de trabajo. Por lo tanto, solicito al Senado aplicar en esta oportunidad el mismo criterio que utilizamos en la Comisión para rechazar esta indicación.
He dicho.
El señor HORMAZÁBAL.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede usarla, Su Señoría.
El señor HORMAZÁBAL .-
Señor Presidente , como ha habido confusión en algunas materias y se trata de un proyecto que contiene normas de rango orgánico constitucional, carácter que no reviste, eso sí, el artículo 44, quiero manifestar, a pesar de que estoy pareado con el Senador señor Piñera , que la argumentación formulada para justificar esta indicación adolece de una debilidad en mi opinión importante.
Se han señalado -y con razón- las preocupaciones que situaciones tan especiales como las que ha enunciado la Honorable señora Feliú provocan en quien administra.
Quienes tenemos una concepción cristiana acerca del trabajo no estamos ligando la actividad laboral sólo al acontecer puntual de lo que puede ocurrir con la depreciación tecnológica o con el deterioro de las condiciones de tales o cuales técnicas apropiadas en un momento determinado, sino también al sentido de familia y al de realización personal. ¿Qué se pretende con esto? ¿Proteger a sinvergüenzas? ¡No, señor Presidente ! Porque hay normas suficientemente claras en el propio Estatuto, para que quienes incurran en falta de probidad o en conductas inapropiadas sean exonerados -como corresponde- de estos servicios.
¿Se trata de proteger a los ineficientes, señor Presidente ? ¡No! Porque el Estatuto establece una condición expresa, según la cual la calificación deficiente es ya una causal de despido.
¿Se grava de manera inaceptable a un municipio en estas condiciones? Al respecto, se ha reconocido que existe una norma que dispone que la fijación anual de la dotación puede considerar los factores que con tanto detalle aquí se han especificado.
Señor Presidente , el que nos ocupa es el tema de lo que se entiende por la función del trabajo. Despedir a una persona porque la máquina en la cual se especializó o realizó determinada tarea ya no cumple esa actividad fundamental dentro de la empresa en que se desempeña es una situación que debe ser prevista con anticipación. Y existen normas en el mundo del trabajo moderno, en esas sociedades cuyos modelos algunos señores Senadores nos recuerdan y que siempre explotan en nuestra cara, que se preocupan precisamente de recalificar al trabajador.
Aquí se ha convertido, de repente, hasta en una frase manida hablar de la reconversión. Muy bien. ¿Por qué un Estado basado en principios humanistas no podría darse cuenta de que cuando un trabajador queda obsoleto, en cuanto a las condiciones y experiencias de aprendizaje tecnológico, debe preocuparse de reciclarlo para que enfrente ese desafío, porque detrás de él hay una familia y una visión de conjunto?
Creo, señor Presidente , que los argumentos puntuales y de corto plazo pueden ocultarnos el problema de fondo. No trato de proteger a ningún sinvergüenza, flojo o irresponsable, sino que deseo señalar que colocar esta norma en las condiciones en que aquí ha sido defendida deja en una situación precaria la estabilidad de la persona, entendida como un ser trascendente que se realiza a través del trabajo y conforme lo establece precisamente el plan divino, según los que somos creyentes.
Detrás de cada trabajador, al que con tanta liviandad se pretende dejar en una situación de premura o precariedad, hay una familia. Y porque esto es parte de la concepción doctrinaria que integra la estructural mental de los democratacristianos es que tenemos que rechazar la indicación.
Y si lo anterior no fuera suficiente, desde el punto de vista doctrinario, deseo mencionar que una norma de esta naturaleza que -como recordó el Senador señor Ruiz - introdujimos en el Código del Trabajo se ha prestado para innumerables abusos. Porque, cuando se habla de modernización y flexibilidad en el mercado del trabajo, debe entenderse que hablamos en el mundo real, en donde, todavía, quien tiene un poder -a veces, muy pequeño- abusa de él. Y, como las sociedades tienen que buscar elementos para impedir el abuso y proteger a los más débiles, parece que ya son suficientes las causales para tratar de dar una señal acerca de la responsabilidad, la probidad y la eficiencia, sin tener que dejar en una condición aún más difícil al trabajador chileno.
Por eso, señor Presidente, aunque no puedo votar por estar pareado, hago presente mi posición contraria a la norma que se pretende introducir mediante esta indicación.
El señor DÍEZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS (Presidente).-
La tiene, señor Senador.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , no veo las causas para tanto escándalo por el "término del contrato fundado en las necesidades del servicio, derivadas de su racionalización o modernización o de la disminución de la población atendida, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores". Al contrario, creo que si tales necesidades exigen despedir a un funcionario, así debe ser. Y no se trata de una necesidad económica. No tiene que olvidarse que el servicio son los enfermos.
Espero que alguna vez seamos capaces de ocuparnos de un "estatuto del enfermo", en vez del "estatuto médico-funcionario", y en establecer los derechos del enfermo. Eso es lo que nos está faltando. Estamos mirando nada más que un lado de la medalla: los derechos de los trabajadores. Creo legítimo hacerlo, pero también debemos considerar los derechos de los enfermos. Y cuando hablamos de "necesidades del servicio" nos estamos refiriendo a las necesidades de éstos, porque la finalidad del servicio es la atención del enfermo.
En consecuencia, no me parece prudente el llamado hecho a los principios del Cristianismo o a las bases doctrinarias de determinado Partido para defender a los empleados. Nadie está tratando de atacarlos. Aquí se trata de un servicio de salud cuyo sentido es el enfermo. De modo que el funcionario que, desgraciadamente, deba perder su cargo, por razones de conveniencia del enfermo, buscará otra colocación en la sociedad, en una actividad que tenga capacidad de absorberlo. El que no puede buscar, por estar realmente impedido y necesitado, es el enfermo, y a él debe proteger la ley.
Como digo, espero que algún día discutamos el "estatuto del enfermo", aunque no sea del enfermo funcionario, señor Presidente.
El señor HORMAZÁBAL .-
Excúseme señor Presidente , pero, siguiendo la lógica del Honorable señor Díez , habría que agregar una disposición que señale que sólo podrá ser director quién permanezca en la condición de enfermo.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ .-
Señor Presidente , en mi opinión, para que las empresas, instituciones o servicios de salud sean eficientes, sus administradores deben tener atribuciones necesarias para eliminar ciertos cargos cuando los avances tecnológicos o la incapacidad de adaptación a los mismos de quienes los sirven lo hagan indispensable. Por eso, en la última sesión en que se trató esta materia voté favorablemente la posibilidad de que los funcionarios estén sujetos a las leyes laborales, cosa que, lamentablemente, no ocurre en este caso. Y no me parece razonable prescindir de un cargo o pedir la renuncia a una persona, después de haber hecho todos los esfuerzos por capacitarla -eso es lo normal-, sin pagarle indemnización alguna por sus años de servicio. Porque esa persona deberá buscar trabajo y mientras lo hace tendrá que solventar sus necesidades.
Hago esta observación porque, para que haya verdadera equidad, es menester que exista la posibilidad de acceso a la indemnización -en la ley laboral está limitada a once meses, según entiendo-, y ello no se contempla en la indicación en debate.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , me opongo a la indicación renovada porque, aun cuando responde a un principio muy razonable de agilidad administrativa, no resulta compatible con el resto de la normativa. El artículo 44, ya aprobado, establece -esto se originó en indicación del Presidente de la República -, en el caso de término de funciones por modificación de dotación, el derecho a una indemnización de un mes por año de servicio, con un tope de 11 años, o sea, de 11 meses. El principio de la legislación chilena -incluso la laboral, del Código del Trabajo- concede idéntico beneficio en caso de despido por necesidades de la empresa. En cambio, no veo que la indicación favorezca al trabajador despedido por este concepto con indemnización alguna, porque no lo estipula así y porque ello no se contempla en el resto de la normativa, con la sola excepción de la letra i) del artículo citado, que se refiere a las causales de cesación en el cargo. En ese caso, sí.
En lo personal, reconozco que hubiera sido preferible -todavía es posible hacerlo si hubiere Comisión Mixta- modificar o dar mayor agilidad a la norma del artículo 11 del proyecto, a la que se refiere la letra i) aludida. Pero, en la instancia en que nos encontramos, la indicación no contempla una indemnización por años de servicios, y no podría hacerlo, ya que no está entre las facultades del Congreso fijar beneficios de esta especie con cargo al Estado. Y porque no contiene esa indemnización, es razonable desde el punto de vista constitucional; pero resulta absolutamente inaceptable desde la perspectiva social, precisamente por la misma razón: porque no la contiene.
En suma, señor Presidente , sugiero que, en otra instancia, se perfeccione el artículo 11 de la iniciativa. Pero la indicación no puede ser aceptada, y la votaré en contra.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , trataré de ser lo más breve posible. En varias oportunidades he solicitado a la Sala, e incluso a la Mesa, que se vea la posibilidad de no hacer más debate sobre este tema. Pero, desgraciadamente, ello no ha ocurrido, y se han hecho aseveraciones que, como quedan en la Versión Oficial, si no se rechazan o no se aclaran pueden aparecer como verdades indubitadas. Por eso, creo necesario puntualizar lo siguiente.
En primer lugar, los datos entregados por la Honorable señora Feliú no traducen la realidad objetiva de lo que acontece en los consultorios. Ha presentado una suerte de caricatura del trabajo que se realiza en ellos, que no corresponde a la realidad que hemos constatado todos quienes -de Oposición o de Gobierno- hemos tenido relación directa con la salud, ya como profesionales, ya como alcaldes.
En segundo término, se da como un hecho la ineficiencia y falta de cumplimiento del personal de la salud. Es algo que nadie discute...
La señora FELIÚ .-
No lo he planteado así, señor Senador.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Me estoy refiriendo a otras personas, señora Senadora, pero -se lo digo con el debido respeto- sus palabras también lo han insinuado.
Y eso no es así. No se puede asumir que todos son ineficientes, salvo que se pruebe lo contrario. En su oportunidad, cuando discutamos el tema de la salud, probablemente debamos abordar esta materia. No obstante, quiero traer a colación una encuesta, que gentilmente me ha hecho llegar un señor Senador aquí presente y que no fue elaborada por personas que compartan mi punto de vista. En ella se pregunta a la gente, por ejemplo, cómo considera la atención del personal del consultorio. La respuesta es: "Buena 49%"; "Muy Buena 10%". Es decir, el 59 por ciento de las personas auscultadas por una entidad no gubernativa califica favorablemente la atención. Y se trata de un estudio de opinión realizado -si me permiten mencionarlo- por la UDI hace tres días o una semana atrás.
Entonces, no corresponde seguir señalando como algo evidente la ineficiencia del personal y de los consultorios. Eso no es aceptable. Como decía el Honorable señor Hormazábal , cuando hay ineficiencia debe sancionarse, y para eso están las disposiciones pertinentes de la normativa. Pero no aludamos a ello como algo indubitable, en circunstancias de que no lo es.
En tercer lugar, el Senador señor Díez planteó una cosa muy novedosa y espectacular, a saber, el derecho de los enfermos. Lo que estamos tratando de hacer con esta iniciativa es, precisamente, dar salud, mejorar las condiciones en que son atendidos los enfermos. La legislación sobre ISAPRES y atención primaria de salud no tiene por finalidad simplemente, perfeccionar su estructura, sino permitir que el sector funcione de manera adecuada y, en consecuencia, se atienda mejor a los enfermos.
Sobre el particular, respecto a lo que el señor Senador ha llamado el "estatuto del enfermo", cabe señalar que en la sesión especial que realicemos para abordar el tema de la salud, analizaremos nuestras concepciones sobre cómo se ha tratado a los enfermos hasta ahora. No quiero alargar el debate provocando réplicas; pero no puedo dejar de manifestar que el Senador que habla criticó duramente las políticas de salud de un Gobierno al cual el Senador señor Díez respaldaba, justamente por creer que la disminución del financiamiento del sector que dispuso era negativa para los enfermos.
Señor Presidente, he hecho uso de estos minutos para refutar el uso de argumentaciones absolutamente faltas de prueba a propósito de debates coyunturales.
Anuncio mi rechazo a la indicación renovada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Hay todavía un señor Senador inscrito. Terminada su intervención procederé a cerrar el debate, porque se ha extendido demasiado.
Tiene la palabra el Honorable señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , una vez más, me remitiré sólo al texto del proyecto y de la indicación que se somete a nuestro análisis. Tanto al tratar la iniciativa sobre ISAPRES como el Estatuto de Atención Primaria de Salud, que tenemos el compromiso de despachar hoy, reiteradamente he hecho presente la inconveniencia de caer en la tentación de emitir juicios sobre el sistema público de salud o sobre la gestión en el sector. Tales materias pueden ser muy interesantes -de hecho, lo son a tal punto que los Comités resolvieron dedicar una sesión especial a su análisis-, pero no nos parece adecuado que, como se ha constatado palmariamente en esta oportunidad y como se ha hecho ver en algunos medios de comunicación, con motivo de cada indicación nos dejemos llevar por una discusión que, sin perjuicio de su relevancia, no dice relación a la materia en examen.
Tocante a la indicación renovada en comento, me pronunciaré en contra, por estimar que, en el fondo, jamás faltarán motivos, en ninguna municipalidad del país, para dejar a determinada persona o conjunto de personas, cualesquiera que sean su confesión, doctrina o ideas, fuera de la dotación alegando necesidades de carácter administrativo. Además, de lo que se trata aquí es de entregar un Estatuto a los funcionarios de la atención primaria de salud, cuya conquista prioritaria -téngase presente, por ejemplo, la experiencia vivida por los profesionales de la educación con la dictación del Estatuto Docente- no es una mayor remuneración, sino la propiedad de sus cargos o, como se define aquí, su "titularidad de carácter público". Por ello, me opongo a una norma que, en definitiva, anula esa conquista. La indicación en debate se estrella con ese propósito.
Ahora, si lo que se desea es otra cosa, puede ser incluida en otro proyecto. En lo ya aprobado de la presente iniciativa, en las afirmaciones y votaciones ya realizadas, el sentido siempre ha sido entregar estabilidad a los funcionarios del sector.
Por tanto, en consistencia con mis propias argumentaciones anteriores, por las razones de carácter técnico que he indicado, me opongo a la indicación renovada.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se rechazará la indicación con la misma votación de las anteriores.
--Se rechaza la indicación renovada (19 votos contra 8, 2 abstenciones y 7 pareos).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida, corresponde pronunciarse respecto de la indicación número 89, renovada con las mismas firmas de la precedente. Es para agregar un inciso final al artículo 44.
La señora FELIÚ .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora FELIÚ.-
La indicación es consecuencia de la anterior, de modo que debe ser rechazada.
--Se rechaza la indicación renovada (19 votos contra 8, 2 abstenciones y 7 pareos).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-A continuación, los Honorables señores Feliú , Cantuarias , Díez , Piñera , Larre , Romero, Cooper , Larraín , Pérez y Lagos "La publicación del balance a que se refiere el artículo anterior deberá hacerse en un diario de circulación local y una copia de él deberá fijarse en un lugar visible de los Consultorios que las municipalidades administren.".
El señor VALDÉS (Presidente).-
En discusión.
El señor LARRE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , propongo que la indicación sea aprobada unánimemente por la Sala. En verdad, según el tenor de su texto, es la única forma en que la comunidad se entere de cómo se manejan los recursos para la salud. Aquí se ha planteado que es preciso, fundamentalmente, atender las necesidades de la población, y me parece bueno que ésta conozca lo relativo a la administración de dichos fondos.
El señor ERRÁZURIZ .-
Nosotros la apoyamos, señor Presidente .
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Debo hacer presente que la indicación habla de "localidad", lo cual significa lugares o pueblos y en muchos de ellos no hay periódicos. Por lo tanto, en la historia de la ley debería quedar constancia de que si la publicación no se puede efectuar en un diario de circulación local, por falta de éste, se hará en uno de la provincia.
El señor ALESSANDRI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , al final del segundo informe de las Comisiones unidas -página 309-, figura el artículo 45 bis con una redacción prácticamente similar a la de la indicación. Por tanto, no sé el motivo por el cual se renovó esta última. Me gustaría que se aclarara.
El señor RUIZ (don José).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , este precepto fue discutido latamente en las Comisiones unidas y se le dio la redacción que aparece en el informe, que fue aprobada por unanimidad. Ignoro por qué se renovó la indicación, ya que la norma propuesta en el informe establece que la publicación se hará en un diario local, y si no lo hubiere en uno regional.
El señor ALESSANDRI .-
Tiene razón, Su Señoría.
La señora FELIÚ .-
Excúseme, señor Presidente . Sucede que donde se le dio una redacción distinta fue en el informe de la Comisión de Hacienda.
--Se rechaza la indicación renovada.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión de Hacienda propone sustituir, en los incisos primero y segundo del artículo 45 bis, la palabra "balance" por "presupuesto".
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
La señora FELIÚ .-
No, señor Presidente . `Presupuesto¿ tiene otro significado.
--Se rechaza la sustitución y queda aprobado el artículo 45 bis propuesto por las Comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Salud.
--Sin debate se aprueban, conforme a la norma general de procedimiento, las proposiciones contenidas en el segundo informe de las Comisiones unidas, recaídas en los artículos 46, 47, 49, 50 y 51 permanentes, y 1° y 2° transitorios.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , después quiero hacer algunas observaciones al artículo 15 transitorio.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Corresponde tratar la indicación renovada número 104, del Senador señor Piñera , para reemplazar, en la letra a) del inciso segundo del artículo 3° transitorio, la expresión "sueldo base" por la palabra "remuneración".
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , si la indicación pretende sustituir la expresión "sueldo base" por "remuneración", cambia el costo del proyecto, por cuanto se trata de beneficios regidos por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
El señor RUIZ (don José ).-
Es inadmisible, señor Presidente .
El señor LARRE.-
No es inadmisible. Pero forma parte del conjunto de indicaciones que hemos acordado rechazar de acuerdo con votaciones anteriores.
El señor RUIZ (don José ).-
Es inadmisible porque aumenta el costo...
La señora FELIÚ .-
Exacto.
El señor RUIZ (don José ).-
Démosla por rechazada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se rechazará con la misma votación que las anteriores.
--Se rechaza la indicación renovada (19 votos contra 8, 2 abstenciones y 7 pareos).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Por su parte, la Comisión de Hacienda propone sustituir, en el artículo 3° transitorio, la letra c) por la siguiente:
"c) Si aplicadas las normas anteriores permaneciere una diferencia, el afectado tendrá derecho a percibirla por planilla suplementaria, la que será absorbida por los aumentos de remuneraciones derivados de la aplicación de esta ley. El remanente se reajustará en la misma oportunidad y porcentaje que las remuneraciones del Sector Público.".
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Esta es una proposición de la Comisión de Hacienda, que fue aprobada por unanimidad.
El señor ALESSANDRI.-
Corresponde a una indicación del Presidente de la República.
El señor RUIZ (don José ).-
Sí, fue una petición del Ejecutivo. Está bien. No hay problema.
--Se aprueba la sustitución.
--Sin debate, se aprueban también las proposiciones acogidas unánimemente por las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud, unidas, respecto de los artículos 4°, 5° y 6° transitorios.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Indicación renovada número 112, para reemplazar la letra a) del inciso tercero del artículo 7° transitorio por la siguiente:
"a) La suma de las remuneraciones y asignaciones a que se refiere esta ley, y".
La norma aprobada por la Comisión señala:
"Los incrementos de remuneraciones que correspondan a este personal se determinarán como la suma de las diferencias entre:
"a)"...
El señor RUIZ (don José ).-
Excúseme, señor Presidente . La indicación se refiere a lo mismo que debatimos anteriormente: sustituye la expresión "sueldo base" por "remuneraciones", lo cual cambia todo el costo del proyecto.
La señora FREI (doña Carmen).-
Hay que rechazarla.
--Se rechaza la indicación renovada.
--Se aprueban las recomendaciones de las Comisiones unidas al artículo 7° transitorio.
--Sin debate, se aprueban también las proposiciones acogidas unánimemente por las Comisiones unidas a los artículos 8°, 9° y 11 transitorios.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Indicación de Su Excelencia el Presidente de la República para sustituir el artículo 13 transitorio por el siguiente:
"Artículo 13.-
Concédese, por una vez, una bonificación compensatoria, no imponible ni tributable, a los trabajadores pertenecientes a los establecimientos de atención primaria de salud municipal referidos en el artículo 3° de esta ley, que hayan ingresado a dichos establecimientos en una fecha anterior o igual al 31 de diciembre de 1993 y que, a la fecha de publicación de esta ley, continúen desempeñando funciones en ellos.
"La bonificación compensatoria se otorgará dentro de los 30 días siguientes a la publicación de esta ley y será pagada en forma proporcional a la jornada de trabajo por la cual está contratado cada funcionario tomando como base la jornada de 44 horas.
"En todo caso el máximo de horas para calcular el valor de la bonificación será de 44 y los funcionarios que estén contratados por una jornada mayor a este máximo o desempeñen funciones en más de un establecimiento, cuya suma de las jornadas sea superior a 44 horas, no tendrán derecho a un bono mayor a los señalados en este artículo. Asimismo, los funcionarios que laboren en más de una comuna, sólo podrán recibir la bonificación en la comuna donde tengan un contrato por una jornada mayor.
"El monto de la bonificación será el siguiente:
"$190.000.-
Para los funcionarios a los que se les aplicarán las normas de este estatuto, que hayan ingresado a un establecimiento de atención primaría de salud municipal, en una fecha igual o anterior al 31 de diciembre de 1989 y que desde esa fecha y hasta la publicación de la ley, hayan desempeñado funciones de atención primaria, en forma ininterrumpida, en cualquier municipalidad del país.
"$180.000.-
Para todos los funcionarios a los que se les aplicarán las normas de este estatuto, que hayan ingresado a un establecimiento de atención primaria de salud municipal, en el período comprendido entre el 31 de diciembre de 1989 y el 31 de diciembre de 1993 y que desde la fecha de contratación hasta la publicación de la ley, hayan desempeñado funciones de atención primaria, en forma ininterrumpida, en cualquier municipalidad del país.
"Para los efectos"...
El señor MC-INTYRE.-
¿Me permite, señor Presidente?
La señora FELIÚ.-
¿A qué indicación corresponde?
El señor MC-INTYRE.-
No tenemos el texto de esa indicación, señor Presidente.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Es una indicación nueva de Su Excelencia el Presidente de la República , señor Senador.
La señora FELIÚ .-
¿En qué momento se presentó dicha indicación, señor Presidente ? ¿Qué Comisión la trató?
El señor MC-INTYRE.-
La Comisión de Hacienda no la analizó, señor Presidente .
La señora FELIÚ .-
La norma propuesta en la indicación representa gasto, y, por tanto, debe ser informada por la Comisión de Hacienda. Además, se formuló fuera de plazo.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
A mi juicio, como la indicación no es renovada ni ha sido vista por las Comisiones se requiere el asentimiento unánime de la Sala para tratarla.
La señora FELIÚ .-
Señor Presidente , si irroga gasto, ni aun la unanimidad de la Sala puede excluirla del trámite de Comisión de Hacienda.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene razón en su planteamiento la Senadora señora Feliú . No puede tratarse en la Sala una materia de esta naturaleza sin haber sido examinada antes por la Comisión de Hacienda.
--Queda aprobado el artículo 13 transitorio propuesto por las Comisiones unidas.
--Sin debate, se aprueban también los artículos 14 y 15 transitorios propuestos por unanimidad.
El señor DÍAZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , quiero emitir una opinión respecto del artículo 9° transitorio -me parece que fue aprobado sin debate- mediante el cual se transfieren los bienes inventariados, muebles e inmuebles, entregados en comodato por los Servicios de Salud a las municipalidades.
Quiero expresar mi oposición a esta norma, y que quede establecido mi voto en contra de ella.
La experiencia de más de una década de los servicios de atención de salud municipalizada me permite tener un mínimo de escepticismo sobre esta materia. El traspaso de los bienes inmuebles a los municipios tendría un carácter irreversible, con el cual no estoy de acuerdo.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Lamentablemente, ya está aprobado el artículo.
El señor DÍAZ .-
Pero, si Su Señoría lo permite, por lo menos voy a dejar constancia de mi posición al respecto.
El señor HORVATH.-
¿Me permite, señor Presidente?
Quiero señalar que si no es aprobado en estos dos días el proyecto de acuerdo referente al Convenio sobre la diversidad biológica, Chile podría quedar al margen de él.
En consecuencia, solicito tratarlo en la sesión de mañana, pues su urgencia está calificada de "discusión inmediata".
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Entiendo que la Comisión de Relaciones Exteriores lo estudiará hoy, a fin de que mañana lo conozca la Sala.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , hace un momento, antes de terminar la discusión del proyecto, pedí la palabra para referirme al artículo 15 transitorio.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Pero es que el debate había terminado.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , oportunamente hice presente que me interesaba formular algunas observaciones con relación al artículo 15 transitorio, que revisten importancia para el proyecto, y que procederé a explicar.
Dicho precepto establece el plazo dentro del cual deberá dictarse el reglamento, y en su segunda parte hace una referencia a la carrera funcionaria. Y precisamente, puse en manos del Ministro de Salud y del Subsecretario del ramo un esbozo de redacción destinado a compatibilizar el mecanismo de la antigüedad con la aplicación de la carrera funcionaria, lo que, conforme a la norma propuesta, implica la imposibilidad del traslado del personal de una municipalidad a otra si goza de bienios que recarguen su costo e impidan su admisión en otro municipio. A mi juicio, el problema podría ser resuelto mediante un sistema de compensación, como lo hice presente al señor Ministro . Y en este sentido me pidió una sugerencia concreta. Se la hice llegar, pero la única fórmula que permitiría tratarla es la de rechazar la segunda oración del artículo 15 transitorio. De este modo se daría competencia a la Comisión Mixta que deberá constituirse, instancia en la que será posible incluir un mecanismo que compatibilice la carrera funcionaria con la autonomía municipal, por un lado, y con el traspaso, por otro, de esta especie de mochila o de recargo de la remuneración, proveniente de los bienios con que se incrementan los ingresos de cada trabajador afecto al régimen de salud primaria municipal.
El asunto es complejo, pero en ello va involucrado el que pueda o no operar la carrera funcionaria. Por eso, como no está aquí el señor Subsecretario -cuya presencia no se autorizó, situación que personalmente deploro-, no me queda otra posibilidad que plantearlo yo. Y lo que estoy pidiendo es, sencillamente, el rechazo de la segunda parte del artículo 15 transitorio, nada más que con el propósito de dar lugar a que en la Comisión Mixta se introduzca la modificación respectiva, porque, si se aprueba tal como está, ella no podrá considerar el punto y no habrá otra posibilidad de hacerlo, salvo por la vía del veto.
Es cuanto quería plantear.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Se dejará constancia de su opinión, señor Senador.
El señor THAYER .-
Muchas gracias, señor Presidente , pero no era mi opinión la interesante, sino la carrera funcionaria.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Lo que sucede es que el precepto ya está aprobado. ¿O la Sala estaría de acuerdo en reabrir debate al respecto?
El señor THAYER .-
Si acaso hay oposición de parte de cualquier señor Senador, mi observación no tendría destino, y mi objetivo sólo es hacer presente que, en mi concepto -y en el del Ministerio de Salud, al parecer-, la carrera funcionaria no va a operar por el hecho de que habrá un sistema de bienios -creados en este mismo proyecto- que recargará el costo de la remuneración de cada funcionario. Y si acaso se desea evitar el problema económico, social y moral de tener que despedir personal de una municipalidad -que no será contratado en otra, por ser más caro-, la única fórmula posible es que los recursos provenientes del fondo destinado al financiamiento de la iniciativa vayan a un mecanismo de compensación, para que los bienios se paguen con cargo a este fondo y no al municipio. Porque al Estado le da exactamente lo mismo pagar DÍEZ bienios en Santiago que en Chonchi. Pero, para la Municipalidad de Chonchi, no es igual contratar un empleado con DÍEZ bienios que a uno sin antigüedad.
Como dije, redacté la indicación y la entregué a petición del Subsecretario de Salud . Ignoro el destino que vaya a tener, pero la única posibilidad de que sea considerada -repito- es rechazar la segunda parte del artículo 15 transitorio, a fin de dar así competencia a la Comisión Mixta. Si ésta o el Gobierno no la aprueban, no ha pasado nada, y se restablece el artículo en la Comisión Mixta.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , encuentro muy razonable lo que dice el señor Senador, pero lamentablemente no podemos tratar ahora el punto. Además, no contamos con la presencia del señor Subsecretario porque el Honorable señor Díez se opuso a que pudiera participar en esta sesión.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Pero hay una razón...
El señor GAZMURI .-
Y si lo hacemos por unanimidad...
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Ni aun por unanimidad, señor Senador , porque, de hecho, la indicación no llegó a la Mesa.
El señor GAZMURI .-
El tema es otro.
El señor RUIZ (don José ).-
Tiene razón el Honorable señor Thayer . Rechacemos la última oración del artículo, y en la Comisión Mixta se resuelve el problema.
El señor GAZMURI .-
El inciso del artículo.
El señor HAMILTON.-
Se rechazaría para el solo efecto de que pueda ser enmendado en la Comisión Mixta.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en tal sentido?
El señor HAMILTON.-
Pero dejando expresa constancia de que se rechaza con esa finalidad.
El señor GAZMURI .-
Exacto.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Se rechazaría, y esto quedaría en blanco.
El señor MC-INTYRE .-
El artículo 15 transitorio quedaría completo, porque no tiene incisos.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Al parecer, hay un problema de fondo, de carácter procesal, respecto del cual no habría acuerdo. Si se rechaza todo el artículo, ¿cómo lo reviviríamos?
El señor GAZMURI .-
Por eso, el Senador Thayer propone rechazar un inciso.
El señor MC-INTYRE .-
No tiene incisos.
El señor THAYER .-
Si Sus Señorías leen el artículo advertirán que contiene dos ideas. Primero, se faculta al Presidente de la República para dictar el reglamento general en un plazo de 180 días, y segundo, se establece que el relativo a la carrera funcionaria se promulgará dentro de los 90 días posteriores a la publicación de la ley en el Diario Oficial.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Aquí no podemos redactar nuevamente el precepto.
El señor THAYER.-
Es que no estoy pidiendo redactar nada.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Lo que hace falta es una proposición concreta. Se rechaza el artículo porque no se puede modificar, o se aprueba.
El señor RUIZ (don José ).-
¿La Cámara de Diputados aprobó esta disposición? Porque si no lo hizo, ahí sí que estaríamos en problemas.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Es una propuesta procesal.
El señor THAYER .-
A eso me refiero.
El señor LARRAÍN .-
Si hay unanimidad, ¿podemos dar por redactado el artículo?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
No hay indicación.
El señor THAYER .-
Es que hay una solución. Si el artículo 15 transitorio se aprueba únicamente hasta la palabra "publicación", quedaría en la siguiente forma: "El Presidente de la República dictará el reglamento de esta ley, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la publicación.". Y se rechaza lo demás, que dice "con excepción del Reglamento necesario para la aplicación de la carrera funcionaria,", etcétera.
Lo que pido es que se rechace específicamente lo relativo al reglamento de la carrera funcionaria, porque de ese modo habrá posibilidad de considerar mi proposición en la Comisión Mixta. Si ésta no lo hace, puede restablecer el precepto actual.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Su Señoría ha expresado perfectamente y en forma clara lo que pretende, y ha hecho una proposición que debió haber formulado al principio: que se divida la votación, porque hay dos ideas en el precepto. Entonces, nos habríamos entendido, pues es reglamentariamente factible.
Si le parece a la Sala, se procedería en tal sentido.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Debo advertir a Su Señoría que el artículo 15 transitorio, tal como está redactado, no aparece en el proyecto de la Cámara de Diputados. Y su texto es el siguiente: "El Presidente de la República dictará el Reglamento dentro de los ciento ochenta días siguientes a su publicación en el Diario Oficial.".
El señor HAMILTON .-
Siendo ése el artículo de la Cámara, y aceptando la solución propuesta por el Honorable señor Thayer , la disposición se mantendría, y sólo cabría la posibilidad del veto. Porque aquí no estaríamos introduciendo ninguna modificación. En consecuencia, habría que rechazar el artículo completo, para que así vaya a la Comisión Mixta donde se resolvería el problema, como es la intención. También, podría ser aprobado, porque es distinto al de la Cámara de Diputados. Da lo mismo. Va a la Comisión Mixta, y allí se dilucida la situación.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En consecuencia, se aprueba la norma en la forma descrita por el Honorable señor Thayer.
El señor HAMILTON .-
¡No, señor Presidente , es lo único que no se puede hacer! Porque si lo aprobamos exactamente como dice el Honorable señor Thayer , correspondería al texto que aprobó la Cámara de Diputados. Por lo tanto, no habiendo diferencia entre el Senado y la Cámara en lo atinente a este artículo, no habría discusión posible en la Comisión Mixta. Para ello debe haber dos redacciones distintas. Entonces, o lo rechazamos o lo aprobamos completo. En ambos casos es distinto lo del Senado y la Cámara, y se puede llegar a una conclusión en la Comisión Mixta.
El señor THAYER .-
Señor Presidente , la situación es como la ha explicado el Honorable señor Hamilton . Yo no sabía que el artículo venía de la Cámara sin este agregado, y como el texto actual contiene una segunda parte introducida en esta Corporación, en realidad es diferente del de la otra rama del Congreso, y da competencia a la Comisión Mixta.
Por consiguiente, retiro mi indicación y concuerdo con que el artículo 15 transitorio se apruebe tal como lo proponen las Comisiones. En todo caso, me interesa haber comunicado el mensaje para que se entienda cuál es el alcance de la aprobación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En consecuencia, el artículo se aprobaría tal como viene propuesto.
Acordado.
En conformidad a lo resuelto, tiene la palabra el Honorable señor Ríos para rendir un homenaje.
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON GABRIEL CARMONA FRANCIONE
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, Honorable Senado:
Hacer Chile.
Hay hombres que, cada día de su vida, hacen Chile, mantienen su fuerza, lo protegen, cuidan su gente, recogen con optimismo su espíritu y lo transfieren a sus colaboradores. E incluso van más allá: extienden sus brazos y sus capacidades a toda la comunidad.
Son hombres que nacen como todos, con una rica imaginación creadora, pero que son capaces de difundir dicha virtud a su pueblo, poniendo en marcha nuevos planes de desarrollo. Algunos de ellos descubren en la propia naturaleza fuentes de trabajo y riqueza para miles de personas.
En estos fundamentos se basan las razones por las cuales hoy, en el Senado de la República, se rinde un homenaje.
Especial ligazón une a nuestro país con cada uno de nosotros. Es que nuestro Chile, como las personas, tiene su historia; por tanto, la implicancia de ambos es casi indivisible.
Los hechos que la historia registra entre los años 1925 y 1994 son el resultado correcto de sus actores, desde la perspectiva de la condición de país moderno que somos hoy.
En este punto, deseo detenerme para referirme a aquellos hombres que, desde el anonimato de las provincias, merecen ser destacados aquí en el Congreso, centro de decisiones de Chile. Hablo por los que al partir dejan un legado de obras que la historia recoge y que los hombres recuerdan más allá de la muerte de sus insignes gestores. Dedico estas palabras a quienes fueron trazando el camino histórico de las regiones, señalando mejor destino a sus iguales. Gabriel Carmona Francione fue uno de ellos. Destacado empresario, agricultor, deportista y mejor ciudadano, firme impulsor de la regionalización, incansable defensor de la libertad, incesante creador de empresas y de bienestar para los habitantes de su provincia: Biobío. ¡La mejor empresa fue su propia vida! Modelo de rectitud y perseverancia. Desde joven, como hasta el último de sus días, galopó salvando obstáculos, tal cual lo hiciera al momento de dar vida al ex Club Ecuestre de la ciudad de Los Ángeles en los años 40, cuando contaba con poco más de 20 años de edad. Los avalares de los años 30 y su paso por la Armada terminaron por moldear su personalidad. Siempre líder y conductor extraordinario. Cariñoso y paternal con sus trabajadores. Hombre gentil, agradecido de la vida, constantemente generoso. En su condición de presidente de la Sociedad Agrícola de Biobío durante dos períodos, mantuvo siempre viva la causa de los agricultores, especialmente en la difícil década de los 70. Paralelamente acompañan sus mejores desvelos la complicada situación que en aquella época vivían los centros sociales en cada una de las ciudades de Chile, en especial su Club de la Unión, el que como buen marino reflota, llegando también a ser su primer presidente. Y ya estamos en el año 1989.
Gabriel Carmona Francione vivió su comuna -Los Ángeles- intensamente, pensó su provincia y ayudó a definir el Chile del presente. Entidades como la Corporación del Desarrollo de Biobío y el Consejo Regional de Desarrollo supieron de sus mejores esfuerzos. Y Los Ángeles -su comuna, su ciudad- lo distinguió como el hombre más destacado, hace algunos meses, en un acto masivo.
Gabriel Carmona partió tal cual vivió: rodeado de amigos, con el cariño y respeto de todos, como tantos que han hecho camino al andar.
Ante ustedes, señores Senadores, y en Gabriel Carmona, rindo un sentido y especial homenaje a los hombres que en regiones parten al seno de la tierra, la misma que con esmero han contribuido a engrandecer.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , Honorables señores Senadores, me sumo al homenaje que acaba de rendir el Honorable señor Ríos.
Conocí a don Gabriel Carmona en una etapa importante de su vida: durante la formación como oficial de nuestra Armada Nacional. Nos separaba un curso en la Escuela Naval. En ella destacó por su capacidad y preparación. Terminó sus estudios e ingresó al servicio con las primeras antigüedades de su promoción. Y a muy corto plazo, en los primeros grados de nuestro Escalafón, debió retirarse para asumir responsabilidades en su querida tierra, en Los Ángeles. Allá no sólo llevó su gran capacidad intelectual, sino también los principios morales fuertemente enraizados en su personalidad, lo que le permitió en breve plazo distinguirse en la comunidad a la cual sirvió con altruismo. Quien se distinguiera con estas cualidades en el seno de la sociedad, no podía menos que formar una hermosa y ejemplar familia, que hoy llora su ausencia, y a quienes hago llegar mis sentidas condolencias.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente, con profunda emoción, adhiero al homenaje que se rinde esta tarde en el Senado en memoria de don Gabriel Carmona Francione.
Como muchos de los que nos enorgullecemos de haber surgido desde nuestras regiones, don Gabriel Carmena supo conquistar, cultivar y capturar el interés, la adhesión y el respeto de todos sus conciudadanos.
Fui contemporáneo de algunos de sus hijos y aprendí mucho de la familia que él fundó y que le acompañó toda una vida. Los Ángeles, por cierto, ya no será igual sin su presencia. Hay muchos que lo lloran y que están representados por nuestras voces, que se suman a este sincero y sentido homenaje.
Don Gabriel Carmena pasó por la vida haciendo el bien y, con su contagiante optimismo y entusiasmo, siempre estuvo a la caza de nuevas iniciativas y tareas, pensando siempre en los demás.
Señor Presidente , en el nombre de la Unión Demócrata Independiente y en el mío propio, deseo hacer llegar a su familia mis más sentidas condolencias. Chilenos como él son un ejemplo que bien vale la pena que el Senado detenga un instante su quehacer para tributarles un homenaje que con creces se merecen.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prat.
El señor PRAT.-
Señor Presidente , en nombre de los Senadores de Renovación Nacional, adhiero al homenaje que aquí se rinde al destacado hombre de empresa don Gabriel Carmona Francione .
En lo personal, debo señalar que sus méritos, su imaginación y su espíritu creador también llegaron á la zona de Malleco, irrigando de optimismo la actividad agrícola en la amplia gama de posibilidades que ella otorga, permitiendo con ello dar paso a nuevas realidades.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , en nombre del Comité Independientes, me sumo al justo homenaje que se rinde a don Gabriel Carmona . Junto con valorar su posición y sus actividades en pro del futuro del país, recuerdo que el año pasado tuve la oportunidad de compartir con él. Por eso, mi homenaje también es de gratitud, que hago público, así como también entrego nuestras condolencias a la familia que hoy nos acompaña.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ .-
Señor Presidente , en nombre del Partido Unión Centro Centro y en el mío propio, me hago parte en este homenaje, tan sentido e importante, a don Gabriel Carmona , junto a quien tuve el honor y el agrado de participar en actividades empresariales.
Además, quiero rendir tributo no sólo en su memoria, sino también a su capacidad empresarial, a sus dotes como hombre de iniciativa, de empeño y de esfuerzo, y a la vez hacer extensivo tales recuerdos en forma muy cariñosa a su familia que aquí nos acompaña.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , adhiero al homenaje que hoy se rinde en el Senado a don Gabriel Carmona , quien representa a aquellos hombres que trabajan por el país con sinceridad, con honor, con hombría y, sobre todo, con gran honestidad.
Aun cuando nos separaban apreciaciones muy profundas respecto de lo que era el sentido de nuestro país y de la forma de enfrentar los problemas, quiero rendir esta tarde un homenaje a la capacidad que siempre tuvo para entenderse con quienes pensaban distinto. También deseo brindar un tributo, por la personal experiencia que tuve con él, a un hombre que siempre actuó con dignidad y honestidad, lo que recalco esta tarde.
Señor Presidente , si algo hemos aprendido en este país es justamente la capacidad de ser distintos y de, respetándonos, comprender que Chile pertenece a todos. Y esto el señor Carmona lo expresó en una relación que nunca fue extraordinariamente cercana, pero siempre de respeto, la que en momentos muy difíciles de superar supe valorar como un acto muy digno de su parte.
Quienes representamos a Biobío conocemos lo que don Gabriel Carmona significó para esa ciudad y provincia. Por eso, junto con adherir muy sinceramente al homenaje que se rinde esta tarde, deseo hacer llegar estos sentimientos a su familia que hoy nos acompaña.
Muchas gracias.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Ha terminado el homenaje que el Senado ha rendido a don Gabriel Carmona Francione.
SESIÓN SECRETA
Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 20:11, y adoptó resolución acerca de la rehabilitación de ciudadanía de los señores Rubén Alfonso Cruces Riquelme, Carlos Francisco Jaque Jaque, Vicente Rafael Álvarez de Uribarri, Eloy Alejandro Cortínez Torres y Adolfo Ernesto Lara Bustamante.
--Se reanudó la sesión pública a las 20:34.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Se levanta la sesión.
Se levantó la sesión
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, ELIMINANDO EL REQUISITO DE ANOTACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN ELECTORAL EN LA NÓMINA DE PATROCINANTES DE CANDIDATURAS PARLAMENTARIAS INDEPENDIENTES.
El 6 de mayo de 1988 fue publicada en el Diario Oficial la ley 18.700, ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que regula los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio calificación de los plebiscitos y de las elecciones de Presidentes de la República y Parlamentarios.
Dentro de los actos preparatorios de toda elección, se encuentra la declaración por escrito de las candidaturas ante el Director del Servicio Electoral que, en el caso de los independientes, requiere el patrocinio del 0,5 por ciento de los que hubieran sufragado en la anterior elección periódica de diputados, ya sea en el distrito electoral, en la circunscripción senatorial o en todo el país, según se trate de candidaturas a Diputado, Senador o Presidente de la República.
Para acreditar dicho apoyo, el artículo 11 de la referida ley exige la presentación de una nómina de los patrocinantes de las candidaturas a Diputados y Senadores, la que debe contener una serie de menciones relativas a los propios patrocinantes, como son sus nombres y apellidos, su domicilio y su cédula nacional de identidad, además de la correspondiente firma. Sin embargo, también se exige la inscripción electoral, con indicación de la comuna o circunscripción, registro y número de la inscripción. Aunque esta norma sólo se refiere a las candidaturas parlamentarias, el Servicio Electoral - interpretando la ley - la ha hecho aplicable asimismo a las candidaturas independientes a Presidente de la República.
Aunque resulta evidente la necesidad de esta nómina en el caso de las candidaturas independientes, el legislador no previó los enormes problemas que conllevarla la mención en ella de la inscripción electoral de cada patrocinante. En efecto, como la enorme mayoría de las personas desconoce los datos referidos a su inscripción electoral, principalmente el número, resulta que cada candidato debe completar manualmente ese antecedente. Pero para poder hacerlo, requiere estar en posesión del listado de votantes que mantiene el Servicio Electoral, el que se vende a precios monopólicos.
Por lo tanto, este requisito exigido por la ley, amén de ser engorroso discrimina económicamente entre candidatos. Pero, además, es un antecedente que no representa ninguna utilidad, porque el Servicio, con el sólo número de la cédula de identidad, puede acceder a los datos de la inscripción de cada elector, lo que es relevante en el caso de candidaturas parlamentarias, ya que, para ser aceptadas, los patrocinantes deben estar inscritos en el distrito electoral o circunscripción senatorial respectiva.
En este sentido, el presente proyecto de ley propone precisamente eliminar ese requisito, evitando así que los candidatos independientes, tanto al Parlamento como a la Presidencia de la República, se vean enfrentados a este lento trámite y a la discriminación que él representa.
Pero además, este proyecto busca adecuar la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios a la reforma constitucional que acortó el período presidencial de ocho a seis años, en lo que respecta al patrocinio de candidaturas independientes. En efecto, actualmente los artículos 10 y 13 de la Ley 18.700 exigen para dicho patrocinio la firma del 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado, ya sea en el distrito electoral, en la circunscripción senatorial o en el territorio nacional, en la anterior elección periódica de Diputados. Es evidente que el sentido de esas normas no es otro que el que dicho porcentaje refleje lo más fielmente posible la composición actual del electorado, y para ello se toman como base los resultados de la última elección general que haya tenido lugar en el país. Dejando de lado las elecciones municipales, hasta antes de la reforma esa última elección siempre coincidía con una de Diputados. Pero actualmente puede ocurrir que la última elección general sea la de Presidente de la República y no la de Diputados, por lo que conviene tomar en cuenta esos datos, que van a ser los más actuales. Para ello, entonces, se propone modificar los artículos 10 y 13 de la Ley 18.700.
En consecuencia, tengo el honor de someter a la consideración de este Honorable Senado, el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTICULO UNICO. Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios:
1. Sustitúyese el texto del artículo 10 por el siguiente: "Las candidaturas independientes requerirán del patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral o en la circunscripción senatorial, según se trate de candidaturas a Diputados o Senadores, respectivamente, en la anterior elección periódica, sea de Presidente de la República o de Diputados, de acuerdo con el escrutinio general practicado por el Tribunal Calificador de Elecciones."
2. Sustitúyese el texto del inciso segundo del artículo 11 por el siguiente: "La nómina de patrocinantes deberá señalar en su encabezamiento el nombre del candidato y el acto electoral de que se trate. A continuación deberá dejarse expresa constancia del juramento a que se refiere el inciso anterior y de los siguientes antecedentes: primera columna, numeración correlativa de todos los ciudadanos que la suscriban; segunda columna, sus apellidos y nombres completos; tercera columna, indicación de sus domicilios, con mención de la comuna y calle o camino y su número si tuviere; cuarta columna, número de la cédula nacional de identidad; quinta columna, firma del elector o su impresión dactiloscópica, si no pudiere firmar, lo que se estampará en línea enfrentando los datos de su filiación personal."
3. Sustitúyese el texto del artículo 13 por el siguiente: "El patrocinio de las candidaturas independientes a Presidente de la República deberá suscribirse ante cualquier notario por un número de ciudadanos, inscritos en cualquier parte del territorio nacional, no inferior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en la última elección periódica, sea de Presidente de la República o de Diputados, de acuerdo con el escrutinio general practicado por el Tribuna Calificador de Elecciones."
Fdo: SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE
MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, PERMITIENDO LA EXISTENCIA DE PACTOS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
La Ley 18.799, del 26 de mayo de 1989, introdujo modificaciones a Ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, permitiendo la existencia de pactos electorales en las elecciones de Parlamentarios Nada se dijo, sin embargo, respecto de las elecciones de Presidente de la República.
Frente a una consulta que le fue hecha sobre el particular a raíz de elecciones de 1993, el Director del Servicio Electoral determinó que las normas aplicables a los candidatos a Diputados y Senadores no lo eran respecto de los aspirantes a la Primera Magistratura. Por lo tanto, en este último caso no se permite la existencia de pactos electorales y los candidatos independientes, a pesar de poder contar con el apoyo de un pacto parlamentario, deben presentarse como independientes, requiriendo el patrocinio de un número de ciudadanos no inferior al 0,5 % de los que hubieren sufragado en la anterior elección de diputados.
Por otra parte, la ley también impide, ya se trate de candidatos al Parlamento o a la Presidencia de la República, que los partidos políticos no incluidos en un pacto patrocinen a independientes, exigiendo así que éstos últimos se presenten como tales, cumpliendo con los requisitos adicionales que ello implica.
Aunque el caso señalado en el párrafo anterior es discutible y justifica un debate amplio en torno al tema, no ocurre lo mismo respecto de la existencia de pactos electorales en las elecciones de Presidente de la República y de la posibilidad de que candidatos independientes sean apoyados por dichos pactos. En efecto, si varios partidos políticos logran un acuerdo programático en torno a las candidaturas parlamentarias, es muy probable que ese acuerdo alcance también a la candidatura presidencial como de hecho ha ocurrido -, y no se ve razón alguna para que la ley no reconozca y regule esta situación. Asimismo, si el candidato presidencial del pacto resulta ser un independiente, por qué se le va a exigir contar con el patrocinio de un número elevado de personas no inscritas en partidos políticos, cuando se supone que tiene el respaldo de los militantes no sólo de un partido, sino que posiblemente de varios.
Para solucionar estas discriminaciones o incoherencias del texto legal, el presente proyecto de ley introduce un nuevo artículo 15 a la Ley 18.700 - que actualmente se halla derogado -, permitiendo la existencia de pactos electorales en las elecciones de Presidentes de la República, con una regulación muy similar a los pactos parlamentarios. No obstante, se exige que los partidos que integren el pacto estén constituidos en todas las regiones del país o acrediten una cantidad total de afiliados no inferior al 0,5 % de los que hubieron sufragado en la anterior elección periódica de diputados. Además, se permite que cada pacto incluya cualquier número de candidatos, º los que pueden ser independientes o estar afiliados a alguno de los partidos integrantes del pacto. En ninguno de los casos se requiere el patrocinio exigido a los candidatos independientes no apoyados por pacto alguno.
Finalmente, el proyecto explícita, respecto de las candidaturas independientes a Presidente de la República, las exigencias que deben cumplir las nóminas de patrocinantes, que sólo están establecidas respecto de las candidaturas parlamentarias independientes, pero que evidentemente son aplicables a las primeras, como lo ha interpretado el Director del Servicio Electoral.
En consecuencia, tengo el honor de someter a la consideración de este Honorable Senado, el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTICULO UNICO. Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios:
1.- Agregánse al artículo 13, los siguientes incisos segundo y tercero: "La nómina de patrocinantes deberá cumplir con los requisitos señalados en el inciso segundo del artículo 11.
Lo dispuesto en este artículo no se aplicará a los independientes incluidos en la declaración de candidatura de un pacto electoral.".
2.- Introdúcese el siguiente artículo 15:
"En las elecciones de Presidente de la República dos o más partidos políticos podrán acordar un pacto electoral.
Sólo podrán formar parte del pacto aquellos partidos políticos constituidos en todas las regiones del país y aquellos que, sin estarlo, acrediten una cantidad total de afiliados no inferior al 0,5 por ciento establecido en el artículo trece.
La declaración de candidatura de cada pacto podrá incluir cualquier número de candidatos, los que, en todo caso, deberán estar afiliados a cualquiera de los partidos integrantes del pacto o ser independientes.
El pacto electoral deberá formalizarse ante el Director del Servicio Electoral, antes del vencimiento del plazo para efectuar las declaraciones de candidaturas, mediante la presentación de los siguientes documentos :
a) Declaración suscrita por los Presidentes y Secretarios de los partidos políticos integrantes del pacto, que deberá indicar la decisión de concurrir en lista conjunta en una elección de Presidente de la República y que existe afinidad entre sus declaraciones de principios: y
b) Declaración de la candidatura a Presidente de la República para la respectiva elección, con arreglo a las demás disposiciones de esta ley.
El pacto electoral se entenderá constituido a contar de la fecha de su formalización. Los partidos políticos que hubieran constituido un pacto para la elección de Presidente de la República no podrán acordar otro, a menos que aquél fuero dejado sin efecto. Se podrá dejar sin efecto un pacto electoral cuando los partidos que lo integren hayan dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 29 de la ley Nº 18.603, y exista acuerdo unánime entre ellos. Este acuerdo deberá ser comunicado al Director del Servicio Electoral, mediante una declaración suscrita por los Presidentes Y Secretarios de los Partidos Políticos de que se trate antes del vencimiento del plazo para presentar."
Fdo: Sebastián Piñera Echenique
MOCIÓN DEL H. SENADOR SEÑOR PIÑERA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 13, 14 Y 15, DE LA LEY Nº 18.918, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL, EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE PROYECTOS DE LEY.
El artículo 62 de la Constitución Política de la República establece materias de ley que deben tener su origen en una u otra cámara y otras que n sólo de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
El no cumplimiento de esta norma implica que el proyecto no sea admitido a tramitación, es decir, que no se dé cuenta de él en la sala de la cámara en que haya sido presentado. Tal sanción está prevista en el articulo 13 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y también se aplica a aquellos proyectos que no contengan sus fundamentos en el documento en que se acompañen, conjuntamente con los antecedentes financieros del mismo, y a aquellos que propongan conjuntamente normas de ley y de reforma constitucional, según lo disponen los artículos 14 y 15 de la misma ley.
Sin embargo, sólo respecto de estos dos últimos casos la ley señala en quién recae la responsabilidad de declarar la inadmisibilidad, el presidente de la sala, pero pudiendo esta última reconsiderar su resolución. Nada dice la ley en cuanto a los proyectos que deban tener su origen en la otra sala o a las mociones que se refieran a materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. En la práctica, no obstante, la inadmisibilidad la declara el mismo presidente -en el caso del Senado, por aplicación del artículo 78 Nº 7 de su Reglamento-, pero esta vez sin posibilidad de reconsideración de la sala.
No se ve ninguna razón de peso para impedir tal reconsideración en estas materias. Podría esgrimiese como argumento el que sólo respecto de ellas se estaría frente a una inconstitucionalidad, pero ése no es el fondo del asunto. Lo que se pretende a través de este proyecto es uniformar la declaración de inadmisibilidad de los proyectos de ley, entregándole tal facultad en forma expresa al presidente de la sala, pero permitiendo que esta última reconsidere tal decisión, lo que no es sino darle mayor certeza a la resolución final. Por lo demás, el propio Reglamento del Senado lo prevee de esta forma en su artículo 80, aun cuando su aplicación resultaría actualmente ilegal.
Finalmente, este proyecto propone modificar el inciso segundo del artículo 13 de la Ley 18.918, corrigiendo un error formal del que éste adolece, cual es el de hablar de “mociones" que deban tener su origen en la otra cámara, en vez de "proyectos".
Por lo tanto, someto a la consideración de este honorable Senado el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTICULO UNICO. lntrodúcense las siguientes modificaciones a la Ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional:
1. Sustitúyese el inciso segundo del artículo 13 por el siguiente: “En ningún caso se dará cuenta de proyectos que se refieran a materias que, de acuerdo con la Constitución Política, deben tener origen en la otra Cámara ni de mociones que se refieran a materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República."
2. Sustitúyese el texto del artículo 14 por el siguiente: “Tampoco se dará cuenta de los proyectos que no contengan su fundamento en el mismo documento en que se presenten, conjuntamente con los antecedentes que expliquen los gastos que pudiere importar la aplicación de sus normas, la fuente de los recursos que la iniciativa demande y la estimación de su posible monto."
3. Sustitúyese el texto del artículo 15 por el siguiente: “No se dará cuenta de proyecto alguno que proponga conjuntamente normas de ley y de reforma constitucional.
La declaración de inadmisibilidad por los defectos señalados en los artículos anteriores será efectuada por el presidente de la sala. No obstante, la sala podrá reconsiderar dicha declaración.
Fdo: Sebastián Piñera Echenique