Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- SECRETARIO DE LA SESION
- Carlos Loyola Opazo
- SECRETARIO DE LA SESION
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- PERMISO
- Jaime Orpis Bouchon
- PERMISO
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- Sergio Paez Verdugo
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. HOMENAJES
- HOMENAJE AL EX DIPUTADO DON ORLANDO SANDOVAL VARGAS.
- HOMENAJE : Jaime Rocha Manrique
- HOMENAJE : Hosain Sabag Castillo
- HOMENAJE : Rosauro Martinez Labbe
- HOMENAJE : Isidoro Toha Gonzalez
- HOMENAJE : Vicente Karelovic Vrandecic
- HOMENAJE : Felipe Letelier Norambuena
- HOMENAJE AL EX DIPUTADO DON ORLANDO SANDOVAL VARGAS.
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL SOBRE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO DE ZONA AUSTRAL.
- INTEGRACIÓN
- Hector Zambrano Opazo
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Mario Hamuy Berr
- Miguel Hernandez Saffirio
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Valentin Solis Cabezas
- Carlos Valcarce Medina
- Vicente Karelovic Vrandecic
- Jaime Orpis Bouchon
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Armando Arancibia Calderon
- Felipe Letelier Norambuena
- Victor Barrueto
- INTEGRACIÓN
- VI. ORDEN DEL DÍA
- EXENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA A PESCADORES ARTESANALES. Tercer trámite constitucional. Integración de Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Ignacio Kuschel Silva
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Armando Arancibia Calderon
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
- DEBATE
- MODIFICACIONES DE LA LEY GENERAL DE BANCOS Y NORMAS RELACIONADAS. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Romy Rebolledo Leyton
- INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Harry Jurgensen Caesar
- INTERVENCIÓN : Tomas Jocelyn Holt Letelier
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Harry Jurgensen Caesar
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Harry Jurgensen Caesar
- INTERVENCIÓN : Carlos Dupre Silva
- INTERVENCIÓN : Armando Arancibia Calderon
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Romy Rebolledo Leyton
- INTERVENCIÓN : Jose Makluf Campos
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Teodoro Ribera Neumann
- INTERVENCIÓN : Armando Arancibia Calderon
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Tomas Jocelyn Holt Letelier
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- INTERVENCIÓN : Juan Carlos Latorre Carmona
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Ramon Elizalde Hevia
- DEBATE
- EXENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA A PESCADORES ARTESANALES. Tercer trámite constitucional. Integración de Comisión Mixta.
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- EXENCIÓN DEL IVA A LOS LIBROS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Felipe Letelier Norambuena
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- Eugenio Tuma Zedan
- Raul Urrutia Avila
- Edmundo Salas De La Fuente
- Victor Barrueto
- Salvador Urrutia Cardenas
- Isidoro Toha Gonzalez
- Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- Ramon Segundo Perez Opazo
- Martita Elvira Worner Tapia
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Luis Valentin Ferrada Valenzuela
- Erick Villegas Gonzalez
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Harry Jurgensen Caesar
- Vicente Agustin Sota Barros
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Vicente Karelovic Vrandecic
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Hector Zambrano Opazo
- Anibal Perez Lobos
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Jaime Naranjo Ortiz
- Mario Hamuy Berr
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Ignacio Balbontin Arteaga
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Juan Pablo Letelier Morel
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Felipe Letelier Norambuena
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CONSTRUCCIÓN DE REPOSITORIO NUCLEAR EN GASTRE, ARGENTINA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Hector Zambrano Opazo
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- Luis Alvarado Constenla
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Jaime Naranjo Ortiz
- Rodolfo Seguel Molina
- Sergio Ojeda Uribe
- Alejandro Navarro Brain
- Erick Villegas Gonzalez
- Andres Palma Irarrazaval
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Victor Reyes Alvarado
- Martita Elvira Worner Tapia
- Vicente Karelovic Vrandecic
- Edmundo Villouta Concha
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Tomas Enrique Solis Nova
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Ignacio Balbontin Arteaga
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Juan Pablo Letelier Morel
- Juan Antonio Coloma Correa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- EXENCIÓN DEL IVA A LOS LIBROS.
- VIII. INCIDENTES
- NECESIDADES DE CRÉDITOS Y DE FUENTES DE TRABAJO EN LA PROVINCIA DE ARAUCO. Oficios.
- ADHESION
- Jaime Rocha Manrique
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Alejandro Navarro Brain
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Carlos Caminondo Saez
- Harry Jurgensen Caesar
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Erick Villegas Gonzalez
- Juan Carlos Latorre Carmona
- ADHESION
- USO POLÍTICO DE PROCESO POR HOMICIDIO DEL SENADOR JAIME GUZMÁN.
- ATENCIÓN DE NECESIDADES JUDICIALES Y NOTARIALES DEL DISTRITO 48. Oficio.
- CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO DE LAS REGIONES POR EMPRESAS ACOGIDAS AL DECRETO LEY Nº 600. Oficios.
- IRREGULARIDADES EN TIPIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE CARNE IMPORTADA DESDE ARGENTINA. Oficios.
- MEDIDAS EN FAVOR DE PEQUEÑOS AGRICULTORES. Oficios
- ADHESION
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Carlos Caminondo Saez
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- ADHESION
- APOYO A COOPERATIVA DE MUEBLISTAS DE PURRANQUE. Oficios.
- ADHESION
- Carlos Caminondo Saez
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Rene Manuel Garcia Garcia
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN SELECCIÓN DE PROGRAMAS DEL FONDO DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficios.
- ADHESION
- Harry Jurgensen Caesar
- Carlos Caminondo Saez
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- ADHESION
- REPARACIÓN DE PUENTE EN RÍO CRUCES DE LONCOCHE. Oficio.
- ADHESION
- Harry Jurgensen Caesar
- Carlos Caminondo Saez
- ADHESION
- PROHIBICIÓN DE PESCA DE MERLUZA EN EL SENO DE RELONCAVÍ. Oficios.
- ADHESION
- Harry Jurgensen Caesar
- Carlos Caminondo Saez
- ADHESION
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- LICITACIÓN DE ZONAS TURÍSTICAS DEL VOLCÁN OSORNO. Oficio.
- INVESTIGACIÓN SOBRE MUERTE DE CONSCRIPTO EN AISÉN. Oficios.
- NECESIDADES DE CRÉDITOS Y DE FUENTES DE TRABAJO EN LA PROVINCIA DE ARAUCO. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Luis Valentin Ferrada Valenzuela
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- PORTADA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 333ª, ORDINARIA
Sesión 12ª, en miércoles 3 de julio de 1996
(Ordinaria, de 10.42 a 15.50 horas)
Presidencia de los señores Estévez Valencia, don Jaime, y Huenchumilla Jaramillo, don Francisco.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- HOMENAJE
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- INCIDENTES
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 7
III. Actas 7
IV. Cuenta 7
V. Homenaje.
Homenaje al ex Diputado don Orlando Sandoval Vargas 7
-o-
Integración de Comisión Especial sobre incentivos para el desarrollo de zona austral 17
-o-
VI. Orden del Día.
- Exención de impuesto a la renta a pescadores artesanales. Tercer trámite constitucional. Integración de Comisión Mixta 17
- Modificaciones de la ley general de bancos y normas relacionadas. Primer trámite constitucional. (Continuación) 21
VII. Proyectos de acuerdo.
- Exención del IVA a los libros 56
- Construcción de repositorio nuclear en Gastre, Argentina 58
VIII. Incidentes.
- Necesidades de créditos y de fuentes de trabajo en la provincia de Arauco. Oficios 60
- Uso político de proceso por homicidio del Senador Jaime Guzmán. 61
- Atención de necesidades judiciales y notariales del distrito 48. Oficio 63
- Contribución al desarrollo de las regiones por empresas acogidas al decreto ley Nº 600. Oficios 64
- Irregularidades en tipificación y clasificación de carne importada desde Argentina. Oficios 65
- Medidas en favor de pequeños agricultores. Oficios 66
- Apoyo a cooperativa de mueblistas de Purranque. Oficios 67
- Información sobre cumplimiento de normas en selección de programas del fondo de desarrollo indígena. Oficios 67
Pág.
- Reparación de puente en río Cruces de Loncoche. Oficio 68
- Prohibición de pesca de merluza en el seno de Reloncaví. Oficios 68
- Licitación de zonas turísticas del volcán Osorno. Oficio 70
- Investigación sobre muerte de conscripto en Aisén. Oficios 71
IX. Documentos de la Cuenta.
-Mensajes de S.E. el Presidente de la República mediante los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos :
1. Establece incentivos para el desarrollo económico de las regiones de Aisén y Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica cuerpos legales que indica (boletín N° 1884-03). 74
2. Aprueba la enmienda al párrafo 2° del artículo 43 de la Convención sobre los derechos del niño, adoptada el 12 de diciembre de 1995 (boletín N° 1881-10). 86
3. Aprueba el Convenio de seguridad social entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Argentina, suscrito en Buenos Aires el 26 de abril de 1996 (boletín N° 1882-10). 87
4. Acuerdo celebrado entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Colombia, por intercambio de Notas, perfeccionado en Bogotá, de fechas 18 de enero y 9 de mayo de 1995, por el cual se autoriza a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico acreditados en las misiones diplomáticas y consulares de ambos países para desarrollar actividades remuneradas en el Estado receptor (boletín N° 1883-10). 98
5. Aprueba las Actas del XXI Congreso de la Unión Postal Universal, celebrado en Seúl, República de Corea, entre el 22 de agosto y el 14 de setiembre de 1994 (boletín N° 1884-10). 103
6. Moción del Diputado señor Ferrada que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena a don Hugo Saucedo Vaca (boletín N° 1885-17). 104
7. Oficio del Tribunal Constitucional, por el cual remite copia autorizada de la sentencia relativa al proyecto que crea la comuna de Chiguayante (boletín N° 1443-06). 106
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
-Del Diputado señor Orpis quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación
, informa que se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 5 de julio en curso.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores Diputados: (104)
Alvarado Andrade, Claudio
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro
Allamand Zavala, Andrés
Arancibia Calderón, Armando
Ascencio Mansilla, Gabriel
Ávila Contreras, Nelson
Aylwin Azócar, Andrés
Aylwin Oyarzún, Mariana
Balbontín Arteaga, Ignacio
Bartolucci Johnston, Francisco
Bayo Veloso, Francisco
Bombal Otaegui, Carlos
Caminondo Sáez, Carlos
Cantero Ojeda, Carlos
Cardemil Herrera, Alberto
Ceroni Fuentes, Guillermo
Coloma Correa, Juan Antonio
Cornejo González, Aldo
Cristi Marfil, María Angélica
Chadwick Piñera, Andrés
De la Maza Maillet, Iván
Dupré Silva, Carlos
Elgueta Barrientos, Sergio
Elizalde Hevia, Ramón
Encina Moriamez, Francisco
Errázuriz Eguiguren, Maximiano
Escalona Medina, Camilo
Otero, Alberto
Estévez Valencia, Jaime
Fantuzzi Hernández, Ángel
Ferrada Valenzuela, Luis Valentín
Fuentealba Vildósola, Renán
Gajardo Chacón, Rubén
García García, René Manuel
García Ruminot, José
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
Girardi Lavín, Guido
Hamuy Berr, Mario
Hernández Saffirio, Miguel
Huenchumilla Jaramillo, Francisco
Hurtado Ruiz-Tagle, José María
Jara Wolf, Octavio
Jeame Barrueto, Víctor
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás
Jürgensen Caesar, Harry
Karelovic Vrandecic, Vicente
Kuschel Silva, Carlos Ignacio
Latorre Carmona, Juan Carlos
Leay Morán, Cristián
Letelier Morel, Juan Pablo
Letelier Norambuena, Felipe
Longton Guerrero, Arturo
Longueira Montes, Pablo
Luksic Sandoval, Zarko
Makluf Campos, José
Martínez Labbé, Rosauro
Martínez Ocamica, Gutenberg
Masferrer Pellizzari, Juan
Matthei Fornet, Evelyn
Melero Abaroa, Patricio
Montes Cisternas, Carlos
Morales Morales, Sergio
Moreira Barros, Iván
Munizaga Rodríguez, Eugenio
Muñoz Aburto, Pedro
Naranjo Ortiz, Jaime
Navarro Brain, Alejandro
Ojeda Uribe, Sergio
Orpis Bouchón, Jaime
Ortiz Novoa, José Miguel
Irarrázaval, Andrés
Irarrázaval, Joaquín
Paya Mira, Darío
Pérez Lobos, Aníbal
Pérez Opazo, Ramón
Pérez Varela, Víctor
Prokuriça Prokuriça, Baldo
Rebolledo Leyton, Romy
Reyes Alvarado, Víctor
Ribera Neumann, Teodoro
Rocha Manrique, Jaime
Rodríguez Cataldo, Claudio
Saa Díaz, María Antonieta
Sabag Castillo, Hosain
Salas De la Fuente, Edmundo
Seguel Molina, Rodolfo
Silva Ortiz, Exequiel
Solís Cabezas, Valentín
Sota Barros, Vicente
Taladriz García, Juan Enrique
Tohá González, Isidoro
Tuma Zedan, Eugenio
Ulloa Aguillón, Jorge
Urrutia Ávila, Raúl
Urrutia Cárdenas, Salvador
Valcarce Medina, Carlos
Valenzuela Herrera, Felipe
Vargas Lyng, Alfonso
Vega Vera, Osvaldo
Vilches Guzmán, Carlos
Villegas González, Erick
Villouta Concha, Edmundo
Wörner Tapia, Martita
Zambrano Opazo, Héctor
-Asistieron, además, el Ministro de Hacienda , señor Eduardo Aninat, y los Senadores señores Jorge Lavandero y Sergio Páez.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.42 horas.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
El acta de la sesión 8ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 9ª queda a disposición de los señores Diputados.
IV. CUENTA
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
V. HOMENAJES
HOMENAJE AL EX DIPUTADO DON ORLANDO SANDOVAL VARGAS.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Corresponde rendir homenaje al ex Diputado don Orlando Sandoval Vargas, recientemente fallecido.
Nos acompañan en la tribuna de honor su señora, Victoria Orellana viuda de Sandoval, sus hijos Jorge, Victoria y Hernán con sus respectivos cónyuges e hijos; familiares, amigos y autoridades de la municipalidad de El Carmen, Octava Región.
Tiene la palabra el Diputado señor Rocha.
El señor ROCHA (de pie).-
Señor Presidente , Honorable Cámara, distinguidos familiares de don Orlando Sandoval Vargas:
Cuando se hace el intento de conocer la vida de don Orlando Sandoval Vargas , sorprende hallar un hombre tan profundamente arraigado a su patria, a la que sirvió siempre con la vocación y tenacidad que suele darse en los hombres de esa región, las cuales, no por obra de la casualidad, sin duda, ocupan espacios señeros de nuestra historia.
Durante veinte años fue Diputado por su zona, Chillán , Bulnes y Yungay, concitando la adhesión y el afecto inolvidable de sus coterráneos. Y es lógico que así sea: los habitantes de Quillón, Temuco, Coihueco, Pinto , Los Lleuques, esa hermosa tierra por donde se lanza en loca y ruidosa carrera “El Renegado”, saben que en muchas de las obras públicas que han mejorado sus vidas ha estado y seguirá estando la presencia de este hombre bueno y generoso.
Su gran cariño de hombre público lo volcó en su tierra y en sus agricultores, de quienes fue, sin importarle su estirpe o condición, su defensor y más firme apoyo. Debieron estos mismos agricultores recordar sus palabras cuando en abril de 1953, en los inicios del gobierno de Ibáñez, reclamaba en la Cámara de Diputados por la fijación arbitraria del precio del trigo y hacía un llamado que tiene hoy la más plena de las vigencias: “No culpemos mañana a los agricultores si tenemos una considerable merma en nuestra producción triguera. Todo lo soportan los pueblos con resignación, menos que no haya el pan diario que sirve de sustento primordial.” Y en otra intervención: “Los problemas de la agricultura no tienen color político; los agricultores tienen color político, la mayoría, porque son ciudadanos de una república democrática que les garantiza el derecho de adoptar el credo político que libremente elijan.” También decía: “Los beneficios, las garantías, la política agraria
que se elija es para la industria agrícola en general, no para los agricultores. Católicos, librepensadores, gobiernistas u opositores, el progreso de nuestra agricultura debe ser enfocado con amplio criterio patriótico, adoptándose con urgencia todas aquellas medidas que la saquen de su postración y la coloquen en el primer plano de nuestras preocupaciones.”
La historia no suele ser amable y generosa con el hombre de la provincia chilena; más bien lo ignora y lo convierte en pedestal y no en la base, en acompañante y no en protagonista de los grandes procesos que recoge. Por eso el nombre de Orlando Sandoval Vargas -con veinte años de ejemplar actividad parlamentaria, de una vida dedicada a su tierra de El Carmen, de pausas destinadas al hermoso ejercicio de convivir y compartir en provincia, haciendo de la amistad el más hermoso e irremplazable de los oficios-, no es conocido. Sin embargo, los miles de chilenos que acompañaron a este compatriota entregándole su adhesión y afecto, y los radicales, sabemos que muchos de nuestros triunfos -esquivos en el país, pero que aún persisten con porfía y esperanza en Ñuble- se los debemos a don Orlando Sandoval
Porque lo queremos y nos representó con dignidad y altura, aunque discrepamos con él en instancias que dejaremos al juicio de la historia, le rendimos esta mañana nuestro homenaje de admiración, gratitud y afecto.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable Diputado señor Hosain Sabag.
El señor SABAG (de pie).
- Señor Presidente , honorables colegas:
La comuna de El Carmen, en la zona suroriente de la provincia de Ñuble, con una población actual de aproximadamente 15 mil habitantes, la mitad de ellos agricultores y campesinos modestos, es tierra fértil y generosa. Anualmente entrega al patrimonio económico de la Octava Región, cosechas importantes del agro. Pero también ha sabido dar a Chile hombres ilustres y ejemplares, como el ex rector de la Universidad de Chile, por nada menos que veinte años, don Juvenal Hernández Jaque , de recordada trayectoria en el campo de la educación superior y quien fuera su profesor de Derecho Romano.
Hoy, El Carmen llora un nuevo duelo, porque el domingo 9 de junio pasado dejó su querido suelo natal para siempre, a la avanzada edad de 88 años, el sobresaliente ex político, ministro de Estado , embajador, Diputado por cinco períodos -20 años- y alcalde durante 12 años, don Orlando Sandoval Vargas.
Hijo predilecto de don Olayo , también agricultor y ex alcalde de El Carmen , coincidentemente por 12 años, y de la señora Elena Vargas , nuestro desaparecido ex colega congresista, militante y dirigente siempre prestigioso del Partido Radical, tenía una desbordante pasión por el campo y su gente, a los que estuvo amarrado hasta el instante mismo de su sensible fallecimiento.
Al retirarse a la paz de su hogar y de su familia, a fines de 1989, enfatizó públicamente que la teoría y las palabras no reflejan de modo alguno lo que significa realmente vivir en el campo. “Es un mundo distinto, un vivir solidario, donde se necesitan unos a otros, con un enorme sentido de familia y de hogar.” Agregaba: “Cuesta que entiendan esto el político de la ciudad y algunos que dicen representar a la gente del agro y conocer su verdad. Quien jamás ha vivido de la agricultura, nunca la entenderá.”
Orlando Sandoval Vargas , como empresario, político y servidor público, luchó permanentemente por mejores condiciones de vida para los campesinos, principalmente viviendas, caminos, electrificación, agua potable. Su pasión de ayer comienza a ser realidad hoy, al menos en la provincia de Ñuble, que me enorgullezco de representar en este hemiciclo.
Tras haber cursado sus estudios primarios en la escuela pública de El Carmen y en la escuela superior de la vecina ciudad de Yungay, y la enseñanza secundaria en el Liceo de Hombres de Chillán, bajo la rectoría del virtuoso educador don Narciso Tondreau , con su cartón de bachiller en la mano, nuestro recién fallecido ex colega ingresó a la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile.
Ya titulado de abogado, en 1934, se incorporó al estudio jurídico del ex Presidente de la República don Pedro Aguirre Cerda , que había sido su profesor en el ramo de política económica y quien lo orientó a ser candidato a Diputado por la ex circunscripción de Chillán, Bulnes y Yungay, a la cual representó por dos décadas, desde 1941 hasta 1961, integrando la Comisión de Relaciones Exteriores y Comercio, y siguiendo la huella legislativa de quien fuera el primer Diputado por Chillán, don Juan de Dios Rivera.
La primera ocupación profesional de don Orlando Sandoval Vargas fue como síndico de quiebras en la ciudad de Traiguén. Sin embargo, la muerte de su padre lo obligó a retornar a la tierra que lo vio nacer, para hacerse cargo del fundo de la familia.
Radicado definitivamente en la provincia de Ñuble, integró un estudio jurídico con los abogados chillanejos Gastón Etchevers Quintana -también fallecido- y el actual prestigioso notario de esa ciudad, Manuel Martín Álamos. Además, ejerció allí como procurador fiscal para las provincias de Ñuble y Maule.
Su tesis de grado universitario se denominó “La guerra no declarada”.
Sabedor de su serenidad y ponderación en sus actuaciones, que constituyeron característica de su vida pública, sumadas a sus dotes de caballero y a su gentileza y fino sentido de la amistad, el ex Presidente Jorge Alessandri lo llamó a colaborar con su gobierno durante cuatro años como Ministro de Agricultura , aprovechando sus vastos y vívidos conocimientos del campo y su vigorosa experiencia.
Fue don Orlando Sandoval Vargas quien comenzó a poner en marcha en nuestro país una ley de reforma agraria, conocida entonces como “de macetero”, y que él calificó de una buena normativa técnica y no política, con una distribución más justa y racional de la tierra, que tendiera a una mayor producción agrícola y a la satisfacción de las aspiraciones de los campesinos.
El Presidente Alessandri lo envió a Estados Unidos a explicar esta reforma agraria a las autoridades y a sectores empresariales. También fue delegado de Chile ante la Asamblea Regional del BID, en Caracas, y ante una conferencia de la FAO en Roma, de la cual fue elegido presidente por unanimidad, ante la inesperada muerte de su titular.
Al dejar tal secretaría de Estado, fue designado embajador de Chile en Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos. De esta misión diplomática, relataba don Orlando que al saludar oficialmente al rey Balduino lo hizo en un francés muy disminuido que lo hizo traspirar, pero el monarca lo calmó diciéndole: “No se preocupe, embajador, porque yo también hablo muy mal el español, a pesar de tener una profesora en casa”, refiriéndose, naturalmente, a la reina Fabiola.
De regreso del extranjero, asumió la vicepresidencia del Indap, donde pudo seguir desarrollando su pasión por el campo.
Al comenzar la década de los 60, contribuyó también a la formación de lo que más tarde sería el actual Instituto de Investigaciones Agropecuarias, aprovechando experiencias de sus amigos norteamericanos de la Fundación Rockefeller. Igualmente, fue consejero de la ex Caja de Crédito Agrario.
En 1964, Orlando Sandoval Vargas se retiró a la vida privada, dedicándose a la agricultura práctica y cotidiana en sus tierras paternas de El Carmen, y muy satisfecho, íntimamente, de haber sido un efectivo servidor público, siempre atento a los problemas, anhelos y peticiones de las autoridades, comunidades y gente de su zona.
En la intimidad de toda una vida de servicio público, con una extensa trayectoria, siempre intachable, contrajo matrimonio con la señora Victoria Orellana Lillo. Fue padre de cuatro hijos y abuelo de una docena de nietos. En el ámbito espiritual fue, hasta su muerte, miembro de la logia masónica Tolerancia número 12, del valle de Chillán.
Nuestro fallecido ex colega entró a la arena política en 1933, un año antes de titularse como abogado, como militante de la Asamblea Radical de Chillán, la cual lo envió como delegado a importantes convenciones en Santiago y La Serena. Fue presidente de la Asamblea y del ex Frente Popular en Ñuble y vicepresidente nacional de su colectividad. Registró, asimismo, entusiasta y sobresaliente figuración en 1946, durante la campaña del ex Presidente Gabriel González Videla.
Pero Orlando Sandoval Vargas fue, por sobre todo, un auténtico y eficiente servidor público. Por eso, no dudó en abandonar la paz de su familia y de su campo cuando, en 1977, el gobierno lo llamó a ocupar la alcaldía de El Carmen, la tierra de sus desvelos. Doce años y tres meses, equivalentes a tres períodos consecutivos, estuvo en esas funciones.
Desde su cargo, defendió con pasión la libertad y dignidad de los trabajadores, en particular de los funcionarios públicos, profesores y campesinos.
Al entregar el sillón edilicio el 25 de octubre de 1989, don Orlando dio por finalizada definitivamente su misión social. Confesó públicamente: “Creo haber servido a mi país, pero sobre todo a mi tierra, a mi zona ñublensina, y estoy satisfecho de saber que ese servicio ha sido aceptado como eficiente y entendido por la gente.” Obviamente, nuestro fallecido ex colega estaba esculpiendo entonces un legado de servicio público, fruto exquisito de su acendrada vocación cívica y que lo incorporó eternamente a la interminable lista de hombres ilustres de Ñuble, llamada tierra de héroes y artistas. Y mientras en los ranchos campesinos de El Carmen cientos de banderas chilenas lloraban a media asta por la pérdida sin retorno de su hijo predilecto, una fría brisa del ocaso otoñal sembraba a los cuatro vientos un pensamiento político de Orlando Sandoval Vargas.
La historia es un implacable cedazo, entrega juicios muy claros, sólo es cosa de tiempo.
El niño campesino que nació el 7 de abril de 1908 dejó esta tierra terrenal 88 años después, humilde, pero honestamente convencido de que el tiempo le haría justicia.
Rindo con emoción este homenaje en mi nombre y en el de mi partido, la Democracia Cristiana; y hacemos llegar a su señora, a sus hijos, nietos y demás familiares nuestro profundo respeto y apoyo en esta hora de reflexión y dolor por tan irreparable pérdida. Asimismo, a la comuna de El Carmen, a través de su señor alcalde y concejo.
He dicho.
Aplausos.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Diputado.
Tiene la palabra el Diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ ( don Rosauro) (de pie).-
Señor Presidente , Honorable Cámara, distinguida familia Sandoval Vargas , querida señora Victoria, invitados especiales.
Una vez más el ciclo de la convivencia humana nos pone ante un hito crucial: la muerte del colega y, muy particularmente, del amigo. Ello no es una expresión azarosa del existir, sino que, por el contrario, es parte consustancial del proceso de la vida que nos configura entre el acontecimiento sublime y extraordinario del nacer y del ineludible y dramático instante del morir. Ambas situaciones, por excelencia, definen la condición de todo ser humano, porque entre esos dos momentos el hombre ha de realizar la tarea de vivir; forjar su existencia en la fragua de la sociedad, conquistar una personalidad y entregar un mensaje de acuerdo a su espíritu.
En este instante de homenaje intentaré evocar al ciudadano, al abogado, al hombre público y al agricultor que coexistieron en don Orlando Sandoval Vargas. La tarea no es fácil, ya que fue una figura de excepción, muy respetada y querida en los diferentes ámbitos a que lo llevó su espíritu inquieto y su personalidad comprometida con principios y valores de profundo contenido humanista.
Fue -diría- un caminante infatigable, triunfador en toda suerte de contingencias, constructor de una ruta en el ámbito dinámico de la juridicidad y del servicio público, cuyo legado forma parte de nuestra más prístina trayectoria republicana, pues su acción está entre muchos otros quehaceres que ocuparon su atención en este lugar, en su historia, en sus anales y, por qué no decirlo, en la esencia de lo que es la vida parlamentaria.
Nacido en El Carmen, comuna enclavada en los contrafuertes precordilleranos de Ñuble, el 7 de abril de 1908, hijo de la unión de don Olayo Sandoval Navarrete y de doña Elena Vargas Videla.
Cursó sus primeros estudios en la Escuela N° 6 de la ciudad natal y en el colegio de Yungay. Prosiguió sus estudios secundarios en el liceo de Chillán, donde tuvo como maestro a don Marcial Mora Miranda , quien será, con el correr de los años, su amigo y compañero de ideales políticos.
Terminados sus estudios humanísticos, el joven Sandoval Vargas ingresa a la escuela de Derecho de la Universidad de Chile, teniendo la oportunidad de ser alumno de ese carmelino ilustre que fue don Juvenal Hernández Jaque , profesor de Derecho Romano y rector del plantel laico por 20 años, con quien se uniría en amistad y en la vida pública e ideológica.
Parte de sus datos biográficos nos indican que a temprana edad, como novel estudiante, el joven Sandoval Vargas denuncia rasgos que caracterizan su existencia: un espíritu esencialmente práctico y lógico; razonador por excelencia, con un ideal de superación constante, moral e intelectual, que revelaba así una madurez poco frecuente y que sería la razón que lo llevaría muy pronto a destacar en la vida nacional.
Su hombría de bien; su actuar en la vida, con afecto, sinceridad y consecuencia; su deseo de servir, unido a un temperamento afectuoso y a una gran simpatía, se tradujeron en el aprecio de numerosos amigos y de todo un pueblo que, por 20 años, le entregó la responsabilidad de ser su representante en el Parlamento.
Fiel a sus principios, muy joven ingresó al Partido Radical y formó parte de sus organismos directivos. Fue presidente de la Asamblea Radical de Chillán y del Frente Popular Provincial, así como delegado a las convenciones del partido en Santiago, en 1931 y 1941, y en La Serena, en 1938.
En el quehacer público se caracterizó por la profundidad de sus convicciones, la pureza doctrinaria, el desinterés personal y una tajante intransigencia para defender sus postulados, por lo que no extrañó su elección como Diputado por la entonces Agrupación Departamental de Chillán, Bulnes y Yungay, en 1941, y su reelección en 1949, 1953 y 1957.
En el ejercicio parlamentario desarrolló una intensa labor, formando parte de las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Economía y Comercio, Constitución, Legislación y Justicia; Gobierno Interior, y Agricultura y Colonización. En todas ellas demostró responsabilidad y preocupación por los diferentes y variados asuntos que interesaban al país, además de impulsar obras de progreso para la zona que representaba.
El agro, la salud, los caminos, la cultura, la preservación de nuestras tradiciones y, muy particularmente, la educación -le asignaba una función elemental en el quehacer nacional como medio o instrumento para producir mayores oportunidades, superar la pobreza y avanzar hacia una sociedad mejor- fueron áreas que concitaron su atención, producto de su formación, de sus ideales humanistas y del conocimiento y compromiso que siempre tuvo con su querida tierra.
Su brillante y extensa vida pública se nutre además de cargos tan importantes, como el de consejero de la Caja de Crédito Agrario, de la Caja de Empleados Particulares, de la Sociedad Nacional de Agricultura y de la Caja de Previsión de Ferrocarriles del Estado; ministro de Estado en la cartera de Agricultura; embajador en Bélgica y Luxemburgo y, finalmente, alcalde de su querida comuna El Carmen.
En otro contexto, su inquietud social lo llevó a formar parte de instituciones tan prestigiosas, como la Sociedad de Instrucción Primaria, del Club Hispano-chileno de Chillán, de la Liga de Estudiantes Pobres, dejando también en ellas su impronta de hombre de bien y, sobre todo, justo.
Tan variadas expresiones de un ciudadano para el que nada de lo humano le era ajeno, me inspiran decir en esta Sala que, hoy, en que no está presente, cuando el silencio ocupa su sonido y la sombra, su espacio, sigue estando la esencia de lo que fue un hombre íntegro, que en vida fue sembrando como el mejor de los agricultores la semilla de la justicia, de la igualdad de oportunidades y de la comprensión humana.
Al rendir este justo homenaje, hago llegar a la señora Victoria, a sus hijos y nietos, que hoy nos acompañan, los sentimientos de admiración, respeto y profundo cariño que brota de un hijo de Ñuble, también carmelino, quien modestamente aspira a transitar por el sendero de servicio que con esfuerzo, honestidad y consecuencia abrió don Orlando Sandoval Vargas.
Finalmente, deseo que en esta hora de recuerdo hagamos, en un homenaje, un acto de futuro: unámonos en lo fundamental, para trabajar con espíritu nacional en la construcción de mayores oportunidades, de avance y de progreso; en una palabra: laboremos por una vida mejor para nuestros compatriotas. Don Orlando, así lo hubiese querido.
He dicho.
-Aplausos.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tohá.
El señor TOHÁ (de pie).-
Señor Presidente , Honorable Cámara, estimados familiares de don Orlando que hoy nos acompañan; los Diputados de la bancada socialista adherimos al homenaje que esta Corporación rinde a don Orlando Sandoval Vargas , recientemente fallecido, quien fuera Diputado durante cinco períodos, representando la circunscripción de Chillán, Bulnes y Yungay.
En esta mañana, mis palabras buscan conjugar nuestro reconocimiento de los méritos cívicos de este distinguido hombre público y legislador y, a la vez, como coterráneo y parlamentario de la misma zona que él representara tan dignamente, espero reflejar, lo más fielmente posible, lo que significó para la provincia de Ñuble y sus habitantes, su constante preocupación por los problemas que ellos tenían y el esfuerzo por mejorar sus posibilidades en el futuro.
Los hombres como él, que logran armonizar su vocación de servicio público mediante el trabajo por su comunidad local con una visión más amplia e integral de país, están llamados a desempeñar una gestión pública, en que la percepción de los problemas locales se enmarca dentro de un enfoque de alcance nacional.
Entonces, no nos sorprende que este abogado y ex parlamentario, que hoy homenajeamos, después de desempeñarse como consejero de la Caja de Crédito Agrario, procurador fiscal en Chillán y miembro de muchas otras prestigiosas instituciones, haya sido elegido Diputado y reelecto por varios períodos con las más altas votaciones, cargo que desempeñó desde 1941 hasta 1961. Más tarde, el ex Presidente , don Jorge Alessandri , lo designó Ministro de Agricultura , responsabilidad que cumplió con gran eficiencia y dedicación. Posteriormente, fue nombrado embajador en Bélgica y en los Países Bajos.
Su primer período como Diputado significó un gran esfuerzo y compromiso con una tierra que acababa de ser devastada por el terremoto de 1939, cuyos enormes problemas de infraestructura, agrícolas y sociales eran especialmente graves y difíciles de resolver, pues requerían una urgente atención y solución. Don Orlando, como parlamentario de la zona, respondió en forma responsable y eficaz al gran desafío que ello representaba. Así lo prueban las muchas mociones y su dedicada participación en proyectos que beneficiaban directamente a Ñuble y a otras provincias afectadas por uno de los peores y más destructivos sismos que haya azotado a nuestro país.
Dentro de estos proyectos legislativos, sobresale su decidido apoyo a la ley de fomento y reconstrucción. Fue Ministro de Agricultura y uno de los principales precursores y gran impulsor de la creación del Instituto de Investigaciones Agropecuarias, Inia -una de sus mayores realizaciones-, fundado en 1964, de relevante importancia y trascendencia para nuestra agricultura y que por más de treinta años ha sido la vanguardia orientadora de la investigación y la tecnología agrícola en Chile.
Igualmente cabe destacar su valiosa participación en el proyecto de reforma agraria del gobierno de don Jorge Alessandri -destinado a aumentar la producción agrícola y mejorar la vida de los campesinos-, que racionalizó la distribución de la tierra. Más tarde fue designado Vicepresidente de Indap , organismo que ha desempeñado una fructífera labor con el agro nacional.
Su vida política estuvo estrechamente vinculada al Partido Radical, en el que militó desde joven y del cual llegó a ser su Vicepresidente Nacional. Dirigió como Presidente , la Asamblea Radical de Chillán y el Frente Popular, y en Ñuble presidió la campaña presidencial de don Pedro Aguirre Cerda , cuya amistad siempre recordara con orgullo, ya que fue la que lo impulsó a presentarse como candidato a Diputado.
Después del quiebre institucional de 1973, con el fin de servir a su tierra natal, “El Carmen”, a la cual quería entregar su experiencia, capacidad y beneficiar por su ascendiente sobre la comunidad, don Orlando aceptó ser designado alcalde, cargo que desempeñó durante doce años y en el cual se esmeró por lograr el progreso de su comuna. Se destacó por su solidaridad en la defensa de los profesores, pues sostenía que todos tenían derecho a ejercer su noble labor y vivir con libertad y dignidad. Como alcalde, siguió el ejemplo de su padre, don Olayo Sandoval , quien también había desempeñado dicho cargo sirviendo a su comuna.
Este destacado hijo de la provincia de Ñuble estaba entrañablemente unido a la tierra que lo vio nacer. Amaba el campo, quería a sus habitantes y siempre se esforzó por mejorar y dignificar la vida de los campesinos.
Seguramente, por pertenecer a una familia de agricultores, sintió estos fuertes e inquebrantables lazos con el campo y contribuyó a moldear su forma de ser tan sencilla, caballerosa y servicial, que lo guió a un estilo de vida con mucho sentido familiar, y de respeto y preocupación por los demás.
La fecundidad de su vida pública también se expresó en la familia que formó junto a su distinguida esposa, señora Victoria. Sus hijos y sus numerosos nietos contribuyeron a alegrar y proyectar su vida familiar.
Termino mis palabras expresando a sus familiares aquí presentes, en nombre de los Diputados socialistas, nuestro pesar por el sensible fallecimiento de tan distinguido hombre público, con la convicción de que el reconocimiento y afecto expresados por la gente en sus funerales, en Chillán, al igual como hoy lo hacemos aquí en la Cámara de Diputados, ciudad a la cual, durante veinte años, entregó lo mejor de sí, son testimonios del respeto a que, en justicia, se hizo merecedor este hombre de bien, gran servidor público y honra para esta institución más que centenaria.
He dicho.
Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Karelovic.
El señor KARELOVIC (de pie).-
Señor Presidente , la bancada de la Unión Demócrata Independiente adhiere al homenaje que nuestra Corporación rinde hoy al ex Diputado don Orlando Sandoval Vargas , recientemente fallecido.
Militante del histórico Partido Radical, como muchos otros parlamentarios y dirigentes políticos, Orlando Sandoval forma parte de la historia de la política chilena de este siglo, que llena de debates y confrontaciones, muchas veces duras, al mismo tiempo, estuvo cargada de idealismo y de amor al servicio público. El prototipo del viejo militante radical, que hacía de la política una forma de ser y de vivir, probablemente ha sido superado por el avance de los tiempos, pero conserva un aura de encanto nostálgico.
Originario de Chillán y de profesión abogado, ejerció activamente como miembro del Consejo de Defensa del Estado de Ñuble antes de incursionar en lo que sería la pasión de toda su vida: la política. Sus dotes profesionales y su vocación de servicio público, lo llevaron también a ocupar el cargo de ministro de Estado en dos ocasiones durante la administración de don Jorge Alessandri , primero en la cartera de Agricultura y luego en la de Economía.
Hace 44 años, en el hemiciclo de la Cámara de Diputados, don Orlando Sandoval rendía homenaje a un destacado hombre de la provincia de Ñuble que había fallecido. En aquella ocasión, pronunció hermosas palabras, que hoy resultan singularmente emotivas al referirlas a su propio autor: “La provincia de Ñuble ha perdido un hijo predilecto en quien depositó su confianza, a un hijo que conquistó el cariño, el aprecio y la estimación de todos. Sus amigos de Ñuble sienten hondamente su desaparecimiento, pero su ejemplo hará escuela en quienes quedamos en esta vida, luchando por mejores días.”
El ejemplo de políticos de la talla de Orlando Sandoval es lo que debe efectivamente hacer escuela en nuestros días, detenernos a mirar y a admirar la entrega de los políticos de antaño, mucho menos preocupados de la figuración pública y de los privilegios, ajenos por completo a lo que hoy se conoce como marketing político, con menos recursos y, tal vez, menos profesionalmente que hoy, pero con una entrega más plena de ideales. Eran hombres que, a diferencia nuestra, creían poder cambiar el mundo.
Cito nuevamente a Orlando Sandoval : “El espíritu de Washington, Jefferson , Lincoln y Roosevelt está vivo en cada ciudadano de América, y mientras sus ideas sean nuestro patrimonio más preciado, las sabremos defender con la dignidad que los hombres libres ponen en la defensa de sus derechos.” Así hablaba Orlando Sandoval , en un homenaje en el aniversario de los Estados Unidos. Ahí están sus principios, la defensa de la dignidad de los seres humanos, que sólo se conquista a través de la libertad.
Con estas breves palabras, hemos querido recordarlo a través de su propio pensamiento.
Señor Presidente , permítaseme hacer llegar el sentimiento de la bancada de la Unión Demócrata Independiente a la familia de don Orlando Sandoval , porque en estos testimonios de su vida y en el consuelo que entrega la fe, creemos que podrán encontrar resignación ante tan dolorosa pérdida.
He dicho.
Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable Diputado Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe) (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la bancada del Partido por la Democracia, rindo homenaje a un gran hombre público, a un gran servidor público, porque no se puede denominar de otra manera a quien fuera Diputado , ministro , embajador, director de servicio y alcalde. Me refiero a don Orlando Sandoval Vargas.
Don Orlando , hijo de Olayo y de Elena, nació en Ñuble, un día del mes de abril de 1908, en el corazón de una familia campesina de clase media que en esa época había logrado introducir la tecnología en el campo y era propietaria de la compañía de electricidad Pemuco-El Carmen , la cual, con una pequeña central, lograba dar energía eléctrica a los habitantes rurales. En ese ambiente, entre los campos de Ñuble, se desarrolló la niñez de don Orlando. Más tarde viajó a Chillán para terminar su educación media y, posteriormente, a Santiago, para ingresar a la Universidad de Chile, a estudiar la carrera de leyes.
Es, precisamente, en la capital donde ingresó a las filas del Partido Radical, y conoció a quien, además de ser su gran amigo, fue su principal formador en la política: al Presidente Pedro Aguirre Cerda. Es don Pedro quien, una vez que Orlando recibió su título de abogado, le dijo: “Vete a trabajar a Chillán y vuelve luego como Diputado ”. Orlando, haciendo caso al consejo de su maestro, vuelve a Chillán y allí se desempeñó como consejero de la Caja de Crédito Agrario y como procurador fiscal, y en 1941 vuelve a Santiago como flamante Diputado electo por el distrito de Chillán, Bulnes y Yungay. Fue reelecto durante cinco períodos sucesivos, y al cabo de 20 años, dejó voluntariamente su puesto para tomar otras responsabilidades públicas.
Durante su larga trayectoria como Diputado , Orlando Sandoval realizaría una rica y fructífera labor y ocuparía los más variados puestos en el quehacer parlamentario: miembro de las Comisiones de Constitución, de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Economía, Jefe de Comité en varias ocasiones y delegado de la Cámara ante el Instituto de Economía Agrícola. En su zona aún se recuerda la gran labor de don Orlando para obtener el mejoramiento de caminos, la construcción de puentes, el alumbrado eléctrico, la capacitación campesina. De hecho, una de las principales mociones que presentó fue la que propuso la creación del Colegio Técnico Agrícola, destinado a capacitar a los campesinos en el manejo de técnicas de cultivo.
Otra de las intervenciones decisivas en su vida parlamentaria fue la indicación que presentó al proyecto que autorizaba la pavimentación de la carretera panamericana, desde Arica a Puerto Montt. En la ocasión, el Diputado Sandoval indicó que la carretera debería extenderse hasta Quellón , consiguió fondos para la implementación de los transbordadores del canal Chacao y la pavimentación al interior de la isla de Chiloé. Por esta iniciativa se le ofreció la senaduría por la zona, la cual rechazó ya que la presentación la había realizado sin ninguna intención política secundaria.
En 1961 asumió el cargo de Ministro de Agricultura , en el cual se desempeñó por tres años, y dejó sentadas las bases para la creación del Instituto de Investigación Agropecuaria; además, dio el primer paso en el proceso de la reforma agraria. Posteriormente, ejerció, en calidad de suplente, la cartera de Economía; después fue designado embajador en Bélgica.
Sin embargo, más que la multiplicidad de cargos públicos que don Orlando ocupó durante su vida, quizás lo que más lo caracterizó fue el gran amor que siempre proclamó por su tierra natal y por los campos. Era un gran aficionado a las tradiciones y a las fiestas huasas; cuando caminaba por las tierras de Ñuble era claramente reconocible, ya que habitualmente vestía con la indumentaria del hombre de esa zona, chaleco corto, sombrero, botas. Tal vez, por esas razones fundó el Club Fiesta del caballo chileno, el cual hasta el día de hoy realiza el rodeo de Chillán.
Por este gran cariño a su tierra, en 1977 aceptó el cargo de alcalde de la comuna de El Carmen. Dejó grandes obras: la escuela rural, la casa de los profesores rurales, la pavimentación de sus principales calles, el alcantarillado con planta de tratamiento de aguas servidas y el nuevo hospital de la comuna de El Carmen. Este cargo lo dejó en 1989, a la edad de 81 años.
Don Orlando Sandoval , gran lector de Platón, recitador de El Quijote, discípulo de don Pedro Aguirre Cerda , Diputado y embajador, ministro y alcalde , nos dejó hace algunos días e inició su viaje hacia la eternidad.
Los integrantes de la bancada del Partido por la Democracia nos sumamos al homenaje que le rinde la Honorable Cámara y hacemos llegar nuestra condolencia a sus familiares y amigos, en especial al doctor Hernán Sandoval, brillante militante del Partido por la Democracia.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Así, la Cámara de Diputados ha rendido homenaje al ex Diputado señor Orlando Sandoval Vargas, recientemente fallecido.
Agradecemos a su familia el habernos acompañado en este momento.
-o-
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, pido la palabra por un asunto de Reglamento.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente , ayer todos hemos conocido hechos muy delicados que preocupan a la Cámara. Creo que todos estaremos de acuerdo en que una buena y adecuada reacción frente a estas circunstancias es muy importante, no sólo para el Congreso, sino para todo el país.
No deseo entorpecer el normal funcionamiento de la Corporación, pero considero necesario realizar una reunión de Comités para tratar esta delicada cuestión. No sé si es procedente realizarla ahora. Me imagino que Su Señoría habrá tomado algunas medidas al respecto.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , esa reunión se realizó ayer y volveremos a citar a los Comités apenas tengamos nuevos antecedentes.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL SOBRE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO DE ZONA AUSTRAL.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Propongo a la Sala que la Comisión Especial que se acordó crear para estudiar el proyecto de ley sobre desarrollo austral, originado en un mensaje que ingresó ayer, quede integrada por los Diputados señores Zambrano, Ascencio, Hamuy, Hernández, Kuschel, Solís, Valcarce, Karelovic, Orpis, Muñoz, Arancibia, Letelier, don Felipe, y Barrueto.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
-Acordado.
VI. ORDEN DEL DÍA
EXENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA A PESCADORES ARTESANALES. Tercer trámite constitucional. Integración de Comisión Mixta.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar, en tercer trámite constitucional, el proyecto que exime del impuesto a la renta a los pescadores artesanales.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Kuschel.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín Nº 1601-05, sesión 11ª, en 2 de julio de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 23.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante para dar a conocer las principales enmiendas del Senado.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , las modificaciones del Senado son sólo formales, salvo la que intercala el artículo 26 bis, mediante el cual se aplica un impuesto equivalente a una unidad tributaria mensual vigente en el último mes del ejercicio respectivo, y a dos unidades tributarias mensuales en el caso de que sean propietarios de una embarcación.
En mi calidad de Diputado por Puerto Montt , Calbuco y Cochamó , no así de Maullín, deseo señalar que esa zona enfrenta la prohibición de pesca durante treinta meses, es decir, por más de dos años, en los cuales los pescadores no podrán pescar, no obtendrán ingresos y, obviamente, no podrán pagar impuestos. Por esa razón, propongo insistir en lo aprobado por la Cámara. De lo contrario, junto con impedirles trabajar, estaremos cargándolos con un impuesto que no podrán pagar, porque no realizan actividad. Esta dificultad se ha resuelto en el caso particular que menciono, pero no hay garantía respecto de lo que sucederá a futuro.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, quiero manifestar mi completo desacuerdo con la proposición del Senado, pues no se trata de cambios formales ni menores, sino de modificaciones estructurales.
El Senado acortó el plazo del beneficio, que los Diputados establecimos que fuera de cinco años, dejándolo hasta el año tributario 1997; es decir, queda sólo un año y fracción.
Esta materia no es menor y, en la práctica, provoca un daño tremendo a este esforzado sector. En muchos distritos existen caletas pesqueras. Estamos hablando de un sector que nunca ha recibido apoyo alguno del Estado y que, por el contrario, sólo ha tenido exigencias. A mi juicio, la propuesta del Senado al artículo 1º es perjudicial.
Además, el nuevo número 5º que el Senado agrega al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, introduce una condición más: que el pescador artesanal no sólo debe operar embarcaciones que no tengan capacidad superior a 15 toneladas de registro bruto, sino que, además, no puede ser más de una.
Como lo hice presente en la Sala en el primer trámite, estamos equivocando el camino, por cuanto, por una parte, en la Ley de Pesca que aprobamos en 1992, establecimos determinados factores para definir al pescador artesanal y ahora fijamos otros distintos. Así, aquella señala que pescador artesanal es aquel que utiliza una embarcación no superior a 50 TRG, toneladas de registro grueso, y en el proyecto se rebaja ese tonelaje a 15. Entonces, los mismos legisladores estamos aplicando un concepto con diferente significado, lo cual es absurdo. No podemos seguir haciendo tantas modificaciones porque estamos complicando la legislación. En ese sentido, reitero que es una tremenda equivocación volver a definir el concepto de pescador artesanal, que tanto nos costó hacer.
En consecuencia, anuncio mi voto contrario a las enmiendas del Senado, y pido a la Sala y a mis colegas Diputados que solicitemos a la autoridad administrativa, al Poder Ejecutivo, que el proyecto tenga mayor concordancia con la definición de pescador artesanal dada en la Ley de Pesca.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente , además de que el plazo es absolutamente restrictivo, hay otro tema de fondo: la propuesta del Senado modifica la ley sobre Impuesto a la Renta y deja a los pescadores artesanales, a contar de 1998, afectos a la misma tributación de los pequeños contribuyentes.
El Senado lo señala claramente en su informe cuando dice que se modifica la ley sobre Impuesto a la Renta en el sentido de que, a contar del año tributario 1998, los pescadores artesanales, definidos como las personas naturales, con matrícula vigente, que desarrollen sus actividades directa y personalmente, y propietarios de una embarcación con capacidad no superior a 15 toneladas, quedarán afectos a la tributación aplicable a los pequeños contribuyentes.
Esto modifica sustancialmente el proyecto y la forma como se enfocó en la Cámara.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Taladriz.
El señor TALADRIZ.-
Señor Presidente , como estamos todos de acuerdo, propongo que evitemos los discursos y acortemos la discusión para que el proyecto pase de inmediato a Comisión Mixta.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , aquí hay que seguir el criterio que se aplica a los artesanos. Los artesanos, al igual que los pequeños comerciantes, están exentos de estos impuestos. Prueba de ello es que cuando se compra un mueble a un artesano, la factura dice: “Exento de impuesto”. Por lo tanto, no lo paga. Si aplicamos el mismo criterio a la agricultura, el pequeño agricultor, según el monto del avalúo, tampoco pagará impuestos. Me da la impresión de que el Senado desea equiparar el monto del capital que representa para el pescador el barco y su tonelaje con el que posee el pequeño agricultor.
Entonces, para ahorrarnos problemas, no debemos poner fechas ni plazos y equiparar al pescador artesanal con el pequeño agricultor, dejándolos exentos de por vida -igual como se hace con las contribuciones- del impuesto a la renta y del global complementario desde cierto monto hacia abajo.
¿Cómo sabemos cuál es el capital mínimo que se debe considerar en el caso de los pescadores artesanales? Sin duda, el del tonelaje de su barco que equivale a su implemento de trabajo. Por lo tanto, quedarían de por vida exentos de estos impuestos y evitaríamos estar preocupados cada año de estos problemas que afectan aproximadamente un millón 200 mil personas que viven de la pesca artesanal.
Por lo tanto, propongo que su situación se compare con la de los pequeños agricultores, a fin de dejarlos exentos del impuesto a la renta y del global complementario.
Votaré en contra del proyecto para que pase a Comisión Mixta.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , de acuerdo con los antecedentes que se estudiaron en el Senado, según el número de pescadores por región y categoría en el registro pesquero artesanal de diciembre de 1995, el proyecto afectará a 38.977 personas, de las cuales, gran parte, 12.893, pertenecen a la Décima Región. Es decir, afecta gravemente los intereses de los pescadores artesanales.
No repetiré los argumentos dados por el Diputado señor Ulloa -que comparto plenamente-, porque así lo expresé desde que la iniciativa se presentó en la Cámara. A pesar de que hay una ley especial -la de Pesca- para los efectos del impuesto a la renta, el proyecto establece una nueva definición que alterará completamente las estadísticas señaladas.
Imponer o disminuir la exención traerá un desincentivo al registro, pues habrá pescadores artesanales que, para no pagar este impuesto, no se inscribirán en él, dado que quienes figuran allí serán fiscalizados.
Deberíamos rechazar las modificaciones del Senado para que ellas se expliciten en la Comisión Mixta, se establezca una perfecta concordancia entre la Ley de Pesca y la Ley de Impuesto a la Renta y, asimismo, se prevenga la resistencia de las personas que se dedican a esta actividad a inscribirse en los registros de pesca.
Por esa razón, y porque esta situación afecta a gran parte de los pescadores artesanales de Chile, especialmente a los de la Décima Región, votaré en contra de las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Arancibia.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente , queda poco por añadir respecto de lo inconsulto y sorprendente que resulta comprobar en qué se ha transformado un proyecto que estaba destinado a favorecer a los pescadores artesanales, actividad en la que participa un número muy grande de trabajadores de nuestro litoral. Perseguía liberarlos del pago del impuesto a la renta, y ahora se crea un impuesto nuevo.
Junto con sumarme a la posición de rechazar las modificaciones introducidas por el Senado, solicito al señor Presidente que, en su condición de constitucionalista de sabia nota, nos ayude a dilucidar la pertinencia del impuesto creado en el Senado, ya que, de acuerdo con el artículo 62 de la Constitución, toda ley tributaria debe tener su origen en la Cámara de Diputados. La discrepancia radica en que el Senado crea un impuesto a la propiedad que no existía. Resulta bastante dudoso que pueda tener origen en esa Corporación sin que previamente se hubiera debatido en la Cámara.
Por lo expuesto, a pesar del escaso tiempo que hemos tenido para analizar las modificaciones en profundidad, creo que amerita estudiar si en el Senado se puede crear un impuesto no previsto en el proyecto original.
Existen razones más que suficientes para oponerse a las enmiendas del Senado, con el objeto de que la iniciativa pase a Comisión Mixta, a fin de insistir en lo que dijo el Diputado señor Ulloa: hacerla consistente con las definiciones de la Ley de Pesca.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente , la tributación que se impondría a los pescadores artesanales a contar de 1998 fue acogida por el Senado, pero es una propuesta del Ejecutivo. De manera que en la Comisión Mixta se deberá pedir que el Gobierno aclare esta decisión.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Valcarce.
El señor VALCARCE.-
Señor Presidente , la mayoría de los Diputados que representamos distritos con puertos, sufriremos el problema que afecta a los pescadores artesanales, a los cuales se les daba la posibilidad de no pagar impuesto. Sin embargo, en el Senado se ha modificado totalmente la idea, y en vez de entregarles un beneficio se los castiga. Se trataba de paliar los efectos de una situación insostenible para los pescadores: subsistir después de la dictación de la Ley de Pesca y enfrentar otros hechos.
Todos estamos en contra de las enmiendas del Senado. Por lo tanto, procedamos a votarlas a la brevedad, con el fin de que el proyecto pase a Comisión Mixta.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , tal como se ha reiterado, esto es el mundo al revés. Queríamos dictar una ley que facilitara el desarrollo de la actividad de los pescadores artesanales, para lo cual debíamos eximirlos de los impuestos, pero ahora el Senado nos devuelve un proyecto con un impuesto nuevo, lo que resulta paradójico.
Quiero saber si se pretende negociar en la Comisión Mixta o buscar una fórmula alternativa, ya que, de otra manera, no se entiende esta situación, toda vez que la idea matriz del proyecto era la exención transitoria del impuesto a los pescadores.
Por lo tanto, pido rechazar de manera unánime las modificaciones del Senado, con el objeto de constituir la Comisión Mixta a la brevedad, por cuanto se ha prolongado por largo tiempo esta situación y hay gran expectación del sector artesanal.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente , no tengo ningún inconveniente en que vaya a una Comisión Mixta, como aparentemente prefiere la mayoría de los señores Diputados; pero me parecen razonables los cambios introducidos por el Senado. Efectivamente, condonan -como era el objetivo del proyecto despachado por la Cámara- los impuestos pendientes que afectan a los pescadores artesanales. Hoy está vigente una legislación por la cual deben tributar íntegramente por el sistema común de impuesto a la renta, de lo cual se les está eximiendo. En su lugar, se plantea un sistema que puede ser perfectible en la Comisión Mixta.
Me parece razonable sustituir el impuesto al cual están afectos por una contribución permanente bastante menor, fijada en el artículo 26 bis de la Ley de Impuesto a la Renta, que se agrega.
Por otra parte, la definición de “pescador artesanal” habría que concordarla con la de la Ley de Pesca.
Me parece adecuado, de acuerdo con los criterios globales que deben regir nuestro sistema tributario, que estos beneficios sólo favorezcan a quienes posean sólo una embarcación y no a los que deberían tributar normalmente.
Si hay alguna contradicción con otras normas legales, me parece adecuado debatirla en una Comisión Mixta.
Insisto en que los principios establecidos en las modificaciones del Senado me parecen razonables y adecuados con los criterios globales por los cuales aprobamos las exenciones tributarias y los beneficios a los más pobres.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
De las intervenciones de los señores Diputados deduzco que habría acuerdo para rechazar las modificaciones del Senado y formar una Comisión Mixta.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
-Acordado.
Los jefes de Comités son muy previsores, porque han hecho llegar a la Mesa los nombres de los señores Diputados que podrían integrar la Comisión Mixta.
Para tal efecto, propongo que quede conformada con los Diputados señores Andrés Palma, José Miguel Ortiz, Carlos Kuschel, Armando Arancibia y señora Evelyn Matthei.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
-Acordado.
MODIFICACIONES DE LA LEY GENERAL DE BANCOS Y NORMAS RELACIONADAS. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Corresponde continuar tratando el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo informe reglamentario, que introduce modificaciones a la Ley General de Bancos, al decreto ley Nº 1.097, a la ley Nº 18.010 y al Código de Comercio.
Ayer, el Diputado señor Longueira rindió su informe. Por lo tanto, vamos a proceder a la discusión y votación en particular.
Por no haber sido objeto de indicaciones ni modificaciones, se declaran aprobados los numerales 2, 6, 7, 8, 14, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 35, 36, 38, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 62 y 63 del artículo 1º; los numerales 1, 3 y 4 del artículo 3º, y el artículo 4º.
Solicito la atención de los Diputados integrantes de la Comisión de Hacienda, porque tengo entendido que tendríamos que discutir cinco temas: seguros previsionales, almacenes generales de depósitos, ponderación de créditos hipotecarios, información de casas comerciales y prepago. En el resto, habría acuerdo.
Si le parece a la Sala, podríamos comenzar el debate con los seguros previsionales.
El señor LONGUEIRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , para los efectos del ordenamiento de la votación -los integrantes de la Comisión de Hacienda así lo podrán corroborar-, propongo dar por aprobados todos los artículos, salvo aquéllos con indicaciones, en los que ha habido posiciones no consensuales.
Debemos precisar cuáles son, a fin de someterlos a votación sin cometer errores, dada la complejidad del proyecto y la cantidad de numerales que tiene el artículo 1º.
A su vez, debo informar que en la Comisión se presentaron muchas indicaciones que posteriormente fueron dejadas sin efecto porque hubo votaciones consensuales y muchas de ellas fueron reemplazadas por las originales.
Considerando que hay posiciones distintas, debiera someterse a votación, en forma separada, el numeral 1 del artículo 1º, que contiene todo lo relacionado con los nuevos negocios de la banca.
El numeral 3 fue aprobado en forma unánime, porque, tal como lo señalé ayer, se acogió una indicación que compartimos todos, por lo que debería ser incluido dentro de los aprobados.
El segundo numeral que debiéramos discutir es el 10, que establece el ponderador hipotecario, porque este problema no está resuelto.
Por lo tanto, se discutirían los numerales 1 y 10. El resto de ellos, todos del artículo 1º, es decir los otros 63, porque son 65, debiéramos considerarlos aprobados, porque contaron con la unanimidad.
En el artículo 2º, debiéramos aprobar, en forma unánime, los numerales 1, 3 y 4, dejando para la discusión la letra b) del numeral 2, que es donde está la indicación de las casas comerciales. Este es el tercer tema en debate y, por lo tanto, no debiera votarse en conjunto.
Por último, en el artículo 3º, sugiero dar por aprobado los numerales 1, 2, 3 y 4, dejando el 5 para discusión, por una indicación que presentaron tanto el Diputado señor Jürgensen como el Ejecutivo. Se votaría en forma separada.
El resto debemos darlos por aprobados por unanimidad, porque no ofrecen mayor discusión ni tampoco hubo discrepancias sobre ellos en la Comisión.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra sobre el procedimiento.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente , sólo deseo hacer una corrección a lo dicho por el Diputado señor Longueira , ya que estoy de acuerdo con todo lo demás que ha planteado.
Las letras a) y b) del numeral 2 del artículo 2º deben ser votadas en conjunto, porque podríamos quedarnos sin norma si aprobáramos la letra a) y no la letra b). Por lo tanto, la situación sería peor.
Entonces, a lo señalado por el Diputado señor Longueira habría que agregar a la discusión la letra a), porque es complementaria de la letra b) del numeral 2) del artículo 2º.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
El Diputado señor Elizalde ha hecho llegar una indicación para reemplazar el artículo 3º transitorio. En su momento veremos si existe unanimidad para tratarla.
Me imagino que ése también quedaría fuera.
Solicito autorización para que ingresen a la Sala el Subsecretario de Hacienda, señor Manuel Marfán, y el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras , señor José Florencio Guzmán.
Acordado.
Por lo tanto, si le parece a la Sala, con los quórum requeridos, se darán por aprobados en particular todos los artículos y numerales, salvo los numerales 1) y 10) excluidos sus incisos segundo, tercero y cuarto, del artículo 1º; las letras a) y b) del numeral 2) del artículo 2º; el numeral 5) del artículo 3º, y el artículo 3º transitorio, que se discutirían.
Aprobado por los más de 80 Diputados presentes, de 120 en ejercicio.
Respecto del numeral 1) del artículo 1º entiendo que hay dos temas que interesa discutir: los seguros previsionales y los almacenes generales de depósito.
Por lo tanto, para ordenar el debate, ofreceré la palabra sobre los seguros previsionales, y después sobre los almacenes generales de depósito, sin perjuicio de que algún señor Diputado quiera referirse a otro asunto.
En discusión particular el proyecto.
Hay varios señores Diputados inscritos, pero, como la modalidad de discusión en particular se ha cambiado, haré caso omiso de la lista que tengo en mi poder.
Sobre seguros previsionales, tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , los parlamentarios de Oposición presentamos varias indicaciones en la Comisión de Hacienda para incorporar en este trámite legislativo, dentro del giro bancario, el corretaje de seguros previsionales; algunos, incluso, propusieron incorporar también la actividad de almacenes generales de depósito, materia que, como se puede observar en el texto despachado por la Comisión, no se mencionan. Es más, los seguros previsionales expresamente se excluyen del sistema bancario.
En atención al espíritu consensual con que se tramitó el proyecto, no insistiremos en las indicaciones, y votaremos favorablemente el número 1) del artículo 1º, que reemplaza el número 11 bis del artículo 83 de la Ley General de Bancos.
Discrepamos con el Ejecutivo , pues señaló en la Comisión que ambas materias se incluirán en el proyecto que tratará los conglomerados financieros. Éramos partidarios de incorporarlas ahora.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda , cuya intervención, quizás, podría ser de carácter general.
El señor ANINAT ( Ministro de Hacienda ).-
Señor Presidente , sólo quiero agregar el marco en que se inserta la necesidad de avanzar en la materia en discusión, de gran importancia para el desarrollo del país.
Seré breve y me referiré al articulado en el contexto macroeconómico y del sistema financiero.
En los últimos diez años, el ahorro nacional se ha multiplicado prácticamente por cuatro y la inversión por tres. Al ser el ahorro la variable de más rápido crecimiento real, incluso por sobre otros índices de la macroeconomía, necesitamos abrir cauces para mantener el dinamismo y la estabilidad que ha logrado nuestro desarrollo económico.
En la actualidad, esbozadas las contribuciones al ahorro, en resumen, el sector público aporta cerca de 5 por ciento del producto interno bruto; los fondos de pensiones, aproximadamente cuatro puntos del producto en forma adicional; y el del ahorro externo varía año a año, pero, en promedio, en el último tiempo ha sido de alrededor de dos puntos adicionales. El resto del ahorro nacional, es decir, 15 por ciento del producto, corresponde a la contribución del sector privado de carácter voluntario.
El cambio de magnitud evidenciado ha dejado, por así decirlo, “obsoleta” parte de la institucionalidad financiera chilena. Por eso, se necesita, más que nunca, legislar para procurar nuevas oportunidades y precisar ciertas regulaciones focalizadas a la manera de utilizar más eficazmente los instrumentos y los agentes del sector privado en la canalización del ahorro, al menos, en la próxima década.
Estos antecedentes macroeconómicos, que reflejan la importancia del marco de la iniciativa en discusión, por ejemplo, llevaron a que en el año 1993, bajo la anterior administración, el Comité de Mercado de Capitales de la época, que ha seguido su labor ininterrumpida durante todo este período, iniciara una profunda revisión y propuesta de reforma al sistema financiero.
Debo recordar las dos reformas al mercado de capitales, las leyes de financiamiento de concesiones, la de leasing habitacional, la de rentas vitalicias; los proyectos de costos del sistema de AFP, de fondos de inversión internacional y, finalmente, de internacionalización de los fondos mutuos, todavía en trámite legislativo.
El propósito de este trabajo ha sido fortalecer un avance sistemático y de largo plazo de los encauzamientos del ahorro y de la inversión nacional, para evitar que el mercado de capitales chileno tenga cuellos de botella, como hace algunas décadas, y pueda seguir contribuyendo con fuerza al crecimiento económico del país y a la generación de empleos de más valor agregado y posibilite, sobre todo, el aprovechamiento de las oportunidades que se abren con el proceso de globalización.
Es de público conocimiento que el sistema bancario, si bien ha obtenido logros notables, no se ha modernizado a la par con el resto del sistema financiero, y a eso precisamente enfoca el proyecto de ley en discusión.
Ciertamente, es complejo; lleva un largo período de discusión y de análisis en las Comisiones y en las bancadas, a nivel de los analistas; refleja lo que puede ser el horizonte para establecer las bases de la expansión de los intermediarios financieros durante los próximos diez años, a lo menos.
Dentro de sus principales componentes, quiero destacar que se abordan, con fuerza y en forma clara y sistemática, las avenidas para internacionalizar el sector bancario; adoptar normas internacionales de calidad, como las de Basilea, que rigen casi en la totalidad de los países; introducir elementos de autorregulación, necesarios en esta industria, de calidad y de modernización de gestión; regular y favorecer nuevos negocios en el ámbito interno, con apertura hacia el exterior, y finalmente, acometer una serie de otras iniciativas de carácter bancario y de filiales de bancos, que sería largo detallar y que son de conocimiento de los señores Diputados.
Es grato para el Ministro que habla comprobar que en la Comisión de Hacienda de la Cámara, prácticamente, se ha culminado con un consenso o semiconsenso respecto de las materias de fondo. Se ha respaldado en forma unánime la mayor parte de los temas que contiene el proyecto.
Esperamos que la discusión y votación de sus artículos en la Sala sea oportuna y favorable.
Gracias.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente , junto a los Diputados señores Jürgensen , Kuschel y Orpis , presentamos una indicación en la Comisión Hacienda, con el fin de que se considere a los almacenes generales de depósito dentro de las entidades de intermediación de los bancos.
Sobre el particular, la Superintendencia señaló que le era muy difícil fiscalizar, además de los bancos y las instituciones financieras, a los almacenes generales de depósito.
Sin embargo, el artículo 30 de la ley Nº 18.690, sobre almacenes generales de depósito, establece: “Para ejercer el giro de almacenes generales de depósito, los interesados deberán acreditar previamente ante la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras:” algunas condiciones en su constitución y en su giro y otras condiciones de carácter patrimonial.
El artículo 31 señala: “La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras llevará un Registro de almacenistas, en el cual éstos se clasificarán en categorías A y B.”
A continuación, dispone que “la Superintendencia podrá ordenar a una entidad evaluadora que efectúe una revisión a determinado almacenista, con cargo a éste. Los informes de estas entidades deberán contener los requerimientos que la Superintendencia determine.
“Las entidades evaluadoras deberán estar inscritas en un Registro abierto con tal fin por la Superintendencia, y quedarán sujetas para estos efectos a su regulación y control.”
Por las razones expuestas, me gustaría saber, con mayor precisión y claridad, por qué se dice tan categóricamente que la Superintendencia no tiene capacidad de fiscalización respecto de los almacenes generales de depósito y se da como causal para no incluirlos en esta ley de modernización de la banca.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , me tocó analizar con mayor profundidad este tema cuando se comenzó a estudiar la segunda parte del proyecto. Frente al tema de la modernización de la banca, el verdadero mérito del proyecto no radica tanto en los nuevos negocios, sino en su internacionalización. La modernización de este sector no fue abordada en esta iniciativa, porque tendría que haberse analizado en conjunto con el tema de los conglomerados financieros.
En general, los nuevos negocios que se plantean, particularmente los emprendidos por bancos de propiedad concentrada, se realizan de manera indirecta. Sin embargo, si se hubiera querido llegar al fondo de este tema -de hecho, así se expresó en la Comisión-, debió haberse tratado, como dije, el tema de los conglomerados financieros, lo cual quedó pendiente hasta resolver el tema de la internacionalización que, indudablemente, es más urgente, pues se requiere que los bancos salgan al exterior.
En función de lo anterior, se presentó esta indicación que yo llamaría “intermedia” que, sobre la base de la actual estructura, permite que la banca efectúe estos nuevos negocios. En todo caso -reitero-, en la práctica, los bancos de propiedad concentrada los realizan de manera indirecta.
Tal como lo planteé en la Comisión, éste no es un tema menor. Me preocupa muchísimo que cerca del 90 por ciento de la propiedad de las AFP y de las compañías de seguros esté concentrado en cuatro o cinco grandes grupos económicos. En la Comisión fui partidario de abordar el tema de los conglomerados financieros, porque si se le permitía a la banca realizar negocios tanto en seguros como en AFP, en vez de que cuatro o cinco grandes grupos dominen cerca del 90 por ciento del mercado, habría existido la posibilidad de que fueran ocho.
Este tema deberá abordarse más temprano que tarde, pues, a mi juicio, el proyecto en comento lo hace sólo en términos tangenciales.
Repito, en relación con este numeral, el gran mérito del proyecto radica en la internacionalización de la banca.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la Diputada señora Romy Rebolledo.
La señora REBOLLEDO.-
Señor Presidente , nuestra bancada es partidaria de aprobar, tal como está planteado, el Nº 1 del artículo 1º, que se refiere a los nuevos negocios.
Siempre me opuse a incluir en estos nuevos negocios el corretaje de seguros previsionales y los almacenes generales de depósito, por cuanto dichas materias deben ser discutidas cuando se trate el tema de los conglomerados financieros. Ellos son una realidad, por lo que se hace necesario regularlos y fijar reglas generales al respecto, oportunidad en que podremos seguir discutiendo el tema de los nuevos negocios.
Este proyecto significa un paso muy importante para la banca, tanto en la internacionalización como en la realización de negocios internos, donde también se quiere ampliar el giro de sus actividades, con lo cual se flexibilizaría muchísimo la instalación de sucursales, que en la actualidad se encuentra muy restringida.
Lo planteado en el proyecto -insisto- es realmente significativo. Sería una irresponsabilidad continuar ampliando el ámbito de negocios mientras no se trate en profundidad el tema de los conglomerados financieros y otros, como el secreto bancario y la reserva técnica, los cuales esperamos que se incluyan en una próxima iniciativa.
Por lo anterior, aprobaremos sin reservas lo establecido en el Nº 1 del artículo 1º del proyecto, sobre nuevos negocios.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente , por el tenor de las intervenciones de los Diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, entiendo que no se ha renovado ninguna indicación respecto del número 1 del artículo 1º del proyecto, por lo cual está en discusión el texto despachado por la Comisión, sobre el cual habría unanimidad para aprobarlo. Es decir, el debate sólo está planteado sobre lo que no señala la disposición.
Como dijo el Diputado señor Longueira en su primera intervención, hay un compromiso de discutir otras materias. La Diputada señora Rebolledo ha enumerado en forma extensa las otras materias pendientes de discusión. Es decir, está claro que el proyecto constituye un avance, ya que el Nº 1, que modifica el Nº 11 bis del artículo 83, permitirá a la banca mejorar sus condiciones de competitividad y establecer sociedades filiales en áreas que hoy están muy limitadas, lo cual no significa que los bancos se transformen, por sí, en conglomerados financieros; esto es, no pueden, como quisieran, dedicarse a otras actividades que no sean las establecidas en la iniciativa.
Es cierto lo que dijo el Diputado señor Orpis. Hoy hay unos pocos grupos económicos que controlan casi todo. Por eso, la discusión sobre los conglomerados financieros debe ser profunda y no vinculada a lo propio de los bancos, que requiere ser modernizado, sino que desde el punto de vista de lo que el país necesita. Los conglomerados financieros existen. Hay bancos que tienen AFP y AFP que tienen bancos, porque pertenecen a un mismo propietario. Sin embargo, estos conglomerados no están regulados, existen de hecho, por constituir bienes de un mismo dueño.
Para que el país se modernice en la línea señalada por el Diputado señor Orpis -y haya más competencia, lo que significa dar mejores servicios a la gente, más rentabilidad a los ahorrantes y mayor desarrollo, empleo y perspectivas de bienestar para el país-, es necesario que estudiemos no sólo el tema de los bancos y su relación con otros negocios, sino también la situación de esos otros negocios respecto de los bancos. Es decir, si hablamos de conglomerados financieros, tenemos que analizarlos de uno y otro lado. No debemos introducir AFP en el negocio de los bancos ni bancos en el negocio de las AFP, sino que, previamente, debemos estudiar la relación efectiva que como país queremos que tengan los distintos actores del mundo financiero. Pero eso no es materia de esta iniciativa.
Esperamos con ansias que el Ejecutivo envíe un proyecto sobre la materia. Es muy necesario para la modernización del país, no sólo de los bancos.
El contenido del Nº 11 bis, que consagra la posibilidad de establecer filiales destinadas a efectuar un sinnúmero de actividades -se incorporan pocas áreas nuevas y se amplían algunas de las existentes-, es un avance muy notable, porque dadas ciertas condiciones de eficiencia y de solidez de los bancos, la constitución de sociedades filiales va a ser automática, la modernización que ello implica aliviará el trabajo de la Superintendencia y posibilitará que los bancos planifiquen con mayor audacia -bien entendida- sus actividades.
Los requisitos exigidos para la constitución de las filiales indicadas en el Nº 11 bis son lo suficientemente estrictas como para darle tranquilidad al país y al conjunto de inversionistas nacionales y extranjeros que hoy participan en el sector bancario a través de los ADR, respecto de las posibilidades de expansión del negocio bancario.
Esas condiciones de solidez son los mínimos necesarios que posibilitan que, efectivamente, los bancos se expandan, como lo están requiriendo, para hacer de Chile un polo de desarrollo del sector financiero, posiblemente no sólo en el cono sur de América, sino también en Latinoamérica.
En esa perspectiva, parece razonable lo establecido. Lo que falta no es materia de este proyecto y no sería bueno discutirlo sin un debate de fondo sobre los conglomerados financieros. Por eso, espero un nuevo proyecto sobre la materia para tratar esos aspectos, y deseo que no sólo la Cámara, sino que el Senado también despache esta materia en la forma en que aquí se ha analizado.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
No sé si el Nº 1 del artículo 1º, también incluye a los almacenes generales de depósito. Como ha sido debatido...
Varios señores DIPUTADOS.-
Sí.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira, después de lo cual procederemos a votar la disposición.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , tal como lo dijo el Diputado señor Andrés Palma , este numeral no ha sido objeto de indicación y podríamos haberlo aprobado; sin embargo, lo dejamos para generar una discusión. Lo más probable es que se apruebe por unanimidad.
Su Señoría ha sancionado la votación de todos los otros numerales, varios de los cuales requieren quórum especial, algunos de ley orgánica constitucional y otros de quórum calificado. Para los efectos de que quede constancia en el acta, sería importante que se registrara de esa forma, porque el artículo 3º transitorio, que dejamos pendiente, requiere quórum de ley orgánica constitucional; el resto fue votado hace algunos minutos.
Por otro lado, solicito que nos hagan llegar la indicación que se formulara al artículo 3º transitorio, para ver si daremos la unanimidad para tratarla.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , efectivamente, en ese momento había el quórum en la Sala, de lo cual se dejó constancia. El numeral 10 también requiere quórum especial, salvo que se trate de una materia distinta.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, efectivamente, en el punto del ponderador hipotecario, dicho numeral no requiere quórum especial.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Entonces, también se aprobará esa parte del numeral, tal como lo señalamos.
El numeral 4 del artículo 2º, que requería quórum especial, también está aprobado. Por ende, sólo falta la discusión, en su momento, del artículo 3º transitorio.
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , para los efectos de darlo por aprobado con la misma votación, es importante que en el numeral 10 se tenga presente que lo único que está pendiente es el ponderador, porque los incisos tercero y cuarto requieren quórum de ley orgánica constitucional.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tenemos claro que en el numeral 10 está pendiente el debate sobre la ponderación de los créditos hipotecarios. El resto ya fue aprobado por la Sala.
Si le parece a la Sala, se aprobará el numeral 1 del artículo 1º.
Aprobado.
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , ¿a qué hora termina el Orden del Día?
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aproximadamente a las 13.30 horas.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, solicito que se prorrogue hasta el total despacho del proyecto.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Lo consultaré a la Sala cuando corresponda, porque todavía queda tiempo y es probable que alcancemos a despacharlo.
Aunque es un tema complejo, ha sido suficientemente debatido y analizado.
A continuación, corresponde tratar el numeral 10 del artículo 1º en lo que se refiere a la ponderación de los créditos hipotecarios.
Tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , una de las modificaciones importantes del proyecto es la referencia que se introduce en relación con fijar nuevas reglas para las exigencias de la relación del patrimonio con los activos de las instituciones bancarias, es decir, con sus colocaciones, estableciendo una escala de ponderaciones para distintos activos, según su riesgo.
Así los fondos disponibles en caja y los activos emitidos o garantizados por el Banco Central de Chile se ponderan en cero por ciento; es decir, se considera que prácticamente no hay riesgo en esa colocación.
Los fondos disponibles no comprometidos en la categoría anterior y los instrumentos emitidos o garantizados por el Fisco se ponderan en 10 por ciento.
Las cartas de créditos para operaciones de comercio exterior y los préstamos u operaciones con pacto de retroventa entre instituciones financieras se ponderan en 20 por ciento.
Los préstamos con garantía hipotecaria para la vivienda, otorgados al usuario final, se ponderan en 60 por ciento, de acuerdo con la indicación aprobada en la Comisión de Hacienda.
La generalidad de los créditos tiene una ponderación del ciento por ciento; o sea, se considera un alto riesgo en su colocación.
Sin embargo, es conveniente advertir que respecto de estas normas, conocidas como de Basilea y originadas en países desarrollados, fundamentalmente, existen diferencias en los principios de contabilidad que utilizan esos países y los nuestros. En ese sentido, los principios contables generalmente aceptados en Chile aparecen bastante más conservadores que los que se usan, por ejemplo, en Estados Unidos. Allí las colocaciones contingentes, como los avales, las garantías, las cartas de crédito, no son consideradas activos, sino contabilizadas como cuentas de orden. Naturalmente, al aplicarles estas ponderaciones el resultado es diferente. Lo mismo ocurre con las letras de crédito emitidas por el propio banco, con el devengamiento de intereses de créditos vencidos, con las comisiones sobre colocaciones, con la compra de cartera y con las inversiones en empresas relacionadas. Los resultados no serán exactamente iguales si ponderamos los estados financieros de nuestros bancos con aquellos de los países desarrollados que usan las normas de Basilea, porque las bases de cálculo son diferentes.
No obstante, estamos de acuerdo en apoyar y aprobar las normas propuestas por la Comisión de Hacienda, en especial, aquélla referida a los créditos hipotecarios para la vivienda, en que se acordó el 60 por ciento de riesgo, en circunstancias de que el proyecto original consideraba el 75 por ciento.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tomás Jocelyn-Holt.
El señor JOCELYN-HOLT.-
Señor Presidente , para muchos el tema puede parecer bastante ininteligible, muy técnico y casi absurdo, pero, en realidad, no lo es.
Como las nuevas normas sobre capital hacen una exigencia patrimonial a los bancos, que varía dependiendo del riesgo de sus activos, en este caso hay que preguntarse cuál es el riesgo de los que manejan créditos para la vivienda, porque, a mayor riesgo, mayor requerimiento de capital, y a menor riesgo, menor exigencia patrimonial. Y si un banco debe aumentar su capital para financiar una cartera de colocaciones, tal vez le convenga emplear ese mismo capital en un tipo de colocaciones cuya ponderación por riesgo no le sea tan cara. Entonces, el problema de fondo es cómo y hacia donde se orienta el crédito.
¿Cuál es el riesgo asociado a los créditos de la vivienda? Basilea, el estándar internacional, lo fija en 50 por ciento más bajo y, por ende, lo considera un activo más seguro que el 75 por ciento propuesto por el Ejecutivo en su proyecto primitivo.
Si uno observa el sistema financiero como un todo, la diferencia entre ambos valores plantea una mayor exigencia de capital absolutamente marginal e insignificante cerca del 3,1 por ciento del capital y reservas de todo el sistema. El problema es que ese 3,1 por ciento está concentrado en seis bancos que se llevan cerca de las tres cuartas partes del crédito de la vivienda de todo el sistema.
Uno de los bancos principales es nada menos que el Banco del Estado, con 37 por ciento de sus colocaciones en créditos para la vivienda y con una mayor exigencia de capital, como consecuencia de un cambio del inflactor, del 50 al 75 por ciento, equivalente a cerca de 40 millones de dólares a fin de sostener su actual cartera para la vivienda, es decir, una exigencia adicional de capital cercana a un 12 por ciento entre el ponderador del 50 y el 75 por ciento.
¿Quién le va a dar la plata? ¿El Parlamento? ¿Lo vamos a eximir, agudizando el debate sobre la competencia desleal que algunos quieren ver en ese banco? ¿O le vamos a decir que reduzca sus créditos para la vivienda? Orientemos al Banco del Estado a las operaciones de comercio exterior. Ahí la ponderación es del 20 por ciento. Sería una orientación en una dirección determinada.
Ahora bien, ¿por qué esta propuesta del 75 por ciento? Los autores de la idea sostienen que estamos algo así como en una especie de amenaza inmobiliaria, donde, gracias a la especulación, la volatilidad de los precios de la propiedad raíz, especialmente en economías pequeñas y menos desarrolladas, como la nuestra, la naturaleza de la evolución de este tipo de créditos, el desfase entre el ingreso de las personas y sus dividendos, generan un riesgo que debería preocupar, si es que no queremos repetir algo parecido a lo que los norteamericanos tuvieron al final de los años ochenta y los japoneses, últimamente.
En realidad, la crisis del “saving alone”, en Estados Unidos, no se produjo por la volatilidad de los precios de las casas, sino debido a descalce entre plazos de captación y colocación de letras de crédito por inversionistas institucionales, situación muy distinta de personas que ahorran y pagan su casa en operaciones inmobiliarias de centros comerciales, canchas de golf, centros para la tercera edad, turismo y oficinas. Esas personas nos plantean que en Chile hay que recordar la crisis de 1982 y lo que ocurrió con los precios de las viviendas y cuánto tiempo tardó la recuperación. Pero en 1982 no sólo cayó la vivienda; cayó todo: la vivienda, el empleo, los productos de exportación, los bancos, todo.
Ante una crisis semejante nadie se libera, ni siquiera con un inflactor del ciento por ciento. Por lo demás, los reguladores tienen otras maneras de intervenir: hay mecanismos de control, alerta temprana y tasas de interés. La misma Superintendencia y el Banco Central, en este proyecto, quedan con la atribución de cambiar la ponderación de ciertos activos, previendo una situación parecida. Incluso, en caso de liquidación de un banco, esta cartera tiene un tratamiento diferente al de sus otros activos, y los créditos inferiores cuentan con un seguro estatal para operaciones de subsidio inferiores a 670 unidades de fomento, lo que disminuye el riesgo.
En el caso de viviendas sociales, aparte del subsidio, hay ahorro previo y crédito bancario limitado. Ese crédito nunca equivale a más del 75 por ciento de la vivienda. El crédito decrece en el tiempo y la garantía se aprecia entonces, convirtiendo estos activos en extraordinariamente seguros. En realidad, no nos convence ese riesgo sistémico o inmobiliario que algunos nos quieren vender.
¿Cuál es el nivel de morosidad que justificaría el temor hacia los deudores hipotecarios? Históricamente, ha sido la mitad de la del sistema financiero. El año pasado, los deudores hipotecarios morosos fueron un tercio en el sistema financiero, y en los últimos años, ese porcentaje tiende a bajar, es decir, baja y es siempre sustancialmente inferior en porcentaje a los demás morosos del sistema.
Los deudores, en total, son cerca de 400 mil personas que, en promedio, deben 5.500.000 pesos cada uno, aproximadamente. El 90 por ciento debe menos de 8 millones de pesos. Son gente de clase media, muy atomizados y bastante cumplidores, atendidos básicamente por seis bancos de la plaza que se dedican a créditos de aproximadamente 4 mil UF cada uno para propósitos muy ligados a una necesidad básica.
Por último, estos bancos no son todos del mismo tamaño: hay grandes y pequeños. El impacto de un ponderador que signifique elevar los requerimientos de capital para estas colocaciones tendrá un impacto diferente entre bancos con la capacidad suficiente para hacer el esfuerzo y aquellos que no pueden hacerlo, y afectará la competencia entre bancos de distinto tamaño que compiten por el mismo segmento de mercado.
Nuestra labor es hacer una norma neutra y no influir sobre el mercado, sobre todo cuando no hay razones para ello. Aquí no hay razones para aumentar ni para disminuir las exigencias patrimoniales a los créditos de la vivienda. Por eso, en la Comisión de Hacienda tratamos de hacer un ejercicio en el sentido de producir un inflactor que reflejara la situación actual sin modificarla. Si la situación actual generaba un aumento de las colocaciones para la vivienda, con disminución del número de morosos, nos parecía lógico no innovar. ¡Para qué hacerlo! Es así como tradujimos la norma que establece el límite de endeudamiento de cada banco en función de veinte veces su capital y reserva, es decir, a partir de sus pasivos, y lo invertimos para hacer lo mismo ahora a partir de sus activos, y produjimos el inflactor o ponderador de 60 por ciento, que es básicamente homologable a la situación actual. Ese porcentaje fue aprobado por la Comisión de Hacienda y también algunos lo aprobaremos hoy.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz, don José Miguel.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , hemos escuchado dos intervenciones de integrantes de la Comisión de Hacienda que hicieron valer, a través de sus argumentaciones, las razones por las cuales el Diputado señor Harry Jürgensen presentó una indicación, copatrocinada por otros parlamentarios, para bajar de un 75 a un 60 por ciento la ponderación de los créditos hipotecarios. Al final, en votación dividida, esa Comisión la aprobó por 5 votos a favor y 4 en contra.
Posteriormente, escuché a mi colega de bancada, Diputado señor Tomás Jocelyn-Holt , quien recordaba que en el sistema hipotecario del país hay prácticamente seis bancos en los cuales radica la mayor parte de las operaciones. Asimismo, recordó que el Banco del Estado debe tener en este instante alrededor del 37 por ciento de los préstamos del mercado.
En la Comisión de Hacienda, expresé que era bueno apoyar la indicación del gobierno que establecía en un 75 por ciento la ponderación de los créditos hipotecarios, y ahora quiero explicar a la Sala por qué estoy de acuerdo con eso.
En primer lugar, la actual legislación exige el mismo capital para todas las colocaciones, sean éstas hipotecarias, de consumo o comerciales. Por lo tanto, otorgar una ponderación de 75 por ciento implica dar un tratamiento preferencial a los créditos hipotecarios respecto de los comerciales, cuya ponderación será de un ciento por ciento. Con ello, se generará una situación más favorable que la que hoy establece la ley.
Los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, hicieron recuerdos históricos sobre la crisis financiera del sistema bancario y financiero en el país durante 1980, 1981 y 1982. Aún más, quiero recordar que históricamente se han producido fuertes crisis y pérdidas bancarias que han tenido su origen en el sector hipotecario de vivienda, como ocurrió en Estados Unidos y Canadá a fines de los 80, y en Japón, en la actualidad.
En Chile, por la crisis de 1982, se reprogramó una gran cantidad de créditos para la vivienda con recursos del Banco Central; es decir, con dineros de todos los chilenos, de los cuales, a la fecha, aún existe una deuda de 8 millones de “uefes”, equivalente a cerca de 240 millones de dólares. Estudios serios estiman que al menos el 50 por ciento de los deudores hipotecarios recibió alguna ayuda estatal con motivo de la crisis. Los créditos hipotecarios de vivienda corresponden a un segmento del mercado en creciente competitividad y expansión. Su participación a la fecha alcanza al 12 por ciento de la cartera de préstamos bancarios, en comparación al 9 por ciento que representaba en 1989. Asimismo, las instituciones bancarias han comenzado a financiar porcentajes más cercanos al ciento por ciento del precio de las viviendas, lo cual se refleja en las últimas campañas publicitarias de varios bancos.
Quiero recordar que los créditos hipotecarios de viviendas, que cuentan efectivamente con garantía estatal, han ido disminuyendo su importancia relativa en el total de los créditos otorgados. En operaciones con subsidio, los créditos con seguros son otorgados por menos de 670 uefes. Hoy, esos créditos corresponden al 42 por ciento del stock total, pero en diciembre de 1993 representaron el 33 por ciento de las operaciones hipotecarias cursadas ese mes; en diciembre de 1994, el 26 por ciento, y en junio de 1995 bajaron al 21 por ciento. ¿Qué está indicando esto? Que la tendencia de la participación en las operaciones hipotecarias con seguro estatal es claramente decreciente. Según mi criterio, no corresponde, en consecuencia, enfatizar el rol social de este tipo de créditos para disminuir los resguardos patrimoniales que deben tener.
En relación con la cartera vencida, los distintos préstamos tienen el mismo tratamiento, traspasándose a cartera vencida a los 90 días de morosidad. En todo caso, sólo existen estadísticas segregadas por tipo de operación desde 1993, las que no muestran diferencia de magnitudes relevantes en cuanto a la morosidad, por lo que este factor no constituye un elemento de mayor seguridad de los créditos para vivienda.
Finalmente, en la Comisión de Hacienda formulé dos consultas concretas al Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras. En primer lugar, le pregunté si era cierta la inquietud de algunos parlamentarios, en cuanto a que, desde el punto de vista del capital, los llamados bancos chicos saldrían perjudicados con la indicación presentada por el Presidente de la República. La respuesta del Superintendente fue que, de acuerdo con las estadísticas que manejaba, tal aprensión era absolutamente falsa.
En segundo término, le consulté lo relativo a la capitalización de los bancos, puesto que en realidad -ello me da más fuerza para mantener mi apoyo al 75 por ciento de ponderación de los créditos hipotecarios- con ese porcentaje obligamos, especialmente a los grandes bancos, a que hagan una capitalización que signifique un apoyo real y efectivo a este tipo de colocaciones.
Quiero recordar que los mayores requerimientos de capital, existiendo una ponderación del 75 por ciento, ascienden aproximadamente a 120 millones de dólares, lo que equivale al 3,1 por ciento del capital y reservas del sistema financiero, el cual se encuentra concentrado en más del 70 por ciento de los cinco o seis bancos a que se refirió el Diputado señor Jocelyn-Holt.
Por eso, anuncio que votaré a favor de la indicación primitiva que establece el 75 por ciento de ponderación.
Termino con la siguiente argumentación. Todas las instituciones, especialmente estas seis, resultan favorecidas con el nuevo sistema de Basilea, en cuanto suman a sus patrimonios preexistentes las provisiones voluntarias y los bonos subordinados. Creo que es el momento que ellas hagan también un sacrificio en función del 75 por ciento de ponderación.
Por lo tanto, votaré favorablemente este proyecto de ley tal como lo presentó el Ejecutivo , después de largas conversaciones con la asociación de bancos.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Antes de dar la palabra al Diputado señor Jürgensen y al señor Ministro , quiero aclarar que lo que está en discusión es la modificación al artículo 82, que dice: “Categoría 4: 60%”.
Por lo tanto, después de que se hagan las intervenciones que faltan, pondré en votación esa expresión.
Si la mayoría está de acuerdo, se aprobará. Si se rechaza, correspondería votar lo que establece el primer informe, que dice: “Categoría 4: 75%”. Si esto tampoco se aprueba, quedará sometido a la regla general de la categoría 5.
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira para referirse a la forma de votación.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , sólo para señalarle que, técnicamente, debe someter a votación la indicación que se presentó en la Comisión de Hacienda que modifica el guarismo “75” por “60”. Rechazada ésta, debe votarse el texto original; pero no debe concluirse que, rechazado también el guarismo “75”, debe aplicarse la categoría 5, como lo sostuvo Su Señoría.
Por lo tanto, lo que debe votarse es la indicación de Hacienda que cambia “75” por “60”, y entiendo que, si es rechazada, debería quedar el texto del Ejecutivo , pero no pasar a categoría 5.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , le haré dos precisiones.
A diferencia de lo que usualmente ocurre, aquí no hay indicación de la Comisión de Hacienda, porque ella es, en este caso, la comisión técnica.
Me imagino que lo señalado por Su Señoría parte del hecho de que lo común es que haya un informe de una comisión técnica, sea Agricultura, Educación u otra, al cual la Comisión de Hacienda le formula una indicación que votamos como tal. En este caso, la de Hacienda es la comisión técnica y, por lo tanto, no votamos una indicación, sino un texto. Incluso, deberíamos votar todo el numeral 10; pero como ha quedado claro que el único punto en discusión es esta parte, la votaremos en forma separada, dando por aprobado el resto el numeral.
En el fondo, es lo mismo que manifestó Su Señoría, con la diferencia de que no está en votación una indicación, sino el texto aprobado por la Comisión de Hacienda en el segundo informe. Si este texto es rechazado -no requiere quórum especial para ser aprobado-, se vota el primer informe, que no queda aprobado en forma automática.
En consecuencia, en primer lugar votaremos el 60 por ciento; si se rechaza, se votará el 75 por ciento.
Tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , estamos aprobando normas para internacionalizar nuestro negocio financiero.
Si estudiamos las legislaciones extranjeras veremos que en la mayoría de los países se otorga una ponderación del 50 por ciento, no sólo a los créditos hipotecarios para vivienda, sino que a todos los créditos hipotecarios. Además, explicaba que nuestros principios contables son mucho más conservadores que los usados por los bancos de los países desarrollados. Ahora bien, si aprobamos la ponderación del 60 por ciento, estaremos siendo aún más conservadores en los créditos hipotecarios para vivienda -en la mayoría de los países es del 50 por ciento-, y todos los demás créditos hipotecarios siguen quedando en la norma general del ciento por ciento.
Asimismo, debemos considerar que en los créditos hipotecarios de vivienda hay una situación adicional que también influye: gozan de subsidio. Por lo tanto, la garantía real de que gozan es superior -se puede hablar de 130 ó 140 por ciento de garantía real-, lo que hace aconsejable acordar una ponderación del 60 y no del 75 por ciento.
Por eso, sería conveniente que la mayoría de los señores Diputados acogiera la indicación aprobada por la Comisión de Hacienda.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Ministro de Hacienda, señor Eduardo Aninat.
El señor ANINAT ( Ministro de Hacienda ).-
Señor Presidente , en relación con el tema del ponderador hipotecario, me gustaría agregar sólo dos observaciones al debate originado.
En primer lugar, estamos frente a la ponderación del 75 por ciento propuesto en las comisiones de trabajo por la Superintendencia y que es la proposición del Ejecutivo que, en el fondo, si miramos bien, va más allá de, pero respeta el espíritu de Basilea. Si bien las normas de Basilea sugieren el 50 por ciento, el espíritu es que sea por lo menos ese porcentaje. O sea, toda la discusión internacional de la propuesta de Basilea es que el 50 por ciento sea un piso a partir del cual los países vayan adaptando un ponderador mayor, según sus realidades.
En segundo lugar, si bien hay argumentos para uno y otro lado que evidentemente deben ser considerados, existe un tema que tiene que ver con lo pro cíclico. El mercado que se mueve detrás del de los créditos hipotecarios que, en el fondo, es el de la construcción, es habitual y especialmente pro cíclico, y por lo tanto tiene un riesgo especial.
Aquí se ha citado la experiencia de países como Japón, con sus problemas recientes, Francia e Inglaterra, y yo agregaría las dificultades que han tenido en este campo España y el propio México, desde hace exactamente uno o dos años.
Lo que ocurre es que cuando la economía marcha bien y el crecimiento del producto es elevado -como ocurre hoy, en que la construcción y los créditos hipotecarios en realidad no van bien, sino extraordinariamente bien, hacia arriba- existe una elasticidad mayor. Sin embargo, cuando ocurre el ciclo inverso, por las razones que sea, entonces se produce exactamente la asimetría inversa: la economía se enfría y este sector y sus créditos tienden a enfriarse muchísimo más que el resto del contexto del que estamos hablando.
Por esa razón de asimetría y de riesgo especial, como Poder Ejecutivo nos parece más prudente -reconociendo que al respecto hay criterios distintos- llegar al ponderador del 75 por ciento.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
En votación la expresión “Categoría 4: 60%”, incluida en el inciso segundo del artículo 82, contenido en numeral 10).
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 46 votos; por la negativa, 23 votos. Hubo 1 abstención.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
-Votaron por la negativa los Diputados señores:
-Se abstuvo el Diputado señor Sota.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Corresponde discutir el tema relativo a la información a las casas comerciales, que al parecer será uno de los más debatidos, porque hay una gran cantidad de Diputados que han pedido la palabra.
Para ordenar el debate quiero proponer lo siguiente a la Sala:
Invertir el orden del tratamiento. Es decir, se discutirá primero la disposición que se refiere al prepago, en el entendido de que estamos trabajando sobre la base de un nuevo texto enviado por el Ejecutivo , al cual va a dar lectura el señor Secretario y que incide en el Nº 5 del artículo 3º del segundo informe de la Comisión de Hacienda.
He sido informado por el Presidente de la Comisión de Hacienda que existe un acuerdo respecto del texto que se está proponiendo, que recoge la idea de la Comisión, por lo cual me parece innecesario enviarlo a un nuevo trámite a la Comisión de Hacienda. ¿Es así, Diputado señor Longueira?
El señor LONGUEIRA.-
Sí, señor Presidente , pero sería bueno que nos distribuyeran una copia del texto.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Después de que se le dé lectura daremos las instrucciones para ello.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación de Su Excelencia el Presidente de la República tiene por finalidad sustituir el Nº 5 del artículo 3º que, a su vez, sustituye el artículo 10 de la ley Nº 18.010, por el siguiente:
“Artículo 10.
“Los pagos anticipados de operaciones de crédito de dinero serán convenidos libremente entre acreedor y deudor.
“Sin embargo, en las operaciones de crédito de dinero sometidas a interés máximo convencional a que se refiere el artículo 6º, el deudor podrá anticipar su pago, aun contra la voluntad del acreedor, siempre que:
“a) Tratándose de operaciones no reajustables, pague íntegramente el capital y los intereses calculados hasta la fecha del pago efectivo más la comisión de prepago, previamente pactada. Dicha comisión no podrá exceder al valor de dos meses de intereses de la operación.
“b) Tratándose de operaciones reajustables, pague el capital y los intereses estipulados hasta el día del pago efectivo más la comisión de prepago, previamente pactada. Dicha comisión no podrá exceder al valor de tres meses de intereses de la operación.
“Los pagos anticipados que sean inferiores al 25 por ciento del saldo de la obligación, requerirán siempre el consentimiento del acreedor.
“El derecho a pagar anticipadamente, que establece el inciso segundo es irrenunciable.”
En seguida se agrega el siguiente artículo transitorio nuevo:
“Las obligaciones contraídas con anterioridad a la vigencia de esta ley, continuarán rigiéndose hasta su extinción por las normas sobre pago anticipado contenidas en el artículo 10 de la ley Nº 18.010, no modificado por la presente ley.”
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , el actual artículo 10 de la ley Nº 18.010 establece un derecho irrenunciable para todos los deudores: poder pagar anticipadamente sus obligaciones financieras, aun en contra de la voluntad del acreedor, pero pagando los intereses y reajustes hasta el último día, de acuerdo con lo acordado originalmente en el convenio de crédito.
Naturalmente, en estas condiciones, el derecho que consagra la ley de pagar anticipadamente una operación resulta impracticable, porque el beneficio del prepago no es para el deudor, sino para el acreedor.
Por esa razón, y conociendo muchos casos en que fundamentalmente se ven afectados deudores de créditos de consumo que recurren a instituciones financieras para resolver problemas urgentes en momentos que no tienen una importante capacidad negociadora frente al acreedor, y firman cualquier tipo de documento con tal de recibir los recursos para cubrir su necesidad, varios Diputados hemos querido que este derecho se pueda ejercer efectivamente.
En principio, habíamos presentado una indicación que, en el fondo, establecía que los créditos no reajustables y los reajustables podían prepagarse y el acreedor debía hacer una nueva liquidación y calcular los intereses y reajustes hasta el día del pago. Como esta situación genera costos a las instituciones financieras, se establecía que ésta podía cobrar una comisión de prepago, pero de monto limitado: dos meses cuando las operaciones son no reajustables y tres meses de intereses de la operación originalmente pactada, en los casos en que sí lo sean.
La indicación fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda. Sin embargo, analizada posteriormente, se concluye que genera un impacto macro sobre una serie de operaciones financieras que no queremos afectar. Nuestra intención no era afectar grandes operaciones de crédito en el mercado financiero y mucho menos en las internacionales. Sólo queríamos entregar este derecho a aquellos deudores, principalmente de créditos de consumo, que no tienen capacidad negociadora cuando recurren al crédito, y que podrían tener una fuente de recursos diferente, con un costo inferior. A ellos queríamos proteger; para ellos queríamos legislar.
De alguna forma, tal vez, aumentemos el costo de ese crédito, porque supongo que los acreedores considerarán esta variable del prepago, lo que probablemente incidirá en la operación. Pero lo hemos estimado preferible, aun cuando afecte su monto.
El Ejecutivo acogió nuestra indicación, y la ordenó. Estamos totalmente de acuerdo con la proposición.
Con esta indicación se pretende, en primer lugar, dejar entregada a la autonomía de la voluntad de las partes los prepagos que puedan convenirse en todas las operaciones de crédito que tengan una tasa de interés libre. Después, aplicar una modificación -de acuerdo con nuestra indicación- a todas las operaciones de créditos sujetas a un límite máximo de interés -interés máximo convencional-. Es decir, las afecta a todas y beneficia a los deudores a los que nos hemos referido.
También se propone agregar un artículo transitorio para establecer que las nuevas disposiciones no se aplicarán a las operaciones de crédito efectuadas antes de su vigencia, las que continuarán regidas por la ley Nº 18.010. También se contempla -debo reconocer que aquí tal vez había un vacío en nuestra indicación- una cantidad mínima para los prepagos, para evitar que éstos sean de mínima cuantía, lo que generaría costos operativos innecesarios al sistema financiero, a cambio de hacer obligatorio para los acreedores recibir los pagos anticipados que decidan hacer los deudores.
Repito, estamos de acuerdo con modificar, en cierto modo, nuestra indicación, aprobada por la Comisión de Hacienda, al Nº 5 y reemplazarla por la presentada por el Ejecutivo.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Dupré.
El señor DUPRÉ.-
Señor Presidente , respecto de la intervención del Diputado señor Jürgensen , tengo dudas de que se obtenga el resultado que se pretendió originalmente.
Me explico: En primer lugar, la Comisión de Economía, en el proyecto de derechos del consumidor -que esperamos se despache hoy por la Comisión Mixta-, aprobó un artículo que prohíbe a las casas comerciales y a las entidades financieras y bancarias el cobro de intereses sobre intereses, disposición que nos parece absolutamente indispensable para evitar muchos abusos.
En segundo lugar, con la redacción que se le ha dado a la indicación, a lo mejor no se van a resolver algunos problemas que se producen en las operaciones bancarias, fundamentalmente en los créditos hipotecarios por deudas habitacionales.
Quiero dar un ejemplo que tengo a la mano. Un dividendo del Banco del Estado por 336 mil pesos, que debía pagarse, como plazo máximo, el 10 de junio, al 1 del mes siguiente, o sea, 15 días después, aumenta a 373 mil pesos. Desde el punto de vista de los intereses, de la aplicación de multa razonable, de eventuales gastos administrativos, etcétera, no tiene ningún fundamento.
Lo que debemos tratar de evitar es que las entidades financieras cobren intereses sobre intereses y, además, usurarios, como consecuencia de dejarlos que se pacten libremente entre la entidad financiera y el usuario. Los intereses deben ser los regulares del mercado y sin permitir aplicar sobre ellos nuevos intereses.
Señalo lo anterior, porque me parece que habría que afinar la indicación señalada por el Diputado señor Jürgensen y hacerla compatible con el texto de lo que en los próximos días será la ley sobre derechos del consumidor.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Arancibia.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente, quiero destacar la importancia de la iniciativa que tiende a corregir una serie de situaciones que impiden que este derecho de prepago sea efectivo y nominal, de acuerdo con la ley Nº 18.010.
En verdad, se han presentado diversas mociones para impedir que los deudores queden menoscabados frente al acreedor, de acuerdo con las normativas vigentes. Desgraciadamente, hasta ahora, no ha sido posible tramitarlas; pero no cabe duda de que la indicación se presenta en el momento oportuno para enfrentar una situación que a todos nos preocupa; por algo la Comisión de Hacienda la aprobó por unanimidad.
Sin embargo, el artículo transitorio que complementa esta disposición resulta un tanto inexplicable. Primero, porque no agrega nada, es una norma vigente que dispone que los contratos se regirán por la legislación existente al momento de su celebración, hasta que expiren.
En segundo lugar, me parece que la redacción no es del todo feliz, y sugeriría otra más apropiada, más clara. Sugiero a la Sala la siguiente redacción, que me parece más apropiada, clara y simple. “Las obligaciones contraídas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley continuarán rigiéndose por las normas en vigor al momento en que éstas nacieron y hasta su total extinción.”
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , para no alargar más el debate, sólo deseo señalar que comparto la indicación del Ejecutivo y me sumo a lo que acaba de señalar el Diputado señor Arancibia. En verdad, el artículo transitorio propuesto carece de toda lógica, es inentendible y no tiene sentido alguno aprobarlo, ya que la indicación Nº 1 tiene por finalidad reemplazar todo el artículo 10; por lo tanto, ninguna de sus partes queda sin modificar.
Deberíamos aceptar la proposición del Diputado señor Arancibia , pues recoge el espíritu de lo que se pretende con el artículo transitorio nuevo.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
La Mesa también considera que la redacción del artículo transitorio -lo consulté con el Superintendente de Bancos - no es adecuada. Preparamos un nuevo texto, pero me parece que el sugerido por el Diputado señor Arancibia es suficientemente claro.
Creo que podría haber acuerdo en la Sala para que el artículo transitorio propuesto por el Ejecutivo señale lo siguiente: “Las obligaciones contraídas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley continuarán rigiéndose por las normas en vigor al momento en que éstas nacieron -en vez de “nacieron”, quizás “se contrajeron”- y hasta su extinción.”
¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar la indicación del Ejecutivo al artículo 10 y esta variante del artículo transitorio?
Aprobadas.
En discusión el Nº 2 del artículo 2º, que se refiere a la información a las casas comerciales.
Se encuentran inscritos los Diputados señores Montes, señora Rebolledo, señores Makluf, Orpis, Arancibia, Tuma, Ortiz, Jocelyn-Holt, Elgueta, Longueira, García, don José, y Sabag.
Como es notorio que de aquí a las 13,30 horas será difícil que todos ellos alcancen a intervenir, propongo, para no continuar mañana con este debate, prolongar el Orden del Día y utilizar el tiempo destinado a los proyectos de acuerdo, u otorgar algunos minutos a los señores Diputados para su discurso.
El señor LONGUEIRA.-
Pido la palabra para plantear un procedimiento.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , para no postergar más la tramitación del proyecto que contiene normas muy importantes para el sistema financiero, y como el tema ya ha sido objeto de largos debates en los medios de comunicación, sugiero que los parlamentarios que deseamos hablar nos circunscribamos a un tiempo máximo, a lo mejor, cinco minutos cada uno, con el objeto de despacharlo hoy.
En verdad, como se trata de un tema importante, sería conveniente recoger las opiniones de las distintas bancadas y despachar la iniciativa ojalá en esta sesión.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se otorgarán cinco minutos a los señores Diputados para hablar sobre esta materia.
Acordado.
Quedaría pendiente el artículo 3º transitorio, en el cual -según me han expresado- no hay acuerdo unánime para modificar el texto. Es un tema que debemos resolver posteriormente.
Tiene la palabra el Diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , por primera vez vamos a abordar el tema del endeudamiento y es difícil hacerlo en sólo 5 minutos.
Creo que cuando una economía crece aceleradamente enfrenta grandes ventajas, pero también problemas nuevos, que es difícil abordarlos si no tenemos otras experiencias que nos sirvan para orientarnos ni enfoques teóricos muy claros sobre la materia.
Se generan grandes ventajas por el crecimiento en el consumo, en la base productiva y en la superación de la pobreza, pero también problemas, entre los cuales están las desigualdades, el gran endeudamiento, el deterioro del medio ambiente, la corrupción en el sector privado, como muy bien lo indica El Mercurio el domingo, a propósito del caso Isacruz.
El ritmo de crecimiento del endeudamiento por consumo se está convirtiendo en un problema nacional que requiere de discusión y de medidas. No voy a dar todos los antecedentes, pero ya estamos con 1.65 billones de endeudamiento, 80 por ciento de los cuales corresponde al sector financiero y 20 a casas comerciales. En los bancos tenemos 1 millón 700 mil hogares y en las casas comerciales 1 millón 300 mil.
Habría sido interesante analizar la materia por quintiles, porque el quinto quintil tiene un porcentaje que se va expandiendo al tramo de los hogares de 120 mil pesos mensuales promedio. O sea, en el primero y segundo quintiles el endeudamiento va aumentando muy rápidamente.
Hoy el sobreendeudamiento no se ha producido con impactos macroeconómicos, sino que se trata de un problema fundamentalmente de la familia, pero la experiencia mexicana señala que el tema hay que analizarlo y solucionarlo a tiempo. Antes del “tequilazo”, entre 1991 y 1994, los mexicanos crecieron 15 veces en su endeudamiento y, en el mismo período, aumentaron las tarjetas de crédito de 2.5 millones a 18 millones.
En este proyecto se plantea una medida muy precisa: consolidar la información. Se trata de contar con buena información para anticipar problemas y evaluar periódicamente la solidez del sector financiero. O sea, un crecimiento sano del endeudamiento.
También interesa un crecimiento sustentable del endeudamiento. O sea, que se sepa cuánto deben las personas para que aquellos que tomen decisiones puedan autorregularse con razones fundadas.
Sobre la materia, haré tres comentarios.
En primer lugar, la medida es muy positiva. La consolidación de la información permite tomar decisiones más fundadas. Hay que incorporar gradualmente al sistema, además de los bancos y financieras, a las casas comerciales, como dice el proyecto, partiendo probablemente con las más grandes.
Sería muy importante incorporar también a las cajas de compensación, a las instituciones de crédito hipotecario y al Serviu, porque el sistema otorgaría una visión mucho más completa de los niveles de endeudamiento de las personas.
También hay que perfeccionar el sistema de presentación de la información negativa, tanto de la morosidad como los castigos y todo su tratamiento.
Como digo, la medida es importante para la política económica, para las decisiones de los agentes económicos y pone un cierto límite a los deudores. Pero no basta por sí sola, porque será absolutamente insuficiente. Probablemente, pueda hasta tener el efecto práctico inverso del que se busca. Disponer de información consolidada puede terminar estimulando la competencia por ofrecer créditos a otras personas.
En concreto, los bancos hoy no cuentan con la información de las casas comerciales y tienen interés en expandirse en estos segmentos del mercado. Por eso, la medida puede desatar una fuerte disputa, al extremo de que cada persona empiece a recibir muchas ofertas de créditos en muy buenas condiciones, pero no necesariamente a tasas más bajas. A mayor información puede haber mayor presión, mayor endeudamiento y también mayor morosidad. Entonces, es muy importante que haya competencia, pero que estimule la baja de los intereses.
Esta medida sola no es suficiente. Se requieren otras que pueden ser mucho más o tan importantes como ésta. Por ejemplo, que la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras cumpla plenamente su responsabilidad de controlar y exigir transparencia en el costo del crédito, porque una parte relevante del actual endeudamiento no es por consumo, sino por créditos muy caros tanto de los bancos y financieras como de las casas comerciales. Tenemos estudios que indican que las financieras Atlas y Condell cobran más de un 7 por ciento mensual, al igual que “La Polar” e “Hites”, en el caso de las casas comerciales. Más de un 30 por ciento de la masa de créditos tiene que ver con su costo.
Creemos que la idea es aplicar la tasa de interés máxima convencional al costo total del crédito, tanto en las casas comerciales como en las tasas de interés. Hay que controlar especialmente a las financieras, porque hoy, con mucha agresividad, invaden los hogares y hacen ofertas muy atractivas -incluido “Homecenter” en caso de las casas comerciales- para comprometer a las personas.
En segundo lugar, es importante como medida, promover la creación de estímulos al ahorro. No podemos vivir una cultura de puro endeudamiento. Existe en vivienda y podría existir también en educación, como se planteó con los bonos de Tesorería -un viejo proyecto que por ahí descansa- para que las personas ahorren para la educación y otros bienes durables.
En este nivel de endeudamiento es particularmente importante que el Gobierno elabore programas de educación a los consumidores para que las personas sepan lo que significa endeudarse. Muchas piden créditos, pero no saben en lo que se están metiendo ni lo que significa un costo del 7 por ciento.
Finalmente, se debe tener en cuenta que la base de datos que han llegado a tener las casas comerciales no sea manejada inapropiadamente. No tengo tiempo para referirme a este punto, pero considero muy importante que ellas no tengan acceso al conjunto de la información para que no sea usada inadecuadamente. Esta también es tarea de la Superintendencia.
Reitero que el endeudamiento de la familia chilena es un problema nacional, económico, familiar, social y también cultural.
Esta medida es importante -por eso la apoyamos- pero si no se articula con otras, no va a tener el efecto práctico que se busca: la autorregulación de los agentes respecto de los niveles de endeudamiento.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Rebolledo.
La señora REBOLLEDO.-
Señor Presidente , el creciente endeudamiento en créditos de consumo es hoy un preocupante problema social y económico. Esta situación afecta a cientos de miles de familias de bajos y medios ingresos que no tienen una cultura de crédito ni hábitos de ahorro, ni tampoco una información adecuada para evaluar sus decisiones, lo que está afectando sensiblemente su calidad de vida.
Un estudio reciente realizado por estudiantes de la Universidad de Chile señala que una persona tipo que solicita crédito tanto al sistema financiero como a las casas comerciales, sin falsear información respecto de sus ingresos y deudas, podría llegar a endeudarse cerca de veinte veces su ingreso mensual y aproximadamente diez veces en cada segmento.
De los antecedentes disponibles para el sector bancario se puede constatar la presencia de casos en que los niveles de endeudamiento son de 10 o más veces el ingreso del deudor. De las casas comerciales no se dispone tal información. El sobreendeudamiento estaría afectando, principalmente, a los estratos socioeconómicos de menores ingresos. Si el endeudamiento afectara al 10 por ciento de los deudores de consumo de bancos, estaríamos hablando de 170 mil personas. Y si pensamos que dichos deudores son jefes de hogar, estamos hablando de 680 mil personas comprometidas con el problema del sobreendeudamiento.
Las estadísticas de las casas comerciales no están disponibles, lo que constituye una restricción para los efectos de una visión global del crédito a las personas. Se estima que las deudas de consumo, asociadas a casas comerciales, representa un poco más del 20 por ciento de las deudas de consumo de la banca y cerca de un 60 por ciento respecto de las financieras, con un total de 2 millones de deudores en las principales casas comerciales.
Los niveles de endeudamiento más allá de lo razonable tienen efectos nocivos en las conductas de las personas, situación que en la medida en que se extienda a un mayor número de casos puede llegar a ser un fenómeno social con incidencias graves, incluso macroeconómicas. Estos problemas podrían verse agravados ante shocks incluso menores en materia económica.
En la Comisión de Hacienda, los Diputados felicitamos al Gobierno por haber enviado esta indicación, primer paso que permitirá consolidar información respecto del endeudamiento por consumo, resguardando la privacidad de la información y a las personas cuando ella sea entregada en forma incorrecta.
Esto apunta a que quienes hoy otorgan créditos, sea con fondos propios o con recursos de terceros, como es el caso del sector financiero, puedan hacerlo evaluando correctamente el riesgo de los créditos involucrados.
Además, hoy existe correlación en el riesgo. Las personas se endeudan en uno u en otro sector, o en ambos. Por lo tanto, un excesivo endeudamiento en el sector comercial afecta también al financiero y a los seguros estatales implícitos.
A mi juicio, es lógico que el Estado se preocupe de este tema, por cuanto cada vez que hay alguna dificultad, ya sea social o económica, siempre existe un seguro implícito, a través de los créditos hipotecarios o del seguro limitado para los depósitos bancarios. Entonces, el Estado debe rescatar, de alguna forma, a las personas involucradas o que sufren las consecuencias de crisis por sobreendeudamiento.
Por lo tanto, es sumamente importante adoptar algunas medidas para que estos créditos sean otorgados en forma responsable. Además, es necesario complementarlas con otras, como lo ha dicho el Diputado señor Montes.
Es fundamental entender que la principal responsabilidad es de la gente. En consecuencia, la educación al consumidor en esta materia debe ser una labor central del Gobierno. Asimismo, la Superintendencia de Bancos debe fiscalizar para que, por un lado, haya transparencia en la información -hoy no la hay en el caso de las financieras- y, por otro, para que este sector, que está bajo la supervisión de la Superintendencia, adopte criterios razonables y prudentes para otorgar estos créditos.
La información que he entregado con anterioridad nos indica que no se está actuando con la prudencia necesaria. Por lo tanto, es importante que se establezcan criterios, ingresos, deudas, plazos menores para castigar esas deudas y otras medidas de fiscalización.
Me parece muy importante que, además de los programas de educación al consumidor, se estudien incentivos al ahorro, a fin de empezar, entre todos, a cambiar esta cultura de endeudamiento excesivo, fenómeno nuevo con el que no hemos aprendido a vivir.
La indicación del Gobierno me parece importante. Es el primer paso para tratar, como corresponde, el problema del endeudamiento por consumo. Por esa razón, la apoyaré.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Makluf.
El señor MAKLUF.-
Señor Presidente , con el propósito de incorporar al proyecto normas de autorregulación del sistema bancario, es evidente la necesidad de fortalecer el rol de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, con un acentuado énfasis en la evaluación de los procedimientos de gestión de los bancos y demás instituciones financieras sujetos a su regulación, y de ésa, su capacidad para obtener información sobre el endeudamiento.
Con ese propósito, se propone introducir algunas modificaciones al decreto ley Nº 1.097, de 1975, ley orgánica de la Su-perintendencia, especialmente en sus artículos 2º, 13 bis, 15 y 18 bis, nuevo.
En particular, nos interesan los cuatro incisos nuevos que se agregan al artículo 13 bis, relacionados con el tema de la información. Se trata de una normativa incorporada en el marco del debate sobre el tema del endeudamiento comercial.
Este proyecto de ley obliga a las casas comerciales a informar a la Superintendencia de Bancos sobre la nómina de sus deudores, saldos de sus obligaciones y créditos otorgados. De esta manera, se podrá contar no sólo con información de la situación de los clientes de bancos e instituciones financieras, sino también con la de los establecimientos de comercio, lo que posibilitará que los distintos agentes financieros, incluidas las casas comerciales, tomen decisiones más acertadas en materia de endeudamiento de las personas.
Esta disposición se fundamenta en la información estadística disponible, que revela que el crédito otorgado por las casas comerciales alcanzaba, en diciembre de 1994, a un monto algo superior a los 200 mil millones de pesos, cifra cercana al 22 por ciento de los créditos del sector bancario y tarjetas de crédito, cuyo número supera los 3 millones, contra el millón y medio de tarjetas de crédito del sistema bancario, con un promedio de endeudamiento de 70 mil pesos por cada tarjeta.
Por otra parte, no se dispone de cifras completas en cuanto a la evolución de los créditos de las casas comerciales, pero antecedentes contables indican que entre los años 1993 y 1994 habrían crecido en un 13 por ciento real, lo que es indicativo de que estarían en un proceso de expansión significativo y preocupante para nuestra economía.
De acuerdo con el artículo propuesto, la Superintendencia, mediante una norma de carácter general y de acuerdo con el número de clientes, determinará qué casas comerciales estarán obligadas a proporcionar información y la forma en que la entregarán, la cual estará limitada al ámbito de su aplicación, porque tales antecedentes sólo se darán a conocer a los bancos, a sus filiales y a las casas comerciales que estén obligadas a entregar información sobre las deudas de sus clientes.
Asimismo, la norma establece dos tipos de resguardo para evitar que las informaciones comerciales que proporcione la Superintendencia a los bancos, sociedades financieras, establecimientos de comercio y entidades que otorguen créditos para la adquisición de bienes, sean reveladas a terceros. Por ello, se sancionará penalmente a los directores, gerentes y funcionarios de las entidades obligadas a proporcionar esa información que den a conocer su contenido a terceros o la utilicen en provecho propio. Se les aplicará la pena de reclusión menor en su grado mínimo, la que, si bien es de poca monta, revela el interés de los colegisladores de resguardar como bien jurídico la reserva de tales informaciones, dada su importancia para los deudores.
Por su parte, los deudores de las entidades bancarias o comerciales podrán solicitar a la Superintendencia de Bancos el conocimiento de la información disponible sobre ellos, y tendrán derecho a rectificar, aclarar o actualizar aquellos datos que sean inexactos, incompletos, equívocos o atrasados.
Compartiendo el criterio de que esta norma no solucionará en forma clara el problema del endeudamiento comercial en nuestro país y de que deben estudiarse otras medidas y situaciones, creo que la Cámara debe apoyarla, de manera que la información disponible en la Superintendencia pueda servir a los distintos agentes del sistema financiero para la toma de decisiones correctas.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , durante el debate de este artículo se ha analizado el tema del endeudamiento, pero desde mi punto de vista esta disposición tiene otra consecuencia, y antes de entrar a fundamentarla, quiero advertir que me parece, como precedente, tremendamente peligroso lo que se está legislando hoy día.
Hay gran diferencia entre la información que deben proporcionar las instituciones financieras y la de las casas comerciales, y ahí radica el fundamento por el cual las primeras tienen que entregar esa información. La gran diferencia es que esas instituciones administran dineros de terceros, y las casas comerciales, su patrimonio y dinero propios. Y cuando se administra dinero de terceros y hay un seguro estatal de por medio, se justifica que quienes toman la decisión de prestarlo, de hacer colocaciones, tomen los resguardos necesarios, porque hay un problema de bien común. El caso de las casas comerciales es distinto, porque es parte de la autonomía de la voluntad que el dueño del capital determine a quién le presta, a quién no, y en qué condiciones lo hace. Por lo tanto, no me parece que la información de la morosidad deba entregarse a una tercera entidad.
Con este argumento del endeudamiento y el precedente que hoy estamos fijando en esta Sala, el día de mañana se puede determinar que una actividad cualquiera que realice un privado tiene también altos niveles de endeudamiento, lo cual irá generando una cadena en la que, al final, el Estado, a través de la Superintendencia respectiva, se incorporará en la esfera de la actividad privada y de los particulares. Por lo tanto, este tema no es menor, sino de principios, y no deberíamos aceptarlo desde ningún punto de vista. Creo que no hay un problema de bien común incorporado en la temática que estamos discutiendo.
Para mí, la materia de principios que acabo de señalar es fundamental para oponerme a este articulado. Tiene otras aristas, como son el derecho de propiedad sobre la cartera de clientes, etcétera, pero, reitero, me parece básico el tema de principios.
Estimo peligroso que el Parlamento esté estableciendo, como precedente, que a personas que arriesgan su propio capital se les imponga la obligación de entregar información a terceras personas y, en particular, al Estado. Creo que es una interferencia indebida que está ejerciendo el Estado sobre la actividad de los privados.
En segundo lugar, se considera que esta medida tiene por objeto bajar el endeudamiento. Yo pienso que, al revés, puede aumentarlo. Con la lista de morosidad que entreguen las casas comerciales, y al estar esta información a disposición de terceros, las instituciones financieras, eventualmente, pueden decir: “Estamos en presencia de un deudor que tiene tal cantidad de créditos con las casas comerciales. ¿Por qué no lo hacemos cliente nuestro, le consolidamos la deuda y le arreglamos el problema?” En esa forma, se estaría traspasando una cartera de clientes que, muchas veces, cuesta años conseguirla.
No veo ningún beneficio en esta disposición, que, a mi juicio, constituye un atentado contra la autonomía de la voluntad y el derecho de propiedad.
Por estas razones, por principio, me opongo a este artículo.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Teodoro Ribera.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente , quiero plantear mi visión y mis dudas sobre este artículo desde el punto de vista jurídico. Los Diputados que me han antecedido en el uso de la palabra se han preguntado si con este precepto se logrará o no la finalidad que se persigue.
Tengo dudas sobre en qué medida el artículo que se está consagrando viola el derecho de propiedad y, además, el respeto que el Estado y sus legisladores les deben a los individuos.
Evidentemente, constituir una base de datos con nombres de personas, de profesiones y de trayectorias económicas es una materia de un alto valor comercial. Recordamos que hace poco, en una gran tienda, hubo hurto de información sobre mucha cantidad de dinero, para transferirla a otra tienda. Lo señalado demuestra que esto tiene en el mercado un alto valor comercial.
Por eso, probar la teoría de obligar por ley a una compañía que se ha demorado muchos años en estructurar su base de datos a transformarla en un bien colectivo de uso público, no es un asunto menor. Por el contrario,...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente , el tema que vamos a plantear es de fondo. Creo que la discusión económica es colateral a si el artículo es o no inconstitucional.
Le pediría al señor Arancibia que escuchara...
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , le ruego dirigirse a la Mesa. Naturalmente, hay parte de los colegas que están interesados y lo escuchan atentamente.
Puede continuar Su Señoría.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, tengo serias dudas, pues estimo que el artículo viola disposiciones constitucionales. Por ejemplo, viola el derecho de propiedad sobre base de datos -lo cual no es un asunto menor-, de entidades privadas que prestan servicios, como es el caso de las tiendas comerciales.
La estructuración de la misma con nombres, apellidos, direcciones, Rut, miembros de la familia y antecedentes comerciales, para habilitar la venta, no es un asunto menor; y obligar a las personas a entregar estos antecedentes sin indemnización alguna implica, de una u otra manera, limitar la propiedad en términos tales que pierde su verdadero objetivo. Para las compañías, esa obligación implicará un daño o reducción de su patrimonio y tener que compartir ventajas importantes que habían logrado en el mercado.
Por eso, sostengo que el artículo que se propone viola el derecho de propiedad y se acerca en forma peligrosa al tema de la dignidad de las personas.
¿Cuál es el fundamento real de esta disposición? Se ha sostenido que un gran segmento de la población tiene una tremenda cantidad de deudas y que es aconsejable rebajarlas. Pero, ¿es el legislador o el Ejecutivo quien debe decidir, por sí y ante sí, el monto en que una familia chilena debe endeudarse? ¿Nosotros debemos decir a los individuos si se pueden o no endeudar, o nuestra obligación radica, más bien, en crear las condiciones de mercado para que exista transparencia y quienes piden créditos sepan cuánto deberán pagar?
Hoy hemos avanzado en un tema que considero tremendamente peligroso, pues los legisladores nos hemos atribuido el derecho de decir a una familia si se puede o no endeudar. Ésta parece ser la filosofía que está detrás de esta norma. Y así como hoy señalamos lo que una persona se puede endeudar, mañana otros determinarán qué bienes son suntuarios y cuáles no, de forma tal que las familias de escasos recursos tendrán acceso a la adquisición de algunos bienes, y a otros, no. Por ejemplo, ¿es suntuario para una familia humilde que tenga un televisor a color? Eso se sostuvo en el pasado, y con este artículo, de una u otra manera, queremos manejar el destino de los chilenos.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Señor Diputado , terminaron sus cinco minutos. Le ruego redondear la idea.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente , no sólo tengo reservas respecto del derecho de propiedad, sino también en cuanto al tema de la dignidad de las personas.
El Estado no tiene derecho a conocer, salvo que sea estrictamente necesario, las actividades comerciales, las conductas y los hábitos de los chilenos. Con el manejo de la información de las operaciones comerciales, el Estado se adentra en un campo que, a mi juicio, le está vedado.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Armando Arancibia.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente , esta disposición no persigue ninguno de los objetivos señalados por el Diputado señor Ribera. Lo único que propone es entregar una información que hoy las instituciones bancarias y financieras están obligadas a proporcionar a la Superintendencia. Aquí no hay vulneración de bases de datos o de seudo información acumulada por las casas comerciales, porque lo único que se entrega a la institución fiscalizadora -no se trata de fiscalizar a las casas comerciales, sino de recopilar información- es el nombre del deudor, su Rut y el monto de la deuda. No se incorpora ningún otro elemento que normalmente contiene una base de datos, como el monto de los ingresos, lugar de trabajo, domicilio, posibles avales, etcétera. Es decir, se entrega una información pública, disponible en el Registro Electoral y en muchas otras fuentes, con el objeto de ampliar o completar un mecanismo para mantenerla informada y evitar los colapsos que pudieran producirse por sobreendeudamiento en un momento determinado.
Además, la disposición no persigue discriminar el tipo de bienes de consumo en suntuarios o no suntuarios, pues está muy lejos de orientar las decisiones de gastos. Es más, nadie está en contra de que las familias accedan, por medio del crédito, a bienes que, de otra forma, les costaría mucho adquirir. La idea es que se haga sobre bases sanas y con transparencia, de modo que los que otorgan crédito conozcan la situación en que se encuentran los distintos deudores.
Daré una sola información: entre 1990 y 1995 el aumento anual de los créditos de consumo fue, en promedio, de 34 por ciento. Una deuda promedio en 1990, en moneda de 1995, era de 436 mil pesos; hoy, ascendió a 760 mil pesos, lo que arroja un aumento de 75 por ciento. Además, esta deuda no se distribuye de manera simétrica: son los segmentos medios y bajos los que representan el 96 por ciento de los hogares con deuda y el 90 por ciento de los créditos de casas comerciales.
Aquí no se trata de impedir ni de restringir el crédito, sino sólo de mantener actualizada una información para transmitirla a lo largo del sistema y evitar que, en ciertos casos, se otorgue crédito a personas que están sobreendeudadas.
Nadie puede decir que el sobreendeudamiento sea un problema generalizado, pero hay un sector de la comunidad nacional que, a raíz de la agresiva competencia de las distintas casas comerciales, tiende a contraer una deuda mayor de la que puede servir, entrando en una espiral que le impedirá cumplir con todos los compromisos contraídos y que puede generar, en algún momento, una perturbación.
No puedo olvidar cuando en los 80 se decía: no importa que los bancos se endeuden, no importa que las personas se endeuden, no importa que el país se endeude. Todos sabemos lo que pasó en 1982 y 1983 y cómo hubo que pagar esa deuda generalizada, con una política de ajuste macroeconómico extremadamente severa. Ahora se trata de prevenir, de evitar que la enfermedad se declare, a través de la información y no de orientar las decisiones de las personas.
Por lo demás, el argumento dado en el sentido de que sólo el 20 por ciento de la deuda de consumo se mantiene con las casas comerciales, como lo dijo el Diputado señor Montes, es en términos de valores; pero si lo tomamos en cuanto a deudores y consideramos que quienes tienen deudas comerciales son los de menores ingresos, deben mitad y mitad al sistema financiero y a las casas comerciales.
No cuento con más tiempo para extenderme en otros argumentos, pero quiero decir que esta norma protege la privacidad de las personas, quienes pueden acceder a la información y corregir los errores.
La lista de deudores, como se ha dicho, existe dentro de ciertas normas, como ocurre con las instituciones bancarias y financieras y, además, hay un deber de reserva y de privacidad que está suficientemente cautelado.
Por lo tanto, se trata de preservar el bien común, evitar que por problemas de información haya familias que se endeuden más allá de su capacidad de pago y prevenir situaciones que nadie quiere que se repitan en Chile.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , hemos escuchado con mucha calma los argumentos de los colegas parlamentarios que están en contra de la indicación que presentó un grupo de Diputados de la Concertación.
Quiero recordar que las autoridades económicas de los dos gobiernos de la Concertación hicieron un gran esfuerzo para que el sector privado adoptara un sistema de autorregulación en este tema. Lamentablemente, después de bastantes años, no se puso de acuerdo.
No estoy en contra del sector privado, pero parece que algunos viven sólo en función de sus utilidades. Presentamos la indicación con el objeto de prevenir situaciones más difíciles y complicadas que las que están viviendo especialmente 1 millón 300 mil hogares chilenos. Ella apunta a la prudencia, la transparencia, la seguridad y la privacidad de los informes.
Aquí se tocó el tema de la compra de un televisor. Nadie está negando el acceso a un televisor o a un mayor confort, pero ¿se han puesto a pensar, colegas, lo que significan la publicidad y el marketing, que al final lo pagan exclusivamente estos clientes? ¿Se han puesto a pensar en los intereses usurarios de ciertas cadenas comerciales, algunas de las cuales cobran un 5,27 por ciento mensual?
Estamos tratando de ser previsores. Ese es el fundamento de la indicación mediante la cual algunos parlamentarios de la Concertación solicitamos que se legisle en razón y en función de tasas de interés legítimas, lícitas y lógicas en estas casas comerciales. También queremos poner una luz amarilla respecto de las oficinas de cobranza. Cuando se deja de pagar un crédito de 20 mil o 25 mil pesos por dos meses, estas famosas “oficinas de cobranza” prácticamente piden el doble de lo que se debe, y se entra en una espiral en que los hogares deudores no tienen ninguna posibilidad de pagar.
Me gustaría que se aprobara la indicación con una alta votación, con el fin abrir un camino para que el crédito crezca sanamente y el endeudamiento sea sustentable, y así anteponernos a situaciones que pueden resultar difíciles, tal como lo dijo el colega señor Arancibia al recordar la crisis financiera de 1982, en que pagó “Moya”, es decir, todos los chilenos. Es cosa de analizar la situación para darse cuenta de que puede repetirse.
Soy partidario de la indicación, y así quedó reflejado en la Comisión de Hacienda, pues los seis parlamentarios de la Concertación la aprobamos y los de Oposición la rechazaron, lo cual está fijando una línea y aclarando los diferentes enfoques respecto de la economía. Nuestra apreciación respecto de estas situaciones es que hacen muchísimo más ricos a los que ya lo son y estrujan al máximo a la gente de bajos y medianos ingresos, al colocar a su alcance libros y revistas con publicidad en el más exquisito sistema offset, los que en definitiva pagan los mismos deudores, a través de las tasas de interés.
Estoy convencido de que debemos aprobar la indicación, porque es el comienzo para abordar las dos situaciones que acabo de señalar.
Además, es falso, de falsedad absoluta, que no se proteja la privacidad y el buen nombre de las personas. Dentro de la normativa se incorpora el sistema de información a las casas comerciales y entidades que otorgan crédito para el financiamiento de las compras a plazo.
Recuerdo que hoy existe un sistema consolidado de información de todos los bancos e instituciones financieras sobre los montos y saldos de las deudas de consumo. Ahora damos la posibilidad de que la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras tenga toda la información cruzada para que los grandes resultados macroeconómicos de los que nos enorgullecemos sean también significativos en la parte micro, en especial en los sectores de bajos ingresos.
Me alegro muchísimo de ser uno de los seis Diputados de la Concertación que presentamos la indicación y de haberla aprobado con nuestros votos en la Comisión de Hacienda.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , comparto la preocupación del Gobierno por los crecientes niveles de endeudamiento que afectan a la población y, al igual que el Ejecutivo , estimo necesario resguardar la transparencia de las operaciones de crédito. Por ello, entiendo los fundamentos de la indicación que presentó al N°2 del artículo 2° del proyecto y que modifica el artículo 13° bis, del decreto ley 1.097, de 1975, cuyo objetivo es recoger, sistematizar y divulgar la información comercial de los deudores.
Sin embargo, no puedo respaldar esta iniciativa a pesar de su acertada y necesaria finalidad, pues la forma en que ha sido concebida, a mi juicio, viola el derecho al respeto y protección de la vida privada de las personas y a la reserva de su información financiera y económica.
Esta norma violenta una garantía constitucional básica de los ciudadanos, puesto que sus antecedentes comerciales, particularmente su nivel de endeudamiento, se transformarían, sin su consentimiento, en una información de uso general para las instituciones financieras o comerciales.
Más de 4 millones de personas serían afectadas con esta medida, toda vez que 3 millones 900 mil deudores de casas comerciales y 1 millón 700 mil del sistema financiero quedarían expuestas a que sus acreedores dispongan de toda su información comercial.
Sin la autorización de los clientes, por el solo hecho de comprar a crédito, una tienda podrá enterarse de todos los compromisos financieros de las personas, lo que deja a los deudores, e incluso a quienes no tengan morosidad alguna, en una mayor precariedad que los sancionados por los tribunales de justicia, ya que sus condenas se manejan de manera reservada.
Nuestra legislación protege el secreto de la información financiera de las personas a través del secreto bancario, y no existe razón alguna para no resguardar del mismo modo el secreto comercial respecto de sus deudas.
Es deber del Estado regular la obtención y utilización de estos antecedentes y velar por los principios de acceso, exactitud, seguridad, no discriminación y rectificación de los datos.
Reitero, comparto la preocupación de la autoridad de exigir y lograr una mayor transparencia en la información de los sujetos de crédito y la necesidad de crear una base de datos consolidada sobre el endeudamiento de las personas para dotar a los agentes de créditos de la información necesaria que permita evaluar la capacidad de pago y endeudamiento de sus clientes, pero no podemos lograrlo sacrificando los derechos a la privacidad de las personas amparados en la Constitución.
Debemos compatibilizar los principios de transparencia en el mercado y resguardo a la información privada. Estimo que son los solicitantes de un crédito a las instituciones financieras quienes deben autorizar el acceso a esa información comercial.
La autoridad debe hacerse cargo de la modernización de las normativas que regulan la creación y el uso de base de datos financieros o comerciales, las que deberían ser reguladas por una ley especial que delegue la facultad de recopilar y administrar esta información en un organismo autónomo de los entes comerciales y financieros.
Por tanto, debemos establecer un mecanismo que permita a los usuarios acceder a sus propios antecedentes, rectificarlos, actualizarlos, excluir aquéllos que sean mantenidos sin su autorización y contar con las herramientas legales necesarias para perseguir las responsabilidades y reparaciones en caso de ser afectados por el uso negligente o malicioso de la información comercial.
En este sentido, los ciudadanos tienen el legítimo derecho de formularse las siguientes preguntas:
1. ¿Qué criterios se utilizarán para seleccionar a las entidades que participarán en el sistema?
2. ¿Qué establecimientos de comercio estarán afectos y cuáles serán excluidos?
3. ¿Cómo se va a fiscalizar que alguna entidad financiera o comercial solicite indebidamente información de personas que no forman parte de su nómina de clientes?
4. ¿Cómo se protegen los derechos de quienes se vean afectados o impedidos de acceder a bienes y servicios o financiamiento por el uso negligente de la información, o a causa de un error o por la indebida actualización de los datos?
5. ¿Cómo se garantiza que los clientes de estas entidades en las regiones puedan demandar la rectificación de los datos o reclamar por los posibles perjuicios que les afecten si la Superintendencia no dispone de cobertura nacional?
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Diputado señor Tuma, le ruego redondear sus ideas, pues está terminando su tiempo de cinco minutos.
El señor TUMA.-
En seguida termino.
6. ¿Qué instancias judiciales y mediante qué procedimientos los clientes accederán a reparaciones cuando se infrinjan sus derechos y se les ocasionen daños?
7. ¿Cuáles son las responsabilidades de reparación de las entidades que otorgan la información de la Superintendencia?
8. ¿Por qué se ha optado por otorgar a la Superintendencia la responsabilidad de la administración de esta información, cuando no ha sido eficaz en proteger los intereses, por ejemplo, de los cuentacorrentistas en relación con las retenciones más allá de los días necesarios respecto de los cheques depositados fuera de plaza?
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Señor Diputado , le reitero que su tiempo terminó.
El señor TUMA.-
En seguida termino.
Señor Presidente, en el lugar noveno de la tabla aparece un proyecto que protege el uso de la información referida a datos personales. Por tanto, no me parece coherente ni adecuado aprobar hoy una norma que puede contradecir claramente los principios que pretende amparar dicha iniciativa, que representa un notable avance en la protección de los derechos ciudadanos.
En consecuencia, votaré en contra de esta indicación por considerar que la transparencia del mercado debe ser resguardada sin violar el derecho a la privacidad de los datos comerciales y financieros de las personas.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente , voy a votar en contra de esta indicación del Ejecutivo por las siguientes razones.
En primer lugar, porque uno de sus efectos sería una disminución de la oferta de créditos en determinadas casas comerciales.
Hoy existe un gran número de casas comerciales -no las de mayor envergadura ni las que tienen acceso a esas grandes campañas publicitarias- que al tener la obligación de informar sobre sus créditos a la Superintendencia de Bancos , no van a seguir otorgando créditos. En consecuencia, habrá perjuicio para los consumidores en beneficio de las instituciones financieras y de esas grandes casas comerciales a las que esta medida -pareciera ser- pretendiera perjudicar. Creo, como ya lo señalé, que a quien más perjudica es a los negocios medianos y pequeños que otorgan créditos con tasas de interés relativamente más bajas, que no seguirán otorgando créditos, lo que irá en perjuicio de sus consumidores. Incluso, la disminución de los oferentes de crédito podría significar un incremento en las tasas de interés de los créditos de consumo.
En segundo lugar, porque, a mi juicio, se puede producir un uso indebido de la información, particularmente de entidades financieras, las que van a disponer de información sobre endeudamiento, lo que las llevará a ofrecer crédito a los deudores de las casas comerciales.
Este punto lo graficó muy bien el Diputado señor Orpis en su intervención. Las financieras le dirán a un señor determinado: “Tenemos la información de que usted debe tanto. Nosotros le damos el crédito; hipoteque su casa. Le solucionamos su problema y, además, le entregamos plata para el bolsillo.” Con ello no se va a disminuir el endeudamiento, sino que aumentará. Eso ¡reconoz-cámoslo!, es una consecuencia que se va a producir.
En tercer lugar, porque el efecto final para controlar el nivel de endeudamiento no es tal. Más bien existirá un traslado de crédito desde las grandes casas comerciales -que desarrollan importantes campañas publicitarias- a las instituciones financieras, muchas de las cuales también cobran altas tasas de interés. Obviamente, cuanto más alto es el riesgo, más alta es la tasa de interés. No se inhiben de otorgar créditos -tengamos cuidado con eso-, los siguen otorgando, sólo que con mayor tasa de interés.
Finalmente, la inquietud del Diputado señor Ribera sobre la constitucionalidad de la indicación es plenamente válida. Deseo sumarme a ella y hacer expresa reserva de la constitucionalidad de esta norma, porque, a mi juicio, vulnera la garantía que respeta y protege la vida privada de las personas y de sus familias.
Lamento que se someta a votación una indicación como ésta. Quiero recordar que lo que se está debatiendo es un proyecto de ley que moderniza el sistema financiero y que busca internacionalizar nuestra banca. Lamento que, a última hora, se salga con una indicación de esta naturaleza, que no tiene absolutamente nada que ver con eso y que desvirtúa el propósito y el objetivo primordial de la iniciativa. Está bien que esto se discuta, pero debe figurar en un proyecto enteramente distinto, porque -repito- ese tema no tiene absolutamente nada que ver con la modernización ni con la internacionalización de la banca.
Reitero, por las razones que he señalado, votaré en contra esta indicación.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jocelyn-Holt.
El señor JOCELYN-HOLT.-
Señor Presidente, me referiré a varios puntos que se han tocado en esta Sala.
Más allá de cómo uno perciba el tema de los créditos de las casas comerciales, esta indicación no tiene por objeto regular el crédito de las casas comerciales. Si se acepta que el 20 por ciento de los créditos de consumo son otorgados fuera del sistema financiero, uno espera que por lo menos alguien reconozca en esta Sala -como lo ha dicho la Diputada señora Rebolledo - que esos créditos afectan la calificación de riesgo de las instituciones sujetas a la fiscalización del Estado. ¡Por lo menos, que lo reconozcan!, ya que a la hora de velar por los recursos públicos, la fe pública, la garantía estatal implícita y la situación vigente al momento de calificar el riesgo de un conjunto de personas, no se sabrá el nivel de endeudamiento por montos relevantes que ellas tienen fuera del sistema.
En segundo término, no creo que esta indicación vaya a disminuir el nivel de endeudamiento en créditos de consumo. Probablemente, eso no ocurrirá, porque las tasas de crecimiento de los créditos de consumo han sido más o menos constantes en los últimos cinco años. Es dable suponer que eso no va a cambiar; pero, por lo menos, uno tendrá la tranquilidad de que el endeudamiento que se producirá permitirá que los agentes que los otorguen -los cuales tendrán la plena libertad de hacerlo en las condiciones que quieran, y que las personas que deseen endeudarse lo harán en las condiciones que acepten- actuarán con márgenes más adecuados de seguridad y transparencia y que, por ende, tenderán a aumentar el nivel de endeudamiento de aquellas personas que tengan capacidad de pago y probablemente tenderá a contraerse el nivel de endeudamiento de las personas que están copadas, con el objeto de que los acreedores tengan una razonable duda de que no podrán recuperar su crédito.
En tercer término, quiero hacerme cargo del tema constitucional.
No sé por qué motivo, en algunas ocasiones tenemos discusiones bizantinas. En el fondo, algunos leen lo que quieren leer y no lo que dice una disposición. Cuando se desea esgrimir el patrimonio sobre una base de datos, se debe hablar de todos sus atributos y no de una parte de ellos. Cuando en un texto escrito se dice expresamente que, en la práctica, no se podrá llegar y dar información respecto del origen de la deuda, o de quién o quiénes son los acreedores específicos, ¿por qué no son capaces de reconocer que hay un giro o un cambio cuando se establece una base de datos refundida, sin distinción alguna, que afectará a los bancos, los cuales hoy tienen acceso ilimitado a las bases de datos, pero con esta indicación se les aplica una restricción progresiva, porque ya no podrán contar con la información sobre cualquier persona, sino sólo con la referida a sus clientes, lo que significa una limitación a la situación actual que tiene la banca? ¿Por qué no reconocen también que sólo va a poder conocerse el endeudamiento refundido y total sin saber de dónde viene?
¿De dónde eso de quitar un patrimonio cuyo propietario ni siquiera se sabe quién es, porque sus antecedentes van a llegar a una fuente común? Y aquí me hago cargo de la inquietud del Diputado señor José García. Efectivamente, pueden haber filtraciones; los avances tecnológicos permiten ese tipo de inquietudes.
En la práctica, la Cámara de Comercio ha negociado tres años con la Asociación de Bancos, precisamente, para garantizar plenamente la correcta utilización de la tecnología.
Pero, más allá de esa inquietud, objetivamente hablando, un millón 300 mil personas endeudadas en las casas comerciales no es una base de datos que sale de la noche a la mañana subrepticiamente para fines comerciales y no se nota.
Pido a los señores Diputados que lean la norma y, por lo menos, reconozcan que establece sanciones por mal uso de información privilegiada. Tal vez, la filtración de uno o dos nombres no se notará, pero de un millón 300 mil personas, para fines comerciales, supongo que sí y perfectamente puede aplicarse la normativa que tiene por objeto garantizar el respeto de la privacidad de las personas.
También pido que se reconozca que la indicación tiene el único objeto de garantizar la privacidad de las personas y restringir el acceso a la información, que no es pública.
El señor José García u otro Diputado que haya señalado preocupaciones de orden constitucional, por la privacidad de las personas, por qué no se preocupan del “peneca verde” ¿Por qué no se preocupan de Dicom? Sus datos son públicos. ¿Lo dispuso el legislador? El Diputado señor José García dijo hace un rato que al legislador no le corresponde definir qué datos son públicos.
Quienes expresan reservas de constitucionalidad deben convencerse de que su forma de argumentar carece de asidero, pues existe un conjunto de base de datos de orden privado que, en la práctica, administra información de terceros privados que, justamente, están en terreno de nadie. A nadie le importa que privados afecten a terceros que no merecen determinado trato.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero corregir una información del Diputado señor Ortiz sobre la indicación.
En la Comisión, yo me abstuve. Por lo tanto, no todos los parlamentarios de la Oposición votaron en contra de ella.
También quiero, de alguna forma, tratar de desdramatizar el artículo, porque la verdad es que no lo considero tan dramático.
En general, es importante que legislemos para que exista transparencia en la información del endeudamiento de los chilenos. Ese es el bien común que queremos preservar, para que el mercado sea lo más transparente y libre y, de alguna forma, que los agentes que actúan en él tengan la mejor información. Mientras mayor sea la buena información, el costo de los créditos será menor.
El tema no debiera haberse incorporado en este trámite del proyecto. Es una de las razones por las cuales me abstuve. Obviamente, debe abordarse en una legislación futura y otorgarse el tiempo suficiente para escuchar a todos los agentes involucrados.
Soy partidario de legislar en este sentido, pero me parece que no es el momento de abordar una materia tan relevante y que tanto ha interesado a los parlamentarios.
Es cierto que desde hace tres años el Ejecutivo , la Cámara de Comercio de Santiago y la Asociación de Bancos pretenden esta información -tienen legítimas razones y argumentos los parlamentarios que han hablado a favor y en contra-, pero debemos velar por su reserva, pues es capital importante de las casas comerciales.
En fin, la redacción propuesta puede provocar una serie de efectos difíciles de evaluar ahora. Es importante que los parlamentarios sepan que la indicación se introdujo en la Comisión de Hacienda y que debemos abordar el tema, pero no en un proyecto que contiene materias consensuadas y que todos queremos despachar lo más rápido posible.
En la Comisión ni siquiera tuvimos tiempo para escuchar a los representantes de las casas comerciales; sólo a la Asociación de Bancos. Está de más decir que ella quiere tener acceso a esa información, pero considero legítimos los argumentos a favor de que sea pública.
También fui partidario de que la Comisión estableciera un plazo para que el sector privado lo hiciera dentro de determinado plazo. Si no se respetaba, se facultaría a la Superintendencia.
La indicación puede tener un efecto peor que el señalado, en el sentido de que podría incentivar a muchos deudores actuales a acudir al mercado informal, que existe y es infinitamente usurero.
Por lo tanto, me gustaría que esta materia fuera legislada en un proyecto específico, que apunte a solucionar varios de los problemas planteados por algunos señores Diputados.
No está claro cuáles serían las casas comerciales. La Superintendencia puede decir ésta sí, ésta no. ¿Por qué no están los cementerios? En el caso de Isacruz, gran parte de las tumbas han sido vendidas a crédito. ¿Por qué no están las cooperativas de ahorro y préstamos, las casas comerciales que administran fondos de terceros, respecto de las cuales hemos legislado recientemente? ¿Por qué no están las casas comerciales que venden autos a crédito?
Reitero, la materia es muy relevante y mal puede incorporarse en un proyecto de ley cuyo motivo original -tal como lo señalé- es introducir modificaciones a la Ley General de Bancos y a normas relacionadas.
Me abstendré, al igual como lo hice en la Comisión de Hacienda, porque con mi abstención quiero representar que soy partidario de legislar sobre la materia, pero en forma adecuada, en un proyecto que envíe el Ejecutivo al Congreso y que los parlamentarios podamos perfeccionar, y no a través de una indicación que puede tener efectos muy contradictorios.
Me parece importante que la Cámara tenga la oportunidad de escuchar a representantes de casas comerciales y a los distintos agentes involucrados en la indicación.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Latorre.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente , es evidente que la indicación debió ser más discutida en la Cámara.
En primer lugar, quiero señalar algo que puede ser de forma, pero que es relevante. Por los temas que aborda, la indicación debió ser discutida en la Comisión de Economía; en ella debió tener lugar el proceso que echa de menos el Diputado señor Longueira , en el sentido de conocer la opinión de distintos sectores interesados.
Que me perdonen quienes la han defendido con fundamentos que creo válidos, pero la indicación me hace recordar el chiste de don Otto, que decidió vender el sofá porque descubrió que en él tenían lugar algunas infidelidades.
Con ella se puede generar la imagen pública de que el Parlamento está resolviendo un problema de miles de chilenos, pero no está siendo abordado como corresponde.
Quiero referirme a un punto que destacó el Diputado señor Carlos Montes. Según estudios realizados por Sernac, a diciembre de 1995, quince financieras cobraban los siguientes intereses mensuales: Atlas, 7.24 por ciento; Credichile, 6.04 por ciento; Conosur , 6.03 por ciento; Banefe, 5.56 por ciento; Crecer, 6.48 por ciento; Condell , 7.24 por ciento, en fin, omitiré el resto.
En las casas comerciales se vive una situación similar: el promedio del interés mensual tiene una diferencia de un 64 por ciento por sobre la tasa máxima convencional.
¿Cómo es posible que a los consumidores, a quienes permanentemente se incentiva el consumo como uno de los elementos que permite funcionar la economía de mercado, las financieras y casas comerciales les sigan cobrando tasas de interés que no tienen mecanismos de regulación ni de control, que, por distintas razones, el país pide a gritos?
Los estudios señalan que el efecto de esta situación sobre el endeudamiento de las personas es relevante. Más aún, dejan en evidencia que hay un incumplimiento reiterado de disposiciones legales destinadas a regular las operaciones de crédito, tanto en financieras como en casas comerciales.
En definitiva, tengo la impresión de que con la indicación se calificaría al consumidor. Por la vía de conocer su situación de endeudamiento, se limitaría su acceso a créditos bancarios y, eventualmente, de las casas comerciales, porque no se tiene la certeza de que esa información las inhiba de tenerlo como a uno de sus deudores. Para este sector financiero, que actúa con altas tasas, obviamente el negocio no está sólo en el consumo, sino en mantenerlo cazado como deudor, inevitablemente condenado a una relación permanente con él.
En consecuencia, si bien la indicación tiene un efecto indudable, en mi opinión, no apunta al problema de fondo, sino, simplemente, a resolverlo en parte. No cabe duda de que la venta del sofá puede servir de algo, pero el problema de fondo sigue vigente. Por eso, la indicación debió tener una discusión mayor en la Cámara.
A pesar de que hemos discrepado en otros temas, concuerdo con lo que han argumentado algunos colegas, particularmente con el señor Longueira. Por lo tanto, también me voy a abstener.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
La Mesa no comparte la opinión del Diputado señor Ribera respecto del tema constitucional que ha planteado.
En votación las letras a) y b) del número 2 del artículo 2º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 20 votos. Hubo 7 abstenciones.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
-Se abstuvieron los Diputados señores:
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Está pendiente el artículo 3º, transitorio, respecto del cual el Diputado señor Elizalde había formulado una indicación. He conversado con él, y me ha dado a conocer su deseo de retirarla, previo a hacer uso de la palabra.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente , si le parece, primero lo pone en votación y después me da la palabra.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
No, señor Diputado. Al retirar la indicación se entiende que fue votada al inicio de la sesión en aquellos puntos que no tuvieron discusión, cuando hubo el quórum correspondiente.
El artículo 3º, transitorio, estaba, como propuso el señor Longueira, dentro del paquete de temas que no tenían discusión. Al inicio de la sesión, Su Señoría señaló que había cinco materias que se debían discutir, porque en las otras había acuerdo: el artículo 1º, números 1 y 10; artículo 2, número 2, y artículo 3, número 5.
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Está bien, pero después el señor Presidente excluyó de la votación el artículo 3º, transitorio, porque había una indicación. No cambiemos la historia de lo que hemos discutido hoy. Si queremos reincorporarlo, planteémoslo; pero, en el fondo, usted mismo lo excluyó de la votación.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , eso es exactamente lo que estoy haciendo. Señalé que el Diputado señor Elizalde pidió que esa materia se tratara aparte. Ahora, ha retirado esa petición y, por lo tanto, lo quiero reincorporar a lo que se acordó en su momento.
Daré la palabra al Diputado señor Elizalde para que explique sus razones. Mientras él hace uso de la palabra, pido al Diputado señor Longueira que se acerque a la Mesa para analizar la situación.
Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente , no quiero entorpecer la aprobación del proyecto. Por eso, junto con retirar la indicación, solicité que se aprobara el artículo 3º, transitorio, con el quórum que corresponde, al margen de que yo, después de ello, pueda expresar mi punto de vista.
En el entendido de que el articulado está aprobado, quiero manifestar mi satisfacción porque estamos poniendo término a una situación de una deuda subordinada que durante largos años ha afectado el bien común del país.
Al inicio de los gobiernos democráticos, hace exactamente seis años, este tema se puso sobre la mesa y se nos pidió buscar una solución integral en aras del bien común y por sobre los intereses particulares. En ese sentido, uno tiene que felicitarse de que al final de la discusión de este proyecto se haya llegado a una solución definitiva por parte de la banca en cuanto a acogerse a cualquiera de las cuatro disposiciones establecidas en la ley Nº 19.396, lo cual implica que, libremente, cada uno de los bancos opta por una de las fórmulas propuestas para dar solución definitiva al problema del endeudamiento fijándose en consecuencia un plazo para cumplir con su obligación y reintegrar los recursos al Banco Central.
Al término de esta situación, uno debe preguntarse por qué hoy el Estado chileno, el Banco Central y la comunidad toda están perdiendo más de 2.300 millones de dólares y por qué algunos bancos, en particular, a pesar de la negociación, emitieron, para capitalizarse, acciones que atentaron contra los intereses de los chilenos. Ello ha sido sancionado por los tribunales que, en definitiva, ha determinado que el Banco Central podrá fijar, a través de los tribunales, las compensaciones por esta pérdida de recursos para el Estado.
Sin embargo, la decisión de salvar a la banca de la quiebra, en su momento, no impidió que cientos de chilenos no recibieran iguales beneficios, ya que fueron condenados a la quiebra o a la pérdida importante de su patrimonio. Por parte de los bancos nunca hubo una decisión de traspasar a los más pobres, a los más modestos, a los usuarios, a la gente que estaba con un grave daño patrimonial, vinculada a la situación generalizada del país, los beneficios que el Estado entregaba a las instituciones bancarias.
Mi duda y objeción al artículo 3º transitorio era la siguiente. A pesar de que hemos hecho una ley y se han fijado cuatro caminos -tengo entendido que hay un plazo, el 28 de julio, para que los bancos lo suscriban- se posibilita a los bancos que no se acojan a ninguna de las cuatro disposiciones para que, a través del acuerdo del Consejo del Banco Central, igual puedan efectuar negocios en el exterior y acogerse a los beneficios que esta ley otorga para la ampliación de sus actividades.
La idea era impedir que un banco, que ha negociado, al igual que la Asociación de Bancos, y no se ha acogido a ninguna de las disposiciones de este proyecto, quedara facultado -como otros bancos que, de una u otra forma, han pagado su deuda y han reintegrado los recursos que el Estado les entregó en un momento dado-, para acceder a los mismos beneficios.
Hoy tenemos el interés colectivo de velar por un proceso que implique adecuar nuestra Ley de Bancos a las posibilidades de una internacionalización de ellos. Pero también es necesario pedir que, antes del 28 de julio, todos los bancos se incorporen a cualquiera de las cuatro alternativas planteadas y que, en definitiva, paguen a los chilenos lo que en un momento determinado hicimos para salvar a la banca de una quiebra.
Me habría gustado que los beneficios de la banca hubiesen servido a los deudores hipotecarios. Así como hoy y en el pasado entregamos recursos de todos los chilenos para superar esta situación, existiera la disposición -vuelvo a reiterarlo ante el Ejecutivo- de entregar recursos a miles de chilenos que, a través de la deuda hipotecaria, día a día están sujetos a la pérdida de sus bienes.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Esta materia, que fue ampliamente discutida y causó polémica, está traducida en un texto que, en su aprobación, contó con el acuerdo de los distintos señores parlamentarios, según lo que he conversado con los integrantes de la Comisión de Hacienda.
Si existiera el acuerdo, podría darse por aprobada. Si no, quedaría pendiente para el próximo martes.
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , luego de retirada la indicación, pediría que se votara el artículo, tal como venía propuesto en el informe, en conjunto con aquellos que contaron con quórum al inicio de la sesión.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Esa es la idea. Incluso, la indicación tenía problemas de constitucionalidad.
Lo he conversado con el señor Diputado que la presentó, quien ha querido hacer presente su punto de vista. La Mesa entiende que, al inicio de la sesión, cuando se aprobaron las materias que no eran objeto de discusión, también se daría por aprobado este artículo.
Aprobado por los más de 80 Diputados presentes, de 120 en ejercicio.
Despachado el proyecto.
Tiene la palabra el señor Manuel Marfán, Subsecretario de Hacienda.
El señor MARFÁN ( Subsecretario de Hacienda ).-
Señor Presidente , en nombre del Gobierno y del Ministro de Hacienda , agradezco a la Cámara el expedito despacho de un proyecto de ley en extremo complejo. La mayor parte de sus disposiciones, y las principales, fueron aprobadas por la unanimidad de esta Sala.
Por su intermedio, también deseo agradecer a todos los integrantes de la Comisión de Hacienda por el indudable mejoramiento que durante su discusión tuvo el proyecto de ley.
He dicho.
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
EXENCIÓN DEL IVA A LOS LIBROS.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 424, de los Diputados señores Letelier, don Felipe; Acuña, Tuma, Ávila, Salas, Barrueto, Urrutia, don Salvador; Tohá, Viera-Gallo, Pérez, don Ramón; señora Martita Wörner; señores Cardemil, Ceroni, Ferada, Villegas, Galilea, Jüngersen, Sota, García, don René Manuel; Karelovic, Taladriz, Zambrano, Pérez, don Aníbal; Muñoz, don Pedro; Naranjo, Hamuy, Huenchumilla, Balbontín, Álvarez-Salamanca y Letelier, don Juan Pablo.
“Considerando:
“1. Que se encuentra comprobado por estudios estadísticos que en las familias de bajos recursos, el disponer de libros y del hábito de leer, tiene un efecto socio-educativo compensatorio. Es decir, que libros y el hábito de la lectura, les permite compensar las limitaciones que su situación socioeconómica les impone, acercándolos a niveles de aprendizaje similar a los de los sectores medios.
“2. Que, la comprensión lectora es una habilidad que está en la base de todos los aprendizajes posteriores, y para alcanzar un buen nivel en esta comprensión, se requiere de la acción de los profesores en las escuelas y del estímulo de los padres y parientes en el hogar, para lo cual se hace indispensable tener disponibilidad de buen material de lectura en el hogar y los colegios.
“3. Que, está comprobado que los niños estimulados a la lectura en su hogar, se sobreponen a los efectos de una mala enseñanza en las escuelas, cosa que no ocurre con los niños que no tienen esos apoyos.
“4. Que, existe una correlación muy estrecha entre los niveles de desarrollo de un país, el número de analfabetos, y la producción y consumo de materiales de lectura, en particular, libros y periódicos. De hecho, las estadísticas demuestran que los países desarrollados presenciaron una verdadera “explosión” en la lectura antes de alcanzar la categoría de tales.
“5. Que, se debe considerar que la educación, los materiales educativos, y entre ellos los libros, no son un gasto suntuario, sino una inversión. Por lo mismo, merecen el mismo trato que cualquier insumo a procesos productivos o inversiones.
“6. Que, Chile y Canadá son los únicos países de América en que el libro paga IVA, al igual que otros bienes y servicios. Sin embargo, en Canadá es sólo del 7%, en cambio en Chile es de un 18%.
“7. Que, la Cámara Chilena del Libro ha pedido la derogación del IVA a los libros o, al menos rebajarlo en un 50%. Considerando que hay productos que no pagan IVA, como los pasajes aéreos, los arriendos y la venta de autos usados.
“8. Que, la eliminación o la reducción de la tasa del IVA, produciría inmediatamente a lo menos tres beneficios, la rebaja del precio de los libros, estímulo a la importación de textos que no se pueden reproducir en Chile y, un estímulo a la producción local de libros.
“Por tanto, los (as) Diputados (as) abajo firmantes venimos en proponer el siguiente proyecto de acuerdo:
“La Cámara de Diputados acuerda solicitar a S.E. el Presidente de la República el envío de un proyecto de ley que proponga:
“a) La eliminación total del IVA a los libros.
“b) En el caso de rebaja de la tasa, establecer que los libros comprados por las instituciones encargadas de la educación o por los Centros de Padres y Apoderados, sean considerados inversión y el valor del IVA devuelto a esas instituciones.”
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Para argumentar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente , hemos vuelto a insistir en el proyecto. Sé que en otras ocasiones algunos colegas han presentado iniciativas similares.
Estudios realizados en nuestro país y algunos datos estadísticos señalan que el hábito de la lectura y disponer de libros, en alguna medida, compensan las limitaciones de carácter socioeconómico que existen en los sectores más pobres del país.
Es incomprensible que Chile, con una economía pujante y con mayores niveles de desarrollo que el resto de los países latinoamericanos, sea el único que aplique impuesto a los libros de lectura, incluso a los textos educacionales.
En el marco de los grandes desafíos adquiridos por el país con el Mercosur, hoy proponemos la eliminación del impuesto a los libros, y que los adquiridos por los centros de padres y apoderados sean considerados inversión para los efectos de descontar su monto al fin de año.
La iniciativa se compadece con las legislaciones de los demás países socios del Mercosur; es decir, muy pronto habrá que tomar medidas para terminar con el impuesto a los libros.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor, tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , no firmé el proyecto de acuerdo, pero lo votaré a favor porque hace años que estoy convencido de su objetivo. Recuerdo a la Corporación que hace alrededor de cinco años, con el Diputado de la época y actual Senador de la República , Roberto Muñoz Barra , solicitamos el patrocinio del Ejecutivo para una indicación que contó con la adhesión de varios de los señores Diputados presentes. Como consecuencia de ello, se ingresó el proyecto de ley sobre el libro. que hoy es ley de la República. En esa oportunidad escuchamos en la Comisión de Educación a todas las personas involucradas en el tema: dueños de librería, padres y apoderados, rectores de universidades y de colegios. Hoy, más que nunca, nos hace fuerza la eliminación del IVA a los libros.
Quiero recordar, especialmente al Diputado señor Felipe Letelier , que redactó el proyecto de acuerdo, que esa ley constituyó un avance significativo, porque se reconoce por primera vez, en forma oficial, a los escritores y poetas chilenos, la posibilidad de financiamiento para publicar o imprimir sus escritos. Además, se fija un porcentaje para que sus obras se distribuyan gratuitamente a todas las bibliotecas del país.
Ojalá que este esquema se considere en el Mercosur y en los próximos tratados que se suscriban en relación con importaciones y exportaciones de productos.
Repito que votaré favorablemente el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Señor Diputado , la Mesa lo invita a firmar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
CONSTRUCCIÓN DE REPOSITORIO NUCLEAR EN GASTRE, ARGENTINA.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 425 de los señores Ascencio, Zambrano, Acuña, Alvarado, Elgueta, Naranjo, Seguel, Ojeda, Navarro, Villegas, Palma, don Andrés; Kuschel, Ceroni, Reyes, señora Wörner, señores Karelovic, Villouta, Muñoz, Solís, Huenchumilla, Balbontín, Álvarez-Salamanca, Letelier, don Juan Pablo, y Coloma.
“1. Durante las últimas semanas se ha reactivado la discusión acerca de la posibilidad de que en la Patagonia Argentina, en una localidad llamada Gastre, Provincia de Chubut , distante a 160 kms. de la frontera chilena en línea recta, se construya un “repositorio nuclear”. Este cementerio nuclear serviría para eliminar los desechos que producen las centrales nucleares de Argentina actualmente en funcionamiento y las de aquellas que en el futuro se incorporen.
“2. Siendo una discusión que se arrastra ya por muchos años, y cuya decisión había sido postergada para después del año 2000, la posibilidad de decidir que se construya este cementerio nuclear puede adelantarse debido a la tramitación en el Congreso Argentino de la llamada “Ley Nacional de Actividad Nuclear”, mediante la cual se inicia la privatización de las centrales nucleares y se establece en la misma ley, el procedimiento para elegir el lugar del cementerio nuclear.
“3. Las manifestaciones contrarias a la idea del repositorio comenzaron en la misma provincia argentina encabezadas por el Gobernador de Chubut, de Parlamentarios Nacionales y Provinciales, de los Intendentes de sus Municipalidades, y de miles de argentinos que se movilizaron hasta Gastre el día 17 de junio último.
“4. La construcción de un repositorio nuclear que almacene desechos altamente radioactivos, en un sector de la Patagonia, a pesar de ubicarse en territorio argentino, es un tema que debe preocupar también a los chilenos por las implicancias y repercusiones que ello tendría para los habitantes del país, en especial para aquellos que viven en las provincias de la X y XI Región.
“5. En efecto. En primer lugar, hoy día no tenemos estudios o antecedentes relativos a sismología e hidrología del lugar indicado como posible para la instalación ni detalles de ingeniería de la posible construcción, debido a lo cual no existe seguridad en el sentido del impacto que en nuestro medio ambiente puede tener un eventual accidente en los traslados de los desechos o una fuga radioactiva. No es necesario recordar la gran cantidad de ejemplos que se pudieran señalar en el campo de los accidentes con sustancias peligrosas o productos nocivos para el ser humano. Luego no sabemos si el repositorio servirá para desechos argentinos solamente o también para eliminar desechos de otros países, en cuyo caso cobra especial importancia el tema de los transportes de estos desechos. También, es muy importante señalar que la Patagonia Chilena, por sus bellezas escénicas y sus recursos naturales ha sido orientada al turismo a fin de que a través de esta actividad, se generen recursos que vayan en beneficio de los habitantes de la zona mejorando su calidad de vida y potenciando el poblamiento del área, política que se vería en serio peligro de prosperar una idea como la señalada.
“6. Existe vigente en la actualidad, el tratado chileno-argentino sobre medio ambiente, que es un protocolo adicional del tratado de Paz y Amistad, suscrito por estos países en 1984. Este tratado sobre medio ambiente firmado el 2 de agosto de 1991 y publicado en el Diario Oficial con fecha 14 de abril de 1993, faculta a las partes, entre sus objetivos, a “emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente...” y consigna también entre sus objetivos que “cada una de las partes se compromete a no realizar acciones unilaterales que pudieran causar perjuicio al medio ambiente de la otra.”
En dicho tratado, en su artículo IV las partes acordaron constituir en el ámbito de la Comisión Binacional Chileno-Argentina, una subcomisión de Medio Ambiente para promover, coordinar y efectuar el seguimiento de la ejecución del tratado, bajo la coordinación de los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores.
“En atención a todo lo anterior.
“La Cámara de Diputados acuerda:
“1. Oficiar a S.E. el Presidente de la República a fin de:
a) Se remita a esta Cámara de Diputados, por intermedio del Ministro de Relaciones Exteriores, todos los antecedentes que nuestra Cancillería disponga al respecto.
b) Se remita a esta Cámara de Diputados, por intermedio del Ministro Secretario General de la Presidencia, un pronunciamiento de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), acerca del tema planteado.
c) Se remita a esta Cámara de Diputados, un pronunciamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores en orden a solicitar una reunión de la Subcomisión de Medio Ambiente creada en virtud del artículo IV del tratado sobre medio ambiente suscrito entre Chile-Argen-tina antes mencionado, a fin de tratar el tema del repositorio nuclear.”
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que lo impugne.
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
VIII. INCIDENTES
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Partido por la Democracia.
Tiene la palabra la Diputada señora Martita Wörner.
NECESIDADES DE CRÉDITOS Y DE FUENTES DE TRABAJO EN LA PROVINCIA DE ARAUCO. Oficios.
La señora WÖRNER.-
Señor Presidente , quiero referirme a dos situaciones muy críticas de la provincia de Arauco, con la salvedad de que son ajenas a la ya crítica situación -que todo el país conoce- relacionada con el carbón.
En primer lugar, el Indap regional ha informado que debió entregar recursos extraordinarios para paliar las emergencias provocadas por la última sequía y que en este momento se encuentra sin recursos para responder a las peticiones de créditos de pequeños y medianos agricultores, principalmente, para comprar fertilizantes y abonos destinados a preparar su tierra para los sembrados de temporada. Esto significa que los agricultores están en una disyuntiva: o contar con estos recursos, que Indap no puede proporcionar, o simplemente no sembrar, con las consecuencias que es fácil deducir. En los últimos días, han hecho saber esta situación con mucha preocupación.
Por lo tanto, solicito que se oficie, en mi nombre, a los señores Ministros de Agricultura y de Hacienda, a fin de que, con la mayor prontitud, se entreguen recursos suplementarios para que el Indap otorgue a los agricultores créditos de corto plazo y de poco monto para preparar sus tierras y sembrar durante julio.
Se requiere urgencia para adoptar esa decisión, porque es casi redundante señalar que si no se siembra en la oportunidad que corresponde, después no se soluciona el problema.
En segundo lugar, quiero insistir nuevamente en la necesidad de atender a más de mil personas que durante los últimos seis meses han quedado cesantes al perder su trabajo como consecuencia del término de obras públicas que empleaban mano de obra de la región y, asimismo, por el término de contratos de un número importante de contratistas de la compañía de celulosa -en las últimas semanas, principalmente-, en las comunas de Curanilahue y de Los Álamos.
No creo necesario justificar que en esa región, donde no hay otras actividades ni nuevos empleos, porque no ha habido de parte de los privados interés en invertir, a pesar de las políticas de excepción que la Corfo está impulsando, esta situación genera incertidumbre y preocupación en las autoridades locales, y trae consigo todos los problemas sociales y familiares que la cesantía del jefe de hogar ocasiona. Me refiero a la imposibilidad de cubrir las necesidades básicas de familias de esas comunas, a inconveniencia de que los menores abandonen la asistencia a clases y, en general, a una suerte de desesperanza que en este momento no puede paliarse, sino dando oportunidades de trabajo a esos 1.200 cesantes.
Es importante señalar que esa situación se debe, primordialmente, a que en nuestra región la gran mayoría de los trabajadores siempre tiene una ocupación inestable derivada de la pesca artesanal, de la pequeña pirquinería y de tareas forestales, todas transitorias.
Por lo tanto, solicito, una vez más, que el Gobierno escuche esta demanda y destine los recursos necesarios para iniciar obras públicas en dichas comunas -que emplean gran cantidad de mano de obra- las cuales, junto con mejorar sus condiciones, provocando adelanto y mejor calidad de vida en los residentes, mediante mantención de caminos secundarios, construcción de escuelas, reparación de servicios públicos, brindan también la posibilidad de que los jefes de hogar tengan empleo y puedan cubrir las necesidades elementales de su grupo familiar.
Quiero insistir en la urgencia de resolver este problema, preguntándome si será preciso, ante tanta sordera de parte de las autoridades del Ministerio de Hacienda, que esos cesantes se organicen para tomarse los caminos y generar una presión social a fin de que sean escuchados; o si no será más lógico que el Gobierno, que conoce esta situación, proceda con urgencia y celeridad para proporcionar trabajo que permita a esos jefes de hogar atender su urgente necesidad de alimentación y de vida digna para ellos y su grupo familiar.
En este sentido, solicito que, transcribiendo mi intervención, se oficie a los señores Ministros de Hacienda y de Obras Públicas para que rápidamente se efectúen las transferencias presupuestarias que permitan iniciar con prontitud obras públicas técnicamente calificadas y aprobadas, las cuales provocarán un impacto positivo al generar gran cantidad de empleo en el corto plazo.
Asimismo, pido que en el mismo sentido se oficie al señor Ministro del Interior , puesto que aquí hay una cuestión de bien común que tiene alcances sociales y debe ser atendida con la mayor urgencia.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, a los cuales adhieren los Diputados señores Rocha , Ortiz , Navarro , Kuschel , Caminondo , Jürgensen , García, don René Manuel ; Ascencio , Villegas y Latorre.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
En el tiempo correspondiente al Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el Diputado señor Juan Carlos Latorre.
USO POLÍTICO DE PROCESO POR HOMICIDIO DEL SENADOR JAIME GUZMÁN.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente , el lamentable hecho de terrorismo que truncó la vida del Senador Jaime Guzmán Errázuriz, a poco tiempo de reiniciada nuestra convivencia democrática, concitó el repudio de la mayoría ciudadana y de todos los sectores políticos democráticos del país.
La imperiosa necesidad de conocer la verdad acerca de ese crimen, con todos los alcances que podía conllevar un acto de terrorismo de la magnitud que posee el homicidio de un Senador de la República , significó una intensa actividad de investigación policial y judicial que permitió dar con los autores materiales e intelectuales de este homicidio.
Durante la investigación, hubo una serie de antecedentes que, aisladamente, podían dar base a especulaciones respecto de aquellas situaciones que no permitían ser conocidas a su cabalidad hasta que se agotaran las diligencias del sumario y se recabaran todos los medios probatorios que permitiesen finalizar con éxito el proceso.
Quizás la más grave confusión de las suscitadas en este proceso se dio con respecto a la inculpación del chileno Sergio Olea Gaona , a raíz de las investigaciones policiales y de las presunciones judiciales que llevaron a que el gobierno del ex Presidente Patricio Aylwin solicitara su extradición al gobierno español, con la activa participación de funcionarios del Ministerio del Interior y el concurso de miembros de la UDI, a quienes les fueron facilitados todos los medios necesarios para el conocimiento de los antecedentes con que se contaba, y para su intervención y colaboración personal en el curso de las diligencias efectuadas.
El exitoso término del proceso, que determinó la autoría material e intelectual de los hechos, después de lo cual se condenó a todos los implicados en el homicidio del Senador Jaime Guzmán, ha sido cuestionado por la UDI, por cuanto no se habría establecido toda la verdad respecto de la autoría intelectual, lo que originó una nueva investigación desarrollada por los tribunales con el pleno concurso de los organismos policiales encargados de colaborar con la justicia en el desempeño de su labor.
La UDI ha pretendido que funcionarios del Gobierno pasado habrían obstruido la labor de la justicia para evitar el total esclarecimiento de la autoría intelectual del homicidio del Senador Guzmán, sobre la base de rumores y declaraciones públicas sin fundamento que persiguen sembrar la duda sobre una seria investigación judicial basada en la determinación de los hechos.
Esta actitud guarda relación con mezquinas estrategias políticas de carácter coyuntural que intentan privilegiar el posicionamiento político de un partido que no sabe respetar la institucionalidad fundamental del orden jurídico democrático.
Nos permitimos ser drásticos para juzgar la actuación de los dirigentes de la UDI a este respecto, porque los miembros de ese partido no parecen ser capaces de entender que por las convicciones cívicas de los dos gobiernos democráticos de la Concertación, siempre han respaldado la labor independiente del Poder Judicial.
Si se le da mayor importancia al homicidio de un Senador como consecuencia de un acto terrorista es porque todo acto de terrorismo selectivo merece especial preocupación y no porque se tengan criterios especiales para determinar qué se debe investigar o qué se debe dejar de investigar.
Los gobiernos de la Concertación han sido el fruto de una lucha dada por auténticos defensores de la democracia y de los derechos humanos de todas las personas, por el sólo hecho de ser tales. Jamás admitimos dentro de nuestras filas a defensores de los derechos humanos que se convertían en tales por diligencias o conversaciones de salón o porque creían que los derechos de unos eran más importantes que los de otros.
El asesinato del Senador Guzmán ha sido causa de una profunda preocupación, de una seria y exhaustiva investigación y de que se haya promovido la aplicación de todo el rigor de la ley contra sus hechores.
De la misma manera en que han combatido el terrorismo y los excesos de la autoridad, los gobiernos de la Concertación combaten el asesinato, la tortura y la violación de los derechos de toda persona, persiguiendo el esclarecimiento de la verdad y la sanción de los culpables, sin aplicar dobles estándares ni criterios de selección ideológica para permitir atropellos a los derechos de quienes piensen distinto o para lograr la impunidad de quienes son capaces de hacer el trabajo sucio en beneficio de otros que se visten de demócratas y de defensores de las garantías individuales.
Sentimos el más profundo respeto por el dolor y anhelo de justicia de los familiares y amigos del Senador Guzmán, y de toda persona capaz de condolerse con el atropello a la vida y a la integridad física de las personas. En esto, sabemos que compartimos el sentir solidario de todos aquellos que son capaces de vivir sin odiosidades ni resentimientos y de construir un camino de paz y fraternidad social sobre la base del respeto al ser único que radica en la existencia o integridad de toda persona.
Sin embargo, el hecho de que sujetos ajenos a tales sentimientos se permitan instrumentalizar el dolor y los anhelos de justicia, y sembrar infundadas dudas acerca de la actuación de los órganos y autoridades del Estado a raíz de un hecho tan lamentable como el homicidio de un Senador de la República , nos parece una actitud deleznable, más aún si ninguna de las aseveraciones que hacen sobre el particular ha sido probada o merece ser estimada porque se basa en antecedentes serios e irrefutables.
La investigación judicial sobre posibles nuevos antecedentes que ameritarían profundizar sobre la autoría intelectual en el caso Guzmán, ha contado con la plena colaboración de todos los llamados a servir en su esclarecimiento y no hay pruebas de lo contrario. El hecho de que se hagan imputaciones de obstrucción a la justicia -no ha sido probada por la UDI en ninguna instancia procesal ni extraprocesal- o de que un miembro del Poder Judicial aparezca inhabilitándose para proseguir con el caso que se le encomendó en virtud de motivos personales, principalmente en sentimientos y emociones encontrados, que no constituyen antecedentes para la intriga política jurisdiccional que la UDI ha pretendido configurar ante la opinión pública nacional.
Junto con tener claro el hecho de que el ex Senador Guzmán fue víctima de una acción terrorista cuya perpetración debe ser completamente esclarecida, también debemos tener claro que la instrumentalización política de ese hecho sólo afecta a la causa respectiva, al margen de las ventajas coyunturales y transitorias que algunos puedan sacar de ello.
Por otra parte, el interés nacional y el bien común exigen que la tarea de los tribunales de justicia no debe ser obstruida ni desvirtuada a través de rumores sobre su real capacidad para alcanzar la verdad y el total esclarecimiento de los hechos o de la insidiosa insinuación de estar siendo burlados por organismos policiales o por autoridades gubernamentales. Hasta ahora, la colaboración de los llamados a esclarecer esos sucesos no ha merecido ningún reparo fundado que haga dudar sobre el éxito que logren alcanzar en su labor.
El daño que pueden causar a nuestra institucionalidad las actitudes de dirigentes de la UDI debería ser materia de reflexión para los promotores de esta intriga basada en la infundada desconfianza en los poderes y órganos públicos, que demanda, como resultado coherente y con sana y leal autocrítica, un esfuerzo por deponer las pasiones e intereses coyunturales, para dar cabida a la plena vigencia del principio de la legalidad y al íntegro respeto a la independencia del Poder Judicial.
Finalmente, queremos decir que la irreparable pérdida que el Senador Guzmán significa para la UDI debe ser asumida con la mayor entereza y dignidad por quienes tienen verdadera admiración por su obra y respeto por su memoria, sin pretender que ella tenga otros alcances, sino los que las lamentables circunstancias de su desaparecimiento imponen como dolorosa realidad. Toda otra actitud distinta a honrar su memoria y el legítimo anhelo de verdad y justicia, sólo desmerece a quienes pretenden instrumentalizar su repudiable crimen.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Restan nueve minutos al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el Diputado señor Villouta.
ATENCIÓN DE NECESIDADES JUDICIALES Y NOTARIALES DEL DISTRITO 48. Oficio.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , quiero solicitar que se oficie a la Ministra de Justicia en relación con la creación del juzgado de letras de la comuna de Purén.
Según las informaciones que tengo en mi poder, hay un estudio favorable de la corporación judicial para crear dicho juzgado, ya que atendería las causas que actualmente reciben los dos juzgados de Angol. De ese modo, el juzgado de letras de Purén conocería todos los juicios y demandas de las comunas de Los Sauces y Lumaco, lo que aliviaría, además, el trabajo del juzgado de Traiguén.
Por otra parte, también quiero insistir en la construcción de un nuevo edificio para primer y segundo juzgados de letras de Angol. Los estudios ya estarían hechos y sólo faltaría incluirlos en el Presupuesto para 1997 o tenerlos presentes para el de 1998, si no fuera posible lo primero.
Asimismo, hay una petición para crear una segunda notaría en Traiguén, donde actualmente hay sólo una y, como es tradicional, también sirve como conservador de bienes raíces. Según la información que tengo, los cobros que hace la notaría existente son muy superiores a los establecidos por decreto. Lo más grave es que la mayor parte de las personas que se ven obligadas a pagar valores superiores a los establecidos pertenecen a sectores modestos de mapuches y pequeños agricultores. Por ejemplo, en los casos de cesión de derechos, cuyo valor oscila entre 500 y 800 mil pesos, deben pagar 20 y 30 mil pesos, que es un cobro totalmente arbitrario.
Con nuestra experiencia de Angol, en donde al crearse dos notarías y separar al conservador de bienes raíces los cobros bajaron sustancialmente, la creación de una segunda notaría en Traiguén significaría, sin duda, mejor trato y un cobro real, de acuerdo con los aranceles fijados por decreto.
De manera que reitero que se oficie a la Ministra de Justicia en este sentido. En el caso específico de la creación del juzgado de letras de Purén , que se envíe un proyecto de ley, que es el trámite que corresponde.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO DE LAS REGIONES POR EMPRESAS ACOGIDAS AL DECRETO LEY Nº 600. Oficios.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Villegas.
El señor VILLEGAS.-
Señor Presidente , Atacama es una de las regiones de nuestro país que cuenta con mayor riqueza de pastas metálicas y no metálicas, es decir, de recursos minerales. Sin embargo, es una de las zonas donde existe mayor contraste entre la riqueza y la pobreza.
La preocupación del parlamentario que habla dice relación con la forma en que se explotan esas riquezas no renovables como son los recursos mineros, ya que las empresas que se han instalado en la zona bajo el amparo del decreto ley Nº 600, de 1974, sobre estatuto de la inversión extranjera, no realizan un aporte efectivo para el desarrollo y progreso de la región.
A contar de la vigencia de dicho decreto ley, es decir, desde 1974 hasta la fecha, la inversión extranjera ascendió a 35.306 millones de dólares, y en el sector de la minería, en el período de 1974 a 1995, a 23.201 millones de dólares.
Al conocer esa enorme riqueza que ha ingresado al país en virtud de ese decreto ley que establece determinadas exenciones aduaneras y tributarias, uno se pregunta, con mucha razón y legítimamente, sobre la aplicación de un principio constitucional que se refiere a la igualdad ante la ley. Ahora bien, si observamos los últimos balances de esas empresas, veremos que las utilidades que obtuvieron el año pasado ascendieron a 4.500 millones de dólares. Sin embargo, todos los gastos relacionados con pagos, insumos y gastos previsionales no excedieron los 300 millones de dólares.
En consecuencia, estamos frente a un tema de enorme trascendencia para las regiones mineras que ven con desesperación cómo sus recursos mineros son explotados indiscriminadamente por empresas con tecnología de punta, que utilizan muy poca mano de obra de la zona y cuyo único afán es lucrar al amparo de un decreto ley que les otorga determinadas exenciones.
Pero hay más. Muchas veces en los contratos que celebran estas empresas con el Comité de Inversiones Extranjeras se estipula -como ocurre en el caso específico de mi región- que incluso puedan enviar concentrados hacia el extranjero, por determinados períodos, para pagar créditos suscritos con la banca internacional, sin que ningún organismo del Estado chileno tenga algún tipo de control o fiscalización sobre las pastas que van en esos concentrados.
En consecuencia, es muy importante que los Ministerios de Hacienda, Minería y Economía, al amparo de los antecedentes sobre la tributación de estas empresas, de sus utilidades y de la forma especial como pueden repatriar tanto sus capitales como sus utilidades en virtud del decreto ley Nº 600, elaboren modificaciones o efectúen correcciones con el fin de que entreguen algún tipo de aporte para el desarrollo y progreso de las regiones.
No es posible que veamos pasar la riqueza y que en nuestras ciudades existan tantos bolsones de pobreza. Es demasiado acentuado el contraste entre lo que producen unos pocos, que les reporta muchos ingresos, y lo que entregan al resto de las personas. Al respecto, existen muchos mecanismos o fórmulas para que la inversión extranjera se distribuya con equidad.
En definitiva, queremos que los Ministerios de Minería, Hacienda y Economía estudien una fórmula para que la inversión extranjera contribuya en forma equitativa y en justicia a la región, sobre todo en consideración a las exorbitantes utilidades que recibe.
Por lo tanto, solicito que se oficie a cada uno de los Ministerios mencionados a fin de que realicen un estudio respecto, específicamente, de la tributación de estas empresas, de sus utilidades y de cómo, en definitiva, puede establecerse un mecanismo que signifique una contribución real para el desarrollo y progreso de la zona, sin que ello signifique ahuyentarlas; ese no es mi propósito, por cuanto la inversión extranjera es tremendamente importante para el país. Sin embargo, es necesario, por razones de justicia y equidad, que dichas utilidades también contribuyan al progreso de regiones cuyos recursos naturales son explotados en forma tan indiscriminada.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría y se adjuntará copia de su intervención.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
El Comité de la Unión Demócrata Independiente cedió su tiempo al de Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.
IRREGULARIDADES EN TIPIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE CARNE IMPORTADA DESDE ARGENTINA. Oficios.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , el director nacional del Servicio Agrícola y Ganadero anunció recientemente, en forma pública, que en Argentina se descubrió un verdadero fraude en la certificación de la carne que se exporta a Chile, ya que no se cumple con las normas de la ley Nº 19.162 -ley de las carnes-, como tampoco con los criterios establecidos en los reglamentos y normas chilenas sobre clasificación y tipificación de carnes; la calidad de la carne que se exporta a Chile se identifica en forma arbitraria y los cortes se rotulan según el interés económico de importadores y exportadores.
En ocasiones anteriores, he señalado la existencia de estas irregularidades, las que ocurren porque es imposible verificar en nuestro país el trabajo de certificación realizado en el extranjero. En definitiva, para ese efecto resultan ineficaces la ley y el reglamento.
Por lo anterior, solicito que se oficie al señor Ministro de Agricultura , a fin de que el director nacional del SAG informe a esta Corporación sobre las irregularidades detectadas en la certificación de la carne que se importa, la forma en que se detectaron estas anormalidades y las medidas que se adoptarán para rectificar esta situación, puesto que las normas de tipificación y clasificación indican que, prácticamente, deben realizarse con el animal en pie y en vara, por lo que no son verificables cuando llegan los cortes al país, excepto la variable de cobertura de grasa. Se trata de una situación que viene repitiéndose desde hace mucho tiempo y, naturalmente, de esta forma, se engaña al consumidor chileno y afecta en forma negativa, tanto el precio de la carne como al productor nacional.
He dicho.
MEDIDAS EN FAVOR DE PEQUEÑOS AGRICULTORES. Oficios
.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , a principios de mayo recién pasado me referí a la capacitación de los pequeños agricultores, la que debía efectuarse sólo en empresas determinadas por Indap, y expresé la conveniencia de permitirles escoger libremente su asesoría técnica en los organismos que más les convengan.
Por ello, en esa oportunidad propuse que el Inia -Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias- entregara asesoría técnica a los pequeños campesinos, cuando lo deseen. Sin embargo, transcurridos dos meses desde mi intervención y solicitud, todavía no he recibido respuesta, por lo que ruego reiterar mi requerimiento, ya que el sistema vigente en Indap no permite el financiamiento de un procedimiento distinto al establecido en el programa de transferencia tecnológica, lo que ha resultado, en definitiva, ineficaz, puesto que no contiene nada innovador y en forma permanente se repiten las mismas fórmulas técnicas para siembras y fertilización de praderas, y se ha transformado sólo en una condición para acceder a los créditos de Indap.
Entre los pequeños agricultores hay muchos que se destacan por su deseo de lograr una efectiva transformación de su producción, lo que no se logra mediante el programa de transferencia tecnológica de Indap, por lo que han tratado de obtener apoyo de la Corfo a través de sus programas de producción, pero no han podido acceder a ellos porque no existen líneas de crédito que financien estas operaciones.
Si bien en Indap se anuncian programas orientados al mejoramiento y a la innovación agrícola, se desconocen los requisitos de postulación, puesto que las bases aún no han sido confeccionadas, y ya ha transcurrido la mitad del año, lo que hace suponer que cuando lleguen no podrán ser utilizadas en 1996, sino sólo en 1997, con lo cual estaremos frente a recursos asignados que no serán usados este año, con el perjuicio consiguiente para los pequeños agricultores.
Una situación similar ocurre con los programas de riego de Indap, ya que las bases se conocieron cuando el plazo para postular había vencido y el otro estaba por caducar. Por lo tanto, los pequeños productores de mi distrito no pudieron participar.
Por último, quiero agregar que el Banco del Estado dispuso recientemente cobrar una unidad de fomento mensual por concepto de comisión por la mantención de cuentas corrientes con saldo bajo, lo que también constituye una nueva carga para los pequeños agricultores.
Por lo expuesto, solicito que se oficie al señor Ministro de Agricultura a fin de que, por su intermedio, el señor Director Nacional de Indap informe respecto de las situaciones planteadas en ésta y en mi interior intervención, como también al señor gerente general del Banco del Estado, para que considere la posibilidad de eximir a los pequeños agricultores del cargo de la comisión por mantención de cuenta corriente, en atención a la difícil situación económica que hoy les afecta.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores René Manuel García , Caminondo , Kuschel y, respecto de la transferencia tecnológica, del Diputado que habla, por considerar plausibles los argumentos de su petición.
APOYO A COOPERATIVA DE MUEBLISTAS DE PURRANQUE. Oficios.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , recientemente, en la localidad de Corte Alto, comuna de Purranque, un voraz incendio destruyó todas las instalaciones de la cooperativa de mueblistas “ Rodolfo Detz Limitada”.
La construcción era de más de 6 mil metros cuadrados. Vivían en ella 20 familias, las que han perdido su fuente de sustento, porque se quemó todo, incluso los muebles terminados y los materiales.
Hoy, se encuentran prácticamente en la calle. He sabido que el Fosis había planteado la posibilidad de estudiar un proyecto para convertir a Corte Alto en la ciudad del mueble; incluso así se llama el proyecto.
Por lo anterior, solicito oficiar al director nacional del Fosis , para que informe el avance de ese proyecto.
Igualmente al Ministro de Mideplán para que, por su intermedio, el director del Fosis informe sobre la posibilidad de apoyar a esa cooperativa de mueblistas con los programas para microempresarios.
Además, solicito oficiar al Ministro Vicepresidente de la Corfo para que estudie la posibilidad de brindar alguna ayuda financiera a esta cooperativa, que ha quedado prácticamente destruida con el incendio, a través de Sercotec o de sus propios programas.
Por último, solicito oficiar al Intendente de la Décima Región, a fin de que el gobierno regional ayude a esta cooperativa de mueblistas de Corte Alto.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Caminondo , Kuschel y René Manuel García.
El oficio al Intendente de la Décima Región debe enviarse a través del Ministro del Interior.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor René Manuel García.
INFORMACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN SELECCIÓN DE PROGRAMAS DEL FONDO DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficios.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , con fecha 24 de noviembre de 1995, en la oficina de la Subdirección Nacional Sur de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, el comité de selección de programas a financiarse con cargo al Fondo de Desarrollo Indígena, procedió a distribuir recursos por un monto total de 15 millones de pesos al Instituto de Promoción Agraria, Inproa, Novena Región.
Tengo información de que esta distribución se realizó sin cumplir con las normas sobre licitación o concurso que establece la letra a) del artículo 3º del reglamento para la operación del Fondo de Desarrollo Indígena.
Por lo expuesto, solicito que se oficie al Ministro de Planificación y Cooperación, para que informe sobre la forma en que la Conadi dio cumplimiento a las normas sobre licitación o concurso establecidas en el decreto supremo Nº 396, del Ministerio de Planificación y Cooperación.
De igual forma, solicito que se oficie al Contralor General de la República, con el fin de que informe sobre la legalidad de lo obrado por la Conadi en este caso concreto.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Jürgensen , Caminondo y de quien preside.
REPARACIÓN DE PUENTE EN RÍO CRUCES DE LONCOCHE. Oficio.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , frente al puente que atraviesa el río Cruces, en Loncoche, hay una población de 180 viviendas.
Dicho puente está en pésimas condiciones. Como es urbano, no hay financiamiento del Ministerio de Obras Públicas y su costo de reparación no puede ser absorbido por la municipalidad. Según se me ha informado, sería de cargo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Por lo tanto, solicito que se oficie a dicho Ministerio a fin de que aporte los fondos para la pronta reparación del puente; de lo contrario, parte de la ciudad de Loncoche quedará aislada del resto de la población.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio en la forma solicitada por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Jürgensen y Caminondo.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Kuschel.
PROHIBICIÓN DE PESCA DE MERLUZA EN EL SENO DE RELONCAVÍ. Oficios.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , quiero llamar la atención por la desafortunada y torpe medida de prohibir y cerrar la pesca de la merluza en el seno del Reloncaví por 30 meses -más de dos años-, que acaba de imponer el Ministerio de Economía a los pescadores artesanales de las comunas de Puerto Montt, Calbuco y Cochamó , estableciendo una línea de oriente a poniente a la altura de Perhue, en el extremo sur de la isla de Puluqui, comuna de Calbuco, en la provincia de Llanquihue.
La medida se cambió ayer, y se autorizó la captura, en forma provisoria, hasta diciembre de este año.
Las implicancias sociales, económicas y familiares de estas decisiones de gobierno se arrastran por más de cinco años. En treinta meses se pudren los botes, se oxidan los motores y quedan equipos en desuso. Muchos pescadores deberán abandonar sus hogares para pescar en aguas lejanas.
La gente de esta zona, que vive entre el mar y la costa, no puede dedicarse a la agricultura. Los precios de los productos están sumamente bajos, los caminos son malos, los predios pequeños y las tierras muy poco fértiles.
La actividad forestal tampoco es posible, porque los costos de los planes de manejo, como lo hemos denunciado tantas veces, son demasiado onerosos para el rendimiento que se puede extraer de bosques chicos, ya sobreexplotados muchas veces, y porque los predios son muy pequeños.
¿Qué alternativa deja el Gobierno a estas personas?
La angustia de los pescadores los ha llevado a movilizaciones desesperadas para llamar la atención de las autoridades. El domingo pasado, se tomaron la carretera a la altura de Chaica con personas de las caletas de La Arena, Gutiérrez , Chaica , Piedra Azul y Coihuín , además de Chamiza.
¿Cuáles son las opciones de solución que planteamos para más allá de diciembre de este año?
Primero, proponemos, como lo han dicho los mismos pescadores artesanales, sacar las embarcaciones industriales de la boca del Huafo, que es la puerta de entrada y de salida de la merluza que viene a desovar en las aguas del mar interior.
Las embarcaciones se ponen en el camino de la merluza y hacen una gran captura, no dejando peces en el interior. Luego, se acusa a los pescadores artesanales de extinguir el recurso, cosa que no es así.
En segundo término, controlar y expulsar la pesca industrial de las aguas interiores, que están reservadas a la pesca artesanal a través de la propia Ley de Pesca que aprobamos en el Congreso.
En tercer término, considerar, como lo han dicho los pescadores, una veda total de dos meses, que puede ser de julio y agosto u otra fecha que los estudios técnicos determinen, porque puede haber épocas mejores. Los pescadores creen que ésa es en la que desovan las principales especies.
En cuarto término, recordar que después de estos años de tantas vacilaciones, contradicciones, de tanta normativa y papeleo, los pescadores artesanales son cada vez menos. Entonces, el esfuerzo de pesca sobre esta zona es cada vez menor.
En quinto lugar, en nuestra zona tenemos desde siempre especies de vedas naturales impuestas por el clima: los días de lluvia, de temporal, de vientos del norte -que traen las tempestades y, a veces, las malas noticias y malas medidas también-; los vientos del sur, los surazos, que impiden la pesca, a pesar de que haya un día con sol brillante. Son vientos del sur muy fuertes y fríos que generan olas que impiden a los pescadores artesanales realizar sus labores, y los vientos llamados “puelche”, que vienen del este.
Tenemos, como también lo saben los pescadores, otro tipo de veda derivada de la luna llena y de la luna nueva, que hacen que tres días después de ocurridas no haya pesca. No se sabe la explicación científica, pero así es. Entonces, como tenemos dos lunas al mes, tenemos casi otra semana más de veda natural para los pescadores artesanales.
Ahora menos pescadores artesanales pescan, más o menos, lo mismo que pescaban antes tres o cuatro veces mayor cantidad de ellos. Se aprecia en la bahía de Puerto Montt y en toda la zona donde se aplicará la restricción -esto se resolvió ayer en forma transitoria- que ahora ya no hay la cantidad de botes que había antes.
La autoridad debería considerar las propuestas formuladas y no dejar a la pesca artesanal de mi zona sin trabajo durante más de dos años o 30 meses.
Por lo anterior, solicito que se oficie al señor Ministro de Economía , Subsecretaría de Pesca , para que se establezca una política permanente, clara, eficaz y justa, no solamente con la pesca artesanal, sino que también en el tema de las algas.
Aquí hemos reclamado hace algunos meses, porque se están cobrando concesiones marítimas, en circunstancias de que están en una etapa administrativa y todavía no se han entregado las concesiones definitivas. También hay problemas con las vedas del loco, que afecta a los buzos. Entonces, tenemos problemas con la pesca artesanal, con los buzos y con los algueros.
Asimismo, pido que se oficie al Ministro del Interior para que, a través de la intendencia y la gobernación, conozca estos problemas que se repiten todos los años en uno u otro de los tres focos que acabo de indicar.
También solicito oficiar al Ministro de Planificación y Cooperación, porque cuando se anunciaba que los pescadores iban a quedar treinta meses sin trabajar, el Fosis aparecía ofreciéndoles créditos. Alguien que se queda tanto tiempo sin trabajar, ¿con qué recursos pagará los créditos que se le ofrecen? ¿Cuáles son las condiciones, la racionalidad, la coordinación que existe entre los servicios?
Además, pido que se oficie al Ministro de Agricultura por la situación de los planes de manejo que acabo de explicar.
El Diputado señor Jürgensen acaba de plantear muy bien el tema de la capacitación o de la reconversión, palabra mágica que allá se está usando, pero nadie sabe qué se va a reconvertir ni para qué se va a capacitar.
También pido oficiar al Ministro de Defensa para que informe, una vez más, sobre los trabajos de control y fiscalización de la pesca industrial que hace la Armada en la boca del Guafo, entrada y salida sobre todo de la merluza, y en las aguas interiores, sobre lo cual hay denuncias reiteradas de los pescadores artesanales de que allí hay pesca industrial.
Por último, pido que se oficie al Ministro de Obras Públicas para que considere la conveniencia de anticipar la inversión en caminos, puentes, sobre todo en los sectores costeros desde Puerto Montt hacia caleta La Arena y a Calbuco, y en las rampas de transbordadores a las islas de Guar, Maillén y Puluqui, porque esa zona está afectada por medidas, vacilaciones y autorizaciones transitorias.
Se ha gastado gran cantidad de recursos de la pesca en investigaciones. Todos los años se hacen estudios, no se conocen los resultados y se siguen aplicando estas medidas tan sorpresivas y asfixiantes para estos pescadores por las condiciones de la zona en que viven.
Muchas gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán todos los oficios solicitados por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Jürgensen , Caminondo...
El señor ELGUETA.-
Mía también, pero sin compartir sus fundamentos.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
... del señor Elgueta , exclusivamente en cuanto a las peticiones, sin los fundamentos, y del señor Navarro , referida sólo a la pesca artesanal.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.
LICITACIÓN DE ZONAS TURÍSTICAS DEL VOLCÁN OSORNO. Oficio.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Jürgensen.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , en la ciudad de Puerto Varas se realizará el próximo mes de octubre el Quinto Congreso Mundial de Ecoturismo y Turismo Aventura, donde participarán sobre 800 delegados representando a más de cien países.
En los cuatro congresos anteriores el impacto fue muy positivo para las sedes que los realizaron, por cuanto quedaron prácticamente comprometidos a fomentar el turismo aventura, que es una de las formas en que puede desarrollarse el sur del país, ya que ni las lluvias ni el rigor del clima impiden hacer turismo en esta forma.
En los faldeos del volcán Osorno , ubicado dentro del territorio de la comuna de Puerto Varas, existe un complejo turístico que se llama La Burbuja, el cual se encuentra totalmente abandonado, porque sus instalaciones, infraestructura y andarivel se encuentran en grave estado de deterioro y este último prácticamente en el suelo.
En la actualidad esta situación está bajo la responsabilidad de la Corporación Nacional Forestal, Conaf , dado que tiempo atrás la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, que realizó la inversión, no pudo seguir administrando la concesión por razones fundamentalmente financieras y, con posterioridad, porque existía, desde hacía varios años, un proyecto en Conaf para llamar a licitación internacional, con el fin de permitir la explotación turística del volcán Osorno. Sin embargo, esta licitación no se ha llevado a cabo ni se han preparado las bases. Por lo tanto, sigue pendiente la posibilidad de explotar este importante rincón turístico.
Considerando la alta inversión involucrada por parte de la municipalidad, el estado ruinoso en que se encuentra la estructura de ese complejo y que se realizará el Quinto Congreso Mundial de Ecoturismo, resulta paradójico y contradictorio que las autoridades pertinentes no se pronuncien sobre qué ocurrirá con esta instalación turística, que probablemente tendremos que mostrar a los 800 delegados, quienes se llevarían una pésima impresión sobre la forma de realizar turismo en nuestro país.
Por lo anterior, solicito que se oficie al Ministro de Agricultura , a fin de que, por su intermedio, el director ejecutivo de Conaf informe a esta Corporación las razones que han impedido llevar a cabo la licitación internacional del volcán Osorno y por qué no se han mantenido las instalaciones de La Burbuja, que se encuentran en un estado francamente ruinoso, haciéndole presente la importancia de resolver este problema antes de la realización de ese congreso.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio en la forma solicitada por Su Señoría.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el Diputado señor Navarro.
INVESTIGACIÓN SOBRE MUERTE DE CONSCRIPTO EN AISÉN. Oficios.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , como en otras ocasiones, lamento tener que hacer referencia a un hecho doloroso: la muerte del conscripto Eduardo Andrés Lemus Silva , en Aisén, Coihaique.
Este joven fue encontrado muerto en la madrugada del domingo 23 de junio, en circunstancias de que se encontraba de guardia. Sobre esta muerte ha habido un debate público, pues se ha señalado que fue sospechosa, que no parece suicidio, sino un accidente.
Nos hemos informado que el Ejército, de manera adecuada y pronta, ha realizado una investigación y ha determinado que el joven falleció a causa del disparo de un proyectil del fusil que portaba. Sin embargo, teniendo presente que el Ejército ha actuado de manera diligente para investigar e informar sobre la muerte de este joven conscripto, llaman la atención las declaraciones que ha formulado la madre de este conscripto, que no pueden dejarse de lado. Leo textual: “Señaló que en conversaciones telefónicas, en clave, le había expresado que lo maltrataban. Además, en una carta enviada a un amigo le pedía realizar gestiones para que lo sacaran del servicio”.
Sin duda, la muerte puede justificarse como consecuencia de un lamentable accidente debido al mal manejo de su arma de servicio; podríamos recibir una explicación técnica y de una falla humana respecto de la situación que le produjo la muerte: un tiro que entró por el estómago y que salió por la nuca. Sin embargo, resulta revelador que tengamos una vez más presente en este caso el maltrato y a una madre que recibe llamadas telefónicas en clave, de su hijo que cumple con el servicio militar, denunciándolo, y cartas enviadas a familiares o a amigos en que pide que por favor le saquen el servicio de encima, que le quiten ese peso de encima.
Señalé en otra oportunidad que en Coronel un conscripto denunció maltrato y se produjo una investigación. A pesar de las severas lesiones que tenía, se declaró que las había sufrido accidentalmente. La madre y los familiares han pedido su baja y se me ha informado que hasta la fecha no ha sido posible obtenerla, sometiendo a una angustia terrible a un joven que permanece en las filas del Ejército con temor, cumpliendo con esta tarea patriótica, pero que es absolutamente desvirtuada por quienes no entienden que maltratar a los jóvenes conscriptos es un delito.
En Iquique, el Ejército dio de baja a algunos oficiales de menor graduación por maltrato directo a conscriptos. Es necesario que este procedimiento no sólo sea un ejemplo, sino también una política permanente.
En definitiva, para que el servicio militar siga siendo el cumplimiento de un deber, en mi opinión, debiera ser voluntario; hoy es obligatorio. Debiera funcionar con un doble llamado. En el Ejército hay acuerdos importantes para que se llame primero a los que estén de acuerdo con hacer el servicio, que son muchos. Treinta mil jóvenes hacen anualmente el servicio militar obligatorio; 27 mil de ellos, en el Ejército. En una segunda instancia, el llamado podría ser de alguna manera obligatorio.
Estoy convencido de que los jóvenes que concurran voluntariamente, tendrían la certeza, ellos y sus familias, de que el trato que recibirán al interior del Ejército no sólo será formativo en lo militar, sino también en lo social y, muy entrañablemente, digno en lo humano. Entonces, allí se construirá una sociedad de amigos, y no de enemigos, con quienes tienen la tarea jerárquica de conducirlos.
Por lo tanto, solicito que se oficie al Ministerio de Defensa, a fin de que sean aclaradas las dos situaciones. En primer lugar, para que se hagan llegar los antecedentes respecto de las circunstancias que rodearon la muerte de Eduardo Lemus Silva. Cómo a un joven de guardia puede disparársele su fusil y provocarle la muerte, en circunstancias de que también es deber de los oficiales a cargo del conscripto tener el cuidado suficiente para que este tipo de accidentes no ocurra, aun cuando, evidentemente, pueda haber responsabilidad individual. Pero allí habrá que tomar medidas para que esta situación no vuelva a ocurrir.
De los 27 mil jóvenes que hay en el Ejército, si bien pudiera no ser relevante que uno o dos fallezcan, por el hecho de ser una vida humana es importante. Por lo tanto, toda medida, reglamento o acción que se pueda tomar para evitar una muerte, resulta relevante.
Además, por el prestigio del Ejército y de nuestras Fuerzas Armadas, es importante que este tipo de casos no se traten con sigilo, misterio ni ocultamiento, sino que, muy por el contrario, se establezcan de manera pública y clara, a fin de que no den motivo a ningún tipo de suspicacia, de acusación, de interpretación o persecución política contra las Fuerzas Armadas, especialmente contra el Ejército.
En segundo lugar, pido que se investiguen las condiciones anexas, es decir, la carta, las denuncias que había hecho y si había antece-dentes de maltratos que pudiera haber durante el tiempo que estuvo en el servicio militar, en el caso específico de Eduardo Lemus Silva , dentro del regimiento Nº 14, de Aisén-Coihaique, que lo cobijaba.
Estos hechos y aclaraciones permitirán configurar, en el futuro, un elemento que motive a nuestros jóvenes a inscribirse en el servicio militar, y no como hasta ahora, que más bien es una aventura que algunos se atreven a cumplir, escapando de sus condiciones económicas, que por una verdadera motivación y pasión patriótica.
Por último, solicito que se reiteren los oficios al Ministro de Defensa respecto de situaciones similares a la señalada. Esto contribuirá a mejorar mucho la convivencia nacional, especialmente en la relación de los jóvenes con las Fuerzas Armadas y, en especial, con el Ejército.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).
- Se enviarán los oficios en la forma solicitada por Su Señoría.
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.
-Se levantó la sesión a las 15.50 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República. Establece incentivos para el desarrollo económico de las regiones de Aysén y Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica cuerpos legales que indica. (boletín Nº 1888-03).
“Honorable Cámara:
Presento a vuestra consideración un proyecto de ley que propone establecer incentivos de distinto carácter con el objeto de impulsar decisivamente el desarrollo económico y la plena integración de todos nuestros conciudadanos de las Regiones de Aysén y Magallanes y de la provincia de Palena en la Décima Región a la etapa de crecimiento y desarrollo que experimenta el país. También busca introducir modificaciones a diversos cuerpos legales que regulan materias que inciden en estos mismos propósitos. Todas estas medidas se encuentran comprendidas en el marco de un Plan Estratégico para el Desarrollo de la Zona Austral formulado por el Gobierno para esa significativa parte del territorio nacional.
El Supremo Gobierno se encuentra empeñado en estimular un desarrollo integrado y justo para todos los chilenos. Ello nos obliga a considerar con especial atención aquellas zonas y regiones que, por diversos motivos, tales como el aislamiento geográfico, las dificultades de comunicación e integración al resto del territorio nacional, las características de su poblamiento y desarrollo urbano, su carácter de áreas fronterizas y otras derivadas de condiciones climáticas, tornan muy difícil la tarea de generar condiciones de mercado para el desarrollo de procesos de inversión y generación de empleo en esas lejanas zonas de nuestro territorio.
Esta preocupación no es reciente. Ya en el pasado otras iniciativas de diversa naturaleza buscaron, por la vía de franquicias aduaneras o tributarias, más la intervención del Estado, establecer fórmulas que facilitaran un proceso de integración de estas zonas al resto del territorio nacional, estimularan su poblamiento y crearan condiciones económicas estables para el desarrollo de la iniciativa privada en diversos campos, tales como la explotación forestal, la ganadería, la pesca y la minería, por mencionar los más relevantes.
Para la elaboración de este Plan Estratégico para el Desarrollo de la Zona Austral, el Gobierno dispuso la constitución de un equipo de trabajo, bajo la dirección del Ministerio del Interior y con una secretaría técnica de responsabilidad del Ministerio de Economía. Este equipo recorrió durante 1995 gran parte del territorio en cuestión, entrevistándose en terreno con las autoridades regionales, provinciales, municipales y vecinales; así como con numerosos dirigentes de organizaciones empresariales, sindicales y políticas.
Desde un punto de vista político administrativo, esta propuesta abarca el territorio que va desde la provincia de Palena por el Norte hasta la provincia Antártica por el Sur. Se le designa geográficamente como la Patagonia Occidental , Zona de los Canales o Zona Austral. Representa más de un tercio de la superficie continental de Chile y posee una proporción todavía mayor de las costas nacionales.
Las características principales que perfilan su especificidad económica, y marcan su diferencia respecto del resto del país, son las siguientes:
-Presenta una situación de marcado aislamiento derivada, básicamente, de la escasez relativa de la infraestructura necesaria para superar los accidentes geográficos que la separan del resto del país, así como la falta y carestía de los servicios de transporte. En general, se observa un cuadro de desintegración física que se expresa tanto en su interior, como respecto del resto del país, de la Patagonia argentina y del continente Antártico.
-Enfrenta adversas condiciones climáticas, que encarecen el costo de vida medio para sus habitantes, respecto del resto del país.
-Posee una ínfima densidad poblacional, y un mercado relativamente reducido.
La combinación de estos factores ha actuado en la zona como la principal barrera a la entrada de nuevos capitales, capacidad empresarial y fuerza de trabajo calificada.
No obstante estos problemas, la zona señalada presenta uno de los patrimonios de recursos naturales más ricos y diversificados del país. Este capital natural cuenta con bajísimos niveles de intervención y contaminación en comparación con otros, a pesar de las degradaciones inducidas por algunas actividades económicas a lo largo del tiempo. A su vez, ocupa una posición estratégica en el vértice en que confluyen los océanos Pacífico y Atlántico.
En la actualidad, la población que habita esta parte del territorio nacional depende relativamente más que el resto del país del sector público, tanto a nivel de servicios de la administración, como de la construcción de obras de infraestructura y de la actividad de empresas públicas. En cuanto al sector privado, las principales actividades están ligadas a procesos de producción primaria, tales como ganadería, pesca, extracción de hidrocarburos y en menor medida, forestal y agrícola; por lo general, de baja productividad, innovación técnica y sustentabilidad a largo plazo. La importancia del sector industrial privado en la economía zonal es notoriamente menor que en las demás regiones del país. Lo mismo ocurre en materia de prestación de servicios.
Luego de un diagnóstico de las potencialidades del desarrollo productivo elaborado por el Gobierno, se detectó la existencia de importantes oportunidades de inversión para sectores emergentes en dicha zona, como por ejemplo el turismo de aventura o de intereses especiales, que hoy constituye uno de los mercados de mayor crecimiento actual y potencial en el comercio mundial; la acuicultura; los servicios portuarios, para la transferencia de cargas y atención de naves internacionales, en el caso de la Región de Magallanes.
Sin perjuicio de ello, existen a su vez grandes oportunidades de progreso para sectores tradicionales en la economía de esas áreas, pues a través de la innovación tecnológica, se pueden obtener importantes mejoras de rendimiento y desarrollo de nuevos productos en las actividades ganaderas, pesqueras y forestales. También mediante el apoyo al esfuerzo asociativo, se puede facilitar el desarrollo de una industria elaboradora de los recursos naturales y una mejor comercialización de los productos.
Este proyecto de ley propone promover la integración física al interior de las regiones, de éstas con el continente y con el resto del mundo y fortalecer el desarrollo productivo de la zona, apoyando la inversión privada en los sectores que presentan mejores perspectivas. Para ello, se potenciará el desarrollo de sectores tradicionales -como la ganadería, la pesca, energía y la silvicultura- y de sectores emergentes, como la acuicultura, el turismo y los servicios portuarios.
Conforme a lo anterior se propone lo siguiente:
1. El establecimiento de un crédito tributario diferenciado hasta el 31 de diciembre del año 2000, equivalente al 40% del total invertido, para los nuevos proyectos que se realicen en la zona, en los siguientes sectores productivos: adquisición de embarcaciones nuevas o reacondicionadas, para prestar servicios de transporte marítimo nacional, desde Puerto Montt al sur; de aeronaves para prestar servicios interregionales desde Puerto Montt al Sur y/o locales en Palena, Aysén y Magallanes ; infraestructura turística; introducción de nuevas especies acuícolas, avícolas y pecuarias y de un 20% del total invertido, para los nuevos proyectos que se realicen en la zona.
El crédito tributario será deducido del impuesto sobre las utilidades del inversionista e incompatible con algunas de las franquicias ya existentes. También se regula el límite máximo del crédito por proyecto, beneficiarios en cada año comercial y tipos de proyectos excluidos.
Este incentivo tributario busca estimular un proceso de inversión que permita construir una base productiva y de servicios que sustente el futuro desarrollo de esas regiones.
2. Se ha estimado necesario modificar el procedimiento de autorización contemplado en los incisos tercero y cuarto del D.L. 1.939, de 1977, con el objeto de facilitar el acceso de inversionistas nacionales de países limítrofes a la propiedad u otros derechos reales sobre inmuebles, situados en áreas fronterizas, simplificando el procedimiento establecido.
Se radica en la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, toda facultad para autorizar a personas nacionales de países limítrofes, jurídicas o naturales, interesadas en adquirir inmuebles o constituir derechos reales sobre ellos, que se encuentren ubicados en áreas definidas como fronterizas, sin perjuicio de las excepciones que en el citado cuerpo normativo se contemplan.
En lo sucesivo las solicitudes se remitirán directamente a la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, entidad que conocerá y decidirá directamente sobre el asunto, sin perjuicio de la consulta previa a los Ministerios de Defensa Nacional y del Interior y demás organismos que correspondan en cada caso.
3. Se modifica el régimen legal de las concesiones fiscales, ampliando las facultades conferidas al Ministerio de Bienes Nacionales por el D.L. Nº 1.939, de 1977, creando un nuevo instrumento para administrar el patrimonio fiscal, que será complementario de los actualmente existentes, y que consiste en otorgar concesiones a título oneroso, a todo tipo de personas naturales o jurídicas en las condiciones que en el proyecto se establecen, de manera tal de permitir el otorgamiento de concesiones de uso a empresas o particulares con fines de lucro, para proyectos turísticos u otros ambientalmente sustentables.
Mediante el otorgamiento de concesiones a título oneroso sobre inmuebles fiscales se pretende equilibrar dos factores. Por una parte, mantener dentro del patrimonio fiscal inmuebles de alto valor, de manera tal de asegurar a las generaciones futuras su disponibilidad y utilización. Por la otra, que éste sea explotado racionalmente por los privados, contribuyendo al desarrollo económico del país.
Ahora bien, con la modificación propuesta, las concesiones deberán otorgarse contra proyecto. Ello permitirá a la administración otorgarle prioridad a aquellos proyectos que propongan una explotación sustentable de los recursos naturales, en algunos casos incluso su conservación y protección, y, en términos generales, se permitirá un uso racional del territorio en armonía con los planes de desarrollo que se fijen en las diversas regiones.
El proyecto propuesto señala que la concesión durará el plazo convenido, el que no puede exceder de treinta años. Sin embargo, el Ministerio de Bienes Nacionales podrá poner término anticipado a la concesión cuando así lo requiera el interés público. Esta disposición se fundamenta en que a través de la concesión se le otorga a un particular el uso exclusivo de un bien fiscal para obtener un aprovechamiento racional del mismo y de esa manera se satisface indirectamente el mencionado interés público.
Entonces, en virtud de esta finalidad pública o de utilidad general que se persigue por la Administración, se le reconocen a ésta el de poner término anticipado a la concesión. En el ejercicio de esta facultad, la administración actúa con un poder que no surge del contrato de concesión sino de su condición de poder administrativo, precisamente porque los fines públicos desplazan a los fines privados y justifican la intervención de la Administración en la ejecución del contrato de concesión cuando la satisfacción de su finalidad peligra. Sin embargo, dicha terminación da derecho a indemnización.
Finalmente, cabe señalar que la concesión sólo puede recaer en inmuebles fiscales. Pero se excluyen del ámbito de aplicación de este mecanismo las reservas forestales, parques nacionales y los terrenos fiscales cuya ocupación y trabajo en cualquier forma comprometan el equilibrio ecológico.
4. Se introducen diversas adecuaciones a la normativa existente en materia de becas, contemplada en la ley Nº 18.681, sustituyendo la unidad con la cual se calculan actualmente las becas (U.S.E.) por Unidades Tributarias Mensuales, con el objeto de establecer un programa de becas para financiar estudios en Instituciones de Educación Superior del país, orientado a profesionales de la zona, que asuman el compromiso de radicarse y ejercer profesionalmente en ellas, por un período al menos igual a la mitad del tiempo que hayan recibido el beneficio.
5. Se modifica el artículo 36 del D.L. Nº 825, de 1974, con el objeto de ampliar la cobertura del beneficio tributario que se concede a los bienes y/o servicios exportados. En particular, se otorga dicho beneficio a las empresas que presten servicios de diversa naturaleza a naves o flotas extranjeras.
Por consiguiente, tengo el honor de someter a la consideración de esa Honorable Corporación el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“CAPÍTULO I
Del Crédito Tributario
Artículo 1º.- Los contribuyentes que declaren el impuesto de Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta sobre renta efectiva determinada según contabilidad completa, tendrán derecho, hasta el 31 de diciembre del año 2000, a un crédito tributario por las inversiones que efectúen en las regiones XI y XII y en la provincia de Palena, destinadas a la producción de bienes o prestación de servicios en esas regiones y provincia, de acuerdo a las disposiciones del presente Capítulo.
Los contribuyentes tendrán derecho a este beneficio sólo respecto de los bienes incorporados al proyecto de inversión a la fecha indicada en el inciso precedente, no obstante que la recuperación del crédito podrá hacerse hasta el año 2025.
El crédito será equivalente al porcentaje establecido en el inciso final de este artículo sobre el valor de los bienes físicos del activo inmovilizado que correspondan a construcciones, maquinarias y equipos, directamente vinculados con la producción de bienes o la prestación de servicios del giro o actividad del contribuyente, adquiridos nuevos o terminados de construir en el ejercicio. Para tal efecto, dicho valor será actualizado al término del ejercicio de conformidad con las normas del artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y antes de deducir las depreciaciones correspondientes.
El crédito beneficiará exclusivamente a los bienes físicos que correspondan a:
a) Embarcaciones y aeronaves nuevas destinadas exclusivamente a prestar servicios de transporte en la zona que comprenden los paralelos 41º y 80º Latitud Sur y los meridianos 20º y 100º Latitud Oeste y el territorio antártico chileno, que operen servicios regulares que incluyan la provincia de Palena, la XI o la XII Regiones. También se podrán considerar embarcaciones o aeronaves reacondicionadas, importadas desde el extranjero y sin registro anterior en el país. Con todo, el beneficio no podrá impetrarse más de una vez para un mismo bien.
b) Inmuebles, equipamiento e instalaciones anexas construidas o adquiridas nuevas, destinadas exclusivamente a su explotación comercial con fines turísticos, o construidas con tal fin en áreas declaradas “Centro de Interés Turístico.”;
c) Construcciones, maquinarias y equipos, terminados de construir o adquiridos nuevos, incorporados a proyectos innovativos destinados al cultivo, crianza, elaboración posterior y comercialización de especies acuícolas, avícolas o pecuarias, que no estén siendo explotadas en las regiones y provincias señaladas en el inciso primero, y
d) Construcciones, maquinarias y equipos, terminados de construir o adquiridos nuevos, incorporados a proyectos destinados exclusivamente a la elaboración secundaria de bienes, a través de transformación industrial.
No podrán considerarse dentro de la inversión para los efectos del beneficio referido, los bienes no sujetos a depreciación, aquellos que para efectos tributarios tengan una vida útil inferior a tres años y los vehículos motorizados en general, con excepción de aquellos vehículos especiales fuera de carretera con maquinaria montada y de los señalados en la letra a) anterior.
Este beneficio podrá otorgarse sólo a los contribuyentes cuya inversión en bienes sujetos al beneficio supere las 2.000 unidades tributarias mensuales.
El porcentaje del crédito a aplicar sobre el monto de inversión, de acuerdo a las categorías de proyectos indicadas en el inciso cuarto, será el que se indica a continuación:
Tramos de inversión Proyectos Proyectos
letras letra d)
a), b) y c)
-En la parte que supere las 2.000 UTM y sea inferior a las 200.000 UTM 40,0% 20,0%
-En la parte que supere las 200.000 UTM y sea inferior a 2.500.000 UTM 15,0% 15,0%
-En la parte que supere las 2.50.000 UTM 10,0% 10,0%
Artículo 2º.- El crédito establecido en el artículo anterior se deducirá del impuesto de Primera Categoría que deba pagar el contribuyente, a contar del año comercial de adquisición o construcción del bien, en los casos señalados en las letras a) y b) del artículo anterior o de término del proyecto tratándose de las letras c) y d) del mismo artículo, sin perjuicio del derecho a la rebaja de los créditos establecidos en los artículos 56 número 3) y 63 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
El crédito que no se utilice en un ejercicio, deberá deducirse en el ejercicio siguiente, reajustándose en la forma prevista en el inciso tercero del número 3º del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Artículo 3º.- Para los efectos de acceder al crédito establecido en el artículo 1º, el contribuyente deberá solicitar el beneficio al Director Regional del Servicio de Impuestos Internos respectivo, acompañando un detalle técnico del proyecto, su fecha de término, una especificación de los bienes que se adquirirán, el monto total de la inversión y otros antecedentes que requiera el citado Director Regional para mejor resolver.
El Director Regional , mediante resolución fundada, autorizará o denegará al contribuyente el uso del crédito, previo informe de las autoridades o instituciones que se indican en el inciso siguiente o de otra institución que dicho Director estime conveniente. Los informes deberán evacuarse dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento. La resolución respectiva, ya sea favorable o desfavorable, deberá indicar los requisitos que procedan y se emitirá dentro de los cuarenta y cinco días hábiles a la fecha de la recepción de los informes requeridos. La resolución no emitida en dicho plazo se entenderá favorable.
En el caso de las inversiones en bienes y proyectos señalados en las letras a) y d), del artículo 1º, será competente para emitir el informe el Secretario Regional Ministerial de Economía de la Región en donde se desarrolle la inversión. Para el caso de la letra b) será competente el Director del Servicio Regional de Turismo. Tratándose de la letra c), el informe será emitido por el Director Regional de la Corporación de Fomento de la Producción de la respectiva región.
El Servicio de Impuestos Internos también podrá recurrir a la opinión técnica de las referidas autoridades e instituciones, para efectos de la fiscalización posterior de los proyectos beneficiados por el crédito. Dichas autoridades e instituciones estarán obligados a entregar la información requerida.
Artículo 4º.- El beneficiario no podrá destinar los bienes incorporados a su proyecto de inversión a un fin distinto de aquel correspondiente al señalado en el artículo 1º ni tampoco enajenarlos, salvo en ambos casos, con autorización del Servicio de Impuestos Internos, previa devolución del impuesto no enterado en arcas fiscales por la aplicación del crédito tributario en la forma dispuesta en el inciso segundo del artículo 5º.
La obligación establecida en el inciso anterior regirá sólo por el plazo señalado en el inciso primero del artículo siguiente.
Artículo 5º.- Los bienes muebles comprendidos en la inversión que sirvió de base para el cálculo del crédito, deberán radicarse y operarse en la zona comprendida por las regiones XI, XII y la provincia de Palena, por el plazo mínimo de cinco años contado desde la fecha en que fueron adquiridos. Sin embargo, tratándose de los bienes señalados en la letra a) del inciso cuarto del artículo 1º, la zona de operación será la que en dicha letra se indica.
Con todo, el Servicio de Impuestos Internos podrá autorizar la salida de los bienes de las zonas señaladas en el inciso anterior, previa devolución del impuesto no enterado en arcas fiscales por la aplicación del crédito tributario. Dicho crédito será considerado para este caso como impuesto de retención, pudiendo dicho Servicio girarlo de inmediato, conjuntamente con el reajuste, intereses y sanciones que procedan, sujetándose en todo a lo dispuesto en el artículo 64 del Código Tributario.
El contribuyente deberá acreditar la devolución de dicho impuesto al Servicio Nacional de Aduanas, al que conjuntamente con el Servicio de Impuestos Internos, la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante Nacional y la Dirección General de Aeronáutica Civil, le corresponde fiscalizar el cumplimiento de la obligación de permanencia y operación señalada en el inciso primero. Por consiguiente, cualquier información que obtuvieren estas instituciones en el desempeño de sus funciones y que contravengan las normas tributarias de esta ley, deberán comunicarla al Servicio de Impuestos Internos.
Para cumplir esta función, dichos servicios podrán solicitar la colaboración de Carabineros de Chile, de la Armada de Chile o de la Fuerza Aérea de Chile, según corresponda.
Sin embargo, el Servicio Nacional de Aduanas podrá autorizar la salida de los bienes desde la zona señalada en el inciso primero antes del plazo de cinco años y sin previa devolución del impuesto, cuando la reparación de los bienes así lo exija, por un plazo de tres meses prorrogable hasta por un año, por razones fundadas. En caso que el plazo señalado se hubiere excedido, se aplicará una multa mensual equivalente al 1% del valor de adquisición del bien, reajustado a la fecha de la multa, considerando la variación experimentada por la unidad tributaria mensual desde la fecha de adquisición. Transcurridos seis meses desde el vencimiento del plazo sin que se produzca el reingreso de los bienes, el contribuyente deberá proceder a la devolución de los impuestos en los términos señalados en el inciso segundo de este artículo.
En el caso de embarcaciones o aeronaves beneficiadas por el crédito que presten servicios de transporte internacional dentro del área indicada en la letra a) del artículo primero, el Servicio Nacional de Aduanas podrá exigir al contribuyente una caución suficiente para garantizar la radicación del bien en el territorio nacional. Asimismo, los contribuyentes propietarios de embarcaciones y aeronaves deberán requerir, dentro del mes siguiente a la aplicación del beneficio en la forma prevista en el artículo 2º, la anotación al margen del registro correspondiente de la obligación de radicación, haciendo referencia a la presente ley. Dicha anotación deberá mantenerse por el plazo señalado en el inciso primero de este artículo.
En caso de incumplimiento de lo establecido en este artículo y en los artículos 1º, 2º y 6º, se aplicarán las mismas normas de cobro y de giro del impuesto, reajuste, intereses y sanciones señaladas en el inciso segundo del presente artículo.
Artículo 6º.- No tendrán derecho al crédito los contribuyentes que a la fecha de la deducción del mismo, adeuden al Fisco impuestos o gravámenes aduaneros con plazo vencido o sanciones por infracciones tributarias o aduaneras.
El beneficio que se concede en este Capítulo será incompatible con cualquier otra bonificación otorgada por el Estado sobre los mismos bienes, dispuesta especialmente para favorecer a las regiones y provincias señaladas en el artículo 1º. El interesado deberá optar por uno de ellos.
Artículo 7º.- La utilización de antecedentes falsos o inexactos para impetrar el beneficio establecido en este Capítulo, será sancionada en la forma prevista en el inciso segundo del Nº 4 del artículo 97 del Código Tributario. Para estos efectos, se entenderá que el monto defraudado es el equivalente al impuesto no enterado en arcas fiscales por la aplicación indebida del crédito, sin perjuicio de aplicarse lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5º de esta ley.
Artículo 8º.- Todas aquellas personas condenadas por los delitos contemplados en la ley Nº 19.366, deberán restituir al Fisco, en la forma prevista en el inciso segundo del artículo 5º, las sumas de dinero equivalentes a los beneficios y franquicias que hayan obtenido en virtud de la presente ley. No obstante lo anterior, se aplicará además a dichas personas una multa equivalente al 100% del monto inicial de la franquicia.
Esta sanción se hará extensiva a las sociedades en las cuales los condenados tengan participación, en proporción al capital aportado o pagado por éstos.
CAPÍTULO II
De la adquisición de derechos sobre inmuebles situados
en las zonas fronterizas que indica
Artículo 9º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 7º del D.L. 1939, de 1977:
1. Reemplázase los incisos tercero y cuarto por los siguientes:
“El Director Nacional de Fronteras y Límites del Estado, mediante resolución exenta fundada en razones de interés nacional, podrá eximir nominativa y expresamente a los nacionales de países limítrofes de la prohibición precedente y autorizarlos para adquirir o transferir el dominio u otros derechos reales o la posesión o tenencia de uno o más inmuebles determinados, situados en zonas fronterizas.
A tal efecto, las solicitudes se remitirán a la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, entidad que conocerá y decidirá directamente sobre el asunto, sin perjuicio de consultar previamente al Ministerio del Interior, al Ministerio de Defensa Nacional y a los demás organismos que corresponda en cada caso.”, y
2. Incorpórase el siguiente inciso final, nuevo:
“Lo anterior será sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6º de este Decreto Ley y de las demás disposiciones que rigen las zonas fronterizas.”.
CAPÍTULO III
De la concesión onerosa de inmuebles fiscales
Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.L. Nº 1.939, de 1977:
1. Agréganse, al final del artículo 56, los siguientes incisos, nuevos:
“Todos los gastos que provengan de reparaciones, conservación, ejecución de obras y pagos de servicios tales como agua potable, alcantarillado, electricidad, teléfono, gas, contribuciones y otros a que estén afectos los bienes destinados, serán de cargo exclusivo de los organismos destinatarios.
Los bienes destinados deberán ser empleados exclusivamente en el objeto para el cual se solicitaron. Si por cualquier motivo dejaren de utilizarse en dicho objeto, deberán ser puestos de inmediato a disposición del Ministerio de Bienes Nacionales para su debida administración. El Ministerio fiscalizará el empleo debido que se dé a estos bienes, pudiendo poner término a la destinación cada vez que las circunstancias así lo aconsejen.”.
2. Reemplázanse los artículos 57 al 63 por los siguientes:
“Artículo 57.- Conforme a las disposiciones de este párrafo, el Ministerio de Bienes Nacionales podrá otorgar a cualquier persona natural o jurídica, en forma de concesión, un derecho real de uso y goce sobre bienes inmuebles fiscales, con un fin preestablecido y en las condiciones que para cada caso se determinen, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 de este cuerpo legal.
Las concesiones podrán otorgarse directamente o a través de propuesta pública o privada.
Toda solicitud de concesión ante el Ministerio deberá ir acompañada de un proyecto que señale la actividad específica que se desarrollará en el inmueble, los usos que se le darán y las obras que se ejecutarán en él.
Cualquier persona, natural o jurídica, podrá postular ante el Ministerio de Bienes Nacionales la ejecución de un proyecto mediante la forma de concesión a que se refiere el inciso primero. La calificación de estas postulaciones será resuelta por el Ministerio en forma fundada, en el plazo de tres meses, como máximo, contado desde su presentación. El postulante deberá hacer su presentación en la forma que establezca el reglamento.
El proyecto cuya ejecución se apruebe podrá ser adjudicado directamente al proponente, o bien deberá licitarse dentro de seis meses siguientes de la aprobación de la solicitud.
El postulante que hubiere dado origen a la licitación, tendrá derecho a un premio en la evaluación de su oferta en la licitación respectiva. Dicha consideración será especificada en el reglamento y en las bases correspondientes.
Aún en el caso que las leyes o reglamentos exijan como requisito ser propietario del terreno, los concesionarios podrán solicitar la aprobación de los planes de manejo y la asistencia técnica y crediticia que se requieran para construir o realizar en el inmueble las inversiones necesarias para el cumplimiento del proyecto aprobado.
El otorgamiento de la concesión no liberará al concesionario de la obligación de obtener todos los permisos o autorizaciones que conforme a la legislación vigente, sean necesarios para el desarrollo del proyecto.
Serán aplicables a la concesión las limitaciones que establecen los artículos 6º y 7º de este mismo cuerpo legal.
Artículo 58.- Las concesiones se otorgarán a título oneroso. Sólo en casos excepcionales y por razones fundadas, se podrán efectuar a título gratuito en favor de las municipalidades, empresas u organismos estatales que tengan patrimonio distinto del Fisco o en que el Estado tenga aportes de capital, participación o representación, y personas jurídicas de derecho público o privado, siempre que estas últimas no persigan fines de lucro.
La Comisión Especial de Enajenaciones a que se refiere el artículo 85 de esta ley, previa tasación del inmueble, propondrá al Ministro el derecho o renta que deberá pagar el concesionario y su forma de pago. Sólo en casos calificados y por decreto fundado, se podrá fijar una renta inferior a la propuesta. Tratándose de concesiones otorgadas mediante licitación, la Comisión referida propondrá la renta mínima que deberá pagar el concesionario, para efectos de la elaboración de las bases correspondientes.
El destino de los derechos o rentas por concesiones de inmuebles fiscales será el mismo que la ley establezca para el producto de su venta.
Artículo 59.- La concesión durará el plazo convenido, que no podrá exceder de 30 años.
El Ministerio podrá poner término anticipado a la concesión por la vía administrativa, cuando así lo requiera el interés del Estado. En este caso, tratándose de concesiones a título oneroso, corresponderá indemnizar al concesionario los perjuicios que acredite haber sufrido como consecuencia directa del término anticipado.
El monto de la indemnización será determinado por una Comisión Conciliadora que estará integrada por un profesional universitario designado por el Ministro de Bienes Nacionales , un profesional universitario designado por el concesionario y un profesional universitario nombrado de común acuerdo por las partes, quien la presidirá. A falta de acuerdo, este último será designado por el Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Los integrantes de la Comisión deberán ser designados al inicio de la respectiva concesión, sin perjuicio de que puedan ser reemplazados cuando ello sea necesario o se estime conveniente. La Comisión deberá fijar sus normas y procedimientos contemplando, en todo caso, la audiencia de las partes y los mecanismos para recibir las pruebas y antecedentes que éstas aporten; y deberá establecer, en cuanto se designen sus integrantes, el modo en que se le formularán las solicitudes o reclamaciones y el mecanismo de notificación que ella empleará para poner en conocimiento de las partes las resoluciones o decisiones que adopte.
Solicitada la intervención de la Comisión, ella buscará la conciliación entre las partes. Si esta no se produce en el plazo de 30 días, el concesionario podrá solicitar a la Comisión, en el plazo de 5 días, que se constituya en Comisión Arbitral, o recurrir, en el mismo plazo, ante la Corte de Apelaciones de Santiago. En el primer caso, la Comisión actuará de acuerdo a las normas fijadas para los árbitros arbitradores y tendrá el plazo de 30 días para fallar. El fallo de la Comisión, en este caso, no será susceptible de recurso alguno.
En el evento de que el concesionario interponga el recurso ante la Corte de Apelaciones, éste se tramitará conforme al procedimiento establecido en los artículos 69 a 71 de la ley Nº 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, y a las siguientes disposiciones:
1. No será exigible boleta de consignación.
2. El traslado del recurso se dará al Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales correspondiente.
Lo dispuesto en este artículo es sin perjuicio de las atribuciones del Poder Judicial y de la Contraloría General de la República.
Artículo 60.- El contrato de concesión se celebrará por escritura pública, la que deberá inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces del lugar en que se halla ubicado el inmueble, como, asimismo, al origen de la inscripción de dominio del respectivo predio.
Todos los gastos que provengan de reparaciones, conservación, ejecución de obras y pagos de servicios tales como agua potable, alcantarillado, electricidad, teléfono, gas y otros a que estén afectos los bienes entregados en concesión, serán de cargo exclusivo del concesionario.
Artículo 61.- La concesión será indivisible y transferible, sin perjuicio de lo cual el adquirente asumirá todos los derechos y obligaciones que emanen del contrato de concesión.
La transferencia deberá ser aprobada por el Ministerio, dentro de los 45 días siguientes a la recepción de la solicitud.
Para otorgar dicha aprobación, el adquirente deberá cumplir todos los requisitos y condiciones exigidos al primer concesionario.
Transcurrido el plazo del inciso segundo de este artículo sin que el Ministerio se pronuncie, la transferencia se entenderá aprobada. El Secretario Regional Ministerial correspondiente certificará este último hecho.
La concesión será también transmisible. Pero la sucesión deberá notificar al Ministerio, dentro del plazo de 90 días contado desde el fallecimiento del concesionario su voluntad de continuar en la concesión. Transcurrido dicho plazo, sin que la sucesión se haya pronunciado afirmativamente, se aplicará lo establecido en los incisos tercero y siguientes del artículo 63 de este cuerpo legal. Sin perjuicio de ello, todos los gastos derivados de la concesión que se devenguen en el tiempo intermedio, serán de cargo exclusivo de la sucesión.
Artículo 62.- La concesión podrá otorgarse en prenda especial para garantizar las obligaciones que se deriven directa o indirectamente de la ejecución del proyecto de la concesión, y no requerirá de autorización previa por parte del Ministerio.
Esta prenda deberá constituirse por escritura pública, inscribirse en el Registro de Prenda Industrial del Conservador de Bienes Raíces del lugar en que se halla ubicado el inmueble, anotarse al margen de la inscripción exigida por el artículo 60 y notificarse al Ministerio de Bienes Nacionales por intermedio de un Notario.
A la prenda le serán aplicables los artículos 25 inciso primero, 29, 30, 31, 32, 33, 36, 37, 38, 40, 42, 43, 44, 46, 48, 49 y 50 de la ley Nº 5.687, sobre Prenda Industrial, en todo lo que no se contravenga con las disposiciones de este párrafo.
Artículo 63.- Sin perjuicio de las estipulaciones contenidas en el contrato, la concesión se extinguirá de pleno derecho, sin indemnización de perjuicios, en caso de vencimiento del plazo.
Los derechos del concesionario se extinguirán, subsistiendo la concesión, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones que el contrato impone al concesionario;
b) Quiebra del concesionario;
c) No ejecución del proyecto dentro del plazo estipulado en el contrato;
d) Ocurrencia de algún hecho o circunstancia que haga imposible usar o gozar del bien para el objeto de la concesión, y
e) La disolución de la persona jurídica concesionaria, cuando corresponda. Sin embargo, en este caso los comuneros podrán notificar al Ministerio, dentro del plazo de 30 días desde la disolución, el interés de alguno de ellos de continuar con la concesión, en cuyo caso el Ministerio obrará conforme a lo dispuesto en el artículo 61.
Declarada la extinción de los derechos del concesionario por alguna de las causales establecidas en el inciso anterior, el Ministerio procederá a designar un interventor, que sólo tendrá las facultades necesarias para velar por el cumplimiento de la concesión, siéndole aplicables las normas del artículo 200, Nºs. 1 al 5 de la ley Nº 18.175, sobre Quiebras. Este interventor responderá de culpa levísima.
Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, el Ministerio deberá proceder a licitar públicamente la concesión respectiva en el plazo de 180 días contados desde la declaración de extinción de los derechos del concesionario. Las bases de la licitación deberán establecer los requisitos que habrá de cumplir el nuevo concesionario, los que en ningún caso podrán ser más gravosos que los impuestos al concesionario original, y el plazo de duración de la nueva concesión.
La extinción de los derechos del concesionario se declarará por resolución del Ministerio de Bienes Nacionales, fundada en la constatación, por un Inspector de dicho Ministerio, del hecho que la origina.
La resolución a que se refiere el inciso anterior será anotada al margen de la inscripción del contrato, y notificada por carta certificada al concesionario y al ocupante del inmueble, si lo hubiere, para que lo restituya en un plazo de 30 días. Dentro de dicho plazo, el concesionario podrá reclamar ante la justicia ordinaria.
Transcurrido dicho plazo sin que el interesado haya restituido el inmueble o ejercido oportunamente su acción de reclamación, se procederá a su desalojo con el auxilio de la fuerza pública.
A falta de estipulación en contrario, todas las mejoras que el concesionario introduzca en el inmueble fiscal pasarán a dominio fiscal, sin indemnización alguna, una vez extinguida la concesión.”.
CAPÍTULO IV
Párrafo 1º
Disposiciones varias
Becas Ley Nº 18.681
Artículo 11.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 56 de la ley Nº 18.681:
a) Sustitúyense las expresiones “5 Unidades de Subvención Educacional “U.S.E.””, “10 U.S.E.”, las dos veces que aparece, y “50 U.S.E.”, por las expresiones “1,87 Unidades Tributarias Mensuales “U.T.M.””, “3,73 U.T.M.” y “18,65 U.T.M.”, respectivamente;
b) Agrégase la siguiente letra d), nueva:
“d) 5,79 U.T.M. para los estudiantes de educación superior de la región y comuna señaladas en las letras a) y c) precedentes, de la Provincia de Palena y de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.”., y
c) Intercálase, a continuación del inciso segundo, el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando a ser incisos cuarto, quinto y sexto, los actuales incisos tercero, cuarto y quinto:
“En el caso de estudios de Educación Superior el becario deberá desempeñarse en su respectiva región o provincia al término de sus estudios, por un plazo no inferior a la mitad del tiempo de duración de su beca. El reglamento establecerá las cauciones necesarias para garantizar el cumplimiento de esta obligación.”
Párrafo 2º
Prestación de Servicios a Naves Extranjeras
Artículo 12.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 36 del D.L. Nº 825, de 1974:
1º- Modifícase el inciso séptimo como se indica:
a) Sustitúyese la expresión “Punta Arenas” por la expresión “la XII Región”;
b) Intercálase a continuación de la coma (,) que sigue a la palabra “pesca”, la expresión “por los servicios de muellaje, estiba, desestiba y demás servicios portuarios”;
c) Agrégase, a continuación del vocablo “Aduanas” y del punto seguido (.) que le sigue, la oración “Igual beneficio tendrán las referidas empresas que efectúen transporte de pasajeros o de carga en tránsito por el país y que, por consiguiente, no tomen o dejen pasajeros ni carguen o descarguen bienes o mercancías en Chile, que recalen en las citadas regiones por los servicios portuarios que en ellas les presten.”, y
d) Sustitúyense las palabras “dichas naves” por la expresión “las naves pesqueras, buques factorías y las de carga que transporten productos del mar.”
2º- Suprímese su inciso octavo, pasando a ser inciso octavo el actual inciso noveno.
Artículo Transitorio
Artículo único.- Lo dispuesto en el nuevo inciso tercero del artículo 56 de la ley Nº 16.681, incorporado por la letra c) del artículo 11 de este cuerpo legal, regirá sólo para las becas otorgadas con posterioridad a la vigencia de la presente ley.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; ADRIANA DELPIANO PUELMA , Ministra de Bienes Nacionales ; ÁLVARO GARCÍA HURTADO , Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción; CARLOS FIGUEROA SERRANO , Ministro del Interior ; MANUEL MARFÁN LEWIS , Ministro de Hacienda Subrogante ; SERGIO MOLINA SILVA , Ministro de Educación.”
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LAS REGIONES DE AYSÉN Y MAGALLANES Y DE LA PROVINCIA DE PALENA Y MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA
Capítulo I, del Crédito Tributario. Sobre la base de las estimaciones de menor recaudación por efecto de la aplicación de un beneficio de características similares establecido en la ley Nº 19.420, es posible proyectar que el efecto fiscal del crédito tributario, durante todo el período de aplicación, bordearía los M$ 9.500.000
Artículo 11, Beca Ley Nº 18.681. Considerando el otorgamiento de 100 becas/año para estudios de educación superior, el costo incremental anual llegaría a M$ 55.156.
Artículo 12, Prestación de Servicios Naves Extranjeras. Sobre la base de una proyección del tráfico naviero a partir de cifras de años anteriores, y considerando los valores actuales de las tarifas portuarias afectas al pago de IVA, es posible estimar el efecto fiscal anual por devolución del referido impuesto en la cantidad de M$ 129.000.
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República. Proyecto de acuerdo mediante el cual se aprueba la enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada el 12 de diciembre de 1995. (boletín Nº 1881-10)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración la Enmienda al Párrafo 2 del Artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que fuera adoptada el 12 de diciembre de 1995 en la Conferencia de los Estados Partes de la indicada Convención.
Dicha Enmienda tiene como único propósito aumentar de diez a dieciocho el número de expertos que forman parte del Comité de los Derechos del Niño, órgano encargado de examinar los progresos realizados en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados Partes de la Convención.
En consecuencia y teniendo presente que nuestro país ratificó el 13 de.... de 1990 la Convención anteriormente aludida y que dicha Enmienda tiende a perfeccionarla, someto a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
“Artículo único.- Apruébase la Enmienda al Párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada el 12 de diciembre de 1995 en la Conferencia de los Estados Partes.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro de Relaciones Exteriores.”
Enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada a la Conferencia de los Estados Partes el 12 de diciembre de 1995.
Decide aprobar la enmienda propuesta al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, por la cual se sustituiría la palabra “diez” por la palabra “dieciocho”.
CONFORME CON SU ORIGINAL
(Fdo.): MARIANO FERNÁNDEZ AMUNÁTEGUI , Subsecretario de Relaciones Exteriores.”
3. Mensaje de S.E. el Presidente de la República. Proyecto de acuerdo mediante el cual se aprueba el convenio de seguridad social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina, suscrito en Buenos Aires el 26 de abril de 1996. (boletín Nº 1882-10)
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires el 26 de abril de 1996.
El Gobierno que me honro en presidir, consciente de la necesidad de reformular el Convenio de Seguridad Social suscrito con la República Argentina en 1971 al considerar los cambios experimentados en ambos países, particularmente en lo que se refiere a los nuevos regímenes previsionales, adoptó el presente Convenio que permitirá dar una mayor cobertura a los trabajadores de ambos países, toda vez que se incorporan a él los nacionales afiliados a las Asociaciones de Fondos de Pensiones chilenas y a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones argentinas, entre otras consideraciones.
En lo esencial, el Convenio que someto a vuestra consideración recoge los principios generales de derecho internacional en que se sustentan en la actualidad esta clase de instrumentos, cuales son: igualdad de trato entre las Partes Contratantes; mantenimiento de los derechos adquiridos en uno de ellos; conservación de los derechos en curso de adquisición y colaboración administrativa.
En cuanto a la estructura del Convenio, éste consta de 28 artículos, distribuidos en VI Títulos, recogiendo los cuatro primeros los principios antes aludidos.
En el Título I, denominado “Disposiciones Generales”, se establecen las definiciones de ciertas expresiones y términos básicos para la aplicación del Convenio, como son: “Autoridad competente”, “Institución competente”, “Organismos de enlace”, “Período de seguro”, “Prestación”, “Trabajador dependiente”, “Trabajador independiente o autónomo”, “Causahabiente o Beneficiario” y “Legislación”; el ámbito material y personal de aplicación del mismo, y los principios de igualdad de trato y el de mantenimiento de los derechos adquiridos en cada uno de los Estados Contratantes.
El Título II, consigna las “Disposiciones sobre la Legislación Aplicable” a los trabajadores, siendo la norma general que éstos estén sometidos a la legislación de la Parte Contratante en que ejerzan la actividad laboral. Se contemplan además las reglas especiales aplicables a ciertas personas, trabajadores y personal (diplomáticos, cónsules, trabajadores enviados a desempeñarse en el territorio de la otra Parte, trabajadores autónomos, personal de vuelo y en tránsito de empresas de transportes aéreo y terrestre y miembros de la tripulación de un buque) y las excepciones para determinadas personas o categorías de personas.
El Título III, recoge las “Disposiciones Relativas a Prestaciones”, contemplando a su vez tres Capítulos independientes. Estos dicen relación con las “Disposiciones Comunes” (totalización de períodos de seguro, cálculo de las prestaciones en casos de totalización, asimilación de los períodos y calificación de invalidez); con las “Disposiciones Aplicables a la Legislación de la República de Chile” (prestaciones conforme a la legislación chilena y prestaciones de salud para pensionados) y con las “Disposiciones Aplicables a la Legislación de la República Argentina” (prestaciones conforme a la legislación argentina), respectivamente.
El Título IV, que establece “Disposiciones Diversas”, trata, entre otras materias, lo relacionado con la presentación de solicitudes, comunicaciones, recursos, la obligación de asistencia recíproca entre las autoridades competentes, organismos de enlace e instituciones competentes a las Partes Contratantes, la exención de impuestos, derechos y exigencias de legalización, la forma de los pagos que correspondan en virtud del Convenio, la divisa en que se verificarán, la retención de los mismos, las atribuciones de las autoridades competentes, el establecimiento de una Comisión Mixta de Expertos para la mejor aplicación del Convenio, de los Acuerdos Administrativos y demás documentos adicionales, y el sistema que regulará las controversias que puedan suscitarse.
A su turno, el Título V trata de las “Disposiciones Transitorias” y, en particular, del cómputo de los períodos anteriores a la vigencia del convenio, los que serán, como se indica en el artículo 24º, tomados en consideración para la determinación del derecho a las prestaciones que se reconozcan en virtud del mismo.
Finalmente, el Título VI se refiere a las “Disposiciones Finales”, incluyendo entre éstas las que dicen relación con la sustitución del anterior Convenio de 1971, con la entrada en vigencia del presente instrumento, la duración del mismo, y la garantía de los derechos adquiridos o en vías de adquisición en caso de denuncia.
En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
“Artículo único.- Apruébase el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina suscrito en Buenos Aires, el 26 de agosto de 1995.”.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro de Relaciones Exteriores ; JORGE ARRATE MAC NIVEN , Ministro del Trabajo y Previsión Social.”
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL
ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE
Y
LA REPÚBLICA ARGENTINA
Los Gobiernos de la República de Chile y de la República Argentina;
Animados por el deseo de regular sus relaciones en el área de la Seguridad Social, han convenido lo siguiente:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º
Definiciones
1. Las expresiones y términos que se indican a continuación tienen, para los efectos de la aplicación del presente Convenio, el siguiente significado:
a) “Autoridad Competente”, respecto de la República de Chile, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y respecto de la República Argentina, el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
b) “Institución Competente”, designa la Institución u Organismo responsable, de la aplicación de la legislación a que alude el artículo 2 de este Convenio, en cada caso.
c) “Organismo de Enlace”, oficina o dependencia que en cada Parte Contratante será designada por la Autoridad Competente respectiva para efectos de coordinar la aplicación del presente Convenio entre las Instituciones Competentes.
d) “Período de Seguro”, todo período reconocido como tal por la legislación bajo la cual se haya cumplido, así como cualquier período considerado por dicha legislación como equivalente a un período de seguro.
e) “Prestación”, toda jubilación o pensión, incluyendo suplementos, asignaciones y aumentos.
f) “Trabajador Dependiente”, toda persona que ejerce una actividad remunerada bajo un vínculo de subordinación y dependencia.
g) “ Trabajador Independiente o Autónomo”, todo aquel que ejerce una actividad por cuenta propia.
h) “Causahabiente o Beneficiario”, toda persona que tenga dicha calidad de acuerdo a la legislación aplicable.
i) “Legislación”, las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones relativas a los Sistemas o regímenes de Seguridad Social mencionados en el artículo 2º, vigentes en el territorio de cada una de las Partes Contratantes.
2. Los demás términos o expresiones utilizados en el Convenio tienen el significado que les atribuye la legislación que se aplica.
ARTÍCULO 2°
Ámbito de Aplicación Material
1. El presente Convenio se aplicará:
A) Respecto de la República de Chile, a la legislación sobre:
a) El nuevo sistema de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, basado en la capitalización individual.
b) Los regímenes de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia administrados por el Instituto de Normalización Previsional.
c) Los regímenes de prestaciones de salud, sólo para los efectos de lo dispuesto en el artículo 4º, párrafo 2.
B) Respecto de la República Argentina, a la legislación sobre:
a) El sistema integrado de jubilaciones y pensiones, así como cualquier otro régimen que ampare las contingencias de vejez, invalidez y muerte, basado en la capitalización individual o en el Sistema de reparto.
b) Régimen de asignaciones familiares para jubilados y pensionados que residan en la República Argentina.
c) Regímenes de prestaciones médico-asistenciales, para jubilados y pensionados.
2. El presente Convenio se aplicará igualmente a la legislación que en el futuro complemente o modifique las enumeradas en el párrafo 1 de este artículo.
ARTÍCULO 3º
Ámbito de Aplicación Personal
El presente Convenio se aplicará a los trabajadores que estén o hayan estado sometidos a la legislación de Seguridad Social de una o ambas Partes Contratantes independientemente de su nacionalidad, así como a sus causahabientes o beneficiarios.
ARTÍCULO 4º
Igualdad de Trato
1. Los trabajadores de una de las Partes Contratantes a quienes se apliquen las disposiciones de este Convenio, quedarán sujetos a las mismas obligaciones y tendrán iguales derechos que los trabajadores de la otra Parte, cuando residan en el territorio de ésta última.
2. Asimismo, los nacionales de una de las Partes Contratantes que residan en el territorio de la otra Parte Contratante y perciban prestaciones por vejez, invalidez y sobrevivencia, de conformidad con la legislación de esta última Parte, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los nacionales de la mencionada última Parte, en lo que se refiere a las prestaciones médico-asistenciales.
ARTÍCULO 5º
Pago de Prestaciones en el Extranjero
1. Las prestaciones acordadas en virtud de la legislación de una de las Partes Contratantes, comprendidos sus aumentos y mejoras, no podrán ser objeto de reducción, suspensión o extinción por el hecho que el pensionado o jubilado resida en el territorio de la otra Parte Contratante.
2. Las prestaciones mencionadas en el párrafo 1 a cargo de una de las Partes Contratantes se pagarán a los jubilados o pensionados de la otra Parte que residan en el territorio de un tercer Estado, en las mismas condiciones e igual cuantía que a los nacionales de la primera Parte que tuvieran su residencia en este tercer Estado.
TÍTULO II
DISPOSICIONES SOBRE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
ARTÍCULO 6º
Norma General
El trabajador estará sometido a la legislación de la Parte Contratante en que ejerza la actividad laboral, independientemente de la Parte en que tenga su domicilio o de la Parte en que el empleador tenga su sede, salvo lo dispuesto en el artículo 7º.
ARTÍCULO 7º
Reglas especiales
1. Las personas que conforme con las disposiciones del Derecho Diplomático y Consular o en virtud de acuerdos especiales, estén exentas del régimen de Seguridad Social de la Parte que recibe, se regirán por las normas que les resulten aplicables.
2. El trabajador de una de las Partes Contratantes enviado por una empresa con sede en ella a desempeñarse en el territorio de la otra Parte, continuará regido por la legislación de la primera, siempre que la permanencia en el país receptor no fuere superior a veinticuatro meses. Si por circunstancias imprevisibles la duración del trabajo excediera dicho plazo, el trabajador podrá continuar regido por esa legislación siempre que la autoridad competente del país receptor prestare su conformidad.
Las mismas normas se aplicarán a los trabajadores que habitualmente ejerzan una actividad autónoma, en el territorio de una de las Partes Contratantes y que se trasladen para ejercer tal actividad en el territorio de la otra Parte.
3. El personal de vuelo de las empresas de transporte aéreo y el personal de tránsito de las empresas de transporte terrestre, continuará sujeto a la legislación de la Parte Contratante en cuyo territorio tenga su sede la empresa respectiva.
4. Los miembros de la tripulación de un buque que navegue bajo pabellón de una de las Partes Contratantes, estarán regidos por la legislación de dicha Parte. Toda otra persona que el buque ocupe en operaciones de carga, descarga, reparaciones y vigilancia en el puerto, estará sujeta a la legislación de la Parte en cuya jurisdicción se encuentre dicho buque.
5. El funcionario público que sea enviado por una de las Partes Contratantes al territorio de la otra Parte, continuará sometido a la legislación de la primera Parte, sin límite de tiempo.
ARTÍCULO 8º
Excepciones
A petición del trabajador y del empleador o del trabajador independiente o autónomo, las autoridades competentes de ambas Partes Contratantes podrán de común acuerdo, establecer excepciones a las disposiciones contenidas en los artículos 6º y 7º para determinadas personas o categorías de personas.
TÍTULO III
DISPOSICIONES RELATIVAS A PRESTACIONES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES COMUNES
ARTÍCULO 9º
Totalización de períodos de seguro
1. Los períodos de seguro cumplidos según la legislación de una de las Partes Contratantes se totalizarán cuando fuese necesario para la adquisición, conservación o recuperación del derecho a las prestaciones, con los períodos cumplidos bajo la legislación de la otra Parte, siempre que no sean simultáneos. El cómputo de los períodos correspondientes se regirá por la legislación de la Parte que deba practicarlo.
2. Cuando los períodos de seguro cumplidos por una persona bajo la legislación de una Parte, fueren inferiores a un año y si conforme a la legislación de esa Parte no existe derecho a beneficios, considerando sólo esos períodos, la Institución Competente de esa Parte no estará obligada a otorgar beneficios a esa persona respecto a dichos períodos, en conformidad con este Convenio.
ARTÍCULO 10º
Cálculo de las Prestaciones en Casos de Totalización
1. Cada Institución Competente determinará con arreglo a su propia legislación y teniendo en cuenta la totalización de períodos, cuando fuere necesario, si el interesado cumple las condiciones requeridas para obtener las prestaciones.
2. En caso afirmativo, determinará el importe o haber de las prestaciones a que el interesado tendría derecho como si todos los períodos totalizados se hubieran cumplido bajo su propia legislación y, para los efectos del pago del beneficio calculará el importe a su cargo sobre la base de la proporción existente entre los períodos de seguro cumplidos en la Parte que hace el cálculo y el total de aquellos cumplidos en ambas Partes Contratantes.
ARTÍCULO 11º
Asimilación de los Períodos de Seguro
Si la legislación de una Parte Contratante subordina el otorgamiento de las prestaciones a la condición de que el trabajador esté sometido a esa legislación en el momento en el cual se presenta la contingencia que da origen a la prestación, dicha condición se entenderá cumplida si al verificarse esa contingencia, el trabajador está sometido a la legislación de la otra Parte Contratante, o tiene derecho a pensión a cargo de la misma.
ARTÍCULO 12º
Calificación de Invalidez
1. Para la determinación de la disminución de la capacidad de trabajo a efectos del otorgamiento de las correspondientes pensiones de invalidez, la Institución Competente de cada una de las Partes Contratantes efectuará su evaluación de acuerdo con la legislación a la que está sometida. Los reconocimientos médicos necesarios serán efectuados por la Institución del lugar de residencia a petición de la Institución Competente.
2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, la Institución de la Parte Contratante en que reside el interesado, pondrá a disposición de la Institución de la otra Parte, a petición de ésta y gratuitamente, los informes y documentos médicos que obren en su poder.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES APLICABLES A LA LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHILE
ARTÍCULO 13º
Prestaciones conforme a la legislación chilena
1. Los afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones financiarán sus pensiones en la República de Chile con el saldo acumulado en su cuenta de capitalización individual. Cuando éste fuere insuficiente para financiar pensiones de un monto al menos igual al de la pensión mínima garantizada por el Estado, los afiliados tendrán derecho a la totalización de períodos computables de acuerdo al artículo 9º para acceder al beneficio de pensión mínima de vejez o invalidez. Igual derecho tendrán los beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
2. Para los efectos de determinar el cumplimiento de los requisitos que exige la legislación chilena para pensionarse anticipadamente en el nuevo sistema de pensiones, se considerarán como pensionados de los regímenes previsionales indicados en el párrafo 4, los afiliados que hayan obtenido pensión conforme a la legislación argentina.
3. Los trabajadores que se encuentren afiliados al nuevo sistema de pensiones en la República de Chile, podrán integrar voluntariamente en dicho sistema cotizaciones previsionales en calidad de trabajadores independientes durante el tiempo que residan en la República Argentina, sin perjuicio de cumplir además, con la legislación de dicho país, relativa a la obligación de cotizar. Los trabajadores que opten por hacer uso de este beneficio quedarán exentos de la obligación de integrar la cotización destinada al financiamiento de las prestaciones de salud.
4. Los afiliados a los regímenes de pensiones administrados por el Instituto de Normalización Previsional, también tendrán derecho al cómputo de períodos en los términos de los artículos 9º y 10º para acceder a los beneficios de pensión establecidos en la legislación que les sea aplicable.
5. En las situaciones contempladas en los párrafos 1 y 4 anteriores, la Institución Competente determinará el valor de la prestación conforme a lo dispuesto en el artículo 10º, párrafo 2. No obstante, cuando la suma de períodos de seguro computables en ambas Partes Contratantes, exceda el período establecido en la legislación chilena para tener derecho a una pensión completa, los años en exceso se desestimarán para efectos de este cálculo.
6. Si en la determinación de la base de cálculo de la pensión la Institución Competente chilena debe computar períodos de seguro cubiertos en la República Argentina, se aplicará en sustitución del sueldo base de pensión el ingreso mínimo vigente en la República de Chile correspondiente al período que se deba sustituir, para los afiliados a los regímenes administrados por el Instituto de Normalización Previsional.
7. Los exámenes médicos previstos en el párrafo 5 del artículo 17º, serán realizados por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
ARTÍCULO 14º
Prestaciones de Salud para pensionados
Las personas que perciban prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivencia conforme a la legislación argentina y residan en Chile, tendrán derecho a incorporarse a los regímenes de salud chilena bajo las mismas condiciones que aquellos que tienen el carácter de pensionados conforme a la legislación chilena.
CAPÍTULO III
DISPOSICIONES APLICABLES A LA LEGISLACIÓN
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
ARTÍCULO 15º
Prestaciones conforme a la legislación Argentina
1. Los afiliados a una Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, financiarán en la República Argentina sus prestaciones con el saldo acumulado en su cuenta de capitalización individual.
2. A las prestaciones otorgadas por el Sistema de Capitalización Argentino se adicionarán las que se encuentren a cargo del Régimen Previsional Público, cuando reúnan los requisitos establecidos por la legislación vigente, aplicándose en su caso, el artículo 9º, y para el cálculo de tales prestaciones, el procedimiento indicado en el artículo 10º de este Convenio.
3. En caso de agotamiento de los fondos de la cuenta individual los afiliados tendrán derecho a las prestaciones del Régimen Previsional Público, en las condiciones señaladas anteriormente.
4. Los trabajadores que se encuentran afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, podrán integrar voluntariamente en dicho sistema cotizaciones previsionales en calidad de trabajadores autónomos durante el tiempo que residan en la República de Chile, sin perjuicio de cumplir además, con la legislación de dicho país relativa a la obligación de cotizar. Los trabajadores que opten por hacer uso de este beneficio quedarán exentos de la obligación de integrar la cotización destinada al financiamiento de las prestaciones médico-asistenciales en la República Argentina.
5. El pago de las asignaciones familiares sólo procederá a los jubilados y pensionados de la República Argentina que tengan su residencia permanente en el citado país.
TÍTULO IV
DISPOSICIONES DIVERSAS
ARTÍCULO 16º
Presentación de solicitudes, comunicaciones o recursos dentro de plazo
Las solicitudes, declaraciones, recursos y otros documentos que, a efectos de la aplicación de la legislación de una Parte Contratante, deban ser presentados en un plazo determinado ante las autoridades o instituciones correspondientes de esa Parte, se considerarán como presentados ante ella si lo hubieran sido dentro del mismo plazo ante la autoridad o institución correspondiente de la otra Parte Contratante.
ARTÍCULO 17º
Asistencia Recíproca
1. Para la aplicación de este Convenio las autoridades competentes, los organismos de enlace y las instituciones competentes de las Partes Contratantes se prestarán asistencia recíproca tal como si se tratara de la aplicación de su propia legislación. Dicha asistencia será gratuita.
2. Las Autoridades e Instituciones de las dos Partes Contratantes podrán comunicarse directamente entre sí y con las personas interesadas. También podrán, si fuere necesario comunicarse a través de canales diplomáticos y consulares.
3. Las Misiones Diplomáticas y las Oficinas Consulares de una Parte Contratante podrán dirigirse a las autoridades e instituciones de la otra Parte Contratante con el fin de obtener la información necesaria para velar por los intereses de las personas a las que se le aplique el presente Convenio; quedando facultadas para representar a las personas mencionadas sin necesidad de poderes especiales.
4. Conforme con las disposiciones del Derecho Diplomático y Consular, los agentes diplomáticos o funcionarios consulares podrán, en ejercicio de sus facultades de protección de las personas e intereses de sus nacionales, concurrir en auxilio de las personas mencionadas en el párrafo anterior, sin más requisito que su calidad de tales.
5. La Institución Competente de una de las Partes Contratantes deberá realizar a solicitud de la institución competente de la otra Parte, los exámenes médico legales concernientes a los interesados que se encuentren en su propio territorio. Los gastos por concepto de exámenes médicos, incluso los especializados, necesarios para el otorgamiento de prestaciones, así como los conexos con ellos, estarán a cargo de la institución que los haya realizado.
ARTÍCULO 18º
Exención de Impuestos, Derechos y Exigencias de Legalización
1. El beneficio de las exenciones de derecho de registro, de escritura, de timbre y de tasas consulares u otros análogos, previstos en la legislación de una Parte Contratante, se extenderá a los certificados y documentos que se expidan por las instituciones de la otra parte para la aplicación del presente Convenio.
2. Todos los actos administrativos y documentos que se expidan por una institución de una Parte Contratante para la aplicación del presente Convenio serán dispensados de los requisitos de legalización u otras formalidades similares para su utilización por instituciones de la otra Parte.
ARTÍCULO 19º
Forma de pago y disposiciones relativas a divisas
1. Los pagos que correspondan en virtud de este Convenio se podrán efectuar en la moneda de la Parte Contratante que efectúe el pago o en dólares de los Estados Unidos de América.
2. En caso de que una de las Partes Contratantes imponga restricciones sobre divisas, ambas Partes Contratantes acordarán, sin dilación, las medidas que sean necesarias para asegurar las transferencias entre los territorios de ambas Partes Contratantes respecto de cualquier suma que deba pagarse de conformidad con el presente Convenio.
ARTÍCULO 20º
Retención por pagos en exceso
Cuando la institución competente de una de las Partes Contratantes haya abonado una prestación por un importe que exceda al que tenía derecho el pensionado o jubilado, dicha institución en las condiciones y límites de su propia legislación podrá solicitar a la institución competente de la otra Parte la retención del importe pagado en exceso, sobre los atrasos de los haberes debidos por ésta al pensionado o jubilado o, de resultar ello insuficiente, sobre las sumas que abona a dicho pensionado o jubilado. Esta última institución efectuará la retención en las condiciones y en los límites de su propia legislación y transferirá el importe a la institución acreedora.
ARTÍCULO 21º
Atribuciones de las autoridades competentes
Las autoridades competentes de las Partes Contratantes deberán:
a) Establecer los Acuerdos Administrativos necesarios para la aplicación del presente Convenio.
b) Designar los respectivos organismos de Enlace.
c) Comunicarse las medidas adoptadas en el plano interno para la aplicación del presente Convenio.
d) Prestarse sus buenos oficios y la más amplia colaboración técnica y administrativa posible para la aplicación de este Convenio.
e) Constituir una Comisión Mixta de Expertos integrada por representantes de cada Parte Contratante.
ARTÍCULO 22º
Comisión Mixta de Expertos
La Comisión Mixta de Expertos tendrá las siguientes funciones:
a) Verificar la aplicación del Convenio, de los Acuerdos Administrativos para su aplicación y demás documentos adicionales.
b) Asesorar a las Autoridades Competentes cuando éstas lo requieran o por propia iniciativa, en lo concerniente a la aplicación del presente Convenio, de los Acuerdos Administrativos y demás documentos adicionales que se establezcan.
c) Proponer a los respectivos Gobiernos a través de las autoridades competentes, las eventuales modificaciones, ampliaciones y normas complementarias a los citados documentos, con el objeto de alcanzar su constante actualización y perfeccionamiento.
d) Toda otra función atinente a la interpretación y aplicación de dichos documentos, que de común acuerdo resuelvan asignarle las Autoridades Competentes.
La Comisión Mixta de Expertos se reunirá periódicamente en la República de Chile y en la República Argentina.
ARTÍCULO 23º
Regulación de Controversias
1. Las Autoridades Competentes resolverán en un plazo no mayor de seis meses mediante negociaciones, las diferencias de interpretación del presente Convenio y de sus Acuerdos Administrativos, previo Informe de la Comisión Mixta de Expertos.
2. Vencido el término anterior, sin que se hayan resuelto las diferencias, cualquiera de las Partes podrá solicitar la constitución de un Panel de Expertos, integrado por tres miembros calificados en materias de Seguridad Social.
Los expertos serán designados por las Partes dentro de treinta días desde que se solicite la constitución del Panel, debiendo cada una de ellas nominar a uno de sus miembros. El tercero, quien lo presidirá, será elegido por ambas Partes, no pudiendo ser nacional de ninguna de ellas.
El Panel elaborará las reglas de procedimiento por las cuales se regirá.
Dentro del plazo de sesenta días, contado desde su constitución, el Panel deberá elaborar un informe emitiendo sus conclusiones, las que serán obligatorias y definitivas para las Partes.
TÍTULO V
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTÍCULO 24º
Cómputo de períodos anteriores a la vigencia del Convenio
Los períodos de seguro cumplidos según la legislación de una de las Partes Contratantes antes de la fecha de entrada en vigor del presente Convenio, serán tomados en consideración para la determinación del derecho a las prestaciones que se reconozcan en virtud del mismo.
TÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 25º
Sustitución del Convenio de 1971
El presente Convenio sustituirá en todas sus Partes al Convenio sobre Seguridad Social suscrito entre la República de Chile y la República Argentina el 17 de octubre de 1971.
ARTÍCULO 26º
Vigencia
1. El presente Convenio entrará en vigor el primer día del tercer mes siguiente al de la fecha de la última notificación por la cual las Partes se hayan comunicado el cumplimiento de sus requisitos constitucionales y legales internos de aprobación.
2. Los derechos en vía de adquisición al momento de entrar en vigencia el presente Convenio, se regirán por las disposiciones de éste o por las contenidas en el Convenio de 1971 según resulten más favorables.
ARTÍCULO 27º
Duración
El presente Convenio tendrá una duración indeterminada y podrá ser denunciado en cualquier momento por cualquiera de las Partes, mediante notificación escrita con una antelación de doce meses al término de los cuales cesará su vigencia.
ARTÍCULO 28º
Garantía de Derechos Adquiridos o en Vías de Adquisición
En caso de denuncia, las disposiciones de este Convenio seguirán rigiendo con respecto a los derechos adquiridos. Los derechos en vías de adquisición, al momento de la extinción del convenio, serán regulados de común acuerdo por las Partes Contratantes.
HECHO, en la ciudad de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de abril de mil novecientos noventa y seis, en dos ejemplares igualmente auténticos.
POR LA REPÚBLICA DE CHILE, POR LA REPÚBLICA ARGENTINA.
CONFORME CON SU ORIGINAL.
(Fdo.): FABIO VÍO UGARTE, Subsecretario de Relaciones Exteriores Subrogante.”
4. Mensaje de S.E. el Presidente de la República. Proyecto de acuerdo celebrado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia, por intercambio de notas, perfeccionado en Bogotá, de fechas 18 de enero y 9 de mayo de 1995, por el cual se autoriza a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico acreditados en las misiones diplomáticas y consulares de ambos países para desarrollar actividades remuneradas en el Estado receptor. (boletín Nº 1883-10)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Acuerdo celebrado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia, por intercambio de Notas efectuado en Bogotá, de fechas 18 de enero y 9 de mayo de 1995, por el cual se autoriza a los Familiares Dependientes del Personal Diplomático, Consular, Administrativo y Técnico acreditados en ambos países para desarrollar actividades remuneradas en el Estado receptor.
El intercambio de las Notas que constituyen el presente Acuerdo se perfeccionó en Bogotá con ocasión de la visita oficial a Colombia del señor Canciller , efectuada en el mes de mayo del año en curso.
A los fines de lograr su cumplimiento se establecen en el texto del mismo las siguientes normas fundamentales, debiendo aplicarse las mismas sobre una base de reciprocidad:
a) Consigna la autorización para que los beneficiarios puedan ejercer una actividad remunerada en el Estado receptor, de acuerdo a las normas internas de dicho Estado;
b) Precisa detalladamente el concepto de “familiar dependiente”;
c) Las condiciones para el ejercicio de un trabajo remunerado;
d) El procedimiento para obtener la autorización, dentro del cual se otorga una activa participación a los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores;
e) No otorga inmunidad de jurisdicción civil ni administrativa a las personas que sean autorizadas a desempeñar actividades remuneradas respecto de los actos o contratos relacionados directamente con el desempeño de tales actividades; en materia penal, en el caso que un familiar dependiente goce de inmunidad ante la jurisdicción criminal en conformidad a instrumentos internacionales y sea acusado de un delito cometido en relación a su trabajo, el Estado acreditante renunciará a la inmunidad de dichos dependientes, salvo cuando dicho Estado considere que dicha renuncia sería contraria a sus intereses;
f) No implica reconocimiento de títulos, grados o estudios entre los dos países;
g) Somete a las personas autorizadas a ejercer una actividad remunerada a los regímenes fiscales y de seguridad social del Estado receptor para todo lo referente al ejercicio de dichas actividades en ese Estado, y
h) Dispone la fecha en que expira la autorización para ejercer una actividad remunerada.
En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Acuerdo celebrado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia, por intercambio de Notas, perfeccionado en Bogotá de fechas 18 de enero y 9 de mayo de 1995, por el cual se autoriza a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico acreditados en las misiones diplomáticas y consulares de ambos países para desarrollar actividades remuneradas en el Estado receptor.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; MARIANO FERNÁNDEZ AMUNÁTEGUI , Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.”
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Santafé de Bogotá D.C., 9 de mayo de 1995
Señor Ministro :
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el objeto de hacer referencia a la Nota Verbal Nº 010/95 del 18 de enero de 1995, la cual contiene la propuesta del Ilustrado Gobierno de Chile de celebrar un Acuerdo de Reciprocidad para autorizar a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en nuestros respectivos países a desempeñar tareas remuneradas en el Estado receptor que a la letra dice:
“1. Los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las misiones diplomáticas y consulares de Chile en Colombia y de Colombia en Chile, quedan autorizados para ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado, una vez obtenida la autorización correspondiente en conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo. Este beneficio se extenderá igualmente a los familiares dependientes de nacionales chilenos o colombianos acreditados ante organizaciones internacionales con sede en cualquiera de los dos países.
2. Para los fines de este Convenio se entienden por familiares dependientes: a) Cónyuge; b) Hijos solteros y a cargo, menores de 21 años o menores de 25 años que cursen estudios de tiempo completo en alguna institución de educación postsecundaria y c) Hijos solteros dependientes con alguna incapacidad física o mental.
3. No habrá restricciones sobre la naturaleza o clase de empleo que pueda desempeñarse, salvo las limitaciones constitucionales y legales contempladas en el ordenamiento jurídico del Estado receptor. Se entiende, sin embargo, que en las profesiones o actividades en las que se requieran calificaciones especiales, será necesario que el familiar dependiente cumpla con las normas que rigen el ejercicio de dichas profesiones o actividades en el Estado receptor. Además la autorización podrá ser denegada en aquellos casos en que, por razones de seguridad, puedan emplearse solamente nacionales del Estado receptor.
4. La solicitud de autorización para el ejercicio de una actividad remunerada se realizará por la respectiva Misión Diplomática mediante Nota Verbal ante la Dirección de Ceremonial y Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta solicitud deberá indicar la relación familiar del interesado con el funcionario del cual es dependiente y la actividad remunerada que desea desarrollar. Una vez comprobado que la persona para la cual se solicita autorización se encuentra dentro de las categorías definidas en el presente Convenio; el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor informará inmediata y oficialmente a la Embajada del Estado acreditante que el familiar dependiente ha sido autorizado para trabajar, sujeto a la reglamentación pertinente del Estado receptor. El Gobierno correspondiente podrá dejar sin efecto el permiso otorgado para desempeñar el empleo, en el evento en que el solicitante haya en cualquier momento violado las leyes tributarias del país receptor.
5. Un familiar dependiente que realizare actividades remuneradas al amparo del presente Acuerdo no gozará de inmunidad de jurisdicción civil ni administrativa frente a acciones deducidas en su contra respecto de los actos o contratos relacionados directamente con el desempeño de tales actividades.
6. En el caso de familiares dependientes que gocen de inmunidad de la jurisdicción penal en el Estado receptor, de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares o bajo cualquier otro instrumento internacional que pueda ser aplicable, el Estado acreditante renunciará a la inmunidad de dichos dependientes con respecto a la jurisdicción penal del Estado receptor, cuando sean acusados de un delito cometido en relación con su trabajo, salvo cuando el Estado acreditante considere que dicha renuncia sería contraria a sus intereses.
7. El familiar dependiente que desarrolle actividades remuneradas estará sujeto a la legislación del Estado receptor aplicable en materia tributaria y de seguridad social en lo referente al ejercicio de dichas actividades.
8. Este Convenio no implica reconocimiento de títulos, grados o estudios entre los dos países.
9. La autorización para ejercer una actividad remunerada en el Estado receptor expirará en la fecha en que el agente diplomático o consular, empleado administrativo o técnico del cual emana su dependencia, termine sus funciones ante el Gobierno u organización internacional en que se encuentre acreditado.
10. El presente Convenio tendrá vigencia indefinida, a menos que una de las Partes manifestare a la otra, por la vía diplomática, su decisión de denunciarlo. En este caso, la denuncia se hará efectiva seis meses después de la fecha del recibo de la respectiva notificación.
Si el Gobierno de Vuestra Excelencia está de acuerdo con lo expuesto precedentemente, su respuesta afirmativa constituirá, junto con la presente Nota, un Convenio entre nuestros dos Gobiernos sobre la materia, que entrará en vigor en la fecha de la última comunicación en que una de las partes notifique a la otra que se ha dado cumplimiento a los trámites jurídicos internos.”
Además, tengo el honor de confirmar, a nombre del Gobierno de la República de Colombia, el Acuerdo antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente sean consideradas como las que constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha de la última comunicación en que una de las partes notifique a la otra que se ha dado cumplimiento a los trámites jurídicos internos.
(Fdo.): RODRIGO PARDO GARCÍA PEÑA, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia
CONFORME CON SU ORIGINAL.
(Fdo.): FABIO VÍO UGARTE, Secretario de Relaciones Exteriores Subrogante.”
A su Excelencia señor
JOSÉ MIGUEL INSULZA
Ministro de Relaciones Exteriores
de la República de Chile
Santafé de Bogotá, 18 de enero de 1995
Señor Ministro :
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el objeto de proponer a su Gobierno, en nombre del Gobierno de Chile, un Acuerdo de Reciprocidad entre nuestros dos países, en los términos siguientes:
1. Los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Consulares de Chile en Colombia y de Colombia en Chile, quedan autorizados para ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado una vez obtenida la autorización correspondiente en conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo. Este beneficio se extenderá igualmente a los familiares dependientes de nacionales chilenos o colombianos acreditados ante Organizaciones internacionales con sede en cualquiera de los dos países.
2. Para los fines de ese Convenio se entienden por familiares dependientes a) cónyuge; b) hijos solteros y a cargo, menores de 21 años o menores de 25 años, que cursen estudios de tiempo completo en alguna institución de educación postsecundaria y c) hijos solteros dependientes con alguna incapacidad física o mental.
3. No habrá restricciones sobre la naturaleza o clase de empleo que pueda desempeñarse, salvo las limitaciones constitucionales y legales contempladas en el ordenamiento jurídico del Estado receptor. Se entiende, sin embargo, que en las profesiones o actividades en que se requieran calificaciones especiales será necesario que el familiar dependiente cumpla con las normas que rigen el ejercicio de dichas profesiones o actividades en el Estado receptor. Además la autorización podrá ser denegada en aquellos casos en que, por razones de seguridad puedan emplearse solamente nacionales del Estado receptor.
4. La solicitud de autorización para el ejercicio de una actividad remunerada se realizará por la respectiva Misión Diplomática mediante Nota Verbal ante la Dirección de Ceremonial y Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta solicitud deberá indicar la relación familiar del interesado con el funcionario del cual es dependiente y la actividad remunerada que desea desarrollar. Una vez comprobado que la persona para la cual se solicita autorización se encuentra dentro de las categorías definidas en el presente Convenio, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor informará inmediata y oficialmente a la Embajada del Estado acreditante que el familiar dependiente ha sido autorizado para trabajar, sujeto a la reglamentación pertinente del Estado receptor. El Gobierno correspondiente podrá dejar sin efecto el permiso otorgado para desempeñar el empleo, en el evento en que el solicitante haya en cualquier momento violado las leyes tributarias del país receptor.
5. Un familiar dependiente que realizare actividades remuneradas al amparo del presente Acuerdo, no gozará de inmunidad de jurisdicción civil, ni administrativa frente a acciones deducidas en su contra respecto de los actos o contratos relacionados directamente con el desempeño de tales actividades.
6. En el caso de familiares dependientes que gocen de inmunidad de la jurisdicción penal en el Estado receptor, de acuerdo con las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares o bajo cualquier otro instrumento internacional que pueda ser aplicable el Estado acreditante renunciará a la inmunidad de dichos dependientes con respecto a la jurisdicción, penal del Estado Receptor, cuando sean acusados de un delito cometido en relación con su trabajo salvo cuando el Estado acreditante considere que dicha renuncia sería contraria a sus intereses.
7. El familiar dependiente que desarrolle actividades remuneradas, estará sujeto a la legislación del Estado receptor, aplicable en materia tributaria y de seguridad social, en lo referente al ejercicio de dichas actividades.
8. Este Convenio no implica reconocimiento de títulos, grados o estudios entre los dos países.
9. La autorización para ejercer una actividad remunerada en el Estado receptor expirará en la fecha en que el agente diplomático o consultar, empleado administrativo o técnico del cual emana la dependencia, termine sus funciones ante el Gobierno u organización internacional en que se encuentre acreditado.
10. El presente Convenio tendrá vigencia indefinida, a menos que una de las Partes manifestare a la otra, por la vía diplomática, su decisión de denunciarlo. En este caso, la denuncia se hará efectiva seis meses después de la fecha del recibo de la respectiva notificación.
Si el Gobierno de Vuestra Excelencia está de acuerdo con lo expuesto precedentemente, su respuesta afirmativa constituirá, junto con la presente Nota, un Convenio entre nuestros dos Gobiernos sobre la materia, que entrará en vigor en la fecha de la última comunicación en que una de las Partes notifique a la otra que se ha dado cumplimiento a los trámites jurídicos internos.
(Fdo.): JOSÉ MIGUEL INSULZA , Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile.
CONFORME CON SU ORIGINAL
(Fdo.): MARIANO FERNÁNDEZ AMUNÁTEGUI , Subsecretario de Relaciones Exteriores.”
A
VUESTRA EXCELENCIA
RODRIGO PARDO GARCÍA-PEÑA
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE
COLOMBIA
5. Mensaje de S.E. el Presidente de la República. Proyecto de acuerdo que aprueba las actas del XXI Congreso de la Unión Postal Universal, celebrado en Seúl, República de Corea, entre el 22 de agosto y el 14 de septiembre de 1994. (boletín Nº 1884-10)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración las Actas del XXI Congreso de la Unión Postal Universal, celebrado en Seúl, República de Corea, entre el 22 de agosto y el 14 de septiembre de 1994; en las que se contienen el Quinto Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal Universal, el Reglamento General de la Unión Postal Universal, el Convenio Postal Universal y su Protocolo Final, el acuerdo relativo a encomiendas postales y su protocolo final, el acuerdo relativo a giros postales y su protocolo final, el acuerdo relativo a servicios de cheques postales y el acuerdo relativo a envíos contra reembolso.
La Unión Postal Universal (UPU), fue fundada en 1874 en Berna, Suiza, bajo el nombre de “Unión General de Correos”, como institución rectora del Correo Internacional, siendo en la actualidad un organismo especializado de las Naciones Unidas. Conformada originalmente por 22 países, pertenecen hoy a la misma 173 Estados.
Las finalidades de la Unión, como lo establece el preámbulo de su Constitución, es la de incrementar las comunicaciones entre los pueblos por medio de un eficaz funcionamiento de los servicios postales, y contribuir al éxito de los elevados fines de la colaboración internacional en el ámbito cultural, social y económico.
La Constitución de la Unión Estatal Universal, establecida en el Congreso de Viena de 1964 y su Protocolo Final, como asimismo sus posteriores modificaciones del Primer Protocolo Adicional de Tokio , de 1969, del Segundo Protocolo Adicional de Lausana, de 1974, del Tercer Protocolo Adicional de Hamburgo, de 1984, y el Cuarto Protocolo Adicional de Washington de 1989, fueron suscritos y ratificados por Chile, conjuntamente con las demás Actas renovadas en cada Congreso. Corresponde, pues, aprobar las Actas del XXI Congreso de la Unión Postal Universal, celebrado, como se dijo, en Seúl, República de Corea, entre el 22 de agosto y el 14 de septiembre de 1994.
En mérito de lo expuesto y considerando que Chile es miembro titular de la Unión Postal Universal, institución rectora del Correo Internacional y organismo especializado de las Naciones Unidas en esta materia, someto a la consideración del Honorable Congreso, el siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
“Artículo único.- Apruébanse las siguientes Actas suscritas por Chile, adoptadas en el XXI Congreso de la Unión Postal Universal, celebrado en Seúl, República de Corea, entre el 22 de agosto y el 14 de septiembre de 1994: Quinto Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal Universal, el Reglamento General de la Unión Postal Universal, el Convenio Postal Universal y su Protocolo Final, el Acuerdo Relativo a Encomiendas Postales y su Protocolo Final, el Acuerdo Relativo a Giros Postales y su Protocolo Final, el Acuerdo Relativo al servicio de cheques postales y el Acuerdo relativo a envíos contra reembolso.”.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; MARIANO FERNÁNDEZ AMUNÁTEGUI , Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante ; NARCISO IRURETA ABURTO , Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.”
Moción del Diputado señor Ferrada. Concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena a don Hugo Saucedo Vaca. (boletín Nº 1885-17)
“Considerando:
El señor Hugo Saucedo Vaca, nació el día 28 de enero de 1927 en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
Se avecindó en Chile en febrero de 1945 -hace más de cincuenta años- ingresando como alumno regular de la Universidad de Chile, donde completó sus estudios de Ingeniero Civil con mención en estructuras y cálculos.
Su primer trabajo, de enorme importancia para la ciudad de Linares, fue -precisamente- su memoria de título “El mejoramiento del agua potable de Linares” que contuvo un completo y moderno plan piloto de análisis comparativo teórico y económico de captaciones subterráneas y superficiales de aguas, obra más tarde ejecutada efectivamente bajo su directa supervisión y dirección, significando todo ello un factor decisivo en el desarrollo experimentado por la ciudad moderna de Linares en la década de 1950, bajo el Gobierno del General don Carlos Ibáñez del Campo.
Por dicho motivo la ciudadanía de Linares contrajo un compromiso de honor con este Ingeniero que empeñó todos sus primeros esfuerzos profesionales en Chile en la ciudad capital de la Provincia del mismo nombre. Se recuerdan los actos que todas las autoridades públicas de la época realizaron para destacar el mérito de estas actuaciones.
Desde aquellos años se incorporó plenamente y para siempre a la vida chilena y en el campo profesional se hizo miembro (Nº 500) del Colegio de Ingenieros de Chile, de la Asociación de Egresados de la Universidad de Chile, de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de esa Casa de Estudios Superiores, de la Cámara Chilena de la Construcción, etc., etc.
Paralelamente se incorpora al servicio público como funcionario del Ministerio de Obras Públicas, donde permanecerá largos años, hasta la institución de su propia Empresa Constructora de Obras Públicas.
El Gobierno de Chile le concede su residencia definitiva en 1954, mediante Decreto del Ministerio del Interior, permaneciendo y trabajando de modo continuo y permanente hasta hoy.
En 1959 contrae matrimonio con una ciudadana chilena, doña Marta Heise Venturelli , y ambos tienen un hijo, chileno, hoy profesional distinguido.
Sus aportes al país durante estos cincuenta años han sido numerosísimos, y de gran valía:
En el campo de la Ingeniería a él se deben, entre otras obras, los estudios y ejecución de planes de agua potable de varias ciudades capitales de Provincia, la construcción y pavimentación del Camino Internacional Valparaíso-Mendoza, inaugurado solemnemente por el Presidente Eduardo Frei Montalva , cuyo gobierno consideró dicha obra -por su magnitud y trascendencia internacional- como una de las de mayor envergadura. En el plano internacional su preocupación constante ha sido la de la integración de las naciones latinoamericanas, en particular la de su patria de nacimiento y la de su adopción, Chile.
El Ingeniero Saucedo Vaca se merece el reconocimiento de las diferentes comunidades a las que ha servido por más de cincuenta años como un distinguido profesional poseído del más alto sentido de servicio público, porque su obra ha sido grande e importante, noble, desinteresada y porque ha servido al Estado de Chile como un servidor ejemplar.
Queremos considerarlo como uno de los nuestros, del mismo modo como él nos ha considerado como uno de los suyos.
Estimo que el testimonio de gratitud y afecto que le debemos es el de otorgarle POR ESPECIAL GRACIA la nacionalidad chilena, de acuerdo a lo establecido por el Art. 10 Nº 5 de nuestra Constitución Política, por grandes servicios prestados a la Patria y como un honor público por ser un gran servidor, en los términos coincidentes del Art. 60 Nº 5 de nuestra Carta Fundamental.
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO:
Concédase la nacionalidad chilena por especial gracia, al ingeniero civil boliviano, don Hugo Saucedo Vaca.
(Fdo.): LUIS VALENTÍN FERRADA V. , Diputado.”
7. Oficio del Tribunal Constitucional.
“Oficio Nº 1153
Excelentísimo señor Presidente
de la Cámara de Diputados:
Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, en los autos rol Nº 238, relativos al proyecto de ley que crea la comuna de Chiguayante, en la Provincia de Concepción, Región del Biobío, enviado a este Tribunal para su control de constitucionalidad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política de la República.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MANUEL JIMÉNEZ BULNES , Presidente ; RAFAEL LARRAÍN CRUZ , Secretario.
Santiago , veinticinco de junio de mil novecientos noventa y seis.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1º. Que, por oficio Nº 1101 de 11 de junio de 1996, la Honorable Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea la comuna de Chiguayante, en la Provincia de Concepción, Región del Biobío, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 2º;
2º. Que, el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal: “Ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales antes de su promulgación y de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución.”;
3º. Que, el artículo 2º sometido a control, dispone:
“Artículo 2º.- Facúltase al Director del Servicio Electoral para que, mediante resolución que se publicará en el Diario Oficial, efectúe la determinación que establecen los artículos 62, inciso tercero, y 102, inciso tercero, ambos de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, sólo respecto de la comuna o comunas que se vean afectadas por la que se crea en el artículo precedente.”;
4º. Que, dicha disposición tiene por objeto, en lo sustancial, autorizar al Director del Servicio Electoral para efectuar mediante resolución que ha de publicarse en el Diario Oficial, las determinaciones a que se refieren los artículos 62, inciso tercero, y 102, inciso tercero, ambos de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, una vez extinguido el plazo que las normas vigentes le conceden al efecto respecto de la comuna o comunas que en ella se indican;
5º. Que, si bien es cierto en dicho precepto sólo se hace referencia a la comuna o comunas que se vean afectadas por aquella que el proyecto crea con el nombre de Chiguayante, debe entenderse que ello no obsta a la facultad que tiene el Director del Servicio Electoral , para hacer las mismas determinaciones a que se alude en el considerando anterior y de acuerdo al mismo procedimiento, respecto de la nueva comuna que se establece en el artículo 1º del proyecto. Interpretar la norma sometida a conocimiento de este Tribunal en el sentido de que se está limitando el ejercicio de las atribuciones propias del Director del Servicio Electoral antes aludidas respecto de la nueva comuna de Chiguayante es contradictorio con el tenor de los demás preceptos del proyecto, especialmente el artículo 3º transitorio, de los cuales se desprende que la voluntad legislativa es que en dicha comuna se pueda verificar la elección de sus autoridades en la próxima elección general a efectuarse el 27 de octubre de 1996, razón por la cual ello no es aceptable, si se considera, por una parte que el sentido en que una disposición legal produzca algún efecto debe prevalecer sobre aquel en que no cause ninguno y, por otra, que en tal caso se estaría dejando sin aplicación respecto de dicha comuna los artículos 107 y 108 de la Constitución Política de la República;
6º. Que, de acuerdo al considerando 2º de esta sentencia, corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre las normas del proyecto remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional;
7º. Que, la disposición contemplada en el artículo 2º del proyecto sometido a control, es propia de la ley orgánica constitucional a que se refieren los artículos 107, 108, 109 y 111 de la Constitución Política de la República;
8º. Que, la norma referida en el considerando anterior no es contraria a la Constitución Política de la República, sin perjuicio de lo expuesto en el considerando 5º de esta sentencia;
9º. Que, consta de autos, que la disposición sometida a control de constitucionalidad ha sido aprobada en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 63 de la Constitución Política, y que sobre ella no se ha suscitado cuestión de constitucionalidad.
Y, VISTO, lo dispuesto en los artículos 63, 82, Nº 1º, 107, 108, 109 y 111 de la Constitución Política de la República, y lo prescrito en los artículos 34 al 37 de la ley Nº 17.997, de 1981, Orgánica Constitucional de este Tribunal,
SE DECLARA:
Que el artículo 2º del proyecto remitido es constitucional, en el entendido que debe interpretarse en conformidad con lo que se ha señalado en el considerando 5º de esta sentencia.
Devuélvase el proyecto a la Honorable Cámara de Diputados, rubricado en cada una de sus hojas por el Secretario del Tribunal , oficiándose. Regístrese, déjese fotocopia del proyecto y archívese. Rol Nº 238.
Se certifica que el Ministro señor Servando Jordán López , concurrió a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, pero no firma por encontrarse ausente con permiso.
Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente don Manuel Jiménez Bulnes , y los Ministros señor Marcos Aburto Ochoa , señora Luz Bulnes Aldunate , señores Ricardo García Rodríguez , Osvaldo Faúndez Vallejos , Servando Jordán López y Juan Colombo Campbell. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional , don Rafael Larraín Cruz.
Conforme con su original.
AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PRESIDENTE DE LA HONORABLE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DON JAIME ESTÉVEZ VALENCIA
PRESENTE