Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- IX. Otros documentos de la Cuenta.
- I. ASISTENCIA.
- II .APERTURA DE LA SESIÓN.
- III .ACTAS.
- IV. CUENTA.
- PRÓRROGA DE PLAZO Y AUTORIZACIÓN A COMISIÓN DE ECONOMÍA PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- V. FÁCIL DESPACHO.
- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 227 DE LA LEY DE QUIEBRAS. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA GARANTIZAR DERECHOS DE TERCEROS EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS. Proposición de la Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- INTERVENCIÓN : Ruben Gajardo Chacon
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 227 DE LA LEY DE QUIEBRAS. Tercer trámite constitucional.
- VI. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN RELATIVA AL DELITO DE VIOLACIÓN. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Armando Arancibia Calderon
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Fanny Pollarolo Villa
- INTERVENCIÓN : Dario Paya Mira
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Ruben Gajardo Chacon
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Fanny Pollarolo Villa
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- HOMENAJE A CIUDADANOS CHILENOS DETENIDOS DESAPARECIDOS EN ARGENTINA.
- HOMENAJE : Jaime Naranjo Ortiz
- HOMENAJE : Gabriel Ascencio Mansilla
- VIII . INCIDENTES
- MODIFICACIONES LEGALES Y MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN FAVOR DE LAS INDUSTRIAS DE IQUIQUE. Oficio
- VIAJE DE NAVE CHILENA AL ATOLÓN DE MURUROA.
- EXPLOTACIÓN MINERA EN ZONAS DE BOSQUE NATIVO. Oficios.
- ADHESION
- Ramon Segundo Perez Opazo
- Claudio Alvarado Andrade
- Jose Maria Hurtado Ruiz Tagle
- ADHESION
- BONIFICACIÓN DE FERTILIZANTES PARA SIEMBRAS EN PALENA Y CHILOÉ. Oficios.
- MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN RELATIVA AL DELITO DE VIOLACIÓN. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN RELATIVA AL DELITO DE VIOLACIÓN. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII .- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gutenberg Martinez Ocamica
- Joaquin Palma Irarrazaval
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 331ª, ORDINARIA
Sesión 23ª, en miércoles 2 de agosto de 1995
(Ordinaria, de 10.30 a 16.55 horas)
Presidencia de los señores Estévez Valencia, don Jaime, y Ortíz Novoa, don José Miguel.Presidencia accidental del señor Viera-Gallo Quesney, don José Antonio
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.-FÁCIL DESPACHO
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
I.Asistencia 6
II.Apertura de la sesión 8
III. Actas 8
IV.Cuentav 8
Prórroga de plazo y autorización para sesionar simultáneamente con la Sala a Comisión de Economía 9
V.Fácil Despacho.
Modificación del artículo 227 de la ley de quiebras. Tercer trámite constitucional 10
Modificación del Código de Procedimiento Civil para garantizar derechos de terceros en los juicios ejecutivos. Proposición de la Comisión Mixta 12
Integración de Comisión Especial de Drogas 15
VI.Orden del Día.
Modificaciones a la legislación relativa al delito de violación. Primer trámite constitucional (Continuación) 15
VII.Incidentes.
Homenaje a ciudadanos chilenos detenidos desaparecidos en Argentina 41
Modificaciones legales y medidas administrativas en favor de las industrias de Iquique. Oficio 44
Viaje de nave chilena al atolón de Mururoa 45
Explotación minera en zonas de bosque nativo. Oficios 46
Bonificación de fertilizantes para siembras en Palena y Chiloé. Oficios 48
Modificaciones a la legislación relativa al delito de violación. Primer trámite constitucional. (Continuación) 49
VIII.Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República, mediante el cual da inicio, con urgencia calificada de "suma", a la tramitación de un proyecto que introduce modificaciones al Código Penal, en lo relativo a los delitos de robo y hurto (boletín N°1663-07) 63
Oficios de S.E. el Presidente de la República, por los que retira y hace presente la urgencia, con calificación de "suma", para el despacho de los siguientes proyectos:
2. Modifica el decreto ley N° 701, de 1974, sobre fomento forestal (boletín N° 1594-01) 64
3. Modifica las leyes vinculadas al mercado de capitales para facilitar el financiamiento de infraestructura de uso público (boletín N° 1431-05) 64
Oficios de S.E. el Presidente de la República, por los cuales retira y hace presente la urgencia, con calificación de "simple", para el despacho de los siguientes proyectos:
4. Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de elecciones de alcaldes, concejales y otras (boletín N° 1598-06) 64
5. Sobre copropiedad inmobiliaria (boletín N° 1627-14) 65
6. Moderniza el Servicio Nacional de Aduanas (boletín N° 1374-05) 65
7. Oficio de S.E. el Presidente de la República, con el que hace presente la urgencia, con calificación de "simple", para el despacho del proyecto que modifica el Código Sanitario (boletín N° 1437-11) 65
8. Oficio de S.E. el Presidente de la República, por el cual hace presente la urgencia, con calificación de "simple", para el despacho de las observaciones formuladas al proyecto sobre restricciones a actividades relacionadas con el tabaco (boletín N° 134-11) 66
Oficios de S.E. el Presidente de la República, por los cuales comuna que ha resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho de los siguientes proyectos:
9. Modifica el Código del Trabajo en materias de negociación colectiva y otras (boletín N° 1507-13) 66
10. Modifica el decreto ley N° 1939, de 1977, en lo relativo a edificaciones en terrenos de playa (boletín N° 597-12) 66
11. Moción del Diputado señor Martínez (don Gutenberg) y suscrito por el Diputado señor Palma (don Joaquín) sobre desarrollo de la astronomía en Chile (boletín N° 1665-19) 66
12. Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales comunica las resoluciones dictadas sobre los siguientes proyectos:
12 a) Prórroga de plazo respecto del requerimiento al proyecto que concede un reajuste extraordinario de un 10 por ciento a las pensiones que indica, y un aumento adicional a la educación subvencionada, tanto municipal como particular, y establece las fuentes para su financiamiento (boletín N° 1617-05) 71
12 b) Copia autorizada de la sentencia recaída en el requerimiento de inconstitucionalidad del proyecto antes mencionado (boletín N° 1617-05) 71
12 c) Sobre trasplante de órganos (boletín N° 158-11) 87
IX.Otros documentos de la Cuenta.
Oficios:
De la Contraloría General de la República, con los que responde los enviados en nombre de los siguientes Diputados:
Del señor Rodríguez, referente a la situación que afecta a Municipalidad de Llaillay, relacionada con la Empresa Proctora Ingeniería y Construcciones S.A.
De los señores Ulloa, Masferrer y Pérez (don Víctor), relativo a la fiscalización del cumplimiento de las normas del Estatuto Docente en la Municipalidad de Talcahuano.
Del señor Moreira, respecto de las irregularidades detectadas en la Municipalidad de La Cisterna.1
Del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por el que responde el enviado en nombre de los Diputados señores Arancibia y Villegas, referente al desplazamiento de los delfines nariz de botella.
Del Ministerio de Hacienda, mediante el cual responde el enviado en nombre de la Corporación, relativo a la ampliación de plazo a vehículos motorizados, especialmente de carga, para salir de la zona franca de extensión de Punta Arenas.
Del Ministerio de Agricultura, con los que responde los enviados en nombre de los siguientes Diputados:
Del señor Jürgensen, sobre financiamiento del programa de transferencias tecnológica de Indap.
Del señor Munizaga, acerca de los fondos de sequía en la Cuarta Región.
Del Ministerio de Minería, con el que responde el enviado en nombre del Diputado señor Sota, respecto del funcionamiento del tranque de relaves de la faena minera El Membrillo.
Del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por los que responde los enviados en nombre de los siguientes Diputados:
Del señor Encina, sobre situación que afecta a 54 familias de la localidad Villa El. Oro, Cerrillos de Tamaya, comuna de Ovalle.
Del señor Elizalde, referente al programa de pavimentación participativa.
Del señor Jürgensen, acerca de pavimentación participativa en distrito N° 56.
Del señor Munizaga, relativo a la situación producida en la localidad de Horcón, comuna de Paihuano, Cuarta Región.
De la Municipalidad de Río Negro, mediante el cual responde el enviado en nombre del Diputado señor Jürgensen, sobre obras ejecutadas en el sector Pedro Aguirre Cerda.
I.ASISTENCIA.
Asistieron los siguientes señores Diputados: (108)
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Meló, Sergio
--Alvarado Andrade, Claudio
--Alvarez-Salamanca Büchi, Pedro
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Arancibia Calderón, Armando
--Ascencio Mansilla, Gabriel
--Ávila Contreras, Nelson
--Aylwin Azocar, Andrés
--Balbontín Arteaga, Ignacio
--Bartolucci Johnston, Francisco
--Bayo Veloso, Francisco
--Bombal Otaegui, Carlos
--Caminondo Sáez, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cornejo González, Aldo
--Correa De la Cerda, Sergio
--Chadwick Piñera, Andrés
--De la Maza Maillet, Iván
--Dupré Silva, Carlos
--Elgueta Barrientos, Sergio
--Elizalde Hevia, Ramón
--Encina Moriamez, Francisco
--Errázuriz Eguiguren, Maximiano
--Espina Otero, Alberto
--Estévez Valencia, Jaime
--Fuentealba Vildosola, Renán
--Gajardo Chacón, Rubén
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René Manuel
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Gutiérrez Román, Homero
--Hernández Saffirio, Miguel
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Hurtado Ruiz-Tagle, José María
--Jara Wolf, Octavio.
--Jeame Barrueto, Víctor
--Jocelyn-Holt Letelier, Tomás
--Jürgensen Caesar, Harry
--Karelovic Vrandecic, Vicente
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Latorre Carmona, Juan Carlos
--Leay Morán, Cristian
--León Ramírez, Roberto
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Letelier Norambuena, Felipe
--Longton Guerrero, Arturo
--Longueira Montes, Pablo
--Luksic Sandoval, Zarko
--Makluf Campos, José
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Masferrer Pellizzari, Juan
--Matthei Fornet, Evelyn
--Melero Abaroa, Patricio
--Montes Cisternas, Carlos
--Morales Morales, Sergio
--Moreira Barros, Iván
--Munizaga Rodríguez, Eugenio
--Muñoz Aburto, Pedro
--Naranjo Ortíz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Ojeda Uribe, Sergio
--Orpis Bouchón/ Jaime
--Ortíz Novoa, José Miguel
--Palma Irarrázaval, Andrés
--Palma Irarrázaval, Joaquín
--Paya Mira, Darío
--Pérez Lobos, Aníbal
--Pérez Opazo, Ramón
--Pérez Várela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Pollarolo Villa, Fanny
--Prochelle Aguilar, Marina
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Rebolledo Leyton, Romy
--Reyes Alvarado, Víctor
--Ribera Neumann, Teodoro
--Rocha Manrique, Jaime
--Rodríguez Cataldo, Claudio
--Saa Díaz, María Antonieta
--Sabag Castillo, Hosain
--Salas De la Fuente, Edmundo
--Seguel Molina, Rodolfo
--Silva Ortiz, Exequiel
--Solís Cabezas, Valentín
--Soria Macchiavello, Jorge
--Sota Barros, Vicente
--Taladriz García, Juan Enrique
--Tohá González, Isidoro
--Tuma Zedan, Eugenio
--Ulloa Aguillón, Jorge
--Urrutia Avila, Raúl
--Urrutia Cárdenas, Salvador
--Valcarce Medina, Carlos
--Valenzuela Herrera, Felipe
--Vargas Lyng, Alfonso
--Vega Vera, Osvaldo.
--Venegas Rubio, Samuel
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Vilches Guzmán, Carlos
--Villegas González, Erick
--Villouta Concha, Edmundo
--Walker Prieto, Ignacio
--Wörner Tapia, Martita
--Zambrano Opazo, Héctor
Con permiso constitucional estuvo ausente el Diputado señor Luis Valentín Ferrada
Asistió, además, la Ministra de Justicia, señora Soledad Alvear.
II.APERTURA DE LA SESIÓN.
Se abrió la sesión a las 10:30 horas.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Las actas de las sesiones 20ª y 21ª se declaran aprobadas.
IV.CUENTA.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ZÚÑIGA (Prosecretario).-
Da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, en la Cuenta figura el proyecto que modifica el decreto ley N° 1.939, de 1977, en lo relativo a edificaciones en terrenos de playa, que fue remitido a la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente.
Como ese proyecto dice relación con construcciones debe ser analizado también por la Comisión de Vivienda. Solicito que se plantee esa petición a la Sala.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado, se ha dado cuenta de que Su Excelencia ha resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el mencionado proyecto, el cual fue remitido, por decisión de la Sala, a la Comisión de Recursos Naturales, donde se encuentra. En su momento, podría replantearse su petición, si lo estima conveniente.
El señor BOMBAL.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, excúseme, pero quiero reiterar la solicitud que formulé la semana antepasada en cuanto a que la Mesa y la Secretaría de la Cámara den a conocer el programa de modernización que se está realizando en la Corporación y sus avances hasta la fecha.
Acordamos que en una sesión de esta semana se iba a informar sobre la materia, por lo que insisto en mi petición.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado, su propuesta está plenamente presente. Incluso, la Mesa la consideró ayer. Le pedí al Primer Vicepresidente, Diputado señor Ortíz, que se coordine con la Oficina de Modernización -lo que sucederá hoy- para preparar la exposición del modo más adecuado y fijar la fecha de la sesión correspondiente. Además, hoy en la tarde trataremos el tema con los Comités.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, además, entiendo que la Secretaría de la Cámara tiene también importantes consideraciones que hacer al respecto, las cuales, si fuera del caso, podrían darse a conocer.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Estamos abocados al tema, señor Diputado.
El señor MOREIRA.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, él tema de las drogas es bastante recurrente. La Cámara de Diputados constituyó nuevamente la Comisión sobre Drogas, pero, lamentablemente, no se ha reunido. Por lo tanto, le pido que agilice las gestiones en ese sentido. Me parece que hace más de un mes se dieron a conocer los nombres de quienes íbamos a integrarla. Dispongo de antecedentes, informaciones y documentos que quiero aportar, pero, lamentablemente, repito, por diversas razones, no se ha reunido.
Señor Presidente, le pido su gestión personal sobre el tema.
He dicho.
El señor TALADRIZ.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría; pero, por favor, refiérase sólo a un tema de Reglamento.
El señor TALADRIZ.-
Es de Reglamento, señor Presidente.
Creo que la Cámara debiera caducar el contrato que tiene con la televisión para la transmisión de sus sesiones, porque escuchar todo lo que se dice aquí, ante de iniciarse el tratamiento de la tabla y, a veces, no siempre sobre materias relacionadas con ella, no proyecta una buena imagen de la Corporación.
He dicho.
El señor MOREIRA.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Moreira, por segunda vez.
El señor MOREIRA.-
Excúseme, señor Presidente, pero mi preocupación es muy grande debido a la poca importancia que se ha dado al tema que he planteado.
Me parece que constituye un punto de Reglamento el hecho de que una Comisión, creada por la Cámara, todavía no esté funcionando, y lo único que he pedido, es que lo haga en razón de los problemas urgentes de la materia que debe conocer.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado estamos en la Cuenta y esta parte de la sesión no ha sido nunca una hora de Incidentes en el cual cada señor parlamentario deje constancia, frente a la televisión y los medios, de sus preocupaciones sobre algún tema.
Su Señoría comprenderá que los ochenta parlamentarios podrían pedir la palabra para decir que les importan mucho los temas de la droga o sobre aspectos sociales o médicos; pero intervenciones en ese sentido, claramente, se salen de las normas reglamentarias.
Lo he dejado intervenir porque es manifiesta la buena intención de sus palabras, pero éste no es un momento adecuado para que cada señor parlamentario quiera dejar constancia de sus preocupaciones.
Evidentemente, la referida Comisión fue constituida por la Corporación; debe funcionar y tomaremos las medidas para ello.
También ha estado trabajando en esta materia la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, en todo caso, lo único que le pido es que tome en cuenta lo que se ha dicho.
PRÓRROGA DE PLAZO Y AUTORIZACIÓN A COMISIÓN DE ECONOMÍA PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor TUMA.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente). Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, la Honorable Cámara encargó a la Comisión de Economía evaluar la situación del sector textil. Después de varias sesiones de trabajo, estamos concluyendo nuestro informe y requerimos la autorización de la Sala para darlo a conocer el miércoles 16 del presente, puesto que el plazo original ha sido insuficiente.
Del mismo modo, solicitamos su autorización para sesionar simultáneamente con la Sala el próximo miércoles 9.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señores Diputados, les ruego que los temas de procedimiento interno los tratemos en reuniones de Comités, como corresponde, porque, de lo contrario, cuesta mucho entrar en materias de fondo en una sesión, si la Sala debe resolver previamente todos los problemas que se plantean.
En este caso específico, solicito al señor presidente de la Comisión que comunique a la Mesa su petición por escrito a fin de disponer el momento para acogerla...
Diputado señor Tuma, ¿para qué día solicita autorización para sesionar simultáneamente?
El señor TUMA.-
Para el próximo miércoles. Ese día terminaremos de redactar el informe final de la Comisión de Economía sobre la materia.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se autorizará desde ya a la Comisión de Economía para sesionar simultáneamente con la Sala el próximo miércoles.
Acordado.
V.FÁCIL DESPACHO.
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 227 DE LA LEY DE QUIEBRAS. Tercer trámite constitucional.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En Fácil Despacho, corresponde tratar el proyecto, en tercer trámite constitucional, que modifica el artículo 227 de la ley N° 18.175, sobre quiebras.
Antecedentes:
Modificaciones del Senado, boletín N° 1047-07, sesión 13ª, en 4 de julio de 1995. Documentos de la Cuenta N° 11.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, el proyecto tiene por objeto solucionar el problema que se presenta en la calificación de la quiebra.
En la actual legislación, una de las diligencias fundamentales para la calificación es el peritaje contable, que debe pagarse con los bienes de la misma quiebra. Como en muchas oportunidades no los hay, una gran cantidad de casos queda sin que se pueda probar el cuerpo del delito y la responsabilidad del fallido.
La iniciativa proponía que, respecto de los honorarios dé los peritos, se proceda en conformidad con lo dispuesto por el artículo 245 del Código de Procedimiento Penal; en otras palabras, que el Fisco pague los honorarios de los peritos. La Cámara acordó que también pagara la masa; pero el Senado suprimió la disposición que así lo establecía. Me parece que el criterio del Senado es más práctico, más seguro y concuerda completamente con el proyecto presentado por el Ejecutivo.
Por lo tanto, creo que la Cámara debe aprobar las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra de Justicia.
La señora ALVEAR (Ministra de Justicia).-
Señor Presidente, el Ejecutivo presentó una iniciativa, que fue enviada a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, tendiente a modificar en forma integral la legislación sobre quiebras. Atendida la circunstancia de que una modificación de tal envergadura requerirá el acucioso análisis de la Cámara y del Senado, y a fin de solucionar un problema candente que existe en la actualidad en relación con muchas quiebras, ha estimado indispensable plantear el proyecto en discusión para modificar el artículo 227 de la Ley de Quiebras, ya tratado en primer trámite constitucional por la Honorable Cámara.
La iniciativa del Ejecutivo fue objeto de algunas modificaciones en la Cámara; posteriormente, con el Senado se retomó la propuesta original del Ejecutivo. Como lo planteó el Diputado señor Elgueta, solicito a la Cámara aprobar la modificación.
Este proyecto persigue que las quiebras sean revisadas, cuando corresponda, por los peritos pertinentes, sin que la no existencia de bienes inhiba la realización de los peritajes que exige su adecuada calificación.
En esta perspectiva, el Senado, sobre la base de las razones que tuvo el Ejecutivo para enviar esta iniciativa, volvió a la norma originalmente propuesta; es decir a que, en caso de insuficiencia o carencia de bienes para el pago de los peritajes, éstos se realicen conforme lo dispone el artículo 245 del Código de Procedimiento Penal, y los honorarios no excedan dé 15 unidades tributarias mensuales.
El artículo 245 del Código de Procedimiento Penal dispone que cuando los peritos nombrados por el juez en los juicios en que se ejercita la acción pública no desempeñen el encargo en cumplimiento de un cometido que se haya confiado al servicio público a que pertenezcan, tendrán derecho a un honorario que será pagado por el Fisco.
Es decir, el Senado ha estimado pertinente, tal como lo indicó el Ejecutivo al enviar el mensaje, que si se precisa la intervención de peritos cualquiera que sea la cantidad de bienes de la quiebra, ellos puedan ser nombrados, y si la mesa no puede financiarlos, el Fisco asuma su costo.
En su oportunidad se acompañó el informe financiero pertinente y se señaló el ítem presupuestario con el cual se financiará el mayor gasto fiscal -los honorarios de los peritos- que irrogue esta ley.
En virtud de lo expuesto, solicito a la Honorable Cámara, si lo estima conveniente, apruebe la iniciativa en los términos en que viene del Senado.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, coincido con lo expresado por la señora Ministra de Justicia y por eso somos partidarios de aprobar el proyecto tal como viene del Senado.
Quiero hacer dos breves consideraciones.
En primer lugar, la importancia del peritaje en aquellas quiebras en las que no existen bienes radica en que es un requisito fundamental para determinar si existió quiebra culpable o fraudulenta.
En los juicios de quiebra, cuando hay calificación de la misma y no existen bienes y no se realiza el peritaje, se deja en la impunidad a personas que, dolosamente, pueden haber caído en cesación de pagos, con grave perjuicio para sus acreedores. En definitiva, de esa manera se elude la responsabilidad penal.
Por lo tanto, es fundamental el peritaje.
En segundo lugar, el proyecto original del Ejecutivo establecía 15 unidades de fomento como monto máximo de los honorarios del perito. La Cámara lo fijo en 8 unidades tributarias y el Senado lo subió a 15 unidades tributarias.
En síntesis, se recoge lo propuesto por el proyecto del Ejecutivo y nos parece que corresponde aprobarlo porqué apunta a solucionar un problema que ha paralizado numerosas quiebras en el país.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, en su momento compartí la iniciativa del Ejecutivo, y en el primer trámite planteé una indicación sustitutiva de los incisos primero y segundo, que fue aprobada por la unanimidad de la Sala.
El Senado ha repuesto el proyecto original del Ejecutivo, en circunstancias de que fue sustancialmente modificado y mejorado por la Cámara.
El proyecto original agregaba un inciso final al actual artículo 227 de la Ley de Quiebras, que disponía que en los casos en que la quiebra careciera de bienes o éstos fueren insuficientes para el pago de los honorarios de peritos, debería procederse conforme con lo dispuesto en el artículo 245 del Código de Procedimiento Penal, como lo ha recordado la Señora Ministra, lo que significaba que el Fisco respondiera por dichos honorarios, los cuales, en todo caso, no podían exceder de 15 unidades de fomento.
En esa ocasión hice ver a la Sala que el proyecto resultaba pertinente. Sin embargo, no consideraba una situación ocurrente en nuestro sistema concursal: que existiendo originalmente bienes en la quiebra, el síndico los realizara todos, y no dejara para financiar los honorarios de un perito en el eventual proceso calificatorio. Por esa razón, presenté una indicación sustitutiva al inciso primero del artículo único, aprobada la unanimidad de los Diputados presentes, y que el Senado eliminó.
La indicación contemplaba, además, la introducción de un segundo inciso, relegando al final el del Ejecutivo y bajo la condición de que no fueran aplicables los que lo antecedían. El precepto propuesto partía de la base de que la quiebra no fuera solicitada por el fallido, pues para tal caso la ley prevé que aquél solvente los gastos y le impone consignar la suma de 100 UF para tales efectos. En estos casos el síndico debería tomar los resguardos necesarios y mantener fondos para el evento en que se deban pagar los honorarios a un perito en un posterior proceso calificatorio.
De esta manera como se dijo en esa oportunidad, las indicaciones solucionaban casos no previstos y de normal ocurrencia. Además, imponían una mayor justicia, pues no resultaba adecuado que el Fisco termine pagando honorarios si ellos pueden ser solventados previamente por los involucrados.
En mi opinión, tal como se aprobó el proyecto, con la indicación incluida y en forma unánime por la Sala, esta iniciativa tan importante del Ejecutivo, se veía reforzada y consolidada para el objetivo planteado, pues había un vacío en el texto que se proponía.
Nos parece inadecuado que el Senado haya rechazado lo que aprobó la Cámara por unanimidad, de manera que recomiendo rechazar las modificaciones que introdujo y reponer el proyecto original aprobado por esta Sala y, de conformidad con el artículo 68 de la Constitución, promover la formación de la Comisión Mixta pertinente, la que deberá proponer la solución a esta divergencia.
Reitero que la indicación sustitutiva fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes y claramente apuntaba a mejorar la iniciativa, que de todas maneras compartimos.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En votación las modificaciones del Senado.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 6 votos. No hubo abstención.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Aguiló, Allende (doña Isabel), Arancibia, Ávila, Aylwin (don Andrés), Balbontín, Caminondo, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Espina, Estévez, Fuentealba, Gajardo, García (don René Manuel), Gutiérrez, Huenchumilla, Jara, Jürgensen, Karelovic, Latorre, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longueira, Masferrer, Montes, Navarro, Ojeda, Ortíz, Palma (don Andrés), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pollarolo (doña Fanny), Prokurica, Rocha, Saa (doña María A.), Sabag, Taladriz, Venegas, Villouta, Wörner (doña Martita) y Zambrano.
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Alvarez-Salamanca, Bombal, Leay, Moreira, Paya y Pérez (don Víctor).
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aprobadas.
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA GARANTIZAR DERECHOS DE TERCEROS EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS. Proposición de la Comisión Mixta.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Corresponde conocer la propuesta de la Comisión Mixta sobre el proyecto que reforma el Título I, Libro III del Código de Procedimiento Civil, que suspende el remate de bienes para garantizar derechos de terceros.
Antecedentes:
Informe "de la Comisión Mixta, boletín N° 1247-07, sesión 13ª; en 4 de julio de 1995. Documentos de la Cuenta N° 7.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor PÉREZ (don Aníbal).-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PÉREZ (don Aníbal).-
Señor Presidente, si bien es cierto que en el informe de la Comisión Mixta se consignan algunos aspectos no contemplados en la moción parlamentaria original, estos nuevos alcances no se apartan de sus ideas matrices ni de su sentido, sino más bien, son complementarios y concordantes para proteger, jurídicamente, de mejor forma, los derechos de terceros cuyos bienes se ven amagados durante un juicio ejecutivo.
En cuanto a la modificación al artículo 450 del Código de Procedimiento Civil, la Comisión consideró más conveniente que el receptor deje constancia de toda alegación que haga un tercero invocando la calidad de dueño o poseedor de un bien embargado, y no consignar que ha habido, una oposición de su parte, porque ello podría inhibir al receptor a practicar esa diligencia, por cuanto el concepto de oposición, podía importar un impedimento para la realización del embargo decretado por el tribunal.
En relación con el artículo 523 del Código de Procedimiento Civil, la Comisión estuvo por no considerar que la sola alegación del tercero en el juicio ejecutivo sobre el bien embargado podría importar una suspensión del procedimiento, estableciendo un plazo de 15 días para interponer la respectiva tercería, de posesión o de dominio.
Al respecto, la Comisión incorporó un nuevo inciso al artículo 455, mediante el cual establece que "el retiro de las especies no podrá decretarse sino hasta transcurridos diez días desde la fecha de la traba del embargo", con lo cual se permite que el tercero disponga de un plazo prudencial para interponer su respectiva tercería e, incluso, solicitar al tribunal la sustitución del bien embargado, sin que éste pase a manos del martillero.
En cuanto al nuevo inciso que se agrega al artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, se acordó mantenerlo. Es decir, en este caso, el tercerista tendrá los mismos derechos que el artículo 457 confiere al deudor, de sustituir el bien embargado, consignando una cantidad suficiente para cubrir el pago de las cuotas y el capital.
Por último, la Comisión acordó intercalar un nuevo inciso al artículo 393 del Código Orgánico de Tribunales, para sancionar con la suspensión de funciones, hasta por un mes, al receptor que haga uso no autorizado de la fuerza pública o anuncie o amenace con dicho auxilio sin que haya sido decretado expresamente por el tribunal.
En estos términos se recoge la inquietud planteada durante el debate de la Comisión Mixta, en el sentido de que, en algunas ocasiones, los receptores amenazan con hacer uso del auxilio de la fuerza pública para intimidar al ejecutado o a terceros, o directamente recurren a ella cuando ha sido otorgada para practicar diligencias en otros procesos.
En definitiva, recomiendo a la Sala aprobar lo propuesto por la Comisión, por cuanto como señalé al principio las modificaciones tienden a proteger de mejor manera los derechos de terceros que se ven amagados durante el juicio ejecutivo.
La Comisión estuvo conformada por los Senadores señores Fernández, Larraín, Otero y Sule, y por los Diputados señores Bombal, Elgueta, Ferrada y Aníbal Pérez, y el informe fue aprobado por unanimidad.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Gajardo.
El señor GAJARDO.-
Señor Presidente, el informe rendido por el Diputado señor Pérez ha sido bastante completo. Sólo omitió mencionar que es el autor del proyecto, de lo cual debe quedar constancia en esta Sala. Nos parece que su preocupación es altamente relevante, porque se ha abocado a un tema de mucho interés para la opinión pública: los abusos que se cometen contra los deudores en los juicios ejecutivos. En la prensa han aparecido artículos sobre el valor de los remates, de las ventas en pública subasta y otras situaciones que, indudablemente, generan un serio perjuicio para las familias modestas que son las que tienen dificultades para procurarse una adecuada defensa judicial.
El proyecto pretende resguardar una situación de común ocurrencia en las familias de recursos modestos, cuando son muchas las que viven bajo un mismo techo.
Aparece un receptor que debe embargar bienes por las deudas de alguno de los integrantes del grupo familiar y termina embargando toda la casa, o cosas que son de los jefes de hogar y no de los hijos, allegados o nietos, o de las demás personas que viven en la misma casa. Esto genera el problema de qué este tercero debe recurrir ante la justicia e interponer los recursos correspondientes, que son las tercerías. No es simple acreditar una tercería, sobre todo cuando se trata de especies muebles, que no están sujetas a un sistema de inscripción de dominio.
Entonces, la iniciativa plantea que cuando se produzca esta situación, cuando se vaya a embargar la especie de un tercero que habita bajo el mismo techo del deudor, éste pueda alegar y hace presente esa situación, y el receptor estará obligado a dejar la constancia. Eso es lo que se persigue que es muy importante, porque a pesar de que no se establece en la ley, esperamos que frente a este antecedente, los jueces tengan el criterio suficiente para tomarlo en cuenta cuando se entable la tercería como un elemento de prueba y de convicción importante: que en el momento mismo en que se hizo la traba del, embargo, hubo una alegación por parte del afectado, en el sentido de que se estaba embargando un bien de su propiedad y no del deudor.
Con el objeto de entregar a la persona afectada una mayor protección, se establece el plazo de suspensión, que debe mediar entre el momento de la traba del embargo y el remate; de tal manera que tenga el tiempo suficiente como para consultar la asesoría jurídica necesaria e interponer las defensas que correspondan.
Por ello, me parece un proyecto muy importante y felicito al Diputado señor Aníbal Pérez por su iniciativa y le agradezco el gentil ofrecimiento de colaborar en su patrocinio.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora ALVEAR (Ministra de Justicia).-
Señor Presidente, quiero felicitar a los parlamentarios autores de esta moción, que introduce modificaciones al procedimiento civil en una materia tan relevante y manifestar la buena disposición del Ejecutivo para acoger esta iniciativa legal que, a nuestro juicio, contiene importantes modificaciones que darán certeza a los juicios ejecutivos, especialmente con el fin de salvaguardar los bienes de terceros, y evitarán situaciones muy conocidas por todos los abogados que tramitan en este tipo de procedimiento.
Veremos con mucho agrado la aprobación de la iniciativa.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Están inscritos los Diputados señores vigueta, Bombal y Espina.
Dado que el tiempo de Fácil Despacho es limitado, de conformidad con el Reglamento, daré preferencia a algún señor Diputado que desee impugnar el proyecto.
¿Alguno de los señores Diputados inscritos va a hablar en contra?
Si no es así, tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
Restan seis minutos del tiempo de Fácil Despacho.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, adhiero a todos los juicios emitidos en esta oportunidad, y quiero remarcar que, en una primera instancia, el proyecto fue rechazado por el Senado, razón por la cual llegamos a una Comisión Mixta.
El Senado lo rechazó por considerar que el juicio ejecutivo es un proceso de tal entidad, con documentos tan categóricos, que permiten realizar los bienes sin mayor dilación. Sin embargo, en la Comisión Mixta expusimos que, si bien es cierto, un título ejecutivo implica una absoluta certeza, acerca del incumplimiento de una obligación, no habilita al ejecutante para trabar embargo sobre cualquier clase de bienes, sino sólo respecto de aquellos que son propiedad del deudor. En este sentido, el proyecto sanciona al ejecutante negligente porque, generalmente, en estas demandas no se señalan en forma precisa y determinada los bienes del deudor sobre los cuales podrá trabarse el embargo que permitirá el posterior remate. De ahí, entonces, que nace esta especie de prenda general que los receptores asumen utilizándola fuerza pública, incluso en forma injusta e inapropiada.
La Comisión Mixta aceptó esos criterios, como consta en el informe y, en consecuencia, votaremos favorablemente.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, sólo quiero anunciar que votaremos favorablemente, reiterar nuestras felicitaciones a los autores de la iniciativa, especialmente al Diputado señor Aníbal Pérez, y suscribir plenamente lo expresado por el Diputado señor Gajardo.
Participé en la Comisión Mixta, y tal como lo ha señalado el Diputado señor Elgueta, se enmendó el criterio original del Senado, lo cual nos parece muy auspicioso, pues permite que una moción de un parlamento haya llegado a feliz término.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, no sólo deseo sumarme a las felicitaciones al Diputado señor Pérez por su útil iniciativa, sino también dejar muy claro en la historia fidedigna de la ley la importancia de la modificación, introducida al artículo 521 en relación con el 457, ambos del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a que el tercerista tiene pleno derecho a sustituir las especies embargadas por otras facultad que hoy tiene sólo el deudor principal, precisamente para tratar de aminorar el perjuicio que se le está causando, producto de un embargo mal trabado.
Ese es un aspecto fundamental de la ley que genera las mayores injusticias, ya que un ejecutante, a sabiendas de que los bienes que están en un domicilio determinado no pertenecen al deudor, de igual forma ejecutaba el embargo, trababa el embargo sobre todas las especies de la casa, lo que generaba una gran molestia y, de alguna manera, una especie de extorsión para obligar al tercero a pagar una deuda que no le correspondía. Al permitírsele sustituir los bienes que muchas veces son de su propiedad, puede liberarlos y no verse frente a esa especie de "extorsión". Me parece una modificación extraordinariamente importante, porque protege al inocente frente a un deudor inescrupuloso que, habitualmente, señala como domicilio o lugar de residencia el que no le corresponde y, por lo tanto, sus obligaciones las termina pagando un tercero.
Por las razones expuestas, votaremos favorablemente la proposición de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar la proposición de la Comisión Mixta?
Aprobado.
Despachado el proyecto.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-Recogiendo la proposición del Diputado señor Moreira, sugiero a la Sala que la Comisión Especial de Drogas quede integrada por los Diputados, señores Víctor Reyes, José Makluf, Erick Villegas, Exequiel Silva, Carlos Valcarce, Claudio Rodríguez, Ramón Pérez, Sergio Correa, Iván Moreira, señora Fanny Pollarolo y señores Isidoro Tohá, Nelson Ávila y Salvador Urrutia Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
VI.ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN RELATIVA AL DELITO DE VIOLACIÓN. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En el Orden del Día, corresponde continuar ocupándose del proyecto que modifica los Códigos Penal, de Procedimiento Penal y otros cuerpos legales en materias relativas al delito de violación.
Está en discusión el número 13, que modifica el artículo 365 que se refiere a la sodomía.
Están inscritos los Diputados señores Elgueta , señora Pollarolo , señor Arancibia , señorita Saa y señores Walker , René Manuel García, Viera-Gallo y Espina.
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, se ha impugnado la modificación al artículo 365 del Código Penal, aduciendo que es contraria a la ética, antinatural y que, de aprobarse, se abriría la puerta a reivindicaciones gays, como la celebración dé matrimonio, entre homosexuales, y a aspectos relacionados con adopciones, fertilización asistida, servicio militar, dirección de grupos juveniles, etcétera.
La modificación está lejos de perseguir tales propósitos. Desde luego, permanece penalizada la sodomía entre el mayor adulto con un menor de 18 años con presidio menor en sus grados mínimo a medio. No es efectivo que se despenalice, presentando una especie de permisividad o impunidad global. Más aún, el llamado lesbianismo, actualmente no incluido en la penalidad de la sodomía, se tipifica, igualándose en este punto al tratamiento legal de las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, sin distinción de hombre o mujer.
Por lo tanto, desde este punto de vista, no existen las catástrofes o señales de corrupción mencionadas en el debate. Aquí se ha mezclado lo ético con lo jurídico, ambos conceptos importantes para la convivencia humana. Pero es menester distinguir. Lo jurídico es lo lícito o ilícito, "lo que se puede hacer y lo que no se puede hacer". Lo ético es lo bueno o lo malo, "lo que se debe hacer" y lo que no se debe hacer. De ahí que no todo lo permitido por la ley es necesariamente un bien.
El propio Santo Tomás de Aquino, en su "Suma Teológica" razona: "Si la ley humana permite algunas cosas, no significa que las aprueba, sino que no alcanza a regularlas". Así, la ley humana no puede castigar o prohibir todas las acciones malas, ya que al pretender evitar todos los males, se seguirá también la supresión de muchos bienes, con perjuicio del bien común, necesario para la convivencia humana.
En la Instrucción sobre "el respeto a la vida humana naciente y la dignidad de la procreación", de la Congregación para la Doctrina de la Santa Fe de la Iglesia Católica, de 22 de febrero de 1987, al referirse al punto, señala: "La ley civil a veces deberá tolerar, en aras del orden público, lo que no puede prohibir sin ocasionar daños más graves. Sin embargo, los derechos inalienables de la persona humana deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política".
Por su parte, San Agustín dice: "Si se suprimieran las casas de tolerancia, ardería la ciudad".
Las personas humanas son dignas. La homosexualidad no existe: lo que existe son personas humanas que, a partir del instante en que adquieren conciencia de su propia sexualidad, se sienten atraídas sexualmente por personas de su mismo sexo. No hay enfermedad ni perversión, sino una condición humana, porque no es el resultado de una opción libre por parte del individuo.
La misma Sagrada Congregación para la Fe -el 29 de diciembre de 1975- al referirse a la persona humana, distingue entre la condición homosexual y su comportamiento. Lo primero no puede ser sancionado y se pide para ello una acogida pastoral. "El comportamiento –señala- ha de ser juzgado con prudencia. Según el orden moral objetivo, las relaciones homosexuales son actos privados de su regla esencial indispensable."
Por su parte, el jesuita y moralista español Eduardo López Azpitarte , en su obra "Ética de la Sexualidad del Matrimonio", de 1992, en la página 252 afirma: "La reforma del Derecho Penal -que en ese momento se estaba realizando en España- con vistas a considerar como actos criminales las relaciones homófilas que no atenten contra el bien común, es también aceptable. Lo que dos individuos realicen en la esfera de su intimidad no tiene por qué ser castigado, aunque constituyera falta ética, de igual modo que la ley no penetra en la vida privada de las personas heterosexuales cuyas relaciones fueren deshumanizantes y pecaminosas, cuando no se traspasan los límites del bien común; es decir, cuando no son producto de la violencia física o sicológica, ni se practican con personas menores de edad, o se realizan públicamente, hiriendo la sensibilidad normal del grupo."
Esto es lo que dice un sacerdote jesuita especialista en ética cristiana, y es precisamente lo que se cautela en la ley. No cabe la menor duda de que muchas veces resulta más dañino y corruptor el proceso judicial mismo, con todas sus implicancias escandalosas y seudopedagógicas consiguientes, Este es el real punto de vista de la Iglesia.
El tema ha sido examinado, además, por otros autores como Michael Ruse , quien, en su obra "La Homosexualidad", de 1989, analizado el fenómeno desde las perspectivas de filósofos como Emmanuel Kant y de utilitaristas como Bentham y Stuart Mili , formula la siguiente pregunta: "¿Debería el Estado prohibir la actividad homosexual masculina y femenina, o debe permitirla entre adultos, en privado y por voluntad propia?"
Desde luego, éste es un delito sin víctimas en que no se recurre a la autoridad judicial, por lo que casi siempre es tarea de la policía, degradándose la ley y repeliéndose indebidamente a los sospechosos.
Se dice que también el incesto carece de víctimas. Sin embargo, es preciso anotar que el realizado entre parientes adultos o menores púberes lleva siempre la connotación de estar vinculado a la procreación, a la inconveniencia genética de tales relaciones, cuyas víctimas serían los descendientes, lo que se consideraba así en la época en que se dictó el Código Penal. Luego, son cuestiones diferentes, y el Derecho Penal moderno también se ha hecho eco de los avances científicos sobre métodos anticonceptivos, regulación de la natalidad, etcétera, al punto qué se ha despenalizado esta figura entre adultos.
Los que siguen a Kant en su moral del deber ser, fundado en la absoluta libertad, aceptan el derecho a copular con quien queramos, si la otra persona lo desea, porque es una libertad básica; por lo tanto, se acepta la homosexualidad mínima.
Para Bentham y Stuart Mili , que fundan la conducta humana en la felicidad o en su búsqueda, es igualmente aceptable la homosexualidad. Razonan que la infelicidad que provoca la homosexualidad a los heterosexuales no es tanta como la que sí genera en los homosexuales, a quienes se prohíbe, sus actividades y se les persigue o amenaza.
Las penalidades del homosexual perseguido o chantajeado superan con creces la infelicidad heterosexual. La pena dura contra los homosexuales acentuará la clandestinidad, por lo que los heterosexuales homofóbicos seguirán infelices, mientras la sociedad entera -homo y heterosexual- tiene que soportar la desagradable injusticia de que los guardadores del orden y de la ley se introduzcan en la vida privada y la controlen.
Ser observado por televisión desde la comisaría más próxima mientras se está en un baño público no es muy edificante. Encarcelar a un homosexual por ser tal, es como meter a un ebrio en una bodega; además, la violación en las cárceles es una amenaza omnipresente, y la violación es la violación, cualquiera que sea la orientación que tenga.
De este modo, pensadores, filósofos, moralistas y juristas tienen la convicción de que la homosexualidad no es delito, como no lo son los actos de masturbación ni determinadas posiciones en las relaciones sexuales.
La jurisprudencia del artículo 431 del Código Penal español ha dicho:
"a) Cuando los que practican los citados actos son personas adultas, que proceden con recato, sigilo y mutuo consentimiento, sin atisbo de exhibicionismo, sin difusión o divulgación y rehuyendo toda publicidad, dichos actos, perteneciendo a la intimidad de los sujetos y siendo producto de una libertad sexual que no se detiene ante lo desviado o anormal del comportamiento de que se trate, serán atípicos e impunes.
"b) Si los actos referidos, aunque sean practicados por adultos y con libre y recíproco consentimiento, se llevan a cabo en lugares públicos y concurridos, o de un modo ostensible y patente, o con alardes..., son punibles,
"c) Si los actos de homosexualidad son ejecutados por sujeto o sujetos activos adultos con menor o menores, aunque no haya habido más publicidad que la que afecta a los últimos, constituyen delito... no sólo por la traumatizarían e impacto físico-psíquico que suponen para el menor o menores involucrados en el suceso, a los que se le descubren caminos sexuales desviados y relaciones eróticas proscritas y marginales, sino porque la moral sexual colectiva se conduele y lesiona cuando un homosexual, sea constitucional o sea vicioso o depravado, llevado de sus apetencias sexuales desbocadas y de la desviación y extravío de su libido, a quienes.se hallen todavía en una fase de indeferenciación de su vida y de su apetito sexual -con frecuencia incipiente e indeciso- les arrastra a la práctica de actos de la referida índole y les determinan e inducen a tomar una senda equívoca, ejerciendo sobre ellos una funesta influencia proselitista, y transmitiéndoles, o propagándoles su propia tara o desviación sexual, la que les aportará, en el futuro, de una sana y normal sexualidad (Sentencia de 13 de mayo dé 1985).
Finalmente, es menester responder a si los homosexuales deben tener, especiales prerrogativas en diversas tareas, a objeto de que no sean discriminados. Si reconocemos que los homosexuales y lesbianas son personas cuya dignidad no puede ser discriminada, no significa cambiar la naturaleza o el otorgamiento de privilegios. No habrá matrimonio entre ellos, puesto que la esencia de esta institución es la convivencia de una mujer y un hombre para procrear, ayudarse mutuamente y cumplir los deberes de familia. Otras actividades, como el servicio militar, la cátedra, el magisterio o el liderazgo dependerán del mérito, de las capacidades, de la idoneidad de los aspirantes y de las culturas de los países respectivos.
Termino señalando que esto corresponde a una indicación que varios Diputados presentamos en la Comisión. Según leí en la prensa, fue impugnada incluso por la Diputada señora Cristi , que también la suscribió; no obstante, en la Comisión aún no hemos recibido el retiro de su firma.
Por las razones expuestas, votaré favorablemente.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Arancibia .
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente, dentro del breve tiempo de que dispongo, debo referirme a algunas de las cosas que aquí se han planteado. Llamo a los Honorables colegas a reflexionar respecto de nuestra gran responsabilidad de modificar lo que en una sociedad debería ser una norma excepcional: cómo castigar a los miembros de ésta que incurren en conductas ilícitas.
Es muy importante lo que manifestó el Diputado señor Elgueta . La reflexión y la filosofía formulados en torno de la evolución del derecho revelan que uno de los aspectos más relevantes que ha logrado la civilización es objetivar las conductas que el Derecho Penal castiga.
Es sabido que en las sociedades más primitivas se confundía la personalidad del rey o del soberano con la del juez. Además, se confundía el patrimonio de aquél con el de la comunidad. En ese entonces, se castigaba todo lo que al soberano le parecía impropio, inadecuado o que atentaba contra los fantasmas de esa comunidad.
Felizmente, con la evolución de la humanidad, de la reflexión, del pensamiento y del derecho, hemos llegado a la convicción de que una de las formas más importantes de proteger a la persona, al individuo, a ese ser irrepetible, es objetivando la normativa que castiga determinadas conductas. Por eso, ha sido muy importante la evolución que ha experimentado a lo largo de los siglos la legislación sobre delitos sexuales.
Una política criminal moderna, razonable, no debe olvidar que el instinto sexual es susceptible de manifestarse de muy distintas maneras, por hombres y mujeres, como resultado de factores ajenos a su voluntad o a su simple elección.
Por lo tanto, hay que entender que cuando se sanciona una conducta, se castigan ciertos comportamientos y que no se está usando el Derecho Penal para sofocar, aplastar o negar actitudes que la propia naturaleza ha originado.
Desgraciadamente, no me puedo extender sobre el tema. Sólo quiero decir que en materia de delitos llamados sexuales la grave responsabilidad a que nos enfrentamos hoy es cómo nos deshacemos de prejuicios, de fantasmas y de reminiscencias de concepciones más bien medievales.
El Derecho Romano ponía énfasis en la costumbre, en lo fundamental que era la defensa del individuo; no se preocupaba de pequeños aspectos relacionados con las costumbres, sino de los relativos al comportamiento del individuo en la sociedad y en su impacto en la política.
El Derecho Canónico tendió a cambiar el carácter de ciertas relaciones sexuales de pecado a delito, y en todo ese proceso, -desgraciadamente, no hay tiempo para detenerse en ello, sino sólo para hacer una relación muy resumida- la Ilustración aportó una idea fundamental: que la exteriorización del instinto sexual, cualquiera que sea su índole, no debe penalizarse, a menos que vaya acompañada de la lesión de un derecho. Éste es un texto de 1702, es decir, de comienzos del siglo XVIII, en el cual se da un paso importante en la reflexión y en la evolución del Derecho Penal.
No olvidemos que en una época eran delitos la blasfemia, la herejía o leer libros que figuraban en el Índice. Todos sabemos que en un momento figuró en él el libro de Beccaría, que hoy es un texto clásico en Derecho Penal sobre el delito y la pena.
Entonces, la perspectiva histórica en que debemos situarnos quienes asumimos la responsabilidad de decidir cómo penamos o castigamos aquellas conductas que no pueden sino atribuirse a ciertos comportamientos, acciones u omisiones, es que haya una intencionalidad, que tales conductas están tipificadas, que dicha tipificación tiene una norma, la cual establece una pena proporcional a esas conductas. Es decir, es necesario que con el afán de proteger los derechos elementales de los individuos, donde no se trata de castigar su condición, sino su comportamiento en determinadas circunstancias, no incurramos en prejuicios ni nos dejemos llevar por fantasmas o visiones que hoy están superados.
Por lo tanto, el legislador debe tener conciencia de que, en materia de delitos sexuales, él Derecho Penal es un instrumento supletorio salvo las presiones de unos a otros, la violencia o la presión sobre menores, incapaces o desvalidos, y en ciertos casos algunas relaciones familiares o personales, y que todas las conductas practicadas entre adultos con consentimiento mutuo, sin que intervengan los factores anteriormente mencionados, son comportamientos ilícitos que no vulneran ningún bien jurídico tutelado y que no deben ser objeto de sanción.
Señor Presidente, como sé que mi tiempo es muy breve, he tratado de resumir lo más posible mi intervención. Sólo quiero agregar que de acuerdo con la normativa, la historia, la evolución y los valores de una sociedad civilizada, lo que hoy procede es castigar aquellos hechos como aquí se ha recordado, en los cuales inciden factores como la violencia, el ejercicio de la autoridad o la presión; pero no se puede castigar a aquellos que actúan de manera que no corresponde a valores o a perjuicios, ya que no atentan contra un bien jurídico.
Por supuesto, podemos expresar nuestros valores y prejuicios; pero no tenemos derecho a someter a la sociedad a sanciones que no correspondan a una norma, a un tipo penal o a un bien jurídico que se trate de defender en forma relevante. Y no está claro que en el delito de sodomía entre adultos, en privado, mutuamente consentido y sin mediar lo factores que se han mencionado, haya bien jurídico alguno que proteger.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rene Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, a propósito del tema, se ha citado la opinión de santos, sicólogos, escritores, de todo el mundo; pero el punto es que nadie se está metiendo en la vida privada de las personas.
Como dije con anterioridad, no conozco a ningún procesado por el delito de sodomía. Claramente, la ley no se puede meter en actos entre privados ni mucho menos.
Sin embargo, se habla de daño, y todos sabemos que en esas relaciones siempre lo hay. ¿Y qué daño más grande si esta gente está con el virus del sida y tiene varias parejas? ¡Infecta al resto de las personas! Entonces, se produce daño a la vida; no al acto sexual, no a las condiciones de privacidad. En consecuencia, ¿por qué no se exige a las personas que practican estás conductas, que la sociedad conoce, que tengan su test en la mano para saber si están sanas?
En una oportunidad anterior formulé esa proposición, y se rechazó, Pero hoy vemos que hay sensibilidad de todos los sectores para ayudar a los enfermos del sida. Si no tienen ninguna prueba ni saben que portan la enfermedad, pueden involucrar a muchas más personas. Han pasado cinco o seis meses de esa propuesta y ahora se ve solidaridad.
Tuve oportunidad de escuchar y leer al Senador Helmes, de los Estados Unidos, que es uno de los grandes detractores de la relación entre homosexuales, no por el acto sexual, ni porque va contra natura, sino por lo que gasta el país en esta enfermedad contraída por una relación que a ojos vistas es contra natura. Quienes hacemos estás críticas tendríamos que ser muy irreverentes para no solidarizar con los enfermos que han adquirido este mal por transfusión, por tratamiento médico, etcétera; pero no podemos ser solidarios y amparar a la gente que lo ha contraído por semejante relación sexual.
A nadie cuido ciertas partes de su cuerpo. Nadie debe meterse en la vida privada de las personas. Pero, ¿qué estamos haciendo nosotros? Estamos abriendo una ventana a conductas que después van a tener el efecto "escalera".
Esto no significa ser fatalista o premonitorio. En la Comisión hubo quienes proporcionaban cierto tipo de matrimonio, claramente por amor, pero matrimonio infecundo al fin, porque sabemos que las personas del mismo sexo no pueden procrear. Pueden tener amor, cariño, lo que se quiera; pero no podemos favorecerlos por ley para que anden en lugares públicos haciendo estas cosas.
Señor Presidente, con su venia concedo una interrupción al Diputado señor Viera-Gallo .
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, sólo para saber qué actitud tendría el Diputado señor Rene García frente a un homosexual con sida y que está muriendo. Si tendría misericordia, piedad o si sobre esa persona también caerían las palabras que está profiriendo en la Sala.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor René García .
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Muy buen pregunta.
Le contesto que la misma solidaridad que esa persona demostró con quienes tuvo relaciones sexuales a sabiendas de que estaba infectada. ¿Quién es más criminal? ¿Yo o él, que a sabiendas que estaba infectado tuvo relaciones con personas sanas?
Diputado señor Viera-Gallo , esta cosa puede ser empatada para usted o un problema superado para mí. Quien tiene esta enfermedad, debe ser solidario, y la solidaridad parte por reconocerla. A las personas que, por desgracia, también son homosexuales, debe decirles: ¡No se meta conmigo, porque tengo esta enfermedad! Eso es más solidario, Diputado señor Viera-Gallo , que amparar por ley una conducta homosexual.
Anuncio mi voto en contra del artículo, tal como está, y que me quedo con el antiguo, porque igual no se mete en la vida privada de las personas.
No me extrañaría que en un tiempo más estuviéramos legislando sobre el masoquismo, que también es un acto sexual permitido en privacidad. No importa, abramos las puertas, sigamos adelante. Total es normal, a la gente le gusta; da lo mismo. Pero no puedo votar a favor de este artículo.
Por último, respeto los derechos que ellos tienen como ciudadanos. Eso jamás lo he puesto en duda, ni lo voy a poner jamás en duda. Es así. Pero no quiero que se les reconozca la libertad de andar en cualquier lugar. Como dicen los españoles, ¡viva la pepa!, ya que esto se ha sacado de la legislación española, que no es el mejor ejemplo, porque los que han estado en España saben cómo se encuentra en decadencia ese país, justamente por permitir estas cosas.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señorita Saa .
La señorita SAA .-
Señor Presidente, es muy importante mantener un cierto nivel en el debate y no festinarlo, porque estamos hablando de personas que merecen todo nuestro respeto, de personas con dignidad, que tienen los mismos derechos que nosotros.
Una de las intolerancias más grandes es no reconocer la diversidad. Todavía, a esta altura del desarrollo de la humanidad, tenemos dificultades para reconocerla y respetarla.
Por esta intolerancia, a lo largo de la historia de la humanidad, hemos visto sufrir a miles de personas las consecuencias del deseo de algunos de que todos sean iguales. Hemos visto en el transcurso de la historia juicios, condenas, muertes por esta intolerancia, por no respetar esta diversidad.
Estudios científicos afirman que la homosexualidad es un hecho natural, no una opción. No creo que nadie elija un tipo de vida que le acarreará toda clase de prejuicios, discriminaciones, sufrimientos e indignidades.
Se calcula que entre el 5 y el 10 por ciento de la población tendría tendencias homosexuales: Este hecho es reconocido, claro, y no podemos negarlo. Por lo tanto, no podemos condenar a alguien por una condición natural, no por una opción.
Por eso, apoyo la despenalización del considerado delito de sodomía, porque debemos respetar la libertad de las personas.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señorita Diputada, el Diputado Señor Bombal le solicita una interrupción.
La señorita SAA .-
Sí, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, quiero hacer un alcance tangencial a lo que se ha señalado, pues me preocupan estas estadísticas. En el caso de los abortos, se habla de 160 mil; pero, hasta donde hemos podido constatar, no existe ninguna comprobación formal de esa cifra.
Quiero consultar a la señorita Diputada, de dónde salen esas cifras, porque en estas materias nunca se menciona la fuente. Lo hago con el mayor respeto, dada la seriedad con que ella trata el tema. ¿Cuál es la fuente de esas estadísticas?
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Continúa con el uso de la palabra la honorable Diputada señorita Saa .
La señorita SAA .-
Señor Presidente, no tengo aquí la fuente de esa información; las remitiré al señor Diputado a la brevedad. Pero hay estudios con respecto al tema, que ha sido una constante en la humanidad.
De acuerdo con nuestros conocimientos sobre historia, personajes o literatos notables han sido homosexuales, como Oscar Wilde que por ello fue objeto de atropellos y sufrió pena de cárcel.
En todo caso, me parece claro y concreto que no se puede condenar a una persona porque en su naturaleza hay determinada orientación. Despenalizar la sodomía es reconocer la dignidad de personas de nuestra sociedad y su libertad a ejercer privadamente su sexualidad, igual que en la heterosexualidad, y en este último caso estamos castigando los casos de violencia y de violación a la libertad sexual de las personas.
Votaremos a favor la despenalización de la sodomía, por considerar que significa un gran avance en la organización de nuestra sociedad y en el respeto de las personas.
Señor Presidente, con su venia, concedo una interrupción al Diputado señor Elgueta .
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el Diputado señor Elgueta hasta por 20 segundos.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, voy a citar unas líneas de la obra "Homosexualidad", de Michael Ruse . Dice que el doctor Kinsey descubrió, en Estados Unidos, que, pasada la adolescencia, el 37 por ciento de la población masculina había tenido algún contacto homosexual, que el 13 por ciento había sido más homosexual que heterosexual durante un período mínimo de tres años, desde la adolescencia hasta los 55 años de edad, y que el 4 por ciento era exclusivamente homosexual después de la adolescencia.
El señor BOMBAL.-
¿Cuál es la fuente en que se basa ese señor? Porque puede decir cualquier cosa.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado, ruego no polemizar.
Tiene la palabra el honorable Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, ¿qué es exactamente lo que estamos discutiendo? Recuerdo que, originalmente, el proyecto se refería sólo al delito de violación. Con posterioridad, a través de una indicación del Ejecutivo, se incluyeron los delitos sexuales en general y, más adelante, en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia .decidimos agregar dos figuras delictivas: el acoso sexual, que no existía como delito en nuestra legislación, y una modificación al artículo 365 del Código Penal, para perfeccionar la tipificación de la llamada sodomía.
Veamos exactamente qué hicimos para concluir, a mi juicio, la absoluta lógica, coherencia y racionalidad con que estamos actuando al proponer este nuevo artículo.
En primer lugar, el actual artículo 365, sobre la sodomía, en los números 1 y 2 se refiere básicamente a cuando se use fuerza o intimidación o la víctima esté privada de razón. Es decir, dos de las tres causales que hoy están en el artículo 361, sobre violación.
¿Qué hicimos nosotros? Incorporamos la violación sodomítica al artículo 361, con lo cual la víctima de un delito de violación ya no sólo será una mujer, como ha ocurrido tradicionalmente, sino una persona: un hombre o una mujer. Es decir, respecto de ello no hemos despenalizado nada, sino que lo perfeccionamos para hacerlo más coherente.
En segundo lugar, el inciso final del actual artículo 365 habla, como agravante de pena, de cuando las víctimas son menores de 14 años. ¿Qué hicimos? Subimos esa edad a los 18 años, porque estimamos que una persona menor de 18 años no tiene una evolución ni una madurez psicosexual total, y además es más vulnerable. Por eso, establecimos -el criterio es discutible, ya que los límites de edad siempre son discutibles- que el que tuviere relaciones sexuales con un menor de 18 años de su mismo sexo, estará incurriendo en la penalidad señalada en el nuevo artículo 365. Ése es el sentido de este nuevo artículo.
Ahora, ¿qué se está despenalizando? Aquí hay que ser riguroso en el análisis. No estamos despenalizando la sodomía en general, porque esta figura la hemos perfeccionado al trasladar la violación sodomítica a otro párrafo del Código y al aumentar, incluso, la edad de 14 a 18 años. Sólo hemos despenalizado las relaciones sexuales entre homosexuales mayores de 18 años, libremente consentidas la llamada sodomía voluntaria, si así pudiera llamársela, en privado.
Yo me pregunto ¿cuál es la relación entre el victimario y la víctima si hay relaciones sexuales libremente consentidas? ¿Quién es el victimario y quién la víctima?
El supuesto básico de un delito es que hay un sujeto activo y un sujeto pasivo, un, victimario y una víctima, lo que por definición no existe en las relaciones sexuales libremente consentidas.
Por lo tanto, estamos haciendo algo absolutamente lógico. Como decía el Diputado señor Elgueta , en la más estricta doctrina tomista y católica, no todo lo que es ilícito debe ser sancionado como delito. La ley penal, como sabemos, es la última ratio, es la última razón. Es decir, cuando no queda otra forma a la sociedad de defenderse que no sea la aplicación de una sanción penal, sólo en ese momento debe legislarse penalmente y establecerse un delito.
.Respecto del tema de la transmisión sexual -que señalaba el Diputado señor René Manuel García -, lo hemos incluido como circunstancia agravante en los delitos de violación y estupro, y recuerdo que ahora se agrega la violación sodomítica, justamente referida a las enfermedades de transmisión sexual; o sea, estamos incluyendo algo que no existía anteriormente.
Por último, para ser breve, quiero que tengamos claro lo siguiente:
Si mantenemos el delito de sodomía como está establecido en el artículo 365, en el fondo y en términos prácticos, estamos diciendo: "Si usted señor homosexual tiene relaciones sexuales, va a la cárcel." Otra cosa es que se aplique o no se aplique la ley Es un tema importante, pero secundario, porque estamos estableciendo un tipo penal; estamos legislando. ¿Qué le estamos diciendo entonces? Mire, señor, su única conducta no reprochable o lícita es la abstinencia sexual". En otras palabras, o hay abstinencia sexual o va a la cárcel. Eso es exactamente. Y yo me pregunto ¿es posible exigirle a la ley penal -que es la última ratio, que es última razón- que prescriba bajo la amenaza de una pena la abstinencia sexual de los homosexuales? Es absolutamente un despropósito.
Por lo tanto, creo que efectivamente estamos abriendo una ventana, pero la estamos abriendo a la lógica, a la racionalidad, a la coherencia legislativa para establecer un estatuto jurídico sobre los delitos sexuales que permita corresponder y recoger los bienes jurídicos fundamentales que queremos proteger.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Pollarolo .
La señora POLLAROLO.-
Señor Presidente, frente a la abundante argumentación a favor de despenalizar la homosexualidad y sancionarla solamente en el caso de personas adultas que pudieran por esa vía afectar el desarrollo de la identidad sexual del adolescente, frente a tanto argumento de la ciencia, como el informe Quincy -que Sus Señorías conocen- que es un estudio muy importante y exhaustivo realizado en Estados Unidos, y la resolución de la Organización Mundial de la Salud de eliminarla como enfermedad y caracterizarla como una condición humana dentro de las variantes humanas normales, y la clara argumentación en el sentido de que esta conducta entre adultos, libremente consentida, no significa daño para nadie, penalizarla significaría ir en contra de un elemento básico de la vida, como es la necesidad de vivir y desarrollar la propia sexualidad. Hoy la sexualidad se ha separado de la reproducción. Por eso, esta concepción de lo antinatural es un resabio, porque hoy, para todos nosotros, es parte de nuestra cultura. La sexualidad es parte del desarrollo pleno de la personalidad, es una experiencia del vínculo humano, una experiencia que expresa necesidades profundas dé afecto, y negarlo -como aquí sé ha dicho- es una profunda inhumanidad y torpeza porque, de hecho, se impone y se realiza.
¿Por qué tanta dificultad? ¿Qué es lo que nos pasa? ¿Por qué este debate? Cuando tenemos que legislar respecto de conductas humanas que la cultura ha cargado de prejuicios, de estigmas y descalificación, es en nosotros mismos, en nuestra experiencia de vida, en nuestra socialización donde radican las dificultades que debemos ser capaces de objetivizar y de vencer. Sin duda, en nuestra sociedad y en nosotros mismos todavía hay una tendencia a mirar con ansiedad las diferencias, a aspirar a una homogeneidad que no existe. Tenemos dificultad frente a todo lo que ha sido reprimido, a todo lo que aparece como el lado oscuro de la vida. Nos produce ansiedad, nos producen estas fantasías de algo que va a perder el control. Lo que he escuchado en la Comisión -y también en esta Sala-, de que vendrían cosas terribles que no podríamos controlar, son ansiedades frente a temas que históricamente, han estado reprimidos.
Creo que también debemos reconocer la dificultad que nos produce defender aquello que es objeto de burla, porque aún se hacen chistes respecto de los homosexuales. Incluso, he escuchado de colegas parlamentarios hacer esta pregunta terrible: ¿Y por qué defiende usted a los homosexuales?" Ahí hay una carga de prejuicios, una carga de irracionalidad que nos hace ser acientíficos e incluso inhumanos. Nuestra obligación es vencer estas dificultades y que nuestros cuerpos legales se guíen por la ciencia y no por el prejuicio, que respondan al espíritu humanista y no a la represión y a la discriminación. Por eso es tan importante despenalizar la sodomía entre adultos que eligen libremente uña vida sexual que es necesaria para todo ser humano.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Paya .
El señor PAYA.-
Señor Presidente, en primer lugar, me referiré a un punto planteado por la Diputada señorita Saa . En verdad, parte de la diversidad es la diversidad de opiniones, y aquí no hay que dramatizar sobre las razones ocultas o profundas vinculadas a dogmatismos históricos que llevarían a algunos de nosotros a estar en contra de una norma como ésta* Es una opinión distinta.
Tampoco estoy de acuerdo con lo que se acaba de decir: que considerar que algunas formas de ejercer la sexualidad sean negativas significa un resabio cultural del pasado. Creo que el incesto, la relación sexual entre un padre y sus hijas o entre dos hermanos -y que es actividad sexual en la que puede haber placer- está mal, es antinatural. Y puede ser un resabio cultural, como aquí se ha mencionado, pero me alegro de tenerlo y espero no perder nunca semejante resabio. Del mismo modo, creo que las relaciones entre homosexuales no son naturales ni normales.
Ahora, como todos sabemos, la comunidad homosexual o quienes ellos sean y todas las personas que han visto este proyecto, saben que en Chile no se castiga a nadie en virtud del artículo que se quiere derogar. Todos sabemos que no está ahí la relevancia de esta discusión. ¿Por qué se insiste tanto? Lo que está en juego es la señal que se da. En la Cámara hemos escuchado una discusión bastante seria, académica, respecto de cuáles son los límites a la acción del Estado: si este se puede meter en la privacidad de las personas, de los dormitorios. Hay muchas buenas razones para sostener que una norma así es impracticable, incluso peligrosa; pero toda esa discusión es inútil, nada tiene que ver con la realidad del problema en Chile. La verdadera consecuencia práctica de esto es su efecto en la opinión pública. Creo que la señal es bastante visible en cuanto a que hay una suerte de "lobby" de la comunidad homosexual que ejerce una presión fuerte y que utiliza distintas estrategias; desde luego, se inflan las cifras. Sinceramente, no creo que haya 1 millón 400 mil homosexuales en Chile, pues sería un hecho muy evidente. No creo que sea ésa la realidad.
Quiero que mis palabras no se malentiendan. Sin duda, el sida es una enfermedad muy dramática, muy triste, muy grave, mortal, pero se llama la atención que se dedique mucho más tiempo y toda clase de campañas públicas en favor de los enfermos de sida, en circunstancias de que gran parte ha contraído la enfermedad como consecuencia de una vida sexual anormal y, en cambio, se da mínima importancia a enfermedades que en todas partes del mundo causan una cantidad infinitamente más grande de víctimas que nadie recuerda y que son inocentes y sin ninguna responsabilidad al momento de contraerías, como es el caso de la tuberculosis. Están olvidados en todas estas campañas tan llamativas, incluso apoyadas por organismos internacionales y gran cantidad de recursos que sólo se destinan a los enfermos de sida que, además, cuentan con una fuerte implicancia y presión del lobby homosexual.
Aquí no está de por medio una persecución. Creo que es injusto emplear palabras e imágenes que pretenden identificar la oposición a la despenalización de la conducta homosexual como una suerte de persecución contra estas personas. Nadie propone marginarlas de la sociedad, ni meterlas en campos de concentración, ni apuntarlas con el dedo ni ninguna atrocidad de ese estilo; pero tampoco -al menos yo- estamos dispuestos a darle patente de normalidad a una conducta anormal, sin perjuicio de la cantidad de gente que la pueda practicar en un momento determinado. No es normal, temo, y lo planteo como un punto de reflexión, que los insistentes esfuerzos de algunos grupos pequeños de activistas homosexuales por tratar de forzar a la sociedad a aceptarlos como un grupo normal -como que la conducta homosexual Juera una conducta más-, van a producir una reacción contraria en algunas personas, muy lamentable, pero muy explicable, porque en este país nadie persigue a los homosexuales.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado, ha concluido el tiempo de su intervención.
El señor PAYA.-
Termino en dos segundos, señor Presidente.
Nadie los anda persiguiendo ni apuntando con el dedo, pero cuando quieren forzar al país y a la sociedad a aceptarlos como normales y que se les permita casarse, adoptar hijos, pasearse tomados de la mano en cualquier parte, obviamente van a producir una reacción en contra. De manera que sumarse a los esfuerzos de estos pequeños grupos de activistas homosexuales puede tener un efecto muy contraproducente.
Señor Presidente, el Diputado señor Moreira me ha solicitado una interrupción.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado, no tiene tiempo para concederla.
Cuando se ofreció la palabra, se inscribió el Diputado señor Viera-Gallo y, posterior mente, lo hicieron los Diputados señores Bombal , Huenchumilla , Ávila y Moreira .
Este tema es delicado y requiere de un mayor debate. Cada argumento saca nuevos argumentos, pero esta Cámara no puede demorar el despacho del proyecto, que tiene la urgencia vencida. Por lo tanto, reglamentariamente, a las 12.30, la Mesa está obligada a poner en votación el resto del articulado sin discusión, lo cual no parece razonable, pero ése es el contexto en el cual estamos.
Por eso, planteo a la Sala que se requiere de un acuerdo razonable que permita el despacho del proyecto, ya sea que después de que intervengan ocho señores Diputados se cierre el debate respecto de un punto y no haya, por ejemplo, 20 intervenciones, o que se suprima la hora de Incidentes y se disponga ese tiempo para terminar el debate.
Quizás podríamos pedir al Ejecutivo que prorrogue la urgencia del proyecto por un día más, a fin de concluir mañana; pero quedan aún muchos artículos por discutir.
Sobre procedimiento, tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, obviamente este tema es muy importante y significativo, como asimismo el debate a que ha dado lugar. Por eso sugiero suprimir Incidentes y prorrogar el Orden del Día. Si hacemos el esfuerzo de avanzar hoy, podremos, eventualmente, despachar el proyecto, para lo cual sólo se requiere de voluntad expresada por la unanimidad de la Sala. En el Orden del Día hay veintitantos proyectos que esperando ser tratados y lo más sensato repito, para no rehuir el debate, sería prorrogar el Orden del Día y suprimir Incidentes.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
¿Habría acuerdo de la Sala para suprimir los proyectos de acuerdo y la hora de Incidentes para prolongar por ese lapso el Orden del Día con el objeto de seguir tratando el proyecto?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Aguiló .
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, nosotros, en principio, estamos dispuestos a compartir la sugerencia del Diputado señor Walker , sólo que algunos miembros de las bancadas de la Concertación han programado en Incidentes un homenaje a 119 detenidos-desaparecidos. Incluso, en las tribunas se encuentran presentes, dirigentes de la Agrupación de detenidos-desaparecidos.
Entonces, como ésa era una actividad que ya estaba organizada para esta sesión, no sé cómo podemos articular ambas sugerencias, puesto que se consideran en un mismo período de tiempo. Quizás podamos dejar un espacio en Incidentes para dedicarlo a ese tema específico. Sin embargo, creo que la cuestión ameritará una reunión de Comités de no más de cinco, minutos, porque están involucradas todas las bancadas.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En todo caso, señor Diputado, para que no haya dudas al respecto, quiero expresarle que no fui informado de ese homenaje ni tampoco figura en la tabla. No es mi ánimo hacer un cambio y, según me parece, fue un acuerdo interno de la Concertación que no se comunicó a la Mesa, como procedimiento.
Citó a reunión de Comités para determinar cómo se continuará con el despacho del proyecto.
Se suspende la sesión por todo el tiempo que dure la reunión de Comités.
Transcurrido el tiempo de suspensión.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Continúa la sesión.
Los Comités han acordado cerrar el debate en este numeral una vez que hayan hecho uso de la palabra los Diputados que estaban inscritos hasta este momento, que son los señores Viera-Gallo , Bombal , Huenchumilla , Ávila y Moreira . Este último va a hacer una breve aclaración.
No se tratarán los proyectos de acuerdo y se prorrogará el Orden del Día hasta las 13.30. En cada numeral, después de un máximo de tres intervenciones, con dos en contra o dos a favor si hay opiniones discrepantes, se cerrará el debate.
A las 13.30 se iniciará Incidentes. Una vez que termine, se suspenderá la sesión y se reanudará a las 15.30 para volver al Orden del Día y despachar el proyecto en discusión. Esto implica que algunas Comisiones serán autorizadas para sesionar en forma simultánea con la Sala, sin perjuicio de ser avisadas de las votaciones que requieran quorum especial.
Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo .
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, como dijo el siquiatra Humberto Murillo en la Comisión, afirmación que me pareció muy iluminadora, la homosexualidad es un misterio cuyas razones la ciencia no ha logrado descubrir.
Yo recordaba el famoso libro "El Banquete", de Platón, donde trata de explicar el .motivo, pero, como tengo muy poco tiempo, no me referiré a la metáfora que usa. Sin embargo, sería interesante que algunos colegas de la Oposición lo leyeran.
En todo caso, ante un misterio como éste, que afecta a una parte de la población el Diputado señor Bombal se extraña por el informe Kinsley, de sexólogos norteamericanos, que es muy importante, la respuesta no puede ser la represión. Sin duda, resulta muy fácil hablar de represión, salvo cuando esto le ocurre a un hijo, a una hija, a un hermano, a un pariente cercano o a alguien que uno estima. Me gustaría saber si las mismas palabras que se pronuncian con tanta energía para reprimir, las dirigirían contra esas personas.
Por eso, creo que lo importante ante un misterio es abordar el tema con extrema cautela y delicadeza.
En el mundo de la cultura cristiana hay una clara distinción -como dijo el Diputado señor Elgueta - entre la moral y el derecho. Aquí no estamos en una sociedad islámica, fundamentalista, donde el Corán debe ser la ley civil del Estado. Una cosa es la ley moral y otra distinta, según el pensamiento católico y cristiano tradicional, el derecho. El derecho exige el mínimo necesario; la moral, el máximo.
Incluso, en el caso de la moral, habría que efectuar una discusión, porque la famosa frase de Jesús cuando dice: "No se ha hecho al hombre para servir a la ley, sino la ley para servir al hombre", es un principio fundamental para entender la concepción moral en una visión cristiana. Pero dejemos eso para otra sede, porque aquí nos ocupamos del derecho. Y como ha dicho el Diputado señor Arancibia , en el campo del derecho no se advierte qué bien jurídico se protege cuando se quiere enviar a la cárcel a personas adultas que, en privado, libremente, s optan por una relación efectiva y sexual entre ellas.
Decía uno de los Diputados de la Oposición que no se trata de meterse en la vida privada. Pero, si mantenemos la norma, justamente las personas homosexuales que practican su instinto pueden ir a la cárcel, aun cuando lo hagan en privado y con libre consentimiento. Eso queremos eliminarlo. No quiere decir, desde el punto de vista del derecho -y le preocupaba al Diputado señor Paya - que la señal a la sociedad sea equiparar la homosexualidad con la heterosexualidad, porque todo nuestro derecho está construido sobre la base de la idea de la heterosexualidad: el civil, el de familia. Lo único que planteamos es que una conducta que no es corriente no sea penalizada con cárcel.
No me extraña que una minoría que ha sido culturalmente segregada y socialmente reprimida, hoy levante su voz para exigir derechos. Por cierto que lo puede hacer en forma exagerada, porque, cuando uno ha estado reprimido, tiende a extremar los argumentos. Cuando concurrieron a la Comisión los representantes del Movimiento de Liberación Homosexual, su argumentación fue bastante mesurada y seria -a los Diputados de la Oposición que asistieron a la Comisión también los impresionó- y no quisieron hacer un parámetro de su conducta para toda la sociedad chilena. Sólo querían no ser reprimidos. Al respecto, recuerdo que uno de ellos no quiso enfrentar después a la prensa porque temía que lo echaran de su trabajo.
Se trata de una conquista de libertad, de dignidad del ser humano. Por cierto, en la conciencia de cada uno de nosotros puede haber una valoración moral distinta de las diferentes conductas sexuales. Pero eso no, significa, a mi juicio, que la homosexualidad, pueda Ser considerada un delito.
La única conducta privada sexual que debe ser mantenida como delito, aun cuando sea libremente consentida, es el incesto. En verdad, si se me preguntara el porqué, no tengo una respuesta clara, pero sí puedo decir que no hay ninguna sociedad en el mundo, ni tribu primitivamente recuerdo los libros de Lévi-Strauss-en que una cierta forma de incesto no sea considerada y sancionada. Y Lévi-Strauss ha escrito, por lo menos diez libros para tratar de explicar por qué el incesto es castigado hasta en las tribus de Papua Guinea, del Brasil, de la Amazonia, etcétera. Llega a una explicación que, desde luego, no les va a gustar a las feministas y quizás no es muy convincente, pero el hecho es que no hay ninguna sociedad que se haya edificado que no tenga el tabú del incesto como una piedra angular de su organización familiar. Hay muchas sociedades, tribus y culturas en que la conducta homosexual fue considerada como no sancionable penalmente, a lo que queremos llegar hoy en Chile, porque nos parece que tiene que ver con los derechos, con la dignidad de las personas.
Otra cosa es -y termino- que pueda haber obviamente una valoración mayor de la conducta heterosexual que de la homosexual.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, no los desconozco ni resto validez a los informes a que se ha hecho alusión. Sólo he pedido que las fuentes de las cifras que allí se mencionan sean respaldadas debidamente, que se señale si corresponden a investigaciones, a datos estadísticos, etcétera. En estas materias tan delicadas no podemos aceptar que se sigan usando cifras como decir que el 10 por ciento de la población del mundo, o que tantos acá o tantos allá. Lo digo referido al aborto, que estudios científicos demuestran que en Chile no está cuantificado el tema. Se ha dicho por académicos de la Universidad de Chile y de la Universidad Católica. Sin embargo, se maneja una cifra, indagamos y precisamos que alguien la mencionó algún día. De ahí se incorpora en todos los discursos. Reitero que bajo ningún punto de vista resto validez a los informes, sino que pido rigor en el respaldo de esas cifras.
Lamentablemente, este tema -que merece toda consideración y respeto, tanto sus protagonistas como la situación que viven, y así lo dijo el Diputado informante en su momento- se ha planteado en un proyecto al cual se le ha restado mérito y valor a su idea fundamental: la violación.
Hace mucho rato que estamos hablando de ese grave flagelo que hoy existe. Tan grave que, incluso, se ha incorporado -lo que antes no ocurría- la violación sodomítica.
Sin duda, que el tema marco sobre el que nos estamos moviendo es el delito de los abusos sexuales, lo que impacta profundamente en nuestra sociedad. Las conductas privadas debemos respetarlas y considerarlas, pero a lo mejor sobre la materia tendríamos que iniciar un debate mucho más profundo que el efectuado.
Tengo la sensación de que el tema no ha sido bien debatido ni trabajado. Se ha mencionado como un tema emblemático de las personas que están sufriendo discriminaciones. Pero no estamos tratando asuntos emblemáticos, sino un problema social de fondo: la gran cantidad de gente que resulta dañada como consecuencia de los delitos o de los abusos sexuales.
La prensa de ayer ha dado cuenta de que hay una comuna de la Región Metropolitana que está siendo acosada y agredida gravemente por una pareja de delincuentes que violan y abusan de mujeres, las que son obligadas a perversiones pornográficas que, incluso, son filmadas por estos antisociales, hoy buscados por la policía.
Ésa es una realidad concreta. Distraer el debate a este otro problema, que propongo tratarlo en otro contexto, no le ha hecho bien ni a este tema ni al de fondo, que es el que debemos analizar.
Otra consideración. Invito a los honorables colegas a leer el artículo 365 del Código Penal, .el cual establece: "El adulto que tuviere relaciones sexuales con un menor de dieciocho años de su mismo sexo, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación, estupro o abusos sexuales, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio.". Es decir, se penaliza, se envía a la cárcel a quien mantenga relaciones con persona del mismo sexo, menor de 18 años. Y nuestra legislación penal no envía a la cárcel a una pareja heterosexual que tenga relaciones sexuales y sea menor de 18 años.
De manera que la argumentación dada por las bancadas de enfrente cae en forma contundente cuando nos encontramos frente a esta realidad. ¿Por qué se penaliza esta relación tan normal que está dentro del orden de la libertad sexual cuando son menores de 18 años?
Esta consideración la hice presente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Me podrán dar muchos argumentos, pero al dejar penalizada la sodomía como se ha hecho en este artículo, se reconoce en forma implícita, de una u otra forma, que no está dentro del orden natural.
De manera que toda la línea argumental que se da, cae en razón de la edad. Pero vuelvo a plantear que no se penaliza a una pareja de jóvenes, menores de edad, que tienen un vínculo sexual, a menos que exista violación u otros factores de por medio.
Sólo quiero dejar establecida esa consideración. Aquí queda penalizada la sodomía de dos menores de 18 años, del mismo sexo, que mantengan relaciones: van a parar, a la cárcel. De manera que este punto hay que consignarlo.
No pretendo generar un debate. Quiero decir que este tema, tan relevante e importante en el cuerpo de la vida social, a mi juicio debió haberse tratado en otro ámbito y no en el de las cosas emblemáticas, porque, a la larga, le hacen daño. Sin lugar a dudas, nuestra sociedad tiene mucho que avanzar para que no exista represión ni discriminación respecto de aquellos que tienen un determinado comportamiento; pero no podemos incorporar un tema de allegado a un proyecto –insisto- cuya idea conceptual matriz no lo contemplaba. Si no, que lo diga la señora Ministra de Justicia. Este tema no fue incorporado en el proyecto por el Ejecutivo, sino que fue allegado, posteriormente, por sectores oficialistas. Tal vez, fuera otra la oportunidad en que debería mencionarse.
El señor ESTÉVÉZ (Presidente).-
Señor Diputado.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, deme 30 segundos para redondear la idea.
El Señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Puede continuar, señor Diputado.
El señor BOMBAL.-
Si estamos hablando que se quieren asemejar a una normalidad, no debimos haberlo incorporado en una legislación penal donde estaba tratándose todo el tema de la violación y de los abusos sexuales, porque constituye una discriminación y casi una ofensa para estos grupos.
Se confunde una situación humana digna de la mayor consideración y respeto, dentro de todo un panorama delictivo, de penalidad, que no es lo que esos grupos, como minoría, quieren tener. Por eso, ha sido poco feliz el enclave de este tema y su debate no ha sido integral.
Vuelvo a decir, queda la gran inconsecuencia a toda la argumentación dada respecto de cómo está el artículo que en la actualidad penaliza con cárcel a menores de 18 años estoy hablando de dos jóvenes que estén a un día de cumplir 18 años, y son llevados a la cárcel por tener relaciones con personas del mismo sexo.
Alguna inconsecuencia queda en el proyecto.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Huenchumilla .
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, a todos los Diputados que hemos escuchado los distintos argumentos dados en un tema tan opinable y conflictivo, se nos ha producido alguna confusión. Cuando los escuchaba, me hacía un par de reflexiones que quiero compartir con los señores Diputados, para ver si encontramos una luz que nos ilumine y resolver adecuadamente este problema, si queremos convertir esto en ley de la república, que será una norma obligatoria y una señal para el país respecto de lo que pretendemos con esta legislación.
Me pregunto ¿qué pretendemos con dictar una norma de esta naturaleza? Hablando en términos jurídicos, ¿cuál es el bien jurídico que queremos proteger con una u otra situación? Aquí hay una cierta contradicción entre dos bienes jurídicos insertos en estas disposiciones: por un lado, el de la moral pública; por otro, el de la libertad personal.
Hoy tenemos un delito de sodomía sancionado en el Código Penal. Debo entender, sin ser penalista, que el bien jurídico que se protege actualmente es la moral pública, y la "normalidad de las relaciones sexuales", heterosexuales, como decía el Diputado señor Viera-Gallo .
Cuando queremos, hoy, despenalizar la homosexualidad, lo que está primando acá es proteger el bien jurídico de la libertad de personas adultas, que libremente consienten en tener una relación sexual que, para la mayoría de la gente, no es normal. Creo que los homosexuales así lo aceptan. Si eso fuera así, lógicamente habría que explicitarlo claramente.
Sin hacer un análisis más profundo, el número 13 que se presenta para nuestra aprobación, me merece algunas dudas en cuanto a si la redacción planteada en el artículo 365 es la más adecuada para este objeto, porque si queremos establecer en la legislación penal como bien jurídico protegido la libertad de las personas, lógico sería que no penalizáramos a quien tiene relaciones sexuales con un menor de 18, años y estableciéramos el corte en una edad mucho menor/porque un joven a los 18 años es perfectamente consciente de los actos que realiza.
Por el contrario, si al establecer este texto del artículo 365, queremos proteger al menor de 18 años, porque el bien jurídico protegido es la moral pública y la normalidad de las relaciones sexuales, me parece que estamos cayendo en contradicción al despenalizar el artículo que hoy sanciona la sodomía.
Comparto la idea de que con el correr del tiempo y la realidad indica que nunca ha sido sancionado el delito de sodomía, lo más probable es que deba despenalizarse, si se trata de un acto absolutamente privado, que no sale de sus márgenes y que, por lo tanto no cae en otro tipo de figuras delictivas, como por ejemplo, el ultraje a las buenas costumbres. Deberíamos ser consistentes, y veo que entre la despenalización y la redacción del actual artículo 365 hay una contradicción vital en nosotros, como legisladores, en cuanto al bien jurídico que queremos proteger. Por lo tanto, me parece mucho más acertado buscar una nueva redacción al artículo 365, donde se establezca claramente la señal que damos al país respecto de cuáles son los bienes jurídicos que queremos proteger en nuestro Código Penal.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ávila .
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, suscita mi deseo de intervenir el hecho de que se haya llevado a cabo un debate muy rico sobre materias sensibles, complejas, de difícil tratamiento, y diría escabrosas, para el ciudadano común.
Felizmente, aquí no ha surgido lo que suele ser común en este tipo de debates: el etiquetamiento y la caricatura. Desde ese punto de vista, debemos felicitamos por estar dando cuenta de este tema con mucha altura de miras y con un debate de gran nivel.
Desde luego, dos cosas puntuales. Me parece que en este momento estamos haciendo un esfuerzo por modernizar nuestra legislación. El concepto de modernización tiene mil aristas y suscita, respecto de él, múltiples reacciones y puntos de vista. Algunos corren con sus cabellos al viento tras la modernización económica, pero son esclavos de sus atavismos cuando hablamos de modernización en el plano cultural. Creo que el gran debate que estamos inaugurando se desenvuelve en este plano. Pienso que reprimir el impulso sexual es algo francamente anacrónico, que debemos superar a través de una legislación moderna; no del todo, tal vez, pero en la medida en que lo otorgan las posibilidades de nuestra sociedad. Quiero decir que el cómo se perciba la sexualidad, pasa a ser un elemento cultural.
Sin ir más lejos, tenemos en la Edad Media, el "derecho de pernada", que daba autoridad al señor feudal para intervenir en materias que nos resultarían aberrantes hoy; pero eso formaba parte de las prácticas culturales de aquella época. Y nosotros, debemos hacer todos los esfuerzos para ir poniendo nuestra legislación a la medida de lo que es el avance cultural que nuestras sociedades van teniendo, porque qué es la cultura, sino el modo de vida de una población.
Y una última reflexión: aquí, con justicia, se ha condenado y estigmatizado el incesto.
Antes de cubrir de anatemas ciertas conductas, es preciso profundizar algo, en las causas que las motivan.
Un gran porcentaje de nuestra población, como se sabe, vive en el más espantoso hacinamiento. A veces, diez personas conviven en una pequeña y frágil habitación de madera. Padres, hijas y otros parientes duermen juntos rozando sus cuerpos. ¿Quién impide que en un momento determinado, por influencia del alcohol, el padre consume un acto sexual con su propia hija? ¿Qué da lugar a una situación tan aberrante como la que describo? La condición de miseria espantosa en que vive gran parte de nuestros compatriotas.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Señor Diputado, ha terminado el tiempo de su intervención.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, redondeo mi intervención.
De ahí que cuando analizamos todas estas cosas, estimados colegas, nunca debemos dejar de tener en cuenta que, por desgracia, nuestro país aún carga el lastre tremendo de tener más del cincuenta por ciento de su población en condiciones de pobreza extrema, que está creando un abismo cultural dentro de Chile. Un sector vive la modernidad en plenitud y, el otro, la soporta con estoicismo, esperando que los poderes públicos se ocupen de remediar esta situación.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Moreira .
El señor MOREIRA.
Señor Presidente, he tenido que hacer uso de la palabra porque, lamentablemente por algunos errores, al parecer técnicos que ya averiguamos en su oportunidad., no fue transmitida totalmente la intervención que hice ayer frente a este tema.
Quiero puntualizar brevemente dos o tres puntos.
Primero, pareciera que se estuviese haciendo una verdadera apología de la sodomía. Quienes sostienen esto, no respetan la opinión de quienes pensamos distinto.
Quienes pensamos distinto, y vamos a votar en contra de la sodomía, entendemos que es también un problema de conciencia, personal, que queremos afrontarlo hoy.
Desde esa perspectiva, se nos descalifica por inhumanos, por cometer un acto de represión. Lamentablemente, no pueden entender que se puede tener tolerancia, comprensión, entender su drama y las causas que lo justifican, pero no se puede aceptar que.se den ciertas cifras, que rio provienen de fuentes fidedignas, respecto de distintas causas, porque éstas de ninguna manera justifican el problema.
Se ha dicho aquí que se abre una ventana a la lógica. ¿A qué lógica? A la lógica de lo que uno piensa. Pero no tenemos necesariamente que pensar igual: Los que dicen ser liberales y que muchas veces han rasgado vestiduras en esta Cámara, ¿por qué no presentaron -como bien decía el Diputado señor Bombal - proyecto aparte? ¿Para qué confundir? ¿Para qué alargar el debate de un tema tan importante como es sancionar en Chile el delito de violación? A nuestro juicio, se presenta en forma mañosa esta modificación para esconder la verdad. Aquí se pretende, derechamente porque las cosas hay que decirlas como son, legitimar la homosexualidad. Lo anormal pasa a ser normal, lo antinatural pasa a ser natural. Podemos entender esta situación, pero nuestra sociedad tiene que prohibir para defenderse y para defender a nuestros hijos.
Ayer di cuenta de una información aparecida en la revista " Human Life ", de Washington, donde se detallan 55 propuestas del movimiento homosexual en el mundo. De ellas di a conocer 7, que realmente no son derechos, sino una verdadera perversión.
Finalmente, no queremos socavar nuestra sociedad. ¿Por qué digo esto? Porque, generalmente, cuando nosotros vamos, los países desarrollados vienen de vuelta, y sabemos que esas sociedades están en decadencia. Hoy día, en la revista oficialista "Hoy", aparece como algo curioso una publicidad con conciencia. ¿Qué dice? Que un empresario norteamericano, en su última campaña, trata de promocionar lo siguiente. Se trata de un barco que, tras largo viaje, recala en puerto; se baja la tripulación y un fornido y apuesto marinero corre a besar apasionadamente a su novio. La idea del empresario es que el público se pregunte, por ejemplo, por qué los homosexuales no pueden demostrar sus sentimientos. En verdad, no queremos para nuestra sociedad esa publicidad y esos ejemplos.
Por eso, la bancada, de la UDI va a votar en contra de la despenalización de la sodomía.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
El Diputado señor Espina solicita hacer uso de la palabra.
Como está cerrado el debate, ¿habría acuerdo para darle dos minutos?
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Sí!
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina, hasta por dos minutos.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, agradezco a la Sala que me permita hacer uso de la palabra.
Quiero tocar un tema que, de alguna manera, esbozó el Diputado señor Huenchumi11a y que demuestra la contradicción qué existe entre los argumentos que aquí se han dado y la norma en discusión.
En primer lugar, el delito de sodomía está tipificado en el Código Penal en el título "El orden de la familia". En nuestra legislación la sodomía no es considerada una conducta que favorezca el orden de la familia ni el orden moral imperante en la sociedad chilena.
Por ello, como bien decía el Diputado señor Bombal , él artículo que estamos discutiendo sanciona con pena de cárcel al que tuviere relaciones sexuales con un menor de 18 años. Sin embargo, no se sancionan con ningún tipo de pena las relaciones realizadas entre personas de distintos sexos.
De tal forma que, desde ya, en nuestra legislación existe un juicio de reproche y de condena a las relaciones entre personas de un mismo sexo, y lo mantiene respecto de los menores de 18 años, usando el argumento de que se trataría de personas que aún no tienen la madurez necesaria para optar libremente sobre su vida sexual.
Por eso debemos preguntamos: ¿Debe el Derecho Penal, que contiene juicios de reproche sobre las conductas sancionadas con cárcel, considerar dichas conductas estimadas anormales por la sociedad chilena dentro de los delitos sancionados con cárcel? No todas las conductas humanas ilícitas merecen esta pena. Lo que estamos tratando de determinar aquí es si una conducta que la sociedad chilena estima que atenta contra el orden de la familia y la moral pública, debe mantenerse dentro del ámbito de una sanción civil, de una sanción pública o de una sanción penal. Eso es lo que estamos debatiendo. Mantenemos la sanción cuando se trata de un menor de 18 años; pero lo permitimos y no lo sancionamos penalmente cuando se trata de mayores de 18 años que actúan en forma privada. Sin embargo -es el punto que quiero marcar- no hay ninguna norma objetiva que impida que estas conductas se realicen en público. A mi juicio, es ahí donde existe un importante vacío en la legislación que estamos discutiendo, por el efecto imitativo de tales conductas.
Se argumenta que el artículo 373 del Código Penal lo establece. ¿Qué dice este artículo? "Los que de cualquier modo ofendiendo el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia", etcétera. Es decir, para tipificarse en el artículo 373 -quienes son abogados lo saben- debe tratarse de hechos escandalosos y de grave trascendencia.
Por lo tanto, cabe preguntarse: ¿deseamos que estas conductas consideradas desviadas por la sociedad chilena -lo que no significa que las personas que incurran en ellas merezcan nuestro respeto y consideración- se realicen en plazas y lugares públicos con el consiguiente efecto imitativo de la gente joven?
A mi juicio –reitero-, ahí se produce un vacío. En su momento, se presentó una indicación en la Comisión para impedir que estas conductas que ahora estamos dispuestos a aceptar que se realicen en privado, el día de mañana se transformen en públicas.
Termino señalando que, a mi juicio, esta norma es incompleta, pues no aborda el problema de fondo que es el efecto imitativo de estas conductas, particularmente en los jóvenes. No se trata de sancionar a los homosexuales, sino el hecho de que ellas atenían contra el orden de la familia y el orden público.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).
Hay una indicación que tiene la firma de dos Comités, para reemplazar en el inciso primero del artículo 365, sustituido por la letra a), la palabra "dieciocho" por "dieciséis".
En votación la indicación.
Durante la votación:
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, punto de Reglamento.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, a pesar de que estamos en votación.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, como veo que los señores Diputados están muy preocupados de la forma en que deben votar, a lo mejor sería conveniente enviar el proyecto a la Comisión por un día, para que resuelva los problemas existentes, y lo votamos mañana.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
No hay acuerdo, señor Diputado.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos, por la negativa, 42 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Rechazada la indicación.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Aguiló, Allende ( doña Isabel) , Arancibia , Ávila , Encina, Jocelyn-Holt , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Makluf Morales , Navarro , Pérez (don Aníbal) , Pollarolo ( doña Fanny ), Saa (doña María A.), Sota , Tohá , Urrutia (don Salvador), Viera-Gallo y Wörner ( doña Martita ).
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Alvarez-Salamanca , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Bayo , Bomba!, Caminondo , Correa, Chadwick , Elgueta , Elizalde , Errázuriz , Espina, Estévez , Fuentealba , Gajardo , Galilea , García (don René Manuel) , García (don José) , Gutiérrez , Jürgensen , Karelovic , Leay , León, Masferrer , Melero ; Moreira , Munizaga , Ojeda , Palma ( don Joaquín) , Paya , Pérez (don Ramón) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Sabag , Silva, Taladriz , Venegas , Villegas , Villouta , Walker y Zambrano .
Se abstuvieron los siguientes señores Diputados:
Ascencio , Hernández y Huenchumilla .
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En votación el número 13.
El señor BOMBAL.-
Punto de Reglamento, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Después de la votación, señor Diputado.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 24 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló, Allende (doña Isabel) , Arancibia , Ascencio , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Elgueta , Encina , Errázuriz , Estévez , Fuentealba , Gajardo , Jocelyn-Holt , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Makluf , Morales , Navarro , Ojeda , Pérez (don Aníbal) , Pollarolo ( doña Fanny ), San ( doña María A.); Silva, Sota , Tohá , Urrutia (don Salvador) , Venegas , Viera-Gallo , Villegas , Walker , Wörner ( doña Martita ) y Zambrano .
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Alvarez-Salamanca , Bayo , Bombal , Caminondo , Correa, Chadwick , Elizalde , Galilea , García (don René Manuel) , García (don José) , Gutiérrez , Karelovic , Leay , León, Masferrer , Melero , Moreira , Palma ( don Joaquín) , Paya , Pérez (don Ramón) , Prokurica , Sabag , Taladriz y Villouta .
Se abstuvieron los Diputados señores:
Espina, Hernández y Huenchumilla ;
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Para referirse a un asunto reglamentario, tiene la palabra el Diputado señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, había pedido la palabra para saber qué Comités presentaron la indicación que se votó.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).
El Diputado señor Aguiló y la Diputada señora Wörner .
En votación el número 16.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobado.
En votación el número 17.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, un asunto reglamentario.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ESPINA.
Señor Presidente, como estábamos votando el número anterior, le pido que tenga un poco de paciencia para que el señor Diputado informante explique en pocas palabras los cambios que estamos introduciendo. Con esta rapidez no es posible seguir la votación de los artículos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Con todo gusto, señor Diputado, a pesar de que lo único que no puede decirse es que la tramitación del proyecto ha sido rápida.
El señor MOREIRA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, quiero pedir copia de la votación del número 13.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Se le hará llegar oportunamente, señor Diputado.
Pasa a presidir la sesión en carácter de accidental, el Diputado señor José Antonio Viera-Gallo .
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, quiero consultar a la Mesa si estamos votando sólo los números que fueron objeto de indicaciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Así es, señor Diputado. Estamos votando los que fueron modificados o los nuevos; los demás están aprobados reglamentariamente.
Si le parece a la Sala, se aprobará el número 17.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, se solicitó seguir un procedimiento que el Diputado informante explique cada modificación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Señor Diputado, en este caso sólo se trata de un cambio de concordancia.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
Aprobado.
En discusión el número 18, que intercala un artículo 369 bis.
El señor ELGUETA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, respecto de la prueba en los delitos sexuales en la actualidad resulta muy difícil aplicar una condena, dado que se exige una ponderación de ella conforme a la ley. Cada instrumento probatorio tiene una calificación que la propia ley señala y que el juez debe fundamentar en su sentencia.
Aquí se establece una regla mucho más flexible: la sana crítica, en virtud de la cual el juez, mediante reflexiones y conforme a las pruebas presentadas, va exponiendo en su fallo de qué manera llegó a la conclusión que le permite absolver o condenar, acoger o rechazar las atenuantes eximentes o agravantes que se acredita en el proceso. O sea, es una regla de tipo procesal probatorio.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
En votación el número 18.
Si le parece a la Sala, así se aprobará.
Aprobado.
El numeral 19 está reglamentariamente aprobado.
Sobre el numeral 20, tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, este numeral reemplaza, en el artículo 372, la expresión "por corrupción de menores en interés de terceros" por la frase "de los comprendidos en los artículos precedentes de este Título". Básicamente, es una norma de concordancia para hacerla aplicable a los distintos tipos de delitos sexuales que estamos contemplando.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
En votación.
Si le parece a la Sala, así se aprobará.
Aprobado.
El numeral 21 está aprobado reglamentariamente.
El numeral 22 agrega un artículo nuevo.
El señor GAJARDO.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAJARDO.-
Señor Presidente, lo primero que quiero solicitar en relación con este artículo es que se divida la votación, de manera que se voten separadamente los incisos tercero y quinto, que se refieren en forma específica a la conmutación de las penas.
El artículo está mal concebido, porque incorpora materias procesales; medidas que se adoptan durante la sustanciación del juicio y con medidas penales.
En consecuencia, las primeras, que serían materia del Código de Procedimiento Civil, se están incorporando al Código Penal.
Todas las medidas procesales me parecen absolutamente procedentes. Al respecto, en el proyecto hay un progreso evidente con relación a la situación actual; pero no estoy de acuerdo con las medidas penales de conmutación de la pena, porque estamos incorporando una modificación sustancial que, a mi juicio, va por el camino incorrecto.
En primer lugar, hay una imperfección formal bastante seria, porque el inciso tercero establece que el juez podrá conmutar penas privativas de libertad por la asistencia del presunto agresor a programas educativos o terapéuticos.
Si hablamos de penas, lo hacemos respecto de una persona condenada. No es un presunto, puesto que, para condenar, el juez debe haber acreditado, por los medios de prueba legal, el juez debe haber acreditado, por los medios de prueba legal, la existencia del delito y la responsabilidad de quienes aparecen participando en su comisión. En consecuencia, no es un presunto, sino una persona que ha sido condenada. Primer aspecto formal.
Pero el aspecto formal se puede corregir. Lo grave es el de fondo, porque lo que se autoriza es la conmutación de la pena para una persona que ha sido condenada por estos delitos, cuya gravedad preocupa a la opinión pública y a nosotros. ¿Cuál es la actitud de los parlamentarios frente a todos estos hechos de violencia sexual que, con toda razón, tienen conmovida a la población? Decimos que el juez podrá conmutar las penas por asistencia a programas educativos o terapéuticos o por la realización de trabajos determinados en beneficio de la comunidad o para la municipalidad. Además, los trabajos que se realicen en beneficio de la comunidad tienen que ser con tales resguardos, que no alteren las tareas habituales de la persona condenada por estos delitos.
Entonces, temo que el día de mañana se haga mal uso de esta facultad y que, en lugar de un procedimiento excepcional que ciertas realidades pueden justificar o ameritar, pueda transformarse en la conducta habitual de los tribunales.
Este temor está fundado en la experiencia, porque también en la ley N° 18.216, que dispone medidas alternativas a las penas privativas de libertad, como la remisión condicional de la pena, la reclusión nocturna, la libertad vigilada, se establece como exigencia para que el condenado tenga acceso a estas medidas sustitutivas, que haya satisfecho la indemnización civil, y excepcionalmente el juez puede liberar de esta obligación a la persona sancionada.
Sin embargo, la práctica me indica que en ninguna oportunidad en una sentencia se ha otorgado alguno de estos beneficios alternativos y se ha exigido efectivamente la satisfacción de las indemnizaciones civiles. En consecuencia, esa norma, que es excepcional, se ha transformado en la regla general, y no quiero que esto ocurra frente a delitos tan graves como los delitos sexuales que estamos sancionando.
Concuerdo con que el proyecto no aumente las penas, pero no con su rebaja o con que abra la posibilidad de que ellas no se cumplan.
Por eso, pido, la votación separada, porque en esta materia votaré en contra.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Dejo en claro que se han destinado 5 minutos a la intervención de cada señor Diputado, con un máximo de tres señores parlamentarios.
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, en la misma dirección de lo señalado por el Diputado señor Gajardo , reitero la petición de votar separadamente la disposición.
El proyecto se presentó precisamente porque el tema importa mucho a la sociedad y es muy grave la impunidad en que han quedado estos delitos. Pero, con este artículo virtualmente caen todas sus disposiciones, porque si los honorables parlamentarios leen con detenimiento el inciso a que hizo mención el Diputado señor Gajardo , concluirán la que el juez, en este tipo de delitos, podrá conmutar las penas privativas de libertad por la asistencia del presunto agresor -el culpable, porque vale lo que dijo el Diputado señor Gajardo - a programas educativos o terapéuticos bajo el control -fíjense bien- de la institución que estime más idónea o conveniente, o por la realización, a petición expresa del ofensor, de trabajos determinados en beneficio de la comunidad. Un violador pide trabajos determinados en beneficio de la comunidad, para la municipalidad o para las corporaciones municipales -entiéndanse las corporaciones educacionales- existentes en la comuna correspondiente a su domicilio; todavía los trabajos que él solicita graciosamente que se le concedan en estas instituciones deben ser análogos con la actividad, profesión u oficio del condenado o relacionadas con ellos, sin que estos trabajos alteren sus labores habituales.
Esto significa que un violador virtualmente puede terminar cumpliendo labores en un establecimiento educacional. Es más, si desempeñaba la función docente, para que no se altere su actividad, él pedirá al juez -así dice el artículo- ser llevado a otro establecimiento educacional. Con este artículo cae virtualmente todo lo que estamos buscando.
Reitero lo que señalé: una comuna completa de la Región Metropolitana está aterrorizada frente a personas que están cometiendo delitos gravísimos. Y la policía advertía a la población sobre las consecuencias y la prevenía para no dejarse amedrentar. Inclusive, entregaba instrucciones de cómo actuar frente a estos posibles sujetos prófugos, que han cometido una serie de delitos.
Con la aprobación de este inciso le estamos diciendo: "Señor, usted que ha sido condenado a una pena privativa de la libertad, escoja donde le sea más grato, más fácil y más cómodo."
¡No puede ser! Si bien es cierto que las cárceles son una escuela del delito, el deber del Estado, de la sociedad y de nosotros es mejorarlas y entregar las condiciones para rehabilitar a la gente. Pero como esa condición no está dada, no podemos permitir que las víctimas de un delito que causa una tragedia irreparable en una familia sean burladas, porque la niñita o el muchacho que fue violado estará viendo en la puerta del establecimiento municipal, de la corporación o del colegio a su violador, amparado por la ley. El propio juez le dijo: "Señor, vaya a pararse ahí". ¡Esto es una aberración! Nadie lo entiende.
Por eso, pido votación separada en este artículo, para dar la posibilidad de que la Cámara se manifieste ojalá en contra de su inciso tercero.
Si esto no se hace, el proyecto no tiene sentido, porque hoy todos estamos constatando que la gente clama al cielo que en definitiva este delito, que queda bastante impune aun con este proyecto, tenga alguna sanción; que si no es todo lo agraviante para el delincuente, al menos sea intimidante para que sientan que no es gratis cometer una fechoría de esta naturaleza.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la Diputada señora Pollarolo .
La señora POLLAROLO.-
Señor Presidente, este artículo es fundamental. Coincido en que estamos buscando cómo lograr que el violador o agresor deje de tener esa conducta. Tal como está formulado en el informe, no nos deja satisfechos, pero no basta con aumentar la penalización.
En general, hemos sido débiles para abordar las medidas destinadas a reparar a la víctima y a corregir en el agresor su patología, pues existe una causa psicopatológica.
El violador, especialmente el abusador de niños, padece un daño en su estructura psíquica, en su manera de vivir su sexualidad. En caso de no ser tratado, por más que lo metamos preso, seguirá siendo violador cuando quede en libertad.
El problema es que no abordamos con profundidad el hecho -estoy consciente de ello; en lo que a mí respecta, siento que hubo una falencia de mi parte- ni hemos asumido la gran preocupación que significa que en el 70 u 80 por ciento de los procesos los casos son sobreseídos. Lo más grave es que no llegan a término, con lo cual no se sabe quién es el culpable. Si nos limitamos a aumentar la penalización, no corregiremos el problema de origen.
Hay una indicación, la cual no acogí en su totalidad, que plantea que a petición del procesado, el juez dispondrá que concurra a un programa terapéutico. El problema es que este proceso es muy largo, y no sacamos nada con esperar que culmine el proceso para enviarlo a tratamiento. Lo más probable es que termine sin culpable.
En concreto, propongo que se vote en forma separada una indicación, que en su primera parte, después de considerar los programas terapéuticos para la víctima y el grupo familiar, contemple que a petición del procesado el juez dispondrá su concurrencia al mismo programa o a programas segregados, de manera que en el momento en que se inicie el proceso él, a voluntad, -con esto no se están violentando sus derechos- reconozca su enfermedad y se disponga a tratarse.
Si no logramos con el proyecto estimular al acusado a reconocer su enfermedad y ponerse en tratamiento, nos estamos engañando, pues para solucionar este tipo de conductas no basta con colocar elementos de penalización.
En la segunda parte, en las medidas, propongo que el juez tome en consideración especialmente la circunstancia y el interés del condenado de haberse sometido a los programas terapéuticos, porque a lo largo del proceso, si él ha reconocido y ha ido a tratamiento, es posible que esté curado. En ese caso incluso no sería necesario privarlo de su libertad.
Al legislar sobre esta materia, nuestra intención es solucionar las causas del problema y no limitarnos a quedarnos satisfechos con medidas de penalización que, en la práctica, no van a operar.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).
Ya han hecho uso de la palabra los tres parlamentarios, de manera que corresponde votar el numeral.
Acaba de llegar a la Mesa la indicación de la Diputada señora Pollarolo , qué requiere la unanimidad de la Sala para ser tratada.
No existe unanimidad.
Se ha pedido votación separada.
En primer lugar, se votarán los incisos primero y segundo.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 20 votos. Hubo 1 abstención.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Aprobados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Ascencio , Ávila , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Dupré , Elgueta , Elizalde , Encina , Fuentealba , Gajardo , Hernández , Huenchumilla , Jeame , Jocelyn-Holt , Makluf , Morales , Ojeda , Pérez (don Aníbal) , Pizarro , Rocha , Saa (doña María A.), Seguel , Silva, Tohá , Urrutia (don Salvador) , Venegas , Viera-Gallo , Villouta , Walker y Zambrano .
Votaron por la negativa los siguientes señores. Diputados:
Bartolucci , Bayo , Bombal , Correa, Errázuriz , Espina, Galilea , García (don René Manuel) , Gutiérrez , Jürgensen , Karelovic , Kuschel , Leay, León , Longueira , Masferrer , Munizaga , Pérez (don Ramón) , Sabag y Valcarce .
Se abstuvo el Diputado señor:
Longton .
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
En votación los incisos tercero, cuarto y quinto.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos; por la negativa, 50 votos. Hugo 2 abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Rechazados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Ávila , Elgueta , Jeame , Saa (doña María A.), Urrutia (don Salvador ) y Walker .
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados;
Acuna, Allende (doña Isabel) , Ascencio , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Bartolucci , Bayo , Bombal , Correa, Dupré , Elizalde , Encina , Errázuriz , Espina, Gajardo , Galilea , García (don René Manuel) , Gutiérrez , Hernández , Huenchumilla , Jürgensen , Karelovic , Kuschel , Latorre, Leay , León, Letelier (don Juan Pablo) , Longton , Longueira , Makluf , Masferrer , Morales , Navarro , Ojeda , Palma ( don Joaquín) , Pérez (don Aníbal) , Pérez (don Ramón) , Prochelle (doña Marina)} Rocha , Sabag , Salas, Seguel , Silva, Tohá , Tuma , Valcarce , Venegas , Viera-Gallo , Villouta y Zambrano .
Se abstuvieron los Diputados señores:
Pizarro y Pollarolo (doña Fanny ).
El señor BOMBAL.-
Pido la palabra por un asunto reglamentario.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, entiendo que la Diputada señora Cristi formuló una indicación al artículo.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
No, señor Diputado.
Todas esas indicaciones requieren unanimidad para ser tratadas.
El señor BOMBAL.-
Correcto.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Los numerales 23 y 24 se refieren sólo a una reubicación en el Código del delito de incesto.
Si la parece a la Sala se darán por aprobados.
Aprobados.
El Diputado señor Espina ha planteado una indicación que requiere la unanimidad de la Sala para ser tratada.
El señor ESPINA ¿Me permite explicarla, señor Presidente?
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Señor Diputado, no puede hacer uso de la palabra.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, tengo derecho a fundamentar el aspecto reglamentario de mi proposición.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
La Comisión aprobó el número que tenía por objeto derogar el artículo 372 bis, y como no fue objeto de observaciones, su derogación está reglamentariamente aprobada. El Diputado señor Espina formula indicación para rediscutir el tema, pues el precepto derogado sanciona a quienes, con ocasión de la violación, causa la muerte de la víctima. ¿Habría acuerdo de la Sala para aprobarla?
No hay acuerdo.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, me parece ridículo que no se permita...
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
No hay acuerdo, señor Espina.
El señor Secretario va a dar lectura a una indicación renovada, por lo que no se requiere la unanimidad de la Sala, del Diputado señor Arancibia , para cambiar el Título VII del Libro Segundo del Código Penal.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La indicación tiene por finalidad reemplazar el nombre del Título VII del Libro Segundo del Código Penal, por el siguiente: "Crímenes y simples delitos contra el orden de la familia, contra la moralidad pública y contra la libertad sexual."
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
En votación la indicación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 28 votas. Hubo 1 abstención.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Allende ( doña Isabel) , Arancibia , Ascencio , Ávila , Encina , Hernández , Huenchumilla , Jeame , Letelier (don Juan Pablo) , Morales , Navarro , Pérez (don Aníbal) , Pollarolo ( doña Fanny ), Saa (doña María A.), Tohá , Tuma , Urrutia (don Salvador ) y Viera-Gallo.
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Bayo , Bombal Correa , Elgueta , Errázuriz , Espina, Galilea , García (don René Manuel) , Gutiérrez , Jocelyn-Holt , Jürgensen , Kuschel , Leay, León , Longueira , Makluf , Masferrer , Ojeda , Pérez (don Ramón) , Prochelle (doña Marina) , Salas, Silva, Valcarce , Villouta , Walker y Zambrano .
Se abstuvo el Diputado señor:
Pizarro .
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Rechazada.
El señor BOMBAL.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, el número 24 no es readecuación, como Su Señoría ha señalado.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Se trata del traslado del mismo delito de incesto, tal cual está definido, a otra parte del Código.
En discusión el artículo 2° que introduce modificaciones al Código de Procedimiento Penal. Los números 1 y 2 se refieren al tipo de acción con la cual se va a perseguir el delito, si va a ser privada, pública o mixta.
Ofrezco la palabra sobre el número 1.
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, deseo consultar al Diputado informante si lo que se quiere es que los delitos de estupro y de acoso sexual sean de acción pública.
El señor VIERA-GALLO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, efectivamente, se trata de una acción mixta; es decir, de aquellas que, iniciadas por acción privada, pueden continuar luego con la investigación judicial. Es básicamente una concordancia el incluir el delito de acoso sexual con el caso del estupro, actualmente establecido en el artículo 18, número 3, que dice: "No podrán ser ejercidas por el Ministerio Público ni por otra persona que no fuere la ofendida o su representante legal, las acciones que nacen de los delitos siguientes: "3.- El estupro, que puede también ser perseguido por los padres o abuelos de la persona ofendida aun cuando no la representen legalmente." Quedaría "el estupro y el acoso sexual".
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el numeral 1.
Aprobado.
En el numeral 2 hay una indicación renovada, para agregar una letra d) nueva, con el objeto de introducir la siguiente modificación al artículo 19 del Código de Procedimiento Penal.
"d) Suprímese en el inciso tercero la oración "y, además, por haberse verificado el matrimonio de la ofendida con el ofensor."
Tiene la palabra la Diputada señorita Saa para explicar la indicación.
La señorita SAA .-
Señor Presidente, el delito de violación es tremendamente grave. Y no estoy de acuerdo con extinguir su pena porque el ofensor contrae matrimonio con la ofendida.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
La indicación tiene por objeto suprimir la disposición que establece que se extingue la pena por el delito de violación, cuando la ofendida contrae matrimonio con el ofensor.
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero plantear una cuestión formal.
La indicación formulada recae también en el inciso penúltimo del artículo 369 del Código Penal, cuyas reformas se plantearon en el artículo 1° del proyectó. La norma aludida señala: "En todo caso, se suspende el procedimiento o se remite la pena, casándose el ofensor con la ofendida".
En consecuencia, ésta también es una modificación al Código Penal.
En cuanto al fondo, es posible que con posterioridad a esta relación forzada, como es la violación, si la persona no tiene impedimentos, con el objeto de reconocer a los hijos, de legitimarlos, o incluso, como aquí se ha señalado casi en forma humorística, de continuar con el amor, pero ya en forma afectiva, tenga lugar el matrimonio. Esto naturalmente tiene que extinguir la pena, porque, de lo contrario, el marido estaría en la cárcel y la señora sería la víctima, llevándose adelante el procedimiento, incluso con indemnización de perjuicios civiles, lo cual contraría la naturaleza del vínculo matrimonial y de todo este esquema en que, en el fondo, existe una especie de reconciliación o de perdón de parte de la ofendida, que en el caso de una menor en situación de casarse, incluso cuenta con la autorización de la familia.
Por esa razón, votaré en contra de la indicación.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, precisamente tenía una duda a raíz de la argumentación del colega.
Entiendo que constituye la base esencial del matrimonio el que tenga que realizarse con el libre consentimiento de las partes, pero podría darse una situación bastante común en las menores de edad, quienes pueden ser presionadas por la familia si eventualmente hubiera un embarazo o alguna situación como consecuencia de una violación, en cuyo caso no estaríamos garantizando que el matrimonio se va a llevar a cabo sin presión, que a ese nivel es muy difícil probar. Por lo tanto, no es coherente dejar sin efecto la sanción sólo por el hecho del matrimonio, porque tratándose de una menor de edad no tenemos cómo probar que efectivamente fue de libre consentimiento.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.
Señor Presidente, justamente, eso confirma la necesidad de rechazar la indicación.
Por definición, el matrimonio requiere -como lo señala la ley- un consentimiento libre y espontáneo. Por lo tanto, si hubiere algún vicio, como presión indebida, fuerza, etcétera, que afecte ese consentimiento libre y espontáneo, el matrimonio sería nulo. En consecuencia, si ha habido un tipo de delito sexual y después agresor y agredido se casan, libre y espontáneamente porque ése es el consentimiento que se supone, es lógico que ese hecho elimine la sanción. Por lo tanto, repito, la indicación debe rechazarse.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Arancibia .
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente, en Chile la nulidad del matrimonio no es por falta de consentimiento, sino por incompetencia del oficial civil correspondiente.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Como lo ha dicho el Diputado señor Elgueta , esta disposición eximente se encuentra en el Código Penal y, además, en el Código de Procedimiento Penal. La indicación la elimina de éste último pero la deja vigente en el Código Penal.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 42 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Rechazada la indicación.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Allende ( doña Isabel) , Arancibia , Bayo , Bombal , Errázuriz , Jeame , Naranjo , Navarro , Saa (doña María A.) y Wörner ( doña Martita ).
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Ascencio , Ávila , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Correa, Dupré , Elgueta , Elizalde , Encina, Espina, Estévez , Fuentealba , Gajardo , Galilea , Gutiérrez , Hernández , Huenchumilla , Jocelyn-Holt , Karelovic , Kuschel , Leay , León, Letelier (don Juan Pablo) , Longueira , Makluf Masferrer , Morales , Ojeda , Palma ( don Andrés) , Pérez (don Aníbal) , Pérez (don Ramón) , Reyes, Salas , Seguel , Solís, Tohá , Urrutia (don Salvador) , Venegas , Vilches , Villouta , Walker y Zambrano .
Se abstuvieron los Diputados señores:
Alvarez-Salamanca , Pollarolo (doña Fanny ) y Viera-Gallo.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En votación el numeral 2.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobado.
Ha terminado el tiempo que se acordó para tratar el proyecto. Su discusión se reanudará a las 15.30 horas.
Tiene la palabra el Diputado señor Bayo .
El señor BAYO.-
Señor Presidente, quiero consultarle si las Comisiones sesionarán esta tarde.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Las Comisiones están autorizadas para sesionar. No obstante, se llamará a votar a sus miembros en el transcurso de la tarde.
HOMENAJE A CIUDADANOS CHILENOS DETENIDOS DESAPARECIDOS EN ARGENTINA.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Socialista.
Tiene la palabra el Diputado señor Jaime Naranjo .
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, en representación del Partido Socialista y del Partido por la Democracia, quiero rendir homenaje a 119 jóvenes chilenos que hasta la fecha, después de 20 años, no se ha dado con su paradero. En efecto, al cumplirse 20 años desde que nuestro país se viera conmovido por las informaciones publicadas tanto en diarios nacionales como extranjeros, anunciando la muerte en Argentina de 119 jóvenes chilenos, queremos rendir nuestro más sincero y sentido homenaje a esos compatriotas y señalar, una vez más, que la verdad, por tarde que llegue, no se puede ocultar.
Tal como las fuerzas democráticas lo afirmaron desde el mismo día en que se dieron a conocer estas informaciones, hoy todos los chilenos sabemos qué éstas formaban parte de una operación montada por la Dirección Nacional de Inteligencia y destinada a intentar desviar la atención internacional sobre las graves violaciones a los derechos humanos que ocurrían en nuestro país.
En esta operación de inteligencia podemos encontrar en toda su magnitud y extensión la lógica del terrorismo de Estado. En ella encontramos la colaboración de los organismos de seguridad chilenos y argentinos, la mentira institucionalizada y la utilización de todo el aparato del Estado para tratar de ocultar los graves crímenes cometidos.
En efecto, la denominada " Operación Colombo " se empezó a planificar a mediados de 1974, cuando la Dina lanzó una campaña de exterminio en contra del Mir y fueron detenidos la mayoría de aquellos que ahora se buscaba para hacerlos aparecer como muertos en enfrentamientos con el ejército argentino o debido a venganzas en distintas fracciones de dicha organización política.
Señor Presidente, nadie puede desconocer que alcanzar la reconciliación nacional tras hechos como éste, que dañaron con tanta profundidad la convivencia nacional, constituye un objetivo ansiado por todos los chilenos. Los socialistas afirmamos rotundamente que tal objetivo nacional, que compartimos plenamente y le asignamos la máxima importancia, implica reparar el daño causado por la violación a los derechos humanos, sanar efectivamente las heridas abiertas, permitiendo así un real reencuentro nacional.
Afirmamos categóricamente que el desafío de la reconciliación nacional que Chile ansia no puede imponerse por decreto. Por ello, rechazamos cualquier camino que ponga fin artificialmente a un tema, que dada sus complejidades, dimensiones y trascendencia, sólo puede superarse abordándolo auténticamente, sin apresuramientos, voluntarismos ni demagogia.
Ello no significa que nos mantengamos inactivos al respecto. Por el contrario, creemos imprescindible que los actores políticos deben hacer un aporte, y los socialistas queremos hacerlo señalando que el logro del ansiado objetivo de la reconciliación nacional nos exige, como sociedad, ser capaces de desarrollar un esfuerzo serio, profundo y responsable de reflexión nacional respecto de las masivas y graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en nuestro país, teniendo en vista sus complejas dimensiones derivadas de consideraciones éticas, psicosociales, jurídicas y culturales, así como sus causas y trascendencias requieren también de un adecuado análisis.
Creemos que todos quienes se acerquen de buena fe al conocimiento y comprensión real de lo que fue el doloroso y traumático fenómeno de las violaciones a los derechos humanos en nuestro país, contribuyen a ese objetivo que requiere de la complejísima naturaleza y de la importancia histórica que el tema exige y, por tal razón, ellos necesitan de la verdad y de la justicia para su superación positiva.
El país ha sido testigo de que en días recientes se han formulado una serie de propuestas sobre esta materia, desde una ley de punto final hasta una ley interpretativa.
Denunciamos que quienes sostienen tales propuestas políticas están conscientes de la inviabilidad política y práctica de cualquier esfuerzo legislativo voluntarista en esta delicada y compleja materia y, por tanto, su real objetivo es tratar de presionar e influir en los tribunales de justicia para que se aparten de la tendencia progresiva, pero sostenida, lograda, tras esfuerzos gigantescos de la sociedad y de los familiares de las víctimas, de interpretar el decreto ley de amnistía de una manera cada vez más acorde con el derecho internacional sobre las graves violaciones ocurridas en nuestro país. Tales sectores, bajo la invocación de una supuesta correcta interpretación de la ley de amnistía, pretenden imponer el cierre definitivo de todas las causas por violaciones a los derechos humanos, con lo cual desconocen que la separación forzada de personas constituye un delito permanente; desconocen también que en los casos de graves violaciones a los derechos humanos se trata de crímenes de lesa humanidad que son inamnistiables e imprescriptibles a la luz del derecho internacional contemporáneo.
Bajo la falsa invocación de una correcta interpretación del decreto ley de amnistía, tales personeros pretenden que no se investigue nada, que no se sepa nada. En consecuencia, le niegan al país la posibilidad de construir una común y Sana memoria histórica respecto de hechos tan graves y trascendentes de su pasado reciente.
Rechazamos que a través de esta maniobra demagógica y cruel se pretenda dejar sin respuesta y sin justicia a las víctimas de crímenes de lesa humanidad, cuyo esclarecimiento y sanción exige nuestra convivencia nacional para su sana, real y efectiva absolución.
Han pasado 20 años desde que ocurrieron estos lamentables hechos. Si bien hemos conocido gran parte de la verdad, no ha habido justicia ni tampoco hemos podido recuperar los restos de esos 119 jóvenes chilenos. Sin embargo, junto con señalar nuestra decisión, de los Diputados del Partido Socialista y del Partido por la Democracia, de no transar nunca la verdad ni la posibilidad de hacer justicia en los casos de graves violaciones a los derechos humanos, queremos señalar a los familiares de estos 119 jóvenes que no los olvidaremos y que siempre estarán presentes junto a nosotros.
De igual manera, que nunca dejaremos de señalar que eran hombres y mujeres que creían en un mundo y en una sociedad mejor y en un país más justo.
Finalmente, recordar hoy a estos 119 jóvenes en el Parlamento constituye un acto de justicia y de reparación.
He dicho.
Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable Diputado señor Ascensio .
El señor ASCENCIO (de pie).-
Señor Presidente, quiero adherirme al homenaje que hoy parlamentarios de la Concertación, especialmente en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, hacemos a los 119 jóvenes detenidos desaparecidos por razones políticas que, luego de haber sido secuestrados y hechos desaparecer por los servicios de seguridad del gobierno de Augusto Pinochet, fueron además utilizados para intentar una de las tantas campañas de desinformación y ocultamiento de la verdad que conocemos.
En julio recién pasado se cumplieron 20 años desde el día en que sus nombres fueron publicados en periódicos extranjeros como muertos en el exterior. Esta operación, que comprometió para siempre el destino de más de un centenar de chilenos, que comprometió la responsabilidad del gobierno de la época y de su servicio de seguridad, la Dina, nunca fue aclarada.
Este montaje, también llamado " Operación Colombo ", fue la más elaborada de las campañas de desinformación encaminada a convencer a la opinión pública de que los detenidos desaparecidos se habían matado entre ellos en Argentina y en otros lugares.
Esta misma maniobra de desinformación culminó, en julio de 1975, con la publicación, por parte de la Dina, de dos listas de detenidos desaparecidos chilenos que sumaban 119 nombres, especialmente creada o reactivada para este efecto, que informaba sobre la muerte en el extranjero de todas esas personas. Dicha situación se habría producido en rencillas intestinas de la izquierda, en el contexto de la violencia política que se vivía en algunos países de América Latina.
La prensa chilena reprodujo rápidamente la noticia con caracteres escandalosos y con ello se dio inicio a una campaña de desprestigio de las denuncias de desapariciones, produciendo un efecto de confusión en la opinión pública y de humillación en los familiares de las víctimas.
El Mercurio decía: "Extremistas chilenos se matan entre ellos". La Segunda agregaba: "Exterminan como ratas a miristas". El Mercurio seguía: "Ejecutados por sus propios camaradas. Identificados 60 miristas asesinados. Se les reclamaba como desaparecidos. Miristas muertos en Argentina eran buscados en Chile". Las Últimas Noticias añadía: "En práctica nuevo plan extremista. Sangrienta vendetta interna hay en el Mir".
Pero, inmediatamente, la gran mentira se derrumbó. Los antecedentes demostraban, inequívocamente, que en favor de todas las personas que figuraban en estas listas, habían sido presentados recursos de amparo ante los tribunales de justicia, los que, lamentablemente, nunca fueron acogidos. Incluso más, el Comité Pro Paz había solicitado la designación de un ministro en visita, petición que fue desechada, como tantas otras, por la Corte de Apelaciones de Santiago y por la Corte Suprema.
Pero, poco a poco, comenzaron a descubrirse antecedentes de esta gran "operación mentira". Las autoridades de la época tuvieron que reaccionar. El Ministro del Interior de esos años admitió, el 4 de agosto de 1975, que había ordenado a la Policía Civil una investigación para determinar el origen de la lista de cerca de un centenar de chilenos, , presuntivamente de filiación mirista, que habrían muerto en enfrentamientos armados.
El 20 de agosto de 1975, el propio General Pinochet anunció que había ordenado una investigación respecto de las noticias del exterior sobre la muerte de los 119 chilenos. Nunca se realizaron estas investigaciones o, por lo menos, el país nunca supo de sus resultados.
Hoy debemos insistir en que resulta inaceptable que, después de 20 años, aún no se haya esclarecido en el país la suerte de estos chilenos y que la justicia no haya investigado y perseguido las responsabilidades por estos hechos. Hoy, cuando los tribunales comienzan a condenar a los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos, rápidamente se levantan voces para intentar detener su accionar.
Existen sectores qué quieren darle mayor seguridad a la impunidad que consiguieron autoamnistiándose. Dicen que con olvido se producirá la reconciliación. Nada más ajeno a la realidad. La ley de amnistía no logró el olvido, y nunca logrará el perdón. Podrán dictarse más leyes para autoabsolverse y evitar responder ante la ley y los tribunales por los crímenes cometidos; pero así jamás se logrará la reconciliación. Por decreto no se puede provocar el perdón, ni la reconciliación, ni el olvido.
Las exigencias de verdad y justicia renacerán siempre, a cada momento, y sólo cuando ellas queden plenamente satisfechas estaremos en condiciones de iniciar el camino de la reconciliación.
Quiero terminar este pequeño homenaje a estos chilenos detenidos desaparecidos y a sus familiares, algunos de los cuales, se encuentran en las tribunas, repitiendo las preguntas que la revista "Mensaje" hacía en agosto de 1975 y cuyas respuestas se buscarán permanentemente: ¿Dónde están estos 119 chilenos? Si están muertos, ¿dónde están sus cuerpos? ¿Pueden todos estos familiares haber jurado en falso?
He dicho.
Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Esos han sido los discursos pronunciados para el homenaje.
VIII. INCIDENTES
MODIFICACIONES LEGALES Y MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN FAVOR DE LAS INDUSTRIAS DE IQUIQUE. Oficio
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En el tumo de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Valcarce .
El señor VALCARCE.-
Señor Presidente, para su discusión en Sala del Senado se encuentra el proyecto de ley que establece incentivos para el desarrollo económico de las provincias de Arica y Parinacota y que modifica diversas leyes que regulan a estas ciudades.
Por esto, deseo proponer algunas modificaciones legales y medidas administrativas que tienen por objeto nivelar los beneficios de la industria regional, tanto en Arica como en Iquique, a los mismos niveles que hoy tienen las empresas instaladas bajo el régimen general en cualquier lugar del país.
Las medidas que plantearé, algunas de las cuales son extractadas de un informe presentado al Ejecutivo por el Comité de Empresarios de la Zona Franca Industrial tienden a generar en el más corto plazo nuevas fuentes de trabajo y a ocupar, de una vez por todas, el famoso parque industrial Chacalluta que hoy se encuentra prácticamente desierto, dado que, hasta la fecha, sólo se han instalado allí dos empresas.
1°. Es necesario que se reestudié la forma de aplicar el crédito tributario a la inversión del 20 por ciento, tanto por las industrias acogidas a la zona franca como para aquellas que no están integradas al sistema, en consideración a que es poco probable que el sector que más nos interesa que reinvierta sus utilidades en la zona, pueda descontar algún día este crédito de sus impuestos, ya sea, de primera categoría o del global complementario o también a través de una bonificación a la inversión del 20 por ciento que opere automáticamente a(través de la Tesorería General de la República. Esto requiere de la modificación de los decretos ley N°824 y N° 15.
Debemos recordar que si hay un sector que podrá absorber la cesantía en Arica, es el industrial.
2°. Las empresas acogidas a la zona franca industrial no pueden hacer uso de una herramienta financiera cada vez más útil en el mercado: el leasing, el que, al estar gravado por el IVA y al no poder las empresas usarlo como crédito fiscal, al final este impuesto se transforma encostó, lo cual niega una fuente de financiamiento tan necesaria para que empresas como éstas, que en su mayoría exportan sus productos, realicen nuevas inversiones.
Por lo tanto, se hace necesario modificar el decreto ley N° 825, en relación con la zona franca industrial.
3°. Es fundamental modificar el artículo 27 del decreto ley N° 341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, y agregar los conceptos de armaduría, ensamblado, montaje, terminado, integración, manufacturación o transformación industrial.
Esta disposición en nada afecta a la vecina ciudad de Iquique.
Por otro lado, hay que considerar, además, que en el mundo moderno, donde la integración comercial avanza tan rápidamente en la zona franca industrial, no se permite realizar trabajos de maquila dentro del territorio nacional ni aún con empresas chilenas, medida que podría abrir muchas fuentes de trabajo.
4°. En la actualidad, las empresas industriales de zona franca no pueden vender materias primas falladas, pasadas de moda o excedentes productivos dentro del país, aun cuando se cancelen los derechos de aduana correspondientes. Al vender sus productos al extranjero o a clientes nacionales también se encuentran impedidas de recibir la devolución de estos artículos, según las sanas prácticas comerciales. Además, en distintas oportunidades, estas empresas requieren complementar procesos productivos con otras del régimen general del resto del país.
La regulación de estas situaciones de carácter meramente administrativo, debe ser contemplada en una próxima modificación a la resolución N° 74 de la Dirección Nacional de Aduanas para dar mayor flexibilidad y rapidez a las empresas que operan bajo el régimen de zona franca.
5°. En los negocios modernos los costos de financiamiento afectan directa y decisivamente a los de los productos. De allí que es necesario entregar acceso al financiamiento bancario mediante el PAE a la industria de zona franca.
Para ello, el Banco Central debe modificar el compendio de cambios internacionales, Capítulo VI, Título II, punto 4.
6°. Se debe estudiar la modificación a la ley N° 18.480, para que las empresas que realizan sus procesos productivos en zona franca industrial hagan uso del reintegro para exportadores.
7°. Debe estudiarse que las empresas dedicadas a la expedición de productos fabricados o manufacturados en zona franca estarán exentas de pago de tributos, con el objeto de fomentar la utilización de los recursos naturales de la región.
En consideración a que la Ley Arica no tendrá mayor utilidad para la zona si no se perfecciona en el Senado, solicito que se envíe copia de esta intervención al Ministro del Interior y presidente de la Comisión Interministerial para el Desarrollo de Arica, para que en esta calidad instruya a los Ministros de Hacienda y Economía, a fin de que las medidas propuestas sean evaluadas y acogidas por el Supremo Gobierno.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
VIAJE DE NAVE CHILENA AL ATOLÓN DE MURUROA.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Ramón Pérez .
El señor PÉREZ (don Ramón).-
Señor Presidente, próxima a zarpar se encuentra la única tripulación chilena que navegará hasta el atolón de Mururoa, compuesta por cuatro iquiqueños: Octavio López , fotógrafo; Oscar Varela , buzo; Luis Masferrer , yatista, y Carlos silva, propietario del velero " Siddharta ", en el que viajarán.
El navío está dotado con modernos elementos de navegación. Tendrá contacto radial permanente con el " Rainbow Warrior ", embarcación mayor del Greenpeace, y en Iquique se le agregará, además, un instrumento de identificación satelital para ser seguido por la autoridad marítima.
Es digno de destacar el grado de interés y. solidaridad manifestado por la comunidad iquiqueña, que ha sabido dimensionar la importancia de rechazar, como lo ha hecho nuestro Gobierno, un acto que no sólo atenta contra el derecho internacional, el Cual, de llevarse a efecto, producirá daños irreversibles en nuestra salud y la de futuras generaciones de las poblaciones ribereñas del Pacífico Sur.
Las pretensiones de los ambientalistas que se reunirán frente al atolón es contar con la mayor presencia humana posible en el perímetro de acción de la explosión nuclear, para que el gobierno francés se vea imposibilitado de llevarla a cabo.
El mayor peligro se presentará con el vicealmirante Philippe Euverte , marino francés encargado de proteger las sedes de las pruebas nucleares en Tahití, quien ya atacó a un navío de la Greenpeace. Ahora debe proteger la zona de exclusión de 12 millas de los atolones de Mururoa y Fangataufa, donde se efectuarán las descargas subterráneas en septiembre. El alto militar está listo para atacar de nuevo ante la posibilidad de que se repita la incursión, esta vez de decenas de naves, cuando se realice la prueba nuclear.
Hasta 1945 no había isótopos radioactivos en el mundo. Durante la Segunda Guerra Mundial, Japón experimentó, por primera vez, sus catastróficas consecuencias. Es de esperar que todos los demás Estados con armas nucleares, como Estados Unidos, Rusia, Francia y Gran Bretaña , decidan continuar con la moratoria, pese a la reciente prueba china, en la confianza de que en algún momento del próximo año todas las potencias nucleares lleguen a un acuerdo sobre una prohibición total de las pruebas.
Por ello, he querido destacar la travesía de estos chilenos, que se prolongará por unos 90 días, incluyendo el viaje de ida y de regreso, más la permanencia en la zona que se ubica a 4.200 millas al oeste de las costas del norte chileno, por cuanto es una muestra del esfuerzo que hacen países, mujeres y hombres defensores de nuestros derechos a vivir en un ambiente libre de contaminación.
He dado a conocer esta verdadera hazaña, y señalo a quienes deseen colaborar con ella o contar con mayores antecedentes al respecto, que estoy en condiciones de otorgar las informaciones necesarias.
He dicho.
EXPLOTACIÓN MINERA EN ZONAS DE BOSQUE NATIVO. Oficios.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Harry Jürgensen .
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente, el 2 de mayo del presente año me referí a las manifestaciones mineras que existían en el sector de Millacolla, comuna de Río Negro, provincia de Osorno, en terrenos con pronunciadas laderas, abundantes bosques nativos y de evidente aptitud forestal, en una zona de alta pluviometría.
En aquella oportunidad, solicité que la Cámara dirigiera, en mi nombre, oficio a los señores Ministros de Agricultura, Minería y de Mideplan para recabar los antecedentes relativos a las probables concesiones auríferas, a los trámites de planes de manejo del bosque nativo con fines mineros, a 1atala rasa de 4.000 hectáreas de bosque, a las servidumbres, a los derechos de indemnización en favor de los propietarios, etcétera.
El señor Ministro de Agricultura entregó interesantes antecedentes. Informó que en forma extraoficial se sabía de 42 manifestaciones mineras tramitadas, de 100 hectáreas cada una, con la intención de explotar concesiones auríferas en una zona con abundante bosque nativo, y que la política de ese Ministerio sería negar los "planes de manejo forestales" con fines mineros, bajo el sistema de tala rasa, por el grave impacto negativo que causaría a la naturaleza.
Por su parte, el señor Ministro de Minería se remitió a enviar el oficio N° 699, del Servicio Nacional de Geología y Minería, en el que se informa de sólo 2 manifestaciones mineras, cada una de 100 hectáreas de superficie, y no se hizo referencia a las demás inquietudes planteadas en mi intervención.
En tanto, el señor Ministro de Mideplan no ha enviado respuesta sobre la información solicitada, referida especialmente a las tierras indígenas afectadas.
Solicito oficiar al Ministro de Mideplan, para reiterarle la petición de antecedentes, y al Ministro de Minería, a fin de que se sirva ampliar la información proporcionada en el oficio N° 311 del 12 de junio de este año, ya que mediante el citado documento no se ha entregado la información solicitada en mi intervención del 2 de mayo pasado.
Además, solicito la siguiente información:
Detalle de todos los manifiestos mineros existentes o en trámite en favor de Sopeminch o de otras personas o empresas de la Décima Región de Los Lagos, en especial aquellos que se ubiquen en los sectores silvestres protegidos.
Gestiones financieras y apoyos realizados por el Ministerio en favor de la explotación minera en las comunas de Río Negro, Purranque y San Juan de la Costa ya que públicamente el presidente de Sopeminch así lo ha anunciado.
Antecedentes relacionados con las servidumbres y los derechos de indemnizaciones.
Presupuesto asignado a la oficina de Sernageomin de Puerto Varas y evaluación de su funcionamiento hasta la fecha, especialmente en lo relacionado con el catastro de minerales.
Contrató suscrito con la firma B.R.G.M. ( Burean Research Geologic Minerals ), indicando detalladamente los objetivos, los montos involucrados, los compromisos adquiridos y los nombres y montos de los proponentes no considerados, indicando las razones.
Señor Presidente, de acuerdo con la legislación minera, el Estado tiene el dominio absoluto y exclusivo de los minerales existentes en el subsuelo, independiente de quienes sean los dueños del suelo y es, por lo tanto, el propio Estado el que entrega las concesiones para explotar los minerales, aparentemente sin la obligación de considerar el impacto que se podría causar a la naturaleza, porque la ley minera, al parecer, fue pensada por el legislador para las zonas más áridas.
Nos encontramos, entonces, ante un grave problema, porque si bien es cierto que Conaf ha negado los planes de manejo forestal a tala rasa solicitados, la legislación minera tendría un rango constitucional superior a la legislación forestal, y la explotación minera se podría realizar aún existiendo él rechazo de parte del Ministerio de Agricultura a la explotación del bosque nativo. Esto explica que los representantes de los mineros interesados hayan expresado públicamente que la solicitud del plan de manejo la han hecho sólo por respeto al medio ambiente, ya que no es imprescindible para realizar la explotación minera.
Por eso, ante la negativa de Conaf, recurrieron a los tribunales, y aseguran que el fallo les será favorable, porque la legislación minera se sobrepone a la forestal.
También llama la atención que los mismos representantes, de Sopeminch hayan expresado públicamente que el Ministerio de Minería ha gestionado para ellos un crédito del extranjero por 3 millones de dólares para financiar las inversiones que le permitan realizar todos los trabajos de separación del metal en el mismo lugar.
Por otra parte, se ha dicho que funcionarios de Gobierno y parlamentarios han estado gestionando la aprobación de las concesiones minerales y los planes de manejo forestales, lo que induce a pensar que, aparte de los intereses propios de los mineros, habría, por cierto, otros en juego.
La carta metalogénica de la Décima Región preparada por el Sernageomin, naturalmente toca superficies de áreas de bosque nativo, incluso las silvestres protegidas y, al parecer, ello ha abierto una posibilidad de explotación forestal a tala rasa, que Conaf no puede controlar ni menos impedir.
A todo lo anterior, hay que agregar que, a partir de 1985, se han solicitado más de 150 concesiones con fines de exploración minera, en los parques nacionales de Puyehue, Vicente Pérez Rosales , Chiloé y Alerce Andino, lo que podría originar, incluso, la aberración de que se puedan explotara tala rasa los bosques protegidos en los parques nacionales, con la finalidad de realizar exploraciones mineras.
Se hace necesario, entonces, recabar todos los antecedentes respecto de las concesiones mineras en zonas de bosques, por lo que solicito el envío de oficios y copia de esta intervención al Presidente de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente de la Cámara, pidiendo la realización de una sesión especial con la participación de representantes del Ministerio de Minería, de Agricultura y de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, a fin de conocer todos los antecedentes sobre el caso denunciado y, en general, sobre la compatibilización de la explotación minera con la protección del bosque nativo.
Es necesario un pronunciamiento de la autoridad en cuanto al interés del Gobierno en la explotación minera de la Décima Región y en la protección de la naturaleza, ya que, al parecer, es evidente la corta a tala rasa de 4.200 hectáreas de bosque nativo, lo que causará un grave impacto negativo en el ambiente.
Igualmente, al Ministro Secretario General de la Presidencia, solicitándole el estudio de impacto ambiental, elaborado por Conama, respecto de la explotación aurífera de Millacolla y, en caso de...
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señor Diputado, terminó el tiempo del Comité de Renovación Nacional. Puede continuar en el tumo correspondiente al Comité de la Unión. Demócrata Independiente.
El señor JÜRGENSEN.-
... que no exista, explicar las razones por las que no se ha hecho, sobre todo tratándose de un proyecto que significará la tala rasa de bosque nativo.
Solicito enviar otro oficio al Ministro de Minería, con copia de esta intervención para solicitarle una información detallada respecto del proyecto minero que se denuncia y, en especial, toda la referente a la explotación minera en zonas con bosque nativo, y acerca de las exploraciones que se han tramitado o están en proceso de tramitación en los parques nacionales Puyehue , Vicente Pérez Rosales , Alerce Andino, Chiloé y otras zonas silvestres protegidas, ya que ello estaría poniendo en evidencia la urgencia de legislar para que la protección de la naturaleza esté por sobre la explotación minera, en caso de que se cause grave impacto ambiental o que ésta se realice con un mínimo de daño ecológico, basada en los planes de manejo forestal.
He dicho.
El señor ORTIZ.-
(Vicepresidente).-
De acuerdo con el Reglamento, la Corporación sólo puede dirigir a los Ministerios los oficios solicitados por Su Señoría, a los cuales adhieren los Diputados señores Pérez, don Ramón ; Alvarado y Hurtado.
En cuanto al oficio a la Comisión de Recursos Naturales, Su Señoría deberá plantear el tema directamente en ella.
BONIFICACIÓN DE FERTILIZANTES PARA SIEMBRAS EN PALENA Y CHILOÉ. Oficios.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el Diputado señor Alvarado .
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente, en esta oportunidad deseo exponer algunos problemas que afectan seriamente a los pequeños agricultores de las provincias de Chiloé y Palena y, al mismo tiempo, plantear alternativas de solución como una manera de atenuarlos.
En la pequeña agricultura de Chiloé y Palena existe una serie de factores permanentes y otros de carácter eventual que, sumados, están provocando una situación generalizada de falta de oportunidades y de alternativas de ingresos familiares, que pueden llevar a una crisis profunda de este sector, en el mediano plazo.
Factores de carácter permanente.
Existe un profundo grado de atomización y dispersión de la gran mayoría de los productores rurales. Esto se refleja en que aproximadamente el 42 por ciento de las explotaciones se desarrollan en superficies prediales inferiores a 10 hectáreas y que, en su conjunto, no suman más del 5,1 por ciento de la superficie provincial total.
Asimismo, el rango de explotaciones agrícolas que se extiende entre 10 y 50 hectáreas; no supera el 45 por ciento y alcanza sólo a un 13,5 por ciento de la superficie.
Lo anterior significa que la agricultura de nuestra zona se sustenta en una diversidad de pequeños productores, orientándose sus cultivos casi exclusivamente al autoconsumo doméstico y destinándose el excedente productivo a satisfacer la demanda local con precios altamente inestables y, además, bajos.
Por otra parte, los cultivos anuales tradicionales -trigo, papa, avena- se encuentran, sin excepción, con producciones descendentes, lo que se explica porque en Chiloé y Palena prácticamente no existen factores de capital y tecnología que permitan mejorar la productividad, lo que tiende a agravarse por la limitación de poder acceder a beneficios estatales de desarrollo, por no encontrarse regularizada la propiedad de una cantidad importante de predios, los que por su pequeña dimensión impiden, además, el desarrollo de cultivos de envergadura.
Además, se puede señalar que la tenencia promedio de animales, según estudios del Inia y del Indap, de 1992, es de sólo 6 animales bovinos para quienes viven en el sector rural. Por lo general, su composición corresponde a animales viejos que, de acuerdo con las normas establecidas en la ley sobre tipificación de la carne, reciben un castigo en su precio final de comercialización.
Las condiciones socioeconómicas precarias de los pequeños agricultores redundan, finalmente, en una falta de capacidad económica para invertir en los predios.
La falta de fertilización adecuada de las tierras constituye un déficit y un factor decisivo en las caídas de) productividad y en la abstención de mayor rendimiento por hectárea.
Adicionalmente, existe una serie de trabas burocráticas y costos fijos para la presentación y aprobación de planes de manejo forestales, situación que limita e impide el desarrollo de esta actividad como medio para procurarse ingresos familiares ante la caída de la actividad y productividad del sector agropecuario.
Factores de carácter transitorio.
En los últimos dos años, las condiciones de clima han sido extremadamente adversas para el normal desenvolvimiento de la pequeña agricultura. Una secuencia de exceso de lluvias, temporales y nevadas, han contribuido a un deterioro significativo de los cultivos y de la infraestructura básica y, lo más serio, es que las praderas se han deteriorado de tal manera que no resiste en la actual carga de animales, generándose una mortandad importante de bovinos y ovinos, con las consiguientes pérdidas para el pequeño agricultor, las que agravan su crisis de ingresos por los bajos precios de los cultivos y de los animales.
Respecto de este último tema, la falta de poder comprador de animales ha tenido como consecuencia fuertes bajas en los precios, que han contribuido a la sobrecarga de las praderas y, por consiguiente, a la falta de capacidad para procurar el abastecimiento de pasto oportuno, generándose las pérdidas antes indicadas.
Si bien es cierto, recién se acaba de dar inicio a un programa de bonificación de fertilizantes para el mejoramiento de praderas, estimo que en atención al deterioró de los niveles de ingresos familiares de nuestros pequeños agricultores por los factores antes señalados y, enfrentados permanentemente a un sistema de costo de insumos reajustables, versus una caída sistemática de los precios de los productos finales, es de gran importancia iniciar los estudios pertinentes y analizar los efectos positivos que puede tener sobre este importante sector productivo una bonificación de fertilizantes para siembras.
Ello implicaría un aporte directo y focalizado para un sector que, por las características que hoy vive y que ya se han expresado puede llegar a colapsar en atención a que no tiene como contrapartida una capacidad real de endeudamiento para superar los períodos de crisis que, en el caso de Chiloé y Palena , ya se extienden por aproximadamente tres años, lo que ha generado una situación -por decir lo menos- traumática para los pequeños agricultores, porque deben afrontar no sólo problemas de apoyo crediticio y tecnológico, sino, además, las pérdidas de producción, animales e infraestructura, causadas por los fenómenos climáticos.
Por todo lo anterior, solicito que se oficie a los Ministros de Agricultura, de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Hacienda, con el objeto de que tengan a bien evaluar la posibilidad técnica de bonificar los fertilizantes para siembra para los agricultores de Chiloé y Palena , medida que tendría un impacto directo sobre los costos y contribuiría a superar los déficits permanentes de nutrientes del suelo, con los consiguientes efectos positivos en la productividad y rentabilidad de este deprimido pero importante sector de nuestra economía local.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, con la adhesión del Diputado señor Jürgensen .
Se suspende la sesión.
Se suspendió a las 14.12 y se reanudó a las 25.33.
MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN RELATIVA AL DELITO DE VIOLACIÓN. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Continúa la sesión.
Señores Diputados, corresponde discutir el número 4 del artículo 2°.
Ofrezco la palabra.
El señor WALKER.-
Pido la palabra.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor WALKER.-
Señor Presidente, como Diputado informante y para facilitar la votación de los señores Diputados, procuraré dar una breve explicación de los numerales 3,4,5,6,7,8 y 9, porque ello contribuirá a despachar más rápidamente estas importantes normas.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).
Señor Diputado, ¿está proponiendo que votemos varios números en una sola votación?
El señor WALKER.-
No, señor Presidente.
Como Diputado informante, quiero dar una breve explicación sobre cuatro numerales, porque ello nos ahorraría muchos comentarios.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor WALKER.-
Señor Presidente, los números 3, 5 y 9 corresponden a modificaciones de concordancia. Por lo tanto, no hay nada más que agregar.
Los números 4, 6, 7 y 8 son muy sencillos pero muy importantes, porqué inciden directamente en dos cosas que pretendemos lograr. En primer término, evitar que la gente se inhiba de denunciar los delitos sexuales, especialmente los de violación. Hemos visto que sólo el 15 por ciento de ellos es denunciado, y de éstos, sólo el 1,5 por ciento recibe una condena. En segundo lugar, facilitar al juez la investigación para que sea eficaz. Es decir, por un lado, que las víctimas hagan la denuncia y, por otro, que los jueces investiguen y sancionen. En eso inciden fundamentalmente estos cuatro números.
El número 4 agrega un artículo 66 bis, que garantiza en todo proceso criminal por estos delitos la más absoluta privacidad y la más estricta reserva respecto de los antecedentes del proceso.
El número 6 agrega un artículo 145 bis. Mucha gente que es víctima de un delito sexual, especialmente de violación, sólo se atreve a hacer la denuncia mucho tiempo después de la agresión. ¿Y qué ocurre? Que ha desaparecido toda huella, no hay rastro ni forma de probar el delito. Dicho artículo establece algo muy sencillo: que los encargados de los establecimientos de salud deberán ordenar qué se practiquen reconocimientos, exámenes y otras pruebas para constatar las secuelas y los daños provocados por este tipo de delito, debiendo guardarse durante cinco años los exámenes, de manera que si la víctima decide denunciar el delito tres años después, exista una prueba reconstituida que contribuya a la investigación.
El número 7 agrega un inciso final, nuevo, al artículo 351. Mucha gente no se atreve a denunciar el delito, porque en el careo se verá enfrentada al victimario. Esta disposición es muy importante, porque evita un trámite que resulta traumatizante para la víctima y que puede ocasionarle graves trastornos o sufrimiento moral.
Por último con esto termino, y después de las intervenciones que se efectúen podríamos votar rápidamente, el número 8 agrega un artículo 355 bis, nuevo, que es muy sencillo pero fundamental.
Hemos visto que el 70 por ciento de los delitos de violación tienen lugar dentro del hogar. Pero, ¿qué ocurre? Los parientes no son testigos hábiles en nuestro procedimiento penal. Por lo tanto, las personas que tienen mayor conocimiento de los hechos no pueden declarar. El artículo 355 bis que se agrega establece que respecto de estos delitos, no regirá la inhabilidad de los testigos.
Creo que con estas explicaciones he aclarado los aspectos fundamentales de los números 4,5, 7 y 8, y ojalá que ello nos facilite su votación y despacho.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina y, a continuación, el Diputado señor Elgueta .
En seguida, haremos efectivo el acuerdo de los Comités, ratificado por la Sala, en cuanto a que no haya más de tres intervenciones antes de votar.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, antes de intervenir, por su intermedio, quiero consultar al Diputado informante que me aclare qué números estamos discutiendo.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señor Diputado, el señor Ignacio Walker acaba de hacer una relación de los números 4, 6 ,7 y 8, y explicó que son sencillos pero importantes, porque evitan que la gente se inhiba para hacer las denuncias.
Además, recordó que los números 3 que ya se votó, 5 y 9 se refieren a modificaciones de concordancia.
Por mi parte, debo, recordarle que los números 4 y 6 deben discutirse y votarse, y los números 5, 7 y 8, sólo votarse.
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, gracias por su información tan exacta. Por lo demás, así me lo había explicado el Diputado señor Galilea .
Antes de referirme a estos números, quiero mencionar un tema que no pude exponer cuando presidía el Diputado señor Viera-Gallo , que no me permitió hacerlo porque reglamentariamente no procedía.
En el proyecto que analizamos se ha producido una rebaja -a mi juicio, extraordinariamente grave- de la pena del delito de violación. Acabo de consultar el tema con varios abogados penalistas.
Nosotros derogamos el artículo 372 bis del Código Penal, que dispone: "El que con motivo u ocasión del delito de violación o de sodomía causare, además, la muerte del ofendido, será castigado con la pena de presidio perpetuo a muerte".
Es decir, se aplicaba la pena de presidio perpetuo a muerte a la persona que cometía delito de violación y como consecuencia de él ocasionaba además la muerte de la víctima, delito reprobable y repudiable por el juicio que tiene de él la sociedad.
Pues bien, dicho artículo fue derogado en este trámite. Por lo tanto, no existe más la pena de presidio perpetuo a muerte por ese delito. ¿Qué norma se aplica entonces? Los artículos 75 o 74 del Código Penal.
El artículo 75 establece lo que se denomina "concurso ideal". Significa que cuando un hecho constituye dos o más delitos o cuando uno de ellos es el medio necesario para cometer el otro, se aplica la pena más grave al delito más grave. Entre el homicidio simple y el delito de violación, se aplica la pena más grave, que es aproximadamente de 15 años de cárcel. Ésa es una rebaja objetiva de la pena al delito de violación con resultado de muerte. Acabo de consultarlo detalladamente con abogados penalistas, con abogados del estudio de don Luis Ortiz y he chequeado esta información. Puede que estén equivocados.
Ahora, ¿qué ocurre? Puede que no se aplique el artículo 75, sino el 74. Si se aplica este último, se suman las penas. Si se suman las penas, de igual forma estamos haciendo dos cosas: primero, ya no se aplica presidio perpetuo, porque la suma de las penas no da presidio perpetuo, y segundo, tampoco tiene pena de muerte. En consecuencia, estamos rebajando la pena.
Hemos tenido esta discusión en innumerables oportunidades en la Cámara. Más allá de que se aplique o no la pena de muerte en Chile se ha aplicado en contadísimas ocasiones, la señal que damos a la opinión pública las penas cumplen un efecto disuasivo es que hoy la legislación chilena dice que si una persona mata a otra como consecuencia de una violación, sólo tiene como sanción dos alternativas: pena de muerte o presidio perpetuo. Por lo tanto, la señal que en este momento le estamos enviando al país al derogar el artículo 372 bis, es que no habrá más ni pena de muerte ni presidio perpetuo para quien viole a una niña o a un niño y, además, lo mate. La pena será la del delito más grave -teoría en la cual se aplicaría el artículo 75-, o bien la del artículo 74, que dispone que se suman las penas de los dos delitos, las cuales se suman -quiero advertirlo- una vez consideradas todas las atenuantes y aplicadas todas las normas.
Los abogados con quienes acabo de hablar me dijeron que se aplica la pena del artículo 74; es decir, la suma de las, penas, la que en ningún caso van a llegar a presidio perpetuo o a pena de muerte.
Entonces, en un proyecto cuya finalidad -valoro, aplaudo y felicito muchas de sus disposiciones- es facilitar las denuncias, terminar el careo, que es una ridiculez que provoca una verdadera doble violación: la material y luego, la de enfrentarse con el violador para contarle en detalle cómo ocurrió, norma aberrante y que es aplicada en forma aberrante estoy de acuerdo en terminar con el careo, porque el trámite no es necesario para este tipo de delitos; mantener en secreto la identidad de las personas, para evitar que la víctima tenga que aparecer como ocurre muchas veces en los juiciosa la entrada del tribunal, a la espera de que se les llame en voz alta: " Fulana de Tal , por el delito de violación", y la niña violada pasa delante de 30, 40 o 50 personas, con todo el vejamen que esto puede significar; todas estas normas procesales, que me parecen importantes y que ayudan, de las cuales todos somos partícipes, se contraponen a algo que en la Cámara, a lo menos los partidos de Oposición, hemos insistido hasta la saciedad durante los últimos cinco años: Cada vez que la Corporación, por angas o por mangas, ha establecido la disminución de una pena, se produce el aumento de los delitos.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señor Diputado, le ruego redondear su idea, porque terminó su tiempo.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, considero que se trata de un lamentable error que espero que se pueda remediar. No estoy imputando responsabilidades personales a nadie. Admito que no estuve presente en la Comisión el día en que se trató el artículo 372 bis, pero confío en que se reponga en el Senado.
Las normas en relación con los temas de procedimiento me parecen correctas, porque, en el fondo, facilitan la denuncia de este tipo de delitos. Pero debo dejar constancia de mi absoluta oposición a la rebaja dé la pena del delito de violación con resultado de muerte, que, en el hecho, se produce a través de la derogación del artículo 372 bis.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Quiero plantear a la Sala un asunto reglamentario.
En la reunión de Comités de la mañana existió la mejor disposición para terminar hoy el tratamiento del proyecto.
En este instante se están llevando a efecto varias reuniones dentro de la Cámara, en forma simultánea con la Sala. Como hay tres numerales que son objeto de discusión, solicito la unanimidad de la Sala para agotar el debate sobre dichas normas y fijar la votación en bloque a las 16.45, con lo cual pondríamos término a la tramitación de la iniciativa.
¿Le parece a la Sala?
Acordado.
El señor WALKER.-
Pido la palabra para plantear un asunto reglamentario.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor WALKER.-
Señor Presidente, lo que ha planteado el Diputado señor Espina es legítimo; es decir, es una discusión absolutamente válida. Pero, como Diputado informante del proyecto y en forma responsable, quiero decir dos cosas.
En primer lugar, reglamentariamente -y eso ni siquiera lo ha impugnado el Diputado Espina-, esa norma debe darse por aprobada, porque no fue objeto de indicaciones.
En segundo lugar, ese tema lo discutimos ampliamente en la Comisión, y la unanimidad de sus miembros decidimos rechazarlo después de escuchar el informe de la penalista señora Clara Szczranski , quien fue muy concluyente al señalar que esta norma es absolutamente innecesaria, que cayó en desuso y que, efectivamente, el artículo que se aplicaría es el 74, como dijo el Diputado señor Espina.
Lamento decirlo, pero como él es miembro de la Comisión de Constitución y aunque su inquietud es legítima, este artículo se discutió ampliamente y hasta el cansancio; no fue objeto de indicaciones para reponerlo en uno u otro sentido y su derogación se aprobó en forma unánime, con argumentos muy sólidos.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable Diputado señor Sergio Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, de acuerdo con el orden normal del debate, pensaba referirme a las modificaciones al Código de Procedimiento Penal en esta materia, pero quiero hacer algunas observaciones y alcances a lo dicho por el Diputado señor Espina.
En primer lugar, el artículo 372 bis fue introducido en una época en que se aumentaron drásticamente las sanciones en el campo penal La cita al pie de página del Código Penal dice que el artículo 372 bis fue agregado mediante el N° 5 del artículo único del decreto ley N° 2.967, de 11 de diciembre de 1979.
Si mal no recuerdo, esta agravación de pena y la configuración de un delito especial fueron motivadas por un delito que se cometió en época precedente a su dictación. En consecuencia, existe un entorno dentro del cual se dictó el decreto ley, y como debe recordar la Cámara, aquí hubo un debate sobre la eliminación de la pena de muerte para aplicar las penas normales que existen en un régimen democrático.
En segundo lugar, el artículo 372 bis señala que el que, con ocasión de sodomía, produce la muerte del ofendido -es uno de los casos que se coloca- la pena será de presidio perpetuo a muerte. Hoy, ante una categoría distinta del delito de sodomía, esta disposición pierde importancia, por lo menos en lo que se refiere a dicho delito.
En tercer lugar, nos enfrentamos a una falta de técnica en el orden penal, porque estos hechos no se dan necesariamente uno en relación del otro o uno como medio para cometer el otro.
En consecuencia, la Comisión apreció claramente que, desde el punto de vista técnico, nos encontramos en presencia de dos delitos distintos, de dos conductas diferentes, penadas en títulos, párrafos y en situaciones distintas. De allí entonces que el artículo 74 del Código Penal, que establece el concurso material de delito, dice que el culpable de dos o más delitos se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones.
De acuerdo con lo propuesto en el proyecto, si consideramos la penalidad de la violación sin las agravantes de que las víctimas sean menores, del parentesco ni de las enfermedades de tipo sexual que puedan causar la muerte, se podría llegar a una peña de 18 años. Naturalmente, habrá atenuantes que invocar, pero, en el hecho, técnicamente, nos encontramos en presencia del concurso material de dos delitos distintos y no en la situación del artículo 75, cuando un solo hecho constituye dos o más delitos o cuando uno de ellos es el medio necesario para cometer el otro. Incluso, si nos encontráramos en esa situación, habría qué imponer la pena mayor asignada al delito más grave.
El señor GALILEA.-
¿Cuál?
El señor ELGÜETA .-
La que corresponde al homicidio simple. No estoy hablando del homicidio calificado o del parricidio, que muchas veces entran en concurso también con el delito de violación o de sodomía.
El Señor GALILEA .-
¿Cuál es la pena?
El señor ELGUETA.-
Dieciocho años, con el concurso material de ambos delitos.
El señor GALILEA.-
¿En qué casos?
El señor ELGUETA.-
Las situaciones pueden ser muy diferentes. También se puede llegar a presidio perpetuo o a la pena de muerte, en caso de parricidio o de homicidio calificado o frente a una violación con todas las agravantes propias de ese delito.
Por último, quiero recordar en esta materia un sabio consejo del Quijote a Sancho, cuando le dice: "Nunca hagas pragmáticas muy duras y drásticas, porque el gobernador o el príncipe corren el peligro de que éstas nunca se apliquen y podría ocurrir; al igual que a las ranas que creyeron que él tronco que flotaba era el rey, pero terminaron subiéndose a él, defecaban en él, descansaban, tomaban el sol y, en definitiva, terminaron no respetándolo". Esto puede suceder con las penas drásticas.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señores Diputados, respecto del número 3 han hecho uso de la palabra tres parlamentarios.
Ahora corresponde tratar el numeral 6 del artículo 2°.
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora ALVEAR (Ministra de Justicia).-
Señor Presidente, quiero explicitar que el objetivo de esta indicación es básicamente asegurar que quede constancia del daño psicológico sufrido por la víctima en el delito de violencia sexual, lo que a todas luces resulta muy positivo, sobre todo para los efectos de la ponderación de la pena.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo .
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, corroborando lo señalado por la señora Ministra, quiero manifestar que este artículo es muy importante y su objeto es que los hechores no puedan burlar la ley, porque muchas veces, después de la violación, rio quedan huellas ni rastros. Entonces, en el primer examen que se hace a la víctima se deben practicar reconocimientos, exámenes médicos y pruebas biológicas y psicológicas para constatar las huellas y manifestaciones de la relación sexual y sus circunstancias, así como las lesiones causadas, de manera que la ley después sea eficaz para sancionar al hechor.
En los incisos siguientes se establece el tratamiento que se da al acta que se levanta de este examen.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Hago presente a los señores Diputados que los números 7, 8 y 9 del artículo 2°, y los números 2,3,4 y 6 del artículo 3° deben votarse sin discusión, y que el artículo 4° contiene disposiciones de ley orgánica constitucional, por lo que necesita el voto favorable de 67 parlamentarios para su aprobación.
Ofrezco la palabra sobre el número 4, nuevo, del artículo 5°.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, ¿no procede discusión sobre el artículo 4°?
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
No, señor Diputado. Hay acuerdo para votarlo sin discusión.
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, por una cuestión reglamentaria, denantes me hizo presente que, de conformidad con los acuerdos de Comités, no nos podría dar la palabra. Por ello, agradezco su deferencia.
Ahora, quiero referirme al punto anterior, pues me parece de la mayor importancia lo planteado por el Diputado señor Espina, en cuanto a la correspondencia de estas normas precisamente para darle un tratamiento específico a las víctimas de estos delitos. Por ello, solicito que Su Señoría recabe el asentimiento unánime de la Sala con el objeto de que el artículo 372 bis pueda ser visto nuevamente.
No está dentro de lo reglamentario, pero si la intención respecto de este delito es llevarlo a la dimensión que verdaderamente corresponde en cuanto a su penalidad, para dar una señal clara a la sociedad, rebajarle la pena significa, precisamente un contrasentido en todo el proyecto. Desde luego, nos alegramos de que haya caído aquella disposición que establecía que a los violadores se les podía conmutar la pena, porque ése fue el espíritu y el contexto en que el Ejecutivo envió el proyecto. Hay que decirlo claramente.
Hace mucho tiempo que se viene legislando en el sentido de rebajar las penas de los delitos. Lo vimos respecto de las conductas terroristas y, en general, en una cantidad de disposiciones que se han aprobado. Y la tendencia que va surgiendo, del derecho moderno o de la tendencia sociológica contemporánea, es: ir rebajando penas. En la medida en que se rebajan penas, aumentan los delitos; aumenta la delincuencia. ¿Por qué? Porqué el delincuente siente que hay todo un ambiente que rodea la comisión de estos delitos, que más que pro víctima es pro reo. Como abogado entiendo el principio pro reo y claramente sé que en la legislación está ese concepto. Pero hemos extremado cada vez más las señales que salen del Parlamento, al punto que en delitos tan graves como éstos se rebaja la pena, lo que es una señal definitivamente mala.
En todos los hogares que han vivido esta dramática realidad se quedan con un gran signo de interrogación. Por un lado, rebaja de pena, al punto que estuvimos en la mañana -si no se advierte en este informe y en el otro, como lo veníamos diciendo-, que la conmutación de las penas pudo haber sido algo que acompañara a este proyecto. Es decir, el delincuente no sólo no iba a estar en la cárcel, sino que se burlaría de la víctima al cumplir la pena en una municipalidad o en un colegio, donde el juez la iba a conmutar.
¡Demos una señal clara! No nos quedemos en una cuestión de técnica jurídica o reglamentaria. Analicemos de nuevo el artículo 372 bis.
A la Sala se le presenta el informe de una Comisión, pero la Sala debe tener una opinión. Mientras se leyó el informe nadie se percató de que en el artículo 372 bis había una conmutación de penas. Se advirtió en la mañana. De lo contrario la Sala lo habría dejado pasar, porque no todos son penalistas ni están compenetrados del detalle del articulado.
En consecuencia, señor Presidente, si lo tiene a bien, proponga revisar este concepto, porque no puede darse la señal de que se rebajan penas en delitos como la violación, el estupro, el incesto, delitos gravísimos que ofenden a sus víctimas y a sus familias.
Si hubiera acuerdo, solicito que se proceda de esa manera.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señor Diputado, lo dejé exponer toda su argumentación, pero no puedo pedir el asentimiento de la Sala, porque no tenemos quorum y estaríamos pasando a llevar el Reglamento.
El señor BOMBAL.-
Al momento de votar, señor Presidente.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
En ese momento se puede hacer.
Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo , para referirse al número 4 del artículo 5°.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, el punto en debate concuerda con lo que hemos aprobado respecto dé la despenalización de la sodomía.
También quiero referirme a lo señalado por el Diputado señor Bombal , por un solo aspecto. El da la impresión a quien oiga o vea esta señal televisiva, de que en realidad aquí hay una relajación del Parlamento para ir rebajando penas en delitos que son muy graves. Y quiero decirle que no es así. Hemos establecido una sanción muy drástica al delito de violación. Una persona por este delito puede ir a la cárcel hasta por 15 años. Es una sanción bastante grave.
Las penas no son arbitrarias, sino que hay una gradación según la gravedad del delito. Tampoco podríamos, por un celo represivo, establecer una jerarquía distinta de penas, según sea la importancia del bien que Se está protegiendo.
En este sentido, el proyecto no cae en el vicio señalado por el Diputado señor Bombal . Aquí no hay señal equívoca, sino una condena clara al delito de violación, una defensa de la intimidad de las personas y no hay ninguna posibilidad de que quienes cometen estos delitos, todos muy graves, puedan escapar de una sanción penal drástica. Tan es así que facilitamos la denuncia del delito, manteniendo en secreto la identidad del denunciante; decimos que la tramitación del procesó quedará en secreto; facilitamos las pruebas y permitimos que los testigos, incluso los que tengan parentesco, puedan declarar. Entonces, no se advierte de dónde el Diputado señor Bombal saca que tenemos una actitud, como quien dice permisiva, frente a los delitos sexuales. Muy por el contrario.
Lo que si es verdad es que todos estamos muy conscientes de que el actual sistema carcelario en Chile no cumple la función para la cual está establecido: la rehabilitación del delincuente. Porque desde la época de Beccaría -mencionado en la mañana por el Diputado señor Arancibia - en adelante, cuando se humanizó el Derecho Penal, la función de la pena no es el castigo, en el sentido del sufrimiento del delincuente, sino su rehabilitación. Además, tiene el efecto de impedir o de disuadir que otros cometan el delito.
De las palabras del señor Bombal -siento contradecirlo en esta materia- queda la impresión de que las bancadas de la Concertación tienen en la Cámara una actitud complaciente o de alguna tolerancia frente a delitos que son extremadamente graves.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, estamos tocando un punto qué me parece relevante y, más allá de los argumentos señalados por el Diputado señor Walker , válidos a mi juicio, no creo que en la tramitación del proyecto exista la intención ni la finalidad de disminuir penas, pero en la práctica se está produciendo ese hecho.
Quiero plantear muy lealmente en la Sala que, tal como lo señalé -no fue necesario que él me lo recordara- a esa sesión no tuve oportunidad de asistir. El Diputado señor Walker sabe que asisto regular y habitualmente a todas las sesiones de la Comisión de Constitución.
¿Cuál es el efecto que se está produciendo en la práctica? Quiero plantear el punto, porque me preocupa cierta tendencia de los parlamentarios a evitar que estos temas se debatan y se voten en la Sala. ¡Habrá una mayoría y una minoría, pero se produce la votación! Sin embargo, en la mañana ni siquiera se permitió rever esta indicación para votarla y, nada más ajeno al espíritu de un Parlamento democrático es que si alguien quiere plantear y discutir un tema no lo pueda votar.
Sostengo que, en él hecho, se está produciendo una rebaja de pena importante al delito de violación con resultado de muerte y lo voy a probar a continuación.
El artículo 372 bis, vigente, del Código Penal, señala: "El que con motivo u ocasión de violación -voy a dejar de lado la sodomía, porque es un delito distinto- causare, además, la muerte del ofendido..." Es decir, en la actualidad, el violador que realiza su acción delictual sobre una mujer o un joven y además lo mata, es castigado con la pena de presidio perpetuo a muerte.
Cabe precisar que para que en Chile se aplique la pena de muerte no tiene que existir ninguna atenuante y haber unanimidad en los jueces que aplican la condena; de manera que es muy difícil aplicarla, pero el cobarde que viola a una persona y la mata, tendría presidio perpetuo. Es lo que establece la actual legislación penal chilena.
¿Qué hemos hecho? Derogamos este artículo y, al hacerlo, se aplica uno de los dos siguientes artículos: el 74 o el 75 del Código Penal, que es un tema de interpretación.
El artículo 74 establece que se suman las penas de los delitos, porque se van a considerar delitos separados; o sea, que la violación fue un delito y que la muerte, el asesinato fue otro delito.
Si sumamos las penas de ambos y suponemos que no hay atenuantes y que el juez le aplica la pena máxima en ambos casos, la pena máxima a la que esta persona puede ser condenada es a 25 años. Esto si se suman las penas y se llegar a aceptar la teoría de que se trata de dos delitos separados, aun cuando sostengo que se trata de un hecho del cual derivan dos delitos: el hecho de la violación, del cual se deriva el homicidio.
Pero supongamos que se aplica la tesis del artículo 74, que son dos hechos separados. O sea, la violó, dejó pasar 20 minutos y mató a la persona después. Dos hechos distintos. En ese caso, a ese homicida se le aplican 25 años de cárcel; ¿Por qué? Porque el homicidio simple tiene como pena máxima 10 años, y la violación 15 años. Veinticinco años sería él máximo de penalidad que podría tener si se aplicara esa tesis.
Pero también puede ocurrir que los jueces no apliquen la tesis del artículo 74, sino la del 75, que dice: "La disposición del artículo anterior no es aplicable en el caso de que un solo hecho -a mi juicio, el solo hecho de la violación- constituya dos o más delitos la violación y el homicidio, o cuando uno de ellos sea el medio necesario para cometer el otro."
Sostengo que va a haber muchos casos en que el medio necesario para cometer el delito de violación va a ser agredir a la mujer o al joven, y en ese acto de agresión lo va a matar. Por lo tanto, el homicidio va a ser un medio para haber consumado el delito de violación.
¿Qué pena se aplica en ese caso? La del delito más grave; es decir, 15 años.
Entonces, de una pena de muerte y presidio perpetuo que impone la legislación actual al violador con resultado de muerte, ahora, en un caso tesis qué sostengo, la máxima pena será de 15 años y, en el otro, 15 años, todo ello en el supuesto que no hay atenuantes.
Todos los que alguna vez hemos tramitado en los tribunales sabemos que en Chile para configurar una atenuante basta con depositar tres veces en los tribunales diez mil pesos para decir que se quiso reparar el daño causado. Por lo tanto, se van a configurar atenuantes y, en tal caso, ya no se podrá aplicar el grado máximo.
Entonces, el violador va a terminar cumpliendo una pena de cuatro o cinco años, similar a la que se aplica a una persona que causa un accidente del tránsito con lesiones graves. Me parece una desproporción absoluta. Por lo tanto, considero innecesario derogar esta norma.
Cuando discutimos la derogación de la pena de muerte, la mantuvimos para este delito. La discusión duró meses. Lo mantuvimos con pena de muerte, porque estimamos que en un delito de esta brutalidad no se podía dar una señal equivocada. No veo por qué, después de tres años, en circunstancias de que en aquella oportunidad estimamos que éste era uno de los poquísimos delitos en Chile que se mantenía con pena de muerte y presidio perpetuo, hoy, cuando estos delitos han aumentado, que hay una reacción de la sociedad, en virtud de este proyecto, para perfeccionar su legislación, como contrapartida vamos a rebajar la pena. No le encuentro ninguna lógica ni sentido práctico. No veo que ayude a que se denuncien más las violaciones o a que haya menos violaciones.
¿Qué señal va a sentir el violador cuando sepa que de presidio perpetuo o pena de muerte el Parlamento ha decidido aplicarle como máximo 15 o 25 años de cárcel, sin considerar las atenuantes? ¿Cómo se va a sentir? ¿Va a sentir que es Un estímulo lo que está recibiendo? ¿Va a sentir que es una mayor sanción de la sociedad? ¿G va a sentir que la sociedad está siendo -y en este caso nosotros- involuntariamente más permisiva?
Entonces, pido que ese artículo pueda votarse de nuevo, aunque sé que basta la oposición de un señor parlamentario para que no se vote. Se podrá reponer en el Senado; pero no tener un debate sobre si queremos rebajar la pena a ese delito, no me parece que sea lo correcto. Por lo menos, nunca me he opuesto a que cuando un parlamentario quiera discutir un tema en Comisión. Con la mejor intención y sin ningún propósito, se derogó por distintas razones -no estoy calificando intenciones, porque no creo que nadie en esta Cámara, en su sano juicio, quiera rebajar intencionalmente la pena- pero si ese hecho ocurrió, me parece correcto que, a lo menos, el tema se pueda debatir y votar. Ahora, después de votado, cada uno asumirá su responsabilidad política frente al hecho de rebajar la pena en un delito de esta naturaleza.
Reitero el planteamiento del Diputado señor Bombal , en el sentido de insistir nuevamente en una indicación que reponga el artículo 372 bis.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señor Diputado, en el momento oportuno recabaré la unanimidad de la Sala para someter a una nueva votación el numeral 21 del artículo 1°.
Continuando con la discusión del proyecto, corresponde tratar, por último, el artículo 6° que es nuevo y que suprime, en el inciso segundo del artículo 3° del decreto ley N° 321, de 1925, sobre libertad condicional, la expresión "o sodomía".
Sólo tres Diputados podrán hacer uso de la palabra en esta oportunidad: los señores Carlos Bombal , Ignacio Walker y Sergio Elgueta , con lo cual se termina la discusión del proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, deseo consultar al Diputado informante si la supresión de la expresión "o sodomía" del artículo 6° producirá inconcordancia o incidirá respecto de la libertad condicional de menores de 18 años que incurran en ese de, lito. No recuerdo bien si la materia se analizó en profundidad en la Comisión. En la mañana se explicó claramente que la sodomía no se ha despenalizado respecto de los menores de 18 años.
Por su intermedio, señor Presidente, solicito que el Diputado informante me aclare si hubo concordancia en la supresión de la expresión "o sodomía" del inciso segundo del artículo 3° del decreto ley N° 321.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, antes de intervenir sobre la materia, quiero conceder por su intermedio una interrupción al Diputado señor Viera-Gallo para que aclare la interrogante que se ha planteado y después retomar el uso de la palabra.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, no he terminado de hacer uso de la palabra. Sólo hice la consulta.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo .
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, como muy bien recordará el señor Diputado, la Comisión eliminó, después de una larga discusión, la expresión "sodomía", por considerarla equívoca en cuanto a su significado, lo cual no quiere decir que no haya una referencia al artículo a que se refiere; sólo que en ese artículo no se usa la expresión "sodomía". Se suprimió, pero hubo plena concordancia al respecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Retoma la palabra el Diputado señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, hice la consulta porque creo que habría que revisar bien el artículo.
El señor VIERA-GALLO.-
Yo lo hice.
El señor BOMBAL.-
¿O sea, hay plena concordancia?
El señor VIERA-GALLO.-
Sí.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, en relación con lo que señalaba el Diputado señor Viera-Gallo , no es que yo quiera dejar la sensación de que el Gobierno o la Concertación está rebajando las penas. Estoy constatando un hecho real. Esta materia implicaba una rebaja de las penas a tal pun, to que incluso en la mañana estuvimos dispuestos a conmutarlas. Si no es rebaja de pena que ahora un violador, que después de haber sido condenado casi a muerte o a presidio perpetuo, según la legislación anterior, le pida al juez que lo mande a barrer a una municipalidad o a hacer clases a un colegio, si es que ha sido maestro, para cumplir su pena en esos lugares, si no es rebaja de pena, ¿qué es?
Por algo derogamos la conmutación en la mañana.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Le solicito al Diputado informante que redondee su idea, y al Diputado señor Sergio Elgueta que sea lo más breve posible, porque estamos llamando a los señores Diputados miembros de las Comisiones para proceder a la votación.
Tiene la palabra el Diputado señor Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, seré muy breve.
En primer lugar, la norma del artículo 6° es de mera concordancia.
En segundo lugar, debo decir que en toda la tramitación del proyecto sobre violación y delitos sexuales, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia contó con la presencia permanente de los Diputados señores Espina y Bombal . Por lo tanto, aquí no hay misterios ni sorpresas de última hora. Ha sido un debate de muchos meses.
Hemos tenido, como Comisión, una opción -que creo ha sido compartida en forma unánime- sobre la base de comprobar que el diagnóstico que hicimos al inicio de la discusión de esta iniciativa fue concluyente en señalar que, a pesar de que las penas por delitos sexuales y de violación son elevadas, en la práctica han sido absolutamente ineficaces. Reitero una cifra que hemos dado, pero que, al parecer no ha sido bien recogida por la Oposición. De un total de 22 mil casos de violación que existen al año, según el estudio más serio y reciente sobre la materia que el Diputado señor Bombal conoce por ser miembro de la Comisión de Constitución, sólo el 15 por ciento se denuncia, y de éste, sólo el 1,5 por ciento recibe una condena. ¿Cuál ha sido nuestra conclusión? Que a pesar de que la violación tiene penas equivalentes al homicidio simple y en esto habría que velar por la jerarquía de los bienes jurídicos protegidos, su aplicación ha sido absolutamente ineficaz.
Además, no hemos rebajado ni una sola pena en toda la discusión, salvo el caso de la sodomía en que, por las razones que hemos dado, sólo se modificó la tipificación del delito, y la votación de esta mañana fue concluyente al respecto.
El caso del artículo 372 bis que hemos derogado y al cual se refiere el Diputado señor Espina, es distinto. No se refiere a sumar o a bajar penas, sino a la forma de contabilizarlas, cual es el tema del concurso de los delitos. En ese sentido, desde el momento en que derogamos dicho artículo y no ha habido indicaciones para reponer su discusión, rigen las reglas generales del artículo 74 del Código Penal, como lo ha recordado el Diputado señor Espina. Pero quiero corregirlo en el sentido de que la pena que contempla el homicidio simple lo más probable es que exista esa situación, no es de diez años sino de quince. Ahora, sí sumamos la pena de homicidio simple que establece el artículo 391, de quince años, con el de violación que contempla el 361, estaremos hablando de treinta años de presidio en su forma simple, sin las agravantes, por ejemplo, del homicidio calificado y sin las que hemos sumado a lo que existía, por ejemplo, el parentesco que antes no era circunstancia agravante. Por lo tanto, mal se puede decir que aquí ha habido algún intento por rebajar las penas. No se ha rebajado ninguna. Al contrario, hemos creado nuevas tipificaciones de delitos como el de acoso sexual, que no existía. En otra oportunidad me gustaría conocer la opinión del Diputado señor Espina sobre esta materia. Mal puede decirse, entonces, que aquí hay una suerte de liberalización puesto, que hemos rebajado las penas. Al contrario, hemos perfeccionado los tipos, mantenido muchas penas, creado nuevos delitos, añadido circunstancias agravantes. Más bien hemos optado por un cambio en los procedimientos, porque desde el principio hemos concluido, por unanimidad, en que, en la actualidad, el aspecto procesal de la denuncia y la investigación del delito contribuyen a que, en la práctica, las penas sean absolutamente ineficaces.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, en primer lugar, observaré lo que afirmó el Diputado señor Espina de que no puede darse el concurso ideal de muerte y violación, porque es imposible violar a un cadáver -para explicarlo en forma gráfica- pero sí puede haber violación seguida de muerte. En ese caso, hay un concurso material del artículo 74 y, por consiguiente, se aplica la penalidad sumada que ha señalado el Diputado señor Walker .
En segundo lugar, me referiré a lo señalado por el Diputado señor Bombal .
Él nos hace aparecer cómo permisivos, como que poco menos vamos a derogar el Código Penal. Pero, quiero recordarle que, generalmente, existen dos clases de violaciones muy graves cuando se habla al respecto. Los Diputados de Oposición reclaman desde sus bancos porque se condena, por ejemplo, a un violador de la vida humana a siete años; en cambio, no reclaman y piden que se encarcele con presidio y muerte a quienes violan sexualmente. Pongo esos dos valores en la mesa de discusión.
He dicho.
Aplausos.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Señores Diputados, el Diputado señor Alberto Espina ha presentado una solicitud, que ha sido ratificada por escrito por los Diputados señores Galilea y Munizaga , en el sentido de reabrir la discusión del artículo 1°, número 21. Para tal efecto, la letra c) del artículo 111 del Reglamento de la Corporación, dispone que para reabrir el debate de una disposición, respecto de la cual ya se ha cerrado, se requiere la unanimidad de la Sala.
¿Existe unanimidad de la Sala para reabrir la discusión sobre el artículo 1°, número 21?
El señor ELGUETA.-
No.
El señor WALKER.-
No.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
No hay unanimidad.
Recuerdo a la Sala que a las 16.45 íbamos a comenzar la votación, pero, como se adelantó la discusión, propongo que empecemos a votar de inmediato varios números que no inciden en los quorum. Creo entender que hay disposición para aprobarlos.
Varios señores DIPUTADOS.-
No.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
En vista de eso, deberé suspender la sesión hasta las 16.45, con el objeto exclusivo de iniciar la votación.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, pido la palabra para hacer una propuesta sobre lo anterior.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOMBAL.
Señor Presidente, con relación a la unanimidad que pidió anteriormente, ¿sería posible que respecto del número 21 hubiera votación sin debate?
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Es imposible, Diputado señor Carlos Bombal .
Tiene la palabra el Diputado señor Rubén Gajardo .
El señor GAJARDO.-
Señor Presidente, me referiré al artículo 6°.
Como el debate sobre el tema está agotado y me asalta una duda similar a la del Diputado señor Bombal , pido a Su Señoría que solicite el asentimiento de la Sala para plantearla.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
No hay acuerdo, señor Diputado. Solicito la unanimidad de la Sala para reabrir el debate solicitado por el Diputado señor Espina.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor ORTIZ (Vicepresidente).
No hay acuerdo.
Se suspende la sesión hasta las 16.45.
Transcurrido el tiempo de suspensión.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Continúa la sesión.
Se procederá a la votación.
El señor VIERA-GALLO.-
Pido la palabra para plantear un asunto reglamentario.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, propongo que el proyecto se vote en bloque porque, en general, existe una posición concordante en todo.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
¿Existe opinión concordante sobre las materias que nos quedan?
Varios señores DIPUTADOS.-
Sí.
El señor BOMBAL.-
El único problema es respecto del artículo 372, señor Presidente,
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En ese caso, se votarán en bloque los numerales 4, 5,6,7,8 y 9 del artículo 2°; los numerales 2,3, 4,y 6 del artículo 3°; el numeral 4 del artículo 5°, y el artículo 6°.
El artículo 4° lo votaremos aparte, con posterioridad.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aprobados.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Aguiló, Alvarado , Allende ( doña Isabel) , Arancibia , Ascencio , Ávila , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Bayo , Bombal , Cantero , Chadwick , De la Maza , Elgueta , Elizalde , Encina, Espina, Estévez , Fuentealba , Gajardo , Galilea , García (don Rene Manuel) , García (don José) , García (don Alejandro) , Gutiérrez , Hernández , Huenchumilla , Hurtado, Jocelyn-Holt , Karelovic , Latorre, Leay , Letelier (don Juan Pablo) , Longueira , Longton ; Luksic , Makluf Masferrer , Matthei ( doña Evelyn) , Melero , Montes, Morales , Moreira , Naranjo , Ojeda , Orpis , Ortíz , Palma ( don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Paya , Pérez ( don Aníbal) , Pérez (don Ramón) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Prokurica , Rebolledo ( doña Romy ), Reyes, Saa (doña María A.), Sabag , Seguel , Silva, Solís , Taladriz , Tuma , Ulloa , Urrutia (don Raúl) , Vargas , Vega , Venegas , Viera-Gallo , Vilches , Villegas , Villouta , Walker Wörner ( doña Martita ) y Zambrano .
El señor ESTÉVEZ (Presidente).
Si le parece a la Sala, el artículo 4° se aprobará con la misma votación.
No hay acuerdo.
En votación.
Como contiene disposiciones de ley orgánica constitucional, requiere de 68 votos para su aprobación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alvarado , Alvarez-Salamanca , Allende ( doña Isabel) , Arancibia , Ascencio , Ávila , Aylwin (don Andrés) , Balbontín , Bartolucci , Bayo , Cantero , Cornejo , Chadwick , De la Maza , Elgueta , Elizalde , Encina , Errázuriz , Espina, Estévez , Fuentealba , Gajardo , Galilea , García (don René Manuel) , García (don José) , García (don Alejandro) , Gutiérrez , Hernández , Huenchumilla , Hurtado, Jara, Jocelyn-Holt , Jürgensen , Karelovic , Latorre, Leay , Letelier (don Juan Pablo) , Luksic , Makluf , Martínez ( don Gutenberg) , Masferrer , Matthei ( doña Evelyn) , Melero , Montes, Morales , Moreira , Naranjo , Ojeda , Orpis Ortíz , Palma ( don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Paya , Pérez ( don Aníbal) , Pérez (don Ramón) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Prokurica , Rebolledo ( doña Romy ), Reyes, Saa (doña María A.), Sabag , Seguel , Silva, Solís , Taladriz , Tohá , Tuma , Ulloa , Urrutia (don Raúl) , Vargas , Vega , Venegas , Viera-Gallo , Villegas , Villouta , Walker , Wörner ( doña Martita ) y Zambrano .
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Despachado el proyecto en general y en particular.
Tiene la palabra la señora Ministra de Justicia.
La señora ALVEÁR (Ministra de Justicia).-
Señor Presidente, en verdad, la Cámara ha despachado hoy un importante proyecto de ley, que se debatió durante varios meses en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y que recoge una realidad que se ha hecho presente en el transcurso del debate en varias ocasiones: adecuar los delitos sexuales a la nueva realidad que vive el país. Fundamentalmente, ha significado que los delitos sean cometidos por familiares o conocidos de las víctimas, lo cual requiere, necesaria y principalmente, de las modificaciones a las normas procesales en los términos en que acabamos de votar.
Me parece que es un avance significativo, y agradezco la colaboración prestada en la tramitación del proyecto por las señoras y señorita Diputada y los señores Diputados.
Muchas gracias.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Gracias, señora Ministra.
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.
Se levantó a las 16:55 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES MARTÍNEZ (DON GUTENBERG) Y PALMA (DON JOAQUÍN). SOBRE DESARROLLO DE LA ASTRONOMÍA EN CHILE (BOLETÍN N° 1665-19).
Chile es un laboratorio natural para la investigación astronómica, debido a que cuenta con lugares geográficos privilegiados para la observación astronómica por la claridad del cielo y estabilidad atmosférica que se dan en la zona norte del país.
Estas condiciones han atraído permanentemente a organismos internacionales e instituciones académicas extranjeras, que han decidido establecer sus telescopios en nuestro territorio. También han sido la convocatoria más atractiva para investigadores de todo el mundo, que visitan Chile constantemente para cumplir actividades de observación.
A su vez, han constituido un poderoso estímulo a la imaginación y la creatividad, despertando en universitarios chilenos la vocación por la astronomía como su campo de trabajo profesional e investigador. Esto, pese a la falta de un respaldo adecuado del país a su actividad.
Puede afirmarse responsablemente que las condiciones naturales de nuestro cielo son tan excepcionales, que ofrecen a Chile la posibilidad de situarse en breve plazo -con un trabajo serió y sostenido- en una posición de avanzada en el campo de las ciencias astronómicas.
Con este propósito, es indispensable tomar medidas para mantener a nuestro cielo en condiciones de ser empleado para la observación astronómica. Esto supone no Sólo regular temas referentes al cielo propiamente tal, donde pueden presentarse problemas tan diversos como la contaminación del aire, la proyección de luz desde tierra, la navegación aérea y la interferencia de bandas de frecuencia necesarias para la radioastronomía.
Es importante señalar que el desarrollo de la astronomía tiene, más allá de su mérito científico, una importante proyección económica.
En efecto, la astronomía requiere y va acompañada permanentemente de los desarrollos de última generación por parte de disciplinas que le son concurrentes, tales como la óptica, la electrónica, la informática y la ingeniería mecánica. Tales desarrollos son de directa aplicación en el campo de la producción de bienes y servicios, y determinan ventajas competitivas decisivas para las empresas que los incorporan.
La: participación de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) en el Proyecto Gemini, permite comprobar lo expuesto ya que investigadores e ingenieros chilenos están participando por primera vez en la gestión de un proyecto astronómico en su totalidad y en aspectos especializados del mismo; y además en el desarrollo, diseño o construcción de partes, equipos o sistemas de los telescopios.
Esto es particularmente importante en el caso de Chile, donde existen activas empresas productoras de software, de inteligencia artificial, de aplicaciones de multimedia en procesos, de electrónica y comunicaciones, y de ingeniería mecánica. Todas ellas pueden ver fortalecida su competitividad con un buen acceso a los desarrollos que se emplean para el diseño, montaje y operación de telescopios en nuestro país.
Para eso, por cierto, es preciso que cuando se empiezan a concretar los proyectos en Chile y, especialmente, cuando se solicitan prerrogativas, privilegios y otras facilidades, el país esté preparado para participar o asegurar el acceso a los desarrollos tecnológicos involucrados.
En otro orden de ideas, conviene precisar que la atracción mundial ejercida por nuestro cielo, se traduce en inversiones extranjeras significativas.
En la actualidad, operan en Chile telescopios y otras facilidades instaladas por (a) AURA, Asociación de Universidades para la Investigación Astronómica (Association of Universities for Research in Astronomy) de Estados Unidos; (b) ESO, Observatorio Europeo Austral (European Southern Observatory),de la Asociación Europea para la Observación del Hemisferio Austral, y (c) CARSO, Observatorio Austral Carneggie (Cameggie Southern Observatory), de la Cameggie Institution of Washington.
Además, se encuentran en desarrollo tres grandes proyectos: (a) el Proyecto Gemni, de un consorcio de instituciones dé seis países (Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Chile, Argentina y Brasil), en el cual participa CONICYT; (b) el Observatorio del Cerro Paranal, de la ESO; y (c) el Proyecto Magallanes, de CARSO.
Otros dos proyectos están en estudio: (a) un interferómetro milimétrico, de la NSF, y (b) otro esferómetro milimétrico, de Japón.
Todos estos proyectos representan una inversión cercana a dos mil millones de dólares en desarrollos, equipos y obras civiles. Se estima que el gasto en Chile, por construcción de obras civiles e instalación de equipos, es de unos ciento cuarenta millones de dólares.
A eso se agregan los gastos de operación, que ascienden en promedio a un 10% anual calculado sobre el valor de la inversión. Por lo tanto, a contar del año’2000, los observatorios gastarán en Chile una suma cercana a los doscientos millones de dólares por año.
Mediante tratados (caso de ESO) o leyes especiales, Chile concede a los proyectos de observación astronómica que construyen y operan observatorios en el país, un tratamiento de excepción que los libera de toda clase de impuestos y aranceles.
El monto de estos beneficios, que se suma al valor incalculable del uso de nuestro cielo, puede estimarse en una suma cercana a los quinientos millones de dólares.
Como se reitera al término de este mensaje, el presente proyecto no se refiere formalmente a estas materias, porque legislar sobre ellas requiere iniciativa del Ejecutivo. Pero incluye, a modo ilustrativo, un conjunto de disposiciones, que, de contar con patrocinio gubernamental, podrían incorporarse al proyecto y complementarlo ventajosamente.
A cambio de los beneficios otorgados por Chile, algunas instituciones dueñas de los observatorios han cedido tiempos de observación "a la astronomía chilena". Como estos tiempos son administrados por ellos con sus propios criterios, el acceso de la astronomía nacional a tales tiempos ha carecido de suficiente transparencia y concreción.
La excepción más cierta hacia adelante es el Proyecto Gemini, porque como CONICYT es parte de él, se hace dueña de un 5% del tiempo de observación en cada uno de los dos telescopios proyectados (uno en Hawai y otro en La Serena). Además, se dan pasos para que CONICYT administre también un 10% de tiempo de observación en el telescopio Gemini Sur, que el Proyecto Gemini reserva a la astronomía chilena.
La sola cesión de tiempos de observación aparece magra frente a la naturaleza de las facilidades y el monto de las exenciones concedidas localmente por Chile.
En las cifras de los párrafos precedentes no se ha incluido el valor de los terrenos que, por lo regular, han sido vendidos a precios simbólicos o donados, por Chile, a las instituciones interesadas.
Como la intervención del Estado en la venta o donación de terrenos ha dado origen a dificultades, se advierte la conveniencia de definir una política nacional frente a la construcción de nuevos observatorios o facilidades.
El presente proyecto propone un sistema para declarar santuarios de la naturaleza a estos terrenos y su cielo, manteniendo la propiedad de los terrenos y regulando su cesión a los usuarios, que adquirirán responsabilidades legales y contractuales respecto de su manejo, en dos planos: en el propiamente científico, asegurándose no sólo condiciones para la observación astronómica sino también para la conservación e investigación de la fauna y la flora, y en el de extensión científica, previéndose facilidades para fines educativos y de turismo ecológico y arqueológico.
En verdad, Chile no ha tenido hasta hoy una conducta coherente ante los proyectos astronómicos de iniciativa externa. Más bien ha evidenciado una gran impresión y dispersión al autorizar y facilitar la instalación de los observatorios en Chile, sin institucionalidad clara en los aspectos científicos y económicos, y sin una política nacional de investigación astronómica y disciplinas concurrentes.
Por eso, además de algunos problemas desarrollados en párrafos anteriores, pueden mencionarse otros como los siguientes:
a) La concesión de inmunidades, facilidades, prerrogativas y privilegios a las instituciones dueñas o administradoras de los observatorios, se ha hecho en algunos casos mediante tratados (caso de la ESO), mediante leyes especiales (caso de AURA), y mediante convenios con la Universidad de Chile dispuestos*por ley especial (caso de CARSO).
b) Se han producido problemas y gastos innecesarios, como en el caso de Paranal, donde al costo político y económicos para Chile se une un convenio suplementario con ESO donde la autoridad científica que representa al país es el Ministerio de Educación.
c) CONICYT ha visto entrabados; sus aportes al Proyecto Gemini, por glosas presupuestarias que encuentran su origen, en divergencias institucionales y personales de la comunidad astronómica nacional.
d) Algunas instituciones dueñas de observatorios no han aplicado la legislación laboral nacional a su personal chileno, o han aplicado regímenes discriminatorios a éste respecto del personal extranjero, amparándose precisamente en las inmunidades concedidas por Chile.
e) Ninguna norma favorece el empleo de profesionales y técnicos chilenos en los observatorios extranjeros por lo cual, en general, ellos son percibidos por la comunidad científica y tecnológica nacional como enclaves tecnológicos.
f) Los desarrollos tecnológicos de interés para la producción de bienes o servicios, alcanzados durante la construcción, instalación y operación de los observatorios, no trascienden hacia la industria porque las instituciones dueñas de éstos tienen su interés puesto en la observación astronómica y nó en el desarrollo de sectores productivos.
El presente proyecto de ley procura contribuir a resolver aquellos problemas que, de los mencionados, están dentro de la esfera de competencia del Legislativo.
Así, propone el reconocimiento del cielo apto para observación astronómica como un bien natural susceptible de protección legal, y. señala la posibilidad de declararlo, con su suelo subyacente, como santuario de la naturaleza, lo cual permite que la protección legal sea concreta
- Asimismo, establece las obligaciones que corresponden al dueño o responsable de dichos santuarios, una vez declarados como tales, cualquiera sea el título con que se detecte la responsabilidad.
Además, tratándose de proyectos astronómicos internacionales ó extranjeros, se señala un conjunto de materias que deben considerarse en ellos, a fin de precaver las principales dificultades o deficiencias detectadas hasta ahora.
Culmina el proyecto con disposiciones referente a una política nacional de desarrollo de la astronomía;
ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE DESARROLLO DE LA ASTRONOMÍA EN CHILE
Título Primero
Del cielo apto para la investigación astronómica y su protección Artículo 1.- El cielo chileno con aptitud para la investigación astronómica es un bien natural cuya conservación y uso científico es materia de protección por esta ley. A esta protección están obligadas todas las personas naturales y jurídicas, en sus respectivos ámbitos de actividad.
El cielo apto para investigación astronómica y el territorio nacional ubicado bajo él, podrán ser declarados santuarios de la naturaleza y amparados como tales, a los fines de facilitar su protección y la investigación astronómica, como también la conservación e investigación de su flora y fauna.
Artículo 2.- Hará parte de la protección debida a dicho cielo y territorio subyacentes, la adaptación de las medidas necesarias para prevenir la contaminación lumínica del cielo, la interferencia de las bandas de frecuencia destinadas a la investigación radioastronómica, o cualquier otro acto que pueda afectar la claridad del cielo o la estabilidad atmosférica.
La obligación de adoptar tales medidas se hará extensiva a los territorios aledaños a los subyacentes del cielo apto para investigación astronómica.
Artículo 3°.- El dueño, administrador, arrendatario, comodatario o responsable a cualquier título de la gestión de cielo apto para observación astronómica cuyo territorio subyacente haya sido declarado santuario de la naturaleza, será responsable del estricto cumpliendo del respectivo plan de manejo.
Dicho plan contemplará en todo caso la, construcción, mantención y operación, por cuenta del responsable, de facilidades para apoyar actividades educativas, de extensión e investigación científica en el terreno subyacente, y de turismo ecológico, arqueológico o de otra índole apropiada a las características del lugar.
Artículo 4.- Los terrenos susceptibles de ser declarados santuarios de la naturaleza bajo las normas de esta ley, deberán figurar en un catastro nacional que se mantendrá periódicamente actualizado.
Título Segundo
Del régimen común aplicable a los observatorios extranjeros e internacionales
Artículo 5 - Los organismos internacionales, instituciones extranjeras, entidades o proyectos que deseen instalar y operar observatorios astronómicos y otras facilidades relacionadas con la investigación astronómica, podrán acogerse al régimen especial que convengan con el Gobierno.
Título Tercero
De los convenios con observatorios extranjeros e internacionales
Artículo 6.- Para celebrar convenios que habiliten el acceso al régimen establecido en esta Ley, será preciso que el territorio subyacente al cielo que será utilizado por el observatorio, haya sido previamente declarado santuario de la naturaleza.
Artículo 7.- Dichos convenios establecerán con precisión las obligaciones que asumirá el organismo, institución o entidad, en su calidad de responsable del cumplimiento estricto del plan de manejo del santuario que se trate.
Asimismo, señalarán la periodicidad y modalidades con que el plan de manejo será actualizado y sometido a aprobación de la autoridad competente.
Artículo 8°.- Los convenios deberán, además, incluir cláusulas que garanticen, a lo menos:
a) La contratación de investigadores o ingenieros chilenos para que participen en el diseño y desarrollo de tecnologías involucradas en la ejecución del respectivo proyecto;
b) La reserva de tiempos de observación astronómica o de uso de las facilidades, en favor de la ciencia nacional;
c) La incorporación de un representante de la institución nacional competente, en el organismo colegiado superior del respectivo proyecto, y de otro en el comité científico que asigne los tiempos o el uso de las facilidades, como miembros plenos;
d) La observación de la legislación laboral chilena;
e) La contratación de un porcentaje razonable de personal profesional y técnico nacional para la operación del proyecto que se trate;
f) La no discriminación del personal nacional; y
g) La licitación pública de los trabajos de construcción, montaje y mantención que deban ejecutarse en Chile.
Artículo 9.- Los convenios se firmarán para períodos de vigencia de hasta cinco años, renovables por tácita reconducción hasta un máximo de veinte años.
Preverán, además, un procedimiento para negociar con razonable antelación a la expiración del plazo máximo, un nuevo convenio que considere las circunstancias que hayan podido modificar los antecedentes, hechos y circunstancias existentes al firmarse el convenio anterior.
Título Cuarto
De las políticas nacionales de investigación astronómica y la administración de tiempos de observación
Artículo 10.- Para la elaboración de políticas, nacionales de desarrollo de la investigación astronómica y disciplinas concurren, tales como la informática, la óptica y la electrónica, deberá requerirse la asesoría de investigadores e ingenieros de universidades y otras instituciones nacionales competentes.
Artículo 11- La administración y asignación de los tiempos de observación astronómica y de uso de las demás facilidades que adquiera el Estado o instituciones descentralizadas en; proyectos extranjeros o internacionales, así como de los que se reserven a la ciencia chilena mediante tratados, leyes o convenios, considerará prioritariamente las necesidades de observación de los astrónomos chilenos y de las instituciones nacionales dedicadas a la enseñanza e investigación astronómica.
La asignación de tiempos se hará mediante concursos que garanticen oportunidades equitativas e igualitarias. * .
Artículo 12.- Los astrónomos extranjeros residentes no contratados por observatorios extranjeros o internacionales, serán considerados como chilenos para los fines del artículo precedente.
Los astrónomos visitantes podrán ser considerados con similares propósitos, cuando sean patrocinados por instituciones nacionales dedicadas a la enseñanza e investigación astronómica y cumplan los demás requisitos que establezcan el reglamento.
(Fdo.): GUTENBERG MARTÍNEZ OCAMICA, Diputado".
Valparaíso, agosto 1 de 1995.