Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I.- ASISTENCIA.
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Mario Papi Beyer
- Andres Zaldivar Larrain
- Sergio Paez Verdugo
- Erwin Arturo Frei Bolivar
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II.- APERTURA DE LA SESION
- III.- ACTAS
- IV.- CUENTA
- REPLICA A PUBLICACION DE PRENSA. (Aplicación del artículo 33 del Reglamento).
- V.- ORDEN DEL DIA.
- BENEFICIOS A PROFESIONALES DE LA EDUCACION REGIDOS POR LA LEY N° 19.070. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Hugo Rodriguez Guerrero
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Federico Ringeling Hunger
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- APLICACION DE LA LEY N° 16.744, SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ruben Gajardo Chacon
- INTERVENCIÓN : Federico Ringeling Hunger
- INTERVENCIÓN : Carlos Smok Ubeda
- MODIFICACION DE LA BASE DE CÁLCULO DE LOS SUBSIDIOS MATERNALES. Primer trámite constitucional
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Andres Sotomayor Mardones
- INTERVENCIÓN : Armando Arancibia Calderon
- INTERVENCIÓN : Carlos Smok Ubeda
- INTERVENCIÓN : Ruben Gajardo Chacon
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTEGRACION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
- INTERVENCIÓN : Isidoro Toha Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Gutenberg Martinez Ocamica
- INTERVENCIÓN : Vicente Agustin Sota Barros
- INTERVENCIÓN : Federico Ringeling Hunger
- INTERVENCIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTERVENCIÓN : Hector Luis Olivares Solis
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Nicanor Araya De La Cruz
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- BENEFICIOS A PROFESIONALES DE LA EDUCACION REGIDOS POR LA LEY N° 19.070. Primer trámite constitucional. (Continuación)
- INTERVENCIÓN : Jaime Estevez Valencia
- INTERVENCIÓN : Federico Ringeling Hunger
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- APLICACION DE LA LEY N° 16.744 SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJADORES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO. Primer trámite constitucional (Continuación).
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Juan Antonio Coloma Correa
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Carlos Dupre Silva
- Mario Palestro Rojas
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Andres Sotomayor Mardones
- INDICACIÓN
- Carlos Dupre Silva
- Mario Palestro Rojas
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Andres Sotomayor Mardones
- INDICACIÓN
- DEBATE
- MODIFICACION DE LA BASE DE CÁLCULO DE LOS SUBSIDIOS MATERNALES. Primer trámite constitucional (Continuación).
- INTEGRACION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Segundo trámite constitucional (Continuación).
- REPLICA A ALUSION PERSONAL. (Aplicación del artículo 33 del Reglamento).
- BENEFICIOS A PROFESIONALES DE LA EDUCACION REGIDOS POR LA LEY N° 19.070. Primer trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CAMARADE DIPUTADOS
LEGISLATURA 327a., EXTRAORDINARIA
Sesión 19a, en martes 23 de noviembre de 1993.
(Ordinaria, de 11 a 14.32 horas)
Presidencia del señor Molina Valdivieso, don Jorge, de la señora Caraball Martínez, doña Eliana, y del señor Bartolucci Johnston, don Francisco.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario accidental, el señor Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I. - ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESION
III.- ACTAS
IV. - CUENTA
V. - ORDEN DEL DIA
VI. - DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIL- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA INDICE GENERAL
I. - Asistencia 1969
II. - Apertura de la sesión 1971
III. - Actas 1971
IV. - Cuenta
1. - Réplica a publicación de prensa. (Aplicación del artículo 33 del Reglamento) 1971
V. - Orden del Día.
2. - Beneficios a profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070. Primer trámite constitucional 1972
3. - Aplicación de la ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a trabajadores del sector público. Primer trámite constitucional 1980
4. - Modificación de la base de cálculo de los subsidios maternales. Primer trámite constitucional 1985
5. - Integración social de personas con discapacidad. Segundo trámite constitucional 1990
6. - Beneficios a profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070. Primer trámite constitucional. (Continuación)...... 2009
7. - Aplicación de la ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a trabajadores del sector público. Primer trámite constitucional. (Continuación) 2012
8. - Modificación de la base de cálculo de los subsidios maternales. Primer trámite constitucional. (Continuación) 2013
9. - Integración social de personas con discapacidad. Segundo trámite constitucional (Continuación) 2014
10. - Réplica a alusión personal. (Aplicación del artículo 33 del Reglamento) 2015
VI. - Documentos de la Cuenta.
Oficios de S.E. el Presidente de la República, que retiran y hacen presentes las urgencias, con calificación de "suma", para el despacho de los siguientes proyectos:
1. - Bases del medio ambiente (boletín N° 808-12) (S) 2018
2. - Otorga los beneficios contemplados en la ley N° 19.249, a las personas que señala (boletín N° 1117-05) 1 2018
3. - Oficio de S.E. el Presidente de la República, que hace presente la urgencia, con calificación de "suma", para el despacho del proyecto que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de fomentar la creación de fiscalías municipales y la formación de unidades policiales vecinales (boletín N2 980-06) 2018
4. - Oficio de S.E. el Presidente de la República que comunica que no hará uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto sobre plantas de personal de las municipalidades (boletín N° 821-06) 2019
5. - Oficio del Senado, que comunica haber dado su aprobación, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de "simple", al proyecto que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada (boletín N° 370-07) (S) 2019
6. - Oficios del Senado, que comunica haber dado su aprobación, en primer trámite constitucional, al proyecto sobre composición, organización y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia y modificación de los recursos de queja y de casación (boletín N° 858-07) (S).. 2024
Oficio del Senado, que comunican haber dado su aprobación, en segundo trámite constitucional, a los siguientes proyectos:
7. - Otorga reajuste de remuneraciones a los funcionarios del sector público, concede aguinaldo de navidad y otros beneficios de carácter pecuniario (boletín N° 1116-05) 2033
8. - Introduce modificaciones a la ley N° 19.250 (boletín N° 1109-13) 2033
Oficios del Senado, que comunican haber dado su aprobación, a las propuestas formuladas por las Comisiones Mixtas, respecto de la tramitación de los siguientes proyectos:
9. - Planta de personal de las municipalidades (boletín N° 821-06) 2033
10. - Establece normas para arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa (boletín N° 607-14) 2034
Oficios del Senado, que comunican haber dado su aprobación, en segundo trámite constitucional, con modificaciones, a los siguientes proyectos:
11. - Destina recursos para el desarrollo de la Undécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena (boletín N° 1077-05) 2034
12. - Prorroga el plazo para resolver los casos a que se refiere el N° 4, del artículo 2°, de la ley N° 19.123 (boletín N° 1094-17) 2035
13. - Primer informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología, Deportes y Recreación, recaído en el proyecto que otorga los beneficios que señala a los profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070 (boletín N° 1121-04) 2036
14. - Primer informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto que otorga los beneficios que señala a los profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070 (boletín N° 1121-04) 2045
15. - Primer informe de la Comisión de Salud, recaído en el proyecto sobre la plena integración social de las personas con discapacidad (boletín N° 752-11) (S) 2049
16. - Primer informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto sobre la plena integración social de las personas con discapacidad (boletín N° 752-11) (S) 2092
17. - Primer informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto que autoriza el establecimiento de almacenes de venta libre (boletín N° 969-05) 2096
VII.- Otros documentos de la Cuenta.
1. - Comunicación:
- Del Diputado señor Longton, con la que adhiere al proyecto de constitución jurídica y funcionamiento de las iglesias y organizaciones religiosas (boletín N° 1108-07).
2. - Oficios:
- Del Ministerio del Interior, que responden los enviados en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor García, don José, sobre obras de drenaje estadio El Alto, sector Padre Las Casas. Novena Región.
- Del Diputado señor Kuschel, relativo a avance del camino de La Goleta a Salto Chico, comuna de Puerto Montt.
- Del Diputado señor Horvath, respecto a construcción de pasarela sobre el río Mañihuales, sector Cifuentes, comuna de Aisén.
- De los Diputados señores Ulloa, Huepe, Acuña, Ortiz, Pérez, don Víctor y Leay, referente a construcción prefectura de carabineros, Octava Región.
- Del Ministerio de Relaciones Exteriores, que responde el dirigido en nombre de los Diputados señores Viera-Gallo, Carrasco, Palma, don Andrés, Villouta, Elizalde, Ortiz y Pizarra, don Sergio y las Diputadas señoras Maluenda y Caraball, con relación a situación de los derechos humanos en la República de Rusia.
- Del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que responden los remitidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Horvath, sobre saneamiento rural; exámenes a buzos mariscadores.
- Del Diputado señor Vilches, referente a infracciones en área de reserva para la pesca artesanal.
- Del Diputado señor Cantero, relativo a suministro de agua potable para Asociación de Pequeños Industriales y Artesanos de la provincia de El Loa.
- Del Diputado señor Martínez, don Gutenberg, respecto a modificaciones a la ley sobre venta de pisos y departamentos.
- Del Diputado señor Ulloa, con relación a ayuda a pescadores artesanales de San Vicente; licitación créditos Corfo en la Octava Región.
- Del Ministerio de Educación, que responden los enviados en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Masferrer, sobre nóminas de establecimientos reconocidos con asignación por desempeño en condiciones difíciles.
- Del Diputado señor Campos y el Comité de Renovación Nacional, referente a habilitación del patio de la Escuela F-320, de Curepto.
- Del Ministerio de Defensa Nacional, que responden los dirigidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Kuschel, relativo a construcción para albergar a la Alcaldía de Mar y, eventualmente, a la Capitanía de Puerto, ubicadas en la localidad de Quenuir, comuna de Maullín; transformar en Capitanía de Puerto la actual Alcaldía de Mar de Carelmápu.
- Del Diputado señor García, don René, con relación a la creación de un retén de carabineros en localidad de La Esperanza, comuna de Cuneo.
- Del Diputado señor Martínez, don Gutenberg, respecto a instalación de guardias en la unidad vecinal "Los Jardines".
- Del Diputado señor Masferrer, sobre áreas de personal y de logística de Carabineros de Chile.
- De la Corporación, relativo a medidas de fiscalización adoptadas en relación con la operación de naves en la pesquería del recurso balacao de profundidad.
- Del Ministerio de Agricultura, que responden los remitidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Horvath, referente a actividades en Parque Aurora, comuna de Curacaví; ingreso ilegal de animales.
- Del Diputado señor Jara, don Octavio, respecto a programas de forestación Octava Región.
- De los Diputados señores Álvarez-Salamanca, Letelier y Horvath, con relación a fiscalización del uso de plaguicidas.
- Del Ministerio de Bienes Nacionales, que responde el enviado en nombre del Diputado señor Letelier, sobre terrenos fiscales destinados al Ejército, en la localidad de El Guindal, comuna de Machalí.
- Del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que responden los dirigidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Seguel, con relación a situación laboral, previsional y de higiene y seguridad en empresa Imad S.A.
- Del Diputado señor Masferrer, referente a contratación de seguros que indica por parte del I.N.P.
- Del Diputado señor Pérez Opazo, don Ramón, relativo a programa de inversión contemplado para el año 1994, para las comunas de la Primera Región.
- De la Corporación, sobre asignación por muerte, causada por el fallecimiento de titulares de pensión asistencial.
- Del Ministerio de Salud, que responden los remitidos en nombre de los siguientes Diputados:
- De los Diputados señores Viera-Gallo y Ortiz, con referencia a situación del consultorio de Chiguayante.
- Del Diputado señor Kuzmicic, relativo a conversión de la posta de Alto Hospicio en consultorio.
- De los Diputados señores Letelier, Álvarez-Salamanca y Horvath, con relación a estudios realizados de la relación entre el uso de pesticidas y la aparición de malformaciones congénitas.
- Del Diputado señor Martínez, don Gutenberg, relativo a mejora sustantiva en la posta de la comuna de Ñuñoa.
- Del Ministerio de Minería que responde el enviado en nombre del Diputado señor Arancibia, referente a número e identidad de los mayores deudores de Enami y antigüedad de las deudas.
- Del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que responden los dirigidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Horvath, respecto a regularización de títulos de dominio en diversas localidades rurales de la Undécima Región; planes de vivienda concebidos a corto plazo para las localidades de Raúl Marín Balmaceda, La Junta y Puerto Puyuhuapi, comuna de Cisnes.
- Del Diputado señor Martínez, don Juan, con relación a situación jurídica de pobladores de El Pueblito, sector Playa Negra, Coronel.
- Del Diputado señor Álvarez-Salamanca, relativo a estado de pavimentos en Empedrado.
- Del Diputado señor Huenchumilla, sobre obras en Llahuallín, Huichahue, sector Padre Las Casas, en Temuco; instalación de luminarias y postes en la Avda. Valparaíso, entre las calles Rudecindo Ortega y Nahuelbuta, Quinta Región.
- Del Diputado señor Martínez, don Gutenberg, referente a reparación, reconstrucción, habilitación o ampliación en caso de hacinamiento de viviendas sociales; utilización de espacios comunes en conjuntos acogidos a la ley N° 6.071.
- Del Diputado señor Campos, con relación a obras de pavimento en la Séptima Región.
- Del Diputado señor Kuschel, respecto a regularización de la propiedad raíz en la localidad de Quenuir.
- Del Diputado señor Longueira, sobre estado de postulación del Comité Los Copihues, comuna de San Bernardo.
- Del Diputado señor Aylwin, don Andrés, relativo a proyecto de ley que facilita inversión de fondos en loteos irregulares formados por pobladores.
- Del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que responden los remitidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Dupré, referente a normas de emisión de gases aplicables a vehículos en uso.
- Del Diputado señor Latorre, con relación a concesiones para operar plantas revisoras.
- Del Diputado señor Elizalde, sobre instalación de un semáforo en el cruce de Diego Silva con Avenida Cardenal Caro, comuna de Conchalí.
- Del Diputado señor Bartolucd, con relación a retiro de taxis de circulación.
- De la Corporación, referente a comités locales asesores en las administraciones de puerto de Emporchi; seguridad de tránsito.
- Del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que responden los enviados en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Dupré, con respecto a medición emisión de gases.
- De los Diputados señores Arancibia y Pizarro, don Sergio, relativo a urgencia para proyecto de ley sobre patentes mineras.
- De la Comisión Nacional de Energía, que responde el dirigido en nombre de la Corporación, reiterando oficios ya respondidos.
- De la Corporación de Fomento de la Producción, que responden los remitidos en nombre de los siguientes Diputados:
- Del Diputado señor Horvath, con relación al alcantarillado de Puerto Aisén, Undécima Región.
- Del Diputado señor Latorre, referente a extensión de redes de población Polanco, Pichilemu, Sexta Región.
- De la Municipalidad de Macul, que responden los enviados en nombre del Diputado señor Orpis, respecto a daños provocados por las raíces de los árboles de la calle Sargento Aldea, población Vicuña Mackenna Sur; podas de ramas de árboles ubicados en calle Ignacio Carrera Pinto.
- De la Municipalidad de Ñuñoa, que responden los dirigidos en nombre del Diputado señor Espina, relativo a aseo y poda de árboles en sectores de la comuna de Ñuñoa; vecinos villa "Jaime Eyzaguire"; reparación juegos infantiles existentes en la plazoleta "18 de Septiembre"; vigilancia policial sectores Ñuñoa. (Res.).
- De la Municipalidad de Buin, que responde el remitido en nombre del Diputado señor Longueira, sobre protecciones en el canal Vilucano.
- De la Empresa de Servicios Sanitarios de La Araucanía S.AV que responde el enviado en nombre del Diputado señor Huenchumilla, referente a instalación de alcantarillado en el pasaje "Santiago Morales", población San Antonio, en Temuco.
- Del Consejo Regional de la Cuarta Región de Coquimbo, por el que solicita agilizar trámite de proyecto de ley que prorroga plazos de patentes mineras.
I.- ASISTENCIA.
-Asistieron los siguientes señores Diputados: (75)
-- Alamos Vázquez, Hugo
-- Alessandri Balmaceda, Gustavo
-- Arancibia Calderón, Armando
-- Araya, Nicanor de la Cruz
-- Aylwin Azócar, Andrés
-- Bartolucci Johnston, Francisco
-- Bosselin Correa, Hernán
-- Caminondo Sáez, Carlos
-- Caraball Martínez, Eliana
-- Cardemil Alfaro, Gustavo
-- Carrasco Muñoz, Baldemar
-- Cerda García, Eduardo
-- Coloma Correa, Juan Antonio
-- Concha Urbina, Juan
-- Cornejo González, Aldo
-- Cristi Marfil, María Angélica
-- Dupré Silva, Carlos
-- Elgueta Barrientos, Sergio
-- Elizalde Hevia, Ramón
-- Escalona Medina, Camilo
-- Espina Otero, Alberto
-- Estévez Valencia, Jaime
-- Fantuzzi Hernández, Angel
-- Gajardo Chacón, Rubén
-- Hamuy Berr, Mario
-- Horvath Kiss, Antonio
-- Huenchumilla Jaramillo, Francisco
-- Huepe García, Claudio
-- Hurtado Ruiz-Tagle, José María
-- Jara Catalán, Sergio
-- Latorre Carmona, Juan Carlos
-- Longton Guerrero, Arturo
-- Longueira Montes, Pablo
-- Manterola Urzúa, Martín
-- Martínez Ocamica, Gutenberg
-- Martínez Sepúlveda, Juan
-- Masferrer Pellizari, Juan
-- Mekis Martínez, Federico
-- Molina Valdivieso, Jorge
-- Montes Cisternas, Carlos
-- Munizaga Rodríguez, Eugenio
-- Muñoz D'Albora, Adriana
-- Ojeda Uribe, Sergio
-- Olivares Solís, Héctor
-- Ortiz Novoa, José Miguel
-- Palestro Rojas, Mario
-- Palma lrarrázaval, Andrés
-- Palma lrarrázaval, Joaquín
-- Pérez Opazo, Ramón
-- Pizarro Mackay, Sergio
-- Pizarro Soto, Jorge
-- Prokurica Prokurica, Baldo
-- Rebolledo González, Víctor
-- Reyes Alvarado, Víctor
-- Ringeling Hunger, Federico
-- Rodríguez Cataldo, Claudio
-- Rodríguez Del Río, Alfonso
-- Rodríguez Guerrero, Hugo
-- Rojo Avendaño, Hernán
-- Rojos Astorga, Julio
-- Sabag Castillo, Hosain
-- Salas De la Fuente, Edmundo
-- Schaulsohn Brodsky, Jorge
-- Seguel Molina, Rodolfo
-- Smok Ubeda, Carlos
-- Sota Barros, Vicente
-- Sotomayor Mardones, Andrés
-- Tohá González, Isidoro
-- Ulloa Aguillón, Jorge
-- Urrutia Avila, Raúl
-- Valenzuela Herrera, Felipe
-- Velasco De la Cerda, Sergio
-- Viera-Gallo Quesney, José Antonio
-- Yunge Bustamante, Guillermo
-Con permiso constitucional, estuvo ausente la Diputada señora María Maluenda.
-Asistieron, además, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, señor René Cortázar; el Ministro Secretario General de Gobierno, señor Enrique Correa; el Ministro Director de la Oficina de Planificación Nacional, señor Sergio Molina y los Senadores señores Mario Papi, Andrés Zaldívar, Sergio Páez y Arturo Frei.
II.- APERTURA DE LA SESION
- Se abrió la sesión a las 11.
El señor MOLINA (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.- ACTAS
El señor MOLINA (Presidente).-
Las actas de las sesiones 16°, 17° y 18° quedan a disposición de los señores Diputados.
IV.- CUENTA
El señor MOLINA (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ALVABEZ (Prosecretario accidental) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaria.
El señor MOLINA (Presidente).-
Terminada la lectura de la Cuenta.
REPLICA A PUBLICACION DE PRENSA. (Aplicación del artículo 33 del Reglamento).
El señor BARTOLUCCI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Presidente de la Corporación, Diputado don Jorge Molina, en uso de su derecho a réplica.
El señor MOLINA.-
Señor Presidente, el diario "El Mercurio" del domingo 21 de noviembre, ha dedicado tres páginas para referirse, con caracteres de escándalo, a mi relación profesional como mandatario de una cliente que vive en el extranjero, uno de cuyos cinco hijos, con el que no me liga relación alguna, habría pedido la revocación de mi mandato. Se cita una supuesta demanda, de la que no he sido notificado, y se dan por establecidas, como verdaderas, afirmaciones de terceros, cifras imaginarias y hechos absolutamente falsos, con el evidente propósito de hacerme aparecer como moroso en una rendición de cuentas que nunca he dejado de cumplir. Lo que es más grave, se citan declaraciones que me fueron requeridas por teléfono, sin indicarme que se trataba de un reportaje y que serían utilizadas en mi contra, cosa que sucedió con otros entrevistados.
En esta publicación, dando por ciertas acusaciones calumniosas y difamatorias, se ha tratado de convertir un asunto de carácter civil, propio de una relación profesional, en una maniobra de desprestigio a mi probidad personal y a mi calidad de hombre público.
Nadie está libre del peligro de una demanda irresponsable, menos cuando ella se usa como instrumento de chantaje y extorsión. Lo que resulta intolerable es que, en forma tendenciosa y malévola, por un diario que dice defender los valores éticos del periodismo, se utilicen antecedentes inadmisibles, a veinte días de las elecciones, como un arma política para influir sobre la opinión pública, dañando la honra del Presidente de la Cámara que, además, es candidato a su reelección.
El diario "El Mercurio" me ha hecho objeto de una maniobra periodística deleznable que pensé que ya estaba erradicada de la práctica política chilena.
Antes del gobierno democrático nuestro país vivió momentos de crueles odiosidades, en que el periodismo llamado "de trincheras" se convirtió en instrumento del sectarismo y de la persecución implacable a los adversarios, sin trepidar en pisotear la honra y la dignidad de sus cargos públicos. La difamación y la injuria eran utilizadas en períodos previos a las elecciones como un arma incontrastable de desprestigio, porque los afectados, como me ha sucedido a mí en esa crónica repudiable, tenían pocas posibilidades de restablecer la verdad con la debida rapidez.
El diario "El Mercurio" ha demostrado que no ha pasado el tiempo para él, y ese reportaje, inaudito por su maledicencia, demuestra que puede estar también al servicio de intereses bastardos de carácter electoralista. En el mismo cuerpo de esa publicación se hacen al candidato de la presidencia de la Concertación, alusiones que son inadmisibles por el desprecio que manifiestan hacia su persona.
Como no quiero que nuevamente en nuestra patria se reediten esas prácticas periodísticas que nos condujeron al desastre y a divisiones odiosas que tanto daño causaron a nuestra convivencia nacional, en uso de mi derecho de defensa, he instruido a mis abogados para que inicien ante un ministro de la Corte de Apelaciones las querellas por calumnias, injurias y difamaciones.
Lo mismo he hecho ante la Comisión de Etica de los medios de comunicación, para que se sancione a los responsables de una información falsa y malintencionada, cuyos móviles electorales están a la vista.
He dicho.
- Aplausos
V.- ORDEN DEL DIA.
BENEFICIOS A PROFESIONALES DE LA EDUCACION REGIDOS POR LA LEY N° 19.070. Primer trámite constitucional.
El señor MOLINA (Presidente).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse del proyecto, con calificación de "suma" urgencia, en primer trámite constitucional, que otorga beneficios a los profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070.
Diputado informante de la Comisión de Educación es el señor Hugo Rodríguez, y de la de Hacienda, el señor Estévez.
Antecedentes:
- Mensaje del Ejecutivo (boletín N° 1121-04), sesión 17°, en 16 de noviembre de 1993 (Documentos de la Cuenta, N°1).
- Informe de las comisiones de Educación y de Hacienda (Documentos de la Cuenta, N°s 13 y 14 de esta sesión).
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Hugo Rodríguez.
El señor RODRIGUEZ (don Hugo).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología, Deportes y Recreación, me corresponde informar el proyecto originado en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, que ha sido calificado de "suma" urgencia para todos los trámites constitucionales.
Durante el análisis de esta iniciativa la Comisión contó con la colaboración de don Julio Valladares Muñoz, Subsecretario de Educación; de don Juan Vilches Jiménez, jefe del Departamento Legal del Ministerio de Educación; de doña Blanca Enriqueta Yon Aguilera, abogada del mismo, y de doña Angela Cortés Sand, analista educacional y financiera, integrante de la División de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación.
El mensaje hace presente la conciencia que existe en el Gobierno de la necesidad de efectuar permanentes estudios sobre la legislación educacional, con el objeto de complementar los avances logrados en el período con la dictación del Estatuto Docente y las modificaciones introducidas a la Ley de Subvenciones, todo lo cual lo ha llevado al propósito de mejorar tales normas, lo que se pretende alcanzar mediante la presentación de dos proyectos de ley: uno sobre remuneraciones y otro para introducir modificaciones a los dos cuerpos legales mencionados. Como un factor fundamental para este mejoramiento, se considera la iniciación de un diálogo que lleve a un Acuerdo Nacional para modernizar la educación.
Enseguida, se agrega que el objetivo del proyecto es mejorar las remuneraciones del profesorado, tanto del que se desempeña en el sector municipalizado como del que lo hace en el sector particular subvencionado y del regido por el decreto ley N° 3.166, de 1980.
Termina señalando que el Congreso ha aprobado en el Presupuesto para 1994, la creación de un Fondo de Excelencia Docente con cargo al cual se financiarán y efectuarán las adecuaciones que esta normativa propone.
La ley N° 19.070, que estableció el Estatuto de los profesionales de la educación, es la normativa aplicable a todo el profesorado, y, junto con definir lo que debe entenderse por las funciones profesionales propias del magisterio, su formación y perfeccionamiento, su responsabilidad, etcétera, establece una carrera docente para el personal municipalizado y reglamenta la relación laboral del sector particular.
En lo que interesa a este informe, el artículo 35 concede al personal municipalizado el derecho a una remuneración básica mínima nacional para cada nivel del sistema educativo; y el artículo 42 les otorga cuatro asignaciones: de experiencia, de perfeccionamiento, de desempeño en condiciones difíciles y de responsabilidad directiva y técnico pedagógica. Asimismo, el artículo 58 garantiza a quienes laboran en el sector particular subvencionado un valor mínimo para la hora pactada, y el artículo 59 la asignación de desempeño en condiciones difíciles, si fuere procedente.
Ideas fundamentales del proyecto.
La idea central del proyecto se orienta a conceder un mejoramiento económico a las remuneraciones del profesorado, tanto del que se desempeña en el sector municipalizado, como del que lo hace en el particular subvencionado, incluido el que labora en los establecimientos técnico profesionales regidos por el decreto ley N° 3.166, de 1980.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62, inciso tercero, N° 4°, de la Constitución Política, tal idea es de la exclusiva iniciativa presidencial. El proyecto lo concreta por medio de doce artículos.
En efecto, los artículos 1° y 2° conceden a los profesionales de la educación del sector municipalizado un incentivo económico, denominado "unidad de mejoramiento profesional", cuyo monto máximo será de 12.585 pesos mensuales y será entregado a los educadores que tengan una jornada semanal de 30 o más horas cronológicas, sea para uno o más empleadores.
El artículo 3° otorga una suma mensual fija suplementaria al mismo personal señalado en el párrafo anterior, siempre que al 30 de octubre de 1993 tenga los años de servicios que se indican, en una escala que va desde 12 a 30 o más años. El monto fijo mensual complementario fluctúa, según los años de servicio, entre 441 y 6.015 pesos mensuales.
El artículo 4° dispone que los profesionales de la educación que tengan una jornada semanal inferior a 30 horas cronológicas, recibirán una cantidad proporcional de los montos establecidos por la unidad de mejoramiento profesional y la cantidad complementaria de que tratan los artículos anteriores, a razón de un treintaavo de los montos determinados por cada hora de contrato.
Los artículos 5° y 6° prescriben que las prestaciones descritas no afectarán el monto de la remuneración básica mínima nacional establecida en el artículo 35 de la ley N° 19.070 ni serán imputables a las remuneraciones adicionales a que se refiere el artículo 3° transitorio de esta ley.
El artículo 7° concede a los profesionales de la educación del sector particular subvencionado, a partir del 1° de diciembre de 1993, una bonificación mensual equivalente a 419,50 pesos, por cada hora semanal pactada en sus contratos, con un máximo de 12.585 pesos.
Respecto de los referidos profesionales, cuyas remuneraciones se encuentran establecidas en un contrato colectivo o en un fallo arbitral, la bonificación les corresponderá percibirla a partir de la misma fecha, pero sólo hasta el vencimiento del contrato colectivo o folio arbitral.
El inciso final dispone que esta bonificación no será considerada para determinar otras remuneraciones o asignaciones que se hayan convenido o calculen sobre la base del valor de la hora semanal.
El artículo 8° establece que, con posterioridad al 1° de enero de 1994, las cantidades resultantes de la aplicación de las bonificaciones y sumas complementarias señaladas en los artículos 2°, 3° y 7° se reajustarán en el mismo porcentaje y oportunidad en que se otorguen reajustes generales de remuneraciones a los trabajadores del sector público.
El artículo 9° señala que para los efectos de las bonificaciones y cantidades complementarias descritas anteriormente, respecto de los profesionales de la educación que tengan pactadas dos o más jornadas para uno o varios empleadores, tanto del sector municipal como del particular subvencionado, se considerará solamente el número de horas semanales de cada contrato, sin que el total de los beneficios pueda exceder de 12.585 pesos mensuales, deduciéndose proporcionalmente el exceso.
El artículo 10 dispone que para los efectos de la aplicación del proyecto se pagará, hasta febrero de 19%, una subvención adicional a todos los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N° 5 del Ministerio de Educación, de 1993. El valor unitario mensual por alumno, por cada nivel y modalidad de enseñanza, se fijará en unidades de subvención educacional, mediante decreto conjunto de los Ministerios de Educación y de Hacienda, efectuándose su pago conforme a las disposiciones pertinentes en dicho cuerpo legal
El artículo 11 establece que, a partir del 1 de marzo de 19%, los montos que se determinen conforme al artículo anterior, incrementarán, en la proporción que corresponda, los valores de la unidad de subvención educacional señalados en el artículo 9a del decreto con fuerza de ley N° 5, del Ministerio de Educación, de 1993, debiendo fijarse los nuevos valores de esta unidad mediante decreto conjunto de los Ministerios de Educación y de Hacienda.
El artículo 12 imputa al presupuesto del Ministerio de Educación el mayor gasto fiscal que resulta de la aplicación de esta normativa para el año 1993 y siguientes.
Ya se ha dicho que la idea central del proyecto, se orienta a establecer un mejoramiento económico para el magisterio, enmarcándose en los acuerdos alcanzados en septiembre último con el colegio de profesores. Para dar cumplimiento a este objetivo, consagra un incentivo, la unidad de mejoramiento profesional, que consiste en un incremento diferenciado concebido en función de los años de experiencia docente. El mejoramiento fluctúa entre los 12.585 pesos mensuales paras las remuneraciones con menos de 5 bienios y los 18.600 pesos para aquéllas con más de 15 bienios.
Hago presente que tal mejoramiento, unido al aumento del 15 por ciento acordado recientemente para el sector público, significará dar satisfacción a una sentida aspiración del gremio educacional. Como efecto de ello, ningún docente quedará con una renta inferior a los 100 mil pesos mensuales.
Lo expuesto constituirá un avance sustantivo en el camino de la dignificación gremial, por cuanto, de acuerdo con las proyecciones efectuadas por el Ministerio, el sueldo promedio para 1994 estará por sobre los 150.000 y él bruto fluctuaría entre los 170.000 ó 180.000 pesos. Para los docentes directivos, el mejoramiento significa, en este período, un aumento real ascendente al 40 por ciento, lo que constituye verdaderamente un hecho elocuente alcanzado en este periodo presidencial, que habla con claridad lo que ha sido una de las principales prioridades del actual Gobierno.
La Comisión estuvo plenamente de acuerdo con esta iniciativa, aprobándola por unanimidad. Igual predicamento adoptó ante cada una de sus disposiciones, las que luego de un debate aclaratorio e informativo, artículo por artículo, fueron aprobadas por la totalidad de sus miembros.
Por lo tanto, esperamos la aprobación de la unanimidad de la Sala, de este importante proyecto, que significa dar un mejoramiento sustantivo y un reconocimiento a los profesores de Chile.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
En reemplazo del Diputado señor Estévez, informará por la Comisión de Hacienda el Diputado señor Ortiz, quien tiene la palabra.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, solicito recabar el asentimiento de la Cámara para que ingrese a la Sala el señor Subsecretario de Educación.
El señor SOTOMAYOR.-
¡No!
El señor MOLINA (Presidente).-
El señor Ministro de Educación ha hecho presente que, por un impedimento insalvable, no ha podido estar presente en esta sesión y, por lo tanto, ofrece sus excusas.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, una vez más solicito recabar el asentir miento de la Cámara para que ingrese a la Sala el Subsecretario de Educación.
El señor MOLINA (Presidente).-
No hay acuerdo.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, el 16 del presente a las 1330 ingresó a la Cámara un proyecto con urgencia calificada de "suma" para lograr que 123.370 docentes obtengan los beneficios que, con motivo del paro de septiembre del presente año, significó el acuerdo entre el Gobierno y el Colegio de Profesores.
Este mensaje del Ejecutivo tiene el propósito de mejorar las remuneraciones de los profesionales de la educación, tanto de los que trabajan en el sector municipalizado como de quienes lo hacen en el particular subvencionado y de los regidos por el decreto ley N° 3.166, de 1980, que son los docentes de la educación técnico-profesional de 76 establecimientos del país entregados a corporaciones privadas, sin fines de lucro, de origen empresarial.
Recalco que este proyecto de ley, tal como lo consigna el mensaje del Ejecutivo, beneficia a profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070, vale decir, el Estatuto Docente, y a los profesores de la educación técnico-profesional que provienen de estas corporaciones privadas de origen empresarial
Su Excelencia el Presidente de la República propuso en el mensaje que contenía la Ley de Presupuestos de 1994, aprobado por el Congreso, la creación de un Fondo de Excelencia Docente, con cuyo cargo se efectuarán las adecuaciones propuestas por esta normativa y que beneficiarán a la totalidad de los profesionales de la educación antes mencionados.
Esto significa que comienza a regir la denominada "unidad de mejoramiento profesional", que consiste en un mejoramiento mensual por profesor, a contar del 1° de diciembre de este año, ascendente a 12.585 pesos. Esto es para 123.370 docentes, que es la totalidad de los profesores que laboran en el país. A esto se agrega la aplicación del "monto mensual fijo complementario", que es en función de los años de servicios, y con la siguiente escala: 12 y 13 años de servicios, 441 pesos; 14 y 15 años; 1.060; 16 y 17 años, 1.679; 18 y 19 años 2.299; 20 y 21 años, 2.918; 22 y 23 años, 3.537; 24 y 25 años, 4.157; 26 y 27 años, 4.776; 28 y 29 años, 5.396; 30 años o más, 6.015 pesos.
El Subsecretario de Educación, el jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación, más dos asesoras, plantearon, respecto del monto mensual fijo complementario, que el gremio era de opinión que se diera en razón de años de servicios y no fijo para todos los profesores.
Este monto sólo lo están percibiendo los profesores que dependen de las 334 municipalidades del país, dentro de las cuales también hay 57 corporaciones afectas a él. El sector particular subvencionado no se incluye en este monto, porque cualquier pago adicional a la remuneración básica mínima nacional se rige por la negociación colectiva.
El costo total del incremento de remuneración mínima docente, correspondiente a este mejoramiento salarial acordado con los profesores, asciende a 21.700 millones de pesos. Para diciembre de este año el costo es de 1.669,2 millones, y para 1994, de 20.030,8 millones de pesos.
Los 12 artículos del proyecto fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados que integramos la Comisión de Hacienda. Como el tema de los profesores nos preocupa a todos, más todavía cuando estamos a 18 días de las elecciones, el informe de la Comisión de Hacienda contiene un anexo en el cual está claramente especificado lo que significa en pesos el costo del incremento de la remuneración mínima docente.
Comencé diciendo que el proyecto, calificado con urgencia de "suma", había ingresado a la Cámara el martes a las 13.30, y el miércoles en la tarde un grupo de parlamentarios hicimos posible su aprobación en las Comisiones de Educación y de Hacienda.
Por eso, solicito que en la Sala lo aprobemos sin discusión para que pase al Senado, se convierta en ley de la República cuanto antes y rija a contar del 1° de diciembre del presente año.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
En discusión general y particular del proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, el Diputado señor Velasco me solicita una interrupción. Con su venia, se la concedo.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, solicito recabar nuevamente el asentimiento para que ingrese a la Sala el señor Subsecretario de Educación, porque el Ejecutivo ha presentado indicaciones que él podría explicar con mayor detención y claridad.
Le ruego al Diputado señor Andrés Sotomayor dar el asentimiento.
El señor MOLINA (Presidente).-
Ya se había pedido el asentimiento y fue denegado, señor Diputado.
Puede continuar el Diputado señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, por su intermedio quiero formular una consulta al Diputado señor José Miguel Ortiz. Si entendí bien, de su informe se desprende que los profesores de las corporaciones privadas de carácter empresarial estarían incluidos en este beneficio. Deseo que me indique dónde figura dicha norma.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, según lo dispuesto en el proyecto, los docentes de los 76 establecimientos técnico-profesionales, administrados desde 1980 por corporaciones privadas sin fines de lucro -entre comillas-, de origen empresarial, tienen derecho a recibir los 12.585 pesos mensuales, a contar del 1° de diciembre de este año.
Lamentablemente, un número importante de administradores de esos colegios han planteado que no tienen la obligación de dar cumplimiento a la ley N° 19.070, Estatuto Docente. En el proyecto queda claramente estipulado que están afectos al pago de los 12.585 pesos, pero no lo están al monto mensual complementario, como tampoco los colegios particulares subvencionados.
Esto se da por entendido en el artículo 10, que establece: Para los efectos de la aplicación de esta ley, y hasta el mes de febrero de 1996, se pagará una subvención adicional a todos los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N° 5, del Ministerio de Educación, de 1993. El valor unitario mensual por alumno, por cada nivel y modalidad de enseñanza, se fijará en unidades de subvención educacional (USE) mediante un decreto conjunto de los Ministerios de Educación y de Hacienda."
En la Comisión interpretamos que los establecimientos técnico profesionales están afectos a los 12.585 pesos, porque se fija un sistema de subvención adicional al cual también tendrán derecho los 76 establecimientos que imparten este tipo de enseñanza. Por eso se les fija la obligatoriedad.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, por su intermedio solicito al Diputado señor Sotomayor que dé el acuerdo para que ingrese a la Sala el Subsecretario de Educación -lamentamos que no esté presente el Ministro- pues considero de gran importancia para estos establecimientos la duda que he planteado y la explicación del señor Ortiz es una interpretación del artículo 10. En verdad, en el proyecto no se señala con claridad que los profesores de los establecimientos de corporaciones privadas, van a recibir los mismos beneficios que los profesores municipales.
Si ése era el espíritu del Gobierno, debería haber quedado mejor recogido en el texto, se presta a interpretaciones, temo que, como ha ocurrido en otras ocasiones, la Contraloría o algún otro organismo interpreten las cosas de manera distinta.
Señor Presidente, por su intermedio le concedo una interrupción al Diputado señor Ringeling.
Tiene la palabra el Diputado señor Ringeling.
El señor RINGELING.-
Señor Presidente, la duda del Diputado señor Viera-Gallo también se planteó en la Comisión de Hacienda, porque los beneficios que establece este proyecto son, fundamentalmente, dos. Uno dispone el aumento de la remuneración base de todos los profesores del sistema educacional. Está claro que incluye a los profesores del sector municipal, del particular subvencionado y de establecimientos que reciben una subvención diferente. Eso se desprende del artículo 7°, pero la duda surgió con respecto a la asignación de antigüedad. Desde nuestro punto de vista, el artículo 10 no permite dar a los profesores de los colegios particulares subvencionados, aumento de remuneraciones por bienios o antigüedad.
Los representantes del Ministerio de Educación quedaron de estudiar la norma para aclararla porque, tal como dice el Diputado señor Viera-Gallo, podría ser objetada por la Contraloría. En tal sentido sería bueno aclarar la situación, ya que el artículo 10 no daría derecho a recibir la asignación extra por antigüedad a los profesores de los establecimientos particulares subvencionados, al decir "para los efectos de la aplicación de esta ley". Y ésta, en su artículo 3°, al referirse al beneficio de antigüedad, sólo considera a los profesores del sector municipal. En consecuencia, estarían excluidos los profesores de los colegios particulares subvencionados.
Creo que esta discusión debe hacerse y el Ejecutivo presentar una indicación para aclarar el punto, con el fin de evitar problemas con la Contraloría General de la República.
Agradezco la interrupción al Diputado señor Viera-Gallo.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado informante, señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Por eso, insisto en que es bueno que esté presente el Subsecretario de Educación en ausencia del señor Ministro.
Recién llegó a mi poder una indicación del Ejecutivo, para agregar al artículo 10 los siguientes incisos: "Facúltase al Ministerio de Educación para que modifique los convenios suscritos con las corporaciones y fundaciones, en virtud del decreto ley N° 3.166, de 1980, para administrar establecimientos de educación técnico-profesional, con el fin de entregar los recursos que permitan dar cumplimiento a la presente ley.
"El Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de entrega de estos recursos a las corporaciones o fundaciones respectivas.".
Con esta indicación, que supongo todos están interesados en aprobar, queda claramente estipulado que los docentes de los 76 colegios técnico-profesionales, administrados por corporaciones de origen empresarial, están afectos a recibir, a contar del 1 de diciembre de este año, los 12.585 pesos mensuales.
Además, han ingresado a la Comisión otras indicaciones, de las cuales sería conveniente que tengan copia los Diputados que nos interesamos en el tema.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, con la indicación leída por el señor Ortiz se aclara en parte el problema, atraque todavía me subsisten algunas dudas.
Los artículos 1° y 2° del proyecto establecen una unidad de mejoramiento profesional de 12.585 pesos mensuales para el personal docente que acredite cumplir con determinado número de horas. Deseo saber, en primer lugar, si esa unidad beneficia también a los profesores de las corporaciones privadas; o bien, si se sube el valor unitario mensual de la unidad de subvención educacional de dichos establecimientos, equiparándola a la unidad de mejoramiento profesional, que no es la que se les entregaría en virtud de los preceptos ya mencionados. En segundo lugar, entiendo, por lo dicho por el Diputado señor Ringeling, que el artículo 3° no sería aplicable a este tipo de establecimientos.
Pido que se aclare qué recibirían los profesores de corporaciones privadas: si las mismas sumas que los de la educación municipal, aunque por vías distintas -unos, por los artículos 1° y 2°, y los otros por el artículo 10-, pues, al parecer, en ningún caso tendrán derecho a la asignación de antigüedad consignada en el artículo 3°; o bien, si todo esto se puede interpretar como que recibirán algo del monto que percibirán los trabajadores municipales.
Digo lo anterior, porque es muy importante que en el sistema educacional se fijen, hasta donde sea posible, criterios igualitarios para todos los trabajadores de la educación, de manera que no se produzca una especie de escalada entre los profesionales de los establecimientos privados y los de estas corporaciones, con lo cual unos siempre quedarían en desmedro respecto de los otros.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Se ha recibido una indicación del Ejecutivo al proyecto en discusión. Sería necesario que pasara a la Comisión de Hacienda para que en el curso del día la estudiara y nos permitiera discutir en general y en particular el proyecto.
En consecuencia, pido el acuerdo de la Sala para que la indicación del Ejecutivo pase a la Comisión de Hacienda.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, ¿a qué hora se reunirá la Comisión de Hacienda?
El señor MOLINA (Presidente).-
Estaría autorizada para sesionar simultáneamente con la Sala, a fin de que podamos votar, si es posible.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Antes de que termine la sesión de la mañana.
El señor MOLINA (Presidente).-
Antes de que termine la sesión de la mañana, para que votemos a las 13 horas, como está acordado.
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, como Diputado informante accidental, creo que La indicación que tendrá que ver la Comisión de Hacienda deja claramente estipulado que los colegas de colegios técnico-profesionales tienen derecho sólo a 12.585 pesos mensuales, no afectos al monto mensual complementario. Planteo esta situación para que los señores Diputados la consideren.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Creo que no deberíamos abrir discusión, porque ya está acordado por la Sala que la indicación pase a la Comisión de Hacienda.
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, por su intermedio, quiero pedir de los Diputados informantes de ambas Comisiones, un pronunciamiento en relación con la incorporación de profesores de los departamentos de educación municipal, porque hasta aquí han quedado fuera de los mejoramientos.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
La Comisión de Hacienda tomará en consideración su planteamiento.
Queda autorizada para sesionar simultáneamente con la Sala, para que emita su informe antes de las 13 horas.
El señor MASFERRER.-
Pido la palabra.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente, el Diputado señor Ulloa ha hecho una consulta, y hay interés por saber si los maestros que trabajan en las corporaciones o en los departamentos de educación están incluidos en estos reajustes. A lo mejor, el Diputado señor Estévez, titular de la Comisión, nos puede aclarar la situación que nos preocupa.
El señor MOLINA (Presidente).-
Señor Diputado, precisamente es uno de los temas que discutirá la Comisión de Hacienda; así se ha planteado por varios señores Diputados.
En todo caso, cuando vuelva el proyecto, seguramente esta materia será tratada en la Sala.
Queda pendiente la votación.
APLICACION DE LA LEY N° 16.744, SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO.
El señor MOLINA (Presidente).-
A continuación, corresponde discutir el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que dispone la aplicación de la ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, a los trabajadores del sector público.
Diputados informantes de las Comisiones de Trabajo y de Hacienda son los señores Gajardo y Rodríguez del Río, respectivamente.
Antecedentes:
- Mensaje del Ejecutivo (boletín N° 998-13), sesión l1, en 21 de mayo de 1993 (Documentos de la Cuenta N° 1).
- Informe de las Comisiones del Trabajo y de Hacienda, sesión 11°, en 2 de noviembre de 1993 (Documentos de la Cuenta, N°s. 46 y 47).
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Gajardo, Diputado informante de la Comisión de Trabajo.
El señor GAJARDO .-
Señor Presidente, el propósito central del proyecto del Ejecutivo es hacer extensiva la aplicabilidad de las disposiciones de la ley N° 17.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, a un sector de trabajadores de la Administración Civil del Estado, tanto centralizada como descentralizada, a los funcionarios de las instituciones de educación superior del Estado, a los funcionarios municipales, incluido el personal docente traspasado en 1980 a la administración municipal, a los funcionarios del Ministerio del Interior que hubiesen optado por mantener su afiliación al régimen provisional antiguo de los empleados públicos, a los funcionarios de la Contraloría General de la República, a los funcionarios del Poder Judicial y a los funcionarios del Congreso Nacional, incluidos los parlamentarios. Quedan excluidos de estas normas el personal que tiene estatutos propios, como el de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones de Chile.
La Ley de Accidentes del Trabajo, cuyos efectos se extenderán a los funcionarios públicos a los cuales me he referido, establece el seguro obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Las contingencias cubiertas en virtud de esta normativa son, desde luego, los accidentes del trabajo, entendiendo por tal toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. También la ley considera accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo. Incluye, dentro de la categoría de sujetos comprendidos por la protección legal, a los dirigentes de instituciones sindicales, quienes a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales, hubiesen sido víctimas de un accidente del trabajo.
En el caso de la enfermedad profesional, la ley nos señala que es tal la causada de una manera directa por el ejercido de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Corresponde al reglamento enumerar las enfermedades que deberán tenerse como profesionales, listado que deberá revisarse, por lo menos, cada tres años.
El financia miento se contempla sobre la base de cotizaciones que tienen que enterar los empleadores, compuestas por una básica general de 0,9 por ciento de las remuneraciones imponibles y por una adicional diferenciada en función de la actividad o riesgo de la empresa o entidad empleadora, la que será determinada por el Presidente de la República y no podrá exceder de un 3,4 por ciento de las remuneraciones imponibles, que también será de cargo del empleador.
La administración del seguro de accidentes del trabajo corresponde al Instituto de Normalización Provisional, al Servido Nacional de Salud, a las cajas de previsión y a las mutualidades de empleadores que esta ley de accidentes del trabajo autoriza crear.
Se contempla, además, la posibilidad de la administración delegada del seguro por parte de las instituciones empleadoras que cumplan con los requisitos que establece la ley.
Las prestaciones que se otorgan en virtud de este proyecto de ley sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo, en lo sustancial, consisten en prestaciones de tipo médico. Desde luego, está protegida la atención hospitalaria para atender la situación del trabajador que ha sido víctima de un accidente del trabajo; pero además se contempla una serie de otras atenciones destinadas a la rehabilitación del trabajador accidentado. Así, como el artículo 29 de la ley señala que el conjunto de prestaciones médicas comprende la atención médica propiamente tal, quirúrgica y dental en los establecimientos externos o a domicilio, la hospitalización si fuera necesaria, medicamentos y productos farmacéuticos, prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física y reeducación profesional, además de los gastos de traslado y cualquier otro que fuera necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
Aparte de las atenciones señaladas, el trabajador accidentado tiene derecho a las prestaciones pecuniarias, las que están constituidas, fundamentalmente, por subsidios durante el tiempo que dure su incapacidad y por indemnizaciones o pensiones, las que se determinan según el grado de incapacidad que experimente el afectado.
En virtud del proyecto que nos ocupa, se hace extensiva esta iniciativa a los funcionarios de la Administración Civil del Estado, con algunas particularidades. Entre ellas, vale la pena señalar una de las de mayor significación, que dice relación con la incorporación a las mutualidades. Por aplicación de la ley de accidentes del trabajo, sabemos que se han creado mutualidades de empleadores que no tienen fines de lucro, con el objeto de administrar las disposiciones sobre la materia y otorgar las prestaciones correspondientes.
En el caso de la extensión a los funcionarios de la Administración del Estado, se señala que la incorporación de los trabajadores de un servicio determinado a algunas de las mutuales existentes en el momento en que se formule la opción, deberá hacerse previa consulta a las asociaciones de funcionarios respectivas por parte de la entidad empleadora.
En seguida, se contempla una modificación que dice relación con la responsabilidad de los servicios del Estado para que incorporen a su personal al sistema de mutuales. En la Ley de Accidentes del Trabajo las mutualidades responden solidariamente de las obligaciones que contraigan con respecto al personal afiliado a ellas. Quienes responden solidariamente son las entidades empleadoras constitutivas de la mutual Sin embargo, en el proyecto, esa solidaridad no se hace extensiva a los servicios del Estado para que incorporen a sus funcionarios a las mutuales. Sin perjuicio de ello, se señala de manera expresa -en favor de la situación de los trabajadores involucrados- que los servicios del Estado sí son solidariamente responsables de los beneficios contemplados en la ley en relación con sus propios trabajadores y, en consecuencia, van a responder de manera subsidiaria del otorgamiento de las prestaciones establecidas en la ley N° 16.744, pero circunscrita exclusivamente a los funcionarios de su dependencia.
Una tercera modificación a las normas generales de la ley con el objeto de aplicarla a los funcionarios de la Administración civil del Estado dice relación con la remuneración. En el artículo 3° del proyecto se establece que durante el período de incapacidad temporal derivada de accidente del trabajo o de enfermedad profesional, el trabajador accidentado o enfermo continuará gozando del total de sus remuneraciones. Este es un beneficio que, en general, no está establecido en la Ley de Accidentes del Trabajo, de manera que la normativa constituye un mejoramiento para los funcionarios de la administración civil del Estado.
En el artículo 3° se dispone que el organismo administrador de la Ley N° 16.744 deberá reembolsar a la entidad empleadora una suma equivalente al subsidio que le habría correspondido, conforme a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del citado cuerpo legal
En cuarto lugar, y también en resguardo de los funcionarios, a fin de que no pierdan los beneficios que sus propios estatutos les otorgan, el artículo 4° establece que en el evento de que un trabajador sufriere un accidente del trabajo o contrajera una enfermedad profesional "que lo incapacitare en un porcentaje igual o superior a un 70% o que le causare la muerte, la pensión mensual que le correspondiere conforme a la ley N° 16.744 no podrá ser de un monto inferior a la que le hubiere correspondido percibir en las mismas circunstancias de haberse aplicado las normas por las que se regía en esta materia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley." Esto tiene el claro propósito de establecer un beneficio en favor de los trabajadores y, en el evento de que surgiera alguna contradicción con los que actualmente tienen según sus respectivos estatutos, que puedan optar por la situación más favorable para ellos.
El artículo 5° señala que deberá dictarse un reglamento para que entren en funcionamiento los comités paritarios de higiene y seguridad y los departamentos de prevención de riesgos profesionales.
En virtud del artículo 66 de la ley antes mencionada, en toda industria o faena en que trabajen más de 25 personas deberán funcionar uno o más comités paritarios de higiene y seguridad social que deberán realizar una serie de acciones tendientes a prevenir los accidentes del trabajo, vigilar el cumplimiento de la legislación, asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección, etcétera.
En el caso de industrias, establecimientos comerciales o empresas mineras que ocupen a más de den trabajadores, será obligatoria la existencia de un departamento de prevención de riesgos profesionales dirigido por un experto en prevención, el cual, por derecho propio, formará parte de los comités paritarios.
Estas disposiciones entrarán en vigencia cuando el Presidente de la República dicte el reglamento. Ello quedará sujeto a qué en los servidos del Estado se creen las plazas y los cargos para servir las funciones propias de los comités y de los departamentos de prevención.
Entre el personal al que favorecen las normas de este proyecto se encuentran los funcionarios del Senado y de la Cámara de Diputados. En este caso, le corresponderá a la rama respectiva del Congreso Nacional determinar la incorporación de sus funcionarios a las mutuales; al mismo tiempo, será de caigo de cada una de ellas el financiamiento de las cotizaciones respectivas.
El proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión por considerar que representa un aporte importante a nuestra legislación provisional y constituye una mejoría de real significación para la situación de los trabajadores de la Administración del Estado.
Por estas razones, la Comisión de Trabajo de la Honorable Cámara de Diputados recomienda a la Sala la aprobación del proyecto en la forma contenida en el informe que los señores Diputados tienen a su disposición.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
En reemplazo del Diputado señor Alfonso Rodríguez, el informe de la Comisión de
Hacienda será rendido por el Diputado señor Ringeling.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RINGELING.-
Señor Presidente, hace un instante el Diputado señor Alfonso Rodríguez me pidió que informara este proyecto analizado por la Comisión de Hacienda.
Como el informe de la Comisión de origen fue suficientemente amplio, sólo agregaré que el proyecto incorpora a los beneficios de la ley N° 16.744 a aproximadamente 185 mil funcionarios de los distintos servidos del Estado, municipalidades, Contraloría General de la República, Poder Judicial y Congreso Nacional. Su costo fiscal alcanza a 2.869 millones de pesos, en moneda de 1993; no obstante, la mantención de los beneficios a los trabajadores del sector público no implica mayor gasto fiscal.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para permitir el ingreso del Subsecretario de Previsión Social, don Luis Orlandini Se encuentra presente el señor Ministro del Trabajo.
Acordado.
En discusión general el proyecto.
El señor SMOK.-
Pido la palabra.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SMOK.-
Señor Presidente, hoy, en Chile, dos millones y medio de trabajadores están afiliados a una de las tres mutuales de accidentes del trabajo, generadas por la ley N° 16.744, o a empresas de administración delegada.
Es claro el deseo, tanto del Poder Legislativo como del Ejecutivo -muy bien expresado en el proyecto- de que cada vez un mayor número de trabajadores estén cubiertos ante eventuales enfermedades profesionales o accidentes del trabajo, lo cual constituye un avance previsional. En ese sentido, parece razonable y deseable la aprobación de la iniciativa.
No obstante, pedí la palabra para expresar que tengo la sensación de que las mutuales se están constituyendo en un sector espectacularmente privilegiado, por el tratamiento que les da la ley y por la forma, en mi opinión ineficiente, en que administran sus recursos, que han sido cuantiosos en los últimos años.
Parece ser que la disminución de la siniestralidad, el aumento de las rentas de los cotizantes y los altos niveles de cotización, han ido generando excedentes, capacidad de inversión y gastos que no se compadecen con la situación en general precaria y difícil por la que atraviesa el sector salud en estos momentos.
La cotización promedio del trabajador en las mutuales es hoy del 2.02 por ciento; equivale a lo que te cotiza -un 7 por ciento para él y su familia- para la atención integral de todas las enfermedades mediante el Fonasa. Es decir, cotiza el mismo porcentaje para enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, que para todo el resto de la atención de salud. Eso es mucho dinero. Dentro del sistema mutual, el trabajador dispone de 81 dólares per cápita, cantidad que se acerca bastante a lo que dispone si le agrega el apoyo del Estado en los sistemas públicos de salud para la atención de todos los problemas que tenga en esa materia.
Sin embargo, en 1988 se suspendió el aporte que hacían las mutuales al Ministerio de Salud para financiar los programas de salud provisional y ocupacional, el cual no ha sido restituido. No hay un seguimiento claro de la necesidad de inversiones en el sistema de mutualidades; existe competencia desleal entre las clínicas de las mutuales y el sistema privado de atención de salud en las clínicas particulares, y lo más evidente las probables disminuciones de siniestralidad no han sido aparejadas con la disminución de cotizaciones. En consecuencia, una cantidad importante de enfermedades profesionales y de accidentes del trabajo se están atendiendo en base al sistema público de salud, sin recaudar los costos que la atención significa para el sistema mutual. Por lo tanto, desde el momento en que estamos de acuerdo en que los trabajadores del Estado tengan la opción de participar en el sistema mutual de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales del Estado es conveniente llamar la atención sobre el hecho de que se está generando un sistema privilegiado en recursos, con atribuciones en un campo de preocupación restringido, que crea una duplicación de inversiones no acorde con las necesidades de programación del sistema de salud del país. Además, no existe ningún elemento solidario con el cumplimiento de las obligaciones que previamente había, por ejemplo, con los programas de salud ocupacional del Ministerio de Salud. Entonces, hay concentración de recursos y vale la pena ameritar si no sería necesario rebajar la cotización que hoy se hace al sistema mutual, o ampliar el concepto de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales a aquellos que actualmente no están siendo abordados de acuerdo con la ley N° 16.744. En todo caso, nos parece claro que en los sistemas privados de salud ningún sector posee los privilegios y la acumulación de recursos que hoy existe en el sistema mutual.
Llamo la atención sobre este punto desde el momento en que estoy dispuesto a aprobar un proyecto que permite que los trabajadores del Estado también tengan la oportunidad de ser partícipes de este sistema.
He dicho.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CORTAZAR (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, como se ha señalado en las exposiciones de los Diputados informantes y en el debate en la Sala, el propósito del proyecto se limita, básicamente, a incorporar a los trabajadores del sector público al sistema de mutualidades y, en general, a la protección del seguro de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales, por lo que ello significa desde el punto de vista de prestaciones médicas, rehabilitación y aspectos preventivos en materia de seguridad social.
Por lo demás, esta iniciativa fue el fruto de un acuerdo con todas las asociaciones de trabajadores del sector público, incluida la CUT, las cuales en una de las discusiones anuales del proyecto de reajuste de remuneraciones, plantearon como aspiración su incorporación a esta ley. Ciertamente, no se trata de un proyecto que plantee una discusión amplia respecto del funcionamiento general del sistema de mutualidades o de sus diferentes aspectos.
En la práctica, ese debate no ha sido motivado todavía por ninguna iniciativa del Ejecutivo. Reitero que el propósito del proyecto es mejorar en un sistema ya vigente a un grupo de trabajadores que se encuentran en una situación de protección inferior.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Gracias, señor Ministro.
Queda pendiente la votación.
MODIFICACION DE LA BASE DE CÁLCULO DE LOS SUBSIDIOS MATERNALES. Primer trámite constitucional
El señor MOLINA (Presidente).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto que modifica la base de cálculo de los subsidios maternales.
Diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es la señora Prochelle, y de la de Hacienda, el Diputado señor Arancibia.
Antecedentes:
- Mensaje del Ejecutivo (boletín N° 947-13), sesión 571, en 30 de marzo de 1993 (Documentos de la Cuenta, N° 1).
- Informe de las Comisiones de Trabajo y de Hacienda, sesión 11a, en 2 de noviembre de 1993 (Documentos de la Cuenta, N°s. 48 y 49).
El señor MOLINA (Presidente).-
En reemplazo de la Diputada informante señora Prochelle, entregará el informe el Diputado señor Sotomayor.
El señor SOTOMAYOR.-
Señor Presidente, la mujer embarazada goza del derecho a un descanso maternal pre y posnatal, durante el cual percibe un subsidio que compensa la remuneración que deja de recibir en este lapso.
En la actualidad, dicho subsidio se calcula sobre la base del promedio de las remuneraciones netas, de los subsidios o de ambos, que haya recibido durante los seis meses inmediatamente precedentes al quinto mes calendario anterior al inicio de la licencia médica, sin considerar reajustes de ninguna especie. Ello significa en la práctica que la trabajadora que hace uso de su licencia maternal percibe, de acuerdo con la legislación vigente, una remuneración inferior a la que gozaba al inicio del descanso prenatal
Este proyecto corrige esa distorsión, al establecer el principio de que los subsidios por incapacidad laboral que se otorgan a las trabajadoras por su descanso pre o post natal y también debido a la iniciación del proceso de adopción plena de un menor de seis meses, se rijan por las normas generales del subsidio por incapacidad laboral por causa de enfermedad contenidas en el decreto con fuerza de ley N° 44, de 1978. Ello se traduce en que la base de cálculo del subsidio maternal considerará, al igual que los subsidios por enfermedad, la remuneración percibida por la trabajadora durante los tres meses anteriores al de la licencia, si se trata de trabajadoras dependientes, o de los últimos seis meses en el caso de trabajadoras independientes.
Asimismo, y con el objeto de compatibilizar el régimen de beneficios del aludido cuerpo legal con la contingencia que se trata de cubrir, se propone una serie de medidas destinadas a evitar las alzas artificiales de remuneraciones en los meses anteriores al inicio de un reposo prenatal, ya que, a diferencia de una enfermedad común, en el embarazo se tiene conocimiento previo de la fecha en que se usará la licencia. Dicha elevación artificial alteraría la fe pública y perjudicaría a la masa de los beneficiarios, puesto que su pago es con cargo al fondo único de prestaciones familiares y subsidios de cesantía, financiado con cargo fiscal.
Con el objeto de salvaguardar el legítimo interés de la mayoría de las beneficiarías que proceden de buena fe, el proyecto establece que, en el caso de las trabajadoras dependientes, el subsidio maternal no excederá el monto promedio de las remuneraciones que registren en los tres meses anteriores al séptimo mes calendario que precede al inicio de la licencia, aumentado en el dentó por ciento de la variación del índice de precios al consumidor, más un 10 por ciento adicional. Una norma de carácter similar se establece para las trabajadoras independientes. Con ello, se devuelve a la gran mayoría de las trabajadoras el acceso a un subsidio maternal adecuado a las normas generales que rigen el subsidio por incapacidad laboral, proponiéndose también una norma para precisar la forma en que debe operar la garantía del derecho a un monto mínimo por concepto del subsidio.
Finalmente, se introducen algunos cambios necesarios para regular el subsidio por incapacidad laboral, incluido el maternal, en el caso de las trabajadoras independientes, cuyo objeto no es otro que el de perfeccionar la operación del sistema, y, en su caso, compatibilizar el régimen de rentas declaradas por el trabajador independiente en el sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500 con el régimen de computación de tales rentas, para los efectos de determinar el monto de los beneficios propios del sistema de seguro social del subsidio de incapacidad laboral.
Todos los conceptos resumidos en este informe los contiene un proyecto de cuatro artículos permanentes y uno transitorio, aprobados por la unanimidad de la Comisión, sin haberse presentado indicaciones que sea necesario mencionar en esta oportunidad.
Me parece que la Cámara ha quedado suficientemente informada sobre el proyecto y, en atención a que fue aprobado por unanimidad en la Comisión, creo que la Sala podría seguir igual procedimiento.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Arancibia.
El señor ARANCIBIA .-
Señor Presidente, la exposición del Diputado informante de la Comisión de Trabajo contiene los elementos más sustantivos de esta iniciativa, por lo que sólo habría que subrayar algunas cuestiones específicas que dicen relación con aquellos aspectos que llamaron la atención de la Comisión de Hacienda.
En primer lugar, la Comisión conoció el proyecto en su totalidad, por indicación de la Comisión técnica.
En segundo lugar, aprobó en forma unánime todo su articulado permanente.
Respecto del artículo transitorio a que aludió el Diputado señor Sotomayor, fue rechazado por la Comisión de Hacienda. El Ejecutivo agregó uno sustitutivo del anterior, para establecer que el mayor gasto fiscal que irrogue durante 1993 la aplicación de esta ley se financiará mediante la transferencia del ítem allí especificado de la partida del Tesoro Público del presupuesto vigente.
En cuanto al informe financiero, hay que mencionar que el proyecto significa un mayor costo del subsidio estimado en 1.555 millones de pesos, considerando las remuneraciones de los tres meses anteriores al mes de licencia de las trabajadoras dependientes y la de los seis meses anteriores, en el caso de las trabajadoras independientes.
Por último, cabe subrayar que el proyecto establece medidas para evitar la cotización artificial, como ya se expresó, sobre lo cual no corresponde entrar en mayores detalles.
Por las razones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda también propone aprobar el proyecto.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Diputado señor Smok.
El señor SMOK.-
Señor Presidente, todos estamos contestes en que el subsidio maternal es una obligación y una necesidad. No sólo por el valor ético o filosófico de proteger la maternidad, sino también porque es la manera de garantizar la plena integración de la mujer, en igualdad de condiciones, al mundo laboral y al desarrollo de sus derechos.
Después del deterioro brutal que se produjo en esta materia cuando el señor Büchi ocupó la cartera de Hacienda, el actual Gobierno ha mostrado una clara intención de fortalecer y prestigiar el rol de la maternidad y la protección de los derechos de las embarazadas para el pleno ejercicio de la integración de la mujer.
Sin embargo, he pedido la palabra para señalar que hay un debate pendiente sobre la concentración de este subsidio en un grupo pequeño de mujeres embarazadas que perciben ingresos más altos. Un estudio de Mideplan señala que el 65 por ciento de los recursos del fondo único de prestaciones familiares beneficia a este grupo, que asciende sólo al 20 por ciento del total de las embarazadas; es decir, un grupo pequeño de mujeres está recibiendo la mayor parte del subsidio otorgado por el Estado.
Además, el Estado no debiera preocuparse sólo del financiamiento de este subsidio orientado a la mujer gestadora y reproductora, sino de otros programas de salud de la mujer, relativos a problemas específicos de salud.
Evidentemente, es necesario discutir una mejor asignación de recursos del Estado respecto de la maternidad. Cuando se crearon las isapres en 1981, el subsidio maternal era cubierto por éstas. Filosóficamente, esto no llamó la atención, así como el que sea de costo de las isapres el resto de los subsidios. Sin embargo, estas entidades empezaron a discriminar a las mujeres, lo que llevó a que, en 1985, el Estado asumiera el pago de los subsidios maternales ante las isapres. Esto representa un traspaso de recursos del Estado a las mujeres beneficiarías de isapres -dicho en esa forma para ser purista y no decir exactamente a las isapres, aunque el cheque se hace a nombre de ellas- de más de 25 millones de dólares al año, y, como dije, significa una concentración de los recursos de este subsidio en mujeres de altos ingresos.
Cuando dichas entidades están generando las más altas utilidades de las empresas legalmente establecidas en el país, sin ser capaces de manejar adecuadamente sus costos de administración, vale la pena preguntarse si, dentro de la posibilidad de retribuir más atinadamente los recursos destinados a salud, debiera establecerse un techo al subsidio maternal de las mujeres beneficiarías de isapres, para que una parte sea absorbida por ellas mismas, y permitir que los recursos liberados beneficien a sectores empobrecidos en salud o a los grupos de la tercera edad. Un país que no ha estado discutiendo los estímulos que se generaron para el desarrollo de las isapres en su fase inicial, y que hoy ya no parecen necesarios cuando tienen afiliados más del 25 por ciento de la población y, por cierto, está bajo su férula la de mayores ingresos, creo que no está considerando la variación de las cosas y la conveniencia de que, en democracia, privilegiemos a los más pobres y no a los de mayores medios. En consecuencia, estando de acuerdo con que se modifiquen las bases de cálculo de los subsidios maternales, el país debe tener presente que los recursos de este beneficio se están concentrando peligrosamente en grupos de personas de altos ingresos, en beneficio de las isapres, sin existir un control sobre las altas utilidades y los elevados gastos de administración de tales entidades, toda vez que fueron liberadas de esta obligación hace muchos años, tema que no ha sido rediscutido.
Un cambio en los sistemas de salud y en su estructura de financiamiento deberá tomar en cuenta necesariamente cómo se están gastando los fondos y quién está financiando este subsidio.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Gajardo.
El señor GAJARDO.-
Señor Presidente, estimamos que este proyecto es de enorme importancia. Tiene un campo de aplicación muy específico: alterar el mecanismo de cálculo de los subsidios maternales. En consecuencia, no estamos abocados a un estudio del sistema de subsidios, porque el propósito de la iniciativa es muy preciso: que el cálculo actualmente aplicable a los subsidios maternos se modifique de manera que se efectúe como el de los subsidios por incapacidad laboral. Esta fue la situación original
Sin embargo, y en virtud de lo que en su oportunidad se denominó "la ley Büchi", la N° 18.778, se estableció una fórmula de cálculo especial para los subsidios matemos. Posteriormente esa legislación fue modificada por la ley N° 18.867 que contiene el actual mecanismo aplicable para el cálculo.
Como se explicó esta normativa establece que el monto del subsidio maternal se deberá calcular promediando la remuneración de los seis meses inmediatamente precedentes al quinto mes calendario anterior al inicio de la licencia. En cambio, los subsidios por incapacidad laboral se calculan promediando la remuneración de los tres meses calendarios anteriores al mes en que se inicia la licencia.
Este desfase en el tiempo, esta antelación, con que debe hacerse él cálculo del promedio para determinar el monto del subsidio materno, es evidentemente negativa para los intereses de la mujer trabajadora, porque el hecho de anticipar su fecha y dado que no considera reajuste alguno, da como resultado que la remuneración sobre la cual se paga el subsidio sea inferior a la que habitualmente percibe la trabajadora al iniciar su licencia maternal.
Con este proyecto se repara una situación injusta originada en el régimen pasado y se establecen las debidas salvaguardas para el caso de que el promedio sea incrementado artificialmente a fin de obtener un mejoramiento en el subsidio. Por eso, se coloca un tope.
Para los efectos del cálculo, el promedio de la remuneración de los tres meses anteriores podrá incrementarse, por el reajuste de la variación del IFC más un 10 por ciento. Por consiguiente, hay una forma de evitar que se cometan abusos en la aplicación de estas normas, cual es respetar los legítimos derechos de la gran mayoría de las mujeres, quienes son perjudicadas por las normas vigentes.
Por esa razón, los Diputados de la Democracia Cristiana votaremos favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Cristi.
La señora CRISTI.-
Señor Presidente, apoyo el proyecto en discusión porque efectivamente hace justicia en la forma de cálculo del subsidio maternal, situación importante para la mujer que trabaja y hace un esfuerzo por colaborar y aportar a su hogar y a su familia.
En el gobierno anterior hubo una modificación en esta materia, la que no fue un capricho de la autoridad de ese tiempo sino que obedeció a la crisis de los años 1982 a 1986. Desgraciadamente, ese error demoró bastante en corregirse. De hecho, en abril de 1991 Renovación Nacional entregó al Ejecutivo un proyecto más o menos similar para modificar la situación descrita. Como todos saben los parlamentarios no podemos presentar iniciativas sobre la materia. Lo ideal hubiera sido que el proyecto se tratara en ese tiempo, puesto que ya estamos en 1993 y sólo ahora lo estamos discutiendo.
Ojalá que en un futuro próximo podamos manifestar nuestra preocupación por la mujer en materia laboral, dándole otros beneficios. Las mujeres chilenas necesitan, para trabajar, que alguien se preocupe de sus hijos. En nuestro país hay una carencia enorme de atención a los menores, en lo que a salas cunas y jardines infantiles se refiere, asunto sobre el cual tampoco tenemos iniciativa. Esperamos que en el próximo periodo pueda ser objetivo de las autoridades, a fin de que podamos tratar en profundidad esa materia.
En todo caso, apoyaremos este proyecto y estamos muy contentos de que se haya efectuado una modificación que hace justicia a la mujer respecto del subsidio pre y posnatal
Asimismo, quiero respondo: una observación formulada por el Diputado señor Smok, en el sentido de que las mujeres de mayores ingresos reciben una cantidad más alta por el posnatal
Sinceramente, creo que todas las personas tienen derecho a recibir un salario justo y que, en vez de restar aportes a quienes en justicia reciben más recursos, lo importante es aumentar el subsidio a las mujeres de escasos ingresos. En este país siempre se tiende a mejorar las situaciones con impuestos y quitarle dinero a los que tienen más. Pienso que debemos dar más a quienes tienen menos.
En ese sentido, aprovechando la presencia del señor Ministro del Trabajo, considero relevante examinar el monto de los subsidios familiares que reciben por sus cargas aquellas mujeres que no tienen otros ingresos. Esos subsidios están siendo cancelados en las poblaciones de más escasos recursos. Así como ahora hay preocupación por este tema, es urgente revisar esa situación.
Como dije anteriormente, aprobaremos este proyecto.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Queda pendiente la votación.
INTEGRACION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Segundo trámite constitucional.
El señor MOLINA (Presidente).-
A continuación, corresponde discutir en general, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre plena integración social de las personas con discapacidad.
- Aplausos en las tribunas.
El señor MOLINA (Presidente).-
Advierto a los asistentes en tribunas que no pueden hacer manifestaciones de ninguna especie.
Diputados informantes de las Comisiones de Salud y de Hacienda son los señores Bayo y Palma, don Andrés, respectivamente.
Antecedentes:
- Proyecto del Senado (boletín N° 752-11) (S), sesión 231°, en 3 de agosto de 1993 (Documentos de la Cuenta, N° 7).
- Informe de las Comisiones de Salud y de Hacienda (Documentos de la Cuenta, N°s 15 y 16, de esta sesión).
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, la Comisión de Hacienda estudió aquellos artículos que fueron puestos en su conocimiento por la Comisión de Salud. Por lo tanto, el informe no se refiere a todo el articulado del proyecto, sino exclusivamente a las normas que representan algún impacto en las finanzas públicas o en el manejo administrativo del Estado.
Asistieron a la Comisión sólo los señores Sergio Molina, Ministro de Planificación y Cooperación, y Alfonso Laso, fiscal del Ministerio, con el objeto de discutir el articulado.
Desde el punto de vista de las finanzas públicas, el proyecto implica varios impactos.
En primer lugar, mediante el artículo 52 se crea el Fondo Nacional de la Discapacidad, a fin de disponer recursos para la prevención y rehabilitación de los discapacitados. Para los efectos financieros, se constituye este Fondo con un patrimonio inicial de 600 millones de pesos que aportará el Tesoro Público cuando el proyecto sea aprobado como ley. Ese dinero ya está provisionado en la partida correspondiente del Tesoro Público de 1993. Por lo tanto, si el proyecto se aprobara en lo que resta de este año, o -como es lo más probable- en el transcurso de 1994, ya hay disponibles 600 millones de pesos, suma que será el primer aporte patrimonial para ese Fondo.
Además, en los artículos 54, 55 y 56 del proyecto se señala que dicho Fondo obtendrá en el futuro recursos que provengan de particulares, de otras instancias, del Presupuesto de la nación, de donaciones o de otro tipo, de manera que su patrimonio pueda incrementarse y administrarse con aportes no sólo del sector público.
Por los artículos 57 y 58 se crea un consejo del Fondo Nacional de la Discapacidad, cuyos miembros serán ad honorem, es decir, no percibirán remuneración o emolumento por su participación. Si bien todos los miembros serán designados por el Presidente de la República, la mayor parte de ellos provendrán del sector privado, y un número muy significativo de instituciones y organizaciones de discapacitados del país.
En otro orden de cosas, se establecen exenciones de derechos de aduana para la importación de ayudas técnicas y de otros implementos, no sólo para el tratamiento de los discapacitados, sino también para su desarrollo laboral. En este sentido, los artículos 40, 41, 42, 43, 44 y 45, contienen normas sobre los derechos y deberes, reintegro o exención de los gravámenes aduaneros que se paguen por la importación de ayudas técnicas, respecto de quienes podrán impetrar los beneficios -es decir, que posibilitarán esta importación-, y en cuanto a los requisitos que deberán cumplir las solicitudes de reintegro. O sea, las personas deberán realizar los trámites de importación y, una vez cumplidos los requisitos que se establecen, pedir al Estado que reintegre a cada una de ellas los gravámenes aduaneros que hubieran pagado.
Asimismo, se prohíbe la enajenación y los actos jurídicos que se señalan en relación con las ayudas técnicas importadas, a menos que transcurran cinco o más años desde su importación, que no presten utilidad al destinatario o que se pague el total de los gravámenes reintegrados.
En la Comisión de Hacienda se presentaron algunas indicaciones con el objeto de precisar bien la situación precedente y posibilitar que la enajenación pueda efectuarse respecto de otra persona discapacitada de acuerdo con los requisitos indicados en el presente proyecto, aun cuando no se haya dado cumplimiento al reintegro de gravámenes. De esta manera, las renovaciones de equipos y de ayudas técnicas podrán realizarse con mayor periodicidad que cinco años. La indicación aprobada en la Comisión de Hacienda establece que en caso de que las ayudas técnicas sean enajenadas, se harán respecto de otra persona a la cual le presten utilidad, es decir, de otro discapacitado.
El proyecto también propone aumentar los valores Fob -puesto a bordo y libre de derechos- de la importación de automóviles y de camionetas de trabajo de los 6.500 dólares actuales a 8, en el caso de los automóviles, y de 8 mil a 12 mil dólares en el de las camionetas de trabajo. Adicionalmente, se otorga una exención de gravámenes aduaneros a la importación de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de los discapacitados, cuyo valor Fob no exceda los 15 mil dólares.
Se calcula que los dos beneficios significan un menor ingreso para el Fisco del orden de los 100 mil dólares al año. En cuanto a la exención de los derechos de aduana, los menores ingresos para el Fisco podrían ascender a una cifra del orden de los 600 mil dólares anuales.
Desde el punto de vista financiero, el proyecto considera un gasto por un monto anual de 70 millones de pesos, con el objeto de incrementar la planta de profesionales del Ministerio de Planificación y Cooperación para que el Estado vaya evaluando y realizando los estudios correspondientes respecto de la implementación de este proyecto, que pretende lograr la plena integración social de las personas con discapacidad, y de los proyectos y programas que debe ir desarrollando.
A través del artículo 46 se crea el Registro Nacional de la Discapacidad, cuya implementación corresponderá al Servido de Registro Civil e Identificación. No obstante la carga de trabajo adicional, el Servido no tendrá mayor presupuesto ni tampoco mayor dotación de personal.
El articulado del proyecto fue aprobado por unanimidad, salvo la norma relacionada con la creación de cargos en el Ministerio de Planificación y Cooperación, aprobada por 4 votos a favor y 1 abstención. En el seno de la Comisión de Hacienda hubo una larga discusión sobre los alcances del artículo 2° de la iniciativa, so lidiándose al Ministerio de Planificación y Cooperación un informe en derecho, en términos de que la prevención de la discapacidad y su rehabilitación constituyen una obligación del Estado. Esto por cuanto el informe financiero puesto en conocimiento de la Comisión de Hacienda no incluía el monto de los recursos que podría implicar la obligación del Estado. Es decir se entendió que si alguien solicita rehabilitación o se querella en contra del Estado por no haber dispuesto una medida de prevención, podría representar un compromiso financiero por parte del Estado, cuyos límites no estaban claramente establecidos en la iniciativa.
En la Comisión de Hacienda se presentó una indicación para sustituir el inciso segundo del artículo 2° por otro del siguiente tenor "El Estado dará cumplimiento a la obligación establecida en el inciso anterior, en los términos y condiciones que fije esta ley", por cuanto entendimos, tanto del informe en derecho del Ministerio de Planificación y Cooperación como de la discusión acerca de los alcances del proyecto y del informe de la Comisión de Salud, que la obligación está circunscrita al texto de su articulado y no es amplia o ilimitada. El inciso propuesto por la Comisión de Salud establecía una obligación amplia e ilimitada y responsabilidades para diversos funcionarios públicos. Por eso, preferimos substituir el inciso segundo por el que se ha dado a conocer que acota el alcance de la obligación a los términos de la ley, contenido con mayor detalle en el informe de la Comisión de Salud.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tohá, en reemplazo del Diputado señor Bayo, informante de la Comisión de Salud.
El señor TOHA.-
Señor Presidente, la Comisión de Salud pasa a informar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, originado en mensaje, sobre plena integración social de las personas con discapacidad, con urgencia calificada de "simple".
Ilustraron a la Comisión sobre materias propias de esta iniciativa, el Ministro de Planificación y Cooperación, don Sergio Molina; la jefa de la División Social de ese Ministerio, señora Liliana Mahn; el fiscal de esa cartera, señor Alfonso Laso; la coordinadora del Programa de Discapacitados de la citada División, señora Ruth Pinto, y la asesora jurídica del referido programa, señora Patricia Schaulsohn.
Se hace presente que, por unanimidad, se dejó sin efecto la audiencia pública a que se refiere el inciso segundo del artículo 212 del Reglamento de la Corporación, porque las diferentes instituciones ya habían tenido oportunidad de expresar sus opiniones durante la tramitación del proyecto en el Senado. No obstante lo anterior, la Comisión acordó escuchar a los representantes de diversas instituciones, con el objeto de que entregaran su parecer sobre esta iniciativa. Es así como se recibió la opinión de dirigentes de las diferentes instituciones que trabajan con los discapacitados.
Los integrantes de la Comisión tuvieron a la vista un estudio de la legislación comparada sobre la materia, de la cual no haré mayor mención por encontrarse descrita, en términos generales, en el primer informe del Honorable Senado.
Aspectos generales de la ley.
Al iniciar la Comisión de Salud el estudio de esta iniciativa legal, en segundo trámite constitucional, cabe señalar que la descripción general del tema ha sido expuesta en forma acabada tanto en el mensaje remitido por Su Excelencia el Presidente de la República al Honorable Congreso Nacional como en los informes evacuados por la Comisión correspondiente del Honorable Senado.
No obstante, parece necesario entregar una visión global del problema y de la situación de las personas con discapacidad, entendiendo que en nuestro país la materia y la exploración de algunas soluciones han sido enfrentadas, fundamentalmente, desde un punto de vista asistencial y humanitario.
El enfoque integral de este asunto y la solución desde una perspectiva multisectorial se ha dejado un tanto de lado, no dándose la dimensión social que el fenómeno amerita.
El proyecto apunta y se refiere a sus beneficiarios directos, denominándolos "personas con discapacidad" y estableciendo que son aquellas que tienen una restricción o ausencia de la capacidad para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano y cuya causa es una deficiencia, esto es, una pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica. El término "minusválido" se ha descartado por considerar que conlleva implícita la circunstancia de marginalidad, de aislamiento o de exclusión social.
Informaciones obtenidas de un trabajo elaborado, en 1990 por la Comisión de Diagnóstico y Legislación, del Departamento de Salud Pública del Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chile A.G., señalan, entre otros aspectos, que en Chile, al igual que lo ocurrido en diversos países en vías de desarrollo, no existen estadísticas censales que indiquen con exactitud el número de discapacitados y sólo hay cifras estimativas emanadas de la aplicación de criterios internacionales que indican que un 10 por ciento de la población sería la que presentaría algún tipo de discapacidad, ya sea física, mental o sensorial.
Estas discapacidades repercuten, además, directamente en el grupo familiar y su incidencia podría considerarse en un 25 por ciento del total de la población.
El mismo trabajo, para sus efectos prácticos, diferencia los siguientes grupos de discapacitados:
a) Discapacitados mentales. Dentro de ellos están los retardados mentales, enfermos con parálisis cerebral y autistas. Según se señala, un 3 por ciento de la población tendría algún retardo mental, lo que haría estimar que en Chile existirían alrededor de 360 mil personas con esta discapacidad, unas 37 mil personas con parálisis cerebral y unas 5 mil autistas.
b) Discapacitados sensoriales. Se dividen a su vez en:
Sordera. Se estima que el uno por mil de cada nacido vivo sufre de sordera, lo que en Chile significa que existirían alrededor de 12 mil personas que nacieron sordas. Además, existen unas 360 mil personas con trastornos parciales de este tipo.
Ceguera. Se considera que esta discapacidad tendría una prevalencia de 0,6 por ciento de la población, de lo cual se infiere que en Chile existirían alrededor de 70 mil ciegos.
Discapacitados físicos. Contempla a toda persona con anormalidad músculo-esquelética, estimándose que en nuestro país alcanzaría a un 3,6 por ciento de la población, es decir, unas 400 mil personas se encuentran en dicha situación.
Hay que hacer notar que, no obstante la existencia de normas constitucionales y legales que protegen globalmente a las personas con disca paridad, principalmente desde el punto de vista de la no discriminación, se advierte la ausencia de una normativa general y específica, sistematizada y orgánica que permita hacer frente a todos y cada uno de los problemas que encierra el mundo de las personas con discapacidad.
Ahora bien, para un chileno o chilena portador de algún tipo de discapacidad, atributo que sólo lo hace diferente al resto de sus pares, estos escenarios y espacios ya descritos, de crecimiento y desarrollo personal y social son los mismos, pero no siempre se encuentran a su alcance y muchas veces se da lo contrario, son insuficientes, están vedados o simplemente no existen para ellos.
Los fundamentos e ideas matrices del proyecto son los siguientes:
La iniciativa en informe se fundamenta en los derechos que nuestra Constitución Política reconoce a todas las personas y en las diversas declaraciones sobre derechos de los discapacitados aprobadas por la Organización de las Naciones Unidas.
Nuestra Carta Fundamental, asegura, en forma genérica, a todos los individuos igualdad de derechos, libertad profesional y de contratación, una remuneración justa, el derecho a las acciones de protección, recuperación y rehabilitación de la salud, y el acceso a las prestaciones de la seguridad social, todo dio sin discriminaciones, salvo en lo relativo a la idoneidad y capacidad personal en materia de trabajo.
En efecto, puntualiza en su artículo 1° que "Los hombres nacen libren e iguales en dignidad y derechos.", señalando, además, que "Es deber del Estado... y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional."
Por su parte, el artículo 19, en diversos números establece disposiciones que aseguran a todos los individuos:
El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados, Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.
El derecho a la protección de la salud. El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo.
El derecho a la seguridad social
En este aspecto, la acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de las prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas.
Inspirado en estos fundamentos, el proyecto de ley en trámite consigna como idea matriz o fundamental procurar la plena integración social de las personas con discapacidad, poniendo especial énfasis en la prevención y garantizando el acceso a una adecuada y oportuna rehabilitación, como asimismo a la equiparación de oportunidades.
En lo atinente a la "prevención", se considera que su aplicación es fundamental para reducir la incidencia de la discapacidad.
Respecto de la "rehabilitación", si bien es cierto que en el proyecto este aspecto es tratado desde el punto de vista médico funcional, no es menos cierto que se destaca en forma importante su enfoque integrados Se trata de rehabilitar para integrar en lo social, educacional y laboral a las personas con discapaddad.
En cuanto a la "equiparación de oportunidades", se procura la eliminación de la discriminación, en todas sus formas, hacia las personas con discapacidad. Se pretende su acceso igualitario a la educación, a la información y a las comunicaciones, a la cultura, al campo laboral y al espacio físico.
La materialización de estas ideas contempladas en la iniciativa remitida en segundo trámite constitucional por el Honorable Senado, se traduce en 65 artículos permanentes y 4 transitorios, cuyas materias se encuentran divididas en ocho Títulos que se refieren a lo siguiente:
Normas Preliminares; De la Calificación y Diagnóstico de las Discapacidades; De la Prevención y Rehabilitación; De la Equiparación de Oportunidades. Este título se divide, a su vez, en los siguientes capítulos:
Capítulo I- Del acceso a la cultura, a la información, a las comunicaciones y al espacio físico.
Capítulo II.- Del acceso a la educación.
Capítulo III.- De la capacitación e inserción laborales.
Capítulo IV.- De las exenciones arancelarias.
Capitulo V.- Del Registro Nacional de la Discapacidad.
Capítulo VI.- Procedimiento y sanciones.
Capítulo VII- Del Fondo Nacional de la Discapacidad.
Capítulo VIII.- Disposiciones generales.
Al describir, globalmente, las materias más relevantes consignadas en el articulado del proyecto, el señor Ministro de Planificación y Cooperación, don Sergio Molina, expresó que la iniciativa legal, para enfrentar el problema, propone realizar una acción integral. Para eso, tomó diferentes aspectos; el apremio, la prevención, la cual se estima primordial, ya que cerca del 75 por dentó de las discapacidades se producen por condiciones socio ambientales y, por lo tanto, pueden ser prevenidas.
Otro aspecto considerado es la rehabilitación de los discapacitados, tema analizado de manera específica, al igual que la equiparación de oportunidades, esto es, acceso a la educación, al trabajo, a la cultura, a la información y al aspecto físico.
Se crea, además, el Fondo Nacional de la Discapacidad, Fonadis, entre cuyas características destaca la de ser una persona jurídica de derecho público, de carácter autónomo, administrado por un consejo, el cual es presidido por el Ministro de Planificación y Cooperación.
Se hizo presente que no se está creando un nuevo servido público, ya que su personal se regirá por las disposiciones del Código del Trabajo y, por lo tanto, no goza de estabilidad funcionaría ni estará adscrito a la planta.
Según el Ministro, el proyecto otorga financiamiento por una sola vez, monto que será reajustado, para lo cual se encuentra en estudio una indicación en tal sentido. Asimismo, la iniciativa original consideraba un financiamiento a través de la realización de bingos, pero el Honorable Senado no lo consideró conveniente, básicamente por no ser pertinente ligar a juegos de azar beneficios sociales de esta naturaleza, y porque los recursos que podrían lograrse serían inciertos y aleatorios. Se argumentó, además, que este juego era incompetitivo con otros que también tienen fines de beneficencia.
En definitiva, el Senado optó porque el Gobierno contribuyera anualmente al financiamiento del Fonadis, contemplando los recursos correspondientes en la Ley de Presupuestos.
En cuanto a las modificaciones introducidas por el Senado en el primer trámite constitucional, sólo haré referencia a las principales, que dicen relación con el fondo del proyecto, tales como la sustitución del artículo 18 del mensaje, que establecía que los canales de televisión debían contar con un traductor simultáneo o con un mensaje escrito al pie de la pantalla, para posibilitar el acceso a la información de la población con discapacidad auditiva.
Se reemplazó la obligación que imponía a las municipalidades el inciso segundo del artículo 25 del proyecto propuesto por el Ejecutivo, de reservar, a lo menos, un lugar cada dos cuadras para estacionamiento de vehículos conducidos por personas con discapacidad.
Además, el Senado eliminó la disposición, contenida en el mensaje, que contemplaba en su artículo 47 que las entidades que desarrollaran labores en favor de las personas con discapacidad estarían obligadas a suscribir un Código de Ética que sería elaborado por el Ministerio de Planificación y Cooperación.
Asimismo, se suprimieron las disposiciones relativas a la autorización que se otorgaba para la realización, en salas especialmente autorizadas y acondicionadas, del juego de azar denominado Bingo, cuyo producto iría enteramente a beneficio del Fondo Nacional de Discapacidad.
- Discusión y votación en general.
Los señores Diputados integrantes de la Comisión, habiendo escuchado a los representantes del Ejecutivo y a las diversas instituciones involucradas en el tratamiento de este problema que, como ya se ha dicho, toca a la sociedad en su conjunto, han coincidido, después de un exhaustivo estudio en general del mismo, en la imprescindible necesidad de abocarse, con urgencia, a legislar sobre la materia, con el objeto de resolver globalmente el problema de las personas con discapacidad, dándole un enfoque que apunta a la plena rehabilitación e integración de ellas en la sociedad y garantizándoles, a la vez, el ejercicio de la plenitud de sus derechos.
En el curso del debate, se reconoció que esta iniciativa constituye el inicio de una solución legal que confiere un carácter global e integral a la materia en cuestión, sin desconocer que, posiblemente, adolece de diversos vados, como, por ejemplo, insuficiencia en los recursos financieros para la implementación de políticas de rehabilitación y capacitación, puesto que no se debe olvidar que el proyecto en informe generará grandes expectativas en una parte significativa de la población, y seria, por tanto, realmente inconveniente que la aplicación de esta normativa se transforme en frustraciones para muchos, por lo que, fuera de dar una señal política clara, sus disposiciones deben contener mecanismos prácticos para su materialización.
Asimismo, sería conveniente que reflejara una mayor calidad en lo que respecta a la calificación de los beneficiarios de esta ley.
En lo particular, no se visualiza nítidamente la forma de incentivar la contratación de los discapacitados en el campo laboral. También existen algunas discrepancias, tanto en cuanto el proyecto entrega, en forma exclusiva, la certificación de las discapacidades a las Comisiones de
Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) como en lo que respecta a su ámbito de aplicación y, particularmente, en la norma que define a sus beneficiarios, sin perjuicio de entender que, posiblemente, resulte muy difícil establecer una definición más acotada de los mismos.
No obstante las aprensiones expuestas, consideran positiva y bien encaminada la idea de legislar en lo que dice relación con su objetivo principal: la solución de los problemas de las personas con discapacidad. Se tuvo presente que la legislación actual, en nuestro país, no contiene normas que contemplen las especiales (0 características de este importante grupo de personas, que, de una manera u otra, son discriminadas por el hecho de tener alguna limitación, sea ésta física o mental, para realizar determinadas actividades y, por lo tanto, necesitan que el legislador adopte resguardos que les faciliten el ejercido de algunas acciones, lo que haría posible su real integración a la sociedad.
Se destacó en la Comisión el hecho de que la iniciativa valora en su exacta dimensión lo que representa una persona con discapacidad, reconociéndole sus derechos y garantizándole su ejercicio dentro de la sociedad, de modo que la ciudadanía, en general, deberá tomar la debida conciencia del valor que cada persona representa, no obstante tener alguna limitación.
Por lo anteriormente expuesto, los señores Diputados aprobaron en general, por unanimidad, el proyecto en informe.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Después de la discusión del proyecto se procederá a llamar a reunión de Comités y, posteriormente, a votar los proyectos.
Se encuentran inscritos los Diputados señores Martínez, don Gutenberg; Sota y Ringeling. Como el tiempo acordado por los Comités ya se está cumpliendo, recomendaría que las intervenciones fueran muy breves.
Tiene la palabra él Diputado señor Martínez.
El señor MARTINEZ (don Gutenberg).-
Señor Presidente, me permito sugerir dejar los discursos de los Diputados inscritos a disposiciones de la Mesa para que sean insertados en la versión de sesiones y así facilitar el despacho del proyecto.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor MOLINA (Presidente).-
No hay acuerdo.
Puede continuar Su Señoría.
El señor MARTINEZ (don Gutenberg).-
En todo caso y para ser respetuoso de la posibilidad de que los otros colegas se puedan referir al tema, quiero subrayar la importancia del proyecto, como lo ha mencionado el señor Diputado informante, en cuanto a la cantidad de personas involucradas en esta problemática.
Como señala el informe, las estadísticas internacionales indican que alrededor del 10 por ciento de la población se encuentra en esta situación. Por lo mismo, se trata de un tema relevante, que debe ser incorporado cada vez más en las preocupaciones de todos los sectores políticos del país.
La iniciativa tuvo su origen en un acucioso trabajo realizado por organismos de Gobierno, con plena participación de las distintas asociaciones y organizaciones preocupadas del tema. En consecuencia, puede ser considerado modelo en cuanto a la participación lograda en él. Lo ideal es que proyectos de este tipo, que buscan objetivos nacionales, puedan recoger esta experiencia participativa.
La iniciativa nace fundamentalmente de la Conadis -Comisión Nacional de Discapacitados-, con participación del Gobierno, de parlamentarios y de representantes de distintas agrupaciones.
En el articulado están descritas sus ideas fundamentales, de las cuales sólo quiero hacer resaltar el reconocimiento de la importancia del problema, la necesidad de establecer una igualdad jurídica efectiva, igualdad real de oportunidades para un sector tan importante de la población, en los ámbitos de la educación, el trabajo, la cultura, el espacio físico, la vivienda, etcétera.
En ese contexto, esta ley será de aquellas reconocidas tanto por ser obra del Gobierno como de las asociaciones involucradas y de los parlamentarios que concurrirán con su aprobación a la misma.
Asimismo, destaco el hecho de que el proyecto haya sido aprobado unánimemente por los colegas de la Comisión de Salud, y estoy seguro de que en igual forma lo aprobaremos en la Sala.
Me remito a lo dicho, con el objeto de que todos los colegas puedan considerar esta opinión.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sota.
El señor SOTA.-
Señor Presidente, con gran satisfacción estamos discutiendo el proyecto enviado por el Gobierno, que no es sino el reconocimiento de la obligación del Estado en la prevención de la discapacidad y en la rehabilitación de las personas afectadas por ella, circunstancia que en la Comisión de Salud dio lugar a un informe jurídico presentado por el Ministro de Planificación, don Sergio Molina.
Quiero destacar, en forma muy breve, la participación de la Unión de Padres y Amigos de Deficientes Mentales, Unpade, que en el seno de la Comisión, en una comunicación escrita, manifestó que la familia, la escuela, el trabajo y la ciudad son los escenarios naturales en los cuales el individuo crece y se desarrolla en toda su dimensión.
Hago presente que se encuentra en las tribunas una delegación de la Unpade de Melipilla, presidida por don Eduardo Cuevas, organización que con su presencia quiere dar un testimonio de la preocupación que ha tenido en la preparación y despacho del proyecto.
La comunicación de la Unpade prosigue diciendo a la Comisión que para un chileno o chilena portador de algún tipo de discapacidad, "atributo que sólo hace diferente al resto de sus pares", estos escenarios y espacios ya descritos -o sea la familia, la escuela, el trabajo y la dudad- son de crecimiento y desarrollo personal, pero no siempre se encuentran a su alcance, y muchas veces son insuficientes, están vedados, o simplemente no existen para ellos.
Parece necesario y urgente la normalización e integración de estas personas para su crecimiento personal y para que no constituyan una carga social, sino un factor de progreso, desafío que debe comprometer a la familia, a la sociedad y al Estado.
Por estas razones y por las contenidas en los informes de nuestros honorables colegas, los Diputados del Partido por la Democracia votaremos favorablemente, con gran satisfacción y sentido de responsabilidad, el proyecto de ley.
He dicho.
- Aplausos.
El señor MOLINA (Presidente).-
Reitero a los asistentes a las tribunas que no está permitido efectuar manifestaciones.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, pido la palabra para referirme a un asunto reglamentario.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, en nombre de nuestro Comité, solicito que suspenda la sesión y cite a reunión de Comités, a fin de concordar un procedimiento que permita despachar en general y en particular el proyecto en el curso de la presente sesión, por prórroga del Orden del Día si fuere menester.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Señor Diputado, se acordó efectuar reunión de Comités una vez terminada la discusión del proyecto.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear un asunto reglamentario.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, habíamos acordado votar a las 13 el proyecto de ley que otorga beneficios a los profesionales de la educación regidos por la ley N° 19.070. Como la Comisión de Hacienda, presidida por el Diputado señor Estévez, ya terminó su cometido y ese acuerdo no ha sido revocado, solicito votado, sin discusión, para continuar con éste hasta su total despacho.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Están inscritos tres Diputados para hacer uso de la palabra. Con posterioridad, se procederá a votar, en primer lugar, el proyecto mencionado por el Diputado señor Ortiz.
Tiene la palabra el Diputado señor Ringeling.
El señor RINGELING.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero sumarme a las felicitaciones de todo el equipo que trabajó en la preparación del proyecto. Sin embargo, es necesario reconocer que también hubo distintas iniciativas parlamentarias de diferentes sectores, refundidas convenientemente en esta proposición de ley.
A pesar de que podrían existir otras, quiero referirme en forma muy breve a tres preocupaciones -una de pilas muy importante-, planteadas en la Comisión, que surgen del texto del proyecto.
La primera se refiere a la definición del artículo 2°. Si bien sería deseable que Chile fuera un país tan desarrollado que contara con los recursos suficientes para que la prevención, rehabilitación y plena integración de los discapacitados a la sociedad fuera una obligación del Estado y, a la vez, un derecho de éstos o de sus familiares, una definición de este tipo puede llevar, por una parte, a generar más esperanzas de las que efectivamente el Estado podrá cumplir y, por otra, a causar tal cúmulo de juicios contra él que signifiquen un perjuicio fiscal que no podrá ser abordado por el gobierno, cualquiera que éste sea.
¿Por qué digo esto? Me parece perfectamente lógico afirmar que la prevención de las discapacidades en todos los ámbitos, especialmente en el laboral, en los accidentes del tránsito, etcétera, es una obligación del Estado, porque tal como está consignada en el texto del proyecto, debe tenerla; pero si bien la rehabilitación plena es absolutamente deseable,' me parece imposible llevarla a la práctica.
En la Comisión se manifestó que en materia pública esto es más bien declarativo, porque las obligaciones del Estado deben especificarse mejor en los distintos textos legales o reglamentarios que después se implementen. Pero -reitero- esta definición puede generar confusión en los familiares y en los propios discapacitados, toda vez que el proyecto contiene disposiciones, como el artículo 14, que definen la rehabilitación. Al estar señalado en el artículo 2° la obligación del Estado de otorgar la rehabilitación a todos los chilenos que se encuentren en una situación de discapacidad, por lógica puede generarse al respecto una cantidad de juicios contra el Estado por aquellos que no lo obtengan de los organismos de salud que deben otorgarla.
Expreso esta primera preocupación en el mejor sentido, con el objeto de dar una normativa más "aterrizada" en la labor del Estado.
En relación con las facilidades que pueden otorgarse a los discapacitados para acceder a los distintos servicios públicos, ojalá que las nuevas edificaciones dispongan de la infraestructura adecuada para que circulen libremente y les sea más fácil la vida. Creo que todavía puede avanzarse en cuanto a la definición de algunos aspectos.
En este sentido, hemos entregado al señor Ministro algunos trabajos que se nos han hecho llegar y que facilitarán el estudio del proyecto.
A pesar de parecer insuficiente la dotación de personal del Ministerio de Planificación, que se aumenta en 14 profesionales, para los efectos de la ley, con el fondo paralelo que se crea se contará con los recursos necesarios para incrementar las políticas. Su función es más bien normativa y de coordinación de las distintas leyes del país. A mi juicio, podría ser excesivo, si ese personal sólo es destinado a labores normativas.
He dicho.
El señor MOLINA (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, son muchas las virtudes del proyecto de ley. Fundamentalmente, deseo destacar que su propósito esencial es restablecer y restituir la dignidad de las personas discapacitadas.
El proyecto, por sobre todas las cosas, busca permitir que los discapacitados sean ciudadanos que puedan desempeñarse en plenitud en actividades sociales, laborales y familiares, y posibilitar que la sociedad, en cierto modo, cambie su propia mentalidad para enfrentar la discapacidad.
En Chile, se tiende a asociar la discapacidad con la Teletón. En general, tenemos una visión lastimera respecto de las personas que sufren alguna discapacidad. El proyecto pretende modificar esa apreciación.
El Diputado señor Ringeling, reflexionó acerca del artículo 2a que consagra el derecho a la prevención y la rehabilitación. Se trata de que estas materias no deben ser objeto de la caridad pública, como ocurre actualmente en nuestra sociedad, sino de una responsabilidad compartida por todos; no sólo por el beneficio que esta actitud significa para la sociedad en su conjunto, sino por el reconocimiento de la dignidad de las personas.
La iniciativa podría denominarse de "acceso a la plenitud del desempeño en la sociedad". Contiene una serie de normas que pretenden impedir la discriminación contra personas discapacitadas, que obligan, por ejemplo, a construir edificios públicos accesibles para tales personas.
¡Cómo es posible, señora Presidenta, que en un edificio como éste, con un costo de casi 100 millones de dólares, una persona con discapacidad no pueda ingresar! No hay un solo acceso adecuado para una silla de ruedas. Es la manifestación máxima de nuestro primitivismo -si se quiere- y de nuestra falta de conciencia para enfrentar la situación. Lo mismo ocurre respecto de las escuelas públicas, de los canales de televisión, de los locales comerciales, industriales, etcétera.
Un análisis detallado del proyecto demuestra a cualquier interesado en el tema que se ha hecho un gran esfuerzo por restablecer la dignidad de las personas, por permitir su reinserción en la sociedad. Ojalá que en Chile, en el futuro, cuando miremos a alguien con discapacidad, seamos capaces de ver a la persona y no a su discapacidad, y superemos la mentalidad de discriminación casi instintiva que hoy existe en nuestra sociedad respecto de los discapacitados, en todo orden de cosas. A mi juicio, esto es lo importante que hay detrás del proyecto.
Si bien la ley no solucionará los problemas de la noche a la mañana, se crea un fondo para abordarlos -aunque no sea todo lo cuantioso que se requiere-, y el Gobierno del Presidente Aylwin ha hecho un esfuerzo muy serio para revertir la manera de mirar y de enfocar esta materia, lo que tendrá grandes consecuencias.
Además, destaco la labor de personeros de la Conadis, quienes durante más de un año, trabajaron intensamente para elaborar y redactar el proyecto de ley. Dejo constancia en la versión del abnegadísimo trabajo de la señora Liliana Mahr, que participó en todas las comisiones durante su discusión, tanto en el Senado como en la Cámara; de la señora Patricia Schaulsohn, quien, junto a Liliana Mahn, también ha sido gran impulsora del proyecto; y, asimismo, del señor Ministro de Planificación y Desarrollo, don Sergio Molina, que se ha jugado entero por que sea tramitado y aprobado en el Congreso Nacional
No ha sido fácil sacar adelante esta iniciativa, porque contiene nociones nuevas, conceptos diferentes y ha habido que vencer en el debate reticencias y clarificar muchos puntos. Pero el tesón y el empeño con que las personas del Ministerio a cargo del tema en el Parlamento han asumido su labor, han permitido que en buena medida hoy estemos a punto de transformar en ley de la República una iniciativa que, por lo menos en mi concepto, pasará a los anales de nuestra historia legislativa como una de las más importantes que despachó este Congreso Nacional. Hemos estudiado muchas materias: de reforma constitucional, de reforma tributaria, de reforma laboral; pero este proyecto, que trata de la plena integración social de las personas con discapacidad, deberá ocupar un sitial entre las buenas, importantes, trascendentes iniciativas que despachamos en esta Cámara de Diputados.
Con su venia, señora Presidenta, concedo una interrupción al Diputado señor Olivares.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señora Presidenta, tal como lo ha expresado el colega señor Schaulsohn, probablemente este proyecto será uno de los más importantes despachados durante el mandato del Presidente Aylwin. También concordamos con las palabras del colega señor Vicente Sota.
No es lógico que solamente una vez al _ año nos acordemos de los discapacitados mediante una Teletón u otros eventos tendientes a reunir fondos para solucionar el problema de estos ciudadanos. Pero de acuerdo con ello y aprovechando la presencia del Ministro señor Molina, quiero decir, para la historia de la ley y por las mismas razones que ha dado el Diputado señor Schaulsohn, que me ha, llamado enormemente la atención que en este proyecto no se haya considerado un decreto con fuerza de ley dictado durante el Gobierno de Salvador Allende, sobre la misma materia y con mayor amplitud en algunos aspectos, el cual fue firmado por todo su Gabinete. Esto lo hice presente al Senador don Ricardo Núñez; junto con mis agradecimientos, tanto para él, por ser el autor de una iniciativa que creaba algunos bingos para ayudar a su financiamiento, como para otros parlamentarios que presentaron mociones en el mismo sentido. Además, le informé sobre algunas indicaciones basadas justamente en dicho decreto ley a fin de que, a través del señor Ministro, fueran incorporadas al proyecto. No sé por qué razón fue derogado por el Gobierno pasado -sin decir "agua va"- un decreto ley que sólo faltaba ponerlo en práctica, de manera que en la actualidad aparecemos como si fuera la primera vez que nos preocupamos de esta situación.
Aplaudo la iniciativa del Ministro señor Sergio Molina y de todos los parlamentarios que han trabajado en este proyecto de ley, erario también de los dirigentes de los discapacitados que intervinieron en la elaboración del mencionado decreto con fuerza de ley. Uno fue él señor Poblete, secretario del Seguro Social durante el Gobierno de Allende, quien tuvo a cargo la redacción del reglamento respectivo en el que, incluso, figura una serie de talleres para que la gente se incorpore con pleno derecho a la actividad normal, como cualquier ciudadano.
Por estas razones, junto con anunciar nuestros votos favorables al proyecto y hacer presente la existencia del referido decreto ley, aplaudo la iniciativa del actual Gobierno de actualizar el proyecto con algunas disposiciones nuevas y con la esperanza de que se recojan algunas de las que estaban en el antiguo decreto ley.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señora Presidenta, habitualmente se discute el rol que corresponde cumplir al Estado en las sociedades modernas; pero cada vez existe mayor conciencia de que le incumbe un rol subsidiario y de que el impulso y desarrollo de las sociedades compete al sector privado, lo que no significa olvidar las obligaciones que también tiene el Estado. Una sociedad moderna no sólo debe preocuparse de qué no ha hecho el Estado, para entregarlo a los privados, sino de qué aquél -como tal- debe hacer.
Cuando uno lee el artículo 2° de este proyecto se da cuenta de que apunta precisamente a un aspecto de las obligaciones que son ineludibles para el Estado. ¿Qué dice este artículo? "La prevención de las discapacidades y la rehabilitación constituyen una obligación del Estado y, asimismo, un derecho y un deber de las personas con discapacidad, de su familia y de la sociedad en su conjunto.".
A través de este artículo, se define un aspecto muy de fondo en las materias que corresponde realizar al Estado en una sociedad moderna, porque aquí ha quedado sentado el principio de que, si bien hay miles de ámbitos en que no debe intervenir, es precisamente en éstos en que, para restablecer la igualdad de oportunidades, el derecho a ser personas útiles y la dignidad de un número muy alto de chilenos discapacitados, el Estado interviene y ha dicho: "Voy a restablecer el principio de la igualdad de oportunidades en el mundo civil."
Ese constituye quizás el mayor reconocimiento que este proyecto hace a miles de chilenos que enfrentan una adversidad que el legislador intenta superar o aminorar, dándoles las oportunidades para enfrentar al mundo diario del trabajo con la dignidad que requieren.
El proyecto señala algunos aspectos importantes de destacar; por ejemplo, los artículos 14 y 15. El artículo 14 define por primo vez en la legislación chilena la rehabilitación y su valor. En efecto, establece lo siguiente: "La rehabilitación tiene por finalidad permitir a las personas que presentan discapacidad física, síquica o sensorial, que dificulte su integración social, educativa o laboral, mediante el acceso a las prestaciones y servicios oportunos y necesarios, la recuperación de la funcionalidad y su mantenimiento. De no ser posible la completa recuperación, la acción rehabilitadora consistirá en desarrollar sus destrezas funcionales y en dotar de elementos alternativos para compensar a dicha discapacidad."
El articulo 15 dispone, en su inciso primero, lo siguiente: "El Estado adecuará el equipamiento y personal necesario para asegurar entre las prestaciones médicas, las que se refieran a la prevención y rehabilitación médico-funcional"
Aquí, el Estado asume la responsabilidad de adecuar su actual estructura no sólo para atender a personas que presenten enfermedades esporádicas, como aquellas que acuden a centros asistenciales, sino que señala, además, que el discapacitado tiene pleno derecho de exigir a la sociedad chilena que su sistema de salud se adecúe a la atención que merece.
Este artículo pone énfasis nuevamente en la necesidad de que la legislación chilena se adecúe para dar todas las posibilidades de rehabilitación y reinserción social a los discapacitados.
Hay otra norma que también es importante: el artículo 4°, que señala lo siguiente: "El Estado ejecutará programas destinados a las personas discapacitadas, de acuerdo a las características particulares de sus carencias." Es decir, no se limita al elemento rehabilitados sino que se preocupa de abrir caminos y fuentes laborales para que estos chilenos, que -como bien decía el Diputado señor Schaulsohn- sólo esperan una buena oportunidad y ser tratados con la dignidad que se merecen, puedan acceder a fuentes laborales en las mismas condiciones que cualquier ciudadano.
Estas normas marcan un importante precedente; porque, quizás en forma nítida, ponen el acento en que la sociedad chilena no sólo debe preocuparse de que el Estado le deje un gran campo al mundo privado, sino que también aquél asuma el rol que le corresponde para crear la igualdad de oportunidades que se debe garantizar y un trabajo digno a todos los chilenos.
En este proyecto han participado parlamentarios de todos los partidos. Dentro del mío, quiero destacar la labor desarrollada por los Diputados señor Alessandri, y señora María Angélica Cristi, como, asimismo, de los demás miembros de la Comisión respectiva que trabajaron para sacar adelante un proyecto de esta naturaleza. Sinceramente la lectura del proyecto demuestra un trabajo acucioso, como quiera no es fácil legislar sobre estas materias. Pienso que todos los miembros de la Comisión de Salud merecen nuestro reconocimiento.
Finalmente, me sumo a quienes esperan que el proyecto sea aprobado por la unanimidad. La Cámara lo abordó con una política de Estado, por sobre la contingencia política, lo que ha constituido gran contribución para el desarrollo y modernización de nuestra legislación.
Señora Presidenta, por su intermedio, le concedo una interrupción a la Diputada señora María Angélica Cristi.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Recuerdo a la Sala que las interrupciones se otorgarán sólo por dos minutos.
Tiene la palabra la Diputada señora Cristi.
La señora CRISTI.-
Señora Presidenta, a los comentarios del Diputado señor Espina, quiero agregar que, realmente, fue gratificante legislar sobre la materia. En esta Cámara hemos legislado muchas veces sobre materias que no llegan a las personas, pero la discapacidad en nuestro país había sido un tema pendiente, de modo que hoy se hace justicia al enfrentarlo.
Felicito al señor Ministro de Mideplan, quien ha puesto su alma y su corazón en el proyecto como también a sus colaboradores. De esa manera hemos demostrado que los políticos no estamos aquí sólo para legislar según nuestras ideologías personales, sino también por el bien de
Chile. En ese sentido, siempre reconoceremos lo que sea de beneficio para el bien común por sobre los intereses personales.
Sin embargo, quiero mencionar la escasa cuantía de los pocos recursos que se le han entregado al Fondo Nacional de Discapacidad (Fonadis). En un país donde se gastan miles de millones en tantos otros programas y proyectos que no tienen la importancia de éste, la suma de 600 millones me parece realmente insuficiente. Entiendo que hay otros aportes que irán a compensar este fondo, pero me preocupa que se le hayan entregado tan pocos recursos, a sabiendas de que éste tiene la función de ayudar a quienes necesitan prótesis u otros elementos para lograr su integración a la sociedad.
Todos hemos sabido de personas que, por meses, y a veces por años, esperan una prótesis, que sólo con suerte la pueden lograr en la Región Metropolitana, a través del Centro de Manir!
En ese sentido, el Ministerio de Hacienda debió haber sido más generoso con esta iniciativa, y así como en el país se ha gastado plata en cosas de menor importancia, como los viajes y otras, correspondía poner más énfasis en estos programas.
Asimismo, habría sido importante agregar en este proyecto, la posibilidad de que las personas, con un miembro discapacitado en su familia, pudieran optar con mayor puntaje a los subsidios de la vivienda y familiar, dado que los niños con discapacidad deben optar en igualdad de condiciones con los niños que no lo tienen. De hecho a través de los subsidios familiar y de pensión asistencial, se produce un vado entre los 15 y los 18 años, dado que sólo pueden postular a pensiones asistencial es a los 18 años. Hay tres años en los cuales estos niños no tiene posibilidad de recibir recursos.
En todo caso, hay mucho que hacer sobre la materia y espero que exista la voluntad para ampliar el proyecto.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Hago presente a los señores Diputados que va a terminar el tiempo de la discusión. Sólo resta hacer uso de la palabra al Comité de la UDI.
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señora Presidenta, es sólo con el objeto de anunciar el voto favorable de nuestra bancada y destacar él aporte de la UDI al trabajo de la Comisión, mediante la labor del Diputado señor Masferrer.
Quiero destacar especialmente los artículos 23,24 y 25 que tienden a satisfacer las expectativas de muchos de los discapacitados.
En nuestros distritos, todos hemos recibido material, información y la petición de trabajar, apurar y dar vida a este proyecto de ley, por las personas con discapacidades, quienes, incluso, con mucho esfuerzo y sacrificio han representado a nuestro país en competencias internacionales, como es el caso de deportistas destacados de Talcahuano.
El artículo 23 dice relación con la facultad de asegurar asientos de fácil acceso a las personas con discapacidades en los medios de transporte público de pasajeros. El artículo 24 preceptúa que los organismos del Estado competentes adoptarán las medidas técnicas conducentes a la adecuación de esos medios de transporte, para facilitar el desplazamiento y seguridad de las personas con discapacidad. Se trata de cuestiones tan esenciales, que conforman una materia de la mayor importancia para la gente que enfrenta el problema.
Sin duda, este proyecto contará con él apoyo unánime de la Cámara. Reconocemos el trabajo del Ministro señor Sergio Molina y, por último, reiteramos el pronunciamiento favorable de nuestra bancada y que nos sentimos orgullosos del trabajo que se está haciendo.
Concedo una breve interrupción al colega señor Araya.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAYA.-
Señora Presidenta, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para que los discursos de quienes no tendremos la oportunidad de hacer uso de la palabra para referimos a este proyecto tan importante, se inserten en la versión de esta sesión.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Recupera la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señora presidenta, con su venia, y sólo si es posible, concedo una brevísima interrupción al Diputado señor Cardemil.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Al final, daré la palabra al Diputado señor Cardemil por ser el único parlamentario discapacitado. Creo que la Sala no tendrá inconveniente en ello.
- Aplausos en la Sala y en las tribunas.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para insertar los discursos de los Diputados señores Huenchumilla, Martínez, don Juan; Araya, Ojeda -que estaban inscritos para intervenir- y de todos los parlamentarios que lo deseen.
Acordado.
Tiene la palabra el Diputado señor Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señora Presidenta, no tengo discurso escrito. Mis palabras nacen del corazón, del alma. En el informe de la Comisión de Salud sobre este proyecto hay un párrafo extraordinario, al cual daré lectura, y que solicito a mis colegas Diputados que le presten mucha atención:
"No cabe duda que la situación de las personas con discapacidad es un problema de la sociedad y que el derecho y la solidaridad deben aunar sus esfuerzos para resolverlo con justicia y humanidad".
A estas palabras -fruto de muchas voluntades dirigidas por el señor Ministro de Planificación y Cooperación, don Sergio Molina, y del trabajo de los integrantes de la Comisión de Salud- agregarla lo siguiente: Para mi esta iniciativa significa una luz que rasga las tinieblas en que vivían los discapacitados en Chile, porque hasta hoy no había un proyecto de esta envergadura. Más aún, hace algún tiempo, en las Naciones Unidas se adoptó el acuerdo de declarar un año internacional de los discapacitados. Chile lo suscribió y éste pasó inadvertido en nuestro país. Felizmente, ahora, durante el Gobierno de la Concertación, presidido por don Patricio Aylwin, se inicia un gran proceso de rehabilitación que redundará en extraordinarios beneficios para nuestra patria, que terminará con la costumbre de las jubilaciones prematuras. El discapacitado rehabilitado -no les quepa la menor duda- no las invocará.
Quiero contarles lo que a mí me pasó. Cuando era empleado semifiscal y anualmente iba a hacerme él examen de mediana preventiva, lo primero que me decía el médico era -y esto ocurrió hace treinta años- ¿por qué no jubila por incapacidad? No lo hice, confiado en los procesos de rehabilitación y, sobre todo, en la capacidad de la medicina especializada en esta materia.
Repito: no traje un discurso escrito; estas palabras me nacen del alma, del corazón. Tengo mucha fe puesta en este proyecto, que hará que la gran falange de discapacitados en Otile mire con mucha más esperanza él futuro.
He dicho.
- Aplausos en la Sala y en las tribunas.
- En conformidad con un acuerdo anterior, se insertan las siguientes intervenciones:
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, creo que este Proyecto por la importancia que tiene debiera haber suscitado un profundo debate entre nosotros. Sin embargo, entiendo las circunstancias que estamos viviendo y el interés en que sea pronto ley de la República. En mérito al tiempo, entonces, haré solamente un par de reflexiones sobre el particular.
Creo que este proyecto de ley representa una actitud distinta del Estado chileno respecto del problema de la discapacidad. Este proyecto refleja una visión moderna, integradora y acorde con las funciones que hoy día debe tener una verdadera política de Estado. Sin embargo, creo que también refleja los nuevos tiempos que vive la sociedad civil al existir hoy día una mentalidad diferente entre nosotros respecto de que las personas discapacitadas tienen el pleno derecho a la integración y a ser miradas como seres humanos con la plena capacidad y posibilidades de realización. En consecuencia, creo que a todos nos asiste una tremenda responsabilidad para hacer de este proyecto, que pronto deberá ser ley, un verdadero instrumento para las personas discapacitadas de nuestro país y un verdadero reflejo de la nueva mentalidad que debemos tener.
Desde el punto de vista del contenido del proyecto desearía hacer un par de reflexiones.
La primera de ellas se refiere a la aparente contradicción que advierto entre la filosofía del proyecto y la voluntad política del Gobierno de impulsarlo y la reciente dictación de un reglamento aparecido en el Diario Oficial que ejecuta la antigua ley, distinta absolutamente en su concepción al proyecto que hoy día estamos tratando. Realmente no logro entender bien por qué se dictó dicho reglamento que no responde para nada al contenido de este proyecto, sobre todo cuando está tan cerca de convertirse en Ley. Es posible que haya existido alguna descoordinación entre el Ministerio del Trabajo que dictó el reglamento y el Ministerio de Planificación a cargo de este proyecto. Debo entender esto porque la voluntad del Gobierno y su concepción acerca de la situación de los discapacitados se refleja en esta ley, y no en la antigua legislación.
Una segunda reflexión es que encuentro que la redacción de algunos artículos es muy programática; me refiero, por ejemplo, al Art 2°, al cual se han referido algunos señores Diputados. Sobre el particular debo dejar constancia para la historia de la ley y para su correcta interpretación que, de ahora en adelante, toda la legislación que nosotros decidimos deberá considerar, teniendo siempre presente y como telón de fondo, el deber, del Estado chileno de cumplir las obligaciones de prevención de las discapacidades y la rehabilitación a través de los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, servicios públicos de la administración central, órganos autónomos o funcionalmente descentralizados, empresas estatales y municipales. Esta es la única manera de entender que las normas programáticas se encamen en todos los actos del Estado. Finalmente, permítame señor Presidente dejar constancia de la gran labor que realiza en mi Distrito, la dudad de Temuco, la corporación Unpade, la cual cumple una labor de extraordinaria relevancia gracias a la dedicación de sus socios y dirigentes, entre los cuales deseo destacar a su presidentedon Adelmo Bórquez y toda su directiva y que, recientemente, inaugurara una casa con toda su implementación obtenida gracias a su dedicación y constancia y al apoyo de S.E. el Presidente de la República donPatricio Aylwin. Ello es el reflejo del anticipo que vislumbra el cumplimiento anticipado de los propósitos y de la filosofía que inspira a este proyecto de ley que votaremos favorablemente en nombre de todos los discapacitados, padres, familiares y amigos de mis representados de la dudad de Temuco.
He dicho.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, me pronuncio por la aprobación de este proyecto de ley. Es la primera vez que un Gobierno se pronuncia, con la seriedad deseable, en la atención de los discapacitados. Las disposiciones sobre prevención y rehabilitación son importantes como para enfocar con seriedad la globalidad de estos problemas. Se pretende la plena integración social de las personas con discapacidad, recalcando la equiparación de oportunidades. Aunque se den cifras, estas nunca serán exactas, porque muchos de estos discapacitados permanecen en el olvido y la postergación. No obstante, se dice que un 10 por dentó de la población presentaría algún tipo de discapacidad, ya sea física, mental o sensorial. El problema afecta a la familia y trastorna la vida misma. La sociedad ve con ojos prejuiciados a los discapacitados, y comúnmente les niega el valor y debida atención que, como seres humanos, se merecen.
El proyecto es la concreción de su inserción y valoración, como la aplicación máxima de la igualdad de derechos que consagra la Constitución Política del Estado. Termina con esto la discriminación a la capacidad o idoneidad personal. El contexto de la ley, entonces, nos da los instrumentos y los elementos para insertar e igualar. Se ofrece un acceso igualitario al trabajo, opción a la salud, a la previsión social, a la cultura y educación. El registro nacional de los discapacitados nos dará las dimensiones del problema. Creemos que, por las condiciones especiales de los discapacitados, proceden las exenciones que menciona el proyecto. El Fondo Nacional de la Discapacidad constituye una buena fuente de recursos que puede afianzar la debida distribución para la eficacia de esta ley, que es un verdadero estatuto jurídico de los discapacitados.
Es otro paso gigante de este Gobierno por legislar en favor de este sector, que históricamente ha estado al margen de un tratamiento legal serio, como lo ha hecho este Gobierno.
He dicho.
El señor ARAYA.-
Señora Presidenta, Honorables Diputados, no puedo menos que manifestar mi gran satisfacción por el proyecto que estamos discutiendo y que, en breves momentos más, con toda seguridad la Cámara aprobará por unanimidad. Quiero destacar que en esta forma, una vez más queda demostrada la sensibilidad del Gobierno del Presidente Aylwin y, además, de muchas personas que contribuyeron a la elaboración de la iniciativa. El problema de los discapacitados es del Estado y, por lo tanto, de la sociedad, la cual tiene que reconocerles sus derechos. Los discapacitados son personas que pueden hacer un gran aporte. Quienes han sufrido la desgracia de sufrir o de nacer con algún grado de incapacidad, por lo general son marginados en muchos aspectos. Este proyecto tiene la bondad de reconocerlos como sujetos plenamente humanos. Así lo señala Su Santidad el Papa Juan Pablo II, en el 90a aniversario de la Encíclica Rerum Novarum.
Debemos entender que los discapacitados pueden tener defectos físicos, pero no necesariamente mentales y es deber de las diversas instancias promover opciones eficaces para ejercer su pleno derecho. Según estadísticas, un 10 por ciento presenta discapacidad, lo que muchas veces repercute en el seno de la familia e incide en casi el 25 por ciento de la población.
Señora Presidenta, ahondar más en las bondades del proyecto seria redundancia. Creo que todos los Diputados estamos de acuerdo en su aprobación, la que seguramente será por unanimidad. Por lo tanto, anuncio mi voto favorable a este proyecto.
He dicho.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente, hoy nos encontramos aprobando un proyecto de ley de enorme trascendencia para el país y que va en directo beneficio para las personas que sufren de algún tipo de discapacidad.
Cabe destacar lo establecido en la Constitución Política de la República, en su Capítulo III de los Derechos y Deberes Constitucionales, el artículo 19 N° 1, indica que la Constitución asegura a todas las personas "El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de ellas", es decir, antes de nacer ya el Estado protege el derecho a la vida.
También su artículo 9° expresa que: "El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo".
Señalo esto, señor Presidente, para destacar que este derecho inalienable fue establecido en la Constitución de 1980, elaborada por el gobierno militar, Carta Fundamental que consagra todos los derechos de las personas siendo un texto visionario, ejemplo de lo que debe ser un Estado moderno.
Por otra parte, quisiera resaltar junto a esta iniciativa, la labor que le ha cabido al Ministerio de Planificación el que ha sabido interpretar los problemas de las personas que sufren de algún tipo de discapacidad en el país; tal vez no sea un texto perfecto y merezca diversos reparos de parte de quienes en definitiva serán los beneficiados con esta iniciativa. No obstante lo anterior, es un buen proyecto que en su marcha podremos ir evaluando y haciendo las modificaciones necesarias, de acuerdo a las necesidades existentes.
En lo concerniente al fondo de la discapacidad, el proyecto tiene algunas vaguedades que son importantes de rectificar, en especial sobre el gasto social de los recursos asignados que en esta ocasión corresponde a 600 millones de pesos, cifra que podría haber sido mayor, teniendo en consideración la gran cantidad de personas discapacitadas existentes en el país.
Nuevamente vemos que no existió una adecuada idealización del gasto público de parte del Gobierno.
Finalmente, señor Presidente, deseo expresar que votaré favorablemente este proyecto.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MOLINA (Ministro Director de la Oficina de Planificación Nacional).-
Señora Presidenta, he oído con agradecimiento y satisfacción, y también con emoción, las intervenciones realizadas en la Sala. Cada una de ellas han expresado, en el fondo, la convicción que se ha formado a través de la discusión del proyecto, tanto en el Senado como en la Cámara.
Chile tenía un compromiso con las personas afectadas por discapacidad. Hoy, a mi juicio, se da un paso trascendental e histórico. Hay deficiencias e insuficiencias, pero en cada una de mis intervenciones he dicho que éste es un proceso que se inicia, y que la sociedad chilena y los discapacitados esperaban hace largo tiempo.
Agradezco a los miembros de las Comisiones que estudiaron esta iniciativa, a los Honorables Diputados que han hecho uso de la palabra y al consenso logrado, más allá del pensamiento partidario, en tomo a este proyecto.
Todos los discapacitados de Chile y el Gobierno agradecen a esta Honorable Cámara la recepción que ha tenido este proyecto.
Muchas gradas.
- Aplausos en la Sala y en las tribunas.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Gracias, señor Ministro.
Queda pendiente la votación.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Señores Diputados de las diferentes bancadas han solicitado el acuerdo de la Sala para aprobar la siguiente declaración:
"Proyecto de acuerdo.
"La Honorable Cámara de Diputados expresa su rechazo a la publicación efectuada por el diario "El Mercurio" del domingo pasado, en la que se alude a la persona del señor Presidente de la Corporación en términos difamatorios.
Asimismo, manifiesta su total respaldo a la persona del Presidente, señor Jorge Molina, a quien se ha tratado de afectar indebidamente, a pocos días de las elecciones parlamentarias."
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
El señor LONGUERA.-
¿Cuáles son los Comités que suscriben la declaración, señora Presidenta?
La señora CARABALL (Vicepresidente).-
Tenía entendido que existía acuerdo. Si no lo hay, dejamos pendiente el tema.
BENEFICIOS A PROFESIONALES DE LA EDUCACION REGIDOS POR LA LEY N° 19.070. Primer trámite constitucional. (Continuación)
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Corresponde que el Diputado señor Estévez informe sobre la resolución de la Comisión de Hacienda acerca del proyecto de educación, que también votaremos.
Tiene la palabra el Diputado señor Estévez.
El señor ESTEVEZ.-
Señora Presidenta, la Comisión de Hacienda aprobó en forma unánime las indicaciones del Ejecutivo. Las indicaciones al artículo 9° precisan que, en el caso de los profesores que tienen dos o más jornadas con diversos empleadores, en particular aquellos que los desempeñen en el sector subvencionado y en el municipal, el tope máximo que se les prorratea, según las horas, para el pago de la bonificación, no es de 12.585 pesos como se decía, sino que ahora se excluye del tope el monto complementario que dispone el artículo 3° de la iniciativa; es decir, los bienios no estarían incluidos en el tope, porque la redacción actual admite una mala interpretación, que provocaría la pérdida de un beneficio.
La indicación formulada al artículo 10 dispone que a las corporaciones y fundaciones que tienen convenio con el Ministerio de Educación en virtud del decreto ley N° 3.166, de 1980, como la Sociedad de Fomento Fabril, la Cámara de Comercio y otras instituciones similares, también se les entregarán los fondos correspondientes para financiar esta prestación. En este caso, se faculta al Ministerio de Educación para fijar los procedimientos y celebrar los nuevos convenios.
La indicación relativa al artículo 11 establece que el valor a pagar se modificará para cada nivel y modalidad de la enseñanza, ya que esta normativa no modifica la unidad de subvención educacional, USE, sino los factores que la afectan. El resultado práctico es similar, pero el jurídico es completamente distinto. Por ende, si la USE se multiplica por un cierto factor para la educación vespertina o de otro nivel y modalidad, cada uno de esos valores variará.
Estas tres indicaciones del Ejecutivo fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión.
Para aclarar dudas que se plantearon en la Sala, cabe señalar que este proyecto supone que todos los profesores recibirán un incremento de 12585 pesos mensuales. Pero existe una diferencia: aquellos que no tienen convenio colectivo, es decir, quienes trabajan para el sector municipal recibirán, adicionalmente, un monto según sus bienios y dio no es así para aquellos que tienen convenio colectivo, como es el caso de la educación particular subvencionada, que se rige por sus convenios, sin perjuicio de que el caso de aquel 10 por dentó de profesores, con bienios, de la educación particular subvencionada, los fondos que se entreguen -según lo expresado por el Ministerio- alcanzarán para cubrir su costo, incluyendo a los trabajadores que se desempeñan en las corporaciones municipales de educación, es decir, absolutamente a todos.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ringeling, para referirse a un asunto reglamentario.
El señor RINGELING.-
Señora Presidenta, entiendo que como no hay indicaciones, la votación se hará en general y en particular a la vez. Sin embargo, quiero pedir división de la votación en el artículo 10, y si es posible, explicar, a mi modo, lo que parcialmente indicó el Diputado señor Estévez con respecto a la discriminación que estaría afectando a los profesores de los colegios particulares subvencionados, que representan a un tercio del total del país.
En consecuencia, solicito autorización para fundamentar el voto con respecto al artículo 10.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Puede hacerlo, señor Diputado.
El señor RINGELING.-
Como lo explicamos al principio, aquí se establece un aumento de la remuneración base de los profesores, de 12.585 pesos, que será reajustado y, posteriormente, en 1996, será integrado a la base de la remuneración mínima establecida en el Estatuto Docente.
Por otra parte, el artículo 3° establece una asignación extra por los bienios que tengan los profesores de la educación municipalizada, sobre la base de la tabla que se indica en el mencionado artículo.
De acuerdo con nuestra interpretación, en este proyecto se excluye a un tercio de los profesionales de la educación, pues, dentro de los beneficios que concede no se considera a los profesores que laboran en los colegios subvencionados. En esto hay que hacer un paralelo respecto de cómo trata esta situación el Estatuto Docente. Esta normativa, establece la asignación de antigüedad, bienios, como un derecho de los profesores municipalizados. Sin embargo, para los de la educación particular, simplemente fija un procedimiento que aumenta de tal forma lo que reciben en promedio los sostenedores de los colegios particulares subvencionados, que les permita pagar al profesor, como normalmente ocurrirá, un sueldo similar al del que trabaja en la educación municipalizada.
Por primera vez, un proyecto de ley discrimina claramente en contra de los profesores particulares subvencionados, porque, de hecho, los colegios van a recibir una cantidad distinta de dinero por alumno, según esté en la educación particular o en la municipalizada.
Cabe recordar que un tercio de los padres y apoderados ha elegido matricular a sus hijos en establecimientos de educación particular, por lo que esto puede constituir el inicio de una discriminación. Los representantes del Ministerio de Educación nos dijeron que tan sólo el 10 por ciento de los profesores de los colegios particulares subvencionados han convenido una remuneración extra, dependiendo de los bienios a que tengan derecho. Pero, a mi modo de ver, esta iniciativa no permite aumentarles ni siquiera ese 10 por ciento. Lo más grave es que el 90 por ciento restante mucha veces gana más, no por tener derecho a más bienios por concepto de antigüedad, sino porque su remuneración es mayor que la del resto de los trabajadores de la educación.
Espero que esta inquietud sea recogida por el Ministerio de Educación en el próximo trámite del proyecto -así se dijo en la Comisión-, con el objeto de que no se discrimine en contra de los profesores de la educación particular subvencionada, porque, en el fondo, significa establecer diferencias en contra de los niños y de los padres que han elegido ese tipo de establecimientos.
Por lo tanto, anuncio que me abstendré de votar en este artículo.
He dicho.
El señor ORTIZ.-
Pido la palabra.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta, en la Comisión de Hacienda, reunión a la cual asistió el Diputado señor Ringeling, analizamos hace un rato las indicaciones formuladas por el Ejecutivo.
Cabe tener presente que el proyecto considera dos tipos de mejoramiento de remuneraciones. Por uno de ellos, 123.370 docentes del área municipal y de los colegios particulares subvencionados recibirán una unidad de mejoramiento profesional de 12.585, a contar del 1° de diciembre de este año.
Es efectivo que este beneficio es distinto del otro que contempla el proyecto, que representa la solución a la cual llegó el Gobierno con los profesores a raíz de la paralización de actividades de ese sector en septiembre de este año. Se trata de un monto mensual complementario, sujeto a una tabla que comienza con 441 pesos para los profesores con doce y trece años de servicios y termina con 6.015 pesos para los que acrediten haber trabajado 30 años o más, que empezará a pagarse a contar del 30 de octubre de 1993.
Esta diferencia, que planteamos el miércoles pasado en la Comisión de Educación, que me correspondió presidir, y después en la Comisión de Hacienda, tiene su origen en el artículo 53 de la ley N° 19.070, según el cual las relaciones laborales entre los profesionales de la educación y los empleadores educacionales del sector particular, así como aquellas existentes en los establecimientos cuya administración se rige por el decreto ley N° 3.166, de 1980, serán de derecho privado y se regirán por las normas del Código del Trabajo y sus disposiciones complementarías en todo aquello que no esté expresamente establecido en este título.
Recuerdo esto porque fue un tema ampliamente debatido en la tramitación del Estatuto Docente. Hubo parlamentarios que cuando presentamos una indicación de la posible inamovilidad para todos los profesores del sector educacional, expresaron que si esa norma era aplicable a los profesores de colegios particulares subvencionados, estábamos interviniendo en la empresa privada.
Por lo tanto, señora Presidenta, solicito que aprobemos esta ley en general y en particular, para que sea tratada en la sesión de la tarde del Senado, porque es cierto que el proyecto no otorga a todos los profesores el monto mensual complementario, pero sí los 12.585 pesos mensuales.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Votaremos el proyecto en general, con excepción de los artículos 9°, 10 y 11, que tienen indicación del Ejecutivo.
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora CARABÁLL (Vicepresidenta).-
Aprobado.
Corresponde votar el artículo 9°, con la indicación del Presidente de la República.
El señor LONGUEIRA.-
Señora Presidenta, en la fotocopia que nos entregaron de estas indicaciones, no viene la firma del Ministro. No sé si reglamentariamente corresponde votar así la indicación del Ministro Foxley, o si el original que tiene la Corporación está firmado por los dos Ministros.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El original lleva la firma de todos los señores Ministros, y quien patrocina la indicación es el Presidente de la República.
En votación el artículo 9°.
- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobado.
En votación el artículo 10, con la indicación del Presidente de la República.
- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa 1 voto. Hubo 13 abstenciones.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobado.
En votación la indicación del Ejecutivo para reemplazar el artículo 11.
- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobado.
Despachado el proyecto.
El señor ULLOA.-
Pido la palabra.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ULLOA.-
Señora Presidenta, hice una consulta respecto de los profesores que están en los departamentos de educación municipal, y se nos dijo que se respondería después.
El señor ARANCIBIA.-
Pido la palabra.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARANCIBIA.-
Señora Presidenta, comparto la misma inquietud, porque, en su momento, se señaló que se daría una respuesta sobre la situación planteada.
El señor ORTIZ.-
Pido la palabra.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta, se solicitó tres veces que se aprobara el ingreso a la Sala del Subsecretario de Educación, ya que no estaba el señor Ministro, pero no se dio la unanimidad. Le consultamos al Subsecretario sobre este punto, y nos señaló que el proyecto no contempla a los profesores que cumplan labores directivas dentro de los DEM.
Sería bueno, en beneficio de este proyecto, que el Diputado señor Sotomayor diera la unanimidad de la Sala, para que el Subsecretario de Educación planteara en la Sala oficialmente la posición del Gobierno.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
No hay acuerdo.
APLICACION DE LA LEY N° 16.744 SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJADORES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO. Primer trámite constitucional (Continuación).
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En votación en general el proyecto de ley que dispone la aplicación de la ley N° 16.774, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, a los trabajadores del sector público.
Esta iniciativa es de quórum calificado, por lo que requiere de los votos de 59 señores Diputados para su aprobación.
- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 notos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobado
Pasa a segundo informe.
El señor SEGUEL.-
¿Por qué, señora Presidenta, si no tiene indicaciones?
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Señor Diputado, se han formulado indicaciones.
- El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Al artículo 2°1. - Del señor Coloma "En el evento de que las entidades empleadoras a que se refiere el inciso primero del artículo 1° de la presente ley opten por adherirse a este sistema de mutualidades, no podrán integrar su administración ni elegir a sus administradores".
Al artículo 6°
2. - De los señores Dupré, Palestra, Cardemil y Sotomayor para sustituir, en el inciso primero, la frase "que se encuentren afiliados a un", por la siguiente: "podrán afiliarse a cualquier".
3. - De los señores Dupré, Palestra, Cardemil y Sotomayor para suprimir, en el inciso primero, la coma que sucede a la palabra pensiones y agregar la conjunción "y" en su reemplazo.
MODIFICACION DE LA BASE DE CÁLCULO DE LOS SUBSIDIOS MATERNALES. Primer trámite constitucional (Continuación).
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En votación en general el proyecto de ley que modifica la base de cálculo de los subsidios maternales.
También requiere quórum especial.
- Efectuada la votación en forma económica, por él sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos.
No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobado.
Si le parece a la Sala, también se podría despachar en particular, ya que tiene sólo dos indicaciones de Hacienda.
Acordado.
El señor Secretario va a dar lectura a las indicaciones.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La primera tiene por finalidad rechazar el artículo transitorio que contiene el informe de la Comisión de Trabajo.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Si le parece a la Sala, se aprobará esta indicación con la misma votación anterior.
Aprobado.
Se dará lectura a la segunda indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Tiene por finalidad consultar el siguiente artículo transitorio:
"El mayor gasto fiscal que irrogue durante 1993 la aplicación de esta ley se financiará mediante transferencia del ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del Presupuesto vigente.".
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará con el mismo quórum anterior de 67 votos, como asimismo él resto del articulado.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
INTEGRACION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Segundo trámite constitucional (Continuación).
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En votación el proyecto de ley sobre plena integración social de las personas con discapacidad, el cual requiere 67 votos para su aprobación en general.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobado en general el proyecto.
- Aplausos.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Si le parece a la Sala se darán por aprobados en particular, con el mismo quórum anterior, los artículos 25, 48, 49, 52, 57, 62 y 63, que requieren quórum de ley orgánica constitucional, y el artículo 19, quórum calificado.
-Aprobados.
Tiene la palabra el Diputado señor Martínez para plantear un asunto reglamentario.
El señor MARTINEZ (don Juan).-
Señora Presidenta, por un error, en la votación en general aparezco absteniéndome. Mi voto era favorable. Solicito que se corrija esa situación.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Muy bien. Con el voto del Diputado señor Martínez, se aprueba el proyecto con 69 votos a favor.
Se han presentado cuatro indicaciones: una de un señor Diputado y tres de la Comisión de Hacienda.
tiene la palabra el Diputado señor Ringeling.
El señor RINGELING.-
Señora Presidenta, el objetivo de mi indicación es discutir en un segundo informe algunos aspectos que, según mi punto de vista, son importantes y que no tuvimos tiempo, ni siquiera en la Comisión de Hacienda. En ella se habló de que podríamos verlos en un segundo informe. Ahora, si la Sala no lo desea, no me voy a oponer puesto que se trata de un proyecto muy importante. Pero consulto si hay esa coincidencia, porque di a conocer al señor Ministro algunos aspectos que podrían mejorar el proyecto.
Reglamentariamente, corresponde que vuelva a la Comisión, y no he dado mi aprobación para que no vuelva, entonces, no sé por qué se están votando las indicaciones en este momento.
Señora Presidenta, reitero mi pregunta de si hay unanimidad en la Sala para que no se vea ninguna indicación, y, por lo tanto, que el proyecto no vuelva a Comisión para segundo informe.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
¿Hay acuerdo de la Sala para que el proyecto no vuelva a Comisión?
Acordado.
Se retira la indicación del Diputado señor Ringeling.
A continuación, deben votarse las indicaciones de la Comisión de Hacienda.
El señor Secretario les dará lectura.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La primera tiene por objeto sustituir el inciso segundo del artículo 2° por el siguiente: "El Estado dará cumplimiento a la obligación establecida en el inciso anterior en los términos y condiciones que fije esta ley".
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
No hay acuerdo.
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos; por la negativa, 8 votos. Hubo 2 abstenciones.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobada la indicación.
Si le parece a la Sala, se aprobará el inciso primero del artículo.
El señor Secretario dará lectura a otra indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La segunda indicación tiene por finalidad agregar el siguiente inciso segundo al artículo 44: "La enajenación prevista en el inciso anterior, relativa a las ayudas técnicas que no presten utilidad al destinatario, sólo podrá efectuarse respecto de otra persona discapacitada y cumpliendo con los requisitos del artículo 42 de la presente ley."
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, por, el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 15 votos. Hubo 3 abstenciones.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Aprobada la indicación y el resto del artículo.
El señor Secretario dará lectura a la última indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La última indicación tiene por finalidad agregar, en el último inciso del artículo 58, a continuación de la letra c), reemplazando la conjunción "y", que la antecede, por una coma (,), la letra "d)".
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El señor Secretario verificará si es sólo una indicación formal.
El señor LOYOLA (Secretario).-
El último inciso del articulo 58 quedaría redactado de la siguiente forma: "Los acuerdos a que se refieren las letras a), c) y d), necesitarán del voto conforme de los dos tercios de los consejeros presentes."
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
Aprobada la indicación y el resto del articulado, dejándose constancia de que se reunió el quórum necesario pata aprobar las normas de quórum calificado y de ley orgánica constitucional
Aprobado en general y en particular el proyecto.
Despachado en su primer trámite constitucional.
- Aplausos.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Recuerdo a los señores Diputados que al término de la sesión se efectuará una reunión de Comités.
REPLICA A ALUSION PERSONAL. (Aplicación del artículo 33 del Reglamento).
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
La Diputada señora María Angélica Cristi ha solicitado hacer uso del tiempo que le concede el Reglamento por haber sido aludida en su calidad de parlamentaria.
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora CRISTI .-
Señora Presidenta, he solicitado mi derecho a réplica de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de la Cámara, dado que, desde el inicio de las actividades electorales en las comunas de La Reina y Peñalolén, el candidato a Diputado Tomás Jocelyn-Holt, se ha empeñado en montar una verdadera campaña en contra de mi candidatura, basada en falsedades y destinada, obviamente, a restarme el apoyo con que cuento. Para ello se ha valido de todos los medios a su alcance, y muy en especial de los medios de comunicación, donde, incluso, ...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora CRISTI.-
Señora Presidenta, cuándo esta mañana el Presidente de la Cámara hizo uso de su derecho a réplica, lo escuchamos en silencio y con respeto. Pido el mismo derecho para los parlamentarios de la Oposición.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene toda la razón, señora Diputada.
Ruego a los señores Diputados escuchar la intervención de la Diputada señora Cristi con el respeto que se merece.
Puede continuar Su Señoría.
La señora CRISTI.-
Para ello -reiteróse ha valido de todos los medios a su alcance, muy en especial de los medios de comunicación, donde, incluso, ha sobre- dimensionado en forma muy exagerada las atenciones que dispenso y siempre he dispensado a la comunidad, en particular a los sectores de menores recursos y a los niños.
Sin embargo, la situación se tomó grave cuando el viernes recién pasado empezó a difundirse en varias radioemisoras del país la nueva propaganda política de Jocelyn-Holt, en la cual, al dar la bienvenida al futuro, llama a los vecinos de La Reina y Peñalolén a no dejarse engañar frente al apoyo que María Angélica Cristi dice dar a Freí. El mensaje, obviamente, es prueba del pavor al inevitable voto cruzado y la desesperación de que es presa el candidato.
La seriedad con que asumo mi trabajo político y la honestidad que, como persona, me comprometen con mi sector al cual represento, no me permiten, ni en sueños, acciones de esa naturaleza. Por lo demás, mi apoyo a Arturo Alessandri ha (sido público y su imagen ha estado presente en toda mi campaña política. Lo único verídico es el hedió de que muchas personas han optado por el voto cruzado.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora CRISTI.-
Así lo manifiestan los electores en sus propias casas, mediante publicidad de los distintos pactos y partidos. Este no es un hecho aislado, pues también sucedió en mi distrito en la elección pasada y ahora se repetirá en otros sectores del país. El hecho de que la mayoría de las personas voten por quienes quieran, prueba, por cierto, la capacidad de decisión y madurez cívica de los (chilenos. En definitiva, eso es la democracia.
Sin embargo, nada justifica, de ninguna forma, la insolencia y la mentira con que Tomás Jocelyn-Holt ha tratado de presentarme ante el país, principalmente ante el electorado de Peñalolén y La Reina, con el único propósito de lograr su objetivo político. La verdad y la lealtad han sido, justamente, los rasgos que me han caracterizado durante toda mi vida pública y personal Nunca he transado mis principios o he inducido a engaño a mis electores. El trabajo y el compromiso con mi sector y el cariño que siento por las personas que allí viven, son conocidos y reconocidos. Por ello tengo votos propios y no necesito colgarme de nadie para ser elegida Diputada, contrariamente con lo que hace ese candidato, que no sólo se cuelga de Frei, sino que se aferra a él como lapa como su única alternativa.
No puedo aceptar, entonces, que un candidato recién aparecido y desesperado en su afán de adquirir adhesiones, que además es prepotente, insensible y que opta por un sector que no conoce y por el cual nunca ha hecho nada, trate de empañar mi imagen pública contratando para ello, no sólo propaganda política en las principales radioemisoras del país, sino, incluso, aviones para lanzar su publicidad barata y falsa.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora CRISTI.-
Esto habla mal de su caballerosidad y lo presenta como poco hombre al usar este tipo de armas para atacar veladamente a su rival,...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora CRISTI.-
... y, en especial, a una mujer.
Por último, no puedo dejar de expresar mi preocupación ante la falta de excelencia y madurez cívica que ha alcanzado la competencia política en mi sector.
Más allá de lo que me atañe como candidata, éstas son las prácticas que justamente nos restan crédito como políticos y como parlamentarios ante la opinión pública.
Por eso, coincidiendo con otras situaciones que se han planteado hoy en la Cámara, que considero graves, hago un llamado a la Mesa para que rechace formalmente este tipo de práctica, que recrudece en épocas de campaña electoral y que desprestigia al Parlamento.
He dicha
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
No le corresponde a la Mesa pronunciarse sobre ese tema, sino a la Sala.
Por haberse cumplido con su objetivo, se levanta la sesión.
- Se levantó a las 1432.
JORGE VERDUGO NARANJO
Jefe de la Redacción de Sesiones de la Comisión.