Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
MODIFICACIÓN DE NORMAS SOBRE DESERCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN Y CONTESTACIÓN DE LA ACUSACIÓN
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Miguel Otero Lathrop
- INTERVENCIÓN : Maximo Pacheco Gomez
- DEBATE
-
FACULTAD A CORTE SUPREMA PARA DESIGNAR MINISTROS DE CORTES DE APELACIONES COMO INTEGRANTES DE SALAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Jorge Miguel Otero Lathrop
- INTERVENCIÓN : Maximo Pacheco Gomez
- DEBATE
-
CONVENIO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA ENTRE CHILE Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Navarrete Betanzo
- INTERVENCIÓN : Arturo Alessandri Besa
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- DEBATE
-
TRATADO DE INSTITUCIONALIZACION DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Vladimir Anselmo Sule Candia
- INTERVENCIÓN : Arturo Alessandri Besa
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Hernan Vodanovic Schnake
- INTERVENCIÓN : Sergio Onofre Jarpa Reyes
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Sergio Onofre Jarpa Reyes
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Mario Papi Beyer
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- INTERVENCIÓN : Mario Papi Beyer
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Sergio Onofre Jarpa Reyes
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Ricardo Navarrete Betanzo
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- DEBATE
-
MODIFICACIÓN DE NORMAS SOBRE DESERCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN Y CONTESTACIÓN DE LA ACUSACIÓN
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 322ª, ORDINARIA
Sesión 21ª, en miércoles 24 de julio de 1991
Ordinaria
(De 11 a 14:5)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES GABRIEL VALDÉS SUBERCASEAUX, PRESIDENTE , Y BELTRÁN URENDA ZEGERS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL TITULAR, SEÑOR RAFAEL EYZAGUIRRE ECHEVERRÍA
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA......................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN..........................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS...........................................................
IV. CUENTA............................................................................................
Acuerdos de Comités
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite, que modifica los artículos 201 del Código de Procedimiento Civil sobre deserción del recurso de apelación, y el 448 del Código de Procedimiento Penal, respecto de la contestación de la acusación (se aprueba en general y en particular).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que faculta a la Excelentísima Corte Suprema para designar Ministros de Cortes de Apelaciones a fin de integrar las Salas (se aprueba en general y en particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre Chile y los Estados Unidos Mexicanos (se aprueba en general y en particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano (se aprueba).
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
-Alessandri Besa, Arturo
-Calderón Aránguiz, Rolando
-Cantuarias Larrondo, Eugenio
-Cooper Valencia, Alberto
-Díaz Sánchez, Nicolás
-Díez Urzúa, Sergio
-Feliú Segovia, Olga
-Fernández Fernández, Sergio
-Frei Bolívar, Arturo
-Frei Ruiz-Tagle, Carmen
-Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
-Gazmuri Mujica, Jaime
-González Márquez, Carlos
-Huerta Celis, Vicente Enrique
-Jarpa Reyes, Sergio Onofre
-Lagos Cosgrove, Julio
-Larre Asenjo, Enrique
-Lavandero Illanes, Jorge
-Letelier Bobadilla, Carlos
-Martin Díaz, Ricardo
-Mc-Intyre Mendoza, Ronald
-Navarrete Betanzo, Ricardo
-Núñez Muñoz, Ricardo
-Ortiz De Filippi, Hugo
-Otero Lathrop, Miguel
-Pacheco Gómez, Máximo
-Páez Verdugo, Sergio
-Palza Corvacho, Humberto
-Papi Beyer, Mario
-Pérez Walker, Ignacio
-Piñera Echenique, Sebastián
-Prat Alemparte, Francisco
-Ríos Santander, Mario
-Romero Pizarro, Sergio
-Ruiz De Giorgio, José
-Siebert Held, Bruno
-Sinclair Oyaneder, Santiago
-Soto González, Laura
-Sule Candia, Anselmo
-Thayer Arteaga, William
-Urenda Zegers, Beltrán
-Valdés Subercaseaux, Gabriel
-Vodanovic Schnake, Hernán
-Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el señor Ministro de Justicia. Actuó de Secretario el señor Rafael Eyzaguirre Echeverría, y de Prosecretario, el señor José Luis Lagos López.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11, en presencia de 44 señores Senadores.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor VALDÉS (Presidente).-
Se da por aprobada el acta de la sesión 19a, ordinaria, en 17 de julio en curso, que no ha sido observada.
IV. CUENTA
El señor VALDÉS (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor LAGOS (Prosecretario).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensaje
De Su Excelencia el Presidente de la República , con el que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo 54 del Decreto Supremo N° 294, de 1984, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto de la ley N° 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, respecto a las infracciones sobre pesos máximos de vehículos y carga, y las leyes N°s 18.290 y 18.287.
-Pasa a la Comisión de Obras Públicas.
Informes
Uno de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito en Ciudad de México el 2 de octubre de 1990, entre los Gobiernos de la República de Chile y de los Estados Unidos Mexicanos.
Otro de la misma Comisión, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, relativo a la aprobación del Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano, adoptado en Lima, Perú, el 16 de noviembre de 1981.
Un último, de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la moción presentada por el Honorable señor Otero, con la que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, sobre deserción del recurso de apelación, y el artículo 448 del Código de Procedimiento Penal respecto a la contestación de la acusación.
-Quedan para tabla.
Comunicación
Del Párroco de los "Los Doce Apóstoles", Presbítero don Fernando Grandela Ramírez, con la que hace llegar sus más cordiales saludos, con ocasión de conmemorarse en este mes los 180 años de la instalación del primer Congreso Nacional.
-Se manda agradecer.
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El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente , como ya fue emitido el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito en Ciudad de México, podría incluirse en el Orden del Día de esta sesión, por tratarse de un asunto sencillo, el cual no ofrece mayores problemas.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si hay acuerdo unánime de Comités,...
El señor SULE.-
Señor Presidente , ¿se incluyó en la tabla el anterior proyecto?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Quedó para la tabla de mañana, señor Senador.
El señor SULE.-
El de Relaciones es de fácil despacho, señor Presidente.
El señor VALDÉS (Presidente).-
El de México.
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA .-
Señor Presidente , respecto del informe de que se acaba de dar cuenta, la Comisión de Relaciones Exteriores estimó innecesario el trámite a la de Hacienda, como precisamente lo había resuelto el Senado ayer.
Por lo tanto, deseo solicitar un pronunciamiento de la Sala sobre el punto, para que podamos conocer tal informe hoy o mañana.
El señor MC-INTYRE.-
Ése sería el otro informe.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
El Honorable señor Urenda se refiere al informe relativo al Parlamento Latinoamericano.
Si le parece a la Sala, se obviaría el informe de la Comisión de Hacienda, teniendo presente que la materia de que trata no implica gastos. En todo caso, de haberlos por la incorporación del Senado al Parlamento Latinoamericano, los recursos que deben aportarse como cuota no serían fiscales, pues se hará con cargo a los propios. De manera que no se requiere del trámite de Comisión de Hacienda.
Si le parece a la Sala, así se acordaría.
Acordado.
El señor SULE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SULE.-
La Comisión de Relaciones Exteriores -el señor Presidente omitió el hecho, porque evidentemente lo otro era más importante- acordó también solicitar que se tratara el proyecto en esta misma reunión, si es posible.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
A petición de uno de los Comités, la Mesa convocará a una reunión de los mismos.
Se suspende la sesión.
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-Se suspendió a las 11:15.
-Se reanudó a las 11:54.
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El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor VALDÉS (Presidente).-
Los Comités Parlamentarios acordaron, por unanimidad, lo siguiente:
1.- Postergar el debate del informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que modifica el Título VII de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, hasta recibir la decisión de la Cámara de Diputados, donde se originó.
2.- Incluir en tabla los siguientes asuntos:
a) Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Otero, que modifica el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, sobre deserción del recurso de apelación, y el artículo 448 del Código de Procedimiento Penal, respecto de la contestación de la acusación, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento;
b) Proyecto de ley que otorga a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia la facultad de designar Ministros de Cortes de Apelaciones para integrar Salas, con informe de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda;
c) Proyecto de acuerdo sobre aprobación del "Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito en Ciudad de México el 2 de octubre de 1990, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, y
d) Proyecto de acuerdo sobre aprobación del "Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano", suscrito en Lima el 16 de noviembre de 1981, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
3.- Incluir en la cuenta de la presente sesión, eximir del trámite de Comisión y tratar mañana, el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Feliú y señores Alessandri, Gazmuri, Navarrete y Valdés, que modifica la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
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El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Hago presente que la última iniciativa mencionada en los acuerdos de los Comités, agrega un inciso segundo al artículo 34 de la ley N° 17.288, con el propósito de autorizar a los Museos del Estado para que entreguen en préstamo o comodato "al Congreso Nacional y a la Excma. Corte Suprema de Justicia, a petición de los Presidentes de la H. Cámara de Diputados, del H. Senado o de la Excma. Corte Suprema, en su caso.", obras de arte que no se encuentren en exhibición en aquéllos.
Asimismo, en el artículo 2° se propone intercalar en la ley 18.918 un artículo 55, nuevo, a fin de posibilitar que los bienes muebles, adheridos o no, que alhajaban el edificio del Congreso Nacional ubicado en Santiago y que fuera declarado monumento histórico, pertenecen al Parlamento y podrán ser trasladados a su actual sede en Valparaíso. Se establece el plazo de un año para que los Presidentes de ambas Cámaras individualicen los bienes que serán trasladados, mediante comunicación dirigida al Ministro de Bienes Nacionales , quien lo dispondrá.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE NORMAS SOBRE DESERCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN Y CONTESTACIÓN DE LA ACUSACIÓN
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
De conformidad al acuerdo de los Comités, corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción del Honorable señor Otero, para modificar los artículos 201 del Código de Procedimiento Civil, sobre deserción del recurso de apelación, y el 448 del Código de Procedimiento Penal, respecto de la contestación de la acusación, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor Otero).
En primer trámite, sesión 15a, en 9 de julio de 1991.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 21a, en 24 de julio de 1991.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión, en su informe, propone aprobar el proyecto, que consta de un artículo único.
El nuevo texto que se propone para el inciso primero del artículo 201 del Código de Procedimiento Civil es el siguiente:
"Si la apelación se ha interpuesto fuera de plazo o respecto de resolución inapelable o no es fundada o no contiene peticiones concretas, el Tribunal correspondiente deberá declararla inadmisible de oficio; y, si el apelante no comparece dentro del plazo, deberá declarar su deserción previa certificación que el secretario deberá efectuar de oficio. La parte apelada, en todo caso, podrá solicitar la declaración pertinente, verbalmente o por escrito.".
Es decir, se agrega la parte que dispone que, si el apelante no comparece dentro de plazo, el tribunal deberá declarar la deserción del recurso, previa certificación que el secretario deberá efectuar de oficio. La segunda enmienda tiene por finalidad derogar el inciso tercero del artículo 448 del Código de Procedimiento Penal, el cual dispone lo siguiente: "La contestación de la acusación por el acusado constituye un trámite esencial que no puede darse por evacuado en su rebeldía".
En la Comisión se hizo presente que la agregación del inciso tercero del artículo 448 del Código de Procedimiento Penal efectuada por la ley N° 18.857, ha suscitado una situación grave, por lo cual se propone eliminarlo.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En la discusión general y particular, ofrezco la palabra.
El señor OTERO.-
Pido la palabra.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO .-
Señor Presidente, en verdad el proyecto tiene por objeto solucionar, en primer lugar, un error de transcripción que se produjo respecto de lo acordado en su oportunidad por la Junta de Gobierno con relación a la enmienda del artículo 201 del Código de Procedimiento Civil.
Tal disposición tuvo una primera enmienda en la ley N° 18.705; pero, después de entrar en vigencia ésta, quedó en claro -a través de distintas observaciones recibidas de los propios tribunales de justicia- que era absolutamente necesario aumentar las causales que permitían poner término al recurso de apelación en segunda instancia, cuando la parte no había cumplido con ciertas obligaciones.
Dicha enmienda fue incorporada en la ley N° 18.882; pero, lamentablemente, al transcribir el texto se omitió una frase completa -la cual se propone reponer en el proyecto en debate-, referente a la no comparecencia del apelante dentro del plazo y a la necesidad de declarar de oficio la deserción, previa certificación que debe hacer también de oficio el secretario del tribunal.
Ese error ha significado dejar sin razón legal alguna el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, relativo a la casación. Porque en su inciso primero expresa: "Es aplicable al recurso de casación lo dispuesto en los artículos 200, 202 y 211."; pero el inciso segundo establece: "El artículo 201 sólo será aplicable en cuanto a la no comparecencia del recurrente dentro de plazo.", en circunstancias de que en este último se había omitido tal frase. Se trata de una modificación en cuya necesidad coinciden, no sólo quien la propuso, sino también el Instituto Chileno de Derecho Procesal y todos los magistrados. Es necesario subsanar un error deslizado en la transcripción de un texto aprobado en una forma, y que, posteriormente, fue publicado de manera distinta, pero que no se corrigió a tiempo. Por lo tanto, requiere hoy de una enmienda legislativa.
En síntesis, lo que persigue este proyecto es, simplemente, agregar al artículo 201 la frase que se omitió por error cuando se aprobó la ley 18.882, y que dice lo siguiente: "y, de no comparecer el apelante dentro del plazo, deberá declarar su deserción previa certificación que el secretario deberá efectuar de oficio.".
De esta manera queda completo el Código de Procedimiento Civil, en concordancia con las disposiciones que dicen relación al recurso de casación; y, al mismo tiempo, se mantiene una institución que ha existido desde siempre en el Código, cual es la deserción del recurso cuando la parte apelante no comparece dentro del plazo.
La segunda proposición se refiere a una modificación al Código de Procedimiento Penal.
En la ley N° 18.857 se modificó ese Código y se agregó a su artículo 448 un inciso que expresa lo siguiente: "La contestación de la acusación por el acusado constituye un trámite esencial que no puede darse por evacuado en su rebeldía.".
La verdad es que aquí se confundieron dos cosas. Una es el concepto de asistencia judicial, referente a que el Estado debe cumplir la normativa constitucional de prestar la debida asistencia judicial; y otra, la paralización indefinida del proceso. Y, en lugar de haberse logrado el objeto perseguido, lo único que se hizo fue, precisamente, dar a los que están acusados la mejor herramienta para lograr su impunidad ad perpetuo.
Pongo un solo ejemplo: basta que una persona que maneja en estado de ebriedad cometa cuasidelito de homicidio o lesiones graves, y que cuando llega el momento de contestar la acusación no lo haga, para que el proceso quede absolutamente paralizado, porque no hay forma alguna dentro del Código de Procedimiento Penal de continuar el procedimiento, ya que no puede acusarse la rebeldía; y no existe ninguna disposición que permita a los tribunales de justicia obligar a los abogados, o al acusado, a contestar.
Esta realidad es muy grave, especialmente en las regiones, donde los jueces han tenido que hacer malabarismos para solucionar el problema, llegando ellos mismos a contestar acusaciones para las que tienen que obtener la firma de otros abogados. Es decir, además de no lograrse el propósito perseguido, se estableció una herramienta de impunidad en cuya existencia jamás pensó nadie.
Obviamente, la solución consiste en volver las aguas al cauce; mantener lo que durante cien años operó en el país: que la contestación a la acusación no tenga plazo fatal, pero que sí se pueda acusar la rebeldía. Y, de todas maneras, los jueces tendrán la preocupación de llamar a la persona afectada para que exponga lo que estime conveniente a su derecho. De esta manera se permite que continúe el proceso penal y éste no quede absolutamente paralizado en primera instancia, por no ser posible proseguirlo.
Hoy día, si los señores Senadores fueran a los tribunales, se encontrarían con que hay rumas de expedientes que están paralizados porque no se contestan las acusaciones. Y no se contestan porque ésa es la mejor manera de impedir que haya sentencia condenatoria. Es decir, la modificación no sólo no logró su propósito, sino que estableció una exención de responsabilidad penal, por la vía procesal, que no tiene justificación ética ni racional alguna.
Me tocó conocer estos temas como Presidente del Instituto Chileno de Derecho Procesal , y fui uno de los autores de la reforma de la ley N° 18.705 en materia de derecho civil, y de la ley que se dictó con posterioridad. Por tales razones, encontré que era de mi responsabilidad presentar este proyecto de ley para solucionar definitivamente las dos anomalías mencionadas, lo que ha recibido el absoluto y completo respaldo del señor Ministro de Justicia , con quien conversé antes de que la iniciativa fuera vista en Comisión. Y la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia la ha aprobado por unanimidad, en vista de que es de absoluta lógica y coordinación con los textos legales vigentes.
El señor PACHECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pacheco.
El señor PACHECO.-
Señor Presidente, como se ha expresado, la iniciativa de ley en análisis introduce en substancia modificaciones a preceptos de los Códigos de Procedimiento Civil y de Procedimiento Penal, con el objeto, por una parte, de subsanar un error de transcripción ocurrido al aprobarse la ley N° 18.882, que incide en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil; y, por otra, de corregir una situación de cierta gravedad que se produjo a raíz de la modificación que la ley N° 18.857 introdujo al artículo 448 del Código de Procedimiento Penal.
Esto fue analizado en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Se escuchó igualmente al señor Ministro de Justicia, quien estuvo de acuerdo con el proyecto, el que, por unanimidad, fue aprobado en aquella Comisión.
Por consiguiente, anuncio nuestro voto favorable a la iniciativa, la que, en realidad, se justifica plenamente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Se aprueba en general el proyecto, y, por no haberse presentado indicaciones, queda aprobado también en particular.
FACULTAD A CORTE SUPREMA PARA DESIGNAR MINISTROS DE CORTES DE APELACIONES COMO INTEGRANTES DE SALAS
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Corresponde ahora tratar el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta a la Excelentísima Corte Suprema para designar Ministros de Cortes de Apelaciones a fin de integrar las Salas.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 18a, en 16 de julio de 1991.
Informes de Comisión:
Constitución y Hacienda, sesión 21a, en 24 de julio de 1991.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
El proyecto está informado también por la Comisión de Hacienda.
La Comisión de Constitución propone reemplazar el artículo único de la iniciativa por los que indica en las páginas 11 y 12 de su informe.
Además, respecto del proyecto, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 74, inciso segundo, de la Constitución Política, remitiéndose copia de su texto a la Excelentísima Corte Suprema con el objeto de conocer su opinión acerca de la iniciativa.
El Excelentísimo Tribunal, mediante oficio N° 004146, de fecha 28 de junio de 1991, comunicó que había acordado por mayoría de votos emitir informe favorable respecto del artículo único del proyecto.
Como he dicho, este artículo único fue reemplazado en la Comisión de Constitución por varios preceptos propuestos en una indicación que formularon los Honorables señores Díez, Letelier y Otero, según se desprende del informe.
En consecuencia, la Comisión propone aprobar el proyecto reemplazando el artículo único por los que leeré a continuación.
También debo hacer presente que los artículos 1°, 2° y 3° del proyecto sustitutivo que se propone en la parte final del informe (página 11 del mismo), tienen carácter de ley orgánica constitucional y, por consiguiente, deberán votarse con los quórum que señala el artículo 63, inciso segundo, de la Carta Fundamental.
El texto propuesto por la Comisión de Constitución en reemplazo del artículo único del proyecto primitivo, es el siguiente:
"Artículo 1°.- Autorízase extraordinariamente a la Corte Suprema para nombrar hasta 30 jueces letrados como Ministros suplentes de Cortes de Apelaciones a fin de que, en calidad de Ministros en Visita , se aboquen al conocimiento y fallo de los procesos indicados en los artículos 50 y 560 del Código Orgánico de Tribunales. Estos Ministros suplentes reemplazarán en las visitas a los Ministros titulares que se encuentren en visita, y durarán en funciones hasta el término de éstas, sin perjuicio de lo establecido en el inciso final del artículo 75 de la Constitución Política del Estado.
"Artículo 2°.- Facúltase extraordinariamente a las Cortes de Apelaciones respectivas para nombrar jueces suplentes, en caso que lo estimen necesario, en reemplazo de aquellos que se designen como Ministros suplentes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo precedente. La suplencia durará el tiempo en que el juez reemplazado se desempeñe como Ministro suplente.
"Artículo 3°.- Las facultades que se conceden en los artículos anteriores durarán un año desde la vigencia de la presente ley.
"En caso que las suplencias establecidas en los artículos precedentes se prolonguen por más de treinta días, las ternas para el nombramiento de los suplentes se harán sin sujeción a lo establecido en el artículo 279 del Código Orgánico de Tribunales.
"Artículo 4°.- El mayor gasto que irrogue durante el año 1991 la aplicación de esta ley, se financiará con recursos del ítem 50-01-03-25-33.004 de la Ley de Presupuestos del Sector Público.".
La Comisión de Constitución, finalmente, designó Senador informante al Honorable señor Díez. Por su parte, la Comisión de Hacienda, por unanimidad de sus miembros, "tiene el honor de recomendaros que aprobéis el artículo 4° de esta iniciativa -objeto del presente informe-, en los mismos términos en que fuera despachado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de esta Corporación.". Hará la relación del proyecto ante la Sala el Honorable señor Lavandero.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Díez.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente, el proyecto que recibimos de la Cámara de Diputados adolecía, a nuestro juicio, de varios defectos, y la Comisión decidió modificarlo por la unanimidad de sus miembros.
El texto que proponía la Honorable Cámara de Diputados infringía, a nuestro juicio, el artículo 75 de la Constitución, por cuanto autorizaba a la Corte Suprema para nombrar Ministros de Cortes de Apelaciones sin especificar la calidad, en circunstancias de que la Carta da a la Corte Suprema facultad sólo para nombrar Ministros de Corte suplentes.
En seguida, el proyecto propuesto por la Honorable Cámara de Diputados producía un absurdo jurídico, porque facultaba a la Corte de Apelaciones para nombrar Ministros a fin de que se abocaran a las causas pendientes indicadas en los artículos 50 y 560 del Código Orgánico de Tribunales; y, al mismo tiempo, para nombrar a jueces como Ministros suplentes, lo que producía el fenómeno absurdo de que el Ministro de Corte iba a ser juez de primera instancia, en tanto que el juez sometido a la jurisdicción disciplinaria de esa misma Corte iba a formar parte del tribunal de segunda instancia.
Por eso, la Comisión de Constitución del Senado sustituyó el proyecto de la Cámara de Diputados por otro de cuatro artículos.
El artículo 1° autoriza extraordinariamente a la Corte Suprema para nombrar hasta 30 jueces letrados como Ministros suplentes de Corte de Apelaciones, a fin de que éstos (los suplentes), en calidad de Ministros en Visita, se aboquen al conocimiento y fallo de los procesos indicados en los artículos 50 y 560 del Código Orgánico de Tribunales, reemplazando en las visitas a los Ministros titulares que se encuentran en visita, los que vuelven a desempeñar su cargo normal en la Corte.
El artículo 2° faculta extraordinariamente a las Cortes de Apelaciones para nombrar jueces suplentes, en caso de que lo estimen pertinente -puede haber subrogación de jueces o no ser necesaria la designación-, en reemplazo de aquellos que se designen como Ministros suplentes.
El artículo 3° establece que las facultades que se conceden a la Corte Suprema y a las Cortes de Apelaciones durarán un año, a contar de la vigencia de la presente ley, y que si la suplencia se prolonga por más de treinta días -cosa que seguramente ocurrirá a menudo-, las Cortes deben presentar, de acuerdo con la Constitución, ternas de nombramiento a fin de que la resolución proceda.
La Comisión pretende eximir a la Corte de someterse a lo dispuesto en el artículo 279 del Código Orgánico de Tribunales para la confección de las ternas, con el objeto de que tengan más libertad en la designación de los magistrados.
El artículo 4° mantiene el financiamiento contenido en el proyecto de la Cámara de Diputados.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia aprobó, por unanimidad, la iniciativa en debate. Y debido a que su contenido es lógico y simple, solicita que la Sala lo apruebe también en igual forma.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, Honorables colegas, me corresponde informar el proyecto desde el punto de vista de su financiamiento, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Hacienda.
Deseo manifestar que la iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Comisión y que su financiamiento está contemplado en el artículo 4°, correspondiendo al ítem 50-01-03-25-33.004 de la Partida Tesoro Público.
Anteriormente hice presente que con cargo a ella se han asignado alrededor de 247 mil millones de pesos, de los cuales hasta la fecha se han gastado 157 mil millones 931 mil 758 pesos, más los 6 mil millones que significó el reciente despacho del proyecto de ley que reajustó las asignaciones familiares y maternales, subsidio familiar y pensiones que indica. Además, la presente iniciativa implica un financiamiento extra de 19 millones de pesos mensuales, el que, multiplicado por los seis meses restantes, representa un costo de 120 millones de pesos de aquí a fin de año.
En consecuencia, en dicha partida hay disponibles 83 mil millones de pesos. De modo que no hay inconvenientes -tampoco los hubo en la Comisión- para cumplir con el precepto constitucional que obliga a informar sobre la existencia de fondos y del ítem correspondiente, con el objeto de financiar los proyectos sometidos a la consideración del Senado.
Por esa razón, la Comisión aprobó la iniciativa por la unanimidad de sus miembros.
Sin embargo, un señor Senador planteó una duda -la cual en parte fue resuelta aquí por el Honorable señor Díez - respecto del artículo 3°, que señala que las suplencias pueden prolongarse por más de 30 días. Por su parte, el artículo 75, inciso final, de la Constitución dice: "Estas designaciones no podrán durar más de treinta días y no serán prorrogables.".
Las proposiciones de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en alguna medida resuelven el problema, pues manifiestan que en caso de prorrogarse la suplencia por más de treinta días, deberán designarse ternas para el nombramiento de los Ministros en propiedad que continuarán conociendo los casos que fueron sometidos a su conocimiento.
No obstante, el inciso segundo del artículo 3° del proyecto señala: "las ternas para el nombramiento de los suplentes se harán sin sujeción a lo establecido en el artículo 279 del Código Orgánico de Tribunales.". Y la Constitución, en el mismo inciso final del artículo 75 establece: "En caso de que los tribunales superiores mencionados no hagan uso de esta facultad o de que haya vencido el plazo de la suplencia, se procederá a proveer las vacantes en la forma ordinaria señalada precedentemente.".
En apariencia, podría existir una contradicción en el sentido de que el nombramiento se hará sin sujeción a lo establecido en el artículo 279 del referido Código, como lo indica el artículo 3° del proyecto, toda vez que la norma constitucional dispone que, vencido el plazo, se procederá a proveer las vacantes en la forma ordinaria señalada anteriormente.
En consecuencia, la única explicación que ello podría tener es que el nombramiento se hará sin sujeción al artículo 279 del Código Orgánico de Tribunales, pero en la forma señalada en el artículo 75 de la Constitución.
He requerido aclarar esa situación -pienso que estaba en el contexto de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento- a fin de que no quede ninguna duda sobre la materia, pues se le presentó la misma inquietud a uno de los miembros de la Comisión de Hacienda, quien, precisamente, es integrante de la bancada de Renovación Nacional.
Me parece que con esa argumentación podrían aclararse los reparos que se han presentado.
Es todo cuanto puedo informar en nombre de la Comisión de Hacienda.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Otero.
El señor OTERO .-
Señor Presidente, deseo despejar definitivamente las dudas planteadas por el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra, y otra que no se ha hecho presente en la Sala, pero que existe, en cuanto a que esta ley reviste el carácter de orgánica constitucional. Y explicaré por qué.
El artículo 244 del Código Orgánico de Tribunales dispone que "Los jueces pueden ser nombrados con calidad de propietarios, de interinos o de suplentes.". Y su inciso final agrega: "Es suplente el que es nombrado para que desempeñe una plaza que no ha vacado, pero que no puede ser servida por el propietario en razón de hallarse suspenso o impedido.".
No cabe duda alguna de que esta norma impide nombrar Ministros suplentes cuando los titulares del cargo se encuentren en visita. ¿Por qué razón? Porque el Ministro en visita está en el ejercicio de sus funciones; no se halla impedido ni suspendido de ellas. De manera que aquí, al parecer, existe una antinomia entre la iniciativa en debate y la referida norma del Código Orgánico de Tribunales.
Sin embargo, quisiera hacer presente al Honorable Senado que la disposición del inciso final del artículo 244 es orgánica constitucional y sólo puede ser modificada por otra del mismo carácter. Por lo tanto, la nueva normativa debería entenderse que para este efecto -y para esta sola ley- está modificando tácitamente la disposición del inciso tercero del mencionado artículo 244. Porque de otra manera no podría explicarse que la Excelentísima Corte Suprema emitiera por mayoría de votos un pronunciamiento favorable al texto del Ejecutivo, que adolecía de problemas jurídicos serios, los cuales fueron enmendados por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
En cuanto al tema planteado por el Presidente de la Comisión de Hacienda, Senador señor Lavandero, cabe señalar que se trata de dos materias absolutamente distintas.
En primer lugar, el inciso final del artículo 75 de la Constitución Política del Estado se refiere a que la Corte Suprema, sin terna de ninguna naturaleza, puede nombrar ministros suplentes hasta por 30 días. ¿Qué ocurre, entonces? Es imposible prorrogar la suplencia de la persona designada. Y para el caso de que evidentemente ella exceda ese plazo, la Carta Fundamental dispone que debe precederse de acuerdo con el sistema normal en que se nombra a los ministros de Cortes de Apelaciones ; es decir, presentar la terna respectiva a fin de que la designación la haga el Presidente de la República .
En segundo término, debo hacer presente que el artículo 3° propuesto por la Comisión de Constitución, trata una materia totalmente diferente en lo que dice relación con la aplicación de la norma del penúltimo inciso del artículo 279 del Código Orgánico de Tribunales, que se refiere a los requisitos para confeccionar la terna; no es una disposición de rango constitucional. Por lo tanto, como esta ley reviste el carácter de orgánica constitucional puede modificarla parcialmente, para el solo efecto de esta nueva normativa. Por ese motivo se señaló que no se aplicaría lo dispuesto en aquel inciso, a fin de que las Cortes de Apelaciones tengan la facultad de designar los jueces que, en su opinión, sean los más idóneos, aunque se encuentren en jurisdicciones de distintas Cortes.
En otras palabras, la referida Comisión abrió el campo de la terna, porque ésta es una disposición restrictiva para los suplentes y para los jueces que están ejerciendo en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones respectiva. Por eso la Comisión estimó que dicha restricción no resultaba conveniente en estos casos. De ahí, entonces, que se diera la facultad a las citadas Cortes para incluir en las ternas a jueces de jurisdicciones de otras Cortes de Apelaciones, respetando el mismo procedimiento que se aplica cuando se trata del nombramiento de magistrados titulares.
En consecuencia, es imprescindible dejar constancia en la historia fidedigna de la ley de estas circunstancias, que hacen necesaria la aplicación del artículo 244 del Código Orgánico de Tribunales sobre la suplencia y el artículo 75 de la Constitución Política, en relación con el penúltimo inciso del artículo 279 del citado Código.
Por ello, señor Presidente , al momento de la votación habrá que dejar constancia del quórum -corresponde al de una ley orgánica constitucional-, con el objeto de que pueda producir los efectos señalados.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pacheco.
El señor PACHECO.-
Señor Presidente, esta iniciativa legal se originó en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, en donde se señala que la ley N° 19.047 modificó la competencia de los tribunales militares, entregando la sustanciación y fallo de diversos delitos a jueces ordinarios y a Ministros de Cortes de Apelaciones.
La aplicación práctica de tal normativa produjo como resultado la acumulación de numerosos procesos en Ministros de Cortes de Apelaciones, lo que, en muchos casos, ha impedido el cumplimiento de los plazos legales, tanto en la sustanciación de los juicios como en la dictación de las sentencias.
Por esa razón, no se ha cumplido a cabalidad el propósito de la legislación dictada en orden a agilizar la administración de justicia, en especial respecto de personas que llevan muchos años en calidad de procesados por delitos cometidos por motivos políticos.
En atención a lo expuesto, y como una forma de contribuir a solucionar el problema planteado, el Ejecutivo ha sometido a la consideración del Parlamento este proyecto de ley, que faculta a la Corte Suprema para designar Ministros de Cortes de Apelaciones como integrantes de Salas, reemplazando a los Ministros nombrados para conocer de los procesos antes aludidos, con el objeto de que éstos puedan dedicarse a su conocimiento y fallo.
Tales son el propósito del mensaje y las motivaciones que tuvo en cuenta la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento al aprobar por unanimidad la iniciativa, en cuya discusión también participó el señor Ministro de Justicia , quien, por supuesto, manifestó su acuerdo respecto de toda la normativa propuesta.
En cuanto a las dudas que se presentaron en la Comisión de Hacienda sobre ciertas disposiciones legales, comparto absolutamente lo expresado por el Senador señor Otero hace un momento.
Creo importante que el sentido y alcance que consideró la Comisión de Constitución para acoger el proyecto queden consignados en la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
Finalmente, debo expresar que, como muy bien lo señaló el señor Presidente , la aprobación de esta materia exige quórum calificado.
Muchas gracias.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Como se ha hecho presente -y también lo indica el informe- se requiere un quórum de 26 votos, correspondientes a los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio.
Si no hubiera oposición, y previa verificación del número de votos necesario, se aprobaría el proyecto en general.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En este momento hay 31 señores Senadores en la Sala y, de acuerdo con el inciso segundo del artículo 63 de la Constitución, se precisan 26 votos, como se ha dicho.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Dejo establecido, además, que no se han presentado indicaciones.
-Se aprueba unánimemente el proyecto en general y, por no haberse presentado indicaciones, queda aprobado también en particular, dejándose constancia de que emitieron pronunciamiento 31 señores Senadores y de que el quórum constitucional es de 26 votos.
CONVENIO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA ENTRE CHILE Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre aprobación del Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en Ciudad de México el 2 de octubre de 1990, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 50a, en 14 de mayo de 1991.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 21a, en 24 de julio de 1991.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión, por la unanimidad de sus miembros, propone aprobar el proyecto, que tiene un artículo único, y deja expresa constancia de que los "Acuerdos Complementarios de cooperación técnica y científica" que pudieran celebrar posteriormente ambas Partes deberán, obviamente, cumplir con lo preceptuado en el párrafo segundo del número 1) del artículo 50 de la Constitución Política de la República. En otras palabras, que -en el supuesto de que en ellos se contengan materias propias de ley- tales Acuerdos Complementarios deberán ser sometidos a la previa aprobación del Congreso Nacional.".
En virtud de tales consideraciones, la Comisión propone acoger el texto, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Navarrete.
El señor NAVARRETE .-
Señor Presidente, Honorables colegas, quiero recordar que hace algunos días el Senado de la República aprobó un acuerdo de similares características entre nuestro país y la República de Venezuela.
Como consigna el informe, haciendo referencia al mensaje, "El Convenio tiene como propósito fortalecer los lazos de amistad existentes entre los dos pueblos," -es decir, entre Chile y México - "a través del establecimiento de mecanismos y programas de cooperación técnica y científica, que efectivamente incidan en el progreso económico y social de ambos países.".
Creo que la discusión acerca de una materia de esta índole en lo fundamental ya se realizó con motivo de la aprobación del proyecto con Venezuela, razón por la cual, señor Presidente , solicito a la Sala acoger por unanimidad el texto que nos ocupa.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Páez.
El señor PÁEZ .-
Señor Presidente, intervengo para anunciar los votos favorables de la Democracia Cristiana a este proyecto de acuerdo, que fue aprobado unánimemente en la Comisión de Relaciones Exteriores y que, como se señaló, es similar a uno que despachamos la semana pasada. Por lo tanto, corroboraremos la decisión de esa Comisión.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente, solamente deseo confirmar lo expresado por los señores Senadores que me precedieron en el uso de la palabra en el sentido de que éste es una especie de tratado-tipo de cooperación técnica y científica entre Gobiernos, que contempla diversos mecanismos para materializarla, y de que es idéntico al celebrado con la República de Venezuela.
En consecuencia, también lo votaré favorablemente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, el párrafo 3 del artículo I del texto establece que "las Partes podrán, cuando lo consideren necesario, celebrar Acuerdos Complementarios de cooperación técnica y científica, en aplicación del presente Convenio que les servirá de base.".
Al respecto, la Comisión acordó, como lo ha hecho en otras oportunidades, dejar constancia de que en esos casos deberá cumplirse con lo preceptuado en el párrafo segundo del número 1) del artículo 50 de la Constitución. En otras palabras, en el supuesto de que contengan materias propias de ley, esos acuerdos complementarios deberán ser sometidos a la aprobación previa del Parlamento.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si nadie solicita votación, se aprobaría el texto por unanimidad.
-Por unanimidad, se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo.
TRATADO DE INSTITUCIONALIZACION DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En seguida, es necesario ocuparse en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, relativo a la aprobación del "Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano", adoptado en Lima el 16 de noviembre de 1981. La materia cuenta con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 20a, en 23 de julio de 1991.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 21a, en 24 de julio de 1991.
Discusión:
Sesión 20a, en 23 de julio de 1991 (pasa a las Comisiones de Hacienda y de Relaciones Exteriores).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión propone acoger el proyecto de acuerdo, dejando establecido que, al hacerlo, "se está facultando al señor Presidente de la República para que Chile se adhiera a él.
"En virtud de esta consideración, vuestra Comisión, con el voto contrario del Honorable Senador señor Alessandri, acogió el proyecto de acuerdo objeto de este informe, y os propone -en consecuencia- aprobarlo en los mismos términos en que lo hiciera la Cámara de Diputados.".
La iniciativa consta de un artículo único, que dice lo siguiente:
"Apruébase el Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano, adoptado en Lima, Perú, el 16 de noviembre de 1987.".
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Se deja constancia de que se ha determinado que no cabe el trámite a la Comisión de Hacienda, por no encontrarse involucrado gasto alguno en lo inmediato.
En discusión general y particular.
Tiene la palabra el Honorable señor Sule.
El señor SULE.-
Señor Presidente, pido aprobar en seguida, si es posible, el proyecto de acuerdo, dado que forma parte de una concepción general en torno de la necesidad de institucionalizar el Parlamento Latinoamericano, factor fundamental y coadyuvante del proceso de unidad e integración regionales.
Por tales razones, la bancada Radical-Social Demócrata apoyará toda iniciativa que conduzca a la obtención de tan anhelada meta.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente, voté en contra en la Comisión por la sencilla razón de que prácticamente no tuvimos tiempo de analizar el Tratado en profundidad. No fue posible escuchar opinión alguna al respecto, por cuanto la calificación de "Discusión Inmediata" nos obligó a considerarlo inmediatamente.
En lo referente a esta materia tuve presente, asimismo, lo dispuesto en el artículo 5° de la Carta Fundamental, cuyo inciso segundo expresa:
"El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.".
Esto significa que cualquier texto de esa naturaleza tiene mucha repercusión en el ámbito nacional y que cualquiera disposición general que contenga puede traer consecuencias, una vez aprobada, en nuestra legislación interna.
Cabe destacar, como anécdota pintoresca, que Cuba se encuentra entre los firmantes del documento, uno de cuyos motivos se refiere a "la participación de los pueblos latinoamericanos a través de la diversidad de sus corrientes políticas e ideológicas, representadas en sus parlamentos nacionales", en circunstancias de que en ese país no existe pluralidad, que yo sepa, en el ejercicio de los derechos ciudadanos ni pluralidad política. Así que éste es un factor hasta cierto punto curioso.
Entre los propósitos del Tratado -muy loable, naturalmente, pero que no se aplica a todos los firmantes- se incluye el de defender el Parlamento Latinoamericano "la plena vigencia de la libertad, la justicia social, la independencia económica y el ejercicio de la democracia representativa con estricto apego a los principios de no intervención"... ¡Bueno, esto se aplica a todos los países de que se trata -repito-, menos al que acabo de mencionar!
Un propósito que me parece discutible es el de "oponerse a la acción imperialista en América Latina," -éste es quizá un postulado ya bastante añejo- "recomendando la adecuada legislación normativa y programática que permita a los pueblos latinoamericanos el pleno ejercicio de su soberanía permanente sobre sus recursos naturales"... Esto, obviamente, no suscita controversia, pero también, a mi juicio, es un concepto algo pasado, porque hoy, con la internacionalización de la economía, nadie discute ya que en un país haya inversión extranjera para explotar los recursos naturales.
Asimismo, se expresa que debe lucharse por "la instauración de un Nuevo Orden Económico Internacional". Recuerdo que se ha debatido cuál es éste en la UNESCO y en otras organizaciones internacionales, de modo que sería interesante saber -como dije, no hubo tiempo para analizarlo- si aquel al que se hace referencia es el que proponen esas entidades. Este punto tampoco fue clarificado.
Por lo tanto, señor Presidente, tal como lo hice en la Comisión, votaré en la Sala en contra del proyecto de acuerdo.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, durante los años 1971 y 1972 el Senador que habla fue Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano. En esa época, los Parlamentarios de América Latina compartíamos las diversas acciones propias de la labor legislativa en nuestro continente y afirmábamos la conveniencia de llegar a algún grado de imitación -si así pudiera decirse- de lo que ocurría en ese instante, con resultados tan positivos, en el Parlamento Europeo. De ese modo se iba conformando una manera distinta en nuestros países de buscar una mayor identidad en la aplicación de una tarea legislativa común.
Recuerdo perfectamente que se aprobaban ciertas disposiciones legislativas que con posterioridad eran entregadas a la consideración de los distintos Congresos, los que, independientemente de lo obrado por el Parlamento Latinoamericano, las acogían o las rechazaban.
Tal procedimiento perseguía el propósito de que en cierto instante existiera en algunos aspectos -no en todos- una legislación común que permitiese una integración como la que había logrado Europa, o en la cual ese continente, en su defecto, exhibía considerables avances, y que en la actualidad presenta resultados tan positivos.
Ése es el sentido del Parlamento Latinoamericano y de todos los Congresos en los cuales concurren diversos Estados. Ése es el sentido de la unidad del trabajo común de los Parlamentarios respectivos, quienes ejercen funciones legislativas en diferentes lugares, para conseguir normativas que permitan una mayor integración.
Los aspectos señalados en el Acuerdo adoptado en Lima el 16 de noviembre de 1987 -no de 1981, como dice el informe- no indican claramente la responsabilidad a que me refiero.
Un Honorable colega recordaba en el día de ayer que algunos de nosotros habíamos participado en el Parlamento Latinoamericano, puntualizando que el ex Presidente del Senado don Tomás Pablo incluso lo había presidido y que quien habla había sido Vicepresidente. Debo expresar, sin embargo, que en realidad nos referimos a dos instituciones absolutamente distintas, a la luz de lo establecido en este Acuerdo que nos ocupa.
Ahora, el problema está -y aquí reclamo por una falta de consideración del Primer Mandatario hacia el Senado y el Congreso, señor Presidente - en que la entidad que formará parte del Parlamento Latinoamericano, según se señala, la constituyen esta Corporación y la Cámara de Diputados, de modo que debió haberse tenido algún grado de deferencia y no disponer la "Discusión Inmediata".
El Congreso debe pronunciarse respecto a los puntos que establece el Tratado. Una serie de ellos -tal como se recordaba ayer- son parte tanto de nuestro acervo político como de nuestro interés: la protección de los derechos humanos, la defensa de la democracia, la libertad, la independencia de los pueblos, las calidades jurídicas de las naciones o los Estados, en fin. Pero otros, tal como lo manifestaba el Senador señor Alessandri, merecen mayor análisis.
El artículo 3, por ejemplo, señala que se va tras "la instauración de un Nuevo Orden Económico", materia en la cual en alguna forma nos compromete el acuerdo que damos para su estudio.
Por estas razones, señor Presidente, me parece que si aspiramos a un Parlamento Latinoamericano con las características de otras instituciones ya exitosas en el resto del mundo, nuestra resolución implica un acuerdo de mayor profundidad.
También se precisa que respecto de los cuatro primeros artículos no podemos realizar ningún tipo de reservas. Es obvio, entonces, que la situación se complica aún más. ¡Cómo no va a ser posible que un país haga reservas o plantee inquietudes respecto a lo que está señalando un tratado que firman otros!
El Honorable señor Alessandri mencionó -y quiero reiterarlo- el hecho de que se establezca que la representación en los Estados debe ser plural y, por tal razón, estar integrada por el conjunto de los partidos políticos que conforman una democracia, en circunstancias de que el Acuerdo está firmado por Cuba, que simboliza exactamente lo contrario a lo que es el principio democrático básico, del que todos participamos. Es un factor que debilita más a este Parlamento Latinoamericano, por cuanto se invita a concurrir a un país que no tiene democracia, que no cuenta con un Congreso pluralmente establecido y que, evidentemente, está muy lejos del contenido de los considerandos, de la postura de no intervención y de los otros aspectos dispuestos en el Tratado. En 1987, el propio Fidel Castro lo señaló en una entrevista: "Sí, intervine en Chile", independientemente del Gobierno que existiese. Entonces, es obvio que estamos frente a una situación tremendamente complicada.
Soy muy partidario de que exista el Parlamento Latinoamericano, de que normas comunes en América Latina vayan integrando a las naciones y nos fortalezcan económicamente, pero, señor Presidente , con reglas del juego claras, definidas, que hayan sido analizadas con tiempo, para realizar un aporte. En este caso, sin embargo, el Parlamento chileno no hace absolutamente ninguna contribución, ya que ello está vedado por el mismo Acuerdo de Lima.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor JARPA.-
Pido la palabra.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Había pedido la palabra con anterioridad el Honorable señor Thayer...
El señor VODANOVIC.-
Yo también la solicité, señor Presidente .
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
...y, después, el Honorable señor Vodanovic.
El señor THAYER .-
Señor Presidente, éste es un Tratado absolutamente sui géneris, no en el mundo, pero sí para nosotros. Por eso, es bien angustioso tener que resolver este asunto con tanta precipitación.
Veamos los elementos de juicio. Y quiero pensar en voz alta, porque -¡para qué decirlo!- tengo la plena convicción de que el propósito unánime del Senado es integrarse a un Parlamento Latinoamericano. No me cabe duda alguna respecto de la finalidad; pero me preocupa la forma en que lo estamos realizando. Por eso, deseo reflexionar sobre este aspecto ante mis Honorables colegas, con toda convicción y modestia.
En primer término, se trata de un proyecto de acuerdo en que el Ejecutivo envía para su aprobación un convenio que compromete a otro Poder del Estado, porque es específicamente el Congreso Nacional el que contrae las obligaciones en esta materia.
Cuando la Constitución Política expresa en el artículo 32, en su número 17°, que corresponde al Presidente de la República "Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes", etcétera, en general no cabe discusión al respecto. Y yo mismo he sostenido en esta Sala, en una oportunidad anterior en que se discutió un problema bastante serio, que me inclino por la facultad privativa del Primer Mandatario para conducir las relaciones internacionales y, al mismo tiempo, por la obligación del Senado de ser muy parco y preciso en cuanto a la parte de aquellas responsabilidades en que le incumbe pronunciarse.
Ahora, acontece que el Ejecutivo ha presentado, con el trámite de "Discusión Inmediata", un Convenio que compromete al Congreso -repito- en un tipo de relación internacional, aspecto que determina una especial consideración.
El segundo elemento, que es particularísimo -y voy a tocar un tema delicado, pero aquí tenemos que analizar las cosas con seriedad-, se refiere a que, tratándose de una situación como la señalada, lo normal habría sido que el Parlamento discutiera la materia con el Ejecutivo , el que luego podría haber convenido en la reunión de Lima determinados términos, sometiéndolos posteriormente a la vía legislativa. Pero ocurre que en 1987 no estaba en funcionamiento el Congreso. No sé quién actuó en representación de nuestro país. No obstante, se plantea el hecho de que de alguna manera ahora asumimos -si estoy equivocado, agradeceré mucho que se me rectifique-, como en forma primigenia, el compromiso de ratificar la institucionalización de un Parlamento cuyas características fueron establecidas en Lima. Lo único claro es que el Congreso Nacional de Chile no tuvo ninguna participación en ello, ni directa ni indirectamente.
En tercer lugar, de acuerdo con los antecedentes que constan en el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores -éste es, para mí, el punto de mayor preocupación-, me parece claro que aquí estamos dando forma, con un poco de atraso, a un proceso que se inició mucho antes: al menos en 1964, cuando predominaban en el mundo y en Chile criterios económicos e integracionistas muy distintos, según entiendo, de los actualmente en uso, práctica y desarrollo. Me provoca cierta inquietud el hecho de que la aplicación de los principios comunes de la interpretación jurídica y la búsqueda del origen en la historia fidedigna del establecimiento de la ley puedan conducir a la conclusión de que todas estas expresiones relativas a la integración de América Latina, el nuevo orden económico internacional, etcétera, vienen arrastrándose desde una época en que regían conceptos distintos.
Lo que me interesa que quede claro es que si el Parlamento chileno asume el compromiso, por ejemplo, de pugnar por la integración de América Latina o de pugnar por un nuevo orden económico internacional, no se concluya que esto favorecerá una manera de entender la integración o de entender el nuevo orden económico internacional distinta de la que actualmente propicia el Gobierno de nuestro país y de la que predomina en el mundo, diferentes de lo que prevalecía hace largo tiempo.
Me correspondió, como miembro del Consejo Ejecutivo de la UNESCO , asistir al debate -muy duro y muy difícil- acerca del nuevo orden económico mundial, y sé francamente, que luego esto ha tenido nuevas proyecciones. Pero, claro, en 1974 ó 1976 -no recuerdo bien- el asunto revestía otros caracteres: cómo sería, que el concepto que en esa oportunidad fue aprobado mereció la abstención de toda la Comunidad Europea y el voto en contra de Estados Unidos. Su sentido era distinto.
Por eso, me interesa que tengamos claro que los compromisos que se contraen no afectan la política económica aplicada actualmente por el Gobierno de Chile, ni pueden ser invocados por los integrantes del Convenio como elemento tendiente a presionar a nuestro país para que cambie una política que en esa materia le está dando buenos resultados.
Éstas son las reflexiones por las que yo estimaba que el proyecto de acuerdo merecía un tratamiento más tranquilo, más a fondo, para tener la seguridad de que no estamos asumiendo un compromiso que contradice -reitero- las medidas en aplicación.
Nada más, señor Presidente .
Muchas gracias.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Vodanovic.
El señor VODANOVIC.-
Señor Presidente, considero que se están vinculando varias cuestiones que no tienen estricta relación con el tema de fondo.
Empiezo por decir que comparto cualquier prevención respecto de la excesiva celeridad con que el Senado debe analizar un tema importante como el que está en discusión. Y nuevamente, aunque sea majadería repetirlo, cabe recordar que está en manos de la Corporación obviar cualquier dificultad de esa naturaleza, cuando se ocupe en el proyecto que tiene por objeto restituirle la facultad de calificar las urgencias. De manera que no reclamemos por algo que obviamente perjudica al Congreso, ya que está en nuestras manos -insisto- superar las dificultades generadas por tal situación.
Sin embargo, entiendo que en este caso específico la calificación de "Discusión Inmediata" por parte del Ejecutivo no envuelve ninguna intencionalidad secundaria, ni el deseo de inhibir al Senado o al Parlamento, en su conjunto, para considerar con latitud el problema.
Se trata, por el contrario, de facilitar la incorporación de nuestro Parlamento a una reunión que va a llevar a efecto la entidad latinoamericana dentro de pocos días o semanas. Y me parece que, restablecida la democracia representativa en el país, será de interés para el Congreso chileno comparecer en una reunión de tal naturaleza ahora y no en algunos años más. Por eso el Ejecutivo le ha puesto urgencia, como una manera de facilitar que se manterialice la eventual decisión que nuestro Parlamento quiera acordar respecto de este tema, y no para inhibir su debate.
Dejado a salvo lo anterior, deseo señalar que convengo con el Honorable señor Alessandri en que el sistema cubano no es paradigma de la democracia representativa y en que, probablemente, el llamado "Parlamento cubano" no sea de los más calificados para formar parte de una institución de aquella naturaleza. Pero bien sabemos que la situación de Cuba obedece a parámetros especiales: ha vivido momentos bastante conflictivos y ha sido y es objeto de una muy intensa presión internacional generada desde los Estados Unidos.
Situaciones de esa naturaleza y otras análogas o disímiles pueden explicarse por ese fundamento y ese trasfondo implícitos: fórmulas de compensación por un estado de cosas desequilibrado y muy injusto para Cuba como república independiente.
Ayer pugné por el restablecimiento de relaciones diplomáticas con el Gobierno cubano. De manera que lo que hoy estoy diciendo pretende un poco situar cada tema en su justa dimensión.
Por otro lado, si uno examina los objetivos del Parlamento Latinoamericano, obviamente que ellos son compartidos por el chileno, y en especial por nosotros, como Senadores. En general, sobre eso no hay ninguna duda ni debiera existir discusión, más allá de que se hagan algunas menciones que hoy día, contemporáneamente, puedan tener algún grado de conflictividad o, mejor dicho, parecer un tanto anacrónicas. Digo "un tanto" porque aluden a problemas cuyas raíces -yo diría- son muy antiguas y permanecen hasta el día de hoy. Así, por ejemplo, creo que la mención al antiimperialismo, si bien pudiera entenderse superada de alguna forma, especialmente porque uno de los dos imperios -como se sabe- dejó de serlo, puede, con buena intención, ser asimilada por este Congreso.
Ya los Honorables colegas de la Oposición reclamaban hace un par de semanas una actitud enérgica de reivindicación de nuestra soberanía a propósito de la discusión de un tema de gran interés internacional, y de algún modo sugerían que la amenaza imperial o la presión de las potencias a veces estaba implícita incluso en la resolución de asuntos concernientes a los Parlamentos.
¡Qué mejor ejemplo podríamos dar, entonces, a los Honorables colegas de las bancadas de enfrente de una mención al antiimperialismo, aunque pueda estar hoy día un tanto fuera de contexto, si bien no necesaria y definitivamente superada por las circunstancias contemporáneas!
Creo también que la alusión al nuevo orden internacional hay que considerarla con cierta amplitud de criterio. En efecto, éste ha sido un concepto que se ha manejado internacionalmente y que, de alguna forma, ha surgido de lo que se llama o se llamaba "Tercer Mundo", cuyas características eran bastante secundarias hasta antes de la aparición de diversos "tigres" de la economía, la mayoría de ellos en Asia y otros que ya se insinúan o asoman en nuestra América morena.
Pero el nuevo orden internacional no es necesariamente una postura del todo ideologizada o que represente determinada vena de pensamiento. Yo diría que ella ha comprometido a la mayoría de los círculos políticos del Tercer Mundo, y muy particularmente a los de América Latina. Hoy puede verse un tanto superada por los conceptos que se manejan. Pero no creo que asumirla implique necesariamente una definición que pueda estar en pugna con los principios de cada cual.
Por último, señor Presidente , yo diría que con buena voluntad es posible esquivar algunas de esas dificultades. Si partimos de la base de que la iniciativa es importante y de que el país debe estar presente en una instancia de tal naturaleza, esta Corporación perfectamente puede aprobar el Tratado y dejar constancia -como lo hizo hace un par de semanas a propósito de otro problema- de los fundamentos con que se incorpora al Pacto, sin que ello constituya formal o jurídicamente una reserva, la cual, al parecer, por los términos del propio Tratado, está excluida. Pero, en el ejercicio de sus facultades inalienables, el Parlamento chileno puede adoptar determinada posición o definición y dejar constancia de los fundamentos por los que lo hace o de las argumentaciones en cuya virtud asume ese instrumento, excluyendo algunas de sus partes o contenidos.
En realidad, creo que el Congreso debe adoptar una posición positiva a este respecto, entre otras razones, no sólo porque en el mundo de hoy la integración de las Corporaciones Parlamentarias o de los Ejecutivos es algo fuera de discusión y marginarse aparece en cierto modo fuera de las corrientes contemporáneas, sino también porque -y habría que corroborarlo con algunos Parlamentarios que están más imbuidos de esta iniciativa- que el Congreso chileno es el único -¡el único!- en Latinoamérica que hasta el momento no ha adherido formalmente a este Tratado. Y opino que un país como el nuestro, que ha sido ejemplo de democracia y que la ha restablecido con el concurso de todos sus sectores nacionales en los albores del año 2000, no podría excluirse de formar parte del Parlamento Latinoamericano.
Por eso, invito a mis Honorables colegas a que examinemos el asunto con la mejor disposición posible, hagamos un esfuerzo por llegar a un consenso en esta materia y, en definitiva, aprobemos el proyecto de acuerdo.
Nada más, señor Presidente .
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra.
El señor NAVARRETE.-
Pido la palabra.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa, quien estaba inscrito con antelación.
El señor JARPA.-
Señor Presidente y Honorables colegas, el Tratado que estamos examinando establece una serie de compromisos del Parlamento chileno que, indudablemente, según nuestra Constitución, invaden atribuciones del Presidente de la República .
El problema que tiene este tipo de instrumentos redactados por personas que muchas veces no conocen nuestra Carta Política radica en que establecen normas y compromisos que aparentemente, a su juicio, tocan atribuciones del Congreso, en circunstancias de que se trata de facultades exclusivas del Primer Mandatario.
Sin lugar a dudas, tampoco se ha tenido en consideración que, según el artículo 5° de la Carta Fundamental, los tratados internacionales -como éste- tienen vigencia interna para todos los efectos institucionales o legales.
Como no ha habido tiempo de estudiar este asunto ni de invitar al señor Canciller para establecer el alcance de las disposiciones pertinentes, y como de ninguna manera es nuestro propósito cercenar facultades del Jefe del Estado en materia de conducción de las relaciones internacionales, nos parece profundamente inadecuado tener que decidir hoy, sin mayores antecedentes y sin mayores precisiones.
Por lo tanto, voy a votar en contra del proyecto de acuerdo, dejando constancia de nuestro interés por promover la integración latinoamericana en todos los aspectos. No me parece adecuado que entremos a aprobar un compromiso como éste, que -reitero- contradice en distintos aspectos nuestra Constitución y cercena atribuciones exclusivas del Presidente de la República .
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señor Presidente, dejando en claro que, en una materia como ésta, uno siempre quisiera tener mayor tiempo para estudiar, creo que se debe tener presente también que nuestro país -por causas de todos conocidas- está llegando un poco atrasado a algo en que América Latina se ha puesto de acuerdo antes que nosotros. Se dio plazo hasta 1987 para suscribir el Tratado. Por desgracia, Chile no estuvo en condiciones de participar en la Reunión de Lima con los representantes de su Parlamento, de acogerse a él, e inclusive, de haber trabajado en el contenido de sus disposiciones.
Este instrumento ha sido suscrito por todos los Parlamentos de América Latina, con la excepción de Chile. Y quisiera invitar a los señores Senadores a hacer una reflexión.
Por mucho que aquí se diga que hay interés en promover la integración, ¿qué significaría un voto negativo? Indiscutiblemente, un pronunciamiento contrario -más aún: emitido en el Senado, por una mayoría que, seguramente, no correspondería a la representación del Gobierno- podría ser interpretado, con bastante fundamento, como que no existe interés en participar en el proyecto de integración, aun cuando sea a muy largo plazo o constituya una utopía que lleva más de 150 años desde que fue enunciada por los próceres o héroes patrios que buscaron aquélla.
Creo que Chile no puede estar ausente de América Latina. Y cuando aprobemos el proyecto de acuerdo sometido a nuestro conocimiento, lo haremos como una muestra de que buscamos incorporarnos a una institucionalidad de integración que no tiene el alcance riesgoso que aquí se ha pretendido atribuirle. De acuerdo con las disposiciones contenidas en el Tratado, el Parlamento Latinoamericano no es una entidad de carácter resolutivo o que pueda legislar en forma supranacional o determinar políticas en los órdenes social, internacional y económico.
No comparto la aprensión manifestada aquí por un señor Senador en cuanto a que esto podría forzarnos incluso a cambiar nuestra política económica. En ninguna parte del Tratado hay normas que permitan adoptar ese tipo de resoluciones obligatorias.
Si uno hace historia de Parlamentos que se promovieron en una integración mucho más real, como es el Europeo -lo señalaba el Senador señor Ríos-, verá que comenzaron precisamente como la institución a que se refiere el Tratado, que ahora examinamos, constituyéndose más bien en lugares de encuentro donde los representantes del Poder Legislativo de los países que pretenden integrarse empiezan a conocerse y a avanzar, eliminando diferencias o barreras.
Por lo tanto, sería un gran error, desde todo punto de vista, que este Senado apareciera como reacio a que Chile se incorpore a esta iniciativa.
No creo que se cercenen las facultades del Presidente de la República ; no observo en ninguna de las disposiciones del Tratado un efecto de esa índole. Además, si el Primer Mandatario remite un mensaje y está interesado en la aprobación del proyecto de acuerdo pertinente, lo hace con plena conciencia de que éste es conveniente y se enmarca dentro de sus facultades y de las que corresponden al Parlamento.
Me referiré a tres materias en particular, señor Presidente.
En primer lugar, efectivamente, el Tratado tiene cierta terminología anacrónica que podríamos corregir. Empero -comentaba a un señor Senador-, si se examinara la utilizada en el Tratado que dio nacimiento a las Naciones Unidas, por ejemplo, seguramente habría que enmendar muchas referencias y términos, pues en él también se habla contra el imperialismo, del tema de la justicia, del nuevo orden internacional, etcétera. Por lo tanto, no me fijaría demasiado en las disposiciones declarativas, cuyo alcance no es otro que el correspondiente a su tiempo.
En cuanto a la preocupación que manifestaron algunos señores Senadores por la frase de la letra h) del artículo 3 del Tratado que dice "en la lucha por la instauración de un Nuevo Orden Económico Internacional", estimo que no debiéramos tomarla con el alcance que se ha pretendido darle. Cuando el Papa Juan Pablo II vino a Chile, utilizó en la CEPAL esos términos, que también fueron empleados por el Papa Paulo VI, al referirse a un nuevo orden económico mundial fundado en la justicia social; y han sido usados por políticos en el ámbito internacional. Por lo tanto, el alcance de dicha frase no es otro que el de una utopía que el mundo tiene en la búsqueda de un orden económico más justo, que vaya en beneficio de las inmensas mayorías y no de unos pocos.
Hace algún tiempo, la Organización de las Naciones Unidas creó una Comisión -en ella participó el ex Presidente Frei-, presidida por Willy Brandt e integrada por personeros de diferentes pensamientos -conservadores, liberales, socialistas, democratacristianos, etcétera-, cuyo destino era hallar la forma de dar paso a un nuevo orden económico internacional. Y nadie se escandalizó. Incluso, recuerdo que entre los miembros de dicha Comisión estuvo el señor Heath, quien fue Primer Ministro británico.
Por lo tanto, pido a los señores Senadores no excusarse en la frase en comento para tratar de evitar la aprobación de un proyecto que, a mi juicio, tiene importancia.
Tocante al tema de Cuba, estimo que dicho país -que es suscriptor del Tratado- no tiene un Parlamento elegido democráticamente. Y nadie podría negarlo. Sin embargo, me parece que, si Cuba concurre a las reuniones en ese foro, allí debemos tener la posibilidad de llamarle la atención. Incluso, podría pedirse que no fuera admitida a participar en el Parlamento Latinoamericano por no cumplir con las disposiciones del artículo 4 del Tratado. Y la transgresión a dicho precepto o a otro podrá ser reclamada por cualquiera de los Estados miembros.
En consecuencia, si alguno de los Honorables colegas aquí presentes estima que la concurrencia de Cuba constituye una desventaja en razón del carácter democrático que tiene el Parlamento Latinoamericano, no es efectivo. Por el contrario, éste es precisamente el lugar en que es factible cuestionarla, donde incluso se puede sancionar al país que pretenda participar sin tener una Asamblea o un Poder Legislativo elegido por votación democrática y que no se haga representar por delegaciones constituidas pluralmente.
Por lo tanto, la presencia de Cuba no es un argumento que juegue en contra de la aprobación de este Tratado; más bien constituye un argumento favorable al propósito de establecer una democracia dentro del continente.
Por último, debo señalar que, en todo caso, este Tratado no envuelve ningún riesgo. Porque si hoy adherimos a él y mañana observamos que el Parlamento Latinoamericano va por las sendas tan erradas que dicen algunos señores Senadores, existe la cláusula número 6 del artículo 9, donde se expresa que "El presente Tratado podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados Partes mediante una comunicación escrita dirigida al depositario"... Tan simple como eso.
Señor Presidente, sin dejar de reconocer que a lo mejor habría sido necesario disponer de mayor tiempo, considero que sería un hecho negativo que, por esa razón, hoy apareciera el Senado rechazando la aprobación del Tratado y nos impidiera participar en el Parlamento Latinoamericano. Porque eso, en mi concepto, podría interpretarse como una decisión del Congreso Nacional de excluirse de algo que corresponde a la historia del país y del continente: trabajar lealmente por la integración y la comprensión de los pueblos de América Latina.
He dicho.
El señor JARPA.-
Pido la palabra.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Papi, quien la solicitó con antelación.
El señor PAPI.-
Señor Presidente, si la Mesa no tiene inconveniente, concederé una interrupción al Senador señor Jarpa.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
Muchas gracias.
Señor Presidente, el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra expresó que las disposiciones del Tratado son declarativas; es decir, son buenas intenciones.
Entiendo que ello significa que el Tratado no obliga a Chile, como Estado, a adoptar medidas concretas que el día de mañana puedan aprobarse por la mayoría que se forme o que ya está formada en el Parlamento Latinoamericano.
Por tanto, si se tratara sólo de aprobar un texto declarativo, no tendríamos inconveniente, siempre que quedara constancia de que ése es el alcance que se le da. Pero si es un Tratado que en el futuro nos puede obligar, por mayorías que se formen eventualmente, a adoptar determinadas medidas concretas, no podemos aceptarlo.
El señor ZALDÍVAR.-
¿Me permite una interrupción, Senador señor Papi?
El señor PAPI.-
Con la venia de la Mesa, Su Señoría.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
En efecto, el Tratado no tiene otro alcance que el referido por el Senador señor Jarpa . El Parlamento Latinoamericano no posee facultades supralegislativas. O sea, las disposiciones que allí se aprueben no pueden imponerse como leyes obligatorias para los Estados, pues sólo son declarativas. Constituyen proposiciones a los países miembros, para que a través de sus Parlamentos nacionales las pongan en práctica. Pero, más allá de eso, no hay obligación...
El señor SULE .-
Es decir, no tienen imperio legislativo.
El señor ZALDÍVAR.-
No tienen imperio legislativo ninguno.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Papi.
El señor PAPI.-
Señor Presidente, a diferencia de lo ocurrido ayer, ahora disponemos del informe de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, la cual nos recomienda la aprobación del proyecto de acuerdo allí contenido.
El objeto del Tratado al que estamos adhiriendo es esencialmente uno, como lo señala el artículo 1: "los Estados Partes convienen la institucionalización del organismo regional permanente y unicameral, denominado el Parlamento Latinoamericano". Las demás disposiciones dicen relación a su estructura básica, a una declaración de principios y a una manifestación de propósitos.
Y quiero detenerme brevemente sólo en uno de esos aspectos. Porque, francamente, lo que he escuchado en esta Sala me parece contradictorio con las diversas expresiones vertidas en los debates sostenidos respecto del comercio internacional de Chile y de cómo hemos sufrido prácticas inaceptables.
He venido abogando desde hace mucho tiempo -pues tengo la más absoluta convicción- por el establecimiento de un nuevo orden económico internacional, porque es básico para países que, como el nuestro, pretenden fundar su desarrollo en una economía abierta al mercado externo de bienes y servicios.
El orden económico internacional vigente fue consagrado después de la Segunda Guerra Mundial, en la Conferencia de Bretton Woods. Han transcurrido 46 años, y el mundo ha cambiado.
¿Quién no podría concordar, por ejemplo, en que organismos que nacieron de allí, como el Fondo Monetario Internacional, necesitan urgentes revisiones? Entre otros propósitos, éste tenía por objeto resolver los desequilibrios que se produjeran en los términos de intercambio. Hoy, esos desequilibrios tienen fuentes muy distintas de las que se tuvieron en mente cuando se concibió el organismo. Actualmente existen prácticas comerciales que se traducen en proteccionismos hipócritas, cuando no francamente delictuales. Y aquí analizamos de manera lata el caso de las uvas envenenadas. El Fondo Monetario Internacional no es capaz de solucionar los desequilibrios que se nos produzcan como consecuencia de esas prácticas. No tenemos dónde reclamar.
¿Qué duda cabe de que ese Fondo, que es capaz de poner orden en determinadas economías -como en el caso chileno, por ejemplo, respecto de nuestro déficit fiscal- no es capaz de poner orden en el déficit fiscal norteamericano, en sus niveles de endeudamiento y en la presión que eso ejerce sobre la tasa de interés? ¿Quién tiene dudas de que el comercio internacional, especialmente para países como Chile, requiere de serias revisiones?
Soy un convencido de la urgencia de instar por una nueva Conferencia de Bretton Woods, justamente para establecer reglas equitativas en el orden económico internacional. No me cabe duda de que, para una nación que tiene concebido su desarrollo como lo tiene Chile, eso es de vital importancia.
El señor THAYER .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor PAPI.-
Señor Presidente, termino diciendo que no seamos contradictorios ni nos asustemos con esa expresión, porque nosotros, en este Senado, en más de una oportunidad, protestando y haciendo revisiones, hemos intercambiado pareceres respecto de lo que ocurre con el orden económico internacional vigente.
He dicho.
Con la venia de la Mesa, si procede, concedo la interrupción solicitada por el Senador señor Thayer.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra, señor Presidente.
Según entiendo, las interrupciones se solicitan al medio de las intervenciones y no al final.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Terminó, señor Senador ?
El señor PAPI.-
Sí, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri , quien, si lo desea, puede conceder una interrupción al Senador señor Thayer.
El señor GAZMURI .-
Tengo que empezar a hablar, Honorable colega, para darle una interrupción.
Ahora se la otorgo, con la venia de la Mesa.
El señor THAYER .-
Quiero manifestar mi preocupación sobre la letra h) del artículo 3 del Tratado, que alude a "la instauración de un Nuevo Orden Económico Internacional.¿Esta expresión se refiere a algún texto específico que nos obliga o a la idea general?
El señor GAZMURI.-
Recupero la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAZMURI .-
La verdad es que estoy un tanto sorprendido por la discusión generada esta mañana: pensaba que iba a ser relativamente fácil. Fundamentalmente, se trata de que Chile retorne al Parlamento Latinoamericano, el que -como se ha explicado- constituye, en lo principal, un foro político al que concurren los Congresos del continente y que carece de jurisdicción legislativa sobre los países miembros. Eso es evidente, porque el proceso de integración latinoamericana se halla en etapas muy germinales. No tenemos -como otras comunidades de naciones- parlamentos supranacionales. Esto es de la esencia del estado actual de las relaciones internacionales de América Latina. Por lo tanto, todas las prevenciones planteadas en el sentido de que el Parlamento Latinoamericano pudiera obligar a Congresos Nacionales o a Estados se encuentran fuera de discusión. Es tan simple como eso. Me parece que un mínimo de conocimiento del Tratado hace innecesario formular precauciones en cuanto a que podríamos estar resignando la soberanía del Estado o del Congreso chilenos.
A mi juicio, el Parlamento Latinoamericano es un foro muy importante en la medida en que puede ir formando una cierta comunidad política continental
Pero lo más que puede hacer es recomendar, proponer, apoyar, declarar. No es otro el asunto de que se trata.
La urgencia hecha presente para aprobar el Convenio obedece a que en los próximos días se efectuará una reunión del Parlamento Latinoamericano, siendo de interés nacional que asista una representación chilena. Consideraría particularmente grave que no concurriéramos, producto del rechazo del Senado al proyecto de acuerdo. Porque, al margen de lo que pueda decirse, ese proceder significaría que todas las declaraciones de voluntad de integración no se corresponden con las resoluciones políticas de esta Corporación. Estimo que sería gravemente perjudicial para la conveniencia de Chile una votación negativa sobre la materia.
Revisando el informe y el Tratado mismo, no veo ningún propósito que contradiga ni la Constitución chilena ni los objetivos generales de nuestro país. La defensa de la democracia, la integración latinoamericana, la no intervención, la igualdad jurídica de los Estados, son principios que precisamente conforman nuestra institucionalidad.
No deseo alargar el debate. Tan sólo quiero referirme a las prevenciones planteadas relativas a la mención del nuevo orden económico internacional. Me parecen un tanto extrañas, sobre todo cuando el mundo, en ese ámbito, está viviendo una transformación espectacular: se están transnacionalizando las economías; se abren las fronteras; hay problemas de comercio muy complicados. En el Senado hemos debatido acerca de cómo somos discriminados, fundamentalmente, por los países del Hemisferio Norte. El año pasado discutimos latamente sobre nuestras relaciones económicas con los Estados Unidos. Y también la Comunidad Económica Europea nos aplica políticas proteccionistas. Es evidente que el orden económico internacional está sufriendo -querámoslo o no, y a veces para mal de nuestros países- transformaciones muy profundas, las cuales son motivo de grandes deliberaciones en Chile, en nuestro Congreso, en América y en el mundo.
Entonces, me sorprende muchísimo que se sostenga que incluir la referencia citada amenace algo. Como digo, están ocurriendo transformaciones muy importantes, y todo apunta a que, desde nuestro punto de vista, nos veamos en la necesidad de luchar por un orden económico internacional más justo. Por cierto, hoy algunas de nuestras proposiciones sobre esta materia serían, quizás, distintas de las de los años sesenta. Porque paradójicamente a países como el nuestro ahora les conviene avanzar hacia una libertad de comercio real y combatir el proteccionismo.
Pero -insisto- el tema del nuevo orden económico internacional preocupa al país y al continente, y concretamente ha merecido la atención del Senado.
Coincido con el Honorable señor Vodanovic en cuanto a que es posible que el propósito de "oponerse a la acción imperialista en América Latina" obedezca a una retórica más propia de los años sesenta, década en que se estableció el Parlamento Latinoamericano.
En todo caso, algunas de las viejas banderas antiimperialistas han sido tomadas por algunos de los Senadores de la bancada de enfrente, por lo menos, en lo que respecta a los Estados Unidos. Por consiguiente, tampoco veo que esta otra mención atente contra nada en el país. Es efectivo que hoy existe acción imperialista. Seguramente, podría intentarse otra redacción, pero precisamente nuestra participación en este foro nos permitiría introducir las modernizaciones que los tiempos aconsejan en lo relativo a la declaración de principios del Tratado.
Me parece absolutamente insólito el argumento de que no deberíamos firmar porque Cuba no cumple este Convenio. Es un problema de Cuba, pero no de Chile. Es evidente que en ese país no hay un Parlamento pluralista. Considero carente de todo asidero aducir que nosotros no deberíamos suscribir este instrumento internacional porque en Cuba el Congreso no es pluralista.
Reitero: ése es un problema de los cubanos, no de los chilenos.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, en este proyecto de acuerdo que estamos analizando nosotros somos los principales actores -no lo son ni el Ministerio de Relaciones Exteriores ni el señor Canciller- tanto en la Sala como en la participación que nos corresponde, como Congreso Nacional, en el Parlamento Latinoamericano. Por eso, toda medida que adoptemos -o todo lo que comentemos- podrá traducirse en resultados positivos si somos capaces de corregir los errores del Tratado. Si nos alejamos de esa organización, a la cual pertenecemos desde 1964, al igual que todos los países de América Latina, perderemos la oportunidad de mejorarla.
A los Senadores que nos ha tocado participar en reuniones parlamentarias nos constan las dificultades que hemos debido superar para desarrollar nuestras actividades, precisamente por los errores a que inducen estipulaciones poco claras. Por consiguiente, cuando apreciamos que las cosas andan mal, es fundamental participar activamente para corregirlas.
¿Qué es lo que está mal?
Concuerdo totalmente con lo expresado por los señores Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra respecto a los propósitos del Tratado. Hay muchos que no corresponden. Fuera de los ya mencionados, cabe señalar el relativo al delicado tema del colonialismo incorporado en la letra d) del artículo 3.
Y se nos han presentado problemas aún más graves en una serie de acuerdos o tratados en los que estos errores, que a veces son muy pequeños, no armonizan con lo dispuesto en el artículo 5° de la Constitución que, desde su reforma en agosto de 1989, establece que los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes deben ser respetados y promovidos corno una ley. Se trata de una dificultad que se presentará muchas veces. Y de allí mi sugerencia para aprobar el proyecto de acuerdo a fin de participar directamente en el Parlamento Latinoamericano. Quienes se aboquen al estudio de esta clase de tratados deberán ser extremadamente cuidadosos para no olvidar lo preceptuado en el artículo 5° de la Constitución, porque toda medida que acojan pasará a ser ley de la República.
Anuncio que votaré favorablemente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Hago presente a la Sala que el Honorable señor Jarpa ha hecho llegar a la Mesa una declaración que podría aclarar algunas de las dudas que ha suscitado el Tratado. Dice: "El Senado deja constancia de que las disposiciones del presente tratado constituyen una declaración de intenciones".
El señor SULE .-
¿Cómo, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
"El Senado deja constancia de que las disposiciones del presente tratado constituyen una declaración de intenciones y no obligan al Estado chileno en materias específicas que corresponde resolver a sus Poderes Públicos".
El señor PAPI .-
Quiero formular un alcance, señor Presidente .
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente , me merece dudas el texto leído. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el número 4 del artículo 9 -"No se aceptarán reservas a los artículos 1 a 4 del presente Tratado"-, podría estimarse que la declaración es una reserva expresamente prohibida.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Papi.
El señor PAPI.-
Señor Presidente, yo formularía sólo dos precisiones.
Estoy absolutamente de acuerdo con la aclaración, salvo respecto del artículo 1, porque obviamente concurrimos a reconocer la existencia del organismo y las disposiciones atinentes a su estructura básica. En lo demás -reitero-, concuerdo plenamente.
En cuanto a lo expresado por la Honorable señora Feliú , estimo que la declaración no es propiamente una reserva, porque no salvaguarda que alguna disposición del Tratado afecte la legislación interna, obligue a las políticas de gobierno, comprometa la conducción económico-política del país o entre en pugna con normas jurídicas chilenas. Así que, en mi opinión, esa declaración no tendría el carácter de reserva bajo ningún respecto.
El señor NAVARRETE.-
Pido la palabra.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI .-
Entiendo que el sentido principal de la proposición del Honorable señor Jarpa es aclarar que el Tratado no obliga a los organismos del Estado chileno. Si es así, no tendría problemas en aprobarla.
Sin embargo, sugeriría, para que exista concordancia con las estipulaciones del Convenio, que la declaración aluda, más que a intenciones, a principios y propósitos, como lo consignan los artículos 2 y 3. Propongo esta modificación a lo propuesto por el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JARPA.-
Señor Presidente, todo lo que sea esclarecer el alcance del Tratado me parece bien. La declaración procura impedir que el día de mañana mediante un acuerdo el Parlamento Latinoamericano declare que rechaza la posición "colonialista" que Chile mantiene en Isla de Pascua, por ejemplo. Porque es muy fácil que ello ocurra. Hay que ver cómo se van caldeando estas asambleas con los discursos y todo lo demás. Y es posible que en el futuro nos veamos enfrentados a una situación difícil si no dejamos absolutamente claro que nuestros asuntos los vamos a resolver nosotros y que no aceptaremos que se discutan en el Parlamento Latinoamericano.
El señor NAVARRETE.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tengo entendido que los acuerdos que adopte ese Parlamento no son obligatorios para Chile ni para ninguno de sus otros miembros. Por consiguiente, al considerarlos "intenciones" o "sugerencias", se les da su verdadero sentido.
El señor ZALDÍVAR.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NAVARRETE.-
Hace rato que estoy solicitando la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NAVARRETE.-
Gracias.
El señor ZALDÍVAR.-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor NAVARRETE.-
Cómo no, señor Senador, con la venia de la Mesa.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señor Presidente, sólo me interesa precisar un poco lo que expresé en mi intervención, porque sé que el Honorable señor Navarrete entrará al tema de fondo.
Creo que con la proposición del Senador señor Jarpa, las aprensiones expuestas también por otros Honorables colegas, más lo señalado por los Honorables señores Papi y Gazmuri -y acojo lo sugerido por este último- y por quien habla, podría emitirse una declaración. Porque el artículo 2 del Tratado consagra "principios permanentes". O sea, no se trata de capacidad resolutiva. Y el artículo 3 -que es otra parte que podría ser controvertida- establece que el Parlamento tendrá los "propósitos" que enumera.
En consecuencia, con los términos "principios" y "propósitos" en reemplazo de la palabra "intenciones" de la propuesta del Senador señor Jarpa, podría perfeccionarse el alcance del proyecto de acuerdo, que no es otro que el siguiente: el Tratado no institucionaliza un Parlamento supranacional, que obligue a los países miembros a someterse a sus acuerdos en lo relacionado con sus políticas internas.
Gracias, Honorable colega.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Navarrete.
El señor NAVARRETE .-
Señor Presidente, no quiero extenderme en mayores consideraciones acerca del tema de fondo. Me parece que las intervenciones de los señores Senadores han apuntado en esa dirección, por lo cual es innecesario proporcionar otros argumentos. Sin embargo, deseo destacar dos o tres cuestiones de orden específico.
En primer lugar, no tengo inconveniente en aceptar las aclaraciones contenidas en la propuesta del Honorable señor Jarpa , con las complementaciones de otros Honorables colegas, porque, en último término, al Senado de la República corresponde la responsabilidad de aprobar o rechazar los tratados que se someten a su conocimiento.
En segundo término, debo recordar que nuestro país ya es miembro del Parlamento Latinoamericano. Concurrimos a su asamblea constitutiva en 1964. No hemos cumplido con el trámite de rigor -que sí efectuamos respecto de otros organismos a los que pertenece el Congreso chileno- de refrendar nuestra participación después de iniciadas las actividades en marzo de 1990.
Entiendo que el Honorable señor Valdés ha sostenido reiteradas reuniones, contactos o conversaciones con autoridades del Parlamento Latinoamericano, en las cuales ha manifestado el propósito del Senado de reincorporarse, lo que ya decidió la Cámara de Diputados, que, de alguna manera, ha estado representando al Congreso Nacional en las reuniones celebradas por el Parlamento Latinoamericano en los últimos meses. Y, en caso de que el Tratado no sea aprobado por esta Corporación, correspondería exclusivamente a la Cámara Baja participar en la asamblea que ese organismo realizará en los próximos días en Cartagena de Indias, Colombia. Así, se produciría una situación muy curiosa: que una de las dos Cámaras que constituyen el Congreso chileno aprobó la reincorporación al Parlamento Latinoamericano, y la otra no.
En tercer lugar, me preocupa la eventualidad de un rechazo de este Tratado -cuestión que no imagino-, por cuanto Chile será el anfitrión de la próxima Asamblea de la Unión Interparlamentaria Mundial. Y, ¡caramba que sería grave que el Congreso Nacional, por decisión del Senado, mantuviese una situación irregular respecto del organismo más importante a nivel hemisférico: el Parlamento Latinoamericano!
He dicho.
El señor SULE.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SULE.-
Señor Presidente , he consultado con el autor de la propuesta, Honorable señor Jarpa , y con los Senadores señores Thayer y Alessandri -he considerado también las observaciones del Honorable señor Zaldívar -, quienes estarían de acuerdo en aprobar una declaración del siguiente tenor:
"El Senado deja constancia de que las disposiciones del presente Tratado constituyen una declaración de principios y propósitos generales y no obligan al Estado chileno en materias que son de su soberana competencia.".
Sugiero acogerla por unanimidad.
El señor GONZÁLEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Está por terminar el Orden del Día.
El señor GONZÁLEZ.-
Quiero intervenir en forma muy breve para formular una pregunta, señor Presidente .
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GONZÁLEZ .-
Señor Presidente, entre las atribuciones del Presidente de la República establecidas en el artículo 32 de la Constitución, figura la de que los tratados deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso conforme a lo prescrito en el artículo 50 número 1). Éste, a su vez, dispone que es atribución exclusiva del Congreso "Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare" el Primer Mandatario.
En otras oportunidades hemos hecho presente que, según la Carta Fundamental, al Senado no le está permitido adicionar los tratados o formular declaraciones a su respecto -y aquí hay varios constitucionalistas que pueden corroborarlo-, sino aprobarlos o rechazarlos.
Por lo tanto, ¿qué alcance tendría la declaración propuesta?
El señor SULE.-
¿Me permite, señor Presidente?
La declaración no altera en modo alguno el Tratado. Sólo deja constancia del espíritu con que, al votar, lo aprueba el Senado. Y, basado en ello, sugiero aceptarla por unanimidad, para lo cual ruego al señor Presidente recabar el asentimiento de la Sala.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Lo haré tan pronto Su Señoría me devuelva el texto de la declaración.
El señor URENDA.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor URENDA.-
No había podido participar en el debate por estar presidiendo la sesión. También presidí la Comisión de Relaciones Exteriores, donde concurrí con mi voto a la aprobación del proyecto de acuerdo.
Mis aprensiones son las mismas que las mencionadas por otros señores Senadores acerca del procedimiento seguido. Pienso que habrá que representar discretamente al Gobierno y al Ministerio de Relaciones Exteriores que, en lo concerniente a los asuntos que nos corresponda resolver, es preciso que el Senado cuente con el tiempo que permita estudiarlos con el debido detenimiento.
Al analizar esta iniciativa consideramos -y el Honorable señor Mc-Intyre expresó muy bien mi idea sobre el particular- que aquí hay algo más. En el fondo, se ratifica la incorporación de Chile al Parlamento Latinoamericano, en cuya formación participamos y al cual pertenecen no sólo todos los países sudamericanos, sino de Latinoamérica. Y, obviamente, la comunidad continental no podría comprender que el Senado rechazara esta iniciativa, evidenciando tener -yo diría- una epidermis muy sensible frente a una actitud del Ejecutivo que podría calificarse como no adecuada.
Por eso, considerando los elementos que aquí se han hecho valer, voté favorablemente el proyecto de acuerdo.
Con referencia a la propuesta de declaración del Senado -no tengo a la vista su texto-, sugiero completarla especificando que aprobamos un Tratado que significa la reincorporación de Chile a un Parlamento cuyos principios y propósitos no obligan a los Estados miembros. Porque ése es el verdadero significado del Convenio.
El Senador señor Sule tal vez podría perfeccionar el concepto.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Estamos en el filo de la hora de término, señor Senador, y no ha sido prorrogada.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Seré muy breve, señor Presidente.
Creo que sería conveniente encargar a la Mesa que investigue, o analice, qué es el Parlamento Latinoamericano. En el documento que transcribe el Tratado, que viene firmado por el señor Subsecretario de Relaciones Exteriores , no aparece una contraparte. Fue suscrito, hipotéticamente, en Lima. Pero no sabemos dónde funciona ese organismo: si tiene sede en Perú o no, ni quién lo dirige; si tiene Secretario General ,...
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si,...
El señor RÍOS.-
... en fin, qué países suscribieron el Tratado, ni quien lo envió al Estado chileno para su ratificación.
Esta falta de antecedentes implica que, no obstante ser seria la intención de conformar el Parlamento Latinoamericano, no lo es la forma en que esta materia se ha tramitado.
Sin embargo, señor Presidente, estimo que el debate desarrollado proporciona seriedad a nuestra postura frente a este tipo de problemas y a la eventual reincorporación del Congreso de Chile al Parlamento Latinoamericano.
Reitero que la Mesa deber informar a los señores Senadores acerca de las características de la entidad: dónde funciona, quién la dirige, quiénes son sus autoridades, cuándo celebrará reuniones, cuáles son sus objetivos, etcétera. Porque este Tratado se suscribió en Lima en 1987, aunque el Parlamento Latinoamericano ya existía y nuestro país era miembro. Fui Vicepresidente .
En definitiva, carecemos de mayores datos.
Eso es todo.
El señor NAVARRETE.-
Puede volver a ser Vicepresidente , Honorable colega, si nos reincorporamos ahora.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Puedo informar al señor Senador que la Secretaría General del Parlamento Latinoamericano está radicada en Lima; que su titular es el Senador señor Andrés Townsend , y que ha sido convocado a varias reuniones en los últimos años.
El señor DÍEZ .-
¿Perú también es miembro, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Sí, señor Senador.
El señor DÍEZ.-
Porque en el mensaje del Ejecutivo no figura Perú. ¡La Cancillería envió tan bien la información al Congreso que omitió como miembro al país sede!
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Es miembro fundador y el Secretario General es un distinguido Senador peruano.
Creo que a la Comisión de Relaciones Exteriores corresponde solicitar mayores antecedentes.
El señor SULE .-
Votemos, señor Presidente. Hay una proposición concreta.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Voy a leer de nuevo la declaración. Dice:
"El Senado deja constancia de que las disposiciones del presente Tratado constituyen una declaración de principios y propósitos generales y no obligan al Estado chileno en materias que son de su soberana competencia.".
El señor JARPA .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Estaría de acuerdo con el texto, señor Senador ?
El señor JARPA.-
Señor Presidente , en estas materias nosotros tenemos la obligación de velar por el interés permanente de Chile. No se trata -como se ha dicho aquí- de que tengamos la piel delicada. Es posible que sea todo lo contrario. Pero, como chilenos, debemos cumplir este compromiso.
He dicho.
El señor SULE.-
Hay acuerdo, señor Presidente .
El señor PAPI .-
Sí.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobarán el proyecto de acuerdo y la declaración a que se ha dado lectura, la que refleja la clara expresión de la voluntad del Senado al respecto. Se remitirán ambos documentos al Presidente de la República .
El señor DÍEZ .-
¿La declaración va aparte del Tratado?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Así es, señor Senador.
El señor SULE .-
Ha quedado claro que no es una modificación.
El señor DÍEZ.-
Pido la palabra, para fundamentar mi voto, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DÍEZ.-
Voy a votar favorablemente el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado y la aclaración propuesta.
Sin embargo, considerando lo expresado en el mensaje en el sentido de que el Gobierno tiende a afianzar la democracia en el continente; lo dispuesto en el artículo 4 del Tratado, que expresa que "Son miembros del Parlamento los Congresos o Asambleas legislativas nacionales de los Estados Partes democráticamente constituidos en América Latina,", y en el artículo 5 del mismo, que otorga a la Asamblea "la facultad de suspender a un Parlamento Miembro en su carácter de tal cuando no se cumplan, en su caso, los requisitos establecidos en el presente Tratado."; y dada la preocupación existente por nuestras relaciones con Cuba, pido que la representación chilena ante ese organismo solicite la separación de ese país del Parlamento Latinoamericano.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR.-
Eso podemos discutirlo en otra oportunidad, cuando tengamos que asistir a una asamblea en ese Parlamento.
El señor SULE .-
Esta ha sido una fundamentación de voto no más.
El señor NAVARRETE .-
¿Me excusa, señor Presidente?
Quiero recordar que en el Tratado se contempla, además, que las delegaciones de cada Parlamento miembro tienen que ser plurales. Por lo tanto, no cabe duda de que la de Chile estará constituida también por personeros de Renovación Nacional, quienes podrán hacer valer ese planteamiento.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Dejando constancia de la fundamentación del voto hecha por el Honorable señor Díez, se aprobarían el proyecto de acuerdo y la declaración.
Aprobados.
Ha terminado el Orden del Día.
Propongo a la Sala dejar sin efecto la hora de Incidentes de la presente sesión.
Acordado.
Se levanta la sesión.
-Se levantó a las 14:5.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción