Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Claudio Humberto Huepe Garcia
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- DEBATE
- PERMISO
- Jaime Estevez Valencia
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Eugenio Munizaga Rodriguez
- Teodoro Ribera Neumann
- PERMISO
- DEBATE
- I .- ASISTENCIA.
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Sergio Paez Verdugo
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II .- APERTURA DE LA SESION
- MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DEL DIPUTADO MILENKO VILICIC KARNINCIC. FIJACION DE DIA PARA RENDIR HOMENAJE.
- III .- ACTAS.
- IV .- CUENTA.
- PERMISO CONSTITUCIONAL.
- V .- ORDEN DEL DIA.
- MODIFICACION DEL ARTICULO 163 DEL CODIGO TRIBUTARIO. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Raul Urrutia Avila
- INTERVENCIÓN : Hernan Rojo Avendano
- REFORMA DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA. Primer trámite constitucional; (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTEGRACIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTERVENCIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTEGRACIÓN : Hernan Rojo Avendano
- INTERVENCIÓN : Teodoro Ribera Neumann
- INTERVENCIÓN : Guillermo Yunge Bustamante
- INTERVENCIÓN : Octavio Jara Wolff
- INTERVENCIÓN : Andres Aylwin Azocar
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia
- INTERVENCIÓN : Teodoro Ribera Neumann
- INTERVENCIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTERVENCIÓN : Carlos Hernan Bosselin Correa
- INTERVENCIÓN : Teodoro Ribera Neumann
- INTEGRACIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Jaime Estevez Valencia
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- MODIFICACION DEL ARTICULO 163 DEL CODIGO TRIBUTARIO. Tercer trámite constitucional.
- VI .- PROYECTOS DE ACUERDO.
- SOLICITUD DE NUEVA REPACTACION DE DEUDAS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Sergio Correa De La Cerda
- Ramon Elizalde Hevia
- Jorge Ulloa Aguillon
- Cristian Antonio Leay Moran
- Pablo Longueira Montes
- Luis Navarrete Carvacho
- Carlos Valcarce Medina
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Juan Antonio Coloma Correa
- Pablo Longueira Montes
- Juan Masferrer Pellizzari
- Juan Pablo Letelier Morel
- Baldo Prokurica Prokurica
- Rene Manuel Garcia
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Ramon Elizalde Hevia
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- MODIFICACION DEL DECRETO SUPREMO N° 38, DE 1992, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES. Oficio.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Claudio Rodriguez Cataldo
- Arturo Longton Guerrero
- Eugenio Munizaga Rodriguez
- Baldo Prokurica Prokurica
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Carlos Valcarce Medina
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Claudio Rodriguez Cataldo
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- SOLICITUD DE NUEVA REPACTACION DE DEUDAS.
- VII .- INCIDENTES
- ALCANCES SOBRE RECHAZO DE DISPOSICION TRANSITORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL.
- INTERVENCIÓN : Jaime Estevez Valencia
- INTERVENCIÓN : Teodoro Ribera Neumann
- INTERVENCIÓN : Jaime Estevez Valencia
- ANTECEDENTES SOBRE VIVIENDAS DE PROGRAMAS ESPECIALES. Oficios.
- RECONOCIMIENTO POR DECLARACIONES DE EX AGENTE DE LA DINA SOBRE DETENIDOS Y DESAPARECIDOS.
- PARO DE ACTIVIDADES EN ARICA. MEDIDAS PARA PROMOVER SU REACTIVACION. Oficios.
- ALCANCES SOBRE AMNISTIA A IMPLICADOS EN VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS.
- MEJORAMIENTO DE REMUNERACIONES DE PERSONAL DOCENTE Y PARADOCENTE DE EDUCACION. Oficios.
- ADHESION
- Rene Manuel Garcia
- ADHESION
- MEDIDAS ANTE TEMPORALES E INUNDACIONES EN COMUNAS DE LA NOVENA REGION. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rene Manuel Garcia
- INCORPORACION EN REGLAMENTO DE AMBAS CAMARAS DE NORMA RELATIVA A FALLECIMIENTO DE PARLAMENTARIOS. Oficio.
- HABILITACION DE TERCERA PISTA EN EL TRAMO SANTIAGO-LA SERENA, DE LA RUTA 5 NORTE. Oficio.
- INFORMES DE LAS AUTORIDADES REGIONALES SOBRE LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LOS TEMPORALES EN LA DECIMA REGION. Oficio.
- ALCANCES SOBRE RECHAZO DE DISPOSICION TRANSITORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- Juan Pablo Letelier Morel
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Ramon Elizalde Hevia
- Mario Hamuy Berr
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Patricio Melero Abaroa
- Jose Pena Meza
- Juan Alberto Perez Munoz
- Carlos Recondo Lavanderos
- Hosain Sabag Castillo
- Jorge Schaulsohn Brodsky
- Carlos Smok Ubeda
- Raul Urrutia Avila
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 326ª, ORDINARIA
Sesión 12ª, en miércoles 7 de julio de 1993.
(Ordinaria, de 10.30 a 13.42 lloras)
Presidencia del señor Viera-Gallo Quesney, don José Antonio, y de la señora Caraball Martínez, doña Eliana.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I- ASISTENCIA
II- APERTURA DE LA SESION
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DIA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX - OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
INDICE GENERAL
I.- Asistencia 1152
II.- Apertura de la sesión 1154
1.- Minuto de silencio en memoria del Diputado Milenko Vilicic Karnincic. Fijación de día para rendir homenaje 1154
III.- Actas, 1154
IV.- Cuenta. 1154
2-Permiso constitucional 1154
V.- Orden del Día
3-Modificación del artículo 163 del Código Tributario. Tercer trámite constitucional 1154
4.- Reforma de la Constitución Política de la República. Primer trámite constitucional. (Continuación) 1158
VI.- Proyectos de acuerdo.
5.- Solicitud de nueva repactación de deudas 1174
6.- Modificación del decreto supremo N° 38, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Oficio 1178
VII.- Incidentes.
7.- Alcances sobre rechazo de disposición transitoria de proyecto de reforma constitucional. 1178
8.- Antecedentes sobre viviendas de programas especiales. Oficios 1181
9.- Reconocimiento por declaraciones de ex agente de la Dina sobre detenidos y desaparecidos 1182
10.- Paro de actividades en Arica. Medidas para promover su reactivación. Oficios 1183
11- Alcances sobre amnistía a implicados en violaciones a los derechos humanos: 1185
12.- Mejoramiento de remuneraciones de personal docente y paradocente de educación. Oficios 1187
13.- Medidas ante temporales e inundaciones en comunas de la Novena Región. Oficios 1188
14.- Incorporación en reglamentos de ambas Cámaras de norma relativa a fallecimiento de parlamentarios. Oficio 1190
15.- Habilitación de tercera pista en el tramo Santiago-La Serena de la Ruta 5 Norte. Oficio 1190
16.- Informes de las autoridades regionales sobre los daños producidos por los temporales en la Décima Región. Oficio 1192
Documentos de la Cuenta.
Mensajes de S.E. el Presidente de la República, por los que inicia los siguientes proyectos de ley, con urgencia calificada de "suma":
1.- Perfecciona y rectifica disposiciones tributarias de la ley sobre Impuesto a la Renta, decreto ley NB 825, de 1974, y ley N° 18.841 (boletín N° 1030-05)
2.- Introduce modificaciones al decreto ley N° 3.625, de 1981, que regula bonificación a la contratación de mano de obra, y al artículo 24 de la ley N° 18.591, que establece la vigencia de ese beneficio (boletín N° 1031-05).......
3.- Mensajes de S.E. el Presidente de la República, mediante el cual inicia un proyecto de ley, con urgencia calificada de "simple", que modifica disposiciones que indica de la ley sobre Impuesto a la Renta, la tasa del Impuesto al Valor Agregado, y establece un beneficio a las donaciones con fines educacionales (boletín N° 1032-05).
4.- Mensajes de S.E. el Presidente de la República, por el que inicia un proyecto de ley, con urgencia calificada de "simple", que modifica la ley N° 18.450 sobre fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje (boletín N° 1024-01):
Mensaje de S.E. el Presidente de la República, por los cuales inicia los siguientes proyectos de ley:
5.- Modifica el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, en el sentido dé aumentar a 44 horas semanales la jornada de los profesores civiles (boletín N° 1027-02).L
6.- Agrega un inciso segundo al artículo 5“y sustituye el inciso segundo de la letra c) del artículo 7° del DFL N° 22, de 1981, del Ministerio de Educación Pública (boletín N° 1028-04)
7- Regula el régimen de remuneraciones del personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil (boletín N° 1029-02)
8.- Oficio de S.E. el Presidente de la República, mediante el cual comunica que no hará uso de la facultad que le confiere el artículo 70 de la Constitución Política de la República respecto del proyecto de ley que crea juzgados de policía local en las comunas que indica (boletín N° 671-06)
Oficio de S.E. el Presidente de la República, por el que retira y hace presentes las urgencias, con calificación de "suma", para el despacho de los siguientes proyectos:.
9.- Modifica el decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y la ley N° 17.235, sobre impuesto territorial (boletín N° 396-06)
10.- Establece las plantas de personal de los servicios administrativos de los gobiernos regionales y modifica el DFL N° 60-18.83.4, de 1990, del Ministerio del Interior (boletín N° 1000-06)
Oficios de S.E. el Presidente de la República, mediante los cuales retira y hace presentes las urgencias, con calificación de "simple", para el despacho de los siguientes proyectos:
11.- Modificación de la ley N° 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la obtención de las licencias de conducir (boletín N° 851-09)
12.- Sustitución de plantas de personal de Subsecretarías dependientes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y de la Junta de Aeronáutica Civil (boletín N° 908-15) 1247
13.- Plantas de personal de las municipalidades (boletín N° 821-06) 1247
14.- Maltrato de menores (boletín N° 680-07) (S) 1248
15.- Probidad de las autoridades y jefes de los servicios públicos, Diputados y Senadores (boletín N° 966-07) 1248
16.- Modificación de la planta de personal de Gendarmería de Chile; traspasa al Patronato Nacional de Reos de la administración de establecimientos educacionales que funcionan en recintos penales, y otorgamiento de facultad al Director Nacional de Gendarmería para reincorporar personal al servicio (boletín N° 976-07) 1249
17.- Concesiones de energía geotérmica (boletín N° 571-08) 1249
18.- Otorgamiento al personal de los servicios de urgencia de salud que indica de los beneficios que señala (boletín N° 956-11) 1250
19.- Modificación de diversas plantas de personal y establecimiento de otras normas en materia de personal de la Administración del Estado (boletín N° 907-06) 1250
20.- Derechos de los consumidores (boletín N° 446-03) 1250
Oficios de S.E. el Presidente de la República, por los que hace presentes las urgencias, con calificación de "simple", para el despacho de los siguientes proyectos:
21.- Modificación de diversas disposiciones de la Constitución Política de la República (boletín N° 702-07) 1251
22.- Normas aplicables al personal de las corporaciones de asistencia judicial (boletín N° 1013-13) 1251
23.- Establecimiento de nuevas normas sobre colegios profesionales y técnicos (boletín N° 987-07) 1252
24.- Oficio de S.E. el Presidente de la República, mediante el cual retira la urgencia hecha presente para el despacho del proyecto que modifica la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones (boletín N° 1022-15) 1252
Oficios del Senado, por los que comunica haber dado su aprobación, en segundo trámite constitucional, a Tos siguientes proyectos de acuerdo:
25.- Convenio sobre supresión de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales, concertado con el Gobierno de Méjico por notas suscritas en Santiago, el 1° de octubre de 1991 (boletín N" 932-10) 26.- Prevención, control, fiscalización y represión del consumo indebido y tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sus precursores y productos químicos específicos, suscrito entre los Gobiernos de la República de Chile y de Jamaica (boletín N" 865-10) 1253
27.- Convenio comercial entre las Repúblicas de Chile y de Indonesia (boletín N° 879-10) 1253
28.- Oficio del Senado, mediante el cual comunica haber tomado conocimiento de la elección de la Diputada señora Caraba11 como Primera Vicepresidenta de la Corporación, y expresa sus felicitaciones
29.- Oficio del Senado, por el que manifiesta sus sentimientos de pesar por el fallecimiento del Diputado señor Vilicic 1254
30.- Segundo informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, recaído en el proyecto de ley sobre derechos de los consumidores (boletín N" 446-03) 1254
31.- Segundo informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley sobre derechos de los consumidores (boletín N° 446-03)
32.- Primer informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto de ley que modifica el decreto ley N° 258, de 1974, sobre Radio Nacional de Chile (boletín N ' 139-07)
33.- Primer informe de la Comisión de/Hacienda, recaído en el proyecto de ley que modifica el decreto ley N° 258, de 1974, sobre Radio Nacional de Chile (boletín N° 139-07) 1311
34.- Primer informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología, Deportes y Recreación, recaído en el proyecto que modifica la ley N° 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de crédito universitario (boletín N° 938-04) 1313
35.- Primer informe de la Comisión de-Hacienda, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de crédito universitario (boletín N° 938-04) 1337
36.- Informe de la Comisión de Agricultura, Desarrollo Rural y Marítimo, recaído en el proyecto de ley que establece normas especiales para la enajenación de los bienes comunes provenientes de la reforma agraria (boletín N" 978-01)
37.- Informe de la Comisión Especial Investigadora de la comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos
IX.-Otros documentos de la Cuenta;
1.- Comunicaciones:
De la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, mediante la cual informa haber acordado la creación del Grupo Interparlamentario Chileno-Israelí.
Del Diputado señor Huepe, por la que solicita permiso constitucional para ausentarse del país por más de 30 días, a contar del 7 de julio.
Del Diputado señor Estévez, por la cual informa que se ausentará del país por el lapso de una semana, a contar del 27 de junio de 1993.
De los Diputados señores Munizaga y Ribera, por las cuales informan que se ausentarán del país por un período inferior a 30 días, a partir del 23 de junio, con destino a la República Argentina.
Del Diputado señor Navarrete, por las que adhiere a los siguientes proyectos de ley, originados en mociones:
Uso obligatorio de cinturón de seguridad en buses interurbanos (boletín N° 1017-15).
Modificación de la ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, en cuanto a las normas respecto de apoderados de mesa y vocales (boletín N° 1020-07).
Modificación de los artículos 23 y 27 de la ley N° 19.070, que aprueba el Estatuto de los profesionales de la educación (boletín N° 1021-04).
Del Diputado señor Ribera, mediante la cual adhiere al proyecto de ley originado en moción, que modifica el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal en lo relativo al delito de violación (boletín N° 871-07).
Del Diputado señor Caminondo, por la que adhiere al proyecto de ley, originado en moción, que establece el uso obligatorio de cinturón de seguridad en buses interurbanos (boletín N° 1017-15).
Del Diputado señor Valcarce, mediante la cual adhiere al proyecto de ley, originado en moción que otorga facilidades a extranjeros residentes (boletín N° 273-06).
2.- Oficios:
Dél Excmo. Tribunal Constitucional, por el que remite copia de la sentencia dictada en relación al proyecto que modifica la normativa legal de las comunidades agrícolas (boletín N° 608-01).
De la Contraloría General de la República, mediante los cuales responde los que se le enviaran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Naranjo, antecedentes funcionarios del ex Subsecretario de Relaciones Exteriores.
Del señor Valcarce, investigación en cada unidad dependiente de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de los libros de asistencia del personal.
Del Ministerio del Interior, por los que responde los que se le dirigieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del, señor Morales Adriasóla, don Jorge, posibilidad de disponer de agua potable y de un sistema de alcantarillado para habitantes de villa JE1 Faro.
Del señor Prokurica, funcionarios a contrata y a honorarios de las distintas municipalidades de la Tercera Región.
Del señor Orpis, presupuesto para personal a contrata y a honorarios en la Municipalidad de la Granja.
Del Ministerio de Hacienda, mediante el cual responde el que se le remitiera en nombre del Diputado señor Chadwick sobre créditos personales especiales para damnificados por aluvión de mayo de 1993.
Del Ministerio de Defensa Nacional, por los que responde los que se le enviaran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Masferrer, relación de los convenios de Dipreca para la atención de sus pensionados en centros de salud pública y privados del país.
Del señor Espina, cobro al Colegio La Maissonnette, con motivo de la utilización del Estadio Nacional.
Del Ministerio de Agricultura, por los que responde los que se le dirigieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Munizaga, política agrícola en vigencia.
Del señor Matta, uso y aplicación de plaguicidas en zonas agrícolas.
De la señora Prochelle, créditos Indap comunas de la provincia de Osorno, Décima Región.
Del señor García, don René Manuel, reglamento de planes de manejo bosque nativo
Del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por los cuales responde los que se le remitieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Yunge, fiscalización efectuada a la empresa Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones S.A., en la comuna de Puente Alto.
Del señor Huenchumilla, creación de juzgado del trabajo en Temuco.
Del señor Rodríguez, don Claudio, organizaciones sindicales de la Quinta Región y de la Región Metropolitana.
Del Ministerio de Minería, mediante los cuales responde los que se le enviaran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias qué señala:
Del señor Munizaga, acceso público a Centro Termal Baños del Toro.
Del señor Pizarro Mackay, don Sergio, modificación de las normas y reglamentos que regulan las líneas de crédito de la Empresa Nacional de Minería.
Del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo por los que responde los que se le dirigieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Elizalde, fiscalización de organizaciones que pretenden prestar asesoría a postulantes al subsidio habitacional.
Del señor Morales Adriasola, don Jorge, planes de pavimentación del sector Porvenir, comuna de Coquimbo; postulación a sistema de casetas sanitarias en Nueva Aurora; procedencia de familias a las cuales se les asignaron viviendas de loteos en el sector de Tierras Blancas.
Del señor Alamos, títulos de dominio en pabellones de emergencia Bianchi y Pizarreño, comuna de Bulnes.
De la Corporación de Fomento de la Producción mediante los cuales responde los que se le remitieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Letelier, implementación de medidas de emergencia para habitantes de las comunas de Graneros, Doñihue y Col- tauco, en la Sexta Región.
Del señor Latorre, mejoramiento del servicio de aguas servi-das en Lolol, provincia de Colchagua.
Del señor Matta, diseño del proyecto de alcantarillado en sector norte de la ciudad de Longaví.
Del señor Caminondo, construcción de centrales hidroeléctricas en Melipue y Calcurrupe.
De la Municipalidad de Coronel, por el que responde el que se le enviara en nombre del Diputado señor Martínez, don Juan, relativo a proyecto de urbanización Corcovado II y Santa Elena.
De la Municipalidad dé Ñuñoa, mediante el cual responde el que se le dirigiera en nombre del Diputado señor Espina, sobre trabajos en Avda. Grecia con Juan Moya.
De la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, por el que responde el que se le remitiera en nombre del Diputado Alessandri Balmaceda, relativo a inquietudes de algunos vecinos de la población. Los Quillayes, de La Florida, respecto de la red de alcantarillado de dicha población'.
De la Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos de Chile, mediante la cual agradece a todos los miembros de la Cámara de Diputados por el apoyo y expedito despacho del proyecto sobre reestructuración funcional de las plantas del Servicio de Impuestos Internos.
Del Ministerio de Defensa Nacional por el que responde los que se le enviaran en nombre de los Diputados señores Letelier, Bosselin, Cardemil y Velasco, referente a garantías a ciudadanos que sufran accidentes mientras se encuentren cumpliendo con el Servicio Militar Obligatorio, y dé los señores Letelier, Palma, don Andrés; Yunge, Cardemil y Ortíz, sobre responsabilidad del Estado en accidentes durante el cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio. (Res.).
I.- ASISTENCIA.
Asistieron los siguientes señores Diputados: (109)
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Meló, Sergio
--Alamos Vázquez, Hugo
--Alessandri Balmaceda, Gustavo
--Alvarez-Salamanca Buchi, Pedro
--Arancibia Calderón, Armando
--Araya de la Cruz, Nicanor
--Aylwin Azocar, Andrés
--Bartolucci Johnstort, Francisco
--Bayo Veloso, Francisco
--Bombal Otaegui, Carlos
--Bosselín Correa, Hernán
--Camínondo Sáez, Carlos
--Campos Quiroga, Jaime
--Caraball Martínez, Eliana
--Cardemil Alfaro, Gustavo
--Carrasco Muñoz, Baldemar
--Cerda García, Eduardo
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Concha Urbina, Juan
--Cornejo González, Aldo
--Correa De la Cerda, Sergio
--Cristi Marfil, María Angélica
--Chadwick Piñera, Andrés
--Devaud Ojeda, Mario
--Elgueta Barrientos, Sergio
--Elizalde Hevia, Ramón
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Estévez Valencia, Jaime
--Faulbaum Mayoíga, Dionisio
--Gajardo Chacón, Rubén
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René
--García Ruminot, José
--Hamuy Berr, Mario
--Horvath Kiss, Antonio
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Hurtado Ruiz-Tagle, José María
--Jara Catalán, Sergio
--Jara Wolff, Octavio
--Jeame Barrueto, Víctor
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Latorre Carmona, Juan Carlos
--Leay Moran, Cristian
--Leblanc Valenzuela, Luis
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longton Guerrero, Arturo
--Longueira Montes, Pablo
--Manterola Urzúa, Martín
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Martínez Sepúlveda, Juan
--Masferrer Pellizzari, Juan
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fomet, Evelyn
--Mekis Martínez, Federico
--Melero Abaroa, Patricio
--Molina Valdivieso, Jorge
--Montes Cisternas, Carlos
--Morales Adriasola, Jorge
--Munizaga Rodríguez, Eugenio
--Muñoz Barra, Roberto
--Muñoz DAlbora, Adriana
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarrete Carvacho, Luis
--Ojeda Uribe, Sergio
--Olivares Solís, Héctor
--Orpis Bouchon, Jaime
--Ortega Riquelme, Eugenio
--Ortiz Novoa, José Miguel
--Palestro Rojas, Mario
--Palma Irarrázaval, Andrés
--Palma Irarrázaval, Joaquín
--Peña Meza, José
--Pérez Muñoz, Juan Alberto
--Pérez Opazo, Ramón
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prochelle Aguilar, Marina
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ramírez Vergara, Gustavo
--Recondo Lavanderos, Carlos
--Reyes Alvarado, Víctor
--Ribera Neumann, Teodoro
--Ringeling Hunger, Federico
--Rocha Manrique, Jaime
--Rodríguez Cataldo, Claudio
--Rodríguez Del Río, Alfonso
--Rodríguez Guerrero, Hugo
--Rojo Avendaño, Hernán
--Rojos Astorga, Julio
--Sabag Castillo, Hosain
--Salas De la Fuente, Edmundo
--Schaulsohn Brodsky, Jorge
--Seguel Molina, Rodolfo
--Smok Ubeda, Carlos
--Sota Barros, Vicente
--Sotomayor Mardones, Andrés
--Taladriz García, Enrique
--Tohá González, Isidoro
--Ulloa Agüillón, Jorge
--Urrutia Avila, Raúl
--Valcarce Medina, Carlos
--Valenzuela Herrera, Felipe
--Velasco De la Cerda, Sergio
-- Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Vilches Guzmán, Carlos
--Villouta Concha, Edmundo
--Yunge Bustamante, Guillermo
Con permiso constitucional estuvieron ausentes los siguientes señores Diputados: Claudio Huepe, Sergio Pizarro y María Maluenda.
Asistieron, además, el Ministro de Justicia, señor Francisco Cumplido, y él Ministro del Trabajo y Previsión Social, señor René Cortázar.
Concurrió, también, el Senador Sergio Páez.
II.- APERTURA DE LA SESION
Se abrió la sesión a las 10.30.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DEL DIPUTADO MILENKO VILICIC KARNINCIC. FIJACION DE DIA PARA RENDIR HOMENAJE.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Invito a la Sala a guardar un minuto de silencio en memoria del Diputado Milenko Vilicic.
Los señores Diputados, funcionarios y asistentes a tribunas, de pie, guardan un minuto de silencio.
El señor VIERÁ-GALLO (Presidente).-
A solicitud de varios Comités, propongo rendir el homenaje en su memoria el próximo martes, acuerdo que nos permitiría extender oportunamente las invitaciones a sus familiares y demás personas interesadas en estar presentes.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
III.- ACTAS.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El acta de la sesión 9a se declara aprobada.
El acta de la sesión 10a queda a disposición de los señores Diputados.
IV.- CUENTA.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
PERMISO CONSTITUCIONAL.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se concederá el permiso constitucional solicitado por el Diputado señor Claudio Huepe para ausentarse del país por más de 30 días.
Acordado.
V.- ORDEN DEL DIA.
MODIFICACION DEL ARTICULO 163 DEL CODIGO TRIBUTARIO. Tercer trámite constitucional.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse del proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica eí artículo 163 del Código Tributario.
Las modificaciones del Senado se encuentran en el número 4 de los documentos de la Cuenta de la sesión 7- celebrada el 15 de junio de 1993.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, el Senado ha clarificado este proyecto -muy discutido en la Cámara-, en cuanto a rebajar el 30 por ciento de los impuestos evadidos o a suprimir la devolución del 100 por ciento indebidamente percibido, en relación con el otorgamiento de la libertad provisional.
Para entender el punto, es menester recordar que el Código Tributario, en su artículo 97, número 4°, contiene básicamente tres conductas ilícitas constitutivas dé delitos tributarios:
La primera consiste en declaraciones maliciosas o incompletas o falsas, inductivas a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponde, la omisión maliciosa en los documentos contables o tributarios, o el empleo de otros procedimientos dolosos para mudar el verdadero monto de las operaciones tributables, que en la actualidad requieren de fianza no inferior al 30 por ciento de los impuestos evadidos, que el proyecto de la Cámara rebajaba al 10 por ciento de los impuestos, según la estimación del Servicio de Impuestos Internos. El Senado elimina estos porcentajes, quedando la libertad provisional sujeta a las reglas generales.
La segunda conducta típica es la que tiende maliciosamente a aumentar el ver-dadero monto de los créditos o imputaciones que puedan hacerse valer en relación con el IVA. En esta situación, la ley actual exige un 30 por ciento de los impuestos evadidos en el IVA para obtener la libertad provisional. El proyecto de la Cámara lo rebajaba al 10 por ciento, pero el Senado lo mantiene en dicho 30 por ciento.
La tercera conducta se refiere a la simulación de operación tributaria u otra maniobra fraudulenta para obtener devoluciones de impuesto que no correspondan, caso en el cual la ley vigente exige, para la excarcelación, caución en dinero por el 100 por ciento de la devolución indebidamente obtenida, según los antecedentes que presente el Servicio de Impuestos Internos, más reajustes e intereses. En este caso, la Cámara suprime el párrafo segundo de la letra f) del inciso primero del artículo 163 del Código Tributario, pero el Senado lo mantiene, al igual que la institución del arraigo dispuesto por la Cámara de Diputados hasta el término del proceso por fallo firme que debe decretarse al otorgarse la libertad provisional en cualquiera de estas situaciones.
En mi opinión, debe acogerse el criterio del Senado, que esencialmente considera la gravedad de las conductas encaminadas a burlar los impuestos o a lucrarse a costa del Fisco y dé los chilenos.
En el caso del inciso primero del artículo 97, número 4°, del Código Tributario, cuyas conductas llevan a liquidar un impuesto inferior, se justifica que se otorgue la libertad de acuerdo con las reglas generales, pues se trata del delito sancionado con la pena menor de los tres establecidos en este número. No es otra cosa que una estafa agravada, en que generalmente no hay daño, y la libertad procede en este caso, según el criterio del Senado, de acuerdo con las reglas generales.
Distinta es la situación del inciso segundo del mismo artículo y número, cuando en el caso del impuesto al valor agregado se realizan maniobras maliciosas tendientes a aumentar el verdadero monto de los créditos o imputaciones que tengan derecho a hacer valer en relación con las cantidades que deban pagar. Aquí la pena es mayor y como se trata de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, para obtener la libertad provisional, según el criterio del Senado, se debe mantener la fianza del 30 por ciento de los impuestos evadidos. Esto se justifica tanto por la penalidad del delito como por el hecho de que el contribuyente, por tratarse del IVA, impuesto de retención, está realizando una conducta que produce daño o perjuicio al patrimonio fiscal. Por ello se justifica el criterio del Senado.
Han dado origen a mayor discusión las devoluciones de impuestos indebidamente percibidas. La Cámara suprimió la caución en dinero del ciento por ciento de lo así obtenido. Sin embargo, el Senado rechazó esta norma. En consecuencia, se mantiene esa caución, que se justifica porque el contribuyente, al obtener de manera indebida dinero que ingresa a su patrimonio particular, burla el fiscal, lo que la ley considera delito grave. El punto está en determinar si, en este caso, se cumplen las reglas constitucionales acerca de la libertad provisional bajo fianza.
No hay duda de que el constituyente estableció que la libertad provisional bajo fianza o caución procede siempre, pero sometida a requisitos legales. Aquí se produce una situación muy parecida a la del giro doloso de cheques, en que la caución no es otra que el capital más intereses y costas. El proyecto exige una caución en dinero no inferior al monto de la devolución indebidamente obtenida. Nos parece acertado el criterio del Senado en cuanto a mantenerla, pues se trata de una conducta gravísima.
Por otra parte, cuando el contribuyente intenta obtener estas devoluciones o cuando el tribunal retiene la suma que aquél pretende conseguir en forma ilegítima, la Corte Suprema ha declarado que procede la libertad provisional según las reglas generales, puesto que la devolución indebidamente obtenida supone haberla percibido el reo y pagado o entregado al fisco. En consecuencia, cuando estas sumas han sido retenidas por disposición del tribunal y no han ingresado al patrimonio del particular contribuyente, procede la excarcelación según las reglas generales.
Por todas estas razones, me parece conveniente aprobar el criterio del Senado.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, concuerdo plenamente con lo señalado por el Diputado señor Elgueta.
Presentamos esta moción en 1990, recién jurado como parlamentarios, para conciliar nuestra legislación con el texto constitucional, porque la letra f) del inciso primero del artículo 163 del Código Tributario impide que las personas que hayan cometido alguno de los delitos establecidos en él obtengan la libertad provisional, garantizada en la Constitución Política.
Concordamos con lo señalado por el Diputado señor Elgueta, ya que creemos que las modificaciones introducidas al proyecto que la Cámara aprobó en primer trámite constitucional se ajustan plenamente al espíritu que tuvimos al pre-sentar la moción. En efecto, permitirán aplicar la regla general para que el juez otorgue la libertad provisional y cumplir así con la norma constitucional que garantiza este beneficio.
Hago mías todas y cada una de las expresiones del Diputado señor Elgueta, en el sentido de que hay que aprobar las modificaciones del Senado en su totalidad, porque cumplen -insisto- con el espíritu que tuvimos al presentar la moción.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rojo.
El señor ROJO.-
Señor Presidente, en la letra b) no corresponde aprobar la modificación del Senado, porque la Cámara acordó suprimir el párrafo segundo de la letra f) del artículo 163 del Código Tributario en atención a que deja sin efecto el principio de la libertad provisional. En rigor, establece que el juez concederá la libertad de acuerdo con las reglas generales, pero con la caución que determine el Servicio de Impuestos Internos, ya que él debe presentar el monto de la suma que se considera indebidamente percibida y el cálculo de reajustes e intereses.
En el hecho, en todos estos procesos se ha demostrado que el Servicio de Impuestos Internos, en forma indebida y por mala costumbre nuestra, se ha constituido en juez y parte, lo que hace imposible la aplicación de las normas generales.
La modificación del Senado a la letra
a)es correcta, pues en el fondo, limita la fianza a un porcentaje no inferior al 30 por ciento, exclusivamente en los casos del inciso segundo del número 49 del artículo 97, que se refiere a situaciones bastante graves. Pero no corresponde aprobar la contenida en la letra b) ni la que suprime el artículo 2°, que deroga el número 7 del artículo 1° del decreto ley N° 3443, de 1980.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ringeling.
El señor RINGELING.-
Señor Presidente, con respecto a la modificación del Senado a la letra c), el tribunal debe tener amplitud para decretar o no el arraigo, según las circunstancias; pero me parece excesivo establecer su obligatoriedad para todos los procesos, incluso para los, de menor cuantía, en especial si se tiene en cuenta que estos juicios por lo general son muy largos. Por eso, la votaré en contra. No sé si se puede dividir la votación, ya que sólo no estoy de acuerdo con la letra c).
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Si he entendido bien, Su Señoría y el Diputado señor Rojo sólo discrepan en relación con la letra c).
Si le parece a la Sala, se votarán las modificaciones al artículo 1°, con excepción de la letra c), que se votará aparte.
Acordado.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 46 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 1 abstención.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobadas las modificaciones.
En votación la letra c).
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobada la letra c).
El Senado suprime el artículo 2°
Si le parece a la Sala, se aprobará esta modificación.
Aprobada.
Despachado el proyecto de ley.
REFORMA DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA. Primer trámite constitucional; (Continuación).
El señor VIERA-GALLO (Presidentes).-
Corresponde ocuparse en particular del proyecto de reforma constitucional.
El texto del proyecto, impreso en el boletín N° 702-07, figura en el número 29 de los documentos de la Cuenta de la sesión 69a, celebrada en 4 de mayo de 1993.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Quiero recordar a la Sala que, para ser aprobadas, estas disposiciones requieren del voto favorable de 68 Diputados.
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, en la sesión en que se comenzó a tratar el proyecto hice presente que había indicaciones del parlamentario que habla, para incorporar en el Consejo de Seguridad Nacional al Presidente de la Cámara de Diputados y modificar, entre otros aspectos, atribuciones de ese organismo, como las relativas a su autoconvocatoria, de modo que una mayoría conformada por los tres Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas no pueda convocarlo. Esto a raíz de lo que sucedió con motivo de la acusación constitucional contra algunos ministros de la Corte Suprema.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia estimó que estas indicaciones eran inadmisibles, porque cuando se plantearon en la Sala, particularmente la que dice relación con la presencia del Presidenfe de la Cámara de Diputados en el Consejo de Seguridad Nacional, se habría rechazado la idea de legislar y, por lo tanto, sería aplicable -así lo sostuvo el Honorable Diputado señor Rojo- el artículo 65 de la Constitución, que en parte señala: "El proyecto que fuere desechado en general en la Cámara de su origen no podrá renovarse sino después de un año.".
Como se rechazó la idea de legislar sobre esta modificación, se ha estimado que ella no puede reponerse sino hasta después de un año. Sin embargo, a mi juicio, esta interpretación constitucional es errada, porque la reforma constitucional se rige por el Capítulo XIV de la Carta Fundamental, conformado por los artículos 116, 117, 118 -derogado-, 119 y final. Este capítulo regula específicamente la presentación y tramitación de proyectos de reforma constitucional.
El artículo 116 de la Constitución establece que "Los proyectos de reforma de la Constitución podrán ser iniciados por mensaje del Presidente de la República o por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional, con las limitaciones señaladas en el inciso primero del artículo 62"... Es decir, de las disposiciones generales relativas a la tramitación de los proyectos de ley, esta norma especial para la tramitación de proyectos de reforma constitucional sólo hace aplicable el inciso primero del artículo 62.
En ocasiones anteriores, se ha discutido muchas veces si procede la formación de comisiones mixtas en el caso de una reforma constitucional, es decir, si debe aplicarse o no el artículo 67 de la Constitución..
Respecto de este tema, hubo un informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, pero de ningún modo se puede entender resuelto el problema. Por lo tanto, el rechazo de la Sala a la idea de legislar respecto de una iniciativa similar del Gobierno no impide que por la vía de la indicación un parlamentario pueda reponer el tema para discutirlo y votarlo nuevamente en la Sala, lo que no podría ocurrir respecto de un proyecto de ley, porque ahí sería aplicable el artículo 65 de la Constitución. Sin embargo, la fe- forma constitucional tiene un capítulo particular que regula su forma y método de tramitación.
Cuando hay una norma especial en materia de interpretación constitucional, debe estarse a lo que ella dispone. En esta norma especial se hace referencia sólo al artículo 62 de la Constitución, y por tratarse de normas de derecho público deben ser interpretadas restrictivamente. Por eso, considero admisibles las indicaciones básicamente propuestas, a los artículos 9° y 95 de la Constitución, en cuanto a incorporar al Presidente de la Cámara de Diputados como miembro del Consejo de Seguridad Nacional y a que se requiera para la convocatoria del Consejo de Seguridad Nacional el voto favorable de los miembros civiles, de manera que nunca más tengamos la bochornosa situación de que los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, en contradicción con la opinión del Presidente de la República, lo puedan autoconvocar para interferir con la facultad de fiscalización del Congreso Nacional, lo que de hecho se hizo en la acusación constitucional en contra de los ministros de la Corte Suprema. Eso atenta contra el principio de subordinación y lesiona gravemente la autoridad del Presidente de la República, quien como superior jerárquico de las Fuerzas Armadas, de acuerdo con la Constitución, puede no estimar pertinente convocar al Consejo de Seguridad Nacional. Sin embargo, de acuerdo con las disposiciones en vigor, los tres Comandantes en Jefe, subordinados suyos, se pueden poner de acuerdo y autoconvocarlo, contradiciendo expresamente y de manera pública y manifiesta su opinión, lo que es contrario a la esencia de un estado de derecho democrático.
La práctica de este período de transición nos demuestra que esta norma tiene que ser modificada. Sólo pueden convocar al Consejo de Seguridad Nacional el Presidente de la República o una mayoría de sus miembros civiles, particularmente si entre ellos está el Presidente del Senado, y más aún si se agrega al Presidente de la Cámara de Diputados, ya que ahí no hay ruptura del principio de subordinación. También resulta bochornoso e inconveniente generar un escenario institucional en el que los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas -o dos de ellos- puedan buscar acuerdos políticos con el Presidente de la Corte Suprema para lograr la mayoría de tres que permite autoconvocar al Consejo de Seguridad Nacional, cosa que también ocurrió con motivo de dicha acusación constitucional.
Es inconveniente tener una institución de la importancia del Consejo de Seguridad Nacional, que promueva acuerdos políticos entre militares y agentes del Poder Judicial o entre militares y civiles. En consecuencia, las reformas del Consejo de Seguridad Nacional son absolutamente Esenciales; porque no hay razón alguna para que el Presidente de la Cámara de Diputados, jefe de un Poder del Estado al igual que el Presidente del Senado, con las mismas potestades de carácter constitucional, no sea miembro del Tribunal Constitucional. ¿Por qué no lo va a ser? ¿Por qué se le excluye? El Supremo Gobierno ha estimado conveniente que el Presidente de la Cámara de Diputados esté presente en las sesiones del Consejo de Seguridad Nacional.
Junto con esto, resulta absurdo que los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas puedan contradecir la opinión del Presidente de la República y obligarlo a asistir a una reunión, en Contra de su voluntad, para debatir sobre un tema improcedente. Eso socava gravemente su autoridad, mucho más -en mi opinión- que el hecho de no poder remover discrecionalmente a los altos mandos de las Fuerzas Armadas. Si esa norma se va a mantener en vigor durante un tiempo más prolongado que el esperado, es indispensable, para equilibrar el ordena-miento constitucional, reformar él Consejo de Seguridad Nacional, porque de acuerdo con las normas vigentes, ese tema sólo se puede dirimir ahí.
En consecuencia, estas indicaciones me parecen perfectamente admisibles y necesarias, por cuanto el rechazo de la idea de legislar en la Sala porque no alcanzó el quorum requerido no hace aplicable a materias de reforma constitucional el artículo 65 de la Constitución -que establece que dichos proyectos, cuando son rechazados en la Cámara de origen, deben esperar un año- dado que el artículo 116, que norma las reformas a la Constitución, no lo señala; al contrario, sólo hace referencias expresas al artículo 62.
Por estas razones, solicito que estas indicaciones sean declaradas admisibles y sometidas a discusión en la Sala cuando corresponda.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Independientemente del contenido de las indicaciones discrepo del Diputado señor Schaulsohn en el sentido de que puede no aplicarse el artículo 65 a un proyecto de reforma constitucional, en relación con el plazo de un año, para renovar un proyecto que ha sido desechado en general. Si la Sala ha rechazado la idea de legislar sobre una materia, es evidente que una Comisión no puede legislar, sobre la misma.
Lo que el Diputado señor Schaulsohn señaló -en eso puede tener razón, pero no es el caso- es que no se requeriría esperar un año. Pero es evidente que si en la Sala no se obtuvo la votación suficiente para legislar sobre esas materias, no podría obviarse, en la tramitación del mismo proyecto, la posición de la Sala, renovando una indicación sobre una materia en que la Corporación ha decidido no legislar.
En ese sentido, tendría que confirmar lo dicho por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia salvo que el Diputado señor Schaulsohn solicite abrir debate. En ese caso a la Sala le correspondería pronunciarse.
El señor SCHAULSOHN.-
Lo solicito respetuosamente, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Solicito a la Sala pronunciarse si se acogen a tramitación las indicaciones del Diputado señor Schaulsohn.
El señor RIBERA -
¿En la forma?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Estamos hablando si se acogen a tramitación; no sobre el fondo.
En votación.
El señor SCHAULSOHN.-
¿Me permite, señor Presidente?
De acuerdo con el Reglamento, primero corresponde abrir un tiempo de discusión.
Quiero refutar el argumento que Su Señoría dio en la parte que dice no estar de acuerdo conmigo.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Muy bien.
Tiene cinco minutos el Diputado señor Schaulsohn y el Diputado señor Rojo, cada uno, para luego votar.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, en primer lugar, uno no tiene derecho (a presumir la forma como va a actuar la Sala, que rechazó la idea de legislar. Su Señoría está de acuerdo conmigo en que el artículo 116 no hace aplicable la norma del artículo 65, es decir, que no habría que esperar un año, y entonces -sostiene- se podría presentar un nuevo proyecto. Pero no hay ninguna diferencia entre presentar un nuevo proyecto sobre un tema que la Sala ya rechazó -teóricamente y de acuerdo con la argumentación del propio Presidente-, y presentar una indicación sobre el mismo tema. Es un problema de forma. Si siguiéramos la lógica del señor Presidente, no podríamos presentar un proyecto.
El tema de fondo es si cabe aplicar la norma que obliga a esperar un año. Si no es necesario esperarlo no lo es ni para un nuevo proyecto ni para una indicación, porque, muchas veces una idea se repone en la Comisión por la vía de la indicación.
La lógica del argumento del señor Presidente debe aplicarse tanto al proyecto como a la indicación. Si la Cámara decide que hay que esperar un año, ello debe hacerse tanto para la indicación como' para el proyecto. Y en el caso contrario, también debe hacerse para ambos casos.
En mi opinión -el señor Presidente ha estado de acuerdo conmigo-, no hay que esperar un año; y si no hay que esperarlo, tampoco hay que hacerlo para la indicación. La Sala puede cambiar de opinión, escuchar argumentos que modifiquen su criterio, o pueden pasar muchas cosas, y la Constitución se interpreta restrictivamente, pues son normas de derecho público. o se espera o no se espera un año. Y, como usted lo ha dicho muy bien, señor Presidente, no hay que esperar. Por lo tanto, la indicación no sólo es necesaria, sino que enteramente admisible y debe ser debatida en el fondo.
Gracias señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rojo.
El señor ROJO.-
Señor Presidente, la propia posición del Diputado señor Schaulsohn demuestra la improcedencia de su planteamiento.
Él está de acuerdo en que él proyecto de reforma constitucional no reunió el quorum y sostiene que no debe aplicarse el artículo 65, según el cual un proyecto desechado en general no puede renovarse sino después de un año, aun cuando si se rige por normas diferentes puede, en cualquier momento, presentarse un nuevo proyecto o una indicación. Allí está el error. La indicación accede a un proyecto, no tiene existencia ni vida propia, depende del proyecto que no fue aprobado. En consecuencia, no puede existir una indicación a un proyecto desechado.
Es indiscutible que él puede presentar otro proyecto, pero no una indicación a un proyecto fenecido.
Estamos totalmente de acuerdo en que la tramitación de una reforma constitucional es diferente de la de una ley. Tanto es así que, en el hecho, aceptamos tramitar la reforma constitucional como una ley; pero si nos atenemos exactamente a las disposiciones sobre reformas constitucionales consagradas por nuestra Constitución, no debería haber discusión general ni particular, ni informe de Comisión, menos Comisiones Mixtas.
La norma que rige aquí está claramente establecida en el artículo 116 de la Carta Fundamental: el proyecto necesita de-terminado quorum para ser aprobado. En este caso, se presentó un proyecto que está rechazado en todas las materias respecto de las cuales no se reunió el quorum requerido. Por ello, la Comisión remitió a la Sala exclusivamente los capítulos referentes a las materias sobre las cuales se reunió el quorum necesario. Respecto de ellas se pueden presentar indicaciones, pero no sobre las que fueron rechazadas.
Por esta razón, considero que procede desechar cualquier indicación relacionada con un proyecto ya fenecido.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En votación la propuesta del Diputado señor Schaulsohn.
Los que consideren que sus indicaciones deben ser tramitadas, votan que sí, y los que sostengan el criterio de la Comisión, que no.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la Afirmativa, 19 votos; por la negativa, 32 votos. Hubo l abstención.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En consecuencia, se mantiene el criterio de la Comisión.
En discusión las modificaciones signadas con los números 1), que se refiere a la nacionalidad de los hijos de chilenos nacidos en territorio extranjero, y 3), que agrega una disposición transitoria respecto de la causal de pérdida de nacionalidad de los exiliados y sobre adquisición de ésta por sus hijos nacidos en el extranjero.
Ofrezco la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, el número 3a del artículo 10 de la actual Constitución Política exige que para que los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero, adquieran la nacionalidad chilena, tienen que avecindarse en Chile por más de un año.
Esta norma es distinta de la establecida en la Constitución de 1925, que sólo exigía avecindarse en el país, sin establecer un lapso determinado. Esto ha traído como consecuencia que, al llegar a la mayoría de edad, muchos hijos de padre o madre chilenos, nacidos en el extranjero, quedan en calidad de apátridas, pues al estar radicados sus padres en un país donde prima el jus sanguinis y no el jus soli, jamás adquieren la nacionalidad de dicho país, a pesar de haber nacido allí. Por otro lado, como también pueden optar por la nacionalidad de sus padres, se encuentran en una situación intermedia, y al llega a la mayoría de edad, no les es posible desplazarse, quedando en una situación tremendamente incómoda en el extranjero.
El N° 3 del artículo 10 propuesto flexibiliza el actual requisito, de avecinda- miento al reducirlo a seis meses, y también guarda íntima relación con la disposición transitoria trigésima quinta, que busca solucionar, desde el punto de vista del Gobierno, el problema de los hijos de exiliados nacidos en el extranjero.
A mi juicio, en caso de aprobarse la primera disposición, sería innecesaria la segunda. Sostengo que la primera es conveniente porque se encuadra dentro de la tradición chilena, flexibiliza -la posibilidad de adquirir nacionalidad y hace más real el vínculo que mantienen algunas personas con su país. No sólo establece una causal de nacionalización por el hecho de nacer en territorio chileno, sino que también se pone en el caso -lo que hoy sucede con frecuencia- de gente que emigra y quiere conservar el nexo con su país de origen. Por lo tanto, tal disposición debe ser aprobada. También los chilenos residentes en Argentina y otros países limítrofes, mantendrían una vinculación más directa con nuestro país en virtud de esta disposición, que -como ya lo señalé- hace innecesaria la trigésima quinta transitoria.
Por lo tanto, planteo aprobar la primera y desechar la segunda.
He dicho.-
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CUMPLIDO (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, hago uso de la palabra con un doble objetivo.
En primer término, cabe señalar que el proyecto del Ejecutivo proponía suprimir el requisito de más de un año de avecindamiento y reponer lo establecido por la Constitución de 1925, es decir, el simple avecindamiento, por todos los problemas descritos por el Diputado señor Ribera. Sin embargo, la Comisión estimó indispensable mantener un plazo, reduciéndolo a seis meses.
En segundo lugar, la disposición trigésima quinta va mucho más allá de lo que dispone el número 3a del artículo 10, que se propone sustituir. Ella se refiere a la situación excepcional de los hijos de los exiliados chilenos nacidos en el extranjero, cuyos padres tenían la nacionalidad chilena al momento de sufrir el exilio y que pudieron perderla durante su transcurso. Ahora bien, si al momento de nacer, sus padres no tenían la nacionalidad chilena, estos hijos no pueden acogerse a lo establecido en el número 3a del artículo 10. En consecuencia, comprende un caso más extenso que el recién señalado en el análisis de la disposición trigésima quinta.
Respecto de los exiliados no ha regido la causal de extinción. No obstante, de conformidad con el artículo 10, N° 3°, para que opere el principio del jus sanguinis se requiere que en el momento del nacimiento el padre o la madre hayan sido chilenos. Como se sabe, muchos chilenos habían perdido su nacionalidad al momento de nacer sus hijos. Por tal razón, esta norma excepcional es necesaria.
Ahora, es limitativa en el sentido de que sólo beneficia a los exiliados, de acuerdo con las mismas razones que se consideraron en la ley que creó la Oficina Nacional de Retomo, que definió lo que se entendía por exiliados, y en la que se concedió la posibilidad de hacer uso de beneficios excepcionales.
Por consiguiente la disposición trigésima quinta es indispensable, si se quiere Otorgar la nacionalidad por jus sanguinis a los hijos de exiliados que nacieron en el momento en que éstos habían perdido su nacionalidad. Ahora la pueden recuperar, pero se requiere establecer esta disposición excepcional.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Yunge.
El señor YUNGE.-
Señor Presidente, esta norma apunta a sustituir el N° 3Q del artículo 10 de la Constitución, lo cual ya fue planteado en una moción sobre reforma constitucional que junto con los Diputados señores Rebolledo, Dupré, Leblanc, Muñoz Barra, Jara Wolff, Guzmán y Ribera presentamos hace algún tiempo en esta Corporación. Ahora, en el debate en la Comisión, la incorporamos como indicación, precisamente para solucionar el problema que afecta a miles de chilenas y chilenos residentes en el extranjero que, como puntualizó el Diputado señor Ribera, están en situación extraordinariamente compleja desde el punto de vista jurídico, y muy grave desde el punto de vista de sus derechos fundamentales a la nacionalidad.
El planteamiento de la Comisión es correcto, en el sentido de que se consignan alternativamente -no en forma excluyente-, las opciones de avecindarse por más de seis meses en Chile o de optar, por parte de los propios interesados o de sus padres, en su representación, por la nacionalidad chilena ante nuestros consulados en el extranjero.
Desde este punto de vista se reafirma la necesaria y muy importante vinculación de nuestro país con las colonias residentes en el extranjero; se llena un vacío muy grave en materia de nacionalidad, y se recoge una situación inédita en nuestra historia, en el sentido de que la presencia de connacionales en diversos países del mundo ha llegado a ser, cuantitativamente, muy significativa.
También concuerdo con la afirmación del señor Ministro, respecto de que sería muy delicado dejar entregada a la interpretación de las autoridades administrativas, una norma constitucional en virtud de la cual se puede entender que la exigencia de ser hijos de personas que por diversas razones perdieron la nacionalidad chilena, podría hacer inaplicable la sustitución del número 3S del artículo 10 de la Constitución. Por lo tanto, la disposición transitoria trigésima quinta complementa de manera eficaz la reforma del artículo 10.
Insisto en que si la mayoría de los sectores representados en esta Cámara están de acuerdo en la necesidad de enfrentar y resolver este problema, me parece inconducente dejar la puerta abierta a un problema de interpretación tan relevante y delicado en materia constitucional.
Por lo tanto, hago un llamado a, todos los sectores de la Cámara para aprobar la disposición trigésima quinta, porque desde él punto de vista técnico y de interpretación constitucional es la manera más adecuada de resolver la totalidad del problema, sin tener que abocamos de nuevo, en el futuro, al conocimiento de situaciones puntuales que hayan quedado fuera de la cobertura de esta norma.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jara.
El señor JARA (don Octavio).-
Señor Presidente, concuerdo con las intervenciones del colega señor Yunge y de los demás Diputados que me precedieron en el uso de la palabra.
Deseo destacar que esta reforma es muy importante, por cuanto perfecciona toda la normativa sobre nacionalidad que consagra nuestra Constitución, y -como aquí se ha dicho- recoge la idea contenida en el proyecto de reforma constitucional presentada por el suscrito, la señora Adriana Muñoz y los Diputados señores Guillermo Yunge, Carlos Dupré, Pedro Guzmán, Luis Leblanc, Teodoro Ribera y Víctor Rebolledo, que beneficia a los hijos de chilenos nacidos en el extranjero, al permitirles obtener la nacionalidad chilena -además del hecho de avecindarse en Chile-, cuando ellos o sus padres optan por ella en algún consulado de Chile en el extranjero. De esta manera, los hijos de padres chilenos nacidos en el extranjero no necesitarán avecindarse para obtener nuestra nacionalidad.
Esta iniciativa también recoge el problema originado en los acontecimientos que vivió nuestro país en las dos últimas décadas, y que colocó a cientos de compatriotas, -que configuran una importante emigración chilena-, en distintos países de muchos continentes. Muchos de ellos optaron por la nacionalidad del país que los acogió y les proporcionó trabajo, y otros miles conservaron la nacionalidad chilena.
Las situaciones descritas han repercutido en la nacionalidad de los hijos de estos padres chilenos, quienes se han visto privados de la posibilidad de optar por la de sus padres o, simplemente, quedar como apátridas.
Si bien nuestra Constitución considera la posibilidad de que los hijos de padres chilenos nacidos en el extranjero adquieran la nacionalidad chilena, exige que concurra el hecho material de avecindarse. De modo que es de profundo interés mantener los nexos con los compatriotas emigrados, entendiéndolos como parte integrante de la familia chilena, y desde ese punto de vista, se justifica plenamente la modificación propuesta, en tanto recoge esa realidad.
También compartimos el criterio del Ejecutivo en cuanto a que la norma trigésima quinta es más extensa y, en la práctica, soluciona un problema que se origina con frecuencia en este tiempo.
De modo que por estas consideraciones votaremos favorablemente la reforma propuesta e informada por la Comisión de Constitución
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Aylwin.
El señor AYLWIN (don Andrés).-
Señor Presidente, en el actual artículo 10a, número 3, se establece textualmente, que "son chilenos los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero, por el solo hecho de avecindarse por más de un año en Chile." Indudablemente, dicho plazo parecía excesivo y, en principio, la Comisión, en general, estuvo de acuerdo en la idea de que una persona se avecindara en Chile para que adquiriera la nacionalidad chilena. Sin embargo, en definitiva, hubo una razón -que considero de peso- que nos llevó a la solución intermedia de exigir un período de seis meses. La razón como se ha expresado es que la generalidad de los países europeos aplican el principio del jus sanguinis; es decir, los hijos mantienen la nacionalidad de sus padres. Ello implica que los hijos de padres o madres chilenos, nacidos en España, Francia, o en cualquier país europeo, son chilenos. Sin embargo, no lo son para la legislación chilena. En consecuencia, estas personas en Europa pasan a ser apatridas, y como existen convenciones internacionales que impiden este tipo de situación, los hijos de padre o madre chilenos, pasan a tener la nacionalidad del país donde nacieron: España, Francia, Suecia, Austria, etcétera.
Entonces, algunos miembros de la Comisión planteamos nuestra preocupación de que bastaría con que un niño viniera a Chile a visitar a sus padres, en Navidad, en Año Nuevo o en otra fecha, por un corto período, para que los países europeos lo consideraran avecindado en Chile, perdiera su calidad de apátrida y, por consiguiente, perdiera también la nacionalidad que alguno de esos Estados le había reconocido. Por eso, preferimos que quedara claramente establecida la necesidad de que los hijos de padre o madre chilenos permanecieran en Chile durante un período determinado, y nos pareció razonable el plazo de 6 meses, el cual no es muy extenso, indica la clara voluntad de avecindarse en Chile y evita la situación que podría plantearse a algunos chilenos de que por el solo hecho de venir a Chile por una semana, quince o veinte días, los países europeos consideraran cancelada aquella nacionalidad, y quedaran aquellos convertidos en apatridas y, por consiguiente, pierdan todos los derechos que tienen en esos países, en cuanto a educación, a tratamiento por diferentes leyes y, en general, su status jurídico.
Esa es la razón por la cual, estando de acuerdo en principio con el criterio del Ejecutivo, hemos preferido esta situación intermedia de exigir un período de avecindamiento de por lo menos seis meses.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Estévez.
El señor ESTEVEZ.-
Señor Presidente, a efectos de la historia de la ley, quiero consultar al señor Ministro lo siguiente:
El texto de la disposición transitoria hace alusión a hijos de exiliados, y entiendo que se refiere a padre o madre exiliados, a cualquiera de los dos. No obstante, deseo que esta precisión conste, en la historia de la ley, de las palabras del señor Ministro.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Señor Ministro.
El señor CUMPLIDO (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, como la Constitución exige "padre o madre", es correcta la interpretación del Diputado señor Estévez, en el sentido de que basta con que uno de los padres sea exiliado para acogerse a este beneficio.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor García.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Señor Presidente, en Neuquén y otra zonas del sur de Argentina hay miles de chilenos trabajando y que tienen hijos. Han ingresado ilegalmente a ese país, fueron a trabajar y se quedaron. Muchas madres dan a luz en sus casas, porque el hecho de atenderse en un hospital implica reconocer que están en ese país ilegalmente y exponerse a ser deportados. Quiero saber en qué situación quedan esos niños, porque al nacer en sus casas no van a ser ni chilenos ni argentinos. ¿Cómo van a legalizar esa situación? Porque, después, en un par de años más, sus padres podrían acudir al consulado y pedir la nacionalidad, y allí les otorgan un certificado de viaje que dura hasta los 21 años; pero no cuentan con documentación argentina ni chilena. Ahí hay un problema que debemos tratar, porque estoy hablando de más o menos 500 mil chilenos que se encuentran en esa situación en el territorio argentino.
Me gustaría que, por favor, el señor Ministro contestara mi pregunta.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CUMPLIDO (Ministro de Justicia).-
El artículo que se modifica en los términos propuestos por la Comisión resuelve el problema en la medida en que establece dos opciones para obtener la nacionalidad chilena: una, la de avecindarse por más de seis meses, y la otra, la que el menor o sus padres, como representantes legales de aquél, ejerzan la opción ante el cónsul chileno respectivo.
Gracias, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ribera.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, en cuanto a la disposición trigésima quinta propuesta, hay tres principios del derecho internacional que deben ser considerados en el momento de resolver sobre la materia.
El primero dice que toda persona tiene derecho a una nacionalidad. La nacionalidad es una parte integrante de la personalidad.
El segundo propugna que una persona no debe tener más de una nacionalidad. La doble nacionalidad es la gran excepción y, por tanto, contrarían el principio de que una persona debe tener solamente una nacionalidad, para impedir los conflictos de nacionalidad, positivos o negativos: que tenga más de una o que, al final, no tenga ninguna.
Y el tercer principio del derecho inter-nacional es que no caben las nacionalizaciones forzosas. Ningún país puede dictar normas y atribuirles la nacionalidad a terceros si no es con su consentimiento ex-preso. Las nacionalizaciones forzosas son contrarias al derecho internacional; por ejemplo, la nacionalización hecha por los alemanes en 1939, respecto de los ciudadanos franceses de Alsacia y Lorena -de habla alemana-, fue contraria al derecho internacional. Se les nacionalizó contra su voluntad, o sin considerarla, en el sentido de si querían ser alemanes o seguir siendo franceses.
Pues bien, es bueno que analicemos la disposición trigésima quinta a la luz de los referidos principios del derecho internacional, sobre los cuales no existe discusión.
En primer lugar, el problema que queremos solucionar es el de chilenos que, por diversas causas se nacionalizaron en países extranjeros durante un período determinado y que cumplen señaladas características. Y aquí cabe la primera pregunta: ¿Todos quienes se nacionalizaron lo hicieron en forma no voluntaria, es decir, fueron compelidos a hacerlo ya sea por actitudes nuestras o de extranjeros? ¿O también hubo nacionalizaciones voluntarias con el fin de lograr mayor integración, mayor figuración, etcétera?
En segundo lugar, la norma en estudio otorga la nacionalidad chilena a personas sin considerar su voluntad. Nosotros es-tamos modificando una norma de la Constitución e imponiendo la nacionalidad chilena a personas que se vieron compelidas a renunciar a ella, sin considerar si hoy quieren ser chilenos o no. Esta medida significa claramente una nacionalización forzosa, y recuerdo el caso que sentó jurisprudencia en el derecho alemán en los años 50, cuando a raíz de un recurso contra una ley de Alemania Federal se declaró que no podía imponerse nuevamente la nacionalidad alemana sin considerar la voluntad de las personas. Por tanto, la norma, como está redactada, es contraria al derecho internacional.
Además, la norma no impone el derecho a la Opción de una u otra nacionalidad, sino que impone una segunda nacionalidad a aquellos chilenos que hoy son nacionales de otros países. Luego, tendrían dos nacionalidades, lo cual también contraría el derecho internacional.
En mi opinión, la norma no está bien redactada por cuanto contiene dos grandes errores.
En primer término, establece una nacionalización forzosa para aquellos chilenos que la perdieron; es taxativa, expresa: los ex chilenos adquieren nacionalidad, lo cual -insisto- contraría el derecho internacional.
En segundo término, al no establecer el derecho de opción, no contempla nuevamente el derecho para que la gente pueda recuperar su nacionalidad y perder la que adquirió en un tiempo intermedio. En este caso, habría gente con doble nacionalidad, situación que atenta contra el segundo principio del derecho internacional.
La solución para las personas que se nacionalizaron en países extranjeros y no pudieron acogerse a la excepción prevista en el artículo 10, respecto de aquellos que sé nacionalizaron para no ser discrimina-das, debe ser totalmente distinta. Mediante un trámite legal y administrativo debemos establecer, ante el Ministerio del Interior, un recurso de reconsideración para que se verifique si la persona que se nacionalizó en un país extranjero lo hizo por una razón ajena a su voluntad. En ese caso podríamos establecer la no pérdida de la nacionalidad chilena.
Pero la disposición trigésima quinta que se plantea -reitero- impone la nacionalidad chilena, rompe el principio de una sola nacionalidad y, por tanto, no es conveniente.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN -
Señor Presidente, no me parece persuasivo el argumento invocado en contra del criterio original del Ejecutivo de mantener la norma de la Constitución de 1925, de modo que baste con avecindarse en el país. Desde luego, no se trata de conferir la nacionalidad en contra de la voluntad de la persona, pues ese es un acto de otra naturaleza.
En mi opinión, no vale la pena reformar la Constitución para reducir el plazo de 12 a 6 meses. Si vamos a reformarla, debemos eliminar un requisito que, a todas luces, no tiene razón de ser. No importa lo que pase en otros países, pues en Chile hemos tenido una tradición constitucional en esta materia y no hay razón para innovarla. A lo mejor, se trata de un compromiso político, porque las opiniones están divididas; pero me parece un poco inoficioso reformar la Constitución para hacer una modificación de carácter cosmético, que no apunta a dejar las cosas como corresponde.
Deberíamos restablecer la norma de 1925, que disponía que bastaba el avecindamiento, acompañado, naturalmente, de la intención de quedarse, puesto que la nacionalidad se pide porque se quiere obtener. En caso contrario, es mejor dejar las cosas como están, porque el cambio propuesto no tiene sentido; a lo mejor sacará temporalmente de la incertidumbre a algunas personas. Quizá podríamos establecer una norma transitoria al res-pecto, pues, según entiendo, hay un planteamiento similar en relación con personas que se encuentran en una situación particular; pero me parece inoficiosa la modificación planteada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bosselin.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, respecto de la observación planteada por el Diputado señor Schaulsohn, de restablecer la norma contenida en la Constitución de 1925, me permito traer ante esta Sala la opinión dé un destacado constitucionalista que escribió sobre esta materia. Don Mario Bernaschina González, ya fallecido, cuando comentaba el concepto de avecindamiento en su "Manual de Derecho Constitucional", decía lo siguiente: "Se nota, pues, la falta de un requisito que asegure que el individuo desea incorporarse efectivamente a nuestra nacionalidad, como sería exigir una declaración jurada de su parte, después de dos años de permanencia en el territorio nacional, o que se emplee otro medio semejante y que tienda al mismo fin.".
No sólo Bernaschina, sino también otros autores, consideraban difícil precisar el instante en que se producía el avecindamiento, que es "el lugar donde un individuo está de asiento, o donde ejerce habitualmente su profesión u oficio".
Nuestros comentaristas estimaban indispensable agregar algún requisito o elemento que facilitara probar o demostrar con precisión este avecindamiento.
Por eso la Constitución de 1980 hace referencia a un período determinado: un año, que la Comisión consideró excesivo y que redujo a 6 meses.
De tal manera que, al no tener otro elemento de precisión, estamos aplicando la crítica formulada por la cátedra al requisito del avecindamiento.
La observación del Diputado señor Ribera, de que la disposición trigésima quinta propuesta podría vulnerar normas de carácter internacional, parte de un supuesto absolutamente erróneo.
Naturalmente, no podemos imponer forzadamente a nadie la nacionalidad chilena. Por ejemplo, si Pedro hace sus maletas y se traslada voluntariamente con toda su familia a vivir a España o a Grecia, obviamente, no podríamos dictar una norma constitucional que dispusiera que todos los que salieron voluntariamente del país son chilenos para todos los efectos legales e, incluso, se considerarán nacidos en territorio chileno. No podríamos hacerlo, porque estaríamos violando un principio de orden internacional.
Aquí partimos de otra base: de personas que abandonaron el territorio chileno, no voluntariamente, no porque quisieran hacerlo. Basta ver cómo definimos a los exiliados: "...las personas expulsadas u obligadas a abandonar el territorio nacional por resolución administrativa; las personas que, luego de viajar normalmente al extranjero fueron objeto de prohibición de reingresar a Chile; las personas que buscaron refugio en alguna sede diplomática, siendo posteriormente trasladadas al extranjero; las personas que se vieron forzadas a abandonar el país debido a la pérdida de su trabajo por motivos políticos y luego sufrieron la prohibición de ingresar al país, ...". Es decir, nos referimos a un caso de personas que fueron expulsadas de la patria, del hogar común, por razones profundamente injustas; que no quisieron irse voluntariamente, y respecto de las cuales, el país, en un acto de plena justicia, por la vía de una reforma constitucional, dice que no ha regido respecto de los exiliados la causal de pérdida de nacionalidad, ya que no existió el elemento "voluntariedad" al salir del país. Allí es donde se equivoca mi distinguido colega señor Ribera. Si la salida hubiera sido voluntaria, obviamente estaríamos en otro terreno. Pero estamos reparando situaciones efectivamente planteadas, a las cuales hay que dar la categoría y envergadura que debe tener una reparación.
Con la venia de Su Señoría, concedo una interrupción al Diputado señor Ribera.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción, Su Señoría.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, quiero analizar el inciso primero de la disposición trigésima quinta que se propone, el que dice: "La causal de pérdida de la nacionalidad chilena señalada en el artículo 11, N° 1 de esta Constitución no ha regido respecto de los exiliados que hayan tenido la nacionalidad chilena al momento del exilio.". Es decir, la causal de pérdida de nacionalidad por nacionalización en países extranjeros no ha regido respecto de ellos. Lo establece en términos generales, sin distinguir si las personas se nacionalizaron voluntariamente o contra su voluntad para no ser discriminada.
Es claro que en relación con aquellas que se nacionalizaron forzosamente para no ser discriminadas, esto podría constituir una devolución de nacionalidad; pero respecto de aquellos que se nacionalizaron en forma voluntaria, existiría la imposición de una segunda nacionalidad.
Por lo tanto, el sistema por implementar no es éste, sino el de consagrar, a través de una modificación legal o de una flexibilización de la política administrativa, un recurso de reconsideración ante el Ministerio del Interior para hacer valer como excepción de la nacionalización, el que los interesados no pierden la nacionalidad chilena. Insisto: los términos amplios en que se ha concebido la disposición trigésima quinta, imponen la nacionalidad chilena.
Al respecto, quiero recordar que hay jurisprudencia extranjera de los años cincuenta, que sé que no nos obliga, en relación con personas que debieron salir forzosamente de Alemania, quienes recurrieron al Tribunal Constitucional Federal Alemán cuando se les obligó a recuperar su nacionalidad, y obtuvieron la gracia de que no se les podía reimponer la nacionalidad alemana de que se les había privado en su momento.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Puede continuar el Diputado señor Bosselin.
El señor BOSSELIN.-
Con su venia, concedo interrupción al Diputado señor Elgueta.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, apoyo el criterio sostenido por el Diputado señor Bosselin respecto de la expresión "Por el solo hecho de avecindarse en Chile". Me parece que restablecer la norma de la Constitución de 1925, significa eliminar el requisito de permanencia, necesario para que una persona pueda decir si está o no físicamente en Chile.
El tratadista Silva Bascuñán anotaba: "Sobre este requisito han surgido dificultades, porque no es suficientemente claro y preciso.
"Avecindarse" es "establecerse en algún pueblo en calidad de vecino"; y "vecino" es "el que habita con otros en un mismo pueblo, barrio o casa, en habitación independiente."
Según el artículo 59 del Código Civil, "el domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella."
Don Luis Claro Solar sostenía, por ejemplo, que "bastaría el simple tránsito por el territorio de la República o una residencia o habitación puramente accidental".
A su vez, la Corte Suprema declaró, en 1908, que no basta el simple avecinda- miento, "sino que es menester que ejerciten algún acto o alguna manifestación de voluntad para adquirirla". El profesor de Derecho Internacional Privado don Fernando Díaz Albónico, considera que "la Corte para sostener esta tesis ha tenido que violentar la letra, el espíritu y la historia de la Constitución".
El profesor Silva Bascuñán continúa diciendo: "Nos parece que hay dos requisitos divergentes que no están en el espíritu de la Constitución y que en la exigencia intermedia se encuentra la interpretación correcta. No es suficiente la calidad de transeúnte, pero no se exige tampoco el ánimo de permanencia que requiere el domicilio. Basta el hecho de la permanencia.". Eso es justamente lo que hace la Constitución de 1980 y que la Comisión acorta a seis meses. El señor Silva Bascuñán agrega: "La definición de domicilio está dada para los efectos del derecho privado y en esa definición no puede encontrarse el contenido del avecindamiento exigido por la ley fundamental".
En consecuencia, es indispensable fijar un plazo para que se presuma y se establezca que una persona permanece física-mente en un país determinado, y en este caso se justifica que el período sea sólo de seis meses.
En relación con lo sostenido por el Diputado señor Ribera, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 15, dice: "1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. "2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad".
Por su parte, el Pacto de San José de Costa Rica, en su artículo 20, establece:
"1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad". "2. Toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra". "3. A nadie se privará arbitraria-mente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla".
En este aspecto, también apoyo la tesis del Diputado señor Bosselin, de que el exiliado; al ser obligado a salir de su país, se encuentra en circunstancias extremas de necesidad en que a veces requiere impetrar los beneficios del país al cual se le envió o al que involuntaria o forzadamente llegó; y, en consecuencia, no hay la voluntad libre, espontánea, de adquirir esa nacionalidad.
De allí que se justifique esta disposición transitoria en los términos analizados.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Bosselin.
El señor BOSSELIN.-
He dicho, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde votar las modificaciones números 1) y 3), cuya aprobación requiere de 68 votos.
El señor LATORRE.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría para plantear un aspecto reglamentario.
El señor LATORRE -
Señor Presidente, como sería vergonzoso no alcanzar el quorum reglamentario, solicito votación nominal.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Para acceder a la petición de Su Señoría se requiere la unanimidad de la Sala, porque se ha formulado después de la clausura del debate.
Tiene la palabra el Diputado señor Ribera.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, dado que se trata de dos disposiciones, pido división de la votación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Muy bien.
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para votar en forma nominal.
No hay acuerdo.
Se suspende la sesión por Cinco minutos.
Terminado el tiempo de suspensión.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Como ha regresado el Diputado señor Ortega, el quorum de aprobación de estas disposiciones es de 69.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, ¿cuántos señores Diputados están con permiso constitucional?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Todo está perfecto, Su Señoría, porque también se han considerado esas situaciones.
En votación la disposición número 1).
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 1 abstención.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobada..
Corresponde votar la disposición número 3), que agrega una norma transitoria, nueva.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 26 votos. No hubo abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Rechazada.
En discusión el número 2), que establece ciertos efectos para los beneficiarios de una ley de amnistía.
Tiene la palabra el Diputado señor Estévez.
El señor ESTEVEZ.-
Señor Presidente deseo dejar constancia de que me parece inconcebible falta de consistencia ética y moral negar este derecho a los exiliados invocando el argumento de lo que hizo Hitler en la frontera francesa; es un atentado y un bofetón a la ética en este país.
He dicho.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Su Señoría podría responder al Diputado señor Estévez al término del Orden del Día.
Estamos discutiendo el número 2).
Tiene la palabra el Diputado señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente se ha planteado una serie de ideas que tienden a descalificar moralmente a los exiliados.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Perdone que lo interrumpa, señor Diputado.
Tiene que referirse al número 2), relativo a los beneficios de la amnistía.
El señor PALESTRO.-
Me referiré a ello.
Se ha puesto en tela de juicio el patriotismo y el deseo, muchas veces vehemente, de los chilenos que debimos estar durante años en el exilio, de volver a nuestra patria. A mi juicio, está equivocado el Diputado señor Ribera cuando manifiesta que esta gente quiere tener -seguramente piensa que existe esa mala intención- dos nacionalidades, en circunstancias de que es efectivo que muchos chilenos que debieron escapar del país para salvar la vida o lograr su libertad, con los años han perdido la posibilidad de regresar a Chile, porque se han desvinculado de todo el entorno de amistades, de barrio y familiar en que vivieron en nuestro país, o porque sus hijos se casaron y se han radicado en la nación que los acogió generosamente en su oportunidad, lo que significa que también han perdido el entorno familiar formado en el exilio. Por eso digo que se descalifica a los miles y miles de personas que, como el que habla, estuvimos siempre pendientes de que se fuera el señor Pinochet para volver a nuestra patria, de donde salimos perseguidos.
Por ello reitero mi adhesión a esa gente que obligatoriamente ha debido adquirir la nacionalidad del país que la acogió, a pesar de seguir sintiéndose profundamente chilenos.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Le ruego referirse al tema, señor Diputado.
El señor PALESTRO.-
Aquí se ha negado el derecho de recuperar la nacionalidad, que tienen hombres y mujeres que se vieron obligados a salir escapando de su patria.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En discusión él número 2.
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, quiero hacer una reflexión sobre la reforma constitucional en virtud de la cual "los beneficiarios de una ley de amnistía se entenderán rehabilitados de pleno derecho.". Ese es el punto en discusión. Se pretende agregar un inciso al artículo 17 de la Constitución Política, según el cual la calidad de ciudadano se pierde por pérdida de la nacionalidad chilena; por condena a pena aflictiva -o sea, tres años y un día o más-, y por condena por delitos que la ley califique como conducta terrorista.
El hecho de proponer esta reforma del artículo 17 avala de manera irrefutable la interpretación constitucional de que para aplicar la amnistía es necesario investigar los delitos y establecer la identidad de los responsables.
Este es un tema de mucha actualidad en el país, porque si la amnistía es genérica, si se aplica sin conocer la identidad del autor del delito o, dicho de otra manera, si impide investigar, como pretenden algunos, la modificación carece de todo sentido. Desde el momento que el Poder Ejecutivo, el Presidente de la República y los señores parlamentarios que así lo estimen, aprueban una norma que señala que el beneficiario de una ley de amnistía se entiende rehabilitado de pleno derecho, significa que la amnistía es "intuito personae". Por lo tanto, debe conocerse la identidad de la persona que está siendo amnistiada y, naturalmente, el delito por el cual fue condenada. De lo contrario, la propuesta del Ejecutivo carece de todo sentido. En consecuencia, aquellos que propugnan una interpretación genérica de la ley de amnistía deberían reflexionar al momento de votar, porque en tal caso no cabe la rehabilitación de pleno derecho. ¿Rehabilitación de qué?
Por ejemplo, si en el caso Chanfreau -estamos discutiendo temas que están vinculados- la justicia militar resuelve aplicar la Ley de Amnistía al coronel Miguel Krassnoff Martchenko, directamente involucrado en ese grave delito de violación a los derechos humanos y actual alto jefe militar en Valdivia, no se le va a aplicar esta norma de rehabilitación, porque la amnistía será tan genérica que no se establecerá su autoría ni condenará por ningún delito.
Si aplicamos rigurosamente esta reforma, el tribunal militar tendría que condenar a una persona por un delito, luego aplicarle el nuevo inciso del artículo 17 de la Constitución y dejarla rehabilitada de pleno derecho.
En Derecho, las normas tienen sentido y no se pueden dictar para no ser aplicadas. La pretendida interpretación, por algunos, de la Ley de Amnistía, lleva necesariamente a qué hoy estemos legislando la nada misma, porque estamos modificando una norma constitucional que no tendría aplicación si interpretamos las leyes de amnistía en el sentido de que no hay investigación, no hay culpable, no hay delito, no hay identificación. Es importante hacer resaltar que en el ejercicio de nuestro poder constituyente, al considerar necesario establecer en la Constitución que el beneficiario de una ley de amnistía queda rehabilitado de pleno derecho, reafirmamos la doctrina de que la ley de amnistía es siempre "intuito personae", que requiere la identificación del culpable y, que sólo de ese modo es posible hablar de rehabilitación de pleno derecho. Vale la pena hacer esta consideración para tener claridad respecto de lo que estamos legislando: aquí hay una reafirmación de la sana doctrina de que la amnistía se aplica a personas. Por lo tanto, sostener, que al aplicarla no corresponde la investigación de los delitos ni la individualización de los culpables, implica una aberración jurídica que hoy volvemos a negar, en el buen sentido, al aprobar esta norma. Es enteramente justo que el beneficiario de una amnistía sea rehabilitado de pleno derecho y que no tenga que cumplir con ninguna formalidad, como la dictación de una ley especial por parte del Senado. Eso es razonable, porque la condena y la amnistía son elementos jurídicos que van siempre juntos, con la identificación de las personas responsables.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, me sumo a la reflexión del Diputado señor Schaulsohn. Sin embargo, quiero referirme a un tema que hemos abordado en otra ocasión, respecto del cual hemos presentado indicaciones con el colega señor Montes, y solicitar el acuerdo unánime de la Sala para tratarlas. El tema dice relación con las causales de la suspensión del derecho a sufragio y de pérdida de la ciudadanía.
Proponemos que un chileno o chilena condenados por pena aflictiva que haya cumplido la condena pueda recuperar en forma automática su derecho a sufragio. En la Constitución existe un mecanismo poco eficaz, poco efectivo, poco eficiente, para recuperar la calidad de ciudadano, en particular el derecho a sufragio, a través de un trámite en el Senado de la República.
De acuerdo con los antecedentes recabados junto con el Diputado señor Rebolledo, en el Servicio Electoral hay entre 40 y 50 mil chilenos que han perdido su derecho a sufragio por haber sido condenados a pena aflictiva. Somos de opinión de que quienes han cumplido su sentencia, deben recuperar sus derechos ciudadanos, en particular su derecho a sufragio.
Sin embargo, exceptuamos el número 32 del artículo 17 de la Carta Fundamental, que dice relación con las personas condenadas por conductas terroristas. Entendemos que en nuestra institucionalidad existen otros criterios, y no pretendemos innovar al respecto, sino recuperar una tradición en nuestro país: que las personas condenadas a pena aflictiva que hayan cumplido la sentencia, recuperen sus derechos ciudadanos.
Sobre la materia existen a lo menos dos mociones presentadas en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y creo que la forma más eficaz de proceder es abordar el tema ahora, independientemente de la opinión de cada parlamentario, con el objeto de acelerar la tramitación de diversas ideas que hemos debatido en esta Sala.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Como lo planteado por el Diputado señor Letelier, -aunque no directamente relacionado con la materia en discusión-, tiene que ver con el artículo 17, ha pedido la unanimidad de la Sala para reponer la indicación que ha presentado con el Diputado señor Montes.
¿Habría unanimidad para tratar la indicación?
Tiene la palabra el Diputado señor Ribera.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, se entiende que se incorpora al proyecto la indicación presentada por los Honorables colegas y que, en caso de votarla, se retiraría su iniciativa anterior. Se trata de ir sacando de tramitación proyectos que están en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Así se entiende.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
Entonces, en su momento se discutirá y votará la indicación.
Está en debate el número 2), relacionado con la rehabilitación de los beneficiarios de la Ley de Amnistía.
Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, solicito que la Mesa nos indique por qué se puso en votación en el número 3), que agrega la disposición trigésima quinta, si no fue objeto de indicación y se aprobó en general con el quorum correspondiente. Me parece que no procedía votarlo de nuevo.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Señor Diputado, cuando una norma requiere quorum especial, no el de simple mayoría de los Diputados presentes, aunque no sea objeto de indicación debe ser sometida a votación. Eso es lo que hemos hecho.
Restan tres minutos para el término del Orden del Día. Si le parece a la Sala, quedaría pendiente la discusión del proyecto para el próximo martes.
Muy bien.
Tiene la palabra el Diputado señor Leay.
El señor LEAY - Señor Presidente, solicito que en la reunión de Comités se considere si se continúa con el proyecto en la sesión de la noche o en la de la próxima semana.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Muy bien. Hay reunión de Comités a las 18.30.
Ha terminado el tiempo del Orden del Día.
Queda pendiente la discusión del proyecto.
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO.
SOLICITUD DE NUEVA REPACTACION DE DEUDAS.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo de los Diputados señores Correa, Elizalde, Ulloa, Leay, Montes, Navarrete, Valcarce, Vilches, Coloma, Longueira, Masferrer, Letelier, Prokurika, y García, don René Manuel.
"Considerando:
"1.-Que el decreto supremo N° 955 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial del 31 de diciembre de 1990, reglamentó un sistema de renegociación que permitió que las municipalidades otorgaran facilidades y subvenciones para las deudas que están bajo el amparo de la ley N° 18.138, Programa de Construcción de Viviendas e Infraestructuras Sanitarias originadas con anterioridad al 31 de agosto de 1990.
"2.-Que en dicha ocasión y en forma similar al decreto supremo N° 132, del Ministerio de Vivienda, con respecto al Serviu se clasificó a los deudores según el monto calculado de la deuda, previo pago de 2.500, 5.000 y 10.000 pesos, quienes podían acogerse a una subvención equivalente al saldo de su deuda, extinguiéndola automáticamente.
"3.-Que este programa, el de Infraestructuras Sanitarias o Lotes con Servicios, como quieran denominarse, fueron utilizados en un comienzo como sistema de erradicación de campamentos marginales; por tanto, de familias de extrema pobreza estratificadas en el nivel 1 del sistema CAS.
"4.-Que el actual Programa de Vivienda Progresiva permite en la segunda etapa poder postular a las familias que obtuvieron una caseta -baño y cocina- del programa de infraestructura y que no lo pueden hacer por insolvencia.
"5.-Que muchas familias, dada su situación de pobreza extrema, desconocimiento, falta de incentivos, no se acogieron a los beneficios del decreto supremo NB 955 y en consideración a que están siendo amenazadas de desalojo por parte de las municipalidades y que en la práctica éstas no pueden llegar a ese extremo debido a que tendrían que preocuparse de darles otra solución, es que venimos en presentar el siguiente proyecto de acuerdo:
"Solicitar a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya al señor Ministro del Interior para que dicte un nuevo decreto que permita una nueva repactación de deudas al amparo de la Ley N° 18.138, Programa de Viviendas e Infraestructuras Sanitarias con anterioridad al 31 de diciembre de 1992.".
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a un señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señora Presidenta, la Comisión de la Vivienda y Desarrollo Urbano, por unanimidad, en forma permanente y reiterada, ha solicitado la prórroga de los decretos que dicen relación con la renegociación de deudas efectuada por el Ministerio de la Vivienda, la que posteriormente se extendió al programa de infraestructuras sanitarias o lotes con servicio de los municipios.
En esta oportunidad, queremos reiterar nuestro apoyo a esta situación. La gran mayoría de las personas que no se acogieron a este beneficio fue por desconocimiento y falta de información. Y, en verdad, se trata de personas con derecho a este tipo de beneficios. En consecuencia, la bancada democratacristiana apoyará la solicitud formulada al señor Presidente de la República.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a algún otro señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Diputado señor Correa.
El señor CORREA.-
Señora Presidenta, la bancada de la UDI también aprobará este proyecto de acuerdo por el indudable beneficio que otorgará a familias de todas las ciudades que han construido en el país estas infraestructuras sanitarias o lotes con servicio.
En el gobierno pasado se construyeron muchas casetas sanitarias o lotes con ser-vicios en diversas ciudades del país, con el objeto de erradicar a los sectores marginales.
Tal como señala el Diputado señor Elizalde, cuando las municipalidades reprogramaron las deudas, mucha gente no tuvo los recursos para hacerla. Por ello, la intención es permitir llevarla a cabo ahora, mediante la nueva repactación que se solicita a través de este proyecto de acuerdo.
Ahora bien, en muchas municipalidades del país se está presionando a los pobladores, diciéndoles que se les quitará la casa si no pagan elevadas sumas de dinero, por las costas, intereses y multas que las municipalidades recargan. Por esta razón, aunque los pobladores tengan buenas intenciones de pagar una o dos cuotas, si se las recargan con cifras siderales, no lo podrán hacer.
Por otro lado, la medida de quitar las casas a familias en extrema pobreza es impracticable, pues si las municipalidades así lo hicieran, se enfrentarían a la necesidad de dar solución a este problema en otra parte, ya que son las encargadas de resolver las situaciones sociales de falta de vivienda provocadas por lanzamiento.
Además, si estas familias no pueden hacer un saneamiento de sus deudas, quedarán impedidas de postular a la segunda etapa de la vivienda progresiva, pues para ello ha quedado estipulado que la primera debe estar pagada.
Por lo expuesto, pido a la Sala la aprobación de este proyecto de acuerdo, que tiene por objeto solicitar a Su Excelencia y al Subsecretario de Desarrollo Regional iniciar nuevamente un período de reprogramación, toda vez que son alrededor de 50 mil las familias que, en el país, están en estas condiciones.
Nada más.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a un señor Diputado que rechace el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
MODIFICACION DEL DECRETO SUPREMO N° 38, DE 1992, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES. Oficio.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo de los señores Rodríguez, don Claudio; Longton, Munizaga, Prokurica, Vilches y Valcarce.
"Considerando:
"1.-La entrada en vigencia del decreto supremo N° 38, de 19 de febrero de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el transporte remunerado de escolares;
"2.-Que la exigencia de contar con un auxiliar, a partir del 1° de marzo de 1994, establecida en el artículo 32 del mencionado decreto, significará un encarecimiento de costo, respecto de cada vehículo, de aproximadamente 60.000 mil pesos;
"3.-Que la aplicación del artículo 10, que dispone la cilindrada y ancho de los vehículos significará un serio encarecimiento de los costos de operación, ya que el costo promedio de cada letra por cancelar es de 200.000 pesos;
"4 - Que, por otra parte, el color reglamentario que establece el artículo 9a, letra a), NCH 1927, no guarda relación alguna con los colores amarillos ofrecidos por las empresas de fabricantes de vehículos motorizados;
"5.-Que, con la puesta en marcha de este decreto no sólo resultarán afectados los propietarios de vehículos de transporte escolar, sino que también y en gran medida lo serán los propios usuarios, quienes deberán sufrir un considerable encarecimiento del servicio que reciben, el que, en muchos casos, les serán imposible afrontar, y.
"6.-Que siendo una modificación de este decreto resorte exclusivo del Presi-dente de la República, proponemos el siguiente proyecto de acuerdo:
"Solicitar al señor Presidente de la República que imparta las instrucciones necesarias al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, a fin de que se analicen los antecedentes en conjunto con el gremio afectado, y que consecuente con ello, se modifique el decreto supremo N° 38, de 19 de febrero de 1992, que reglamenta el transporte remunerado de escolares".
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que argumente a favor del proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Rodríguez.
El señor RODRIGUEZ (don Claudio).-
Señora Presidenta, el Ministerio de Transportes, al establecer ciertas exigencias para los vehículos de transportes remunerado de escolares consideró, sobre todo, la cantidad de gente y el tránsito de Santiago y de las grandes ciudades, situación que es totalmente distinta en las comunas y provincias pequeñas, donde la medida implicará un costo anexo mayor, que redundará en un encarecimiento del servicio, perjudicando a un número importante de usuarios.
Por tal razón, hemos presentado este proyecto y solicito a la Sala tenga a bien darle su respaldo.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a otro señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Diputado señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señora Presidenta, sumándome a las reflexiones del Diputado señor Rodríguez, debo decir que el proyecto pretende salvar una medida práctica de difícil ejecución. Lo que pro-pone el D.S. N° 38, en términos de exigencia para el transporte escolar, a partir de marzo próximo, puede ocasionar, en muchos lugares del país que cientos de escolares de sectores rurales no cuenten con un transporte que los lleve a sus lugares de estudio.
En mi opinión, es un decreto pensado y redactado por personas con una lógica urbana. En ese contexto, lo apoyo, pero es impracticable en las comunas pequeñas y medianas y, en particular, en las de alta ruralidad.
La aplicación del decreto supremo provocará que cientos de niños queden sin transporte escolar. Los municipios no tienen los medios ni los recursos para garantizar el transporte escolar para todos. Más aún, en un país como el nuestro, la libertad de elegir el lugar donde se estudia -materia de otra discusión- ocasiona en algunos municipios, en particular en los pequeños y medianos, serios problemas de desplazamiento de alumnos a diferentes establecimientos.
En atención a estas consideraciones, apoyo el proyecto de acuerdo y solicito a los señores Diputados que al votar, más aún a los que son de zonas urbanas, estén dispuestos a proponer la modificación del decreto supremo para diferenciar la exigencia en las comunas urbanas respecto de las pequeñas y medianas y, en especial, de las con altas tasas de ruralidad.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que argumente en contra del proyecto.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta, este tema fue analizado y discutido en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones hace poco más de un mes: En la citada Comisión, el titular de la Cartera, don Germán Molina, señaló que, como Ministro del Presidente Aylwin, aspira y desea que la solución a los problemas se lleve a cabo con la participación de los afectados. De hecho, en esa oportunidad concurrió también la directiva de una organización de transporte escolar y se acordó iniciar conversaciones para solucionar en forma integral el problema.
Se trata, en definitiva, de analizar una situación relacionada corí la seguridad de los niños y que incide, naturalmente, en el mayor costo de los vehículos. Pero no nos olvidemos, como legisladores, y, en mi caso, como profesor, que también están en juego las vidas de los niños que, como padres, dejamos a disposición de este tipo de empresario.
Obviamente, hay una diferencia entre la parte urbana y la rural; pero el señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, que está conversando sobre el tema, accedería a modificar el decreto supremo para lograr una solución integral al problema.
Por eso, en esta ocasión votaré en contra del proyecto de acuerdo, pero dejando estampado, para su historia, que los caminos están abiertos; se hicieron los primeros contactos y estas directivas continúan conversando con el Ministro del ramo para lograr una solución definitiva.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que argumente en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación el proyecto de acuerdo.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
VII.- INCIDENTES
ALCANCES SOBRE RECHAZO DE DISPOSICION TRANSITORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En Incidentes, el primer tumo corresponde al Comité del Partido Socialista.
Ofrezco la palabra.
El señor ESTEVEZ.-
Pido la palabra.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).
-Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ESTEVEZ.-
Señora Presidenta, el Partido Socialista lamenta profundamente que la Oposición no haya votado a favor, hoy, en la discusión particular de la reforma constitucional, la disposición transitoria trigésima quinta, que tenía como objeto reparar algunos de los efectos traumáticos que el exilio continúa produciendo en nuestro país.
La disposición señalaba que la causal de pérdida de la nacionalidad chilena dispuesta en el artículo 11, N° 1, de la Constitución, causada por nacionalización en país extranjero, "no ha regido respecto de los exiliados que hayan tenido la nacionalidad chilena al momento del exilio" y que "sus hijos adquirirán la nacionalidad chilena por el solo hecho de avecindarse en Chile.". Esta norma tiene un claro sentido humano y de reparación, que nos parecía útil y necesaria.
Lamentamos la decisión política de la Derecha de rechazar esa posibilidad, más aún cuando hasta ahora había existido amplio consenso -más allá de que cierta gente hubiera estado a favor de Pinochet, u otros, como es nuestra posición, en contra de su régimen- para entender que el exilio es una pena dañina y traumática que produce secuelas graves en la familia. Por lo tanto, sin generar un juicio sobre lo que fue el régimen anterior o de las causas de esta situación, hubo en esta Cámara y en el país un relativo acuerdo para tratar de subsanar esos efectos de la pena de exilio en un número relevante de personas. Uno de ellos afecta el derecho a lav nacionalidad de los hijos de los exiliados.
Es difícil concebir cómo una persona de buena voluntad no está dispuesta a evitar al hijo de exiliado una carga o marca sobre su nacionalidad chilena, quien, en todo caso no es responsable de las faltas que, eventualmente, sus padres pudieran haber cometido. Naturalmente, nosotros consideramos que no las cometieron, sino que fueron perseguidos políticos, suponiendo el argumento de algún partidario del régimen de Pinochet de que se trató de personas que cometieron delitos políticos.
Quiero creer que los parlamentarios de Oposición no reflexionaron sobre lo que Votaron y se dejaron llevar, como ocurre Muchas veces, por un líder de opinión o por una persona técnica en la materia, qué recomienda cómo votar. Me parece particularmente inaceptable.
Por eso, protesto porque se usó el símil de lo que hizo Hitler cuando incorporó a Renania y le impuso la nacionalidad alemana en forma obligatoria. La inteligencia del Diputado que empleó ese argumento no permite la excusa de que no se quiso injuriar o herir adicionalmente a los exiliados, motivo por el cual no podemos aceptarla.
Es poco ético y muy sibilino pretender que la reparación del derecho a la nacionalidad de los hijos de los exiliados, porque sus padres estuvieron exiliados, es comparable con la imposición que hizo Hitler en una zona ocupada. No logro entender que una persona elegida por voto popular pueda tener pensamiento tan atrasado y expresar una injuria de esta naturaleza. Parto de la base de que, para todos, cualquier símil de las conductas de Hitler es una injuria, y quiero creer que este parlamentario, como yo, rechaza lo que hizo Hitler y no está aquí para avalar ese tipo de prácticas.
Por tanto, si una persona inteligente usa el símil de Hitler y da un argumento sibilino para negar a los hijos de los exiliados una reparación, independientemente, como dije, de que considere que sus padres cometieron o no delito, si dice que se quiere negociar con la doble nacionalidad y que no hay legislación que la otorgue, en circunstancias de que convenios con España y otros países la dan, quizás lo hace porque le molesta que la palabra "exiliado" quede en la Constitución o exista otra explicación.
Pido y exijo, en nombre del Partido Socialista, explicación sobre una conducta que me parece aberrante, que tiene como resultado real negar los votos que se necesitan para que los hijos de los exiliados no sigan discriminados por delitos que -insisto- no entendemos cometidos por sus padres, sino por un régimen que los persiguió. Si las bancadas del frente creen que los exiliados cometieron delitos, no castiguen a sus hijos a través de la perpetuación, en ellos, de una diferencia respecto de la nacionalidad.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Restan tres minutos y medio al Comité del Partido Socialista.
Tiene la palabra el Diputado señor Aguiló.
El señor AGUILO -
Señora Presidenta, por su intermedio, concedo una interrupción al colega Ribera, con cargo al tiempo de Renovación Nacional.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En Incidentes no proceden las interrupciones; pero como usted cede el derecho, tiene la palabra el Diputado señor Ribera.
El señor RIBERA.-
Señora Presidenta, me extraña que en un tema que hemos' discutido con altura de miras, el Diputado Estévez haga imputaciones personales, y presuma conductas o sentimientos que en ninguna circunstancia nos han animado. Pudimos votar que no y punto, sin explicación. Sin embargo, dimos las razones y propusimos la solución del problema que aflige a muchas personas.
El problema no pasa por modificar la Constitución Política del Estado, sino necesariamente por una conducta administrativa del Ministerio del Interior que acoja recursos de reclamación y establezca que las renuncias formuladas en su tiempo fueron motivadas por circunstancias ajenas a la verdadera voluntad de las personas, y por lo tanto, se trata de renuncias forzosas a la nacionalidad chilena. Este es el punto definitivo y no otro. Traje a colación la nacionalización forzosa impuesta por los alemanes en 1939, porque en todos los libros de Derecho Internacional se cita, entre las causales contrarias al derecho internacional, la imputación de la nacionalidad a terceros. Ningún parlamentario podría decir que no es lo mismo lo que estamos haciendo, porque se requiere imponer la nacionalidad chilena a terceros que, quizás por el desencuentro que tuvieron con nuestra nación, ya no quieren ser chilenos. ¿Cómo sabemos si existen chilenos, que están en terceros países, con nacionalidad, que no desean ningún vínculo más con nosotros por lo que les pasó? ¿Les vamos a imponer igual la nacionalidad chilena? ¿O lo justo es que tengan el derecho a optar por la nacionalidad chilena? ¿Por qué vamos a imponer nuestra nacionalidad a terceros que, quizás, han iniciado nuevas vidas, nuevas nacionalidades y nuevos horizontes?
Planteamos claramente el derecho de opción. Nacionalidad chilena o la extranjera, o por último, doble nacionalidad; pero no imponer a la fuerza la nacionalidad chilena a terceros despojados de ella. Esta es la gran diferencia entre los parlamentarios del frente y nosotros. Ustedes creen que el legislador puede hacer lo que se le ocurra; nosotros creemos que las personas deben tener el derecho de decidir su futuro.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Aguiló.
El señor AGUILO -
Señora Presidenta, el colega señor Estévez ocupará los minutos que restan a la bancada socialista.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Estévez.
El señor ESTEVEZ.-
Señora Presidenta, lamentablemente, la intervención del Diputado señor Ribera confirma todo lo que he dicho.
Creo que su argumentación es sibilina, porque confunde cosas básicas. La nacionalidad chilena de un hijo de chilenos es un derecho, no una imposición. Si el Diputado tiene un hijo, significa que tiene la nacionalidad chilena. Según su argumento, a su hijo nacido en Chile se le impondría -como Hitler- una nacionalidad, que no debería aceptar y ser apátrida hasta su mayoría de edad.
Al nacer un niño hijo de padre y madre chilenos, naturalmente tiene derecho a la nacionalidad chilena. Este derecho, que se ha negado a un hijo de exiliados, se quiere restituir en la Constitución. Cuando se trata de un hijo de chilenos o de alguien nacido en territorio patrio, no podemos hablar de que la Constitución le impone la nacionalidad. Se trata precisamente de hijos de chilenos, quienes por razones transitorias de su vida en el exilio, no tienen el mismo derecho. Ahora se pretende establecer la igualdad de los exiliados ante la ley.
Argumentar que el reconocimiento de un derecho a un niño al momento de nacer sería una imposición hitleriana, me parece un argumento inconsistente e inconcebible en una persona educada. Naturalmente, en democracia, alguien tiene derecho a decir que el hijo de exiliado debe seguir siendo castigado; es posible que pueda afirmarlo. Pero aquí se busca evitar una formulación clara y precisa del tema; se ha dado una argumentación mañosa que esconde el fondo del problema, que en definitiva conduce a un punto: a los hijos de los exiliados se les ha negado ahora un derecho que la Constitución establece para el resto de los hijos de chilenos.
Desde el punto de vista ético y moral de la civilización, de todos los conceptos básicos de la vida, me parece absolutamente inaceptable que se persiga a los hijos por faltas que eventualmente han cometido los padres.
Hago un llamado al Diputado Ribera y a los Diputados de la Oposición para que regresen a lo que ha sido su práctica hasta ahora: entender que sin perjuicio de las razones que pudo motivar el exilio, en el Parlamento ha habido acuerdo para eliminar los daños sicológicos y familiares que plantea el exilio.
En nombre de las familias chilenas que estuvieron exiliadas, reitero el llamado a los Diputados de la Oposición para que mantengan una actitud de reconciliación nacional y acepten que entre todos debemos hacer el esfuerzo para eliminar los daños permanentes, no sólo sobre los exiliados y las personas que han sufrido directamente la represión política, sino también de sus hijos, en este caso.
Estoy cierto de que los Diputados de las bancadas del frente se dejaron llevar por una argumentación sibilina y mañosa que los confundió respecto al problema esencial. Naturalmente, espero una rectificación de criterio, para el bien de Chile, orientada a reconocer, en un gesto de humanidad y civilidad, el derecho de los hijos de los exiliados, como cualquier otro hijo de chileno o chilena nacido en Chile.
He dicho.
ANTECEDENTES SOBRE VIVIENDAS DE PROGRAMAS ESPECIALES. Oficios.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El tumo siguiente corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el Diputado señor Recondo.
El señor RECONDO.-
Señora Presidenta, deseo abordar un problema que afecta a miles de familias chilenas que se acogieron a programas especiales de vivienda, distintos del sistema tradicional de subsidios, tanto en su gestación como en el procedimiento. Las personas que postularon se crearon expectativas muy superiores a la realidad, en cuanto a calidad y valor de las viviendas.
En Puerto Varas y Llanquihue, dos de las nueve comunas que comprende el Distrito 56, que represento en la Cámara, se construyeron sendas poblaciones a través de un programa especial de vivienda. Sus ocupantes han comprobado que la calidad dista mucho de las expectativas que tuvieron en vista al inscribirse, aparte de que la tasación fiscal es superior al valor comercial, lo cual les ha significado un alto grado de endeudamiento, ya que deben pagar altos dividendos.
Estos programas son relativamente nuevos y no incorporan los beneficios que aprobó el Parlamento para los deudores habitacionales que obtuvieron viviendas con anterioridad. Por lo tanto, lo más probable es que no representen uri monto importante de deudas morosas.
Pido que se oficie, en mi nombre, a los señores Ministros de la Vivienda y Urbanismo y del Interior, para que dimensionen el volumen del problema, en el nivel nacional; evalúen la relación entre el monto de la deuda y el valor comercial de las viviendas; estudien soluciones que permitan enfrentar el problema que afecta a muchas familias chilenas que obtuvieron casas por la vía de los programas especiales de vivienda e informen sobre el particular; y al mismo tiempo, para que dichas carteras adopten medidas que adecúen el monto real de la deuda al valor comercial.
Del mismo modo, también en mi nombre, pido que se oficie al presidente del Banco del Estado de Chile, institución que otorgó la mayor cantidad de créditos hipotecarios para financiar estos programas especiales, con el fin de cuantificar el monto global de la deuda por dicho concepto. ,
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
RECONOCIMIENTO POR DECLARACIONES DE EX AGENTE DE LA DINA SOBRE DETENIDOS Y DESAPARECIDOS.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El tumo siguiente corresponde al Partido por la Democracia.
Tiene la palabra el Diputado señor Aguiló.
El señor AGUILO.-
Señora Presidenta, hace pocos días abandonó el país un chileno que desde fines del año 1975 había estado radicado en Europa, dónde debió permanecer hasta la fecha por razones ajenas a su voluntad. Se trata de un chileno que viajó hasta nuestro país, pagándose su pasaje -a pesar de que en el lugar donde vive lleva una vida modesta-, para contribuir de manera decisiva al proceso de reconciliación que con mucha vehemencia anhela nuestro país. Me refiero a un ex conscripto del Ejército, adscrito a la Dina durante los años 1974 y 1975, quien vino voluntariamente a Chile a prestar declaraciones serias, responsables y fundadas a los tribunales competentes, para apoyar el esclarecimiento de la verdad sobre una materia que a muchos chilenos nos sigue preocupando.
Las declaraciones de Samuel Fuenzalida -nombre de este ex conscripto y ex agente de la Dina-, aportaron interesantes e importantes elementos para determinar el paradero de algunos de los detenidos desaparecidos de aquel período, como también los nombres y la ubicación de otros agentes de la Dina que podrían complementar las declaraciones que él proporcionó a los tribunales de justicia y, de esta manera, poder configurar una verdad que Chile requiere imperiosamente.
El contenido y el espíritu de las declaraciones de este ex agente de la bina es-tuvieron siempre signadas por el propósito de la reconciliación. Particularmente me impactó el respeto y el cariño que este ex agente siente por el Ejército de Chile, institución que lo cobijó durante un período.
Siempre fue explícito en señalar que la responsabilidad por los atropellos a los derechos humanos no tenía que ver con el Ejército de Chile, como también que éste no tenía responsabilidad institucional en las materias que hoy se investigan en algunos tribunales de justicia. Según su opinión -lo afirma alguien que conoció desde adentro las circunstancias que rodearon esta traumática fase de la historia de nuestro país- no era más de un centenar de personas las que estuvieron directamente involucradas en la detención, tortura, ejecución y desaparecimiento de muchos compatriotas. Pero no sólo expresó respeto y cariño por su ex institución sino que, además, se encontró con personas que estuvieron detenidas bajo su custodia, ex presos políticos sobrevivientes de un período en donde la mayoría de los compañeros de estos ex presos políticos están muertos o desaparecidos, y estrechó las manos de estos ex detenidos por él. Pudo mirar cara a cara a quienes custodió en el cuartel de Villa Grimaldi y dar un ejemplo, tanto a unos y otros, de que la reconciliación es posible sobre la base de la verdad y de la justicia, y la podemos alcanzar con arreglo al Estado de Derecho que hoy rige nuestro país.
Quiero expresar mi enorme reconocimiento a este chileno porque ha hecho un aporte muy sustantivo y con la verdad ha establecido una de las bases decisivas del proceso de reconciliación.
Sólo deseo agregar, por los escasos minutos que me restan, que probablemente en otra intervención podré entregar antecedentes respecto de Colonia dignidad, los que demuestran fehacientemente que en aquel lugar se violaron sistemáticamente los derechos humanos.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
En el tiempo del Comité Radical Social Demócrata, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
PARO DE ACTIVIDADES EN ARICA. MEDIDAS PARA PROMOVER SU REACTIVACION. Oficios.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El tumo siguiente corresponde al Partido Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el Diputado señor Leblanc.
El señor LEBLANC.-
Señora Presidenta, la opinión pública de nuestro país, y también esta Corporación, se han enterado de que el día 30 recién pasado se efectuó un paro total de actividades en la ciudad de Arica.
Esto no constituye novedad para el suscrito, y espero que tampoco para la Honorable Cámara, dado que desde hace bastante tiempo vengo planteando una serie de problemas que aquejan por larga data a esta provincia extrema del norte del país.
Esta es, ni más ni menos, la consecuencia del desmantelamiento de una ciudad que fue grande, pujante, industrializada y que, por razones que no es del caso reiterar, fue abandonada en las últimas décadas.
El Gobierno del Presidente Aylwin en tres años ha hecho ingentes esfuerzos para recuperar esta ciudad. Sin embargo, el tiempo no ha sido suficiente, porque no es fácil reconstruir en tan sólo tres años lo que existió hace veinte.
Como lo he puntualizado reiterada-mente en este hemiciclo, no ha habido celeridad ni fluidez para resolver aquellos proyectos que hace ya dos años el Gobierno privilegió para esa ciudad.
Arica es quizás la única provincia del país que tiene una propuesta de desarrollo coherente, sólida y consistente. Sin embargo, esos proyectos han determinado una complejidad tal que han entrabado su resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, el centralismo -ya tantas veces denunciado por nosotros-; la burocracia administrativa y, por qué no decirlo, la desidia e indiferencia de algunos burócratas, como también el desconocimiento de una realidad tan particular como es la de nuestra zona, han hecho que una ciudad entera demuestre su cansancio, y que absolutamente todos declaren la necesidad de/ emitir una señal para que, de una vez por todas, este país se dé cuenta de la situación.
El Gobierno ha tenido una respuesta contundente, que se ha expresado en un paquete de medidas que pretenden acelerar el desarrollo de los proyectos y que cubre un 90 por ciento de las demandas señaladas por la comunidad.
Aun cuando se ha generalizado, este movimiento no ha sido necesariamente en contra del Gobierno, sino que se ha llevado a efecto por Arica, para despertar las conciencias de aquellos que todavía no comprenden una realidad tan particular y cuyos habitantes han creído que con esta manifestación pueden llamar la atención para que exista un poco más de preocupación por esta ciudad tan lejana, pero tan chilena como el resto.
Aun cuando no constituye una novedad, el paquete de medidas anunciado por el Supremo Gobierno cubre -repito- aproximadamente el 90 por ciento de las demandas, reafirma las propuestas de desarrollo ya expresadas con anterioridad y pretende acelerar su desarrollo.
Dichas medidas tienen resolución tanto administrativa como ministerial y también de orden legislativo, y es aquí donde, por enésima vez, quiero llamar la atención de esta Corporación sobre la necesidad de que las distintas bancadas tengan a bien participar con su voto favorable en proyectos que apuntan definitivamente a sacar a esta ciudad de la crisis en que actualmente se encuentra.
Recogiendo la voluntad política del Gobierno, expresada en una serie de medidas a las que se ha otorgado la máxima celeridad, es importante que desde el Parlamento colaboremos a que ellas sean despachadas en el tiempo que se les ha determinado.,
Esta tarde la Comisión Especial para el Desarrollo de Arica, recibirá al Intendente, al Gobernador y al Alcalde de esa ciudad. Al respecto, queremos que ellos, como autoridades principales de la región, provincia y comuna, den su testimonio para que, desde la perspectiva de una Comisión Especial, podamos colaborar a la concreción de dichas medidas.
Señora Presidenta, deseo aprovechar la oportunidad para que la Cámara de Diputados oficie al Presidente de la Re-pública haciéndole presente la preocupación del Diputado que habla y de los que deseen sumarse, a fin de acelerar la activación de las medidas.
Por otro lado, solicito que se oficie al Ministro de Relaciones Exteriores, para que perfeccione los mecanismos de relación y cooperación con los países limítrofes, por ejemplo, respecto de los temas referidos a transporte de cargas, pasos fronterizos y su flexibilización, y promueva el estudio de una política de cielos abiertos y el perfeccionamiento de todos los mecanismos de complementación económica con los países vecinos.
Igualmente, solicito que se oficie al Ministro de Hacienda para que termine cuanto antes los estudios sobre régimen tributario y, particularmente, lo referente al impuesto del seis por ciento que grava las mercaderías que salen de la zona franca primaria de Iquique a la zona franca de extensión de Arica. Fundamentalmente, la idea es que los estudios técnicos determinen la factibilidad de eliminar el impuesto o, en su defecto, proponer que el impuesto sea reinvertido en la región.
Señora Presidenta, pido que se dirija oficio al Ministro de Obras Públicas para acelerar de una vez por todas, las medidas tendientes a solucionar el problema de abastecimiento de agua en Arica y, particularmente, que se privilegie el proyecto Pozos del Altiplano, que solucionará definitivamente el suministro de agua, tanto para riego como para el consumo humano, sin perjuicio de reconocer que hoy hay un proyecto alternativo, destinado a elevar transitoriamente los niveles del abastecimiento de agua, de aquí a fines de año.
Del mismo modo, solicito que se oficie al mismo señor Ministro para acelerar las dos obras públicas anunciadas por Su Excelencia el Presidente de la República, relacionadas con la unión de Dos Costaneras y Avenida Circunvalación, a fin de que los proyectos que el señor Presidente ha decidido adelantar, redunden en mayor contratación de mano de obra, progreso y desarrollo para la zona.
Asimismo, solicito que se oficie a la Corporación de Fomento de la Producción para que se perfeccione el proyecto Parque Industrial de Chacalluta, haciendo énfasis en la resolución del señor Presidente de crear una gerencia local que maneje directamente un proyecto que es de Arica, para Arica y manejado por gente de Arica.
Por último, solicito que, se oficie al Ministro de la Vivienda a fin de que resuelva lo pendiente, respecto de la franja costera de su propiedad, que debe ser el inicio del plan inductor de inversiones turísticas, mediante la aprobación del proyecto que hoy se encuentra pendiente en el Senado, y que posibilitará que los extranjeros adquieran bienes raíces en Arica.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviarán los oficios solicitados, en su nombre, y en el de los Comités de Renovación Nacional y de la Democracia Cristiana.
ALCANCES SOBRE AMNISTIA A IMPLICADOS EN VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Concha.
El señor CONCHA.-
Señora Presidenta, la exhibición, desenfadada e impúdica, en uniforme de campaña hecha por el Ejército en la vía pública, armado y desafiante, enfrentando al resto de la población como si fuera el enemigo, produjo estupor y airadas reacciones.
Desde la asunción del régimen democrático, se ha estimado necesario lograr la reconciliación nacional para superar los odios y traumas causados por 17 años de dictadura. Este propósito inspiró al Gobierno para dictar el 29 de abril de 1990 -apenas a mes y medio de asumir- el decreto supremo N° 355, que creó la Comisión de Verdad y Reconciliación, cuyos esfuerzos -que todos reconocemos- condujeron a una investigación objetiva, imparcial, acuciosa y ponderada de las graves violaciones a los derechos humanos para individualizar a las víctimas y determinar su suerte o paradero. Sin embargo, no condujo al esclarecimiento de toda la verdad ni tampoco logró la reconciliación que la mayoría de los ciudadanos deseábamos alcanzar. Por desgracia, quedan aún muchos hechos no aclarados. Todavía numerosos desaparecidos no han sido encontrados, y las investigaciones para identificar a los responsables han resultado infructuosas, a pesar de que se conoce la identidad de algunas personas que tuvieron relación directa con la detención de las víctimas.
Los responsables de los hechos ocurridos con anterioridad al 19 de abril de 1978 se mantienen en el anonimato/ no obstante ser beneficiados por la amnistía decretada por el Gobierno de Pinochet.
La inusitada demostración del Ejército, atentatoria contra el Estado de Derecho que nos rige, violatoria de las normas constitucionales que establecen el carácter subordinado, obediente y no deliberante de las Fuerzas Armadas, tuvo, como uno de sus objetivos, lograr la aplicación inmediata de la amnistía sin investigación alguna, para evitar diligencias imprescindibles, estimadas vejatorias para la dignidad castrense.
La aplicación de la amnistía significa sobreseer definitivamente el procedimiento judicial, porque extingue por completo la pena y sus efectos, al otorgar perdón legal a los partícipes en el delito. El artículo 413 del Código de Procedimiento Penal dispone que el sobreseimiento definitivo no podrá decretarse sino cuando esté agotada la investigación destinada a comprobar el cuerpo del delito y determinada la identidad del delincuente.
La pretensión de omitir la investigación es, pues, inductora a una infracción de la ley, lo que, sin duda, no puede aceptarse.
Las violaciones de los derechos huma-nos significan la comisión de graves delitos, tales como homicidios, lesiones, torturas y secuestros, por parte de los agentes de la dictadura, lo que los hace aún más graves. Sin embargo, mediante el decreto ley N° 2191, de 1978, se les perdonó la pena.
¿Acaso éste tipo de delincuentes -el violador de derechos humanos lo esmorece acaso un trato preferencial para que el perdón legal se haga efectivo?
¿Merece ser atendido el Ejército, que reclama eliminar trámites y diligencias que estima vejatorias, para el personal participante en tales violaciones? ¿Ha hecho méritos para que sus peticiones sean atendidas?
El Ejército nada ha hecho para merecer tratos especiales. Por el contrario, cerró el círculo alrededor del personal que delinquió, protegiéndolo y amparándolo, incluso a través de la justicia militar, que, de una u otra manera, ha evitado dictar las resoluciones pertinentes en contra de esos delincuentes, los ha mantenido en servicio, e incluso, los ha ascendido. Aún más, ha presionado para evitar que la autoridad civil, es decir, el Gobierno, tenga facultades suficientes para llamar a retiro a su personal, como ha sido la norma en el pasado.
Tanto los participantes en esos hechos como sus superiores tienen plena conciencia del delito cometido, o saben que su conducta no está justificada de ninguna manera, y para evitar el justo castigo dictaron la ley de amnistía. No pueden aceptarse sus pretensiones. Hacerlo sería herir la conciencia de justicia de todos los chilenos y menospreciar el dolor de padres, madres, hijos y parientes de las víctimas de los abusos y atrocidades cometidos por los agentes del Estado bajo el régimen dictatorial.
Sin embargo, el país no puede vivir indefinidamente con esta espina clavada en su conciencia; debe buscarse una fórmula que permita que la verdad se imponga, que la ley se cumpla en toda su extensión, incluyendo el perdón legal. Es necesario saber qué pasó, dónde están los desaparecidos, dar oportunidad a sus familiares de sepultarlos dignamente, Sólo así y con el tiempo podremos reconciliarnos. Si perdonamos, requerimos un signo de arrepentimiento que no puede ser otro que la expresión de la verdad.
El Ejército es una institución de tremendo valor histórico en Chile. Todos los chilenos tenemos conciencia de su importancia y trascendencia en la vida nacional. Todos lo admiramos y queremos. Pero lo queremos sin manchas, y para ello sólo es necesario un acto de arrepentimiento que el país entero agradecerá. Sólo así el perdón legal no producirá efectos traumáticos, y la reconciliación será posible. Pero ella no se impone ni se acelera con leyes ni decretos; no se consigue negando amparo a las víctimas, deteniendo las investigaciones o sobreseyendo a los criminales, sino que se va tejiendo lentamente desde el corazón de los directamente implicados, desde el alma del pueblo. Para lograrla es necesario perdonar a los ofensores. Pero si ellos no reconocen sus crímenes, si no se arrepienten en forma sincera y eficaz, si no cambian de conducta, si no renuncian al poder del que han abusado, si no reparan a las víctimas en la medida de lo posible, al menos moralmente, no podremos conseguirla.
He dicho.
MEJORAMIENTO DE REMUNERACIONES DE PERSONAL DOCENTE Y PARADOCENTE DE EDUCACION. Oficios.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Restan dos minutos al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señora Vicepresidenta, el 11 de marzo de 1990, fecha en que asumimos el Gobierno, el producto geográfico bruto destinado a educación era sólo del 2,7 por ciento. Durante estos tres años el país ha hecho un gran esfuerzo y lo aumentó a casi el 3,2 por ciento; no obstante, es absolutamente insuficiente.
Por eso, cuando en junio de 1990 la mayoría de las fuerzas políticas representadas en el Poder Legislativo acordaron realizar una reforma tributaria, nos ale-gramos de que se considerara en ella un aporte especial destinado a la educación, situación que se repitió en los proyectos de presupuestos de los años siguientes. Sin embargo, a pesar de que ya llegó al Parlamento el proyecto de ley que prorroga la reforma tributaria, si no hacemos un nuevo y gran esfuerzo no se cumplirá el objetivo de todos los actores políticos de nuestra patria, que consiste no sólo en lograr un crecimiento de la economía, sino en que impere la paz social; pero a pesar de la gran inversión hecha en educación, no ha sido posible aumentar en forma sustantiva las rentas de los profesores. Se hizo un esfuerzo para mejorar los sueldos bajos, medida que favoreció especialmente a los profesores de los colegios particulares subvencionados.
Por eso, quiero redondear, en un minuto, la siguiente idea.
Está pendiente el proyecto de ley sobre personal paradocente. Según informaciones oficiales que obtuve ayer, la iniciativa ya salió de los Ministerios de Hacienda y de Educación y de la Secretaría General de la Presidencia, pero está estancada en la Subsecretaría de Desarrollo Regional.
Por lo tanto, solicito que, en mi nombre y en el de todos los parlamentarios que lo deseen, se oficie a dicha Subsecretaría para que cumpla el compromiso contraído por el Gobierno y por todos los parlamentarios con este sector de la educación.
En segundo lugar, en esta Sala, los Diputados René Manuel García, por la Oposición, y el que habla, por el Gobierno, presentamos un proyecto de acuerdo, aprobado por la unanimidad de los parlamentarios presentes, para que, en casos especiales y por única vez, se otorgue una jubilación con treinta años de ejercicio de la profesión.
En esa ocasión, argumenté que era el momento preciso para que los parlamentarios de Oposición accedieran a la petición de prórroga de la reforma tributaria. El proyecto que hoy ingresó a la Cámara plantea incentivos para la educación, pero no aumentos específicos de remuneraciones. A raíz de una petición que hice ayer a los Ministros de Hacienda y de Educación, se formó una comisión para estudiar el proyecto.
En consecuencia, solicito qué se oficie al Presidente de la República para que apure su estudio y en el menor plazo posible se concrete esta petición, ya que el acuerdo de todos los Diputados presentes fue aprobarlo.
Termino señalando el compromiso de todos los parlamentarios tendiente a aumentar el presupuesto en educación, sobre la base de que implique incrementar las remuneraciones de los 120 mil profesores que ejercen en el país.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, con la adhesión de todos los Diputados presentes.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Señora Presidenta, quiero adherirme en forma particular, porque el proyecto de acuerdo a que se refirió el Diputado señor Ortiz fue iniciativa mía. De manera que deseo que en la petición de oficio mi nombre figure junto al suyo.
El señor ORTIZ.-
Con la modificación que yo le introduje; que eso quede claro.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Correcto.
MEDIDAS ANTE TEMPORALES E INUNDACIONES EN COMUNAS DE LA NOVENA REGION. Oficios.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
El tumo siguiente corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Diputado señor René Manuel García.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Señora Presidenta, quiero hablar de un tema que realmente preocupa a la Novena Región.
Hemos visto que en los últimos quince días la zona ha sido castigada por tremendos temporales e inundaciones. Me preocupa lo poco que se ha hecho. La prensa y la televisión han disimulado la catástrofe, no exponiéndola en su magnitud. Han mostrado cuánto han subido los lagos Villarrica y Calafquén, exhibiendo una o dos casas de veraneo inundadas, que no reflejan la realidad que está viviendo la región. Entre las comunas, afectadas hay algunas de extrema pobreza.
Por lo tanto, solicito que se oficie al señor Ministro del Interior para que esas comunas de extrema pobreza sean declaradas zonas de catástrofe, porque es la única manera de poder hacer uso del 2 por ciento constitucional para ayudar a sus habitantes, que han perdido enseres, fuentes de trabajo y animales.
También solicito que se oficie al Ministro de Agricultura para implantar, a través del Indap, créditos blandos para que los agricultores puedan reponerse, pero sin imponerles un uso determinado de los mismos, sino que puedan ser destinados a lo que ellos estimen necesario, como compra de animales y de forraje o siembra.
En las zonas más afectadas, como Toltén, Loncoche, Gorbea, Curarrehue, Pucón, parte de las comunas de Villarrica y Cuneo, hay mucha gente que perdió sus animales como producto de estas inundaciones. Me decían que, si bien es cierto que sus casas se inundaron y perdieron sus enseres, lo más importante para ellos fue haber perdido su fuente de ingreso.
Por lo tanto, recabo que se oficie al señor Ministro de Agricultura y se cree el Banco de Vientres con recursos que se están ocupando de los créditos español y holandés, y que se destinen a esas comunas, que han sido catalogadas como las más afectadas, y los agricultores repongan los animales que han muerto en el temporal.
Se ha informado en el Ministerio de Agricultura, con grandes bombos y platillos, que se han dado 10 mil fardos, en circunstancias de que tenemos más de 10 mil animales que no tienen qué comer, producto de estas inundaciones. Con 10 mil fardos sólo hay para cuatro días, y no conozco ningún animal que lo pongan a régimen para adelgazarlo, lo que demuestra la urgencia de las soluciones. Estamos hablando de un producto que se requiere en cantidades impresionantes. Se necesitan 150 mil fardos, porque las praderas, como consecuencia de estar tantos días bajo agua, van a recuperar su pasto a fines de agosto o en los primeros días de septiembre. Aquí estamos hablando de dos a tres meses críticos para el agricultor en esa zona.
Me parece increíble que en esta Sala parlamentarios de Gobierno o regiones zonales no hayan levantado la voz para pedirle estas cosas.
La gente perdió su siembra y sus animales, por lo cual el Indap tendría que darle la oportunidad para no pagar los créditos que han solicitado, porque, como son pequeños agricultores y han perdido su fuente de ingreso, tendrán que incurrir en gastos para los cuales no tienen de dónde generar recursos. Por lo tanto, es justo que a la gente que sembró y cuyas siembras fueron destruidas por las inundaciones, se la exima por esta vez de pagar lo que habían pedido al Indap para financiar la siembra de este año.
Quiero informar que ayer conversé con los Senadores de la Novena Región, señores Diez y Lavandero, acerca de que estamos preocupados por el problema de infraestructura. Los daños de esa Región en infraestructura ascienden a 3 mil millones de pesos en este minuto, recursos que no los tenemos, y queremos que se oficie al señor Ministro de Obras Públicas para que dé a la brevedad los fondos, porque hay niños que no pueden ir al colegio, hay grandes zonas aisladas, hay gente que no puede salir por falta de caminos y puentes.
Si no están los recursos, solicito que se oficie al señor Ministro de Hacienda para que por esta vez el impuesto a los combustibles, la plata del peaje de Quepe y los impuestos generados en la zona, queden en ella para sacarla de la frustración y el desencanto.
Estos son los temas más importantes, y nos alegraría enormemente que se hiciera lo más luego posible, ya que la gente está desesperada, sus animales sin comer, y ella perdiendo su fuente de trabajo y de ingreso.
Esto ya no es un tema de conversación por los diarios. Hay que ser efectivo, y me parece que el señor Ministro del Interior no ha sido informado debidamente porque después de 10 ó 12 días en que la gente ha estado bajo agua, perdiendo sus cosas, sólo ayer mandan a una persona a que haga un catastro de si efectivamente lo que dice el señor Intendente de la Novena Región es efectivo o no. Me parece francamente increíble que se haya esperado tanto tiempo jugando con el dolor de estas personas.
Por lo tanto, solicito que se oficie al señor Intendente de la Novena Región para que me envíe un informe de la evaluación que él tiene, porque el Ministro del Interior ha dicho que no es real lo que le estamos diciendo. No cree porque los informes que ha mandado el señor Intendente no corresponden a. la fuerza que debieran haber tenido y haber pedido los recursos de inmediato para que esta situación fuera solucionada en la Novena Región.
Además, pido que se oficie al señor Intendente de la Novena Región para que informe cuál fue la razón de hecho que motivó el incidente entre Carabineros y la gente que está en huelga en la industria Fourcade, ya que supimos que Carabineros procedió, hay catorce heridos y la situación generada fue sumamente grave. Concretamente quiero saber quién dio la orden para que Carabineros interrumpiera la huelga legal de los trabajadores de esa industria.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría.
INCORPORACION EN REGLAMENTO DE AMBAS CAMARAS DE NORMA RELATIVA A FALLECIMIENTO DE PARLAMENTARIOS. Oficio.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO.-
Señora Presidenta, quiero expresar mi pesar por el hecho de que el Senado de la República trabajó ayer normalmente, día en que se realizaban los funerales del Honorable señor Milenko Vilicic, Diputado de la República. Sé, positivamente, que ni en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, ni tampoco en los reglamentos respectivos de cada Cámara, hay disposiciones sobre el fallecimiento de alguno de sus miembros; pero si, por ejemplo, fallece un Honorable señor Senador -circunstancia que, por supuesto, nadie desea- ¿esta Cámara seguiría trabajando? Creo que cuando fallece un Diputado o un Senador de la República, es el Parlamento el que está de duelo, razón por la cual ambas Cámaras deben tener similar actitud.
Por ello, solicito que se considere, por parte de esta Cámara, la necesidad de; incorporar en su Reglamento una disposición precisa sobre la materia, y, al mismo tiempo, que se oficie al Senado de la República en el mismo sentido, para que se tenga una actitud similar frente a un hecho como el comentado.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
HABILITACION DE TERCERA PISTA EN EL TRAMO SANTIAGO-LA SERENA, DE LA RUTA 5 NORTE. Oficio.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Eugenio Munizaga.
El señor MUNIZAGA.-
Señora Presidenta, el sostenido crecimiento de nuestro país en los últimos años ha generado problemas de infraestructura, sobre todo aquellos que dicen relación con la red vial y, específicamente, con la Ruta 5 Norte, la principal carretera chilena.
La economía, el transporte, el turismo, se basan en el buen estado de esta ruta, la principal y, en algunos casos, la única vía de comunicación entre distintos puntos del norte, lo que le otorga una importancia fundamental para el desarrollo del país. Por eso, los gastos que se hagan para su mantención y mejoramiento serán siempre justificados. Así, por ejemplo, la reciente inauguración de la doble vía hasta San Javier, en la Ruta 5 Sur, constituye una buena noticia, pues de Santiago al sur existen ya alrededor de 300 kilómetros con doble calzada, sin embargo, tratándose de la Ruta 5 Norte, existe una situación muy desmejorada, comparativamente hablando.
Sin pretender igualar situaciones entre la cantidad de ciudades y de población de la zona centro-sur del país con la del norte o del norte chico, hay una serie de antecedentes que deben hacer reflexionar a la autoridad, con ocasión de la próxima asignación de recursos para pavimentar la red vial de nuestro país.
El sostenido crecimiento experimentado por la zona de los valles transversales ha originado una multiplicación de sus visitantes, tanto con fines turísticos como económicos, comerciales, culturales o deportivos. El incremento del tránsito vehicular por la Ruta 5 Norte, ha redundado, además, en un aumento notorio y preocupante de los índices de accidentes de tránsito, en muchos casos con víctimas fatales. Así, por ejemplo, desde 1987, en que hubo 32.790 accidentes, dicha cifra se ha incrementado de manera significativa en cada año transcurrido, para culminar en 1992 con 43.402 accidentes.
Si a este desalentador antecedente agregamos qué durante los cinco primeros meses de este año se ha registrado un aumento del 12 por ciento respecto de igual período del año pasado, con ya casi 800 casos de víctimas fatales en las carreteras a lo largo del país, nos daremos cuenta de que esta situación se está transformando en algo realmente grave y preocupante.
Generalmente se presume que la mayor parte de los accidentes se produce por la imprudencia de los conductores. Sin embargo, resulta imposible imaginar que los chilenos seamos los peores conductores del mundo. Lo que ocurre es que uno de los factores que inciden de manera más relevante en estas cifras es el mal estado de nuestras inadecuadas carreteras. En lo que respecta a la Ruta 5 Norte es un hecho objetivo que sus atochamientos y accidentes ocurren normalmente en lugares de escasa visibilidad, de mal estado de la ruta y calzada angosta. Naturalmente, en virtud del costo que significaría, sería absurdo solicitar la habilitación de cuatro pistas, como se hizo en el sur.
En el fondo, la pregunta que debemos hacemos es: ¿cómo continuar aumentando la producción, cómo desarrollamos el turismo o cómo impulsamos las regiones, sin carreteras adecuadas? Nos quedarían dos alternativas: una, dejar las cosas tales como están y continuar observando cómo la Ruta 5 Norte cada vez se hace más insuficiente, aumentan los accidentes y se frustran las posibilidades de un desarrollo acelerado; y, la otra, buscar una solución que esté al alcance de los recursos y posibilidades de nuestro país.
En este orden de ideas, considero perfectamente posible que en los tramos prolongados de cuestas, de curvas o de escasa visibilidad, se habilite una tercera pista para los vehículos de marcha lenta, de manera que exista una pista expedita mediante la cual los vehículos que asciendan puedan adelantar a camiones o a otros vehículos lentos, sin correr riesgos innecesarios, con lo que se conseguiría un doble efecto: mayor seguridad en la ruta y mayor fluidez en el tránsito vehicular. Estos lugares, los más riesgosos de la ruta, y donde se repiten los accidentes y atochamientos, no son más de 15 entre Santiago y la Serena.
La implementación de una medida de esta naturaleza permitiría solucionar en forma económica y viable los problemas de tránsito de casi 500 kilómetros de carretera. Si consideramos que el costo de cada kilómetro de camino de dos pistas es de aproximadamente 80 millones de pesos, nos daremos cuenta de que habilitar una tercera pista durante un kilómetro en la Ruta 5 Norte, costaría aproximadamente 40 millones de pesos.
Si se construyera esta tercera pista en los lugares más peligrosos de la ruta 5, entre Santiago y La Serena, el total de kilómetros construidos no superaría los 30, que costarían alrededor de 1.200 millones de pesos, cifra que resulta ínfima si consideramos que en el mejoramiento y terminación de la ruta 78, de Santiago a San Antonio, que representa 108 kilómetros, se gastaron 20 mil millones de pesos, es decir, 15 veces más de lo que costaría solucionar el problema de 500 kilómetros de la principal vía de comunicación de nuestro país.
En mérito de estos antecedentes, deseo que se oficie al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de solicitarle que se realicen los estudios necesarios para determinar la factibilidad técnica y eco-nómica de la pavimentación de una tercera pista en la Ruta 5 Norte, en los lugares conflictivos del tramo Santiago-La Serena, como subidas prolongadas, curvas sin visibilidad, etcétera, y de consultar para ese efecto los fondos necesarios en el presupuesto correspondiente de 1994, de manera de contribuir a un tránsito más seguro y expedito. Con ese mismo objeto, solicito, además, que se le remita copia de mi intervención.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviará el oficio en la forma solicitada.
INFORMES DE LAS AUTORIDADES REGIONALES SOBRE LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LOS TEMPORALES EN LA DECIMA REGION. Oficio.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Juan Enrique Taladriz.
El señor TALADRIZ.-
Señora Presidenta, quiero que se oficie al señor Ministro del Interior solicitándole que haga fe en los informes de las autoridades regionales de Valdivia sobre los daños que, desde febrero, han ocasionado las continuas lluvias en la provincia, en especial en las comunas de Los Lagos, San José de la Mariquina y Valdivia, donde han sido realmente graves. Ello, porque en este caso, para que la ayuda se concrete, se está esperando que previamente los verifiquen las autoridades del nivel central, -el Director o el Subdirector de Onemi- en circunstancias de que han sido constatados por el Intendente de la Décima Región, el Gobernador de la provincia de Valdivia y los alcaldes de cada comuna, designados, unos, por el Presidente de la República, y, otros, elegidos por el pueblo. Entonces, no se comprende por qué se debe encargar a autoridades del nivel central la constatación de los referidos daños.
Pido que este oficio al señor Ministro del Interior se remita en mi nombre, y -reitero- se 1e pida que, por favor, haga fe en esas autoridades. En verdad, no tiene sentido hablar de regionalización si no se hace caso a las autoridades locales, como tampoco lo tendría la existencia de éstas.
He dicho.
La señora CARABALL (Vicepresidenta).-
Se enviará el oficio solicitado.
Por haberse cumplido el objeto de esta sesión, se levanta.
Se levantó a las 13.42.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
"Honorable Cámara:
La Comisión Especial Investigadora de la Comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos, pasa a informar a la H. Cámara de Diputados acerca del cometido que ella tuvo a bien encomendarle.
1.- ACUERDO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.
En la sesión quincuagésima séptima de la Legislación Extraordinaria de Sesiones, celebrada en día jueves 19 de marzo de 1992, la H. Cámara aprobó un Proyecto de Acuerdo sobre la materia, suscrito por los Diputados señores ACUÑA, don Mario; BOSSELIN, don Hernán; CARABALL, doña Eliana; CARDEMIL, don Gustavo; CARRASCO, don Baldemar; ELIZALDE, don Ramón; HAMUY, don Mario; HUENCHUMILLA, don Francisco; JARA, don Sergio; LEBLANC, don Luis; MONTES, don Carlos; OJEDA, don Sergio; ORTIZ, don José Miguel; REYES, don Víctor; SABAG, don Hosain; SEGUEL, don Rodolfo; SMOK, don Carlos; VELASCO, don Sergio y VILICIC, don Milenko, por el cual se proponía la designación de una Comisión Especial Investigadora que se abocara al conocimiento de la situación de anormalidad del sistema de comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos.
El tenor literal del citado Proyecto de Acuerdo es el que se transcribe a continuación:
"PROYECTO DE ACUERDO
CONSIDERANDO:
Que la actividad comercial de las grandes cadenas de farmacias estaría ejerciendo prácticas reñidas con la ética mercantil, en connivencia con numerosos laboratorios farmacéuticos, que transgreden las normas legales vigentes, como también, las resoluciones y jurisprudencia de la Comisión Antimonopolio, en el sentido de producir un fuerte monopsonio en perjuicio de las pequeñas y medianas farmacias que quedan así sin posibilidad de competencia.
Que estas prácticas ilegítimas y monopólicas afectan al público consumidor que, de este modo, está pagando un precio artificialmente sobredimensionado y que en los últimos doce meses llegan a porcentajes alarmantes, muchos de ellos superiores al ciento por ciento o más.
Que es nuestra obligación, en representación de los consumidores, investigar estas acciones abiertamente ilícitas, que sin duda se apartan de todos los conceptos ordenadores de una sana economía, realmente social de mercado.
Que existen en el país casi tres mil establecimientos de este tipo, pequeños y medianos, y miles de trabajadores que laboran en ellos y que ven temerosos el desaparecimiento de su fuente de trabajo como consecuencia de los precios privilegiados que estos laboratorios, en prácticas incalificables entregan, en trato especial y oculto, a las grandes cadenas de farmacias, a los cuales no tienen acceso sino unos pocos privilegiados de grupos económicos a los cuales debemos investigar por la transparencia que merece el desarrollo normal de nuestra economía social de mercado. Además, detrás de todo esto se esconde también una grave evasión tributaria, que se hace necesario investigar.
Que las pequeñas y medianas farmacias, a pesar de haberse organizado de alguna manera para hacer compras en conjunto, con el objeto de alcanzar precios que permitan una sana competencia, no han logrado defenderse del flagelo que representa este contubernio entre algunos grandes laboratorios y algunos dueños de farmacias, que de este modo pretendían hacer desaparecer a casi tres mil dueños de pequeños farmacias que, junto a su personal, constituyen un respetable aporte a la economía nacional.
Que en definitiva, hoy no existen precios libres, con márgenes de comercialización razonables entre el costo operacional, trabajo, capital invertido y una legítima utilidad. Hoy no se puede disponer de un buen surtido de medicamentos, otorgar servicios, una presentación decorosa de locales y bajos precios, porque los laboratorios no hacen un juego comercial limpio y quien paga las asombrosas diferencias de precios es la comunidad toda.
Que la preciada libertad individual, que nos interesa a todos por igual defender, tiene que estar acorde con el bien común de todos los chilenos, y es frente a esta realidad y responsabilidad de todos y, en particular, de quienes hemos sido privilegiados con la representación popular, que debemos clarificar todas las conductas antiéticas y corrupciones que amenacen a nuestra sociedad, y aquí señores Diputados, debemos abordar una práctica comercial que, amén de ser ilegal e ilegítima, constituye una forma monopólica que debe denunciarse y corregirse.
HONORABLE CAMARA
¡Por todo lo anteriormente expuesto, venimos en solicitar el acuerdo de esta Sala para constituir una Comisión Especial Investigadora del sistema de comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos, para esclarecer las alzas artificiales en el precio neto de éstos y determinar los cargos que permitan actuar tanto a la Comisión Antimonopolios como a los propios Tribunales de Justicia y al Servicio de Impuestos Internos, haciendo respetar la ley y normalizando así el caótico y discriminatorio sistema de precios en beneficio de los consumidores.
Esta Comisión tendrá un plazo de 120 días, prorrogables, para emitir su informe.".
2.- CONSTITUCION DE LA COMISION.
Reglamentariamente, la Comisión se constituyó el día miércoles 15 de abril de 1992, eligiendo como su Presidente al Diputado señor Juan Pablo Letelier Morel. Fue integrada por los Diputados señores Acuña, don Mario; Bayo, don Francisco; Elizalde, don Ramón; Hamuy, don Mario; Kuschel, don Carlos; Melero, don Patricio; Peña, don José; Pérez, don Juan Alberto; Recondo, don Carlos; Sabag, don Hosain; Schaulsohn, don Jorge; Smok, don Carlos y Urrutia, don Raúl.
3.- LABOR DESARROLLADA POR LA COMISION.
Una vez constituida, la Comisión percibió que el hecho específico que había motivado el Proyecto de Acuerdo que le dio origen era sólo una parte de la problemática que afectaba al sistema de comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos, razón por la cual acordó, por unanimidad, iniciar un estudio profundo y acabado de éste.f
Además, en su primera sesión, se abocó a la elaboración de un programa de trabajo, el cual en definitiva, se formuló considerando tres etapas fundamentales;
1.- Conocimiento de los fundamentos y razones que explicarían la situación de anormalidad que motivó el Proyecto de Acuerdo que dio origen a la Comisión;
2.- Estudio de dichos antecedentes y fundamentos respecto de la situación general de anormalidad en el sistema de comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos, y
3.- Elaboración de proposiciones tendientes a solucionar los problema que presenta la comercialización de medicamentos y productos farmacéuticos.
En el marco del plan de trabajo ya citado, la Comisión invitó a diversas personas y entidades que se encuentran vinculadas al tema en cuestión y podían aportar mayores antecedentes al conocimiento del problema..
Para tal efecto, contó con la presencia de representantes de las organizaciones que agrupan a las pequeñas y medianas farmacias, de los laboratorios, tanto nacionales como extranjeros, de las cadenas de farmacias, de los Colegios Profesionales relacionados con la materia, de las autoridades políticas de las áreas de economía y salud, de la Fiscalía Nacional Económica, del Servicio de Impuestos Internos, del Servicio Nacional de Aduanas, del Servicio Nacional del Consumidor y de la Asociación Chilena del Consumidor, quienes estuvieron representados por las siguientes personas:'
a)Sector público.
1.- Don Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
2 - Don Luis Sánchez C., Director del Servicio Nacional del Consumidor.
3.- Don Gilberto Villablanca C., Fiscal Nacional Económico.
4.- Don Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud Pública.
5.- Don Leonel Rojas S., Director del Instituto de Salud Pública.
6.- Don Nibaldo López P., Director de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
7.- Don Osvaldo Rivas C., Subdirector Nacional del Servicio de Aduanas.
8.- Don Enrique Fanta M. Subdirector de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos.
b)Sector privado.
9.- Don Mauricio Huberman R., Presidente de la Unión Nacional de Farmacias de Chile, UNFACH.
10.- Don Fernando Córdova M„ Gerente General de Farmacias Ahumada S.A.
11.- Don Leopoldo Drexler G., Presidente de la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Chilenos, ASILFA.
12.- Don José Vergara F., Presidente de la Cámara de la Industria Farmacéutica.
13.- Don José Manuel Cousiño L., Presidente de la Asociación Gremial de Laboratorios Farmacéuticos, ACRE LA F.
14.- Don Manuel Aguirre A., Gerente General de Laboratorio Chile S.A.
15.- Don Alejandro Weinstein S., Gerente General de Laboratorios Recalcine S.A.
16.- Don Darko Katalanicic B., Gerente General de Laboratorio Hormoquímica de Chile Ltda.
17.- Don Guillermo Harding A., Presidente de Sociedad Comercial Farmacéutica
S.A. (SOCOFAR S.A.).
18.- Don Antonio Monis P., Presidente del Colegio de Químicos-Farmacéuticos
A.G.1’
19.- Doña María Luisa Cordero V., Médico Psiquiatra, en representación del Colegio Médico de Chile A.G.
20.- Don Armando Becerra A., Presidente de la Asociación Chilena de Defensa del Consumidor.
21.- Don Waldo Ortúzar L, Ex-Fiscal Nacional Económico.
22.- Don José López V., profesor de la Facultad de Química de la Universidad de
Católica de Chile..
Además de las personas mencionadas, se adjunta anexo con la lista de todos quienes asistieron a sus sesiones en calidad de acompañantes o asesores de los ya nombrados.
Del mismo modo, y con la intención de recabar el máximo de antecedentes que pudieran servir para un mejor conocimiento de la materia objeto de la investigación, los señores Diputados integrantes de la Comisión resolvieron oficiar a diferentes organismos públicos y privados, recogiendo así los antecedentes que tienen las entidades requeridas sobre tópicos determinados.
Es así como se ofició:
-Al señor Director del Instituto Nacional de Estadísticas, con el objeto de que remitiera los indicadores económicos de los precios experimentados por los productos farmacéuticos desde 1990 hasta la fecha. (Contestado).
-Al señor Fiscal Nacional Económico, a fin de que remitiera el dictamen que fuera emitido por ese Organismo referente a la denuncia realizada por ACHICO y laboratorio BENGUEREL Ltda. contra los Laboratorios Chile y Recalcine por un supuesto acuerdo de precios de venta a farmacias existentes entre ellos. (Contestado).
-Al señor Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos, a fin de que remitiera los siguientes antecedentes relacionados con la investigación:
a)Nómina de las personas naturales y jurídicas que han iniciado actividades en el area de comercialización de productos farmacéuticos. (Contestado);
b)Carga tributaria o exención que afecta a la comercialización de medicamentos. (Sin respuesta);
c)Listado de las notas de crédito y de las facturas que los laboratorios farmacéuticos
han emitido, en los últimos dos períodos tributarios, a las cadenas de farmacias Ahumada, Saleo y Brand. (Sin respuesta);
. d) Copias de las facturas que dichas cadenas de farmacias han emitido a los mismos laboratorios farmacéuticos, en el mismo lapso de tiempo. (Sin respuesta), y
e) Listado de las personas naturales o jurídicas que han iniciado actividades en el área de droguerías. (Contestado). . .
-Al señor Director Nacional del Servicio de Aduanas, con el objeto de que informara sobre los registros de importación de productos farmacéuticos tramitados ante ese Organismo desde 1990 a la fecha y las posibles distorsiones observadas en ellos. (Contestado).
-Al señor Fiscal Nacional de Quiebras, a fin de que informara sobre el número de farmacias que, desde el año 1990, han sido declaradas en quiebra. (Contestado).
-Al señor Presidente de la Unión de Farmacias de Chile, a fin de que remitiera los antecedentes de la encuesta realizada por esa organización en la V Región. (Contestado, pero sin la información específica solicitada,).
-Al señor Presidente de la Asociación Chilena de Defensa del Consumidor, a fin de que remitiera todos los antecedentes de que dispusiera acerca de la incautación de los productos elaborados por el Laboratorio Benguerel Ltda. (Contestado).
-Al señor Jefe de Referencias Legales de la Biblioteca del Congreso Nacional, con el objeto de que remitiera los antecedentes legales que regulan la comercialización de productos farmacéuticos en nuestro país. (Contestado), y
-Al señor Jefe de la Oficina de Informaciones de la Corporación, con el objeto de que informara sobre la legislación nacional comparada con la de otros países, donde existan normas jurídicas semejantes, relativas al control de los monopolios. (Contestado).
Asimismo, es preciso señalar que los integrantes de la Comisión han contado con diverso material que se ha ido recopilando durante el trabajo desarrollado y que ha servido, del mismo modo, para lograr un cabal conocimiento y comprensión del problema que preocupa.
De esta forma, se pueden mencionar varios antecedentes que se han considerado de interés para una mejor ilustración del tema:
1.- Estudio de la Fiscalía Nacional Económica sobre el mercado de los productos farmacéuticos.
2.- Resolución NQ 349, de 20 de noviembre de 1990, de la Comisión resolutiva recaído sobre un recurso de reclamación interpuesto por UNFACH.
3.- Dictamen de la Comisión Preventiva Central, de 31 de octubre de 1984, relativo al mercado de los productos farmacéuticos.
4.-Dictamen de la Comisión Preventiva Central, de 4 de enero de 1985, sobre la comercialización de los productos farmacéuticos.
5.- Dictamen de la Comisión Preventiva Central, de 10 de octubre de 1990, sobre comercialización de productos farmacéuticos.
6.- Informe de la Fiscalía Nacional Económica sobre la denuncia hecha por el Laboratorio Hormoquímica en contra de Farmacias Ahumada S.A., Comercial Saleo Ltda, Farmacias Brand S.A. y SOCOFAR S.A., de octubre de 1991.
7.- Estudio de la Unidad de Ingeniería Económica de la Fiscalía Nacional, sobre el mercado farmacéutico.
8.- Estudio del SERNAC sobre evolución de precios de algunos productos farmacéuticos.
9.- Recorte de prensa con entrevista a directora del Instituto de Salud Pública.
10.- Reglamentación de notas de débito y crédito.
11.- Informe remitido por la UNFACH al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, correspondiente al año 1989.
12.- Estudio de UNFACH sobre modelos económicos y su incidencia en la comercialización de productos farmacéuticos.
13.- Estudio comparativo de precios de productos genéricos preparado por UNFACH a diciembre de 1991.
14.- Estudio sobre alzas de precios preparado por UNFACH en el período 90-91.
15.- Estudio sobre las anormalidades en la comercialización de medicamentos confeccionado por UNFACH.
16.- Diagrama de distribución preparado por ASILFA.
17.- Cuadro esquemático de descuentos en precios de venta ASILFA.
18.- Participación de mercado anual de principales compañías. ASILFA.
19.- Evolución de precios mercado farmacéutico ASILFA.
20 - Encuesta, al 25 de marzo de 1992, sobre genéricos realizada por ASILFA.
21.- Listado de precios promedios por producto en el mercado mundial preparado por ASILFA.
22 - Análisis de la relación prescripción-medicación en farmacias privadas durante 1989 preparado por AGRELAF.
23.- Características del acceso de la población chilena a los medicamentos AGRELAF.
24.- Listado de alternativas farmacéuticas de productos monodrogas comercializados en el país AGRELAF.
25.- Exposición de la Cámara de la Industria Farmacéutica de Chile A.G. en la
Comisión..
26.- Mercado farmacéutico chileno año 1990.- Cámara de la Industria Farmacéutica de Chile A.G.
27.- Proposición de la Cámara de la Industria Farmacéutica de Chile A.G. para un proyecto de reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos y alimentos de uso médico.
28.- Estudio del Colegio de Químicos-Farmacéuticos de Chile sobre una política
nacional de medicamentos.
29.- Posición del Colegio de Químicos-Farmacéuticos sobre la comercialización de productos farmacéuticos.
30.- Estudio del Colegio de Químicos-Farmacéuticos de Chile sobre distribución y comercialización de medicamentos.
31- Estudio de ACHICO sobre cadenas voluntarias de abastecimiento en beneficio del consumidor.
.32.- Estudio de ACHICO sobre alzas de precios de genéricos.
33.- Listas de precios de respaldo del estudio anterior, y
34.- Comparación de precios de genéricos efectuado por ACHICO.
4.- CONSIDERACIONES PRELIMINARES.
I.- Marco teórico.
a)Definición de medicamento.
El medicamento es, científicamente, un ente tipificado desde el punto de vista químico, farmacológico y toxicológico, que tiene como objetivo su aplicación a un organismo vivo para curar, paliar, diagnosticar o prevenir un proceso patológico, para afectar a funciones corporales o al estado mental o para regular la fertilidad. Es, además, el resultante de un proceso farmacotécnico de elaboración en el que se ha procurado la adecuación a la vía elegida para su administración de tal manera que constituya una forma farmacéutica armónica con el fin a que se destina.
b)La intervención pública en materia de medicamentos.
Desde los orígenes de la medicina el objetivo del acto médico ha sido aliviar o curar las dolencias de un semejante afecto de padecimiento o enfermedad. En períodos posteriores los conceptos de prevención dieron origen a la potenciación de las campañas sanitarias que han dado como resultado la investigación y desarrollo de otros grupos de medicamentos inmunizantes con resultados espectaculares en la lucha contra la enfermedad. Tan noble objetivo se alcanza mediante la prescripción y aplicación del remedio que, bajo el criterio del facultativo, mejor se adecúa a la situación clínica.
La búsqueda y elección de los remedios ha atravesado por distintas etapas, desde la utilización de principios elementales encontrados en el medio natural y aplicados empíricamente, hasta la preparación de mezclas complejas de sustancias activas con otras que no lo son, cuya misión es modificar o corregir a las primeras con fines de posibilitar o mejorar su administración al organismo. Este último proceder constituye la esencia de la práctica farmacéutica y ha dado origen, al transcurrir el tiempo, a la actual industria del medicamento.
Del empirismo a la hipótesis y de ésta a la experimentación; de la extracción de los principios naturales a su síntesis química o biotecnológica; todo el proceso evolutivo de la medicina y la farmacia compone un esquema mental y cognoscitivo, cuyo amplio bagaje sustenta la actual práctica médica que se enfrenta a las enfermedades y dolencias del presente, con los recursos terapéuticos que pone a su disposición la investigación y producción de la industria farmacéutica actual.
Al lado de la evolución de la práctica médica, hay que considerar los de la investigación y el desarrollo industrial farmacéutico que terminan de configurar el marco actual.
En la contribución farmacéutica se pueden destacar tres aspectos que se encuentran estrechamente relacionados entre sí: innovación, saturación y promoción.
La innovación planteada como reto en el hallazgo de soluciones a problemas no resueltos, utiliza el razonamiento científico y la experimentación clínica como sustento de sus progresos.
Por otra parte, el ritmo innovador desencadena la saturación del mercado farmacéutico, poniendo a disposición recursos plurales para idénticas situaciones clínicas.
Es materialmente imposible que el facultativo disponga de la adecuada información sobre las múltiples alternativas que componen la oferta de medicamentos. Incluso en¬
tre especialistas resulta difícil mantener un ritmo en las actividades de reciclaje acorde con el de innovación, producción y puesta en el mercado.
Esta dificultad es suplida por el ejercicio de estudiadas prácticas publicitarias que se manifiestan en el tercero de los aspectos citados; la promoción.
El combate a este nivel es la mayoría de las veces la clave del éxito comercial, por ello es frecuente que se esgriman, por algunos, actitudes no correctas. La promoción desorientadora, indiscriminada y desleal incide en los patrones de prescripción de los médicos e induce al consumo a los pacientes, contribuyendo al uso irracional de los medicamentos.
En este marco, cabe plantearse si permanecen vigentes los principios tradicionales de la deontología médica y si pueden ser fácilmente ejercitados y respetados en la práctica cotidiana; o bien, si se hace necesaria la intervención de un elemento externo a los protagonistas -investigadores, productores, prescriptores, consumidores- del entorno del medicamento, que reconduzca las actuaciones profesionales y comerciales hacia el bien comúm.
La pregunta, así planteada, tiene una evidente respuesta. Sí, es deseable y necesaria la intervención de la administración pública sanitaria que incorporen a los distintos intereses que se encuentran en juego, los de protección de la salud pública. Sus instrumentos son la promulgación de las correspondientes regulaciones, la puesta en práctica de las actividades necesarias para hacer cumplir sus preceptos y el mantenimiento de una vigilancia permanente.
Así lo han entendido la mayoría de los países en los que las ciencias médicas y farmacéuticas se encuentran en vanguardia y ha sido refrendado por organismos regiona¬les e internacionales, entre los que son claros ejemplos la Organización Mundial de la Salud, y la Organización Panamericana de la Salud.
c)Investigación y desarrollo tecnológico de los medicamentos.
La investigación farmacéutica actual viene determinada por una serie de compo¬nentes que la diferencian dé la de otros sectores productivos. El. determinante principal lo constituye el hecho de haber pasado a ser desarrollada casi en su totalidad por el sector privado haciendo suyo el objetivo primario de la búsqueda competitiva de sustancias que puedan tener éxito comercial.
Al lado de esta investigación, la realizada en los institutos nacionales de salud con fondos públicos, queda en minoría aun suponiendo inversiones considerables en investigaciones básicas sobre materias como el cáncer, desarrollo y control de vacunas, procedimientos o técnicas médicas y diagnósticos de vanguardia, etcétera. De estas investigaciones, si bien en ocasiones se han obtenido novedades terapéuticas, lo cierto es que no se encuentran orientadas hacia la poducción de nuevos fármacos.
Además de esto, la investigación actual desarrollada sobre la base de la comprensión de los mecanismos moleculares de la acción farmacológica y materializada con equipamientos complejos y procedimientos a menudo largos, se ha convertido en un proceso enormemente costoso que descansa en la formación y el mantenimiento de equipos pluridisciplinares de investigadores.
El proceso de concepción y desarrollo de un medicamento se puede considerar como el resultante de una serie de ensayos y pruebas racionales llevadas a efecto, ya sea sobre sustancias o productos activos naturales para los que se requiere un aislamiento y purificación previos, como sobre estructuras químicas definidas obtenidas
por síntesis en la investigación sistemática de estructuras moleculares para las que se presume una acción farmacológica concreta, o bien, por último, sobre los productos obtenidos mediante técnicas de biología molecular, también llamadas de biotecnología.
d)Información y publicidad sobre medicamentos.
Un medicamento es un producto químico o una sustancia biológica más información. No es fácil evaluar la importancia de los diversos factores que modifican los hábitos de prescripción, pero se puede afirmar que la información es uno de los más importantes, lo que queda refrendado por las considerables sumas que las compañías farma¬céuticas invierten en la publicidad de sus productos, a sabiendas de que estas inversio¬nes son rentables. Gran parte de esas sumas se dedican a establecer y mantener productos en los grandes mercados en los que las compañías están enzarzadas en la competencia comercial. Estos gastos vienen a aumentar el costo de la atención de salud sin ofrecer beneficios tangibles y, si no se les porfien limitaciones, amenazan con perjudicar el rendimiento y aun la estabilidad misma de la industria.
Resulta evidente que la prescripción racional tiene sus raíces firmemente establecidas en una buena formación y no simplemente en el acceso a una información objetiva, pero los adelantos de la terapéutica convierten en esencial la necesidad de que los médicos en ejercicio tengan acceso a una información adecuada. Para recetar medicamentos inocuos y eficaces, los médicos tienen que conocer su acción farmacológica, las preparaciones existentes y sus indicaciones terapéuticas. También tienen que conocer las dosificaciones útiles habituales, los casos en que se deben determinar la concentración de la dosis, las posologías recomendadas para grupos de enfermos especiales y la vigilancia necesaria durante el tratamiento y después de él.
II.- Evolución histórica de las políticas de medicamentos en Chile.
La Constitución Política de Chile, de 1925, en su artículo 14, establecía que es deber del Estado velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país. De ahí, que se considerara responsabilidad estatal definir las políticas de medicamentos como parte integrante del sistema de salud.
Las directrices desarrolladas en nuestro país, desde las primeras décadas del siglo hasta el año 1973, se basaron en el aspecto social y ético que rodea al medicamento. Es decir, en la necesidad de garantizar disponibilidad, calidad, seguridad y eficacia terapéutica de los productos, y en asegurar la accesibilidad de toda la población, de acuerdo con los principios de equidad y justicia social que caracterizan a las políticas del sector salud..
Al Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Sanidad, primero y del Servicio Nacional de Salud, después, le correspondió el liderazgo de estos procesos que fueron el resultado de compromisos y negociaciones entre los diferentes grupos de interes involucrados, estos es, sectores financieros, económicos, de planificación y legislativos, así como de representantes de las profesiones médicas y farmacéuticas.
El Ministerio de Economía controló los aspectos económicos de la industria y del comercio y se implemento una legislación y reglamentación que se integraban a un sistema codificado, a fin de lograr su aplicación y revisión ordenada, que diera estabilidad y coherencia a estas políticas.
Es así como, del Código Sanitario de 1931 y de 1968, derivan las atribuciones del Ministerio de Salud en materias de medicamentos, las que se ejercieron por medio de una cuidadosa reglamentación especial.
Estas orientaciones y su instrumentalización, abarcaron los aspectos que configuraban la producción, comercialización, prescripción, utilización e investigación de medicamentos.
En el área de producción de medicamentos se definieron la competencia de elaboración, las normas de seguridad, la técnica farmacéutica y la eficacia terapéutica que debían reunir los productos para su registro, además de incluir regulaciones sobre control de calidad de los insumos y de los productos finales. Por otra parte, el sector público fue el garante del cumplimiento de estas disposiciones.
Es así como a partir de 1931 (Código Sanitario), la autoridad responsable de otorgar los registros de sanidad fue la Dirección General de Sanidad. En el Código Sanitario de 1968, se designa para esta función al Servicio Nacional de Salud, organismo que a partir de 1971, a través de su Sección Farmacia, verificaba el control de calidad.
A contar de 1982 (D.S. N- 435), la entidad encargada de la autorización y registro es el Instituto de Salud Pública de Chile.
La comercialización cubrió el aspecto de costos, precios, canales de distribución y venta de los medicamentos, accesibilidad a la población, autorización para la importación de los insumos requeridos, además de incluir el suministro, la adquisición, almacenamiento, distribución y dispensación, con la finalidad de garantizar la disponibilidad de estos bienes en todo el territorio nacional.
Dentro de la reglamentación referida al comercio farmacéutico, destaca la llamada "Ley del Circuito", Decreto Supremo N2 1.142, del Ministerio de Economía, de 1950, que establecía que sólo con autorización de la Dirección de Comercio, se podrían instalar, reinstalar y trasladar los establecimientos químico-farmacéuticos del país. Las farmacias, droguerías, laboratorios y boticas con venta por mayor y menor, o menor exclusivamente, debían cumplir con ciertos requisitos de distancia (a lo menos 400 metros entre una farmacia y otra) y de población (1 farmacia por cada 5.000 habitantes, exceptuándose las localidades de menor población o de difícil acceso o que contaran con una sola farmacia). Además, dado que la dispensación de medicamentos corresponde a una prestación de salud, ésta debía estar a cargo de un Químico-Farmacéutico.
Así, se cautelaba la disponibilidad y accesibilidad de toda la población a estos bienes, al mismo tiempo que se evitaba que la competencia comercial entre farmacias restara a estos centros su identidad profesional.
En el área de la prescripción, se reglamentó la competencia y responsabilidad del personal de salud en la selección del medicamento para cada paciente.
En la esfera de la utilización, se hicieron esfuerzos para regular las actividades inherentes a la promoción de los medicamentos y al uso de productos que integran lo que se conoce como medicina tradicional (medicamentos inofensivos de uso doméstico). Igualmente se reglamentó lo relativo a fórmulas oficinales, medicamentos de libre venta y los que requieren prescripción médica.
En el área de la investigación, se promovió el desarrollo de nuevos medicamentos, formas farmacéuticas, utilización de fármacos ya existentes, análisis de mercado, disponibilidad, obsolescencia y sustitución de fármacos, vigilancia de reacciones adversas, toxicidad, impacto epidemiológico y evolución del costo, consumo y gastos en medicamentos.
los medicamentos en los servicios de salud, a objeto de asegurar un abastecimiento apropiado con un gasto regulado.
Antecedentes en este aspecto, se encuentran ya en 1924, año en que se dictó la Ley Ns 4.054, conocida como Ley del Seguro Obrero Obligatorio, que dio origen a la Caja de Previsión correspondiente.
La Caja del Seguro Obrero, organizó su propio servicio médico para la atención abierta y, para la hospitalaria, suscribió convenios con Beneficencia. En 1953, se fusionaron estas instituciones en un sólo servicio, dando origen al Servicio Nacional de Salud.
La atención en estos sistemas incluía la entrega gratuita de medicamentos. Con este fin, se hizo una selección de los mismos y de fórmulas medicamentosas de uso frecuente susceptibles de elaboración industrial, que dio como resultado el "Arsenal Farmacológico del Seguro Obrero Obligatorio".
Ahora bien, a fines de la década del 30, la recién creada Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) -con el propósito de impulsar el desarrollo de la industria química-farmacéutica nacional- invirtió capitales en el Laboratorio Chile, fundado en 1896 y, que en 1901 se había transformado en sociedad anónima. De esta manera, el Estado adquirió la mayor parte de esta empresa, pasando a ser los servicios públicos del área de la Salud, sus principales socios, al mismo tiempo que su capacidad de producción era destinada principalmente a la fabricación del "Arsenal Farmacológico del Seguro Obrero Obligatorio".
Desde ese momento, Laboratorios Chile, abastecería gran parte de las necesidades de medicamentos de los servicios hospitalarios y asistenciales. En 1969, junto con aprbarse la legislación que hizo posible la existencia del Formulario Nacional de Medica¬mentos, se reforzó la infraestructura de este Laboratorio, para hacer posible la producción con el volumen proyectado y la calidad requerida.
En 1965, mediante Decreto Supremo N° 343, del Ministerio de Salud, se creó una Comisión Asesora de ese Ministerio, que debía estudiar y proponer al Gobierno un Formulario Nacional de Medicamentos.
La idea de un formulario de este tipo correspondió a la necesidad detectada en los servicios asistenciales, en orden a proveer, en forma racional, los medicamentos básicos para la atención de los pacientes acogidos al sistema de prestaciones de salud en instituciones estatales, que sumaban un total no inferior a 5 millones de beneficiarios. También, se tuvo presente el costo de abastecimiento de estos productos, la proliferación de marcas registradas y la necesidad de estatuir una nomenclatura común.
El Formulario que se ordenó confeccionar incluía drogas naturales y sintéticas, substancias radiactivas de uso clínico y productos biológicos para ser aplicados a todo ser vivo, humano o animal.-
Se definió esta tarea como esencialmente técnica, a cargo de profesionales de probada calidad y experiencia, que propondrían la incorporación o eliminación de medicamentos al Formulario. Por último, se estableció que estos podrían ser utilizados por otros servicios del sector público y por la población en general, ampliándose así, el marco de extensión primitivamente contemplado.
Posteriormente, en 1968, mediante el DFL N° 715, del Ministerio de Salud, se modificó el Código Sanitario hasta entonces vigente, con la incorporación de estas iniciativas a su normativa.
En 1969, con el Decreto Supremo Ne 93, entra en vigor el sistema de medicamentos genéricos, que se distribuyen sin utilización de una marca registrada o nombre de fantasía, y se comercializan bajo el nombre de la droga genérica base que contienen, llamado Formulario Nacional de Medicamentos.
La tarea de producir esta línea, tuvo en sus comienzos poca aceptación y fue asumida sólo por el Laboratorio Chile, Posteriormente, dada la favorable acogida que tuvo tanto por parte del cuerpo médico como de los consumidores, cambió la percepción inicial de la industria y, lo que fue una "dudosa idea", ser convirtió en un "atractivo negocio".
Por su parteóla Central de Abastecimiento del Sistema de Servicios de Salud, creada como tal, por Decreto Ley N- 2.763, de 1979, -puesto que antes operaba sólo como central de compras de S.N.S.- dependiente del Servicio Nacional de Salud, se convirtió en el organismo más importante en la distribución del Formulario Nacional, tanto por el volumen como por la amplitud de su campo de acción. Las farmacias también debían expender estos productos y mantener su existencia.
Las normas y los criterios, manejados por la Comisión Asesora, fueron muy semejantes a los que años más tarde recomendaría la Organización Mundial de la Salud (OMS), en su Programa de Medicamentos y Vacunas Esenciales, que forman parte de las acciones tendientes a lograr, para el año 2000, salud para todos con mayor equidad. Este programa promueve la utilización de los medicamentos esenciales y de formularios terapéuticos para conjugar de una manera más apropiada la oferta y la demanda de los mismos en los países más necesitados.
A partir de 1973, con la llegada del gobierno militar, se produce un profundo cambio en las políticas de salud y por consiguiente, en las de medicamentos.
Como resultado de la dictación de las "Normas para la Defensa de la Libre Competencia", contenidas en el DL N° 211, del Ministerio de Economía, de 1973, los medicamentos se consideran bienes de consumo sujetos a las leyes económicas generales del mercado.
En concordancia con estas pautas, en mayo de 1974, se deroga la Ley NQ 1.142, llamada "Ley del Circuito", decretándose la libertad de instalación de farmacias, en cualquier punto del territorio nacional. En 1975, por D.L. N° 1.085, del Ministerio de Salud, se autorizó la instalación de almacenes farmacéuticos.
Por otra parte, se mantuvo el sistema de medicamentos esenciales comercializados bajo denominación genérica, pero su producción y comercialización debía realizarse dentro del contexto de la libre competencia. Se encomendó al Laboratorio Chile la revitalización del Formulario Nacional, pero funcionando de acuerdo con el nuevo sistema económico, marginado de la tutela estatal a fin de estimular su autofinanciamiento. La idea fue mantener la producción de medicamentos alternativos y provocar un efecto regulador de precios.
Sin embargo, como medida de protección para este Laboratorio y, para evitar que otros laboratorios incursionaran solamente en la comercialización de productos genéricos, probadamente rentables, con el D.S. N2 437, de 1974, se exigió a los laboratorios interesados en usar el nombre "Formulario Nacional" y/o su sigla "F.M."; la importación o fabricación de a lo menos el 30% de los productos contenidos en el listado.
A partir de 1975, se dejó sin efecto el convenio con la Central de Abastecimiento del Servicio Nacional de Salud, operando este último organismo como comprador abierto del total de sus adquisiciones a través del sistema de propuestas públicas. Anteriormente, el Servicio Nacional de Salud, satisfacía el 75% de sus necesidades de medicamentos por convenio directo con el Laboratorio Chile.
Entre los años 1975 y 1977, la presión social que implicó la necesidad de satisfacer una necesidad básica, acudiendo a alternativas más accesibles, produjo un aumento notable en las ventas de productos del Formulario Nacional.
Paralelamente, el gobierno de la época, a fin de incorporar a otros laboratorios al sistema, creó condiciones atractivas para la fabricación de productos genéricos al margen del Formulario Nacional. Cabe mencionar, entre otros, la libertad otorgada a las empresas para fijar sus precios de ventas; reducción de la exigencia de importación o fabricación de un 30% a un 10%, etc.,
En 1982, se autorizó al Laboratorio Chile, para fabricar productos del Formulario Nacional bajo la denominación L.CH., marca registrada por este laboratorio, con envases similares. Esto le permitió retirar los medicamentos de la "Línea F.M." e incorporarlos en la "Línea L.CH." y, comercializar en esta última línea los nuevos productos genéricos que lanzó al mercado. En 1983, se actualizó el Listado del Formulario, quedando éste formado por 326 principios activos y 462 productos farmacéuticos. En 1986, se uniformó la presentación de todos los productos genéricos (estuche blanco) y se eliminó la norma que exigía el 10% para incorporarse al sistema. El Laboratorio Chile, declaró su intención de fabricar 20 productos con el "estuche blanco", mientras que al resto de los genéricos los asimiló a la línea "L.CH.". De hecho, ninguno de los productos declarados de acuerdo a la exigencia del Instituto de Salud Pública, llegó a comercializarse. Por último, en 1988, se privatizó el Laboratorio Chile.
En la práctica, estas medidas, significaron la desaparición de los productos con la denominación "Formulario Nacional", el que se convirtió en un listado de referencia, sin expresión real en el mercado.
Finalmente, cabe señalar que nuestro país en septiembre de 1991, ratificó el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que reglamenta la Ley NQ 19.039, de ese mismo año, a fin de integrarse a la legislación uniforme en esta materia, que acepta la patentabilidad de los medicamentos, y lograr su acceso al mercado internacional.
III.- Contexto actual.
La Constitución de 1980 dio especial relevancia a la garantía constitucional de la protección de la salud de las personas naturales. Así fue como reemplazó un texto muy escueto, casi referencial, de la Constitución de 1925 por un grupo de preceptos en que se conjugan los derechos de las personas con obligaciones preferentes del Estado, todo destinado a asegurar la expedita prestación de acciones de salud a la población.
Dice la Constitución, en su Capítulo III, De los Derechos y Deberes Constitucionales.
"Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
N2 9.- El derecho a la protección de la salud.
El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo.
Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud.
Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias.
Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado,".
Por el contrario, la Constitución Política de 1925 establecía en el inciso final del NQ 16 del artículo 10:
"Es deber del Estado velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país. Deberá destinarse cada año una cantidad de dinero suficiente para mantener un servicio nacional de salud.".
Como se observa, en el precepto de 1980 el constituyente ha querido que las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud, y de rehabilitación cuando ello fuere necesario, sean brindadas por instituciones públicas y privadas y que coexis¬tan sistemas de salud estatales y particulares, entre los cuales cada persona pueda libremente escoger. Por ello, todo monopolio estatal de prestaciones de salud para la población está prohibido por la institucionalidad y ninguna ley ni autoridad pueden imponer un sistema único de salud brindado por el Estado ni impedir u obstaculizar que particulares, sometidos, eso sí, al control y coordinación de la autoridad estatal, ofrezcan prestaciones de salud.
Con estos principios matrices se buscó, fundamentalmente, cautelar la necesaria intervención del Estado, en un rol subsidiario, para que las prestaciones de salud que se brinden o se ofrezcan sean idóneas y adecuadas.
En el tema que origina esta investigación, parte fundamental en los tres derechos señalados -promoción, protección y recuperación de la salud-, vuestra Comisión, durante el estudio de los antecedentes que dieron origen a su cometido, recibió en audiencia a los distintos agentes que intervienen en la comercialización de los productos farmacéuticos, tanto privados como públicos, con el objeto de formarse una acabada opinión respecto del contexto actual en que se desarrolla dicha actividad.
A.- Agentes Públicos
1) Ministerio de Salud Pública.
El señor Ministro de Salud expresó qué la política de salud desarrollada durante las últimas décadas ha permitido un mayor acceso a los productos farmacéuticos modernos a un precio, más bajo que el nivel latinoamericano.
Añadió que, en esta materia, debería existir una protección establecida por ley en favor del consumidor y no dejarlo entregado al arbitrio del mercado, dado que se ha podido percibir que la venta de los medicamentos está concentrada geográficamente en aquellos lugares donde residen las personas de más altos ingresos, en perjuicio de aquellas que viven en los sectores periféricos. Por esta razón, a su juicio, la legislación debiera tender a corregir esa desigualdad.
En lo referente a la comercialización de dichos productos, manifestó que es necesario distinguir la existencia de dos mercados. El primero, es el minorista o de las farmacias y, el segundo, es el de los mayoristas, destinados a los hospitales, siendo este último, el ámbito en que se mueve la Central de Abastecimiento. Ella se dedica a la adquisición de la llamada monodroga, es decir, el nombre genérico o la fórmula química pura sin elementos extraños. Añade que, no se adquieren marcas comerciales, sino el producto genérico, abarcando 403 del área de fármacos y 22 productos controlados. Dichas compras significan alrededor de 19 a 20 millones de dólares anuales o 500 millones de pesos mensuales.
Agregó que la Central representa cerca del 36 de participación en el mercado de los fármacos, si se suman todas las compras de los servicios de salud en el país y que,
en definitiva, el rol de la Central de Abastecimiento no es sólo la compra de medica¬mentos para distribuirlos, sino que también actúa como intermediario vendiéndolos a otros compradores, con lo que cumple el rol de un mecanismo regulador del mercado.
Asimismo, añadió, cumple un rol de distribución en los sectores del país en que no es rentable para los distribuidores particulares.
Respecto del mecanismo de compra explicó que se hace a través de la licitación pública, pero, dado de que hay pocos oferentes de los productos que adquiere la Central, sólo se presentan dos o tres laboratorios.
En lo relativo a alzas de los medicamentos, señaló que ha sido de un 19,77 real, a partir de abril de 1991 hasta abril de 1992. Desde diciembre de 1991 hasta abril de 1992 ha aumentado en un poco más de un 1. Asimismo, hizo presente que hasta 1989 no existía una unidad de precios en el mercado farmacéutico, lo que provocó que la Central tuviera un sobrestock de productos adquiridos a precios más caros que los que había en el mercado, principalmente respecto de/los hospitales, situación que se ha ido corrigiendo en el tiempo.
Del mismo modo manifestó que la Central compra el 36% de los fármacos que se destinan a los hospitales, siendo el resto adquirido por ellos directamente a los laboratorios. Respecto al control de los precios, agregó que están en continuo contacto con los servicios de salud los cuales remiten listados de los precios que pagan, a fin de que se haga una comparación con los precios pagados por la Central de Abastecimiento,
Respecto del control de calidad señaló que éste se hace a través del Instituto de Salud Pública el que rige su actuar de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 435, de 1981. La función que cumple es la de controlar la calidad, compra, venta, producción, etc. de los medicamentos, asumiendo un rol de registro y autorización de ellos. Agregó que, para estos efectos, los laboratorios deben hacer una presentación de diversos antecedentes que detalla el referido cuerpo legal, después de lo cual el Instituto de salud Pública debe efectuar los análisis, estudios y pruebas que permitirán la introducción o no de ese medicamento en el mercado nacional. Añadió que, también, en forma delegada, se realiza este control en algunos laboratorios privados. Tema que ha sido muy discutido, planteándose por los representantes de las entidades productoras la necesidad de que el control de calidad se efectúe en el lugar de venta final al público lo que no ha sido posible implementar por razones de costo. Hizo presente que, actualmente, se comercializan cerca de quinientos medicamentos distintos.
Añadió que, en lo referente a la publicidad de esos productos, ello está absolutamente prohibido porque puede provocar un aumento de la automedicación.
Respecto del tema de la venta de cheques médicos para la adquisición de sicotrópicos, manifestó que se trata de un hecho que es fácil de identificar y existe en una importancia bastante baja en relación con el volumen global de la venta de ese tipo de medicamentos. Además, explicó es necesario distinguir entre los estupefacientes y los sicotrópicos, ya que en el caso de los primeros el control es bastante estricto, pues se lleva un registro de las recetas y nombres de los pacientes. Asimismo, al Instituto de Salud Pública le corresponde fiscalizar la importación de dichos productos y el destino final de cada gramo de los mismos. Respecto de las benzodiazepinas, la tendencia es la de ir incorporándolas a la categoría de recetas retenidas y el no autorizar la creación de nuevas versiones de ese producto que no demuestren un verdadero avance en el campo curativo.
Por otra parte, señaló que es efectiva la gran automedicación existente en nuestro país lo que obviamente refleja un incumplimiento de lo que se entiende como racional en el uso de los medicamentos, principalmente, en lo referente a los antibióticos y ben- zodiazepinas. Agregó que es necesario que la autoridad promueva la medicación hecha por el médico en forma exclusiva.
En relación al tema de los origínales y similares, manifestó que el Instituto de Salud Pública autoriza cerca de 50 moléculas nuevas y 800 formas farmacéuticas al año. La evaluación de lo que será comercializado en el país por primera vez se hace en forma muy rigurosa, dependiendo del tipo de medicamento y si se exije un análisis químico o análisis de protocolo. En cambio, respecto de las copias o similares sólo se controla el proceso productivo porque la molécula activa es la misma. Agregó que los laboratorios que producen los originales no han podido probar que los exámenes realizados por el Instituto de Salud Pública son malos.
Añadió que el Decreto 435 es un reglamento de fiscalización del sistema de control de calidad desarrollado por los propios laboratorios en virtud de disposiciones del propio decreto. El Instituto de Salud Pública no llega al control de estantería en forma masiva sino selectiva respecto de algunos productos.
Agregó que, en lo referente al problema de similares versus originales el Instituto de Salud Pública no tiene otra alternativa que aplicar el Decreto 435 el que libera a los primeros de algunas exigencias frente a los productos originales, básicamente respecto de los estudios que debieron ser realizados en los países de origen de dichos productos.
Por último, el señor Ministro de Salud Pública, expresó que el mercado del fármaco es imperfecto o mediatizado, es decir está determinado por la presencia del intermediario que es el médico que prescribe, por esta razón es necesario una regulación del mismo, en cuanto a los mecanismos de inducción y publicidad, pero manteniendo los mecanismos de comercialización que permitan al consumidor acceder a precios más bajos.
En lo referente a las recetas controladas, señaló, que es una opinión compartida por la autoridad, pero no puede ser desarrollada en forma inmediata, sino que paulatinamente, principalmente, en el caso de los antibióticos y las benzodiazepinas.
Agregó que, en lo que dice relación con la doctrina del fármaco como bien social es generalmente aceptada como parte del contexto de la medicina social en favor de aquellos que tienen menos recursos, pero el hecho de que exista un sistema controlado ha permitido que no exista en nuestro país el consumo masivo de medicamentos en los mismos niveles de otros países. Su opinión, en cuanto a un sistema de salud ideal, es que la atención fuera gratuita y sólo se cobraran los medicamentos, lo que moderaría el consumo excesivo.
En cuanto al tema del Formulario Nacional, señaló que ello no sólo fue un beneficio para el país sino que un ejemplo para el mundo, en cuanto a producir la línea de genéricos accesibles a la población en colaboración con un sistema público de salud, tornándose en una situación crítica, como consecuencia del rol que juega el Laboratorio Chile.
Añadió que, a su juicio, sería una buena práctica recetar con nombre genérico y que es posible en la medida de que exista disponibilidad de genéricos en el mercado.
Respecto al concepto de biodisponibilidad, estima que, siendo válido, es un poco académico lo que dificulta su operabilidad en cuanto a costo, además que las pruebas no son realizadas por el Instituto de Salud Pública, sino que sólo evalúa la información que existe sobre el medicamento.
Señaló, asimismo, que no existen normas sobre envases de las muestras médicas las que en la práctica son formas reducidas del producto original.
En cuanto a posibles modificaciones al Decreto Supremo 435, no existe un plazo para evacuarlas pero ya se encuentran en la última revisión no debiendo demorarse más allá de dos meses.
En lo que dice relación con la preocupación por el precio de los medicamentos, señaló que el Ministerio tuvo conocimiento de que había laboratorios que vendían a un precio determinado a la Central de Abastecimiento y luego vendían a los hospitales a un precio inferior, lo que dejaba a aquella con un stock inmovilizado.
Respecto de la influencia que ejerce la Central de Abastecimiento, manifestó que ello es verdad porque compra grandes cantidades, pero sólo en el porcentaje que representa del mismo. Obviamente, agregó, accede a buenos precios porque a los laboratorios les interesa tener una venta fija con la Central que se encargará de la distribución.
En lo referente a conductas ilícitas por parle de los laboratorios señaló que no ha tenido conocimiento de ello.
Respecto al nivel de cumplimiento de las disposiciones legales por parte de las farmacias, expresó que no tiene conocimiento porque no se ha realizado ningún estudio al respecto.
Asimismo, señaló que cuando asumió el actual Gobierno, la Central de Abastecimiento tenía el 28% de las compras de los servicios de salud en su conjunto, hoy en día alcanza el 48%, sin embargo, no tiene la infraestructura para seguir creciendo, pues cuenta con el mismo número de funcionarios que tenía originalmente y que en lo referente a la licitación internacional, la que realiza la Central es abierta y participan laboratorios que importan el medicamento desde el extranjero. El problema que se produciría si la Central importara directamente es que tendría que asumir el control y representación de ésos medicamentos, lo que sería imposible. Hizo presente, que la Central vende con un margen de 6% porque ella no tiene aporte fiscal sino que se autofinancia. En cuanto a lo descuentos especiales no los otorgan salvo a los hospitales.
Respecto de la posible transgresión de norma y aplicación de sanción a los laboratorios, hizo presente que ello ocurre constantemente, como por ejemplo, algunas infracciones de las normas de promoción.
2) Ministerio de Economía, Fomento Y Reconstrucción.
El señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, señaló que el tema que preocupa a esta Comisión es de competencia interministerial. Manifestó, asimismo, que como Ministerio de Economía la responsabilidad radica en velar por el funcionamiento del mercado de los productos farmacéuticos, principalmente, en lo relativo a la falta de transparencia, competencia e información..
Agregó que, desde el principio, el Gobierno ha venido trabajando sobre el tema, el que se inició con el efecto que sobre los precios podría producir una ley sobre patentabilidad de esta clase de productos. Hoy en día, el tema es distinto y se hace necesaria la adopción de políticas estrictas en cuanto al funcionamiento de los mecanismos de la libre competencia. Reconoció que el mercado funciona en forma imperfecta y que el seno de esta Comisión puede ser un buen lugar para discutir sobre las imperfecciones permitiendo la adopción de las políticas antes aludidas. Insistió que actores muy importantes es ese rol son el Ministerio de Salud y el gremio médico.
Asimismo, estimó necesario referirse a los términos en que está redactado el proyecto de acuerdo, pues lo que se dio como argumentación para la creación de esta Comisión fue un tema muy específico planteado por los dueños de farmacias pequeñas y
respecto del cual tiene sus dudas sobre la correcta apreciación del mismo. Por esta razón, agregó, ella debe analizar el problema en términos más generales que el referido proyecto de acuerdo.
Desde la perspectiva con la cual el Ministerio ha observado este mercado cinco son los temas que deberían ser objeto de análisis por parte de esta Comisión: a) Funcionamiento del mercado b) Promoción de la competencia c) Promoción del consumo de productos genéricos d) Información sobre la calidad y precio de los productos farmacéuticos, y e) Gestión de las entidades públicas que intervienen en este proceso.
Sobre este último punto estimó importante considerar que se trata de un mercado donde existen importantes niveles de subsidios públicos, como por ejemplo el hecho de que el Servicio Nacional de Salud gasta aproximadamente sesenta y cinco millones de dólares anuales en subsidio a los productos destinados al consumo de medicamentos de los sectores más postergados a quienes los entrega en forma gratuita.
Consultado sobre la distorsión en la comercialización y la existencia de instancias a nivel ministerial que permitan resolverlas, expresó que las imperfecciones tienen mucho que ver con una falta de información tanto de los consumidores como de los propios médicos. Respecto de estos últimos, manifestó que es posible percibir que carecen de información técnica relativa a la calidad y la eficacia de los distintos productos que alcanzan a cerca de 4.000. Por otra parte, los consumidores, al carecer de la adecuada información, no pueden participar de un proceso de selección de las distintas ofertas que se les someten a consideración. Esta falta de información de los consumidores es doble pues, por una parte, no conocen la calidad de los productos y la sustitución de los mismos y, por otra, no tienen conocimiento de las diferencias de precios en un mercado en el cual son espectaculares.
Sobre el tema de distorsión de la comercialización entre las pequeñas farmacias y las cadenas, manifestó que la Fiscalía ha señalado que no existen antecedentes que permitan concluir la existencia de una conducta monopólica. Considera, no obstante, que este tema es muy semejante al que se produce entre el supermercado y el almacén de barrio, siendo necesaria, atendiendo a la sensibilidad de este mercado, acercarse a las condiciones de funcionamiento de un mercado donde prime la competencia.
Manifestó, asimismo, que la Fiscalía Nacional Económica realizó una investigación del mercado farmacéutico cuyos antecedentes debían pasar a disposición de la Comisión Preventiva para que esta pudiera emitir un pronunciamiento. Dicha investigación llevó a la Comisión Preventiva a concluir que en el proceso de comercialización no existían distorsiones graves, pero si problemas puntuales que constituían abuso monopólico, fijando pautas generales de comercialización que reiteraban las ya adoptadas por ella con anterioridad con pequeñas modificaciones como el no exigir a los laboratorios que fijaran como margen máximo de descuentos un 12%, porque, en definitiva no se justificaba una restricción de este tipo que, en definitiva, dañaría al consumidor. Posteriormente la UNFACH apeló de este dictamen ante la Comisión Resolutiva la cual confirmó el dictamen de la Comisión Preventiva Central.
Explicó que ello no significó la no existencia de distorsiones en el mercado farmacéutico, pero el problema no radica en la comercialización sino en la falta de información y, en ese campo deben, adoptarse las medidas necesarias como la promoción del consumo de productos genéricos.
Otro problema que se produce, expresó, es de índole social porque el propio mercado no resuelve satisfactoriamente el problema de los pobres, debiendo el Estado cumplir un rol subsidiario.
Respecto del tema de la comercialización, expresó que, efectivamente, en 1984 existían problemas lo que llevó a la autoridad a establecer ciertas pautas. Una vez que asumió el actual Gobierno se percibió que la gran mayoría de los laboratorios estaban cumpliendo las pautas fijadas anteriormente con lo cual el mercado operaba en forma más transparente que en 1984. En la actualidad, siguen existiendo ciertas distorsiones por lo cual la Fiscalía está realizando una nueva investigación cuyos antecedentes deberá colocar a disposición de la Comisión Preventiva Central.
Agregó que, en lo referente a una posible relación de propiedad entre Laboratorios Chile y Recalcine, la Fiscalía Nacional Económica está realizando una investigación cuyos antecedentes aún no ha puesto a disposición de la Comisión Preventiva Central.
Por último, en lo que se refiere al problema existente entre las cadenas y las pequeñas farmacias, es necesario partir de la base de que entre ellas existen diferencias sustantivas. Una cadena, al adquirir grandes volúmenes, puede obtener importantes descuentos lo que se une a que tienen costos operacionales muy bajos lo que les permite vender al consumidor a precios muy reducidos. Sobre este tema, se realizó un estudio en Valparaíso que demostró la existencia de1 diversidad de precios originado en el hecho de que las farmacias que estaban más aisladas tenían un cierto poder monopólico que les permitía vender más caro y, en cambio, en los sectores donde había más competencia los precios eran más bajos.
Por otra parte, agregó, el Servicio Nacional del Consumidor se ha preocupado desde un comienzo en establecer líneas de información al consumidor final de bienes y servicios que le permitan transformarse en un actor relevante del proceso de toma de decisiones al interior de la economía y pueda influir positivamente en la conducta de los distintos agentes económicos. En el caso del mercado farmacéutico, ello es particularmente importante porque existe una oferta muy amplia y variada que nace de distintos oferentes, los que son cerca de 38 productores e importadores de medicamentos que operan con cerca de 4.0Ü0 productos, careciendo el consumidor de la información básica de precios que le permita tomar una decisión adecuada de consumo al momento de efectuar la compra de un medicamento, falta de información que se da tanto a nivel del consumidor como del médico que prescribe un determinado medicamento.
Agregó que, en lo que dice relación con la diferencia de precios, ella no nace en una diferencia de costo en la adquisición del producto por parte del distribuidor final, sino que de los diferentes márgenes de comercialización frente a un mismo precio de venta por parte del laboratorio. A ello se agrega el hecho de que el distribuidor final se niega a entregar información de precios y el SERNAC no tiene atribuciones legales para exigir dicha información.
En lo referente a la información de precios al cuerpo médico, informó que el SERNAC celebró un convenio con el Colegio Médico a fin de proporcionar una información comercial mensual sobre el precio de los medicamentos.
En lo que dice relación con la calidad de los medicamentos, expresó que el Estado carece de los medios para hacer estudios de calidad de biodisponibilidad o equivalencia en forma masiva, pero que es absolutamente necesario desarrollar dichos estudios.
Por último, en lo que dice relación con la cantidad de medicamentos que se venden con o sin receta médica no tienen antecedentes al respecto y sería muy difícil hacerlo respecto de aquellos que se venden sin receta médica retenida.
a) Fiscalía Nacional Económica.
El señor Fiscal Nacional Económico, expuso que el mercado farmacéutico ha sido analizado en forma exhaustiva por la Fiscalía Nacional Económica y la Comisión Antimonopolios, a partir de 1983. En 1984, la Comisión Resolutiva Central percibió un mercado muy desordenado por lo cual estableció ciertas pautas, principalmente en lo referente a los sistemas de descuento, lo que lo ordenó considerablemente. Con posterioridad, durante 1990, se detectó que el mercado se había ajustado a las instrucciones impartidas por la autoridad y funcionaba con cierta transparencia. No obstante lo anterior, siempre ha existido conflicto entre las pequeñas farmacias y las grandes cadenas, en forma similar a lo que ocurre con los supermercados y los pequeños almacenes de barrio. Esa competencia trae como consecuencia el que los productos lleguen a un precio bajo para el consumidor.
Agregó que, en tiempos del Presidente Frei, se creó una canasta de productos farmacéuticos que permitiera el acceso de ella a toda la población. Así, se creó la línea de los productos genéricos los que en un comienzo sólo fabricó el Laboratorio Chile, que en ese tiempo era estatal, ya que a los demás laboratorios no les interesaba su producción. Estos productos genéricos, hoy en día, son fabricados por laboratorios tanto nacionales como extranjeros.
Señaló que hace 4 años Laboratorio Chile inscribió su marca, símbolo y envases, por lo que ha demandado, en la actualidad, al Laboratorio Benguerel por apropiación indebida de envases, obteniendo del juez del crimen la incautación de sus productos. Este último interpuso un reclamo ante la Comisión Antimonopolios por atentar contra la libre competencia. A esto se agrega el hecho de que el departamento de marcas del Minsterio de Economía informó, en dicho proceso, de que no existía infracción al reglamento de marcas.
Agregó que, la Fiscalía Nacional Económica no ha emitido ningún tipo de pronunciamiento sobre el conflicto antes referido. Lo que sí debe tenerse en claro es el hecho de que se trata de jurisdicciones absolutamente distintas, en que el Laboratorio Benguerel no ha ejercido, en la jurisdicción judicial, todos los recursos que la ley establece, lo que hace discutible el tema. El problema, en definitiva, es determinar que tiene preferencia, la ley de marcas o la libre competencia. A su juicio, para que exista un atentado contra la libre competencia no basta la existencia de una infracción de la ley de marcas sino que deben existir otros elementos.
Hizo presente que, en este caso, el Laboratorio Benguerel, en su defensa ante la Fiscalía, señaló que existía un acuerdo de precios entre el Laboratorio Recalcine y el Chile, lo que fue considerado como algo distinto del relativo a los envases y la marca, por lo que dio origen a otro proceso ante la autoridad económica.
En el tema referente a las listas de precios de los laboratorios, estimó que ellos son referenciales, sirviendo solamente para el otorgamiento de los descuentos los que a veces revisten el carácter de permanentes. Las cadenas que, al pagar al contado y por grandes cantidades, obtienen buenos descuentos, los traspasan, en definitiva, a los consumidores, lo que acentúa la diferencia entre las cadenas y las farmacias pequeñas, ya que cuando éstas últimas obtienen un descuento no lo traspasan a los consumidores sino que se quedan con él, lo cual se refleja en los precios que venden a público. Hasta la fecha, manifestó, no existe ninguna investigación por parte de la Fiscalía para la determinación de los precios reales por su extrema dificultad.
Consultado sobre posibles infracciones legales por parte de los laboratorios y una
falta de transparencia del mercado, respondió que, en opinión de la Fiscalía, el mercado es transparente y no se han realizado conductas ilegales en el proceso de comercialización de los medicamentos.
Señaló, asimismo, que el médico que receta no se preocupa de indicarle al paciente un determinado medicamento en razón de su precio sino que del conocimiento que tiene respecto de su poder curativo. Y ocurre, explicó, que las clínicas al cobrarle a un paciente le fija precios muy altos por conceptos de medicamentos con lo cual está obteniendo una ganancia extra.
Por último, expresó que la gran preocupación de la autoridad respecto del precio de los medicamentos radica en que una vez que entre en vigencia la ley de patentes el valor de los llamados productos genéricos se incrementará considerablemente, perjudicando a los consumidores.
Asimismo, vuestra Comisión estimó conveniente invitar, respecto de este tema, al señor Waldo Ortúzar, ex Fiscal Nacional Económico, quien señaló que la Fiscalía Nacional Económica, a partir de 1983, tuvo una especial preocupación por el mercado farmacéutico la que se ha mantenido con la gestión del actual Fiscal. Agrega que existe un memorándum de dicha institución que contiene toda la historia de las investigaciones que ha realizado entre 1983 a 1990. En octubre de 1990, la Comisión Preventiva Central emitió un dictamen que contiene un planteamiento más actual sobre el tema, recopilando todas su resoluciones anteriores.
Añadió que la Fiscalía Nacional Económica inició sus investigaciones de oficio, durante 1983, abarcando cerca de cincuenta laboratorios, realizando visitas y encuestas de precios en las distintas farmacias, llamando la atención la existencia de una fuerte competencia que excedía los límites de la transparencia y de la prudencia que se deben observar en las transacciones comerciales, constatándose que había numerosos laboratorios que no tenían listas de precios públicas, realizaban un manejo errático o caprichoso en sus condiciones de venta u ofrecían precios alterados por una serie de bonificaciones.
Agregó que, en conclusión, había pocas condiciones de transparencia en el mercado. Por esta razón, se puso esta situación en conocimiento de la Comisión Preventiva Central, la que dictó una resolución ese año, señalando que esta falta de transparencia ocultaba, en definitiva, los verdaderos precios de los medicamentos. Asimismo, dispuso las siguientes medidas: a) Listas de precios públicas, b) Listas objetivas, es decir, que no varíen por circunstancias del comprador, c) Sistema de descuentos públicos, objetivos y razonables, y d) Descuentos que se relacionen con el precio del dinero.
Asimismo, se estimaron procedentes, siempre que fueran razonables, los descuentos por volumen, las ofertas y aquellos descuentos especiales a las droguerías, en razón de sus servicios de distribución.
Una vez notificado a los laboratorios, fue acatado por la gran mayoría de ellos. A partir de esa fecha se registraron una serie de consultas aclaratorias lo que motivó la dictación de varias resoluciones concretas por parte de la autoridad. Se destaca entre ellas, como consecuencia de la presión de los laboratorios por saber qué entendía la autoridad económica por descuentos razonables, aquella que estableció un promedio de un 12% de descuento por volumen.
Hizo presente que, en ese entonces, hubo denuncias y sanciones contra algunos laboratorios por discriminación. Agregó que, la UNFACH presionó mucho en este sentido, en defensa de sus miembros constituidos por las farmacias tradicionales que ven en las grandes cadenas sus enemigos comerciales.
Añadió que se recibieron muchas denuncias por parte de esa organización por supuestas discriminaciones, que una vez investigadas obedecían a grandes compras, obteniendo todos los descuentos posibles, pero dentro de las pautas fijadas por la Comisión Antimonopolios, por lo que no fue posible determinar la existencia de algún tipo de discriminación.
Señaló que hubo un caso de reclamo contra farmacias Marsil por los bajos precios que cobraba. Investigada la denuncia se percibió que BAYER estaba vendiendo a precios más bajos de los límites fijados por la Comisión, pero acompañando otros antecedentes demostró que todo obedecía a un error de un funcionario de ellos y, por lo tanto, no existía infracción.
Agregó que, esa tendencia se manifestó en 1988, año en que se hizo una denuncia por bonificaciones hechas por un laboratorio, las que fueron consideradas por la Comisión como una estrategia lícita de marketing siempre que fueran generales, objetivas y razonables, rectificando, con ello, su dictamen anterior, en el sentido de que los laboratorios son libres de fijar el porcentaje de descuento sin sujetarse al 12% sugerido en un principio. Este dictamen fue recurrido por la UNFACH ante la Comisión Resolutiva, la que lo apoyó en todas sus partes por lo cual puede afirmarse que existe un mercado al cual concurren gran cantidad de laboratorios y farmacias generándose una competencia muy agresiva en desmedro de las pequeñas farmacias, al vender las cadenas a precios más baratos..
Hizo presente que es evidente que existen laboratorios más grandes que otros abarcando un mayor porcentaje del mercado, pero en su relación con las farmacias se contrapesan con las cadenas, ya que hay laboratorios que se quejaron de presiones de parte de ellas para la concesión de descuentos especiales.
Expresó que, a pesar de que se trata de un producto inelástico, las grandes transacciones entre laboratorios y farmacias constituyen una relación comercial como cualquier otra.
Señaló, por otra parte, que el sistema antimonopolios se constituye sobre la base de. una Fiscalía Nacional Económica, una Comisión Resolutiva Central y varias Comisiones Preventivas, dividiéndose estas últimas en Regionales y Comisión Preventiva de la Región Metropolitana que se denomina Central, pero que es igual a una Regional en todos los sentidos. Las Comisiones Preventivas tratan de solucionar los problemas antes que se agraven, dictando de oficio o a petición de parte, pautas para un mejor funcionamiento del sistema económico o respondiendo consultas sobre el mismo. Ellas están integradas por un representante del Gobierno, específicamente, del Ministerio de Economía o su equivalente en regiones; un representante de las universidades; un representante de los consumidores y un representante del Ministerio de Hacienda.
Agregó que, la Comisión Resolutiva Central, por su parte, cumple un rol jurisdiccional y está compuesta por un Ministro de la Corte Suprema, quien la preside y sin cuya asistencia aquella no puede funcionar; un jefe superior de servicio designado por el Ministro de Hacienda; un jefe de servicio designado por el Ministro de Economía; un Decano de alguna de las Facultades de Derecho de Santiago y un Decano de alguna de las Facultades de Economía de la misma ciudad. Esta Comisión es imperativa y sus resoluciones pueden ser reclamadas ante la Corte Suprema. En conclusión, se trataría de un tribunal especial, ya que ejerce jurisdicción de carácter especial.
Por último, añadió, la Fiscalía Nacional Económica es el servicio público permanente, quien cumple un rol de apoyo administrativo a las Comisiones y es quien investiga e informa a aquellas.
Respecto al seguimiento de la efectividad de las resoluciones dictadas por la Fiscalía, señaló que ésta de propia iniciativa o a petición de parte, se ha preocupado del mercado. Hay muchos casos de laboratorios que, respetuosos de las normas, denunciaban conductas ilegítimas de otros laboratorios, como una manera de mantener la libre competencia en términos trasparentes.
En cuanto a las condiciones de la Fiscalía, ella es un servicio pequeño, pero eminentemente técnico que requiere mayor infraestructura operativa, fundamentalmente, en materia de computación, pero sin crecer en forma desmedida.
En lo que se refiere a alteración del mercado, como consecuencia de las investigaciones de la Fiscalía, es efectivo, principalmente, de parte de los laboratorios extranjeros quienes son muy cuidadosos de no entrar en conflicto con las autoridades chilenas.
En materia de sanciones explicó que la única que puede aplicarlas es la Comisión Resolutiva, para lo cual debe seguirse un proceso legalmente tramitado, de conformidad a un procedimiento establecido por el Decreto Ley Ns 211 de cuyo fallo puede recurrirse ante la Corte Suprema.
b) Comisión Preventiva Central.
El señor Presidente alterno de la Comisión Preventiva Central explicó que, en lo que dice relación con el acuerdo de precios existente entre Laboratorios Chile y Recalcine es un terna muy difícil de probar y en el mundo, aparentemente, no ha existido algún caso que se haya logrado probar. Agrega que, sin embargo, en razón de diferentes consideraciones se ha estimado, por la Comisión Preventiva Central que si existiera tal acuerdo entre los referidos laboratorios, esas consideraciones son: a) Existencia de precios idénticos, b) Sistema de descuentos idénticos de junio de 1990, y c) Incremento de los precios en un 40% en aquellos medicamentos que sólo venden Laboratorios Chile y Recalcine y de 20% en aquellos que venden otros laboratorios.
Adicionalmente a ello, existirían otras consideraciones que se encuentran en el dictamen emitido por la Comisión Preventiva Central, el cual ha sido alegado encontrándose pendiente en la Comisión Resolutiva..
Agregó que existió un informe previo del Fiscal que señaló que no existían problemas en el mercado de los medicamentos, opinión que no comparte la Comisión Preventiva Central.
Señaló que la Comisión Preventiva Central recomendó la aplicación de sanciones monetarias a los infractores, a fin de que se termine el acuerdo de precios y se revoque un contrato existente entre dichos laboratorios que favorece dicho acuerdo. Agregó que la sanción tiene un límite que depende de la recomendación que haga el Fiscal.
Expresó que el tema general que ha preocupado a la Comisión Preventiva Central es lo que ocurre con este mercado en su totalidad. Agregó que, en 1990, se emitió un dictamen con lincamientos generales orientados, fundamentalmente, a que las transacciones de este mercado se hicieran en la forma más transparente posible. Para ello se recomendó que los descuentos fueran públicos, que las escalas de venta fueran conocidas, etc..
Añadió que la Comisión Preventiva Central tiene poca capacidad para determinar si el mercado es transparente, por lo que debe esperar la existencia de denuncias concretas respecto de prácticas que atenten contra los principios generales.
Agregó que, el dictamen de la Comisión abarcó dos temas generales, cuales eran el acuerdo de precios y la existencia de una serie de prácticas entre ambos laboratorios.
Entre esas prácticas se encuentra el supuesto acuerdo de maquila que, en definitiva, sólo era una transferencia de productos fabricados y no la fabricación de los mismos.
Aclaró que el acuerdo de maquila de ambos laboratorios consistía en que si un comprador solicitaba productos Recalcine y no habían disponibles el Laboratorio Chile enviaba los suyos con todas sus marcas. El contrato de maquila consiste en que una de las partes tiene la materia prima y la entrega a otra que le fabrique un determinado producto. En el caso de los laboratorios esto no se da pues quien fabrica el producto adquiere la materia prima.
Agregó que, en su opinión personal, el contrato existente entre los laboratorios tenía por objeto la transferencia de información y mantener una cuota determinada del mercado. Asimismo, expresó que hubo un informe de Fiscalía que señaló que este tipo de contrato entre ambos laboratorios era algo corriente entre los diversos laboratorios existentes, Añadió que la unidad de ingeniería económica elaboró un gran estudio en que se concluyó que el problema de acuerdo de precios entre Laboratorios Chile y Recalcine radicaba en este supuesto acuerdo de maquila, lo que afectaba a otros laboratorios más chicos.
Por otra parte, señaló que los abogados tienen muy claro que en el Decreto Ns 211 la tipificación de conductas no es muy clara, lo que limita considerablemente la aplicación de sanciones. Agregó que, en su opinión, ello constituye una gran ventaja porque cualquier conducta puede tener buenas o malas razones teóricas las que dependerán de las circunstancias en que se planteen, por esta razón, la no tipificación permite la flexibilidad del sistema. Otro problema distinto es el ámbito de competencia del Decreto N° 211, el cual, a su juicio, debería referirse a los atentados contra la libre competencia, entendiendo por competencia un poder efectivo de mercado. Ese debe ser, a su juicio, el único ámbito de acción de la Comisión Antimonopolio.
Añadió que, la transparencia en el dictamen de 1990 decía relación con que los descuentos por volumen, pronto pago, sistema de ofertas a distribuidores mayoristas, etc. tuvieran una base objetiva, es decir, no tuvieran el objetivo de discriminar monopólicamente.
Del mismo modo, señaló que el dictamen de 1990 velaba por la transparencia sin importarle los mecanismos de descuentos, en el entendido de que no habían poderes monopólicos y siempre y cuando los descuentos correspondieran a costo. Agregó que no existe una norma o porcentaje específico del segmento del mercado que puede acaparar un productor, por lo que el análisis se realiza caso a caso. Por otra parte, la regulación no puede permitir que los beneficios que se pretendan sean eliminados, aun cuando, los descuentos no deberían exceder de un 30%.
Explicó que la Comisión no ha recibido denuncias concretas respecto de la existencia de connivencia entre laboratorios y cadenas farmacéuticas ni tampoco referente a acuerdos especiales entre laboratorios y cadenas farmacéuticas. En lo referente a sobreprecios artificiales ello se da en el mercado de los genéricos, producto de la concertación de precios existente entre Laboratorios Chile y Recalcine..
3)Ministerio de Hacienda.
a) Servicio de Impuestos Internos.
realizadas por diversos organismos, el Servicio de Impuestos Internos decidió tomar cartas en el asunto y establecer un mecanismo de fiscalización más permanente sobre el mercado farmacéutico. Para estos efectos, el Servicio ha adoptado medidas para modificar el funcionamiento interno de manera de especializar fiscalizadores por sectores económicos. En lo que dice relación con la consulta formulada por la Comisión, en orden a la existencia de irregularidades tributarias en el mercado farmacéutico, no existen antecedentes para sostener que existe una evasión importante.
Agregó que se han recibido numerosas denuncias sobre irregularidades del mercado farmacéutico, como por ejemplo:
1.- Existencia de un poder monopólico y monopsónico, en razón de una aparente relación de propiedad entre cadenas de farmacias y laboratorios;
2.- Irregularidades de los mecanismos de distribución de los productos farmacéuticos. En Santiago existen productos distribuidos por sólo dos droguerías;
3.- Denuncias de que parte de la materia prima no tiene un ingreso regular al país;
4.- Precios de venta a público inferiores a aquellos que el laboratorio cobró a las cadenas, lo que podría hacer presumir una evasión tributaria a través del ocultamiento de ingresos o ciertas actitudes monopólicas para dejar fuera a otros competidores, y
5.- Algún grado de evasión de impuestos a la renta, en lo que dice relación a gastos de representación.
Hizo presente que no se pretende realizar fiscalizaciones parciales, sino que sobre todos los diversos actores de este mercado.
Expresó que el Servicio debe realizar la fiscalización dentro de un marco legal, lo que impide acelerarla, pues el contribuyente tiene ciertos derechos. Por otra parte, para calificar a un contrato como simulado deben existir pruebas concretas pues, muchas veces, la investigación termina en los tribunales de justicia. Expresó que el contrato simulado está tipificado en los números 4 y 5 del artículo 97 del Código Tributario, los cuales establecen que constituye delito la simulación para obtener devolución de impuestos o la alteración de la base para el pago del mismo.
Añadió que, respecto de la documentación el contribuyente puede entregar mercaderías sin la factura, enviándola con una guía de despacho, facturando dentro de los cinco días del mes siguiente, pero con fecha del mes anterior. También la ley lo faculta para emitir una nota de crédito en caso de que otorgue un descuento o la operación quede nula en todo o en parte. En esos casos la función del SU es velar porque la nota de crédito corresponda a la parte que no se envió o, en el caso de los descuentos, que éstos no sean excesivos. De manera que sólo se llegaría al delito tributario después de una revisión muy exhaustiva y prolongada, a fin de asegurar el éxito de la acción ante los tribunales de justicia. En todo caso, agregó, no se ha configurado delito alguno en este mercado.
Por otra parte, señaló que para aceptar los gastos de una empresa es necesaria la presentación de documentación fehaciente, de manera que si se realiza una operación en la cual no existe un contrato por escrito se rechaza el gasto.
En lo referente a la venta de muestras médicas señaló que no se ha detectado caso alguno, no obstante existir diversas denuncias. Agregó que, en cuanto a la venta ambulante de medicamentos, el SU tiene planes que está desarrollando en el área metropolitana, lo que ha permitido controlar en parte el problema.
Respecto del tema de la propiedad relacionada expresó que existen algunos antecedentes que remitirá a la Comisión. Agrega que, sobre el tema de la evasión de impuestos, existen antecedentes generales sobre los distintos mercados, destacándose como el
de mayor evasión el del comercio, pero no existen antecedentes específicos sobre el mercado farmacéutico.
Asimismo, manifestó que para configurar el delito tributario es necesario la concurrencia del dolo, el cual se produciría cuando una persona monta todo un sistema para, en forma sistemática, no emitir factura, con el objeto de evadir impuestos. En el caso citado lo más probable es que los impuestos estén pagados por lo que es poco probable que un tribunal admita la existencia de un delito tributario.
Aclaró que la evasión tributaria puede acontecer con o sin delito tributario, pues consiste en el no pago de impuestos. En cambio, el delito tributario castiga la intencionalidad de la persona, es decir, el dolo.
Concluyó señalando que la situación que afecta la comercialización de los productos farmacéuticos es común con el resto de los mercados.
b) Servicio Nacional de Aduanas.
El señor Subdirector del Servicio Nacional de Aduanas señaló que ellos basan sus apreciaciones mediante una investigación para determinar si el precio que aparece en factura es real o está distorsionado. Si a juicio del Servicio, los precios están distorsionado ellos mismos hacen los ajustes mediante un proceso establecido en el artículo 181 de la Ordenanza de Aduanas que permite que por diferencia de valores el importador pueda recurrir por la vía del reclamo a cuestionar los precios que ha establecido el Servicio de Aduanas.
Agregó que la base de datos que tienen no está depurada, por lo que deben pedir ayuda al Banco Central de Chile siendo ésa su única intervención, en lo que respecta a la administración del material químico y de los productos que van al mercado.
Explicó, por otra parte, que hay que distinguir dos cosas, en primer lugar, es necesario determinar que el mismo fármaco posee cinco a seis nombres distintos, puesto que cada laboratorio hace la importación con determinado nombre y luego le asigna el nombre comercial.
Asimismo, un mismo fármaco de diferentes laboratorios puede tener una diferencia de 1.800%, o de 500% no obstante ser todos sintéticos. Citó el ejemplo del librium el cual se importaba, por un determinado laboratorio a 1.490 dólares CIF el kilo y otro lo importaba 86 dólares el kilo, es decir con una diferencia de 1.768%, y así lo demuestra la declaración de importaciones y sus valores.
En cuanto a la fuente de importación, expresó que una parte viene desde Suiza y otra desde Italia. Agregó que, en 1987, cierto laboratorio traía el diazepam a 1.832 dólares el kilo y, en cambio, otro laboratorio lo traía a 19.500 dólares el kilo.
Hizo presente que estas distorsiones aún persisten, y que, incluso, el Banco Central tenía un ítem determinado en dólares para importar el librium y otro para importar el mismo producto con otro nombre, situación que permitía que las diferencias de precios variaran entre 500 a 1.800%.
Añadió que en Chile algunas cadenas de farmacias ofrecen a un laboratorio una cifra determinada por un medicamento, obteniendo una rebaja de 50% o más. Estos laboratorios que operan así tienen utilidades de todas maneras, puesto que sus insumos importados presentan distorsiones que les permite hacer estas rebajas o, inclusive, se ha dado el caso de la llamada "docena del cura" en el sentido de que si compran una docena les dan 18.
Explicó, por último, que para el Servicio Nacional de Aduanas es muy difícil hacer
un seguimiento de todas las fórmulas químicas que se importan al país, puesto que no cuentan con los medios materiales y humanos para cumplir eficazmente dicha labor.
B.- Agentes privados.
a) Laboratorios.
La Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Chilenos (ASILFA), la Cámara de la Industria Farmacéutica de Chile y la Asociación Gremial de Laboratorios Farmacéuticos (AGRELAF), representados por sus Presidentes señores Leopoldo Drexler G., José Vergara F. y José Manuel Cousiño L., respectivamente, hicieron presente a la Comisión que, a su juicio, el problema debe ser analizado desde su raíz partiendo por la prescripción y la dispensación.
Agregaron que la prescripción es una orden emitida por un facultativo, principalmente un médico cirujano, el cual ha realizado cursos superiores para diagnosticar una enfermedad y sugerir un tratamiento. Una vez que la prescripción es entregada al enfermo la orden va a la farmacia donde se originan los primeros problemas. En ella una persona que no es un químico farmacéutico se da el lujo de cambiar todo lo anterior desestabilizando completamene el diagnóstico, recomendando el cambio o reemplazo de una receta. Esto, a juicio de ellos, es grave porque burla las disposiciones del Código Sanitario como por ejemplo, el artículo 227,113 y 114.
Por otra parte, señalaron que la dispensación es la entrega sistemática y ordenada de una receta médica y que el volumen de productos de venta bajo receta médica que se venden sin ella supera el 60%.
El problema, en opinión de dichos invitados, parte con el Registro Sanitario, el cual es un requisito previo a la comercialización del producto. Es un proceso técnico y administrativo. Es técnico porque se somete a la evaluación de médicos y farmacólogos los que emiten un dictamen señalando si es o no es un aporte. Es también administrativo porque se le asigna un número al medicamento.
El Presidente de AGRELAF, por su parte, hizo presente que en este proceso existe una discriminación odiosa en perjuicio de los medicamentos originales o innovadores que ellos representan como compañías de investigación. Se insiste, además, en definir al producto similar en forma errónea o equivocada, lo que permite confundir un producto de probada calidad con otro, sin que se pruebe que este último produce el mismo efecto terapéutico que el original.
Esto constituye, a su juicio, uno de los atentados más graves, pues se favorece la copia en perjuicio de un medicamento original, inundando el mercado de estos productos. Se trata de un problema que afecta a la autoridad desde hace bastante tiempo. Agregó, que existe un listado sobre alternativas farmacéuticas de productos monodrogas comercializados en el país, el cual está en el artículo 17 del Reglamento de Farmacias y que debe estar en cada farmacia, lo que no ocurre. Este listado asume que todas las sustancias son iguales, pero se cuida de decir que al no estar evaluada la biodisponibilidad de los productos no se puede garantizar la bioequivalencia de las alternativas farmacéuticas inscritas en el listado. Con ello, se emite oficialmente un listado que permite se venda un producto burlando la receta prescrita por el médico, reconociendo que son distintos al no estar evaluada la biodisponibilidad. Esta, añadió, es la cantidad de droga o de principio activo que llega al sitio activo en un determinado tiempo.
Agregó que, en su concepto, la calidad de los medicamentos en Chile no está garantizada, pues se registra un gran control sobre las plantas farmacéuticas pero no se controla lo que está en las farmacias. El Instituto de Salud Pública, con ello, controla a quienes más saben en la materia y no el lugar de donde sale el medicamento al público para ser administrado al enfermo. Esta institución se ha negado a incorporar modernas concepciones de calidad en el país, como el de biodisponibilidad.
Añadió, que la proliferación de copias o similares produce las siguientes consecuencias: saturación sin sentido, gasto nacional de divisas innecesario, aumento de inventarios en laboratorios y farmacias, confusión para el público y el médico, genera una automedicación desenfrenada y constituye una desnaturalización del Formulario Nacional de Medicamentos.
Por otra parte, señaló, la estrategia de ventas de un similar genérico es cosa fácil, pues no recurren al médico sino que incentivan a la farmacia con la colaboración de la autoridad, llegando incluso, a la exhibición de medicamentos en oferta en las vitrinas.
Como consecuencia de lo anterior, hay cambios de recetas, lo que supera el 60% de las prescripciones; negación de existencia de productos competidores originales y ventas por volúmenes con un buen margen para las farmacias.
En conclusión, se evidencia un mercado "no transparente" y la ausencia de una política nacional de medicamentos. Hay discriminación evidente y un gravó riesgo para la salud pública.
Estimó, que la autoridad debe adoptar una serie de medidas, entre las que se destaca la necesidad de formular una política nacional de medicamentos que ponga fin a la discriminación del Decreto 435, reestructurando el Departamento de Control del Instituto de Salud Pública, revisando el arsenal farmacológico terapéutico, reclasificando la condición de venta de los productos farmacéuticos y vigilando su cumplimiento en el marco de un severo respeto a la receta médica.
Respecto de los aspectos comerciales del mercado, destacó la alta presencia de los productos genéricos, y también de los llamados "genéricos de marca", que es una forma que han adoptado los laboratorios que fabrican los productos copia para acercarlos al producto original. Todos estos productos, al amparo de una legislación ineficiente han inundado el mercado con alternativas que escapan al manejo del médico, por lo que debe procurarse la sustitución en el mesón de la farmacia, o bien promover la poli- farmacia cuando alguien solicite consejo a la farmacia.
Con todo, añadió, la legislación vigente ha permitido que 4 de cada 10 unidades (40%) que se comercializan en Chile o 26 pesos de cada 100 pesos están en manos de tres consorcios farmacéuticos nacionales, habiendo 59 laboratorios presente en Chile. Ellos son: Laboratorio Chile, Recáleme y Sabal. Los dos primeros representan el 35% del mercado, porcentaje que en cualquier parte del mundo se calificaría de monopolio.
Respecto de esta situación, estimó oportuno tener presente que el dictamen 638/155 de la Comisión Preventiva Central, de fecha 28 de enero de 1988, coincide con la necesidad de modificar el tantas veces mencionado Decreto 435, concepto que ellos han hecho presente a la autoridad en forma insistente.
Agregó que, desde el punto de vista de los canales de distribución, este mercado también es muy atípico, pues ellos están limitados por ley sólo a las droguerías, farmacias, hospitales, almacenes farmacéuticos, depósitos veterinarios y depósitos dentales, todos los cuales representan un universo potencial de aproximadamente 1.500 clientes para la industria farmacéutica. Sin embargo, de esos 1.500, no más de diez, entre farmacias y droguerías, concentran hasta un 60% de las ventas de la mayor parte de los laboratorios. Tan alto poder de compra concentrado en tan pocas manos, sólo es explicable, entre otras razones por la eficiencia introducida con el concepto de las cadenas de farmacias que bajo el amparo de una marca determinada penetran los distintos sectores del país, particularmente las grandes ciudades.
Por último, expresó que, respecto de la labor de las farmacias, es mucho lo que se puede señalar, sin embargo, cuatro aspectos, a su juicio, son de primerísima importancia para cabalmente entender la situación:
1.- La reglamentación vigente nada estipula respecto de la cantidad ni ubicación de las farmacias por sectores, dejando a la libre iniciativa y riesgo, el emplazamiento de estos locales. Esto ha dejado atrás el concepto de "ley de circuito" donde existía una distancia no inferior a 400 metros entre local y local, para dar paso a una concentración tal que, en ciertos sectores, es posible encontrar tres o cuatro distintas farmacias en tramos inferiores a una cuadra, con el consiguiente beneficio para la población en términos de accesibilidad y precios bajos.
1- A pesar de que el artículo 24 del Reglamento de Farmacias de 1984, dispone que el Director Técnico o su reemplazante, cuando procediere, será responsable de verificar que el despacho de las recetas se efectúe conforme a las disposiciones légales respectivas, cautelando que se cumplan las condiciones de venta indicadas para cada producto farmacéutico, en la práctica ello no ocurre.
3.- Por su parte, no obstante que el artículo 32 del referido reglamento se refiere a que el expendio de los productos farmacéuticos se hará de acuerdo a las condiciones de venta indicadas para cada uno de ellos, ello tampoco se cumple.
4.- Con el objeto de verificar la dinámica de ventas de los productos farmacéuticos éticos (de recetario, analgésicos, antiácidos, antisépticos y otros de venta libre), Gallup Chile desarrolló durante enero de 1985 un estudio que contempló entrevistas a más de mil adquirentes de dichos productos, en una muestra representativa de farmacias de Santiago. Los resultados indicaron que de 1.020 entrevistados, sólo el 30,1% exhibieron la receta correspondiente, vale decir, el 69% había adquirido un medicamento sin la respectiva receta. La situación hoy, concluyó, debe ser, incluso, más dramática en términos del alarmante nivel de automedicación de la población chilena.
Por otra parte, la Comisión recibió en audiencia especial a los laboratorios Hormoquímica, Chile y Recalcine, con el objeto de conocer sus posiciones respecto de algunas menciones que los involucraban en algunos de los problemas que señala el proyecto de acuerdo que dio origen a ella.
El Gerente General de Laboratorio Hormoquímica expresó, primero, que su perspectiva era algo limitada, pero que están conscientes de que hay un compromiso social respecto a la venta de productos farmacéuticos. Añadió que, en este mercado, se requiere cierta transparencia operativa, por lo, que siempre han estado dispuestos a aplicar reglas más exigentes para preservar esa imagen más transparente.
Explicó que la situación más delicada se produjo durante la administración anterior de la empresa cuando su antecesor tuvo un desacuerdo con uno de los compradores sobre ciertas concesiones que se le estaban pidiendo, por dos motivos: el primero, porque iba contra las normas de comercialización de la empresa, ya que ella tiene un solo precio, y segundo, porque no podía acceder a esas condiciones porque se habría infringido abiertamente las normas de libre competencia, ya que habría significado poner precios al margen de las listas públicas. Agregó que, sin entrar al problema del año pasado ante la Fiscalía, puede decir que se dio la coincidencia de que las cadenas que estaban involucradas en esta petición de descuentos dejaron de comprar, prácticamente todas.
Señaló, por otra parte, que lo que ocurre en Hormoquímica es que la lista pública es la que corresponde a los clientes. No creen imprudente, de su parte, hacer una especulación sobre lo que ocurre en los otros laboratorios, pero lamentarían que las listas de esos otros laboratorios no fueran las oficiales.
Manifestó, además, que ellos son una compañía de investigación por lo tanto sus productos son originales. En cambio, no todos los productos son vendidos con patente fuera de Chile, ya que por su edad han dejado de tenerla. En ese sentido, dejó constancia que cuando ellos han producido un genérico en Chile los costos derivados de ello no son similares al de los competidores por lo que a veces tienen una pérdida relativa.
Del mismo modo, hizo presente que la nota de crédito es un documento que solamente se usa cuando hay errores en el despacho o por problemas de recibo y para reembolsar al cliente, pero no se usa como una forma indirecta de venta! No facturan por publicidad, y no hay nota de crédito como mecanismo de descuento.
Explicó que, en el caso de su empresa, el interés radica en velar por que ninguna oferta sea hecha de manera diferente a los distintos clientes. Es decir, agregó, su lista de precios es un documento que se aplica a todas las ofertas y es pública, lo que constituye el argumento más usado por algunos de sus clientes para calificar favorablemente su gestión.
Añadió que son una compañía que basa sus ventas en los anticonceptivos orales, no siendo ése un mercado de alta competencia, ya que el mercado total chileno es de tres mil millones de pesos, dentro del cual la participación de Hormoquímica alcanza a 12% aproximadamente. El mercado general es bastante competitivo pero una de las ventajas competitivas es la credibilidad..
Concluyó señalando que lo que, a su juicio, se necesita es una, buena implementación de la legislación antimonopólica, una buena fiscalización y, especialmente, que el organismo encargado de aplicarla lo haga en forma transparente, justa, con consideraciones técnicas y, no necesariamente sometidos a otras apreciaciones que podrían distorsionar un poco el resultado, es decir, si la ley antimonopolio es bien aplicada y se perfecciona, estas situaciones deberían tender a desaparecer por esa vía y no por otras.
Dicha ley, agregó, tiende a favorecer más el control de la oferta que el control de la demanda y esto tiene que ver con la alteración de las condiciones de transparencia del mercado, sin embargo, detallar más las conductas monopólicas de la actividad comercial puede ser útil, como, asimismo, corregir un proceso que es absolutamente administrativo como ocurre en la Fiscalía Nacional Antomonopolios donde no existe una bilateralidad de la audiencia. Sería interesante, finalizó, para el país y para libertad económica que hubiera una instancia abierta en que los abogados pudieran actuar, en que se puedan debatir las cosas y no se encuentren con resoluciones que a veces, no se sabe por qué, han ocultado, por razones administrativas, temas que son esenciales.
Por su parte, el Gerente General de Laboratorios Chile expresó que su empresa es una Sociedad Anónima abierta, lo que significa que ellos están bajo la supervisión permanente de la Superintendencia de Valores y Seguros, deben emitir estados financieros trimestrales que son públicos, contar con la supervisión obligatoria de auditoras externas y específicamente, en el caso de ellos, están sujetos al análisis sistemático de las compañías calificadoras de riesgo.
Añadió que, como Sociedad Anónima, Laboratorios Chile tiene alrededor de mil accionistas de los cuales los principales son diez; el mayor de ellos tiene un 16,45% y corresponde a la firma Laboco Inc. Chile Ltda.; Banco Chicago Continental, que tiene un 13,6%, Chilectra V Región, que tiene un 9,7% y, a continuación, hay dos AFP y varias otras empresas que integran el ranking secundario; ellas son AFP Habitat, para su fondo de pensiones con un 7%, que está en el tope; AFP Próvida con el 7%, también en el tope; la Compañía de Seguros de Vida "Consorcio Nacional de Seguros" con 3,75%; Compañía de Seguros de Vida de la Construcción relacionada con la Cámara de la Construcción con un 3,72%, y después dos sociedades de inversiones Internacional Investments Company of Chile con un 2,35% y GT Group Chile Bank Limited con un 2,31%. Esto significa en cifras aproximadas, un 55 a 60%, sumado el total de los accionistas. Finalmente, el primer accionista personal que integra esta nómina es don Antonio Said Catán que tiene un 2,2%. Agregó que en el mes de junio los 12 principales accionistas sumaban un 79,5%. La diferencia está en que Chilectra V Región a esa época tenía un 19,8%, y enajenó más menos un 10%.
Expresó, por otra parte, que es importante señalar que Laboratorios Chile es una Compañía sujeta a la inversión de las AFP y, por esta razón, sus estatutos sociales fueron adecuados al Decreto Ley NQ 3.500, de manera que ningún accionista puede hacer uso de derechos más allá de un 20% del capital accionario.
En relación al mercado farmacéutico chileno, señaló que la empresa lo percibe como un mercado que tiene libertad absoluta de precios a nivel de productor, a nivel de distribuidor, tanto intermedio como final, libre importación y libre acceso a divisas, aranceles iguales y bajas barreras a la entrada, en lo que se refiere al registro sanitario. En cuanto a oferta de productos, existen más de 80 empresas tanto de capitales nacionales como extranjeros que operan en el país y colocan en el mercado financiero alrededor de 4.900 a 5.000 productos. En el área de distribución hay alrededor de 1.400 farmacias, 380 instituciones de salud tanto públicas como privadas y diez distribuidores mayoristas, a los que se agrega el Estado a través de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional del Servicio de Salud, el que adquiere por medio de licitaciones públicas internacionales los medicamentos que requieren los centros de salud que administra el Estado.
Todas estas características, añadió, conforman un mercado farpacéutico de gran competitividad, lo que refuerza la situación de las principales drogas o materias primas que ejercen algún efecto terapéutico. Se han hecho algunos análisis indicadores de esta situación en un muestreo que abarca más o menos 1.467 drogas que no son la totalidad de las drogas que hay en el mercado, pero sí una cifra muy significativa. A partir de estas 1.467 drogas se fabrican otros 4.180 productos. Esto quiere decir que hay ciertas categorías de drogas que sirven para hacer productos que tienen por lo menos efectos terapéuticos similares, es decir para 46 drogas hay más de diez productos alternativos ofrecidos, lo que conformaría un grupo de 460 productos similares entre sí. Esta es la categoría de drogas que tiene mayor cantidad de productos ofrecidos o productos similares. Luego hay 213 drogas para las cuales hay un promedio de cinco a nueve productos farmacéuticos fabricados, hay 636 drogas para las cuales hay dos a cuatro alternativas ofrecidas y finalmente hay 572 drogas para las cuales hay sólo un producto ofrecido, es decir hay un producto derivado de esas drogas y en consecuencia sería ofrecido por un sólo vendedor.
Agregó que se debe considerar que muchas drogas tienen efectos terapéuticos alternativos, es decir, que un mal se puede tratar con una o dos drogas.
Expresó, asimismo, que otro antecedente importante de analizar en el mercado farmacéutico es el nivel de precios que se observa. El año 1991, según los antecedentes del INS (Firma internacional), el sector farmacias de Chile abarcó un volumen total de 235,6 millones de dólares con 107 millones de unidades vendidas, cifras que arrojan un
precio promedio de 2,18 dólares, lo que contrasta con las cifras que se observan en otros países del Centro y Sudamérica, destacándose el caso de Chile ya que está en un nivel de precio promedio sobre países como México, Colombia, Venezuela, Brasil y Ecuador, en el cual hay niveles de precios más bajos que los chilenos. Falta investigar de manera más acuciosa qué efectos podrían tener políticas que se desarrollan en esos países orientadas a subsidiar el precio de los medicamentos.
En nuestro continente se observan precios superiores en Argentina, países del Caribe, en Perú y si se mira el desnivel de termino medio que existe en los países desarrollados la diferencia es mucho más abismante. En Estados Unidos el promedio es de 12,9 dólares, Canadá 11,4 Alemania 9,26, Italia 7,26, destacándose entre los más baratos Francia con 4,8 dólares y España con 4,2.
Agregó que es importante el rol que cumplió Laboratorios Chile en la creación de un mercado de precios razonablemente bajos, hace 20 años, a través de la idea del cuadro de medicinas básicas. Esta situación hoy en Sudamérica es un anhelo de los gobiernos, en cambio en Chile está ampliamente superada, pues existe un mercado de medicamentos básicos amplio, fuerte, competitivo que resulta ser un negocio, en el cual están dispuestos a invertir muchos inversionistas. Dentro de este contexto Laboratorios Chile fabrica más de 600 productos que curan la mayoría de las clases terapéuticas, es decir, la empresa no se especializa en ciertas dolencias sino que trata de abarcar todo el espectro de las enfermedades de la población y esto les da la posibilidad de participar en el mercado con alrededor de un 10% de los valores y un 19 a 20% de las unidades.
Agregó que el precio de Laboratorios Chile, como consecuencia de lo anterior, es la mitad del que existe en el mercado chileno. Si se sacara Laboratorios Chile del cálculo, el nivel de precios de la industria chilena se incrementaría a lo menos en un 12% de inmediato. A su juicio, la competitividad que se ha generado en este mercado es positiva, lo que origina la posibilidad de exportar ya que como empresa lo hacen en aproximadamente US$ 15.000.000 anuales, cifra' que aparentemente no es tan interesante, pero que en la realidad hay que considerar un impuesto por entrar a países que tienen barreras de entrada muy significativas. En la actualidad está llegando a 12 países. Esta es una labor pionera en la cual el liderazgo de la empresa es notable.
Respecto de la calidad de los productos farmacéuticos, en el caso de Laboratorios Chile, es un objetivo que ha estado presente desde siempre, pero se potenció en gran medida por el esfuerzo por introducir las medicinas básicas. En un esfuerzo costoso que en definitiva, ha significado que se alcance un nivel de calidad superior lo cual permite prestar servicios de control de calidad a otras empresas farmacéuticas, permite fabricar productos farmacéuticos para otras, empresas que no tienen instalaciones y también ha permitido ser pioneros en establecer ciertas normativas internas respecto a los productos de la empresa que posteriormente se han transformado en norma obligatoria para el resto de la industria. En lo que respecta a la calidad, se considera que hay muchas cosas por hacer en Chile, específicamente, la empresa vería con mucho agrado que el actual régimen de control de calidad que ejerce el Gobierno fuera cambiado sustancialmente, ya que la calidad es uno de los atributos que permiten competir en forma real con su producto homólogo. El control de calidad debería juzgarse en términos de una calidad efectiva, comprobada en estanterías de farmacia, en almacenes, de bodegas, es decir donde los productos se dan a conocer y no hacer un control de calidad meramente burocrático, que sólo significa revisión de papeles. Expresó que la calidad, hoy día, se hace en forma ineficiente al existir sólo una relación de antecedentes escritos. No se está yendo a un esquema en el cual los productos sean controlados en
los laboratorios como muestra sino que al momento en que el producto se está vendiendo. Ello provocaría un gran beneficio social, pues el costo podría reducirse bastante si existiera la certeza de que los tratamientos que se están aplicando son realmente efectivos.
Señaló, por otra parte, que en cualquier mercado es imprescindible que el consumidor tenga un conocimiento muy preciso de éste. Con respecto a las compras, en el caso de los medicamentos, es fundamental que el cuerpo médico también tenga una cierta certeza de lo que está recetando en la medida que haya un mercado tan competitivo, es decir donde hay cinco, diez, quince alternativas de un mismo producto. Este mercado va a ser competitivo en términos muchos más leales, hoy día, al estar invirtiendo una suma muy importante en control de calidad versus costo laboratorio lo que obliga a competir en un nivel de precios que tiene relación entre la calidad del producto en sí. En lo que concierne a las listas de precios hay un bagaje de dictámenes y resoluciones que han establecido en forma muy precisa la forma eje operar con respecto a las listas de precios. En ese sentido, Laboratorios Chile ha sido siempre muy cuidadoso de que se encuentren en sus listas de precios todas las condiciones de venta que son de público conocimiento y que son despachadas por correo a todos los clientes.
Expresó, igualmente, que el tema de la maquila es de común ocurrencia entre la industria farmacéutica de todo el mundo. Hay ciertos laboratorios que poseen la infraestructura adecuada para fabricar cierto producto y proporcionan servicio de fabricación a un segundo laboratorio. Agregó que no tiene una cifra precisa de cuanto puede ser pero piensa que estos volúmenes son mínimos. En todo caso, no es una cifra real, es decir lo que se ocupa en este aspecto es realmente la maquinaria y que, como negocio, la maquila no es importante. Hizo presente que Laboratorios Chile no tiene convenio con el Instituto de Salud Pública, pero tiene una muy buena relación desde mucho tiempo, ya que se actúa con mucha franqueza y existe una relación de colaboración en la cual la empresa en múltiples oportunidades ha hecho control de calidad para el ISP y ha entrenado a su gente.
Del mismo modo, manifestó que ellos tienen una lista de precios que es conocida por todos y en ella están las condiciones con las cuales opera. Las condiciones destacan un descuento por volumen de hasta 6.000 unidades, un descuento por pronto pago y existe también un descuento de documentación. Añadió que se opera de acuerdo a la cantidad que cada cliente está comprando. Respecto del informe que emitiera el Fiscal Nacional Económico, el Departamento respectivo de ese organismo hizo una revisión de toda la facturación y se le demostró que los precios para los clientes cumplen exactamente las condiciones que señalan sus listas de precios. Por otro lado, añadió, en el mercado existen prácticas que permiten que un cliente que tiene algo real que ofrecer -por ejemplo, si está situado en el centro, tiene grandes vitrinas, tiene lugares de exposición-, acceda a un contrato diferente, pues existen clientes, chicos, medianos y grandes. No obstante expresó, Laboratorios Chile tiene toda una tradición de precios bajos y eso costó mucho introducirlo. Hoy en día los productos son conocidos y debido a la alta competencia que existe necesariamente hay que seguir dando una gama de servicios que sean muy creativos.
Añadió que existe un hecho que les llama la atención, cual es que la lista de precios que tiene Laboratorio Recalcine es copia exacta de las suyas, en cuanto a precios bajos. El precio definitivo será el que resulte de las condiciones que se le aplique a cada cliente. En ese aspecto siempre han entendido que el precio de transacción que es el precio final del negocio, es el precio válido. No es su intención cobrar un precio relevante, por
lo tanto el dictamen de la Comisión se está basando en este hecho, en cambio el informe del Fiscal al respecto, es totalmente contradictorio.
Agregó que han hecho un redamo a la Comisión Preventiva donde le dan a conocer lo expuesto, puesto que después de revisar toda la teoría económica se dieron cuenta que la mejor definición de precio está en el Código Civil, que dice que es la cantidad de dinero que se recibe por una cosa. Agrega que la Comisión dice que tiene fundadas presunciones y la verdad es que no hay ningún medio probatorio real, todo lo contrario, ya que indica que a Laboratorios Chile se le copian los precios por tener un liderazgo y una gran cantidad de productos en el mercado. Por eso cree que no hay ninguna justificación en la resolución que tomó la Comisión Preventiva.
Afirmó, asimismo, que en la composición del Directorio no hay relación alguna entre ambos laboratorios. Tampoco lo hay en el registro de accionistas.
Por otra parte, expresó que Laboratorios Chile tiene en el mercado en valores, aproximadamente un 10 a 11% y en mercado de unidades aproximadamente un 20%. Por su parte, Recalcine tiene aproximadamente un 10 a un 11% en valores y en unidades alrededor del 15%. Si se sumaran ambos laboratorios en valores no pasan del 21% o 22% y, en unidades, aproximadamente un 35%.
Respecto del control de calidad, señaló que tienen, desde hace 14 años, un Departamento de Investigación" Biofarmacéutico con dos químicos que revisan constantemente las fórmulas farmacéuticas de la empresa y que dicha práctica se extendió al resto de los laboratorios, por lo cual creen que el Ministerio de Salud debiera hacer un control de todos los productos farmacéuticos, no solo cuando le llevan la muestra con un registro, sino que durante todo su período de eficacia. Por otro lado, ellos mantienen convenios con Universidades, como la Universidad de Chile, y la Universidad Católica, donde todo lo que hacen in vitro se les solicita a las Universidades se haga en vivo, con voluntarios sanos. Con ello se cierra el ciclo control de calidad, y que debiera ser un tema importante para que el Ministerio de Salud lo considerara.
Respecto a las muestras médicas, manifestó que cada Laboratorio tiene sus propios visitadores médicos con un costo tremendo, por lo que de ahí nacieron las muestras reducidas, o sea, no el contenido original de 20 comprimidos sino que una muestra que lleva 3 ó 4, con un rótulo especial de muestra médica.
En lo atinente a los descuentos por publicidad, señaló que no hacen notas de crédito que sean descuentos, lo que sí hacen son convenios de publicidad, que constituyen una práctica en el mercado que ha llevado a que las farmacias cobren por exhibir diversos productos.
Concluyó señalando que, en el caso de las farmacias, se ha hecho un estudio símil, que demuestra que en las farmacias que están establecidas en el centro de Santiago y que atienden 1.000 personas por cada hora, sus productos se venden considerablemente y que la política del laboratorio es estar presente en todas las farmacias posibles.
Por su parte, el Gerente General de Laboratorio Recalcine, señaló que es bueno para la industria que el Parlamento se preocupe del mercado de los medicamentos y del usuario final de ellos. Asimismo, entiende que la gestión de esta Comisión no es proteger intereses sectoriales que puedan haber en esta industria representados por las farmacias pequeñas, las cadenas, los distribuidores y los laboratorios, sino que preocuparse de los pacientes y de que los medicamentos lleguen a ellos a buen precio.
Respecto a la industria, su opinión general es que en Chile adquirir medicamentos, comparado con países limítrofes y países desarrollados, es substancialmente más económico en la actualidad. Por ejemplo, el gasto en medicamentos en Argentina es del
orden de los 2.000 millones de dólares por año y en Chile es una décima parte. Por esto mismo, Argentina está liberalizando el mercado de los fármacos, tratando de incorporar los genéricos que allá no existen y está tratando de postergar la ley de patentes que todavía no entra en aplicación y tratando que el sistema de registros de productos nuevos sea mucho más expedito, sin burocracia.
En lo que dice relación con el Instituto de Salud Pública, el problema que enfrentan tiene dos aristas; una es que hoy día el Instituto está entrampado en su burocracia interna con los trámites de registro sanitario que, en definitiva, son los que determinan cuantos productos van a poder ser ofrecidos al mercado y, en consecuencia, tiene relación con el precio del medicamento. Estos trámites que deben durar 3 meses demoran hoy día un año estando todos los esfuerzos y recursos orientados a esta área de registro de medicamentos, lo que produce la completa desprotección del control de calidad de los productos una vez producidos por los laboratorios o estando el producto en las farmacias del país. Prácticamente, señaló, hoy día no existe un control de la autoridad sanitaria de la calidad de los medicamentos en esa área.
Por otra lado, no les parece eficiente un sistema en el cual el Instituto de Salud Pública se dedica a decidir si una molécula puede ser o no viable en Chile -análisis que se ha hecho en Estados Unidos con recursos ilimitados- si, a la vez, no se hace investigación de nuevas moléculas. La proposición, en esa área, es simplificar el decreto en lo que se refiere al registro y aumentar lo que es el control de calidad del producto.
En cuanto al acceso a los medicamentos por parte de los usuarios, manifestó que proponen aumentar el mercado de productos de venta libre, pues creen que hay una serie de patologías sencillas que en otros países se solucionan con medicamentos de venta libre y que en Chile es completamente restringida. Si se aumenta la cantidad de productos que puedan tener venta libre y, a la vez, aumentan los canales de distribución de estos productos, va a existir una mayor oferta, con una mayor competencia, una baja en los precios y por consiguiente, una descongestión del Servicio de Salud.
Respecto de la receta retenida, proponen sistemas alternativos de ellas como recetas timbradas, o con cupones, que permiten despachar varios productos y cuando se acaban los cupones o se acaban los timbres el paciente debe volver al médico a pedir una nueva prescripción. De esa manera, se lograría bajar el costo de la repetición de la receta para los usuarios.1
Agregó al respecto que, al existir medicamentos de venta libre, se verá aumentada la competencia permitiendo su venta en supermercados y, controlando las condiciones de venta de los laboratorios, se determinaría si hay discriminación o condiciones de publicidad que no son objetivos. Por otro lado, añadió, el Estado podría entregar directamente a los usuarios medicamentos en las zonas donde los niveles de ingreso son más bajos eliminando así el problema que en esos sectores se produce, es decir la venta a mayor costo.
En cuanto a la ley de patentes, proponen que no se acepten las nuevas modificaciones que se quieren hacer a ella como condición para firmar el acuerdo de libre comercio con EE.UU. Agregó que México tuvo que modificar su ley de patentes para firmar con Chile, lo que repercutirá en el precio de los medicamentos, porque básicamente las proposiciones son que las patentes comiencen a regir desde el momento en que se promulga la ley.'
En lo que dice relación a la Central de Abastecimiento, no creen que sea eficiente la política de compras y decisiones centralizadas, acerca de los medicamentos que se usan o no se usan en los hospitales.,
Por ello, estiman que sería bueno dar autonomía a las diferentes zonas del país o a Los diferentes hospitales con respecto a la compra de medicamentos.
Respecto a una supuesta relación con Laboratorios Chile, señaló que no tienen ninguna relación directa o indirecta con las acciones de Laboratorios Chile. En cuanto a la relación comercial, ésta existe desde 1990, pues hay un convenio de maquila de antibióticos y de ciertos productos genéricos.
Agregó que ellos son un grupo de 5 laboratorios distintos y que los productos genéricos representan hoy día menos del 20% del total de su venta. El grupo de productos que maquila Laboratorios Chile es una parte de los productos genéricos, por lo tanto, el porcentaje es bastante menos de la mitad, es decir alrededor de un 5% y no más. El motivo de la maquila dice relación con una regulación sanitaria que obligaba a invertir en una planta de producción de antibióticos por lo tanto se decidió hacer la maquila afuera.
Expresó que no existe ninguna relación de propiedad entre alguna cadena de farmacias y ellos. Las condiciones de venta de este grupo de cinco laboratorios son distintas, en función de cada laboratorio.
Explicó que se trata de laboratorios distintos que maquilan en una sola planta de producción que es Recalcine, por eso son conocidos por ese nombre. Sin embargo, mientras más competitivo es el mercado, más flexible son las condiciones de venta, pues es menor el poder de negociación que tiene al laboratorio en relación al comercio. En el tema de genérico esto ha terminado en que cada compra es una verdadera licitación de productos. Ello trajo como consecuencia que el mercado se ha desvirtuado, en qué si bien existen algunos precios de lista referenciales, los precios finales a los cuales se transan estos medicamentos genéricos terminan en una licitación de precios.
Señaló que existe una diferencia entre lo que son las marcas o los productos estéticos del mercado genérico, que es realmente competitivo y que representa menos del 20% de la operación total. En lo que se refiere a lo genérico, la empresa sigue al Laboratorio Chile ya que éste es el más importante. Si el Laboratorio Chile ofrece a un precio final vía publicidad, volumen, pago contado, más documentación adjunta, más la oferta, etcétera, siempre Recalcine intentará igualar ese resultado final.
Hay un precio que de una manera u otra se determina mediante licitación, por lo que primero hay que identificar y tratar de mejorarlo para tener éxito en la gestión comercial y para llegar a este precio final hay una lista de precio referencial más una serie de condiciones de venta. Ella es una práctica, en general, mucho más acentuada en los segmentos del mercado de productos genéricos y es mucho más acentuada en los productos donde la decisión es de quien compra en la farmacia, por ejemplo los productos antigripales.
Respecto al fallo de la Comisión Preventiva, señaló que ellos tienen una opinión discrepante con la Comisión Preventiva pero no así con la del Fiscal, ya que éste emitió un dictamen en donde a su juicio, no existiría acuerdo de precio entre Recalcine y Laboratorios Chile.
Asimismo, expresó que respecto al tema de la biodisponibilidad, el que se ha tratado en Estados Unidos y en Canadá y ha sido usado por los laboratorios extranjeros como una barrera de entrada al mercado de los genéricos, el concepto puede parecer muy sencilla en principio, pues consiste en medir la cantidad de medicamentos en la sangre, pero que, técnicamente, en muchos casos se hace inviable, puesto que no a todos los medicamentos se les puede hacer biodisponibilidad farmacéutica, pues en Chile aún no se desarrollan las técnicas para hacerla. Una cosa es hablar de biodisponibilidad y otra es el caso concreto, pues si se trata de una inflamación al oído será distinta la muestra de sangre si se toma en el brazo a cuando se ve la concentración del producto antiinflamatorio en el oído mismo. Existen formas alternativas para tratar de medir o estimar una biodisponibilidad, como los controles de disolución in vitro que tratan de estimar lo que pasa en vivo en el cuerpo, pero ni siquiera eso existe hoy en Chile, pero si es muy factible de controlar por cualquier entidad, laboratorio, o el mismo Instituto de Salud Pública. El paso a la biodisponibilidad es un tema complicado, por ejemplo, recalcó, Recalcine es el primer laboratorio chileno en trabajar este concepto de biodisponibilidad farmacéutica y de hecho está tratando de exportar cierta tecnología a Canadá, pero para poder registrarla es necesario hacer pruebas de biodisponibilidad, lo que en definitiva, implica una gran barrera tecnológica a la industria extranjera.
Respecto a la generación de esta Comisión, explica que, inicialmente, ellos incorporaron un factor de riesgo que siempre ha estado latente en la industria farmacéutica, cual es el control de precios, aun cuando todos los otros países van en sentido inverso. Señaló que con la publicidad que se ha hecho a está Comisión, en cuanto a la forma en que se está trabajando, ese riesgo hoy día no existe y si, inicialmente, alguien pudo intentar recortar condiciones de venta y subir los precios de los medicamentos no han detectado que ocurra en la actualidad, lo cual es producto de la generación de esta Comisión, pues el objetivo se ha entendido y se cree que la prudencia al tomar decisiones finales ha hecho recapacitar y eliminar ese riesgo. En segundo lugar, para manejar las condiciones de comercialización teniendo un buen resultado final, se debe resolver el problema de la información y de la publicidad de la información. El problema no está en que se otorgue o no un descuento por publicidad sino que ese descuento se conozca en todas partes de manera que las farmacias pequeñas descontado el precio de lista, tengan acceso a un precio final más bajo. Finalmente, respecto a la competencia, señaló que es evidente que los márgenes de farmacia, hoy día son los más bajos del mundo. Una cadena de farmacia compra en 100 y revende en 108 más IVA es decir un 8%. En Estados Unidos el margen es de un 25%. Entonces en Chile lo que hay que fijar son precios mínimos de venta porque todo el mercado tiende a bajar.
Explicó que existen condiciones de venta establecida y sobre esas condiciones no se puede hacer subir el costo. Las farmacias chicas pagan el descuento de las grandes. Agregó que el comercio en provincia apunta en esa dirección. Este problema de diferencia de precios mejorará en la medida en que las cadenas se expandan a través del país. Actualmente, si bien existe diferenciación o discriminación no es más que un 10 a 20% promedio. También hay diferencias tecnológicas, en la forma de compra, en el capital de trabajo, etcétera.
Desde el punto de vista de los laboratorios, desde una perspectiva empresarial, señaló que mientras más atomizado esté el mercado de clientes mejor será para ellos.
Afirmó que hay una diferencia en el costo de importación entre lo que importan los laboratorios nacionales y los extranjeros en cuanto a una misma droga. Esto se explica en que para los laboratorios extranjeros esa diferencia corresponde al costo de la investigación, puesto que una cosa es el costo de importación y otra es el precio de mercado. Si bien puede haber un problema de aranceles que signifiquen un costo más alto o más bajo, lo que tiene repercusiones desde el punto de vista tributario, en definitiva, el precio lo pone el mercado independientemente del valor de importación. Por esto sucede que muchos laboratorios extranjeros operan a pérdida en su local en Chile porque el
mercado no les permite tener un precio más alto, no obstante el alto precio de importación de la droga.
b) Distribuidoras.
Continuando con el estudio de los agentes privados que intervienen en el mercado farmacéutico, la Comisión invitó a sus audiencias a las distribuidoras de dichos productos, asistiendo SOCOFAR S.A., representada por su Gerente General, don Guillermo Harding A., quien hizo presente que dicha empresa fue fundada a fines de la década del cuarenta, convirtiéndose en sociedad anónima en 1954 hasta llegar, en la actualidad, a ser un distribuidor a nivel nacional, cuya casa matriz está en Valparaíso. Ellos abastecen a todas las farmacias entre Arica y Coihaique, distribuyendo en forma eventual en Punta Arenas. Actualmente, los dos distribuidores más importantes son FAR- MA CENTRAL S.A. Y SOCOFAR S.A.
Explicó que el mercado se mueve entre dos sectores, el sector productor constituido por laboratorios nacionales e internacionales, y el sector consumidor constituido por los distribuidores, cadenas de farmacias y farmacias medianas y pequeñas.
La premisa base es que el consumidor se beneficie con medicamentos, en lo posible muy baratos. A partir de ahí deben desarrollar su función quienes cumplen el rol de intermediarios. Este mercado es el de las farmacias privadas porque en él no está incluido el sector hospitalario. El sector se compone en un 30% por las cadenas de farmacias, básicamente tres: Ahumada (33 locales), Saleo (13 locales) y Brand (11 locales); en un 31% por distribuidores, destacándose FARMA CENTRAL S.A. y SOCOFAR S.A. y, por último, las farmacias pequeñas o medianas y cadenas menores, las cuales comercializan directamente con los laboratorios o a través de los distribuidores.
Señaló que el problema del mercado no sólo radica en el precio sino en gran medida depende también del servicio, por lo cual se han establecido en Antofagasta, La Serena, Talca, Temuco, Concepción, Osorno, Valparaíso (Casa Matriz) y una subsidiaria en Santiago, llamada DIFARMA Ltda. Un buen servicio y asesoría por parte del distribuidor, ha permitido a sus clientes, especialmente, la farmacia pequeña y mediana e incluso, cadenas menores, salir de sus problemas financieros y evitar, con ello, la quiebra. Agrega que, los más interesados en que ellas perduren en el tiempo son los distribuidores porque constituyen su clientela. En definitiva, los grandes competidores de los distribuidores son las cadenas de farmacias, por lo que es necesario aportar a las pequeñas farmacias un grado de competitividad que les permita mantenerse en el largo plazo.
Respecto de la línea de pensamiento de la Unión de Farmacias de Chile (UNFACH) cree que dentro de las farmacias pequeñas y medianas deben diferenciarse las eficientes de las ineficientes, siendo éstas últimas las que representa dicha organización. De las, a su juicio, aproximadamente 1.100 farmacias existentes en el país, SOCOFAR atiende a 950.
Estimó que diez son los factores que inciden en el resultado comercial de una farmacia siendo el precio uno de ellos, pero no el único. Ellos son, en su concepto: a) calidad de la administración que incluye el manejo financiero, el criterio de marginación, vitrinas, elección de la ubicación geográfica, etc; b) ubicación geográfica, puesto que tiene un rol fundamental el lugar donde se encuentre ubicado físicamente el establecimiento; c) nivel de precios de venta a público; d) surtido de productos; e) calidad de atención al público; f) confiabilidad profesional farmacéutica, ya que es necesario que
el farmacéutico tenga una presencia permanente en el local; g) extensión horaria; h) amplitud y presentación del local; i) incorporación de tecnología, y j) preocupación por el quehacer de la farmacia, ya que es importante el funcionamiento de la farmacia en forma eficiente, puesto que el éxito no está asegurado ni siquiera para las grandes cadenas, como por ejemplo, ABC, Santos, Krebs y Farrú, que desaparecieron.
Expresó, por otra parte, que cuando llegó a Viña y Valparaíso la competencia de las grandes cadenas, específicamente las farmacias Santos, la cual obtenía en sus compras un 60% de descuento, se produjo la desaparición de las farmacias viñamarinas, que concebían que el descuento obtenido de los laboratorios era parte de su gestión comercial y les pertenecía exclusivamente y, por ende, la marginación debía empezar por el precio de lista. Al no corregir las farmacias tradicionales estas distorsiones fueron desapareciendo del mercado, por lo cual SOCOFAR creó las farmacias "Cruz Verde" para enfrentar a las cadenas y evitar, de ese modo, que se posesionaran del mercado de la Región.
En relación con el tema de los descuentos, agregó que debe tenerse en cuenta que los laboratorios están integrados por nacionales e internacionales. Los laboratorios extranjeros determinan sus estrategias comerciales en Estados Unidos o en Europa, fijando en sus listas de precios márgenes que incluyen el riesgo de intervención de las autoridades en la determinación de los precios, autorizando la oferta de productos que se puede quitar en cualquier momento. Hoy en día, han suprimido las ofertas o descuentos con el objeto de no entrar en conflicto con un poder del Estado, cual es el Poder Legislativo, representado por la Cámara de Diputados. Esto mismo se ha producido cada vez que la Fiscalía Nacional Económica ha hecho un estudio del mercado o la autoridad ha intervenido de alguna forma.
Recuerda que en 1984, época en que los descuentos eran bastantes superiores, con motivo de la primera intervención de la Fiscalía Nacional Económica que sugirió descuentos de un doce por ciento, sólo dos laboratorios rebajaron sus precios de lista, con lo cual el resto tuvo una sobreutilidad anormal.
Asimismo, señaló que el número de farmacias oscila entre 1.000 y 1.050, y lo que si les preocupa es que se piense que existe un subsidio otorgado por la industria farmacéutica, en beneficio de las grandes cadenas para perjudicar a los más pobres de este país. Agrega que, de los 950 clientes que tienen en Chile, 350 se radican en Santiago y ninguno es cadena. Además, considera que a los laboratorios no les interesa tener el mercado concentrado en pocos compradores, porque ello es muy riesgoso. En conclusión, piensan que la gente de los sectores más pobres no paga el precio más caro, pues también influye en los precios el margen de comercialización fijado por las farmacias, cualquiera sea el lugar donde estén ubicadas.
Añadió que, tratándose de la calidad, el productor original defenderá la hipótesis de que su producto es distinto de la copia fabricada en el país. Sin embargo, en gran parte, ello no ha sido comprobado e incluso, ha resultado que la copia es mejor que el original. Del mismo modo, concluyó, en lo referente a la automedicación, si se exigiera receta para la adquisición de cualquier medicamento se produciría la saturación de los servicios de salud.
c) Farmacias.
Vuestra Comisión, durante el estudio de los antecedentes que dieron origen a su cometido, recibió en audiencia a la Unión de Farmacias de Chile entidad que desde
hace bastante tiempo ha venido denunciando sistemáticamente las distorsiones, a su juicio graves, que presenta el mercado de los medicamentos y productos farmacéuticos.
Durante su exposición, su Presidente, don Mauricio Huberman Rodríguez señaló que el problema en la comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos se suscita a partir de 1982 con el cambio del sistema de comercialización existente en el país. En 1984, la Fiscalía Nacional Económica emitió uno de los primeros dictamenes, el N° boletin 436-811, que puso de manifiesto el caos imperante, por lo que fue necesario el establecimiento de algunas pautas que, en el hecho, no se cumplieron, principalmente por falta de fiscalización.
Agregó que, a su juicio, actualmente, en el país se están formando grandes monopolios y monopsonios, ya que las cadenas farmacéuticas abarcan el 60% de todas las compras a laboratorios, a nivel de Santiago y el 70% a nivel nacional, lo que les permite concluir que el poder de compra se concentra en tres o cuatro personas.
Añadió que al asumir el actual Gobierno se hizo hincapié en el hecho de que se había desarrollado una economía social de mercado, pero sin el énfasis necesario en la parte social. Estimó que es el momento de lograr que la gente tenga un acceso adecuado a los medicamentos, porque de todas las atenciones de salud, tanto de prevención como de curación, el 98% requieren medicamentos. Por esta razón, en la actualidad, muchas personas no pueden acceder al tratamiento ni curativo ni preventivo al no poder comprarlos.
Agregó que ellos están por una libre competencia, siempre que el Estado cumpla el rol de velar porque ella se produzca en términos reales. Es necesario, en su opinión, producir una transparencia que hoy en día no existe, a través del sistema de fiscalización como el creado en Alemania, por medio de leyes de control de fusión de grandes empresas, leyes anticartel, de limitación de la competencia y las leyes antitrust en Estados Unidos, en que se produjo una situación muy similar a la nuestra con el comercio de abarrotes y productos farmacéuticos.
Agregó que es necesario tener en consideración que el producto en juego es un medicamento que se caracteriza por ser inelástico y ser base de todos los tratamientos preventivos y curativos de salud. El enfermo deja de participar en el proceso económico porque compra un medicamento demasiado caro, principalmente, en los sectores periféricos, es decir, los más pobres.
Señaló que han solicitado antecedentes a los gobiernos de Alemania y Estados Unidos, pues son los pioneros en establecer sistemas de comercialización, distribución, descuentos y lo más fundamental, la fiscalización.
A juicio de su organización lo que existe en Chile está favoreciendo a los grandes poderes económicos al permitir un sistema en el cual el que compra más tiene la posibilidad de obtener mejores descuentos.
Añadió que siempre su organización ha recurrido a los conductos regulares, pero cada uno de ellos, por distintas conveniencias, e incluso cambiando su propia doctrina, les han negado la razón. Hizo presente que, en los casos en que han recurrido a la Fiscalía Nacional Económica, los informes técnicos emitidos por ella les han dado la razón en un 99%, pero la Comisión Preventiva Central no acoge, en ningún caso, las proposiciones del fiscal ni los informes técnicos, salvo dos casos muy excepcionales.
Agregó que en una de las últimas resoluciones de la Comisión se señala que no les corresponde velar por la libre competencia sino que por la transparencia, demostrando un error de conceptos, pues el Decreto N° 211 dice que son normas para la libre competencia, entre otras, la de la transparencia del mercado. Por lo tanto, a su juicio, ni siquiera saben cuales son las normas que deben regular y cual es el rol que les cabe en ello. Estimó que es necesario una reestructuración de la Fiscalía Nacional Económica dándole el aporte tecnológico necesario que les permita una fiscalización permanente y no la actuación motivada por denuncia.
Asimismo, señaló que algunas de las irregularidades que se producen son:
1.- Listas de precios irreales y sobredimensionadas. A esa conclusión llegó el Fiscal Nacional Económico en 1990, en la resolución ordinaria N2 475. Esto se produce como consecuencia de que los laboratorios suben los precios para luego otorgar descuentos mayores ante la presión ejercida por las cadenas.
2.- Convenios con precios congelados no informados.
3.- Publicidad inexistente.
4.- Uso de un sistema denominado "la canela" que consiste en una estampilla que se coloca en algunos medicamentos para que los dependientes los vendan por sobre otros a cambio de un pago.
5.- Mandatos de compra y bonificaciones.
6.- Pago de fletes inexistentes.
7.- Presencia de empleados o promotoras pagados por los laboratorios, y
8.- Situación de las farmacias Ahumada las que, una vez en quiebra, no fueron vendidas en licitación sino que están siendo explotadas por los tres bancos acreedores.
Hizo presente que su organización nunca ha estado en contra de la economía social de mercado establecida por el Gobierno anterior. Sin embargo, durante la primera etapa de dicho Gobierno, este sector nunca entró en dicho modelo económico, pues se mantuvo el sistema de precio fijo con un margen de Comercialización. Posteriormente, cuando se produjo la gran depresión, fueron castigados mediante la rebaja del margen de comercialización, de un 15% los productos importados y un 20% los productos fabricados en Chile, en circunstancia de que su costo operacional era de a lo menos un 17%. Ello trajo como consecuencia la pérdida de gran parte del patrimonio de las farmacias de nuestro país. Al tratar de reestablecer el margen histórico de comercialización fracasaron, pues la tendencia económica era hacia una economía social de mercado.
Agregó que el día 9 de mayo de 1980 ingresaron en la economía social de mercado liberándose el precio, pero sin garantizarles la igualdad en la libre competencia, produciéndose diferenciales de precios de hasta 800% según encuestas de DIRINCO. Al investigar dichos diferenciales se pudo descubrir que los conceptos ordenadores de la economía social de mercado no estaban siendo aplicados con la adecuada transparencia. Existían descuentos especiales, descuentos subterráneos, no constancia de listas de precios por escrito, ni condiciones de venta. Al profundizar la investigación descubrieron que el público consumidor con más bajos recursos, de los sectores periféricos, pagaba el precio más alto y la gente del barrio alto y el centro de Santiago pagaba el más bajo.
Por esta razón, fueron quedando excluidos del mercado con lo que fue necesario recurrir a la Comisión Antimonopolios la cual acogió las denuncias investigándolas, llegando a la conclusión, en la resolución ordinario N2 436-811, de que existía incumplimiento de las pautas establecidas, discriminación según el volumen de compra, sistemas de ventas de productos en oferta, etc.
Entendían, añadió, que este fenómeno podía ser transitorio como consecuencia del establecimiento de la economía social de mercado, pero el tiempo determinó que no
era así, manteniéndose hasta la fecha, no obstante la libertad política existente, ya que durante los tres meses que siguieron al dictamen de la Comisión Antimonopolios el mercado tendió a normalizarse, pero bastó que alguien se saliera de las pautas establecidas para que todos lo hicieran.
Agregó que la connotación social que ello acarrea no es sólo a nivel privado, cuando es el particular el que compra, sino que a nivel público, pues incluso el Estado ha comprado caro como consecuencia de esta anormalidad, con lo que la eficiencia del dinero de los contribuyentes está siendo mal empleada.
Expresó que durante el actual Gobierno se realizó una nueva investigación que trajo como consecuencia la supresión de todas las pequeñas conquistas del sector, dejándolos peor que antes.
Asimismo, manifestó que al laboratorio le interesa evitar que el consumidor pueda ejercer un efecto regulador del precio. Se está en presencia de un mercado cuyo producto es absolutamente inelástico, en que se adquiere una vez al momento de enfermarse, sin entrar en comparación de precios, salvo que se trate de una enfermedad crónica. Esto los laboratorios lo han aprovechado muy bien, segmentando el mercado con diferenciales de precios, a fin de evitar el efecto regulador.
En la actualidad, concluyó, los laboratorios no compiten por precios sino que por condiciones de venta con lo cual engañan. Entre ellos mismos no saben a qué precio vende cada uno, produciendo una sobredimensión del precio.
Por su parte, Farmacias Ahumada, representada por su Gerente General, don Fernando Córdova, señaló que al momento de hacerse cargo de la empresa la situación era bastante crítica, ya que la cadena tenía alrededor de 22 locales, llegándose a un convenio con los bancos acreedores que permitió que se cumplieran los compromisos pendientes de la cadena, la cual ahora cuenta con 38 locales. Ellos se han extendido a Viña del Mar y abarcan un volumen bastante interesante en niveles de utilidades. Actualmente, se están procesando mensualmente alrededor de 1.800.000 unidades que es lo que está vendiendo al mercado. Los niveles de venta han subido casi cuatro veces y se ha recuperado la credibilidad por parte de los proveedores, cosa que estaba muy deteriorada.
Añadió que, al administrar esta cadena, se ha dado cuenta de que las reglas del juego a las cuales se enfrenta en el mercado no son muy claras. Hay una competencia bastante fuerte y por eso se opera en base a que la cadena es capaz de asumir todos los costos de cada unidad, reponiendo todos los días con despachos diarios hacia los otros locales y emitiendo órdenes de compra para reponer la mercadería de bodega. Todo esto está sistematizado, con los terminales en los puntos de ventas, es decir, en los locales se puede ver que un medicamento no tiene un precio sino un código que opera con terminales inteligentes. La competencia de Farmacias Ahumada es Saleo, la que está implementando un sistema similar. Esa es la ventaja que Farmacias Ahumada tiene para poder comprar y mantener un stock mínimo dada la alta rotación de inventarios, lo que permite agilizar la contabilidad de la empresa, siendo un factor determinante para ganar dinero, pagar al Banco y mejorar las remuneraciones de los trabajadores, puesto que Farmacias Ahumada es una cadena orientada principalmente al servicio.
En el caso de Valparaíso los locales están abiertos las 24 horas del día y venden al mismo precio que en Santiago. Además hay químicos farmacéuticos permanentes durante las 24 horas y tienen un recetario propio, pues su política de ventas se basa fundamentalmente en dar un servicio completo y óptimo.
En relación a la parte comercial el problema radica en que la reglas del juego, en
base a las que se está comprando a los laboratorios, no están muy claras. Se ha operado con un sistema de encuestas en el centro de Santiago que muestra los precios de Saleo y Brand, junto a otros de competencia menor. Al compararlos, los de Farmacias Ahumada son menores. Cuando hay que comprar a los laboratorios la Gerencia de compra analiza el volumen de compra a cada laboratorio y se llega a un costo el cual se compara con el precio que ofrece el laboratorio, independiente de la lista vigente ya que ella es considerada mera información. Por tanto, Farmacias Ahumada compra en relación a ese costo y si no corresponde al ofrecido por el laboratorio se discute el precio. Los descuentos que hacen los laboratorios son por volumen, por pronto pago, por documentos etc. Cuando se llega a un costo razonable se compra para dos, tres o seis meses. Si es un producto que se compró en el mes de febrero como el jarabe para la tos, no se compra sino hasta febrero del año siguiente porque así se venden al mismo precio todo el año, pero si se acaba en julio habrá que comprar ese mes con condiciones substancialmente distintas. Los descuentos, en definitiva, son en promedio de alrededor de 4 a 5%. Los problemas se presentan cuando faltan productos aptes de tiempo ya que las condiciones de compra varían. Otro factor importante, agregó, es el capital de trabajo que tenga la compañía para tener una bodega, que en caso de Farmacias Ahumada es de 3.800 millones de pesos en mercadería. Para ello, es necesario que cuando un laboratorio ofrece una línea de productos determinados debe comprarse para mantener un precio bajo y competitivo y así poderlo ofrecer al público durante seis meses o un año al mismo precio.
Explica que cuando se habla de reglas del juego claras es en el sentido de que en otras áreas comerciales hay un sólo precio el que se mantiene, en cambio en este mercado el precio es relativo.
Agregó que, el 35% de sus ventas no son remedios, es otra línea de productos como máquinas de afeitar, shampoo, jabón, perfumes, etc. Dentro de los remedios hay algunos que se venden con receta lo cual se respeta absolutamente, pero un gran porcentaje de gente consulta sus dolencias al químico farmacéutico o al vendedor de la farmacia.
En conclusión, señaló, la cadena compra a precio de venta el que es definido por la competencia. A veces por precio de lista que variará en 15 días se debe perder, pero lo esencial es que el producto no falte ya que esta pérdida no será por más de 15 días.
En relación a las notas de crédito y facturas por publicidad explicó que son cosas distintas. La nota de crédito consiste en que al hacer una compra se hace una nota de pedido emitida por el computador que contiene un listado completo de lo solicitado, esta nota de pedido está respaldada por la, factura con que llega la mercadería. Si se despacha el 100% de lo vendido no pasa nada, pero cuando se ha comprado 100 y el laboratorio despacha 30 la parte que no ha sido despachada sé anula y se hace una nota de crédito por lo que falta.
Si, en cambio, un laboratorio quiere que determinado producto sea exhibido en vitrina debe pagar por ello.
Respecto a la proyección hacia los barrios populares, la cadena para abrir un local necesita que venda a lo menos un millón de pesos diarios. Abrir un local que venda menos significa una pérdida muy grande porque el margen que tienen no va más allá del 10%. La cadena tiene locales en Maipú en donde venden alrededor de dos millones de pesos diarios al mismo precio que en Santiago. Esto es, específicamente, en el Ekono de esa comuna, ya que la gente que entra al supermercado aprovecha la farmacia que existe ahí mismo. También, señaló, se va instalar Brand al frente lo cual significa que habrá dos cadenas en Maipú vendiendo al mismo precio del centro de Santiago. Fuera de esta comuna están en La Florida y Puente Alto, lo cuales son barrios netamente populares. Farmacias Ahumada tiene locales en la Posta Central, y otros que pertenecen a terceros, pero usando la tecnología y todas las características de Farmacias Ahumada, menos los precios.
En relación al Recetario Magistral, explica que consiste en fórmulas que están hechas por el laboratorio de la Cadena. El Recetario Magistral empezó a ampliarse en base a las recetas de los médicos para adelgazar, pues cuando una persona quiere lograrlo recurre a un médico quien le da una receta que ya no está constituida por anfeta- minas. Estas recetas se procesan en el laboratorio de Farmacias Ahumadas en donde trabajan 17 químicos farmacéuticos con máquinas automáticas para encapsular, con control de calidad y donde todas las drogas son importadas desde Italia, Alemania, o Suiza, pero no de China, ni de Corea, ya que no son de la misma calidad que las europeas. De hecho, expresó, la receta magistral de la cadena vale 15% más cara que las de competencia, pero el costo radica en el control de calidad. Por esta calidad la gente paga y los doctores recomiendan que compren en Farmacias Ahumada, Esto lo controla el ISP el que es muy exigente y ha cambiado las normativas desde julio. La razón de esto es que hay drogas que podrían ser usadas con otros fines como el diazepam que actualmente está altamente controlado por el ISP.
Respecto de las diferencias de precios existentes en el mercado manifestó que el problema es profundo, pues aparte de las cadenas grandes están las más chicas, como Cono Sur, Punto Blanco, Rossi, en Concepción, San Pedro, Marsano, en Viña del Mar Cruz Verde y en Valparaíso estaba sólo Brand y ahora compite con ella Cruz Verde. Además, concluyó, también están las droguerías que distribuyen a lo largo del país.
5.- DIAGNOSTICO.-
El acceso profesionalmente informado de la población a medicamentos de óptima calidad, en cantidad suficiente y a un precio asequible, es un principio básico de una sociedad justa y solidaria. Este principio se debe aplicar a todos los medicamentos, especialmente a aquellos definidos como esenciales.
El sector público compra los medicamentos a través de la Central de Abastecimiento del Servicio Nacional de Servicios de Salud y de los laboratorios. El sector privado, formado por farmacias y clínicas privadas, es abastecido mayoritariamente por los laboratorios y las droguerías.
A través de las farmacias privadas se comercializa la mayor parte de las unidades producidas en el país, lo que constituye un porcentaje importante del gasto nacional total en medicamentos.
Existen alrededor de 1.600 farmacias privadas con una relación de 8.280 habitantes por cada una de ellas. Sin embargo, la libre instalación de farmacias ha llevado a una concentración de ellas, en especial las que constituyen cadenas de un mismo propietario, en los sectores de mayores ingresos, en desmedro de lá población de menores recursos.
La actual política de comercialización, debido a las modalidades de descuentos extraordinarios por volúmenes de compra y ofertas de distinta naturaleza, aplicadas especialmente a las farmacias que constituyen cadenas de establecimientos farmacéuticos, ha producido notables diferencias de precios al público, en desmedro de las farmacias de los centros poblacionales reducidos.
Por otra parte, diversos factores han contribuido a una pérdida de respetabilidad
del medicamento, del establecimiento que lo entrega al público y del profesional encargado de su dispensación.
Entre ellos, cabe destacar el estímulo a la competencia comercial, el predominio del afán de lucro por sobre el servicio profesional, el incentivo a la automedicación a través de la promoción indiscriminada, la propaganda de medicamentos en los medios de comunicación masivos, la política de precios a través de descuentos discriminatorios a las farmacias, el estímulo a las ventas a través de las asesorías de promotoras y otras técnicas mercantiles.
Las connotaciones económicas y sociales del medicamento ameritan para que el Estado vele porque este mercado opere bajo un régimen de sana competencia evitándose de esta manera las distorsiones que hoy se observan en la materia.
En el transcurso de su investigación, vuestra Comisión ha constatado que en las distintas etapas de la cadena de producción y distribución se aplica una política irrestricta de mercado, complementada por algunas regulaciones específicas que se centran en aspectos técnicos y que competen al Ministerio de Salud.
En este mercado, del total de productos farmacéuticos que producen los laboratorios un 31 % llega a los consumidores a través de las farmacias pequeñas, medianas y cadenas menores, las que a su vez los adquieren a las distribuidoras. Un 40% de ese total es adquirido por las farmacias pequeñas, medianas y cadenas menores directamente a los laboratorios y un 29% de ese mismo total es comercializado directamente por las cuatro más importantes cadenas de farmacias, como queda demostrado con el gráfico siguiente:

En el mercado farmacéutico el rol del productor está representado por el papel que juegan los laboratorios, tanto nacionales como extranjeros. Ellos son, en su conjunto,
alrededor de 80 y abastecen tanto al sector institucional (hospitales y clínicas) como al sector comercial (farmacias y distribuidores), y se agrupan gremialmente en tres organizaciones, denominadas Asociación Gremial de Laboratorios Farmacéuticos (AGRE- LAF) que representa a laboratorios norteamericanos, Asociación de Industrias Farmacéuticas (ASILFA) qué representa a laboratorios nacionales y argentinos nacidos de capitales españoles y la Cámara dé la Industria Farmacéutica de Chile, que representa a laboratorios chilenos, americanos y europeos. Dichas organizaciones, según sus propios dichos, sólo constituyen una instancia de reunión que representa los intereses de sus asociados en relación con la actividad común que desarrollan, pero en ningún caso, significa la intervención de ellas en las políticas comerciales desarrolladas por cada uno de sus asociados.
Cabe señalar que nuestra industria farmacéutica se ha caracterizado, en la mayoría de los casos, por no desarrollar una labor de investigación y elaboración de productos nuevos, sino en la reproducción de medicamentos originales ya existentes.
En cuanto al tema de los insumos, se pudo apreciar, según opinión del Servicio Nacional de Aduanas, la existencia de una distorsión que alcanza hasta el 80% en el precio a que, distintos laboratorios, adquieren un mismo fármaco en el extranjero. Dicha distorsión constituye uno de los factores determinantes del precio en que un determinado medicamento será ofrecido al público en general.
En lo que dice relación con los distribuidores es necesario distinguir entre aquellos que tienen la calidad de tal como SOCOFAR S.A. y FARM A CENTRAL S.A. y aquellos que en razón de ciertas circunstancias cumplen ese rol como las cadenas de farmacias y la Central de Abastecimiento de los Servicios de Salud.
SOCOFAR S.A. y FARMA CENTRAL S.A. son las droguerías o distribuidoras más grandes que existen en nuestro país, las cuales proveen a gran parte de las pequeñas farmacias existentes en Chile. Su rol fundamental ha sido el de obtener de los laboratorios las condiciones de precio más ventajosas las cuales, en cierta medida, se traspasan a las pequeñas farmacias. Cabe destacar que, en el caso de SOCOFAR S.A., no sólo cumple el rol de distribuidor sino que es propietaria de una cadena de farmacias de la Quinta Región, llamada "Cruz Verde". La razón de crear una cadena de farmacias se manifestó como una forma de proteger el mercado de la Quinta Región frente al establecimiento de cadenas muy competitivas como SALCO S.A. y Farmacias Ahumada
S.A.
Por su parte, la Central de Abastecimiento se dedica a la adquisición de productos genéricos o monodrogas, de las cuales sólo una parte se distribuye a los servicios de salud, destinándose el resto a la venta a otros compradores.
Del mismo modo, las cadenas de farmacias distribuyen medicamentos al vender a los dueños de otras farmacias que, en razón de diversas circunstancias o condiciones de venta, no pueden acceder a los precios obtenidos por ellas. Cabe hacer presente, sin embargo, que Farmacias Ahumada vende sólo una pequeña cantidad de unidades de un determinado producto porque pretende evitar así un desabastecimiento del stock de ese medicamento, ya que de producirse, probablemente tendría que adquirirlo a un precio superior.
En cuanto a las farmacias, ellas se caracterizan por estar divididas en dos grandes grupos. El primero de ellos son las cadenas de farmacias -Ahumada, Brand, Saleo, Cruz Verde-, las cuales tienen una gran cantidad de locales, y, en segundo lugar, las pequeñas farmacias -aproximadamente 1.600-, las cuales normalmente tienen un sólo local. La distribución geográfica de las mismas se traduce en que las grandes cadenas
se han ubicado en aquellos lugares de mayor concentración económica, asegurándoles un precio más bajo como consecuencia de las mejores condiciones que obtienen de los laboratorios. En cambio las pequeñas farmacias se ubican en aquellos barrios periféricos donde no existen cadenas, lo que se traduce en que las personas que allí habitan sólo pueden acceder al precio elevado que les ofrece como consecuencia de que ella no pudo obtener las mismas condiciones ventajosas que una cadena.
Las pequeñas farmacias se encuentran representadas gremialmente por la Unión de Farmacias de Chile (UNFACH) la cual nació, principalmente, como una entidad para la defensa de las pequeñas farmacias frente a la táctica comercial agresiva desarrollada por las grandes cadenas.
Finalmente, en lo que dice relación con el consumidor, éste presenta, en este mercado, ciertas características muy especiales:
1.- Está determinado por un producto necesario, -demanda inelástica-, es decir, la persona adquiere cuando su salud se ve deteriorada sin entrar a analizar el precio que un mismo medicamento tiene en tal o cual farmacias, puesto que en general, es el médico el que lo prescribe. Esta situación sólo se ve alterada en el caso del enfermo crónico el cual al tener que consumir un producto durante un período de tiempo muy prolongado, principalmente en el caso de personas jubiladas de mucha edad, hace un análisis de cual de todas las farmacias le ofrece el medicamento que necesita al precio más bajo.
2.- En Chile existe un alto porcentaje de automedicación, como consecuencia de un deficiente sistema de salud y el no respeto a la legislación vigente, ya que el público puede adquirir productos, sin más trámite, los cuales, normalmente, debieran venderse bajo receta médica. Esta situación ha provocado un aumento considerable en los niveles de drogadicción, al poder acceder fácilmente a la compra de diversas drogas.
En nuestro país la distribución del mercado farmacéutico, entre los laboratorios, radica fundamentalmente en la distinción entre e! producto de marca y el genérico. La mayoría de los productos de marca son comercializados por laboratorios extranjeros o de capitales extranjeros, en cambio los genéricos son comercializados, en un alto porcentaje, por los Laboratorios. Chile y Recalcine.
De este mercado un 31% esta constituido por las distribuidoras, un 40% por venta directa de los laboratorios a las farmacias pequeñas y medianas y 29% por venta directa de los laboratorios a las cadenas farmacéuticas.
En conclusión, entre cadenas y distribuidoras abarcan cerca del 60% del mercado, distribuyéndose el restante 40% entre las farmacias pequeñas y medianas.
Por otra parte, el mercado farmacéutico fue objeto de preocupación, por parte de la autoridad económica, sólo a partir de 1982, fecha en que la Comisión Antimonopolios debió intervenir como una manera de dar solución a las distorsiones existentes, principalmente en lo referente al tema de los descuentos otorgados por los laboratorios a los compradores de los productos farmacéuticos. Dicha Comisión recomendó como aceptable el otorgamiento de descuentos en base a criterios objetivos que no excedieran de un 12%. Asimismo, recomendó como mecanismos objetivos de descuento, los siguientes:
a)Descuento por pago contado,
b)Descuento por pago contado, y
c)Descuento por oferta.
Sólo a partir de 1990, la Comisión Antimonopolios, principalmente con motivo de denuncias hechas por la Unión de Farmacias de Chile, efectúa una nueva investigación
del mercado llegando a la conclusión de que no existían grandes distorsiones en la política de comercialización desarrollada por los laboratorios.
Sin embargo, la Unión de Farmacias de Chile ha denunciado que la política de comercialización no obedece a criterios objetivos, ya que existen ciertas cadenas que constituyen verdaderos monopsonios frente a los laboratorios, obligándolos a la concesión de mayores descuentos de los que normalmente otorga bajo la amenaza de no adquirir sus productos y, dado el hecho de que el poder de compra de dichas cadenas es muy grande, atendido al volumen que adquieren, los laboratorios ceden ante las presiones otorgando descuentos que no obedecen a ningún criterio racional. Como ejemplo de lo anterior, puede citarse la denuncia hecha por Laboratorios Hormoquímica en contra de Farmacias Ahumada, Saleo S.A., Farmacias Brand y SOCOFAR S.A., de que éstos, ante la negativa del laboratorio para otorgarles mejores descuentos, dejaron de comprarle sus productos con el consiguiente perjuicio. Dicha situación fue confirmada por el Fiscal Nacional Económico, pero fue desestimada, en definitiva, por la Comisión Preventiva Central.
Una de las formas a través de las cuales se estarían otorgando mayores descuentos es la nota de crédito por concepto de publicidad, en el sentido de que algunos laboratorios otorgan descuentos por la publicidad o exhibición en vitrina que del medicamento hace la farmacia adquirente.
Asimismo, la UNFACH denunció que los laboratorios no respetan las listas de precios, las cuales sólo constituyen una mera referencia para el comprador dada la cantidad de descuentos que pueda obtener. Dicha situación fue negada por los laboratorios, los cuales sostuvieron que la lista es pública y que en ella se señalan los descuentos objetivos que ellos otorgan por lo cual no existe otro precio que el que allí se menciona. No obstante, por otra parte, tal aseveración fue desmentida, expresamente, por la cadena de Farmacias Ahumada S.A. la que señaló que el precio de lista, para ellos, sólo es referencial, ya que el precio final es negociado en base al costo que la cadena estima que debe tener un determinado producto farmacéutico, considerando los grandes volúmenes adquiridos por la cadena de farmacias.
Esta situación va en desmedro de las pequeñas farmacias, pues los laboratorios, ya forzada o voluntariamente, han ido adoptado una política de favorecer a las grandes empresas de mayor poder adquisitivo, en perjuicio de las pequeñas farmacias, lo que constituiría un reconocimiento de parte de los laboratorios de la existencia de precios sustancialmente distintos dependiendo, en definitiva, quien es el comprador.
Durante el Gobierno del Presidente Frei, y como una manera de surtir a la población de medicamentos baratos, permitiendo así el acceso a la salud de toda la población, se crea el Formulario Nacional. Dicho formulario funcionaba sobre la base de que un laboratorio que fabricara un determinado porcentaje de dicha lista podía utilizar los colores y marca del Formulario. Muy pocos laboratorios comenzaron la fabricación de estos medicamentos denominados genéricos o básicos, con motivo de que se exigía un porcentaje muy alto del listado. Sólo el Laboratorio Chile inició la fabricación a la cual se agregaron otros laboratorios una vez que el porcentaje que debía fabricar se rebajó.
Actualmente, Laboratorios Chile fabrica cerca de 600 productos, constituyendo así el principal fabricante de productos genéricos de nuestro país.
Los productos genéricos en 1991 representaron el 10% del mercado expresado en valor y el 43% en unidades, en un mercado de MM US$ 235 y de 100 MM de unidades. La competencia en este mercado ha aumentado en los últimos años. Así es como, la participación de mercado de los laboratorios Chile y Recalcitre bajó de 88%, en valor,
en 1985 a 82% en 1991, mientras que la cantidad de laboratorios productores de genéricos aumentó de 14 a 18 en el mismo período.
Por otra parte, una de las formas en que se ve alterado el libre mercado es la existencia de monopolios o monopsonios dependiendo de cual de los agentes del proceso económico realiza esas conductas. En este mercado existen numerosas denuncias en torno a la existencia de dichas tendencias.
Esta situación iría en desmedro de las pequeñas farmacias, las cuales no pueden acceder a los precios que los laboratorios otorgan a las grandes cadenas, en atención a su poder de compra.
A nivel de los laboratorios, las denuncias se han orientado principalmente a la aparente actitud monopólica desarrollada por Laboratorios Chile, el cual, a través de una competencia muy agresiva, incluso con demandas en contra de otros laboratorios, por una supuesta apropiación de marca y copia de envases, ha tratado de dejar fuera de competencia a aquellos que fabrican los denominados productos genéricos. Esta situación se encuentra pendiente ante los tribunales de justicia, los cuales, entretanto, han ordenado la incautación de los productos de algunos de los laboratorios demandados, lo que les ha ocasionado perjuicios irreparables.
Por otro lado, se ha denunciado la existencia de un acuerdo de precios entre Laboratorios Chile y Recalcine, situación que no ha sido comprobada, no obstante existir una lista de precios igual entre ambos laboratorios. Sobre este punto la gerencia de Laboratorios Chile reconoció que Recalcine copia sus listas de precios, pero ignoraban la razón de dicha actitud. Por su parte, la gerencia de Recalcine, reconociendo tal situación, explicó que el fundamento de dicho comportamiento obedecía a razones meramente comerciales, ya que vender a un precio distinto del que establece Laboratorios Chile no es conveniente en razón de que es el principal productor de genéricos.
Por último, el gasto del país en productos farmacéuticos alcanzó a MM US$ 235 en 1991, habiéndose doblado entre los años 1987 y 1991, medido en dólares. Según antecedentes del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el aumento real de los precios en 1990 fue de 7,4% y en 1991, de 2,8%, en tanto que entre marzo de 1991 y marzo de 1992, los precios cayeron en un 1,2%.
No obstante, el consumidor percibe, y así se ha hecho presente durante los debates acaecidos en el seno de vuestra Comisión por los invitados a sus sesiones, que los precios de los medicamentos sufren continua y periódicamente alzas de precios desmesuradas en comparación con otros artículos de consumo habitual. Es así como, por ejemplo, existen en el mercado variaciones de precio que oscilan discrecionalmente sin relación alguna a la variación de precios que refleja el Instituto Nacional de Estadísticas.
A nivel de farmacias, las diferencias de precios fluctúan, generalmente, entre un 26 y un 250% dependiendo del producto. Por ejemplo, la penicilina sódica inyectable fabricada por Laboratorios Chile tiene un promedio de $ 264, compilados sobre un total de 54 datos recogidos en marzo de 1992, siendo su precio mínimo $ 140 y su precio máximo $ 490. Dicha variación depende, también, del sector económico-social donde se encuentre ubicado el lugar de expendio del medicamento.
6.- CONCLUSIONES.-
De los testimonios aportados por los invitados a las distintas audiencias que celebró vuestra Comisión, así como de los antecedentes que se recibieron durante su cometido y del estudio pormenorizado que se ha hecho de ambos, y a pesar de no haber recibido
todos los antecedentes solicitados a organismos públicos y privados, ella ha llegado a las siguientes conclusiones:
1.- En relación con el Proyecto de Acuerdo que le dio origen:
a)La Comisión carece de antecedentes probatorios que le permitan aseverar, de modo categórico, que existan en el mercado de productos farmacéuticos conductas, provenientes de los agentes económicos que en él intervienen, que transgredan las normas legales vigentes o que constituyan acciones ilícitas. No obstante, dispone de antecedentes fidedignos y suficientes que le permiten presumir, fundadamente, de que existen conductas o prácticas comerciales que alteran las reglas de la libre competencia.
b)Asimismo, la Comisión dispone de suficientes antecedentes para formarse convicción de que existen, como en el mercado en general, variadas conductas o prácticas mercantiles que generan evasión tributaria. Sin embargo, no existen elementos probatorios que permitan afirmar que los agentes económicos que intervienen en este mercado incurren en la comisión de delitos tributarios.
c)Del mismo modo, la Comisión pudo detectar que si bien, en general, existen altos niveles de competencia en el mercado de fármacos, en él existen fuertes distorsiones en el segmento de productos genéricos, resultante de los altos grados de concentración de la oferta, acuerdos de precios entre algunos laboratorios y las presiones ejercidas por cadenas de farmacias sobre éstos!
2.- En relación con la comercialización misma de los productos farmacéuticos, la Comisión pudo apreciar que ella carece de transparencia en la relación comercial entre sus distintos agentes. Al respecto:
a)Pudo detectar la existencia de conductas discriminatorias de algunos laboratorios en su trato con las farmacias, donde algunas tienen acceso a listas de precios privilegiados, como en el caso de las cadenas, distintas a las que se ofrecen a las demás.
b)Constató que no existe una adecuada información respecto del medicamento, tanto del laboratorio al médico que lo prescribe como de éste al usuario final, situación que se ve agravada por la naturaleza inelástica de la demanda en este mercado.
c)Del mismo modo, tomó conocimiento de niveles preocupantes y significativos de automedicación, asi como de venta de fármacos que, requiriendo receta médica, se expenden sin ella.
d)Constató, por otra parte, que en la venta de medicamentos en los puntos finales de expendio a público no existe un adecuado control de calidad de ellos, como tampoco respecto a sus fechas de vencimiento.
e)Por último, ella verificó que existen distorsiones en los precios finales de los medicamentos, que tienen su origen en disparidades en el precio de los insumos, en la forma de adquirirlos a los laboratorios y en la marginación comercial con que se expenden al público.
3.- En relación con los agentes públicos que intervienen en el proceso de comercialización:
a)La Comisión constató la inexistencia de una Política Nacional de Medicamentos.
b)Del mismo modo, constató que el Decreto Supremo NQ 211, Ley Antimonopolios, que creó la Fiscalía Nacional Económica (Comisión Antimonopolios), no contiene tipificaciones de conductas desleales lo que limita considerablemente la aplicación de sanciones por parte de ese organismo.
c)Del mismo modo, estima que dicha normativa legal propende a garantizar la transparencia del mercado más que a protegerlo de los atentados contra la libre competencia.
d)Por otra parte pudo apreciar que la Central de Abastecimiento del Sistema de Salud Pública no regula el mercado farmacéutico ni posee la capacidad para llegar con medicamentos a bajo costo a los sectores más apartados y pobres del país.
e)Asimismo, verificó que no existe una disponibilidad de medicamentos adecuada para satisfacer la demanda de los usuarios de los consultorios municipalizados de atención primaria.
f)Igualmente, constató que el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) no cuenta con las atribuciones legales suficientes para requerir los precios de venta a público en los lugares de expendio de los medicamentos.
g)Del mismo modo, pudo apreciar que el Servicio Nacional de Aduanas carece de recursos materiales y humanos para fiscalizar la calidad y los precios a los cuales se importan las materias primas, insumos y otros productos orientados al mercado farmacéutico, y
h)Asimismo, constató que el Servicio de Impuestos Internos carece de un sistema específico que permita garantizar la correcta fiscalización tributaria en este mercado.
7.- PROPOSICIONES.-
La Comisión, con el propósito de efectuar un aporte real, serio, responsable y constructivo en la materia de su competencia, y teniendo en consideración las opiniones planteadas en el seno de ella por los diversos invitados a sus sesiones, como asimismo, las fundadas opiniones de sus Diputados integrantes, somete a la H. Cámara, para su aprobación, las siguientes proposiciones:
1.- Formulación de una POLITICA NACIONAL DE MEDICAMENTOS que contemple, entre otros, los siguientes aspectos:
A)Modificación del Decreto Supremo 435-81, del Ministerio de Salud Pública, con el objeto de adecuarlo a las necesidades y requerimientos que impone la realidad actual, incorporando entre otras materias:
-Creación del CONSEJO NACIONAL FARMACEUTICO, dependiente de dicho
Ministerio, con las facultades de a) supervisar y evaluar la conveniencia del registro de nuevos productos farmacéuticos, en plazos claramente definidos, atendiendo al efectivo aporte terapéutico de los mismos, y b) de fiscalizar los efectivos atributos terapeúticos de los productos naturales y homeopáticos.-
-Fortalecimiento de las acciones de control de calidad en todas las fases del proceso, desde la importación de las materias primas utilizadas, la producción de medicamentos y, en especial, en los puntos de venta para el uso efectivo por la población.
-Prohibición de la publicidad en vitrina, así como dentro de la farmacia, de los medicamentos y productos farmacéuticos cuya venta requiere de receta médica. Dicha prohibición debiera hacerse extensiva a todos los medios de comunicación social.
-Obligatoriedad de la presencia de un profesional Químico-Farmacéutico durante la totalidad de la jornada en que esté abierta la farmacia.
B)Modificación del Decreto Ley Na 211, sobre libre competencia, a fin de que sus disposiciones garanticen la efectiva transparencia en el mercado farmacéutico. Estas modificaciones deben plasmarse en, a lo menos, las siguientes materias:
-La tipificación precisa de las conductas punibles que atenten contra la libre competencia. Esto debe concretarse en la incorporación de un párrafo en el D.L. 211 que tipifique las prácticas desleales.
-Dotar a la Fiscalía Nacional Económica de la estructura tecnológica y de personal que les permita efectuar una fiscalización eficiente y permanente. Este organismo deberá contar con personal con dedicación exclusiva y adecuadamente remunerado, en consideración a sus funciones.
-Obligatoriedad para los laboratorios de publicitar las listas de precios reales sobre
los cuales no se podrán fijar descuentos discriminatorios..
C)Acentuar el rol subsidiario del Estado en la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos a fin de garantizar el derecho de todo ciudadano de tener acceso a medicamentos de buena calidad y a costos razonables. Esto se debe traducir, a lo menos, en lo siguiente:
-Garantizar el abastecimiento de un arsenal farmacológico que permita satisfacer la demanda de los usuarios en todos los consultorios municipalizados de atención primaria y, en especial, la de los grupos de riesgo de sectores medios y de escasos recursos, (menores de 2 años, tercera edad y enfermos crónicos).
-Generar mecanismos de comercialización de medicamentos y productos farmacéuticos de prescripción médica en aquellas comunas donde no exista farmacia.
D)Modernizar la función de la Central de Abastecimiento propiciando su descentralización; autorizar su funcionamiento como droguería para los servicios de salud estatales y municipales; definir normas más eficientes para la adquisición de productos y revisar su registro de compradores autorizados, eliminando instituciones que no correspondan y abriéndolos a farmacias en territorios donde existe ausencia de competencia y a enfermos crónicos.
E)Revisar criterios respecto a medicamentos que legalmente requieren para su dispensación recetas médicas, incorporando, a lo menos, las siguientes sugerencias:
Liberar de ella productos cuyo consumo sólo requiere de una adecuada información respecto a su uso y contraindicaciones, pasándolas a la categoría de venta libre.
Impulsar un programa escalonado para reducir consumo de las benzodiazepinas, tendiendo, en definitiva, a pasar todas sus variedades a recetas médicas retenidas, con apoyo de una campaña educativa al respecto.
2. Garantizar la transparencia de información en las diferentes etapas de la cadena de comercialización de los medicamentos y productos farmacéuticos, a través de las siguientes sugerencias:
A)Facultar legalmente para que el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) pueda solicitar precios de venta al público de medicamentos y productos farmacéuticos a las farmacias.
B)Establecer normas, procedimientos claros y definición de una autoridad fiscaliza- dora especializada que supervise la calidad de las materias primas, insumos y productos importados destinados al mercado de medicamentos y productos farmacéuticos.
C)Establecer en el Servicio de Impuestos internos sistemas especializados que permitan la correcta fiscalización tributaria en la comercialización de medicamentos y productos farmacéuticos, fijando normas más estrictas sobre el uso de notas de créditos y pago de servicios por los laboratorios a las farmacias.
3.- Dignificar y acentuar la función social de los profesionales "de la salud como prescriptores de medicamentos y productos farmacéuticos, considerando sugerencias como:
A)Otorgar calidad de instrumento legal a las recetas médicas para evitar su falsificación y tipificar sanciones por la sustitución de ellas.
B)Promover entre los profesionales de la salud la inclusión en sus prescripciones de los nombres genéricos de los medicamentos.
C)Incorporación en el Código de Etica de los profesionales de la salud de normas precisas sobre su vinculación con actores dedicados a la comercialización de productos vinculados a la industria farmacéutica.
Promover la modernización en el funcionamiento de las pequeñas y medianas farmacias a través de la implementación de programas especiales de capacitación para su personal, con el aporte del Programa de Apoyo para Pequeñas y Medianas Empresas (PYME).
Se designó Diputado informante, al señor Juan Pablo Letelier Morel.
Sala de la Comisión, a l de junio de 1993.
Acordado en sesión de fecha l de junio de 1993, con asistencia de los señores Bayo, don Francisco; Kuschel, don Carlos; Letelier, don Juan Pablo (Presidente); Melero, don Patricio; Recondo, don Carlos y Smok, don Carlos.
(Fdo.): Pedro N. Muga Ramírez, Secretario de la Comisión".