Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA.
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II.- APERTURA DE LA SESION
- III.- ACTAS.
- IV. CUENTA
- V.- ORDEN DEL DIA
- MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 201 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 448 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. Informe de Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- NORMATIVA SOBRE PROBIDAD DE AUTORIDADES, JEFES DE SERVICIOS PUBLICOS Y PARLAMENTARIOS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Mario Devaud Ojeda
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Carlos Caminondo Saez
- INTERVENCIÓN : Claudio Huepe Garcia
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Carlos Dupre Silva
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Sergio Velasco De La Cerda
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Mario Palestro Rojas
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Luis Navarrete Carvacho
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Mario Devaud Ojeda
- Mario Palestro Rojas
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Mario Devaud Ojeda
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Raul Urrutia Avila
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Hosain Sabag Castillo
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Hosain Sabag Castillo
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Andres Palma Irarrazaval
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Hosain Sabag Castillo
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Juan Antonio Coloma Correa
- INDICACIÓN
- MODIFICACION DE LA NORMATIVA LEGAL DE LAS COMUNIDADES AGRICOLAS. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Victor Manuel Rebolledo Gonzalez
- REPRESION DE DESORDENES Y HECHOS DE VIOLENCIA EN ESTADIOS Y OTROS RECINTOS DEPORTIVOS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 201 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 448 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. Informe de Comisión Mixta.
- VI.- PROYECTOS DE ACUERDO.
- ACTUACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE SERVICIOS PUBLICOS ANTE ALUVION EN SANTIAGO. Petición constitucional de antecedentes.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Eliana Caraball Martinez
- Gutenberg Martinez Ocamica
- Jaime Rocha Manrique
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Enrique Seguel Morel
- Sergio Ojeda Uribe
- Ruben Gajardo Chacon
- Sergio Pizarro Mackay
- Julio Rojos Astorga
- Victor Reyes Alvarado
- Edmundo Villouta Concha
- Hugo Rodriguez Guerrero
- Jose Pena Meza
- Edmundo Salas De La Fuente
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Carlos Dupre Silva
- Hernan Rojo Avendano
- Carlos Hernan Bosselin Correa
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Andres Aylwin Azocar
- Mario Devaud Ojeda
- Hosain Sabag Castillo
- Dionisio Ventura Faulbaum Mayorga
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Luis Le Blanc Valenzuela
- Carlos Smok Ubeda
- Gustavo Cardemil Alfaro
- Ramon Elizalde Hevia
- Guillermo Yunge Bustamante
- Manuel Matta Aragay
- Jorge Pizarro Soto
- Sergio Jara Catalan
- Juan Concha Urbina
- Sergio Velasco De La Cerda
- Mario Hamuy Berr
- Martin Manterola Urzua
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Eliana Caraball Martinez
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- ANTECEDENTE
- SISTEMA DE FINANCIAMIENTO PARA SUBSIDIO HABITACIONAL RURAL.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marina Prochelle Aguilar
- Adriana Cristina Munoz D'albora
- Claudio Rodriguez Cataldo
- Arturo Longton Guerrero
- Juan Masferrer Pellizzari
- Baldo Prokurica Prokurica
- Sergio Velasco De La Cerda
- Ramon Elizalde Hevia
- Jorge Morales Adriasola
- Carlos Montes Cisternas
- Eugenio Munizaga Rodriguez
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Jose Pedro Guzman Recabarren
- Jose Alfonso Rodriguez Del Rio
- Hugo Alamos Vasquez
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Teodoro Ribera Neumann
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Claudio Rodriguez Cataldo
- ANTECEDENTE
- TERMINO DE VIGENCIA DE RESOLUCION N° 2.053, DE 1992, DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Juan Alberto Perez Munoz
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Jose Pena Meza
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Roberto Munoz Barra
- Carlos Recondo Lavanderos
- Julio Rojos Astorga
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Carlos Caminondo Saez
- Baldo Prokurica Prokurica
- Maria Adela Maluenda Campos
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Juan Alberto Perez Munoz
- ANTECEDENTE
- PREFERENCIA PARA TRATAR PROYECTO DE ACUERDO.
- ACTUACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE SERVICIOS PUBLICOS ANTE ALUVION EN SANTIAGO. Petición constitucional de antecedentes.
- VII.- INCIDENTES
- EXTENSION DE INSTANCIA DE APELACION DE USUARIOS DE LA COMPAÑIA DE TELEFONOS DE CHILE. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Aguilo Melo
- RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN ACCIDENTES EN EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Juan Pablo Letelier Morel
- ADHESION
- Andres Palma Irarrazaval
- Guillermo Yunge Bustamante
- Gustavo Cardemil Alfaro
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- REVALORIZACION DE PENSIONES DE JUBILADOS Y MONTE PIADAS. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Francisco Bartolucci Johnston
- ERRADICACION DE LA FERIA PERSA BIOBIO DE LA COMUNA DE SANTIAGO. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bombal Otaegui
- ADHESION
- Ramon Elizalde Hevia
- ALCANCES HISTORICOS SOBRE INVIOLABILIDAD DE PARLAMENTARIOS POR OPINIONES QUE EMITAN EN EL DESEMPEÑO DE SU CARGO.
- INTERVENCIÓN : Mario Devaud Ojeda
- HOMENAJE A LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR EN LA PERSONA DE SU FUNDADOR, DON JOSE FRANCISCO VERGARA ECHEVERS.
- DECLARACION PUBLICA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS POR SUCESOS RECIENTES. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Andres Palma Irarrazaval
- REESTUDIO DE AGRUPACIONES DE COMUNAS PARA ASIGNACION DE VIVIENDAS. Oficio.
- INCUMPLIMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA CONTRALORIA SOBRE DENUNCIA QUE AFECTA A LA MUNICIPALIDAD DE PUREN (Novena Región). Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Francisco Leandro Bayo Veloso
- CIRCULAR DE CORREOS QUE AFECTARIA GARANTIA CONSTITUCIONAL SOBRE CORRESPONDENCIA PRIVADA. Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Arturo Longton Guerrero
- ALCANCES A RESPUESTA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.
- INTERVENCIÓN : Luis Navarrete Carvacho
- TRATAMIENTO DE PROBLEMAS FRONTERIZOS DE CHILE EN PLANES EDUCACIONALES. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- ESTUDIOS SOBRE RECURSOS NATURALES DE AISEN Y MAGALLANES (Undécima y Duodécima Regiones). Oficios.
- ADHESION
- Ramon Elizalde Hevia
- ADHESION
- PETICION DE ANTECEDENTES SOBRE MUERTE DE ARRIEROS CHILENOS EN CHILE CHICO (Undécima Región). Oficios.
- ADHESION
- Ramon Elizalde Hevia
- ADHESION
- SOLUCION DEFINITIVA PARA EMPLEADOS MUNICIPALES NO ENCASILLADOS EN 1981. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Ramon Elizalde Hevia
- PETICION DE ANTECEDENTES SOBRE ENAJENACION DE TERRENOS DE POBLADORES DE CONCHALE (Región Metropolitana). Oficios.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Ramon Elizalde Hevia
- EXTENSION DE INSTANCIA DE APELACION DE USUARIOS DE LA COMPAÑIA DE TELEFONOS DE CHILE. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARADE DIPUTADOS
LEGISLATURA 326ª, ORDINARIA
Sesión 2ª, en martes 1 de junio de 1993.
(Ordinaria, de 11.00 a 14.10 horas)
Presidencia de los señores VIERA-GALLO Quesney, don José Antonio; Hamuy Berr, don Mario, y Melero Abaroa, don Patricio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
INDICE
I. ASISTENCIA
II. APERTURA DE LA SESION
III.ACTAS
IV. CUENTA
V. ORDEN DEL DIA
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
VIII. NCIDENTES
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
INDICE GENERAL
I. Asistencia
II. Apertura de la sesión
III. Actas
IV. Cuenta
V.- Orden del Día.
1. Modificación de los artículos 201 del Código de Procedimiento Civil y 448 del Código de Procedimiento Penal. Informe de Comisión
Mixta
2. Normativa sobre probidad de autoridades, jefes de servicios públicos y parlamentarios. Primer trámite constitucional
3. Modificación de la normativa legal de las comunidades agrícolas.
Tercer trámite constitucional
4. Represión de desórdenes y hechos de violencia en estadios y otros recintos deportivos. Primer trámite constitucional
VI.- Proyectos de acuerdo.
5. Actuación del Ministerio del Interior y de servicios públicos ante aluvión en Santiago. Petición constitucional de antecedentes
6. Sistema de financiamiento para subsidio habitacional rural
7 Término de vigencia de resolución Ne 2.053, de 1992, del Servicio de Impuestos Internos
8. Preferencia para tratar proyecto de acuerdo
VII. Incidentes.
9. Extensión de instancia de apelación de usuarios de la Compañía de
Teléfonos de Chile. Oficio
10. Responsabilidad del Estado en accidentes en el Servicio Militar Obligatorio. Oficios
11. Revalorización de pensiones de jubilados y montepiadas. Oficio
12. Erradicación de la feria persa Biobío de la comuna de Santiago. Oficio
13. Alcances históricos sobre inviolabilidad de parlamentarios por opiniones que emitan en el desempeño de su cargo
14. Homenaje a la comuna de Viña del Mar en la persona de su funda
dor, don José Francisco Vergara Echevers
15. Declaración pública de la Cámara de Diputados por sucesos recientes. Oficio
16. Reestudio de agrupaciones de comunas para asignación de viviendas. Oficios
Pág.
17. Incumplimiento de observaciones de la Contraloría sobre denuncia
que afecta a la municipalidad de Purén (Novena Región). Oficio ....106
18. Circular de Correos que afectaría garantía constitucional sobre correspondencia privada. Oficio 108
19. Alcances a respuesta de la Contraloría General de la República 109
20. Tratamiento de problemas fronterizos de Chile en planes educacionales. Oficio 110
21. Estudios sobre recursos naturales de Aisén y Magallanes (Undécima y Duodécima Regiones). Oficios 1H
22. Petición de antecedentes sobre muerte de arrieros chilenos en Chile
Chico (Undécima Región). Oficios 111
23. Solución definitiva para empleados municipales no encasillados en
1981. Oficio H2
24. Petición de antecedentes sobre enajenación de terrenos de pobladores de Conchalí (Región Metropolitana). Oficios 112
VIII.- Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S.E. el Vicepresidente de la República con el que inicia
un proyecto de ley destinado a dotar a la Agencia de Cooperación Internacional de la facultad de celebrar convenios sobre la administración de recursos propios y la ejecución de acciones con entidades públicas o privadas (boletín N2 100306) 113
2. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República, mediante el cual hace presente la urgencia, con calificación de "simple", para el despacho del proyecto que garantiza la probidad de las autoridades, jefes de los servicios públicos y parlamentarios (boletín N2 96607) ..114
3. Oficio del Senado por el que comunica haber dado su aprobación,con modificaciones, al proyecto que permite al fisco asumir algunos' derechos y obligaciones pendientes de la ex Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo (boletín N2 71414) 115
4. Oficio del Senado, mediante el cual comunica haber dado su aprobación al proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio básico de cooperación y amistad suscrito entre el Gobierno de Chile y el Reino de Suecia, en los mismos términos en que lo hiciera esta Corporación (boletín N2 93110) H6
5. Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, recaído en las modificaciones del H. Senado al proyecto que modifica la ley N2 18.168, Ley General de Telecomunicaciones (boletín N2 40015)
6. Informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto de ley que modifica
el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, en materia de deserción del recurso de apelación, y el artículo 448 del Código de Procedimiento Penal, sobre contestación de la acusación (boletín N2 39907)
IX.- Otros documentos de la Cuenta.
I Oficios:
De la Excma. Corte Suprema, por los que remite opinión solicitada, relativa a los siguientes proyectos de ley:
El que modifica la ley N° 17.105, de alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres, con el objeto de fortalecer las facultades de fiscalización de los alcaldes (boletín N° 954-07).
El que modifica las leyes del mercado de valores, de administración de fondos mutuos, de fondos de inversión, de fondos de pensiones, de compañías de seguros y otras materias que indica (boletín 90905).
Indicaciones de S.E. el Presidente de la República al proyecto de ley que crea juzgados de policía local (boletín 671-06).
De la Contraloría General de la República, mediante el cual responde el que se le enviara en nombre de los Diputados señores Arancibia y Smok, relativo a funcionarios que se desempeñan en la Corporación.
Del Ministerio del Interior, por los que responde los que se le dirigieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Valcarce, recursos para proyecto eléctrico del sector Huanta, Primera Región.
Del señor Horvath, actuación cumplida por autoridad provincial de General Carrera.
Del señor José Alfonso Rodríguez, nómina de proyectos financiados y obras ejecutadas con cargo a recursos municipales en Longaví, Retiro, Parral, Cauquenes, Chanco y Pelluhue.
Del señor Alamos, reglamento ley N2 18.600.
Del señor Munizaga, cierre al uso público de las Termas del Toro en la Cuarta Región.
Del señor Gutenberg Martínez, medidas adoptadas frente a empresas contaminantes de las comunas de Nuñoa y Providencia.
Del señor Montes, ordenanzas sobre ferias libres.
Del señor Masferrer, materias relativas a comunas de la Sexta Región.
Del Ministerio de Relaciones Exteriores por el que responde el que se le remitiera en nombre del Diputado señor Horvath, relativo a actuación de autoridad provincial de General Carrera.
Del Ministerio de Economía, mediante el cual responde el que se le enviara en nombre de los Diputados señores Latorre, Seguel, Ojeda, Ortiz, Horvath y los Comités de Renovación Nacional y la Unión Demócrata Independiente, relativo a subsidios al agua potable rural.
Del Ministerio de Hacienda, por los que responde los que se le dirigieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Horvath, horas extraordinarias que cumplen los funcionarios de la administración pública; exclusión de personal no médico de mejoramiento económico.
Del señor Alessandri, aplicación de ley Ns 19.199.
Del Ministerio de Educación, mediante el cual responde el que se le remitiera en nombre de los Diputados señores Masferrer y Kuschel, relativo a construcción hogar estudiantil en San Femando.
Del Ministerio de Justicia, por los cuales responde los que se le dirigieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Huenchumilla, creación de juzgado del trabajo en Temuco.
Del señor Coloma, listado de instituciones deportivas de la Región Metropolitana que gozan de personalidad jurídica.
Del señor Ojeda, situación juzgado de menores de Osomo.
Del señor Andrés Palma, corporaciones de desarrollo municipal que hayan remitido sus balances y memorias, de acuerdo a la legislación vigente.
Del Ministerio de Defensa Nacional mediante los cuales responde los que se le remitieran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Gutenberg Martínez, designación de funcionarios administrativos de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional de cargo de la planta de directivos.
Del señor Kuschel, reforzamiento de medidas policiales y construcción de un retén en villa Artesanía, comuna de Puerto Montt.
Del señor Escalona, denuncia de don Jorge Burgueño Herrera, sobre supuesto allanamiento en su domicilio.
Del señor Masferrer, petición construcciones nuevo cuartel y casa de comisario en San Vicente de Tagua Tagua.
Del Ministerio de Obras Públicas, por los que responde los que se le enviaran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
Del señor Latorre, caminos comuna de Marchigüe y de Puman que, Sexta Región.
De los señores Acuña y Elizalde, camino cuesta de Momolluco, comuna de Curarrehue, Novena Región.'
De los señores Letelier y Masferrer, cambio de plaza de peaje Angostura, Sexta Región.
De los señores René García, Acuña y Elizalde, camino Pucón Curarrehue, Novena Región.
Del señor Álvarez-Salamanca, puente La Chimba, comuna de Pencahue, Séptima Región.
De los señores Ortiz y Acuña, iluminación de doble calzada camino Concepción a Coronel, Octava Región.
Del Ministro de Obras Públicas, memoria anual del departamento de peaje 1992.
Del Ministerio de Agricultura, por el que responde el que se le dirigiera en nombre del Diputado señor Horvath, relativo a la herencia yacente del señor Tiburcio Díaz.
Del Ministerio de Planificación y Cooperación, mediante el cual responde el que se le remitiera en nombre del Diputado señor Masferrer, relativo a ayuda para la comuna de Añdacollo, Cuarta
Región.
De la Corporación de Fomento de la Producción, por los que responde los que se le enviaran en nombre de los Diputados que indica y sobre las materias que señala:
De los señores Leblanc, Reyes y Ojeda, incremento de tarifas de agua potable y alcantarillado en Arica.
Del señor Galilea, programa de fluoración de agua potable. Del alcalde de la municipalidad de Olmué, mediante el cual responde el que se le dirigiera en nombre del Diputado señor Long ton, relativo a personal a honorarios contratado por ese municipio.
Del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el que responde el que le remitiera en nombre del Diputado señor Mekis, sobre el carácter que reviste negociación diplomática con Estados Unidos. (Res.)..
I. ASISTENCIA.
Asistieron los siguientes señores Diputados: (101)
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Meló, Sergio
--Alamos Vázquez, Hugo
--Alessandri Balmaceda, Gustavo
--Álvarez-Salamanca Buchi, Pedro
--Arancibia Calderón, Armando
--Araya De la Cruz, Nicanor
--Aylwin Azocar, Andrés
--Bartolucci Johnston, Francisco
--Bayo Veloso, Francisco
--Bombal Otaegui, Carlos
--Bosselin Correa, Hernán
--Caminondo Sáez, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Caraball Martínez, Eliana
--Cardemil Alfaro, Gustavo
--Cerda García, Eduardo
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Concha Urbina, Juan
--Cornejo González, Aldo
--Correa De la Cerda, Sergio
--Cristi Marfil, María Angélica
--Chadwick Piñera, Andrés
--Devaud Ojeda, Mario
--Dupré Silva, Carlos
--Elgueta Barrientos, Sergio
--Elizalde Hevia, Ramón
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Estévez Valencia, Jaime
--Fantuzzi Hernández, Angel
--Gajardo Chacón, Rubén
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René
--García Ruminot, José
--Guzmán Alvarez, Pedro
--Hamuy Berr, Mario
--Horvath Kiss, Antonio
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Huepe García, Claudio
--Hurtado Ruiz Tagle, José María
--Jara Wolff, Octavio
--Jeame Barrueto, Víctor
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Kuzmicic Calderón, Vladislav
--Leay Morán, Cristian
--Leblanc Valenzuela, Luis
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longton Guerrero, Arturo
--Longueira Montes, Pablo
--Maluenda Campos, María
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Martínez Sepúlveda, Juan
--Masferrer Pellizzari, Juan
--Mekis Martínez, Federico
--Melero Abaroa, Patricio
--Molina Valdivieso, Jorge
--Montes Cisternas, Carlos
--Morales Adriasola, Jorge
--Munizaga Rodríguez, Eugenio
--Muñoz Barra, Roberto
--Muñoz D'Albora, Adriana
--Navarrete Carvacho, Luis
--Ojeda Uribe, Sergio
--Orpis Bouchon, Jaime
--Ortiz Novoa, José Miguel
--Palestro Rojas, Mario
--Palma Irarrázaval, Andrés
--Palma Irarrázaval, Joaquín
--Pérez Muñoz, Juan Alberto
--Pérez Opazo, Ramón
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Mackay, Sergio
--Pizarro Soto, Jorge
--Prochelle Aguilar, Marina
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ramírez Vergara, Gustavo
--Rebolledo González, Víctor
--Recondo Lavanderos, Carlos
--Reyes Alvarado, Víctor
--Ringeling Hunger, Federico
--Rocha Manriquez, Jaime
--Rodríguez Cataldo, Claudio
--Rodríguez Del Río, Alfonso
--Rojos Astorga, Julio
--Sabag Castillo, Hosain
--Salas De la Fuente, Edmundo
--Schaulsohn Brodsky, Jorge
--Seguel Molina, Rodolfo
--Smok Ubeda, Carlos
--Sota Barros, Vicente
--Taladriz García, Enrique
--Tohá González, Isidoro
--Ulloa Aguillón, Jorge
--Valcarce Medina, Carlos
--Valenzuela Herrera, Felipe
--Velasco De la Cerda, Sergio
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Vilches Guzmán, Carlos
--Villouta Concha, Edmundo
--Yunge Bustamante, Guillermo
Asistió, además, el Senador Ricardo Hormazábal Sánchez.
II.- APERTURA DE LA SESION
Se abrió la sesión a las 11.00.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.- ACTAS.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Las actas de las sesiones 77° y 78° se declaran aprobadas.
El acta de la sesión la de la legislatura ordinaria queda a disposición de los señores Diputados.
IV. CUENTA
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
V.- ORDEN DEL DIA
MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 201 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 448 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. Informe de Comisión Mixta.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto ley que modifica el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, sobre deserción del recurso de apelación, y el artículo 448 del Código de Procedimiento Penal, respecto de la contestación de la acusación.
El informe de la Comisión Mixta está impreso en el boletín N° 399-07 y figura en el número 6 de los documentos de la Cuenta de esta sesión.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el informe.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos. Hubo 1 abstención.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado el informe de la Comisión Mixta.
NORMATIVA SOBRE PROBIDAD DE AUTORIDADES, JEFES DE SERVICIOS PUBLICOS Y PARLAMENTARIOS. Primer trámite constitucional.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley que garantiza la probidad de las autoridades y jefes de los servicios públicos, diputados y senadores.
El texto del proyecto impreso en el boletín 966-07, figura en el número 7 de los documentos de la Cuenta de la sesión 73 celebrada el 12 de mayo de 1993.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Devaud.
El señor DEVAUD.-
Señor Presidente, en relación con este proyecto de ley tan interesante y positivo, me referiré exclusivamente a su artículo 4°, dado que hay distintas formas de enfocar el tema de la independencia de los altos servidores públicos de la administración y de los representantes políticos. De alguna manera, el artículo en referencia conciba diferentes puntos de vista tales como la independencia o la asepsia total de los servicios públicos en materia de negocios que se puedan administrar, con la libertad o liberalidad que ha existido hasta hoy sobre sus representantes y, en particular, respecto de la administración de los negocios.
Sobre el particular, mantendré una posición distinta de la señalada en el artículo 4°, ya que las personas indicadas en los artículos 1° y 2°, vale decir, los de la alta administración pública y los representantes populares Diputados, Senadores, alcaldes y concejales elegidos, no deben mantener negocios de ningún tipo, única forma de ejercer cabalmente una representación sana.
Soy partidario de que quien inviste el carácter de representante público sea totalmente independiente. En el caso de los Senadores y Diputados, la dieta parlamentaria debe garantizar la independencia de los representantes.
Planteo este punto de vista, a pesar de que el Diputado señor Jorge Pizarro mantiene una opción distinta, ya que prefiere una cierta libertad en los negocios, un niquiscocio.
Estoy en desacuerdo con este artículo 42 porque implica solamente la pérdida de la administración directa de los negocios y de mantención por medio de interpósitas personas. En verdad, no garantiza de manera alguna la independencia de intereses de los representantes populares, en relación con las decisiones que adopten en beneficio de la nación.
He dicho.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, me parece pertinente la moción presentada por algunos señores Diputados sobre este tema que, en el último tiempo, ha rondado en el ambiente de nuestro país. Sin embargo, su contenido me merece algunos reparos, ya que no cumple la finalidad que tuvieron en mente sus autores.
Si uno examina pormenorizadamente el articulado, llega a la conclusión de que este proyecto, como instrumento para concretar las ideas rectoras de los señores Diputados, no cumple con la finalidad de realizar adecuadamente lo que ellos han pretendido. A modo de referencia, simplemente señalo algunas de las observaciones que me merece el desarrollo de las disposiciones.
La primera pregunta consiste en si el artículo l2 comprende efectivamente a todos los altos funcionarios del Estado o si es excluyente respecto, por ejemplo, de los altos magistrados del Poder Judicial y de los altos mandos de las Fuerzas Armadas. Ella es válida porque entiendo que estamos legislando acerca de aquellas personas que ejercen altos cargos de responsabilidad en distintos ámbitos de la conducción del Estado, como quiera que hablamos de "ministros, subsecretarios y jefes superiores de servicios". De tal manera que ahí tenemos una primera interrogante. Me gustaría saber si la enumeración del artículo l2 es suficiente o debería comprender también a otras personas •que ejercen responsabilidades en otros ámbitos de la Administración del Estado.
Otra pregunta: ¿Qué pasa si estas personas no hacen la declaración jurada a que se refiere el artículo l2? ¿Cuál es la sanción? No se especifica en el proyecto, a pesar de que el artículo 82 establece que "el incumplimiento de las obligaciones dispuestas en esta ley será considerado como infracción grave...". ¿Y qué significa que sea una infracción grave? La iniciativa no lo explícita.
Por lo tanto, podemos tener una muy buena propuesta programática en el artículo le, pero sin contenido real, sin finalidad concreta y sin sanción eficaz respecto del posible grado de responsabilidad que podría caberle a la persona si efectivamente no cumple con esa obligación legal. La verdad de las cosas es que las obligaciones impuestas por la ley tienen por finalidad servir a los objetivos del proyecto.
Lo mismo puedo decir sobre el artículo 2°. ¿Qué pasa si no se cumple con la obligación que impone? En ese caso, simplemente no pasa nada y, por lo tanto, tal como se concibe la disposición, en la práctica es del todo inocua e ineficaz.
Respecto del artículo 4°, creo que es abiertamente inconstitucional, porque la norma general que establece nuestra Carta Fundamental es la plena libertad de las personas para trabajar y desarrollar las actividades económicas que estimen pertinentes y, en consecuencia, la ley norma de rango inferior no puede consignar una excepción en contra de ese principio general. Como las excepciones establecidas en nuestra Carta Fundamental no se refieren precisamente a lo señalado en este artículo, no es posible aprobar una norma de esta naturaleza sin violar el principio general consagrado en aquélla y que rige para todos, en cuanto a que, en el ámbito económico, los ciudadanos de este país, cualquiera que sea su cargo, pueden ejercer toda la libertad de trabajo y de negocios propios o ajenos que estimen pertinentes.
Por lo demás, la posibilidad de designar un mandatario en el hecho y jurídicamente no tiene ningún significado, porque todos sabemos que lo que éste hace se entiende por mandato de la ley que efectivamente lo realiza el mandante. De tal manera que en ese aspecto esta norma también sería ineficaz.
Respecto del artículo 5e, pienso que también es inconstitucional, por establecer una inhabilidad que va mucho más
allá de la que, excepcionalmente, contiene l° Constitución, por ejemplo, respecto de los ministros de Estado, y vuelvo a la norma general que establece que las personas no están inhabilitadas para ejercer las funciones a que se refiere el artículo 5a, toda vez que la Constitución no lo prohíbe. En consecuencia, si la propia Carta Fundamental no prescribe una excepción, a mi juicio, no podría la ley, siendo una norma de rango inferior, establecer una excepción que violaría el principio general consagrado constitucionalmente.
El artículo 6°, por ser muy amplio, no cumple la finalidad que persigue.
El contenido del artículo 7° no debería ser materia de ley, pues, por la vía del reglamento, se podría crear una comisión de ética, incluyendo en las modificaciones en estudio una disposición que así lo permita, pero acotando debidamente su sentido y alcance.
Respecto del artículo 9a, su interpretación puede llevar a ciertos equívocos. Por ejemplo, ¿a qué se refiere cuando habla de "las autoridades administrativas"? ¿Cuál es el alcance de este concepto? ¿Se refiere a las autoridades políticas a cargo de los entes administrativos del Estado?, ¿a sus jefes superiores?, ¿a todo empleado público que ejerce alguna autoridad en el ámbito del Estado, cualquiera que sea su rol en los distintos escalafones? A mi juicio, no está claro. El concepto de autoridad administrativa es muy amplio y, por lo tanto, hay que especificarlo en forma adecuada.
Al prohibir cualquier influencia en favor o en representación de empresas nacionales o extranjeras, ¿se refiere al concepto de empresa establecido en el Derecho Comercial?, ¿a empresas constituidas jurídicamente?, ¿a empresas individuales? En consecuencia, estamos en presencia de un concepto muy generalizado.
Lo mismo ocurre cuando hablamos de empresas nacionales o extranjeras interesadas en negociaciones...". Es decir, se parte de la base de que existirían empresas nacionales o extranjeras interesadas en celebrar determinados contratos o negociaciones con el Estado chileno. ¿Por qué no establecer un enunciado mucho más amplio que contemple no sólo el interés que podrían tener estas empresas, sino también las influencias que se podrían ejercer cuando están constituidas, cuando los contratos se han celebrado o producen efectos? ¿Por qué limitarlas sólo a la etapa previa a la celebración de los contratos? Por lo tanto, también habría que redactar este artículo en forma correcta.
Respecto del artículo 10, por el que se pretende configurar un nuevo tipo penal, también habría que consignar en forma clara algunos elementos de juicio de este tipo. Por ejemplo, cuando habla de que el sujeto activo que podría cometer el delito es un "empleado público" y en los artículos anteriores se establecen determinadas obligaciones para las más altas autoridades del Estado, cabe preguntarse: ¿Qué entendemos, en este caso, por empleado público?, ¿están contemplados los altos funcionarios, muchos de los cuales tal vez no tengan tal calidad?
Por otra parte, cuando habla de "un incremento patrimonial apreciable", ¿a qué se refiere? Este es un concepto sustancialmente relativo. Puede ser apreciable respecto de una persona que tiene muy pocos bienes y que los duplica, pero no de la que posee un patrimonio considerable, caso con el cual bastará con que lo incremente en uno, dos o cinco por ciento para estar en presencia de un incremento patrimonial apreciable. Por lo tanto, a mi juicio, también debería acotarse debidamente este tipo penal.
Asimismo, se refiere a ser "debidamente requerido". ¿Requerido por quién? ¿Quién es la persona o institución que puede requerir a ese funcionario público o a ese alto funcionario del Estado a fin de que justifique el incremento patrimonial apreciable a que se refiere el tipo penal?
Por todas estas razones, y no obstante valorar la iniciativa de algunos señores Diputados tendiente a introducir en nuestra legislación elementos más específicos para resguardar la probidad en el desempeño de las altas funciones, la materialización de este instrumento legal no conlleva necesariamente la justa determinación de las ideas que tuvieron en mente sus autores.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, la intervención del Diputado señor Huenchumilla me permitirá resumir mi exposición, ya que sus observaciones me parecen fundadas y válidas, y coincido en gran parte con su contenido.
Antes que nada, quiero felicitar a los autores de la moción. La idea de legislar sobre la materia es positiva, sobre todo porque proviene de Diputados y en un momento en que es muy fácil criticar y hacer imputaciones a la labor que el Congreso realiza, fundamentalmente en cuanto a las supuestas ventajas que tendrían los parlamentarios en el ejercicio de sus cargos respecto del resto de los chilenos.
Esta iniciativa es sana para el país, y todo lo que apunte a dar mayor transparencia al ejercicio de los cargos públicos debería contar con la aprobación de la Honorable Cámara de Diputados.
Cosa distinta es que su articulado sea susceptible de perfeccionamiento, lo cual resulta propio de la tramitación de un proyecto de ley, y entiendo que lo señalado por el Diputado señor Huenchumilla apunta precisamente en la dirección de que se puede perfeccionar en el segundo trámite reglamentario. Es más, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia no asistí a la sesión en la cual se votó el proyecto tampoco entró en el análisis exhaustivo de las normas con el ánimo de agilizar su tramitación, para no tenerlo estancado por semanas en el trámite de primer informe y permitir una discusión más amplia en el segundo con las indicaciones presentadas en la Sala o con las que se presenten durante su tramitación en dicha Comisión.
A continuación, formularé algunas breves observaciones sobre el contenido del proyecto.
En primer lugar, y con justa razón como lo ha sostenido el Diputado señor Huenchumilla es necesario determinar qué personas estarían obligadas a cumplir con la obligación de hacer una declaración jurada y con las demás normas contenidas en el proyecto. Tiene razón cuando puntualiza que no están todas las que debieran estar. Por lo tanto, si es necesario definir un concepto sobre esta materia, más allá de la descripción caso a caso que, obviamente, tendrá que hacer la ley, el artículo 1 podría referirse a toda autoridad que tenga altas responsabilidades públicas, ya sea en los poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, o en otras instituciones relevantes del país. El colega también tiene razón en la necesidad de describir con mayor amplitud las personas afectadas. No veo por qué no se podría afectar, por ejemplo como aquí se ha señalado, a personas que cumplen altas funciones en la Contraloría General de la República, en las Fuerzas Armadas o en el Poder Judicial. El proyecto trata de prevenir precisamente que, producto de la influencia que una persona tiene por el ejercicio de su cargo público, el día de mañana caiga en la tentación de cometer actos de corrupción que restan transparencia a su gestión, fundamental para el normal desarrollo de un país.
En síntesis, es necesario perfeccionar ese artículo 1° en los términos enunciados precedentemente.
Respecto del artículo 4°, estoy en absoluta discrepancia con su contenido. El Diputado señor Huenchumilla hacía mención a ciertas limitaciones de carácter constitucional. Al respecto, deseo plantear una cuestión distinta, sin perjuicio de lo que él manifestó.
No debe impedirse que un parlamentario o un alto funcionario público ejerza legítimamente la actividad que escogió como profesión. Si a la Cámara de Diputados accede alguien que es empresario, abogado, médico o profesional, no veo por qué se le debe inhabilitar para que ejerza su profesión o administre sus negocios. Lo que la ley debe precaver es que tal administración no sea utilizada en las relaciones con la Administración del Estado y que, producto de su influencia, esa alta autoridad obtenga beneficios ilegítimos en su favor. Pero no veo por qué, por ejemplo, a los Diputados señores Schaulsohn o Huenchumilla se les deba prohibir ejercer su profesión de abogado si tienen una sociedad profesional; o a los Diputados que son médicos, si el día de mañana quieren instalar un centro médico; como, asimismo, que un Diputado no pueda ejercer legítimamente su actividad de empresario para la cual estudió y se formó, y con la cual pretende seguir viviendo.
De manera que ahí existe una mala orientación del contenido del artículo. Entiendo que se pretende evitar que las personas que administren sociedades y que ejerzan funciones públicas hagan uso indebido de su cargo para obtener ventajas en empresas públicas; pero esa posibilidad se puede obviar de manera distinta. Pueden existir todos los mecanismos de control imaginables, pero no es legítimo impedir a los parlamentarios, a los ministros, a los concejales y a los alcaldes administrar sus propios bienes o las empresas en que ellos participen. En ese sentí do, no estoy de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4a.
El artículo 5°, a mi juicio, discrimina en forma absurda, porque se refiere a las personas señaladas en el artículo 1°, el cual excluye a los Diputados y Senadores. No entiendo por qué esta disposición sólo tendría que aplicarse a los Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, etcétera, y no a los parlamentarios.
Este artículo dispone: "Las personas a que se refiere el artículo 1° quedarán inhabilitadas, durante el ejercicio de la función pública y hasta un año después de haber cesado en dicho cargo, para desempeñarse como directores o gerentes en empresas que presten servicios a la comunidad en virtud de concesiones otorgadas por el Estado, aun cuando éste no tenga participación alguna en su propiedad.". O sea, inhabilita para participar en tales cargos.
No logro entender por qué la limitación se establece compartiendo su principio respecto de las "empresas que presten servicios a la comunidad en virtud de concesiones otorgadas por el Estado.". Creo que son muy limitados los casos de este tipo de empresa. La norma apunta a que mientras una persona ejerce un cargo público no puede ser director de una empresa pública y que, para ello, al término de su función, hay un período en el cual no puede continuar ejerciéndolo. Así, un señor Diputado que ha dejado de serlo, no puede ser director del Banco del Estado durante el año siguiente al cese de sus funciones, porque podría presumirse que ese cargo lo obtuvo mediante un compromiso contraído en el ejercicio de su función parlamentaria, y lo que nosotros queremos es la mayor transparencia en esta materia. Pero ése es un asunto absolutamente distinto. Creo que no debemos limitar el artículo a una situación tan menor como serían empresas que presten servicios a la comunidad, en virtud de concesiones otorgadas por el Estado.". Aquí hay un problema de redacción, aun cuando trato de entender el espíritu que animó a los señores parlamentarios autores de la moción.
Coincido con el artículo 6°. Una de las formas más comunes de corrupción, en la política o en la actividad pública moderna, son los regalos, las dádivas, el cobro por gestiones que se realizarán. Constituyen fórmulas o maneras que no corresponden al ejercicio de una función pública.
Sin embargo, me parece que, al respecto, es razonable establecer un límite, y con mucha claridad, porque cuando la norma habla de "regalos", se supone que ellos se perciben en el ejercicio de las funciones, puesto que, de lo contrario, este texto se prestaría para abusos. En principio, me parece que el sentido es claro: quien ejerce un cargo público no puede recibir ningún tipo de dádivas, regalos o promesas de terceros, salvo aquellos que se efectúen a través de los canales regulares y con el objeto de poder cumplir con las funciones del cargo, porque si no, ello se presta para fórmulas veladas de corrupción. El Parlamento no quiere que existan dudas al respecto, pero me parece que hay que establecer, con mucha transparencia, una limitación porque la norma es demasiado extensa y el día de mañana podría prestarse, a su vez, para abusos en el sentido contrario: que a un parlamentario lo terminen acusando de recibir dádivas o de ejecutar acciones impropias del cargo, porque un amigo, gerente de una empresa, le haga un regalo con motivo de su cumpleaños.
En cuanto al artículo 7°, soy contrario a las comisiones de ética, salvo cuando ellas den la seguridad de que no se utilizarán con fines políticos; porque, a veces, mucho más importante que una sanción judicial o una sanción política, es la sanción ética. Afortunadamente, en una sociedad como la nuestra es frecuente que el honor y la dignidad sean valores más apreciados que la propia vida. Basta recordar lo que ocurrió recientemente en Francia, donde un alto funcionario, acusado de corrupción, se suicidó estimando que su honor valía más que su propia vida, situación que provocó en Francia un gran debate en relación, incluso, con la actividad de los medios de comunicación en estas materias. Entonces, las comisiones de ética se pueden prestar para que, en momentos de tensión y agitación, sean utilizadas como mecanismos de presión política; y como sobre ellas tendrá control una mayoría política, me parece extraordinariamente delicado que esa mayoría política, finalmente, emita un juicio ético sobre un parlamentario.
Levantaría esta observación en la medida en que creáramos un mecanismo que neutralizara esa ventaja política de mayorías o de minorías. Quisiera una comisión de ética en que no hubiese ventaja política de quienes son mayoría en un momento determinado y, obviamente, de quienes son minoría, sino que estuviesen en situación de igualdad, integrada de tal forma que nadie pudiere discutir que en un momento determinado mayorías políticas sancionarán la conducta de un parlamentario. Tengo esa aprensión. Por eso, las comisiones de ética no me parecen correctas en la medida en que no se garantice que no se utilizarán en un momento determinado, de gran agitación política o de grandes diferencias para emitir un juicio atentatorio contra la integridad moral de una persona, por razones de orden político y no por las que entiendo inspiran al artículo 7°.
Respecto de las sanciones, comparto la opinión del Diputado señor Huenchumi11a de que deben establecerse con mayor claridad. Me parece que no hay correlación exacta entre la conducta que se establece como ilícita y la sanción; pero ése es un problema de ajuste, perfectamente factible en el segundo informe de la Comisión.
También soy partidario del artículo 241 bis, que dispone que el empleado público deberá justificar el incremento patrimonial apreciable que obtenga durante el ejercicio de su cargo o de sus funciones, porque si lo ha logrado en forma lícita, nunca tendrá temor de decir cómo lo hizo.
En la historia de este país, y de otros, se han dado muchos casos en que de la noche a la mañana, curiosa y misteriosamente, aparecen personas con un enriquecimiento injustificado de sus bienes; pero cuando esa situación es lícita, nadie tiene ningún temor a decir cómo obtuvo el dinero. Quienes pagan sus impuestos nunca temen explicar cómo la ganaron; pero quienes no los pagan siempre tienen el temor de que en una investigación se les pueda encontrar alguna irregularidad.
Esta es una norma cuya redacción también hay que perfeccionar, porque lo relativo a incrementos patrimoniales apreciables es un juicio subjetivo que se debe estudiar. Pero pienso que es sano que exista algún mecanismo natural de control cuando una persona que ejerce un cargo público aparece de la noche a la mañana enriquecida indebidamente. De hecho, ésta es la forma como opera el Servicio de Impuestos Internos. Cuando advierte que una persona compra casas, autos, viaja y lleva una vida lujosa, retiene su declaración de renta, lo llama y le pregunta cómo justifica la adquisición de esos bienes y sus gastos. De manera que este artículo no es sino la repetición de una norma tributaria vigente, incluso quizás innecesaria, considerando que el Servicio de Impuestos Internos puede realizar un control más riguroso al respecto.
En síntesis, señor Presidente, felicito a los señores Diputados autores de esta moción tan importante, cuyas disposiciones no obstante, presentan vacíos y contradicciones que hacen imprescindible un estudio más acucioso; pero ella contiene la correcta inspiración de dar transparencia a la gestión pública, lo que, por provenir de una iniciativa de los propios señores parlamentarios enaltece aún más la función que realizamos en el Congreso.
Por esas razones, votaré a favor de la idea de legislar.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Palestra.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, este proyecto es de tal importancia que acoge, en cierta manera, el sentimiento de la opinión pública con respecto a la función que realizan los parlamentarios.
En días pasados, en una encuesta de un canal de televisión, entre 15 ó 20 personas entrevistadas, tal vez el 80 ó 90 por ciento de ellas se pronunció abiertamente en contra de la política y de los políticos, y esa mayoría dijo, justamente, que los parlamentarios se dedicaban exclusivamente a enriquecerse y prácticamente esta función, que muchos de nosotros realizamos con honestidad, limpieza y transparencia, ha dado pie para que, incluso, también caigamos en el mismo saco, seamos señalados con el dedo de la opinión pública y se nos identifique con los pocos parlamentarios que quizás puedan estar metidos en negocios sucios o negociados de cualquier naturaleza.
Yo soy un viejo parlamentario, y puedo decir, con absoluta franqueza, que en períodos en que nuestra función era muy controversial y de mucho enfrentamiento, prácticamente jamás hubo alguna denuncia para culpar a algún Diputado de cualquier bancada de que realizara negocios oscuros aprovechándose de su condición. Los que somos de ese tiempo quedamos marcados para siempre en cuanto a cómo debíamos enfrentar nuestra función, y porque íntimamente también sabíamos que para ser elegidos y ejercer el cargo de parlamentario debíamos tener una conducta intachable, de modo que nadie, absolutamente nadie, pudiera señalamos como corruptos, como alguien que se aprovecha de su función para hacerse millonario. Creo que eso hizo grandes aquellos períodos parlamentarios.
Este proyecto viene a poner en la línea, desde el punto de vista legal, y ojalá constitucional, cuál debe ser, no sólo la función de los parlamentarios, sino también la de todos los altos funcionarios de la Administración Pública, como asimismo las de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y del Poder Judicial.
Justamente aquí, el Diputado señor Jaime Campos denunció, públicamente, con una valentía que hay que aplaudir, nada menos que a un juez de la Corte Suprema, acusándolo de venal. Creo que a esa actitud del colega, en lugar de cuestionarla, hay que darle el valor que tiene, porque significa que ese parlamentario tiene la calidad moral para denunciar a un juez de la Corte Suprema, como se dice en chileno "coimero", quien fuera sancionado en forma reiterada por sus pares, por la propia Corte Suprema y expulsado del Poder Judicial.
Digo esto porque todos los hombres que ejercemos una función que nos ha entregado con toda limpieza, aprecio y respeto el electorado tenemos que cumplirla justamente como estimamos que debe ser la función del parlamentario, del regidor, del concejal. Pero, a mi juicio, no se trata de incurrir en demasía. Por ejemplo, los vecinos de los parlamentarios, de los alcaldes o concejales de determinadas comunas, siempre son muy tentados para darse también un solaz en su barrio o en su propia vida familiar, e invitan a una comida, a comerse un asado o a servirse un trago de vino. ¡Y quién no lo toma! Salvo algunos evangélicos, los que de todas maneras se lo beben detrás de la puerta de la casa...
Risas.
El señor PALESTRO.-
Pero, en todo caso, creo que es un exceso, una demasía prohibir ese tipo de manifestaciones, pues el pueblo, siempre tan generoso, aunque sea tan pobre, tan modesto, acostumbra atender a su compañero, a su amigo parlamentario, al concejal o al alcalde. Eso no se puede evitar. Sería controlar demasiado la vida privada de la persona que ejerce esos cargos. En el Parlamento chileno solamente hubo un solo caso, y a la distancia, y cuando, al decir de los historiadores, se aplacan las disidencias de la juventud y el enfrentamiento ideológico y político, uno empieza a mirar con más tranquilidad la historia y a ver con ojos distintos los cargos que se le imputaron a una Senadora único parlamentario desaforado y juzgado por el Senado y puede concluir que en ese caso primó la pasión política. Fueron los Senadores quienes estimaron que ella estaba comprometida en negocios poco claros y adoptaron el acuerdo de desaforarla. Fue un hecho bastante grave, que no sucedió ayer ni anteayer, y que no se ha repetido en este corto tiempo en democracia que llevamos ejerciendo cargos de representantes populares.
Por eso, considero que no debe quedar duda alguna respecto de quiénes tendrán que cumplir las disposiciones de esta iniciativa. Debe evitarse que por no caer en excesos, se deje abierta la "gatera" por donde puedan colarse los "gatos de campos" que siempre pululan en toda clase de negocios, actividades y funciones. Todos los altos funcionarios públicos tienen que quedar incluidos en esta norma, y comportarse como corresponde. Debemos elevar la imagen de los parlamentarios y de la política en general, que en Chile está tan decaída y desprestigiada y, tal vez, no por este Congreso, ya que hemos asumido nuestras funciones con plena y limpia honestidad, sin caer jamás ni siquiera en la intención de cometer un desaguisado en la vida privada o pública.
Fui regidor concejal en la actualidad en dos oportunidades, y en aquel tiempo no ganábamos "ni una chaucha", absolutamente nada, y cumplíamos a cabalidad con nuestra obligación las "veinticinco" horas del día. Los alcaldes percibían una remuneración miserable. Por ejemplo, don Carlos Valdovinos, excelente funcionario público, ex Ministro de Defensa y ministro de la Corte Suprema, recibía un sueldo de 30, no recuerdo si escudos o pesos. Quien acepta este tipo de responsabilidad debe estar consciente de que hay que sacrificarse. Aquellos años en que actuamos como regidores o alcaldes ni siquiera nos sirvieron para agregarlos a nuestra previsión, y ahora son muchos quienes solicitan que se incluyan para mejorar sus jubilaciones.
Por eso, aparte de considerar un exceso el prohibir que los parlamentarios, concejales y alcaldes reciban invitaciones a comidas populares, estoy de acuerdo con la intencionalidad del proyecto. Es muy diferente si me invitan a la Unión Soviética para publicitar los vuelos de una determinada línea aérea como han procedido muchos, y nadie puede negarlo; eso no lo acepto. Tampoco aquellas invitaciones a parlamentarios a ciertos países o, aquí mismo en Chile, para inaugurar grandes empresas. Siempre he pensado que debemos guardar respeto hacia la gente que nos eligió para ocupar un cargo en el Congreso o en una municipalidad.
En consecuencia, salvo mis objeciones al artículo 6e, estoy de acuerdo, en general, con el proyecto, en el sentido de que todo aquel que ejerce una función debe cuidar su imagen y demostrar moralidad. Coimear a grandes empresarios significaría, sencillamente, desnaturalizar el pensamiento de la opinión pública respecto de nuestra lucha, de nuestro trabajo y de nuestro quehacer como parlamentarios.
Votaré en forma favorable todos los artículos del proyecto, salvo algunos puntos contenidos en el artículo 6°, por parecerme exagerados y estimar que no vale la pena incorporarlos en esta iniciativa.
Hecha esta salvedad, reitero que estoy de acuerdo con todos los artículos propuestos, pues sirven para subrayar ante la opinión pública la gran función que cumple el parlamentario, el alcalde, el concejal y todos los jefes de servicios que ejercen un alto cargo en la administración pública.
Nada más.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El Comité Socialista ha pedido la clausura del debate.
El señor SCHAULSOHN.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Si se clausura el debate, los parlamentarios del Comité del PPD que no han hablado podrán intervenir hasta por 10 minutos.
Si le parece a la Sala, se clausurará el debate.
El señor HUEPE.-
¡No!
El señor VÍERAGALLO (Presidente).-
No hay acuerdo.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 18 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Clausurado el debate.
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, la discusión de este proyecto se inició en una sesión anterior, pero como no se alcanzó a votar por haber llegado el término del Orden del Día, quiero formular algunas precisiones.
Agradezco lo expresado por los Honorables señores Huenchumilla y Espina y, en general, por todos los señores Diputados que han intervenido en el debate. Estas son ideas nuevas; ninguna ley en Chile aborda este problema. Por ello, resulta absolutamente lógico que la Comisión se aboque a perfeccionar un proyecto que, para ser eficaz, debe redactarse con mucha precisión, como dijo el Diputado señor Huenchumilla. Lo importante es la concordancia de todos los sectores políticos de la Cámara en estudiar una iniciativa de esta naturaleza.
Me parece importante referirme brevemente a algunas de las cosas que se han dicho en esta Sala, porque, al parecer, cuando se formulan observaciones críticas a veces se piensa que hay más disenso que consenso. Esa es una impresión errada.
Creo que todos estamos absolutamente de acuerdo incluso el Ejecutivo, que ha formulado indicación rerredactando algunos aspectos de los artículos 1Q y 2Q, para que los funcionarios públicos de cierto rango y las personas elegidas por votación popular hagan una declaración jurada de sus bienes. Si se produce una disparidad entre los bienes que poseían al asumir el cargo y los que tiene al cesar en sus funciones, la situación es susceptible de ser investigada.
La observación del Diputado señor Huenchumilla es pertinente, en el sentido de que es necesario precisar los alcances de la norma, para que no sea arbitraria y cumpla su propósito. En el momento en que consagremos una disposición de ese tipo, creo que vamos a tener mayor probidad y transparencia.
Tampoco existe un listado exhaustivo respecto de las personas que deben presentar esa declaración. He escuchado en la Cámara entiendo que hay indicación del Ejecutivo y de algunos señores parlamentarios en tal sentido la idea de agregar a los altos magistrados de los tribunales de justicia, y hay quienes sugieren incluir a los mandos superiores de las Fuerzas Armadas y de Orden. Este es un tema perfectamente discutible. En todo caso, estoy absolutamente de acuerdo en que se vea en la Comisión.
En mi opinión, en el artículo 4° se plantea una cuestión delicada. A la pregunta del Honorable señor Espina de por qué vamos a impedir que un destacado empresario continúe manejando sus negocios, quiero responderle con mucha franqueza que ésta es una opción de carácter ético y político que puede adoptarse o no. Lo único que agregaré en esta oportunidad, ya que el debate se va a dar en la Comisión, es que en la mayoría de las democracias occidentales se ha optado por distanciar la gestión de negocios privados del ejercicio de cargos públicos. Se ha estimado que los conflictos de intereses y esto lo quiero subrayar hay que prevenirlos para evitar la corrupción. Tal vez la redacción de los artículos es incompleta o imperfecta, caso en el cual nos pondremos de acuerdo en otra fórmula; pero el concepto absolutamente novedoso que trae el proyecto es que cuando uno es senador, diputado o ministro tiene poder, influencia y hay que evitar que esa influencia y ese poder se pongan voluntaria o involuntariamente al servicio de los intereses privados. Es decir, la norma busca amparar el interés público.
No comparto la observación del Diputado señor Huenchumilla en cuanto al tema constitucional pero ya habrá oportunidad de discutirla, porque no se establece un impedimento para ejercer una actividad económica, sino una incompatibilidad o inhabilidad, que, como de hecho la Constitución las contempla, no infringen el derecho constitucional de realizar actividades económicas. Pero el punto hay que explorarlo hasta encontrar una redacción adecuada; porque se puede dar la ridícula situación del médico que no puede atender su consulta, y no queremos eso. Además, no lo dice el artículo.
Sobre la comisión de ética, quiero recoger una observación. Con los Diputados señores Elgueta y Bosselin, quienes redactaron el proyecto conmigo, no creemos que esta normativa sólo deba ser materia de reglamento, por dos razones. En primer lugar, porque el ideal es que exista en el Senado y en la Cámara, caso en el cual es preferible que sea materia de ley, ya que de este modo queda automáticamente consagrada para ambos. Y, en segundo lugar, porque, como muy bien lo ha dicho el Diputado señor Espina, esta es una comisión que, por la naturaleza de su función, debe ser distinta y quedar contemplada en la ley orgánica constitucional del Congreso sin que la disposición tenga este rango. En el segundo trámite habrá que regular muy bien determinados aspectos, como, por ejemplo, quiénes la integran, cómo se toman sus acuerdos y en qué casos se puede proceder. Pero que el Senado y la Cámara se autoimpongan un control ético es una señal que la opinión pública espera de nosotros.
Por último, considero de toda lógica el artículo 9a, que prohíbe a los dirigentes políticos hacer gestiones, norma que desde hace mucho tiempo debería existir en nuestra legislación. Trataremos la duda del Diputado señor Huenchumilla en cuanto a qué tipo de empresas se refiere; pero no nos cerremos los ojos, porque es evidente que el Estado es una fuente de negocios, como también que contrata con el sector privado, toda vez que éste es el que tiene las empresas, lo que, por lo demás, es bueno que así sea. Hoy nuestro país está repleto de empresas extranjeras que tratan de obtener contratos con el
Estado. Y sabemos, por experiencia, que ellas buscan el amparo de quienes tienen poder e influencia, y esos son los dirigentes políticos, ya sea para hablar con el ministro, con el subsecretario, con el seremi, etcétera. Esto ha sido siempre así. En Chile es normal que se haga. Pero, a mi juicio, no debería serlo. El presidente, el vicepresidente, el secretario general de un partido o un dirigente nacional no tiene por qué llamar por teléfono a un ministro de Estado para pedirle que reciba a una persona determinada, "que es muy amigo mío y representa a tal sociedad anónima" y que quiere contratar con el fisco, situación en la cual ese persone ro está ejerciendo una influencia indebida. Esa conducta debe ser declarada ilegal, que es lo que pretende el proyecto de ley.
Un último comentario respecto de las dádivas. Este es un tema que parece muy inocuo, pero no lo es. Porque, ¿es acaso razonable que nosotros, como Diputados, aceptemos una invitación, por ejemplo, de una empresa pesquera para conocer sus instalaciones en el norte del país, con traslado en LanChile, Ladeco o National, o en cualquiera de las aerolíneas que circulan hoy, con alojamiento a "todo trapo", en el mejor hotel de la ciudad, con comida, etcétera, a sabiendas de que en tres o seis meses se va a enviar un proyecto de ley al Congreso Nacional que afecta de manera dramática y determinante los intereses de la misma empresa pesquera que nos ha regado con atenciones?
No dudo de la moralidad de los parlamentarios, pero en una democracia se debe prevenir la apariencia de lo impropio y no sólo el hecho impropio.
Por lo tanto, no corresponde continuar con la actual situación, de ser objeto de toda clase de atenciones sin que ocurra absolutamente nada. Esto no debe ser lícito, y han de existir regulaciones, por lo que considero importantes las observaciones del Diputado señor Espina sobre esta materia.
Quiero agradecer al Ejecutivo que haya dispuesto urgencia para este proyecto en dos oportunidades consecutivas, pues, como lo señaló el Presidente de la República en su Mensaje del 21 de mayo, es uno de los puntos que interesan al Gobierno, preocupación que también ha encontrado eco en los parlamentarios de Renovación Nacional y de la UDI.
Dado que la aprobación de este proyecto es un paso trascendente, espero que sea aprobado en general por la unanimidad de esta Honorable Cámara.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Huepe para plantear un problema reglamentario.
El señor HUEPE.-
Señor Presidente, cuando se discutió este proyecto la vez anterior, expresamente consulté al final de la sesión si mantendría el orden de los Diputados inscritos en el uso de la palabra, a lo cual se me respondió en forma afirmativa. Sin embargo, ahora eso se ha ignorado absolutamente pues se cerró el debate sin que pudieran intervenir esos colegas. No tengo intención de pedir un cambio en la conducción del debate, pero me parece inadecuado el procedimiento, ya que si se iba a actuar así, debió decirse que no se respetaría el derecho de los inscritos.
No obstante, me gustaría que me otorgasen dos o tres minutos para plantear mis ideas.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Su Señoría, el problema radica en que estaban inscritos, además de usted, los Diputados señores Coloma, Caminon do, Alamos y Orpis.
Solicito el asentimiento de la Sala para insertar los discursos de los señores Diputados que quedaron inscritos la sesión pasada.
Acordado.
En virtud del acuerdo anterior, se incluyen las siguientes intervenciones:
El señor SABAG.-
Señor Presidente, he adherido como copatrocinante de este proyecto de ley, pues considero que es deber de todos los que tenemos alguna responsabilidad pública velar por que la corrupción no llegue a nuestro país.
Sin embargo, deseo manifestar enfáticamente mi parecer en cuanto a que, gracias a Dios, hoy no existe en Chile corrupción en ninguna esfera pública o gubernamental. Es más, me siento muy satisfecho por la seriedad, eficiencia y honorabilidad con que se manejan los recursos del Estado.
No obstante, y a pesar de existir diversas normas legales al efecto, estas son complementadas por las facultades fiscalizadoras de esta Corporación que sancionan severamente cualquier acto o procedimiento corrupto de los funcionarios o autoridades de la Administración del Estado.
Hemos propuesto el financiamiento público de los partidos políticos precisamente para mantener la transparencia en el actuar de esta actividad e impedir que las personas o empresas que les hacen aportes puedan ejercer, posteriormente, presiones indebidas sobre ellos, con lo cual se evita la corrupción inherente a esta circunstancia.
También deseo manifestar que no estoy de acuerdo con la aprobación de los artículos 4a, 5a y 6a, por lo que he presentado indicaciones para suprimirlos. Específicamente y en relación con el artículo 4a, no veo inconveniente alguno para que las personas señaladas en los artículos le y 2a puedan administrar sus propios bienes o actividades, salvo naturalmente que se trate de empresas muy grandes y que, de alguna manera, se relacionen con la autoridad que les corresponde desempeñar. Creo, además, que la disposición propuesta, que he señalado, contraviene claras disposiciones constitucionales.
En relación con el artículo 5a estimo exagerado que a dichas personas se les inhabilite por un año, después de haber cesado en su cargo, para desempeñarse como gerentes o directores de empresas. Tampoco estoy de acuerdo en lo que dice relación con el artículo 6a que prohíbe hasta las invitaciones que les hagan personas naturales o jurídicas con el fin de dar a conocer sus productos o actividades, lo que he considerado muy exagerado.
Teniendo en cuentas las observaciones mencionadas, votaré favorablemente la idea de legislar sobre esta materia, y espero que mis observaciones sean acogidas en el segundo informe del proyecto.
He dicho.
El señor CAMINONDO.-
Señor Presidente, en el último tiempo, la opinión pública nacional ha tenido conocimiento de varios hechos en los cuales se han denunciado irregularidades en organismos de la Administración del Estado.
A raíz de esto se ha comenzado a debatir, en distintos sectores de la vida nacional, acerca de la necesidad de evitar que en el país se puedan producir actos de corrupción que tanto daño han causado a la democracia en algunos países de América y de Europa.
Parece oportuno, entonces, analizar este tema en la Cámara de Diputados, y determinar si es adecuado introducir una nueva normativa, o bien, si resulta necesario aplicar en forma rigurosa la actualmente vigente.
En síntesis, el proyecto de ley que hoy se somete a nuestra consideración, obliga a diversas autoridades y jefes de servicios públicos a efectuar una declaración jurada de los bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que integren su patrimonio, el de la sociedad conyugal, si la hubiere, y el de su cónyuge.
Se propone, asimismo, agregar un artículo al Código Penal para sancionar, incluso con penas privativas de libertad, al empleado público que durante el ejercicio de su cargo o de sus funciones obtuviere un incremento patrimonial apreciable que no pudiere justificar al ser debidamente requerido.
Se prohíbe, además, a los dirigentes nacionales de los partidos políticos ejercitar cualquier influencia ante las autoridades administrativas y parlamentarias, en favor o en representación de empresas nacionales o extranjeras interesadas en negociaciones de orden económico con el Estado chileno.
Estas normas, a las que me he referido, apuntan, a mi juicio, en una dirección correcta. Sin embargo, el artículo 4Q dispone que ninguna de las personas a que se refiere la iniciativa podrá continuar desempeñándose como administradores de sus propios negocios o empresas y deberán, por tanto, designar un mandatario que los administre. Tampoco podrán continuar desempeñándose como administradores o representantes de empresas o negocios ajenos durante el desempeño de su función pública.
Este artículo resulta absolutamente inadecuado, ya que podría significar una falta de incentivo para quienes deseen acceder a una función pública, ya que ello les provocaría una verdadera interdicción.
Esta norma supone que las autoridades y funcionarios públicos harán primar el interés privado sobre el interés público, lo cual no es efectivo.
Todas las democracias del mundo deben dar a la ciudadanía la seguridad de que sus autoridades se van a conducir con corrección y ética. Sin embargo, debemos tener presente que la probidad de la función pública no se obtiene por el simple hecho de que una legislación impida la entrada a aquellas personas exitosas en el ámbito económico.
He dicho.
El señor HUEPE.-
Señor Presidente, creo que el proyecto sobre probidad administrativa que estamos analizando, presentado por el Diputado Schaulsohn con el gran sentido de la oportunidad que lo caracteriza, es de gran importancia.
Sin duda, es indispensable legislar sobre este tema, ya que la corrupción es un fenómeno que ha afectado a muchos gobiernos, no sólo hoy, sino a lo largo de la historia. Es importante señalar que no es característico de la democracia, como algunos lo señalan, sino que, por el contrario, este fenómeno se presenta especialmente en regímenes autoritarios o en dictaduras, donde el dictador confunde el país con su hacienda, el erario con su fortuna personal, y, como no hay prensa libre, nadie puede criticar, no existiendo transparencia alguna.
Podríamos recordar, por ejemplo, los casos de Pérez Jiménez, de Rojas Pinilla, de Duvalier o de Somoza; o, yendo a otros continentes, los de Bokasa, Idi Amin, en fin, tantos casos de jefes de Estado que al abandonar el país pudieron vivir por largos años, ellos y sus familiares, en el lujo y la ostentación a costa de la pobreza de sus pueblos.
Por eso he señalado que están muy equivocados quienes han afirmado que la corrupción es característica de los regímenes democráticos. Muy por el contrario, en democracia este fenómeno es mucho menor, porque los dirigentes políticos y funcionarios públicos saben que existe la prensa libre y el respeto a los derechos de las personas, que permite que sus actos ilícitos o dolosos puedan ser denunciados y ventilados ante la opinión pública.
Por cierto, no pretendo afirmar que en democracia no existe corrupción. Por supuesto que la hay, como lo demuestran los dramáticos hechos que leemos día a día sobre la situación italiana, la crisis venezolana, las acusaciones contra el Gobierno de Mitterrand, derrotado recientemente, o el debate que hemos visto en estos días en España a raíz de la última elección.
Sin duda, en una democracia incipiente como la chilena es muy necesario que tratemos de prevenir determinados hechos que pueden atentar contra una sana convivencia nacional. Las recientes denuncias sobre casos de irregularidades administrativas como en el caso de la Refinería de Petróleo de Concón, o los hechos denunciados en Onemi o en Digeder, que están siendo investigados por los organismos correspondientes, no pueden ser señalados como ejemplos de que en nuestro país existe corrupción administrativa. Por el contrario, todos reconocemos que estamos muy lejos de esa situación. Sin embargo, recordando el viejo dicho que "más vale prevenir que curar," es bueno que establezcamos ciertas normas claras sobre el comportamiento de los funcionarios públicos y, tal como señalaré más adelante, creo que es bueno también analizar ciertas normas sobre el comportamiento de las personas en el sector privado.
En concreto, señor Presidente, creo que es muy positivo que legislemos sobre el tema. Sin embargo, deseo señalar que se puede perder la ocasión de legislar a fondo sobre este problema de la corrupción y con el afán de actuar oportunamente como algunos lo señalan, podamos perder una oportunidad muy valiosa para tener una buena legislación sobre este flagelo.
Tal como lo han manifestado numerosos Diputados que han participado en este debate, este proyecto tiene muchas insuficiencias y, además, algunos errores. Esto lo analizaremos más en detalle cuando entremos en su discusión particular, ya sea en la Comisión o en su segundo informe en la Sala, y en el momento que corresponda formularemos las indicaciones correspondientes.
En esta oportunidad, sólo deseo señalar algunos criterios generales y aspectos que a mi juicio no están tratados en el proyecto.
En primer lugar, creo que es un grave error pensar que la corrupción afecta sólo al sector público. También afecta, de manera muy clara, al sector privado ¿Qué sentido tiene hablar de probidad o de corrupción pensando sólo en los funcionarios públicos, ministros, parlamentarios, altos funcionarios, etcétera? ¿No es acaso un problema de corrupción también el del industrial que adultera productos, el del que se concierta con otros para tratar de fijar tarifas que perjudican a la gran masa de los chilenos o para engañar al fisco en las declaraciones tributarias?
El problema de la corrupción no puede limitarse sólo al sector público. Por ejemplo, en estos días hemos estado discutiendo en la Comisión de Hacienda el proyecto de reforma del mercado de capitales, y creo que hay un parangón en el debate que allí se realiza en relación al tema de los conflictos de intereses, en el sentido de que determinados ejecutivos o personeros del sector privado que en función de su cargo disponen de información privilegiada y sobre todo cuando manejan fondos de terceros, no pueden utilizar esa información en beneficio de su propio enriquecimiento. Eso es claramente un delito, y como lo veremos cuando se discuta ese proyecto de ley en detalle, este tema ha sido altamente debatido, y algunos de los colegas en esta Sala, que tanto insisten en la necesidad del control de los funcionarios públicos, protestan cuando se pretende legislar para evitar que per soneros del sector privado se encuentren en la posición de poder usar malamente esta información privilegiada. Por lo tanto, creo que en una ley de probidad administrativa también debe considerarse el sector privado.
Algunos argumentan que sólo debe fiscalizarse la acción de los funcionarios del Estado, por el hecho de que ellos se pagan con el dinero de todos los chilenos. Sin embargo, creo que también los altos sueldos de determinados ejecutivos, los que pueden ser legítimos, son pagados al menos en parte por todos los chilenos. En estos días, hemos leído que en Estados Unidos existe un importante debate, planteado por la administración Clinton, en el que se cuestionan los altos salarios, de millones de dólares, que a veces se pagan a importantes ejecutivos del sector privado. ¿Y cuál es el argumento que allí se plantea? Que, al menos en algún porcentaje, ese salario también es pagado por todos los ciudadanos.
¿En qué sentido se hace esta afirmación? Pensemos que si el impuesto a las empresas, que en algunos casos es de más del 30 por ciento, (Corporate Tax), deja de pagarse cuando parte de las utilidades de las empresas es pagado a un alto ejecutivo considerándolo sueldo y, por lo tanto, costo. Luego, por ejemplo, en un altísimo sueldo, que a veces llega a millones de dólares, al menos en un 30 por ciento, que es la tasa de impuesto, es pagado por todos los ciudadanos de ese país. Y existe, señor Presidente, una propuesta que está ganando creciente aceptación, en el sentido de limitar la parte de los sueldos de los ejecutivos que se puede descontar de impuestos, la parte que se puede imputar como gasto, sólo a una cifra determinada, y todo el resto debiera ser de costo de la corporación. Siguiendo con el ejemplo, un ejecutivo que gana 10 millones de dólares, considerando que se está hablando de que sólo hasta un millón de dólares puede ser considerado costo de la empresa, podría descontar sólo esa cantidad para efecto de impuestos y todo el excedente sería pagado por la empresa sin que pueda ser descontado para efecto de impuestos.
No quiero entrar en detalle en este tema, sino señalar que no es exacta la afirmación de que sólo los funcionarios públicos son pagados con el dinero de todos los chilenos. También, en algún grado, los altos sueldos del sector privado, que reitero pueden ser legítimos, son pagados por todos los chilenos. Por esa razón, creo que una carencia importante de este proyecto es la situación de falta de probidad en el sector privado, en el mismo sentido que he señalado, y esto es mucho más cierto en empresas que realizan actividades económicas que funcionan con concesiones del Estado o que son claramente un servicio público, como el agua potable, la electricidad, el gas, el transporte, etc. En ese sentido, tenemos aquí el desafío de encontrar mecanismos para incluir en la legislación este tema. En este aspecto, también es conveniente considerar que incurre en un eventual acto de corrupción no sólo el que recibe dinero o dádiva ilícita, sino también quien las otorga. En el caso italiano que señalamos inicialmente, hemos visto en la prensa cómo han sido llevados a los tribunales no sólo los funcionarios públicos que recibieron eventuales sobornos, sino que los altos ejecutivos de la Fiat, Olivetti u otras empresas, que fueron los que intentaron sobornar.
Otro gran tema ausente en el proyecto es la influencia indebida del sector empresarial en los partidos políticos. Aquí tengo un ejemplar de un diario del día domingo 30 de mayo, en que aparece una entrevista al señor Andrés Allamand. Este dice textualmente: "Hay influencia ilegítima del dinero en la política", y este dirigente de Renovación Nacional nos habló de poderes fácticos, los empresarios, El Mercurio y el Ejército, que influyen o pretenden influir en las decisiones políticas. ¿No puede considerarse también corrupción el intento de usar el dinero para influir en las decisiones políticas? ¿No es necesario legislar también sobre este tema? O, mirado en un contexto mucho más amplio, existe un problema que, creo, no puede pasar mucho más tiempo sin que lo enfrentemos con seriedad, que es el problema del financiamiento de los partidos políticos. Algunos han señalado que en Italia, por ejemplo, la legislación que otorgaba financiamiento a los partidos políticos ha sido derogada. Pero eso no es totalmente cierto, porque ha sido una derogación parcial y se sigue contribuyendo al financiamiento de las campañas electorales. Por cierto, este es un tema muy de fondo. Se sostiene, con algo de razón, que en un país con grandes problemas sociales esto sería un gasto superfluo o un gasto innecesario. Por cierto, yo creo que la prioridad del gasto público está en enfrentar los problemas sociales, pero un gobierno está en la obligación de enfrentar múltiples problemas y siempre he sostenido en esta Cámara que no me parece adecuado el argumento de que, cada vez que hay que realizar un gasto, se plantea cuánto significaría esto en vivienda o en salud o en educación, porque una sociedad, si bien tiene que darle preferencia a esos aspectos, no puede dejar de realizar otras tareas. Es tan falaz el argumento de sostener que debiéramos reducir a cero los gastos como el de disminuir en forma muy importante los gastos de Defensa, o de Relaciones Exteriores, para destinarlos a gasto social; como el sostener que no se puede destinar ningún recurso a una actividad legítima y noble, como han dicho algunos pontífices, como es la actividad política. Yo creo que existiría una amplia mayoría en la opinión pública para que este problema se enfrente con transparencia, y seguramente importantes sectores opinan que es preferible un financiamiento público a los partidos que aquella relación oscura que se genera entre partidos políticos y determinados sectores empresariales que, en definitiva, terminan colocando o tratando de colocar a los dirigentes políticos al servicio de sus intereses. Este tema, que no nació en nosotros y que ha sido colocado en el tapete, con mucha valentía, por el presidente de Renovación Nacional, creo que debe ser enfrentado también muy a fondo, y este proyecto de ley es un marco adecuado para ello.
Finalmente, quisiera señalar otro aspecto que debiéramos incluir en esta legislación. Así como en la legislación sobre mercado de capitales planteamos el tema de los conflictos de intereses en el sector privado, también este tema debe ser planteado en relación a los funcionarios públicos, y debiéramos agregar alguna disposición legal que establezca que aquellos funcionarios públicos que en función de su cargo tengan información confidencial no puedan realizar determinadas operaciones que para otras personas pueden ser legítimas. Hablando más en concreto, si un funcionario del Ministerio de Hacienda o del Banco Central sabe que va a existir determinada medida económica que influya en el precio de determinado instrumento de ahorro, obviamente no sería correcto que este funcionario usara esta información en función de sus intereses privados y que, por ejemplo, consiga dinero para invertir en ciertos títulos que van a ganar un gran diferencial de precio. Podríamos recordar, por ejemplo, el negro episodio de un Ministro en el Gobierno de Alessandri que tuvo la información sobre una devaluación y esta información, que debía ser guardada en estricta reserva, fue utilizada para pedir un préstamo, comprar dólares y venderlos después de la devaluación. Obviamente, esa situación es absolutamente irregular y un funcionario que realiza acciones de ese tipo debe ser sancionado. Por lo tanto, creo que también debiera incorporarse alguna disposición en relación a este aspecto.
Señor Presidente, estando de acuerdo en que es importante legislar sobre ese tema, opino que de aprobarse el proyecto tal como está presentado, estaríamos perdiendo una gran oportunidad para legislar de una manera mucho más profunda, más amplia y más acorde con los problemas reales de corrupción que pueden existir en nuestro país. Por eso, sin perjuicio de que prestemos nuestra aprobación en general a este proyecto, creo que el debate en particular en la Comisión debe realizarse con mucha mayor detención, para reunir un conjunto de antecedentes, por ejemplo de legislación comparada, sobre cuáles son las disposiciones legales en otros países y realmente tratar de hacer una buena ley. No creo que, con el afán de hacer algo urgente o hacer algo a toda carrera, sea conveniente dejar el proyecto tal como está, ya que a mi juicio tiene muchas carencias. Espero que ese sea el espíritu con el que trabajemos en la próxima etapa de su discusión.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En votación en general el proyecto.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado.
El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
1.- De los señores Dupré, Huenchumilla y Velasco para eliminar los artículos 1°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10° del proyecto.
Al artículo 1°.
2.Del Ejecutivo para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 1°.- Los Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes y Gobernadores, así como los directores de sociedades o instituciones de derecho privado en que el Estado, sus empresas o reparticiones tengan participación mayoritaria o igualitaria, y en general todo trabajador de algún órgano de la administración del Estado, sea centralizada o descentralizada, que tenga el carácter de funcionario de la exclusiva confianza del Presidente de la República, deberán hacer una declaración jurada en la que consten todos sus bienes propios, los de la sociedad conyugal y los que pertenezcan a su cónyuge, sean muebles o inmuebles, incluyendo las acciones y derechos en otras clases de sociedades, depósitos a plazo y en las cuentas corrientes, en moneda nacional o extranjera, y, en general, toda clase de bienes, corporales o incorporales que se encuentren ubicados en Chile o en el extranjero.
Dicha declaración jurada deberá ser entregada al Contralor General de la República, dentro del plazo de 30 días contados desde aquél en que se asume el cargo"..
3. Del señor Palestra, para consultar el siguiente inciso segundo:
"Lo señalado en el inciso anterior, es también aplicable a los altos mandos de las Fuerzas Armadas, y de Orden y Seguridad, a los miembros de los escalafones superiores del Poder Judicial y a los notarios, conservadores y archiveros.".
Al artículo 2°.
4. Del Ejecutivo para sustituirlo por el siguiente:
"Artículo 2a.- La obligación establecida en el artículo anterior, será aplicable, también, a los Diputados y Senadores del Congreso Nacional, a los magistrados de los tribunales superiores de justicia, a los directivos de las instituciones autónomas del Estado y a las directivas de los partidos políticos legalmente constituidos.
En el caso de los Diputados y Senadores, éstos deberán consignar en su declaración jurada todas las contribuciones económicas recibidas durante la campaña electoral precedente a su elección, sea que éstas provengan de personas naturales o jurídicas y siempre que excedan a 30 unidades de fomento. Esta declaración deberá ser confeccionada dentro de los 30 días siguientes a aquél en que el Tribunal Calificador de Elecciones comunique al Presidente de la Cámara respectiva, su proclamación, debiendo entregar los antecedentes al Secretario de la Corporación correspondiente.
Las demás personas señaladas en el inciso primero de este artículo, deberán confeccionar la declaración dentro de los 30 días siguientes a aquél en que asumen su respectivo cargo, entregando copia de la misma, en el plazo ya indicado, al Contralor General de la República.".
5. Del señor Navarrete para eliminar la palabra "concejales".
6. De los señores Devaud y Palestra para intercalar los siguientes incisos segundo y tercero:
"En todo caso, al término de la función pública de las autoridades a que se refieren el artículo 1° y el inciso anterior, deberán también hacer una declaración jurada de sus bienes.
Las declaraciones juradas a que se refiere esta ley, deberán prestarse ante Ministros de Fe competentes.".
Al artículo 3°.
7. Del Ejecutivo para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 3°.- Las declaraciones juradas a que se refieren los artículos precedentes permanecerán bajo la custodia del Contralor General de la República o del Secretario de la Cámara de Diputados o del Senado, según corresponde, y tendrán carácter público para todos los efectos a que haya lugar.
Dichas declaraciones deberán renovarse anualmente, dentro del período que fijen las autoridades a que se refiere el inciso anterior. La omisión o falsedad manifiesta de esta declaración anual, así como la omisión dolosa de bienes en las declaraciones presentadas en un porcentaje superior a un 25% en valor, respecto del total de bienes que debieran manifestarse, podrá ser sancionada hasta con la destitución, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondan.".
Al artículo 4°.
8. Del señor Devaud para sustituirlo por el siguiente:
"Artículo 4°.- Las personas a que se refieren los artículos 1a y 2a, no podrán continuar desempeñándose como administradores de sus propios negocios o empresas; en consecuencia, deberán liquidar sus negocios o empresas, y su función será incompatible con todo negocio, empresa o ejercicio de una profesión.
Exceptúame de esta norma, a los concejales.".
8. Del Ejecutivo para eliminarlo.
9. De los señores Urrutia, Galilea y Álvarez-Salamanca para suprimirlo.
10. De los señores Huenchumilla y Sabag para eliminarlo.
Al artículo 5a
11. Del Ejecutivo para suprimirlo.
12. De los señores Huenchumilla y Sabag para suprimirlo.
13. Del señor Andrés Palma para sustituir la expresión "un año" por las palabras "seis meses".
Al artículo 6a.
14. Del Ejecutivo para suprimirlo.
15. De los señores Huenchumilla y Sabag para eliminarlo.
Al artículo 7a.
16. Del Ejecutivo para suprimirlo.
17. Del señor Coloma para eliminarlo.
Artículos 8a y 9a.
18. Del Ejecutivo para suprimirlos.
MODIFICACION DE LA NORMATIVA LEGAL DE LAS COMUNIDADES AGRICOLAS. Tercer trámite constitucional.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde tratar, en tercer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica la normativa legal de las comunidades agrícolas.
Las modificaciones del Senado se encuentran impresas en el boletín N° 608-01, y figuran en el número 2 de los documentos de la Cuenta de la sesión 78s, celebrada el 20 de mayo de 1993.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Estas modificaciones fueron aprobadas por unanimidad en el Senado. Tres de ellas requieren, para su aprobación, quorum de ley orgánica constitucional.
Por lo tanto, propongo que aprobemos en forma unánime las modificaciones del Senado, para discutir el siguiente proyecto de la Tabla, sobre violencia en los estadios.
Tiene la palabra el Diputado señor Munizaga.
El señor MUNIZAGA.-
Señor Presidente, en consideración a la importancia que este proyecto tiene para la comunidad de la Cuarta Región y a las positivas enmiendas del Senado, nuestra bancada está de acuerdo en aprobarlo en forma unánime.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rebolledo.
El señor REBOLLEDO.-
Señor Presidente, ninguna de las modificaciones es sustancial, ya que sólo mejoran formalmente este proyecto, el cual reviste gran importancia para alrededor de 15 mil familias campesinas, particularmente de la Cuarta Región, que viven bajo el régimen de propiedad de comunidad agrícolas.
Por lo tanto, nuestra bancada también es partidaria de aprobar globalmente las modificaciones propuestas por el Senado.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rojos.
El señor ROJOS.-
Señor Presidente, como parece que existe unanimidad sobre esta materia, no me referiré a las diferencias formales existentes entre el texto aprobado por la Cámara y las modificaciones del Senado, sino que sólo diré que la bancada democratacristiana también dará su aprobación a dichas enmiendas.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, las modificaciones se aprobarán por unanimidad, dejando constancia de que se encuentran presentes más de 68 Diputados.
Aprobadas.
Terminada la discusión del proyecto.
REPRESION DE DESORDENES Y HECHOS DE VIOLENCIA EN ESTADIOS Y OTROS RECINTOS DEPORTIVOS. Primer trámite constitucional.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de ley que reprime desórdenes y hechos de violencia cometidos en estadios y otros centros deportivos con ocasión de espectáculos públicos.
Diputados informantes de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia son los señores Alberto Espina y Gutenberg Martínez.
Este proyecto contiene disposiciones de ley orgánica constitucional.
El texto del proyecto se encuentra impreso en el boletín N° 259-07 y figura en el número 5 de los documentos de la Cuenta de la sesión 71°, celebrada el 6 de mayo de 1993.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, la Comisión sugiere a la Sala aprobar los artículos que motivan este segundo informe, ya que no representan ningún cambio medular o sustantivo del proyecto original, sino que sólo apuntan a perfeccionarlo y a dar mayor claridad a algunas de sus ideas matrices. Por ejemplo, en el artículo 2° se establece que el intendente regional podrá delegar en los gobernadores respectivos las facultades que le confieren los artículos l2 y 2° relativas a la autorización de funcionamiento que debe otorgarse a los recintos deportivos, lo que no figuraba en el proyecto original.
De tal manera que todas estas indicaciones no son más que ajustes de carácter menor, ya que ninguna de ellas influye en lo sustantivo respecto de lo aprobado por la Sala, por lo que solicito que ahora las apruebe en la votación en particular.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Gutenberg Martínez.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, el Diputado señor Martínez me indicó que bastaba con mi explicación, con la cual se sentía plenamente identificado.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
En discusión particular el proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, en esta segunda discusión se presentaron las siguientes indicaciones en la Comisión:
La primera, como lo señaló el señor Diputado informante, previene que el intendente puede delegar, en el gobernador respectivo, las facultades que le confieren los artículos l2 y 22, relativas a la autorización de funcionamiento que debe otorgarse a los recintos deportivos, porque existen numerosas regiones que, por su extensión, hacen necesaria esta delegación. Esta facultad también estaba contemplada en la ley orgánica sobre regionalización, pero aquí se quiso remarcar y precisar esta situación.
Otra indicación define en mejor forma las penas de arresto de fin de semana. En tal sentido, se aprobó una norma que establece que este arresto "se llevará a cabo los días sábados y domingos, en el recinto de la unidad policial más próxima al domicilio del condenado, no podrá exceder de doce horas en cada uno de esos días, y durará de dos meses a un año.".
También se aprobó una indicación relativa a la forma en que debe verificarse el trabajo comunitario a que serán condenadas las personas que cometan desmanes con ocasión de un espectáculo deportivo.
"El trabajo comunitario se llevará a efecto en cualquier entidad de carácter comunitario del lugar del domicilio del condenado, o en la que el juez determine, y su duración será de dos meses a un año.".
Por último, se aprobó la indicación que señala: "El juez, por motivos calificados y en resolución fundada, podrá dispensar parcialmente el cumplimiento de las sanciones anteriores.", ya que el proyecto disponía que a la policía le correspondía suspender o modificar las sanciones de arresto de fin de semana, trabajo comunitario o la prohibición temporal de asistir a un determinado tipo de espectáculo.
Como consideramos que el proyecto contiene normas jurídicas adecuadas, le daremos nuestra aprobación.
He dicho.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Se declaran aprobados, por no haber sido objeto de indicaciones ni de modificaciones, los artículos l°, 3°, 4°, 7°, 8°, 9°, 10, 11, 13 y14.
Tampoco fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 5 y 6; pero por contener materias propias de ley orgánica constitucional, deben ser votados en particular.
Queda pendiente la votación de los artículos 5° y 6°, porque no tenemos el quorum suficiente en la Sala. Se requieren 68 votos.
Ofrezco la palabra.
El señor ORPIS.-
Pido la palabra.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, quiero referirme al trabajo comunitario, previsto en el artículo 12 del segundo informe.
En el primer informe se establecía el trabajo comunitario como pena alternativa, lo cual debía llevarse a efecto en el domicilio del condenado. En ese trámite presenté una indicación, de la máxima relevancia para la rehabilitación, en el sentido de que ese trabajo comunitario se ha de realizar en el sector donde la persona causó el daño. Sin embargo, el artículo 12 fue modificado, prescribiendo que el trabajo comunitario se efectuará en el domicilio del condenado o en el lugar que determine el juez.
Me habría gustado que la norma hubiese enfatizado en que ese trabajo comunitario ha de efectuarse en el lugar en que se produjo el daño. Al revés de lo que viene propuesto, lo que debería puntualizar es que, en los casos en que eso no sea posible, el juez determine el lugar; pero no se ha hecho así, pues se establece una facultad amplia para el juez.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Aguiló.
El señor AGUILO.-
Señor Presidente, quiero plantear dos materias específicas en la discusión particular del proyecto, vinculadas a los artículos 4° y 10.
Quiero proponer formalmente, respecto del artículo 4°...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Los artículos 4° y 10 fueron aprobados reglamentariamente.
El señor AGUILO.-
Como el señor Vicepresidente había colocado en votación todos los artículos que no fueron objeto de indicaciones, y entiendo que el artículo 4° está en esa situación, sugiero...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ha quedado aprobada reglamentariamente la serie de artículos que leyó el señor Vicepresidente, entre los que figuran el 4° y 10. Faltan por votar el 52 y el 6°, pero sin discusión. Estamos esperando el momento oportuno para hacerlo.
Ahora estamos en la discusión del artículo 2°.
El señor AGUILO.-
No es así, señor Presidente. Los artículos tienen que votarse uno por uno.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No, señor Diputado. Cuando los artículos no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones, se entienden reglamentariamente aprobados. En esa situación se encuentran los artículos 1°, 3°, 4°, 7°, 8°, 9°,10, 11, 13 y 14.
El señor AGUILO.-
Señor Presidente, entonces solicito, por su intermedio, el asentimiento unánime de la Sala para plantear un solo problema respecto del artículo 4°
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGUILO.-
Señor Presidente, el artículo 4° dispone que los clubes de fútbol profesional deberán contar con un padrón oficial de los miembros de su barra, copia del cual deberá remitirse, actualizado semestralmente, a la unidad de Carabineros de Chile correspondiente a su domicilio. Esta sería la primera vez en la historia de Chile que a un ente de la sociedad civil se le exige, sin otras consideraciones, la remisión del padrón de sus integrantes a un organismo policial. La medida que genera cierta imagen y que podría llevar a situaciones delicadas en el futuro, es innecesaria, toda vez que los clubes deportivos tienen individualizados a todos sus miembros, de manera que si la policía necesita realizar alguna investigación, puede solicitar los padrones de sus afiliados. Enviar, por definición, dichos padrones a un organismo policial, sentaría un precedente y, eventualmente, en otro proyecto, se podría obligar a cualquier organización civil por ejemplo, podría ser una de carácter político a adoptar similar procedimiento con sus afiliados.
Por tratarse de una materia delicada, estimo innecesario considerarla en el proyecto. Basta con que los padrones existan para que estén a disposición de las autoridades correspondientes. Enviar anticipadamente los antecedentes a un organismo policial es un exceso, sobre todo, teniendo en vista las realidades de provincias, de regiones, donde jamás un club deportivo ha generado las situaciones que hemos visto en la capital.
Como se trata de un prejuicio innecesario, solicito someter a consideración de la Sala la eliminación del inciso segundo del artículo 4°
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se podría considerar la petición.
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra sobre el artículo 2°.
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, no tengo inconveniente en dar unanimidad para debatir el tema planteado por el señor Aguiló y para que se den las razones que motivaron una norma como la señalada. Lo importante es no dejar de analizar, por razones de orden reglamentario, buenas ideas o dudas e impedir que sean tratadas en la Sala.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Señor Diputado, ya hubo un pronunciamiento sobre esa materia, de manera que ahora debe remitirse al artículo 2e.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, el único cambio del artículo 2Q respecto del texto contenido en el primer informe dice relación con la facultad del intendente regional para delegar en los gobernadores sus atribuciones para calificar los recintos deportivos, de acuerdo con las respectivas exigencias y requisitos, donde se van a realizar eventos deportivos. Los parlamentarios de provincias adujeron que dadas las distancias existentes en algunas ciudades en relación con la capital de la región, todo aconsejaba que la medida pudiera ser adoptada por el gobernador mediante la delegación de facultades. Como el artículo no contiene nada excepcional, salvo una delegación de facultades, solicito su aprobación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado don Jorge Pizarro.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, a propósito de la discusión del artículo 2°, me referiré a la consulta del Diputado señor Aguiló.
El artículo 4° establece que una copia del padrón de los miembros de la barra oficial de cada club debe remitirse a Carabineros de Chile. ¿Por qué? Porque en el artículo 2° se establecen exigencias para posibilitar algunos eventos o partidos denominados de alto riesgo relacionados con la facultad del intendente para suspenderlos en un momento determinado. ¿Y sobre qué bases puede suspender? Que efectivamente tenga información o antecedentes de que pueden producirse problemas en la realización de algún tipo de evento.
Ahora, esa suspensión puede quedar sin efecto, siempre y cuando se cumplan algunas exigencias. Por ejemplo y claramente lo establece el artículo 2a en su segundo inciso las barras deberán ubicarse en sectores separados, claramente determinados, a los cuales sólo podrán ingresar los integrantes de ellas, previa exhibición de la credencial a que se hace referencia en el artículo 4a.
¿Quién informa el cumplimiento de estas exigencias? Carabineros, que requiere copia del padrón del respectivo club para estos efectos.
Además, los clubes tienen distintos tipos de socios, de miembros, de simpatizantes o de adherentes. Normalmente, los que conforman las barras oficiales no necesariamente son socios. De manera que la aprensión del Diputado señor Aguiló cuando planteaba que bastaba con la existencia de la lista de los clubes para satisfacer el requerimiento del inciso primero del artículo 4a no se justifica en razón de este planteamiento. Los clubes tienen distintas categorías de socios, y aquí nos estamos refiriendo a los integrantes de las barras oficiales que, en su mayoría, no tienen tal calidad. Por ejemplo, el Club Deportivo de la Universidad Católica cuenta con tres categorías de socios, y no necesariamente están en ellas los que forman parte de su barra oficial.
De manera que, tal como están enunciados los artículos 2° y 4°, inciso segundo, son complementarios y posibilitan que, en un momento determinado, el intendente o el gobernador, en su caso, adopten las medidas correspondientes.
Aprovecho también la oportunidad para referirme inmediatamente a la proposición del colega Orpis respecto del lugar donde se debe cumplir la condena de los trabajos comunitarios. Entiendo el espíritu con que se ha planteado, pero, indudablemente, hay situaciones prácticas, más allá de la voluntad que tengamos como legisladores para lograr que quienes provocan daños los reparen en el mismo lugar en que los causaron.
Tal como está establecido, indudablemente es mejor el artículo del segundo informe, que radica en el juez la facultad de definir en qué lugar se cumple la sanción, para los efectos de que la disposición realmente se cumpla y tenga el efecto rehabilitador o de reeducación perseguido.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
¿Su Señoría se está refiriendo al artículo 12?
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Sí, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Lo vamos a discutir después.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Estoy hablando del artículo 12 porque el Primer Vicepresidente permitió que se discutiera.
No quiero intervenir dos veces; sólo deseo dejar establecida mi observación respecto de este punto, si no le molesta, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Muy bien.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Muchas gracias.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Mi obligación es dar cumplimiento al Reglamento.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Lo ideal sería establecer lo planteado por el Diputado señor Orpis, pero, en general, las más de las veces se producen inconvenientes por razones económicas, de desplazamiento o de tiempo, de manera que lo lógico es que el juez quede facultado, de acuerdo con la realidad de cada persona, para decretar el lugar donde se ha de cumplir la pena.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Concuerdo con lo expresado por el Diputado señor Pizarra respecto de la redacción del artículo 2a, que tiene íntima concordancia con el inciso segundo del artículo 4a.
No veo dónde está el problema de que los padrones de las barras deban remitirse, actualizados, semestralmente, a Carabineros de Chile. No hay que olvidar que los socios de las instituciones deportivas permanentemente se están acreditando, puesto que para hacer uso de sus beneficios, tales como precio rebajado en las entradas, atención preferente en boleterías y otras atenciones directas y personalizadas deben presentar su credencial. Frente a los lamentables sucesos que hemos visto, fundamentalmente en Santiago donde sectores del "lumpen" se introducen en estos núcleos deportivos, con resultados tan dramáticamente repugnantes, lo que abunda, si es bueno, no daña.
No estoy de acuerdo con la redacción del inciso tercero del artículo 2°, que entrega al club deportivo la responsabilidad de vigilar el sector destinado a la barra. En mi opinión, estas atribuciones no corresponden a los dirigentes, los cuales carecen de la capacidad y de los elementos para ejercerlas. Esa labor corresponde y compete en todo momento a Carabineros. De otra manera se deja un vacío en la ley que podrá acarrear graves consecuencias en el futuro.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En votación el artículo 2a.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado el artículo 2°.
En discusión el artículo 12, N° 2.
Tiene la palabra el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, en relación con lo planteado por el Diputado señor Pizarra, insisto en el criterio expuesto en mi primera intervención, basado en que el Poder Legislativo dicta la ley y el Judicial la aplica.
Por lo tanto, la ley debe tener las orientaciones precisas para lograr el objetivo que se busca. En este proyecto da lo mismo que la pena alternativa del trabajo comunitario se realice en el domicilio del condenado o en cualquier lugar determinado por el juez. Originalmente, insistí en la indicación contenida en el primer informe, porque estimo que lo más ejemplarizador es que la persona repare el daño en el lugar donde lo produjo. Por último, el proyecto debió establecer un criterio de preferencia de manera que el juez procure que el condenado ejecute el trabajo comunitario en el lugar donde se produjo el daño. Por motivo de distancia o de otra índole, podrá determinar otro; pero, al establecer la preferencia, automáticamente se orienta al juez, lo que no ocurre en el presente proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, la Comisión de Constitución tuvo un criterio muy distinto al expresado por el Diputado señor Orpis.
El trabajo comunitario, como sanción establecida en el proyecto, no apunta a ser una medida ejemplarizados, sino rehabilitadora, y tiene por objeto evitar que el joven vinculado a hechos de violencia en un espectáculo deportivo quede preso. A la Comisión no le parece que la solución sea que estos jóvenes terminen en la cárcel, porque la experiencia demuestra que, lejos de rehabilitarse, aprenden otras prácticas delictuales, habitualmente más graves que aquellas por las cuales han sido detenidos, y pueden llegar a transformarse en delincuentes.
La Comisión, con la experiencia y asesoría de quienes concurrieron a ella, estimó que había que dar una salida al juez para la rehabilitación de estos jóvenes, que consiste en obligarlos a realizar trabajos comunitarios en los lugares donde existan mejores condiciones de rehabilitación. ¿Dónde resulta más fácil ejecutarlos? A lo mejor, en aquellos lugares o instituciones cercanos al domicilio del joven objeto de la sanción; pero no se trata de que repare los mismos daños causados, porque ésa no es la finalidad de la norma ni apunta a que los jóvenes entiendan que cumplen con su deber si arreglan los destrozos que causaron en el estadio o si realizan trabajos en una entidad comunitaria cercana a éste; lo importante es que el trabajo comunitario les sirva para aprender hábitos de conducta social adecuada.
La Comisión propone que lo hagan cerca de su casa o, si el juez lo estima conveniente, en otro lugar.
Por lo tanto, el criterio del domicilio es irrelevante. Lo que importa es que exista un centro comunitario que sirva a la rehabilitación del joven, que sea útil y que le ocasione las menores dificultades de acceso a él por la distancia.
Señor Presidente, con su venia le concedo una interrupción a los Diputados señores Palestro, del Mida, y Elgueta, del Partido Demócrata Cristiano.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, que Dios me perdone cuando digo que estoy totalmente de acuerdo con el planteamiento extrañamente humano del Diputado señor Espina.
Hubo épocas y las conocimos en que a un detenido por un delito menor en día viernes o sábado lo sacaban a trabajar el lunes siguiente, incluso con esos trajes a rayas de los presidiarios y con una gran bola en los tobillos. Es decir, en lugar de recuperar al hombre para enfrentar de otra manera los avatares que presenta la vida, era objeto de burla y de desprecio de los vecinos, porque lo paseaban en
público con sus materiales de trabajo, como palas y chuzos, custodiado por gendarmes. Eso lo hacía visible en público.
Como decía el Diputado señor Espina, se trata de darle la oportunidad de entender que ha cometido un delito menor así considero los que se cometen en los estadios, que puede recuperarse y enfrentar la vida en mejores condiciones y con posibilidades de insertarse en las cosas útiles que proporciona la sociedad.
Votaré en contra de este artículo, porque no estoy de acuerdo con ese espectro que se deja a discreción del juez, ya que pueden producirse excesos que no son convenientes cuando se trata de recuperar a un joven para las buenas y nobles actividades que debe realizar.
Muchas gracias, Diputado señor Espina.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, comparto la opinión del Diputado señor Espina y concuerdo con el texto del proyecto, pero quiero señalar las razones para dejarlo como estaba y desechar parcialmente la idea del Diputado señor Orpis.
En primer lugar, se tuvo en cuenta que los daños pueden producirse en lugares muy distantes del domicilio del condenado. Si una barra se traslada a Concepción y allí causa los daños, el que una persona con domicilio en Santiago cumpla este trabajo comunitario en aquella ciudad implicaría una doble pena, muy costosa y contraproducente.
En segundo lugar, muchos de los daños se ocasionan en propiedades públicas, incluso en las que son movibles, como en el metrotrén entre Santiago y Rancagua. En consecuencia, resulta difícil precisar el lugar geográfico donde se comete la acción.
Por eso, se adoptó el criterio de fijar como norma general que el trabajo comunitario se realice en el lugar del domicilio del condenado. Si el juez estima factible cumplir la sanción en el lugar donde se cometió el daño, puede usar esa facultad y disponer que la cumpla en ese lugar.
Nuestro país tiene geografía dificultosa, y eso nos llevó a acoger la idea del Diputado señor Orpis para que el juez tenga tal facultad.
Agradezco la interrupción al Diputado señor Espina.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, con su venia le concedo una interrupción prometo que será la última al Diputado señor García.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor García.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Señor Presidente, quiero hacerle una consulta al Diputado informante.
¿Qué pasa cuando el bien un microbús, un ferrocarril, un camión tiene un seguro comprometido? Sin duda, debe responder por el daño, porque el condenado no va a lijar el vagón del tren, ni a desabollar la máquina o el camión dañado. ¿A quién se va a condenar si la labor del seguro es cubrir los daños del bien asegurado?
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, el trabajo comunitario no tiene por finalidad reparar el daño causado por el acto de violencia que motiva la sanción o la condena. Si hay un seguro comprometido, obviamente que la compañía de seguros se arreglará con el dueño del recinto deportivo o de los bienes corporales, muebles o inmuebles, objetos del daño. La pena no tiene vinculación alguna con los bienes, lo cual explica el que el trabajo pueda realizarse en cualquier lugar.
Quiero aclararle al Diputado señor Palestro que Dios lo va a iluminar después de coincidir con la apreciación de esta bancada.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, el texto del artículo 12 indica claramente que, ahora, la intención es atacar el problema desde el punto de vista represivo, pero le falta todo el aspecto preventivo, que no se abordó, para impedir la violencia.
Las medidas propuestas tienen por objeto enfrentar un problema inmediato, que observamos en forma permanente.
Daré mi aprobación al artículo en la forma propuesta, pues si se rechaza no hay proyecto; pero me hago un deber señalar que pronto debe comenzarse a discutir una ley del deporte, porque si no se modifica la ley N° 17.276 no se enfrentará el problema de fondo en su estructura generacional. Una ley del deporte la actual está prácticamente obsoleta debe regular la forma de vicia de las instituciones deportivas, porque muchas actividades deportivas en torno a las cuales gira la violencia tienen una estructura absolutamente permisiva, con gran cantidad de vacíos y muchas contradicciones, situación de la cual no escapan las máximas autoridades de esas instituciones, las que durante los días anteriores al evento van activando, de una u otra manera, a través de los medios de difusión, la espoleta que provocará la explosión el día en que se efectúe el evento deportivo. En este proyecto no hay una sanción ni se responsabiliza a los dirigentes que toman papeles protagónicos.
Daré mi apoyo al artículo 12, pues, de rechazarse, el proyecto no tendría razón de ser.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente, concuerdo con el artículo 12, porque lo considero muy necesario.
En relación con la duda del Diputado señor René García, cabe referirse al punto b) del mismo artículo, que agrega como pena accesoria la prohibición temporal para asistir al espectáculo deportivo que haya motivado la condena, sanción que junto con el arresto de fin de semana para efectuar trabajo comunitario son penas nuevas.
En relación con el seguro, la compañía va a operar siempre que ferrocarriles, el empresario de buses, el dueño del estadio o de cualquier otra propiedad dañada por un fanático, tenga el seguro y el adicional correspondiente. En ese caso, la compañía paga, pero, a su vez, le sigue el juicio de cobro al que provocó los daños.
Si la persona afectada no tiene el seguro adicional, simplemente pierde. Por eso, se supone que si lo estima necesario seguirá un juicio a quien o quienes provocaron los daños, situación que estamos abordando en este proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En votación el artículo 12.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado.
En votación los artículos 5a y 6a, cuyos incisos terceros requieren 68 votos para ser aprobados.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, solicito que suspenda la sesión por tres minutos para reunir el quorum necesario, como lo ha hecho en otras oportunidades.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se suspende la sesión por cinco minutos.
Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
En votación el artículo 5a, cuyo inciso tercero requiere de 68 votos para ser aprobado.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado.
En votación el artículo 6a, cuyo inciso tercero también requiere de 68 votos para ser aprobado.
Si le parece a la Sala, se aprobará con la misma votación.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
Ha terminado el Orden del Día.
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO.
ACTUACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE SERVICIOS PUBLICOS ANTE ALUVION EN SANTIAGO. Petición constitucional de antecedentes.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-
De la señora Caraball y de los señores Martínez Ocamica, Rocha, Cornejo, Seguel, Ojeda, Gajardo, Pizarro Mackay, Rojos, Reyes, Villouta, Rodríguez, don Hugo; Peña, Salas, Elgueta, Dupré, Rojo, Bosselin, Ortiz, Aylwin, Devaud, Sabag, Faulbaum, Huenchumilla, Leblanc, Smok, Cardemil, Elizalde, Yunge, Matta, Pizarro Soto, Jara, don Sergio; Concha, Velasco, Hamuy, Manterola y Acuña.
"Considerando:
Que la catástrofe que sufrieron varias comunas de Santiago producto del aluvión del 3 de mayo pasado, en que se perdieron vidas humanas y se produjeron daños graves en la propiedad pública y privada, habiendo perdido muchas familias sus viviendas y todos sus enseres, ha producido encontradas opiniones sobre la labor llevada a cabo por el Gobierno para enfrentar dicha catástrofe.
"Que las críticas apuntan fundamentalmente a la estructura, capacidad y medios con que cuenta la Onemi para responder adecuadamente a las necesidades que se derivan de las catástrofes o calamidades que afectan al país o a una zona determinada de él.
"Que por su parte el Gobierno, en respuesta a esas críticas, ha señalado que se considera satisfecho por la reacción de Onemi, de sus directivos y funcionarios en esta emergencia, que respalda su labor y rechaza las injustas apreciaciones que se han formulado, sin perjuicio de lo cual
reconoce que Onemi mantiene una estructura inadecuada, lo que llevó al Ministerio del Interior a incluir entre süs metas de 1993 la creación de un sistema de protección civil, en reemplazo de Onemi, producto del resultado de estudios preliminares, ya terminados, que realizó un grupo de trabajo especializado, cuya actividad se inició en virtud del decreto N2 291, del 15 de mayo de 1992.
"Que a mayor abundamiento, el numeral 19 de las metas ministeriales del Ministerio del Interior para 1993 señala:
"19.- Fortalecer el sistema de protección y detección de catástrofes en Chile.
"A) Actualizar y modernizar la estructura del Estado para enfrentar en forma eficiente la atención de desastres de origen natural o tecnológico. Estructuración de un sistema nacional de albergues para casos de catástrofes.
"B) Impulsar las actividades de prevención de desastres naturales, incluyendo estudios especializados, el desarrollo de un proyecto piloto de un sistema integrado de respuestas a emergencias en áreas urbanas y el desarrollo de políticas de capacitación e información relacionadas con estas materias, contemplando la implementación de un banco integrado de información para la prevención y atención de catástrofes, que incorpore toda la información nacional e internacional disponible sobre la materia.".
"Que por corresponder a la Cámara de Diputados preocuparse de estas materias, en su función fiscalizadora de los actos de gobierno, propone el siguiente proyecto de acuerdo:
"Que la Honorable Cámara oficie al señor Ministro del Interior para que se sirva remitir un informe a la brevedad posible sobre:
"Magnitud de la catástrofe y medidas adoptadas por ese Ministerio, la Onemi y otros servicios públicos para afrontar la emergencia.
"Acción de los municipios afectados.
"Coordinación de los distintos servicios e instituciones del Estado que intervinieron. ,
"Evaluación del Ministerio del Interior sobre la actuación de las distintas instancias ministeriales y otras reparticiones del Estado que actuaron en esta emergencia.
"Grado de avance en la creación del sistema de protección civil, que reemplazará a la Onemi, e información sobre su estructura, su forma de operar, sus coordinaciones, su personal, sus atribuciones, su financiamiento y todas aquellas materias que sean necesarias para un cabal conocimiento de dicho organismo.".
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo.
La señora CARABALL.-
Pido la palabra.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora CARABALL.-
Señor Presidente, este proyecto fue presentado el 12 de mayo y como sólo ahora podemos tratarlo en la Sala, ha perdido actualidad. Sin embargo, como Chile es un país sometido a permanentes catástrofes, como inundaciones, sequías y terremotos, es importante que nos preocupemos de adoptar algunas medidas para actuar de inmediato en caso necesario y de otras que perfeccionan las ya iniciadas por distintos gobiernos, las que en definitiva se canalizaron a través de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior.
El Gobierno ha reconocido que la estructura de la Onemi es inadecuada, circunstancia que lo llevó a encargar estudios técnicos a personas especializadas en 1992, cuyo término dio origen a la proposición de un sistema de protección y atención de las catástrofes en Chile. Es importante que la Cámara conozca tales antecedentes y el grado de avance del Sistema de Protección Civil que reemplazará a la Onemi.
Por otra parte, dada la magnitud de la catástrofe que afectó a la Región Metropolitana, es importante que conozcamos de parte del Ministerio del Interior los informes oficiales, habida cuenta de que ya ha pasado un tiempo prudencial para tenerlos, y las acciones que tomaron los municipios, con el objeto de ver el grado de eficiencia o de deficiencia que presenta la estructura municipal y considerarlo en posibles reformas que pudiéramos introducir en la Ley Orgánica de Municipalidades, dado que está en el espíritu de todos los parlamentarios el que estos entes autónomos tengan los recursos y la necesaria cantidad de personas o la especialidad suficiente para enfrentar este tipo de situaciones en conjunto con el aparato del Estado, porque ninguna municipalidad podrá hacerlo unilateralmente.
Señor Presidente, éste es un tema con troversial que ha llenado los diarios.
Esta propuesta debiera concitar la unidad de la Cámara en torno a solicitar estos informes de la autoridad y en cuanto a conocer en qué consiste este nuevo sistema de protección civil que reemplazará a la Oficina Nacional de Emergencia, puesto que éste es un país que, como dije al inicio de mis palabras, está sometido permanentemente a este tipo de emergencias.
He dicho.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que impugne el proyecto.
El señor COLOMA.-
Pido la palabra.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, debemos tener especial cuidado en ceñirnos a las formas de la tramitación de los proyectos de acuerdo para distinguirla de la petición de antecedentes.
Valoro plenamente lo planteado por la Diputada señora Caraball, pero no cabe duda de que esta materia no requiere de un proyecto de acuerdo.
El proyecto de acuerdo está definido en el Reglamento y tiene por objeto adoptar acuerdos o sugerir observaciones, lo que no se cumple ni en uno ni en otro caso. Por el contrario, la Constitución y los artículos 301 y siguientes del Reglamento establecen un procedimiento muy efectivo para pedir antecedentes al Gobierno y obligar a que éste los remita.
Por tanto, para el correcto funcionamiento de la Cámara, le sugeriría a la Diputada señora Caraball que esto no se plantee como un proyecto de acuerdo, porque no tiene efecto jurídico, sino en función de las normas constitucionales y reglamentarias que establecen la posibilidad de pedir antecedentes, ya que, de lo contrario, estaríamos incurriendo en un error. Si a los parlamentarios nos interesa resolver este conflicto, deberíamos proceder en la forma adecuada.
Por eso, señor Presidente, quería plantear esta cuestión reglamentaria solamente desde un punto de vista formal. Si se quiere pedir antecedentes, recurramos a la norma pertinente, con lo cual los parlamentarios de la UDI estamos de acuerdo, pero siguiendo la fórmula que constitucionalmente se exige.
He dicho.
Aplausos.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
Advierto a las personas que se encuentran en las tribunas que les está prohibido hacer manifestaciones.
A juicio de la Mesa, corresponde aplicar el artículo 48 de la Constitución Política, que en su N° 1, establece que "cual quier Diputado podrá solicitar determinados antecedentes al Gobierno siempre que su proposición cuente con el voto favorable de un tercio de los miembros presentes de la Cámara.".
En consecuencia, corresponde enviar este oficio de fiscalización, cuya aprobación se funda en más de un tercio de la Cámara de Diputados.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
SISTEMA DE FINANCIAMIENTO PARA SUBSIDIO HABITACIONAL RURAL.
El señor HAMUY (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al segundo proyecto de acuerdo.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo de las Diputadas señoras Prochelle y Muñoz, y de los Diputados señores Rodríguez Cataldo, Longton, Masferrer, Prokurica, Velasco, Elizalde, Morales, Montes, Munizaga, Ortiz, Guzmán, Rodríguez del Río, Alamos, Alvarez Salamanca, García García, Galilea, Ribera y Acuña.
"Considerando:
"1.- Que a lo largo de nuestro territorio nacional existe gran cantidad de comités poblacionales que desean adquirir sus viviendas a través del subsidio rural;
"2.- Que originariamente dicho sistema fue establecido para beneficiar a personas que poseían un terreno propio donde construir;
"3.- Que en la actualidad los comités se crean y organizan fundamentalmente con el fin de reunir fondos para adquirir un terreno donde construir;
"4.- Que, pese a los esfuerzos que realizan, muchas veces no logran obtener el financiamiento requerido;
"5.- Que tampoco los comités cuentan con acceso suficiente a créditos del sistema financiero;
"6.- Que estas circunstancias van ocasionando el aumento progresivo del déficit habitacional en Chile,
Venimos en proponer el siguiente proyecto de acuerdo:
"Solicitar a Su Excelencia el Presidente de la República la posibilidad de establecer un sistema de financiamiento, a través del Banco del Estado o del Indap, a fin de que éstos puedan adquirir un terreno para postular al subsidio habitacional rural."
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que desee hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el señor Rodríguez.
El señor RODRIGUEZ (don Claudio).-
Señor Presidente, este proyecto de acuerdo es muy simple. Su objetivo es posibilitar que los distintos comités que se han estado formando postulen al subsidio rural. Como bien sabemos, es requisito fundamental contar con un terreno que da puntaje para acceder a él. Sin embargo, nos encontramos con la realidad de que en nuestros campos la situación económica no es la mejor y las oportunidades de las personas para reunir recursos que les permitan adquirir un terreno, no son las más adecuadas. En consecuencia, consideramos que la solución consiste en otorgar a estos campesinos que están organizados adecuadamente la posibilidad de acceder a un crédito hipotecario, a través del Indap o del Banco del Estado, para adquirir un terreno que les permita materializar el sueño de la casa propia.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que desee apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que desee impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
TERMINO DE VIGENCIA DE RESOLUCION N° 2.053, DE 1992, DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
El señor MELERO (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-
De los señores Pérez Muñoz, García García, Kuschel, Peña, Taladriz, Muñoz Barra, Recondo, Rojos, Elgueta, Caminondo, Prokurica y Maluenda, doña María.
"1) En el Diario Oficial del 6 de junio de 1992 fue publicada la resolución exenta N° 2.053, mediante la cual la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos dispuso los cambios parcial y/o total del sujeto pasivo de derechos de Impuestos al Valor Agregado, contenido en el decreto ley N° 825, de 1974, durante el período comprendido entre el 1° de julio de 1992 y el 30 de junio de 1993, en las ventas de especies hidrobiológicas en estado fresco o natural; o conservadas en hielo, o cualquiera otra técnica destinada a la mera preservación del estado antes señalado.
"El cambio parcial consiste en que el adquirente, al emitir una factura de compra, retiene una parte del impuesto determinado según tasa del IVA; en este caso, por disposición de la resolución, debe retener un 10 por ciento y entregar al vendedor el 8 por ciento restante respecto de la tasa de 18 por ciento vigente. Esta normativa se aplica en todos los casos en que el vendedor aparece como un contribuyente normal, esto es, entrega los productos con guías de despacho y cumple con sus declaraciones del IVA.
"El cambio total se hace efectivo cuando el adquirente emite una factura de compra y retiene el ciento por ciento del tributo según tasa del 18 por ciento del IVA por habérsele entregado especies sin guías de despacho, debido a que el vendedor no ha hecho iniciación de actividades y, por ende, nunca ha timbrado tales documentos, o por otra razón no explicitada en el momento de la entrega de los bienes. Además, la resolución dispuso la procedencia del cambio total cuando el adquirente esté informado de que el vendedor figura en nómina emitida por el Servicio.
"2) Las normas sobre cambio de sujeto de IVA que afecta a los adquirentes de productos hidrobiológicos, muestran una tendencia de la autoridad tributaria a trasladar la obligación fiscalizadora a los agentes privados en lugar de asumirla directamente el Servicio de Impuestos Internos, servicio público creado especialmente para el cumplimiento de estas funciones y a quien, según el artículo l2 de su ley orgánica (decreto con fuerza de ley N2 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda), corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos.
"Si bien esta materia se regula en virtud de las atribuciones contenidas en el decreto ley N2 825, (IVA), por lo que la legalidad no es cuestionable, debe tenerse presente que la norma que permite el cambio de sujeto desde el vendedor al comprador o adquirente, es de carácter excepcional. La norma general dispone que el sujeto pasivo es el vendedor.
"La actitud de la autoridad significa un cambio a la actual legislación, actitud
que no favorece decisiones de inversión y ahorro, creando dos sectores de vendedores: unos afectos al impuesto y otros no afectos, al no poder descontar los impuestos pagados por sus compras, debiendo, en consecuencia, sumar el impuesto pagado al comprar a los costos de sus productos.
"También se puede concluir que se pierde la neutralidad del IVA en el proceso de circulación de bienes y servicios.
"En base a las consideraciones anteriores, sometemos a la consideración de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de acuerdo:
"Se transcriba al señor Ministro de Hacienda y al señor Director del Servicio de Impuestos Internos copia íntegra de esta intervención, con el objeto de que estudien la posibilidad de no prorrogar la vigencia de la resolución N° 2.053, de 1992, del Servicio de Impuestos Internos."
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que quiera hablar a favor del proyecto.
El señor PEREZ (don Alberto).-
Pido la palabra.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PEREZ (don Alberto).-
Señor Presidente, la resolución N° 2.053 cumple un año el próximo 6 de junio, y tiene por objeto cambiar el sujeto de cobro del IVA; es decir, traslada del vendedor al comprador los derechos de cobrar el tributo. Por otro lado, establece la modificación que a algunos contribuyentes se les podrá retener el 10 por ciento y a otros el impuesto total, si éstos aparecen en los listados denominados "De difícil fiscalización".
Este punto nos hace pensar que la autoridad está actuando en forma discriminatoria respecto de los contribuyentes en general, toda vez que, por ejemplo, en la Décima Región existen alrededor de cien islas donde viven personas que desarrollan actividades comerciales relacionadas con productos hidrobiológicos, las cuales, por el hecho de no figurar con domicilio conocido el nombre de una calle y el número de una casa, automáticamente quedan calificadas "De difícil fiscalización" e incorporadas al listado. Por lo tanto, en el momento de comercializar sus productos, no pueden imputar un tributo que además les sirve de crédito fiscal.
Somos partidarios de que se mejore la recaudación fiscal y de que se disminuya la evasión tributaria; pero no nos parece justo que, en uso de la facultad que le confiere el decreto ley N2 825, Impuestos Internos invierta los papeles y, en definitiva, provoque una suerte de dos sectores tributarios: los que están afectos al cobro del IVA, y los que no lo pueden hacer en virtud de este mecanismo.
Por ello, pido a mis Honorables colegas que voten favorablemente el proyecto de acuerdo, para que la mencionada resolución termine su vigencia el próximo 6 de junio.
Es cuanto puedo decir al respecto.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún otro señor Diputado que quiera hablar a favor.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que quiera hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Ha terminado el tiempo de los proyectos de acuerdo.
PREFERENCIA PARA TRATAR PROYECTO DE ACUERDO.
El señor DUPRE.-
Pido la palabra.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DUPRE.-
Señor Presidente, he estado conversando con las bancadas de la Cámara sobre la posibilidad de pedir que se trate un proyecto de acuerdo relacionado con el autogolpe en Guatemala y cuyo texto, lamentablemente, no ha sido leído todavía por las jefaturas de los Comités.
Propongo suspender la sesión por dos minutos con el fin de que los Comités puedan interiorizarse de su contenido antes de que sea sometido a consideración de la Sala. De no tomarse el acuerdo, existe la alternativa de que yo le dé lectura para que, si hay consenso al respecto, pueda ser tratado en ella. En mi opinión, no debiera postergarse su estudio, dada la sucesión de situaciones políticas que se están generando en esa nación.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Leay.
El señor LEAY.-
Señor Presidente, aun cuando considero importante lo planteado por el Diputado señor Dupré, me gustaría que la sesión siguiera su trámite. Por lo menos mi bancada -ojalá que la Sala así lo acuerde- es partidaria de tratarlo en la sesión de mañana con la tranquilidad que merece un proyecto de acuerdo de esta naturaleza.
Nada más.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Como no existe acuerdo para verlo en la presente sesión, debo comunicar a la Sala que para mañana hay dos proyectos de acuerdo sobre otras materias; por lo que, al incluir el mencionado por el Diputado señor Dupré, quedaría en tercer lugar.
En consecuencia, solicito el acuerdo de la Sala para que el proyecto de acuerdo que se refiere a la situación de la República de Guatemala sea tratado en el primer lugar del tiempo correspondiente a los proyectos de acuerdo de la sesión de mañana.
Acordado.
VII.- INCIDENTES
EXTENSION DE INSTANCIA DE APELACION DE USUARIOS DE LA COMPAÑIA DE TELEFONOS DE CHILE. Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Socialista.
Tiene la palabra el Diputado señor Aguiló.
El señor AGUILO.-
Señor Presidente, en los últimos tiempos la opinión pública ha conocido una serie de reclamaciones relativas al cobro de tarifas formuladas por los usuarios de la Compañía de Teléfonos a lo largo de todo el país.
Para tener una idea de la dimensión del problema en la Región Metropolitana, concretamente en la ciudad de Santiago, sólo en el mes de diciembre de 1992 se presentaron 40 mil reclamaciones en las oficinas de la Compañía de Teléfonos de Chile. Si consideramos que corresponden a un solo mes, podemos inferir que se trata de diferentes usuarios; por lo que estamos frente a un problema de extraordinaria magnitud.
Ante esta circunstancia, hace algunos meses, en virtud de un acuerdo entre la Compañía de Teléfonos de Chile, el Servicio Nacional del Consumidor y la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se creó una instancia de apelación, con el objeto de que los usuarios que reclamen ante la Compañía y que no reciban una respuesta favorable, puedan recurrir a este mecanismo acordado. Dicha instancia ha tenido un resultado muy positivo e interesante, pero desafortunadamente es poco conocido por los usuarios de la Compañía; sin embargo, empieza a cumplir su finalidad en forma progresiva.
Por lo tanto, solicito que se oficie a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para que estudie la extensión de esta instancia de apelación a las restantes 12 regiones del país. Se trata de que por acuerdo del Sernac, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y de la Compañía de Teléfonos de Chile, se establezca esta instancia en todas las regiones de Chile, de manera que puedan recurrir a ella los usuarios que tengan criterios discrepantes respecto del cobro de las tarifas que deben pagar mensualmente.
Señor Presidente, dado que este problema preocupa a la mayoría de los ciudadanos del país, pido que recabe el asentimiento de la Sala para enviar el oficio por unanimidad.
Nada más. Muchas gracias.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría. Como no existe unanimidad para hacerlo en nombre de la Cámara, pueden adherir a la petición de oficio los señores Diputados que lo deseen, para lo cual pueden inscribirse en la Mesa.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN ACCIDENTES EN EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO. Oficios.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, abordaré un asunto que en otras ocasiones he planteado en esta Sala, que dice relación con el funcionamiento del Servicio Militar Obligatorio.
Quiero referirme, en particular, a la situación de un joven para algunos con ribetes sensacionalistas; para otros, dolorosos que estaba haciendo el servicio militar y que murió en circunstancias que los tribunales competentes deberán investigar. Más allá de las causas esperamos que sean claramente definidas para determinar si hay responsabilidad de terceros, se ha suscitado una discusión de la mayor importancia: determinar la responsabilidad del Estado en los casos de muerte o de accidentes que sufren los jóvenes que se encuentran cumpliendo con el deber ciudadano llamado Servicio Militar Obligatorio.
Planteo este tema con altura de miras y sin el ánimo de crear roces o de cuestionar a ninguna institución en particular. Existe la necesidad de que el Estado chileno asuma la responsabilidad de velar por los jóvenes que cumplen con la carga pública del servicio militar obligatorio. No es posible que cuando algunos muchachos que recién han cumplido la mayoría de edad y que aún dependen de sus padres, en el transcurso de los dos años que dura su servicio militar sufran accidentes, nadie se haga cargo de la situación, incluso tratándose de casos extremos como la muerte, con todo lo dolorosa que es, y de muchos jóvenes que quedan inhabilitados para desarrollar plenamente sus vidas una vez que son dados de baja.
Destaco el caso del joven Boris Sepúl veda, de la comuna de Graneros herido accidentalmente por un compañero, al que se le escapó un tiro mientras hacían guardia, quien quedó condenado a una silla de ruedas por el resto de su vida. Se trata de un joven deportista, .muy activo, que hoy requiere una atención muy especial que demanda elevados gastos médicos que su familia no puede solventar. Sin embargo, no hay una reparación del Estado por un daño causado mientras se cumplía con un deber ciudadano.
Hay otros casos más dramáticos, como los denunciados en Viña del Mar y Valparaíso: jóvenes que hacen el servicio militar, deben mover o cargar, en cumplimiento de órdenes, ciertos muebles o artefactos pesados, incluso en casas de oficiales o suboficiales. En ocasiones han de accionar granadas, expuestos a perder una o sus dos manos.
Frente a estos hechos es importante estudiar una legislación que garantice la responsabilidad del Estado para con los jóvenes y sus familias cuando se producen estos accidentes o muertes.
Por ello, solicito que se oficie al Presidente de la República y al Ministro de Defensa a fin de que propongan la legislación más adecuada para enfrentar esta situación, pues considero que en esta materia debe existir una coordinación muy estrecha con el Ejecutivo debido a su rol de colegislador.
En forma adicional, deseo reiterar el envío de un oficio al Ministro de Defensa, que ya había solicitado con anterioridad, para que dé a conocer las razones por las cuales algunos jóvenes, padres de familia, son reclutados para cumplir con el Servicio Militar Obligatorio, a sabiendas de que su responsabilidad para con la sociedad es garantizar la mantención de sus hijos. En esa oportunidad también presidía la sesión el Diputado señor Melero mencioné el caso de José Miguel Ortega, igualmente de la comuna de Graneros, y hasta el momento no he recibido respuesta alguna.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, en su nombre, y en el de los Diputados señores Palma, don Andrés; Yunge, Cardemil y Ortiz.
Todos los parlamentarios que deseen adherir pueden hacerlo presente a la Mesa.
REVALORIZACION DE PENSIONES DE JUBILADOS Y MONTE PIADAS. Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
En el turno del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el Diputado señor Bartolucci.
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente, intervengo para referirme a la difícil situación por la que atraviesan los jubilados y las montepiadas del país.
Todos sabemos que el sistema de jubilaciones y pensiones ha ido quedando atrás respecto de nuestra realidad económica, lo que ha significado que los ingresos de todo el sector pasivo estén en situación muy desmedrada, razón por la cual es indispensable estudiar la posibilidad de revalorizar sus pensiones.
En este momento son varios los problemas que aquejan a los jubilados: la devolución de un reajuste retroactivo del 10,6 por ciento, aún pendiente; la situación de las viudas, que quedan con el 50 por ciento de la pensión del causante; los aguinaldos del sector pasivo, que son muy inferiores a los del activo; la espera de que la inflación llegue al 15 por ciento para obtener un reajuste, de modo que muchas veces transcurre más de un año sin que lo obtengan; deudas impagas del INP, etcétera. La situación general de las montepiadas y de los jubilados del país es tan dramática que los está llevando a la desesperación. Al mismo tiempo, hay sectores políticos extremistas que quieren utilizar las necesidades reales que hoy tienen los jubilados en Chile.
Esta situación llevó a la Central Unitaria de Pensionados y Montepiadas, Cupym, a plantear al Supremo Gobierno un proyecto de revalorización de pensiones realista, aterrizado y factible, estudiado en el seno de la organización y entregado al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social como un aporte real de los jubilados y montepiadas de Chile para la solución de la difícil situación por la que atraviesan.
La Cupym entregó el año pasado este estudio al Ministerio del Trabajo y en abril de este año solicitó a Su Excelencia el Presidente de la República una respuesta a sus planteamientos sobre el estudio del proyecto sometido a su consideración.
El Ejecutivo ha hecho esfuerzos por ayudar a muchos sectores del país y el Parlamento ha colaborado en la solución de situaciones económicas difíciles de distintos grupos de trabajadores. El Comité de la Unión Demócrata Independiente considera que ha llegado la hora de hacer un esfuerzo serio para ayudar a los jubilados y a las montepiadas de Chile, para lo cual es necesario estudiar una revalorización de pensiones. La última se hizo en 1978 durante el gobierno pasado; es decir, hace 15 años que no se revalorizan y su poder adquisitivo se ha ido perdiendo en el tiempo, porque sólo han obtenido un reajuste que muchas veces es inferior al IPC real.
Por lo tanto, señor Presidente, solicito que en mi nombre y en el del Comité de la Unión Demócrata Independiente se oficie al Ministro del Trabajo y Previsión Social para que nos dé su opinión respecto de los planteamientos efectuados por la Central Unitaria de Pensionados y Montepiadas sobre el proyecto de revalorización de pensiones que tiene en su poder el que, según ha informado a Cupym, lo está estudiando y, en términos más concretos, para recabarle el estudio de un proyecto de revalorización de pensiones, jubilaciones y montepíos, por ser una necesidad social urgente a la cual deberemos abocarnos durante el resto del presente año.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio en la forma solicitada por Su Señoría.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, también en nombre de la bancada del Partido Socialista.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se remitirá también en nombre del Comité Socialista.
ERRADICACION DE LA FERIA PERSA BIOBIO DE LA COMUNA DE SANTIAGO. Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Restan dos minutos y medio al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, quiero referirme a una inquietud ya expresada en la Sala en más de una oportunidad, que afecta a un grupo de distinguidos vecinos de Santiago. Me refiero a la anunciada erradicación de la feria persa Biobío, que tiene más de 43 años de existencia en la comuna de Santiago y a la cual convergen comerciantes de diferentes zonas de la Región Metropolitana a comercializar sus productos. Debido a criterios de la municipalidad de Santiago, estas personas, en los próximos días, se verían expuestas a ser erradicadas de las calles donde sábados y domingos ejercen su actividad.
Elevamos nuestra voz de preocupación e instamos a todos los sectores para que intercedan ante las distintas autoridades y, especialmente, ante el señor alcalde de Santiago, a fin de que se estudie conjuntamente con el Ministro de la Vivienda y demás autoridades la radicación de esta feria que ahora es un atractivo importante de la ciudad y que, incluso, acapara la atención de los turistas extranjeros y nacionales. Días pasados, en compañía de otros parlamentarios, la recorrimos, y la verdad es que, si bien se han suscitado algunas controversias con los vecinos, toda el área de Franklin y del antiguo matadero podrían adaptar su infraestructura para permitirle desarrollar su actividad. Da la impresión de que, a raíz de estas controversias que se han hecho públicas, habría una falta de voluntad de parte del municipio para encarar una solución.
Señor Presidente, solicito que se oficie a los señores Ministros de la Vivienda y el Interior para que intercedan y se encuentre una solución urbana que permita a dicha feria continuar con su actividad.
En la hora de Incidentes de la próxima semana, nos extenderemos sobre el tema.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios en nombre de Su Señoría.
El señor ULLOA.-
En nombre de la bancada de la Unión Demócrata Independiente.
El señor ELIZALDE.-
Y en mi nombre.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Asimismo, en nombre del Comité de la UDI y del señor Elizalde.
El turno siguiente corresponde al Comité del Partido por la Democracia.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
ALCANCES HISTORICOS SOBRE INVIOLABILIDAD DE PARLAMENTARIOS POR OPINIONES QUE EMITAN EN EL DESEMPEÑO DE SU CARGO.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
El turno siguiente corresponde al Comité Radical Socialdemócrata.
Tiene la palabra el Diputado señor Devaud.
El señor DEVAUD.-
Señor Presidente, ¿puede un Diputado cometer un delito de opinión?
Traigo nuevamente este tema a colación.
En nuestro concepto, si un Diputado dice como lo dijo un Diputado de nuestra bancada, a quien respaldamos de un ministro de la Corte Suprema que es "el paradigma de un juez venal", no puede ser sancionado, por expresa disposición del artículo 58 de la Constitución. Y ello, porque en la construcción del tipo penal debe existir una acción típica, antijurídica y culpable, y lo señalado por el Diputado señor Campos Quiroga no lo es. Podría conjeturarse que se trata de una acción típica, pero no es antijurídica repito por expresa disposición de la Constitución.
Hay un argumento histórico que deseo traer a colación.
En la sesión del 23 de julio de 1868, hace más de cien años, el Diputado Vicente Sanfuentes hizo una serie de imputaciones vagas en contra del señor Manuel Montt, Presidente de la Corte Suprema de esa época y ex Presidente de la República, e instado por el señor Luis Amunátegui, Presidente de la Cámara, para que precisara, Sanfuentes dijo: "Bien, señor, apunte el señor Secretario en un pedazo de papel: Acuso a la Corte Suprema por infracción a las leyes".
El señor Vicuña Mackenna, a la sazón Secretario de la Corporación, dijo: "La acusación del señor Diputado por La Unión queda concebida en los siguientes términos: El Diputado que suscribe, en uso del derecho que la Constitución le confiere, acusa a la Corte Suprema por infracción a las leyes".
¿Dirigió acaso el señor Montt una querella por injurias en contra del Diputado Sanfuentes? La pregunta es válida, por cuanto el Diputado Sanfuentes, al referirse a Montt, dice: "Pero qué de extraño tiene cuando aquellos que a los cincuenta años eran déspotas, se han convertido en liberales a los cincuenta y cinco; y lo que hay más de original es que la mona vieja del decenio, que vistió durante diez años el manto del despotismo, se ha calado coquetamente el gorro frigio.".
Dice Sanfuentes respecto de Montt: "La mayor parte de los tiranos que han existido en el mundo han tenido el valor de sacar la cara y decir abiertamente: somos tiranos; pero Montt, ese tirano miserable e hipócrita, torturó inicuamente las leyes para cometer atrocidades a sus hombres." Alude, en su exposición, a la situación del juez Pedro Ugarte, revolucionario liberal que fue puesto en prisión por don Manuel Montt el 20 de abril de 1851, y luego desterrado a Punta Arenas. Según Sanfuentes, Montt creyó, indudablemente, que, al llegar al Cabo de Hornos, Ugarte sería ya un cadáver, como quiera que señaló: "No tuvo valor para sentarlo en el banquillo, pero sí un alma de hiena para enviarlo a una muerte segura y condenarlo al martirio.".
El trato que el Diputado Sanfuentes dio al Presidente de la Corte Suprema, don Manuel Montt, de "mona vieja del decenio, de déspota, de tirano miserable e hipócrita y de alma de hiena", a pesar del desdoroso contenido de esas expresiones, no fue materia de una querella por parte del Presidente de la Corte Suprema. ¿Por qué no? Porque para el Presidente de la Corte Suprema de 1868 estaba muy claro que el parlamentario obraba dentro de sus atribuciones.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Ha terminado su tiempo, señor Diputado.
El señor DEVAUD.-
Señor Presidente, por favor, déjeme terminar la idea.
El señor YUNGE.-
Señor Presidente, que lo haga con cargo al tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Señor Diputado, puede continuar con su intervención en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor DEVAUD.-
Muchas gracias.
Decía, ¿por qué el Presidente de la Corte Suprema de esa época no presentó una acción por injurias o calumnias en contra del mencionado Diputado? Porque el señor Montt tenía muy claro que el parlamentario obraba dentro de sus atribuciones; que lo que dijese en su contra no constituía un delito de opinión.
Don Manuel Montt fue adversario del Partido Radical. El germen de nuestro Partido nace de la revolución del 20 de abril de 1851, y antes del término de su decenio, nuestro Partido lo combatió por las armas. Allí demostraron su valor los próceres de nuestro Partido: Manuel Matta, Antonio Matta y Pedro León Gallo. Sin embargo, pese a haber sido adversario implacable de los liberales rojos, o radicales, como se llamaban en esa época, reconocemos el aporte que don Manuel Montt hizo a la Nación, primero, como Presidente de la República y, luego, como
Presidente de la Corte Suprema. Para nosotros, Montt es un paradigma de honorabilidad. El, en su condición de Presidente de la Corte Suprema, jamás habría agraviado a la Nación poniendo en duda el principio de separación de los poderes del Estado, y no habría desconocido jamás los alcances del fuero parlamentario.
Por eso, señor Presidente, recurrimos a este comentario histórico para señalar que la interpretación abusiva de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, al acoger a tramitación la querella por injurias presentada por el señor Hernán Cereceda contra el Diputado señor Jaime Campos Quiroga, infringe la ley y constituye un desprecio total hacia el Poder Legislativo.
Existen variadas formas de poner remedio a este descriterio, y estudiaremos cuál de ellas será la que nuestro Partido impulsará para defender a uno de los suyos en virtud de la inviolabilidad parlamentaria.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Señor Diputado, ha utilizado un minuto y medio del tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
HOMENAJE A LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR EN LA PERSONA DE SU FUNDADOR, DON JOSE FRANCISCO VERGARA ECHEVERS.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
En el turno del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Diputado señor Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, ayer, 31 de mayo, la comuna de Viña del Mar cumplió 115 años de existencia, y es mi deber, como parlamentario del distrito 14, rendirle un homenaje. Y lo hago también en nombre del Diputado señor Raúl Urrutia, y en presencia del alcalde de Viña del Mar, don Rodrigo González, que se encuentra en las tribunas, de concejales y de altos funcionarios de la municipalidad.
Si nos remontamos en el tiempo, hasta aquella tarde de otoño de 1878, en el antiguo hotel de Viña del Mar, constituido provisionalmente como sala consistorial, se leía el decreto supremo de 31 de mayo de 1878, que dio vida autónoma a la comuna de Viña del Mar, iniciativa que nació de un gmpo de connotados vecinos de la ciudad, entre los cuales se contaban el presbítero don José Venegas, don Juan de Dios Arlegui, don Benjamín Vicuña Mackenna, don Matías Concha y Toro, don Antonio Subercaseaux, don Enrique Bohn, don Carlos Swinbum, don Teodoro Hess, don Adolfo Wiegand. Ellos fueron los ilustres pioneros que fundamentaron ante el Presidente Aníbal Pinto la creación de la Municipalidad de Viña del Mar.
El decreto presidencial señalaba: "Teniendo presente la importancia de esa localidad, por la población que contiene, por el desarrollo de su industria y su comercio, y por el espíritu de progreso que anima a sus habitantes, créase una municipalidad en la población de Viña del Mar, de la provincia de Valparaíso".
En la reunión de constitución en el referido hotel ante el intendente provincial de la época, don Eulogio Altamirano, los primeros miembros del cabildo comunal estuvieron presentes, entre ellos la figura preclara de don José Francisco Vergara Echevers, quien cuatro años antes fundara la ciudad.
En esos momentos, en que Chile participaba en la guerra contra Perú y Bolivia, el señor Vergara hizo uso de la palabra para agradecer al Intendente Altamirano y al gobierno, la creación de la comuna de Viña del Mar.
Nace así una municipalidad que desde entonces ha sido servida por alcaldes,
regidores o concejales como se les denomina hoy y funcionarios que se han caracterizado por su espíritu de servicio público y su amor por la comuna.
Gracias al trabajo de los esforzados funcionarios municipales, hoy Viña del Mar es una moderna y pujante ciudad balneario que ha merecido los calificativos de "ciudad jardín" y de "capital turística de Chile". Una ciudad polifacética, donde los intereses de los más pudientes, como los de los más pobres y de los turistas, deben ser atendidos indistintamente por la municipalidad, a pesar de sus limitaciones presupuestarias y escasez de personal. Viña del Mar y su municipio tienen la capacidad y el talento suficientes para encontrar soluciones a sus problemas, mediante iniciativas que la proyecten, sin temores, hacia el futuro.
Pero un futuro promisorio se basa en las conquistas del pasado y en el legado de los pioneros y fundadores de la ciudad, entre los cuales sobresale nítidamente, don José Francisco Vergara, prócer civil de nuestra patria, sobre cuya figura me voy a detener unos instantes.
José Francisco Vergara, fundador de la ciudad de Viña del Mar, nació en la Cañada de Colina en un fundo cercano a Santiago, el 4 de diciembre de 1833.
Su padre fue don Juan de Dios Vergara Albano, y su madre doña Carmen Echevers.
Su padre fue un militar retirado que se dedicó a la agricultura. En su juventud fue ayudante de O'Higgins en la campaña de 1818, y el Libertador tuvo gran aprecio por él ya que fueron los abuelos matemos de Vergara Albano quienes lo criaron como a un hijo más.
A los 14 años José Francisco sufrió la pérdida de su padre y debió ayudar a su madre, que quedó sola con 9 hijos y en una difícil situación económica. Cursó sus estudios en el Instituto Nacional y a los 20 años se recibió de agrimensor.
En 1853, comenzó a trabajar en la construcción del ferrocarril que uniría a Santiago con Valparaíso bajo la dirección de Mr. Paddington. Ante la demora del proyecto, arrendó parte de la hacienda a doña Dolores Pérez de Alvarez, propietaria de las 7 Hermanas y la Viña del Mar, que en ese entonces se llamaba Santa Rita de la Viña. Ambas haciendas las había unido en una sola mano el comerciante y naviero portugués Francisco Alvarez, natural de Viana, de quien doña Dolores enviudó. Su única nieta, Mercedes, cumplidos los 17 años, se casó con José Francisco, quien tenía 26.
A la muerte de su suegro, en 1873, don José Francisco se abocó de lleno a planificar la ciudad de Viña del Mar y el 28 de diciembre de 1874 don Francisco Echaurren, Intendente de Valparaíso dictó el decreto de fundación. El decreto de la creación de la municipalidad está fechado el 31 de mayo de 1878, y fue al comienzo subdelegación 23 del departamento de Valparaíso.
Vergara trazó la ciudad con la pericia de un urbanista y se comprometió a ceder al municipio las calles y plazas que la conformarían; a hacer los estanques y cañerías para dotarla de agua; a construir dos escuelas públicas con los terrenos y edificios necesarios para su funcionamiento, y a entregar terrenos para un cementerio laico y el matadero. Donó también, en nombre de su esposa, los terrenos del hospicio del cual era administrador.
A su muerte, su viuda e hijos, Salvador y Blanca, cumpliendo con su voluntad, entregaron al municipio los terrenos situados alrededor de la plaza que hoy lleva su nombre, para edificios de servicios públicos. En uno de ellos se alza hoy el Teatro Municipal.
También finalizó la construcción de la parroquia donada por la señora Dolores Pérez de Alvarez, según sus disposiciones testamentarias.
Desde aquellos años se trató, entre el fundador de la ciudad y la primera autoridad de la provincia, el proyecto del camino plano entre Valparaíso y Viña del Mar que parecía irrealizable. En 1883, José Francisco volvió con mayores bríos a insistir en el antiguo proyecto y donó considerables extensiones de terreno para ello. Esto nuevamente fracasó y sólo pudo llevarse a cabo en 1903, cuando el Intendente de aquel entonces, don Joaquín Fernández Blanco, elevó su renuncia si no se daban las facilidades para realizar el mencionado proyecto.
El primer loteo que se aprobó fue desde La Cabritería aquí, en Valparaíso hasta El Salto, once kilómetros de largo por uno de ancho. Allí se construyeron las primeras mansiones con grandes jardines, y sobre los terrenos del fundador se levantó el Gran Hotel, con capacidad para cien personas.
Don José Francisco Vergara vivía con su familia en las antiguas casas de la hacienda Santa Rita de la Viña. Esto era en los arenales en que su hijo Salvador fundó posteriormente la población Vergara. Esta quinta se llamaba San Francisco y estaba situada en el lugar donde, desde 1906, se alza el Palacio Rioja.
La familia, posteriormente, se trasladó a la actual Quinta Vergara. Allí don José Francisco continuó embelleciendo el parque. Fue el hombre cuya visión dio forma al futuro de la ciudad que creara.
Cuenta Blanca Vicuña que, antes de su muerte, estudió acuciosamente trasladar el ferrocarril para que corriera por el costado del estero y, luego, por la orilla del mar.
José Francisco tenía 46 años cuando se inició la guerra con Perú y Bolivia, y no dudó en ponerse al servicio de su patria. A su hijo Salvador, que estudiaba en Suiza, le escribió: "Mi labor en esta guerra es anónima; he cabalgado noches enteras bajo las estrellas con mi ayudante estudiando los terrenos donde se producirán los hechos de armas y así poder sacar mayores ventajas de nuestras posiciones.".
Se convierte en el estratega de la Guerra del Pacífico, pero por su condición de civil choca frecuentemente con los jefes militares. Fue teniente coronel de Guardias Nacionales y, luego, Ministro de Guerra en campaña, después de la muerte de don Rafael Sotomayor. Esta designación significó apresurar la campaña sobre Lima, decisión que tanto le costó tomar al Presidente Aníbal Pinto.
Tomó parte activa en las batallas de Chorrillos y Miraflores. A propósito del combate de Agua Santa, su gran amigo, Domingo Santa María, lo felicitó, escribiéndole: "No sé cómo saludarlo desde que usted se ha convertido en un temible sableador que ha llenado de espanto al enemigo.".
El 16 de enero de 1881, José Francisco Vergara envía el siguiente comunicado al gobierno: "Gran batalla y brillante victoria a la altura de Chorrillos el día 13. Otro combate el día 15 más glorioso que el anterior en el campo de Miraflores. El Ejército enemigo totalmente extinguido con enormes pérdidas de vidas, más de dos mil prisioneros y completa dispersión del resto. Lima será entregada sin condiciones. Será ocupada mañana. Pierda ha desaparecido y la ciudad no tiene más autoridad que la Municipalidad. El corazón se ensancha cuando se dan al país noticias de tales hechos.".
Luego tomaría parte en las negociaciones que siguieron a la guerra. La noticia de la rendición de Lima llegó a Viña del Mar el 19 de enero de 1881, a las 8.30 de la noche. El entusiasmo fue indescriptible. Vicuña Mackenna desde un balcón del Gran Hotel dio la noticia. El pueblo lo llevó en andas.
Don Antonio Subercaseaux y don José Tomás Ramos encabezaron una procesión de antorchas y fueron hasta la Quinta a felicitar a doña Mercedes Alvarez, esposa del Ministro de Guerra, mientras la gente delirante avivaba a Baquedano y a José Francisco Vergara.
Fallece el 15 de febrero de 1889 a los 56 años de edad.
Hoy en día, la ciudad quiere rendirle homenaje levantando la estatua que se le debe y merece. Para ello es necesario basarse en la autorización que el Consejo Nacional de Monumentos Nacionales otorgase al proyecto presentado por el escultor señor Juan Guzmán Reynolds a la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar.
En el frente del pedestal llevará el relieve del escudo de armas de Viña del Mar y una inscripción alusiva al homenaje que, con entera justicia, la ciudad rinde a su fundador.
Señores Diputados, ayer, fecha de aniversario de la creación de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, en una ceremonia solemne realizada frente al que fuera hogar de los fundadores, la Quinta Vergara, y junto a un sencillo monolito que recuerda al fundador, en compañía del Diputado señor Raúl Urrutia, nos comprometimos a impulsar el proyecto de ley que autoriza al municipio de Viña del Mar para construir esta estatua en la plaza "José Francisco Vergara", como también a la realización de una colecta pública para el financiamiento de la obra, ahora en un plano de mutuo respeto dentro de los marcos legales, trabajando cada cual dentro de su ámbito específico, por el bien del país, por lo cual y dados los sobrados méritos del fundador de la ciudad, estamos ciertos de que contaremos con la rápida y unánime aprobación de la Honorable Cámara.
Gracias.
Aplausos.
DECLARACION PUBLICA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS POR SUCESOS RECIENTES. Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Andrés Palma. Restan seis minutos.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, la preocupación por los sucesos recientes, que han inquietado a la opinión pública y que inciden en el trabajo de la Cámara, debe quedar reflejada en la versión oficial de la presente sesión, por lo que leeré la declaración pública que, por unanimidad, la Mesa y los jefes de los Comités parlamentarios de la Cámara de Diputados han formulado hoy:
"La Mesa y los jefes de los Comités parlamentarios de la Cámara de Diputados, ante los recientes sucesos que han preocupado a la opinión pública, se hacen un deber en declarar lo siguiente:
"1.- Las relaciones entre las instituciones armadas y las autoridades civiles se han llevado, hasta ahora, en un plano de mutuo respeto dentro de los marcos legales, trabajando cada cual dentro de su ámbito específico, por el bien del país.
"2.- Es normal que en un proceso de transición surjan situaciones que puedan producir inquietud o preocupación en diversos sectores de la sociedad, incluidas las Fuerzas Armadas, que deben adaptarse a nuevas situaciones.
"3.- Estas circunstancias no deben debilitar ni menos sobrepasar los cauces institucionales previstos, precisamente para que esas preocupaciones puedan hacerse presentes y ser adecuadamente analizadas y resueltas.
"4.- Es importante que todos los actores de la vida pública y, en particular, las instituciones del Estado, se esfuercen por preservar un clima de entendimiento y paz social, que ha valido a nuestro país un merecido reconocimiento internacional por la madurez de su comportamiento y el vigor de sus tradiciones democráticas.
"5 Ese ha sido el espíritu con que esta Corporación ha procurado siempre actuar, en el libre y pleno ejercicio de sus facultades legales y fiscalizadoras".
Señor Presidente, solicito que copia de esta declaración se envíe al señor Vicepresidente de la República y al Ministro de Defensa Nacional, con el objeto de que la comunique al señor Comandante en Jefe del Ejército.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Así se procederá.
REESTUDIO DE AGRUPACIONES DE COMUNAS PARA ASIGNACION DE VIVIENDAS. Oficio.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, en la Región Metropolitana existe preocupación por la forma en que se asignan, en virtud del decreto N° 62, las viviendas básicas subsidiadas y del programa especial de trabajadores.
Para mejorar la situación de los postulantes de la Región Metropolitana, en una adecuada resolución del actual Gobierno, se han agrupado las comunas para que los vecinos, cuando obtienen su vivienda, no tengan un desplazamiento forzado de un extremo a otro de la ciudad.
Sin embargo, la agrupación de comunas, por las modificaciones de la ciudad, resulta muy injusta para los habitantes de la zona sur oriente. En efecto, el 27 por ciento de los postulantes pertenece a las comunas de Peñalolén, La Granja, Lo Barnechea, Vitacura, Las Condes, Providencia, Ñuñoa, La Reina, Macul, La Florida y San Joaquín. No obstante, sólo el 16 por ciento de las soluciones habitacionales es para ese sector. Es decir, un postulante de estas comunas entre ellas La Granja, San Joaquín y Macul tiene un 10 por ciento de posibilidades de lograr una vivienda.
En cambio, los habitantes del resto de la Región Metropolitana tienen un 20 por ciento de posibilidades; es decir, el doble. Por ello, en los últimos llamados del Ministerio de Vivienda sólo fue seleccionada una persona de Macul, y un número muy pequeño de postulantes de San Joaquín y La Granja.
Por estas razones, solicito que se oficie al señor Ministro de Vivienda y al Secretario Regional Ministerial Metropolitano de Vivienda, para que se reestudie las agrupaciones de comunas, con el objeto de hacer equivalentes las probabilidades o los promedios de asignación de viviendas para cada una de ellas. Su solución podría ser fácil: bastaría incluir las comunas de San Joaquín, de Estación Central y de Maipú en la agrupación B y la comuna de Puente Alto en la agrupación A.
Muchas gracias.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
INCUMPLIMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA CONTRALORIA SOBRE DENUNCIA QUE AFECTA A LA MUNICIPALIDAD DE PUREN (Novena Región). Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
El turno siguiente corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Diputado señor Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, en sesión de la Honorable Cámara del 19 de enero de 1993 denunciamos un serio problema suscitado en el área educacional de la comuna de Purén, relacionado con la fijación de la dotación docente de los establecimientos bajo administración municipal para 1993. En esa oportunidad, dijimos que el señor alcalde no había cumplido ninguna de las disposiciones de la ley N° 19.070, Estatuto Docente, incurriendo en la comisión de francas ilegalidades.
En esa oportunidad solicitamos que se oficiara a los señores Ministros de Educación, del Trabajo y Previsión Social y del Interior, y al señor Contralor General de la República.
Tengo en mi poder el oficio N° 11.905, del 13 de mayo de 1993, del señor Contralor, que en sus partes medulares acoge la denuncia formulada. Por ejemplo, establece que "en la especie analizada, la municipalidad de Purén, al no fijar una nueva dotación docente de los establecimientos educacionales de su dependencia en el mes de noviembre, debe estarse para 1993 a la fijada para el año anterior, careciendo de efectos jurídicos aquella fijada con posterioridad."
También señala que "es oportuno consignar, asimismo, que no resulta procedente la participación de una comisión integrada por personas ajenas al departamento de administración de educación municipal en la elaboración de la dotación docente de la comuna.". Esto es muy grave, porque constituiría la comisión del delito de apropiación indebida de funciones.
El tercer acápite del oficio del señor Contralor, dice: "y en este sentido, atendido lo expuesto en los párrafos precedentes, en orden a que, careciendo de validez la dotación docente fijada extemporáneamente, debe mantenerse en vigor aquella fijada el año anterior.".
En reciente visita a la localidad de Purén, comprobé que no se ha cumplido ninguna de las observaciones de la Contraloría General de la República. El señor alcalde de la comuna mantiene a sus docentes con la misma situación anómala objetada por el organismo fiscalizador. Lo más grave es que con el objeto de eludir las disposiciones obligatorias, algunas de las cuales mencioné, se ha llegado al extremo de usar un subterfugio ilegal que, en nuestra opinión, quebranta el orden jurídico vigente en materia de gobierno y administración regional y local: el señor alcalde ha solicitado al señor intendente de La Araucanía, Novena Región, disponer comisiones de servicio para dos coordinadores técnico-pedagógicos del departamento de educación municipal en tareas inferiores a las que les corresponde como tales, lo que se ha materializado a través de la resolución exenta Na 453, que también tengo en mi poder. Se trata de una acción que afecta a funcionarios públicos que no dependen del mencionado intendente, pues el artículo 69 de la ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, sólo otorga esta atribución al jefe de la respectiva institución, el cual es, en este caso, el alcalde de la Municipalidad de Purén y no el intendente, quien no tiene esa calidad respecto de los profesores municipalizados.
Concordante con lo anterior y estimando que se trata de una situación muy grave, extrapolable a otras comunas del país, solicito que se oficie al señor Contralor General de la República, para que se sirva instruir a la Contraloría Regional de la Araucanía, para que se constituya en la Municipalidad de Purén, con el objeto de investigar el grado de cumplimiento de las disposiciones de la Contraloría General y las eventuales irregularidades o delitos que, si son comprobados, conduzcan a las acciones administrativas o judiciales pertinentes.
Además, pido que se adjunte a este oficio copia de mi intervención y fotocopia de la resolución exenta N° 453, de la intendencia de la Novena Región, antecedentes que pongo a disposición de la Mesa.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicito por Su Señoría.
CIRCULAR DE CORREOS QUE AFECTARIA GARANTIA CONSTITUCIONAL SOBRE CORRESPONDENCIA PRIVADA. Oficios.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Long ton.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, deseo referirme a una circular de la empresa de Correos de Chile, firmada por don Ramón Montes, Gerente de Operaciones y fechada el 15 de junio de 1991, la que tiene por objeto evitar envíos postales expedidos por particulares y remitidos a integrantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; a altos mandos de las Fuerzas Armadas y de Orden, y al episcopado nacional, cuyo contenido se presuma que pudiere producir situaciones desagradables a sus destinatarios, dañar su honorabilidad, prestigio y respeto que merecen de parte de sus conciudadanos. Mediante esta circular que tengo en mi poder se permite, dadas estas prevenciones, abrir la correspondencia, con lo que se está violando flagrantemente el artículo 19, número 5S, de la Constitución.
Por lo tanto, solicito que se haga presente esta situación a la Contraloría General de la República y al Consejo de Defensa del Estado, para los efectos administrativos y penales pertinentes.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría.
ALCANCES A RESPUESTA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Luis Navarrete.
El señor NAVARRETE.-
Señor Presidente, mi intervención que tengo escrita es un comentario sobre un dictamen de la Contraloría General de la República respecto de una investigación que pedí.
Por la precariedad del tiempo de que dispongo, solicito incluirla en la versión oficial de la sesión.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
No hay inconveniente para acceder a lo que solicita Su Señoría.
El texto del discurso que se acordó insertar es el siguiente:
El señor NAVARRETE.-
"Señor Presidente, en sesión del 20 de mayo del año pasado, formulé una serie de denuncias sobre irregularidades en el proceso de calificaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y otras de distinta índole ocurridas en la Cancillería. En aquella oportunidad me referí al informe N2 26/92, remitido por la Contraloría General de la República a esta Honorable Cámara el 18 de febrero de 1992.
En esa ocasión solicité se oficiara al señor Contralor para que precisara algunos puntos de dicho informe, los que ahora, con fecha 25 de febrero del presente año, el señor Subcontralor absuelve.
La conclusión de carácter general que se tiene de esta respuesta, es que todos los cargos formulados son efectivos, pero el organismo contralor aduce que de una u otra forma ellos se encuentran encuadrados o amparados subrayo el término "amparados" por disposiciones legales.
Por ejemplo, se preguntaba al señor Contralor si hacía suyo el informe de la Comisión Visitadora NQ 26/92, teniendo presente que las funcionarías de esa Contraloría que lo habían redactado estaban en una relación jerárquica subordinada a uno de los funcionarios del Ministerio, cuya responsabilidad debía investigarse. Se trataba concretamente del señor Aliro Verdugo Lay, quien en la fecha de la visita desempeñaba el cargo de director general administrativo del Ministerio, pero conservando, a la vez, su cargo de asesor jurídico de la Contraloría General de la República. Oficialmente esta persona estaba en comisión de servicios en la Cancillería, desempeñando uno de los más altos cargos de la misma. Es evidente, señor Presidente, que se trataba de una situación extraña, por decir lo mínimo.
Pues bien, ahora el señor Subcontralor nos informa que al momento de efectuarse la visita, el señor Verdugo no se encontraba en comisión de servicios en el citado Ministerio, sino que ocupaba, como titular, el cargo de Director General Administrativo. Hasta aquí la explicación parece satisfactoria, pues puede suponerse que mi información era errónea, dado que ocupaba el cargo en la Cancillería en carácter de titular. Pero a continuación el señor Subcontralor dice que el señor Verdugo "conservaba la propiedad del empleo que tiene en la Contraloría General de la República, al amparo de lo que prevén los artículos 81, letra e), y 82, inciso 2°, de la ley 18.834".
Vuelvo a preguntar entonces: ¿Dónde está lo erróneo de mis denuncias? Porque si conservaba el empleo anterior, estaba en comisión de servicios, con un cargo directivo del organismo fiscalizado, y respecto de las visitadoras, continuaba siendo superior jerárquico.
Por más que se busque un resquicio legal para explicar esta situación, reitero que la expresión "al amparo" es muy sugestiva. Pregunto: ¿Es lógica esta situación?
Todavía más, el informe del señor Subcontralor nos dice que "actualmente el señor Verdugo sirve la plaza de embajador de primera categoría exterior en la Cancillería". Pregunto: ¿Y aún conserva la propiedad de su empleo en la Contraloría?
Entonces, señor Presidente, mi denuncia queda plenamente confirmada: las visitadoras eran inferiores jerárquicas del señor Verdugo, quien ahora, cosa más notable, es embajador. Por mucho que se busquen explicaciones reglamentarias, estamos ante una situación poco ética, por decir lo menos.
También se preguntaba "si el acto de gestión de contratar personas para funciones nominales o duplicadas, corresponde a una buena gestión, y que además se pronuncie sobre la forma cómo se controla la correcta inversión de estos fondos".
Esta interrogante se relacionaba con mi denuncia de la contratación de más de 20 personas, casi todas con remuneraciones de jefes superiores, en cargos nominales o duplicados.
A este respecto, es interesante dejar constancia de que el señor Contralor no niega los hechos, sino que se limita a decir "que se había tomado razón de los contratos a honorarios al amparo del artículo 10 de la ley 18.834". Adviértase, señor Presidente, que una vez más se utiliza esta sugestiva expresión "al amparo", lo que, insisto, es de por sí elocuente.
Acto seguido, se agrega que no compete a la Contraloría evaluar la conveniencia de estas contrataciones, desde el momento en que se trata de fondos reservados, lo que también constituye una respuesta muy elocuente, y, desde mi punto de vista, insatisfactoria porque no desvirtúa ningún cargo concreto.
También se solicitaba un pronunciamiento sobre si se había lesionado el derecho a la función de varios funcionarios de carrera de grado superior, quienes llevaban año y medio, y ahora tres, en fundones meramente nominales, en lo que se denomina "la huesera" en cualquier entidad o empresa donde legalmente no se pueda despedir a los afectados, esperando con esta medida una renuncia voluntaria. Esto es lo que en el Ministerio de Relaciones Exteriores se está realizando por razones absolutamente políticas. Se le decía al señor Contralor que en el informe de las visitadoras se calificaban las funciones de estas personas como de carácter cíclico, lo que es inaceptable si se tiene presente que lo cíclico no es permanente; se efectúa solamente durante los ciclos.
Lo más asombroso de esto, señor Presidente, es que a la Contraloría no le llame para nada la atención que a estas personas se les paga sus remuneraciones, incluyendo los períodos no comprendidos en los ciclos de trabajo. Es decir, se les paga sin causa, y no por culpa de ellas precisamente, sino porque arbitrariamente se les ha privado del derecho a la función.
Ahora, el señor Subcontralor nos dice que el derecho a la función es el que asiste al empleado legalmente investido de permanecer en el cargo en tanto no ocurra alguna causal de expiración de funciones, debiendo desempeñar labores propias del cargo para el que ha sido destinado.
Pero sucede que en la especie, señor Presidente, las personas que están en esta situación no desempeñan sino labores "cíclicas", al decir de las visitadoras, y estas labores cíclicas son meramente manuales, no requiriendo mayor esfuerzo intelectual. Reitero que se trata de funcionarios de grado superior, de vasta experiencia y preparación, con títulos profesionales y académicos.
Finalmente, el señor Contralor dice que la jurisprudencia de su organismo ha señalado que la destinación no puede afectar la posición jerárquica del funcionario, de manera que el servidor destinado debe quedar subordinado a otro de superior jerarquía o que desempeñe un cargo directivo.
Se agrega que los funcionarios en cuestión están todos subordinados al Director General Administrativo, grado 3 de la Escala Unica de Sueldos, con rango de embajador, con lo que se cumplen los requisitos exigidos por la ley. Pero lo que no dice es que el funcionario que actualmente ejerce el cargo de Director General Administrativo posee en propiedad el grado 5, desempeñando transitoriamente esta función, en circunstancias de que los afectados son todos grado 4; es decir, llegamos a un nuevo resquicio legal.
De todo lo expuesto se desprende, que las irregularidades, injusticias y persecuciones políticas denunciadas son efectivas. La Contraloría no las niega; por el contrario, las confirma y dice que se efectúan "al amparo" de disposiciones legales o reglamentarias, que es precisamente lo que constituye la esencia del resquicio legal. Nadie me podrá convencer de que la actitud de las autoridades que permiten estas situaciones no es absolutamente criticable y que no se compadece con las reiteradas declaraciones de ecuanimidad y buen servicio.
Solicito, señor Presidente, que se remita copia textual de esta intervención a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Relaciones Exteriores.
He dicho."
TRATAMIENTO DE PROBLEMAS FRONTERIZOS DE CHILE EN PLANES EDUCACIONALES. Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Hor vath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar una situación que se aprecia manifiestamente en los programas de educación, relativa a la falta de preparación del cuerpo de docentes de los distintos establecimientos del país, sobre problemas fronterizos históricos que ha tenido Chile desde que se ha ido constituyendo como territorio. Ello se traduce en su desconocimiento por parte de los alumnos. Este vacío de información se nota incluso en autoridades nacionales, en relación con la zona austral.
Es importante mencionar la situación que se vive, en virtud del Tratado de Paz y Amistad de 1984, en Laguna del Desierto, la cual, pese a que está pendiente un arbitraje sobre esa área, ha sido ocupada en forma ilegal por la gendarmería argentina. A veces se escuchan intervenciones de importantes autoridades o intelectuales de nuestro país, en las que señalan que, respecto del Campo de Hielo Patagónico Sur, sólo se está negociando un trozo de hielo, en circunstancias de que se trata de un área donde hay notables recursos turísticos, deportivos, mineros, hidroeléctricos y de agua propiamente tal que significarían, por lo bajo, un ingreso de 100 millones de dólares al año para las regiones de Aisén y Magallanes.
Por tales motivos, me permito solicitar que se oficie al señor Ministro de Educación para que analice la incorporación de estas materias en los planes de educación nacional, tanto básicas como media.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría y del señor Elizalde.
ESTUDIOS SOBRE RECURSOS NATURALES DE AISEN Y MAGALLANES (Undécima y Duodécima Regiones). Oficios.
El señor HORVATH.-
En segundo lugar, solicito que se oficie a los señores Ministros Director de la Oficina de Planificación Nacional y de Agricultura para que realicen estudios sobre los recursos naturales de Aisén y Magallanes; como asimismo, al señor Ministro de Defensa para que investiguen los recursos asociados a dichas áreas, aprovechando técnicas satelitales, como las cartas temáticas, que se pueden realizar con facilidad y a un muy bajo costo.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados, en su nombre y en el del señor Elizalde.
PETICION DE ANTECEDENTES SOBRE MUERTE DE ARRIEROS CHILENOS EN CHILE CHICO (Undécima Región). Oficios.
El señor HORVATH.-
En tercer lugar, solicito que el Ministerio de Justicia remita a la Cámara los antecedentes relativos a los resultados de la investigación del ministro en visita designado en el caso de la muerte de dos arrieros chilenos en Chile Chico.
Por informaciones extraoficiales de prensa, sabemos que tales antecedentes habrían demostrado que estas personas fueron ajusticiadas, hecho que tiene altas probabilidades de haber ocurrido en territorio chileno.
Además, recabo el envío de antecedentes relativos a la muerte del hermano de uno de estos arrieros, quien falleció en similares circunstancias, y al parecer, a manos de policías trasandinos, por lo que existiría un elemento adicional que investigar. En consecuencia, solicito que el Ministerio de Justicia y también la Cancillería incorporen los antecedentes relativos a ese hecho, ya que el autor de esta muerte, incluso habría sido ascendido por las autoridades del vecino país.
Señor Presidente, el Diputado Ramón Elizalde me ha solicitado una interrupción con cargo al tiempo de Renovación Nacional la que, con su venia, le concedo.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados, en su nombre y en el del señor Elizalde.
SOLUCION DEFINITIVA PARA EMPLEADOS MUNICIPALES NO ENCASILLADOS EN 1981. Oficio.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Con cargo al tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, quiero plantear dos situaciones muy puntuales.
La primera se refiere a solicitar al Ejecutivo que tenga a bien buscar una solución definitiva para los empleados municipales que no fueron encasillados en 1981. Se trata de buscar una fórmula que permita otorgar, por una sola vez, un monto determinado, fijado por ley, que ponga término a los diferentes juicios seguidos por los afectados y así finalice la tragedia de estos trabajadores que han perdido sus derechos previsionales.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
PETICION DE ANTECEDENTES SOBRE ENAJENACION DE TERRENOS DE POBLADORES DE CONCHALE (Región Metropolitana). Oficios.
El señor ELIZALDE.-
Además solicito que se recabe a la Municipalidad de Huechuraba y a la Contraloría General de la República la investigación de un hecho que me parece absolutamente grave.
En 1968, cuando no existían programas habitacionales, un grupo de personas adquirió un terreno en el cual se construyó una población llamada "Villa Conchalí". En dicho sector, se destinaron terrenos a equipamiento y áreas verdes, según un proyecto presentado, el cual la respectiva municipalidad manejó durante largos años. Sin embargo, en 1982, el alcalde de la Municipalidad de Conchalí de la época, don Fernando Alvarez, transfirió a un particular estos terrenos pertenecientes a los pobladores, sin conocimiento de los mismos y sin pagarles un centavo. Allí se han iniciado obras, por lo cual necesitamos saber si fueron vendidos, en qué momento, cómo se convino esta transacción, y por último, que la municipalidad mantenga su destino original y se impida cualquier tipo de construcción que no esté relacionada con áreas verdes.
He dicho.
El señor MELERO (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría.
Por haberse cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
Se levantó a las 14.10.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones