Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- II. - ASISTENCIA.
- III. - APERTURA SESION
- IV. - CUENTA
- ALCANCES SOBRE LA CUENTA.
- V. HOMENAJES
- HOMENAJE A LA COMUNA DE LOS LAGOS EN EL CENTENARIO DE SU CREACION.
- HOMENAJE : Carlos Caminondo Saez
- HOMENAJE : Mario Devaud Ojeda
- HOMENAJE A LA COMUNA DE MAIPU EN EL CENTENARIO DE SU CREACION.
- HOMENAJE : Angel Fantuzzi Hernandez
- HOMENAJE : Jose Miguel Ortiz Novoa
- HOMENAJE A LA COMUNA DE LOS LAGOS EN EL CENTENARIO DE SU CREACION.
- VI. ORDEN DEL DIA
- MODIFICACION DE NORMATIVA SOBRE PREMIOS NACIONALES. PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- RESTITUCION DE BIENES CONFISCADOS DURANTE LA ADMINISTRACION ANTERIOR. PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Gutenberg Martinez Ocamica
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Julio Rojos Astorga
- INTERVENCIÓN : Juan Martinez Sepulveda
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Carlos Hernan Bosselin Correa
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Jorge Schaulsohn Brodsky
- INTERVENCIÓN : Jorge Molina Valdivieso
- MODIFICACION DE NORMATIVA SOBRE PREMIOS NACIONALES. PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL.
- VII .PROYECTOS DE ACUERDO.
- DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO DE LA TUMBA DE DON VICENTE HUIDOBRO.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Eliana Caraball Martinez
- Sergio Velasco De La Cerda
- Carlos Dupre Silva
- Jose Maria Hurtado Ruiz Tagle
- Felipe Valenzuela Herrera
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Baldemar Carrasco Munoz
- Gustavo Alessandri Balmaceda
- Hugo Rodriguez Guerrero
- Sergio Romero Pizarro
- Jorge Ulloa Aguillon
- Julio Rojos Astorga
- Isidoro Toha Gonzalez
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Jaime Campos Quiroga
- Luis Le Blanc Valenzuela
- Victor Barrueto
- Victor Reyes Alvarado
- Hernan Rojo Avendano
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Sergio Velasco De La Cerda
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- SUSCRIPCION DE CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE SEGURIDAD EN USO DEL ASBESTO. OFICIO.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Vladislav Kuzmicic Calderon
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Federico Ringeling Hunger
- Juan Martinez Sepulveda
- Jorge Ulloa Aguillon
- Federico Mekis Martinez
- Carlos Eduardo Montes Cisternas
- Felipe Valenzuela Herrera
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Ramon Elizalde Hevia
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO DE LA TUMBA DE DON VICENTE HUIDOBRO.
- VIII. INCIDENTES.
- PROCEDENCIA DE CALIDAD DE HUESPED OTORGADA A ERICH HONECKER.
- HOMENAJE A LA COMUNA DE MAIPU CON MOTIVO DEL CENTENARIO DE SU FUNDACION.
- HOMENAJE : Carlos Dupre Silva
- DETENCION DE EJECUTIVOS DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL. OFICIOS.
- CONSTRUCCION DE UN EMBALSE EN EL VALLE DE PUTAENDO, QUINTA REGION. OFICIOS.
- INVESTIGACION DE IRREGULARIDADES EN EL SERVICIO DE CORREOS DE OLMUE Y LIMACHE, QUINTA REGION. OFICIOS.
- HOMENAJE A MONSEÑOR GUIDO RODRIGUEZ LETELIER, CON MOTIVO DE CUMPLIR 50 AÑOS DE SACERDOCIO.
- HOMENAJE : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- ANTECEDENTES SOBRE EXPORTACION DE ARMAS. OFICIO
- CUMPLIMIENTO DE NORMAS SANITARIAS EN CULTIVOS DE FRUTILLA. OFICIO.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
323a. LEGISLATURA
(EXTRAORDINARIA)
Sesión 34a., en martes 17 de diciembre de 1991.
(Ordinaria, de 11:00 a 14:14 horas)
Presidencia de los señores Viera-Gallo Quesney, don José Antonio; Cerda García, don Eduardo, y Coloma Correa, don Juan Antonio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
INDICE GENERAL DE LA SESION
I.SUMARIO DEL DEBATE
II.ASISTENCIA
III.TEXTO DEL DEBATE
IV.SUMARIO DE DOCUMENTOS
V.DOCUMENTOS DE LA CUENTA
I.SUMARIO DEL DEBATE.
1.Alcances sobre la Cuenta 3200
2.Homenaje a la comuna de Los Lagos en el centenario de su creación 3200
3.Homenaje a la comuna de Maipú en el centenario de su creación 3202
ORDEN DEL DIA.
4.Modificación de normativa sobre premios nacionales. Primer trámite constitucional 3204
5.Restitución de bienes confiscados durante la administración anterior. Primer trámite constitucional 3205
PROYECTOS DE ACUERDO.
6.Declaración de monumento histórico de la tumba de don Vicente Huidobro. 3230
7.Suscripción de convenio internacional sobre seguridad en uso del asbesto.Oficio 3233
INCIDENTES.
8.Procedencia de calidad de huésped otorgada a Erich Honecker 3236
9.Homenaje a la comuna de Maipú con motivo del centenario de su fundación. 3237
10 Detención de ejecutivos del Instituto de Normalización Previsional. Oficios. 3238
11.Construcción de un embalse en el valle de Putaendo, Quinta Región. Oficios. 3240
12.Investigación de irregularidades en el Servicio de Correos de Olmué y Limache, Quinta Región. Oficios 3241
13.Homenaje a Monseñor Guido Rodríguez Letelier, con motivo de cumplir 50 años de sacerdocio 3241
14.Antecedentes sobre exportación de armas. Oficio 3242
15.Cumplimiento de normas sanitarias en cultivos de frutilla. Oficio 3243
II.- ASISTENCIA.
Asistieron los siguientes señores Diputados: (101)
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Meló, Sergio
--Alamos Vásquez, Hugo
--Alessandri Balmaceda, Gustavo
--Arancibia Calderón, Armando
--Bartolucci Johnston, Francisco
--Bayo Veloso, Francisco
--Bombal Otaegui, Carlos
--Bosselin Correa, Hernán
--Caminondo Sáez, Carlos
--Campos Quiroga, Jaime
--Cantero Ojeda, Carlos
--Caraball Martínez, Eliana
--Cardemil Alfaro, Gustavo
--Cerda García, Eduardo
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Concha Urbina, Juan
--Cornejo González, Aldo
--Correa De la Cerda, Sergio
--Chadwick Piñera, Andrés
--Devaud Ojeda, Mario
--Dupré Silva, Carlos
--Elgueta Barrientes, Sergio
--Elizalde Hevia, Ramón
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Estévez Valencia, Jaime
--Fantuzzi Hernández, Angel
--Faulbaum Mayorga, Dionisio
--Gajardo Chacón, Rubén
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René
--García Ruminot, José
--Guzmán Alvarez, Pedro
--Hamuy Berr, Mario
--Horvath Kiss, Antonio
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Huepe García, Claudio
--Hurtado Ruiz-Tagle, José María
--Jara Wolff, Octavio
--Jeame Barrueto, Víctor
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Latorre Carmona, Juan Carlos
--Le blanc Valenzuela, Luis
--Letelier Montes, Pablo
--Longton Guerrero, Arturo
--Longueira Montes, Pablo
--Maluenda Campos, María
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Martínez Sepúlveda, Juan
--Masferrer Pellizzari, Juan
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Mekis Martínez, Federico
--Molina Valdivieso, Jorge
--Montes Cisternas, Carlos
--Morales Adriasola, Jorge
--Munizaga Rodríguez, Eugenio
--Muñoz Dalbora, Adriana
--Navarrete Carvacho, Luis
--Ojeda Uribe, Sergio
--Orpis Bouchón, Jaime
--Ortiz Novoa, José Miguel
--Palestro Rojas, Mario
--Seguel Molina, Rodolfo
--Smok Ubeda, Carlos
--Sota Barros, Vicente
--Sotomayor Mardones, Andrés
--Taladriz García, Enrique
--Tohá González, Isidoro
--Ulloa Aguillón, Jorge
--Urrutia Avila, Raúl
--Valcarce Medina, Carlos
--Valenzuela Herrera, Felipe
--Velasco De la Cerda, Sergio
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Vilches Guzmán, Carlos
--Vilicic Kamincic, Milenko
--Villouta Concha, Edmundo
--Yunge Bustamante, Guillermo
Con permiso constitucional, estuvieron ausentes los Diputados señores Jaime Naranjo Ortiz; Víctor Pérez Varela; Carlos Recondo Lavanderas, y Akin Soto Morales.
Asistió, además, el señor Ministro de Bienes Nacionales, don Luis Alvarado.
III.- APERTURA SESION
Se abrió la sesión a las 11 horas.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
IV.- CUENTA
Se va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario) da cuenta de los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
ALCANCES SOBRE LA CUENTA.
El señor SOTA.-
Sobre la Cuenta, pido la palabra, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor SOTA.-
Señor Presidente, cuando se discutió la Ley de Presupuestos, pedí que se oficiara al señor Ministro de Defensa Nacional para que nos enviara antecedentes sobre las fábricas militares Famae, Enaer y Asmar.
Como el señor Secretario no ha dado cuenta de que se haya recibido respuesta, solicito que se insista ante el señor Ministro para que nos haga llegar esos antecedentes a la brevedad, especialmente ahora con motivo de la exportación fraudulenta de armas.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Así se hará.
El señor ESPINA.-
Sobre la Cuenta, pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, en la Cuenta se hace mención de una comunicación por la que se invita a la Corporación a formar parte de una Comisión de Diputados y Senadores con la finalidad de estudiar y acordar normas que interpreten y complementen las disposiciones constitucionales y legales aplicables a las Comisiones Mixtas. Al respecto, quisiera saber qué medidas ha adoptado la Mesa sobre esa materia.
Enseguida, consulto si se va a citar a reunión de Comités para fijar la Tabla de los últimos dos o tres días.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Como se había citado a reunión para esta mañana a las 10 y no fue posible llevarla a efecto, se citará a las 15:15, oportunidad en que se va a tratar este tema. En todo caso, informo a los señores parlamentarios que esta tarde se celebrará sesión especial, de 18:00 a 21:00 horas, con el objeto de tratar varios proyectos.
V.HOMENAJES
HOMENAJE A LA COMUNA DE LOS LAGOS EN EL CENTENARIO DE SU CREACION.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde rendir homenaje a la comuna de Los Lagos.
Tiene la palabra el Diputado señor Caminondo.
El señor CAMINONDO (de pie).-
Señor Presidente y distinguidos colegas, en esta feliz ocasión, desde la sede del Poder Legislativo he querido usar de la palabra como parlamentario y representante del Distrito 54, con el objeto de rendir homenaje a la comuna de Los Lagos, zona enclavada en el sur de nuestro Chile, cuna y abrigo de razas cuyos descendientes han sido fieles y celosos guardianes de la tradición de nuestra chilenidad.
He querido poner de relieve su belleza y su historia cuando se apresta a conmemorar, el próximo 22 del presente mes, los cien años de su creación. ¡Un siglo de progreso y desarrollo!
Dotada de incomparables bellezas naturales, su gente realiza importantes actividades, las principales de las cuales son la ganadería, la lechería, la agricultura, el comercio y la explotación forestal, todas las que se desarrollan armónicamente en sus 1.860 kilómetros cuadrados, que albergan una población de 20 mil habitantes, el 70 por ciento de los cuales laboran en el sector rural.
Para conocer la historia centenaria de Los Lagos, invito a un sintetizado viaje retrospectivo en el tiempo, para llegar a 1891 cuando se crea la comuna con el nombre de "Municipalidad de Quinchilca".
Primitivamente, la otrora aldea perteneciente al Departamento de Valdivia estuvo habitada por huilliches, y su primera población la conformaron 469 habitantes. A la llegada de los españoles, se levantó una iglesia, una estafeta y se cultivaron los alrededores. En 1581, por instrucciones del Gobernador Ruiz de Gamboa, se construyó un fuerte, fortificación que se reedificó en 1676. Más tarde, se estableció en el territorio la misión de Nuestra Señora del Pilar, la que quedó poblada en 1779, dando origen al actual distrito jurisdiccional.
La comuna de Los Lagos, junto con las de San José de la Mariquina, Corral y Toltén, fue creada en 1891 con el nombre de "Municipalidad de Quinchilca". Esta denominación cambió luego a la de "CalleCalle" mediante decreto leído en sesión municipal, el 15 de junio de 1894, en el cual se estableció que el territorio número 177 del departamento de Valdivia llevaría el nombre de Calle-Calle, "por no existir población que mereciera llamarse Quinchilca". Nuevamente cambió de nombre y hasta 1927 se llamó Collilelfu; en 1929 se la denominó "Nueva Collilelfu", a partir de 1930 hasta nuestros días, Los Lagos, nombre dado por la gran hermosura de los paisajes naturales que la rodean.
Se comenta que el nombre Los Lagos deriva del ferrocarril, debido a que por la contracción de un túnel, éste sólo llegaba hasta la estación. Sin embargo, los turistas que frecuentaban la zona, decían que se dirigían a "Los Lagos", ya que desde ese lugar accedían a la mayor parte de los lagos circundantes del sur chileno.
Hoy, a un siglo de su creación, sus habitantes esperan confiados en el porvenir de este Chile en democracia, pues tienen la certeza de que la comuna y la región representan instancias fundamentales de participación ciudadana y de desconcentración del poder.
Estoy seguro de que el desarrollo económico y el bienestar social necesitan, como requisito indispensable para la paz y la tranquilidad de la población, de beneficios que los habitantes de Los Lagos desean que se afinquen cada día más.
Mi intención ha sido rendir un sencillo homenaje a la mujer, al hombre, al anciano, al joven y al niño de Los Lagos, al cumplirse cien años de su creación. Habitantes sencillos, humildes y vigorosos que, desde siempre, han sabido ganarse el reconocimiento de sus connacionales por su laboriosidad y deseos de progreso, dones que caracterizan a la gran mayoría de los pueblos del esforzado sur de Chile.
No es casualidad que hoy levante mi voz para rendir un sencillo homenaje a la pujante comuna de Los Lagos, porque a pesar de las inclemencias de la naturaleza con que es permanentemente azotada, posee el calor humano propio de todos los habitantes de este Chile querido, y una voluntad que les hace estar siempre de pie, para aportar lo mejor de sí y lograr en esta forma el engrandecimiento de la patria.
Concluyo expresando mi agradecimiento por vuestra paciencia y el respeto con que me habéis escuchado. Con ello
queda una vez más de manifiesto que en este Hemiciclo donde analizamos, discutimos y creamos la ley, tenemos tiempo para destacar todo cuanto signifique el reconocimiento de nuestros valores y tradiciones patrias.
He dicho.
Aplausos.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Devaud.
El señor DEVAUD (de pie).-
Señor Presidente y Honorable Cámara, el 22 de diciembre de 1991, la ciudad de Los Lagos, emplazada en el corazón de la provincia de Valdivia, cumple cien años de vida.
El 4 de noviembre de 1885, por decreto supremo firmado por el Presidente don Federico Santa María y el Ministro del Interior, don José Ignacio Vergara, el departamento de Valdivia se dividió en doce subdelegaciones y cinco distritos.
El 22 de diciembre de 1891, bajo la presidencia de don Jorge Montt, se creó la Municipalidad de Quinchilca, cuyo territorio jurisdiccional comprendió tres de las 12 subdelegaciones en que se dividió el departamento de Valdivia: CalleCalle, Quinchilca y Macó, y los distritos de Huellelhue, Calle-Calle, Antilhue, Quinchilca, Riñihue, Maihue, Junco y Huillinco.
Hace cien años, nuestra Patria intentaba restañar las recientes heridas motivadas por la Guerra Civil, cuyos últimos capítulos se escribieron el 28 de agosto, con la derrota de las fuerzas gobiernistas y la inmolación de sus jefes, los generales leales don José Miguel Alcérreca y don Orozimbo Barbosa, y el 19 de septiembre, con el suicidio en la legación argentina del Presidente de la República, don José Manuel Balmaceda Fernández.
Una de las primeras medidas del gobierno que sucedió al de Balmaceda fue la división administrativa del país, dictándose, al efecto, el 22 de diciembre de 1891, la Ley de Municipalidades, cuyo decreto de ejecución es de la misma fecha y divide la totalidad del territorio nacional en municipalidades.
Los Lagos escogió como el día de su conmemoración aquel en que se dictó la ley que crea la Municipalidad de Quinchilca, y lo hizo con propiedad y razón.
Hace 100 años, Quinchilca era un poderoso centro agrícola en el corazón de la provincia de Valdivia, y la ley de 22 de diciembre de 1891 no hizo otra cosa que reconocer el empuje y esfuerzo de sus habitantes, dotándola de un medio jurídico de administración; esto es, la municipalidad.
Por decreto N2 8.582, de 30 de diciembre de 1927, se fijaron sus deslindes o límites comunales: al norte, el río Calle-Calle o San Pedro, desde la Peña del Diablo hasta su origen en la laguna Riñihue; la laguna Riñihue, desde el origen del río San Pedro hasta la desembocadura del río Choshuenco. Así, esta comuna limitaba con la República Argentina.
La comuna de Los Lagos es una de las zonas más hermosas de Chile. Sin embargo, la posterior creación de las comunas de Paillaco y Futrono, que recién se empinan por sobre los cincuenta años, ha significado una importante reducción de su territorio original.
Pese a ello, esta es una ciudad de grandes potencialidades, como lo fue cuando se incorporó al progreso por medio de la construcción de la vía férrea, a principios de este siglo y hoy, que accede con singular facilidad a la carretera central.
Los Lagos es una ciudad con futuro. Es un notable centro agrícola y ganadero, y será especialmente próspera cuando la industria forestal y maderera, que la empieza a circundar, comience a dar sus frutos en el impulso progresista de aquella ciudad.
En su centenario, he pedido la palabra para rendir este breve pero sentido homenaje a la predilecta ciudad de Los Lagos.
He dicho.
Aplausos.
HOMENAJE A LA COMUNA DE MAIPU EN EL CENTENARIO DE SU CREACION.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde rendir homenaje a la comuna de Maipú.
Tiene la palabra el Diputado señor Fantuzzi.
El señor FANTUZZI (de pie).-
Señor Presidente, Honorable Cámara:
En el día de hoy he solicitado estos breves minutos para rendir homenaje a la comuna de Maipú, con motivo de la celebración del centenario de la creación de su municipalidad, por decreto N° 68, de 1891, a la que junto con Cerrillos y Estación Central, represento como Diputado en esta Honorable Cámara.
Las primeras noticias que se tienen acerca de lo que ahora se conoce como la comuna de Maipú se remontan a fines del siglo XVD, cuando sus tierras se denominaban "El Llano del Maipo" y pertenecían a la familia Gutiérrez de Espejo.
Se relata que en esa época parte de la ruta que se utilizaba para ir del centro de la ciudad de Santiago hacia Melipilla era el "Camino de los Pajaritos", actual avenida Ramón Freire, que en ese entonces partía dese el actual Zanjón de la Aguada, pasando por las modestas casas de Lo Espejo, lugar que luego que se convertiría en Maipú.
En esos años el Llano del Maipo era una planicie ondulada de veinte mil cuadras, sin un árbol, sin una tapia, sin un solo punto de mira, y los caminos no consistían sino en estrechos senderos trasados por la huella de algunos caballos y carretas.
En su año de creación, la comuna de Maipú se componía de cerca de 50 fundos, cuyos nombres han servido para bautizar diversos sectores poblacionales y villas de la comuna, como Cerrillos, Santa Adela, Mirador, Las Rejas, Los Pajaritos, Rinconada, La Farfana, Noviciado, etcétera.
No cabe duda de que hoy el nombre del Maipú está lleno de evocaciones históricas y nadie puede dejar de asociarlo a la gesta que se libró en esas tierras, el 5 de abril de 1818, donde, entre muchos otros, cayó el primer mártir de Maipú y héroe nacional, el Coronel de Caballería don Santiago Bueras A.
La batalla librada en esas tierras tuvo el gran mérito de ser ganada por un ejército derrotado sólo 15 días antes y, además, inferior en número. Ejemplo singular en la historia militar.
A través de todos estos años, pese al enorme aumento de su población, Maipú ha mantenido su ambiente de pueblo de provincia, una de las pocas cosas que ha perdurado.
Su atmósfera apasible y aire limpio han atraído a muchas familias a vivir en sus tierras.
Cinco presidentes de Chile gozaron de la tranquilidad de nuestra comuna: Federico Errázuriz Zañartu, Federico Errázuriz Echaurren, José Joaquín Pérez, Domingo Santa María y Germán Riesco.
A partir de 1891 comenzó una nueva vida. El primer alcalde, don Agustín Liona se entregó a la tarea de sacudir el letargo de lo que entonces era un villorrio.
Notables alcaldes han pasado por la casa consistorial, dejando huellas imborrables de laboriosidad y cariño entrañable por esta tierra, al igual que los señores regidores, los que sin distinción de colores políticos, demostraron en todo tiempo su eficiencia y amor en la labor que el electorado les asignó.
Entre el pasado y el presente se alza la figura de José Luis Infante Larraín, con más de 25 años como alcalde, en varios períodos. Ejemplo de servicio público, sin' cansancio en su anhelo de servir, de incrementar el desarrollo social, económico y cultural de los vecinos; de dar impulso a la creación de industrias, que ya cubren grandes sectores de la comuna; de dar auge al Parque Cerrillos, de aumentar la edificación de nuevas villas.
José Luis Infante, de un villorrio ha levantado una ciudad. Su mejor elogio son los períodos en que el pueblo le ha entregado la conducción del municipio. Su paso por él nos llena de orgullo.
El Maipú actual no es el que conocimos hace años. Su población ha aumentado hasta llegar hoy a más de 300 mil habitantes. Se le ha denominado "ciudad dormitorio", debido a que un importante número de sus habitantes trabaja o estudia en la capital o sus alrededores. En los días festivos sus calles se ven repletas de gente que visita el Templo Votivo, monumento histórico y religioso que es todo un símbolo, no sólo para Maipú, sino para Chile entero, a cuyos rectores, el Padre Joaquín Alliende y Raúl Feres, aprovecho de rendirles en esta ocasión un sentido homenaje por su entusiasta trabajo y dedicación a esta hermosa obra.
Son muchas las personas e instituciones que han ayudado a forjar nuestra comuna y son muchas más las que hoy trabajan abnegadamente al servicio de sus habitantes. Por razones de tiempo me es imposible nombrarlos a todos, como hubiese sido mi deseo.
Sólo formulo votos para que el desarrollo de Maipú y de todos y cada uno de sus habitantes sea cada día más efectivo, lo que se logra con la ayuda de los propios vecinos, sus autoridades y dirigentes, a los que sumo mi modesto aporte como orgulloso representante de esta pujante e histórica ciudad de Maipú.
He dicho.
Aplausos
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, el Diputado señor Carlos Dupré solicitó, en nombre de nuestra bancada, participar en el homenaje a la comuna de Maipú, pero por motivo de fuerza mayor no alcanzó a llegar hasta lá Sala, razón por la cual lo hará en la hora de Incidentes.
VI.ORDEN DEL DIA
MODIFICACION DE NORMATIVA SOBRE PREMIOS NACIONALES. PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para despachar, en primer lugar, el proyecto que legisla sobre premios nacionales.
Esta iniciativa no ha sido objeto de ninguna indicación renovada y sólo han sufrido modificaciones los artículos 20 y 21, por lo cual se puede despachar con extrema rapidez y facilidad.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 286-04 y figura en el número 4 de los documentos de la Cuenta de la sesión 31a., celebrada en 10 de diciembre de 1991.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En consecuencia, se declaran aprobados los artículos l°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29.
Si le parece a la Sala, no se votarían las indicaciones no renovadas.
Acordado.
En discusión el artículo 20, que establece los premios y el 21, que dispone que este galardón no constituye renta para los efectos legales.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 20.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
En votación el artículo 21.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
RESTITUCION DE BIENES CONFISCADOS DURANTE LA ADMINISTRACION ANTERIOR. PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que dispone la restitución o indemnización por bienes confiscados y adquiridos por el Estado, a través de los decretos ley N°. 77, de 1973; 1.697, de 1977; 12 y 133, de 1973, y 2.346, de 1978.
Diputado informante de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente es el señor Gutenberg Martínez.
El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 378-12, y figura en el número 9 de los documentos de la Cuenta de la sesión 5a., celebrada en 2 de octubre de 1991.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se encuentra presente en la Sala el Ministro de Bienes Nacionales, don Luis Alvarado. Tiene la palabra el Diputado informante.
El señor MARTINEZ (don Gutenberg).-
Señor Presidente, me corresponde informar un proyecto de ley que dispone la restitución o indemnización por bienes confiscados y adquiridos por el Estado, a través de los decretos leyes N°. 77, de 1973; 1.697, de 1977; 12 y 133, de 1973 y 2.346, de 1978, y tiene su origen en un Mensaje del Supremo Gobierno.
El Gobierno anterior, a través de los decretos leyes referidos o haciendo mención de éstos y mediante actos cuya naturaleza jurídica y constitucionalidad se analizará más adelante, procedió a despojar de sus bienes a los partidos políticos y personas jurídicas y naturales que en ellos se señalan.
Así, el decreto ley N° 77, declaró asociaciones ilícitas y disolvió los partidos políticos, entidades, agrupaciones, facciones o movimientos que sustentaran la doctrina marxista, o que por sus fines o la conducta de sus adherentes, fueran sustancialmente coincidentes con los principios y objetivos de dicha doctrina.
Posteriormente, el decreto ley N°1.697, señaló que sin perjuicio de lo dispuesto en el decreto ley N° 77, se declaraban disueltos los partidos políticos y entidades, agrupaciones, facciones o movimientos de carácter político no comprendidos en dicho cuerpo legal.
En el caso de la disolución prevista por el decreto ley N° 77, se dispuso que los bienes pasarían al dominio del Estado y que la Junta de Gobierno los destinaría a los fines que estimara convenientes. En cambio, en las disoluciones originadas por el decreto ley N° 1.697, se expresó que los bienes seguirían el destino que hubiesen establecido los estatutos para el caso de su disolución, y que si ello no se hubiese previsto, pasarían a propiedad del Fisco.
Estas no fueron todas las confiscaciones. A su vez, por diversos actos de autoridad, se privó de sus bienes a federaciones, confederaciones y a la Central Unica de Trabajadores de sus legítimos derechos sobre sus sedes sociales y otros inmuebles. Como si esto fuera poco, hubo otros actos discrecionales de la autoridad que, fundados o no en los decretos leyes señalados, procedieron a confiscar bienes y a afectar el patrimonio de partidos y personas naturales o jurídicas.
En todas estas acciones del Gobierno pasado hay involucrados conceptos e instituciones jurídicas de gran relevancia que conviene analizar, para perfilar, en debida forma, la aberración que el proyecto de ley que informo procura corregir
Desde luego, lo que dice relación con el derecho de asociación. Este ya se encontraba consagrado como garantía constitucional en el número 5 del artículo 10; de la Carta de 1925, la que fue precisada en el artículo 9° de mismo texto, mediante la reforma constitucional de la ley N° 17.398, de 1971, que le dio a los partidos políticos el rango de personas jurídicas de derecho público. Esta garantía constitucional fue confirmada en el número 152, del artículo 19, de la Constitución del 80.
Los partidos políticos afectados, por lo tanto, no eran "asociaciones ilícitas" como lo sostenía el artículo 22 del decreto ley N° 77, sino agrupaciones con reconocimiento constitucional y con una forma jurídica muy definida, esto es: "personas jurídicas de derecho público".
Lo establecido por el artículo 22 del decreto ley N° 77, podría interpretarse como un error de los legisladores de facto en tomo de la naturaleza jurídica de las personas de derecho público, al no comprender los mecanismos por los que adquieren dicha personalidad y, por consiguiente, la forma en que se extingue. Pero más parece que se trató de una aberración jurídica, por la que esos legisladores pretendieron, a través de una norma de rango inferior y dotados de facultades legislativas de hecho, arrasar con lo establecido en la Carta Fundamental de 1925.
Con esto, se pasó a llevar la jerarquía normativa que informaba nuestro sistema jurídico-constitucional y se traicionó la voluntad política que guió al constituyente, a conferir la calidad de persona jurídica de derecho público a los partidos políticos.
Los objetivos de dicha reforma constitucional son bien conocidos, por lo que no es necesario detallarlos a mis colegas, pero es claro que una adecuada concepción de la democracia supone reconocer el "status" debido al rol de los partidos políticos, entendidos éstos como parte esencial del sistema democrático. En lo relativo a este proyecto, es evidente que con dichas reformas se pretendió, principalmente, ampararlos ante la eventual arbitrariedad del gobierno de tumo, que atacara a los adversarios mediante la privación de sus bienes o la disolución de sus estructuras jurídicas.
Precisamente, esto, es lo que ocurrió mediante los decretos leyes mencionados. De ahí la contradicción de algunos sectores políticos que primero favorecieron la reforma constitucional amparadora de los partidos, y luego aprobaron estas arbitrariedades que los disolvieron, para lo cual afirmaron cuestiones tan descabelladas como la calidad de asociación ilícita de algunos de ellos.
Cabe destacar, también, a título de aberración jurídica, que el gobierno anterior, en el decreto ley N° 1.697, dispuso la disolución de los partidos políticos, no obstante que en el artículo 7a transitorio del Acta Constitucional N° 3 y en el artículo 62 del propio decreto ley N° 1.697, sólo se estableció la suspensión de la vigencia del artículo 9° de la Constitución de 1925, que reconocía a los partidos políticos. La lógica indica que no podían disolverse los partidos cuya garantía constitucional de existencia estaba meramente suspendida y no derogada.
No menos importante es reflexionar respecto del derecho de propiedad o de dominio, definido en nuestro Código Civil como "el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno.". El concepto fue actualizado por nuestra doctrina, entendiendo que también se ejerce respecto de las cosas incorporales.
Todos los bienes, sean corporales, es decir, susceptibles de ser percibidos por los sentidos, o incorporales, pueden ser objeto del derecho de propiedad. Por eso,' el artículo 583 del Código Civil señala: "Sobre las cosas incorporales hay también una especie de propiedad". No se trata de un derecho del dominio distinto, como confusamente han entendido algunos, sino del que se ejerce de forma diversa por la propia naturaleza de su objeto, esto es, cosas inmateriales, no percibidas por los sentidos.
Por lo tanto, hay propiedad respecto de las cosas incorporales, sean derechos reales, como los que se ejercen respecto de una cosa, por ejemplo, el usufructo, o derechos personales, los que se ejercen en relación a una persona, aunque debe admitirse que en este último caso se da una discusión aún vigente.
La Carta Fundamental de 1925 consagraba "el derecho de propiedad en sus diversas especies" en el N° 10) del artículo 10, y garantizaba: "Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador.".
La Constitución de 1980, de igual forma, lo contempló en el N° 24a de su artículo 19.
A pesar de las garantías constitucionales vigentes en la época, también incorporadas en la Constitución de factura del mismo Gobierno, se privó de su propiedad a los partidos políticos.
Los actos administrativos emanados de los decretos leyes señalados podrían concebirse como confiscaciones, pero el análisis jurídico de dicha institución lleva a rechazar tal interpretación.
La confiscación es una sanción de carácter penal, consistente en despojar de sus bienes a quien incurre en el delito sancionado por ella; pero a la fecha de dictación de los decretos leyes analizados no constituía delito formar parte de un partido político, de una federación, confederación o demás personas jurídicas señaladas.
Luego, se vulneraría el principio de reserva o legalidad en materia penal si se hubiere intentado tipificar esas conductas y sancionar a quienes hubieren incurrido en ellas antes de su dictación, como lo pretendió el artículo 3a del decreto ley N°1.697.
Se habría requerido, además, el establecimiento de la conducta típica, la participación punible en un debido proceso y, finalmente, la sentencia condenatoria para cada caso, pronunciada por un tribunal de justicia instalado previamente, con la posibilidad de ejercer recursos procesales en contra de dicha sentencia.
Nada de esto se dio. Por eso, el análisis jurídico concluye en el rechazo a aceptar estas arbitrariedades como confiscaciones ajustadas a derecho.
Por lo demás, la institución de la confiscación fue abandonada por los pueblos civilizados que coincidieron en calificarla de "pena injusta, bárbara y antipolítica", al decir del jurista español Joaquín Escriche. Chile fue justamente señalado por el jurista como "un pueblo de ilustrada humanidad", que ya en el artículo 145 de su Carta Fundamental de 1833, la abolía, para ejemplo de los otros países.
Tampoco es aceptable sostener el carácter expropiatorio de los actos administrativos a través de los cuales el gobierno
anterior dispuso de los bienes de los afectados.
Como dice Sánchez Viamonte, "Del mismo modo que la confiscación fue el arma de apariencia jurídica que utilizó el despotismo para perseguir y escarmentar rebeldías opositarías o para satisfacer la codicia y el espíritu de rapiña de gobernantes absolutistas, la expropiación por causa o con fines de utilidad pública fue el reconocimiento de la primacía del interés social legítimo sobre el interés particular, asignando a la propiedad una función social de primera necesidad.".
Pero la expropiación requiere de una ley que califique previamente la utilidad pública o el interés social o nacional de los bienes con derecho a ser expropiados y una acción o recurso establecido en favor del expropiado para discutir judicialmente la cuantía de la indemnización, como lo establecía el inciso séptimo del N° 10) del artículo 10 de la Carta Fundamental de 1925, e incluso el previo pago total de la indemnización, como lo consagró definitivamente la Constitución de 1980, en el inciso quinto del N° 24° de su artículo 19.
Nada de esto se dio. No se previó ni se dispuso la indemnización del valor de los bienes de que se privó. No existió ley expropiatoria habilitante de tales actos, ni hubo calificación legislativa de la utilidad pública o interés social en la destinación de los bienes, ni se respetaron otras garantías que deben rodear a la expropiación.
En conclusión, los actos de privación patrimonial forzosa dispuestos por el gobierno anterior a través de los decretos leyes comentados constituyeron actos arbitrarios de despojo a los partidos políticos, personas naturales y jurídicas, realizados contra el imperio de las garantías constitucionales del derecho de asociación, del derecho de propiedad, de la legalidad penal sustantiva y de las garantías procesales mínimas, todas actualmente consagradas en la Constitución de factura de ese mismo Gobierno.
Ante esta situación descrita y analizada, el Gobierno ha querido reparar a los afectados, ya sea a través de la restitución de sus bienes o indemnizando a los perjudicados en el caso de que ello no resultare posible.
Justamente, el objetivo central del proyecto que se informa es "establecer normas en beneficio de partidos políticos, personas jurídicas y naturales en su caso, que fueron afectados en su patrimonio", por los decretos leyes o por actos supuestamente fundados en ellos.
En el Mensaje se señala que mediante el proyecto, materia del presente informe, "se pretende dar íntegra aplicación a lo dispuesto en la Constitución Política de la República, en orden a reconocer la plenitud del ejercicio de los derechos ciudadanos, dentro de un marco de respeto a los principios básicos del régimen democrático y constitucional, entre los que cabe destacar el derecho de asociarse sin permiso previo y el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales.".
Las ideas matrices del proyecto se encuentran contenidas en el informe que los colegas tienen en su poder, razón por la cual sólo daré a conocer, sucintamente, los aspectos sustanciales de éste.
De acuerdo con lo anteriormente señalado, se dispone la restitución de los bienes apropiados, o su indemnización para los casos en que los bienes hubieren sido enajenados por el Fisco, o no fuere posible su devolución por la destrucción u otra circunstancia, legal o material, que impida la restitución; como asimismo en los casos en que el Fisco decida mantener en su patrimonio algún bien, por encontrarse adscrito al uso de la administración del Estado y por ser esencial para su buen funcionamiento.
En cuanto a los partidos políticos, se establece que los que pretendan derechos sobre el patrimonio de un partido disuelto, deberán recurrir ante el Director del Servicio Electoral para que éste los reconozca como sucesores, fijándose un plazo para ejercer este derecho, de 90 días desde la entrada en vigencia de la ley.
Si existiesen dos o más solicitudes de reconocimiento de la calidad de sucesor, el Director del Servicio Electoral deberá resolver, considerando exclusivamente el número de parlamentarios en ejercicio del partido político disuelto al año 1973, que se encuentran afiliados al partido requirente a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
En contra de la resolución del Director podrá reclamar el partido requirente y él o los oponentes, en su caso, ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
Cuando corresponda la indemnización por la no restitución de los bienes, su valor será fijado por una comisión formada por un representante del reclamante, tres peritos miembros de la lista respectiva conformada según la ley sobre procedimiento de expropiaciones y un representante del Ministerio del Interior. El valor comercial de los bienes se determinará en unidades de fomento, el que se pagará en tres cuotas iguales y sucesivas, disponiéndose que las respectivas leyes de Presupuestos de la Nación deberán contemplar los fondos necesarios para estos efectos.
Para el caso de las organizaciones sindicales legalmente constituidas o sus sucesores que hubiesen sido afectadas en su patrimonio, se establece el derecho de una indemnización, el cual deberá ejercerse dentro del plazo de seis meses contado desde la entrada en vigencia de la ley. La solicitud deberá hacerse ante el Ministerio de Bienes Nacionales, el que requerirá un pronunciamiento a la Dirección del Trabajo acerca de si la organización sindical reclamante es la sucesora de la original que fue afectada en su patrimonio.
Después de dicho pronunciamiento, el Ministerio de Bienes Nacionales procederá a calificar si el patrimonio indicado en la solicitud de indemnización pertenece o no a la entidad afectada. En el caso de que la indemnización procediere, ésta será fijada por la comisión mencionada anteriormente.
Debo destacar que en la Comisión que estudió esta materia, varios Diputados plantearon la necesidad de contemplar el lucro cesante en la indemnización a que tendrían derecho las entidades perjudicadas, institución que es parte de nuestro sistema legal. Sin embargo, se vieron imposibilitados de formular indicación por corresponder a una materia de exclusiva iniciativa del Presidente de la República.
En conformidad con lo dispuesto en los artículos 84, inciso final, y 63, inciso segundo, ambos de la Constitución Política de la República, hago presente a la Honorable Cámara que algunos artículos del proyecto que acabo de informar han sido calificados como materia de ley orgánica constitucional, por lo que requieren para su aprobación de un quorum especial. Los artículos en cuestión son los números 3a, 4a, 5a, 6a, 18, permanentes, y Ia transitorio.
Asimismo, doy a conocer que, conforme lo exigen las normas constitucionales y reglamentarias, los artículos del proyecto que debe informar la Comisión de Hacienda son los siguientes: Ia, 7a, 8a, 9a, 10, 11, 12 y artículo 2a transitorio, sobre ítem imputable.
El proyecto de ley presentado por Su Excelencia el Presidente de la República se inserta dentro del compromiso que él y el Supremo Gobierno adquirieron con el país, en el sentido de impulsar la reconciliación entre los chilenos. Este, que ha sido un llamado permanente de las iglesias chilenas, debiera ser entendido por los colegas Diputados como una necesidad imperiosa que no sólo se declara en los discursos sino que se manifiesta en hechos concretos, y en nuestro caso particular, al legislar.
La reconciliación significa reconocer las ofensas de diversa índole que se dieron durante el régimen pasado, identificar a las personas afectadas y luego reconocer los derechos conculcados.
Este derecho a la propiedad, que corresponde tanto al particular como al empresario y a las personas jurídicas por igual, es el que se vio conculcado mediante los decretos leyes reiteradamente aludidos. Los afectados fueron precisamente personas naturales, personas jurídicas y especialmente personas jurídicas de derecho público. Ya han sido identificados o lo serán mediante el procedimiento establecido.
A nuestro juicio, este proyecto implica una definición por parte de los colegas parlamentarios que es de suyo importante y que consiste en determinar si el respeto al derecho de propiedad es una cuestión de fondo, o si dicho respeto esta sujeto a consideraciones relativas a quienes son los propietarios, a la realidad u oportunidad del pronunciamiento o a calificaciones propiamente políticas.
Señor Presidente, cuando los derechos se limitan o suspenden por cualquier consideración no jurídica se atenta contra las bases del estado de derecho. Dicho de otro modo y con toda claridad, quien reconoce el derecho de propiedad sólo para algunos, tendrá que reconocer que, con ese juicio, está legitimando plenamente que para otros el derecho de propiedad también se entiende relativizado.
Luego, es necesario reconocer las ofensas cometidas por el gobierno anterior en este ámbito, para finalmente procurar reparar el mal que se causó, por el restablecimiento del imperio del derecho y del orden, mediante la restitución de los derechos conculcados o su equivalencia.
Como ya se ha señalado en este informe, eso es lo que se pretende a través del proyecto de ley: simplemente hacer justicia, hacer realidad como dice Aristóteles "la más excelente de todas las virtudes".
El análisis, por consiguiente, no debiera centrarse en aspectos estrictamente financieros. Mezclar esta solución de justicia con cuestiones políticas menores puede llevar lamentablemente a traicionar el compromiso que, como representantes de la gente y sus legisladores, hemos asumido en favor de la reconciliación nacional.
La cuestión es también la oportunidad para ello, porque al decir de La Bruyére, "esencial a la justicia es hacerla sin diferirla. Hacerla esperar es una forma de injusticia". Y es precisamente esto lo que ha ocurrido respecto de los partidos y personas naturales y jurídicas, cuyos derechos fueron desconocidos durante tanto tiempo en virtud de los decretos leyes ya mencionados.
La justicia que tarda ya es mala; pero siempre es preferible a la que nunca llega.
Por las razones indicadas, vuestra Comisión de Bienes Nacionales, Recursos Naturales y Medio Ambiente os recomienda la aprobación del proyecto de ley informado.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Huenchumilla, Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente nos indicó los artículos que debían ser conocidos por la Comisión de Hacienda; pero como el Diputado señor Martínez, los ha explicitado suficientemente, no repetiré su contenido. Por lo tanto, me voy a referir exclusivamente al financiamiento del proyecto.
El total de los inmuebles confiscados por aplicación de los decretos leyes señalados sujetos a devolución es de 227. El costo de las indemnizaciones por inmuebles que no son factibles de devolución se ha calculado en la suma de 2.516 millones, que es el monto equivalente a una estimación del avalúo comercial del conjunto de dichos bienes. Cuando proceda la indemnización, se pagará en tres cuotas anuales sucesivas, con lo cual el monto de cada cuota anual asciende a la suma de 838 millones de pesos.
La indemnización por confiscación de bienes de organizaciones sindicales, establecida en el título II, asciende a la suma única y total de 400 millones de pesos. Este financiamiento deberá figurar anualmente en la respectiva Ley de Presupuestos, y si tuviera que aplicarse en el curso del presente año, en el artículo respectivo, se señala el ítem de la partida del Tesoro Público al cual deberá imputarse este financiamiento.
Por último, señalo que en la Comisión de Hacienda los artículos respectivos fueron aprobados por 9 votos a favor y 1 en contra.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputados señor Rojos.
El señor ROJOS.-
Señor Presidente, el presente proyecto de ley sometido a la consideración de esta Honorable Cámara, nos parece de justicia absoluta.
Durante la pasada administración, fruto de una confrontación de ideas elevada a la máxima expresión de violencia, se cometió un abuso enteramente antijurídico en relación con los partidos políticos, entidades sindicales y personas naturales.
Haciendo aplicación de la teoría de la guerra, se conculcaron claros derechos constitucionales que es menester reparar. A quienes el gobierno anterior consideró sus enemigos, les fue privada su libertad, y en algunos casos, la vida y sus bienes.
No obstante, en el decreto ley NQ1, del 11 de septiembre de 1.973, la Junta de Gobierno declaró que respetaría la Constitución y las leyes de la República, fuimos testigos de su quebrantamiento.
Así, se negó por mucho tiempo el derecho a asociarse libremente.
Se desconoció lo cual es de mucha gravedad el derecho de propiedad. Ello, por cuanto se privó de ese legítimo derecho a partidos políticos, agrupaciones sindicales y, aún más, a personas naturales.
No se utilizó en dicha circunstancia un mecanismo constitucionalmente consagrado en este país para llevar a cabo el traspaso de bienes de particulares al dominio fiscal, sino que se forzó un concepto de confiscación para hacerlo aplicable a una situación de conveniencia singular.
Para quienes somos partidarios de ía propiedad privada y la consideramos un derecho inalienable de todo ser humano, nos parece una injusticia actuar arbitrariamente en contra de ella, y nos resulta imperioso apoyar toda iniciativa que vaya en pos de restaurarla, repudiando argumentos en contrario que no se compadecen con el actual devenir de los tiempos. El mundo de hoy exige un respeto inclaudicable a ciertos principios sobre los que se cimenta una sociedad, entre los cuales se encuentra, obviamente, el derecho a la propiedad privada.
Quien se encuentre en oposición al presente proyecto de ley, no sólo está en contra de los que puedan beneficiarse del mismo, sino que, además, en contra de las bases fundamentales del actual estado de derecho.
El proyecto de ley en discusión, coetáneo al restablecimiento del régimen democrático en este país, busca reparar una situación injusta a través del retomo, en la medida que ello sea factible, a la situación patrimonial legítima de los partidos políticos, las agrupaciones sindicales y los particulares, existente al momento en que se quebrantó la institucionalidad republicana en Chile.
El mecanismo que se propone establecer mediante la iniciativa de ley en cuestión, para reparar el daño ocasionado, es el de restituir el patrimonio afectado por los actos de la administración anterior de manera integral, o bien suministrar el pago de una indemnización cuando exista imposibilidad de hacer entrega de los bienes, lo cual será regulado por personas de absoluta idoneidad.
Asimismo, el proyecto de ley consagra mecanismos claros de defensa de los derechos de los particulares que se puedan ver involucrados en las situaciones de restitución prevista, a través del establecimiento de procedimientos, tanto administrativos como judiciales, a fin de salvaguardar la facultad de los administrados. Se facilita en el proyecto el acceso de los particulares al procedimiento administrativo tendiente a llevar a efecto la devolución del patrimonio en cuestión, por cuanto se habilitan las secretarías regionales del Ministerio de Bienes Nacionales, y a este último, para recibir las solicitudes. Ello redunda en claro beneficio para las personas y agrupaciones con domicilio fuera del Area Metropolitana.
Se establecen rápidos procedimientos judiciales, a fin de evitar juicios prolongados al existir contraposición de intereses entre administrados, por cuanto es menester restablecer de manera pronta una situación jurídica justa y no dejar por largo espacio de tiempo los derechos en absoluta incertidumbre.
En relación con los juicios que ya estuvieran iniciados, con el mismo objeto que propone este proyecto de ley, se faculta al Consejo de Defensa del Estado para poner término a los mismos, por medio de una forma de autocomposición de los procesos judiciales, cual es la transacción.
En general, el proyecto sometido a discusión es absolutamente beneficioso para
Chile, por cuanto restablece la pérdida del patrimonio, que es más que nada una verdadera prolongación de la personalidad, haciendo eco al sentimiento de justicia mayoritario en el país, que pretende ver conquistada firmemente la democracia y los derechos de las personas.
Como dice el aforismo, la justicia tarda pero llega. Hoy es el momento de hacerla nacer, a través de la aprobación, del presente proyecto de ley en esta Honorable Cámara.
Por lo tanto, la bancada democratacristiana va a dar su aprobación, en general, a este proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Martínez, don Juan.
El señor MARTINEZ (don Juan).-
Señor Presidente, efectivamente, como ya se ha planteado tanto en las intervenciones de los señores Diputados informantes como del señor Rojos, estamos en presencia de un proyecto de ley que no hace más que reparar un daño y un perjuicio causado a diversos partidos políticos, organizaciones sociales y personas naturales, durante el gobierno anterior. Este perjuicio efectuado en forma fría, calza perfectamente con lo que se puede denominar un botín de guerra.
Es así como inmediatamente después de asumir el gobierno militar, tras el golpe del 11 de septiembre de 1973, además de disolver los partidos políticos que conformaban la coalición de gobierno de la época, la Unidad Popular, confiscaron los bienes de estos partidos, de las organizaciones políticas y de las personas naturales que estaban vinculadas o simpatizaban con el gobierno del Presidente Salvador Allende.
Es curioso que quizás la más flagrante violación al derecho de propiedad haya sido cometida por un gobierno que, durante todo su ejercicio, hizo una apología del respeto del derecho de la propiedad, y que elevaba como un basamento máximo de todo el ordenamiento jurídico, social y económico vigente en ese entonces.
Es curioso, además, que ese gobierno no haya recurrido a ningún tipo de acción tendiente a resolver, desde el punto de vista jurídico, un problema que afectó en forma seria el derecho de propiedad.
Así, en virtud de los decretos leyes. N°. 12, 77 y 133, de 1973; 1.697, de 1977, y 2.346, de 1978, un importante número de personas naturales y jurídicas perdieron el dominio sobre sus bienes y diversas organizaciones políticas y sindicales fueron afectadas con la disolución, por decisión del Gobierno militar. Alrededor de 227 inmuebles fueron confiscados por la autoridad militar, 170 de ellos sobre la base del decreto ley N° 77 de 1973. Todo el espectro político fue afectado con este claro despojo. Los más perjudicados fueron los partidos Radical, Demócrata Cristiano, Nacional, Socialista y Comunista.
La animadversión del Gobierno anterior se demostró con su afán persecutorio a los partidos políticos y a las organizaciones sociales, que no sólo se vieron afectados con la confiscación de sus bienes. Todos sabemos, además, que muchos de los integrantes de los partidos contrarios al Gobierno militar sufrieron en su propia integridad física la violación permanente de los derechos esenciales.
Todavía más: para impedir que en el futuro pudiera realizarse una acción de las características que comentamos, es decir, de cerrar la posibilidad de que pudiera existir algún tipo de reparación a los partidos políticos sucesores de los disueltos, el Gobierno de la época, a través de la ley N° 18.603, Orgánica de Partidos Políticos, dispuso que "en ninguna circunstancia los partidos políticos serán sucesores de partidos, entidades, agrupaciones, facciones o movimientos de carácter político que hayan existido con anterioridad a la vigencia de esta ley, ni tendrían con ellos continuidad jurídica, patrimonial o de cualquier otra índole.".
El Gobierno militar, con los medios que poseía, que consistían en todos los que el Estado colocaba a su servicio, trató, además, de perseguir a las personas y de confiscar sus bienes; de borrar toda huella posible de ellos en la historia, y de eliminar cualquier posibilidad de que se pudiera hacer justicia, en determinado momento, por el despojo que realizó.
El curso de la historia cambió en un sentido distinto las intenciones y objetivos del Gobierno militar. Hoy, precisamente, estamos ante un proyecto de ley de origen en un Mensaje del Presidente de la República que repara este despojo y trata de restablecer la equidad en el ámbito patrimonial.
A nuestro juicio, la iniciativa implica reconocer un pasado político y una tradición democrática, a los que cada organización tiene legítimo orgullo y derecho, a los que han contribuido todos los partidos políticos y entidades sociales que se vieron afectados en determinado momento por la acción del Gobierno militar.
En líneas generales, ¿en qué consiste el proyecto de ley? A pesar de ¡que ha sido explicado me interesa recalcar algunos aspectos.
En primer lugar, devuelve a las personas naturales o a los partidos políticos los bienes confiscados. En segundo término, establece una indemnización, para los sindicatos y organizaciones de trabajadores, por cuanto en la inmensa mayoría de los casos es imposible devolverles los bienes confiscados en un momento dado.
Las personas naturales o jurídicas, tienen derecho a solicitar la devolución de su patrimonio expropiado o el pago indemnizatorio que corresponda. Este procedimiento debe ser cumplido mediante un trámite realizado a través del Ministerio de Bienes Nacionales, que previamente pedirá al Servicio Electoral en el caso
de los partidos políticos que se pronuncie respecto de la capacidad sucesora de los partidos políticos requirentes. En el caso de los organismos sindicales, la Dirección del Trabajo deberá informar previamente de que el organismo sindical reclamante tiene derecho a pedir la devolución de los bienes o la indemnización correspondiente. Para resguardar eventuales derechos, se dispone la publicación de la solicitud de restitución por dos veces en el Diario Oficial.
Se establece una comisión de peritos formada por: uno, nombrado por los demandantes; dos, por la comisión que establece el decreto ley N2 2.186, de 1978, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, y uno por el Ministerio del Interior, que la presidirá. Además, el Consejo de Defensa del Estado queda facultado para efectuar transacciones en los procedimientos que actualmente se tramitan y que digan relación con el proyecto.
Se fijan plazos para la evacuación de las resoluciones e informes de las autoridades vinculadas a procedimientos de reparación. En el caso de los partidos políticos, se consagra como único criterio por considerar para establecer la calidad de sucesor, el número de parlamentarios en ejercicio al 10 de septiembre de .1973, que se encuentren afiliados al partido reclamante y, además, se elimina el quorum especial para las transacciones del Consejo de Defensa del Estado.
En realidad, si se analiza en forma general el proyecto de ley de reparación por las confiscaciones que se hicieron a los partidos políticos, personas naturales u organizaciones sindicales, se puede llegar a la clara conclusión de que, en definitiva, si bien es cierto que se acerca a una reparación, no se resuelve completamente la justicia que debería hacerse a todos los afectados.
El Diputado informante mencionaba que no se contempla el lucro cesante ni ninguna indemnización por el perjuicio que tuvieron por este tipo de acción. Además, es importante dejar constancia del ánimo de los partidos políticos que se hicieron presentes en la audiencia pública. Si bien es cierto que ellos plantearon una serie de objeciones en cuanto a la calidad y contenido del proyecto, también manifestaron que no optaban a que se les reparara completamente, • porque entendían que ello significaba una carga muy fuerte para el Estado; por lo tanto, se conformaban con lo planteado por el Ejecutivo, más algunas otras mejoras, fundamentalmente en lo que dice relación con el lucro cesante que no fue posible incorporar, porque los parlamentarios no tenemos la posibilidad de tomar iniciativas en este tipo de proposiciones, cuestión que sólo es de competencia estricta del Poder Ejecutivo.
En la discusión de la Comisión, el proyecto fue enriquecido con algunos elementos que allí se plantearon.
Otra cosa: el propio Ejecutivo se encargó de adquirir determinados compromisos. Por ejemplo, de que haya interés respecto de las cuotas que quedan pendientes para el segundo y tercer años, en cuanto al pago de las indemnizaciones.
En definitiva, el proyecto genera una situación que permite restablecer el imperio del derecho; un mínimo de justicia y equidad frente a una materia tan sensible que afecta a uno de los derechos fundamentales de todas las personas, sean naturales o jurídicas. Al mismo tiempo, contribuye en forma muy importante al afianzamiento pleno del régimen democrático y a la consolidación del proceso de transición, que ha generado tantas expectativas en el pueblo chileno.
Desde este punto de vista, analizados todos los elementos de orden general contemplados en el proyecto, nuestra bancada, por mi intermedio, hace presente que está de acuerdo con sus contenidos y le dará su aprobación en general.
Esperamos que en su segundo informe pueda ser mejorado aún más; y producto de la discusión que se está desarrollando, pueda recoger otro tipo de ideas e iniciativas que mejoren la justicia del proyecto y permitan avanzar en el proceso de reparación en que está empeñado el Gobierno chileno, que ha tenido que ver, por ejemplo, en primer lugar, con la reparación a las víctimas de violaciones a los derechos humanos y con las facilidades a los exiliados para que puedan ingresar bienes adquiridos en el extranjero.
Esperamos que en el futuro, además, se avance muy sustantivamente en la reparación a los exonerados políticos por el régimen anterior.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, cuando se escucha la fundamentación del proyecto, realmente uno piensa que existe imposibilidad jurídica para armonizar la preceptiva jurídica que existía antes del 11 de septiembre de 1973 con los actos cometidos después de esa fecha.
En la práctica, no podemos hablar de respeto al derecho de propiedad, de asociación y a todas las garantías constitucionales que existían en la Constitución de 1925, cuando ya en el bando Na 1 se señalaba que la Junta Militar respetaría la Constitución Política, incluso la actuación de los tribunales, según las circunstancias.
De hecho, las actitudes de la Junta Militar tenían que venir inevitablemente con la disolución de los partidos políticos y de toda expresión organizativa de las distintas corrientes de opinión que existían en el país. En tal sentido, la confiscación de los bienes de los partidos políticos y de las organizaciones sociales, sólo fue una consecuencia inevitable de este acto de fuerza que, en definitiva conculcó la libertad de expresión, el derecho de asociarse, el derecho de propiedad y las facultades privativas de las personas naturales y jurídicas, como es la existencia de un patrimonio, incluso la del domicilio.
Durante la discusión en la Comisión, fue importante tener en cuenta la opinión de los presidentes de los partidos políticos sobre este proyecto. Y merece especial relevancia lo que expresara el señor Presidente de Renovación Nacional, don Andrés Allamand, en 'la sesión del 12 de marzo de 1991. Cito textualmente; "En general dice nosotros estamos de acuerdo con las orientaciones que se persiguen a través de esta iniciativa legal. Nos parece que, en esta etapa, es de justicia reparar de alguna manera las situaciones que se puedan haber producido en esta materia. Vemos esto desde una perspectiva más amplia, cual es que los partidos políticos puedan desempeñarse en este minuto de reconstrucción de la democracia, contando con los medios económicos y con las posibilidades de ejercer en la mejor forma su gestión tan importante en el proceso institucional. De manera que nuestra primera aproximación es positiva y de respaldo a esta iniciativa.".
Enseguida, él plantea tres objeciones que, en general, se recogieron en el proyecto. En primer lugar, señalaba que había que encontrar un criterio objetivo para determinar cuáles son los partidos políticos sucesores o los que tienen derecho a reclamar de la propiedad, y, en ese sentido, recomendaba la aplicación del criterio de resolver en favor de aquel partido político que tuviera el mayor número de parlamentarios.
En segundo lugar, puntualizaba que debería tenerse también un criterio mucho más específico en lo que se relaciona con la evaluación de las mejoras. En ese sentido, creía que el proyecto del Ejecutivo podía mejorarse efectuando diversas
tasaciones, a fin de no beneficiar exageradamente a los partidos políticos.
En tercer lugar, postulaba que también debería existir un claro conocimiento de los bienes a que esta ley se refiera, sin perjuicio de las posibilidades de terceras personas de efectuar reclamos.
Estos tres aspectos a que hizo referencia el Presidente de Renovación Nacional, don Andrés Allamand, precisamente están recogidos en este proyecto...
Hablan varios señores Diputados a la vez...
El señor ELGUETA.-
Estoy leyendo las palabras del Presidente de Renovación Nacional.
Aplausos.
El señor ELGUETA.-
Dice el Presidente de Renovación Nacional: "Creo que aquí la Comisión debiera tratar de apuntar a un aspecto de justicia. Este es un período previo a 1973. Eran los miembros de los partidos quienes muchas veces, con el esfuerzo propio de sus' afiliados, efectuaban adquisiciones de bienes para poder desempeñar sus labores políticas. Por lo tanto, lo lógico es poder establecer alguna suerte de continuidad entre aquellas personas naturales que hoy existen, que efectuaron ese esfuerzo patrimonial en el período previo a 1973, y que hoy podrían, por lo tanto, reclamar un mejor derecho.".
En consecuencia, un importante partido de oposición, como Renovación Nacional, reconoció el principio de justicia, los procedimientos y la manera cómo este proyecto resuelve las distintas dificultades que pueda presentar la reparación a los partidos políticos y a las organizaciones, con la devolución de sus bienes confiscados.
Cabe precisar que durante el gobierno anterior, mediante dos etapas, se confiscaron los bienes de los partidos políticos y organizaciones sociales.
En una primera etapa, el decreto ley N° 77, de 1973, declaró ilícitos y disueltos los partidos, entidades, agrupaciones, facciones o movimientos que sustentaran la doctrina marxista o que, por sus fines o por la conducta de sus adherentes, fueran sustancialmente coincidentes con los principios u objetivos de dicha doctrina.
Al disolverse esas asociaciones ilícitas, su personalidad jurídica fue cancelada y sus bienes pasaron a dominio del Estado. Además, en el mismo decreto ley, se faculta a la Junta de Gobierno para destinar los referidos bienes a los fines que estimará convenientes. En uso de esta facultad, el régimen militar confiscó 170 bienes raíces. Entre éstos, 36 pertenecían al Partido Radical; 19, al Partido Socialista; 17, al Partido Comunista y 2 al Mapu. Los demás inmuebles confiscados eran de propiedad de personas naturales vinculadas a los partidos afectados o aparecían inscritos a nombre de empresas periodísticas o de radioemisoras relacionadas con tales colectividades.
En una segunda etapa, el decreto ley N° 1.697, de 1977, declaró disueltos todos los partidos políticos y entidades, agrupaciones, facciones o movimientos de carácter político no comprendidos en el decreto ley N° 77. Como consecuencia, se canceló la personalidad jurídica de los Partidos Nacional, de Izquierda Radical y Demócrata Cristiano. Los bienes de estos partidos deberían seguir la suerte que previeran sus estatutos para el caso de disolución, y, a falta de destino mencionado en los estatutos, quedarían afectos a la finalidad que les asignara el Presidente de la República. Mediante ese decreto ley se confiscaron 17 propiedades pertenecientes al Partido Nacional, 6 al Partido de Izquierda Radical y 33 al Partido Demócrata Cristiano. De este modo, los bienes confiscados a los partidos políticos o a personas naturales o jurídicas con ellos
relacionadas, totalizan 227. El avalúo comercial de esos inmuebles asciende a la suma de 2.516.215.988 pesos.
Por lo tanto, este proyecto repara una injusticia, devuelve y restaura el derecho de propiedad, permite desarrollar el derecho de asociación que hoy prevé la ley orgánica constitucional sobre partidos políticos, por cuanto contiene todo un capítulo especial destinado al financiamiento y al patrimonio de estas instituciones. Además, en el caso de que no se recuperen los bienes, a través de él se permite también indemnizar adecuadamente los perjuicios o daños que puedan haber sufrido estas entidades.
Por esas razones consideramos que este proyecto debe aprobarse en todas sus partes. Cuando se compara la defensa que se ha hecho del derecho de propiedad privada en nuestro país, según don Enrique Evans, tal derecho, en 60 años, había sufrido cuatro modificaciones sustanciales durante la vigencia de la Constitución de 1925. Posteriormente, las actas constitucionales y la Constitución de 1980 reforzaron el concepto de propiedad privada. Sin embargo, como aquí bien se ha dicho, no hubo ninguna iniciativa de parte del Gobierno anterior para que se les devolvieran esos bienes, a las personas naturales o jurídicas, o se les pagara o se les reparara de alguna forma.
En nuestro concepto, así como los partidos políticos hoy tienen existencia legítima, una base jurídica constitucional y legal, y el derecho a un patrimonio y necesitan de sus bienes para desarrollarse, puesto que son pilares en cualquier democracia, así también, mediante esta ley, se está recreando y fundando una democracia auténtica y vigorosa. Por otra parte, las organizaciones sociales también verán recuperados sus bienes o tendrán las indemnizaciones que les corresponda. El proyecto establece distintos procedimientos, que no es del caso detallar y que, en general, nos merecen algunas observaciones las que efectuaremos a través de indicaciones.
Señor Presidente, el Diputado señor Bosselin me ha pedido una interrupción que se la concedo por su intermedio.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bosselin.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, no cabe la menor duda de que a través de este proyecto se hace un acto de justicia y se restablece el imperio de la justicia y del derecho, por cuanto permite que los partidos políticos y las organizaciones sociales recuperen los bienes de los cuales fueron despojados en virtud de actos ilegítimos y arbitrarios.
. En su época, cuando se llevaron a la práctica esas confiscaciones, se pretendió respaldarlas mediante diversos decretos leyes, los cuales, en un primer momento, según análisis que se hicieron y que hoy podemos reafirmar, contravinieron las normas vigentes de la Constitución de 1925, e, incluso, las propias actas constitucionales que dictó la Junta de Gobierno. De manera que, en ningún momento, la confiscación o el despojo de esos bienes fue realizado a través de procedimientos justos o resguardando el imperio de las normas más mínimas de un estado de derecho.
Esta animadversión del régimen anterior hacia los partidos políticos no fue sólo una actitud de la primera hora de 1973, sino que permaneció con el mismo discurso cuando ya estaba por expirar sus labores. Se dictó la ley orgánica constitucional de partidos políticos, uno de cuyos artículos, para impedir que los que se constituían, de acuerdo con su normativa, fueran sucesores de los anteriores, estableció expresamente que bajo ninguna circunstancia esos partidos políticos sucederían a los anteriores. En consecuencia, en la mente del régimen autoritario se mantuvo permanentemente un desprecio por los partidos políticos y las organizaciones sociales.
Señor Presidente, varios artículos de este proyecto de ley emplean la expresión "patrimonio". Hablan del "patrimonio de los partidos políticos", "de parte del patrimonio", etcétera; pero ese concepto no está usado en su correcta acepción. El patrimonio es un concepto jurídico abstracto que comprende bienes, créditos y deudas, e, incluso, una persona puede tener patrimonio y carecer de bienes. El patrimonio es un atributo de la personalidad; por consiguiente, no puede faltar; es una abstracción. En un proyecto de ley no puede utilizarse este término, sino que el adecuado, cual es el concepto de bienes o de parte de éstos; pero no de patrimonio o parte de él, porque la noción abstracta tampoco puede ser dividida o precisada. Es interesante destacar que en el procedimiento que crea esta ley para el reconocimiento de los partidos políticos y de las organizaciones sociales, como sucesoras o continuadoras de los anteriores partidos políticos u organizaciones sociales, se contemplan normas de carácter contencioso-administrativo para resolver las controversias que pudieran presentarse entre dos o más organizaciones.
Echamos de menos, sí, un recurso más amplio, porque si bien se establece, en la especie, la posibilidad de los partidos políticos de acudir al Tribunal Calificador de Elecciones, habría sido más prudente conferirle una mayor amplitud a la actuación de los Tribunales de Justicia.
Con este proyecto se está demostrando que, en definitiva, la fuerza bruta no se impone, sino que la razón y el derecho son quienes terminan por triunfar. Y si lo estamos apoyando es porque, a través del mismo, si bien no restableceremos plenamente el valor de los bienes en el patrimonio de las personas jurídicas o naturales, por lo menos lo haremos, en una mínima cuota, respecto del equilibrio social, jurídico y constitucional quebrado por el régimen anterior.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ALVARADO (Ministro de Bienes Nacionales).-
Gracias, señor Presidente.
He escuchado con atención las observaciones formuladas por los distintos señores Diputados, y quisiera agregar algunos argumentos para la consideración de la Sala, que me parecen imprescindibles.
En primer lugar, deseo reiterar que la inspiración del Mensaje que el Ejecutivo ha enviado al Congreso, establece fundamentalmente la necesidad del reconocimiento explícito de los derechos constitucionales que los partidos políticos, como asociaciones de personas, deben tener en el régimen jurídico de nuestro país.
Estos derechos, efectivamente, fueron conculcados de manera arbitraria por los decretos N°. 77 y 1.697, de 1973 y 1977, respectivamente. De tal manera que un primer fundamento que ha tenido el Ejecutivo para enviar esta iniciativa al Parlamento es la necesidad de restablecer explícitamente estos derechos constitucionales que estamos obligados a mantener para la sanidad de nuestro régimen jurídico.
En segundo lugar, quiero informar a los señores Diputados por qué fue necesario elaborar un proyecto para restituir los bienes confiscados por los decretos leyes mencionados o indemnizar en su caso.
Se requiere de ley, puesto que de acuerdo con el decreto N°1939, que da origen al Ministerio de Bienes Nacionales, no puede procederse a la transferencia gratuita de los bienes a quienes les fueron confiscados, porque han sido incorporados al patrimonio fiscal.
Los decretos N° 77 y 1.697 indicaron explícitamente que los bienes confiscados debían ingresar al patrimonio fiscal y, en su momento, fueron inscritos en los conservadores de bienes raíces respectivos a nombre del Fisco. De manera que las personas naturales, a quienes se les aplicaron arbitrariamente las disposiciones de los decretos aludidos, no pueden disponer de esos bienes, sino mediante una ley que así lo indique.
Tampoco es posible restituir los bienes a los partidos políticos que, eventualmente, hubiesen estado reclamándolos, puesto que también fueron incorporados al patrimonio fiscal.
Por otro lado, en una norma transitoria de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos se dice explícitamente que los partidos inscritos de acuerdo con su normativa vigente, no son sucesores legales para ningún efecto, de los existentes en 1973. Por esta razón, en la iniciativa en discusión se establece una norma de excepción que permite el reconocimiento de la calidad de sucesores de los actuales partidos políticos de los disueltos en 1973, exclusivamente para los fines de proceder a la restitución o, en su caso, a la indemnización de los bienes que les fueron confiscados.
Esa es la razón por la cual hemos requerido del Congreso la aprobación de esta iniciativa.
Una tercera situación que deseo hacer presente a los señores Diputados, es que gran cantidad de personas naturales a quienes se les aplicaron estas disposiciones tuvieron la posibilidad de recurrir a los tribunales en su momento. Sin embargo, en todos los casos que hemos conocido, comprobamos que se encontraban asiladas, exiliadas o fuera del país; de tal manera que no pudieron ejercer el derecho legítimo de recurrir a los tribunales para hacer valer el dominio que tenían sobre estos bienes, amparados por distintos instrumentos legales, y fueron prescribiendo los plazos para ejercer sus acciones. Mediante este proyecto se otorga a los afectados la posibilidad, mediante un procedimiento administrativo simple, expedito y transparente, de recuperar el derecho de propiedad que les fue arbitrariamente conculcado por los decretos aludidos.
Además, quiero señalar que este proyecto, a mi juicio, da la oportunidad de que los patrimonios de los partidos políticos sean perfectamente conocidos por la opinión pública, en la medida en que aquí se restituirán algunos bienes o, en su caso, se indemnizará a los partidos políticos o a las personas naturales que reclamen de acuerdo con el procedimiento que se establece en este proyecto, cosa que también está presente en el debate ciudadano actual.
Lo que no puede aceptarse es que, de acuerdo con los decretos leyes N° 77 y 1.697, sé haya privado de ese derecho a personas naturales. Si Sus Señorías tuvieran el tiempo necesario para examinar los decretos que fueron promulgados por el Gobierno anterior, mediante los cuales se les privó del derecho de propiedad a personas naturales y las razones que se invocaron en su oportunidad, verían que estamos en presencia de atrocidades jurídicas, que son insostenibles a esta altura de nuestra reconstrucción democrática.
De tal manera que apelo al juicio de los parlamentarios para que demos paso a este proyecto, que es parte de nuestro proceso de reconciliación, que permite a los partidos políticos ejercer en plenitud los derechos amparados en la Carta Fundamental y que, por inspiración del Ejecutivo, hemos enviado como proyecto para que ustedes lo consideren.
Finalmente, quiero referirme a la situación que se produjo respecto de las organizaciones sindicales. Mediante decretos emitidos por los Ministerios de Justicia y del Interior, se privó también de la propiedad sobre sus bienes a organizaciones sindicales de distinta naturaleza. Por razones de la propia normativa vigente en la época y de acuerdo con los estatutos que les eran exigibles su situación patrimonial es bastante más complicada y los elementos probatorios sobre el dominio de bienes son complejos, por lo que en el proyecto de ley que se propone al Congreso, para estos casos, se plantee exclusivamente la posibilidad de la indemnización. La restitución, en el caso de estas organizaciones, sean federaciones, confederaciones o sindicatos de base, tiene una dificultad mayúscula, que en este momento no podemos subsanar sino con motivo del nuevo reconocimiento de las organizaciones sindicales, de acuerdo con otros procedimientos legales. Esta posibilidad exclusiva de indemnización considera un monto máximo de 400 millones de pesos.
La cifra prevista para el caso de que proceda la indemnización a los partidos políticos o a personas naturales, por el hecho de ser militantes de aquellos y de que se les privó del derecho de propiedad en ese momento, es cercana a los 2.500.000 de pesos.
En consecuencia, el costo que este proyecto de ley prevé es cercano a los 3 mil millones.
Discutimos en Comisión acerca de los criterios para fijar la indemnización, y, en este caso, lo limitamos al valor comercial actual de los bienes inmuebles confiscados. No tomamos en cuenta otros factores, probablemente justos, como el lucro cesante, ni otras situaciones, para no comprometer mayores recursos fiscales. En un criterio mesurado de reparación económica y jurídica en favor de las personas privadas arbitrariamente del derecho constitucional a la propiedad y a la disposición de sus bienes, para los fines que las propias leyes establecen en el caso de los partidos políticos.
En estricta justicia, me parece que este proyecto está perfectamente adecuado a las condiciones actuales de nuestro sistema jurídico y a las posibilidades concretas que tiene el Estado hoy para reparar las injusticias cometidas con las personas afectadas por la aplicación de los mencionados decretos.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, la bancada de la Unión Demócrata Independiente desea, por mi intermedio, hacer algunas reflexiones y consideraciones en tomo del Mensaje del Ejecutivo que contiene el proyecto que dispone la restitución o indemnización por bienes confiscados y adquiridos por el Estado a través de los decretos leyes números 77, de 1973;1.697,de 1977; 12 y 133, de, 1973, y 2346, de 1978.
La grave crisis en que nos habían sumergido los actores políticos de 1973 hizo absolutamente necesaria la intervención militar.
Por lo mismo, pensamos que la medida de disolver los partidos políticos y las organizaciones sindicales fue acertada, considerando que se perseguía restablecer el orden interno del país.
Ahora bien, hay que tener presente que la cancelación de la personalidad jurídica de dichas instituciones implica que dejaron de existir, al menos para el derecho.
Dado lo anterior, por razones de seguridad en el "tráfico" jurídico, se dispuso que los bienes de estas entidades pasaran a manos del Estado por el solo ministerio de la ley.
El mérito de esta medida puede ser discutible. Sin embargo, desde el punto de vista legal, su validez es absolutamente incontrarrestable.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, no cabría hablar de confiscación de bienes, ya que ésta es una sanción o pena pecuniaria cuyo objeto es transferir al Fisco la totalidad del patrimonio de la persona condenada o bien uno o varios bienes determinados.
En el caso de los partidos políticos y de las organizaciones sindicales, no existía el titular del derecho del dominio y por lo tanto, mal podría hablarse de confiscación de bienes de una persona determinada. Por esa razón, los bienes de las corporaciones antes mencionadas, a la fecha inexistentes, pasaron a manos del Estado.
No obstante lo anterior, reconocemos que si podría hablarse de confiscación respecto de las personas naturales, ya que, aun cuando no están mencionadas en los decretos leyes N°. 77 y 1697, es de todos conocido que les fueron aplicados mediante la dictación de decretos supremos y, por lo tanto, creemos que en tales casos sí puede ser procedente la restitución.
Frente a esta situación, podemos aceptar como fundamento del proyecto argumentos del tipo político, como, por ejemplo, compromisos del Gobierno con los partidos que lo apoyan. También pueden admitirse razones de naturaleza histórica. Sin embargo, bajo ningún punto de vista puede aceptarse que con este proyecto se pretenda reconocer la plenitud de los derechos ciudadanos, principalmente el de propiedad, toda vez que éste siempre estuvo plenamente resguardado y que hoy lo está más que nunca, al quedar consagrado en forma clara y precisa en la Constitución Política de 1980.
Es más, la propia Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, declara que los actuales partidos no son sucesores de ningún otro, con lo cual, independientemente de si tal declaración es o no es válida desde un punto de vista fáctico, se está reconociendo que los partidos políticos no existían.1
En relación con la restitución de bienes a las organizaciones sindicales, la situación es más confusa, por cuanto, según consta en el informe de la Comisión de Hacienda, no existe un listado de bienes que puedan ser objeto de la restitución que dispone el proyecto.
Mirada con los ojos de esta generación, resulta difícil aceptar que aquella situación se haya vivido, de la misma manera resulta difícil reconocer que ocurrieron episodios como la Reforma Agraria, que privó a muchos chilenos de su legítimo derecho de propiedad. Por lo tanto, aceptando la existencia de distintas interpretaciones, deseamos hacer resaltar que la norma instituida y el procedimiento empleado fueron absolutamente válidos y enmarcados en el derecho.
Estamos de acuerdo en que puede que algunos no acepten la legitimidad de la disposición. Sin embargo, lo que no puede motivar ningún tipo de dudas es su legalidad, ya que tanto la doctrina como la jurisprudencia están contestes en que los decretos leyes tienen rango de ley, son plenamente válidos y, obligan de la misma manera que aquellas.
Resulta francamente incomprensible e inadmisible la escala de prioridades que el Gobierno de la Concertación fija en torno del uso y distribución de los fondos públicos. En una primera instancia destina 4 mil 500 millones de pesos para satisfacer las aspiraciones de los partidos en desmedro fundamentalmente, de los graves problemas que se viven en el país, principalmente los relacionados con salud, educación y el sector pasivo.
Queremos dejar en claro que en atención a nuestro irrestricto respeto a la propiedad privada, consideramos de plena justicia que los bienes puedan ser restituidos a las personas naturales. Ello, como ya se mencionó, porque la situación es distinta.
Señalo lo anterior, sin perjuicio de mantener nuestra posición en el sentido de que el proyecto del Ejecutivo, desde el punto de vista jurídico, adolece de deficiencias.
En la discusión en la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, se introdujo una modificación al proyecto del Ejecutivo tendiente a sustituir el término "bienes" por "patrimonio". Como lo manifestamos en la respectiva Comisión, el cambio nos parece inaceptable, pues amplía el campo de acción que pretende cubrir el proyecto y sobrepasa sus ideas matrices, ya que el concepto de "patrimonio" tal como lo señaló el Ministro de Bienes Nacionales en su intervención durante las sesiones de la Comisión conlleva un grado de imprecisión y de amplitud que nunca estuvo en el espíritu de la ley. En opinión del Ejecutivo, emplear el término "bienes" en algunos casos haría inaplicable la ley.
. Esta indicación se produjo en circunstancias bastante curiosas. Según consta en las actas de las sesiones de la Comisión, ella fue propuesta por el Honorable Diputado señor Gutenberg Martínez, quien afirmó que, desde el punto de vista jurídico, el concepto "patrimonio", es más preciso y permite aclarar lo que involucra el concepto "bienes". A nuestro juicio, tal afirmación es bastante discutible, puesto que, desde el punto de vista jurídico, es claro que el concepto "bienes" es más restringido que el de "patrimonio", dado que éste no sólo comprende los bienes, sino también las obligaciones.
No podemos dejar de reconocer que el Honorable Esputado admitió estar consciente de que la expresión "patrimonio" es más amplia que la expresión "bienes", pero explicó que la asesoría jurídica de su partido estima que protege mejor sus intereses. De ahí que se hubiera propuesto, conscientes de que se suscitarían discusiones. Frente a esta situación, me pregunto ¿cuál es el papel del parlamentario? ¿legislar en beneficio de los intereses de un partido o en beneficio de la comunidad?
En definitiva, solicitaremos que la Mesa se pronuncie sobre la admisibilidad del proyecto aprobado por la Comisión, sin perjuicio de reservamos el derecho de recurrir ante el Tribunal Constitucional, en su oportunidad.
La bancada parlamentaria de la Unión Demócrata Independiente viene en rechazar definitivamente la idea de legislar en esta' materia, porque aparte de estimar cuestionable su legitimidad, considera absolutamente inoportuno tratar el tema en este momento, ya que existen en el país otras necesidades que deben atenderse impostergablemente.
Solicitamos que se postergue la discusión del proyecto, a fin de que estos recursos fiscales se destinen a atender situaciones de orden nacional y no tan solo particulares, sobre todo, en beneficio de los sectores más desposeídos de la sociedad. A diferencia de lo que piensan otros parlamentarios de Gobierno, en este momento el país atraviesa por una situación que hace injustificable destinar tal cantidad de millones de pesos 4 mil 500 millones en un principio al pago, restitución o indemnización a los partidos políticos, los cuales, a nuestro juicio, no lo requieren con la urgencia que demanda el proyecto.
Lo anterior, sin perjuicio de seguir considerando que el proyecto, en los términos en que está planteado, adolece de notorias deficiencias de forma y de fondo.
Llamamos a los partidos políticos, a sus dirigentes y a los demás miembros de esta Honorable Corporación para que, en conciencia, reconsideren la conveniencia de aprobar un proyecto de esta naturaleza y para que, en un acto de generosidad, posterguen sus intereses en pro del bienestar nacional.
Finalmente, anunciamos indicaciones al proyecto, sobre todo en tomo de la indemnización, respecto de la cual proponemos aplicar el sistema de la ley N° 16.640, de la Reforma Agraria, es decir, pagaderos en bonos del Estado a treinta años.
Termino mi intervención, solicitando que la Mesa se pronuncie respecto de la admisibilidad de la ampliación que significa sustituir la expresión "patrimonio" por "bienes".
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, la argumentación del Honorable señor Ulloa respecto de este proyecto debe ser rechazada desde el punto jurídico, ético y político. Se podrá decir que la Junta Militar que asumió el poder desde nuestro punto de vista en forma absolutamente ilegítima estimaba que la actividad de los partidos políticos debía cesar para el cumplimiento de sus propios fines, lo que pudo hacer mediante decretos que suspendieran su actividad. Sin embargo, la disolución de los partidos políticos por decreto tuvo como propósito abrir el camino jurídico para la expropiación de sus bienes. Naturalmente ese propósito se logró rompiendo y alterando todas las normas legales y constitucionales vigentes hasta ese momento. De manera que el argumento del señor Ulloa es puramente tautológico.
Enseguida, hay que hacer distingos, entendiendo que pueden existir opiniones bastante justificadas a favor o en contra de este proyecto y sugerencias para su perfeccionamiento.
Es importante que la opinión pública entienda que restitución no es lo mismo que regalo, y que cuando se habla de los bienes de los partidos políticos se debe recordar la forma en que fueron adquiridos. En muchos casos, son producto del esfuerzo de años de las personas que se identifican o se han identificado con ciertas ideas políticas; y, en el caso de las organizaciones sindicales, de cuotas' pagadas por sus afiliados. De modo que la adquisición de tales bienes son el fruto del sacrificio de personas que, creyendo en ideales determinados, han sacrificado parte de su patrimonio personal, con el propósito de que la organización a la que pertenecen y a la cual adhieren, pueda influir en la sociedad de una manera más eficaz, dentro de lo’ que determinan la Constitución y las leyes.
Quiero que despejemos de la discusión de este proyecto cualquier tendencia demagógica para insinuar una argumentación determinada, por respetable que sea, y, por último, porque cuando se utiliza la demagogia para defender una buena causa se la echa a perder.
Restitución de los bienes a los partidos políticos no es el equivalente de un regalo. La intención del Gobierno, al enviar este proyecto, es precisamente restablecer a personas jurídicas un patrimonio del cual fueron privados ilegítimamente, desde el punto de vista del derecho.
Comparto la argumentación del Honorable Diputado Gutenberg Martínez, en el sentido de que éste no es un proyecto per se injusto, que es bueno para la estabilidad de la democracia que los principios consagrados en la Constitución se respeten siempre y que, cuando cambian las circunstancias, cuando se restablece el pleno imperio del estado de derecho, se corrijan los abusos y las violaciones en las cuales se incurrió en un período en que el pleno imperio del estado de derecho no tenía vigencia alguna.
En términos generales, éste es el caso de este proyecto. Desde ese punto de vista, no soy contrario a la idea de legislar para buscar un mecanismo de restitución de los bienes expropiados en forma ilegítima a los partidos políticos.
También es necesario considerar el tema del pasado en función del futuro. Sobre esa materia, quiero hacer unas breves consideraciones. Si estamos de acuerdo en que restitución no es regalo y que se trata de devolver bienes a quienes resulten ser sus legítimos dueños, aspecto que tendrá que especificarse en la ley, tal vez podremos convenir en indicaciones respecto de cuáles elementos de prueba se exigirán.
Alguien podrá decir que es insuficiente o arbitrario limitar al Servicio de Registro Electoral la consideración de sólo determinado antecedente, pues es posible que existan otros. Pero si estamos de acuerdo con el principio de que es justo en derecho restablecer en sus bienes a quienes fueron ilegítimamente privados de ellos, debemos considerar también el efecto que la dictación de un proyecto, 20 años después de acaecidos los hechos, tendrá sobre el funcionamiento y la estabilidad de nuestro sistema político.
¿Qué quiero señalar con esto? Me parece que una iniciativa de esta naturaleza debe estar necesariamente acompañada de un proyecto de financiamiento de los partidos políticos; o, por lo menos, de financiamiento de los procesos electorales, para mantener la igualdad de opción entre las distintas fuerzas políticas que hoy en día forman parte de nuestra realidad, y para no conceder una ventaja que pueda resultar injusta o arbitraria a fuerzas políticas, que si bien en el pasado pudieron haber representando mucho, a lo mejor, hoy día no representan lo mismo.
Independientemente del problema patrimonial, y reconociendo la justicia de la devolución de los bienes ilegítimamente confiscados es conveniente buscar un equilibrio. Me parece que, en la medida en que sólo legislemos para restituir bienes materiales a los partidos políticos que existieron en el pasado, sin garantizar la igualdad de opción de los partidos políticos que existen hoy, cometemos una gran injusticia. En definitiva, si este proyecto no va acompañado de una ley de financiamiento de elecciones o de partidos políticos, significará colocar en la cuenta bancaria de determinado número de partidos una gran cantidad de dinero que estas colectividades pondrán al servicio de su ideología y de su causa, en especial ante el evento electoral que se aproxima las elecciones municipales, creando un elemento de desequilibrio. Eso es lo que debe regularse de buena manera.
En mi opinión, ambos proyectos, el de restitución de bienes, debidamente perfeccionado, y el de financiamiento de las elecciones, deberían formar parte de un todo, de modo que demos estabilidad al sistema político y no creemos desequilibrios artificiales.
Desde ese punto de vista, deberíamos pensar más en la forma de despachar esta iniciativa. Aquí se habla de una cantidad aproximada de 3 mil millones de pesos, que significará el costo de la devolución de estos bienes. Sin embargo, ésta es una mera aproximación, por cuanto se establece un mecanismo de comisiones, con un sistema de designación de éstas, que determinará, en definitiva, el monto que le corresponderá a cada partido político.
Deberíamos precisar más la cuantía de los bienes, con una cifra más acotada, a fin de que el Congreso Nacional apruebe su devolución no en términos genéricos sino referidos a una cantidad y a una cifra específica, conocida por la opinión pública, de manera que no haya sorpresas posteriores en el sentido de que, por la vía de la avaluación de los bienes muebles o inmuebles, particularmente de los inmuebles, que no son susceptibles de restitución, esta cifra pueda elevarse.
Se plantea un plazo de tres años para la restitución. Por mandato de esta ley, en el Presupuesto de la Nación se destinarán los fondos para su financiamiento. Me parece que deberíamos buscar un mecanismo de mayor certeza y actuar sobre la base de montos fijos y precisos.
En síntesis, éste proyecto debe ser despachado por la Cámara; pero lo ideal, lo razonable, lo prudente y lo bueno para la estabilidad del sistema democrático, es que se tramite en conjunto con una ley de financiamiento de las elecciones y otra de financiamiento de los partidos políticos, con el objeto de no dar ventajas que puedan resultar ilegítimas después de transcurrido un plazo tan largo, en que los partidos políticos también han evolucionado.
Me parece un criterio mínimo hablar de los parlamentarios en ejercicio al año 1973, del partido que tenga la mayoría inscritos en sus propios registros. Muchos han fallecido, otros se han inscrito en esos mismos partidos, algunos no participan activamente en política. Las masas que pudieron haber apoyado a esos movimientos políticos, a lo mejor, han evolucionado. ¿Qué se puede entender realmente Como sucesión, en un mundo en que los partidos políticos se han dividido, se han unido, se han vuelto a dividir?
Hay que procurar un criterio objetivo, pero nada de lo que estoy señalando puede contradecir la idea esencial de que quien ha sido privado de su patrimonio, en forma injusta o arbitraria, tiene derecho a que le sea restituido.
Pienso que esto debería hacerse en conjunto. Por lo demás, quiero recordar que existe un acuerdo político, a lo menos entre los presidentes de los partidos de la Concertación, y espero que se materialice pronto, en el sentido de enviar un proyecto de ley para financiar las elecciones. Entiendo que algunos partidos de Oposición, no todos, también están dispuestos a analizar esta iniciativa legal, lo cual sería bueno que se aclarara.
Se ha dicho muchas veces públicamente, por algunos grupos, que hay otras prioridades. Siempre en la sociedad existen muchas prioridades, pero es necesario equilibrarlas. La estabilidad del régimen democrático con un sistema de partidos políticos transparente, adecuadamente financiados, también constituye una prioridad.
Un sistema político en el cual el que cuenta con mayores recursos tiene más posibilidades, es intrínsecamente injusto; un sistema en el que los partidos están entregados a las dádivas del mundo empresarial o de la banca también es inestable. Creo que el espíritu del legislador utilizando la expresión en su sentido más lato, amplio y exacto, cuando se dictó la ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos y se quiso acotar la fuente de financiamiento de las colectividades, fue precisamente ése. En efecto, hoy día, en Chile, la realidad es que una persona natural con grandes recursos económicos puede ponerlos a disposición de la política y, en la práctica, comprarse un escaño en la Cámara de Diputados, en el Senado de la República e, incluso, el mismo sillón presidencial, porque en política los recursos son muy importantes.
En todas las democracias avanzadas y consolidadas se establecen límites respecto de la cantidad de dinero que un individuo puede aportar, ya sea a su propia causa o a una ajena. Creo que en Chile debería existir una legislación similar, según la cual no se pueda gastar todo el dinero que uno tenga disponible en el servicio de una causa política. Habría que establecer límites y, como corolario de ellos, dictarse una ley de financiamiento de las elecciones o de los partidos políticos, cualquiera sea el sistema que se estime más razonable y justo. En este marco general, también cumplir con el mandato jurídico y constitucional de restituir a los partidos políticos los bienes que les pertenezcan.
Creo que esta materia se estudiará con mayor profundidad tanto en la Cámara como en el Senado, y respecto de ella tendremos que buscar una solución justa y equilibrada.
Señor Presidente, con cargo a mi tiempo le concedo una interrupción al Diputado señor Molina.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Le correspondía intervenir al Diputado señor Molina.
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MOLINA.-
Señor Presidente, agradezco la interrupción al Diputado señor Schaulsohn, pero haré uso del tiempo que me corresponde.
El espíritu del proyecto es hacer justicia a quienes fueron despojados de sus bienes durante el régimen anterior.
Evidentemente, se trató de una expropiación forzada, sin indemnización, que llegó a ser algo más que un botín de guerra. En muchos casos, se convirtió en un acto de pura y simple rapiña respecto de organizaciones y de personas que habían acumulado bienes durante largos años de esfuerzo. De modo que, a mi juicio, no existe razón alguna para obstaculizar el derecho humano esencial de reparar a los afectados. Reconozco que éste es el espíritu del proyecto en debate, pero no se me escapan las razones que ha dado el Diputado señor Schaulsohn para llamar la atención sobre los efectos que pueda producir en el sistema de partidos la aprobación de un proyecto de restitución patrimonial como el que estamos discutiendo. Es de esencial importancia que se acompañe al proyecto, simultáneamente, otro que considere el financiamiento de las elecciones para los partidos políticos en competencia.
A pesar de reconocer el espíritu del proyecto y sus ideas matrices como fundamentales para reparar los daños que se produjeron en el pasado a las organizaciones sociales y políticas, tengo serias dudas de que pueda cumplir eficazmente los propósitos tenidos en vista para presentarlo. Más bien tengo el convencimiento de que muchas de sus disposiciones se convertirán en obstáculos insalvables para cumplir sus objetivos. Si no se solucionan estas deficiencias, no logrará su finalidad.
Quiero señalar algunas de las razones
que fundamentan esta posición. El procedimiento administrativo, sumario y rápido, en la práctica no tiene ningún asidero ni da como resultado los objetivos que se señalan en los artículos Ia y 2a.
Para atender este criterio, habría que dividir la situación en dos tipos de consideraciones. En primer lugar, saber si los bienes que se arrebataron a los partidos y a las organizaciones sociales actualmente existen o no. En caso de que no existan, el Fisco estaría obligado a pagar la indemnización señalada en el proyecto, sin que sea necesario el procedimiento administrativo previo. Por el contrario, si existen y están en manos de terceros, ninguno de los procedimientos administrativos previos consultados en el proyecto tiene validez para ellos. No los podrían exigir, porque el propietario de un bien que se extinguió en ningún caso estará obligado, dados los plazos de prescripción, a pagar indemnización. Si lo hace el Fisco, tendría que recurrir a una vía distinta de la indemnización.
De manera que el procedimiento administrativo descrito en el proyecto, que se aplica a través del Ministerio de Bienes Nacionales, no tiene utilidad alguna.
El artículo 1° se refiere al patrimonio. Patrimonio es el conjunto de bienes y derechos de una persona apreciables en dinero. Los bienes pueden ser corporales o incorporales; Los primeros muebles o inmuebles; inmuebles por adherencia, por destinación etcétera; los segundos, derechos reales o meros derechos personales, intelectuales, etcétera.
En este caso, el proyecto no precisa exactamente a qué bienes está dirigida la reparación. No se puede hablar, en general, del patrimonio o de la pérdida de éste como lo señala el artículo 1°, porque resulta imposible que una persona pierda su patrimonio, que es un atributo de su personalidad.
En consecuencia, mencionar en un proyecto que se puede perder el patrimonio, implica cometer un error jurídico que, en definitiva, obstaculizará los derechos a reparación que ejercerán el partido político o la organización, que se verían obligados a demostrar una pérdida total. Esto debe corregirse, porque estamos levantando un obstáculo que haría imposible la reclamación a la cual se pretende dar lugar en el artículo 1°.
Por otro lado, el artículo 2a establece otro obstáculo que traiciona el espíritu y la intención de los autores del proyecto. Dice: "Cuando el patrimonio o la parte de él cuya restitución se pretenda, hubiere ingresado al patrimonio fiscal...". Al respecto, cabe preguntarse, ¿en qué momento debe entenderse que ingresó al patrimonio fiscal este bien? Además, hay muchos bienes que entraron al patrimonio fiscal luego de ser expropiados a los partidos políticos, pero después salieron de él. El artículo 2a se pone sólo en la alternativa de que el bien haya ingresado al patrimonio fiscal, sin determinar si se mantiene o no en él.
Si salió del patrimonio fiscal, nuevamente nos planteamos la pregunta ¿de qué manera se podría obligar a un tercero, dentro de los procesos indemnizatorios, a devolver este bien ya inscrito a su nombre? Es obvio que el Fisco no lo puede hacer. En ese caso, pagaría la indemnización, pero ésta se transformaría en un tipo de donación. Para ello, habría que precisar si estamos en los casos en que el Estado puede aplicar el procedimiento de la donación.
Llamo la atención, además, que aquí se establecen indemnizaciones genéricas, pues no se precisa con exactitud el bien físico determinado que será objeto de la restitución.
También tengo serias dudas respecto de la eficacia del artículo 3a, en cuanto establece que los partidos políticos que pretendan derechos sobre el patrimonio que perteneció a un determinado partido disuelto, deberán plantearlo ante el Servicio Electoral.
A mi juicio, escapa por completo a las potestades y competencias del Servicio Electoral discutir problemas patrimoniales de los partidos y fijar, en razón a esa controversia patrimonial, si éstos tienen o no derecho a ser considerados sucesores de partidos políticos disueltos. Obviamente, ni el Director del Servicio Electoral ni el Tribunal Calificador de Elecciones tienen competencia para resolver respecto de derechos reales sobre bienes determinados.
Esta solución al problema pone al Servicio Electoral fuera de su competencia y le impone resolver asuntos que le corresponden a los tribunales. Establecer que un partido es sucesor de otro por estar involucrados derechos patrimoniales, incluso derechos de terceros, no debe ser resuelto por el Registro Electoral, sino por la justicia ordinaria. Este es uno de los obstáculos más importantes que podrían hacer ineficaz los derechos que se reconocen en este proyecto, puesto que podríamos alterar normas de rango constitucional.
En el artículo 8a también se observan dificultades.
De acuerdo con él, la oposición del tercero es esencial para la discusión sobre las restituciones. ¿Qué ocurre si el tercero no se opone y es adquirente de estos bienes? ¿Qué ocurre si uno de esos bienes, que ingresó al patrimonio fiscal, después se incorporó al patrimonio de un tercero? ¿Lo afectará la controversia administrativa aunque nada hiciera después de las publicaciones en el Diario Oficial?
Es obvio que su derecho de propiedad va a quedar intangible y no podrá ser alterado por un decreto supremo, respecto del cual la Contraloría no podría tomar razón porque estaría afectando el derecho de propiedad de ese individuo, sin la indemnización correspondiente.
La inactividad del tercero produce un grave obstáculo a la ley.
Por esas razones, este proyecto debe ser profundamente revisado; sin perjuicio de ello, aprobaré la idea de legislar sobre la materia.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminó el Orden del Día.
Hago presente a la Sala que el Ejecutivo ha retirado la urgencia de este proyecto.
El señor ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, el acuerdo era votar hoy el proyecto. De ser así, se requeriría la unanimidad para no proceder de esa forma. ¿Es así o estoy mal informado?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No hubo acuerdo de los Comités para votarlo hoy. Correspondía tratar reglamentariamente este proyecto porque estaba en la Tabla.
Tiene la palabra el señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, más que un problema de acuerdo de Comités, el plazo constitucional para el despacho de este proyecto está vencido. Por lo tanto, corresponde votarlo.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Sí, pero acaba de llegar el retiro de la urgencia, por lo cual no se produce esa situación.
El señor ULLOA.-
¡Qué extraño, señor Presidente! ¡Extraña coincidencia!
El señor COLOMA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, reglamentariamente puede proceder el hecho de que no se vote si ingresa el retiro de la urgencia, pero me parece francamente sorprendente por decir una palabra suave que las urgencias y su retiro que es una institución establecida para que el Ejecutivo disponga de celeridad en la tramitación de un proyecto por el Poder Legislativo, se usen cuando los parlamentarios de la Concertación cuenten o no con los votos para aprobar una iniciativa de ley.
Esto es un desprestigio uno más en el uso de este mecanismo establecido en la Constitución.
Entiendo las razones de los parlamentarios, pero no me parece lógico, razonable ni posible de aceptar desde una perspectiva política, a la que el Diputado señor Schaulsohn ha hecho especial mención, refiriéndose a lo dicho por el Diputado Ulloa, en el sentido de que esto era inconveniente desde un punto de vista político, ético y jurídico. Lo que se ha hecho puede tener juridicidad, pero es contrario a la ética y a la política en el manejo de este tipo de disposiciones, sin perjuicio de lo cual, como el Diputado señor Martínez bien lo sabe porque se lo he expresado está dentro de la legalidad vigente, de la que él siempre ha sido respetuoso.
El señor SCHAULSOHN.-
¿Me permite?
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Advierto a los señores Diputados que no corresponde abrir un debate sobre la materia.
Tiene la palabra el Diputado señor Jorge Pizarro.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, éste es un proyecto sumamente importante para nosotros.
Coincido con lo expresado respecto del tema de las urgencias y su manejo por el Ejecutivo. Con distintos colegas lo hemos analizado y conversado varias veces. Lo que corresponde es legislar para modificarlo. Así se lo hemos planteado al Ejecutivo.
Pero, en este tema específico, quiero manifestar a los colegas de la Derecha que, por lo menos a nosotros, nos interesa discutir profundamente el tema. Este proyecto restituye bienes no sólo del patrimonio de los partidos, sino también de organizaciones sociales y sindicales. Además, hay muchos colegas de mi bancada que quieren hacer uso de la palabra y están inscritos para ello. Por esas razones, considero que corresponde que lo sigamos discutiendo en otra sesión que determinemos en la reunión de Comités a la que, entiendo, citó el señor Presidente para las 15:15 horas.
El señor ROJO.-
Un asunto reglamentario.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rojo.
El señor ROJO.-
Precisamente, quería representarle que estoy inscrito y deseo intervenir en este proyecto. Considero que lo democrático es fijar una nueva sesión para que continuemos analizándolo.
El señor SOTOMAYOR.-
Pido, la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sotomayor.
El señor SOTOMAYOR.-
Señor Presidente, todavía no se ha dado cuenta en la Sala del retiro de la urgencia. De manera que, mientras eso no ocurra, la urgencia sigue vigente.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SOTOMAYOR.-
Se informó, pero no se dio cuenta oficialmente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, tan sólo para acreditar que se ha sentado un nuevo precedente respecto de la calificación de las urgencias: que los Diputados de la Democracia Cristiana tienen prioridad para hacer uso de la palabra en la discusión.
Me parece que hay ciertas circunstancias en que más vale quedarse callado y dejarlas pasar, que tratar de buscar argumentaciones y justificaciones que agravan mucho más el error cometido.
Estamos en presencia de la desnaturalización de una institución consagrada en nuestra Constitución y en la Ley del Congreso Nacional, que es la facultad del Presidente para calificar las urgencias, para los efectos de determinar la prioridad del tema. Las urgencias se califican para la rapidez del despacho de un proyecto. Utilizar la urgencia o fundarla, como se ha señalado por parte de dos señores Diputados que me han precedido en el uso de la palabra, en que hay parlamentarios que quedaron sin intervenir y que quieren participar, es desnaturalizar por completo esa institución constitucional.
Queremos dejar en claro que estamos en presencia de lo que se denomina un fraude a la ley, que consiste en cambiar por completo el espíritu de las instituciones y, lamentablemente, esto...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No corresponde hacer un debate sobre esta materia...
El señor CHADWICK.-
...ocurre en la Cámara, con la aprobación de todos, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Lo único que corresponde es aplicar el Reglamento.
El señor SOTOMAYOR.-
¡Aplique el Reglamento! ¡Votemos!
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Respecto de lo planteado por el Diputado señor Sotomayor, se me dice que cuando llega el retiro de la urgencia opera "in actum", de pleno derecho, sin necesidad eso ha sido tradicionalmente así de dar cuenta previa.
Tiene la palabra el Diputado señor Gutenberg Martínez.
El señor MARTINEZ (don Gutenberg).-
Señor Presidente, sólo deseo pedir que se cumpla el Reglamento. Si terminó el Orden del Día, hay que continuar con la sesión.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Así es.
El señor BAYO.-
¿Me permite?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, quiero saber por qué vía se le quitó la urgencia a esta iniciativa: por fax o llegó el documento original.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Por fax.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SOTOMAYOR.-
No es válido.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No sé si alguien cuestionará esa circunstancia.
El señor BAYO.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, ¿tiene la validez necesaria el retiro de la urgencia por esa vía?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Desde que estamos en Valparaíso, en lo referente tanto a proyectos de ley como a vetos o a comunicaciones con el Ejecutivo, siempre hemos operado con el criterio moderno y hemos estimado que un fax equivale al original, salvo que haya un cuestionamiento de eso, lo que perjudicaría mucho las relaciones con el Ejecutivo, ya que estamos en ciudades tan distantes.
—Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Como dice el Diputado señor Gutenberg Martínez, corresponde continuar con la sesión.
VII.PROYECTOS DE ACUERDO.
DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO DE LA TUMBA DE DON VICENTE HUIDOBRO.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde tratar los proyectos de acuerdo.
El señor Prosecretario dará lectura al primero de ellos.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo de la señora Caraball y los señores Velasco, Dupré, Hurtado, Valenzuela, Elgueta, Carrasco, Alessandri, Rodríguez, don Hugo; Pizarro, don Sergio; Ulloa, Rojos, Tohá, Taladriz, Campos, Le blanc, Jeame Barrueto, Reyes y Rojo.
"Considerando:
"1.- Que por la expresa voluntad del insigne poeta don Vicente Huidobro, luego de su muerte, fue enterrado en la comuna de Cartagena, provincia de San Antonio, donde escribió parte importante de sus obras literarias;
"2.- Que la Fundación Vicente Huidobro recibió las obras de remodelación de dicha tumba el día 4 de octubre recién pasado;
"3 Que la referida tumba debe considerarse una más de sus múltiples creaciones, escenarios de sus caminatas y fuentes de inspiración,
"La Cámara de Diputados acuerda:
"Solicitar al señor Ministro de Educación Pública, don Ricardo Lagos Escobar, declare monumento histórico la tumba de don Vicente Huidobro, ubicada en la comuna de Cartagena.
"2 Hacer presente al referido señor Ministro que dicha proposición cuenta con el apoyo de toda la comuna de Cartagena y de las autoridades de la provincia de San Antonio.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo.
El señor VELASCO.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, me dirijo a la Honorable Cámara en forma breve para dar a conocer los motivos que me llevan a solicitar la aprobación de la iniciativa de declarar monumento histórico la tumba de Vicente Huidobro, en Cartagena.
Déjenme decirles que en realidad cuesta hablar de un poeta; más aún, si el poeta es grande.
Hoy quisiera compartir con los honorables colegas la sensación indescriptible que se percibe al estar junto a la tumba de Vicente Huidobro, en Cartagena, en la provincia de San Antonio, en su tierra y también la mía, escenario de sus caminatas y cabalgatas; raíz de sueños que serían poemas y de poemas que despertarían los sueños de otros, y frente al mar que eligió para morir.
La conjunción del paisaje con la sencillez de sus habitantes tiene un profundo significado que va más allá del recuerdo de un determinado creador. Digo "creador" porque es el término exacto. El mismo se lo propuso como norma y meta de su labor poética. "No plasmar las cosas brutalmente, sino esbozarlas y dejar el placer de la reconstitución al intelecto del lector. Esa es la belleza que debemos adorar. La estética del sugerimiento".
Huidobro fue un adelantado, un precursor de nuevos acentos poéticos. Ya en 1913, proponía una teoría poética propia, "el creacionismo", constituyéndose en uno de los primeros poetas chilenos que no sólo creó poesía, sino que además, se preocupó de reflexionar sobre la creación. Ya a los 20 años, Huidobro rompe con la tradición y dice: "Muy dignos de respeto y admiración serán los señores clásicos, pero no por eso debemos imitarlos. Ahora estamos en otros tiempos, y el verdadero poeta es el que sabe vibrar con su época y adelantarse a ella, no volver hacia atrás".
Hombre de amores y odios, declara: "Odio la rutina, el cliché y lo retórico.
Odio las momias y los subterráneos de museo. Amo lo original, lo extraño. Amo lo que las turbas llaman locura. Amo a los que saben escribir versos que se resbalan como la sombra de un pájaro en el agua. Y creo firmemente que el alma del poeta debe estar en contacto con el alma de las cosas".
Vicente Huidobro parece haber nacido para poeta. Escribió desde niño. Quizá si incluso escribió con su vivaz Imaginación antes de empezar a escribir con la pluma, y vino a "hacer poesía" después de haberla soñado intensamente. Lo atestigua una evocación suya de la infancia: "A los trece años, mientras mis compañeros de colegio hacían colecciones de sellos, yo perdía mi tiempo escribiendo, cartas de amor a la reina de París, y por las noches soñaba con la condesa de Noailles. La condesa venía a visitarme y cuando se iba de mi cuarto, espantada por el filo de espada de la primera luz que entraba por la cerradura de la puerta, me decía alegre y satisfecha: "Eres buen poeta, pequeño, pero eres mucho mejor como amante".
Yo me hinchaba de orgullo y saltaba de la cama para irme al colegio".
Este recuerdo que Huidobro hace en "Vientos Contrarios" da la pauta de lo tenue que era para él la frontera entre la realidad y la imaginación, y de cuánto más fuerte era a veces, en él, la imaginación que la realidad. Y cuando la realidad no se adecuaba a su imaginación, trataba de cambiarla.
Esta inquietud, esta creatividad Continua en lo cotidiano sería uno de los signos de su existencia entera. Llenó su vida de viajes por el mundo y "fuera de él". Pareció que quería emprenderlo todo, porque además de poeta fue corresponsal de guerra, candidato a la presidencia de la república, panfletario, autor de textos destinados al cine, alabador constante de los aeroplanos, los zepelines y los autogiros, aventurero del amor como fue aventurero de la vida y de la poesía...
Durante la guerra civil española, quiso enfrentar sus armas las palabras con las de los soldados y fue al frente en un camión provisto de megáfonos, para convencer de viva voz a los franquistas de que abandonaran su causa y se pasaran a las filas de la República.
Los títulos de sus obras, escritas en castellano o en francés, se expanden por un ámbito vasto y entusiasta de lectores, a los que el poeta desafía a crear con él en una complicidad de imaginaciones. El mundo se le hace estrecho, y muy pronto se le hará estrecha también la vida.
Ya no estará tan solo, como nos dice en el poema, ni permanecerá encerrado en esa torre fría de que ahí habla, sino en una tumba donde eligió para reposar, y como él la quiso, casi alegre y repleta de recuerdos. Desde su suelo de Cartagena, la mirada del vate se paseará por incontables horizontes. Porque eso fue sobre todo Vicente Huidobro: hombre de horizontes, perpetuo explorador de realidades nuevas, creador en el más rico, en el más amplio y el más vital sentido del término.
Quiero evocar esos versos suyos que parece haber escrito para que los recordemos hoy, en homenaje al poeta que vive en Cartagena.
"Sobre sus olas, bajo cielos sonámbulos,
"mis ensueños se alejan como barcos.
"De pie en la popa siempre me veréis cantando.
"Una rosa secreta se hincha en mi pecho.
"y un ruiseñor ebrio aletea en mi dedo.".
Creo que es vital comprender el significado de apoyar este proyecto, el que va más allá del recuerdo de un determinado creador. Lo entiendo como un signo de los nuevos tiempos que vivimos, de esa libertad que aman los escritores y que alguna vez le hizo decir: "Amo todos los ruidos de cadenas que se rompen". Y digo que es un signo de los nuevos tiempos, porque iniciativas como ésta hacen pensar que es posible generar en el país una comente de respeto y apoyo hacia los creadores literarios.
Señor Presidente la tumba que Huidobro quiso ha demorado en llegar a ser como él la quiso. Sin embargo, recientemente se hizo entrega de las obras de remodelación, lo que permite que se encuentre en excelentes condiciones de infraestructura para ser declarada "Monumento Histórico Nacional".
Por eso, señor Presidente, pido el apoyo de esta Sala para este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra a un señor Diputado que impugne el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
SUSCRIPCION DE CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE SEGURIDAD EN USO DEL ASBESTO. OFICIO.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al segundo proyecto de acuerdo.El señor ZUÑIGA (Prosecretario).-De los señores Kuzmicic, Elgueta, Ringeling, Martínez, don Juan; Ulloa, Bombal, Mekis, Montes y Valenzuela
"Considerando:
"1.- Que el asbesto es un mineral que tiene numerosos usos en la industria en la actualidad, considerándose que hoy existirían más de mil formas de aplicación;
"2) Que la aplicación industrial de este mineral se relaciona con la fabricación de ropa, tubos, planchas y demás elementos destinados a la construcción, con la fabricación de piezas en la industria automotriz, y en general, con su uso como aislante térmico o como tejido incombustible;
"3) Que el asbesto es causante de graves enfermedades respiratorias, como el cáncer pulmonar, la asbestosis y la mesotelioma, que afectan no sólo a las personas que trabajan con este elemento, sino también a quienes son ajenas a dichas labores;
"4) Que Chile no ha suscrito el Convenio 162 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la utilización del asbesto en condiciones de seguridad, en el que se establecen diversas normas relativas a medidas de prevención y de protección, a la vigilancia del medio de trabajo y de la salud de los trabajadores, y a la difusión de información y educación acerca de los riesgos en el uso de este elemento;
"5) Que en nuestro país no existe una reglamentación adecuada para la protección de los trabajadores que están expuestos al asbesto en el curso de su trabajo y una normativa que establezca un adecuado desarrollo de las industrias que utilizan este mineral, sin ocasionar daños a la salud humana y al medio ambiente;
"6) Que nuestra Constitución Política establece para el Estado el deber de velar por el respeto al derecho que tiene toda persona a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, tutelando la salud humana y la naturaleza;
"7) Que es necesario, a juicio de los Diputados que suscriben el presente proyecto de acuerdo, que la República de
Chile suscriba el Convenio 162 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre utilización del asbesto en condiciones de seguridad, de 24 de junio de 1986, con el propósito de contar con una mínima normativa que regule la utilización, manipulación y producción del asbesto, disponiendo, de esta forma, de un medio de protección de la salud de los trabajadores expuestos a este mineral.
“Por lo anterior, los Diputados que suscriben, vienen en proponer a esta Honorable Cámara el siguiente proyecto de acuerdo:
"Oficiase al señor Presidente de la República a fin de solicitarle que, en uso de sus facultades, tenga a bien suscribir el Convenio N° 162, sobre utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad, adoptado por la Conferencia General de la Organización del Trabajo, con fecha 24 de junio de 1986".
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que desee apoyar el proyecto de acuerdo.
El señor ELIZALDE.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo solicitar a la Mesa que se agregue mi nombre al de los Diputados que suscriben el proyecto de acuerdo, ya que hace unos cuantos meses formulé al Director de Salud Pública una petición en el mismo sentido; inclusive, proporcioné antecedentes respecto de la prohibición que, por la vía legal, actualmente existe en Estados Unidos para la venta de asbesto. Sin embargo, la respuesta de dicho servicio fue negativa, por cuanto se me manifestó que en Chile existen los controles adecuados. Pero la verdad es que las características del uso del asbesto y sus efectos, que están claramente determinados en el enunciado del proyecto de acuerdo, hacen que sea absolutamente necesario reiterar el Convenio Na 162.
Por los motivos expuestos, lo respaldaré, además de haber solicitado que se me inscriba entre los Diputados patrocinantes.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, junto con anunciar que, como bancada, entregaremos nuestro respaldo a este proyecto de acuerdo, que es muy claro en su contenido, queremos hacer una breve reflexión.
El uso del asbesto en la elaboración de diversos productos, en particular de los destinados a la construcción, sin duda tiene una correlación muy estrecha con los niveles de desarrollo socioeconómico de nuestro país. Son parte de los problemas de la pobreza o del subdesarrollo, y sin duda, desafíos que deben enfrentarse.
Actualmente, está comprobado, a nivel mundial, que este mineral tiene efectos muy nocivos para la salud de las personas. No cabe duda de que al avanzar en el debate nacional sobre su uso habrá sectores de nuestra sociedad, en particular los sectores vinculados a la construcción, que dirán que no causa daños, que no provoca efectos secundarios en la salud. Pero es menester que, como Corporación, estemos conscientes de la necesidad de buscar los mecanismos para que ciertas industrias que usan asbesto sean apoyadas para hacer la conversión industrial necesaria y, efectivamente, terminar con el uso de este mineral en diversos sectores y en la elaboración de productos de nuestra economía, que causan un profundo daño a la salud.
Los signos de modernización que todos procuramos para nuestra economía y para el desarrollo sociocultural de nuestro país, nos obligan a que apoyemos este proyecto de acuerdo en forma unánime y, a la vez, busquemos los mecanismos para que, cuanto antes, nuestro país erradique el uso de asbesto en particular, en la construcción. Todos conocemos la realidad de las poblaciones, donde se usan planchas y material que contienen altos grados de asbesto, por lo que los sectores populares, en especial, son los más afectados, por estar cerca de estos productos tan tóxicos.
Señor Presidente, esperamos contar no sólo con el acuerdo unánime de la Cámara, sino también con el apoyo del Gobierno para que se haga parte de la Convención mencionada en el proyecto de acuerdo, y a la vez, esté dispuesto a buscar mecanismos para apoyar a las industrias que usan estos productos, con el fin de que, en un plazo muy breve, hagan la conversión necesaria.
He dicho.
El señor GARCIA (don René).- Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría, para impugnar el proyecto de acuerdo.
El señor GARCIA (don René).-
Señor Presidente, todos estamos conscientes en la Sala, sobre todo los que formamos parte de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, de que éste es un problema que se debe afrontar con seriedad. Aquí no se trata de suprimir el asbesto ni de empezar a buscarle una solución tan rápidamente.
Lo importante es que estemos todos de acuerdo en reemplazar el asbesto en la construcción, y en que se apliquen las normas de seguridad tendientes a proteger a los trabajadores que se desempeñan en ese ambiente tóxico, pero no paralizar un importante sector de la producción del país, por que provocaría una gran cesantía.
Por lo anterior, los Diputados de Renovación Nacional nos abstendremos respecto de este proyecto de acuerdo, con el fin de estudiar la solución justa. En las normativas que existen en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y en las leyes que se están modificando, el Gobierno y los parlamentarios de esta Cámara le estamos dando prioridad a lo relacionado con la salud humana.
No es que estemos en contra del proyecto; pero nos abstendremos, mientras no logremos una solución combinada para dar una mejor condición de vida a estos trabajadores.
Señor Presidente, por su intermedio, deseo concederle una interrupción al Diputado don Juan Martínez.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No corresponde conceder interrupciones. Tendría que hablar otro parlamentario en contra del proyecto.
Sobre ese supuesto, tiene la palabra el Diputado señor Martínez.
El señor MARTINEZ (don Juan).-
Quiero hacer una aclaración porque la argumentación de Renovación Nacional está equivocada. .
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Eso no está de acuerdo con lo que establece el Reglamento.
Por lo tanto, corresponde votar.
En votación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Como nos queda un minuto y medio, llegaremos hasta aquí con los proyectos de acuerdo.
VIII.INCIDENTES.
PROCEDENCIA DE CALIDAD DE HUESPED OTORGADA A ERICH HONECKER.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde a la UDI.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Partido Radical.
Tiene la palabra el Diputado señor Devaud.
El señor DEVAUD.-
Señor Presidente, Erich Honecker, ex jefe de Estado estealemán, se encuentra en la desgraciada condición de paria internacional.
En otras etapas de la convulsionada historia de nuestro siglo XX, esta descalificadora connotación ha perseguido a otros ex gobernantes y prohombres de la política de los más diversos signos ideológicos.
A fines de los años 20, Bronstein, más conocido por su nombre de guerra León Trotsky, fue desterrado por Stalin al interior de la Unión Soviética, a la ciudad de Alma-Ata. Luego, fue deportado a su patria, comenzando así un peregrinaje angustioso en busca de un lugar donde vivir. Fue Lázaro Cárdenas, Presidente de México a la sazón quien otorgó asilo revolucionario, hasta su asesinato en 1940 por Ramón Mercader del Río, o Jacques Mornard, o como quiera que se llamó el ejecutor de la Cheka.
En las últimas décadas, el Sha de Irán, Ferdinando Marcos, Bokassa, Jean Claude Duvalier e Idi Amin han tenido la categoría de parias internacionales, pero siempre algún país les ha otorgado refugio.
En nuestra patria, desde los albores de su existencia, se ha consagrado el principio del derecho de asilo. Chile soberano protegió a los perseguidos de la dictadura del argentino Juan Manuel Rosas, y muchos prohombres del vecino país fueron protegidos por nuestro Estado. Domingo Faustino Sarmiento fue uno de ellos, y "qué mal nos pagó", dijeron sus contemporáneos.
Pero Chile, fiel a su tradición, en el presente siglo ha consagrado el derecho de asilo, quizás como ningún otro país en el mundo.
En el Gobierno de don Pedro Aguirre Cerda, Chile recibió a los vencidos de la Guerra Civil española, siendo Pablo Neruda, Cónsul en Madrid, y miles de españoles arribaron al país en el legendario "Winnipeg".
Chile recibió también a los vencidos de la Segunda Guerra, y no negó siquiera el derecho a vivir en nuestro suelo al tenebroso nacional socialista Walter Eauff, requerido por la justicia alemana y cuya extradición fue negada por nuestra Corte Suprema en 1962.
Cuando Chile fue víctima del golpe militar de 1973, muchos países del mundo abrieron sus puertas a oleadas de chilenos que buscaron proteger su vida y su libertad en el exilio.
Entre esos países estaba la ex República Democrática Alemana, cuyo Jefe de Estado era Erich Honecker, y muchos chilenos, hoy connotados miembros del Gobierno y del Parlamento, encontraron en ese país el anhelado refugio.
Por ello, compartimos el criterio del Embajador Clodomiro Almeyda de hospedar a Honecker, y también coincidimos con el buen juicio del Ejecutivo de no expulsarlo del territorio inviolable de la Embajada de Chile en la Unión Soviética.
Los cambios ocurridos en la otrora poderosa Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas han producido este "impasse". En otras circunstancias históricas, Honecker habría sido recibido con efusivo afecto, tal vez con extraños ósculos, por el Jefe de Estado Soviético y por el Pleno del Comité Central, y quizás alguna fábrica de tractores o de camiones llevaría su nombre. Pero hoy, su sola presencia implica para el nuevo "Zar de todas las Rusias", el ex disciplinado militante del Pecus, Boris Yeltsin, un molestia insufrible.
La actual dirigencia política de la Federación Rusa reedita una situación reiterativa en la historia: con el jabón de la ignominia se lavan las manos y trasladan el problema, sobre él cual la nueva generación del poder ruso no se atreve a tomar resolución.
El problema se traslada a la República de Chile, que hospeda a Honecker en su Embajada en Rusia, y a la República de Alemania Unificada, que desea llevarlo a su territorio.
En este plano, la actitud final de la República de Chile es una opción correcta. La calidad de huésped otorgada a Honecker se condice con la tradición que Chile ha tenido desde los albores de la república.
Los Diputados radicales no sufrimos los rigores del exilio ni tampoco fuimos tributarios del amparo internacional.
Por ello, con independencia de juicio, sin prejuicios y sin compromisos, estimamos que otorgar la retribución de la protección al hombre vencido, sólo corresponde a una muestra generosa que se condice con la tradición de la patria.
He dicho.
HOMENAJE A LA COMUNA DE MAIPU CON MOTIVO DEL CENTENARIO DE SU FUNDACION.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En el tumo correspondiente al Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Diputado señor Dupré.
El señor DUPRE (de pie).-
Señor Presidente, se cumplen cien años de la fundación de Maipú, comuna que junto a Los Cerrillos y Estación Central forman parte del distrito que me corresponde representar ante la Honorable Cámara de Diputados.
El Libertador don Bernardo O'Higgins fue quien denominó "Maipú" a este pueblo perisférico de Santiago, en 1818.
Es el mismo Padre de la Patria el que 1 dicta la primera ley que permitió la parcelación de tierras, a propuesta del Senado Conservador, el 9 de febrero de 1821.
En la Gaceta ministerial, a raíz de esto se consignaba lo siguiente: "En el centro de estos terrenos se reservarán 36 cuadras del área para la formación de una villa, en que ha de colocarse una parroquia y escuela de primeras letras, completándose hasta el número de cien cuadras para que las restantes se reserven para la propia villa".
Concluía indicando que "El camino común y público deberá pasar por la plaza de la villa".
El propio Director Supremo, don Bernardo O'Higgins, adquirió una chacra en el sector que originalmente se denominaba Llano del Maipo.
Por decreto Na 68, del 22 de diciembre de 1891, del Presidente Montt, se creó la Municipalidad de Maipú.
El desarrollo y la vida de Maipú han sido siempre dinámicos, conservando su pueblo la conciencia de saberse poseedor de un territorio que alberga un patrimonio histórico que forma parte de los cimientos de la Independencia Nacional.
El desarrollo urbano fue estructurando la comuna de hoy, con su equipamiento valioso: escuelas, liceos, parques, parroquias, villas y parcelas.
En 1943, se llamó a concurso internacional para construir el Templo Votivo de Maipú, cuya primera piedra fue colocada por Su Excelencia el Presidente Juan Antonio Ríos, acompañado de los ex Presidentes Arturo Alessandri Palma y Carlos Ibáñez del Campo. La bendición estuvo a cargo de Su Eminencia, el Cardenal don José María Caro Rodríguez.
El templo se levanta como un gran homenaje del pueblo chileno a la Virgen del Carmen, porque protegió a los patriotas que lucharon por la Independencia de nuestra Nación.
Hoy, en 1991, cuando Maipú cumple los cien años, este pueblo se ha transformado en ciudad, y sus habitantes se empinan más allá de los 300 mil, proyectando su territorio como uno de los centros urbanos más importantes de la Región Metropolitana del futuro.
El devenir democrático nos dio la oportunidad de recibir el apoyo mayoritario de la comunidad de Maipú, que hoy nos permite rendir, desde la Cámara, un homenaje también a los habitantes que, a sus problemas, contraponen el esfuerzo, y al progresivo crecimiento comunal, la organización de la comunidad.
Como se indicara en el sesquicentenario de la Batalla de Maipú, cuando el Presidente don Eduardo Frei, el 5 de abril de 1968, inauguró el Monumento al Abrazo de Maipú, a los cien años de su creación podemos decir que este Maipú es el que hoy recibe lleno de alegría el testimonio de justicia y gratitud con que el pueblo de Chile honra a las glorias de las acciones del General Bernardo O'Higgins y del General José San Martin, quienes, en la hermandad chileno-argentina, forjaron la patria.
Y, como en el pasado , quiera Nuestra Señora del Carmen, Patrona de Chile, interceder siempre por éste, su pueblo, en la gran tarea que le reserva el futuro.
Rendimos un homenaje muy sentido a esta comuna, que orgullosamente representamos en la Honorable Cámara de Diputados.
He dicho.
Aplausos.
DETENCION DE EJECUTIVOS DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL. OFICIOS.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, quiero referirme a un hecho que causó conmoción y nos ha llenado de estupor y también de extrañeza.
El señor Marcos Lima Aravena, Director del Instituto de Normalización Previsional, fue detenido el jueves 12 de diciembre desde las oficinas ubicadas en calle Huérfanos con Teatinos, por tres funcionarios de Carabineros vestidos de civil, al mando de un sargento, a raíz de juicios previsionales contraídos con mucha anterioridad.
Aparte de la detención misma, lo grave de la situación es que el señor Lima fue conducido esposado por Teatinos hacia Alameda, hasta el Ministerio de Educación, expuesto a la observación y miradas del público; es decir, conducido como cualquier delincuente peligroso que lo esposan para evitar su fuga.
Junto al señor Lima, fue detenido también al señor Patricio Arriagada, Director de Administración y Finanzas de ese organismo, por el solo hecho de oponerse a la detención de su jefe.
Ambos ejecutivos son distinguidos funcionarios públicos, académicos universitarios y de larga trayectoria en diversos organismos privados. El señor Lima es funcionario de la exclusiva confianza del Presidente de la República. Su detención se debió a sucesivas demandas y juicios previsionales heredados, desde luego, del Gobierno anterior.
El Instituto de Normalización Previsional ha debido pagar sentencias por un monto que supera los 10 mil millones de pesos, cantidad similar al presupuesto del Poder Judicial o al presupuesto de la Policía de Investigaciones.
Esta detención es inédita, más aún por hacerse en momentos en que el señor Lima convalecía de una intervención quirúrgica. ¿Era necesario tanto celo policial para adoptar esas diligencias judiciales? ¿Es que no existe un criterio para diferenciar cuándo nos encontramos en presencia de un delincuente y cuándo no? ¿O es que se debe actuar por igual, no importando la dignidad, en descrédito de quien realmente no es un delincuente, mancillando así su nombré, su institución y su familia?
La institución a que pertenece y donde ejerce el señor Lima cuenta con aproximadamente 3 mil 400 funcionarios a lo largo del país. Su presupuesto anual es cercano a los 700 mil millones de pesos; paga alrededor de un millón de pensiones al mes, por un monto cercano a los cien millones de dólares. ¿Se requería de tanta presión, o de tanta humillación o vejación y de tanto celo para detener a una persona conocida y de tanta responsabilidad como el señor Lima?
No desconocemos el derecho de los afiliados de cobrar sus derechos previsionales; no negamos que somos todos iguales ante la ley y que ante los requerimientos judiciales se debe comparecer por igual, salvo, desde luego, en el caso de las inmunidades garantizadas por la misma ley.
Estamos ante una situación delicada. Aparentemente, no sólo se han transgredido disposiciones constitucionales, sino también las más elementales establecidas en nuestra legislación en materia de procedimiento penal; porque a los señores
Lima y Amagada no se los llevó directamente al centro de detención, como lo dispone el artículo 290 del Código de Procedimiento Penal, según el cual "todo individuo aprehendido por orden de autoridad competente, será conducido en el acto al lugar público de detención...". Y en este caso, se los mantuvo por varios minutos expuestos a las miradas y observación del público transeúnte. Además, el señor Lima estaba recién operado, por lo que también debieron adoptarse las medidas pertinentes.
Por otra parte, nos preguntamos si se envió aviso al jefe de la persona ofendida, es decir, al Ministro del Trabajo, o, en último término, al Presidente de la República, de quien es funcionario de su exclusiva confianza.
Como lo ordena el artículo 186 del Código de Procedimiento Penal, sólo se autoriza la fuerza en los casos señalados por la misma ley, es decir, cuando se determine fundadamente la fuga o la resistencia de aquél a quien se trata de aprehender. Pero ésta no es la situación porque el señor Lima y el señor Amagada son hombres públicos de reconocida idoneidad, con domicilio conocido y todas las circunstancias hacen presumir que por ningún motivo ellos se resistirían a la detención.
Por estas consideraciones, vengo a solicitar, en mi nombre y en el de todos los señores Diputados de mi bancada presentes, que se ordene oficiar al Ministro de Defensa para que la Dirección General de Carabineros informe respecto de las circunstancias que ameritaron la detención, el esposamiento y la conducción, por calles atestadas de público, tanto del Director del Instituto Nacional de Previsión, como de su jefe administrativo y de finanzas, señor Patricio Amagada, y si se justificaba su apremio físico y exposición pública.
Solicito también que en el mismo oficio se sirva ordenar la investigación correspondiente e instruir un sumario administrativo para determinar las responsabilidades de los carabineros aprehensores.
Por último, señor Presidente, solicito, asimismo, a través de vuestra vía y con vuestra venia, que se transmita, en mi nombre y en el de nuestra bancada, a los señores Marcos Lima y Patricio Arriagada nuestros más profundos y sinceros sentimientos de solidaridad por la vejación y humillación sufrida.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Así se hará.
El señor ORTIZ.-
Me adhiero.
El señor PALMA (don Andrés).-
Yo también.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se enviará el oficio en nombre de todos los parlamentarios de la Democracia Cristiana presentes.
CONSTRUCCION DE UN EMBALSE EN EL VALLE DE PUTAENDO, QUINTA REGION. OFICIOS.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde, enseguida, el tumo al Comité del Partido Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Diputado señor Claudio Rodríguez.
El señor RODRIGUEZ (don Claudio).-
Señor Presidente, durante mucho tiempo ha constituido una aspiración permanente de los habitantes del valle de Putaendo contar con una obra de ingeniería que permita embalsar el agua del río y, con ello, asegurar el riego del valle, rico en calidad de tierras, pero pobre de este vital elemento.
Cada ciertos períodos, los miles de pequeños agricultores saben que deben enfrentar el drama de la falta de agua y no necesariamente cuando el país enfrenta emergencias generalizadas de sequías. Basta con que en un año no caiga suficiente cantidad de nieve en el cordón cordillerano, que asegure el agua durante el verano, para que deban ponerse inmediatamente tumos al riego. Recientemente, el valle de Putaendo fue declarado como zona de catástrofe y sufrió, una vez más, todo el rigor de lo que significa la falta de agua. La situación que le correspondió vivir a sus habitantes fue realmente dramática, ya que una de las situaciones que caracteriza a Putaendo es su condición de extrema pobreza.
Es bueno que los Honorables Diputados sepan que el tema del embalse de Putaendo y su recurrencia tienen sus orígenes hace 50 años, aproximadamente. Desde ese tiempo se viene insistiendo en la necesidad de contar con una obra de esta naturaleza, pero lo solicitado ha quedado siempre sin una respuesta concreta. Hoy existe una posibilidad de que ese fértil valle pueda contar definitivamente con dicha obra; pero, lamentablemente, esa posibilidad se esfuma, porque el Ministro de Obras Públicas, me he expresado en recientes reuniones, que el embalse Las Minillas de Putaendo está en dura competencia con otras obras de riego en estudio; puesto que su Tir financiero es más bajo.
A pesar de ello, llamo la atención de las autoridades, quienes, en definitiva, deberán tomar la decisión de asignar los recursos del Banco Mundial, para que tengan presente en su determinación que el problema del valle de Putaendo no sólo se relaciona con la necesidad de asegurar el agua de riego a cientos de pequeños agricultores, sino que también con la supervivencia de todo ese valle. Esto puede parecer un tanto dramático, pero es, en verdad, una cruda realidad. Los Ministros de Obras Públicas y de Agricultura saben del problema y han comprometido sus mejores oficios; sin embargo, tengo la sensación de que ello no será suficiente. Señor Presidente, solicito que se envíen oficios en mi nombre, al Ministro de Obras Públicas y, por su intermedio, al Director de Riego, al Ministro de Agricultura y, por su intermedio, al Subsecretario de Agricultura, y al Ministro de Hacienda, solicitándoles que tengan presente que más allá de la necesidad vital del agua; está el problema de la supervivencia de un pueblo entero.
Asimismo, solicito que a los oficios pedidos se les acompañe copia de esta intervención.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se enviarán los oficios como usted lo indica, en su nombre y en el de los Diputados señores Vilches, Prokurica y Longton.
INVESTIGACION DE IRREGULARIDADES EN EL SERVICIO DE CORREOS DE OLMUE Y LIMACHE, QUINTA REGION. OFICIOS.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longton.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, hace un par de semanas, en la hora de Incidentes, me referí a un hecho ocurrido en Olmué, donde se sorprendió quemando cartas al único cartero que hay en esa ciudad.
Nuevamente, pero ahora en la ciudad de Limache, ayer se sorprendió a uno de los dos carteros del sector con correspondencia en su casa, lo cual es bastante grave.
Junto con hacer la denuncia, pido que se oficie en mi nombre y en el de los Diputados señores Claudio Rodríguez, Ramón Elizalde y de todos los que lo deseen, a la Contraloría General de la República, para solicitarle que investigue estos hechos. Asimismo, pido que se oficie al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, cartera de la cual depende la Empresa de Correos de Chile, para pedirle que solucione los problemas denunciados ocurridos en las ciudades de Olmué y Limache.
El trasfondo de lo que está sucediendo en Correos de Chile es un tema político, en donde hay una pugna entre los partidos de la Concertación y que, lamentablemente, está afectando al servicio. Por eso, reitero que se oficie a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
He dicho.
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
Se oficiará en la forma indicada por el señor Diputado.
HOMENAJE A MONSEÑOR GUIDO RODRIGUEZ LETELIER, CON MOTIVO DE CUMPLIR 50 AÑOS DE SACERDOCIO.
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor García.
El señor GARCIA (don José).-
Señor Presidente, el domingo 8 de diciembre pasado, el Reverendo Padre y Vicario General del Obispado de Temuco, Monseñor Guido Rodríguez Letelier, ha cumplido cincuenta años consagrados al servicio de Dios, desde su ordenación sacerdotal.
El Padre Guido Rodríguez Letelier se identifica plenamente con Temuco, ciudad donde cursó sus humanidades y donde ejerce su vocación religiosa desde 1952, ocupando los cargos de Secretario Canciller del Obispado, Vicario General Provisor y Vicario Judicial. Asimismo, es asesor fundador de AMICAT Temuco, capellán fundador del Hogar de Cristo de Temuco y capellán ad honorem del Regimiento Tuca peí, durante 24 años.
A todo ello debemos agregar su recordada tarea docente como profesor de religión en colegios y liceos de Angol, Imperial y Temuco, durante 40 años, y su labor académica en la Universidad Católica de Temuco.
Por todo lo expresado, es fácil comprender el cariño que la ciudadanía siente hacia Guido Rodríguez y la felicidad que representa compartir con él la celebración de sus cincuenta años de sacerdocio. Cincuenta años dedicados a su profunda fe, pero compartidos con la esperanza y el dolor, con las penas y las alegrías, con los triunfos y las derrotas de todos los temuquenses.
El pasado viernes, Temuco exteriorizó sus sentimientos de afecto y gratitud al padre Guido Rodríguez. La comunidad se congregó para celebrarlo, la municipalidad lo declaró "hijo ilustre" y Su Santidad el Papa, le envió un reconocimiento especial.,
En razón de los atributos personales del padre Guido Rodríguez y de la alegría con que la comunidad de la zona y de la Novena Región comparte la celebración de sus cincuenta años sacerdotales, he estimado conveniente dejar constancia del homenaje de la ciudadanía de Temuco en esta hora de Incidentes.
He dicho.
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
ANTECEDENTES SOBRE EXPORTACION DE ARMAS. OFICIO
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
El tumo siguiente corresponde al Comité del Partido Por la Democracia, Partido Socialista y Partido Humanista.
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sota.
El señor SOTA.-
Señor Presidente, el Frente de las Madres, una organización de derechos humanos, reclama por la suerte de 40 mil personas desaparecidas en los últimos años en Sri Lanka. Los 17 millones de personas que habitan la isla, que hasta 1972 se llamó Ceilán, y que está situada al costado sudoriental de la India, sufren los efectos de una devastadora guerra civil. La minoría tamil, que representa el 18 por ciento de la población y guarda estrechos vínculos con la India, se ha alzado en armas contra el gobierno ejercido por cingaleses que constituye una mayoría del 75 por ciento de los habitantes. Es una guerra cruenta en que el gobierno de Colombo, capital de Sri Lanka, y los "tigres tamiles", como se denominan los independentistas, no han respetado las normas humanitarias básicas.' En el último año y medio esta lucha ha cobrado 11 mil víctimas, de las cuales mil 500 corresponden a tropas gubernamentales, 3.500 a combatientes tigres y los 6 mil restantes son civiles. Cada semana, 150 personas mueren víctimas de la guerra faccional.
Las desapariciones que denuncia el 'Trente de las Madres", sin embargo, nada tienen que ver con la lucha entre cingaleses y tamiles. Se trata de ejecuciones realizadas por las fuerzas armadas y de orden de la zona central y sur del país. Fue parte de una campaña inmisericorde y exitosa por erradicar al partido de inspiración marxista-leninista que cobró fuerza entre los cingaleses. El "Frente de las Madres" ha tenido poco éxito en esclarecer el destino de sus seres queridos y, como en otras latitudes del mundo, las progenitoras se han debido consolar en manifestaciones en que exhiben fotos de sus hijos desaparecidos. La primera respuesta del gobierno a los dolidos padres es que deberían prestar más atención a lo que hacen sus hijos.
Los antecedentes expuestos llevan a preguntarse qué motivos podría tener el Gobierno de Chile para aprobar una venta de armas a Sri Lanka. Con esta fundamentación, pido que, en mi nombre, se envíe oficio al Ministro de Relaciones Exteriores para que responda a la consulta sobre si su Ministerio tuvo opinión en la exportación de armas que recientemente ha sido denunciada como fraudulenta y que la opinión pública conoce.
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio al Ministro de Relaciones Exteriores en la forma solicitada por Su Señoría.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS SANITARIAS EN CULTIVOS DE FRUTILLA. OFICIO.
El señor SOTA.-
Señor Presidente, últimamente he estado recorriendo la comuna de San Pedro, de la provincia de Melipilla, y he advertido allí un problema extraordinariamente grave para sus habitantes.
Comuna de 99 kilómetros cuadrados, San Pedro vive casi exclusivamente, de la plantación y explotación de la frutilla. Pues bien, desgraciadamente, en las cercanías de Santiago se están plantando frutillas en extensiones de terreno importantes que son regadas con aguas servidas. Debe saberse que en la comuna de San Pedro la única fuente de agua es la que proviene de los pozos profundos, de manera que las frutillas son absolutamente incontaminadas.
Pues bien, el solo peligro de la contaminación de las frutillas de las cercanías de Santiago con las aguas servidas con que son regadas, sería motivo suficiente para que la Dirección de Salud Ambiental tomara cartas en el asunto.
Pero hay un problema de orden económico que es mucho más grave. Al extenderse el cultivo de la frutilla a las zonas adyacentes a Santiago, en cantidades muy importantes, el precio ha descendido prácticamente a la tercera parte. El año pasado, a la fecha, los habitantes de San Pedro recibían 900 pesos por caja de frutillas; hoy pueden venderlas sólo a 350 pesos.
Por todas estas consideraciones, pido que se oficie al Ministerio de Salud para que informe sobre las acciones que está tomando la Dirección de Salud Ambiental en orden a aplicar la resolución N° 350, que data de 1983, para impedir que en las cercanías de Santiago se cultive la frutilla, regándola con aguas servidas.
El señor COLOMA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio indicado por Su Señoría, al cual adhiero.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.
Se levantó a las 14:14 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de Redacción de Sesiones.