Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- PERMISO
- Marcela Ximena Hernando Perez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Renzo Aldo Trisotti Martinez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Joaquin Tuma Zedan
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Osvaldo Urrutia Soto
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Ivan Ernesto Norambuena Farias
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Celso Rene Morales Munoz
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Cristina Girardi Lavin
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Pepe Auth Stewart
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Miguel Alvarado Ramirez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Manuel Zacarias Monsalve Benavides
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Rodolfo Leon Lavin
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Javier Ricardo Hernandez Hernandez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Raul Fernando Saldivar Auger
- PERMISO
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Maria Jose Hoffmann Opazo
- Sergio Alfredo Gahona Salazar
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Tucapel Francisco Jimenez Fuentes
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- PERMISO
- Guido Girardi Lavin
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Felipe Andres Ward Edwards
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Juan Luis Castro Gonzalez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Ernesto Silva Mendez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Issa Farid Kort Garriga
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Felipe Jose Kast Sommerhoff
- PERMISO
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- CONDOLENCIAS A DIPUTADO RAMÓN FARÍAS POR EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DE SU SEÑORA MADRE
- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- V. TABLA
- CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE CORREDORES DE PROPIEDADES (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 10391-03)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Joaquin Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Joaquin Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Sergio Espejo Yaksic
- INTERVENCIÓN : Jaime Andres Bellolio Avaria
- INTERVENCIÓN : Bernardo Jose Berger Fett
- INTERVENCIÓN : Mario Artidoro Venegas Cardenas
- DEBATE
- OTORGAMIENTO DE FACULTAD A MUNICIPIOS PARA EJECUCIÓN DE OBRAS PROVISORIAS DE EMERGENCIA EN ACERAS Y CALZADAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11288-06)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Maria Loreto Carvajal Ambiado
- INTERVENCIÓN : Celso Rene Morales Munoz
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Urrutia Soto
- INTERVENCIÓN : Marcelo Omar Chavez Velasquez
- INTERVENCIÓN : Leonardo Enrique Soto Ferrada
- INTERVENCIÓN : Vlado Mirosevic Verdugo
- INTERVENCIÓN : Jaime Andres Bellolio Avaria
- INTERVENCIÓN : Jaime Pilowsky Greene
- INTERVENCIÓN : Karol Aida Cariola Oliva
- DEBATE
- CONSAGRACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9384-07)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
- INTERVENCIÓN : Andrea Molina Oliva
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE CORREDORES DE PROPIEDADES (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 10391-03)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Daniel Alexander Melo Contreras
- Pepe Auth Stewart
- Guillermo Arturo Ceroni Fuentes
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Leonardo Enrique Soto Ferrada
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Camila Vallejo Dowling
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Daniel Alexander Melo Contreras
- Luis Segundo Lemus Aracena
- Raul Fernando Saldivar Auger
- Christian Erwin Urizar Munoz
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- Cristina Girardi Lavin
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Clemira Pacheco Rivas
- Denise Simone Pascal Allende
- Camila Vallejo Dowling
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maria Loreto Carvajal Ambiado
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Alejandra Amalia Sepulveda Orbenes
- Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Manuel Zacarias Monsalve Benavides
- Juan Enrique Morano Cornejo
- Daniel Ignacio Nunez Arancibia
- Gabriel Moises Silber Romo
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Daniel Alexander Melo Contreras
- Claudio Eugenio Arriagada Macaya
- Joaquin Jose Lavin Leon
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Leonardo Enrique Soto Ferrada
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Clemira Pacheco Rivas
- Denise Simone Pascal Allende
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Miguel Alvarado Ramirez
- Pepe Auth Stewart
- Sergio Espejo Yaksic
- Marcos Andres Espinosa Monardes
- Daniel Alejandro Farcas Guendelman
- Rene Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Rudecindo Letelier Norambuena
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Manuel Zacarias Monsalve Benavides
- Guillermo Teillier Del Valle
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPUBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 365ª
Sesión 122ª, en lunes 5 de marzo de 2018
(Especial, de 17.12 a 19.06 horas)
Presidencia de los señores Espinoza Sandoval, don Fidel, y Sabag Villalobos, don Jorge.
Secretario, el señor Landeros Perkič, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- TABLA
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I.- ASISTENCIA 39
II.- APERTURA DE LA SESIÓN 43
III.- ACTAS 43
IV. -CUENTA 43
CONDOLENCIAS A DIPUTADO RAMÓN FARÍAS POR EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DE SU SEÑORA MADRE 43
ACUERDOS DE LOS COMITÉS 44
V.- TABLA 45
CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE CORREDORES DE PROPIEDADES
(PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 10391-03) 45
OTORGAMIENTO DE FACULTAD A MUNICIPIOS PARA EJECUCIÓN DE OBRAS PROVISORIAS DE EMERGENCIA EN ACERAS Y CALZADAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11288-06) 54
CONSAGRACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9384-07) 69
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
Mensajes de S.E. la Presidenta de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1.- que “Aprueba el Acuerdo para Modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha Modificado, entre la República de Chile y el Gobierno de Canadá y el Acuerdo para Modificar en Materia de Inversión y en Comercio y Género el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha Modificado, entre la República de Chile y el Gobierno de Canadá, ambos suscritos en Ottawa, Canadá, el 05 de junio de 2017.”. Boletín N° 11605-10. (338-365), y
2.- que “Modifica diversos cuerpos legales relacionados con Carabineros de Chile”. Boletín N° 11607-25. (397-365).
3.- Oficio de S. E. la Presidenta de la República mediante el cual hace presente la urgencia “Discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que “Crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.”. Boletín N° 11101-19 (SEN). (1118-365).
Pág.
4.- Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en el proyecto, iniciado en moción, de “Reforma del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el fin de adecuarlo al aumento del número de diputados y al cambio del sistema electoral establecido en la ley N°20.840, y de introducirle modificaciones en otras materias”. Boletín N° 11565-07.
5.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, “Sobre fomento a las artes escénicas”. Boletín N° 11408-24.
6.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, que “Establece incentivos al retiro para los funcionarios del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del Título II de la ley N°19.882, en la forma que indica.”. Boletín N° 11585-05 (SEN).
7.- Informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Regula la creación y funcionamiento de las empresas de beneficio e interés colectivo”. Boletín N° 11273-03.
8.- Informe de la Comisión de Familia y Adulto Mayor recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica las leyes Nos. 19.968 y 20.066 para incorporar una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático.” Boletín N° 9715-07 (SEN).
9.- Informe de la Comisión de Deportes y Recreación recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica la ley N° 20.019, que Regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, en materia de fiscalización, de conflictos de interés, y de fomento de la participación de los hinchas en la propiedad de las mismas”. Boletín N° 10634-29.
10.- Informe de la “Comisión Especial Investigadora de los actos del Gobierno en materia de aumento del número de funcionarios auxiliares de la administración de justicia, los procedimientos para llevarlo a cabo y su adecuación a las normas legales vigentes”. (CEI 47)
11.- Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Melo, Auth, Ceroni, Mirosevic, Soto y Torres, y de las diputadas señoras Cicardini, Fernández, Hernando y Vallejo, que “Modifica la Carta Fundamental con el objeto de establecer el derecho a sufragio a partir de los dieciséis años de edad”. Boletín N° 11600-07.
Pág.
12.- Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Melo, Lemus, Saldívar y Urízar, y de las diputadas señoras Cicardini, Girardi, Hernando, Pacheco, Pascal y Vallejo, que “Modifica la ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el propósito de someter al sistema de evaluación de impacto ambiental, a toda central generadora de energía”. Boletín N° 11601-12.
13.- Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Carvajal, Hernando y Sepúlveda, y de los diputados señores Farcas, Mirosevic, Monsalve, Morano; Núñez, don Daniel; Silber y Torres, que “Modifica la ley N° 18.290, en el sentido de exigir que se incorpore, en la licencia de conducir, información acerca del grupo sanguíneo del conductor”. Boletín N° 11602-15.
14.- Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Melo, Arriagada, Lavín, Mirosevic y Soto, y de las diputadas señoras Fernández, Hernando, Pacheco y Pascal, que “Modifica la ley N°20.422, que Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para exigir la enseñanza de la lengua de señas en los establecimientos educacionales”. Boletín N° 11603-31.
15.- Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Alvarado, Auth, Espejo; Espinosa, don Marcos; Farcas, González, Letelier, Mirosevic, Monsalve y Teillier, que “Regula la crioconservación de embriones”. Boletín N° 11604-11.
16. -Informe del diputado señor Lorenzini, sobre su participación, en conjunto con las diputadas señoras Carvajal, Sabat y Sepúlveda, y el diputado señor Kort, en la XXV Reunión de la Comisión Parlamentaria Mixta Unión Europea-Chile, llevada a cabo desde el 22 al 23 de enero de 2018, en la ciudad de Santiago.
17.- Informe de la participación de los diputados señores Fidel Espinoza, Rodrigo González, Giorgio Jackson, Roberto León, Iván Norambuena y Diego Paulsen, en la 26 Reunión Anual del Foro Parlamentario (APPF), llevada a cabo en Hanoi, Vietnam, desde el 18 al 21 de enero de 2018.
18.- Oficio de la Corte Suprema por el cual remite la opinión de dicho Tribunal respecto del proyecto, iniciado en moción, que “Modifica la ley N° 20.019, que Regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, en materia de fiscalización, de conflictos de interés, y de fomento de la participación de los hinchas en la propiedad de las mismas”. Boletín 10634-29. (34-2018).
19.- Oficio de la Corte Suprema por el cual remite la opinión de dicho Tribunal respecto del proyecto, iniciado en moción, que “Modifica la ley N° 19.070, que Aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, para otorgar fuero laboral a los dirigentes gremiales de los profesores”. Boletín 11362-13. (31-2018).
Pág.
20.- Oficio de la Corte Suprema por el cual remite la opinión de dicho Tribunal respecto del proyecto, iniciado en moción, que “Modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de instalación, mantención y certificación de ascensores y otros aparatos similares”. Boletín 11584-14. (32-2018).
21.- Oficio de la Corte Suprema por el cual pone en conocimiento de la Cámara de Diputados que con fecha 16 de febrero de 2018 el Tribunal Pleno designó por sorteo al señor Lamberto Cisternas Rocha, como Ministro del Tribunal Calificador de Elecciones, por lo que resta del cuadrienio constitucional 2016-2010 (86).
22.- Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia definitiva recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 418 del Código Procesal Penal. Rol 3764-17-INA. (204-2018). Acogido.
23.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Acogido) y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N°17.798 (Rechazado). Rol 3769-17-INA.
24.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N°18.216. Rol 3792-17-INA. Acogido.
25.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Acogido) y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N°17.798 (Rechazado). Rol 3799-17-INA.
26.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 Acogido. Rol 3805-17-INA.
27.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Acogido) y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N°17.798 (Rechazado) Rol 3813-17-INA.
28.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Acogido) y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N°17.798 (Rechazado). Rol 3822-17-INA.
Pág.
29.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Acogido) y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N° 17.798 (Rechazado). Rol 383317-INA.
30.- Copia autorizada de la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional recaída en un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Acogido) y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N°17.798 (Rechazado) Rol 3837-17-INA.
31.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4277-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
32.- Copia autorizada de la resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4279-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
33.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4280-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
34.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216. Rol 4287-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
35.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216. Rol 4292-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
36.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4296-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
Pág.
37.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4297-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
38.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4238-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
39.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216. Rol 4248-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
40.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216. rol 4268-18-ina. otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
41.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal. Rol 4187-17INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
42.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4235-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
43.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4236-17-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
44.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216. Rol 4246-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
Pág.
45.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4282-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
46.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional por la cual pone en conocimiento de la Cámara de Diputados el desistimiento en la acción de inaplicabilidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N°18.216, y del artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N°17.798. Rol 392217-INA. Otorga plazo para pronunciarse sobre el desistimiento.
47.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional relativa al desistimiento en una acción de inaplicabilidad, respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N°18.216. Rol 3908-17-INA. Acoge desistimiento.
48.- Copia autorizada de una resolución del Tribunal Constitucional recaída en proceso de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798. Rol 4276-18-INA. Otorga plazo para formular observaciones al requerimiento declarado admisible.
49.- Oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia de control de constitucionalidad referida al proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, que “Regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua”. Boletín 10683-06. Rol 4274-18-CPR. (207-2018).
50.- Oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia de control de constitucionalidad referida al proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, sobre “Transparencia del mercado del suelo e incrementos de valor por ampliaciones del límite urbano”. Boletín 10163-14. Rol 4240-18-CPR. (199-201).
51.- Oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia definitiva de control de constitucionalidad, referida al proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, que “Regula la elección de gobernadores regionales y realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales”. Boletín 11200-06. Rol 4214-17-CPR. (217-2018).
Pág.
52.- Oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia de control de constitucionalidad referida al proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, que “Modifica la ley N° 18.948, orgánica constitucional de las Fuerzas Armadas, para otorgar un ascenso póstumo de carácter honorífico al personal de las ramas que las conforman.”. Boletín N° 9992-02. Rol 4294-18. (222-2018).
53.- Oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia de control de constitucionalidad referida al proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, que “Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el ministerio de Relaciones Exteriores”. Boletín 610610. Rol 4254-18-CPR (314-2018).
54.- Oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia de control de constitucionalidad referida al proyecto, aprobado por el Congreso Nacional, que “Modifica la Ley de Tránsito y la ley N°18.287, con el fin de adoptar medidas de seguridad y control en lo relativo a los medios de pago del transporte público remunerado de pasajeros, establecer sanciones, crear un registro de pasajeros infractores y modificar normas procedimentales”. Boletín 10125-15 (SEN). Rol 4291-18-CPR. (3192018).
55.- Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite una resolución de mera tramitación, recaída en control de constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la ley N°19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores; boletín N° 9369-03 (227-2018).
VII.OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.- Notas:
De la diputada señora Hernando
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 3 de febrero de 2018, para dirigirse a la República de India.
De la diputada señora Cicardini
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 3 de febrero de 2018, para dirigirse a India.
Del diputado señor Espinoza, don Fidel
, por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 27 de enero de 2018, para dirigirse a Marruecos e India.
Del diputado señor Trisotti
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 27 de enero de 2018, para dirigirse a Colombia.
Del diputado señor Tuma
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 26 de enero de 2018, para dirigirse a Norteamérica.
Del diputado señor Urrutia, don Osvaldo
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 1 de febrero de 2018, para dirigirse a Nueva Zelanda.
Del diputado señor Norambuena
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 24 de febrero de 2018, para dirigirse a Punta Cana.
Del diputado señor Morales
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 3 de febrero de 2018, para dirigirse a Cuba.
Del diputado señor Lavín por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 5 de febrero de 2018, para dirigirse a Panamá.
Del diputado señor Auth
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 28 de enero de 2018, para dirigirse a Italia.
Del diputado señor Alvarado
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 1 de febrero de 2018, para dirigirse a Cuba.
Del diputado señor Monsalve
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 19 de febrero de 2018, para dirigirse a Cuba.
Del diputado señor León por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 28 de enero de 2018, para dirigirse a Marruecos.
Del diputado señor Rincón
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 29 de enero de 2018, para dirigirse a Colombia.
Del diputado señor Hernández
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días a contar del 14 de febrero de 2018, para dirigirse a República Dominicana.
Del diputado señor Saldívar
, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, informa la realización de actividades propias de la función parlamentaria el día de hoy, 5 de marzo de 2018, con lo cual justifica su inasistencia a esta sesión.
Del Jefe de Bancada de la Unión Demócrata Independiente por la cual informa que los diputados señores Macaya y Urrutia, don Ignacio , asumirán los cargos de Jefe y Subjefe de Bancada, respectivamente, y que a su turno, la diputada señora Hoffmann y el diputado señor Gahona han sido designados titulares del Tercer y Cuarto Comité, respectivamente.
2.- Licencia médica:
Certificado que acredita que se ha otorgado licencia médica al diputado señor Jiménez
, quien deberá permanecer en reposo por un plazo de diez días, a contar del 28 de febrero de 2018.
Certificado que acredita que se ha otorgado licencia médica a la diputada señora Cicardini
, quien deberá permanecer en reposo por un plazo de cinco días, a contar de hoy, 5 de marzo de 2018.
3.- Comunicaciones:
Del diputado señor Lavín , quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, a la sesión de hoy, 5 de marzo de 2018.
Del diputado señor Ulloa
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 5 de marzo de 2018, por impedimento grave.
Del diputado señor Ward
, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, justifica su inasistencia a la sesión de hoy, 5 de marzo de 2018, por impedimento grave.
Del diputado señor Castro
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, hoy, 5 de marzo de 2018, por medio día.
Del diputado señor Silva , quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, a la sesión de hoy, 5 de marzo de 2018.
Del diputado señor Kort
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, a la sesión de hoy, 5 de marzo de 2018.
Del diputado señor Kast, don Felipe
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, a las sesiones comprendidas entre el 5 y el 7 de marzo de 2018.
4.- Oficios:
Del Jefe de Gabinete del Contralor General de la República por el cual remite el reporte correspondiente al mes de diciembre de 2017 y enero de 2018, sobre informes de auditoría, investigaciones especiales, seguimientos e inspecciones de obra pública, publicados por dicho organismo de control.
De la Contraloría General de la República por el cual remite el informe final N° 558, de 2017, sobre Auditoría a los Procesos de Actualización, Modificación y Fiscalización de los planes de desarrollo de infraestructura sanitaria en la Superintendencia de Servicios Sanitarios, como complemento de la respuesta dada por ese organismo a la Cámara de Diputados, en virtud del oficio N° 83.133, de 16 de noviembre de 2016, en relación con el informe de la Comisión Especial Investigadora acerca del rol de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y de la mencionada empresa, respecto de los problemas generados por Aguas del Valle S.A. en el tratamiento y distribución de agua potable en la Región de Coquimbo. (1).
De la Contraloría General de la República por el cual remite, en virtud de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 10 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, el listado de los decretos tramitados por sobre el plazo de quince días a que se refiere el mencionado precepto, durante el periodo comprendido entre el 18 de mayo y el 29 de diciembre de 2017. (2444).
De la Contraloría General de la República por el remite copia de la resolución N° 4, de dicho organismo, publicada el 25 de enero de 2018 en el Diario Oficial, mediante la cual se dispone la exención temporal del trámite de toma de razón a las resoluciones que indica, dictadas por las Secretarías Regionales Ministeriales, y a los decretos y resoluciones sobre expulsiones de extranjeros, emanados del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las intendencias regionales, la que regirá desde el 1 de febrero de 2018 al 1 de febrero de 2019, ambas fechas inclusive. (3198).
Del Subsecretario de Minería (S) por el cual informa, en cumplimiento de lo establecido en la Partida 17, “Ministerio de Minería”, Capítulo 01, Programa 02, Subtítulo 24 , Ítem 04, Asignación 001, Glosa 03, de la ley de Presupuestos del Sector Público del año 2018, sobre la política de largo plazo de fomento de la Pequeña y Mediana Minería, de las metas, mecanismos y cobertura proyectada de este Programa, y de la ejecución de dicha política, desglosado por regiones y provincias. (89)
Respuestas a Oficios Contraloría General
Diputado Sandoval, don David . Requiere informar las medidas que se adoptarán para asegurar que los procesos de adjudicación de transporte subsidiado de pasajeros que realiza el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones considere especialmente las condiciones de seguridad de los vehículos terrestres y marítimos serán utilizados. (2455 al 33068).
Diputado Pérez, don José . Posibilidad de disponer una investigación a fin de esclarecer la responsabilidad del Servicio de Vivienda y Urbanización en la adjudicación de obras de mejoramiento urbano en las comunas de Nacimiento, Hualpén, Penco y Yumbel a la empresa constructora Richard Figueroa Burgos , las que dejó abandonadas por carecer de solvencia económica y disponer se hagan efectivas las respectivas boletas de garantía. (3106 al 30348)
Diputado Rathgeb, don Jorge . Solicita iniciar el procedimiento administrativo del caso conducente a sancionar la infracción a la obligación de informar contenida en el artículo 9° del citado cuerpo legal, en que ha incurrido el Director Provincial de la Dirección de Vialidad de Malleco, al no haber dado respuesta, a esta fecha, al oficio N° 31498, de 13 de junio de 2017, reiterado mediante oficio N° 34020, de 7 de septiembre de 2017, que en copia se anexan, e informe a esta Cámara. (3149al 36897).
Diputado Fuenzalida, don Gonzalo . Se sirva emitir dictamen en materias concernientes al artículo 70 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en los términos que requiere. (3152 al 33297).
Diputada Núñez , doña Paulina , Diputado Ward, don Felipe . Se sirva ejercer el control de legalidad respecto del decreto exento del Ministerio de Justicia que crea, separa, fusiona y numera cargos de notarios, conservadores, archiveros y receptores judiciales en las Cortes de Apelaciones que señala, una vez que sea expedido y publicado, teniendo a la vista los argumentos que se exponen e informando a la Cámara de Diputados sus resultados. (3177 al 32854).
Diputado Robles, don Alberto . Solicita informe de la eventual discriminación que se produciría entre los profesionales de la salud pública que se ven expuestos por su trabajo a radiaciones ionizantes, en el sentido que sólo médicos y odontólogos recibirían una asignación especial por este concepto, a diferencia de los trabajadores de los hospitales de las Fuerzas Armadas en los que el beneficio, que es mayor, se entrega a todo el equipo médico involucrado. (4274 al 37941).
Diputado Robles, don Alberto . Solicita informe de la eventual discriminación que se produciría entre los profesionales de la salud pública que se ven expuestos por su trabajo a radiaciones ionizantes, en el sentido que sólo médicos y odontólogos recibirían una asignación especial por este concepto, a diferencia de los trabajadores de los hospitales de las Fuerzas Armadas en los que el beneficio, que es mayor, se entrega a todo el equipo médico involucrado. (4274 al 37942).
Diputada Vallejo , doña Camila . Tome conocimiento de los antecedentes que se indican en documento anexo, respecto de la administración financiera de la Municipalidad de la Florida, con el fin de adoptar las medidas administrativas que estime pertinentes. (4296 al 31175).
Diputado De Mussy, don Felipe . Solicita disponer una investigación respecto de todas las compras que ha realizado la Municipalidad de Puerto Varas, en los últimos 12 meses, con finalidades de ayuda social o el desarrollo de actividades como bingos y rifas, particularmente respecto del destino final de dichos objetos, informando los resultados de dicha indagación. (4669 al 22324).
Diputado Hasbún, don Gustavo . Se sirva iniciar una investigación respecto a las denuncias efectuadas contra el Hospital Regional de Temuco Doctor Hernán Henríquez Aravena, relacionadas con la utilización de áreas de descanso como salas de hospitalización, hecho eventualmente originado por la entrega de pabellones a los centros técnicos dentales de la Universidad de la Frontera de Temuco, en los términos que señala. (5165 al 30345).
Diputado Santana, don Alejandro . Disponga una auditoria sobre el uso de los recursos transferidos, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre del año 2015, desde el Ministerio de Salud por razón de convenios entre el Servicio de Salud de Chiloé y los Departamentos o Corporaciones Municipales de Salud de la provincia de Chiloé, informando a esta Cámara sus resultados. (5167 al 22300).
Diputado Trisotti, don Renzo . Disponga una investigación en relación al correcto uso de recursos públicos por la Corporación de Desarrollo Regional de Tarapacá. (5169 al 30119).
Diputada Sepúlveda , doña Alejandra . Se sirva informar sobre la factibilidad de reconocer que, al amparo de las normas de la ley N° 19.123, que crea la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, establece pensión de reparación y otorga otros beneficios en favor de personas que señala, la empresa intervenida Industria Arrocera San Fernando S. A. estuvo bajo esa condición por 8 años, entre septiembre de 1973 y septiembre de 1981, considerando los antecedentes que se acompañan. (5346 al 35131).
Diputada Provoste , doña Yasna . Se sirva informar a esta Cámara sobre la situación de los derechos adquiridos por los asistentes de la educación al ser traspasados a los servicios locales, en los términos que requiere. (5362 al 35317).
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
Diputada Hernando , doña Marcela . Solicita informar las medidas que se adoptarán para trasladar la planta de procesamiento de aguas servidas que se encuentra junto al Liceo Industrial de Antofagasta, cuyas emanaciones de tóxicos perturban el normal funcionamiento de dicho establecimiento. (187 al 33346).
Ministerio de Hacienda
Diputado Rincón, don Ricardo . Adopción de alguna de las medidas de orden político, financiero y legislativas en favor de los niños, niñas y adolescentes del país, solicitadas en la Resolución N° 955, aprobada el 13 de julio de 2017, especificando las que se implementarán y las razones que impedirían hacerlo respecto de las demás, señalando las gestiones realizadas para desarrollarlas en el corto mediano y largo plazo. (103 al 34801).
Diputado Pérez, don José . Factibilidad de asignar recursos a las municipalidades, a fin que procedan a disponer los necesarios trabajos de desmalezado que requiere la prevención de incendios en la Región del Biobío. (141 al 38082).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Posibilidad de asignar en el proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para 2018, recursos adicionales para la Región de La Araucanía, en materia de salud, educación, obras públicas, gobierno regional, comunidades y unidades vecinales. (188 al 35054).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Reitera el oficio N° 35054 de esta Corporación, de fecha 4 de octubre de 2017. (188 al 38577).
Proyecto de Resolución N° 927, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, se sirva tener a bien, otorgar incentivos a fin de garantizar un mayor número de becas de especialidades médicas, para que médicos opten por la especialidad de geriatría. 118.
Proyecto de Resolución N° 954, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, se sirva disponer la presentación de un proyecto de ley que establezca un método de compensación económica destinado a los funcionarios a contrata y honorarios de la administración del Estado a quienes se les aplique término anticipado de sus contratos. 140.
Ministerio de Educación
Diputado Arriagada, don Claudio . Solicita informe de la pertinencia de los despidos y traslados de funcionarios docentes efectuados por la Municipalidad de La Granja, indicando los antecedentes y evaluaciones que justificarían esta medida. (018 al 38115).
Diputado Urízar, don Christian . Posibilidad de mantener la Beca Presidente de la República otorgada al señor Felipe Ignacio Foncea Vega , estudiante del 2° año de Enseñanza Media del Liceo Comercial de Los Andes, o en su defecto brindarle ayuda que permita su continuidad de estudios. (0273 al 36232).
Diputado Kast, don José Antonio . Informe sobre los funcionarios de planta, a contrata u honorarios que prestan servicios en esa Subsecretaría y en los servicios u organismos dependientes, remitiendo una nómina con indicación de su obligación de cumplir horario y de los que deben emitir informes, en los términos y forma que requiere. (159 al 38026).
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Diputada Carvajal , doña Loreto . Solicito informar las circunstancias en que se produjo la muerte de un lactante atendido en el Centro de Salud Familiar de la comuna de Coihueco, después que se le inyectó la vacuna correspondiente al control de dos meses de edad, indicando el estado de tramitación de la autopsia que se le realizó al menor. (559 al 36275).
Ministerio de Defensa Nacional
Diputado Kast, don José Antonio . Cantidad de dinero gastado o invertido por ese Ministerio en software, hardware y en adecuación, en los últimos 5 años, detallando los productos adquiridos, el uso y los servicios en los que fueron implementados. (6855/3522/2 al 31691).
Ministerio de Obras Públicas
Diputada Sepúlveda , doña Alejandra . Requiere informe de la factibilidad de instalar instrumentos de reducción de velocidad en el camino que une a las comunas de San Fernando y Chimbarongo, indicando las medidas que en ese sentido se adoptarán. (154 al 35387).
Diputado Robles, don Alberto . Inquietudes que plantea la Agrupación de Agricultores, Parceleros y Crianceros del sector de San Pedro, provincia de Copiapó, Agriparcri , en el documento que se adjunta, relacionadas con la necesidad de preservar el cauce del río Copiapó y prevenir inundaciones. (258 al 31217).
Diputado Robles, don Alberto . Inquietudes que plantea la Agrupación de Agricultores, Parceleros y Crianceros del sector de San Pedro, provincia de Copiapó, AGRIPARCRI, en el documento que se adjunta, relacionadas con la necesidad de preservar el cauce del río Copiapó y prevenir inundaciones. (258 al 31218).
Diputado Letelier, don Felipe . Solicita presentar a tramitación un proyecto de ley que regule la instalación de servicios higiénicos públicos, tomando en consideración los antecedentes que contiene documento anexo. (261 al 35591).
Ministerio de Agricultura
Diputado Espinoza, don Fidel . Solicita informe de la distribución de los recursos entregados por el Fondo de Promoción de Exportaciones de esa Cartera, los años 2016, 2017 y 2018, indicando las asociaciones y empresas adjudicatarias de dichos recursos y determinando la representación porcentual de las Regiones en relación al total del país. (39 al 38071).
Ministerio de Bienes Nacionales
Diputado Kast, don José Antonio . Remita copia del contrato de la señora Julia Urquieta y de su registro de horarios durante los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2017, precisando la labor desarrollada e indicando si ha tenido permisos sin goce de sueldo, en los términos que requiere. (82 al 37843).
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Diputada Provoste , doña Yasna . Situación del señor Eduardo Gonzalez Donoso , a quien le fue rechazada por parte de la Tesorería General de la República su solicitud de renuncia voluntaria, fundado en el incumplimiento de los requisitos establecidos en la ley N° 20.305 que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de remplazo de sus pensiones, en los términos que requiere. (115 al 36979).
Proyecto de Resolución N° 932, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, se sirva hacer presente urgencia para tramitación de proyectos de ley que establece medidas en materia de educación y trabajo que garanticen la igualdad de género, boletín N° 11.181-18, y sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, boletín N° 11.077-07. 0038.
Proyecto de Resolución N° 945, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, se sirva disponer un estudio para la elaboración de un proyecto de ley que modifique la edad de jubilación de los trabajadores con Síndrome de Down. 0058.
Ministerio de SaludDiputado Monsalve, don Manuel . La orden para realizar una endoscopía digestiva alta a la señora Pablina Silva Cruces , la que se habría generado desde el servicio de urgencia de la posta de Huentelolen, desconociendo la paciente a que centro de salud habría sido remitida. (273 al 36775).
Diputado Monsalve, don Manuel . Requiere informar la situación de la señora Mónica Martínez Salgado , señalando el estado actual de la interconsulta solicitada en el Hospital San Vicente , de la comuna de Arauco, indicando las medidas que se adoptarán a fin de iniciar un tratamiento por conducto de lagrimales tapados. (274 al 36912).
Diputado Pilowsky, don Jaime . Calendario y oportunidad en que el Ministerio de Salud tiene previsto llamar y adjudicar el proceso de licitación pública para la contratación de servicios de electrocardiografía a distancia y arrendamiento de electrocardiógrafos, como instrumentos de apoyo al programa IAM del Plan Auge, indicando los recursos destinados para estos fines. (276 al 36323).
Diputado Urízar, don Christian . Factibilidad de incluir la enfermedad degenerativa “atrofia muscular espinal”, en la ley N° 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos y acerca de la autorización del uso del medicamento Spinraza utilizado en otros países para el tratamiento de esta enfermedad. (353 al 36233).
Diputado Espinoza, don Fidel . Situación sanitaria que afecta a trabajadores de la empresa Manuka que produce leche bovina en la Hacienda Rupanco de la comuna de Puerto Octay y su relación con la actividad que desarrollan. (354 al 35421).
Diputado De Mussy, don Felipe . Solicita informar las medidas que se adoptarán en relación al brote de un tipo específico de neumonía, que sólo afectaría a habitantes de la Provincia de Osorno. (355 al 35158).
Diputada Rubilar , doña Karla . Solicita adoptar las medidas pertinentes a fin de establecer un mecanismo automático para que las personas a quienes se les rechacen reiteradamente sus licencias médicas puedan iniciar sus trámites de obtención de pensión por invalidez, indicando las líneas de acción que en este sentido se seguirán. (356 al 27672).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Solicita que se sirva informar sobre el eventual descuento salarial al que se verían afectados los trabajadores del sector de la Salud, debido a las movilizaciones relacionadas con la discusión del último reajuste en el sector público, en los términos que señala. (418 al 27319).
Diputada Molina, doña Andrea . Solicita informe de las medidas que se adoptarán ante el cierre de la planta de aguas servidas ubicada en la localidad El Melón de la comuna de Nogales y la consecuente contaminación que afecta al estero que corre en dicho lugar, indicando qué responsabilidad legal le corresponde en la materia a ese Municipio. (588 al 38195).
Ministerio de Energía
Diputado Robles, don Alberto . Medidas que se adoptarán para hacer valer la responsabilidad de la empresa colombiana Isa, concesionaria de las obras de conexión del Sistema Interconectado Central con el del Norte Grande, en el cumplimiento de los contratos celebrados con subcontratistas, exigiendo el pago de sus obligaciones. (108 al 33917).
Diputado Robles, don Alberto . Medidas que se adoptarán para hacer valer la responsabilidad de la empresa colombiana Isa, concesionaria de las obras de conexión del Sistema Interconectado Central con el del Norte Grande, en el cumplimiento de los contratos celebrados con subcontratistas, exigiendo el pago de sus obligaciones. (108 al 33919).
Diputado Robles, don Alberto . Adopte las medidas que se requieran para hacer valer la responsabilidad de la empresa colombiana Isa, concesionaria de las obras de conexión del Sistema Interconectado Central con el del Norte Grande, en el cumplimiento de los contratos celebrados con subcontratistas, impartiendo las instrucciones que correspondan a fin de exigir el pago de sus obligaciones. (108 al 33924).
Diputado Espinoza, don Fidel . Antecedentes y copia del estudio “Recomendaciones para la Estrategia de Energía Marina de Chile: un plan de acción para su desarrollo”, que habría sido realizado por la consultora Aquatera , en los términos que requiere. (112 al 37450).
Proyecto de Resolución N° 1021, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, que presente un proyecto de ley para modificar la ley N° 20.928, que establece mecanismos de equidad en las tarifas de servicios eléctricos, en el sentido de incorporar la variable socioeconómica de cada comuna para el cálculo respectivo. 236.
Ministerio de la Vivienda y UrbanismoDiputado García, don René Manuel . Solicita informar los proyectos que se realizarán en el sector Huellanto de la comuna de Gorbea para reparar la carpeta asfáltica de doble tratamiento que existe en el lugar, indicando el cronograma que se ha establecido para la conclusión de los trabajos. (152 al 35227).
Diputado García, don René Manuel . Requiere informe del estado de avance del proyecto de construcción de un camino, en el tramo MonculCarahue, indicando las fiscalizaciones que se han realizado a la ejecución de las obras y sus resultados. (153 al 35225).
Diputado Chahin, don Fuad . Situación que afecta a la señora Maria Sanhueza Arteaga y las posibles soluciones que esa Cartera puede entregar para disponer de un hogar para ella y su familia, en los términos que señala. (45 al 30324).
Diputada Hoffmann, doña María José . Posibilidad de iniciar el proceso de transferencia al Ministerio de Bienes Nacionales de terrenos del Servicio de Vivienda y Urbanización ubicados en quebradas de los sectores de Villa Dulce, Villa Dulce Ampliación y Villa Dulce Crav , de la comuna de Viña del Mar, a fin que sea declarado bien protegido y se configure un parque urbano. Asimismo, se requiera al Servicio de Vivienda y Urbanización incorporar a sus programas al Comité Habitacional del sector. (46 al 34501).
Diputado Álvarez-Salamanca, don Pedro Pablo . Solicita informar los recursos que se destinarán para dar solución a los habitantes de la Región del Maule que perdieron sus viviendas como consecuencia de los incendios forestales que afectaron a esa zona; gestionar que los trámites necesarios para la regularización de títulos de dominio sean gratuitos e informar las medidas que se aplicarán para las personas que vivían como allegados en la viviendas destruidas. (47 al 26517).
Diputado Sandoval, don David . Las medidas que se adoptarán para pagar los montos adeudados a contratistas de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, derivados de la prestación de servicios que realizaron para programas de asesoría técnica a municipios de dicha zona. (50 al 32171).
Diputado Monsalve, don Manuel . Requiere informe de la factibilidad que la Delegación del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Provincia de Arauco ayude a la señora Lissette Herrera Lopez , para la obtención de un subsidio de vivienda de acuerdo a sus necesidades. (51 al 36909).
Diputado Robles, don Alberto . Posibilidad de revisar los contratos de reconstrucción de las viviendas afectadas por el aluvión de 2015, suscritos con la empresa Movic en la Región de Atacama, ante el incumplimiento reiterado de sus obligaciones, poniendo término a la prestación de sus servicios. (55 al 32731).
Diputado Meza, don Fernando . Solicita disponer los recursos necesarios para dar una solución habitacional a los Comités de Vivienda que se individualizan en la intervención adjunta, todos ubicados en la comuna de Villarrica. (68 al 2937).
Diputado Pérez, don José . Posibilidad de atenuar los requisitos que actualmente se exigen para la postulación al subsidio habitacional rural. (69 al 34532).
Proyecto de Resolución N° 1010, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, se sirva tener a bien, establecer un subsidio para el reemplazo de asbesto cemento en viviendas. 0107.
Ministerio de Desarrollo Social
Diputada Núñez , doña Paulina . Demora que ha sufrido la tramitación de la solicitud presentada por el señor Cristóbal Ramos Campos , para acogerse a los beneficios de incentivo al retiro establecidos en la ley N° 19.982, impartiendo las medidas que permitan darle el más pronto curso. (215 al 35234).
Diputada Sabat , doña Marcela . Se sirva tomar conocimiento e informe las razones por las que el señor Director del Servicio Nacional del Adulto Mayor no ha dado cumplimiento a las resoluciones del Contralor General de la República contenidas en el Informe Final de Alta Complejidad N° 840 de 17 de febrero del presente año, que dispone medidas que se deben adoptar para determinar responsabilidades administrativas por la situación que afecta al funcionamiento de algunos establecimientos de larga estadía de adultos mayores. (276 al 34072).
Diputado Gutiérrez, don Hugo . Factibilidad de que la Corporación de Asistencia Judicial de Tarapacá represente a la señora María Becerra Carrasco , de la comuna de Iquique, para ejecutar la sentencia definitiva Rol 272.618, teniendo en cuenta su condición de adulto Mayor. (297 al 35325).
Proyecto de Resolución N° 1027, Solicita a S.E. la Presidenta de la República, tenga a bien hacer presente la urgencia que estime pertinente al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.422, en lo que respecta a la vigencia de la credencial de inscripción en el registro nacional de discapacidad. Boletín N° 11.312-31 0217.
Proyecto de Resolución N° 857, Solicita a S.E. la Presidenta de la República la adopción de acciones legislativas y reglamentarias tendientes al reconocimiento de la cuarta edad en materia de Adultos Mayores en Chile. 273.
Proyecto de Resolución N° 933, Solicita a S.E. la Presidenta de la República analizar la posibilidad de implementar mecanismos de capacitación de personas que cumplen penas en establecimientos semicerrados, extendiendo al efecto la aplicación de Programas del Fondo de Solidaridad e Inversión Social. 277.
Proyecto de Resolución N° 658, Solicita a la señora Ministra de Salud el establecimiento de una política pública de apoyo a los adultos mayores en el acceso a pañales. 296.
Ministerio del Medio Ambiente
Diputada Álvarez , doña Jenny . Solicita informe acerca del eventual vertimiento de residuos líquidos que se estaría produciendo en el rio Reloncaví, de la Región de Los Lagos, indicando las medidas que adoptará la Secretaría Regional Ministerial de esa Cartera y de las denuncias recibidas previamente sobre la misma materia. (180759 al 38049).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Solicita informe acerca del eventual vertimiento de residuos líquidos que se estaría produciendo en el rio Reloncaví, de la Región de Los Lagos, indicando las medidas que adoptará la Secretaría Regional Ministerial de esa Cartera y de las denuncias recibidas previamente sobre la misma materia. (180760 al 38049).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Solicita informe acerca del eventual vertimiento de residuos líquidos que se estaría produciendo en el rio Reloncaví, de la Región de Los Lagos, indicando las medidas que adoptará la Secretaría Regional Ministerial de esa Cartera y de las denuncias recibidas previamente sobre la misma materia. (180767 al 38049).
Diputada Molina, doña Andrea . Solicita informe de las medidas que se adoptarán ante el cierre de la planta de aguas servidas ubicada en la localidad El Melón de la comuna de Nogales y la consecuente contaminación que afecta al estero que corre en dicho lugar, indicando qué responsabilidad legal le corresponde en la materia a ese Municipio. (588 al 38196).
Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
Diputado Letelier, don Felipe . Solicita informe de las irregularidades que se habrían producido en la administración del Teatro de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins y la intervención que tuvo en la materia la Dirección Regional del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, informando las medidas que se adoptarán. (0211 al 36960).
Diputado Berger, don Bernardo . Solicita informe del Plan de Gestión de la restauración del Teatro Cervantes en la comuna de Valdivia, indicando los costos y planes de inversión asociados a dicha obra. (254 al 38031).
Ministerio del Deporte
Diputado Berger, don Bernardo . Pagos adeudados a los trabajadores de la empresa Ingemonte, actualmente en proceso de quiebra, que se desempeñaron en la construcción del Centro deportivo Integral de la comuna de Mariquina. (69 al 37336).
Diputado Berger, don Bernardo . Solicita informe de la política de deporte que se llevará adelante en cada región del país durante el año 2018, indicando si éstas se encuentran determinadas y qué actividades se encuentran planificadas. (93 al 38029).
Subsecretarías
Diputada Álvarez, doña Jenny . Antecedentes acerca del proyecto piloto implementado en Caleta El Manzano, en la comuna de Huailahué, que busca aumentar la capacidad de adaptación al cambio climático en los sectores de la pesca artesanal y acuicultura a pequeña escala, indicando su cronograma, duración y montos de la inversión. (128 al 38043).
Diputado Trisotti, don Renzo . Medidas adoptadas en la Región de Tarapacá para combatir el crimen organizado y la inversión realizada desde 2014 a la fecha destinada a la protección de las zonas fronterizas, en los términos que requiere. (5447 al 37341).
Diputado Espinoza, don Fidel . Requiere informe de las medidas que se adoptarán para garantizar la integridad de los habitantes de las poblaciones que se individualizan, ubicadas en la comuna de Osorno, en atención al aumento de la delincuencia y del micro tráfico de drogas en la zona. (5448 al 36227).
Subsecretaría de Servicios Sociales
Proyecto de Resolución N° 848, Solicita a S.E. la Presidenta de la República instruir a los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Obras Públicas para que se establezcan recintos asistenciales especializados para la atención de Adultos Mayores. 218.
Intendencias
Diputado Rocafull, don Luis . Solicita informe del financiamiento del Fondo de Tesis Regional aprobado en la Ley de Presupuestos para el Sector Público del año 2018, particularmente en cuanto a los fondos disponibles para su ejecución y cuál será la reglamentación que regirá su uso. (000423 al 38652).
Diputado Castro, don Juan Luis . Solicita informe de las modificaciones que se han realizado, desde el 1° de noviembre del año 2017 a la fecha, en relación al personal de la Intendencia y Gobierno Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, indicando traslados y cambios de contratos, según se detalla en documento anexo. Asimismo, se solicita informe de las adjudicaciones que se concretarán hasta el 10 de marzo de 2018 que afectan a los siguientes servicios públicos de la misma región: Servicio de Cooperación Técnica, Corporación Nacional Forestal, Corporación de Fomento de la Producción y Fondo de Solidaridad e Inversión Social. (0084 al 37944).
Gobernación Provincial Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (049 al 38161).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (22 al 38158).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (27 al 38172).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (51 al 38150).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (52 al 38139).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (62 al 38145).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (80 al 38177).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Número de personas que laboran directamente en esa Gobernación, indicando el tipo de contrato, función y el ingreso de cada una. Asimismo, precise los convenios que mantiene ese organismo, actualmente, con instituciones públicas o privadas, señalando el personal contratado para hacerlos efectivos, su función específica y la remuneración de cada funcionario. (91 al 38184).
Empresas del Estado
Diputado Espinoza, don Fidel . Antecedentes que obren en poder de su institución acerca de la Agenda de Desarrollo Sustentable del Sector Lácteo al 2021 y de su evaluación. (063al 38068).
Fuerzas Armadas
Diputado Soto, don Leonardo . Solicita informe de los convenios y contratos vigentes entre Carabineros de Chile y la Cooperativa de Consumo de Carabineros de Chile, indicando los funcionarios que cumplen o cumplieron funciones en su Consejo Administrativo los últimos 5 años y respondiendo las consultas específicas contenidas en documento anexo. (138 al 37527).
Diputado Melero, don Patricio . Requiere informe de las eventuales irregularidades que se habrían producido en la actuación de funcionarios de Carabineros de Chile, en la contención de las manifestaciones que realizaron vecinos del sector rural de la comuna de Pudahuel el día 1° de enero del año en curso, disponiendo al efecto una investigación y remitiendo sus resultados. (182 al 37657).
Diputada Sabat , doña Marcela . Remita copia de la resolución que niega lugar a la reincorporación de la Teniente Andrea Francisca Neira Piñeda , explicitando los motivos y normas legales y reglamentarias en que se funda, en los términos que requiere. (183 al 38728).
Diputado Arriagada, don Claudio . Solicita informe de las medidas que se adoptarán para enfrentar la delincuencia que se ha incrementado en las comunas del sector sur de la Región Metropolitana. (20 al 36820).
Diputado Letelier, don Felipe . Solicita informe de las medidas que se adoptarán para implementar la creación de una subcomisaría de Carabineros de Chile con competencia en el sector poniente de la comuna de Rancagua, indicando si existen los recursos necesarios para ello y de qué manera se administrarán. (203 al 37589).
Diputado Arriagada, don Claudio . Solicita informe de los protocolos que se aplican a los procedimientos policiales efectuados en poblaciones de alto riesgo, indicando especialmente de qué forma se otorga protección a la población civil que habita en los respectivos barrios al momento de producirse enfrentamientos con delincuentes. (33 al 37382).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Solicita informe del trabajo realizado por la Brigada Investigadora de Delitos contra el Medio Ambiente y el Patrimonio en la comuna de Valdivia, cuyo fue objeto fue determinar si existieron consecuencias tras el hundimiento del buque Seikongen el 18 de octubre del año 2017. (46 al 38032).
Diputado Trisotti, don Renzo . Situación del Gendarme Primero señor Francisco Rojas Bravo , quien el 1 de agosto del presente año fue notificado de la declaración de vacancia de su cargo por salud incompatible, señalando el estado actual de la apelación rotulada bajo el numero de oficio conductor Nº 5047 y otorgando respuestas a las demás inquietudes señaladas en el documento anexo. (71 al 36356).
Diputado Soto, don Leonardo . Solicita remitir las declaraciones de intereses y de patrimonio de los funcionarios que están obligados a realizar dichos trámites según lo dispuesto en el artículo 4°, numeral 5, de la ley N° 20.880, sobre la probidad en la función pública y la prevención de los conflictos de intereses, señalando la factibilidad de publicar voluntariamente en su sitio electrónico institucional la totalidad de las citadas declaraciones con el fin de aumentar la transparencia activa. (85al 37535).
Diputado Soto, don Leonardo . Solicita informar las transferencias de dinero o bienes por parte de Carabineros de Chile a la corporación de derecho privado “Mutualidad de Carabineros”, así como respecto de los contratos o convenios vigentes entre ambas entidades. Asimismo, se solicita remitir la nómina de préstamos y créditos otorgados por la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile, en los términos que se indica. (86 al 37526).
Diputada Hoffmann, doña María José . Investigación desarrollada por el accidente que le costó la vida al señor Daniel Ladrón de Guevara , ocurrido el 10 de abril de 2016, en la vía que une El Quisco y Algarrobo , considerando una nueva indagatoria en atención a que la anterior quedó sin sanciones reglamentarias. Asimismo, se sirva otorgar una audiencia a los familiares del afectado. (91 al 37464).
Diputada Carvajal , doña Loreto . Procedimiento empleado por funcionarios de Carabineros de Chile ante la denuncia de violencia formulada por la señora Diana Vidal , ex cónyuge del Alcalde de la Municipalidad de Cabrero, por hechos ocurridos en enero del presente año, la existencia de algún sumario al respecto y su estado. (94 al 31210).
Servicios
Diputado Berger, don Bernardo . Solicita informe de la disminución que afectaría al presupuesto del Instituto Nacional del Deporte, indicando las repercusiones a nivel regional de esta rebaja. (0142 al 35323).
Diputado Letelier, don Felipe . Individualización, detalles y otro tipo de antecedentes relevantes de los aportes reservados para financiamiento de campañas políticas recibidas por candidatos a los Consejos Regionales y otros cargos de elección popular, en los términos que requiere. (0194 al 33446).
Diputado Tuma, don Joaquín . Solicita informe de los pagos efectuados a madres tutoras de la comuna de Carahue, en el marco del Programa de Residencia Familiar Estudiantil, en los términos requeridos en documento anexo. (0274al 36739).
Diputada Provoste , doña Yasna . Solicita informe de las fiscalizaciones que se han realizado al proceso de huelga del Sindicato N° 2 de trabajadores de la Fundición Hernán Videla Lira de la Empresa Nacional de Minería, indicando si se ha cumplido la normativa laboral y sindical aplicable para estas circunstancias y las sanciones aplicadas si fuere del caso. (0711al 37600).
Diputado Jiménez, don Tucapel . Solicita información sobre las denuncias, querellas, informaciones de salud, o de cualquier naturaleza que den cuenta de la existencia de delitos en contra de la integridad física y psíquica o de abuso sexual, que podrían haber afectado a niños, niñas y adolescentes residentes en los centros del Servicio Nacional de Menores (102 al 25788).
Diputada Rubilar , doña Karla . Resultado de las 283 denuncias de abuso sexual en el área de Protección de Derechos y 25 en el área de Justicia Juvenil, informados por la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, mediante Ordinario N° 3402 de 22 de noviembre de 2016, indicando las medidas adoptadas al respecto. (103 al 34508).
Diputada Hernando , doña Marcela . Actuaciones del Servicio Nacional de Menores en la causa RIT 2444/2012 del Tribunal de Familia de Antofagasta y sobre el estado procesal de dicha causa, en los términos que requiere. (104 al 32770).
Diputada Molina, doña Andrea . Solicita informe de la visita que realizarán representantes de la Organización de las Naciones Unidas al Centro de Reparación Especializada de Administración Directa de Playa Ancha, en la comuna de Valparaíso, indicando el estado de tramitación de las denuncias por vulneraciones a los derechos de los niños relacionadas con dicho establecimiento. (107 al 37929).
Diputado García, don René Manuel . Avance de la solicitud presentada por los vecinos del Sector Bajo Rayenlafquen de la comuna de Villarrica respecto de un recorrido de locomoción colectiva, en los términos que requiere. (115 al 37572).
Diputado Espinoza, don Fidel . Posibilidad de revisar y retrotraer la medida administrativa que permite, a partir del 1 de enero recién pasado, que 978 familias de las zonas rurales de las comunas de San Juan de la Costa, Purranque , San Pablo y Río Negro, dependan exclusivamente de la entrega de agua potable a través de camiones aljibes, en los términos que requiere. (120 al 38070).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Solicita informe del plan elaborado por CPT Empresas Marítimas S.A. para el rescate de los residuos orgánicos que se encuentran en el interior del buque Seikongen , hundido el 18 de octubre del año 2017, indicando el cronograma que se ha establecido para la realización de dichas labores y si éste contempla el cumplimiento de las exigencias técnicas de ese Servicio. (121/975 al 38039).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Antecedentes respecto de la eventual autorización otorgada para que salmones muertos extraídos tras el hundimiento del buque “Seikongen”, el pasado 18 de octubre, tengan su disposición final en diferentes vertederos industriales o, en su defecto, pudieran ser derivados a alguna planta pesquera para convertirse en harina de pescado. (121/975 al 38054).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Antecedentes acerca del reciente foco de incendio forestal producido en el sector El Aceite de la comuna de Palena, indicando si la Estrategia para el Fortalecimiento de la Gestión de Incendios Forestales contempla la asignación de recursos suficientes para que zonas apartadas de las provincia de Chiloé y Palena dispongan de medio aéreos de combate del fuego, en los términos que requiere. (131 al 38057).
Diputado Sandoval, don David . Eventual continuidad del señor Jorge Calderón Núñez en su cargo, después del 11 de marzo del 2018, indicando si se vulneraría el instructivo emitido por el Subsecretario del Interior y remitir copia de la investigación sumaria desarrollada por ese servicio contra el referido funcionario, en los términos que requiere. (173 al 38094).
Diputada Nogueira , doña Claudia . Solicita informar la existencia de protocolos de salud mental para niños, niñas y adolescentes en el Servicio Nacional de Menores y qué se requiere para mejorarlo; de no existir, cuáles son los requerimientos necesarios para dichos instrumentos, dando respuesta a las demás inquietudes que se indican. (183 al 33162).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Solicita informar las medidas que se adoptarán para controlar la erosión de los caminos de tierra de la Región de La Araucanía, indicando si existe algún programa púbico para aplicar el denominado “matapolvo” en las respectivas rutas. (242 al 37386).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Solicita informar las medidas que se adoptarán para controlar la erosión de los caminos de tierra de la Región de La Araucanía, indicando si existe algún programa púbico para aplicar el denominado “matapolvo” en las respectivas rutas. (242 al 37387).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Solicita informar las medidas que se adoptarán para controlar la erosión de los caminos de tierra de la Región de La Araucanía, indicando si existe algún programa púbico para aplicar el denominado “matapolvo” en las respectivas rutas. (242 al 37388).
Diputado Urrutia, don Ignacio . Posibilidad de incorporar al sector Los Pellines de la comuna de Longaví, provincia de Linares, en la red de agua potable rural, en los términos que propone. (243 al 36312).
Diputado Urrutia, don Ignacio . Existencia de algún proyecto nuevo o de ampliación del programa de Agua Potable Rural, para el sector Las Amalias , de la comuna de Longaví, Provincia de Linares, considerando disponer un estudio para su implementación. (244 al 36846).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Estado del camino que conecta las comunas de Traiguén y Victoria, señalando las medidas, presupuestos y plazos asignados para su reparación. (245 al 37378).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Factibilidad de asignar recursos para reparar el acceso al puente La Coñá ubicado en el camino que conecta Traiguén con Lumaco, en los términos que requiere. (246 al 37377).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Factibilidad de disponer una fiscalización a fin de dar una solución al problema de extracción ilegal de aguas del estero Romohueco , desde donde se surte el proyecto de agua potable rural de la Villa Trintre, en la comuna de Los Sauces, en los términos que requiere. (248 al 36900).
Diputado Urízar, don Christian . Construcción defectuosa de un canal a una orilla de la carretera 5 Norte, sector Quebradillas , en la comuna de La Ligua, cuyo escurrimiento ha provocado la inundación de 50 hogares del sector, disponiendo las reparaciones que correspondan. (259 al 32982).
Diputado Berger, don Bernardo . Número total de proyectos de Agua Potable Rural en desarrollo, ejecutados o por desarrollar en la Región de Los Ríos, correspondiente a la ejecución presupuestaria 2017 o arrastre de años anteriores. (260 al 32506).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Estado en que se encuentra el puente “Nahuelve”, detallando los recursos que podrían ser destinados para su reparación y la fecha estimada para dichas obras. (3149 al 31498).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Reitera el oficio N° 31498 de esta Corporación, de fecha 13 de junio de 2017, cuya copia se acompaña. (3149 al 34020).
Diputado Farías, don Ramón . Circunstancias en que se produjo el deceso de la menor Daniela Belén Vargas , las gestiones realizadas por su institución durante su enfermedad y tratamiento, remitiendo antecedentes derivados de las instituciones de salud que intervinieron y los trámites relativos a la solicitud de trasplante. Asimismo, indique el número de casos de menores a cargo del Servicio Nacional de Menores que se encuentran en lista de espera para trasplantes de órganos, con las precisiones que requiere. (42 al 36319).
Diputado Espinoza, don Fidel . Factibilidad de iniciar una fiscalización a un buque perteneciente a la empresa “Tres Chilotas Spa” con nombre desconocido, que se encontraría recalado en el puerto de Mejillones, por las razones y en los términos que requiere. (435 al 36799).
Diputado Monckeberg, don Nicolás . Sentido y alcance que la Dirección del Trabajo otorga al concepto “reemplazo” contenido en el inciso segundo del artículo 345 del Código del Trabajo y si siempre se requiere la presencia o concurrencia de “trabajadores reemplazantes”, como señala el inciso cuarto de la misma norma, para estar frente a la infracción a la obligación contenida en el inciso segundo. (451 al 32330).
Diputado Farías, don Ramón . Estado actual del sumario administrativo iniciado por denuncia de maltratos graves en la casa B del Centro de Reparación Especializada de Administración Directa, Cread , Playa Ancha y en particular acerca de las sanciones que afectarían a Directora señora Yerli Mellado y a los funcionarios señores Nelson Gutiérrez y Luis Cortés . (500 al 34957).
Diputado Urízar, don Christian . Posibilidad de otorgar becas de alimentación para alumnos del Colegio Artístico Costa Mauco de Quintero. (582 al 32510).
Diputado Berger, don Bernardo . Eventual existencia de un proyecto para la habilitación de agua potable rural o de otro tipo para el sector de Las Gaviotas, en la comuna de Valdivia. (6767 al 32508).
Diputado Rincón, don Ricardo . Requiere informe de las circunstancias que habrían provocado la fuga de un menor desde el Centro de Reparación Especializada de Administración Directa Galvarino de la Región Metropolitana; la normativa que permite que el Servicio Nacional de Menores desvincule de sus familias extendidas a los niños que han sido declarados susceptibles de adopción, y la regulación de los denominados centros coadyuvantes no acreditados que se desempeñan en coordinación con ese Servicio. (96 al 35565).
Varios
Diputado Trisotti, don Renzo . Cada una de las iniciativas de inversión de ese Servicio en la Región de Tarapacá, que se encuentran en período de ejecución y con entrega pendiente, así como aquellas que están en pleno funcionamiento, con especial indicación del nombre del proyecto, recursos aprobados, estado administrativo de ejecución y la fecha tentativa de entrega según carta Gantt . (s/n al 37556).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (007 al 37068).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (009 al 37708).
Diputada Hoffmann, doña María José . Solicita informe de la situación de los estudiantes de la carrera de Enfermería de la Universidad del Mar, quienes denuncian distintas irregularidades en la realización del modulo VIII de su Plan de estudio, indicando haber sido víctima de distintos tratos discriminatorios y arbitrarios en el Hospital Van Buren por parte de los encargados de la práctica curricular, en los términos que se detallan en documento anexo. (009 al 37859).
Diputado Robles, don Alberto . los aspectos que se detallan en documento anexo, respecto del funcionamiento de la Empresa de Correos de Chile, particularmente en cuanto al nombramiento y permanencia de su cargos directivos, eficiencia del funcionamiento del servicio y administración financiera. (010 al 32148).
Diputado Espinoza, don Fidel . Antecedentes acerca del programa “Almacenes de Chile”, indicando la evolución de la postulación y adjudicación de fondos en la Región de Los Lagos, con datos desagregados por provincia, para los tres últimos años. (010 al 37991).
Diputado Jackson, don Giorgio . Plan de salud podológico municipal para la atención de los adultos mayores de la comuna y la forma en que se implementa en los servicio de salud locales. (0132 al 37851).
Diputado Verdugo, don Germán . Requiere informe del monto asignado a ese municipio, para el año 2016, correspondiente a la Subvención Escolar Preferencial, indicando la cantidad utilizada de los recursos asignados. (014 al 36659).
Diputado Verdugo, don Germán . Requiere informe del monto asignado a ese municipio, para el año 2016, correspondiente a la Subvención Escolar Preferencial, indicando la cantidad utilizada de los recursos asignados. (0148 al 36588).
Diputado Verdugo, don Germán . Existencia de planes de reinserción para personas que se hayan encontrado privadas de libertad, en su municipio, remitiendo estadísticas sobre los resultados de las medidas aplicadas y el número de personas beneficiadas. (020 al 35897).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (021 al 37072).
Diputado Jackson, don Giorgio . Razones que han impedido responder a las distintas solicitudes de reuniones que ha presentado la Fundación Santiago es Mi Vivienda, señalando la factibilidad de conformar una mesa de trabajo con el fin de avanzar en la búsqueda de soluciones conjuntas a los problemas del barrio y sus vecinos. (0216 al 37857).
Diputado Pilowsky, don Jaime . Funcionamiento y las condiciones del acceso peatonal y vehicular del Parque Padre Alberto Hurtado . (024 al 37962).
Diputado Berger, don Bernardo . Número de médicos especialistas en geriatría con los que cuenta el sistema municipal bajo su administración, diferenciando los profesionales contratados en forma permanente y los que corresponden a compras de horas en el sistema privado de salud, indicando si existen otros profesionales especialistas en salud dedicados a este tipo de atenciones en centros de salud familiar y consultorios. (025 al 34202).
Diputado Jackson, don Giorgio . Medidas que se adoptarán para que los trabajadores del Sindicato de Trabajadores Independientes Ambulantes del Persa Biobío, Nº 13013625, puedan continuar trabajando, debido al mejoramiento del sector, en los términos que requiere. (0262 al 38103).
Diputada Carvajal , doña Loreto . Solicita informe de la legalidad de las medidas que estaría adoptando la empresa a cargo de la construcción de la Central Punilla, respecto de los habitantes de las comunas de San Fabián de Alico y Coihueco, quienes deberán abandonar la zona el año 2018, indicando si corresponde que se les exija indirectamente su traslado inmediato. (030 al 37398).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (085 al 37148).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (10 al 37295).
Diputado Berger, don Bernardo . Número de médicos especialistas en geriatría con los que cuenta el sistema municipal bajo su administración, diferenciando los profesionales contratados en forma permanente y los que corresponden a compras de horas en el sistema privado de salud, indicando si existen otros profesionales especialistas en salud dedicados a este tipo de atenciones en centros de salud familiar y consultorios. (1007 al 34271).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (103 al 37768).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (110 al 38477).
Diputado Jackson, don Giorgio . Proyectos inmobiliarios que se encuentran en construcción o en revisión para su aprobación en el Departamento de Obras, particularmente en la zona que indica. (111 al 37847).
Diputado Verdugo, don Germán . Existencia de planes de reinserción para personas que se hayan encontrado privadas de libertad, en su municipio, remitiendo estadísticas sobre los resultados de las medidas aplicadas y el número de personas beneficiadas. (112 al 36098).
Diputado Espinoza, don Fidel . Inversiones efectuadas durante los años 2015 a 2017, en materia de compra de agua a empresas sanitarias u otro proveedor, para abastecer a los camiones aljibes, indicando los recursos dispuestos por año, número de camiones surtidores y la población beneficiada. (116 al 37438).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (1200/56 al 38489).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (123/618376 al 37700).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (125 al 37746).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (126 al 37794).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (1300/ 326 al 38367).
Diputado Meza, don Fernando . Medidas que se han adoptado para solucionar el problema de la demora en el pago de las licencias médicas y de su rechazo sin el debido examen por la comisión de medicina preventiva e invalidez correspondiente. (132 al 37481).
Diputado Meza, don Fernando . Rechazo de la pensión de invalidez solicitada por el señor Abel Vera de la comuna de Gorbea, sin haber sido auscultado en ninguna ocasión por la comisión de medicina preventiva e invalidez. (134al 37478).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (139 al 37804).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (139 al 37810).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (14 al 38313).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (149 al 38271).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (150 al 37030).
Diputado Verdugo, don Germán . Existencia de planes de reinserción para personas que se hayan encontrado privadas de libertad, en su municipio, remitiendo estadísticas sobre los resultados de las medidas aplicadas y el número de personas beneficiadas. (151 al 35947).
Diputado Jackson, don Giorgio . Eventual retraso en el pago a la constructora OPS Chile por la construcción de un jardín infantil en la ciudad de Chañaral, en los términos que requiere. (151 al 37853).
Diputado Meza, don Fernando . Medidas que se han adoptado para solucionar el problema de la demora en el pago de las licencias médicas y de su rechazo sin el debido examen por la comisión de medicina preventiva e invalidez correspondiente. (155 al 37481).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (16 al 36994).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (16 al 38335).
Diputado Lavín, don Joaquín . Propietario del terreno ubicado entre las avenidas Serrano , Federico Errázuriz , Ruta 68 y Claudio Arrau , indicando las medidas de mitigación adoptadas para la limpieza y fin del vertedero clandestino que se ubica en el lugar y precisando si existe algún plan para cerrar dicho terreno o planes para dar mayor seguridad a los vecinos de su entorno. (1600/0011 al 38622).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (1671 al 38505).
Diputado Alvarado, don Miguel Ángel . Requiere informe de las condiciones en que se desarrollan obras en la Avenida Costanera de la comuna de Coquimbo, por parte de la empresa Aguas del Valle, particularmente en cuanto a la emanación de malos olores y las consecuencias de éstos para el comercio gastronómico del sector, indicando las medidas que se adoptarán para permitir el desarrollo de ambas actividades en forma armónica. (175 al 35598).
Diputado Espinoza, don Fidel . Solicita informe de las fiscalizaciones efectuadas a la empresa ESSAL S.A. por la calidad de la prestación de servicios de suministro de agua potable en la comuna de Osorno, remitiendo sus resultados e indicando en particular qué medidas se han adoptado para enfrentar contingencias que provoquen suspensión del servicio así como la capacidad de sondaje que se está ejecutando (177 al 36304).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (184 al 38242).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (188 al 38567).
Diputado Urízar, don Christian . Disponga de una fiscalización a la calidad de agua potable suministrada por la Empresa San Isidro en la localidad de los Molles de la comuna de La Ligua, detallando si es apta para consumo humano. (189 al 31243).
Diputado Castro, don Juan Luis . Apelaciones presentadas por la señora María Granifo Vargas para revertir el rechazo de sus licencias médicas, en los términos que requiere. (1900 al 36763).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (191 al 38532).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (210 al 37771).
Diputado Urrutia, don Osvaldo . Monto en dinero que el Fisco de Chile ha pagado por concepto de indemnizaciones en causas relativas a derechos humanos, en los términos que requiere. (213/2048 al 38112).
Diputado Pérez, don Leopoldo . Requiere informar sobre la instalación de un paradero del Transantiago en la intersección de las calles Maestro Palomo con Chayavientos Nº 3017 en la comuna de Puente Alto, que se encuentra adosado a la propiedad de doña Eliana del Carmen Tapia Medina . (219 al 36954).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (225 al 38533).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Responsables de las reparaciones del camino de acceso a la comunidad de Buchahueico, en la comuna de Purén. (229 al 34466).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Reitera el oficio N° 34466 de esta Corporación, de fecha 7 de septiembre de 2017. (229 al 38579).
Diputada Provoste , doña Yasna . Situación de los habitantes de la comuna de Chañaral, quienes denuncian constantes problemas de exceso de turbiedad y mal olor del agua potable, señalando las medidas a adoptar para otorgarles una solución. (230 al 37379).
Diputado Sandoval, don David . Solicita informe del proceso de licitación y adjudicación del nuevo servicio de transporte marítimo subvencionado entre Puerto Aguirre y Puerto Chacabuco, disponiendo su revisión a fin de verificar las ofertas y servicios involucrados. (2455 al 2856).
Diputado Silber, don Gabriel . Medidas que se han adoptado para asegurar el adecuado abastecimiento y calidad del agua para los habitantes de la localidad El Noviciado, en la comuna de Pudahuel, indicando con que periodicidad reciben informes de calidad del agua por parte del Ministerio de Salud. (247 al 37933).
Diputada Vallejo , doña Camila . Correcta aplicación del artículo 4° del DFL N° 44, que fija normas comunes para los subsidios por incapacidad laboral de los trabajadores dependientes del sector privado, fijando su real sentido y alcance e impartir las instrucciones pertinentes a la Isapre Colmena a fin que de curso a las licencias médicas presentadas por el señor Silvio Rojas . (2581 al 38077).
Diputado Verdugo, don Germán . Requiere informe del monto asignado a ese municipio, para el año 2016, correspondiente a la Subvención Escolar Preferencial, indicando la cantidad utilizada de los recursos asignados. (259 al 36393).
Diputado Verdugo, don Germán . Requiere informe del monto asignado a ese municipio, para el año 2016, correspondiente a la Subvención Escolar Preferencial, indicando la cantidad utilizada de los recursos asignados. (259 al 36647).
Diputado Trisotti, don Renzo . Estado en que se encuentra la postulación al Programa de Subsidio para Arriendo del Adulto Mayor presentada por la señora Martina Madrid Araya y en caso de ser efectivo, las razones de su revocación. (269 al 37561).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (27 al 37014).
Diputado Castro, don Juan Luis . Solicita informe de la factibilidad de realizar una fiscalización en la calle Miguel Ramírez , sector Manzanal de la comuna de Rancagua, con la finalidad de medir el nivel de ruidos para determinar si éstos son molestos, a causa de los distintos reclamos de los vecinos por el funcionamiento del local de entretenimiento “El Secreto”, en los términos que requiere. (279 al 38628).
Diputado Kast, don José Antonio . Enseñanza de la religión católica y evangélica en su región, precisando las horas contratadas, el número de profesores, el nombre de los establecimientos que las imparten, la cantidad de liceos y escuelas por comuna que cuentan con ambos profesores, el nombre de los colegios confesionales en funcionamiento en cada comuna y la cantidad de maestros de religión que han sufrido la disminución de sus horas pedagógicas o se les ha pedido la renuncia desde 2014, en los términos que requiere. (283 al 37818).
Diputado Trisotti, don Renzo . Factibilidad de que, a través de la Unidad de Socavones, se ordene la realización de un estudio de suelo en el terreno que ocupan los pobladores de la Junta de Vecinos La Huayca de la comuna de Iquique, a fin de determinar las causas del hundimiento de sus viviendas y otorgarles una solución. (287 al 36751).
Diputado Campos, don Cristián . Razones que justificarían la remoción del Director del Centro de Educación Integrada de Adultos Hualpencillo, de la comuna de Hualpén, señor Rodolfo Arriagada Verdugo , y las que han impedido efectuar el respectivo llamado a concurso para cubrir su vacante. (288 al 37496).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Convenios actualmente vigentes celebrados por su municipio con instituciones de la Administración del Estado, individualizando a cada una de ellas y el personal contratado para ese efecto. (307 al 38281).
Diputado Urízar, don Christian . Requiere informe del estado de tramitación de la solicitud de regularización de un bien raíz, presentado por la comunidad Los Leones de Puchuncaví, otorgando asesoría técnica a esta entidad para subsanar los problemas que existirían para cumplir con el objeto del señalado trámite. (317 al 36943).
Diputado Jackson, don Giorgio . Razones que motivaron la disminución de la subvención anual destinada a incentivar la permanencia de los estudiantes de entre séptimo básico y cuarto medio en virtud del Programa Pro-Retención, en los términos que requiere. (33 al 37856).
Diputada Hernando , doña Marcela . Requiere informe de los resultados de las fiscalizaciones realizadas a las plantas de tratamiento de aguas servidas de la Región de Antofagasta, disponiendo en caso de no contar con esta información los respectivos controles y remitiendo sus resultados, particularmente en cuanto al procesamiento del material sólido que se extrae al agua servida. (331 al 36234).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial.
Diputada Cicardini , doña Daniella . Solicita informar las falencias que presentarían las viviendas del conjunto habitacional Capis Chico II , ubicado en la comuna de Copiapó, indicando las medidas que se adoptarán para dar una solución a sus habitantes. (340 al 33487).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (348/54 al 37743).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (37178 al 37178).
Diputado Núñez, don Daniel . Causas y la responsabilidad que le cabe a la empresa Aguas del Valle en el inesperado corte del suministro que se produjo en la comuna de Los Vilos durante las primeras horas del 1 de enero de 2018. (37582al 37582).
Diputado Espinoza, don Fidel . Antecedentes y estadísticas acerca de la utilización de las garantías GES-AUGE por los usuarios de los sistemas público y privado de la Región de Los Lagos, con datos desagregados por provincia y sistema de salud desde 2016 y hasta el primer semestre de 2017, indicando las prestaciones con mayor demanda y cobertura regional. (398 al 32746).
Diputado Chahin, don Fuad . Solicita disponer una investigación para determinar las eventuales irregularidades producidas en la administración de la Empresa Nacional del Petróleo, en virtud de los antecedentes que se exponen en documento anexo. (40 al 38088).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (46 al 37787).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (50 al 37691).
Diputado Espinoza, don Fidel . Solicita informe acerca de los reclamos presentados ante esa Superintendencia en la Región de Los Lagos, indicando aquellos presentados por usuarios del Fondo Nacional de Salud y por las Instituciones de Salud Previsional, respectivamente, así como la materia y el porcentaje de resolución en cada caso. (518 al 37832).
Diputada Cariola , doña Karol . Estado de avance de la fiscalización realizada a la Isapre Cruz Blanca, como consecuencia de dos denuncias formuladas por la señora Elsa Hermosilla , en los términos que requiere. (549 al 37539).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación desarrollada por su institución en la región para enfrentar los incendios durante la época estival. (56 al 37611).
Diputada Cariola , doña Karol . Factibilidad de fiscalizar a la Empresa Aguas Andinas, en atención a los reclamos de los vecinos por posibles cortes sin programar en el barrio Las Telas de la comuna de Independencia, exigiendo una calendarización e informando los plazos estipulados para el cambio de ductos de aguas servidas en el sector indicado. (580 al 35456).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (62 al 37735).
Diputado Hernández, don Javier . Estado en que se encuentran los instrumentos de medición de consumo de agua potable en la calle Bernardo O´Higgins de la ciudad de Osorno, adoptando las medidas pertinentes de fiscalización y las sanciones que correspondan en el evento de presentar deficiencias. (626 al 35353).
Diputado Espinoza, don Fidel . Autorización para construir un proyecto de viviendas en el sector de Francke, de la comuna de Osorno, en terrenos que se inundan en forma permanente debido a problemas de alcantarillado y vertientes naturales, remitiendo antecedentes sobre denuncias y reclamos recibidos durante la última década, analizando una solución para los actuales pobladores. (633 al 33025).
Diputado Rocafull, don Luis . Número de funcionarios y trabajadores auxiliares, técnicos y administrativos de la salud primaria regidos por el artículo 5° de la ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, indicando el número de funcionarios y trabajadores cuyas rentas sean inferiores al nuevo piso mínimo remuneracional que impone el artículo 18 del proyecto de Ley de Reajuste de Remuneraciones del Sector Público, Boletín N° 11.519-06, aprobado por el Congreso Nacional, en trámite de promulgación presidencial. (64 al 37254).
Diputado García, don René Manuel . Estado del convenio complementario en relación con la concesión de la Ruta 5 Sur, en el tramo entre Rio Bueno y Puerto Montt, para incorporar una calle de servicio que conecte los sectores de Colonia San Martín con Casma, y que a su vez, una a la calle de servicio ya existente entre Frutillar con el Estero El Burro. (67 al 35282).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (68 al 37789).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación desarrollada por su institución para enfrentar los incendios durante la época estival. (70 al 37622).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (71 al 37659).
Diputado Silber, don Gabriel . Factibilidad de acelerar los trámites necesarios para permitir que la sede de Junta de Vecinos Villa Teniente Merino de la comuna de Pudahuel pueda seguir funcionando, considerando la posibilidad de transferir la propiedad del terreno a esta organización comunitaria, en los términos que requiere. (716 al 36297).
Diputado Silber, don Gabriel . Reitera el oficio N° 36297 de esta Corporación, de fecha 9 de noviembre, cuya copia se acompaña. (716 al 37446).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (74 al 37690).
Diputado Verdugo, don Germán . Requiere informe del monto asignado a ese municipio, para el año 2016, correspondiente a la Subvención Escolar Preferencial, indicando la cantidad utilizada de los recursos asignados. (78 al 36566).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Planificación y preparación que tiene su comuna para enfrentar emergencias en la presente temporada estival. (85 al 37727).
Diputada Sabat , doña Marcela . Factibilidad de podar o talar los árboles añosos ubicados en la calle Coquimbo , entre Portugal y Cuevas , Asimismo, considere la posibilidad de mejorar el estado de las veredas de la calle Santa Elena con calle Coquimbo , en los términos que requiere. (9 al 37591).
Diputado Espinoza, don Fidel . Inversiones efectuadas durante los años 2015 a 2017, en materia de compra de agua a empresas sanitarias u otro proveedor, para abastecer a los camiones aljibes, indicando los recursos dispuestos por año, número de camiones surtidores y la población beneficiada. (91 al 37441).
I.ASISTENCIA
-Asistieron 104 señores diputados, de los 119 en ejercicio.
-Sergio Aguiló Melo
-Miguel Ángel Alvarado Ramírez
-Jenny Álvarez Vera
-Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez
-Osvaldo Andrade Lara
-Claudio Arriagada Macaya
-Pepe Auth Stewart
-Ramón Barros Montero
-Germán Becker Alvear
-Jaime Bellolio Avaria
-Bernardo Berger Fett
-Gabriel Boric Font
-Pedro Browne Urrejola
-Cristián Campos Jara
-Karol Cariola Oliva
-Lautaro Carmona Soto
-Loreto Carvajal Ambiado
-Juan Luis Castro González
-Guillermo Ceroni Fuentes
-Fuad Chahin Valenzuela
-Marcelo Chávez Velásquez
-Daniella Cicardini Milla
-Juan Antonio Coloma Alamos
-Aldo Cornejo González
-Felipe De Mussy Hiriart
-Rojo Edwards Silva
-Sergio Espejo Yaksic
-Marcos Espinosa Monardes
-Fidel Espinoza Sandoval
-Daniel Farcas Guendelman
-Ramón Farías Ponce
-Maya Fernández Allende
-Iván Flores García
-Iván Fuentes Castillo
-Gonzalo Fuenzalida Figueroa
-Sergio Gahona Salazar
-René Manuel García García
-Cristina Girardi Lavín
-Joaquín Godoy Ibáñez
-Rodrigo González Torres
-Romilio Gutiérrez Pino
-Hugo Gutiérrez Gálvez
-Gustavo Hasbún Selume
-Javier Hernández Hernández
-Marcela Hernando Pérez
-María José Hoffmann Opazo
-Giorgio Jackson Drago
-Enrique Jaramillo Becker
-Carlos Abel Jarpa Wevar
-Tucapel Jiménez Fuentes
-José Antonio Kast Rist
-Felipe Kast Sommerhoff
-Issa Kort Garriga
-Joaquín Lavín León
-Luis Lemus Aracena
-Roberto León Ramírez
-Felipe Letelier Norambuena
-Pablo Lorenzini Basso
-Javier Macaya Danús
-Rosauro Martínez Labbé
-Patricio Melero Abaroa
-Daniel Melo Contreras
-Fernando Meza Moncada
-Vlado Mirosevic Verdugo
-Andrea Molina Oliva
-Cristián Monckeberg Bruner
-Nicolás Monckeberg Díaz
-Manuel Monsalve Benavides
-Celso Morales Muñoz
-Juan Enrique Morano Cornejo
-Claudia Nogueira Fernández
-Iván Norambuena Farías
-Marco Antonio Núñez Lozano
-Daniel Núñez Arancibia
-Paulina Núñez Urrutia
-Sergio Ojeda Uribe
-José Miguel Ortiz Novoa
-Clemira Pacheco Rivas
Denise Pascal Allende
-Diego Paulsen Kehr
-José Pérez Arriagada
-Leopoldo Pérez Lahsen
-Jaime Pilowsky Greene
-Roberto Poblete Zapata
-Yasna Provoste Campillay
-Jorge Rathgeb Schifferli
-Ricardo Rincón González
-Gaspar Rivas Sánchez
-Alberto Robles Pantoja
-Luis Rocafull López
-Karla Rubilar Barahona
-Jorge Sabag Villalobos
-Marcela Sabat Fernández
-René Saffirio Espinoza
-Raúl Saldívar Auger
-David Sandoval Plaza
-Alejandro Santana Tirachini
-Marcelo Schilling Rodríguez
-Alejandra Sepúlveda Orbenes
-Gabriel Silber Romo
-Ernesto Silva Méndez
-Leonardo Soto Ferrada
-Arturo Squella Ovalle
-Jorge Tarud Daccarett
-Guillermo Teillier Del Valle
-Víctor Torres Jeldes
-Renzo Trisotti Martínez
-Joaquín Tuma Zedan
-Marisol Turres Figueroa
-Jorge Ulloa Aguillón
-Christian Urízar Muñoz
-Osvaldo Urrutia Soto
-Ignacio Urrutia Bonilla
-Camila Vallejo Dowling
-Patricio Vallespín López
-Enrique Van Rysselberghe Herrera
-Mario Venegas Cárdenas
-Germán Verdugo Soto
-Matías Walker Prieto
-Felipe Ward Edwards
II.APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 17.12 horas.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
El acta de la sesión 112ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 113ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Doy la bienvenida a los colegas parlamentarios.
Informo que la Mesa se encuentra incompleta por cuanto el Primer Vicepresidente, señor Enrique Jaramillo Becker , se encuentra hospitalizado, razón por la cual le enviamos nuestros más cordiales saludos.
Ofrezco la palabra sobre la Cuenta. Ofrezco la palabra.
CONDOLENCIAS A DIPUTADO RAMÓN FARÍAS POR EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DE SU SEÑORA MADRE
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
En nombre de la Mesa y de la Corporación, quiero expresar nuestras más profundas condolencias al diputado Ramón Farías por el lamentable deceso de su señora madre, doña María Inés Ponce , que en paz descanse.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura a los Acuerdos de los Comités.
El señor LANDEROS (Secretario).-
Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios bajo la presidencia del diputado señor Fidel Espinoza y con la asistencia de las diputadas señoras Maya Fernández , Karol Cariola , María José Hoffmann , Alejandra Sepúlveda y Camila Vallejo y de los diputados señores Gahona , Jackson , Macaya , Paulsen , Pérez, don Leopoldo ; Robles , Saffirio , Sabag , Schilling , Silber y Urrutia, don Ignacio , acordaron por unanimidad lo siguiente:
1.- Formar la Tabla de la semana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Reglamento.
2.- Otorgar treinta minutos, distribuidos proporcionalmente entre los distintos Comités Parlamentarios, para la discusión del proyecto de ley que establece incentivos al retiro para los funcionarios del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del Título II de la ley N° 19.882, en la forma que indica (boletín N° 11585-05).
3.- Retirar de la Tabla de la sesión ordinaria del martes 6 de marzo el proyecto de acuerdo que reforma el Reglamento de la Cámara de Diputados, con el fin de adecuarlo al aumento del número de diputados y al cambio del sistema electoral establecido en la ley N° 20.840, y de introducirle modificaciones en otras materias (boletín N° 11565-07). La Mesa determinará si la iniciativa se tratará en una sesión especial el día martes 6 de marzo, por la tarde.
4.- Tratar con preferencia, en la sesión ordinaria de mañana martes 6 de marzo, el proyecto de resolución N° 1.053, que solicita a su excelencia la Presidenta de la República instruir a la Subsecretaría de Educación y al Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Innovaciones Pedagógicas con el objeto de extender el bono de reconocimiento profesional a los psicopedagogos que acrediten los respectivos requisitos.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Durante el transcurso de la presente sesión volveremos a citar a reunión de Comités para continuar analizando algunos aspectos administrativos de la Corporación.
V. TABLA
CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE CORREDORES DE PROPIEDADES (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 10391-03)
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que crea el Registro Nacional de Corredores de Propiedades y regula el ejercicio de dicha actividad.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo es el señor Joaquín Tuma .
Antecedentes:
-Moción, sesión 93ª de la legislatura 363ª, en 12 de noviembre de 2015. Documentos de la Cuenta N° 11.
-Informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo, sesión 116ª de la presente legislatura, en 23 de enero de 2018. Documentos de la Cuenta N° 7.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TUMA (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo paso a informar el proyecto de ley, originado en una moción de los diputados señores Germán Becker , Jaime Bellolio , Pedro Browne , Cristián Campos , Fuad Chahin , Joaquín Godoy , Joaquín Lavín , Fernando Meza , Roberto Poblete y quien habla, Joaquín Tuma , que establece un marco normativo para el corretaje inmobiliario que eleva los estándares de capacitación e idoneidad que el público espera en ese tipo de intermediación. Además, es necesario que se certifique tanto la procedencia y la forma en que dicha actividad se ejerce. Para ello, se crea un registro público digital de corredores de propiedades y agentes inmobiliarios, y se definen los requisitos para la inscripción en él.
La comisión contó con la asistencia de los señores Luis Felipe Céspedes y Jorge Rodríguez , que ejercieron como ministros de Economía, Fomento y Turismo en el actual gobierno.
Además, concurrieron los señores Carlos Antúnez , Cristián Domínguez y Juan Eduardo Figueroa , presidente, gerente general y asesor legal de la Cámara Nacional de Servicios Inmobiliarios A.G. (ACOP), respectivamente, y Carlos Avilés , presidente de la Asociación Gremial de Corredores de Propiedades de Chile (Coproch).
Aprovecho la oportunidad para saludar a los representantes de esas entidades que se encuentran presentes en las tribunas.
El proyecto fue aprobado en general en forma unánime.
Antecedentes
En la moción se hace presente que la actividad de la intermediación en materia de bienes inmuebles ha tenido distintos momentos en la historia jurídica chilena. Hasta 1977, el ejercicio del corretaje de propiedades se encontraba normado por las disposiciones de la ley N° 7.747, de 1943, y su reglamento (decreto N° 1.205, de octubre de 1944, del Ministerio de Economía). Inicialmente, la intermediación o corretaje inmobiliario estaba bajo la tutela del Ministerio de Economía y, en tal efecto, contemplaba una inscripción, de carácter imperativa y habilitante, en un Registro de Corredores de Propiedades.
Con el correr de los años y con la liberalización en el ejercicio de algunas actividades y profesiones, por medio del decreto ley N° 953, de 1977, y posteriormente con la ley N° 18.796, de mayo de 1986, se derogó el Registro Nacional de Corredores de Propiedades y, junto con ello, desaparecieron también todas las normas que regulaban el corretaje de inmuebles. Es a partir de esta liberalización que el ejercicio del corretaje inmobiliario quedó absolutamente desprovisto no solo de un registro de carácter público, sino también de todo control por parte de la autoridad estatal.
Los autores de la iniciativa consideran que se debe avanzar en la regulación de la actividad del corretaje inmobiliario debido a que los negocios jurídicos sobre propiedades, cuyo componente básico es la confianza y la buena fe, deben estar regulados debidamente, porque es a los corredores de propiedades a quienes les corresponde intervenir de forma eficaz para que la oferta y la demanda en el mercado inmobiliario se encuentren en condiciones apropiadas, justas y seguras, de tal suerte que las operaciones en que ellos intervienen se realicen con estricto respeto a los principios de buena fe, de certeza jurídica y de libre circulación de los bienes.
En consecuencia, se deben establecer niveles mínimos de formación profesional, exigiendo y fiscalizando el buen comportamiento, y estableciendo controles éticos.
Discusión general y particular
Durante el debate de la iniciativa, el señor Carlos Antúnez manifestó el interés de la organización que representa en que se regule la actividad de los corredores de propiedades, ya que la adquisición de bienes raíces es un acto muy importante en la vida de las personas, quienes necesitan de una asesoría adecuada y que les inspire confianza. Planteó que la compraventa de una vivienda, así como la tasación y administración de propiedades, y, en general, cualquier acto relacionado con una decisión inmobiliaria, requieren de la asesoría de un especialista con conocimientos y experiencia en la materia.
El señor Juan Eduardo Figueroa afirmó que la existencia de un registro que establezca requisitos protegerá a los consumidores, pues el Sernac recibe en la actualidad una altísima cantidad de reclamos a causa de corredores que prestan malos servicios, quienes engañan a la gente al vender inmuebles o no liquidan las garantías de los arriendos en las propiedades que administran, debido a que no están sujetos a un control ético, como el que ejercen Coproch y Acop en relación con sus afiliados. Por lo mismo, afirmó que el proyecto en comento constituye una necesidad para el país.
El señor Carlos Avilés consignó que la liberalización del corretaje de propiedades trajo consecuencias en un mercado en que la relación de confianza y la idoneidad del corredor de propiedades son claves para el éxito o fracaso de un negocio inmobiliario.
Al día de hoy no existe ningún requisito legal que sea habilitante para ser corredor de propiedades. Ello ha traído como consecuencia la proliferación de personas que ejercen dicho corretaje de manera informal, sin emitir boletas ni facturas y sin pagar patentes, como también de personas que ejercen como corredores sin conocimiento ni idoneidad mínimos, lo que ha lesionado seriamente el prestigio de la actividad.
Agregó que la moción parlamentaria en trámite constituye una de las grandes aspiraciones de la asociación que preside, que desde 2008 está pidiendo esta regulación y la creación del Registro Nacional de Corredores de Propiedades.
El exministro de Economía, Fomento y Turismo Luis Felipe Céspedes destacó la importancia de establecer cuál será la entidad responsable de llevar el registro que se propone crear. No obstante lo anterior, reiteró su disposición a trabajar en torno de la iniciativa en análisis.
Quien habla hizo presente que las observaciones formuladas en su informe por la Corte Suprema fueron recogidas en algunas indicaciones que presentó al proyecto.
El señor Jorge Rodríguez , ministro de Economía, Fomento y Turismo, expresó su apoyo a la iniciativa. Manifestó que el principal beneficio que aportará su aprobación será la posibilidad de certificar el cumplimiento de una serie de requisitos que avalen a los profesionales que se desempeñen como corredores de propiedades, lo que en definitiva redundará en beneficio de los consumidores.
En suma, la iniciativa propone establecer un registro digital de corredores de propiedades y agentes inmobiliarios, que defina los requisitos para la inscripción de personas naturales y jurídicas; consagrar el derecho exclusivo de difusión para los agentes registrados; regular los derechos de los usuarios y las infracciones en la prestación de servicios de corretaje o intermediación, basándose para ello en la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores; contemplar un procedimiento de reclamación en sedes administrativas y judiciales, y dictar un reglamento para la ejecución de la ley.
Durante la discusión particular del proyecto, la comisión aprobó diversas indicaciones a su articulado, tanto de fondo como de estructura. Fueron aprobados quince artículos permanentes y dos transitorios, los que se consignan en el informe.
El informe de la comisión fue tratado y acordado en sesiones de fechas 15 de diciembre de 2015, 5 de enero de 2016, 5 y 19 de diciembre de 2017, y 16 de enero de 2018, con la asistencia de los señores Tuma, don Joaquín ; Espejo, don Sergio ; Auth, don Pepe ; Bellolio, don Jaime ; Chahin, don Fuad ; Edwards, don José Manuel ; Farcas, don Daniel ; Fernández, doña Maya ; Jarpa, don Carlos Abel ; Kast, don Felipe ; Lavín, don Joaquín ; Núñez, don Daniel ; Poblete, don Roberto ; Rocafull, don Luis , y Van Rysselberghe, don Enrique .
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma .
El señor TUMA.-
Señor Presidente, una de las demandas más sentidas que hace la población al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo en materia económica es terminar con los abusos de los mercados.
El abuso, que es expresión de exceso de poder y de unilateralidad, pero también de trampa y de engaño, está socavando la legitimidad de nuestra economía de mercado y convirtiéndose, además, en un obstáculo para la libre y sana competencia entre sus actores.
En el caso del corretaje profesional de bienes raíces, los abusos, los engaños, las pequeñas y las grandes estafas de alcance criminal están deteriorando seriamente el mercado inmobiliario, especialmente el arriendo de inmuebles por temporadas inferiores a un año. Son cientos los casos de falsos corredores de propiedades que, en forma personal o empleando el anonimato que permite internet, esquilman a personas y familias que necesitan arrendar una casa o un departamento.
Existen casos más graves, en que personas sin ninguna calificación profesional, ni menos ética, se dan a la tarea de trabajar como corredores de propiedades, abandonando a su suerte a los clientes, sean arrendadores o arrendatarios.
Este proyecto, que surgió de una inquietud del gremio de corredores de propiedades, busca única y exclusivamente prevenir esos abusos contra la población a través de la creación de un registro público y nacional de corredores.
En el proyecto se propone que dicho registro sea público y voluntario, bajo dependencia del Ministerio de Economía, de modo que cada consumidor pueda informarse libremente sobre quiénes son los corredores inscritos.
Un aspecto de gran importancia es el estándar que se busca imponer por medio del establecimiento de requisitos para formar parte del registro que supervisará el Ministerio de Economía. Para inscribirse se propone tener formación acreditada en materia de intermediación inmobiliaria y no haber sido condenado por delitos patrimoniales o financieros.
Se ha dicho que este proyecto vulnera el artículo 19, número 16º, de la Constitución Política de la República, que prohíbe al legislador exigir la afiliación a organización o entidad alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo. En tal sentido, el Tribunal Constitucional, en sentencia causa rol N° 1.413, de 2009, señaló que “la ley puede perfectamente establecer requisitos para el desarrollo de una actividad. Estos -dice el tribunalpueden ser definidos de manera positiva, como cuando se exige el cumplimiento de ciertos requisitos, o de manera negativa, cuando se exige la ausencia de ciertos impedimentos, prohibiciones u obligaciones. Si la ley pone requisitos para desarrollar una actividad, estos deben ser racionales.”.
En la página del gobierno en internet se encuentra publicada una guía de servicios del Estado, es decir, una nómina con varias decenas de registros públicos obligatorios para desarrollar una enorme variedad de actividades económicas y profesionales. Esos registros han sido establecidos por leyes dictadas bajo la vigencia de la actual Constitución.
A vía ejemplar, cito algunos: Registro de Instructores y Practicantes de Artes Marciales; Registro de Concesionarios de Servicios Sanitarios; Registro de Pescadores Artesanales; Registro de Armadores Industriales; Registro de Agentes de Naves, y el Registro de Transportistas Escolares.
Citaré dos casos de registros de personas que se dedican a la intermediación de bienes y servicios, como ocurre con el corretaje de propiedades: el Registro de Agentes de Seguros y Rentas Vitalicias, y el Registro de Intermediarios Agrícolas, es decir, de corredores agrícolas.
En resumen, no existen cuestionamientos de constitucionalidad. Lo que existe, probablemente, es el temor a generar una suerte de estanco, a delimitar la competencia.
Con el conocimiento que me han dado mis años de desempeño en la actividad comercial privada, les digo que no hay nada más lesivo a la concurrencia y competencia entre agentes de los mercados que la desregularización que permite el abuso. Un corredor diligente y responsable nunca podrá competir en precios con pillos y corredores informales que solo buscan embaucar a la gente que requiere de sus servicios.
En consecuencia, termino mi intervención haciendo un llamado a la discusión seria, sin prejuicios, una que ponga en primer lugar los intereses de la gente, de la ciudadanía, ni siquiera de los corredores de propiedades presentes en las tribunas, sino de la gente que, cansada de los abusos, pide regulaciones para tener mercados sanos y capaces de operar con libertad de competencia.
He dicho.
-Aplausos.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Espejo .
El señor ESPEJO.-
Señor Presidente, como presidente de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo, quiero destacar que el proyecto no tendría ninguna posibilidad de ver la luz, ni de ser votado por la Sala, si no fuera por la persistencia, diría incluso contumaz, de mi colega Joaquín Tuma , quien lo ha impulsado contra viento y marea, buscando concitar no solo la adhesión parlamentaria -fue unánime en la Comisión de Economía-, sino además el patrocinio del Ejecutivo -es algo extraordinariamente difícilpara establecer por ley el citado registro.
Este proyecto, extremadamente simple, busca destacar la buena fe y la confianza como elementos fundamentales en la actividad de corretaje. Y para proteger la buena fe, particularmente respecto de quienes recurren al servicio de un corredor de propiedades, parece razonable que los corredores puedan optar por inscribirse en el registro público y quedar sujetos a un conjunto de obligaciones que garanticen la buena fe y la confianza, de manera de evitar que actúen como mercaderes dispuestos a transar con la confianza de las personas y provocarles frustración y daños. De hecho, en caso de existir infracciones, el registro permite expresamente recurrir a la ley que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, sin perjuicio de las exigencias que se establecen a los corredores.
Quiero felicitar y rendir homenaje a la perseverancia con que el diputado Tuma impulsó la iniciativa, y agradecerle por los años que ha trabajado como parlamentario en la Cámara de Diputados, labor que termina esta semana.
Por las razones expuestas, anuncio mi respaldo al proyecto y solicito a la Sala que lo apruebe.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Bellolio .
El señor BELLOLIO.-
Señor Presidente, tal como señaló el colega Sergio Espejo, si el diputado Joaquín Tuma no hubiese insistido no una ni dos, sino quince veces, hoy no tendríamos este proyecto.
Por eso, felicito al diputado Tuma por su persistencia en una iniciativa que, en definitiva, es distinta de la original, y además por haber logrado algo extraño en el caso de los parlamentarios, esto es llevar adelante un proyecto de ley que se reconoció que implicaba gastos, y que el gobierno lo hiciera suyo. A cuántos diputados nos hubiera gustado que el gobierno hubiese hecho lo mismo, de manera que nuestras ideas terminaran siendo recogidas por el gobierno y este las hiciera propias, y que los gastos estuvieran incorporados.
A mi juicio, eso ocurrió por dos razones: la primera, porque era algo razonable, justo, una medida equilibrada, y la segunda, porque el diputado Tuma insistió y ganó, no solo por cansancio, sino también porque tenía la razón.
Dicho eso, me parece que estamos ante un buen proyecto de ley, toda vez que no establece un requisito obligatorio, tal como señaló el diputado informante. Si este hubiese sido un requisito mandante para ejercer la profesión, evidentemente no sería constitucional. Se trata de un registro voluntario a cargo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, una especie de sello que garantiza la fe pública de ciertos corredores de propiedades para, tal como dijeron los diputados Espejo y Tuma , evitar al máximo posible el aprovechamiento, considerando que existe una situación de desequilibrio o asimetría en materia de información entre quien quiere arrendar o comprar versus quien hace el corretaje, que conoce mucho mejor la condición de la propiedad.
En consecuencia, me parece que tanto los requisitos como la forma jurídica mediante la cual se resuelve la cuestión en el proyecto de ley son adecuados.
Por lo tanto, anuncio que apoyaremos con mucho entusiasmo la iniciativa, no solo porque fue presentada por el diputado Tuma , sino también porque es la concreción de una muy buena idea.
He dicho.
-Aplausos.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bernardo Berger .
El señor BERGER.-
Señor Presidente, honorable Cámara: la intermediación inmobiliaria ha sido por siempre una práctica muy utilizada. Sabemos que hasta los años 70 estuvo normada por la ley N° 7.747 de 1943, y su respectivo reglamento.
Sin embargo, la liberalización de su ejercicio, que en un principio fue positiva, pues permitió el ingreso de un mayor número de corredores y propició que el mercado no fuera tan abusivo en cuanto a cobros de comisión y otras prácticas, con el correr de los años atrajo a una gran cantidad de protagonistas sin la debida preparación, por no estar controlada la actividad. Como consecuencia, decayó la calidad de las intermediaciones y la certeza jurídica para quienes respaldan la transacción de sus bienes mediante esos servicios.
El protagonismo de corredores que no poseen los conocimientos necesarios ni la idoneidad para ejercer la actividad ha llevado, en la mayoría de los casos, a la excesiva especulación en los precios para recibir altas comisiones. De forma inescrupulosa, se cobran comisiones y precios exorbitantes, sin atender a la buena fe y bloqueando la libre circulación de los bienes, lo que, además de ser un principio jurídico ampliamente resguardado por la legislación civil, es el elemento que protege la existencia de un mercado sano.
También entiendo que instituciones importantes, como la Asociación Gremial de Corredores de Propiedades (Coproch A.G.) y la Cámara Nacional de Servicios Inmobiliarios (ACOP), se esfuerzan por establecer lineamientos y normativas que contribuyan a entregar un servicio profesional y de calidad por parte de sus socios, esfuerzo que se ve opacado y menoscabado por la práctica de otros protagonistas que, como mencioné, no brindan el mejor de los servicios por carecer de la idoneidad profesional necesaria.
Me parece que el texto del proyecto aprobado por la Comisión de Economía, el 22 de enero de 2018, es el apropiado.
Finalmente, debo destacar la persistencia y perseverancia del diputado Tuma para sacar adelante esta iniciativa, que, como vemos, es del todo razonable.
Por tanto, apoyaré el proyecto.
He dicho.
-Aplausos.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas .
El señor VENEGAS.-
Señor Presidente, he revisado con detenimiento el proyecto y sus fundamentos. Sin duda, comparto sus fundamentos generales, en el sentido de que la excesiva liberalización del ejercicio de la actividad provocó el surgimiento de prácticas completamente negativas, como las enunciadas por el diputado informante y por algunos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra.
No obstante, después de revisar el articulado de la iniciativa, me percaté de que no resuelve el problema esencial. En efecto, queremos establecer normas contra quienes utilizan malas prácticas -señaladas por el diputado Berger -, como cobrar comisiones excesivas o burlar la buena fe en las transacciones; pero no se establece sanción alguna, no hay coacción alguna contra ellos, dado que la inscripción es voluntaria.
Entonces, el objetivo declarado de defender a los ciudadanos que se ven en la necesidad de recurrir a los servicios de esos agentes particulares o personas jurídicas no queda resguardado. Si la inscripción en el registro de corredores de propiedades es voluntaria, a lo más ello servirá para que, eventualmente, el ciudadano que deba contratar los servicios de esas personas haga la distinción entre quien está y quien no está inscrito. La inscripción es como un sello de garantía. Pero –reitero siento que el proyecto no tiene fuerza para corregir malas prácticas como las que mencioné, de cuya ocurrencia doy fe porque en mi experiencia he conocido casos de especulación y de sobreprecios, entre otros, en la actividad de algunos corredores de propiedades. Todos hemos conocido casos de esa naturaleza.
No obstante ello y valorando todos los esfuerzos realizados, mi aprensión respecto de la iniciativa en estudio es que no resuelve el problema fundamental enunciado. Lo que hace es solo establecer un registro, que por lo demás será voluntario. Por lo tanto, me imagino que aquel que actúa burlando la buena fe -es decir, que actúa de mala fe simplemente no se inscribirá y podrá operando en el mercado sin que le ocurra nada.
Esa es la observación que quería hacer. No sé si en el siguiente trámite constitucional podría abordarse este punto. Me hizo mucho sentido y tomé muy en serio lo que planteó el diputado Bellolio , en términos de que haber hecho obligatoria la inscripción en el registro de corredores de propiedades o haber establecido una coacción mayor en ese sentido podría haber provocado que el proyecto fuera declarado inconstitucional, toda vez que estaría violentando la libertad de trabajo.
Sin perjuicio de ello, como me interesa el tema y dada su gran importancia, me habría encantado que el proyecto tuviera un poco más de “dientes”, para que las prácticas que mencioné, que por desgracia se dan con bastante frecuencia en este mercado, efectivamente pudieran ser eliminadas, de modo de proteger más significativamente a los usuarios que deben recurrir a quienes se dedican a la actividad del corretaje de propiedades.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que crea el Registro Nacional de Corredores de Propiedades y regula el ejercicio de dicha actividad, con la salvedad del inciso segundo del artículo 14, por tratar una materia propia de ley orgánica constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Alvarez Vera, Jenny ; Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Melero Abaroa, Patricio ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pérez Arriagada, José ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías .
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde votar en general el inciso segundo del artículo 14, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 67 señoras y señores diputados en ejercicio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Alvarez Vera, Jenny ; Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa , Patricio ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pérez Arriagada, José ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías .
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular, con la misma votación, dejándose constancia de haberse alcanzado el quorum constitucional requerido.
Despachado el proyecto al Senado.
OTORGAMIENTO DE FACULTAD A MUNICIPIOS PARA EJECUCIÓN DE OBRAS PROVISORIAS DE EMERGENCIA EN ACERAS Y CALZADAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11288-06)
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 8.946, que fija el texto definitivo de las leyes de pavimentación comunal, en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los municipios.
Diputados informantes de las comisiones de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, y de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización son la señora Loreto Carvajal y el señor Celso Morales , respectivamente.
Antecedentes:
-Moción, sesión 38ª de la presente legislatura, en 22 de junio de 2017. Documentos de la Cuenta N° 18.
-Informe de la Comisión de Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, sesión 57ª de la presente legislatura, en 10 de agosto de 2017. Documentos de la Cuenta N° 3.
-Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, sesión 108ª de la presente legislatura, en 3 de enero de 2018. Documentos de la Cuenta N° 13.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
La señora CARVAJAL, doña Loreto (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, paso a informar sobre el proyecto de ley que modifica la ley N° 8.946, que fija el texto definitivo de las leyes de pavimentación comunal, en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los municipios, originado en una moción de los siguientes diputados y diputadas: Jenny Álvarez , Claudio Arriagada , Guillermo Ceroni , Maya Fernández, René Manuel García , Carlos Abel Jarpa, Iván Norambuena , Jaime Pilowsky , Alejandra Sepúlveda y Leonardo Soto .
La idea matriz del proyecto es modificar la ley Nº 8.946, para permitir que los municipios que cuenten con los recursos necesarios, en casos especiales, puedan ejecutar obras provisorias de emergencia en forma inmediata, tratándose de reparaciones urgentes que tengan como objetivo reducir la posibilidad de accidentes vehiculares y de los propios peatones que transitan por aceras y calzadas, a fin de hacer más eficiente y expedita la ejecución de las mismas.
El proyecto fue aprobado en general en forma unánime, por diez votos.
La comisión contó con la asistencia de la señora Paulina Saball , ministra de Vivienda y Urbanismo; de la señora Jeannette Tapia , asesora legislativa del mismo ministerio; del señor José Luis Sepúlveda , jefe de la División Política Habitacional, y del señor Manuel González , arquitecto de la División de Desarrollo Urbano, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
En la moción se fundamenta la iniciativa y se consigna lo siguiente:
La ley Nº 8.946 entrega a los correspondientes servicios de vivienda y urbanización (Serviu) la ejecución, renovación, conservación y administración de las obras de pavimentación de aceras y calzadas urbanas que se realicen con fondos fiscales en todas las comunas de la república, salvo en la comuna de Santiago, que se rige por la ley Nº 11.150.
Por tanto, las municipalidades se ven impedidas de efectuar todas aquellas obras de reparación de sus pavimentos que se requieren con urgencia y que tienen como objetivo primordial reducir la posibilidad de accidentes vehiculares y de los propios peatones que transitan por ellos. Esta limitación es inconsecuente con el deber que la ley N° 18.290 impone a las propias municipalidades, al señalar en su artículo 174: “la municipalidad respectiva o el fisco, en su caso, serán responsables civilmente de los daños que se causaren con ocasión de un accidente que sea consecuencia del mal estado de las vías públicas o de su falta o inadecuada señalización.”.
Frente a esta situación, el ente contralor emitió un pronunciamiento en el que concluyó que los procedimientos de bacheo y reparaciones de veredas, aunque sean de carácter menor, de emergencia y de forma provisoria, deben ajustarse a los procedimientos de aprobación y recepción regulados por la ley Nº 8.946, de pavimentación comunal, y, por tanto, tienen que contar obligatoriamente con las validaciones del Serviu respectivo para su autorización, ejecución y certificación.
A lo expuesto anteriormente se suma el extenso plazo que lleva la elaboración, presentación y aprobación de un proyecto de pavimentación por el Serviu Metropolitano, generalmente de tres a cuatro meses, por lo que se manifiesta claramente la necesidad de modificar la ley Nº 8.946, de pavimentación comunal, para permitir a los municipios que en casos excepcionales, tratándose de obras provisorias, menores o de emergencia, puedan realizarlas en forma inmediata, a fin de hacer más eficiente y expedita la ejecución de las mismas.
Durante la discusión general del proyecto, la ministra de Vivienda y Urbanismo, señora Paulina Saball , hizo presente que el tema de los pavimentos es un problema que tiene múltiples dimensiones: afecta la vida diaria de los ciudadanos, ya que muchas veces diversas personas han sufrido accidentes, incluso fatales, por la falta y deterioro de aquellos; afecta a los municipios tanto en su patrimonio como en su gestión, porque la pavimentación de las calles es una tarea que la ciudadanía les atribuye a ellos, y afecta también el funcionamiento de las instituciones públicas.
Asimismo, destacó que la moción en informe es acotada y abogó por su pronto despacho, pues permitiría a los municipios resolver un problema urgente que les ha significado tener que cargar, incluso, con multas cursadas por la Contraloría General de la República. No obstante lo anterior, sostuvo que la iniciativa debía ir acompañada de otras medidas también por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, ya que las adoptadas hasta ahora no son suficientes.
Con tal propósito, sugirió definir la emergencia vial como aquella situación o condición que se presenta en las vías públicas y que debe ser atendida en el más breve plazo para evitar daños a las personas, vehículos o bienes. La acción ante una emergencia vial tiene como objeto devolver a la vía su capacidad de circulación en una condición que no presente riesgo para las personas. Esta definición no apunta al estado físico del pavimento, sino a mantener su función básica con respecto a la seguridad. El enfoque no es la condición del pavimento, sino la operación de la vía, por lo que nada tiene que ver con la conservación.
El diputado Leonardo Soto compartió la propuesta del Ministerio de Vivienda y Urbanismo en orden a definir en el proyecto las obras menores de pavimentación y eximirlas de la aplicación de normas que rigen para las obras mayores, pero dejó ver su temor a que la incorporación de la expresión “vida útil” en la definición dé lugar a una nueva interpretación de la Contraloría General de la República que pueda frustrar el propósito que persigue el proyecto de ley.
El artículo único del proyecto incorpora en el artículo 10 de la ley Nº 8.946, a continuación del punto final, que pasa a ser punto y coma, el siguiente texto: “salvo que se trate de obras provisorias de emergencia ejecutadas por las municipalidades.”.
A proposición del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, los diputados Arriagada, don Claudio ; Carvajal, doña Loreto ; García, don René Manuel ; Fernández , doña Maya ; Sepúlveda , doña Alejandra ; Soto, don Leonardo , y Tuma, don Joaquín , formularon una indicación para reemplazar el artículo único del proyecto por otro que agrega dos incisos que fueron perfeccionados luego del debate habido en la comisión, aprobándose este en los siguientes términos: “A las obras provisorias de emergencia, entendidas para estos efectos como aquellas intervenciones en aceras y calzadas tendientes a evitar daños a las personas y a los bienes, y en que cada intervención puntual no supere los 50 metros cuadrados por evento, ejecutadas por las municipalidades, no les será aplicable la presente ley.
La calificación de las obras como provisorias de emergencia deberá realizarse por la Dirección de Obras de la respectiva municipalidad con anterioridad a su inicio y, una vez ejecutadas, se informará de ellas al Serviu respectivo.”.
Puesta en votación la indicación precedente, fue aprobada unánimemente por ocho votos a favor.
La iniciativa fue tratada y acordada en sesiones del 12 y 19 de julio y de 2 de agosto de 2017, con la asistencia de los diputados Jenny Álvarez , Claudio Arriagada , Karol Cariola , Maya Fernández, René Manuel García , Carlos Abel Jarpa , Claudia Nogueira , Iván Norambuena , Alejandra Sepúlveda , Joaquín Tuma , Osvaldo Urrutia y quien habla, Loreto Carvajal .
Además, concurrieron a estas sesiones los diputados señores Marcelo Chávez y Leonardo Soto .
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización.
El señor MORALES (de pie).-
Señor Presidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 222 del Reglamento y de lo resuelto por la Sala en sesión del 11 de julio del año pasado, paso a informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en moción de las diputadas señoras Jenny Álvarez , Maya Fernández y Alejandra Sepúlveda , y de los diputados señores Claudio Arriagada , Guillermo Ceroni, René Manuel García , Carlos Abel Jarpa , Iván Norambuena , Jaime Pilowsky y Leonardo Soto , que modifica la ley N° 8.946, que fija el texto definitivo de las leyes de pavimentación comunal, en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los municipios.
Cabe hacer presente que, de acuerdo a la citada disposición reglamentaria, la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización se pronunció sobre el texto aprobado por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
No obstante tratarse de un proyecto de ley de un solo artículo, la iniciativa suscitó un interesante y fructífero diálogo entre los parlamentarios y con las autoridades que expusieron ante la comisión: la ministra de Vivienda y Urbanismo, señora Paulina Saball , y la alcaldesa de Peñalolén y presidenta de la Comisión de Transportes de la Asociación Chilena de Municipalidades, señora Carolina Leitao .
El debate se centró en el nuevo inciso segundo del artículo 10 de la ley N° 8.946, sobre pavimentación comunal, que faculta a los municipios para ejecutar las obras provisorias de emergencia, entendiendo por tales las intervenciones en aceras y calzadas tendientes a evitar daños en personas y bienes, y en que cada intervención puntual no supere los 50 metros cuadrados por evento.
Sin embargo, la comisión, junto con valorar unánimemente esta norma, estimó necesario reformularla en una nueva redacción, que precisa su contenido.
Al efecto, se aprobó por asentimiento unánime una indicación sustitutiva del aludido inciso, el cual, sin incorporar enmiendas de fondo, efectúa adecuaciones de tipo formal, reemplazando, por ejemplo, el vocablo “evento” por “bache”.
Por último, hay que hacer presente que el nuevo inciso tercero del mencionado artículo 10, que en síntesis encomienda a las direcciones de obras municipales calificar las obras como provisorias de emergencia, fue aprobado en los mismos términos propuestos por la comisión matriz.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia .
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, este proyecto de ley que nos correspondió estudiar en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, que es una iniciativa parlamentaria, constituye un avance importante en un ámbito que ha sido de especial interés en mi trabajo parlamentario y que tiene relación con la calidad del transporte público al interior de las ciudades y, en definitiva, con la calidad de vida de los ciudadanos.
Para contextualizar el tema, debo señalar que, hasta el 2005 -es decir, hasta hace doce años-, el organismo competente para ejecutar obras de reparación, conservación, pavimentación y repavimentación era el Servicio de Vivienda y Urbanismo, esto es el Serviu respectivo de cada región, el cual estaba encargado no solo del diseño y del financiamiento de estos proyectos, sino también de la ejecución.
Al concentrar estas funciones en los Serviu, a pesar de presentar problemas propios que se generan al radicar un área de esta complejidad en un solo servicio, el objetivo se cumplía y los proyectos se ejecutaban más oportunamente que con la burocracia actual.
Hoy en día, después de aprobada la ley Nº 20.235, en la repavimentación de las calzadas y aceras se incorporan tres actores: los municipios, el Serviu y los gobiernos regionales.
Así, es el municipio el encargado de detectar los problemas y elaborar los diseños de ingeniería de los proyectos; los Serviu deben revisarlos y aprobarlos o rechazarlos, y a los gobiernos regionales les corresponde financiar estos proyectos de pavimentación para que, posteriormente, en un tercer o cuarto paso, el municipio o el Serviu liciten su ejecución, y en un quinto paso será el propio Serviu quien va a fiscalizar las obras.
En este esquema, los municipios deben proporcionar una serie de estudios, como un estudio topográfico y un estudio de mecánica de suelos, contratar profesionales para el diseño estructural de un simple bacheo, que además debe ser un ingeniero inscrito en el registro del Serviu.
Posteriormente, deberá enviarse al Serviu para su aprobación y, después de varios meses, finalmente el proyecto se podrá postular ante el gobierno regional respectivo para su financiamiento y competirá con un sinnúmero de otras iniciativas que presentan los otros municipios de la región y será sometido a un extenso trámite muy burocrático.
Así las cosas, uno de los grandes problemas que este esquema ha generado es que desde que el municipio detecta el problema y elabora el proyecto de pavimentación hasta que el proyecto es aprobado por el GORE, si es que logra su aprobación, en la práctica ese proyecto ya ha caducado, puesto que la solución técnica que se planteaba para afrontar el deterioro del pavimento, que era de ciertas acotadas dimensiones, ya no es aplicable, porque ese deterioro ha aumentado considerablemente, ya sea por el uso o por condiciones de carácter climático.
A mayor abundamiento, los municipios son los responsables de la administración de los bienes nacionales de uso público, incluidas por supuesto las aceras y las calzadas, y la Ley de Tránsito les atribuye la responsabilidad por los perjuicios ocasionados por accidentes a causa del mal estado de las vías, por lo cual, en el actual estado de cosas, los municipios se encuentran atados de manos y no pueden intervenir el pavimento de sus calzadas y aceras sin seguir un procedimiento establecido por la normativa actual, aunque sea esta una situación de emergencia, como ha prevenido la Contraloría General de la República en recientes dictámenes que, incluso, han pedido sanciones para los municipios que han procedido a actuar en forma más diligente para solucionar y enfrentar la emergencia.
Por tales razones, se han planteado varias propuestas complementarias a este proyecto de ley para afrontar dicha inconsistencia, que paso a señalar:
Considerando que para los gobiernos regionales no existe una glosa presupuestaria específica destinada al financiamiento de proyectos de pavimentación y que tampoco hay una priorización respecto de estas iniciativas, en julio de 2014 se presentó el proyecto de resolución N° 95, el cual fue aprobado por la Sala, que buscaba proveer de recursos específicos a las regiones para la realización de aquellos.
En el mismo sentido, durante la tramitación del proyecto de ley de presupuestos para este año, se presentó una indicación con tal finalidad. Lamentablemente, no fue aprobada por las instancias respectivas.
Otra materia de especial relevancia para la entrada en vigencia de la ley en trámite es la proposición que efectué a la ministra de Vivienda y Urbanismo para que el Serviu elaborara bases técnicas tipo para los proyectos de pavimentación de emergencia, o de bacheo, o de mantención y reparación, las cuales incluyeran aspectos sobre mecánica de suelos, topografía y diseño estructural para evitar que los municipios deban efectuar licitaciones públicas para contratar estudios o a profesionales debidamente registrados en el Serviu, y así acotar los tiempos y agilizar la solución de los problemas sobre la materia que nos ocupa.
Respecto de este último punto, quiero agradecer especialmente a la citada ministra por haber acogido mi propuesta. Asimismo, señalar que el Serviu de la Región Metropolitana ya está operando con un procedimiento simplificado y con bases técnicas tipo. Sin embargo, falta extender dicha solución a los servicios de vivienda y urbanización de las demás regiones.
Así las cosas, este proyecto de ley, que hoy espero que aprobemos con un amplio respaldo, dará una solución efectiva a esta problemática que actualmente enfrentan los municipios con relación a las reparaciones de emergencia que se deben hacer a los pavimentos, entregando una facultad precisa para poder ejecutar tales obras sin que medien reparos legales ni administrativos en un ámbito que se enmarca dentro de las funciones más complejas a las que se ven expuestos tanto por las consecuencias legales que deben afrontar ante su incumplimiento como por la recurrencia con que se deben ejecutar esta clase de proyectos en las ciudades, solucionando de esta manera un grave problema que enfrentan los ciudadanos que se movilizan sobre todo a través del transporte público.
Por lo expuesto, aprobaré la iniciativa en debate, tal como lo hice en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
Por último, los invito a solucionar un problema que hoy está afectando a nuestras ciudades.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez .
El señor CHÁVEZ.-
Señor Presidente, quiero intervenir en la misma dirección de lo planteado por el colega que me antecedió en el uso de la palabra.
Este proyecto de ley tiene un sentido práctico muy relevante y una doble dimensión:
Por una parte -aquí eso se ha señalado-, las múltiples consecuencias para la vida diaria de las personas que transitan por las calles de nuestro país, quienes se ven enfrentadas a hoyos, “eventos”, baches, cualquiera que sea el nombre que queramos poner a esas irregularidades en los pavimentos, que en numerosas ocasiones han terminado en accidentes, fatales en muchas de ellas. Eso, por supuesto, tiene una tremenda connotación desde el punto de vista de la integridad física de quienes circulan por las calles del país.
Por la otra, lo que sucede con los municipios en esta materia. Sabemos -con la iniciativa en debate lo hemos reafirmado que respecto de la situación que nos convoca muchas municipalidades han sido condenadas por falta de servicio al no mantener las vías en condiciones de seguridad, y las indemnizaciones que han debido pagar han salido de sus arcas, afectándose con ello la provisión de otros servicios públicos.
Así, nos vemos enfrentados a un problema práctico que –reitero tiene una doble dimensión: por un lado, afecta la salud y la integridad física de las personas que transitan por nuestras calles, y por el otro, a los municipios, que muchas veces se han visto obligados a pagar indemnizaciones cuantiosas como consecuencia de las condenas que han tenido en materia de responsabilidad por falta de servicio.
Por tanto, este proyecto es práctico porque exime a los servicios de vivienda y urbanización de la obligación, por así decirlo, de dar la aprobación técnica a las obras provisorias de emergencia cuando estas no superen los cincuenta metros cuadrados por evento. Así, tratándose de esa situación, quedarán exentos de la aprobación del Serviu, la cual quedará entregada a las direcciones de obras municipales. Esto significará que, por ejemplo, ante un bache que esté afectando la calidad de vida de las personas y que eventualmente pueda constituir una situación de emergencia, el municipio podrá directamente, a través de la aprobación de su dirección de obras municipales, dar la aprobación técnica al proyecto de que se trate y rápidamente resolver el problema.
Indudablemente, se trata de un tremendo avance tanto en materia de tiempos como de aprobaciones para que la administración pública, en este caso la comunal, pueda entregar con prontitud una solución a los ciudadanos.
Entonces, estamos hablando de una facultad que mediante el proyecto de ley en discusión se está entregando a los municipios.
Cabe señalar que la Comisión de Gobierno Interior también analizó esta iniciativa, y que el diputado Soto , uno de sus autores, ha estado muy preocupado por sacarla adelante. Debemos reconocer la perseverancia del colega sobre el particular. Asimismo, que en la medida de nuestras posibilidades, pudimos analizarlo con rapidez en dicha instancia.
En el mismo sentido señalado, en la comisión quedó claramente establecido que tratará de una facultad de los municipios, no de una obligación. Porque hay que recordar que aquí hoy existe una doble obligación: una para los gobiernos regionales, que deben proveer los recursos para este tipo de obras, y otra para las municipalidades.
Insisto: este proyecto viene a resolver y a dar una tramitación rápida, oportuna para cuando se produzcan situaciones de este tipo, que afectan a diario a muchas personas en Chile.
Quiero establecer al menos dos cuestiones que en el siguiente trámite podrían ser objeto de alguna precisión.
Primero, quizás sería bueno que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo dictara un reglamento a fin de poder establecer una coherencia en las direcciones de obras municipales a la hora de ver el texto que aprobaremos. A mi parecer, el texto es claro, pero siempre puede caber una interpretación distinta, por lo que creo que no está de más que dicha secretaría de Estado, como órgano técnico y normativo -insisto-, dicte un reglamento que permita precisar cuáles serán las circunstancias que deben concurrir para que determinado “evento” se trate como una obra provisoria de emergencia, a fin de poder eximirlas del trámite ante los Serviu.
Segundo, lo relativo al financiamiento.
El diputado que me precedió en el uso de la palabra ya lo mencionó. Aquí hay una tarea, ya sea a través de la incorporación de una glosa presupuestaria para los gobiernos regionales, que tienen la obligación de disponer los recursos para este tipo de obras, para que los municipios puedan postular a su obtención, o bien, derechamente se puedan descentralizar aquellos con la finalidad de que las municipalidades los reciban directamente.
En definitiva, este proyecto de ley es muy bueno. Insisto en que tiene un sentido práctico tremendamente importante, porque a través de él será posible dar solución a un problema que, sin duda, genera muchísima preocupación. Ello, pues la gente se pregunta: “¿Por qué nunca se arregla esta calle?”, “¿por qué ese hoyo sigue estando en ese lugar?”, lo cual genera diversos problemas en la salud de las personas, lo que ya hemos visto en muchas ocasiones.
Por tanto, bien vale la pena apoyar con mucha decisión esta iniciativa que –reitero puede hacer la diferencia respecto de cuestiones que preocupan de manera permanente a los ciudadanos.
Por lo anterior, hago un llamado a los colegas a aprobar este proyecto de ley.
Por mi parte, así lo haré al momento de votarlo.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Cito a reunión de los Comités sin suspender la sesión. En el tiempo del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .
El señor SOTO.-
Señor Presidente, si bien este proyecto de ley contiene una muy pequeña modificación a la ley de pavimentación comunal, el cambio que propone respecto de la manera de conservar las calles y veredas de las ciudades del país podría producir un enorme impacto en la calidad de vida de nuestros habitantes.
Chile enfrenta un problema crónico en materia de conservación de las calzadas y aceras de las calles de sus comunas, por el mal estado en que se encuentran, al punto de que su deterioro forma parte permanente del paisaje de nuestros pueblos y ciudades. Eso se debe a las lluvias, al mal uso de las calles por vehículos de alto tonelaje y a la falta de mantenimiento, todo lo cual produce que las roturas en el pavimento se vayan expandiendo con el transcurso del tiempo, como consecuencia de lo cual lo que era muy poco termina siendo un bache que ocupa la mitad de la calle o, incluso, atraviesa todo su ancho.
De ese modo, esas calles y veredas se vuelven intransitables y ponen en riesgo tanto a los vehículos como a las personas que transitan por ellas, particularmente cuando ya están deterioradas, situación que afecta especialmente a nuestros adultos mayores, quienes se ven expuestos a la amenaza permanente de caídas y de una eventual fractura que incluso puede derivar en invalidez.
Todo eso se produce como consecuencia del mal estado de las calles y de la no reparación de esos “eventos”, que tanto afectan el tránsito de las personas.
La falta de mantenimiento se debe a lo absurdo del sistema. Es tan absurdo, que la ley obliga a las municipalidades a responder civilmente por todos los daños y lesiones que se produzcan en los vehículos y en las personas, respectivamente, a consecuencia del mal estado de conservación de las arterias, por lo cual es muy frecuente que los municipios se vean obligados a indemnizar a las personas que sufren caídas en las veredas o daños en su patrimonio producto del mal estado de las calzadas de las calles públicas. Sin embargo, la ley no otorga a los municipios las herramientas que les permitan reparar directamente esos defectos, como sería lo lógico, para así evitar tener que pagar eventuales indemnizaciones.
El problema en cuestión es, básicamente, de carácter burocrático, y consiste en que para reparar un simple bache en una calle o en una vereda se requiere el concurso de tres instituciones públicas: el municipio en que se sitúa el problema, el Serviu (Servicio de Vivienda y Urbanización) de la región respectiva y el gobierno regional que corresponda.
La burocracia obliga a los municipios a hacer un levantamiento muy técnico, topográfico, por cada bache que hay en la calles, además de estudios de mecánica de suelos, diseños, planos y propuestas técnicas para la reparación.
Después de elaborados esos documentos, el proyecto debe enviarse al Serviu respectivo para que un equipo de profesionales, que no solo atiende los problemas de esa comuna, sino los de toda la región, se haga cargo de revisarlos.
Una vez aprobado técnicamente, es necesario postular el proyecto al financiamiento del gobierno regional, ya que es esta institución la que debe costear la reparación. Si todo sale bien y se cuenta con los recursos, el proyecto se aprueba y debe ser enviado al municipio, a fin de que este realice el proceso de licitación destinado a determinar qué empresa que hará cargo de tapar el hoyo.
Como comprenderá, señor Presidente, en todo ese proceso se ocupan a lo menos tres o cuatro meses, si todo anda rápido, luego de lo cual es posible iniciar la ejecución del proyecto.
La supervisión del trabajo también está a cargo del Serviu, cuyos inspectores técnicos deben concurrir a las obras para revisar cómo va la reparación, cuánto han avanzado las obras y, cuando corresponda, hacer la recepción final de los trabajos. En todo eso se pueden ocupar varios meses o incluso años.
Claramente, los ciudadanos no obtienen ninguna explicación que satisfaga su demanda por saber cuál es la causa por la que la reparación no se realizó con mayor celeridad.
Las tres instituciones involucradas coordinan muy poco su trabajo, por lo que en los interesados surgen la desconfianza y la frustración.
Este proyecto de ley reconoce el proceso descrito como válido cuando se trata de reparar desperfectos que tienen el carácter de estructurales en los caminos y veredas. En esos casos corresponde realizar una reparación con rotura completa de calles, es decir, una intervención a fondo. Pero creemos -esta es la idea matriz del proyectoque no se justifica toda esa tramitación burocrática cuando lo que se busca es simplemente reparar baches menores o de emergencia, que si son intervenidos a tiempo, no seguirán aumentando el deterioro existente, con lo cual se ahorrarían bastantes recursos al Estado.
Por eso, este proyecto de ley establece que esta reglamentación no se aplicará cuando se trate de obras provisorias de emergencia. Esa es la definición que hace: la reglamentación burocrática que he descrito hasta el aburrimiento no se aplicará cuando se trate de intervenciones en aceras y calzadas que deban realizarse para evitar lesiones a las personas o daños en los bienes, y las obras no superen los cincuenta metros cuadrados. En su reemplazo se podrá utilizar una tramitación rápida y directa a cargo de la municipalidad respectiva, pero siempre que una municipalidad ejecute esa intervención.
Para esos efectos, la dirección de obras municipales respectiva deberá certificar que se trata de obras provisorias de emergencia. Ellos serán los encargados técnicos, pero tendrán la supervisión de la Seremi de Vivienda de la región respectiva. Es decir, dentro de la misma ciudad o localidad afectada se definirá si se trata de una obra provisoria de emergencia y, a continuación, con esa calificación, el municipio podrá ejecutar directamente todas las obras menores de reparación, sin injerencia del Serviu ni del gobierno regional.
De esa forma será más fácil superar la emergencia y tapar los hoyos pequeños. El procedimiento se utilizará para obras provisorias de baja durabilidad; no estamos hablando de proyectos destinados a conservar el pavimento, sino simplemente de aquellos destinados a evitar que siga aumentando el problema y, sobre todo, que se produzca daño o la amenaza de daño a los bienes y de lesiones a las personas.
Este es un proyecto mínimo, como he dicho, pero podría producir enorme impacto en las ciudades, porque cada municipio podrá resolver por sí mismo estos problemas, sin tener que realizar el largo recorrido que he descrito.
Muchos municipios ya cuentan con cuadrillas para el bacheado de calles, pero no las pueden utilizar porque la ley vigente se lo impide. Hoy estableceremos una excepción, mirando, ante todo, el beneficio de los vecinos, para que puedan contar con gobiernos comunales que respondan prontamente a la demanda de reparar sus calles, sus veredas, para hacerlas más transitables y más seguras, sin tener que hacer el recorrido por el gobierno regional, por los Serviu o por organismos externos que, adicionalmente, pueden poner más trabas.
Es una norma muy práctica que espero sea de gran ayuda para mejorar la calidad de vida de nuestros habitantes.
En nombre de los autores de este proyecto, que me ha tocado liderar, agradezco que las comisiones de Gobierno Interior y de Vivienda le hayan dado la tramitación rápida y oportuna que requería. Luego de solo cuatro meses hemos llegado a esta instancia en la Sala de la Cámara de Diputados, que dará lugar a la aprobación de la iniciativa en poco rato más.
Espero que el Senado sintonice con las necesidades que tienen todos los vecinos y vecinas del país y nos ayude a darles una solución práctica y concreta. Esto incluso podría evitar la pérdida de vidas humanas.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Mixto e Independientes, tiene la palabra el diputado Vlado Mirosevic .
El señor MIROSEVIC.-
Señor Presidente, si hay una ciudad del país que sabe de hoyos, de baches, de “eventos” o como quieran llamarlos, es Arica, ya que hasta no hace mucho tiempo su casco antiguo, y la ciudad en general, estaban repletos de ellos.
Desde 2005 en adelante la responsabilidad de enfrentar este problema recae en el gobierno regional; existe una serie de normas y procedimientos administrativos burocráticos, a los que ya se han referido otros colegas, que impiden que los municipios se hagan cargo directamente de la situación cuando se trata de obras menores de emergencia, aunque sabemos que no es su responsabilidad, pues los municipios no están mandatados por ley para asumir la pavimentación de las calles de su comuna. Cuando se trata de una medida de emergencia, se requiere la intervención de esos organismos, pero hoy los municipios están atados de manos para acudir con sus cuadrillas o, en el caso de la ciudad de Arica, con la máquina tapa hoyos o bacheadora -así la denominan-, pues la contraloría ha estado multando a las municipalidades que realizan una función que no les corresponde por ley, porque, como dije, desde 2005 esas obras están a cargo de los gobiernos regionales, muchos de los cuales hacen convenios con el Serviu para ejecutar esas obras de reparación.
La manera que establece el proyecto de hacerse cargo de esta situación es liberar a los municipios para que puedan ejecutar las obras cuando se trata de eventos menores, como hoyos o baches, pero no de pavimentar o repavimentar una calle o una avenida, o cuando se trata de una obra de emergencia, para que no tengan que pasar por todo el difícil procedimiento administrativo y burocrático para pedir los permisos correspondientes.
En consecuencia, cuando se apruebe el proyecto, el municipio respectivo podrá tapar directamente el hoyo y luego informará al Serviu, que es la institución que mantiene la competencia legal para ello, lo que permitirá disminuir de manera importante la cantidad de hoyos en las calles de nuestro país, porque los municipios podrán realizar esas obras menores con presupuesto propio, sin ser multados por la contraloría.
Sabemos que la máquina bacheadora ha tapado muchos hoyos en la ciudad de Arica, pero el alcalde se vio impedido de continuar con esa labor desde que la contraloría empezó a multar a los municipios. En consecuencia, si aprobamos el proyecto y continúa su tramitación en el Senado, que resultará muy fácil, ya que estamos hablando de un artículo único, permitiremos que los municipios puedan realizar esas obras en forma muy rápida y que las máquinas bacheadoras de Arica vuelvan a salir a las calles a realizar esa labor.
Por lo tanto, votaré a favor el proyecto.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio .
El señor BELLOLIO.-
Señor Presidente, no quiero repetir los argumentos y las exposiciones de los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra.
Sin embargo, quiero señalar que muchos municipios están en el peor de los mundos, ya que cuando un automovilista o un peatón sufren un accidente debido a un hoyo de la calle, el responsable civil es la municipalidad; o sea, tiene que pagar las indemnizaciones correspondientes cuando pierde las demandas. No obstante, si ese municipio repara los baches, la contraloría le ordena devolver esa inversión, porque no puede hacerlo. ¡Esa es la situación en que hoy nos encontramos!
La comuna de San Bernardo tiene miles de baches debido al alto tránsito de buses del Transantiago. Sin embargo, el presupuesto de ese sistema de transporte de pasajeros para reparar esos baches no alcanza ni siquiera para realizar el 10 por ciento de esos trabajos. Entonces, ¿qué pasa con el otro 90 por ciento de los hoyos que afectan a los habitantes de ese lugar, los cuales se multiplican en invierno? La respuesta que nos da la institucionalidad es que tienen que esperar un año para que sean reparados, porque el presupuesto del convenio entre el Serviu y el gobierno regional ya se acabó. Lo peor es que multan al municipio que gastó recursos para realizar ese servicio requerido por la ciudadanía.
¡Simplemente es una cosa de locos! ¡No se entiende! ¡Es kafkiano! Pero como vienen tiempos mejores, como me acota un colega, aprobaremos esta norma de manera transversal, pues resuelve con sentido común esta discrepancia absurda, lo que permitirá a los municipios realizar un servicio que le deben a su comunidad, tal como han dicho todos los tribunales que han fallado a favor de los accidentados por la falta de esos servicios. En consecuencia, esto facilitará ese trabajo.
Por supuesto que había distintas alternativas jurídicas o iniciativas legales para solucionar esa situación, pero me parece que se optó por una que es óptima y liviana, cual es que permite que las direcciones de obras municipales hagan la pega que tiene que hacer hoy el Serviu, organismos que deberán informar de ello a dicho servicio, cuando se trata de una reparación transitoria, ya que esa información permitirá al Serviu determinar, por ejemplo, cuando debe repavimentarse una calle completa.
Resulta claro que la ciudad es el problema de gran parte de los chilenos. Me refiero no solo a Santiago, sino particularmente a las provincias que tienen centros urbanos más pequeños que no tienen la posibilidad de obtener una solución para estos problemas porque la burocracia los lleva a la centralización dentro de la región y del país.
Por lo tanto, la iniciativa plantea una manera de dotar de mayores atribuciones a los gobiernos locales, línea que debiésemos seguir en muchas de nuestras políticas públicas.
En concreto, esta norma solucionará la situación kafkiana que hoy afecta a los ciudadanos, automovilistas, taxistas, colectiveros y también a los trabajadores del transporte público.
Por lo tanto, votaremos a favor el proyecto de ley.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Pilowsky .
El señor PILOWSKY.-
Señor Presidente, en primer lugar, felicito al principal autor del proyecto, el diputado del Partido Socialista señor Leonardo Soto , quien señaló que no se trata de un proyecto estructural, lo que es efectivo, pero que dará solución a un tema que influirá en la calidad de vida de las personas, de los vecinos de cada una de las comunas, porque reducirá los accidentes de vehículos y de peatones en aceras y calzadas.
Un Estado moderno y eficaz, con un gobierno local potente, debiera dar soluciones rápidas a este tipo de situaciones.
¿Qué ocurre en esta materia? Tenemos tres actores que participan, lo cual, lógicamente, lo hace más complejo: los gobiernos regionales, las municipalidades y el Serviu.
En segundo término, también hay que decir que el proyecto no involucra recursos, pero hacen falta fondos, problema que tiene que ver con el Ministerio de Hacienda, los gobiernos regionales y, particularmente, el Congreso Nacional.
En tercer lugar, existe una serie de trabas burocráticas que retrasan en uno o dos años la reparación de un hoyo, un bache o un “evento”, como se ha denominado políticamente. Incluso, a veces no se les da solución porque no existen los recursos necesarios para realizar la reparación correspondiente.
Al respecto, agradezco al diputado Soto el haberme permitido participar en el proyecto, que propone algo muy sencillo, pero muy relevante, cual es permitir que los municipios ejecuten obras provisorias de emergencia, ya que, tal como lo han señalado los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, aquí se produce un absurdo jurídico, pues, por una parte, la ley obliga al municipio a responder civilmente por los accidentes que se producen por no bachear los hoyos o eventos y, por la otra, como señala el informe textualmente: “Frente a esta situación, el ente contralor emitió su pronunciamiento donde concluyó que los procedimientos de bacheo y reparaciones de veredas, aunque sean de carácter menor, de emergencia y de forma provisoria, debían ajustarse a los procedimientos de aprobación y recepción regulados por la ley N° 8.946 de pavimentación comunal…”.
En la práctica, se produce un absurdo jurídico que queremos solucionar a través del proyecto. Por un lado, se atribuye la responsabilidad civil a los municipios; pero, por el otro, no se entregan las facultades para realizar esas reparaciones, motivo por el cual la contraloría termina aplicando las multas correspondientes.
¿Qué dijo la ministra de Vivienda y Urbanismo, señora Paulina Saball , a la cual agradezco el importante apoyo que brindó al proyecto? Señaló algo muy sencillo. Hizo presente que el tema de los pavimentos es un problema que tiene múltiples dimensiones y que afecta la vida diaria de las personas, pues muchas han sufrido accidentes, incluso fatales, por la falta o deterioro de aquellos; afecta a los municipios tanto en su patrimonio como en su gestión, porque la pavimentación de las calles es una tarea que la ciudadanía atribuye a ellos y afecta también el funcionamiento de las instituciones públicas.
Por eso, ojalá aprobemos este proyecto por amplia mayoría y desde ya quiero pedir al Senado que lo apruebe con rapidez en su segundo trámite constitucional. En ese sentido, espero que nuestro amigo y colega diputado Cristián Monckeberg , futuro ministro de Vivienda y Urbanismo, dé urgencia a este proyecto que agrega un inciso al artículo 10 de la ley N° 8.946, para permitir que las municipalidades puedan realizar obras provisorias de emergencia sin tener que cumplir con todos los requisitos burocráticos que hemos descrito, sin perjuicio de informar al Serviu.
Por estas razones, espero no solo que este proyecto sea aprobado hoy en la Cámara de Diputados, sino que ojalá durante el mes de marzo sea aprobado por el Senado, con la urgencia que -imaginole va a imponer el próximo ministro de Vivienda y Urbanismo, hoy colega nuestro. De esa forma espero que la ley permita solucionar estos problemas.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .
La señorita CARIOLA (doña Karol) .-
Señor Presidente, me sumo a las palabras pronunciadas por todos mis colegas respecto de este proyecto de ley. Si bien no es una iniciativa estructural, dice relación con problemas habituales de pavimentación que enfrentan los municipios en general.
Tal como el diputado Mirosevic se refirió a los problemas de pavimentación que afectan a Arica, también ellos se presentan en la comuna de Recoleta y en toda la zona norte de la Región Metropolitana, sobre todo en vías ocupadas por el transporte público, por lo que de realizarse pavimentaciones provisorias se provocarían demoras en el flujo vehicular.
La ley N° 8.946 no solo establece el procedimiento para postular a los recursos necesarios para realizar las obras, sino que, además, entrega al Serviu de la región la potestad para la ejecución, renovación, conservación y administración de las obras de pavimentación de aceras y calzadas urbanas, tal como lo dijo el diputado Bellolio, con quien coincido completamente en este punto en particular.
Efectivamente, en esta materia, a las municipalidades se les priva de la capacidad para solucionar los problemas de pavimentación, pero deben asumir la responsabilidad cuando ocurre un accidente en las calzadas y calles debido a la mala pavimentación. Sin embargo, cuando los municipios quieren reparar las calles o veredas, la Contraloría General de la República no les permite desarrollar este tipo de inversión.
La modificación propuesta se hace cargo de un elemento de sentido común, cuyo objetivo es que los municipios dejen de ser simples administradores y se les entregue el poder para convertirse en gobiernos locales que puedan desarrollar sus políticas en distintos ámbitos.
Un aspecto del que no se hace cargo el proyecto es la obtención de los recursos, pues no todos los municipios cuentan con ellos para pavimentar las calles y veredas que presentan problemas, por lo que deben hacer tremendos esfuerzos para conseguirlos.
Quiero aprovechar este debate para mencionar la importancia que tiene modificar la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en relación con la distribución de los presupuestos municipales a nivel nacional. No es posible que haya municipios que superen en ocho o diez veces el presupuesto por habitante de otros municipios. Por ejemplo, la municipalidad de Recoleta dispone de 138.000 pesos por habitante en circunstancias de que la municipalidad de Las Condes tiene más de un millón de pesos por habitante, lo que evidencia claramente una desigualdad en la distribución de los recursos, que no permite mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de determinadas comunas.
La desigualdad territorial nace en la manera en que se distribuyen los recursos y es en este punto donde esta moción presenta un vacío. La iniciativa permite a los municipios que logran hacer el esfuerzo económico para realizar este tipo de obras provisorias no sufrir por parte de la contraloría sanciones administrativas ni la exigencia de la devolución de los recursos que fueron empleados en beneficio de la ciudadanía, para evitar accidentes vehiculares o peatonales. Particularmente, quiero abogar por los adultos mayores, que son los que sufren con mayor intensidad las consecuencias de calles, veredas o calzadas en mal estado. Son ellos los que habitualmente se caen y sufren accidentes.
Reitero: no es posible que exista esta diferencia tan grande de ingresos entre las comunas, porque afecta la calidad de vida de sus habitantes. Las comunas de menores recursos económicos también deben tener la posibilidad de mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
Nuestra bancada aprobará este proyecto de ley y felicita a los autores de la moción, porque se hace cargo de un vacío en la ley. Todos los municipios realizan acciones de reparación de los baches que se generan en las calles, calzadas y aceras, lo que significa un tremendo esfuerzo económico para muchos municipios, sobre todo si consideramos la desigualdad que existe en la distribución de los recursos a nivel nacional.
Por último, saludo al Ministerio de Vivienda y Urbanismo por haber apoyado la moción e, incluso, ayudó a mejorar la calidad del proyecto.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley N° 8.946, que Fija el Texto Definitivo de las Leyes de Pavimentación Comunal, en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los municipios.
Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Alvarez Vera, Jenny ; Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa , Patricio ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías .
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde votar en particular el artículo único con la modificación propuesta por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Alvarez Vera, Jenny ; Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Browne Urrejola, Pedro ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa , Patricio ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto , Matías .
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Despachado el proyecto al Senado.
CONSAGRACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9384-07)
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional, iniciado en moción, que consagra el derecho a la protección de los datos personales.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento es el señor Juan Antonio Coloma .
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, sesión 124ª de la legislatura 362ª, en 4 de marzo de 2015. Documentos de la Cuenta N° 9.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, sesión 116ª de la presente legislatura, en 23 de enero de 2018. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor COLOMA (de pie).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación Justicia y Reglamento, vengo en informar sobre el proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en moción de los senadores Pedro Araya , Felipe Harboe , Ricardo Lagos , Hernán Larraín y Eugenio Tuma , que consagra el derecho a la protección de los datos personales.
La idea matriz o fundamental de esta iniciativa es consagrar constitucionalmente el derecho a la protección de los datos personales y a la autodeterminación informativa, esto es, la facultad de las personas de controlar sus antecedentes personales.
Los autores de la moción señalan que la normativa y los organismos que velan por la protección de datos personales en el país se han visto severamente cuestionados por la falta de certeza sobre el tratamiento de flujos de información referida a las personas. Agregan que se carece de una institucionalidad específica e independiente que sirva para cautelar efectivamente los derechos asociados al tratamiento de la información, lo que ha generado graves cuestionamientos por parte de la sociedad civil, el mundo académico y el periodismo de investigación.
Recuerdan que las regulaciones en materia de datos personales son profusas y de larga data en la mayoría de los países pertenecientes a la Organización para el Comercio y el Desarrollo Económico (OCDE).
Por su parte, la jurisprudencia europea ha ampliado el sentido primario del derecho a la privacidad hacia la protección de los datos personales o la llamada autodeterminación informativa, que consiste en el derecho de las personas a controlar sus datos personales, incluso si estos no se refieren a su intimidad.
Seguidamente, recuerdan que el profesor Humberto Nogueira Alcalá define el habeas data como el derecho que asiste a toda persona a solicitar, administrativa y judicialmente, la exhibición de registros o bases de datos, públicos o privados, en los cuales estén incluidos sus datos personales o de su familia, para tomar conocimiento con exactitud de ellos, solicitar su rectificación, verificación, complementación o reserva.
Este derecho, tal como se consideró en un proyecto del senador Jorge Pizarro , actualmente archivado, debe tener rango constitucional por encontrarse dentro de las más frecuentes amenazas al derecho a la vida privada y a la honra de las personas y la familia, en especial en un mundo donde los negocios de gran escala cruzan con rapidez la esfera de las jurisdicciones de los países.
A continuación, se hace presente que la Constitución chilena recoge en el artículo 19, número 4º, lo siguiente: “El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.”, lo que se conoce en términos generales como derecho a la intimidad.
Recuerdan que en 1999 se reguló este derecho de manera orgánica con la dictación de la ley Nº 19.628, sobre protección de datos de carácter personal, y también con la publicación, en 1995, del artículo único de la ley Nº 19.423, que modifica el Código Penal en lo relativo a delitos contra el respeto y la protección a la vida privada y pública de la persona y su familia.
Asimismo, sostienen que la inquietud por estos temas se ha visto reflejada, por ejemplo, en el proyecto de reforma constitucional de los entonces senadores señores Gazmuri , Escalona y Muñoz , que postulaba crear una Agencia de Protección de Datos (boletín Nº 6594-07), y en el proyecto que se tramitó en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados (boletín N° 8143-03), que regula el tratamiento de los datos personales y crea una institucionalidad fiscalizadora.
A partir de estos antecedentes, señalan que hay ejemplos concretos de una creciente preocupación por un tema que ha ido cobrando relevancia a nivel nacional y mundial, y arguyen que cada vez se hace más patente la necesidad de reconocer en nuestra Carta Fundamental la protección de los datos personales.
Finalmente, explican que la idea matriz de este proyecto supone consagrar, en favor de todos los individuos, la facultad de controlar sus datos personales y la capacidad para disponer y decidir sobre los mismos.
Para el cumplimiento de estos objetivos, el texto aprobado por el honorable Senado propone agregar en el número 4º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, después de una corrección de forma, los siguientes incisos segundo y tercero, nuevos:
“Asimismo, la protección de sus datos personales, el derecho a acceder a ellos y a obtener, en la forma que determine la ley, su rectificación, complementación y cancelación, si estos fueren erróneos o afectaren sus derechos.
El tratamiento, circulación y traspaso de esos datos deberá realizarse en la forma y condiciones que fije la ley;”.
Durante la discusión general, el senador Felipe Harboe , uno de los autores de la moción, señaló que durante la tramitación del proyecto se ha ido revelando que no es adecuado incorporar en el texto constitucional, que tiene una vocación de estabilidad en el tiempo, algunos de los elementos que son parte de la protección de datos.
Por ejemplo, a los derechos al acceso a rectificación, cancelación y oposición, hoy se agrega el derecho a la portabilidad, que hace un tiempo no existía.
En ese sentido, se manifestó de acuerdo con la indicación presentada por el Ejecutivo en este trámite, en el sentido de establecer una protección más genérica.
Sometido a votación en general, el proyecto se aprobó por la unanimidad de los diputados presentes.
Durante la discusión particular se aprobó por unanimidad una indicación del Ejecutivo, formulada en los términos señalados precedentemente.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada señora Andrea Molina .
La señora MOLINA (doña Andrea).-
Señor Presidente, esta iniciativa es muy positiva, ya que, como se ha dicho, busca consagrar en nuestra Constitución el derecho a la protección de datos personales. Se trata de una materia en la que nuestro país necesita avanzar rápidamente, puesto que se encuentra muy por debajo de los estándares internacionales.
Aparte de eso, también se hace relevante su consagración porque hoy la información es un motor de desarrollo, más aún cuando examinamos los avances tecnológicos que existen y que permiten que la información tenga un nivel de conocimiento impensado.
Las personas son dueñas de sus datos personales y solo ellas tienen la potestad para autorizar su uso. Por ello, me parece que dar un rango constitucional a este derecho de protección de datos personales es muy relevante, ya que, dicho sea de paso, les permitirá recurrir de protección en caso de que sea necesario.
Además, concuerdo con la indicación planteada por el Ejecutivo de dejar en manos del dominio legal el desarrollo del detalle que involucra el derecho que se está consagrando, de modo que el reconocimiento constitucional sea preciso y conciso.
Sin embargo, dejando claro que me parece muy positiva la iniciativa, a mi juicio es absolutamente necesario avanzar en la modificación de la ley N° 19.628, de protección de datos personales. Esto ya lo he manifestado en otras intervenciones, pues es evidente que esta normativa no se ajusta a los estándares internacionales, tal como se ha comprometido Chile al suscribir el Tratado de Cooperación Comercial con Europa, pues hoy ese cuerpo legal no contiene mecanismos adecuados para la protección de las personas.
Así, por ejemplo, la actual ley de protección de la vida privada no contempla ningún mecanismo tendiente a representar los intereses de un connacional en el caso del mal uso de su información personal a nivel internacional.
Tampoco establece ningún mecanismo distinto de tratamiento de datos sensibles, como datos personales de menores o de personas vulnerables. Además, no contempla autoridad alguna que analice y defina la pertinencia de los traspasos de información personal.
Si bien concuerdo plenamente con la iniciativa, formulo este alcance, ya que no sacamos nada con tener un bonito derecho constitucional si su desarrollo a nivel legal sigue siendo insuficiente y no ajustado a la realidad en la que vivimos, y mucho menos si no damos el ancho y el alto respecto de los acuerdos que hemos adoptado internacionalmente y que aún no se han aplicado en el territorio nacional.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
En el tiempo de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado Pablo Lorenzini .
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, como ha dicho la diputada Molina , en esta materia tenemos una deuda pendiente desde 1999, es decir, desde hace más de 17 años.
Cuando Chile ingresó a la OCDE, en 2010, nuestro país se comprometió a contar con una ley que actualizara la vigente, pero la respectiva iniciativa se encuentra empantanada en el Senado.
Señor Presidente, en el Comité de Evaluación de la Ley han intervenido muchos parlamentarios: los diputados Ceroni , Romilio Gutiérrez , Issa Kort , Manuel Monsalve , Leopoldo Pérez , Alberto Robles ; la diputada Alejandra Sepúlveda , etcétera. Este es un dato adicional; pero creo que el proyecto debe avanzar, pues estamos en deuda con el país.
En la actualidad nadie nos garantiza el derecho de saber quién, cómo, dónde y con qué fin se recogen nuestros datos personales. No hay un catálogo de sanciones ni un procedimiento para que las personas puedan denunciar. Tampoco hay una institución que fiscalice por ley a los privados y promueva el buen uso de los datos.
A mi juicio, hicimos un tremendo trabajo en el Comité de Evaluación de la Ley. Aportamos en las discusiones sostenidas en la Cámara de Diputados y en las distintas comisiones, a efectos de avanzar en esta materia. Sin embargo, al Senado parece que eso no le gusta.
Repito: se trata de un buen proyecto, porque nos permite exigir al nuevo gobierno -el mío no fue capaz de hacerloque lo califique con discusión inmediata, porque hoy los datos personales deben estar protegidos.
Hablábamos con el diputado Morano sobre una situación particular. Si por esas cosas de la vida un trabajador demanda a su empleador, esa demanda, que es entre dos personas, puede ser conocida por cualquiera. ¿Por qué? ¡Se trata de un asunto privado, salvo que una de las partes autorice lo contrario!
Este tipo de situaciones no dan para más.
Bienvenido, entonces, este proyecto, que es sucinto, pero que permite la protección de nuestros datos personales. Espero que el nuevo Senado se ponga a trabajar en esta iniciativa para que pronto se convierta en ley de la república.
Sé que el Presidente de la Cámara cuenta con fuero, el que de alguna manera algo lo protege. Sin embargo, no sucede lo mismo con los ciudadanos comunes y corrientes, quienes están teniendo muchos problemas con la información.
¿Qué dijo la OCDE hace unos días en esta Sala? ¿Hacia dónde vamos? Hacia el mundo digital. Hoy, todo está en el mundo digital. Entonces, desde ese punto de vista, cualquiera puede acceder a información. De hecho, diputado García , claramente cualquiera puede acceder a sus datos, y usted no va a tener cómo defenderse.
Concuerdo con la diputada Molina en muchos aspectos. Aquí lo importante es que el Senado reciba el recado y el gobierno califique el proyecto con discusión inmediata.
He dicho.
El señor SABAG (Vicepresidente).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 19.06 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Melo, Auth, Ceroni, Mirosevic, Soto y Torres, y de las diputadas señoras Cicardini, Fernández, Hernando y Vallejo, que Modifica la Carta Fundamental con el objeto de establecer el derecho a sufragio a partir de los dieciséis años de edad. Boletín N°11600-07
1. Fundamentos.- El sufragio es el instrumento de participación ciudadana y de la democracia por excelencia, a través de él se ejerce el poder del Estado y se forma la voluntad política de una nación, así cierto sector de la doctrina lo conceptualiza como “una manifestación de la voluntad individual que tiene por finalidad concurrir a la formación de la voluntad colectiva, sea para designar los titulares de determinados cargos o roles concernientes al Gobierno de una comunidad, sea para decidir asuntos que interesan a ésta” [1]. En cuanto a su naturaleza jurídica, el sufragio es un derecho, atendido que cuando un ordenamiento jurídico lo consagra para ciertas personas que cumplan ciertas condiciones o requisitos, se trata de una facultad jurídicamente protegida. Clarificado lo anterior, podemos señalar además, que a la vez es un deber social, puesto que, una vez concedido el derecho a decidir sobre determinadas cuestiones políticas de una sociedad, el titular de ese derecho tiene el deber de ejercerlo.
El sufragio entendido como derecho y deber a la vez, y a objeto de que sea ejercido propiamente como tales deberá reunir las siguientes características: a) Debe ser secreto, lo que garantizará la absoluta libertad de quien lo ejerce; b) Debe ser universal, esto es, que se garantice a todos por igual, salvo mínimas exigencias, que pueden decir relación con la nacionalidad o con la edad; Lo anterior permitirá garantizar que el sufragio permita alcanzar el ideal de representación política, ya que de lo contrario esto se podría ver alterado. (si el voto es público los ciudadanos no tienen libertad para ejercer el derecho y si no es universal, se restringirá a unos pocos no existiendo un representación política fidedigna). La universalidad del sufragio es la característica principal que permite alcanzar una correcta representación política, puesto que los representantes electos reflejaran fielmente lo que es y que piensa la sociedad. Al igual que cualquier otra característica del sufragio, no siempre ha estado presente en él, así es que, podemos evidenciar sufragios que han tenido otras características desde el punto de vista de quienes lo ejercen, como por ejemplo: i) el sufragio familiar, esto es, el voto se consagra para el jefe de familia; ii) el sufragio profesional, aquél consagrado sólo para quienes tienen mayores conocimientos; iii) el sufragio plural, es el que consiste en dar diversos votos a las personas según su categoría, por lo cual hay ciudadanos respecto de los cuales su voto tiene más valor que el de otros; iv) el sufragio múltiple, que a diferencia del plural implica que un elector solo puede ejercer un voto, pero en más de un territorio determinado.
El sufragio también puede presentar otras características, las cuales dependerán de las opciones políticas que adopte una sociedad determinada, por ejemplo, a) podrá ser obligatorio o voluntario, de acuerdo a lo que disponga el ordenamiento jurídico, en general se consagra por ser un deber como obligatorio estableciéndose sanciones en caso de no ejercerlo, sin embargo también en otros casos se considera como facultativo su ejercicio dejando a la esfera personal del individuo la decisión de ejercerlo o no; b) de acuerdo a la vinculación entre representante y representado el sufragio podrá ser directo o indirecto, en el primer caso, el ciudadano al sufragar elige directamente al representante, en el segundo, lo que elige el sufragante son electores, los cuales, a su vez, eligen a los representantes.
La Corte interamericana ha precisado en el caso Castañeda Gutsman contra los Estados Unidos Mexicanos que:
“140. Los derechos políticos son derechos humanos de importancia fundamental dentro del sistema interamericano que se relacionan estrechamente con otros derechos consagrados en la Convención Americana como la libertad de expresión, la libertad de reunión y la libertad de asociación y que, en conjunto, hacen posible el juego democrático. (…)
143. La Corte considera que el ejercicio efectivo de los derechos políticos constituye un fin en sí mismo y, a la vez, un medio fundamental que las sociedades democráticas tienen para garantizar los demás derechos humanos previstos en la Convención.
146. La participación política puede incluir amplias y diversas actividades que las personas realizan individualmente u organizadas, con el propósito de intervenir en la designación de quienes gobernarán un Estado o se encargarán de la dirección de los asuntos públicos, así como influir en la formación de la política estatal a través de mecanismos de participación directa”.
Cabe señalar que en la Constitución vigente el sufragio reúne las características de ser secreto, personal, igualitario, voluntario, y directo. En este sentido, se afirma que UNICEF aboga por una mayor participación de los adolescentes en los asuntos que les conciernen, ya sea en los ámbitos privados o públicos, especialmente en los entornos donde ellos crecen, se desarrollan y aprenden. Esto implica diversas formas de participación en la toma de decisiones. El Estado debe, entonces, impulsar la participación de niños, niñas y adolescentes, fomentando su sentido de dignidad y preparándolos para asumir una vida adulta responsable, además, la participación debe ser libre y voluntaria. Por otro lado, el derecho a voto no debe ser equiparado con la obtención de la mayoría de edad. Es decir, derecho a voto como ejercicio de un derecho, no como ingreso a la adultez.
2. Historia Legislativa.- El sufragio dentro de la evolución histórica ha transcurrido por diversas fases, así podemos observar que en la democracia ateniense el sufragio estaba consagrado sólo para los ciudadanos, con posterioridad en la Edad Media adquirió un carácter estamental, es decir, eran determinados grupos de la sociedad quienes lo ejercían, tales como, el clero, la nobleza, etc., atendido lo cual reviste caracteres de privilegio para quienes lo ejercían. Con la llegada del Constitucionalismo Clásico y el Estado Liberal Moderno, el sufragio dejará de ser un privilegio y pasará a constituir una prerrogativa o derecho individual de las personas, sin perjuicio que generalmente para acceder a él se exigían requisitos de carácter patrimonial. Desde mediados del siglo XX, el sufragio adquiere un carácter universal, puesto que aumenta la masa de electores, las diferencias económicas entre los ciudadanos cada vez es menor, y se eliminan como requisitos para acceder a él, los relativos a nivel cultural o educacional de las personas.
En nuestro sistema, “el requisito de la edad ha ido disminuyendo en el proceso histórico constitucional chileno, la Constitución de 1833 exigía 25 años a los casados y 21 años a los solteros hasta la reforma de 1888, fecha desde la cual ya no se distinguió entre solteros y casados, determinando para ambos la edad de 21 años de edad, debe tenerse presente que a la fecha sólo ejercían el derecho a sufragio los varones, estando excluidas del mismo las mujeres. La Constitución de 1925 mantuvo los 21 años, manteniéndose la interpretación en que la expresión chileno se refería a personas de sexo masculino, será en 1949, en que se ampliará el derecho de sufragio para participar en elecciones políticas a las mujeres. Asimismo, la reforma constitucional realizada en 1970 por ley Nº17.284, que rebajó el requisito de edad a los 18 años, lo que implicó una amplia incorporación de jóvenes al proceso electoral, pasando de 3.539.947 en la elección presidencial de 1970 a 4.510.000 en las elecciones parlamentarias de marzo de 1973” [2]. En esta perspectiva se encuentra más recientemente, la moción de los Honorables Senadores señores Carlos Bianchi y José Antonio Gómez, (Boletín N° 8.762-07), que habilita a sufragar en las elecciones municipales a los mayores de 16 y menores de 18 años de edad.
En el derecho comparado, el art. 23 a de la Constitución de Austria dispone que para ejercer el derecho a sufragio se requiere haber cumplido dieciséis años, por su parte en la República Argentina se promulgó durante el año 2012 la ley Nº26,744 o ley de Ciudadanía que dispone en su art. 3º que son electores los argentinos nativos y por opción desde que hubiesen cumplido los dieciséis años.
3. Ideas matrices. El presente proyecto tiene por finalidad establecer expresamente que las personas mayores de dieciséis años puedan ejercer el derecho a sufragio como una manera de estimular la participación de los jóvenes en la democracia. En efecto, en los últimos años se ha constatado un aumento en la participación de los jóvenes en diversos ámbitos de expresión ciudadanas, como los movimientos sociales en la dimensión de la protesta social. Los estudiantes secundarios, sin alzalzar la mayoría de edad, han puesto en el debate público temas de relevancia nacional, como el rol del Estado en la educación, la desigualdad social, etc. Como contrapartida, se observa una reducción en la participación electoral del padrón en su conjunto, aumentando los niveles de abstención. De ahí que la extensión del derecho a voto a un segmento de la población implica necesariamente una ampliación de las posibilidades de participación democrática. Por otra parte, el padrón electoral ha ido envejeciendo progresivamente. Extender el derecho a voto a quienes hayan cumplido los dieciseis años entregaría un mayor equilibrio en la representación entre los más jóvenes y los mayores, asimismo, obligara a los partidos políticos y candidatos a profundirzar sus propuestas en materia de juventud.
Es en mérito de lo expuesto, y los fundamentos señalados que venimos en proponer el siguiente:
Proyecto de Reforma Constitucional
Artículo Único. Modificase la Constitución Política incorporar en el art. 14 el siguiente inciso segundo:
“Asimismo, podrán ejercer el derecho a sufragio los chilenos que hayan cumplido los dieciséis años de edad.”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Melo, Lemus, Saldívar y Urízar, y de las diputadas señoras Cicardini, Girardi, Hernando, Pacheco, Pascal y Vallejo, que Modifica la ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el propósito de someter al sistema de evaluación de impacto ambiental, a toda central generadora de energía. Boletín N°11601-12
ANTECEDENTES:
1.- Un estudio realizado por el Departamento de Ingeniería Industrial de la Universidad de Chile para la Comisión Nacional de Energía, sostiene que existe una creciente demanda energética en Chile que podría triplicarse entre el periodo 2007 a 2030. Esto significa que la demanda media pasará de 6000 MW el año 2007 a casi 20000 MW el 2030, considerando el Sistema Interconectado Central (entre la III región de Atacama y la X Región de Los Lagos) y el Sistema Interconectado del Norte Grande (entre la XV Región de Arica y Parinacota, I Región de Tarapacá y la II Región de Antofagasta).
Según la matriz energética vigente al año 2009, más del 60% de la energía de nuestro país proviene de combustibles fósiles, siendo sólo un 4% el aporte de Energías Renovables No Convencionales (En adelante ERNC) (CNE, diciembre del 2009) [1].
En razón de este déficit de ERNC, la Ley Nº 20.257 promulgada el 2008, “Que Introduce modificaciones a Ley General de Servicios Eléctricos respecto de la generación de energía eléctrica con fuentes de energías renovables no convencionales”, intenta diversificar la matriz energética, dando especial énfasis a las Energías Renovables No Convencionales, entre las cuales, en la última década, se han desarrollado y diversificado pequeñas centrales de energía renovable.
2.-La Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, somete los proyectos susceptibles a causar impactos a una evaluación de los mismos a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (En adelante SEIA). La misma Ley Nº 19.300 define un Impacto Ambiental (En adelante IA) como “la alteración del medio ambiente provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada”.
A su turno la mencionada ley define la Evaluación de Impacto Ambiental (En adelante EIA) como “el procedimiento, a cargo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente o de la Comisión Regional respectiva, en su caso, que, en base a un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, determina si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes”
En consecuencia, la entrada en vigencia del SEIA ha generado un cambio en la manera en que se desarrollan los proyectos de infraestructura en el país, permitiendo prevenir, o al menos mitigar, los impactos que generan las inversiones públicas y privadas sobre el medio ambiente [2].
3.- No obstante, el literal c del artículo 10 de la Ley 19.300 establece:
“Artículo 10.- Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:
c) Centrales generadoras de energía mayor a 3 MW;
De esta manera, la obligación de ingreso a evaluación ambiental SOLO queda establecida para aquellas centrales de energía mayores a 3 MW.
4.- Sin perjuicio de la debida consideración de todos los aspectos positivos que conllevan para el medio ambiente el desarrollo de proyectos de generación de ERNC a través de pequeñas centrales de paso, estas no se encuentran exentas de producir eventualmente daño o impacto ambiental. Cabe tener presente que los potenciales impactos ambientales susceptibles de ser provocados por las centrales de pasada son, entre otros, los siguientes [3]:
a) Pérdida de bosques nativos y hábitats naturales debido a la inundación de los embalses. Asimismo, animales en peligro de extinción pueden verse amenazados por la ubicación de estas centrales.
b) Destrucción de la biodiversidad acuática.
c) Modificación de microclimas, ya que altera los ciclos naturales.
d) Alteración de la producción agropecuaria y de parques nacionales por la instalación de líneas de alta tensión.
e) Gran impacto visual y deterioro del paisaje lo que repercute en el sector turismo.
f) Impacto sociocultural, ya que se produce un aumento en la población en épocas de construcción.
g) Impacto social por la expropiación de los pobladores del sector.
h) Disponibilidad de agua está afecta a las condiciones climáticas.
i) La posibilidad de establecer centrales está condicionada a las características del terreno mismo.
5.- Que la realidad ha demostrado, lamentablemente, que estos riesgos no solo son potenciales y los y las legisladoras patrocinantes de esta moción hemos tomado conocimiento de una serie de conflictos socio ambientales vinculados a centrales que, por su tamaño, han quedado fuera del Sistema de Evaluación Ambiental.
6.- Que agrava este hecho el que, en nuestra legislación, estas actividades, al no ser objeto de evaluación ambiental, no ingresan al Sistema de Evaluación Ambiental, por lo que sus efectos económicos, sociales y ambientales no son sometidos, por ejemplo, a participación ciudadana o consulta indígena en resumidas cuentas no son evaluados.
7.-Por todo lo anterior, el objetivo de la presente moción parlamentaria es someter al sistema de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo al artículo 10° la Ley 19.300, “Sobres Bases Generales del Medio Ambiente” todos los proyectos de centrales de energía, con la finalidad de determinar de manera anticipada los eventuales impactos de estos proyectos, a fin de determinar si son aceptables conforme a nuestro ordenamiento jurídico y , en su caso, ser adecuadamente compensados, mitigados y reparados.
PROYECTO DE LEY
Elimínese, en el literal c), del artículo 10 de la ley 19.300, General de Bases del Medio Ambiente, al final de la oración, la frase “mayores a 3 MW”.
Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Carvajal, Hernando y Sepúlveda, y de los diputados señores Farcas, Mirosevic, Monsalve, Morano; Núñez, don Daniel; Silber y Torres, que Modifica la ley N° 18.290, en el sentido de exigir que se incorpore, en la licencia de conducir, información acerca del grupo sanguíneo del conductor. Boletín N°11602-15
Fundamentos:
1. Desde una perspectiva global, existen en total ocho grupos sanguíneos, singularizados con las letras A, B, AB y O, los cuales pueden ser positivos y negativos. De este modo, la clasificación de los cuatro tipos de sangre positivos, se denominan RH Positivo, mientras que el conjunto de los negativos se denomina RH Negativo.
2. En nuestro país, la generalidad de los ciudadanos no posee conocimiento cierto y concreto sobre el grupo sanguíneo al cual pertenece. Esto puede generar complicaciones en momentos cruciales, como en accidentes de tránsito con resultados de lesiones, donde un oportuno trabajo de los profesionales de salud le puede salvar la vida a una víctima.
3. Sin ir más lejos y según datos de CONASET, el año 2016 fallecieron 1.601 personas víctimas de accidentes de tránsito, teniendo un promedio de 4,6 personas fallecidas por día [1]. Si bien esta situación ha disminuido en los últimos 10 años, debido a campañas estatales para la prevención de accidentes del tránsito, es posible avanzar desde la ejecución de planes a partir del hecho consumado, es decir, una vez ocurrido el accidente.
4. Hoy en día nuestro país cuenta con un déficit de dadores voluntarios de sangre, lo cual ha provocado una crisis dentro de los centros de sangre. Hablando de cifras, sólo un 28% de las personas que donan sangre lo hace voluntariamente, lo cual no es suficiente para mantener un stock adecuado y hacer frente a las emergencias provocadas en casos de accidentes. Ello, sumado a que actualmente no se cuenta con información necesaria por parte de los ciudadanos sobre cual grupo sanguíneo pertenecen, hace aún más difícil las labores clínicas en estos casos, situación que este proyecto busca revertir.
5. Consideramos que la posibilidad de contar con dicha información, contenida en la licencia de conducir, puede representar una herramienta que facilite el trabajo del personal de la salud que se encargue de la atención de lesionados en accidentes del tránsito. Por ello, incorporar en la licencia de conductor información sobre su grupo sanguíneo, eventualmente garantiza a su titular un socorro expedito, reduciendo los pasos a seguir en los protocolos de atención, ganando minutos que pueden llevar a ser vitales en algunos casos.
6. Actualmente nuestra legislación no contempla la posibilidad de contar con la información del grupo sanguíneo del titular de una licencia de conducir en dicho documento. Ni la ley 18.290 del tránsito, como tampoco los respectivos reglamentos, a saber, el Decreto número 97 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones del año 1984, que establece el Reglamento para obtener autorización de otorgar licencias de conductor, y el Decreto 170 del mismo Ministerio, promulgado el año 1986, que establece el Reglamento para el otorgamiento de licencias de conductor, no contemplan entre los requisitos, el hecho de declarar e incorporar al documento, el grupo sanguíneo de su titular.
7. A contrario censu de lo señalado en el punto anterior, en el derecho comparado encontramos innumerables ejemplos donde la legislación foránea regula esta materia de manera expresa, con la misma finalidad de la idea matriz del presente proyecto. Así, por ejemplo, en el caso de Panamá, se señala en el Artículo 113 del Reglamento de Tránsito señala que "los aspirantes que soliciten una licencia de conducir Tipo A, 5, C, D, por primera vez, deberán entre otras cosas, presentar su tipo de sangre".
Por su parte, Costa Rica, la Ley de tránsito por Vías Públicas Terrestres, en su artículo 78, establece: "Toda licencia llevará impreso el tipo sanguíneo y el RH de su poseedor".
En la misma línea lo establece la normativa de tránsito del Perú donde ley 29.389 del 2009, establece en su artículo 1° que la licencia de conducir contendrá el grupo y factor sanguíneo del titular y la autorización expresa o la denegación de la donación.
Finalmente, algunos Estados de los Estados Unidos, como es el caso de Missouri, la guía del conductor del Departamento de Ingresos de Missouri, en su Capítulo 1, sobre licencia del conductor y la Ley sobre la licencia de conducir de los graduados de Missouri, establece en "otra información acerca de su licencia de conducir" que la parte trasera de la licencia incluye áreas para que usted escriba su tipo de sangre y reacciones alérgicas a medicinas. Si usted está en un accidente, esta información podría ayudar al personal médico a salvar su vida” [2].
7.- Como podemos ver, registrar la información del grupo sanguíneo en la licencia de conducir, es una idea recogida de manera transversal por la legislación comparada, dada la utilidad que ello representa para eventuales labores de rescate y socorro médico que pudiere necesitar un conductor ante un accidente. Es por lo que consideramos de suma importancia rescatar dichas iniciativas y aplicarlas en nuestra normativa referente a las licencias de conducir, dada la alta tasa de mortalidad anual en accidentes de tránsito en nuestro país.
Por estos motivos, tengo el honor de someter al conocimiento de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único:
Modifíquese la Ley del Tránsito N° 18.290 en el siguiente sentido:
1. En el inciso primero, numeral 4° del artículo 13, a continuación del punto aparte que ahora pasa a ser punto seguido (.), agregase lo siguiente: "Además, deberá señalar el grupo sanguíneo al cual pertenece, debiendo acreditar dicha situación mediante la exhibición de cualquier documento que así lo establezca".
2. Incorpórese el siguiente artículo 26 bis nuevo:
"Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, toda licencia de conducir deberá señalar el grupo sanguíneo de su titular".
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Melo, Arriagada, Lavín, Mirosevic y Soto, y de las diputadas señoras Fernández, Hernando, Pacheco y Pascal, que Modifica la ley N°20.422, que Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para exigir la enseñanza de la lengua de señas en los establecimientos educacionales. Boletín N°11603-31
1. Fundamentos.- La ley número 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad, corresponde al cuerpo normativo que aborda en nuestro país la compleja situación que vive un número importante de compatriotas discapacitados. El objeto central de la ley según prescribe el artículo 1 es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el propósito de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad. El artículo 2 agrega que para el cumplimiento del objetivo antes descrito, se dará a conocer masivamente a la comunidad los derechos y principios de participación activa y necesaria en la sociedad de las personas con discapacidad, fomentando la valoración en la diversidad humana, dándole el reconocimiento de persona y ser social y necesario para el progreso y desarrollo del país.
En cuanto a los deberes del Estado con las personas con discapacidad la ley consagra en su artículo 4 que se deberá promover la igualdad de oportunidades de las personas con alguna discapacidad, entendiendo por tal la ausencia de discriminación por razones de discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente de la vida política, educacional, laboral, económica, cultural y social.
La ley, además de lo ya reseñado, regula lo relativo a la calificación y certificación de la discapacidad por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN); establece medidas de prevención y rehabilitación como obligaciones del Estado y un derecho de las personas discapacitadas; consagra una serie de medidas para asegurar la igualdad de oportunidades; crea el Registro Nacional de la Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación; establece un Comité de Ministros de la Discapacidad y crea el Servicio Nacional de la Discapacidad, sucesor y continuador legal del Fondo Nacional de la Discapacidad.
Respecto a la comunidad sorda la ley establece una serie de disposiciones vinculadas a las particularidades de la discapacidad auditiva. El artículo 26 reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda, y el artículo 25 ordena que los canales de la televisión abierta y los proveedores de televisión por cable, apliquen mecanismos de comunicación audiovisual que posibiliten a la población con discapacidad auditiva el acceso a su programación en los casos que corresponda, según lo determine el reglamento que al efecto dictarán conjuntamente los Ministerios de Planificación, de Transportes y Telecomunicaciones y Secretaría General de Gobierno. Además, toda campaña de servicio públicos financiada con fondos públicos, la propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales que se difundan por medios televisivos o audiovisuales, deberán ser transmitidos con subtítulos y lenguas de señas.
Por último, el artículo 42, impone a los establecimientos educacionales el deber de adoptar, en forma progresiva, medidas para promover el respeto por las diferencias lingüísticas de las personas con discapacidad sensorial, sean sordas, ciegas o sordo-ciegas en la educación básica, media y superior, con el fin de que éstos puedan tener acceso, permanencia y progreso en el sistema educativo.
Sin dudas, este cuerpo legal constituye un significativo avance en la defensa y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, reconociendo a éstos una serie de garantías e imponiendo al Estado y los ciudadanos obligaciones orientadas a materializar la igualdad de oportunidades, que permitan la plena integración de las personas con discapacidad en nuestra sociedad. No obstante, existen observaciones que pueden efectuarse a ciertos aspectos regulados por la citada ley que merecen ser analizados en sede legislativa, para procurar el perfeccionamiento del marco legal general que ordena la actividad del Estado en beneficios de las personas con discapacidad.
Uno de aquellos aspectos es el establecido por el artículo 26 y 42 de la ley. El primero consagra la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda y el artículo 42 impone a los establecimientos educativos una obligación de adoptar medidas que respeten las diferencias lingüísticas de las personas con discapacidad sensorial. Esta obligación, que debe cumplir de forma progresiva el sujeto obligado (establecimientos de educación básica, media y superior) es débil, ya que la expresión “medidas” carece de especificidad al no indicarse que precisión o a modo ejemplar el tipo de medidas que logran cumplir el objetivo señalado en la misma disposición; además, es una obligación que busca adecuar la forma de enseñanza de cada establecimiento para que sea accesible a los estudiantes con discapacidad sensorial, pero no se refiere a las obligaciones de los miembros de la comunidad escolar con los estudiantes discapacitados. Lo último resulta de la mayor importancia, atendido que una integración real y armónica entre los estudiantes y demás miembros de la comunidad con aquellos miembros discapacitados exige que todos compartan un lenguaje común, un mecanismo que habilite a todos a poder interactuar y no solo a aquellos que posean una discapacidad auditiva.
Es por este motivo que consideramos necesario establecer que todo establecimiento educacional deba enseñar a todos los miembros de la comunidad educativa la lengua de señas, sin importar si el establecimiento acoge o no a estudiantes con discapacidad auditiva. La idea es que cada estudiante, auxiliar, profesor, directivo o apoderado conozca la lengua de señas, para así tener la posibilidad real de comunicarse con aquel miembro de la comunidad educativa que deba utilizarla por su discapacidad o con cualquier otra persona ajena al mismo establecimiento.
Lo anterior permitirá ampliar las posibilidades de quienes deben darse a entender por lenguaje de señas, al aumentar el número de personas conocedoras de esta tipo de lenguaje. Aprender lengua de señas es una necesidad para las personas con discapacidad auditiva y una obligación para el resto de los miembros de la comunidad, por tanto los establecimientos educativos deben preparar a los ciudadanos para que éstos logren comunicarse con todas las personas con discapacidad auditiva. A nivel estadístico según la Primer Estudio Nacional de la Discapacidad, en Chile existen 2.068.072 personas con discapacidad, de las cuales un 8,74% del total, son personas con discapacidad auditiva a nivel nacional (fuente: INE, 2004), lo que da cuenta del significativo número de personas con tal discapacidad que deben conocer la lengua de señas para lograr darse a entender a otros que, igualmente, deben conocer este lenguaje para alcanzar así una comunicación efectiva.
El presente proyecto de ley es un paso más en la búsqueda de la integración armónica de todos los integrantes de la sociedad, propone una medida que descansa en la idea de que la integración supone obligaciones y no una mera actitud pasiva con aquellos miembros de nuestra comunidad que se hallen en una posición desmejorada. Esto se enmarca en una serie de iniciativas que buscan el mismo propósito como es, por ejemplo, la reciente aprobación por la H. Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, del proyecto de ley iniciado en moción parlamentaria que incorpora el lenguaje de señas en los programas de televisión con contenido musical y espectáculos musicales en vivo (Boletín Nº 9.819-24). Estas medidas legislativas son coherentes con la obligación que corresponde al Estado de Chile en virtud de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que exige a los Estados partes “adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención” (literal a), nº 1, artículo 4), y en materia educativa, la misma Convención consagra que los Estados Partes asegurarán “facilitar el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas” ( literal b), Nº 2, artículo 24).
2. Ideas Matrices.- El proyecto de ley modifica el artículo 26 de la ley número 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad, incorporando la obligación de la enseñanza de la lengua de señas en todos los establecimientos educacionales. Los establecimientos educacionales deberán, por tanto, dentro de su respectivo proyecto educativo, disponer medidas que permitan a todos los integrantes de la comunidad educativa acceder a cursos, talleres o a otros instrumentos de enseñanza de la lengua de señas.
En mérito de lo expuesto, y los fundamentos señalados venimos en proponer el siguiente:
Proyecto de ley
“Artículo Único.- Incorpórese en el artículo 26 de la ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, el siguiente inciso segundo:
“Corresponderá a los establecimientos educacionales la enseñanza obligatoria de la lengua de señas, a través de acciones concretas determinadas por éstos.”.
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Alvarado, Auth, Espejo; Espinosa, don Marcos; Farcas, González, Letelier, Mirosevic, Monsalve y Teillier, que Regula la crioconservación de embriones. Boletín N°11604-11
Valparaíso, enero de 2018.
I.- Vistos.
Lo dispuesto en los artículos 1°, 19º Nºs 1, 2 y 9, 63º y 65º de nuestra Constitución Política de la República, más lo previsto en la ley N° 18.919 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
A la Honorable Cámara de Diputados sometemos la presente moción.
II.- Fundamentos.
1.- En los últimos años, a nivel internacional, se ha ido incorporando progresivamente el concepto de Salud Sexual y Reproductiva (SSR), desarrollado en un comienzo por la Organización Mundial de la Salud (OMS), aprobado en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, celebrada en El Cairo (1994) y ratificado progresivamente en sucesivas conferencias internacionales. La OMS., define salud sexual y reproductiva como una condición de bienestar físico, mental y social en los aspectos relativos al sistema reproductivo en todas las etapas de la vida. Implica que las personas puedan tener una vida sexual satisfactoria y segura, que tengan la capacidad de tener hijos, la libertad de decidir si quieren tenerlos, cuando y con qué frecuencia. En esta última condición está implícito el derecho de hombres y mujeres de estar informados y tener acceso a métodos de regulación de la fertilidad que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables y, también, el derecho a acceder a servicios de salud adecuados que permitan a la mujer llevar a término su embarazo y tener un parto de forma segura.
De acuerdo a los estándares de la OMS., la Infertilidad es considerada una enfermedad del sistema reproductivo definida como la incapacidad de lograr un embarazo clínico después de 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas y en mayores de 35 años, después de 6 meses de relaciones sexuales no protegidas [1].
2.- Por ello, el estado de Chile desde el año 1992 asumió un rol vital en materia de tratamiento de la infertilidad o de alta complejidad, financiando a través de un convenio suscrito entre la Universidad de Chile, el Servicio de Salud Metropolitano Central y el Instituto de Investigaciones Materno- Infantil (IDIMI). En el año 2004 suscribió un convenio con los Servicios de Salud Valparaíso - San Antonio, Viña del Mar- Quillota, en Concepción y Talcahuano para incorporar las técnicas de Fertilización in vitro (FIV) Inyección Intracitoplasmática de espermios (ICSI) y Criopreservación de pronúcleos (PN) y Embriones.
En la actualidad el Ministerio de Salud elaboró la correspondiente Guía Clínica para el Estudio y Tratamiento de la Infertilidad, en el marco del Programa Nacional Salud de la Mujer del año 2015 [2]. Siguiendo a dicha guía, la atención integral de la salud sexual y reproductiva incluye el conjunto de métodos, técnicas y servicios que contribuyen a la salud y al bienestar reproductivo, al prevenir y resolver los problemas relacionados con la sexualidad y la reproducción.
La referida guía clínica en materia de Infertilidad ha demostrado que ésta es un problema de salud importante, observándose un aumento progresivo de su prevalencia, por diversos factores entre los que destaca la postergación del primer embarazo [3] y el envejecimiento de la población.
3.- Un estudio realizado por el Instituto de Investigaciones Materno Infantil (IDIMI), concluye que la infertilidad en Chile afecta al 10,4% de las mujeres en edad fértil al año de matrimonio; y que a los 8 años de matrimonio permanece infértil el 4% de las parejas. Aplicando las tasas de prevalencia comunicadas en el estudio del IDIMI al total de mujeres chilenas en edad fértil (entre 15 y 44 años) que informa el INE en 2009 (3.957.257), se puede estimar que unas 411.554 mujeres, podrían presentar infertilidad y hasta 158.290 de ellas sufrirían una infertilidad de larga duración en su vida de pareja. Esto las puede llevar a solicitar servicios por infertilidad a lo largo de sus 30 años de vida reproductiva, requiriendo de intervenciones terapéuticas de complejidad variable que deben ser implementadas en cantidad y calidad acorde a la demanda proyectada [4].
4.- Las células madres son células fundacionales para cualquier órgano y tejido en nuestro cuerpo y científicamente son destinadas para su uso en investigación en terapia celular. Según el estado de desarrollo del organismo de origen, se clasifican entre células madre embrionarias y células madre de adultos, su principal diferencia radica en el número y tipo de células en que se pueden diferenciar [5]. En Chile se trabaja con células madre de adultos, provenientes de la sangre del cordón umbilical; médula ósea; sangre; sangre menstrual; piel; dientes; tejido placentario y, últimamente, tejido adiposo, por su parte las células madre embrionarias provienen de embriones humanos o de tejido fetal [6], el cual abunda en los procedimientos de fecundación in vitro con transferencia de los embriones al útero (FIV/TE) y la transferencia de gametos a la trompa de Falopio (GIFT).
5.- La técnica de fecundación in vitro es una técnica muy valiosa porque permite que hombres y mujeres que no han podido concebir puedan tener hijos biológicos, con sus gametos o con la donación de ellos y se ha venido aplicando con éxito en las últimas décadas en clínicas o centros que aplican está técnica y que utilizan los embriones con fines reproductivos y en general en los laboratorios que trabajan en criopreservación, todos ellos trabajan con protocolos rigurosos y que en general apuntan a la protección de los embriones, destinándoles exclusivamente a la reproducción asistida de los padres, pero escasamente a una donación a otra pareja con problemas de fertilidad y tampoco para la investigación.
La fecundación in vitro puede realizarse con transferencia de los embriones al útero (FIV/TE) o con transferencia de gametos a la trompa de Falopio (GIFT). Las tasas de embarazo en los casos de fecundación in vitro con transferencia de gametos a la trompa de Falopio (GIFT) son mayores que con la fecundación in vitro con transferencia de los embriones al útero (FIV/TE), pero en la primera técnica se suele realizar una transferencia de un número elevado de óvulos, lo cual produce una tasa elevada de multigestación con embarazos triples y cuádruples [7], los cuales son embarazos riesgosos, más aun si mayor es la edad de la madre gestante.
6.- En este orden de ideas, resulta prudente regular que ocurre con los embriones que no son utilizados en los procedimientos de fecundación in vitro, estos embriones podrían ser donados a otras personas con problemas de fertilidad o bien donados para ser estudiados y lograr avances en materia de terapia celular con células madres, ya que es la medicina pionera y más prometedora, en términos de recuperación de pacientes graves, por ejemplo, diagnosticados con cáncer, Parkinson, insuficiencia cardiaca, ataques al miocardio, afecciones a la rodilla, algunos tipos de cánceres hematológicos, como la leucemia, precisamente una de las terapias con células madre más antigua es el trasplante de médula ósea dirigido a tratar la leucemia, otros tipos de cáncer y trastornos de la sangre; estos tratamientos son de difícil acceso en Chile. En este sentido la donación de embriones o de pronúcleos congelados debiese estar gobernada por la solidaridad, altruismo sin coste para la futura pareja o para los investigadores y el anonimato, al igual que ocurre con las donaciones de órganos o tejidos humanos que, inmemorialmente se ha regido por dichos principios.
Entonces, los embriones sobrantes de procesos de reproducción asistida podrán ser utilizados para investigación, mediando el consentimiento informado de los progenitores con el fin de que éstos puedan cederlos a la ciencia, es decir, se podrá investigar con las garantías, de la información previa y la autorización de los progenitores.
7.- Sin perjuicio de la importancia de estos gravitantes procedimientos médicos, como la fecundación in vitro y la terapia celular, ninguno de ellos están regulados en Chile, no existe una ley de medicina reproductiva, tampoco norma que regule la investigación científica con células madre y la terapia celular, no obstante haber presentado el H. Diputado Alvarado diversas iniciativas sobre estos tópicos, sin una normativa específica aplicable que fomente su desarrollo en pos de la salud pública, estos procedimientos tardan demasiado tiempo en llegar a la mayoría de la población o bien son comercializados a altos costos, esta situación no se condice con el estado actual del desarrollo científico en crioconservación de embriones, con células madre y terapia celular en universidades y centros de salud en diversos países de mundo, como España, Estados Unidos de América, la situación de la Unión Europea y Japón.
8.- La crioconservacion de embriones se inició en nuestro continente en junio de 1986 con el nacimiento del primer niño en Estados Unidos mediante embriones congelados, un año después nació otro niño en España. Cada año, unas 5.000 mujeres se someten a ciclos de fecundación in vitro, según la Sociedad Europea de Reproducción Humana. En Chile entre los años 1991 y 2010, la criopreservación de embriones en parejas que sufrían infertilidad, permitió que se transfirieran 2.319 embriones descongelados.
9.- Por ello se hace necesario establecer estándares básicos en aspectos fundamentales, tanto, para los futuros padres y para la investigación científica, aspectos como el período en que se conservarán las células, desde la fecha del parto o bien decidir el destino de los embriones congelados en un plazo también determinado, cuando podrían ser donados y como operaría este consentimiento o voluntad, el anonimato de quienes donan, su carácter solidario y altruista, si la donación tendrá únicamente fines reproductivos o pueden destinarse a la investigación.
En países como Estados Unidos y España hay recomendaciones nacionales, pero cada estado tiene su propio reglamento, por ejemplo, las parejas tienen la posibilidad de elegir a quién donar e, incluso, pueden poner requisitos, como cierta religión o nivel educativo.
10.- Aspectos positivos de la crioconservaciones de embriones:
a) Este procedimiento disminuye los costos de la técnica de reproducción asistida de fecundación in vitro, porque en caso de no resultar una primera transferencia de embriones o que la pareja decida tener otro hijo en el futuro, podrán usar los embriones congelados sin tener que gastar dinero nuevamente en otro ciclo de estimulación hormonal u ovárica y aspiración folicular, ni pasar otra vez por el estrés del procedimiento, disminuyendo los riesgos de traumatismos físicos y los costos económicos de cada ciclo de estimulación hormonal y aspiración folicular. Puesto que, con la criopreservación se logra que, con un solo ciclo de estimulación hormonal, se pueda aplicar más de un ciclo de transferencia de embriones, dos por ejemplo, aumentando las posibilidades de embarazo [8].
b) También la crioconservación de embriones o de células en estado de pronúcleo, permite enfrentar situaciones inesperadas en la mujer como accidentes vasculares o de otro tipo que hagan imposible la transferencia embrionaria en ese ciclo [9].
c) La criopreservación de embriones y de células en estado de pronúcleo, permite conservar sus células por un tiempo prolongado manteniendo éstas, sus propiedades biológicas una vez descongeladas [10].
d) Por motivos de salud se regula un número limitado de inseminación de óvulos, a fin de permitir que la pareja tenga acceso a dos ciclos de transferencia con embriones o pronúcleos criopreservados, permitiendo congelar aquellos que no fueron utilizados, preservándolos para su donación o uso próximo una vez el embarazo haya llegado a buen término.
e) La criopreservación no sólo representa un beneficio en términos de eficiencia reproductiva, sino que representa además la única manera de evitar la mutigestación extrema y complicaciones como el síndrome de hiperestimulación ovárica severa que se ve en un 2 a 5% de los casos y que puede ser extremádamente grave cuando coexiste con multigestación [11].
f) En relación a las células madre embrionarias, estas son capaces de dividirse en cualquier tejido. El objetivo es utilizarlas para reparar tejido dañado en enfermedades graves y de causan mucho sufrimiento y consecuencias asociadas, como los cánceres, la diabetes o el Parkinson. Si los padres han fallecido, se regulará el tiempo que los embriones estarán en espera de una donación y luego pasarán a la investigación.
g) Está regulación constituiría un gran estímulo o fomento para la investigación, en particular en el campo de la terapia celular y la biomedicina.
III.- Ideas Matrices.
1) A través de esta moción pretendemos regular el destino de los embriones que no son utilizados en los tratamientos de reproducción asistida. Nosotros proponemos que las parejas tendrán dos años para decidir que sigan congelados por si quieren tener más hijos, los donan a otra pareja, los donan para la investigación o quieren que sean destruidos. Las opciones sólo son válidas para los embriones congelados desde la entrada en vigencia de esta iniciativa legal.
2) Se establecerán estándares mínimos para los programas de fecundación in vitro destinados a todas las parejas, con diversidad de género, que incluyan:
a) Haber sido adecuadamente informados sobre la naturaleza del procedimiento, probabilidades de sobrevida de los embriones o pronúcleos congelados una vez sean descongelados, el límite de ciclos de estimulación hormonal, las posibilidades de un embarazo, aborto y malformaciones.
b) Su consentimiento escrito.
c) Que se provea a las parejas de hasta dos ciclos de transferencia con embriones o pronúcleos criopreservados.
Para ello debe proporcionarse información a los padres por escrito, en los respectivos y reforzarlos con cartas certificadas y/o correo electrónico, de modo de que ellos manifiesten su consentimiento informado. En caso de que exista más de un embrión congelado, los padres podrán dar destinos distintos a cada uno de ellos.
3) Si los padres no aparecen o no contestan, los embriones serán donados a otras parejas con problemas de infertilidad. Si a los cuatro años ninguna mujer se ha implantado los embriones, éstos pasarán a donación nacional, rigiéndose por la ley de donación de órganos, pidiendo ser descongelarlos para obtener células madre embrionarias.
4) Si la pareja se ha divorciado o separado o no están de acuerdo, tendrán que ser destruidos. Salvo que hayan consentido previamente por escrito su donación con fines científicos o para la fertilidad de otra pareja.
5) Si luego de un divorcio o fin de acuerdo de unión civil y la mujer se ha vuelve a casar o a celebrar un nuevo acuerdo, se requerirá el consentimiento del padre biológico para implantarse los embriones congelados.
POR TODO LO ANTERIOR, es que los Diputados firmantes vienen en proponer a esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY PARA REGULAR LA CRIOCONSERVACIONES DE EMBRIONES.
Artículo 1º. Esta Ley tiene por objeto regular los requisitos de utilización de embriones y pronúcleos crioconservados en las técnicas de fecundación humana asistida en todas las parejas o personas solas interesadas.
Artículo 2°. Principios que inspiran esta ley:
1. La donación de embriones congelados o de pronúcleos sólo se realizará de manera voluntaria e informada, a título gratuito, con fines terapéuticos, de investigación científica y altruistas.
2. Gratuidad. Se prohíbe, será nulo y sin ningún valor el acto o contrato que a título oneroso contenga la promesa, la venta o la entrega de embriones congelados o de pronúcleos, ya sea para efectos de investigación científica o a personas con problemas de infertilidad; no pudiéndose percibir contraprestación económica ni por el donante, receptor, ni otra persona natural o jurídica relacionada.
La prohibición de celebrar actos o contratos a título oneroso que versen sobre la promesa, venta o entrega de embriones congelados o de pronúcleos no impide reembolsar los gastos en que pueda incurrir el donante, así como la no obtención o pérdida de ingresos. Así mismo, los procedimientos médicos involucrados, los medicamentos o dietas que deba seguir no pueden ser gravosos pecuniariamente para el donante, garantizándosele la asistencia médica para su restablecimiento y el reembolso correspondiente.
3. No obstante la gratuidad; los gastos en que se incurra con motivo de la obtención de embriones congelados o de pronúcleos que se donen en los hospitales, centros o unidades hospitalarios y clínicas del país, su distribución y destino forman parte de los gastos propios de la terapia de fecundación in vitro o de la investigación y serán imputables al sistema de salud de la personas que se someta a estas técnicas o de cargo de investigador, de acuerdo a las normas legales, reglamentarias y contractuales que correspondan.
4. Anonimato: No podrán facilitarse ni divulgarse informaciones que permitan identificar al donante, su madre, su padre, su hijo (s) o hija (s) ni otros parientes por consanguineidad y afinidad hasta el tercer grado inclusive; los familiares antedichos del donante ni el donante podrán conocer la identidad del receptor o donatario. Tampoco podrán divulgarse información que permita identificar al receptor o donatario ni a ninguno de sus familiares antedichos, ninguno de ellos podrá conocer la identidad del donante y de los parientes referidos del donante y, en general, queda prohibida cualquier difusión de información que pueda relacionar directamente la donación previa con la fecundación o investigación científica posterior. La información relativa a donantes y receptores, de sus parientes antedichos y de los investigadores será recogida, tratada y custodiada con la más estricta confidencialidad y se considerará un dato sensible, conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada.
5. Consentimiento voluntario e informado: El donante de embriones congelados o de pronúcleos deberá manifestar su consentimiento a donar, para ello requiere ser plenamente capaz y expresar que está dispuesto a donar de modo libre, expreso e informado. Del consentimiento se dejará constancia en un acta suscrita ante el director del establecimiento donde haya de efectuarse los procedimientos médicos correspondientes; el director tendrá, para estos efectos, el carácter de ministro de fe, la calidad de ministro de fe se hará extensiva a quien el referido director delegue tal cometido o lo subrogue. El acta deberá ser firmada por el donante, junto con su huella dígito pulgar, el ministro de fe deberá dejar constancia que, en su criterio, él o la donante se encuentran en pleno uso de sus facultades mentales.
6. Donación altruista: La donación embriones congelados o de pronúcleos se regirá por el principio de solidaridad.
Artículo 3º. A los efectos de esta Ley se entiende por embrión aquel constituido por el grupo de células resultantes de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días a más tardar.
Artículo 4º. En el caso de la fecundación in vitro y técnicas afines, se permitirá la transferencia de un máximo de dos embriones o pronúcleos crioconservados a cada mujer en cada ciclo reproductivo, permitiendo congelar aquellos que no fueron utilizados, preservándolos para su donación o uso próximo una vez el embarazo actual haya terminado en termino de tres años desde la congelación.
Se podría proveer a las personas interesadas de hasta tres ciclos de transferencia con embriones o pronúcleos criopreservados.
Artículo 5º. Las personas que se sometan a estas técnicas de reproducción asistida tendrán derecho a ser informados íntegramente y formar con ello, su consentimiento informado.
La información deberá comprender naturaleza del procedimiento, probabilidades de sobrevida de los embriones o pronúcleos congelados una vez sean descongelados, el límite de ciclos de estimulación hormonal, las posibilidades de un embarazo, aborto, malformaciones, probabilidades de éxito y de repetir el tratamiento, costos y condiciones económicas del tratamiento, el período de crioconservaciones de tres años desde el congelamiento y a su vencimiento de las posibilidades de donación a personas con problemas de infertilidad o para investigación científica y la renuncia expresa a acciones de reclamación de paternidad y de filiación respecto de los hijos nacidos gracias a técnicas de fecundación in vitro.
La información deberá proporcionarse por escrito en un acta o formulario, según ordena el artículo 2º numeral quinto de esta ley y en los respectivos contratos de sometimiento a la fecundación in vitro o de donación de gametos, embriones o pronúcleos congelados y además se informará a quienes hayan dado su consentimientos con cartas certificadas y/o correos electrónicos, según determine la misma acta y/o contrato, enviados trimestralmente desde la congelación de los embriones o de los pronúcleos, de modo de que los interesados manifiesten su consentimiento informado.
El consentimiento para la aplicación de las técnicas de fecundación in vitro, podrá ser revocado en cualquier momento anterior a la realización de aquellas.
Los centros autorizados que provean de estas prestaciones médicas estarán obligados a proporcionar la información referida en las condiciones adecuadas que faciliten su comprensión, tanto a quienes deseen recurrir a estas técnicas, a quienes vayan a actuar como donantes y a los equipos médicos que lleven a cabo su aplicación, por escrito en conformidad a las reglas anteriores.
Artículo 6º. El consentimiento de la pareja o persona sola que se someta a estos procedimientos deberá contar por escrito y comprender todos los aspectos establecidos en el artículo 5º de esta ley. La aceptación de la aplicación de las técnicas de reproducción asistida deberá constar en un acta o formulario de consentimiento informado en el que se hará mención expresa de todos los aspectos que exige dicha norma.
Artículo 7º. Si los padres o donantes no aparecen o no contestan después de tres años desde que fueron congelados los embriones o pronúcleos, éstos serán donados a otras personas con problemas de infertilidad.
Si a los cuatro años ninguna mujer se ha implantado los embriones o pronúcleos, éstos pasarán a donación nacional, rigiéndose por la Ley Nº 19.451 de donación de órganos en lo que sea aplicable, pudiendo ser descongelarlos para obtener células madre embrionarias.
Artículo 8º. Si la pareja se ha divorciado o separado o no están de acuerdo sobre el destino de los embriones o pronúcleos, éstos serán destruidos. Salvo que hayan consentido previamente por escrito su donación con fines científicos o para la fertilidad de otra pareja en la respectiva acta y contrato previo.
Artículo 9º. Si luego de un divorcio o al término de un acuerdo de unión civil, la mujer se vuelve a casar o a celebrar un nuevo acuerdo y desea ser fecundada con los embriones o pronúcleos crioconcervados, se requerirá el consentimiento del padre biológico para implantarse los embriones o pronúcleos congelados.
Artículo 10º. La mujer receptora de estas técnicas podrá pedir que se suspenda su aplicación en cualquier momento de su realización anterior a la transferencia embrionaria, debiendo accederse inmediatamente a esta petición.
Artículo 11º. En caso de que exista más de un embrión congelado, los padres podrán dar destinos distintos a cada uno de ellos, en caso de desacuerdo de una pareja, se hará lugar a la decisión de la mujer.
Artículo 12º. Todos los datos relativos a la utilización de estas técnicas deberán recogerse en historias clínicas individuales o fichas clínicas. Esta información relativa a los donantes, receptores, sus parientes, de los investigadores, de las circunstancias que concurran en el origen o nacimiento de los hijos así concebidos será recogida, tratada y custodiada con la más estricta confidencialidad y se considerará un dato sensible, conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada.
Artículo 13º. Determinación legal de la filiación.
1. Rige plenamente el artículo 182º de Código Civil
2. Ni la mujer progenitora ni su pareja, cuando hayan prestado su consentimiento informado, por escrito y previo, según las reglas de los artículos 2º nº 4 y art. 4º de esta ley formal, con sometimiento a técnicas de fecundación in vitro con contribución de donante o donantes, podrán impugnar la filiación, la filiación matrimonial o propia de un acuerdo de unión civil de la Ley Nº 20.830, del hijo o hija nacido (a) como consecuencia de tal fecundación.
3. Ni el hombre ni la mujer que, según las reglas de los artículos 2º Nº 5 y art. 5º de esta ley haya dado su consentimiento informado, escrito y previo a la fecundación in vitro con contribución de donante hombre y/o mujer, podrá reclamar la filiación de los hijos nacidos mediante estas técnicas, ni de los embriones y pronúcleos congelados.
4. La averiguación de la identidad del donante procederá únicamente en los supuestos en que el Servicio de Registro Civil e Identificaciones debe comprobar que no existe impedimento o prohibición legal para contraer matrimonio, rigiéndose por la ley de registro civil para estos efectos
4. Muerte del cónyuge. No podrá́ determinarse legalmente la filiación ni reconocerse efecto o relación jurídica alguna entre el hijo o hija nacido por la aplicación de las técnicas de fecundación in vitro si el cónyuge fallece cuando el material reproductor de éste no se halle en el útero o trompas de la mujer en la fecha de su muerte. Sin perjuicio de ello, el cónyuge podrá prestar su consentimiento, en el acta y contrato a que se hace referencia en los artículos 2º y 5º, o mediante escritura pública o testamento, dejando expresamente la orden previa, para que su material reproductor pueda ser utilizado con posterioridad a su fallecimiento para fecundar a su mujer. Está fecundación producirá los efectos legales que se derivan de la filiación.
Las personas referidas en el inciso anterior, pueden estar unidas por matrimonio, acuerdo de unión civil o unión de hecho.
Artículo 14º. Crioconservación de embriones y pronúcleos.
1. Los embriones sobrantes de la aplicación de las técnicas de fecundación in vitro que no sean transferidos a la mujer en un ciclo reproductivo podrán ser crioconservados en los bancos autorizados para ello. La crioconservación de los ovocitos, del tejido ovárico y de los pre embriones, embriones y pronúcleos sobrantes se podrá prolongar hasta cuatro años o hasta el momento en que se considere por los responsables médicos, que la receptora no reúne los requisitos para la práctica de la técnica de reproducción asistida.
4. Los diferentes destinos posibles que podrán darse a los ovocitos, el tejido ovárico, pre embriones, embriones y pronúcleos crioconservados, son:
a) Su utilización por la propia mujer o su cónyuge.
b) La donación con fines reproductivos.
c) La donación con fines de investigación.
d) El cese de su conservación y destrucción, la cual precederá una vez finalizado el plazo de 4 años máximo de conservación establecido en esta Ley, desde su congelación, sin que los donantes hayan optado por alguno de las tres primeras opciones y en conformidad a lo prevenido en el art. 7º.
e) En caso de que exista más de un embrión congelado, los padres podrán dar destinos distintos a cada uno de ellos y se aplicará lo prevenido en el artículo 11° en caso de ser necesario.
La utilización de ovocitos, del tejido ovárico y de los pre embriones, embriones y pronúcleos, para cualquiera de los fines citados, requerirá́ del consentimiento informado, por escrito y previo según las normas de los artículos 2º y 5º de esta ley.
Artículo 15º. Se prohíbe la clonación en seres humanos con fines reproductivos.
Artículo 16º. Las opciones reguladas en esta ley, solo regirán para los embriones o pronúcleos congelados o crioconservados desde la entrada en vigencia e esta ley.