Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- SECRETARIO DE LA SESIÓN
- Mario Labbe Araneda
- SECRETARIO DE LA SESIÓN
- I.
ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Andres Allamand Zavala
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Maria Isabel Allende Bussi
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Carmen Gloria Aravena Acuna
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Pedro Araya Guerrero
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Carlos Bianchi Chelech
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Enrique Castro Prieto
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Antonio Coloma Correa
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Alfonso De Urresti Longton
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jose Miguel Durana Semir
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Alvaro Antonio Elizalde Soto
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Rodrigo Galilea Vial
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jose Gilberto Garcia Ruminot
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Alejandro Garcia-huidobro Sanfuentes
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Guido Girardi Lavin
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Carolina Goic Boroevic
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Alejandro Guillier Alvarez
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Felipe Harboe Bascunan
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jose Miguel Insulza Salinas
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Felipe Jose Kast Sommerhoff
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Ricardo Andres Lagos Weber
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Ignacio Latorre Riveros
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Pablo Letelier Morel
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Carlos Eduardo Montes Cisternas
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Ivan Alejandro Moreira Barros
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Adriana Delpiano Puelma
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Alejandro Navarro Brain
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Ximena Loreto Ordenes Neira
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Victor Perez Varela
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jorge Esteban Pizarro Soto
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Rafael Prohens Espinosa
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Yasna Provoste Campillay
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jaime Daniel Quintana Leal
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- David Sergio Sandoval Plaza
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jorge Alejandro Soria Quiroga
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jacqueline Van Rysselberghe Herrera
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Ena Von Baer Jahn
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
-
DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA MODIFICACIÓN DE PLANTAS DE PERSONAL DE PROFESIONALES DE SERVICIOS DE SALUD
- ANTECEDENTE
- MINUTO DE SILENCIO POR MUERTE DE PALESTINOS EN GAZA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- INCLUSIÓN DE OBESIDAD MÓRBIDA, CIRUGÍA BARIÁTRICA Y ABDOMINOPLASTÍA DENTRO DE PLAN AUGE. PROYECTO DE ACUERDO
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
CONSAGRACIÓN CONSTITUCIONAL DE DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Felipe Harboe Bascunan
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Kenneth Peter Pugh Olavarria
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Alvaro Antonio Elizalde Soto
- INTERVENCIÓN : Alejandro Guillier Alvarez
- INTERVENCIÓN : Ricardo Andres Lagos Weber
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Insulza Salinas
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Galilea Vial
- DEBATE
-
ACUERDO RELATIVO A ESTATUS Y FUNCIONES DE COMISIÓN INTERNACIONAL SOBRE PERSONAS DESAPARECIDAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Andres Lagos Weber
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Insulza Salinas
- DEBATE
-
DISMINUCIÓN DE VELOCIDAD MÁXIMA DE CIRCULACIÓN EN ZONAS URBANAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia-huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Insulza Salinas
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Insulza Salinas
- INTERVENCIÓN : Jacqueline Van Rysselberghe Herrera
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Alvaro Antonio Elizalde Soto
- INTERVENCIÓN : Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Carmen Gloria Aravena Acuna
- INTERVENCIÓN : Yasna Provoste Campillay
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- DEBATE
-
CONSAGRACIÓN CONSTITUCIONAL DE DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Isabel Allende Bussi
- PETICIÓN DE OFICIO : Juan Luis Castro Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Francisco Javier Chahuan Chahuan
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Garcia-huidobro Sanfuentes
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito para disminuir la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas.
- INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACÍÓN Y CULTURA RECAÍDO EN EL OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CON EL CUAL SOLICITA EL ACUERDO DEL SENADO PARA NOMBRAR DIRECTORES DE LA EMPRESA TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE A LAS SEÑORAS MARÍA DEL PILAR VERGARA TAGLE Y ANA BEATRIZ HOLUIGUE BARROS Y AL SEÑOR GONZALO RODRIGO CORDERO MENDOZA, POR EL PERIODO QUE INDICA. (S 1.979-05)
- INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre fomento a las artes escénicas.
- INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica los artículos 60 y 76 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en lo relativo a la oportunidad en que se puede renunciar a los cargos de alcalde y concejal.
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES PUGH, ARAYA, BIANCHI, ELIZALDE Y PÉREZ VARELA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE DECLARA EL MES DE OCTUBRE COMO EL “MES NACIONAL DE LA CIBERSEGURIDAD”. (11.729-02)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- Pedro Araya Guerrero
- Carlos Bianchi Chelech
- Alvaro Antonio Elizalde Soto
- Victor Perez Varela
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑOR DE URRESTI, SEÑORAS ALLENDE, GOIC, MUÑOZ, ÓRDENES Y PROVOSTE Y SEÑORES ARAYA, ELIZALDE, GIRARDI, HARBOE, HUENCHUMILLA, INSULZA, LAGOS, LATORRE, LETELIER, MOREIRA, NAVARRO, PÉREZ VARELA, PIZARRO, QUINTANA, QUINTEROS Y SORIA, POR MEDIO DEL CUAL, SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE SI LO TIENE A BIEN, ADOPTE LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA PROTEGER LA VIDA DE LAS ABEJAS, ENTRE OTRAS MATERIAS. (S 1.980-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alfonso De Urresti Longton
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carolina Goic Boroevic
- Adriana Munoz D' Albora
- Ximena Loreto Ordenes Neira
- Yasna Provoste Campillay
- Pedro Araya Guerrero
- Alvaro Antonio Elizalde Soto
- Guido Girardi Lavin
- Felipe Harboe Bascunan
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Jose Miguel Insulza Salinas
- Ricardo Andres Lagos Weber
- Juan Ignacio Latorre Riveros
- Juan Pablo Letelier Morel
- Ivan Alejandro Moreira Barros
- Alejandro Navarro Brain
- Victor Perez Varela
- Jorge Esteban Pizarro Soto
- Jaime Daniel Quintana Leal
- Rabindranath Vladimir Quinteros Lara
- Jorge Alejandro Soria Quiroga
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORAS ALLENDE, ARAVENA, EBENSPERGER, GOIC, MUÑOZ, ÓRDENES, PROVOSTE, RINCÓN, VAN RYSSELBERGHE Y VON BAER Y SEÑORES ALLAMAND, BIANCHI, CASTRO, CHAHUÁN, COLOMA, DE URRESTI, ELIZALDE, GARCÍA, GARCÍA-HUIDOBRO, GUILLIER, HARBOE, HUENCHUMILLA, INSULZA, KAST, LAGOS, LATORRE, LETELIER, MONTES, NAVARRO, OSSANDÓN, PÉREZ VARELA, PIZARRO, PROHENS, PUGH, QUINTANA, SANDOVAL Y SORIA, POR MEDIO DEL CUAL, SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE SI LO TIENE A BIEN, SE INCLUYA LA OBESIDAD MÓRBIDA, LA CIRUGÍA BARIÁTRICA Y LA ABDOMINOPLASTÍA DENTRO DEL PLAN DE ACCESO UNIVERSAL DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS DE SALUD (AUGE). (S 1.981-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carmen Gloria Aravena Acuna
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- Carolina Goic Boroevic
- Adriana Munoz D' Albora
- Ximena Loreto Ordenes Neira
- Yasna Provoste Campillay
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- Jacqueline Van Rysselberghe Herrera
- Ena Von Baer Jahn
- Andres Allamand Zavala
- Carlos Bianchi Chelech
- Juan Enrique Castro Prieto
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Juan Antonio Coloma Correa
- Alfonso De Urresti Longton
- Alvaro Antonio Elizalde Soto
- Jose Gilberto Garcia Ruminot
- Alejandro Garcia-huidobro Sanfuentes
- Alejandro Guillier Alvarez
- Felipe Harboe Bascunan
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Jose Miguel Insulza Salinas
- Felipe Jose Kast Sommerhoff
- Ricardo Andres Lagos Weber
- Juan Ignacio Latorre Riveros
- Juan Pablo Letelier Morel
- Carlos Eduardo Montes Cisternas
- Alejandro Navarro Brain
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Victor Perez Varela
- Jorge Esteban Pizarro Soto
- Rafael Prohens Espinosa
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- Jaime Daniel Quintana Leal
- David Sergio Sandoval Plaza
- Jorge Alejandro Soria Quiroga
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PORTADA
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 366ª
Sesión 15ª, en martes 15 de mayo de 2018
Ordinaria
(De 16:21 a 19:10)
PRESIDENCIA DE SEÑORES CARLOS MONTES CISTERNAS, PRESIDENTE,
Y CARLOS BIANCHI CHELECH, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..............................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que delega facultades para la modificación de las plantas de personal de profesionales de los servicios de salud (11.486-11) (se aprueba en particular).......................
Minuto de silencio por muerte de palestinos en Gaza.............................
Acuerdos de Comités..................................................................
Proyecto de acuerdo por el que Senadoras y Senadores solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República la inclusión de la obesidad mórbida, la cirugía bariátrica y la abdominoplastía dentro del Plan de Acceso Universal a Garantías Explícitas en Salud (AUGE) (se aprueba)................................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de reforma constitucional, en tercer trámite constitucional, que consagra el derecho a la protección de los datos personales (9.384-07) (se aprueban las enmiendas de la Cámara de Diputados)...........................
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Acuerdo sobre el estatus y las Funciones de la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas", suscrito en Bruselas, el 15 de diciembre de 2014 (11.512-10) (se aprueba en general y en particular).......................
Proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito, en lo relativo a la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas (11.640-15, 11.647-15, 11.670-15, refundidos) (se aprueba en general y en particular)..............................................................................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío).........................................
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Aravena Acuña, Carmen Gloria
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Castro Prieto, Juan
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Durana Semir, José Miguel
--Ebensperger Orrego, Luz
--Elizalde Soto, Álvaro
--Galilea Vial, Rodrigo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Insulza Salinas, José Miguel
--Kast Sommerhoff, Felipe
--Lagos Weber, Ricardo
--Latorre Riveros, Juan Ignacio
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Órdenes Neira, Ximena
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prohens Espinosa, Rafael
--Provoste Campillay, Yasna
--Pugh Olavarría, Kenneth
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Sandoval Plaza, David
--Soria Quiroga, Jorge
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia , señor Gonzalo Blumel Mac-Iver, y del Trabajo y Previsión Social, señor Nicolás Monckeberg Díaz.
Asimismo, se encontraban presentes los Subsecretarios General de la Presidencia, señor Claudio Alvarado Andrade, y de Transportes y Telecomunicaciones, señor José Luis Domínguez Covarrubias.
Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:21, en presencia de 20 señores Senadores.
El señor MONTES (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor MONTES ( Presidente ).-
Las actas de las sesiones 13ª y 14ª, ordinarias, en 8 y 9 de mayo de 2018, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y los señores Senadores hasta la sesión próxima para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor MONTES (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Trece de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con los tres primeros retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación de las siguientes iniciativas de ley:
1) La que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena (boletín Nº 9.133-12).
2) La que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (boletín N° 11.101-19).
3) La que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica (boletín N° 11.174-07).
Con los tres siguientes hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de los siguientes proyectos:
1) Proyecto que modifica la ley N° 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo (boletín N° 9.170-23).
2) Proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades para autorizar el cierre de calles y pasajes con más de una vía de acceso o salida (boletín N° 9.612-06).
3) Proyecto que modifica el artículo 3° del decreto ley N° 3.059, de 1979, para autorizar el cabotaje de pasajeros a cruceros de bandera extranjera en los casos que señala (boletín N° 9.656-15).
Con los siete últimos retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de los siguientes proyectos de ley:
1) El que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil (boletín N° 7.550-06).
2) El que modifica el Sistema Privado de Salud , incorporando un plan garantizado (boletín N° 8.105-11).
3) El que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género (boletín N° 8.924-07).
4) El que determina conductas terroristas y su penalidad y modifica los Códigos Penal y Procesal Penal (boletines Nos 9.692-07 y 9.669-07, refundidos).
5) El que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos de cohecho y soborno, aumentando las penas, tipifica los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal; y la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica (boletín Nº 10.739-07).
6) El que exige que en el decreto promulgatorio de la ley conste el nombre de los autores del proyecto cuando se trate de una moción parlamentaria (boletín N° 11.441-07).
7) El que establece la condición socioeconómica de los estudiantes que podrán acogerse a estudios gratuitos en las instituciones de educación superior (boletín N° 11.687-04)
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Dos de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha aprobado el proyecto de acuerdo que aprueba el "Acuerdo para Modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha Modificado, entre la República de Chile y el Gobierno de Canadá", y el "Acuerdo para Modificar en Materia de Inversión y en Comercio y Género el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha Modificado, entre la República de Chile y el Gobierno de Canadá", ambos suscritos en Ottawa, Canadá, el 5 de junio de 2017 (boletín N° 11.605-10).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores, y a la de Hacienda, en su caso.
Con el segundo comunica que ha dado su aprobación, con las enmiendas que indica, al proyecto de ley del Senado para establecer el "Día Nacional de la Ciencia y la Tecnología" (boletín N° 10.906-19).
--Queda para tabla.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Expide copia de la sentencia definitiva pronunciada en el control de constitucionalidad del proyecto de ley sobre universidades del Estado (boletín N° 11.329-04).
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento.
Remite copias de las sentencias definitivas dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las siguientes disposiciones:
-Artículo 29, inciso primero, del decreto ley N° 3.538, de 1980, Ley Orgánica de la Superintendencia de Valores y Seguros.
-Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.
-Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, y artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N° 17.798, que establece el control de armas.
Adjunta resoluciones dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las siguientes disposiciones:
-Inciso segundo del artículo 553 del Código Civil.
-Artículo 195, incisos segundo y tercero, y artículo 196 ter, inciso primero, parte segunda, ambos de la ley N° 18.290, de Tránsito.
-Artículos 548 del Código de Procedimiento Penal, y 292 del Código Penal, en relación con los artículos 293 y 294 del mismo cuerpo normativo.
-Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.
-Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, y artículo 17 B, inciso segundo, de la ley N° 17.798, que establece el control de armas.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De la señora Ministra Secretaria General de Gobierno:
Contesta petición de información, manifestada en nombre del Senador señor De Urresti, en relación con dependencias institucionales existentes en la ciudad de Valdivia.
Del señor Ministro de Salud :
Da respuesta a requerimiento, formulado en nombre del Senador señor García, relativo a la posibilidad de incluir la vasculitis en el plan universal de garantías explícitas.
Aporta antecedentes sobre las siguientes materias, consultadas en nombre del Senador señor De Urresti:
-Sistema de venta de bonos de FONASA.
-Condiciones laborales de los funcionarios del Servicio de Urgencia de Alta Resolución del sector Barrios Bajos de la ciudad de Valdivia.
-Fiscalizaciones de aguas embotelladas comercializadas en nuestro país.
-Estudios realizados por el SERNAC para detectar la presencia de microplásticos en los envases de agua embotellada.
Informa solicitud de información, manifestada en nombre de la Senadora señora Goic, en relación con la situación de salud de persona individualizada.
Anexa antecedentes relativos a la suspensión de las licitaciones de los Servicios de Alta Resolutividad (SAR), materia solicitada en nombre de la Senadora señora Provoste.
De la señora Ministra del Medio Ambiente:
Acompaña datos sobre los recursos invertidos en la investigación y preservación de la Antártica, consulta realizada en nombre del Senador señor Navarro.
Del señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo:
Informa solicitud, expedida en nombre de la Senadora señora Aravena, a fin de que se efectúen estudios de factibilidad para la creación de la comuna de Labranza en la Región de La Araucanía.
Del señor Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería:
Responde petición, expedida en nombre del Senador señor De Urresti, acerca de la paralización de obras mineras en el río Valdivia.
De la señora Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores:
Contesta requerimiento, formulado en nombre de la Senadora señora Allende, relativo al cierre del centro de reparación especializada de administración directa de Playa Ancha en la Región de Valparaíso.
Del señor Director Nacional del IPS:
Da respuesta a petición, expresada en nombre del Senador señor García, sobre situación previsional de persona que se indica.
De la señora Directora Nacional del SENAME:
Atiende consulta relativa a sumarios administrativos realizados en el centro de reparación especializada de administración directa de Playa Ancha en la Región de Valparaíso, materia solicitada en nombre del Senador señor Chahuán.
Del señor Vicepresidente Ejecutivo de CORFO:
Remite información, requerida por el Senador señor De Urresti, acerca de estudios existentes para la explotación del cobalto.
Del señor Alcalde de San Pedro de La Paz:
Adjunta antecedentes, solicitados en nombre del Senador señor De Urresti, sobre la implementación de un sistema de energía distrital en esa localidad.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Salud, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario para prohibir el uso de leña y otros derivados de la madera o de la biomasa en la Región Metropolitana (boletín N° 10.180-12).
De la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito para disminuir la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas (boletines Nos 11.640-15, 11.647-15 y 11.670-15, refundidos).
De la Comisión de Educación y Cultura, recaído en el oficio de Su Excelencia el Presidente de la República con el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar Directores de la Empresa Televisión Nacional de Chile a las señoras María del Pilar Vergara Tagle y Ana Beatriz Holuigue Barros y al señor Gonzalo Rodrigo Cordero Mendoza, por el período que indica (boletín N° S 1.979-05) (con la urgencia del inciso segundo del N°5 del artículo 53 de la Carta Fundamental).
De la Comisión de Educación y Cultura, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre fomento a las artes escénicas (boletín N° 11.408-24) (con urgencia calificada de "simple").
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica los artículos 60 y 76 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en lo relativo a la oportunidad en que se puede renunciar a los cargos de alcalde y concejal (boletín Nº 11.009-06).
--Quedan para tabla.
Moción
De los Senadores señores Pugh, Araya, Bianchi, Elizalde y Pérez Varela, con la que inician un proyecto de ley para declarar octubre como el "Mes Nacional de la Ciberseguridad" (boletín Nº 11.729-02).
--Pasa a la Comisión de Defensa Nacional.
Proyecto de acuerdo
De los Senadores señor De Urresti, señoras Allende, Goic, Muñoz, Órdenes y Provoste y señores Araya, Elizalde, Girardi, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Moreira, Navarro, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Quinteros y Soria, por medio del cual solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, adopte las medidas pertinentes para proteger la vida de las abejas, entre otras materias (boletín N° S 1.980 -12).
--Queda para ser votado en su oportunidad.
Comunicaciones
De los Senadores señores Ossandón, Montes y Pérez Varela, con la que anuncian el retiro del proyecto de ley de su autoría que modifica el inciso tercero del artículo primero transitorio de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para extender el plazo de adecuación a normas de accesibilidad para edificios de uso público o que presten un servicio a la comunidad (boletín Nº 11.529-14).
--Se tiene presente el retiro y se manda devolver los antecedentes.
Del Comité Partido Socialista, con la que informa que a partir de esta fecha sus representantes serán los Senadores señores De Urresti e Insulza.
Del Senador señor Guillier, con la que anuncia la constitución de la "Bancada Regionalista", integrada por un grupo de Senadores, miembros de distintos partidos políticos e independientes, a la cual han adherido, hasta ahora, los Senadores señoras Allende, Ebensperger, Muñoz, Órdenes y Provoste y señores Bianchi, Chahuán, Guillier, Huenchumilla y Latorre, invitando a los demás Senadores y Senadoras a incorporarse a esta iniciativa.
--Se toma conocimiento.
El señor MONTES (Presidente).- Terminada la Cuenta.
DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA MODIFICACIÓN DE PLANTAS DE PERSONAL DE PROFESIONALES DE SERVICIOS DE SALUD
El señor MONTES ( Presidente ).-
En sesión del 8 de mayo de 2018 el Senado aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que delega facultades para la modificación de las plantas de personal de profesionales de los Servicios de Salud.
--Los antecedentes sobre el proyecto (11.486-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 84ª, en 24 de enero de 2018 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Salud: sesión 13ª, en 8 de mayo de 2018.
Hacienda: sesión 13ª, en 8 de mayo de 2018.
Discusión:
Sesión 13ª, en 8 de mayo de 2018 (se aprueba en general).
El señor MONTES ( Presidente ).-
Como no se han presentado indicaciones en el plazo fijado al efecto, corresponde dar por aprobada la iniciativa también en particular, según lo dispone el artículo 120 del Reglamento del Senado.
Sin embargo, por ser el artículo 2 de rango orgánico constitucional, habría que dejar constancia del quorum de aprobación, correspondiente a los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio, esto es, 25.
--Se aprueba en particular el proyecto, dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional exigido (26 Senadores presentes).
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
MINUTO DE SILENCIO POR MUERTE DE PALESTINOS EN GAZA
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.
- Señor Presidente , antes de entrar al Orden del Día, le pido que solicite a la Sala un minuto de silencio por los hechos acontecidos en Gaza. Creo que la matanza de al menos 58 palestinos así lo amerita.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Si no hay objeción, accederé a la petición formulada por Su Señoría.
Acordado.
--La Sala guarda un minuto de silencio.
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El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ossandón para plantear un punto de reglamento.
El señor OSSANDÓN.-
Señor Presidente , solicito que recabe la anuencia de la Sala a fin de ampliar por un día, a contar de hoy, el plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia chilena (boletín N° 9.133-12), que hoy se encuentra en estudio en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
El señor MONTES ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para ampliar el plazo de presentación de indicaciones a la mencionada normativa hasta el mediodía de mañana?
Así se acuerda.
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El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , primero deseo felicitar a nuestros amigos dirigentes de la FENPRUSS por el proyecto de ley que se acaba de aprobar, el que, sin duda, le dará estabilidad laboral a miles de trabajadores de la salud a lo largo del país.
--(Aplausos en tribunas).
En segundo lugar, pido que se recabe la autorización de la Sala para fusionar el proyecto de ley que regula la explotación de máquinas de azar con fines de diversión y esparcimiento (boletín N° 8.820-06) con el proyecto de ley que establece la prohibición gradual de funcionamiento de las máquinas de juego que señala (boletín N° 10.811-06), ambos en primer trámite constitucional.
La Comisión de Gobierno los analizará el día de mañana y la idea es tratarlos en forma conjunta.
El señor MONTES (Presidente).-
¿Habría acuerdo?
--Se accede a la fusión de las dos iniciativas.
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El señor MONTES ( Presidente ).-
La Senadora señora Allende se ha acercado a la testera para formular una observación con respecto a la ampliación del plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley que establece la prohibición y sustitución progresiva de bolsas plásticas en la Patagonia chilena.
Le voy a dar la palabra, para que la plantee a la Sala.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente , he pedido la palabra para aclarar que ese proyecto ya fue despachado en la Comisión de Medio Ambiente el día de hoy. Por lo tanto, ahora debe pasar a la Sala para su discusión.
El señor MONTES ( Presidente ).-
¿Sería discusión general?
La señora ALLENDE.-
La Comisión aprobó la indicación sustitutiva, de modo que tendría que ser discutido en general y en particular. Está listo: ya fue despachado de allí y solo falta su debate en Sala para que pase a cumplir su segundo trámite en la Cámara de Diputados.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Pero podría haber unanimidad para ampliar el plazo si es que hubiera una indicación muy potente.
No hay unanimidad, así que continuamos con la sesión.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario para dar cuenta de lo resuelto por los Comités.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Los Comités, en sesión del día de hoy, adoptaron los siguientes acuerdos:
1.- Retirar de la tabla de la sesión ordinaria de hoy, martes 15, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena (boletín Nº 7.691-13), y tratarlo en el primer lugar de la sesión ordinaria del martes 29 de mayo.
2.- Discutir, en tercer, cuarto y quinto lugar de la sesión ordinaria de hoy, los siguientes asuntos:
-Proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito para disminuir la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas (boletines Nºs 11.640-15, 11.647-15 y 11.670-15, refundidos).
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre fomento a las artes escénicas (boletín N° 11.408-24).
-Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario para prohibir el uso de leña y otros derivados de la madera o de la biomasa en la Región Metropolitana (boletín N° 10.180-12).
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El señor MONTES ( Presidente ).-
Senador Navarro, ¿usted quería formular una solicitud?
El señor NAVARRO.-
Sí, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , treinta y dos Senadores y Senadoras han firmado un proyecto de acuerdo cuyo objetivo es solicitar al Presidente de la República la incorporación al AUGE de todas las acciones de salud que ha planteado la agrupación "Guatita de Delantal".
Se trata de un tema que ha conllevado la creación de un movimiento de carácter nacional, de Arica a Punta Arenas, algunos de cuyos integrantes han venido hoy día hasta el Congreso Nacional.
La iniciativa ha sido suscrita por diversos colegas, pero todavía pueden hacerlo los demás.
En concreto, pido votarla de inmediato y sobre tabla, pues muchas de las personas que componen el movimiento mencionado se han trasladado desde los extremos del país con el solo objetivo de estar presentes en esta sesión.
El señor MONTES (Presidente).-
¿Habría unanimidad para tratar sobre tabla y votar de inmediato el referido proyecto de acuerdo?
Acordado.
--(Aplausos en tribunas).
INCLUSIÓN DE OBESIDAD MÓRBIDA, CIRUGÍA BARIÁTRICA Y ABDOMINOPLASTÍA DENTRO DE PLAN AUGE. PROYECTO DE ACUERDO
El señor MONTES (Presidente).-
Conforme a lo recién resuelto, la Sala debe pronunciarse sobre el proyecto de acuerdo, suscrito por numerosos Senadores y Senadoras, que pido al señor Secretario especificar.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1.981-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 15ª, en 15 de mayo de 2018.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El propósito de la iniciativa, firmada por más de treinta Senadores, es solicitar al Presidente de la República , señor Sebastián Piñera Echenique, la inclusión de la obesidad mórbida, la cirugía bariátrica y la abdominoplastía dentro del Plan de Acceso Universal a Garantías Explícitas en Salud (AUGE) como tratamiento integral de la "guatita de delantal" y sus causas asociadas.
El señor MONTES (Presidente).-
En votación.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor MONTES (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (33 votos favorables).
Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.
--(Aplausos en tribunas).
El señor MONTES ( Presidente ).-
Además, se deja constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores Guillier y Latorre.
Dejo en claro que lo que acaba de aprobar la Sala es una solicitud al Presidente de la República para incorporar al AUGE las acciones de salud indicadas en el proyecto.
--(Aplausos en tribunas).
V. ORDEN DEL DÍA
CONSAGRACIÓN CONSTITUCIONAL DE DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El señor MONTES ( Presidente ).-
En el primer lugar del Orden del Día figura el proyecto de reforma constitucional, en tercer trámite, que consagra el derecho a la protección de los datos personales.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.384-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de reforma constitucional:
En primer trámite (moción de los Senadores señores Harboe, Araya, Lagos, Larraín y Tuma): sesión 24ª, en 11 de junio de 2014 (se da cuenta).
En tercer trámite: sesión 14ª, en 9 de mayo de 2018.
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 44ª, en 3 de septiembre de 2014.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 73ª, en 10 de diciembre de 2014.
Discusión:
Sesiones 45ª, en 9 de septiembre de 2014 (se aprueba en general); 94ª, en 3 de marzo 2015 (se aprueba en particular).
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Esta iniciativa inició su tramitación en el Senado y a su respecto la Cámara de Diputados efectuó una enmienda, consistente en reemplazar el artículo único del texto despachado por esta Corporación.
Cabe hacer presente que la modificación introducida por la otra rama del Parlamento requiere para su aprobación las dos terceras partes de los Senadores en ejercicio, esto es, 29 votos favorables.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios se transcriben el texto aprobado por el Senado y la enmienda efectuada por la Cámara de Diputados.
El señor MONTES ( Presidente ).-
En discusión la modificación introducida por la Cámara Baja.
Tiene la palabra el Senador señor Harboe.
El señor HARBOE.-
Señor Presidente , la aprobación de este proyecto de reforma constitucional sin duda constituirá un momento histórico. Y no es exageración plantearlo de esa forma, toda vez que vamos a consagrar en la Constitución Política de la República, más allá de los gobiernos de turno, un nuevo derecho para todos los ciudadanos y todas las ciudadanas: el derecho a la protección de datos personales.
Daré algunas cifras para ilustrar la importancia de este tema.
Según la OCDE, en los últimos cinco años el uso de Internet creció en la región en 55 por ciento. Más de 70 por ciento del continente americano ya está usando Internet. En promedio, un latinoamericano permanece conectado 22 horas mensuales.
Según la CEPAL, en un segundo, ¡en un segundo!, se descargan mil 700 aplicaciones; se realizan 44 mil búsquedas en Google; se efectúan mil 700 llamadas por Skype; se envían 2 millones de correos; se remiten 300 mil mensajes por protocolo IP a través de WhatsApp; se realizan 50 mil publicaciones en Facebook; se descargan 98 mil videos en YouTube, y se ven 655 horas de video en Netflix.
En el período 2016-2020, el mercado de los datos reportará 325 billones de euros en el sector privado y 83 mil 578 millones de euros en la administración pública.
Habrá 36,9 por ciento de aumento en la participación del PIB entre el 2016 y el 2020.
De utilizarse esos datos, los Estados podrían ahorrarse 1,7 billones de euros en costos.
Señor Presidente , hoy nos desarrollamos sobre la base de la economía de datos. La inteligencia artificial, que se espera que remplazará a cerca del 50 por ciento de la mano de obra de servicios en los próximos 15 años, está basada justamente en los datos que cada ciudadano o ciudadana entrega, muchas veces de manera gratuita e inconsulta, a determinado tipo de redes sociales, las que después los venden, transfieren y tratan a nuestras espaldas.
En consecuencia, no es casualidad que luego nos empiece a llegar publicidad a nuestros teléfonos o correos electrónicos, provenientes de personas o empresas a las cuales jamás hemos dado nuestros datos personales.
El objetivo de este proyecto de ley es consagrar constitucionalmente el derecho a la protección de datos personales y el derecho a la autodeterminación informativa, esto es, la facultad de las personas, de cada uno de nosotros, para controlar nuestros datos personales.
Se trata de un derecho dotado de un contenido diferente al relativo a la intimidad o a la vida privada, ya que concede a sus titulares poderes que no solo importan un deber de abstención general en cuanto a no intervenir en la esfera privada o en la intimidad de una persona, sino también la facultad de controlar sus datos personales mediante el acceso a estos, rectificándolos cuando sean errados, cancelándolos si su tratamiento carece de argumentos jurídicos y oponiéndose a ellos, es decir, resistiéndose al tratamiento de datos de no mediar consentimiento.
Señor Presidente , a nivel internacional ha habido una evolución en la consagración constitucional respecto a la protección de datos. En Estados Unidos, con la Cuarta Enmienda a la Constitución; en España; en la Comunidad Europea; en Perú; en Colombia; en Uruguay y en Argentina crecientemente se ha ido constitucionalizando el derecho de los ciudadanos a tener una protección de datos personales. Este deriva del derecho a la vida privada y a la intimidad. Pero, ciertamente, es autónomo y, como tal, requiere una protección. Se trata, como dice la doctrina, de un "derecho de tercera generación".
En la Sala del Senado se aprobó un texto de reforma constitucional que incorporaba los denominados "derechos ARCO" (derecho a acceso, rectificación, cancelación y oposición).
En la Cámara de Diputados, donde me tocó participar activamente de la discusión en la Comisión de Constitución, incorporamos una técnica legislativa distinta: simplificamos el texto para dejar justamente al dominio legal la consagración de los derechos ARCO, lo que es plenamente coherente con la iniciativa que estamos discutiendo en particular, en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución: el proyecto de ley que consagra el derecho a la protección de datos personales.
La enmienda aprobada en la Cámara de Diputados, que simplifica lo dispuesto en esta Sala, dice:
"Artículo único.- Reemplázase el punto y coma con que finaliza el numeral 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República por la siguiente frase" -abro comillas- `, y asimismo, la protección de sus datos personales. El tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley;'.".
Con esta técnica legislativa la Constitución Política ha de consagrar un nuevo derecho que garantiza la protección de datos personales, dejando el constituyente la facultad, el ámbito de aplicación y su extensión al dominio legal.
Señor Presidente, las adecuaciones realizadas en la Cámara de Diputados parecen conformes a una buena técnica legislativa.
En esa discusión, por cierto, se tuvieron en vista las opiniones del Consejo para la Transparencia, las de un conjunto de profesores expertos en la materia, la de quien habla y las de otros señores y señoras Senadoras.
Este proyecto surge de una moción parlamentaria originada en esta Corporación, que incorpora a los señores Senadores Lagos Weber , Araya , los ex Senadores Larraín y Tuma y a quien habla. Y también hay otra iniciativa sobre la materia del entonces Senador Espina .
En consecuencia, solicito a esta Honorable Sala aprobar la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente , sin duda este proyecto de ley, que da origen a una reforma constitucional, avanza en la línea correcta.
Tal como aquí se señaló, ya en el año 2015 la OCDE representó a nuestro país el retraso en su política relativa al perfeccionamiento en su normativa de protección de datos. En su minuto, se dijo que el informe de este organismo estableció que, entre sus treinta y cuatro naciones miembros, solo Chile y Turquía no habían perfeccionado en nada su legislación.
Es por eso que en el primer Gobierno del Presidente Piñera se presentó una iniciativa al respecto. Después, se produjo un estancamiento en la discusión de aquella y, posteriormente, se envió la reforma constitucional en debate por parte de los integrantes de la Comisión de Constitución del período pasado, entre los cuales se encuentran dos Ministros de Estado: los ex Senadores Hernán Larraín y Alberto Espina .
Ahora, la Cámara de Diputados mejoró sustancialmente la redacción del texto. Según los especialistas en la materia, esta modificación busca establecer el concepto implícito de derecho a la autodeterminación informativa, es decir, el derecho de las personas a controlar sus datos personales, incluso si estos no se refieren a su intimidad.
Por lo tanto, la importancia de una norma de tal naturaleza es establecer este derecho, el cual hoy día, en la sociedad moderna, es cada vez más relevante, pues los datos que pertenecen a la personalidad de determinado individuo deben ser resguardados. Por eso esta reforma constitucional lo crea y lo genera.
Por cierto, dicha reforma servirá de contexto, de paraguas a un proyecto que se discute en particular en el Senado, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Ello será muy significativo para que, conforme a esta modificación a la Carta Fundamental, la ley respectiva defina los procedimientos mediante los cuales ese derecho va a ser protegido en nuestro país.
Es por todo eso, señor Presidente, que consideramos muy positiva esta reforma y no vemos inconveniente para votarla favorablemente.
He dicho.
El señor HARBOE.-
¿Podría abrir la votación, señor Presidente?
El señor MONTES ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para abrir la votación?
El señor PÉREZ VARELA.-
Sí, señor Presidente .
El señor MONTES (Presidente).-
Así se acuerda.
En votación la modificación de la Cámara de Diputados.
--(Durante la votación).
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pugh.
El señor PUGH.-
Señor Presidente , el artículo 19 de nuestra Constitución es realmente importante. Voy a citar los primeros numerales, que aseguran a todas las personas:
1° El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
2° La igualdad ante la ley.
3° La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.
Luego, el numeral que sigue dice relación con lo que estamos viendo ahora:
4° El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
Curiosamente, el numeral 5° se refiere a la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
¿Qué quiere decir lo anterior? Que lo que estamos haciendo es perfeccionar nuestra Carta Fundamental a fin de garantizarles a todos los chilenos que sus datos, que son lo más privado que tienen y que hoy se hallan en el mundo digital, van a ser preservados.
Por lo tanto, ahora se está dejando constancia de una realidad: el cambio de nuestra sociedad. Y hablo de una sociedad que ha transitado del uso del papel, de los documentos escritos, a otra que es digital, donde la información se preserva y distribuye con medios digitales.
¿Qué significa esto en la actualidad?
Hasta la fecha somos 7,7 billones de personas en el mundo, pero hay 8,8 billones de dispositivos que entregan nuestra información día a día.
¿Qué es lo más alarmante? Que en dos años más los dispositivos que van a proporcionar nuestra información serán 20 billones.
Aunque no lo queramos, mucha de nuestra información va a circular por las redes, razón por la cual debe ser protegida.
Quiero citar el informe del Foro Económico Mundial, que todos los años emite el análisis de riesgos globales. (Global index risks)
¿Qué nos dice? Que por vez primera dos de los cinco riesgos de mayor ocurrencia son tecnológicos.
El riesgo de mayor ocurrencia para 2018 dice relación con eventos climáticos extremos, como los que hemos visto en nuestro país.
El segundo riesgo de mayor ocurrencia se refiere a los desastres naturales; el tercero, a los ciberataques y, el cuarto, al robo y fraude de datos, que es precisamente la materia constitucional que estamos discutiendo.
En consecuencia, este tema va mucho más allá de nuestra realidad de país. El mundo entero se halla sometido a este tipo de amenazas y riesgos. Por eso, se debe proteger a las personas para preservar la privacidad de sus datos y evitar que las empresas los levanten. Pero también hay que protegerlas de los gobiernos, que algunas veces pretenden usar esa misma información. Lo más importante, sin embargo, es protegerlas de los delincuentes, de aquella gente que busca vulnerar las formas de protección que uno puede adoptar o de la que disponen quienes custodian nuestros datos.
Tan relevante como el cambio constitucional es entender la necesidad de contar con una ley de protección de datos personales y con una agencia que garantice dicho resguardo y que, ojalá, tenga la independencia suficiente para tales efectos sin depender del gobierno de turno.
Finalmente -con esto concluyo-, los Senadores miembros de la Comisión de Defensa presentamos hoy una moción para declarar el mes de octubre -esto condice con nuestra política nacional de ciberseguridad- como el mes de la conciencia y de los ejercicios nacionales, donde el pilar por garantizar será uno para todos los chilenos: la protección de los datos personales.
No solo hay que hacer cambios constitucionales y aprobar iniciativas de ley, sino también entrenarnos para que lo anterior sea realidad.
Voto a favor.
El señor MONTES (Presidente).-
Le ofrezco la palabra al Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , tal vez los datos revisten una complejidad mayor que la simple dimensión del dato como unidad de información. Hoy día, los datos representan una dimensión relacional que hace que todo esté conectado con todo. Esto genera lo que yo llamo "una verdadera metamorfosis en la sociedad". Estamos viviendo un proceso totalmente disruptivo.
La era de los datos implica que se termina un modelo de evolución, se termina la evolución darwinista, se termina la sociedad analógica, se termina una sociedad estructurada verticalmente, se terminan o se van a empezar a diluir las instituciones, porque los datos representan una fuerza que va a empezar a crear su propio chasis institucional, va a empezar a generar sus propios modelos de desarrollo, lo cual es muy interesante.
A mi juicio, un tema relevante de los datos tiene que ver con la privacidad. Pero, tal vez, la reflexión que este Congreso debiera empezar a hacer es tratar de entender, comprender o aquilatar los cambios y el sentido de la humanidad que van a producirse a partir de la era digital y los datos.
Hoy día estamos viviendo en una sociedad donde, incluso, como sinónimo de libertad se asocia transparencia y hay una compulsión -este es un mecanismo muy paradojal- de todos los seres humanos por hacer externos todos los datos de su vida, la dimensión total de los aspectos íntimos de su vida se hacen externos.
Los niños miran 150 veces al día el celular en un proceso de transmisión de datos. Todos los aspectos más esenciales, emocionales y culturales de la vida se ponen en los datos y, paradojalmente, estos datos nos están transformando a todos en mercancía.
Yo señalé en una oportunidad anterior que quizás la privacidad no fue más que un accidente en la historia de la humanidad, porque hoy día ella no existe. En la actualidad, una de las grandes plataformas tiene todos los datos de nuestras vidas (muchos más que aquellos de los que nuestra conciencia dispone). Es decir, los datos han logrado establecer correlaciones, interpretar aspectos de la vida que están en el inconsciente de cada uno y que, tal vez, no vemos.
Pero no es solamente eso.
Los datos están siendo el principal insumo del desafío más importante que tiene la humanidad, que es la inteligencia artificial. Y los datos son los que generan ese tipo de inteligencia. La multiplicación de los datos, su diversificación, construye inteligencias artificiales cada vez más "performantes", cada vez más potentes.
Entonces, no solamente estamos viviendo en la era de los datos, sino que estos se han encargado de alumbrar una nueva manera de comprendernos.
César Hidalgo planteó hace unos días (matemático chileno que pertenece al MIT) que los Congresos en el futuro no van a existir, pues serán remplazados por algoritmos y robots.
Existe ya una tendencia en el mundo, señor Presidente , de los llamados "transhumanistas" o dataístas, que ya están en la lógica de que los datos son bastante más confiables que los seres humanos, que las máquinas que procesan datos son mucho más fieles que los seres humanos y que los seres humanos somos una especie de algoritmo biológico, pero anacrónico, que será remplazado por las máquinas.
Esto ya no es parte de una ficción, es algo que ya encontramos en la política fundamental de Google, en que el jefe de inteligencia artificial es el principal promotor del transhumanismo o dataísmo en el mundo, quien, además, es fundador de la Singularity University.
Por lo tanto, estamos viendo un tema que, en mi opinión, es apasionante, pero que requiere una mirada mayor.
Valoro y felicito que por lo menos estemos impulsando una reforma constitucional. No obstante, será muy difícil proteger los datos cuando esto tiene que ver con los Estados nacionales, cuando los datos ya no son parte de la frontera de un Estado nacional. La frontera de los datos se halla en el ciberespacio, el conjunto de la humanidad tal y como la conocemos hoy día.
Solo Facebook cuenta con 2 mil millones de internautas y conoce cada uno de los aspectos de nuestras vidas, lo cual le permite establecer patrones de conductas, predecir, anticipar y hacer legibles -como ya sostuve- aspectos de nuestra propia vida que quizás nos resultan incomprensibles.
Solo piensen cómo una pequeña empresa de veinte personas (Cambridge Analytica) usando una pequeña cantidad de datos obtenidos de Facebook fue capaz de intervenir una elección tan importante como la de Trump o lo que ocurrió con lo del Brexit.
Estamos frente a un desafío, porque la humanidad analógica que conocemos está viviendo un proceso aceleradísimo de obsolescencia y viene una nueva era...
Le pido un minuto más, señor Presidente .
El señor MONTES (Presidente).-
Puede continuar, señor Senador.
Dispone de un minuto adicional.
El señor GIRARDI.-
Gracias.
Y viene una nueva era, la digital, donde las instituciones serán otras, habrá otros chasis. Es así como vemos que la política se está autodisolviendo, pues no es capaz de contener la era de los datos, la era de las redes sociales que generan un incentivo a la reacción más que a la reflexión, a la acción directa.
El mundo de los datos nos tiene a nosotros, porque cada ser humano representa el llamado "factor de exposición", trabaja 24/7 (24 horas, 7 días a la semana) su reputación, y es evidente, entonces, que tenemos un desafío muy muy relevante en esta materia.
Hoy día, el principal desafío de la humanidad es con los seres humanos, que somos hipertransparentes -por el contrario, son hiperopacos quienes administran nuestra información-, en cuanto a recuperar el derecho a decidir sobre nuestros datos, y que cada uno de nosotros pueda tener una nube personal y decidir qué se va a hacer con nuestra información.
Pero aquel es un desafío mayor; y este es solo el comienzo, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente , la reforma constitucional que nos ocupa me parece muy pertinente y moderna con relación a lo que es el siglo XXI. Porque, del planteamiento del Senador Girardi, quien me antecedió en el uso de la palabra, me surge la siguiente pregunta: ¿cuál es la esfera de intimidad que podemos tener los seres humanos en este mundo digital tal cual lo describe Su Señoría?
Entonces, en mi concepto, la respuesta que está dando este proyecto de reforma constitucional coloca al día una norma que surgió de la discusión de la Constitución del 80 (consta en las actas constitucionales respectivas), donde el concepto de la vida privada estaba dado en un escenario muy diferente al que vivimos en la actualidad, con todo el desarrollo tecnológico que hemos ido experimentando.
Muchas veces son las cortes supremas en distintas partes del mundo, a través de su jurisprudencia, las que le van dando el sentido actualizado a una disposición que podría haber quedado en el pasado con respecto a la esfera, en este caso, de privacidad a que tenemos derecho los seres humanos.
Como es lógico, la vida privada en los años ochenta, probable y mayoritariamente, se hallaba circunscrita por murallas materiales, situación que hoy día, con el transcurrir del tiempo y los avances tecnológicos que se han ido registrando, es muy diferente.
Por eso, estimo que esta iniciativa coloca en una perspectiva distinta, moderna el hecho de que la persona humana, no obstante los avances existentes, tiene derecho a una esfera de vida privada y de autonomía en lo que respecta a la interceptación o injerencia de terceros en aquello que le es propio.
Por lo tanto, me parece adecuado este proyecto de reforma constitucional; y vamos a apoyar la enmienda introducida por la Cámara de Diputados.
Pero, además, quisiera hacer el siguiente punto también a favor de esta reforma.
Al colocarla en el número 4° del artículo 19 de la Constitución Política, automáticamente el nuevo derecho queda resguardado por el recurso de protección establecido en su artículo 20. De tal manera que los tribunales de justicia tendrán un amplio campo de interpretación con relación a los distintos escenarios tecnológicos que podemos tener presentes en aquella esfera que es propia de los seres humanos.
Así que la ley en proyecto me parece muy buena.
Felicito a los autores de esta reforma constitucional. Espero que esto sea el inicio, y que podamos tener muchas más reformas modernas que coloquen a nuestra Carta Fundamental en la perspectiva de lo que es el mundo del siglo XXI.
Voto a favor.
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El señor MONTES (Presidente).-
Solicito autorización para que ingrese a la Sala el Subsecretario General de la Presidencia, señor Claudio Alvarado.
¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
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El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, en mi concepto, esta reforma constitucional tiene dos características bien especiales.
Por un lado, es primera vez que en la Constitución Política se plantea lo relativo a los datos personales. En el resto de sus normas, en general, no se asume esta materia. La que más se acerca es la del artículo 8°, que hace referencia a algunos elementos que son de carácter público. Pero ni siquiera habla de datos, sino de los actos y resoluciones.
Hasta ahora ha imperado la lógica de entender más bien que algunos de aquellos son especialmente abiertos.
También se plantea lo tocante a la libertad de expresión como otra parte de los derechos y garantías de las personas, centrando ahí uno de los ejes más importantes vinculados con la naturaleza social del ser humano.
Como contrapartida, existe el actual número 4º del artículo 19 de la Carta Fundamental, que se refiere al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia. Y aquí es donde el legislador (el constituyente en este caso) ha planteado una modificación bien profunda: considerar los datos como parte de la vida de las personas.
Esto es muy innovador.
Hasta el día de hoy lo relativo a las personas se ha abordado en general con otras características; han existido otras formas de análisis. Ello no se ha hecho desde la perspectiva del dato.
Señor Presidente , este proyecto me parece muy pertinente. Porque -y puede tener razón un Senador que me precedió en el uso de la palabra- uno se puede preguntar adónde va esta sociedad moderna.
Sin embargo, mi impresión es que si no se advierten a tiempo algunas cosas que nos gustaría preservar relacionadas con la vida de las personas y no se deja testimonio de hacia dónde podrían apuntar, sería mucho peor.
Entonces, me parece que el modo de asumir esta reforma constituye una novedad muy grande desde el punto de vista constitucional.
Ahora bien, eso no significa que esté resuelto el punto.
Pienso que aquí parte un gran debate, pues lo verdaderamente relevante va a ser la ley que complementará esta materia y resolverá preguntas tan evidentes como cuál va a ser el organismo que se preocupará de que el cuidado de los datos sea el adecuado; cómo borrar un dato -esto no figura en el texto del proyecto- que puede ser falso o inventado, pero que en virtud de este mandato constitucional tendrá un tratamiento especial para los efectos de no desfigurar la vida de las personas.
Esto tendrá que armonizarse además con la libertad de expresión, respecto de la cual algunos podrán sostener que hay leyes -esta parte específica no se halla en la Constitución- que se preocupan especialmente del acceso de los medios a determinados datos, lo que, al final, en función de la norma pertinente, puede generar una colisión de derechos con la disposición constitucional que está amparando y protegiendo aquello que se considere personal.
Cómo se define la parte personal de un dato será otra cuestión muy relevante en la discusión que se avecina respecto del proyecto de ley que complementará esta reforma.
Señor Presidente, haciendo historia -porque no es primera vez que debatimos este asunto-, debo connotar que hay un cambio muy significativo en la arquitectura de la norma respectiva.
Sin embargo, me parece que se trata de un debate que vale la pena hacerlo.
Cómo se incorpora el concepto de "dato" en la vida de las personas; cómo se preserva la autenticidad del dato con relación a la verdad de la persona, lo cual es un asunto muy complejo; qué instituciones van a intervenir; cómo se recurrirá en esta materia; cuál será el conocimiento de terceros que se podrá difundir, serán cuestiones muy importantes a las que deberá abocarse el legislador.
En resumidas cuentas, creo que se trata de una reforma significativa, innovadora, pero que objetivamente plantea preguntas quizá mucho más profundas que las que hasta el día de hoy hemos estado en condiciones de resolver desde la perspectiva legislativa.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.
--(Aplausos en tribunas).
El señor MONTES ( Presidente ).-
A los miembros de la Federación Nacional de Asociaciones de Enfermeras y Enfermeros de Chile que nos visitan esta tarde debo señalarles que están prohibidas las manifestaciones.
Aprovecho la ocasión para saludarlos.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, quiero hacer dos referencias con respecto a este proyecto de ley.
Sin lugar a dudas, vamos a aprobar la enmienda introducida por la Cámara de Diputados.
Hoy día existe consenso para avanzar en una Constitución -en esto difiero de un Senador que me antecedió- que fue discutida en los años 80 por algunos en espacios muy reducidos, quienes claramente no consideraron -ni podían hacerlo- este tipo de derechos, porque esto es algo que, producto del propio desarrollo tecnológico, la sociedad ha ido incorporando en el tiempo.
Por eso, entre otras cosas, necesitamos una nueva Carta, que dé cuenta de la discusión que nos ocupa en un mundo moderno, en que el derecho a la intimidad se expresa a través de la protección de los datos personales.
El señor COLOMA .-
¡Se puede modificar la Constitución!
El señor DE URRESTI.-
Hoy día hemos conocido innumerables experiencias e iniciativas relacionadas con el big data y el manejo descomunal de la información.
Hemos discutido este asunto en varias oportunidades.
Acá valoro el trabajo que se está llevando a cabo en la Comisión de Constitución, donde principalmente el Senador Harboe ha empujado un proyecto en materia de protección de datos, en el que hemos colaborado todos sus miembros.
Ese es el punto fundamental.
La ley sobre protección de datos es el instrumento a través del cual se va a consagrar este derecho que se establecerá como garantía constitucional.
Sin lugar a dudas, señor Presidente , debe quedar incorporado en el número 4° del artículo 19 de la Carta Fundamental. Pero resulta esencial tener la ley de protección de datos, que es la que va a determinar las distintas obligaciones tanto en el ámbito privado como en el público.
Hoy día necesitamos una regulación no solo desde el punto de vista de los organismos del Estado que manejan, que recopilan, que acopian información, sino también del conjunto de empresas privadas cuyo giro no es precisamente la recolección de datos, pero que los utilizan, como las farmacias, los aeropuertos, en fin.
Cualquier actividad se está utilizando para el acopio de datos, los cuales son vendidos a las casas comerciales.
En la actualidad, el mayor valor es el comportamiento financiero del ciudadano (su poder de compra, etcétera).
Por lo tanto, valoro absolutamente este proyecto de reforma constitucional. Ojalá se apruebe por unanimidad la enmienda introducida por la Cámara de Diputados.
Señor Presidente, no me cabe duda de que el Gobierno (el que sea) respaldará la normativa pertinente, pues Chile debe actualizarse en la materia.
La misma OCDE ha planteado aquello en sus recomendaciones.
Debemos ser capaces de establecer una legislación que articule lo relativo a la protección de datos de los ciudadanos.
Necesitamos avanzar en eso.
Por ello, aparte votar favorablemente la modificación de la Cámara Baja, sugiero que desarrollemos la capacidad para llegar a consensos sobre el particular, ya que nos hallamos en tiempos en que requerimos invitar a estos.
Debiera ser un desafío para el Congreso y el Senado despachar este año el proyecto de ley sobre protección de datos, porque en mi concepto es el instrumento más idóneo para seguir avanzando en la materia.
Voto a favor.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Elizalde.
El señor ELIZALDE .-
Señor Presidente , la reforma constitucional que ahora nos ocupa -hoy el Senado debe pronunciarse respecto de la enmienda introducida por la Cámara de Diputados- es indispensable para proteger, conforme a la realidad de los nuevos tiempos, la esfera de intimidad y la información de las personas.
El desarrollo de la informática y de las nuevas tecnologías permite acceder a datos de todo tipo. A veces esta información constituye una intromisión a la intimidad de los ciudadanos. De ahí la necesidad de proteger adecuadamente los datos personales de acuerdo al marco constitucional.
El hecho de que este derecho se haya incorporado como parte del número 4º del artículo 19 de la Constitución Política -tal como señaló el Senador Huenchumilla- hace que sea susceptible del recurso de protección. Por lo tanto, se trata de una herramienta expedita y ágil que establece un mecanismo de protección respecto de aquellos derechos que la Constitución considera como de especial envergadura.
A mi juicio, la redacción aprobada por la Cámara de Diputados constituye un avance, pues permite distinguir de mejor forma el bien jurídico protegido: en este caso, los datos personales. Asimismo, establece que el tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley.
Entonces, la discusión en torno al marco regulatorio legal no va a ser baladí ni secundaria en lo que respecta a la manera en que se protegen los datos personales en nuestro país.
En la vida moderna, en el comercio y en muchas actividades que se desarrollan cotidianamente, las personas de modo permanente están proporcionando información sobre sí mismas.
De manera adicional, las redes sociales constituyen una forma de captura de datos que, lamentablemente, se han utilizado con fines comerciales y políticos sin autorización de las personas.
Por tanto, es necesario, junto a esta reforma constitucional, avanzar en un marco regulatorio general que nos permita proteger adecuadamente esos datos y, en especial, evitar su mal uso.
Esta modificación de la Carta Fundamental constituye, sin duda, una actualización del marco normativo legal y constitucional que protege la vida privada y los datos personales, conforme a la realidad de los nuevos tiempos.
Por ser imprescindible para resguardar de forma apropiada a las personas, voto a favor de la enmienda de la Cámara de Diputados.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Guillier.
El señor GUILLIER.-
Señor Presidente , en primer término, quiero señalar que todos nos hallamos de acuerdo en que el mundo se está moviendo hacia la convergencia tecnológica digital y, por consiguiente, a la irrupción de procesos nuevos en el acceso a la información, como la inteligencia artificial, la big data, el internet de las cosas. Por ello, se requieren marcos normativos que hace diez años incluso eran impensables.
Pero, al mismo tiempo, en esta discusión hay un sentido de urgencia, toda vez que necesitamos mejorar los estándares de protección sin afectar la posibilidad de nuevos negocios, particularmente con regulaciones que puedan perjudicar a las pequeñas y medianas empresas, porque eso también tiene costos.
Al legislar, pues, deberemos tener presente tal hecho: no por regular, por controlar, por fiscalizar, lo cual es legítimo, se puede destruir la posibilidad de nuevos negocios, que es parte de las características de la nueva economía.
Sin embargo, hemos de considerar igualmente que Chile se puede quedar al margen de grandes posibilidades si no actúa pronto.
La OCDE ha señalado que nuestro país está en incumplimiento con respecto a los acuerdos adoptados para mejorar la legislación sobre protección de datos personales. Ello se habría hecho hacia el 2010; o sea, hemos perdido siete a ocho años, y tenemos que recuperarlos.
Además, esa propia Organización ha hecho presente que Chile y Turquía aparecen como las únicas naciones que no han realizado avances sustantivos en la legislación necesaria para participar en un proceso conjunto para efectos del Reglamento de Protección de Datos Personales, que comenzará a regir el próximo año en Europa y que dispone que el flujo de transferencias internacionales se podrá realizar únicamente con países que tengan legislación acorde a la que elabore el Viejo Continente.
Por otro lado, todos somos conscientes de que la manera como se están manejando los datos personales en Chile los hace singularmente sensibles a las consecuencias políticas de gran alcance, las que ya se comienzan a advertir en otras naciones.
La vulnerabilidad del sistema electoral, e incluso la acción antidemocrática de llevar adelante una campaña electoral de modo desinformado o manipulando información, son una realidad en Chile, como en todas partes de Occidente.
La llamada "posverdad" inclusive provoca incertidumbre con respecto a los medios tradicionales y de alguna forma posibilita que a través de los soportes tecnológicos se transformen las industrias de los medios de comunicación y, por tanto, que se altere significativamente la ética de la política y de la democracia.
En consecuencia, se trata de crear condiciones para participar no solo en la nueva economía de la inteligencia, de la información, sino asimismo en el mejoramiento de la defensa de la buena política y de la democracia.
Por eso, señor Presidente, voto a favor de la modificación que propuso la Cámara de Diputados.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente, por cierto, siendo uno de los autores de la moción que dio origen a este proyecto, voy a concurrir con mi voto favorable.
No tengo mucho más que agregar a lo que dijeron los colegas que intervinieron recientemente.
Por ende, solo voy a señalar que la reforma constitucional propuesta pone la protección de los datos personales en condiciones de igualdad con otros derechos que se hallan consagrados y que difícilmente son objeto de debate en nuestro país.
El derecho a la privacidad de los seres humanos no se discute. Lo que ocurre es que una cosa es la vida privada de las personas y otra sus datos. Están emparentadas, pero no son lo mismo.
Lo que hace precisamente la reforma propuesta es, complementando el N° 4° del artículo 19 de la Constitución, identificar el concepto de "datos personales".
Se trata de algo que se ha venido legislando en el derecho comparado, pero de distintas formas.
Revisando estudios que se hicieron para preparar la moción, me encontré con que, curiosamente, en Estados Unidos -país de las libertades, de los derechos individuales de las personas- no está reconocido de forma explícita el rango constitucional del derecho a la privacidad: se hace una interpretación de una de las Enmiendas (creo que de la IV o de la V).
En Europa la materia se halla más desarrollada. De hecho (lo revisé en internet ahora, mientras algunos colegas intervenían), hace escasos días la Unión Europea aprobó la aplicación de multas por hasta 20 millones de euros (alrededor de 35 millones de dólares) o por el equivalente a 4 por ciento del valor del negocio de aquel que reporte utilidades producto del mal uso de los datos personales. Entonces, además de existir un órgano independiente que vela por el cumplimiento de la normativa pertinente, en Europa se establecen fuertes multas, en los términos que explicité.
Señor Presidente , si se aprueba la reforma constitucional que nos ocupa, la ley que deberá dictarse para implementarla no va a ser fácil: primero, porque se requerirá cierto consenso, y segundo, porque el tema es muy dinámico y, por tanto, resultará demasiado complejo definirlo: cuáles son los bordes de los datos personales; dónde se halla el límite de lo que es un derecho personal a mi privacidad o cuándo yo soy titular de ese derecho; cuál es la situación de la sociedad en su conjunto cuando sienta que tiene derecho a conocer información sobre alguien al objeto de preservar un bien común mayor.
Esta es una cuestión que provoca una colisión permanente entre los derechos individuales y los derechos de la sociedad en su conjunto.
Aquello es aplicable tanto en los temas de seguridad cuanto en los de salud.
La ficha médica personal o las conductas de uno tal vez pueden servir, a juicios de terceros, como elementos predictores para poder prever soluciones o anticipar o prevenir males de salud.
Otros sostendrán que se trata de un derecho soberano del titular y que no se puede violar.
Por último, hay un elemento nuevo -si bien está reglado, la regulación se encuentra obsoleta-: el aprovechamiento comercial de nuestros datos.
El rastreo en internet que hice desde acá para ver qué pasa en la Unión Europea con respecto a la protección de datos personales se alojó de inmediato en alguna parte y permite saber que el IP correspondiente fue usado por un Senador de Chile que consultó ciertas páginas sobre aquella materia.
Eso tiene un valor comercial indudable. Eso es lo que se transa hoy día. Y eso es lo que las asociaciones de protección de los derechos individuales del mundo están tratando de controlar.
Pongo un ejemplo. Quizá no es el más adecuado, pero se me vino a la cabeza.
Ante la necesidad de anticiparse a problemas de seguridad (luchas contra el narcotráfico, contra la trata de personas, etcétera), se ha planteado incluso la posibilidad de eliminar el efectivo en el mundo. Así, operando con una tarjeta, van a quedar registradas todas nuestras prácticas comerciales -desde la compra de un completo hasta la adquisición de un televisor- y se van a saber los gustos de todas las personas.
En consecuencia, si se elimina el efectivo, se reduce sustantivamente -ese es el pensamiento que está detrás- la posibilidad de efectuar compras ilegales o de realizar tráfico ilegal de drogas, de armamentos, en fin.
El problema radica en que por esa vía se termina cercenando la privacidad de la persona, pues se va a saber todo lo que hace: si compró una entrada al cine; si practica determinada actividad como hobby; si consume cierto tipo de productos o determinadas bebidas, etcétera.
Entonces, creo que existe una tendencia a aquel respecto y que va a haber un conflicto permanente como consecuencia de la rapidez con que se accede a los datos personales y del registro que queda de la forma en que gastamos, de la manera como nos comportamos.
Señor Presidente, espero que esta reforma constitucional tenga una amplia mayoría. Va a dar lugar a una discusión interesante, pero no por ello exenta de conflictos.
En todo caso, estimo que llegó en buena hora.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Insulza.
El señor INSULZA.-
Señor Presidente , considero crucial la aprobación de esta reforma a la Carta. No se trata únicamente de un preámbulo a la aprobación de la ley sobre datos personales, cuyo proyecto vamos a discutir en fecha próxima.
Una cantidad de hechos acaecidos en los últimos meses han demostrado que el desarrollo que adquieren los mecanismos de penetración y de recolección de datos supera todo lo que hubiéramos podido imaginar hasta hace poco tiempo.
Cuando hablamos acá de Cambridge Analytica, que (dicho sea de paso) ya cerró sus puertas, debemos recordar que lo que hacía dicha empresa era analizar a un conjunto de varios millones de ciudadanos, conocer sus preferencias y entregarles una atención personalizada en materia de propaganda electoral, a fin de que cada elector recibiera aquello que le era más conveniente a la obtención de su voto. La idea no era decirle la verdad sobre algo; ni siquiera, indicarle que votara de determinada manera, sino simplemente meter en él, y en su casa, y en su vida la información requerida para manipularlo.
Si eso se hace ahora, no me cabe duda de que nuestra ley de datos personales será muy buena, pues vamos a aprobar una normativa muy al día, que seguramente dentro de algunos años quedará obsoleta y deberemos complementarla de distintas maneras.
Entonces, señor Presidente , resulta muy importante que esta materia se encuentre como garantía en la Constitución Política de la República.
Ahora, como yo, al igual que otros acá, soy de aquellos que aguardan el establecimiento de un nuevo Texto Fundamental, espero que la introducción de esta reforma en la actual Carta permita incorporarla en la próxima, para convertir esta materia, que será una de las grandes preocupaciones de este siglo, en una obligación del Estado y en una garantía constitucional para todos los chilenos.
Voto a favor.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente , quiero agregar algunos conceptos a lo ya dicho por diversos Senadores.
Además de, por supuesto, aprobar esta modificación constitucional, me parece que no será fácil después, en la ley respectiva, legislar finamente o con grandes acuerdos en esta materia.
Incluso, es posible que aquí estemos frente a un problema generacional.
Hace algún tiempo yo leía, a propósito del caso de Estados Unidos, un artículo que decía que George Orwell imaginó una gran máquina que nos iba a forzar a que le entregáramos todos los datos e iba a controlar por completo nuestra vida. Lo que probablemente Orwell jamás imaginó fue que iba a suceder exactamente lo contrario: que seríamos nosotros quienes, voluntaria y felizmente, le íbamos a entregar todos nuestros datos a esa máquina.
Cuando converso con personas de distintas generaciones observo que los más adultos -como quienes estamos en este Hemiciclo- tendemos a espantarnos con esto de compartir nuestros datos y de que se sepa tan públicamente -lo expresaba el Senador Lagos- que nos gusta el completo, o tal tipo de película, o tal clase de ropa, en fin.
Sin embargo, cuando converso al respecto con gente de una generación más joven, la de veinte años para abajo -mis hijos pertenecen a ella-, veo que eso le parece natural y muy bueno. A los jóvenes de ese segmento les agrada que Facebook conozca todos sus gustos -y lo dicen así, sin ningún problema-, pues los hace felices que les manden todo tipo de promociones y sugerencias en cuanto a ropa, viajes, alimentación, etcétera.
Entonces, yo no descarto que aquí estemos frente a un problema cultural.
Por supuesto, hay aspectos fáciles de legislar.
A nadie le agrada que sepan todas las enfermedades que uno ha padecido en la vida. Y, evidentemente, no cuesta proteger eso.
Pero hay otros casos.
Hace muy poco tiempo conocí lo ocurrido a una empresa en la Región del Maule. Tenía contratada su contabilidad a un tercero, a una oficina externa, y de repente descubrió que una empresa de factoring se comunicaba con todos los clientes a los que ella les había comprado algo. O sea, de alguna manera, esa empresa de factoring tenía acceso directo a su libro de compras e iba adonde sus clientes y les decía: "Sabemos que esta empresa les debe plata. Les ofrezco un factoring muy barato".
Eso ya ocurre ahora, en el mundo real y práctico, en que incluso las oficinas de contabilidad, que acceden a los libros de compras y de ventas de sus clientes, están vendiendo o comercializando la información contenida en ellos y obteniendo parte del margen del eventual negocio hecho por la empresa de factoring mediante el mecanismo que explicité.
En definitiva, señor Presidente , creo que hay que avanzar en esta materia. Pero pienso -lo decía también el Senador Lagos- que no será fácil entrar a los aspectos finos. Ciertos casos son obvios y evidentes. Sin embargo, hay todo un tema de compartimentación que hará muy difícil legislar de forma correcta.
Dicho lo anterior, me parece que debemos hacer el mejor y el mayor de los esfuerzos y llegar a consensos importantes, porque se trata de dictar, a continuación de esta reforma constitucional, una ley que revestirá gran importancia de ahora en adelante.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor MONTES (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la enmienda introducida por la Cámara de Diputados (41 votos a favor); se deja constancia de que se cumple con el quorum constitucional exigido, y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.
ACUERDO RELATIVO A ESTATUS Y FUNCIONES DE COMISIÓN INTERNACIONAL SOBRE PERSONAS DESAPARECIDAS
El señor MONTES ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo relativo al Estatus y las Funciones de la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas, suscrito en Bruselas el 15 de diciembre de 2014, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (11.512-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite: sesión 78ª, en 9 de enero de 2018 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores: sesión 14ª, en 9 de mayo de 2018.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El objetivo principal del Acuerdo es constituir la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas como una organización internacional.
La Comisión de Relaciones Exteriores discutió el proyecto de acuerdo en general y en particular, por ser de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Lagos, Moreira, Ossandón y Pizarro.
Nada más, señor Presidente .
El señor MONTES (Presidente).-
En la discusión general y particular del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS .-
Señor Presidente , este proyecto aprueba el Acuerdo concerniente al Estatus y las Funciones de la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas, suscrito en Bruselas el año 2014.
Básicamente, lo que hace dicho Acuerdo es reconocer la calidad de organización internacional a la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas.
Se trata de un ente de carácter privado que ha sido reconocido como organismo internacional por varios países, particularmente en Europa, y del que Chile quiere hacerse parte.
El referido organismo ayuda y colabora con países que así lo requieran para encontrar e identificar a personas desaparecidas en contextos tanto de desastres naturales cuanto de violaciones a los derechos humanos, de atentados o -si así se quiere decir- de limpiezas étnicas, en los cuales desaparecen personas.
Reitero que estamos ante un ente de carácter privado, el que se financia con aportes de distintos sectores.
El Gobierno chileno no asume un compromiso en tal ámbito.
Señor Presidente , la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas obtiene la calidad de organización internacional debido a que ha sido reconocida como tal y a que ha desarrollado una labor importante en distintos países, en particular de África.
El proyecto de acuerdo fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.
El señor PIZARRO.-
¿Puede abrir la votación, señor Presidente?
El señor MONTES (Presidente).-
¿Le parece a la Sala?
Acordado.
En votación general y particular.
--(Durante la votación).
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Insulza.
El señor INSULZA.-
Señor Presidente , este Acuerdo fue suscrito en Bruselas hace ya algunos años.
Chile tiene la calidad de miembro original; es decir, figura entre los firmantes de dicho instrumento. Y es natural, porque hoy todavía somos un país con personas desaparecidas, con gente a la que nunca se ha podido encontrar.
El Acuerdo, curiosamente, aborda un tema que ha tenido mucha importancia en los últimos años.
La mencionada Comisión es la única organización internacional dedicada exclusivamente a ayudar a países en los esfuerzos para enfrentar casos de personas desaparecidas por conflictos armados, violaciones a derechos humanos, desastres naturales, acción del crimen organizado, migración y otras causas.
Por esa razón es que nosotros, al acoger el proyecto de acuerdo, estamos sacando cuentas asimismo con nuestra propia historia, pues este tipo de hechos se ha registrado a lo largo de nuestro tiempo muchas más veces de lo que algunos imaginan, desgraciadamente. Espero que no nos limitemos a aprobarlo, sino que también apoyemos a la Comisión en las numerosas actividades que puede desarrollar.
Dicha entidad se establecerá en La Haya, Países Bajos, con los que celebrará un tratado de sede. De igual manera, alcanzará acuerdos con todos los gobiernos de los Estados donde desempeñe sus actividades. Ojalá nosotros podamos igualmente suscribir uno.
Espero que Chile efectúe las contribuciones voluntarias con las cuales esta importante actividad se financiará en parte y que deposite pronto su ratificación, a fin de que se haga cargo de una parte de su historia y de la propia de nuestro tiempo.
Muchas gracias.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor MONTES (Presidente).-
Terminada la votación.
--Por 29 votos a favor, se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo.
Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Órdenes, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Castro, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Montes, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana y Sandoval.
El señor MONTES ( Presidente ).-
El Honorable señor Pérez Varela deja constancia de su intención de voto a favor.
DISMINUCIÓN DE VELOCIDAD MÁXIMA DE CIRCULACIÓN EN ZONAS URBANAS
El señor MONTES ( Presidente ).-
Proyecto, iniciado en mociones de las Senadoras señoras Allende y Rincón y Honorables señores De Urresti, Latorre y Letelier; de las Senadoras señoras Órdenes y Muñoz y Honorables señores Lagos, Quintana y Soria, y del Senador señor Chahuán, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito para disminuir la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--Los antecedentes sobre el primer proyecto (11.640-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Letelier, señoras Allende y Rincón y señores De Urresti y Latorre):
En primer trámite: sesión 3ª, en 20 de marzo de 2018 (se da cuenta).
--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (11.647-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señoras Órdenes y Muñoz y señores Lagos, Quintana y Soria):
En primer trámite: sesión 5ª, en 3 de abril de 2018 (se da cuenta).
--Los antecedentes sobre el tercer proyecto (11.670-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del Senador señor Chahuán):
En primer trámite: sesión 9ª, en 11 de abril de 2018 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 15ª, en 15 de mayo de 2018.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El principal objetivo de la iniciativa es disminuir de sesenta kilómetros por hora a cincuenta el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de tres mil 860 kilogramos de peso bruto vehicular y de motocicletas en zonas urbanas.
La Comisión discutió el proyecto en general y en particular por ser de aquellos de artículo único y lo aprobó por dos votos a favor, de los Honorables señores Letelier y Navarro, y uno en contra, del Senador señor García-Huidobro.
El texto propuesto se transcribe en el informe y el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más.
El señor MONTES (Presidente).-
El asunto ha sido abordado varias veces.
¿Se abre la votación?
El señor QUINTANA.-
Sí.
El señor COLOMA.-
No.
El señor MONTES (Presidente).-
En discusión general.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Puede intervenir el Senador señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , Honorables colegas, la iniciativa ya fue rechazada por la Sala en dos ocasiones: la sesión ordinaria del 21 de noviembre de 2017 y la sesión ordinaria del 14 de marzo recién pasado.
Lo que se plantea hoy es parte de un articulado sobre convivencia de los distintos medios de transporte en que fue aprobado todo el resto y ha sido mejorado en el órgano técnico.
Mas no logramos un acuerdo justamente en relación con el máximo de velocidad en zonas urbanas, porque existe una legislación que da facultades a los municipios para establecer el límite bajo los sesenta kilómetros por hora. Sus Señorías pueden observar que en muchas de esas áreas se contempla una reducción en zonas de hospital o en aquellas que se estimen convenientes en el nivel local.
Por lo tanto, creemos que no nos corresponde poner un tope cuando ya hay uno conforme al proceso de descentralización.
En seguida, aquí se trata, en el fondo, de tomar en la misma forma a todo el país. No podemos comparar la situación en Santiago o en Temuco o en cualquier zona urbana con áreas casi rurales, porque son realidades absolutamente distintas. Es por eso que una legislación permite fijar la reducción de velocidad.
Es curiosa la referencia a esta última medida en otros países de la OCDE, porque inclusive en ellos hay carreteras sin un límite. Nosotros aplicamos en algunas partes el de 120 kilómetros por hora, en tanto que en otras ello disminuye conforme a la situación de emergencia o de peligro que se pueda presentar.
En la Comisión se dieron a conocer ejemplos como el de Francia, donde el límite en las arterias es de 70 kilómetros por hora en casos excepcionales, el mismo que en Holanda, especialmente en vías anulares urbanas de cuatro carriles. En Noruega es, a veces, de 60 o 70 kilómetros por hora donde no hay accesos. En Polonia es de 60 kilómetros por hora en la noche, entre las 23 y las 6. En Portugal es de 80 o 90 kilómetros por hora, según la administración local, en algunas arterias urbanas divididas. Es decir, cada país aplica las normas que estima convenientes.
Pero, si nos comparamos con Suecia, es importante considerar que allá los municipios pueden variar el límite de velocidad local -es igual que en nuestro caso-, que puede ser más alto o más bajo, según lo que resuelvan.
Se tiene que comprender el efecto de la reducción de velocidad en Santiago, sobre todo en las comunas con mayor flujo vehicular, donde la congestión es muy fuerte. Con la medida en examen se colaborará a ello, así como a la contaminación, pues los motores funcionarán más tiempo, obviamente.
De las preocupaciones existentes, también es relevante consignar lo relativo a la fiscalización. Esta tiene que existir. Me pregunto cuál es la que se aplica en zonas urbanas. En verdad, es muy poca. Lo que se ve en el aspecto que nos ocupa, por lo general, es la ejercida en las carreteras.
Deseo insistir, fundamentalmente, en que nuestro país vive un proceso de descentralización. Creo que los municipios tienen que mantener sus facultades, sin estar mirando nosotros lo que deben hacer en forma general, que tenemos que respetar.
En ese sentido, llamo a la Sala a que reflexionemos. Cada uno de nosotros representa regiones, fundamentalmente, y una situación en una zona rural o casi urbana es muy distinta de la registrada en el centro de Santiago.
Por lo tanto, en la Comisión voté en contra de la insistencia en la materia, tal como lo hice respecto del proyecto anterior tanto en la Sala como en la Comisión Mixta, ya que estoy convencido de que tenemos que dejar estas facultades a los municipios, a los alcaldes. Muchos de los presentes han sido jefes comunales y autoridades en las regiones, y creo que cada uno de estos tiene que resolver el asunto.
Votaré en contra.
El señor MONTES (Presidente).-
Nuevamente solicito abrir la votación, si le parece a la Sala.
El señor COLOMA.-
No.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , en realidad, considero bien incomprensible la postura de los colegas del frente, porque si se quiere desarrollar políticas públicas sobre la base de la evidencia científica, esta es clara en el sentido de que la velocidad constituye uno de los principales factores de riesgo. En una ciudad, tratándose de un peatón o de un ciclista ante la eventualidad de un atropello o incluso de un choque, es el elemento determinante para la sobrevida de la persona.
Además, es algo logarítmico. Se encuentra totalmente demostrado que bajo los cincuenta kilómetros por hora hay una probabilidad importante de sobrevivir, la cual es mínima cuando ello se supera.
Por esa razón se ha planteado el asunto. Es algo que en la sociedad civil surge justamente de una agrupación importante de convivencia vial.
Mas también hay un segundo elemento: una cierta mirada cultural que privilegia el auto sobre la persona. Claro, la ciudad es para el vehículo, para su desplazamiento. Por eso es que muchos alcaldes prefieren -es cierto- llamar a la televisión cuando se requiere tapar un hoyo de la calle y no cuando se precisa reparar una vereda. Pero la sociedad que enfrentaremos va a envejecer, demandará convivencia y amabilidad, y exigirá mejores veredas antes que mejores autos.
Entonces, en una situación en que cabe ponderar, a mí me parece bien increíble que ello se efectúe en favor de los vehículos y no de las personas. Es evidente que la ciudad debiera decir relación primero con el individuo, quien puede usar, por otra parte, una bicicleta.
Porque el auto aún no es una persona. Claro, es posible atribuirle un estatus, y ello, a lo mejor, todavía valida a alguien -dime cuál tienes y te diré quién eres- y se sobredimensiona, desde el punto de vista de una cierta dignidad, entre comillas, que se quiere atribuir. Pero toda ciudad que quiere garantizar calidad de vida, que quiere ser amable, tiene que privilegiar a los seres humanos.
Ahora, resulta evidente que una carretera o una vía expedita por donde tienen que transitar los autos a cierta velocidad no es lo mismo que los espacios donde se determina la restricción de cincuenta kilómetros por hora, los cuales no son todos, sino algunos en que evidentemente se puede dar la dimensión de convivencia vial que queremos. A nadie se le ocurriría fijar ese límite en la carretera entre Santiago y Valparaíso; pero sería muy razonable que los vehículos lo respetaran en las calles del centro de Santiago o en los barrios.
De hecho, la comunidad, para defenderse, instala a menudo lomos de toro. ¿Por qué? Porque hay niños, adultos mayores y transeúntes, y justamente se apunta a transformar los barrios en lugares más seguros, de mayor convivencia.
Entonces, a mí de verdad me cuesta mucho comprender la mirada de favorecer al auto por sobre las personas, que encuentro un tanto tecnocrática, y no advertir que estamos tratando de garantizar un modelo de convivencia, y que ¡absolutamente toda! la evidencia científica señala que la velocidad, incluso en la eventualidad de un choque, es el factor determinante de la energía cinética que deformará los cerebros de las personas, sus huesos y sus partes blandas. Eso es mucho más evidente cuando se trata de un ciclista o de un peatón.
Estimo que el Senado tiene que privilegiar lo que quiere. Porque no se atenta contra la ciudad al disminuirse la velocidad. No es cierto que aumentarán la congestión y la contaminación. La primera tiene que ver con el flujo turbulento por un exceso de autos que supera la capacidad de la red vial para soportarlos. La manera de enfrentar el problema es fomentando el transporte público y el uso del Metro, así como a través de procesos de restricción, pero ello nada que tiene que ver con la velocidad. Esta última dice relación con el estándar, con el estatus, con el sentido de dignidad que queremos dar a una ciudad.
¿Para quién es esta última? ¿De qué tipo es aquella con la cual queremos contar? ¿Qué clase de convivencia deseamos?
Tenemos gente obesa. Necesitamos que todos los adultos mayores caminen una hora. ¿Con qué tranquilidad uno podría decirle a un ser querido que lo haga o a un niño que salga a pasear en bicicleta si hay respeto cero por las personas?
Lamentablemente, muchos tuvimos que vivir hace poco tiempo una circunstancia muy dolorosa. El hijo de alguien muy querido falleció unas dos semanas atrás producto del choque de un auto con una bicicleta. Tal vez, si el vehículo hubiera ido a una velocidad menor, ese joven, de 25 años, estudiante, hubiese encontrado una chance de sobrevivir, y no tuvo ninguna. Eso es lo que está en nuestras manos.
Por lo tanto, reclamo una segunda oportunidad para la iniciativa.
El señor MONTES (Presidente).-
Hay siete inscritos.
El señor COLOMA.-
Está bien.
El señor MONTES (Presidente).-
No digo que esté mal.
Su Señoría se incluye entre ellos.
Puede intervenir el Honorable señor Insulza.
El señor INSULZA.-
Señor Presidente , nuestro colega García-Huidobro tiene razón, en realidad, cuando dice que votamos el proyecto. Lo hicimos en la primera ocasión en que a mí me tocó pronunciarme en el Senado y fue motivo de una gran tristeza el que no fuera acogido.
En la Región de Arica y Parinacota, a la que represento, aconteció un caso casi tan dramático que es difícil hasta contarlo. Una madre en bicicleta que llevaba flores al lugar en que había muerto su hijo fue atropellada y muerta también. Este último igualmente había sido atropellado por un vehículo a exceso de velocidad y conducido -digámoslo también francamente- por una persona en estado de ebriedad.
La cuestión es fundamental para los jóvenes y mucha gente que circula en nuestras regiones. No se trata de echarles la culpa solo a los automovilistas: a veces, la que provoca daños es también la actitud temeraria de algunos ciclistas y peatones. Pero, como lo ha manifestado correctamente el Honorable señor Girardi , la velocidad, por la responsabilidad del propio conductor o de otros, es básica para saber qué resultados arroja la colisión.
Nuestro país registra la muy dramática cifra de que más de dos personas fallecen por un accidente de automóvil antes que por un homicidio. Ello asimismo se verifica en otros países de América Latina, pero creo que la proporción probablemente es más grande entre nosotros.
Esta mañana le escuchamos al Fiscal Nacional mencionar que tenemos una cantidad de homicidios relativamente baja. Bueno, la de accidentes de automóvil no presenta la misma característica. Al contrario, la cifra es demasiado alta, y es preciso disminuirla. Y ello significa reducir la velocidad, lo queramos o no. Es como el caso de las armas: se ha demostrado que mientras más se encuentren disponibles, más muertes se causarán. De la misma manera, mientras más velocidad, más muertes se provocarán.
Ahora, alguien podrá oponer que en Alemania eso no pasa. Pero en nuestra cultura, desgraciadamente, es algo que ocurre, y con demasiada frecuencia.
Entonces, o damos, en aras de un falso concepto de libertad, la posibilidad de correr más rápido y demorar menos en llegar a algún lugar o damos una mejor esperanza de vida a nuestros hijos, a los peatones, a la gente de trabajo, a todos los que realmente son la mayoría de las víctimas de los atropellos que cotidianamente suceden en nuestras ciudades.
Confieso que al abordarse el proyecto en la ocasión que señalé consideraba que cincuenta kilómetros por hora era demasiado. Todavía lo pienso. Me parece que debería ser menos.
Pero, en fin, partamos por ahí, porque se reducirá una cantidad importante de accidentes.
Muchas gracias.
El señor MONTES (Presidente).-
¿El Ministro señor Blumel desea intervenir?
No.
Le ofrezco la palabra al Senador señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , qué bueno que nos acompañen en este debate el Ministro Blumel y el Subsecretario Alvarado .
Me imagino que en algún momento respaldarán el proyecto o darán una opinión sobre él. Supongo que el Gobierno, preocupado de la salud y de la vida de los ciudadanos, tendrá una posición, porque esto debiera ser una política de Estado.
Nosotros hemos impulsado esta iniciativa porque creemos -y así lo avalan los estudios- que reducir la velocidad urbana permite salvar vidas.
Cada uno de nosotros podría dar a conocer lo que ocurre en las ciudades, circunscripciones o regiones que representa, en las cuales se producen innumerables fallecimientos por el exceso de velocidad.
Esta propuesta constituye una señal. Es un paso para tener una política de convivencia vial adecuada a los nuevos tiempos.
Sorprenden las estadísticas de que disponemos. Se calcula que este año se venderán, aproximadamente, 440 mil autos nuevos en Chile. Y, según algunas autoridades, este incremento es un indicador del vigor de la economía y representa un gran instrumento. Sí, seguramente para los vendedores de vehículos es un muy buen negocio.
Sin embargo, yo me pregunto cuál es el debate de fondo desde el punto de vista del país que estamos construyendo. ¿Nuestras ciudades y carreteras pueden absorber o acoger esa cantidad de vehículos?
A mi juicio, es ahí donde debemos centrar la discusión.
Por un lado, obviamente, es necesario tener políticas de inversión en materia urbana, de calles. Pero también debemos contar con una política que permita armonizar la existencia de esta cantidad de vehículos con una velocidad de tránsito adecuada. Porque, si se atropella a un peatón a 60 kilómetros por hora, es francamente imposible que no resulte muerto o que no quede severamente lesionado.
Y eso está comprobado; no admite discusión.
Entonces, estimo que este proyecto es importante, sobre todo cuando el país avanza en una política -que ha sido transversal- de fomento del uso de la bicicleta, de creación de ciclovías.
Señor Presidente , me gustaría que el Ministro pusiera atención...
El señor MONTES ( Presidente ).-
¡El señor Ministro está muy preocupado de su consulta...!
El señor DE URRESTI.-
¡De la velocidad legislativa...!
El señor MONTES ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para abrir la votación?
El señor COLOMA.-
¡No, señor Presidente!
El señor MONTES (Presidente).-
No hay acuerdo.
Continúe, señor Senador.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , por su intermedio, le comento al Ministro que, hace aproximadamente cuatro semanas, en Valdivia -la Senadora Ena von Baer también estuvo presente- se llevó a cabo una importante presentación que apuntó a la posibilidad de transformar esa ciudad en una ciudad modelo, sostenible en materia de convivencia vial, principalmente orientada a la protección de los adultos mayores. Se habló de aumentar los tiempos de duración de los semáforos y de rebajar las aceras; es decir, de establecer una serie de medidas en favor, precisamente, de las personas de la tercera edad.
A esa actividad asistió también la Primera Dama , señora Cecilia Morel .
En las discusiones que se dieron en ese contexto, se destacó que los adultos mayores requieren más tiempo para cruzar una calle y también se habló de la rebaja de las aceras, todo lo cual va en la dirección correcta.
Entonces, me parece que hay que ser coherentes.
Por lo mismo, con el debido respeto, Ministro , le pregunto cuál es la posición del Gobierno; si apoya esta iniciativa que rebaja la velocidad de tránsito en zonas urbanas; si considera que es un instrumento adecuado para evitar accidentes de adultos mayores, cuyo número aumenta crecientemente -Valdivia es una ciudad con alto índice de ellos- en todo el país.
La cantidad de jóvenes o de ciclistas atropellados con resultado de muerte, claramente, aumenta, por lo que hace sentido tratar de tener una mejor educación vial.
Señor Presidente , obviamente, vamos a apoyar esta iniciativa, porque consideramos que va en el camino correcto, pero debe ir acompañada de educación y de modificaciones desde el punto de vista de los municipios, de las direcciones de tránsito, de los juzgados de policía local y todo lo que ello signifique.
A mi juicio, es clave definir para quiénes son la ciudad y las calles: para los peatones o para los automovilistas.
Siento que ahí está el eje de discusión.
Pienso que al menos una sociedad moderna, una sociedad que protege a sus niños, a sus adultos mayores, a sus ciudadanos, ha de buscar estas fórmulas y no simplemente establecer una norma que favorezca al conductor de un vehículo.
Los vehículos se convierten en armas mortales si se aumenta su velocidad de desplazamiento en 10 o en 20 kilómetros por hora. Eso está comprobado.
Reitero que: vamos a votar a favor de esta iniciativa, porque creemos que va en el camino correcto: ayuda a salvar vidas.
Pero sería importante, señor Presidente , escuchar la opinión del Gobierno, a través del Ministro Blumel, presente aquí en la Sala, sobre este y otros proyectos que van en la misma dirección.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
El señor Subsecretario de Transportes solicita autorización para ingresar a la Sala y participar en la discusión del proyecto, apoyando al Ministro señor Blumel.
--Se accede a lo solicitado.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , quiero hacer una reflexión.
Uno puede estar equivocado en la vida; hay que ser humilde. Pero también uno puede convencer o aspirar a convencer a alguien respecto de una política pública de esta naturaleza, en donde lo que opera es el sentido común más que una regla ideológica en un sentido u otro.
Aquí existe una voluntad de reducir la velocidad de tránsito de vehículos en áreas urbanas, en la lógica de enfrentar los cambios tecnológicos en función de la infraestructura. Y para eso se dice: "Mire, como tenemos un problema en infraestructura y de convivencia respecto a determinados vehículos, busquemos una solución fácil: disminuir la velocidad permitida para transitar".
Ahora, yo pregunté por qué 50 kilómetros por hora. Y me respondieron: "No, si mejor sería 40". Sí, ahí tendríamos menos accidentes. Y, por supuesto, si fijáramos la velocidad en 30 kilómetros por hora, probablemente llegaríamos casi a la perfección.
Mis reflexiones son en el siguiente sentido, señor Presidente.
Ante todo, no es primera vez que discutimos sobre este tipo de materias, y no me refiero solo a esta iniciativa, que hemos rechazado. Me acuerdo perfectamente cuando se debatió aquí el proyecto que elevó la velocidad en las carreteras de 100 a 120 kilómetros por hora. Hubo muchos -estoy mirando a algunos- que gritaron escandalizados que cómo se iba a dar una solución de esa naturaleza sin considerar lo que ello significaría en la vida de la sociedad.
Y lo que hizo esa disposición fue forzar, incentivar que la infraestructura del país se adecuara a los tiempos modernos. A partir de esa determinación nacieron, en parte, medidas de mayor seguridad en las vías concesionadas y en las grandes carreteras.
Supongo que hoy día a nadie se le ocurriría proponer disminuir de 120 a 100 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en la carretera. ¿Por qué? Porque sabemos que la infraestructura se adecuó a los nuevos requerimientos de desplazamiento.
Les tengo una buena o mala noticia: hoy día hay más autos y camiones que antes. Pero el nivel de infraestructura no es el mismo.
Cuando el incentivo es correcto, ¿qué pasa? Se reacciona correctamente y se mejoran los lugares de desplazamiento. Y esa decisión que se tomó -no fue en este Gobierno, para que quede bien claro- significó una buena señal, aunque muy trabajosa, porque se hizo contra la voluntad de algunos.
Aquí se está repitiendo la discusión de antes. Los mismos que ahora quieren bajar de 60 a 50 kilómetros por hora, no eran partidarios de subir de 100 a 120 kilómetros por hora en aquella oportunidad, porque pareciera que la lógica de la menor exigencia es la solución a todos los problemas de este país.
Y yo pienso que no es así. A mi juicio, hay que apuntar a construir un nuevo tipo de carreteras urbanas, promover un nuevo tipo de desplazamiento, a fin de armonizar el uso de la bicicleta pacífica, el tránsito del automóvil pacífico u otro tipo de estructura que surja en el tiempo. A estas alturas no sé qué va a ocurrir.
Pero creer que este asunto es como el cuento de Don Otto , quien vendió el sofá para evitar los problemas, es un grave error. Yo pienso que lo lógico es decir: tenemos que, a lo menos, mantener estándares con una nueva realidad, y cambiar la lógica de hacia dónde debe dirigirse el incentivo.
Con todo respeto, señor Presidente, no parece una cosa tan loca afirmar que debemos tratar de generar desafíos adecuados a la infraestructura para producir un cambio de esta naturaleza.
Se me argumentó que la OCDE -institución que algunos veneran- habría dicho que la principal causa de fallecimientos era el límite de velocidad. ¡Oh, sorpresa!, entré a las difíciles páginas de ese organismo, revisé la información en este tema y encontré algo distinto: afirma que el principal problema de Chile en materia de accidentes de tránsito es el uso del celular.
¡Así que miren para arriba: lo dice la OCDE...!
En efecto, esa institución señala que el gran problema es el celular -y probablemente todos en Chile hemos cometido los mismos errores-: al no tener prácticamente ninguna restricción y al no vigilarse su uso de buena manera, produce una cantidad de accidentes muy grande. ¡Mucho más que la velocidad! Pero, de ese aspecto, el Ministerio de Transportes -el antiguo y el actual- se ha preocupado nada. Y da lo mismo la situación con que se vive el día de hoy.
Entonces, en vez de enfrentar el problema de verdad, que es el manejo descuidado, se confunde y se dice: "Pongamos más restricciones, más restricciones y más restricciones". Esa parece ser la fórmula para solucionar los problemas nuevos.
Perdóneme, señor Presidente, pero yo creo que la forma de solucionar los problemas nuevos es lo que hicieron en su momento los gobiernos: pusieron más exigencias y dijeron: "Vamos a ir adelante, a la vanguardia".
Los países líderes son los que van a la vanguardia de las nuevas ideas, no los que van en retroceso, evitando asumir que hay problemas reales.
Segundo, yo creo que esta iniciativa manifiesta un profundo desconocimiento de la realidad diversa de nuestro país, porque está hecha con una lógica metropolitana.
Por eso, no me extraña que el Senador Girardi vibre, porque él representa a la Región Metropolitana. Lo entiendo, así que no hago ninguna crítica. Pero también les digo a los otros parlamentarios: hablen con sus alcaldes. Yo consulto a mis alcaldes rurales y me preguntan si estoy loco, o si alguien lo está, porque, por ejemplo, en Pencahue -la localidad tiene solo una calle- habrá que ir bajando la velocidad. Y vamos a tener que disminuir la velocidad en los accesos a todas las ciudades.
Porque no pensemos solo en las ciudades grandes. ¡Si Chile no es pura ciudad grande! Escuchemos la voz de los alcaldes.
Aquí tomamos una decisión, a mi juicio, ante un problema real, de verdad -insisto: puedo estar equivocado-: el de cómo mejoramos la seguridad. Pero confundimos la solución al no poner el acento en mejorar la infraestructura y darles facultades a las autoridades locales para que lo enfrenten en forma inteligente.
¡Qué tienen que ver los lomos de toro con esto! Nada. Los lomos de toro son una solución que se puede instalar en muchos lugares en función de realidades precisas. Hay carreteras de distinta naturaleza que, por sus características, o porque pasan por un lugar poblado, requieren algún tipo de restricciones. ¡Quién se opone a eso!
Y si existen lugares en que los alcaldes -estoy mirando a algunos exalcaldes- plantean: "Mire, aquí hay que andar a 40 kilómetros por hora porque es peligroso", ellos tomarán esa decisión, conforme a sus concejos y escuchando la opinión de los vecinos.
Pero ¿por qué asumir que todo debe funcionar como la Región Metropolitana y bajar de 60 a 50 kilómetros la velocidad de circulación? ¡Y el creativo siguiente la bajará a 40! ¡Qué razón hay para no seguir bajando, si esa es la forma en que enfrentamos los problemas del futuro!
Por eso, señor Presidente , creo que este tema hay que discutirlo. Todos me dicen: "Oye, abramos la votación". ¡No! Hay que debatir legítimamente los asuntos que tienen que ver con la vida de los compatriotas.
Insisto: las mayorías pueden estar definidas de antemano, pero yo creo que este tema no es banal, no es baladí, no es evidente. Aquí pugnan formas de enfrentar los problemas; aquí pugnan visiones, sentidos de futuro, de dónde hay que poner los énfasis y hasta dónde hay que confiar en la autoridad local.
Yo no puedo creer, señor Presidente , que después de discutir respecto de las facultades que se deben traspasar a los consejeros regionales o a las alcaldías no seamos capaces de confiar en los alcaldes ni en la autoridad local. ¡Todo lo queremos imponer desde acá!, como si fuera un país uniforme.
Somos un país diferente, con estructura física diferente, con infraestructura también distinta. Por qué no vamos a permitir que las autoridades locales establezcan ordenanzas. Démosles flexibilidad, para que puedan bajar incluso más la velocidad en algunos lugares. Pero no: ¡todo abajo! ¿Por qué? Porque alguien dijo que esa era la forma de solucionar los problemas.
A mí me gusta más la argumentación, tratar de convencer, estar abierto a cosas más modernas. No sabemos cómo nos vamos a desplazar mañana, así que probablemente esta normativa tampoco será para toda la vida. Pero, yo por lo menos, quería exponer mi punto de vista, mi visión, los estudios que hemos realizado. Este problema lo he conversado con muchas autoridades locales porque me ha interesado, porque es un tema ciudadano, interesante, que va más allá de la contingencia, que marca algo que tiene que ver con el futuro.
Por eso, señor Presidente , yo coincido con el Senador señor García-Huidobro . Llamo a la reflexión, llamo a ver el país que estamos construyendo, llamo a diferenciar lo que parece más fácil de lo que genera incentivos adecuados.
En ese sentido, pienso que esta iniciativa no va en la dirección correcta.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
El señor Subsecretario de Transportes ha entregado un documento del COSOC del Ministerio y de distintos profesionales, doctores de diversos lugares, con argumentos a favor de aprobar el proyecto. Es bastante interesante y algunos señores Senadores podrían estudiarlo.
¿Habría acuerdo para abrir la votación?
Acordado.
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Insulza para una cuestión de Reglamento.
El señor INSULZA.-
Señor Presidente , pido que se corrija mi intervención en el siguiente sentido: la proporción entre accidentes de tránsito y homicidios no es 2 a 1, sino 4,2 a 1. Son cuatro muertes por accidentes de tránsito por cada muerte por homicidio.
Quería simplemente corregir el dato.
Muchas gracias.
El señor MONTES (Presidente).-
¡Aumentaron los muertos en este rato...!
El señor INSULZA.-
Ya que me hace bromas, le cuento que la cifra me la entregó la madre de una niñita llamada Emilia , a la cual usted debe de recordar porque tenemos una ley que lleva su nombre. Ella está afuera esperando saber qué pasa en la votación.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.
La señora VAN RYSSELBERGHE.-
Señor Presidente , cuando uno escucha esta discusión se genera la impresión de que hay posiciones distintas.
Yo creo que nadie en esta Sala discute que existe voluntad de vivir en un país más seguro, de evitar que haya accidentes de tránsito y de tener ciudades y comunas más sustentables.
Sin embargo, la forma como tratamos de llegar a ese objetivo no siempre coincide. Y no coincide porque se ha visto el problema desde un mismo prisma. Y Chile no se debe mirar de esa manera. Lo que se ve desde la Capital no es lo mismo que se ve desde las regiones. Lo que se ve en un centro urbano no es lo mismo que se ve en una comuna rural.
Hay zonas urbanas donde no existe tránsito peatonal o de bicicletas, y donde no tiene ningún sentido disminuir la velocidad.
Yo creo que nadie en su sano juicio discute que un accidente a alta velocidad tiene consecuencias letales mayores que uno que se produce a baja velocidad. Sin embargo, no todas las vías concitan el mismo riesgo de accidentes, por lo que usar una herramienta legal para normar todas las calles de todas las ciudades de Chile, pensando que son iguales, adolece de un defecto: estimar que los municipios, que tienen autonomía y la capacidad de disminuir el límite de velocidad en cada una de sus calles de acuerdo a la realidad local, están de más.
Me parece que eso es desconocer el rol de los municipios. Estos bajan el límite máximo de velocidad en las calles conforme a su realidad. Incluso autorizan la circulación a 30 kilómetros por hora en vías que pasan frente a colegios, hospitales, centros de atención de salud. Y puede ser que esto constituya un escenario mayoritario importante. Pero hay calles en las comunas que no ameritan bajar la velocidad.
Me parece que establecer una visión única y homologable a un centro urbano donde hay veredas, bicicletas, gente circulando entre centros comerciales -asumiendo que hay actividad comercial de una calle a otra-, no refleja la situación que se da en las calles de todas las localidades de Chile.
A mi juicio, tratar de regular la realidad del país desde el Parlamento obviando la existencia de gobiernos comunales es una muestra de centralismo feroz y una señal de desconfianza increíble en la capacidad de nuestras autoridades locales.
Tenemos que ser capaces de confiar en las habilidades de gestión de los alcaldes. Sin embargo, con esta iniciativa les estamos diciendo: "Ustedes no saben discriminar las calles que son importantes de aquellas que no lo son".
Acá debe efectuarse un trabajo mancomunado en el que los ediles jueguen un rol relevante. No puede ser que por ley les digamos: "¡Se baja el límite máximo de velocidad en todas las calles!". Es posible que en algunas sí se requiera, y ahí el Ministerio de Transportes, a través de sus seremías, cumplirá su papel, sin perjuicio de que se haga un trabajo en conjunto con la autoridad comunal. En tal caso, puede que ambas entidades tengan razón o que haya que avanzar más rápido. Pero creo que normar la situación por ley indicando desde el poder central a cada una de las localidades cómo debe regularse es, en verdad, una muestra de centralismo que perjudica y que no se condice con la realidad local de nuestro país.
Es cierto que nuestra tasa de accidentes es alta, pero la mayor cantidad de estos no se produce por conducir a 60 kilómetros por hora en lugar de 50, sino, tal como dijo el Senador Coloma, por manejar usando el celular. ¡Ahí el chofer ni siquiera se fija a qué velocidad va!
Probablemente, parte de lo que acá se ha señalado sea cierto, pero tratar de resolver el problema con una ley que busca homologar la realidad de todas las calles urbanas de las comunas de nuestro país es un error.
Por lo tanto, así como está presentado, me parece que el proyecto, en verdad, no soluciona la situación. Y, además, creo que invisibiliza a los gobiernos locales, en circunstancias de que nosotros siempre decimos que tenemos que darles cada vez más poder y autonomía. Hoy día les estamos quitando una herramienta que ejercen y que normalmente ejercen bien.
En consecuencia, señor Presidente, la presente iniciativa, en principio, no me gusta.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Se ha solicitado la autorización de la Sala para que ingrese al Hemiciclo el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito del actual Gobierno, señor Luis Stuven, quien viene a apoyar el proyecto.
El señor COLOMA.-
¡Pero por qué dice que viene a apoyar!
El señor MONTES (Presidente).-
¡Porque me comunican que viene a contestar los argumentos del Senador Coloma...!
El señor COLOMA.-
Entonces, no autorizo.
El señor MONTES (Presidente).-
¿No?
El señor COLOMA.-
No.
El señor MONTES (Presidente).-
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , estimados colegas, me sorprenden los argumentos de quienes me han antecedido en el uso de la palabra, porque son contradictorios al máximo. ¡Al máximo!
Fue recién el año 2002 cuando se aumentó el límite máximo de velocidad a 60 kilómetros por hora en las zonas urbanas. Hasta entonces, la tradición en nuestro país para ese límite era de 50 kilómetros por hora.
Los resultados, desde que se modificó la velocidad máxima, son más muertos. Entre 2009 y 2013, no menos de 3 mil peatones fallecieron y más de 42 mil quedaron con lesiones graves. Tenemos la mayor tasa de peatones muertos y accidentados de América Latina y de los países de la OCDE. Se incrementaron en 26 por ciento los accidentes fatales y lesiones graves por tránsito a partir del aumento de velocidad máxima de 50 a 60 kilómetros por hora en zonas urbanas.
Este Congreso, mediante una ley nacional, con el voto de las bancas de enfrente, dijo que no quería que los ciclistas anduvieran más por las veredas. Aprobamos la Ley de Convivencia de Modos para evitar el conflicto entre peatones y ciclistas. Y se resolvió que los ciclistas circularan por la calle, con excepción de los niños y los adultos mayores.
Tenemos más autos, más bicicletas circulando por un bien público que es limitado: las calles. Y por ello lo consistente, si uno deja de lado el egoísmo como conductor y pone el bien común y la vida por delante para lograr una mejor convivencia entre medios de transporte, es sacar el pie del acelerador un poco. ¡No es más que eso!
En verdad, señor Presidente , reducir el límite máximo de velocidad en zonas urbanas es una norma que debe fijarse con carácter nacional. Los alcaldes podrán, a partir de ella, disminuir dicho límite, como corresponde: en zonas escolares, en áreas de mayor riesgo.
Yo estuve buscando el letrero de 60 kilómetros por hora en Pencahue, del que nos habló un distinguido Senador anteriormente. ¡No lo encontré!
El señor COLOMA .-
¡Hablé en general!
El señor LETELIER.-
Porque en el ingreso a dicha localidad el letrero es de 50 kilómetros por hora.
Lo que quiero plantear, como razonamiento, es que esta Corporación debe pensar en el bien común de la mayoría de la población del país. Es por eso que la Ministra Hutt ha señalado la importancia de bajar el límite máximo de velocidad. Y es por eso que el Gobierno patrocinó este proyecto, partiendo por el Presidente de la República , quien entendió que el bien común es poner a la mayoría (peatones, ciclistas, ciudadanos de a pie) por delante del interés de quienes andan en vehículo en las zonas urbanas.
Por lo demás, este es un debate teórico -¡teórico!-, porque la velocidad promedio en tales zonas está por debajo de los 50 kilómetros por hora. Y en ellas los caminos que fueron hechos como carreteras para circular a mayor velocidad van a seguir teniendo una excepción. Estas vías quedan excluidas de la norma que se propone, debido a que así lo establece la legislación y, por ende, habrá caminos en centros urbanos que van a tener velocidades por sobre los 50 kilómetros por hora.
Pero la regla general es que las calles son estrechas, están saturadas y los ciclistas son cada vez más. Y la idea es que los automovilistas podamos vivir un poco más lento, llegando quizás a nuestro destino unos tres minutos después, a cambio de la posibilidad de salvar vidas.
¡Se duplica la cantidad de muertos por accidentes graves a causa de 10 kilómetros más en el límite máximo! Ese es el dato objetivo. Y nosotros estamos llamados a legislar en función del bien público.
Señor Presidente, esta iniciativa tiene que ver con la convivencia de modos de transporte, no con las atribuciones de los alcaldes. A mí me parece que esa argumentación significa ir a un federalismo extremo.
Y cuando se la escuché a mi colega representante de Pencahue, quien normalmente cree en el Estado unitario, relativizando su postura frente al federalismo, al punto de llegar a plantear que los municipios son gobiernos que cuentan con facultades al extremo, pensé en lo inadecuado de esa mirada.
El señor COLOMA .-
¿Por qué habla de federalismo?
El señor LETELIER .-
¡Yo sé que se ofusca cuando uno le recuerda su amor a Pencahue...! Pero, como Su Señoría puso el ejemplo, solamente quería recordarle que hay normas nacionales, y que la propuesta es una típica disposición de ese carácter.
Lo mismo ocurre con las velocidades máximas en carreteras. Si estas tuvieran mejores estándares de seguridad, como lo planteó el Senador García-Huidobro en otro momento, los topes deberían subir. Pero aún no tenemos esos estándares.
Señor Presidente, votaré a favor de este proyecto de ley, que es una de las pocas iniciativas que han surgido de una participación ciudadana excepcional.
En ese sentido, agradezco los documentos que nos ha hecho llegar el Subsecretario de Transportes , porque, entre las cosas increíbles que fundamentan esta proposición legislativa -es bueno saberlo-, está una encuesta de opinión que refleja lo que piensan los jóvenes, los ciudadanos de a pie de este país. El 71 por ciento de los encuestados cree que es una buena medida; el 20 por ciento, que es irrelevante, y el 9 por ciento, que es una mala idea.
Lo más importante es ver la cantidad increíble de organizaciones que promovieron la medida. Más de 50 instituciones de diferentes comunas participaron en su promoción. Y me parece que es tiempo de escuchar a los ciudadanos en algo tan básico como volver a la norma que es común en todos los países de la OCDE y que fue la que existió antes en nuestro país. Se ha demostrado que en los últimos 16 años el haber aumentado la velocidad ha significado muchas muertes y lesiones graves que podrían haberse evitado si no hubiésemos subido el límite de 50 a 60 kilómetros en las zonas urbanas.
Volver a los 50 kilómetros por hora es proteger, a mi juicio, el bien común.
He dicho.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Solicito autorización para que haga uso de la palabra el señor Subsecretario de Transportes .
Acordado.
Tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor DOMÍNGUEZ ( Subsecretario de Transportes ).-
Señor Presidente , voy a hacer un pequeño resumen del documento que les he entregado.
Chile es un país poco seguro para transitar en sus calles, avenidas, caminos y carreteras. Al año, se producen cerca de 12 muertes en siniestros de tránsito por cada 100 mil habitantes, un valor muy superior al de los países con mejores prácticas en seguridad vial, que son los de la OCDE.
La cifra de muertos por siniestros de tránsito aproximadamente triplica el número de muertes por homicidios. Sin embargo, los siniestros de tránsito y sus consecuencias reciben menos atención y han sido, de alguna forma, "naturalizados" en el imaginario colectivo.
Con todo, debería ser una prioridad para el país abordar de forma contundente el tema de la seguridad vial, por todos los costos sociales y de salud pública que tienen los siniestros de tránsito y porque en Chile hay un amplio margen de acciones de mejora. Una de ellas es la reducción y fiscalización de la velocidad máxima en áreas urbanas.
En el estudio de los siniestros de tránsito se debe distinguir entre dos variables relevantes: la probabilidad de ocurrencia de un siniestro y la severidad del mismo, entendida como su nivel de gravedad en términos de heridos leves, graves, muertos y daño material. Ambas variables están directamente relacionadas con la velocidad de los vehículos motorizados, y esta relación es explicada por las leyes de la física elemental.
Con respecto a la probabilidad de ocurrencia de un siniestro, una vez que un objeto es identificado y el conductor decide frenar, la distancia de frenado depende de la velocidad, elevada al cuadrado. Dependiendo de las condiciones del pavimento, de las condiciones climatológicas y del tiempo de reacción del conductor, un vehículo que circula a 60 kilómetros por hora necesita entre 8 y 19 metros más para detenerse que un vehículo que circula a 50 kilómetros por hora.
En síntesis, los estudios reportan una reducción significativa en el número de siniestros graves de tránsito y de muertes cuando se reduce el límite de velocidad urbano de 60 a 50.
Quiero recordar que la Ley de Tránsito faculta a los municipios, en zonas urbanas, y a las direcciones de vialidad, en zonas rurales, para aumentar o disminuir las velocidades máximas de forma excepcional y siempre que se dé cumplimiento a los criterios establecidos en el Manual de Señalización de Tránsito.
En el caso de que se apruebe el proyecto, señor Presidente , anuncio que presentaremos una indicación para regular de mejor manera las facultades de los municipios. Para ello tenemos, eventualmente, tres alternativas: por ejemplo, podemos reemplazar la exigencia que se le otorga al Ministerio por un estudio de CONASET; podemos modificar el procedimiento establecido en el Manual de Señalización de Tránsito, sobre todo en la parte referida, justamente, al estudio que he citado, o bien establecer, en el artículo 146, un inciso que establezca parámetros más objetivos.
Gracias, señor Presidente.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
A usted, señor Subsecretario .
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Elizalde.
El señor ELIZALDE .-
Señor Presidente , llama la atención que los opositores a esta iniciativa se hayan negado a que se abra la votación. En todos los proyectos del último tiempo las votaciones se abrieron mientras se realizaba el debate.
Pareciera que estuviéramos discutiendo un tema de principios, conforme a la visión dogmática que plantean quienes se oponen a esta propuesta. Y tienen razón: es un tema de principios, porque el proyecto hace la diferencia. ¡Es un proyecto que salva vidas!
Por eso, es lamentable que quienes se oponen desconozcan los estudios técnicos, la opinión de los expertos y las leyes básicas de la física. La velocidad tiene un impacto directo en el número y gravedad de los accidentes de tránsito. Estudios comparados indican que la disminución de la velocidad se traduce en una reducción del número de accidentes.
Por cierto, la gravedad depende de la energía con que se produzca el impacto que provoca el accidente: a menor velocidad, aquella disminuye. Y las probabilidades de morir y de sobrevivir dependen de la velocidad del impacto.
Hay una relación directa entre velocidad, número de muertes y severidad de los accidentes.
Por mi parte, recomiendo leer los antecedentes que se han distribuido a propósito de este proyecto, los cuales dan cuenta del apoyo de todos los expertos en la materia, y los estudios internacionales que se han realizado al respecto, los que plantean la serie de prejuicios conforme a los cuales se ha fundado la voz de quienes se oponen a la iniciativa.
El primero es que la disminución de la velocidad se va a traducir en un aumento de los tiempos de viaje. Los estudios refutan este temor. Un seguimiento con GPS en Sidney, Australia, en las zonas con límite de velocidad, mostró que quienes lo excedieron tuvieron un ahorro de tiempo de entre 1 y 2 por ciento. Parece contraintuitivo. ¿Cuál es la razón? Muy simple: en zonas urbanas, el tiempo de traslado depende de los flujos de los demás vehículos, de las intersecciones y, por cierto, de los semáforos.
Por tanto, creer que la mantención de los 60 kilómetros por hora va a significar un porcentaje similar al de los 50 kilómetros para reducir los tiempos de viaje es una falacia, conforme lo señalan los estudios.
En segundo lugar, se plantea que hay un problema en la fiscalización.
En Chile tenemos un enorme desafío en esta materia. La fiscalización no es suficiente; se requiere perfeccionar la ley en general para no generar incentivos perversos respecto de la forma en la cual se fiscaliza. Y es necesario incorporar nuevas tecnologías que garanticen que todos los automovilistas cumplamos con las normas del tránsito, particularmente las relativas a los máximos de velocidad.
Se ha planteado también que las municipalidades tienen la facultad de reducir, en determinadas zonas, el límite de velocidad. Y eso es efectivo, pero no suficiente, por una razón muy simple: porque, al ser una medida de carácter excepcional, requiere señalética y un gasto adicional que muchas veces los municipios no están en condiciones de realizar.
Resulta mucho más sensato y sencillo disminuir por ley el límite de velocidad en zonas urbanas a 50 kilómetros por hora y, sobre esa base, mantener la atribución que tienen las municipalidades para reducir aún más el límite cuando se trata de zonas donde hay escolares, tránsito de peatones, y que requieren, por tanto, un manejo con mayor cuidado.
Se puede plantear también el mejoramiento de la tecnología, de las nuevas técnicas de frenado que se aplican a los automóviles. La verdad es que hay una norma básica: por más que aumente la tecnología, a menor velocidad se requiere menos distancia para lograr frenar completamente un vehículo.
Asimismo, los sistemas de protección que incorporan nuevas tecnologías consideran, principalmente, la seguridad de quienes van arriba de un automóvil, no la de quienes van abajo: los peatones, que son las principales víctimas de estos accidentes.
Este proyecto de ley no resuelve, obviamente, todos los problemas que existen en este ámbito, pero contribuye a ello de manera sustantiva. Se requiere acompañar estas iniciativas con más y mejor educación cívica para el cumplimiento de las normas de tránsito y, por cierto, financiamiento de redes viales más amigables y seguras para los peatones. También se precisa un cambio en el paradigma de la programación de los semáforos, particularmente para que los vehículos que transitan a una velocidad óptima, bajo el límite establecido -50 kilómetros por hora-, puedan desplazarse sin necesidad de estar deteniéndose a cada rato.
Pero, señor Presidente , reitero lo que señalé al principio de mi intervención: ¡Este proyecto salva vidas! Y lamento el dogmatismo y la falta de rigurosidad técnica de quienes se han opuesto a esta iniciativa, desoyendo incluso la voz del Gobierno.
Muchas gracias.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Hay seis señoras Senadoras y señores Senadores que todavía faltan por hacer uso de la palabra.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
¡Podemos seguir mañana...!
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Claro, podemos seguir mañana...
Y como las intervenciones son de hasta diez minutos, no sé si a la Sala le parece bien o estima conveniente abrir la votación manteniendo los tiempos.
¿Habría acuerdo en ese sentido?
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor BIANCHI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.
La señora RINCÓN.-
Señor Presidente , la verdad es que quiero agradecer al Subsecretario de Transportes por el documento que nos ha acompañado. Está bastante completo y resumido. Espero que lo respalden, Subsecretario , pese a que no ha compartido la mirada de algunos Senadores que están en contra de esta iniciativa.
El Senador Elizalde ha dado cuenta de muchos de los argumentos que íbamos a ocupar. Pero deseo agregar que cuando uno mira en Internet -aquí la votación me jugó una mala pasada- lo que ocurre en otros países de Latinoamérica, se da cuenta de que los límites de velocidad en carreteras, en autopistas y en zonas urbanas son distintos. Incluso dentro de las zonas urbanas se fijan límites. Algunos de esos países los establecen en 40 kilómetros por hora y los distinguen dependiendo de la zona de que se trate: escuelas, hospitales, áreas de tránsito de peatones.
En consecuencia, argumentar que esta medida no es necesaria o que no se condice con los tiempos de hoy parece, a la luz de los antecedentes que el propio Gobierno nos entrega y que respaldan los expertos y las distintas organizaciones, algo que se aleja de lo que han hecho los países modernos, donde las cifras son claras y contundentes.
El efecto de reducir solo 10 kilómetros por hora, es decir, de 60 a 50, es importante por las consecuencias en porcentaje que eso significa tanto en accidentes fatales como con resultado de lesiones.
Se ha mencionado lo que ello implica desde el punto de vista de los tiempos de viaje, señalándose que dicha reducción no es relevante desde la perspectiva del impacto que tiene en quienes nos movemos en vehículos. Sin embargo, mirado lo que se propone sobre la base de la seguridad o inseguridad que las calles presentan, claramente esta reducción tiene sentido.
Señor Presidente , los tiempos cambian, pero hay algo que nadie puede debatir: la gravedad y la física no tienen rival. La velocidad es un agente de riesgo si no se controla y no se le pone límites.
Por consiguiente, el llamado que se hace en la moción que estamos discutiendo hoy día es a eso: a que seamos conscientes de lo que significa el exceso de velocidad y lo que puede traer aparejado.
Se aludía al tema de los lomos de toro y se hacía casi una mofa de ellos. ¿Pero cuántos en esta Sala no hemos sido conminados a gestionar ante el municipio y las seremías de Transportes un lomo de toro en determinada calle?
En esta Sala hay varios exalcaldes que podrían dar cuenta de lo que significaba en su gestión la solicitud de un lomo de toro por el riesgo que representaba para los niños y las personas mayores la velocidad a la que transitaban los vehículos. ¡Y 60 kilómetros por hora es una velocidad alta! Los estudios respaldan esto; además, las consecuencias del impacto para los peatones cambian teniendo en consideración el daño que se puede provocar.
Entonces, señor Presidente, lo relativo a los lomos de toro no es una petición que no tenga que ver con este tema, sino que va de la mano con el exceso de velocidad de los vehículos en nuestras ciudades.
Por lo demás, para un municipio realizar un estudio de calles para limitar la velocidad no es un asunto menor. Porque, a lo mejor, una comuna grande, donde sobran los recursos, puede enfrentar eso. Sin embargo, quienes conocemos -y aquí hay varios que han sido intendentes- la realidad de los distintos municipios y la falta de técnicos, sabemos que el poder hacer aquello no es una tarea trivial. Así que para los municipios pequeños, como Pencahue, Romeral , Molina o Pelluhue, lugar este último donde hace años hubo un accidente trágico y fatal, con consecuencias de muerte, no es menor este tema.
Finalmente, señor Presidente , quiero felicitar al Subsecretario de Transportes por los antecedentes que nos ha entregado. Y, junto con eso, deseo pedirles a mis colegas que respalden la iniciativa que presentamos, porque, en lo que respecta a las consecuencias derivadas de accidentes de tránsito, 10 kilómetros por hora menos pueden hacer la diferencia en un niño, en una persona adulta, en un discapacitado, tanto en lo concerniente a su vida como en el impacto que pueden sufrir.
Gracias.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Hago presente que se han inscrito más señores Senadores. No sé si a Sus Señorías les parece que, como estamos en votación, la Mesa otorgue los cinco minutos que corresponde a la fundamentación del voto, y si alguna señora Senadora o algún señor Senador requiere más tiempo, por supuesto que se le puede conceder, en el entendido de que todavía quedan cerca de siete oradores por intervenir.
Acordado.
Por tanto, Sus señorías podrán hacer uso de los cinco minutos correspondientes a la fundamentación de voto.
Tiene la palabra el Honorable señor Víctor Pérez.
El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente , he escuchado el debate atentamente y creo que la mayoría de los señores Senadores y señoras Senadoras que están dispuestos a votar a favor han validado una mala argumentación. Ellos han dicho que están a favor de la vida, que están a favor de que a la gente no la atropellen, que están a favor de que los autos no anden tan rápido. Y, por lo tanto, eso significaría que quienes nos pronunciáramos en contra estaríamos votando a favor de que a la gente la atropellaran, a favor del número de muertos, a favor de la velocidad.
¡Esa es una muy mala argumentación, porque es absolutamente falsa y no tiene ninguna razón ni fundamento!
Señor Presidente , la mayoría de los alcaldes, particularmente de provincias, se queja en forma permanente de que en materia de tránsito prácticamente no tienen atribuciones, de que todo depende de las secretarías regionales ministeriales de Transporte -por ejemplo, en la comuna de Los Ángeles no hay fiscalizadores en la Seremía de Transportes, y el transporte público es una situación caótica-, y quieren tener facultades para resolver los problemas de tránsito.
¿Cuál es la argumentación que nos dan? Que algunos municipios son pequeños -Los Ángeles, por cierto-, y como son pequeños no tienen técnicos y, en consecuencia, hay que decirles qué hacer. ¡Mala argumentación! Porque en nuestro país se han dictado numerosas normativas y los accidentes continúan; se han dictado muchas leyes estrictas y los accidentes continúan. Por lo tanto, la solución a los accidentes de tránsito no es que se dicte una norma, sino que apliquemos políticas públicas que verdaderamente tengan presente la realidad en el ámbito donde se desarrolla el tránsito. Y esa es la comuna, el municipio.
Nosotros no queremos más accidentes de tránsito, sino menos accidentes de tránsito, menor velocidad y no mayor velocidad. Pero deseamos que esas normas las dicten, las implementen, las lleven adelante quienes conocen la ciudad, aquellos que conocen la comuna. Porque, señor Presidente , es muy distinta una ciudad que tiene carreteras, que cuenta con pasos sobre nivel, con pasos bajo nivel, que otra que carece de todo eso, donde hay calles estrechas. Ese alcalde, ese municipio, con su director de tránsito, a lo mejor tendrían que tomar medidas muy distintas de las que iluminadamente queremos imponer aquí, creyendo que al bajar un guarismo nuestra conciencia estará más tranquila pues con ello demostraremos estar a favor de la vida y en contra del exceso de velocidad y de los atropellos.
En mi opinión, si algunos colegas quieren quedar con la conciencia tranquila, este es un mal camino.
Reitero: ¿cuántas normas de tránsito hemos impuesto desde el Parlamento sin que las cifras de accidentes, de muertos y de atropellamientos hayan bajado? Porque son las políticas públicas las que afectan directamente a estas situaciones, y estas deben enfrentarse otorgando atribuciones a quienes verdaderamente se encuentran al tanto de la realidad que viven las comunas. Por muy pequeñas que estas sean, sus alcaldes conocen sus calles, la situación de sus peatones y, por lo tanto, pueden adoptar las medidas adecuadas.
Y si un alcalde no cuenta con recursos para que el municipio correspondiente funcione, bueno, hay que apoyarlo con el instrumental necesario para que disponga de la capacidad para tomar esas decisiones.
Anteriormente puse como ejemplo a la comuna de Los Ángeles, una ciudad mediana, cuya municipalidad no tiene ninguna posibilidad de regular el transporte público de pasajeros ni el transporte pirata que allí existe. ¿Por qué? Porque solo le hemos otorgado atribuciones al Ministerio de Transportes o a las secretarías regionales ministeriales, ¡y a ese municipio absolutamente nada!
Si seguimos dándoles la espalda a las municipalidades, si seguimos dándoles la espalda a quienes conocen las ciudades, no vamos a bajar las cifras lamentables de accidentes.
Finalmente, quiero señalar que deploro profundamente los accidentes. He sufrido tal situación. Por lo tanto, creo que las medidas deben ser absolutamente distintas de una mera disposición legal que ordene a todo el país una uniformidad que no responde a la realidad de las diferentes comunas y ciudades.
Gracias.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, la verdad es que me sorprende el debate que se ha dado en torno a este proyecto.
Probablemente los señores Senadores se han fijado exclusivamente en el artículo 145 que se está modificando. Pero quiero señalarles que esta materia se encuentra regulada en los artículos 144, 145 y 146 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2009.
En esos tres artículos se da total respuesta a las dudas que aquí se han planteado, porque la norma de velocidad de 60, o de 50 kilómetros, como se pretende fijar ahora, no es la regla general, ¡no es la regla general!
La ley no dice que la gente debe conducir a 60 o a 50 kilómetros por hora.
La norma general es la del artículo 144, que indica que el conductor debe circular a una velocidad razonable y prudente atendidas las condiciones del tránsito y los riesgos que ello conlleve.
O sea, se refiere al riesgo.
Asimismo, quiero comentar a los señores Senadores -por su intermedio, señor Presidente - que, así como yo fui alcalde y conozco el tema en discusión, también ejercí por muchos años la abogacía, y me consta que en los juzgados de policía local se tramitan miles de juicios para establecer la responsabilidad de los conductores que no se basan en el artículo 145, respecto de la velocidad máxima de 60 kilómetros, sino en el 144. Porque lo que el juez esclarece primero es si el conductor fue razonable y prudente, atendidas las circunstancias del tránsito, y no la velocidad a la cual se desplazaba.
¿Cuándo entra a regir la velocidad de los 60 kilómetros por hora? Lo dice el artículo 145: cuando no exista riesgo, la velocidad podrá ser hasta de 60 kilómetros por hora.
Por lo tanto, esa norma es subsidiaria de la primera, que no establece límites ni para arriba ni para abajo, porque le exige al conductor una conducta razonable y prudente atendidas las circunstancias. De consiguiente, podrá andar a más de 60 o a menos de 60, dependiendo de las condiciones del tránsito.
¡Esa es la primera norma!
Y la segunda disposición indica que cuando no hay riesgo existe un límite: 60 kilómetros por hora.
Lo que aquí estamos haciendo es bajar la velocidad de 60 a 50 cuando no exista riesgo.
Pero lo consignado en el artículo 146 es absolutamente contrario a lo que se ha señalado respecto de las facultades de las municipalidades, pues su texto dice que ellas, en la parte urbana, y la Dirección de Vialidad, en la parte rural, podrán subir o bajar el límite de 60 kilómetros en una arteria o en determinado camino.
De tal manera que si nosotros bajamos a 50 y la municipalidad, con los estudios respectivos, estima que ahí se puede ir a 80, entonces la municipalidad determinará que se vaya a 80 kilómetros por hora. Y si la municipalidad, con sus estudios, dice que en vez de 50 es posible ir a 60, también lo podrá hacer.
Entonces, no es una norma uniforme, homogénea para todo Chile, porque esta facultad recae en las municipalidades y en la Dirección de Vialidad, según la Ley de Tránsito.
En consecuencia, señor Presidente , lo que hacemos aquí es bajar de 60 a 50 la velocidad contenida en una norma subsidiaria a la señalada en el artículo 144, que se refiere a la teoría del riesgo en la conducción de los vehículos motorizados, manteniendo absolutamente incólume la facultad de las municipalidades para subir o bajar ese límite en cualquier parte en las zonas urbanas, y de la Dirección de Vialidad en las zonas rurales.
Me parece que este es un proyecto absolutamente lógico al disminuir la velocidad de 60 a 50 kilómetros por hora mediante una norma subsidiaria, porque el resto queda completamente vigente. Y, por ende, todos los alcaldes de Chile podrán hacer uso de una facultad establecida hace muchos años en el artículo 146 de la Ley de Tránsito.
Vuelvo a insistir: en los Juzgados de Policía Local la cruda realidad nos dice que lo que se aplica es la norma del artículo 144, que alude a la teoría del riesgo y de la conducción prudente de los conductores.
Por lo tanto, voto favorablemente este proyecto.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Aravena.
La señora ARAVENA.-
Señor Presidente, primero, quiero felicitar a la Ministra de Transportes por apoyar este proyecto. Y, luego, dar un fundamento desde la práctica.
En mi carrera profesional me he desempeñado por alrededor de 15 años en municipios pequeños de la Región de La Araucanía, y la verdad es que la Dirección de Tránsito de la zona con suerte cuenta con tres funcionarios que hacen lo que pueden con los permisos de circulación y con la instalación de algunos letreros con los pocos recursos de que disponen.
Entonces, me gustaría que en las calles de cada una de las comunas de mi región existieran letreros que indicaran "disminuya la velocidad" o "máximo 30, 40 o 50 kilómetros por hora", porque en la realidad no existen.
¡Los invito a recorrer la zona!
Creo que en Temuco, en Villarrica y en Pucón con suerte podrán encontrarlos. En el resto de las 32 comunas ello no ocurre.
Entonces, efectivamente, esta norma viene a asegurar una condición que no es igualitaria. Tal como ha dicho el resto de los Senadores del país, aquí hay comunas muy pobres, que no poseen la capacidad para regular esto.
Por lo tanto, como la vida es prioritaria -creo que aquí nadie discute eso-, siento que mientras no haya una mejora en la gestión municipal, porque debemos reconocer que no todos los municipios son iguales, esta normativa en análisis vendrá en resguardar no solo la vida de los transeúntes sino también la de todos los que se movilizan en bicicleta (estamos promoviendo la vida sana con programas de Gobierno vinculados a ello), así como a asegurar a quienes transitan en nuestras calles que la velocidad del impacto será un poco menor en caso de accidentes.
En consecuencia, estoy absolutamente de acuerdo con este proyecto.
Muchas gracias.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.
La señora PROVOSTE.-
Señor Presidente , coincido plenamente con lo que ha señalado en su intervención el Senador Francisco Huenchumilla , pues hay quienes intentan poner en esta discusión, que busca bajar el límite de la velocidad en zonas urbanas de 60 a 50 kilómetros por hora, que si estamos de acuerdo en establecer esta norma general para el país, no reconocemos la capacidad que posee cada uno de los municipios respecto a esta materia.
Creo que la intervención del Senador Huenchumilla ha dejado muy claro que esta es una facultad que tienen y que conservarán los municipios, pero que es necesario establecer no solo a la luz de las que han sido buenas prácticas, sino también de mucha evidencia que el propio Gobierno ha expuesto en este Hemiciclo a través del Subsecretario.
Plantear como crítica que los municipios pueden disminuir la velocidad máxima en zonas urbanas implica ignorar la existencia de una atribución actual de ellos, que no la pierden en este proyecto.
La idea es tener una norma nacional que establezca la velocidad mínima en zonas urbanas.
Señor Presidente , durante la discusión de esta iniciativa se ha señalado que hoy existen avances en las tecnologías de frenado, mejores dispositivos de seguridad en los vehículos, y que, por lo tanto, ya no es necesario reducir el límite de la velocidad máxima.
Es cierto que los vehículos equipados con tales dispositivos van a enfrentar con mayor protección para sus ocupantes cualquier accidente. Sin embargo, ese argumento ignora el hecho de que también deben estar resguardados los usuarios del sistema vial, especialmente los más vulnerables, los ciclistas y los peatones que se espera sean los más beneficiados con la reducción del límite de velocidad máxima.
Esta iniciativa, señor Presidente , se enmarca en una discusión que el Parlamento tuvo durante largo tiempo a propósito de un proyecto anterior en el que se consideró asimismo la reducción de la velocidad máxima. Pero, sobre todo, pone la mirada en la necesidad de mejorar la convivencia entre los distintos medios de transportes, protegiendo a los más vulnerables, como los ciclistas, los peatones. Y, para lograr este objetivo principal, se procura disminuir la velocidad máxima en zonas urbanas a nivel nacional y, por tanto, establecer la responsabilidad del Estado en el sentido de fijar un límite seguro para la circulación en zonas urbanas.
Queremos agradecer a muchos que han contribuido con sus conocimientos. Particularmente, al Departamento de Ingeniería Civil, División de Ingeniería de Transporte, de la Universidad de Chile; al Departamento de Ingeniería , Transporte y Logística de la Universidad Católica; al área de Ingeniería y Transporte de la Universidad de Concepción; a las más de sesenta organizaciones de la sociedad civil de nuestro país, que han participado activamente para sensibilizar, para generar conciencia, pero, sobre todo, para estimular que el Estado asuma la responsabilidad regulatoria por la vía de establecer un límite seguro para la circulación en zonas urbanas.
Por eso, voy a apoyar con entusiasmo este proyecto de ley.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , en el año 2002 Chile tenía un parque automotriz 40 por ciento menor que el actual. No había kilómetros de ciclovías. Existía consenso en que la gente quería llegar más rápido a su lugar de destino. Y en la ley aumentamos la velocidad en zonas urbanas de 50 a 60 kilómetros por hora.
De acuerdo con las estadísticas que nos entrega la CONASET, al año siguiente, en 2003, los accidentes de tránsito en zonas urbanas cuya causa puede atribuirse a velocidad inadecuada aumentaron en 29 por ciento. La cifra de fallecidos se incrementó en 25 por ciento.
A más velocidad se reduce el tiempo para reaccionar de manera preventiva accionando el freno. Y esto se traduce en una mayor distancia recorrida antes de detener el vehículo.
Si un niño aparece a 36 metros -dice la CONASET-, lo más probable es que el conductor que viaja a 70 kilómetros por hora lo mate; si lo hiciera a 60 kilómetros lo dejaría herido; y si condujera a 50 evitaría el atropello.
Esa es, en mi opinión, una estadística determinante a la hora de tener en cuenta el porqué queremos reducir la velocidad máxima en zonas urbanas.
Se ha comprobado en diversos estudios que 90 por ciento de los peatones involucrados en un accidente de tránsito sobreviven al ser atropellados cuando un vehículo se desplaza a 30 kilómetros por hora; que 20 por ciento sobrevive cuando la conducción es a 50 kilómetros por hora, y que menos de 10 por ciento sobrevive si el vehículo se desplaza a 60 o más kilómetros por hora.
Entonces, estamos hablando de que una reducción de la magnitud planteada sí tiene una implicancia real, comprobada estadísticamente, en la reducción de los índices de mortalidad en los accidentes de tránsito.
Diversos estudios realizados en Australia establecen que al reducir la velocidad en zonas urbanas de 60 a 50 kilómetros por hora, que es lo que estamos haciendo con el proyecto en debate, el resultado fue una disminución de 5 kilómetros de la velocidad crucero, mientras que los tiempos de viaje se incrementaron en menos de 10 segundos (se trata de un promedio de la población australiana). Y la conclusión es que ese pequeño aumento en el tiempo de viaje prevendría en dicho país 3 mil accidentes con vidas humanas involucradas y 12 mil accidentes con daños materiales.
Es decir, si aprobáramos esta iniciativa -las estadísticas del año 2002 nos dicen que al aumentar la velocidad creció el número de accidentes- deberíamos tener un efecto inverso.
Por tanto, el planteamiento de que deben regular los municipios lo comparto.
¡Tomemos medidas ahora!
Entreguemos a las municipalidades la fijación de la velocidad máxima de 50 kilómetros por hora y seamos capaces de reformar profundamente sus facultades para que apliquen la norma correspondiente en todas las zonas urbanas de sus comunas.
Yo diría que en muchos sectores urbanos el problema no lo provoca tanto la velocidad: son los autos estacionados los que impiden el libre desplazamiento de los vehículos e imposibilitan ver al peatón que sale de repente por entremedio de los autos aparcados en cualquier lugar de la calzada.
En esas vías la municipalidad debiera prohibir el estacionamiento vehicular. Son múltiples las medidas que ella podría tomar para bajar el nivel de accidentabilidad y reducir el riesgo de morir atropellado.
Entonces, señor Presidente, en este proyecto solo hay beneficios.
Si algunos Senadores consideran que debe haber una facultad de los municipios, ¡completamente de acuerdo! Discutamos en forma breve una iniciativa de ley sobre el particular.
En la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, que presido, estamos haciendo un texto misceláneo en que hemos incorporado 24 modificaciones a preceptos de la Ley de Tránsito. Se trata de ajustes que perfeccionan ese cuerpo normativo. Entre ellos, el que permite virar con luz roja, siempre y cuando no esté prohibido; el que establece en la Ley del Tránsito la prohibición de fumar cuando se conduce; el que impone a los ciclistas la obligación de usar chalecos reflectantes durante la noche, etcétera.
Además, se sanciona el manejo en forma temeraria.
¡Quién no ha visto a un automovilista adelantar, cruzar una calle temerariamente!
Para el manejo temerario hoy día no existe sanción, salvo que un testigo denuncie al conductor ante la policía. Pero cuando se logra detenerlo, sucede que el carabinero, quien es el ministro de fe, no presenció la acción temeraria. Entonces, la persona que hizo la denuncia no va a declarar, pues no tiene tiempo, no quiere hacerse problemas, en fin.
El manejo temerario debe sancionarse, al igual que la actitud...
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
Su Señoría dispone de un minuto más.
El señor NAVARRO .-
Gracias.
Señor Presidente , decía que también debe sancionarse la actitud cobarde del conductor que huye después de un accidente, pues la víctima queda sin el seguro para terceros.
En Chile, en más del 50 por ciento de los accidentes la gente no cobra el seguro porque tiene desconocimiento acerca del conductor del vehículo involucrado.
Entonces, yo voy a votar a favor. La medida es beneficiosa. Luego iremos a la cuestión de fondo: si les damos facultades a los municipios. Yo estoy de acuerdo en otorgárselas. Sin embargo, no es el motivo del proyecto. Este plantea una medida inmediata con una fundamentación cierta y necesaria.
Voto que sí.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor BIANCHI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (27 votos a favor y 8 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Galilea, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latolatorrerre, Letelier, Montes, Navarro, Ossandón, Prohens, Pugh, Quintana y Soria.
Votaron por la negativa las señoras Ebensperger, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Coloma, Durana, García-Huidobro, Pérez Varela y Sandoval.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Esta iniciativa quedará aprobada también en particular, pues nadie solicitó plazo para formular indicaciones.
--El proyecto queda aprobado asimismo en particular por no haber sido objeto de indicaciones.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Habiendo terminado el Orden del Día, levantaré...
El señor COLOMA.-
Perdón, señor Presidente.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , puede ser un error, pero yo entendí que el Gobierno había planteado que, en el evento de aprobarse el proyecto, se podía generar una facultad para que los municipios aumentaran la velocidad.
Por eso, yo estimé que se iba a hacer la indicación correspondiente.
Pido plazo de una semana...
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
No, señor Senador. No hubo ninguna petición para fijar plazo de indicaciones. Por eso aprobamos el proyecto en general y en particular.
El señor COLOMA.-
Lo planteó el Ejecutivo .
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
No.
Las indicaciones deben llegar por escrito, pero no se procedió de esa manera.
El señor COLOMA.-
Está bien.
Yo entendí que el Gobierno lo había planteado.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Hice la pregunta correspondiente, pero nadie solicitó plazo para presentar indicaciones.
Como Su Señoría bien sabe, el plazo para tal efecto lo puede pedir un Senador. No se requiere que lo haga el Ejecutivo .
El señor COLOMA.-
Yo pensé que estaba pedido. A eso me refería, señor Presidente .
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
No se solicitó, señor Senador.
)-----------(
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Habiéndose cumplido su objetivo, levantaré la sesión, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
De la señora ALLENDE:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, consultándole acerca de PROTOCOLOS DE CARABINEROS PARA CONTROL DE IDENTIDAD A MENORES Y ACCIONES PARA INVESTIGACIÓN Y DETERMINACIÓN DE RESPONSABLES DE HECHOS DENUNCIADOS EN COMUNA DE ERCILLA.
Del señor CASTRO:
Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole antecedentes sobre DENEGACIÓN DE DERECHO A DEFENSA DE FUNCIONARIO JAVIER GUTIÉRREZ BUSTOS E INSTRUCCIÓN DE MEDIDAS PARA REVERTIR DECISIÓN EN CASO DE QUE PROCEDIERE.
Del señor CHAHUÁN:
A los señores Directores de los Servicios de Salud Valparaíso-San Antonio, Viña del Mar-Quillota y Aconcagua, para que informen con respecto a CONDICIONES DE RECEPCIÓN DE SERVICIOS DURANTE ACTUAL GOBIERNO EN CUANTO A INVERSIONES HOSPITALARIAS Y ASISTENCIALES, LISTAS DE ESPERA GES Y NO GES, DEUDAS HOSPITALARIAS Y BRECHAS DE FUNCIONARIOS Y ESPECIALISTAS.
Del señor DE URRESTI:
Al señor Ministro de Educación, pidiéndole informar acerca de MANTENCIÓN DE BENEFICIO DE GRATUIDAD POR CAMBIO DE CARRERA, NÚMERO DE ALUMNOS EN ESTA CONDICIÓN Y SITUACIÓN PARTICULAR DE CRISTÓBAL BARRÍA PLASENCIA, ESTUDIANTE DE VALDIVIA.
Al señor Ministro de Obras Públicas, con el fin de que remita antecedentes relacionados con PROYECTO DE DOBLE VÍA PARA ACCESOS NORTE Y SUR DE VALDIVIA: CRONOGRAMA, ESTADO ACTUAL Y REANUDACIÓN DE MESA DE TRABAJO CIUDADANA.
Al señor Ministro de Salud, para que remita información sobre RETRASO EN EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE HOSPITALES COMUNALES COMPROMETIDOS EN CONVENIO DE PROGRAMACIÓN CORE LOS RÍOS-MINSAL, Y ACCIONES PARA SUBSANAR TAL SITUACIÓN.
A los señores Ministro de Minería y Director Nacional de Servicio Nacional de Geología y Minería, solicitándoles antecedentes relativos a EXPLORACIONES, PROSPECCIONES Y CONCESIONES MINERAS AUTORIZADAS EN COMUNA DE VALDIVIA EN ÚLTIMOS DIEZ AÑOS.
Al señor Ministro de Bienes Nacionales, pidiéndole información acerca de PROTOCOLO SUSCRITO EN PROVINCIA DE CHILOÉ PARA REACTIVACIÓN DE RUTA PATRIMONIAL N° 59 "ARCHIPIÉLAGO DE CHILOÉ: HUMEDALES, AVES Y CULTURA".
A la señora Subsecretaria de Telecomunicaciones, requiriéndole antecedentes sobre DENUNCIAS Y FISCALIZACIONES ANTE CONTINUOS PROBLEMAS EN SEÑALES DE COMPAÑÍAS MÓVILES ENTEL Y MOVISTAR EN SECTOR DE CASABLANCA, COMUNA DE VALDIVIA.
Al señor Alcalde de Llanquihue, solicitándole antecedentes relativos a APORTE DE EMPRESA TURÍSTICA BIRDSCHILE A FUNDACIÓN LEGADO DE CHILE PARA RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN DE HUMEDALES, Y PROGRAMA "LLANQUIHUE CIUDAD DE HUMEDALES".
Al señor Superintendente de Pensiones, para que remita información sobre REVOCACIÓN DE DICTAMEN REGIONAL Y REDUCCIÓN DE PORCENTAJE DE CAPACIDAD DE TRABAJO DE DON LAUTARO BARRIENTOS BARRIENTOS.
Al señor Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal, pidiéndole antecedentes y copia de INFORME DE LA CONVENCIÓN DE LA ONU PARA EL COMBATE DE LA DESERTIFICACIÓN Y REPORTE SOBRE NEUTRALIDAD EN DEGRADACIÓN DE TIERRAS.
Al señor Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, solicitándole información tocante a OBSERVACIONES FORMULADAS A PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PISCICULTURA ANTILHUE, COMUNA DE LOS LAGOS, REGIÓN DE LOS RÍOS.
Y al señor Presidente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, para que remita antecedentes sobre ESTADO DE CONSERVACIÓN DE PIEZAS DECLARADAS MONUMENTO NACIONAL EN ESTACIÓN DE FERROCARRILES DE VALDIVIA.
Del señor GARCÍA:
Al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, pidiéndole que informe sobre FACTIBILIDAD DE SEPARACIÓN DE NOTARÍA Y CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE IMPERIAL.
Al señor Director Nacional del Servicio Electoral, solicitándole información pormenorizada con respecto a PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS ADMINISTRATIVOS POR INFRACCIONES EN ELECCIONES MUNICIPALES DE 2016.
Al señor Presidente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, requiriéndole dar a conocer proyecto pertinente y estudios que avalan CONSTRUCCIÓN DE PUENTE DE HORMIGÓN SOBRE RÍO CAUTÍN Y NO USO DE ESTRUCTURA DE ACERO DE ANTERIOR VIADUCTO.
Al señor Intendente de La Araucanía, consultándole sobre POSIBILIDAD DE CONCRECIÓN EN 2018 DE PROYECTO "CONSTRUCCIÓN GIMNASIO C.D.P. DE VILLARICA" TRAS POSTERGACIÓN EN AÑO PRECEDENTE.
Y a la señora Secretaria Regional Ministerial de Salud de La Araucanía, solicitándole disponer medidas ante DENUNCIA DE DON JAIME SÁNCHEZ SEPÚLVEDA, REITERADA A DIVERSAS AUTORIDADES, POR VENTA IRREGULAR DE CARNE EN SUPERMERCADO LIDER DE TEMUCO.
Del señor GARCÍA-HUIDOBRO:
Al señor Ministro de Salud, requiriéndole la ENTREGA CORRESPONDIENTE DE MEDICAMENTOS A DON LUIS ZAPATA CORNEJO PARA TRATAMIENTO DE CÁNCER PULMONAR.
Del señor NAVARRO:
Al señor Ministro de Salud y al señor Secretario Regional Ministerial de Salud del Biobío, para consultar por CANTIDAD DE LICENCIAS MÉDICAS DURANTE ÚLTIMOS CUATRO AÑOS EN REGIÓN DEL BIOBÍO ANTE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS POR CONTAMINACIÓN, CON DESGLOSE POR COMUNAS.
Al señor Ministro de Salud y al señor Director del Hospital Clínico Dr. Guillermo Grant Benavente, a fin de que se informe respecto de HONORARIOS DE ESPECIALISTAS EN RECURSOS DE HOSPITAL EN PRÓXIMOS TRES AÑOS.
A la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, con el objeto de que se informe CANTIDAD DE FISCALIZACIONES A TRANSPORTE PÚBLICO DE GRAN CONCEPCIÓN y NÚMERO DE BUSES EN REGIÓN DE BIOBÍO EN PROGRAMA RENUEVA TU MICRO.
A la señora Ministra del Medio Ambiente, para consultar por RETIRO DE CONTRALORÍA DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN DE CONCEPCIÓN Y LOS ÁNGELES Y SU REVISIÓN, Y CRITERIOS PARA ESTUDIO DE FUENTES DE EMISIONES FÍSICAS E INDUSTRIALES.
Al señor Subsecretario del Medio Ambiente y al señor Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente del Biobío, para consultar por RETIRO DE CONTRALORÍA DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN DE CONCEPCIÓN Y SU REVISIÓN, Y CRITERIOS PARA ESTUDIO DE FUENTES DE EMISIONES FÍSICAS E INDUSTRIALES.
Al señor General Director de Carabineros de Chile, al señor Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito y al señor Director de Tránsito y Transporte Público de Concepción, en cuanto a AUMENTO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN KILÓMETRO 12 DE CAMINO A CORONEL, ALTURA DE VILLA NUEVA JERUSALÉN, SECTOR LOMAS COLORADAS, SAN PEDRO DE LA PAZ.
Al señor General Director de Carabineros de Chile, al señor Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones del Biobío; y, del Grupo Empresa de los Ferrocarriles del Estado S.A., al señor Gerente de Normas, Fiscalización y Medio Ambiente, al señor Gerente de Control y Gestión de Riesgos y al señor Gerente General de Ferrocarriles del Sur, solicitándoles informar sobre NÚMERO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO RELACIONADOS CON SERVICIO DE BIOTRÉN EN REGIÓN DEL BIOBÍO.
Y al señor Contralor Regional del Biobío, al señor Secretario Regional Ministerial de Salud del Biobío y al señor Director Subrogante del Servicio Salud Arauco, pidiéndoles antecedentes respecto de INVESTIGACIÓN DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN HOSPITAL PROVINCIAL RAFAEL AVARIA VALENZUELA, DE CURANILAHUE, y dar a conocer NÚMERO DE MÉDICOS ESPECIALISTAS QUE SE DESEMPEÑAN EN ÉL.
De la señora RINCÓN:
Al señor Fiscal Nacional del Ministerio Público y a la señora Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, sobre ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA NIÑOS VÍCTIMAS DE SUPUESTOS MALTRATOS EN RESIDENCIA RELONCAVÍ DE PUERTO VARAS.
Y a la señora Ministra del Deporte y al señor Director Nacional del Deporte, solicitándoles REINCORPORACIÓN DE AJEDREZ COMO JUEGO DEPORTIVO ESCOLAR.
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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:10.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción.
ANEXO SESIÓN
INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito para disminuir la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas.
BOLETINES Nos 11.640-15, 11.647-15 y 11.670-15, refundidos.
HONORABLE SENADO:
Vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en las siguientes Mociones refundidas:
1.- De los Honorables Senadores señoras Isabel Allende y Ximena Rincón, y señores Alfonso De Urresti, Juan Ignacio Latorre y Juan Pablo Letelier, que modifica la Ley de Tránsito, en lo relativo a la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas. (Boletín Nº 11.640-15)
2.- De los Honorables Senadores señoras Ximena Órdenes y Adriana Muñoz, y señores Ricardo Lagos, Jaime Quintana y Jorge Soria, que modifica la Ley de Tránsito, para disminuir la velocidad máxima permitida en zonas urbanas. (Boletín Nº 11.647-15)
3.- Del Honorable Senador señor Francisco Chahuán, que modifica el artículo 145 de la Ley de Tránsito, en lo relativo a la velocidad máxima permitida en zonas urbanas. (Boletín Nº 11.670-15)
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Se deja constancia que en la sesión de fecha 2 de mayo de 2018, la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones acordó proponer a la Sala desagregar y refundir, en una iniciativa diferente, a los Boletines en referencia, todos los cuales se contenían, hasta esa fecha, en el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito en diversas materias (Boletines Nos 4.189-15 y otros). La Sala del Senado, en sesión ordinaria 12ª, de la misma data, autorizó a desagregar y refundir las mencionadas Mociones.
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Hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y, acordó, unánimemente, proponer al Excelentísimo señor Presidente que en la Sala sea considerado del mismo modo.
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Durante la discusión de este proyecto de ley vuestra Comisión contó con la colaboración y participación de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt; del Jefe de Gabinete de la Ministra, señor Juan Carlos González y del Asesor de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Adrián Fuentes.
Además, asistieron los Asesores del Honorable Senador señor García Huidobro, señor Cristián Rivas; del Honorable Senador señor Letelier, señor José Fuentes; de la Fundación Jaime Guzmán, señora Macarena Bravo y señor Cristóbal Alzamora y de la Segpres, señor Cristopher Balogh.
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OBJETIVOS DEL PROYECTO
Disminuir el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de 3.860 kilogramos de peso bruto vehicular y de motocicletas en zonas urbanas, desde 60 a 50 kilómetros por hora.
ANTECEDENTES
Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:
I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS
- Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2009, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
Artículos 144 y 145, punto 1.1 del numeral 1.
II. ANTECEDENTES DE HECHO
Los Honorables Senadores autores de la presente Moción explican que la Ley de Tránsito contempla, en su artículo 144, un principio general sobre la velocidad con la que se deben conducir los vehículos, y que es del siguiente tenor: "ninguna persona podrá conducir un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones existentes, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y los posibles. En todo caso, la velocidad debe ser tal, que permita controlar el vehículo cuando sea necesario, para evitar accidentes.".
Dicha máxima, resaltan, es de suma importancia para la circulación vehicular, siendo invocada y aplicada en los Juzgados de Policía Local y en sede penal, sea que como consecuencia del respectivo siniestro se hayan causado daños, lesiones o muerte de personas.
Sin perjuicio de este principio rector, agregan, cabe señalar que en el artículo 145 N° 1 del mismo cuerpo legal, se establece que "cuando no existan los riesgos o circunstancias señaladas en los artículos anteriores, serán límites máximos de velocidad, los siguientes: 1.- En zonas urbanas: 1.1.- Vehículos de menos de 3.860 kilógramos de peso bruto vehicular y motocicletas: 60 kilómetros por hora.".
Esta disposición, añaden, se encuentra vigente desde el 7 de agosto de 2002, en virtud de la modificación introducida a la normativa vial por la ley N° 19.816.
Precisamente a partir de dicho año, resaltan, se observó un aumento de más de un 26% de accidentes fatales y de lesiones de tránsito.
En el mismo sentido, subrayan que en el año 2014, un estudio de CONASET demostró que entre 2009 y 2013 fallecieron 3.024 peatones en accidentes de tránsito en Chile, y más de 42.000 resultaron lesionados [1].
Complementando lo anterior, precisan que el estudio indicó que del total de los accidentes, cerca del 40% de los fallecidos fueron peatones. Con esa cifra, agregan, Chile encabezó la tasa de peatones fallecidos entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en donde se registra, en promedio, una tasa del 20% de peatones fallecidos.
Prosiguen señalando que de acuerdo a datos preliminares dados a conocer por Carabineros, sólo en el año 2016 se registró un total de 1.675 fallecidos por siniestros viales, la mayor estadística en ocho años, y una de las más altas desde 1972, cuando se comenzaron a contar oficialmente los siniestros [2].
Enseguida, indican que incluso cuando pudiera considerarse que esta velocidad es prudente para zonas urbanas, es del caso destacar que desde dicha modificación han aumentado los accidentes de tránsito, con resultados de lesiones y de muerte, toda vez que la velocidad actualmente permitida impide, ante riesgos y peligros posibles, frenar el vehículo para que se detenga adecuadamente.
En esa línea, subrayan que de acuerdo a estudios calificados que se han efectuado en diversos países, la disminución de la velocidad desde 60 kilómetros por hora a 50 kilómetros por hora en zonas urbanas, logra reducir el riesgo de accidentes a la mitad.
Posteriormente, expresan que si bien diversos actores del sistema han observado las cifras desde una perspectiva crítica, atribuyendo los resultados al aumento evidente del parque automotriz, debe tenerse en cuenta que especialistas en seguridad vial han afirmado que la tasa de motorización no es la causa del aumento, sino que el problema radica en la falta de iniciativa y disposición para controlar la velocidad [3].
Así las cosas, y considerando que las medidas de contención y manejo de la situación referente a los accidentes automovilísticos no sólo radican en los controles concretos, sino también en políticas de prevención general, aseveran que se ha planteado desde hace ya varios años la necesidad y conveniencia de disminuir la velocidad máxima permitida de circulación de vehículos en zonas urbanas, decisión que, en su opinión, se respalda en contundentes cifras.
A efectos de graficar lo señalado, agregan, distintos estudios europeos han arrojado que el disminuir en 10 km/h el límite de velocidad urbano está correlacionado con una disminución de 2.5 km/h en la velocidad promedio de circulación, diferencia que finalmente es crucial para evitar múltiples fallecimientos.
En el mismo sentido, explican que, según estudios, el riesgo de muerte de un atropello por un vehículo que circula a 60 kilómetros por hora es de casi un cien por ciento, mientras que el mismo impacto, a una velocidad de circulación de 50 kilómetros por hora, genera sólo un cincuenta por ciento de riesgo fatal.
A modo de ejemplo, subrayan que en el Reino Unido verificaron que una reducción de 10 km/h en la velocidad de circulación en una vía urbana, genera una disminución aproximada de entre 0.6 y 1.8 accidentes por año en cada vía. Y en Australia, destacan, el resultado obtenido cuando distintos Estados disminuyeron el límite de velocidad urbano de 60 a 50 km/h, no dejó margen de dudas sobre los efectos beneficiosos de la medida: una reducción de entre 8 y 21 por ciento del número de accidentes con heridos o muertos, y una baja de entre 25 y 51 por ciento del número de atropellos a peatones [4].
A su turno, señalan que si bien podría argumentarse que un cambio en la velocidad máxima permitida en zonas urbanas no haría más que contribuir a exacerbar el tráfico y la densidad del mismo, es importante tener presente que, según un informe hecho por la Federación Europea para el Transporte y el Medioambiente, el tránsito- paradójicamente- es más fluido cuando el límite se encuentra en los 30 km/h. La razón, resaltan, sería que el circular a menor velocidad permite que se sitúe un mayor número de vehículos posible en la calzada, lo que finalmente causa más fluidez en el avance del tráfico [5].
Sin perjuicio de las razones antes descritas, lamentan que se haya rechazado la reducción de velocidad propuesta por el proyecto de ley que incorpora disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte (Boletín N° 10.217-15).
El argumento principal esgrimido por los parlamentarios que rechazaron tal medida, añaden, fue el de señalar que hoy las Municipalidades cuentan con la facultad de disminuir la velocidad máxima permitida en ciertos perímetros de sus comunas, sobre todo en sectores como cercanías a parques y escuelas.
La falta de sistematización que puede derivar de lo indicado, agregan, dado que cada Municipio podría evaluar de diversa forma la necesidad de reducción de velocidad permitida (lo que a fin de cuentas causaría mayor nivel de incerteza y error en los conductores), sumado al constante cambio y avances en la forma de movilización urbana (aumento de usuarios de bicicletas y de peatones), hacen que sea de especial importancia, a su parecer, el retomar la discusión y lograr definitivamente un cambio que permita acceder a los beneficios que conlleva un mayor control del tráfico vial.
En la línea de lo anteriormente expuesto, prosiguen, es que se destacan los antecedentes aportados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en la Comisión Mixta que conoció de las divergencias entre ambas Cámaras respecto del proyecto de ley antes referido. Así, expresan que dicha Cartera de Estado resaltó que sólo en el año 2016 noventa y tres ciclistas y seiscientos peatones perdieron la vida debido a accidentes de tránsito, constituyéndolos en el grupo más vulnerable en el contexto vial [6].
Por consiguiente, agregan, el objetivo de la presente iniciativa es disminuir el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de 3.860 kilogramos de peso bruto vehicular y de motocicletas en zonas urbanas, desde 60 a 50 kilómetros por hora.
ESTRUCTURA DEL PROYECTO
La iniciativa en estudio está estructurada sobre la base de un artículo único mediante el cual se reemplaza el guarismo “60” por “50” en el punto 1.1 del numeral 1 del artículo 145 de la Ley de Tránsito, con el objetivo de disminuir, de 60 a 50 kilómetros por hora, el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de 3.860 kilogramos de peso bruto vehicular y de motocicletas en zonas urbanas.
OTROS ANTECEDENTES
Se hace presente que durante el debate del proyecto de ley en examen se tuvo a la vista la Minuta de CONASET, recogida en el Primer Informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones [7] recaído en la iniciativa que modificó la Ley de Tránsito, para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transportes (Boletín N° 10.217-15, hoy Ley N° 21.088), la que precisamente abordaba el análisis de la reducción de velocidad en zonas urbanas contemplada por el particular. Dicho documento reviste el siguiente tenor:
MINUTA CONASET
VELOCIDAD EN VÍAS URBANAS
ANTECEDENTES
Los peatones son los usuarios más vulnerables en los accidentes de tránsito. Se ha estimado que más de 20.000 peatones mueren anualmente en los países miembros de la OECD.
Los peatones que mueren anualmente en los países de la OECD, en general no superan el 25% del total de fallecidos en accidentes de tránsito. El caso de Chile escapa a esta tendencia, teniendo en los últimos cuatro años un 39% de muertes de peatones en relación a las muertes totales en accidentes de tránsito.
Figura 1: Porcentaje de fallecimiento de peatones respecto a todos los fallecimientos en accidentes de tránsito, 2009
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Figura 2: Porcentaje de fallecimiento de peatones respecto a todos los fallecimientos en accidentes de tránsito en Chile
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Fuente: CONASET
Disminuir la velocidad de circulación de vehículos reduce la frecuencia y magnitud de los accidentes, especialmente los que involucran peatones. De acuerdo a estudios de la OECD, la velocidad excesiva e inadecuada es el principal problema de seguridad vial para muchos países. Contribuye a un tercio de los accidentes fatales y es un elemento agravante en todos los accidentes [8].
En el caso nacional, el año 2002 se modificó la Ley de Tránsito, subiendo el límite de velocidad máxima urbana de 50 a 60 km/h. De acuerdo a las estadísticas, el año siguiente (2003) los accidentes de tránsito en zonas urbanas, cuya causa puede ser atribuible a velocidad inadecuada [9] aumentaron en un 29%, del mismo modo, los fallecidos aumentaron en un 25%.
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Fuente: CONASET
Los factores que contribuyen a los accidentes causados por velocidad excesiva son:
A mayor velocidad se reduce el tiempo para procesar información, tomar decisiones y reaccionar. Esto se traduce en una mayor distancia recorrida antes de reaccionar.
La probabilidad de evitar una colisión disminuye a mayor velocidad (ver figura 3). Por ejemplo, viajando a 80 km/h, toma cerca de 22 metros reaccionar a un evento (la distancia recorrida en una reacción de 1 segundo), y un total de 57 metros para detenerse completamente. Si un niño apareciera a 36 metros, lo más probable es que el conductor lo mate viajando a 70 km/h o más, viajando a 60 km/h lo dejaría herido, y viajando a 50 km/h evitaría el atropello.
Figura 3: Distancias de frenado a diferentes velocidades (incluyendo tiempo de reacción de 1 segundo)
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Fuente: Adaptado de ATSB (Oficina Australiana de Seguridad en el Transporte).
La distancia de frenado depende del tipo de pavimento y la condición de la vía. Por ejemplo, un vehículo viajando a 60 km/h necesita cerca de 46 metros para detenerse en una calzada mojada, 10 metros más que en una calzada seca. Es decir, para 60 km/h, un vehículo en una calzada mojada requiere un 25% más de distancia para detenerse con respecto a la calzada seca. Viéndolo de otra forma, la distancia de frenado viajando a 60 km/h en una calzada mojada equivale a la distancia de frenado en una calzada seca a 70 km/h.
A mayor velocidad se aumentan los riesgos de lesiones graves y muerte en caso de accidente. Un choque frontal a 30 km/h produce un impacto sobre los pasajeros del vehículo, equivalente a la caída desde un 2° piso; un accidente similar a 70km/h es tan violento como caer desde un 7° piso.
Figura 4: Equivalencia de choque frontal de un vehículo con la caída desde un edificio
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En términos generales, una reducción de 1 km/h en las velocidades promedio lleva a una reducción de 2-3% en accidentes con lesionados [10]. Además, se ha demostrado que en las vías urbanas las reducciones de accidentes por disminución de velocidad han sido mayores que en carreteras y autopistas.
Incluso cuando la velocidad no sea la causa principal de un accidente, ésta sí aumenta la gravedad de las lesiones. Nilsson realizó un estudio en el cual relaciona los accidentes con heridos graves, accidentes fatales y velocidad, y lo expresó en el denominado “Power Model”. La probabilidad de causar un traumatismo a raíz de un accidente es proporcional al valor de la velocidad al cuadrado, la probabilidad de causar un traumatismo grave es proporcional a la velocidad al cubo y la probabilidad de causar la muerte es proporcional a la velocidad a la cuarta potencia [11].
De acuerdo al modelo, una disminución de 5% en la velocidad media, disminuye aproximadamente en un 10% los accidentes con lesionados y en un 20% los accidentes fatales.
Figura 5: Relación entre cambios de la velocidad media y los accidentes
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Fuente: Nilsson (2004)
Diversos estudios han demostrado que la probabilidad de que un peatón muera en un accidente de tránsito aumenta con la velocidad del vehículo (ver Figura 6). Se comprobó que un 90% de los peatones involucrados en un accidente de tránsito sobreviven al ser atropellados por un vehículo viajando a 30 km/h, sólo un 20% sobrevive cuando el vehículo viaja a 50 km/h. En el caso chileno, las vías urbanas permiten viajar a 60 km/h, lo que deja una probabilidad de sobrevivencia para el peatón menor al 10%.
Figura 6: Probabilidad de muerte para un peatón al chocar con un vehículo
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Fuente: Interdisciplinary Working Group for Accident Mechanics (1986); Walz et al. (1983) and Swedish Ministry of Transport (2002).
Estudios demuestran que estableciendo límites de velocidad más bajos, se logra reducir el número de accidentes, lesionados y fallecidos. En la última década, varios países han disminuido los límites de velocidad en zonas urbanas, con importantes resultados, como es el caso de Hungría que en 1993 redujo el límite de velocidad en zonas urbanas de 60 km/h a 50 km/h. Esta medida reflejó una reducción de un 18.2% en accidentes fatales el año siguiente.
Un listado extenso de los países miembros de la OECD y sus velocidades límites para el ámbito urbano se puede encontrar en el Anexo 1 [12]. De acuerdo a este listado, la mayoría de los países cuenta con límites de 50 km/h para vías urbanas.
IMPACTO DE LA VELOCIDAD EN LOS TIEMPOS DE VIAJE
Los tiempos de viaje están directamente relacionados con la velocidad de desplazamiento de los vehículos. En teoría, mayores velocidades llevan a menores tiempos de viaje. Este efecto sin duda se aprecia en viajes interurbanos, donde se pueden alcanzar velocidades constantes, no así en el caso urbano donde las velocidades altas no producen grandes ahorros de tiempo (viajes más cortos y más detenciones).
Un estudio desarrollado por Sehier (OECD, 2006), establece que para las zonas urbanas, una reducción en la velocidad media de 50 a 30 km/h no representa una reducción significativa en la capacidad de circulación de las vías, representada por el flujo vehicular.
Figura 7: Circulación como función de la velocidad en una vía urbana
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Fuente: Sehier
Elvik, Christensen and Amundsen [13], establecen que una reducción de 10 km/h en el límite de velocidad, lleva a una disminución de sólo 3 a 4% en las velocidades medias. Un análisis más amplio de límites de velocidad fue llevado a cabo por Jurewicz [14], el cual mostró que al reducir los límites de velocidad, se tiene un impacto mayor de reducción en velocidades medias en carreteras, más que en vías urbanas. La figura 8 muestra cómo varían las velocidades medias al disminuir los límites de velocidad.
Figura 8: Cambios en la velocidad media dada una reducción en el límite de velocidad
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Fuente: Jurewicz (2010)
Otro estudio realizado por Haworth, Ungers, Vulcan y Corben [15], en Australia, mostró que si se reduce la velocidad de 60 km/h a 50 km/h en vías urbanas, el resultado fue una reducción de 5 km/hr de la velocidad crucero, mientras que los tiempos de viaje se incrementan en menos de 10 segundos (en promedio para la población australiana). Este pequeño aumento en el tiempo de viaje prevendría 3.000 accidentes con víctimas humanas y 12.000 accidentes con daños materiales.
Anexo 1. Límites de velocidad actuales en arterias urbanas, vías locales y vías de distribución
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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR
En discusión la iniciativa, el Honorable Senador señor García Huidobro, manifestó su rechazo a la misma, subrayando que el Senado ya ha desechado la propuesta de reducción de velocidad en análisis en dos oportunidades anteriores [16], por lo que lamenta la insistencia sobre el punto.
En esa línea, agregó, en la actualidad las Municipalidades cuentan con atribuciones para establecer límites de velocidad menores a los vigentes, en aquellas áreas o zonas en donde ello se requiera por razones de seguridad vial.
Así, aseveró que la disminución en comento viene a afectar la autonomía de las entidades edilicias, configurándose como una señal que no refuerza la descentralización en nuestro país, sino que, precisamente, se orienta en la dirección contraria.
En seguida, reiteró que cada una de las autoridades comunales de nuestro país cuenta con facultades en este contexto, a fin de fijar la velocidad máxima de circulación adecuada en zonas de escuelas u hospitales, en donde el desplazamiento vehicular debe ser especialmente prudente.
El Honorable Senador señor Letelier, por su parte, comenzó su intervención expresando que su convicción sobre el proyecto en estudio se ha visto reforzado por el fallecimiento de un familiar de un amigo cercano a su persona, producto del golpe, por exceso de velocidad, a la bicicleta que conducía.
En tal sentido, recalcó que las diferencias en el daño a la integridad física de quien padece un impacto de un vehículo que circula a 60 kilómetros por hora son ostensiblemente mayores que en caso de que el siniestro ocurra a 50 kilómetros por hora, siendo en la primera hipótesis la muerte el resultado más probable.
Posteriormente, afirmó que, en su opinión, lo único que se interpone al interés público que reviste la medida en examen es el egoísmo de los automovilistas, sin perjuicio de notar que el aumento de velocidad efectuado el año 2002 [17] no ha demostrado ninguna ventaja en términos de seguridad vial.
Por consiguiente, añadió, lo único que pretende la iniciativa en análisis es volver a la regulación preexistente a la aludida modificación.
En seguida, manifestó que, a su juicio, las votaciones en las que la Sala del Senado desechó la propuesta en examen no fueron representativas de la composición integral de la Corporación, por lo que el debate nuevamente debe ser llevado a dicha instancia.
Luego, resaltó que se debe tener presente que la discusión del particular se enmarca en el contexto de la regulación de la convivencia vial de diversos medios de transporte, en donde se pretende establecer la mejor distribución de los espacios públicos para cada uno de los modos de desplazamiento utilizados por los ciudadanos. Así, en su opinión, la medida en análisis se orienta, por las razones previamente indicadas, en el sentido correcto.
A su turno, destacó que el esfuerzo de haber desagregado a las Mociones en examen del proyecto misceláneo que modifica la Ley de Tránsito (Boletines Nos 4.189-15 y otros, refundidos), para refundirlos en una iniciativa distinta, respondió a la necesidad de tratar el particular con la urgencia que requiere, a fin de dotar de celeridad a su tramitación legislativa.
Finalmente, subrayó que la reducción de velocidad propuesta sólo establece que los Municipios no puedan fijar un límite mayor al legal, conservando plenamente su autonomía respecto de disponer de menores velocidades de circulación en áreas sensibles y de cuidado.
El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Navarro, consultó al Ejecutivo acerca del alcance concreto de la medida en análisis.
La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, respondió expresando que la iniciativa establece una reducción aplicable sólo a las vías urbanas, ya que las autopistas, por el diseño que presentan, permiten una adecuada circulación a mayores velocidades.
En seguida, explicó que la disminución en comento no es algo enteramente novedoso, en tanto haberse reducido velocidades en ciertas áreas urbanas desde 70 kilómetros por hora a 60 kilómetros por hora, tal como ocurrió en la Avenida Eliodoro Yáñez en la comuna de Providencia. Lo anterior, precisamente porque la configuración de ciertas vías no permite una conducción adecuada y responsable a altas velocidades.
En esa línea, resaltó que en el debate del particular debe tenerse a la vista un importante dato de seguridad vial, a saber, que el 30% de los fallecidos en accidentes de tránsito obedece, entre sus principales causas, a un exceso de velocidad, situándose Chile en el último lugar de la OECD en relación a la proporción del número de víctimas fatales debido a siniestros viales por cada mil habitantes.
En tal sentido, subrayó que dicha organización internacional, para el presente año, en materia de transporte, tiene como su principal eje de discusión a la seguridad vial y la convivencia de medios, por lo que la aprobación del particular es coherente con los avances comparados en estas materias.
Por otro lado, en relación a los argumentos tendientes a sostener que una reducción como la propuesta contribuiría a incrementar la congestión vehicular, explicó que ello no es verídico, en tanto, en episodios de esa naturaleza, simplemente la velocidad de circulación es muy inferior a los rangos en discusión, por lo que tal disminución no genera impacto en dicha problemática.
Posteriormente, subrayó que el presente debate debe situarse en el contexto de la discusión acerca de qué modelo de ciudad se pretende desarrollar, teniendo en cuenta el progresivo aumento de la población urbana en nuestro país, que ya se proyecta, para el año 2050, en un 95% del total de habitantes.
En ese orden de cosas, agregó, el espacio urbano se constituirá en un bien paulatinamente más escaso, por lo que las viviendas presentarán un menor tamaño y la vida de las personas se llevará a cabo, con mayor frecuencia, fuera del hogar, por lo que aumentarán las caminatas y el uso de la bicicleta.
En ese escenario, prosiguió, la regulación y convivencia de los diversos modos de transporte se torna en una necesidad fundamental, por lo que la iniciativa en análisis, en su opinión, se orienta en el sentido correcto.
Luego, señaló que, tal como lo indicó en su oportunidad el Honorable Senador señor Letelier, las probabilidades de muerte por un siniestro vial son considerablemente altas en caso que el impacto vehicular con la víctima sea a 60 kilómetros por hora, mientras que el mismo golpe, a una velocidad de 50 kilómetros por hora, reduce sustancialmente las posibilidades de que el accidente resulte en una fatalidad.
Por último, expresó que las atribuciones de las Municipalidades en este ámbito no se verán alteradas, en tanto estas últimas podrán seguir estableciendo límites de velocidad menores en las áreas que estimen procedentes.
El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Navarro, expresó que de acuerdo a la Minuta de CONASET recogida en el Primer Informe del proyecto que modificó la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte (Boletín N° 10.217-15, hoy Ley N° 21.088) [18], desde que se aumentó el año 2002 el límite máximo de velocidad urbano de 50 a 60 kilómetros por hora, el año siguiente los accidentes de tránsito en zonas urbanas, cuya causa puede ser atribuible a velocidad inadecuada, aumentaron en un 29%, del mismo modo, los fallecidos aumentaron en un 25%.
La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, en la misma línea de quien le antecedió en el uso de la palabra, señaló que pocos son los casos predecibles en materia de seguridad vial, salvo dos situaciones, la primera, que en los accidentes en los que se ve envuelto un camión el número de fallecidos es mayor, y la segunda, precisamente, dice relación con que el aumento de velocidad permitido genera un incremento en el número de víctimas fatales.
El Honorable Senador señor García Huidobro, por otra parte, consultó al Ejecutivo si la medida en examen también procede respecto de vías urbanas concesionadas.
La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, respondió que tales vías mantienen su calidad de autopistas para estos efectos, por lo que la regla legal que se propone no se aplicaría respecto de aquéllas, en conformidad a sus estándares y diseños.
El Jefe de Gabinete de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señor Juan Carlos González, explicó que de acuerdo al artículo 40 de la Ley de Concesiones, es el Ministerio de Obras Públicas el órgano que, en forma privativa y especial, regula y fija los límites máximos y mínimos de velocidad en las vías construidas, conservadas o reparadas por el sistema de concesión, por lo que la inquietud observada por el Honorable Senador señor García Huidobro ya se encuentra recogida en el ordenamiento legal.
El Honorable Senador señor García Huidobro, a su turno, resaltó que de acuerdo a la mencionada Minuta de CONASET, el número de fallecidos por accidentes de tránsito ha disminuido en los últimos años, a pesar del aumento del parque automotriz, lo que evidencia, en su opinión, el mejoramiento de los estándares de seguridad de los vehículos en circulación.
La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, precisó que si bien esa disminución ha ocurrido, ello se debe a una multiplicidad de factores, tales como la aprobación de la Ley de Tolerancia Cero, entre otros, pero eso no conduce a sostener que los límites de velocidad urbana sean adecuados, en tanto, si bien se ha incrementado la seguridad vehicular, eso se predica sólo respecto de los pasajeros del móvil, y no de los ciclistas o peatones.
El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Navarro, señaló que, en su opinión, se han vertido todas las argumentaciones necesarias para que se proceda a votar la medida en examen, manifestando su valoración positiva al respecto.
VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR
En votación la iniciativa en estudio, en general y en particular a la vez, la Comisión, por dos votos a favor, de los Honorables Senadores señores Alejandro Navarro Brain (Presidente) y Juan Pablo Letelier Morel, y el voto en contra del Honorable Senador señor Alejandro García Huidobro Sanfuentes, la aprobó sin modificaciones, conservando en su integridad el texto original de la misma.
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TEXTO DEL PROYECTO DE LEY
En consecuencia, vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, os recomienda que aprobéis, en general y en particular, el proyecto de ley en informe, cuyo tenor es el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Modifíquese el artículo 145 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 29 de octubre de 2009, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, del siguiente modo:
“Reemplazase en el punto 1.1 del numeral 1 el guarismo “60” por “50”.”.”.
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Acordado en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señores Alejandro Navarro Brain (Presidente), Francisco Chahuán Chahuán, Alejandro García Huidobro Sanfuentes y Juan Pablo Letelier Morel.
Sala de la Comisión, a 10 de mayo de 2018.
ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA
Abogada Secretaria de la Comisión
RESUMEN EJECUTIVO
INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY DE TRÁNSITO PARA DISMINUIR LA VELOCIDAD MÁXIMA DE CIRCULACIÓN EN ZONAS URBANAS.
BOLETINES Nos 11.640-15, 11.647-15 y 11.670-15, refundidos.
I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: disminuir el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de 3.860 kilogramos de peso bruto vehicular y de motocicletas en zonas urbanas, desde 60 a 50 kilómetros por hora.
II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular (2x1 voto en contra).
III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa está estructurada sobre la base de un artículo único, que reemplaza el guarismo “60” por “50” en el punto 1.1 del numeral 1 del artículo 145 de la Ley de Tránsito.
IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no presenta.
V. URGENCIA: no presenta.
VI. ORIGEN E INICIATIVA: Senado. Proyecto de ley iniciado en Mociones refundidas de los Honorables Senadores señoras Isabel Allende, Adriana Muñoz, Ximena Órdenes y Ximena Rincón, y señores Francisco Chahuán, Alfonso De Urresti, Ricardo Lagos, Juan Ignacio Latorre, Juan Pablo Letelier, Jaime Quintana y Jorge Soria.
VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.
VIII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: en la sesión de fecha 2 de mayo de 2018, la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones acordó proponer a la Sala desagregar y refundir, en una iniciativa diferente, a los Boletines en estudio, todos los cuales se contenían, hasta esa fecha, en el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito en diversas materias (Boletines Nos 4.189-15 y otros). La Sala del Senado, en sesión ordinaria 12ª, de la misma data, autorizó a desagregar y refundir las mencionadas Mociones.
IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe.
X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:
- Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2009, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Artículos 144 y 145, punto 1.1 del numeral 1.
Valparaíso, a 10 de mayo de 2018.
ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA
Abogada Secretaria de la Comisión
INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACÍÓN Y CULTURA RECAÍDO EN EL OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CON EL CUAL SOLICITA EL ACUERDO DEL SENADO PARA NOMBRAR DIRECTORES DE LA EMPRESA TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE A LAS SEÑORAS MARÍA DEL PILAR VERGARA TAGLE Y ANA BEATRIZ HOLUIGUE BARROS Y AL SEÑOR GONZALO RODRIGO CORDERO MENDOZA, POR EL PERIODO QUE INDICA. (S 1.979-05)
HONORABLE SENADO:
La Comisión de Educación y Cultura tiene el honor de informar el oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, de fecha 24 de abril de 2018, mediante el cual solicita el acuerdo de esta Cámara para nombrar a las señoras María del Pilar Vergara Tagle y Ana Beatriz Holuigue Barros, y señor Gonzalo Rodrigo Cordero Mendoza como integrantes del directorio de la Empresa Televisión Nacional de Chile, por los períodos que se indica.
A la sesión en que la Comisión se ocupó del oficio presidencial asistieron las siguientes personas:
- Del Ministro Secretario General de la Presidencia, el Ministro señor Gonzalo Blumel; el Subsecretario, señor Claudio Alvarado, el Jefe de la División de Relaciones Políticas, señor Máximo Pérez; la Asesora de Prensa, señorita Valentina González y los asesores, señorita Paulina Prokaska y señores Rodrigo Kubick, Renato Gaggeso y Nicolás Duhalde.
- Del Ministerio Secretaria General de Gobierno, la Ministra señoras Cecilia Pérez y el jefe de gabinete, señor René Borgna.
- De la oficina de la Honorable Senadora señora Provoste, el Asesor, señor Julio Valladares.
- De la oficina del Honorable Senador señor Latorre, el Asesor, señor Leonardo Rissetti.
Asimismo, concurrieron, especialmente invitados, las personas propuestas por Su Excelencia el señor Presidente de la República para ser directores de Televisión Nacional de Chile, esto es, las señoras María del Pilar Vergara Tagle y Ana Beatriz Holuigue Barros y el señor Gonzalo Rodrigo Cordero Mendoza
Cabe señalar que Su Excelencia la Presidenta de la República, en el mencionado oficio, hizo presente la urgencia para el despacho de la solicitud en análisis, en los términos del inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental.
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Asimismo, es necesario puntualizar que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4 de la ley N° 19.132, cuerpo legal que crea la Empresa Televisión Nacional de Chile, modificada por la ley número 21.085, de 3 de abril de este año, para la aprobación de los nombres sugeridos como miembros del Directorio de la estación estatal, se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los Senadores en ejercicio, decisión que debe adoptarse en sesión especialmente convocada al efecto.
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ANTECEDENTES
1.- Ley N° 19.132, de 8 de enero de 1992, que crea la Empresa Televisión Nacional de Chile. [1]
Su artículo 1.-, establece que Televisión Nacional de Chile es una persona jurídica de derecho público que constituye una empresa autónoma del Estado y que está dotada de patrimonio propio.
Su artículo 2.-, dispone que su objeto es establecer, operar y explotar servicios de televisión y de producción, emisión y transmisión de contenidos audiovisuales y de radiodifusión, cualquiera sea su formato, plataforma audiovisual o medio. Añade que, en general, podrá realizar todas las actividades propias de una concesionaria de servicios de telecomunicaciones, de televisión, de radiodifusión sonora, de servicios intermedios de telecomunicaciones y de servicios audiovisuales, con iguales derechos, obligaciones y limitaciones.
La norma dispone, asimismo, que la empresa, a través de la programación de sus señales y el desarrollo de sus actividades y las de sus filiales, deberá velar por la efectiva realización de su misión pública, que incluye promover y difundir los valores democráticos, los derechos humanos, la cultura, la educación, la participación ciudadana, la identidad nacional y las identidades regionales o locales, la multiculturalidad, el respeto y cuidado del medio ambiente, la tolerancia y la diversidad.
A continuación, su artículo 3.- establece que, en el cumplimiento de los fines antes señalados, deberá sujetarse estrictamente al “correcto funcionamiento” que definen los incisos cuarto, sexto, séptimo y octavo del artículo 1 de la ley N° 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión [2]. Asimismo, hace presente que el pluralismo y la objetividad deberán manifestarse en toda su programación y, muy especialmente, en los noticieros, programas de análisis o debate político.
En lo que respecta a la administración de la estación estatal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 4.- y siguientes, la normativa en comento dispone que ella recaerá en un directorio, compuesto de siete miembros, uno de los cuales es designado libremente por el Presidente de la República cuya idoneidad garantice el debido pluralismo en el funcionamiento de la empresa. Este director es quien debe desempeñarse como presidente del directorio. Los otros seis directores son designados por el Presidente de la República con acuerdo del Senado. Sobre el particular, la aludida ley agrega que el Presidente hará la proposición en un solo acto, cuidando que el directorio quede integrado de manera pluralista y paritaria en cuanto a sexo. Estos seis directores, que deberán ser personas de relevantes méritos personales y profesionales, durarán ocho años en sus cargos, podrán ser designados por nuevos períodos y se renovarán por mitades, cada cuatro años.
En cuanto a los requisitos que deben cumplirse para ser nombrado en el cargo en comento, si bien el artículo precedentemente referido dispone que “los Directores deberán ser personas de relevantes méritos personales y profesionales”, la ley número 21.085 incorporó un artículo 4 bis.-, que incorporó los siguientes:
a) Estar en posesión de un título profesional o técnico o licenciatura de una carrera de, a lo menos, cinco semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o de un título de nivel equivalente otorgado por una universidad extranjera.
b) Contar con una experiencia profesional de, a lo menos, cinco años, continuos o no, como director, gerente, jefatura desde el tercer nivel jerárquico inclusive, administrador o alto ejecutivo en empresas, instituciones u organismos, públicos o privados; o académico con destacada y reconocida trayectoria docente en universidades reconocidas por el Estado; o contar con reconocidos méritos laborales y profesionales en la función pública o la gestión de empresas, los medios audiovisuales o de las comunicaciones, la educación o la cultura y las artes.
c) No estar afecto a las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en los artículos 4 ter y 5, respectivamente.
Cabe indicar que el directorio, además de estos siete miembros, está integrado por un representante de los trabajadores, el cual sólo tendrá derecho a voz, durará dos años en funciones, será elegido en votación secreta y directa por los trabajadores de planta de la Corporación y podrá ser reelegido hasta por cuatro períodos consecutivos.
Es necesario tener presente que el texto legal vigente ha establecido, como se ha señalado precedentemente, ciertas inhabilidades e incompatibilidades para desempeñar el cargo de director. Están definidas en los artículos 4 ter.-[3] y 5.-, y son, fundamentalmente, las siguientes:
a) Haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva o que signifique la inhabilitación perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos, por delitos tributarios, por delitos contemplados en la ley N° 18.045, del Mercado de Valores, o por violencia intrafamiliar constitutiva de delito conforme a la ley N° 20.066.
b) Haber sido declarado fallido o condenado por los delitos de quiebra culpable o fraudulenta o tener la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, o haber sido administrador o representante legal de deudores condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
c) Haber sido sancionado por atentados contra la libre competencia, tanto personalmente como en caso de haber desempeñado funciones de administrador, ejecutivo o representante legal de la persona, natural o jurídica, sancionada de conformidad con lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973, que establece normas para la defensa de la libre competencia.
d) Haber sido sancionado por la Comisión para el Mercado Financiero, por infracciones graves a la ley N° 18.045 y la ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, especialmente en lo relativo a los deberes de los directores.
e) Tener un interés significativo en actividades que se enmarquen dentro del giro de Televisión Nacional de Chile.[4]
f) Haber sido afectado por la revocación a que se refiere el artículo 77 de la ley Nº 18.046.
g) No tener antecedentes comerciales y tributarios intachables. Para estos efectos, se entenderá que una persona posee antecedentes comerciales intachables cuando no registre protestos vigentes de documentos no aclarados. Asimismo, se entenderá que una persona posee antecedentes tributarios intachables cuando no haya sido objeto de sanciones impuestas por el Servicio de Impuestos Internos durante los últimos cinco años, como tampoco haberse dictado sentencia de remate en juicio ejecutivo dictado en su contra durante el mismo período.
Por su parte, en materia de incompatibilidades, el artículo 5 dispone que el cargo de director de Televisión Nacional de Chile lo es con los siguientes:
a) El cargo de diputado, senador, ministro del Tribunal Constitucional, ministro de la Corte Suprema, consejero del Banco Central, Fiscal Nacional del Ministerio Público, Contralor General de la República y cargos del alto mando de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
b) El cargo de ministro de Estado, subsecretario, jefe de servicio o de alguna institución autónoma del Estado, embajador, gobernador regional, delegado presidencial regional, delegado presidencial provincial, alcalde, concejal, consejero regional, miembro del escalafón primario del Poder Judicial, secretario y relator del Tribunal Constitucional, fiscal del Ministerio Público, miembro del Tribunal Calificador de Elecciones y su secretario-relator; miembro de los Tribunales Electorales Regionales, sus suplentes y sus secretarios-relatores; miembros de los demás tribunales creados por ley; miembros de los órganos ejecutivos o de dirección, de los tribunales regionales o del tribunal supremo de los partidos políticos; candidatos a algunos de los cargos de elección popular cuya posesión constituye una inhabilidad para ejercer como director y miembros de las directivas nacionales de asociaciones gremiales o sindicales.
Añade que la incompatibilidad de los candidatos a cargos de elección popular regirá desde la inscripción de las candidaturas y hasta la respectiva elección. En el caso de los dirigentes gremiales y sindicales, la incompatibilidad regirá hasta cumplidos seis meses desde la fecha de cesación en dichos cargos, salvo en el caso del representante de los trabajadores de la empresa en el directorio.
c) Los funcionarios de las superintendencias, de organismos públicos u otras instituciones del Estado que supervisen o fiscalicen a la empresa, sus filiales o coligadas.
d) El cargo de ejecutivo o director en alguna empresa que desarrolle actividades que se enmarquen dentro del giro de Televisión Nacional de Chile establecido en los incisos primero y segundo del artículo 2.
e) Las personas que se encuentren en alguno de los casos contemplados en el artículo 86 del Estatuto Administrativo, con la sola excepción del desempeño en cargos docentes de hasta media jornada.
f) El director ejecutivo, gerente general o ejecutivos relevantes de la empresa o de sus filiales o coligadas.
Finalmente, en cuanto a las funciones que el directorio deberá cumplir, el artículo 16 de la ley N° 19.132 precisa que le corresponderá la administración y representación de la Corporación, con las más amplias y absolutas facultades y sin otras limitaciones que aquellas que expresamente se establecen en esta ley y que, entre otras, designar, en su primera sesión y de entre sus miembros, al Director que se desempeñará como Vicepresidente de la Corporación, quien reemplazará al Presidente en caso de ausencia o imposibilidad transitoria de éste para ejercer el cargo, como también deberá designar al Director Ejecutivo de la empresa y al ejecutivo que deba reemplazarlo transitoriamente en caso de ausencia o imposibilidad temporal de éste para el ejercicio del cargo.
2.- Oficio de Su Excelencia el Presidente de la República.
Mediante el Oficio N° 599, de 24 de abril de 2018, Su Excelencia el señor Presidente de la República solicitó el acuerdo del Senado para designar como integrantes del directorio de Televisión Nacional de Chile a las personas señaladas precedentemente.
Recuerda el Oficio que por medio del decreto supremo N° 14, de 12 de agosto de 2016, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, se nombró a los señores Jorge Atton Palma y Lucas Palacios Covarrubias como Directores de la Empresa Televisión Nacional de Chile, por el período de ocho años a contar del 12 de agosto de 2016 y hasta el 11 de agosto de 2024. En el mismo documento, se nombró a María José Gómez García, en reemplazo de doña Pilar Molina Armas y hasta el término del período que le corresponda, esto es, hasta el 23 de mayo de 2020.
Hace presente el Oficio que mediante decreto supremo N° 2, de 15 de febrero de 2018, del mismo Ministerio enunciado en el párrafo precedente, se aceptó la renuncia voluntaria del señor Jorge Atton Palma. Por su parte, por medio de los decretos supremos números 3 y 4, ambos de 26 de febrero de 2018, se aceptó la renuncia voluntaria de la señora María José Gómez García y del señor Lucas Palacios Covarrubias.
En razón de lo expuesto, se encuentran vacantes los cargos de las personas a las que se hizo referencia.
Recuerda el Oficio que las disposiciones segunda y tercera transitorias de la ley N° 21.085, que modifica la ley N° 19.132, de Televisión Nacional de Chile, redujeron el período legal de los directores cuyo nombramiento se extendía hasta los plazos ahí señalados.[5] De este modo, se señala que el período legal de los directores cuyo nombramiento se extendía hasta el año 2020 se entenderá expirado en el término de noventa días contados desde la entrada en vigencia de la ley N° 21.085. Para el caso de los directores cuyo período legal se extendía hasta el año 2024, se entenderá expirado en el término de un año contado desde la entrada en vigencia de la ley N° 21.085, publicada el 3 de abril de 2018 y puesta en vigencia, de acuerdo con su disposición primera transitoria, el 2 de mayo de 2018.
De acuerdo con lo anterior, Su Excelencia el señor Presidente de la República propone los siguientes nombres para que asuman como directoras y director de la empresa Televisión Nacional de Chile por los períodos que se señalan a continuación:
Uno) María del Pilar Vergara Tagle, cédula nacional de identidad N° 4.779.581-8, en el cargo que quedó vacante por la renuncia de doña María José Gómez García y hasta el vencimiento del término del período que le corresponde en conformidad a lo dispuesto en la disposición segunda transitoria de la ley N° 21.085, esto es, el 1 de agosto de 2018.
Dos) Ana Beatriz Holuigue Barros, cédula nacional de identidad N° 5.717.729-2, en el cargo vacante motivo de la renuncia de don Lucas Palacios Covarrubias y hasta el vencimiento del término del período que le corresponde de conformidad con lo dispuesto en la disposición tercera transitoria de la ley N° 21.085, esto es, el 1 de mayo de 2019.
Tres) Gonzalo Rodrigo Cordero Mendoza, cédula nacional de identidad N° 9.693.743-1, en el cargo vacante por la renuncia de don Jorge Atton Palma, y hasta el vencimiento del término del período que le corresponde de acuerdo con lo prescrito en la disposición tercera transitoria de la ley N° 21.085, esto es, el 1 de mayo de 2019.
Cabe hacer presente que los antecedentes profesionales de los postulantes se acompañan en el Oficio del Ejecutivo y, como corresponde en estos casos, esta Comisión debe informar a la Sala si en esta designación se ha dado cumplimiento a los requisitos y formalidades previstos por el ordenamiento jurídico, que son los señalados precedentemente en el cuerpo de este informe.
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ANALISIS DE LA PROPOSICIÓN
La Comisión, en sesión del día 9 de mayo de 2018, recibió a la Ministra Secretaria General de Gobierno, señora Cecilia Pérez, quien expresó que para el Gobierno es de suma relevancia la aprobación de los nombres propuestos en el Oficio al cual se ha hecho alusión, toda vez que, tal como se mencionó, las renuncias al directorio de la Empresa Televisión Nacional de Chile (TVN) han afectado el funcionamiento de su gobierno corporativo, situación que involucra problemas serios tanto en cuanto a su rol de canal público, al funcionamiento de la nueva señal cultural y la aplicación de la recientemente aprobada ley N° 21.085, que contempla la capitalización de la estación. [6]
En ese mismo contexto de ideas, afirmó que para el Ejecutivo el funcionamiento de TVN como canal público e independiente es de gran relevancia, razón por la que urge impulsar reformas que apunten a superar la crisis económica que la afecta, así como también mejorar sus condiciones para ser un actor competitivo frente al nuevo surgimiento de plataformas tecnológicas a nivel mundial y nacional en materia de medios de comunicación. Por ello, insistió, es prioritario que el gobierno corporativo de esta empresa del Estado vuelva a funcionar con normalidad luego de las renuncias a las que hace mención el Oficio N° 599, de 24 de abril de 2018, varias veces ya citado.
Afirmó que TVN tiene un rol público y, como tal, debe garantizar dicha función a todos los ciudadanos y a todos los sectores de la sociedad civil, particularmente en materia de pluralismo, diversidad y representación, todos principios que, según dijo, se verán fortalecidos en la medida que la estatal pueda funcionar con normalidad luego de la aprobación del nombramiento de candidatos sugeridos, que tendrá a su cargo la ejecución del plan de inversión que lleva consigo la capitalización aprobada en su momento por este Congreso.
Concluyó expresando que la ley N° 21.085 exige nuevos requisitos que deben cumplir aquellas personas que deben ser nominadas por el Ejecutivo, diferentes a los que se exigían con la antigua legislación. Por esa razón Su Excelencia el Presidente de la República presentó como candidatos a tres personas que, en opinión del Ejecutivo, cumplen con dichos requisitos.
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Previo a la presentación y exposición de planteamientos de los candidatos a directores, se consultó a la Secretaría de la Comisión acerca del sentido de la expresión “cuidando” que utiliza la letra b) del artículo 4.- de la ley número 19.132, en cuanto a que la proposición del Presidente de la República relativa a los seis directores que debe aprobar el Senado quede integrado “en forma pluralista y paritario en cuanto a sexo”.
En opinión de la Secretaría de la Comisión, la expresión “cuidando” no implica un mandato o un imperativo obligatorio para el Ejecutivo, toda vez que cuando el legislador ha querido establecer una obligación utiliza las formas verbales en futuro perfecto tales como “deberá” o “tendrá”. En este caso, el vocablo “cuidando” es un gerundio, que es una forma verbal definida como una conjugación del verbo que demuestra una acción; pero no está definida ni por el tiempo, ni el modo, ni el número ni la persona.
De esta manera, la voz “cuidando” que utiliza el precepto no es más que una norma declarativa que indica que la propuesta presidencial propenda a una composición paritaria del directorio de Televisión Nacional de Chile.
La unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadoras señora Provoste y señora Von Baer, y señores Latorre, García y Quintana concordaron con la opinión de la Secretaría.
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Seguidamente, la Comisión recibió en audiencia a los postulantes al cargo de director de Televisión Nacional de Chile señores Ana Beatriz Holuigue Barros y María del Pilar Vergara Tagle y señor Gonzalo Cordero Mendoza.
En primer término, el señor Cordero agradeció la nominación presidencial, destacando la alta responsabilidad que implica, en caso de que sea ratificado por la Sala del Senado, el ejercicio de este cargo.
Hizo presente que, tal como está contenido en el currículum que se acompaña en el oficio presidencial, es abogado de profesión y se ha desarrollado tanto en labores de docencia universitaria como en la empresa privada. En relación con los medios de comunicación, hizo presente que formó parte del Consejo Nacional de Televisión durante cinco años, lo que le permite tener una visión global respecto de los problemas que hoy enfrenta la industria.
Afirmó ser partidario de una televisión pública acorde a un Estado democrático y liberal que se haga cargo de los nuevos desafíos que hoy enfrentan los medios audiovisuales ante la aparición de nuevas plataformas que hacen necesario la revisión y corrección de dicho rol público, por lo que, según dijo, el nuevo directorio tendrá un rol fundamental en esta materia.
Finalmente, señaló que todos los directorios, tanto de empresas públicas como privadas, tienen una misión principal, cual es la de controlar el correcto manejo de los recursos. En el caso de las primeras, los directores responden ante los accionistas, mientras que en las segundas, se responde ante la ciudadanía, puesto que todo dinero mal gastado en una empresa pública implica menos recursos para la ejecución de políticas públicas en beneficios de los sectores más desposeídos.
A continuación, la señora Ana Beatriz Holuigue Barros agradeció la oportunidad, en caso de ser ratificada por la Sala del Senado, de poder contribuir al fortalecimiento del canal público. Economista de profesión, afirmó que tiene experiencia en materia de comunicaciones, en empresas públicas y privadas, además de su cercanía con diversas funciones de la sociedad civil. En efecto, señaló que fue parte de la fundación de Radio Duna y luego construyó y dirigió el Grupo Dial integrado por esa misma radio junto a las radios Zero, Carolina, Paula, Disney y Beethoven. En paralelo, trabajó en la refundación del diario La Tercera y de la revista Qué Pasa durante siete años, ambos medios escritos del Grupo COPESA. Además se desempeñó como académica de la Universidad Alberto Hurtado durante quince años.
En relación con la situación actual que enfrenta Televisión Nacional de Chile expresó que es necesario efectuar un análisis profundo, asumiendo con realismo la tarea de convertir esta crisis en una oportunidad para delinear el rol de la televisión pública, con el objeto de que este sea informar, educar y entretener a todos los públicos sin distinción, lo que redundará en una sociedad más educada, respetuosa y tolerante. Para ello, estimó indispensable asegurar la excelencia e independencia en los contenidos, usando los talentos y optimizando los recursos disponibles, creando alianzas estratégicas, diversificando las fuentes de ingreso, haciendo mejoras continuas en todos los procesos y siguiendo de cerca los aspectos financieros considerando los estándares que fije el gobierno corporativo.
En el mismo sentido, hizo presente que la empresa estatal tiene talento e infraestructura disponible, pudiendo transformarse en un ecosistema de creación o una “Ciudad de las Comunicaciones” que atraiga a los mejores creadores del país. En su opinión, las alianzas estratégicas constituyen un buen aliado para llevar adelante proyectos que por sí sólo es difícil hacerlo.
En cuanto a la industria de los medios, expresó que los de carácter tradicional han perdido paulatinamente su hegemonía, cediendo espacios a los de carácter digital, lo que provoca que las empresas destinen los recursos de publicidad a esos medios y no a los primeros. Afirmó que la publicidad digital (a nivel mundial) ya supera a la televisión y captura cerca de un 40% de los ingresos. Así, el teléfono móvil gana participación creciendo a tasas de dos dígitos por año, en que todas las estimaciones sugieren que la curva continuará al alza capturando una porción creciente del consumo de contenidos y del total de los recursos publicitarios. En este mismo sentido, hizo presente que hoy el mercado publicitario gira en torno a la figura oligopólica compuesta por Google y Facebook. Es en este escenario que la televisión acumula seis años de caída en su participación, con una disminución drástica en materia de publicidad.
Declaró que en el año 2017 TVN tuvo una pérdida de $9.000 millones, en que las pérdidas acumuladas ascienden a $56.000 millones y un pasivo de $40.000 millones, comprometiendo así su patrimonio. Sus ingresos, según dijo, no cubren sus costos de venta y menos aún los gastos de administración y costos financieros.
En lo que se refiere al rating, recordó que durante el año 2017 TVN se situó en el cuarto lugar, lo que complejiza aún más la obtención de ingresos. (Mega 10,1%; Canal 13 6,5%; CHV 6,0% y TVN con un 4,8%.
Finalmente, dijo que las mejoras continuas, el trabajo abnegado, el cuidado de los costos y una buena gobernanza son las tareas mínimas por las cuales debe comenzar el nuevo directorio, lo que permitirá llevar adelante esta difícil pero noble tarea, que es hacer televisión pública al servicio de los niños, jóvenes, adultos y ancianos de todos los sectores del nuevo Chile que se crea día a día.
A continuación, María del Pilar Vergara Tagle agradeció también la nominación para integrar el directorio de TVN. Hizo presente que, como periodista, ha dedicado toda su vida profesional a los medios, de manera tal que no es la primera crisis a la cual le toca enfrentarse pues, precisamente en los medios de comunicación, las emergencias son habituales.
En su opinión, los miembros del nuevo directorio del canal estatal deben ser proactivos en un proceso de cambio, partiendo por la prolijidad en el manejo de costos, gastos e inversiones, pero, a la vez, austeros. La ley, además, exige que los directores sean profesionales, lo que comprende, a su juicio, un alto esmero en el cumplimiento de las funciones y, además, aportar buen ánimo en la gestión de contenidos y en la programación de la señal estatal. A mayor abundamiento, agregó que es importante promover y difundir valores democráticos, los derechos humanos, la cultura, la educación, la participación ciudadana, la identidad nacional y regional, el multiculturalismo, el respeto y el cuidado por el medio ambiente, la tolerancia, la diversidad y el pluralismo.
Tal cual lo señalaron los otros candidatos, afirmó que la industria teconológica y su avance obliga a los nuevos miembros del directorio a estar actualizados en la materia, con el objeto de mejorar la relación con las personas y las nuevas plataformas de comunicación, particularmente con la telefonía celular.
Culminó su exposición justificando la existencia de la televisión pública, así como el rol del periodismo y los medios de comuniciación que hacen todo lo posible por acercarse a la verdad, que chequean sus fuentes y dan tribuna a las distintas posiciones de manera respetuosa y equitativa, adjetivos todos que contribuyen a construir medios creíbles que entreguen confianza, todo lo cual se traduce en un valor intransable en la entrega de información: la transparencia y confianza. En este sentido, recalcó la relevancia de programas en que se traten temas de interés público sin que el entrevistado sea maltratado y en que se confunda la opinión con la información, sino que, por el contrario, el cuidado en las formas del lenguaje y la ausencia de violencia ayudará al respecto ciudadano por el sistema democrático y al fomento del diálogo en el canal que es de todos los chilenos.
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Concluidas las exposiciones trascritas, el Honorable Senador señor Latorre consultó por la instalación del nuevo canal cultural,[7] así como por el tratamiento que se les dará a temas relacionados con la salud pública, como por ejemplo la expansión del VIH o las situaciones de acoso sexual que se han denunciado recientemente, todo ello habida consideración del carácter de red estatal de la estación televisiva, lo que implica que, al definir sus contenidos, la consideraciones de orden valórico no deben privar de información a la ciudadanía.
Por su parte, la Honorable Senadora señora Von Baer preguntó por el rol que jugará el nuevo directorio en materia de contenidos, esto es, si acaso sólo serán reproductores de programación externa o si, por el contrario, producirán contenidos propios, tanto de carácter nacional como regional. Sobre este último asunto, requirió que las regiones tengan mayor presencia en la señal estatal, mostrando no sólo su realidad cultural, sino que, además, los problemas que enfrenta cada una de las zonas del país. Asimismo, solicitó mayores antecedentes respecto de la instalación y funcionamiento de la nueva red cultural que consideró la referida ley número 21.085.
A su turno, el Honorable Senador señor García felicitó la vocación de servicio y el alto conocimiento del rubro de los candidatos propuestos por el Ejecutivo, lo que da cuenta de que el futuro directorio podrá contar con personas dedicadas y profesionales que tendrán la difícil labor de recuperar una empresa en crisis. Asimismo, solicitó encarecidamente a los candidatos que en el caso de ser ratificados, tengan dentro de sus prioridades devolver el canal a su objeto inicial, esto es, que sea de todos los chilenos, puesto que, según dijo, la programación que actualmente emite la estación no refleja aquello. Del mismo modo, observó la necesidad de considerar la situación de las regiones del país, manifestándose crítico a la labor de integración nacional que debe acometer esta empresa.
Asimismo llamó la atención respecto de la ejecución del nuevo plan de inversiones que se contempló en la modificación a la normativa de la televisión estatal y su correcta definición.
Luego, el Honorable Senador señor Quintana se refirió a los siguientes temas:
Uno) Importancia del desarrollo de nuevas plataformas tecnológicas que complejizan cada vez más el desarrollo de la televisión pública en ese mercado.
Dos) Relevancia que el directorio tiene que entregar a la relación con los trabajadores del canal, quienes hacen posible que este funcione.
Tres) Entrega de mayores contenidos de nivel regional, con noticias locales de programación diaria.
Cuatro) Colocar a la cultura como un valor primordial a la hora de trabajar la programación del canal.
Cinco) Importancia del pluralismo en la generación de contenidos.
Seis) Revisar la programación y el horario de los programas dedicados a la discusión política, puesto que la democracia es un bien público que es, tal vez, el más importante de todos.
Seguidamente, la Honorable Senadora señora Provoste hizo hincapié en la situación especial de Televisión Nacional de Chile en el mercado nacional, lo que demuestra la valentía de los postulantes de afrontar el desafío que significa integrar el directorio de la red estatal.
En otro orden de consideraciones, y al igual como lo hicieran otros integrantes de la Comisión, destacó la necesidad de lograr una mayor integración nacional dándole más realce a los contenidos de orden regional, poniendo de manifiesto los inconvenientes que enfrenta la Red Atacama para su adecuado funcionamiento.
Luego, se refirió a la política de capitalización e inversión aprobada recientemente por el Congreso nacional y sobre el particular llamo la atención de la situación referida a los costos operacionales del canal que no son cubiertos con los ingresos que se obtienen. Enfatizó la necesidad de dar un adecuado tratamiento a este problema, ya que no debiera apostarse a una futura inyección de recursos públicos para permitir que la empresa pudiera seguir acometiendo sus funciones.
Finalmente, hizo alusión a la caída del rating de Televisión Nacional de Chile y en qué se piensa hacer respecto de los contenidos, ya que la estación debiera desarrollar semilleros de los diversos talentos que existen en el país.
En relación con estos planteamientos, la candidata señora Pilar Vergara expresó que el canal cultural es un mandato legal con recursos asignados, por lo que habrá que cumplir con él en su momento, pero que, por de pronto, es importante estabilizar financieramente el canal. Para ello, añadió, señaló que uno de los objetivos que debiera desarrollarse es innovar en la programación de manera de favorecer el aumento de la audiencia.
Por su parte, la señora Ana Beatriz Holuigue señaló que el canal cultural debe, además, ser educativo. Concordó con la candidata señora Vergara en el sentido de que la prioridad es entregar estabilidad financiera a TVN y luego cumplir con el mandato que la ley les entregó para levantar el canal cultural. El canal, según dijo, debe ser productor y proveedor de contenidos para todas las plataformas que hoy existen, incluidos los temas regionales, los de salud pública y otros de interés nacional sin ningún tipo de sesgo, dando garantías de pluralismo en la entrega de los mismos.
En materia de recursos, no descartó la posibilidad de tener que recurrir al Congreso solicitando nuevos recursos para lograr un desarrollo similar al modelo internacional que es la BBC, que cobra a los ciudadanos ingleses por la entrega de su señal de acuerdo si es en color o en blanco y negro, por lo que cuenta con recursos fijos que le permite un margen de acción que hoy TVN no tiene.
Asimismo, expresó que es posible hacer algo más acorde con el siglo XXI, considerando que la estación estatal es el medio de comunicación que naturalmente cohesiona.
A su turno, el señor Gonzalo Cordero afirmó que el rol de la televisión pública es fundamental en materia de educación, por lo que resulta clave la apertura de la red en este tipo de materias, particularmente a los que se han referido las señoras y señores senadores, como es el caso de salud pública, cuidado de la democracia y temas regionales.
En relación con el canal cultural, concordó con las candidatas en el sentido de que lo prioritario es salvar la crisis financiera en la cual se encuentra TVN, puesto que, tal como señaló en su presentación, el costo de oportunidad de una empresa pública es la ciudadanía. En este sentido, afirmó que la señal estatal no ha cumplido con el objetivo de competir con otros canales ni de transmitir valores públicos, puesto que su condición de empresa estatal la coloca en una situación especial en una economía de mercado. En ese mismo orden de ideas, recalcó que la empresa no puede continuar en una situación tan deficitaria como la actual.
Finalmente, la Honorable Senadora señora Provoste consultó al Ejecutivo por los tiempos que tiene considerados para la implementación de la ley 21.085 sobre capitalización de TVN, dado que el plazo se cumple el 3 de noviembre de este año.
Además, solicitó a los nuevos miembros del directorio colocar especial cuidado en la revisión o elaboración de nuevos protocolos en materia de abusos laborales y sexuales en la estación.
La señora Ministra Secretaria General de Gobierno explicó que en materia de capitalización, el Ejecutivo está disponible para implementar lo más pronto posible lo establecido en la ley N° 21.085, razón por la cual es urgente e indispensable contar con el directorio completo. Recordó que U$47 millones están aprobados como aporte extraordinario de capitalización a TVN, los que estarán destinados a activos financieros para su financiamiento y otros que determine el propio gobierno corporativo, monto que sólo podrá ser entregado una vez que la empresa informe al Ministerio de Hacienda el presupuesto de inversiones. Recordó que la totalidad del monto enunciado deberá ser entregado en un plazo máximo de seis meses contados desde la entrada en vigencia de la ley, plazo que se cumple el día 3 de noviembre de 2018.
Con respecto a los montos aprobados para la creación del canal cultural, que ascienden a U$18 millones, su utilización es una determinación soberana del nuevo Directorio, el que deberá autoconvocarse para la creación de una nueva señal y, una vez reunidos con dicho objeto, comienza a correr un nuevo plazo de doce meses para capitalizar esa cantidad.
Por su parte, el Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Gonzalo Blumel, declaró que los ministros están obligados constitucionalmente a cumplir la ley, por lo que eso es lo que harán. Así, el plan de capitalización de TVN se llevará adelante dentro del plazo establecido en el artículo 5° transitorio de la ley N° 21.085.
En ese mismo orden de materias, el Honorable Senador señor Quintana sugirió, dado que la información no se puede conocer mientras no esté instalado el directorio y considerando que es información privilegiada respecto de la competencia, que se invite al presidente del directorio de TVN con el objeto de que entregue los lineamientos generales de lo que hará la estación durante este mandato.
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Tras escuchar estos planteamientos, la Honorable Senadora señora Provoste declaró cerrado el debate, y recomendó aprobar la propuesta de Su Excelencia la Presidenta de la República en los términos propuestos e informar a la Sala que se da cumplimiento a los requisitos establecidos en la ley N° 19.132 que crea la Empresa Televisión Nacional de Chile, ya que consideró que se reúnen las condiciones que exigen los artículos 4 y 4 bis de la ley N° 19.132 y que no pesa sobre las candidatas y el candidato las inhabilidades que establece los artículos 4 ter y 5 del mismo cuerpo legal.
Por lo tanto, y en virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, la Comisión de Educación y Cultura, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señoras Provoste y Von Baer y señores García, Latorre y Quintana, tiene el honor de informar que, en la designación como miembros del Directorio de la Empresa Televisión Nacional de Chile se ha dado cumplimiento a los requisitos y formalidades previstos por el ordenamiento jurídico vigente, y propone a la Sala dar su acuerdo para el nombramiento como directores de dicha estación televisiva a señoras María del Pilar Vergara Tagle y Ana Beatriz Holuigue Barros, y señor Gonzalo Rodrigo Cordero Mendoza por los períodos ya señalados.
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Tratado y acordado en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Yasna Provoste Campillay (presidenta) y Ena Von Baer Jahn y señores José García Ruminot, Juan Ignacio Latorre Riveros y Jaime Quintana Leal.
Sala de la Comisión, a 11 de mayo de 2018.
(Fdo.): Francisco Javier Vives D., Secretario.
INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre fomento a las artes escénicas.
BOLETÍN Nº 11.408-24
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HONORABLE SENADO:
Vuestra Comisión de Educación y Cultura tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de la ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria, con urgencia calificada de “simple”.
A la sesión en que se analizó esta iniciativa de ley asistieron:
Del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio: la Ministra, señora Alejandra Pérez y el Subsecretario de las Culturas, señor Juan Carlos Silva y la Periodista, señorita Andrea Melgarejo.
De la Red de Festivales: el representante, señor Claudio Fuentes.
Del Sindicato de Danza Valparaíso: la Presidenta, señora Milca Galea.
De Sidarte: el Vicepresidente, señor Franco Beghelli.
De la Red de Salas de Teatro: el Presidente, el señor Gian Reginato.
Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Asesor, señor Rodrigo Kubick.
De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Analista, señor Pedro Guerra.
De la oficina de la Honorable Senadora señora Yasna Provoste: el Jefe de Gabinete, señor Christian Torres y los Asesores, señores Rodrigo Vera y Julio Valladares.
De la oficina del Honorable Senador señor José García Ruminot: el Asesor, señor Rodrigo Fuentes.
De la oficina del Honorable Senador señor Juan Ignacio Latorre: la Asesora, señor María José Tapia y el señor Leonardo Rissetti.
De la oficina del Honorable Senador señor Jaime Quintana: el Asesor, señor Marcelo Pérez.
Del Comité de la Unión Demócrata Independiente: la Periodista, señorita Karelyn Lüñecke.
Del Comité del Partido por la Democracia: el Periodista, señor Gabriel Muñoz.
El actor y gestor cultural, señor Jaime Mondría.
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OBJETIVO DEL PROYECTO
El propósito general de esta iniciativa de ley es apoyar, fomentar y difundir la creación, interpretación y producción de nuestros autores, directores, intérpretes y ejecutantes, compañías y elencos, investigadores y productores de las artes escénicas del país, e instar por la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en este ámbito de la cultura y las artes, en sus diversas expresiones.
En lo que se refiere a su institucionalidad, el proyecto plantea la creación del Consejo Nacional de las Artes Escénicas y del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, y considera el otorgamiento del Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República" en sus distintas manifestaciones.
NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL
Hacemos presente que la Comisión acordó, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 38 y 8°, inciso tercero, de la Constitución Política de la República, que los artículo 3° [1] y 5°, inciso primero, del proyecto de ley en informe tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales por lo que requieren para su aprobación de los cuatro séptimos de los Honorables Senadores en ejercicio, según lo prevé el artículo 66, inciso segundo, de la Carta Fundamental.
ANTECEDENTES
Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:
A.- ANTECEDENTES JURÍDICOS
1.- Decreto ley número 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda, sobre impuesto a la renta.
2.- Ley número 19.891, que crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.
3.- Ley número 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de 3 de noviembre de 2017.
B.- ANTECEDENTES DE HECHO
Mensaje
El propósito de esta iniciativa de ley es apoyar, fomentar y difundir la creación, interpretación y producción de autores, directores, intérpretes y ejecutantes, compañías y elencos, investigadores y productores de las artes escénicas del país, e instar por la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en este ámbito de la cultura y las artes, en sus diversas expresiones. Asimismo, tiene como objetivos el promover y facilitar el acceso de todos los chilenos a las manifestaciones escénicas del repertorio tanto nacional como universal, contribuyendo a un desarrollo armónico, eficiente y participativo de las artes escénicas, a través de todo el territorio nacional y en cada una de sus regiones. Un aspecto relevante en su génesis es el hecho que en su elaboración ha existido un amplio proceso de participación ciudadana, específicamente de los diversos sectores, actores y organizaciones que convergen en el mundo de las Artes Escénicas. En efecto, las ideas matrices y los fundamentos esenciales de la estructura de este nuevo cuerpo legal, de acuerdo con el mensaje, han tenido como antecedente las propuestas formuladas por las diversas entidades y organizaciones vinculadas al quehacer del arte escénico nacional, que hoy se encuentran organizados en la denominada Plataforma de las Artes Escénicas.
En cuanto al contenido del proyecto, puede sintetizarse en los siguientes asuntos:
Uno) Creación del Consejo Nacional de las Artes Escénicas.
Dos) Creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas.
Tres) Creación del Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”.
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Uno) Creación del Consejo Nacional de las Artes Escénicas.
El proyecto crea el Consejo Nacional de las Artes Escénicas, que estará conformado por personas representativas de las distintas actividades vinculadas al quehacer de las artes escénicas en el país. Tiene entre sus principales objetivos asesorar al Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en la definición de la política nacional de desarrollo de las Artes Escénicas; proponer medidas, programas y acciones para el desarrollo de las diversas artes escénicas; convocar a concursos públicos y asignar directamente previa postulación los recursos del Fondo que crea esta iniciativa legal; designar a las personas a cargo de la evaluación y selección de proyectos que serán financiados; promover y difundir en su ámbito el respeto y protección de derechos de autor y conexos; fomentar el desarrollo de acciones que promuevan y faciliten la inserción de obras escénicas nacionales en circuitos nacionales e internacionales, y promover la cooperación y acuerdos de coproducción con otros países; apoyar la formación profesional o técnica en artes escénicas y educación artística.
Dos) Creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas.
La iniciativa considera la creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, cuyo patrimonio estará constituido por los recursos que le asigne la Ley de Presupuestos, así como, por las donaciones y herencias que puedan realizar los particulares e instituciones privadas, como también de los aportes provenientes de la cooperación internacional. Estará destinado a otorgar financiamiento a proyectos, programas, medidas y acciones de fomento y desarrollo de las artes escénicas del país, en cumplimiento de los objetivos y funciones del Consejo. Entre las principales están apoyar la creación, producción y montaje de obras de teatro, danza, espectáculos circenses, títeres y narración oral; el otorgar becas, pasantías, tutorías o residencias; apoyar el desarrollo de festivales, encuentros y seminarios de artes escénicas; apoyar la investigación, identificación, recuperación, resguardo, puesta en valor, conservación, protección, difusión e investigación del patrimonio artístico escénico chileno; apoyar la reparación, adecuación y equipamiento de infraestructura para compañías de teatro, danza, circo, títeres y narradores orales; apoyar a los establecimientos educacionales en la difusión y conocimiento de obras y manifestaciones de las artes escénicas nacionales, como también para facilitar acciones orientadas al fomento de la formación de talentos; apoyar, en forma anual a compañías, agrupaciones y elencos estables de destacada trayectoria de teatro, danza, circo, títeres y narradores orales, para su funcionamiento y para que desarrollen sus programas de investigación, escritura de texto dramático, guiones y música, actividades de preproducción y producción, circulación y difusión de obras escénicas.
Los recursos de este Fondo serán asignados mediante concursos públicos y/o asignaciones directas, previa postulación de acuerdo a bases objetivas, u otros procedimientos de excepción, que se establecerán en el Reglamento que se deberá dictar al efecto. Este Fondo no podrá financiar materias que estén consideradas en el Fondo Nacional del Fomento del Libro y la Lectura; Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; Fondo para el Fomento de la Música Nacional y el Fondo de Fomento Audiovisual.
Tres) Creación del Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”.
Por otra parte, continúa el mensaje, y con el objeto de reconocer y estimular la labor autoral y artística en el ámbito de las artes escénicas, se instituye el Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de las República”, destinado a galardonar anualmente a artistas que por su excelencia, creatividad, destacada labor y aporte trascendente al repertorio de las artes escénicas nacionales se hagan acreedores a este galardón. El premio consistirá en un Diploma firmado y entregado por el Presidente de la República y en una suma única de doscientas unidades tributarias mensuales. Se otorgará un total de 8 premios.
Los Premios serán discernidos por el Consejo Nacional de las Artes Escénicas por la mayoría de sus miembros.
Agrega el mensaje que el texto del proyecto está compuesto por tres Títulos, conformados por dieciséis artículos permanentes, además dos disposiciones transitorias.
El Título I consta de dos artículos. En el primero de ellos se declara que el Estado chileno reconoce su deber de apoyar, fomentar y difundir la labor las artes escénicas nacionales, y de contribuir a la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en dicho ámbito. Asimismo, se contempla el compromiso de promover y facilitar el acceso de la ciudadanía a las manifestaciones escénicas, y de colaborar con el desarrollo armónico de las artes escénicas en todo el territorio nacional.
En el segundo artículo se establecen un conjunto de definiciones, para efectos de la adecuada aplicación de esta ley.
El Título II está conformado por dos párrafos. El Párrafo 1° se refiere al Consejo Nacional de las Artes Escénicas, estableciendo sus funciones, y su integración. Se detalla además la forma de designación y renovación de sus miembros, así como su forma de funcionamiento y las causales de cesación en sus cargos.
El Párrafo 2° está destinado a la creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas; estableciendo que su objeto es otorgar financiamiento a proyectos, programas, medidas y acciones de fomento y desarrollo de las artes escénicas del país, en el cumplimiento de los fines y funciones del Consejo. Se consignan los objetivos a los que está destinado, y su forma de operación. Se dispone que su regulación quede entregada al Reglamento que para estos efectos se deberá dictar.
El Título III considera la creación del Premio a las Artes Escénicas Nacionales "Presidente de la República"; estableciéndose las respectivas disciplinas de las artes escénicas y menciones en que éste se otorgará. Se describe además su procedimiento de otorgamiento, sus características y el monto del premio.
Finalmente, el texto del proyecto de ley concluye con dos artículos transitorios, en el que se señalan los plazos en los cuales se deberán implementar los debidos traspasos de recursos al Fondo y Premio creados en la presente ley. Además, considera la norma de imputación del gasto.
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DISCUSIÓN EN GENERAL
A.- Principales contenidos del texto del proyecto de ley.
El proyecto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados consta de dieciséis artículos permanentes y cuatro disposiciones transitorias.
Como se señaló al inicio de este informe, y así lo reseña el mensaje, el articulado permanente de la iniciativa considera en su artículo 3°, la creación, en el Ministerio en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, del Consejo Nacional de las Artes Escénicas (en adelante también “el Consejo”), el que formará parte de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes.
Sus funciones y atribuciones serán las siguientes:
1) Asesorar al Subsecretario de las Culturas y las Artes en la formulación y elaboración de la política nacional de desarrollo de las artes escénicas.
2) Promover el respeto a la libertad de creación y circulación de obras de artes escénicas, con pleno respeto a la diversidad y pluralidad cultural.
3) Promover y colaborar con la realización de estudios sobre la actividad de las artes escénicas en el país.
4) Proponer y apoyar medidas, programas y acciones que contribuyan al desarrollo de las diversas manifestaciones de las artes escénicas, estimulando la creación, formación, investigación, promoción, producción, exhibición y circulación de las obras escénicas nacionales; como asimismo, la creación de audiencias y el acceso equitativo a estas manifestaciones.
5) Promover y facilitar la inserción de las obras de artes escénicas nacionales en los circuitos internacionales, así como también estudiar y promover la cooperación y los acuerdos de coproducción con otros países, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
6) Apoyar la formación profesional o técnica mediante el financiamiento de becas, pasantías, tutorías o residencias, en los diversos ámbitos de las artes escénicas y la educación artística.
7) Colaborar con el Ministerio de Educación en la incorporación de las artes escénicas en la educación formal, tanto para la formación de escuelas artísticas como para la incorporación de las artes escénicas como un recurso pedagógico integral.
8) Estimular y apoyar, en el ámbito de sus competencias, a los establecimientos educacionales de nivel parvulario, básico, medio y superior, en la difusión y conocimiento de obras y manifestaciones de las artes escénicas nacionales, como también proponer y facilitar acciones orientadas al fomento de la formación de talentos en este ámbito, y utilizar estas artes escénicas en procesos formativos de las personas, creación de valores, trabajo en equipo, fortalecimiento de la creatividad y fomento al estudio de otras disciplinas.
9) Promover y colaborar en la salvaguardia y difusión del patrimonio de las artes escénicas.
10) Promover y difundir el respeto y protección de los derechos de autor y conexos, en los ámbitos de su competencia, de conformidad a la ley.
11) Convocar a concursos públicos y designar a las personas que cumplirán la labor de evaluar y seleccionar los proyectos, programas y acciones que serán financiados, todo de conformidad a la presente ley y su reglamento. Además, asignará directamente recursos del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, previa postulación, conforme a las normas y procedimientos establecidos en el párrafo 2° de esta ley y su reglamento.
12) Las demás que le asigne la ley.
Dicho Consejo, consagra el artículo 4°, estará integrado de la siguiente manera:
a) El Subsecretario de las Culturas y las Artes, quien lo presidirá.
b) Dos personas representativas del teatro, una de las cuales deberá ser director y la otra actor o actriz.
c) Dos personas representativas de la danza, una de las cuales deberá ser coreógrafo o pedagogo en danza y la otra intérprete.
d) Dos personas representativas del circo, una de las cuales deberá ser director artístico o formador en circo y la otra artista circense.
e) Una persona representativa de la narración oral.
f) Una persona representativa de los titiriteros.
g) Una persona representativa de los administradores de salas de artes escénicas, salas o espacios de teatro, danza, circo o títeres.
h) Una persona representativa de los diseñadores y técnicos de las artes escénicas.
i) Un académico de reconocido prestigio de uno o más ámbitos de las artes escénicas, designado por las instituciones de educación superior reconocidas por el Estado y acreditadas por un período de, a lo menos, cuatro años, de conformidad al reglamento.
j) Una persona de reconocido prestigio en la formación de artistas de uno o más ámbitos de las artes escénicas.
k) Un galardonado con el Premio Nacional de Artes de la Representación.
l) Un representante del Ministerio de Educación.
Los integrantes señalados en las letras b), c), d), e), f), g), h) y j) serán designados por la asociación gremial o sindical de carácter nacional más representativa que los agrupe, según corresponda, en la forma que determine el reglamento, y serán nombrados mediante resolución firmada por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. El integrante señalado en la letra k) será designado por los pares, de conformidad al reglamento. El integrante señalado en la letra l) será un funcionario público, nombrado por la respectiva Secretaría de Estado.
Los integrantes del Consejo que no sean funcionarios públicos tendrán derecho a percibir una dieta equivalente a 8 unidades de fomento por cada sesión a la que asistan, con un tope de 8 sesiones por año calendario, considerando tanto las sesiones ordinarias como extraordinarias. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba el consejero.
Los consejeros que no sean funcionarios públicos y que tengan que trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual para asistir a sesiones del Consejo, tendrán derecho a percibir un viático equivalente al que corresponda a un funcionario del grado 5 de la Escala Única de Sueldos.
Por su parte, artículo 5°, los consejeros, en el ejercicio de sus atribuciones, deberán observar el principio de probidad administrativa y, en particular, las reglas contempladas en la ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública, y en las demás normas generales y especiales que lo regulan.
Los integrantes del Consejo durarán dos años en sus funciones, y podrán ser designados nuevamente hasta por un período consecutivo.
Serán causales de cesación en el cargo de consejero las siguientes:
a) Expiración del período para el que fue nombrado.
b) Renuncia voluntaria.
c) Condena a pena aflictiva.
d) Incumplimiento grave y manifiesto de las normas sobre probidad administrativa.
e) Falta grave al cumplimiento de las obligaciones como consejero, de acuerdo a lo que establezca el reglamento.
f) Pérdida de la calidad a que se refiere el artículo 4, que justifica su integración.
La vacancia será declarada por resolución del Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Las vacantes serán llenadas por reemplazantes que serán elegidos utilizando el mismo procedimiento de selección de quien produjo la vacancia y que ejercerán el cargo de consejero por el resto del período que a aquel le correspondía cumplir.
Luego el proyecto considera, artículo 7, la creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas (en adelante también “el Fondo”), administrado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el cual se destinará al financiamiento parcial o total de programas, proyectos, medidas y acciones de fomento, desarrollo, conservación y salvaguardia de las artes escénicas del país, en cumplimiento de los objetivos y funciones del Consejo contempladas en el artículo 3 de esta ley, con exclusión de aquellas materias cuyo financiamiento esté considerado en las leyes N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, y modifica cuerpos legales que señala; N° 19.891, que crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; N° 19.928, sobre Fomento de la Música Chilena, y N° 19.981, sobre Fomento Audiovisual.
El Fondo estará constituido por:
a) Los recursos que para este efecto consulte anualmente la Ley de Presupuestos del Sector Público.
b) Los recursos provenientes de la cooperación internacional.
c) Las donaciones, herencias y legados que reciba. Estas donaciones estarán exentas del trámite de insinuación a que se refiere el artículo 1401 del Código Civil.
El Fondo, artículo 8°, dentro de las condiciones que se establecen en la presente ley y su reglamento, se destinará a:
a) Apoyar la creación, producción y montaje de obras de teatro, danza, circo, títeres y narración oral.
b) Apoyar la promoción, difusión, exhibición y circulación, en el territorio nacional, de las artes escénicas nacionales y del repertorio universal.
c) Apoyar el desarrollo de programas y acciones que contribuyan a la inserción de las obras de artes escénicas nacionales en los circuitos internacionales.
d) Apoyar la formación profesional y técnica, mediante el financiamiento de becas, pasantías, tutorías o residencias en materias de artes escénicas.
e) Apoyar la investigación, identificación, recuperación, resguardo, puesta en valor, conservación, protección y difusión del patrimonio artístico escénico chileno.
f) Apoyar el desarrollo de festivales, encuentros y seminarios de artes escénicas.
g) Apoyar el desarrollo de iniciativas de formación y mediación realizadas por las salas de teatro, danza, espacios de circo, centros culturales y otros agentes culturales, en espacios habilitados.
h) Apoyar la reparación, adecuación y equipamiento de infraestructura para compañías de teatro, danza, circo, títeres y narradores orales.
i) Apoyar a los establecimientos educacionales en la difusión y conocimiento de obras y manifestaciones de las artes escénicas nacionales, como también para facilitar acciones orientadas al fomento de la formación de talentos en artes escénicas.
j) Apoyar a compañías, agrupaciones y elencos estables con destacada trayectoria en las artes escénicas, para que desarrollen sus programas de investigación, escritura de texto dramático, guiones y música, actividades de preproducción y producción y montaje de obras, circulación y difusión de obras escénicas, así como a proyectos de naturaleza experimental, conforme a lo dispuesto en el reglamento.
k) Apoyar a las salas o espacios culturales destinados a la exhibición de artes escénicas con programación permanente, que contribuya a la formación de públicos, incluidos los espacios itinerantes, entre ellos los circos y los retablos de títeres, y que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento.
l) En general, financiar las actividades que el Consejo Nacional de las Artes Escénicas defina en el ejercicio de sus facultades.
La iniciativa establece en su artículo 11, que un reglamento, dictado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que deberá ser suscrito además por el Ministro de Hacienda, fijará los requisitos y procedimientos a que deberán ajustarse los concursos públicos que sean convocados y los proyectos que postulen a la asignación directa de los recursos del Fondo. Asimismo, deberá incluir, entre otras normas, los criterios de evaluación; elegibilidad; selección; rangos de financiamiento; viabilidad técnica y financiera, impacto social y cultural; la forma, instancia y órgano que efectuará los procesos de evaluación y selección que deberán ser realizados por especialistas, todo lo cual asegurará la debida imparcialidad, transparencia y objetividad en la asignación de los recursos; las normas de inhabilidades e incompatibilidades y el deber de abstención de las personas a cargo de la evaluación y selección; procedimiento de evaluación y selección de los proyectos presentados al Fondo, y los compromisos y garantías de resguardo para el Fisco.
Asimismo, el reglamento determinará las fechas y plazos de convocatoria a concursos, las modalidades de información pública que aseguren un amplio conocimiento de la ciudadanía sobre su realización y resultados, los mecanismos de control y evaluación de la ejecución de las iniciativas, proyectos, actividades y programas que aseguren el correcto empleo de los recursos del Fondo.
Por otra parte, el artículo 12, crea el Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”, destinado a reconocer la obra de los artistas escénicos que, por su excelencia, creatividad, destacada labor y aporte trascendente al repertorio de las artes escénicas nacionales, se hagan acreedores a este galardón, en las siguientes disciplinas:
1) Teatro, mención dirección teatral.
2) Teatro, mención intérprete, elenco o compañía.
3) Danza, mención coreografía.
4) Danza, mención intérprete, elenco o compañía.
5) Circo, mención intérprete, elenco o compañía.
6) Títeres o Narración Oral.
7) Dramaturgia, destinado a reconocer la trayectoria destacada de un autor de textos dramatúrgicos.
8) Diseñador Escénico, destinado a reconocer al artista que, por su excelencia y creatividad, tenga una destacada labor como diseñador integral de artes escénicas.
Dicho premio, artículo 13, será discernido anualmente por la mayoría de los miembros del Consejo Nacional de las Artes Escénicas convocado por su Presidente. Éste se otorgará en cada una de las disciplinas que se señalan en el artículo anterior, a las personas naturales, y en su caso, al elenco o compañía, que cultiven dichas disciplinas en la calidad correspondiente y en las menciones que ese mismo artículo señala.
En caso de asignar el premio a un elenco o compañía éste será repartido en partes iguales entre sus integrantes.
El Consejo podrá declarar desierto alguno de los premios que establece este título.
Cada premio a las Artes Escénicas “Presidente de la República, artículo 14, comprende los siguientes galardones:
1) Un diploma firmado por el Presidente de la República, suscrito, además, por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en el que se dejará constancia de la disciplina referidas en el artículo 12, a las cuales corresponde el galardonado.
2) Una suma única ascendente a 200 unidades tributarias mensuales.
En lo que respecta a la estructura financiera del proyecto de ley, el artículo tercero transitorio dispone que el mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con tales recursos.
El costo total de esta iniciativa, de acuerdo a su informe financiero, asciende a la suma de $3.659.041.000; el gasto con cargo al presupuesto vigente del Ministerio es la suma de $3.478.596.000, siendo el mayor gasto en régimen la suma de $180.445.000.
B.- Exposiciones de invitados
1.- Milca Galea, del Sindicato de Danza de Valparaíso, declaró que el propósito de este proyecto se ley se inserta en la necesidad de apoyar, fomentar y difundir la creación, interpretación, y producción de autores, directores, intérpretes y ejecutantes, colectivos, compañías y elencos, investigadores, cultores y productores del país, e instar por la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en éste ámbito de la cultura y las artes, en diversas expresiones. Asimismo, persigue promover y facilitar el acceso a todos los chilenos y chilenas a las manifestaciones escénicas del repertorio tanto nacional como universal, contribuyendo a un desarrollo armónico, eficiente y participativo de las AA.EE a través de todo el territorio nacional y en cada una de sus regiones.
Continuando con su exposición, señaló que el sindicato de trabajadores de la danza de la región de Valparaíso se integró el año 2015 a la plataforma del proyecto con el objetivo de participar y entregar insumos y contenidos de la situación laboral de la danza regional. Para sociabilizar la iniciativa y visibilizar la información en nuestro sector regional, añadió, se generaron espacios de presentación y diálogo no solo con los trabajadores de la danza local, sino también con los trabajadores del teatro, el circo, los titiriteros y narradores orales. Entre las actividades de información y presentación se consideraron encuentros regionales de danza- realizados en Valparaíso el 2015 y 2016, el primer encuentro regional de trabajadores de las artes escénicas - Valparaíso 2016 y variadas Tertulias y Asambleas del aludido sindicato, 2015-2016. A nivel nacional, asimismo, se informó y presentó en convocatorias de categoría nacional e internacional como son: el Seminario de reflexión Internacional de danza Mov´s Chile realizado en el año 2015, instancia que llevó a representar a la sociedad civil el proyecto de ley en el encuentro de la plataforma Iberoamericana de danza (PID) Cali- Colombia- 2015 y por último en el Seminario Internacional de Políticas Culturales para las artes escénicas realizado en Santiago por el CNCA, 2017
Las instancias, según dijo, permitieron visibilizar las precarias condiciones con las que se trabaja durante los procesos creativos de las obras y la hibridez política con la que se asume el desarrollo artístico en el campo de la educación y de la formación profesional. Añadió que también se visibilizó las escasas condiciones laborales y de seguridad social, el escuálido reconocimiento a los pueblos originarios del territorio, la invisibilización de cultores y la precariedad del trabajo artístico-social comunitario, entre otros.
Para ello se trabajó en la elaboración de un proyecto de ley de artes escénicas que reconozca el aporte de los artistas escénicos al desarrollo cultural de Chile, que respete la libertad de creación y difusión de las artes, para lo que solicitó el reconocimiento de la calidad de trabajadores de los artistas y técnicos escénicos, la irrenunciabilidad de los derechos de autor y de los derechos laborales, la escrituración de contratos laborales, transparencia y coherencia en las condiciones pactados en los contratos, la independencia de las formas de explotación que conforman el derecho patrimonial del autor, libertad sindical y seguridad laboral.
Declaró enseguida que el arte y la cultura debe salir del lugar del ocio y el entretenimiento. Los trabajadores de las artes desarrollan procesos de investigación, creación, montaje y producción para presentar al público una obra de contenidos estéticos y artísticos propias del lenguaje, ejecutados a un gran nivel profesional.
Finalizó su exposición leyendo una definición de la UNESCO relacionada con la cultura:
“La cultura puede considerarse actualmente como el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o un grupo social. Ella engloba, además de las artes y las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales al ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y que la cultura da al hombre la capacidad de reflexionar sobre sí mismo. Es ella la que hace de nosotros seres específicamente humanos, racionales, críticos y éticamente comprometidos. A través de ella discernimos los valores y efectuamos opciones. A través de ella el hombre se expresa, toma conciencia de sí mismo, se reconoce como un proyecto inacabado, pone en cuestión sus propias realizaciones, busca incansablemente nuevas significaciones, y crea obras que lo trascienden”
2.- Franco Beghelli, representante de SIDARTE, reconoció los avances en materia de institucionalidad como es la creación de áreas sectoriales, lo que ha entregado una serie de insumos de diagnóstico para comprender y dimensionar las prácticas del sector. Asimismo, hizo presente que las propuestas de institucionalidad han delimitado fondos y mecanismos de apoyo, pero no la generación de nuevos canales legislativos que aborden problemáticas detectadas en las artes escénicas.
En este sentido, una propuesta asociativa debiera incluir aspectos tales como escuelas o espacios de formación; sindicatos y redes; salas y espacios de articulación; artistas y creadores; agrupaciones de Compañías o colectivos; festivales; técnicos y realizadores; diseñadores; productores y gestores, y financistas y empresas. El objeto de esto es, según dijo, promover y difundir la legitimización social del sector de las artes escénicas en los ámbitos laborales, educativos, simbólicos y patrimoniales del país, cuyo propósito es construir un trabajo colectivo por medio de la planificación y la comunicación a nivel nacional entre los diversos agentes de la actividad, para así constituirse como una organización política que valide el sector en Chile.
De acuerdo con lo anterior, puntualizó, se podrá apuntar a la descentralización de los problemas de las artes escénicas en el ámbito nacional; diversificar el financiamiento del sector por medio de canales independientes al ámbito de la concursabilidad; injerir en la formación de las artes escénicas con el objeto de profesionalizar el sector, y resguardar el ámbito laboral de los distintos agentes del sector de las artes escénicas.
3.- Gian Reginato, de la Red de Salas de Teatro, señaló que en una primera revisión de los casos y modelos internacionales de legislación sobre artes escénicas al año 2014, arrojó que existen, en Chile, la ley N° 19.998, que crea el Consejo de la Música Chilena (2003); la ley N° 19.227, del Fondo Nacional de Fomento del Libro (1993), y la ley N° 19.981, de Fomento Audiovisual (2004). En el ámbito internacional recordó la ley nacional de la danza y de teatro de la República Argentina, así como la ley de teatro de Colombia.
Expresó que el propósito de la iniciativa de ley en debate es apoyar, fomentar y difundir la creación, interpretación y producción de nuestros autores, directores, intérpretes y ejecutantes, compañías y elencos, investigadores y productores de las artes escénicas del país, instando por la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en este ámbito de la cultura y las artes en sus diversas expresiones. Asimismo, tiene por objeto promover u facilitar el acceso de todos los chilenos al as manifestaciones escénicas del repertorio nacional e internacional, contribuyendo a un desarrollo armónico, eficiente y participativo de las artes escénicas por todo el territorio nacional y en cada una de sus regiones.
4.- Claudio Fuentes, representante de la Red de Festivales, se refirió a algunos de los principales objetivos de la iniciativa legal, destacando que los objetivos del Consejo Nacional de las Artes Escénicas consisten en asesorar al Ministro de las Culturas en la política nacional del rubro; proponer medidas para su desarrollo; convocar a concursos públicos y asignar directamente los recursos del Fondo de Artes Escénicas; promover la protección de derechos de autor; fomentar la circulación y acuerdos de coproducción de obras tanto en Chile como en el extranjero, y apoyar la formación profesional o técnica y la educación artística.
Respecto de la composición del Consejo, acompañó la siguiente lámina:
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De esta forma, el Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas tendrá recursos que serán asignados por la Ley de Presupuestos; donaciones y herencias de particulares y aportes internacionales.
De acuerdo con lo anterior, además, y con el objetivo de reconocer y estimular la labor autoral y artística en el ámbito de las artes escénicas, se instituye el Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”. Los premios serán discernidos por el Consejo Nacional de las Artes Escénicas por la mayoría de sus miembros.
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C.- Planteamientos del Ejecutivo
Finalizadas las exposiciones, la Ministra de las Cultras, las Artes y el Patrimonio, señora Alejandra Pérez, valoró los contenidos expuestos y manifestó que el Ejecutivo está de acuerdo con el objetivo y el sentido de la propuesta en debate, razón por la cual se ha repuesto la urgencia constitucional sobre el mismo, en una clara señal de que sea ley de la República en el menor tiempo posible. Destacó que en el transcurso del proceso legislativo se han escuchado y han intervenido un gran número de artistas y grupos de la sociedad civil que han enriquecido la discusión con sus aportes.
Respecto de la asignación directa del 20%, declaró que en el Ministerio que encabeza existen diversas asignaciones de este tipo que dependen del Ministro de turno, cuestión que, según dijo, es perjudicial para los artistas, en razón de que no es asumida como una política de Estado sino que, más bien, depende del Gobierno de que se trate. Por ello, sugirió estudiar una forma de institucionalizar el tema para que no sea de manera directa, pues ello conlleva una situación de fragilidad para los artistas y, además, quienes asignan quedan en una posición de vulnerabilidad que puede resultar peligrosa.
Respecto del Premio “Presidente de la República, dijo que hay que estudiarlo en su mérito dada la cantidad de premios de esta naturaleza que hoy se entregan desde el Ministerio, lo que lo hace perder el valor en sí mismo.
A propósito de la composición del Consejo, concordó con que sus integrantes deben tener una carácter más comprensivo de la sociedad chilena y del mundo de las artes escénicas, particularmente en lo que dice relación con las regiones.
Concluyó sus expliaciones comprometiendo que todos estos temas pueden ser incluidos por medio de indicaciones durante la discusion en particular de este proyecto de ley.
Por su parte, el Subsecretario de las Culturas, señor Juan Carlos Silva, precisó que la intención del Ejecutivo es apoyar esta iniciativa e introducir ciertas modificaciones durante la discusión en particular con el objeto de perfeccionar algunos aspectos del mismo, particularmente en lo que dice relación con la compatibilización de necesidades de todos los sectores de las culturas, las artes y el patrimonio. En ese sentido, anunció que el Ejecutivo formulará indicaciones con el objeto de precisar algunos conceptos del texto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, así como otros referidos a la orgánica y composición del Consejo que se propone.
D.- Debate en la Comisión y votación en general
Al iniciarse el debate en la Comisión, el Honorable Senador señor García Ruminot consultó al Ejecutivo por el número de Consejos que existen dentro del Ministerio y si ellos forman parte de la función de control y supervigilancia y cuántos premios son los que al fecha entrega dicha Cartera.
En lo que se refiere al Fondo de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, dijo que éste siempre será escaso considerando la enorme cantidad de necesidades que presenta el mundo del arte, por lo que sugirió a los representantes de la sociedad civil acudir, además, al 2% de los montos que disponen cada uno de los Gobiernos Regionales para cultura. Sugirió que en este proyecto se haga una referencia a que las organizaciones que formarán parte de este Consejo o que se vinculen por esta vía, puedan postular y participar de los proyectos de cultura de los Gobiernos Regionales.
Por su parte, la Honorable Senadora señora Von Baer destacó que este un proyecto de ley de alta relevancia y que durante la discusión particular del mismo se abrirá una oportunidad para mejorar todos los aspectos que sea necesario resolver, especialmente en lo que se refiere a la participación de representantes regionales en el Consejo Nacional de las Artes Escénicas que se crea, ya que, en su opinión, la diversidad que presentan los sectores subnacionales no está calibrada de manera equitativa en la formula aprobada por la Honorable Cámara de Diputados.
Luego, el Honorable Senador señor Quintana destacó que la materia que regula esta iniciativa es de la máxima relevancia y que también fue debatido al momento de discutir el proyecto de ley que creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, razón por la cual manifestó su preocupación por el desfase de estar legislando despúes de la instalación del Ministerio sobre un tema que es parte del mismo. Más aún considerando que esta una iniciativa que surge propiamente de la sociedad civil, más allá de las urgencias que pueda asignar el Ejecutivo.
Fue de opinión que, al igual que otras áreas de las culturas que cuentan con cuerpos normativos específicos, tales como es el caso de la música y el libro, esta área también cuente con la propia, de manera de poner término a una situación de desquilibrio con quienes se desempeñan en las artes escénicas. En razón de lo anterior, hizo un llamado al Ejecutivo para profundizar una serie de temas durante la discusión en particular, especialmente sobre el desquilibrio en cuanto a los apoyos y la asignación de los recursos para todas las áreas de las culturas y las artes.
Seguidamente, la Honorable Senador señora Provoste concordó con la relevancia del proyecto y del desarrollo integral de las artes escénicas en todo el territorio nacional con la diversidad cultural de cada una de las regiones, razón por la cual el diseño del Consejo debe ser revisado considerando el trabajo que hasta la fecha han desarrollado las distintas organizaciones de la sociedad civil a lo largo de Chile.
Respecto de algunos de los contenidos del proyecto de ley, y en especial, en lo referido a las funciones y atribuciones del Consejo Nacional de las Artes Escénicas, fue del parecer de considerar una participación más activa en lo que respecta a la función de asesorar al Subsecretario de las Culturas y las Artes en la formulación y elaboración de la política nacional de desarrollo de las artes escénicas. Para ello sugirió reemplazar la expresión verbal “asesorar” por “proponer”.
En cuanto a la integración del referido Consejo, afirmó que se habla de personas “representativas” de las distintas disciplinas, con el objeto de ampliar la mirada sobre los asuntos tratados más allá de los “representantes” que pueden, en algunas situaciones, defender intereses corporativos. Sin perjuicio de lo anterior, el mismo proyecto declara que las personas “representativas” de las letras b), c), d), e), f), g), h) y j) serán designadas por la asociación gremial o sindical de carácter nacional más representativa que las agrupe, lo que va en un sentido contrario al que se persigue. Asimismo, concordó con las otras intervenciones en cuanto a que se requiere una mayor presencia regional.
Finalmente, en lo que dice relación con reglamento que considera el artículo 11, que exige que sea dictado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y suscrito además por el Ministerio de Hacienda, sostuvo que ello puede constituir una supervisión innecesaria. Además, la misma norma se refiere a los recursos comprometidos para el fondo, donde sólo se establecen aquéllos con los que hoy cuenta el FONDART para las Artes Escénicas. De esta forma, consultó si acaso se incorporarán nuevos montos o si bien se mantendrán los mismos.
En cuanto a la cantidad de Comisiones que preguntó el Honorable Senador señor García Ruminot, la señora Ministra respondió que existen tres Comisiones: la del Libro; la de la Música, y la de Artes Audiovisuales. Además de la Comisión Indígena, el Consejo Nacional de la Cultura y los Consejos Regionales de la Cultura.
Por último, añadió que los premios que están a cargo del Ministerio ascienden a un total de diecinueve, sin considerar los premios a la literatura, la música, las artes visuales y las representativas; además de otros de carácter puntual como son, por ejemplo, el premio “Pablo Neruda” y premio “Manuel Rojas”, entre otros.
- Cerrado el debate por la señora Presidenta de la Comisión y puesto en votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadoras señoras Provoste y Von Baer, y señores García Ruminot, Latorre y Quintana.
Cabe consignar que, sin perjuicio de la aprobación en general precedentemente transcrita, la Comisión, a propuesta de la Honorable Senadora señora Von Baer, acordó que antes de que venza el plazo para formular indicaciones, se pueda escuchar la opinión de otras entidades que no pudieron expresarse en esta oportunidad.
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TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN
De conformidad al acuerdo anterior, vuestra Comisión de Educación y Cultura os propone aprobar en general y en sus mismos términos el proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, que es del siguiente tenor:
“PROYECTO DE LEY
TÍTULO I
DE LAS ARTES ESCÉNICAS
“Artículo 1.- El Estado de Chile apoya, fomenta y promueve la labor de autores, directores, intérpretes y ejecutantes, compañías y elencos e investigadores de las artes escénicas del país, así como la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en este ámbito.
Igualmente, promueve y facilita el acceso de la ciudadanía a las manifestaciones escénicas del repertorio nacional y universal, y colabora con el desarrollo armónico de las artes escénicas en cada una de las regiones del país.
Artículo 2.- Para los efectos de esta ley se entenderá por:
a) Artes escénicas: conjunto de manifestaciones de carácter artístico que se desarrollan en un tiempo y espacio limitado, en el cual un artista o grupo de artistas, usando su cuerpo como instrumento esencial, transforman la creación de uno o más autores en un espectáculo que se representa.
Pertenecen a las artes escénicas el teatro, la danza, el circo, los títeres y la narración oral, y todas las combinaciones artísticas posibles entre estas disciplinas. Las actividades de investigación, crítica especializada, formación y docencia en estos ámbitos se entenderán parte integrante de las artes escénicas.
b) Artistas escénicos: directores, dramaturgos, coreógrafos, actores y actrices, titiriteros, narradores orales, bailarines, artistas circenses, diseñadores integrales o de escenografía, de iluminación y de vestuario.
c) Productor o gestor escénico: persona natural o jurídica responsable de promover, incentivar, diseñar, realizar y supervisar las acciones o aspectos del montaje de una producción escénica, y que coordina las actividades y aspectos administrativos y financieros relativos al espectáculo, sea o no el responsable de la obtención de los fondos para ello.
d) Administrador de sala de artes escénicas: persona natural o jurídica que realiza la explotación de una sala o recinto con programación permanente en el que se desarrollan las artes escénicas, sea que asuma o no, al mismo tiempo, el rol de productor o gestor de artes escénicas.
e) Técnicos de las artes escénicas: técnicos, tramoyas, realizadores y otros afines.
TÍTULO II
DEL DESARROLLO Y FOMENTO DE LAS ARTES ESCÉNICAS
Párrafo 1°
Del Consejo Nacional de las Artes Escénicas
Artículo 3.- Créase, en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo Nacional de las Artes Escénicas (en adelante también “el Consejo”), el que formará parte de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes.
Las funciones y atribuciones del Consejo Nacional de las Artes Escénicas serán las siguientes:
1) Asesorar al Subsecretario de las Culturas y las Artes en la formulación y elaboración de la política nacional de desarrollo de las artes escénicas.
2) Promover el respeto a la libertad de creación y circulación de obras de artes escénicas, con pleno respeto a la diversidad y pluralidad cultural.
3) Promover y colaborar con la realización de estudios sobre la actividad de las artes escénicas en el país.
4) Proponer y apoyar medidas, programas y acciones que contribuyan al desarrollo de las diversas manifestaciones de las artes escénicas, estimulando la creación, formación, investigación, promoción, producción, exhibición y circulación de las obras escénicas nacionales; como asimismo, la creación de audiencias y el acceso equitativo a estas manifestaciones.
5) Promover y facilitar la inserción de las obras de artes escénicas nacionales en los circuitos internacionales, así como también estudiar y promover la cooperación y los acuerdos de coproducción con otros países, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
6) Apoyar la formación profesional o técnica mediante el financiamiento de becas, pasantías, tutorías o residencias, en los diversos ámbitos de las artes escénicas y la educación artística.
7) Colaborar con el Ministerio de Educación en la incorporación de las artes escénicas en la educación formal, tanto para la formación de escuelas artísticas como para la incorporación de las artes escénicas como un recurso pedagógico integral.
8) Estimular y apoyar, en el ámbito de sus competencias, a los establecimientos educacionales de nivel parvulario, básico, medio y superior, en la difusión y conocimiento de obras y manifestaciones de las artes escénicas nacionales, como también proponer y facilitar acciones orientadas al fomento de la formación de talentos en este ámbito, y utilizar estas artes escénicas en procesos formativos de las personas, creación de valores, trabajo en equipo, fortalecimiento de la creatividad y fomento al estudio de otras disciplinas.
9) Promover y colaborar en la salvaguardia y difusión del patrimonio de las artes escénicas.
10) Promover y difundir el respeto y protección de los derechos de autor y conexos, en los ámbitos de su competencia, de conformidad a la ley.
11) Convocar a concursos públicos y designar a las personas que cumplirán la labor de evaluar y seleccionar los proyectos, programas y acciones que serán financiados, todo de conformidad a la presente ley y su reglamento. Además, asignará directamente recursos del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, previa postulación, conforme a las normas y procedimientos establecidos en el párrafo 2° de esta ley y su reglamento.
12) Las demás que le asigne la ley.
Artículo 4.- El Consejo Nacional de las Artes Escénicas estará integrado de la siguiente manera:
a) El Subsecretario de las Culturas y las Artes, quien lo presidirá.
b) Dos personas representativas del teatro, una de las cuales deberá ser director y la otra actor o actriz.
c) Dos personas representativas de la danza, una de las cuales deberá ser coreógrafo o pedagogo en danza y la otra intérprete.
d) Dos personas representativas del circo, una de las cuales deberá ser director artístico o formador en circo y la otra artista circense.
e) Una persona representativa de la narración oral.
f) Una persona representativa de los titiriteros.
g) Una persona representativa de los administradores de salas de artes escénicas, salas o espacios de teatro, danza, circo o títeres.
h) Una persona representativa de los diseñadores y técnicos de las artes escénicas.
i) Un académico de reconocido prestigio de uno o más ámbitos de las artes escénicas, designado por las instituciones de educación superior reconocidas por el Estado y acreditadas por un período de, a lo menos, cuatro años, de conformidad al reglamento.
j) Una persona de reconocido prestigio en la formación de artistas de uno o más ámbitos de las artes escénicas.
k) Un galardonado con el Premio Nacional de Artes de la Representación.
l) Un representante del Ministerio de Educación.
Los integrantes señalados en las letras b), c), d), e), f), g), h) y j) serán designados por la asociación gremial o sindical de carácter nacional más representativa que los agrupe, según corresponda, en la forma que determine el reglamento, y serán nombrados mediante resolución firmada por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. El integrante señalado en la letra k) será designado por los pares, de conformidad al reglamento. El integrante señalado en la letra l) será un funcionario público, nombrado por la respectiva Secretaría de Estado.
Los integrantes del Consejo que no sean funcionarios públicos tendrán derecho a percibir una dieta equivalente a 8 unidades de fomento por cada sesión a la que asistan, con un tope de 8 sesiones por año calendario, considerando tanto las sesiones ordinarias como extraordinarias. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba el consejero.
Los consejeros que no sean funcionarios públicos y que tengan que trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual para asistir a sesiones del Consejo, tendrán derecho a percibir un viático equivalente al que corresponda a un funcionario del grado 5 de la Escala Única de Sueldos.
Artículo 5.- Los consejeros, en el ejercicio de sus atribuciones, deberán observar el principio de probidad administrativa y, en particular, las reglas contempladas en la ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública, y en las demás normas generales y especiales que lo regulan.
Los integrantes del Consejo durarán dos años en sus funciones, y podrán ser designados nuevamente hasta por un período consecutivo.
Serán causales de cesación en el cargo de consejero las siguientes:
a) Expiración del período para el que fue nombrado.
b) Renuncia voluntaria.
c) Condena a pena aflictiva.
d) Incumplimiento grave y manifiesto de las normas sobre probidad administrativa.
e) Falta grave al cumplimiento de las obligaciones como consejero, de acuerdo a lo que establezca el reglamento.
f) Pérdida de la calidad a que se refiere el artículo 4, que justifica su integración.
La vacancia será declarada por resolución del Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Las vacantes serán llenadas por reemplazantes que serán elegidos utilizando el mismo procedimiento de selección de quien produjo la vacancia y que ejercerán el cargo de consejero por el resto del período que a aquel le correspondía cumplir.
Artículo 6.- El Consejo Nacional de las Artes Escénicas sesionará en las dependencias del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el que proporcionará los medios materiales para su funcionamiento. Sesionará previa citación de su Presidente y también cada vez que lo solicite, a lo menos, la mitad de sus integrantes. Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, el quórum para sesionar y adoptar acuerdos, los procedimientos para decidir en caso de empate y, en general, las normas para su adecuado funcionamiento se establecerán por acuerdo del propio Consejo.
La Subsecretaría de las Culturas y las Artes será la encargada de ejecutar los acuerdos del Consejo Nacional de las Artes Escénicas.
Párrafo 2°
Del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas
Artículo 7.- Créase el Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas (en adelante también “el Fondo”), administrado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el cual se destinará al financiamiento parcial o total de programas, proyectos, medidas y acciones de fomento, desarrollo, conservación y salvaguardia de las artes escénicas del país, en cumplimiento de los objetivos y funciones del Consejo contempladas en el artículo 3 de esta ley, con exclusión de aquellas materias cuyo financiamiento esté considerado en las leyes N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, y modifica cuerpos legales que señala; N° 19.891, que crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; N° 19.928, sobre Fomento de la Música Chilena, y N° 19.981, sobre Fomento Audiovisual.
El Fondo estará constituido por:
a) Los recursos que para este efecto consulte anualmente la Ley de Presupuestos del Sector Público.
b) Los recursos provenientes de la cooperación internacional.
c) Las donaciones, herencias y legados que reciba. Estas donaciones estarán exentas del trámite de insinuación a que se refiere el artículo 1401 del Código Civil.
Artículo 8.- El Fondo, dentro de las condiciones que se establecen en la presente ley y su reglamento, se destinará a:
a) Apoyar la creación, producción y montaje de obras de teatro, danza, circo, títeres y narración oral.
b) Apoyar la promoción, difusión, exhibición y circulación, en el territorio nacional, de las artes escénicas nacionales y del repertorio universal.
c) Apoyar el desarrollo de programas y acciones que contribuyan a la inserción de las obras de artes escénicas nacionales en los circuitos internacionales.
d) Apoyar la formación profesional y técnica, mediante el financiamiento de becas, pasantías, tutorías o residencias en materias de artes escénicas.
e) Apoyar la investigación, identificación, recuperación, resguardo, puesta en valor, conservación, protección y difusión del patrimonio artístico escénico chileno.
f) Apoyar el desarrollo de festivales, encuentros y seminarios de artes escénicas.
g) Apoyar el desarrollo de iniciativas de formación y mediación realizadas por las salas de teatro, danza, espacios de circo, centros culturales y otros agentes culturales, en espacios habilitados.
h) Apoyar la reparación, adecuación y equipamiento de infraestructura para compañías de teatro, danza, circo, títeres y narradores orales.
i) Apoyar a los establecimientos educacionales en la difusión y conocimiento de obras y manifestaciones de las artes escénicas nacionales, como también para facilitar acciones orientadas al fomento de la formación de talentos en artes escénicas.
j) Apoyar a compañías, agrupaciones y elencos estables con destacada trayectoria en las artes escénicas, para que desarrollen sus programas de investigación, escritura de texto dramático, guiones y música, actividades de preproducción y producción y montaje de obras, circulación y difusión de obras escénicas, así como a proyectos de naturaleza experimental, conforme a lo dispuesto en el reglamento.
k) Apoyar a las salas o espacios culturales destinados a la exhibición de artes escénicas con programación permanente, que contribuya a la formación de públicos, incluidos los espacios itinerantes, entre ellos los circos y los retablos de títeres, y que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento.
l) En general, financiar las actividades que el Consejo Nacional de las Artes Escénicas defina en el ejercicio de sus facultades.
Artículo 9.- Los recursos que se destinen a los fines de esta ley se considerarán en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo.
En todo caso, la distribución de los recursos del Fondo deberá contemplar criterios de diversidad, descentralización y acceso al repertorio nacional y obras universales de las manifestaciones escénicas.
Artículo 10.- La selección de los programas, proyectos, medidas y acciones referidas al fomento y desarrollo de las artes escénicas nacionales que se financiarán deberá efectuarse mediante concursos públicos, postulaciones u otros procedimientos de excepción establecidos en el reglamento, que se sujetarán a las bases generales señaladas en las disposiciones precedentes y en el respectivo reglamento.
Con todo, los recursos del Fondo para las materias señaladas en los literales a), b), d), g) y h) del artículo 8 se asignarán mediante concursos públicos, que se llamarán en medios nacionales y regionales, con amplia difusión, sobre bases objetivas señaladas con antelación para asignarlos y resolverlos. Los recursos del Fondo para las materias establecidas en los literales c), e), f), i), j) y k) del citado artículo podrán asignarse mediante concursos públicos o asignación directa. La asignación directa procederá previa postulación y hasta un máximo del 20% de los recursos del Fondo, de acuerdo a normas objetivas y públicas que den cumplimiento a la materia, contenidos y demás características definidos por el Consejo y las normas establecidas en el reglamento a que alude el artículo siguiente.
Artículo 11.- Un reglamento, dictado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que deberá ser suscrito además por el Ministro de Hacienda, fijará los requisitos y procedimientos a que deberán ajustarse los concursos públicos que sean convocados y los proyectos que postulen a la asignación directa de los recursos del Fondo. Asimismo, deberá incluir, entre otras normas, los criterios de evaluación; elegibilidad; selección; rangos de financiamiento; viabilidad técnica y financiera, impacto social y cultural; la forma, instancia y órgano que efectuará los procesos de evaluación y selección que deberán ser realizados por especialistas, todo lo cual asegurará la debida imparcialidad, transparencia y objetividad en la asignación de los recursos; las normas de inhabilidades e incompatibilidades y el deber de abstención de las personas a cargo de la evaluación y selección; procedimiento de evaluación y selección de los proyectos presentados al Fondo, y los compromisos y garantías de resguardo para el Fisco.
Asimismo, el reglamento determinará las fechas y plazos de convocatoria a concursos, las modalidades de información pública que aseguren un amplio conocimiento de la ciudadanía sobre su realización y resultados, los mecanismos de control y evaluación de la ejecución de las iniciativas, proyectos, actividades y programas que aseguren el correcto empleo de los recursos del Fondo.
TÍTULO III
DEL PREMIO A LAS ARTES ESCÉNICAS NACIONALES “PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA”
Artículo 12.- Créase el Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”, destinado a reconocer la obra de los artistas escénicos que, por su excelencia, creatividad, destacada labor y aporte trascendente al repertorio de las artes escénicas nacionales, se hagan acreedores a este galardón, en las siguientes disciplinas:
1) Teatro, mención dirección teatral.
2) Teatro, mención intérprete, elenco o compañía.
3) Danza, mención coreografía.
4) Danza, mención intérprete, elenco o compañía.
5) Circo, mención intérprete, elenco o compañía.
6) Títeres o Narración Oral.
7) Dramaturgia, destinado a reconocer la trayectoria destacada de un autor de textos dramatúrgicos.
8) Diseñador Escénico, destinado a reconocer al artista que, por su excelencia y creatividad, tenga una destacada labor como diseñador integral de artes escénicas.
Artículo 13.- El Consejo Nacional de las Artes Escénicas convocado por su Presidente, discernirá anualmente este premio por la mayoría de sus miembros. Éste se otorgará en cada una de las disciplinas que se señalan en el artículo anterior, a las personas naturales, y en su caso, al elenco o compañía, que cultiven dichas disciplinas en la calidad correspondiente y en las menciones que ese mismo artículo señala.
En caso de asignar el premio a un elenco o compañía éste será repartido en partes iguales entre sus integrantes.
El Consejo podrá declarar desierto alguno de los premios que establece este título.
Artículo 14.- Cada premio a las Artes Escénicas “Presidente de la República” comprende los siguientes galardones:
1) Un diploma firmado por el Presidente de la República, suscrito, además, por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en el que se dejará constancia de la disciplina referidas en el artículo 12, a las cuales corresponde el galardonado.
2) Una suma única ascendente a 200 unidades tributarias mensuales.
Artículo 15.- El galardón a que se refiere el número 2 del artículo anterior no constituirá renta de conformidad al artículo 17, Nº 23, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, establecida en el decreto ley Nº 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 16.- Elimínase, en el numeral 1 del inciso primero del artículo 30 de la ley N° 19.891, que crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, la expresión “teatro, danza,”.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo primero.- El fondo establecido en el artículo 7 y el premio a que se refiere el artículo 12 comenzarán a regir a contar del 1 de enero del año siguiente a la publicación de esta ley en el Diario Oficial. A contar de esa fecha, se traspasarán al referido fondo los recursos presupuestarios de las Actividades y Fomento y Desarrollo Cultural y del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, que financien las artes escénicas, mediante decreto del Ministro de Hacienda, dictado bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”.
Artículo segundo.- La modificación dispuesta en el artículo 16 entrará en vigencia a contar de la fecha en que comience a regir el Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo tercero.- El mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con tales recursos.
Artículo cuarto.- Mientras no entre en funcionamiento el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio creado por la ley N° 21.045, las referencias realizadas en esta ley al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y a la Subsecretaría de las Culturas y las Artes se entenderán realizadas al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; las referidas al Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se entenderán realizadas al Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; y las correspondientes al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, al Ministerio de Educación.”.
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Tratado y acordado en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Yasna Provoste Campillay (Presidenta) Ena Von Baer Jahn y señores José García Ruminot, Juan Ignacio Latorre Riveros y Jaime Quintana Leal.
Sala de la Comisión, a 11 de mayo de 2018.
FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART
Secretario de la Comisión
RESUMEN EJECUTIVO
INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE FOMENTA LAS ARTES ESCÉNICAS
(BOLETIN Nº 11.408-24)
I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El propósito general de esta iniciativa de ley es apoyar, fomentar y difundir la creación, interpretación y producción de nuestros autores, directores, intérpretes y ejecutantes, compañías y elencos, investigadores y productores de las artes escénicas del país, e instar por la salvaguardia y difusión del patrimonio artístico en este ámbito de la cultura y las artes, en sus diversas expresiones.
En lo que se refiere a su institucionalidad, el proyecto plantea la creación del Consejo Nacional de las Artes Escénicas y del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, y considera el otorgamiento del Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República" en sus distintas manifestaciones.
II. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de dieciséis artículos permanentes y cuatro disposiciones transitorias.
III. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: Hacemos presente que la Comisión acordó, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 38 y 8°, inciso tercero, de la Constitución Política de la República, que los artículo 3° y 5°, inciso primero, del proyecto de ley en informe tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales por lo que requieren para su aprobación de los cuatro séptimos de los Honorables Senadores en ejercicio, según lo prevé el artículo 66, inciso segundo, de la Carta Fundamental.
IV. URGENCIA: “simple”.
V. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de la ex Presidenta de la República.
VI. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.
VII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 3 de abril de 2018.
VIII. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, discusión en general.
IX. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.- Decreto ley N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda, sobre impuesto a la renta. 2.- Ley N° 19.891, que crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. 3.- Ley número 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de 3 de noviembre de 2017.
Valparaíso, a 11 de mayo de 2018.
FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART
Secretario de la Comisión
INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica los artículos 60 y 76 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en lo relativo a la oportunidad en que se puede renunciar a los cargos de alcalde y concejal.
BOLETÍN Nº 11.009-06.
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HONORABLE SENADO:
Vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de presentaros su primer informe sobre el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores De Urresti, Bianchi y Quinteros, para cuyo despacho no se ha hecho presente urgencia.
No obstante que el proyecto de ley es de artículo único, vuestra Comisión os propone discutirlo sólo en general, con el objeto de otorgar a Sus Señorías la oportunidad de perfeccionar y enriquecer la iniciativa con ocasión del segundo informe.
A la sesión en que vuestra Comisión trató este proyecto de ley asistieron, además de sus miembros, las siguientes personas:
-Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: la Analista, señora Katherine Porras.
-De la Biblioteca del Congreso Nacional: la Investigadora, señora Gabriela Dazarola.
-De la Asociación Chilena de Municipalidades: el Asesor, señor Miguel Moreno.
-El Asesor del Senador Araya, señor Robert Angelbeck.
-El Asesor de la Senadora Ebensperger, señor Hernán Valenzuela.
-La Asesora Legislativa del Senador Galilea, señora Camila Madariaga.
-El Asesor del Senador Quinteros, señor Jorge Frites.
-La Asesora Legislativa del Comité PS, señora Melissa Mallega.
-El Asesor Legislativo del Comité DC, señor Aldo Rojas.
-La Periodista del Senado, señora Carolina Quintanilla.
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OBJETIVO DEL PROYECTO
Establecer que la renuncia de alcaldes o concejales electos, sólo procede una vez asumido el respectivo cargo.
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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL
El artículo único del proyecto tiene el carácter de norma de rango orgánico constitucional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 119 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 66, inciso segundo, de la misma Carta Fundamental.
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ANTECEDENTES
Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:
I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS
1.- Constitución Política de la República, artículo 119.
2.- Ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.
3.- Ley N° 20.640, que establece el Sistema de Elecciones Primarias para la Nominación de Candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.
II.- ANTECEDENTES DE HECHO
La Moción que da origen al presente proyecto de ley señala que el concepto de democracia que hoy impera es el que considera fundamental la prerrogativa de votar y ser votado y, en consecuencia, la obligación de ejercer los cargos conferidos lo que en los estados democráticos se conoce como representación popular.
Agrega que tal representación sólo es posible mediante un proceso electoral libre e informado en el que los ciudadanos eligen a personas postuladas por partidos políticos, o independientes, para ejercer ciertas funciones en el poder público.
Indica que en la democracia directa las resoluciones gubernamentales son tomadas por los propios ciudadanos y que, en cambio, en la democracia representativa los representantes son escogidos mediante elecciones libres.
Agrega que la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, señala: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.” En este sentido, si el representante libremente escogido no cumple con el mandato soberano infringe este derecho reconocido internacionalmente.
Recalca que no puede existir libertad de acceso a las funciones públicas donde una renuncia al cargo implica una alteración en la voluntad original del electorado que se pronuncia en democracia, siendo alterada la representación democrática y el deber de los ciudadanos de ejercer el cargo para el cual fueron electos.
Enfatiza que el numeral 2 del artículo 57 de la Constitución Política de la República establece que los consejeros regionales, los concejales y los dirigentes de organizaciones sociales que quieran postularse a un cargo de elección popular deberán renunciar 12 meses antes de la elección popular a la cual desean postular. Lo mismo ocurre en los casos de ministros, intendentes, gobernadores y secretarios ministeriales que quieran postular a un cargo de elección popular.
No obstante, subraya, resulta preocupante para la democracia representativa que los ciudadanos participen como candidatos a puestos de elección popular con el único fin de alcanzar el cargo, para una vez obtenido, y a la luz de sus resultados electorales, renunciar a ellos.
Hace presente que los candidatos electos que renuncian a cargos de elección popular antes de asumirlos llevan a cabo una suerte de “doble campaña electoral”, la cual puede tener, incluso, una periodicidad tal que puede ser llevada a cabo en años continuos, lo que tiene consecuencias perversas en materia electoral debido a que se infringen las condiciones de igualdad que deben ser garantizadas en democracia.
Señala que las últimas iniciativas legislativas han buscado igualar las condiciones para los candidatos a distintos cargos de elección popular, a saber la ley N°20.840, la ley N°20.900 y la ley N°20.915. Agrega que en materia local, particularmente en materia municipal, la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en su artículo 60 fija las causales de cesación del cargo de alcalde y en su artículo 76 las de concejales, donde la diferencia radica en que para que un alcalde renuncie, se requiere su aprobación por los 2/3 del concejo en ejercicio.
Explica que esta figura de la renuncia se encuentra consagrada desde su texto original, sufriendo modificaciones principalmente respecto de la fijación de un quorum de aprobación para la renuncia del alcalde y la omisión de necesidad de acuerdo del concejo comunal en caso de renuncia motivada por la candidatura a otro cargo de elección popular.
Sin embargo, precisa, nunca se había planteado la hipótesis de autoridades comunales electas y que sin asumir renuncien al cargo para el que fueron elegidos. Enfatiza que lo anterior, no sólo resulta de dudosa legalidad, sino que también escapa a la lógica jurídica la posibilidad de renunciar a un cargo por el cual nunca se asumieron funciones.
Plantea que es dable concluir que, un concejal o alcalde electo que renuncie antes de asumir en sus funciones con miras a otra candidatura, por ejemplo a parlamentario, no sólo infringe la forma en que se ha aplicado la normativa anterior desde sus orígenes, sino que entra en abierta colisión con el espíritu de la legislación pertinente y, especialmente en contra de los últimos esfuerzos legislativos en el marco de la Agenda de Probidad y Transparencia.
Señala que esta hipótesis implica que un candidato a alcalde o concejal electo renuncia al cargo que aún no asume y prepara su camino para comenzar otra candidatura y, por lo tanto, dicha autoridad electa y renunciada desarrolló una campaña electoral, que incluyó propaganda, utilización de recursos y gastos de campaña los que, serán devueltos de acuerdo a la ley sobre gasto electoral.
Lo anterior, es posible enmarcarlo en dos figuras que la doctrina jurídica identifica como fraude de ley y abuso del derecho.
Finalmente señala que el proyecto de ley que se propone modifica los artículos 60 y 76 de la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, estableciendo la oportunidad desde la que se puede renunciar al cargo de alcalde o concejal.
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DISCUSIÓN EN GENERAL
Al iniciarse el estudio del proyecto de ley en informe el Honorable Senador señor Quinteros señaló que esta iniciativa surge como respuesta a las situaciones ocurridas inmediatamente después de la elección municipal en que una concejal electa en la comuna de Santiago anunció en el mes de octubre que renunciaba antes de asumir el cargo, lo que debía ocurrir en el mes de diciembre, pues deseaba postular a un cargo parlamentario.
Dicha situación, según dijo, generó muchos y variados cuestionamientos que discurrieron entre el fraude y otras figuras similares. Fraude porque algunos sostuvieron que no se respetaba la voluntad popular, porque se habían utilizado recursos del Estado para la campaña, y porque existió un uso de recursos públicos injustificado toda vez que la misma persona recurriría a tales recursos para postular como candidato a otro cargo de elección.
Señaló que lo anterior planteó el problema de aceptar una renuncia en circunstancias que el cargo no se asumió y que fue el mismo criterio planteado por la Contraloría General, de modo que lo que se persigue con esta moción es establecer expresamente que en ningún caso la renuncia se podrá presentar antes de asumir el cargo respectivo.
Enseguida, el Honorable Senador señor Galilea, quien mostró su disposición favorable a la idea de legislar, solicitó mayor información al Senador señor Quinteros, como uno de los autores de la moción, respecto de la situación jurídica de la persona electa que no asume, y que incluso no renuncia, sino que simplemente no se presenta al juramento.
El Honorable Senador señor Quinteros explicó que uno de los objetivos de este proyecto de ley es regularizar esta situación, pues ya con ocasión de la discusión de la ley sobre Gobiernos Regionales también se tuvo especial precaución en esta materia, porque si bien todas las personas tienen el derecho de postular al cargo que estimen pertinente no se pueden utilizar estos mecanismos de elección, con sus respectivos recursos, como trampolín para ir participando en elecciones sucesivas y a distintos cargos.
Indicó que en el caso planteado, a su parecer, una vez que el Tribunal Electoral Regional proclama a los candidatos que resulten electos, ellos no pueden postular a otros cargos.
El Honorable Senador señor Araya dijo que desde el momento en que resultan electos los candidatos, y más precisamente desde que se dicta la sentencia por parte del Tribunal, ellos quedan inhabilitados para postular a otros cargos. Hizo presente que en todo caso las reclamaciones deben ser presentadas dentro del plazo de diez días contado desde la fecha del último escrutinio de la elección respectiva, por cualquier persona que tenga interés directo en ellas.
Por su parte, la Honorable Senadora señora Ebensperger hizo presente que cree profundamente en la libertad y por lo tanto en principio dijo no estar de acuerdo con este proyecto, no obstante compartir el objetivo que se persigue.
Señaló que tal vez la iniciativa debiera enfocarse en prohibir derechamente que quien resulte electo, independientemente de si asumió o no, sea alcalde o concejal, no pueda participar en la elección siguiente cualquiera sea su naturaleza. Agregó que con una medida como la propuesta no se afectan los plazos ni la libertad de las personas y se cumple el objetivo que se quiere conseguir.
El Honorable Senador señor Quinteros estuvo de acuerdo con lo planteado y propuso aprobar este proyecto en general para luego, en la discusión particular, analizar en detalle el alcance del mismo porque será un tema que también afecte a los Gobernadores Regionales.
La Honorable Senadora señora Ebensperger agregó que no se debe olvidar que el artículo 7 de la Constitución Política es claro cuando dice que “Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.”. Reiteró que este proyecto afecta, desde su punto de vista, la libertad de las personas.
- Puesto en votación el proyecto de ley, en general, fue aprobado por la mayoría de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Araya (Presidente), Bianchi, Galilea y Quinteros. Votó en contra la Honorable Senadora señora Ebensperger.
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TEXTO DEL PROYECTO
En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de proponeros que aprobéis, en general, el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY
“ARTÍCULO ÚNICO: Modificase el D.F.L N° 1, de 26 de julio de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en los siguientes términos:
1. Sustitúyase el literal d) del artículo 60 por el siguiente:
“d) Renuncia por motivos justificados, aceptada por los dos tercios de los miembros en ejercicio del concejo. Si ésta fuere motivada por la postulación a otro cargo de elección popular no requerirá de acuerdo alguno. Con todo, en ningún caso la renuncia se podrá presentar antes de que asuma el cargo de alcalde de acuerdo al artículo 83.”.
2. Sustitúyase el literal b) del artículo 76, por el siguiente:
“b) Renuncia por motivos justificados, aceptada por el concejo. Si ésta fuere motivada por la postulación a otro cargo de elección popular no requerirá de acuerdo alguno. Con todo, en ningún caso la renuncia se podrá presentar antes de que asuma el cargo de concejal de acuerdo al artículo 83.”.”.
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Acordado en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señora Luz Ebensperger Orrego y señores Pedro Araya Guerrero (Presidente), Carlos Bianchi Chelech, Rodrigo Galilea Vial y Rabindranath Quinteros Lara.
Sala de la Comisión, a 9 de mayo de 2018.
JUAN PABLO DURÁN G.
Secretario de la Comisión
RESUMEN EJECUTIVO
INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 60 Y 76 DE LA LEY N° 18.695, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, EN LO RELATIVO A LA OPORTUNIDAD EN QUE SE PUEDE RENUNCIAR A LOS CARGOS DE ALCALDE Y CONCEJAL.
(BOLETÍN Nº 11.009-06).
I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Establecer que la renuncia de alcaldes o concejales electos, sólo procede una vez asumido el respectivo cargo.
II. ACUERDOS: aprobado en general mayoría (4x1).
ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.
IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: El artículo único del proyecto tiene el carácter de norma de rango orgánico constitucional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 119 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 66, inciso segundo, de la misma Carta Fundamental.
V. URGENCIA: No tiene.
VI. ORIGEN INICIATIVA: Senado. Moción de los Honorables Senadores señores De Urresti, Bianchi y Quinteros.
VII TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.
VIII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 13.de diciembre de 2016.
IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general.
X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.- Constitución Política de la República, artículo 119. 2.- Ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades. 3.- Ley N° 20.640, que establece el Sistema de Elecciones Primarias para la Nominación de Candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.
Valparaíso, a 9 de mayo de 2018.
JUAN PABLO DURÁN G.
Secretario de la Comisión
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES PUGH, ARAYA, BIANCHI, ELIZALDE Y PÉREZ VARELA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE DECLARA EL MES DE OCTUBRE COMO EL “MES NACIONAL DE LA CIBERSEGURIDAD”. (11.729-02)
I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS
Las principales potencias del mundo han desarrollado la conciencia de sus ciudadanos, de las instituciones públicas y del sector privado respecto a la Ciberseguridad mediante la promoción de actividades, durante un mes, que para los casos de Estados Unidos y la Unión Europea (UE), con quienes Chile tiene una importante relación comercial e interestatal, se realiza durante el mes de Octubre. En Estados Unidos se conoce con el nombre de "Mes Nacional de la Conciencia sobre Ciberseguridad" y en Europa con el nombre de "Mes Europeo de la Ciberseguridad".
Nuestro país, uno de los principales blancos de Ciberataques a nivel Latinoamericano, ha comenzado recientemente a desarrollar la institucionalidad necesaria para materializar el concepto de Ciberseguridad, mediante la Política Nacional de Ciberseguridad, establecida por el Instructivo Presidencial N° 1/2017, de 27 de abril de 2017, que la aprueba e instruye la implementación de la misma.
En el ámbito de la Defensa Nacional, dado que las redes y sistemas de información constituyen una infraestructura crítica para la seguridad exterior y el ejercicio de la soberanía del país, se publicó recientemente en el Diario Oficial Oficial con fecha 9 de Marzo de 2018, la Política de Ciberdefensa, aprobada por Decreto número 3, de 2017 del Ministerio de Defensa Nacional, que contempla las definiciones políticas en torno a cómo serán protegidas estas redes, y cómo las capacidades de la Defensa Nacional pueden colaborar en la formación de un ciberespacio libre, abierto, seguro y resiliente para el país.
II. OBJETIVO DEL PROYECTO:
1.- Proveer de un periodo de tiempo adecuado, durante el mes de Octubre, cuando ya en el país se ha consolidado la conformación de nuevos equipos de trabajo y se ha participado en distintos seminarios de actualización tecnológica, para poder entrenar a los diferentes actores nacionales, tanto públicos como privados, involucrados en la ejecución de ejercicios nacionales de Ciberseguridad.
2.- Mantener la periodicidad en el tiempo para poder enfrentar de forma coordinada y actualizada las múltiples y variadas amenazas existentes en el Ciberespacio, que requieren de a lo menos una práctica anual para comprobar la efectividad de las capacidades y conocimientos logrados en el país.
3.- Cumplir con los objetivos la Política Nacional de Ciberseguridad, que contempla un conjunto de medidas de política pública, entre ellas instaurar el mes de la Ciberseguridad -en Octubre de cada año-, promoviendo y consolidando actividades de sensibilización en todos los niveles.
Por todo lo anterior y considerando la importancia que tiene para nuestro país el generar conciencia, establecer medidas y promover el acceso libre, abierto y seguro respecto del ciberespacio, protegiendo los derechos de las personas, los intereses del Estado y propendiendo al mayor desarrollo posible, venimos en presentar el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: "Declárase el mes de Octubre de cada año, como el mes nacional de la Ciberseguridad, con el fin de promoverla y realizar ejercicios nacionales de ciberseguridad.".
(Fdo.): Kenneth Pugh Olavarría, Senador.- Pedro Araya Guerrero, Senador.- Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Álvaro Elizalde Soto, Senador.- Víctor Pérez Varela, Senador.
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑOR DE URRESTI, SEÑORAS ALLENDE, GOIC, MUÑOZ, ÓRDENES Y PROVOSTE Y SEÑORES ARAYA, ELIZALDE, GIRARDI, HARBOE, HUENCHUMILLA, INSULZA, LAGOS, LATORRE, LETELIER, MOREIRA, NAVARRO, PÉREZ VARELA, PIZARRO, QUINTANA, QUINTEROS Y SORIA, POR MEDIO DEL CUAL, SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE SI LO TIENE A BIEN, ADOPTE LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA PROTEGER LA VIDA DE LAS ABEJAS, ENTRE OTRAS MATERIAS. (S 1.980-12)
Considerando:
1. Que, recientemente, la UE ha decidido restringir permanentemente el uso de tres pesticidas neonicotinoides: Clotianidina, Tiametoxam e Imidacloprid, esto en espacios abiertos en los que operan las abejas, aunque sí permitirá su aplicación en invernaderos donde las abejas no queden expuestas. Estas sustancias son comunes en la agricultura intensiva y según diversos estudios científicos son responsables de alterar las poblaciones de abejas. Los efectos detectados van desde la muerte de los insectos a efectos como la pérdida de “memoria” que les impide volver a sus colmenas.
2. Que la Unidad de Pesticidas de la EFSA (Comisión para el Control de la Seguridad Alimentaria de la Unión Europea) llevó a cabo un amplio ejercicio de recopilación de datos, que cubrieron abejas silvestres y abejas mielíferas, además de una revisión sistemática de la literatura, para recopilar toda la evidencia científica publicada desde las evaluaciones anteriores. Al igual que en evaluaciones anteriores, la exposición de las abejas a las sustancias se evaluó a través de tres rutas: residuos en polen de abeja y néctar; deriva del polvo durante la siembra / aplicación de las semillas tratadas; y consumo de agua.
3. Que anteriores estudios de la EFSA ya habían confirmado que la causa de la muerte en masa de las abejas en Europa es, concretamente, el uso de los fertilizantes llamados neonicotinoides. También se señalaron como causas potenciales el avance de la frontera agrícola, la deforestación y el creciente desarrollo urbano, que reducen significativamente las fuentes alimenticias para las abejas y el cambio climático.
4. Que por lo anterior la Comisión Europea ya había decidido, en 2013, suspender el uso de los tres plaguicidas, comunes en los cultivos relacionados con la muerte masiva de abejas en todo el mundo y que son de uso frecuente en la siembra de girasol, colza, algodón y maíz. La decisión se basó en el principio precautorio a partir de un informe de la EFSA, que concluyó que los tres neonicotinoides planteaban un riesgo inaceptable para las abejas.
5. Que científicos estadounidenses ya habían calificado el 2012 como el peor año en la historia de la apicultura de ese país debido a que las abejas desaparecían a un ritmo vertiginoso. Según estimaron, ese año la población de abejas se redujo un 50%. Se trata de un fenómeno que viene desde 2006 denominado Síndrome de Despoblación de las Colonias (o Colony Collapse Disorder, CCD) y que no solo se registra en EEUU sino en todo el mundo.
6. Que el CCD se manifiesta por la desaparición de abejas obreras adultas de sus colonias, dejando en ellas a la reina, las abejas obreras jóvenes, las crías y las reservas (néctar y polen). Las abejas se desorientan al salir al campo y no regresan a su colonia. Este fenómeno puede devastar una colonia de abejas en cuestión de semanas.
7. Que al analizar el problema se han señalado multitud de causas posibles para intentar explicarlo. Científicos dijeron haber encontrado una conexión entre el Virus de la Parálisis Aguda y el CCD; un estudio británico concluyó que cultivos genéticamente modificados combinados con productos químicos eran perjudiciales para las abejas; científicos estadounidenses encontraron 121 tipos diferentes de pesticidas en muestras de abejas, cera y polen, lo que les llevó a pensar que los pesticidas, son un elemento clave del problema.
8. Que las implicaciones económicas de estas muertes son inmediatas, porque las abejas son esenciales para la polinización de los cultivos. Según datos publicados por The Guardian, la contribución de las abejas en su labor de polinizadoras en la producción de alimentos, solamente en EEUU, un servicio gratuito que la naturaleza ha provisto durante miles de años, podría llegar a tener un valor cercano a los 100.000 millones de euros al año.
9. Que la explotación apícola tiene una especial relación con la conservación del medio ambiente, sobre todo en lo que respecta a la biodiversidad de la flora melífera; teniendo directa relación con la cantidad y calidad de la miel producida. Si la abeja desaparece de la tierra más de 20.000 especies vegetales tendrían serios problemas de subsistencia.
10. Que en la actualidad Chile cuenta aproximadamente con 450 mil colmenas; distribuidas en 10.450 apicultores. El promedio de producción por colmena es estimado en 25 kgs., lo que representa una producción promedio de 11.200.000 kgs. anuales. En tanto, la exportación alcanza cerca de 9 mil toneladas por año.
11. Que a través de la polinización aumenta el rendimiento en cantidad y calidad de semillas de oleaginosas, hortalizas y forrajeras. También se observan grandes beneficios en frutales y productos hortícolas, aumentando tamaño, cantidad y formas de presentación. Se calcula que en Chile el aporte anual de la polinización de las abejas es de US$326.000.000.
12. Que un estudio publicado en Mayo de 2012 por el Centro de Investigaciones Aplicadas de la UTFSM sobre residuos de plaguicidas en mieles de la Región de O’Higgins encontró los compuestos Imidacloprid en el 10% de las muestras; Myclobutanil en menos del 5% de las muestras; y Glifosato en el 80% de las muestras. También identificó el Thiametoxan en el 14,5% de los apiarios. Y de la familia de este neonicotinoide también detectó el Acetamiprid en el 25,8% de los apiarios y el Imidaclorpid en el 9,7% de ellos.
El Senado acuerda:
Solicitar al Presidente Sebastián Piñera instruya al Ministerio de Agricultura, para que en virtud de la reciente decisión de la Comisión Europea de prohibir permanentemente el uso de tres plaguicidas que se utilizan en Chile, por afectar el ciclo vital de las abejas y sus positivos efectos en la agricultura, evalúe y adopte las medidas que permitan proteger la vida de las abejas y reducir, en nuestro país, el impacto del Síndrome de Despoblación de las Colonias que ya afecta gravemente la agricultura y especialmente la apicultura de otros países del mundo.
(Fdo.): Alfonso de Urresti Longton, Senador.- Isabel Allende Bussi, Senadora.- Carolina Goic Boroevic, Senadora.- Adriana Muñoz D’Albora, Senadora.- Ximena Órdenes Neira, Senadora.- Yasna Provoste Campillay, Senadora.- Pedro Araya Guerrero, Senador.- Álvaro Elizalde Soto, Senador.- Guido Girardi Lavín, Senador.- Felipe Harboe Bascuñán, Senador.- Francisco Huenchumilla Jaramillo, Senador.- José Miguel Insulza Salinas, Senador.- Ricardo Lagos Weber, Senador.- Juan Ignacio Latorre Riveros, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Iván Moreira Barros, Senador.- Alejandro Navarro Brain, Senador.- Víctor Pérez Varela, Senador.- Jorge Pizarro Soto, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.- Rabindranath Quinteros Lara, Senador.- Jorge Soria Quiroga, Senador.
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORAS ALLENDE, ARAVENA, EBENSPERGER, GOIC, MUÑOZ, ÓRDENES, PROVOSTE, RINCÓN, VAN RYSSELBERGHE Y VON BAER Y SEÑORES ALLAMAND, BIANCHI, CASTRO, CHAHUÁN, COLOMA, DE URRESTI, ELIZALDE, GARCÍA, GARCÍA-HUIDOBRO, GUILLIER, HARBOE, HUENCHUMILLA, INSULZA, KAST, LAGOS, LATORRE, LETELIER, MONTES, NAVARRO, OSSANDÓN, PÉREZ VARELA, PIZARRO, PROHENS, PUGH, QUINTANA, SANDOVAL Y SORIA, POR MEDIO DEL CUAL, SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE SI LO TIENE A BIEN, SE INCLUYA LA OBESIDAD MÓRBIDA, LA CIRUGÍA BARIÁTRICA Y LA ABDOMINOPLASTÍA DENTRO DEL PLAN DE ACCESO UNIVERSAL DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS DE SALUD (AUGE). (S 1.981-12)
Considerando:
1- Que la "guatita de delantal", es una condición clínica que se origina a partir del corte de ligamentos y fatiga de la piel y el músculo, que resulta en una masa de piel y grasa sobresaliente acumulada bajo el abdomen, que puede llegar incluso hasta las rodillas, generando serios problemas funcionales.
2- Que dicha condición se produce a partir de una baja de peso en el período de posparto o en el proceso de recuperación de la condición de obesidad, así como por consecuencia indirecta de una cirugía bariátrica, o bien de una cesárea.
3- Que dicha entidad clínica, si bien se sustenta en un proceso de deterioro físico se presenta asociada a síntomas de carácter depresivo, afectando la autoestima y el ánimo de las personas, toda vez que la situación de desmedro estético repercute en la esfera relacional de las personas.
4- Que por lo anterior, las consecuencias en la vida de estas personas va desde los expuestos daños psicológicos relacionados con el maltrato y la discriminación, a la ruptura de parejas y familias, hasta patologías dermatológicas como hongos y dermatitis crónica.
5- Que la solución a la "guatita de delantal" radica fundamentalmente en un procedimiento quirúrgico de abdominoplastía, mediante el cual se remueve el exceso de piel y el exceso de grasa abdominal, resultando ser una intervención segura y de resultados positivos.
6- Que actualmente, según el catastro realizado por el movimiento Ley Guatita de Delantal, existen al menos 256 mil afectadas de más de 30 años.
7- Que el informe "Panorama de la Seguridad Alimentaria y Nutricional de América Latina 2016", realizado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y Organización Panamericana de la Salud (OPS), sindica a Chile como el país con más sobrepeso en América Latina, con un 63% de su población con sobrepeso y obesidad.
8- Que la obesidad está asociada a los siguientes problemas de salud físicos y emocionales: enfermedades del corazón, hipertensión arterial, problemas en las articulaciones, artrosis, enfermedades respiratorias, cálculos en la vesícula, várices, hernia hiatal, baja autoestima, intento de suicidio, cáncer, diabetes, alteraciones endocrinas, hígado graso, apnea del sueño, bajo rendimiento laboral y escolar.
9- Que hay ocasiones en las que la solución más viable para la obesidad es la cirugía bariátrica, sobre todo en situaciones de comorbilidad.
10- Que tanto el embarazo, entendido como un proceso normal de la mujer, como el proceso de recuperación de la obesidad, ya sea a partir de dieta y actividad física, así como de intervenciones quirúrgicas bariátricas, pueden originar la "guatita de delantal".
11- Que en el seno del Congreso Nacional se han impulsado diversas iniciativas que promueven el acceso al Plan de Acceso Universal a Garantías Explícitas en Salud (AUGE) del tratamiento de esta condición clínica. Así, la Cámara de Diputados a aprobado tres proyectos de resolución en esta dirección, ya sea incluyendo a la abdominoplastia (N°542, de 3 de marzo de 2016 y N°960, de 19 de agosto de 2017) o la obesidad (N°545, de 3 de marzo de 2016) dentro del sistema.
Por su parte, el Senado de la República mediante Oficios N°85-S y 86-S, de 11 de julio de 2017, emitidos por la Comisión de Salud, oficiaron a S.E. la ex Presidenta de la República para que incluyera en la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2018 la abdominoplastia como parte integrante y final del tratamiento de la obesidad mórbida y de otras patologías y situaciones derivadas del embarazo que generan una pared abdominal fláccida o "en delantal".
12- Que en virtud de los antecedentes presentados, es imperioso que el Estado pueda responder de manera eficiente en lo que respecta a tratamientos y procedimientos en casos de obesidad y "estómago de delantal", sobre todo y en virtud del artículo 19 número 9 de la constitución de la república que establece el derecho a la protección de la salud: "El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo".
El Senado de la República acuerda:
Solicitar al Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique, la inclusión de la obesidad mórbida, la cirugía bariátrica y la abdominoplastía dentro del Plan de Acceso Universal a Garantías Explícitas en Salud (AUGE), como tratamiento integral de la "guatita de delantal" y sus causas asociadas.
(Fdo.): Isabel Allende Bussi, Senadora.- Carmen Gloria Aravena Acuña, Senadora.- Luz Ebensperger Orrego, Senadora.- Carolina Goic Boroevic, Senadora.- Adriana Muñoz D’Albora, Senadora.- Ximena Órdenes Neira, Senadora.- Yasna Provoste Campillay, Senadora.- Ximena Rincón González, Senadora.- Jacqueline van Rysselberghe Herrera, Senadora.- Ena von Baer Jahn, Senadora.- Andrés Allamand Zavala, Senador.- Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Juan Castro Prieto, Senador.- Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Juan Antonio Coloma Correa, Senador.- Alfonso de Urresti Longton, Senador.- Álvaro Elizalde Soto, Senador.- José García Ruminot, Senador.- Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Senador.- Alejandro Guillier Álvarez, Senador.- Felipe Harboe Bascuñán, Senador.- Francisco Huenchumilla Jaramillo, Senador.- José Miguel Insulza Salinas, Senador.- Felipe Kast Sommerhoff, Senador.- Ricardo Lagos Weber, Senador.- Juan Ignacio Latorre Riveros, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Carlos Montes Cisternas, Senador.- Alejandro Navarro Brain, Senador.- Manuel José Ossandón Irarrázabal, Senador.- Víctor Pérez Varela, Senador.- Jorge Pizarro Soto, Senador.- Rafael Prohens Espinosa, Senador.- Kenneth Pugh Olavarría, Senador.- Jaime Quintana Leal, Senador.- David Sandoval Plaza, Senador.- Jorge Soria Quiroga, Senador.