Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- DEBATE
- INDICACIÓN EN COMISIÓN : Marcos Artemio Ilabaca Cerda
- INDICACIÓN EN COMISIÓN
- Luis Alberto Rocafull Lopez
- INDICACIÓN EN COMISIÓN
- INDICACIÓN EN COMISIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INDICACIÓN EN COMISIÓN
- Javier Ricardo Hernandez Hernandez
- Harry Jurgensen Rundshagen
- Leopoldo Alfredo Perez Lahsen
- Ivan Ernesto Norambuena Farias
- INDICACIÓN EN COMISIÓN
- INDICACIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
- INDICACIÓN EN COMISIÓN : Andres Longton Herrera
- INDICACIÓN EN COMISIÓN : Daniella Valentina Cicardini Milla
- INDICACIÓN EN COMISIÓN
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Cristina Girardi Lavin
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Marta Carolina Marzan Pinto
- Emilia Iris Nuyado Ancapichun
- Alejandra Amalia Sepulveda Orbenes
- Rene Alinco Bustos
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Rene Rodrigo Gonzalez Torres
- Marcos Artemio Ilabaca Cerda
- Manuel Zacarias Monsalve Benavides
- Jaime Naranjo Ortiz
- Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Raul Humberto Soto Mardones
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Esteban Jorge Velasquez Nunez
- Pedro Antonio Velasquez Seguel
- Matias Vicente Walker Prieto
- INDICACIÓN EN COMISIÓN
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE SANCIONA LOS DAÑOS EN LOS MEDIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS Y EN LA INFRASTRUCTURA ASOCIADA A DICHA ACTIVIDAD
BOLETÍN Nº 12.467-15 [1]
HONORABLE CÁMARA:
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, pasa a informar el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, iniciado en moción de los senadores Francisco Chahuán y Juan Pablo Letelier, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de “simple”.
Durante la discusión de este proyecto de ley la Comisión contó con la asistencia y colaboración de la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, doña Gloria Hutt; y del Jefe de Gabinete de la señora Ministra, don Juan Carlos González.
De acuerdo a lo prescrito en el artículo 305 del Reglamento de la Corporación, corresponde consignar lo siguiente:
I.- ARTÍCULOS QUE NO HAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES.-
NO HAY.
Corresponde consignar que en la Sala se presentaron las siguientes indicaciones:
1.- De los diputados Marcos Ilabaca y Luis Rocafull.
Para sustituir el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Artículo único.- Incorpórase en el párrafo X del Título IX del Libro Segundo del Código Penal el siguiente artículo 485 bis:
"Art. 485 bis. Si el daño fuere en contra de un bus, tren, embarcación, aeronave u otro tipo de vehículo que preste servicios de transporte público, o en contra de la infraestructura asociada a dicha actividad, tales como terminales, estaciones, refugios, paraderos, cámaras, paneles y soportes de información o comunicación, u otros elementos fijos o móviles necesarios para la prestación de los servicios, se aplicará la pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.". (RETIRADA EN COMISIÓN).
2.- De los diputados René Manuel García, Javier Hernández, Harry Jürgensen, Pérez don Leopoldo e Iván Norambuena.
Para sustituir el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Artículo único.- Modifícase el artículo 485 del Código Penal de la siguiente forma:
1. Reemplázase en el número 8° el punto y final por un punto y coma.
2. Agrégase un numeral 9 del siguiente tenor:
“9.° En medios de transporte público de pasajeros o en bienes o infraestructura asociada a dicha actividad.”.”. (APROBADA).
VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES JUAN ANTONIO COLOMA, ALEJANDRO SANTANA, RENÉ MANUEL GARCÍA, JAVIER HERNÁNDEZ, MARCOS ILABACA, JAIME MULET, IVÁN NORAMBUENA, LEOPOLDO PÉREZ Y JORGE SABAG. LO HIZO EN CONTRA EL DIPUTADO SEÑOR FÉLIX GONZÁLEZ.
3.- Del diputado Juan Antonio Coloma.
Para modificar el artículo 198 de la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado consta en el decreto con fuerza de ley N°1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, en el siguiente sentido:
a) Sustitúyese, en su inciso primero, la expresión “en circulación”, por la siguiente: “, se encuentre o no en circulación”. (APROBADA).
VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES JUAN ANTONIO COLOMA, ALEJANDRO SANTANA, RENÉ MANUEL GARCÍA, JAVIER HERNÁNDEZ, IVÁN NORAMBUENA Y LEOPOLDO PÉREZ. LO HICIERON EN CONTRA LOS DIPUTADOS SEÑORES FÉLIX GONZÁLEZ, MARCOS ILABACA, JAIME MULET Y JORGE SABAG.
b) Reemplázase su inciso segundo por el siguiente:
“Si el atentado fuere en contra de un bus, tren, embarcación, aeronave u otro tipo de vehículo que preste servicios de transporte público, o en contra de la infraestructura asociada a dicha actividad, tales como terminales, estaciones, refugios, paraderos, cámaras, paneles y soportes de información o comunicación, u otros elementos fijos o móviles necesarios para la prestación de los servicios, se aplicará la pena de presidio menor en su grado medio y una multa de veinte unidades tributarias mensuales.”. (RETIRADA).
c) Sustitúyese su inciso tercero por el siguiente:
“Si a consecuencia del atentado se produjeren sólo daños en las cosas, se aplicará la pena consagrada en el inciso primero, aumentada en un grado. Tratándose de daños en los vehículos y bienes referidos en el inciso anterior, se aplicará la pena de presidio menor en su grado máximo y una multa de cuarenta unidades tributarias mensuales.”. (RETIRADA).
d) Agrégase el siguiente inciso cuarto:
“En caso de que, por dicho atentado, se causaren lesiones graves o se provocare la mutilación, la castración o la muerte de alguna persona, se aplicarán las penas señaladas en el delito de que se trate, aumentadas en un grado.”. (RETIRADA).
4.- Del diputado Andrés Longton.
Para sustituir el artículo 198 bis por el siguiente:
“Artículo 198 bis.- El que, sin la autorización correspondiente, procediere a la pintura o grabado de mensajes, firmas, rayados, dibujos, u otras figuras o expresiones, escritos, inscripciones o grafismo, por medio de marcadores, tinta, pintura, ácido, materia química, orgánica, inorgánica o similar de cualquier tipo, sobre vehículos que presten servicios de transporte público, sobre bienes asociados a dicha actividad o sobre señalética vial o letreros camineros, será sancionado con una multa de hasta veinte unidades tributarias mensuales.”. (NO VOTADA ART.296, INCISO TERCERO).
5.- De las diputadas Daniella Cicardini, Maya Fernández, Cristina Girardi, Marcela Hernando, Carolina Marzán, Emilia Nuyado y Alejandra Sepúlveda y de los diputados René Alinco, Iván Flores, Rodrigo González, Marcos Ilabaca, Manuel Monsalve, Jaime Naranjo, Patricio Rosas, Jorge Sabag, Raúl Soto, Víctor Torres, Esteban Velásquez, Pedro Velásquez y Matías Walker.
Para sustituir la frase “una multa de veinte unidades tributarias mensuales” por la siguiente: “una multa de hasta cinco unidades tributarias mensuales, la que se aplicará en forma gradual por el juez o en su defecto sean aplicables por medio de trabajo comunitario u otras medidas reparatorias y formativas.”. (NO VOTADA ART.296, INCISO TERCERO).
II.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
- NO HAY.
III.- ARTÍCULOS SUPRIMIDOS, MODIFICADOS O NUEVOS INTRODUCIDOS.-
SE MODIFICÓ SU ARTÍCULO ÚNICO.
IV.- TRÁMITE DE HACIENDA.-
NO SE PRECISA DE ESTE TRÁMITE.
V.- INDICACIÓN RECHAZADA.
NO HAY.
Como consecuencia de lo antes expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 198 de la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado consta en el decreto con fuerza de ley N°1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, la expresión “en circulación”, por la siguiente: “, se encuentre o no en circulación”.
Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 485 del Código Penal:
1.- Reemplázase en su número 8° el punto y final (.), por un punto y coma (;).
2.- Agrégase el siguiente número 9°:
“9° En medios de transporte público de pasajeros o en bienes o infraestructura asociada a dicha actividad.”.”.
SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR JORGE SABAG VILLALOBOS.
SALA DE LA COMISIÓN, a 15 de mayo de 2020.
Acordado en sesiones celebradas los días 5 y 12 de mayo de 2020, con asistencia de la diputada señora Jenny Álvarez, y los diputados señores René Alinco, Karim Bianchi, Juan Antonio Coloma, René Manuel García, Félix González, Javier Hernández, Marcos Ilabaca, Jaime Mulet, Iván Norambuena, Alejandro Santana (reemplazo permanente de Leonidas Romero), Leopoldo Pérez y Jorge Sabag.
ROBERTO FUENTES INNOCENTI
SECRETARIO