Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Karol Aida Cariola Oliva
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- PERMISO
- Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- PERMISO
- INTEGRACIÓN : Cosme Leopoldo Mellado Pino
- VIII. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- PETICIÓN DE OFICIO : Javier Ricardo Hernandez Hernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- PETICIÓN DE OFICIO : Frank Carlos Sauerbaum Munoz
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Longton Herrera
- PETICIÓN DE OFICIO : Amaro Labra Sepulveda
- PETICIÓN DE OFICIO : Ignacio Urrutia Bonilla
- PETICIÓN DE OFICIO : Karim Antonio Bianchi Retamales
- PETICIÓN DE OFICIO : Daniel Ignacio Nunez Arancibia
- PETICIÓN DE OFICIO : Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- PETICIÓN DE OFICIO : Juan Ruben Santana Castillo
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO : Sofia Slovena Cid Versalovic
- PETICIÓN DE OFICIO : Tucapel Francisco Jimenez Fuentes
- PETICIÓN DE OFICIO : Marta Carolina Marzan Pinto
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Naranjo Ortiz
- PETICIÓN DE OFICIO : Jenny Paola Alvarez Vera
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Naranjo Ortiz
- PETICIÓN DE OFICIO : Claudia Nathalie Mix Jimenez
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Abel Jarpa Wevar
- PETICIÓN DE OFICIO : Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO : Marta Carolina Marzan Pinto
- PETICIÓN DE OFICIO : Renzo Aldo Trisotti Martinez
- PETICIÓN DE OFICIO : Leopoldo Alfredo Perez Lahsen
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- PETICIÓN DE OFICIO : Amaro Labra Sepulveda
- PETICIÓN DE OFICIO : Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Mulet Martinez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Esteban Jorge Velasquez Nunez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PETICIÓN DE OFICIO : Esteban Jorge Velasquez Nunez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Mulet Martinez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- PETICIÓN DE OFICIO : Kenneth Giorgio Jackson Drago
- PETICIÓN DE OFICIO : Catalina Perez Salinas
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Perez Arriagada
- PETICIÓN DE OFICIO : Leopoldo Alfredo Perez Lahsen
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Diaz Diaz
- PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Matta Aragay
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Diaz Diaz
- PETICIÓN DE OFICIO : Kenneth Giorgio Jackson Drago
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Boric Font
- PETICIÓN DE OFICIO
- Jorge Elias Brito Hasbun
- Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Maite Orsini Pascal
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Sebastian Diego Alvarez Ramirez
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Artemio Ilabaca Cerda
- PETICIÓN DE OFICIO : Carmen Adelaida Hertz Cadiz
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Artemio Ilabaca Cerda
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Javier Bernales Maldonado
- PETICIÓN DE OFICIO : Jorge Elias Brito Hasbun
- PETICIÓN DE OFICIO : Daniella Valentina Cicardini Milla
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Jorge Elias Brito Hasbun
- Natalia Valentina Castillo Munoz
- Miguel Ernesto Crispi Serrano
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Maite Orsini Pascal
- Catalina Perez Salinas
- Alejandro Javier Bernales Maldonado
- Marcelo Diaz Diaz
- Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Claudia Nathalie Mix Jimenez
- Camila Ruzlay Rojas Valderrama
- Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Jorge Elias Brito Hasbun
- Natalia Valentina Castillo Munoz
- Miguel Ernesto Crispi Serrano
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Maite Orsini Pascal
- Catalina Perez Salinas
- Alejandro Javier Bernales Maldonado
- Marcelo Diaz Diaz
- Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Claudia Nathalie Mix Jimenez
- Camila Ruzlay Rojas Valderrama
- Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Jorge Elias Brito Hasbun
- Natalia Valentina Castillo Munoz
- Miguel Ernesto Crispi Serrano
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Maite Orsini Pascal
- Catalina Perez Salinas
- Alejandro Javier Bernales Maldonado
- Marcelo Diaz Diaz
- Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Claudia Nathalie Mix Jimenez
- Camila Ruzlay Rojas Valderrama
- Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Jorge Elias Brito Hasbun
- Natalia Valentina Castillo Munoz
- Miguel Ernesto Crispi Serrano
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Maite Orsini Pascal
- Catalina Perez Salinas
- Alejandro Javier Bernales Maldonado
- Marcelo Diaz Diaz
- Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Claudia Nathalie Mix Jimenez
- Camila Ruzlay Rojas Valderrama
- Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO
- Gabriel Boric Font
- Jorge Elias Brito Hasbun
- Natalia Valentina Castillo Munoz
- Miguel Ernesto Crispi Serrano
- Kenneth Giorgio Jackson Drago
- Maite Orsini Pascal
- Catalina Perez Salinas
- Alejandro Javier Bernales Maldonado
- Marcelo Diaz Diaz
- Diego Eduardo Ibanez Cotroneo
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Claudia Nathalie Mix Jimenez
- Camila Ruzlay Rojas Valderrama
- Patricio Eduardo Rosas Barrientos
- Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- Gael Fernanda Yeomans Araya
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Vidal Rojas
- PETICIÓN DE OFICIO : Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
- PETICIÓN DE OFICIO : Camila Ruzlay Rojas Valderrama
- PETICIÓN DE OFICIO : Luis Alberto Rocafull Lopez
- PETICIÓN DE OFICIO : Joanna Elena Perez Olea
- PETICIÓN DE OFICIO : Leonidas Andres Romero Saez
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Alfredo Gahona Salazar
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Boric Font
- PETICIÓN DE OFICIO : Sandra Haydee Amar Mancilla
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Celis Montt
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- MINUTO DE SILENCIO POR FALLECIMIENTO DE CABO SEGUNDO DE CARABINEROS EUGENIO NAIN CAÑUMIL
- V. ORDEN DEL DÍA
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL DEDUCIDA EN CONTRA DEL MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, SEÑOR VÍCTOR PÉREZ VARELA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Marcos Artemio Ilabaca Cerda
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Matias Vicente Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Alejandro Javier Bernales Maldonado
- INTERVENCIÓN : Jenny Paola Alvarez Vera
- INTERVENCIÓN : Luis Rafael Pardo Sainz
- INTERVENCIÓN : Carmen Adelaida Hertz Cadiz
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Luciano Cruz-coke Carvallo
- INTERVENCIÓN : Jorge Elias Brito Hasbun
- INTERVENCIÓN : Paulina Andrea Nunez Urrutia
- INTERVENCIÓN : Alexis Sepulveda Soto
- INTERVENCIÓN : Maria Loreto Carvajal Ambiado
- INTERVENCIÓN : Maria Jose Hoffmann Opazo
- RECLAMACIÓN CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL DEDUCIDA EN CONTRA DEL MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, SEÑOR VÍCTOR PÉREZ VARELA
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Carter ; Fuenzalida, don Juan ; Hernández , Macaya , Noman , Norambuena , Rentería ; Urrutia, don Osvaldo , y Von Mühlenbrock , que "Modifica el decreto ley N°3.063, que Establece normas sobre rentas municipales, para permitir a los municipios negociar directamente con los deudores de permisos de circulación, en los términos que indica". Boletín N°13856-06
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alvaro Jorge Carter Fernandez
- Juan Manuel Fuenzalida Cobo
- Javier Ricardo Hernandez Hernandez
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Nicolas Jose Noman Garrido
- Ivan Ernesto Norambuena Farias
- Rolando Ramon Renteria Moller
- Osvaldo Urrutia Soto
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Proyecto en moción de los diputados señores Vidal , Bernales , Jiménez y Mirosevic ; y de las diputadas señoras Castillo, Cicardini , Fernández , Hernando , Parra , y Pérez , doña Joanna , que "Establece el día 25 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Democracia, y traslada feriado que indica". Boletín N°13868-24
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pablo Vidal Rojas
- Alejandro Javier Bernales Maldonado
- Tucapel Francisco Jimenez Fuentes
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Natalia Valentina Castillo Munoz
- Daniella Valentina Cicardini Milla
- Maya Alejandra Fernandez Allende
- Marcela Ximena Hernando Perez
- Irle Andrea Parra Sauterel
- Joanna Elena Perez Olea
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Carter ; Fuenzalida, don Juan ; Hernández , Macaya , Noman , Norambuena , Rentería ; Urrutia, don Osvaldo , y Von Mühlenbrock , que "Modifica el decreto ley N°3.063, que Establece normas sobre rentas municipales, para permitir a los municipios negociar directamente con los deudores de permisos de circulación, en los términos que indica". Boletín N°13856-06
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
Portada
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 368ªSesión 94ª, en martes 3 de noviembre de 2020
(Ordinaria, de 10:01 a 15:39 horas)
Presidencia de los señores
Paulsen Kehr, don Diego, y Undurraga Gazitúa, don Francisco.
Secretario, el señor Landeros Perkič, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
.
INDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
VII.OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Licencia médica:
Certificado que acredita que se ha otorgado licencia médica a la diputada señora Cariola
, quien deberá permanecer en reposo por un plazo de quince (15) días, a contar del 26 de octubre de 2020.
2. Comunicación:
Comunicación del diputado señor Rathgeb
, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, justifica su inasistencia a las sesiones celebradas el día 27 de octubre de 2020, por impedimento grave.
Comunicación del Jefe de Bancada de Diputados Radical-Independientes por la cual informa que el diputado señor Mellado, don Cosme , reemplazará a la diputada señora Hernando , en las comisiones unidas de Gobierno Interior y Constitución (Boletines 13115-06 y 13565-07).
3.Oficio:
Oficio del Director Nacional de Onemi por el cual remite tercer informe trimestral técnico de actividades del Convenio de Transferencia entre la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Universidad de Chile sobre el estado de avance y nivel operativo de la red sismológica nacional, correspondiente al período julio septiembre del año 2020 (1535). A disposición de las señoras y señores diputados.
4. Nota:
Nota del Jefe de la Bancada Radical-Independientes por la cual reclaman de la conducta de la Mesa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Respuestas a Oficios
Contraloría General
Diputado Ibáñez, don Diego . Tenga a bien iniciar una investigación en relación con las eventuales faltas a la probidad imputadas a la autoridad municipal de Puchuncaví, a objeto de esclarecer los motivos de las donaciones recibidas a dicha comuna, en virtud de las consideraciones que expone. (12477 al 50453).
Diputado Ascencio, don Gabriel . Tenga a bien iniciar una investigación para determinar la legalidad de la contratación que habría realizado el Ministerio Secretaría General de Gobierno, para la elaboración de la campaña publicitaria que busca entregar un mensaje por la paz. (12480 al 44759).
Diputado Ibáñez, don Diego . Tenga a bien iniciar una investigación para determinar la legalidad de la contratación que habría realizado el Ministerio Secretaría General de Gobierno, para la elaboración de la campaña publicitaria que busca entregar un mensaje por la paz, en los términos que requiere. (12480 al 44760).
Diputado Velásquez, don Pedro . Si lo tiene a bien, se sirva disponer una fiscalización a la Intendencia de la Región de Coquimbo, a fin de verificar el pago de la deuda que mantiene con la empresa Geocar Limitada, cuyo camión aljibe prestó servicios desde julio de 2017 a septiembre de 2018, en el valle del Pupio y en el valle de Quilimarí, comuna de Los Vilos, emitiendo las facturas y pagando los impuestos respectivos. (12503 al 30641).
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
Diputada Jiles , doña Pamela . Antecedentes que dispone ese Ministerio para justificar las querellas que presentarán en contra de los dirigentes de la Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios, debido a las manifestaciones realizadas durante los días 6 y 7 de enero del presente año, en contra de la Prueba de Selección Universitaria. (25927 al 45440).
Ministerio de Hacienda
Diputado Díaz, don Marcelo . Tome conocimiento de la situación que afecta a la señora Claudia Carvajal , en relación a diversos problemas que se han presentado en la entrega de ayudas económicas por parte del Estado al sector de trabajadores y trabajadoras independientes. Asimismo, informe sobre los motivos por los cuales los préstamos a dichos trabajadores, no son compatibles con la ayuda generada para las personas pertenecientes a la clase media. (2533 al 65158).
Diputado Sanhueza, don Gustavo . Posibilidad de rectificar la decisión de la Dirección de Presupuestos, debido a la disminución de los recursos asignados para la compra de ambulancias en la Región de Ñuble, en virtud de las consideraciones que expone. (2626 al 50951).
Ministerio de Defensa Nacional
Diputado Sabag, don Jorge . Posibilidad de trasladar los restos del Libertador General Bernardo O'Higgins a la comuna de Chillán, de la Región de Ñuble, en los términos que requiere. (6855-2216 al 60146).
Diputado Espinoza, don Fidel . Señor Comandante en Jefe de la Armada de Chile informe sobre los motivos por los cuales la Gobernación Marítima de Puerto Montt no ha remitido la copia de la investigación marítima, realizada por la colisión ocurrida entre la embarcación " Supersol " y la motonave " Angelina ", la cual tuvo como consecuencia la muerte de dos pescadores artesanales, al Ministerio Público. (6855-2299 al 61235).
Diputado Flores, don Iván . Posibilidad de considerar el sistema de trazabilidad de Covid-19, ofrecido gratuitamente por la Organización Reactiva Los Ríos, y el testeo rápido masivo de saliva que desarrolló el Instituto de Medicina Preventiva Veterinaria de la Universidad Austral de Chile, en los términos que requiere. (68552742 al 66222).
Ministerio de Obras Públicas
Diputado Ibáñez, don Diego . Director Nacional de la Dirección General de Aguas informe sobre las acciones efectuadas por dicho organismo, en el ejercicio de sus atribuciones de fiscalización, respecto del presunto uso no autorizado del cauce y ribera del río La Ligua, comuna de Cabildo, en virtud de los antecedentes que acompaña. Asimismo, refiérase a los permisos vigentes, otorgados para la utilización de la mencionada zona hidrográfica. (59263 al 59263).
Ministerio de Salud
Diputado Alinco, don René . Medidas sanitarias adoptadas en los vuelos realizados durante los últimos 3 meses en el Aeródromo Teniente Vidal, ubicado en la comuna de Coyhaique, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez Del Campo, en atención a las consideraciones que expone. (822 al 63983).
Ministerio de Minería
Diputado Romero, don Leonidas . Acciones que se han adoptado ante las prácticas antisindicales que estaría efectuando la empresa contratista Manvier Limitada en la Empresa Nacional del Petróleo del Biobío, en atención a las consideraciones que expone. (S/N al 65998).
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Diputado Calisto, don Miguel Ángel . Estado de avance del proceso de urbanización de la Chacra G en la comuna de Coyhaique, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez Del Campo, que permitirá el crecimiento de la ciudad, dando con ello una solución al déficit habitacional existente (1896 al 33411).
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Diputado Celis, don Andrés . Efectividad del acuerdo al que habría llegado ese Ministerio para entregar ayuda económica directa a distintos gremios de transporte de nuestro país. Asimismo, indique el motivo por el cual dicho beneficio no incluiría a los conductores de Taxi Turismo y Taxi Ejecutivo. (511-4911 al 60233).
Diputada Pérez, doña Joanna . Posibilidad de gestionar un ingreso familiar de emergencia, u otro instrumento que permita a las familias pertenecientes a la Asociación Gremial de Taxis y Colectivos de la comuna de Lota, Región de Biobío, acceder a los beneficios para sectores productivos vulnerables de la población, en atención a los antecedentes que acompaña. (512 al 53626).
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Diputado Díaz, don Marcelo . Razones que habrían motivado la revocación de la licitación ID 4883 LP20, destinada a la contratación de un servicio de implementación y ejecución del Programa de Fomento del Arte en la Educación " Acciona ", en virtud de las consideraciones que expone. (271 al 59462).
Diputado Díaz, don Marcelo . Secretaria Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Valparaíso informe las razones que habrían motivado la revocación de la licitación ID 4883 LP20, destinada a la contratación de un servicio de implementación y ejecución del Programa de Fomento del Arte en la Educación " Acciona ", en virtud de las consideraciones que expone. (271 al 59463).
Subsecretarías
Diputado Brito, don Jorge . Gastos anuales en la producción y realización de ceremonias durante los últimos 10 años, incluyendo la proyección de presupuesto de aquellas que estén planificadas para el resto del 2020, en los términos que requiere. (25606 al 60234).
Intendencias
Diputado Barrera, don Boris . Perjuicios generados como consecuencia del paro de camioneros y las medidas adoptadas para reparar los daños, en los términos que requiere. (1048 al 61783).
Diputado Santana, don Alejandro . Posibilidad de establecer un plan de corto y mediano plazo para superar el riesgo sanitario y ambiental generado por el cierre del vertedero de la comuna de Ancud y que obliga al traslado de desechos domiciliarios a lo largo de grandes extensiones del territorio insular de Chiloé. (3796 al 45362).
Diputado Ascencio, don Gabriel . Factibilidad de disponer todas las medidas que sean necesarias para garantizar las condiciones laborales de los funcionarios de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Lagos que se encuentran trabajando en las barreras sanitarias de la provincia de Chiloé, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (900 al 57997).
Diputado Ascencio, don Gabriel . Situación de conectividad que afecta a los residentes de Isla Desertores, por la caída de una antena de señal telefónica perteneciente a la compañía Entel , con el objeto de que señale el estado de funcionamiento de las redes de telefonía e Internet en dicha zona, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (901 al 65704).
Diputado Ascencio, don Gabriel . Posibilidad de adoptar las medidas sanitarias necesarias para enfrentar el problema con el acceso de agua potable en la comuna de Queilén, en los términos que requiere. (902 al 66228).
Gobernación Provincial
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (338 al 67180).
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (379 al 67189).
Servicios
Diputada Leuquén , doña Aracely . Obligación de cumplir con los distintos requisitos establecidos por ley para hacer un debido uso del área de manejo en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez Del Campo, señalando la cantidad de fiscalizadores dispuestos para controlarla, y la periodicidad de dichas fiscalizaciones, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (154064 al 64360).
Diputado Durán, don Eduardo . Posibilidad de excluir de la restitución del "Bono Clase Media" a quienes estando con licencia médica o pre/post natal ingresaron un monto sin cantidad, debido a que dichos beneficios no constituirían renta. (2425 al 65882).
Varios
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de cajas de alimentos de emergencia entregadas por el Gobierno que fueron recibidas efectivamente por ese municipio, indicando si fueron suficientes para cubrir las necesidades de los vecinos de su comuna en el contexto de la actual crisis sanitaria que afecta a nuestro país. (Oficio Nº 1050 al 66948).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de canastas de alimentos de emergencia entregados a la fecha en su comuna y los criterios utilizados para su distribución, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (Oficio Nº 969 al 64643).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Medidas adoptadas para la sanitización de espacios públicos abiertos y cerrados en su comuna, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (11020 al 64764).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Número de ambulancias operativas con que cuenta cada Centro de Salud Familiar de su comuna. (1120 al 66517).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de canastas de alimentos de emergencia entregados a la fecha en su comuna y los criterios utilizados para su distribución, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (1431 al 64665).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Medidas de contingencia que este municipio ha adoptado para proteger y resguardar a las personas en situación de calle, en el contexto de la actual crisis sanitaria que se encuentra atravesando nuestro país. Asimismo, remita el protocolo de desalojo de pertenencias de la vía pública. (1694 al 62523).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Número de ambulancias operativas con que cuenta cada Centro de Salud Familiar de su comuna. (189 al 66384).
Diputado Ibáñez, don Diego . Medidas de fiscalización, adoptadas por esa Superintendencia, en el proyecto "Plan de Expansión Chile LT 2x500 KV CardonesPolpaico", del titular InterChile S.A., en las comunas de Olmué y Quilpué, en relación a lo establecido en la Resolución de Calificación Ambiental N° 1608 de 2015. (2842 al 52201).
Diputado Díaz, don Marcelo . Posibilidad de adoptar medidas de resguardo para la conservación de las aguas del tranque de La Luz, ubicado en el sector de Placilla de la comuna de Valparaíso y cuyo nivel ha disminuido en un 30%, por las consideraciones que expone. (2854 al 53290).
Diputado Ibáñez, don Diego . Proyecto inmobiliario Rocas del Mar, a emplazarse en la comuna de La Ligua, localidad de Los Molles, indicando si cumple con los requisitos legales que establece la normativa ambiental vigente, a propósito de su ubicación en un Sitio Prioritario, colindante al Santuario de la Naturaleza, Cerro Santa Inés . (2910 al 59991).
Diputado Jackson, don Giorgio . Estado de las apelaciones presentadas por las personas que se individualizan en la nómina que se acompaña, ante el rechazo y no pago de las licencias médicas que allí se indican, en los términos que requiere. (3436 al 65890).
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que ha afectado a los usuarios del Fondo Nacional de Salud y de las Isapres, debido a los problemas que se han registrado en la tramitación de sus respectivas licencias médicas, con el objeto de que tome conocimiento de los hechos que denuncia y tenga a bien instruir una fiscalización para determinar eventuales responsabilidades. (3437 al 65666).
Diputado Díaz, don Marcelo . Razones que habrían justificado el incumplimiento en el pago de una licencia médica de postnatal de emergencia en el caso que expone, con el objeto de que tome conocimiento de los hechos y tenga a bien emitir una respuesta ante el mencionado retraso. (3438 al 65561).
Diputado Soto, don Leonardo . Situación que afecta a la señora Yasna Lorena Miranda Seguel , debido a que la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes no habría procedido al pago de las licencias médicas aprobadas por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. (3439 al 64246).
Diputado Rosas, don Patricio . Etapa del plan Paso a Paso en que se encuentra su comuna, indicando la forma como se ha abordado la atención de visitantes a los cementerios, precisando si se encuentran abiertos o cerrados, si se han establecido días determinados de apertura u horarios más restringidos de funcionamiento y las medidas sanitarias adoptadas al efecto. (451 al 63832).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de canastas de alimentos de emergencia entregados a la fecha en su comuna y los criterios utilizados para su distribución, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (455 al 64706).
Diputado Rosas, don Patricio . Número de hogares de larga estadía para adultos mayores con los que cuenta su comuna -ya sean públicos o privadosy la cantidad de personas que se encuentran residiendo en ellos, las acciones preventivas realizadas en el marco de la pandemia del Coronavirus en dichos lugares, considerando la entrega de mascarillas al personal, test PCR, test de inmunoglobulina, IgM/IgG, sanitización, entre otros. Asimismo sírvase describir las actividades que han realizado en conjunto con la Secretaría Regional Ministerial de Salud y/o el Servicio de Salud respectivo, en relación con la prevención de infecciones por Covid-19 en los mencionados establecimientos, desde que se encuentra vigente el decreto que establece el Estado de Emergencia. (466 al 52839).
Diputado Sabag, don Jorge . Medidas de prevención que se adoptarán para evitar que se generen incendios forestales en la temporada estival. (569 al 65973).
Diputado Velásquez, don Pedro . Posibilidad de adoptar las medidas necesarias para mejorar la seguridad vial en el sector Media Hacienda, comuna de Ovalle, a través de la instalación de lomos de toro y la remarcación de las señaléticas en las calles Cóndores y Las Águilas. (578 al 65738).
Diputado Álvarez, don Sebastián . Existencia de algún decreto, orden, resolución u acto administrativo que haya autorizado el desarme de la vivienda de la señora María Angélica Muñoz , ocurrido el 13 de septiembre de 2020 en la Reserva Nacional Villarrica, en atención a los antecedentes que acompaña. (585 al 65848).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de canastas de alimentos de emergencia entregados a la fecha en su comuna y los criterios utilizados para su distribución, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (650 al 64695).
Diputada Hernando , doña Marcela . Informar sobre la efectividad de que dentro de las políticas públicas que está implementando el Ejecutivo se encuentra considerada la reparación a los exconscriptos que señala, en los términos que requiere. (713 al 65873).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Número de ambulancias operativas con que cuenta cada Centro de Salud Familiar de su comuna. (798 al 66585).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de cajas de alimentos de emergencia entregadas por el Gobierno que fueron recibidas efectivamente por ese municipio, indicando si fueron suficientes para cubrir las necesidades de los vecinos de su comuna en el contexto de la actual crisis sanitaria que afecta a nuestro país. (805 al 66841).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Medidas de contingencia que este municipio ha adoptado para proteger y resguardar a las personas en situación de calle, en el contexto de la actual crisis sanitaria que se encuentra atravesando nuestro país. Asimismo, remita el protocolo de desalojo de pertenencias de la vía pública. (828 al 62255).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Medidas adoptadas para la sanitización de espacios públicos abiertos y cerrados en su comuna, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (834 al 64935).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de cajas de alimentos de emergencia entregadas por el Gobierno que fueron recibidas efectivamente por ese municipio, indicando si fueron suficientes para cubrir las necesidades de los vecinos de su comuna en el contexto de la actual crisis sanitaria que afecta a nuestro país. (837 al 66872).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Medidas de contingencia que este municipio ha adoptado para proteger y resguardar a las personas en situación de calle, en el contexto de la actual crisis sanitaria que se encuentra atravesando nuestro país. Asimismo, remita el protocolo de desalojo de pertenencias de la vía pública. (842 al 62465).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de canastas de alimentos de emergencia entregados a la fecha en su comuna y los criterios utilizados para su distribución, en el contexto de la actual crisis sanitaria. (843 al 64659).
Diputado Rosas, don Patricio . Existencia de ollas comunes autogestionadas por las comunidades para entregar raciones de alimentos a los vecinos de su comuna y si han contado con apoyo o subvención municipal. (844 al 65461).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de vehículos destinados a transporte escolar contratados por esta municipalidad para el reparto y entrega de canastas familiares de emergencia. (849 al 62120).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de cajas de alimentos de emergencia entregadas por el Gobierno que fueron recibidas efectivamente por ese municipio, indicando si fueron suficientes para cubrir las necesidades de los vecinos de su comuna en el contexto de la actual crisis sanitaria que afecta a nuestro país. (849 al 66877).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Número de ambulancias operativas con que cuenta cada Centro de Salud Familiar de su comuna. (855 al 66351).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Número de ambulancias operativas con que cuenta cada Centro de Salud Familiar de su comuna. (856 al 66538).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Cantidad de cajas de alimentos de emergencia entregadas por el Gobierno que fueron recibidas efectivamente por ese municipio, indicando si fueron suficientes para cubrir las necesidades de los vecinos de su comuna en el contexto de la actual crisis sanitaria que afecta a nuestro país. (856 al 66699).
Diputada Leuquén , doña Aracely . Número de ambulancias operativas con que cuenta cada Centro de Salud Familiar de su comuna. (965 al 66624).
VIII. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
Diputado Hernández, don Javier . Posibilidad de establecer una planificación que permita flexibilizar las medidas de confinamiento, debido a las repercusiones que ha generado al interior de cada hogar, en virtud de las consideraciones que expone. (67150 de 27/10/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Winter, don Gonzalo . Implementación y funcionamiento de la plataforma dispuesta por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para efectos de solicitar el bono de apoyo para microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros, en el marco de la ley N° 21.256, en los términos que requiere. (67151 de 27/10/2020). A Ministerio de Hacienda.
Diputado Winter, don Gonzalo . Implementación y funcionamiento de la plataforma dispuesta por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para efectos de solicitar el bono de apoyo para microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros, en el marco de la ley N° 21.256, en los términos que requiere. (67152 de 27/10/2020). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Winter, don Gonzalo . Número de beneficiarios que han recibido la asignación del bono de apoyo para microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros, de conformidad a lo establecido en la ley N° 21.256, en los términos que requiere. (67153 de 27/10/2020). A Tesorería General de la República.
Diputado Sauerbaum, don Frank . Situación que afecta a las asociaciones de manipuladores de alimentos que se desempeñan para la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, en relación con el estado de cumplimiento de los compromisos laborales previamente adquiridos, en virtud de las consideraciones que expone. (67154 de 27/10/2020). A Ministerio de Educación.
Diputado Sauerbaum, don Frank . Situación que afecta a las asociaciones de manipuladores de alimentos que se desempeñan para la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, en relación con el estado de cumplimiento de los compromisos laborales previamente adquiridos, en virtud de las consideraciones que expone. (67155 de 27/10/2020). A Dirección de Presupuestos.
Diputado Longton, don Andrés . Posibilidad de adoptar las medidas que sean necesarias para colaborar y a su vez responsabilizarse de las señoras Nora Araya Díaz e Ivelda Lazo Valderrama , quienes requieren de manera urgente la intervención de ese organismo para su cuidado y bienestar, en virtud de las consideraciones que expone. (67156 de 28/10/2020). A Servicio Nacional del Adulto Mayor de Valparaíso.
Diputado Labra, don Amaro . Posibilidad de dar respuesta a las solicitudes presentadas por integrantes de la Asociación Nacional de Funcionarios y Funcionarias del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (AFUCAP), en relación con la eventual modificación del reglamento orgánico de ese Ministerio, estipulado en la ley N° 21.045. (67158 de 28/10/2020)..
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67159 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Parinacota.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67160 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Iquique.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67161 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial del Tamarugal.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67162 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Huasco.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67163 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Chañaral.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67164 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Limarí.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67165 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Valparaíso.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67166 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Quillota.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67167 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de San Felipe.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67168 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Talagante.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67169 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Melipilla.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67170 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Cachapoal.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67171 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Cardenal Caro.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67172 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Talca.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67173 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Concepción.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67174 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Biobío.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67175 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Cautín.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67176 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Ranco.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67177 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Osorno.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67178 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Chiloé.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67179 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Palena.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67180 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Aysén.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67181 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de General Carrera.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67182 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Magallanes.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67183 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Antártica Chilena.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67184 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Tocopilla.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67185 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Elqui.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67186 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de San Antonio.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67187 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Petorca.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67188 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Marga Marga.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67189 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Cordillera.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67190 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Curicó.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67191 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Linares.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67192 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Arauco.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67193 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Valdivia.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67194 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Tierra del Fuego.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67195 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Llanquihue.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67196 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Última Esperanza.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67197 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Antofagasta.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67198 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de El Loa.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67199 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Chacabuco.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67200 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Cauquenes.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67201 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Diguillín.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67202 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Punilla.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67203 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Itata.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67204 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Maipo.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67205 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Capitán Prat.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67206 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Arica.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67207 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Coyhaique.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67208 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Malleco.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67209 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Colchagua.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67210 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Los Andes.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67211 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Choapa.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67212 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Copiapó.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su provincia durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67213 de 28/10/2020). A Gobernación Provincial de Isla de Pascua.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67214 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Atacama.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67215 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Los Ríos.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67216 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Tarapacá.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67217 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Valparaíso.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67218 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región del Biobío.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67219 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez Del Campo.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67220 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Magallanes y Antártica Chilena.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67221 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Arica y Parinacota.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67222 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Ñuble.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67223 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67224 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de La Araucanía.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67225 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Antofagasta.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67226 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región del Maule.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67227 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Coquimbo.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67228 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago.
Diputado Urrutia, don Ignacio . Remita el listado de cada uno de los contratos con empresas para la distribución de agua potable en los sectores rurales de su región durante 2020, detallando el nombre y Rol Único Tributario del prestador, el monto del contrato y el plazo de ejecución. (67229 de 28/10/2020). A Intendencia de la Región de Los Lagos.
Diputado Bianchi, don Karim . Posibilidad de efectuar la apertura de todos los cementerios pertenecientes a la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, el día 1 de noviembre de 2020, en atención a las consideraciones que expone. (67230 de 28/10/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Núñez, don Daniel . Posibilidad de iniciar un procedimiento de fiscalización, en relación con las presuntas irregularidades detectadas en el servicio de transporte público de la comuna de Salamanca, Región de Coquimbo, en virtud de las consideraciones que expone. (67231 de 28/10/2020). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Núñez, don Daniel . Posibilidad de iniciar un procedimiento de fiscalización, en relación con las presuntas irregularidades detectadas en el servicio de transporte público de la comuna de Salamanca, en virtud de las consideraciones que expone. (67232 de 28/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Coquimbo.
Diputado Rosas, don Patricio . Situación que afecta a los usuarios del Centro de Salud Familiar Doctor Alfredo Gantz Mann , ubicado en la comuna de La Unión, debido a la reducción de atenciones médicas disponibles en dicho recinto asistencial, con el objeto de que tome conocimiento de los hechos y tenga a bien adoptar las medidas tendientes a brindar una solución a los habitantes de la mencionada zona. (67233 de 28/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Ríos.
Diputado Rosas, don Patricio . Situación que afecta a los usuarios del Centro de Salud Familiar Doctor Alfredo Gantz Mann , ubicado en la comuna de La Unión, debido a la reducción de atenciones médicas disponibles en dicho recinto asistencial, con el objeto de que tome conocimiento de los hechos y tenga a bien adoptar las medidas tendientes a brindar una solución a los habitantes de la mencionada zona. (67234 de 28/10/2020). A Servicio de Salud Valdivia.
Diputado Rosas, don Patricio . Situación que afecta a los usuarios del Centro de Salud Familiar Doctor Alfredo Gantz Mann , ubicado en la comuna de La Unión, debido a la reducción de atenciones médicas disponibles en dicho recinto asistencial, con el objeto de que tome conocimiento de los hechos y tenga a bien adoptar las medidas tendientes a brindar una solución a los habitantes de la mencionada zona. (67235 de 28/10/2020). A Municipalidad de La Unión.
Diputado Santana, don Juan . Presuntas infracciones a las normativas educacionales en las que estaría incurriendo el Colegio San Lorenzo de la comuna de Copiapó, respecto de los trabajadores que pertenecen al sindicato de la Compañía Contractual Minera Candelaria, quienes se encuentran inhabilitados para formalizar el proceso de matrícula, en atención a las consideraciones que expone. (67236 de 28/10/2020). A Superintendencia de Educación Escolar.
Diputado Vidal, don Pablo . Posibilidad de fiscalizar el procedimiento de cierre del Colegio San Leonardo, de la comuna de Maipú, Región Metropolitana de Santiago, e informe sobre las medidas que se están implementando para abordar las consecuencias derivadas de su cierre. (67237 de 29/10/2020). A Superintendencia de Educación Escolar.
Diputada Cid, doña Sofía . Posibilidad de adoptar las medidas que requiere, para los pacientes trasplantados en la Región de Atacama. (67238 de 29/10/2020). A Ministerio de Salud.
Diputada Cid, doña Sofía . Posibilidad de adoptar las medidas que requiere, para los pacientes trasplantados en la Región de Atacama. (67239 de 29/10/2020). A Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Diputada Cid, doña Sofía . Estado de avance del proyecto Carretera Digital 5G, sobre conexiones a internet en comunas y zonas rurales, en los términos que requiere. (67240 de 29/10/2020). A Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Diputado Jiménez, don Tucapel . Estado de avance de la eventual ratificación del Acuerdo de Ciudad del Cabo, de la Organización Marítima Internacional, desde la realización de la Conferencia de Torremolinos, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (67241 de 29/10/2020). A Ministerio de Relaciones Exteriores.
Diputada Marzán, doña Carolina . Posibilidad de dar solución a las inquietudes presentadas por la Federación de Funcionarios de la Salud del Hospital de Quilpué, en los términos que requiere. (67242 de 29/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso.
Diputado Naranjo, don Jaime . Factibilidad de otorgar la residencia definitiva a la señora Manuela Ortiz Murillo , quien estaría realizando dicho trámite desde el año 2016, sin tener ningún tipo de respuesta a la fecha. (67243 de 29/10/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputada Álvarez , doña Jenny . Posibilidad de dar inicio a una investigación tendiente a determinar si las medidas adoptadas en el caso que indica se ajustan a los protocolos fijados para el traslado de pacientes en estado grave desde zonas aisladas. (67244 de 29/10/2020). A Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Diputada Álvarez , doña Jenny . Posibilidad de dar inicio a una investigación tendiente a determinar si las medidas adoptadas en el caso que indica se ajustan a los protocolos fijados para el traslado de pacientes en estado grave desde zonas aisladas. (67245 de 29/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Lagos.
Diputada Álvarez, doña Jenny . Posibilidad de dar inicio a una investigación tendiente a determinar si las medidas adoptadas en el caso que indica se ajustan a los protocolos fijados para el traslado de pacientes en estado grave desde zonas aisladas. (67246 de 29/10/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Naranjo, don Jaime . Posibilidad de asignar un subsidio habitacional a la señora Gimena del Carmen Morales Oróstica , domiciliada en la comuna de Cauquenes, Región del Maule, en atención a las consideraciones que expone. (67247 de 29/10/2020). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputado Naranjo, don Jaime . Posibilidad de asignar un subsidio habitacional a la señora Gimena del Carmen Morales Oróstica , domiciliada en la comuna de Cauquenes, Región del Maule, en atención a las consideraciones que expone. (67248 de 29/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo del Maule.
Diputada Mix , doña Claudia . Motivos por los cuales se habrían excluido los indicadores de discapacidad, orientación sexual e identidad de género en la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional que se realizará el presente año. (67252 de 29/10/2020). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Jarpa, don Carlos Abel . Factibilidad de revisar el pago de los reajustes de dinero correspondientes a las cuotas de agosto y septiembre, respecto de los trabajadores dependientes que mantienen sus contratos laborales suspendidos, de conformidad a lo establecido en la ley N° 21.227, que faculta el acceso a los fondos del seguro de cesantía en circunstancias excepcionales, en virtud de las consideraciones que expone. (67253 de 29/10/2020). A Superintendencia de Pensiones.
Diputado Jarpa, don Carlos Abel . Posibilidad de dar solución a los problemas de construcción que estarían presentando las viviendas del conjunto habitacional Villa Los Dominicos, ubicado en la ciudad de Chillán, Región de Ñuble. (67255 de 29/10/2020). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputada Yeomans , doña Gael . Hechos registrados en un video de circulación viral, en que se observan actos de tortura y denigración provocados por cadetes de 4° año de la Escuela Naval, ubicada en el sector Playa Ancha, comuna de Valparaíso, respecto de sus compañeros de menor grado, con el objeto de que remita los antecedentes relativos los sumarios que se cursarán a los involucrados y las eventuales sanciones que se adoptarán en su contra. (67256 de 29/10/2020). A Ministerio de Defensa Nacional.
Diputada Yeomans , doña Gael . Comandante en Jefe de la Armada informe sobre los hechos registrados en un video de circulación viral, en que se observan actos de tortura y denigración provocados por cadetes de 4° año de la Escuela Naval, ubicada en el sector Playa Ancha, comuna de Valparaíso, respecto de sus compañeros de menor grado, con el objeto de que remita los antecedentes relativos los sumarios que se cursaran a los involucrados y las eventuales sanciones que se adoptarán en su contra. (67257 de 29/10/2020). A Ministerio de Defensa Nacional.
Diputada Marzán, doña Carolina . Remita un informe que indique, en valores porcentuales, el cumplimiento de las solicitudes de retiro del 10% de los fondos previsionales por las administradoras de fondos de pensiones, en los términos que requiere. (67258 de 29/10/2020). A Superintendencia de Pensiones.
Diputado Trisotti, don Renzo . Motivos y elementos de convicción que se tuvieron a la vista para rechazar, por vía de reconsideración, las licencias médicas individualizadas, correspondientes al señor Michael Herrera Guzmán , por concepto de reposo no justificado, en resolución exenta, pronunciada el 14 de septiembre de 2020. (67259 de 29/10/2020). A Superintendencia de Seguridad Social.
Diputado Pérez, don Leopoldo . Situación que afecta a los vecinos del conjunto habitacional Lomas de Tobalaba, específicamente de la calle Cerro Loma Larga, debido a las recurrentes equivocaciones que se comenten, en razón de la existencia de otro conjunto habitacional cuya dirección tiene el mismo nombre. (67260 de 30/10/2020). A Municipalidad de Puente Alto.
Diputado Ibáñez, don Diego . Situación que afecta a la señora Marlene Rivera Pizarro , residente de la comuna de Petorca, Región de Valparaíso, debido a que aún no recibe una respuesta a su postulación al Fondo Solidario de Elección a Vivienda, con el objeto de que tome conocimiento de su caso y tenga a bien indicar el estado de tramitación de dicha solicitud. (67261 de 30/10/2020). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputado Ibáñez, don Diego . Situación que afecta a la señora Marlene Rivera Pizarro , residente de la comuna de Petorca, debido a que aún no recibe una respuesta a su postulación al Fondo Solidario de Elección a Vivienda, con el objeto de que tome conocimiento de su caso y tenga a bien indicar el estado de tramitación de dicha solicitud. (67262 de 30/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso.
Diputado Labra, don Amaro . Remita un informe que indique el financiamiento y ejecución de los recursos destinados a programas de forestación y reforestación, desde el 2017 a la fecha, en los que haya tenido directa participación ese ministerio. Asimismo, refiérase a la incorporación tácita del plan de reforestación a las Contribuciones Nacionalmente Determinadas, en virtud de las consideraciones que expone. (67263 de 30/10/2020). A Ministerio del Medio Ambiente.
Diputado Labra, don Amaro . Remita un informe que indique el financiamiento y ejecución de los recursos destinados en materia de forestación y reforestación, específicamente del Plan de Acción para la Recuperación de Patrimonio Natural y Productivo Afectado, desde 2017 a la fecha, en los términos que requiere. (67264 de 30/10/2020). A Ministerio de Agricultura.
Diputado Labra, don Amaro . Convenio de Cooperación entre la Corporación Chilena de la Madera y esa entidad, indicando el estado de ejecución de dicho programa, en el marco del plan de forestación, reforestación y mejoramiento en la calidad de plantaciones de pequeños y medianos propietarios, el cual fue anunciado en julio de 2019, por las consideraciones que expone. (67265 de 30/10/2020). A Corporación Nacional Forestal.
Diputado Rathgeb, don Jorge . Estado de avance de la entrega de recursos por concepto de la emergencia sanitaria, desagregado por cada municipio de la Región de La Araucanía, en los términos que requiere. (67266 de 30/10/2020). A Intendencia de la Región de La Araucanía.
Diputado Rathgeb, don Jorge . Estado de avance de la entrega de recursos por concepto de la emergencia sanitaria, desagregado por cada municipio de la Región de La Araucanía, en los términos que requiere. (67267 de 30/10/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputado Rathgeb, don Jorge . Situación médica que afecta a la señora Hilda Gómez Suazo , residente de la comuna de Angol, con el objeto de que tome conocimiento de su caso y se otorgue una hora de pabellón para tratar la artrosis severa que sufrió producto de una operación anterior. (67268 de 30/10/2020). A Servicio de Salud Araucanía Norte.
Diputado Rathgeb, don Jorge . Situación médica que afecta a la señora Hilda Gómez Suazo , residente de la comuna de Angol, con el objeto de que tome conocimiento de su caso y se otorgue una hora de pabellón para tratar la artrosis severa que sufrió producto de una operación anterior. (67269 de 30/10/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de La Araucanía.
Diputado Mulet, don Jaime ; Diputado Velásquez, don Esteban
. Remita un informe pormenorizado de los inmuebles fiscales y los bienes nacionales de uso público que están dentro de los límites comunales de María Elena , con ocasión del estado de su relación territorial con la empresa Sociedad Química y Minera de Chile, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (67270 de 30/10/2020). A Ministerio de Bienes Nacionales.
Diputado Velásquez, don Esteban ; Diputado Mulet, don Jaime
. Remita un informe pormenorizado de los inmuebles fiscales y los bienes nacionales de uso público que están dentro de los límites comunales de María Elena , con ocasión del estado de su relación territorial con la empresa Sociedad Química y Minera de Chile, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (67271 de 30/10/2020)..
Diputado Ibáñez, don Diego . Estado de avance de los proyectos de señales reglamentarias, señales preventivas o de advertencia, señales informativas y de autopistas, en la localidad de la Higuera, perteneciente a la comuna de La Ligua, Región de Valparaíso, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (67272 de 30/10/2020). A Subsecretaría de Transportes.
Diputado Ibáñez, don Diego . Posibilidad de fiscalizar los cercos instalados en el cauce o álveo del río Aconcagua, tramo La Cruz, paraderos 21-22, que impiden el tránsito por este suelo, en los términos que requiere. (67273 de 30/10/2020). A Municipalidad de La Cruz.
Diputado Ibáñez, don Diego . Posibilidad de fiscalizar los cercos instalados en el cauce o álveo del río Aconcagua, tramo La Cruz, paraderos 21-22, que impiden el tránsito por este suelo, en los términos que requiere. (67274 de 30/10/2020). A Dirección de Aguas.
Diputado Ibáñez, don Diego . Motivos por los cuales no se habría ejecutado el presupuesto municipal de año 2020 asociado al ítem de cultura, el cual es resultado de los planes de cultura presentados por el Consejo Comunal de Cultura de La Calera, en los términos que requiere. (67275 de 30/10/2020). A Municipalidad de La Calera.
Diputado Jackson, don Giorgio . Proyecto del Fondo de Desarrollo Vecinal ;Habilitación generador eléctrico a gas en Edificio Bustamante 120", que luego de un año de la instalación del equipo por la empresa proveedora ACCO Electricidad Ltda., éste sigue sin funcionar. Asimismo, refiérase a posibles irregularidades en el procedimiento de adjudicación y ejecución de dicho proyecto, dando respuesta a las interrogantes que plantea. (67276 de 30/10/2020). A Municipalidad de Providencia.
Diputada Pérez, doña Catalina . Posibilidad de solicitar al Ministerio de Medio Ambiente que declare como humedal urbano a aquel tramo del río Loa ubicado dentro del límite urbano de la ciudad de Calama y se someta, por tanto, a la protección establecida en la ley Nº 21.202. (67277 de 30/10/2020). A Municipalidad de Calama.
Diputada Pérez, doña Catalina . Posibilidad de declarar, de oficio, a aquel tramo del río Loa ubicado dentro del límite urbano de la ciudad de Calama, Región de Antofagasta y se someta, por tanto, a la protección establecida en la ley Nº 21.202. (67278 de 30/10/2020). A Ministerio del Medio Ambiente.
Diputado Pérez, don José . Acceso al sector Coyaco-Chacaico, de la comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, contemplado en el proyecto de construcción de la Ruta Nahuelbuta, ya que, en atención a lo señalado por vecinos de dicho sector, el plano actual de la empresa no lo contemplaría. Asimismo, refiérase al estado de avance del proyecto de pavimentación de 6 kilómetros del camino Q-28, denominado Moraga-Las Hijuelas , sector de Coyaco, en los términos que requiere. (67279 de 30/10/2020). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Pérez, don Leopoldo . Posibilidad de dar curso a la transferencia gratuita del inmueble destinado a equipamiento o servicios comunitarios, ubicado en la comuna de Puente Alto, en atención al dictamen N°8870, de la Contraloría General de la República, de fecha 2 de febrero de 2015, en los términos que requiere. (67280 de 30/10/2020). A Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana de Santiago.
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que afecta al señor Miguel Miranda Brossard , quien acusa irregularidades en la entrega del retiro de su 10% de fondos previsionales por parte de la administradora de fondos de pensiones ProVida, en virtud de las consideraciones que expone. (67281 de 30/10/2020). A Superintendencia de Pensiones.
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que denuncia al señor Julio Cesar Santander Pablot , en relación con el incumplimiento del pago de un porcentaje del seguro de cesantía, por parte de la Administradora de Fondos de Cesantía, a los trabajadores de la empresa Yantani y Cia. Ltda., quienes se encuentran con suspensión temporal de sus contratos, en el marco de la ley N° 21.227. (67282 de 30/10/2020). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que denuncia al señor Julio Cesar Santander Pablot , en relación con el incumplimiento del pago de un porcentaje del seguro de cesantía, por parte de la Administradora de Fondos de Cesantía, a los trabajadores de la empresa Yantani y Cia. Ltda., quienes se encuentran con suspensión temporal de sus contratos, en el marco de la ley N° 21.227. (67283 de 30/10/2020). A Dirección del Trabajo.
Diputado Díaz, don Marcelo . Avances del estudio de título que se realizaría en la comuna de Ovalle, junto con la respectiva fiscalización mediante sobrevuelo fotográfico, en atención a la denuncia efectuada por la señora Karen Rivera Aguirre , quien habría dado cuenta de una serie de irregularidades que se observaron en la toma de terrenos de un particular, en desmedro de los vecinos de dicha comuna. (67284 de 30/10/2020). A Ministerio de Bienes Nacionales.
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que afecta a la señora Marcela Alarcón Díaz , agricultora del tercer sector del río Aconcagua, Región de Valparaíso, debido al término del convenio de suministro de agua, de acuerdo a lo comunicado por la Asociación Canal de Mauco, con el objeto de que tome conocimiento de su caso e indique las medidas que se adoptarán para promover la gestión y administración del recurso hídrico proveniente del Canal de Mauco. (67285 de 30/10/2020). A Dirección de Aguas.
Diputado Matta, don Manuel . Situación que denuncian los dirigentes de la Junta de Vecinos Villa Reina, sector rural de la comuna de Parral, con la finalidad de exponer su preocupación por el estado en que se encuentra el camino principal, con el objeto de que tome conocimiento del caso e instruya una visita para planificar una obra de mejoramiento definitivo. (67286 de 30/10/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Matta, don Manuel . Situación que denuncian los dirigentes de la Junta de Vecinos Villa Reina, sector rural de la comuna de Parral, con la finalidad de exponer su preocupación por el estado en que se encuentra el camino principal, con el objeto de que tome conocimiento del caso e instruya una visita para planificar una obra de mejoramiento definitivo. (67287 de 30/10/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Matta, don Manuel . Situación que denuncian los dirigentes de la Junta de Vecinos Villa Rosa, sector rural de la comuna de Parral, que me han manifestado su preocupación por el mal estado en que se encuentra el camino que conecta el puente Los Pequenes, hasta el cruce de la ruta L-845, con el objeto de que tome conocimiento del caso e instruya una visita para planificar una obra de mejoramiento definitivo. (67288 de 30/10/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Matta, don Manuel . Situación que denuncian los dirigentes de la Junta de Vecinos Villa Rosa, sector rural de la comuna de Parral, que me han manifestado su preocupación por el mal estado en que se encuentra el camino que conecta el puente Los Pequenes, hasta el cruce de la ruta L-845, con el objeto de que tome conocimiento del caso e instruya una visita para planificar una obra de mejoramiento definitivo. (67289 de 30/10/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que afecta a la señora Claudia Arellano Cea , debido al grave estado de salud en el que se encuentra su madre, residente de la comuna de Chiguayante, Región del Biobío, quien requiere ser operada de manera urgente, con el objeto de que tome conocimiento de su caso y disponga de algún tipo de ayuda para enfrentar su diagnóstico médico. (67290 de 30/10/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Díaz, don Marcelo . Situación que afecta a la señora Claudia Arellano Cea , debido al grave estado de salud en el que se encuentra su madre, residente de la comuna de Chiguayante, Región del Biobío, quien requiere ser operada de manera urgente, con el objeto de que tome conocimiento de su caso y disponga de algún tipo de ayuda para enfrentar su diagnóstico médico. (67291 de 30/10/2020). A Superintendencia de Salud.
Diputado Jackson, don Giorgio . Solicitudes de condonación de intereses y multas por infracciones o diferencias de impuestos no declaradas y/o no pagadas, respecto de las grandes empresas del país, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (67296 de 30/10/2020). A Servicio de Impuestos Internos.
Diputado Espinoza, don Fidel . Fundamentos considerados para mantener la medida de cuarentena en comunas de la Región de Los Lagos, que presentan pocos contagios por Covid-19, en los términos que requiere. (67325 de 02/11/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Brito, don Jorge ; Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Jackson, don Giorgio ; Diputada Orsini , doña Maite ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael
. Monto presupuestado para sitios de memoria en el proyecto de Ley de Presupuestos del sector público para el año 2021. Asimismo, refiérase a la posibilidad de considerar financiar de forma suficiente el sitio de Memoria, ex-Clínica Santa Lucía , en los términos que requieren. (67326 de 02/11/2020). A Subsecretaría de Hacienda.
Diputado Álvarez, don Sebastián . Responsables de la mantención de los caminos y carreteras que indica, en la Región de La Araucanía, señalando las medidas que se adoptarán para repararlos, en los términos que requiere. (67327 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas de La Araucanía.
Diputado Álvarez, don Sebastián . Responsables de la mantención de los caminos y carreteras que indica, en la Región de La Araucanía, señalando las medidas que se adoptarán para repararlos, en los términos que requiere. (67328 de 02/11/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Situación sanitaria que afecta al sector Villorrio Puerto Nuevo, en la comuna de La Unión, considerando la posibilidad de gestionar los recursos necesarios para la construcción y mantenimiento del sistema de alcantarillado, remitiendo una calendarización de las acciones que se ejercerán para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. (67329 de 02/11/2020). A Intendencia de la Región de Los Ríos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Situación sanitaria que afecta al sector Villorrio Puerto Nuevo, en la comuna de La Unión, considerando la posibilidad de gestionar los recursos necesarios para la construcción y mantenimiento del sistema de alcantarillado, remitiendo una calendarización de las acciones que se ejercerán para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. (67330 de 02/11/2020). A Gobernación Provincial de Ranco.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Situación sanitaria que afecta al sector Villorrio Puerto Nuevo, en la comuna de La Unión, considerando la posibilidad de gestionar los recursos necesarios para la construcción y mantenimiento del sistema de alcantarillado, remitiendo una calendarización de las acciones que se ejercerán para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. (67331 de 02/11/2020). A Municipalidad de La Unión.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Situación sanitaria que afecta al sector Villorrio Puerto Nuevo, en la comuna de La Unión, considerando la posibilidad de gestionar los recursos necesarios para la construcción y mantenimiento del sistema de alcantarillado, remitiendo una calendarización de las acciones que se ejercerán para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. (67332 de 02/11/2020). A Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Diputada Hertz , doña Carmen . Antecedentes vinculados con el procedimiento de solicitud de desalojo y restitución del inmueble ubicado en calle Condell N° 1459, en la comuna de Valparaíso, realizada a la Asociación de Jubilados de Empleados Particulares de Valparaíso, en los términos que requiere. (67333 de 02/11/2020). A Instituto de Previsión Social.
Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Medidas que se han adoptado respecto de hechos de violencia policial hacia niños, niñas y adolescentes mapuches, dando respuesta a las interrogantes que plantean. (67335 de 02/11/2020). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Medidas que se han adoptado respecto de hechos de violencia policial hacia niños, niñas y adolescentes mapuches, dando respuesta a las interrogantes que plantean. (67336 de 02/11/2020). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Modificación del uso del suelo correspondiente a la zona costera de Valdivia, específicamente en los sectores de Cutipay Alto y Los Pellines, estableciendo si por el origen de los terrenos se pueden establecer construcciones destinadas a viviendas. Asimismo, refiérase a las fiscalizaciones efectuadas para verificar la legalidad de las subdivisiones efectuadas en dicho lugar, en los términos que requiere, por intermedio de la Encargada Regional del Departamento de Recursos Naturales Renovables de Los Ríos. (67337 de 02/11/2020). A Servicio Agrícola y Ganadero .
Diputado Ilabaca, don Marcos . Razones de la instalación de un cuartel policial para resguardar el predio forestal perteneciente a la señora María Pía Montaner , posiblemente traspasado al señor Emilio Pino , verificando si existe orden de tribunal al respecto. Asimismo, refiérase al establecimiento de un retén móvil desde hace 6 meses en el sector de Cutipay, sector costero de Valdivia, su costo y justificación, en los términos que requiere. (67338 de 02/11/2020). A Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Crisis sanitaria que afecta a la localidad de Estación Mariquina, comuna de Mariquina, ante la carencia de agua potable y alcantarillado, y las medidas que se adoptarán para dar una solución a las 300 familias que habitan el sector, en los términos que requiere. (67339 de 02/11/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Crisis sanitaria que afecta a la localidad de Estación Mariquina, comuna de Mariquina, ante la carencia de agua potable y alcantarillado, y las medidas que se adoptarán para dar una solución a las 300 familias que habitan el sector, en lo términos que requiere. (67340 de 02/11/2020). A Intendencia de la Región de Los Ríos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Crisis sanitaria que afecta a la localidad de Estación Mariquina, comuna de Mariquina, ante la carencia de agua potable y alcantarillado, y las medidas que se adoptarán para dar una solución a las 300 familias que habitan el sector, en lo términos que requiere. (67341 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Ríos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Crisis sanitaria que afecta a la localidad de Estación Mariquina, comuna de Mariquina, ante la carencia de agua potable y alcantarillado, y las medidas que se adoptarán para dar una solución a las 300 familias que habitan el sector, en lo términos que requiere. (67342 de 02/11/2020). A Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proyecto de atravieso desnivelado, que se ejecutará en la calle Quinchilca , en la comuna de Los Lagos, señalando las gestiones administrativas realizadas con los vecinos para su concreción, detallando el costo de la inversión y la programación de los trabajos en el sector, en los términos que requiere. (67343 de 02/11/2020). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proyecto de atravieso desnivelado, que se ejecutará en la calle Quinchilca , en la comuna de Los Lagos, señalando las gestiones administrativas realizadas con los vecinos para su concreción, detallando el costo de la inversión y la programación de los trabajos en el sector, en los términos que requiere. (67344 de 02/11/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proyecto de atravieso desnivelado, que se ejecutará en la calle Quinchilca , en la comuna de Los Lagos, señalando las gestiones administrativas realizadas con los vecinos para su concreción, detallando el costo de la inversión y la programación de los trabajos en el sector, en los términos que requiere. (67345 de 02/11/2020). A Municipalidad de Los Lagos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proceso de relicitación de las obras inconclusas del proyecto denominado "Construcción infraestructura sanitaria Puerto Nuevo", detallando el proceso que se lleva a cabo y los plazos estimados para concretarla. Asimismo, considere la factibilidad de una solución provisoria y de emergencia para los vecinos del Villorrio N° 1 de la localidad de Puerto Nuevo. (67346 de 02/11/2020). A Municipalidad de La Unión.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proceso de relicitación de las obras inconclusas del proyecto denominado "Construcción infraestructura sanitaria Puerto Nuevo" de la comuna de La unión, detallando el proceso que se lleva a cabo y los plazos estimados para concretarla. Asimismo, considere la factibilidad de una solución provisoria y de emergencia para los vecinos del Villorrio N° 1 de la localidad de Puerto Nuevo. (67347 de 02/11/2020). A Intendencia de la Región de Los Ríos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . General Director de Carabineros de Chile informe a esta Corporación sobre el estado del proyecto de construcción de la Subcomisaría del sector de Estación Mariquina, en la comuna de Mariquina, su calendarización y los recursos destinados para su ejecución. (67348 de 02/11/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proyecto de construcción de la Subcomisaría de Carabineros del sector de Estación Mariquina, en la comuna de Mariquina, su calendarización y los recursos destinados para su ejecución. (67349 de 02/11/2020). A Intendencia de la Región de Los Ríos.
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proyecto de construcción de la Subcomisaría de Carabineros del sector de Estación Mariquina, en la comuna de Mariquina, su calendarización y los recursos destinados para su ejecución. (67350 de 02/11/2020)..
Diputado Ilabaca, don Marcos . Estado del proyecto de construcción de la Subcomisaría de Carabineros del sector de Estación Mariquina, en la comuna de Mariquina, su calendarización y los recursos destinados para su ejecución. (67351 de 02/11/2020). A Municipalidad de Mariquina.
Diputado Bernales, don Alejandro . Posibilidad de disponer una fiscalización en terreno en la población Víctor Jara , en la comuna de Calbuco, a fin de verificar un posible riesgo sanitario por la presencia de roedores, acumulación de basura y escombros al final del pasaje Herminda de la Victoria, adoptando las medidas que permitan otorgar una solución a sus habitantes. (67352 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Lagos.
Diputado Brito, don Jorge . General Director de Carabineros de Chile tenga a bien remitir las hojas de vida, expedientes de sumarios realizados y cualquier otro documento que haga referencia a las calificaciones y anotaciones de todos los funcionarios policiales que indica. (67353 de 02/11/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputado Brito, don Jorge . Establecimientos educacionales de esa región que estarían en condiciones para la reapertura de clases presenciales, según los lineamientos y orientaciones establecidas por el Ministerio de Educación, dando respuesta a las demás interrogantes que plantea. (67354 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Educación de Valparaíso.
Diputado Brito, don Jorge . Detalles del proyecto “Administración del área de varado y reparación de embarcaciones menores para Puerto de Valparaíso”, indicando las ofertas que se han presentado y su respectiva evaluación, en los términos que requiere. (67355 de 02/11/2020)..
Diputado Brito, don Jorge . Factibilidad de enviar el material audiovisual almacenado en las cámaras de seguridad pública, que puedan dar cuenta de las agresiones cometidas contra el señor Cristóbal Yessen , el pasado 23 de octubre de 2020, en el sector de avenida Vital Apoquindo . (67356 de 02/11/2020). A Municipalidad de Las Condes.
Diputado Brito, don Jorge . Plan “Construcción Prolongación 6 Oriente, entre 11 Norte y Av. Alessandri”, adjuntando la carpeta original del proyecto, que obtuvo la recomendación técnica de la Secretaría Comunal de Planificación en 2018. (67357 de 02/11/2020). A Municipalidad de Viña del Mar.
Diputada Cicardini , doña Daniella . Situación denunciada por los trabajadores de Minera Candelaria, en relación con los presuntos hechos constitutivos de prácticas desleales, en el marco de una negociación colectiva, en virtud de las consideraciones que expone. (67358 de 02/11/2020). A Dirección del Trabajo.
Diputada Cicardini , doña Daniella . Situación que afecta a la señora María Luisa Guerra Zambra , residente de la ciudad de Chañaral, a quien no se le han pagado sus respectivas licencias médicas desde hace dos meses, pese a los antecedentes aportados en su causa, con el objeto de que aclare, por intermedio del Jefe de Departamento de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Antofagasta, las razones que habrían motivado dicha negativa. (67359 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta.
Diputado Ibáñez, don Diego , Diputado Boric, don Gabriel , Diputado Winter, don Gonzalo , Diputada Yeomans , doña Gael . General Director de Carabineros de Chile, informe sobre las medidas que se han adoptado respecto de hechos de violencia policial hacia niños, niñas y adolescentes mapuches, dando respuesta a las interrogantes que plantean. (67360 de 02/11/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputado Vidal, don Pablo ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Brito, don Jorge ; Diputada Castillo, doña Natalia ; Diputado Crispi, don Miguel ; Diputado Jackson, don Giorgio ; Diputada Orsini , doña Maite ; Diputada Pérez , doña Catalina ; Diputado Bernales, don Alejandro ; Diputado Díaz, don Marcelo ; Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Mirosevic, don Vlado ; Diputada Mix , doña Claudia ; Diputada Rojas, doña Camila ; Diputado Rosas, don Patricio ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Aumento de actos de violencia y odio, constitutivos de delitos en contra de personas LGBTIQA+ en nuestro país, a fin de que señale las acciones positivas y las distintas políticas públicas que se han implementado por ese Ministerio, con el objeto de fomentar un cambio cultural para la erradicación de patrones sociales y conductuales de discriminación irracional, dando respuesta a las demás interrogantes que plantean. (67361 de 02/11/2020). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Vidal, don Pablo ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Brito, don Jorge ; Diputada Castillo, doña Natalia ; Diputado Crispi, don Miguel ; Diputado Jackson, don Giorgio ; Diputada Orsini , doña Maite ; Diputada Pérez , doña Catalina ; Diputado Bernales, don Alejandro ; Diputado Díaz, don Marcelo ; Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Mirosevic, don Vlado ; Diputada Mix , doña Claudia ; Diputada Rojas, doña Camila ; Diputado Rosas, don Patricio ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Aumento de actos de violencia y odio, constitutivos de delitos en contra de personas LGBTIQA+ en nuestro país, a fin de que señale las acciones positivas y las distintas políticas públicas que se han implementado por ese Ministerio, con el objeto de fomentar un cambio cultural para la erradicación de patrones sociales y conductuales de discriminación irracional, dando respuesta a las demás interrogantes que plantean. (67362 de 02/11/2020). A Ministerio de Relaciones Exteriores.
Diputado Vidal, don Pablo ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Brito, don Jorge ; Diputada Castillo, doña Natalia ; Diputado Crispi, don Miguel ; Diputado Jackson, don Giorgio ; Diputada Orsini , doña Maite ; Diputada Pérez , doña Catalina ; Diputado Bernales, don Alejandro ; Diputado Díaz, don Marcelo ; Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Mirosevic, don Vlado ; Diputada Mix , doña Claudia ; Diputada Rojas, doña Camila ; Diputado Rosas, don Patricio ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Aumento de actos de violencia y odio, constitutivos de delitos en contra de personas LGBTIQA+ en nuestro país, a fin de que señale las acciones positivas y las distintas políticas públicas que se han implementado por ese Ministerio, con el objeto de fomentar un cambio cultural para la erradicación de patrones sociales y conductuales de discriminación irracional, dando respuesta a las demás interrogantes que plantean. (67363 de 02/11/2020). A Ministerio Secretaría General de Gobierno.
Diputado Ibáñez, don Diego , Diputado Boric, don Gabriel , Diputado Winter, don Gonzalo , Diputada Yeomans , doña Gael . Director General de la Policía de Investigaciones de Chile informe sobre las medidas que se han adoptado respecto de hechos de violencia policial hacia niños, niñas y adolescentes mapuches, dando respuesta a las interrogantes que plantean. (67364 de 02/11/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputado Vidal, don Pablo ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Brito, don Jorge ; Diputada Castillo, doña Natalia ; Diputado Crispi, don Miguel ; Diputado Jackson, don Giorgio ; Diputada Orsini , doña Maite ; Diputada Pérez , doña Catalina ; Diputado Bernales, don Alejandro ; Diputado Díaz, don Marcelo ; Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Mirosevic, don Vlado ; Diputada Mix , doña Claudia ; Diputada Rojas, doña Camila ; Diputado Rosas, don Patricio ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Aumento de actos de violencia y odio, constitutivos de delitos en contra de personas LGBTIQA+ en nuestro país, a fin de que señale las acciones positivas y las distintas políticas públicas que se han implementado por ese Ministerio, con el objeto de fomentar un cambio cultural para la erradicación de patrones sociales y conductuales de discriminación irracional, dando respuesta a las demás interrogantes que plantean. (67365 de 02/11/2020). A Subsecretaría de Derechos Humanos.
Diputado Vidal, don Pablo ; Diputado Boric, don Gabriel ; Diputado Brito, don Jorge ; Diputada Castillo, doña Natalia ; Diputado Crispi, don Miguel ; Diputado Jackson, don Giorgio ; Diputada Orsini , doña Maite ; Diputada Pérez , doña Catalina ; Diputado Bernales, don Alejandro ; Diputado Díaz, don Marcelo ; Diputado Ibáñez, don Diego ; Diputado Mirosevic, don Vlado ; Diputada Mix , doña Claudia ; Diputada Rojas, doña Camila ; Diputado Rosas, don Patricio ; Diputado Winter, don Gonzalo ; Diputada Yeomans , doña Gael . Aumento de actos de violencia y odio, constitutivos de delitos en contra de personas LGBTIQA+ en nuestro país, a fin de que señale las acciones positivas y las distintas políticas públicas que se han implementado por ese Ministerio, con el objeto de fomentar un cambio cultural para la erradicación de patrones sociales y conductuales de discriminación irracional, dando respuesta a las demás interrogantes que plantean. (67366 de 02/11/2020). A Subsecretaría de Prevención Del Delito.
Diputado Vidal, don Pablo . Plan de regulación y de abastecimiento de agua potable para los habitantes del sector de Pueblito de la Farfana, comuna de Maipú, en el contexto de la construcción de viviendas sociales en la zona. (67367 de 02/11/2020)..
Diputado Vidal, don Pablo . General Director de Carabineros de Chile que informe sobre el eventual aumento de actos de delincuencia y narcotráfico en el sector de Nueva San Martín, comuna de Maipú, indicando las acciones que se han adoptado para hacer frente a dicha situación. (67368 de 02/11/2020). A Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Diputado Vidal, don Pablo . Posibilidad de emitir una respuesta a la carta redactada en enero del presente año por la comunidad del Edificio Mirador, ubicado en calle Luis Gandarillas Nº 242, ante la preocupación por la instalación de una Veterinaria Municipal en el sector. (67369 de 02/11/2020). A Municipalidad de Maipú.
Diputado Winter, don Gonzalo . Posibilidad de acompañar el blindaje de las casas ubicadas en el sector villa Jardines 2, con el blindaje de la sede social Mataveri Nº 497, comuna de San Joaquín, con el objeto de fortalecer el espacio comunitario, en virtud de las consideraciones que expone. (67370 de 02/11/2020). A Subsecretaría de Prevención del Delito.
Diputado Winter, don Gonzalo . Posibilidad de acompañar el blindaje de las casas ubicadas en el sector villa Jardines 2, con el blindaje de la sede social Mataveri Nº 497, comuna de San Joaquín, con el objeto de fortalecer el espacio comunitario, en virtud de las consideraciones que expone. (67371 de 02/11/2020). A Municipalidad de San Joaquín.
Diputado Winter, don Gonzalo . Posibilidad de acompañar el blindaje de las casas ubicadas en el sector villa Jardines 2, con el blindaje de la sede social Mataveri Nº 497, comuna de San Joaquín, con el objeto de fortalecer el espacio comunitario, en virtud de las consideraciones que expone. (67372 de 02/11/2020). A Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana de Santiago.
Diputado Winter, don Gonzalo . Posibilidad de acompañar el blindaje de las casas ubicadas en el sector villa Jardines 2, con el blindaje de la sede social Mataveri Nº 497, comuna de San Joaquín, con el objeto de fortalecer el espacio comunitario, en virtud de las consideraciones que expone. (67373 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana de Santiago.
Diputada Rojas, doña Camila . Medidas y mecanismos que se han tomado para asegurar el derecho de participación de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país en el proceso constituyente, dando cumplimiento a la Convención sobre Derechos del Niño, en los términos que requiere. (67376 de 02/11/2020). A Ministerio de Educación.
Diputada Rojas, doña Camila . Medidas y mecanismos que se han tomado para asegurar el derecho de participación de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país en el proceso constituyente, dando cumplimiento a la Convención sobre Derechos del Niño, en los términos que requiere. (67377 de 02/11/2020). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Rocafull, don Luis . Informe sobre incumplimiento de protocolos de atención a pacientes con Covid-19, por parte del Servicio de Salud de Iquique, en atención a las consideraciones que expone. (67378 de 02/11/2020). A Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Diputado Rocafull, don Luis . Informe sobre incumplimiento de protocolos de atención a pacientes con Covid-19, por parte del Servicio de Salud de Iquique, en atención a las consideraciones que expone. (67379 de 02/11/2020). A Secretaría Regional Ministerial de Salud de Tarapacá.
Diputada Pérez, doña Joanna . Posibilidad de considerar las aprehensiones que han manifestado los vecinos de la comuna de Tucapel, a raíz del desarrollo de un proyecto de construcción de una ciclovía en la Ruta N-59Q, sector Huepil-Tucapel, cuyo trazado pasa por una curva en la que hay una salida de camiones con dificultades de visión, arbitrando las medidas que permitan conciliarlas con el éxito del proyecto. (67380 de 02/11/2020). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Romero, don Leonidas . Posibilidad de disponer una fiscalización a fin de verificar el cumplimiento de las medidas sanitarias en la oficina regional de la Corporación Nacional Forestal de la Región del Biobío, debido a que ha retomado su funcionamiento y horario de atención de manera regular y presencial. (67381 de 02/11/2020). A Ministerio de Salud.
Diputado Romero, don Leonidas . Eventual carencia de medidas sanitarias, protocolos y resguardos para el funcionamiento de la oficina regional de la Corporación Nacional Forestal de la Región del Biobío, debido a que ha retomado la atención de público de manera regular y presencial, precisando si tuvo conocimiento de dicha medida. (67382 de 02/11/2020). A Intendencia de la Región del Biobío.
Diputado Romero, don Leonidas . Sustento de la decisión adoptada por el Director Regional del Biobío para que las dependencias de dicho organismo vuelvan a la atención de público de manera regular y presencial, precisando si cuentan con los espacios, medidas y protocolos necesarios para ello. Asimismo, indique si es efectivo que la Asociación Nacional de Empleados Fiscales representó a la mencionada Dirección la inconveniencia de comenzar de manera temprana sus funciones normales. (67383 de 02/11/2020). A Corporación Nacional Forestal.
Diputado Gahona, don Sergio . Situación que expone el señor Rolando Elgueda , en representación de la Junta de Vecinos de Los Laureles, comuna de Monte Patria, ante el mal estado en que se encuentra la ruta principal del sector, con el objeto de que evalúe la posibilidad de realizar inspecciones en terreno y poder dar una solución al problema que aqueja a sus habitantes. (67384 de 02/11/2020). A Dirección de Vialidad.
Diputado Boric, don Gabriel . Medidas disciplinarias que ha dispuesto la Armada de Chile contra el funcionario Leonardo Medina Caamaño , conductor del vehículo militar que impactó al ciudadano Manuel Rebolledo Navarrete , provocándole la muerte el pasado 21 de octubre de 2019, en los términos que requiere. (67385 de 02/11/2020). A Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.
Diputada Amar, doña Sandra . Posibilidad de evaluar, gestionar y proponer un proyecto de ley que contenga la modificación de los porcentajes requeridos para la postulación al subsidio de discapacidad mental, en virtud de las consideraciones que expone. (67386 de 02/11/2020). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Celis, don Andrés . Reclamos interpuestos por la Asociación Nacional de Apoderados de Colegios de Educación Particular Pagada y Subvencionada de Chile y por agrupaciones similares afines, en relación con el estado de morosidad arancelaria durante el transcurso del presente año y los requisitos que se han establecido para el proceso de matrícula 2021. (67387 de 02/11/2020). A Superintendencia de Educación Escolar .
I.ASISTENCIA
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II.APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10:01 horas.
El señor PAULSEN (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor PAULSEN (Presidente).-
El acta de la sesión 84ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 85ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor PAULSEN (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor PAULSEN (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura a los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios.
El señor LANDEROS (Secretario).-
Reunidos los jefes y jefas de los Comités Parlamentarios, de manera telemática, bajo la presidencia del diputado señor Paulsen y con la asistencia de las diputadas Luck , Mix y Sepúlveda , doña Alejandra , y de los diputados señores Brito , Labra , Santana, don Juan , y Soto, don Raúl , acordaron lo siguiente:
1. Citar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, al ministro de Relaciones Exteriores y al ministro de Justicia y Derechos Humanos, a la sesión especial que se celebrará el miércoles 4 de noviembre, de 17:30 a 19:00 horas, con el objeto de discutir la situación que afecta a los derechos humanos en Venezuela y la posición que adoptará el gobierno chileno con relación a ello.
Este acuerdo se adoptó con el voto en contra del Comité Mixto Liberal, Comunes, Convergencia Social e Independientes, representado por la diputada Claudia Mix , y con la abstención del Comité Revolución Democrática-Independientes, representado por el diputado Jorge Brito . No participó en el acuerdo el diputado Amaro Labra .
2. Formar la tabla de las sesiones ordinarias de los días martes 3 y miércoles 4, y de la especial del día jueves 5 de noviembre, conforme a la minuta que forma parte de estos acuerdos.
3. Para la discusión del informe de la Comisión Mixta, recaído sobre en el proyecto de ley que crea el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19 (boletín N° 13655-05), se fijaron para el uso de la palabra cinco minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y tres minutos al resto, más treinta minutos distribuidos de manera proporcional.
4. Para la discusión del proyecto de ley que reduce el número de integrantes de la Cámara de Diputados y del Senado en la forma que indica (boletines refundidos Nos 11692-07 y 12346-07), se otorgarán para el uso de la palabra siete minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y cinco minutos al resto, más sesenta minutos distribuidos de manera proporcional.
Se hace presente que la incorporación de este proyecto en la tabla de la sesión ordinaria del día miércoles 4 de noviembre se realizó de conformidad con el Reglamento de la Corporación, por estar con urgencia calificada de suma.
Manifestaron su disconformidad con esta incorporación en la tabla el Comité Mixto Liberal, Comunes, Convergencia Social e Independientes, representado por la diputada Claudia Mix ; el Comité del Partido Socialista, representado por el diputado Juan Santana ; el Comité del Partido por la Democracia-Independientes, representado por el diputado Raúl Soto ; el Comité Mixto Humanista-Federación Regionalista Verde Social-Ecologista VerdeIndependientes, representado por la diputada Alejandra Sepúlveda , y el Comité Revolución Democrática-Independientes, representado por el diputado Jorge Brito . No participó en el acuerdo el diputado Amaro Labra .
5. En el proyecto de ley que modifica la Ley General de Telecomunicaciones en lo relativo a la funcionalidad del servicio de radiodifusión, a objeto de favorecer la comunicación en situaciones de emergencia y catástrofe (boletín N° 12277-15[S]), se determinaron para el uso de la palabra siete minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y cinco minutos al resto, más treinta minutos distribuidos de manera proporcional.
6. Para la discusión de los siguientes proyectos de ley se otorgarán para el uso de la palabra siete minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y cinco minutos al resto, más treinta minutos distribuidos de manera proporcional: el que establece un sistema de subvenciones para los niveles medios de la educación parvularia (boletín N° 12436-04); el que establece normas para el retorno seguro de los estudiantes a los establecimientos de educación parvularia, en el contexto de la pandemia de covid-19 (boletín N° 13720-04), y el que dispone la aprobación automática del año escolar 2020, en las condiciones y para los niveles educacionales que indica, en consideración a las circunstancias excepcionales que afectaron a los estudiantes (boletín N° 13661-04).
7. Para la discusión del proyecto de ley que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, para imponer a quienes ejerzan funciones al interior de una organización deportiva la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para el desempeño de tales cargos o funciones en caso de incurrir en los delitos que indica (boletín N° 13222-29), se determinaron para el uso de la palabra cinco minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y tres minutos al resto, más treinta minutos distribuidos de manera proporcional.
8.- Incorporar con preferencia y sin discusión, en la sesión del día miércoles 4 de noviembre, un proyecto de resolución por bancada. Estos proyectos deberán presentarse a más tardar durante la sesión ordinaria del día de hoy, martes 3 de noviembre.
9.- Realizar la totalidad de los Incidentes de esta semana en la sesión especial del día jueves 5 de noviembre.
10.- Dar a las sesiones de esta semana el carácter de mixtas, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo sobre Sesiones Telemáticas. (Este acuerdo fue adoptado con el voto favorable de los Comités Parlamentarios que representan a más de los dos tercios de las diputadas y diputados, con la ratificación posterior del Comité del Partido Demócrata Cristiano).
MINUTO DE SILENCIO POR FALLECIMIENTO DE CABO SEGUNDO DE CARABINEROS EUGENIO NAIN CAÑUMIL
El señor PAULSEN (Presidente).-
A solicitud de la bancada de Renovación Nacional, la Sala guardará un minuto de silencio en razón del sensible fallecimiento del cabo segundo de Carabineros de Chile don Eugenio Nain Cañumil, de veinticuatro años de edad, padre de dos hijos, quien fue asesinado durante una emboscada en el sector Metrenco , comuna de Padre Las Casas, Región de La Araucanía.
Ruego a todas las señoras y a los señores diputados ponerse de pie.
-Las señoras diputadas y los señores diputados, funcionarios y demás personas asistentes guardan, de pie, un minuto de silencio.
V.ORDEN DEL DÍA
ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL DEDUCIDA EN CONTRA DEL MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, SEÑOR VÍCTOR PÉREZ VARELA
El señor PAULSEN (Presidente).-
Esta sesión tiene por objeto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y 334 y siguientes del Reglamento de la Corporación, considerar hasta su total despacho la acusación constitucional deducida por catorce señoras diputadas y señores diputados en contra del ministro de Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela .
Antecedentes:
-Acusación constitucional deducida en contra del ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela , sesión 86ª de la presente legislatura, en martes 13 de octubre de 2020. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión encargada de analizar la procedencia de la acusación constitucional deducida en contra del ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela . Documentos de la Cuenta N° 13 de este boletín de sesiones.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Que hagan ingreso a la Sala el ministro Pérez y su abogado.
(El señor ministro del Interior y Seguridad Pública y su abogado, señor Gabriel Zaliasnik , ingresan a la Sala)
Señor ministro del Interior y Seguridad Pública, ¿hará uso de la cuestión previa? Tiene la palabra el señor Gabriel Zaliasnik .
El señor ZALIASNIK (abogado defensor).-
No, señor Presidente, no deduciremos cuestión previa.
El señor PAULSEN (Presidente).-
No habiéndose deducido cuestión previa, pasaremos al fondo de la acusación.
En virtud de lo preceptuado en la letra b) del artículo 44 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, ofrezco la palabra al diputado Gabriel Ascencio para que sostenga la acusación.
Tiene la palabra, diputado Ascencio .
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente, por su intermedio saludo a la Mesa, al señor ministro del Interior, don Víctor Pérez ; a los señores ministros que lo acompañan, a los abogados, a los y las colegas presentes y a quienes nos ven telemáticamente.
Antes de iniciar mi presentación de la acusación constitucional deducida en contra del ministro del Interior y Seguridad Pública, permítame agradecer a los diputados de todos los partidos de oposición que firmaron el libelo acusatorio, convencidos de los fundamentos que lo justifican, y a sus asesores directos, que colaboraron en la formulación de los capítulos que me toca exponer.
También agradezco a los cinco integrantes de la comisión revisora de esta acusación, las diputadas señoras Loreto Carvajal , Presidenta de la comisión, y Jenny Álvarez , y los diputados señores Fernando Meza , Alejandro Bernales y Joaquín Lavín , por la dedicación rigurosa y objetiva con que trabajaron, lo que todos los colegas pueden apreciar en el informe que ha elaborado la secretaria, señora Ana María Skoknic , el cual está a disposición de todos en la página web de la Cámara de Diputados.
Saludo también al equipo de apoyo de la comisión, el abogado ayudante Cristián Ortiz y la secretaria Silvia Rivas , y a todos los invitados que expusieron sus argumentos en cada una de las sesiones que celebramos.
Mi intervención durará más o menos una hora y media, para constancia de la Mesa y de los señores y señoras diputados.
Me saltaré la parte relativa a de qué se trata la acusación constitucional, cuáles son los requisitos y dónde están establecidos, porque eso lo hemos conversado largamente aquí, en esta Sala, respecto de otras acusaciones. Sin embargo, hago presente que todo aquello está claramente establecido en la Constitución.
Antes de entrar en el fondo del asunto, debo señalar que esta acusación constitucional consta de tres capítulos, que son bastante claros. El primero tiene que ver con dejar de cumplir la ley, en razón del paro de camioneros; el segundo se relaciona con haber infraccionado el principio constitucional de igualdad ante la ley, y el tercero tiene que ver con el control jerárquico del señor ministro del Interior sobre Carabineros.
Antes de desarrollar el primer capítulo, haré dos observaciones.
La primera es que no puedo dejar de referirme a la defensa del señor Víctor Pérez . No puedo hacer otra cosa. Igual, no puedo decir que me sorprende que tenga nuevo abogado. Pero mi comentario no tiene que ver con eso, sino con la forma como, a través del escrito presentado por los abogados del acusado, se refirieron a quienes habíamos deducido la acusación.
Sucedió que la defensa del señor ministro del Interior y Seguridad Pública, don Víctor Pérez , dentro de la contestación a la presente acusación, se permitió realizar juicios abusivos, muy poco respetuosos con quienes somos representantes populares de un poder del Estado. Citaré a dicha defensa para sostener esta afirmación.
La defensa utilizó, entre otras cosas, epítetos altamente poco decorosos e irrespetuosos respecto de quienes ejercemos legítimamente una facultad de orden constitucional, como los siguientes: “los acusadores fueron absolutamente desprolijos”, “el proceder de los acusadores fue profesionalmente tan precario, que ni siquiera examinaron este punto”, “los acusadores caen en un error absoluto”, “los acusadores plantean un absurdo de derecho”, “son diputados, pero se creen también jueces penales, o al menos de policía local. Nuestro representado, en cambio, actúa con responsabilidad personal y profesional”.
Claro, con el paso de las primeras horas, las mismas palabras y calificativos comienzan a tener un fuerte revés y el acusado y sus representantes comienzan a retroceder respecto de los fundamentos sobre los que sostenían sus duras críticas en nuestra contra. Veamos por qué.
La defensa señaló que nuestra acusación tenía un defecto de legitimación pasiva, al haber incurrido en el grueso error jurídico de atribuir al ministro acusado la obligación legal de control del orden público, ignorando el texto, actualmente vigente, del decreto supremo 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe.
Añade también que “…el libelo acusatorio fue estructurado desconociendo el ordenamiento jurídico chileno vigente a la época de los hechos en que se funda,…”. Continúa: “Este error, en palabras de la defensa, subyace a todos los capítulos del libelo, ya que nosotros -la parte acusadora sostendríamos erradamente que las competencias legales de mando y de control sobre Carabineros y de garantías del orden público habrían estado radicadas en el ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela ”. Eso era lo que nosotros sosteníamos.
Para la defensa del señor ministro del Interior, esto es un error absoluto -remarco estas palabras-, ya que en el documento que ingresaron a esta honorable Cámara, ellos remarcan dos palabras con letras negras y con subrayado: “error absoluto”. Este error absoluto -señala la defensa o lo señalaba, al menos está dado por quienes hoy en día tienen a su cargo el mando y control sobre Carabineros, por lo que la garantía del orden público, entonces, no sería del ministro del Interior, sino que de los jefes de la Defensa, nombrados por el Presidente de la República el 18 de marzo de 2020, a través de los decretos de excepción constitucional por calamidad pública, a causa de la pandemia de covid-19, quienes al ser oficiales y miembros de las Fuerzas Armadas están bajo la dependencia del ministro de Defensa Nacional, señor Mario Desbordes .
En resumen, lo que señaló la defensa, es decir, lo que señaló el propio ministro Víctor Pérez , ya que sus abogados cumplen el rol de representarlo ante este Congreso Nacional, es que quienes firmamos la acusación constitucional nos equivocamos de ministro al acusar. Y hoy, por algún hecho de realismo mágico, van a evitar esa parte de su presentación para no continuar con un conflicto político interno que se les produjo en el gobierno y en su coalición, porque es evidente que se presentó un conflicto político que no calcularon.
Señor Presidente, me imagino que el acusado leyó la contestación, y no entiendo cómo no le fue posible prever los efectos políticos que eso iba a traer. El ministro de Defensa Nacional, cuando se entera en la mañana, no sé si por el diario o por los llamados que le hacen los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, no sabe qué contestar. Va a La Moneda, se entrevista con el Presidente de la República y este, a su vez, se entrevista con el ministro del Interior, y eso produce conflictos no deseados en esta situación. Me imagino que eran no deseados, porque lo otro sería deslealtad y no voy a acusar al ministro Víctor Pérez de ser desleal con su colega el ministro Desbordes .
Entonces, un error de esa magnitud es lo que da comienzo a la contestación del señor ministro y da también pábulo para que nos traten de la manera como he señalado.
Señalaron respecto de este argumento, que fue el centro de la defensa y que produce tanto problemas políticos como problemas dentro de la coalición, que, con lo que ya habían desvirtuado de la acusación constitucional no queda nada o casi nada. Luego, ese argumento terminó por derrumbarse como un castillo de naipes y se derrumbó de tan mala manera que la defensa del propio ministro Pérez Varela , en un ejercicio que yo no había visto jamás en mis años como parlamentario, terminó desentendiéndose de sus propios fundamentos, invalidando su propia postura y solicitando tiempo extraordinario, el día que se había fijado para resolver, mediante votación, esta acusación en la comisión revisora, con el objeto de poder exponer nuevamente, pero ahora buscando contraargumentar su propia contestación e intentando hacer como que la anterior nunca había existido. O sea, la defensa contra la defensa.
De hecho, en la comisión que analizó esta acusación constitucional, antes ya, el propio ministro Mario Desbordes y el general director de Carabineros habían contradicho a la defensa, señalando claramente que las Fuerzas de Orden y Seguridad, a pesar del estado de excepción constitucional por calamidad pública, siguen dependiendo del ministro del Interior. Reitero, lo dijeron Mario Desbordes , ministro de Defensa Nacional, y el general director de Carabineros.
Entonces, lo expuesto por el ministro Desbordes y por el general director de Carabineros simplemente concuerda con nuestro orden institucional, el que no se ve afectado en caso alguno por la declaración de un estado de excepción. El mandato constitucional es claro y no existe ninguna disposición que entregue, ni aun excepcionalmente, la dependencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad en otra autoridad que no sea la cartera cuyo titular es el ministro del Interior acusado, tal como lo dispone el artículo 101 de la Constitución Política: “Dependen del Ministerio encargado de la Seguridad Pública.”.
Entonces, ¿quiénes son los que actúan con absoluta desprolijidad y caen en errores absolutos o absurdos de derecho, cuando a los seis días de ingresada la respuesta señalan todo lo contrario a lo que sostuvieron con tanta seguridad y con tan falsa superioridad jurídica?
En la sesión del 29 de octubre, según el acta oficial de esa sesión, la defensa del ministro de Víctor Pérez declaró otra vez para señalar que “…la responsabilidad institucional de la actuación de Carabineros como institución respecto de los conflictos, es de responsabilidad del ministro del Interior y no de otra autoridad, ni de ministros de Defensa ni de Vivienda, ni de ningún otro.”. Eso señaló el abogado Rojas. Dice: “Solo del ministro del Interior, quien cree y está orgulloso de que durante su gestión tan breve se haya logrado mejorar el control del orden público. No está perfecto, pero ha mejorado.”. Esas son las palabras de la defensa.
Señor Presidente, tengo ahora la siguiente duda. Nosotros tuvimos la contestación por escrito del ministro del Interior, señor Víctor Pérez Varela . A los días, uno podía ver por la prensa que él les ordenaba a sus abogados no perseverar en el argumento que habían señalado en la primera contestación. Luego, tenemos en la comisión revisora otras dos contestaciones: una, en la que empieza a aminorar lo que había dicho antes y la última declaración de los abogados, que fue el día que había que votar su admisibilidad.
Y ahora, don Víctor se presenta en la Sala y tengo la duda acerca de si voy a tener una tercera tanda de argumentos. O sea, nuevos argumentos, con los cuales pretendan contestar la acusación.
No voy a discutir si lo pueden hacer o no, simplemente voy a tratar de contestar lo que ya expusieron, a pesar de lo controvertido y contradictorio. Ahora, si vienen con otros argumentos, vamos a quedar en una situación un poco difícil, pero -reitero no voy a hacer una discusión sobre eso, porque en realidad lo que quiero remarcar es que la desprolijidad, quizá la desorientación, la incapacidad para contestar la acusación constitucional, por lo extraordinario del fundamento jurídico, constitucional y político, fue responsabilidad del ministro acusado, y no de nosotros, y eso hizo que no pudieran contestar como lo habrían hecho.
A continuación, me quiero referir a cada uno de los capítulos acusatorios, pero antes de eso, quiero hacer una segunda observación.
Me parece importante rescatar algo de las actas que he estado leyendo de la comisión revisora que presidió la diputada Loreto Carvajal , y me parece necesario hacerlo porque el abogado Rojas, que hasta ese momento era el abogado del señor ministro del Interior, sostiene que: “No puede desconocer el ministro, como podría desconocer, como yo creo que no desconoce ningún parlamentario de la república ni ningún miembro del gobierno, que cuando los camioneros -ahora ya estamos en el Capítulo I, pero esto sirve para os capítulos I y IIlo hicieron -el paro porque tienen problemas, así como tiene problemas la sociedad y lo manifiesta en las calles;”. Eso me parece interesante, porque reconoce que los camioneros tienen problemas -todo el mundo conoce las dificultades que enfrentan-, pero el abogado de don Víctor dice que también los problemas los tiene la sociedad y que esta lo manifiesta en las calles.
Quiero que presten atención a eso, porque para unos se aplica todo el rigor de la ley, y para otros, diálogo, conversación y acuerdos con recursos del Estado. Y continúa: “De esa misma manera, los camioneros enfrentaban problemas en el más básico de los bienes jurídicos. Un bien jurídico que (…) es la protección de su vida y de su integridad física y psíquica,…”. Ese es el bien jurídico que se decidió proteger. Ese es el problema de los camioneros.
Después, el abogado Rojas dijo: “Por lo tanto, cuando estas personas actúan como lo hicieron, a través de una acción de hecho, violando las reglas de la República -aquí hay un reconocimiento de que los camioneros estaban cometiendo un delito-, podemos ver que hay dos maneras en que el ministro del Interior puede enfrentarlas…”. O aplicaba la ley o se iba de diálogo con ellos, y llegaba a acuerdo con ellos.
El abogado Rojas agrega: “…el ministrodel Interior y Seguridad Pública cuenta con las facultades asignadas, con otras posibilidades y potestades, dentro de las cuales la de mayor gravedad e intensidad es (…) la ley de Seguridad Interior del Estado (…) Esa es una posibilidad con la que contaba el ministro del Interior, pero también contaba, como lo hemos aprendido a partir de las exposiciones de los expertos que han expuesto ante ustedes, con otras posibilidades de actuación,…”.
Continúa diciendo que “la verdad es que las autoridades siempre deben tener en cuenta en el ejercicio de sus potestades discrecionales -eso es importante que en la vida hay cuestiones de fin y de medios. De manera tal que la autoridad debe tener presente cuál es el fin y ponderar, a través de un juicio de mérito político, de conveniencia y de oportunidad, cuáles son los medios adecuados para alcanzar ese fin que es el del bien común, conforme a lo que establece la Constitución (…)
De manera que el ministrodel Interior y Seguridad Pública tenía que ver la posibilidad efectiva de que el diálogo llevara a un acuerdo efectivo, puesto que si esa posibilidad no existía, evidentemente que en algún momento tenía que recurrir a otros instrumentos (…)
Entonces, lo que hizo en los casos el ministro del Interior fue monitorear la situación y tener todo preparado, de manera de emplear ese mecanismo en el caso necesario. Y dentro de la visualización de lo que ocurrió en esos seis días -fueron solo seis días, no perdamos la perspectiva-,” -solo fueron seis días de estrangulamiento de las carreteras, nada más“lo que se observaba y lo que la seguridad pública le informaba consistía en que el sistema jurídico estaba operando.”.
Dijo que el sistema operó y que ese era el conocimiento que tenía en su conciencia el señor ministro de Estado.
A raíz de eso, quiero referirme a una pregunta que la diputada Loreto Carvajal , presidenta de la comisión, le hizo al abogado luego de escuchar su intervención. Quiero hacer presente esto, porque aquí hay buena parte de las razones por las cuales acusamos. La facultad discrecional nunca es arbitraria.
La diputada Loreto Carvajal dice: “Es importante señalar, como se ha dicho, que se requiere que se aplique bajo el supuesto de la igualdad ante la ley, y en esa situación quiero preguntar si considera usted que los bienes jurídicos protegidos pueden calificarse de más importantes o menos importantes y, por tanto, si se determina y se aplica la Ley de Seguridad Interior del Estado en un caso en que el bien jurídico protegido es menor y, en este caso, me refiero a la situación que ocurrió a propósito de la toma de las municipalidades en la Región de La Araucanía. En ese caso, para usted, sería necesario aplicar la Ley de Seguridad Interior del Estado y no en el caso del bien jurídico protegido, como se ha señalado en la comisión a propósito de la falta de bienes, de la falta de servicio, a propósito de las menciones que ha hecho el ministro de Salud, que ha hecho el ministro de Agricultura, que ha hecho el ministro de Economía, Fomento y Turismo, que lo ha dicho el director nacional de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas cuando se impidió abastecer a las escuelas rurales de los alimentos básicos para los alumnos, a propósito de las canastas de la Junaeb.
Entonces, ¿cuál es, a su juicio, el bien jurídico de mayor o menor rango que, en este caso, permite hacer la distinción? ¿No percibe usted allí alguna contravención al principio de igualdad ante la ley? En ese contexto, sumado además la pandemia que, en definitiva, hay un bien protegido superior que es la salud, sin duda, y en donde el propio ministro de Salud, quien será invitado también a esta comisión -el ministro Paris-, ha señalado que se provocó un perjuicio, que hubo un cuestionamiento allí de alto rango. Hablamos del ministro de Salud, en época de pandemia, donde se impidió el paso de ambulancias, donde se impidió acceder a medicamentos, en donde a propósito de este paro, porque no señala otro -a propósito del caso y del libelo acusatorio elemento sustancial como es debido a aquel hecho que impidió acceder y, por supuesto, al Estado proteger como un bien absolutamente esencial, necesario, urgente para la vida, como era justamente el paso de las ambulancias y poder llegar con los insumos médicos necesarios para esos efectos.”.
Entonces, el bien jurídico protegido para unos era la tranquilidad, la seguridad -está bien-, pero para otros el bien jurídico era la necesidad de que las carreteras continuaran abiertas, que hubiese combustible, que hubiese medicamentos, que los supermercados tuvieran abastecimiento suficiente, que hubiese parafina para la calefacción en el sur de Chile, que los camiones recolectores de basura pudieran pasar y sacar la basura domiciliaria. Entonces, para eso no es importante, entre comillas, el bien jurídico; no es importante.
Esa evaluación, justamente, es la que transforma una facultad discrecional en una facultad de uso arbitrario. ¡Eso es, justamente! Entonces, allí hay un punto extraordinario para que podamos continuar.
El capítulo I, el haber dejado sin ejecutar las leyes en materias relativas al orden público, se formula con ocasión de la paralización del grupo de camioneros en las principales rutas del país. Según el propio decir de sus representantes, tenía por objeto estrangular las carreteras de Chile. Esto lo dijeron a través de una carta -es importante señalarlo-, porque en algún momento vamos a hablar de otra carta que se mandó. En esta carta no se aplica la ley de Seguridad Interior del Estado, pero en la otra sí se aplica.
Repito, la paralización, según el propio decir de sus representantes, tenía por objeto estrangular las carreteras de Chile, cuestión que lograron concretar en un alto porcentaje, produciendo los negativos efectos de los cuales se da cuenta en esta acusación. Esos hechos adquirieron mayor gravedad por realizarse mientras el país enfrenta una pandemia inédita, que ha afectado social y económicamente a millones de hogares chilenos, y cuyas características han gatillado la dictación de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.
Así, mientras todo un país se encontraba buscando soluciones para paliar esta crisis, un sector del gremio de transportistas, representados por la Federación Gremial de Asociaciones de Dueños de Camiones del Sur y la Confederación Nacional del Transporte de Carga, efectuaba una paralización en la que incluso uno de sus dirigentes, Sergio Pérez , señaló que buscaba este estrangulamiento de carreteras, instalando máquinas de pesado tonelaje en las principales rutas del país, fundamentalmente en el camino a Valparaíso, y luego, de Concepción al sur.
Probablemente, aquellas personas que viven en Santiago no fueron capaces de percibir el daño y el perjuicio que eso ocasionaba -eso es muy probable-, pero aquellos que viven en Concepción, Temuco, Valdivia , Osorno , Puerto Montt, Chiloé o Aysén , todos ellos sufrieron esta consecuencia gravísima por no ser abastecidos ni por contar con algún tipo de productos o de insumos, con problemas para llegar a los hospitales, etcétera.
No quiero dejar de mencionar las palabras del presidente de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, don Juan Araya , cuyo sector no adhirió por ningún motivo a esta paralización. En sus palabras calificó la acción de sus pares como terrorismo -eso es lo que dice otro dirigente de los camioneros: terrorismo-, debido a los efectos de la paralización y sus consecuencias para la ciudadanía, por todos conocidas.
Sobre ello, el profesor Jaime Gajardo nos señalaba que no se requiere, para encuadrar la acusación, que se haya cometido un daño efectivo y real con la falta de aplicación de una ley, ya que lo que busca este control constitucional es evitar la vulneración de la norma mediante la omisión de aquello, siendo suficiente constatar que el ministro ha dejado sin ejecución las leyes para que se entienda configurada la causal, sin que tenga que ver un resultado dañoso respecto de alguna persona en particular.
Bajo este entendido, para acusarle no se requiere resultado dañoso, sino que basta la configuración de la causal de haber dejado de ejecutar la norma. Pero, aun así, la inejecución significó además un daño para las personas, por lo que enumeraré a los colegas parlamentarios varios de los efectos que tuvo el modo en que los camioneros decidieron movilizarse, cometiendo ilegalidades que no fueron controladas por la autoridad encargada del orden público -aquí estamos hablando de orden público y que permiten ilustrar que, aun no siendo necesario un daño ni mucho menos que este sea grave, ese daño a la sociedad sí se produjo y fue grave. Parte de esos efectos fueron el bloqueo de las principales rutas de nuestro país, incluyendo el impedimento de tránsito para camiones con alimentos, ambulancias, vehículos con insumos médicos, camiones recolectores de residuos domiciliarios y transporte de alimentos de la Junaeb, así como obstáculos para llegar a los puertos de San Vicente, San Antonio y Coronel, donde quedaron 290.000 toneladas de grano para consumo animal y humano en el terminal de Puerto Panul, sin poder descargar.
Sumemos a los efectos de esta movilización las infracciones al toque de queda y a las resoluciones de la autoridad sanitaria, el efecto del desabastecimiento de productos básicos en medio de esta pandemia en el sur del país, las amenazas a conductores que no estaban plegados a la movilización y las agresiones a las propias policías.
En este contexto, el combustible fue uno de los primeros insumos que comenzó a hacer falta, extendiéndose rápidamente por todas las regiones, desde la de La Araucanía hacia el sur.
Incluso, los ministros de Estado dieron a conocer, a esa fecha, los problemas que se advertían con ocasión de estos hechos, y lo haré presente con énfasis, toda vez que cuando concurrieron ante la comisión revisora, fueron extremadamente cautelosos en sus exposiciones, intentando desentenderse de lo que antes habían afirmado.
Pero el ministro de Salud, don Enrique Paris , expuso públicamente su preocupación por el bloqueo de las ambulancias, aseverando que -textual-: “Yo estoy preocupado porque he recibido información de que ha habido desvíos de ambulancias, atrasos en la llegada de los funcionarios, hay médicos que han reclamado porque no han podido llegar a su lugar de trabajo, (…) ambulancias han tenido que desviarse de su ruta produciendo problemas en los pacientes que están siendo trasladados…”.
Además, calificó de “inaceptable desde el punto de vista del Ministerio de Salud (…) que no se cumplan las normas sanitarias,…”. Lamentablemente, ante la comisión respectiva no quiso sostener firmemente sus dichos y solo se limitó a echarle la culpa a la prensa; y no solo él: el ministro Antonio Walker señaló que “desde el Biobío al sur estamos viendo algún problema de desabastecimiento en las carnes blancas que no pueden llegar a zonas más extremas como Chiloé, Puerto Montt”. El ministro, en relación con estos hechos, señaló, de igual modo, que estaba en riesgo el abastecimiento de alimentos, y termina diciendo: “no podemos agregarle otro problema (a las personas)”.
El ministro de Economía también habló y reconoció que el paro de camioneros no solo estaba generando problemas de desabastecimiento, sino que rápidamente se tradujo en un alza de precios en algunos productos, particularmente en frutas y verduras.
Si bien los ministros no desmintieron ante la comisión sus dichos -no los desmintieron-, se limitaron a morigerar las palabras que antes habían dicho a los medios de prensa. Es entendible, absolutamente entendible su conducta.
También se pronunció la Asociación Gremial de Supermercados de Chile, que agrupa a Cencosud, Tottus , Walmart , SMU, entre otras cadenas y holding del rubro, denunciando problemas de abastecimiento, y además se informaba que los problemas cruzaban nuestras fronteras, ya que la Asociación de Exportadores de Fruta informaba que no se lograba trasladar las cargas programadas para el zarpe de los barcos por la imposibilidad de que llegaran los camiones a puerto.
Tratar, intentar restarle valor a lo grave de lo que estaba ocurriendo es insensato; no es cierto, no es verdad. Posiblemente, no lo podían percibir en Santiago, pero en el sur se estaba viviendo esta desgracia.
El Estado de Chile tiene un ministro a quien el ordenamiento jurídico constitucional le ha encomendado la más alta labor dentro del gabinete ministerial, incluso asumiendo las veces de Vicepresidente de la República cuando el Presidente se ausenta del territorio nacional. Y así es: pese a la infructuosa intención del señor ministro de desatenderse de su función inherente al cargo, como lo sostuvo en la contestación escrita, es él quien tiene el mandato constitucional -en especial, en virtud de los artículos 23, 33 y 101 de la Carta Fundamental y de la ley orgánica constitucional respectiva, la de colaboración directa e inmediata con el Presidente de la República para garantizar el orden público y sobre quien dependen las Fuerzas de Orden y Seguridad encargadas de dicho propósito, no perdiendo jamás dichas atribuciones.
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, encabezado por el acusado, don Victor Pérez Varela , tiene bajo su responsabilidad el resguardo del orden público, el que resulta un elemento esencial dentro de un Estado democrático en cuanto a mantener y preservar el orden social, contribuyendo al normal funcionamiento, en especial a su paz y su convivencia.
El acusado cuenta con facultades únicas que la ley le ha encomendado de acuerdo a sus competencias directas en materia de orden público -o sea, no las tiene nadie más; las tiene solo el ministro consistentes en ser el único órgano con que cuenta el Poder Ejecutivo, por ejemplo, para ser capaz de querellarse, de encausar las querellas para el resguardo de los intereses generales de la nación, para evitar que se afecte la organización del Estado, el que no puede ser alterado por voluntades individuales, como las descritas del paro de camioneros, durante este contexto de estado de excepción constitucional.
Y hago la observación de que además el Código Procesal Penal sí establece para todos los funcionarios el deber de denunciar los delitos de que tomen conocimiento, pero no todos los funcionarios cuentan con las facultades y atribuciones legales con las que sí cuenta el ministro del Interior y Seguridad Pública, precisamente por el rol garante del orden público que se le ha atribuido.
Es cierto, todos los funcionarios públicos tienen la facultad de acuerdo con los artículos 175 y 176 del Código Procesal Penal, ¡está bien! Pero el ministro tiene facultades únicas, exclusivas; solo él puede invocar determinadas leyes.
Entre los delitos contra la seguridad del Estado que fueron cometidos por los camioneros fueron cometidos estos delitos-, podemos identificar en el artículo 6, en la letra a), “Los que provocaren desórdenes o cualquier acto de violencia destinado a alterar la tranquilidad pública; (…) Los que inciten, promuevan o fomenten, o de hecho y por cualquier medio, destruyan, inutilicen, paralicen, interrumpan o dañen las instalaciones, los medios o elementos empleados para el funcionamiento de servicios públicos o de utilidad pública o de actividades industriales, mineras, agrícolas, comerciales de comunicación, de transporte o de distribución, y los que, en la misma forma, impidan o dificulten el libre acceso a dichas instalaciones, medios o elementos;”.
Y en la letra d) dice: “Los que inciten, promuevan o fomenten o de hecho y por cualquier medio, destruyan, inutilicen o impidan el libre acceso a puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes;”.
En el artículo 11 dice: “Toda interrupción o suspensión colectiva, paro o huelga de los servicios públicos o de utilidad pública; o en las actividades de la producción, del transporte o del comercio producidos sin sujeción a las leyes y que produzcan alteraciones del orden público o perturbaciones en los servicios de utilidad pública o de funcionamiento legal obligatorio o daño a cualquiera de las industrias vitales, constituye delito y será castigado con presidio o relegación menores en sus grados mínimo a medio.
En la misma pena incurrirán los que induzcan, inciten o fomenten alguno de los actos ilícitos a que se refiere el inciso anterior.”.
Las leyes recién citadas son facultad de invocación exclusiva del ministro del Interior, cuyo titular responsable es el acusado, quien decidió no interponerlas, y que, tal como veremos en el siguiente capítulo, no se trata de una decisión del ministro de evitar aplicarlas durante su mandato, sino que omitió aplicarlas ¡en este caso en particular! No es que haya tomado una decisión general durante el mandato: “Yo como ministro no voy a aplicar jamás esta”, y ese es un criterio; puede ser fundado, es un criterio. ¡No! Para este caso en particular omitió invocar la ley de seguridad del Estado.
Entonces, no se querelló. Pasó una semana de paralización, de cruce de camiones en las principales rutas del país. Inclusive, si el ministro no quería aplicar la ley de seguridad del Estado, tenía la obligación de aplicar el decreto con fuerza de ley N° 7.912, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que le permite interponer las demás querellas por diversos delitos cuando se transgrede la normalidad de las actividades y funcionamientos de la institucionalidad.
Es cierto que es discrecional; usted decide si la invoca o no la invoca. Pero cada vez que antes, en los gobiernos anteriores, se decidía no invocarla, siempre había la utilización de los delitos establecidos en el Código Penal, y había una querella invocando el Código Penal. Pero nunca decir: “mire, vamos a estar seis días dialogando para ver si logramos un acuerdo”, porque esa no es la tarea, no es la manera como se puede cautelar el orden público. El ministro no actuó. Por el contrario, avaló una violencia consciente y deliberadamente; prefirió calificar como pacífico el estrangulamiento de las principales carreteras del país.
Si el ministro, en uso de sus facultades, no quiso invocar la ley de seguridad del Estado, podría haber invocado la ley penal, donde está el catálogo de delitos que se configuran con la acción de los camioneros.
Aquí sí, de todas maneras, me quiero detener en una de las últimas modificaciones que se hicieron en este Congreso y en esta Sala, muy discutida, muy controversial, pero a solicitud de este gobierno: la denominada ley antibarricadas. Porque dicha ley modificó el Código Penal y estableció el artículo 268 septies, del siguiente tenor:
“Artículo 268 septies.- El que, sin estar autorizado, interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo. Idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta.”.
El ministro, también en una actitud que no tiene explicación, más que el uso de una facultad discrecional, que la transforma en arbitraria, se niega a aplicar su propia ley, solo porque se trataba de estos camioneros. Voy a decir “su propia ley”, porque, para ser franco, yo voté a favor de esa ley, de esa controvertida ley, y el ministro la defendió en el Senado.
Señor Presidente, entonces, ¿por qué no es posible olvidar las propias palabras ante el Senado, cuando el señor ministro, como senador, llamó a aprobar la ley N° 21.208? Decía -esto es hace menos de un año-: “Quien se manifiesta o se reúne pacíficamente no tiene absolutamente ninguna vinculación, ni la más remota, con las normas que se establecen en este proyecto de ley.”. De acuerdo.
Agrega: “Las disposiciones de esta iniciativa se relacionan con los que usan la violencia, con los que intimidan, con los que saquean, con los que cruzan camiones en las carreteras o en las calles, con los que golpean a los demás.”. “Por tanto, el primer elemento que debemos tener presente -continuaba el senador Pérez en esa épocaes que aquí hay una línea divisoria extraordinariamente clara entre quien es un manifestante en una protesta y aquel que usa la violencia y la agresión como método de expresión.”.
“¡Queremos proteger a quienes van en una ambulancia y necesitan llegar a un centro asistencial para ser atendidos!”. Palabras del acusado. “¡Queremos proteger a quienes van en una ambulancia y necesitan llegar a un centro asistencial para ser atendidos! ¡Eso es defender a las personas y a su dignidad!”.
Y cerraba diciendo: “No hay duda de que toda sociedad democrática tiene que sancionar drásticamente a quien usa la violencia (...)”. “Porque el que una persona o un grupo quiera imponer sus ideas por la violencia es la antítesis de la democracia. Y nosotros debemos defenderla.”.
Saben, estoy de acuerdo con el senador, pero no estoy de acuerdo con el ministro. Esa es la tremenda diferencia que tenemos acá.
Aquí, entonces, no queda lugar a dudas: el ministro no cauteló el orden público, dejó de ejecutar la ley. Su rol como funcionario de gobierno está con la comunidad toda y no solo con un sector de la población, a quien trató de forma preferente -como vamos a ver igual en el próximo capítulo-, a quien trató de forma deferente, atendió en La Moneda con alfombra roja, y terminó entregándole importantes beneficios económicos a costa del Estado.
Quiero reiterar que, sin perjuicio de las obligaciones constitucionales y legales únicas en manos del ministro del Interior, y que dejó sin ejecución, se encuentra, además, la obligación general para todo empleado público, establecida en los artículos 175 y 176 del Código Procesal Penal, respecto al deber de denunciar los delitos de que tomare conocimiento en el ejercicio de sus funciones en el plazo de veinticuatro horas.
Aquí la contestación dice que yo le hice la pega al ministro. En la contestación, desde su errática concepción de los poderes del Estado, entrega otra afirmación equivocada: señala que habiéndose interpuesto denuncia por parte de parlamentarios por los delitos que se cometían por parte de los camioneros, se habría extinguido para el señor ministro el deber de denunciar, señalado en los artículos 175 y 176.
Debo reiterar, una vez más, que para estos efectos los parlamentarios no se entienden empleados públicos. Fue una gran discusión aquí en el Congreso. Hay leyes en las cuales se ha debido incorporar expresamente -creo que en la ley de cohecho al parlamentario, para que se entienda que esa norma que estaba aprobando también les iba a corresponder a ellos. Porque los parlamentarios son electos popularmente. Los parlamentarios no tienen el empleador que tiene el señor ministro y todos los funcionarios públicos.
Entonces, estos artículos 175 y 176 son bien importantes. Yo no lo creo, yo soy absolutamente contrario a lo que la contestación ha señalado, en el sentido de que el uso de la facultad discrecional le compete solamente al ministro, sin límite. No lo creo, pero no importa. Si eso fuera cierto, si la Sala determinara que no hubo arbitrariedad, aun así el señor ministro tenía la obligación de actuar de acuerdo con los artículos 175 y 176 del Código Procesal Penal. Como funcionario público, tenía la obligación de denunciar en veinticuatro horas la comisión de delitos, que él mismo ha reconocido que se estaban cometiendo en nuestras carreteras.
Pero, bueno, dijeron que con la denuncia de Ascencio todo se había extinguido. La verdad, es absurdo pensar que el ministro del Interior entienda que su deber de denuncia queda subrogado al actuar de los parlamentarios de oposición, que actúan en su rol de fiscalizadores de los actos de gobierno.
Tampoco es posible entender que el actuar del Ministerio Público exime de responsabilidad al ministro acusado, porque aquí lo que ocurre es que la defensa confunde el rol de garante del orden público que recae sobre el Ministerio del Interior, por lo que se le acusa en el presente libelo, con el actuar del Ministerio Público. Este último es el órgano autónomo encargado de investigar, de perseguir los delitos penales que se cometan en el país, pero en ningún caso de gobernar o de preocuparse del orden público; solo de los delitos. Es el ministro Víctor Pérez Varela quien debe responder por las normas sobre orden público que se invocan en esta acusación.
Ante la extrema debilidad de la defensa se ha hecho llegar a la comisión un listado de más de 3.000 partes por mal estacionamiento en todo el país, intentando asimilar un mal estacionamiento frente a una residencia con un acto deliberado y anunciado de estrangular las carreteras, con las consecuencias que ya hemos anotado. Dicho listado fue acompañado en la última sesión de la comisión y se enumeran denuncias cuya fecha e implicados no fueron acompañados ni detallados frente a la comisión revisora.
Incluso, se dio una situación un poco insólita: el ministrodel Interior y Seguridad Pública acusado -podía haberlo hecho-, en vez de acompañar él los antecedentes con que buscaba fundamentar su relato, pidió insistentemente al órgano dependiente de su ministerio, a Carabineros -¡pero si Carabineros depende del señor ministro!-, que remitiera este listado de partes, antecedentes o de oficios a algún tribunal de policía local. Él podía haber acompañado los antecedentes con que buscaba fundamentar el relato, pero, no sé, esta relación entre el ministro y Carabineros es tan rara, porque termina pidiéndolo por oficio a través de la comisión revisora. Es un poco absurdo, pero bueno.
Hago presente que, de forma increíble, los antecedentes solicitados a la institución policial por los representantes del señor ministro no llegaron dentro del plazo de seis días que tenía para pronunciarse la comisión revisora. Por eso digo que es bien rara esta relación.
De todas formas, la acusación constitucional no dice relación con las denuncias o partes que Carabineros, según su criterio, pudiera haber o no haber hecho, sino con la inejecución de la normas de orden público que norman el trabajo del ministro del Interior.
Aquí quiero citar a la profesora Nancy Yáñez , que compareció ante la comisión revisora, porque precisamente respecto de este punto de este capítulo acusatorio señaló: “El paro de los camioneros se llevó adelante con una acción permisiva frente a la toma de las carreteras y extrema deferencia al actuar ilícito del gremio; tolerancia del accionar legal, (…) ineficacia y negligencia en la contención del orden público y de protección de la ciudadanía,…”.
Ante eso, claro, pueden decir que van a aminorar las graves consecuencias de las normas dejadas sin ejecución y de lo que conlleva la conceptualización del orden público. ¡Ah! ¡Lo que sucede es que las normas que los acusadores intentan señalar como dejar sin ejecución son normas discrecionales! De esta manera, se va a intentar subsumir la responsabilidad del señor ministro del Interior. Pero sucede que quienes invocan la discrecionalidad, omiten que-en palabras del profesor Gajardo las facultades discrecionales que tienen las autoridades deben ser ejercidas dentro del marco constitucional y debidamente fundadas, tal como se hace presente en esta acusación.
Sucede que la facultad discrecional no es una prerrogativa en sí misma. Entenderlo así sería aceptar entregar en manos de un agente del Estado una potestad absoluta y fácilmente corrompible. Por ello, la discrecionalidad tiene un límite inmediato. El límite de la discrecionalidad es la arbitrariedad. Está dicho por la Corte Suprema.
En palabras del profesor Felipe Paredes , “…cada vez que el Ministerio del Interior decide utilizar o no utilizar uno de estos caminos alternativos, eso no lo exime de la obligación de justificar por qué lo hizo y por qué no lo hizo.”. Eso está señalado en la ley del lobby.
El uso de su facultad, en forma arbitraria, convierte la inejecución del acusado en un antecedente de hecho que funda esta causal invocada, concluyendo -en palabras de la profesora Yáñez lo siguiente: “El ministro del Interior y Seguridad Pública insiste en que es una manifestación pacífica y no solo no se aplica ningún tipo de normativa para restablecer el orden público, a pesar de que esto implicó el cierre de carreteras, con las obvias consecuencias respecto de la provisión de suministro esencial, incluso suministro médico; actos de violencia contra disidentes políticos, incluso camioneros, y finalmente se aprueba una serie de demandas que levanta el gremio, dentro de las cuales -lo que me parece más complejo es el grupo, en definitiva, de leyes que se promete a los camioneros, precisamente porque engendra el riesgo de la criminalización de la protesta social de los disidentes políticos. Entonces, no cabe ninguna duda de que estamos aceptando presiones ilegítimas que finalmente van a redundar en la presión respecto de nuestro órgano representativo por excelencia, que es el Parlamento,…”.
En conclusión, igual como lo refirió el profesor Nash, al efecto, la Constitución establece claramente, en el artículo 5°, inciso segundo, que los derechos que emanan de la naturaleza humana son un límite a la soberanía, esto es, un límite al poder que detenta la autoridad, incluidas aquellas atribuciones que cuentan con un espacio de discrecionalidad.
Tal como lo ha sostenido la Corte Suprema, las atribuciones discrecionales nunca pueden ser ejercidas arbitrariamente. Para ello, el respeto del marco de los derechos humanos es fundamental.
En el capítulo II, nosotros acusamos al señor ministro de infracción a la Constitución y a la ley, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley.
Este capítulo se forma a partir de la constatación de cómo el señor ministro del Interior, señor Víctor Pérez , ha actuado vulnerando este derecho humano al aplicar arbitrariamente sobre cierto grupo que se manifiesta todo el rigor de la ley, y siendo excesivamente pasivo sobre otro, sin más diferencias que la motivación política de sus manifestaciones.
Así, por ejemplo, ya hemos revisado, en el capítulo I, la evidente laxitud con que actuó el ministro encargado de la seguridad pública frente al bloqueo de carreteras, frente al desabastecimiento y la alteración de la vida diaria de muchos ciudadanos por el paro de los camioneros. Allí, en ningún momento tuvo siquiera la intención de recurrir al uso de sus herramientas legales para el resguardo del orden público, como la presentación de querellas o denuncias sobre hechos que hoy, luego de la ley N° 21.208, estaban tipificados como delitos. Esa es la importancia de esa ley.
Esa conducta fue totalmente contrapuesta a la que la misma autoridad tuvo frente a hechos como los del 24 de septiembre del 2020, en que el gobierno, rápidamente, invocó la Ley de Seguridad Interior del Estado a raíz de una carta de la comunidad mapuche dirigida al Presidente de la República que llegó a la intendencia de La Araucanía, en la que señaló que comenzaría una toma de terrenos privados en Traiguén, como parte de un proceso de recuperación de tierras ancestrales.
El ministro declaraba que nadie puede, a través de una carta ni por ningún otro medio, anunciar que va a cometer delitos, que va a realizar un hecho de violencia, sin tener ninguna sanción por ello. Eso es una cuestión indiscutible, pero ya le había llegado la carta de los camioneros en la que decían que iban a estrangular las carreteras. ¡Con la carta de los camioneros, no dijo nada! ¡Con la carta de los mapuches: Ley de Seguridad Interior del Estado de inmediato! Allí hay una diferencia; una facultad discrecional se transforma en arbitraria. Eso es muy fuerte; eso es muy fuerte.
Entonces, yo no discuto lo que dijo el señor ministro, porque en realidad nadie puede andar anunciando la comisión de delitos por carta. Como vemos, a un grupo de camioneros que anuncia por la prensa la comisión de delitos y que, de hecho, lleva a cabo sus amenazas, porque además llevaron a cabo las amenazas, no se les aplican las mismas reglas que las declaradas por el señor ministro a propósito de una carta de un grupo de personas mapuches.
Entonces, es muy grave que el ministrodel Interior y Seguridad Pública haga una diferencia en la aplicación de la ley. Cuando se anuncia la toma de bienes privados -¡bienes privados!-, rápidamente, Ley de Seguridad Interior del Estado. Pero cuando se hace con la misma difusión, y los camioneros anuncian la estrangulación de las carreteras afectando a toda la comunidad, tomándose bienes públicos, ahí tiene una conducta distinta. O sea, para un bien privado, tiene una conducta; para un bien público, no importa, hay relajamiento.
Pasa lo mismo con otros ejemplos expuestos en esta acusación, como el trato distinto que recibe una u otra manifestación, dependiendo de la ideología o posición política que sustente, o el caso del desalojo de los municipios en la Región de La Araucanía.
Tal como lo expuso la profesora Yáñez , el desalojo se llevó a cabo “el 2 de agosto, inmediatamente después de la presencia del ministro del Interior en la zona, ocasión en que los alcaldes cuestionaron el que no hubiera tenido la deferencia de reunirse con ellos para abordar, de manera pacífica y política, los conflictos que se están viviendo en La Araucanía y que involucran a comunidades mapuches, tiene lugar un hecho de violencia racial e incendios en el municipio de la comuna de Curacautín, que no han tenido, por parte de las autoridades, el repudio que sí han tenido cualquiera de los otros actos de protestas social que han sido realizados por sectores disidentes a su corriente política, y eso es extremadamente grave.”. Eso dice la profesora Yáñez .
Conductas como las señaladas vulneran el principio de igualdad ante la ley, que se encuentra consagrado en nuestra Constitución. Su artículo 19, número 2°, establece: “La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados.”. El inciso segundo del mismo número dispone: “Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;”.
También dicho principio es uno de los derechos básicos de las personas, reconocido internacionalmente en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de Naciones Unidas. Dicho Pacto, en su artículo 26, señala: “Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”.
El profesor Humberto Nogueira , sobre el punto de igualdad que rige en nuestra Constitución, señala que cuando el artículo 19, N° 2°, en su inciso final, precisa que “Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;”, debemos interpretar que ninguna autoridad, consideradas todas aquellas establecidas por la Constitución y el ordenamiento jurídico, o sea, toda persona que ejerza poder público dentro del ámbito legislativo, de gobierno, de administración o jurisdiccional, ninguna de ellas tiene permitido establecer normas y acciones discriminatorias, siendo inconstitucional tratar diferente a quienes se encuentran en una misma hipótesis jurídica.
Esto quiere decir que el ministro del Interior, según nosotros, debe necesariamente someter su actuar a la Constitución y a la ley, y, ciertamente, debe hacer aplicación del principio de igualdad, que se encuentra establecido en el 19, N° 2°, y en los tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por Chile y que se encuentran vigentes.
Por ello, las acciones del ministro respecto a no hacer uso de sus herramientas legales respecto de un grupo, para luego aplicar con la misma severidad esas mismas herramientas frente a otros grupos, no puede sino ser denominada como una discriminación arbitraria e injusta que vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley y que vulnera el principio de igualdad, reconocido en instrumentos internacionales de derechos humanos.
El profesor Nash agregaba algo más. El profesor Nash dice: “…la discriminación consiste (…) en un trato diferenciado que incluye preferencias injustificadas que se basen en una condición o calidad que configura algunas de las grandes tragedias de la humanidad:…” y que afecta el ejercicio de derechos en condiciones de igualdad, sea que dicha afectación haya sido directamente basada por la autoridad, sea porque se produce un resultado objetivo.
Como se desprende de la definición transcrita, uno de los criterios prohibidos por la legislación internacional sobre el cual basar un trato diferenciado es el de las ideas políticas -¡de las ideas políticas!-. Este es un criterio que ha sido incorporado históricamente dentro de las motivaciones prohibidas a nivel internacional para justificar un trato diferenciado. La discriminación por razones políticas es un tipo de discriminación que ha dado origen, históricamente, a graves situaciones de persecución y violación de derechos humanos.
En Chile, durante diecisiete años se discriminó por razones políticas, y, por lo tanto, se persiguió a opositores; se violaron sistemáticamente sus derechos humanos.
Por ello, frente a casos de discriminación política, los órganos de control constitucional, como lo es este Congreso, deben ser especialmente rigurosos en la sanción de su infracción por una de las más altas autoridades políticas del gobierno. Y en este punto -ya lo hemos señalado, pero lo reitero-, ante la relevancia que ello implica, ante el cargo que inviste la autoridad acusada, no podemos olvidar que el ministro del Interior es el jefe político del gobierno y, en caso de ausencia del Presidente, pasa a ocupar la Vicepresidencia.
El Capítulo III es haber dejado sin ejecución las leyes, al no haber ejercido el control jerárquico sobre los órganos sometidos a su dependencia, en este caso, Carabineros.
Respecto a este punto, el profesor Felipe Paredes señaló: “…el ministrodel Interior y Seguridad Pública es el jefe directo e inmediato de las Fuerzas de Orden y Seguridad. Esa es una cuestión que emana claramente -que emana claramente del análisis de las disposiciones, tanto de la ley N° 18.575 como de la ley 20.502, particularmente en su inciso segundo, que está citado en el libelo.
En ese sentido, se podría concluir, a partir también de un principio general, que las autoridades y jefaturas, dentro del ámbito de su competencia y en los niveles que correspondan, deben ejercer necesariamente control jerárquico, y este debe ser permanente respecto del funcionamiento de los organismos y las actuaciones sometidas a su dependencia.
En ese sentido, se debe concluir que el ministrodel Interior y Seguridad Pública es el responsable de las actuaciones de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, y el máximo eslabón jerárquico en la cadena de mando, y que el papel que debería tener esta acusación constitucional es determinar si este ministro del Interior ejerció, en este caso, correctamente sus atribuciones o las que establece el ordenamiento jurídico.”.
El profesor Gajardo , por su parte, agregaba lo siguiente: “El juicio de imputabilidad constitucional, en este caso, es similar al que se le hizo al exministro del Interior y Seguridad Pública el año pasado, y que terminó con su aprobación por parte del Senado de la República. Ahora bien, en este punto -el profesor dice-, la Corporación deberá ponderar si los hechos que se señalan en la acusación son de la entidad suficiente para señalar que el ministro ha incumplido el deber constitucional y legal de control jerárquico sobre Carabineros de Chile. (…)
Por tanto, en un Estado democrático de derecho, el límite para el ejercicio del poder político se encuentra en la garantía de los derechos fundamentales de la población, con lo cual si un ministro de Estado ha infringido la Constitución Política y las leyes, corresponde que se persiga la responsabilidad político-constitucional de este.”.
Este libelo acusatorio así lo refiere: el ministro Víctor Pérez ha incurrido en infracción a la Constitución y la ley, porque Carabineros, reiteradamente, ha actuado con violencia innecesaria y desproporcionada. De eso, se ha seguido lesión de derechos constitucionales, especial y notoriamente al derecho a la vida y a la integridad física, consagrado en el 19, N° 1°, de la Constitución.
Adicionalmente, ha omitido sus deberes de gestión en la institución -¡su deber de gestión!, algo bien importante encargada del resguardo del orden público, al no adoptar las medidas preventivas necesarias, en el seno de la organización, que impidan la realización de estos hechos ilícitos, infringiendo la ley N° 20.502, que Crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
El ministro Víctor Pérez abandonó, de manera grave y notoria, su obligación de control del actuar de Carabineros, afectando con ello, grave y permanentemente, las garantías constitucionales de miles de chilenos.
El propio Presidente Piñera, en una entrevista publicada este domingo, reconoce que hay carabineros que cometen abusos o atropellos a derechos humanos. Dice otras cosas de Carabineros igual; pero, por lo menos, dice que reconoce que cometen abusos o atropellos a derechos humanos.
El ministro inició su mandato el 28 de julio de este año, viajando inmediatamente a la Región de La Araucanía, donde en horas posteriores se producen graves incidentes con ocasión de la recuperación de los edificios municipales y de otras manifestaciones. Todos recuerdan lo que ocurrió en esos días.
A partir de ese momento, las violaciones a los derechos humanos a los chilenos y chilenas continúan siendo afectados de manera grave, lo que queda de manifiesto no solo en las veintiún querellas presentadas por el Instituto Nacional de Derechos Humanos desde la fecha en que asume el acusado, donde los casos más graves que ellos mencionan de violaciones a los derechos humanos incluyen: tres querellas por tortura, una querella por homicidio frustrado, otra por homicidio consumado, dos causas por hechos constitutivos de violencia sexual, más otra gran cantidad de hechos violentos en contra de manifestantes, de responsabilidad fundamentalmente de Carabineros de Chile.
Entre los hechos de alto impacto ciudadano, de alto impacto comunicacional, de la noticia esta que recorrió el mundo y que afectó, obviamente, la imagen de Chile, en contra de los manifestantes opositores al actual gobierno, cobró especial gravedad lo ocurrido el 2 de octubre del presente año en el puente Pío Nono, en Santiago, cuando un menor de edad es empujado al lecho del río Mapocho por un funcionario de Carabineros, cuestión que en principio habría sido imposible de ser conocida por la opinión pública, porque la primera versión de Carabineros fue negar la total participación de funcionarios de su institución. Más aún, luego se siguió ocultando la verdad en dos comunicados posteriores, hasta que la evidencia audiovisual hizo imposible que se continuara con esa mentira.
Tan grave como eso resulta la omisión de auxilio al joven cuando este es empujado y, luego, las acciones de encubrimiento por parte de la institución policial.
Ese 2 de octubre, como ya señalé, cerca de las 19:45 horas, fue empujado el adolescente de iniciales A.J.A.A., 16 años, al lecho del río Mapocho. Eso es muy impactante. Es muy impactante verlo tirado ahí, en medio de las aguas, con Carabineros mandándose a cambiar y con jóvenes tratando de salvarlo. Y eso fue producto de un empujón propinado por un funcionario de Carabineros, mientras se escapaba de una estampida de piquetes de carabineros, en momentos en que participaba en una manifestación.
Sucedido el hecho, Carabineros expuso versiones contradictorias, entregadas por diversas autoridades de la institución. Un teniente coronel dijo: “Quiero desmentir rotundamente este tipo de situación. Por ningún motivo Carabineros arrojó a esta persona al lecho del río”. Casi a las doce de la noche, el mismo oficial afirmó que lo que Carabineros desmintió y vuelve a desmentir absolutamente es que se haya tomado de los pies a esta persona o que haya sido tirada al río por un chorro del carro lanzagua, como inventaron testigos en redes sociales.
Al día siguiente, a las diez y tanto de la mañana, el general Enrique Monrás señaló que cuando personal de Carabineros intentó detener a varias personas, uno de los carabineros trató de interceptar a un joven, y este perdió el equilibrio y cayó, por sobre la baranda del puente Pío Nono, al lecho del río Mapocho.
Ninguna de las tres declaraciones se condice con la verdad, ninguna. Está bien, me van a decir que está en investigación y todo eso, pero lo que vimos es indesmentible.
De acuerdo con la investigación posterior, llevada adelante por la fiscal Ximena Chong , el adolescente no cayó, no perdió el equilibrio ni se lanzó de manera voluntaria al río Mapocho. La fiscal dijo que ni siquiera podía argumentarse que la mochila llevaba un peso que haya permitido que cayera al lecho del río por diferencias de peso. Además, manifestó que, luego de estudiar los antecedentes, identificó al carabinero Sebastián Zamora como el responsable de la caída del adolescente.
Me van a decir que el carabinero ya fue dado de baja, pero lo cierto es que no fue dado de baja por lanzar al niño al río, sino por problemas con una cámara institucional, que no llevaba, o porque llevaba una personal. Por eso fue dado de baja.
La fiscal también afirmó que diversos medios probatorios demuestran que el joven cayó al lecho del río producto del accionar del funcionario.
A la vez, el Ministerio Público ha señalado que existe una contradicción entre la información entregada por Carabineros y los hechos, y una posible falsificación de la minuta de entrega del detenido, así como llamados contradictorios de Carabineros a la Fiscalía que tenían por finalidad encubrir los hechos que originaron la caída del joven al río.
¿Cuál fue la reacción del gobierno? Bueno, la misma de siempre: respaldó a Carabineros inmediatamente, a pesar de las evidencias notorias que la prensa y redes sociales exhibían.
Ninguna muestra de empatía hacia la familia de la víctima, ninguna denuncia ante el Ministerio Público y una débil y genérica condena a lo ocurrido.
Así, el gobierno, a través del ministro Víctor Pérez , emitió una declaración pública, el 3 de octubre -¡3 de octubre!-, en la que afirmó que el gobierno de Chile rechaza y condena categóricamente toda acción que atente contra los derechos humanos, en cualquier lugar, tiempo o circunstancia. Una condena genérica, absolutamente genérica.
El ministro continuó diciendo que el gobierno respalda la necesaria y fundamental labor de Carabineros en el cumplimiento de su mandato constitucional de resguardar el orden público y la seguridad ciudadana de todas las personas, dentro del marco de sus protocolos.
¿Por qué no se podía haber visitado a la familia? ¿Por qué no se podía haber dicho: mire, qué lamentable? ¿Por qué no se podía haber condenado inmediatamente el hecho? ¿Por qué no se podía haber exigido una investigación de inmediato acerca de las circunstancias que rodeaban esta tragedia que estaba ocurriendo allí? Nada. No se puede hacer nada de eso.
Otro de los hechos de alto impacto ciudadano que no puedo dejar de mencionar en esta acusación, por ser grave y condenable, y hay que investigarlo hasta el final, es lo que sucedió la noche del 18 de octubre, que refleja la conducta, esa cultura del gobierno y del ministro.
Esa noche, Aníbal Villarroel y sus amigos se desplazaron hacia la intersección de avenida Departamental con el pasaje Antonio Acevedo para participar en manifestaciones que se realizaban en ese lugar. Sin embargo, Aníbal y sus acompañantes debieron quedarse en los pasajes, sin poder salir, debido a las manifestaciones que se registraban en dicho lugar. A las once de la noche, según relatan los testigos, mientras se encontraban refugiados tras un poste de luz ubicado en calle Departamental, entre los pasajes Eugenio Matte y Raúl Fuica , observaron un bus de Carabineros con personal policial al interior, en pana mecánica, y siendo atacados por manifestantes.
En esos instantes, se acercó un vehículo, un carro lanzagases institucional, que prestó cobertura al bus. Luego, según lo indicado por los vecinos, llegó un carro blindado, que persiguió a los manifestantes, quienes ingresaron por el pasaje Matte . Ahí se encontraron con Aníbal y su acompañante, Bastián .
En esos instantes, presumiblemente desde el interior del vehículo, se percutan disparos; uno de ellos alcanzó la zona superior del cuerpo de Aníbal, que cayó al piso inmediatamente, y otro alcanzó a su acompañante, Bastián , en una extremidad inferior.
A Aníbal la bala le entró por una axila, le atravesó el corazón y salió por la otra axila. La bala era de Carabineros. Es cierto que hay que investigar las circunstancias y que había una manifestación, pero no hubo ni una empatía, ni una idea, ni una gana de preguntarse qué había pasado ahí, por qué ocurrió eso. Tampoco hubo una orden fuerte en la idea de empezar a cambiar esta cultura de la represión, ni nada como eso.
Personas que presenciaron el hecho arrastraron a Aníbal a una zona segura, para asistirlo. Según relatos, Aníbal había perdido la conciencia de manera inmediata, por lo que lo ingresaron al domicilio particular de una vecina. Llamaron por teléfono a Bomberos, los que, vía telefónica, prestaron asesoría para la realización de maniobras de reanimación, logrando que Aníbal inhalara aire en dos oportunidades.
Acto seguido, lo subieron a un vehículo particular y lo trasladaron al cesfam Amador Neghme , de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, donde se constató su fallecimiento. Aníbal había fallecido durante el trayecto.
El impacto de bala que terminó con la vida de Aníbal se produjo por el uso de un arma de fuego en condiciones de manifestación pública, lo que se encuentra expresamente prohibido por los estándares internacionales.
De nuevo palabras de la profesora Yáñez : “El uso de armas de fuego está reservado exclusivamente para situaciones extremas conforme al paradigma de la legítima defensa, es decir, cuando esté o puede estar en peligro la vida del personal policial, debiendo siempre ser objeto de reporte y control”.
Desde un punto de vista jurídico, el ministro Víctor Pérez ha transgredido varias normas constitucionales y legales. Para el caso específico del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la ley N° 20.502, que crea el referido ministerio, en su artículo 2°, inciso segundo, establece: “Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dependerán de este Ministerio y se regirán por sus respectivas leyes orgánicas.”.
El jefe superior de ese ministerio y, por tanto, su superior jerárquico, es el ministro Pérez .
La misma ley, en el artículo 3°, letra b), señala que es atribución del Ministerio “Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional.”. Esa es su obligación: velar por la mantención del orden público en el territorio nacional.
Estas normas, junto con establecer que el ministro es el jefe superior directo e inmediato de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, consagran que esta función no debe desarrollarse de manera arbitraria o como mejor le parezca al ministro de turno, sino que las medidas que se adopten deben cumplir un estándar: el estándar de eficacia, racionalidad, eficiencia en la mantención del orden público.
Por tanto, las medidas llevadas adelante por Carabineros deben ser legales, necesarias, adecuadas y proporcionales para el restablecimiento del orden público, sin que vulneren los derechos fundamentales de las personas.
Esta conclusión -esto lo considero bien importante es reforzada por el artículo 11 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que se refiere al control jerárquico permanente en el funcionamiento de los organismos y de la actuación del personal de su dependencia, control que se extiende a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos y a la legalidad y oportunidad de las actuaciones.
Miren, a los funcionarios con atribuciones de control jerárquico, como es el caso de los ministros, se les aplica un estándar que consiste en la obligación de supervigilar la actividad de sus inferiores, según el artículo 11 de la ley de bases de la administración del Estado.
Obviamente, ese estándar no puede consistir en la obligación de impedir materialmente que algún funcionario cometa infracciones; eso es obvio. No puede el ministro hacer eso, y lo repito: este estándar no puede consistir en la obligación de impedir materialmente que algún funcionario cometa infracción; pero en el caso de los funcionarios de la máxima jerarquía en la estructura, el estándar es el correcto funcionamiento del servicio o servicios a su cargo.
Aquí se acusa al señor ministro de no haber actuado con la obligación en cuanto a:
Primero, su obligación, en su rol de superior jerárquico, de adoptar medidas para prevenir dicho resultado antijurídico. No hizo nada con Carabineros para esto. Me pueden decir que no es cierto, que cambiaron el protocolo. Ya, pero después de que cambiaron el protocolo, lanzaron a un niño al río. No sé si sirvió para algo.
Pero su primera obligación, en su rol de superior jerárquico, es adoptar las medidas para prevenir dicho resultado antijurídico.
Segundo, para los casos en que ello no ocurre, tiene el deber de disponer las medidas para que dichas conductas no sean reiteradas.
Y tercero, para los casos perpetrados, que estas conductas sean investigadas y sancionadas.
Todo lo expuesto, en ningún caso, a juicio de los acusadores, ha sido cumplido por el señor ministro del Interior, como se demuestra en los hechos que he expuesto y como lo reafirmaron las y los expertos en Derecho Administrativo y Derecho Constitucional que fueron escuchados en la comisión revisora.
Quiero ser enfático en este punto. La acusación que hemos presentado en contra del ministro del Interior no es por el hecho de que un funcionario no haya respetado los protocolos en un caso puntual, sino porque él, como representante de este gobierno, al igual como ha ocurrido con otros ministros que han encabezado la cartera del Interior, han sido evasivos en reconocer las violaciones a los derechos humanos cometidas por la policía, cometidas por Carabineros, cometidas por el Estado, desconociendo el gobierno y desconociendo el ministro las conclusiones de múltiples informes sobre derechos humanos emitidos por organismos nacionales e internacionales, y, por el contrario, entregando un incondicional apoyo a aquella institución que ha sido la principal acusada de cometer tales delitos. Como lo dijeran algunos invitados a la comisión, como la defensora de la Niñez o la profesora Yáñez , el ministro Pérez ha sido el continuador de esa política, de esa cultura, a pesar de que él asume una cartera ministerial en un momento de particular inestabilidad política. Eso obliga a que tenga una actuación específicamente cautelosa en la salvaguardia de los derechos humanos. Ese celo por proteger los derechos humanos, que menciona la profesora Yáñez , estimados colegas, no ha estado presente en el actuar del ministro del Interior, señor Víctor Pérez , y por eso lo acusamos.
El ministro del Interior, como nos ha dicho el abogado del adolescente empujado al río Mapocho y la familia de Aníbal, quien falleció de un disparo en la población La Victoria, no se acercó nunca a ninguno de los familiares de las víctimas. Por el contrario, el ministro ha continuado entregando el respaldo a Carabineros. Aun más, la pasividad del gobierno en condenar las violaciones a los derechos humanos es tal que da la impresión de que la institución de Carabineros se dirige sola. Esa autonomía es de tal magnitud que hacen lo que se les ocurre, no solo en materia de control del orden público, sino en todos los otros temas, como transparencia, probidad, corrupción y los problemas que ellos mismos enfrentan, como suboficiales y oficiales de menor jerarquía denunciando a sus superiores. Eso es grave, pero es responsabilidad del señor ministro del Interior.
Entonces, al parecer, si tomamos en cuenta los argumentos de la defensa presentados en la comisión, el ministro del Interior no sabía que Carabineros estaba en la esfera de su competencia en un estado de excepción constitucional; sin embargo, creo que quedó claro que eso no era cierto. Quedó claro durante el trabajo de la comisión que dicho argumento no es real.
El ministro Pérez es y ha sido siempre el superior jerárquico tanto del subsecretario del Interior -a quien vi hace poco por acá como de los intendentes; no hay intendentes que hagan algo importante, relevante, como presentar una querella por ley de seguridad interior del Estado; no hay intendente que no le consulte a usted, porque usted es su superior directo; también de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
Finalmente, el fundamento constitucional de esta acusación imputable al ministro radica en que este puede ser acusado no solo por sus actos inmediatamente personales. Los capítulos I y II son realmente hechos personales.
Aquí se trata de la responsabilidad del ministro ahora por los actos represivos de Carabineros. El fundamento normativo de esta responsabilidad es, precisamente, el sentido de la declaración legislativa contenida en el artículo 1° de la ley N° 20.502, a la que antes hicimos referencia, según la cual el ministro del ramo concentra la decisión política en asuntos relacionados con el orden público y la seguridad pública interior. Carabineros de Chile, como cuerpo policial armado, es esencialmente obediente y depende directamente del ministro del Interior y Seguridad Pública. Por consiguiente, las acciones de Carabineros son de aquellas acciones por las cuales responde el ministro del Interior.
Esta conclusión no solo fluye del sentido de la ley N° 20.502, sino que, además, fue una de las finalidades precisas que orientaron la dictación de esta ley, según se desprende de la historia fidedigna de su establecimiento. Así, en la historia de la ley, el informe de la Comisión de Constitución del Senado lo sostuvo expresamente, refiriéndose a la decisión de que las policías dependieran del nuevo Ministerio del Interior y Seguridad Pública. “Al pasar ambas policías a depender del Ministerio de Seguridad Pública encontrarán un ámbito institucional más afín con sus funciones propias, lo que les permitirá una relación más fluida con la autoridad encargada de la seguridad pública. El nuevo Ministro tendrá una responsabilidad más precisa en este campo tanto frente al Presidente de la República como ante las otras instancias de nuestro sistema institucional y la opinión pública en general y, al mismo tiempo, podrá hacer presente con mayor solvencia las exigencias y requerimientos del sector en lo referente a recursos y cambios legales y administrativos.”.
Por eso, por los actos de Carabineros responde el señor ministro y no los propios carabineros. Por eso nosotros no podemos presentar una acusación constitucional en contra de los generales o del general director de Carabineros, y sí la podemos presentar, por los hechos y las infracciones a la ley cometidas por Carabineros, en contra del ministro del Interior.
En definitiva, es indudable que el ministrodel Interior y Seguridad Pública es el responsable de las acciones que, con la finalidad de restablecer el orden público, realizan organismos como Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, cuestión que los abogados de la defensa y los expertos del gobierno, a través de sus parlamentarios, claro, han intentado desacreditar. Lo mismo hicieron con la acusación en contra del ministro Chadwick ; sin embargo, ello ha sido contradicho tanto en esa presentación como en esta.
El inciso segundo del artículo 101 de la Constitución establece que “Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones. Constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, en la forma que lo determinen sus respectivas leyes orgánicas. Dependen del Ministerio encargado de la Seguridad Pública”.
“Las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes y no deliberantes. Las fuerzas dependientes de los Ministerios encargados de la Defensa Nacional y de la Seguridad Pública son, además, profesionales, jerarquizadas y disciplinadas.”.
Señor Presidente, quiero reiterar que no son los manifestantes quienes ponen en peligro la democracia. Tampoco son las acusaciones constitucionales las que ponen en peligro la democracia. Mantener eso para la prensa, está bien. Las acusaciones constitucionales tampoco demoran la tramitación de los proyectos de ley en el Congreso, como otros salen a decir también. El Congreso, a pesar de las acusaciones constitucionales, ha trabajado intensamente en distintas leyes. No diré cuáles ni por qué algunas se han demorado, porque no es el caso, pero el Congreso continúa tramitando, a pesar del esfuerzo que se hace por determinados colegas para ver el tema de las acusaciones constitucionales.
La democracia y nuestras instituciones tambalean, se debilitan y se ponen en peligro cuando las autoridades de este país, en este caso, el ministro del Interior y Seguridad Pública, infringen la Constitución y las leyes, o dejan estas sin cumplir, como se ha demostrado contundentemente durante el desarrollo de esta acusación. Eso pone en peligro la democracia.
Los hechos y los argumentos jurídicos de esta acusación son fuertes, son potentes, son de los más claros que hemos tenido en el Congreso, y la defensa no ha podido desvirtuarlos. Va a ser interesante escuchar con qué nuevos argumentos saldrá ahora, pero ha caído en versiones contradictorias, incluso, con otros miembros del gobierno y de sus propios subordinados, como Carabineros de Chile.
Yo sé -lo puedo entender que la situación dentro de la coalición gobernante es difícil. Probablemente, lo que debilita más la acción del gobierno son las decisiones o declaraciones que los propios parlamentarios de gobierno hacen debido a la impotencia que sienten porque el gobierno no hace o no cumple aquello que debiera hacer, especialmente en La Araucanía.
Probablemente, lo que más me llama a mí a presentar esta acusación y a los otros 13 diputados que lo hicieron, es la defensa de los derechos humanos; la defensa de los derechos humanos ayer, hoy y mañana. Esa es la clave del funcionamiento de convivencia en cualquier democracia; esa es la clave y el punto central, y ese es el grito explícito que está detrás de esta acusación: cambio de actitud.
No es un incidente menor lanzar un niño al río; no es un incidente menor asesinar a los jóvenes en la calle porque se manifiestan; no es menor agarrar a palos a un joven y volarle todos los dientes; no es menor patear en la cabeza a las mujeres. Esa debería ser la actitud permanente de todos nosotros si queremos salvaguardar la democracia. Ese es el punto.
Como eso no ha ocurrido, estos 14 diputados creen que el señor ministro del Interior es responsable, y le pedimos a esta Sala de diputados que voten favorablemente la admisibilidad de esta acusación constitucional, para que pase al Senado y este decida de acuerdo a sus competencias.
He dicho.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Para contestar la acusación, tiene la palabra el abogado Gabriel Zaliasnik , en representación del ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela.
El señor ZALIASNIK (abogado defensor).-
Señor Presidente, por su intermedio, me dirijo muy respetuosamente a esta Sala, en representación del ministro Víctor Pérez , en una situación bastante inusual en lo profesional: hace solo tres semanas, sentado en este mismo lugar -recordarán ustedes-, concluía mi intervención en la Cámara solicitando el rechazo de una acusación constitucional, haciendo mención a una cita literaria del autor Leonardo Padura del libro El hombre que amaba a los perros. Decía que había esa calle llamada Farola , que no iluminaba, que había ese cerro llamado Yunque , que no forjaba, y que había ese río llamado Miel, cuya agua no era dulce.
Tres semanas después, parece que seguimos en ese pueblo llamado Baracoa ; esto se parece a lo que ocurre en la película llamada El día de la marmota: las mismas caras, las mismas personas, los mismos intervinientes. De alguna manera, son relatos con algún grado de semejanza, de cuestionamiento político, pero cambia la figura de la persona que está sometida nuevamente a este escrutinio constitucional, republicano, legítimo, por parte de este Congreso, quizás excesivo, pero indudablemente legítimo.
Por lo mismo, honorables diputados -señor Presidente, por su intermedio-, en la presentación y en la exposición de hoy quiero estructurar la argumentación del ministro Pérez de la siguiente forma. Haré una breve introducción, realzaré las paradojas y las incongruencias que contiene la acusación, me referiré a algunos argumentos, naturalmente de forma y de fondo, pero que desproveen de todo mérito la admisibilidad de la misma; por su intermedio, señor Presidente, y aunque me lo critique el honorable diputado Ascencio , criticaré la desprolijidad de la acusación -no creo, al decir aquello, que use abusivamente las palabras-; criticaré la oportunidad de la acusación y la falta de fundamento plausible de la misma, y haré presente, naturalmente, cómo nuevamente en esta Cámara se pretende evaluar el mérito, en definitiva, de decisiones políticas, recurriendo a esta herramienta de ultima ratio, como es la acusación constitucional, para luego entrar a argumentos de fondo, sustantivos, contundentes, duros, que deben llevar a esta Cámara a rechazar la admisibilidad de esta acusación.
Advertirán ustedes que fue bastante explícito el diputado señor Ascencio cuando criticó nuevamente el carácter de un ministro. Hace tres semanas criticábamos a un ministro porque era extraordinariamente vehemente; ahora acusamos a un ministro por falta de empatía. Es decir, la acusación constitucional pasa a ser una herramienta para juzgar el carácter de nuestras autoridades, no las actuaciones de nuestras autoridades. Eso tiene un nombre y una explicación bastante clara desde la perspectiva del derecho penal; eso se llama derecho penal de autor, no derecho penal de los hechos; se juzga a las personas por su calidad de tales y no a las personas por las conductas, en este caso por las infracciones jurídico-constitucionales en que eventualmente hayan incurrido.
Hemos escuchado durante una hora y media muchas argumentaciones, una extraordinaria retórica del honorable diputado, pero no hemos escuchado nada de las infracciones jurídico constitucionales, no hemos escuchado nada respecto de qué se le imputa específicamente al ministro Víctor Pérez . Todo son generalidades, todo son recortes de prensa, todo son ambigüedades.
Todo guarda relación, también, con una problemática que, naturalmente, excede a la persona del ministro Pérez , una problemática donde ha fallado el Estado, una problemática en la cual no es que haya fallado un ministro del Interior, sino una problemática que ha sido sucesiva y reiterada en el tiempo y, probablemente, objeto también de otras acusaciones constitucionales.
Probablemente, hayan advertido la evidente trampa tautológica que contiene la acusación constitucional, desde el momento en que, en sus distintos tres capítulos, incurre en una suerte de contradicción vital. Es decir, la acusación constitucional, por una parte, le reprocha al ministro Pérez no ocupar o no utilizar la potestad de la Ley de Seguridad Interior del Estado, no usar la fuerza pública para efectos de orden público, y, por otra parte, le reprocha haberla usado. ¿En qué quedamos? ¿El reproche es por no ocupar la Ley de Seguridad Interior del Estado, por no ocupar la fuerza pública, o el reproche es por usar la fuerza pública frente a hechos de evidente vulneración del orden público?
Luego entraré en un análisis capítulo por capítulo. Anticipo para estos efectos que, una vez culminada mi intervención, hará uso de la palabra el propio ministro Víctor Pérez , complementando lo que se diga en esta defensa.
Dicho lo anterior, honorables diputados, recurro quizás nuevamente a la imagen, a la idea de la procesión de acusaciones constitucionales a las que nos hemos visto expuestos, y por eso me resulta extraordinariamente inusual, en el ámbito de mi vida profesional, estar presente, en un mes, dos veces en este hemiciclo dirigiéndome a ustedes. Yo soy un litigante, un penalista acostumbrado a exponer ante jueces de la república y jamás imaginé que me iba a corresponder persuadir a parlamentarios con razones jurídicas y razones políticas para desestimar una acusación constitucional de alcances tan significativos como aquellas que resuelven nuestros jueces con imparcialidad e independencia.
Aquí he descubierto una realidad: las decisiones parecen estar tomadas antes de que se escuchen los argumentos de las partes; las decisiones parecen estar adoptadas antes de escuchar las audiencias y los alegatos que se realizan en esta Sala. Es decir, de alguna manera hay una puesta en escena que no se condice con la gravedad de lo que aquí está en juego.
Detengámonos un minuto en la gravedad de lo que está en juego: un ministro del Interior que lleva apenas tres meses en el cargo -durante esos tres meses, yo he asistido a dos acusaciones constitucionales-; un ministro del Interior al que se lo amenaza con una acusación constitucional cuando no había cumplido un mes en el cargo, a propósito del referido paro de camioneros; un ministro del Interior al que, sin llevar tres meses en el cargo, se le reprocha las fallas estructurales que pudiera presentar la estructura -valga la redundancia del sistema de Carabineros y de las Fuerzas de Orden Público.
¿Dónde está la imparcialidad? ¿Dónde está la independencia que se requiere de cara a la ciudadanía para poder hacerse cargo en su mérito de las acusaciones que se pretenden en contra del ministro del Interior? Porque no perdamos de vista, honorables diputados, que, de una u otra forma, este juicio no es solo político. Cada uno de ustedes es responsable de decidir una sanción contra otro ciudadano; cada uno de ustedes, al resolver, aplica, de una u otra forma, el poder punitivo del Estado, el ius puniendi, y, por lo mismo, los constitucionalistas, más o menos contestes, atribuyen a la acusación constitucional el carácter de ultima ratio, no de prima ratio, ante los hechos más graves que puede haber de infracciones constitucionales.
Se trata de una herramienta extrema, de una herramienta única y que, como ustedes bien saben, si atienden al artículo 52, número 2), letra b), contiene incluso tres delitos dentro de sus causales, delitos extraordinariamente graves: traición a la patria, soborno; son esos delitos, no otros, los que pueden servir de base a la causal. Eso atestigua la gravedad que debe revestir, en definitiva, el reproche que se le pretende realizar al ministro respectivo en una acusación de estas características, en las que se busca su destitución y su inhabilidad en derechos ciudadanos por cinco años.
Decía al comenzar que hay una tautología o, si se quiere, una paradoja que, por sí sola, debiera llevar a desestimar por completo esta acusación constitucional.
El capítulo I es una crítica al ministro Pérez por dialogar, por enfrentar el paro de camioneros con una actitud propia, si se quiere, de la actividad política, de intentar descomprimir, de intentar alcanzar acuerdos.
El capítulo II es una crítica por, supuestamente, usar o autorizar o permitir el uso de fuerza pública, supuestamente, haciendo distinción entre situaciones distintas y, por ende, se critica la falta de igualdad.
Y el tercer capítulo se plantea como un problema estructural en nuestras Fuerzas de Orden Público, que en ningún caso puede ser imputable al ministro Pérez .
Lo absurdo -y aquí está la esencia, la verdadera falla geológica sobre la que se construye esta precipitada, a mi juicio, acusación es que la conclusión de los tres capítulos es: ministro Pérez , no dialogue; ministro Pérez , aplique la ley de seguridad del Estado siempre; ministro Pérez , aplique la fuerza pública siempre, use la fuerza pública en todo: manifestaciones pacíficas, manifestaciones violentas, paros de actividades de distinto tipo, en todo tipo de situaciones. La ley de seguridad del Estado, la misma ley que muchas veces se ha criticado por algunos, ahora parece ser, en definitiva, la regla de oro, la tabla de salvación de nuestra institucionalidad. ¡Todo ley de seguridad del Estado!
La acusación constitucional da cuenta, a juicio de esta defensa, honorables diputados -señor Presidente, por su intermedio-, de un completo desprecio por la política, y entender esto es, a juicio de esta defensa, fundamental.
Toda la acusación implica una renuncia a la política -por cierto, a la buena política-, un desprecio a la actividad política. El primer capítulo no quiere que la autoridad del ministro del Interior dialogue, sino que prefiere que utilice las herramientas del derecho penal y que utilice, en definitiva, la fuerza pública.
En el capítulo II, aspira contradictoriamente a que, ante todo tipo de situaciones que sean, incluso diferentes entre sí, se aplique la misma regla.
El tercer capítulo pretende que resuelva, en solo tres meses como ministro del Interior, todo aquello que no se ha resuelto en años en nuestro país en relación con la reforma y, en definitiva, modernización o reforma de Carabineros y de las Fuerzas Armadas.
De alguna manera, le cabe a este Congreso reivindicar la función de la política y devolverle el sitial que le corresponde.
La política tiene dos faces -muchos de ustedes, por supuesto, lo saben-: una faz agonal, una faz, en términos aristotélicos, agonal, de conflicto, y una faz arquitectónica, una faz en la cual se construye hacia adelante. Es una completa paradoja que, habiendo entrado Chile en un proceso arquitectónico, en una faz arquitectónica, con posterioridad al celebrado plebiscito del 25 de octubre, en el que le cupo especial responsabilidad al ministro Pérez para que fuera un plebiscito ejemplar, con elevada participación ciudadana, sin incidentes, para que entremos en un itinerario constitucional, sin tropiezos -faz arquitectónica-, pretendamos ahora retomar la faz agonal, pretendamos, en definitiva, volver al conflicto; pretendamos realzar las diferencias políticas a cualquier precio, de manera tal que el ministro Pérez sea una suerte de víctima propiciatoria en el altar de la expiación, si se quiere, de nuestros conflictos internos.
Es la buena política la que puede transformar el descontento en acciones, y no espurias acusaciones constitucionales. El proceso del plebiscito, en ese sentido, como he dicho, fue ejemplar, y esta acusación demuestra, por lo mismo, también un profundo desprecio, una falta de deferencia hacia la ciudadanía que creía ver y ha creído ver en este proceso que se ha iniciado una faz de construcción hacia adelante y no una faz de conflicto permanente, como nos hemos ido acostumbrando.
Por lo mismo, invito a esta Sala a reivindicar en ese sentido la política y no, porque este sea un juicio netamente político con aspectos jurídicos, renunciar a la buena política. Esta acusación desprecia la política, en circunstancias de que a esta Sala corresponde realzarla.
Como escribía Séneca: “Tenemos los vicios ajenos delante de los ojos, pero los propios en la espalda.”. Es el momento de mirarnos todos a los ojos y no de darnos las espaldas.
Entrando en la acusación propiamente tal, todos tuvimos la ocasión de escuchar al inicio -prácticamente por quince minutos cómo aquí se ha hecho mucho caudal respecto de un argumento esgrimido por quienes me precedieron en la defensa del ministro Pérez . Ha señalado -por su intermedio, señor Presidente el diputado Gabriel Ascencio que le interesa conocer nuestra defensa y ha señalado que él tendría alguna confusión por lo que se ha dicho en la comisión y lo que se ha de decir en esta instancia.
La verdad, francamente, es que la contestación de los cargos, o de la acusación, se realiza en esta instancia, sin perjuicio de aquello que se anticipa para efectos de la comisión.
No obstante, y más allá de eso, si bien el ministro y la anterior defensa han sido claros en no perseverar en el argumento que planteaba o que reproducía el diputado Gabriel Ascencio , en esta ocasión quiero ser mucho más claro. No rehuiré el punto, aun cuando este punto es completamente inatingente a la acusación constitucional, y explicaré por qué.
Uno se defiende, honorables diputados, de los argumentos de la acusación constitucional, no de aquellos que puedan surgir al calor de la contienda jurídico-política. El acusado, por lo demás, es el ministro Pérez , no sus abogados, como pareciera desprenderse de las palabras, en algún momento, del honorable diputado Ascencio .
Claramente, el argumento de los abogados que me antecedieron da cuenta de una interpretación jurídica posible, pero al escuchar a los acusadores, uno advierte solo una interpretación política de dicha interpretación jurídica. En alguna medida se debate en planos diferentes y, por ende, las conclusiones a las que se arriba son igualmente diferentes.
Pero debo admitir que estoy sorprendido del esmerado esfuerzo por construir a partir de ello un nuevo capítulo de acusación. Hay aquí un cuarto capítulo de acusación, a partir del argumento esbozado en esa defensa, y del cual el ministro públicamente se desistió. Digo esto no por el valor intrínseco del argumento mismo, sino porque uno entiende que se debe defender de los capítulos y hechos de la acusación, y no otros. Es lo que en derecho se conoce como principio de congruencia. ¿Cómo se explica, entonces, esta renovada argumentación por la parte acusadora?
Los acusadores huyen del texto de su propia acusación, e incursionan en la difusa zona de la interpretación de intenciones de la anterior defensa, escondiendo detrás de ello la realidad de la conducta reflexiva dialogante del ministro acusado. Se trata, de alguna manera, de un acto de magia, de ocultismo, por la vía de mostrar ciertas cartas; los acusadores nos muestran cartas, pero nos esconden las otras cartas. Nos muestran unas para que veamos acá; y acá, en otro lado, quedan los tres capítulos de la acusación. Es decir, se trata de un acto, si se quiere, de ilusionismo político, de ilusionismo constitucional. Y, por lo mismo, la mejor forma de desmontar un acto de ilusionismo es explicando o enseñando el truco. Cuando el espectador abre los ojos, la magia se acaba.
En el caso concreto que nos ocupa, al ministro se lo acusa a partir de los dichos de la anterior defensa, a propósito del segundo y tercer capítulo de la acusación, de escudarse en otras autoridades, y no asumir las obligaciones y responsabilidades que por mandato de la ley orgánica del Ministerio del Interior le corresponden de cara al comportamiento de las fuerzas de orden y seguridad pública.
Ello sencillamente no es así. Primero, por cuanto tal interpretación supone forzar interpretativamente el argumento a un punto que resulta absurdo; implica asumir que un mero decreto, en este caso el decreto exento Nº 104, que dispone el estado de excepción constitucional de catástrofe, tendría la virtud de derogar tácitamente una norma orgánica constitucional, que es una tesis que por supuesto esta parte no comparte.
Segundo, porque cualquiera que sea la lectura que se le pueda dar al decreto exento Nº 104, este, lisa y llanamente, no dice aquello que se sugirió o se sugiere que dice. La delegación de facultades solo se refiere a actuaciones vinculadas al estado de catástrofe.
Tercero, porque ni siquiera la errada interpretación de su alcance -y esto es lo relevante altera en modo alguno el debate que nos ocupa. Así lo aclararon, por lo demás, el general Rozas y el ministro de Defensa, Mario Desbordes , en la comisión revisora.
Está claro. La defensa anterior interpretó tal vez erradamente, a mi juicio, pero una interpretación posible y plausible, qué poderes se reducían en estado de excepción. Sin embargo, el decreto exento Nº 104 es claro al respecto: la delegación de facultades solo se refiere a actuaciones vinculadas al estado de catástrofe.
¿Es tan raro que la interpretación de una norma genere dudas? Por cierto que no. Es lo habitual en el ejercicio del derecho.
¿Tiene relevancia una interpretación u otra? Ninguna.
Así, en el contexto de los capítulos de la acusación constitucional, el ministro Pérez no es responsable de dejar de ejecutar ley alguna, porque de hecho no dejó de ejecutar ley alguna.
Por lo tanto, poco importa la interpretación que se haga de los dichos complementarios de una argumentación por parte de un abogado en una defensa. Lo que importa es que se acredite, que se compruebe, la infracción constitucional que se pretende. La infracción constitucional que se pretende es exigirle al ministro Pérez ejecutar leyes que obligatoriamente hubiera tenido que ejecutar, y que habría dejado de ejecutar, cosa que no acontece.
Por lo tanto, es un acto de mero ilusionismo.
Estamos mirando este conflicto político que se genera a partir de un argumento de la defensa en un momento determinado, y no estamos atendiendo al fondo del asunto. Un gran trabajo de ilusionismo, pero un escaso aporte desde un punto de vista jurídico constitucional.
Las cosas son lo que son y no lo que uno quiere que sean, ni aun para efectos de intentar políticamente destituir a un ministro de Estado.
En el fondo, aquí la trampa consiste en un sutil intento de arrastrarnos a una confusión incluso hasta lingüística, cuando se juega con la dependencia o el control jerárquico, como veremos en el capítulo III, que, por cierto, no es el alcance que las normas que se han citado llevan. Se invoca un control jerárquico que legalmente no es tal, porque, como decía Wittgenstein , los límites del lenguaje son los límites de la propia mente. Por lo tanto, estos actos de realismo mágico, como decía, estos actos de ilusionismo, estos actos de magia, sí producen, con las palabras, más de algún efecto.
En consecuencia, los hechos objeto de pronunciamiento de esta Cámara son aquellos que se definen en el marco de la acusación, y no otros; nada más. Todo aquello que dice relación con la interpretación que se pudo hacer del decreto Nº 104 es irrelevante para efectos de ponderar, en definitiva, la pertinencia o no de los capítulos respectivos.
La necesidad de recurrir a otros hechos, a otras situaciones, da buena cuenta de la imposibilidad jurídica y política que enfrentan los acusadores para superar el estándar de convicción y certeza necesarios para admitir una acusación como la de la especie, que guarda relación con las herramientas -como he dicho más extremas, más duras, más potentes que posee en definitiva nuestro orden constitucional, desde el punto de vista de la responsabilidad política.
Despejado lo anterior, como podemos advertir, el camino que se debe recorrer por parte de los acusadores para aceptar su pretensión y no erosionar el Estado de derecho y el respeto de las leyes y la Constitución, la cual todos los miembros de esta honorable Cámara han jurado o prometido respetar, es un camino largo, pero, por sobre todo, un camino riguroso, un camino que exige el respeto irrestricto de los principios y reglas del proceso sancionatorio constitucional.
Aquí no bastan meras sospechas, aquí no bastan prejuzgamientos; aquí se requieren prueba concreta y prueba elocuente, manifiesta, categórica, que dé cuenta del supuesto propósito de dejar de ejecutar la Constitución y las leyes. Acá se requiere precisión, acá se requiere prueba precisa, argumentos precisos, interpretaciones precisas y hechos precisos. Eso es la congruencia, eso es lo que tiene que tener la acusación. Todo esfuerzo por diluir esa precisión, arrastrándonos retóricamente a estas arenas movedizas de las sospechas, de las intrigas políticas, resulta impertinente a los efectos de buscar la destitución de una autoridad, privándola por cinco años de sus derechos ciudadanos.
Por lo mismo, he querido establecer esta posición, nuestra posición, de manera clara en esta instancia, de forma tal que al momento de votar cada uno pueda, en conciencia, sopesar, ponderar si asilarse en una polémica estéril de argumentos e interpretaciones que se encuentran al margen de la acusación constitucional, para justificar o no su decisión, o si debe abandonar ese camino y someter al test constitucional que corresponde los capítulos de la acusación constitucional.
Con acierto, Tucídides , en su famoso y ya clásico Discurso fúnebre de Pericles, decía que lo que perjudica a la acción no es el debate, sino el no dejarse instruir por la discusión. Y por eso, uno espera que en esta Sala, en este hemiciclo, sea justamente este debate, esta discusión la que instruya a los honorables diputados a la hora de resolver sobre la admisibilidad de esta acusación, no otros hechos.
Había anticipado que esbozaríamos algunos argumentos de carácter formal y sustantivo preliminares, previo a atender los capítulos mismos de la acusación. En este sentido, anticipaba que la acusación es desprolija y sin un sustento jurídico y fáctico.
Por lo mismo, es necesario analizar los defectos de forma como los defectos de fondo, en el entendido de que el rol que juega esta honorable Cámara es precisamente pronunciarse acerca de la admisibilidad y procedencia de la acusación.
Y lo que ocurre con esta acusación es que no cumple con los mínimos requisitos de forma y fondo. No olvidemos que la naturaleza del presente procedimiento es tanto política como jurídica. Por lo tanto, debe cumplir con un mínimo estándar básico, especialmente cuando se trata de ejercer, en definitiva, se acepte o no completamente esta premisa por parte de todos los constitucionalistas, una potestad sancionatoria de la mayor gravedad, donde se deben probar los ilícitos constitucionales, cuestión que a todas luces no ocurre.
La acusación constitucional no es un remedo de los recursos de protección, como uno podría pensar -por su intermedio, señor Presidente con ocasión de los dichos del diputado que sostiene la acusación. No es una alegación que se intenta ante una corte de apelaciones o ante la Corte Suprema de nuestro país. No se trata de esbozar infracciones constitucionales o principios generales del derecho para cumplir, en apariencia, con el artículo 52, número 2), letra b), de la Constitución, cuyo tenor es extraordinariamente claro. Se refiere, en este caso, a infringir la Constitución o las leyes o haber dejado estas sin ejecución.
Para dejar una ley sin ejecución -y aquí anticipo la línea argumental-, naturalmente debe existir la obligación de ejecutar o de hacer aplicable esa ley. Si se tratara, por ejemplo, de una ley derogada, no podría recabarse de una autoridad que la aplique. Si se trata de una ley que confiere una facultad -“podrá” es la expresión que utiliza-, no se puede reprochar a una autoridad el dejar de ejecutar esa facultad.
Por lo tanto, las palabras aquí sí importan; las palabras hacen una diferencia sustancial a la hora de ponderar los alcances del artículo 52, número 2), letra b). Estamos ante conductas de un ministro de Estado que son de la máxima gravedad, de acuerdo con el tenor del artículo 52, al extremo que tipifican delitos graves en algunos casos. Por lo mismo, se deben cumplir estándares de convicción especialmente altos.
Nos basta con solo leer el texto de la acusación para comprobar que para acreditar todas y cada una de las conductas se limitan a citar medios de prensa. Incluso, se señala, para sustentar los dichos, que habrían sido “titulares en los principales medios de comunicación del país”, pero al citar dichos medios solo se refieren a The Clinic. Es ya una mala práctica a estas alturas, instalada al parecer, recurrir a medios periodísticos como insumo probatorio de acusaciones judiciales y de investigaciones penales. De más está decir que ello puede resultar hasta frívolo tratándose de una instancia de la máxima importancia en una entidad tan señera para el devenir de la república como es esta honorable Cámara de Diputados. Lo digo con inmenso respeto a todos los diputados y todas las diputadas presentes.
En una democracia, una acusación constitucional -el impeachment norteamericanoencarna el mecanismo último de juzgamiento político, un mecanismo excepcional de ultima ratio, un mecanismo severo y exigente; un mecanismo, si se quiere, quirúrgico o, si se quiere, extremo. Nada de eso hay que justifique esta acusación constitucional.
Así como la legítima defensa supone en el derecho penal un uso proporcionado y racional de la fuerza, una acusación constitucional requiere, necesariamente, ponderar la proporcionalidad de su uso con las eventuales infracciones constitucionales y sus posibles remedios. Se trata de un juicio de proporcionalidad que exige racionalidad, no mera arbitrariedad, como aquí se pretende.
Así las cosas, es llamativo que los acusadores se limiten a enunciar el cuestionamiento, pero que prescindan de aportar los antecedentes que lo corroboren, para que la defensa del ministro pueda entonces contrastar, cuestionar o refutar. Ello es aún más preocupante cuando de la sola lectura de la acusación aparece que se limitan a relatar ciertos hechos, pero a la hora de enmarcarlos dentro de una infracción simplemente enumeran una serie de normas jurídicas, sin explicar cómo ellas se infringirían.
No olvidemos que tratándose de ilícitos constitucionales determinados, de derecho estricto, con causales taxativas, es necesario, por lo menos, explicar cuál es el ilícito que se reprocha, cómo se transgredieron o cómo se dejaron sin ejecución las leyes y la Constitución. Eso no es baladí, es esencial y primordial. Y esto solo procede, por lo mismo, o puede proceder respecto de cargos fundados basados en hechos acreditados, cosa que se extraña del todo acá.
En segundo lugar, la temporalidad y la falta de fundamento plausible para admitir esta acusación.
Esta acusación no es más que una seguidilla de libelos de la oposición, que se ha encargado, sistemáticamente, de interponer para truncar el despliegue político del gobierno. Se trata de inmovilizar al Ejecutivo por la vía de anular a sus ministros. Se trata de una persecución consistente y reiterada en el tiempo, al punto de que la cantidad de horas destinadas al trabajo de comisiones revisoras de acusación constitucional y de la propia acusación en la Sala no se condice proporcionalmente con el resto del trabajo parlamentario. Al no ejercer esta parte la cuestión previa, por lo menos hemos ahorrado largas e infructuosas horas, que pueden dispensarse al trabajo legislativo.
Sin ir más lejos, si uno recopila el tiempo real y efectivo empleado en el Congreso Nacional, desde el 18 de octubre de 2019 a la fecha, en las acusaciones constitucionales deducidas en contra del exministro Andrés Chadwick , en contra del Presidente de la República, en contra del intendente Felipe Guevara , en contra del exministro Jaime Mañalich , y en las interpelaciones a la ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar ; al entonces ministro de Salud, Jaime Mañalich ; al ministro de Hacienda, Ignacio Briones ; a la entonces ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Isabel Plá , y a la ministra del Medio Ambiente, Claudia Schmidt , se podrá advertir -esto está a disposición de los honorables diputadosque se destinaron 61 horas y 39 minutos en Sala, equivalentes a 15 sesiones de Sala de esta honorable Cámara, y 117 horas y 30 minutos en sesiones de comisión, equivalentes a 29 sesiones de Sala de la honorable Cámara de Diputados.
En síntesis, honorables diputados, cuatro acusaciones constitucionales y cinco interpelaciones a ministros de Estado han requerido de 179 horas y 9 minutos, lo que equivale a 44 sesiones de Sala de la Cámara de Diputados. Prácticamente, se llevó a cabo una sesión de Sala semanal, en el lapso de un año, solo destinada a maniatar políticamente al gobierno, lo que constituye una prueba palmaria del ejercicio abusivo de las herramientas de fiscalización constitucional. La desproporción es evidente si se considera además la semana distrital, la falta de sesiones en el mes de febrero y la circunstancia de que esta honorable Cámara sesiona tres días a la semana.
Esta acusación viene a confirmar esto, pues se busca someter a juicio político la gestión de un ministro con tan solo tres meses de ejercicio en el cargo, a partir de hechos que, incluso, tuvieron lugar cuando se cumplía recién un mes de su llegada al ministerio. Es evidente, entonces, que la acusación no tiene fundamento serio y plausible, pues es imposible pretender evaluar una gestión ministerial en tan breve período, donde aún no hay tiempo suficiente para planificar, establecer y aplicar siquiera una política pública de forma íntegra.
Esta acusación, además de tener un problema temporal de imposibilidad de evaluar una gestión, también incurre en un serio vicio formal sustancial que hace que parte de los hechos que se contienen en ella pierdan aptitud y mérito para ser conocidos por esta honorable Cámara.
De hecho, el año pasado este Parlamento condenó constitucionalmente al entonces o al exministro del Interior -esta sería la primera vez respecto de un ministro del Interior en ejercicio-, y varios de los hechos que sustentaban aquel libelo forman hoy también parte de aquello que se pretende respecto del ministro Pérez , como, por lo demás, lo ha reconocido el propio acusador. Eso guarda relación con el reproche estructural a la institucionalidad de Carabineros y la actuación policial en el contexto de manifestaciones públicas.
Estos mismos hechos no pueden ser motivo para impulsar, una y otra vez, acusaciones constitucionales en contra de un nuevo ministro en cuanto asume una cartera. Esto, en la práctica, de facto, implicaría la incorporación de una nueva causal de acusación constitucional en el artículo 52, número 2), letra b), para iniciar este tipo de procesos, donde lo reprochado sean las falencias estructurales, las fallas del Estado.
Si se permite que avance este libelo, se terminará generando una inmovilidad política de gestión, pues cada nuevo ministro que sea nombrado podrá ser acusado por los mismos reproches, sin darle siquiera la oportunidad de realizar una gestión dentro de tiempo razonable. Aquí, los problemas tienen una larga data y no son problemas baladíes tampoco; guardan relación con el conflicto en La Araucanía, en unos casos; guardan relación con el uso y el funcionamiento de nuestras fuerzas de orden público; guardan relación, como dijo el honorable diputado -por su intermedio, señor Presidente-, con los derechos humanos, todos elementos que no pueden ser despreciados a la hora de ponderar la acusación constitucional.
En el fondo, hay una suerte de frontera en Chile, donde ningún gobierno ha sido capaz de encauzar políticamente estos conflictos. Por lo mismo, ni siquiera el paro de camioneros, que se esgrime ahora como sustrato al primer capítulo, tiene algo inédito: ya en el año 2008, en el año 2014 y en el año 2015, bajo otros gobiernos, hubo manifestaciones de este conflicto, materializándose en paros de camioneros.
Por su parte, las marchas y movilizaciones, donde se produjo la lamentable caída de un menor al lecho del río Mapocho, este incidente grave, terrible, tienen un antecedente en el 18 de octubre pasado y la serie de manifestaciones sociales que se han producido desde esa fecha. Pretender evaluar y sancionar a un ministro con solo tres meses de ejercicio por conflictos que tienen tan antigua data es un vicio que, desde ya, debiera llevar a esta honorable Cámara de Diputados a rechazar la presente acusación constitucional.
En tercer lugar, la acusación constitucional pretende evaluar el mérito de las medidas adoptadas por el ministro del Interior, cuestión que excede los propósitos de la acusación constitucional. Ya tantas veces se ha señalado en esta sede, por numerosos expertos y profesores, que no corresponde que mediante la acusación se haga un juicio de mérito o reproche al Ejecutivo. No olvidemos que aún nos encontramos en un régimen de gobierno presidencial, donde la mera responsabilidad política no tiene cabida en nuestro actual sistema presidencial, responsabilidad política de cara al Parlamento. No son cargos de confianza de esta honorable Cámara de Diputados; son cargos de confianza del Presidente de la República. El parlamentarismo de facto no se puede convalidar por esta vía.
Es cierto, honorables diputados, el oficialismo es minoría en esta Cámara y la oposición es mayoría. Sin embargo, no por ello se ha de abdicar de respetar el sistema presidencial vigente al punto de torcer el sentido de los cargos ministeriales, de modo que pasen de facto a ser cargos de confianza de esta honorable Cámara y no de su excelencia el Presidente de la República. No hace falta reiterar a ustedes que juraron respetar la Constitución y las leyes.
Si bien los acusadores dicen reconocer el carácter mixto de la acusación constitucional y la necesidad de subsumir las conductas de la autoridad acusada en algunas de las causales establecidas por la Constitución, a lo largo de su presentación desconocen completamente la naturaleza jurídica de la acusación. En efecto, los acusadores construyen su argumentación sobre la base de que la acusación sería un juicio político que les permitiría calificar y discrepar de los fundamentos y circunstancias de hecho invocados por la autoridad para negociar, para dialogar pacíficamente con grupos intermedios y para ejercer su potestad de denunciar o querellarse, en virtud de la Ley de Seguridad del Estado.
Ciertamente, lo anterior constituye un error jurídico, en primer lugar, porque este mecanismo tiene por objetivo estricto hacer efectiva una responsabilidad jurídico-constitucional de una autoridad, no revisar el mérito de las decisiones políticas; en segundo lugar, porque no es lícito utilizar dicho mecanismo para juzgar políticamente el ejercicio de una facultad otorgada por la Ley de Seguridad del Estado. El relato de los hechos que fundan la acusación no deja lugar a duda de cuáles son los fundamentos de los acusadores: son solo cuestiones de mérito y no cuestiones de fondo. Por lo demás, el profesor Francisco Zúñiga así lo ha expresado, que es tantas veces citado en esta Cámara.
La responsabilidad de los ministros de Estado -dice el profesor Zúñiga debe ser contextualizada en el régimen político y tipo de gobierno presidencialista imperante, que solo admite la responsabilidad política de estos secretarios de Estado ante el Presidente de la República -cita los artículos pertinentes-, lo que formalmente viene a reforzar la componente jurídica, más que política, de la responsabilidad constitucional -¡la componente jurídica, más que política, de la responsabilidad constitucional!-.
Y aquí lo que se cuestiona, honorables diputados, es haber optado por el diálogo, la actitud dialogante del ministro. Se cuestiona su falta de empatía y se cuestiona su actitud dialogante con respecto al paro de los camioneros, por no interponer querellas invocando la Ley de Seguridad del Estado, o bien, supuestamente, por haberlas interpuesto en virtud de una facultad discrecional, que tiene un fundamento jurídico, que tiene un fundamento jurídico y político, y que en caso alguno puede ser cuestionado por una acusación.
La oportunidad en el ejercicio de estas potestades es algo particularmente delicado cuando se negocia con quienes tienen, por ejemplo, o pueden, en un momento determinado, poner en entredicho justamente lo que decía el honorable diputado acusador: poner en entredicho el abastecimiento nacional. Estas circunstancias, que inhiben al ministerio de recurrir a estas herramientas, como les ocurrió a gobiernos anteriores, deben ser consideradas y sopesadas por esta honorable Cámara. De lo contrario, se estaría ante una obligatoriedad en el uso de una potestad.
¿Se pretende acaso que siempre un ministro del Interior deba judicializar y criminalizar un conflicto político? De prosperar esta acusación constitucional, el precedente, honorables diputados, sería nefasto.
La persecución penal a este respecto debe ser necesariamente selectiva, como, por lo demás, ocurre con todo nuestro ordenamiento penal: hay principio de oportunidad, hay posibilidades de archivo provisional también en el ámbito penal, hay posibilidades de comunicaciones de no perseverar. No todo termina en juicios, no todo termina en penas, no todo termina en condenas propiamente tales; hay selectividad en la persecución penal. Y -fíjenses electividad pese a que el Ministerio Público detenta el monopolio de la persecución penal, reivindica siempre el monopolio de la persecución penal. Pero, no obstante, no todo termina, naturalmente, en condena.
Lo mismo ocurre desde el punto de vista de la persecución penal o constitucional, como aquí se pretende, con el uso de la Ley de Seguridad del Estado.
De hecho, esto que les mencionaba guarda relación o tiene arraigo en la propia naturaleza de nuestro sistema procesal penal adversarial, donde el rol del querellante particular es, y esto es importante, una anomalía dentro de nuestro sistema, al extremo de que el propio Ministerio Público reiteradamente reivindica para sí ese monopolio. Ustedes lo han visto: se ha cuestionado cuando excepcionalmente se autoriza al Servicio de Impuestos Internos, a la Fiscalía Nacional Económica o a otras entidades a tener la iniciativa en materia de persecución penal. Se pretende que el monopolio lo detente el Ministerio Público.
En su tiempo, el propio fiscal nacional Guillermo Piedrabuena relevaba este punto, esta anomalía procesal que tenemos en Chile de que existan querellantes particulares. Y dentro de esa anomalía está la anomalía que tiene esta facultad, por Ley de Seguridad del Estado y por sus propias leyes, el Ministerio del Interior de poder ejercer denuncias o acciones penales -querellasen materias de Ley de Seguridad del Estado. Es una anomalía y es una facultad, pero no es una casualidad, sino una decisión legislativa que se adoptó en un momento precisamente para dotar al Ministerio del Interior de herramientas que solo dicho ministerio debe calibrar; que debe ponderar, con fundamentos, para definir cuándo presenta una querella o una denuncia por Ley de Seguridad del Estado, máxime cuando el Ministerio Público, por obligación legal, debe perseguir los ilícitos que puedan estarse verificando.
Es decir, esta facultad complementaria de la que se dota al Ministerio del Interior y a las intendencias es una regla de excepción, una anomalía y una regla que le permite calibrar el manejo de conflictos especialmente graves.
En resumen, la presente acusación deviene en admisible, pues revisa, entonces, el mérito de la actitud, del diálogo, del no ejercicio, en definitiva -dicen-, de las acciones penales por Ley de Seguridad del Estado, en circunstancias de que, como quedó demostrado, gracias a esa actuación se logró llevar adelante una salida pacífica, ordenada, democrática a un conflicto que pudo llegar a afectar con desabastecimiento al país, pero que no llegó a hacerlo.
Lo dijo el profesor Jaime Couso , constitucionalista, a propósito de la acusación constitucional en contra de la exministra Carmen Castillo: “No puede transformarse a la acusación constitucional en una herramienta de legítimas críticas políticas de mérito de gestión. Los diputados cuentan con otras herramientas privilegiadas para hacer legítimas críticas políticas: pueden adoptar acuerdos o sugerir observaciones, y son inviolables por las opiniones que manifiesten en las sesiones.”.
Por ende, honorables diputados, parece del todo incongruente pretender exigir o darle este carácter de obligatoriedad a la facultad de la Ley de Seguridad del Estado.
Entrando derechamente en el fondo -ya lo he anticipado-, aquí parece haber una suerte de derecho penal de autor, es decir, una mirada moderna nos debería llevar a decir que no se puede juzgar al ministro por su carácter, por su falta de empatía en algunos casos -a juicio de algunos, pero empatía a juicio de otros y, por ende, a sostener la existencia de una suerte de responsabilidad objetiva. ¿Vamos a reprochar al ministro solo por ser ministro? ¡Esa es la pregunta clave aquí! Esa es la pregunta que subyace a esta acusación constitucional. No hay nada inédito ni en los hechos ni en los fundamentos, lamentablemente.
Paros, manifestaciones violentas y no violentas, pacíficas, ha habido por decenas, por miles en nuestra historia. Situaciones graves en La Araucanía han existido, lamentablemente, desde hace ya más de dos décadas. ¡Un problema para el Estado! Hemos tenido que lamentar la muerte de un joven carabinero, recién la semana pasada, el viernes. Ustedes iniciaron esta sesión con un minuto de silencio en su memoria.
¡Esto no es nuevo! ¡Esto no es inédito! Fue la muerte de otra joven, una adolescente, una menor de edad -creo la que dio lugar o la que movió la temperatura para efectos de que se iniciara el paro de camioneros del 27 de agosto pasado. Es decir, no hay nada nuevo en esto.
Entonces, ¿se puede pretender que estas fallas estructurales de Carabineros que se plantean son nuevas? No, porque las venimos escuchando desde hace muchos años.
Los proyectos legislativos a veces tardan. De hecho, este Congreso tiene la mayor herramienta, la más poderosa herramienta para enfrentar estos problemas, y no es la acusación constitucional, sino legislar.
¡Qué poder más grande en una democracia es la facultad de legislar, más que sancionar! Que un parlamento legisle; no que un parlamento ejecute el poder punitivo sancionatorio respecto de la autoridades. ¡Qué poder más grande!
Como he dicho, esto, por lo mismo, excede largamente al ministro señor Pérez , acusado en esta oportunidad, como lo han estado otros ministros en el pasado.
Por lo tanto, el uso selectivo de la fuerza pública y de las herramientas procesales, como la Ley de Seguridad del Estado, que persigue la acusación, reflejan cuán arbitraria es esta acusación.
No olvidemos que la aplicación del principio de igualdad en nuestro ordenamiento jurídico permite distinguir entre personas o grupos de personas, tratando de la misma manera a quienes se encuentran en una misma situación y tratando de manera distinta a quienes no se encuentran en la misma situación.
¿Cabe, acaso, un fundamento mayor que pretender desactivar una movilización con exigencias políticas en forma pacífica? ¿Hay arbitrariedad en eso? ¿Hubo arbitrariedad del ministro Burgos , en 2015, cuando incluso permitió el paso de camiones por el centro de Santiago, por la Alameda, para efectos de desactivar un movimiento que se generaba en esos momentos? ¿Hubo arbitrariedad en 2008, cuando el ministro René Cortázar llegó a un acuerdo con el gremio de camioneros para desactivar, sin ocupar la Ley de Seguridad del Estado, un movimiento de las mismas características que, si no me equivoco, duró 48 horas? ¡Por cierto que no la hubo!
¿Actuó bien Cortázar? ¿Actuó bien Burgos? Probablemente la perspectiva del tiempo dice que sí, aunque al ministro Burgos se lo criticó mucho por la decisión que adoptó.
Entonces, convengamos en que el sustrato de la acusación, en lo que dice relación con este uso selectivo de la Ley de Seguridad del Estado y la fuerza pública, es de la esencia de la conducción política que debe tener el Ministerio del Interior y las autoridades en el país.
Por eso digo, y lo hago con respeto, que esta acusación desprecia la actividad política, porque pretende que todo requiera el uso de la Ley de Seguridad del Estado, que todo requiera de la fuerza pública. Resulta casi una paradoja, dado que uno ha escuchado, varias veces, a los mismos honorables diputados reclamar por el uso de la Ley de Seguridad del Estado o por el despliegue de la fuerza pública.
De hecho, en este mismo sentido, la acusación no puede desconocer que en múltiples casos de violencia que se han producido en el marco de las manifestaciones que ha habido en nuestro país desde octubre de 2019 no se ha aplicado la Ley de Seguridad del Estado, en virtud de distintas consideraciones que se han evaluado caso a caso.
¡Esto es de la máxima relevancia! Aquí se pretende dar por cierto que se habría ocupado siempre la Ley de Seguridad del Estado, en todo momento, frente a todo conflicto social, pero eso no es así. La verdad es que el 55 por ciento de los casos, aproximadamente, no fueron objeto de Ley de Seguridad del Estado. ¡No lo fueron! Lisa y llanamente, no se ejerció la facultad.
Por eso, esta acusación implica, a mi juicio, esta renuncia tan profunda, este desprecio tan profundo a la política. Este es el verdadero quid del asunto; es la falla geológica que hay detrás, por lo que los invito a reivindicar esta actividad pública.
Vamos ahora, honorables diputados, a los capítulos. Sé que ustedes quieren que vaya por capítulos. Lo haré así y trataré de ser más breve, para efectos de que pueda hacer uso de la palabra el ministro Pérez .
El primer capítulo es haber dejado de ejecutar las leyes en materias relativas al orden público por los hechos relacionados con el paro de los camioneros.
Parece casi innecesario a estas alturas recordar las características y la naturaleza extraordinariamente excepcional de ese movimiento que levantaron los camioneros, o algunos camioneros, algunos gremios, un gremio, no todos los gremios de los camioneros, como por ahí se ha dicho. Tiene características particulares que hacen que la forma mediante la cual se aborde sea necesariamente distinta. Se enmarca en este conflicto grave que tenemos en La Araucanía.
Seamos francos: el reclamo que subyace al Estado de Chile es mucho más profundo que una mera reivindicación gremial y mucho más profundo que una acusación constitucional.
Por ello, el uso del sistema penal como prima ratio, y no como ultima ratio, como plantean los acusadores, en el sentido de que se ejerza la facultad de la Ley de Seguridad del Estado de inmediato, denuncie y se querelle en contra de las personas involucradas, olvida estos aspectos esenciales.
El derecho penal, aunque a muchos les pese, no resuelve los problemas políticos de una sociedad, y eso hay que tenerlo claro. ¡No los resuelve! El derecho penal no hubiera resuelto el paro de los camioneros; hubiera tardado, hubiera atizado el conflicto, hubiera agravado probablemente la movilización. El derecho penal tiene otros propósitos, y, por lo tanto, cuando se pretende usar el sistema penal para perseguir objetivos políticos, generalmente es un desacierto, y un desacierto grave, que se puede transformar en una profecía autocumplida.
De hecho, hay aquí una curiosidad: si el ministro Pérez hubiera optado por ejercer la facultad de la ley de seguridad del Estado y se verificaba desabastecimiento, hoy la acusación constitucional estaría fundamentada precisamente en esa decisión; o sea, palos porque bogas y palos porque no bogas.
Respecto de lo que se ha dicho del deber de denuncia, es llamativo esto que aparece en la acusación como un pie de página, del que se ha hecho algún caudal en esta sesión. Es llamativo, porque el Ministerio Público ha accionado, ha intervenido; porque el propio diputado acusador -por su intermedio, señor Presidente ha ejercido acciones. Entonces, señala: “Eso no implica que el funcionario público no deba efectuar una denuncia”. Ese es el argumento. Si así fuera, habría también una procesión de funcionarios públicos con la obligación del artículo 175 teniendo que efectuar denuncias.
¿Significa aquello? ¿Eso es? ¡No, señores! El deber de denuncia busca evitar ámbitos de opacidad al interior de la Administración y que no se imponga una cultura de secreto y que no haya una descoordinación entre instituciones. Acá los hechos eran públicos y notorios, y el Ministerio Público actuó. En consecuencia, en aquellos casos en que parecía haber ilícitos, el sistema estaba en movimiento.
¿Tenía que ejercer la facultad de la ley de seguridad del Estado, que es una facultad?
¿Tenía que denunciar por otros delitos cualquier autoridad? Por supuesto que no; el sistema estaba en movimiento. Esa denuncia no hubiera cambiado en nada la situación jurídica y, por lo tanto, revela también una especial habilidad -digámoslo en términos elegantes de los acusadores para tratar de encontrar una pequeña sombra, un pequeño matiz, por no llamarlo, derechamente, un pequeño desliz legal, tendiente a cuestionar la actuación del ministro.
No reiteraré en exceso la idea de que las potestades de discrecional ejercicio, como es la facultad que confiere la ley de seguridad del Estado, son eso: potestades, y, por tanto, no tienen el carácter obligatorio. Cada ministro de turno debe ponderar a su tiempo la posibilidad de ejercer o no las acciones. De hecho, ya que se acude a la prensa, un reportaje del medio Ciper , que algo anticipaba yo hace un rato, publicó, con fecha 15 de julio del 2020, el llamado “balance del estallido”. Dijo que, respecto de los civiles acusados hasta el 7 de julio pasado, habían presentado acciones judiciales contra 3.274 personas, todas incluidas en 1.914 querellas. De ellas, un 55 por ciento -1.054se basaron en la ley de seguridad del Estado; el otro 45 por ciento no tuvo esa querella. El gobierno solo en la mitad de los actos vandálicos hizo ejercicio de la facultad de invocar la ley de seguridad del Estado. Ello da cuenta de la oportunidad, y que la oportunidad es un elemento de la esencia en el aspecto discrecional de esta facultad.
En este sentido, la motivación que inspiró al ministerio para no ejercer de inmediato todas y cada una de las facultades que posee en el ámbito del control de la seguridad pública obedeció simplemente a los complicados efectos que podrían surgir de haberlo hecho. Los grupos de presión, y bien lo sabe esta honorable Cámara, en una sociedad existen; ignorar su relevancia y los efectos que puedan generar es derechamente inmadurez política. Claramente, ese no es el caso de mi tocayo, hasta hace poco, amigos, el diputado Ascencio . Y cuando no hay inmadurez política, lo que hay es conveniencia política. Digámoslo, seamos claros, sinceremos posiciones: es la conveniencia política, es el cálculo frío el que subyace a esta acusación constitucional, no una infracción jurídico-constitucional. Por eso no se ha denunciado ninguna. Más claro echarle agua.
En este sentido, la acusación es una crítica al manejo dialogante, negociador, diplomático si se quiere que mostró el gobierno frente a los hechos. Este error de pretender establecer la obligatoriedad de una misma potestad se encuentra plasmado en la misma acusación.
Se ha dicho, y esto también hay que descartarlo, que, como consecuencia del paro de camioneros, habría habido desabastecimiento. Es necesario desmentir esta aseveración derechamente. En realidad, todos los ministros que concurrieron a la Comisión revisora -cuatro ministros de Estado explicaron detalladamente cómo en cada uno de sus ramos no hubo mayores problemas. Hubo problemas menores y que el gobierno se hizo cargo de enfrentarlos.
Solo a modo de ejemplo, para los honorables diputados que no conocen las actas de la comisión revisora, citaré al ministro Palacios, de Economía, quien habló no de desabastecimiento, sino de quiebres menores o coyunturales -dijo de stock. Cuando se le consultó sobre el stock coyuntural, dijo: “Los hubo”. ¿Significó un alza de precios sustantivo? “No, coyuntural”. ¿Significa que hubo quiebre de stock del mismo producto en toda la región, en todos los pueblos? “No”. ¿Por qué?, se le preguntó. “Porque la red de abastecimiento y distribución de productos es bastante más compleja que el entorpecimiento de una vía específica, respecto del resto de las posibilidades sustitutas de abastecimiento”.
Y así lo confirmaron el ministro de Salud y otros ministros. No hubo desabastecimiento, no hubo situaciones extremas; por cierto, no hubo nada que siquiera se pareciera a los problemas generados por los saqueos de supermercados producidos después del 18 de octubre del año pasado, en los que sí se privó a sectores importantes, en la Región Metropolitana y en otras grandes urbes, del acceso a supermercados y a lugares donde adquirir medios de primera necesidad, como farmacias y otros.
La exageración, por lo mismo, de la acusación constitucional es inaceptable. El país no colapsó; hubo problemas puntuales. En este sentido, los acusadores olvidan que el arte de la política supone alcanzar acuerdos, supone negociar; supone, a veces, ceder y pagar costos, y en otras, exhibir firmeza.
Aunque todos ustedes lo saben, no está de más reiterarlo: la delgada línea que separa, en cualquier negociación, el éxito del fracaso radica precisamente en la prudencia y en la templanza, virtudes ambas que el ministro Pérez , en sus solo tres meses en el Ministerio del Interior, ha exhibido con largueza, y que todos ustedes conocen que también exhibió como parlamentario, en el Senado y en esta misma Cámara de Diputados, por tantos años. Ha sido forjado a la luz de la buena política y, por lo tanto, las virtudes de promesa, las virtudes de prudencia, las virtudes de templanza han estado presentes siempre en su actuar político.
La verdad, honorables diputados, es que es peligroso el camino que los acusadores nos invitan a recorrer: entender que el orden público deba restablecerse siempre con el ejercicio de acciones penales por ley de seguridad del Estado. Es falso que el problema sea que no se presentaron querellas o denuncias. Como se demostró en la comisión revisora, se interpusieron una serie de denuncias dentro del marco del paro de camioneros. En efecto, hay 3.940 denuncias y procedimientos de Carabineros en virtud de distintas causales, entre el 27 de agosto y el 1 de septiembre de 2020, a partir del plan de servicio número 9, de fecha 24 de agosto del año 2020, de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad. 1.006 de esas denuncias son conocidas por el Ministerio Público: 66 de ellas por delitos contra la salud, 257 por desórdenes, 83 por el artículo 268 septies y 600 por otros delitos. Hubo incluso siete personas detenidas.
Las querellas y denuncias, más allá de ser una mera facultad, toman tiempo y requieren una larga tramitación. Una condena puede demorar años. Lo que pretenden los acusadores al exigir el uso de la fuerza pública y la aplicación de la ley de seguridad del Estado no es hacer política, no es una sana democracia. ¿Qué dirían los acusadores si a su turno les toca nuevamente ser gobierno? ¿Aceptarán que se acuse constitucionalmente a su ministro del Interior cada vez que haya una manifestación pública y no se ejerza esta facultad? Cada vez que haya un paro estudiantil, cada vez que haya un paro de la salud, cada vez que haya un paro del Registro Civil ¿aplicaremos la ley de seguridad del Estado? ¿Qué haríamos frente a un nuevo paro portuario? ¿Aplicaremos la ley de seguridad del Estado? ¿Fuerza pública? Con todo respeto, solo hay desprecio por la buena política.
En el capítulo II se plantea haber infringido la Constitución y las leyes por vulnerar el derecho fundamental de igualdad ante la ley. Aquí, básicamente la premisa son dos o tres incidentes. Uno, comparan una misiva con amenazas al Presidente de la República, advirtiéndole de la toma de terrenos por 130.000 hectáreas, en la cual se ejercieron las facultades de la ley de seguridad del Estado -la toma ilegal versus una manifestación, un movimiento de manifestación pública, como el movimiento de un gremio, o de una parte del gremio de los camioneros. La verdad es que ello es comparar peras con manzanas; la verdad es que no hay asidero para hacer el punto, porque se trata de situaciones del todo diferentes; y siendo situaciones del todo diferentes no necesariamente se les puede dar un tratamiento igual; y si se les diera el mismo tratamiento, debería existir un fundamento para ello, para que no haya arbitrariedad.
Una segunda situación también se refiere al tratamiento de las llamadas marchas del Apruebo y del Rechazo. Ahí quien decide los planes operativos policiales es Carabineros de Chile. Naturalmente, las marchas tenían características distintas en la forma como se expresaron públicamente, en términos de volumen, en términos de lugares urbanos en que se llevaron a efecto, etcétera, por lo que ameritaba también aplicar tratos diferentes.
En relación con la Municipalidad de Curacautín pasa exactamente lo mismo. En un momento determinado, frente a una necesidad pública, se lleva adelante un operativo, hay detenidos y se ejerce la fuerza pública. Ahí no hay una desigualdad o discriminación; no compete al ministro del Interior determinar quiénes están en ese lugar preciso en el momento del operativo, infringiendo el orden público, y quiénes son objeto de esa situación de control por parte de la autoridad.
Por lo mismo, parece ser que este capítulo de la acusación es bastante menor en ese sentido, porque se pretende esgrimir un argumento como principio de igualdad a partir de la Carta Fundamental, pero no se advierte la forma en que una actuación -volvemos a lo que dije: derecho penal de autor versus derecho penal de hecho la podemos extrapolar a temas constitucionales y parlamentarios. ¿Podemos juzgar a un ministro de Estado, de cualquier ramo, por su carácter, por el mero hecho de ser ministro de Estado, o debemos juzgarlo por sus conductas o sus inconductas? Nada de eso hay acá en la especie, y, por lo tanto, no correspondía otro distingo.
El ministro siempre observó el criterio técnico de Carabineros de Chile con objetividad, y si observó el criterio técnico de Carabineros de Chile con objetividad no puede haber desigualdad. Esto guarda relación y coherencia con lo que dispone el decreto N° 1.086, del Ministerio del Interior, sobre reuniones públicas, de 1983, donde se establecen criterios objetivos, apolíticos y técnicos para que el intendente de turno autorice o rechace los movimientos o marchas respectivas.
Por último, honorables diputados, en relación con el capítulo III, haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia, en relación con el incidente del puente Pío Nono, frente a nuestra querida Facultad de Derecho, la acusación imputa al ministro Pérez el haber dejado sin ejecutar las leyes, porque, cito, “Carabineros, reiteradamente, ha actuado con violencia innecesaria y desproporcionada, y de eso se ha seguido lesión de derechos constitucionales, especial y notoriamente el derecho a la vida e integridad física consagrado en el artículo 19 N°1 de la constitución.”, y sigue. Sin embargo, al detallar los hechos que fundan esa imputación nada señala la acusación sobre actos u omisiones del ministro Pérez y se limita a relatar los antecedentes correspondientes al incidente del menor en el puente Pío Nono.
Esos hechos están siendo investigados por la Fiscalía y, efectivamente, fue dado de baja un funcionario de Carabineros por otra situación y fue puesto a disposición de los tribunales de justicia.
¿Puede haber en ello margen para una infracción constitucional? Evidentemente que no. El ámbito que interesa acá es el ámbito de la responsabilidad que le corresponde al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Él no estaba en el puente de Pío Nono ese día; él no participó; él no dio una orden; él no dio una instrucción específica en relación con los sucesos que allí acaecieron.
Para entender, por lo tanto, el ámbito de responsabilidad que le corresponde al ministro del Interior, que, en definitiva, es el cuestionamiento de este capítulo, debemos preguntarnos cuáles son sus contornos, cuál es su alcance.
En ese sentido, en los términos del artículo 1° de la ley N° 20.502, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dice que es el “colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en asuntos relativos al orden público y la seguridad pública interior, para cuyos efectos concentrará la decisión política en estas materias,…”.
Añade el artículo 3°, letra b), que entre sus atribuciones se encuentra “Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional.”.
Esto lo mencionó el honorable diputado acusador, pero no hizo el distingo fundamental con la expresión que a su vez contiene la ley orgánica de Carabineros de Chile, que da a Carabineros la facultad de garantizar el orden público. Las palabras, nuevamente, no son baladíes. La palabra “velar” y la palabra “garantizar” suponen alcances distintos. La ley N° 20.502 no hace más que seguir las reglas aplicables a la Administración del Estado, en particular la ley N° 18.575, artículo 22, que establece que los ministros solo en casos calificados por ley podrán actuar como órganos administrativos de ejecución.
Contrario a lo afirmado por los acusadores, el deber de velar por el orden público no dice relación con el mando técnico y operativo en el despliegue de las fuerzas de orden. Esto hay que decirlo fuerte y claro: ¡no dice relación con el mando técnico y operativo! La propia ley se encarga de especificar en qué consiste ese deber general de velar por el orden público, y lo hace en términos muy distintos a los pretendidos por los acusadores.
Señala, básicamente, que el ministerio solicitará a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, a lo menos semestralmente, informes, antecedentes y estadísticas, medidas para el control de la investigación de delitos, datos sobre la ocurrencia de delitos, nóminas de niños y niñas en situación de vulnerabilidad y los datos sobre políticas y planes preventivos. Es decir, hay que subrayar que ninguno de esos deberes legales dice relación con la dirección técnica u operativa de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
Refrenda esta idea el estatuto constitucional y legal aplicable a Carabineros de Chile, como les anticipaba.
De acuerdo con la Constitución -aquí ya se dijo-, el artículo 101, inciso segundo, señala que entre las funciones de Carabineros de Chile se encuentra garantizar el orden y la seguridad pública interior, en la forma que determine su respectiva ley orgánica.
El contraste entre el lenguaje usado en el ordenamiento para referirse a las funciones del Ministerio del Interior -“velar” es el verbo y el usado en la Constitución y en la ley orgánica de Carabineros de Chile -“garantizar” subraya el hecho de que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública no tiene competencias operativas y que estas corresponden a Carabineros de Chile.
Así, el Ministerio del Interior cumplió a cabalidad con todas las obligaciones legales dispuestas para velar por el orden público y precaver cualquier vulneración de los derechos fundamentales.
De hecho, la historia fidedigna de la ley, que parcialmente aquí se ha citado -ley N° 20.502-, confirma que Carabineros de Chile está sujeto normativamente a la autoridad política, pero tiene independencia operativa.
Esta distinción entre responsabilidad institucional y normativa, que corresponde a las autoridades políticas, y la responsabilidad operativa, que corresponde a Carabineros de Chile, estuvo presente a lo largo de toda la tramitación legislativa de aquella ley. Así, en el mensaje presidencial de la época se dijo, justamente, que esto era para evitar los efectos negativos de una interpretación que pudiera ver en esa iniciativa legal una nueva forma de doble dependencia.
Sobre el mismo punto expuso el exfiscal nacional Guillermo Piedrabuena , quien dijo que el objetivo del nuevo ministerio sería, en lo fundamental, proponer al Presidente de la República ejecutar y evaluar las políticas, planes, programas y acciones sobre seguridad pública interior.
Misma opinión manifestó el entonces general director de Carabineros de Chile, que en paz descanse, Alejandro Bernales , quien señaló que la prerrogativa del ministerio debía consistir en desarrollar los planes generales, ya que en lo particular su ejecución será dispuesta a través de los órganos pertinentes, por cuanto la nueva secretaría de Estado no tiene carácter operativo.
El entonces senador Alberto Espina sostenía que el proyecto tiene la virtud de mantener la independencia operativa de las policías, las que solo están subordinadas, desde el punto de vista operativo -fíjense bien-, a la Constitución y a la ley, no al ministro del Interior.
Con todo, esta defensa no se va a limitar a precisar que los hechos imputados quedan fuera del ámbito de responsabilidad del ministro del Interior y Seguridad Pública. El ministro y el gobierno, en general, han empleado, honorables diputados, honorable Cámara, toda su autoridad política y todas las potestades que les confieren la Constitución y la ley.
En este sentido, el hecho de que el Ministerio del Interior se haga de la información relativa a la organización y actuar policial, a través de estos informes semestrales que contiene la ley para velar por el orden público, da cuenta de la responsabilidad institucional, pudiendo reformular las políticas naturalmente llevadas a cabo por parte de Carabineros, sin tener incidencia en su actuar operativo.
Esto se ve refrendado por la insistencia de instrumentos jurídicos normativos emanados de la misma policía de Carabineros, que se encarga de normar los diferentes aspectos que concurren al momento de desarrollar los procedimientos.
En este sentido, honorable Cámara, desde el 28 de julio, día en que asume el ministro acusado -28 de julio: hace tres meses-, se han dictado las siguientes órdenes generales a Carabineros: Compendio de manuales de seguridad de la información de Carabineros de Chile (orden general N° 2786, boletín 4899), Cartilla de instrucciones sobre el seguimiento de auditorías e investigaciones especiales realizadas por la Contraloría General de la República, Manual de procedimientos misionales de los otros departamentos de apoyo a las operaciones policiales, Cartilla de instrucciones para el uso de aerosol portátil irritante, etcétera.
Así, honorable Cámara, cuestionamientos de larga data a Carabineros, claramente, no son imputables al acusado. Sin embargo, el gobierno se ha hecho cargo de los cuestionamientos, y, en particular la gestión del ministro Pérez , se encuentra abocada, haciéndose cargo de una reforma estructural a la policía uniformada. Esto no puede pasar inadvertido.
El gobierno ha creado, al menos, tres instancias que se encuentran trabajando en esta etapa de diseño, planificación e implementación, no ya de la modernización de Carabineros de Chile; se habla expresamente de la reforma a Carabineros de Chile, y no es poca cosa, porque sabemos que el lenguaje contiene énfasis y contiene diferencias.
En primer lugar, se creó el Consejo para la Reforma a Carabineros, en el que participan quince expertos, un consejo transversal, con la máxima urgencia en la recuperación del orden público, en darle eficacia y legitimidad sobre la base de un respeto absoluto a los derechos humanos.
En segundo lugar, se encuentra la comisión asesora permanente creada a estos efectos.
Y, en tercer lugar, una unidad coordinadora encargada de dar celeridad al proceso de reforma a Carabineros. Esta institucionalidad tiene por objeto crear reformas que aborden los aspectos de toda índole en la institución: fortalecer la capacidad operativa, mejorar la transparencia y la probidad con que se utilizan recursos públicos, fortalecer la cultura y las tácticas para proteger los derechos humanos, etcétera.
Por lo mismo, estas son las instancias -no la acusación constitucional si queremos hacernos cargos de deficiencias estructurales que estimamos puedan existir en la forma en que tradicionalmente han actuado o funcionan nuestras instituciones policiales.
Pero, adicionalmente, se han tomado medidas específicas, instrucciones y medidas, por ejemplo, de carácter general. Frente al nuevo escenario y para efectos de resguardar el orden público, desde el 20 de octubre de 2019, la Subdirección General de Carabineros impartió instrucciones a nivel nacional que exigían ejecutar la totalidad de los procedimientos policiales con apego a la normativa vigente.
En noviembre de dicho año, Carabineros dispuso la presencia de instructores de derechos humanos por todo el territorio nacional. Sé que esto excede el período del ministro Pérez , pero quiero reivindicar el hecho de que aquí hay una política consistente y sistemática de hacerse cargo de las problemáticas que se han venido presentando a contar del 18 de octubre y que se han venido denunciando.
Los derechos humanos han estado presentes en la agenda del gobierno y del Ministerio del Interior, y de las policías, desde el primer día, desde la primera denuncia que la justicia se encuentra investigando.
Sostener, pretender que aquí hay ceguera o que aquí no se quiere escuchar o que aquí no se han hecho cargo de esto…; es todo lo contrario, y basta ver la recopilación de actividades que se han llevando a efecto.
Se hizo cargo de la obligación que pesa sobre Carabineros en orden a denunciar ante el Ministerio Público irregularidades y abusos en procedimientos realizados. La Dirección Nacional de Orden y Seguridad puso especial énfasis en este punto. Se hizo cargo de la utilización de armas menos letales y capacitaciones en octubre del 2019, en el marco del curso de instructores de derechos humanos.
En enero y febrero de este año, 2.101 Carabineros pertenecientes a cuatro regiones del país participaron en un proceso de capacitación, en lo que impartieron cursos relativos al control del orden público y las escopetas antidisturbios.
Se realizaron tres seminarios de diálogos con manifestantes, no de aplicación de la ley de seguridad del Estado. Siguiendo la tesis de la acusación, Carabineros de Chile debiera pareciera ser enseñarles los alcances de la Ley de Seguridad del Estado y no el diálogo con los manifestantes.
Se le reprocha al ministro el diálogo y el no uso de la Ley de Seguridad del Estado, y Carabineros enseña el diálogo con los manifestantes, los cuales fueron destinados a los mandos operativos de la Región Metropolitana, y que abarcó a 169 oficiales.
Se cambió la utilización de perdigones de 12 postas a 3 postas; la Dirección de Derechos Humanos de Carabineros realizó una revisión de la totalidad de su maya curricular; en marzo de este año se realizó una capacitación a 80 docentes de Carabineros al efecto; en colaboración con la Subsecretaría de Derechos Humanos se iniciaron capacitaciones online para personal de Carabineros; incluso, se hizo un curso online denominado “Discriminación arbitraria para funcionarios públicos” durante el mes de mayo y junio de este año, para cuatrocientos funcionarios; capacitaciones relativas a la aplicación del enfoque de género y derechos humanos en la función policial; actualización de protocolos; por ejemplo, el protocolo modificado de uso de escopetas antidisturbios, que ha vuelto a ser revisado; los protocolos de uso de la fuerza se encuentran actualmente en revisión.
En el control administrativo de las conductas irregulares, se modificaron el Reglamento de Sumarios Administrativos N° 15 de Carabineros, el Manual de prevención, detección y control de conductas indebidas en funcionarios policiales, etcétera, etcétera, etcétera.
En el fondo, honorables diputados, la verdad es que pareciera que esta acusación constitucional, a medida que uno va revisando los antecedentes que hay, va revisando y contrastando lo que se dice en la acusación con lo que ocurre en la realidad, parece que se va desmenuzando, se va desplomando. Este es el único castillo de naipes que aquí se está destrozando, que se está derrumbando. Si vemos el capítulo I, el paro de los camioneros, ejercicio de una potestad en la misma forma en que lo hizo siempre y lo ha hecho siempre la autoridad en otros paros.
Aquí tengo El Mercurio del martes 21 de octubre de 2014, honorables diputados. Dice: “Gobierno decide no invocar la Ley de Seguridad del Estado contra camioneros en La Araucanía”. Año 2014, pero no hubo acusación constitucional en ese entonces. Seguramente alguien lo puede haber pensado -está dentro del uso de las prorrogativas-, pero parece bastante extrema esa situación.
Por lo mismo, el capítulo II, igualdad ante la ley. Hemos visto que no son comparables; no es posible a partir de ese principio. ¿Dónde está la infracción constitucional? ¿Dónde está el ilícito?
Y luego ocurrió este hecho terrible en el puente Pío Nono, a partir del cual se hace todo un relato de mal comportamiento estructural de las fuerzas de orden público que, como hemos visto, podría estar jornada completa relatando cursos, reglamentos, decretos que se han ido dictando y que dan cuenta del acometimiento de las tareas respectivas que guardan relación con velar por el orden público en los términos en que se ha hecho. O sea, aquí nadie ha dejado de aplicar ninguna ley.
Por lo mismo, honorables diputados, concluyo mi intervención, de alguna manera, pidiéndoles hacer un esfuerzo para dejar de lado este desprecio a la política, para dejar de lado este intento de diluir la precisión requerida, la congruencia requerida en una acusación constitucional tan grave, y dejar de lado entrar en ciertas arenas movedizas, en la sospecha y en las intrigas políticas.
La acusación constitucional no puede tener por objetivo fortalecer la unidad de la oposición, no puede tener por objetivo alcanzar la testera de la Cámara, no puede tener por objetivo alcanzar ningún tipo de móvil subalterno. La acusación constitucional solo puede tener por objetivo infracciones constitucionales fuertes, claras y categóricas. Y si eso no es claro, no es categórico y no es preciso, no es posible tener la certeza que permita, en definitiva, aplicar una herramienta de ultima ratio, como aquí se pretende.
Un autor penal, Claus Roxin , señala que el proceso penal es el sismógrafo de la Constitución Política, del Estado de derecho, pues busca -dice él evitar la afectación de garantías fundamentales como consecuencia de lo intensa que es la actividad persecutoria por parte de cualquier Ministerio Público en contra de un imputado.
Me atrevo, honorables diputados -por su intermedio, señor Presidente-, a hacer un símil con esa cita de Roxin, con el uso de esta herramienta constitucional. En las acusaciones constitucionales se pone a prueba precisamente nuestro Estado de derecho y el funcionamiento institucional.
Las acusaciones constitucionales, a mi juicio, son sismógrafos que alertan del estado telúrico en que se encuentra nuestro país.
¿Estamos en la faz agonal de la política o estamos en la faz arquitectónica de la política? Es muy claro, es muy indiciario el hecho de tantas acusaciones constitucionales y tantas interpelaciones para darnos cuenta de que estamos en una faz agonal y no en la faz arquitectónica que muchos esperábamos que deviniera a partir del itinerario constitucional iniciado con el plebiscito del 25 de octubre.
La prudencia, la correcta valoración de los hechos, teniendo como eje orientador el bien común, es el único ejercicio democrático valioso y tiene que ser hecho a la luz de lo que aquí se ha dicho. Por lo tanto, procede necesariamente rechazar esta acusación constitucional.
Pero no puedo terminar esta intervención -perdónenme por llamar la atención de los honorables diputados sin reflexionar sobre un desafortunado mensaje -por su intermedio, señor Presidente del honorable diputado Ascencio , publicado en el diario Publimetro el día de hoy. Dice: “ Víctor Pérez será suspendido y no podrá volver a Santiago en auto fiscal. Tendrá que hacerlo en bus”. Es una interesante ironía.
Quiero recordarle -por su intermedio, señor Presidente al diputado señor Ascencio que cuando la Democracia Cristiana no se pudo inscribir para las elecciones que venían en ese año, el ministro del Interior Víctor Pérez era el jefe de bancada del partido Unión Demócrata Independiente. Sin sus votos, el señor Ascencio no podría venir ni en bus ni en auto hoy día al Congreso Nacional. No se habría podido inscribir.
(Aplausos en la Sala)
Y no solo el diputado Ascencio . En julio de 2001 la Democracia Cristiana inscribió mal las candidaturas, y la Unión Demócrata Independiente, liderada por el presidente de su partido, por senadores y diputados, buscaron una solución. No despreciaron la política, no hubo conveniencia política, no hubo oportunismo, que hubiera dejado a la Democracia Cristiana fuera del juego democrático de nuestro país.
En el Congreso, Víctor Pérez , miembro de la bancada de diputados de la UDI, hizo gestiones con diputados para aprobar la ley corta que permitió, en un trámite flash, la inscripción de los candidatos de la DC. Y así, hoy no serían parlamentarios Pablo Lorenzini , Jaime Mulet , José Miguel Ortiz , Alejandra Sepúlveda , Gabriel Ascencio , el senador Pedro Araya . Quizás habrían sido elegidos en una elección posterior, pero podrían perfectamente haber abandonado su carrera por el respectivo curul parlamentario.
Y digo esto porque, a la vez, honorables diputados, tenía para concluir este alegato las palabras del filósofo chileno Jorge Millas , que expresó en un discurso que muchos de ustedes, o algunos de ustedes, pudieron presenciar probablemente en el Teatro Caupolicán el 27 de agosto de 1980, exactamente cuarenta años antes de que se iniciara el paro de los camioneros que hoy nos convoca por esta acusación constitucional. Hubo en esa actividad del Teatro Caupolicán , con ocasión del plebiscito convocado por la junta militar para la aprobación de una nueva Carta Constitucional -cuarenta años atrás-, dos grandes oradores: el ex-Presidente Eduardo Frei Montalva , que en paz descanse, y el filósofo chileno, quizás el más grande de los filósofos chilenos, Jorge Millas .
En su discurso, que se llamó Con reflexión y sin ira, dijo lo siguiente, y me permito citar porque creo que reivindica la labor y la tarea que cada uno de ustedes hoy tiene por delante a la hora de formarse una convicción y de votar de acuerdo a lo que esa convicción les indique. Señaló que “La democracia puede mejorar siempre, porque se identifica, como las ciencias y las técnicas junto a las cuales se ha desarrollado paralelamente, con el libre examen y la búsqueda de lo razonable. Mejorarla así es difícil, pero es lo que pone verdaderamente a prueba la capacidad de una nación y lo único por lo cual vale la pena jugarse en estas cosas por entero. No hay gracia alguna en proteger la democracia desnaturalizándola. El desafío es salvarla desde la democracia misma…”.
Con esta acusación constitucional, contrario a lo que han dicho los acusadores, se ponen una vez más en juego las reglas democráticas de nuestro país; otra vez se tensiona el debate democrático de nuestro país, se pone en juego la institucionalidad.
Aquí no puede haber frivolidad, no puede haber cálculo, no puede haber mezquindad. Aquí cada uno de ustedes debe resolver la acusación constitucional contra el ministro Pérez en base a los hechos y los capítulos de la acusación.
Aquí el acusado es el ministro Pérez y no los abogados que intervinieron por él en la comisión revisora.
Aquí la acusación tiene que fundarse en infracciones jurídico-constitucionales claras y que tienen que estar probadas en la acusación constitucional y en los antecedentes de la comisión revisora, cosa que no aconteció. Y si eso no acontece, no basta la excusa de decir “esto es política y esto no es derecho”. ¡No basta esa excusa! La política y la democracia son mucho más que eso, y uno espera mucho más -como ciudadano lo digo, con mucha humildad, honorables diputados, por su intermedio, señor Presidente de cada uno de los diputados de nuestro país en estos momentos en que queremos entrar en una faz arquitectónica y no agonal de nuestra política.
He dicho.
-Aplausos.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Ha pedido hacer uso de la palabra el ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela .
Ministro, tiene usted la palabra.
El señor PÉREZ (ministro del Interior y Seguridad Pública) [de pie].-
Señor Presidente, junto con saludar a la Mesa de la Cámara de Diputados, saludo a todas las señoras diputadas y señores diputados, a los ministros de Estado que me acompañan, a los senadores que también están en estos momentos en la Sala.
Después del alegato del abogado que me representa, Gabriel Zaliasnik , yo quería poder dirigirme a ustedes desde este lugar, porque durante dieciséis años mi vida política se desarrolló en este hemiciclo. Y en esos dieciséis años aprendí lo que es el trabajo de la política, la búsqueda de consensos, la búsqueda de convencer y ser convencido. Aprendí durante esos dieciséis años que a veces se pierde y a veces podemos obtener triunfos; que a veces podemos pasar la línea frente al adversario y concordar temas que pueden ser fundamentales para el desarrollo del país.
Aprendí, desde los primeros días de ser diputado, cuando nuestra bancada llegó a un acuerdo con la Concertación y el diputado José Antonio Viera-Gallo asumió la presidencia de la Cámara de Diputados. Un acuerdo que a lo mejor en ese momento fue incomprendido, pero que permitió, en esta Cámara como en el Senado -con Gabriel Valdés -, iniciar los caminos de la transición con una mirada para poder concordar, para poder entendernos y para poder superar momentos traumáticos del país.
Así, durante toda mi etapa de diputado, contribuí a la conformación de leyes, planteé acusaciones constitucionales, participé en ellas, y gané algunas y perdí otras. Tuvimos momentos extraordinariamente complejos, como el caso MOP-GATE, que significó también un acuerdo unánime entre todas las fuerzas políticas para avanzar, por primera vez, a lo mejor de manera insuficiente e inexacta, con el financiamiento de la política; pero salvó a un gobierno que estaba en una situación extraordinariamente difícil y compleja por un acto de corrupción que estaba remeciendo los cimientos de la política chilena. También lo que recordaba mi abogado Gabriel Zaliasnik con respecto a la no inscripción de la Democracia Cristiana, porque creemos, y verdaderamente creo en la política como una manera de poder avanzar, de poder desarrollarnos y de poder superar los problemas que nos presenta la ciudadanía, que nos presenta la vida política. No es, a mi juicio, una cosa que yo, si tengo los votos, tengo que ganar siempre y tengo que sepultar al adversario. Por el contrario, creo que, en la medida en que podamos concordar las distintas fuerzas políticas, vamos a poder avanzar.
Y asumí, hace noventa días, el Ministerio del Interior en momentos extraordinariamente complejos. Yo era senador, mi período terminaba en marzo del 2022, pero ante el llamado del Presidente de la República, en esos momentos de dificultades, creo que nadie puede sustraerse de servir al país en una investidura como la de ministro del Interior.
A pesar de las dificultades que todos mis amigos me advirtieron que iba a vivir, no dudé en ningún momento en asumir ese desafío, porque creía que uno puede aportar a solucionar los problemas que tiene el país. No estoy arrepentido para nada de haber asumido esa responsabilidad.
El diputado acusador ha expresado algunos acontecimientos que me tocó enfrentar y ayudar a resolver desde el primer momento en que asumí el Ministerio del Interior. Tuve que ir inmediatamente a la Región de La Araucanía, porque en ese momento allí se habían tomado seis municipios. Todos ustedes saben que la toma de un municipio afecta profundamente la vida de la ciudad, pero particularmente la de los más vulnerables, de las personas que requieren y necesitan del municipio. Fui a la Región de La Araucanía para buscar fórmulas de solución.
La primera aproximación era con los alcaldes, para que ellos pidieran el desalojo, porque era su comunidad, era su casa, era el edificio donde llega toda la ciudadanía.
El día sábado en la noche empezaron a producirse hechos de absoluta violencia en La Araucanía, que significaron, por ejemplo, la quema total de la Municipalidad de Ercilla, cuyo alcalde es un militante de mi partido. Y suceden los hechos de Curacautín, que menciona el diputado acusador, pero que los menciona de manera parcial. Porque, tal como lo expliqué en una sesión especial de esta Cámara de Diputados a la que asistí ante el requerimiento de diputadas y diputados para analizar esos hechos, lo sucedido en Curacautín, que pudo haber tenido ribetes dramáticos y brutales, se pudo manejar ese sábado en la noche con prudencia, con diálogo. Gracias a eso se evitaron hechos de violencia que pudieron haber sido irreparables.
Lo voy a decir, a lo mejor, de manera brutal: a pesar de las críticas, no tienen ni una foto con un comunero herido, golpeado. Cuarenta personas se habían tomado la Municipalidad de Curacautín, y diversos hechos habían provocado una reacción en la ciudadanía que concurrió a desalojarlos por la fuerza. Eso no ocurrió. Quince carabineros lograron evitar un hecho de sangre que a lo mejor nos tendría hoy en una situación extremadamente compleja. Salvaron vidas esa noche.
Fuera de la crítica política, ya que todos podemos tener distintas opiniones sobre los hechos, esa noche en Curacautín estuvimos a segundos de que se provocara una tragedia, pero el diálogo, la acción de convencimiento y el actuar de quince carabineros impidieron que se agrediera a alguna persona.
Quiero recordarles que los que se tomaron la Municipalidad de Curacautín fueron cuarenta personas, de las cuales veintiséis eran hombres y catorce eran mujeres y niños. La principal preocupación, cuando se empezó a desarrollar ese hecho, a partir de las siete u ocho de la noche de ese sábado, fue que a esas cuarenta personas no podía pasarles absolutamente nada, a pesar de que había una masa vociferante afuera, alrededor de doscientas o doscientas cincuenta personas, y había un ambiente extraordinariamente violento, porque los comuneros anteriormente habían tirado bombas molotov y piedras, tanto a las fuerzas policiales como a la comunidad. Ese era el escenario; eso fue lo que pasó en Curacautín.
Podrán criticar, pero no tienen a nadie herido, no tienen a nadie dañado, no tienen a ningún muerto. Eso se evitó, a tres o cuatro días de haber asumido el Ministerio del Interior. Lo que quiero demostrar con ello es la complejidad de la situación.
Esos hechos, que eran extraordinariamente complejos, se estaban desarrollando de una manera muy violenta en la Región de La Araucanía, producto de que el Ministerio Público, a través de la acción de las policías y de los tribunales de justicia, había detenido, condenado y dejado en prisión preventiva a un conjunto de personas que habían actuado en delitos comunes atroces, que habían significado el asesinato tanto de comuneros como de personas no indígenas.
Ese hecho, el haber llevado a la cárcel a personas que estaban condenadas y en prisión preventiva, generó esos actos de violencia.
¿Qué hizo el gobierno en ese momento? Respecto de uno de los comuneros detenidos, Celestino Córdova , que cumplía con los requisitos para que el reglamento penitenciario pudiera operar en algunas técnicas, se llevó a cabo una negociación, que fue criticada por muchos, en la que el ministro de Justicia y Derechos Humanos jugó un rol fundamental.
El otro gran problema era la quema de camiones y la muerte de un chofer de camiones: Juan Barrios .
Posteriormente, el baleo de una niña de nueve años de edad, llamada Monserrat , generó, en ese ambiente de violencia, el paro de los camioneros. Dicho paro tuvo como origen la misma razón del llevado a cabo el año 2015: la violencia en La Araucanía. Quienes trabajan transportando alimentos, víveres, mercadería se rebelaban ante el hecho de que sus camiones eran quemados y debido a la muerte de uno de sus trabajadores. Por lo tanto, debido a que era absolutamente complejo seguir adelante en esas condiciones, se produce el paro de los camioneros.
El paro de los camioneros no era solo contra el gobierno. De hecho, si ustedes recuerdan, la primera aproximación fue a los tres poderes del Estado, porque lo que reclamaban era que se hiciera valer el Estado de derecho. Pese a que ellos hablaron con los distintos poderes del Estado, el gobierno se hizo cargo.
¿Cómo enfrentar esta situación? Lo primero que hicimos fue conversar. Nos reunimos con ellos, antes y durante la paralización, para poder desactivar la movilización. Ese era el objetivo principal: desactivarla, porque una movilización de esta naturaleza significa desabastecimiento y la posibilidad de que se generen hechos violentos. Mientras el paro se desarrollara de una manera razonable, pacífica, era posible conversar.
Me acordé de Jorge Burgos, que enfrentó la misma situación. De hecho, en su caso fue mucho peor, porque los señores diputados y las señoras diputadas compartirán conmigo que el año 2015 no se podía entrar a la Región Metropolitana. Todos los canales transmitían en directo que no se podía entrar a la Región Metropolitana. Eso no sucedió en ninguna parte en la huelga de camioneros que estamos discutiendo, sin perjuicio de que por cierto que esa movilización provocó incomodidades, porque era un paro de camioneros, no era una fiesta.
En el paro del 2015 ningún ciudadano podía entrar a Santiago. Si un diputado hubiera viajado ese día desde Curicó o desde Talca hacia Santiago , no habría podido entrar durante todo el día. ¿Qué hizo el ministro del Interior de entonces? ¿Aplicó la ley de seguridad interior del Estado? De manera muy prudencial, generó un diálogo, una oportunidad para poder desactivar la situación.
¿Qué pasó con René Cortázar el 2008? Huelga total, no por la situación de La Araucanía; era por el impuesto al diésel, es decir, por una situación económica, no porque les estaban matando a los choferes, no porque les estaban quemando los camiones, sino por una situación de carácter económico.
¿Qué hizo Cortázar? ¿Aplicó la ley de seguridad interior del Estado o negoció y conversó?
Allí están las declaraciones de los distintos ministros de Estado, quienes, por cierto, fueron muy criticados políticamente, lo cual es legítimo, en las que señalaron que efectivamente se trataba de una situación excepcional, pero que la alternativa de invocar la ley de seguridad interior del Estado era agravar el conflicto. Ese mismo análisis y esa misma disposición los tuve yo. Para poder aproximar, yo sabía que teníamos que evitar el desabastecimiento. Tenía un contacto directo con los intendentes, contacto directo con los ministros para, si había desabastecimiento, si había dificultad, poder superarlo, porque sabemos que les genera problemas a los ciudadanos. Pero la ley de seguridad interior del Estado, yo tenía la absoluta convicción -¡la absoluta convicción!-, y la mantengo y la reitero, agravaba el conflicto -¡agravaba el conflicto!-, y eso para los ciudadanos iba a ser peor; eso les iba a hacer peor. Eso pensó Jorge Burgos en 2015. Eso pensó René Cortázar en 2008. Y eso lo pensé yo el 2020.
Ojalá nunca hubiera un paro de camioneros; ojalá nunca le disparen a una niña de nueve años; ojalá nunca asesinen a un chofer, como Juan Barrios ; ojalá nunca sucedan hechos que nos provoquen dolor. Pero ese es el contexto que me tocó vivir para poder enfrentar esta situación.
Por lo tanto, hoy día, ante ustedes, no considero y creo que no hay fundamento -y no escuché un fundamento real de que negociar, conversar, buscar a través de la política los acuerdos. Y les quiero decir, además, que muchos parlamentarios de las bancadas de ustedes me ayudaron significativamente a desentrabar el conflicto. Y yo creo que ellos no habrían estado nunca colaborando y ayudando si yo hubiera aplicado la ley de seguridad interior del Estado. ¡Jamás!
Por lo tanto, cuando al sexto día se logra superar, se aceptan las condiciones, se llega a acuerdos que se empiezan a trabajar, creo que en ese momento lo que yo pensé era que habíamos evitado un mal mayor, que habíamos evitado violencia, que habíamos evitado desabastecimiento.
Por lo tanto, la primera acusación, del capítulo I, de que yo cometí un ilícito porque no apliqué una ley, como la ley de seguridad del Estado, no tiene ninguna razón en los hechos, ningún fundamento fáctico y, además, jurídico, como dijo el abogado Zaliasnik . ¿Cómo va a ser un ilícito no aplicar una ley opcional, una ley discrecional? Es un ilícito no aplicar una ley que obligatoriamente uno tiene que aplicar, pero no una ley excepcional, porque eso está pensado para una negociación, al final de cuentas.
Por lo tanto, yo tengo la absoluta tranquilidad de conciencia de que en ese momento, que era duro, que era difícil, que era complejo, que no era grato, operé, junto con todo el Ministerio del Interior y junto con todo el gobierno, de la manera más adecuada posible.
En el capítulo I se me dice: “tiene que haber aplicado la ley”. En el capítulo II se reconoce que es prudencial. Pero me dice: “¿Sabe? La aplicó de una manera para unos y de una manera para otros”.
Las situaciones, como aquí se ha expresado con absoluta claridad, son absolutamente distintas.
En pleno conflicto en La Araucanía, en que se conversa indistintamente con todos los sectores -y les quiero decir que lo he hecho-, en que los senadores de la Región de La Araucanía con el obispo están permanentemente trabajando y juntándose para poder avanzar, y la ministra de Desarrollo Social está permanentemente en la región buscando la posibilidad de avanzar en esta materia, que alguien llegue y públicamente diga: “Me voy a tomar 130.000 hectáreas” es algo que, sin duda, hay que evitar; y gracias a Dios no sucedió. Y se determinó la denuncia, no una querella. Hay una diferencia fundamental entre la denuncia y la querella. Se denunció para que el Ministerio Público accionara y pudiera, claramente, si sucedían estos hechos, evitar, porque eso, no hay duda que, de haberse concretado, generaba dificultades mayores.
Se acusa y se me acusa -por recortes de prensa que en las manifestaciones del Apruebo y del Rechazo se trataba a unos de una manera y a otros de otra manera. Y la foto es una marcha del Rechazo caminando con carabineros a los lados. Yo les puedo mostrar muchas fotos de otras manifestaciones exactamente iguales. Porque la instrucción, desde el primer momento -lo dije-, era que las manifestaciones pacíficas eran absolutamente permitidas, y las manifestaciones pacíficas tenían que ser protegidas. La fuerza policial tiene que actuar cuando se produce violencia. Ese ha sido el predicamento fundamental. Por lo tanto, no hay ninguna acción.
Es más, en pleno o al inicio del proceso del plebiscito, convoqué a todos los presidentes de los partidos inscritos regularmente en Chile, que fueron a La Moneda. ¿Para qué? Para que todos tuvieran las mismas facilidades en pandemia; que no tuvieran que andar pidiendo permisos especiales; que no tuvieran que andar pidiendo pasaportes sanitarios. Por ser dirigentes de un partido político, cualquiera que este sea, tenía con un permiso especial. Y no solamente los presidentes de los partidos, sino los comandos tenían permiso para recorrer Chile, no importando que la comuna estuviera en cuarentena o no estuviera en cuarentena, estuviera en paso 2 o estuviera en paso 3. Y para cualquier ciudadano significaba tener algunos permisos de carácter especial.
Ese fue el criterio: que todos tuvieran, dentro de las restricciones de la pandemia, la máxima libertad de poder llevar adelante un proceso, porque recibí el mandato del Presidente de la República de que este plebiscito debiera ser seguro, participativo y transparente. ¡Y fue seguro, fue participativo y fue transparente!
Por lo tanto, en eso, si hubiera actuado con discriminación, discriminando a unos con otros, el proceso de campaña habría sido otro tipo de proceso de campaña: habría sido violento, habría sido de conflictos permanentes. Y a mí me cuesta encontrar -a lo mejor alguno de ustedes pueden tenerlo algún conflicto de proporciones, no menores, digamos, de tránsito, conflicto de proporciones en la campaña del plebiscito. ¡Y todos se pudieron manifestar! ¿Cómo era posible hacerlo en un momento de pandemia? Y todo esto concluye en un plebiscito del 25 de octubre que nos debe enorgullecer a todos. Pero voy a avanzar más adelante en eso.
Por lo tanto, rechazo absolutamente el concepto de “discriminación”. Y creo que no hay ninguna prueba que demuestre que yo discriminé a alguien u ordené la discriminación de alguien.
El tercer capítulo es sobre el lamentable accidente, hecho, o como quiera llamársele, de Pío Nono. Y yo quiero decirle al diputado acusador que lea no solamente parte de mi entrevista, sino que lea el conjunto de esta. Lo que dijimos desde el primer momento es que este era un hecho lamentable y que ojalá jamás hubiera ocurrido. E inmediatamente pusimos a disposición del Ministerio Público todos los antecedentes que eran pertinentes tener para que se desarrollara la investigación con la máxima celeridad. Y es tan así, que expresamos satisfacción que el Ministerio Público, en menos de veinticuatro horas -¡en menos de veinticuatro horas!-, tenía constituido un fiscal de alta complejidad, la brigada de derechos humanos de la Policía de Investigaciones estaba a cargo de la investigación; y, por lo tanto, eso garantizaba a todos que el hecho iba a ser absolutamente resuelto, como todos esperamos.
Así que rechazo, pero tajantemente, una falta de reacción en un hecho tan grave, tan lamentable, como el que sucedió en Pío Nono. Porque no hay duda de que el orden público es vital para la democracia: sin orden público no hay democracia; pero el orden público tiene el respeto a las personas como un elemento central. Y ese hecho hay que dilucidarlo, y ese hecho hay que investigarlo.
Todos podemos tener distintas versiones, y lo dije ante la Comisión de Seguridad del Senado y ante la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados. Tanto es así que el Ministerio Público tiene tres versiones, una el sábado y dos el domingo, lo que demuestra que todos tenemos que esperar con mucha calma el resultado de las investigaciones, como también las del lamentable hecho del 18 de octubre, en un contexto muy violento que se vivió. Sin embargo, la forma en que se manifestó la gente ese día fue ejemplar, no obstante que todos esperaban un estallido.
Estoy seguro de que cada uno de ustedes estaba preocupado, porque muchos parlamentarios de oposición me llamaron para decirme lo preocupados que estaban por lo que podía suceder ese día, particularmente con los manifestantes pacíficos. Y los manifestantes pudieron hacerlo sin ningún problema.
Los hechos de violencia los generaron grupos violentos que atacaron, lo que significó que se detuviera a más de 116 personas esa noche. Pero, como dije, quien se manifestó pacíficamente ese 18 de octubre lo pudo hacer con toda calma y tranquilidad, porque ese era el mandato, al punto que el propio Instituto Nacional de Derechos Humanos reconoció que ese día no tuvo ni un reclamo por algún hecho que se pudiera catalogar como transgresión a los derechos humanos.
Por lo tanto, no he discriminado absolutamente a nadie, pero está subyacente en el capítulo III -voy a tratar de ser breve el tema de Carabineros, y me llama la atención que los acusadores parecen considerar que la legislación sobre Carabineros está impecable, que no es necesario hacerle ni una modificación, porque está claro quién manda y quién obedece.
Por eso, me pregunto por qué el diputado acusador votó dos veces a favor el proyecto de ley de modernización de Carabineros, que por primera vez -proyecto de este gobiern oentrega al control civil decisiones fundamentales de Carabineros, como hacia dónde se distribuyen las dotaciones. Porque si sigo el criterio jurídico del diputado acusador, tengo las normas para distribuir a la policía en todos los lugares, y eso no es así. Tanto no es así que el propio senador Insulza , al justificar su voto, dice que es un paso tímido para terminar con la autonomía absoluta de la policía de Carabineros.
Por lo tanto, tenemos un problema en Carabineros que reformarlo, y lo hemos asumido. El abogado Zaliasnik ya dijo que hay que reformar a Carabineros para que esté a la altura, y con Carabineros. Siempre he apoyado a Carabineros y lo seguiré haciendo, porque ejercen una labor increíble, sin los medios, sin la capacitación, sin la formación adecuada a las necesidades del siglo XXI. ¿Por qué? Porque durante treinta años nos dedicamos a aumentar la planta de Carabineros, pero con cero formación, cero especialización, cero transparencia; ahora lo estamos haciendo, y es fundamental que lo hagamos.
Si todo estuviera arreglado, ¿por qué estamos haciendo reformas? Si hubiera claridad en todo lo relativo a las potestades de cada uno, no tendríamos por qué hacer reformas.
Por último, me quedo con el discurso que dio en la Sala del Senado, a propósito de la acusación contra mi amigo Andrés Chadwick -también muy injusta, a mi juicio-, el senador Francisco Huenchumilla . Él dijo que había que distinguir dos elementos fundamentales en el tema de las responsabilidades gubernamentales en materia de Carabineros. Uno es lo estratégico, y el otro, lo operativo. Respecto de lo operativo, no hay ninguna norma en nuestro ordenamiento jurídico que dé atribuciones al Ministerio del Interior. Esto fue refrendado por el senador Insulza , quien dijo que cuando era ministro conversaba mucho, para ver si le hacían caso o no. Tenemos que avanzar en eso.
Por ende, el capítulo III de la acusación no ha entregado ningún fundamento. ¡Ningún fundamento!
Termino mis palabras, al margen del resultado de esta acusación, porque creo que es más político y está ya casi resuelto, por lo cual el diálogo que necesariamente se tiene que dar en esta Sala está determinado de antemano. Sigo creyendo fuertemente en el rol de la política, en el rol de la Cámara de Diputados, que será esencial en los meses que vienen.
El 25 de octubre, Chile eligió un camino. A uno podrá gustarle o no, pero eligió un camino, y como demócratas debemos decir que ese es el camino y en ese camino todos tenemos que trabajar y construir, para que Chile resuelva sus dificultades y concrete sus anhelos.
Por lo tanto, el mandato de la gente que fue a votar masivamente el domingo, que lo hizo de manera alegre, aceptando todas las reglas y cumpliendo todos los protocolos y que celebró alegremente, debiera ser el espíritu con que enfrentemos el futuro, que está en manos de todos, no solo de unos. Quien no entienda eso adecuadamente comete un claro error.
Señor Presidente, agradezco la posibilidad que me ha dado para intervenir y la compañía de los ministros de Estado, de los diputados de mi bancada, de Renovación Nacional y de Evópoli, que están aquí.
A quienes miren de una manera objetiva esta acusación, les digo que la considero absolutamente injusta y sin fundamento, pero no porque sea hacia mi persona, ya que si hubiese sido hacia cualquier otro, como Burgos o Cortázar, mi opinión sería la misma.
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .
El señor ILABACA.-
Señor Presidente, ya que tenemos gran presencia de subsecretarios en las tribunas, quiero saber cómo se está manejando el ingreso de público a las tribunas, dadas las restricciones establecidas en razón de la pandemia por covid-19.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Señor diputado, le consultaremos al comité de emergencia cómo está manejando esa situación.
Tiene la palabra el diputado Gabriel Ascencio para rectificar los hechos que estime necesario.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente, puedo entender el estado emocional del ministro Pérez , puedo entender que está pasando por un momento complicado y, por lo tanto, es muy probable que de mí no salga ninguna palabra o crítica personal hacia él. Sin embargo, eso no quiere decir que no rebata el tipo de país que nos presenta ni la conducción que ha tenido como ministro del Interior desde el 28 de julio en adelante.
Tengo la impresión de que con las emociones tratan de convencernos de algo que efectivamente no existe. El mundo que nos cuentan no es el que está afuera, no es el de las calles, no es el de las poblaciones, no es el que sufren permanentemente los jóvenes que se manifiestan en contra del gobierno. Absolutamente, no.
Una primera observación es para decir que el señor ministro del Interior no se refirió nunca al tema de los derechos humanos, ¡Nunca! Solo dijo lo que hipotéticamente podría haber ocurrido y que él evitó.
Entonces, el señor ministro nos trata de convencer de que el mundo que hay afuera es justo y bueno gracias a esta “buena política” que él habría implementado, pero le digo que no es cierto.
Voy a evitar algunas cosas, pero necesito hacer presente otras. No sé si quiero ser amigo del señor Zaliasnik , pero no sé qué es lo que tiene que ver eso acá; no sé. No entiendo el tema personal, una especie de reclamo. No entiendo eso de decir: “ahora no soy amigo tuyo”. Insisto: no sé qué tiene que ver, si esto no es una cosa personal. Esta es una acusación constitucional presentada por catorce diputados en uso de sus facultades constitucionales. No es un tema personal.
Sé que hubo un cambio -lo estoy viendo en los abogados, pero pareciera que no ha habido ningún cambio, ya que la insolencia, el tono de desprecio para quienes presentan la acusación constitucional que estamos tratando se ha mantenido permanentemente en un continuo argumentativo, donde al parecer más importa la descalificación personal que el análisis de fondo del libelo del que nos estamos ocupando.
Está bien; sé que debo escuchar muchas cosas y no tengo problema con eso -lo he escuchado siempre-, pero ningunear a los diputados no tiene ningún sentido. ¡Ningunearnos no tiene ningún sentido!
Voy a tratar de decir algunas otras cosas. El señor abogado del señor ministro dice que son muchas las acusaciones constitucionales, son demasiadas. ¡Hasta cuándo! El único que no se puede quejar de la presentación de acusaciones constitucionales es el abogado del señor Pérez -el único-, y no voy a decir por qué, pero todos ustedes saben. ¡Es el único en esta Sala que no puede quejarse porque haya acusaciones constitucionales! ¡Mal no le va!
No quiero centrarme en esa discusión, pero ser irrespetuoso no tiene sentido en esta Sala. Sé que no es el tono del ministro Pérez -y efectivamente no fue el tono-, con quien no estoy de acuerdo, lo que políticamente es correcto, pero la idea de ningunear a los diputados porque se les ocurre hacer uso de una facultad constitucional, definitivamente, está absolutamente de más.
La defensa realiza un ejercicio matemático, calcula el tiempo que según ella esta Cámara de Diputados “ha perdido” en tratar acusaciones constitucionales. Por ello, debemos preguntarnos si es la acusación constitucional un impedimento para que las leyes se discutan en el Congreso. ¿La tramitación de las acusaciones constitucionales distrajo las funciones legislativas del Congreso? No voy a hacer ese cálculo de cuántas horas, cuántas gallinas me pude haber comprado o cuántos huevos pude haber tenido. Ese argumento parece tan simple.
Desde el punto de vista de las funciones legislativas del Congreso, no puedo aceptar, a nombre de todos los diputados -no sé si alguien quiere aceptarla-, que se diga que las acusaciones constitucionales distraen las funciones legislativas.
Tampoco es correcto señalar en esta Sala que la acusación constitucional sea una manifestación del ejercicio del poder punitivo sancionatorio del Estado, pues las acusaciones constitucionales son atribuciones exclusivas del Congreso Nacional, quien es el único órgano dentro del Estado de derecho a quien la Constitución Política le ha establecido el rol de garante del cumplimiento del orden político-jurídico-constitucional, a cargo de velar por él para evitar el abuso de poder por parte de la autoridad.
Criticar el ejercicio de esta atribución es cercenarla y olvidar que el Estado está al servicio de cada una de las personas que habita en el territorio nacional. A esas personas debemos proteger, no a quienes detentan cargos de poder. A mayor abundamiento, ¿el ejercicio legislativo se ve afectado? Eso es completamente falso, entre las tantas falsedades que escuché del señor abogado. Es completamente falso, y para demostrarlo voy a tomar un pequeño periodo de tiempo en el cual en el Congreso Nacional se han tramitado tres acusaciones constitucionales, como fueron las acciones contra la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, doña Silvana Donoso -parece que la oficina del abogado atendió a la señora Donoso -, contra el exministro Jaime Mañalich y la que hoy conocemos.
La primera acusación constitucional del período al que hago referencia, contra la jueza Silvana Donoso , fue interpuesta el 13 de agosto del presente año. Entre ese día y hoy, junto con resolver las tres acusaciones constitucionales, de la manera en que todos conocen, el Congreso Nacional ha despachado leyes tan importante como, por ejemplo, las que reguló el financiamiento para la campaña del plebiscito constituyente del 25 de octubre recién pasado, la que incorpora a los trabajadores de casa particular al seguro de cesantía, se tramita de manera normal el proyecto de ley de presupuestos, y cada una de las señoras y señores diputados tiene en sus comisiones una tremenda cantidad de proyectos que tramitan permanentemente, sin perder el tiempo en esto.
¿Qué es lo que realmente ha demorado el trámite legislativo y la publicación de proyectos de ley verdaderamente importantes para los chilenos? El ejercicio de la facultad de veto presidencial frente a este Congreso Nacional, vetos que han recaído en los últimos meses en la ley que permitía conexión a internet gratuita a estudiantes vulnerables, la que establecía el procedimiento de tutela laboral para los funcionarios públicos o la que establecía el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia, que atrasó su tramitación por semanas, ya que al Presidente de la República no le pareció lo que este Congreso Nacional, por amplia mayoría, había aprobado de manera democrática.
Al señor abogado de la defensa no le escuché ninguna palabra de esto, probablemente porque lo ignora. Pero eso es lo que demora la tramitación de los proyectos aquí; el resto es cháchara.
El abogado señaló que analizará los defectos de forma de la acusación constitucional, lo que me sonó bien extraño, ya que para eso está la cuestión previa, para analizar los defectos de forma. No sé por qué lo discutía ahora si ellos mismos dijeron que no invocarían la cuestión previa.
Pues bien, al renunciar a ese derecho, lo que hace es aceptar que la forma de la acusación está bien presentada, por lo que omitiré responder a esa parte que ya está clara y aceptada por todos nosotros.
El abogado reconoce estar acostumbrado a ir a tribunales de justicia. Lo sé absolutamente, y no a un juzgado de policía local; ahí no va, porque va a otros tribunales más altos. Ello explica que tenga serios errores en cuanto a la comprensión y a la conceptualización de una acusación constitucional. Por ello, esto no se trata de un juicio penal; no rigen las normas procesales penales a las que está acostumbrado. Si no, yo habría alegado por qué me están contestando ahora; no tenía sentido. Este no es un juicio penal.
Entonces, el abogado del señor Victor Pérez debe comprender que se encuentra bajo una instancia política, un órgano político. Si se trata de alcanzar convicción jurisdiccional estaría frente a un órgano dependiente del Poder Judicial, pues es allí donde están los jueces. Aquí estamos los representantes de un órgano político.
La Cámara de Diputados alcanzará una convicción política-jurídica acerca del mérito de admisibilidad en pos de ser garante del Congreso Nacional de su expresión, de ser un sistema de frenos y contrapesos -pesos y contrapesos institucionales, o sea, control recíproco; eso es lo que hacemos. El Senado tiene otro carácter.
La defensa señala en su contestación aquí, en la Sala, que acá habría una especie de prejuzgamiento y que en la Cámara no se escucha, que no hay un derecho a defensa. La verdad es que hoy estamos por tercera vez escuchando nuevos argumentos, o, para ponerlo al revés, aquí estamos escuchando tres argumentos distintos de la defensa del señor ministro: por escrito, una; verbal, otra, y, ahora, también verbal, aquí, en la Sala.
Desde que se notifica de la acusación constitucional el ministro tiene plazo de diez días para contestar. No puede el abogado hacernos responsables de la negligencia de su representado al defenderse.
Por supuesto, muchos han alcanzado convicción en la decisión. Por su intermedio, señor Presidente, quiero decirle al señor abogado que nos encontramos en la última etapa de un procedimiento establecido en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, donde los integrantes de la comisión revisora, en un ejercicio riguroso y objetivo, han escuchado a diversos intervinientes y han manifestado ya su decisión.
La acusación está bien presentada. Ha sido expuesta en detalle, por lo que no procede desestimar esta nueva acusación. Además, nada agrega a los hechos, que están claros. Allí están los fundamentos de hecho y de derecho.
La defensa y el defendido nos acusan de no dar argumentos suficientes acerca de cuáles fueron realmente las infracciones. La verdad, Presidente, es que los argumentos de la acusación se encuentran a lo largo de toda la acusación. Son sólidos, claros, categóricos y están expuestos. No sé si quería que los pusiéramos con números; no sé. Están allí. Un buen lector puede comprender perfectamente lo que allí se señala, sobre todo si es abogado. Se acusa al ministro de no preocuparse del orden público, de tratar en forma diferenciada a distintos grupos por cuestiones políticas, de no hacer efectivo el ejercicio de su rol como superior jerárquico.
No se le está acusando de si aplicó o no la ley de seguridad del Estado. No sé dónde viene eso. Yo creo que lo entienden perfectamente, pero la idea es tratar de tergiversar. La idea no es “mire, señor ministro, no aplicó la ley de seguridad del Estado”. Lo que se está diciendo es que esa ley, que el ministro tiene en sus manos, que la puede invocar, que es el único que lo puede hacer, que es discrecional, no la puede aplicar arbitrariamente. ¡No hubo ni una sola respuesta en relación con el tema de la arbitrariedad, ni por parte del abogado ni por parte del acusado! ¡Nunca se refirieron al tema de la arbitrariedad! ¡Nunca! ¡Es evidente la arbitrariedad! Bueno, y de eso se le acusa: de arbitrariedad en el uso de facultades discrecionales, entre otras cosas.
Nunca ha señalado la parte acusadora que el ministro debe reprimir y querellarse siempre. Nunca lo señalamos. ¡Nunca! ¡Nunca! Queremos que el ministro mantenga siempre una misma línea, sin discriminaciones arbitrarias; que no sea extremadamente severo en determinados casos ni extremadamente pasivo con sus más cercanos en el ámbito político. Lo único que se le pide es que cumpla con la ley, esa ley que dice que si conoce de un delito lo debe denunciar; que use las herramientas que democráticamente se le proveen y que si alguien bloquea carreteras poniendo gravemente en peligro el bienestar de los ciudadanos, tome las medidas para remediar dicha situación, la situación de todos los ciudadanos, no la situación de los que están cometiendo el delito. ¿Se entiende eso o no? Si dispone de facultades discrecionales, que dicha discrecionalidad no sea arbitraria.
Nos acusa la defensa de que estamos acusando al señor ministro por problemas estructurales del Estado en materia de supervisión jerárquica sobre Carabineros. Debo decirle al ministro, señor Presidente, que para eso son gobierno. ¡Para eso son gobierno! Hicieron promesas y dijeron que iban a resolver todo. No fueron gobierno para venir ahora a dar explicaciones de que las fallas son estructurales.
Quiero decir una cosa altiro: violar los derechos humanos no es una falla estructural. ¡No es una falla estructural! Hay que corregir los problemas; no se los puede mantener; no se puede seguir dando apoyo irrestricto a una institución con problemas estructurales, menos aún para intentar evadir responsabilidades.
Quiero hacer un comentario de inmediato sobre el tema de Carabineros.
La verdad es que soy un convencido de que requiere de una profunda reforma, y no entendí cuál fue la intención del señor ministro cuando me saca en cara que yo había votado dos veces la reforma policial. No lo entiendo; perdón, pero no lo entendí. Soy un convencido de que efectivamente la autonomía de la cual goza hoy día Carabineros ya es insostenible y que tiene que haber un control de la autoridad civil, que de alguna manera vaya achicando esos espacios de autonomía. Pero hoy la autoridad civil es el señor ministro. No hay otro; es el señor ministro del Interior y Seguridad Pública. Él es hoy día la autoridad civil. Por lo tanto, no podemos evitar aquí nuestra responsabilidad diciendo que no se ha reformado la ley. No podemos hacerlo. Y se requiere la reforma por el tema autonomía, el tema transparencia, el tema formación, el tema probidad. Todas esas cosas se tienen que discutir, porque Chile necesita de una policía distinta de la que tenemos. Hoy, lo único que tenemos es una policía represiva.
Sobre la ultima ratio, los profesores han dejado claro -ha quedado también claro en otras acusaciones constitucional es que no hay un orden de prelación en la utilización de herramientas de control constitucional, sino que estas dicen relación con la gravedad de los hechos en virtud de los cuales se acusa.
El abogado defensor nos señala que hoy es momento de mirarnos a los ojos. ¿Sabe, señor Presidente? Hay cientos de chilenos que no pueden hacerlo, porque Carabineros los privó de su mirada. Ese punto debería llamarnos la atención.
El abogado defensor señala que el ministro Pérez tiene una conducta dialogante ante la protesta. La verdad, estoy de acuerdo. O sea, si esa conducta fuera permanente, esto sería espectacular. Esa debiera ser siempre la conducta del señor ministro; debió ser siempre la conducta del ministro, no solamente dialogar con los amigos; de lo contrario, no tiene sentido.
(El señor diputado exhibe una fotografía del puente Pío Nono)
Él no tuvo ninguna posibilidad de diálogo; ninguna. Con él no conversaron; a él simplemente lo tiraron al río.
(El señor diputado exhibe una fotografía de Aníbal Villarroel)
Aníbal no tuvo ninguna posibilidad de diálogo. Simplemente le pegaron un balazo. Eso es lo que ocurrió con Aníbal.
No voy a avanzar en esa línea, pero la verdad es que queremos un país de diálogo, en el que se termine la cultura de la represión, donde hagamos un poquito más que venir acá, a la Sala, a que nos digan que hay políticos malos, que la política es mala, que la buena política y no sé qué más. Eso no sirve. Lo que sirve son las acciones concretas de quienes detentan el poder. ¡Eso es lo que nosotros necesitamos!
La defensa ha dicho que han mejorado los protocolos y que han disminuido las incidencias de querellas o hechos constitutivos de delitos contra los derechos humanos. El evitar violaciones a los derechos humanos es un mínimo que debemos exigir al gobierno. Sin embargo, esa supuesta preocupación se contradice con aquellas 21 querellas presentadas por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, o con el caso del joven de Pío Nono, porque el ministro vuelve a respaldar a la institución, bajándole el perfil al sufrimiento de las víctimas.
Si uno pudiera ver que la conducta es distinta y que el ministro estuvo, que los acompañó, que se preocupó, que condenó, que ordenó la investigación, que colaboró con el Ministerio Público, claro, eso es distinto, pero ninguno de los que están acá pudo expresarla. ¡Ninguno, señor Presidente!
Ese no es el control jerárquico que exige la ley. Parte de su rol como superior jerárquico, como dije en mi presentación anterior, es prevenir, reparar e investigar -prevenir, reparar e investigar-. Nada de eso está hecho. Eso está en el Estatuto Administrativo, por si acaso.
La defensa señala que los acusadores despreciamos la política -¡guau! No, señor Presidente y que en otras ocasiones se ha usado o no la ley de seguridad interior del Estado. En ninguna parte, entonces, se hace un reproche por el no uso de dicha legislación. Nunca lo dijimos así. ¡Nunca!
Sigo reiterando: hay momentos en que hay que aplicarla, hay momentos en que no hay que aplicarla, pero esa es una evaluación que hace la autoridad. El punto no es ese de nuevo; es la arbitrariedad. El reproche es que no se haya hecho uso de ninguna herramienta jurídica frente a un grupo que llamó a estrangular las carreteras de nuestro país. ¡Eso es!
Dice el abogado que no hay que comparar peras con manzanas. No hay que comparar la expresión, la demanda, la petición de un grupo mapuche con el grupo de unos camioneros. Obvio, son tan distintos. Los camioneros son otro nivel, son los amigos; los mapuches no. Hay muchas querellas que se han presentado por la ley de seguridad interior del Estado, pero veíamos que la mayoría está presentada en contra de los mapuches. Eso no suma.
Entonces, el abogado de la defensa, señor Presidente, señala que la ley penal no soluciona los conflictos políticos y que en el caso del paro de los camioneros la habría empeorado.
Quiero volver a citar al mismo ministro del Interior. El 24 de septiembre de este año, según informaron medios de prensa, presentó la querella por ley de seguridad interior del Estado en contra de los firmantes de una carta dirigida al Presidente Piñera, en que las comunidades mapuches le comunicaron que efectuarían toma de predios en las comunas de Victoria y Traiguén, en la Región de La Araucanía. ¿Cuántos eran: quince, veinte, treinta? ¿Y esos se iban a tomar las 130.000 hectáreas? ¿Y por qué exageramos con el tema de las hectáreas? Para demostrar que es una cosa tremenda 130.000 hectáreas.
Lo tremendo estaba ocurriendo en las carreteras; lo tremendo estaba ocurriendo en que se hayan cruzado los camiones y ustedes no hayan hecho nada; lo tremendo era el desabastecimiento, la falta de parafina, la falta del pellet, la falta de comida, y eso estaba ocurriendo.
Yo entiendo: los que viven en Santiago probablemente no lo vivieron como lo vivimos los que estamos en el sur. Entonces, lo otro, que era simplemente el anuncio de la posibilidad de cometer un delito -y está bien lo que hizo, me parece a mí-, es absolutamente comparable con los delitos que sí estaban cometiendo los camioneros. No es menor lo que hicieron. Y no hay que tratar de disminuir lo dicho por los ministros, porque los ministros en sus primeras declaraciones fueron clarísimos acerca de lo que estaba ocurriendo. Que después, por razones de solidaridad, hayan tenido que mejorar la versión, está bien, eso se entiende.
Víctor Pérez , nuestro ministro del Interior, afirma que nadie puede, a través de una carta ni por ningún otro medio, anunciar que va a cometer delitos, que va a realizar un hecho de violencia, sin tener sanción por ello. O sea, unos sí pueden mandar cartas anunciando que van a cometer delitos y otros no pueden hacerlo, porque les cae todo el peso de la ley. Acá no hay un manejo dialogante como la defensa intenta vestir la conducta del ministro del Interior. No es cierto.
El señor abogado, señor Presidente, que me cita en su defensa en una declaración de prensa hoy en una columna, en un diario de circulación nacional -era una forma de decirle que, probablemente, se iba a aprobar la acusación, y que, bueno, si se aprobaba la acusación, quedaba suspendido y que, por lo tanto, el tema del auto fiscal iba a ser un tema; está bien, pero no sé qué tiene eso de relevante; o sea, es de las cosas más irrelevantes que hoy he visto acá, pero no importa, está bien, lo puso, sacó aplausos-, señala que esta acusación, entre otros hechos, le recuerda el denominado síndrome de la rana hervida, bajo la cual -y lo cito de manera expresa la premisa es que si se coloca una rana en agua hirviendo, esta saltará, pero si se coloca en agua tibia, cuya temperatura se va incrementando lentamente hasta alcanzar el punto de ebullición, ella no percibirá el peligro y morirá. ¡Eso es!
Como me interpelaron directamente, entonces yo puedo contestar. Yo creo que lo que incrementa la temperatura del agua hasta alcanzar un punto de ebullición peligroso son alegaciones como las que escuché hoy acá, cuando se nos viene a sostener en esta Sala que renunciamos a la política o a la buena política, cuando ejercemos de manera legítima una atribución que la Constitución nos entrega para hacer efectiva la responsabilidad de ministros que no cumplen con la ley. ¡Dios mío! Un salvataje político a una mala inscripción electoral ocurrida hace casi veinte años no cambia, por un segundo, nuestras obligaciones constitucionales. No la cambia, no puede cambiarla. ¿Vamos a empezar a cobrarnos las cosas? ¡Uh! No sé si en esta acusación eso tiene algo que ver, pero no vamos a avanzar en esa línea.
Para ir cerrando, quisiera señalar que en un principio la defensa señaló que se haría cargo de lo que alegaron en un inicio; luego, se autor respondió en la comisión respecto de que el ministro no tenía control sobre el orden público, Carabineros; luego, fue contradicho. La verdad es que ahora volvemos a saber que esta era una defensa plausible y que, quizás, políticamente no era apropiada. Pero no era apropiada solamente por los problemas que le producía dentro del bloque político. Pero que no era incorrecta pareciera ser desde el punto de vista jurídico.
Sería bueno que los abogados de la defensa -todos ellos, señor Presidente fueran pensando en dedicarse a la gimnasia y no al derecho. Yo, al menos, no había visto en esta Sala dos vueltas de carnero tan perfectas como estas; no las había visto. Hay unos juegos panamericanos en los próximos años.
Las “desvariaciones” jurídicas presentadas por la defensa y por el ministro hoy en esta Sala nos mantienen en solicitar que esta acusación constitucional sea declarada admisible para que así sea analizada en su mérito por el Senado.
No es justo el ninguneo a los parlamentarios por nadie, por muy poderoso que sea; no es justo. Uno aquí quiere rebatir ideas, está bien, con énfasis, sin énfasis; está bien, pero rebate ideas. Pero venir a ningunear a las personas y tratar, de alguna manera, de afectarlas en su situación personal, creo que no tiene ningún sentido, porque, al final, lo que está aquí en juego es el país que queremos, y el país que queremos tiene que ver fundamentalmente con el respeto irrestricto a los derechos humanos. ¡Irrestricto! No hay otra forma de hacerlo. ¡No hay otra forma de hacerlo!
No es justificación que el ministro haya asumido hace tres meses. No es justificación, porque, aunque el paro de los camioneros le haya reventado a las dos semanas o tres semanas, él tenía que asumir y asumió una decisión, tomó una decisión, tomó un camino, y creo que fue incorrecto para el resto los chilenos. Y lo mismo con el tema de las violaciones a los derechos humanos que hemos señalado acá.
Entonces, yo creo que no hay otra opción hoy día que no sea la de aprobar la admisibilidad por esta Sala, y me parece que, en realidad, más allá del discurso emocional del señor ministro, en la respuesta del señor abogado no hay absolutamente ningún hecho importante, relevante, que justifique una opinión distinta a la que nosotros ya hemos tenido. Algún día podemos hablar de desprolijidad -algún día-; pero seguir tratando de acusarnos de desprolijos no tiene, en realidad, ningún sentido, no tiene cabida y, obviamente, no corresponde. Los fundamentos plausibles están allí.
Creo que, en realidad, entendiendo la situación del ministro, en eso nada cambia la opinión que los diputados tienen sobre este asunto.
Por eso, llamo de nuevo a los diputados y diputadas a aprobar la admisibilidad de esta acusación.
Muchas gracias, señor Presidente.
He dicho.
-Aplausos.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Para rectificar los hechos que considere pertinente, tiene la palabra la defensa del señor ministro.
El señor ZALIASNIK (abogado defensor).-
Señor Presidente, por su intermedio, voy a ser muy breve.
La verdad es que lamento profundamente que las críticas a la acusación y a su contenido las entienda como críticas personales el honorable diputado Ascencio y, a la vez, las transforme en críticas personales nuevamente a los abogados, porque esas sí no son críticas a la defensa; son críticas personales. Se criticó a los anteriores abogados, se critica al actual abogado.
Este truco de magia repetido, digamos, resulta un poco ingrato, porque es un poco predecible. Demuestra y confirma solamente que, en definitiva, el honorable diputado y la acusación parecen asilarse en las críticas a los abogados y no en los hechos que deben sustentar una acusación en contra del ministro.
El acusado no eran los anteriores abogados, el acusado no es el actual abogado; el acusado constitucionalmente es el ministro señor Pérez , y parece ser que, definitivamente, la acusación rehúye aquello. El pelear con el abogado creo que confirma aquello.
Dicho eso, haré solo dos rectificaciones bastante menores.
Por un lado, plantea que no se hizo alusión a la arbitrariedad que se denunciaría, y la verdad es que es no entender lo que significa la arbitrariedad. Arbitrariedad significa tomar decisiones sin fundamentos, y lo que se demostró durante una lata exposición es que, justamente, lo que hace la facultad discrecional, y lo que hace a la facultad discrecional de usar la Ley de Seguridad del Estado o no usarla en algún caso, es justamente los fundamentos que subyacen a esa decisión. Se explicaron uno a uno, se explicaron cómo cada ministro del Interior, de alguna manera, va calibrando el uso de esta poderosa herramienta.
Por lo tanto, hablar de arbitrario es hablar falto de fundamentos. Y aquí todo lo contrario; porque aquí se podrá no estar de acuerdo con los fundamentos, pero no estar de acuerdo con los fundamentos no torna una decisión, debidamente fundada, en un caso de arbitrariedad.
De hecho, tan evidente, incluso, es desde un punto de vista estadístico lo que se sostuvo, pero quizás puede ser más gráfico -aunque no gusten las matemáticas en esta Sala, ni a mi éste cuadro.
(El abogado defensor señor Gabriel Zaliasnik exhibe un documento)
En este cuadro se refleja, derechamente, el número de eventos, 19.284, que tuvieron lugar entre octubre del 2019 y marzo del 2020, reportados por Carabineros a lo largo de Chile, básicamente por las manifestaciones pos 18 de octubre, y 1.914, en la segunda línea, es el número de querellas presentadas. De esas querellas, 1.054 lo fueron por Ley de Seguridad del Estado.
A su vez, aquí está el número de procedimientos que hubo en relación con el paro de algunos camioneros. Estaba viendo un recorte de prensa en esa época del candidato presidencial Daniel Jadue , que decía que no representaban a más del 5 por ciento.
Es decir, se pretende, de alguna manera, criminalizar un conflicto que, incluso, a ojos y a la vista de todos tenía esa dimensión proporcional. Por lo tanto, hace improcedente, me parece, ese tipo de argumento.
El diputado nos emplaza diciendo: “La actitud dialogante hubiera sido deseable con antelación”. Yo solo quiero decir que para bailar tango se necesitan dos; el tango no se baila solo.
Además, hace un ejercicio nuevamente. Lamentablemente, no me gusta recurrir a analogías literarias o analogías de cine, pero recuerdo un efecto que en psicología se llama el efecto gaslighting y que, de alguna manera, viene de la película Gaslight , del año 44, por la que Ingrid Bergman ganó un Oscar. La idea es que el manipulador manipula a su víctima para que llegue a su propia percepción o juicio de que no está siendo manipulada. Por eso se llama Gaslight: un hombre manipula a su mujer o a la mujer atenuando la luz, que en esa época era a gas, y le hace creer que el fuego sigue brillando con igual intensidad.
De una u otra manera, lo que volvió a hacer ahora el honorable diputado, al sostener la acusación y centrar la luz en los abogados, es precisamente el efecto de gaslighting, es decir, correr la percepción del ministro injustamente acusado por los fundamentos que latamente se han explicado, y ha intentado llevar el conflicto a un conflicto personal o de abogados, porque, además, no entendió el comentario que hice a nuestra, a lo menos, pasada amistad, y espero futura igual.
Sin perjuicio de eso, honorables diputados, la verdad es que no veo que haya ningún tipo de atisbo ni de arrogancia ni de exceso retórico, cuando como ciudadano tengo un privilegio es verdad-. No soy poderoso, como piensa el honorable diputado; soy un ciudadano, pero tengo la fortuna de que mi ejercicio profesional me ha permitido estar sentado acá hoy día, representando al ministro Pérez , y lo digo con mucho orgullo.
Eso me permite tener una oportunidad también especial. Como la ocupó el diputado Ascencio para atacarme en forma personal, yo quiero ocuparla como ciudadano solamente para reiterar mi anhelo, mi deseo de que este país que queremos construir entre todos para mis hijos, quizás para mis nietos, sea un país de diálogo, efectivamente de respeto a los derechos humanos, que deje de lado acusaciones frívolas, que deje de lado el uso mezquino de todo tipo de oportunidad para contienda política y que permita, en definitiva, un desarrollo como se merecen todos los chilenos y todas las chilenas.
Creo que lo que ha ocurrido con todas estas acusaciones constitucionales -insisto, no es un ninguneo a la Cámara de Diputados es un exceso desde todo punto de vista ciudadano, del cual, lamentablemente, la historia nos va a juzgar. Y a eso me refería también en mi columna del día de hoy en el diario La Tercera. Ojalá no tengamos que hervir como aquella rana y, ojalá, tengamos efectivamente la oportunidad de ver un Chile mejor para todos nuestros ciudadanos, chilenos y chilenas.
En ese sentido, pido a la honorable Cámara de Diputados, por su intermedio, señor Presidente, que en convicción y con el mismo valor con que en 1980 el filósofo Jorge Millas expresó sus ideas en el Teatro Caupolicán -no eran tiempos fáciles, naturalmente-, con ese mismo valor, algunos de ustedes, si no todos, tengan a bien considerar lo que se ha argumentado a lo largo de toda esta jornada, de manera que rechacen en todas sus partes o desestimen los tres capítulos de la acusación.
Todavía no sabemos exactamente en qué consisten las famosas infracciones jurídico constitucionales que se denuncian, en qué consiste la responsabilidad del ministro del Interior, como no sea la circunstancia de ser el ministro del Interior -es decir, la responsabilidad objetiva por estar en el cargo, en el puesto correspondiente.
No hay un solo antecedente que se haya aportado que desvirtúe aquello, y es de carga de cualquier acusación del acusador acreditar esos antecedentes. No es de carga de las defensas hacerse cargo de desvirtuar aquello que no existe, sino que es de carga de quien dice que algo existiría probarlo o acreditarlo.
Todo lo demás, nuevamente, es magia, efecto Gaslight . No nos dejemos llevar por ello, no nos dejemos seducir por la conveniencia política y respetemos la Constitución, como han jurado hacerlo, de acuerdo a la ley y a la Constitución, cuando han asumido sus cargos.
Eso no es un ninguneo. Como ciudadano, es lo mínimo que uno espera de cada uno de los ciudadanos de nuestro país que ejercen un cargo de tanta importancia.
Eso, señor Presidente.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Tiene la palabra el ministrodel Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez .
El señor PÉREZ (ministro del Interior y Seguridad Pública).-
Señor Presidente, seré muy breve para tres rectificaciones a lo que fue la intervención del diputado acusador.
No tengo ni un estado emocional distinto a lo que es mi trayectoria y lo que es mi vida cotidiana. Estoy tranquilo, muy tranquilo. Por lo tanto, veo en su argumentación casi una manera de desacreditar lo que he dicho.
En segundo lugar, quiero señalar que el país que reseñé apenas asumí como ministro del Interior, luego de ser senador, no es un país idílico; es un país con muchos problemas, con muchas dificultades -lo dije en mi intervención-, terriblemente tensionado por la violencia, por la intolerancia y por la falta de propuestas claras.
Por eso, muy claramente, mis primeras decisiones fueron enfrentar y afrontar con mucha claridad todos y cada uno de esos temas.
En tercer lugar, digo con mucha fuerza que el gobierno del Presidente Piñera está gobernando, particularmente en el tema de Carabineros, institución a la cual respaldamos, queremos y que deseamos situar al nivel del siglo XXI, para que pueda estar preparada y formadapara enfrentar los desafíos del día de hoy, porque es muy fácil criticar a Carabineros cuando nunca se hizo nada en materia de formación y de especialización. Estamos gobernando.
Yo no sé, diputado, dónde estaba usted cuando se produjo la operación Huracán . No hay mayor violación a los derechos humanos que inventarles pruebas a personas para detenerlas. Y ahí nadie asumió ninguna responsabilidad, ni en el mando institucional ni en el gobierno.
En el tema del fraude de Carabineros, no hubo ninguna respuesta, ni una reacción gubernamental.
Por lo tanto, cuando asumió el Presidente Piñera , desde el primer día tuvo que comenzar a gobernar, lo que significó tomar decisiones extraordinariamente dolorosas y difíciles, que involucró a más de cuarenta generales. Además, se presentaron proyectos de ley como el que usted votó -me alegra que haya votado-, que forman parte del esfuerzo de gobernar para reformar y modernizar Carabineros, que es esencial para el desarrollo de la vida en democracia. Criticar a una institución que ha tenido que enfrentar una inusitada violencia sin los medios, sin la capacidad, sin la formación, es muy fácil.
Nosotros, por el contrario, gobernamos, y creemos que estamos haciendo lo correcto. Además, gobernamos haciendo participar a la comunidad, y hubo gente de la oposición que ha participado activamente en esto. Podremos ir más o menos rápido, pero hemos participado, y espero que en los próximos doce meses los distintos proyectos de ley que dicen relación con la modernización de Carabineros, para que sea la policía que verdaderamente el país requiere, tengan la aprobación de esta Cámara y del Senado.
Ya avanzamos en la modernización, que es un primer paso, pero nos quedan otros que son muy profundos, y esta reforma es con Carabineros, porque donde uno va -estoy seguro de que le sucede cuando usted va al distrito que representa la gente pide más seguridad y más carabineros. Eso es un común denominador en todas y cada una de las comunas del país, y para eso estamos gobernando.
Respecto del tema de la arbitrariedad, yo me referí profundamente al tema de la arbitrariedad, porque a mí se me puede acusar de cualquier cosa, pero no soy arbitrario; nunca en mi vida he sido arbitrario. No tomé ninguna decisión basado en buscar favorecer a unos y perjudicar a otros, de favorecer a los que son simpáticos conmigo o desfavorecer a los que no lo son. A todos los traté exactamente igual en distintas situaciones. Y lo vuelvo a decir: enfrentado de nuevo al paro de los camioneros, actuaría exactamente igual, al igual como lo hizo Jorge Burgos , al igual como lo hizo René Cortázar .
Gracias, Presidente.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Para efectos de la fundamentación del voto de la cuestión de fondo, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 159, inciso primero del Reglamento de la Corporación.
Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Matías Walker Prieto .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, quiero saludar a los ministros que hoy nos acompañan, especialmente al ministro del Interior.
Creo que es bueno recordar a todos quienes están siguiendo esta sesión que lo que deberá resolver la Cámara de Diputados, debido a que la defensa renunció a alegar la cuestión previa, es la admisibilidad de la cuestión de fondo, es decir, si ha o no lugar esta acusación constitucional. En caso de declararla admisible, el Senado deberá actuar como jurado para resolver si el ministro acusado es o no culpable de la infracción que se le imputa, la que en caso de aprobarse significará su destitución y la inhabilidad para ejercer cargos públicos por cinco años.
¿Por qué causales se acusa al ministro? Por las que muy bien ha señalado el diputado Ascencio : infracción a la ley, infracción a la Constitución o haber dejado las leyes sin ejecución.
Obviamente, este es un ejercicio que cuando uno tiene mayoría en el Congreso, como oposición, tiene que ejercer con mucha responsabilidad.
Hemos sido muchos los que hemos votado en contra de algunas acusaciones constitucionales en contra de ministros de Estado de este gobierno. Por ejemplo, recuerdo cuando votamos en contra la acusación constitucional deducida en contra de la ministra Marcela Cubillos , porque en ese caso la defensa, a cargo del abogado Francisco Cox , creo que correctamente se dedicó a desvirtuar cada una de las acusaciones y elementos fácticos y a señalar por qué no se producía la causal de infracción a la Constitución y las leyes.
No ha sido este el caso, ni de la primera defensa que tuvo el ministro Víctor Pérez ni de la defensa que ha tenido en la Sala el día de hoy.
Creo que la alegación que ha hecho el diputado Gabriel Ascencio , en cuanto a cómo ha sostenido finalmente esta acusación, ha sido brillante. La defensa ha sido incapaz de contestar los hechos y los fundamentos de derecho.
La paralización de un grupo de camioneros en las principales rutas del país, que según el propio decir de sus representantes tenía por objeto estrangular las carreteras de Chile, no fue un acto pacífico, y el señor ministro lo sabe, porque defendió y promovió la denominada “ley antibarricadas”, la misma ley que algunos de nosotros aprobamos en el Congreso Nacional, norma que establece, claramente, que el que sin estar autorizado interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación a las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo.
Dicha disposición señala que idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta.
Como yo aprobé ese artículo, con todas las críticas que hubo dentro de la propia oposición, tengo todo el derecho de exigirle al ministro del Interior que aplique estas disposiciones que el propio gobierno promovió y que el señor ministro, en ese entonces senador, defendió en el trámite en el Senado.
El fiscal nacional le tuvo que recordar al ministro del Interior que solo él puede invocar la Ley de Seguridad Interior del Estado. Si se invoca dicha ley, al menos debió invocarse la ley antibarricadas -que este gobierno promovió y que nosotros aprobamos contra algunos dueños de camiones que, como dijo Juan Araya , presidente de la principal confederación de dueños de camiones de Chile, interrumpieron las carreteras mediante la fuerza, amenazando a otros camioneros, poniendo en peligro y afectando la provisión de bienes y servicios básicos de la población. Eso es infracción a la Constitución, infracción a la ley y falta de ejecución de la ley.
Por eso, esta acusación constitucional es admisible y la votaremos a favor.
He dicho.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Alejandro Bernales Maldonado .
El señor BERNALES (vía telemática).-
Señor Presidente, en mi calidad de miembro de la comisión revisora, me gustaría resumir las razones de por qué he llegado a la conclusión de que hay que apoyar la acusación contra el ministro Víctor Pérez .
A modo de marco general, quiero señalar el tremendo error en el que incurrieron el ministro y sus abogados al momento de abordar su defensa, señalando que, en estado de excepción, Carabineros dependía y era controlado por los jefes de defensa nacional y, por lo tanto, que el responsable político del control del orden público era el ministro de Defensa, cuestión que fue desmentida por él y por el general director de Carabineros. Se entiende la incomodidad que genera el ministro Desbordes en parte de su sector, pero endosarle ese tipo de responsabilidad es, por lo bajo, excesivo.
Ahora quiero detenerme en las responsabilidades del ministro en los capítulos que conforman esta acusación.
En Chile se bloquearon carreteras, se desabastecieron ciudades, aumentaron los precios de los productos esenciales, y al ministro le pareció inoportuno hacer su trabajo e invocar la ley de seguridad del Estado. Pero cuando existe una advertencia por parte de un grupo de comunidades mapuches de tomarse un terreno en La Araucanía, ahí sí considera prudente utilizar todo el peso de la ley.
Ahora nos dice que al invocarla impidió que se agravara la situación, pero se olvida de señalar que es ese el estándar que fijó el propio gobierno en materia de uso de la ley de seguridad interior del Estado: a unos sí y a otros no. Y ahí está mal, ministro, porque actúa con absoluta desproporción, desigualdad en la aplicación de la ley e irracionalidad en el uso de la facultad discrecional.
Las diferencias de trato no solo dan cuenta de una decisión carente de toda justificación, dictada por capricho o mera voluntad. Si el camino elegido es el diálogo, entonces, que sea la acción que se aplique para todos.
Y esa diferencia en el trato también se extiende en el segundo capítulo.
Si analizamos la política del gobierno en materia de manifestaciones, podemos decir que ha existido una constante criminalización de la protesta social pacífica y ha existido también una diferencia feroz al momento de elegir a quién se protege y a quién no. Un ejemplo es el trato que se dio a los manifestantes los días antes del plebiscito: mientras en Las Condes Carabineros blindaba y escoltaba caravanas por el rechazo, en la plaza de la dignidad se reprimía con violencia desmedida a quienes se manifestaban, llegando al extremo de violar los derechos humanos de manera generalizada. Es decir, para el Rechazo, resguardo, y para el Apruebo, represión, en circunstancias de que la igualdad ante la ley exige investigar y restablecer el orden público con igual celo.
Me gustaría recordar que la propia defensa del ministro Pérez citó a Sergio Micco , director del INDH, queriendo dar a entender que durante la vigencia del mandato del ministro Pérez no se habían violado los derechos humanos. Sin embargo, el señor Micco desmintió tal cita y señaló que, desde que el ministro Pérez asumió, el Instituto Nacional de Derechos Humanos ha presentado veintiún acciones judiciales por considerar que se han violado derechos humanos, incluyendo tres querellas por torturas, una querella por homicidio frustrado, otra por homicidio consumado y dos por causas o hechos constitutivos de violencia sexual, lo que evidencia que el funcionamiento defectuoso de Carabineros se ha mantenido bajo su mando.
Vuelvo ahora sobre el hecho que sirve de fundamento para el último capítulo acusatorio, esto es, la caída de un joven hacia el río Mapocho luego de ser empujado por un funcionario de Carabineros y por la omisión a auxilio y encubrimiento por parte de la institución.
Está mal y no es posible que ante un hecho de tal brutalidad no se adopten por parte de la autoridad civil medidas de control robustas sobre quienes están a cargo del orden público y del uso de la fuerza.
Honorable Sala, en Chile, durante el último año, y, por cierto, durante los últimos tres meses, no ha existido un respeto irrestricto por los derechos humanos. No hay control del orden público y tampoco se les ha entregado protección y seguridad a los propios carabineros. Como Estado, debemos trabajar con urgencia en la intervención civil inmediata y la refundación de Carabineros, porque no es tolerable que quien debe velar por el cuidado de cada chileno y chilena termine vulnerando los derechos fundamentales, como tampoco es tolerable el abuso laboral y la precariedad con que trabajan miles de carabineros. Este último punto se grafica, tristemente, en la muerte del cabo mapuche Eugenio Nain . No es posible que hoy, a cinco días de su muerte, no sepamos qué ocurrió y no haya sospecha de responsabilidades.
Les pregunto a quienes aún no se convencen, ¿acaso ustedes creen que esto no significa un fracaso del Ministerio del Interior, además de dejar en evidencia la inacción del gobierno? Bueno, el ministro Víctor Pérez debe responder políticamente por sus acciones y omisiones.
Hago un llamado a aprobar esta acusación constitucional. Gracias, Presidente.
He dicho.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Gracias, diputado.
Corresponde el uso de la palabra a la diputada miembro del Partido Socialista, del distrito N° 26, de la Región de Los Lagos, doña Jenny Álvarez Vera .
Diputada Álvarez , tiene usted el uso de la palabra.
La señora ÁLVAREZ (doña Jenny) [vía telemática].-
Gracias, Presidente.
Reitero los argumentos de mi votación favorable en la comisión revisora de esta acusación constitucional ante esta honorable Sala.
Comienzo desechando el primer argumento de la defensa del ministro, que sostuvo en un comienzo, pero que luego tuvo que retractarse: que Carabineros de Chile, durante la vigencia de estado de excepción constitucional de catástrofe, no depende del ministro del Interior, sino del ministro de Defensa.
Estimados colegas, no podemos validar esta tesis; no podemos sostener acá que Carabineros no depende del ministro del Interior; no podemos rechazar esta acusación y concluir que Carabineros de Chile no reconoce a un superior jerárquico, como pretendió decirnos el ministro del Interior. Es todo lo contario: durante el estado de excepción, el ministro del Interior es el responsable político de la cartera, debiendo cumplir con su obligación de preservar el orden público, y no de cualquier forma, sino bajo estrictos criterios legales de eficiencia, eficacia y racionalidad, no pudiendo disponer medidas que vulneren los derechos de las personas ni omitir la realización de las acciones que aseguren el resguardo del orden público. Sostener lo contrario implica arribar a una conclusión de carácter inconstitucional, puesto que se contravendría expresamente el inciso dos del artículo 101 de la Constitución Política de la República.
Asimismo lo reafirmó el general director de Carabineros, al señalar: “lo que es el día a día, en cuanto a la prevención y control del delito y lo que es el orden público, eso lo vemos directamente con el Ministerio del Interior, a través de la vía administrativa o la vinculación con la Subsecretaría del Interior.”.
Y el ministro de Defensa indicó también en la comisión: “Acá hay un trabajo en conjunto con los generales, pero no respecto a las manifestaciones públicas.”. Continúa más adelante: “no son parte de las tareas que les corresponde abordar a las Fuerzas Armadas.”.
En conclusión, para que no quede ninguna duda, durante el estado de excepción constitucional de catástrofe no se suspenden las obligaciones constitucionales y legales del ministro del Interior. En consecuencia, tiene la obligación de mantener un control jerárquico permanente sobre Carabineros, impidiendo que incurriera en los hechos denunciados por esta presente acusación.
Sabemos, honorables diputadas y diputados, que no es posible acusar en esta sede política al general director de Carabineros, quien carece de responsabilidad política por su gestión. Entonces, el ministro es la única autoridad política que puede responder por la actuación de los carabineros. Solo es posible acusar a este por la violación a los derechos humanos que se verifiquen dentro de la órbita de sus competencias o por las infracciones a la ley en la mantención del orden público.
Honorable Sala, la presente acusación constitucional tiene tres capítulos; ya fueron muy bien explicados por el diputado representante de los acusadores, el honorable diputado Gabriel Ascencio . Pero respecto al último capítulo acusatorio, el ministro del Interior ha incurrido en infracción de la Constitución y las leyes, porque Carabineros reiteradamente ha actuado con violencia innecesaria y desproporcionada, y de eso se ha seguido lesión de derechos constitucionales, especial y notoriamente el derecho a la vida e integridad física.
Por todo lo acá señalado, considero, honorable Cámara, que hay argumentos de mérito para aprobar esta acusación constitucional.
Por otro lado, estas omisiones en los deberes de gestión del ministro del Interior se ven reflejadas también -y puede ser parte de una nueva acusación por los hechos conocidos por todos. Me refiero, señor Presidente, al asesinato de un joven e indefenso carabinero, el cabo Eugenio Nain Caniumil , de origen mapuche, quien, actuando en un procedimiento de barricadas en la ruta, en el sector de Metrenco, Región de La Araucanía, recibió un certero disparo que le provocó la muerte. ¡Y son sus propios compañeros de la institución quienes manifestaron la falta de medidas idóneas para el desarrollo de labores en el día a día!
La omisión de proveer los elementos de seguridad constituye una infracción a su obligación de proteger eficazmente la vida y salud de los funcionarios. Y no me refiero a implementación que consista en camiones que lancen agua con químicos, como gas pimienta y soda cáustica, en contra de la ciudadanía, o balines que causen traumatismo ocular en nuestros compatriotas, sino a medidas básicas de seguridad, como chalecos antibalas y cascos.
Por todo lo señalado, llamo a votar a favor esta acusación constitucional.
He dicho.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Luis Pardo Sáinz .
El señor PARDO.-
Señor Presidente, se acusa al ministro Víctor Pérez de haber sido demasiado blando con los camioneros y demasiado duro respecto de las manifestaciones violentas, acusando una discriminación arbitraria de carácter político, como si no hubiese diferencias objetivas entre las manifestaciones violentas y el paro de camioneros.
Es cierto que el paro afectó el orden público, como ocurre con muchas movilizaciones, y es cierto que la autoridad tiene el deber de aplicar la ley para resguardar el orden público y los derechos del resto de la ciudadanía, empleando prudencialmente los medios adecuados para cada circunstancia.
Por supuesto que condenamos la interrupción del tránsito, como también condenamos toda vulneración de derechos humanos en el ejercicio de la fuerza pública. Sin embargo, resulta lamentable el esfuerzo que algunos realizan para lograr un empate insostenible entre el paro de camioneros y lo que realizan quienes reiteradamente queman maquinaria y camiones, iglesias, escuelas, estaciones del metro, saquean supermercados y comercios, hacen barricadas y apedrean vehículos particulares, personas y edificios; quienes destruyen el mobiliario urbano, y quienes asaltan comisarías o agreden criminalmente a carabineros. Es un intento de empate insostenible e impresentable.
Ojalá los acusadores tuviesen el mismo celo constitucional para proveer y exigir del Estado todos los medios necesarios para mantener el orden público y ejercer la fuerza legítima frente a esta violencia extrema, que algunos relativizan, justifican y ahora intentan empatar.
Quiero aprovechar esta instancia, la novena acusación constitucional de la izquierda en un mismo periodo presidencial, para hacer una reflexión de fondo, pero no sin antes aclarar que no criticamos el uso, sino el abuso de esta prerrogativa que, por cierto, nos distrae de las funciones legislativas esenciales.
En 2001, la Democracia Cristiana cometió un inexcusable error en la inscripción de sus candidaturas parlamentarias. El entonces Presidente, Ricardo Lagos , tuvo que enviar un proyecto de ley, con el apoyo de la oposición de entonces, para aplazar las elecciones y permitir así la inscripción de las candidaturas fallidas, entre otras, la del diputado acusador, señor Ascencio .
Esa ley, que salvó a la Democracia Cristiana de quedarse sin parlamentarios, incluido el diputado Ascencio , contó con el apoyo de la oposición de la época y fue liderada, entre otros, por el entonces diputado y jefe de bancada, Víctor Pérez .
Ese tipo de actitudes, la de Víctor Pérez y la de la oposición de la época, reflejan no solo amistad cívica, sino que revelan también la calidad humana de los actores políticos.
Qué elocuente contraste con la conducta de quienes han hecho de las acusaciones constitucionales un deporte, de quienes exacerban el odio y la polarización en sus discursos, en vez de contribuir a un clima de diálogo y entendimiento, en circunstancias de que vivimos una de las crisis más complejas y graves de nuestra historia republicana, que requiere más que nunca la colaboración generosa de todos los actores políticos.
Llamo a rechazar esta acusación y a dar vuelta la página respecto de esta forma de hacer política, que degrada la democracia y cuestiona nuestra esencia republicana.
He dicho.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Carmen Hertz Cádiz .
La señora HERTZ (doña Carmen) [vía telemática].-
Señor Presidente, para referirme a la responsabilidad política del ministro del Interior, debo abordar lo que se ha repetido majaderamente para pretender que esta no existe, y recordar que su defensa, en una idea digna de Disney, intentó trasladar la responsabilidad a la cartera de Defensa, amén de agraviar e injuriar a los diputados acusadores.
Ahora, a través suyo, el abogado del ministro, amén de sus cansadoras invocaciones de fábulas, dichos de filósofos e imágenes cinematográficas, pretende convencernos de que votar a favor esta acusación sería no devolverle una suerte de favor al ministro Pérez por la inscripción de una lista.
Por su intermedio, señor Presidente, ¡qué insolencia más grotesca!
Nos han tratado de convencer de que la herramienta de la acusación constitucional sería un instrumento que puede usarse solo como ultima ratio, lo que es falso. Constitucionalmente, no se establece orden alguno en que se deban utilizar las herramientas de fiscalización de la Cámara de Diputados, por lo cual somos los fiscalizadores quienes decidimos, conforme al mérito de los antecedentes, de cuál herramienta nos valdremos primero, considerando además que esto es parte de la supremacía constitucional que ejerce exclusivamente el Congreso Nacional.
Se ha argumentado una supuesta discrecionalidad absoluta de las facultades del ministro del Interior para la aplicación de la ley, que, obviamente, no es tal, ya que estas facultades jamás serán arbitrarias; siempre estarán sujetas a los principios de racionalidad y de proporcionalidad, teniendo un límite insoslayable, que es el respeto a los derechos fundamentales de las personas, lo que se relaciona con el fin último del Estado de derecho, que es garantizar los derechos inherentes a la condición humana.
El ministro Pérez , evidentemente, abusó de las facultades discrecionales, vulneró el principio constitucional de igualdad ante la ley, y todos fuimos testigos del trato desigual y discriminatorio que se dio a la disidencia política versus los sectores adherentes al oficialismo, lo que se tradujo en graves violaciones a los derechos humanos de los primeros, acompañado de una indolencia total del oficialismo frente a esos hechos.
Este verdadero patrón de conducta del ministro del Interior quedó en evidencia con su reacción ante los hechos ocurridos en la madrugada del 2 de agosto del año en curso, en los denominados “desalojos” de las tomas de algunos municipios en La Araucanía.
Carabineros de Chile, que depende jerárquicamente del Ministerio del Interior, protegió a grupos ligados a la ultraderecha -el ministro los llamó “ciudadanía”-, grupos que, por razones de odio, expresando ideas racistas y con armas contundentes, agredieron violentamente a quienes protestaban, lo que terminó en acciones judiciales incoadas por Interior contra los manifestantes, pero no contra los agresores.
En tanto, frente a las manifestaciones convocadas por un grupo de camioneros, oportunidad en que se cometieron delitos flagrantes contra el orden público, permitidos y protegidos por ese ministro, y que se plasmó en la pasividad absoluta de Carabineros de Chile, es inequívoco que el ministro no solo decidió ser permisivo con este grupo de camioneros delincuentes, sino que les otorgó un trato privilegiado, haciendo diferencias arbitrarias y quebrantando el principio de igualdad ante la ley, lo que el ministro llama “diálogo”.
Respecto de quienes legítimamente protestaban el viernes 2 de octubre, todos vimos cómo un funcionario policial lanzó a un adolescente desde el puente Pío Nono a la ribera del río Mapocho, y también cómo Carabineros no le prestó ayuda alguna, sino que incluso agudizó la represión en esos instantes.
Un punto trágico se alcanzó el 18 de octubre en la población La Victoria, donde fue asesinado un poblador por una herida a bala disparada por un funcionario de Carabineros. Ante esta brutalidad, nos preguntamos legítimamente dónde está el control jerárquico del Ministerio del Interior respecto de Carabineros.
Tenemos el deber de advertir que, históricamente, la discriminación por razones políticas ha dado origen a graves situaciones de persecución y de violación de los derechos humanos, que pueden llegar a configurar crímenes de lesa humanidad, tal como lo ha considerado la propia Corte Penal Internacional. Es una situación gravísima; supone una verdadera deriva a un régimen autoritario, ante lo cual todas y todos quienes estamos aquí tenemos el imperativo de denunciar que se está poniendo en riesgo el Estado de derecho.
La bancada del Partido Comunista votará a favor la admisibilidad de la acusación constitucional contra el ministro Pérez , pues, a nuestro juicio, las causales de responsabilidad están plenamente configuradas.
He dicho.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet Martínez .
El señor MULET.-
Señor Presidente, por su intermedio saludo a los estimados colegas y estimadas colegas, a los señores abogados y a la abogada presentes, así como a las autoridades de gobierno que nos acompañan.
Desde la Federación Regionalista Verde Social decimos desde ya que vamos a votar a favorablemente la admisibilidad de esta acusación constitucional. Debo señalar con mucha claridad que he llegado a la convicción absoluta de la necesidad de declararla admisible, en el contexto que ello implica, para que el Senado juzgue las conductas que se señalan en los distintos capítulos y las responsabilidades que se le atribuyen al ministro.
En estos pocos minutos, quiero referirme particularmente al capítulo III.
Los colegas acusadores Gabriel Ascencio y otros han hecho una exposición lata de cada uno de los antecedentes y de las justificaciones que implicaron dar lugar a esta acusación constitucional.
El capítulo I: “Haber dejado sin ejecutar las leyes en materias relativas al orden público”; el capítulo II: “Haber infringido la Constitución o las leyes, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley”. Reitero, en lo personal, me preocupa especialmente el capítulo III: “Haber dejado de ejecutar las leyes, al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia” y se citan las normas legales. Claramente, el ministrodel Interior y Seguridad Pública es el jefe directo e inmediato de las Fuerzas de Orden y Seguridad -esa es una cuestión que emana claramente de la ley N° 18.575-, y esto cobra especial relevancia con la situación tan grave, violenta y dura ocurrida el 2 de octubre en el puente Pío Nono.
Si esto fuera un hecho episódico, uno quizás podría interpretar las cosas de otra manera, pero es una actitud invariable. Es una constante que el día 2 de octubre nos coloca en los medios de comunicación de todo el mundo ante la gravedad del hecho y, además, como país, nos hace pasar una vergüenza adicional por la negativa reiterada de los comunicados de Carabineros de que ese hecho no había existido y que era de otra naturaleza. La evidencia de las imágenes tomadas por particulares y por la prensa permitió llegar prontamente a la verdad.
Esta constante, la fabricación de pruebas falsas incriminatorias, queda reflejada en un artículo de Jaime Arellano en El Mercurio, en el que señala: “…la malversación de caudales públicos por parte de altos oficiales; disparos reiterados de balines, causando ceguera total o parcial a cientos de personas durante las protestas sociales; la investigación criminal de hechos calificados por la Fiscalía como tortura en una comisaría; la investigación contra un carabinero por empujar a un joven desde un puente, calificado como homicidio frustrado por el órgano persecutor; y críticas amplias a los resultados en la prevención…”, etcétera.
Estamos ante una institución que, obviamente, tiene serios problemas y que ese día, el 2 de octubre, tampoco toma las medidas mínimas, sino que nuevamente se va por otro camino y se señalan hechos falsos.
Fundamentalmente es allí, sin perjuicio de los otros capítulos, es donde me surge la convicción más profunda de la necesidad de acusar constitucionalmente al señor ministro del Interior. No es posible que frente a todos esos hechos no haya las acciones de reproche y que, día a día, lo que hace el gobierno y lo que hace el señor ministro del Interior, después del 2 de octubre e, incluso, después de las declaraciones de prensa en que los encargados de Carabineros mienten reiteradamente, no son capaces de hacer un reproche profundo y sustantivo a una actuación tan grave, tan indigna, tan abusadora y tan violadora de los derechos humanos.
El señor ministro repite una y otra vez que él cumple las órdenes del Presidente de la República, y eso -debo decirlo me preocupa más, porque creo que, más allá de la responsabilidad del propio señor ministro del Interior, que está enfrentando en este Congreso con hidalguía y decisión, la responsabilidad profunda está en el Presidente de la República, que no es capaz de enmendar sus conductas y que hoy se ha transformado en un problema grave para la república; el problema está centralizado permanentemente en él, señor…
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Luciano Cruz-Coke .
El señor CRUZ-COKE.-
Señor Presidente, saludo al ministro Pérez , a los ministros que lo acompañan, a los abogados de su defensa y a los colegas diputados y diputadas.
El ministro Pérez es acusado constitucionalmente en una vorágine de excesos de la oposición, que utiliza la acusación constitucional por novena vez -¡novena vez!-, que haciendo un uso de esta herramienta de ultima ratio, la utiliza para tratar de cohesionarse políticamente, después de un sonado fracaso público en la negociación de primarias para su sector político en la próxima elección municipal.
La única forma de cohesión que tiene hoy esta oposición es oponerse a todo, es trancar todo proyecto posible del gobierno, es tratar de burlar las leyes y la Constitución, es buscar botar ministros, incluso botar al mismo Presidente Piñera .
Se pudo haber interpelado al ministro, se le pudo haber citado, se le pudo haber pedido explicaciones respecto de su corto actuar en algún momento de los dos meses que llevaba en el cargo cuando fue acusado. Es importante recalcarlo: llevaba dos meses en el cargo.
¿En qué juego perverso se ha transformado la política y la democracia en las manos de este Congreso, en que nuestro sistema presidencial busca destituir al ministro del Interior, quien lleva menos de cien días en el cargo? Pero todos sabemos -al menos todos los que estamos en este hemiciclo perfectamente qué es lo que está en juego, y dista mucho de la responsabilidad del ministro Pérez . Acá lo que hay es un acuerdo político partidario que está demandando su cabeza y que contempla, entre otras cosas, la testera de la Cámara, la negociación de la oposición para los constituyentes y distintas pruebas de lealtad que deben hacerse, además, a viva voz y dando testimonios explícitos, dado que no existe ese colchón que cohesiona la amistad entre ellos: la confianza.
Pero también esto ocurre, principalmente, porque es el único juego al que saben jugar: hacer estos actos estentóreos para causar daño político en un momento en que, además, la violencia política arrecia y, lejos de buscar aliviarla, gestos como este solo la azuzan. Y lo más grave de todo es que, habiendo aquí diputados con conciencia, a quienes les hiere tener que destruir la respetabilidad y la honra o destituir o suspender de funciones a una persona que no ha hecho sino cumplir con la ley, como lo ha demostrado la defensa, se han visto coaccionados, se han visto forzados para dar la vuelta a sus principios, a lo que creen justo, para dar hoy una señal política de unidad, objetivo que, por supuesto, no conseguirán por esta vía.
No se engañen; este no es el pegamento que necesitan los proyectos políticos que en nada se parecen, que en nada acuerdan, que nada proponen y que no tiene posibilidad de ofrecer al país sino revancha y división.
La acusación y los acusadores caen en un evidente doble estándar al haberse opuesto permanentemente a la aprobación de la ley antibarricadas y a su utilización durante los eventos de protestas y manifestaciones y, sin embargo, exigirlo frente a las movilizaciones del gremio de los camioneros. Se repitió hasta el cansancio que las movilizaciones reflejaban un problema político y que su respuesta debía ser política y no a través de la fuerza pública y la violencia.
El ministro Pérez , siguiendo esa lógica, logró destrabar de forma rápida y efectiva dicho problema político, a través de la negociación y el diálogo, sin que fuera necesario aplicar medidas más agresivas. Cabe recalcar que, durante las movilizaciones, en ningún momento estuvo en riesgo el aprovisionamiento de la nación ni las redes básicas de abastecimiento y el país logró funcionar con relativa normalidad.
Evidentemente, los inconvenientes que trajeron las movilizaciones del gremio de camioneros fueron menores que otras que han generado movilizaciones violentas respecto de las cuales no solo se exige la utilización de estas leyes, sino que se ha acusado constitucionalmente y con éxito a otros ministros por haberlas utilizado.
Puesto de otra manera, la escalada de violencia y agitación social que distintos grupos han realizado no están permitidas bajo el marco normativo, pero se normalizaron hoy en el país por motivos políticos u otros que no fueron sancionados.
La semana pasada vimos como un miembro de Carabineros de solo 24 años, Eugenio Nain , padre de dos pequeños, murió asesinado a sangre fría por un grupo de violentistas en la zona sur del país. En vez de estar legislando para aprobar leyes que mejoren y entreguen mejores herramientas a nuestras policías para enfrentar la violencia, estamos en una acusación constitucional infundada, digna de la vieja política de trincheras y que lo único que consigue es debilitar la acción de Carabineros y desproteger la vida de miles de chilenos que hoy no pueden vivir en paz.
He dicho.
El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Brito Hasbún .
El señor BRITO.-
Señor Presidente, después de haber escuchado por horas y horas la defensa del ministro y de su abogado, solo deseo que algún día logren tener una pizca de ese tremendo amor propio que guardan hacia sí mismos por el resto de nuestros compatriotas y, en especial, por las víctimas de los abusos de las violaciones a los derechos humanos, a las cuales no destinaron ni una sola palabra. Tampoco la tuvieron por nuestro pueblo trabajador.
Si transformáramos solo una pizca de ese amor propio que se tienen a sí mismos en empatía hacia el resto, de seguro que Chile sería un país mejor.
Después del resultado categórico del plebiscito, pensamos que iba a ser innecesario romper la burbuja en la que se encuentra viviendo aún el ministro del Interior. La insolencia de la defensa del ministro Pérez ratifica la necesidad de apartar de la agenda de seguridad pública la política de la confrontación y de la represión.
La pandemia ya es sumamente difícil como para, además, tener que lidiar con autoridades que niegan ayudas sociales, al mismo momento en que utilizan a las policías para ir a enfrentar a las personas que el gobierno no quiere atender. Eso hicieron antes, eso están haciendo ahora, y eso, parece, que quieren continuar haciendo: utilizar a las policías para enfrentar problemas sociales y políticos, para enfrentar al pueblo, porque ellos no se quieren hacer cargo de los problemas. Luego, como siempre lo han hecho, señor Presidente, los van a abandonar, se van a salvar solos, como ahora lo están intentando hacer.
Esta acusación se sustenta jurídicamente en los tres capítulos acusatorios del libelo, pero tiene un único y urgente sentido político, y es no darle ni un día más en su cargo al señor Víctor Pérez , pues ha hecho de la provocación su práctica política. En los momentos más difíciles de nuestro pueblo, ha decidido y ha planificado actuar por fuera de la ley, utilizando al Ministerio del Interior para los objetivos ideológicos de la extrema derecha, de la cual siempre ha formado parte.
Ante la acusación que realizamos, la defensa nos argumenta que, a diferencia de nosotros, los diputados acusadores, el señor Víctor Pérez ha demostrado una tremenda responsabilidad y profesionalismo a cargo del Ministerio del Interior y, acto seguido, la defensa tiene que contratar a otro abogado y, después, presentar una nueva defensa. Pues bien, ese responsable y profesional ministro a cargo de la seguridad de nuestro país hoy nos plantea que los tres capítulos acusatorios no tienen sentido.
Primero, nosotros planteamos que el Ministerio del Interior ha dejado de ejecutar leyes en materias relativas al orden público. ¿Cómo no va a haber dejado de ejecutar leyes si mientras un grupo de camioneros amenazaba con desabastecer el país en medio de una pandemia y una crisis de hambre; mientras un grupo de camioneros vulneraba el toque de queda y todas las medidas sanitarias; mientras se emborrachaban bloqueando accesos a las ciudades, y el país con una rabia contenida veía las imágenes, el mal ministro, que se autodefine como una persona responsable y profesional, no solo no aplicó las leyes que él mismo promovió, sino que premió a los responsables con dinero proveniente de los impuestos que pagan todas y todos los chilenos de esfuerzo? ¡Es fácil regalar plata ajena al mismo tiempo que se niegan las demandas sociales!
Capítulo II, haber infringido la Constitución y las leyes, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley.
El 2 de septiembre, en la ciudad de Talca -pueden revisar los videos en internet-, cuando vecinos de la zona se manifestaban en la vereda con pancartas contra los camioneros que amenazaban con dejarlos sin medicamentos y alimentos, las fuerzas especiales de las policías fueron a enfrentar a los vecinos. No dedicaron ni una gota de esos gases químicos para los camioneros que estaban saboteando el funcionamiento del país; muy por el contrario, la mano dura fue contra el pueblo pobre, contra el pueblo humilde, contra la gente honesta. El mismo día en que Carabineros protegía al matonaje, las fuerzas especiales atacaban a los técnicos y técnicas de la salud.
Además, el capítulo señala que el ministro dejó de ejecutar leyes al no ejercer control en relación con todas las violaciones de los derechos humanos que ya se han mencionado.
En función del tiempo, pareciera que hay que tener Fonasa para ser objetivo de la represión policial del ministro Víctor Pérez .
Chile necesita unidad. Por eso es tan importante apartar del poder a quienes abusan del cargo. Necesitamos aprobar esta acusación…
El señor PAULSEN (Presidente).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado.
Antes de continuar, necesito recabar la unanimidad de la Sala para que las comisiones puedan partir media hora después de terminada la sesión.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra la diputada Paulina Núñez .
La señora NÚÑEZ (doña Paulina).-
Señor Presidente, saludo al ministro Víctor Pérez , al ministro Baldo Prokurica , a la defensa, a nuestros colegas y a quienes nos están siguiendo durante esta acusación constitucional.
El 25 de octubre los chilenos decidieron por la paz, los acuerdos y querer construir un mejor país. ¿Cómo cabe ahí la idea de acusar al ministro del Interior y Seguridad Pública? ¿Qué busca la oposición, salvo republicanas excepciones, sino castigar al ministro Víctor Pérez por un hecho no imputable a su persona y desestabilizar al gobierno?
Hago uso de la palabra en representación de la bancada de Renovación Nacional para pedir, por favor, que recuperemos la convivencia y miremos hacia adelante. Cada uno de nosotros tiene una oportunidad, y los chilenos nos dieron una oportunidad. No nos equivoquemos; dejemos las odiosidades y las pequeñeces a un lado.
Estamos viviendo un momento histórico y tenemos la oportunidad -insisto de reconducir los ánimos. No lo estamos pidiendo desde el oficialismo; menos lo estoy pidiendo yo: lo pidieron más de 7 millones de chilenos hace unos días.
Ese mensaje categórico también fue para nosotros, para los partidos políticos y para el Parlamento. ¡Basta! No puede ser que el Presidente elegido democráticamente nombre a un ministro del Interior, y este Parlamento, gracias a una mayoría circunstancial, lo saque, menos sin fundamento y restringiéndonos una vez más a la mera cuenta política.
Espero ver a la oposición y a todo el Parlamento unido para solucionar problemas, dar respuestas a demandas históricas y reales, enfrentar a quienes quieren quebrar nuestra democracia, y no en lo que hoy estamos: la novena acusación constitucional en dos años y medio. Esta acusación solo busca generar divisiones, y eso es precisamente lo que hoy como país debemos erradicar.
Estamos frente a una acusación contradictoria, engañosa, jurídicamente errada, sin fundamento, ni siquiera con un foco claro. Mezcla el paro de los camioneros, la violencia en La Araucanía y la caída del joven en el puente Pío Nono. ¿Qué es lo que busca? Simplemente, acusar por acusar.
Señor Presidente, en esta Cámara hemos venido a buscar consensos, a convencer y ser convencidos, y espero que eso sea lo que ocurra hoy.
Nada nuevo va a surgir si hoy se aprueba esta acusación. Sin embargo, veo con esperanza el futuro si somos capaces de frenar las pasadas de cuentas políticas que tan aburridos tienen a todos los chilenos.
Ministro Víctor Pérez , por su intermedio, señor Presidente, sabemos que no está arrepentido de haber asumido el desafío, y por eso le damos las gracias. Somos muchos más los que queremos que al país le vaya bien y que a este gobierno le vaya bien.
He dicho.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Alexis Sepúlveda .
El señor SEPÚLVEDA (don Alexis) [vía telemática].-
Señor Presidente, sin duda que se ha discutido latamente sobre los argumentos jurídicos que sostienen esta acusación: los de la parte acusadora y, por cierto, los argumentos que han presentado tanto los abogados como el ministro.
Este no es un tema que nos debería complicar; la verdad es que muchas veces depende de la perspectiva en que uno lo quiera mirar, pero es indudable que aquí hay hechos fundamentales que gatillaron la presentación de esta acusación.
No es el único, pero para mí, por lo menos, un hecho relevante fue el actuar de Carabineros en este hecho públicamente conocido, internacionalmente conocido, por imágenes que recorrieron el mundo, cuando un joven era arrojado al río Mapocho . Por suerte, salvó su vida, porque perfectamente podríamos haber estado lamentando la pérdida de una vida humana. Es ahí donde uno espera, y lo que creo que todos aquí esperarían, que asuma la responsabilidad política alguien que “ha salvado colado”.
Dos ministros del Interior -en su momento el exministro Andrés Chadwick y ahora el ministro Víctor Pérez están respondiendo por actuaciones de Carabineros, pero el principal responsable aquí está “saliendo colado”. Me refiero al general Mario Rozas . No sé hasta cuándo esto es sostenible. No sé qué es lo que sabe el general Rozas que, prácticamente, se transforma en un intocable.
Pero yo quería detenerme -con todo el respeto y por su intermedio, Presidente en algunas comparaciones que han hecho el ministro y la defensa con respecto al sentido republicano de este Congreso, al actuar del ministro cuando fue parlamentario, en estos acuerdos, en estas soluciones que eventualmente hubo cuando un partido tuvo un mal proceso de inscripción, y eventualmente otras.
Pero yo trataría de comparar peras con peras y manzanas con manzanas, porque lo razonable es que uno debería mirar a propósito del argumento que entrega el propio ministro Pérez del sentido republicano, de la relación humana; uno debería preguntarse: bueno, el ministro Pérez , en su paso por el Parlamento, ¿cómo votó el conjunto de acusaciones constitucionales que en su momento presentó su sector político? En 1991, contra el ministro Germán Correa . Veníamos recuperando la democracia y ya teníamos una acusación constitucional. Voy a obviar las acusaciones a los ministros de la Corte Suprema y al fiscal Torres, que, por cierto, también fue acusado. En 1994, el ministro Alejandro Foxley , de Hacienda, democratacristiano, y Alejandro Hales , de Minería; en 1997, José Pablo Arellano , de Educación; en 1998, la acusación al general Augusto Pinochet -sería bueno saber cómo votó en su momento el parlamentario, el actual ministro Pérez -; en 1998, también se acusó al ministro de Obras Públicas de la época, al ex-Presidente Ricardo Lagos ; en 2002, al intendente Marcelo Trivelli ; en 2003, al ministro de Economía Jorge Rodríguez Grossi -una acusación que la verdad no había parámetro para tomarla-; en 2004, al intendente Iván de la Maza ; en el mismo 2004, al ministro de Justicia, el independiente Luis Bates , ¡al exministro Luis Bates ! todo eso en la época en la que el ministro Pérez era diputado, por cierto-, y el 2008 tuvimos la acusación a la ministra Yasna Provoste , que finalmente se zanjó en el Senado y que significó su destitución y la imposibilidad de tener durante cinco años la posibilidad de ocupar espacio público. Qué duda cabe de que no pudo ser candidata al Parlamento. Mucho después lo pudo ser con tremendo resultado.
Entonces, cuando uno quiere comparar, en mi opinión, debe comparar con lo que ha sido la conducta en hechos similares. Y yo me pregunto, a propósito de lo que nos plantea el ministro Pérez del sentido republicano, lo que plantea la defensa de estas situaciones en las cuales él ayudó a resolver, ¿cómo votó el ministro Pérez cuando era diputado y cuando era senador todas estas acusaciones constitucionales? ¿Acaso todas tenían argumento? ¿Acaso todas eran justificadas?
Solamente quería plantear eso, Presidente, para justificar el porqué estoy de acuerdo con…
El señor PAULSEN (Presidente).-
Muchas gracias, diputado Sepúlveda .
Tiene la palabra la diputada y presidenta de la comisión de la acusación constitucional, señora Loreto Carvajal .
La señora CARVAJAL (doña M.a Loreto).-
Muchas gracias, Presidente.
La verdad que saludar, sin duda, al ministro, a los ministros, a la defensa y a los estimados colegas.
Me tocó presidir esta comisión que buscaba responder a la admisibilidad y al mérito que tenía esta, sustentada en un libelo acusatorio muy contundente. Lo digo, porque, a propósito de esta acción, se ha determinado y se ha dicho por parte del abogado defensor cual mago. Yo me acuerdo que el principal truco que nos gusta a todos -creo en los ciudadanos es cuando se hacen desaparecer las cosas, y creo que aquí debo entender que el abogado de la defensa pretende, por el solo hecho de cambiar al jurista, que se cambien los argumentos que fueron contundentemente expresados y defendidos por la defensa, que habló a nombre del ministro del Interior, por cierto, en la comisión.
Se habla y se dice por el mismo que aquí hay una acusación que es desprolija, que es inoportuna; dice él que además merece el catálogo de ser una acusación frívola. Yo quiero decir que es totalmente despreciable, como usted bien dice acá, a propósito de la acusación, que se desprecie la buena acción política, dado que no están los argumentos. Yo creo que es despreciable no hacerse cargo de las responsabilidades que, por ley y por la Constitución, cada uno de nosotros tenemos, y, por cierto, el ministro de Estado, que no solo ha jurado en esta última ocasión como ministro de Estado; lo hizo muchas veces siendo diputado y siendo senador. No podría alegarse, entonces, no conocer la Constitución y no conocer la ley.
Sin duda que el despreciar significa no hacerse cargo de aquellas atribuciones que fueron puestas en duda a propósito de aquella defensa, en donde se pretendió delegar de una manera burda las acciones y la responsabilidad a un ministro que, no por casualidad y no por desaparición por arte de magia, no está sentado a su lado. Me da la sensación de que aquellos ministros que dijeron por la prensa que efectivamente no tenían las atribuciones, sino que las consignadas claramente en la Constitución y en la ley, dicho a propósito no solo por el ministro de Defensa, excolega nuestro Mario Desbordes , sino también por el general director de Carabineros y también por el propio Presidente de la República, en donde no quedó ninguna duda de a quién compete la responsabilidad de la seguridad interior del país y del orden público. Sin duda, la seguridad pública debe, no solo en estados normales, sino en estado de excepción, estar obviamente bajo la responsabilidad del ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo digo a propósito de los capítulos -nos queda poco tiempo-. El capítulo del orden público. ¿Quién podría negar en esta Sala y en este país que tener 2.300 camiones en la ruta principal, en la columna vertebral del país, provocando efectos dañinos no solo en la economía con el impedir llegar a puertos, no solo en la salud cuando los funcionarios de salud, médicos y otros, se les imposibilitó acceder a sus lugares de trabajo? ¿Quién podría negar que hubo aumento de precios? ¿Quién podría negar que hubo desabastecimiento? Contrariamente a lo que dice la defensa, el ministro Walker , el ministro de Economía, el ministro Paris, la ministra de Transportes, ninguno de ellos fue capaz de hacerse cargo y decir que aquí había estado una situación normal.
El orden público, sin duda, se alteró por siete días, y el ministro tenía dos alternativas: dejar que operaran las instituciones administrativas -dejémoselo a los juzgados de policía local, hagamos las denuncias a través de Carabineros-, o bien hacerse cargo de sus atribuciones, como, por ejemplo, haber usado los mecanismos para poder hacer efectiva la ley de seguridad del Estado. No lo hizo -dice él-, no lo hizo porque, por una actitud de lucidez, dijo: “Mejor voy a dialogar”, haciéndose cargo, entonces, de que la mejor forma de terminar aquellos efectos era por una actitud de buena voluntad y de buen samaritano que correspondía solo dialogar. Aquello no resultó; los efectos son conocidos por la población: el desabastecimiento, el aumento de precios, que obviamente ocurrió y nadie en esta Sala podría negarlo…
El señor PAULSEN (Presidente).-
Señora diputada, disculpe la interrupción. Por favor, silencio en la Sala; está hablando la diputada Loreto Carvajal .
Puede continuar, señora diputada.
La señora CARVAJAL (doña M.a Loreto).-
Lo que hizo el ministro del Interior y Seguridad Pública fue observar con excesiva e inexcusable tolerancia los hechos de bloqueos de rutas, los hechos de vulneración a los derechos humanos. Sin duda que aquí actuó por el orden público de 2.300 camioneros y no por los diecisiete millones de chilenos que se vieron entorpecidos, no en una situación normal, porque se ha querido majaderamente decir que aquí hay una manifestación pacífica. Eso no ocurrió. Estábamos en estado de excepción constitucional.
En estos treinta segundos, solo decir que la transgresión al orden jerárquico es inexcusable. No es posible que hoy día tengamos al general director de Carabineros con hechos tan catastróficos como los que ocurrieron entonces, con empujar a un joven desde el puente Pío Nono, no hacerse cargo de su asistencia posterior, pero además con hechos como los que ocurrieron -y aprovechamos de solidarizar con el carabinero muerto en La Araucanía con el joven muerto.
Por supuesto que aprobaré…
El señor PAULSEN.-
Gracias, diputada Loreto Carvajal . Pido a la Sala guardar silencio.
Tiene la palabra la diputada María José Hoffmann .
La señora HOFFMANN (doña María José).-
Señor Presidente, hoy no solamente quiero hablar en nombre de la bancada de la UDI, sino también de tu partido y especialmente de tu región, que representaste tan bien, junto al diputado Sanhueza , por tantos años, con tanto talento.
Miren, les pido atención.
(La señora diputada exhibe un documento)
“Víctor Pérez será suspendido y no podrá volver a Santiago (…) en un auto fiscal. Tendrá que hacerlo en bus”. Esta frase es del diputado Ascencio , un “verdadero estadista”, ¿no? Este comentario refleja el verdadero espíritu de la acusación: la más absoluta ausencia de republicanismo y de la más mínima decencia política.
¿Se imaginan a Patricio Aylwin , a Pérez Yoma , a Eduardo Frei comentando algo tan menor o revanchista, como que el ministro no podrá usar el auto fiscal? Me cuesta imaginar una actitud tan poco noble como esta. Qué diferencia de la nobleza, cuando Víctor Pérez y toda la UDI les tendió una mano para que pudieran participar en las elecciones parlamentarias. Esta misma Cámara tramitó, en menos de 24 horas, un proyecto de ley para salvar a la DC de sus propios errores. Las ganamos, pero compitiendo lealmente. Qué distante y diferente es la actitud que está detrás de esta acusación: una mezcla de intereses personales y pequeños de algunos.
Y no es la primera vez que han abusado tanto de esta herramienta, es la novena. Nueve veces hemos tenido que escuchar discursos vanidosos, eternos, llenos de frases rimbombantes y de aplauso fácil. Nueve veces hemos tenido que escuchar a los mismos de siempre, apropiándose de la palabra “pueblo”, cuando impulsan sus propios intereses políticos.
¿Alguien me puede explicar en qué contribuye el espíritu del plebiscito en esta acusación? Es un absurdo y va en la dirección contraria a la nueva etapa que tiene que vivir Chile. Esta acusación rompe el espíritu del plebiscito, y ustedes debieran ser los más interesados en que el mensaje de esperanza no se diluya en enfrentamiento y polarización.
En la misma semana en que todavía lamentamos el asesinato del cabo Eugenio Nain , ese crimen horroroso, que muchos de ustedes condenan tibiamente y que nos recuerda la deuda que tiene este Congreso en materia de orden, ¿en qué contribuye esta acusación en casos tan graves? ¿Qué consuelo le da a la familia del cabo o a los miles de familias que han sido víctimas de la violencia?
Le pido que llame al orden, señor Presidente.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Pido silencio en la Sala.
La señora HOFFMANN (doña María José).-
Esta acusación no tiene fundamentos, tal como lo señaló en la comisión el diputado Lavín . Entonces, ¿cuál es el fondo? ¿Cuál es el fundamento? Cuando no hay razones, solo aparecen las pequeñas.
Al principio, me preguntaba sobre el entusiasmo de una parte de la Democracia Cristiana en esta acusación. ¿Sería acaso el peaje que les habrían cobrado para recuperar la Mesa de la Cámara? ¿Sería la forma de hacerse los lindos con quienes no quisieron pactar con ustedes, con quienes no les contestan el teléfono? Eso sería muy burdo, sería entender la política como una transacción. Entonces, ¿quiénes están detrás? Y me apareció esto:
(La señora diputada exhibe un documento)
Es una convocatoria a una reunión por Zoom para la acusación constitucional del 3 de octubre, y no de la secretaria del diputado Ascencio , sino de la secretaria de un diputado comunista. Entonces, ¿qué es lo que está detrás? ¡Siguen estando de rodillas frente a la izquierda más intransigente, esperando su aprobación! ¡Parte de la crisis de la política es esta crisis de carácter, de no tener el valor suficiente para hacer lo correcto y no solo lo popular, porque tienen miedo a las propias funas de su sector, que los sigan llamando traidores! No entienden que se están traicionando a sí mismos. ¡Carácter! ¡Carácter! ¡A eso se les apela! Esta acusación no es correcta; tengan el valor de demostrarlo con su voto.
El ministro Pérez podría haberse quedado en la seguridad del Senado; pero para eso nació la Unión Demócrata Independiente: para hacer lo difícil, para asumir los costos de lo impopular, para poner a Chile siempre primero, sin ninguna consideración política previa.
Esta acusación no tiene fundamento y ustedes saben que es injusta. ¡Tengan el carácter para rechazarla!
He dicho.
-Aplausos.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Corresponde votar la admisibilidad de la acusación constitucional deducida por catorce diputadas y diputados en contra del ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela .
En votación.
-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Ramón Galleguillos , Leonidas Romero , Diego Schalper y Patricio Rosas .
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos; por la negativa, 74 votos. Hubo 1 abstención.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alarcón Rojas , Florcita , Fernández Allende , Maya, Mellado Pino , Cosme , Saldívar Auger, Raúl , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Meza Moncada , Fernando , Santana Castillo, Juan , Álvarez Vera , Jenny , Garín González , Renato , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santibáñez Novoa , Marisela , Ascencio Mansilla , Gabriel , Girardi Lavín , Cristina , Mix Jiménez , Claudia , Schilling Rodríguez , Marcelo , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Monsalve Benavides , Manuel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Barrera Moreno , Boris , González Torres , Rodrigo , Mulet Martínez , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Bernales Maldonado , Alejandro , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Naranjo Ortiz , Jaime , Silber Romo , Gabriel , Bianchi Retamales , Karim , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Teillier Del Valle, Guillermo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Cariola Oliva , Karol , Ilabaca Cerda , Marcos, Parra Sauterel , Andrea , Torres Jeldes , Víctor , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Pérez Arriagada , José , Vallejo Dowling , Camila , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pérez Olea , Joanna , Velásquez Núñez , Esteban , Castro González, Juan Luis , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Salinas , Catalina , Venegas Cárdenas , Mario , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rocafull López , Luis , Verdessi Belemmi , Daniel , Cicardini Milla , Daniella , Labra Sepúlveda , Amaro , Rojas Valderrama , Camila , Vidal Rojas , Pablo , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Rosas Barrientos , Patricio , Walker Prieto , Matías , Díaz Díaz , Marcelo , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Winter Etcheberry , Gonzalo , Espinoza Sandoval , Fidel , Matta Aragay , Manuel , Saffirio Espinoza , René , Yeomans Araya, Gael
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Alessandri Vergara , Jorge , Flores Oporto , Camila , Melero Abaroa , Patricio , Rentería Moller , Rolando , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mellado Suazo , Miguel , Rey Martínez, Hugo , Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo, Juan , Molina Magofke , Andrés , Romero Sáez , Leonidas , Amar Mancilla , Sandra , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Morales Muñoz , Celso , Sabag Villalobos , Jorge , Baltolu Rasera, Nino , Gahona Salazar , Sergio , Morán Bahamondes , Camilo , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Barros Montero , Ramón , Galleguillos Castillo , Ramón , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Schalper Sepúlveda , Diego , Carter Fernández , Álvaro , Hoffmann Opazo , María José , Norambuena Farías, Iván , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Jürgensen Rundshagen , Harry , Núñez Urrutia , Paulina , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Olivera De La Fuente , Erika , Troncoso Hellman , Virginia , Cid Versalovic , Sofía , Keitel Bianchi , Sebastián , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Pardo Sáinz , Luis , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Kuschel Silva , Carlos , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Soto , Osvaldo , Cuevas Contreras, Nora , Lavín León , Joaquín , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leuquén Uribe , Aracely , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Durán Espinoza , Jorge , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Seguel , Pedro , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Rathgeb Schifferli , Jorge , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Eguiguren Correa , Francisco , Macaya Danús, Javier
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor PAULSEN (Presidente).-
En consecuencia, corresponde elegir una comisión integrada por tres diputados para que formalice y prosiga la acusación constitucional ante el Senado.
Propongo integrar la comisión con la diputada Loreto Carvajal y los diputados Gabriel Ascencio y Jaime Naranjo .
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo. En votación.
-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Ramón Galleguillos , Jorge Rathgeb , Manuel Matta y Patricio Rosas .
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 83 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor PAULSEN (Presidente).-
Rechazada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alarcón Rojas , Florcita , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Álvarez Vera , Jenny , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Ascencio Mansilla , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Barrera Moreno , Boris , Hertz Cádiz , Carmen , Ortiz Novoa, José Miguel , Silber Romo , Gabriel , Bernales Maldonado , Alejandro , Ilabaca Cerda , Marcos, Ossandón Irarrázabal , Ximena , Soto Ferrada , Leonardo , Boric Font , Gabriel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Parra Sauterel , Andrea , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Arriagada , José , Teillier Del Valle , Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Olea , Joanna , Tohá González , Jaime , Carvajal Ambiado , Loreto , Kuschel Silva , Carlos , Rocafull López , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castro González , Juan Luis , Labra Sepúlveda , Amaro , Romero Sáez , Leonidas , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Leiva Carvajal, Raúl , Rosas Barrientos , Patricio , Vallejo Dowling , Camila , Cicardini Milla , Daniella , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Velásquez Núñez , Esteban , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay , Manuel , Sabag Villalobos , Jorge , Velásquez Seguel , Pedro , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Saffirio Espinoza , René , Venegas Cárdenas , Mario , Garín González , Renato , Meza Moncada , Fernando , Saldívar Auger, Raúl , Verdessi Belemmi , Daniel , Girardi Lavín , Cristina , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Walker Prieto , Matías , González Gatica , Félix , Mulet Martínez , Jaime , Santibáñez Novoa, Marisela
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Alessandri Vergara , Jorge , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Ramírez Diez , Guillermo , Álvarez Ramírez , Sebastián , Eguiguren Correa , Francisco , Macaya Danús , Javier , Rathgeb Schifferli , Jorge , Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Melero Abaroa , Patricio , Rentería Moller , Rolando , Amar Mancilla , Sandra , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mellado Suazo , Miguel , Rey Martínez, Hugo , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Cobo , Juan , Mirosevic Verdugo , Vlado , Rojas Valderrama , Camila , Barros Montero , Ramón , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Berger Fett , Bernardo , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Santana Tirachini , Alejandro , Bianchi Retamales , Karim , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , García García, René Manuel , Morán Bahamondes , Camilo , Schalper Sepúlveda , Diego , Brito Hasbún , Jorge , Hernández Hernández , Javier , Moreira Barros , Cristhian , Torrealba Alvarado , Sebastián , Carter Fernández , Álvaro , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Muñoz González , Francesca , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Hoffmann Opazo , María José , Noman Garrido , Nicolás , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Ibáñez Cotroneo , Diego , Norambuena Farías, Iván , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cid Versalovic , Sofía , Jackson Drago , Giorgio , Núñez Urrutia , Paulina , Urrutia Soto , Osvaldo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Jürgensen Rundshagen , Harry , Olivera De La Fuente , Erika , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Crispi Serrano , Miguel , Kast Sommerhoff , Pablo , Orsini Pascal , Maite , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Keitel Bianchi , Sebastián , Pardo Sáinz , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Cuevas Contreras, Nora , Kort Garriga , Issa , Paulsen Kehr , Diego , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lavín León , Joaquín , Pérez Lahsen , Leopoldo , Winter Etcheberry , Gonzalo , Díaz Díaz , Marcelo , Leuquén Uribe , Aracely , Pérez Salinas , Catalina , Yeomans Araya , Gael , Durán Espinoza , Jorge , Longton Herrera , Andrés , Prieto Lorca, Pablo
-Se abstuvieron los diputados señores:
Alinco Bustos , René , Auth Stewart, Pepe , Castillo Muñoz , Natalia , Espinoza Sandoval, Fidel
El señor PAULSEN (Presidente).-
Se propondrá una nueva integración de la comisión en la próxima sesión.
RECLAMACIÓN CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA
El señor PAULSEN (Presidente).-
Doy cuenta ante esta honorable Cámara de que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Corporación, se reclama la conducta de la Mesa por haber impedido a dos parlamentarios el ejercicio de la prorrogativa de votar proyectos de ley, contraviniendo con ello la Constitución.
La fundamentación de la reclamación se expondrá en la oportunidad que prevé el Reglamento. Está deducida la censura contra la Mesa de la Corporación por el Partido Radical.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 15:39 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Carter ; Fuenzalida, don Juan ; Hernández , Macaya , Noman , Norambuena , Rentería ; Urrutia, don Osvaldo , y Von Mühlenbrock , que "Modifica el decreto ley N°3.063, que Establece normas sobre rentas municipales, para permitir a los municipios negociar directamente con los deudores de permisos de circulación, en los términos que indica". Boletín N°13856-06
I. IDEAS GENERALES.
Con la propagación de la pandemia del COVID-19 durante estos últimos meses, nuestro país y el mundo entero, han sufrido en mayor o menor medidas las consecuencias económicas de esta situación. El confinamiento social, las limitaciones y regulaciones a la libertad de desplazamiento y otras situaciones anómalas han repercutido fuertemente en el diario vivir y en la cultura de libertades existentes en Chile y en la generalidad de las naciones democráticas.
Así las cosas, las preocupantes repercusiones económicas de esta crisis sanitaria, constituyen uno de los elementos centrales, desde el punto de vista de las políticas públicas, erigiéndose en una problemática cuyas implicancias las veremos en materia de pobreza, desempleo, educación, entre otros importantes asuntos del quehacer público.
Desde la perspectiva estrictamente económica, los chilenos y chilenas han visto una dramática disminución en sus ingresos, factor que ha forzado a la autoridad administrativa ha establecer a través de leyes y reglamentos una normativa destinadas a morigerar los efectos económicos de la cuarentena, promoviendo mecanismos de apoyo para solventar los diarios compromisos en el orden financiero y económico. En una primera instancia fueron los bancos e instituciones financieras, las instituciones que reaccionaron ante esta situación, promoviendo procedimientos de ayuda financiera mediante la repactación de créditos. Por el lado del gobierno, se promovió un mecanismo de ayuda general a las pequeñas y medianas empresas, política que ha servido para aliviar la situación económica de miles de pequeñas y medianas empresas a lo largo y ancho de nuestro país. Enseguida, impulsó una agenda de beneficios en favor de los desempleados y trabajadores independientes. En fin, todos estos ejemplos demuestran fehacientemente, las acciones decididas del actual gobierno en orden a controlar los efectos de esta pandemia, pero bajo un principio fundamental en materia de gasto público como lo es la responsabilidad o equilibrio fiscal.
Con todo, creemos indispensable para la agilidad y alivio de las finanzas de las personas, promover mecanismos dúctiles en el pago y solución de sus obligaciones con la autoridad, específicamente en el pago de derechos como el permiso de circulación, monto que ha sufrido modificaciones en la fecha de su pago precisamente para aliviar los efectos económicos de la pandemia que vivimos.
En efecto, la situación que pretendemos regular, es respecto de aquellas personas que tienen deudas por no pago de permiso de circulación cuyos plazos para el cobro se encuentran expirados, operando la caducidad o prescripción en el derecho de la municipalidad de cobrarlos. Así las cosas, a partir de la existencia de deudas cuyos plazos de prescripción han transcurrido, muchas personas se ven en la imposibilidad de pagar los permisos de circulación por existir una deuda por pagar, hecho sin duda implica pagar una cifra muy superior a la que corresponde por concepto de un año.
Por lo anterior, los parlamentarios firmantes de esta iniciativa, promovemos un proyecto de ley que le otorgue a las municipalidades la facultad de negociar con los conductores deudores del permiso de circulación de años anteriores, para que con ello pagar el permiso correspondiente a este año, aliviando su situación financiera, hecho que repercute no sólo en el conductor, sino que en todo su presupuesto familiar.
II. CONSIDERANDO.
1. Que, el cumplimiento de las obligaciones, para toda persona constituye un imperativo jurídico y ético. donde el propio Estado nos impone la permanencia en nuestras casas, Sin perjuicio de lo anterior, no es menos cierto que nos encontramos en una etapa excepcional en la historia de nuestro país generando pesarosas consecuencias en el plano económico para las personas.
2. Que, junto a lo anterior, parece razonable que sean las propias municipalidades las que desembaracen trabas jurídico-burocráticos que hacen imposible en los hechos acceder al pago del permiso de circulación en mejores condiciones, por lo que junto con reconocer que nos encontramos en presencia de u sensible vacío legislativo, en nada ayuda a otorgar a las personas soluciones eficientes y rápidas en épocas donde la celeridad y eficacia en la acción estatal es fundamental.
3. Que, por lo analizado, la declaración de prescripción de una obligación conlleva una sentencia judicial que la declare, situación que implica un procedimiento judicial cuya demora resulta incompatible con los plazos fijados en la ley para el pago de permisos de circulación, por lo que parece una buena opción que tales trabas sean directamente solucionadas en la municipalidad, precaviendo juicios y otros trámites que dificultan llegar a una solución definitiva.
4. Que, por lo mismo, el presente proyecto de ley apunta a establecer como facultad de las Municipalidades de negociar condonaciones con los deudores de obligaciones por el pago de permisos de circulación, y cuyo plazo para el cobro ha expirado, con la finalidad de no verse impedida la persona del pago del permiso de circulación.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO.
De acuerdo con las consideraciones indicadas el proyecto de ley modifica la Ley sobre rentas municipales, facultando a las municipalidades a negociar con aquellas personas que mantienen, con estas instituciones, deudas por concepto de permiso de circulación, cuyo plazo para reclamar el pago ha expirado.
IV. PROYECTO DE LEY.
Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso final en el artículo 16 del Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales, de conformidad al siguiente texto:
“Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo, las municipalidades podrán negociar directamente el pago del permiso de circulación, no obstante existir deudas pendientes por este concepto generadas en años anteriores, cuando el cobro por esta últimas no se haya efectuado dentro del plazo legal.”
Diputados señores Carter ; Fuenzalida, don Juan ; Hernández , Macaya , Noman , Norambuena , Rentería ; Urrutia, don Osvaldo , y Von Mühlenbrock
Proyecto en moción de los diputados señores Vidal , Bernales , Jiménez y Mirosevic ; y de las diputadas señoras Castillo, Cicardini , Fernández , Hernando , Parra , y Pérez , doña Joanna , que "Establece el día 25 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Democracia, y traslada feriado que indica". Boletín N°13868-24
“La democracia proporciona un entorno que respeta los derechos humanos y las libertades fundamentales en el que se ejerce la voluntad libremente expresada de las personas. Todo individuo tiene voz en las decisiones y pueden pedir cuentas a quienes toman las decisiones. Las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos y todas las personas están libres de discriminación.” [1]
Chile vive actualmente un profundo proceso de cambios. Podríamos elucubrar fechas, enumerar hechos relevantes, buscar su origen en nuestra historia reciente, sin embargo, en lo que estamos todos y todas de acuerdo, es que este proceso nace desde los movimientos sociales, quienes han reclamado, entre otras cosas, mayor igualdad, justicia social, y por sobre todo dignidad.
Y los movimientos sociales fueron quienes remecieron un país completo, cuando el día 25 de octubre de 2019, se congrega la denominada “Marcha más grande de Chile”. Un millón 200 mil personas aproximadamente, repletaron las calles de Santiago, en demanda de mayor igualdad social. Una convocatoria que superó con creces lo logrado por el 8M, la revolución pingüina e incluso, el emblemático acto del cierre de campaña del "NO" en 1988, consignaron en sus reportes los medios de comunicación.
Y es así, como una de las consecuencias del denominado estallido social, fue lograr un acuerdo político transversal, sellado el día y noche del 15 de noviembre del 2019, cuando parlamentarios de todos los sectores políticos firman el acuerdo definitivo que abre el camino para elaborar una nueva Constitución para Chile.
El camino fue incorporar en la Constitución vigente un plebiscito constitucional vinculante, bien regulado, que cumpliera con los requisitos de ir más allá de los procedimientos y actores tradicionales, que convocara la voluntad del pueblo de manera directa frente a la insuficiencia de los mecanismos representativos tradicionales. Un plebiscito constitucional donde todas las opiniones pudiesen manifestarse libremente y se respetara, en último término, la voluntad popular.
Lo anterior dio lugar a la Reforma Constitucional, que habilitó el actual Plebiscito Nacional para una nueva Constitución, el hecho histórico más importante y trascendental para la democracia de nuestro país, desde el plebiscito del 5 de octubre de 1988, en el que la ciudadanía expresó mayoritariamente su deseo de retornar al sistema democrático, inscribiéndose masivamente en los registros electorales, llegando a un nivel histórico de participación en las elecciones generales de 1989. [2]
La primera fecha establecida para el Plebiscito Nacional fue el 26 de abril de 2020, sin embargo dada la contingencia de la pandemia producto del Covid-19, se debió cambiar para el día 25 de octubre de 2020, coincidentemente la misma fecha en que la “Marcha más grande de Chile”, cumplía un año desde su realización. Ambos hitos son, sin duda, los hechos político-sociales más relevantes de la historia reciente de nuestro país.
Según cifras oficiales del Servicio Electoral de Chile (Servel), más del 50% del padrón votó en el Plebiscito del pasado domingo 25 de octubre, con un total de
7.562.173 personas, en un universo de 99,85% de mesas escrutadas. Este elevado número de personas convierten a la votación de este día, en la más masiva de la historia de Chile.
Con todo lo anterior, el mes de octubre se ha convertido en un mes simbólico para todos los chilenos y chilenas, que han manifestado su voluntad de realizar un cambio constitucional en nuestro país de manera democrática, por lo cual destinar uno de los feriados vigentes a su conmemoración, es un acto de justicia para todos y todas quienes nos han recordado la importancia de los valores democráticos como la igualdad; el respeto, promoción y garantía de los derechos humanos; y la dignidad de la persona.
Finalmente, los diputados y diputadas que suscribimos este proyecto de ley, consideramos que conmemorar el Día Nacional de la Democracia el 25 de octubre de cada año, es reconocer el valor de la expresión de la voluntad popular de una nación, que continúa construyendo su historia al alero de valores y principios democráticos.
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Establézcase el día 25 de octubre de cada año como conmemoración del Día Nacional de la Democracia.
Trasládase el feriado correspondiente al 12 de octubre, para el día 25 de octubre de cada año.
Diputados señores Vidal , Bernales , Jiménez y Mirosevic ; y de las diputadas señoras Castillo, Cicardini , Fernández , Hernando , Parra , y Pérez , doña Joanna