Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
-
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE EX PRESIDENTE DEL SENADO SEÑOR JOVINO NOVOA VÁSQUEZ
- HOMENAJE : Juan Antonio Coloma Correa
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- RETIRO PATROCINIO DE PROYECTO
- Jaime Daniel Quintana Leal
- RETIRO PATROCINIO DE PROYECTO
- INTERVENCIÓN : Alvaro Antonio Elizalde Soto
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Luz Eliana Ebensperger Orrego
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- INTERVENCIÓN : Luz Eliana Ebensperger Orrego
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
FÁCIL DESPACHO
-
TIPIFICACIÓN DE USO DE MENORES PARA COMISIÓN DE DELITOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- DEBATE
-
TIPIFICACIÓN DE USO DE MENORES PARA COMISIÓN DE DELITOS
- VI.
ORDEN DEL DÍA
-
SUSPENSIÓN DE FACULTAD DE ISAPRES PARA ADECUAR PLANES DE SALUD DURANTE ALERTA SANITARIA POR PANDEMIA O EPIDEMIA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rabindranath Vladimir Quinteros Lara
- INTERVENCIÓN : Ena Von Baer Jahn
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Carlos Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Durana Semir
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Luz Eliana Ebensperger Orrego
- INTERVENCIÓN : Rabindranath Vladimir Quinteros Lara
- INTERVENCIÓN : Carmen Gloria Aravena Acuna
- DEBATE
-
SUSPENSIÓN DE FACULTAD DE ISAPRES PARA ADECUAR PLANES DE SALUD DURANTE ALERTA SANITARIA POR PANDEMIA O EPIDEMIA
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Isabel Allende Bussi
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Isabel Allende Bussi
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO DE SESIÓN
- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Aravena y señores Chahuán, García, Galilea y Pugh, que tipifica el delito de incendio en establecimientos educacionales. Boletín N° 14.282-07
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carmen Gloria Aravena Acuna
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Jose Gilberto Garcia Ruminot
- Rodrigo Galilea Vial
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Castro, Araya, Elizalde y Letelier, que modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 430, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, para prohibir la pesca de arrastre del recurso merluza común (merluccius gayi gayi). Boletín N° 14.283-21
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Enrique Castro Prieto
- Pedro Araya Guerrero
- Alvaro Antonio Elizalde Soto
- Juan Pablo Letelier Morel
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Proyecto de ley, iniciado en moción de las Honorables Senadoras señoras Goic, Allende, Aravena, Provoste y Sabat, que establece los derechos de las mujeres en las atenciones gineco-obstétricas, los derechos del nacimiento y regula la violencia gineco-obstétrica. Boletín N° 14.284-11
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carolina Goic Boroevic
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carmen Gloria Aravena Acuna
- Yasna Provoste Campillay
- Marcela Constanza Sabat Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Órdenes, y señores Araya y Huenchumilla, que aumenta las penas del delito de usurpación de aguas y modifica norma de la ley N° 19.300. Boletín N° 14.286-07
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alfonso De Urresti Longton
- Maria Isabel Allende Bussi
- Ximena Loreto Ordenes Neira
- Pedro Araya Guerrero
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Aravena y señores Chahuán, García, Galilea y Pugh, que tipifica el delito de incendio en establecimientos educacionales. Boletín N° 14.282-07
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
IMAGEN 1
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 369ª
Sesión 36ª, en martes 1 de junio de 2021
Especial
(Celebrada presencial y telemáticamente, de 11:21 a 13:24)
PRESIDENCIA DE SEÑORA YASNA PROVOSTE CAMPILLAY, PRESIDENTA,
Y SEÑOR JORGE PIZARRO SOTO, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR RAÚL GUZMÁN URIBE, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA..........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
Minuto de silencio en memoria de ex Presidente del Senado señor Jovino Novoa Vásquez...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..............................................................................
IV. CUENTA..................................................................................................................
Acuerdos de Comités...............................................................
V. FÁCIL DESPACHO:
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo a la utilización de menores en crímenes o delitos (11.958-07 y 11.966-07, refundidos) (se rechaza la proposición de la Cámara de Diputados y el proyecto pasa a Comisión Mixta)...................................................................
VI. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que suspende las facultades de las isapres para adecuar los planes de salud durante la situación que indica (boletines 13.502-11, 13.503-11 y 13.504-11, refundidos) (se aprueba en general y en particular)...........................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío).........................................
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron presencialmente las señoras y los señores:
--Bianchi Chelech, Carlos
--Carvajal Ambiado, Loreto
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Durana Semir, José Miguel
--Ebensperger Orrego, Luz
--Elizalde Soto, Álvaro
--García Ruminot, José
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pizarro Soto, Jorge
--Provoste Campillay, Yasna
--Pugh Olavarría, Kenneth
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rincón González, Ximena
Asistieron telemáticamente las señoras y los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Aravena Acuña, Carmen Gloria
--Araya Guerrero, Pedro
--Castro Prieto, Juan
--Galilea Vial, Rodrigo
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Kast Sommerhoff, Felipe
--Lagos Weber, Ricardo
--Latorre Riveros, Juan Ignacio
--Montes Cisternas, Carlos
--Navarro Brain, Alejandro
--Órdenes Neira, Ximena
--Prohens Espinosa, Rafael
--Sabat Fernández, Marcela
--Sandoval Plaza, David
--Soria Quiroga, Jorge
--Von Baer Jahn, Ena
Concurrió, además, telemáticamente, el Ministro de Salud , señor Enrique Paris Mancilla.
Actuó de Secretario General el señor Raúl Guzmán Uribe, y de Prosecretario , el señor Roberto Bustos Latorre.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 11:21, en presencia de 20 señoras Senadoras y señores Senadores.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE EX PRESIDENTE DEL SENADO SEÑOR JOVINO NOVOA VÁSQUEZ
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Senador Coloma, punto de reglamento.
El señor COLOMA.-
Sí, Presidenta .
Hoy día, a las dos de la mañana, falleció Jovino Novoa, Senador durante dieciséis años en esta Corporación. Ocupaba este mismo asiento. Y fue Presidente del Senado .
Estoy seguro de que usted concuerda conmigo, porque lo hablamos con la Mesa, en cuanto a rendir un minuto de silencio en su memoria.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
En mi calidad de Presidenta del Senado , ante el fallecimiento del ex Presidente de esta Corporación señor Jovino Novoa Vásquez, quiero expresar, en nombre de la Mesa y de todo el Senado, nuestras condolencias a su familia y a su partido.
Vamos a rendir un minuto de silencio en su memoria.
--La Sala guarda un minuto de silencio.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 57ª a 64ª, en 2020, así como las actas de las sesiones 30ª a 32ª en mayo de 2021, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor BUSTOS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta, documento preparado por la Secretaría de la Corporación que contiene las comunicaciones dirigidas al Senado:
Mensajes
Seis de Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el primero, inicia un proyecto de ley que otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad COVID-19 (Boletín N° 14.280-05) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Pasa a la Comisión de Hacienda, y les pedimos a los integrantes de la Comisión de Economía que también participen en dicho organismo.
El señor BUSTOS ( Prosecretario ).-
Con el segundo mensaje Su Excelencia el Presidente de la República manifiesta que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago (Boletín N° 13.654-03).
--Se tomó conocimiento y se mandó comunicar al Excelentísimo Tribunal Constitucional.
Con los dos siguientes hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
1.- El que otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad COVID-19 (Boletín N° 14.280-05).
2.- El que introduce diversas modificaciones a las normas del Código Penal referidas al delito de incendio (Boletines refundidos Nos 13.716-07 y 13.719-07).
3.- El que reforma la Constitución Política para regular el estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica (Boletín N° 13.086-07).
4.- El que modifica artículo 476 del Código Penal, para incluir el delito de incendio en lugares destinados al culto religioso (Boletín N° 13.889-07).
5.- El que modifica las leyes Nos. 19.968 y 20.066 para incorporar una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático (Boletín N° 9.715-07).
6.- El que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública (Boletín Nº 13.752-07).
7.- El que modifica la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y otros textos legales que indica (Boletín N° 8.466-07).
8.- El que mejora pensiones del sistema de pensiones solidarias y del sistema de pensiones de capitalización individual, crea nuevos beneficios de pensión para la clase media y las mujeres, crea un subsidio y seguro de dependencia, e introduce modificaciones en los cuerpos legales que indica (Boletín Nº 12.212-13).
9.- El que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social (Boletines Nos 13.588-07, 11.915-07, 12.668-07 y 12.776-07, refundidos).
10.- El que modifica las sanciones del delito de usurpación y las equipara con las de otros delitos a la propiedad (Boletines Nos 13.657-07 y 14.015-25, refundidos).
11.- El que modifica la ley N° 21.247, otorgando prestaciones excepcionales a los trabajadores dependientes, independientes y del sector público que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales en las condiciones que indica (Boletín Nº 14.260-13).
12.- El que modifica la ley N° 20.659 para perfeccionar y modernizar el registro de empresas y sociedades (Boletín Nº13.930-03).
13.- El que modifica diversos cuerpos normativos en materia de integración social y urbana (Boletín Nº 12.288-14).
14.- El que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín Nº 12.092-07).
Con el subsiguiente hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para el despacho de las siguientes iniciativas:
1.- La que Establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores (Boletín Nº 12.409-03).
2.- Crea un Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito y modifica las leyes Nos 18.287 y 18.290 (Boletín Nº 9.252-15).
3.- Modifica el Código de Procedimiento Civil para incorporar la medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles, en juicios de precario y de terminación de arrendamiento y de comodato (Boletín Nº 12.809-07).
4.- Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la ley N° 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest (Boletín N° 12.192-25).
5.- Modifica el Código Procesal Penal con el objeto de permitir la utilización de técnicas especiales de investigación en la persecución de conductas que la ley califica como terroristas (Boletín Nº 12.589-07).
6.- Modifica las normas de admisión escolar para garantizar la libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con los proyectos educativos, y entregar prioridad en la admisión a estudiantes bajo cuidado alternativo del servicio nacional de menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes (Boletín Nº 12.486-04).
7.- Establece un nuevo estatuto de protección en favor del denunciante de actos contra la probidad administrativa (Boletín Nº 13.565-07).
8.- Proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico entre Australia, Brunéi Darussalam, Canadá, los Estados Unidos Mexicanos, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, la República de Chile, la República del Perú, la República de Singapur y la República Socialista de Vietnam, y las cartas intercambiadas en el contexto del mismo, todos suscritos en Santiago, Chile, el 8 de marzo de 2018 (Boletín N° 12.195-10).
9.- Establece un sistema de subvenciones para los niveles medios de la educación parvularia (Boletín Nº 12.436-04).
10.- Reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales y el buen morir (Boletín Nº 12.507-11).
11.- Sanciona los daños en los medios de transporte público de pasajeros y en la infraestructura asociada a dicha actividad (Boletín Nº 12.467-15).
12.- Extiende y moderniza la subvención escolar preferencial (Boletín Nº 12.979-04).
13.- Modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería de Chile (Boletín Nº 13.124-07).
14.- Promueve el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor (Boletín Nº 13.822-07).
15.- Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados (Boletín Nº 12.065-15).
16.- Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia (Boletín Nº 11.077-07).
17.- Fija Ley Marco de Cambio Climático (Boletín Nº 13.191-12).
18.- Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en el ámbito de los recursos bentónicos (Boletín Nº 12.535-21).
19.- Sanciona penalmente a quienes ingresen elementos prohibidos a los establecimientos penitenciarios (Boletín Nº 13.740-07).
20.- Perfecciona la ley N° 19.657 sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica (Boletín Nº 12.546-08).
21.- Sobre modernización de la franquicia tributaria y modificación de fondos públicos que indica (Boletín Nº 12.487-05).
22.- Amplía el ámbito de la ley N° 20.418, que fija normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad (Boletín Nº 12.734-04).
23.- Propicia la especialización preferente de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública mediante modificaciones a las leyes orgánicas que indica y a la normativa procesal penal (Boletín Nº 12.699-07).
24.- Crea un beneficio transitorio para el pago del crédito con garantía estatal establecido en la ley N° 20.027 (Boletín Nº 13.758-05).
25.- Moderniza los procedimientos concursales contemplados en la ley N° 20.720, y crea nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas (Boletín Nº 13.802-03).
26.- Establece normas especiales para la entrega voluntaria de armas de fuego a la autoridad, fija obligaciones a ésta, determina un plazo para la reinscripción de dichas armas y declara una amnistía (Boletín Nº 12.229-02)
27.- Modifica la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, sancionando el porte e ingreso de armas en lugares de acceso público (Boletín Nº 9.993-25).
28.- Crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica (Boletín Nº 11.174-07).
29.- Modifica la ley General de Educación con el objeto de establecer la obligatoriedad del segundo nivel de transición de Educación Parvularia (Boletín Nº 12.118-04).
30.- Moderniza la gestión institucional y fortalece la probidad y la transparencia en las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Boletín Nº 12.250-25).
31.- Modifica la ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública (Boletín Nº 12.100-07).
32.- Sobre nueva ley de copropiedad inmobiliaria (Boletín Nº 11.540-14).
33.- Excluye de los beneficios regulados en la ley N° 19.856 a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad (Boletín N° 13.046-25).
34.- Adecua el Código del Trabajo en materia de documentos electrónicos laborales (Boletín N° 12.826-13).
35.- Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en materia de cierre o instalación de medidas de control de acceso en calles, pasajes o conjuntos habitacionales, por motivos de seguridad (Boletín Nº 13.885-06).
36.- Establece la obligación de las personas sin fines de lucro de informar acerca de los aportes que reciban (Boletín Nº 12.679-07).
Con el último hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
1.- El que establece modificaciones a la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas (Boletines Nos 2.973-11, 4.181-11, 4.192-11 y 4.379-11, refundidos).
2.- El que crea un sistema de garantías de los derechos de la niñez (Boletín Nº 10.315-18).
3.- Sobre protección de los neuroderechos y la integridad mental, y el desarrollo de la investigación y las neurotecnologías (Boletín Nº 13.828-19).
--Se toma conocimiento de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Dos de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que tomó conocimiento de la decisión del Senado, como Cámara revisora, de declarar inadmisible el proyecto, iniciado en moción, que modifica el Código Tributario para ampliar el plazo de la Operación Renta, en el evento que el plazo legal venza durante la vigencia de un estado de excepción constitucional (Boletín N° 14.195-05). Asimismo, indica la nómina de Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá formarse, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 15 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional.
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo comunica que ha aprobado el proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del COVID-19 (Boletín N° 14.225-13) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas.
Informes
De la Comisión de Seguridad Pública recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo a la utilización de menores en crímenes o delitos (Boletines Nos 11.958-07 y 11.966-07, refundidos) (con urgencia calificada de "suma").
De la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Tributario obligando a bancos y otras instituciones financieras a entregar información sobre saldos y sumas de abonos en cuentas financieras al Servicio de Impuestos Internos (Boletín Nº 14.111-05).
Segundo Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública (Boletines Nos 13.651-07 y 13.752-07, refundidos) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Honorables Senadores señora Aravena y señores Chahuán, García, Galilea y Pugh, con la que inician un proyecto de ley que tipifica el delito de incendio en establecimientos educacionales (Boletín N° 14.282-07).
--Pasa a la Comisión de Seguridad Pública.
De los Honorables Senadores señores Castro, Araya, Elizalde y Letelier, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 430, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, para prohibir la pesca de arrastre del recurso merluza común (merluccius gayi gayi) (Boletín N° 14.283-21).
--Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
De las Honorables Senadoras señoras Goic, Allende, Aravena Provoste y Sabat, con la que inician un proyecto de ley que establece los derechos de las mujeres en las atenciones gineco-obstétricas, los derechos del nacimiento y regula la violencia gineco-obstétrica (Boletín N° 14.284-11).
--Pasa a la Comisión de Salud, y luego, a la Comisión de Mujer e Igualdad de Género.
De los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Órdenes, y señores Araya y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de ley que aumenta las penas del delito de usurpación de aguas y modifica norma de la ley N° 19.300 (Boletín N° 14.286-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución Legislación, Justicia y Reglamento.
Comunicación
Del Honorable Senador señor Quintana, por la que informa que retira su firma del proyecto de ley que incentiva la participación de las y los candidatos independientes en las elecciones de Diputados y Senadores (Boletín N° 14.071-06).
--Se toma conocimiento.
El señor BUSTOS (Prosecretario).-
Esos son todos los documentos recibidos, Presidenta.
Muchas gracias.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
A usted.
)-----------------(
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Se ofrece la palabra sobre la Cuenta.
Senadora Ximena Rincón.
La señora RINCÓN.-
Gracias, Presidenta .
Quiero solicitar autorización para que la Comisión de Hacienda pueda sesionar de manera paralela con la Sala a fin de ver el proyecto de ley de extensión del posnatal.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Estamos absolutamente de acuerdo.
Agradecemos la solicitud de la Senadora, pero en verdad no es necesaria, porque tenemos ya un acuerdo vigente respecto de las Comisiones en virtud del cual todo lo que diga relación con apoyo a las familias en el marco del COVID-19 debe tener una tramitación rápida.
Pero, de cualquier manera, así se acuerda.
Tiene la palabra la Senadora Carolina Goic, y luego, el Senador Álvaro Elizalde.
La señora GOIC.-
Gracias, Presidenta.
Sobre el mismo proyecto, el día de ayer nosotros logramos un acuerdo con el Gobierno, con las Diputadas mocionantes, con el Senado y con las mamás, que por supuesto están muy interesadas en que salga rápido.
Hoy día estamos en una sesión especial, por lo que no es posible incorporarlo a la tabla, y por lo mismo quería solicitarle, Presidenta , algo que ya hemos conversado con usted y con los Comités: celebrar otra sesión especial, citada para la una y media, a fin de despachar hoy día el proyecto y así mañana pueda verlo la Cámara de Diputados y hacerlo realidad para muchas madres que están esperando el beneficio.
Entiendo que los Comités ya algo han conversado.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias, Senadora Goic.
La Senadora Rincón ha solicitado autorización para que la Comisión de Hacienda pueda sesionar en paralelo con la Sala, pero, para adoptar este otro acuerdo, deberíamos tener la certeza de que ese organismo estará en condiciones de despachar el proyecto.
El ánimo de los Comités y de la Mesa es apoyar, pero tampoco queremos presionar a una Comisión; más bien la idea sería que su Presidenta nos dijera si va a estar en condiciones de enviarlo a la Sala.
¿Senadora Rincón?
La señora RINCÓN.-
De acuerdo a los antecedentes que nos entregó la Presidenta de la Comisión de Trabajo el día de ayer, y conforme a lo que he conversado hoy en la mañana con algunos colegas de la Comisión de Hacienda, no debiera haber inconveniente, salvo que surgiera algún tema durante la discusión, pero no debiera ser el caso.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Entonces, recabo el asentimiento de la Sala para realizar una sesión especial a la una y media.
Senador Letelier, sobre el punto.
El señor LETELIER.-
Presidenta, yo entiendo que la Sala es soberana para incluso, si hay unanimidad, incorporar el proyecto en esta sesión, porque podemos cambiar o suspender los reglamentos si existe unanimidad.
Le pediría a la Secretaría que lo analizara, por lo siguiente. Este es un proyecto transversal. Llegamos a un acuerdo transversal con el Gobierno; el financiamiento está; llegamos a una solución, no quiero decir óptima, pero sí muy positiva. Y por ende despacharlo en esta sesión, sobre tabla, para no tener que llamar a una sesión especial, cuando usted, Presidenta , tiene que preparar la Cuenta Pública, me parece que sería lo mejor.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al Senador Juan Pablo Letelier.
La Secretaría ya ha informado que, a pesar de que haya acuerdo unánime, no existe posibilidad alguna de que la iniciativa se vea en la presente sesión. Y por eso ya hemos conversado con los Comités.
Por su parte, el Senador Rabindranath Quinteros nos ha manifestado que él estará siempre disponible para todos aquellos temas que permitan avances importantes para las mujeres, tal como lo han manifestado también distintos jefes y jefas de Comités.
Si les parece, entonces, citaremos a una sesión especial, de 13:30 a 14 horas, acotada a la iniciativa mencionada.
--Así se acuerda.
)---------------(
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador Álvaro Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Presidenta, yo quisiera plantear un tema bien concreto.
El año 2007, el 19 de diciembre específicamente, se presentó un proyecto de ley que sanciona delitos contra el medio ambiente. Ha pasado una década y media desde entonces; el proyecto se fusionó con otras iniciativas, y la Comisión de Medio Ambiente emitió un informe el 3 de septiembre del 2019, doce años después de presentada la moción.
Este informe fue remitido a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, con el objeto de que esta analizara el proyecto, como segunda Comisión. Y ya han pasado casi dos años.
El Gobierno se comprometió en su momento; el propio Presidente hizo un anuncio en esta materia; presentó urgencias para la tramitación en la Comisión de Medio Ambiente, pero no ha hecho lo mismo en la Comisión de Constitución.
Por lo tanto, Presidenta , quiero plantear que, si queremos tener finalmente una ley que sancione los delitos contra el medio ambiente, el proyecto, o pase directamente a la Sala con el informe de la Comisión de Medio Ambiente, o se dé un plazo acotado, máximo treinta días, a la Comisión de Constitución, de tal manera que, si no evacúa un informe en ese lapso, se entienda vencido el trámite en dicha instancia, algo que ya se ha hecho en otras Comisiones. Yo soy miembro de la Comisión de Agricultura, presido la de Economía, y nos ha tocado que nos han enviado iniciativas con plazos acotados para emitir un informe.
A mi parecer, no se puede seguir postergando la tramitación de este proyecto. Estamos hablando -insisto- de una moción del año 2007. El Gobierno hizo un anuncio. El propio Presidente incluso se sacó una foto, señalando que era partidario de una legislación en esta materia. Sin embargo, en el último tiempo no le ha puesto urgencia.
Por eso, quiero proponer a la Sala que resuelva que el proyecto se vea directamente en el Hemiciclo, con el informe de la Comisión de Medio Ambiente. Y, en caso contrario, que se le dé un plazo acotado, de máximo treinta días, a la Comisión de Constitución para que evacúe el documento correspondiente.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, se accedería a la solicitud que ha hecho el Senador Elizalde en cuanto a darle un plazo de treinta días a la Comisión de Constitución, superado el cual la Sala quedaría en condiciones de analizar el proyecto con el documento evacuado por la Comisión de Medio Ambiente.
Sobre el punto, tiene la palabra el Senador Araya, y luego, la Senadora Allende.
El señor ARAYA.-
Gracias, Presidenta.
Quiero ser responsable. La agenda de la Comisión de Constitución se halla sumamente recargada, de tal manera que será muy difícil que pueda cumplir el plazo de treinta días. Tenemos una serie de proyectos, bastante complejos, y estamos sesionando a lo menos tres veces a la semana. Y a eso tenemos que agregar las Comisiones Mixtas a las que debemos asistir los miembros de la Comisión de Constitución, entre otras la que debe pronunciarse sobre el proyecto relativo al uso de brazalete electrónico en caso de violencia intrafamiliar.
Por lo tanto, un plazo de treinta días -y creo que mis colegas de la Comisión me van a apoyar en esta materia- es muy probable que no lo podamos cumplir. Tendría que ser un plazo mayor, o buscar una fórmula distinta para tratar el proyecto, Presidenta .
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al Senador Pedro Araya.
Tiene la palabra la Senadora Isabel Allende, y luego, el Senador Guido Girardi.
La señora ALLENDE.-
Presidenta, yo soy autora de una de las mociones referidas a los delitos ambientales.
Como se dijo, desde el año 2008 que estamos intentando que el proyecto arribe a buen puerto. Hubo varias mociones que se fusionaron; la Comisión de Medio Ambiente revisó extensamente el texto; el Gobierno siempre manifestó que estaba de acuerdo, y por lo tanto, voy a pedir que no tomemos un acuerdo que sabemos que será incumplible. Llevamos muchos años esperando que la Comisión de Constitución tenga tiempo; nosotros entendemos que siempre tiene a su cargo materias urgentes, pero la verdad es que estamos en una situación de frustración, de fracaso, y este país no resiste el que no exista capacidad para generar la figura del delito ambiental.
Lo sabemos perfectamente. Incluso, hay informes sobre la actuación de la Superintendencia del Medio Ambiente, que es la única institución que puede realizar fiscalizaciones. Y está pendiente otro informe de la Contraloría, bastante crítico. Por lo tanto, más que nunca necesitamos que exista en nuestro país la configuración del delito ambiental, como una forma de garantizar que efectivamente se cumplen los estándares, las normas y desde luego las fiscalizaciones, y podamos entregarles a nuestros ciudadanos una mejor calidad de vida y no tengamos, como las tenemos, zonas de sacrificio y otras más.
Por lo tanto, lo que yo le pido, Presidenta, es que el proyecto pase directamente a la Sala. De verdad, cuando uno se ha esforzado en elaborar un proyecto, que se ha fusionado con otras iniciativas, que ha sido tratado en la Comisión de Medio Ambiente, que trabajamos durante un montón de tiempo, resulta muy frustrante que nunca se pueda ver porque sabemos que siempre habrá otros asuntos a los cuales se les van poniendo urgencias tras urgencias.
Repito: pido que pase directamente la Sala, porque creo que estamos frente a un acto de responsabilidad ante la carencia que tenemos como país en este ámbito. Este no es un tema de quienes somos o no somos autores, sino de qué les decimos a los ciudadanos hoy día cuando simplemente, o no se fiscaliza, o se fiscaliza de manera muy insuficiente, y no existe ninguna sanción que vaya más allá de las multas, que en la práctica producen muy poco efecto.
Es lo que pido, Presidenta . Y agradezco al Senador Araya que haya tenido la honestidad de anticiparnos que sabe que un plazo de treinta días no podrá ser cumplido. Lo sabemos.
Reitero: pido que el proyecto pase a la Sala, Presidenta .
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias, Senadora Allende.
Le ofrezco la palabra a la Senadora Luz Ebensperger; luego, al Senador Guido Girardi, y posteriormente a los Senadores Chahuán y Navarro. Con ellos vamos a cerrar el punto.
La señora EBENSPERGER.-
Gracias, Presidenta .
Yo comparto la urgencia de contar con esta normativa.
Nosotros, en la Comisión de Constitución, alcanzamos a tener una sesión al respecto, y efectivamente, por la gran cantidad de proyectos que debemos analizar, no se ha seguido viendo, no obstante que es facultad de su Presidente determinar los asuntos que se deben estudiar. De repente uno puede no estar de acuerdo con las urgencias que se han hecho presentes.
Pero creo que el proyecto debe ser examinado en la Comisión de Constitución. La vez que lo vimos nos encontramos con temas con los que no estábamos de acuerdo y deben ser mejorados, porque lo peor es hacerlo mal.
Hacerlo mal, para mí, no es la solución. Siempre el remedio puede ser peor que la enfermedad.
A mí me gustaría que el Presidente del organismo dijera, ojalá, cuál sería un plazo razonable. Creo que las cosas, con esfuerzo, se pueden hacer. Y si hay que sesionar un cuarto día para poder sacar adelante el proyecto antes de que venga a la Sala, me parece que debiera ser así, pero creo que es importante que la Comisión de Constitución lo revise y de ahí salga un texto. A lo mejor no, a lo mejor es el mismo, pero debiéramos revisarlo al menos antes de venir a la Sala. En la sesión que tuvimos sobre la materia vimos que hay muchas dudas; por lo menos, es lo que a mí me manifiestan algunos profesores que pudimos escuchar.
Presidenta, yo creo que debe ser visto por la Comisión de Constitución antes de venir a la Sala. Sí creo que hay que ponerle un plazo.
Gracias.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias, Senadora Ebensperger.
Le ofrezco la palabra al Senador Guido Girardi.
El señor GIRARDI.-
Gracias, Presidenta .
Yo lamento mucho que el tema ambiental no sea una prioridad; que los daños que están sufriendo los seres humanos, los ecosistemas no sean algo importante para este Senado; que las zonas de sacrificio no sean relevantes; que puedan ocurrir situaciones como la contaminación de Arica -yo fui uno de los que denunció el tráfico de residuos peligrosos a Promel-, que destruyó la vida de miles de personas, sin que exista ninguna sanción, y que los delincuentes que recibieron millones de dólares por ese tráfico caminen libremente por las calles sin siquiera haber pagado multas relevantes.
No se entiende lo que hemos vivido de los estallidos sociales y lo que acaba de ocurrir en la elección de los constituyentes, donde aquellos constituyentes y constituyentas que plantearon como prioridad la defensa del medio ambiente son los que obtuvieron lejos las primeras mayorías. Hay un clamor ciudadano por tener normas ambientales que sean respetadas y que sean preventivas, porque lo que hace el delito ambiental es prevenir. Cuando un gerente, como ha ocurrido, por ejemplo, en Quintero, a sabiendas abre los ductos para lanzar contaminantes que van a dañar la vida de toda una comunidad y del ecosistema, lo hace porque no tiene ninguna sanción. Cuando exista sanción penal va a haber acciones que van a ser de prevención. Los gerentes, los ejecutivos no van a estar disponibles para hacer lo que hoy día hacen.
Presidenta, este proyecto transita desde el año 2007. Yo le pido o que le pongamos un plazo a la Comisión de Constitución, que estima que esto no es importante, o que pase a la Sala para que lo podamos debatir.
Este proyecto, además, fue hecho por los principales especialistas, por doctores en derecho, por académicos relevantes. Son ellos los que, junto a la Comisión del Futuro y a numerosos Parlamentarios que están acá, lo elaboraron. Este no es un proyecto hecho a la medida de la opinología de los Senadores y las Senadoras, que puede ser muy aguda, sino un proyecto hecho por los principales académicos intelectuales del derecho y ha sido apoyado por todos los grandes académicos intelectuales del derecho de todas las universidades.
Entonces, Presidenta , creo que el país no puede seguir esperando tener la legislación ambiental que se merece. O la Comisión de Constitución ve esta iniciativa en un plazo razonable, que yo pido que sea de treinta días, y que trabajen a lo mejor un día más, dos días más, o que pase a la Sala.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias, Senador Girardi.
Le ofrecemos la palabra al Senador Francisco Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Presidenta, efectivamente este es un proyecto que lanzamos con mucha euforia en el Patio de los Naranjos, en La Moneda, hace mucho tiempo atrás.
Este es un proyecto, además, que fusionó mociones parlamentarias de distintas bancadas. Yo soy coautor de una de esas iniciativas. Y quiero pedirle efectivamente que seamos capaces de ponerle la presión necesaria en los tiempos para que este tema finalmente pueda verse en la Sala.
Este es un tema que yo he hablado con la Ministra del Medio Ambiente. Ella ha manifestado buena voluntad para avanzar, pero lo cierto es que este proyecto está atascado en la Comisión de Constitución.
Entonces, debiéramos fijar un plazo para la Comisión de Constitución, para que llegue con un informe favorable o desfavorable, pero que llegue finalmente a la Sala. Y segundo, habría que pedirle también a la Ministra del Medio Ambiente la urgencia necesaria para poder despacharlo.
Creemos que este es un proyecto absolutamente necesario para terminar con las mal llamadas "zonas de sacrificio ambiental". Además, recoge las voluntades de parlamentarios de distintas bancadas.
Presidenta, por lo menos yo soy partidario de establecer un plazo para que el proyecto llegue finalmente a la Sala y sea esta la soberana, la que en definitiva permita a lo menos aprobarlo en general y darle prosecución justamente a su tramitación.
He dicho.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al Senador Francisco Chahuán.
Le ofrezco la palabra al Senador Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Presidenta , en razón de estas asignaciones que hacemos a la Comisión de Constitución, yo quiero recordar que el 10 de marzo del 2020 la Sala remitió a la Comisión de Constitución la interpretación del artículo 53, numeral 7), que establece la facultad exclusiva del Senado para inhabilitar al Presidente de la República por causales tanto físicas como de salud mental. Se dio un plazo de treinta días; eso fue en marzo del 2020. Ahora, el 24 de marzo del 2021 también le dimos a la Comisión de Seguridad Pública treinta días para poder asumir el debate de la ley que prohíbe el uso de escopetas de perdigones a Carabineros. Es decir, los plazos que les estamos dando a las Comisiones no se cumplen, y en particular esto lleva más de un año en la de Constitución.
Por tanto, hay que tenerlo presente a la hora que tomamos estos acuerdos. El Senador Pedro Araya ha sido suficientemente sincero y realista para determinar que no va a ser posible lo que se le pide a Constitución.
Ahora, si no es posible, en el caso de Seguridad Pública nosotros queremos verlo en la Comisión de Derechos Humanos.
En consecuencia, podríamos tomar la medida de que los proyectos que tienen como destino la Comisión de Constitución puedan ser revisados por otras Comisiones previamente, lo que posibilita su avance y también facilita el accionar de la Comisión de Constitución.
A ver si es posible tomar ese acuerdo más permanente ahora o en Comités, Presidenta .
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al Senador Navarro.
Estamos esperando una información de la Secretaría.
Senador Pedro Araya, Presidente de la Comisión.
El señor ARAYA.-
Gracias, Presidenta.
Dos cosas. Voy a partir por lo segundo que dijo el Senador Navarro en cuanto al informe que tiene que emitir la Comisión de Constitución respecto de la forma como se puede solicitar la inhabilidad del Presidente de la República . Quiero señalarle, Senador Navarro, que le hemos encomendado al Secretario de la Comisión de Constitución que nos pueda preparar un informe. Una vez que ese informe esté preparado por la Secretaría va a ser discutido por la Comisión y, obviamente, se enviará un pronunciamiento a la Sala. En todo caso, esto ya se le comunicó formalmente a la Secretaría del Senado y esperamos en los próximos días tener a lo menos un informe previo por parte de la Secretaría de la Comisión de Constitución a fin de emitir ese pronunciamiento.
Y lo segundo, Presidenta , es que hoy día la Comisión de Constitución está tratando temas que son complejos. Nosotros tenemos en tabla el proyecto de ley de adopciones y, posteriormente, matrimonio igualitario, entre otras cosas. Entonces, una solución sería que la Sala acuerde que terminada la Ley de Adopciones, que es solamente discusión en general, pueda venir este proyecto a la Comisión de Constitución para su discusión, y que ahí se pueda fijar un plazo razonable para la discusión.
Y en paralelo, Presidenta , yo también le pediría que usted pueda hacer las gestiones con el Ejecutivo , porque nosotros tenemos distintas solicitudes de distintos Ministerios -Interior, Justicia, el mismo Medio Ambiente, entre otros- que piden poner en tabla proyectos en la Comisión de Constitución. Entonces, la idea es que usted pueda ordenar con el Ejecutivo la agenda legislativa y que el mismo Ejecutivo pueda colocarle no sé si "discusión inmediata" o suma urgencia al proyecto de ley de delito ambiental, como una forma también de que tenga prioridad al interior de la Comisión.
Esa creo que puede ser una salida a este proyecto, Presidenta .
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias.
Nosotros entendemos el trabajo de cada una de las Comisiones, y sin duda que la de Constitución, tal como lo ha señalado su Presidente , hoy día está dedicada a la Ley de Adopciones, entre otras materias.
Hemos estado revisando con la Secretaría la tramitación de la iniciativa, porque efectivamente, tal como lo señaló el Senador Elizalde, que fue quien abrió este punto de discusión, ella viene desde el año 2007. Nunca ha sido votada en general por la Sala.
Entonces, quisiera proponerles que viniera directo a la Sala, que la votáramos en general y que la Comisión de Constitución haga luego la discusión en particular. De esa manera, en el plazo que dicha Comisión se iba a dar podrá verse su articulado.
Si les parece, pondremos el proyecto en la próxima tabla para su votación en general.
Acordado.
Muchas gracias a todos.
Senador Francisco Huenchumilla , sobre el punto.
Si le pueden dar el audio al Senador Francisco Huenchumilla , por favor.
Está ya habilitado, Senador.
El señor HUENCHUMILLA.-
Gracias, Presidenta .
Respecto de la petición del Senador Navarro, yo, como Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, no tengo inconveniente en que el proyecto al cual se refería pase a la Comisión de Derechos Humanos. Personalmente, no tengo ningún inconveniente. Nos alivia la tarea que tenemos en la Comisión, Presidenta .
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Si les parece, entonces, se acogería la solicitud, que era sobre otro tema distinto al del delito ambiental, hecha por el Senador Navarro y ratificada por el Presidente de la Comisión de Seguridad Pública. En consecuencia, el proyecto que prohíbe el uso de escopetas de perdigones a Carabineros pasaría a la Comisión de Derechos Humanos.
Así se acuerda.
Muchas gracias.
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La señora PROVOSTE (Presidenta).- Le ofrezco la palabra a la Senadora Ebensperger.
¿Es sobre otro punto de la Cuenta?
Senadora, tiene usted la palabra.
La señora EBENSPERGER.-
Presidenta, en la tabla de mañana miércoles los Comités fijaron dos proyectos de ley para tratar, pero sujetos a la llegada de los informes de las respectivas Comisiones.
Entonces, yo quisiera solicitarle, Presidenta , que recabe el acuerdo de la Sala para que, en caso de que no llegaran esos informes, que nos dejarían por lo tanto sin proyectos en tabla para mañana, se ponga en tercer lugar el boletín N° 13.752-07, que ya fue despachado por la Comisión de Constitución y que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación de los tribunales luego del estado de excepción constitucional de catástrofe y calamidad pública. Porque, si ese proyecto no se aprueba, una vez terminado el estado de excepción se va a producir un grave problema en los tribunales de justicia.
Tanto el Poder Judicial como el Ejecutivo y todos los demás servicios o sistemas o personas que funcionan dentro del sistema judicial están muy preocupados de que estos proyectos se aprueben, porque es la solución para impedir que, de verdad, se produzca un desastre una vez que se acabe el estado de excepción, por cuanto en ese momento también termina su vigencia la ley anterior que está operando durante este período, Presidenta .
Reitero que es el boletín N° 13.752-07, que ya fue despachado; está entre los proyectos que quedaron para tabla.
Gracias, Presidenta .
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Bueno, efectivamente esta intervención era sobre la Cuenta, porque el día de hoy informamos la "discusión inmediata" puesta por el Ejecutivo para ese proyecto.
Si le parece a la Sala, se accedería a lo solicitado, solo en el entendido de que alguno de los proyectos que los Comités han definido para la tabla del día miércoles no se viese.
Así se acuerda.
ACUERDOS DE COMITÉS
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Le ofrezco la palabra al señor Secretario para que, de manera rápida, dé a conocer los acuerdos de Comités.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señora Presidenta .
Buenos días.
Los Comités, en sesión celebrada el 28 de mayo recién pasado, adoptaron los siguientes acuerdos:
1.- Dejar sin efecto la sesión ordinaria del martes 1° de junio del año en curso, contemplada de 16 a 20 horas, con motivo de la sesión de Congreso Pleno convocada para esa fecha, a partir de las 15 horas, con la finalidad de recibir a Su Excelencia el Presidente de la República , quien dará cuenta al país del estado político y administrativo de la nación.
En su reemplazo, citar a sesión especial de la Corporación para ese mismo día 1° de junio, de 11 a 13:30 horas, a fin de tratar los asuntos que se indican a continuación.
2.- Tratar, en tabla de Fácil Despacho de la referida sesión especial del martes 1° de junio del presente, el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo a la utilización de menores en crímenes o delitos, correspondiente a los boletines 11.958-07 y 11.966-07, refundidos, siempre que se hubiere recibido el respectivo informe de la Comisión de Seguridad Pública.
3.- Considerar, en primer y segundo lugar, respectivamente, del Orden del Día de la mencionada sesión especial, las siguientes iniciativas:
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que suspende la facultad de las isapres para adecuar los planes de salud durante la situación que indica (boletines Nos 13.502-11, 13.503-11 y 13.504-11, refundidos).
-Proyecto de ley, iniciado en moción de las Honorables Senadoras señoras Allende, Muñoz, Provoste, Rincón y Sabat, en primer trámite constitucional, que suprime la causal de conducta homosexual en el divorcio por culpa (boletín Nº 14.170-07).
4.- Tratar, en primer y segundo lugar, respectivamente, del Orden del Día de la sesión ordinaria del miércoles 2 de junio del presente, las siguientes iniciativas:
-Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.247, otorgando prestaciones excepcionales a los trabajadores dependientes, independientes y del sector público que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales en las condiciones que indica (boletín Nº 14.260-13).
Este proyecto se tratará siempre que fuere despachado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social y por la Comisión de Hacienda y se hubieren recibido los informes o certificados respectivos.
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del COVID-19 (boletín Nº 14.225-13).
Este proyecto se tratará siempre que fuere despachado por las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, y se hubiere recibido el informe o certificado respectivo.
5.- Citar a sesión especial de la Corporación para el próximo jueves 3 de junio, de 9 a 11 horas, a fin de tratar los siguientes asuntos:
-Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre máquinas de juego fuera del ámbito de la Ley de Casinos (boletines N°s 9.068-06, 10.811-06, 11.892-07, 12.028-06, 12.029-06, 12.030-06, 12.119-06, 12.179-06 y 12.194-06, refundidos).
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, y la ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para incorporar a la enfermedad celíaca y al gluten como su principal causante, en las menciones y en la regulación contenida en dichas normas (boletín Nº 12.906-11).
-Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Provoste y señores García Ruminot, Latorre y Ossandón, en primer trámite constitucional, que obliga a los sostenedores de los establecimientos educacionales particulares pagados y particulares subvencionados a requerir el acuerdo del centro de padres y apoderados para renovar los textos escolares que utilizan los estudiantes (boletín N° 11.778-04).
6.- Facultar a la Mesa del Senado para citar a sesiones especiales de la Corporación durante la semana que se inicia el lunes 31 de mayo, en los días y horarios a determinar, con la finalidad de tratar y despachar los proyectos de ley que conforman la agenda de mínimos comunes, a saber:
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.289, de Presupuestos del Sector Público , correspondiente al año 2021, y la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia (boletín N° 14.277-31).
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece nuevas medidas tributarias para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas, por la crisis generada por la enfermedad COVID-19 (boletín N° 14.278-05).
-Proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , en primer trámite constitucional, que otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad COVID-19 (boletín N° 14.280-05).
7.- Consultar a la Secretaría del Senado acerca de la participación en sesiones de Sala o Comisiones, en forma remota o telemática, de las señoras Senadoras y los señores Senadores que se encuentren en el extranjero.
Es todo, señora Presidenta.
La señora PROVOSTE (Presidenta).- Gracias.
Se ofrece la palabra sobre los acuerdos de Comités.
Se ofrece la palabra.
Vamos a dar inicio a la tabla del día de hoy.
V. FÁCIL DESPACHO
TIPIFICACIÓN DE USO DE MENORES PARA COMISIÓN DE DELITOS
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Tal como informó el señor Secretario , los Comités acordaron darle tratamiento de Fácil Despacho al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, relativo a la utilización de menores en crímenes o delitos, con informe de la Comisión de Seguridad Pública y urgencia calificada de "suma".
--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletines 11.958-07 y 11.966-07, refundidos) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Le ofrezco la palabra al señor Secretario para que haga la relación de este proyecto de ley, y a continuación podrá intervenir el señor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Senador Francisco Huenchumilla.
Señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señora Presidenta .
Este proyecto de ley inició su tramitación en el Senado, oportunidad en la cual se aprobó un artículo único que sustituyó el artículo 72 del Código Penal por otro que disponía la exclusión del mínimun o el grado mínimo de la pena correspondiente respecto de los imputados mayores de edad que hubieren participado en la comisión de un delito con la intervención de menores de dieciocho años de edad.
Dicho precepto, además, aumentaba "en un grado la pena al mayor de dieciocho años que se valga, engañe, utilice, induzca, fuerce o coaccione a un menor de dieciocho años de edad a cometer o perpetrar un crimen o simple delito, esto con independencia de la responsabilidad penal que le pudiera corresponder al menor de edad".
Finalmente, la referida norma señalaba que el tribunal, al momento de determinar la pena, "tendrá especialmente en consideración la circunstancia de tratarse de un menor de catorce años", y que el consentimiento dado por el menor de dieciocho años "no eximirá al mayor de esta edad de la aplicación de las reglas previstas" en la presente iniciativa.
Respecto de ese texto despachado por el Senado, la Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, efectuó una enmienda, consistente en reemplazar el artículo único del proyecto por otro que también sustituye el artículo 72 del Código Penal, en los siguientes términos.
El inciso primero dispone: "Cuando el delito sea cometido con la intervención de una o más personas menores de dieciocho años de edad y mayores de catorce, se excluirá el mínimum o el grado mínimo de la pena señalada, según corresponda, respecto de los imputados mayores de edad que hubieren participado en él.".
Y el inciso segundo señala: "Asimismo, se aumentará en un grado la pena al mayor de dieciocho años de edad cuando el crimen o simple delito sea cometido o perpetrado con la intervención de una o más personas menores de catorce años de edad.".
La Comisión de Seguridad Pública desestimó la enmienda introducida por la Cámara de Diputados, por la mayoría de sus miembros presentes, con tres votos en contra, de los Honorables Senadores señores Huenchumilla, Insulza y Moreira, y una abstención, del Honorable Senador señor Quintana. Conforme a ello, dicho órgano propone a la Sala su rechazo.
El Senado debe pronunciarse respecto de la referida modificación.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición se transcribe el texto aprobado por la Cámara de origen y la enmienda realizada por la Cámara revisora, cuyo rechazo propone la Comisión de Seguridad Pública.
Es todo, señora Presidenta.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al señor Secretario .
En discusión la modificación propuesta por la Cámara de Diputados.
Le ofrezco la palabra al señor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Senador Francisco Huenchumilla, para que pueda rendir informe a la Sala.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señora Presidenta , voy a complementar la relación que hizo el señor Secretario .
La Comisión de Seguridad Pública, luego de estudiar la modificación realizada por la Cámara de Diputadas y Diputados, fue partidaria de proponer a la Sala su rechazo, en virtud de los siguientes argumentos.
Primero, el artículo 72 del Código Penal, dado que sanciona a quien se haya prevalido de un menor para delinquir, presenta una dificultad en su aplicación por parte de los tribunales de justicia.
Ante ello, en el primer trámite constitucional, el Senado optó por incluir en el artículo único del proyecto una serie de verbos: "valer", "engañar", "utilizar", "inducir", "forzar" y "coaccionar". Sin embargo, en el segundo trámite constitucional, la Cámara revisora redujo la hipótesis a la mera intervención, lo cual deja en una evidente ambigüedad a la norma.
Segundo, la Cámara de Diputadas y Diputados reemplazó el inciso que establecía la aplicación de la sanción al adulto con independencia de la responsabilidad penal que le pudiera corresponder al menor de edad.
Además, eliminó el inciso que prescribía que el consentimiento dado por el menor no exime al mayor de edad de la aplicación de estas reglas.
En consecuencia, a juicio de la Comisión de Seguridad Pública, la modificación introducida por la Cámara Baja no cumple con el objetivo que persigue esta iniciativa, esto es, sancionar en cualquier circunstancia al mayor de edad que cometa un delito en compañía de un menor.
En mérito de lo expuesto, el referido órgano técnico propone a la Sala el rechazo de la enmienda efectuada por la Cámara de Diputadas y Diputados en el segundo trámite constitucional al texto aprobado por el Senado en su primer trámite.
Es todo cuanto puedo informar, señora Presidenta.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias al señor Presidente de la Comisión.
Si le parece a la Sala, podemos acceder a la solicitud formulada por la Comisión y rechazar unánimemente la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados. Así, una Comisión Mixta podrá mejorar esta iniciativa.
Acordado.
Señor Secretario, le solicito dejar constancia de quienes nos encontramos presentes para este acuerdo.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señora Presidenta .
Se hallan presentes de manera remota o telemática la Senadora señora Allende, la Senadora señora Aravena, el Senador señor Araya, el Senador señor Castro, el Senador señor García-Huidobro, el Senador señor Huenchumilla, el Senador señor Kast, el Senador señor Montes, la Senadora señora Órdenes, el Senador señor Prohens, la Senadora señora Sabat, el Senador señor Soria y la Senadora señora Von Baer.
El Senador señor Latorre también se ha incorporado.
Y en la Sala están el Senador señor Letelier, el Senador señor De Urresti, el Senador señor Quinteros, la Senadora señora Goic, el Senador señor Bianchi, el Senador señor Elizalde, la Senadora señora Ebensperger, el Senador señor Durana, el Senador señor Ossandón, la señora Presidenta ( Senadora señora Provoste) y el señor Vicepresidente ( Senador señor Pizarro).
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Y el Senador David Sandoval.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Ahora se incorporó también el Senador señor Sandoval.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Se deja constancia de la presencia del Senador.
--Por unanimidad, se rechaza la proposición de la Cámara de Diputados y el proyecto pasa a Comisión Mixta.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Con 26 votos.
Se consigna la intención de voto favorable del Senador señor Pugh.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchísimas gracias.
)----------(
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
A continuación, entramos al Orden del Día.
Quiero saludar al señor Ministro de Salud , señor Paris, quien se encuentra presente en esta sesión en forma telemática, y también nos acompañó la semana pasada.
VI. ORDEN DEL DÍA
SUSPENSIÓN DE FACULTAD DE ISAPRES PARA ADECUAR PLANES DE SALUD DURANTE ALERTA SANITARIA POR PANDEMIA O EPIDEMIA
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Corresponde discutir el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que suspende las facultades de las isapres para adecuar los planes de salud durante la situación que indica, con informe de la Comisión de Salud.
--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletines 13.502-11, 13.503-11 y 13.504-11, refundidos) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Solicito al señor Secretario que haga la relación de este proyecto.
Después le ofreceré la palabra al señor Presidente de la Comisión de Salud , Senador Rabindranath Quinteros, para que rinda un informe a la Sala; luego al señor Ministro , y posteriormente, se procederá a abrir la votación.
Señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señora Presidenta .
La Comisión de Salud deja constancia en su informe de que, al tenor de las iniciativas presentadas, este proyecto de ley tiene por objeto impedir que las isapres aumenten el precio de los planes de salud y el valor de las primas GES, o disminuyan o limiten sus prestaciones y beneficios durante la vigencia de una alerta sanitaria decretada en razón de una epidemia o pandemia, y hasta 180 días siguientes a la cesación de dicho estado.
El proyecto que propone la Comisión, en cambio, reemplaza el artículo 198 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en lo relativo a las modificaciones a los precios base de los planes de salud, sujetando la determinación de la reajustabilidad de los planes a un procedimiento establecido y con un parámetro objetivo. A su vez, se establece que no habrá ajustes a los precios de los planes de salud los años 2020 -se estaban cobrando retroactivamente- y 2021.
Además, la Comisión hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único.
Dicho órgano técnico aprobó la idea de legislar por la mayoría de sus miembros: votaron a favor los Honorables Senadores señora Goic y señores Chahuán, Girardi y Quinteros, y se abstuvo la Honorable Senadora señora Von Baer. Y aprobó la iniciativa en particular con las modificaciones y votaciones unánimes que se consignan en su informe.
Asimismo, deja constancia de que el artículo único del proyecto es de quorum calificado, por tratarse de normas que versan sobre seguridad social, de acuerdo con el ordinal 18º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, con relación al artículo 66, inciso tercero, de la Carta Fundamental, por lo que requiere, para su aprobación, 22 votos favorables.
El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 36 y siguientes del informe de la Comisión de Salud y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición en la Sala y en la plataforma informática de esta sesión, documentos que fueron remitidos a los correos electrónicos de todas las señoras Senadoras y señores Senadores.
Es todo, señora Presidenta.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias.
Le ofrezco la palabra al señor Presidente de la Comisión de Salud, Senador Rabindranath Quinteros, para que pueda rendir informe a la Sala.
El señor QUINTEROS.-
Gracias, Presidenta.
Tal como lo ha informado el señor Secretario, este proyecto tiene su origen en tres mociones de diferentes Diputados.
La Comisión de Salud del Senado ha propuesto varios cambios a la iniciativa.
Como se ha dicho, el objetivo del proyecto que viene de la Cámara Baja persigue impedir que las isapres aumenten los precios de los planes de salud y el valor de las primas GES durante la pandemia.
En cambio, el texto que propone la Comisión de Salud reemplaza el artículo 198 del decreto con fuerza de ley N° 1, del año 2005, del Ministerio de Salud, para establecer que no habrá reajustes de precios en los años 2020 y 2021 y determinar un procedimiento para reajustes de precios futuros.
El proyecto consta de un artículo único y tres disposiciones transitorias, por lo que la Comisión lo discutió y aprobó en general y en particular.
Presidenta, quiero referirme a los antecedentes de hecho, para que se den cuenta de las diferencias que existen en cada propuesta legislativa.
En términos generales, las tres mociones que vienen de la Cámara de Diputados exponen, dentro de sus fundamentos, que, atendidas las condiciones de extrema necesidad, tanto en el ámbito de la salubridad como en el económico y financiero que atraviesa el país producto de la pandemia originada por el virus COVID-19, existe la urgencia de establecer ciertas normas extraordinarias y especiales que permitan a la población solventar los gastos necesarios para su supervivencia y necesidades básicas, dentro de las que se encuentra el acceso a las prestaciones de salud.
Las isapres están facultadas por ley para adecuar sus planes de salud en forma periódica; por tanto, se hace indispensable presentar una norma que permita suspender la aplicación de la ley que entrega dicha facultad durante el tiempo que dure el estado de alerta sanitaria por epidemia o pandemia.
Ese es el objetivo del proyecto inicial.
Se añade que, en contexto de pandemia, la negación de una prestación de salud o su excesivo costo supone privar a las personas de un derecho fundamental tan importante como es la salud y la vida.
Las modificaciones introducidas por la Comisión de Salud del Senado fueron fruto de un acuerdo alcanzado con el Ejecutivo . Quiero ser muy claro y agradecer la buena voluntad del señor Ministro de Salud , porque, cuando le explicamos lo que queríamos hacer -estábamos detrás de ello desde hace mucho tiempo-, por encontrar que era injusta la situación que se estaba viviendo, él tuvo la mejor predisposición. Quiero destacarlo públicamente.
Fue así que se acordó un texto que no solo impide aplicar alzas de precios a los planes de los afiliados durante los años 2020 y 2021, sino que, además, se hace cargo de una discusión de fondo que estaba pendiente -en esto destaco la actitud del Ministro -, cuyo objetivo es determinar la forma de regular el alza de precios. En definitiva, se termina con el derecho de las isapres de adecuar los precios base de los planes de salud de manera unilateral.
De esta forma, se entiende el llamado realizado, con carácter de urgente, por la Corte Suprema a los Poderes Ejecutivo y Legislativo para resolver esta materia y modificar la normativa vigente.
El proyecto que se somete a votación introduce las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud:
La primera parte son normas adecuatorias para hacer ajustes en lo referido a las cartas de aviso que reciben los beneficiarios todos los años respecto a las alzas de los planes base de salud.
Segundo, se reemplaza el artículo 198 con el fin de facultar al Superintendente de Salud para fijar, mediante una resolución anual, un indicador, que será un máximo. De esta forma, las instituciones de salud previsional que apliquen una variación porcentual al precio base de sus planes de salud deberán adecuarse a ese indicador.
Tercero, se establece un procedimiento en virtud del cual el Superintendente , dentro de plazos definidos en la misma ley, va a ejecutar dichas alzas.
Cuarto, ese cálculo deberá contener el costo de las nuevas prestaciones; la variación de frecuencia de uso de las prestaciones que se realicen en modalidad de libre elección de Fonasa, y cualquier otro elemento que sirva para incentivar la contención del gasto en salud.
Quinto, se validarán mensualmente los registros de prestaciones y su frecuencia, la cartera de beneficiarios y los subsidios por incapacidad laboral, enviados por las instituciones de salud previsional.
Sexto, se incorpora el artículo 198 bis, que contiene un componente de obligatoriedad de salud preventiva. Este será un requisito que las isapres deberán cumplir para poder reajustar los planes de salud. Se establecen metas de promoción y prevención de la salud -no las hacían-, cuyo incumplimiento implica que las isapres no podrán reajustar los precios.
En síntesis, las isapres podrán efectuar una variación en los precios de los planes de salud conforme al procedimiento establecido, siempre y cuando cumplan con la obligación de implementar un plan preventivo y exámenes de medicina preventiva, pudiendo establecer cumplimientos parciales que no podrán ser inferiores al 50 por ciento de lo dispuesto en el decreto respetivo.
Séptimo, se incorporan tres normas transitorias, que señalan lo siguiente, respectivamente:
a) No habrá ajustes a los precios de los planes de salud en 2020 y 2021. Así, los ajustes de precios informados por las instituciones de salud previsional en esos años quedarán sin efecto, o sea, las isapres no podrán aplicar tales reajustes.
b) En el primer año en que esté en régimen el indicador, deberá considerar el índice de los años 2020, 2021 y 2022. Y el techo para dicho indicador será el reajuste del sector público.
c) Las metas a que se refiere el artículo 198 bis, relativo a los exámenes de medicina preventiva, entrarán en vigencia a contar del 1º de enero del año 2022.
En conclusión, el proyecto de ley se hace cargo de la realidad del país y de las alzas que se venían produciendo. En lo sucesivo, habrá un parámetro objetivo para determinar la reajustabilidad de los planes, con lo cual se da certeza y transparencia al sistema.
Puesta en votación la idea de legislar, fue aprobada por la mayoría de los miembros de la Comisión: votaron a favor los Honorables Senadores señora Goic y señores Chahuán , Girardi y Quinteros, y se abstuvo la Honorable Senadora Von Baer. Y sometido a votación en particular el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Senadoras señoras Goic y Von Baer y señores Chahuán , Girardi y Quinteros.
Es cuanto puedo informar, señora Presidenta.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchísimas gracias al Presidente de la Comisión de Salud.
Tal como lo señalé anteriormente, a continuación del Senador Quinteros le iba a ofrecer la palabra al señor Ministro , pero la Senadora Ena von Baer, que se encuentra en modalidad telemática, ha pedido punto de reglamento, entendemos.
Senadora, tiene la palabra.
La señora VON BAER.-
Presidenta, que hable el Ministro nomás.
Yo quería intervenir pronto porque me tengo que ir a la Comisión de Hacienda.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
No hay problema.
La señora VON BAER.-
Gracias.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias, Senadora.
Le ofrezco la palabra al señor Ministro de Salud .
El señor PARIS ( Ministro de Salud ).-
Muchas gracias, Presidenta .
Y también agradezco a la Senadora Von Baer por darme el tiempo, pues tengo que viajar al Parlamento en unos minutos más.
Señora Presidenta, quiero saludar -por su intermedio- a las Senadoras y a los Senadores que están presentes en esta sesión en forma virtual y presencial.
Deseo agradecer las palabras del Senador Rabindranath Quinteros, Presidente de la Comisión de Salud del Senado. Agradezco profundamente sus expresiones de reconocimiento.
En realidad, para mí, para el Gobierno y para el Ministerio de Salud este es un proyecto muy importante.
Esta iniciativa considera varios boletines refundidos (números 13.502-11, 13.503-11 y 13.504-11), más una indicación sustitutiva de Su Excelencia el Presidente de la República , obviamente, bajo las recomendaciones del Ministerio de Salud y de la Segprés.
Como ya lo explicó muy bien el Senador Quinteros, quedan sin efecto las alzas para los años 2020 y 2021. Para los años siguientes se crea un indicador permanente a cargo de la Superintendencia de Salud, el cual se aplicará el año 2022 como primer año de vigencia.
Además de eso, creo que lo más importante, y lo quiero destacar -la Senadora Isabel Allende me va a encontrar toda la razón-, es que se establece por primera vez la obligatoriedad para las isapres de tener un plan de prevención de salud y aplicar la medicina preventiva, que fue el baluarte de muchos Ministros de Salud en el pasado y de muchos Gobiernos, de diferente origen.
Por lo tanto, sumando estas tres cosas, creo que es un gran proyecto. Agradezco que se me haya dado la posibilidad de apoyarlo en este minuto y solicito, obviamente, su aprobación.
Quiero aprovechar la oportunidad para comunicarles que hoy, hace poco rato, la Organización Mundial de la Salud ha validado el uso de la vacuna Sinovac , que es la que más se aplica en Chile contra el COVID-19, para todo el mundo. Ello nos da la ventaja de que tenemos tres vacunas ya validadas por la Organización Mundial de la Salud: Sinovac , Pfizer y AstraZeneca. Y eso le da seguridad a nuestra población.
Muchas gracias, Presidenta . Y agradezco la posibilidad de haber hecho uso de la palabra.
Muy buenas tardes.
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al doctor Enrique Paris, Ministro de Salud , por concurrir ya por segunda vez consecutiva para ver este proyecto.
Si le parece a la Sala, abriremos la votación, respetando los tiempos de intervención de quienes ya se han inscrito.
Acordado.
Solicito, además, que los colegas que participan en forma telemática, al hacer uso de la palabra, indiquen de inmediato su opción de voto.
Le ofrezco la palabra a la Senadora Ena von Baer.
En la Sala se encuentran inscritos la Senadora Luz Ebensperger, el Senador Guido Girardi, el Senador Carlos Bianchi, la Senadora Carolina Goic, el Senador Francisco Chahuán y el Senador José Miguel Durana.
En votación general y particular.
--(Durante la votación).
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Senadora Ena von Baer, tiene la palabra.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta , primero, la saludo a usted, al Ministro de Salud y a los colegas que nos acompañan en el día de hoy.
La verdad es que estoy contenta de que podamos votar este proyecto de ley, porque en tiempos complejos, como los actuales, la ciudadanía demanda que lleguemos a acuerdos rápidos que nos permitan hacer frente a las dificultades que estamos viviendo.
La iniciativa que discutimos hoy, de verdad, es un buen ejemplo de lo que logramos cuando trabajamos unidos. Esto no significa que renunciemos a nuestras posiciones, que, obviamente, son siempre legítimas, pero sí que seamos capaces de acercar posturas para llegar a una solución que ayude a las familias chilenas en estos tiempos complejos.
El proyecto de ley que se somete hoy a votación ha cambiado radicalmente durante su tramitación.
En una primera instancia, estábamos frente a una iniciativa claramente inadmisible, ya que buscaba regular materias que inciden en seguridad social, lo que, de acuerdo con el artículo 65, número 6º, de nuestra Constitución Política, es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , y este era un proyecto que se originaba en moción parlamentaria.
La iniciativa buscaba impedir que las isapres aumentaran el precio de sus planes de salud durante la pandemia y hasta ciento ochenta días después de la alerta sanitaria.
El proyecto cambió muy fuertemente, como lo mencionaba, gracias a un trabajo conjunto entre Senadores de Oposición, Senadores de Chile Vamos y el Ministro de Salud , a quien le agradezco su labor y el liderazgo que tomó en esta iniciativa.
Pudimos lograr un texto consensuado, que no solo se hace cargo del problema de admisibilidad, sino que también enfrenta el problema de corto plazo, por lo que pondrá un freno al alza de los planes de isapres durante los años 2020 y 2021, o sea, mientras dure la pandemia (esperamos que la pandemia ya no nos acompañe de esta manera el próximo año).
Quizá en este momento no estamos viendo con claridad lo relevante que es este de cambio, lo que esto significa, pero de verdad es muy importante, porque se establece por primera vez un mecanismo para determinar el alza máxima que podrán aplicar las isapres a sus planes bases de salud año tras año.
Me gustaría entrar rápidamente, en el tiempo que resta, a los detalles del proyecto.
En primer lugar, quedan sin efecto los ajustes de los precios de los planes de salud informados por las isapres para el año 2020, que se habían dejado sin efecto y que ahora los anunciaron nuevamente para el año 2021. Esta alza, que corresponde al año pasado, pero que se estaba cobrando ahora, queda sin efecto. En consecuencia, los chilenos pueden estar tranquilos porque el alza está suspendida y, por lo tanto, pueden ignorar las cartas que han llegado a sus casas anunciando un alza en el plan de isapres.
Esta es una muy buena noticia en tiempos de pandemia.
En segundo lugar, y esto es muy relevante, se establece un mecanismo a través del cual se calculará el alza máxima que podrán realizar las isapres cada año. Lo anterior se llevará a cabo mediante un índice que será publicado en forma anual por parte de la Superintendencia de Salud, certificado y aprobado por el INE.
Para ello, la Superintendencia deberá calcular los índices de variación de los costos de las prestaciones de salud; la variación de la frecuencia de uso experimentado por ellas, y la variación de los costos de los subsidios por incapacidad laboral del sistema privado de salud. Además, deberá incorporar el cálculo del costo de las nuevas prestaciones que se realicen en modalidad de libre elección de Fonasa y cualquier otro elemento que pueda ser útil para establecer la contención de los costos del gasto de salud.
Un decreto supremo, dictado por el Ministerio de Salud y suscrito por el Ministerio de Economía, deberá aprobar la norma técnica que determine el algoritmo que llevará al cálculo para fijar el indicador propuesto.
Para ello, la Superintendencia de Salud deberá validar mensualmente los registros de prestaciones y sus frecuencias; carteras de beneficiarios y subsidios por incapacidad laboral enviados por las instituciones de salud previsional.
Entonces, durante los primeros diez días de marzo de cada año el Superintendente deberá dictar una resolución que contenga el índice de variación porcentual que se aplicará como máximo a los precios bases de los planes de salud.
Luego, las isapres deberán informar dentro de los quince días después de dictada dicha resolución su decisión de aumentar o no el precio base de los planes de salud, pero nunca podrán subir más que el máximo establecido por la autoridad.
Por otra parte, si el indicador es negativo, las isapres no podrán aumentar el precio de sus planes.
Los nuevos precios entrarán en vigencia durante el mes de junio de cada año.
Por lo tanto, con esto se termina con la unilateralidad de las isapres para establecer las alzas de los precios de sus planes.
Otro elemento que es muy relevante -lo destacaba el Ministro de Salud- y que me parece un cambio muy muy importante es que si la isapre no cumple con su plan de salud preventiva, no podrá aumentar el costo del plan de salud. Y esto es muy relevante, porque va a ser un incentivo muy importante para que las isapres hagan que sus usuarios se realicen todos los exámenes de salud preventiva. Y para allá tenemos que avanzar en Chile, no solo...
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Tiene un minuto adicional, Senadora.
La señora VON BAER.-
Termino, Presidenta .
Decía que tenemos que avanzar no solo a tener el remedio, sino también a prevenir.
Presidenta, en conclusión, pasamos de tener un proyecto inconstitucional e inadmisible a un texto consensuado y admisible que se hace cargo del problema de hoy, pero también de la dificultad permanente del alza de los precios de los planes de isapres.
Encontramos un mecanismo para determinar un porcentaje máximo del alza que podrían aplicar las isapres año tras año, dejando atrás la unilateralidad y la discrecionalidad.
Señora Presidenta , creo que cuando trabajamos unidos logramos grandes acuerdos y, de esa manera, una mejor solución para los ciudadanos chilenos.
Voto a favor.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias, Senadora Ena von Baer.
Le ofrezco la palabra al Senador Guido Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señora Presidenta, yo creo que este proyecto es interesante porque es como una pequeña microterapia y nos va a permitir enfrentar el futuro.
Por primera vez se establece un precedente que a mí me parece interesante relevar: que en salud puede haber regulación de precios.
Algo que para la Derecha más neoliberal era un dogma de fe se comienza a quebrantar producto de la realidad, de que finalmente se empieza a entender que cuando se habla de salud no se está hablando de un bien privado, sino de un bien público; que no podemos dejar la salud, ni el precio de los medicamentos, ni el valor de los exámenes, ni la posibilidad de que las personas enfrenten sus problemas de salud y mantengan su salud entregados a la lógica del mercado; que el mercado no funciona en salud; que la base del mercado, que es la competencia, no existe en salud; que la base de los principios condicionantes para que haya un mercado que sea eficiente no existe en salud.
Primero -lo hemos dicho muchas veces-, en salud no hay un consumidor, hay un paciente. La base para que haya lógica de mercado es que este paciente pueda decidir, y aquí no decide nada: decide un médico, alguien que toma una decisión, ya sea una terapia, un medicamento, un examen.
La segunda condición de cualquier sistema de mercado sano y transparente es la simetría de información. Aquí no existe. Ningún paciente tiene la información que posee quien decide, que es su terapeuta, su médico o su doctora.
En tercer lugar, en el mercado existe la posibilidad de vitrinear para poder elegir. Aquí no existe posibilidad de vitrinear.
Y lo más importante en una lógica de mercado es que la persona, si es consumidor, puede decidir no comprar un zapato, una ropa o incluso comida. En salud no puede decidir no acceder a la prestación, porque se puede morir.
Por eso la salud llevada a los bienes privados es un total fracaso. Por eso la salud no puede ser dejada a la lógica neoliberal de mercado. Por eso en todas partes del mundo decente la salud se comporta como un bien público.
Y por ello este es un precedente muy importante, porque por primera vez tenemos que desde la UDI hasta el Partido Socialista se abren a entender finalmente -aunque hayan votado en contra de la idea de legislar al principio, yo veo que hay un cambio- que este es un bien público y, por lo tanto, requiere regulaciones.
Además, las isapres han intentado aprovecharse del dolor de los chilenos. En vez de colaborar para resolver los problemas de salud que está viviendo la sociedad chilena, han planteado sus estrategias para tratar de obtener un beneficio, un provecho del sufrimiento de las personas.
Se comprometieron con el propio Presidente de la República , a petición de él, a que no iban a subir los planes. Nosotros dijimos: "Esto no puede ser un tema de buenas relaciones, de amistad; tiene que hacerse por ley". Pues bien, ¡engañaron al país! ¡Mintieron, como lo han hecho siempre! ¡Como lo han hecho siempre, defraudaron!
¿Y qué hicieron? Aplicaron los aumentos de planes este año para resarcirse de lo que había ocurrido el año pasado, en que habían tenido, además, más de 80 mil millones de pesos de utilidades, ¡utilidades vergonzosas!, que se habían obtenido sobre la base de aprovecharse de una situación dramática.
Por eso es muy importante que se haya fijado un algoritmo que establezca una determinación de precios.
A la vez, mandaron cartas a muchas personas que lo están pasando mal, que han perdido el trabajo, que están angustiadas, sin ninguna actitud de empatía, de ponerse en el lugar del otro, de una manera absolutamente matonesca. Querían hacer que a esas personas que lo están pasando mal, más encima, les subieran los planes. La Superintendencia va a poder aplicar sanciones si se siguen enviando esas cartas fraudulentas, y las personas deben saber que esas cartas no valen nada, que esas cartas son abuso, un abuso ilegal, un abuso indecente que tiene que quedar fuera del alcance de las personas.
Por último, me parece fundamental la obligación que se establece para estas instituciones que le hacen tanto daño a la salud, porque se supone que están a cargo de la salud de las personas. ¡Mentira!
El Presidente de las Isapres , el famoso señor Rafael Caviedes , dijo "que no se podían dar el lujo de atender enfermos". Entonces, ¿para que existen? Pero tampoco hacen prevención. No atienden ni enfermos ni mantienen el estado de salud en la población. Porque este negocio quiere finalmente que la gente esté enferma, porque como son dueños de las clínicas, están integrados verticalmente, el negocio es la enfermedad, pero evidentemente haciendo todos los resquicios para no tratarla.
Por primera vez van a tener que hacer prevención, como cualquier institución de salud, evitar que la gente enferme. Esa es la política del siglo XXI.
Por eso yo valoro el esfuerzo que se ha realizado, que han hecho nuestro Presidente Rabindranath Quinteros y toda la Comisión para saldar una cuenta. Todavía quedan muchos pendientes, pero iremos avanzando.
Gracias, Presidenta .
La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-
Muchas gracias al Senador Guido Girardi.
Le ofrezco la palabra al Senador Carlos Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señora Presidenta , la primera reflexión que uno debiera hacerse es si las isapres requerían un proyecto de ley o bastaba ética, moralidad y algo de humanidad. Yo creo que con eso era suficiente. Con la moralidad, la ética y algo de humanidad bastaba para que no se dieran los abusos que existen por parte de las isapres.
Y la segunda reflexión que uno tiene que hacerse es algo del todo impresentable. Las isapres, y también Fonasa , aumentan los precios sin que las personas hagan uso del sistema; es decir, hoy día es muy difícil que alguien pueda recibir determinado tratamiento u operarse, salvo que se trate de una urgencia; es menos la gente que está asistiendo a consultas médicas.
Por lo tanto, para las isapres es "topón para adentro": ¡Todo es utilidad! ¡Todo es ganancia!
El año pasado estas entidades obtuvieron más de 80 mil millones de pesos en utilidades. Es una situación de inhumanidad absoluta. Mientras la población está intentando subsistir, sobrevivir en los momentos actuales las isapres pretenden -y lo han hecho- aumentar y encarecer aún más los costos por servicios que no están prestando.
Ese es el punto, Presidenta : las isapres hoy día no están prestando casi ningún servicio: ¡Todo lo que reciben es para adentro! ¡Todo es ganancia! ¡Todo es utilidad! La gente no está yendo a las consultas, por las razones que sabemos y por la ocupación de las camas de urgencia. Debe tratarse de una situación extrema para que una persona pueda ser intervenida quirúrgicamente.
Entonces, para las instituciones de salud previsional es solo utilidad.
Me parece que, más allá de felicitar a los autores del proyecto, aquí solo hacía falta ética, solo hacía falta algo de humanidad para que las isapres no llevaran a cabo los reajustes y los aumentos de las tarifas por servicios que no están prestando.
Y de paso quiero agregar algo más, Presidenta .
Hace unos días presentamos un proyecto de ley sobre el particular, porque en esta materia el Presidente de la República no ha hecho nada, solo mirar cómo las empresas, por ejemplo, los supermercados, las que distribuyen materiales de construcción, las de combustible, suben y suben los precios mientras que lo que las personas perciben como ingresos cada vez vale menos: los ingresos de las familias cada día son menores que sus egresos.
Por consiguiente, estamos acá frente a una inacción por parte del Presidente Piñera en cuanto a no establecer una regulación de precios, pues hoy todas las familias semana tras semana constatan abusos reflejados en aumentos de valores de materiales de construcción, de alimentos, en fin.
Fíjese, Presidenta , que en plena pandemia hay unos pocos que se han hecho más millonarios de lo que eran: han ganado más cuando la gran mayoría de chilenas y chilenos está intentando subsistir, sobrevivir a la crisis que nos trajo este virus en todo el mundo.
Por tanto, me alegro por este proyecto de ley.
Creo que bastaba con la moralidad para que las isapres no siguieran abusando de los incrementos, de los "reajustes" que ellos llaman, por servicios y prestaciones que no están entregando.
Esto es lo absurdo; esto es lo impresentable: ¡con un grado de total inmoralidad estas entidades incrementan los costos cuando no están prestando ningún servicio!
En consecuencia, me voy a pronunciar favorablemente respecto de esta iniciativa, que suspende la facultad de las isapres para adecuar los planes de salud durante la situación de pandemia que ahora estamos enfrentando.
Como señaló un Senador que me antecedió en el uso de la palabra, este es uno de los grandes temas que deberemos ver en la profunda reforma que hemos de hacer cuando se redacte la Nueva Constitución.
Voto a favor.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchas gracias al Senador Carlos Bianchi.
Le solicito al señor Secretario que proceda a tomar la votación de los Senadores y de las Senadoras que han planteado anticiparla sin fundamento de voto.
A continuación de ello, le ofreceré la palabra a la Senadora Carolina Goic en la Sala.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Solicitó adelantar su voto sin fundamentar el Senador señor Kast.
Senador señor Kast, ¿cómo vota?
El señor KAST.-
A favor, Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
También ha pedido adelantar su voto sin fundamentar el Senador señor Sandoval.
Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?
El señor SANDOVAL.-
Voto a favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Ahora sí tiene la palabra en la Sala la Senadora Carolina Goic.
La señora GOIC.-
Presidenta, lo primero que quiero reafirmar respecto de este proyecto es que surge de un acuerdo donde se desdibujan las trincheras ideológicas y la pelea no es si Gobierno u Oposición, si Derecha o Izquierda, sino si nos hacemos cargo de algo de sentido común: proteger la salud de las personas; si nos hacemos cargo de algo en lo que estábamos al debe desde hace mucho tiempo: enfrentar y frenar los abusos a costa de la salud de las personas.
Por eso creo que es una buena noticia, es un buen primer paso. Probablemente, no es para descorchar champaña; pero sí es un primer paso importante.
Lo más relevante quizá es darles tranquilidad a las familias, a todos aquellos que hoy día están recibiendo cartas de adecuación del precio de los planes de salud, en que se están aplicando las alzas del año pasado de manera inaceptable en el peor momento de la pandemia: las isapres, que no entendieron su rol, insistieron en aumentar el precio.
Quiero recordar aquí, cuestión que me parece significativa para la historia de la ley, la gestión del Presidente de la República el año pasado frente al anuncio de aumento de los precios de los planes de las isapres, el cual era unilateral e ilegal: lo que hizo fue postergarlo tres meses. ¿Qué significaba eso? ¡Validarlo! Y tres meses después las isapres lo empezaron a aplicar.
¿Qué realizamos nosotros en la Comisión de Salud? En forma transversal encabezamos un acuerdo que permitió que el año pasado las isapres no aumentaran los precios de los planes. No validamos el alza, no la postergamos tres meses: hicimos que cumplieran al menos con un mínimo y no subieran los precios en 2020.
Todos esperábamos que la realidad de la pandemia hubiese sido distinta, que no fuera tan larga. Por lo tanto, ¿este año qué correspondía? ¡Lo mismo! El indicador objetivo que construye la Superintendencia de Salud es de -0,5, es decir, señala lo que sería razonable en materia de alza: ¡-0,5!
Las isapres nuevamente no entendieron y quisieron aplicar el alza del año pasado.
Entonces, qué dijo la gente: "Nos señalan que no suben los planes, pero me llega un aumento". ¿Y cuál es la vía, hoy día cada vez más masificada? La judicialización. ¿Por qué? Porque teníamos pendiente hace más de diez años una discusión en este Parlamento sobre cómo objetivamente, de forma transparente, de forma justa establecer un indicador que diera margen para el reajuste a los precios de los planes de las isapres.
En este punto quiero hacerle un reconocimiento al Ministro de Salud .
Probablemente, este proyecto no va a ser hoy día una gran noticia. Sin embargo, considero que se trata de una gestión importante la capacidad de tomar la indicación que presentamos con el Senador Quinteros, construirla y trabajarla con la Superintendencia de Salud para darle las atribuciones que ahora no tiene y que necesita para normar lo relativo al alza. No solamente es importante la tranquilidad de las familias en el sentido de que no se produzcan alzas de precio, ni el año pasado ni este, sino también que de aquí en adelante, tal cual se indicó, haya un indicador objetivo, regulado, relacionado con las prestaciones en el sector público; que además tiene relación con el incremento del gasto o con la inversión que se hace en salud pública; que incorpora por primera vez prevención y metas de prevención en salud para las isapres, porque es muy fácil incrementar precios y no hacerse cargo del cuidado de la salud de las personas, que es lo que le corresponde a una institución que busca ser -entre comillas- de seguridad social.
Me parece que este es un primer paso que da cuenta de que cuando queremos, cuando ponemos en el centro a las personas somos capaces de responder en cuestiones donde estamos todos al debe.
Espero que esto nos permita continuar con el fortalecimiento de la salud pública, con el seguro público de Fonasa, pues la gente no puede seguir esperando; que nos permita avanzar efectivamente hacia un sistema único, robusto, transparente, donde el Estado juegue su rol, entre a la cancha y posibilite también que el privado que quiera participar en áreas vinculadas con el desarrollo y el bienestar de las personas lo haga con reglas claras, con reglas justas y no para hacer negocios.
De verdad valoro lo que estamos haciendo acá, y ojalá sea un impulso para sacar otros proyectos de ley que están detenidos de manera inexplicable para la ciudadanía.
Con gusto voto a favor de esta iniciativa, Presidenta .
La señora PROVOSTE (Presidenta).-
Muchísimas gracias a la Senadora Carolina Goic.
Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señora Presidenta , Honorable Sala, este proyecto es fruto de un trabajo sostenido de la Comisión de Salud; de un trabajo mancomunado con el Ministerio de Salud; de la labor realizada con la Superintendencia de Salud -y aprovecho de agradecerle a Patricio Fernández -, y también de la acción que en su momento emprendimos con la Senadora Carolina Goic para los efectos de suspender las alzas en los planes de las isapres, la cual fue justamente oficializada.
Ciertamente, era necesario que tanto respecto de las alzas anteriores como de las nuevas notificaciones de incrementos finalmente hubiese garantía de que quedaran sin efecto.
El segundo tema que a mi juicio es relevante tiene que ver con poder avanzar definitivamente hacia establecer un cambio en el modelo de provisión de los servicios de salud. Prácticamente hemos insistido en que es necesario contar con un modelo preventivo. Ello formó parte también de una de las indicaciones que presentamos en su momento, cuestión que fue rechazada inicialmente por la Comisión de Salud, pero que hoy día, con la indicación del Ejecutivo, vuelve en gloria y majestad.
¿Qué quiere decir esto? Que las isapres nunca más van a poder realizar alzas unilaterales en los planes de salud si sus afiliados no tienen acceso a los exámenes preventivos del GES ni a los exámenes preventivos en salud.
Estamos cambiando el modelo: de un modelo reactivo en salud a uno preventivo. Y este es un cambio de paradigma. Por eso considero tan importante este proyecto de ley. Creemos, sin lugar a dudas, que hay que terminar con los abusos del sistema privado de salud, entre ellos, las alzas unilaterales, que tienen colapsadas las cortes de apelaciones de nuestro país: ¡80 por ciento de los recursos de protección en las cortes de apelaciones de Chile son por las alzas unilaterales en los planes de salud!
Con este proyecto logramos de una vez por todas darles tranquilidad a los afiliados. Y no solamente en este período, donde la pandemia ha golpeado con fuerza y en que los exámenes electivos que pudieron hacer los afiliados a las isapres fueron postergados y no se han incrementado justamente por falta de conocimiento respecto del GES las utilidades de las isapres, sino que adicionalmente hemos podido establecer un cambio de paradigma. Este cambio de paradigma dice relación con no más alzas si no hay una modificación en la manera de visualizar el modelo de salud. Ello implica el eje preventivo.
Nosotros sistemáticamente hemos pedido que los afiliados a las isapres tengan acceso a los exámenes preventivos tanto del GES como del resto de los exámenes preventivos, porque sin duda pensamos que esta es la fórmula para generar efectivamente una mejor calidad de vida de los chilenos afiliados a estas entidades.
Asimismo, hemos dicho que aspiramos a que en este Gobierno -y espero que eso sea parte de los anuncios de la Cuenta Pública del Presidente- logremos sacar adelante la reforma de la salud, la cual dice relación con un plan garantizado que sea espejo tanto para los afiliados de las isapres como para los afiliados de Fonasa.
Debemos terminar con la salud de primera y segunda clase; y eso implica avanzar sistemáticamente en un plan garantizado de salud. Este es un tema que hemos conversado con el Ministerio y con el Presidente, y esperamos que realmente el Gobierno entienda que en estos meses que nos quedan por delante tenemos una oportunidad para sacar la reforma de la salud y la reforma del sistema previsional.
Por eso voto entusiastamente este proyecto, por el cual hemos estado trabajando intensamente, por el cual logramos inicialmente que la Asociación de Isapres congelara las alzas unilaterales. Y ahora estamos muy satisfechos de que esto se haya traducido no solamente en una resolución de la Superintendencia de Salud, sino en una ley de la república para darle oportunidad y mejores condiciones de vida a todos y a cada uno de los afiliados a estas entidades.
No más abusos: la ley en proyecto avanza en esa dirección.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Gracias, Senador Chahuán.
Antes de dejar con la palabra al Senador Durana, me dice el señor Secretario que hay tres Senadores que quieren votar sin fundamento.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Senador señor Galilea ¿cómo vota?
El señor GALILEA.- Voto a favor, Presidente.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Voto a favor, Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Castro, ¿cómo vota?
El señor CASTRO.-
A favor, Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
El Senador señor Huenchumilla también solicitó adelantar su voto.
¿Cómo vota, Su Señoría?
El señor HUNCHUMILLA.- A favor.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Prohens, quien igualmente pidió votar sin fundamento, ¿cómo vota?
El señor PROHENS.-
A favor, Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Es todo, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Secretario .
Tiene la palabra el Senador Durana.
El señor DURANA.-
Presidente, este proyecto tiene por objeto impedir que las isapres puedan subir el valor de los precios de los planes o modificar o poner término unilateral a los contratos de salud que mantienen con sus afiliados durante los períodos de epidemia o pandemia.
Sin duda, la problemática que abarca esta iniciativa de ley es una materia que afecta a millones de chilenos y requiere de este Poder Legislativo una solución urgente. Existen algunos aspectos en relación con esta materia especialmente sensibles que se encuentran hoy en estudio y que buscan regular a largo plazo y no solo durante la vigencia de una alerta sanitaria la situación del alza de precios base de los planes de salud.
La arbitrariedad que conllevan las alzas generalizadas y anuales de todos los planes de salud por parte de las isapres se suma a lo que algunos han denominado como "una verdadera industria legal en la interposición de recursos de protección para frenar estas alzas". El resultado de estos factores es que los afiliados no cuentan en definitiva con un sistema transparente de salud y deben recurrir constantemente a los tribunales de justicia para hacer valer sus derechos con resultados que se prolongan en el tiempo, con costos asumidos y que en su conjunto constituyen un verdadero perjuicio.
Es urgente que los usuarios de las isapres tengan certeza en el costo de sus planes de salud; pero también estas instituciones, las isapres, deben tomar conciencia del daño que realizan con sus acciones, que generan una mala percepción ciudadana y que hoy las valora negativamente, siendo una de las instituciones con menor prestigio en nuestro país.
En este marco el proyecto que nos ocupa está orientado a revertir esta situación, motivado por la necesidad de suspender la facultad unilateral de las isapres de modificar el precio base de los planes de salud en términos más onerosos, dado el estado constitucional de catástrofe derivado por esta pandemia del COVID-19, y de esta forma generar una herramienta de tranquilidad para las familias chilenas.
Pero, además, el Superintendente de Salud ha estado trabajando, en algunos años anteriores, en la fórmula para fijar anualmente el indicador que debería ser un máximo para que las isapres aplicaran la variación porcentual a los planes de salud, los que respondan estrictamente a criterios sanitarios correspondientes a la frecuencia en el uso de prestaciones y su costo.
Conforme al procedimiento que se establece en la propia ley, esto derivará en una mayor transparencia para que los usuarios del sistema puedan ejercer sus derechos y tengan una información completa y oportuna del costo y variación de precios en sus planes de salud.
También valoramos la incorporación de las metas de prevención en el proyecto, con la posibilidad de disminuirlas prudencialmente en el caso de existir una alerta sanitaria que obliga a la postergación de las prestaciones de salud; pero el enfoque preventivo debe ser crucial en tiempos normales en el manejo de la salud de nuestro país, solo mediante exámenes de medicina preventiva, en que el usuario verá si quiere o no voluntariamente hacerlos. Sin embargo, eso finalmente es lo que propende a una detección temprana de problemas de salud en la población.
Voto a favor, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Señor Secretario , hay tres Senadores que han solicitado adelantar su voto.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Senador señor Araya, ¿cómo vota?
El señor ARAYA.-
Voto a favor, Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Montes, ¿cómo vota?
El señor MONTES.-
Voto a favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?
La señora ÓRDENES.-
Voto a favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
La Senadora señora Sabat se acaba de registrar.
¿Cómo vota, Su Señoría?
La señora SABAT.-
A favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Es todo, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Secretario .
Vamos a dejar con la palabra, para fundamentar su voto, al Senador señor De Urresti.
Puede intervenir, Senador.
El señor DE URRESTI.-
Muchas gracias, Presidente.
En primer lugar, felicito a los autores de este proyecto, particularmente al Presidente de la Comisión de Salud, Senador Rabindranath Quinteros, quien -me costa- hace ya por lo menos dos años venía insistiendo con un proyecto que apuntara al fondo del asunto en materia de isapres.
No es posible que estas alzas unilaterales sean pan de cada día.
Me ha tocado, especialmente en Valdivia, colaborar con distintos afiliados a estos programas, que no solo son objeto de estas alzas desmedidas, sino que muchas veces no les prestan la cobertura necesaria y las isapres les señalan: "Mire, para cubrir su enfermedad, su hospitalización, usted tiene que hacerlo en otra ciudad, en otro establecimiento".
¡Situaciones absolutamente abusivas!
Y creo que este proyecto va en la línea correcta de regular a las isapres que durante mucho tiempo han estado absolutamente fuera de control.
Esta iniciativa también tiene un efecto positivo en el sentido de evitar la judicialización. No son cientos, sino miles, ¡miles!, los recursos de protección que cada año se presentan.
Recuerdo que en la inauguración del año judicial del año pasado nos señalaban los Ministros de la Corte Suprema el colapso que se ha generado a raíz de tratar estos recursos de protección, los cuales -sabemos- van en la línea correcta de impedir las alzas, pero colapsan el sistema judicial.
Y aquí la contradicción.
Me hubiera gustado ver al Ministro de Salud aquí, en la Sala, para preguntarle dónde está el sentido de oportunidad de saber que hay más de seiscientos mil, setecientos mil recursos de protección, y, no obstante eso, se mantiene impávido, no mueve ni gestiona para cambiar esta situación.
¡No es posible!
Siempre en nuestro país ha habido una relación desde el punto de vista de lo que establece la jurisprudencia, de lo que están resolviendo los tribunales de justicia, de cómo se está fallando, para avanzar la legislación en ese sentido.
Y digo esto a propósito -no tiene que ver directamente con salud, pero es una referencia- del gran cambio que nosotros pudimos hacer en materia de protección de humedales urbanos, además de la conciencia que tomaron los ciudadanos en los territorios, pues fue precisamente un fallo histórico de la Corte Suprema a raíz del humedal Llantén en Puerto Montt. Ratificado por la Corte de Apelaciones de esa ciudad, el recurso subió a la Corte Suprema y ahí, en un contundente fallo, se genera no solo una jurisprudencia, sino también el sentido de entender que las cosas van en tal dirección.
Entonces, aquí hay una contradicción.
Setecientos mil recursos de protección, fallados de manera uniforme en la línea de impedir las alzas, y no obstante, la industria de las isapres y el propio Ministerio de Salud no hacen absolutamente nada.
Creo que este proyecto va en el sentido de darles seguridad, darles certeza a los afiliados.
No hay nada más injusto ni complicado que, en plena pandemia o frente a situaciones graves de salud, se notifique unilateralmente a los afiliados, por una carta, el alza del costo de sus planes de la isapre, sin ninguna justificación y sin ninguna posibilidad de recurrir, salvo a través de un recurso de protección.
Entonces, bien bien este avance.
Voy a votar a favor.
Reitero el reconocimiento a los autores del proyecto, pues, sobre todo, creo que es un buen paso para caminar hacia un plan único. Nosotros debiéramos tener un plan básico en todo el sistema para atender y dar mayor certeza a quienes enfrentan una situación complicada de salud.
Voto a favor, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, Senador De Urresti.
A continuación tenemos anotada a la Senadora señora Ebensperger.
¿Ahora sí?
Muy bien.
Tiene la palabra, Senadora.
La señora EBENSPERGER.-
Gracias, Presidente.
Efectivamente, como acá se ha señalado, este proyecto viene a resolver un conflicto que se produce desde hace mucho tiempo con estas alzas desmedidas que, en la gran mayoría de las veces, hacen las isapres sobre los planes de salud.
Y es un alza desmedida porque los planes de salud son un contrato. Y los contratos generalmente deben ser modificados de común acuerdo entre las partes, cosa que acá no sucede y se hace unilateralmente, o pueden modificarse de manera unilateral cuando se ha establecido en el mismo que ello ocurra.
Este problema, que se arrastra hace ya más de una década, se ha convertido, como aquí se ha señalado, en una verdadera industria de litigios que, como evidenciaba el Presidente de la Corte Suprema en su última cuenta pública, ha llevado a la judicialización de esta materia por la vía de los recursos de protección que se han presentado de una manera persistente hace ya muchos años ante las Cortes de Apelaciones y que van en aumento.
Señalaba el Presidente de la Corte Suprema en su última cuenta pública que el año 2020 habían ingresado en las 17 Cortes de Apelaciones del país más de 345 mil causas -¡una gran cantidad!- y la mayoría de ellas, como aquí se ha señalado también, habían sido ganadas.
Y, aun así, las isapres preferían seguir con este sistema. ¿Por qué? Porque siguen manteniéndose con aquellos afiliados que no recurrían de recursos de protección. Es decir, eso demuestra la injusticia y el que estas instituciones seguían ganando, a pesar de no buscar una manera de ponerle término a esta situación.
Espero que el nuevo sistema que se está estableciendo mediante el cual se le permite a la Superintendencia, a través de una resolución, fijar la variación porcentual máxima de los precios bases de las isapres, considerando once factores objetivos, como acá se ha explicado, que van a llevar a esta fijación, posibilite determinar anualmente el alza o la disminución de los planes -es posible que también pueden ir a la baja-, respetando esta resolución de carácter imperativo.
Esperamos que esta solución, a través de un proyecto que es una respuesta política a un problema de larga data que afecta a una gran cantidad de personas, ponga fin a la gran cantidad de recursos de protección, a la judicialización de este conflicto para que las personas no tengan que seguir recurriendo a los tribunales de justicia a fin de que se respeten los contratos que, de buena fe, han firmado con las isapres.
Y confiamos también en que la Superintendencia tenga el poder suficiente para fiscalizar el debido cumplimiento de sus resoluciones y que ellas sean respetadas.
Dicho lo anterior, señor Presidente , y esperando que esto tenga un buen resultado, felicito a la Comisión de Salud y al Gobierno, porque fueron capaces de llegar a este acuerdo para el bien de todas las personas y de solucionar, como se ha señalado acá, un problema que ha acarreado grandes consecuencias a miles de personas en el país.
Voto a favor del proyecto.
Gracias, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Bien.
Tenemos a algunos colegas que van a adelantar su voto sin fundamentar.
Señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señor Presidente .
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
El señor GUILLIER.-
A favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Latorre, ¿cómo vota?
El señor LATORRE.-
A favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Vota a favor.
Senadora señora Allende, ¿cómo vota?
La señora ALLENDE.-
A favor.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
El señor SORIA.-
Voto a favor, señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Es todo, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias.
Tiene la palabra, para fundamentar su voto, el Senador Rabindranath Quinteros.
El señor QUINTEROS.-
Gracias, señor Presidente.
La pandemia ha puesto en evidencia diversas realidades.
Por un lado, la realidad de que el sistema público de salud, pese a todos los intentos por disminuirlo, desacreditarlo y privatizarlo, ha logrado resistir a través de los años y, durante esta emergencia sanitaria, ha sido capaz de dar respuesta a los enormes desafíos que ha debido enfrentar, sobre la base del compromiso y el sacrificio de todos sus funcionarios.
Como contrapartida, la pandemia ha evidenciado también la verdadera naturaleza y las limitaciones de las isapres, como negocios que solo buscan una oportunidad de lucro adicional ante la crisis actual y una maximización de sus resultados.
En efecto, durante este período la mayoría de las isapres decidió alzar el precio de sus planes, a pesar de que las personas han postergado muchas prestaciones por la situación de pandemia, lo que les ha permitido aumentar sus utilidades. No obstante, y para colmo, estas instituciones han puesto obstáculos para el pago de licencias médicas de los trabajadores de nuestro país.
Es cierto que estos abusos vienen desde hace años y, a pesar de que los tribunales superiores han acogido miles de recursos de protección orientados a anular tales alzas, las isapres siguen aplicándolas hasta ahora.
El año pasado, producto de un acuerdo con el Gobierno, se suspendieron los aumentos, pero este año las isapres los han reactivado.
En consecuencia, creo que ha llegado la hora de dar un corte de raíz a estos abusos y no solo para el caso de la pandemia.
Por eso, presentamos una indicación que tiene por objeto modificar, de manera permanente, la forma en que se reajustan los precios de los planes. Y así lo ha entendido el propio Gobierno, que se ha abierto a acoger esta idea y a llegar a un acuerdo en esta misma dirección.
Por cierto, con esto no se pone término a todos los abusos de las isapres, pero se ha tocado el corazón del sistema.
En efecto, el artículo 198 de la ley que regula las instituciones de salud previsional señala: "La libertad de estas para cambiar los precios bases de los planes de salud se sujetará a las siguientes reglas".
Es decir, la ley no habla de la facultad o de la atribución, sino que, lisa y llanamente, se refiere a la "libertad" de las isapres.
Es asombroso el uso de esta terminología, más aún considerando que se trata de una institución supuestamente de seguridad social y de un servicio regulado.
La indicación que presentamos, y que estamos votando, modifica este artículo 198, que ahora partirá señalando: "Las modificaciones a los precios base de los planes de salud se sujetarán a las siguientes reglas", etcétera, etcétera.
Ya no se regula la libertad de las isapres, sino que las modificaciones de los precios, las que no se definirán unilateralmente, sino que serán determinadas por la Superintendencia de Salud, que establecerá un máximo vinculante para el alza de los precios de los planes, mediante un sistema que considera los últimos tres años.
Además, la fórmula de cálculo que ocupará la Superintendencia del ramo no se remitirá a recoger las alzas del sector de salud, sino que discriminará aquellos gastos injustificados, irrelevantes o que no contribuyen al incentivo de la contención de costos del gasto de salud.
Las isapres -me da un minuto más, Presidente -, solo podrán alzar sus precios si cumplen con metas de promoción y prevención de la salud, que se fijarán cada año, y cuyo incumplimiento implica que no podrán reajustar los precios.
Si la isapre opta por alza del precio, no podrá cambiar el factor asociado al ofrecer el plan de salud alternativo que exige la ley, el que generalmente correspondía a uno de mayor valor.
Actualmente, las personas pueden optar por desafiliarse, reclamar, aceptar el alza o cambiar a un plan alternativo. Pero como se cambia el factor de edad, generalmente al alza, el precio es más caro y, en la mayoría de los casos, con menores coberturas.
En definitiva, no existían alternativas reales.
Esta nueva situación cambia y los nuevos precios de los planes de salud entrarán todos en vigencia al mismo tiempo, el 1º de junio, de tal manera de permitir a las personas realmente comparar y movilizarse. De la misma manera, esto deberá traducirse en una baja de los altos gastos de administración y ventas de las isapres, que hoy superan el 11 por ciento de sus ingresos.
Por último, se establece que no habrá ajustes a los precios de los planes de salud del año 2020, que se estaban cobrando retroactivamente, ni tampoco a los del año 2021.
En definitiva, Presidente, no se termina con todos los abusos, en especial con las discriminaciones que caracterizan al sistema de salud privado, pero es un gran avance que pone fin a un problema que lleva más de diez años.
En el tiempo que le queda a esta legislatura, seguiremos impulsando iniciativas como la que nos ocupa, dirigidas a constituir un sistema de salud universal, integrado y de calidad, para todos los habitantes del país, y en el cual los seguros privados podrán tener un espacio, pero como un complemento al plan universal.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Concluyó su tiempo, Senador.
El señor QUINTEROS.-
Treinta segundos más, por favor, Presidente.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Muy bien.
El señor QUINTEROS.-
Gracias, Presidente.
Sin duda, el empuje principal provendrá de lo que se defina en la nueva Constitución que, estoy seguro, recogerá el anhelo de la enorme mayoría de los chilenos, expresado en las movilizaciones, en el plebiscito y en las últimas elecciones, consagrando el derecho fundamental a la salud de todas las personas y superando la visión actual de la salud como un negocio.
Voto a favor.
He dicho.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, Senador Quinteros.
Entonces, vamos a solicitar el pronunciamiento al resto de los colegas que faltan por votar.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señor Presidente .
Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?
La señora ARAVENA.-
Secretario, quiero fundamentar en unos breves minutos mi voto.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, señora Senadora.
La señora ARAVENA.-
Gracias, Presidente.
La pregunta que quiero hacerme es la siguiente: ¿había que esperar una pandemia para que, por iniciativa parlamentaria y con el apoyo del Ejecutivo, se pudieran dejar sin efecto las alzas y, lo más importante, generar un IPC de la salud que, a todas luces -y no hay que ser un experto-, era evidentemente necesario?
Cuesta entender que de alguna manera siempre estemos atrasados, pues era de lógica que tuviera que existir, al igual que el plan preventivo de salud.
A diferencia de algunos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, a mí me parece fundamental que existan la salud privada y la salud pública, sobre todo una salud pública eficiente, con recursos y de calidad.
Pero así como en este país existe la libertad, también puede haber empresas privadas que entreguen prestaciones de salud, las cuales deben ser muy supervisadas por un Estado que cumpla su rol fiscalizador.
Por lo tanto, no era necesaria una pandemia para generar las condiciones de un IPC de salud, que es tan importante, pues eran evidentes los abusos, los aumentos y los castigos que se cometen con ciertas personas como las mujeres, los niños y otros en este sistema privado.
Entonces, la coexistencia de lo público y lo privado, como prestación de servicio de salud, es necesaria en un país desarrollado, en la medida que el Estado cumpla su rol fiscalizador, vuelvo a decir, y que realmente primen no solamente los ingresos, la ganancia y el lucro, sino que también una prestación de servicios digna de un derecho que está consagrado hoy día en la Constitución, pero que hoy día, con estas disparidades en torno a los precios de las isapres, evidentemente provocaban un cuestionamiento al sistema.
En el fondo, el mismo sistema ha hecho perder el prestigio que debiera tener una institución privada, en la medida que no ha sido capaz de equilibrar sus servicios con sus ingresos. Y creo que un país puede hacerlo de manera equilibrada, en tanto haya ética empresarial para lo que se está haciendo.
Por lo tanto, yo me alegro mucho.
Felicito a la Comisión de Salud, especialmente a su Presidente.
Y espero sinceramente que en las discusiones que se van a dar en la Convención Constituyente exista la apertura para evaluar la posibilidad de que el treinta y tantos por ciento de las personas que han elegido voluntariamente pertenecer a las instituciones privadas de salud puedan seguir haciéndolo, pero con un sistema mucho más controlado y más fiscalizado que el imperante hasta ahora.
Muchas gracias.
Voto a favor.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Navarro, ¿cómo vota?
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto (36 votos a favor), dejándose constancia de que se reúne el constitucional exigido, y queda despachado en este trámite.
quorum
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Sabat y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Kast, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).-
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados.
)------------(
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Estaba mirando la hora para ver cuánto falta para el término del Orden del Día.
Les informo que no vamos a poder ver el proyecto referido a la extensión del posnatal debido a que todavía se encuentra en tramitación en la Comisión de Hacienda. Al parecer, el Ejecutivo presentó una indicación y su estudio va a demorar un poco más su despacho.
En todo caso, por acuerdo de Comités, esta iniciativa quedará en el primer lugar de la tabla de mañana.
)------------(
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Antes de levantar la sesión, solicito el acuerdo para que en el proyecto, en tercer trámite constitucional, relativo a la utilización de menores en crímenes o delitos (boletines Nos 11.958-07 y 11.966-07, refundidos), que pasó a Comisión Mixta, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública integren la referida instancia.
--Así se acuerda.
)------------(
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Como estamos llegando al término del Orden del Día, vamos a dejar hasta acá la sesión.
Les recuerdo a Sus Señorías la sesión de Congreso Pleno para escuchar la Cuenta Presidencial citada para las tres de la tarde, cuyo aforo fue previamente establecido por acuerdo de Comités tanto en la Cámara como en el Senado. A los que estén autorizados, les rogamos asistir presencialmente, y a los demás les solicitamos, por favor, su disposición para escuchar el balance del Presidente .
)---------(
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Senadora Allende, usted quiere decir algo.
La señora ALLENDE.-
Breve, Presidente .
Solamente quiero señalar que yo comparto que no continúe la sesión, porque ya no se puede. Además, efectivamente el proyecto de extensión del posnatal todavía está discutiéndose en la Comisión de Hacienda. Pero quería pedirle que en la tabla de la siguiente sesión quede incorporado el proyecto que figura en el punto 3 de la tabla general y que no vamos a alcanzar a analizar hoy. Es una iniciativa importante para nosotros, porque tiene que ver con terminar con la causal de conducta homosexual en el divorcio por culpa.
Así que solicito que, de ser posible, quede establecido un acuerdo para que se pueda ver mañana.
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Bien, Senadora.
El señor BIANCHI.- ¡No hay para tomar acuerdos!
quorum
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Vamos a ver cómo adecuamos las tablas futuras. Pensábamos que íbamos a avanzar un poco más y que íbamos a alcanzar a despachar el segundo proyecto del Orden del Día, que es al que usted hacía referencia.
)---------(
El señor PIZARRO ( Vicepresidente ).-
Les informo a Sus Señorías que, como el proyecto sobre extensión del posnatal se encuentra todavía en la Comisión de Hacienda, vamos a dejar sin efecto la sesión especial que citamos para las 13:30.
Entonces, nos juntamos a las tres de la tarde en la sesión del Congreso Pleno establecida para escuchar la Cuenta Pública del Presidente de la República.
Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes.
De la señora ALLENDE:
Al Ministerio de Obras Públicas, para que informe sobre ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE MUELLE PARA PESCADORES ARTESANALES DE ALGARROBO.
Y al Instituto Nacional de Deportes de Valparaíso, solicitando antecedentes relacionados con ASIGNACIONES ENTREGADAS MEDIANTE CONCURSOS DEL FONDO NACIONAL PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE Y SU DISTRIBUCIÓN REGIONAL, y sobre DONACIONES A ORGANIZACIONES DEPORTIVAS: CANTIDADES INVOLUCRADAS E IDENTIFICACIÓN DE DONANTES Y DE ENTIDADES BENEFICIADAS.
Del señor BIANCHI:
A los Ministros de Relaciones Exteriores y de Salud, a la Subsecretaria de Salud y al Embajador de Chile en Argentina, pidiéndoles GESTIONES PARA ENTREGA DE INSUMOS COVID Y APOYO SOLIDARIO A CIUDADES ARGENTINAS DE RÍO TURBIO Y 28 DE NOVIEMBRE.
Y al Subsecretario de Redes Asistenciales, solicitándole que tenga a bien disponer la INSTALACIÓN DE EQUIPO TÉCNICO Y HUMANO PARA CREAR UNIDAD DE DIÁLISIS EN HOSPITAL MARCOS CHAMORRO, DE PORVENIR.
Del señor DE URRESTI:
Al Ministro del Interior y Seguridad Pública, al Director Nacional de la Onemi y al Alcalde de Panguipulli, para que remitan antecedentes acerca de MEDIDAS ADOPTADAS PARA AYUDAR A FAMILIAS AFECTADAS POR DERRUMBE DE CERRO EN SECTOR DE ÑISOLEUFU Y CRECIDA DE ESTERO EN CAMINO LOS CAJONES, SECTOR LA CHÉPICA, AMBOS EN COÑARIPE, COMUNA DE PANGUIPULLI.
A los Ministros de Hacienda y de Economía, Fomento y Turismo, pidiéndoles informar sobre MEDIDAS ECONÓMICAS ANUNCIADAS POR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA MITIGAR IMPACTO ECONÓMICO DE LAS PYMES, y consultándoles si han considerado MEDIDAS ADICIONALES PARA EMPRENDIMIENTOS CATALOGADOS COMO "MICROEMPRESAS FAMILIARES".
Al Ministro de Obras Públicas, requiriendo información sobre ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE TÚNEL SUBFLUVIAL QUE SE PRETENDE CONSTRUIR PARA CONECTAR LOS SECTORES DE LAS MULATAS Y TOROBAYO, COMUNA DE VALDIVIA.
Al Ministro de Obras Públicas y al Director Nacional de Vialidad, solicitándoles antecedentes relativos a DIVERSOS DESLIZAMIENTOS DE TIERRA Y DERRUMBES PRODUCIDOS EN LA REGIÓN DE LOS RÍOS A CAUSA DE FUERTES LLUVIAS.
A la Ministra de Agricultura y al Director Nacional (S) de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, para que remitan antecedentes acerca de POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL, SEÑALANDO ALCANCES, METAS, PRINCIPALES LINEAMIENTOS Y VÍAS DE TRABAJO PARA CONCRECIÓN DE COORDINACIÓN ENTRE ACTORES QUE INCIDEN EN DESARROLLO DE ÁREAS RURALES DEL PAÍS, ESPECIALMENTE EN REGIÓN DE LOS RÍOS.
A la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo y al Alcalde de Valdivia, pidiéndoles información sobre ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO "REPOSICIÓN CENTRO ARTESANAL RURAL PUNUCAPA, VALDIVIA", PARALIZADO POR FALTA DE PERMISOS DE EDIFICACIÓN OTORGADOS POR EL REFERIDO MUNICIPIO.
A la Superintendenta de Seguridad Social (S), para que remita antecedentes acerca de RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR RECURRENTE ANTE CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA CONTRA SUSESO DE LOS RÍOS DEBIDO A RECHAZO DE LICENCIAS MÉDICAS.
Y al Alcalde de Mariquina, pidiéndole que gestione MEJORAMIENTOS DE CAMINO VECINAL ENTRE LA PUNTA Y PAILA PIFIL.
)------------(
--Se levantó la sesión a las 13:24.
Claudia Zumelzu Cornejo
Jefa de la Redacción suplente
ANEXO DE SESIÓN
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Aravena y señores Chahuán, García, Galilea y Pugh, que tipifica el delito de incendio en establecimientos educacionales. Boletín N° 14.282-07
Antecedentes
Los ataques incendiarios se han vuelto un practica cada vez más común en nuestro país. De forma lamentable, hemos visto como es cada vez más común que hogares, vehículos particulares, transporte público, monumentos y patrimonio histórico sean violentamente incendiados, produciendo un daño no solo material, sino que invaluable al alma de la sociedad toda.
Mediante regulación específica, se ha intentado facilitar el trabajo de las policías y el ministerio publico para la oportuna y efectiva persecución y sanción de estos delitos. Así, en el último año se han tramitado varias iniciativas como la que modifica el código penal estableciendo la agravante de incendio en la cabina de un camión (Boletín 13.716-07), o el proyecto que busca sancionar los incendios en lugares destinados al culto religioso (Boletín 13.889-07).
Actualmente los ataques a establecimientos educacionales no tienen una sanción específica, y se sancionan utilizando la figura de los artículos 475 o 476 del Código Penal según sea el caso. Sin embargo, al no ser del todo claro, creemos que se hace necesario impulsar una regulación especifica al respecto de manera de, por una parte, unificar el criterio jurisprudencial y por otra otorgar una herramienta especifica al ente persecutor para su correcta y oportuna sanción.
En particular, el artículo 475 del Código Penal, que queremos reformular en este proyecto de ley, establece actualmente lo siguiente:
"Artículo 475, Se castigará al incendiario con presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo:
1.º Cuando ejecutare el incendio en edificios, tren de ferrocarril, buque o lugar habitados o en que actualmente hubiere una o más personas, siempre que el culpable haya podido prever tal circunstancia.
2º Si lo ejecutare en buques mercantes cargados con objetos explosivos o inflamables, en buques de guerra, arsenales, astilleros, almacenes, fábricas o depósitos de pólvora o de otras sustancias explosivas o inflamables, parques de artillería, maestranzas, museos, bibliotecas, archivos, oficinas o monumentos públicos u otros lugares análogos a los enumerados.".
Consideramos que en este numeral 2 debieran estar incluidos los establecimientos educacionales, pues al igual que el catálogo de inmuebles protegidos (como museos, bibliotecas, almacenes, etc). las escuelas tienen un rol social que cumplen, y por tanto, merecen una mayor pena para los responsables de incendios.
En efecto, actualmente quien incendia hoy una escuela recibe la pena consagrada en el artículo 477 del mismo Código Penal, que es la norma supletoria, es decir, luego de descartar los casos establecidos en los artículos anteriores. Dice este artículo 477 lo siguiente:
"Artículo 477.- El incendiario de objetos no comprendidos en los artículos anteriores será penado:
1.º Con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, si el daño causado a terceros excediere de cuarenta unidades tributarias mensuales.
2.º Con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si el daño excediere de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasare de cuarenta unidades tributarias mensuales.
3.º Con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de cinco unidades tributarias mensuales, si el daño excediere de una unidad tributaria mensual y no pasare de cuatro unidades tributarias mensuales.".
Como se puede ver, se trata de penas bastante bajas. En el mejor de los casos, si el daño causado excede a 40 UTM (poco más de dos millones de pesos, al momento de presentar esta moción), se castigará al culpable con una pena máxima de 10 años, y una multa de casi 800 mil pesos (considerando la UTM vigente al momento de presentar la moción).
Con la propuesta de incluir el incendio de escuelas en las figuras del artículo 475, el culpable recibirá una pena mínima de 10 años y un día, y hasta una pena máxima de presidio perpetuo. Sabemos que el "monto de la pena" no es el único factor que debiéramos considerar al momento de preocuparnos de una agenda de seguridad pública, pero sin lugar a dudas, el aumento de penas puede llevar a que los posibles infractores se vean más cohibidos de cometer estos delitos. Y al mismo tiempo, habrá una sensación mayor de justicia para la comunidad afectada.
La necesidad de proteger los establecimientos educacionales
Al atacar un establecimiento educacional, no solo se atenta contra la infraestructura, que muchas veces además puede ser parte de un patrimonio cultural, sino que también se ataca a la sociedad toda, pues es un ataque contra valores que como sociedad hemos considerado esenciales. Junto con eso, se atacan también edificios que son verdaderos centros de encuentro social.
Las escuelas en muchas oportunidades funcionan como centros de acopio y albergue ante emergencias, como sedes de eventos sociales que fortalecen y ayudan a las comunidades locales y también cumplen una función importantísima en la correcta nutrición de los niños de nuestro país: son el lugar donde, a través de JUNAEB, los niños más vulnerables pueden acceder a alimentación, lo que transforma entonces a estos atentados no solo en actos delincuenciales deleznables por atacar valores que como sociedad hemos decididos son esenciales y tenemos el deber de proteger, sino que además en verdaderos atentados contra la salud pública.
Sin duda el hecho más reciente y que conmueve es el ocurrido el día 22 de mayo de 2021 se registró[1] un terrible ataque a una escuela en la comuna de Contulmo, en la que, según testimonios recabados por la prensa, cerca de diez personas encañonaron al profesor encargado del establecimiento, lo obligaron a salir del lugar y posteriormente quemaron tanto la vivienda y vehículo del docente como la escuela de la que estaba encargado.
Sin embargo, el hecho anterior descrito lamentablemente no es aislado. Para ilustrar el punto, ponemos como ejemplo los incidentes que tuvieron lugar en Julio de 2020, cuando en un rango de apenas diez días, tres escuelas rurales fueron quemadas por desconocidos[2], dejando sin su lugar de educación a 173 estudiantes y sin su lugar de trabajo a 45 personas. En uno de estos violentos hechos se logró detener a sus presuntos autores, los que quedaron en libertad luego del control de detención[3]. El 18 de abril de 2021, por su parte se declaró un incendio en la escuela San Arturo, en el sector de Radalco, Curacautín[4]. Esta escuela fue consumida por las llamas luego de que tras un operativo de recuperación de tierras usurpadas por delincuentes se atacara al establecimiento, afectando directamente a las comunidades vecinas a las que esta escuela les prestaba servicios. En la misma línea, en el mes de abril de 2021, una escuela rural fue incendiada en el sector de Pailahueque[5] sin lograr responsables a la fecha.
Quizás uno de los casos más dramáticos es el que se dio en Cañete: es el caso de una escuela que, tras ser brutalmente incendiada en 2020, estaba siendo reconstruida con el apoyo de privados. Cuando ya presentaba un 90% de avance su reconstrucción, fue nuevamente atacada el día 11 de mayo de 2021 [6] con disparos y fuego, provocando por una parte daños materiales, pero también la afectación directa al derecho que tienen los niños a educarse.
Al mismo tiempo, no debemos olvidar que el día 8 de noviembre de 2019, utilizando acelerantes y aprovechándose de la conmoción social que vivía el país, una persona provocó un incendio que destruyó por completo una sede de la Universidad Pedro de Valdivia[7].
Ejercicio del derecho a la educación en forma regular
Al igual que la Libertad de culto, el derecho a la educación está consagrado tanto a nivel constitucional como en tratados internacionales. Así, nuestra Constitución Política, en su artículo 19 Nº 10, garantiza el derecho a la educación, señalando que su objeto es el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida y estableciendo que es deber del Estado financiar la educación básica y media, así como promover un sistema de educación parvularia.
En el caso particular de estas dos garantías (libertad de culto y derecho a la educación), se trata de derechos de contenido múltiple, pues se trata tanto de libertad como de prestación en un sentido amplio. La normativa anteriormente citada debe ir aparejada entonces de esfuerzos positivos por parte del Estado para que dichas libertades y derechos puedan ser ejercidos. Es en este sentido que el Estado tiene un deber en cuanto a asegurar el acceso a estos derechos, siendo una de sus aristas el poder garantizar la seguridad de los lugares en donde se realizan más propiamente, esto es las iglesias y las escuelas.
Lamentablemente, la realidad nos indica que no basta simplemente con proveer un servicio o consagrar las libertades, sino que también es deber del Estado resguardar y garantizar la seguridad en el ejercicio de estos derechos. De los antecedentes expuestos nace entonces la necesidad de explicitar el tipo penal de incendio en establecimientos educacionales y lugares destinados al culto religioso, pues finalmente no se trata de una ofensa a un individuo, sino que el disvalor es mayor pues se infiere un daño a la sociedad toda ya que violenta algo que como sociedad hemos decidido proteger.
Y así como este mismo Senado ha iniciado recientemente un proyecto que busca aumentar las penas para la quema de lugares destinados al culto religioso (el ya mencionado Boletín 13.889-07) corresponde ahora hacer lo propio para aumentar las penas relativas a la quema de lugares destinados a la educación. De hecho, eventualmente, y si la Sala así lo acuerda, ambas mociones puedan terminar refundidas, para ser tramitadas como un solo gran proyecto de ley.
ES POR LO ANTERIOR, QUE SOMETEMOS A ESTE HONORABLE SENADO EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
ARTICULO UNICO. - Intercálase, en el numeral 2 del artículo 475 del Código Penal, a continuación de la expresión monumentos públicos la frase "establecimientos educacionales", precedida de una coma.
Honorables Senadores señora Aravena y señores Chahuán, García, Galilea y Pugh
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Castro, Araya, Elizalde y Letelier, que modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 430, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, para prohibir la pesca de arrastre del recurso merluza común (merluccius gayi gayi). Boletín N° 14.283-21
FUNDAMENTOS
En Chile la pesquería de merluza común (Merluccius gayi gayi) popularmente conocida también como “pescada”, constituye el principal sustento para miles de pescadores artesanales e industriales, y es, entre todos los productos extraídos del mar territorial chileno, uno de los más consumidos por chilenas y chilenos junto a la reineta y el atún.
La merluza común, lleva siendo monitoreada desde hace casi 10 años por parte de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Al revisar sus informes anuales referentes a las especies de merluza presentes en nuestro país, 3 de ellas, incluida la merluza común, se encuentran extremadamente sobreexplotadas y una de ellas agotada. Todos los intentos por proteger este valioso recurso, incluida la veda que tiene lugar durante el mes de septiembre de cada año, han sido insuficientes para recuperar volúmenes óptimos de reproducción y desarrollar una extracción sustentable.
La pesquería de merluza común en Chile se divide de la siguiente forma: 60% para la pesca industrial y el 40% para la pesca artesanal. El sector pesquero industrial utiliza el método denominado “pesca de arrastre de fondo” para extraer este recurso. Este método de captura, según lo revelado por diversas investigaciones científicas, resulta tremendamente perjudicial para la subsistencia de esta pesquería, y de muchas otras que se ven afectadas por este método extractivo. Es por esta razón, que a nivel mundial la pesca de arrastre está siendo sistemáticamente erradicada, ya que no solo arrastra el pez objetivo, sino que arrasa con todo a su paso, destruyendo o reorganizando los hábitats marinos que sirven de protección y como lugares de alimentación y apareamiento para un sinfín de especies marinas.
En el año 2015 el recurso merluza común fue declarado como agotado o colapsado y desde entonces se ha mantenido sobreexplotado, sin que se haya planteado una estrategia bien definida para poder conservar y recuperar la especie. Es por eso que hoy, como medida extrema, y como recomendación de muchos expertos incluyendo a cientos de pescadores artesanales, rubro que ha sido profundamente afectado por la sobreexplotación desmedida de este recurso es que, a través de este proyecto de ley, promovemos la prohibición del empleo del arte de pesca denominado "de arrastre", ya sea de fondo o media agua, tanto para el sector industrial o artesanal, utilizado para la extracción de merluza común.
Por lo anterior, sometemos a discusión de este Honorable Senado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Agréguese en el artículo 5º de la Ley General de Pesca, refundida y sistematizada en el Decreto 430 de 1991 el siguiente inciso cuarto, nuevo, pasando el cuarto y quinto a ser quinto y sexto, respectivamente:
"La especie Merluza Común (Merluccius gayi gayi) no podrá ser extraída empleando el arte de pesca comprendido como "arrastre", ya sea de media agua o de fondo. Y sólo podrá ser extraída utilizando espinel y/o red de enmalle”.
Honorables Senadores señores Castro, Araya, Elizalde y Letelier
Proyecto de ley, iniciado en moción de las Honorables Senadoras señoras Goic, Allende, Aravena, Provoste y Sabat, que establece los derechos de las mujeres en las atenciones gineco-obstétricas, los derechos del nacimiento y regula la violencia gineco-obstétrica. Boletín N° 14.284-11
Fundamentos:
Durante el último siglo la asistencia sanitaria del parto se posicionó en nuestro país como una preocupación social y especialmente del equipo de salud mediante una política de salud pública. Nadie pone en duda los avances nacionales de la medicina en general y, de la obstetricia en particular, lo que ha permitido salvar vidas de mujeres y recién nacidos que antes no sobrevivían. Sin perjuicio de lo anterior, durante las últimas décadas la excesiva focalización en prevenir y contener la patología asociada a la gestación y nacimiento ha ido de la mano de la pérdida de autonomía de la mujer gestante y parturienta y de la patologización del parto. Lo anterior, está actualmente causando daños en todas las dimensiones de la salud, físico, mental- emocional y social de las mujeres y sus hijos o hijas recién nacidos.
Reconociendo los avances tecnológicos y médicos que han permitido disminuir la morbimortalidad materno fetal. Es preciso señalar que en la actualidad es necesario incorporar nuevos enfoques en salud sexual y reproductiva, el eje central no solo debe estar situado en las tasas de morbimortalidad y su prevención, sino que también en la calidad de los cuidados en salud para todas las mujeres, bienestar físico y mental resguardando los derechos de las mujeres. Uno de los objetivos primordiales en las modernas atenciones de salud, debe ser el mejorar los cuidados, aplicando criterios de calidad, dignidad, respeto y adherencia a las buenas prácticas obstétricas. Estas directrices deben incidir en la disminución del exceso de intervenciones innecesarias e injustificadas sin evidencia científica y que no mejoran los resultados obstétricos y, que además, puede causar daños evitables (físicos y emocionales) aumentando los costos para el servicio de salud y profundizando las inequidades.
Las complejidades que surgen en torno al nacimiento y la eventual violencia obstétrica que reciben las mujeres al momento de ser atendidas y de parir en centros de salud en Chile, tanto privados como públicos, se ha situado como una problemática de Estado porque los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos. Por consiguiente, es una prioridad perfeccionar la débil legislación vigente en esta materia y propender a la creación de leyes que velen por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y sus familias durante los procesos que requieren de atención ginecobstetricia.
Por su parte, es menester señalar que el Estado chileno ha contraído compromisos internacionales en el sentido de eliminar todo tipo de violencia de género, como una expresión de la defensa de los Derechos Humanos. Así las cosas, se han suscrito los siguientes tratados internacionales:
1.Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1969 (PIDESC) artículo 2 inc. 2, artículo 3 y, en especial, el artículo 10 inc. 2, 12.
2.Ratificación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU, 1984).
3.Informe de la CEDAW ratificado en Chile 1989, donde se promueve la «equidad de género y finalizar con la violencia y discriminación en contra de la mujer».
4.Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia en Contra de la Mujer «Convención de Belem do pará» 1996.
5.Ratificación acuerdo Objetivo del Milenio (ONU, 2010), cuyo tercer objetivo exige promover la igualdad entre género y empoderamiento de la mujer.
A mayor abundamiento, es preciso señalar que en 1985 la Organización Mundial de la Salud (OMS) emitió la declaración sobre la “Apropiada tecnología del nacimiento”, que marcó un hito en los esfuerzos globales de salud pública por disminuir las intervenciones obstétricas innecesarias y centrar la atención en las necesidades particulares de cada usuaria y familia (OMS, 1985)[1]. En los últimos años, diversas agencias nacionales e internacionales han publicado declaraciones sobre el parto respetado y los derechos en torno al nacimiento, tales como la declaración del año 2014 de la OMS sobre la “Prevención y erradicación de la falta de respeto y el maltrato durante la atención del parto en centros de salud”[2]. Luego, en el año 2015, la Federación Internacional de Gineco Obstetras (FIGO) junto a la Confederación Internacional de Matronas, Alianza del Lazo Blanco, Asociación Internacional de Pediatras, en conjunto con la OMS, publicaron una propuesta de nuevas directrices para las maternidades amigas de las madres y bebés, que incorporan los derechos contemplados en el siguiente documento (FIGO, 2015)[3]. Así como en el año 2019 en el Informe de la relatora especial de naciones unidas sobre la violencia contra la mujer, señala que se debe realizar un enfoque basado en los derechos humanos del maltrato y la violencia contra la mujer en los servicios de salud reproductiva, con especial hincapié en la atención del parto y la violencia obstétrica.[4]
Así también en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, se establece para la “Estrategia mundial de la salud para la salud de la mujer, el niño y el adolescente” a desarrollar entre 2016-2030 que los entornos propicios para el embarazo, parto y posparto deben programarse con enfoque de derechos humanos, previniendo la violencia de género.
En tanto en Chile, en diciembre de 2016 el Instituto Nacional de los Derechos Humanos incluye, por primera vez en su informe anual, la violencia obstétrica como una expresión de vulneración de los Derechos Humanos, por ende, representa al Estado la responsabilidad y la prioridad de actuar frente a estos casos, vinculándolo a políticas públicas especialmente relacionadas con la prevención de la violencia hacia las mujeres e insta a poderes colegisladores a la aprobación de normativas que garanticen prácticas adecuadas y respetuosas para la dignidad humana durante el embarazo, parto y puerperio[5].
Por consiguiente, el presente proyecto de Ley tiene por objetivo regular dos materias, que a continuación se detallan:
I.Regular y promover el parto personalizado y respetado
Contempla el derecho que le asiste a la mujer a ser tratada con respeto y con reconocimiento de su autonomía por parte del equipo de salud durante la gestación, al momento del parto como también durante su puerperio, de modo personal e individualizado, procurando garantizar un adecuado grado de intimidad durante el proceso asistencial , todo lo anterior en un marco de atención de salud de calidad, basado en las necesidades de las mujeres y la evidencia científica actual, libre de discriminación y maltrato y considerando la adecuada disposición y utilización de recursos[6].
En la actualidad en nuestro país durante la atención del nacimiento se practican diversos procedimientos de rutina que no se justifican en mujeres de bajo riesgo obstétrico- que debieran ser entre el 70% y 80%- y cuyo uso no está recomendado por las guías internacionales y nacionales de atención de salud (Binfa 2016)[7].
Nos referimos por ejemplo: a la inmovilización de la mujer en la cama con monitoreo electrónico continuo (que impide el movimiento y deambulación), la prohibición de ingerir alimentos y líquidos durante el trabajo de parto, el no permitir el acompañamiento de personas de la elección de la mujer durante el trabajo de pre parto, parto y postparto, falta de intimidad en el proceso y falta de información, la inducción farmacológica y conducción oxitócica sin indicación que lo justifique, la rotura artificial de membranas sin indicación que lo justifique, episiotomía de rutina, posición litotómica forzada en el parto, la maniobra de kristeller, entre otras. Cada uno de estos procedimientos deriva en otro, lo que ha sido definido como la cascada de intervenciones.
En esta dirección, es dable señalar que hacer una intervención aumenta la probabilidad de realizar otra intervención y así sucesivamente. Tal situación se dificulta aún más si la mujer carece de información y/o preparación al parto, tiene temor a este acontecimiento o ha tenido alguna experiencia de parto negativa. Lo precedentemente descrito se denomina como: “la cascada de intervenciones de rutina” que aumenta la probabilidad de cesárea. . En este escenario, se pretende distinguir entre el caso de una mujer que presenta una complicación médica o cursa una gestación de alto riesgo, oportunidad en que las intervenciones son necesarias y para ello Chile cuenta con profesionales idóneos para resolverlas. No obstante, nuestra propuesta está orientada a evitar intervenciones y procedimientos en mujeres que no las requieran, como las pacientes de bajo riesgo y en resguardar el trato respetuoso y la entrega continua de información a todas las gestantes independiente de su condición de riesgo obstétrico. ,En nuestro país el año 2015, el 51% de los partos se resolvieron por medio de una cesárea, a pesar de que la Organización Mundial de la Salud señala que, a nivel de población, las tasas de cesáreas superiores al 15% no están asociadas a una reducción de la mortalidad materna y neonatal y que estas cirugías son eficaces para salvar la vida de las madres y los neonatos solamente cuando son necesarias por motivos médicos (Binfa 2016)[8]. Esta alta tasa de cesáreas tiene la particularidad de presentar grandes diferencias entre el sector público y privado, 40,9% y 69 % respectivamente (INDH, 2016)[9] .
En tal contexto, la evidencia disponible demuestra que el exceso de intervenciones médicas en el nacimiento, la vía de parto, y el trato recibido durante éste, tienen alto impacto en la salud de las personas. Es por esto que se hace perentoria la reconsideración del parto como un proceso fisiológico y respetado exclusivo de cada mujer y no del equipo médico, en el cual las intervenciones sean utilizadas sólo en el caso que sean justificadas por necesidades de salud de la mujer y su hijo. Es prioritario abordar la temática del nacimiento desde la perspectiva de la promoción de salud reconsiderando el parto como un evento normal, natural y saludable en la vida de la mujer.
La OMS recomienda a los profesionales de la salud trabajar en función de “seis prácticas básicas”: Atención respetuosa de la maternidad; Comunicación efectiva; Acompañamiento durante el trabajo de parto y el parto; Continuidad de la atención: en Período de dilatación Definiciones de las fases latente y activa del período de dilatación; Duración del período dilatación, no siendo igual para todas las mujeres. Todas estas recomendaciones tienen como fin tener una experiencia de parto positiva.[10]
Si bien estas recomendaciones no son vinculantes , y quedan a la libre voluntad de cada profesional de salud de adherir o no. Parte de la evidencia que respalda estas recomendaciones hace alusión a las hormonas y neurohormonas que participan en la fisiología del parto. La principal hormona involucrada es la oxitocina la que realiza sus funciones en diversos órganos que facilitan el parto lo hacen más seguro y promueve la lactancia.
La mujer que logra vivir un parto fisiológico libre de intervenciones de rutina tiene más probabilidades de que el recién nacido nazca sano, que haga contacto piel con piel, inicie lactancia dentro de la primera hora de vida, logre una lactancia exclusiva hasta los 6 meses y que la madre transite un post parto fisiológico, saludable desde un punto de vista emocional , con mayor sensibilidad y respuesta hacia las necesidades del recién nacido fortaleciendo el vínculo y promoviendo un estilo de apego seguro. La oxitocina que la madre y el niño producen alrededor del parto fisiológico activa mecanismos del cuerpo que previenen el estrés y regulan la sensación del dolor. Así mismo actúa en aspectos sociales promoviendo la empatía, el aprendizaje y la sensibilidad a través de los sentidos[11].
Para potenciar la liberación hormonal del sistema de la oxitocina y aumentar los beneficios asociados a esta, el ambiente juega un rol importante. La temperatura cálida, la penumbra, el silencio y la no intervención de personal innecesario, las palabras, el tono de voz, los olores y todo lo que rodea a la mujer pueden favorecer u obstaculizar el parto. La mujer necesita sentirse protegida, contenida, segura, bajar el sentido de alerta y los niveles de adrenalina. Un ambiente de intimidad es uno de los requisitos más importantes a considerar ya que el parto es un evento sexual en la vida de la mujer.[12]
El periodo “sensible” y/o “crítico” descritos en los años 70 por Kennel, Klaus y Odent apunta al momento crucial que todo ser humano vive alrededor del parto. En especial las primeras horas de vida y lo que aquí sucede deja un imprinting para toda la vida. Desde este punto de vista, las personas que trabajan en el área obstétrica pasan a ser moduladores de la biografía humana[13].
En la actualidad un tema relevante en el campo de la investigación médica es la hipótesis del impacto de las prácticas obstétricas alrededor del parto y su asociación con ciertas enfermedades y problemas de salud en futuras generaciones. El área de la epigenética y el microbioma, postula que los bebés nacidos por cesárea desarrollaran más obesidad hasta los 5 años y asma hasta los 12 años. Infecciones respiratorias, dermatitis atópica y desórdenes metabólicos. [14]
II.Eliminación y prevención de la violencia obstétrica:
En Chile, la violencia obstétrica no se encuentra regulada expresamente ni está contemplada como concepto en los Códigos de Ética de los gremios de la salud involucrados (matronas/es y médicos). Así las cosas, tampoco se encuentran sancionadas las conductas que generan violencia obstétrica. A falta de normas especiales que sancionen la violencia obstétrica, actualmente las orientaciones para la atención de los servicios de ginecología y obstetricia provienen del programa Chile Crece Contigo y Ministerio de Salud: “Manual de atención personalizada en el proceso reproductivo” (MINSAL-CHCC, 2008)[15], y “Programa para evaluar servicios de obstetricia, ginecología y neonatología” (MINSAL, 2008). Estas directrices han sido insuficientes, ya que no son vinculantes, por ende, constituyen meras recomendaciones. Conjuntamente, la Ley N° 20.584 de 2012 de Derechos y Deberes del Paciente establece un procedimiento administrativo especial de reclamación respecto de las atenciones de salud, en términos generales. No obstante, en ninguno de estos documentos se menciona explícitamente la violencia obstétrica.
Entre el año 2019 y 2020, se realizó la primera Encuesta Nacional sobre violencia obstétrica, por el Colectivo contra la violencia ginecológica y obstétrica, dentro de los resultados se destaca el siguiente[16]:
Los reportes de violencia en la atención ginecológica resultan alarmantes (67%), porcentaje que aumenta de modo preocupante al analizar las experiencias de violencia obstétrica (80%). Muchas de estas mujeres no volvieron a atenderse en servicios de ginecología y un alto porcentaje sólo volvió a hacerlo con motivo de un embarazo. Del mismo modo, un alto porcentaje adicional expresa que no están seguras de si experiencias como éstas les han sucedido, pero creen haberlas vivido.
Por su parte, en el contexto internacional la violencia obstétrica está regulada desde el año 2007 en Venezuela, desde el 2009 en Argentina, y desde el 2014 en el Estado de Veracruz en México, en el marco de leyes de equidad de género, prevención de la violencia hacia las mujeres y promoción de los derechos del nacimiento. En Italia en 2015 también se presentó un proyecto de ley que actualmente espera ser discutido. Cabe hacer presente que las distintas agrupaciones y organizaciones de la sociedad civil creadas en el país en los últimos años, expresan una creciente y urgente demanda de la población usuaria por la regulación y legislación de este tipo de violencia. Ello significa diseñar y legislar medidas de acción positivas para llevar a la práctica un conjunto de acciones que prevengan y normen esta violencia, en pro de una mayor dignidad del conjunto de la sociedad y en particular de las mujeres.
En este contexto, las autoras de este proyecto presentamos el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY
Título I
“Disposiciones generales”
Artículo 1: El establecimiento de esta Ley tiene como propósito esencial asegurar el respeto y promoción de los derechos de la mujer, el recién nacido y la familia en el proceso de gestación, preparto, parto y post parto, así como también en torno a su salud ginecológica. Garantizando el derecho a una atención de calidad y propendiendo a la debida intimidad, el derecho de la mujer a recibir información adecuada libre de coerción y de participar en la toma de decisiones respecto a su atención a lo largo de todo su proceso de atención en el sistema de salud.
Para ello crea una normativa especializada que establece los derechos del nacimiento y regula la violencia gineco-obstétrica.
Título II
“Derechos de la mujer en la atención gineco-obstétrica”
Artículo 2: La presente ley tiene por objeto establecer, garantizar y promover los derechos de las mujeres al momento de recibir la atención ginecológica y obstétrica, garantizando la información continua, un trato digno que respete su origen étnico, nacionalidad, idiosincrasia e ideologías y que establezca como prioritario la autonomía de la mujer.
Artículo 3: Los derechos y deberes contemplados en esta ley, serán aplicables a los establecimientos de salud, sean estos públicos o privados, u otros espacios donde se preste atención ginecobstetricia.
Por su parte, los derechos y deberes contemplados en esta ley, serán aplicables a todo personal de salud que realice una labor asistencial o administrativa, en salud preventiva y/o médica, en salud ginecológica, reproductiva y/o de fertilidad asistida a mujeres y sus familias, respecto de todas las atenciones. Estas obligaciones son igualmente exigibles a los funcionarios de organismos del Estado que no pertenezcan a la red de salud pero que tengan bajo custodia el cuidado y/o la libertad de mujeres gestantes.
Artículo 4: La violencia gineco-obstétrica se entenderá como todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, omisión o negación injustificada que suceda durante la atención ginecológica en el contexto reproductivo, gestación, preparto, parto, postparto y aborto, en las causales establecidas por la ley, en el marco de la atención de la salud sexual y reproductiva de la mujer.
Título III
“De los derechos del nacimiento”
Artículo 5: La presente normativa tiene por finalidad resguardar los derechos de una gestante, en el preparto, parto y postparto, como también los derechos del feto viable que está por nacer, recién nacido y del padre u otra persona significativa para la mujer, a fin de asegurar un trato individualizado, personalizado y digno, que le garantice intimidad durante todo el proceso asistencial, protegiendo su integridad física y psíquica.
Artículo 6: Durante el período de gestación los establecimientos de salud públicos o privados deberán coordinar con la mujer un plan de parto. El cual debe ser leído y admitido como válido por los equipos de salud, haciendo los comentarios adecuados y pertinentes, acordes a la evidencia científica y evaluando su implementación de acuerdo al lugar y condición donde será el parto. Dicho instrumento es aquel mediante el cual, las mujeres junto con los profesionales de la salud a través de un diálogo continuo a lo largo del embarazo consignarán sus deseos, necesidades y expectativas sobre el proceso del parto y el nacimiento de su hijo o hija, la modalidad de parto y, en general, las condiciones preferentes para el proceso de parto.
En el plan de parto se dejará constancia de las preferencias de la mujer en lo concerniente a la asistencia del proceso de parto y post parto. Sin embargo, tal definición quedará supeditada a las condiciones de salud que presente la madre y el hijo/a al momento del nacimiento.
En el plan de parto deberán consignar todas las prohibiciones que determine la mujer gestante, en los casos que se prohíba el uso de fórmulas lácteas o suplementos alimentarios deberá quedar señalado expresamente. No obstante, dichas prohibiciones igualmente quedarán supeditadas a las condiciones de salud que presente la madre y el hijo/a al momento del nacimiento y horas posteriores.
Artículo 7: La mujer gestante y su acompañante significativo tendrá derecho a participar en talleres prenatales, los que promoverán información pertinente y actualizada sobre las modalidades de parto, beneficios de la lactancia y así como toda otra información relevante y actualizada sobre el proceso de gestación y nacimiento
Artículo 8: En relación con el trabajo de preparto, parto y post parto, las mujeres tienen los siguientes derechos:
a)A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas y su real necesidad que pudieren tener lugar durante esos procesos de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.
b)A ser informada sobre la evolución de su parto y estado de su hijo(a). La gestante deberá ser considerada como un sujeto de derechos activo y protagonista en la toma de decisiones durante todo el proceso de preparto y parto.
c)A ser tratada con respeto, de modo individual y personalizado, garantizando la intimidad durante todo el proceso asistencial.
d)A estar acompañada ininterrumpidamente por una persona significativa, de su confianza y elección durante el trabajo de preparto y parto, quien recibirá información oportuna y completa sobre el estado de salud de la madre y del recién nacido.
e)A la atención del parto vaginal, respetuoso de los tiempos fisiológicos. Adicionalmente, se deberán evitar las intervenciones de rutina y suministro de medicación que no estén justificados, en razón del estado de salud de la parturienta o de quien está por nacer. Si las condiciones de salud se lo permiten, la mujer debe gozar de libertad de movimiento, libre posición en el parto, y podrá consumir alimentos y líquidos. No se podrá obligar a la mujer a parir en posición de litotomía , salvo que ella lo solicite.
f)A una atención oportuna y eficaz de emergencias obstétricas.
g)A que se evite la práctica de parto por vía de cesárea, existiendo condiciones para el parto vaginal, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
h)A no ser separada de su hijo/a tras el parto durante la primera hora, independiente de la vía del parto, salvo que corra riesgo alguno de ellos.
i)A solicitar su placenta y disponer de ella, siempre que las condiciones de salud de la misma lo permitan.
j)A no ser hospitalizada junto a mujeres gestantes o puérperas en el caso de pérdida gestacional o perinatal.
k)A recibir el embrión o feto en casos de abortos y pérdidas reproductivas, a solicitud de la mujer.
l)A ser atendida por equipo especializado en casos de muerte perinatal durante el preparto, parto y puerperio.
m)A consentir o disentir el examen físico por parte de estudiantes en prácticas del área de la salud durante su atención.
n) A decidir dónde, y con quién parir, incluido el parto en casa, estableciendo el derecho a recibir las prestaciones necesarias para la mujer y su recién nacido, sin discriminación ni enjuiciamiento, de manera expedita, coordinada y velando por el bienestar de la madre y el hijo o hija.
Artículo 9: Las personas recién nacidas tienen los siguientes derechos:
a)A ser tratadas en forma respetuosa y digna.
b)Si su condición de salud lo permite, no deberán ser sometidas a exámenes o intervenciones inmediatamente tras el parto con el objetivo de no interrumpir el contacto piel a piel inicial con su madre durante la primera hora de vida;
c)A no ser sometidas a intervenciones innecesarias y que carezcan de la debida justificación médica, tales como el corte temprano del cordón y la aspiración de secreciones.
d)Al contacto inmediato piel con piel con su madre por un periodo mínimo de una hora, si es que las condiciones de salud de ambos lo permiten, si no lo permiten se deberá promover el contacto piel con piel con el acompañante significativo.
e)A ser alimentados con leche materna en los servicios de hospitalización neonatal cuando las condiciones de salud de madre e hijo/a lo permitan, facilitando las condiciones óptimas para la educación a la madre en extracción y conservación de la leche materna. Así mismo, la capacitación del personal de salud en la administración y manejo de la misma.
f)A no ser separada de su madre o figura de apego, si no es estrictamente necesario por condición médica que así lo requiera, tanto de la madre como del recién nacido. Y si debe ser separado, permitir que uno de los padres lo acompañe en todo momento.
Artículo 10: El padre del recién nacido, pareja y/o acompañante significativo para la mujer posee los siguientes derechos:
a)Ser informados de curso de trabajo de parto;
b)Estar presentes en todo trabajo parto y parto en el ingreso al hospital o clínica hasta el postparto inmediato, si la mujer lo permite;
c)Realizar en contacto piel con piel con el recién nacido en caso de que la condición de salud de la madre sea inestable;
d)Acompañar al recién nacido en los procedimientos de rutina en la sala de atención inmediata o neonatología.
Artículo 11: El incumpliendo de cualquiera de los derechos contemplados en el presente Capítulo serán considerados como actos de violencia gineco-obstétrica. Principalmente, de conformidad a lo descrito en el artículo 4 de la presente ley. Y podrán ser denunciados por la mujer y sus familias.
Título IV
“De la prevención y educación”
Artículo 12: Los establecimientos de salud pública o privada deberán presentar alternativas de diseño de planes de parto. Dicho documento deberá estar a disposición de todas las mujeres gestantes antes de las 32 semanas de embarazo. Quienes podrán utilizar aquel, o realizar otro como lo establece el artículo 6 de la presente ley.
Los prestadores de salud deberán de conformidad a sus capacidades técnicas, poner a disposición de las mujeres embarazadas todos los elementos que sean necesarios para dar cumplimiento al plan de parto.
Asimismo, los centros de salud deberán promover el establecimiento de un modelo intercultural del parto.
Artículo 13: Los establecimientos de salud deberán llevar un registro estadísticos de los índices y tasas de cesáreas, partos vaginales, partos distócicos, uso de oxitócica sintética, episiotomía y tasa de lactancia materna exclusiva al alta. Deben publicar sus indicadores en sus respectivas páginas web
Artículo 14: Las facultades de medicina podrán incorporar a sus mallas curriculares de pre y postgrado de las carreras de obstetricia, enfermería, psicología, medicina conceptos transversales en relación a violencia y discriminación de género y todas sus consecuencias en la práctica ginecológica y obstétrica que estas impliquen.
Título V
“Procedimiento de reclamación”
Artículo 15: En el caso de contravenir los derechos establecidos en el presente proyecto, los y las pacientes podrán reclamar ante el departamento que corresponda en el mismo centro de salud, habitualmente, Oficina de Información Reclamación y Sugerencia (OIRS). Lo anterior conforme al artículo 24 de la Ley 19.880.
Sin embargo, en el caso de no recibir respuesta oportuna y clara podrán derivar sus antecedentes ante el superior jerárquico respectivo.
Artículo 16: Recepcionada la denuncia ante el superior jerárquico deberá iniciar la investigación correspondiente.
En el caso de acreditar infracción de alguno de los derechos contemplados en esta norma o la ocurrencia de actos que constituyan violencia obstétrica, deberá sancionar al recinto de salud con 30 a 60 UTM.
Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles que puedan derivar, respecto a la responsabilidad individual del profesional o funcionario respectivo
Artículo 17: Los y las pacientes deberán contar con la suficiente información para realizar su reclamo. Para tales efectos el superior jerárquico respectivo deberá contar con formularios para presentar reclamaciones. El procedimiento debe ser desformalizado, breve y sumario, a fin de que él o la reclamante reciban respuesta con la mayor celeridad posible.
Artículo 18: En el caso de que las conductas de violencia gineco-obstétrica puedan configurar delitos que acarreen responsabilidad penal, al momento de determinar la pena se deberá considerar como una agravante, debiendo aumentarse la pena en un grado.
Honorables Senadoras señoras Goic, Allende, Aravena, Provoste y Sabat
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Órdenes, y señores Araya y Huenchumilla, que aumenta las penas del delito de usurpación de aguas y modifica norma de la ley N° 19.300. Boletín N° 14.286-07
Antecedentes
-Con fecha 19 de abril de 2021, se dio a conocer una denuncia ciudadana la cual constató que por medio de obras con maquinaria pesada se buscó desviar el cauce del río Blanco ubicado en la Reserva Nacional Mocho Choshuenco de la región de Los Ríos. Posteriormente, el administrador de la Reserva y funcionarios de la CONAF, específicamente del Departamento de Fiscalización Forestal y de Áreas Silvestres Protegidas accedieron al lugar de los hechos para evaluar su ocurrencia y confirmaron la presencia de maquinaria pesada, la cual buscaba realizar un desvío del río hacia los predios de la Reserva Biológica Huilo Huilo.
-Como resultado de la visita se constató que por medio de uso de maquinaria pesada se estaban realizando obras, dentro de los límites del predio de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, tendientes a desviar el cauce del río Blaco (de origen glaciar) hacia el río Truful dejando sin ese afluente al río Pillanleufu. El río Truful se encuentra emplazado dentro de la Reserva Biológica Huilo Huilo cuyo dueño es Víctor Petermann. Se aclaró que dichas obras, desviaciones y captaciones no contaban con los permisos, autorizaciones o títulos de las autoridades competentes para la realización de este tipo de obras.
-Ante la toma de conocimiento de este hecho, las autoridades regionales solicitaron oficios a diversas entidades gubernamentales para que verifiquen y aclaren los hechos. Desde la Comisión de Medio Ambiente del Senado se enviaron oficios a CONAF, Dirección General de Aguas, Ministerio de Obras Públicas y Fiscalía. Adicionalmente se emitieron oficios por parte del Senador Alfonso De Urresti a SEREMI de Bienes Nacionales, Ministerio de Medio Ambiente, Superintendencia de Medio Ambiente e Intendencia de Los Ríos, los cuales tenían por objetivo recopilar información y evaluar qué responsabilidades y/o deficiencias del sistema de protección de áreas silvestres protegidas por el Estado permitieron que este hecho se llevara a cabo.
-A partir de dicha situación se inició una investigación penal en Fiscalía (RUC 2100391304-07) cuya causa fue derivada a la Fiscalía Local de San José de La Mariquina específicamente alojada en el área especializada de delitos ambientales.
-Por otra parte, el Consejo de Defensa del Estado presentó una querella criminal contra quien resulte responsable por infracción al artículo 459 N° 1 del Código Penal. En dicha querella se entiende que la usurpación de agua se realizó desde un cauce cuyas aguas tienen la categoría de bien nacional de uso público y que no se contaban con los debidos derechos de aprovechamiento de aguas para su extracción.
-Este hecho reportado y masificado en diversos medios de comunicación, evidencia una situación que no es puntual. El desvío de cauces de río o la apropiación indebida de aguas es una situación que se visualiza en varias cuencas de la región y del país en general. Adicionalmente al hecho mismo, esta denuncia y sus posterior reacciones y consecuencias alarmaron a las autoridades de las falencias que existe en materia de control y fiscalización tanto de las aguas como de los predios pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (protección SNASPE) administrada por la Corporación Nacional Forestal, en adelante CONAF.
Legislación actual
-Los bienes de uso público están definidos en el Código Civil. El artículo 589 constata que “son aquellos bienes cuyo uso pertenece a todos los habitantes de la nación”. Es decir, en principio nadie podría tener derechos especiales para su uso, goce o aprovechamiento salvo en aquellos casos taxativamente estipulados en la ley. De esta forma, sobre ellos se podrá otorgar una concesión o un derecho de aprovechamiento especial.
-El actual Código de Aguas en su artículo 5 (DFL1122) establece que “Las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del presente código”. Se consagra la máxima de que las aguas pertenecen al Estado y los particulares podrán ejercer acciones y reclamar derechos sólo en conformidad a lo establecido en la ley. El artículo 6 del mismo cuerpo legal establece que el derecho de aprovechamiento de las aguas “es un derecho real que recae sobre las aguas y consiste en el uso y goce de ellas, con los requisitos y en conformidad a las reglas que prescribe este Código”. En la práctica, es la Dirección General de Aguas quien gestiona su otorgamiento, el cual posteriormente debe ser inscrito en el respectivo Conservador de Bienes Raíces.
-A partir de los hechos descritos, es posible verificar que las aguas del cauce del río Blanco a la altura de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco son bienes de uso público y por lo tanto su desvío o apropiación indebida son hechos subsumibles al tipo penal establecido en el artículo 459 del Código Penal.
-El Título VI del Código Penal incorpora el articulado referido a los delitos relacionados con la usurpación. Específicamente el artículo 459 N°1 tipifica el delito de usurpación de aguas estableciendo que “sufrirán las penas de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de veinte a cinco mil unidades tributarias mensuales, los que sin título legítimo e invadiendo derechos ajenos: 1.° Sacaren aguas de represas, estanques u otros depósitos; de ríos, arroyos o fuentes, sean superficiales o subterráneas; de canales o acueductos, redes de agua potable e instalaciones domiciliarias de éstas, y se las apropiaren para hacer de ellas un uso cualquiera”.
-Tomando en consideración los hechos y la normativa vigente pertinente es posible establecer que acciones como éstas coinciden con el supuesto fáctico estipulado en el artículo citado y, por lo tanto, hay un delito penal en aquellas acciones que busquen desviar cauces de ríos sin los debidos permisos o autorizaciones de las autoridades competentes.
Justificación del Proyecto de Ley
-El caso descrito no es excepcional. Las acciones de particulares que buscan desviar cauces de ríos o aguas por medio de este u otros mecanismos son recurrente en los cuerpos de agua del país. Este hecho viene a evidenciar una situación que tiene varias aristas. Por un lado, se demuestra que hay una falta de servicio de parte de CONAF, organismo que tiene las labores de vigilancia y administración de los predios protegidos por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (SNASPE). La Reserva Nacional Mocho Choshuenco cuenta con un solo guardaparque, lo cual evidentemente es insuficiente. Por otro lado, se evidencia una ausencia de cumplimiento de las obligaciones de la Dirección General de Aguas (DGA), institución que debe ejercer las labores de policía y vigilancia de las aguas de los cursos naturales de uso público e impedir que se construyan, modifiquen o destruyan obras que busquen alteren los cursos de las aguas sin las debidas autorizaciones.
-Sin perjuicio de estas deficiencias, las cuales deben ser resueltas en sede administrativa, el proyecto de ley propuesto busca modificar dos cuerpos legales. Por una parte busca aumentar las penas basales estimadas para el artículo 459 y adicionar una nueva agravante por medio de la creación de un nuevo artículo 459 bis.
-Tal como se mencionado anteriormente el artículo 459 establece lo siguiente:
“Sufrirán las penas de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de veinte a cinco mil unidades tributarias mensuales, los que sin título legítimo e invadiendo derechos ajenos:
1.° Sacaren aguas de represas, estanques u otros depósitos; de ríos, arroyos o fuentes, sean superficiales o subterráneas; de canales o acueductos, redes de agua potable e instalaciones domiciliarias de éstas, y se las apropiaren para hacer de ellas un uso cualquiera
2.° Rompieren o alteraren con igual fin diques, esclusas, compuertas, marcos u otras obras semejantes existentes en los ríos, arroyos, fuentes, depósitos, canales o acueductos.
3.° Pusieren embarazo al ejercicio de los derechos que un tercero tuviere sobre dichas aguas.
4.° Usurparen un derecho cualquiera referente al curso de ellas o turbaren a alguno en su legítima posesión”.
En este artículo se especifican todos los supuestos fácticos que implican una acción de usurpación de aguas penable. El primer objetivo de este proyecto de ley es aumentar el rango de determinación de la pena de presidio medio en su grado mínimo a medio a presidio menor en cualquiera de sus grados y aumentar la pena pecuniaria de veinte a cincuenta unidades de fomento tributarios, manteniendo el tope máximo de cinco mil unidades de fomento tributario. La definición de este nuevo rango se obtiene a partir de lo establecido en el artículo 460 del Código Penal, el cual busca aumentar la pena de usurpación de aguas (mismo supuesto del artículo precedente) en aquellos casos en los cuales la acción se realice por medio de violencia o intimidación en las personas.
-Cumpliendo con el principio de proporcionalidad, y considerando que la pena privativa de libertad del artículo 459 vio aumentado su rango de determinación e incrementada su pena pecuniaria, se torna necesario ajustar la pena establecida en el artículo 460. Este articulado establece que “Cuando los simples delitos a que se refiere el artículo anterior se ejecutaren con violencia o intimidación en las personas, si el culpable no mereciere mayor pena por la violencia o intimidación que causare, sufrirá la de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cincuenta a cinco mil unidades tributarias mensuales”.
De esta forma y para este caso, se restringe la determinación de la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados a la obligatoriedad de definir la pena entre los rangos establecidos por el presidio menor en su grado medio a máximo. De esta forma, en el caso en que se cumplan los supuestos del tipo establecidos en el artículo 460, el juez no podrá aplicar la pena privativa de libertad correspondiente a presidio menor en su grado mínimo. Adicionalmente se aumenta la pena pecuniaria de cincuenta a setenta unidades de fomento tributarios, manteniendo el máximo correspondiente a cinco mil unidades de fomento tributario.
-Adicionalmente, se busca crear un nuevo artículo 459 bis que busque establecer un agravante específico al delito de usurpación de aguas que se perfeccionen en los casos en que la acción delictual se realice dentro de un predio sujeto a la protección y resguardo de la CONAF por medio del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado. De esta forma, el juez deberá otorgar la pena en su grado máximo cuando la acción tipificada se realice en estos cauces en particular.
-Por último, el proyecto ley busca modificar la ley 19.300 sobre las Bases Generales del Medio Ambiente específicamente el artículo 52, ubicado en el Título III de la ley, el cual establece la presunción legal de responsabilidad por daño ambiental. Este artículo establece lo siguiente:
Artículo 52 inciso 1: “Se presume legalmente la responsabilidad del autor del daño ambiental, si existe infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para los casos de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la presente ley o en otras disposiciones legales o reglamentarias.”
Lo que se busca es incorporar dentro de esta presunción legal lo establecido en el nuevo artículo 459 bis, es decir, que se presuma la responsabilidad por daño ambiental del autor de la acción de usurpación de aguas que se haya realizado en algún predio sujeto pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado.
-Incluyendo este supuesto dentro de las presunciones legales establecidas en el artículo 52 de la ley 19.300, el delito de usurpación de aguas en dichas condiciones será materia de competencia de los tribunales ambientales de acuerdo a lo referido en el artículo 17 de la ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales.
El título II de la ley 20.600 establece las competencias de los tribunales ambientales. Específicamente el artículo 17 N°2 dice lo siguiente: “Los Tribunales Ambientales serán competentes para: 2) Conocer de las demandas para obtener la reparación del medio ambiente dañado, en conformidad con lo dispuesto en el Título III de la ley Nº 19.300. Será competente para conocer de estos asuntos el Tribunal Ambiental del lugar en que se haya originado el hecho que causa el daño, o el de cualquier lugar en que el daño se haya producido, a elección del afectado”.
-De esta forma, incorporando el delito de usurpación de aguas en predio sujetos a la protección del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado, se podrá judicializar la acción por medio de los tribunales ordinarios con competencias penales además de perseguir la responsabilidad por daño ambiental en los tribunales ambientales competentes.
Objetivos del Proyecto de Ley
Este proyecto de ley tiene tres principales objetivos:
1)El primero de ellos es aumentar el rango de determinación de la pena corporal por el delito tipificado en el artículo 459 en todos los supuestos enunciados en sus cuatro numerales. De esta forma los responsables de las acciones subsumibles a todos los considerando del tipo en cuestión verán aumentado el rango de la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio a presidio menor en cualquiera de sus grados. Adicionalmente se aumenta la pena pecuniaria basal de veinte a cincuenta unidades de fomento tributarios manteniendo el máximo establecido en la ley correspondiente a cinco mil unidades de fomento tributario.
Debido al aumento de la pena estipulada para esta categoría, por efecto del principio de la proporcionalidad, la pena del artículo 460 referido al mismo supuesto de usurpación de aguas pero que se ejecutarán con violencia o intimidación en las personas verá aumentada su pena de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cincuenta a cinco mil unidades tributarias a presidio menor en su grado medio a máximo y multa de setenta a cinco mil unidades tributarias.
2)El segundo objetivo es la modificación del artículo 52 de la ley 19.300 el cual establece la presunción de responsabilidad del autor del daño ambiental. Se busca incorporar en este artículo la acción de usurpación de agua caracterizado en el artículo 459 del Código Penal cuando éste se perfeccione dentro de un área protegida por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (protección SNASPE), administrada por la Corporación Nacional Forestal, CONAF.
3)El tercer objetivo es incorporar un agravante específico al tipo del artículo 459 del Código Penal creando un nuevo artículo 459 bis que busca restringir el rango de determinación de la pena imponiendo la obligatoriedad de otorgar la pena correspondiente al grado máximo en los caso en que la acción se perfeccioné dentro de un predio perteneciente al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado.
Por todas las razones anteriormente expuestas, presentamos el siguiente:
PROYECTO DE LEY
1)Modificaciones al Código Penal
a)Sustitúyase, en el artículo 459 inciso primero, la frase “Sufrirán las penas de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de veinte a cinco mil unidades tributarias mensuales” por:
“Sufrirán las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cincuenta a cinco mil unidades tributarias mensuales”.
b)Créase el artículo 459 bis, del siguiente tenor:
“En aquellos casos en los cuales la acción referida en el artículo anterior se ejecute dentro de un área protegida definida por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado y administrada por la Corporación Nacional Forestal, la pena se aplicará en su grado máximo”.
c)Modificación al artículo 460
Sustitúyase la frase “sufrirá las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cincuenta a cinco mil unidades tributarias mensuales” por “sufrirá las penas de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de setenta a cinco mil unidades tributarias mensuales”.
2)Modificación a la ley 19.300 que Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente
Agréguese, en el artículo 52 luego de la palabra “reglamentarias” y antes del punto final, la frase “y quien infrinja el artículo 459 bis del Código Penal”.
Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Órdenes, y señores Araya y Huenchumilla