Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III.
TRAMITACIÓN DE ACTAS
- MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE CINCO FUNCIONARIOS DE LA FACH FALLECIDOS EN CAÍDA DE HELICÓPTERO EN SAN JUAN DE LA COSTA Y DE CINCO VÍCTIMAS FATALES DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO OCURRIDO EN PUNTA ARENAS
- HOMENAJE
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- Karim Antonio Bianchi Retamales
- HOMENAJE
- MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE CINCO FUNCIONARIOS DE LA FACH FALLECIDOS EN CAÍDA DE HELICÓPTERO EN SAN JUAN DE LA COSTA Y DE CINCO VÍCTIMAS FATALES DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO OCURRIDO EN PUNTA ARENAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Pedro Araya Guerrero
- Juan Luis Castro Gonzalez
- David Sergio Sandoval Plaza
- Matias Vicente Walker Prieto
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jose Miguel Insulza Salinas
- Juan Luis Castro Gonzalez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Gaston Rene Saavedra Chandia
- INTEGRACIÓN
- INTERVENCIÓN : Ivan Alejandro Moreira Barros
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
- PERFECCIONAMIENTO DE LEY N° 19.657 PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO SOMERO DE ENERGÍA GEOTÉRMICA
- ANTECEDENTE
- INFORMANTE : Luz Eliana Ebensperger Orrego
- INTERVENCIÓN : Sergio Alfredo Gahona Salazar
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Kenneth Peter Pugh Olavarria
- INTERVENCIÓN : Juan Ignacio Latorre Riveros
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Durana Semir
- DEBATE
-
TIPIFICACIÓN EN CÓDIGO PENAL DE DELITO DE TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS QUE PERMITAN A PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD COMUNICARSE CON EL EXTERIOR
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Luz Eliana Ebensperger Orrego
- INTERVENCIÓN : Luciano Cruz-coke Carvallo
- INTERVENCIÓN : Enrique Van Rysselberghe Herrera
- INTERVENCIÓN : Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Ivan Alejandro Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Matias Vicente Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Insulza Salinas
- INTERVENCIÓN : Karim Antonio Bianchi Retamales
- INTERVENCIÓN : Gustavo Adolfo Sanhueza Duenas
- INTERVENCIÓN : Sebastian Keitel Bianchi
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Kenneth Peter Pugh Olavarria
- DEBATE
-
INCORPORACIÓN DE ESCUELA DE GENDARMERÍA DE CHILE COMO INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR RECONOCIDA OFICIALMENTE POR EL ESTADO Y REGLAS ESPECIALES PARA SU PROCESO DE ACREDITACIÓN
- ANTECEDENTE
- INFORMANTE : Juan Antonio Coloma Correa
- DEBATE
-
FORTALECIMIENTO DE VÍNCULO ENTRE HOSPITAL CLÍNICO DE UNIVERSIDAD DE CHILE Y SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Luis Castro Gonzalez
- INFORMANTE : Ricardo Andres Lagos Weber
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Sergio Alfredo Gahona Salazar
- INTERVENCIÓN : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Claudia Pascual Grau
- INTERVENCIÓN : Francisco Javier Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Insulza Salinas
- PERFECCIONAMIENTO DE LEY N° 19.657 PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO SOMERO DE ENERGÍA GEOTÉRMICA
- VI.
TIEMPO DE VOTACIONES
- MATERIALIZACIÓN DE PROPUESTAS DE INFORME DE SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE SITUACIÓN DE EX SOLDADOS CONSCRIPTOS 1973-1990, FACTIBILIDAD DE OTORGARLES BENEFICIOS REPARATORIOS Y ESTUDIO DE NORMATIVA APLICABLE A SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO. PROYECTO DE ACUERDO
-
PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Maria Isabel Allende Bussi
- PETICIÓN DE OFICIO : Pedro Araya Guerrero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Gilberto Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Sebastian Keitel Bianchi
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Loreto Ordenes Neira
- PETICIÓN DE OFICIO : Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO : Gustavo Adolfo Sanhueza Duenas
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandra Amalia Sepulveda Orbenes
- PETICIÓN DE OFICIO : Enrique Van Rysselberghe Herrera
- PETICIÓN DE OFICIO : Matias Vicente Walker Prieto
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- De los Honorables Senadores señora Ebensperger, y señores Cruz-Coke, De Urresti, Galilea y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de ley que deroga la disposición que indica de la ley N° 21.527, para permitir acusaciones separadas si en un mismo procedimiento se investiga la participación punible de personas mayores y menores de edad (Boletín N° 16.102-07).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- Luciano Cruz-coke Carvallo
- Alfonso De Urresti Longton
- Rodrigo Galilea Vial
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señora Campillai, y señores De Urresti, Gahona, Latorre y Saavedra, con la que inician un proyecto de ley que prohíbe la importación de mercancías, bienes o productos, provenientes de colonias o asentamientos en territorios ocupados considerados ilegales de acuerdo con las normas del derecho internacional, y sanciona su infracción (Boletín N° 16.105-07).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Fabiola Campillai Rojas
- Alfonso De Urresti Longton
- Sergio Alfredo Gahona Salazar
- Juan Ignacio Latorre Riveros
- Gaston Rene Saavedra Chandia
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señoras Ebensperger y Rincón, y señores Espinoza y Sandoval, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos (Boletín N° 16.103-07).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señores Espinoza, Araya, Castro González, Sandoval y Walker, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, con el objeto de aumentar las sanciones por infracción a las disposiciones que indica (Boletín N° 16.104-06).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Pedro Araya Guerrero
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Matias Vicente Walker Prieto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señor Chahuán, señoras Órdenes y Rincón, y señores Cruz-Coke y De Urresti, que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear la Agencia de Futuro Estratégico (Boletín N° 16.061-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Ximena Loreto Ordenes Neira
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- Luciano Cruz-coke Carvallo
- Alfonso De Urresti Longton
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Cruz-Coke, De Urresti y Sanhueza, con la que inician un proyecto de reforma constitucional, que modifica la Carta Fundamental para crear una Agencia contra la Corrupción (Boletín N° 16.134-07).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Luciano Cruz-coke Carvallo
- Alfonso De Urresti Longton
- Gustavo Adolfo Sanhueza Duenas
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señor Chahuán, señora Provoste, y señores Castro González, Edwards y Walker, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear el Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos (Boletín N° 16.135-07).
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Yasna Provoste Campillay
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Rojo Edwards Silva
- Matias Vicente Walker Prieto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- De los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Bianchi, Araya, Edwards y Walker, con la que inician un proyecto de acuerdo que modifica el Reglamento del Senado con el objeto de crear, en carácter de permanente, la Comisión de Migración y Extranjería (Boletín N° S 2.437-09).
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Sebastian Keitel Bianchi
- Pedro Araya Guerrero
- Rojo Edwards Silva
- Matias Vicente Walker Prieto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- De los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Flores, Galilea, García, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley con el objeto de aumentar la participación del Consejo Regional en la destinación de recursos del presupuesto de los Gobiernos Regionales, en los términos que indican (Boletín No S 2.438-12).
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Kusanovic Glusevic
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carmen Gloria Aravena Acuna
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- Maria Jose Gatica Bertin
- Yasna Provoste Campillay
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- Alejandra Amalia Sepulveda Orbenes
- Karim Antonio Bianchi Retamales
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Luciano Cruz-coke Carvallo
- Jose Miguel Durana Semir
- Rojo Edwards Silva
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Rodrigo Galilea Vial
- Jose Gilberto Garcia Ruminot
- Jose Miguel Insulza Salinas
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Ricardo Andres Lagos Weber
- Juan Ignacio Latorre Riveros
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Ivan Alejandro Moreira Barros
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- David Sergio Sandoval Plaza
- Gustavo Adolfo Sanhueza Duenas
- Matias Vicente Walker Prieto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- De los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, disponga la creación de una plataforma digital para todos los órganos de la Administración del Estado, integrada al Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría General de la República, que facilite la rendición de cuentas, el acceso a la información y la transparencia en la utilización y destino de los recursos públicos (Boletín No S 2.439-12).
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Kusanovic Glusevic
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carmen Gloria Aravena Acuna
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- Maria Jose Gatica Bertin
- Yasna Provoste Campillay
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- Alejandra Amalia Sepulveda Orbenes
- Karim Antonio Bianchi Retamales
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Luciano Cruz-coke Carvallo
- Jose Miguel Durana Semir
- Rojo Edwards Silva
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Rodrigo Galilea Vial
- Jose Gilberto Garcia Ruminot
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Jose Miguel Insulza Salinas
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Ricardo Andres Lagos Weber
- Juan Ignacio Latorre Riveros
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Ivan Alejandro Moreira Barros
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- David Sergio Sandoval Plaza
- Gustavo Adolfo Sanhueza Duenas
- Matias Vicente Walker Prieto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- De los Honorables Senadores señoras Gatica, Carvajal, Ebensperger, Núñez, Rincón y Sepúlveda, y señores Araya, Castro González, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Macaya, Moreira, Prohens, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley, cuya propuesta de texto acompañan, con el objeto de otorgar una adecuada reparación a las víctimas de terrorismo y violencia rural en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos (Boletín No S 2.440-12).
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Maria Jose Gatica Bertin
- Maria Loreto Carvajal Ambiado
- Luz Eliana Ebensperger Orrego
- Paulina Andrea Nunez Urrutia
- Ximena Cecilia Rincon Gonzalez
- Alejandra Amalia Sepulveda Orbenes
- Pedro Araya Guerrero
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Francisco Javier Chahuan Chahuan
- Juan Antonio Coloma Correa
- Luciano Cruz-coke Carvallo
- Jose Miguel Durana Semir
- Rojo Edwards Silva
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Ivan Alberto Flores Garcia
- Rodrigo Galilea Vial
- Jose Gilberto Garcia Ruminot
- Alejandro Kusanovic Glusevic
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Miguel Luis Lagos Lagos
- Javier Ignacio Macaya Danus
- Ivan Alejandro Moreira Barros
- Rafael Prohens Espinosa
- Kenneth Peter Pugh Olavarria
- David Sergio Sandoval Plaza
- Gustavo Adolfo Sanhueza Duenas
- Matias Vicente Walker Prieto
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- De los Honorables Senadores señora Ebensperger, y señores Cruz-Coke, De Urresti, Galilea y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de ley que deroga la disposición que indica de la ley N° 21.527, para permitir acusaciones separadas si en un mismo procedimiento se investiga la participación punible de personas mayores y menores de edad (Boletín N° 16.102-07).
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 371ª
Sesión 44ª, en martes 1 de agosto de 2023
Ordinaria
(De 16:28 a 19:49)
PRESIDENCIA DE SEÑORES JUAN ANTONIO COLOMA CORREA, PRESIDENTE,
FRANCISCO HUENCHUMILLA JARAMILLO, VICEPRESIDENTE, Y RAFAEL PROHENS ESPINOSA, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR RAÚL GUZMÁN URIBE, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS...............................................................
Minuto de silencio en memoria de cinco funcionarios de la FACh fallecidos en caída de helicóptero en San Juan de la Costa y de cinco víctimas fatales de accidente de tránsito ocurrido en Punta Arenas........................................
IV. CUENTA........................................................................................
Acuerdos de Comités........................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona la ley N° 19.657 sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica (12.546-08) (se aprueba en general)..........................................................................................
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior (15.796-07) (se aprueba la enmienda de la Cámara de Diputados)...................................................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que posibilita la incorporación de la Escuela de Gendarmería de Chile dentro de aquellas instituciones de educación superior que el Estado reconoce oficialmente e incorpora reglas especiales para su proceso de acreditación (14.879-04) (se aprueba en particular con modificaciones)
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre y el Sistema Nacional del Servicio de Salud (15.486-11) (queda pendiente su discusión en particular).......................................................................
VI. TIEMPO DE VOTACIONES:
Proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señor Castro González, señoras Carvajal, Gatica, Rincón y Vodanovic y señores Araya, Castro Prieto, Chahuán, De Urresti, Durana, Espinoza, Flores, Galilea, Huenchumilla, Insulza, Kast, Kuschel, Latorre, Ossandón, Prohens, Quintana, Saavedra, Sandoval, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya la adopción de medidas destinadas a materializar las propuestas del "Informe de resultados mesa de trabajo sobre situación de exsoldados conscriptos 1973-1990" de la Subsecretaría de Derechos Humanos, realizar un estudio de la normativa aplicable al Servicio Militar Obligatorio y analizar la factibilidad de presentar un proyecto de ley que otorgue beneficios reparatorios a aquellas personas (S 2.435-12) (se aprueba)......
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)....................................................
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Aravena Acuña, Carmen Gloria
--Bianchi Retamales, Karim
--Campillai Rojas, Fabiola
--Carvajal Ambiado, Loreto
--Castro González, Juan Luis
--Castro Prieto, Juan Enrique
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cruz-Coke Carvallo, Luciano
--De Urresti Longton, Alfonso
--Durana Semir, José Miguel
--Ebensperger Orrego, Luz
--Edwards Silva, Rojo
--Espinoza Sandoval, Fidel
--Flores García, Iván
--Gahona Salazar, Sergio
--Galilea Vial, Rodrigo
--García Ruminot, José
--Gatica Bertin, María José
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Insulza Salinas, José Miguel
--Kast Sommerhoff, Felipe
--Keitel Bianchi, Sebastián
--Kusanovic Glusevic, Alejandro
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Lagos Weber, Ricardo
--Latorre Riveros, Juan Ignacio
--Macaya Danús, Javier
--Moreira Barros, Iván
--Núñez Arancibia, Daniel
--Núñez Urrutia, Paulina
--Órdenes Neira, Ximena
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pascual Grau, Claudia
--Prohens Espinosa, Rafael
--Pugh Olavarría, Kenneth
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Saavedra Chandía, Gastón
--Sandoval Plaza, David
--Sanhueza Dueñas, Gustavo
--Soria Quiroga, Jorge
--Van Rysselberghe Herrera, Enrique
--Velásquez Núñez, Esteban
--Vodanovic Rojas, Paulina
--Walker Prieto, Matías
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia , señor Álvaro Elizalde Soto; de Educación, señor Marco Antonio Ávila Lavanal; de Justicia y Derechos Humanos, señor Luis Cordero Vega, y la Ministra de Salud , señora Ximena Aguilera Sanhueza.
Asimismo, se encontraban presentes, la Subsecretaria General de la Presidencia , señora Macarena Lobos Palacios; y los Subsecretarios de Educación Superior, señor Víctor Orellana Calderón, y de Redes Asistenciales, señor Osvaldo Salgado Zepeda.
Actuó de Secretario General el señor Raúl Guzmán Uribe, y de Prosecretario , el señor Roberto Bustos Latorre.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:28, en presencia de 24 señoras Senadoras y señores Senadores.
El señor COLOMA (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor COLOMA (Presidente).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 40ª y 41ª, ordinarias, en 11 y de 12 de julio de 2023, respectivamente, que no han sido observadas.
MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE CINCO FUNCIONARIOS DE LA FACH FALLECIDOS EN CAÍDA DE HELICÓPTERO EN SAN JUAN DE LA COSTA Y DE CINCO VÍCTIMAS FATALES DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO OCURRIDO EN PUNTA ARENAS
El señor COLOMA (Presidente).-
Antes de la Cuenta, se ha solicitado rendir un minuto de silencio.
He recibido dos peticiones: de parte del Senador Pugh, por el fallecimiento de cinco funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile durante un acto de servicio, que ha impactado profundamente a los chilenos, y también del Senador Bianchi, quien lo ha solicitado por el fallecimiento de seis personas en su región a causa de un accidente producto de las condiciones climáticas.
Les pido, por favor, que se pongan de pie.
(Los asistentes se ponen de pie y la Sala guarda un minuto de silencio).
Muchas gracias.
Saludamos a la Fuerza Aérea y recordamos los nombres de quienes fallecieron: capitán de bandada Matías González , teniente Sebastián Escanilla , sargento Cristián Santibáñez , cabo 1° Hugo Verdugo , y cabo 1° Leonardo Vásquez .
Se enviarán las condolencias en nombre del Senado.
)------------(
El señor COLOMA (Presidente).-
Adicionalmente, en nombre del Senado -todos me lo han pedido-, quiero expresarle un sentido pésame al Senador Jaime Quintana por el fallecimiento de su padre, don Daniel Quintana Lizama.
Créame, Senador Quintana, que se lo planteamos en nombre de todos los Comités. El tiempo nos ayudará siempre a recodar a su padre.
Muchas gracias.
IV. CUENTA
El señor COLOMA (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor BUSTOS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta, la cual, por ser un documento oficial, se inserta íntegramente y sin modificaciones.
Quince Mensajes de S.E el Presidente de la República
Con el primero, manifiesta que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, en materia de requisitos para ser llamado al servicio en Carabineros de Chile (Boletín N° 16.038-25).
--Se toma conocimiento y se mandó comunicar al Excmo. Tribunal Constitucional.
Con el segundo, inicia un proyecto de ley que sustituye el reajuste de las remuneraciones del sector público fijado en los incisos quinto y noveno del artículo 1 de la ley N° 21.526 para el personal que indica y modifica otros cuerpos legales (Boletín N° 16.133-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
Con los cuatro siguientes, hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", respecto de los siguientes proyectos de ley:
-El que moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado (Boletín N° 14.137-05).
-El que introduce modificaciones y prorroga la vigencia de la ley Nº 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje (Boletín N° 14.068-01).
-El que modifica la ley N° 20.430, para establecer una etapa inicial del procedimiento de determinación de la condición de refugiado, y la ley N° 21.325, en relación con la medida de reconducción o devolución inmediata de personas extranjeras que ingresen de forma irregular al territorio nacional (Boletín N° 16.034-06).
-El que sustituye el reajuste de las remuneraciones del sector público fijado en los incisos quinto y noveno del artículo 1 de la ley N° 21.526 para el personal que indica y modifica otros cuerpos legales (Boletín N° 16.133-05).
Con el séptimo, octavo, noveno y décimo, hace presente la urgencia, en el carácter de "suma", respecto de los siguientes proyectos de ley:
-El que modifica la ley N° 21.091 para prohibir que la rendición de evaluaciones y la entrega de títulos sea condicionada al pago de deudas arancelarias contraídas con las instituciones de educación superior (Boletín N° 15.831-04).
-El que modifica el Código Penal, para tipificar el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior (Boletín N° 15.796-07).
-El que modifica diversos cuerpos legales para agravar la pena aplicable al delito de homicidio simple y establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional (Boletines Nos 14.090-07, 14.091-07, 14.092-07, 14.100-07 y 14.121-07, refundidos).
-Sobre seguridad privada (Boletín N° 6.639-25).
Con el undécimo hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", respecto del proyecto de ley que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias (Boletín N° 9.914-11).
Con el duodécimo, retira y hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", respecto del proyecto de ley que modifica la ley N° 21.075, que regula la recolección, reutilización y disposición de aguas grises, para fomentar la reutilización de aguas grises en la agricultura (Boletín N° 15.765-12).
Con los tres últimos, retira la urgencia que hiciera presente para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
-El que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en el ámbito de los recursos bentónicos (Boletín N° 12.535-21).
-El que modifica el decreto N° 430, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de permitir a los pescadores artesanales desempeñarse como patrón o tripulante en cualquier región del país (Boletín N° 15.431-21).
-El que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Boletín N° 11.175-01).
--Se toma conocimiento de los retiros y de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Catorce de la Honorable Cámara de Diputados
Con el primero, comunica que en sesión celebrada el día 24 de julio del año en curso, eligió como Presidente al Honorable Diputado señor Ricardo Cifuentes Lillo, como Primera Vicepresidenta a la Honorable Diputada señora Carmen Hertz Cádiz, y como Segunda Vicepresidenta a la Honorable Diputada señora Daniella Cicardini Milla.
Con el segundo, informa que en sesión celebrada el 3 de julio pasado, aprobó un conjunto de modificaciones al Reglamento de esa Corporación, y que en virtud de lo dispuesto en el artículo 26 del citado Reglamento, adjunta la nueva edición de dicho texto, que entrará en vigencia a contar de la publicación en el Diario Oficial de la resolución que aprueba las referidas modificaciones.
--Se toma conocimiento.
Con el tercero, comunica que en sesión de fecha 24 de julio del presente, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 42 de la Constitución Política de la República, ha dado su acuerdo a la solicitud efectuada por S.E. la Vicepresidenta de la República , mediante oficio GAB.PRES. N° 1161, de 19 de julio de 2023, a efecto de que se prorrogue la vigencia del estado de excepción constitucional de emergencia, en la Región de La Araucanía, y las provincias de Arauco y del Biobío, de la Región del Biobío, declarado por el decreto supremo N° 189, de 16 de mayo de 2022 y prorrogado, la última vez, por el decreto supremo N° 182, de 8 de julio de 2023, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el señalado decreto supremo N° 182 (Boletín N° S 2.436-14).
--Se toma conocimiento y se mandó comunicar a S.E el Presidente de la República.
Con el cuarto, informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 21.091, para prohibir que la rendición de evaluaciones y la entrega de títulos sean condicionadas al pago de deudas arancelarias contraídas con las instituciones de educación superior, correspondiente al Boletín N° 15.831-04 (con urgencia calificada de "suma")
.
--Pasa a la Comisión de Educación.
Con el quinto, informa que ha aprobado el proyecto de ley que regula la instalación y el funcionamiento de los juegos inflables infantiles y otros afines, correspondiente al Boletín N° 11.330-03.
Con el sexto, comunica que ha aprobado el proyecto de ley que modifica el Código de Comercio para ampliar el plazo de inscripción y de publicación del respectivo extracto de constitución de sociedades por acciones, correspondiente al Boletín N° 14.872-03.
--Pasan a la Comisión de Economía.
Con el séptimo, informa que en sesión de fecha 25 de julio de 2023, aprobó las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional, correspondiente a los Boletines Nos 14.090-07, 14.091-07, 14.092-07, 14.100-07 y 14.121-07, refundidos (con urgencia calificada de "suma"), con la salvedad de las recaídas en las disposiciones que señala, las que ha rechazado. En razón de lo anterior, acordó que las Honorables señoras Diputadas y señores Diputados que se indican a continuación concurran a la formación de la Comisión Mixta que establece el artículo 71 de la Constitución Política de la República: señoras Lorena Fries Monleón y Alejandra Placencia Cabello, y señores Henry Leal Bizama, Raúl Leiva Carvajal y Andrés Longton Herrera.
--Se toma conocimiento y de conformidad con el artículo 46 del Reglamento del Senado, se designa a los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, como miembros de la referida Comisión Mixta.
Con el octavo, comunica que en sesión de fecha 25 de julio de 2023, ha dado su aprobación al proyecto de ley del Senado que modifica el Código Penal, para tipificar el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior, correspondiente al Boletín N° 15.796-07, con la enmienda que señala (con urgencia calificada de "suma").
--Queda para Tabla.
Con el noveno, comunica que, en sesión de fecha 26 de julio del presente, ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que introduce modificaciones y prorroga la vigencia de la ley Nº 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje, correspondiente al Boletín N° 14.068-01 (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Queda para Tabla, previo informe de la Comisión de Hacienda.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Entiendo, además, que la voluntad es que esta iniciativa se vea mañana, estando ya fijada en tabla. Así que procuraremos que el informe esté, porque es un tema respecto del cual hay plazos que entran en vigor pronto.
Con el décimo, comunica que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Código Sanitario para incorporar el principio precautorio y la participación ciudadana en las decisiones de autoridades administrativas facultadas para disponer el retiro de industrias y similares que causen daños y/o molestias a la población, correspondiente al Boletín N° 14.683-14.
--Pasa a la Comisión de Vivienda y Urbanismo, y a la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales.
Con el undécimo, informa que ha aprobado el proyecto de ley que autoriza única y excepcionalmente el tránsito de los vehículos oficiales de los XIX Juegos Panamericanos y VII Parapanamericanos Santiago 2023, dentro del país, correspondiente al Boletín N° 16.088-15 (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, y a la Comisión de Hacienda, en su caso.
Con el duodécimo, comunica que ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, el proyecto de ley que establece el Día Nacional de la Prevención del Accidente Cerebrovascular, correspondiente al Boletín N° 15.756-11.
--Se toma conocimiento y se manda comunicar el proyecto a S.E. el Presidente de la República para que, si también lo aprueba, disponga su promulgación como ley.
Con el décimo tercero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica el Código Penal y la ley Nº 11.564, con el objeto de reforzar la prevención, persecución y sanción del delito de abigeato, correspondiente a los Boletines Nos 11.886-07, 11.890-07 y 12.334-07, refundidos.
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Con el último, informa que ha aprobado el proyecto de ley que flexibiliza los requisitos de acceso, incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley Nº 19.728 y establece otras modificaciones que indica, correspondiente al Boletín N° 15.990-13 (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y a la Comisión de Hacienda, en su caso.
Del Excmo. Tribunal Constitucional
Remite sentencia dictada en el proceso Rol N° 14426-23-CPR, sobre control de constitucionalidad del proyecto de ley que establece un nuevo estatuto de protección a favor del denunciante de actos contra la probidad administrativa, correspondiente a los Boletines N° 13.115-06 y 13.565-07, refundidos.
--Se toma conocimiento.
Remite resoluciones dictadas en el proceso Rol N° 14397-23-CPT, sobre requerimiento de inconstitucionalidad presentado por Honorables señoras Diputadas y señores Diputados, que representan más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio, respecto de los incisos tercero, cuarto y séptimo, del artículo único del proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, para incorporar una disposición transitoria que regule las bases para la determinación de las tarifas de los planes de salud y la implementación de sus ajustes de precios, contenido en el Boletín N° 15604-07.
Asimismo, envía resoluciones dictadas en procedimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de las siguientes disposiciones:
-artículo 196 ter, inciso primero, de la Ley Nº 18.290 (Rol N° 14507-23-INA).
-artículo transitorio, segunda parte, de la Ley N° 21.121, que modifica el Código Penal y otras normas legales para la prevención, detección y persecución de la corrupción (Rol N° 14372-23-INA).
-artículo 196 ter, inciso primero, parte final, de la Ley Nº 18.290 (Rol N° 14520-23-INA; Rol N° 14518-23-INA; Rol N° 14522-23-INA).
-artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 (Rol N° 14527-23-INA; Rol N° 14041-23-INA).
-artículo 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la Ley Nº 18.290 (Rol N° 14523-23-INA; Rol N° 14531-23-INA).
-expresión "sólo", contenida en el artículo 32, inciso primero, de la Ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local (Rol N° 14436-23-INA).
-artículo 5°, numeral 3°, en relación con el artículo 6°, inciso primero, del Código de Justicia Militar (Rol N° 14445-23-INA).
-artículo 28, inciso segundo, de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública (Rol N° 14434-23-INA).
-artículo 201, inciso final, del Código Tributario (Rol N° 14432-23-INA; Rol N° 14433-23-INA).
-frases "cuando lo interpusiere el Ministerio Público"; y "de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente", contenidas en el artículo 277, del Código Procesal Penal (Rol N° 14414-23-INA).
-artículo 4°, N° 2), de la Ley 20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo (Rol N° 14466-23-INA).
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Remite copias de sentencias pronunciadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad referidos a los siguientes preceptos legales:
-expresión "sólo", contenida en el artículo 32, inciso primero, de la Ley N° 18.287, que establece el Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local (Rol N° 12985-22-INA).
-frase "sólo en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio", contenida en el artículo 32, inciso primero, de la Ley N° 18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local (Rol N° 13105-22-INA).
-artículos 429, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo; y 4 BIS, inciso segundo, de la Ley N° 17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social (Rol N° 13716-22-INA).
-artículo 482, inciso cuarto, parte final, del Código del Trabajo (Rol N° 13166-22-INA).
-artículo 495 N° 3, del Código del Trabajo (Rol N° 12891-22-INA).
-artículos 4°, inciso primero, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 495, inciso final, del Código del Trabajo (Rol N° 13906-22-INA).
--Se manda archivar los documentos.
Del señor Ministro de Desarrollo Social y Familia
Envía, a petición del Honorable Senador señor Keitel, antecedentes sobre la invalidación del segundo concurso público de proyectos ambulatorios, liderado por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.
Se refiere a solicitud del mismo señor Senador, en que se pide información acerca de la eventual existencia de transferencias de recursos a fundaciones de la región del Biobío y, particularmente, sobre los proyectos asociados, los montos comprometidos y los representantes legales de las instituciones receptoras.
Del señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo
Remite respuesta a Proyecto de Acuerdo correspondiente al Boletín N° S 2.370-12, referido a la adopción de acciones de fomento de la industria ganadera y del rubro lanero de la zona austral del país, especialmente en la región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
De la señora Ministra de Salud
Responde solicitud del Honorable Senador señor Saavedra, para considerar como beneficiarios de la ley N° 21.409, que establece un descanso reparatorio para las trabajadoras y los trabajadores de la salud que indica, en reconocimiento a la labor desempeñada durante la pandemia por Covid-19, a los funcionarios del Instituto de Seguridad del Trabajo.
Remite antecedentes relacionados con la consulta del Honorable Senador señor Espinoza, acerca de la situación que aqueja al ciudadano que menciona, afectado por una multa cursada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana .
Al mismo señor Senador, informa sobre la contaminación detectada en el río Chifin, ubicado en la comuna de Río Negro, región de Los Lagos.
Contesta consulta del Honorable Senador señor Araya, en torno a las medidas adoptadas para gestionar y disminuir la lista de espera de la especialidad de otorrinolaringología en la región de Antofagasta.
Responde petición del Honorable Senador señor Flores, relacionada con el listado de anticonceptivos considerados dentro de la "Ley CENABAST", para que las farmacias en convenio puedan adquirirlos y venderlos a bajo costo.
Se refiere a inquietud del Honorable Senador señor De Urresti, vinculada con los planes de mitigación implementados por la empresa que señala, que realiza obras en la circunvalación Sur con Errázuriz, en la ciudad de Valdivia.
Contesta peticiones del mismo señor Senador, referidas a la factibilidad de otorgar atención médica domiciliaria a la persona mayor que indica, y a la solicitud de información sobre programas de fumigación para controlar plagas de murciélagos en el sector rural de Arique, en la comuna de Valdivia.
Envía respuesta a Proyecto de Acuerdo signado con el Boletín N° S 2.279-12, en que se solicita la destinación de mayor presupuesto, con el objeto de proveer herramientas de conectividad de transporte terrestre y marítimo a pacientes de urgencias, y para infraestructura sanitaria en zonas insulares y territorios aislados.
Da respuesta a solicitud del Honorable Senador señor Castro Prieto, respecto de la posibilidad de evaluar la incorporación de la enfermedad llamada "Raquitismo Hipofosfatémico" al Sistema de Protección Financiera para el Diagnóstico y Tratamiento de Alto Costo, contemplado en la ley N° 20.850.
Contesta planteamiento del Honorable Senador señor Bianchi, relativo al estado de ejecución del plan piloto para atención médica para personas con fibromialgia, así como las complejidades habidas en dicho proceso y los resultados cualitativos y cuantitativos obtenidos.
Allega antecedentes solicitados en el Proyecto de Acuerdo correspondiente al Boletín N° S 2.278-12, concernientes a la elaboración y mantención de un catastro nacional sobre prevalencia del Trastorno del Espectro Autista en Chile, y otras acciones relacionadas con esta condición.
Responde consulta del Honorable Senador señor Pugh, sobre las estadísticas de suicidio de niños menores de dieciocho años en la última década, desagregadas en grupos etarios por género y comuna.
Del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones
Atiende planteamiento del Honorable Senador señor Coloma, respecto de la tramitación de los reglamentos a que alude la ley N° 21.473, sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos.
Del señor Ministro del Deporte
Remite, a petición del Honorable Senador señor Kast, respuesta acerca de eventuales aportes efectuados por la repartición a su cargo por medio de asignaciones directas a fundaciones, organizaciones, corporaciones y otras entidades sin fines de lucro, desde el 11 de marzo de 2022 a la fecha.
Del señor Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Se refiere a inquietud del Honorable Senador señor Chahuán, vinculada con la factibilidad de pedir al Gobierno del Reino Unido la devolución del Moai de Basalto "Hoa Hakananai?a", actualmente exhibido en el Museo Británico.
Del señor Director General de la Policía de Investigaciones de Chile
Proporciona información requerida por la Honorable Senadora señora Campillai, sobre diversos aspectos relacionados con las cifras de denuncias de delitos sexuales cometidos contra niños, niñas y adolescentes, y los respectivos planes y protocolos de atención y prevención.
De la señora Subsecretaria de Hacienda
Se pronuncia sobre petición del Honorable Senador señor Espinoza, relativa a la factibilidad de incluir, en la elaboración del proyecto de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la implementación de una oficina de la Comisión Nacional de Riego en la región de Los Lagos.
Del señor Fiscal Regional de Arica y Parinacota
Informa al tenor de lo solicitado por el Honorable Senador señor Durana, respecto del eventual inicio de una investigación en virtud del caso que indica.
De la señora Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Quinta Normal
Remite, a solicitud de la Honorable Senadora señora Campillai, información sobre el plan de contingencia para enfrentar los eventos climáticos acaecidos en el mes de junio pasado en la Región Metropolitana, al tenor de los reportes realizados por diversas instituciones públicas vinculadas con estos acontecimientos.
Del señor Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Navidad
Comunica al H. Senado una propuesta de iniciativa de ley para la reutilización de aguas servidas domiciliarias tratadas, elaborada entre el municipio y la comunidad, mediante la Comisión por un Alcantarillado Sustentable.
Del señor Director del Servicio de Impuestos Internos
Informa requerimiento de la Honorable Senadora señora Núñez, en relación con el valor total recaudado por concepto de impuesto territorial, desagregado por tramos etarios a nivel nacional.
De la señora Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la región del Libertador Bernardo O'Higgins
Contesta consultas del Honorable Senador señor Macaya, acerca de la situación del recorrido que une la comuna de Rancagua y la localidad de Coya, particularmente sobre su eventual licitación, las condiciones exigidas a los microbuses y las fiscalizaciones realizadas en dicho tramo.
De la señora Secretaria Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de La Araucanía
Se refiere a consulta del Honorable Senador señor Kast, sobre los aportes efectuados por medio de asignaciones directas a fundaciones, organizaciones, corporaciones y otras entidades sin fines de lucro, desde el 11 de marzo de 2022 a la fecha.
Del señor Secretario Regional Ministerial de Economía , Fomento y Turismo de La Araucanía
Atiende requerimiento del Honorable Senador señor Kast, acerca de los aportes efectuados por medio de asignaciones directas a fundaciones, organizaciones, corporaciones y otras entidades sin fines de lucro, desde el 11 de marzo de 2022 a la fecha.
De la señora Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas de Los Ríos
Responde planteamiento del Honorable Senador señor De Urresti, respecto de los documentos entregados por el Ministerio de Obras Públicas al Instituto Nacional del Deporte, en razón del proyecto "Construcción Pista de Aguas Quietas, comuna de Valdivia".
Del señor Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas de Los Lagos
Contesta requerimiento del Honorable Senador señor Espinoza, en relación con las gestiones realizadas para solucionar el problema que afecta a un grupo de menores del jardín infantil que indica, ubicado en la península de Huequi, Chaitén, debido a que el establecimiento se encuentra desprovisto del sistema que le proporciona agua.
De la señora Secretaria Regional Ministerial de la Mujer y Equidad de Género de la Región Metropolitana
Se pronuncia sobre petición de la Honorable Senadora señora Pascual, referida a la gestión de programas de la mujer en la comuna de La Cisterna, y la instalación de un Centro de la Mujer.
Del señor Superintendente de Pensiones
Da respuesta a inquietud de la Honorable Senadora señora Núñez, relativa al trámite administrativo que deben realizar los hijos de un causante para acceder a la pensión de sobrevivencia, y el tiempo límite que pudiera demorar dicho procedimiento en la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente.
De la señora Superintendenta de Electricidad y Combustibles
Envía, a petición de la Honorable Senadora señora Allende, información sobre denuncias, procesos de fiscalización y eventuales faltas detectadas por cobros realizados del servicio eléctrico a usuarios de la comuna de Valparaíso, afectados por el incendio que ocurrió en el mes de diciembre de 2019 en los cerros que menciona.
Del señor Superintendente (S) de Servicios Sanitarios
Atiende planteamiento de la Honorable Senadora señora Allende, sobre denuncias, procesos de fiscalización y eventuales faltas detectadas por cobros realizados del servicio eléctrico a usuarios de la comuna de Valparaíso, afectados por el incendio que ocurrió en el mes de diciembre de 2019 en los cerros que señala.
Del señor Director Nacional (S) de Vialidad
Proporciona información requerida por el Honorable Senador señor García, acerca del estado del camino que indica, que ha generado problemas de conectividad a habitantes del sector Coipue, de la comuna de Freire, región de La Araucanía.
Al mismo señor Senador, informa sobre la factibilidad de reparar los caminos que menciona de la comuna de Villarrica, región de La Araucanía, que son afectados constantemente por las lluvias.
Del señor Director del Servicio de Salud de Antofagasta
Informa requerimiento del Honorable Senador señor Castro González, respecto del operativo realizado en el establecimiento educacional que indica, de la región de Antofagasta, en el marco del programa "Controles de salud integral de niños, niñas y adolescentes", efectuado por estudiantes de enfermería durante el mes de junio del año en curso.
Del señor Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal
Entrega información a solicitud de la Honorable Senadora señora Núñez, sobre la distribución de recursos efectuada el año en curso, a las regiones del país, con cargo al Programa de Restauración de Bosques Nativos a Gran Escala.
De la señora Presidenta del Directorio de Televisión Nacional de Chile
Remite documentos en que se da respuesta a las preguntas, inquietudes y comentarios formulados por señoras y señores Senadores, en el contexto de la sesión especial de la Corporación celebrada con fecha 3 de julio de 2023, en que se conoció la cuenta pública de la empresa estatal.
De la señora Jefa de la Unidad de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de la II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago
Remite seguimiento al Informe Final N° 139, de 2021, sobre auditoría y examen de cuentas a los gastos realizados por el Instituto Nacional de Deportes con cargo al Subtítulo 24, Ítem 01, transferencias corrientes, al sector privado.
Del señor Administrador Municipal (S) de la Ilustre Municipalidad de La Florida
Da respuesta a requerimiento de la Honorable Senadora señora Campillai, en relación con el plan de contingencia para enfrentar los eventos climáticos acaecidos en el mes de junio pasado en la Región Metropolitana, al tenor de los reportes realizados por diversas instituciones públicas vinculadas con estos acontecimientos.
Del señor Administrador Municipal (S) de la Ilustre Municipalidad de Puente Alto
Entrega, a petición de la Honorable Senadora señora Campillai, información sobre el plan de contingencia para enfrentar los eventos climáticos acaecidos en el mes de junio pasado en la Región Metropolitana, al tenor de los reportes realizados por diversas instituciones públicas vinculadas con estos acontecimientos.
De la señora Directora de Asesoría Jurídica de la Ilustre Municipalidad de La Reina
Responde planteamiento de la Honorable Senadora señora Campillai, acerca del plan de contingencia para enfrentar los eventos climáticos acaecidos en el mes de junio pasado en la Región Metropolitana, sobre la base de los reportes realizados por diversas instituciones públicas vinculadas con estos acontecimientos.
--Se toma conocimiento y quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba las enmiendas al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptadas por la Asamblea de Estados Partes, el 14 de diciembre de 2017 (Boletín N° 15.329-10).
De la Comisión de Educación, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que consolida el sistema de reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente como único sistema general de evaluación y fortalece los procesos de inducción y acompañamiento (Boletín N°15.715-04) (con urgencia calificada de "suma").
--Quedan para Tabla.
Mociones
De los Honorables Senadores señora Ebensperger, y señores Cruz-Coke, De Urresti, Galilea y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de ley que deroga la disposición que indica de la ley N° 21.527, para permitir acusaciones separadas si en un mismo procedimiento se investiga la participación punible de personas mayores y menores de edad (Boletín N° 16.102-07).
De los Honorables Senadores señora Campillai, y señores De Urresti, Gahona, Latorre y Saavedra, con la que inician un proyecto de ley que prohíbe la importación de mercancías, bienes o productos, provenientes de colonias o asentamientos en territorios ocupados considerados ilegales de acuerdo con las normas del derecho internacional, y sanciona su infracción (Boletín N° 16.105-07).
De los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Bianchi, Araya, Edwards y Walker, con la que inician un proyecto de acuerdo que modifica el Reglamento del Senado con el objeto de crear, en carácter de permanente, la Comisión de Migración y Extranjería (Boletín N° S 2.437-09).
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Honorables Senadores señoras Ebensperger y Rincón, y señores Espinoza y Sandoval, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos (Boletín N° 16.103-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excma. Corte Suprema.
De los Honorables Senadores señores Espinoza, Araya, Castro González, Sandoval y Walker, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, con el objeto de aumentar las sanciones por infracción a las disposiciones que indica (Boletín N° 16.104-06).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
De los Honorables Senadores señor Chahuán, señoras Órdenes y Rincón, y señores Cruz-Coke y De Urresti, que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear la Agencia de Futuro Estratégico (Boletín N° 16.061-07)
De los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Cruz-Coke, De Urresti y Sanhueza, con la que inician un proyecto de reforma constitucional, que modifica la Carta Fundamental para crear una Agencia contra la Corrupción (Boletín N° 16.134-07).
De los Honorables Senadores señor Chahuán, señora Provoste, y señores Castro González, Edwards y Walker, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear el Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos (Boletín N° 16.135-07).
El señor COLOMA ( Presidente ).-
En este punto les quiero pedir un poco de atención, señoras Senadoras y señores Senadores, porque con la Mesa hemos planteado una provisión que deseo que la reflexionemos. Es la siguiente:
--Previo al pronunciamiento de admisibilidad o inadmisibilidad, se remiten a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, para que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 27 del Reglamento del Senado, evacúe un informe sobre los criterios o parámetros de admisibilidad de los proyectos de reformas constitucionales, a la luz de las disposiciones constitucionales y legales aplicables a la materia, adjuntando al efecto el oficio N° SG 259/2023, de fecha 17 de julio de 2023, de la Secretaría General del Senado.
El señor COLOMA (Presidente).-
Voy a dar una pequeña explicación, a pesar de que estamos en la Cuenta. Ya les he hecho el planteamiento a algunos de ustedes.
Efectivamente, los tres proyectos de reforma constitucional mencionados establecen o agendas o registros, temas que, si fueran parte de un proyecto de ley, serían de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
Un reciente fallo del Tribunal Constitucional, a propósito de un recurso de inaplicabilidad, establece un nuevo criterio en esta materia. Dicho Tribunal, respecto de la admisibilidad de los proyectos de reforma constitucional, ha establecido que deben presentarse cumpliendo los mismos requisitos, en lo que concerniera, de los proyectos de ley, en cuanto a formación de la ley.
Por eso, al Senador Huenchumilla y a mí nos parece razonable que, como se han presentado estos tres proyectos de reforma constitucional, que si fueran proyectos de ley implicarían gasto fiscal y serían de iniciativa exclusiva del Presidente de la República -aunque, al ser de reforma, con el criterio anterior no lo habrían requerido-, a la luz de esta nueva resolución del Tribunal Constitucional le pidamos a la Comisión de Constitución que evacúe un informe para que podamos pronunciarnos respecto de esa admisibilidad.
Creo que es un aporte para que las reglas del juego sean correctas a la luz de las resoluciones de nuestros tribunales y de las normas constitucionales.
Eso es lo que quería explicar: el sentido de esta resolución.
Declaración de inadmisibilidad
Moción de los Honorables Senadores señores Espinoza, Araya, Castro González, Sandoval y Walker, que modifica el artículo 23 de la ley No 21.516, Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos del sector público para el año 2023.
--Se declara inadmisible por tratarse de una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República , conforme lo dispone el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política de la República.
Proyectos de Acuerdo
De los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Flores, Galilea, García, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley con el objeto de aumentar la participación del Consejo Regional en la destinación de recursos del presupuesto de los Gobiernos Regionales, en los términos que indican (Boletín No S 2.438-12).
De los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, disponga la creación de una plataforma digital para todos los órganos de la Administración del Estado, integrada al Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría General de la República, que facilite la rendición de cuentas, el acceso a la información y la transparencia en la utilización y destino de los recursos públicos (Boletín No S 2.439-12).
De los Honorables Senadores señoras Gatica, Carvajal, Ebensperger, Núñez, Rincón y Sepúlveda, y señores Araya, Castro González, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Macaya, Moreira, Prohens, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley, cuya propuesta de texto acompañan, con el objeto de otorgar una adecuada reparación a las víctimas de terrorismo y violencia rural en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos (Boletín No S 2.440-12).
--Quedan para ser votados en su oportunidad.
Comunicaciones
Del Honorable Senador señor De Urresti, Jefe del Comité Partido Socialista, por la que informa que el Honorable Senador señor Insulza será reemplazado en forma permanente por el Honorable Senador señor Castro González, como integrante de la Comisión de Ética y Transparencia del Senado.
--Se toma conocimiento.
El señor COLOMA (Presidente).-
Esto debe votarse por la Sala, así que propongo que lo hagamos de inmediato.
Hay quorum suficiente, porque se requieren tres quintos de los Senadores en ejercicio.
Se trata del nombramiento del Senador Castro González como miembro de la Comisión de Ética, quien reemplaza al Senador Insulza.
Necesitamos 30 votos.
¿Existiría unanimidad para el nombramiento del Senador Castro González?
(El señor Presidente hace sonar la campanilla en señal de acuerdo).
El Senador Castro González pasa a ser miembro de la Comisión de Ética y Transparencia del Senado.
Del Honorable Senador señor De Urresti, Jefe del Comité Partido Socialista, por la que informa que el Honorable Senador señor Insulza será reemplazado en forma permanente por el Honorable Senador señor Saavedra, como miembro de la Comisión Revisora de Cuentas.
--Se toma conocimiento.
El señor COLOMA (Presidente).-
¡Lo están sacando de varias Comisiones...! (Risas).
)------------(
El señor COLOMA (Presidente).-
Por reglamento, le ofrezco la palabra al Senador Moreira.
El señor MOREIRA.-
Presidente, se trata de una cuestión reglamentaria.
Aquí hubo una sesión formal que fue pedida, exigida en varias oportunidades y, por distintas razones, nos demoramos un poquitito en fijarla, pero lo hicimos en los tiempos correspondientes.
Con ocasión de la sesión especial donde el Directorio de Televisión Nacional de Chile expuso la situación del canal público, se hicieron presentes varias inquietudes, que en ese momento quedaron sin respuesta y que la señora Presidenta del Directorio , Andrea Fresard, se comprometió a responder al Senado.
Entonces, le consulto a la Mesa y al Secretario General si se ha recibido esa respuesta y el tenor de la misma, porque ya han pasado cuatro semanas.
La principal duda era la opinión del Directorio del canal público sobre la Comisión contra la Desinformación, creada por el Gobierno del Presidente Boric a través del Ministerio Secretaría General de Gobierno. Tanto la Cámara de Diputados como el Senado han hecho ver lo inconveniente e incluso inconstitucional de la creación de esa comisión, así como destacados personeros del mundo de la libertad de expresión. Sin embargo, estimamos fundamental conocer la opinión institucional del canal de todos los chilenos.
Otras consultas pendientes de respuesta son las siguientes.
La Presidenta del Directorio , Andrea Fresard, anunció una estrategia basada en la producción propia durante el año 2022,...(se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).
El señor COLOMA (Presidente).-
Le vamos a dar un minuto más.
El señor MOREIRA.-
... pero los costos subieron en un 34 por ciento.
Entonces, ¿cuál es la estrategia para hacer compatibles los contenidos y la sostenibilidad del canal? ¿Por qué los sueldos de ejecutivos, rostros, productores, periodistas no son trasparentados? ¿Cuál es la estrategia de Televisión Nacional para generar contenidos propios y no seguir emitiendo productos envasados? ¿Se ha establecido una meta de contenido propio en cada una de sus señales y plataformas?
Son preguntas que nosotros le hicimos y, por respeto a este Senado, corresponde que se nos informe su opinión.
Y, Presidente, le pediría que ello se nos entregue por escrito o por correo.
El señor COLOMA (Presidente).-
Gracias, Senador.
Efectivamente, en la Cuenta de hoy aparece que se remitió el documento en que se da respuesta a las preguntas, inquietudes y comentarios formulados por las señoras y los señores Senadores, en el contexto de la sesión especial de la Corporación celebrada con fecha 3 de julio.
Así que hoy día se dio cuenta y fue enviado a los correos de todos los señores parlamentarios; al menos yo lo recibí hace algunos días.
Secretario, tiene la palabra.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, Presidente .
El oficio y la comunicación de la señora Presidenta del Directorio de Televisión Nacional de Chile fueron recepcionados y remitidos a las señoras y los señores Senadores el día 21 de julio del presente año, por correo electrónico, a las 15:05 horas, para que puedan ubicarlo dentro de su bandeja de entrada.
El señor COLOMA (Presidente).-
Gracias, Secretario.
Repito que al menos yo lo recibí.
Hay que revisar la bandeja de entrada, porque se envía automáticamente.
Senador Moreira, tiene la palabra.
El señor MOREIRA.-
Como fue motivo de debate público, se trata de un tema tan sensible como la libertad de expresión, y este Senado y la Cámara de Diputados han recurrido a otras instancias, a mí me gustaría que leyera la respuesta en lo que se refiere a la opinión del Directorio de Televisión Nacional de Chile sobre esta Comisión de Desinformación, que es muy importante.
El señor COLOMA (Presidente).-
Okay, Senador, pero le pido que lo revise.
Para leer documentos hay que tenerlos a la vista, y se requiere la unanimidad de la Sala, según el Reglamento.
El señor MOREIRA.-
Lo tiene a la vista.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
¡No! Por eso le digo que lo revise. Para su tranquilidad, usted está en su justa razón, pero el documento ya fue enviado.
Senador Moreira.
El señor MOREIRA.-
Le agradezco, Presidente , y obedezco sus instrucciones. Pero el partido que se ha opuesto aquí, en este Congreso, para que se haga pública una carta, es el Partido Comunista, encabezado por el señor Senador Núñez, quien dijo "no" cuando usted pidió la unanimidad.
El señor COLOMA (Presidente).-
A ver, tengo seis peticiones de palabra.
Ya que se ha hecho referencia al Senador Núñez, tiene la palabra.
Recordemos que estamos en la Cuenta, sin perjuicio de lo cual entiendo que puede referirse al tema.
El señor NÚÑEZ.-
No, Presidente .
Solo quiero decir que jamás le negaríamos al Senador Moreira el derecho que tiene a leer los documentos. Entonces, ¡que haga el esfuerzo y los lea!
Solo eso.
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El señor COLOMA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador Pugh.
El señor PUGH.-
Muchas gracias, Presidente.
De acuerdo al artículo 28 de nuestro Reglamento, solicito autorización de la Sala para que las Comisiones unidas de Seguridad y Defensa se reúnan el próximo martes 8, en sesión secreta, para analizar la información que va a entregar el Gobierno cuando solicite la prórroga del estado de excepción.
El señor COLOMA (Presidente).- .
Okay
Solicito la autorización de la Sala, como lo hacemos siempre, para que las Comisiones mencionadas por el Senador Pugh puedan reunirse en sesión secreta al efecto.
--Así se acuerda.
El señor COLOMA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , con relación a la propuesta que usted ha formulado respecto a tres proyectos de reforma constitucional que han sido presentados para resolver su admisibilidad, en términos de que se emita un informe de la Comisión de Constitución, quiero señalarle lo siguiente.
Como autor de las tres iniciativas, junto con otros Senadores y Senadoras, propongo que se escuche a la Comisión de Constitución en un plazo determinado que sea razonable. De lo contrario, podríamos estar esperando indefinidamente esa declaración de admisibilidad.
Y segundo, eso es sin perjuicio del derecho que tienen los Senadores y las Senadoras en la Sala para pedir que se vote la admisibilidad.
El señor COLOMA (Presidente).-
Okay, vamos a solicitar...
Déjeme ver de aquí a mañana, con la Comisión de Constitución, que tiene hartos temas, la fijación de un plazo. Yo le encuentro razón en cuanto a que este no puede ser indefinido; pero, obviamente, necesitamos acordarlo. Yo mañana mismo le voy a explicar cuál puede ser la fórmula.
Tiene la palabra la Senadora Ebensperger.
La señora EBENSPERGER.-
Presidente , el día viernes 28 la Comisión de Constitución recibió la totalidad de los antecedentes del proyecto boletín N° 15.661-07, que modifica ciertos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución penal, con énfasis en materia de reincidencia.
La Sala nos autorizó a revisar en particular este proyecto, para lo cual nos dio quince días. Es decir, hasta el viernes 11.
Lo que venimos a solicitar es una semana adicional de plazo, descontando la semana regional que hay entremedio, porque obviamente en esta la Comisión no funciona, ya que estamos en regiones. Solo pedimos que, en vez de despachar el proyecto el viernes 11, podamos hacerlo el miércoles 23.
Es una semana adicional, descontando...
El señor COLOMA (Presidente).-
Son dos semanas pues: del 11 al 23.
La señora EBENSPERGER.-
No, porque entremedio, Presidente, del 14 al 20, hay una semana regional.
El señor COLOMA (Presidente).-
Es una semana.
La señora EBENSPERGER.-
Del 14 al 20, Presidente, es semana regional. Estoy hablando seriamente; no me venga a decir que estoy tergiversando los hechos.
Yo sé que esto es controvertido. Yo relevo todo el trabajo que hizo la Comisión de Seguridad, particularmente su Presidente . Pero queremos despachar el proyecto de buena manera, cumplir con el plazo. Solo pedimos esa semana adicional para que, además, los Senadores alcancemos a tener unos días, que no van a ser más de cinco, para presentar indicaciones.
El señor COLOMA (Presidente).-
Senadora, yo entiendo su planteamiento.
Lo único que le pediría es que, en vez del miércoles, sea el martes 22, porque esto se encuentra dentro de la agenda que tenemos que despachar en un período breve. De ser eso posible, podríamos ver el proyecto el 23 en la Sala.
Es una sugerencia, y creo que sería mejor para todos.
La señora EBENSPERGER.-
Presidente , yo creo que la Comisión de Constitución funciona de la manera más responsable posible: si estamos pidiendo plazo hasta el 23, es para tener ese margen; si nosotros somos capaces de despacharlo antes, si hay menos indicaciones, no tenga dudas de que así será. Pero recuerde por qué pedimos hasta el 23. Porque, además, una vez que se apruebe, la Comisión deberá hacer el informe, y es un proyecto que usted sabe que aquí en la Sala generará debate; por lo tanto, es importante que al votar venga con el informe respectivo.
El señor COLOMA (Presidente).-
A ver...
La señora EBENSPERGER.-
No creo que valga la pena pelearnos por un día, Presidente.
El señor COLOMA (Presidente).-
No, si es para que pueda despacharse el 23.
¿Sabe lo que pasa, Senadora? Que después esto va a la Cámara, y nosotros estamos comprometidos con despachar la agenda de seguridad, con un plazo que se vence. Yo entiendo que la Comisión de Constitución ha hecho un gran esfuerzo, no tengo ninguna duda en la materia, al igual que la Comisión de Seguridad. Estoy tratando de que los plazos sean concordes con los compromisos que hemos adquirido respecto a los proyectos.
Eso es lo que estaba tratando de plantearle.
Sobre el tema, tiene la palabra el Senador De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Presidente , tratando de colaborar en la línea que ha señalado la Senadora, quiero decir que va a haber sesión el lunes, el martes; la Comisión de Constitución tendrá tres o cuatro sesiones en la semana, por la complejidad de la materia. Hoy día estuvo presente el Ministro de Justicia ; estaban todos los Senadores, el Vicepresidente , el Senador Cruz-Coke, quien habla, el Senador Galilea y la Presidenta .
Hay discusiones muy de fondo, especialmente desde el punto de vista de los recursos, no solo respecto al proyecto original, sino en cuanto a indicaciones que establecieron un conjunto de modificaciones.
Entonces, pudiendo nosotros despacharlo en extremo el martes -se puede hacer-, también creo, para ser riguroso en la discusión, que difícilmente -y esto es para ayudar a la Secretaría- vayamos a tener un informe favorable y estudiado por todos para el miércoles.
Insisto: hagamos el calendario para que vaya a la Cámara, para que salga rápido, pero también consideremos su complejidad, sobre todo por las indicaciones que se presentaron, especialmente en el ámbito ya no de la materia que convoca al proyecto, sino de los recursos, de toda la estructura recursiva.
Hoy día estuvo no solo el Ministerio Público, sino la Defensoría y nuestros asesores, de todas las bancadas, y es algo extremadamente complejo.
Yo estoy de acuerdo con el planteamiento de la Presidenta en cuanto a que no por ganar un día podemos afectar el informe de la Secretaría. Esto de venir simplemente sin informe, con certificado, es imposible, porque el tema es muy complejo, especialmente cuando votemos el articulado de recursos que se han incorporado como indicaciones.
El señor COLOMA (Presidente).-
Ha pedido la palabra, sobre este punto, el Senador Kast.
El señor KAST.-
Gracias, Presidente.
Yo solamente quiero recordar cómo nació esto.
Este es un proyecto que ya lleva bastante tiempo esperando. En su minuto se planteó en la Sala, se pidió que pasara a Constitución, a pesar de que ya llevamos meses trabajando; incluso, llegamos a un acuerdo en la gran mayoría de las cosas con el Gobierno.
Entonces, yo realmente le pediría a la Comisión de Constitución que ojalá pudieran hacer el esfuerzo de no dilatarlo una semana más. En la práctica, si llega el miércoles, es otra semana más. Y además todos los miembros de Constitución podrían haber participado de la discusión que tuvimos en Seguridad. O sea, ¡estamos volviendo a repetir la misma discusión que ya tuvimos!
Está bien, nosotros en su minuto planteamos que nos parecía que era redundante volver a repetir el mismo debate que ya tuvimos y en que votamos. Además, la Comisión de Constitución tiene la misma composición de fuerzas políticas, porque, por último, a veces uno dice: "¿Sabe qué? Es bueno que pase por una Comisión o la otra porque tienen distintas fuerzas políticas".
Los asesores están conversando; ya se decidió esto; no voy a volver a levantar el punto de que me parecía redundante, pero sí pedirle a la Comisión de Constitución que haga el esfuerzo que usted solicita, Presidente , para que ojalá esto -más encima, recién está en primer trámite- pueda llegar luego a la Cámara de Diputados, y cumplamos con los plazos de la agenda de seguridad que nos pusimos.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Bueno, hagamos una cosa: pongamos como plazo máximo el 23, pero hagamos el esfuerzo de que salga el 22, de verdad, porque yo siento que, de otra manera -quiero ser en esto todo lo autocrítico que pueda-, será difícil sacar una agenda de seguridad. Y estamos presionados por los tiempos.
Yo sé que esto supone más esfuerzo de todos. Pero hagamos ese esfuerzo. No sigamos el debate, Senadora: fijemos el 23, como usted plantea, pero con el esfuerzo de que salga el 22, porque creo que sería útil poder despachar a la brevedad un tema de esta naturaleza.
Hay un punto en cuanto a que, efectivamente, esto ya fue visto por la Comisión de Seguridad. Y adicionalmente se dio un acuerdo de la Sala para poder adicionar un estudio que se había hecho por parte de la Comisión encargada originalmente.
Dejémoslo así, y tratemos de hacer un esfuerzo máximo, que sé que ustedes pueden hacer. Son muy habilosos en Constitución, así que será posible.
Senadora Rincón.
La señora RINCÓN.-
Gracias, Presidente.
Perdón que vuelva atrás en el tema de las declaraciones de inadmisibilidad, pero me parece que renunciar a una de nuestras facultades no es un buen precedente, por cuanto esto se encuentra regulado en el artículo 80 del Reglamento, y considero bien grave que se declare inadmisible una reforma constitucional.
Es mi opinión, Presidente ; yo quiero plantearla...
El señor COLOMA (Presidente).-
Quiero explicarle bien. No está declarada...
La señora RINCÓN.-
Sí, lo sé.
El señor COLOMA (Presidente).-
Se pidió el informe para tener antecedentes.
La señora RINCÓN.-
Se pidió un informe -estaba yo- a raíz de otro proyecto del que es autor el Senador Chahuán -quien no se encuentra en la Sala- y que yo también suscribo. Se tomó el mismo acuerdo la semana pasada y se va a pedir el informe a la Comisión de Constitución.
Pero a mí me parece muy complejo que esto ocurra cuando se trata de materias que expresamente están consignadas como posibles de abordar, que son las reformas constitucionales.
Hago el punto más allá de que se haya tomado el acuerdo de que la Comisión de Constitución lo resuelva. Nosotros vamos a ir ahí a hacer el alegato respectivo.
¿Y por qué lo digo? Porque, Presidente , esto corre para todas las materias y el día de mañana, frente a un texto constitucional que eventualmente queramos modificar, se nos puede alegar la misma razón.
Gracias.
El señor COLOMA (Presidente).-
Gracias, Senadora.
Yo la invito a leer la causa rol N° 11.559-21, del Tribunal Constitucional, que planteó este tema. Por eso, lo que queremos nosotros, sin hacer juicios sobre si es admisible o no es admisible la iniciativa, es que la Comisión de Constitución nos oriente.
En todo caso, era para plantear el punto.
Senadora Rincón.
La señora RINCÓN.-
Quiero responderle a ese punto, porque no puede ser que nos basemos, para este tipo de resoluciones, en un fallo del Tribunal Constitucional. Si creemos que tenemos que proceder así, hagamos la respectiva reforma constitucional, pero no estoy de acuerdo en que nuestro actuar sea dictado por el Tribunal Constitucional, ya que no siempre compartimos todos su mirada.
Gracias, Presidente .
El señor COLOMA (Presidente).-
Bueno, por eso vamos a verlo. En una de esas, puede ser la propuesta de la Comisión.
Veámoslo, Senadora.
Entiendo su punto.
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El señor COLOMA (Presidente).-
Senador Flores, tiene la palabra.
El señor FLORES.-
Muchas gracias, Presidente.
Yo no puedo dejar de manifestar mi preocupación por que el proyecto de reincidencia siga dando vueltas en el Congreso, cuando estuvimos trabajando muchas más sesiones de las que correspondían para poder evacuarlo.
El Ministerio de Justicia colocó a toda su gente para discutir con nosotros, los miembros de la Comisión de Seguridad, y buscar acuerdos, a los cuales hemos llegado.
La Comisión de Constitución tenía dos semanas para evacuar la iniciativa y hoy día piden dos más. Entonces, la verdad es que nos empiezan a descolocar dentro del timing. O sea, todos hemos hecho un esfuerzo por trabajar en sesiones extraordinarias y seguimos dilatando esto.
Por mi parte, tenía que decirlo, porque, de verdad, la Comisión de Seguridad hizo un esfuerzo muy especial.
Gracias, Presidente .
El señor COLOMA (Presidente).-
Gracias, Senador.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
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El señor COLOMA ( Presidente ).-
Secretario, tengo una solicitud de varios Senadores y Senadoras en cuanto a que la Ley Sanna, que se aprobó hoy día en la Comisión de Trabajo, entiendo, y cuyo informe está listo, la podamos ver mañana en la Sala, en segundo lugar. Digo "segundo" porque en primer lugar figura la iniciativa relativa al riego, según el orden acordado por los Comités.
Si les parece, la veríamos en segundo lugar. Entiendo que están todos los Senadores de la Comisión, donde se aprobó por unanimidad y donde hicieron un gran esfuerzo; me consta.
La veríamos, entonces, en segundo lugar, el día de mañana. Entiendo que el informe va a estar.
(El señor Presidente hace sonar la campanilla en señal de acuerdo).
Vamos, entonces, a los acuerdos de Comités.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor COLOMA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señor Presidente .
Los Comités, en sesión celebrada el día de ayer, adoptaron los siguientes acuerdos:
1.- Considerar en primer, segundo, tercer, cuarto y quinto lugar, respectivamente, del Orden del Día de la sesión ordinaria del martes 1 de agosto de 2023, las siguientes iniciativas:
Primero, proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona la ley N° 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica, para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica (boletín N° 12.546-08).
Segundo, proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior (boletín N° 15.796-07).
Tercero, proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que posibilita la incorporación de la Escuela de Gendarmería de Chile dentro de aquellas instituciones de educación superior que el Estado reconoce oficialmente e incorpora reglas especiales para su proceso de acreditación (boletín N° 14.879-04).
Cuarto, proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre y el Sistema Nacional de Servicios de Salud (boletín N° 15.486-11).
Y quinto, proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que consolida el sistema de reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente como único sistema general de evaluación y fortalece los procesos de inducción y acompañamiento (boletín N° 15.715-04).
2.- Considerar en primer, segundo, tercer y cuarto lugar, respectivamente, del Orden del Día de la sesión ordinaria del miércoles 2 de agosto de 2023, las siguientes iniciativas:
Primero, informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras durante la tramitación del proyecto de ley que introduce modificaciones y prorroga la vigencia de la ley N° 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje, correspondiente al boletín N° 14.068-01, siempre que fuere despachado por la Comisión de Hacienda y se hubiere recibido el informe respectivo.
Segundo, proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba las enmiendas al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptadas por la asamblea de Estados Partes el 14 de diciembre de 2017, correspondiente al boletín N° 15.329-10.
Tercero, proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, para reconocer el acceso a internet como un servicio público de telecomunicaciones (boletín N° 11.632-15), siempre que fuere despachado por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y se hubiere recibido el informe respectivo.
Y cuarto, proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, con el fin de incorporar al pueblo selk'nam entre las principales etnias indígenas reconocidas por el Estado, correspondiente al boletín N° 12.862-17, siempre que fuere despachado por la Comisión de Hacienda y se hubiere recibido el informe respectivo.
3.- Autorizar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para sesionar en forma simultánea con la Sala durante la sesión ordinaria del día martes 1 de agosto de 2023.
4.- Ratificar el acuerdo de Comités, adoptado el 17 de julio de 2023, de considerar la celebración de una sesión especial durante la segunda semana legislativa del mes de agosto de 2023 con la finalidad de recibir el informe del Consejo Nacional de Televisión sobre el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en la letra k) del artículo 12 de la ley N° 18.838.
Para tal efecto, se convocará a dicha sesión para el día martes 8 de agosto de 2023, de 15 a 16 horas, y se invitará a los integrantes del referido consejo a dicha sesión especial.
Es todo, señor Presidente.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias, Secretario.
Vamos a la tabla del día de hoy.
V. ORDEN DEL DÍA
PERFECCIONAMIENTO DE LEY N° 19.657 PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO SOMERO DE ENERGÍA GEOTÉRMICA
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
El señor Presidente pone en discusión en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona la ley N° 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica, iniciativa que corresponde al boletín N° 12.546-08.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho calificándola de "simple".
--A la tramitación legislativa del proyecto (boletín N° 12.546-08) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Los objetivos de este proyecto de ley son el establecimiento de un sistema de registro de aprovechamientos someros de energía geotérmica, excluyéndolos del régimen concesional; la modificación del régimen de fiscalización, y el establecimiento de estándares generales de seguridad para los usos de la energía geotérmica.
La Comisión de Minería y Energía hace presente que, no obstante que el proyecto de ley es de artículo único, lo discutió solo en general, y propone a la Sala que sea considerado del mismo modo, con el objeto de otorgar a Sus Señorías la oportunidad de perfeccionar y enriquecer la iniciativa con ocasión del segundo informe.
La referida Comisión deja constancia, además, de que aprobó la idea de legislar sobre la materia por la unanimidad de sus integrantes, Honorables Senadores señora Ebensperger y señores Castro González, Durana, Prohens y Quintana.
Asimismo, consigna que el N° 19 del artículo único de la iniciativa legal requiere 25 votos favorables para su aprobación, por tratarse de una disposición de rango orgánico constitucional.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 22 y siguientes del informe de la Comisión de Minería y Energía y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Es todo, señor Presidente.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias, Secretario.
¿La Comisión de Minería va a dar el informe?
Senadora Ebensperger, tiene la palabra.
¡Ve que le doy la palabra...!
La señora EBENSPERGER.-
Gracias, Presidente.
La Comisión de Minería y Energía tiene el honor de informar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona la ley N° 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica, correspondiente al boletín N° 12.546-08, y que fuera iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , con urgencia calificada de "simple".
Se hace presente que, no obstante que el proyecto es de artículo único, la Comisión lo discutió solo en general y propone a la Sala que sea considerado del mismo modo, con el objeto de perfeccionarlo y enriquecerlo con ocasión del segundo informe.
Asimismo, cabe dejar constancia de que el numeral 19 del artículo único, que modifica el artículo 43 de la ley N° 19.657, tiene el carácter de ley orgánica constitucional, y que la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados consultó a la Excelentísima Corte Suprema respecto de los artículos 30 y 43 de la ley N° 19.657, modificados por los numerales 11 y 19 del artículo único de la iniciativa, toda vez que inciden en la organización o atribuciones de los tribunales de justicia. El Máximo Tribunal emitió su opinión mediante el oficio N° 255-2019, de fecha 12 de noviembre de 2019.
Por otro lado, la Comisión abordó la iniciativa los días 14 de junio y 5 de julio del presente año, con la asistencia del Ministro de Energía , señor Diego Pardow ; del Jefe de la División de Energías Sostenibles , señor Mauricio Riveros ; del Jefe de la Unidad de Geotermia y Energía Distrital, señor Rubén Muñoz , y de representantes de ENEL Chile, Acera y el Consejo Geotérmico.
Cabe señalar que los objetivos del proyecto de ley son el establecimiento de un sistema de registro de aprovechamientos someros de energía geotérmica, excluyéndolos del régimen concesional; la modificación del régimen de fiscalización, y el establecimiento de estándares generales de seguridad para los usos de la energía geotérmica.
Durante la discusión, los aspectos centrales del debate fueron:
1.- Concepto y tipos de energía geotérmica.
2.- Ventajas de la geotermia, especialmente con relación a la descarbonización.
3.- Proyectos geotérmicos en el país.
4.- Modificaciones a la ley N° 19.657 con relación al régimen concesional, fiscalización y estándares de seguridad.
En la sesión se afirmó que la iniciativa está orientada a los proyectos de baja entalpía, pensada para la descarbonización de los procesos de calefacción residencial y de sectores industriales a través de procesos de frío-calor.
Asimismo, se explicó que el problema concesional actual es un freno para que prosperen los proyectos geotérmicos, cuestión que se observa en el poco interés que han generado los que se han puesto en licitación.
Por lo anterior, la iniciativa propone que aquellos proyectos que tienen el recurso geotérmico a menos de 400 metros de profundidad y a menos de 90 grados Celsius de temperatura no ingresen al sistema concesional y se incluyan en el Registro Nacional de Aprovechamientos Someros.
Se entregó como ejemplos de proyectos de geotermia somera en el país: el Invernadero de Gendarmería, en Aysén; el hotel Cabaña del Lago, en Puerto Varas; el Mercado Urbano de Tobalaba, en Las Condes; la viña Maquis, en el valle de Colchagua; el colegio San Javier , en Puerto Montt, y el Gimnasio Comunal de Calera de Tango.
Por último, Presidente , se deja constancia de que el proyecto de ley fue aprobado en general por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Castro González , Durana , Prohens , Quintana y quien habla.
Es todo cuanto puedo informar, señor Presidente.
Gracias.
El señor COLOMA (Presidente).-
A usted, Senadora.
Senador Gahona, tiene la palabra.
El señor GAHONA.-
Presidente , la geotermia es una fuente de energía renovable que se obtiene del calor natural subyacente en la tierra o mediante el aprovechamiento de anomalías termales. Nuestro país se encuentra en una posición privilegiada para implementar esta tecnología. Sin embargo, su desarrollo actual es mínimo y no estamos aprovechando el potencial que posee.
La ley N° 19.657 establece un sistema concesional para la exploración y explotación de los recursos geotérmicos. No obstante, es necesario actualizarla y modernizarla para que pueda adaptarse a los distintos usos que se les puede dar.
Actualmente, la ley se enfoca principalmente en proyectos de energía geotérmica de generación eléctrica y no distingue entre usos térmicos o eléctricos de la geotermia, ni entre fuentes geotérmicas superficiales o profundas.
A mi juicio, es fundamental la aprobación de esta iniciativa de ley, ya que busca corregir las deficiencias de la legislación actual y promover el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero que hagan un uso directo de la energía geotérmica. Esta tecnología tendrá un impacto positivo en hogares, pequeñas industrias, en la agricultura, en el sector vitivinícola, permitiéndoles incorporar tecnología para la climatización o preparación de agua caliente sanitaria, sistemas de secado y otros usos.
El proyecto modifica la ley N° 19.657 para establecer como objetivo el aprovechamiento de someros que hagan un uso directo de energía geotérmica.
Por otro lado, permite que los aprovechamientos someros que hagan un uso directo de energía geotérmica (es decir, entre 0 y 400 metros de profundidad) se desarrollen sin la necesidad de obtener una concesión de energía geotérmica, cuestión bastante más larga y extensa. Para ello, se establecerá un sistema simplificado, acorde a la naturaleza de estos proyectos, que son pequeños, mediante la creación de un registro de aprovechamientos de someros.
De igual modo, el proyecto de ley incluye una reglamentación que busca mejorar los estándares de seguridad para actividades geotérmicas y otorga a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la facultad de fiscalización y supervisión de la ley y sus reglamentos.
En conclusión, señor Presidente , estamos frente a una iniciativa importante, necesaria, que contribuirá a la descarbonización de nuestra matriz energética.
Por todos estos argumentos, yo por lo menos, Presidente , voto a favor de este proyecto de ley.
Muchas gracias.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias, Senador.
Senadora Allende, tiene la palabra.
La señora ALLENDE.-
Gracias, Presidente.
Quiero comenzar señalando que hoy día el Presidente Boric hizo un anuncio sobre un nuevo pacto fiscal para Chile. Y esperamos que pronto pueda ser ingresado al Congreso.
Ahora, es importante contar con herramientas que faciliten, por un lado, la tramitación de grandes proyectos de inversión, pero al mismo tiempo que den certeza, sin descuidar la protección y el resguardo ambiental.
Me interesa partir por aquello, porque hoy día también recibimos a la Directora del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental , quien coincide en la importancia de contar con normas claras, porque eso le da certeza a cualquier titular de un proyecto y, al mismo tiempo, nos permite manejarnos mejor con los problemas graves que enfrentamos debido al cambio climático, la pérdida de biodiversidad y la contaminación, tres variables que nos están afectando como país.
Creo que este proyecto es tremendamente relevante. Parece simple, pero nos va a ayudar a desarrollar una energía renovable no convencional que necesitamos muchísimo y, como señalaba muy bien el Senador Gahona, que ha experimentado un desarrollo bastante mínimo en este país, en circunstancias de que tenemos el privilegio de contar con ella. Por lo tanto, debiéramos facilitar su explotación.
Y precisamente se trata de modificar la ley que actualmente nos rige, porque no se refiere a grandes proyectos concebidos para poder otorgar, por ejemplo, energía eléctrica y sustituirla por energía renovable, sino que nos estamos refiriendo a proyectos someros, de energía somera, es decir, hablamos de proyectos con otras características y, por tanto, es muy importante entender que con esas otras características podemos acceder de manera mucho más fácil.
¿De qué hablamos? De aquellos proyectos asociados que son de poca profundidad, baja temperatura y que han dado lugar a bombas de calor que se pueden usar en la calefacción, refrigeración de ambientes, conocidos como "proyectos térmicos".
Estos usos directos de la energía geotérmica (las bombas de calor) han presentado un desarrollo sostenido en el último tiempo. Incluso, recientemente se ha ido incrementando su uso a nivel mundial.
En otras palabras, debemos facilitar la posibilidad de aprovechar la energía geotérmica no pensando en los grandes proyectos de inversión, que evidentemente tienen que pasar por un proceso de concesiones, sino más bien en proyectos de entre 0 y 400 metros de profundidad y bajo los 90 grados Celsius . Estos poseen otras características.
Por lo tanto, Presidente , concluyo señalando que sería muy importante que pudiésemos aprobar la iniciativa. Entiendo que se vota solamente en general. Se seguirá revisando después en detalle en la discusión particular, pero claramente es un paso, un avance y nos vendría muy bien como país. Naturalmente, también es necesario despejar los obstáculos que tenemos para desarrollar más energía geotérmica.
He dicho.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias, Senadora.
Senador Pugh, tiene la palabra.
El señor PUGH.-
Muchas gracias, señor Presidente.
Como todos sabemos, el agua ebulle a 100 grados Celsius. Sobre los 100 grados Celsius existe el vapor sobrecalentado, que ya es capaz de mover turbinas con las cuales es posible producir generación eléctrica.
Sin lugar a dudas, el poder contar con fuentes de energía inagotables y que no generen contaminación es una de las necesidades de nuestro planeta.
Quiero recordar que el centro de la tierra es hierro fundido a 4.000 grados Celsius. O sea, hay suficiente energía en el núcleo de nuestro planeta.
A medida que se acerca a la corteza, en ese espacio de 5 a 30 o 35 kilómetros, las temperaturas empiezan a disminuir (800 a 1000 grados), y así empiezan a ser cada vez menores, como se ha señalado, a aquellas profundidades en donde es factible encontrar temperaturas que permiten no solo los procesos de plantas geotérmicas, que van a aprovechar el máximo de la temperatura, sino también hacer proyectos más eficientes, como la bomba de calor que mencionaba un Senador anteriormente.
En tal sentido, quiero destacar el estudio que realizó nuestra Biblioteca del Congreso Nacional el año pasado y que se solicitó para comparar legislación, especialmente de América del Sur.
Nos damos cuenta de que hay países que han hecho el mismo esfuerzo -nuestra ley data de 1999; es muy bueno que estemos actualizándola-, y son los ejemplos de Colombia, Ecuador y Perú.
¿Y por qué quiero destacarlo? Porque cada país ha visto cosas distintas y tiene realidades similares. También han tenido que abordar desde consultas indígenas hasta temas prácticos de separación.
Nosotros tememos, por lo pronto, categorías superiores a 3 megawatts en las centrales que generen esas potencias, pero no tenemos nada menor. Otros países sí han definido centrales de hasta 1 megawatt, de 5 megawatts y sobre 10 megawatts.
Ese es un criterio que permite generar política pública bien precisa para entender qué queremos hacer y qué queremos buscar.
Yo por eso invito a que en este proceso, que se está iniciando, utilicemos la legislación comparada, como la que nos provee la asesoría técnica parlamentaria, y seamos capaces de incorporarla en mejores prácticas.
Chile es una potencia de generación de energía geotérmica en todas las magnitudes, no solo en las que uno normalmente vería, por la condición de nuestra geomorfología.
Nuestro país emerge del fondo del mar; nuestras regiones volcánicas siguen activas y eso perfectamente podemos considerarlo dentro de nuestra matriz energética de nueva generación. Y cuando hablo de esas fuentes de generación eléctrica desde recursos naturales inagotables, no podemos dejar fuera a la energía geotérmica.
Hoy nos hemos concentrado exclusivamente en los mayores puntos de generación térmica en el norte, en los desiertos, para producir energía solar mediante procesos fotovoltaicos o concentración del sol mediante espejos, o en el sur, en los vientos más altos registrados en el mundo.
Esas son las dos condiciones naturales que tiene Chile.
Tenemos que agregar este tercer eje, y por eso creo que resulta estratégico en el desarrollo del país considerar la geotermia como una fuente de recursos inagotables y pensar en las centrales grandes que necesitamos para nuestra matriz energética y para el aprovechamiento que se puede hacer, incluso para las viviendas.
Las bombas de calor energéticamente son mucho más eficientes, y por eso, desde soluciones para viviendas sociales hasta abastecimiento de la pequeña y micropyme, pueden ser totalmente factibles.
Esto requiere, obviamente, mejorar el conocimiento, perfeccionar la legislación y desarrollar incentivos para que esta nueva forma de generación eléctrica se empiece a masificar.
Y ahí quizá viene la pregunta: ¿qué queremos hacer para que este tipo de energía sea diferenciable?
Yo pongo esto también como parte de la solución del problema, porque hemos avanzado en medidores digitales que registran flujos hacia ambos lados. El sistema de tarificación eléctrica domiciliaria permite que uno pueda recibir, pero también entregar a la red eléctrica. Y probablemente podamos ser capaces de crear soluciones de generación eléctrica de este tipo para pequeñas empresas o micropymes.
Eso es algo que no podemos desconocer.
Por lo tanto, usando nuestra actual legislación sobre tarifado, nuestro nuevo sistema de medidores bidireccionales y los respectivos estímulos, ojalá se consideren incentivos que vayan en directo apoyo del cambio de nuestra matriz energética, para abandonar los combustibles fósiles, de los cuales somos totalmente dependientes porque no tenemos producción nacional, hacia combustibles mucho más limpios como el hidrógeno verde, que podemos generar con las fuentes de energía ya señaladas, o decididamente incorporar a nuestra matriz eléctrica sistemas de generación eléctrica como, por ejemplo, la geotermia. La geotermia debiera ser un área estratégica de desarrollo.
El día de ayer veíamos en la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación el programa para el desarrollo de becas de doctorado. Y las preguntas que tenemos que hacer son: ¿qué áreas de investigación tenemos? ¿Cuántos doctorados o posdoctorados hay en un país que es una fuente riquísima de energía geotérmica? ¿Cómo la estamos aprovechando? ¿Cómo la podemos masificar?
Esas son interrogantes que tenemos que resolver como parte de la discusión que se ha iniciado, y por eso cuenten con todo el apoyo no solo en la elaboración de la política, sino también en la búsqueda, dentro de la legislación comparada, de los mejores ejemplos que podamos adaptar al país para contribuir al desarrollo.
En eso estamos todos tratando de construir futuro común. Pero, para lograr ese futuro común, tenemos que basarnos en evidencia, en datos, con una política pública que nos permita medir y ver que somos capaces de aprovechar esta energía, que está disponible, perfeccionando nuestra legislación.
Por eso, voy a apoyar este proyecto.
He dicho.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señor Senador.
La señora EBENSPERGER.-
Presidente , ¿puede abrir la votación?
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Si les parece, abriremos la votación.
El señor GUZMÁN (Secretario General).-
El proyecto es de quorum especial.
La señora ALLENDE.-
Sí, es de quorum.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muy bien.
Se abre la votación.
(Durante la votación).
Le ofrezco la palabra al Senador Juan Ignacio Latorre.
El señor LATORRE.-
Gracias, Presidente.
Los objetivos de esta iniciativa son el establecimiento de un sistema de registro de aprovechamientos someros de energía geotérmica excluyéndolos del régimen concesional, la modificación del régimen de fiscalización, y el establecimiento de estándares generales de seguridad para los usos de la energía geotérmica.
Los usos directos de la energía geotérmica, en particular los asociados a poca profundidad y bajas temperaturas (aprovechamientos someros de esta energía), han presentado en las últimas décadas un desarrollo sostenido y creciente en todo el mundo y aportan a la generación de energía térmica para emplearse en diversos rubros y escalas, destacándose, entre ellos, una gran evolución de las bombas de calor geotérmicas. Este sistema, que puede transferir el calor de la tierra para calefaccionar o refrigerar ambientes y/o procesos, se ha cuadruplicado en los últimos diez años.
Desde el punto de vista técnico, en Chile es posible aprovechar la inercia térmica de la tierra que se da en todo el planeta, así como las anomalías calóricas propias de nuestra geología.
No obstante, mientras la tendencia mundial muestra un aumento significativo en el desarrollo de proyectos de usos directos de la geotermia, Chile está quedando rezagado, ocupando el lugar 54 en el ranking mundial de capacidad instalada de usos directos de la geotermia, y el lugar 51 cuando esa capacidad se referencia por número de habitantes. En ambos casos, en la región queda detrás de Brasil, Argentina y México .
Es significativo constatar que el aprovechamiento somero de energía geotérmica que más se ha desarrollado corresponde a baños y piscinas, que están expresamente excluidos de la Ley de Geotermia, mientras que la implementación de las bombas de calor posee una participación muy menor en comparación con los desarrollos realizados en el mundo: 71 por ciento a nivel mundial versus un 43 por ciento en Chile.
Este rezago se relaciona con que la Ley de Geotermia fue concebida para posibilitar la materialización de grandes proyectos eléctricos mediante el otorgamiento de una concesión de exploración o de explotación, sin hacer mayor distinción con pequeños aprovechamientos someros de energía geotérmica.
No obstante, los usos directos o someros de energía geotérmica constituyen una de las alternativas más antiguas y comunes de empleo de este tipo de energía, mientras en el mundo la capacidad instalada de generación eléctrica mediante energía geotérmica y los usos directos geotérmicos superan la capacidad térmica.
Por último, los aprovechamientos someros de energía presentan características distintas a las de un proyecto eléctrico en sus etapas de construcción y operación, así como magnitudes muy inferiores respecto a la inversión, superficie ocupada, impacto ambiental, área de influencia, exigencias de seguridad, complejidad técnica, entre otros aspectos.
Sin embargo, el actual marco normativo no distingue escalas de trabajo, exigiendo los mismos requisitos técnico-económicos para un proyecto de uso directo o para uno eléctrico. Y esta disfuncionalidad se hace más evidente al observar que las dimensiones mínimas de una concesión de explotación geotérmica son de 100 metros de largo y de ancho, lo cual no se ajusta a las posibilidades modulares de pequeños proyectos de bombas de calor, que en el mundo están irrumpiendo con fuerza al interior de las ciudades.
Existe una serie de rubros que se verían beneficiados en el país con un perfeccionamiento regulatorio y, por ende, se podría masificar el desarrollo de proyectos geotérmicos someros, en particular las bombas de calor geotérmicas, que poseen la capacidad de ser instaladas en cualquier lugar donde exista una demanda térmica y de satisfacer una gran variedad de aplicaciones, desde un proyecto pequeño que abastece de calor y frío a una vivienda hasta obras mayores para colegios, hospitales, edificios públicos y sectores importantes de nuestro ecosistema industrial, identificando oportunidades en actividades tales como el turismo, la producción vitivinícola, la agroindustria, la minería e incluso la posibilidad de integrar todas estas demandas en un sistema mayor de calefacción distrital.
A modo de ejemplo se mencionan los resultados de un estudio conducido por el Ministerio de Energía, enmarcado en una mesa de trabajo entre dicha Secretaría de Estado, el Ministerio del Deporte y el Instituto Nacional de Deportes, denominado "Simulaciones dinámicas de la demanda térmica del Centro Acuático del Estadio Nacional de Chile", del año 2018, cuyo objetivo fue evaluar la intervención de bombas de calor geotérmicas como solución a los requerimientos térmicos de la piscina olímpica del Estadio Nacional, y que arrojó, entre otros resultados, que la mejor alternativa de autoconsumo en un horizonte de veinte años, en comparación con diversas alternativas, es la bomba de calor geotérmica por ciclo abierto.
Los beneficios, por lo tanto, para la sociedad, relacionados con el desarrollo de estas tecnologías de generación térmica renovables, son múltiples, pues no solo significan una retribución económica y el aumento de la competitividad en diversos sectores productivos y comerciales, sino que además impactan a mediano y largo plazo en aquellas ciudades donde actualmente se utiliza la leña como combustible principal para la calefacción de viviendas, lo cual evidentemente genera gran contaminación.
Asimismo, entre otras cosas -y esto es un paréntesis-, estamos discutiendo en la Comisión de Medio Ambiente un proyecto que busca elevar, según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, los estándares de las normas de calidad ambiental. Y uno de los puntos críticos para la aprobación de estándares más exigentes en la materia es que en nuestro país hay ciudades, sobre todo en la zona sur, donde no sería posible en el corto plazo homologar esas normas, debido a la contaminación y al uso cotidiano de la leña para calefaccionar las viviendas.
Por lo tanto, este proyecto puede tener un impacto muy positivo en términos ambientales, de calidad del aire y, con ello, en la salud de la población.
Voto a favor, ciertamente.
He dicho.
Muchas gracias, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias a usted, señor Senador.
Tiene la palabra el Senador José Miguel Durana.
El señor DURANA.-
Gracias, Presidente.
En el marco de la descarbonización que Chile busca alcanzar al año 2050, la energía geotérmica puede tener un rol relevante en nuestro país.
Esta energía renovable se obtiene mediante el aprovechamiento del calor natural subyacente en la tierra o a través de la utilización de las anomalías termales, que son fuentes de calor cercanas a la superficie.
Esta herramienta puede emplearse para dos grandes fines: la generación eléctrica y el uso térmico.
Este proyecto de ley constituye un nuevo y gran paso que da nuestro país en el aprovechamiento y uso de fuentes de energías renovables. Pero es importante hacer presente que el fortalecimiento de Chile como uno de los países con mayor potencial para el desarrollo de la geotermia como opción de energía renovable siempre va a depender del compromiso que el Estado tenga para vincularse de manera más directa con el desarrollo de las tecnologías y los métodos de aprovechamiento de energías renovables. Debemos tener un compromiso serio y responsable, más que del gobierno de turno, del Estado de Chile para generar una política integral que incluya mayores redes de transmisión y una mayor eficiencia en el almacenamiento de la energía que se produzca, considerando que en nuestro territorio los sistemas geotermales se encuentran a menor profundidad que en otros lugares del planeta.
En caso contrario, nos veremos enfrentados nuevamente a los problemas que hoy presentan las empresas productoras de energía solar y eólica, las cuales pierden gran parte de la energía que producen por falta de un diseño adecuado en las redes de transmisión y en sus sistemas de almacenamiento.
Para ser sustentables debemos ser eficientes, y en ello la institucionalidad energética de nuestro país está en deuda.
Un aspecto a destacar en el proyecto es lo referente al aprovechamiento somero de la energía geotérmica, destinado a utilizar el calor natural de la tierra hasta una profundidad de 400 metros, sin necesidad de una transformación en energía eléctrica.
Para ello, el proyecto de ley establece que se podrá hacer un uso directo, sin necesidad de una concesión de energía geotérmica, para lo cual los interesados solo deberán inscribirse en un registro y cumplir con las normas de seguridad en todas las etapas del proyecto.
Esas normas de seguridad estarán fijadas en un reglamento y, para efectos de fiscalización y control, la Superintendencia tendrá acceso a dicho registro.
Otro asunto que deberá ser especialmente regulado y fiscalizado dice relación con los potenciales conflictos que se van a producir entre los concesionarios de energía geotérmica y los derechos de aprovechamiento de aguas, puesto que el proyecto de ley establece que los concesionarios de este tipo de energía tendrán el derecho de aprovechamiento de las aguas subterráneas que alumbren durante los trabajos de exploración y explotación, en la medida que sean necesarias para tales procesos.
Los reglamentos y la actuación de la autoridad deberán ser especialmente cuidadosos en la aplicación de este derecho a los efectos de evitar conflictos y un mal aprovechamiento de los recursos hídricos.
Este aspecto y otros deberán ser analizados en la fase de las indicaciones al objeto de mejorar este proyecto de ley y de que vaya en beneficio directo de los chilenos y las chilenas.
Voto a favor, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Senador.
No hay más inscritos.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Señor Secretario, procedamos a la consulta de cierre de la votación.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (38 votos a favor), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Ebensperger, Gatica, Órdenes, Pascual, Rincón y Vodanovic y los señores Bianchi, Castro Prieto, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Durana, Edwards, Gahona, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Núñez, Ossandón, Prohens, Pugh, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Además, se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Soria.
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Se propone como plazo para formular indicaciones el jueves 24 de agosto, a las 12 horas, en la Secretaría del Senado.
¿Les parece?
Así se acuerda.
TIPIFICACIÓN EN CÓDIGO PENAL DE DELITO DE TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS QUE PERMITAN A PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD COMUNICARSE CON EL EXTERIOR
El señor COLOMA (Presidente).-
Señor Secretario, vamos al segundo proyecto.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Gracias, señor Presidente .
El señor Presidente pone en discusión el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior, iniciativa correspondiente al boletín 15.796-07.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho de esta iniciativa calificándola de "suma".
--A la tramitación legislativa del proyecto (boletín 15.796-07) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Este proyecto de ley inició su tramitación en el Senado, el cual aprobó un texto compuesto por un artículo único que incorpora en el Párrafo XII del Título Sexto del Libro Segundo del Código Penal un artículo 304 ter, nuevo, con el objetivo de sancionar como delito la tenencia de medios tecnológicos que permitan la comunicación con el exterior desde recintos penitenciarios y no como contravención administrativa a las normas disciplinarias internas del establecimiento.
A su respecto, la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, efectuó una enmienda a dicho texto, consistente en intercalar en el inciso segundo del referido artículo 304 ter la expresión "no autorizada", para precisar que será sancionado con la pena indicada en la norma el funcionario público que, teniendo conocimiento de la existencia no autorizada al interior de un establecimiento penitenciario de cualquiera de los elementos señalados en el artículo 304 bis, omita denunciar el hecho a la autoridad competente.
El Senado debe pronunciarse respecto de la enmienda efectuada por la Cámara de Diputados.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición se transcriben el texto despachado por la Cámara de origen y la modificación introducida por la Cámara revisora.
Es todo, señor Presidente.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señor Secretario .
¿A quién corresponde rendir el informe?
(La Senadora Ebensperger levanta la mano).
Estimada Senadora Luz Ebensperger, tiene la palabra.
La señora EBENSPERGER.-
Gracias, Presidente.
La modificación que hace la Cámara a este proyecto de ley viene directo a la Sala, porque no se consideró necesario que pasara a la Comisión de Constitución, como es la regla general en los terceros trámites, salvo que la Sala dijera otra cosa. Dicha enmienda, Presidente , es menor.
Quiero recordar que la Sala había aprobado por amplia mayoría -creo que fue por unanimidad- este proyecto de ley, que busca introducir un artículo 304 ter, nuevo, al Código Penal para tipificar como delito la tenencia de celulares al interior de las cárceles; y en su inciso segundo establece una sanción al funcionario público que, teniendo conocimiento de la existencia al interior de un establecimiento penitenciario de alguno de esos artículos tecnológicos, no denuncie el hecho.
¿Cuál es la modificación que hizo la Cámara en el inciso segundo? Solamente introducir la frase "no autorizada", con lo cual la norma dice: "El funcionario público que, teniendo conocimiento de la existencia no autorizada al interior de un establecimiento penitenciario de cualquiera de los elementos señalados en el artículo anterior, omitiere denunciar el hecho a la autoridad competente", etcétera.
Presidente , cuando analizamos la iniciativa en la Comisión de Constitución, pensamos que era innecesario incluir la frase "no autorizada", porque ya el inciso primero se refiere a la tenencia no autorizada de tales aparatos, y el inciso segundo se remite al anterior.
Sin embargo, no vemos problema en aprobar la enmienda planteada por la Cámara de Diputados. De alguna manera, no hay una modificación. Unos podrían decir que es redundante, otros podrían decir que perfecciona la norma.
Presidente, estamos de acuerdo con la propuesta de la Cámara. Creo que es innecesaria una Comisión Mixta a raíz de esta enmienda, que no modifica en lo absoluto lo ya aprobado por el Senado.
Por lo tanto, hacemos un llamado a votar a favor del cambio aprobado por la Cámara de Diputados a este proyecto.
Muchas gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
A usted, señora Senadora.
El señor Ministro de Justicia pide intervenir.
Señor Ministro , tiene usted la palabra.
El señor CORDERO (Ministro de Justicia y Derechos Humanos).-
Por su intermedio, señor Presidente, saludo a las Senadoras y a los Senadores presentes.
Tal como ha señalado la Senadora Ebensperger, la Cámara de Diputados agregó la expresión "no autorizada", y la razón fundamental de ello son las explicaciones que dio Gendarmería durante la tramitación en esa instancia.
Gendarmería explicitó que tiene regulado mediante oficio específicamente cuál es el número de celulares autorizados, y solo son los calificados como "teléfono fiscal", los cuales están individualizados en dicha circular. Eso llevó a que la Comisión de Constitución de la Cámara solicitara, para hacerlo explícito, que el funcionario público estuviera en la hipótesis de saber de la existencia de celulares no autorizados, considerando el hecho de que Gendarmería comunica el número de teléfonos fiscales al interior de los establecimientos penales.
Ello, señor Presidente , en el entendido de que, para el Ejecutivo y también para este Parlamento, es esencial la aprobación de este proyecto de ley, que nosotros recomendamos votar favorablemente el día de hoy, porque constituye una herramienta fundamental para abordar los temas de seguridad penitenciaria.
Nada más, señor Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señor Ministro .
Ofrezco la palabra al Senador Cruz-Coke.
El señor CRUZ-COKE.-
Muchas gracias, señor Presidente.
Primero, quiero felicitar a los mocionantes, Senadoras Rincón y Ebensperger y Senadores Kast , Araya y Walker .
Precisamente hoy día son muchas las estafas que se cometen a través de lo que se conoce como el "cuento del tío", por personas que están privadas de libertad, lamentablemente, pero que igual tienen acceso a este tipo de aparatos y a tecnología en lugares donde no debiese existir tal posibilidad, lo que les permite comunicarse con el exterior. Y fue objeto de una larga discusión lo relativo al derecho a la comunicación de personas que están privadas de libertad, más aún si se usa para cometer ilícitos, delitos.
El mayor drama, además, es que la mayoría de quienes son víctimas de engaños suelen ser adultos mayores, mediante situaciones en las que la persona que les solicita un favor o dinero se hace pasar por un familiar, lo que transforma la situación, obviamente, en un hecho muy indignante.
Celebro también que esta iniciativa, como parte de la agenda de treinta y un proyectos de seguridad que tienen que salir de este Congreso antes de fin de año, haya avanzado y que la Cámara de Diputados la haya aprobado por unanimidad. Asimismo, agradezco la disposición del señor Ministro para que esto avanzara finalmente.
Nosotros tenemos que ver las cárceles como lugares donde las personas son enviadas a rehabilitarse. El hecho de que nosotros le demos categoría de delito -y efectivamente, deja de ser falta administrativa- a la internación de elementos tecnológicos que permitan la comunicación hacia afuera y la comisión de delitos por parte de personas que ya están condenadas es, sin duda, un paso adelante. Creo que ese debe ser el espíritu que debe predominar, precisamente, en una sociedad que quiere poner atajo a aquellos que están delinquiendo impunemente, más aún si ello se hace desde las cárceles.
Todavía está pendiente cómo resolver tecnológicamente la posibilidad de inhibir las señales de celulares en las cárceles, asunto que ha sido tremendamente difícil de implementar y llevar adelante. Espero que nos podamos centrar en aquello, como también en modificar la Ley General de Telecomunicaciones para crear registros de usuarios de servicios de telefonía en modalidad de prepago, a fin de saber efectivamente quiénes están detrás de los números que se compran en una tarjeta, con un chip, los cuales ahora son anónimos, por lo que no sabemos quién termina cometiendo esos delitos a través de llamadas que no son identificables.
Toda nuestra bancada va a aprobar este proyecto.
Quiero agradecer nuevamente a los mocionantes, al Gobierno y a la Comisión de Constitución, en particular por haber sacado adelante este proyecto con premura.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
A usted, señor Senador.
¿Les parece que abramos la votación?
Muy bien, así se acuerda.
(Durante la votación).
Tiene la palabra el Senador Van Rysselberghe.
El señor VAN RYSSELBERGHE.-
Muchas gracias, Presidente .
En primer lugar, saludo a los Ministros que nos acompañan: al Ministro de Justicia , don Luis Cordero , y al Ministro Secretario General de la Presidencia , don Álvaro Elizalde .
La iniciativa que hoy nos corresponde votar forma parte del acuerdo firmado por este Congreso Nacional y el Gobierno para priorizar treinta y un proyectos de ley relacionados con la seguridad pública, en un plazo acotado de tiempo, que, si bien no se ha cumplido, ha permitido destrabar y avanzar en temáticas que estaban congeladas, como las relacionadas con este proyecto.
Señalo lo anterior ya que en el año 2022, cuando me correspondió ser parte de la Comisión de Seguridad Pública del Senado, se solicitó en reiteradas oportunidades que un proyecto similar a este fuera tratado por la Comisión, sin que existiera en ese momento la voluntad política del Gobierno (del Ministerio del Interior de aquel entonces) y de los Senadores que lo apoyan para incluir la iniciativa en la tabla.
Quiero agradecer a la Comisión de Constitución del Senado, a los Presidentes de ambas Cámaras y al Gobierno, por haber priorizado este proyecto y permitir, finalmente, que se concrete una medida que ayudará a combatir la crisis de seguridad que se vive en nuestro país.
El objetivo de este proyecto, como bien se ha dicho en las intervenciones anteriores, es simple pero importante: sancionar como delito la tenencia de medios tecnológicos que permitan la comunicación con el exterior de recintos penitenciarios y que dicha conducta ya no sea considerada como una simple contravención administrativa de las normas internas de disciplina del establecimiento.
Como información de contexto, es importante tener presente que, de acuerdo con datos entregados por Gendarmería, cada año se requisan aproximadamente 20 mil dispositivos móviles (celulares) en los recintos penitenciarios del país, cifra que fue superada ampliamente el año 2022, durante el cual se incautaron más de 30 mil dispositivos.
Lo anterior no solamente genera un problema evidente de seguridad pública, en tanto que dichos dispositivos son utilizados para la comisión de delitos desde el interior de los recintos penitenciarios (estafas, por ejemplo), sino que además desnaturaliza la sanción misma que ha sido impuesta a quienes se encuentran privados de libertad, lo que conlleva una restricción a la posibilidad de comunicarse con las personas que están en el exterior en forma libre y permanente.
Es de público conocimiento el mal uso que se hace de celulares al interior de los recintos penales, siendo el caso más emblemático el reciente robo de computadores ocurrido hace unas semanas en el Ministerio de Desarrollo Social, hecho que fue dirigido y coordinado desde el interior de una cárcel.
Por lo anterior, estimamos necesario que la ley le otorgue a esa conducta el mismo tratamiento jurídico que se les da a la tenencia de armas y a la posesión de drogas, considerándola como otra hipótesis de peligro de comisión de delitos, y sancione la tenencia de celulares como un delito y no solo como una falta administrativa a las normas internas de disciplina del establecimiento penitenciario.
Considero que esta nueva norma es un aporte para combatir la delincuencia y mejorar la sensación de seguridad de la ciudadanía en nuestro país, al sancionar de forma directa uno de los nichos donde se realiza y coordina una gran cantidad de delitos con total impunidad hasta el día de hoy.
Es por eso, señor Presidente, que voto a favor del proyecto.
Muchas gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
A usted, señor Senador.
Ofrezco la palabra a la Senadora Ximena Rincón.
La señora RINCÓN.-
Gracias, señor Presidente.
Hoy nos encontramos cerrando la discusión de una moción que presentamos con mis colegas Luz Ebensperger , Pedro Araya , Felipe Kast y Matías Walker , y que busca abordar una situación que ocurre a diario en nuestro país: el porte no autorizado de celulares por parte de reclusos en las cárceles.
Los datos y números presentados en esta moción son altamente preocupantes y evidencian la gravedad y necesidad de rigidizar la legislación en esta materia.
Desde el año 2017, el número de teléfonos celulares en posesión de los presos ha aumentado de manera preocupante. En solo ocho meses del último año registrado, Gendarmería decomisó 17.620 aparatos y tarjetas SIM en manos de reclusos.
Los informes, señor Presidente, revelan que, en promedio, cada preso maneja entre tres y cuatro celulares. Esta situación ha llevado a la realización recurrente de allanamientos masivos por sorpresa con el fin de tratar de controlar la entrada y uso de estos dispositivos en las prisiones.
A pesar del esfuerzo, los resultados son insuficientes, ya que los reos continúan organizando y llevando a cabo delitos desde la comodidad de una llamada o un mensaje de texto.
Como dijo el colega que me precedió en el uso de la palabra, el último hecho que conmocionó a nuestro país se orquestó aparentemente desde una cárcel: un reo hablando más de cuarenta minutos, dando instrucciones y organizando la perpetración de un delito.
Según datos entregados por la ex Ministra de Justicia Marcela Ríos en agosto del año pasado, durante la revisión de la situación de nuestras cárceles se confiscaron 8 mil teléfonos móviles adicionales en 2022, lo que nos demuestra que la problemática persiste y sigue creciendo.
Las cifras más recientes revelan que entre el 2022 y el 2023 se han realizado trece allanamientos masivos a nivel nacional como parte del Plan de Seguridad y Combate contra el Crimen Organizado del Ejecutivo. Tan solo en marzo del presente año, Gendarmería logró incautar 331 celulares desde veintisiete cárceles en un solo operativo.
Esto, claramente, no puede seguir ocurriendo.
Yo quiero agradecer a la Mesa, al Presidente y al Vicepresidente , por haber priorizado esta moción parlamentaria dentro del conjunto de medidas contempladas en la agenda de seguridad. Si no hubiese sido así, no habría entrado en el listado. Y eso obviamente ayudó a que se pudiera despachar.
Quiero agradecer también a la Comisión de Constitución, que vio en este proyecto de ley una forma de hacernos cargo del tema del delito y el crimen organizado.
La modificación introducida por la Cámara de Diputados -ya lo ha expresado la Presidenta de la Comisión de Constitución- no se vio como necesaria en la discusión en el Senado, pero la verdad es que solo refuerza las enmiendas ya aprobadas.
Consideramos que es fundamental entender que no vamos a lograr derrotar al crimen organizado si no somos capaces, todos y cada uno de nosotros, de ponernos de acuerdo en este tipo de materias, que no tienen color político. De hecho, esta misma moción ha sido firmada de manera transversal.
Lo que se persigue es dar respuesta al principal problema identificado por la ciudadanía en nuestro país en todos los estudios y mediciones de opinión pública: la falta de seguridad.
Hoy Chile tiene o debiera tener como norte y desafío abordar esta problemática. No es posible pensar en crecimiento, desarrollo, mejores niveles de educación, mejor salud, si no somos capaces de derrotar la delincuencia.
Quiero agradecer a todos y cada uno de los miembros del Senado y de la Cámara de Diputados por su respaldo y, por cierto, al Ejecutivo, que también colaboró para que este proyecto prosperara.
Gracias, Presidente .
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias, Senadora.
Tiene la palabra el Senador Moreira.
El señor MOREIRA.-
Gracias, Presidente.
Hay un verdadero elefante en las cárceles que nosotros no queremos ver ni hemos podido solucionar. ¡Esa es la verdad! Me refiero al acceso de los internos a la tecnología de las comunicaciones, ya sean celulares, walkie-talkies o lo que sea.
El que un delincuente hoy esté preso no significa que no siga cometiendo delitos fuera de los muros que se supone que lo contienen.
Las estafas telefónicas desde las cárceles de nuestro país son un fenómeno tan recurrente que se presta incluso para hacer chistes por todos conocidos. A ese nivel ha llegado la caricatura de lo que sucede con la delincuencia en las propias cárceles.
Pero eso no es lo más peligroso.
Las redes del crimen organizado no se desmantelan al encarcelar a sus líderes. Estos criminales, ahora encerrados, siguen dirigiendo sus actividades desde las cárceles, dando órdenes desde la comodidad de una celda. Y se da la paradoja de que, estando en prisión, ellos están más seguros que el resto de la ciudadanía, que debe esconderse en sus propias casas.
La presencia de tecnología en las cárceles también supone un riesgo para los propios gendarmes, quienes son amenazados de manera permanente y se ven expuestos en su vida personal y familiar.
¡Cuántas veces hemos dicho esto! ¡Lo mismo! ¡Y poco es lo que se hace!
Establecer como delito la tenencia de celulares y similares, y que ello implique sanciones que involucren perjudicar las posibilidades de acceder a beneficios carcelarios, parece una medida mínima de coherencia ante la violación flagrante de una norma básica: el aislamiento de quien es condenado del resto de la sociedad y de sus cómplices.
También es del todo necesario sancionar ejemplarmente a los empleados públicos que internen estos medios tecnológicos, como gendarmes que, incumpliendo su juramento, se convierten, de manera voluntaria o forzada, en cómplices de actividades criminales.
Por supuesto, la solución más práctica pasa por la instalación de bloqueadores de señal. ¡Claro, eso es lo más fácil! Pero ello, al parecer, no es tan fácil, en especial en cárceles ubicadas dentro del radio urbano, porque también se bloquea la señal de los vecinos al recinto y se impide la comunicación entre gendarmes del mismo penal.
Gendarmería informa que hace allanamientos masivos de forma permanente y que los elementos prohibidos encontrados más recurrentes son armas blancas hechizas y celulares.
Pero, ¿cómo ingresan esas armas blancas hechizas?, ¿cómo ingresan esos celulares?
La modificación realizada por la Cámara es del todo razonable, entendiendo que la prohibición debe excluir los aparatos permitidos, pero que deben estar claramente regulados.
Yo apoyo los cambios realizados por la Cámara y voy a votar a favor para que este proyecto sea ley a la brevedad, ¡porque eso es lo que se necesita!
En el último tiempo, una cosa son los indicadores, las encuestas, pero otra muy distinta es el temor que siente la población, la ciudadanía. Está instalado en el corazón de la gente el miedo a ser objeto de un ataque artero de la delincuencia en cualquier parte de Chile.
Todos sabemos que, lamentablemente...
Le pido un minuto más, Presidente .
¿Son diez minutos? ¿Es en general esta discusión?
El señor COLOMA (Presidente).-
No, Senador: estamos en el tercer trámite del proyecto.
El señor MOREIRA.-
¡Ah! Son enmiendas de la Cámara de Diputados.
El señor COLOMA (Presidente).-
Estamos en el tercer trámite.
El señor MOREIRA.-
Perfecto.
Termino diciendo, Presidente , que el sicariato, la tortura a la persona secuestrada por parte del delincuente, toda esta violencia inusitada, son delitos y modos de actuar que hemos importado de países como Colombia y Venezuela, donde hay crimen organizado: la dictadura de Maduro se deshizo de por lo menos cincuenta mil venezolanos con antecedentes, y quizás más. Sin embargo, se trata de un flagelo permanente con el que debemos convivir. No estábamos acostumbrados a este tipo de delincuencia, de violencia despiadada, en que -repito- se tortura a la gente que ha sido secuestrada.
Claramente aquello no lo veíamos: no sucedían el secuestro, el sicariato, en fin. Lo preocupante es que cuando los delincuentes fuertemente armados atacan a las personas y estas les entregan lo que poseen igual las matan, como si fuera una nueva cultura de la muerte, cuestión que debemos combatir con las armas que entrega la ley, pero también dotando a las Policías y a Gendarmería de las atribuciones y de los medios necesarios para detener esto de una vez por todas.
Voto a favor.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias.
Senador Walker, tiene la palabra.
El señor WALKER.-
Muchas gracias, Presidente.
Quiero saludar al Ministro de Justicia , Luis Cordero Vega , y agradecerle su apoyo a esta moción, que presentamos junto a las Senadoras Ximena Rincón y Luz Ebensperger y a los Senadores Kast y Araya , que tipifica el delito de tenencia de elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior.
Esto es lo primero que hay que explicar. Porque el otro día me tocó participar en una entrevista con el periodista Rodrigo Sepúlveda , en que preguntaba por qué esto antes no era delito, ya que parece tan obvio que se sancione como delito la tenencia por parte de personas privadas de libertad de celulares o intercomunicadores de distinto tipo para comunicarse con el exterior. Ocurre que hasta ahora era delito el ingreso de estos elementos tecnológicos, mas no la tenencia propiamente tal. Ese vacío es el que viene a llenar este proyecto.
Antes, como se ha dicho muy bien, la tenencia de esta clase de aparatos era una falta, y de los funcionarios de Gendarmería; no estaba tipificado como delito. Ahora, mediante este proyecto, se castiga como delito con penas de hasta tres años de cárcel. Y no solo eso, sino que además se sanciona la omisión de aquellos funcionarios que, teniendo conocimiento de la utilización de estos elementos tecnológicos, no dan aviso y no hacen la denuncia respectiva, estando obligados a ello naturalmente.
En realidad, me parece una obviedad innecesaria el cambio que hizo la Cámara de Diputados. Pero bueno: dicen que lo que abunda no daña. La verdad es que las palabras de la ley se entienden en su sentido natural y obvio, de acuerdo con las reglas de interpretación en la materia del Código Civil.
No obstante, me alegro mucho de que finalmente estemos despachando, en tercer trámite -el último-, este proyecto de ley, que efectivamente atiende a la nueva criminalidad: los sicariatos, los secuestros son delitos que muchas veces se realizan desde las cárceles. Hemos tenido ejemplos recientes de todo tipo de delitos que se planifican y se cometen desde los recintos penitenciarios.
Por eso es tan importante este proyecto, que obviamente es complementario al uso de tecnologías para bloquear las señales de los celulares. Pero el hecho de establecer como delito con penas de hasta tres años la tenencia de teléfonos o intercomunicadores para cometer delitos desde el interior de las cárceles resulta fundamental.
Ello, ciertamente, debe ser complementado con algo que han dicho tanto el Ministro de Justicia como el Fiscal Nacional, Ángel Valencia: la necesidad de avanzar en la segregación de la población penal, no mezclar a los internos. Conversamos con la asociación de gendarmes de la cárcel de Huachalalume, que está en la intersección de la comuna de Coquimbo con la comuna de La Serena, acerca de la necesidad de no mezclar a aquellos condenados primerizos con los internos reincidentes, porque muchas veces el crimen organizado comete sus delitos desde las cárceles.
Por eso es tan relevante que se apruebe finalmente este proyecto, que impulsamos con las Senadoras Rincón y Ebensperger y con los Senadores Kast y Araya, a fin de despacharlo como ley de la república y como parte de la agenda de treinta y un proyectos sobre seguridad ciudadana.
Gracias, Presidente .
He dicho.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muchas gracias, Senador.
Pido autorización de la Sala para que me reemplace en la testera el Senador Prohens, ya que el Senador Huenchumilla está en una actividad de la Corporación, a la cual también debo asistir.
Acordado.
Tiene la palabra el Senador Insulza.
(Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidente accidental, el Senador señor Prohens).
El señor INSULZA.-
Presidente, voy a ser muy breve, porque creo que se ha exagerado bastante en la discusión de este proyecto.
En realidad, este tema ya fue abordado, como se ha dicho aquí, en la ley N° 21.494, de noviembre de 2022, que solo agregó los celulares y otro tipo de aparatos similares a una lista bastante larga de elementos cuyo ingreso a la prisión se encontraba prohibido. Originalmente era una ley mucho más larga, pero finalmente, producto de diversas indicaciones, se redujo a los celulares y a algunos otros aparatos que no habían sido considerados.
Eso está bien, y felizmente la ley está vigente: no se ha suspendido su aplicación por el hecho de presentarse algún otro proyecto.
Pero luego algunos Senadores tuvieron información de que había muchos de estos artefactos dentro de las cárceles, y por lo tanto llegaron a la convicción de que no solamente debía ser delito el ingresarlos, sino también el tenerlos.
Esa fue una buena conclusión, y está bien.
Pasaron todavía algunos meses de discusión, y a una figura que era una falta -también estoy de acuerdo- se le agregó un grado a fin de que se sancionara con presidio menor en su grado mínimo y suspensión para el ejercicio del oficio al funcionario público que tuviera conocimiento de la existencia de este tipo de aparatos y no hiciera la denuncia respectiva.
Eso está bien.
Ahora, lo de hoy es bastante raro, porque alguien llegó a la conclusión de que faltaba contemplar la situación del abogado defensor, al cual le asiste el derecho a tener un teléfono para comunicarse con su cliente, que, por cierto, tiene derecho a defensa, por lo que había que considerar alguna excepción. Creo que debe ser muy poco usual que un defensor público no informe que está entrando con un celular o que tiene uno para hablar con su defendido. Pero bueno, esa situación ahora está cubierta aquí.
Presidente , no voy a entrar a la discusión de si el defensor penal público es funcionario público o no, porque evidentemente lo es; solamente llamo la atención en el sentido de que llevamos bastante rato discutiendo una corrección a un buen proyecto de ley que ya fue enmendado. Y tenemos que pasar varios meses en esto mientras, como han dicho algunos Senadores acá, se siguen cometiendo todo tipo de delitos. Porque todas las cosas que, por ejemplo, mencionó el Senador Walker hace un momento -por su intermedio, Presidente - están ocurriendo en este instante en las cárceles, cuando ya hay una ley que las prohíbe. El caso de la señora que fue llamada por su nieto para que fuera a buscar unos computadores a una esquina ya estaba cubierto por la ley y se encontraba penado: el señor estaba usando un teléfono que no debía tener.
Entonces, tal vez debimos preocuparnos más, y aquí estoy seguro de que el señor Ministro está centrado mayormente en aplicar bien las leyes que en hacerles correcciones tan preciosistas.
No considero necesaria la modificación planteada, pero la voy a aprobar, porque realmente hay que sacar esta ley ya.
Muchas gracias, Presidente .
El señor PROHENS (Presidente accidental).-
Gracias, Senador.
Tiene la palabra el Senador Karim Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Muchas gracias, Presidente.
Voy a colocar una recreación.
(El Senador hace escuchar a la Sala un audio desde su teléfono celular, en que se señala: "Mire, usted habla con el Ministro Jackson . Acabo se sufrir todo lo que es un accidente vehicular. A producto de esto van a ir tres niños de overol blanco; son sobrinos míos. Se van a apersonar ahí, al Ministerio, para retirar veintitrés computadores del tipo laptop. Así que para que...).
Bueno, esta recreación es lo que todos los días se ha comentado en los distintos medios de comunicación; puede parecer ridícula, y lo es, pero no está lejos de lo que viven a diario las personas, pues cientos de ellas están siendo estafadas todos los días.
Hay tráfico de datos cuando uno se mete a una página de compraventa, cuando realiza transacciones bancarias. Hasta para acceder a una oferta de mortadela el supermercado le pide los datos, y luego se entera de ellos el que se encuentra en la cárcel.
Es tan vulnerable el sistema que uno, ¿qué le puede pedir a la señora? Que se cuide, como lo hacen algunas campañas: "Mire, cuídese de las llamadas", si son capaces de limpiar hasta los computadores de un Ministerio.
No quiero imaginarme, así como un delincuente supuestamente común tiene de cabeza o tomada toda la agenda nacional en los medios de comunicación, quién está detrás de esto, dónde está la caja fuerte, cómo se ejecutó el delito.
Entonces, cómo le puedo pedir a la gente que se mete a una página para hacer una transacción bancaria que tome medidas de seguridad. ¡No quiero imaginar si esto pasa, por ejemplo, en el Ministerio de Defensa!
Reitero: el nivel de vulnerabilidad es alto.
¿El proyecto sirve? Sí, pero de aquí a que solucione el problema de las estafas hay una distancia enorme. Y si pensamos que esta es una solución, creo que estamos en un error. Porque seguro que en este momento algunos reos nos están viendo en los penales a través de sus teléfonos -¡aprovecho de saludarlos...!- riéndose de la velocidad de nuestro trabajo, de la inteligencia que se está aplicando en la materia.
Hay delincuentes que, sinceramente, aparte de ser a lo menos más inteligentes que yo y que muchos de los que manejan la inteligencia, van un paso adelante. En Chile la delincuencia va un paso adelante respecto de la tramitación de la ley, de los organismos de orden y seguridad.
La otra vez recibí mensajes -porque no solamente Jackson tiene doble- del Senador Walker pidiéndome cien lucas; del Senador Moreira . Y no eran de ellos, sino de personas que habían clonado los teléfonos de mis colegas.
¡Traspasan, pues, todas las normas de seguridad!
Hoy día tener un teléfono en la cárcel no es delito: está prohibido por reglamento, pero en la práctica no tiene sanción penal, al menos hasta ahora.
A fin de explicarlo en palabras fáciles, lo que busca este proyecto es tipificar el delito de tenencia de teléfonos celulares o aparatos tecnológicos que permitan intercomunicarse dentro del penal o comunicarse con el exterior, para lo cual se establecen sanciones que van desde los sesenta y un día hasta los tres años y un día para los privados de libertad que lo cometan o para los funcionarios públicos que omitan denunciar la tenencia de estos dispositivos.
Hace no mucho Gendarmería realizó uno de los allanamientos más grandes en la historia penitenciaria chilena: sesenta y siete cárceles, en las cuales se incautaron más de dos mil armas blancas; mil teléfonos celulares, cerca de 2,8 kilos de droga. ¡Lamentablemente, no alcanzaron a quitarle el teléfono al doble del Ministro Jackson ...!
Lo complejo es que la mayoría sabemos cómo ingresa la droga a los penales, cómo entran los teléfonos, y aún así no podemos hacer nada, porque esta es una arista sobre la que debemos legislar; por ejemplo, en el caso de los famosos peloteros, que a veces pasan hasta PlayStation al interior de los recintos penales.
Para un gendarme ingresar, por ejemplo, a un box de delincuentes extranjeros o de alta complejidad es casi una proeza: sabe que va a entrar, pero desconoce si va a salir. Sin embargo, los gendarmes son los únicos fiscalizadores posibles de esta nueva ley. Reamente ellos carecen de herramientas; incluso falta darle dignidad al trabajo que deben realizar: hay que dotarlos de todos los implementos, y hasta establecerles un sueldo decente.
Resultan preocupantes las represalias para los gendarmes, sobre todo si consideramos el deber que tienen de informar la posesión de teléfonos por parte de los internos. Si hoy vemos que los reos cuentan con más control y poder que los gendarmes, imagino el miedo que estos pueden tener en el desempeño de sus funciones.
Voy a aprobar la enmienda propuesta respecto de este proyecto, pero no debemos perder de vista el problema de fondo, que no radica en las penas, sino en cómo apoyar el trabajo, la fiscalización, la labor de Gendarmería, entregando las herramientas y garantías necesarias para resguardar la integridad de los gendarmes y asegurar el cumplimiento de su deber.
Gracias, Presidente .
El señor PROHENS (Presidente accidental).-
Gracias, Senador.
Le ofrezco la palabra al Senador Gustavo Sanhueza.
El señor SANHUEZA.-
Gracias, Presidente.
Sin duda este proyecto de ley, que tipifica como delito la tenencia de aparatos electrónicos, de teléfonos al interior de los recintos penitenciarios, es un avance.
La historia ha demostrado que el crimen organizado nace en las cárceles, y que a través de estos aparatos finalmente se cometen crímenes de la mayor gravedad, lo cual era por todos sabido.
Pero lamentablemente en la ley, como se dijo con anterioridad, eso no estaba tipificado como delito, y por lo tanto, solo era una infracción administrativa.
También tenemos claridad en cuanto a que la manera correcta de evitar esto es inhibiendo las señales que salen desde los recintos penitenciarios. Y ese es el desafío que tiene el Gobierno hoy -y aprovecho de saludar al Ministro Cordero , con quien hemos conversado un poco este tema-: implementar finalmente esta medida al objeto de que pueda inhibir la salida de la señal, porque lo otro es posterior a la comisión del delito.
Aquí mucho se ha hablado de lo que ocurrió en la Cartera de Desarrollo Social, encabezado por el Ministro Jackson , donde además la llamada dura más de cuarenta minutos, lo que ya igualmente es una anormalidad, porque quiere decir que el reo que estaba cometiendo o dirigiendo este delito en dicho Ministerio tuvo todo el tiempo del mundo para hablar desde un recinto penitenciario. Esto habla también de las falencias que tenemos en el resguardo de lo que están haciendo efectivamente los reos al interior de los recintos carcelarios.
Se trata de un avance, pero que además permite visibilizar el tema. Y es un llamado que se le hace al Gobierno, porque sabemos que esto no va a eliminar el que se sigan cometiendo las estafas telefónicas, o -y es lo más grave- dirigiendo las operaciones de las organizaciones tanto criminales como de narcotráfico desde los propios recintos penitenciarios.
Eso es de la máxima gravedad, porque cuando se hace una investigación y se logra la detención, juzgamiento y condena de una banda hay todo un trabajo, todo un esfuerzo del Estado para sacarla de circulación. Pero estos grupos de delincuentes siguen operando dirigidos desde la propia cárcel.
Entonces, todo ese esfuerzo resulta infructuoso.
Por ello, Ministro, pienso que hoy el llamado es a ser capaces de inhibir las señales que se emiten desde los recintos penitenciarios, de manera de poder cortar esa línea de comunicación.
Esa es la solución definitiva que realmente va a dejar aislados a estos grupos delictuales, que tanto daño le hacen a nuestra sociedad, en que más encima quienes las dirigen están resguardados al interior de los propios recintos penitenciarios.
Creo que esta iniciativa de ley es importante, porque forma parte de los treinta y un proyectos que el Presidente del Senado denominó como " fast track legislativo en seguridad", al que se sumó la Cámara de Diputados y luego el Gobierno, y por lo tanto, tenemos la responsabilidad de aprobarla con la celeridad que se requiere para que aquellas personas que posean este tipo de instrumentos al interior de las cárceles a lo menos sean objeto de una sanción punitiva.
Por todo lo expuesto, voto a favor, Presidente .
El señor PROHENS (Presidente accidental).-
Gracias, Senador.
Tiene la palabra el Senador Sebastián Keitel.
El señor KEITEL.-
Gracias, Presidente.
Actualmente existe una ley que sanciona el ingreso de dispositivos electrónicos al interior de los recintos penitenciarios, pero sabemos que no es suficiente. El mal uso de estos aparatos no solo afecta el clima y la convivencia al interior de las cárceles, sino también a quienes estamos fuera de ellas, ya que nos exponemos a estafas telefónicas, a extorsiones y a una serie de ilícitos por parte de los reclusos, que siguen con la actividad delictiva a pesar de encontrarse privados de libertad.
Por ello resulta urgente avanzar en este tipo de proyectos, pues en los últimos años ha existido un creciente control de las bandas criminales que operan desde el interior de los penales chilenos. De acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, el año 2022 se incautaron cerca de treinta y un mil teléfonos celulares, y en lo que va de este año, poco más de cinco mil.
Sin ir más lejos, el robo que afectó al Ministerio de Desarrollo Social, según los antecedentes de la investigación, involucra a reos de la cárcel de Puente Alto. ¿Cómo es posible esto? Este enigmático robo nos vuelve a recordar la importancia de frenar la coordinación del crimen organizado y el acceso que tienen estos delincuentes a elementos tecnológicos.
El objetivo de esta moción es tipificar el delito de tenencia de teléfonos celulares, chips o aparatos tecnológicos que permitan comunicarse dentro o fuera del penal, ya que, hasta ahora, la tenencia se ha considerado simplemente como un incumplimiento de las normas internas de disciplina del establecimiento.
Hay que poner mano dura y tomar las medidas correspondientes para que no se sigan orquestando delitos desde dentro de los centros penitenciarios de nuestro país, pues la criminalidad se va adaptando a los avances tecnológicos y, por lo mismo, debemos estar preparados para combatirla.
Mi voto es a favor, Presidente .
Gracias.
El señor PROHENS (Presidente accidental).-
Gracias, Senador.
Tiene la palabra el Senador Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA.-
Muchas gracias, Presidente.
Creemos claramente que este no es un proyecto que vaya a solucionar todas las problemáticas que hoy día afectan a la ciudadanía y que se determinan en función de una serie de delitos que se provocan desde el interior de los recintos penitenciarios.
Como se ha dicho con mucha exactitud, aquí estamos en presencia de un proyecto de ley que va a tipificar el delito de tenencia de intercomunicadores, teléfonos celulares, chips telefónicos y otros elementos tecnológicos que permiten intercomunicarse dentro del penal o comunicarse con el exterior.
Esta iniciativa sanciona dichos hechos con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, que va de quinientos cuarenta y un días a tres años y un día. Esta pena, en su tramo mínimo, va de quinientos cuarenta y un días a ochocientos dieciocho días, y en su tramo máximo, de ochocientos diecinueve días a mil noventa y cinco días.
El proyecto, como aquí se ha planteado, busca reducir la cantidad gigantesca de hechos delictuales que se generan desde el interior de las cárceles, situaciones que ocurren en el día a día y que dañan, sobre todo, a gente de nuestra clase media, de los sectores más vulnerables, que es engañada en la compra de vehículos y en una serie de otros hechos que son lamentables. Obviamente, hablo de compras de vehículos absolutamente fraudulentas, mediante operaciones de engaño, de extorsión, provocadas -repito- desde el interior de las cárceles.
Evidentemente, penalizar este tipo de conductas no va a solucionar todos los problemas de fondo.
Escuchaba los planteamientos y las discusiones y muchos decían que lo que aquí se debe hacer es, simplemente, a través de elementos tecnológicos, poner restricciones absolutas a la señal telefónica dentro de los recintos penitenciarios. Pero tengo entendido que, cuando se ha intentado aplicar medidas de ese tipo, han sido insuficientes, ineficientes, y también han provocado problemas no solo al interior de las cárceles -porque los gendarmes no pueden quedar incomunicados durante las ocho horas que duran sus turnos-, sino también con la sociedad civil, es decir, con las poblaciones circundantes a los centros penitenciarios. Lo señalo para que quede clara cuál ha sido la postura en esta materia.
Creemos que es un avance importante -por cierto, lo vamos a votar a favor-, porque creemos que, de una u otra forma, el proyecto de ley va a generar una disuasión significativa de este tipo de hechos delictuales que se provocan desde el interior de recintos penitenciarios.
Pero tampoco hay que perder el foco respecto de que esos celulares llegan bajo diferentes modalidades al interior de los centros penitenciarios. Ello no ocurre solo a través de estas pelotas que lanzan desde fuera de los recintos, dentro de las cuales también van teléfonos celulares. Estos elementos son ingresados, además, por profesionales que llegan a atender a los reclusos y, lamentablemente, por funcionarios de una institución tan importante como Gendarmería, que también se han visto involucrados en estos hechos.
Entonces, como señalaba, tampoco hay que perder el foco de la discusión en tipificar el delito solo respecto de quienes están recluidos, sino que también se debe extender a todos aquellos que aparezcan intentando incorporar elementos tecnológicos a los centros penitenciarios.
Presidente, voto a favor de este proyecto. Creo que es un avance. No soluciona todos los problemas de fondo, pero sí creemos que puede ser un elemento disuasivo para bajar los altos índices y los miles de celulares que hay al interior de las cárceles.
He dicho, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señor Senador.
Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, Honorable Sala, por supuesto que vamos a apoyar este proyecto.
Como usted bien sabrá, el año 2017 Gendarmería de Chile requisó 17.620 teléfonos celulares y tarjetas SIM que se encontraban en poder de personas privadas de libertad. Y un gran número de delitos cometidos en nuestro país proviene desde el interior de las cárceles, lo que es consecuencia de un procedimiento garantista, en que existe más preocupación por los derechos de los victimarios que por los derechos de las víctimas.
Por eso hemos promovido, a través de proyectos de acuerdo, la necesidad de contar con elementos tecnológicos que permitan bloquear las señales de telefonía.
En algún minuto ello se implementó, durante la Administración del Presidente Piñera, y se provocaron algunas dificultades de bloqueo de señal a las personas que habitaban lugares que circundaban los recintos penitenciarios.
Hoy día la tecnología es distinta. De hecho, hace poco tuve la oportunidad de conocer tecnología que se está desarrollando en países como China o Estados Unidos que bloquea lugares específicos de una casa habitación o de un recinto penitenciario, en este caso.
Por tanto, creemos que va en la dirección correcta establecer estos tipos penales.
Creemos, sin lugar a dudas, que la sugerencia que ha incorporado la Cámara de Diputados también va en la orientación correcta.
Desde el punto de vista de la descripción del tipo penal, a través de un artículo único se incorpora en el párrafo XII del Título Sexto del Libro Segundo del Código Penal un nuevo artículo 304 ter.
En la Comisión de Constitución se revisaron las indicaciones al proyecto y se aprobó un texto que establece una descripción del nuevo tipo penal que también considera como sujeto activo al funcionario público que omita la denuncia, la exención de responsabilidad para el abogado defensor que omita la denuncia, y suma sanciones a las administrativas ya establecidas por Gendarmería.
Por tanto, creemos que la iniciativa va en la dirección correcta.
La tenencia de elementos prohibidos en las cárceles se ha utilizado de manera histórica para cometer una serie de delitos de estafa dentro de los mismos penales, por lo que es positivo sancionar este tipo de conductas.
Es necesario dar una respuesta sistémica a la temática delictiva que se ha producido. No es posible que dentro de las mismas cárceles se generen delitos.
El Centro de Justicia, donde se encuentran los juzgados de garantía y los tribunales orales en lo penal, está contiguo al centro de detención Santiago 1 , razón por la cual no se ha podido implementar un bloqueador de señal, debido a la falta de solución del problema. Como he señalado, las nuevas tecnologías están avanzando en aquello.
En tal sentido, el Poder Legislativo plantea este nuevo tipo penal, que desincentivará la internación de teléfonos debido a la pérdida de beneficios penitenciarios.
Por tanto, creemos que este proyecto va en la dirección correcta, y nosotros lo vamos a aprobar. Por supuesto que estoy hablando en nombre de la bancada del partido, que también va a votar favorablemente.
He dicho, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señor Senador.
Tiene la palabra el Senador Kenneth Pugh.
El señor PUGH.-
Muchas gracias, señor Presidente.
Por su intermedio, saludo al Ministro de Justicia , presente en la Sala, porque mi intervención se relaciona no solo con Gendarmería y el trabajo que se desarrolla en los recintos penitenciarios, sino con un tema mucho más profundo, sobre el cual también debemos debatir: la suplantación de identidad.
Estamos hablando no solo de suplantación física o documental, sino también de aquella que se produce por un medio verbal, o quizás la más importante hoy, la suplantación de la identidad digital: cuando una persona, a través de credenciales -un nombre de usuario y una clave- es capaz de ingresar a los sistemas de otra persona, suplantarla, sustraer dinero o, incluso, dañar su reputación, si afecta a sus redes sociales. Esos son sucesos que vemos a diario y por eso no nos debe extrañar.
Hoy la convergencia digital avanza a que lo físico y lo digital no sean separables.
Por lo tanto, tenemos que reconocer que hay un problema de fondo.
Entonces, la pregunta es cuál será la identidad digital que va a entregar el Estado de Chile. No hablo del sistema de clave única de credenciales -nombre de usuario y clave-, sino de aquella robusta, con segundos o terceros factores de autenticación. En tal sentido, cabe mencionar específicamente el rol que cumple el Registro Civil en esta tarea, que en otros lugares del mundo tiene, por ejemplo, asociado el número de teléfono móvil con la persona para que el Estado pueda hacer una notificación. Habrá que determinar cuál será el sistema de notificación estatal establecido para las personas privadas de libertad, porque el Estado debe llegar con aquellas notificaciones que son personales.
Por lo tanto, asociar a una persona a un RUT y a un número de teléfono es algo que puede ser parte de nuestra normativa, en que todos debamos tener asociados esos datos. El problema es cómo se cautela otro de los requerimientos que hemos establecido, consistente en que los privados de libertad además queden privados de la comunicación con el exterior, a menos que sea controlada o regulada. Y ese derecho a comunicación debe ser utilizado para dichos efectos y no para cometer delitos.
Aquí entra en escena un problema tecnológico.
Muchos se han referido al bloqueo intencional de señales de telecomunicaciones, conocido como jamming. Bueno, son técnicas muy antiguas que generan las externalidades que hemos conocido. Pueden servir en recintos carcelarios alejados de la población, pero ahí se afecta a todos por igual. Hoy la tecnología permite conocer exactamente el número de serie de cada equipo, el famoso IMEI, un código numérico que identifica al equipo de comunicaciones, como también la tarjeta SIM asociada. Son dos elementos con dos números distintos.
Las compañías saben específicamente, cuando se producen las comunicaciones, qué equipo, qué número de serie y qué tarjeta está siendo usada. Porque un supuesto que debemos manejar como hipótesis es que alguien esté usando el teléfono de alguien y cambiando el chip, vale decir, usando un medio tecnológico para acceder a una comunicación e incurriendo en algo que no queremos que ocurra: un delito.
Esa tecnología está disponible. Son las famosas listas negras que bloquean ciertos números y que no necesariamente corresponden a un número telefónico. Hemos señalado que un número telefónico se puede asociar a una persona, pero un equipo y una tarjera SIM tienen que ir juntos, lo que nos permite saber qué hacer y si se va a autorizar su uso dentro de un perímetro. Con la precisión que poseen las señales hoy en día y por los tiempos de retardo para moverse -básicamente, es una diferencia de tiempo-, uno puede calcular ciertos polígonos y establecer áreas en donde solo se autoricen teléfonos con ciertos números, y el resto queda bloqueado. O sea, usemos primero tecnología, pero entendamos que tal vez todas las personas deban tener asociado un número de teléfono como parte de la verificación de su identidad digital para diversas situaciones. Podría usarse, incluso, para un sistema de votación digital a futuro.
Entonces, no podemos generalizar. Tenemos que hacer política pública de siglo XXI, entender las tecnologías y ocuparlas.
Yo me alegro de que al menos el tipo penal esté correctamente tipificado, porque la persona puede haber tenido acceso a un dispositivo móvil por las diferentes razones que se mencionaron; incluso hoy en día puede ser lanzado por un dron, como ya lo estamos viendo.
Y eso es lo más importante. No queremos que aquellos que no están autorizados puedan comunicarse, porque están violando algo que ya está establecido; y no deseamos que, peor aún, se generen delitos desde los recintos carcelarios, porque eso atenta contra aquello que queremos: que las personas se puedan reinsertar, y para eso deben pasar por un proceso en que el tiempo de cumplimiento de condena sea para algo beneficioso, útil para el país.
Por eso, señor Presidente, voto a favor.
Gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Senador.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Señor Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la enmienda introducida por la Cámara de Diputados (40 votos a favor y 1 pareo) y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Órdenes, Pascual, Rincón y Vodanovic y los señores Bianchi, Castro González, Castro Prieto, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Durana, Edwards, Espinoza, Gahona, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Latorre, Moreira, Núñez, Ossandón, Prohens, Pugh, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza, Soria, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker.
No votó, por estar pareado, el señor Macaya.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Vamos, señor Secretario , a la siguiente iniciativa.
INCORPORACIÓN DE ESCUELA DE GENDARMERÍA DE CHILE COMO INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR RECONOCIDA OFICIALMENTE POR EL ESTADO Y REGLAS ESPECIALES PARA SU PROCESO DE ACREDITACIÓN
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
El señor Presidente pone en discusión en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que posibilita la incorporación de la Escuela de Gendarmería de Chile dentro de aquellas instituciones de educación superior que el Estado reconoce oficialmente e incorpora reglas especiales para su proceso de acreditación, iniciativa correspondiente al boletín N° 14.879-04.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho calificándola de "suma".
--A la tramitación legislativa del proyecto (boletín 14.879-04) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Este proyecto de ley fue aprobado en general en sesión de 30 de mayo de 2023 y cuenta con informe de la Comisión de Hacienda.
Sobre su tramitación legislativa, cabe recordar que la Comisión de Educación fue autorizada para discutir en general y en particular el proyecto de ley durante el trámite reglamentario de primer informe, oportunidad en la cual introdujo enmiendas a la iniciativa y el texto resultante fue propuesto a la Sala, que lo aprobó en general.
Tras todo ello, fue dispuesto el respectivo plazo para presentar indicaciones y, por no haberse formulado dentro del mencionado término, el proyecto fue remitido a la Comisión de Hacienda para su informe.
Dicha Comisión, por su parte, se pronunció acerca de las normas de su competencia, esto es, el artículo 2 permanente y el artículo transitorio de la iniciativa. Y deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no introdujo enmiendas al texto despachado por la Comisión de Educación en su informe.
Consigna, asimismo, que las mencionadas disposiciones de su competencia fueron sancionadas por la unanimidad de sus integrantes, Honorables Senadores señores Coloma, García, Insulza, Lagos y Núñez.
Finalmente, propone a la Sala adoptar igual resolución, aprobando la iniciativa en trámite.
En consecuencia, las disposiciones del proyecto de ley aprobado en general no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones y, por lo tanto, deben darse por aprobadas en particular, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador , con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
El texto cuya norma se propone aprobar en particular se transcribe en las páginas 10 y siguientes del informe de la Comisión de Hacienda.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición se transcribe el texto de la iniciativa sancionada en general, que, como se dijo, corresponde al proyecto despachado en su oportunidad por la Comisión de Educación y respecto del cual la Comisión de Hacienda no introdujo modificaciones.
Es todo, señor Presidente.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Secretario .
Corresponde conocer el informe de la Comisión de Hacienda. Y como entiendo que lo va a entregar el Senador Juan Antonio Coloma, le ofrezco la palabra.
El señor COLOMA.-
Gracias, Presidente.
Vengo a informar respecto de aquello que a la Comisión de Hacienda le correspondió conocer acerca del proyecto que posibilita la incorporación de la Escuela de Gendarmería de Chile dentro de aquellas instituciones de educación superior que el Estado reconoce oficialmente y establece reglas especiales para su acreditación.
Esto ha sido muy importante para Gendarmería de Chile. Es una aspiración muy antigua establecer que dentro de las instituciones de educación superior reconocidas oficialmente por el Estado esté la Escuela de Gendarmería.
A nosotros nos tocó ver básicamente cómo se adecúan los requisitos de ingreso a la Escuela de Gendarmería a aquellos dispuestos en las normas generales de la educación superior, y cómo establecer un marco especial y específico para la Escuela de Gendarmería respecto al período previo al inicio de su proceso de acreditación.
Recordemos -y ustedes lo pueden ver en el texto del proyecto- que hay un plazo de siete años para que la Escuela de Gendarmería comience su proceso de acreditación desde el momento en que esta sea reconocida, en tanto existan -y esto es textual- a lo menos dos cohortes de alumnos que hubieren egresado de ella.
Y se establece un procedimiento de supervisión, a cargo del Consejo Nacional de Educación, que se desarrollará hasta que esta Escuela se presente al procedimiento de acreditación.
Para estos efectos se contemplan modificaciones al DFL N° 1.791, que establece el Estatuto de Personal perteneciente a las Plantas I y II de Gendarmería de Chile, incorporando o modificando los requisitos de ingreso respecto a la licencia de educación media, no haber sido condenado por crimen o simple delito, y haber rendido la prueba de selección universitaria u otro instrumento de acceso a la educación superior.
El Subsecretario de Educación hizo mucha fuerza en lo importante que era para la Escuela de Gendarmería avanzar en esta línea, estableciendo una serie de cambios adicionales a los requisitos, hasta físicos, que requieren las personas para ingresar a esta institución.
Ahora, a nosotros más nos compete lo referido al financiamiento. Recordemos que este proyecto se vio originalmente en la Comisión de Educación y después pasó a Hacienda, como se decía, "en su caso", en lo que tiene que ver con los gastos del Consejo Nacional de Educación para el proceso de supervisión a la Escuela de Gendarmería, el que se desarrollará hasta que esta se presente al procedimiento de acreditación. Este proceso considera un costo total anual de 3.809.905 pesos. El foco de supervisión tiene que ver con "acompañamiento y la mejora institucional" de los recursos, según se explica en la tabla correspondiente.
El mayor gasto fiscal que representa la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, y en los años siguientes -por eso es importante que se fije por ley- se considerará anualmente en la Ley de Presupuestos respectiva.
Presidente, el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Hacienda; por tanto, nuestra recomendación es que la Sala proceda de igual manera.
He dicho.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Senador.
Ofrezco la palabra.
No tenemos a nadie inscrito.
El señor COLOMA.-
¿No hay nadie de Educación?
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
No veo a los miembros de la Comisión de Educación.
Me dicen que no correspondería un nuevo informe, porque no se presentaron indicaciones luego de la aprobación en general.
El señor COLOMA.-
¿Y el Ministro ?
El señor CORDERO ( Ministro de Justicia y Derechos Humanos).-
Sí, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
El señor Ministro me ha pedido intervenir.
Señor Ministro , tiene la palabra.
El señor CORDERO ( Ministro de Justicia y Derechos Humanos).-
Muchas gracias, señor Presidente .
Por su intermedio, nuevamente saludo a las Senadoras y a los Senadores presentes.
Solo quiero reiterar lo que el Ejecutivo señaló en la discusión en general luego del informe de la Comisión de Educación.
Este proyecto de ley es extremadamente importante para la modernización de Gendarmería. El reconocimiento como institución de educación superior y el mecanismo para la acreditación establecidos en el proyecto están dentro del marco general de modernización de la misma.
Este Senado acaba de aprobar una iniciativa, que será promulgada y publicada como ley en los próximos días, que prohíbe la tenencia de celulares a personas privadas de libertad. Pero también este Senado y este Congreso han estado preocupados por la implementación de la infraestructura penitenciaria.
Para que todo eso funcione adecuadamente y Gendarmería cumpla la finalidad de custodia pero también de reinserción, permitir el establecimiento de Gendarmería como una institución de educación superior es clave en su proceso de formación.
Por lo tanto, tal como lo señalé en la intervención de las sesiones anteriores de la Comisión de Educación, reiteramos la voluntad expresada por ustedes y el agradecimiento de permitir que esta institución sea efectivamente modernizada, para lo cual este proyecto es esencial en el proceso de formación de las plantas de Gendarmería.
Nada más, señor Presidente .
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Muchas gracias, señor Ministro .
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
(Luego de unos instantes).
Cerremos la votación, Secretario .
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
El señor COLOMA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto (28 votos favorables y 1 pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Órdenes y Pascual y los señores Castro Prieto, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Gahona, García, Huenchumilla, Kast, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Latorre, Prohens, Pugh, Saavedra, Sanhueza, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker.
No votó, por estar pareado, el señor Soria.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
En la Mesa se registran cinco pareos: de la Senadora Gatica con la Senadora Sepúlveda, de la Senadora Núñez con la Senadora Provoste, del Senador Macaya con la Senadora Vodanovic, del Senador Galilea con el Senador Soria, y del Senador Ossandón con el Senador Lagos.
El señor INSULZA.-
Agregue, por favor, mi intención de voto.
El señor DE URRESTI.-
¡Presidente!
La señora ALLENDE.-
¡Presidente! El voto del Senador Insulza.
El señor COLOMA (Presidente).-
Se agrega la intención de voto a favor del Senador Insulza.
Aprobado el proyecto, pasa a su tercer trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.
FORTALECIMIENTO DE VÍNCULO ENTRE HOSPITAL CLÍNICO DE UNIVERSIDAD DE CHILE Y SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Señor Secretario , vamos al siguiente proyecto.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
El señor Presidente pone en discusión en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre y el Sistema Nacional de Servicios de Salud, iniciativa correspondiente al boletín N° 15.486-11, con segundo informe de la Comisión de Salud, informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "simple".
--A la tramitación legislativa del proyecto (boletín 15.486-11) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Este proyecto de ley fue aprobado en general en sesión del 16 de mayo del 2023 y cuenta con un segundo informe de la Comisión de Salud, en el que deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo 2 permanente y los artículos primero, tercero y cuarto transitorios del proyecto de ley no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador , con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
También deben darse por aprobados los artículos 1 permanente y el artículo segundo transitorio de la iniciativa, los cuales no fueron objeto de modificaciones en el segundo informe de la Comisión de Salud.
Cabe hacer presente que la Comisión de Salud fue autorizada para discutir en general y en particular el proyecto de ley durante el trámite reglamentario del primer informe, oportunidad en la cual introdujo enmiendas a la iniciativa en el texto resultante.
Posteriormente, con motivo del segundo informe de la referida Comisión, en la que no contempló nuevas modificaciones, la Sala, en sesión de 11 de julio de 2023, previo al inicio del estudio en particular del proyecto, acogió a tramitación dos indicaciones que fueron presentadas en dicha oportunidad, una de ellas del Ejecutivo, acompañada por un informe financiero, razón por la cual la iniciativa fue remitida a la Comisión de Hacienda para su respectivo informe.
En consecuencia, el proyecto cuenta con un segundo informe de la Comisión de Salud e informe de la Comisión de Hacienda.
La Comisión de Salud deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo 2 permanente y los artículos primero, tercero y cuarto transitorios del proyecto no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador , con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
También deben darse por aprobados el artículo 1 permanente, con excepción del numeral 9 del artículo 17 quáter contenido en el N° 1 del artículo 1 del proyecto, y el artículo segundo transitorio de la iniciativa, los cuales no fueron objeto de modificaciones en el segundo informe de la Comisión de Salud.
La Comisión de Hacienda, por su parte, se pronunció respecto de las dos indicaciones presentadas con fecha 11 de junio de 2023, en base al texto despachado por la Comisión de Salud en su segundo informe.
Al respecto, deja constancia, para efectos reglamentarios, de que introdujo una enmienda al referido texto despachado por la Comisión de Salud, la que fue sancionada en dicha instancia por mayoría de votos, pronunciándose a favor los Honorables Senadores señores Insulza, Lagos y Núñez, y absteniéndose los Honorables Senadores señores Coloma y García.
Dicha modificación consiste en el reemplazo de la oración final del N° 9 del artículo 17 quáter, contenido en el numeral 1 del artículo 1 del proyecto, relativa a la fijación de los valores de las prestaciones, la cual se encuentra en la página 10 del comparado.
Sus Señorías tienen a su disposición el boletín comparado que transcribe el texto despachado en particular por la Comisión de Salud, la modificación introducida por la Comisión de Hacienda, y el texto como quedaría de aprobarse esta enmienda.
Cabe hacer presente que la Honorable Senadora señora Ebensperger ha solicitado la votación separada del N° 9 del artículo 17 quáter, contenido en el numeral 1 del artículo 1 del proyecto. En consecuencia, correspondería votar por separado la norma que fue aprobada por mayoría en la Comisión de Hacienda.
Por lo tanto, compete a esta Sala pronunciarse respecto de las normas que no fueron objeto de modificaciones ni de indicaciones -que se darían por aprobadas- y someter a consideración la norma que fue acordada por mayoría de votos en la Comisión y respecto de la cual se ha solicitado votación separada.
Es todo, señor Presidente.
El señor COLOMA (Presidente).-
Gracias, Secretario.
Entonces, habría dos votaciones, por así decirlo: una, acerca de todo aquello que fue aprobado por unanimidad, y otra, respecto de la indicación del Ejecutivo, que viene con votación dividida entre aprobaciones y abstenciones.
Antes de votar, tenemos que ofrecer la palabra.
(Luego de unos instantes).
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Sí.
Entiendo que primero va a haber un informe de la Comisión de Salud, y que después vendría el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor CASTRO (don Juan Luis).-
Así es, Presidente.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Tiene usted la palabra, Senador.
El señor CASTRO (don Juan Luis).-
Gracias, Presidente.
Finalmente, después de un trámite que ha demorado más de lo que hubiésemos querido, estamos en condiciones de informar a la Sala que este proyecto vinculará al Hospital Clínico de la Universidad de Chile con la red del Sistema Nacional de Servicios de Salud, especialmente en el área norte de Santiago.
Este servicio tiene una larga historia de vínculo, el que después se rompió por un largo período. Y siendo un hospital clínico de la envergadura que tiene, será posible restablecerlo gracias a esta iniciativa parlamentaria y el apoyo del centro directivo del Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
Al respecto, quiero destacar algunos antecedentes. Primero, el año 94 se modificó el convenio que lo había vinculado al SNS de la época, lo cual lo llevó a un endeudamiento creciente, que solo a partir del 2015 alcanzó un equilibrio operacional, pero frágil, donde sus ingresos apenas cubrían sus egresos, sin poder invertir en infraestructura y renovación de equipos.
Esta recuperación transitoria se vio afectada por la pandemia del COVID-19, en la cual el Hospital Clínico de la Universidad de Chile dispuso toda su capacidad para hacer frente a la crisis sanitaria. Lo anterior provocó que la situación financiera resultase también difícil y compleja en su manejo.
En este sentido, se estableció en la ley 21.395, de Presupuestos para el Sector Público, que durante el año 2022 continuaría trabajando la mesa técnica conformada el año 2021 para elaborar un proyecto de ley que fortaleciera el vínculo del Hospital Clínico de la Universidad de Chile con el Sistema Nacional de Servicios de Salud, integrándolo en una red pública y permitiendo una relación sinérgica. Eso es lo que estamos concretando, en definitiva, mediante la discusión en general y en particular en las Comisiones de Salud y de Hacienda, cumpliendo con este mandato de vinculación, fortaleciendo la red de alta complejidad a nivel nacional, y dando un paso relevante en la demanda de reconocer el rol de este hospital universitario en el sistema de salud.
Se presentaron indicaciones por distintos Senadores, siendo declaradas algunas de ellas inadmisibles, y el Ejecutivo concordó en la necesidad de realizar un estudio que determinara brechas, manifestando que estará disponible para entregar toda la información que se requiera.
El plazo para los incrementos remuneracionales de los trabajadores es un tema que está en análisis -se sigue en ello-, ya que se consideró que puede ser producto de un acuerdo directo entre las partes. Por lo tanto, desde nuestra Comisión le pedimos al Ejecutivo la formación de una mesa de trabajo entre los funcionarios y trabajadores y el Ministerio de Salud, para dar garantías de que se va a llegar a buen puerto y se van a resguardar todas sus condiciones laborales.
Finalmente, en la discusión se hizo hincapié respecto a tramitar este proyecto de ley con celeridad, con la finalidad de que los Senadores de la Comisión y el Ejecutivo presentasen todas sus indicaciones -en Sala algunas de ellas-, y así poder darle más velocidad a la aprobación de los mecanismos de pago y de las valorizaciones de común acuerdo respecto a lo que va a ser el futuro del hospital.
Por todo lo anterior, señor Presidente , esta iniciativa se somete a consideración de la Sala con recomendación favorable y aprobación desde la Comisión de Salud.
Muchísimas gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
A usted, Senador.
Le ofrezco la palabra al Senador Lagos para que dé el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
El Subsecretario de Salud , Osvaldo Salgado, está solicitando ingresar a la Sala.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Ya.
El señor LAGOS.-
Muchas gracias, señor Presidente.
Aprovecho de saludar a los Ministros que nos acompañan, en particular a la Ministra de Salud , Ximena Aguilera .
La Comisión de Hacienda emite su informe acerca del proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional.
Esta iniciativa fue considerada previamente, como se señaló recién, por la Comisión de Salud del Senado.
Durante la discusión particular de este proyecto, con fecha 11 de julio en la Sala de la Corporación se recibieron dos indicaciones, una de las cuales, de autoría del Ejecutivo, estaba acompañada de un informe financiero. Esa es la razón por la cual se acordó que esta iniciativa fuese remitida a la Comisión de Hacienda, de acuerdo con lo que está dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
Por ese motivo se analizó este proyecto en la Comisión. Y cito: "producto de que una indicación venía acompañada de un informe financiero, este proyecto fue derivado para que lo viera la Comisión de Hacienda, en su caso".
El informe financiero -razón por la cual la Comisión de Hacienda tuvo que conocer este proyecto- señala expresamente que la indicación no irroga mayor gasto fiscal, toda vez que no se requiere un mayor presupuesto en relación con lo señalado en los dos informes financieros previos acompañados por el Ejecutivo , consignando el primero de ellos que los recursos que se contemplen en los convenios que se suscriban de manera anual con el Hospital Clínico de la Universidad de Chile estarán sujetos a lo que determine la Ley de Presupuestos para el Sector Público del año respectivo.
En sesión del 18 de julio, la Comisión de Hacienda, en cumplimiento de lo mandatado por la Sala de la Corporación, se abocó a conocer las dos indicaciones presentadas en la discusión particular, incluida la que hace referencia al informe financiero.
La Comisión de Hacienda introdujo una enmienda en el numeral 9 del artículo 17 quáter, contenido en el numeral 1 del artículo 1° del texto despachado por la Comisión de Salud en su segundo informe, en virtud de la aprobación de la indicación formulada por el Ejecutivo a ese mismo artículo.
En la sesión celebrada para el efecto contamos con la presencia de la Ministra de Salud , doña Ximena Aguilera , quien hizo una presentación del proyecto a la cual ya hizo referencia el Senador Juan Luis Castro , así que me saltaré esa parte, porque repitió básicamente lo mismo.
Como se señaló previamente, este proyecto no irroga mayor gasto fiscal.
Con todo, el Ejecutivo presentó una indicación para reemplazar parte del numeral 9 del artículo 17 quáter. Hago referencia a esto porque fue la norma sobre la cual nos pronunciamos en la Comisión de Hacienda, básicamente porque la otra indicación fue declarada inconstitucional. El numeral en comento señala: "El o los mecanismos de pago por medio del cual el Fondo Nacional de Salud determinará el precio de las prestaciones otorgadas por el Hospital Clínico de la Universidad de Chile a los beneficiarios del convenio, los que corresponderán a los mismos mecanismos utilizados para el pago a los demás establecimientos de la Red Asistencial de los Servicios de Salud, según el tipo de prestaciones y las condiciones en que éstas se otorguen". Y el agregado fundamental es: "Los valores de las prestaciones se fijarán de común acuerdo, en atención a la naturaleza universitaria y estatal del Hospital Clínico reconocida en el siguiente numeral".
Esta fue la indicación que, puesta en votación, se aprobó con los votos de los Senadores Insulza, Lagos y Núñez y la abstención de los Senadores Coloma y García.
También hubo una indicación de la Senadora Pascual que fue declarada inadmisible por la Comisión.
Es cuanto puedo informar.
En definitiva, el proyecto no irroga mayor gasto fiscal y se aprobó con una indicación del Ejecutivo.
Gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
A usted, Senador.
Nos acompañan en la Sala el Ministro de Educación y la Ministra de Salud . Por ello, solicitamos autorización para que puedan ingresar los respectivos Subsecretarios, don Víctor Orellana y don Osvaldo Salgado.
¿Les parece?
Acordado.
Le ofrezco la palabra al Senador Juan Antonio Coloma.
El señor COLOMA.-
Muchas gracias, Presidente.
A ver, aprovechando que está presente la Ministra de Salud , yo quiero hacer un par de consultas -por su intermedio- respecto de este proyecto. Porque tiene razón el Presidente de la Comisión en que nosotros solo vimos la parte del articulado que dice relación con Hacienda, pero, a propósito de eso, se produjo una discusión bien interesante que me gustaría transmitir acá y ver más ampliamente su sentido.
El primer planteamiento de carácter general es que yo entiendo el propósito del proyecto, pero no me queda clara la filosofía final. Porque lo que se hace es incorporar el concepto de hospital clínico al Sistema Nacional de Servicios de Salud . Esa es la primera idea, y a mí me parece que está bien. Si hay algo que hemos aprendido en una sociedad que está sujeta a dramas humanitarios y sanitarios es que la integración y el fortalecimiento de los sistemas nacionales de salud es muy relevante. Y que se fortalezca el vínculo con los hospitales clínicos -para ser didáctico respecto de lo que quiero decir después- es una buena idea, de eso no cabe duda.
La primera interrogante que me surge es por qué, si lo importante son los hospitales clínicos, solo se incorpora el de la Universidad de Chile al Sistema Nacional de Servicios de Salud. Y es una reflexión bien abierta, que me parece razonable. Hay otros hospitales clínicos, no muchos más -entiendo que son dos; Ministra , usted me puede corregir-, que también están en condiciones de integrarse al Sistema Nacional de Servicios de Salud .
Entonces, puede que haya una razón que no estoy entendiendo bien. Lo planteo: ¿por qué, si la idea es fortalecer los servicios de salud, no se incorpora a los dos hospitales clínicos de las otras universidades -yo no sabía cuántos eran- que pueden prestar un servicio equivalente? Ello, si realmente lo que importa, al final, es fortalecer el servicio de salud.
Esa es la primera duda que quiero plantear.
Y la segunda es más compleja, creo yo, porque tiene que ver con la razón por la que nos abstuvimos con el Senador García . Y, para ser muy franco, fue él quien orientó esta parte de la discusión.
Aquí claramente hay un problema. Yo entiendo que se está facilitando el costo de las prestaciones que va a brindar la Universidad de Chile, que me imagino se está haciendo en la lógica de que serían un poco más caras que el resto, porque, si no, no se entendería la indicación. Insisto: me gustaría que se hiciera con todos los hospitales clínicos. Pero me preocupa, Presidente , la redacción misma, que honestamente creo que quedó medio inentendible para la aplicación.
Ya dejando de lado la primera discusión, vamos a la segunda.
Esta ley establece cómo se fijan las prestaciones y señala, respecto de la Universidad de Chile, la siguiente frase: "Los valores de las prestaciones" -que ya están fijadas, pero hay una excepción-, "se fijarán de común acuerdo, en atención a la naturaleza universitaria y estatal del Hospital Clínico reconocida en el siguiente numeral".
No entiendo bien lo que significa eso, en la práctica. Comprendo que se está tratando de generar un escenario, pero, con esa redacción, no sé cómo lo podría interpretar el día de mañana -voy a ser bien franco- la Contraloría cuando tenga que aprobar un pago. Porque la forma utilizada no se refiere a un 10 o 5 por ciento más o a un parámetro objetivo que yo pudiera entender, sino que indica que es de común acuerdo conforme a la naturaleza universitaria del establecimiento. ¿Qué significa eso? ¿Se fija un parámetro? ¿Implica que un año puede ser una cosa y otro año, otra?
El Senador García se lo señaló a la Ministra . Y yo entendí, cuando lo discutimos en la Comisión, que se iba a buscar un cambio de redacción. Puede que no se haga, pero yo invito a los Senadores a que revisen la forma en que esto está planteado, porque de verdad no sé cómo se va a aplicar en la práctica.
Esto (el Senador levanta una copia del proyecto de ley) no sé si significa un aumento o una baja, o cómo se va a manejar este concepto.
Eso es lo que queremos plantear, y es la gran interrogante. Más allá de la duda original respecto de por qué no se considera a todos los hospitales clínicos, ¿en qué se va a traducir esta indicación? Porque, por la forma como está redactada -para ser franco-, no sabemos cómo la podría entender, por ejemplo, la Contraloría.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, Senador.
Ha planteado un buen punto jurídico.
Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , Honorable Sala, a mí me tocó, en la primera parte, tramitar el proyecto cuando estaba en la presidencia de la Comisión, función que luego le correspondió, en una segunda etapa, al Senador Juan Luis Castro .
Quiero explicarle a la Sala cuáles son los temas que finalmente tienen controversia, porque todos estamos de acuerdo en que este proyecto busca fortalecer el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile y el Sistema Nacional de Servicios de Salud. Todos sabemos que esto viene a ampliar y robustecer la red asistencial que atiende particularmente a la población del sector norte de Santiago, a fortalecer la red de alta complejidad a nivel nacional y a reconocer el rol del Hospital Clínico mediante el aprovechamiento de su capacidad y altos estándares de calidad. Y también sabemos -y esto ya estaba aprobado por la Sala- que es parte del convenio docente asistencial que tiene como característica el hospital universitario.
Los temas que estaban en discusión eran dos. El primero decía relación con los funcionarios del hospital. Y, básicamente, en la Comisión de Salud llegamos al acuerdo de llevarnos este tema, no a una indicación en el proyecto, sino más bien a una mesa técnica alterna que pudiera evaluar las condiciones de los trabajadores del Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
Y el segundo tema decía relación con el valor de las prestaciones. Acá tenemos un punto, porque todos hemos pedido durante mucho tiempo que se acabe la subvaloración de las prestaciones que hoy día existen por Fonasa. Se ha dicho: "Bueno, el Hospital Clínico de la Universidad de Chile está muy gustoso en resolver el problema que tiene el Estado". Hoy día no hay un hospital en el sector norte de Santiago. Entonces, algunos sostienen: "Ni un problema, el Hospital Clínico está dispuesto a cumplir ese rol, en ausencia del Estado". Pero lo que no puede hacer, finalmente, es absorber una pérdida permanente por la subvaloración de las prestaciones por parte de Fonasa. Porque eso lo puede resolver el resto de los hospitales públicos del país, que en el mes de septiembre u octubre tienen una remesa que les permite compensar el déficit de flujo, pero el Hospital Clínico de la Universidad Chile no debiera asumir el costo del Estado por no tener un hospital en la zona norte de Santiago.
Entonces, quiero ser superfranco: el Hospital Clínico de la Universidad de Chile está dispuesto a resolver el problema que tiene el Estado por no disponer de un hospital en la zona norte de Santiago, pero lo que no puede hacer es asumir una deuda que se le podría producir porque el valor de las prestaciones dado por Fonasa no le alcanza para pagar el costo.
Por eso es tan importante -y esto es parte de lo que se señala en el proyecto, tal como está redactado- que ese acuerdo, respecto del valor de la prestación sea posible alcanzarlo en forma conjunta entre el Hospital Clínico y el Sistema.
¡Ese es el tema de fondo! Y habrá que buscar la redacción que mejor represente esa solución. Pero, si no, le quiero señalar abiertamente: el Hospital Clínico de la Universidad de Chile prefiere no ser parte de la red, porque no está dispuesto a asumir, además del costo, las pérdidas, y no puede depender de la transferencia que se le haga en virtud de una glosa en la Ley de Presupuestos.
Yo le quiero explicar al Presidente en ejercicio que tenemos hoy día un problema de fondo en el sistema público de salud: la subvaloración de las prestaciones por parte de Fonasa, que hemos tratado históricamente de resolver en los distintos gobiernos, ¡y parece que ningún gobierno quiere hacerse cargo! Ni el anterior, del Presidente Piñera , ni el de la Presidenta Bachelet . Ningún gobierno quiere hacerse cargo, porque eso implica asumir, efectivamente, que hay un problema de fondo que dice relación con el adecuado financiamiento del sistema público de salud. Entonces, todos prefieren mirar para el lado.
Pero lo que no podemos pedirle a un hospital clínico que está tratando de resolver un problema del Estado, por la falta o indefinición que hemos tenido en los distintos gobiernos -del Presidente Piñera , de la Presidenta Bachelet -, respecto de la necesidad, justamente, de contar con un hospital en la zona norte de Santiago, es que asuma la deuda y el costo.
Ese es básicamente el problema, y por eso yo insto a que apoyemos este proyecto como está o a que demos la unanimidad para que el Ministerio ingrese una indicación que mejore la redacción, porque, de lo contrario, esta iniciativa no tiene ningún sentido.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señor Senador.
Ofrezco la palabra al Senador Gahona.
El señor GAHONA.-
Gracias, Presidente.
El Hospital Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, desde su establecimiento en el año 52, ha desempeñado un papel de vital importancia en la prestación de servicios de salud en nuestro país, especialmente en la zona norte de Santiago.
Este hospital ha demostrado ser un valioso contribuyente al progreso, la innovación y la formación de especialistas y subespecialistas. De hecho, en el ámbito de especialidades como la microbiología e inmunología es el único centro de formación disponible.
En el año 1994, el convenio que vinculaba al hospital con el Servicio Nacional de Salud fue modificado, lo que lo ha llevado a tener que financiarse por sí mismo, como si fuera un proveedor privado de servicios de salud, aunque bajo la regulación de la administración del Estado. Esta situación se ha agravado aún más con la llegada de la pandemia, y en la actualidad resulta insostenible la falta de financiamiento que padece.
El mensaje tiene por finalidad cumplir con un mandato establecido en la Ley de Presupuestos del año 2022, que exige la presentación de una iniciativa legal destinada a fortalecer el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile y el Sistema Nacional de Servicios de Salud. La aprobación de este proyecto resulta fundamental para seguir aprovechando el importante servicio que ese hospital brinda a la zona norte de Santiago.
No obstante la relevancia del proyecto de ley y la valiosa labor que este hospital lleva a cabo, es importante tener en cuenta que esta medida por sí sola no solucionará los problemas que aquejan al sistema público de salud, como lo manifestaba el Senador Chahuán. Resulta urgente que el Ejecutivo asuma la responsabilidad de abordar las necesidades que enfrentamos en las regiones, pues muchos de los especialistas que se han formado las abandonan o migran hacia el sistema privado de salud.
Por este motivo, hago un llamado al Ejecutivo para que busque soluciones que aumenten la formación de especialistas y otorgue incentivos que permitan retenerlos en las regiones. Así como se está buscando un incentivo para que el Hospital Clínico de la Universidad de Chile pueda integrarse a la red, que también se haga un esfuerzo económico importante para poder formar especialistas que se queden en regiones, aunque eso haga diferencias con especialistas que se queden en Santiago.
Presidente, teniendo en cuenta todo lo mencionado anteriormente, mi voto es a favor de este proyecto de ley, porque creo que representa un aporte mientras el Estado no pueda resolver los problemas de salud pública que enfrentamos en la zona norte de Santiago.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Senador.
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora AGUILERA (Ministra de Salud).-
Gracias, Presidente.
Saludo, por su intermedio, a los Senadores presentes y agradezco que se esté discutiendo este proyecto de ley, que para nosotros es muy importante.
Efectivamente, reincorporar el Hospital José Joaquín Aguirre al Sistema Nacional de Servicios de Salud va a significar una diferencia sustantiva en el acceso a la atención, sobre todo de especialidad, para la población que vive en el sector norte de Santiago, en el norte de la rivera -incluso, se ha incorporado la comuna de Renca- y, también, por derivación de otras regiones del país.
Este es el único hospital clínico estatal que existe por el momento. Por eso el proyecto se aboca al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, que antes fue parte del Sistema Nacional de Servicios de Salud. Es efectivo que existen otros hospitales universitarios, de la Pontificia Universidad Católica y de la Universidad de los Andes. Nosotros nos hemos abocado, en el proyecto de ley, al de la Universidad de Chile, que es el hospital estatal, pero bueno, en el futuro también se podrá ver si existe interés por los prestadores de ser parte del Sistema Nacional. En todo caso, nosotros tenemos convenios con esas entidades prestadoras.
Con respecto a cómo va a ser el funcionamiento en el régimen con el Hospital Clínico, hay que destacar que el proyecto incluye que se regirá por un convenio que se detalla en el proyecto de ley y se materializa en los deberes y obligaciones, tanto del Fondo Nacional de Salud como de la Universidad de Chile, del Servicio de Salud respectivo y del Subsecretario de Redes Asistenciales , quien me acompaña aquí, cuando exista más de un servicio de salud.
En ese convenio se señalan los objetivos y metas sanitarias; las fuentes de financiamiento; los mecanismos de pago; los informes relativos a la actividad y el uso de recursos; la obligación de mantener sistemas interoperables con el Sistema Nacional de Servicios de Salud; las causales de incumplimiento.
Y, para garantizar la transparencia y la eficiencia en el traspaso y uso de los recursos, el proyecto toma distintas medidas:
-Los recursos serán asignados en la Ley de Presupuestos y pagados en duodécimos.
-El aporte en consideración a la naturaleza universitaria quedará supeditado a que las acciones vayan en beneficio del sistema de salud, según los lineamientos y definiciones del Ministerio de Salud.
-Y el aporte anual para la adquisición de equipos, equipamientos médicos y renovación de infraestructura deberá ser coherente con los programas presupuestarios o su incorporación al plan de inversiones de la red pública de salud.
Con respecto al tema de los mecanismos de pago, es importante destacar que hay que diferenciar entre estos últimos y el valor de las prestaciones. Y a eso alude el artículo respectivo. El Fondo Nacional de Salud cuenta con mecanismos para pagar a los hospitales públicos a través del Programa de Prestaciones Valoradas, por ejemplo, o a través de los Grupos Relacionados de Diagnóstico. Esa es la forma en que se paga.
Ahora, eso se puede regir por un arancel que define un valor, y ese valor es el que debe ser estudiado específicamente y acordado con el Hospital Clínico, puesto que se desconoce en este momento, exactamente, la estructura de pago. Sabemos que los hospitales universitarios implican un costo mayor, como ha mencionado el Senador Chahuán, y que podría haber una subvaloración si se consideran los aranceles actuales. Por tanto, eso va a ser analizado y estudiado y se van a fijar los valores en un convenio, no así los mecanismos de pago, que van a ser los mismos que rigen para los distintos hospitales públicos.
Espero que esto sirva de aclaración y que ayude a respaldar este proyecto, que es importante para nosotros.
Muchas gracias.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
A usted, señora Ministra .
Ofrezco la palabra al Senador Juan Luis Castro.
No intervendrá.
Les recuerdo que estamos en la discusión particular y que se deben efectuar dos votaciones.
Senador García, tiene usted la palabra.
El señor GARCÍA .-
Muchas gracias.
Presidente , todos somos partidarios de fortalecer el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile y el Sistema Nacional de Servicios de Salud -en eso estamos completamente de acuerdo-, pero las cosas hay que hacerlas y hacerlas bien, y a nosotros nos parece que la indicación que se presentó, en lugar de traer claridad, lo que hace es traer más dudas, generando, finalmente, un problema que es mejor que resolvamos aquí, de manera oportuna.
Miren lo que dice la indicación presentada por el Presidente de la República:
"El o los mecanismos de pago por medio del cual el Fondo Nacional de Salud determinará el precio de las prestaciones otorgadas por el Hospital Clínico de la Universidad de Chile" -ya no estamos hablando solo de los mecanismos, sino que de mecanismos para determinar "el precio" de las prestaciones otorgadas- "corresponderán a los mismos mecanismos" -redacción extraña- "utilizados para el pago a los demás establecimientos de la Red Asistencial de los Servicios de Salud, según el tipo de prestación y las condiciones en que éstas se otorguen".
Es decir, regla general.
Le vamos a aplicar los mismos aranceles que se utilizan en la red asistencial de los servicios de salud y que, como bien ha señalado el Senador Chahuán, generan déficit.
Pero a renglón seguido dice: "Los valores de las prestaciones se fijarán de común acuerdo, en atención a la naturaleza universitaria y estatal del Hospital Clínico reconocida en el siguiente numeral".
¿En qué quedamos entonces? ¿Será la norma general la que se va a aplicar, o será la norma especial por tratarse de un hospital universitario? O es una o es la otra.
Yo voy a asumir que es la segunda, porque me imagino que la intención es que el hospital tenga un mayor financiamiento. Pero, entonces, ¿cómo se explica que el informe financiero diga que estas indicaciones no irrogan mayor gasto fiscal?
Lo que queremos hacerle presente a la Sala -y por eso con el Senador Coloma nos hemos abstenido; no hemos votado en contra- es que esto requiere una definición. Y no es por molestar, sino simplemente por tratar de hacer las cosas bien.
Por eso nos gustaría mucho que la Ministra de Salud presentara una indicación que resolviera este problema: o es la norma general de aranceles para fijar los precios, o es la norma especial para tratar un hospital clínico universitario, que es de lo que se trata el proyecto.
Yo creo que esa definición, antes de votar, es fundamental.
Muchas gracias, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Bien.
Para ir aclarando la situación, le ofrezco de nuevo la palabra a la señora Ministra .
La señora AGUILERA (Ministra de Salud).-
Gracias, Presidente.
Muchas gracias, Senador.
Lo que pasa es que son dos temas distintos.
Uno dice relación con los mecanismos de pago, que sigue la regla general. O sea, no se va a inventar una nueva forma de pago de Fonasa para el hospital clínico. Va a ser por grupo relacionado a diagnóstico o pago por prestaciones valoradas, que son los mecanismos con los que se pagan las atenciones a los hospitales públicos.
Y el valor del arancel que se va a pagar se fijará de común acuerdo. Se va a entregar en forma de GRD, pero primero se tiene que estudiar la estructura de costo del hospital clínico para fijar el precio que va a tener ese grupo relacionado a diagnóstico o ese pago por prestación valorada para el Hospital Clínico.
Entonces, son dos elementos: uno es el mecanismo de pago y otro es el valor o precio del arancel que se entrega a través de ese mecanismo de pago.
Eso es lo que trata de explicar la indicación.
El señor CHAHUÁN.-
Tengo una propuesta, Presidente.
El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-
Gracias, señora Ministra .
Me hace señas el Senador Chahuán. No sé a qué se refiere.
El señor CHAHUÁN.-
Quiero hacer una propuesta, Presidente .
El señor HUENCHUMILLA (Vicepresidente).-
Es que no puedo establecer un diálogo, señor Senador.
Ahora le corresponde hablar al Senador José Miguel Insulza.
Me dice que no.
Tiene la palabra la Senadora Claudia Pascual.
La señora PASCUAL.-
Gracias, Presidente.
Yo quiero hacer mi intervención en dos temas.
En primer lugar, quiero respaldar la solicitud que han hecho los trabajadores y profesionales no médicos del Hospital Clínico.
La intención de la indicación que me ha sido declarada inadmisible en la Comisión de Hacienda era el establecimiento de una comisión o mesa de trabajo tripartita entre el Ejecutivo , la rectoría de la universidad y los trabajadores y las trabajadoras para, mediante un estudio técnico, determinar eventuales brechas en sus salarios. Y digo "eventuales" porque podría no hallarse ninguna.
Quiero ratificar esto, pues me parece importante, aunque haya sido declarada inadmisible, respaldar la indicación para que el Ejecutivo pueda apoyarnos en que se va a hacer un trabajo conjunto con la universidad, con el hospital y con sus trabajadores y trabajadoras para que esta materia sea aclarada en beneficio de todas las partes.
En segundo término, quiero argumentar la importancia que tiene no solo fortalecer y reincorporar a la relación público-estatal al Hospital Clínico de la Universidad de Chile -más conocido como el " Jota Aguirre ", para los que vivimos en la Región Metropolitana-, puesto que una mala política del año 1994 lo sacó de la red. Esa mala política, adoptada tanto por las autoridades universitarias de la época como por el Ejecutivo de ese tiempo, explica el desfinanciamiento constante al que ha sido llevada esta institución hospitalaria.
Pero también quiero defender el por qué es este hospital. La Ministra lo ha dicho: este es el único hospital clínico estatal. Los otros dos que aquí se han nombrado son el de la Pontificia Universidad Católica y el de la Universidad de los Andes. Ninguno de los dos es estatal.
Por otra parte -también quiero consignarlo-, el establecimiento del más alto costo de un arancel no solamente obedece a alguna razón que requiere una discusión mucho más general, si es que hubiera una subvaloración de las prestaciones en Fonasa para todos los hospitales, sino a que el Hospital Clínico de la Universidad de Chile es formador de especialistas.
Por lo tanto, desde esa perspectiva este hospital no solo forma especialistas para la atención de la Región Metropolitana, sino que además mantiene un compromiso con la formación de especialistas a lo largo de todo el país.
Ese es su mayor alto costo.
Y eso es lo que debería regularse en un trabajo conjunto -entiendo que esa es la intención de la indicación- para poder decir: "Vamos a fijar un nuevo valor a esta prestación".
Por eso yo quiero defenderlo, independiente del perfeccionamiento en la redacción que siempre se puede hacer para explicitarlo de mejor manera.
Y lo otro que me gustaría plantear es que me parece muy importante que este debate se dé en este proyecto de ley, acotado a este hospital.
Yo no tengo problema alguno, si el día de mañana lo tienen a bien este Parlamento y el Ejecutivo como parte de un consenso, en incorporar a los otros dos hospitales clínicos.
Pero quiero decir las cosas por su nombre: la incorporación a la red y la atención públicas implica la adscripción a las políticas públicas y a las leyes vigentes.
Eso significa que, en lo que respecta a la Universidad de Los Andes, por muy hospital clínico que tenga, si no está dispuesta a entregar métodos anticonceptivos y, para qué decir, atenerse a la regulación de la ley 21.030, que establece la despenalización voluntaria del embarazo en tres causales, tenemos derecho a discutir bajo qué condiciones se hacen esos convenios.
Lo planteo porque me parece que no es baladí la incorporación.
La Universidad Católica tiene convenios para la atención de la zona sur de la Región Metropolitana, y ya recibe recursos públicos. Por tanto, desde esa perspectiva no se está haciendo una excepción por excepción, sino cubriendo un ámbito bien completo de incorporación.
En ese sentido, respaldo plenamente la intencionalidad no solo del proyecto de ley en su conjunto, sino también de la indicación específica del Ejecutivo.
Muchas gracias, Presidente .
El señor COLOMA (Presidente).-
Gracias, Senadora.
Senador Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Presidente , si me permite, quiero ayudar en la discusión.
Ya todos dijimos que estábamos de acuerdo en fortalecer el rol y en resolver el déficit que hoy día tenemos en el sector norte de Santiago.
El problema dice relación con la redacción de la indicación que presentó el Ejecutivo .
Básicamente, acá todos estamos de acuerdo en el fondo, pero la redacción de la norma, a juicio de algunos Senadores, puede presentar dificultades respecto de su aplicación. Y esto ocurre, esencialmente, porque creemos que los mecanismos de pago deben ser los mismos de la regla general, pero el valor de las prestaciones debe considerar la naturaleza universitaria y estatal del Hospital Clínico.
Entonces, tenemos dos alternativas, Presidente, si hay unanimidad en la Sala: que el Ejecutivo corrija la norma en la Sala -es posible hacerlo- y la resolvemos, o, si no, mandar de nuevo el proyecto a Comisión para mejorar la redacción, aun cuando la idea es sacarlo adelante.
Por ello, se podría recabar la unanimidad para que el Ejecutivo corrigiera la redacción ahora, o bien, si no puede hacerlo en este acto, mandar el proyecto a Comisión para resolverlo y tratarlo a lo mejor mañana.
Eso es, Presidente .
El señor COLOMA (Presidente).-
A ver.
Las dos opciones están abiertas.
Ahora, yo de aquí no veo bien...
El señor CHAHUÁN.-
Ahí está la Ministra , trabajando en la redacción.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
No sé si el Ejecutivo tiene alguna propuesta o puede volver a Comisión para hacerla...
La señora ALLENDE.-
¡No!
El señor SAAVEDRA.-
Resolvamos ahora, Presidente.
El señor COLOMA (Presidente).-
Es que no sé. Estoy transmitiendo lo que...
Eso tendría que pedirlo el Ejecutivo y no sé si lo hará o no. No lo veo desde acá.
Senador Juan Luis Castro, por reglamento.
El señor CASTRO (don Juan Luis).-
Presidente, resolvamos ahora.
Si el Ejecutivo quiere hacer alguna enmienda, que la haga ahora, porque ya emitimos el segundo informe, que es el que estamos entregando acá.
Entonces, si es un punto muy específico, se podría despejar de inmediato.
Por eso la Ministra podría sugerir qué hacer en este instante.
La señora EBENSPERGER.-
Presidente , ¿podría recabar la autorización de la Sala para que ingrese la Subsecretaria Lobos?
El señor COLOMA (Presidente).-
La Senadora Ebensperger me pide recabar la autorización de la Sala para que ingrese formalmente la Subsecretaria Macarena Lobos.
La señora ALLENDE.-
Claro.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muy bien.
Acordado.
A ver, estamos con un tema.
Voy a ser bien franco.
Aquí tenemos una sugerencia, que a mí me parece razonable, en cuanto a mejorar la redacción.
La otra es votarla ahora, pero desde mi perspectiva va a quedar una redacción bien confusa y eso no es lo ideal.
Ahora, no sé si la Ministra -por eso lo planteo- puede hacer alguna sugerencia en este momento. En una de esas querrá hacerla mañana -estoy pensando en voz alta-, para que esto salga bien.
Además, necesitamos formalmente la redacción del Ejecutivo , pues no podemos funcionar por ánimos.
Tiene la palabra el Senador Insulza.
El señor INSULZA.-
Presidente , algo que no se ha dicho acá es que este proyecto de ley se planteó a fines de octubre del año pasado en los prolegómenos de la discusión presupuestaria, porque había un problema grave en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile. Incluso, la rectora habló con muchos de nosotros para hacernos ver la situación, completamente desesperada, en que se encontraba el establecimiento. Dentro de pocas semanas empezaremos la discusión del Presupuesto y vamos a estar con el problema todavía abierto. La verdad es que no me parece razonable.
Este hospital clínico es, al mismo tiempo, una entidad universitaria. Y creo importante que ahí esté definido lo que a nivel internacional se entiende por un hospital universitario, los estándares que debe reunir y los roles que cumple.
Por eso yo no estoy disponible para comparar el rol de este hospital clínico con el de aquel que se encuentra en el sector alto de Santiago, que es una muy buena institución y que fue mencionado acá -no el de la Universidad Mayor...
La señora ALLENDE.-
El de la Universidad de los Andes.
El señor INSULZA.-
Ese.
Ese es el hospital clínico más potente de la ciudad, crece cada vez más y nunca ha pedido ser incorporado. ¡Absolutamente nada!
Ahora, si el hospital de la Universidad de los Andes está sirviendo en la red, me alegro, los felicito -es un acto que ciertamente lo dignifica y habría que agradecerle-, pero no creo que esté necesitado de ayuda económica de ningún tipo, francamente. Estoy completamente seguro de eso.
Entonces, con esto estamos rompiendo un poco la lógica de poner nuevamente una glosa presupuestaria que subsidie el déficit histórico del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por la imposibilidad que tiene de autofinanciarse.
Como se ha dicho muy bien, el Senador Sanhueza creo que fue, este es un hospital...
La señora ALLENDE .-
No, fue el Senador Chahuán .
El señor INSULZA.-
Eso.
Como bien dijo el Senador Chahuán, este hospital tiene problemas para ser parte de la red y necesita ser financiado. No tenemos otra alternativa.
Por eso, yo pido que votemos ahora.
Los arreglos se podrán hacer posteriormente; la Ministra sugerirá algunas formas de reglamento, entregará instrucciones, pero creo que el proyecto debería ser votado, como está, hoy día.
Muchas gracias, Presidente .
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Está bien, Senador, pero la opción de arreglarlo después no existe, porque ya estamos en el último trámite. Si hubiéramos estado en la discusión general, le encontraría razón, pero esta es la discusión en particular.
Esa es la duda que planteo.
A ver, propongo que dejemos el proyecto para mañana, en primer lugar de la tabla, esperando una redacción del Ejecutivo.
Senador García, usted, que ha sido el padre de la duda, ¿lo dejamos para mañana, a fin de buscar una mejor redacción?
El señor GARCÍA.-
De acuerdo, Presidente.
El señor COLOMA (Presidente).-
¿Le parece, Ministra?
La señora AGUILERA ( Ministra de Salud ).-
Conforme.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
En consecuencia, veremos el proyecto en el primer lugar de la tabla de mañana, a la espera de una redacción que sea útil al objetivo final, más allá de la discusión que pueda darse.
¿Okay?
La señora ALLENDE .-
Okay.
El señor COLOMA (Presidente).-
Muy bien.
(El señor Presidente hace sonar la campanilla en señal de acuerdo).
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Señor Secretario , ¿cómo quedaría entonces la tabla de mañana? Para que nos oriente.
El señor MOREIRA.-
¿Y la Ley Sanna?
El señor COLOMA (Presidente).-
La Ley Sanna está en segundo lugar.
Eso lo vimos al inicio.
El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-
Para la tabla de mañana, conforme al acuerdo adoptado en la Sala, quedaría en primer lugar la continuación del tratamiento y votación de este proyecto.
Luego, en segundo lugar, estaría el informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas en relación con el proyecto que prorroga la vigencia de la ley N° 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.
En tercer lugar, el proyecto de ley que crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan enfermedades que indica y modifica el Código del Trabajo para estos efectos, que es de quorum calificado.
En cuarto lugar, el proyecto de acuerdo que aprueba las enmiendas al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
En quinto lugar, el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que reconoce el acceso a internet como un servicio público de telecomunicaciones.
Y en sexto lugar, el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena con el fin de incorporar al pueblo selk´nam entre las principales etnias indígenas reconocidas por el Estado.
Esa sería la tabla para la sesión de mañana.
El señor COLOMA (Presidente).-
Perfecto.
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El señor COLOMA (Presidente).-
Señoras y señores Senadores, quedan dieciocho minutos, y faltan el quinto punto y un proyecto de acuerdo que debemos votar.
Tenemos que tomar una decisión: o empezamos a ver el proyecto de ley relacionado con educación -creo que no vamos a alcanzar a despacharlo- o pasamos al proyecto de acuerdo.
¿Senador García?
El señor GARCÍA.-
Presidente , con respecto al último proyecto del Orden del Día, que es muy importante y que busca terminar con la doble evaluación docente, nos hemos reunido hace algunos momentos con el Ministro de Educación y todo su equipo, porque nosotros habíamos pensado solicitar, de común acuerdo, segunda discusión.
Queremos construir un acuerdo que permita terminar con la doble evaluación docente, que es el objetivo del proyecto, pero al mismo tiempo permitir sistemas de evaluación que sean de carácter permanente, de tal forma de garantizar la calidad de la educación.
Creo que en las conversaciones que hemos sostenido con el Ministro estamos cerca de construir un acuerdo.
Por lo tanto, si les parece a la Sala y a la Mesa, podríamos ponerlo en tabla para el próximo martes y en el intertanto vamos construyendo el referido acuerdo.
El señor Ministro de Educación puede dar fe de mis palabras.
Gracias, Presidente .
(El Ministro de Educación reafirma con un gesto lo señalado por el Senador García).
El señor COLOMA (Presidente).-
Muy bien.
La segunda discusión es un derecho, así que eso está fuera de debate.
Entiendo que el ánimo es ver el proyecto el próximo martes, si así lo entiendo, Ministro.
Lo que sí le pido al Ejecutivo es cambiar la urgencia para esos efectos, o de lo contrario habría que votarlo.
Dejamos el proyecto para el próximo martes, entonces, comprometido en la Sala.
¿Okay?
El señor SAAVEDRA.-
¿Lo vamos a ver en la Comisión?
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Perdón, ¿se ve en la Comisión o en la Sala el martes?
El señor ÁVILA (Ministro de Educación).-
En la Sala.
El señor COLOMA (Presidente).-
En la Sala, entiendo.
Entonces, como se iba a pedir segunda discusión, que es un derecho, ahí veremos después cómo opera el sistema.
Y, Ministro, lo desafío positivamente a que lleguemos a un acuerdo urgente.
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El señor CHAHUÁN.-
¿Me permite, Presidente?
El señor COLOMA (Presidente).-
Tiene la palabra, Senador Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Presidente , el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba las enmiendas del artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptadas por la asamblea de Estados Partes el 14 de diciembre de 2017 (boletín N° 15.329-10), es de fácil despacho.
O sea, basta...
El señor PROHENS.-
¡Para mañana!
El señor CHAHUÁN.-
Lo digo para que partamos mañana con ese proyecto, después del relativo a salud, porque solo basta el informe del Presidente de la Comisión y podríamos aprobarlo sin discusión.
El señor COLOMA (Presidente).-
A ver, Senador, acabamos de leer la tabla y la hemos...
El señor CHAHUÁN.-
Por eso.
El señor COLOMA (Presidente).-
... hecho dos veces.
El señor CHAHUÁN.-
Está como en el lugar sexto.
Entonces, a lo mejor podríamos despacharlo rápidamente.
Es para facilitar.
El señor COLOMA (Presidente).-
Vamos a verlo de aquí a mañana.
Voy a preguntarles a los Comités, en su momento, si podemos adelantarlo, porque ya hemos cambiado...
El señor CHAHUÁN.-
Para ese proyecto no se requiere debate.
El señor COLOMA (Presidente).-
... dos veces la tabla en la Sala.
¿Senador Insulza?
El señor INSULZA.-
Presidente , el proyecto a que se refiere el Senador Chahuán es una obligación contraída con el Tribunal Penal Internacional, y estaba en tabla la semana antepasada. No quiero ni recordar por qué no se vio, pero no podemos dejarlo fuera nuevamente esta semana, porque ya estamos faltando.
El señor COLOMA ( Presidente ).-
Quiero dejar claro que, si ese proyecto se va a tabla de Fácil Despacho, solo podrán hablar dos parlamentarios. Y ahí vienen los problemas adicionales, ya que varios quieren intervenir debido a que es un tema importante. Entonces, pido que se asuman todos los efectos del Fácil Despacho.
No hay acuerdo para ello, así que sigue dicho proyecto en el cuarto lugar de la tabla de mañana.
Vamos al proyecto de acuerdo, Secretario .
Aprovechemos los doce minutos que nos quedan.
VI. TIEMPO DE VOTACIONES
MATERIALIZACIÓN DE PROPUESTAS DE INFORME DE SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE SITUACIÓN DE EX SOLDADOS CONSCRIPTOS 1973-1990, FACTIBILIDAD DE OTORGARLES BENEFICIOS REPARATORIOS Y ESTUDIO DE NORMATIVA APLICABLE A SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO. PROYECTO DE ACUERDO
El señor GUZMÁN (Secretario General).-
El señor Presidente pone en votación el proyecto de acuerdo presentado por los Honorables Senadores señor Castro González, señoras Carvajal, Gatica, Rincón y Vodanovic y señores Araya, Castro Prieto, Chahuán, De Urresti, Durana, Espinoza, Flores, Galilea, Huenchumilla, Insulza, Kast, Kuschel, Latorre, Ossandón, Prohens, Quintana, Saavedra, Sandoval, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya la adopción de medidas destinadas a materializar las propuestas del "Informe de resultados mesa de trabajo sobre situación de ex soldados conscriptos 1973-1990" de la Subsecretaría de Derechos Humanos, realizar un estudio de la normativa aplicable al servicio militar obligatorio y analizar la factibilidad de presentar un proyecto de ley que otorgue beneficios reparatorios a aquellas personas (boletín S 2.435-12).
--A la tramitación legislativa del proyecto de acuerdo (boletín S 2.435-12) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor COLOMA (Presidente).-
En votación.
(Luego de unos instantes).
El señor GUZMÁN (Secretario General).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
El señor COLOMA (Presidente).-
Cerrada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo (17 votos a favor y 1 pareo).
Votaron por la afirmativa los señores Castro González, Castro Prieto, Chahuán, De Urresti, Durana, Espinoza, Flores, Insulza, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Latorre, Núñez, Saavedra, Sanhueza, Van Rysselberghe y Velásquez.
No votó, por estar pareado, el señor Coloma.
)------------(
El señor COLOMA (Presidente).-
Ha llegado una Cuenta agregada.
El señor BUSTOS (Prosecretario).-
Sí, señor Presidente.
En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:
Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con el que retira la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que consolida el sistema de reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente como único sistema general de evaluación y fortalece los procesos de inducción y acompañamiento (Boletín N° 15.715-04).
--Se toma conocimiento del retiro y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
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El señor COLOMA (Presidente).-
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
De la señora ALLENDE:
Al Ministro de Desarrollo Social y Familia, requiriéndole antecedentes sobre ALBERGUES, HOSPEDERÍAS, RESIDENCIAS Y CENTROS DE ACOGIDA EN REGIÓN DE VALPARAÍSO, E INFORME SOBRE BRECHA DE CAMAS, PRESUPUESTO ASIGNADO A PLAN CÓDIGO AZUL EN 2022 Y 2023, COMUNAS ATENDIDAS, CANTIDAD DE BENEFICIARIOS Y CONDICIONES PARA SU IMPLEMENTACIÓN.
A la Subsecretaria General de Gobierno, solicitándole información acerca de PROCESO DE POSTULACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL (FFMCS) 2023, MULTIPLATAFORMA TRADICIONAL EN REGIÓN DE VALPARAÍSO.
A la Subsecretaria de Educación, para que remita diversos antecedentes respecto de IMPLEMENTACIÓN DE MODALIDAD EDUCATIVA DE "EDUCACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS", DESDE 2018 HASTA 2023.
A la Subsecretaria de Salud Pública y al Director Nacional (S) del Instituto de Salud Pública, pidiéndoles informar sobre APLICACIÓN DE REGLAMENTOS, FISCALIZACIONES, SANCIONES Y ESTUDIOS PARA ASEGURAR LA PROTECCIÓN DE LOS DISCAPACITADOS VISUALES EN UTILIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ALIMENTOS DE USO MÉDICO Y COSMÉTICOS, EN PARTICULAR MEDIANTE ROTULACIÓN CON SISTEMA BRAILLE DE NOMBRE DE DICHOS PRODUCTOS Y FECHA DE VENCIMIENTO.
A la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, requiriéndole información acerca de NORMAS JURÍDICAS PARA CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS QUE PREVENGAN ACCIDENTES A PERSONAS CON DISCAPACIDAD; PLANES PARA FACILITAR SU INTEGRACIÓN URBANA; MEDIDAS DE INCLUSIÓN EN ÁREAS RURALES, Y PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA QUE TALES PERSONAS DENUNCIEN MAL ESTADO DE CALLES Y/O EQUIPAMIENTO URBANO.
Al Superintendente de Educación Superior, en relación con PLAN DE FISCALIZACIÓN U OTROS ANTECEDENTES SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE LEY N° 21.369, QUE REGULA EL ACOSO SEXUAL, LA VIOLENCIA Y LA DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
A la Presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero y al Presidente de BancoEstado, para que informen sobre NORMAS LEGALES Y PRÁCTICAS IMPLEMENTADAS POR LA BANCA PARA LA DEBIDA INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD; ESTADÍSTICAS SOBRE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EN SECTOR FINANCIERO, Y MEDIDAS INCLUSIVAS PARA EL USO DE CAJEROS AUTOMÁTICOS Y MÁQUINAS DE PAGO ELECTRÓNICO.
A la Presidenta del Consejo Constitucional, solicitándole estudiar MEDIDAS DE INCLUSIÓN PARA HACER ACCESIBLE LA INFORMACIÓN DEL PROCESO CONSTITUCIONAL A TODAS LAS PERSONAS, EN ESPECIAL A LAS QUE TIENEN DISCAPACIDAD; ADEMÁS DE EVALUAR POSIBILIDAD DE PRODUCIR EJEMPLARES DEL TEXTO FINAL EN SISTEMA BRAILLE, PARA ENVIARLO A BIBLIOTECA NACIONAL, BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, BIBLIOTECAS REGIONALES Y ORGANIZACIONES DE SOCIEDAD CIVIL.
Y a la Seremi de Educación de Valparaíso, pidiéndole información sobre diversas materias vinculadas con ESTABLECIMIENTOS QUE IMPARTEN EDUCACIÓN PARA ADULTOS EN REGIÓN DE VALPARAÍSO.
Del señor ARAYA:
Al Contralor General de la República, solicitándole REVISIÓN DE DENUNCIA ANTE FONDOS RECIBIDOS POR CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA Y TURISMO DE CALAMA DESDE EMPRESA MINERA A FIN DE GENERAR CONTRATO, SIN MEDIAR LICITACIÓN, CON AGRUPACIÓN CULTURAL CIELO ABIERTO PARA REALIZACIÓN DE ESCULTURAS, EN QUE ACTUAL DIRECTOR DE OBRAS ES MIEMBRO ACTIVO Y FABRICANTE DE ELLAS, así como evaluar INICIO DE INVESTIGACIÓN QUE DETERMINE SI DICHO DIRECTOR ACTÚA DENTRO DEL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES Y CON SUJECIÓN A PROCEDIMIENTOS QUE CONTEMPLA LA LEY, ANTE DOS DENUNCIAS ANÓNIMAS EN SU CONTRA SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS EN DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES DE LA MENCIONADA COMUNA.
A la Delegada Presidencial Regional y al Jefe de Zona de Carabineros de Antofagasta, requiriéndoles COORDINAR TANTO A LAS POLICÍAS COMO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS PERTINENTES A FIN DE FOCALIZAR ACCIONES PREVENTIVAS Y DE CONTROL EN MATERIA DE SEGURIDAD ANTE DENUNCIAS DE VECINOS DE POBLACIÓN PRAT B, DE ANTOFAGASTA.
Al Alcalde de Antofagasta, pidiéndole EVALUACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACIÓN A ANTEJARDINES DE LAS CUADRAS DEL 57 AL 59, POR OCUPACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO CON REJAS O PORTONES LEVANTADOS POR VECINOS DE POBLACIÓN PRAT B AFECTADOS POR DELINCUENCIA.
A la Superintendenta de Seguridad Social y al Superintendente de Pensiones, solicitándoles NUEVA REVISIÓN DE ANTECEDENTES DE SEÑORA IVON CARVALLO CARVALLO, PARA REALIZACIÓN DE PAGO DE LICENCIAS MÉDICAS IMPAGAS DESDE 2018 Y PARA PODER OPTAR A UNA PENSIÓN.
Y a la Contralora Regional de Antofagasta, pidiéndole comunicar ENVÍO DE COPIAS DE INFORME N° 251/2022 A SEREMI DE VIVIENDA Y URBANISMO, A DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVIU Y A CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, CUYO CONTENIDO ES RESULTADO DE INVESTIGACIÓN REALIZADA SOBRE SITUACIÓN DE VILLA EL SALAR, DE ANTOFAGASTA.
Del señor DE URRESTI:
A la Ministra del Interior y Seguridad Pública y al Director Nacional de Migraciones, requiriendo ANTECEDENTES Y MEDIDAS ANTE DENUNCIA POR POSIBLE COHECHO DE FUNCIONARIA DE DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS RÍOS DE SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, consultándole por RAZONES DE FALTA DE IMPLEMENTACIÓN ADECUADA DE SISTEMA DE MONITOREO TELEMÁTICO EN CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN REGIÓN DE LOS RÍOS y solicitándole PRIORIZACIÓN DE RECURSOS PARA INSTALACIÓN DE OFICINA DE CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL EN COMUNA DE CORRAL.
Al Ministro de Agricultura, con relación a FACTIBILIDAD DE INSTALACIÓN DE AGENCIA DE ÁREA DE INDAP EN COMUNA DE LOS LAGOS.
A la Ministra del Medio Ambiente, consultándole por SITUACIÓN DE HUMEDALES URBANOS ANTE APARENTE FALTA DE ACTUALIZACIÓN DE ANTECEDENTES EN SITIO WEB DEL MINISTERIO.
Al Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y a la Subsecretaria del Patrimonio Cultural, solicitándoles antecedentes sobre AGILIZACIÓN DE GESTIONES EN MONUMENTOS NACIONALES EN CASOS DE HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS EN OBRAS PÚBLICAS.
Y a la Alcaldesa de Valdivia, relativo a MEDIDAS ADOPTADAS FRENTE A DENUNCIA DE VECINOS DE LOCALIDAD DE MORROMPULLI POR DESLIZAMIENTO DE DESPERDICIOS.
Del señor ESPINOZA:
Al Ministro de Economía, Fomento y Turismo y al Director Nacional de Sernatur, consultándoles por RAZONES DE NOMBRAMIENTO DE SEÑOR IVÁN PÉREZ MUÑOZ COMO DIRECTOR REGIONAL DE SERNATUR EN LOS LAGOS, TENIENDO EN CUENTA SUS ANTECEDENTES DE MALTRATO LABORAL EN ANTERIOR EMPLEO.
A la Ministra de Salud, solicitándole información sobre NOTIFICACIÓN DE INSTRUCCIÓN DE SUMARIO ADMINISTRATIVO POR ACOSO LABORAL A NUEVE FUNCIONARIOS DE HOSPITAL DE CALBUCO, POR PARTE DE SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ, DETALLANDO SI SE TRATA DE PROCEDIMIENTO HABITUAL Y LOS PLAZOS ESTIMADOS.
A la Ministra de Salud y al Gobernador Regional y Presidente del Consejo Regional de Los Lagos, pidiéndoles antecedentes respecto de PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE PABELLÓN DE HOSPITAL DE CALBUCO PARA ADQUISICIÓN DE EQUIPO MÉDICO Y QUIRÚRGICO DENOMINADO "TORRE DE LAPAROSCOPIA", QUE PERMITE REALIZAR CIRUGÍAS DE ALTA COMPLEJIDAD.
Y a la Seremi de Educación de Los Lagos, requiriéndole información acerca de NÚMERO DE PERSONAS, TÉCNICOS O PROFESIONALES CONTRATADOS DESDE 11 DE MARZO DE 2022 (CONTRATA U HONORARIOS), INDICANDO NOMBRE, SEXO, EDAD, PROFESIÓN, FUNCIÓN Y DURACIÓN DE SU CONTRATO.
Del señor GARCÍA:
Al Ministro de Hacienda, pidiéndole REPOSICIÓN DE FACULTAD OTORGADA POR LEY N° 21.452, SOBRE TRANSFERENCIAS DE RECURSOS EN ACTIVOS FINANCIEROS DEL TESORO PÚBLICO AL FEPP, QUE VENCIÓ EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022, EN VIRTUD DE POSIBLE ALZA DEL VALOR DE LA PARAFINA A VALORES CERCANOS A 1.000 PESOS EL LITRO.
De la señora GATICA:
A la Ministra de Obras Públicas y al Director General de Concesiones de Obras Públicas, solicitándoles diversos antecedentes sobre PROYECTO "SEGUNDA CONCESIÓN RUTA 5, TRAMO TEMUCO-RÍO BUENO".
Del señor KEITEL:
Al Alcalde de Lebu, a la Delegada Presidencial del Biobío, al Gobernador Regional del Biobío, al Seremi de Desarrollo Social y Familia del Biobío, a la Seremi de Energía del Biobío y al Jefe de la División de Infraestructura y Transporte del Gobierno Regional, para que informen acerca de SITUACIÓN DE VECINOS DE SECTORES NORTE Y SUR DE ISLA MOCHA, TRAS DIEZ DÍAS SIN SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR FALLA DE ÚNICO GENERADOR OPERATIVO EN LA ISLA, DETALLANDO PLAZOS CONCRETOS PARA NORMALIZACIÓN DEL SERVICIO.
Al Director Nacional del IND, pidiéndole informar RAZONES PARA OPTAR POR MODALIDAD DE TRATO DIRECTO CON AGENCIA DE COMUNICACIONES TIRONI Y ASOCIADOS, POR MONTO CERCANO A 51 MILLONES DE PESOS, PARA ASESORÍA EN JUEGOS PANAMERICANOS SANTIAGO 2023, DETALLANDO PRODUCTOS O ACTIVIDADES QUE SE REALIZARÁN Y PERTINENCIA DE SU EJECUCIÓN POR UNA AGENCIA Y NO POR PERSONAL DE PLANTA DE LA MISMA INSTITUCIÓN, Y SI COSTO ASOCIADO ESTABA CONTEMPLADO INICIALMENTE EN EL PRESUPUESTO O BIEN ES UN ÍTEM ADICIONAL.
Y a la Directora Regional del Servicio Mejor Niñez Biobío, a fin de que señale PLAN DE ACCIÓN Y MEDIDAS QUE SE ESTÁN TOMANDO ANTE DENUNCIAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL DE MENORES QUE PERTENECEN AL SERVICIO MEJOR NIÑEZ.
De la señora ÓRDENES:
A la Directora Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, para que dé a conocer NÚMERO DE CONCESIONES ACUÍCOLAS DE SALMONES EN REGIÓN DE AYSÉN QUE ESTÉN EN CAUSAL DE CADUCIDAD, INDICANDO NOMBRE DE LA EMPRESA, LUGAR EN QUE SE ENCUENTRA Y TAMAÑO QUE POSEE.
De la señora RINCÓN:
A la Ministra de Obras Públicas, reiterándole URGENTE NECESIDAD DE ADOPTAR MEDIDAS PARA GARANTIZAR CONECTIVIDAD VIAL EN EL SECTOR DEL PUENTE CHUPALLAR Y EN LA RUTA L-45, EN LA PRECORDILLERA DE LA REGIÓN DEL MAULE; y solicitándole MEDIDAS PARA GARANTIZAR, A LA MÁXIMA BREVEDAD, LA CONECTIVIDAD EN EL CAMINO POCILLAS SUR, COMUNA DE CAUQUENES, INTERRUMPIDA HACE MÁS DE QUINCE DÍAS.
A la Ministra de Salud y a la Seremi de Salud del Maule, requiriéndoles AYUDA PARA VECINA DE LA COMUNA DE VILLA ALEGRE DOÑA MÓNICA ELENA QUIERO PINOCHET, QUIEN NO PUEDE ACCEDER A MEDICAMENTOS RECETADOS PARA TRATAR DIABETES TIPO 2 QUE PADECE DESDE HACE QUINCE AÑOS.
Al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, pidiéndole ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA ASEGURAR CONECTIVIDAD TELEFÓNICA Y DIGITAL EN ZONA PRECORDILLERANA DE LINARES, URGENTE REUNIÓN CON EMPRESAS INVOLUCRADAS E INFORME SOBRE GESTIONES REALIZADAS AL RESPECTO.
Y al Director del Trabajo, solicitándole FISCALIZACIÓN PARA COMPROBAR SI EMPLEADORES DE LA REGIÓN DEL MAULE ACATAN NORMA DEL CÓDIGO DEL TRABAJO QUE ESTABLECE QUE EL 85 POR CIENTO, A LO MENOS, DE LOS TRABAJADORES QUE SIRVAN A UN MISMO EMPLEADOR DEBE SER DE NACIONALIDAD CHILENA, Y APLICACIÓN DE SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.
Del señor SANHUEZA:
A la Seremía de Vivienda y Urbanismo de Ñuble, requiriéndole información sobre LISTADO DE CONVENIOS Y TRANSFERENCIAS DE FONDOS A PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO, DESDE MARZO DE 2022 A JULIO DE 2023, ESTADO DE EJECUCIÓN DE DICHOS RECURSOS, Y EXISTENCIA DE BOLETAS DE GARANTÍA.
Y al Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de Ñuble, pidiéndole antecedentes detallados sobre FUNCIONAMIENTO DE PLANTA DE REVISIÓN TÉCNICA UBICADA EN CAMINO A HUAPE, CIUDAD DE CHILLÁN, Y PLAN PARA HABILITACIÓN DE NUEVAS PLANTAS DE REVISIÓN TÉCNICA EN ÑUBLE.
De la señora SEPÚLVEDA:
Al Contralor General de la República, para que informe respecto de RESULTADOS DE EVENTUAL FISCALIZACIÓN A CODELCO EN MARCO DE ACTUALIZACIÓN DE OBSERVACIONES PLANTEADAS EN INFORME 900 DE 2016 Y REVISIÓN DE LEGALIDAD EN FUNCIONAMIENTO DE COMPLEJO DEPORTIVO PROPADEL Y CENTRO RECREACIONAL ECOPARQUE, COMUNA DE MACHALÍ.
Y al Contralor General de la República y a la Contralora Regional de O'Higgins, para que consideren MANTENCIÓN DE USO HABITACIONAL PARA TERRENOS EN QUE SE EMPLAZABA LA VILLA DON ERNESTO, COMUNA DE SAN FERNANDO, AFECTADA POR GRAVE INCENDIO OCURRIDO EN FEBRERO DE 2022.
Del señor VAN RYSSELBERGHE:
A la Presidenta del Directorio de ENAP, requiriéndole emitir PRONUNCIAMIENTO SOBRE CASO DE SEÑOR MARCELO ERIZ BURGOS, EXALUMNO EN PRÁCTICA DE DIVISIÓN LABORATORIO EN REFINERÍA BIOBÍO.
Del señor WALKER:
Al Superintendente de Educación, para que informe acerca de RESULTADOS DE FISCALIZACIONES REALIZADAS A COLEGIO PEDRO AGUIRRE CERDA DE LA SERENA DURANTE 2022 Y 2023, A RAÍZ DE RECLAMOS POR SERIOS PROBLEMAS DE INFRAESTRUCTURA.
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--Se levantó la sesión a las 19:49.
Rodrigo Obrador Castro
Jefe de la Redacción
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
De los Honorables Senadores señora Ebensperger, y señores Cruz-Coke, De Urresti, Galilea y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de ley que deroga la disposición que indica de la ley N° 21.527, para permitir acusaciones separadas si en un mismo procedimiento se investiga la participación punible de personas mayores y menores de edad (Boletín N° 16.102-07).
Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señora Ebensperger, y señores Cruz-Coke, De Urresti, Galilea y Huenchumilla, que deroga la disposición que indica de la ley N° 21.527, para permitir acusaciones separadas si en un mismo procedimiento se investiga la participación punible de personas mayores y menores de edad.
I. ANTECEDENTES
La ley 21.527, que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, fue publicada recientemente, el 13 de enero de 2023 ("LRPA").
La LRPA vino a implementar una serie de modificaciones en materia de responsabilidad penal adolescente, con la intención de reformular la administración y ejecución de la reglamentación aplicable a los delitos que cometen las personas menores de edad.
Dentro de dichos cambios, la ley 21.527 incluyó la modificación a la normativa procesal aplicable a los procedimientos en los que una persona adolescente participa de la comisión de un delito juntamente con personas mayores de edad.
De acuerdo con la normativa vigente hasta la publicación de la LRPA, si en un mismo procedimiento se investigaba la participación punible de personas mayores y menores de edad, tendría lugar lo dispuesto en los artículos 185 y 274 del Código Procesal Penal. Es decir, el fiscal podrá investigar separadamente cada delito de que conociere o desarrollar la investigación conjunta de dos o más delitos, cuando ello resultare conveniente, y las acusaciones que deriven de dichas investigaciones podrán someterse a un mismo juicio oral o juicios diversos dependiendo de la conveniencia para el desarrollo del juicio y el derecho a defensa. La aplicación práctica de dicha norma hasta la fecha no había sido conflictiva y había una interpretación pacífica al respecto.
Sin embargo, en la nueva ley se requiere la acusación conjunta de todos los delitos y responsabilidades.
Dicha modificación, que todavía no entra en vigencia, se puede transformar en un gran obstáculo para las investigaciones que lleva adelante el Ministerio Público en las que se persiga la responsabilidad de personas adultas y adolescentes por los mismos hechos. Lo anterior, porque existen múltiples indagatorias de una mayor complejidad, que se asocian al actuar de bandas delictuales, en los que concurre esta hipótesis y requieren de un plazo de investigación más extenso que el contemplado respecto los adolescentes, el que en muchas ocasiones no es suficiente para evacuar las diligencias investigativas necesarias. En la actualidad, este problema se resuelve separando las investigaciones y acusando de manera separada, sin embargo, esto no se podría realizar de encontrarse vigente la Ley N° 21.527.
La nueva ley comienza a regir en forma gradual en plazos de 12, 24 y 36 meses desde su fecha de publicación, para las regiones que indica, conforme a su artículo primero transitorio.
II. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY
Los fundamentos específicos del proyecto de ley están dados porque la nueva normativa hace obligatorio la presentación de una acusación conjunta contra personas adultas y adolescentes, aplicando a ambos los límites que se consagran para los adolescentes. Dentro de esos límites, se contempla un plazo máximo de investigación de 6 meses desde la formalización de la investigación, con posibilidad de ampliación por un máximo de otros dos meses, mientras que el plazo máximo de investigación para el caso de infractores adultos es de dos años.
De esta manera, aun cuando las investigaciones se hayan separado conforme al artículo 185 del Código Procesal Penal, será obligatorio acusar de manera conjunta, debiendo cumplirse las normas que regulan la responsabilidad penal de adolescentes, que establecen un plazo de investigación mucho más acotado que aquel que rige para los adultos. La solución actual -de separar investigaciones y acusar de manera separada- ya no podrá aplicarse.
Una modificación como la propuesta en el presente proyecto de ley es consistente con el objetivo que se tenía presente al momento de presentar el mensaje de la LPRA, que era abordar los problemas de carácter práctico que ofrecía la tramitación conjunta de causas que contaban con personas imputadas adolescentes y adultas. Al respecto, el mensaje de dicho boletín (N. 11174-07) indicaba que "la concurrencia de adultos y adolescentes en un mismo hecho delictivo provoca el problema de que ambas instrucciones y el respectivo juzgamiento se encuentran en una parte de sus contenidos sujetos a reglas diversas"[1], agregando además que "la diversidad de plazos de instrucción y otros factores relevantes hacen que sea común la gestión separada, lo que ofrece problemas asociados a la compatibilidad e incidencia mutua de las diversas resoluciones"[2] y se prefirió "introducir una regla que somete el juzgamiento a una gestión conjunta por defecto, demandando una decisión razonada para la gestión separada."[3]
Por su parte, el Ministerio Público manifestó su postura en contra de dicha medida, a través del OFICIO FN N° 274/2018 de fecha 9 de abril de 2018[4]. En este documento se sugiere no realizar dicha modificación, "puesto que se producirán problemas al establecer de manera obligatoria la acusación conjunta de los delitos y responsabilidades. En efecto, al aplicarse el artículo 185 del Código Procesal Penal y separar las investigaciones, por razones de conveniencia en la realización de las pesquisas, es muy probable que los tiempos sean diversos en una y otra investigación, y por tanto, el agotamiento de las diligencias se producirá en momentos diversos, surgiendo serios problemas al obligar la acusación conjunta."[5]
En el mismo sentido, la Corte Suprema expresó sus reparos sobre esta reforma, a través de un oficio de fecha 24 de abril de 2019. En dicha presentación, se indica que "el proyecto no aclara del todo cómo operará la competencia de los tribunales cuando un mismo procedimiento se siga contra personas menores y mayores de edad"[6], y se afirma que la disposición en comento es insuficiente por diversos motivos. En primer lugar, "debido a que la agrupación o separación de investigaciones es una decisión facultativa del ente investigador y no puede ser el mecanismo decisivo para determinar la competencia"[7] y, por otro lado, porque "la regulación establecida en esta disposición resulta incompatible con la regulación establecida en los artículos 29 bis nuevo de la Ley N° 20.084 y 16 bis nuevo del Código Orgánico de Tribunales, pues si de estas normas interpretamos que la competencia de las salas especializadas para conocer de asuntos relacionados con responsabilidad penal adolescente es exclusiva, no se entiende cómo esta sala - que de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley N° 20.084 debe conocer de la causa- podría intervenir también en el enjuiciamiento de los adultos perseguidos en ella".[8]
Dado todo lo anterior, se hace necesario mantener el actual inciso 2 del artículo 28 de la LRPA, que no genera, per se, problemas de compatibilidad de las resoluciones pronunciadas en diversas causas, ni tampoco en cuanto a los efectos de unas sobre otras. Además, en aquellos casos en que se considere que existe un riesgo de que dichas dificultades se produzcan, la disposición en comento no impide que éstas se sustancien conjuntamente cuando ello sea conveniente.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO
Dado lo explicado con anterioridad, el proyecto busca a través de la derogación de la letra b) del numeral 21 del Artículo55 de la ley 21.527, mantener el actual inciso segundo (que pasaría a ser el tercero) ya que se trata de una norma que no ha generado dificultades en su aplicación y tampoco ha ocasionado perjuicios en los derechos de las personas adolescentes infractoras.
En consecuencia., por estas consideraciones es que venimos en someter a consideración de este Honorable Senado, el siguiente:
Proyecto de ley
Derogase la letra b) del numeral 21 del artículo 55 de la ley 21.527.
De los Honorables Senadores señora Campillai, y señores De Urresti, Gahona, Latorre y Saavedra, con la que inician un proyecto de ley que prohíbe la importación de mercancías, bienes o productos, provenientes de colonias o asentamientos en territorios ocupados considerados ilegales de acuerdo con las normas del derecho internacional, y sanciona su infracción (Boletín N° 16.105-07).
Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señora Campillai, y señores De Urresti, Gahona, Latorre y Saavedra, con la que inician un proyecto de ley que prohíbe la importación de mercancías, bienes o productos, provenientes de colonias o asentamientos en territorios ocupados considerados ilegales de acuerdo con las normas de derecho internacional, y sanciona su infracción.
1. Exposición de Motivos o Fundamentación:
• Derecho Internacional y Responsabilidad de los Estados
Considerando que de conformidad con las normas jurídicas internacionales que rigen la responsabilidad de los Estados por hechos internacionalmente ilícitos 1) la grave violación de una norma jurídica universalmente vinculante (norma imperativa, ius cogens) por parte de cualquier Estado da lugar a responsabilidades jurídicas internacionales para todos los demás Estados; y que (2) estas y otras responsabilidades internacionales son vinculantes, no sólo para el gobierno central de los Estados, sino para todos los órganos y entidades que constituyen la organización del Estado, ya sea que ejerzan funciones legislativas, ejecutivas, judiciales o de otro tipo, incluyendo a las autoridades regionales y municipales, en el ámbito de sus competencias.
Teniendo en cuenta en este contexto la "Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales" contenida en la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1960, que afirma el derecho a la libre determinación y proclama que "La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales".
Destacando también la Declaración sobre los principios del derecho internacional relativa a las relaciones amistosas y la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, según la cual "Todo Estado tiene el deber de promover, mediante una acción conjunta e independiente, la realización del principio de la igualdad de derechos y la autodeterminación de los pueblos, de conformidad con las disposiciones de la Carta, y prestar asistencia a las Naciones Unidas en el desempeño de las responsabilidades que le confiere la Carta en relación con la aplicación de este principio, a fin de: a) promover las relaciones amistosas y la cooperación entre los Estados, y b) poner fin rápidamente al colonialismo, teniendo debidamente en cuenta la voluntad libremente expresada de los pueblos interesados, y teniendo en cuenta que la sumisión de los pueblos al sometimiento, la dominación y la explotación extranjera constituye una violación de este principio, así como una negación de otros derechos humanos fundamentales, y es contrario a la Carta de la Naciones Unidas".
Recordando la responsabilidad de los Estados en virtud del derecho internacional consuetudinario, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 17 de julio de 1998, ratificado por Chile el 17 de junio de 2009 y la Convención Internacional sobre la represión y el castigo del Crimen de Apartheid, el Estado chileno tiene la obligación de combatir los crímenes internacionales más crueles, incluidos el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, entre ellos el crimen de apartheid consistente en “actos inhumanos (...) cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión sistemática y dominación por un grupo racial sobre cualquier otro grupo o grupos raciales y cometidos con la intención de mantener ese régimen".
Teniendo en cuenta que los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de la ONU reafirman que (1) "los Estados deben establecer claramente la expectativa de que todas las empresas comerciales domiciliadas en su territorio y / o jurisdicción respeten los derechos humanos en todas sus operaciones"; y que para cumplir con su deber de proteger, los Estados deberían (2) "(a) Hacer cumplir las leyes que tienen como objetivo, o tienen el efecto de exigir que las empresas comerciales respeten los derechos humanos, y periódicamente evaluar la adecuación de dichas leyes y abordarlas cualquier brecha; (b) Asegurar que otras leyes y políticas que rigen la creación y el funcionamiento continuo de las empresas comerciales, tales como las leyes corporativas, no limiten sino que permitan el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas; (c) Proporcionar orientación efectiva a las empresas comerciales sobre cómo respetar los derechos humanos en todas sus operaciones; (d) Alentar y, cuando corresponda, exigir que las empresas comerciales comuniquen cómo abordan sus impactos sobre los derechos humanos".
Respetando el principio de no discriminación de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que prohíbe el trato diferenciado -o la discriminación arbitraria o injustificable- de los bienes y servicios comerciales por su origen en un lugar o país determinado, y enfatizando y creyendo firmemente que: (1) La legislación de la OMC debe interpretarse siempre de manera acorde al derecho internacional humanitario y al derecho internacional de los derechos humanos; 2) la cláusula de no discriminación de la OMC no es aplicable a las transacciones de bienes o servicios que provengan de territorios sobre los que los Estados contratantes no tengan soberanía internacionalmente reconocida; 3) la exclusión de compañías implicadas en tal situación ilegal u en otras flagrantes vulneraciones de los derechos humanos es un deber de los Estados bajo el derecho internacional público y permitido bajo la ley de la OMC, incluyendo el Acuerdo sobre Contratación Pública que establece en el Artículo III.2 (a) que "nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo se interpretará en el sentido de impedir que una Parte imponga o aplique medidas necesarias para proteger la moral, el orden o la seguridad pública".
Que, las normas del Derecho internacional señaladas son normas de ius cogens, siendo por tanto imperativas de Derecho internacional y de jerarquía máxima respecto de otras normas y principios. Como consecuencia de ello, son perentorias e inderogables. Esto significa que, al ser aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional como un conjunto de reglas, no admiten derogación.
Cada Estado tiene, además, un interés en asegurar que estas reglas sean respetadas porque se corresponden con los valores fundamentales del Ordenamiento Jurídico internacional. Más concretamente aún, de acuerdo al artículo 41.1 de la Resolución 56/83 (adoptada por la AGNU el 12 de diciembre de 2001, la cual aprueba el Capítulo IV del Informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 53° período de sesiones, el cual contiene el proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos), "los Estados deben cooperar para poner fin, por medios lícitos, a toda violación grave en el sentido del artículo 40”, el que a su vez dispone "1. El presente capítulo se aplicará a la responsabilidad internacional generada por una violación grave por el Estado de una obligación que emane de una norma imperativa del derecho internacional general; 2. La violación de tal obligación es grave si implica el incumplimiento flagrante o sistemático de la obligación por el Estado responsable”
Nuestro país, en el plano internacional, siempre se ha identificado como un país respetuoso del Derecho Internacional y de las relaciones multilaterales que modelan la convivencia internacional. Es así como, por ejemplo, ha logrado ser miembro no permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (2014 - 2015) y participar de otras instancias multilaterales.
En lo que respecta a la defensa de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, la dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores establece "que la acción internacional de Chile en materia de Derechos Humanos (...) implica presentar la posición del país en los foros internacionales de protección y promoción de los derechos humanos e incentivar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos en este ámbito. "
En línea con lo anterior, cabe precisar que Chile fue un actor relevante en suscribir la Convención de Ginebra, pues ya en agosto de 1949 nuestro país rubrica una de las principales normas sobre las cuales se erige el Derecho Internacional Humanitario. La IV Convención de Ginebra; ratificada por Chile y de conformidad a lo dispuesto por nuestro Ordenamiento Jurídico, es parte integrante del mismo, la cual señala como una obligación para los países contratantes: “(…) tomar todas las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio Cada una de las Partes Contratantes tendrá la obligación de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad" (Artículo 146).
Así, en el contexto del régimen internacional de Derechos Humanos, el cumplimiento de las normas internacionales de protección de los derechos básicos de las personas también se erige como un imperativo ante la comercialización de bienes o servicios que sean obtenidos mediante un acto ilegal. De esta forma la prohibición de importación de productos obtenidos en contravención al Derecho Internacional Humanitario aparece, por una parte, como una consecuencia lógica de las relaciones internacionales que ha mantenido nuestro país y, por la otra, como una necesidad para impedir el lucro que se produce de la comercialización de bienes, servicios o productos derivados de dicha vulneración. Debido a lo anterior, es preciso señalar que el objeto único de este proyecto es traer a nuestro Ordenamiento el cumplimiento a las normas internacionales que nuestro país ya ha ratificado.
• Certificación de Origen, OMC y Legislación Aduanera
Que, durante las últimas décadas el comercio internacional ha aumentado sostenidamente, se ha diversificado y complejizado, y con la entrada en vigencia de los Acuerdos de Marrakech, mediante los cuales se estableció la OMC en conjunto con sus acuerdos complementarios del año 1994, se incorporaron importantes reformas en materias aduaneras.
Adicional a ello, nuestro país cuenta con una red de acuerdos comerciales que establecen regímenes aduaneros preferenciales exentos de gravámenes, siendo necesario para responder a los nuevos flujos comerciales que se generan, adecuar los procedimientos establecidos en la legislación interna, incorporando nuevos mecanismos para el desarrollo de actividades económicas vinculadas al comercio exterior y, al mismo tiempo, fortaleciendo las facultades de fiscalización de esas operaciones.
Por otra parte, han surgido nuevas formas de vulneración de la legislación que requieren de una Aduana dotada de las potestades suficientes para garantizar el cumplimiento de la Ley, fiscalizando y denunciando las operaciones fraudulentas que ponen en riesgo el mercado nacional y la imagen del país en el exterior.
Para poder diferenciar los bienes importados que pueden gozar de trato arancelario preferencial o no, se han establecido las llamadas "Reglas de origen o Normas de origen", las cuales en su acepción básica constituyen un conjunto de disposiciones específicas que determinan dónde se ha producido un bien, a partir de criterios y principios que proveen una base legal para determinar la nacionalidad de los productos.
II. Idea Matriz
Sancionar la importación de mercancías, bienes, servicios o productos provenientes de colonias o asentamientos ilegales de acuerdo con el Derecho Internacional.
Hacer efectivas las obligaciones del Estado derivadas de la Cuarta Convención de Ginebra relativa a la Protección de Personas Civiles en Tiempos de Guerra y del Derecho Internacional Consuetudinario; y, con ese propósito, tipificar como delito la importación de bienes o servicios provenientes de un territorio ocupado o que extraiga recursos de un territorio ocupado en determinadas circunstancias.
III. Proyecto de Ley.
Artículo Primero
"Prohíbase el ingreso a territorio nacional, incluidas cualquier zona de franquicias tributarias, aduaneras o de otra especie, de mercancías, bienes, servicios o productos provenientes de colonias o asentamientos ilegales en territorios ocupados, de acuerdo con el derecho internacional y declarados como tales, ya sea por medio de una resolución u opinión consultiva, por una Corte de jurisdicción Internacional, en relación con lo establecido en la IV Convención de Ginebra relativo a la Protección Debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra del año 1949".
Toda persona que, a sabiendas o debiendo saber el origen ilegal de mercancías, bienes o productos en virtud de la presente ley, participe de manera directa o indirectamente en las actividades de importación, ya sea en su calidad de transportista, consignatario, agente de aduanas o destinatario final, deberán dar estricto cumplimiento a la prohibición establecida en el inciso anterior, debiendo poner en conocimiento del Servicio Nacional de Aduanas los antecedentes sobre el señalado ingreso o importación".
Artículo Segundo
"El importador que infrinja la prohibición establecida en el inciso 1° del artículo precedente será sancionado como autor del delito de contrabando tipificado en el inciso 2o del artículo 168 de la Ordenanza de Aduanas y castigado con las penas asociadas a dicho delito.
Las infracciones a la obligación establecida en el inciso 2° del artículo anterior serán sancionados con la pena de multa de hasta cinco veces el valor aduanero de las mercancías”.
De los Honorables Senadores señoras Ebensperger y Rincón, y señores Espinoza y Sandoval, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos (Boletín N° 16.103-07).
Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señoras Ebensperger y Rincón, y señores Espinoza y Sandoval, que modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos.
I. Objetivo
El presente proyecto de ley tiene por objeto hacer aplicable los principios de transparencia y probidad a las personas jurídicas, sin fines de lucro, que contraten o suscriban convenios con el Estado o sean receptoras de fondos públicos.
II.- Fundamentos
La transparencia y probidad son principios básicos en una democracia, con todo, su aplicación y desarrollo en Chile se ha centrado en los órganos del Estado, por ello el presente proyecto de ley viene hacerlos extensibles a determinadas personas jurídicas sin fines de lucro que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos, con el fin de poder hacer seguimiento de los recursos, de que éstos sean realmente invertidos en los fines para los cuales fueron traspasados y poder, en definitiva, establecer responsabilidades ante su eventual mal uso.
De otro lado, la idea del proyecto no es limitar o impedir las sinergias público-privadas, ya que estas son indispensable para alcanzar fines públicos deseados, lo que se busca es elevar los estándares de las asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado a fin de transparentar su funcionamiento, miembros y actividades a efectos de que la sociedad en su conjunto pueda hacer un control y, específicamente, otorgándole facultades en la materia al Consejo para la Transparencia y a la Contraloría General de la República.
De esta forma se introduce un epígrafe nuevo al Código Civil en el título que regula las personas jurídicas sin fines de lucro a fin de establecer una serie de obligaciones únicamente aplicable a las asociaciones y fundaciones que contraten o pacten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos.
Por dichas consideraciones sometemos a consideración del H. Senado el presente proyecto de ley:
Artículo único: introdúzcanse las siguientes modificaciones al Código Civil:
1.- Introdúzcase el siguiente párrafo primero al Título XXXIII De las personas jurídicas, del Libro I, antes del artículo 545:
§1. Normas generales
2.- Introdúzcase el siguiente párrafo segundo al Título XXXIII De las personas jurídicas, del Libro I, luego del artículo 564:
§ 2. Reglas para las receptares de fondos públicos
Artículo 564-1.- Las siguientes normas serán aplicables únicamente a las asociaciones y fundaciones que contraten o realicen convenios con el Estado, bajo cualquier modalidad, o sean receptoras de fondos públicos por cualquier título o causa.
Artículo 564-2.- Las asociaciones y fundaciones sólo podrán tener como asociados, fundadores o miembros a personas naturales y personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro.
Asimismo, dichas entidades no podrán contratar con personas jurídicas o naturales relacionadas, entendidas éstas, como aquellas personas jurídicas, con o sin fines de lucro, en que cualquiera de sus miembros tenga o haya tenido participación en la asociación o fundación, a cualquier título, como dependiente, colaborador, socio, accionista o asociado; ni con personas naturales que formen o hayan formado parte de las asociaciones o fundaciones.
La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con la disolución de la asociación o fundación, conforme al numeral primero del literal c) del artículo 559, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que se puedan imponer conforme a las normas generales.
Artículo 564-3.-A las asociaciones y fundaciones les serán aplicable los literales a), b), d), k) y I) del artículo 7o de la Ley N° 20.285. Dicha información deberá ser publicada en su portal web en el plazo de treinta días desde la suscripción del contrato o convenio y se mantendrá actualizada en forma mensual mientras dure el mismo. Dicha información se considerará pública y deberá mantenerse actualizada, en los mismos términos, por el plazo de un año luego de ejecutado el contrato o convenio. La infracción a este artículo será sancionada con multa de 10 a 100 unidades tributarias mensuales y será impuesta por el Consejo para la Transparencia, conforme a sus procedimientos de oficio o a requerimiento de cualquier persona. La multa será únicamente reclamable ante la Corte de Apelaciones de Santiago en el plazo de quince días desde que fuere notificada.
Para efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, los órganos del Estado que contraten, pacten o transfieran fondos a asociaciones y fundaciones, deberán informar al Consejo para la Transparencia de forma mensual de los contratos, convenios o transferencias que efectúen con asociaciones y fundaciones. Dicha comunicación se entiende incluida en las obligaciones que dispone el artículo 9o de la misma ley.
Artículo 564-4.-Asimismo, los órganos del Estado que contraten, pacten o transfieran fondos a asociaciones y fundaciones por medio de actos o resoluciones que estén exentos de toma de razón, deberán informar mensualmente a la Contraloría General de la República de los mismos, bajo el procedimiento que ésta determine.
Artículo transitorio.- Lo dispuesto en la presente ley entrará a regir treinta días luego de publicada en el Diario Oficial.
De los Honorables Senadores señores Espinoza, Araya, Castro González, Sandoval y Walker, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, con el objeto de aumentar las sanciones por infracción a las disposiciones que indica (Boletín N° 16.104-06).
Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Espinoza, Araya, Castro González, Sandoval y Walker, que modifica la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, con el objeto de aumentar las sanciones por infracción a las disposiciones que indica.
Fundamentos
La Ley N°20.285 sobre Acceso a la Información Pública fue publicada el 20 de agosto de 2008 y entró en vigencia el año 2009, teniendo como precedentes: la Ley 19.653 de 14 de diciembre de 1999; la Ley 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; y la Ley 19.880 de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos de los Órganos del Estado.
Si bien las leyes anteriores significaron un avance en su época, estas mismas establecían opciones para dar secreto o reserva a cierta información, lo que claramente significaba una grave limitación a la información pública.
La Ley N°20.285 realiza una distinción entre transparencia activa y pasiva, entendiéndose la primera por la información que debe estar permanentemente actualizada en sus sitios web, esto de acuerdo al artículo 7. La transparencia pasiva, por su parte, se encuentra regida por el artículo 8 desde donde se desprende el derecho de acceso a la información, que garantiza el derecho de toda persona a solicitar y recibir información que no está comprendida en el catálogo establecido para la transparencia activa, pero con excepciones establecidas taxativamente en el artículo 21 y 22 de la ley en comento.
Por otra parte, esta ley es aplicable a los siguientes órganos del Estado: los ministerios, las gobernaciones regionales, los gobiernos regionales, las municipalidades, las Fuerzas Armadas, los servicios públicos, las empresas del Estado, la Contraloría General de la República, el Banco Central, el Congreso Nacional, los Tribunales que forman parte del Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional y la Justicia Electoral.
Finalmente, la ley estableció la creación del Consejo para la Transparencia, organismo que goza de autonomía y cuyo objetivo principal es promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas de transparencia y garantizar el derecho de acceso a la información.
Ahora bien y dentro del contexto del "Caso Convenios", el Consejo para la Transparencia inició diversas investigaciones sumarias contra el SERVIO Y SEREMI de Vivienda del Nuble, esto luego de una denuncia realizada por las trabas para conocer detalles de información pública referentes a esos servicios, principalmente actas y resoluciones suscritos entre 2022 y 2023.
En el caso que el resultado de las investigaciones sumarias o sumarios administrativos realizadas por el Consejo signifiquen una sanción, establecidas en Título VI, estas abarcan desde el 20% a 50% de la remuneración del infractor en el caso de incumplir las normas sobre transparencia activa, y de la autoridad, jefatura o jefe superior del servicio u órgano que deniegue la información de manera infundada o bien la otorgue tardíamente pese existir resolución firma
Idea Matriz
Por lo anteriormente expuesto, y los hechos conocidos respecto al "Caso Convenios", es de suma necesidad que la transparencia se haga efectiva de acuerdo a lo establecido por la ley vigente, así se establecerán mayores multas y sanciones a los funcionarios y jefes de servicio, contemplando también multas y sanciones a quienes reincidan en los comportamientos sancionados en los artículos 45 y 46.
Por lo anterior, los senadores que suscriben tienen a bien presentar el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Artículo único:
1. Agregase al artículo 45 de la Ley N°20.285 sobre acceso a la información pública un inciso segundo:
"Ante reincidencia la medida disciplinaria será el duplo de la sanción indicada y la suspensión en el cargo por un lapso de cinco días.
2. Modificase el artículo 46 inciso segundo de la Ley N° 20.285 sobre acceso a la información pública, por el nuevo:
"Si la autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado, requerido, persistiere en su actitud, se le aplicará el duplo de la sanción indicada y la suspensión en el cargo por un lapso de quince días sin goce de sueldo.
3. Modificase el artículo 47 de la Ley N° 20.285 sobre acceso a la información pública, por el nuevo:
"El incumplimiento injustificado de las normas sobre transparencia activa se sancionará con multa de 30% a 60% de las remuneraciones del infractor"
De los Honorables Senadores señor Chahuán, señoras Órdenes y Rincón, y señores Cruz-Coke y De Urresti, que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear la Agencia de Futuro Estratégico (Boletín N° 16.061-07)
Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Chahuán, señoras Órdenes y Rincón, y señores Cruz-Coke y De Urresti, que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear la Agencia de Futuro Estratégico.
Exposición de motivos.
I. LA VISIÓN PROSPECTIVA Y ESTRATÉGICA
Chile necesita con urgencia acrecentar su capacidad de pensar el futuro. Hoy, el poder Ejecutivo carece de una institucionalidad con tal propósito. Esta insuficiencia compromete la capacidad de anticipar, de explorar acuerdos, de trazar una estrategia compartida y de gobernar mejor. Mientras los países avanzados poseen instituciones en el Estado para realizar estudios de futuro, propuestas estratégicas y diálogo político económico social y ambiental, nuestro país carece de capacidades suficientes.
La aceleración de los cambios globales y la creciente complejidad elevan la incertidumbre y ensanchan la brecha de gobernabilidad, crece más veloz la complejidad de la sociedad que la capacidad de gobernarla. Los programas propuestos durante las campañas presidenciales se ven rebasados por hechos no previstos. Los gobiernos, generalmente, no son capaces de reaccionar a tiempo, afectando el desarrollo económico social y la gobernabilidad democrática. Es perentorio incrementar la capacidad para detectar los fenómenos en gestación, políticos, geopolíticos, tecnológicos, sociales y ambientales.
El Poder Ejecutivo debe acrecentar su capacidad de pensar a largo plazo y diseñar estrategias, esbozar un rumbo y un relato que inspire una acción colectiva. Esta función de prospectiva estratégica debe trascender los periodos de gobierno.
Los países avanzados han priorizado la formación de equipos para encarar riesgos, identificar oportunidades estratégicas, conocer en profundidad las tendencias globales y nacionales para discernir los futuros posibles, y así prepararse mejor. Las experiencias de dichos países demuestran que las conclusiones de estos trabajos deben informarse y debatirse con parlamentarios, partidos políticos, regiones, municipios, organismos internacionales, consultarse con la opinión pública, organizaciones sociales y medios de comunicación. También la experiencia de países como Finlandia revela la ventaja de realizar una elaboración conjunta de escenarios posibles y estrategias entre el Ejecutivo y el Parlamento.
Al menos, cuatro grandes desafíos prioritarios se reiteran por los países avanzados: la digitalización, el cambio climático, la desigualdad y la gobernabilidad democrática. Abordarlos requiere adoptar un enfoque integral, que comprenda la interacción simultánea de los procesos tecnológico-productivos con los fenómenos sociales, jurídicos y éticos. Hacerlo supone integrar los avances biodigitales, edición genética e Inteligencia artificial y su impacto sobre el ser humano, en los comportamientos sociales y en la resiliencia de las instituciones.
Una institucionalidad eficaz debe aunar capacidades multi y transdisciplinarias, colaboración con universidades y centros públicos y privados, para conjugar todas las capacidades existentes en la sociedad. Debe promover unidades de futuro en los distintos centros de decisión del Estado, del sector privado y en las organizaciones de la sociedad civil.
Los derechos de las nuevas generaciones exigen a los Estados evaluar cómo las decisiones presentes afectarán las acciones del mañana. Éstos deben promover el desarrollo de una cultura que anticipe el futuro, formar funcionarios públicos del más alto nivel y programar -con universidades y escuelas- la enseñanza de estos aprendizajes del siglo XXI.
La prospectiva estratégica puede contribuir a la solución de problemas críticos, anticiparlos y proponer recomendaciones. Gobernar bien será posible en la medida que se propicien espacios de reflexión colectiva y formación -tanto de hombres y mujeres de diversas edades, regiones, grupos socioeconómicos y étnicos- en la disciplina de pensar con visión futura. La búsqueda de consensos y acuerdos son el eje central de la democracia y la gobernabilidad, indispensable para ejecutar transformaciones estratégicas.
II. NUESTRA HISTORIA
Como ya indicamos, nuestro país carece hoy de una capacidad en el Estado de estudios de futuro y análisis de opciones estratégicas.
En el pasado existieron instancias que hacían un trabajo semejante, pero vinculado a la planificación. Primero fue la CORFO, impulsó la industrialización, creó empresas públicas, entregó créditos a empresas privadas, y desarrolló estrategias en áreas económicas prioritarias. El segundo organismo de planificación fue la Oficina de Planificación Nacional, ODEPLAN, creada en 1967 como un servicio público descentralizado. Estaba encargado de formular el plan nacional de desarrollo económico y social; la política de desarrollo regional y la formulación de metas de inversión pública. En 1990 se transformó en el Ministerio de Planificación, encargado de evaluar el impacto social de la inversión pública y de formular las metas de inversión nacional y regional. Dicho rol planificador se contrajo en 2011, cuando el MIDEPLAN se transformó en el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Posteriormente, la función de planificación y prospectiva se centró en innovación a través de Comisión Nacional de Innovación para el Desarrollo, CNID (2005), y finalmente en el Consejo de Ciencia, Tecnología y Conocimiento, CCTCI, que absorbió a CNID (2019), dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
Paralelamente, los gobiernos delegaron algunas de estas funciones en la Secretaria General de la Presidencia; luego, en el llamado Segundo Piso de La Moneda, y más recientemente en algunas comisiones para efectuar recomendaciones de largo plazo, por ejemplo, en calidad de la educación, pensiones, probidad, asuntos indígenas, niñez, productividad. Sin embargo, la intensa gestión cotidiana fue diluyendo la función prospectiva y estratégica, justo cuando se hace más necesaria una mirada coherente de futuro.
Lo anterior no obsta a que hoy día existan ciertas regulaciones especiales, sobre todo en planificación. Por ejemplo, en materia de proyectos específicos, el Ministerio de Desarrollo Social mantiene una unidad de evaluación de proyectos; en materia urbanística, existen los planos reguladores; en materia medio-ambiental existen los planes de prevención y descontaminación; en materia eléctrica, la Comisión Nacional de Energía propone los planes y políticos para el sector energético.
La Dirección de Presupuestos cumple una función semejante. Esta es un servicio público descentralizado, “encargado de proponer la asignación de los recursos financieros del Estado", de “orientar y regular el proceso de formulación presupuestaria” y “regular y supervisar la ejecución del gasto público" (art. 15, DL N° 1263).
Los diseños institucionales no son idóneos para la función de prospectiva estratégica. Desde luego, el presupuesto de la Nación dura un año. Enseguida, la Alta Dirección Pública selecciona a los Altos Directivos, pero su duración en el cargo es de tres años prorrogables. Finalmente, el periodo presidencial es de cuatro años.
No existe, entonces, un organismo encargado de realizar una labor prospectiva y de elaborar una visión estratégica de futuro, de modo principal, en nuestro sistema. Hay, sin embargo, experiencias parciales de estudios prospectivos y estrategias, en temas específicos y sectoriales. Entre las más recientes asoman energía, infraestructura, política internacional, agricultura, forestal, minería, cibernética, digital, que apuntan a futuro. Sin embargo, las más de las veces los estudios no tienen continuidad, son intermitentes, parciales y no integrados, y pocas veces se traducen en políticas y planes de largo alcance. Normalmente carecen de seguimiento de su cumplimiento. Tampoco se coordinan con distintos sectores, ministerios e instituciones, ni con regiones, Tampoco consultan regularmente a la sociedad civil. Es una institucionalidad dispersa.
La principal convergencia entre estudios de largo plazo, programas de futuro y acción, se ha verificado durante las campañas presidenciales. La tradición chilena de estudios de futuro ha estado especialmente ligada a la elaboración de programas para las candidaturas presidenciales y en los partidos políticos.
III. LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL.
A nivel internacional, los países han ido creando o reforzando instancias especiales en prospectiva estratégica. Ellas se sitúan a nivel de las presidencias de la República o Primeros Ministros, al más alto nivel del Estado. Los países han acrecentado sus capacidades de anticipación, elaboración de escenarios y estrategias, nacionales, sectoriales y territoriales. En todos se busca mejorar la coordinación interna del gobierno, fortalecer los equipos del Parlamento, extender las consultas ciudadanas, operar con redes nacionales e internacionales, y formar equipos interdisciplinarios.
Son de particular interés las experiencias de la UE, OCDE, Finlandia, Francia, España, Canadá, Singapur, UK, EE. UU. En la UE se ha ampliado el análisis de tendencias globales y de diseño estratégico; y se estrecha el vínculo entre Comisión y Parlamento europeo. Se promueve la instalación de equipos en todos los gobiernos y con la sociedad.
El sistema finlandés posee un sistema con múltiples instituciones que interactúan. Las principales son la oficina del Primer Ministro y la Comisión de Futuro del Parlamento. La oficina del Primer Ministro elabora anualmente un documento de largo plazo que envía al Parlamento. El Parlamento discute en comisiones y realiza observaciones al Ejecutivo. Además, se elabora cada cuatro años un informe en 360°, que incluye los principales desafíos, con un horizonte a 20 años. Este se entrega a los partidos políticos y a la sociedad civil para debatir antes de las elecciones. Proveen información a dirigentes políticos, empresarios, líderes sociales, universidades y organizaciones de la sociedad civil. Se exploran las prioridades nacionales, como economía circular, manejo de datos, economía sustentable, innovación y participación, e incursionan en la formación de futuro en cursos de “societal training”.
En varios países los documentos y recomendaciones se hacen públicos para alimentar debates programáticos en periodos electorales. Así, en EE. UU., el National Intelligence Council prepara cada 4 años un documento sobre Tendencias Globales para el Presidente que asume. En 2021 entregó “Global Trends 2040. A more Contested World", que describe los posibles escenarios en los que debería desenvolverse el país en la década. Igual ocurre en Finlandia, y en otros países con distinta regularidad, como España 2050, Francia 2030. La OCDE, por su parte, valora la preparación de un informe principal que se entrega con regularidad, o “flagship document”.
En España, en el año 2020, se creó la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia, dependiente de la presidencia del Gobierno. Su principal producto ha sido “España 2050’. Depende del Gabinete de la Presidencia; su jefe tiene el rango de Director General y cuenta con una unidad de estudios.
En Francia se creó el Comisariato de la Estrategia y Prospectiva (France Strategie), dependiente del Primer Ministro, que formula recomendaciones al Poder Ejecutivo, organiza debates, conduce consultas, evalúa las políticas y convoca a todas las partes interesadas. Está conectado con un sistema en red de con los principales organismos públicos, y recientemente ha elaborado el documento Francia 2030.
Por otra parte, en 2021, el Secretario General de las Naciones Unidas ha publicado Nuestra Agenda Común, y ha convocado a todos los países a fortalecer la capacidad de anticipación, ha propuesto crear un Laboratorio de Futuro y realizar una Cumbre de Futuro, con particular énfasis en las nuevas generaciones.
En Brasil existe el Centro de Estudios Estratégicos y la Secretaría de Asuntos Estratégicos. El primero es un órgano técnico inserto en el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Información y Comunicaciones. La Secretaría es un órgano encargado de asesorar directamente al Presidente de la República en la Planificación Nacional. En Colombia funciona el Sistema Nacional de Planeación. Este órgano elabora el Plan Nacional de Desarrollo, que debe someterse a la aprobación del Consejo Nacional de Política Económica y Social, luego de lo cual es enviado al Congreso para discutirlo en ambas Cámaras.
Argentina, por su parte, posee una unidad especial dependiente del Jefe de Gabinete, y una instancia participativa de 57 universidades nacionales encargadas de elaborar una estrategia futura.
En Perú existe el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, uno de cuyos órganos centrales es el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. Es un órgano adscrito al Consejo de Ministros. Su labor es promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país.
Como se observa, la gran mayoría de los países tiene hoy en día un sistema encargado de la prospectiva y visión global. Su incorporación a los ordenamientos jurídicos internos fue producto de procesos de mejoramiento progresivo, a la luz de las propias experiencias y de las necesidades.
La revisión de las experiencias internacionales muestra las prácticas más eficaces para la consecución de sus propósitos, a saber: el trabajo en red con las distintas instituciones y equipos; un trabajo desde la base, alimentándose del trabajo territorial con gobernaciones, organizaciones locales y de la sociedad civil; la elaboración de políticas públicas y estrategias; y una prospectiva para la acción.
IV. LINEAMIENTOS FUNDAMENTALES DE LA PROPUESTA
Conscientes de la necesidad de una institucionalidad para la prospectiva estratégica, la Comisión Desafíos del Futuro del Senado creó una Mesa de trabajo para preparar un proyecto de ley. Durante varios meses invitó y revisó las experiencias de distintas autoridades, expertos nacionales e internacionales, exministros, y a los ex Presidentes de la República. Los lineamientos fundamentales de dicha propuesta son los siguientes.
En primer lugar, el proyecto crea un órgano encargado de la prospectiva y estrategia, que se encargue de registrar y difundir los estudios de tendencias mundiales y transformaciones globales, elaborar escenarios plausibles y, luego, identificar prioridades y presentar propuestas nacionales a la autoridad política para orientar el diseño, evaluación y ejecución de las políticas públicas de los órganos de la Administración del Estado en esta materia.
En segundo lugar, este órgano se regirá por ciertos principios. El primero, es la autonomía. El órgano que se crea tiene una autonomía reforzada, como otros organismos del país (por ejemplo, el Consejo para la Transparencia, el Instituto de Derechos Humanos, la Defensoría para la Niñez; la Comisión para el Mercado Financiero).
Se trata de una entidad autónoma en el siguiente sentido. Desde luego, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio. Enseguida, su órgano superior es un Consejo, integrado por 7 miembros, nombrados por el Presidente de la República, previo acuerdo con el Senado. Dichos consejeros duran nueve años en sus cargos. Estos consejeros no pueden ser removidos por el Presidente de la República. Asimismo, el Consejo tiene un Presidente elegido por los Consejeros de entre sus miembros. El Presidente es el que representa legalmente al Servicio para efectos judiciales y extrajudiciales.
No obstante, esta autonomía, se le aplican normas como la Ley de Administración Financiera del Estado, la Ley de Acceso a la Información Pública, la Ley de Probidad, la Ley del Lobby, la Ley de Procedimiento Administrativo. Asimismo, está sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República.
Del mismo modo, con el fin que el Consejo pueda mantener una visión de largo plazo, el nombramiento de los consejeros ha de superar el ciclo político del periodo presidencial. Por eso, los consejeros duran nueve años y se renuevan de manera parcial.
Para asegurar la cercanía con el Presidente de la República, y una buena gestión administrativa es preferible que su dependencia sea de un ministerio transversal, para lo cual se propone al Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Un segundo principio, es la descentralización. De ahí que el órgano podrá constituir Direcciones Regionales, pero agrupadas en tres macrozonas. Una para el norte del país; otra para el centro y otra para la zona sur.
Un tercer principio, es la participación. El vínculo con la ciudadanía es vital en esta materia. Ello se logra de dos maneras en el proyecto de ley. Por una parte, con la posibilidad de crear grupos de trabajo, comités consultivos o comisiones asesoras. Y, por otra, mediante Consejos de la Sociedad Civil.
Finalmente, con el propósito de dotarlo de la flexibilidad necesaria, el personal del Servicio se regirá por el derecho laboral. Sin perjuicio de ello, el personal directivo se designará por concurso efectuado por el Servicio Civil.
En tercer lugar, a dicho organismo se le encargan importantes funciones, como desarrollar instrumentos de prospectiva y estrategia global; informar al gobierno de principales tendencias globales, factores de cambio, externos e internos, escenarios plausibles, evaluar y monitorear la evolución de las acciones en ese ámbito; formular recomendaciones para el desarrollo nacional a los órganos de la Administración.
El Consejo puede solicitar la colaboración de los distintos órganos del Estado; integrar y participar en la formación y constitución de personas de derecho privado, sin fines de lucro. Y constituir un Consejo Consultivo.
En cuarto lugar, consideramos que, tal como sucede en algunos países avanzados, lo que haga este organismo debe estar estrechamente vinculado con el Congreso. De ahí que se proponga que debe elaborar un informe anual a la Cámara de Diputados y al Senado con los principales desafíos estratégicos, oportunidades y riesgos, recomendaciones para encararlos.
Consideramos que, de este modo, se contribuye a la modernización del Estado, para que incorpore en su modo de pensar y actuar la visión prospectiva y estratégica y, por esa vía, permear esa visión al mundo privado y la sociedad civil.
En mérito de las consideraciones que anteceden, sometemos a consideración del Senado, el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
“Artículo 1°: Incorpórese a la Constitución Política de la República, un Capítulo XII Bis nuevo,
“Agencia de Futuro Estratégico”, que consta de las siguientes disposiciones:
“TÍTULO I ÁMBITO Y FUNCIONES
Artículo 107 A.- Créase la Agencia de Futuro Estratégico, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Tendrá su domicilio en la Región Metropolitana, sin perjuicio de su presencia regional.
Artículo 107 B.- La Agencia tiene por objeto la prospectiva y la estrategia nacional, para lo cual le corresponde identificar las tendencias globales de largo plazo a las que se enfrenta el mundo y nuestro país, proporcionar análisis de los escenarios probables, cambios más relevantes, riesgos, oportunidades y de formular recomendaciones estratégicas integrales y específicas de mediano y largo plazo al Presidente de la República y demás autoridades del Estado para el mejor diseño de las políticas públicas de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo 107 C.- Corresponderá a la Agencia de Futuro Estratégico, las siguientes funciones.
1. Elaborar informes y entregar información sobre las tendencias mundiales, escenarios globales y nacionales, proponer estrategias de desarrollo, generales y específicas, y formular recomendaciones a la Presidencia de la Republica y a los órganos de la Administración del Estado.
2. Proponer criterios comunes para alinear los estudios de futuro en los distintos ministerios e instituciones públicas, y contribuir a la coordinación entre ellos con lógica que abarque todo el Gobierno.
Asimismo, evaluar y monitorear la ejecución de las acciones vinculadas a la prospectiva y estrategia nacional, según la metodología, procedimiento y demás normas que diseñe al efecto. En tal sentido, podrá desarrollar metodologías e instrumentos de prospectiva y estrategia para ser usados por los órganos de la Administración del Estado y promover buenas prácticas en ese ámbito. Para ello podrá actuar en colaboración con universidades. También, podrá formular su opinión sobre eventuales rezagos en el cumplimiento de dichas acciones, pudiendo proponer medidas de mitigación y corrección.
3. Proponer al Presidente de la República y al Congreso Nacional, en su caso, las normas, instructivos y demás perfeccionamientos normativos para asegurar el cumplimiento de sus objetivos, sin perjuicio de su capacidad normativa propia en el ámbito de su competencia, pudiendo establecer procedimientos y sistemas.
4. Elaborar con regularidad informes que provean información y propuestas al gobierno, y demás autoridades políticas, sobre temas prioritarios para el desarrollo nacional, mediante un proceso participative y multidisciplinario, en temas generales o específicos.
5. Realizar estudios, análisis e informes en los temas que le competan. En especial, deberá elaborar un informe anual a la Cámara de Diputados y al Senado en el mes de marzo de cada año; y al Ministerio de Hacienda, previo al debate sobre el presupuesto de la Nación.
Asimismo, deberá preparar un documento que recoja las ideas emanadas de un diálogo amplio, cada cuatro años, para orientar decisiones estratégicas y aporte al debate nacional y a la preparación de programas de gobierno.
6. Ejecutar, a solicitud del gobierno nacional o regionales, o de oficio, estudios específicos en áreas de riesgo u oportunidad, y de anticipación de situaciones críticas para el desarrollo del país. Para ello conformará equipos transversales e interdisciplinarios.
7. Solicitar la colaboración de los distintos órganos de la administración del Estado para el ejercicio de sus atribuciones y coordinarse con ellos. Con tal propósito podrá celebrar convenios para la ejecución de proyectos o acciones de interés común en materias de análisis de escenarios, estrategias y políticas públicas.
8. Para el cumplimiento de sus fines podrá celebrar convenios con instituciones, corporaciones o empresas, nacionales o extranjeras, para que presten la asistencia que sea necesario en el cumplimiento de sus tareas.
9. Integrar y participar en la formación y constitución de personas de derecho privado, sin fines de lucro, a que se refiere el Título XXXIII del Libro I del Código Civil cuya misión fundamental sea la promoción, desarrollo, información y coordinación de conocimientos y experiencias en el área de sus funciones.
10. Prestar su asesoría, en materias de su competencia, a organismos públicos o privados que lo soliciten. Igualmente, podrá promover, apoyar y orientar a los grupos de estudio de futuro que se constituyan en ministerios y gobernaciones regionales.
11. Realizar directamente, o a través de terceros, actividades de capacitación a funcionarios públicos en temas de futuro, fomentar la alfabetización de futuro, introduciendo la visión de largo plazo en la gestión pública y a nivel social.
12. Efectuar estadísticas y reportes sobre las labores que lleva a cabo y sobre el cumplimiento de esta ley.
13. Realizar actividades de difusión e información al público, sobre materias de su competencia.
Los resultados de sus trabajos se entregarán al Congreso, organizaciones territoriales y centros de estudios de futuro del sector privado, universidades, sociedad civil y grupos interesados para contribuir a la reflexión sobre el largo plazo y a gestar una visión compartida.
14. Recoger la opinión ciudadana a través de grupos de trabajo, comités consultivos o comisiones asesoras, sin perjuicio del Consejo Nacional y los Consejos Regionales de la Sociedad Civil.
15. Crear y mantener un sitio web abierto y un "depósito global" de toda la información relevante para facilitar el acceso a los ciudadanos, enlazando el sitio con otros sitios web de trabajo sobre tendencias a largo plazo en todo el mundo. Establecer vínculos e intercambios con organizaciones internacionales que trabajan en estos temas.
16. Celebrar los demás actos y contratos para el cumplimiento de sus funciones.
TÍTULO II ORGANIZACIÓN
Artículo 107 D.- Son órganos de la Agencia el Consejo, el Presidente del Consejo, las Direcciones Macro Regionales, el Comité Interministerial, el Consejo Nacional de la Sociedad Civil y los Consejos Regionales de la Sociedad Civil.
Párrafo 1º
Del Consejo
Artículo 107 E.- La dirección superior de la Agencia corresponde a un Consejo.
Artículo 107 F.- El Consejo estará integrado por siete miembros, denominados consejeros, que deben ser expertos de reconocido prestigio profesional o académico, los que serán designados por el Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. El Presidente de la República hará la proposición en un solo acto y el Senado deberá pronunciarse respecto de la propuesta como una unidad. Los consejeros durarán nueve años en sus cargos, y no podrán ser reelegidos. Se renovarán por parcialidades, cada tres años.
Artículo 107 G.- Los miembros de la Agencia cesarán en sus funciones por:
1. Expiración del plazo por el que fueron nombrados.
2. Renuncia presentada al Presidente de la República por intermedio del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3. Existencia de alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
Si una vez designado en el cargo sobreviniere a un consejero alguna de las causales de incompatibilidad o inhabilidad, deberá informarlo inmediatamente al Consejo, cesando inmediatamente en el cargo.
4. Faltas graves al cumplimiento de las obligaciones como miembros del Consejo.
Se considerarán faltas graves al cumplimiento de las obligaciones como miembro del Consejo, el incumplimiento de las obligaciones de presentación de declaraciones de intereses y patrimonio y la inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas del Consejo.
También se considerará falta grave el incumplimiento del deber de informar al Consejo sobre la existencia de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente establecida en el numeral 3 de este artículo. De dichas faltas conocerá el propio Consejo, a iniciativa de no más de dos consejeros.
En caso de quedar vacante el cargo, deberá procederse al nombramiento de un nuevo consejero en la forma indicada en el artículo 107 G. El Consejero nombrado en reemplazo durará en el cargo sólo por el tiempo que falte para completar el período del consejero reemplazado. En el caso de faltar seis años o más para completar el periodo del Consejero reemplazado, el reemplazante podrá optar a la prórroga de su periodo al cese del mismo.
Artículo 107 H.- El desempeño de las labores de consejero será compatible con labores académicas y con el desempeño profesional.
El cargo de Consejero será incompatible con cargos de elección popular. Esta incompatibilidad regirá desde la inscripción de las candidaturas, mientras ejerza dicho cargo, y hasta cumplidos seis meses desde la fecha de la respectiva elección o cesación en el cargo, según correspondiere.
Artículo 107 I- No podrán desempeñarse como miembros del Consejo:
a) Las personas que hayan sido condenadas por delito que merezca pena aflictiva o inhabilitación perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos, por delitos de prevaricación, cohecho y, en general, por aquellos cometidos en ejercicio de la función pública, delitos tributarios; delitos contemplados en la ley N° 18.045, de Mercado de Valores y, en general, por delitos contra la fe pública.
b) Las personas que tengan dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifiquen su consumo por un tratamiento médico.
Si alguno de los miembros del Consejo hubiese sido acusado de alguno de los delitos señalados en la letra a) quedará suspendido de su cargo hasta que concluya el proceso por sentencia firme.
Artículo 107 J.- Los consejeros, a excepción de aquél que desempeñe el cargo de Presidente del Consejo, percibirán una dieta que será fijada en la Ley de Presupuestos.
El Presidente del Consejo percibirá una remuneración bruta mensualizada equivalente a la de un
Subsecretario de Estado.
Artículo 107 K.- Serán funciones del Consejo:
a) Dirigir, organizar, planificar, coordinar, administrar y supervigilar el funcionamiento de la Agencia.
b) Conocer y resolver todos los asuntos relacionados con los intereses de la Agencia.
c) Requerir de otros organismos del Estado la información y antecedentes necesarios para el adecuado cumplimiento de sus objetivos y funciones.
d) Sin perjuicio de las funciones del Presidente del Consejo, podrá contratar a un Gerente General que colabore con este en el ejercicio de sus funciones.
En ningún caso las funciones señaladas serán condicionadas a lo que resuelve el comité a que se refiere el artículo 107 Q.
Artículo 107 L.- El Consejo sesionará con la asistencia de ai menos cuatro de sus miembros, y deberá adoptar sus acuerdos con el voto favorable de la mayoría de los asistentes. En caso de empate, dirimirá quien presida la reunión.
Los consejeros deberán abstenerse de participar y votar cuando se traten materias o se resuelvan asuntos en que puedan tener interés. Además, deberán informar al Consejo el conflicto de intereses que les afecta.
Para estos efectos, el reglamento del Consejo a que se refiere el artículo siguiente establecerá la forma en que deberá efectuarse la citación a sesiones y la frecuencia mínima de su celebración.
Artículo 107 M.- Un reglamento expedido mediante decreto supremo por el Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, establecerá las demás normas de funcionamiento del Consejo.
Párrafo 2°
Del Presidente del Consejo
Artículo 107 N.- El Presidente del Consejo será elegido por los Consejeros, de entre sus miembros. Para el caso que no haya acuerdo, la designación se hará por sorteo.
La presidencia del Consejo será rotativa, durará tres años y podrá ser reelegido por otro periodo.
Artículo 107 Ñ.- Al Presidente del Consejo le corresponderán especialmente las siguientes funciones:
a) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo.
b) Planificar, organizar, dirigir y coordinar el funcionamiento del Consejo, de conformidad con las directrices que éste defina.
d) Contratar al personal de la Agencia y poner término a sus servicios, de conformidad a la ley.
e) Ejecutar los demás actos y celebrar las convenciones necesarias para el cumplimiento de los fines del Consejo.
f) Ejercer las demás funciones que le sean delegadas por el Consejo.
g) Representar legalmente a la Agencia para efectos judiciales y extrajudiciales.
Párrafo 3°
De las Direcciones macro regionales
Artículo 107 O.- El Servicio se desconcentrará territorialmente en tres macro Direcciones. Una, de la región norte, que abarcará la región de Arica Y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama y de Coquimbo; otra del centro, que abarcará las regiones de Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, el Maule, Nuble, Biobío; y otra del sur, que comprenderá las regiones de La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes. La sede de dicha dirección será la capital de la región menos poblada de cada agrupación.
En cada macrozona habrá un Director Regional, quien representará al Servicio y será nombrado por el Director Ejecutivo, mediante el Sistema de Alta Dirección Pública.
Artículo 107 P.- Las Direcciones macro regionales deberán actuar estrechamente vinculados con los Gobernadores Regionales para el diseño, elaboración, aprobación y aplicación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo en la región respectiva.
Párrafo 4°
Del Comité Interministerial de Futuro Estratégico
Artículo 107 Q.- Créase el Comité Interministerial de Futuro Estratégico, cuya función será asesorar al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de una política nacional en esta materia. Adicionalmente, este Comité constituirá una instancia de coordinación, información y acuerdo para los ministerios que lo integren.
Artículo 107 R.- El Comité al que se refiere el artículo anterior estará integrado por los siguientes
Subsecretarios:
1. El Subsecretario General de la Presidencia, quien lo presidirá.
2. El Subsecretario de Relaciones Exteriores.
3. El Subsecretario de Defensa.
4. El Subsecretario de Hacienda.
5. El Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
6. El Subsecretario de Energía.
7. El Subsecretario del Medio Ambiente.
8. El Subsecretario de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Sin perjuicio de lo anterior, el comité podrá invitar a participar, con derecho a voz, a otros Subsecretarios de Estado, funcionarios de la Administración del Estado o personas de reconocida competencia en el ámbito de sus atribuciones.
En caso de ausencia o impedimento del Presidente, éste será reemplazado por el Subsecretario que corresponda según el orden establecido en el inciso primero.
Al Comité Interministerial sólo podrán asistir quienes estén ejerciendo el cargo de Subsecretario del respectivo Ministerio.
Artículo 107 S.- El Comité Interministerial regulará, mediante un reglamento interno, sus otras funciones y tareas, así como otros aspectos organizativos necesarios para su funcionamiento. Sin perjuicio de lo anterior, el Comité Interministerial celebrará sesiones cuando lo convoque su presidente. El quorum para sesionar será de cinco miembros y los acuerdos, que serán vinculantes, se adoptarán por la mayoría absoluta de los asistentes. En caso de empate, decidirá el voto del ministro presidente o quien lo reemplace.
El Comité en su primera sesión determinará las normas para su funcionamiento. El Comité deberá sesionar al menos dos veces al año.
En ningún caso, el Comité actuará descoordinadamente de las decisiones del Consejo contemplado precedentemente.
Párrafo 5°
De los Consejos Consultivos de la Sociedad Civil
Artículo 107 T.- De conformidad a lo establecido en la ley N° 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, existirá un Consejo de la Sociedad Civil de Futuro Estratégico, que será especialmente oído en las materias establecidas en el ámbito de las atribuciones del Consejo.
Los miembros del Consejo Consultivo señalado en este artículo ejercerán sus funciones ad honorem.
Artículo 107 U.- Del mismo modo, existirán en cada una de las tres macro regiones del país, los Consejos Regionales de Futuro Estratégico, que serán regulados por el reglamento a que se refiere el artículo 107 M.
TÍTULO III GESTIÓN
Artículo 107 V.-Las personas que presten servicios en la Agencia se regirán por el Código del Trabajo.
Con todo, serán aplicables a este personal las normas de probidad establecidas en la ley sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses y las disposiciones del Título III de la ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, debiendo dejarse constancia en los contratos respectivos de una cláusula que así lo disponga.
Las personas que desempeñen funciones directivas en la Agencia serán seleccionadas mediante concurso público efectuado por el Servicio Civil, de conformidad con las normas que regulan los procesos de selección de la Alta Dirección Pública sobre la base de una terna conformada por el Consejo de esa Alta Dirección.
La Agencia deberá cumplir con las normas establecidas en el decreto ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado.
Artículo 107 W.- Asimismo, la Agencia estará sometida a la fiscalización de la Contraloría General de la República.
Artículo 107 X.- Del mismo modo, será aplicable a la Agencia la Ley N° 20.285 sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado; la Ley N.° 20.730, que Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios y la Ley N.° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
TÍTULO IV PATRIMONIO
Artículo 107 Y.- El patrimonio del Consejo estará formado por:
a) El aporte que contemple anualmente la Ley de Presupuestos del Sector Público.
b) Los recursos que le otorguen leyes especiales.
c) Los bienes muebles e inmuebles que se transfieren a la Agencia o que este adquiera a cualquier título y por los frutos de esos mismos bienes.
d) Las donaciones, herencias y legados que el Consejo acepte.
e) Los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título para el cumplimiento de sus objetivos.
Las donaciones en su favor no requerirán del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil y estarán exentas del impuesto a las donaciones establecidas en la ley N°16.271.
“Artículo 2°.- Agréguense las siguientes disposiciones transitorias nuevas al texto de la Constitución Política de la República:
QUINCUAGESIMA CUARTA: La primera designación de consejeros de la Agencia de Futuro Estratégico establecida en el Capítulo XII BIS, se hará a los sesenta días de la publicación de la ley aprobatoria de esta reforma.
El periodo de los primeros consejeros será de tres, seis y nueve años. Dos Consejeros serán de tres años, dos por seis años y tres por nueve años. Los de tres y seis años podrán renovarse en su mandato, no obstante, lo establecido en el artículo 107 F de esta ley.
El Consejo se entenderá legalmente constituido una vez que tenga su primera sesión válida.
QUINCUAGESIMA QUINTA.- En el plazo de dos años, contados desde la publicación de la presente ley, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, Conocimiento e Innovación y el Ministerio de Hacienda, deberán presentar al Congreso Nacional un estudio fundado sobre la necesidad de refundir otros organismos de la Administración del Estado en este nuevo órgano.
De los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Cruz-Coke, De Urresti y Sanhueza, con la que inician un proyecto de reforma constitucional, que modifica la Carta Fundamental para crear una Agencia contra la Corrupción (Boletín N° 16.134-07).
Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Cruz-Coke, De Urresti y Sanhueza, que modifica la Carta Fundamental para crear una Agencia contra la Corrupción.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS:
Es un hecho público que la corrupción socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad y el desarrollo integral de los países.
Actualmente, nuestro país enfrenta una grave crisis de corrupción con sendas investigaciones penales[1] a funcionarios públicos que involucran delitos como fraude al fisco, tráfico de influencias y malversación de fondos públicos. En efecto, la situación de la Fundación Democracia Viva[2] en la región de Antofagasta con triangulaciones delictuales que han desviado millones de pesos de los fondos públicos para beneficio particular y no de los más necesitados, es una muestra de la gravedad de la corrupción. Como lo ha señalado la ONU, “la corrupción tiene un efecto destructivo en las instituciones estatales y en la capacidad de los Estados para respetar, proteger y cumplir los derechos humanos, especialmente de aquellas personas y grupos en situación de vulnerabilidad y marginación”[3].
Lamentablemente, lo anterior, no ha sido un hecho puntual sino que se observa un “modus operandi” que tiene abierta causas penales en prácticamente todo el país. Tanto es así que el Presidente Boric, recientemente convocó a una comisión de expertos para la probidad y transparencia[4] con la finalidad de afrontar la referida crisis.
Sin embargo, más allá de lo particular, la corrupción se sabe que es un flagelo delictual que no distingue color político y que daña profundamente los países. Chile no es la excepción. Es más, la corrupción también está enlazada con el crimen organizado, el narcotráfico y el terrorismo, flagelos delictuales que sabemos de sobra están presentes también en nuestro país. Por lo mismo no es solo un delito, sino que también implica una grave afectación de la democracia y los derechos fundamentales. En simple, la corrupción “se refiere al tipo de descomposición que conduce a la destrucción”[5], en este caso de la sociedad.
Sabiendo que es un problema de escala mundial, con fecha 31 de octubre de 2003 se adoptó, en Nueva York, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la que fue firmada por Chile el 11 de diciembre del mismo año. Dicha Convención fue aprobada por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 6223, de 20 de junio de 2006, de la Honorable Cámara de Diputados y depositado el instrumento de ratificación con fecha 13 de septiembre de 2006 ante el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas. El 30 de enero del año 2007 se publicó el Decreto N° 375 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga la referida convención, hoy suscrita por más de 1896 países en el mundo. Como se señaló en el mensaje del proyecto ingresado en el Congreso Nacional, “es el instrumento multilateral más general e integral dedicado al combate de este fenómeno”[6], de ahí su relevancia.
Su objetivo es triple, conforme artículo 1: en primer lugar, “promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción en segundo lugar, “promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos y en tercer lugar, “promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos
Por su parte, el artículo 6 de la mencionada Convención, establece un aspecto esencial para nuestro país. En efecto, señala el mismo que “cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, garantizará la existencia de un órgano (...), según proceda, encargado de prevenir la corrupción (...) ” (Lo destacado es nuestro). Del mismo modo, “cada Estado Parte otorgará al órgano (...) la independencia necesaria, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, para que puedan desempeñar sus funciones de manera eficaz y sin ninguna influencia indebida. Deben proporcionárseles los recursos materiales y el personal especializado que sean necesarios, así como la capacitación que dicho personal pueda requerir para el desempeño de sus funcione” (Lo destacado es nuestro).
Hoy Chile no cuenta con un órgano exclusivo y especializado para prevenir la corrupción. Tangencialmente colaboran en ello la Contraloría General de la República, el Consejo para la Transparencia, el Consejo de Defensa del Estado o el Ministerio Público, sin embargo, un órgano del Estado como el que recomienda la Convención contra la Corrupción no existe, de ahí la necesidad del presente proyecto de reforma constitucional.
De este modo, la regulación que se propone consiste en un órgano autónomo constitucionalmente hablando con personalidad jurídica y patrimonio propio que resguarde a cabalidad lo preceptuado en el referido artículo 6 de la Convención contra la Corrupción y cuya función sea esencialmente preventiva reservándose para casos graves y calificados el ejercicio de la acción penal, proponiendo además modificaciones administrativas o legislativas para el combate de la corrupción.
En el presente proyecto, se busca también homologar la composición y forma de designación del Consejo para la Transparencia por haber resultado, en el transcurso de los años, una fórmula eficiente, eficaz y transversal que da garantías de su seriedad con una participación en la designación de sus consejeros tanto del Presidente de la República como del Senado, ratificando este último la propuesta por 2/3 de los miembros en ejercicio.
En consecuencia, tenemos el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“PROYECTO DE REFORMA DE LA CARTA FUNDAMENTAL QUE CREA LA AGENCIA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Artículo único. - Incorporase un Capítulo XI nuevo en la Constitución Política de la República, pasando el actual Capítulo XI a ser XII y así sucesivamente con los Capítulos posteriores en el siguiente sentido:
“Capítulo XI
AGENCIA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Artículo 100 bis. Un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Agencia contra la Corrupción, tendrá por finalidad fomentar la prevención de la corrupción en los órganos del Estado, proponer medidas de modificaciones administrativas o legislativas encaminadas a dicho propósito, querellarse en casos graves y calificados, así como las demás funciones que una ley determine.
La dirección y administración superior de la Agencia corresponderá a un Consejo Directivo integrado por cuatro consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.
Los consejeros durarán seis años en sus cargos pudiendo ser designados sólo para un nuevo período. Se renovarán por parcialidades de tres años.
El Consejo Directivo elegirá de entre sus miembros a su Presidente. Para el caso de que no haya acuerdo, la designación del Presidente se hará por sorteo. Una ley regulará la composición, organización y demás funciones de la Agencia. ””
De los Honorables Senadores señor Chahuán, señora Provoste, y señores Castro González, Edwards y Walker, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear el Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos (Boletín N° 16.135-07).
Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Chahuán, señora Provoste, y señores Castro González, Edwards y Walker, que modifica la Carta Fundamental, con el objeto de crear el Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos.
Exposición de motivos
La existencia de un Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos permite conocer quiénes están detrás de complejas estructuras societarias reduciendo mediante su transparencia y publicidad los riesgos de la corrupción, y dificultando la evasión, elusion y el lavado de dinero.
Desde 2015, el capítulo nacional de Transparencia Internacional en Chile (Chile Transparente) ha trabajado para promover una mayor transparencia de datos de dueños finales de empresas, partiendo por los proveedores del Estado. Sobre esta base, desde 2017, el Observatorio del Gasto Fiscal junto con Chile Transparente habían logrado formalizar un compromiso público dentro del Plan de Acción de Gobierno Abierto 2018-2020, para “construir colaborativamente una propuesta de política sobre creación de un registro de dueños reales (beneficiarios finales) de empresas y evaluar su transparencia, para dar cumplimiento a las recomendaciones GAFI y OCDE en la materia.
Durante el primer trimestre del 2021 se solicitó un informe a la OCDE para recomendar cómo avanzar en la eventual implementación de un Registro Beneficiarios Finales. En consecuencia, en octubre de 2021, el Ministerio de Hacienda hizo entrega del respectivo informe de la OCDE a este Congreso Nacional. El documento contiene recomendaciones generales para avanzar en Chile, según el estándar OCDE y la experiencia comparada de otros países.
La evaluación que contiene el referido informe destaca los siguientes aspectos:
a) Chile no cumple el estándar para prevenir el lavado de activos, en el sentido de identificar a los beneficiarios finales de todas las personas jurídicas; además, en caso de no poder identificar al beneficiario efectivo, no existe el requisito de identificar a las personas de alta dirección en la empresa;
b) El número significativo de empresas inactivas en Chile plantea desafíos para el futuro registro de información sobre su propiedad.
La OCDE subrayó la importancia de una supervisión rigurosa de la calidad de la información, y una fiscalización eficaz. En este sentido, una de las ventajas de tener un registro que sea centralizado, es que facilita implementar procesos que permitan asegurar mejor la calidad y detectar inconsistencias, a diferencia de la información disgregada en manos de entidades bancarias como la que actualmente poseemos.
En el año 2018, en respuesta a diversos escándalos económicos, la Unión Europea aprobó la 5a. Directiva antilavado de activos, incluyendo medidas adicionales para mejorar la capacidad fiscalizadora de las autoridades para detectar e investigar el lavado de activos y los delitos financieros. La directiva entró en vigencia en enero de 2020, y obligó a los países a abrir sus registros de beneficiarios reales a todos los miembros del público, con el objetivo de querer preservar así la confianza en la integridad de las transacciones comerciales y del sistema financiero. Como innovación llevó un reconocimiento explícito de la importancia del escrutinio público sobre los datos de empresas y beneficiarios finales.
Los opositores frente al acceso público de los registros de beneficiarios finales suelen citar la seguridad personal como un desafío principal, sosteniendo que la transparencia total pondría en riesgo a las respectivas personas. De ello no existe ninguna comprobación empírica, la que -no obstante- sería necesaria para sustentar un determinado juicio y tomar una decisión al respecto. El ejemplo de la 5a. Directiva antilavado de activos de la Unión Europea muestra la posibilidad de dar acceso a información relevante, mientras a la vez, se evita exponer datos personales.
Sin dejar de reconocer la difícil accesibilidad que han mostrado en el pasado los registros en Europa, y poniendo énfasis en la importancia de la transparencia de la información frente a toda la sociedad, es importante destacar que la información del registro a implementar en Chile debe ser de fácil acceso para todo el público interesado y que aspectos relacionados deben estar considerados explícitamente.
Es necesario precisar entonces, los requisitos mínimos para garantizar el derecho de acceder a la información de forma adecuada, libre y oportuna, de modo que:
a) El acceso debe ser universal y abierto;
b) El acceso debe efectuarse vía un punto de acceso único, que permita acceder a información relevante contenido en el registro único y central.
c) El proceso de acceso debe ser fácil y libre de costo;
La búsqueda de información en el registro debe facilitarse con adecuados filtros de búsqueda que incluyan al menos filtros según persona jurídica y beneficiario final.
Se requiere definir un mínimo de gobierno corporativo para el correcto funcionamiento del registro, para cuyo efecto:
a) Se debe crear un presupuesto mínimo para el correcto funcionamiento;
b) Se requiere comprometer al menos una asignación en el presupuesto público, en específico para la creación y el funcionamiento del Registro.
c) Se debe contar con recursos adecuados para su funcionamiento, acorde a los estándares internacionales.
Es necesario contar con un canal de denuncias anónimas para ayudar a gestionar de forma eficiente la calidad de la data del registro y considerar asimismo una rendición anual mínima desde el registro, para conocer estadísticas sobre sus datos, su uso, denuncias, acciones de fiscalizaciones, así como tipos de sanciones aplicadas, todo lo cual debe regularse por ley.
Debe contemplarse asimismo un régimen de sanciones drásticas por la falta de información, aplicando multas elevadas y además, quienes no cumplan con dicha obligación, deben quedar impedidos de recibir beneficios del Estado, sin perjuicio de la imposición de sanciones penales, en caso de entregar información falsa o adulterada, todo lo cual debe ser regulado por ley.
En mérito a lo expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la
República, el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
Artículo único: Incorpórese a la Constitución Política de la República, un Capítulo X Bis nuevo “Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos”, que consta de las siguientes disposiciones:
“Artículo 100 B: Créase el “Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos”, como corporación de Derecho Público, que dependerá del Servicio de Impuestos Internos, cuyos recursos para su funcionamiento, deberán considerarse anualmente en la Ley de Presupuestos de la Nación. Tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de su presencia en regiones, de acurdo a lo que determine la ley.
“Artículo 100 C: El objeto de este registro, de carácter público, es la incorporación al mismo, con carácter obligatorio de todas las fundaciones, personas naturales, jurídicas y organizaciones no gubernamentales, que reciban fondos públicos, con fines específicos, por parte de diversas entidades del Estado, tales como servicios públicos, gobiernos regionales, empresas públicas, organismos autónomos y municipalidades, debiendo consignarse en el registro cual es el destino y receptores finales de los fondos públicos asignados. Una ley regulará las normas para dicho efecto.
Serán públicos los detalles de toda compensación económica, salarios, sueldos, asignaciones, beneficios, transferencias monetarias y financieras provenientes de fondos públicos, cualquiera sea su procedencia, a toda persona natural y jurídica, que tenga algún vínculo con organismos del Estado, las cuales deberán publicarse de manera obligatoria, una vez efectuadas.
Tratándose de transferencias de fondos públicos a personas jurídicas, sean éstas con o sin fines de lucros, los receptores de dichos fondos, quedarán sujetos a las normas que establezca la ley, similares a las que se aplican a los órganos del Estado. Asimismo, esta información debe estar disponible, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 D.
Artículo 100 D: El acceso a este registro debe ser diseñado en formato comprensible, de fácil acceso y de libre costo, entregándose la información de manera que sea posible conocerla de manera desagregada.
Artículo 100 E: Para los efectos del funcionamiento de este registro, se deberá contar con una dotación de profesionales especializados, designados por concurso, de acuerdo a lo que determine una ley, como asimismo su condición laboral, funciones y remuneraciones y la organización interna del mismo.”
Artículo transitorio: Agréguese la siguiente disposición transitoria a la Constitución Política:
“La ley que crea el Registro de Beneficiarios Finales de Fondos Públicos, a que se refiere el Capítulo X Bis, deberá promulgarse en un plazo máximo de tres meses, a contar de la publicación de la ley que apruebe dicha reforma".
De los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Bianchi, Araya, Edwards y Walker, con la que inician un proyecto de acuerdo que modifica el Reglamento del Senado con el objeto de crear, en carácter de permanente, la Comisión de Migración y Extranjería (Boletín N° S 2.437-09).
Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señora Núñez, y señores Bianchi, Araya, Edwards y Walker, que modifica el Reglamento del Senado con el objeto de crear, en carácter de permanente, la Comisión de Migración y Extranjería.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS:
Es una realidad cada vez más clara, el aumento sustantivo de la migración en Chile. Si en el Censo del 2017, declararon residir habitualmente en el país 746.465 personas que nacieron en el exterior, según estimaciones realizadas al 31 de diciembre de 2021, por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y el Servicio Nacional de Migraciones[1], la población extranjera que reside habitualmente en Chile está compuesta por 1.482.390[2], un crecimiento cercano a un 98%. De estas, la mayoría de las personas extranjeras residentes en el proviene de Venezuela (30%), Perú (16,6%), Haiti (12,2%), Colombia (11,7%) y Bolivia (8,9%)[3].
Asimismo, la misma estadística del INE[4], dio cuenta que del total de personas extranjeras, 744.213 corresponden a hombres extranjeros y 738.177 corresponden mujeres extranjeras.
Como bien se ha señalado, Chile “se ha convertido en un país de destino de personas migrantes, especialmente de aquellas provenientes del resto de América Latina y el Caribe. A los flujos tradicionales provenientes de países limítrofes, se ha sumado en los últimos años un aumento considerable de la cantidad de migrantes provenientes de países afectados por crisis políticas que ven en Chile un lugar seguro y con potencial para su desarrollo laboral”[5].
Según la Encuesta Nacional de Migración 2022[6], en lo que respecta a la trayectoria migratoria, el estudio da cuenta que la principal razón para migrar se debe a la crisis económica que atraviesa el país de origen (33,6%) y en segundo lugar, la falta de oportunidades laborales del mismo (26.3%). La primera razón aparece fuertemente reflejada en la migración venezolana (49,1%) y la segunda razón en las migraciones boliviana (51,2%), peruana (44,9%), colombiana (38,2%) y haitiana (36,4%).
Luego de una regulación de más de 46 años, sustentada en el Decreto Ley N° 1094 de 1975, el 11 de abril de 2021, fue promulgada la ley N° 21325, Ley de Migraciones y Extranjería con la finalidad de hacerse cargo efectivamente de la realidad actual migratoria que tiene el país.
La reciente encuesta IPSOS, develó que la segunda preocupación de los chilenos es el control migratorio con 43% de selecciones. Asimismo, Chile lidera en esta materia el ranking mundial de preocupaciones, muy por encima del resto de los países, donde destacan Bélgica con 29%, Alemania y Turquía, ambos con 28%. De hecho, al comparar con nuestros países vecinos, la diferencia es aún mayor, ya que al sólo al 1% de los argentinos y al 9% de los peruanos encuestados les preocupa el control de la migración.
Hace unas semanas, el actual Gobierno del Presidente Boric lanzó la Política Nacional de Migración y Extranjería[7], en adelante PNME, obligación establecida en el artículo 23 de la referida ley N° 21325. En ella, fijó como objetivo general de la misma, “promover una migración ordenada, segura y regular que contribuya al desarrollo del país, considere las necesidades de los territorios y fomente la integración armónica de las personas migrantes, así como el respeto de sus derechos”[8]. Para el cumplimiento del referido objetivo, la PNME estableció medidas inmediatas de implementación conteniendo la tramitación de 16[9] proyectos de ley sobre la materia a saber;
1. Aumento el monto de las multas a empresas de transporte internacional por embarcar a pasajeros sin los requisitos para su ingreso regular
2. Modificación de ley N° 21.325 para incorporar dentro de las facultades del Servicio de Registro Civil y de Identificación, la realización de un procedimiento de filiación de menores de edad extranjeros que carecen de documentación de identidad del país de origen o que ésta sea deficiente.
3. Modificación de ley N° 20.430, para establecer análisis de admisibilidad previo, antes de ser reconocida la condición de solicitante de refugio.
4. Se incorporan como causal imperativa de prohibición de ingreso y expulsión, en su calidad de delito grave dentro del numeral 5 del artículo 32 de la ley 21.325, los delitos de Violencia Intrafamiliar establecidos en la Ley N° 20.066.
5. Ampliación de causales de expulsión y prohibición de ingreso.
6. Incorpora la posibilidad de expulsar a extranjeros con permanencia transitoria y con residencia temporal.
7. Establece sanciones para empresas de transporte que se nieguen a trans portar expulsado.
8. Agregar como causal de cancelación de la carta de nacionalización, el haber sido condenado en Chile o en el extranjero por hechos que en nuestro país sean calificados de crímenes.
9. Se amplía la zona de control fronterizo a 10 Km del límite nacional con exclusión de los centros urbanos ubicados a esa distancia de la frontera, incorporando la posibilidad de reconducción y registro para la prevención de delitos.
10. Amplía herramientas para combatir el delito de tráfico ilícito de migrantes.
11. Modifica causales de rechazo y revocación de nacionalización.
12. Se busca establecer como sanción adicional a las multas, ante la reiteración de infracciones por parte de las empresas de transporte internacional, la suspensión y eventual cancelación de las respectivas licencias para operar en el país.
13. Establece la creación de un registro nacional biométrico de extranjeros en situación de irregularidad.
14. Incluye nuevas sanciones migratorias a faltas y prácticas que perjudiquen la convivencia.
15. Aumentar los requisitos exigidos para obtener carta de nacionalización.
16. Proponer reforma constitucional para el ejercicio del voto de chilenos retornados
A esto se suma una serie de proyecto de ley hoy en tramitación como el “Criterio Valencia”; el que tipifica como delito el ingreso clandestino u otros que impactan directamente en la materia. Más allá de la evaluación que se tenga en concreto de cada uno de ellos, la agenda legislativa en materia migratoria para cumplir los objetivos de la PNME es extensa y requiere para ello una comisión permanente.
Se añade a lo anterior, que es la propia ley N° 21325, la que le encarga al Ministro del Interior y Seguridad Pública, conforme al inciso segundo del artículo 23, “presentar ante la comisión permanente de la Cámara de Diputados y del Senado que se acuerde en sesión de Sala”, la Política Nacional de Migración y Extranjería.
En consecuencia, quienes suscriben vienen en presentar el siguiente
PROYECTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL SENADO
“Artículo único. - Agregase en el inciso primero del artículo 27, el siguiente numeral nuevo:
“27a de Migración y Extranjería”.”.
De los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Flores, Galilea, García, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley con el objeto de aumentar la participación del Consejo Regional en la destinación de recursos del presupuesto de los Gobiernos Regionales, en los términos que indican (Boletín No S 2.438-12).
Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Flores, Galilea, García, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley con el objeto de aumentar la participación del Consejo Regional en la destinación de recursos del presupuesto de los Gobiernos Regionales, en los términos que indican.
Fundamentos
A raíz de los últimos acontecimientos y cuestionamientos ocurridos a partir de los convenios de transferencias y traspaso de fondos en diversas Secretarías Regionales Ministeriales del país, surge la necesidad de elevar los estándares de probidad y de fiscalización en el aparato estatal.
Junto a lo anterior, y con el mismo objeto, ante el aumento de transferencias que realizan los Gobiernos Regionales a entidades privadas, sin requerir autorización del Consejo Regional, es decir, por el mero arbitrio del Gobernador Regional al encontrarse dentro del límite de las 7000 unidades tributarias mensuales que establecen los artículos 36 y 78 del DFL 1 de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N°19.175, orgánica constitucional sobre gobierno y administración regional, resulta conveniente fijar nuevos estándares que permitan una mayor participación de los consejeros regionales, aumentando la "participación de la comunidad regional", cual es su objeto, permitiendo una mayor preponderancia de las facultades resolutivas que permitirán evitar la fiscalización sobre hechos ya consumados.
La práctica actual, por la que se destinan recursos en los últimos meses del año a distintas personas jurídicas para evitar "pérdida de presupuesto", podría atentar contra el correcto uso de los fondos públicos, y contra el espíritu de las obligaciones funcionarías del artículo 61 de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, entre las que se encuentran: realizar las labores con eficiencia, contribuyendo a materializar los objetivos de la institución; observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado; entre otros.
De esta manera, se pretende que, junto con establecer un mayor control exante de los recursos regionales al tener que votar el Consejo Regional la aprobación de los mismos para un fin específico, aumentar la participación democrática, nivelando los contrapesos que deben existir entre el Gobernador Regional y el Consejo, lo que se lograría al modificar la letra e) del Segundo inciso del artículo 36 y el inciso cuarto del artículo 78 del DFL 1 de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175.
PROYECTO DE ACUERDO
Solicita a S.E. el Presidente de la República el envío de un proyecto de ley que aumente la participación del Consejo Regional en la destinación de recursos del presupuesto del Gobierno Regional, en el sentido que indica
De los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, disponga la creación de una plataforma digital para todos los órganos de la Administración del Estado, integrada al Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría General de la República, que facilite la rendición de cuentas, el acceso a la información y la transparencia en la utilización y destino de los recursos públicos (Boletín No S 2.439-12).
Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor Kusanovic, señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Gatica, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Chahuán, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Kuschel, Lagos, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, disponga la creación de una plataforma digital para todos los órganos de la Administración del Estado, integrada al Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría General de la República, que facilite la rendición de cuentas, el acceso a la información y la transparencia en la utilización y destino de los recursos públicos.
Fundamentos
1 .- Estas últimas semanas hemos sido testigo de distintas denuncias y cuestionamientos en el traspaso de recursos públicos a organizaciones y colaboradores del Estado que - a la luz de los hechos dados a conocer- fueran otorgados solo por amparo del cargo, posición y vínculos con autoridades del Gobierno, quienes detentaban y disponían discrecionalmente de dichos recursos. Hechos, que han sido englobados por la opinión pública como "Caso Convenios" y que - sin entrar en mayor detalle, ni elucubrar responsabilidades - en su conjunto han generado un grave daño a la fe pública y desafía - a quienes suscribimos - a proponer y buscar nuevas formas de avanzar en una mayor transparencia en la utilización y destino de los recursos públicos.
2 .- A pesar de la ocurrencia de estos casos, no hay que caer en caricaturas. Como país hemos dado grandes pasos en materia de probidad y de acceso a la información pública, lo que nos ha puesto en el concierto internacional como uno de los países menos corruptos en América Latina, en donde el promedio de puntuación - según el índice de Percepción de Corrupción del año 2022 - es de 43 puntos (de un total de 100) y donde Chile tiene una puntuación de 67 puntos, que lo deja en el puesto N° 27 del ranking internacional que componen un total de 180 países que se incluyen este índice.[1]
Ello no es casual, no han sido pocos, ni vanos los esfuerzos del Estado para perfeccionar nuestro ordenamiento jurídico para hacer frente a la corrupción y a las malas prácticas alojadas en el aparataje estatal. Logrando con ello, cimientos sólidos para avanzar hacia una cultura que favorece la probidad en el ejercicio de la función pública y la conservación de la integridad del patrimonio fiscal. Sin entrar en detalles, las más relevantes en los últimos años nacen a partir de la reforma a la Constitución Política de la Republica en el año 2005, que incluyo la introducción del actual artículo 8, que reconoce a nivel constitucional - en las Bases de la Institucionalidad - el respeto y la promoción del principio de probidad para todas las actuaciones de los órganos del Estado, catalogando de públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Elevándose la probidad y transparencia, como "un mecanismo esencial para la vigencia plena del régimen republicano democrático y de la indispensable asunción de responsabilidades unida a la consiguiente rendición de cuentas que este supone por parte de los órganos del Estado hacia la ciudadanía. Al mismo tiempo la publicidad de los actos de tales órganos, garantizada, entre otros mecanismos, por el derecho de acceso a la información pública, constituye un soporte básico para el adecuado ejercicio y defensa de los derechos fundamentales "(Sentencia del Tribunal Constitucional N°634, c.9). Erigiéndose la transparencia como un principio general para todos los órganos del Estado que solo puede exceptuarse por medio de una Ley de Quorum Calificado fundada en causales que la misma Carta Fundamental establece, asociadas a la afectación del debido cumplimiento de las funciones públicas, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.
Este reconocimiento, sentó las bases del posterior marco jurídico sobre transparencia y publicidad de los actos de gobierno, que sobrevino de la mano de la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública, publicada en el año 2008 y que regula el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información. Entendiendo, a partir de lo preceptuado por la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración Pública del Estado, que tanto el principio de transparencia y publicidad debe ser observado por la Administración del Estado en la gestión pública (inc.2 articulo 3), de manera que permita y promueva el conocimiento de los procedimientos, contenidos y fundamentos de las decisiones que se adopten en ejercicio de ella (inc. 2 articulo 13) por lo que "si la publicidad se refiere a especialmente a la pública de la información, la transparencia se predica sobre los procedimientos, conductas y fundamentos que hacen posible la accesibilidad a la información, tornándola comprensible, escrutable y controlable por terceros".[2]
3 .- En consecuencia, coincidimos en que estamos ante un principio y un derecho subjetivo que "se erige en la piedra angular de la participación ciudadana y el control social", cobrando - ante los hechos que salieron a la luz - especial relevancia y vigencia las conclusiones arribadas por el actual Contralor General de la República, señor Jorge Bermúdez Soto, en un artículo académico (elaborado en conjunto con el Sr. Camilo Mirosevic, publicado en el año 2008) en cuanto a que "la Administración del Estado puede activamente adoptar medidas que faciliten y hagan posible la transparencia. En ese contexto, cobra relevancia la utilización de medios electrónicos, por constituir estos plataformas económicas y eficientes para trasparentar la actuación de los órganos públicos. Sin embargo, los mecanismos establecidos en la recién aprobada Ley de Acceso a la Información Publica han de ser sometidos a constante revisión, considerando los efectos no deseados que ha experimentado análoga normativa en el derecho comparado y a objeto de mejorar sus deficiencias "[3]
Requiriéndose, en tal sentido, una mayor proactividad del Gobierno y del Presidente de la República ante los hechos que empañan el que hacer institucional del Estado, facilitando el control social en la asignación y utilización de recursos públicos, especialmente bajo la modalidad de asignaciones directas, aprovechando la última tecnología disponible para el almacenamiento y tratamiento de datos, a través de una plataforma única para la rendición en línea de los recursos públicos obligatoria para todos los órganos de la Administración del Estado y de sus colaboradores que ejecutan fondos públicos. Todo ello, con la prevención de reconocer las particularidades de los distintos órganos que la componen.
Plataforma única, que además se encuentre integrada al "Sistema de Redención Electrónica" (SISREC) de la Contraloría, de manera de aprovechar la tecnología disponible, reducir los costos que supone administrar y dar soporte a una multiplicidad de plataformas que hoy existen para rendir y dar cuenta de los recursos fiscales. Ello ante el evidente fraccionamiento de la información que hoy existe, que lo único que fomenta son espacios para evadir el control y la fiscalización necesaria que requiere hoy por hoy la utilización de los recursos que provienen de todos los chilenos.
De manera de que los ciudadanos y los órganos que detentan atribuciones de fiscalización de los recursos públicos puedan acceder en tiempo real a dicha plataforma y verificar quien, donde y como se están utilizando. Si cumplen en definitiva, el objeto o finalidad que origino su destino. Aportando esta herramienta al camino que ya hemos trazado en materia de probidad, transparencia y publicidad de los procedimientos, contenidos y fundamentos de las decisiones que se adopten en ejercicio de la función pública.
Por las razones antes expuestas y en razón de los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República, los senadores que suscriben someten la consideración favorable del Honorable Senado de la República el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO
SOLICITA A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, la creación de una plataforma digital única y obligatoria para todos los órganos de la Administración del Estado, que permita la rendición de cuentas, facilite el acceso a la información y contribuya a la transparencia en la utilización y destino de los recursos públicos.
De los Honorables Senadores señoras Gatica, Carvajal, Ebensperger, Núñez, Rincón y Sepúlveda, y señores Araya, Castro González, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Macaya, Moreira, Prohens, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley, cuya propuesta de texto acompañan, con el objeto de otorgar una adecuada reparación a las víctimas de terrorismo y violencia rural en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos (Boletín No S 2.440-12).
Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señoras Gatica, Carvajal, Ebensperger, Núñez, Rincón y Sepúlveda, y señores Araya, Castro González, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Espinoza, Flores, Galilea, García, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Macaya, Moreira, Prohens, Pugh, Sandoval, Sanhueza y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente un proyecto de ley, cuya propuesta de texto acompañan, con el objeto de otorgar una adecuada reparación a las víctimas de terrorismo y violencia rural en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.
Fundamentos:
1. Es un hecho indubitable que durante poco más de dos décadas la macrozona Sur, espacio geográfico que comprende y abarca para estos efectos las regiones del Biobío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, ha sido triste testigo de una serie de hechos de violencia enmarcados dentro del contexto de lo que comúnmente se ha denominado como "violencia rural", "conflicto mapuche", "tensión étnica", u otras denominaciones similares.
2. Si bien las razones subyacentes de este conflicto no serán analizadas en este proyecto, ya que escapan a su objetivo, no se puede ignorar la histórica y tensa relación entre el Estado de Chile y los pueblos originarios. Esta relación ha abarcado diversos campos como lo político, social, cultural, territorial y jurídico.
3. Inicialmente, los actos de violencia ocurridos en el marco de este conflicto tuvieron lugar durante los últimos años de la década de 1990. Principalmente consistieron en incendios intencionales que afectaron plantaciones, camiones, maquinarias e instalaciones en áreas forestales. Posteriormente, a partir de los inicios del nuevo milenio, los ataques se dirigieron también hacia agricultores, parceleros, transportistas, comerciantes y otros sectores.
4. Estos delitos han evolucionado en términos de entidad, gravedad, frecuencia y daño, pasando de la usurpación de predios, daños, amenazas, extorsiones, abigeato, hurto y robo de madera, incendios, lesiones y homicidios.
5. Entre las víctimas se encuentran personas de diversos segmentos de la sociedad, incluyendo a numerosos miembros de la etnia mapuche, así como a organizaciones afectadas por incendios en sus sedes sociales, escuelas rurales y comunidades religiosas, con cerca de 30 iglesias quemadas hasta la fecha.
6. En términos territoriales, los ataques y delitos, que inicialmente se limitaban a algunas comunas de las provincias de Arauco y Malleco, se han extendido en la actualidad a un área mucho más amplia como macrozona, que abarca desde la Región del Biobío, en el norte, hasta la Región de Los Lagos, en el sur.
7. La magnitud, intensidad y gravedad de estos hechos, así como su trasfondo político, han sido temas centrales en los debates y controversias tanto públicas como privadas en las últimas décadas, generando discusiones no siempre pacíficas.
8. En la actualidad, hay consenso en que este fenómeno es un asunto que involucra únicamente al Estado de Chile y a los pueblos originarios. Por lo tanto, es responsabilidad primordial del Estado de Chile realizar todos los esfuerzos necesarios para superar esta conflictividad, administrar justicia, restablecer el orden público, promover la armonía social y, al mismo tiempo, encontrar soluciones reales a los reclamos de los pueblos originarios.
9. Aunque este consenso ha sido resultado de debates arduos y numerosos eventos, ya en el año 2002, el destacado académico, jurista y hombre público, Enrique Silva Cimma, en el marco del trabajo de la COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO del Senado de la República, expresó su preocupación sobre lo que denominaba la "agudización del conflicto".
10. En ese contexto, señaló que "nadie puede negar el aumento de la conflictividad de las comunidades, por un lado, y de los particulares, por el otro". Afirmó que, incluso en aquel entonces, un conflicto incipiente, el Estado estaba enfrentando problemas de orden público de una magnitud rara vez vista en la historia democrática de Chile.
11. En relación a las situaciones conflictivas, Silva Cimma mencionó que los pueblos originarios cuentan con una amplia legislación que protege sus intereses en nuestro país, y que el Estado tiene la obligación de respetar los derechos consagrados a su favor. Sin embargo, también destacó que algunos de estos pueblos, incluidos los mapuches, buscaban solo esa protección sin cumplir con las obligaciones que derivan de ella. En su opinión, si las comunidades indígenas exigen protección, justicia para su cultura, tradiciones y reivindicaciones, deben someterse a las reglas del Estado de Derecho. De lo contrario, se estaría frente a lo que Karl Popper llamó "las paradojas de la tolerancia", donde individuos que no creen en esos principios aprovechan las ventajas que ofrece una sociedad tolerante y abierta para obtener poder y transformar el sistema en uno monista e intolerante. Silva Cimma concluyó que el Estado debería compensar a aquellos que han sido privados de sus bienes, ya que esta actitud está en consonancia con el objetivo de mantener un comportamiento social adecuado y lograr la equidad en el trato de los seres humanos en un Estado de Derecho. Es deber del Estado salvaguardar el orden público y garantizar el imperio de la ley.
12. En la misma línea, la Mesa Asesora Presidencial, liderada por el Obispo Vargas y establecida por la entonces presidenta Michelle Bachelet, en los años 2016-2017, en su informe final, la Mesa Asesora Presidencial liderada por el Obispo Vargas se refiere a las víctimas y señala: "La violencia en zonas rurales de La Araucanía ha alcanzado niveles que atormentan a la sociedad. Genera inseguridad, expulsión de casas y predios a sus habitantes, imposibilitando trabajar en paz y causando daños a las personas y sus propiedades". Además, agregan:"(...) No son víctimas de delitos comunes. Son delitos que perduran en el tiempo y constituyen una violencia con claros objetivos políticos, llevada a cabo por grupos organizados que proclaman fines ideológicos".
13. En relación a las recomendaciones al Estado, señalan: "(i) En La Araucanía, el Estado de Chile no ha cumplido plenamente con sus obligaciones para proteger a las víctimas de violencia rural en territorios interétnicos, dejando a muchas personas en una situación de desprotección y miedo; (ii) Es necesario que el Estado asuma su responsabilidad y establezca mecanismos compensatorios, sin perjuicio de las acciones legales que puedan ejercer aquellos que han sufrido perjuicios como resultado de actos de violencia de naturaleza política; (iii) Es impredecible la implementación de fórmulas de indemnización para las víctimas de violencia rural, considerando que es el resultado de una omisión por parte del Estado en su deber de brindar seguridad".
14. Dado que será el Estado quien deba compensar o resarcir los perjuicios ocasionados a las víctimas de los hechos mencionados, en los casos y en los términos correspondientes según la ley, es necesario revisar los regímenes de responsabilidad del Estado vigentes para tal efecto.
15. En este sentido, nuestro ordenamiento jurídico contempla dos vías para reclamar y buscar una reparación adecuada de los perjuicios sufridos. La primera se refiere a la responsabilidad por falta de servicio, cuyo sustento normativo se encuentra en los artículos 6°,7° y 38 de la Constitución Política del Estado, en relación con los artículos 4° y 42° de la Ley General de Bases de la Administración del Estado. La segunda vía es el capítulo de responsabilidad extracontractual establecido en nuestro Código Civil, específicamente en los artículos 2314 y siguientes.
16. Sin importar la vía elegida, la doctrina coincide en que ambas rutas son costosas, inciertas y ambivalentes si el objetivo es obtener una resolución judicial que declare la responsabilidad del Estado. No se puede ignorar que todas las vías existentes actualmente imponen una carga probatoria muy difícil de superar a los demandantes, reclamantes o requirentes.
17. Probablemente debido a lo anterior, tanto la jurisprudencia como la doctrina han adoptado una perspectiva más flexible y valorativa al momento de evaluar y considerar probados los hechos en cada caso concreto.
18. En el presente caso, y solo a modo de ejemplo, hasta la fecha los tribunales han reconocido que "es público y notorio que en la Novena Región de La Araucanía se producen actos que violan el derecho de dominio garantizado por el artículo 19 número 24 de la Constitución" con la perpetración de atentados contra las personas y las cosas y con resistencia hacia las intimaciones de la autoridad legítima en el ejercicio de sus funciones, que constituyen manifiestas alteraciones del orden público, por quebrantar el estado de armonía social que debe reinar dentro del Estado y de acatamiento a los dictados de la ley" (Excma. Corte Suprema. Causa Rol N° 35.353-2015. Sentencia de fecha 27 de septiembre de 2016).
19. En relación a los hechos de violencia que estamos discutiendo, simplemente reconocer que son públicos y notorios no es suficiente para compensar los grandes daños sufridos por las personas afectadas, ya sean individuos o empresas, como resultado de esos actos perjudiciales ocurridos en el contexto del conflicto que estamos analizando.
20. Por lo tanto, es necesario establecer procedimientos administrativos y/o legales que sean más efectivos en su objetivo de proporcionar respuestas completas y oportunas a aquellos que buscan una compensación justa por los perjuicios sufridos debido a estos hechos. No estamos buscando crear un mecanismo de indemnización automática, ni tampoco establecer una forma de responsabilidad objetiva que no pueda ser cuestionada.
21. Lo que realmente deseamos es asegurarnos de que las víctimas tengan acceso a procedimientos adecuados, prudentes y equilibrados, que les permitan buscar al menos un mínimo grado de justicia y seguridad jurídica.
22. En este sentido, se nos ha encargado presentar un proyecto que explore vías administrativas y/o legales para alcanzar los objetivos mencionados anteriormente. Un proyecto que incluya una definición de "víctima" que abarque tanto a personas individuales como a entidades jurídicas, sin importar su edad, sexo, etnia o condición, siempre que hayan sido afectadas por actos perjudiciales en el marco del contexto que estamos analizando. Estos actos pueden haber ocurrido tanto en áreas rurales como urbanas, pero siempre dentro de la zona geográfica mencionada anteriormente.
PROYECTO DE ACUERDO
Las senadoras y senadores firmantes, solicitamos a S.E. el Presidente de la República, don Gabriel Boric Font, tener a bien evaluar y disponer, a la brevedad posible patrocinar el siguiente proyecto de ley:
Artículo 1°: El objeto de esta ley es garantizar a las víctimas de hechos que pudiesen revestir los caracteres de delitos y que se hayan desarrollado en el contexto de la violencia suscitada en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, para que reciban información, apoyo, protección, resarcimiento e indemnización adecuados, y para que puedan participar en los términos del artículo
6,108 y 109 del Código Procesal Penal en los procesos que sean incoados en los que hayan resultado de cualquier manera afectados, sea física o psíquicamente, así como desde una perspectiva patrimonial, teniendo en cuenta el lucro cesante, daño emergente y daño moral, permitiendo el ejercicio del derecho constitucional que se encuentra consagrado en los artículos 19 Nro. 3 inciso 3° y 83 inciso 2° de la Constitución Política de la República.
Artículo 2: El Estado y todos sus órganos deberán velar por que se reconozca a las víctimas su condición de tales, para que sean tratadas de manera respetuosa y sensible, individualizada, profesional y no discriminatoria, en todos los contactos con servicios de apoyo a las víctimas y de justicia reparadora, desde una perspectiva física, psíquica y patrimonial, o con cualquier autoridad competente que actúe en el contexto de un procedimiento penal, administrativo o civil.
Los derechos que sean reconocidos en la presente ley se aplicarán de manera no discriminatoria a las víctimas, sean personas naturales o jurídicas, cualquiera sea su lugar de residencia y tomando en consideración las consecuencias de su traslado forzoso o daño de cualquier naturaleza, incluido el entorpecimiento de su actividad económica o laboral, habiéndose dictado o no una sentencia definitiva condenatoria en el caso iniciado respecto de los hechos en el que tengan esa condición.
Artículo 3: Conceptos. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:
3.1 Víctima:
a) La persona natural o jurídica que haya sufrido un daño o perjuicio, en especial lesiones o afectaciones físicas o psíquicas, daños emocionales o menoscabo económico o patrimonial, directa o indirectamente ocasionado como consecuencia de un hecho constitutivo de violencia rural que se haya desarrollado en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, respecto del que se haya incoado un proceso penal o civil, háyase o no dictado una sentencia definitiva condenatoria en el mismo, bastando para estos efectos que se haya deducido una denuncia.
b) Los familiares de una persona cuya muerte haya sido directamente causada por un hecho desarrollado como consecuencia de la violencia rural en las regiones de Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. Para este caso se entenderá por víctima al cónyuge, conviviente, ascendiente, hermanas o hermanos, hija o hijo, adoptante o adoptado, bastando que se haya presentado una denuncia por tales hechos.
c) Por víctimas se podrá' entender también las organizaciones o instituciones que hayan sufrido daños o menoscabos directos a alguno de sus bienes que esté dedicado a la religión, la instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia y a sus monumentos históricos, hospitales, escuelas, juntas de vecinos, organizaciones sociales u otros lugares destinados a objetivos análogos a los referidos, bastando que se haya deducido una denuncia por tales hechos.
3.2 Justicia reparadora: Cualquier procedimiento que permita a la víctima, con su consentimiento, a participar activamente para obtener una solución de las consecuencias de cualquier naturaleza, sea física, psíquica o económica, resultantes de los hechos constitutivos de violencia rural, tomando todas aquellas medidas tendientes a prevenir la victimización secundaria y a interrumpir el curso causal de los acontecimientos que conducen a que se encuentre en esa situación de víctima, que implique violencia, intimidación, represalias.
Lo anterior implica un reembolso de los gastos, la restitución de los bienes de los que se haya sido privado y la indemnización de los perjuicios ocasionados que contemplen el daño emergente, lucro cesante y daño moral sin perjuicio del deber del Estado de adoptar todas aquellas medidas tendientes a asegurar su residencia en las regiones referidas en los mismos lugares de los que se les pretende expulsar y a desarrollar cualquier actividad económica o laboral, de transporte o de cualquier otra naturaleza.
En los supuestos antes referidos, se podrán celebrar acuerdos compensatorios y expropiatorios.
Deberán las autoridades administrativas y judiciales velar para que la reparación permita superar la condición de vulnerabilidad de las víctimas o que para el evento que se vea obligada a trasladarse del lugar en el que se encontraba antes de los hechos denunciados, pueda instalarse en otro lugar en las mismas condiciones y con la misma calidad de vida en la que se desenvolvía antes de los acontecimientos referidos.
Para los efectos de la reparación referida deberán tenerse especialmente en consideración la depreciación de los bienes de las víctimas, así como realizarse la determinación de la indemnización, compensación y expropiación conforme a los valores de mercado aplicables antes de los acontecimientos denunciados.
3.3 Por Violencia Rural: Se entenderá como, cualquiera que sea el lugar en el que se haya desarrollado, toda conducta que por acción u omisión, le haya ocasionado a una víctima un daño o perjuicio, en especial lesión eso afectaciones físicas o psíquicas, daños emocionales o un menoscabo económico o patrimonial, perpetrado en zonas rurales, urbanas o en caminos públicos o privados, respecto de los cuales exista un indicio, conforme al contexto general o particular en que hayan ocurrido los hechos o por cualquier evidencia, del que pueda colegirse que pudiese tener por objetivo expulsarlas del lugar en el que se encuentran, para arrancar decisiones de la autoridad administrativa, política o judicial, para causar miedo a una persona o a un grupo de ellas, para amedrentar o amenazar a cualquier personas natural o jurídica o para impedir el desarrollo de cualquier actividad económica o laboral, perpetrado en zonas rurales, urbanas o en caminos públicos o privados.
3.4 Por protección: Se entenderá todo tipo de medidas de auxilio, prevención o represión destinadas a impedir que se sigan produciendo las consecuencias ulteriores de cualquier hecho que revista los caracteres de violencia rural o para evitar que una persona natural o jurídica se mantenga en condición o situación de víctima.
Artículo 4°: Reclamación Administrativa. Toda persona que estimare encontrarse o se considerare víctima para los efectos de esta ley, podrá solicitar administrativamente ante el Gobierno Regional correspondiente a su domicilio, se le reparen los daños y perjuicios a que se refieren los artículos anteriores, según el procedimiento, forma, plazo, condiciones y requisitos que establezca el reglamento que se dicte al efecto, el que además, regulará su quehacer basado en los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación, debido proceso, publicidad y transparencia, procedimiento que en ningún caso podrá extenderse por un término superior a los 60 días contados desde la presentación de la solicitud.
Para determinar la reparación, necesariamente se evacuará un informe pericial independiente realizado por una comisión integrada por a lo menos dos peritos especialistas en la o las materias a reparar, designados de entre aquellos que contempla la nómina de peritos elaborada por la respectiva Corte de Apelaciones, o de aquellos previamente designados por la autoridad en nómina que se elaborará al efecto, y con el mérito de los demás antecedentes que al efecto se reúnan, aportados por el interesado o recabados de oficio por la autoridad. La víctima podrá presentar informes elaborados por peritos de su confianza para fundar sus pretensiones, las que deberán ser considerados por parte de la autoridad. Finalizará esta etapa administrativa con una resolución que deberá reconocer la calidad de víctima por el sólo hecho de existir una denuncia y la oferta reparatoria. Se podrá también rechazar la petición reparatoria. En este último caso, el interesado podrá demandar directamente en la sede civil competente según las reglas generales ejerciendo las acciones que al efecto estime, las que podrán impetrarse cualquiera sea el resultado del procedimiento administrativo y judicial regulados en la presente ley.
Artículo 5°: Reclamación Judicial. Procederá reclamación judicial cuando en la fase administrativa haya desacuerdo del interesado con la naturaleza y/o cuantía de la reparación determinada y cuando se haya cuestionado su calidad de víctima. Esta reclamación judicial se efectuará por escrito y deberá cumplir con los requisitos del artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, y para ser admisible, deberá acompañarse una certificación o constancia de la circunstancia de haberse denunciado los hechos en que funda la calidad de víctima de la violencia a la que se ha hecho referencia y de la oferta reparatoria recibida en sede administrativa otorgada por el funcionario designado al efecto, junto a una propuesta de resarcimiento o reparación. El Consejo de Defensa del Estado (CDE) asumirá la representación del reclamado, en conformidad a su Ley Orgánica.
Artículo 6°: Procedimiento.
a) Presentada la reclamación, el Tribunal fijará un día y hora para la realización de audiencia de conciliación, que no podrá tener lugar antes de 40 ni después de 60 días de su interposición.
b) La contestación de la reclamación deberá ser presentada hasta el décimo día hábil anterior a la fecha fijada para la realización de la audiencia de conciliación. Si se dedujeran excepciones dilatorias, el juez las resolverá previo traslado suspendiéndose entretanto el procedimiento. Si fueran acogidas las excepciones, el reclamante deberá subsanar los vicios dentro de quinto día de notificada por el estado diario la resolución que las acoja, bajo apercibimiento de tener por no presentada la reclamación, para todos los efectos. Subsanados los vicios, el juez fijará nueva audiencia de conciliación en un plazo no superior a 30 días, resolución que se notificará por el estado diario.
c) En la audiencia de conciliación el reclamado deberá pronunciarse sobre la propuesta de resarcimiento o reparación contenida en la reclamación, debiendo el juez promover lo necesario para lograr un acuerdo entre las partes.
d) Para el caso de producirse el acuerdo, el acta que se levante tendrá el mérito de una sentencia definitiva ejecutoriada para todos los efectos legales.
e) De no producirse un acuerdo, se preparará en la misma audiencia el juicio, determinando el objeto del juicio.
f) Serán admisibles todos los medios de prueba, pudiendo excluirse por parte del Tribunal sólo aquellos que sean manifiestamente impertinentes, sean sobreabundantes, tengan como objetivo acreditar hechos públicos y notorios y los que hayan sido obtenidos de manera ilícita o vulneren los derechos fundamentales. Corresponderá al Estado comprobar que no se configuran los supuestos de aplicación de la presente ley, así como aquellos que justifican una reparación inferior a la reclamada por la víctima.
g) El término de prueba será de veinte días y en él se aportarán todas las probanzas que las partes estimen, se soliciten al Tribunal para su producción y aquellas que dicho organismo mande agregar de oficio. Los testigos declararán ante el juez de la causa en una sola audiencia o en más de una cuando por su número no sea posible finalizar las deposiciones. Toda persona será hábil para declarar. Los informes periciales se solicitarán durante el término probatorio designándose el o los peritos ofrecidos por las partes. Las grabaciones, los elementos de prueba audiovisuales, computacionales o cualquier otro de carácter electrónico apto para producir fe, se reproducirán en una o más audiencias fijadas al efecto, por cualquier medio idóneo para su percepción por los asistentes, según lo determine el juez, levantándose acta de lo obrado que contenga los aspectos esenciales de la diligencia.
Artículo 7°: La prueba será valorada conforme a las normas de la sana crítica.
Artículo 8°: La sentencia definitiva se dictará dentro del plazo de treinta (30) días contados desde que se cite a oír sentencia, finalizado el término probatorio y recibidas las pruebas que en esa etapa se hubieren pedido u ordenado. De acogerse la reclamación no podrá fijar una reparación inferior a la determinada en sede administrativa, según certificación evacuada al efecto como se indica en el artículo 6o precedente. Contra la sentencia sólo procederá al Recurso de Apelación, que se concederá en ambos efectos, aplicándose lo previsto en los artículos 197 y 200 del Código de Procedimiento Civil, teniendo el recurso preferencia para su vista y fallo. En lo demás se aplicarán las reglas establecidas para la vista de la causa. Contra la sentencia dictada por la I. Corte de Apelaciones no procederá recurso alguno, ni ordinario ni extraordinario.
Artículo 9°: Esta ley será aplicable respecto de todos aquellos peticionarios vinculados a hechos ocurridos desde el 01 de enero del año 2000, en adelante.
Artículo 10°: Para los efectos de esta Ley, los plazos serán de días hábiles y entenderán suspendidos durante feriados y festivos.
Artículo 11°: Las notificaciones serán practicadas por correo electrónico debiendo cada interesado en sede administrativa y judicial, en su primera presentación, señalar una casilla electrónica para dicho fin. En sede judicial, la primera notificación a la parte reclamada se efectuará por cédula, aplicándose la Ley 18.120 sobre comparecencia en juicio.
Artículo 12°: En todo lo no regulado se aplicarán supletoriamente las disposiciones comunes a todo procedimiento contenidas en el Libro I del Código de Procedimiento Civil.
Artículo 13°: Para efectos de esta Ley, notarios, conservadores, archiveros, oficiales civiles y todos los empleados públicos, municipales y de servicios de la administración descentralizada del Estado o de las entidades privadas en que el Estado tenga aporte o participación mayoritarios, deberán proporcionar a la víctima que haya sido reconocida en tal calidad por la autoridad competente, gratuitamente y libre de toda clase de impuesto y en la forma más expedita y rápida, los informes, copias de instrumentos y datos que se les solicite para la interposición de la reclamación judicial y medios de prueba que requiriere presentar, bastando para ello la exhibición de certificado que acredite aquello expedido por la autoridad competente.
Artículo 14°: Todo reclamo ante una posible infracción al principio de probidad administrativa podrá deducirse ante la Contraloría General de la República, quien podrá intervenir conforme a las reglas generales.
Artículo 15°: Mientras se mantengan en tramitación los procedimientos descritos en la presente ley, se suspenderá el cobro de todo impuesto o contribución respecto de los inmuebles de propiedad de la víctima que haya denunciado los acontecimientos conforme a los cuales hayan adquirido esta condición.
Artículo 16°: Corresponderá al Estado hacerse cargo de las costas personales y procesales a que den lugar los procedimientos descritos en la presente ley, sean en sede administrativa o judicial, debiendo nombrarse un abogado para el caso de la víctima que carezca de los medios necesarios para designar a uno de su confianza. Será el juez de letras en lo civil del domicilio del denunciante, reclamante o demandante el que deberá proceder a realizar este nombramiento, el que podrá recaer en el abogado de tumo o en uno de la Corporación de Asistencia Judicial.
Artículo 17°: No constituirá un impedimento para acceder a los procedimientos administrativo y judicial descritos en la presente ley ni para obtener una reparación la circunstancia de haber recibido alguna indemnización, compensación, beneficio o prestación de cualquier naturaleza por parte del Estado o alguna de sus reparticiones, derivados de los mismos hechos descritos o denunciados por parte de las víctimas.
Artículo 18°: Se elaborará un registro histórico especial con todas las víctimas de los hechos constitutivos de la violencia rural, las que gozarán por este sólo hecho de preferencia para la obtención de beneficios y accesos a educación, salud, previsión, subsistencia y vivienda, así como acceso a créditos y prestaciones por parte de entidades privadas y públicas que tengan como objetivo desarrollar una actividad económica o laboral.
Artículo Transitorio: El reglamento a que se alude en el artículo 4o, deberá dictarse dentro del plazo de 6 meses contados desde la publicación de la presente Ley, aprobado por Decreto Supremo expedido con la firma de los ministros del Interior y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos.