Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- DEBATE
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Marisela Santibanez Novoa
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Camila Musante Muller
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Sebastian Videla Castillo
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Yovana Ahumada Palma
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Luis Malla Valenzuela
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Viviana Delgado Riquelme
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Eduardo Cornejo Lagos
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Yovana Ahumada Palma
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Jose Carlos Meza Pereira
- INDICACIÓN EN COMISIÓN : Yovana Ahumada Palma
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Yovana Ahumada Palma
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Yovana Ahumada Palma
- INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Felix Marcelo Gonzalez Gatica
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N°21.020, SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA, PARA PROHIBIR Y SANCIONAR LAS CARRERAS DE PERROS. BOLETÍN N° 15.387-12
HONORABLE CÁMARA:
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales pasa a informar el proyecto de la referencia, originado en una moción de las diputadas y diputados Miguel Ángel Calisto, Andrés Celis, Tomás Hirsch (A), Vlado Mirosevic y Catalina Pérez, y de los exdiputados y exdiputadas Maya Fernández, Cristina Girardi, Amaro Labra y Marcela Sandoval, en primer trámite constitucional y primero reglamentario.
I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1) Idea matriz o fundamental del proyecto de ley.
La idea matriz o fundamental del proyecto de ley consiste en modificar la ley N° 21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, con el objeto de prohibir y sancionar las carreras de perros, cualquiera sea su raza, en atención a que suponen una forma de explotación de animales de compañía, lo que estaría en contradicción del espíritu del mencionado cuerpo legal.
2) Normas legales que se propone modificar o que inciden, directa o indirectamente, en esta iniciativa legal.
El proyecto propone incorporar un artículo 11 bis, nuevo, en la ley N° 21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
3) Normas de quórum especial.
La iniciativa legal en informe no posee normas de quórum especial.
4) Normas que requieran trámite de Hacienda.
El proyecto de ley no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
5) Aprobación en general del proyecto de ley.
Sometido a votación general el boletín N°16.932-01 fue aprobado por mayoría de los presentes (5-2-0).
Votaron a favor las señoras y señores diputados Jaime Araya, Viviana Delgado, Camila Musante, Clara Sagardía y Marisela Santibáñez.
Votaron a favor los señores diputados Eduardo Cornejo y José Carlos Meza.
6) Artículos e indicaciones rechazadas.
No hay artículo ni indicaciones en tal condición.
7) Diputado informante.
La Comisión acordó designar como informante a la diputada MARISELA SANTIBÁÑEZ NOVOA.
II.- ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY.
La moción manifiesta como uno de sus fundamentos la necesidad de revisar críticamente la relación entre los seres humanos y los animales, destacando que la especie humana ha ejercido históricamente prácticas de dominación y explotación que se expresan en actividades de violencia contra seres que poseen conciencia, sensibilidad y capacidad de sufrimiento.
Recuerdan los autores la Declaración de Cambridge sobre la Conciencia (2012), que establece que animales no humanos, incluyendo mamíferos, aves e incluso especies como los pulpos, poseen sustratos neurológicos que les permiten experimentar estados conscientes y conductas deliberadas. Sobre esa base, el proyecto plantea que el ordenamiento jurídico no puede desconocer que los animales tienen intereses básicos, como la vida, la integridad física y psíquica y la libertad, que deben ser protegidos de manera análoga a los de los humanos.
En ese contexto, se señala que las carreras de perros constituyen una actividad especialmente lesiva, pues implican el ejercicio de una explotación sistemática desde la cría y selección indiscriminada de los animales hasta su descarte o abandono, pasando por entrenamientos abusivos, administración de sustancias dopantes, confinamiento prolongado y exposición a lesiones graves o muerte. Todo ello se ve agravado por el hecho de que esta práctica suele estar vinculada a apuestas ilegales, consumo irregular de alcohol y riñas, lo que configura un fenómeno de carácter social y no sólo individual.
Asimismo, se hace presente que esta problemática no es aislada, ya que en países vecinos como Argentina y Uruguay han existido las carreras de perros y posteriormente se han prohibido, mientras que en Chile se calcula que existirían más de 300 canódromos informales, lo que refleja un incremento de esta práctica en el territorio nacional.
Finalmente, se destaca que la sociedad chilena ha evolucionado hacia un reconocimiento creciente del valor de los animales de compañía. Así lo evidencian estudios como la encuesta CADEM “El Chile que viene: Mascotas” (2019), que muestra que un 73% de los hogares tiene al menos un animal de compañía, con un promedio de dos por cada hogar, existiendo también un claro predominio de los perros, como lo demuestra otro estudio de opinión de GfK Adimark (2018), que señala que el 52% de quienes poseen animales de compañía se inclinan por un perro. Incluso se ha comenzado a hablar de “familias multiespecie”, concepto que reconoce un vínculo afectivo y bidireccional entre humanos y animales, transformando el paradigma desde la tenencia responsable hacia la convivencia responsable.
En el caso de las carreras de perros, se evidencia una cadena sistemática de abusos existente en esta práctica, lo que ha motivado una tendencia en el mundo en orden a su prohibición. Por ejemplo, según datos recabados en Estados Unidos entre 2008 y 2015 se produjeron 11.722 heridas en perros de raza galgos utilizados en carreras, donde más de 3.000 casos corresponden a fractura de miembros, de columna o parálisis. También se detectaron 27 casos de negligencia y crueldad, que incluyeron inanición o falta de cuidados veterinarios, e incluso se logró probar o establecer 16 casos de perros que dieron positivo a pruebas de cocaína. Todo esto lleva a la conclusión de que la regulación de esta práctica no ha resuelto la recurrencia de los problemas que generan sufrimiento, tales como la cosificación de los animales, la sobre exigencia física, la consecuente prevalencia de enfermedades o lesiones específicas y el abandono.
Añaden los autores que, teniendo en cuenta lo anterior, en derecho comparado es posible encontrar ejemplos de prohibiciones de estas actividades, como en Estados Unidos, en que las carreras de perros están prohibidas en 41 estados, mientras que en Portugal y en Uruguay se discuten reformas legislativas para poner fin a estas prácticas, aunque en este último país se puso fin a las carreras de perros por la vía administrativa, con la dictación de un decreto que estableció su prohibición en todo el territorio nacional.
Concluyen los autores señalando que la iniciativa se presenta como un avance en materia de bienestar animal y de coherencia legislativa, en tanto busca erradicar una práctica de maltrato incompatible con los principios que inspiran la ley N° 21.020, de la misma manera que permite alinear a Chile con las tendencias internacionales en la materia, contribuyendo a consolidar un marco normativo que promueva la protección, el respeto y la convivencia responsable entre humanos y animales de compañía.
III.- CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY.
El proyecto de ley consta de un artículo único, que agrega un artículo nuevo, el 11 bis, en la ley N° 21.020. dicho artículo contempla tres materias fundamentales: la prohibición de las carreras de perros, de cualquier raza, en todo el territorio nacional; la obligación de rescatar a los animales que se vean involucrados en estas prácticas, y finalmente las sanciones a las que se verían expuestos quienes infrinjan la prohibición establecida en el inciso primero.
IV.- DISCUSIÓN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY.
1) Diputada Marisela Santibáñez:
Relató que participó en una fiscalización junto al periodista Emilio Sutherland, el abogado Luis Martínez y la abogada Daniela, quienes la acompañaban en la sesión de comisión. Agradeció al Presidente de la comisión por haber considerado su petición de poner el proyecto en tabla, señalando que no se puede esperar más para legislar. Recordó que el proyecto anterior sobre la materia fue rechazado y archivado hace más de un año, y que este nuevo texto debe ser discutido, analizado y votado con urgencia. A su juicio, no se trata de una confrontación, sino de mostrar una realidad brutal que pudo constatar en terreno, tanto por denuncias ciudadanas como por su labor fiscalizadora.
Enfatizó que las carreras de perros no son una tradición legítima, sino un espacio de apuestas ilegales donde se consume alcohol, se inyectan sustancias dopantes a los animales y se cometen actos de maltrato a plena vista. Recalcó que no se trata de regular, sino de prohibir definitivamente una práctica ilícita que no puede equipararse a un deporte federado.
Finalmente, pidió avanzar sin demora en la tramitación del proyecto, subrayando que, estando ad portas de las fiestas patrias, no se puede seguir postergando esta discusión.
2) Diputada Camila Musante:
Manifestó su apoyo al proyecto presentado por la diputada Santibáñez y agradeció que el tema se pusiera sobre la mesa en la comisión. Expresó su deseo de que el proyecto pudiera avanzar antes de las fiestas patrias, ya que, en su opinión, las carreras de perros no son tradiciones sino prácticas cargadas de crueldad, violencia y sufrimiento animal.
Destacó que ya se cumple un año desde que se rechazó un proyecto anterior y que ahora existe la posibilidad de legislar nuevamente. Señaló que, frente a propuestas de regulación, la única solución efectiva es la prohibición absoluta de estas carreras, pues representan un escenario donde predominan las apuestas, el consumo de alcohol, drogas y situaciones que nada tienen que ver con un deporte ni con un ambiente familiar.
Concluyó que es momento de poner fin a estas prácticas y que la comisión tiene la oportunidad de hacerlo en el marco de la tramitación del nuevo proyecto de ley.
3) Diputado Sebastián Videla:
Expresó su apoyo a la solicitud de la diputada Marisela Santibáñez y subrayó la urgencia de avanzar en este proyecto. Señaló que lo denunciado en la prensa nacional refleja un grave problema de maltrato animal vinculado a las carreras de galgos, donde además existen apuestas ilícitas que se realizan en distintas comunas del país y no solo en la Región Metropolitana de Santiago.
Recordó que este año se aprobó un proyecto de resolución en el que los diputados ya manifestaron su respaldo a la prohibición de estas carreras. En ese sentido, sostuvo que no se trata de regular, sino de prohibir categóricamente esta práctica. Finalmente, valoró la presencia de los representantes de organizaciones animalistas en la comisión, destacando que, aunque no sean de su región, representan el sentir de muchos ciudadanos a lo largo de Chile que exigen respeto y dignidad para los animales.
4) Diputada Yovana Ahumada:
Manifestó que también ha presentado un proyecto vinculado a esta materia, y enfatizó que lo que ocurre con las carreras de galgos es, en esencia, explotación, y que a ello se suman diversos ilícitos que han quedado en evidencia.
Señaló que en Antofagasta también se realizan estas prácticas, no solo con galgos, sino además con las llamadas “carreras a la chilena”. El problema es aún más complejo porque muchas veces estas actividades se desarrollan en terrenos tomados, lo que implica ilegalidad, evasión de impuestos, cobro de entradas y una serie de irregularidades adicionales. A estos lugares concurren familias y niños, exponiéndose a un entorno marcado por la violencia y lo ilícito. Por ello, recalcó la necesidad de legislar con urgencia y avanzar en la prohibición de estas carreras.
5) Abogada experta en derecho y maltrato animal, señora Catalina Cuadra:
Inició su intervención presentando su trayectoria, señalando que trabajó en la Fiscalía Centro Norte investigando casos de maltrato animal, que actualmente se desempeña como abogada de la Fundación Animalista Nora y que, en ese rol, ha estado presente e incluso se ha infiltrado en canódromos. En base a esa experiencia, afirmó que lo que exponía estaba respaldado por hechos que ella misma había constatado.
Sostuvo que la demanda de las organizaciones y de la ciudadanía no es una regulación, sino la prohibición absoluta de las carreras de galgos, pues -en sus palabras- “el sufrimiento no se regula, se prohíbe”.
Argumentó que esta práctica no puede considerarse ni tradición ni deporte: no forma parte de la identidad cultural, no es un deporte federado ni reconocido por el Estado, y carece de estándares éticos mínimos de bienestar animal. Según explicó, las carreras son esencialmente clandestinas, violentas y lucrativas, sostenidas únicamente por las apuestas ilegales que se realizan en ellas.
Advirtió que este fenómeno constituye un verdadero “ecosistema de ilegalidades”. Relató que en los canódromos se constata el uso de medicamentos sujetos a control de la ley N°20.000, apuestas clandestinas, falsificación de documentos, dopaje de animales, maltrato sistemático, eutanasia de perros lesionados y evasión de impuestos. Añadió que estas actividades suelen ir acompañadas de consumo y venta de alcohol, riñas, conducción en estado de ebriedad y, en algunos casos, consumo de drogas.
También hizo hincapié en que las carreras de galgos vulneran directamente el artículo 291 bis del Código Penal, que sanciona los actos de crueldad contra los animales. Explicó que desde la crianza hasta el descarte, los galgos son sometidos a encierro, entrenamientos extremos, privación de contacto social, abandono y eutanasia, siendo frecuentes los casos de perros lesionados que nunca reciben atención veterinaria porque resulta más barato reemplazarlos por otro animal.
Respecto de la fiscalización, afirmó que el Estado carece de capacidad real para regular esta práctica. Mencionó que Carabineros no cuenta con unidades especializadas en maltrato animal, que los municipios carecen de atribuciones en la materia, y que la Brigada Investigadora de Delitos Contra la Salud Pública y Medio Ambiente (Bridesma) de la PDI opera con un número muy reducido de funcionarios frente a un problema creciente. En ese sentido, sostuvo que una eventual regulación sería letra muerta y que solo una prohibición efectiva podría garantizar la protección de los galgos.
Finalmente, subrayó que prohibir las carreras de perros es un imperativo ético y legislativo. Señaló que regular esta actividad significaría validarla y perpetuar el maltrato, mientras que prohibirla permitiría situar a Chile “del lado correcto de la historia”, junto a los más de 40 países que ya han avanzado en esta materia. Cerró su intervención apelando a la responsabilidad de los parlamentarios de proteger a los más vulnerables, recordando que en este caso los animales no tienen voz, pero sí derechos, y que el deber de la sociedad y de la legislación es representarlos y resguardar su bienestar.
6) Médico veterinaria y magister en etología clínica, señora Ana Francisca Soto:
Aportó una mirada técnica sobre el impacto de las carreras de galgos en el bienestar animal. Se presentó además como académica de la Universidad Andrés Bello, señalando que su exposición se basaría tanto en evidencia científica internacional como en la experiencia observada en Chile.
Explicó que existen numerosos estudios, particularmente en Australia y Europa, donde las carreras de galgos están reguladas bajo condiciones mucho más estrictas que en Chile. Aun así, la evidencia muestra que los perros presentan altos niveles de estrés, frustración y problemas de conducta. Según relató, tanto los galgos que participan como aquellos que simplemente observan las competencias experimentan una activación emocional excesiva, que se traduce en sobrecarga fisiológica y compromete su bienestar. Añadió que la frustración de perseguir un señuelo que nunca alcanzan provoca alteraciones conductuales significativas.
Sobre la realidad nacional, sostuvo que las condiciones son mucho más precarias. Describió prácticas de entrenamiento extremo, como el amarre de los animales a motos, camionetas o trotadoras, que generan ansiedad, miedo, reactividad y estrés crónico. Indicó que el encierro en caniles pequeños y sin interacción social produce estereotipias -conductas compulsivas como desplazamientos repetitivos, ladridos excesivos, lamido de barrotes e incluso automutilación-, además de fobias sociales y agresividad defensiva en perros rescatados.
Asimismo, advirtió sobre el uso de fármacos y sustancias dopantes en estas prácticas, los cuales no solo afectan la salud física de los galgos, sino que también provocan hiperactividad, agresividad y trastornos compulsivos. La suspensión de estos medicamentos, agregó, genera efectos de abstinencia comparables a los de una drogadicción, dejando secuelas que dificultan la rehabilitación y posterior adopción de los animales.
Otro punto que destacó fue el abandono y descarte de los perros que dejan de ser “útiles” para las carreras. Este proceso, explicó, produce graves trastornos emocionales como ansiedad por separación, hipervigilancia y miedo generalizado, que se mantienen incluso después de haber sido adoptados.
Finalmente, subrayó que las carreras de galgos vulneran de forma directa los principios básicos del bienestar animal. Recordó que ya en los años noventa se hablaba de las “cinco libertades”: libertad de hambre y sed, de incomodidad, de dolor, de miedo y de expresar conductas naturales, todas ausentes en esta práctica. Hoy, con los estándares más actuales de los “cinco dominios del bienestar animal”, la distancia es aún mayor.
7) Representante del Instituto Nacional del Bienestar Animal INBA-Uruguay, señora Rita Rodríguez:
Intervino ante la Comisión para entregar una visión comparada sobre la situación de las carreras de galgos en la región y en el mundo. Inició agradeciendo la oportunidad de exponer y puso a disposición una presentación en la que sistematizó datos y experiencias internacionales.
Explicó que en Uruguay las carreras de galgos se encuentran prohibidas y que, en general, esta es una actividad en retirada a nivel mundial. Señaló que los países donde aún persiste con mayor fuerza son Australia y Estados Unidos, ambos con marcos regulatorios estrictos, lo que demuestra que incluso bajo las “mejores condiciones” las carreras generan un altísimo nivel de crueldad y sufrimiento animal. Citó cifras alarmantes: mientras la esperanza de vida de un galgo como animal de compañía es de 12 años, los galgos de carrera en estos países alcanzan apenas 4,5 años de promedio. En Florida, detalló, se registraba un galgo muerto cada tres días, y en Australia se estima que el 70% de los perros de carrera son sacrificados.
Insistió en que las carreras no pueden regularse, pues son intrínsecamente crueles. Mencionó como prácticas habituales las lesiones, el descarte de animales y el uso sistemático de sustancias dopantes, entre ellas anfetaminas, barbitúricos, morfina, cocaína y esteroides, lo que ha sido documentado incluso en países con control estatal. En ese sentido, sostuvo que la única medida efectiva es la prohibición. A continuación, expuso la experiencia latinoamericana. Destacó que Argentina fue pionera en la región al aprobar en 2016 la “Ley Penal N°27.330”, que prohíbe las carreras de galgos con sanciones de hasta cuatro años de prisión. Esa normativa, fruto del trabajo conjunto entre la sociedad civil y las autoridades, ha logrado erradicar en un 97% la actividad en ese país. Posteriormente, Uruguay adoptó la prohibición en 2018 mediante decreto presidencial, lo que dio origen a la campaña “Galgo Libre Internacional”. Brasil, añadió, ha avanzado con prohibiciones en los estados de Río Grande do Sul y Santa Catarina, y se encuentra trabajando en un proyecto a nivel federal.
Respecto a Chile, valoró el rol de la sociedad civil organizada, en particular el de Galgo Libre Chile, que desde 2016 ha impulsado iniciativas para erradicar esta práctica. Señaló que Chile es el país donde la actividad galguera tiene mayor arraigo después de Argentina, pero también donde se ha desarrollado un movimiento ciudadano más fuerte en defensa de los animales, lo que se refleja en la discusión parlamentaria actual.
Explicó que, al igual que en el resto de la región, en Uruguay las carreras de galgos no forman parte de una tradición cultural, sino que llegaron por “contagio regional”. Subrayó además que ningún país de la región reconoce estas carreras como deporte, a pesar del discurso de los sectores galgueros. Tras siete años de vigencia de la prohibición en su país, aseguró que la actividad está prácticamente desarticulada, con un nivel de clandestinidad mínimo o nulo, gracias al trabajo conjunto de la sociedad civil y del Estado.
Finalmente, ilustró la magnitud del problema con un caso emblemático: la presidenta de la Asociación Uruguaya de Galgueros Unidos, quien durante años defendió públicamente el supuesto buen trato a los galgos, fue intervenida en 2020 por las autoridades. En su domicilio se encontraron animales al borde de la muerte y cadáveres de perros que ya no resultaban rentables. Este hecho, según la expositora, demuestra que el maltrato no es un mito ni un caso aislado, sino la esencia misma de la actividad.
Concluyó su intervención señalando que las carreras de galgos son, en todos los países y sin excepción, prácticas crueles y violentas. Reiteró que “la crueldad no se regula, se prohíbe” y agradeció a los legisladores chilenos por el compromiso de abordar este debate con responsabilidad y perspectiva internacional.
8) Diputado Luis Malla.
Comenzó felicitando y reconociendo a quienes impulsaron nuevamente la iniciativa de prohibir las carreras de galgos, en particular a la diputada Marisela Santibáñez, a quien valoró por haber puesto en riesgo incluso su integridad física y su vida para dar a conocer una realidad de maltrato que, según señaló, él cree firmemente porque se ha visto en imágenes y evidencia concreta. Recordó además que este tema fue planteado por primera vez en la Cámara años atrás por un parlamentario de la bancada liberal, lo que abrió el debate en su momento.
Expresó un especial agradecimiento a las agrupaciones animalistas presentes, resaltando que el maltrato animal no puede ser entendido como diversión, deporte o tradición, sino que es, sencillamente, maltrato. Enfatizó que el Congreso tiene la obligación de estar a la altura y prohibir prácticas abusivas contra seres vivos que no tienen voz para denunciar lo que sufren. Describió cómo las carreras implican apuestas, consumo de alcohol y múltiples externalidades negativas tanto para las personas como para los animales, señalando que sería inhumano no reconocer esta realidad.
Si bien recordó que no es miembro de la comisión, manifestó su total respaldo a la iniciativa. Aseguró que si le correspondiera votar en la instancia lo haría a favor de la prohibición, y comprometió su esfuerzo en la Sala para conseguir los votos necesarios, trabajando “voto a voto” para aprobar la medida.
9) Diputada Viviana Delgado.
Señaló que las carreras de galgos no pueden ser consideradas una tradición en Chile. Explicó que, según la información disponible, estos perros provienen de prácticas de caza en la aristocracia británica, lo que demuestra que no forman parte de la identidad cultural del país. En ese sentido, criticó que muchas veces en Chile se tienden a copiar costumbres ajenas en lugar de fortalecer las propias.
Agregó que una verdadera tradición no puede sustentarse en apuestas, y subrayó un punto que le parecía especialmente grave: la existencia de un negocio de apuestas en torno a las carreras que opera libre de impuestos. Afirmó que, mientras el Estado busca recaudar gravámenes en múltiples ámbitos, quienes lucran con esta práctica no contribuyen en nada, incurriendo en una irregularidad evidente.
Reflexionó además sobre la falta de empatía que supone naturalizar el maltrato hacia los animales. Criticó la capacidad del ser humano de dañar a otros seres vivos y considerarlos de menor valor, señalando que esa indiferencia nos vuelve fríos y carentes de sentimiento. Relató que las imágenes vistas en la comisión resultaban profundamente conmovedoras, al evidenciar a perros abusados, maltratados o abandonados.
10) Diputado Eduardo Cornejo.
Comenzó su intervención agradeciendo las exposiciones realizadas ante la comisión, destacando que se trataba de un proyecto de ley polémico que suscita visiones y sentimientos encontrados. Señaló que, en estos casos, lo más importante es mantener el respeto en el debate parlamentario.
Advirtió que no corresponde establecer juicios morales que dividan a los parlamentarios entre “buenos” e “inhumanos”, pues cada posición responde a miradas distintas y no a una falta de humanidad. Recordó que el año anterior, durante la tramitación de esta misma iniciativa, algunos legisladores -incluido él mismo- fueron objeto de agresiones y amenazas en redes sociales por parte de personas vinculadas a instituciones animalistas. Frente a ello, reafirmó que nadie tiene el derecho de erigirse en juez moral para maltratar o descalificar a quienes piensan diferente.
En ese contexto, reconoció el valor de la denuncia realizada por la diputada Marisela Santibáñez respecto de hechos irregulares ocurridos en carreras de galgos, como apuestas clandestinas o consumo de alcohol, situaciones que deben ser investigadas y sancionadas conforme a la ley. Aclaró que no se pueden respaldar en absoluto prácticas ilegales ni actividades que impliquen delitos, ya que como legislador tiene la obligación de dar un ejemplo correcto.
Finalmente, enfatizó su identidad como representante del mundo rural. Recordó que creció en ese entorno, en contacto directo con los animales, lo que le otorga una visión distinta y una sensibilidad particular frente al tema. Por ello, pidió que el debate se lleve adelante con respeto y que se reconozca la legitimidad de las distintas posturas que se expresan en torno a la iniciativa.
11) Diputada Yovana Ahumada.
Explicó que su postura es clara en favor de la protección y el bienestar animal, y precisó que a pesar de su opción vegetariana, ello no significa que condene a quienes no lo son. Subrayó que el debate no debe dividir entre “buenos” y “malos”, sino centrarse en la necesidad de prohibir una práctica que está asociada de manera evidente a situaciones ilícitas.
Relató que en su propia experiencia ha denunciado la realización de carreras de caballos a la chilena y de galgos en Antofagasta, muchas veces efectuadas en terrenos ocupados ilegalmente. En esos espacios, sostuvo, se realizan apuestas, se venden alcohol y drogas, y se cobra entrada, constituyendo todas ellas actividades completamente irregulares. Afirmó que nadie organiza este tipo de eventos únicamente por pasión, sino que siempre hay intereses económicos de por medio.
Reconoció que quizás en algún momento estas prácticas pudieron verse como tradiciones, pero insistió en que hoy su principal componente es el negocio ilegal que las sostiene. Por ello, enfatizó que es necesario ser honestos y afrontar que se trata de actividades ligadas al lucro y al maltrato animal.
Al mismo tiempo, valoró que existan posturas distintas entre los parlamentarios y que todas deben ser respetadas. Recordó que en discusiones previas sobre el tema, algunos diputados denunciaron agresiones de grupos animalistas, pero aclaró que quienes estaban a favor de la prohibición también recibieron hostigamientos y ataques por parte de los galgueros organizados, lo que demuestra que todos los sectores están expuestos a presiones.
Concluyó señalando que hoy percibe un clima de mayor disposición y respeto mutuo dentro de la comisión. Aunque no forma parte permanente de ella, manifestó que siempre participa en este tipo de debates porque está en contra de estas actividades y comprometida con avanzar hacia su prohibición.
12) Diputado José Carlos Meza.
Comenzó su intervención respaldando lo señalado por el diputado Cornejo, destacando que es necesario distinguir entre lo que se comenta en redes sociales y lo que se dice dentro de la comisión. A su juicio, resulta inaceptable que en la discusión parlamentaria se califique como inmoral o inhumano votar de una determinada manera, pues quienes integran el Congreso tienen una responsabilidad en el uso de sus palabras.
Señaló que el debate sobre las carreras de galgos debe abordarse desde una perspectiva más amplia. Reconoció la existencia de ilícitos asociados -como apuestas ilegales, consumo de drogas y alcohol- y valoró la denuncia de la diputada Santibáñez. Sin embargo, advirtió que el verdadero problema es un tener un Estado incapaz de fiscalizar de manera efectiva. Recordó que ya existen leyes, como la “Ley Cholito” contra el maltrato animal, que no se cumplen adecuadamente por falta de recursos, lo que resta eficacia a cualquier nueva prohibición.
Reforzó su idea con ejemplos recientes de ineficiencia estatal: desde irregularidades en la administración de fondos de pensiones hasta errores graves en investigaciones judiciales, además de su propia experiencia como víctima de un violento asalto que quedó sin respuestas. Con ello, planteó la interrogante central: si el Estado no logra fiscalizar lo mínimo, ¿cómo se garantizará que una prohibición de carreras de galgos se cumpla en la práctica?.
En conclusión, manifestó que no se opone en el fondo a la discusión del proyecto, pero insistió en que antes de legislar nuevas prohibiciones se debe exigir que las leyes ya vigentes sean cumplidas.
13) Señor Luis Martínez, Presidente de la Fundación NORA.
Comenzó su intervención señalando que se trataba de su tercera o cuarta participación en la Comisión y que este era el tercer proyecto de ley que discutía en el Congreso. Manifestó su preocupación por la falta de conocimiento de algunos legisladores sobre el tema, evidenciada por la ausencia de visitas a canódromos y la falta de experiencia directa en la materia.
Describió con detalle las condiciones del canódromo de Requínoa, considerado el más importante de Chile, y las irregularidades que observó. Mencionó situaciones de maltrato, fracturas de perros durante las carreras, apuestas millonarias y la comercialización de galgos una vez terminadas sus carreras, contradiciendo la idea de que los galgueros cuidan permanentemente a sus animales. Hizo hincapié en que los galgos son las principales víctimas de estas prácticas y destacó su experiencia de 14 años rescatando galgos en España y Chile.
Se refirió también a los abusos y las condiciones de los perros en los canódromos. Subrayó que los galgueros buscan un beneficio económico y que no existe un vínculo genuino de cuidado hacia los animales, citando casos de venta de perros y abandono tras su vida útil en las pistas.
También contextualizó la situación internacional, mencionando el cierre de canódromos en Londres, Irlanda, Tijuana y Gales debido a la mortalidad y lesiones de los galgos, y argumentó que la regulación no ha demostrado ser efectiva en ningún país. Afirmó que la experiencia internacional y la evidencia científica y empírica demuestran que las carreras de perros constituyen una práctica dañina e irreversible para los animales, y que la regulación no ofrece ningún beneficio real.
Sostuvo que en Chile no existe cabida para la regulación de estas carreras, y que prohibirlas es la única medida coherente para proteger a los galgos. Concluyó su intervención afirmando que la evidencia acumulada hace innecesaria cualquier justificación para mantener la actividad, y enfatizó que la prohibición es el camino adecuado para prevenir sufrimiento y muertes innecesarias de los animales.
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Sometido a votación general el proyecto de ley contenido en el boletín N°15.387-12, fue aprobado por mayoría de votos de los presentes (5-2-0).
Votaron a favor las señoras y señores diputados Jaime Araya, Viviana Delgado, Camila Musante, Clara Sagardía y Marisela Santibáñez.
Votaron a favor los señores diputados Eduardo Cornejo y José Carlos Meza.
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V.- DISCUSIÓN PARTICULAR DEL PROYECTO DE LEY.
Proyecto de ley
“Artículo único: Incorpórese el siguiente artículo 11 bis nuevo a la ley N° 21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía:
“Artículo 11 bis. Se prohíbe toda carrera de perros, cualquiera sea su raza, en todo el territorio nacional.
Quienes las organicen y participen en ellas, serán castigados con las penas de presidio menor en sus grados medio y multa de veinte a cuarenta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales.
Quienes las promuevan, faciliten o difundan por cualquier medio, serán castigados con multa de cinco a veinte unidades tributarias mensuales.
Las personas condenadas en virtud del inciso anterior, no podrán solicitar la aplicación de la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, prevista en el Párrafo 1º del Título I de la ley Nº18.216.”.”.
Se presentaron las siguientes indicaciones:
1. De la diputada Yovana Ahumada para agregar el siguiente inciso 2°, nuevo, al artículo 11 bis, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente.
“Los animales que sean utilizados en las carreras prohibidas en el inciso anterior, serán rescatados, serán entregados a una organización del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, para que estos sean saneados, esterilizados y reubicados con una persona u organización que asuma su tenencia responsable.”.
2. De la diputada Yovana Ahumada para reemplazar el inciso segundo, que pasa a ser tercero, por el siguiente:
“Quienes las organicen y participen en ellas, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de veinte a cuarenta Unidades Tributarias Mensuales. Además de las accesorias de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales y el pago de los gastos en que incurra la institución designada para el saneamiento, esterilización, cuidado y reubicación de él o los animales rescatados.”.
La diputada Yovana Ahumada destacó la relevancia histórica del día y agradeció la oportunidad de participar en la discusión del proyecto de ley sobre la prohibición de las carreras de perros. En su exposición, hizo énfasis en la responsabilidad de las organizaciones que rescatan y cuidan a los animales maltratados, señalando que muchas veces estas entidades asumen costos significativos por la mantención, cuidados y recuperación de los perros afectados.
Propuso una indicación específica relacionada con los “perritos judicializados”, es decir, aquellos animales involucrados en procesos legales por maltrato. Su propuesta busca que los tutores o dueños responsables de los perros asuman directamente los gastos que implique su cuidado durante el proceso judicial, evitando que la carga económica recaiga en las organizaciones rescatistas o en el Estado. Señaló que esta medida es simple pero fundamental, ya que establece la responsabilidad directa del dueño y asegura la correlación con las disposiciones del proyecto de ley.
De esta manera, subrayó que la indicación fortalece la protección de los animales, asegurando que quienes cometen maltrato respondan económicamente por el bienestar de los perros bajo su custodia durante los procesos legales.
El diputado Félix González expresó su acuerdo con las indicaciones presentadas por la diputada Yovana Ahumada, relacionadas con la responsabilidad sobre los animales rescatados de maltrato o explotación. Señaló que existía un vacío legal respecto a qué ocurre con estos animales y destacó que la primera indicación define claramente el destino de los perros retirados de quienes los maltratan o explotan.
Asimismo, explicó que la segunda indicación establece quién debe asumir los gastos de mantención y rehabilitación de los animales, evitando que los exdueños eludan su responsabilidad económica.
Concluyó señalando que aprobar ambas indicaciones sería pertinente y necesario para fortalecer la protección de los perros afectados por las carreras y otros maltratos.
Puestas en votación de manera conjunta, las indicaciones Nos 1 y 2, se aprobaron por mayoría de los presentes (6 a favor y 1 abstención).
Votaron a favor los diputados y diputadas Ahumada (en reemplazo de Concha), Delgado, González, Melo, Sagardía y Santibáñez.
Se abstuvo el diputado Rey.
Sometido a votación el resto del artículo único, esto es, el inciso primero y los incisos tercero y cuarto, que pasarían a ser cuarto y quinto, se aprobó por mayoría de los presentes (6 a favor y 1 abstención).
Votaron a favor los diputados y diputadas Ahumada (en reemplazo de Concha), Delgado, González, Melo, Sagardía y Santibáñez.
Se abstuvo el diputado Rey.
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Se designó como informante a la diputada señora MARISELA SANTIBÁÑEZ NOVOA.
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Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente la diputada informante, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales recomienda aprobar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Incorpórase el siguiente artículo 11 bis, nuevo, en la ley N° 21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía:
“Artículo 11 bis.- Se prohíbe toda carrera de perros, cualquiera sea su raza, en todo el territorio nacional.
Los animales que sean utilizados en las carreras prohibidas en el inciso anterior, serán rescatados y entregados a una organización del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, para que estos sean saneados, esterilizados y reubicados con una persona u organización que asuma su tenencia responsable.
Quienes organicen estas carreras y participen en ellas, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de veinte a cuarenta unidades tributarias mensuales, además de las accesorias de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales y el pago de los gastos en que incurra la institución designada para el saneamiento, esterilización, cuidado y reubicación de el o los animales rescatados.
Quienes las promuevan, faciliten o difundan por cualquier medio, serán castigados con multa de cinco a veinte unidades tributarias mensuales.
Las personas condenadas en virtud del inciso anterior no podrán solicitar la aplicación de la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, prevista en el Párrafo 1º del Título I de la ley Nº18.216.”.”.
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de fechas 20 de agosto y 3 y 10 de septiembre de 2025, con la asistencia de las diputadas y diputados Jaime Araya Guerrero, Sara Concha Smith, Eduardo Cornejo Lagos, Viviana Delgado Riquelme, Félix González Gatica, Cristóbal Martínez Ramírez, Daniel Melo Contreras, José Carlos Meza Pereira, Camila Musante Müller, Jaime Naranjo Ortiz, Hugo Rey Martínez, Clara Sagardía Cabezas y Marisela Santibáñez Novoa.
Asistieron, además, las diputadas Carla Morales Maldonado y Yovana Ahumada Palma, en reemplazo de la diputada Sara Concha Smith.
Sala de la Comisión, a 12 de septiembre de 2025.
CARLOS CÁMARA OYARZO
Abogado Secretario (A) de la Comisión