Labor Parlamentaria
Participaciones
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Antecedentes
- Senado
- Sesión Especial N° 54
- Celebrada el 03 de octubre de 2007
- Legislatura Ordinaria número 355
Índice
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Intervención
DESIGNACIÓN DE SEÑOR SABAS IVÁN CHAHUÁN SARRÁS COMO FISCAL NACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Autores
El señor
Señor Presidente, en primer lugar, no comparto completamente las severas críticas que se han manifestado en el país y en esta discusión en cuanto a la manera como se ha desarrollado la reforma procesal penal y al funcionamiento del Ministerio Público.
Yo tengo una opinión favorable de la gran reforma que hemos hecho. Ha significado rapidez en los juicios, transparencia en los procedimientos, acceso a la información y una elevada cantidad -mucho más que antes- de condenas. Y se trata de penas severas.
Ha habido equivocaciones judiciales muy notorias, con resultados muy complejos -ello no tiene que ver tanto con el Ministerio Público cuanto con el Poder Judicial (los jueces de garantía)-, lo cual ha tenido gran repercusión en la opinión pública. Tal situación ha llevado a la idea de que hemos generado un sistema en extremo garantista, ineficiente y que no defiende a los ciudadanos. Esa afirmación, que se vende mucho en la prensa y que tiene cierta aceptación en la gente, no la comparto.
Tampoco estoy de acuerdo con el planteamiento, expresado en el debate de ayer, de que aquí solo cabe restringir derechos ciudadanos, aumentar las penas e incrementar la capacidad carcelaria. Porque, por ese camino, no vamos a resolver ni la delincuencia ni la anarquía ni los graves problemas de seguridad pública del país.
El único aspecto criticable es el relativo al desbalance que quedó en la arquitectura institucional del nuevo sistema en relación con la defensa jurídica de las víctimas, tarea que no corresponde exactamente al fiscal. Este resguarda el interés público, el cual no siempre concuerda con el deseo de las víctimas.
Resulta perfectamente entendible que una persona afectada por un delito atroz, si el agresor recibe una pena grave -15 años, por ejemplo-, pida cadena perpetua. Esa víctima va a reclamar contra el fiscal. Yo lo he visto. No obstante, esa función compete a la defensa de aquella.
Ocurre que tenemos un sistema muy eficiente de defensoría pública de los victimarios y uno muy ineficiente de defensoría pública de las víctimas, que son las corporaciones de asistencia judicial. En efecto, cuando se enfrentan las partes en un tribunal para alegar respecto de la investigación y de la propuesta del fiscal -esto lo vemos en todas las Regiones; los Honorables colegas tendrán la misma experiencia-, el delincuente es defendido por uno de los mejores abogados de la plaza y el afectado, por un estudiante de Derecho en práctica en la corporación de asistencia judicial respectiva. Incluso, este podría haber recibido el caso de otro practicante que ya concluyó sus estudios.
Entonces, si vamos a discutir de verdad, veamos cómo fortalecer un elemento que nos quedó débil en la reforma: un sistema de defensa para las víctimas, garantizado, sobre todo, para los pobres del país.
Ese es el asunto.
Señalo lo anterior porque, a propósito del nombramiento del Fiscal Nacional, cabe abrir un debate sobre el Ministerio Público y las enmiendas que urge hacer.
Concurro por segunda vez a esta discusión, porque hace ocho años tuvimos que resolver la misma cuestión. Entonces acordamos la designación de quien hoy hace abandono del cargo. Recuerdo que fue una decisión muy compleja y una negociación en extremo difícil. Costó mucho llegar a acuerdo.
Lo precedentemente expuesto tiene por objeto reflexionar acerca del procedimiento, que merece algún debate. Hago presente, sí, que comparto su arquitectura central.
En todo caso, este sistema no viene de la Constitución que hizo Pinochet, pues fue aprobado por este Parlamento. Si bien es parte de la Carta Fundamental, esa reforma la realizamos nosotros. Bien o mal. Y la podemos cambiar.
Para el nombramiento de cargos de este tipo primó la idea de que participaran los tres Poderes Públicos.
En general, nadie objeta el papel que desarrolla la Corte Suprema, que tiene la característica de ser bastante claro y transparente. El Máximo Tribunal debe proponer una quina con ciudadanos que reúnan las condiciones que establece la ley. Y resuelve el asunto por votación. El procedimiento resulta muy claro.
¿Por qué interviene el Poder Judicial ? Porque es uno de los tres Poderes del Estado y tiene relación con el ámbito en cuestión. Aunque la propuesta no la hace el Ministerio Público, igual resulta razonable.
La Presidenta de la República , por su parte, elige un nombre de la quina. Ello es bastante claro. Esta decisión se toma con plena discrecionalidad. La ley no dice que debe escoger al primero de la lista. Si así fuera, todos sabríamos desde el principio quién será propuesto al Poder Legislativo. Por tanto, nadie podría decir que la Primera Mandataria comete una falta si sugiere al último de la quina. O sea, se le entregó una facultad discrecional para ponderar entre cinco postulantes.
El procedimiento, en general, cuenta con la virtud de que la Corte Suprema propone cinco ciudadanos o ciudadanas que reúnen las exigencias mínimas para ejercer el cargo...
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor GAZMURI.-
Termino de inmediato, señor Presidente.
Lo que no está muy claro es cuál es nuestro rol. ¿Solamente decir "sí" o "no"?
El señor CHADWICK .-
Votar.
El señor LARRAÍN.-
Eso es.
El señor
Cierto, y con quórums muy altos.
Yo tenía otra candidata, pero ese no es mi papel. Me había formado una opinión respecto de la señora Sonia Rojas , que posee todas las condiciones para ser una gran Fiscal Nacional. Sin embargo, no me preguntaron el parecer. Si lo hubieran hecho, a lo mejor la Presidenta habría considerado otra opción.
El asunto es que nuestra función en este ámbito es el acuerdo político. Se trata del acuerdo de una cámara política, para el cual hemos establecido la exigencia de un quórum muy alto.
Pues bien, ese procedimiento no resulta transparente ni claro. ¡O sea, hacemos muy mal lo que nos corresponde llevar a cabo: una negociación política!
El señor NARANJO .-
Y pública.
El señor
¡Por tanto, es preciso mejorar tales procedimientos!
Y eso lo rehuimos. No reconocemos que ese es nuestro rol en esta materia, cuando resulta ser el único razonable. Es muy lógico que haya un acuerdo político para cargos de importancia pública, como el de Fiscal Nacional o el de ministro de Corte Suprema .
Esta discusión se nos presenta permanentemente y no quiero vivir escuchando de forma constante quejas absurdas contra un sistema que nosotros mismos aprobamos: "que no me consultaron", "que supe esto", "que a lo mejor se juntaron con el Senador Fulano o Sutano", "que hubo tal lobby o tal otro", "que me enteré por la prensa de cosas que no sé si son ciertas o mentiras y tengo que votar".
En consecuencia, propongo a la Sala que definamos un procedimiento transparente y público de acuerdo político. Construyámoslo para mejorar el ejercicio de la función referida,...
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Termine, señor Senador.
El señor
...y no sigamos haciendo cosas a medias que resultan muy poco claras.
Se dice: "Este no es un asunto político. No interesa que el postulante sea de Derecha o de Izquierda ". Pero a mí me importa, no tanto a qué lado pertenece, sino la orientación que tiene. Del mismo modo, me parece relevante la opinión de los jueces de la Corte Suprema respecto de los derechos humanos. ¡Cómo no me va a interesar!
Ahora bien, lo último no significa que solo quien vota por la Concertación posee el patrimonio jurídico y ético en materia de derechos humanos. Pueden ser otros.
Lo único que pido es que mejoremos el procedimiento.
En esta ocasión, obviamente voto a favor de la proposición de la Presidenta , porque está en su derecho. Me parece que los cinco nombres propuestos son gente calificada. Pero creo que podemos perfeccionar fuertemente, no el método, sino la función, para esclarecer cómo estamos cumpliendo el mandato constitucional que nos obliga a votar estas designaciones.