Labor Parlamentaria
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Antecedentes
- Cámara de Diputados
- Sesión Ordinaria N° 115
- Celebrada el 06 de enero de 2010
- Legislatura Ordinaria número 357
Índice
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Intervención
NORMATIVA SOBRE INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN Y PRESTACIONES EN MATERIA DE REGULACIÓN DE LA FERTILIDAD. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
Autores
El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Antonio Leal.
El señor LEAL .- Señor Presidente , en primer lugar, valoro la aprobación de este proyecto de ley en el Senado. Por su intermedio, quiero decir al diputado Kast que esto fue aprobado por los senadores de la UDI y que hace muy pocos minutos, escuché a la senadora Matthei en una entrevista en la radio en la cual decía que en la UDI existen posiciones y posturas conservadoras respecto de estas materias y que tales posturas conservadoras dañan la candidatura de Sebastián Piñera.
Comprendo la dificultad que tiene el diputado Kast , porque el proyecto, que él llama de realismo mágico latinoamericano, con un dejo de desprecio por la literatura mágica latinoamericana, reconoce a nivel legal los derechos que las personas tienen en materia de regulación de su fertilidad y, como contrapartida, los deberes que pesan sobre el Estado en esta materia, habilitando en forma general a todos los órganos de la administración para realizar planes, programas, acciones relativas a la satisfacción de los derechos de la población a obtener información y orientación sobre la regulación de la fertilidad, así como a recibir una educación para la vida afectiva y sexual, a elegir libremente y acceder a los métodos de regulación de la fertilidad.
Lo que hemos escuchado del diputado Kast -que respeto- es la misma opinión que entregaron sectores conservadores cuando el entonces Presidente de la República , Jorge Alessandri , le encargó al doctor Fricke estudiar los primeros métodos de anticoncepción en nuestro país. Las fuerzas conservadoras de aquel tiempo dijeron que eso significaba fomentar el aborto. Posteriormente, durante el período presidencial de Eduardo Frei Montalva se introdujeron métodos de anticoncepción, lo que, por lo demás, ocurrió en todo el mundo y con los resultados que conocemos desde el punto de vista de la regulación de la fertilidad y de los derechos reproductivos y sexuales de las propias mujeres.
El proyecto establece, como principio, que “toda persona tiene derecho a recibir educación, información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara, comprensible, completa y, en su caso, confidencial.”.
Al mismo tiempo, dispone que toda persona tiene derecho a elegir libremente, sin coacción de ninguna clase y de acuerdo a sus creencias o formación, los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina, y acceder efectivamente a ellos. Destaco la frase “de acuerdo a sus creencias o formación”, porque ayer el diputado Melero hablaba de la moral objetiva. El tiene derecho a mantener una concepción respecto de la moral objetiva, pero otros tenemos derecho a tener de una visión respecto de la moral inserta en la historia, y de la manera como ésta y los cambios culturales modifican las concepciones morales de los pueblos. Por lo tanto, toda persona tiene derecho a elegir y acceder a los métodos de regulación de la fertilidad.
Además, los órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia, adoptarán las medidas apropiadas para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos por ley. Estos órganos pondrán a disposición de la población los métodos anticonceptivos, tanto hormonales como no hormonales, tales como los métodos anticonceptivos combinados de estrógeno y progestágeno, métodos anticonceptivos de prostágeno solo, los métodos anticonceptivos hormonales de emergencia y los métodos de anticoncepción no hormonal, naturales y artificiales.
Ese es el contenido del proyecto de ley aprobado en la Cámara de Diputados y en el Senado con votos de todos los sectores y que representa un paso adelante muy importante desde el punto de vista de la regulación de la fertilidad en una sociedad moderna como la chilena.
En cuanto a las modificaciones del Senado, nuestra Corporación estableció que la información y educación respecto de la regulación de la fertilidad debían entregarse por escrito, sin perjuicio de que también se hiciera en forma verbal. El Senado modificó esa norma y propuso que deberá entregarse por cualquier medio, de manera completa y sin sesgo, y abarcar todas las alternativas que cuenten con la debida autorización.
Comparto esta modificación, la voy a aprobar, pues implica un aporte que enriquece la iniciativa en esta materia.
Además, el Senado agregó una norma que impone a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado la obligación de incluir dentro del ciclo de Enseñanza Media un programa de educación sexual, el cual, según sus principios y valores, incluya contenidos que propendan a una sexualidad responsable.
Esta disposición es significativa, enriquece el proyecto, y fue aprobada prácticamente por la unanimidad de los senadores, lo que constituye un dato relevante.
Luego, agregó un inciso final, nuevo, al artículo 2º, que dispone que en aquellos casos en que el método anticonceptivo de emergencia sea solicitado por una persona menor de 14 años, el funcionario o facultativo que corresponda, sea del sistema público o privado de salud, procederá a la entrega de dicho medicamento, debiendo informar, posteriormente, al padre o madre del menor o al adulto responsable que la menor señale.
También estamos de acuerdo con esta norma aprobada en el Senado con los votos de los parlamentarios de la UDI, de Renovación Nacional y de la Concertación por la Democracia.
Se agrega una norma sobre privacidad, en el sentido de que toda persona tiene derecho a la confidencialidad y privacidad sobre sus opciones y conductas sexuales, así como sobre los métodos y terapias que elija para la regulación o planificación de su vida sexual.
Considero que los aportes del Senado son significativos. Sin embargo, discrepo en un punto, lo cual no cambiará mi voto favorable, pero lo daré a conocer. Ayer el ministro Viera-Gallo expresó que la norma resuelta por el Senado, en orden a proponer que no se considerarán anticonceptivos, ni serán parte de la política pública en materia de regulación de la fertilidad, aquellos métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto, es similar a la establecida en el artículo 119 del Código Sanitario.
Al respecto, aclaro que no son similares, pues ese artículo dispone que no podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar un aborto. En cambio, acá estamos hablando de anticoncepción.
Esta norma deja abierta la posibilidad de que mañana, cuando existan nuevas formas de anticoncepción, de acuerdo con el desarrollo científico, bioético, tecnológico, alguien pudiere sostener que son abortivas, como algunos aseveraron antes de este debate y durante muchos meses que la píldora del día después era abortiva y recurrieron al Tribunal Constitucional llevando detrás esa concepción respecto de esta norma.
Pese a no estar de acuerdo con esta formulación, votaré a favor el proyecto, como lo resolvió la bancada del Partido por la Democracia, porque representa un avance muy importante, sitúa a Chile en el rango internacional respecto de los derechos reproductivos y de fertilidad, moderniza la sociedad chilena y evita una discusión respecto de la cual cada persona tiene una visión propia.
Éste no es un Estado confesional, no hay una moral única, no hay una visión única de estos temas, pero garantiza normas legales que interpretan los derechos reproductivos, sexuales y el derecho a orientación, educación y a prestaciones en materia de regulación de la fertilidad que están dentro de los rangos de los países más avanzados.
He dicho.