El señor MONTES ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que autoriza la construcción de un monumento en las ciudades de Santiago, Talca y Valparaíso, en memoria del Cardenal Raúl Silva Henríquez.
Diputado informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación es el señor Velasco.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 2322-04, sesión 1ª, en 1 de junio de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 10.
Debido al carácter de homenaje que tuvo esta discusión, se inserta su primer informe:
Informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación recaído en el proyecto de ley que autoriza la construcción de monumentos en las ciudades de Santiago, Talca y Valparaíso, en memoria del Cardenal Arzobispo don Raúl Silva Henríquez. Boletín Nº 2322-04 (S)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación pasa a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de los senadores señores Juan Hamilton Depassier, Manuel Antonio Matta Aragay, Rafael Moreno Rojas y Adolfo y Andrés Zaldívar Larraín.
En atención a la sencillez de la iniciativa, la Comisión acordó prescindir del trámite de las audiencias públicas a que se refiere el inciso segundo del artículo 211 del Reglamento de la Corporación.
Antecedentes
Don Raúl Silva Henríquez nació en la ciudad de Talca el 27 de septiembre de 1907, siendo hijo del agricultor don Ricardo Silva Silva y de doña Mercedes Henríquez Encina, ambos pertenecientes a antiguas y tradicionales familias de larga raigambre en la zona.
Efectuó sus estudios primarios en el Liceo Blanco Encalada de Talca, trasladándose posteriormente al Liceo Alemán de Santiago. Ingresó luego a la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Chile, recibiéndose de abogado en diciembre de 1929.
Su inquietud religiosa lo lleva a ingresar, recién recibido su título de abogado, en enero de 1930, al Noviciado de la Congregación Salesiana en Macul. Estudia filosofía en Chile y luego se doctora en teología y derecho canónico en el Estudiantado Internacional de Turín de la Congregación Salesiana. Finalmente, el 4 de julio de 1938 es ordenado sacerdote por el Cardenal Arzobispo de Turín.
Vuelto a Chile a fines de ese año, desempeña las cátedras de derecho canónico, teología moral e historia eclesiástica en el Teologado Salesiano de Santiago. En 1943 es nombrado Rector del Liceo Manuel Arriarán Barros y en 1948 Rector del Colegio Patrocinio San José, ambos de su Congregación. En esta época funda y organiza la Federación de Colegios Particulares Secundarios (Fide) y se desempeña como su Presidente Nacional. Funda la revista “Rumbos” y en 1950 es nombrado Director del Estudiantado Teológico Salesiano Internacional y prepara y dirige el primer Congreso de Religiosos de Santiago. En 1957 es designado Director de las Escuelas Profesionales de la Gratitud Nacional y del Liceo San Juan Bosco.
Luego organiza el Instituto Católico Chileno de Migraciones y la federación de las obras asistenciales y de caridad de la Iglesia (Caritas Chile), desempeñándose como su primer Director y Presidente Nacional , respectivamente. Más tarde es designado Vicepresidente y luego, en 1962, en Roma, Presidente mundial de Caritas Internacional.
Su gran preparación y su destacada y vasta labor lo llevan al solio obispal de Valparaíso, en virtud de designación hecha por el Papa Juan XXIII el 24 de octubre de 1959. El mismo Papa lo designa Arzobispo de Santiago el 25 de mayo de 1961 y le confiere el capelo cardenalicio el 19 de marzo de 1962.
Como Jefe de la Iglesia de Santiago , procede a organizar la Arquidiócesis en decanatos, zonas pastorales y vicarías especializadas y funda numerosas instituciones de formación religiosa, de promoción social, de defensa de la justicia y de los derechos humanos.
Participa en forma destacada en el Concilio Vaticano II y en los años 1962 y 1963 organiza la Gran Misión de Santiago. Convoca luego al Sínodo de la Iglesia metropolitana, reunión de la que surgen las líneas fundamentales que norman la labor de esta Iglesia.
Legado papal al Congreso Mariano de Santo Domingo en el año 1965, forma parte de las Sagradas Congregaciones para la Educación Católica y para el Culto Divino, integrando también la Comisión para la Reforma del Código de Derecho Canónico.
Su labor en defensa de los derechos humanos, le vale diversos reconocimientos internacionales como el del Congreso Judío Latinoamericano que le confiere el Premio Derechos Humanos 1971; más tarde, en 1978, recibe el premio Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en reconocimiento a su labor al frente de la Vicaría de la Solidaridad y, por esas mismas razones, la Fundación Bruno Kreysky le otorga igual premio en Viena, en 1979.
Desempeña en varios períodos la Presidencia de la Conferencia Episcopal de Chile y es miembro del Comité Permanente. Asimismo, como Arzobispo de Santiago , ocupa el cargo de Gran Canciller de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
Finalmente, obedeciendo el mandato del Papa Juan Pablo II, al cumplir los 75 años de edad, renuncia al Arzobispado de Santiago el 10 de junio de 1983, renuncia que, en todo caso, no le impidió continuar con su fructífera labor pastoral hasta mientras sus fuerzas se lo permitieron.
Falleció en Santiago el 9 de abril recién pasado.
Ideas matrices o fundamentales del proyecto.
La idea central del proyecto se orienta a rendir un homenaje a la persona que fue el Cardenal Arzobispo de Santiago don Raúl Silva Henríquez, en memoria de su destacada actuación al frente de la Iglesia Católica de Chile y de su incesante actividad social en beneficio de los derechos de todos.
Tal idea, la que es propia de ley de conformidad a lo establecido en el artículo 60 Nº 5 de la Constitución Política, el proyecto aprobado por el Senado la concreta por medio de seis artículos que, en síntesis, establecen lo siguiente:
Por el artículo 1º se autoriza erigir sendos monumentos en memoria del Cardenal Silva Henríquez en las ciudades de Santiago, Valparaíso, Talca y Villa Alegre.
Por el artículo 2º se dispone que las obras se financiarán mediante colectas públicas, donaciones y otros aportes privados, debiendo efectuarse las colectas en las fechas que señale la comisión especial que se crea por el artículo 4º.
Por el artículo 3º se crea un fondo destinado a recibir las erogaciones señaladas en el artículo anterior.
Por el artículo 4º se crea una comisión especial integrada por nueve miembros que se desempeñarán ad honorem y a quien corresponderá la ejecución de los objetivos perseguidos por la ley.
Integran esta comisión los alcaldes de Santiago, Valparaíso, Talca y Villa Alegre, un representante de la Arquidiócesis de Santiago, otro de la Diócesis de Valparaíso y otro de la de Talca, más el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.
Por el artículo 5º se señalan las funciones que corresponderán a la comisión, es decir, la determinación del lugar en que se ubicarán los monumentos; el llamado a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, la fijación de sus bases y su resolución; la administración del fondo formado con las erogaciones, y la apertura de una cuenta corriente especial para la gestión del fondo.
Por el artículo 6º se encomienda a la comisión determinar el destino de los posibles excedentes que pudieren generarse, luego de la construcción de los monumentos.
Discusión en general del proyecto.
Durante la discusión general del proyecto, la Comisión coincidió plenamente en la apreciación de los relevantes méritos que revistieron al agraciado y, sin mayor debate, procedió a aprobar la idea de legislar por unanimidad.
Discusión en particular del proyecto.
En la discusión pormenorizada del proyecto se llegó a los siguientes acuerdos:
Artículo 1º
Dispone levantar los monumentos en las cuatro ciudades que indica.
Ante la consulta formulada por el diputado señor Correa acerca de la razón para incluir la ciudad de Villa Alegre entre aquellas en que se autoriza erigir un monumento, se señaló que ello obedecía a una indicación del senador señor Matta, fundándose en la relación familiar que con esa ciudad tenía el señor Cardenal , la cual se había formado en torno a un molino instalado por uno de sus antepasados, destacado agricultor de la zona, y en la que él mismo había pasado sus primeros años.
Cerrado el debate, se aprobó el artículo en los mismos términos por unanimidad.
Artículo 2º
Señala la forma en que se financiarán las obras y la oportunidad en que se efectuarán las colectas públicas.
No se produjo debate y se lo aprobó en iguales términos por unanimidad.
Artículo 3º
Crea un fondo destinado a recibir las erogaciones para las obras.
Se aprobó sin debate, en los mismos términos, por unanimidad.
Artículo 4º
Crea una comisión especial para el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
No se produjo debate y se procedió a aprobarlo en iguales términos por unanimidad.
La Comisión acordó, también, proponer al diputado señor Gutiérrez para que integre en representación de la Cámara la comisión especial a que alude este artículo, considerando para ello que el parlamentario, además de ser integrante de la Comisión, es uno de los representantes de la zona en que se erigirán dos de los cuatro monumentos y en que celebrará sus reuniones la citada comisión especial.
Artículo 5º
Señala las funciones que deberá cumplir la comisión especial para el cumplimiento de sus objetivos.
Se aprobó sin debate, en los mismos términos, por unanimidad.
Artículo 6º
Encarga a la comisión especial determinar el destino de los excedentes que puedan producirse luego de levantados los monumentos.
No se produjo debate y se lo aprobó en los mismos términos, por unanimidad.
-o-
Constancia
Para los efectos de lo establecido en los números 4º, 5º, 6º y 7º del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:
1º Que tanto el Senado como la Comisión determinaron que el proyecto no contiene disposiciones de rango orgánico constitucional o de quórum calificado.
2º Que el proyecto no contiene disposiciones que sean de la competencia de la Comisión de Hacienda.
3º Que no hubo artículos ni indicaciones rechazados por la Comisión.
4º Que el proyecto se aprobó en los mismos términos propuestos por el Senado.
-o-
Por las razones expuestas y por las que en su oportunidad dará a conocer el señor diputado informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos propuestos por el Senado, de conformidad al siguiente texto:
Proyecto de ley:
“Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Santiago, otro en la de Talca, otro en la de Valparaíso, y un cuarto en la de Villa Alegre, en memoria del Cardenal Arzobispo Emérito de Santiago Monseñor Raúl Silva Henríquez.
Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.
Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.
Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.
Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por nueve miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
a) Un senador y un diputado, elegidos por sus respectivas Cámaras;
b) El Alcalde de la I. Municipalidad de Santiago ;
c) El Alcalde de la I. Municipalidad de Talca ;
d) El Alcalde de la I. Municipalidad de Villa Alegre ;
e) El Alcalde de la I. Municipalidad de Valparaíso ;
f) Un representante de la Arquidiócesis de Santiago;
g) Un representante de la Diócesis de Talca;
h) Un representante de la Diócesis de Valparaíso, e
i) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.
La Comisión funcionará en la ciudad de Talca y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.
Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;
b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;
c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;
d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y
e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.
Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine”.
-o-
Sala de la Comisión, a 13 de julio de 1999.
Se designó diputado informante al señor Sergio Velasco de la Cerda.
Aprobado en sesión de igual fecha con la asistencia de los diputados señores Felipe Valenzuela Herrera ( Presidente ), Nelson Ávila Contreras, Sergio Correa de la Cerda, Maximiano Errázuriz Eguiguren, Homero Gutiérrez Román, Gonzalo Ibáñez Santa María, María Antonieta Saa Díaz, Jorge Ulloa Aguillón, Sergio Velasco de la Cerda y Edmundo Villouta Concha.
(Fdo.): Eugenio Foster Moreno, Secretario.