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  • Senado
  • Sesión Ordinaria N°50
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  • Legislatura número 365
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Intervención
MODIFICACIÓN DE LEY N° 19.496, SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE CONSUMIDORES

Autores

El señor PIZARRO .-

Señor Presidente , solo para referirme al acuerdo a que llegamos en la Comisión de Hacienda -yo también participo en la Comisión de Economía-, donde efectivamente habíamos planteado de manera unánime una cuantía de multa que fuera lo suficientemente alta y contundente para inhibir conductas de abuso a los consumidores.

No hay que olvidarse de que esto dice relación con el artículo 23 de la ley vigente, norma que establece cuáles son los abusos que se pueden generar respecto a la prestación de un servicio o la venta de un bien cuando el proveedor actúa con negligencia y "causa menoscabo al consumidor debido a fallas o deficiencias en la calidad, cantidad, identidad, sustancia, procedencia, seguridad, peso o medida del respectivo bien o servicio".

Además, se considera algo que lamentablemente se ha puesto muy de moda. Los organizadores de espectáculos públicos, artísticos o deportivos muchas veces venden más entradas de las que puede albergar el recinto donde se realiza el evento, lo que claramente se hace con engaño, con dolo.

Es lo único que queda afuera. Porque también se planteó el problema de los sobrecupos en el transporte, materia en la que queda excepcionado el transporte aéreo, que tiene su reglamentación especial.

Pero, señor Presidente , lo que importa aquí y a lo largo de todo el proyecto es que se contemplen sanciones que resulten claramente inhibitorias de malas conductas o malas prácticas de proveedores o de operadores, sea en el comercio o en cualquiera de los servicios o áreas en que funcionen.

La propuesta que hizo al respecto la Comisión de Hacienda de establecer cuatro tramos o tipos donde vayan calzando las multas me parece bien. Cada caso es especial. Los tribunales son los que en definitiva determinarán qué sanción es la que corresponde, ponderando por supuesto los antecedentes que se le entreguen.

Ciertamente, a mí no me gusta la eliminación del piso -nosotros hablamos mucho de que era importante la participación del juez-, porque el "hasta 3.000" puede ser una unidad tributaria o pueden ser 3 mil. Esto, obviamente, va a depender del criterio que se vaya formado el juez.

Ese punto lo discutimos mucho en la Comisión de Economía con los distintos expertos que informaron y, también, con el propio Ejecutivo . Y, como dije, la señal importante aquí es que las multas tengan un aumento significativo.

Por supuesto, esto ha sido muy resistido por los distintos actores o sectores de la economía que sienten que habrá sanciones extraordinariamente altas para el daño que se genere. Pero todo eso va en relación también con el perjuicio causado, lo que, en definitiva, tendrá que ser ponderado por los tribunales.

Votaremos a favor, señor Presidente .

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