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Antecedentes
  • Senado
  • Sesión Ordinaria N° 9
  • Celebrada el
  • Legislatura Extraordinaria año 1967
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Intervención Petición de oficio
DESIGNACION EN PROPIEDAD DEL DIRECTOR DEL REGISTRO ELECTORAL Y DEL CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA. OFICIO.

Autores

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Es de conocimiento de la Corporación y de los señores Senadoras que sólo tres cargos de carácter administrativo necesitan, para su provisión, del asentimiento del Senado, por mandato de la ley. Uno de ellos es el de Director General del Servicio Nacional de Salud. Al iniciarse este Gobierno, se envió el mensaje de designación del Director titular de ese servicio. Está en funciones el señor Mardones Restat, desde el momento mismo en que esta Corporación le dio el pase.

Otro de esos cargos es el de Director General del Registro Electoral.

En varias oportunidades me he ocupado en la materia, por estimar que ese cargo debe ser desempañado por un funcionario que cuente con la confianza de todos los sectores ciudadanos. Por eso, con el asentimiento del Congreso y la aceptación del Ejecutivo, se entregó precisamente al Senado la facultad de ratificar su designación.

Sin embargo, saben mis Honorables colegas que el 30 de septiembre de 1965 jubiló el señor Oscar Rojas Astaburuaga y, a partir de asa fecha, el cargo en referencia se encuentra acéfalo en cuanto a su propiedad. Al parecer, el Gobierno actual desea mantener los cargos en interinato. Debido a eso, con el carácter de subrogante interino no sé la denominación que se le da actúa como Director el señor Andrés Rillón, quien ocupa ese cargo sin el consentimiento del Senado.

El Honorable señor González Madariaga me anota que se desenvuelve como Director suplente.

En diversas ocasiones he pedido al señor Ministro considerar este asunto, tanto más cuanto que tal atribución se halla dentro de las facultades privativas del Senado. Lógicamente, debe haber equivalencia entre los Poderes. No discutimos la facultad discrecional que tiene el Ejecutivo de convocar al Congreso a legislatura extraordinaria, que dura un lapso excesivo, desde el 19 de septiembre hasta el 20 de mayo, y que le permite someter a la consideración del Parlamento una serie de proyectos, que tenemos el deber de estudiar en las Comisiones y luego en la Sala. Esto es así por disposición de la Carta Fundamental. Pero también deben respetarse las facultades privativas que corresponden al Congreso, particularmente al Senado.

Recuerdo que hace un mes se le preguntó al señor Ministro cuándo iba a designar en propiedad al Director del Registro Electoral. Por esos días había tenido esa rabieta tremenda el señor Presidente de la República, a causa del rechazo del permiso para viajar a Estados Unidos, y se había enviado al Congreso el proyecto, que felizmente no prosperó, de facultar al Ejecutivo para disolver por una sola vez dentro del período presidencial las dos ramas del Parlamento. Por tal motivo, el señor Ministro contestó en esa oportunidad que el próximo Congreso sería el encargado de hacer la designación en propiedad.

Como esa situación parece haber llegado a su fin, desearía que se hiciera llegar mi opinión al señor Ministro del Interior, con el fin de que de una vez por todas envíe el mensaje de nombramiento del funcionario que asumirá en plenitud el cargo de Director del Registro Electoral, pues resulta inadmisible que ese puesto se mantenga en interinato.

En días pasados supe que un Honorable colega había formulado algunas consideraciones acerca de las excesivas eliminaciones de los registros electorales, de ciudadanos que tenían o no tenían derecho a sufragar. A raíz de ello, el Director en funciones expresó que iniciaría una querella contra ese Senador. Con posterioridad, me impuse por medio de la prensa de que ese funcionario tuvo una opinión despectiva respecto del parlamentario a que me estoy refiriendo. Dijo que se había arrepentido de iniciar la querella, por considerar que las observaciones del señor Senador habían sido producto de la ignorancia o desconocimiento de la ley electoral vigente.

El hecho de que un funcionario se desempeñe en interinato, en circunstancias de que debe contar con la ratificación del Senado, con la seguridad por parte del Ejecutivo de que su nombramiento no será objetado, por mucho que reclamemos, sea desde estas bancas o de otros sectores, está produciendo esa soberbia, esa prepotencia, esa forma tan altanera de expresarse respecto de un miembro del Congreso Nacional.

Por otra parte, quiero que también se haga llegar al Ejecutivo mi opinión de que no es posible dejar transcurrir un tiempo ilimitado sin designar en propiedad un cargo de tanta significación como el de Contralor General de la República.

Como es de dominio público, el señor Enrique Silva Cimma, que desempeñaba en propiedad ese cargo, jubiló en el mes de febrero de este año. No obstante, el actual Contralor tiene el carácter de interino.

Insisto en que, tal como ocurre con el Director del Registro Electoral, no es admisible prolongar indefinidamente esta situación respecto de un cargo de la importancia del de Contralor, que debe ser nombrado en propiedad por el Senado, previa proposición del Gobierno.

Solicito, pues, que mis observaciones se transcriban al Ejecutivo y a los respectivos Ministros, y ojala tengan ellas mejor suerte esta vez, con el propósito de que el Senado pueda hacer uso de las facultades privativas que le asigna la ley para la designación en propiedad de los cargos de Director del Registro Electoral y de Contralor General de la República. Misiones tan importantísimas, a mi juicio, deben tener el respaldo del Senado para su ejercicio con plenitud de responsabilidad.

El señor GARCIA (Presidente accidental).-

Los oficios solicitados por Su Señoría se enviarán al señor Ministro del Interior, en la forma reglamentaria.

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