Labor Parlamentaria
Participaciones
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Antecedentes
- Senado
- Sesión Ordinaria N° 10
- Celebrada el 22 de abril de 1998
- Legislatura Extraordinaria número 337
Índice
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El señor
Señor Presidente , en diciembre de 1996, tuve ocasión de referirme en esta Sala al operativo efectuado por Investigaciones en relación con el prófugo Paul Schaefer , directivo de Colonia Dignidad .
Destaqué en esa ocasión -como enfatizo de nuevo- que ninguna actividad judicial u operación policial hubiera sucedido si el señor Schaefer , ciudadano alemán que ha gozado y abusado por largos años de la hospitalidad chilena, no estuviere burlando la justicia nacional y se hubiere confiado voluntariamente a ella.
El señor Schaefer , por lo demás, ha hecho en Chile lo que ya efectuó en Alemania, pues ante una denuncia de Willy Georg (compañero de educación primaria de Paul Schaefer ) por abuso en contra de hijo en 1960, huyó del suelo natal e ingresó a nuestro país a comienzos de 1961.
Ahora, nuevamente se ha hecho caudal de la acción que esta vez Carabineros de Chile está realizando en Colonia Dignidad.
Subrayo, señor Presidente , que Carabineros de Chile actúa en Colonia Dignidad por una orden judicial directa y expresa del señor Ministro en Visita don Hernán González , que exige una vigilancia permanente al interior del predio hasta por 30 días, prorrogables si el caso lo requiere. Este mandato judicial es resultado del no cumplimiento de una orden de detención pendiente desde agosto de 1996, por denuncia de violación sodomítica y abusos deshonestos contra más de 20 menores de edad.
Ahora bien, es sorprendente que se critique a las autoridades y a Carabineros de Chile precisamente por sectores políticos que, en los años 1970-1973, se quejaban con amargura, acusando al Gobierno de Salvador Allende del no cumplimiento de mandamientos y sentencias judiciales.
Esos sectores fueron quienes elevaron a rango constitucional normas que otrora figuraron sólo en el Código Orgánico de Tribunales. Por eso, hoy se lee en el artículo 73 de la Constitución actual lo que sigue: "Para hacer ejecutar sus resoluciones y practicar o hacer practicar los actos de instrucción que decreten, los tribunales ordinarios de justicia y los especiales que integran el Poder Judicial , podrán impartir órdenes directas a la fuerza pública o ejercer los medios de acción conducentes de que dispusieren. Los demás tribunales lo harán en la forma que la ley determine".
"La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar.".(Incisos tercero y cuarto).
Así, existiendo una orden judicial, Carabineros de Chile vela para dar eficacia al derecho, y su actuación en Colonia Dignidad no sólo no debe ser criticada, sino que, además, debe merecer el respaldo y el apoyo de la ciudadanía.
Ahora bien, si la orden judicial no fuere conforme a derecho o si la actuación policial desbordara los marcos legales, cabe a los colonos la posibilidad de entablar los recursos administrativos y jurisdiccionales que el ordenamiento del Estado chileno, como Estado Social de Derecho, brinda a todas las personas, cosa que, por lo demás, ya han hecho. El día 7 de abril la Corte de Apelaciones de Talca rechazó los recursos de protección y amparo presentados por los colonos contra la orden judicial del Ministro señor Hernán González . Y, en el día de ayer, la Corte Suprema de Justicia, en su sala penal, ha desestimado por unanimidad estos recursos de amparo y de protección.
Deben rechazarse, entonces, con firmeza, expresiones como las del encargado de comunicaciones de Colonia Dignidad, que calificó la acción policial como un "asalto". Asimismo, no son fácilmente comprensibles las declaraciones de un Senador que, junto con decir que hay que atenerse a lo que decidan los tribunales, exculpa a priori a todos y a cada uno de los colonos, afirmando que "ellos no tienen ninguna relación con los hechos delictuales".
No sabemos si tienen o no tienen relación con ellos. Eso lo decidirá la justicia chilena, pero sería sorprendente que el acusado Schaefer , al cual se reprocha acciones delictuales a lo largo de más de 30 años en un colectivo social, haya podido actuar solo y sin que nadie jamás se percatara de las aberraciones de las que se le acusa.
De una manera categórica rechazo la prepotencia del líder actual de Colonia Dignidad , en cuanto amenaza con hacer uso de armas de fuego contra Carabineros en una supuesta "autodefensa" contra la policía chilena. Pero, junto a la prepotencia física, existe también prepotencia espiritual.
Utilizando el Canal de Televisión de una Universidad Católica y Pontificia, el padre Raúl Hasbún se lamenta de que "en ese predio estaría una persona (Schaefer) de la que el Estado chileno ni siquiera sabe con certeza jurídica que haya cometido delito". Y agregó que "el país contempla con estupor e incredubilidad el gigantesco dispositivo jurídico-policial que se registra en Villa Baviera".
Lo que no dice el padre Hasbún es que la imposibilidad de llegar a la certeza jurídica en cuanto a la culpabilidad del denunciado se debe a que el propio Schaefer no concurre al tribunal que reiteradamente lo cita.
A su pertinaz negativa se debe también el que haya sido necesario poner en movimiento este costoso operativo financiado con el dinero de todos los contribuyentes. Por lo tanto, el principio de la presunción de inocencia de Schaefer se encuentra profundamente debilitado por su propio actuar y no debe él ser ensalzado implícitamente ante la opinión pública como un inocente al que nada se le ha probado.
Pero, como dije en diciembre de 1996, "no puede la autoridad chilena, ni el Ejecutivo ni el Poder Judicial tolerar que alguien, por conspicuas relaciones que tenga, eluda por más tiempo el presentarse a la justicia, pues si ello continúa es el Estado de Chile el que comienza a ser injuriado y humillado por un particular extranjero".
Finalmente, señor Presidente, se pretende que se están violando los derechos humanos de los colonos y sus familias.
Sin lugar a dudas, la orden judicial representa una severa restricción al ejercicio de garantías y derechos fundamentales. Pero no es menos cierto que este régimen de la Colonia, cerrada sobre sí misma y con reglas internas impuestas a personas cuyo consentimiento no parece haberse prestado de manera libre e informada, representa también una severa y permanente restricción a los derechos que el ciudadano corriente considera básicos.
Es muy preocupante que el sociólogo don Humberto Lagos informe a la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados que "Colonia Dignidad responde típicamente al perfil de un grupo sectario"..."se trata de un grupo minoritario, exclusivo, excluyente, que sostiene ser el único poseedor de la verdad y salvación"..."y que son dirigidos por un líder que tiene mucho carisma y capacidad de influir sobre las conductas sociales colectivas" (testimonio, en la Cámara de Diputados, del 13 de agosto de 1997).
Para los que somos defensores de la familia -y la propia Constitución chilena lo es-, la situación de desarticulación de la estructura familiar nuclear que viven en Colonia Dignidad es preocupante. En los hechos, hombre, mujeres, niños y niñas viven separados. La vida en pareja está permitida en algunos casos excepcionales, siempre y cuando el señor Schaefer así lo ordene. Los niños no tienen contacto directo con sus padres y se pueden demorar años en conocer la identidad de los mismos.
En todo caso, el señor Schaefer aparece como el padre y la madre de todos, que decide el bienestar de sus "hijos". Todo esto apunta a la destrucción de la estructura de la familia nuclear y su reemplazo por la comunidad. Dentro de este marco, al mismo tiempo, se intenta borrar de la conciencia colectiva que los niños nacen a partir de una relación entre hombre y mujer y crecen dentro del cuerpo de la mujer. Todo lo que podría insinuar relaciones individuales más allá de la comunidad está siendo prohibido. Así se entiende que se impidan los contactos entre hombres y mujeres, y que las embarazadas desaparecen por el tiempo que dura su estado.
En síntesis, se inhibe y prohíbe todo lo que recuerda a una estructura familiar tradicional y se intenta reemplazarla por una estructura comunitaria. El reciente abandono de la Colonia por parte del matrimonio de Erwin Fege y Brigitte Malessa, fundado precisamente en este aspecto, es altamente preocupante.
Señor Presidente , si esto es así -y múltiples testimonios parecen abonarlo-, el derecho al matrimonio y a formar una familia están siendo sistemáticamente violados en Colonia Dignidad.
Los Senadores democratacristianos apoyamos la acción judicial que ha sido emprendida; rechazamos las críticas que se han levantado en su contra, y llamamos a los poderes públicos a preocuparse por la defensa de la familia en Colonia Dignidad y la salud mental de sus miembros, quienes llegaron a Chile para lograr su desarrollo personal y comunitario y no para verse sometidos, en un país libre, a un universo concentracionario, enemigo de la libertad.
He dicho.