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Antecedentes
  • Senado
  • Sesión 106 ordinaria, legislatura 370
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  • Legislatura número 370
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Intervención
PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CRÍTICA

Autores

La señora EBENSPERGER.-

Gracias, Presidente.

Parto señalando que votaré a favor de este proyecto, porque creo que es un buen proyecto y...

El señor SANDOVAL .-

Y toda nuestra bancada también.

La señora EBENSPERGER.-

Y toda nuestra bancada, efectivamente.

Gracias, Senador Sandoval .

Toda nuestra bancada así lo va a hacer.

Pero creo que es importante señalar claramente lo que este proyecto establece, porque aquí se dicen algunas cosas que no son efectivas.

Perdón, antes quiero saludar a las Ministras y a la Subsecretaria, pues me olvidé, y agradecerles también el trabajo de ayer en la Comisión.

Lo que esta reforma constitucional establece es una facultad del Presidente de la República para ejercerla cuando se cumple un requisito, que es el peligro inminente de la infraestructura crítica. En este caso el Presidente podrá pedirles a las Fuerzas Armadas, cuando él lo estime y por un plazo determinado que él mismo fijará, que cuiden esa infraestructura crítica y que resguarden también ciertas áreas fronterizas.

Y yo agradezco que esto haya sido incorporado, porque efectivamente esa situación representa un grave peligro en el norte del país, particularmente en la Región de Tarapacá.

¿Qué van a poder hacer las Fuerzas Armadas para resguardar áreas fronterizas en el norte en forma temporal y no permanente? Tres cosas: controlar la identidad de las personas, registrar las cosas que traen y detener solo ante delito flagrante -me imagino yo- para poner inmediatamente al detenido a disposición de la autoridad competente.

¿Es bueno esto? Sí. ¿Nos ayuda? Sí. ¿A qué? A tener un control un poco mayor de quienes están ingresando por la frontera. ¿Es total la solución? No. ¿Por qué? Porque las Fuerzas Armadas, si estén todo el Ejército y el resto de las ramas castrenses destinadas a la Región de Tarapacá en la frontera, no pueden impedir el ingreso de los inmigrantes clandestinos. ¡No lo pueden impedir!

Entonces, a mí me parece muy importante que eso quedo claro, porque cuando revisamos las encuestas y vemos la mala evaluación de la política esta se debe a que muchas veces creamos falsas expectativas en la ciudadanía.

Este es un buen proyecto, entrega una facultad temporal al Presidente de la República, pero no resuelve todos los problemas. Va a ayudar en la frontera, pero no impedirá el ingreso de migrantes clandestinos.

Las Fuerzas Armadas no pueden impedirle a ninguna persona que ingrese clandestinamente al país. Una vez que los inmigrantes ingresen, las Fuerzas Armadas van a poder hacerles control de identidad, revisarles sus cosas y si traen drogas, armamentos o lo que sea, podrá detenerlas para, inmediatamente, ponerlas a disposición de la autoridad competente.

Eso es lo que hace este proyecto. Nada más.

¿Cuándo podrá utilizar el Presidente esta nueva facultad? Una vez que el proyecto sea despachado por este Senado, por la Cámara y el Ejecutivo dicte el respectivo decreto con fuerza de ley, para lo cual dispone de un plazo de tres meses.

Esperamos que sea lo antes posible.

Yo insisto: buen proyecto, lo votaré a favor, pero creo que por lo menos antes de dos o tres meses no va a estar operativo y, por tanto, sigo insistiéndole al Gobierno, a través de la Ministra , mi solicitud de estado de excepción para la Región de Tarapacá.

Se dice -y le pido un minuto para concluir, Presidente - que es complicado el estado de excepción, porque limita garantías constitucionales. ¿Qué garantías limita un estado de excepción? Básicamente, el derecho a reunión y el derecho de desplazamiento en horas determinadas.

Hoy en la Región de Tarapacá, sin estado de excepción alguno y en virtud de la grave situación delincuencial, de crimen organizado y de violencia, en forma permanente están limitados el derecho a la vida, dados los índices de homicidios; el derecho a la integridad física y psíquica; el derecho a la inviolabilidad del hogar -lo saben bien los habitantes de Colchane cuando desconocidos entran y se toman sus hogares-; el derecho a la propiedad; el derecho a la libertad personal (se secuestran personas), el derecho a la seguridad, en fin.

Entonces, cuando se justifica no dictar un estado de excepción por no querer limitar determinadas garantías, bueno, miren todas las garantías que hoy la delincuencia y la inseguridad tienen constantemente limitadas en la Región de Tarapacá.

Valoro el proyecto, lo votaré a favor, pero creo que no resuelve los problemas de la Región de Tarapacá.

Gracias, Presidente .

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