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Antecedentes
  • Cámara de Diputados
  • Sesión ordinaria N° 22
  • Celebrada el
  • Legislatura Extraordinaria periodo 1972 -1973
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Intervención
MODIFICACION DE LAS DISPOSICIONES DEL CODIGO CIVIL RELATIVAS A LA CAPACIDAD LEGAL DE LA MUJER CASADA.

Autores

El señor TEJEDA.-

Señor Presidente, voy a ser muy breve.

Esta lucha por dar la plena capacidad legal a la mujer casada es muy antigua. Se viene, desde hace muchos años, luchando por terminar con esta odiosa discriminación. Nuestro Partido ha llevado, desde hace muchos años, en cierto modo, la delantera en esta lucha por la emancipación de la mujer. En 1968 yo presenté un proyecto de ley sobre esta materia, pero no hubo forma de hacerlo andar, porque en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia estábamos en minoría muy grande y lo más que pude conseguir fue que quedara olvidado en algún lugar de la Tabla, como una especie de recuerdo histórico. Sin embargo, la prensa de esa época, las revistas femeninas y los diarios de los distintos sectores, se preocuparon de este problema. Hubo viva inquietud por este proyecto. Posteriormente, cuando había un movimiento incontenible para llevar adelante este proyecto, se presentó uno nuevo por la Democracia Cristiana, que fue el que después se incluyó en la convocatoria, se colocó en Tabla y va a ser ley, teniendo en cuenta algunas partes del proyecto mío.

Quiero recordar que el primer artículo de mi proyecto también forma parte del actual. Y vale la pena recordarlo, porque es categórico en cuanto a la posición invariable que hemos mantenido en este asunto. Dice así: Confiérese a la mujer casada la plenitud de sus derechos civiles y pónese término a su incapacidad para celebrar toda clase de actos y contratos. Queda abolida la potestad marital. El marido no es más representante de su mujer.

Este artículo logró pasar a formar parte de este proyecto de ley por una especie de milagro, dada la minoría en que estábamos en la Comisión.

Había otra disposición que, de una plumada, solucionaba definitivamente otros problemas y que habría permitido que este proyecto fuera ley de la República cuatro años antes.

El artículo 3º del proyecto decía, en forma categórica: Quedan derogadas todas las disposiciones legales que establezcan en cualquier forma alguna incapacidad para que la mujer casada pueda realizar cualquier acto o contrato y las que sean consecuencia de la potestad marital. Si alguna disposición legal, además de establecer esa incapacidad, se refiere a otras personas o materias, se entenderá derogada en lo que se refiere a la incapacidad de la mujer casada y a la potestad marital y quedará subsistente en lo demás, a menos que en esta parte resulte también derogada por otras disposiciones de esta ley.

Ese era el espíritu general del proyecto que presenté en el año 1968. Después se comenzó a discutir en la Comisión; pero se vio que, en realidad, las Comisiones demasiado numerosas son inoperantes para poder discutir proyectos de esta envergadura, que son verdaderas modificaciones al Código Civil, de largo estudio y muy difícil de llevar a cabo. Se nombró una Subcomisión. En la Subcomisión no nos fue posible asistir a todas las reuniones, por lo que estábamos haciendo una revisión en la Comisión misma.

A fin de andar más rápido, formulamos indicación para que esto se despachara con suma urgencia, porque teníamos diez sesiones para un mismo día y esas diez horas de trabajo permitían hacer una labor prolija, expurgar de errores el proyecto y dejarlo en una forma tal que pudiera llegar a ser ley prácticamente como fuera despachado por la Comisión. Desgraciadamente, durante una breve ausencia nuestra de la Comisión y no obstante que en las sesiones anteriores se había acordado leer el proyecto y revisarlo íntegro en la Subcomisión, se acordó por unanimidad aprovechando, como digo, mi ausencia dejar sin efecto el acuerdo anterior y despachar en bloque el proyecto, sin leerlo, ratificando todo lo obrado por la Subcomisión.

No me parece que ese procedimiento sea el más serio. Cuando se ha aprobado un proyecto con numerosos defectos, tiene que mejorarse, corregirse y rectificarse. En esta oportunidad yo podría haber presentado, para que el proyecto volviera a Comisión, una serie de indicaciones que, indudablemente, lo habrían mejorado, como ya lo mejoramos en la parte que la Comisión alcanzó a revisar. He preferido no hacerlo y que la Cámara revisora se encargue de corregir todos estos defectos, de expurgarlos, para ganar tiempo en esta cuestión. Los parlamentarios de mi Partido harán allá las indicaciones que estimen procedentes para mejorar el proyecto.

La señorita SAAVEDRA.-

¿Me permite?

El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-

Señor Tejeda, la señorita Saavedra le solicita una interrupción, que sólo se podría conceder por acuerdo unánime.

El señor TEJEDA.-

Con lo que me ha pasado en las Comisiones, que concedo interrupciones, me las computan y después no me dejan hablar, lo siento mucho.

La señorita SAAVEDRA.-

Sólo quería contestarle.

El señor TEJEDA.-

Más que una interrupción a la señorita Saavedra le interesará que concurramos con nuestros votos a la aprobación del proyecto, y que las indicaciones las hagamos en el Senado, a fin de que no tenga que volver a Comisión para un tratamiento demasiado prolijo. Eso sí, dejo establecido que no representa fielmente, en la parte técnica, nuestro pensamiento; que no estamos de acuerdo con todas sus disposiciones; que, en el fondo, sí, lo estamos con las principales de ellas, y que, con el objeto de no dilatar más su tramitación, vamos a concurrir con nuestros votos.

Dejo constancia también de que en la Comisión no fue leído el proyecto; que se ratificó lo aprobado por la Subcomisión, y que en la Sala tampoco hemos pedido que se lea para no dilatar su despacho.

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