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Antecedentes
  • Cámara de Diputados
  • Sesión 84 ordinaria, legislatura 372
  • Celebrada el
  • Legislatura número 372
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Intervención
CREACIÓN DE CONTRATO DE BUCEO Y ACTIVIDADES CONEXAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 17005-13)

Autores

El señor GONZÁLEZ, don Mauro (de pie).-

Señorita Presidenta, distinguidas y distinguidos colegas, en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, me corresponde informar ante ustedes el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y reglamentario, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República, que crea el contrato de buceo y actividades conexas, boletín N° 17005-13, con urgencia calificada de suma.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron, especialmente invitados, la señora Jeannette Jara , ministradel Trabajo y Previsión Social; el señor Giorgio Boccardo , subsecretario del Trabajo; el señor Francisco Neira , asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la señora Pamela Gana , Superintendenta de Seguridad Social; el contraalmirante Nelson Saavedra , director de Intereses Marítimos y Medio Ambiente de Directemar, junto al capitán de fragata señor Rodrigo Esparza , jefe del Departamento de Buceo de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático; el señor Guillermo Briceño , asesor del Subsecretario para las Fuerzas Armadas; el señor Juan Carlos Valdivia , jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas; la señora María Charlin , presidenta del Sindicato Independiente de Mujeres Buzos Profesionales; la señora Rayen Valdivia , representante del Sindicato Independiente de Mujeres Buzos Profesionales; la señora Elizabeth Pulgar , presidenta de la Federación de Trabajadores del Salmón; el señor Néstor Sanhueza , presidente del Sindicato de Buzos “Hijos del Rigor”; el señor Alejandro Santibáñez , presidente de la Multisindical Salmoneras, Pesquerías y Ramas Afines; el señor Javier Huichalaf , coordinador nacional del Movimiento de Buzos Profesionales; el señor Jaime Saavedra , asesor del Movimiento Nacional de Buzos Profesionales; y la doctora Tania Capote , asesora médica del Movimiento Nacional de Buzos Profesionales.

El mensaje con el cual S.E. el Presidente de la República somete a consideración de esta Cámara el proyecto de ley en informe, hace presente que la actividad de buceo desempeña una función relevante para la economía de nuestro país, lo que se ejemplifica en el ámbito de la salmonicultura nacional, industria que representó el 2,15 por ciento de las exportaciones del Producto Interno Bruto nacional en 2023, convirtiéndose en la principal exportación no minera del país.

Agrega que la presencia de las y los trabajadores que se dedican al buceo profesional permite lograr una operación eficiente y sostenible en la industria acuícola, colaborando en la mantención, inspección y reparación de estructuras tales como jaulas de cultivo, sistemas de anclaje y boyas, y equipos de alimentación y monitoreo, así como la garantía del bienestar de los animales y la seguridad de las operaciones, entre otras variadas tareas.

Asimismo, hace presente que, como contracara de su importancia, la labor de buceo enfrenta múltiples riesgos debido a su complejidad, los que exponen a las y los trabajadores a condiciones extremas que pueden causar efectos fisiológicos adversos tras exposiciones prolongadas a condiciones de trabajo riesgosas a lo largo de sus carreras, lo que puede devenir en la aparición de patologías y accidentes de diversas gravedades.

Añade que, según datos de la Dirección del Trabajo, durante el año 2023 se registraron un total de 515 denuncias ante dicha institución respecto de empresas que tienen registrados contratos de buceo en el Registro Electrónico Laboral, las que dieron como resultado un total de 412 sanciones, y 125 denuncias en lo que va del año 2024, las que se han traducido en 119 sanciones para los empleadores del sector.

Del mismo modo, expresa que, de acuerdo con lo registrado por el mismo servicio, desde el año 2021 las personas trabajadoras del sector de buceo, en específico de la industria del salmón, han enfrentado al menos 31 accidentes graves, 6 de ellos fatales. Uno de ellos ocurrió en el mes de agosto del año 2022, en un centro de engorda de salmones, a 106 kilómetros de Punta Arenas, y costó la vida de una trabajadora que laboraba para una contratista. El deceso de la joven trabajadora refleja una realidad en este sector que encendió las alarmas sobre la necesidad de fiscalizar tanto a las firmas contratistas y subcontratistas, como a las empresas principales por su responsabilidad legal sobre las primeras.

Lo anterior, precisa, se complementa con las últimas cifras entregadas por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, que señalan que en el año 2023 ocurrieron 39 accidentes de buceo por descompresión inadecuada, y 14 accidentes por el mismo motivo en lo que va del 2024.

Por ello, a través de este proyecto de ley, y en atención a las alarmantes cifras de accidentabilidad del sector, se propone avanzar en una legislación que dote de mayor protección laboral a las y los trabajadores que ejercen dichas labores, a través de modificaciones legales que ponen énfasis en la salud y seguridad en el trabajo considerando las exigencias y riesgos específicos de esta función.

Para dar cumplimiento a lo anterior, agrega el mensaje, desde el año 2023 el gobierno ha convocado una mesa de trabajo tripartita cuyo objetivo es permitir que el diálogo social entre organizaciones de trabajadores, los gremios representantes de los empleadores y el Estado construya una agenda que permita avanzar en medidas concretas en materias de salud y seguridad en el trabajo, sobre todo considerando los lamentables accidentes que han afectado a personas trabajadoras del sector.

La referida mesa evaluó diversos aspectos de interés para el sector de buceo profesional, entre los que destacan aquellos asociados a la seguridad laboral y mejoras en el ámbito de la subcontratación, dando muestras de que una cultura de diálogo permanente entre los propios actores involucrados permite ir adoptando soluciones, las que se someten a vuestro conocimiento.

El proyecto de ley, que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social propone aprobar, está compuesto por tres artículos permanentes que modifican el Capítulo III del Título II del Libro I del Código del Trabajo, incorporando, el primero de ellos, un nuevo Párrafo 3°; el segundo dispone medidas para impulsar la certificación de competencias laborales, y el tercero declara el 18 de diciembre de cada año como el Día Nacional de las y los Buzos de Chile. Asimismo, contempla un artículo transitorio sobre su vigencia.

Por otra parte, con la finalidad de que los trabajadores de las faenas de buceo tengan una mejor protección sobre sus derechos laborales, no obstante su calidad contractual, se establece la responsabilidad del dueño de la obra, faena o empresa que encarga ejecutar las labores, el que deberá adoptar medidas para el cumplimiento de los métodos de trabajo seguro por parte de la empresa contratista o usuaria, la que será asistida por los organismos administradores de la ley N° 16.744.

Además de la responsabilidad del dueño de la faena, se establecen responsabilidades concretas para las empresas principales, las que deberán contar con dispositivos de salvamento; procedimientos de control de su infraestructura, tales como balsas, jaulas, plataformas y bodegas flotantes; procedimiento y equipamiento mínimo de primeros auxilios aplicables a las labores de buceo; procedimientos de control de tiempos y maniobras respecto a los efectos de presión en el cuerpo en el contexto de las labores de buceo y del buceo repetitivo, y procedimiento de control de aparatos, sistemas o medios utilizados en las labores de buceo.

Del mismo modo, las empresas de buceo deberán contar con un registro específico para controlar el debido cumplimiento de los tiempos de inmersión, de acuerdo con la profundidad de la labor de buceo, y el período de descanso necesario tras dicha operación, lo que se registrará en un sistema electrónico que se deberá implementar al efecto.

Adicionalmente, deberán mantener un sistema de registro de documentación electrónica que incorpore los antecedentes relativos a los equipamientos y herramientas utilizados en cada inmersión, debiendo consignar el registro de matrícula vigente del buzo respectivo y los antecedentes asociados a la dotación de seguridad.

El segundo dispone medidas para impulsar la certificación de competencias laborales.

El tercero declara el 18 de diciembre de cada año como el Día Nacional de las y los Buzos de Chile.

Finalmente, el proyecto de ley establece que sus contenidos entrarán en vigencia el primer día del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, período dentro del que se deberá dictar dicho reglamento.

Durante su discusión, fue objeto de indicaciones que perfeccionaron su texto, las que se encuentran detalladas en el informe que mis colegas tienen en su poder y a las que no me referiré en detalle, en aras del tiempo.

Especial preocupación en los integrantes de esta instancia legislativa, como asimismo en las y los trabajadores del sector, motivó una modificación al actual reglamento de la Directemar relacionada con la nacionalidad de los postulantes a obtener una licencia de buzo, la que según, después de algunos análisis, fue suspendida por dos años, según informó dicho organismo.

Sometido a votación general el proyecto, fue aprobado por 11 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Votaron a favor las diputadas Cicardini , doña Daniella , y Ossandón , doña Ximena , y los diputados señores Cuello, don Luis (Presidente); Durán, don Eduardo ; Giordano, don Andrés ; González, don Mauro (en reemplazo del señor Sauerbaum, don Frank) ; Hirsch, don Tomás ; Ibáñez, don Diego ; Santana, don Juan ; Ulloa, don Héctor , y Undurraga, don Alberto .

Al finalizar este informe, me permito hacer presente que, a juicio de la comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales, pero el numeral 2 de su artículo primero requiere para su aprobación quorum calificado, en conformidad con lo dispuesto por el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, puesto que regula el ejercicio del derecho a la seguridad social.

Asimismo, ella determinó que no existen en el proyecto de ley normas que deban ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda, por no incidir ellas en materias presupuestarias o financieras del Estado.

Como consecuencia de todo lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda a la Sala de la Corporación la aprobación del texto del proyecto de ley que se contiene en el informe que tienen en su poder.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

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