Labor Parlamentaria
Participaciones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Antecedentes
- Senado
- Sesión Ordinaria N° 18
- Celebrada el 14 de noviembre de 1967
- Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968
Índice
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El señor
Señor Presidente, usaré de la palabra pero no para impugnar la disposición. Concuerdo en su necesidad, en que debe modificarse el anacrónico Código de Minería, porque es demasiado añejo y no constituye garantía, ni para el interés nacional, ni para los mineros pequeños y medianos. Y estoy de acuerdo en que las pertenencias mineras deben ponerse en actividad, deben trabajarse.
Pero estimo que este precepto debe complementarse, y me pregunto cómo hacerlo. A mi juicio, le falta algo, algo de interés general, que beneficie a la mayoría de ¡os mineros de escasos recursos. La disposición tiene por finalidad exigir a los beneficiarios de concesiones mineras ponerlas en actividad dentro de plazo determinado, so pena de perder sus pertenencias o de ver aumentadas sus obligaciones. El gran propietario podrá seguramente pagar todos los recargos que se establecen; pero me pongo en el caso del pequeño, o del mediano.
¿Qué ayuda recibirá de ENAMI o de la Corporación de Fomento, el pequeño minero? ¿Quién le prestará atención para que pueda -por ejemplo- abrir un camino que le permita transportar sus minerales?
Luego, ¿cómo puede el pequeño minero poner en actividad sus pertenencias, si no dispone de ayuda económica y técnica, si no tiene la maquinaria que necesita?
En algunas oportunidades, la Empresa Nacional de Minería proporciona maquinaria a los pequeños mineros; pero saben los señores Senadores que tal entrega se hace en calidad de arrendamiento, porque ENAMI no está autorizada legalmente a venderla; se le prohíbe hacerlo. Tal maquinaria no puede ser vendida sino después de cinco años, es decir, cuando se ha convertido, prácticamente, en un montón de fierros viejos. Me parece que una de las indicaciones fundamentales que debieron haberse introducido a este proyecto sería la de dar a ENAMI atribuciones que le permitieran importar toda clase de maquinarias y venderlas a los pequeños mineros, con el propósito de que éstos puedan desarrollar sus trabajos.
Existe también el problema de las plantas concentradoras de minerales. No hablemos de quienes desempeñamos en este momento la función de legislador, ni del actual Gobierno. Desde hace mucho tiempo se viene reclamando a lo largo del país, que es eminentemente minero, la construcción de plantas de fundición de cobre; plantas para trabajar las minas de oro; plantas de lixiviación y concentrado. Tenemos una fundición en Paipote, es decir en el Norte Chico, para el Norte Chico y el Norte Grande. ¿ Qué minas pueden trabajarse en el Norte Grande, cuando los yacimientos de cobre que allí existen son pobres, de baja ley? De tal modo que la distancia que separa Tarapacá o Antofagasta de la fundición impide trasladar a ésta los minerales: el alto costo del flete absorbería todas las ganancias del minero.
Entiendo que es indispensable saber concretamente cuántas plantas de concentrado deben ser instaladas en las provincias mineras. ¿Es posible instalar una o varias pequeñas fundiciones? Esta es otra de las interrogantes que me planteo en estos momentos.
Antiguamente, había gran cantidad de fundiciones: en Coquimbo, Caldera, Huasco, Antofagasta, Gatico, etcétera, Ahora sólo existe una en Ventanas y otra en Paipote, aparte unas cuantas plantas concentradoras de minerales de muy poca capacidad.
ENAMI ha querido aumentar la compra de minerales; pero ha entregado esta responsabilidad a ciertas empresas particulares, como es el caso de la Compañía Minera de Tocopilla, que los adquieren cuando estiman conveniente. Así, por ejemplo, se ha instalado una planta en Patillo, Iquique, y también se ha entregado esa responsabilidad a un particular.
Creo que éstos son los puntos fundamentales con los cuales debería haberse complementado esta indicación.
Por otra parte, existe la tragedia que afecta a los pirquineros. Hay muchas personas propietarias de minas que no laboran directamente sus pertenencias, y las entregan a pirquineros. En ellas el dueño no tiene responsabilidad alguna. Este es el caso concreto, por ejemplo, de la mina Frankenstein, ubicada en el departamento de Taltal, que está en poder de un grupo de mineros que debe entregar 12% de las entradas que produce la mina y, aclamas, pagar 6% a un señor administrador, quien, cada seis meses va, no al interior de la mina, sino a practicar una visita de inspección. Esta persona, que vive cómodamente en Taltal o en Santiago, recibe 6%, y el propietario, 12%.
Al respecto, se ha reclamado en todos los tonos a ENAMI y al Ministerio de Minería.
El artículo 30 del Reglamento de Compra de Minerales de la Empresa Nacional de Minería, cuando se refiere a la liquidación, dice lo siguiente:
"a) El impuesto de las leyes 10.270 y 11.127, es decir 2% del valor bruto de los productos mineros o el que se determine por otras leyes; b) Los anticipos que hubiese percibido el Vendedor a cuenta de precio; c) El valor de los fletes por pagar; d) Los porcentajes a que estuvieren afectas las entregas por concepto de provisión para dividendos deudores; e) Los saldos deudores que tenga pendiente con la Empresa el Vendedor por cualquier concepto; f) Las regalías que deban pagarse al due-ño de la mina; y g) Los valores o porcentajes que determine el Vendedor en favor de sus Asociaciones.
"Fuera de los indicados, la Empresa no aceptará ningún descuento en favor de terceros, salvo que se trate de retenciones judiciales o legales."
A pesar de existir en dicho reglamento una disposición bien clara sobre el particular, el Senador que habla conversó con el gerente de la Empresa Nacional de Minería, con uno de los abogados de la Empresa, para hacer presente esta anomalía, pues aquélla no tiene por qué retener 6% en favor de un señor que se hace llamar "administrador de la mina", en circunstancias de que se trata de una persona que no vive en el centro de trabajo ni atiende ninguna, clase de labor en materia de orientación o de administración. Pero la respuesta entregada por ENAMI establece que ella tiene autorización del dueño y, por lo tanto, hace los descuentos correspondientes, contraviniendo abiertamente el reglamento aprobado por la propia Empresa.
En mi poder obra una comunicación que contiene una serie de denuncias concretas formuladas recientemente al Intendente de la provincia de O'Higgins por el Consejo Regional de la Asociación de la Pequeña Minería de O'Higgins y Colchagua, En este documento, de fecha 20 de octubre, se expone lo siguiente:
"En representación del Consejo Regional de la Asociación de la Pequeña Minería de O'Higgins y Colchagua, con sede en Rancagua, calle Estado 574, nos permitimos hacer llegar al H. Consejo de Desarrollo de O'Higgins, que Ud. preside, esta carta abierta para que los Honorables señores Consejeros y la opinión pública conozcan realmente el origen de los problemas que aquejan a nuestro gremio.
"La Pequeña Minería, de la Provincia, a través de sus organismos constituidos: El Consejo Regional, con Personería Jurídica por Decreto Nº 4060 de 6 de octubre de 1954 y la Cooperativa de Prod. Ind. "Los Pioneros Ltda." con Personería Jurídica por Decreto Nº 81 de 16 de febrero de 1967 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, ha estado solicitando y reclamando con justicia y derecho legal, fondos de la Ley del Cobre para el desarrollo de sus actividades y explotación de sus yacimientos mineros desde el año 1955, en que se promulgó la Ley 11.828,. que creara el H. Consejo Consultivo del Cobre.
"En 1957, después de muchas consideraciones y estudios, el entonces H. Consejo Consultivo del Cobre concedió fondos a la Pequeña. Minería. Con estos fondos, el Departamento correspondiente de la Corporación de Fomento de la Producción adquirió para la Pequeña Minería de O'Higgins equipos de perforación, de sondaje y tres chasis Mercedes Benz para camiones, con Nºs de motores 7512108, 7512109 y 7512110. Esta inversión alcanzó a la suma de ciento diecinueve millones de pesos de 1957, pero lo insólito es que ninguna de esas maquinarias ni los camiones llegaron a su destino legal, o sea, a la Pequeña Minería de O'Higgins. Además, con fondos de la Ley del Cobre, cargados a. la Pequeña Minería, la CORFO concedió un préstamo por cuarenta mil doscientos setenta y tres dólares cincuenta y seis centavos de esa misma época a la Empresa Minera Andrea de la Provincia de Santiago, para cuyos efectos cambiaron el punto geográfico de los yacimientos que esta empresa arrendaba en Melipilla, haciéndolos aparecer en la documentación como ubicados en Chancón, Departamento de Rancagua, Provincia de O'Higgins.
"Todo esto constituye una flagrante malversación de caudales públicos y un fraude a. la Ley del Cobre y a los intereses de nuestra provincia, y una burla a la buena fe de los Honorables Miembros del entonces Consejo Consultivo del Cobre, hoy Honorable Consejo de Desarrollo de O'Higgins."Considerándonos estafados y no queriendo ser cómplices de este incalificable fraude, denunciamos los hechos a la Contraloría General de la República, la que dispuso que el señor Inspector clon Guillermo Fariña Cifuentes se constituyera en la CORFO e iniciara la investigación pertinente. El informe y conclusiones del señor Fariña nos dieron la razón.
"Esta denuncia nos ha acarreado como consecuencia una enconada represalia de parte de funcionarios de CORFO, traducida en la negación del valor económico-industrial de los yacimientos minerales de 3a provincia, o sea, que para ellos ahora en nuestra zona sólo existen dos minerales: El Teniente y El Inglés. ¿Cómo justifican entonces la inversión de $ 119 millones en 1957 y Eº 536.000 desde 1959 a 1964, si según ellos no existen minerales?
"Aparte de la inversión de $ 119.000.000 en maquinarias y camiones, tenemos un certificado expedido el 24 de noviembre de 1964 por el señor Abogado don Rafael Castillo Vial, como Secretario Asesor de la Intendencia y del Honorable Consejo Consultivo del Cobre en el que declara que desde 1959 a 1964 inclusive, se destinaron a la Pequeña Minería la suma de Eº 536.000. Si ese dinero hubiera llegado a poder de nuestro Consejo Regional, tenga la seguridad, señor Presidente, que ya tendríamos instalada una, Planta de Concentración de Minerales y la totalidad de los yacimientos estarían en franca producción.
"Informamos a Ud. que recientemente sostuvimos una entrevista en las Oficinas de CORFO en Santiago con los señores Alberto Zaldívar y René Dintrans, los que nos manifestaron que el CODO dispone en el actual presupuesto de fondos superiores a los siete millones de escudos para el fomento de la industria y para obras públicas en la provincia, pero no se consultarían préstamos para la Pequeña Minería por no existir informes favorables de los yacimientos visitados por los ingenieros y técnicos, agregando que pasa considerar la solicitud de nuestro Organismo Gremial tendríamos que realizar nuevos e importantes reconocimientos en cada una de las minas, certificando su potencialidad y la ley de los minerales. Si la misma CORFO aprobó anteriormente la inmensa inversión que hemos señalado significa que existían informes favorables, y, si esos mismos minerales no se han extraído, ¿cómo pueden haberse agotado? Nuevamente queda a la vista la animadversión para con nuestro gremio por cuanto existen análisis de minerales e informes muy favorables emitidos por los mismos ingenieros de la CORFO."
"A estas expresiones de los señores Zaldívar y Dintrans respondimos que si funcionarios de CORFO no hubieran burlado las esperanzas de los pequeños mineros de O'Higgins, arrebatándoles lo que la ley les concedió, hoy todos los yacimientos estarían en plena explotación y producción, proporcionando trabajo a mucha gente y aportando divisas al país. También les expresamos que es inminentemente necesaria la instalación de una Planta de Concentración en Rancagua, ya que así podríamos disponer de los medios para seguir realizando nuevos reconocimientos.
"Como queda demostrado, todos los problemas que hoy aquejan a la Pequeña Minería de O'Higgins, se derivan de haber denunciado a la Contraloría General de la República, hidalga y patrióticamente, en resguardo de los intereses de la comunidad de la provincia, los delictuosos actos de personeros del más prestigioso organismo del país, creado para fomentar la industria y cautelar los intereses que una Ley destinó a nuestra provincia.
"Todo esto está en su conocimiento, señor Presidente, ya que junto con formular nuestra denuncia a la Contraloría remitimos a Ud. copia de ella. Aunque como Presidente del CODO Ud. no se ha pronunciado al respecto en forma oficial, ya que están en juego capitales pertenecientes a la Provincia bajo su jurisdicción, nos mueve la fe y la confianza de que el H. Consejo de Desarrollo de O'Higgins se preocupe de exigir un total esclarecimiento del asunto y que se .haga justicia."
Esto demuestra que la pequeña minería ha estado y continúa en total abandono y que los recursos destinados a contribuir al desarrollo de este sector de la actividad minera no llegan a los interesados.
Por otra parte, me parece que, para encarar un problema de tanta envergadura, es indispensable la presencia del señor Ministro de Minería, pues se requieren diversas informaciones. Desde luego, ¿existe en Chile un catastro minero? Yo no sé que exista. Desde otro punto de vista, las normas relativas a las pertenencias ¿afectarán exclusivamente a los grandes concesionarios de pertenencias mineras, o recaerán también sobre la enorme cantidad de pequeños mineros que en la actualidad se ven privados de toda clase de medios para desarrollar la minería?
El señor
A todos.
El señor
También sería de interés saber qué planes tiene el Ministerio de Minería para enfrentar este complicado problema.
Hablaba en sesiones pasadas de lo que está ocurriendo en el departamento de Tocopilla. Allí, involuntariamente, la cesantía está induciendo a los mineros al delito. El monopolio de las pertenencias y la falta de entidades compradoras de minerales, han empujado a esos mineros a salir de noche hacia yacimientos que tienen dueños o han sido solicitados por ciertas personas, en este caso, por la Compañía Minera Tocopilla. Esta gente se ha visto obligada a trabajar de noche en los desmontes. Son descubiertos cuando bajan con sus sacos de minerales al hombro. Uno de ellos fue condenado a 300 días de reclusión; otro, a 180 días. Y en estos instantes hay nada menos que tres personas detenidas en la misma cárcel, por habérseles sorprendido trabajando pertenencias que no son de su dominio.
La situación descrita es bastante complicada y confirma la necesidad de la presencia del señor Ministro, para no cometer ninguna clase de arbitrariedades.
El señor PABLO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor Ministro concurrió a la Comisión de Hacienda, porque en la de Economía se trataron estos asuntos en un proyecto absolutamente desligado de la cuestion debatida.
El Señor CHADWICK.-
Está equivocado, señor Senador.
El Señor PABLO.-
Y en la Comisión no pudo hablar, porque la Comisión Técnica competente era la de Economía. En consecuencia, no le fue posible presentar las indicaciones que deseaba formular al proyecto.
El Señor SEPÚLVEDA (presidente accidental).- Ha terminado el Orden del Día.
Queda con la palabra el Honorable señor Víctor Contreras.
Se suspende la sesión por veinte minutos