Labor Parlamentaria
Participaciones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Antecedentes
- Senado
- Sesión Especial N° 14
- Celebrada el 20 de junio de 1968
- Legislatura Ordinaria año 1968
Índice
Cargando mapa del documento
El señor
Señalaba denantes cómo desde un comienzo el problema salitrero ha sido una tragedia que enseña y denuncia que la explotación foránea se vuelca brutalmente sobre los países productores de materias primas.
Después del proceso extraordinario y, en cierto modo, impresionante del auge salitrero en cuanto a industria privada, llegamos, como consecuencia de la crisis de 1929 y de la competencia del nitrógeno sintético, a la constitución de la COSACH, en 1930. Desde ese año hasta 1933 es desarrolla una etapa desastrosa.
Solicito que se inserte en la parte pertinente de mi discurso un documento que contiene conceptos en todo semejantes a los que se expresan en la actualidad y a los que se vertieron durante la discusión del Referéndum Salitrero. Ese documento está avalado con la firma de hombres de la Derecha: lo suscriben los señores Alejandro Bezanilla Silva, Luis Alberto Cariola, Manuel Cortés, Héctor RODRIGUEZ de la Sotta, Antonio María de la Fuente, Manuel Arancibia, Luis David Cruz, Amadeo Barría, Augusto Vicuña, Ricardo Cabieses y el General Anabalón. Según me parece, también lo suscribió el señor Fernando Altamirano, ex Secretario del Senado, que actuó de secretario y redactor. Allí está toda la historia de los Guggenheim, de los dueños de la compañía Lautaro; se deja constancia de lo que estos señores aportaron y de lo que no aportaron, y se hace una comparación que nunca olvidaré, pues señala que ellos no aportaron ni siquiera el valor de "una pata de animal". Sin embargo, los señores Guggenheim, de la noche a la mañana, surgen como los grandes barones del salitre, después de haber sido también explotadores del cobre y de haber pagado a un destacado patricio de nuestro país -según memorias de los Guggenheim-, al señor Agustín Edwards, novecientos mil dólares de esa época.
La señora
Si no hay oposición, se insertará el documento mencionado por el Honorable señor Allende.
Acordado.
-El documento cuya, inserción se acuerda, es del tenor siguiente:
PARRAFOS MARCADOS DEL INFORME QUE INVESTIGO LA CONSTITUCION DE LA COSACH (5 de noviembre de 1930)
(1930: US$ 1 = $ ch 8.20)
La Cosach y el Fisco Chileno
Los que menospreciaron el aspecto nacional de la Cosach, ¿podrían dar como explicación, ya que no como excusa, y, menos aún, como justificación de su actitud, las ventajas de orden fiscal que esa negociación presentaba?
El salitre, decían, ha sido hasta ahora y desde 1884, la principal entrada del Fisco chileno. Se ha beneficiado a éste -agregaban- con 7.391 millones de pesos por concepto de derechos de exportación y con 210 millones por concepto de venta de caliche.
Esta situación, única entre las naciones del mundo, pudo mantenerse mientras Chile detentaba el monopolio o cuasi monopolio del ázoe, pero pasaba a ser imposible una vez reducida nuestra cuota en el consumo mundial de ázoe, de 56 a 23 por ciento.
Item más, a la producción creciente del ázoe artificial, causa directa de nuestro desplazamiento, se agregaba la baja constante en el costo de producción del abono sintético.
No habiendo ya en el mundo sitio bastante para la producción posible del ázoe, tenía que colocarse aquella parte que menor costo representara.
El dilema, añádanles ineludible: o bajar el costo o perecer.
Y para reducir el costo -terminaban- hay un solo medio, la adopción y adaptación a toda la industria del llamado "procedimiento Guggenheim".
La aplicación del procedimiento Guggenheim, al decir de la Superintendencia del Salitre, importa una economía en el costo de la producción de cuarenta pesos por tonelada.
Con ella el salitre de Chile debía quedar -según los propiciadores del nuevo sistema- en situación de competir victoriosamente con todos sus numerosos y potentes rivales, los productos azoados sintéticos. .
Era, además, necesario que el Fisco chileno renunciara al cobro del derecho de exportación del salitre -cien pesos de seis peniques por tonelada métrica.
Pero esta renuncia sería sólo aparente -pro-fórmula- porque las utilidades que el Fisco obtendría de su unión con los industriales serían tales que sobrepasarían y con mucho, el monto de las más altas entradas del impuesto.
Parece elemental ante esta primera forma de la proposición, plantear sus términos con claridad absoluta.
Ella significaba la renuncia por 60 años de un impuesto que desde muchos años a esta parte no había dado menos de doscientos millones de pesos en el año y que, aún reduciéndolo a la mitad de esta cifra, representaba seis millones de pesos, suma que debía reemplazarse por el producto de la participación del Estado en las utilidades del negocio.
No cabe exageración en afirmar que jamás se había propuesto al Gobierno de Chile una operación más cuantiosa.
La aceptación o rechazo de ella -especialmente la aceptación que importaba el cambio de la situación existente- envolvía la más enorme responsabilidad.
Como la base de la negociación era la adopción del procedimiento Guggenheim, parecía obvio considerar, examinar y comprobar qué resultados había dado su aplicación hasta la fecha.
El procedimiento Guggenheim se había experimentado únicamente en la oficina "María Elena" de la Compañía denominada "Anglo Chilean Consolidated Nitrate Corporation".
Y en el balance oficial de 30 de junio de 1930, que expresa los resultados del quinto ejercicio financiero anual de la Compañía, se establece una pérdida de 10.029.526 dólares, más de 82 millones de pesos chilenos.
¿Es admirable, es posible, siquiera, que con este antecedente a la vista y sobre esta base los gobernantes y legisladores de Chile hayan decidido la negociación más trascendental de los tiempos pasados, presentes y, acaso futuros del país?
Las reservas salitrales.
Hemos dicho hasta ahora que, al incorporarse el Fisco a la nueva entidad, debía sacrificar el impuesto de exportación sobre el salitre. Pero no era ésta su única ofrenda, ni su único aporte. Además de renunciar a toda contribución -salvo el 6 por ciento sobre la renta- que hubiera podido gravar al nuevo organismo, debía contribuir con 150 millones de toneladas de salitre, y no afectas a determinadas pampas calicheras -lo que le hubiera permitido disponer de las demás-, sino a la totalidad de los terrenos salitrales de propiedad del Estado, de entre todos los cuales y en la totalidad del plazo de sesenta años que duraría el negocio, tendrían derecho a escoger sus afortunados directores.
Esto es, la inmovilización absoluta de las reservas salitrales del Estado -apreciadas en 460 millones de toneladas en el libro de Bienes Nacionales- por espacio de seis décadas, por tres generaciones de chilenos.
Este aporte de 150 millones de toneladas de salitre representa un valor, según la Superintendencia del ramo, de 1.500 millones de pesos, pues estima en 10 pesos la tonelada; pero significa un valor de 2,634 millones de pesos, según la cotización -y bien sabrá él lo que dice- del señor A. E. Cappelen Smith -de la firma Guggenheim-i en el balance que presentó a sus consocios de la Latuaro Nitrate Corporation of Delaware (que no debe confundirse con la Lautaro Nitrate Co.) asignando a cada tonelada de salitre un valor de 17 pesos 50 centavos.
Las utilidades fiscales
Pero, en fin, no obstante la magnitud de los aportes fiscales, cabía pensar que ellos podían quedar debidamente compensados con la adjudicación al Estado de la mitad de las utilidades de la industria.
Se dijo mucho, y así se hizo creer al país, que el Fisco cambiaba el producto de un impuesto cuyo cobro se iba haciendo imposible -al menos en su totalidad- y el valor contingente de ciento cincuenta millones de toneladas de salitre por el 50 por ciento de los beneficios de la elaboración y venta del nitrato.
¿Qué entendió por todo esto el país? ¿Qué entendieron, seguramente, muchos de los políticos que atribuyeron a la Cosach, en el período de su incubación, el carácter de salvación de nuestra principal fuente de recursos?
Entendieron, lisa y llanamente, que de cada dos pesos que resultaran a favor entre los precios de costo y de venta del salitre, un peso sería para, el Estado y otro para los industriales.
Y por precio de costo entendieron el que resultaba de la suma de estos factores: acarreo del caliche a la oficina; elaboración en ésta; ensacadura y flete al puerto de embarque hasta ponerlo al costado del buque.
Deduciendo este costo del precio de venta, se establecía la utilidad.
Si así hubiera ocurrido, la Cosach, aunque habría sido siempre un desastre bajo el punto de vista de la economía nacional, muy probablemente hubiera resultado un buen negocio -en el sentido más estrecho y mercantil del término-, para el Fisco chileno.
Fórmula de la sociedad,.
Pero no era ésta la fórmula.
Los inventores, propiciadores y propug-nadores de la Cosach habían decidido ab ovo que ésta asumiera el carácter de una sociedad entre el Fisco y los industriales, y de una sociedad de tal naturaleza, que mientras uno de los socios -el Fisco chileno- introducía aportes claros y nítidos, apreciables fácilmente en dinero, el otro socio -los industriales- aportara sus activos y pasivos.
Esta fórmula de sociedad y estos aportes de los activos y pasivos de las firmas salitreras por incorporarse en la Cosach, iban a hacer esta negociación tan desastrosa bajo el aspecto fiscal como en todo caso debería serlo bajo su prisma nacional.
La introducción del activo y pasivo de los industriales, daba, desde luego, origen a dificultades en la apreciación exacta o siquiera aproximada, de los valores reales aportados y en seguida hacía responsable al Fisco Chileno, en cuanto socio, de la totalidad de las deudas de sus socios industriales y hasta la concurrencia del valor de los 15 millones de acciones de la letra A que representarían el aporte fiscal.
Y así fue que cuando don Ricardo Ayala, como representante del Fisco de Chile, estampó su firma en la escritura social de la Cosach, el día, que creemos será tristemente memorable, de 20 de marzo de 1931, (2) se gravó al Fisco con deudas de la Sociedad de Salitre de Chile -incluido el empréstito inicial de 120 millones de dólares- que alcanzaban a la cifra de dos mil millones de pesos, o sea, cuatrocientos millones más que el total de la deuda externa contratada por Chile desde su constitución como país independiente, hasta el año 1927.
La ley número 4.863, sancionó esta enormidad.
El país entero vive en el engaño de que los mil quinientos millones de pesos en acciones de la letra B de la Cosach debían obligadamente asignarse a los industriales del salitre y que, en todo caso, se les concedieron previa tasación de sus activos y pasivos, avaluados por representantes del Gobierno.
Se ha dicho y repetido con tanta insistencia como inexactitud que al Fisco chileno le era totalmente indiferente la forma y proporción en que se repartieran los socios industriales esos 1.500 millones de pesos y aún que no le interesaba que los activos líquidos de los industriales representaran o no efectivamente, esa cantidad.
Todos esos decires son pura mistificación.
Desde las primeras discusiones de la Cosach en el Congreso quedó establecido que si del capital de 3.000 millones de pesos se asignaban 1.500 millones a los industriales, era en la inteligencia y sobre la base de que este valor sería debidamente justificado y comprobado. El Presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, don Jorge Orrego, procuró demostrar que las firmas salitreras existentes a la fecha de la discusión de la ley, tenían en conjunto un activo líquido por valor de 1.036 millones de pesos, según se desprendía del balance de esas firmas, y agregó que los 1.500 millones de pesos podían considerarse enterados con el mayor valor de las pampas salitrales y de las existencias de salitre y yodo y con el valor de los procedimientos y patentes de invención de las diversas compañías.
Más tarde el Senado acentuó de modo inconfundible el concepto de la justificación previa del aporte industrial, determinando que en su total éste no podía exceder de 1.500 millones de pesos y que las acciones de la letra B pudieran llegar hasta esa suma.
Si no podían exceder los aportes industriales de 1.500, millones era porque podían ser inferiores a esa suma y, de consiguiente, la incorporación de cada compañía debía corresponder, en su número de acciones B., a la tasación aprobada previamente por el Gobierno.
Así cree el público que han pasado las cosas, pero sufre un cruel error.
Aportes de Capital.
Los aportes de todas las compañías salitreras incorporadas a la Cosach hasta la fecha han sido convenidos directamente entre ellas y los señores Guggenheim Bros., con prescindencia absoluta de la tasación o avalúo practicado muy posteriormente por orden del Gobierno de Chile. A 33 compañías les acordaron 418.184.956 pesos en acciones de la letra B de la Cosach, reservándose ellos, los señores Guggenheim, para sí y sus cooperadores, 1.050 millones de pesos.
Cuando esta distribución era ya un hecho, vino el informe gubernativo -total y absolutamente abstracto en cuanto a su aplicabilidad- a establecer que esas compañías, que en acuerdos de directorios y juntas de accionistas habían traspasado sus negocios por 418 millones de pesos valían 852 millones de pesos.
De este sistema de avalúos fiscales cuyo calificativo preferimos no consignar, han resultado las más interesantes anomalías.
El caso, por ejemplo, de la compañía salitrera "El Loa", que presentó a los señores Guggenheim balances oficiales, de fácil y correcta comprobación, según los cuales resultaba un activo líquido a favor de esa compañía de 69 millones de pesos, y a la que los señores Guggenheim sólo le acordaron 25 millones cuatrocientos mil pesos en acciones de la Cosach.
¿Y qué decía respecto a esta compañía el avalúo gubernativo?
Decía que el activo líquido de la compañía "El Loa", era de 139 millones de pesos.
Con razón, pues, han podido expresar algunos accionistas de esta firma a la Comisión investigadora que en la diferencia entre 33 y 69 millones, ha sido defraudada la 'Loa"; pero, que en la diferencia entre 69 y 139.000.000, el defraudado ha sido el Fisco, pues la compañía reconoce paladinamente no valer sino 69 millones y la Comisión Gubernativa la avalúa en 139 millones.
Repetimos que en el reparto efectivo de esta cantidad, se asignaron al conjunto de compañías adheridas a la Cosach, 418 millones de pesos, y a los señores Guggenheim y compradores, 1.050 millones.
¿Y qué entregó el grupo Guggenheim a la Cosach, en cambio de esa cantidad de 1.050 millones de pesos?
Entregaron su "Good will" su intngi-ble, como con ironía no deseada pero cierta lo llama el avalúo fiscal.
Y es éste un hecho innegable de la más rigurosa exactitud.
Los intereses salitreros de los señores Guggenheim estaban en la Anglo Chilean Consolidated Nitrate Corporation y en la Lautaro Nitrate Co.
Los bienes que forman el activo de la primera de esas compañías, alcanzaban apenas a cubrir el pasivo aun no tomando en cuenta los diez millones de dólares (82 millones de pesos), cifra representativa de la pérdida consignada en el balance oficial de 30 de junio de 1930.
En cuanto a la Lautaro, su capital líquido ascendente a 320 millones de pesos, fue incorporado al pasivo de la Cosach en calidad de deuda en bonos preferidos.
De manera que los bienes de las compañías en que Guggenheim Brothers tenían interés, ya estaban tomados en cuenta en la Cosach con entera prescindencia de los 1.050 millones que a ellos y su grupo se los entregaron en acciones de la Cosach.
Esos 1.050 millones, eran puro "good will".
Historia de Guggenheim.
¿Y cómo la firma Guggenheim había llegado a obtener en la industria salitrera situación tan preponderante que le permitía proceder en el reparto de las acciones B) como señor y dueño?
Es una historia edificante que merece ser consignada en este informe para perpetua memoria.
La firma Guggenheim inició su interés en la industria salitrera en 1925, adquiriendo en pública subasta la pampa "Coya Norte", por la suma aproximada de seiscientas mil libras esterlinas. A poco andar, creyó la firma que para el desarrollo de sus negocios, era conveniente la adquisición del Ferrocarril de Tocopilla y demás bienes pertenecientes a una compañía inglesa denominada "Anglo Chilean Nitrate Co".". Le compró, en efecto, su activo y pasivo en tres millones seiscientas mil libras que pagó, sin desembolsar un centavo, en bonos o "debentures" hipotecarios.
Decidió la firma, en seguida, montar una oficina -la María Elena- para la aplicación del procedimiento Guggenheim de extracción y elaboración del salitre.
A fin de sufragar los gastos iniciales de esta oficina, lanzaron una nueva emisión de "debentures", por dieciséis millones quinientos mil dólares, con el producto de la cual empezaron por retirar las 600.000 libras esterlinas pagadas por la pampa "Coya". De modo que así quedaron sin un dólar colocado en la industria.
Pero pronto la construcción de la María Elena exigió sumas que no pudieron obtenerse mediante nuevas emisiones de debentures, y los señores Guggenheim comenzaron a adelantar a la Anglo Chilean Consolidated Nitrate Corporation, partidas de dinero, que, según los libros de su propia compañía, llegaron en marzo del año en curso, a representar veintisiete millones de dólares por capital y uno y medio millones por intereses.
En cifras redondas, eran veintiocho millones de dólares -doscientos treinta millones de pesos nuestros- invertidos en un negocio muy bueno, espléndido, colosal; pero que en los cinco años que llevaba de funcionamiento y con precios muy altos del salitre, tenía producida una pérdida de 10 millones de dólares.
Esta inversión no convenía, sin duda, a los señores Guggenheim y de aquí que la Cosach y el enorme empréstito de su nacimiento -por ciento veinte millones de dólares- les brindaran oportunidad única de salir de ese gran negocio que dejaba pérdidas.
Y así fue que el crédito valista que por 28 millones de dólares tenían contra la Anglo Chilean Consolited Nitrate Corporation, lo cambiaron por bonos de la Cosach, con garantía específica de sesenta pesos por tonelada de salitre exportado y de pago tan preferente y privilegiado que no puede salir una tonelada de salitre de nuestras costas sin cubrir primeramente el servicio de tales bonos.
Pasó así el crédito de los señores Guggenheim a prevalecer sobre los de primera hipoteca de las compañías incorporadas y sobre los intereses de siete por ciento de los bonos preferidos de la Lautaro, hecho este último que tiene alarmadísi-mos a sus tenedores.
En realidad, volvían los señores Guggenheim a no tener un peso invertido en salitre, ya que el interés y amortización de sus 28 millones de dólares se los garantizaba el Estado de Chile al asegurarles -por disposición del decreto con fuerza de ley número 12, de 24 de febrero de este año- que no dejaría salir una tonelada de salitre sin cobrar por ella sesenta pesos para el servicio de los bonos correspondientes.
Pero el hecho de que la Anglo ChileanConsolidated Nitrate Corporation tuviera un activo inferior al pasivo, no debía significar que sus dueños -los señores Guggenheim Brothers- nada recibieran a su incorporación la Cosach. Lejos -muy lejos - de eso. Tan lejos que recibieron 490 millones de pesos por dicha incorporación. ;
En efecto, la Anglo Chilian - de acuerdo con las modalidades americanas en materia de sociedades anónimas- tenía emitidas un millón setecientas cincuenta y seis mil setecientas cincuenta acciones (par value) sin valor par, y que podían tener valor sólo el día en que alguien estimara en más el activo que el pasivo de la compañía.
Este alguien fue el Fisco chileno que, no obstante tener a la vista el valance oficial público en que constaba que el activo de la Anglo Chilean, era inferior en más de diez millones de dólares al pasivo, le asignó por aquéllas, un millón setecientas cincuenta y seis mil setecientas cincuenta y seis "sin valor par" la enorme suma de 490 millones de pesos en acciones de la Cosach.
La otra firma salitrera en que Guggenheim Brothers tenía interés, era la Lautaro Nitrate Co.
La relación o historia de ese interés, causará al país mayor sorpresa, si cabe, que la relación anterior.
La Lautaro Nitrate Co. era la firma salitrera más importante y más chilena de la pampa.
Se había originado por la fusión de la vieja, histórica y querida Compañía Salitrera de Antofagasta, de la Lastenia y de una compañía inglesa de que tomaron aquéllas su nueva designación.
La Lautaro era muy progresista, pues había constituido y montado la oficina Chacabuco, perla y flor de las oficinas del sistema Schanks.
Sin duda este espíritu de progreso de la compañía chilena, indujo a los señores Guggenheim a proponerle, en junio de
1929, que construyeran una nueva oficina -la Pedro de Valdivia- donde se implantaría el procedimiento patentado por los proponentes.
Estos no pidieron por su consejo y la adopción de sus patentes, más comisión que cien mil libras esterlinas.
Cien mil libras de comisión para una compañía que tenía un capital de ocho millones de libras (1.600.000 acciones de 5 libras cada una), no era una cosa para atemorizarse.
Pero ... los proponentes, señores Guggenheim exigieron y obtuvieron que esas cien mil libras de comisión se les pagarán en dos millones de acciones de a un chelín cada una, de la propia compañía Lautaro y se acordara a cada acción un voto.
Por este simple y maravilloso sistema, cien mil libras pasaron a dominar y controlar los ocho millones de libras de los primitivos accionistas y dueños del negocio.
GESTORES ADMINISTRATIVOS
Pero como los señores Guggenheim no iban solos en este plan de absorción de la Lautaro y tenían que participar en la comisión a varios cooperadores, lo que podía privarlos del control del negocio, idearon el mecanismo más estupendo de toda esta negociación.
Inventaron una compañía anónima, cuya única función y razón de ser era la posesión y control de esos dos millones de acciones de la Lautaro. Asignaron a la nueva sociedad -que surgió a la vida con el nombre de Lautaro Nitrate Corporation of Delaware- un capital de cuatro millones de acciones "sin valor par", de las cuales correspondieron a Guggenheim en un principio 2.340.000, y qué luego elevaron a 2.441.668.
CHILE PERDIO LA CIA. LAUTARO
Teniendo así la mayoría de la Lautaro Delaware, pasaron los señores Guggenheim, a controlar los dos millones de acciones de la Lautaro, y, por su medio, a este coloso chileno de la industria salitrera, que rendía humildemente sus armas y sus bienes ante otro coloso de irresistible poder.
Hemos dicho que las cien mil libras del "Good Will", que pagó la Lautaro, se convirtieron en dos millones de acciones de su compañía, y que éstas se convirtieron, a su vez, en cuatro millones de acciones de la Lautaro of Delaware. Pues bien, los señores Guggenheim cambiaron sus dos millones "cuatrocientas cuarenta y un mil seiscientas sesenta y ocho acciones de Lautaro Delaware, por 341.833,500 pesos en acciones B. de la Cosach, y como ya tenían -según hemos dicho- 490 millones por su participación en la Anglo Chilean, han llegado a poseer 831.833,500 pesos en acciones B de la Cosach.
Los 218.166,500 pesos que faltan para completar los 1,050 millones anteriormente mencionados, se adjudicaron a los cooperadores de Guggenheim (Brothter, sin más excepción que una migaja para los primitivos dueños de la Lautaro.
No termina aquí la vía crucis de la Lautaro, pues, al formarse la Cosach, el capital primitivo y verdadero de ocho millones de libras esterlinas, pasó a considerarse una simple deuda de la Compañía de Salitre de Chile, y con esto, los tenedores de aquellas acciones perdieron voz y voto en los destinos del negocio. Para, colmo, al colocarse el crédito valista de Guggenheim por sobre todos los otros créditos y, por lo tanto, por sobre el servicio de los bonos de la Lautaro, quedaron los tenedores de éstos amenazados de no percibir interés alguno a poco que disminuyan las ventas de salitre.
Por doloroso que sea, debemos dejar constancia de que los directores de la Lautaro Nitrate Co.; son, en parte, responsables de la situación creada a esa compañía.
El último jalón de esta carrera, fue la creación innecesaria de la Compañía Anglo Chilena, a la que Guggenheim Brothers
418.495,600 traspasaron el activo y parte del pasivo de la Anglo Chilena Nitrate Corporation, para que, sirviendo de mediador plástico, fuera admitida a la Cosach.
Distribución del Capital
En resumen de este capítulo: se organiza y realiza la Cosach, en la que, quieras o no, se asigna al aporte industrial, 1,500 millones de pesos, divididos así:
$ 1,050.000.000
Guggenheim Bros, y su grupo, por su intangible o "good will" ....
Aportes líquidos de las compañías adheridas, con sus pampas, oficinas, ferrocarriles, etc.
Acciones sin emitir hasta la fecha
31.504,400
Total . . . $ 1,500.000,000
El examen de los antecedentes que esta Comisión Investigadora ha tenido a la vista y la apreciación real y no aparente de los hechos, lleva al convencimiento de que el capital social de la Compañía que la ley le fijó en su conjunto de 3.000 millones de pesos y que en la parte industrial podía llegar hasta 1.500 millones de pesos, ha sido efectivamente elevado en numerosas partidas, cuyo total asciende a 423 millones 562 mil pesos, con violación manifiesta y flagrante de las disposiciones legales relativas a la Cosach.
Es un hecho que nadie sería osado a poner en duda, que, tanto la ley 4.863 como los decretos con fuerza de ley que la modificaron y complementaron, han dispuesto que el aporte de las compañías salitreras existentes a la fecha de la promulgación de esos preceptos legales, no podía exceder en caso alguno y por ningún motivo o consideración, de la cantidad de 1.500 millones de pesos, representada por quince millones de acciones de 100 pesos cada una.
Esto quiere decir que la incorporación de los capitales de las diversas compañías salitreras, representativos de la diferencia a favor entre sus activos y pasivos, no podía alcanzar en el capital de la Cosach a un peso más que aquellos 1.500 millones.
Y es precisamente lo que no ha ocurrido.
En efecto, la suma de los 1.500 millones ha quedado copada y además de esto, habrá que pagar todas estas otras:
Lautaro Nitrate Co., ocho millones de libras .. ..$ 320.000.000
Nueva Castilla 214.000 dólares a 8.25 1.765.500
Cía Comercial y Salitrera de Tarapacá, 1.312.000 dólares a 8.25 10.824.000
Cía Salitrera Taltal, 535 mil dólares a 8.25 4.413.750
Cía Salitrera Tocopilla (Sloman) 8.565.000 dólares a 8.25 70.661.250
Cía Salitrera de Tarapacá y Tocopilla, 1.070.000 dólares a 8.25 8.827.500
Cía Salitrera La Granja 857.000 dólares a 8.25 . . 7.070.250
$ 423.562.250
Para que estos 423 millones de pesos, no importaran en el hecho un aumento del capital de la Cosach, deberían haberse dejado de emitir acciones de la serie B por un valor equivalente. Pero si se ha dispuesto en su totalidad de esas acciones y además parte de los capitales líquidos o aportes líquidos de algunas compañías, figuran entre las deudas de la Cosach, es, indiscutiblemente, porque el capital se aumenta o eleva más allá de lo autorizado por la ley y los estatutos sociales.
Ahora bien, este aumento de capital, que rompe en materia esencial la estructura jurídico-comercial de la Cosach, entraña un vicio de nulidad, que puede y debe reconocerse y sancionarse.
Del estudio de las deducciones que debe sufrir la utilidad bruta de la Cosach para determinar la participación fiscal se destaca este hecho:
El Fisco no podrá percibir ni un centavo sin que antes se sirvan deudas o acciones preferidas por valor de 2.500 millones de pesos.
La anulación de la Cosach es, por lo demás, jurídicamente factible, no sólo por la evidente inconstitucionalidad de la ley ley 4.945, de que hemos hablado al principio de este informe, sino porque, a pesar del cuidado de sus organizadores, la Compañía de Salitre de Chile está viciada en su constitución.
Hemos demostrado que el capital social se ha elevado por sobre los 3.000 millones autorizados por la ley y los estatutos, en 423 millones 562 mil 259 pesos, que representan la adquisición de parte de los aportes y capitales líquidos de varias compañías.
Eliminación de la Cosach.
Habiendo, pues, como hay, causal de nulidad, la Cosach debe anularse.
Así lo exigen los intereses de la nación; así lo impone el interés fiscal burlado; y así lo decreta la moral comercial conculcada.
Con razón ha podido decir "The Econo-mist", de Londres -la revista financiera más acreditada del mundo- en su número del 19 de septiembre recién pasado, al considerar la situación de falencia de varios países sudamericanos:
"La prosperidad de la industria salitrera restauraría el crédito de Chile, siempre que ese país pudiera librarse del dominio (the bailiffemen), de Guggenheim Brothers.
Y si el señor Ministro advierte que este
informe, sin mengua de la rigurosa exactitud de los hechos, datos y cifras citados, deja traslucir nuestra indignación, tenga en cuenta que mal podríamos contenerla o disimularla al ver jugada en gran parte la suerte del país a una carta que marca el principio de la decadencia nacional.
Sala de la Comisión, a 5 de noviembre de 1931.
(Fdo.) : Alejandro Bezanilla Silva. Luis Alberto Cariola.-Manuel Cortés.-Héctor RODRIGUEZ de la Sotta.-Antonio María de la Fuente.-Manuel Arancibia.-Luis David Cruz.-Amadeo Barría.-Augusto Vicuña S.-Ricardo Cabieses.-General Ana-balón.
El señor
Como solamente falta un minuto para el término de esta sesión y habrá luego otra para seguir tratando el problema que nos ocupa, me inscribiré para continuar entonces mis observaciones y destacar lo que significó en un comienzo la COSACH, más tarde la COVENSA y, por último, el Referéndum Salitrero. Así, cuando concurra al Senado el señor Ministro de Minería, podremos considerar la tentativa de crear la anunciada sociedad mixta.
Dejo constancia de la falta de consideración y respeto al Congreso Nacional y al país, y el olvido sustancial de los intereses y derechos de los trabajadores del salitre.