Labor Parlamentaria

Diario de sesiones

  • Alto contraste

Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha

Índice
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Romilio Gutierrez Pino
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Christian Erwin Urizar Munoz
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Pedro Pablo Alvarez-salamanca Ramirez
      • DEBATE
        • PERMISO
          • Roberto Leon Ramirez
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Nicolas Monckeberg Diaz
          • Jorge Rathgeb
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Ramon Farias Ponce
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Cristian Letelier Aguilar
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Ramon Farias Ponce
      • DEBATE
        • INTEGRACIÓN
          • Daniella Valentina Cicardini Milla
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
      • SUSPENSIÓN DE TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE ACUERDOS Y DE RESOLUCIÓN E INCIDENTES
      • ENVÍO DE PROYECTO A COMISIÓN
    • V. ORDEN DEL DÍA
      • INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE SITUACIÓN AMBIENTAL EN COMUNAS DEL VALLE DEL HUASCO POR TRABAJOS DE INSTALACIÓN DEL PROYECTO PASCUA LAMA
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
        • INTERVENCIÓN : Yasna Provoste Campillay
        • INTERVENCIÓN : Camila Antonia Amaranta Vallejo Dowling
        • INTERVENCIÓN : Patricio Vallespin Lopez
        • INTERVENCIÓN : Kenneth Giorgio Jackson Drago
        • INTERVENCIÓN : Daniel Alexander Melo Contreras
        • INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
        • INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
        • INTERVENCIÓN : Sergio Espejo Yaksic
        • INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
        • INTERVENCIÓN : Marcelo Omar Chavez Velasquez
        • INTERVENCIÓN : Maya Alejandra Fernandez Allende
        • INTERVENCIÓN : Leopoldo Perez Lahsen
        • INTERVENCIÓN : Felipe Letelier Norambuena
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
      • DEBATE
        • AUTOR DE UN DOCUMENTO
          • Nicolas Monckeberg Diaz
          • German Becker Alvear
          • Bernardo Jose Berger Fett
          • Gonzalo Guillermo Fuenzalida Figueroa
          • Joaquin Godoy Ibanez
          • Rosauro Martinez Labbe
          • Leopoldo Perez Lahsen
          • Jorge Evaldo Rathgeb Schifferli
          • Paulina Andrea Nunez Urrutia
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
    • V. ORDEN DEL DÍA
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.

REPÚBLICA DE CHILE

CÁMARA DE DIPUTADOS

LEGISLATURA 362ª

Sesión 8ª, en jueves 3 de abril de 2014

(Ordinaria, de 10.37 a 12.43 horas)

Presidencia de los señores Cornejo González, don Aldo González Torres, don Rodrigo

Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.

Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.

ÍNDICE

I.- ASISTENCIA

II.- APERTURA DE LA SESIÓN

III.- ACTAS

IV.- CUENTA

V.- ORDEN DEL DÍA

VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA

VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA

ÍNDICE GENERAL

Pág.

I. ASISTENCIA 11

II. APERTURA DE LA SESIÓN 15

III. ACTAS 15

IV. CUENTA 15

SUSPENSIÓN DE TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE ACUERDOS Y DE RESOLUCIÓN E INCIDENTES 15

ENVÍO DE PROYECTO A COMISIÓN 16

V. ORDEN DEL DÍA 16

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE SITUACIÓN AMBIENTAL EN COMUNAS DEL VALLE DEL HUASCO POR TRABAJOS DE INSTALACIÓN DEL PROYECTO PASCUA LAMA 16

VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 47

1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República. (boletín N° 9069-07) 47

2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República. (boletín N° 9157-01) 47

3. Oficio del Senado. (boletín N° 4426-07) 47

4. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana recaído en el proyecto, iniciado en Mensaje, que aprueba Acuerdo entre Gobierno de Chile y Gobierno de los Estados Unidos de América, en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave, suscrito en Washington, D.C., en 20 de mayo de 2013. (boletín N° 9243-10) 54

5. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Monckeberg, don Nicolás; Becker, Berger, Fuenzalida, Godoy, Martínez; Pérez, don Leopoldo, y Rathgeb, y de la diputada señora Núñez, doña Paulina, que “Modifica la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, regulando el derecho al acceso de las personas con discapacidad a la educación”. (boletín N° 9292-04) 64

VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.

1. Comunicaciones:

- De la Comisión de Ética y Transparencia, por la cual informa que ha procedido a elegir como presidente al diputado señor Romilio Gutiérrez Pino. (1/2014).

- Del diputado señor Trisotti por la cual justifica su inasistencia a la sesión del día miércoles 2 de abril próximo pasado, por actividades propias de la labor parlamentaria.

- Del diputado señor Mirosevic por la cual justifica su inasistencia a las sesiones de los días 2 y 3 de abril en curso, por labores propias de la actividad parlamentaria.

- Del diputado señor Andrade por la cual justifica su inasistencia a la Sesión del día jueves 3 de abril en curso, por actividades propias de la labor parlamentaria.

- Del diputado señor Sabag por la cual justifica su inasistencia a la sesión del día miércoles 2 de abril próximo pasado, por actividades propias de la labor parlamentaria.

- Del diputado señor Ulloa por la cual justifica su inasistencia a la sesión del día jueves 3 de abril en curso, por actividades propias de la actividad parlamentaria.

- Del jefe de bancada de diputados del Partido Socialista por la cual informa que el diputado señor Christian Urízar reemplazará al diputado señor Raúl Saldívar en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

- Del jefe de bancada de diputados del Partido Unión Demócrata Independiente, por la cual informa que el diputado señor Pedro Pablo Alvarez-Salamanca reemplazará al diputado señor Osvaldo Urrutia, en la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos.

2. Notas:

- Del diputado señor León, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 6 de abril en curso, para dirigirse a Santa Cruz de la Sierra , Bolivia.

- De la bancada de Renovación Nacional por la cual informa que el diputado señor Nicolás Monckeberg asumirá como jefe de bancada y el diputado señor Jorge Rathgeb, como subjefe de misma.

3. Oficios:

- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Alemán, por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como presidente al señor diputado Farías, don Ramón.

- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Brasileño, por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como presidente al señor diputado Campos , don Cristián.

- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Israelí, por el cual informa que procedió a constituirse y a elegir como presidente al señor diputado Farías, don Ramón.

- De la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento por el cual comunica que la diputada señora Cicardini integrará la delegación que concurrirá al I Foro Internacional de Mujeres Líderes de América del Sur y Países Árabes (ASPA), que se realizará en Lima los días 7 al 9 de abril próximo. (26).

- De la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento por el cual comunica que el diputado señor León concurrirá al Simposio Público de la Unctad , que se llevará a cabo en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza, los días 17 y 18 de junio próximo (33).

Respuestas a oficios

Contraloría General de la República

- Diputado Díaz don Marcelo, Investigación respecto del despido sin razones justificadas de trabajadores del Servicio Nacional de la Discapacidad (465 al 13521).

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

- Diputado Espinoza don Fidel, Acciones emprendidas respecto de los hechos ocurridos el 25 de enero del presente año en caleta La Estanquilla de la comuna de Los Muermos, ocasionados por el ingreso irregular de embarcaciones en su área de manejo que embistieron la lancha de vigilancia de la federación local causándole serios daños y lesiones a sus ocupantes. (507 al 14269).

Ministerio de Educación

- Diputado Espinosa don Marcos, Solicita informe sobre las materias descritas en la petición adjunta, en relación con el proceso de elección de Director de la Escuela Emilio Sotomayor, D-45 de la comuna de Calama, Región de Antofagasta. (31 al 12513).

Ministerio de Defensa Nacional

- Diputado Aguiló, Diputado Carmona, Diputado Gutiérrez don HUGO, Informe a esta Cámara sobre la existencia de presuntas prácticas antisindicales que estarían ocurriendo al interior de la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas. Asimismo, solicitan que se informe de las medidas que se adoptarán de verificarse dichos hechos. (1271 al 13947).

Ministerio de Obras Públicas

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informe a esta Cámara sobre el trámite en que se encuentra la solicitud de ayuda y orientación presentada por la señora Catherine Andrea Escobar Sánchez, con motivo de su postulación y correspondiente adquisición de una vivienda cuyo material no correspondía al que ella pensó que estaba construida. (175 al 13383).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Reiterar oficio N° 13.383 del pasado 23 de Octubre de 2013, referido al caso de la señora Catherine Andrea Escobar Sánchez, domiciliada en la comuna de San Bernardo, quien solicita orientación respecto a la postulación y posterior adquisición de una vivienda cuyo material no correspondía al que ella pensó que estaba construida. (175 al 14133).

- Diputada Isasi doña Marta, Informe sobre la posibilidad de asfaltar Calle Vía 5 que intercepta con Avenida La Tirana, sector sur, ciudad de Iquique, la cual se encuentra en mal estado (571 al 13453).

- Diputado De Urresti, Informe si el humedal Krahmer, ubicado en la ciudad de Valdivia, Región de Los Ríos, forma parte de la red primaria de aguas lluvias de esta ciudad, si se encuentra dentro del Plan Maestro y si existe un curso de agua en el lugar. Junto a lo anterior, indique las observaciones efectuadas al Plano Regulador por parte del Ministerio de Obras Públicas, respecto de este humedal urbano y, finalmente, informe el impacto que tendría el eventual relleno para la construcción de viviendas. (837 al 13804).

- Diputado De Urresti, Informe sobre los programas que se están llevando a cabo en materia de agua potable rural; en particular, indique cuáles son los proyectos que se están estudiando, desde el punto de vista de diseño y ejecución, en cada una de las doce comunas de la Región de Los Ríos, relacionados con la cobertura de agua potable. (838 al 10933).

- Diputado De Urresti, Medidas que se adoptarán para liberar las cámaras del sistema de alcantarillado, de la calle Daniel Rebolledo, de la localidad de Malalhue, en la comuna de Lanco, que fueron cubiertas por los trabajados de asfaltado vial. (839 al 10125).

- Diputado De Urresti, Factibilidad de pavimentación de la doble vía de la ruta entre San José de la Mariquina y Valdivia (840al 13876).

- Diputado Chahin, Proyecto de agua potable rural del sector Tres Esquinas, de la comuna de Lautaro, el que se encuentra preseleccionado para prefactibilidad por la Dirección de Obras Hidráulicas, desde hace 11 años. (843 al 10918).

- Diputado Chahin, Postulación a programas de agua potable rural de las comunidades Lebío y Maripe, de la comuna de Lautaro; y acerca de la posibilidad de aceptar su conexión al proyecto Huallepenco. (844 al 10916).

- Diputado Chahin, Informe sobre el proyecto de abastecimiento de agua para 73 familias de la comunidad José Llancao, del sector Llamuco, de la comuna de Vilcún. (845 al 9904).

- Diputado Farías, Diputado Jiménez, Informe acerca de los fundamentos por los cuales la Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A. habría informado a la opinión pública la eventual instalación de tres nuevos pórticos de cobro de peaje, en los sectores de Bellavista, Purísima y Vivaceta. Asímismo, informe los motivos por los cuales estos nuevos pórticos de peaje se instalarían en estos sectores, remitiendo el o los contratos que existan con la Sociedad ya individualizada, respecto a la concesión de la llamada Autopista Costanera Norte. (846 al 13721).

- Diputado Farías, Diputado Jiménez, Informe acerca de los fundamentos por los cuales la Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A. habría informado a la opinión pública la eventual instalación de tres nuevos pórticos de cobro de peaje, en los sectores de Bellavista, Purísima y Vivaceta. Así mismo, indique los motivos por los cuales estos nuevos pórticos de peaje se instalarían en estos sectores, remitiendo el o los contratos que existan con la Sociedad ya individualizada, respecto a la concesión de la llamada Autopista Costanera Norte. (846 al 13722).

- Diputado Sabag, Posibilidad de implementar alguna medida para reducir la velocidad de los vehículos que transitan por la localidad de Tres Esquinas, en la comuna de Bulnes, Región del Biobío , en atención a que por su característica de zona rural no es posible la instalación de resaltos asfálticos. (847 al 11131).

- Diputado Sandoval, Destaca la importancia prioritaria que tiene, para terminar con el aislamiento de la Región de Aysén, la conectividad por vía terrestre, a través de territorio nacional, con el resto del país. (848 al 4330).

- Diputado Robles, Calidad del agua potable que surte la localidad de Domeyko, en la comuna de Vallenar, el funcionamiento de la red de alcantarillado y acerca de la planta de tratamiento que se debe instalar en el sector. (849 al 10603).

- Diputado Jaramillo, Tenga a bien considerar la factibilidad de construir una Oficina de Vialidad en la comuna de La Unión de la Provincia de Ranco, Región de Los Ríos. (850 al 5189).

- Diputado Ascencio, Diputado Silber, Solicita informe sobre cada una de las materias señaladas en la solicitud adjunta, referidas a los funcionarios dependientes del servicio a su cargo, asistentes a las tribunas de la Corporación en Valparaíso, el pasado jueves 4 de abril del año en curso. (854 al 10688).

Ministerio de Agricultura

- Diputado Harboe, Informe sobre las políticas implementadas en materia de desarrollo social, humano, trabajo y seguridad social, en el sector forestal de las regiones del Biobío y La Araucanía, en especial en aquellas materias señaladas en la solicitud que se adjunta. (221 al 14194).

Ministerio de Trabajo y Previsión Social

- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara sobre la presunta violación de Derechos Fundamentales, Sociales y Humanos que denuncia el Consejo zona sur austral de la Marina mercante Nacional en la solicitud adjunta. (64 al 14041).

Ministerio de Salud

- Diputado Silber, Informe a esta Cámara sobre las políticas ministeriales para implementar los convenios suscritos por los servicios de salud con establecimientos de salud, particularmente los suscritos con el Hospital Clínico de la Universidad de Chile. (740 al 14001).

- Diputado Ojeda, Remitir proyecto de ley que otorga beneficios a los profesionales de la salud, comprometido con la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud - Fenpruss (743 al 13171).

- Diputado Robles, Informe a esta Cámara sobre los fundamentos y antecedentes que se tuvieron en consideración para el despido de los funcionarios del Hospital de Vallenar, indicados en la solicitud adjunta. (744 al 13878).

- Diputado Robles, Término anticipado de contratos que se efectúa en diversos hospitales del país, sin considerar criterios objetivos ni la idoneidad de los afectados, especialmente el que aqueja a la señora Lorena Salas Barría, químico farmacéutica del Hospital san José de la Región Metropolitana y a los funcionarios del Hospital de Vallenar señora Claudia Espina y señor David Jofré. (744 al 13985).

- Diputado Robles, Incidentes ocurridos el pasado martes 7 de enero en el Hospital Provincial del Huasco que motivaron la orden de poner a disposición del Ministerio Público a cinco médicos, por desacato, debido a la no internación de un paciente (745 al 13996).

- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita informe sobre cada una de las materias señaladas en la solicitud adjunta, en relación con las licencias médicas extendidas por alergia alimentaria, el estudio de incidencia que la cartera a su cargo realizará sobre esta enfermedad y la posibilidad de capacitar en esta materia a quienes hacen entrega de la Guía de Salud en los consultorios y servicios de urgencia. (747 al 10975).

Ministerio de Minería

- Diputado Vilches, Dar a conocer las razones que existirían conducentes a solicitar la renuncia a su cargo al señor Vicepresidente Ejecutivo de la Empresa Nacional de Minería, don Eugenio Cantuarias Larrondo. (178 al 4849).

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

- Diputado Chahin, Razones que han impedido otorgar el subsidio de ampliación en sitio propio al Comité La Araucaria de la comuna de Curacautín. (115 al 14113).

- Diputado De Urresti , Informe a esta Cámara sobre la situación que afecta a las familias que vivían en el sector de Las Canteras, en la localidad de Niebla, comuna de Valdivia, las cuales han tenido que ser trasladas a viviendas de Gendarmería de Chile, por el peligro de derrumbe existente en el lugar. Asimismo, solicita se informe sobre el programa de atención especial para estas familias, indicando las acciones que se han efectuado, y cuál será la solución definitiva. (168 al 13880).

- Diputado Kort, Informe sobre la situación que afecta a los Comité de Vivienda “Nuevo Horizonte”, “Vida Nueva” y “Las Flores”, de la ciudad de Rancagua y respecto a la posibilidad de que el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, realice la retención de los dineros correspondientes al pago que habrían efectuado los socios para la inscripción y escrituración de sus casas, en el último pago que se efectúe a la Entidad de Gestión Inmobiliaria Social “EGIS Pangal S.A.”, en concordancia con los documentos suscritos. (178 al 14171).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Situación que afecta al señor Manuel Elizardo Osorio Fuentes de la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, quien fue beneficiado con un subsidio para la adquisición de viviendas, en junio del presente año, sin que a la fecha haya podido utilizarlo por el alto costo de ellas y adopte las medidas pertinentes para otorgarle una solución. (182 al 12973).

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita remitir información relacionada con la situación de la embarcación “Raíces de Capitanes”, que presta servicios de transporte marítimo entre Carelmapu, en la comuna de Maullín, y Punta Capitanes, en la comuna de Fresia. (1823 al 10282).

- Diputada Goic doña Carolina, Remitir antecedentes sobre la adjudicación de la licitación pública, relacionada con el otorgamiento del subsidio de prestación para el transporte de pasajeros y cargas en zonas aisladas, modalidad marítima, en la Región de Magallanes y Antártica Chilena. (1824 al 12487).

- Diputado De Urresti, Solicita remitir información relacionada con eventuales irregularidades ocurridas en el servicio de trasporte fluvial subvencionado en la localidad de Quitaqui, en la comuna de Valdivia. (1826 al 9780).

Ministerio de Desarrollo Social

- Diputado Díaz don Marcelo, Tomar conocimiento de denuncias relativas al despido de trabajadores del Servicio Nacional de la Discapacidad (465 al 5457).

- Diputado Díaz don Marcelo, Informe sobre denuncias de despidos de trabajadores del Servicio Nacional de la Discapacidad (465 al 13519).

Ministerio Público

- Diputado Sabag, Solicita se declarare incompetente para conocer del hallazgo de osamentas humanas encontradas en una de las riberas del río Itata, en la comuna de Bulnes, para que sea investigado de conformidad con el antiguo sistema de procedimiento penal (177 al 14275).

Ministerio Medio Ambiente

- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita informe sobre los talleres comunitarios que realizará la cartera a su cargo y el Centro de Estudios y Conservación del Patrimonio Natural, Cecpan, entre el 4 y 10 de enero en las comunas de Castro, Dalcahue y Quinchao, Región de Los Lagos, para el diseño de una estrategia local para la planificación en sistemas de trabajo alrededor de los humedales. (1 al 9683).

Empresas del Estado

- Diputado Accorsi, Informe si el Ministerio de Minería u otra repartición pública, durante la elaboración del “Protocolo Adicional Específico de Adecuación del Proyecto Minero Pascua Lama”, promulgado a través del Decreto N° 179, publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de diciembre de 2004, o bien, durante la tramitación y/o suscripción de cualquier otro instrumento público referido a dicho proyecto, efectuó algún control administrativo o legal respecto de la titularidad o derechos sobre las pertenencias mineras en territorio chileno que lo conforman. En caso de existir dichos controles, remita los antecedentes correspondientes y sus resultados. (176 al 13633).

Intendencias

- Diputado Díaz don Marcelo, Trámites administrativos que se pueden realizar en línea en cada una de las comunas de la Región de Coquimbo, disponiendo una evaluación para mejorar los estándares respectivos. (140 al 13768).

- Diputado Rincón , Informe a esta Cámara sobre el estado en que se encuentran los procedimientos disciplinarios que fueron motivados por resolución de la Contralo-ría Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en relación a la petición de pronunciamiento realizada por el señor Gustavo González Cugat, a quien no se le permitió el cambio de uso de suelo en un inmueble de su propiedad. Asimismo, y en el evento de que existan funcionarios sancionados, solicita señalar sus nombres y grados. (162 al 14189).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informe a esta Cámara sobre los motivos que se consideraron para que don Francisco Antonio Morales Niño no pueda hacer uso del beneficio del subsidio a la reconstrucción. (174 al 13268).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informe a esta Cámara sobre los motivos que se consideraron para no favorecer con el subsidio Titulo 0, a los vecinos de la Villa San Agustín; Iris Moraga Videla, Leslie Melo Toro, Damián Rojas Núñez. (176 al 13271).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informe a esta Cámara sobre los motivos considerados para no otorgar el subsidio a la vivienda y el subsidio emergente a la señora Marianela del Carmen Reyes Bravo. (177 al 13047).

- Diputado Álvarez-Salamanca, Medidas que se adoptarán para paliar los graves efectos de los incendios forestales en la Región del Maule (303 al 13954).

- Diputado Chahin, Postulación al subsidio de construcción en sitio residente presentada por el Comité Ruca Mapu 2 de la comuna de Melipeuco. (612 al 14112).

- Diputado Chahin, Posibilidad de disponer el financiamiento para llevar a cabo el proyecto de mejoramiento de abasto de agua para la Comunidad José Nahuelpi de la comuna de Victoria. (735 al 14138).

- Diputado Chahin, Etapa de evaluación en que se encuentra el proyecto de agua potable rural del sector de Llullucura de la comuna de Lautaro. (736 al 14018).

- Diputado Chahin, Estado de tramitación del proyecto de agua potable rural Pincopán, Cheuque, Marincaleo y otros de la comuna de Victoria, código BID 30063182-0. (737 al 14111).

Servicios:

- Diputado Espinoza don Fidel, Investigación respecto de la situación que ocurre en la ex Hacienda Rupanco de la comuna de Puerto Octay, por la matanza de animales que se produce por parte de la empresa Manuka (152 al 13746).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informe a esta Cámara sobre el trámite en que se encuentran las licencias médicas extendidas a nombre de la señora Mónica Muñoz Acevedo, las cuales se encuentran actualmente retenidas. (15418al 13885).

- Diputado Espinoza don Fidel, Informe sobre la acreditación del Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales de Salmón Chile, remitiendo copia del acta de compromiso suscrita entre Salmón Chile y la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. Señale además, la vigencia de la citada acreditación, los mecanismos de supervisión y si se contemplan eventuales requisitos que de ser incumplidos pudieran revocar tal acreditación, indique cuáles. (31 al 14175).

- Diputado Chahin, Estado de tramitación del proyecto de agua potable rural para el sector Pumalán Cunco Chico de la comuna de Lautaro. (841 al 12782).

- Diputado Chahin, Estado de avance del proyecto de agua potable rural para el sector Curileo Llamuco de la comuna de Vilcún o del programa de abasto de aguas que se habría instaurado en su reemplazo. (845 al 11698).

- Diputado Rojas, Factibilidad de estudiar un proyecto para instalar vías aluvionales y muros de contención en los sectores colindantes a la Población Norte de Tocopilla, a fin de prevenir deslizamientos de terrenos. (853 al 12628).

Municipalidades

- Diputado Silber, Informe a esta Cámara sobre la situación que afecta a los funcionarios del área salud, que prestaban servicios en los consultorios y servicios de urgencias, a quienes no se les renovó su contrato de trabajo a plazo fijo. (100 al 14180).

I. ASISTENCIA

-Asistieron los siguientes señores diputados: (106)

NOMBRE (Partido* Región Distrito)

Álvarez Vera, Jenny PS X 58

Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38

Arriagada Macaya, Claudio DC RM 25

Auth Stewart, Pepe PPD RM 20

Barros Montero, Ramón UDI VI 35

Becker Alvear, Germán RN IX 50

Bellolio Avaria, Jaime UDI RM 30

Berger Fett, Bernardo RN XIV 53

Boric Font, Gabriel IND XII 60

Browne Urrejola, Pedro RN RM 28

Cariola Oliva, Karol PC RM 19

Carmona Soto, Lautaro PC III 5

Carvajal Ambiado, Loreto PPD VIII 42

Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40

Chávez Velásquez, Marcelo DC VIII 45

Cicardini Milla, Daniella IND III 5

Coloma Álamos, Juan Antonio UDI RM 31

Cornejo González, Aldo DC V 13

De Mussy Hiriart, Felipe UDI X 56

Edwards Silva, José Manuel RN IX 51

Espejo Yaksic, Sergio DC VI 35

Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3

Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56

Farcas Guendelman, Daniel PPD RM 17

Farías Ponce, Ramón PPD RM 25

Fernández Allende, Maya PS RM 21

Flores García, Iván DC XIV 53

Fuentes Castillo, Iván IND XI 59

Fuenzalida Figueroa, Gonzalo RN XIV 54

García García, René Manuel RN IX 52

Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18

Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13

González Torres, Rodrigo PPD V 14

Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39

Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26

Hernández Hernández, Javier UDI X 55

Hernando Pérez, Marcela PRSD II 4

Hoffmann Opazo, María José UDI V 15

Insunza Gregorio de las Heras, Jorge PPD IV 9

Jackson Drago, Giorgio IND RM 22

Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54

Jarpa Wevar, Carlos PRSD VIII 41

Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27

Kast Rist, José Antonio UDI RM 24

Kast Sommerhoff, Felipe IND RM 22

Kort Garriga, Issa UDI VI 32

Lavín León, Joaquín UDI RM 20

Lemus Aracena, Luis PS IV 9

León Ramírez, Roberto DC VII 36

Letelier Norambuena, Felipe PPD VI 33

Lorenzini Basso, Pablo DC VII 38

Macaya Danús, Javier UDI VI 34

Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41

Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16

Melo Contreras, Daniel PS RM 27

Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52

Molina Oliva, Andrea UDI V 10

Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23

Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18

Morales Muñoz, Celso UDI VII 36

Morano Cornejo, Juan Enrique DC XII 60

Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19

Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46

Núñez Arancibia, Daniel PC IV 8

Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11

Núñez Urrutia, Paulina RN II 4

Ojeda Uribe, Sergio DC X 55

Ortiz Novoa, José Miguel DC VIII 44

Pascal Allende, Denise PS RM 31

Paulsen Kehr, Diego RN IX 49

Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47

Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29

Pilowsky Greene, Jaime DC RM 24

Poblete Zapata, Roberto IND. VIII 47

Provoste Campillay, Yasna DC III 6

Rathgeb Schifferli, Jorge RN IX 48

Rincón González, Ricardo DC VI 33

Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11

Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6

Rubilar Barahona, Karla RN RM 17

Sabag Villalobos, Jorge DC VIII 42

Sabat Fernández, Marcela RN RM 21

Saffirio Espinoza, René DC IX 50

Saldívar Auger, Raúl PS IV 7

Sandoval Plaza, David UDI XI 59

Santana Tirachini, Alejandro RN X 58

Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12

Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34

Silber Romo, Gabriel DC RM 16

Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23

Soto Ferrada, Leonardo PS RM 30

Squella Ovalle, Arturo UDI V 12

Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39

Teillier del Valle, Guillermo PC RM 28

Torres Jeldes, Víctor DC V 15

Tuma Zedán, Joaquín PPD IX 51

Turres Figueroa, Marisol UDI X 57

Urízar Muñoz, Christian PS V 10

Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40

Urrutia Soto, Osvaldo UDI V 14

Vallejo Dowling, Camila PC RM 26

Vallespín López, Patricio DC X 57

Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44

Verdugo Soto, Germán RN VII 37

Walker Prieto, Matías DC IV 8

Ward Edwards, Felipe UDI II 3

-

II. APERTURA DE LA SESIÓN

-Se abrió la sesión a las 10.37 horas.

El señor CORNEJO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.

III. ACTAS

El señor CORNEJO ( Presidente ).- El acta de la sesión de instalación de la legislatura 362ª se declara aprobada.

El acta de la sesión 1ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.

IV. CUENTA

El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.

-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.

SUSPENSIÓN DE TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE ACUERDOS Y DE RESOLUCIÓN E INCIDENTES

El señor CORNEJO (Presidente).- Ofrezco la palabra sobre la Cuenta.

Ofrezco la palabra.

Varios señores diputados se han acercado a la Mesa con el objeto de solicitar que recabe la unanimidad de la Sala para suspender el tratamiento de proyectos de acuerdo y de resolución e Incidentes en esta sesión, toda vez que con motivo del terremoto acaecido en el norte del país se ha producido una serie de cambios en los horarios de los vuelos hacia el norte y hacia el sur, por lo que algunos parlamentarios deben estar presentes a una determinada hora en el aeropuerto de Santiago.

¿Habría acuerdo para suspender en la sesión de hoy el tratamiento de proyectos de acuerdo y de resolución e Incidentes?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado señor Sandoval.

El señor SANDOVAL .- Señor Presidente , solidarizo con la gente del norte del país afectada por el terremoto, pero debo hacer presente que cuando se produjeron las erupciones de los volcanes Chaitén y Hudson, ubicados en el sur del país, jamás se suspendieron las sesiones del Congreso Nacional. No obstante eso, reitero mi solidaridad con los parlamentarios de la zona norte.

He dicho.

El señor CORNEJO ( Presidente ).- Señor diputado , con el propósito de aclarar la situación, debo señalar a su señoría que no estamos suspendiendo la sesión de hoy, sino solo proyectos de acuerdo y de resolución e Incidentes.

ENVÍO DE PROYECTO A COMISIÓN

El señor CORNEJO (Presidente).- En otro orden de cosas, en el número 3 de la Cuenta se informa del oficio del Senado por el cual comunica que ha aprobado, con enmiendas, el proyecto, iniciado en moción, que autoriza el levantamiento del secreto bancario en investigaciones de lavado de activos.

Al respecto, solicito la unanimidad de los señores diputados para que las modificaciones introducidas por el Senado sean conocidas por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en forma previa a su estudio por la Sala, dado que estimo que se trata de materias de su competencia.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

V. ORDEN DEL DÍA

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE SITUACIÓN AMBIENTAL EN COMUNAS DEL VALLE DEL HUASCO POR TRABAJOS DE INSTALACIÓN DEL PROYECTO PASCUA LAMA

El señor CORNEJO ( Presidente ).- Corresponde tratar el informe de la Comisión Especial Investigadora acerca de la situación ambiental en que se encuentran las comunas del valle del Huasco, en la Región de Atacama, por los trabajos de instalación del proyecto Pascua Lama.

Diputado informante de la Comisión Investigadora es el señor Alberto Robles.

Antecedentes:

-Informe de la Comisión Especial Investigadora de situación ambiental en comunas del Valle del Huasco, sesión 120ª de la legislatura 361ª, en 28 de enero de 20014. Documentos de la Cuenta N° 11.

El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.

El señor ROBLES (de pie).- Señor Presidente , en mi calidad de diputado informante de la Comisión Investigadora acerca de la situación ambiental en que se encuentran las comunas del valle del Huasco, en la Región de Atacama, por los trabajos de instalación del proyecto Pascua Lama , paso a informar y dar cuenta de la labor realizada en cumplimiento del mandato otorgado por la Sala de la Corporación.

En la sesión 23ª, celebrada el 8 de mayo de 2013, la Cámara de Diputados aprobó una solicitud presentada por 56 señoras diputadas y señores diputados para crear una Comisión Especial Investigadora acerca de la situación ambiental del valle del Huasco por efecto de la instalación del proyecto Pascua Lama , con el objeto de que esta investigue “los efectos que se están produciendo para el funcionamiento de la actividad de estas comunas y alrededores con ocasión de la instalación de los trabajos del proyecto Pascua Lama , verificar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y las resoluciones aprobadas mediante el sistema de evaluación de impacto ambiental por parte de los titulares del proyecto en cuestión, verificar los eventuales daños que se están produciendo en el valle del Huasco y determinar las eventuales responsabilidades de los respectivos organismos fiscalizadores.

La Comisión Investigadora deberá rendir su informe en un plazo no superior a los noventa días, y para el desempeño de su mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.”

Por oficios N°s 10.881 y 10.992 se comunicó que la honorable Sala accedió a lo solicitado por la Comisión en orden a ampliar el plazo para cumplir con su mandato en sesenta días, más treinta días, el que venció el 15 de enero de 2014.

Con fecha 6 de junio de 2013 se comunicó que la comisión quedaba constituida por los siguientes señores diputados: Enrique Accorsi Opazo , Pedro Pablo Browne Urrejola , posteriormente reemplazado por Mario Bertolino Rendic ; Giovanni Calderón Bassi , Gustavo Hasbún Selume , Roberto León Ramírez , Cristián Letelier Aguilar , Miodrag Marinovic Solo de Zaldívar, Marco Antonio Núñez Lozano , Leopoldo Pérez Lahsen , Alberto Robles Pantoja, Marcelo Schilling Rodríguez , Ignacio Urrutia Bonilla y Patricio Vallespín López .

La Comisión se constituyó el 18 de junio y acordó elegir como su Presidente a don Giovanni Calderón .

La Comisión Investigadora, a fin de dar cumplimiento a lo encomendado por la honorable Corporación, celebró 24 sesiones, durante las cuales se citó e invitó a los siguientes personeros del ámbito público y del privado, quienes la ilustraron sobre aspectos legales, técnicos y administrativos del problema: don Juan Carlos Monckeberg , superintendente, y don Sebastián Avilés , fiscal instructor de la Superintendencia del Medio Ambiente; doña Olivia Pereira , directora regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama; don Francisco Echeverría , director general; doña Mónica Musalem , jefa del Departamento de Conservación, y don Gonzalo Barcaza , jefe de la Unidad de Glaciología , de la Dirección General de Aguas; don Rafael Prohens , intendente de la Región de Atacama ; don Pedro Lagos , secretario regional ministerial del Medio Ambiente de la Región de Atacama ; don Hermann von Mayenberger , presidente de la Asociación de Agricultores del Huasco ; don Wilhelm von Mayenberger , presidente , y don Víctor González , gerente de la Junta de Vigilancia del río Huasco; don Francisco Ferrando , académico de la facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile; don Andrés Rivera , glaciólogo, jefe de Glaciología y Cambio Climático del Centro de Estudios Científicos , CECS; el doctor Pablo Wainstein , hidrólogo, y don Simón Catchpole , gerente ambiental de BGC Engineering Inc; los abogados doña Bárbara Salinas y don Alejandro Muñoz , del estudio jurídico Cliens; don Lorenzo Soto , abogado de las comunidades indígenas diaguitas; don Lucio Cuenca , director; don Álvaro Toro , asesor jurídico; don Felipe Grez y doña Verónica González , integrantes del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales, OLCA; monseñor Gaspar Quintana , obispo de Copiapó; don Fernando Flores , exgobernador de la provincia del Huasco; don Alexis Spencer , presidente , y don Luis Tabulo , tesorero del Sindicato de la Compañía Minera Nevada SpA; don Jorge Ayarse , expresidente del Comité Paritario de la Compañía Minera Nevada ; don Eduardo Flores , vicepresidente para Sudamérica de Barrick-Pascua Lama ; don Rodolfo Westhoff , gerente de Medio Ambiente , y don Francisco Charlín , director Legal de Compañía Minera Nevada SpA.

Adicionalmente, con fechas 21 y 22 de agosto de 2013 se celebraron audiencias en la comuna de Alto del Carmen, en las que se recibió el testimonio de los integrantes del concejo municipal de dicha comuna, presidido por su alcaldesa, señora Carmen Bou , y compuesto por los concejales Cristián Olivares , Luis Morales , Maritza Peña , Oriel Campillay , Patricio Rojas y Raúl Garrote .

Asimismo, durante esas audiencias intervinieron 35 integrantes de organizaciones civiles y de la comunidad. Entregaron su testimonio las siguientes personas: don Luis Faura , presidente de la Unión Comunal Alto del Carmen ; don Gustavo Iribarren , de la Asamblea por el Agua del Huasco Alto; don Jorge Pino , exconcejal; don Rodrigo Villablanca , presidente Comité Ecológico y Cultural; don Horacio Gaytán , empresario agrícola; don Nicolás del Río , presidente de la APAC ; doña Solange Bordoñes , de las Comunidades Diaguitas del Huasco Alto; doña Carolina Pérez , de Esperanza de Vida; don John Meléndez , presidente de la Comunidad Diaguita Patay Co ; don Rubén Cruz , vocero de la Comunidad Diaguita Patay Co; don Miguel Salazar y don Claudio Páez , extrabajadores de Pascua Lama ; don Víctor Ardiles , presidente de Agua Potable Rural ; don Elson Rojas , de Unidos por el Agua; don Esteban Órdenes , agrónomo; don Alberto Santander , agricultor del sector de Chollay; doña Sandra Ramos , presidenta de la Junta Vecinos Chollay; don Francisco Bou , presidente de la Asociación de Agricultores de San Félix ; don Víctor González , gerente Junta de Vigilancia Río Huasco ; don Omar Campillay , empresario agrícola; don Juan Torres , presidente de la junta de vecinos Piedras Juntas; don Fernando Huenchicay , de la junta de vecinos de Los Tambos; don Jorge Guerrero , de la Comunidad Diaguita Patay Co; doña Constanza San Juan , de Esperanza de Vida; doña Paula Carvajal , agricultora y empresaria de turismo rural; don Roberto Jirón , agricultor y extrabajador minero; don Claudio Páez , presidente de la Agrupación de Crianceros de El Corral ; don Yery Ossandón , criancero; doña Valeska Urqueta , del centro cultural Creando Valle; don Manuel Gajardo , de la Iglesia Presbiteriana; don Juan Peñaloza , del Consejo de Defensa del Valle Huasco; don Gregorio González , de la Asamblea del Agua del Huasco y exalcalde de Huasco; don Jorge Domínguez , de Unidos por el Agua; doña Verónica Aróztica , de la sala cuna y jardín Los Grillos ; don Sergio Barrera , habitante de San Félix, y don Natanael Vivanco , agricultor.

Una vez concluido el período de audiencias y de recopilación de antecedentes, se solicitó a los señores parlamentarios integrantes de la Comisión que remitieran proposiciones de conclusiones y recomendaciones. Se recibieron sugerencias de los diputados Accorsi , Letelier , Calderón y Robles.

Puesta en votación la proposición de conclusiones finales y recomendaciones elaboradas por el diputado señor Calderón , fueron aprobadas por mayoría de votos. Votaron a favor los señores Bertolino , Calderón , Harboe , en reemplazo del señor Accorsi ; Hasbún, León , Letelier , Núñez , Pérez Lahsen , Silber , en reemplazo del señor Vallespín , y Urrutia . En contra lo hicieron los señores Robles y Schilling .

Durante el análisis de las mismas, se acordó dejar expresa constancia de que el diputado Alberto Robles no concordaba con la proposición presentada por el señor Calderón , por cuanto no proponía la inmediata revocación de la resolución de calificación ambiental (RCA) del proyecto Pascua Lama . En dicha oportunidad, quien rinde el informe hizo presente que si bien entendía que desde el punto de vista jurídico la situación del proyecto Pascua Lama ya ha sido revisada y juzgada por las respectivas instancias judiciales, entre ellas la Corte Suprema, sin que se hubiera decretado la revocación de la RCA, consideró que la Comisión debería emitir conclusiones de orden político, y desde una mirada integral de la situación planteada, con miras a evitar que otros proyectos desconozcan sus resoluciones de calificación ambiental, sus compromisos con el territorio y la necesaria caución de todos los elementos ambientales, así como el resto del ordenamiento jurídico chileno.

En este sentido, señalé que se debía emitir un mensaje político fuerte, que enfatizara la responsabilidad de la Compañía Minera Nevada. Más aún, que como se trata de una empresa extranjera, no debería recibir una “segunda oportunidad” luego de los graves incumplimientos en que incurrió, por lo que puntualicé que la Comisión debería recomendar la revocación de la RCA.

Además, se acordó adjuntar como anexo el informe de minoría que se planteó en la Comisión por quien habla.

En definitiva, las conclusiones finales y recomendaciones aprobadas por la mayoría de los integrantes de la Comisión señalan lo siguiente:

1. La Comisión Investigadora ha confirmado que en parte importante del desarrollo del proyecto minero Pascua Lama se han producido incumplimientos de parte del titular del proyecto a normas del ordenamiento jurídico chileno de orden ambiental, de salud, de vialidad, laboral y de seguridad en lugares de trabajo. Dichos incumplimientos se han reflejado en el quebrantamiento, por parte del titular del proyecto, de las resoluciones de calificación ambiental que autorizaron el desarrollo del proyecto y que, a su vez, han generado procesos y sanciones de parte de organismos administrativos y judiciales de nuestro país.

Los hechos constatados por las instituciones del Estado constituyen una violación del objeto preventivo de la resolución de calificación ambiental, han provocado un debilitamiento de este instrumento, que constituye la principal norma preventiva que resguarda el derecho constitucional establecido en el artículo 19, N° 8°, de la Constitución Política de la República.

Debido a que la empresa ya se encuentra en un rango de incumplimiento calificado como gravísimo, de acuerdo con lo señalado por la Superintendencia de Medio Ambiente, habiéndose aplicado dos de los mecanismos más rigurosos de sanción (sanción de 10.000 UTM y clausura temporal), la Comisión considera que en caso de que con posterioridad a la implementación de las medidas que se le han impuesto por las autoridades competentes la empresa reincida en incumplimientos manifiestos, procedería, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico ambiental, la revocación de la resolución de calificación ambiental N° 24, de 2006.

Recomendación.

En virtud de estas consideraciones, esta Comisión Investigadora recomienda el establecimiento de condiciones adicionales al proyecto Pascua Lama para el caso de que sea puesto nuevamente en evaluación ambiental. En subsidio, la Comisión recomienda la realización, conforme lo autoriza la ley chilena, de una revisión exhaustiva de la resolución de calificación ambiental N° 24, de 2006, y sus condiciones, con el objeto de establecer un nuevo marco de funcionamiento del proyecto, acorde con los riesgos y variables socio-ambientales que aseguren la adecuada y estricta implementación de las medidas de mitigación, compensación y reparación contempladas en la citada resolución y los planes de monitoreo de variables ambientales establecidos en dicha norma.

2. La Comisión Investigadora considera que, por tratarse de Pascua Lama, el primer proyecto minero binacional desarrollado en virtud del Tratado Binacional de Complementación Minera entre Chile y Argentina, es necesario prevenir la ocurrencia de nuevos incumplimientos por parte de la Compañía Minera Nevada.

3. Esta Comisión Investigadora considera que, en virtud del principio de irretroactividad de las normas, no pueden aplicarse al proyecto aquellas normas que no estaban en vigencia antes de que el desarrollo del proyecto fuera autorizado por el Estado de Chile, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; el Inventario de Glaciares y la Política y la Estrategia Nacional de Glaciares; la modificación al reglamento del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental referida a los glaciares y la modificación al reglamento de Caudales Ecológicos de la Dirección General Aguas.

Sin embargo, los incumplimientos antes aludidos y las sanciones aplicadas han puesto de manifiesto debilidades estructurales de nuestro ordenamiento ambiental y, en especial, del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Recomendaciones:

3.1 En este sentido, pese a la reforma de la ley N° 20.417 a nuestro Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, las situaciones verificadas en esta investigación hacen razonable pensar que aspectos como la participación ciudadana deben ser reforzados legislativamente, a efectos de que el principio preventivo pueda realmente operar de forma eficiente, evitando que la participación de la ciudadanía degenere en denuncias, protestas y disconformidad posteriores a la aprobación ambiental del proyecto.

3.2 La comisión recomienda la tramitación de una reforma legislativa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental , con el objeto de que la responsabilidad y financiamiento de las evaluaciones ambientales no dependa exclusivamente del titular o promotor del proyecto, sino que sea el Estado el que, mediante licitación pública, administre el proceso de contratación de las consultoras participantes y que el costo de dicha adjudicación sea soportado por el solicitante. El ideal es que la entidad a cargo de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental no sea seleccionada por el titular del proyecto económico, al contrario de lo que ocurre en Chile.

4. Esta Comisión Investigadora ha recabado versiones contrapuestas sobre los eventuales incumplimientos y falencias del proyecto Pascua Lama, tanto respecto del plan de monitoreo de glaciares como del control de polvo de las obras de trabajo y en la entrega de información a la Dirección General de Aguas sobre el estado de los glaciares.

Recomendación:

4.1. Ante esta situación, esta Comisión Investigadora recomienda una revisión exhaustiva del plan de monitoreo de glaciares y su reforzamiento significativo, si se estimare necesario, así como de la frecuencia y requerimiento informativo del monitoreo. Se recomienda, asimismo, que la información del plan de monitoreo se ponga en línea a disposición de la autoridad sectorial.

4.2. Asimismo, la comisión sugiere que el Estado de Chile se haga cargo de realizar o licitar los estudios de mediciones y monitoreo de glaciares, niveles de caudal y material particulado de cualquier zona aledaña o circundante a proyectos productivos, que permitan la prevención de daños ambientales durante la construcción y explotación de cualquier tipo de proyecto productivo.

5. Con respecto a la misma materia, esta Comisión Investigadora estima que la protección de los glaciares en nuestro país no puede quedar entregada solamente a la evaluación y medidas preventivas caso a caso, que se desarrolla en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, ya que ello es completamente insuficiente. Por tanto, considera que debe avanzarse decididamente hacia el establecimiento de una ley general de Protección de Glaciares, sobre todo si se considera que en Chile se ubica el 80 por ciento de los glaciares del continente sudamericano.

Recomendación:

5.1. La Comisión estima que no basta solo con las modificaciones que la autoridad ambiental ha realizado al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, o la creación del Inventario Nacional de Glaciares, y recomienda urgentemente avanzar en una ley general que defina, caracterice y georreferencie los glaciares existentes en el territorio nacional, estableciendo las regulaciones para su protección legal.

Por otra parte, la comisión ha constatado la necesidad de reforzar la certeza jurídica necesaria para el desarrollo de cualquier clase de proyecto productivo, especialmente de inversiones tan complejas como la minera. Por ello, esta Comisión recomienda al Ministerio de Minería agilizar la tramitación de iniciativas legales que perfeccionan la normativa sobre glaciares, de modo que, junto con garantizar adecuadamente el cuidado y la preservación del medio ambiente, se otorgue la necesaria certeza jurídica de las limitaciones y sanciones que eventualmente se apliquen por incumplimiento de las normas legales.

En consecuencia, en razón de la importancia que reviste esta materia y de la urgencia de adoptar medidas, recomendamos al Poder Ejecutivo que otorgue su patrocinio y dé urgencia a la tramitación del proyecto de ley sobre protección de los glaciares, boletín N° 4205-12, que actualmente se encuentra en su primer trámite reglamentario en el Senado de la República y que ya fue aprobado por la Cámara.

5.2. La inexistencia de un marco normativo que regule la situación de los glaciares da lugar a un desconocimiento generalizado sobre este recurso y la forma en que se debe abordar su estudio y caracterización.

Ello pone en evidencia la urgencia de contar con un organismo especializado en el estudio y desarrollo de información científica relacionada con los glaciares, de manera que se pueda generar conocimiento objetivo sobre sus cambios, su adaptación al cambio climático y las medidas necesarias para la preservación tanto de los glaciares como del recurso hídrico. A la luz de los testimonios recabados por esta comisión, es necesario conocer el exacto aporte de los glaciares a la generación de agua en las diversas cuencas hidrográficas, así como conocer el verdadero rol del manto de nieve en la generación de agua.

En razón de estas consideraciones, la comisión recomienda al Ministerio de Obras Públicas la creación de un área de estudio, dentro de la Unidad de Glaciología y Nieves de la Dirección General de Aguas, dedicada específicamente a desarrollar conocimiento científico que permita el desarrollo de políticas públicas en relación con estas materias.

6. Esta comisión ha constatado versiones altamente contrapuestas respecto de la influencia de las acciones del proyecto minero Pascua Lama en la calidad de las aguas de la cuenca del río Huasco. Algunas presentaciones informaron que la calidad del agua de algunos afluentes ha empeorado notoriamente desde el inicio del proyecto. Otras han indicado que los cambios en las características del agua en la cuenca se deben a fenómenos naturales físico-químico-mineralógicos, que siempre han existido en esa zona andina.

Esta discrepancia en la información es especialmente delicada en una cuenca tan hídricamente frágil como es la del Huasco, por lo que, a juicio de esta comisión, debe ser corregida urgentemente.

Recomendación:

Al respecto, la comisión recomienda que la Dirección General de Aguas extreme su diligencia en la fiscalización de la calidad de las aguas, realizando un plan de monitoreo constante para verificar los datos enviados por la empresa en materia de aguas. Dado que esta medida ciertamente implica una carga adicional para los recursos humanos y financieros de dicho organismo, se recomienda la contratación, a través del mercado público, de un monitoreo independiente que reporte a la Dirección General de Aguas y cuyo costo sea soportado por la compañía.

7. Respecto de los problemas de gestión y asignación de los Fondos de Compensación y de Desarrollo Sustentable, la comisión recibió diversos testimonios críticos del destino que se ha dado a esos fondos por parte de diversas comunidades y agrupaciones ciudadanas del área de influencia del proyecto Pascua Lama .

Es del caso señalar que la Compañía Minera Nevada comprometió la entrega de 60 millones de dólares estadounidenses, a razón de 3 millones de dólares anuales por veinte años, a la Junta de Vigilancia del Río Huasco. El destino de esos fondos también ha sido cuestionado por agricultores de la zona.

En consecuencia, la comisión constató la existencia de reparos al funcionamiento de los fondos que hacen necesario que el Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente y la intendencia regional de Atacama tomen medidas a efectos de aclarar y, eventualmente, corregir dichos reparos.

Recomendaciones:

7.1 En consecuencia, la comisión recomienda el establecimiento de un nuevo protocolo, que sea validado por la Sistema de Evaluación Ambiental e incorporado a la resolución de calificación ambiental, y que incluya mecanismos de transparencia en materia de funcionamiento de los fondos y de la entrega de información y de las actas de las reuniones de los organismos encargados de su administración. Asimismo, debiera contemplar el nombramiento de un número adecuado de directores imparciales que puedan dar fe del correcto funcionamiento de los fondos.

7.2 En lo que se refiere a los recursos del Fondo de Compensación, se ha constatado la necesidad de crear las condiciones e instrumentos para que sus beneficios alcancen a toda la comunidad y a la sociedad civil organizada de la provincia del Huasco.

En consecuencia, se recomienda la creación de bancos regionales de proyectos, con el catastro de las necesidades por comuna, que puedan ser materializados con los dineros que provengan de compensaciones de los diversos proyectos de inversión que se instalen en una región o provincia determinada. Por tal motivo, se acuerda solicitar al Ministerio de Economía la creación de dichos bancos a través de las secretarias regionales de su cartera y la dictación de una reglamentación que priorice la inversión de los referidos fondos, de acuerdo a la cercanía con el proyecto que provoca el impacto ambiental (localidad, comuna, provincia, región).

7.3 Respecto del Fondo de Desarrollo Sustentable, esta Comisión Investigadora recomienda una reformulación institucional, que contemple un jurado independiente de la compañía titular del proyecto, estableciendo áreas y proyectos a financiar con participación de la comunidad, acorde con sus necesidades y prioridades, y un procedimiento reglamentario que garantice que los fondos sean asignados íntegramente a proyectos que se desarrollen en la provincia del Huasco.

8. La comisión tomó conocimiento formal de incumplimientos por parte de la empresa en materia de normas laborales, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, seguridad en sitios de trabajo y malas prácticas sindicales.

Recomendaciones:

8.1 La comisión recomienda que la Dirección del Trabajo y demás autoridades competentes fiscalicen el correcto funcionamiento del Comité Paritario de Higiene y Seguridad, así como el respeto de los derechos de los trabajadores sindicalizados e independientes.

8.2 Ante los incumplimientos en las normas referidas a la salud y seguridad laboral, la comisión recomienda que la Dirección Regional del Trabajo destine recursos y funcionarios adicionales para la fiscalización de las normas laborales y de seguridad en los lugares de trabajo, en términos generales.

8.3 En cuanto al término o suspensión de puestos de trabajo, la Comisión recomienda a los poderes Ejecutivo y Legislativo revisar el régimen de indemnizaciones laborales, en los casos en que la relación laboral cese, fruto de infracciones o incumplimiento de la ley ambiental chilena.

9. La comisión tomó conocimiento de incumplimientos de compromisos asumidos por la empresa en materia vial y de transporte, aspectos obligatorios de acuerdo con la resolución de calificación ambiental N° 24, de 2006.

Recomendación:

Al respecto, la comisión recomienda que la Dirección Regional de Vialidad o el Servicio de Evaluación Ambiental hagan cumplir las medidas contempladas en resolución de calificación ambiental, tales como las referidas a la construcción de caminos alternativos, ruidos, cargas peligrosas, vibraciones, flujos excesivos, levantamiento de polvo y humectación de caminos, establecidas precisamente para mitigar los impactos del proyecto en esta materia o, de lo contrario, recurrir a la Superintendencia del Medio Ambiente, institucionalidad fiscalizadora de las resoluciones de calificación ambiental.

10. Durante su trabajo la comisión tomó conocimiento de materias de la más diversa índole relacionadas con el proyecto, lo que representa un cúmulo de material informativo de gran importancia. Conscientes de que puede haber elementos que ameriten investigaciones más específicas y exhaustivas a efecto de delimitar responsabilidades de la Compañía Minera Nevada o de instituciones públicas, si las hubiere, los miembros de la Comisión acuerdan lo siguiente:

Recomendación:

No obstante los mandatos legales explícitos en materia de comisiones investigadoras, establecidos en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, hacer llegar el informe y las recomendaciones de esta investigación a los ministerios del Medio Ambiente, de Agricultura, de Salud, del Trabajo y de Obras Públicas, a la Superintendencia del Medio Ambiente , al Servicio de Evaluación Ambiental, a la Dirección de Vialidad, al Servicio Nacional de Geología y Minería, a la Dirección del Trabajo y a la Superintendencia de Seguridad Social.

Es todo cuanto puedo informar a la Sala.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).- Recuerdo a la Sala que el inciso cuarto del artículo 85 del Reglamento establece que el diputado informante dispondrá de hasta quince minutos para dar a conocer su informe.

En discusión el informe.

Tiene la palabra la diputada señora Yasna Provoste.

La señora PROVOSTE (doña Yasna).- Señor Presidente , me parece de la mayor relevancia, más allá del informe, compartir en este hemiciclo el impacto socioambiental que provoca el proyecto Pascua Lama .

Existe consenso, mayoritariamente compartido entre algunos miembros de la comisión y los invitados a la investigación, respecto de las situaciones que derivan de ese proyecto minero. Ellos plantean la existencia de un verdadero problema ético, en el que entran en tensión proyectos de alta productividad económica con valores y bienestar socioambiental de una zona y sus habitantes.

En concreto, en la comunidad del valle del Huasco se ha constatado la disparidad y variedad de casos que se observan en la comunidad en su relación con proyecto Pascua Lama . Hay personas que recibieron dinero de la empresa y otras que se negaron a recibirlo. Asimismo, hay personas que se han sentido engañadas por las falsas promesas de trabajo y otras que se han visto amenazadas por la falta de agua. Diferentes personas, en su mayoría gente humilde y de escasos recursos, se han sentido agredidas por acciones concretas de la empresa minera, y ven en peligro su futuro, principalmente por la escasez de agua, situación que puede impactar toda la cadena de interrelación laboral de pequeños agricultores, principal actividad económica del sector.

Puede afirmarse, como lo planteó el obispo de Atacama y lo evidenciaron los diputados en su visita en terreno, que Pascua Lama ha dividido a la gente en el valle del Huasco, generando dos bandos: el de quienes recibieron prebendas, que están a favor del proyecto, y el de quienes no recibieron esos recursos, que se oponen al proyecto. Ambos bandos se enfrentan de manera agresiva. De este modo, hay un antes y un después de Pascua Lama.

Debido a la alta cesantía histórica de Vallenar, la llegada de la empresa y de sus recursos económicos fue vista como una oportunidad para solucionar los fuertes problemas de empleo en la zona. Lamentablemente, con dolor, podemos constatar las falsas promesas de rigurosidad en materia ambiental.

Esas inversiones mineras han generado escasos empleos, la mayoría especializados y para personal que muchas veces procede de fuera de la región, con lo cual no se salvan el desempleo y la cesantía crónica de la provincia del Huasco, cuestión que pudo constatar la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados. Por lo demás, aun en el caso hipotético de que la compañía en cuestión supliera en parte la demanda de empleo en la zona, no me parece -lo creo firmemente- que la oferta de trabajo justifique, de ninguna forma, la erosión social que ha generado Pascua Lama , ni menos la autoriza para infringir normas, incluso de rango constitucional, como el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.

Por otra parte, Vallenar ha sido siempre de vocación agrícola, ganadera y minera. Lamentablemente, desde mediados de la década del 70 la pequeña minería entró en crisis por falta de incentivos económicos y de apoyo del Estado.

En razón de lo anterior, debo recordar que el proyecto Pascua Lama no solo generó gravosos efectos sociales -como ya señalé-, sino que, además, estando en vigencia la resolución de calificación ambiental 24, de 2006, el proyecto minero Pascua Lama fue sancionado por la Superintendencia del Medio Ambiente, la Corte de Apelaciones de Copiapó y la Corte Suprema, la Dirección General de Aguas, el Sernageomin, las seremis de Salud y de Agricultura, y los tribunales ambientales, entre otros, por aterramiento de canales de regadío, no control de polvo sobre los glaciares, no construcción de obras viales comprometidas e incumplimiento de entrega de información respecto del monitoreo de glaciares, entre otras causales.

Me llama profundamente la atención que en el informe de la Comisión Investigadora, en su página 9, a lo cual se refirió el diputado informante , se haga alusión al Fondo de Desarrollo Sustentable. Me llama la atención porque, en 2011, la entonces intendenta, Ximena Matas , ante un requerimiento hecho personalmente, nos dijo que ellos modificaron la resolución de calificación ambiental y que, por lo tanto, ese Fondo de Desarrollo Sustentable no existía en los términos en que había sido aprobado por dicha resolución.

Nos parece grave que, una vez que se dictan las resoluciones de calificación ambiental, que son obligatorias y deben cumplirse tal cual fueron redactadas en ese momento por la Conama, se dé espacio para interpretarlas o cambiarlas, como ocurrió en la Región de Atacama en 2011. Lo que era un órgano resolutivo cambió a consultivo. Por lo demás, estaban definidos los actores, que ahora no fueron convocados.

Lo que más me llama la atención en la respuesta de la intendenta de la época fue que, por una carta entre el titular del proyecto y el Servicio de Evaluación Ambiental, se haya cambiado la resolución de calificación ambiental. Me parece que eso daña seriamente la fe pública en la institucionalidad ambiental.

Dado que la resolución de calificación ambiental contemplaba una estructura con participación de la comunidad, su alteración debió haber sido previamente informada y consultada a las comunidades. Nada de eso ocurrió.

Por otra parte, el diputado informante ha dicho que este informe contó con el voto mayoritario de los parlamentarios.

Reconocemos y valoramos los votos de minoría; pero volvemos a un problema de dimensión ética -lo señalo como diputada de la República -: en el período de campaña, el nombre y el eslogan del exdiputado Giovanni Calderón , presidente de la Comisión Investigadora en su momento, fueron pintados en las murallas y panderetas de los recintos pertenecientes al proyecto Pascua Lama .

Lo anterior no solo me genera una absoluta desconfianza sobre la forma en que se llevó la Comisión Investigadora -dicho sea de paso, ella respaldó el proyecto en cuestión, lo que fue de lato conocimiento público-, sino que, además, se prestó para la utilización de las panderetas de instalación del proyecto Pascua Lama , lo que me lleva a pensar directamente en la existencia de un potencial conflicto de intereses del presidente de la Comisión Investigadora respecto de su rol.

Entonces, ¿es necesaria alguna otra alerta institucional o social para permitir que este tipo de compañías desarrollen tales proyectos?

La naturaleza propia de la resolución de calificación ambiental, cual es la prevención, ya fue vulnerada. Por tanto, solo me queda manifestar mi intención de aportar para que la clausura de este proyecto sea definitiva.

Por todos los efectos anteriores, pido rechazar este informe, votado mayoritariamente por los parlamentarios, y revocar definitivamente la resolución de calificación ambiental. Con el mismo énfasis, quiero manifestar el rechazo al informe de la Comisión Investigadora acerca de la situación ambiental en que se encuentran las comunas del valle del Huasco.

En cuanto al informe de la Comisión Investigadora acerca de la situación ambiental de las comunas en relación con la instalación del proyecto Pascua Lama , si bien consta como una declaración de buenas intenciones, debe ser rechazado tajantemente por los siguientes argumentos.

Primero, los incumplimientos por parte de la empresa, realizados a priori del conocimiento de la normativa vigente, en cuanto a la realización de este tipo de proyectos.

Nos parece que existe un grave perjuicio respecto de la existencia de medidas de mitigación. Por ello, tal como lo propone esta comisión, bajo ningún punto de vista estamos dispuestos a que solo se pueda remediar el daño provocado a la comunidad.

Si bien el espíritu del informe de la Comisión Investigadora tiene una correcta intención, no basta para señalar fehacientemente que, en su etapa primaria, este proyecto no cumplió con los estándares mínimos de cuidado del medio ambiente y de la comunidad del valle del Huasco en su conjunto. Más aún, este informe ha sido permisivo en cuanto a la capacidad de la empresa desarrolladora del proyecto de corregir los errores previamente indicados.

En este sentido, para quien habla es menester indicar que, a priori del desarrollo del mismo proyecto, ya existen daños irreparables en nuestros ríos y en las personas, los que no podrán ser mitigados ni corregidos, ni siquiera con el mayor de los cuidados por parte de la empresa minera Nevada.

Los testimonios de las comunidades afectadas y de las autoridades locales fueron suficientemente claros y expresos en cuanto a señalar que, si bien la solicitud de informes y documentos al respecto puede ser útil, es evidente el hecho de que para las comunidades existe un antes y un después de la instalación del proyecto.

Por eso, solicito a los colegas que se revoque la resolución de calificación ambiental, que se realice un estudio para buscar la forma de eliminar el tratado minero chileno- argentino y que se termine con el área de protocolo, que ha servido de excusa a la compañía minera para impedir la tarea fiscalizadora de los servicios públicos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada señorita Camila Vallejo.

La señorita VALLEJO (doña Camila).- Señor Presidente , en primer lugar, quiero señalar lo emblemático que es el proyecto Pascua Lama en relación con la contradicción que genera nuestro modelo de desarrollo en la calidad de vida de las personas.

Efectivamente, dicho proyecto es fiel reflejo de cómo, durante décadas, en nuestra sociedad se ha privilegiado, desde la óptica desarrollista, el crecimiento económico y energético a costa de los intereses y derechos de nuestro pueblo.

A su vez, el proyecto Pascua Lama da cuenta de la debilidad de nuestra institucionalidad medioambiental en esta materia, la que ha permitido que esto sea así a lo largo de todo Chile. El referido proyecto es un caso; pero hay muchos conflictos socioambientales en todo el país por el problema del agua, que dan cuenta de esta contradicción enorme de nuestro modelo de desarrollo.

En segundo lugar, respecto del proyecto en particular y del informe, está de más decir que la iniciativa ha sido objeto de más de 142 observaciones y de más de treinta reclamaciones por parte de las comunidades. La gran mayoría está relacionada con la afectación que ha generado no solo a los glaciares, sino también al recurso hídrico, al sistema de transporte y a la economía local.

La semana pasada, junto con el Presidente de la Comisión de Medio Ambiente , Daniel Melo , tuvimos oportunidad de reunirnos con los representantes de la Asamblea por la Defensa del Agua del Valle del Huasco, quienes nos manifestaron las reiteradas denuncias que han presentado a propósito de la contaminación de sus ríos, particularmente del río Estrecho, que abastece el valle del Huasco, y de la disminución de sus caudales y de los glaciares.

El problema es de escala de la economía local, y tiene que ver directamente con la disminución del caudal y la contaminación de los ríos, lo que está relacionado con la economía principal del valle, la que se ha visto mermada a causa del daño ambiental.

Debido a esos daños, el proyecto Pascua Lama ha debido enfrentar siete procesos sancionatorios en su contra y pagar más de 15.000 millones de dólares en multas, debido al reiterado incumplimiento de las normativas medioambiental, de salud, laboral y de transporte, además del quebrantamiento sistemático de las resoluciones de calificación ambiental que se han emitido en su favor.

Por si fuera poco, se han entregado antecedentes que dan cuenta de un desacato del titular respecto de la paralización completa de las faenas que le fue impuesta el año pasado. Hay incumplimiento grave de la normativa y desacato respecto de lo que establece nuestra institucionalidad.

Incluso más, la Superintendencia del Medio Ambiente , dentro del proceso sancionatorio que cursó en 2013, concluyó categóricamente lo siguiente: “Tomando en cuenta la temporalidad de la recuperación del daño ya producido, es posible concluir que este no es susceptible de reparación, y que existen las condiciones para determinar la existencia de daño ambiental y calificarlo de irreparable en relación con la extensión del ecosistema afectado.”.

Eso es sumamente grave, porque aquí se habla de que el daño que ha causado el proyecto minero Pascua Lama es irreversible.

En resumen, no solo ha afectado, de manera irreversible, el agua, el medio ambiente y la calidad de vida de las personas de la provincia de Huasco, sino que también ha burlado permanentemente nuestra institucionalidad medioambiental, lo cual es sumamente grave.

Es posible, además, atribuir que el titular de Pascua Lama -lo señaló la diputada Yasna Provoste - tuvo cierta intencionalidad de incumplir la normativa medioambiental. ¿Por qué? Porque en nuestro sistema el titular no puede alegar ignorancia de las normas que regulan el proyecto, ya que siempre está en conocimiento de cada una de las obligaciones contenidas en la resolución de calificación ambiental y de que el proyecto es viable únicamente mediante el cumplimiento de todas las condiciones que se le imponen. Sin embargo, el proyecto ha seguido su curso, incumpliéndose la normativa.

En tal sentido, los incumplimientos violan el fin preventivo de la resolución de calificación ambiental, que es enmarcar el desarrollo del proyecto a la institucionalidad ambiental.

Quiero, sin embargo, mencionar un aspecto que rescato del informe, que se relaciona con algunas recomendaciones que hace a propósito de los antecedentes relativos a la debilidad de nuestra institucionalidad ambiental.

En la presentación se señaló la necesidad de cursar por la vía legal un fortalecimiento de la participación ciudadana en forma previa a la autorización de estos proyectos, durante el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Ello no en el sentido que se plantea en el informe, es decir, evitar futuros conflictos o protestas a los proyectos, sino con un verdadero afán inclusivo de las comunidades locales respecto de la decisión, que debe ser conciliadora entre el desarrollo económico y el cuidado y uso responsable de nuestro medio ambiente.

Además, es importante considerar otra recomendación hecha en el informe en relación a que tenemos que avanzar hacia lo que hacen otros países en orden a evitar que los organismos que realizan los estudios de impacto ambiental sean elegidos por los titulares de los proyectos mineros, hidroeléctricos, etcétera, porque ahí se produce un conflicto de intereses muy grande.

Por otro lado, el informe hace recomendaciones respecto del cuidado de nuestros glaciares.

Efectivamente, hoy hemos dado un paso en entender la importancia del cuidado de los glaciares y los recursos hídricos como una manera de enfrentar el cambio climático. Aquí el agua es un recurso vital. Nuestro país tiene una de las principales fuentes de agua dulce del mundo.

Por tanto, es importante avanzar en normativas y legislaciones que permitan una protección adecuada de nuestros glaciares.

Por último, la razón por la cual considero que se debe rechazar el informe tiene que ver con las conclusiones.

A mi juicio, los antecedentes expuestos son más que suficientes para condenar categóricamente el desarrollo del proyecto minero Pascua Lama , recomendando la revocación de su resolución de calificación ambiental, sin considerar siquiera, como lo señala el informe de la comisión, la opción de defecto, que consistiría en revisar exhaustivamente tal resolución y sus condiciones.

Así, votaré en contra el informe en comento, pues no puedo compartir las recomendaciones abundantes que da en el sentido de persistir en un proyecto voraz, que, a todas luces, es destructivo de nuestros recursos naturales.

Insisto: el rechazo al informe se relaciona con sus conclusiones, debido a que no recomienda la revocación de la resolución de calificación ambiental y da paso a que se siga revisando y tramitando el proyecto Pascua Lama.

Considero que los antecedentes expuestos son más que suficientes para impedir que el proyecto Pascua Lama siga su curso.

He dicho.

-Aplausos en la Sala y en las tribunas.

El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Patricio Vallespín.

El señor VALLESPÍN.- Señor Presidente , en primer lugar, considero bueno que se haya creado la Comisión Investigadora sobre Pascua Lama . Lo planteo porque junto con el entonces diputado Accorsi lo intentamos en tres ocasiones y no lo logramos.

Asimismo, fue positivo que se investigara en profundidad el accionar de instituciones públicas vinculadas a dicho proyecto. Sin embargo, lamento que con el diputado Accorsi no hayamos podido participar en la votación del informe, porque el día en que se sancionó nos encontrábamos fuera representando a la Comisión de Medio Ambiente en otras labores.

No obstante, es preciso señalar que se hizo un esfuerzo por avanzar en un informe único, pero categórico sobre algunas materias. Al respecto, se conversó para intentar llegar a una salida. Sin embargo, el texto final que votó la comisión no recogió materias de suyo fundamentales para poder afirmar que era bueno que la Cámara de Diputados avalara las conclusiones.

Las diputadas Provoste y Vallejo han sido bastante claras en los aspectos de fondo en relación con esta materia. Se podría profundizar mucho más todavía sobre el particular, porque la información entregada por los invitados a la comisión respecto del comportamiento de la empresa Barrick Gold deja mucho más explícito todavía que no podía tratarse de un informe en el que un asunto fundamental tuviera una posición poco clara. Quiero ser categórico en ello.

Se trata de una empresa que, a la luz de los antecedentes, ha burlado la institucionalidad ambiental y sanitaria de Chile como nunca antes había ocurrido en la historia. Por tanto, no se podía hacer una definición a medias aguas sobre lo que debía plantear la Cámara de Diputados en ejercicio de su función fiscalizadora. Aquí hay mérito suficiente, antecedentes relevantes, testimonios de verdad muy significativos y decisiones sancionatorias de instancias judiciales sobre la materia que hacen ver que sobre este asunto era necesario realizar un informe señero -como lo fue el borrador inicial que teníamos los diputados de la Concertación en ese entonces, que éramos minoría; intentamos que la Alianza se sumara a esa mirada-, que planteara tajante y categóricamente la revocación absoluta de la resolución de calificación ambiental, y que la empresa Barrick Gold , que se jacta por el mundo de tener informes de sustentabilidad y que lo hace todo pensando en las comunidades, en resguardo del medio ambiente, cumpliera con eso en Chile, porque no lo estaba haciendo. Eso significaba, si lo quería hacer, entrar de nuevo al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, partir de cero y demostrar que podía volver a ganarse la confianza de la nuestra institucionalidad ambiental. Porque Barrick Gold solo ha generado desconfianza y deterioro de la institucionalidad ambiental chilena, aspecto que, por cierto. debemos corregir.

También quiero ser muy claro en lo siguiente:

El texto final, que llegó horas antes a la comisión -mientras me encontraba afuera lo revisé e intenté dar las señales de que era mejor que no se aprobara-, fue modificado respecto de lo que se quería para un posible acuerdo. Estaba mal recogido lo relativo a la revocación y a que partiera todo de cero y no hubiera un nuevo espacio para que, con lo que la empresa había presentado, el proyecto pudiera ser viable.

Por eso, con mucha responsabilidad -en esta materia, insistí desde un comienzo en la creación de una comisión investigadora para que analizara la situación-, señalo que lo que, a mi juicio, debe hacer responsablemente esta Sala es rechazar el informe, pues no reúne ese atributo fundamental. No podemos entregar aval alguno a la empresa Barrick Gold para permitirle seguir adelante con una iniciativa que no reúne ninguna condición desde los puntos de vista ambiental, social, de la salud, vial, laboral, incluso de seguridad en los lugares donde se quiere desarrollar.

En concordancia con lo expresó la diputada Vallejo , hay algunos elementos rescatables del informe, pero no son suficientes para aprobarlo. Al respecto, la Cámara de Diputados debería dar una señal clara sobre este tipo de conductas en empresas que se jactan de ser respetuosas del medio ambiente. Eso no se estaba cumpliendo con este proyecto; por eso, lo único que aquí procedía era que el informe dijera clara, categórica, indubitadamente que el Estado de Chile debía revocar las resoluciones de calificación ambiental que asisten a la empresa Barrick Gold . Por respeto a las instituciones, a las comunidades de Huasco y al desarrollo sustentable, no cabe otra acción al respecto.

Pero el informe señala algo que también es muy importante y que se relaciona con la responsabilidad del Ejecutivo y del Congreso Nacional, en tanto ente colegislador. En efecto, a la luz del análisis de las irregularidades ocurridas en este caso y de las sanciones aplicadas, las que, de alguna manera, han permitido que el proyecto aún permanezca a flote, han quedado en evidencia las debilidades estructurales de nuestro ordenamiento ambiental, en especial las del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, situación de la que debemos hacernos cargo.

El informe de la Comisión Especial Investigadora contiene recomendaciones que espero que el Ejecutivo haga suyas, sin perjuicio de que deseche algunas. Sin embargo, la Sala debe rechazar el informe de la Comisión, porque no recogió un punto fundamental, cual era sugerir la revocación completa del proyecto, con lo cual se habría dado una señal en el sentido de nunca más repetir lo ocurrido con ocasión de la implementación del proyecto.

Además, en el informe se debería haber consignado que si la empresa titular quiere desarrollar un proyecto en Chile, tiene que partir de nuevo, bajo nuevas condiciones. En ese sentido, es bueno que se sepa que en la actualidad se han establecido otras normativas, tanto a nivel nacional como internacional, contenidas en acuerdos que Chile ha suscrito, que obligarían al proyecto Pascua Lama a someterse a estándares mucho más exigentes, tal como ocurre con los proyectos mineros en los países desarrollados.

Por lo tanto, si la empresa titular plantea que en verdad quiere llevar a cabo una actividad de carácter sustentable con el medio ambiente, que lo demuestre: que presente un nuevo proyecto y se someta a exigencias y estándares mucho más altos. Sin embargo, si lo hace, debe tener muy claro que la desconfianza hacia su actuar está instalada, debido a su irresponsabilidad e incompetencia y su tozudez de creer que a pesar de todo igual seguiría adelante.

Al respecto, la Superintendencia del Medio Ambiente y los tribunales ambientales deben tener la última palabra para impedir que el proyecto siga adelante. Si en verdad quieren hacer algo respecto de esta situación, deben proceder de otra forma. En todo caso, si no lo hacen, las comunas del valle del Huasco igual buscarán otras oportunidades de desarrollo y actividades que permitan que la sustentabilidad sea un aspecto fundamental en el país y en la Región de Atacama.

En consecuencia, hago un llamado a mis colegas, en forma responsable, para que la señal de la Cámara de Diputados no sea confusa ni equívoca, para lo cual debemos rechazar el informe de la Comisión Especial Investigadora en las condiciones en que se nos ha presentado, porque queremos que de ahora en adelante las cosas se hagan mucho mejor y que a partir de esta experiencia las nuevas autoridades lleven a cabo las modificaciones que requiere el sistema institucional ambiental, en especial el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Giorgio Jackson.

El señor JACKSON.- Señor Presidente , no quiero extenderme en mi intervención ni reiterar aspectos que ya han sido planteados por quienes me han antecedido en el uso de la palabra. Sin embargo, creo necesario comentar que no encuentro razón justificada para que el proyecto minero Pascua Lama continúe en ejecución, puesto que la empresa titular ha fallado, desde el primer día, en el cumplimiento de los compromisos que adquirió con la comunidad y de las condiciones institucionales existentes, como bien lo señalaron la diputada Camila Vallejo y otros diputados.

La empresa titular de este proyecto minero no pudo manejar ni proteger el rico ecosistema del valle del Huasco, lo que afectó, de modo irreparable -aspecto que es importante reiterar- tanto los glaciares como las aguas. A pesar de no haber cumplido con las condiciones institucionales vigentes, la empresa ahora pide que se cambie la metodología, lo cual le permitiría mayor flexibilidad y, por ende, mayores posibilidades de afectar el ecosistema.

Frente a tal imprudencia de parte de la empresa minera y debido al daño que esta ha producido, las comunidades afectadas se han organizado, aspecto que se debe valorar; si no lo hubieran hecho, hoy no estaríamos debatiendo tan importante materia. Esas comunidades han solicitado a sus autoridades públicas y a esta Corporación que frenemos el proyecto Pascua Lama .

Por tal motivo, el informe de la Comisión Especial Investigadora debería haber recomendado el cese definitivo de las actividades de la minera en el valle de Huasco, mediante la revocación de los permisos que el Estado le ha entregado para operar, en particular la resolución de calificación ambiental.

En la actualidad, la empresa titular del proyecto es objeto de numerosas denuncias, como la querella por incumplimiento de la resolución de calificación ambiental, que constata superación de parámetros de calidad del agua comprometidos para los períodos 2010-2011 y 2011-2012. Ello se agrava al constatar que la empresa, a su vez, no ha implementado los planes de preemergencia y emergencia al superar en varias ocasiones los estándares permitidos.

Otra denuncia de la que ha sido objeto dice relación con el incumplimiento de la resolución de calificación ambiental ante las distintas organizaciones, por omisión y manipulación de información por parte de la minera en el proceso de investigación abierto tras el rechazo de su autodenuncia en el verano de 2013, así como la descarga ilegal de las piscinas de acumulación que contenían agua contactada. Se desclasificaron documentos internos de la compañía Barrick , en los que se señala que el número de aludes fue mucho mayor que el declarado, así como otras las fechas en las que acontecieron estos. Con ello se buscaba ocultar la descarga ilegal de agua contactada al río Estrecho.

El caso del proyecto Pascua Lama sin duda ha sido emblemático. Los grandes niveles de ingresos proyectados para la empresa titular hacen que, por cierto, tenga mucha influencia sobre los poderes que regulan la organización del Estado, lo cual atenta contra principios democráticos. Eso lleva a que las comunidades afectadas, que no cuentan con los mismos recursos para ejercer influencia, lamentablemente se vean perjudicadas.

Lo ocurrido en el caso del que se ocupa el informe en discusión debe servirnos de ejemplo para proyectos futuros. Hoy tenemos la oportunidad de poner freno al actuar de empresas que no han cumplido con sus promesas, que han violado las condiciones de nuestra institucionalidad y que han abusado de su influencia para llevar a cabo su proyecto.

Por eso, al igual que varias organizaciones no gubernamentales, comunidades locales y organizaciones ciudadanas, llamo a rechazar el informe de la Comisión Investigadora del proyecto Pascua Lama, el cual, a pesar de toda la evidencia de daño ambiental e incumplimientos que ha constatado no señala en sus conclusiones la necesidad de la revocación de la calificación ambiental del proyecto ni la incorporación de medidas que impidan, en forma definitiva -a estas alturas ello es muy difícil de garantizar-, que el daño ambiental siga produciéndose, sobre todo en aquellas comunidades para las que la utilización del agua y los glaciares, así como la sustentabilidad del medio ambiente, son prioritarios.

En consecuencia, anuncio que votaré en contra el informe de la Comisión.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Daniel Melo.

El señor MELO.- Señor Presidente , junto con la diputada Camila Vallejo tuvimos el privilegio de recibir de manos de las comunidades del valle del Huasco una misiva dirigida a todos los integrantes de esta Corporación, la cual plantea una petición simple y concreta, pero no por ello menos dramática. Leeré uno de sus párrafos: “Solicitamos voten en contra de este informe y acoplarse a la conclusión del informe de minoría que exige la revocación del proyecto Pascua Lama .”. A pie de firma se lee: “Asamblea del Valle del Huasco.”. La carta no contiene nada más, pero tampoco nada menos.

Durante años, en el valle del Huasco se ha perpetrado una situación de injusticia y abuso ambiental, la cual seguramente será objeto de estudio por parte de los especialistas en la materia. A mi juicio, lo más grave ocurrido en este caso ha sido la falla masiva y grosera de todos los órganos del Estado. Por ejemplo, falló la Conama, la que con posterioridad pasó a llamarse Servicio de Evaluación Ambiental, organismo que en abierta contravención al principio preventivo que prima e informa la ley ambiental chilena permitió que la empresa Barrick Gold obtuviera la resolución de calificación ambiental N° 24, de 2006.

También falló la Superintendencia del Medio Ambiente, la que, tal como se ha declarado judicialmente, contravino e interpretó, de manera ilegal y arbitraria, sus facultades fiscalizadoras y sancionatorias, mediante la negación de amparo y justicia a las denuncias de la comunidad.

La única honrosa excepción la ha constituido el Tribunal Ambiental, al invalidar lo obrado por la Superintendencia del Medio Ambiente.

Pese a la campaña evidentemente interesada por parte de grupos de presión económicos y de lobbistas vinculados al conglomerado eléctrico-minero privado de este país, la que apuntaba a alertar sobre la judicialización ambiental, debemos reconocer que han sido los tribunales de justicia, particularmente la Sala Constitucional de la Corte Suprema y el Tribunal Ambiental, los únicos puntos de amparo de la ciudadanía frente a la depredación social y ambiental. Por tanto, resulta evidente que de la votación del informe de la Comisión Investigadora depende, sin temor a exageración, gran parte del prestigio de la Cámara de Diputados.

Afirmo y sostengo, como fundamento de mi voto, que, como manifestaron los diputados Schilling , Robles y Accorsi , la única conclusión posible a la que pudo arribar la Comisión Investigadora es que la empresa Barrick Gold infringió todas y cada una de las pocas normas y reglas de que disponemos para la preservación de nuestra naturaleza y para que se respete el derecho de las comunidades. En palabras simples, Barrick Gold es un mal vecino.

Las palabras en este caso valen más que mil imágenes. Por ello, en nombre propio y en el de mi bancada del Partido Socialista, vengo en solicitar el rechazo del informe de la Comisión Investigadora, el cual debió, sin lugar a dudas, declarar que, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico ambiental, procede la revocación de la resolución de calificación ambiental por el incumplimiento reiterado y contumaz por parte de la compañía infractora de las condiciones establecidas en la resolución de calificación ambiental N° 24, de 2006.

No quiero terminar mi intervención sin solicitar con urgencia el envío de un oficio y hacer una invitación.

Quien hoy detenta el cargo de superintendente del Medio Ambiente no ha sido capaz de acreditar de manera coherente e irrefutable si le afectan o no conflictos de intereses en razón de sus actividades profesionales vinculadas a la minería. Por ello, con la diputada Camila Vallejo solicitamos que se oficie al superintendente del Medio Ambiente , señor Cristián Franz , a fin de que informe a la Corporación, de manera clara, fundada y precisa, si se inhabilitará ante el nuevo procedimiento sancionatorio que debe iniciar la Superintendencia en contra del proyecto Pascua Lama .

Por otra parte, invito al Ministerio del Medio Ambiente y al Congreso Nacional a que avancemos en reformas constitucionales y legislativas en la materia. En lo constitucional, para establecer la obligación de todos los órganos del Estado de promover y amparar el derecho colectivo a un ambiente sano, y la preservación y resguardo de la biodiversidad, de los servicios ecosistémicos que esta brinda, y de las relaciones históricas y socioculturales que en ella se desarrollan. En lo legal, para realizar una profunda reforma al sistema de evaluación de impacto ambiental que establezca claramente los cambios que demanda la ciudada-nía, entre ellos, que sea el Estado el que, mediante licitación pública, administre el proceso de contratación de las consultoras a cargo de la elaboración de los estudios y de las declaraciones de impacto ambiental, proceso en el cual debe reforzarse la participación ciudadana al interior del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que se derogue lo hecho por la administración de Sebastián Piñera en materia de consulta indígena, en virtud del Convenio 169 de la OIT. La idea es llevarla a los estándares que dicho tratado internacional exige.

Sea este rechazo al informe de la Comisión Investigadora un punto de inflexión en la materia, para que esta legislatura concluya con un nuevo ordenamiento legal ambiental que, en síntesis, distribuya de la manera más igualitaria y justa posible los beneficios y las cargas ambientales entre los habitantes de la nación.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.

El señor ROBLES.- Señor Presidente , quiero reiterar lo que señalé en la Comisión Investigadora de Pascua Lama, esto es que el informe presentado por la Comisión, el cual voté en contra -fue un voto de minoría-, no cumplió con lo que muchos esperábamos: proponer una drástica sanción a la empresa Barrick Gold por el manejo que ha hecho de su proyecto Pascua Lama . La empresa le ha faltado el respeto a la comunidad, se ha saltado la legislación vigente, le ha mentido a los habitantes de la Región de Atacama, no solo a las comunidades de Alto del Carmen y de Vallenar, en la provincia del Huasco, sino a toda la región. La empresa planteó que iba a incorporar el proyecto en un cluster minero; pero, en vez de ello, en vez de trabajar en la Región de Atacama, se fue a la de Coquimbo a desarrollar sus actividades productivas. No ha cumplido con ninguno de los compromisos que estableció con el territorio, ni con la comunidad, ni con los empresarios. Lo cierto es que la empresa Barrick Gold no tiene credibilidad en la Región de Atacama.

El año pasado, por medio de un gran despliegue mediático, la empresa quiso cambiar a toda su plana ejecutiva y decirle al país que empezaba una nueva era, que las cosas se harían en forma diferente y que se generaba un nuevo cargo directivo: el de vicepresidente senior del proyecto Pascua Lama , que sería ocupado por el señor Eduardo Flores , con lo cual se iniciaba un nuevo trato.

El señor Flores concurrió a la Comisión Investigadora y reconoció lo mal que se había desarrollado el proyecto Pascua Lama en el pasado. Sin embargo, al parecer, al señor Flores se le ha contagiado lo que ocurre con los gerentes de Pascua Lama, ya que su gestión no ha tenido ninguna efectividad.

Hace un año, en abril de 2013, la Superintendencia del Medio Ambiente aplicó sanciones a la empresa por el proyecto Pascua Lama . Una de las exigencias fue que debía realizar obras de protección de aguas para evitar que se produjese un problema ambiental gravísimo en la cuenca. La idea era prevenir que si hubiese lluvias se contaminara la cuenca como consecuencia del estéril depositado por la empresa en las laderas del cerro, prestripping que nunca había sido autorizado sino hasta después de que estuviesen terminadas las obras de contención de aguas. La Superintendencia les dijo: “Señores, deben terminar las obras de protección de la cuenca, aparte de cerrarlas en forma parcial”.

Ha pasado un año desde que fue emitida esa resolución y el señor Flores y la empresa no han hecho ninguna gestión para realizar aquello que es absolutamente imperioso en la provincia del Huasco: terminar las obras de contención de aguas para evitar daño ambiental y la contaminación de las aguas limpias del río Huasco. Ha pasado un año y ese señor ha dilatado esa inversión, no la ha realizado y la verdad es que no le creo que vaya a resolver un asunto tan relevante.

Se dice que este año será lluvioso. Si llueve en la provincia y en la cordillera del Huasco, lo que nos va a ocurrir, gracias a esos señores de la empresa Barrick Gold , es que veremos contaminadas las aguas de un río limpio. Cuando se hizo la evaluación de impacto ambiental, una de las exigencias más importantes que se hizo a la empresa fue que debía tener confeccionadas todas las obras y todos los sistemas de manejo de aguas antes de remover siquiera una roca de estéril de la mina. Sin embargo, Barrick Gold no lo hizo. Por eso, la Superintendencia la multó. Llevamos un año y la empresa no ha hecho nada.

Hoy, no es suficiente que nos digan que no contaminarán las aguas; no es suficiente que nos digan que no dañarán los glaciares; no es suficiente que nos digan que están enmendando el rumbo. La verdad es que hoy no le creemos a la empresa Barrick Gold . Es más, no le creemos respecto del proyecto Pascua Lama , como tampoco le creemos en relación con el proyecto Cerro Casale , en la comuna de Tierra Amarilla, en la que esa empresa está haciendo las mismas elusiones desde el punto de vista ambiental.

Debemos ser claros con el país. No podemos aceptar que ninguna empresa, sobre todo una extranjera, venga a vernos las partes pudendas de nuestra anatomía. ¡Eso no es aceptable! Somos personas serias y esperamos que las empresas se porten en forma seria. Queremos que cumplan, sobre todo, los compromisos ambientales que adquirieron con las comunidades. Queremos que cumplan los compromisos que suscriben con el territorio respectivo y los compromisos con sus trabajadores. Esta empresa, según la Comisión Investigadora, no ha hecho nada de eso. Por el contrario, claramente ha perjudicado el desarrollo de la provincia del Huasco. Si no tomamos medidas drásticas y en forma urgente, podríamos ver afectada la economía de toda la provincia ante una eventual contaminación de las aguas del río.

En el informe de minoría exigimos la revocación de la resolución de calificación ambiental (RCA), pero previamente la empresa debe terminar la construcción de las obras de protección de las aguas. No es posible aceptar que la empresa cierre sus proyectos sin terminar las obras, cuyo costo bordea los 350 millones de dólares.

Barrick Gold hizo mal las cosas. Nosotros no podemos permitir que una empresa multinacional y multimillonaria actúe de esa manera. De lo contrario, tendremos serios problemas, no solo con esta, sino con todas las empresas que están dañando nuestro medio ambiente al no cumplir las recomendaciones emanadas de los estudios de impacto ambiental que se han realizado.

Nuestro deber como legisladores es fortalecer la normativa medioambiental y las instituciones. No podemos convertirnos en un país en donde las condiciones que se exigen a las empresas y a las comunidades den espacio a dudas e interpretaciones. Las reglas deben ser claras y se deben dar garantías a todos los que se relacionan con cualquier iniciativa productiva.

Debemos fortalecer la participación ciudadana, la consulta a nuestros pueblos indígenas; debemos hacer partícipes a las comunidades del desarrollo sustentable, porque solo de esa forma avanzaremos todos juntos. Es necesario que las comunidades estén absolutamente al tanto de todas las externalidades que pueden traer consigo los grandes proyectos; debemos conocer sus observaciones y la forma en que esperan ser compensadas. Y esto rige no solo para la empresa Barrick Gold , sino para cualquier otra empresa productiva.

No podemos transformarnos en opositores al progreso y al desarrollo; debemos fiscalizar que estos sean sustentables, con pleno respeto del medio ambiente y de su normativa; con pleno respeto del territorio, de las comunidades y de los trabajadores. Es necesario que el desarrollo sea amigable con el entorno y respetuoso con la ciudadanía. Por su parte, nuestras autoridades deben defender esos principios.

No sé si la Mesa ha invitado al ministro del Medio Ambiente , pero sí quiero pedir que se le hagan llegar formalmente todas nuestras intervenciones, porque lo que esperamos del nuevo gobierno es que la relación del medio ambiente con las empresas y las comunidades se materialice a través del diálogo, en el cual debe imperar el sentido común y la voluntad de proteger nuestra normativa y el país.

Termino reiterando que es necesario revocar la RCA. Pedimos que se exija el cumplimiento de las obras de protección del medio ambiente en la provincia del Huasco, que hasta hoy la Barrick Gold no ha llevado a cabo.

Por lo tanto, vamos a rechazar el informe de la comisión.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia.

El señor URRUTIA (don Ignacio).- Señor Presidente , después de escuchar tantos discursos he decidido intervenir para hacer algunas precisiones y comentarios.

En primer lugar, la petición de crear esta Comisión Especial Investigadora fue suscrita por 56 diputados de todas las bancadas, no solo de la Concertación, sino también de la Alianza. Quiero aclarar este punto porque alguien dijo que la Alianza se opuso a la creación de esta Comisión, lo que no es así.

En segundo lugar, las comisiones especiales investigadoras de la Cámara hacen bien su pega; nos sacamos la mugre tratando de hacerlo lo mejor posible. Sin embargo, aquí se ha tratado de decir que esta comisión lo hizo pésimo, en circunstancias de que había diputados de todas las bancadas que hicimos un tremendo esfuerzo por hacer las cosas en forma seria, tal como ocurre en todas las comisiones de este tipo.

Quiero decirles a los nuevos diputados que es normal que en la gran mayoría de las comisiones especiales investigadoras no se llegue a acuerdos unánimes, porque suele ocurrir que algunos de sus integrantes rechazan los informes.

Quiero destacar algo que considero muy importante relacionado con esta Comisión: el informe fue aprobado por todos sus integrantes, salvo uno, lo que no suele ocurrir en otras comisiones investigadoras, en que los informes se aprueban o se rechazan casi mitad y mitad. Pero en este caso todos los diputados aprobaron el informe, con excepción de uno que votó en contra. Estuvieron a favor diputados del Partido Socialista, de la Democracia Cristiana, así como también de la Alianza y de otros partidos. Reitero: todos votaron a favor, excepto uno.

Entonces, no me vengan a decir ahora que la comisión hizo un mal trabajo, porque fue todo lo contrario. Además, fue presidida por Giovanni Calderón , que lo hizo muy bien. Considero que es muy injusto que una diputada lo critique, en circunstancias de que él no puede defenderse, porque ya no está en esta Sala. Repito: me parece injusto un acto de esta naturaleza.

En tercer lugar, el proyecto Pascua Lama fue aprobado en 1995, en pleno gobierno de la Concertación. Lo traigo a colación porque ahora hay muchos diputados que rasgan vestiduras y defienden a estos, a aquellos y a los de más allá, pero no lo hicieron en su momento, cuando pudieron. El proyecto empezó a gestarse en 1995 y fue evaluado ambientalmente en dos ocasiones por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: la primera, en 2000, y la segunda, a fines de 2004; es decir, durante gobiernos de la Concertación. En esas dos oportunidades no dijeron nada, se quedaron callados, nadie rasgó vestiduras. ¡Absolutamente nadie!

¿Quién aplicó las multas más altas de la historia en materia ambiental? El gobierno de Piñera. ¿A quién? Precisamente, a la empresa Barrick Gold . ¿Quién ordenó paralizar los trabajos que estaba realizando esta empresa? El gobierno de Piñera, lo que posteriormente fue ratificado por la Corte Suprema. ¿Qué hizo la Concertación? Nada. ¿Y ahora vienen a rasgar vestiduras, cuando durante años no fueron capaces de defender a la gente de esa zona? ¡Ahora aparecen defendiéndola y criticando el trabajo serio que realizó una comisión especial investigadora, en la cual hubo varios parlamentarios de la Concertación que aprobaron el informe! Ahora cambian de posición y se dan una voltereta, por decirlo de alguna forma.

Esta comisión -ténganlo muy claro- trabajó con seriedad. Si quieren votar en contra el informe, allá ustedes; pero reitero que diversos parlamentarios de sus bancadas, del Partido Socialista, del PPD y del Partido Demócrata Cristiano lo votaron a favor.

Más de algún diputado ha explicado que no estuvo presente; tal vez sea cierto, pero otro parlamentario que también dijo que no había estado presente envió a un suplente, que votó a favor el informe.

Entonces, ¿de qué estamos hablando? Seamos serios. El trabajo realizado por la Comisión fue serio, al igual que sus conclusiones, que fueron aprobadas por todos, con excepción -como ya lo dije- de un diputado . De sus trece integrantes, doce votaron a favor y solo uno en contra. ¡No me vengan con cuentos, porque yo estuve presente!

Tomen la decisión que quieran, pero insisto en que no tenemos atribuciones para fiscalizar a empresas particulares, sino solo a los órganos del Estado. Por eso las conclusiones del informe están referidas a órganos del Estado y no a empresas particulares. ¡Esas son nuestras atribuciones!

No quiero que en esta Sala se siga ninguneando el trabajo que realizó la Comisión Investigadora, que fue realizado seriamente durante el tiempo que duró su mandato.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Espejo.

El señor ESPEJO.- Señor Presidente , probablemente hay que recordarle al diputado Ignacio Urrutia una frase atribuida a Aristóteles: “Soy amigo de Platón, pero soy más amigo de la verdad”. El hecho de que se pueda haber cometido un error o que tengamos discrepancias sobre la manera como se ha actuado en el pasado no puede inhibirnos de dar nuestra opinión en una materia tan sensible como esta.

Suscribo plenamente lo señalado por la diputada Yasna Provoste en relación con el fondo de esta materia y solo quiero agregar algunos puntos.

La nueva institucionalidad ambiental es uno de los avances más significativos que ha tenido la institucionalidad pública en los últimos años. Fue el resultado de una recomendación expresa de la OCDE. Corresponde a un esfuerzo iniciado en el gobierno anterior de la Presidenta Bachelet e implementado por la administración del Presidente Piñera ; es decir, se trata de un esfuerzo de Estado. ¿Para qué? Para que tuviéramos claridad sobre quién regulaba ambientalmente, a través de un ministerio, porque Chile era uno de los pocos países que aún no tenía definido este aspecto; para que autonomizáramos la evaluación ambiental, para que pudiéramos tener un organismo fiscalizador de verdad, una superintendencia, porque la fiscalización ambiental en Chile no existía de manera rigurosa, y para que pudiéramos tener tribunales que resolvieran sobre la materia.

Es una arquitectura tremendamente compleja, y a partir de la discusión que estamos teniendo, veo algunas de nuestras diferencias. En mi caso, creo en el rol de la inversión privada, nacional y extranjera, y me interesa que tengamos mucha inversión en Chile, porque para terminar con la pobreza necesitamos empleo, y este se genera a través de la inversión. Por lo tanto, no solo tengo muchísimo interés en que haya inversión, sino que además ella se realice de manera respetuosa con las comunidades y amigable con el medio ambiente.

Eso es desarrollo sustentable. Esto no es el culto a la naturaleza, esto es el culto al respeto de la dignidad de las personas. Y porque respetamos a las personas y creemos en la necesidad de su bienestar, también nos interesa que haya inversión y que haya desarrollo.

Por eso, lo que ha ocurrido con Pascua Lama es un escándalo que supera el drama que viven los habitantes de la provincia de Huasco. Lo que ha ocurrido con Pascua Lama daña severamente la fe pública, daña la confianza de las chilenas y de los chilenos, pero no en lo que hagan las empresas privadas, sino en la capacidad del Estado y de las instituciones recientemente creadas para cumplir la tarea para la cual fueron aprobadas.

La resolución de calificación ambiental es el principal instrumento preventivo de nuestra legislación. Está hecha precisamente para que definamos las reglas, el rayado de cancha en el que se va a mover la actividad privada. Si la resolución de calificación ambiental no se cumple, se fracasa, se viola un elemento constitutivo de un desarrollo productivo cualquiera, que es lo que está ocurriendo en otras zonas del país. Tenemos el caso de la central Bocamina , de Endesa, en Coronel; también ocurre en mi distrito, en las comunas de La Estrella y Litueche, con el criadero de cerdos, y en muchos otros lugares del país.

Me parece que, independientemente del trabajo que haya realizado esta Comisión Investigadora y de sus recomendaciones, que parecen respetables -la diputada Provoste ha sido extremadamente clara en la materia-, esta Cámara estaría renunciando a su rol político si no expresara con absoluta claridad que esa empresa no puede continuar operando, puesto que ha violado sistemáticamente la regulación ambiental y no ha cumplido el pacto con el que se comprometió a trabajar en Chile, que es su resolución de calificación ambiental. No somos nosotros quienes debemos tomar esa decisión, sino el Estado de Chile, a través de los órganos creados por el Congreso Nacional.

Por lo tanto, aquí ha fallado la empresa minera Nevada y ha fallado el Estado de Chile, pero no puede fallar la Cámara de Diputados.

Por esa razón, rechazaré este informe, porque estimo que si no enviamos la señal nítida de que lo único que corresponde es revocar la resolución de calificación ambiental estaríamos fallándoles no solo a los habitantes de la provincia de Huasco, sino también al conjunto de chilenas y chilenos que habitan en la república y que confían en que la actividad económica y el desarrollo de las comunidades se puede producir de manera amigable con el entorno, y que la Cámara de Diputados va a estar presente para actuar cuando ello no ocurra.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , al igual que el diputado Robles , lamento que no esté presente en la Sala el ministro del Medio Ambiente .

La semana antepasada y en la sesión de este martes contamos con la presencia del ministro de Educación , mientras se discutía el informe de la comisión especial investigadora encargada de estudiar a fondo el sistema de educación superior chileno. Creo que por la determinación que hoy debemos tomar -seguramente la Cámara de Diputados será muy clara al respecto-, debería haber estado presente el ministro del Medio Ambiente , porque él tiene las llaves, puede tomar decisiones y hacer lo que corresponda.

Después de escuchar al diputado Ignacio Urrutia , creo que en parte tiene razón y, por lo tanto, debemos ser supercríticos. Tiene razón en que, quizá, no fuimos muy acuciosos, en nuestra incapacidad para monitorear y en que -en esto comparto lo planteado por la diputada Camila Vallejo - debemos cambiar el paradigma. Espero que la composición de la Cámara, con la presencia de jóvenes diputados y diputadas y con la nueva mirada que se quiere dar al país, sea un signo de los nuevos tiempos.

Hoy, el modelo de desarrollo que nos habíamos planteado tiene serias complicaciones. Pascua Lama es un ejemplo de un modelo de desarrollo que no queremos para el país, que además es un modelo de centralización que tampoco deseamos.

Estoy absolutamente convencida de que todos los diputados tenemos un Pascua Lama en todas las regiones que representamos. Algunos se expresan con mayor agresividad que otros, pero los problemas existen. La participación ciudadana nos reclama por estos temas, y nosotros, como sus representantes debemos ser capaces de traer la voz de la ciudadanía al Parlamento. Si no somos capaces de hacerlo, no tenemos mucho que hacer aquí, salvo calentar el asiento.

Conversé con el diputado Melo, presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y le planteé que no podemos aprobar esto entre cuatro paredes. Lo que ocurre normalmente con las comisiones investigadoras es que votamos los informes, pero ni siquiera contamos con la presencia del ministro sectorial.

Entonces, con todo el cariño y el respeto que tengo por el diputado Melo , creo que hay que rechazar el informe y, ojalá, votar también el informe de minoría. Sé que se vota en un solo bloque, pero ojalá también pudiéramos votar el informe de minoría, y decir lo que piensa la Cámara de Diputados con una composición, representación y conciencia ciudadana distintas.

Habría que llevar el resultado de esa votación al ministro correspondiente y expresarle que esa es la voluntad política de esta Corporación, la voluntad del pueblo de Chile. Gústele o no, aquí está representado el pueblo chileno. De lo contrario, esto va a quedar aquí, en silencio, y no pasará nada. ¡Y lo que debemos hacer es parar Pascua Lama!

(Aplausos)

Al leer el informe, me di cuenta de que la participación ciudadana es brillante. Los agricultores dicen que han sido afectados sus animales, que su agricultura es de subsistencia, que los crianceros están muy complicados, que ha disminuido la alfalfa, etcétera. O sea, la denuncia de todos los agricultores fue unánime y muy consistente. ¡Ojo!, ellos fueron los que dieron el paso en su minuto, pensando en todas las cosas que se debían realizar para que esto resultara. Y como bien lo planteó el diputado Robles , eso no se hizo; hubo incumplimiento permanente de parte de la empresa.

¿Ustedes saben cuántos litros de agua por segundo necesita esta empresa? Requiere 412 litros por segundo; eso significa 80 servicios de agua potable rural. Más de 8.000 personas podrían tener agua con lo que implica un proyecto que necesita 412 litros por segundo.

Por otra parte, 1.500 personas del APR del sector afirmaron que las aguas estaban contaminadas. Al respecto, me pregunto, en el caso de los agricultores, ¿dónde estaba el ministro de Agricultura ? Y en el caso de los APR, ¿dónde estaba el ministro de Obras Públicas?

Un invitado afirmó que la naturaleza es un bien colectivo del cual nadie se puede apoderar y que el punto de referencia ético para evaluar el proyecto debe ser la persona humana, y no los millones de dólares que significa. A los que no son creyentes les aclaro que lo dijo el obispo de Copiapó, monseñor Gaspar Quintana .

Algunas veces creo que hay que rendirle cierto grado de culto a la naturaleza. La persona es el centro para algunos. Es importante y vital que sea el centro del desarrollo de las políticas públicas. Pero sin la naturaleza y su cuidado, el ser humano “se va a las pailas”. Y este proyecto minero no tiene equilibrio entre estos elementos.

Debo aclarar que este no es un problema preventivo; debiera ser un asunto de fiscalización continua. Al respecto, daré el ejemplo de lo que han sufrido los agricultores de mi región con la empresa hidroeléctrica que utiliza las aguas del río Tinguiririca.

Se hizo un Estudio de Impacto Ambiental y podrían haber concretado todas las obras que propusieron como mitigación -que, por cierto, no hicieron-, pero si no se realiza un monitoreo preventivo, con autoridades empoderadas y con un ministro consciente de su poder, entonces no podemos hacer absolutamente nada.

Por eso, estoy muy de acuerdo con las recomendaciones de la prevención, de la participación ciudadana, del cuidado de los glaciares en este tipo de proyectos. No obstante, si no nos ponemos los pantalones largos en el Congreso Nacional, si no somos capaces de gritar con la fuerza del poder que nos ha otorgado la ciudadanía, podríamos votar miles de veces en contra de Pascua Lama, pero sin resultados. Lo relevante es que nos escuchen afuera, donde se toman las decisiones.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez.

El señor CHÁVEZ.- Señor Presidente , aquí se ha hablado acerca de un modelo de desarrollo que, evidentemente, puede estar en cuestión. Así lo creo, porque esta discusión, a propósito del proyecto Pascua Lama , denota falta de planificación territorial, la carencia de fuerza de la participación ciudadana y que no existe transparencia respecto de las fórmulas compensatorias que muchas de estas empresas efectúan en las comunidades en que están ubicadas. Asimismo, en este caso en particular, las instituciones no han funcionado con el vigor que quisiéramos.

Escuché a la diputada Yasna Provoste efectuar una relación sobre la interacción que ha tenido esta compañía con las comunidades. Permítanme retrotraerme a algunas situaciones que nos pasan y que muchos conocemos, lo cual habla de un defecto y de un problema que tenemos como país, que las empresas deben entender de una vez por todas. No se trata de instalarse y hacer lo que ellas quieran. Esto significa conciencia y tener una verdadera y real responsabilidad social empresarial, cuestión que aparece solo como una sigla, pero que, en la práctica, no se cumple por muchas de estas empresas.

Ahora deseo referirme a la institucionalidad ambiental. No tocaré los temas relacionados con los impactos ambientales y sociales del proyecto, porque los diputados que han intervenido lo han señalado con mucha insistencia y firmeza.

Como lo expresó el diputado Espejo , la institucionalidad ambiental ha tenido avances importantes. Suscribo dicha opinión. Pero es muy probable que no tuviéramos esta discusión si la Superintendencia del Medio Ambiente del gobierno el Presidente Piñera hubiera hecho su trabajo, y lo hubiera hecho bien.

El Tribunal Ambiental ha resuelto anular el proceso sancionatorio que llevaba en contra de esta compañía y del proyecto. Lo anuló en un fallo que llama poderosamente la atención respecto de las faltas cometidas por la Superintendencia del Medio Ambiente al hacer concurrir un concurso infraccional que el mismo Tribunal Ambiental resolvió que no era procedente. Además, agregó -esto no se ha explicitado- que hubo una grave falta de fundamentación jurídica.

Si la Superintendencia del Medio Ambiente hubiera hecho el trabajo con el rigor que corresponde, tal vez no estaríamos teniendo una valoración política en relación con este proyecto minero.

Es más, me gustaría leer algunos acápites en relación con la resolución del fallo unánime del Tribunal Ambiental. “Este Tribunal ha llegado a la convicción que los vicios de legalidad descritos precedentemente son de tal entidad, que sólo cabe la anulación de la resolución reclamada”.

Y agrega: “Este Tribunal concluye que la resolución impugnada no cumple -entre otros- con los requisitos de integridad y autosuficiencia que se exige a las resoluciones como la impugnada. Carece de integridad porque de los argumentos señalados por el Superintendente en la citada resolución, no se logra entender por qué se sancionan todas las infracciones a la RCA como una sola y por qué el número de estas se consideró como una agravante. La carencia anterior resulta contumaz respecto de las infracciones a la Resolución N° 107, donde solo se indica que se aplicará el concurso infraccional sin ningún tipo de fundamentación. La resolución impugnada no es autosuficiente por cuanto requirió de nuevos argumentos por parte del Superintendente para explicar su decisión, lo que se agrava si se considera que dichos antecedentes estaban destinados a fundamentar una figura jurídica distinta a aquella contenida en la resolución recurrida. Lo anterior es motivo suficiente para invalidar en esta parte la resolución.”.

Podría seguir leyendo el fallo y sorprendiéndonos respecto de esta situación.

Con claridad, quiero decir que, probablemente, si existiera la figura de la acusación constitucional contra un superintendente, con toda seguridad la promovería en contra del superintendente del Medio Ambiente; pero nuestra legislación no la contempla.

Es vergonzosa la actuación del superintendente de Medio Ambiente del gobierno del Presidente Piñera . Su falta de integridad, de desarrollo y de fundamentación ha motivado que esta Cámara política tenga que rechazar este informe, para expresar categóricamente que no estamos por sus conclusiones, sino que esperamos que se solicite la revocación de la resolución de calificación ambiental. Por lo demás, el superintendente del Medio Ambiente tiene las facultades y atribuciones para ello. Estimo que el anterior superintendente hizo muy mal su gestión, y quiero expresarlo claramente. Si hubiera hecho su trabajo con rigor y acuciosidad, probablemente esta discusión se habría evitado.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CORNEJO ( Presidente ).- Tiene la palabra la diputada señora Maya Fernández.

La señora FERNÁNDEZ (doña Maya) .- Señor Presidente , seré breve, porque el presidente de la Comisión de Medio Ambiente y los diputados de los distritos afectados han argumentado sobre los daños irreparables que ha provocado el proyecto en la zona del Huasco.

Mi reconocimiento es para la comunidad organizada, que ha denunciado permanentemente los daños que el proyecto puede provocar al medio ambiente, a la agricultura y a las relaciones entre los propios ciudadanos del valle del Huasco. Esas personas merecen un reconocimiento por mostrarnos cómo se hace un trabajo organizado.

Ningún proyecto puede pretender instalarse sin participación ciudadana, porque considero que este es un pilar fundamental.

Este proyecto representa un ejemplo de lo que no se debe hacer y nos ha abierto los ojos para vislumbrar qué modelo de desarrollo ambiental queremos para Chile. En tal sentido, reconozco que el informe contiene algunos elementos rescatables. Sin embargo, habría esperado que se concretara la revocación de la resolución de calificación ambiental.

Anuncio que rechazaré este informe; además, espero que el proyecto se cancele.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez.

El señor PÉREZ ( don Leopoldo).- Señor Presidente , después de haber escuchado a mis colegas, lamento que varios diputados que han ingresado recién a la Cámara pretendan desnaturalizar la función que desarrollamos en distintas instancias, como las comisiones investigadoras, uno de los mecanismos que nos entrega la Constitución Política para fiscalizar las acciones del Estado, a través del Ejecutivo o de los órganos que este administra.

En cuanto al informe, como miembro de la Comisión Investigadora puedo señalar que fue consensuado. Además, no fue una investigación fácil. En ella se escuchó a la mayor cantidad posible de afectados de la cuenca del valle del Huasco; también se citó a autoridades y se invitó a representantes de la empresa.

Al margen de lo que hemos escuchado -entiendo la guerrilla política que se ha generado en esta Sala, porque estamos en una Cámara política-, diría que la gran conclusión es que no podemos ser irresponsables, en el sentido de que este proyecto, que ha sido usado como un símbolo de lo que no se debe hacer -en eso concuerdo con todos los parlamentarios que así lo han expresado-, no tenía viabilidad desde su inicio, más allá de la feble institucionalidad ambiental que teníamos en esa época y que aún mantenemos. Reitero: el proyecto no era viable desde todo punto de vista, no solo por los habitantes del valle del Huasco, sino por la característica especial de ser un proyecto binacional, de dudosa utilidad para Chile, desde el punto de vista del desarrollo, de los ingresos, del crecimiento y de la inversión. ¿Por qué? Porque este proyecto de minería del oro se ubica en una zona en que existen glaciares, y hoy nuestros glaciares están desprotegidos legalmente. No me refiero solo al caso de Pascua Lama, sino también al Proyecto de Expansión Andina 244, de Codelco, en la Región Metropolitana y en la Quinta Región, donde se debe abastecer de agua potable a más de 6 millones de chilenos. En el fondo, estamos en la más absoluta indefensión.

El proyecto Pascua Lama , que fue aprobado durante los gobiernos anteriores -no voy a entrar en la típica discusión de quién lo aprobó, quién lo fiscalizó, etcétera-, no tenía viabilidad por la ubicación geográfica, por la topografía y por el tipo de cuenca. Entonces, considero que no hubo ninguna consideración al momento de evaluarlo.

En la Comisión preguntamos por los antecedentes del Consejo de Ministros que aprobó ese proyecto, pero nunca los obtuvimos. ¿Qué otras consideraciones se tuvieron en cuenta? Son muy válidas las dudas que plantearon algunos señores parlamentarios respecto de los dictámenes de los tribunales ambientales. Pero no le podemos echar la culpa al anterior superintendente del Medio Ambiente , que empezó a operar a partir de la consolidación de la institucionalidad ambiental, a partir del 2011 o 2012, con los tribunales ambientales y la creación de la Superintendencia.

Desde entonces se han aplicado las multas más elevadas que conocemos, establecidas en la legislación. Pero este asunto viene de mucho más atrás.

También quiero recordar a esta Cámara que nuestra función es fiscalizar las acciones del Ejecutivo , que es lo que establece la Constitución Política y las leyes, que juramos respetar el 11 de marzo pasado, cuando se inició el nuevo período legislativo, y no nos podemos apartar de ellas. En todo caso, podemos seguir avanzando.

Me imagino que el señor ministro debe estar preocupado, al igual que otros ministros sectoriales, debido a los problemas que están afectando a la zona norte del país.

Me parece un despropósito rechazar este informe, que fue consensuado -solo se opuso un integrante de la Comisión- y en el que se trabajó con seriedad con la información disponible en ese minuto, en que se escuchó a todos los sectores. Ello significa desconocer el trabajo de la Cámara de Diputados y de este mecanismo de fiscalización que nos entregan la Constitución y las leyes.

Creo que sería un error traspasarle a este informe y a esta comisión lo que legítimamente pueden estar opinando las y los colegas parlamentarios respecto de nuestra institucionalidad ambiental. Pero no seamos nosotros quienes, una vez más, dañemos el trabajo parlamentario para, a lo mejor, tener una aparición en algún diario regional o en las comunidades organizadas.

Llamo a los diputados a la reflexión, porque se desarrolló un trabajo serio y consensuado. El informe fue aprobado por la mayoría, salvo el voto en contra de un integrante, quien legítimamente hizo valer su derecho.

Espero que la mayoría vigente en esta Cámara, en aplicación de la tesis de la aplanadora o de la retroexcavadora, no termine denostando nuestra propia labor. Hoy tenemos este informe; mañana puede ser otro.

Finalmente, insto a la Sala a aprobar el informe, porque dignifica el trabajo parlamentario, más allá de que sigamos avanzando en nuestra feble institucionalidad ambiental, que va a requerir el compromiso de todos. Este informe no puede ser el punto de inflexión para politizar un tema que no debe ser politizable: la protección del medio ambiente y el desarrollo sustentable.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.

El señor LETELIER .- Señor Presidente , en nombre del dinero, de la ganancia, de los miles de millones de dólares en inversiones, en este país se ha hecho zamba y canuta en muchos lugares.

Sabíamos que en el lugar en que se emplazaría este proyecto existían glaciares. Por lo tanto, es cierto lo dicho por el diputado Leopoldo Pérez , en el sentido de que tenemos la facultad, el deber y la responsabilidad de fiscalizar los actos del Gobierno. Pero la verdad es que no ha habido respeto. Hace veinte años prácticamente no teníamos normativa ambiental.

Permítanme contarles una experiencia. El fin de semana pasado me reuní con la gente de la División El Teniente, de Codelco, a raíz de que en la zona se pretende almacenar arsénico y la comunidad organizada del sector se opone si no se implementan medidas que resguarden la salud y la vida de sus habitantes. En el caso en discusión pasa lo mismo.

Hace algunos años conocí la comuna de Alto del Carmen. El diputado Robles expuso in extenso todos los actores que participaron en la comisión, y la verdad es que son muchos los elementos para permitir que en nombre del dinero y la inversión se siga dañando el entorno y, sobre todo, faltándole el respeto a los habitantes.

Por eso, no es posible aprobar un informe de estas características, aunque se haya aprobado en la comisión. Los argumentos que entregó el diputado señor Robles son demasiado contundentes como para ser cómplices de este tipo de iniciativas.

He dicho.

El señor CORNEJO (Presidente).- Señores diputados, ha terminado el tiempo del Orden del Día.

El próximo martes continuará el debate del informe y procederemos a su votación.

Según lo acordado al inicio de la sesión, se suspende el tratamiento de proyectos de acuerdo y de resolución e Incidentes.

Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , como no ha terminado el debate de este informe, pido que para la sesión del próximo martes se invite al ministro del Medio Ambiente.

El señor CORNEJO ( Presidente ).- Señora diputada , ¿invitar o citar? Se lo pregunto porque, si lo invito, puede no venir; pero si lo citamos, debe concurrir.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Entonces, cítelo, señor Presidente , siempre y cuando el ministro no tenga alguna prioridad en la zona norte del país afectada por el terremoto.

El señor CORNEJO (Presidente).- Señora diputada, para citarlo requiero el acuerdo de la Sala.

¿Habría acuerdo para citar al ministro del Medio Ambiente para el próximo martes a la discusión y votación del informe?

Acordado.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

-Se levantó la sesión a las 12.43 horas.

GUILLERMO CUMMING DÍAZ,

Jefe subrogante de la Redacción de Sesiones.

VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA

1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República. (boletín N° 9069-07)

“Honorable Cámara de Diputados:

“Honorable Cámara de Diputados:

En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de reforma constitucional que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país. (boletín N° 9069-07).

Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República ; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ, Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.

2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República. (boletín N° 9157-01)

“Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar del Congreso Nacional el proyecto de ley orgánica del Ministerio de Agricultura, Alimentos, Pesca y Recursos Forestales. (boletín N° 9157-01).

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República ; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ, Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.

3. Oficio del Senado. (boletín N° 4426-07)

“Valparaíso, 2 de abril de 2014.

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que autoriza el levantamiento de secreto bancario en investigaciones de lavado de activos, correspondiente al Boletín Nº 4.426-07, con las siguientes enmiendas:

ARTÍCULO 1°

Número 1)

Lo ha remplazado por el siguiente:

“1) Agrégase, en el inciso primero del artículo 1°, a continuación de la expresión “ley” la frase “, y en el artículo 8° de la ley N° 18.314”.

Número 2)

Letras a) y b)

Las ha reemplazado por la siguiente letra a):

“a) En su inciso primero:

1. Suprímese, en su encabezamiento, a continuación de la expresión “Análisis Financiero”, la voz “sólo”.

2. Reemplázase, en el párrafo segundo de la letra b), el texto que señala: “el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el Presidente de dicha Corte designe por sorteo en el acto de hacerse el requerimiento. El ministro resolverá, sin audiencia ni intervención de terceros.”, por lo siguiente: “un ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago , quien resolverá, sin audiencia ni intervención de terceros dentro del plazo de tres días contado desde la presentación de la misma. Corresponderá al Presidente de esta Corte designar, una vez al año y por sorteo, a dos de sus miembros para cumplir esta labor. Si ninguno de los ministros estuviere en funciones, corresponderá otorgar la autorización al Presidente de la Corte o a quien lo subrogue.”.

3. Sustitúyese, en la letra d), la conjunción “y”, la segunda vez que aparece, por una coma (,), e intercálase, a continuación de la palabra “datos”, los términos “y registros”.”.

Letra c)

La ha suprimido.

Letra d)

Ha pasado a ser letra b), reemplazándose, en la frase sustitutiva que propone, la contracción “del” por el artículo “el”.

Número 3)

Letra a)

La ha sustituido por otra del siguiente tenor:

“a) Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso primero:

1. Elimínase, a continuación de la voz “sobre”, la expresión “los actos, transacciones u”.

2. Suprímese, a continuación de la expresión “inversión;”, la frase “el Comité de Inversiones Extranjeras;”.

3. Reemplázase la locución “las bolsas de comercio;”, por lo siguiente: “las bolsas de valores y las bolsas de productos, así como cualquier otra bolsa que en el futuro esté sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros;”.

4. Sustitúyese la frase final: “, y las sociedades anónimas deportivas profesionales, regidas por la ley Nº 20.019.”, por las siguientes “; las organizaciones deportivas profesionales, regidas por la ley Nº 20.019; las cooperativas de ahorro y crédito; las representaciones de bancos extranjeros y las empresas de depósito de valores regidas por la ley Nº 18.876.”.”.

Letra c)

La ha reemplazado por la siguiente:

“c) Agrégase el siguiente inciso sexto, nuevo, pasando el actual a ser séptimo:

“Las superintendencias y los demás servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado estarán obligados a informar sobre operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus funciones. Sin perjuicio de lo anterior, estas entidades no estarán sujetas a las obligaciones contenidas en el inciso cuarto de este artículo y a lo dispuesto en el artículo 5° de esta ley, así como tampoco a las sanciones y al procedimiento establecido en el Título II de la presente ley.”.

Número 4)

Lo ha sustituido por el que sigue:

“4) Reemplázanse, en el artículo 5°, la frase “cuatrocientas cincuenta unidades de fomento o su equivalente en otras monedas”, por “diez mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en pesos chilenos, según el valor del dólar observado el día en que se realizó la operación”.”.

-o-

Ha intercalado, como número 5), nuevo, el siguiente:

“5) Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 6º, la referencia al “inciso primero” por otra a los “incisos primero y sexto”.”.

-o-

Números 5) y 6)

Han pasado a ser números 6) y 7), respectivamente, sin enmiendas.

Número 7)

Ha pasado a ser número 8), sustituido por el siguiente:

“8) Introdúcense las siguientes enmiendas en el artículo 19:

a) Reemplázase, en la letra b), la frase: “los artículos 4° y 5° de esta ley;”, por “el artículo 5°;”.

b) Sustitúyese la letra c) por la siguiente:

“c) Serán infracciones graves el no dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en los artículos 2°, letra b), 3° y 41 de esta ley.”.

c) Agrégase el siguiente inciso final:

“No se aplicará el procedimiento regulado en este Título a las infracciones del artículo 4°, las que serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.”.”.

-o-

Ha contemplado el siguiente número 9), nuevo:

“9) Suprímese, en el artículo 20, el párrafo segundo de la letra b) de su número 2.”.

-o-

Número 8)

Ha pasado a ser número 10), modificado del modo que sigue:

Letras a), b) y c)

Las ha reemplazado por las que se indican a continuación:

“a) Sustitúyese la letra a) del inciso primero, por la siguiente:

“a) El que de cualquier forma oculte o disimule el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas de que provienen, directa o indirectamente, de la perpetración de hechos constitutivos de alguno de los delitos contemplados en la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas; en la ley Nº 18.314, que determina las conductas terroristas y fija su penalidad; en el artículo 10 de la ley Nº 17.798, sobre control de armas; en el Título XI de la ley Nº 18.045, sobre mercado de valores; en el Título XVII del decreto con fuerza de ley Nº 3, del Ministerio de Hacienda, de 1997, Ley General de Bancos; en el artículo 168 en relación con el artículo 178, Nº 1, ambos del decreto con fuerza de ley Nº 30, del Ministerio de Hacienda, de 2005, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 213, del Ministerio de Hacienda, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas; en el inciso segundo del artículo 81 de la ley Nº 17.336, sobre propiedad intelectual; en los artículos 59 y 64 de la ley Nº 18.840, orgánica constitucional del Banco Central de Chile; en los Párrafos 4, 5, 6, 9 y 9 bis del Título V y 10 del Título VI, todos del Libro Segundo del Código Penal; en los artículos 141, 142, 366 quinquies, 367, 374 bis, 411 bis, 411 ter, 411 quáter, 411 quinquies, y los artículos 468 y 470, Nº 8, ambos en relación al inciso final del artículo 467 del Código Penal, o bien, a sabiendas de dicho origen, oculte o disimule estos bienes.”.

b) Sustitúyese el inciso cuarto por el siguiente:

“Si el autor de alguna de las conductas descritas en las letras a) o b) no ha conocido el origen de los bienes por negligencia inexcusable, la pena privativa de libertad que corresponda de acuerdo al inciso primero o final de este artículo será rebajada en dos grados.”.

c) Agrégase el siguiente inciso final:

“En todo caso, la pena privativa de libertad aplicable en los casos de las letras a) y b) no podrá exceder de la pena mayor que la ley asigna al autor del crimen o simple delito del cual provienen los bienes objeto del delito contemplado en este artículo, sin perjuicio de las multas y penas accesorias que correspondan en conformidad a la ley.”.”.

Número 9)

Lo ha suprimido.

-o-

A continuación, ha agregado el siguiente número 11), nuevo:

“11) Intercálase, en el artículo 31, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

“Sólo una vez formalizada la investigación por los delitos de los artículos 27 y 28 de esta ley, el imputado podrá solicitar al juez de garantía que limite el secreto en cuanto a las piezas o actuaciones abarcadas por él.”.”.

-o-

Número 10)

Ha pasado a ser número 12), sustituido por el siguiente:

“12) Introdúcense las siguientes enmiendas en el artículo 33:

a.- Sustitúyese, en su encabezamiento, la expresión “Nº 19.366”, por la siguiente: “Nº 20.000”.

b.- Reemplázase la letra b) por la siguiente:

“b) Inhabilidades de abogados, sólo cuando la investigación por lavado de dinero lo sea en relación a un hecho típico y antijurídico base castigado en las leyes Nos 20.000 ó 18.314, o en el artículo 10 de la ley Nº 17.798, o en los artículos 141, 142, 411 bis, 411 ter, 411 quáter y 411 quinquies del Código Penal.”.”.

Número 11)

Ha pasado a ser número 13), modificado en los siguientes términos:

-Ha sustituido el artículo 38 que contiene, por el siguiente:

“Artículo 38.- Las personas naturales y jurídicas señaladas en el artículo 3° de esta ley estarán obligadas a informar a la Unidad de Análisis Financiero todos los actos, transacciones u operaciones realizadas o que intente realizar alguna de las personas naturales o jurídicas individualizadas en las listas confeccionadas por el Comité establecido en las Resoluciones números 1.267, de 1999; 1.333, de 2000, y 1.390, de 2002, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas y sus subsecuentes resoluciones o cualquiera otra que las adicione o remplace, y que estén contenidas en decretos supremos publicados en el Diario Oficial.

Igualmente, estarán obligadas a informar de todos los actos, transacciones u operaciones realizadas o que intente realizar alguna persona natural o jurídica que haya cometido, cometa, o intente cometer, actos de terrorismo o participar en ellos o facilitar su comisión.

Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la recepción de los antecedentes que acreditan que las personas naturales o jurídicas individualizadas en las listas a que hace referencia el inciso primero pretenden realizar un acto, transacción u operación financiera, la Unidad de Análisis Financiero deberá solicitar a un ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago , la adopción de una o más medidas necesarias para evitar el uso, aprovechamiento, beneficio o destino de cualquier clase de bienes, valores o dinero materia del acto, transacción u operación, sin previo aviso al afectado y por un plazo determinado. La vigencia de las medidas decretadas por el Ministro de Corte no podrá exceder de treinta días, plazo que podrá prorrogarse, por resolución fundada, por él o por el tribunal competente. La solicitud será resuelta de plano y en el más breve plazo, el que no podrá exceder de veinticuatro horas, por ese ministro , sin audiencia ni intervención de terceros.

Para estos efectos, el Presidente de dicha Corte designará por sorteo a dos de sus miembros, por el plazo de un año, debiendo presentarse la solicitud ante cualquiera de ellos. Si ninguno de los Ministros estuviere en funciones, corresponderá otorgar la autorización al Presidente de la Corte o a quien le subrogue.

Entre las medidas que se podrán ordenar, se entenderán incluidas la prohibición de transferencia, conversión, disposición o movimiento de fondos u otros bienes durante el plazo de vigencia de la medida.

Presentada la solicitud a la Corte, y dentro del plazo de las veinticuatro horas siguientes, la Unidad hará entrega, reservadamente, de todos los antecedentes al Fiscal Nacional, para que el Ministerio Público se ocupe de la tramitación judicial.

Una vez expirado el plazo señalado en el inciso tercero, la medida decretada por el Ministro de la Corte de Apelaciones dejará de tener efecto de forma inmediata, sin necesidad de resolución que así lo declare.

La Unidad de Análisis Financiero, dentro del plazo máximo de veinticuatro horas contado desde que se haya acogido la solicitud indicada en el inciso tercero, comunicará su contenido a la persona natural o jurídica que haya reportado los actos, transacciones u operaciones financieras para que adopte inmediatamente las medidas decretadas por el respectivo Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago . Asimismo, dentro del plazo máximo de las setenta y dos horas siguientes a que tales medidas fueron decretadas, informará a él o a los afectados por dicha resolución. Esta comunicación se dirigirá al domicilio que él o los afectados tuvieren registrados en la entidad que hubiere reportado la operación o al correo electrónico que figure en tales registros. En ella se incluirán todos los antecedentes indicados en el inciso tercero.

Los afectados por esta medida podrán, mientras ella se encuentre vigente, apelar ante la Corte de Apelaciones de Santiago, para obtener su revocación. La Corte de Apelaciones deberá resolver el recurso en el más breve plazo, previo informe de la Unidad de Análisis Financiero, pudiendo abrir, de oficio o a petición de parte, un término probatorio especial, el que no podrá exceder de tres días.

En caso de que por resolución judicial se revoque las medidas indicadas en los incisos tercero y quinto, o haya expirado el término por el que se les decretó, la Unidad de Análisis Financiero comunicará esta situación a la persona natural o jurídica que haya reportado los actos, transacciones u operaciones realizadas, y que motivaron la respectiva investigación.

Para los efectos de lo dispuesto en este artículo, la Unidad de Análisis Financiero periódicamente pondrá a disposición de todas las personas indicadas en el artículo 3° de esta ley, los listados confeccionados por el Comité establecido por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, y que tienen su origen en las resoluciones mencionadas en el inciso primero de este artículo. Asimismo, la Unidad de Análisis Financiero deberá informar al Ministerio de Relaciones Exteriores de los antecedentes recopilados que digan relación con las personas naturales o jurídicas que figuran en dichos listados, para efectos que éste lo informe a la Organización de las Naciones Unidas.”.

-Ha reemplazado los incisos primero, segundo y tercero del artículo 39 que propone, por los siguientes:

“Artículo 39.- La infracción a lo dispuesto en el artículo 4° estará sujeta al control y fiscalización del Servicio Nacional de Aduanas, el cual podrá aplicar a la persona que porte o transporte moneda en efectivo o instrumentos negociables al portador y que no los hubiere declarado, una multa a beneficio fiscal de hasta un treinta por ciento de la moneda en efectivo o del valor de dichas monedas o instrumentos no declarados, y tomará en especial consideración, el monto de los valores no declarados.

Para efectos de lo señalado en el inciso anterior, el Servicio Nacional de Aduanas podrá retener el treinta por ciento de la moneda en efectivo o el cien por ciento de los instrumentos negociables al portador no declarados. En caso de oposición a la retención, los funcionarios del Servicio podrán requerir directamente el auxilio de la fuerza pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 y en el Título VI, ambos de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas.

La retención establecida en este artículo deberá ser notificada a la persona en el mismo acto, haciendo mención expresa y por escrito de los hechos que la constituyen, de las normas infringidas, la identificación de la persona a la que se ha efectuado la retención, la sanción que podría ser impuesta y los demás hechos fundantes que dieron lugar a la retención.”.

ARTÍCULO 2º

Ha intercalado, en el texto que incorpora al inciso final del artículo 1° de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, a continuación de la expresión “objeto de la investigación”, la siguiente frase final: “y que se relacionen con aquélla”.

ARTÍCULO 3°

Lo ha sustituido por el siguiente:

“Artículo 3º.- Introdúcense las siguientes enmiendas en el decreto con fuerza de ley Nº 3, del Ministerio de Hacienda, de 1997, que fijó el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indica:

1) Intercálase, en el inciso final del artículo 14, a continuación del acrónimo “(RUT)”, la frase: “, la identificación del tipo de cuenta o producto y su número de registro interno”.

2) Agrégase, en el artículo 154, el siguiente inciso final:

“Con todo, en las investigaciones seguidas por los delitos establecidos en los artículos 27 y 28 de la ley Nº 19.913, los fiscales del Ministerio Público, con autorización del juez de garantía, otorgada por resolución fundada dictada en conformidad con el artículo 236 del Código Procesal Penal, podrán requerir la entrega de todos los antecedentes o copias de documentos sobre depósitos, captaciones u otras operaciones de cualquier naturaleza, de personas, comunidades, entidades o asociaciones de hecho que sean objeto de la investigación y que se relacionen con aquélla.”.”.

-o-

Ha incorporado el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- El primer sorteo para designar a los dos ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago , para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo segundo de la letra b) del inciso primero del artículo 2º y en el inciso cuarto del artículo 38, ambos de la ley N° 19.913, se realizará dentro de los quince días siguientes a la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

-o-

Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto de ley fue aprobado, en general, con el voto afirmativo de 25 Senadores, de un total de 37 en ejercicio.

En particular, el ordinal 2 de la letra a) del número 2) y el artículo 38 -con excepción de su inciso primero- contenido en el número 13), ambos numerales del artículo 1°; el artículo 2°; el número 2) del artículo 3°, y el artículo transitorio, del texto despachado por el Senado, fueron aprobados con el voto favorable de 22 Senadores, en tanto que el inciso primero del artículo 38 contenido en el número 13) del artículo 1º fue aprobado por 27 votos favorables, en todos los casos respecto de un total de 37 Senadores en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 8.238, de 29 de julio de 2009.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

(Fdo.): ISABEL ALLENDE BUSSI, Presidenta del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado ”.

4. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, AsuntosInterparlamentarios e Integración Latinoamericana recaído en el proyecto, iniciado en Mensaje, que aprueba Acuerdo entre Gobierno de Chile y Gobierno de los Estados Unidos de América, en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave, suscrito en Washington, D.C.,en 20 de mayo de 2013. (boletín N° 9243-10)

“Honorable Cámara:

Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar sobre el proyecto de acuerdo del epígrafe, que se encuentra sometido a la consideración de la H. Cámara, en primer trámite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios correspondientes, y previamente al análisis de fondo de este instrumento, se hace constar lo siguiente:

1°) Que la idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo, como su nombre lo indica, es aprobar el Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América en Materia de Incremento de la Cooperación en la Prevención y Combate del Delito Grave, suscrito en Washington, D.C., el 30 de mayo de 2013.

2°) Que este Proyecto de Acuerdo no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado, ni requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

3°) Que la Comisión aprobó el Proyecto de Acuerdo por 9 votos a favor, ninguno en contra y 1 abstención. Votaron a favor las señoras Molina, doña Andrea, y Sabat, doña Marcela, y los señores Campos, don Cristián; Edwards, don José Manuel, Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel; Rocafull, don Luis; Sabag, don Jorge, y Tarud, don Jorge. Se abstuvo, el señor Teillier, don Guillermo.

4°) Que Diputado Informante fue designado el señor Campos, don Cristián.

II. ANTECEDENTES.

Según lo señala el Mensaje, en un mundo globalizado e interdependiente como el actual, los Estados han tendido a establecer políticas para liberalizar las restricciones migratorias suprimiendo barreras, pero sin descuidar la prevención de hechos delictivos, sobre todo tomando en consideración el fenómeno del crimen transnacional. De allí que la mayor circulación de personas, bienes, servicios y capitales debe ir acompañada de mecanismos de cooperación entre los países para compatibilizar esa mayor facilidad de traslado y movilidad con la debida protección de la seguridad migratoria.

Agrega que Chile y Estados Unidos celebraron el Acuerdo que ahora se somete a la consideración de esta Cámara para permitir el intercambio recíproco de información en materia de datos personales y así prevenir e investigar hechos delictivos. Lo anterior, en el marco de las negociaciones relativas al ingreso de Chile al Programa de Exención de Visa de la Administración estadounidense, conocido como Visa Waiver Program, el que autoriza el ingreso a los Estados Unidos de América sin necesidad de visa a los ciudadanos de países que mantienen una baja tasa de inmigración ilegal, con la finalidad de facilitar la movilidad de las personas, sea por motivos de turismo o de negocios, y cuya estadía no supere los 90 días.

Hace presente, a continuación que, entre los países que han suscrito convenios de esta naturaleza con Estados Unidos se cuentan Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Malta, Nueva Zelandia, Países Bajos, Portugal, República Checa, República de Corea, Singapur y Suiza.

Señala, asimismo, que el texto del Acuerdo sigue muy de cerca la Convención de Prüm suscrita el 2005 por países miembros de la Unión Europea, con la finalidad de incrementar la cooperación transfronteriza en el combate del terrorismo, el crimen transnacional y la inmigración ilegal.

Puntualiza que la idea central que subyace en el Acuerdo que se somete a la aprobación del H. Congreso Nacional, es la de reafirmar nuestro compromiso con aquellos instrumentos de cooperación destinados a elevar los estándares de seguridad internacional en una época en que el crimen transnacional es una realidad que no puede ser soslayada. Así, lo que se busca es armonizar el libre tráfico de viajeros con los resguardos necesarios propios de un sistema migratorio, cuya seguridad mínima beneficie a ambos países.

Añade que, con la finalidad antes indicada, el presente Acuerdo establece un procedimiento que, una vez en vigencia, permitirá que Chile y Estados Unidos puedan compartir información de sus respectivas bases de datos para la prevención y combate de la actividad delictual.

Del mismo modo, hace presente que, específicamente, las disposiciones del Acuerdo se refieren a la posibilidad de que una de las Partes, cuando circunstancias legalmente válidas así lo ameriten, pueda iniciar un proceso destinado a identificar si las huellas dactilares de una persona determinada sometida a alguna investigación figuran en las bases de datos criminales de la otra Parte. Solo en caso de producirse una coincidencia, será posible proceder a efectuar otras consultas sobre el individuo a través de los canales de asistencia penal mutua y compartir información relevante en la materia. El procedimiento solo tendrá lugar, sobre la base de una estricta reciprocidad, tratándose de aquellos delitos que este instrumento califica de graves, esto es, las conductas punibles bajo el derecho de las Partes con una pena privativa de libertad superior a un año.

Manifiesta, asimismo, que si bien el articulado del Acuerdo considera la consulta de perfiles de ADN, estableciendo un procedimiento muy semejante al antes descrito para la consulta de datos a partir de huellas dactilares, la entrada en vigor de tales disposiciones se deja en suspenso mientras ambas Partes no declaren expresamente que están en condiciones de ejecutar tales Artículos sobre la base de la reciprocidad.

Agrega que, las Partes podrán también intercambiar información criminal de manera voluntaria o espontánea, sin que medie una petición de la otra Parte.

Precisa, además, que el Acuerdo contiene una serie de normas sobre manejo, intercambio y retención de información, destinadas a asegurar la protección de los datos y la privacidad de las personas en ambos países. Todo esto con pleno respeto a la normativa vigente en cada uno de los Estados Parte.

Manifiesta, que el Acuerdo constituye, en consecuencia, un importante complemento de las herramientas ya existentes para el combate de la actividad delictual y facilitará a nuestro país evitar que quienes hayan cometido delitos en Estados Unidos puedan llegar a encontrar refugio en Chile.

Recalca, que mediante la firma y aprobación del presente Acuerdo, Chile, según ya se anticipara, cumple además uno de los requisitos fundamentales para el ingreso al Programa de Exención de Visas de Estados Unidos.

Hace presente, luego que ese país inició en 2008 la negociación y firma de este tipo de convenios, en primer lugar con aquellos Estados que ya participaban en dicho programa, y en segundo lugar, con aquellos Estados que postulan a participar en el mismo y cumplen los diferentes requisitos objetivos de selección. La medida se inserta en el contexto de los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, que determinaron la aprobación de modificaciones legislativas en Estados Unidos orientadas al fortalecimiento de su seguridad interior. Entre tales disposiciones nuevas se cuenta la necesidad de que los países que deseen mantenerse o ingresar al Visa Waiver Program suscriban un convenio de cooperación en la prevención y combate del delito grave.

Concluye precisando que la cooperación que dispone este instrumento se verificará en los términos que lo permitan los respectivos ordenamientos internos de ambos Estados. En razón de ello, agrega, conjuntamente con este proyecto de acuerdo se ingresará al Congreso Nacional un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para facilitar el intercambio de información con los gobiernos de otros Estados, con quienes se hubiere suscrito acuerdos internacionales de igual naturaleza, sobre la base del principio de reciprocidad.

III. ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL ACUERDO.

El Acuerdo se encuentra estructurado por un Preámbulo, que da cuenta de las consideraciones que tuvieron las Partes para celebrarlo, y 24 Artículos en los cuales se contienen las normas dispositivas y finales del mismo.

1. Definiciones

El Artículo 1 establece las “Definiciones” necesarias para la aplicación del Acuerdo, entre ellas “Perfiles de ADN”, “Datos personales”, “Procesamiento de datos personales”, “Datos de referencia” y “Delito grave”, que se define a estos efectos “como una conducta constitutiva de delito punible bajo el derecho interno de las Partes con una pena privativa de libertad cuya duración máxima sea superior a un año o una pena más alta”.

2. Objeto y Alcance de este Acuerdo

El Artículo 2, que se titula “Objeto y Alcance de este Acuerdo”, consigna, en su numeral 1, el propósito del Acuerdo, cual es estrechar la cooperación entre las Partes para prevenir y combatir el delito grave.

Luego, su numeral 2, indica que las facultades de consulta señaladas en él serán usadas sólo para fines de detección, prevención e investigación del delito grave y solo si circunstancias específicas y legalmente válidas relacionadas con una persona determinada dieran motivo para consultar si dicha persona podría cometer o ha cometido un delito grave.

3. Datos sobre huellas dactilares

El Artículo 3, denominado “Datos sobre huellas dactilares”, prevé, para los efectos de ejecutar el Acuerdo, que las Partes garantizarán la disponibilidad de datos de referencia en los sistemas nacionales automatizados de identificación de huellas dactilares, pero únicamente aquellos establecidos para la detección, prevención e investigación de delitos, y que los datos de referencia solo incluirán los datos sobre huellas dactilares y un código de referencia.

4. Consulta automatizada de datos sobre huellas dactilares

El Artículo 4 aborda, seguidamente, la “Consulta automatizada de datos sobre huellas dactilares”, estipulándose, en su numeral 1, que para la detección, prevención e investigación del delito grave cada Parte autorizará a los puntos de contacto de la otra Parte, para que accedan a los datos de referencia del sistema automatizado de identificación de huellas dactilares que se hubiera establecido para dichos efectos, pudiendo realizar consultas automatizadas de comparación de datos de las mismas. Las consultas podrán realizarse solo sobre la base de casos individuales y de conformidad con el derecho interno de la Parte consultante.

Seguidamente, el numeral 2 regula la manera como se verificará la comparación de datos sobre las huellas dactilares entre los puntos de contacto nacionales consultantes.

A su turno, el numeral 3 prevé que los puntos nacionales requeridos podrán, cuando se les solicite, efectuar un análisis más detallado con el objeto de confirmar si los datos sobre huellas dactilares coinciden con los datos de referencia en poder de la Parte a cargo del archivo.

5. Medios alternativos de consulta usando datos de identificación

El Artículo 5, intitulado “Medios alternativos de consulta usando datos de identificación”, preceptúa que mientras Chile no tenga un sistema de identificación de huellas dactilares plenamente operativo y automatizado vinculado con antecedentes penales individuales y esté en condiciones de proporcionar a los Estados Unidos un acceso automatizado a ese sistema, facilitará un medio alternativo de consulta en los términos que en ésta disposición se especifican.

6. Entrega de datos personales adicionales y otra información

El Artículo 6, relativo a la “Entrega de datos personales adicionales y otra información”, dispone que si los procedimientos de consultas anteriormente descritos en los Artículos 4 y 5 muestran una coincidencia entre datos sobre huellas dactilares, la entrega de datos personales adicionales disponibles y de otra información relacionados con los datos de referencia se regirá por el derecho interno, incluidas las normas sobre asistencia legal, de la Parte requerida y será entregada en los términos del Artículo 7.

7. Puntos de contacto nacionales y acuerdos de ejecución

El Artículo 7, bajo la denominación de “Puntos de contacto nacionales y acuerdos de ejecución”, consigna en el numeral 1 el deber de las Partes de designar a uno o más puntos de contacto nacionales a los efectos de la entrega de datos a los que se refieren los Artículos 4 y 5 y a la posterior entrega de datos personales adicionales y de otra información establecida en el Artículo 6. El punto de contacto proporcionará tales datos conforme al derecho interno de la Parte que lo haya designado como tal. Al efecto, no será necesario usar otros medios de asistencia legal disponibles, a menos que se requiera, como por ejemplo, para autenticar datos para fines de su admisibilidad en causas judiciales de la Parte requirente.

Más adelante el numeral 2 indica que los detalles técnicos y de procedimiento de las consultas realizadas conforme a los artículos 4 y 5 serán establecidos en uno o más acuerdos o convenios de implementación.

8. Consulta automatizada de perfiles de ADN

El Artículo 8, titulado “Consulta automatizada de perfiles de ADN”, en su numeral 1 prevé que si el derecho interno de ambas Partes lo permitiera y habiendo obtenido las autorizaciones exigidas, las Partes podrán, sobre la base de reciprocidad, otorgar al punto de contacto de cada una de ellas, a los que se refiere el Artículo 10, acceso a los datos de referencia que se encuentren en sus archivos de análisis de ADN, con la facultad de efectuar consultas automatizadas mediante la comparación de perfiles de ADN, para los efectos de la detección, prevención e investigación del delito grave. Estas consultas podrán ser hechas solo en casos individuales.

A su vez, el numeral 2 regula que si una consulta automatizada demostrara que el perfil de ADN proporcionado coincide con un perfil de ADN ingresado en los archivos de la otra Parte, el punto de contacto nacional consultante recibirá, mediante una notificación automatizada, los datos de referencia para los cuales se haya encontrado una coincidencia. Si no se hallare ninguna, se dará notificación automatizada de este hecho.

Cabe destacar que el numeral 2 del Artículo 24 del Acuerdo, señala que las disposiciones contenidas en este Artículo 8 y los dos que siguen, solo entrarán en vigencia una vez que se celebren los acuerdos complementarios a los que se refiere el Artículo 10 y con posterioridad a un intercambio de notas que indique que cada Parte está en condiciones de ejecutar tales Artículos y siempre y cuando las leyes de los dos países permitan el tipo de análisis establecido en los Artículos 8 a 10.

9. Entrega de datos personales adicionales y otra información

El Artículo 9, relativo a la “Entrega de datos personales adicionales y otra información”, indica que si el procedimiento sobre consulta automatizada de perfiles de ADN mencionado en el artículo precedente mostrara una coincidencia entre perfiles de ADN, la entrega de cualquier dato personal adicional y otra información relacionadas con los datos de referencia se regirá por el derecho interno de la parte requerida, incluidas las normas de asistencia legal, y se llevará a efecto conforme a lo establecido por el Artículo 10.

10. Puntos de contacto nacional y acuerdos e implementación

El Artículo 10, sobre “Puntos de contacto nacional y acuerdos de implementación”, puntualiza, en su numeral 1, que para los efectos de la entrega de datos de referencia que se encuentren en sus archivos de análisis de ADN y la posterior entrega de datos personales adicionales y otra información, establecidas en los Artículos 8 y 9, cada Parte designará a un punto de contacto nacional. El punto de contacto proporcionará tales datos conforme al derecho interno de la Parte que lo haya designado como punto de contacto. En todo caso, no será necesario usar otros medios de asistencia legal disponibles a menos que se requiera, como por ejemplo para autenticar los datos para fines de su admisibilidad en causas judiciales de la Parte requirente.

El numeral 2 alude a que los detalles técnicos y procedimientos de consultas realizadas conforme al artículo 8 serán establecidos en uno o más acuerdos o convenios de implementación.

11. Entrega de datos personales y otra información para detectar, prevenir y combatir el delito grave y el terrorismo

El Artículo 11, bajo el título “Entrega de datos personales y otra información para detectar, prevenir y combatir el delito grave y el terrorismo”, contempla en el numeral 1 que para la detección, prevención e investigación del delito grave y del terrorismo, las Partes podrán, en observancia de su respectivo derecho interno y en casos individuales, incluso sin que le sea solicitado, entregar al punto de contacto nacional de la otra Parte, al que se refiere en el numeral 4 de este Artículo, los datos personales que se especifican en el numeral 2 de este Artículo, siempre que ello fuera necesario debido a que existen circunstancias específicas, que dan motivos para considerar que él o los titulares de los datos: a) cometerán o han cometido delitos terroristas o relacionados con grupos o asociaciones terroristas, o participarán o han participado en tales delitos o conductas según ellas se definen en el derecho interno de la Parte que proporciona los datos; o b) están recibiendo o han recibido capacitación para cometer los delitos mencionados en el literal a) anterior; o c) cometerán o han cometido un delito grave o participan en un grupo o asociación criminal organizada.

Luego, el numeral 2 precisa que los datos personales a ser entregados pueden incluir, si estuvieran disponibles, apellidos, nombres de pila, nombres anteriores, otros nombres, alias, escritura alternativa de nombres, sexo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad actual o pasada, número de pasaporte, números de otros documentos de identidad y datos dactilares, así como una descripción de cualquier condena o de las circunstancias que fundamenten la apreciación mencionada en el numeral 1 de este Artículo.

Seguidamente, el numeral 3 previene que además de los datos personales señalados en el numeral anterior, las Partes podrán proporcionarse datos no personales relacionados con los delitos indicados en el numeral 1 de este Artículo.

Finalmente, el numeral 4 alude a que cada Parte designará a uno o más puntos de contacto nacionales para intercambiar con los puntos de contacto de la otra Parte, los datos personales y otra información en virtud de este Artículo.

12. Privacidad y protección de datos

El Artículo 12, sobre “Privacidad y protección de datos”, establece en el numeral 1 que las Partes reconocen que el manejo y procesamiento de los datos personales que adquieran de cada uno es de vital importancia para preservar la confianza en la implementación de este Acuerdo.

El numeral 2, a su vez, indica que las Partes se comprometen a tramitar los datos personales en forma justa y de conformidad con sus respectivas leyes y: a) garantizar que los datos personales proporcionados sean adecuados y pertinentes a los fines específicos de la transferencia; b) conservar los datos personales solo el tiempo que fuere necesario para los fines específicos para los que se proporcionaron o procesaron adicionalmente tales datos, conforme a lo dispuesto en este Acuerdo; c) velar por que el almacenamiento de datos recibidos de la otra Parte sea compatible con el fin de la transferencia y el alcance de este Acuerdo, conforme a lo indicado en el Artículo 2; y d) garantizar que posibles solicitudes de la información personal sean informadas oportunamente a la Parte receptora de modo que se adopten las medidas correctivas que procedan.

Por último, el numeral 3 previene que este Acuerdo no dará origen a derechos de ningún particular, incluido el derecho a obtener, suprimir o excluir cualquier prueba o impedir el intercambio de datos personales. Sin embargo, los derechos que existen en forma independiente de este Acuerdo, no se verán afectados.

13. Limitaciones a la tramitación con miras a proteger los datos personales y otra información

El Artículo 13 se refiere a las “Limitaciones a la tramitación con miras a proteger los datos personales y otra información”, consignando en el numeral 1 que sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del mismo Artículo, cada Parte podrá procesar los datos ya obtenidos en virtud de este Acuerdo: a) para los fines de sus investigaciones penales, iniciadas conforme a su derecho interno en el ejercicio de una atribución oficial autorizada; b) para evitar una amenaza grave a su seguridad pública. Una amenaza es grave si existe una conexión directa entre ella y un posible daño a la seguridad pública; c) en sus causas judiciales o administrativas de índole no penal directamente relacionadas con las investigaciones mencionadas en la letra (a) anterior; o d) para cualquier otro fin, solo con el previo consentimiento de la otra Parte, otorgado en conformidad con su derecho interno.

El numeral 2 regula que las Partes no comunicarán datos proporcionados conforme a este Acuerdo a ningún tercer Estado, organismo internacional o entidad privada sin el consentimiento de la Parte que haya proporcionado los datos y sin los resguardos pertinentes.

Más adelante, el numeral 3 indica que la Parte que provea la información podrá, caso a caso, imponer condiciones respecto del uso que la Parte receptora pueda dar a tal información. Si la parte receptora acepta los mismos, estará obligada a respetar dichas condiciones.

Luego, el numeral 4 establece que la Parte que provea la información no podrá imponer como condición para la entrega de información en virtud de lo señalado en el numeral 3 de este Artículo, restricciones genéricas a la Parte Receptora sobre los criterios legales para procesar datos personales.

A su vez, el numeral 5 dispone que una Parte podrá hacer una consulta automatizada de los archivos de huellas dactilares o de ADN de la otra Parte conforme a lo dispuesto por los Artículos 4 u 8 y procesar los datos recibidos en respuesta a dicha consulta, incluida la comunicación de si existe o no una coincidencia, solo con el objeto de: a) establecer si los perfiles de ADN o datos sobre huellas dactilares comparados coinciden; b) preparar y elevar una solicitud adicional de asistencia en cumplimiento del derecho interno, incluidas las normas de asistencia jurídica, si tales datos coinciden; o c) conservar registros, conforme a lo exigido o permitido por su derecho interno.

Por último, el numeral 6 regula que la Parte que administre el archivo podrá procesar los datos proporcionados por la Parte consultante en el curso de una consulta automatizada efectuada de acuerdo a los Artículos 4 y 8, únicamente cuando esto sea necesario para fines comparativos, proporcionando respuestas automatizadas a la consulta o la mantención de registros conforme al Artículo 15. Los datos proporcionados para efectos comparativos se eliminarán inmediatamente después de ser comparados o de que se responda automatizadamente a las consultas, a menos que se requiera de un mayor procesamiento para los fines mencionados en el numeral 5, letras (b) o (c) de este Artículo.

14. Corrección, bloqueo y eliminación de datos

El Artículo 14 alude a la “Corrección, bloqueo y eliminación de datos”. Su numeral 1 indica que a solicitud de la Parte proveedora, la Parte receptora estará obligada a corregir, actualizar, bloquear o eliminar, con arreglo a su derecho interno, los datos recibidos en virtud de este Acuerdo, en las siguientes circunstancias: a) cuando la Parte proveedora notifique a la Parte receptora que su derecho interno le exige corregir, actualizar, bloquear o eliminar datos recibidos conforme a este Acuerdo; b) cuando esa información sea claramente inexacta o incompleta; y c) cuando la recopilación o procesamiento posterior de datos viole este Acuerdo o las leyes aplicables a la Parte que ha proporcionado los datos.

El numeral 2 contempla que cuando una Parte tome conocimiento de que los datos que ha recibido de la otra Parte en virtud del Acuerdo son inexactos, deberá adoptar todas las medidas apropiadas para evitar depender erróneamente de tales datos, las que en particular incluirán complementar, actualizar, eliminar o corregir dichos datos.

Por último, el numeral 3 indica que cada Parte notificará a la otra si tomare conocimiento de que datos importantes que ha transmitido a la otra Parte o ha recibido de la otra Parte en virtud de este Acuerdo, son inexactos, poco confiables o si dichos datos suscitan dudas significativas.

15. Documentación

El Artículo 15 regula la “Documentación”, indicando, en el numeral 1, el deber de cada Parte de mantener un registro de transmisión y recibo de los datos comunicados a la otra Parte en virtud de este Acuerdo. Dicho registro servirá para: a) garantizar un efectivo control de la protección de datos conforme al derecho interno de la Parte respectiva; b) permitir a las Partes hacer un ejercicio efectivo de los derechos que se les otorgaren conforme a los artículos 14 y 18 ; y c) garantizar la seguridad de los datos.

El numeral 2 indica que el registro incluirá: a) información sobre los datos suministrados; b) la fecha de entrega; y c) el receptor de los datos en caso de que éstos sean proporcionados a otras entidades.

A su turno, el numeral 3 prevé el deber de proteger el registro con medidas apropiadas contra su uso inadecuado y otras formas de uso indebido y será conservado por un período de dos años. Luego del período de conservación, el registro se borrará en forma inmediata, a menos que ello contraviniere el derecho interno, incluidas las normas pertinentes de protección y conservación de datos.

16. Seguridad de datos

El Artículo 16 apunta a la “Seguridad de los datos” y en su numeral 1 establece que las Partes han de velar por que se adopten las medidas técnicas y se empleen los medios organizacionales necesarios para proteger los datos personales contra una destrucción accidental o ilegal, pérdida accidental o divulgación, alteración o acceso no autorizado o cualquier forma no autorizada de procesamiento. Al respecto, las Partes deberán, en particular, adoptar las medidas razonables para garantizar que solo las personas autorizadas para acceder a los datos personales tengan acceso a los mismos.

Seguidamente, el numeral 2 precisa que los acuerdos o convenios de implementación que rijan las procedimientos de consulta automatizada de huellas dactilares y archivos de ADN conforme a los Artículos 4 y 8 establecerán: a) el uso apropiado de moderna tecnología para garantizar la protección, seguridad, confidencialidad e integralidad de los datos; b) el uso de procedimientos de codificación y autorización reconocidos por las autoridades competentes cuando se haga uso de redes de acceso general; y c) un mecanismo para garantizar que solo se efectúen consultas permitidas.

17. Transparencia-Entrega de información a los titulares de los datos

El Artículo 17, bajo el título “Transparencia-Entrega de información a los titulares de los datos”, consigna en el numeral 1 que nada de lo contenido en este Acuerdo se interpretará como una manera de interferir con las obligaciones legales de las Partes, según lo dispuesto en sus respectivas leyes, de proporcionar a los titulares de los datos información con respecto a los fines de procesamiento y la identidad del controlador de datos, los receptores o categorías de receptores, la existencia de los derechos de acceso y de rectificación de datos que le conciernan a él o la titular y cualquier información adicional-tal y como los fundamentos legales de la operación de procesamiento para la que se requieren los datos, los plazos de almacenamiento de la información y el derecho a recurrir- en la medida que dicha información adicional sea necesaria, habida cuenta de los fines y circunstancias específicas en que los datos se procesen, para garantizar un justo procesamiento con respecto a los titulares de los datos.

En su numeral 2 preceptúa que la información aludida en el numeral precedentemente señalado puede ser denegada conforme con las respectivas leyes de las Partes, incluyendo el caso que la entrega de información pudiera poner en riesgo: a) los fines de procesamiento de la información; b) las investigaciones y acciones judiciales tramitadas por autoridades competentes de las Partes; o c) los derechos y libertades de terceros.

18. Información

El Artículo 18, referido a la “Información”, dispone que, previa solicitud, la Parte receptora informará a la Parte proveedora respecto del procesamiento de los datos proporcionados y el resultado obtenido. La Parte receptora garantizará que su respuesta sea comunicada oportunamente a la Parte proveedora.

19. Relación con otros Acuerdos y el Derecho Interno

El Artículo 19 regula la “Relación con otros Acuerdos y el Derecho Interno”, indicando que ninguna disposición del Acuerdo se interpretará de modo de restringir o perjudicar las cláusulas de algún tratado, otro acuerdo, relaciones de trabajo en materia policial o leyes internas que autoricen el intercambio de información entre las Partes.

20. Consultas

El Artículo 20, denominado “Consultas”, prevé en su numeral 1 que las Partes realizarán consultas periódicas mutuas sobre la implementación de las cláusulas de este Acuerdo. A su vez, el numeral 2 norma que en caso de existir cualquier diferencia respecto de la interpretación o aplicación de este Acuerdo, las Partes se consultarán mutuamente a objeto de facilitar su solución.

21. Modificaciones

El Artículo 22, sobre “Modificaciones”, indica en su numeral 1 que las Partes realizarán consultas respecto de la modificación del presente Acuerdo, a solicitud de cualquiera de ellas y, en su numeral 2, que el Acuerdo podrá ser modificado en cualquier momento, mediante acuerdo escrito de las Partes.

22. Denuncia del Acuerdo

El Artículo 23, que se refiere a la “Denuncia del Acuerdo”, indica que éste podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes mediante un aviso por escrito a la otra Parte con seis meses de anticipación y que, sin embargo, las disposiciones del mismo seguirán siendo aplicadas respecto de los datos proporcionados antes de dicha denuncia.

23. Entrada en vigor

El artículo 24 regula la entrada en vigor del Acuerdo, disponiendo, en su numeral 1, que entrará en vigor, con excepción de los Artículos 8 a 10, en la fecha de la última nota que concluya el canje de notas diplomáticas entre las Partes, en las que se indique que cada una ha adoptado todas las medidas necesarias para ejecutar el Acuerdo, lo que puede incluir la promulgación de normas legales. Este canje se llevará a cabo cuando las leyes de ambas Partes permitan el tipo de intercambio contemplado por el Acuerdo, con excepción de los Artículos 8 a 10.

Por último, el numeral 2 consigna que los Artículos 8 a 10 del Acuerdo entrarán en vigor luego de celebrar los acuerdos o convenios de implementación mencionados en el Artículo 10 y en la fecha de la última nota que concluya el canje de notas diplomáticas entre las Partes, en que se indique que cada Parte está en condiciones de ejecutar tales artículos sobre la base de reciprocidad. Este intercambio se producirá si las leyes de ambas Partes permiten el tipo de análisis de ADN contemplado por los Artículos 8 a 10.

IV. DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y DECISIÓN ADOPTADA.

En el estudio de este Proyecto de Acuerdo la Comisión contó con la asistencia y colaboración de los señores Claudio Troncoso Repetto, Director Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores , y Julio Bravo Yubini, Ministro Consejero de esa Cartera de Estado , quienes refrendaron los fundamentos expuestos en el Mensaje que acompaña este Proyecto de Acuerdo, efectuando una reseña acotada de sus contenidos, manifestando, en síntesis, que el presente Convenio se suma a otros instrumentos jurídicos celebrados por el Estado de Chile en la lucha contra el crimen internacional organizado y facilitará a nuestro país evitar que quienes hayan cometido delitos en Estados Unidos puedan llegar a encontrar refugio en Chile.

Por su parte, las señoras y señores Diputados presentes que expresaron su decisión favorable a la aprobación de este Proyecto de Acuerdo, manifestaron que con él se cumple, además de lo declarado por los representantes del Ejecutivo , uno de los requisitos fundamentales para el ingreso de nuestro país al Programa de Exención de Visas para ingresar a Estados Unidos.

Por ello, por 9 votos a favor, ningún voto en contra y una abstención prestaron su aprobación al Proyecto de Acuerdo en informe. Votaron a favor las señoras Molina, doña Andrea, y Sabat, doña Marcela, y los señores Campos, don Cristián; Edwards, don José Manuel, Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel; Rocafull, don Luis; Sabag, don Jorge, y Tarud, don Jorge. Se abstuvo, el señor Teillier, don Guillermo.

V. MENCIONES REGLAMENTARIAS.

En conformidad con lo preceptuado por el artículo 287 del Reglamento de la Corporación, se hace presente que vuestra Comisión no calificó como normas de carácter orgánico o de quórum calificado ningún precepto contenido en Proyecto de Acuerdo en informe. Asimismo, ella determinó que sus preceptos no deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.

Como consecuencia de los antecedentes expuestos y visto el contenido formativo del Acuerdo en trámite, la Comisión decidió recomendar a la H. Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del Proyecto de Acuerdo, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América en Materia de Incremento de la Cooperación en la Prevención y Combate del Delito Grave, suscrito en Washington, D.C., el 30 de mayo de 2013”.

-o-

Discutido y despachado en sesión de fecha 1° de abril de 2014, celebrada bajo la presidencia del H. Diputado don Jorge Tarud Daccarett, y con la asistencia de las Diputadas señoras Molina, doña Andrea, y Sabat, doña Marcela, y de los señores Campos, don Cristián; Edwards, don José Manuel; Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel; Rocafull, don Luis; Sabag, don Jorge, y Teillier, don Guillermo

Se designó Diputado Informante al señor Campos, don Cristián.

Sala de la Comisión, a 1° de abril de 2014.

(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado, Secretario de la Comisión ”.

5. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Monckeberg,don Nicolás; Becker, Berger, Fuenzalida, Godoy, Martínez; Pérez,don Leopoldo, y Rathgeb, y de la diputada señora Núñez, doña Paulina, que “Modifica la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, regulando el derecho al acceso de las personas con discapacidad a la educación”. (boletín N° 9292-04)

Antecedentes

1.- Para los menores con discapacidad, la probabilidad de que no asistan a la escuela es 10 veces mayor que la de los niños sin discapacidad, según reflejo un estudio reciente realizado el año 2013 por la ONG para la defensa de los niños, Plan Internacional [1] . Esto se condice con la realidad chilena y los estudios que se han efectuado en el país sobre la materia, así la Encuesta Nacional de la Discapacidad elaborada el año 2004 por Fonadis (hoy Senadis), estableció que un 10% no cuenta con ningún año de estudio aprobado, que un 42% no completo la enseñanza básica, solo un 13% curso la enseñanza media y que tan solo un 5,7 % ha logrado acceder a la universidad o a un instituto de formación profesional.

2.- El año 2008, el Estado de Chile ratifico la Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad (CIDPCD), por el cual no solo nos obligamos a reconocer e implementar una serie de derechos para con este colectivo, sino también nos obligamos a entender y tratar a las personas con discapacidad a través de un Modelo Social basado en los Derechos Humanos, y que en el ámbito de la educación se desarrolla en el artículo 24 de dicho instrumento, por el cual los Estados Parte “reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación [...] a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades”

3.- En tal sentido, nuestro ordenamiento jurídico interno asegura a las personas el derecho a la igualdad en los términos del art. 19 N° 2 de la Constitución y además en el mismo artículo asegura en su número 10 inciso 5 que “La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población. Estos preceptos de nuestra carta fundamental son reforzados por la Ley General de Educación en su artículo 3, en especial los principios en que se inspira el sistema educativo chileno, en lo pertinente, el principio de universalidad por el cual la educación debe estar al alcance de todas las personas a lo largo de toda la vida, el principio de calidad de la educación, por el cual la educación debe propender a asegurar que todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley y el principio de equidad del sistema educativo, por medio del cual el sistema propenderá a asegurar que todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad, con especial atención en aquellas personas o grupos que requieran apoyo especial, entre las que se encuentran las personas con discapacidad y por último el principio de integración, por el cual el sistema propiciará la incorporación de alumnos de diversas condiciones sociales.

El documento titulado “Inclúyenos” fue realizado en conjunto con la Escuela de Londres de Higiene y Medicina Tropical, en Inglaterra, y está basado en investigaciones con 1.4 millones de niños apadrinados de la ONG, en 30 países de América Latina, África y Asia.

4.- A su vez la Ley N° 20.422, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social para personas con discapacidad y cuyo objeto es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad. En particular y tratándose de la educación el artículo 34 establece que el Estado “garantizará a las personas con discapacidad el acceso a los establecimientos públicos y privados del sistema de educación regular o a los establecimientos de educación especial, según corresponda, que reciban subvenciones o aportes del Estado.”

5.- Uno de los puntos débiles de la Ley N° 20.422, son las medidas de igualdad de oportunidades en materia de educación, ya que si bien se le reconocen y garantizan una serie de derechos a las personas con discapacidad y a los establecimientos educacionales una serie de obligaciones para con estos, resulta que, a diferencia de otras medidas de igualdad de oportunidades (como de acceso al espacio físico o en el acceso al transporte) no existe una norma que obligue al Ministerio de Educación a elaborar un Reglamento que tenga por objeto aterrizar y materializar el contenido de la norma citada. Lo que ha dado espacios para que se discrimine a las personas con discapacidad en el acceso a los establecimientos educacionales. Además resulta preocupante que la discriminación, en general, es el cuarto motivo más recurrente en las denuncias efectuadas a nivel nacional en la Superintendencia de Educación, según muestra el informe evacuado por este organismo sobre el periodo enero - diciembre del año 2013.

6.- El objeto de este proyecto es considerar como una infracción grave en los términos del art. 72 de la Ley N °20.529, toda discriminación por razón de discapacidad en el acceso a los establecimientos que establece el artículo 34 inciso primero de la Ley N° 20.422.

Por tanto:

Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Agréguese después del punto final del inciso primero del art. 34 de la Ley N° 20.422, la siguiente frase:

“Toda discriminación por razón de discapacidad en el acceso a los establecimientos anteriormente mencionados, será considerado como una infracción grave para los efectos del art. 73 de la Ley N° 20.529”.

Top