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Decreto 3876

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Decreto 3876

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Decreto 3876

MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA

Decreto 3876

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Promulgación: 20-JUL-1927

Publicación: 06-AGO-1927

Versión: Única - 12-OCT-1927

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    Núm. 3,876.- Santiago, 20 de Julio de 1927.- Teniendo presente que la enseñanza de la ortografía denominada de Bello, con modificaciones introducidas por el Consejo de Instrucción Pública, en los establecimientos de instrucción dependiente de este Ministerio y su uso obligatorio en los documentos oficiales han producido notoria desorientación en esta materia; y que, sin entrar a contemplar los aspectos de orden técnico de este problema, debe considerarse:
    Que la gran mayoría de los impresos en lengua castellana se conforman a la ortografía académica, perturbando la enseñanza de todo otro sistema ortográfico ya que la práctica constituye el medio más eficaz de asimilar estos conocimientos;
    Que la ortografía de don Andrés Bello es rechazada sistemáticamente en toda publicación chilena que deba salir al extranjero pues, en caso de adoptar esta ortografía, limita a Chile su mercado; y
    Que todos los diccionarios y enciclopedias, especialmente el que fija el sentido natural y obvio de las palabras, se encuentran escritos en conformidad a la ortografía de la Real Academia Española, he acordado y decreto:

    1.o Adóptase como ortografía oficial, la de la Real Academia Española para todos los documentos de la administración pública de Chile. Esta empezará a regir, para todos los servicios públicos, el 12 de Octubre próximo, en homenaje al Día de la Raza.
    2.o Adóptase, igualmente, como obligatoria dicha ortografía para todos los establecimientos de la instrucción pública.
    Corresponderá a la Superintendencia de Educación Nacional y a los Consejos, en conformidad a su régimen orgánico, y a las demás autoridades docentes que determina la ley fijar los plazos y modo de llevar a la práctica la pronta aplicación del presente decreto, en lo que se refiere a los establecimientos de su dependencia.

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y decretos del Gobierno.- C. Ibáñez C.- Aquiles Vergara.- Enrique Balmaceda.- Conrado Ríos Gallardo.- Pablo Ramírez.- C. Frödden.- J.S. Salas.- Arturo Alemparte.- Ortiz Vega.- Bartolomé Blanche.- (Aquiles Vergara, como Ministro de Justicia y de Relaciones).

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 12-OCT-1927
12-OCT-1927

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