DECLARA ERRADICADA LA INFESTACIÓN POR MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA Y SUSPENDE REGULACIONES CUARENTENARIAS
Núm. 566 exenta.- Antofagasta, 22 de septiembre de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola, la ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283 y sus modificaciones posteriores, la resolución exenta Nº 3.513 del SAG, de 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año, que declara a Chile como país libre de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis Capitata W.) modificada por la resolución Nº 1.095, de 2000 y la resolución exenta Nº 237, de 8 de abril de 2009, de esta Dirección Regional, que estableció regulaciones cuarentenarias y el área regulada en la comuna de Antofagasta, todas del Servicio Agrícola y Ganadero;
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución exenta Nº 237, de 8 de abril de 2009, de esta Dirección Regional, ha aplicado todas las medidas fitosanitarias correspondientes en el Area Regulada de la comuna de Antofagasta, por un período equivalente a tres ciclos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de la misma.
2. Que, de acuerdo al modelo de días grados utilizado por el Servicio Agrícola y Ganadero para estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el día 17 de septiembre de 2009 se ha cumplido el tercer ciclo biológico después de la última captura ocurrida en el área regulada el día 6 de abril de 2009, período requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender regulaciones cuarentenarias en el Area Reglamentada de la comuna de Antofagasta.
Resuelvo: