DFL 1 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY DE TRÁNSITO

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES; MINISTERIO DE JUSTICIA; SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA

Promulgacion: 27-DIC-2007 Publicación: 29-OCT-2009

Versión: Última Versión - de 05-ABR-2025 a 27-NOV-2025

Materias: Tránsito, Ley no. 18.290,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1007469&f=2025-04-05&p=8795155



    §2. DE LA CARGA

    (ARTS. 64 - 67)


    Artículo 64.- El transporte de carga deberá efectuarse en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos que aquellos contemplen.
LEY Nº18.290
Art. 58
D.O 07.02.1984
    Todo vehículo que transporte carga de terceros debe justificarla con la carta de porte a que se refieren los artículos 173º y siguientes del Código de Comercio. La infracción a lo dispuesto en este inciso, será sancionada con multa de 3 a 10 unidades tributarias mensuales, quedando obligados solidariamente a su pago el conductor infractor, el porteador y el cargador.



LEY Nº20.068
Art. 1 Nº17
D.O. 10.12.2005

    Artículo 65.- La carga no podrá exceder los pesos máximos que las características técnicas del vehículo permitan, y deberá estar estibada y asegurada de manera que evite todo riesgo de caída desde el vehículo.
LEY Nº18.290
Art. 59
D.O 07.02.1984


    Artículo 66.- No se podrá transportar materias peligrosas en vehículos de alquiler ni en los destinados al transporte colectivo de personas.
LEY Nº18.290
Art. 60
D.O 07.02.1984


    Artículo 67.- En los vehículos motorizados de carga no se podrá transportar personas en los espacios destinados a carga, cualquiera que sea la clase de vehículo, salvo en casos justificados, y adoptando las medidas de LEY Nº18.290
Art. 61
D.O 07.02.1984
LEY Nº19.495
Art. 1 Nº 22
D.O. 08.03.1997
seguridad apropiadas.
    En ningún caso los vehículos motorizados de tres ruedas Ley 21088
Art. 1 N° 9
D.O. 10.05.2018
destinados al transporte de carga podrán transportar personas en los espacios destinados a carga.


documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 17 del 07 de 2025 a las 11 horas con 42 minutos.