Decreto 290 DEROGA DECRETO No. 54, DE 1985 Y RESOLUCION No. 42, DE 1983

MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD

Promulgacion: 30-SEP-1988 Publicación: 02-FEB-1989

Versión: Única - 02-FEB-1989

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DEROGA DECRETO No. 54, DE 1985 Y RESOLUCION No. 42, DE 1983

    Santiago, 30 de Septiembre de 1988.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 290.- Visto: La necesidad de reordenar y actualizar las normas y procedimientos administrativos vigentes para la atención de pacientes en establecimientos de los Servicios de Salud; lo dispuesto en el decreto ley No. 2.763, de 1979; en la Ley No.
18.469 y en su reglamento, aprobado por decreto supremo No. 369, de 1985, del Ministerio de Salud; y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 No. 8 de la Constitución Política de la República, dicto el siguiente

    D e c r e t o:

    Artículo único.- Deróganse el Decreto Supremo No.
54, de 20 de febrero de 1985, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos para la Atención de Pacientes en Establecimientos de los Servicios de Salud y la Resolución No. 42, de 09 de febrero de 1983, del Ministerio de Salud, que aprobó los Aranceles de Tarifas de Prestaciones Asistenciales otorgadas a particulares e instituciones por los Servicios de Salud.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Dr. Juan Giaconi Gandolfo, Ministro de Salud.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Augusto Schuster Cortés, Subsecretario de Salud.

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