Resolución 76 EXENTA AUTORIZA FUNCIONAMIENTO DE TERMINAL DE SERVICIOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA NO URBANA EN LA COMUNA DE LONGAVÍ

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL VII REGIÓN DEL MAULE

Promulgacion: 19-ENE-2011 Publicación: 29-MAR-2011

Versión: Única - 29-MAR-2011

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AUTORIZA FUNCIONAMIENTO DE TERMINAL DE SERVICIOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA NO URBANA EN LA COMUNA DE LONGAVÍ

    Núm. 76 exenta.- Talca, 19 de enero de 2011.- Visto: Lo dispuesto en el D.S. Nº 94/84, la resolución Nº 12/87 y el D.S. Nº 212/92, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; el Acta de Recepción Definitiva de Obras de Edificación Nº 3, de 14 de enero de 2011, de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Longaví; los decretos exentos Nº 94 y Nº 96, ambos de fecha 12 de enero de 2011, de la I. Municipalidad de Longaví; el Ord. Nº 21, de fecha 13 de enero de 2011, del Alcalde (S) de la I. Municipalidad de Longaví; el oficio s/n de fecha 17 de enero de 2011, del Secplan de la Municipalidad de Longaví, y

    Considerando:

    1. Que, con fecha 13 de enero de 2011, a través del oficio citado en el antecedente, el Alcalde (S) de la I. Municipalidad de Longaví solicitó autorizar la propiedad ubicada en calle 3 Poniente s/n, de Longaví, como Terminal de Locomoción Colectiva No Urbana.

    2. Que, la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Longaví emitió el Acta de Recepción Definitiva de Obras de Edificación Nº 3, de fecha 14 de enero de 2011, en cuyo permiso de edificación consta la construcción de un terminal de buses no urbano y locales.

    3. Que, por decreto exento Nº 94, de 12 de enero de 2011, la Municipalidad de Longaví aprobó la Ordenanza Municipal que regula la operación de recintos destinados a servicios de transporte público de pasajeros no urbano en la comuna de Longaví.

    4. Que, por decreto exento Nº 96, de 12 de enero de 2011, la Municipalidad de Longaví designó la propiedad ubicada en calle 3 Poniente s/n como "Terminal de Locomoción Colectiva Rural e Interurbana de la comuna de Longaví",

    Resuelvo:

    1º Autorízase el funcionamiento del Terminal de Locomoción Colectiva No Urbana, ubicado en calle 3 Poniente s/n, de la ciudad de Longaví, de propiedad de la I. Municipalidad de Longaví, RUT Nº69.130.600-3, representada por el Sr. Cristian Menchaca Pinochet, RUT Nº7.911.507-K.
    2º El recinto señalado precedentemente deberá dar cumplimiento a lo establecido en la ordenanza aprobada mediante el decreto exento Nº 94, de fecha 12 de enero de 2011, de la I. Municipalidad de Longaví.
    3º La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su dictación.

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial a costa del solicitante.- César Muñoz Vergara, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Maule.
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