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Ley 20742 PERFECCIONA EL ROL FISCALIZADOR DEL CONCEJO; FORTALECE LA TRANSPARENCIA Y PROBIDAD EN LAS MUNICIPALIDADES; CREA CARGOS Y MODIFICA NORMAS SOBRE PERSONAL Y FINANZAS MUNICIPALES

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO

Promulgacion: 25-MAR-2014 Publicación: 01-ABR-2014

Versión: Texto Original - de 01-ABR-2014 a 04-NOV-2020

Materias: Transparencia en Municipios, Rol Fiscalizador del Concejo, Probidad Administrativa, Funcionarios y Empleados Municipales,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1060679&f=2014-04-01&p=9425959



    Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 38 de la ley Nº19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias:

    a) Reemplázase, en el inciso primero, la expresión "económico y social comunal" por "comunal de organizaciones de la sociedad civil".
    b) Reemplázase su inciso segundo por el siguiente:

    "Las modificaciones de los límites de las unidades vecinales se podrán realizar cuando se sancione o modifique el plan comunal de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 7º de la ley Nº18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior, y requerirán del acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros del concejo.".
    c) Agrégase, en el inciso tercero, a continuación de la palabra "públicos" la frase ", así como en el sitio electrónico institucional de la municipalidad".
    d) Incorpórase el siguiente nuevo inciso cuarto, pasando el actual a ser quinto:

    "Asimismo, y dentro del mismo plazo señalado, deberá informarse a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y al Ministerio de Desarrollo Social respecto de las modificaciones que a ellos se hagan, a través de los medios de registro y en los formatos que estos dispongan para dichos efectos.".

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