Ley 20869 SOBRE PUBLICIDAD DE LOS ALIMENTOS

MINISTERIO DE SALUD

Promulgacion: 06-NOV-2015 Publicación: 13-NOV-2015

Versión: Única - 13-NOV-2015

Materias: Publicidad de los Alimentos, Composición Nutricional de los Alimentos, Consumo de Alimentos, Alimentos, Menores de Edad,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1083792&f=2015-11-13&p=9648719


     
    "Artículo 1º.- Se prohíbe la publicidad que induzca al consumo de los alimentos señalados en el inciso primero del artículo 5º de la ley Nº 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, que, por su presentación gráfica, símbolos y personajes utilizados, se dirija a menores de catorce años, captando preferentemente su atención.
    Ninguna publicidad de alimentos podrá afirmar que los referidos productos satisfacen por sí solos los requerimientos nutricionales de un ser humano. Además, no deberá usar violencia o agresividad y no podrá asociar a menores de edad con el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco.
    Se prohíbe el ofrecimiento o entrega a título gratuito de los alimentos señalados en el inciso primero, con fines de promoción o publicidad, a menores de catorce años.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 09 del 06 de 2025 a las 1 horas con 25 minutos.