Ley 21006 MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES QUE RIGEN AL SECTOR EDUCATIVO, EN MATERIA DE SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL, SITUACIÓN DE BECARIOS DE POSTGRADO, DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Y OTRAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Promulgacion: 29-MAR-2017 Publicación: 04-ABR-2017

Versión: Única - 04-ABR-2017

Materias: Subvención Escolar Preferencial, Sistema de Desarrollo Profesional, Docente, Becarios, Becas, Posgrado, Convenio de Igualdad de Oportunidades, Excelencia Educativa, Superintendencia de Educación Parvularia, CONICYT,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1101537&f=2017-04-04&p=9785994



    Artículo tercero.- No obstante los plazos de acreditación institucional y de los programas y carreras de pedagogías dispuestos en el artículo trigésimo quinto transitorio de la ley Nº 20.903, en el artículo tercero transitorio de la ley Nº 20.993 y aquellos señalados en el artículo 27 bis de la ley Nº 20.129, las universidades que actualmente impartan programas de prosecución de estudios señalados en el artículo 27 sexies de la ley Nº 20.129 que, a la fecha de publicación de la presente ley no se encuentren acreditados, tendrán el plazo de un año para obtener su acreditación, contado desde la publicación de esta ley.".
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