1. Apruébase el siguiente texto de Bases Técnicas y Administrativas del Concurso Proyectos de Adquisición e Implementación de Tecnologías Limpias en el Territorio Zonas Rezagadas de la Región del Maule.
"BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS CONCURSO PROYECTOS DE ADQUISICIÓN DE TECNOLOGÍAS LIMPIAS EN EL TERRITORIO ZONAS REZAGADAS DE LA REGIÓN DEL MAULE"
I. ANTECEDENTES GENERALES
El Consejo Nacional de Producción Limpia ha establecido en la Agenda Nacional de Producción Limpia 2014-2018 su compromiso de promover en las empresas chilenas el acceso a financiamiento para la incorporación de nuevas tecnologías limpias.
Las tecnologías limpias son aquellas técnicas, productos o procesos que suponen cambios en los procesos productivos que reducen la cantidad de residuos y contaminantes generados en la producción o durante la vida útil del producto (productos limpios). Las tecnologías limpias mejoran la eficiencia del proceso productivo reduciendo el consumo de materiales y energía (Del Río González, 2003), y por tanto disminuyen costos de producción, mejorando la imagen de las empresas en materia de cuidado al medioambiente y aumentando sus ventajas competitivas.
La principal falla de mercado, que justifica a la implementación de este concurso, dice relación con un problema de acceso a financiamiento por parte de las empresas de menor tamaño para adquirir nuevas tecnologías. De acuerdo a InnovaChile de Corfo (2009), el 41% de las empresas coincide en que son los recursos un factor que dificulta la incorporación de nuevas tendencias o tecnologías. Lo mismo concluye el estudio de la Comisión Económica para América Latina (Cepal, 2006), que indica que una de las principales barreras para el acceso al mercado de bienes y servicios ambientales por parte de las empresas de menor tamaño, tiene que ver con el acceso a información y financiamiento para la adquisición de tecnologías.
Dado lo anterior, el CPL ha desarrollado en la Región del Maule un modelo de intervención regional que ha permitido identificar Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para sectores productivos prioritarios, desarrollar diagnósticos individuales para empresas de estos sectores y detectar aquellas soluciones que en el corto plazo tienen más posibilidades de implementación.
Por su parte, a contar del año 2014, la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere), inició la implementación del Programa de Zonas Rezagadas en las siguientes 4 regiones: Coquimbo, Maule, Biobío y Los Ríos. El objetivo de este programa es abordar la desigualdad territorial mediante la implementación de planes de desarrollo en aquellas comunas identificadas como rezagadas desde el punto de vista social y económico respecto al promedio país.
En la Región del Maule, este Programa se ejecuta en 4 comunas: Cauquenes, Chanco, Pelluhue y Empedrado, en el marco del cual, el equipo territorial de Zonas Rezagadas del Gobierno Regional lideró el diseño de un Plan de Desarrollo Territorial, basado en un modelo altamente participativo con la comunidad, que permitió recoger las diferentes inquietudes de sus habitantes.
El Plan de Desarrollo Territorial plantea como visión propiciar el desarrollo económico y social del territorio con sectores productivos consolidados y diversificados contando con la infraestructura de soporte adecuada, para así permitir un desarrollo integral ambientalmente sustentable e inclusivo, con actores territoriales Públicos y Privados, fortalecidos y organizados.
Adicionalmente, el plan estableció 5 ejes temáticos:
a) Capital Humano,
b) Desarrollo Competitivo Sustentable,
c) Recursos Hídricos,
d) Conectividad Física y Digital; y,
e) Habitabilidad.
Ello permitió definir una cartera amplia de proyectos, a financiarse tanto con recursos provenientes de cada sector, del Fondo de Convergencia y el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR).
En ese contexto, la Región del Maule ha encomendado al Consejo Nacional de Producción Limpia, la realización del Programa de Implementación en Prácticas de Producción Limpia (en adelante, el Programa), enmarcado en el eje Desarrollo Competitivo Sustentable.
En cumplimiento del encargo realizado, se aprueban las presentes Bases Técnicas y Administrativas para un concurso público, que tiene como propósito apoyar con financiamiento a empresas de menor tamaño del territorio de zonas rezagadas en los sectores vitivinícolas, berries y turismo, para que adquieran tecnologías limpias.
II. BASES TÉCNICAS
1. Objetivo del Concurso
El objetivo de este concurso es identificar proyectos de interés regional, en el territorio definido como Zona Rezagada de la Región del Maule, para apoyar con cofinanciamiento a empresas o agrupaciones de empresas de menor tamaño, según la ley N° 20.416, de 2010, pertenecientes a los sectores vitivinícola, berries y turismo, con el objeto de la adquisición e implementación de tecnologías limpias.
2. Presentación de Proyectos
Para participar del concurso, las empresas interesadas deberán presentar, en la forma dispuesta en las Bases Administrativas, un Proyecto de Incorporación de Tecnologías y Mejoras en Producción Limpia para su proceso productivo, acompañado de una evaluación técnica y económica del mismo; y cuya implementación no exceda los 2 meses. El contenido mínimo del proyecto a presentar se detalla en el Anexo N° 3, de estas Bases Técnicas y Administrativas.
3. Actores Involucrados
3.1. El Consejo Nacional de Producción Limpia
El CPL, como órgano encargado de ejecutar el programa, operará a través de su Subdirección de Acuerdos de Producción Limpia, para la realización de las actividades administrativas asociadas a la aprobación y selección de proyectos; y a la entrega del cofinanciamiento correspondiente. Asimismo, contará con un Equipo Regional de profesionales dedicados a apoyar a los interesados en el proceso de postulación y a los adjudicatarios en la ejecución de sus proyectos, incluido el procedimiento de rendición de cuentas.
3.2. Beneficiarios del Programa
Se consideran beneficiarios del programa todas las personas naturales y jurídicas que estén en condiciones de postular sus proyectos de conformidad con la cláusula 1 de las Bases Administrativas.
4. Cofinanciamiento
El cofinanciamiento del CPL para cada proyecto será hasta de un 90% del valor neto del proyecto, con un tope por empresa de $7.000.000 (siete millones de pesos).
Las entidades que postulen un proyecto deberán concurrir con un aporte propio, de a lo menos, el 10% del valor total del proyecto.
4.1. Ítems Financiables
Sólo serán financiables gastos relacionados con:
4.2. Ítem No Financiable:
. Honorarios distintos de los señalados en la tabla precedente (elaboración del formulario de postulación).
. Gastos de operación y administración.
. Medios de transporte.
. Impuestos derivados de la contratación de los recursos humanos y los impuestos de bienes servicios, tales como el IVA o impuestos específicos, los que serán de cargo exclusivo del beneficiario.
5. Entrega del Cofinanciamiento
CPL cofinanciará los Proyectos que resulten adjudicados bajo la modalidad de rendición de gastos. Los recursos del cofinanciamiento deberán ser transferidos en una cuota contra rendición emanada de un informe de ejecución de gastos, que deberá contener respaldo técnico y financiero de los activos, infraestructura o servicios de asesoría técnica aprobados en el proyecto.
La entrega del cofinanciamiento estará condicionada a la total tramitación de la resolución administrativa de la Dirección Ejecutiva del Consejo, aprobatoria del contrato.
Los desembolsos serán de carácter nominal, en pesos y sin reajuste de ningún tipo. En el evento de operaciones o actividades que requieran moneda extranjera, el beneficiario hará las conversiones respectivas, asumiendo el costo que surgiere por las variaciones de precio de la moneda extranjera en el tiempo intermedio.
6. Formato Rendiciones Técnicas, Financieras y Multas
El informe correspondiente a la rendición técnica y financiera, deberá ser entregado en formato papel o en CD (con formato Microsoft Office) en el plazo de 5 días hábiles contados desde la conclusión del proyecto o del plazo máximo para su ejecución indicado en la cláusula 3 de las Bases Administrativas, según el formato entregado por el Consejo (ver Anexo N° 5).
Los postulantes de los proyectos son responsables de velar por el cumplimiento de las obligaciones financieras, de las actividades y objetivos del Proyecto. Es decir, para concluir el proyecto, los postulantes deben rendir el total del valor del proyecto, tanto correspondiente al cofinanciamiento como a los aportes del citado beneficiario, siendo estrictos y claros en el cumplimiento del plazo de rendición del informe técnico y financiero asociado al proyecto presentado al Consejo de Producción Limpia.
El Equipo Regional del Consejo Nacional de Producción Limpia a que hace referencia la cláusula 3.1 será responsable de realizar el seguimiento técnico del proyecto y de verificar en terreno si la tecnología fue implementada. Asimismo, apoyará al postulante en el proceso de rendición previamente referido.
En el evento de incumplimiento en la entrega oportuna y/o completa del informe de rendición final, el Consejo podrá aplicar una multa de hasta 0,2 Unidades de Fomento por cada día corrido de atraso.
III. BASES ADMINISTRATIVAS
1. Postulantes
Podrán postular al presente concurso todas las personas que ejerzan actividades productivas en los sectores vitivinícola, producción de berries y turístico -de acuerdo a las prioridades definidas en el Proyecto por el Consejo Regional del Maule- en el territorio de Zonas Rezagadas de la Región del Maule, que corresponde a las comunas de Pelluhue, Chanco, Cauquenes y Empedrado, y que sean capaces de demostrar rentas líquidas imponibles o ventas netas anuales que no excedan de UF 100.000.- (cien mil Unidades de Fomento).
La postulación podrá realizarse en una de las siguientes modalidades:
1.1. Postulación individual.
a.- Como persona natural.
b.- Como Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
c.- Como Sociedad por Acciones (SpA) de Socio único.
1.2. Postulación asociativa.
a.- Como Sociedad Comercial (de Responsabilidad Limitada, Anónima o SpA de más de un Socio).
b.- Como persona jurídica sin fines de lucro (corporaciones, fundaciones, asociaciones gremiales).
c.- Como Cooperativa.
2. Requisitos de los Postulantes
2.1. Requisitos para la etapa de elegibilidad legal y administrativa
2.1.1. Requisitos comunes para los postulantes:
a) Acompañar copia simple del Rol Único Tributario.
b) Acompañar copia simple de la cédula de identidad del o los representantes legales, según corresponda.
c) Acompañar una declaración jurada simple firmada por el postulante o su(s) representante(s) legal(es), respecto de las siguientes circunstancias: (1) que la entidad se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales y de seguro de desempleo; y (2) que la propuesta no presenta duplicidad de financiamiento con otras fuentes de financiamiento públicas, ya sea por la Corporación de Fomento de la Producción u otro órgano (Anexo N° 01).
d) Acompañar una declaración jurada simple firmada por el postulante o su(s) representante(s) legal(es), que dé cuenta que el postulante no incurre en ninguna de las siguientes prohibiciones: (1) haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, durante los dos años previos a la postulación; y (2) tratarse de una entidad de la que formen parte funcionarios directivos del Consejo Nacional de Producción Limpia, o personas que tengan la calidad de cónyuge, hijo o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive, respecto de un directivo del Consejo (Anexo 02).
e) Acompañar cartola tributaria de la Tesorería General de la República, que certifique que el beneficiario no posee deudas tributarias.
f) Para el caso de requerir habilitación de infraestructura, se debe acreditar calidad de propietario, mediante certificado de contribuciones online y/o arrendatario/a o locatario/a.
g) Fotocopia de patente comercial o permiso municipal al día.
2.1.2. Requisitos para personas naturales
a) Fotocopia simple de Cédula Nacional de Identidad, por ambos lados.
b) Certificado de Iniciación de Actividades con vigencia de al menos 30 días, emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
c) Certificado de entidad financiera respectiva que certifique la cuenta corriente, de ahorro o cuenta vista en donde se manejarán los recursos correspondientes al incentivo.
2.1.3. Requisitos para personas jurídicas con fines de lucro
a) Acompañar copia de la escritura en la que consta su constitución legal, personería o representación legal vigente y modificaciones posteriores, si las hubiere.
b) Acompañar copia de las publicaciones en extracto en el Diario Oficial y de las inscripciones en los registros correspondientes, de las escrituras señaladas.
c) Acompañar certificado de vigencia de la inscripción del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con fecha no anterior a dos meses contados desde la fecha de su presentación.
2.1.4. Requisitos para personas jurídicas sin fines de lucro
a) Acompañar copia de la escritura en la que consta su constitución legal, personería o representación legal vigente, y modificaciones posteriores, si las hubiere.
b) Copia de las publicaciones en extracto en el Diario Oficial y de las inscripciones en los registros correspondientes y/o de las escrituras señaladas, cuando corresponda.
c) Para Asociaciones Gremiales, acompañar Certificado de Vigencia de personalidad jurídica y de Directorio, emitido por la División de Asociatividad y Economía Social de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño y con fecha no anterior a 60 días de la fecha de postulación.
d) Para Corporaciones y Fundaciones, acompañar Certificado de Vigencia y de Directorio de Personas Jurídicas sin fines de lucro emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha no anterior a 60 días de la fecha de postulación.
e) Para Corporaciones y Fundaciones, acompañar copia del decreto supremo o acto que le concede personalidad jurídica y de su publicación en el Diario Oficial.
2.1.5. Requisitos para cooperativas
a) Copia de la escritura pública en la que consta su constitución legal, personería o representación legal vigente, y modificaciones posteriores, si las hubiere.
b) Copia de la inscripción del extracto de la escritura en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, y de su publicación en el Diario Oficial.
c) Certificado de Vigencia de personalidad jurídica y del Consejo de Administración de la División de Asociatividad y Economía Social de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, y con fecha no anterior a 60 días de la fecha de postulación.
2.2. Requisitos para la Etapa de Postulación de Proyectos
a) Presentar Formulario de Postulación (Anexo N° 3).
3. Calendario de Postulación y Plazos
El concurso entrará en vigencia desde la fecha de la total tramitación de la presente resolución y se extenderá, de acuerdo al Proyecto (Código BIP 30444022-0) aprobado por el Consejo Regional del Maule, hasta el 31 de diciembre de 2018.
Se abrirá la primera etapa de postulación del proyecto citado anteriormente, en conformidad a la siguiente programación:
Los proyectos postulados durante la primera etapa de postulación deberán contemplar un plazo máximo de ejecución y seguimiento de 90 días corridos, los que se contarán desde la fecha de la resolución administrativa que aprueba el respectivo contrato de cofinanciamiento.
Una resolución administrativa del Consejo determinará los plazos de postulación para las siguientes etapas de postulación, de conformidad con los recursos disponibles y los plazos máximos de ejecución y seguimiento de los proyectos postulados.
4. Postulación de los proyectos
Los proyectos que postulen se recibirán en los plazos indicados en la cláusula precedente y deberán presentarse en conformidad con las bases respectivas y formulario de postulación de proyectos (Anexo N° 3).
Los proyectos, junto con los antecedentes requeridos, deberán ser ingresados en formato papel mediante correo certificado, a través de una carta dirigida al Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Producción Limpia a la dirección calle Cuatro Sur N° 729, ciudad de Talca.
El CPL se reserva el derecho de solicitar al beneficiario los antecedentes legales en papel al momento de la suscripción del contrato respectivo. La no entrega de los antecedentes solicitados será causal para declarar inadmisible el proyecto.
5. Etapas de Evaluación de los Proyectos
5.1. Precalificación legal y administrativa
Los proyectos presentados serán sometidos a la precalificación legal y administrativa, en la cual se determinará la viabilidad de la postulación. Aquellos proyectos que no superen esta etapa serán devueltos al postulante.
Esta precalificación abarca los siguientes ámbitos:
a. Cumplimiento de exigencias formales: Los proyectos presentados deben cumplir con las exigencias de contener toda la información solicitada y cumplir con los requisitos de duración, costos y coherencia indicados en las presentes bases.
b. Pertinencia: Las propuestas y sus resultados esperados deben ceñirse a los objetivos de la línea de postulación y a las actividades financiables señaladas.
5.2. Evaluación Técnica
Los proyectos que hayan superado la precalificación legal y administrativa serán sometidos a evaluación técnica y de costos, para cuyo efecto el Consejo Nacional de Producción Limpia operará mediante capacidades internas, evaluadores externos o bien, mediante expertos nacionales o internacionales, según lo demande la naturaleza del proyecto evaluado, manteniendo la confidencialidad del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, definida la composición del equipo evaluador para un período de postulación, esta será la misma para todos los proyectos presentados en dicho periodo.
Los proyectos serán evaluados en los siguientes criterios, con notas de 1 a 7, siendo el mínimo 1 y 7 el máximo. Cada criterio será analizado en base a la información proporcionada en el proyecto y otros antecedentes que puedan ser solicitados al postulante durante el proceso de evaluación.
Los criterios a evaluar son:
Para que un proyecto sea adjudicado deberá alcanzar un puntaje mínimo de 5,0 en cada uno de los criterios y un 5,5 en puntaje global del proyecto.
5.3. Adjudicación o Rechazo del Proyecto
Se adjudicarán todos los proyectos que superen el puntaje mínimo establecido, hasta agotar los recursos que contempla el "Proyecto Transferencia Implementación en Tecnologías de Producción Limpia" (Código BIP 30444022-0) para cada período de postulación.
En caso que la sumatoria del monto solicitado en los proyectos presentados supere el presupuesto del año, se adjudicarán los proyectos de mayor puntaje.
En caso que compitan proyectos con idéntico puntaje, se preferirá el que se haya postulado primero.
En caso de que ninguno de los dos criterios anteriores sirva para dirimir la adjudicación, el Consejo Nacional de Producción Limpia deberá definirla, fundadamente, sobre la base del mayor beneficio que el proyecto seleccionado signifique para la consecución de los fines del "Proyecto Transferencia Implementación en Tecnologías de Producción Limpia" (Código BIP 30444022-0).
El Consejo Nacional de Producción Limpia deberá emitir un acta con el resultado del proceso de evaluación y una resolución exenta con la nómina final de los proyectos adjudicados.
En un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la resolución con nómina de proyectos adjudicados, el Consejo Nacional de Producción Limpia comunicará la decisión al postulante. En el caso de adjudicación se proporcionarán los antecedentes para la formalización del contrato de cofinanciamiento.
Se rechazarán los proyectos que no alcancen el puntaje mínimo de adjudicación y aquellos que no puedan ser adjudicados por haberse agotado el presupuesto del "Proyecto Transferencia Implementación en Tecnologías de Producción Limpia" (Código BIP 30444022-0) para el año de postulación, conforme a los criterios previamente referidos.
6. Formalización
Las responsabilidades y compromisos del caso se formalizarán mediante un contrato que celebrarán el beneficiario y el Consejo Nacional de Producción Limpia de acuerdo al formato del Anexo N° 4 de las presentes bases. El contrato producirá efectos cuando se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba.
El beneficiario tendrá un plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el envío del contrato para firmar y devolver materialmente el documento en 2 ejemplares originales al Consejo Nacional de Producción Limpia. Antes de la fecha de vencimiento de este plazo, el beneficiario podrá solicitar al CPL prórroga de hasta 3 días mediante correo electrónico dirigido al ejecutivo que envió el Contrato.
Serán parte integrante del contrato: las presentes bases y sus anexos, el proyecto definitivo o aprobado, los informes de evaluación del proyecto, el Informe de Presentación del Proyecto, y la carta de comunicación de la adjudicación del proyecto.
El texto final del contrato será elaborado por la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Producción Limpia.
7. Consultas
Las consultas deberán ser dirigidas al Consejo Nacional de Producción Limpia, al correo electrónico contacto@cpl.cl, cada consulta será respondida dentro del plazo de 7 días corridos contados desde su presentación. También se aceptarán consultas telefónicas al (56-712234714).
NOTA La Resolución 150 Exenta, Economía, publicada el 07.04.2017, modifica la presente norma en el sentido de cambiar en el recuadro conformado por la tercera columna y cuarta fila de la tabla inserta en el referido punto, la frase "20 de enero al 6 de marzo de 2017 hasta las 17:00 hrs.", por la siguiente "20 de enero al 17 de marzo de 2017 hasta las 17:00 hrs.
NOTA 1 El numeral 2 de la Resolución 41 Exenta, Economía, publicada el 07.04.2017, modifica la presente norma en el sentido de agregar al recuadro conformado por la primera columna y segunda fila de la tabla inserta en el referido punto, a continuación de la frase "Adquisición de maquinarias, dispositivos y equipos", el siguiente texto: "de los proveedores inscritos en la base de datos del CPL, disponible en su página web".