Ley 21040 CREA EL SISTEMA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Promulgacion: 16-NOV-2017 Publicación: 24-NOV-2017
Versión: Intermedio - de 08-JUL-2023 a 22-DIC-2023
Materias: Sistema de Educación Pública, Sistema Educativo, Educación Pública, Educación Parvularia, Reforma Educacional, Educación Chilena, Ministerio de Educación, Jornada Escolar Completa (JEC), Establecimiento Educacional, Dirección de Educación Pública, Ley General de Educación, Director de Educación Pública, Alta Dirección Pública, Gestión Educacional, Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI),
Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1111237&f=2023-07-08&p=9853128
Art. 7 N° 2
D.O. 25.04.2019todo, sólo le serán oponibles a los Servicios Locales de Educación Pública las condiciones pactadas con anterioridad a seis meses contados desde la fecha en que se haga efectivo el traspaso del personal de que trata este párrafo. En caso de que el Presidente de la República ejerza la facultad establecida en el inciso cuarto del artículo sexto transitorio, podrá establecer un plazo menor
El artículo único de la ley 21583, publicada el 08.07.2023, interpreta el presente artículo en el sentido de declarar que los trabajadores asistentes de la educación, al momento de ser traspasados a los establecimientos educacionales de los Servicios Locales de Educación Pública, mantendrán todas y cada una de las asignaciones que recibían, siempre que se hayan pactado, al menos, con seis meses de antelación al traspaso, debiendo fijarse el monto total de la suma de las asignaciones de cada trabajador, con independencia de la naturaleza de las mismas, a fin de establecer una planilla complementaria que se pagará a partir del traspaso. Asimismo, declara que en los contratos individuales de quienes se desempeñaban en establecimientos educacionales administrados por una corporación de educación municipal se tendrán por incorporadas todas las cláusulas de los instrumentos colectivos de trabajo vigentes seis meses antes del traspaso a los Servicios Locales de Educación Pública.