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Ley 21063 CREA UN SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS QUE PADEZCAN LAS ENFERMEDADES QUE INDICA, Y MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA ESTOS EFECTOS

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Promulgacion: 28-DIC-2017 Publicación: 30-DIC-2017

Versión: Intermedio - de 01-NOV-2023 a 18-JUL-2024

Materias: Seguro de Acompañamiento, Seguro para el Acompañamiento de los Niños y Niñas, Código del Trabajo, Cuidado del Hijo /Hija, Sistema de Protección Social, Licencia Médica,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1113014&f=2023-11-01&p=9870345


    Artículo 32.- ALey 21614
Art. único N° 12
D.O. 28.09.2023
dministración financiera del Fondo. La administración financiera del Fondo estará a cargo de las Mutualidades de Empleadores y del Instituto de Seguridad Laboral, las que tendrán a su cargo la administración del Fondo, la inversión de sus recursos y los giros que se dispongan de conformidad con esta ley.
    Los gastos de administración del Fondo en que incurran las Mutualidades de Empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral no podrán exceder, en cada año calendario, los montos a los que hace referencia el reglamento establecido en el artículo 39.

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 09 del 06 de 2025 a las 10 horas con 38 minutos.