APRUEBA REGLAMENTO QUE FIJA LA POLÍTICA NACIONAL SOBRE ZONAS REZAGADAS EN MATERIA SOCIAL
Núm. 975.- Santiago, 16 de mayo de 2018.
Vistos, lo establecido en:
a) El número 6 del artículo 32 y el artículo 35 de la Constitución Política de la República.
d) La Ley de Presupuestos del Sector Público de cada año.
e) El artículo séptimo transitorio de la ley N° 21.074 de Fortalecimiento de la Descentralización del País.
Considerando:
a) Que el Estado debe promover el igual acceso de oportunidades de las personas que habitan el territorio nacional, así como la integración armónica de todos los sectores, a través de la descentralización. En dicho marco, debe promover la regionalización del país y el desarrollo territorial armónico e inclusivo.
b) Que existen importantes brechas de desarrollo entre los distintos territorios del país, en consideración a variados factores, que conlleva problemas económicos y sociales para sus habitantes.
c) Que en tales territorios se requieren políticas públicas focalizadas que permitan a sus habitantes alcanzar una mejor calidad de vida de manera integral, y que permitan satisfacer adecuada y oportunamente sus necesidades.
d) Que se han adoptado diversas políticas públicas para disminuir dichas brechas y potenciar el desarrollo local en sus distintos ámbitos, entre las que se encuentran:
i. Las políticas de fomento a las Zonas Extremas como el Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas, mediante los decretos supremos Nos 1.233, 1.242, 1.243, expedidos por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública el año 2014 y sus modificaciones.
ii. El establecimiento de la Política Nacional de Desarrollo de las Localidades Aisladas, mediante decreto N° 608, de 2010, del entonces Ministerio del Interior, antecedente para la confección por parte de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Estudio Identificación de Localidades en Condiciones de Aislamiento 2012.
iii. El establecimiento de un Plan de Desarrollo para Territorios Rezagados, decreto N° 1.116, de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
e) Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas en los vistos, en particular la ley que establece el fortalecimiento de la regionalización del país, es necesario establecer y definir una Política Nacional sobre Zonas Rezagadas.
Decreto:
Apruébese el Reglamento que fija la Política Nacional sobre zonas rezagadas en materia social: