Artículo 3º. Justificación Técnica de la Propuesta:
La propuesta de planta toma como base la actual estructura municipal contenida en el Reglamento de Organización y Estructura Interna.
Se contempla en la planta de directivos un cargo en el grado 9°, Director de Seguridad Pública, ello en atención a la necesidad de contar con un funcionario con dedicación exclusiva y responsabilidad administrativa, haciendo aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 bis de la ley 18.695. Se adjunta certificado que fundamenta la creación del nuevo cargo.
Además se contempla la modificación de 4 cargos directivos: Director de Obras, Asesor Jurídico, Director de Tránsito Transporte Público y Director de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, cargos que no obstante de existir en la actual planta municipal establecida por el decreto con fuerza de ley 73, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Penco, en dicho decreto se establece que Secretario Municipal, Asesor Jurídico, Director de Desarrollo Comunitario, Secretario Comunal de Planificación, Director de Obras, Municipales, y Director de Administración y Finanzas, estos tendrán un grado 8°; el Director de Tránsito y Transporte Público y Director de Control en grado 9° y un Director de Aseo y Ornato en grado 10.
Que, esta estructura fue alterada por aplicación de la ley 20.742 que en su Art. 1 N° 1, modificando el artículo 16 de la LOC de Municipalidades, establece que la Secretaría Municipal, Secretaría Comunal de Planificación, Dirección de Desarrollo Comunitario, Dirección de Administración y Finanzas y Dirección de Control: tendrán dos grados inmediatamente inferiores a aquel que le corresponde al alcalde en la municipalidad respectiva, y aquellos señalados en el artículo 47 mantendrán la calidad de exclusiva confianza. Que, la aplicación de dicha norma produjo la alteración de la planta directivos pasando a ocupar un grado 6°, cinco directivos, quedando los restantes en los grados establecidos por el decreto con fuerza de ley 73.
Que, lo relatado anteriormente, origina un extremo desequilibrio, pues produce que en cargos de dirección con funciones de igual complejidad y responsabilidad, no se vea reflejado en su grado, quedando, en consecuencia, en un escenario desmejorado respecto a sus pares, por lo que se pretende remediar esta situación estableciendo una mejora de un grado a la Dirección de Obras y al Asesor Jurídico, pasando ambos a ocupar un grado 7, un grado 8 a Dirección de Tránsito y Transporte Público y un grado 9 a la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato. Se adjunta certificado que fundamenta la modificación de estos cargos directivos.
En consecuencia, la estructura en el nivel superior queda como sigue:
- Alcaldía
- Juzgado de Policía Local
- Administración Municipal
- Secretaría Municipal
- Secretaría Comunal de Planificación
- Dirección de Desarrollo Comunitario
- Dirección de Control
- Dirección de Administración y Finanzas
- Dirección de Obras Municipales
- Dirección de Asesoría Jurídica
- Dirección de Tránsito y Transporte Público
- Dirección de Medio Ambiente Aseo y Ornato
- Dirección de Seguridad Pública
En un segundo nivel de la estructura, se aumenta el número de cargos Profesionales para cubrir las nuevas exigencias de intervención y aplicación de políticas públicas y programas bajo responsabilidad del municipio, que conlleva la necesidad de contar con mandos medios calificados, asignar funciones y responsabilidades que se requieran, acorde a la puesta en marcha e implementación de estas políticas a nivel local a favor de los habitantes de la comuna. Es así, como de los actuales 12 (doce) profesionales, se aumentan en 16 (dieciséis), con el propósito de cubrir las áreas de las diferentes direcciones para hacer un total de 28 (veintiocho) cargos profesionales.
Para la creación de cargos técnicos, estas unidades apuntan a la necesidad de que en aquellas direcciones de mayor recarga de trabajo y que han asumido la implementación de políticas y programas que requieren de la administración, coordinación, supervisión técnica y financiera de estos, lo que ha implicado un mayor manejo técnico en estas áreas. Cabe precisar que actualmente algunas de estas funciones son asumidas por personal de las plantas administrativas, e incluso a contrata, bajo la figura de "encargados". Por lo que de los actuales 15 (quince) cargos existentes se crean 17 (diecisiete) cargos nuevos para hacer un total de 32 (treinta y dos) cargos técnicos.
Para la creación de cargos Administrativos y Auxiliares; se dio prioridad a los requerimientos actuales de cada departamento, considerando el personal de contrata y ajustados al porcentaje legal, por lo que de los actuales 20 (veinte) cargos administrativos se crean 6 (seis) para hacer un total de 26 (veintiséis) cargos administrativos y de los actuales 23 (veintitrés) cargos auxiliares se crean 3 (tres) cargos, para hacer un total de 26 (veintiséis) cargos auxiliares.
La propuesta de nuevos cargos de la planta implica la creación de:

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De los 43 (cuarenta y tres) cargos a crear, 34 (treinta y cuatro) de ellos requieren de título profesional o técnico y 9 (nueve) son de nivel administrativo y auxiliar, representando los primeros un 79% del total, ajustándose así con la exigencia legal de ser al menos un 75%, conforme al Art. 4, N° 5 de la ley 20.922.
Si bien en la organización integral de las unidades municipales, se puede requerir un mayor número de funcionarios que los propuestos en la nueva planta, se entiende que estos déficits se subsanan con personal a contrata, considerando además que actualmente, se puede gastar en este rubro, hasta un 40% del costo que demande el personal de planta.
Finalmente, es importante señalar que la propuesta de planta se ha estudiado y elaborado en base a las necesidades reales de funcionalidad que tiene actualmente la Municipalidad, sin perjuicio de tener que ajustarse a los límites máximo de gastos fijados por la ley, y las disponibilidades estimadas de recursos.