Por resolución exenta Nº 1.998, de 10 de septiembre de 2020, de esta Subsecretaría, otórgase a Pacificblu SpA, un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino colorado, fijada en el inciso 3º, del
artículo 4º transitorio, del
DS Nº 430 de 1991, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para la temporada de pesca de la especie Langostino colorado que se fije en los años 2020 a 2029, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,1799% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario, deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2020 54,8695 UTM Diciembre 2025 54,8695 UTM
Diciembre 2021 54,8695 UTM Diciembre 2026 54,8695 UTM
Diciembre 2022 54,8695 UTM Diciembre 2027 54,8695 UTM
Diciembre 2023 54,8695 UTM Diciembre 2028 54,8695 UTM.
Diciembre 2024 54,8695 UTM