Ley 21306 OTORGA REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO, CONCEDE AGUINALDOS QUE SEÑALA, CONCEDE OTROS BENEFICIOS QUE INDICA, Y MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES
Promulgacion: 29-DIC-2020 Publicación: 31-DIC-2020
Versión: Última Versión - 03-ENE-2025
Materias: Reajuste, Trabajador Sector Público, Reajuste de Remuneraciones, Remuneraciones Sector Público, Aguinaldos, Escolaridad, Bono Pensionados, Tesoro Público, Contraloría de la República, Dirección de Presupuestos, Reajuste Sector Público, Funcionarios Públicos, Covid-19, Coronavirus, Coronavirus Covid-19,
Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1154076&f=2025-01-03&p=10189195
Art. 80
D.O. 03.01.2025las corporaciones municipales de educación y salud, las universidades estatales, las empresas públicas creadas por ley y las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50 por ciento o mayoría en el directorio, deberán enviar mensualmente a la Dirección de Presupuestos la nómina de los trabajadores, cualquiera sea su régimen laboral, y de aquellos servidores que se desempeñen a honorarios, indicando las remuneraciones y demás contraprestaciones en dinero efectivamente pagadas a cada uno ellos en dicho período, e identificando la fuente de financiamiento. Esta información deberá ser entregada dentro de los quince días siguientes al término del mes respectivo a informar, según los medios y en los formatos que determine la Dirección de Presupuestos.
Art. 103
D.O. 23.12.2023de Presupuestos publicará semestralmente en su página web institucional la información disponible y consolidada por institución del número de trabajadores informados en la nómina a que se refiere el inciso primero de este artículo. Con todo, la integridad y calidad de la información será de exclusiva responsabilidad de los organismos mencionados en dicho inciso.