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Decreto 50 EXENTO DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES DE LA POBLACIÓN DEL PAÍS

MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

Promulgacion: 16-SEP-2021 Publicación: 25-SEP-2021

Versión: Intermedio - de 14-ENE-2022 a 29-JUN-2023

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1165563&f=2022-01-14&p=10271569


     
    1º Dispónese la vacunación obligatoria de la población contra las enfermedades inmunoprevenibles que se indican, en las oportunidades y efectuada por los establecimientos que se señalanDecreto 68 EXENTO,
SALUD
N°s. 1° A, B y 3°
D.O. 14.01.2022
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    2º Derógase el decreto exento Nº 6, de 2010, del Ministerio de Salud.
    3º Déjase establecido que estas prestaciones de salud no pueden ser denegadas a ninguna persona migrante por carecer de documentos o permisos de residencia.
    4º Déjase establecido que los vacunatorios privados que han suscrito convenio, deben proporcionar gratuitamente las vacunas a los usuarios, en las mismas condiciones en que lo hacen los Servicios de Salud, es decir, la gratuidad debe aplicarse tanto a la vacuna misma como al proceso de vacunación.
     



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