Ley 21389 CREA EL REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE PENSIONES DE ALIMENTOS Y MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES PARA PERFECCIONAR EL SISTEMA DE PAGO DE LAS PENSIONES DE ALIMENTOS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Promulgacion: 10-NOV-2021 Publicación: 18-NOV-2021

Versión: Única - 18-NOV-2021

Materias: Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, Sistema de Pago de las Pensiones de Alimentos, Pensiones de Alimentos, Deudor de Alimentos, Registro en Calidad de Deudor de Alimentos,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1168463&f=2021-11-18&p=10285690



    Artículo 3.- Intercálase en el inciso primero del artículo 20 de la ley N° 19.620, que dicta normas sobre adopción de menores, entre el punto y seguido y el artículo "Los", el siguiente texto: "Dentro de la evaluación a que se refiere este inciso se verificará que el o los solicitantes no se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.".


documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 10 del 07 de 2025 a las 1 horas con 4 minutos.